Nuevos colonialismos del capital: propiedad intelectual, biodiversidad y derecho de los pueblos
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Nuevos colonialismos del capital. Propiedad intelectual, biodiversidad y derechos de los pueblos1 David Sánchez Rubio2 Norman J. Solórzano Alfaro3 Existe una historia que dice que si echas de repente a una rana en un recipiente de agua hirviendo, ésta salta rápidamente hacia fuera para salvarse. En cambio, si pones a la misma rana en una cacerola con agua fría o del tiempo y vas poco
a poco subiendo el fuego hasta que el líquido hierve, el pequeño anfibio no reacciona porque no nota el cambio, y acaba finalmente muerto y cocido. Moraleja: las condiciones pueden llegar a ser tan insoportables que uno ni las nota, siempre y cuando el cambio sea lento.4 Actualmente vivimos en un mundo que cada vez se va ajustando más a su escala planetaria; este es un hecho que no podemos desconocer. Saber esto tiene el valor de mostrarnos un contexto, caracterizado por los cambios asombrosamente rápidos que se producen en su interior, en el cual podemos jugarnos lo posible.5 Los seres humanos nos adaptamos rápida y asombrosamente a los cambios y, en ocasiones, dócilmente nos hacemos al medio, por muy adverso que sea, incluso incorporándolo en lo cotidiano. Cuando aparece esta actitud conformista e (in)cómoda directa o indirectamente limitamos el campo de alternativas6y la disposición a superar obstáculos y barreras. En ese sentido, sin incitar al pesimismo, la situación en la que se encuentra tanto la humanidad como la naturaleza dentro de ese marco global y planetario, no resulta muy distinta del estado de lenta muerte que padece la rana al interior de la cacerola, pues hay que reconocer que en el camino han ido cayendo, no tan lentamente, personas, flora y fauna, en zonas que ya han llegado al estado de hervideros y de los cuales parece no haber escapatoria posible. Podría pensarse desde una mentalidad neutral, simplista y fragmentadora que, por un lado, la Tierra sería el recipiente, y el agua hirviendo reflejaría el calentamiento global de la misma, el efecto invernadero y la lluvia ácida, siendo, por otro lado, los seres humanos los afectados debido a las consecuencias de una anónima inercia institucional o natural. Pero no, no nos estamos refiriendo directamente a este cuadro meramente descriptivo de instancias distintas y separadas, sino a un panorama mucho más complejo, porque Tierra, Humanidad y Naturaleza no están desvinculadas. Siendo conjuntos interdependientes, paradójicamente están siendo reducidos e incorporados dentro de una cacerola y un líquido, en el cual todos/as nos vamos ahogando y en el que se van quemando nuestras posibilidades de existencia. Como ranas, nos estamos
dejando llevar a un punto de cocción sin retorno, y cuyas causas vienen determinadas por un sistema creado por el ser humano la economía de mercado autorregulado y moldeado por la ideología del neoliberalismo , que aglutina tanto el contexto y el marco histórico actual como la estructura social que, hoy día, nos ha tocado padecer y consolidar, bien consciente o inconscientemente, bien responsable o irresponsablemente. A la dinámica de funcionamiento del capitalismo neoliberal y global en su nueva fase de desarrollo, y al orden con el que canaliza las relaciones sociales, no les importa eliminar pluralidades, diversidades y riquezas humanas, culturales y naturales. Abstrae lo más valioso de la vida: la integralidad de la naturaleza con sus especies animales y vegetales, y la convierte en objetos prescindibles, supeditados a unos bienes más preciados: el dinero y el capital. Asimismo, junto a estos instrumentos, otros elementos que contribuyen a echar leña al fuego e ir incrementando la temperatura que nos abrasa, son la racionalidad instrumental de cálculo mediofin; el mecanismo de oferta y demanda orientado por los precios; los criterios y los principios normativos de eficiencia, competitividad y la obtención del máximo beneficio, y los derechos de propiedad privada y la libertad de contratación. Todos ellos absolutizados y convertidos en los únicos parámetros de dotación de sentido de la realidad, provocan unos efectos aniquiladores y perversos sobre las condiciones de existencia de todas las especies vegetales y animales (el ser humano entre ellas) de nuestro globo terrestre.7 Una de las consecuencias más graves del predominio del sistema de mercado totalizado sobre el conjunto de la organización social local, nacional e internacional, queda reflejada en quienes siendo muchos no reaccionamos, al igual que hace la rana del cuento. Incluso en nuestro caso es peor, porque no queremos darnos cuenta de la dinámica de destrucción que hemos contribuido a generar, pese a la aparente comodidad en la que unos pocos se encuentran y pese al ambiente rancio y asesino que está perjudicando a la totalidad de la humanidad. Al final, llegamos a normalizar lo anormal, hasta convertir en racional lo irracional. Por consiguiente, sólo recién cuando asumimos y enfrentamos las condiciones de ese contexto, podemos apostar por unas líneas de acción, por unas estrategias y unos objetivos específicos. Y, en cierta
medida, esto es lo que pretendemos con las reflexiones que presentamos en este trabajo. Uno de los principales caballos de batalla de la denominada globalización neoliberal, también de quienes tratan de rebelarse e interpelar sus consecuencias más perjudiciales y negativas, es el sistema de protección de propiedad intelectual sobre materias vitales relacionadas con la salud, la alimentación y la biodiversidad.8Sobre este eje, y sin pretensión de exhaustividad, se debaten diversas cuestiones, como la referente a los productos transgénicos y la legitimidad o ilegitimidad que posee el ser humano para manipular genéticamente el interior de su propia vida y la de los animales y vegetales. También nos encontramos con el problema que surge ante la intención de patentar los resultados obtenidos de la manipulación genética que se realiza en determinadas especies, lo cual tiene repercusiones directas para la seguridad alimentaria (componente de la soberanía alimentaria de los pueblos del mundo) y la medicina. Las consecuencias que implican la protección en exclusividad de ese conocimiento con fines comerciales van desde la restricción o limitación de las condiciones de existencia humana y la satisfacción de necesidades humanas reales (p.e., por el pago obligado y excesivo por semillas modificadas, medicamentos básicos o por productos farmacéuticos con sustancias de origen animal o vegetal) hasta el impacto medioambiental (p.e., por la utilización de herbicidas, pesticidas, traslado de una especie propia de un hábitat natural a otro diferente, etc.). Asimismo, aparece el conflicto que surge del intento de proteger exclusivamente el conocimiento científico industrial destinado a fines comerciales frente al conocimiento popular, indígena y tradicional o el conocimiento científico independiente no empresarial, toda vez que
existe la tendencia a considerar al primero como invención y no a los segundos, por lo cual éstos últimos no son objeto de aquella protección de que si gozan los primeros. Por otra parte, se hace cuestión de la reducción de la biodiversidad por ese proceso de investigación con fines exclusivamente comerciales, el cual no atiende las exigencias de la regeneración de la biomasa terrestre y, más bien, la arrastra hacia su destrucción; o la cuestión de la transferencia de tecnología y su impacto en los países empobrecidos; o sobre el tipo de explotación a aplicar en la producción agrícola, en la ganadería y en la pesca, cuando estos rubros son orientados con carácter exclusivamente industrial y mercantilista. Finalmente, nos encontramos con las repercusiones en los derechos humanos, en cuanto instancia transversal que atraviesa las mediaciones institucionales, normativas, etc., cuando, lamentablemente, éstos acaban asociándose reducidamente a los derechos del mercado, de las empresas y de los grandes propietarios y no a los derechos de los seres humanos y/o de los pueblos. En este punto se sitúa la polémica sobre los conceptos de patrimonio, herencia común y derecho de la humanidad (jus humanitatis), respecto de los cuales se evidencia el peligro de dotarlos de sentidos patrimonialistas, en cuyo caso tienden a volverse en contra de los esfuerzos por el bien común y la solidaridad mundial. A partir de estos núcleos problemáticos, la discusión que se plantea está orientada a elucidar algunas de las líneas de acción (las estrategias, los objetivos y los sujetos que los sustentan e implementan) que se están jugando en ese contexto mundial; elucidación y discernimiento que nos permite hacer y pronunciar un juicio sobre este mundo y una proyección del mundo que queremos. Ahora bien, en principio si nuestro juicio es negativo, no se queda ni en un pesimismo catastrofista ni en el simple conformismo frente a situaciones aparentemente inexorables. Además, desde ese espíritu crítico y con la intención de buscar alternativas, consideramos que la forma como se han de abordar los diversos temas implicados en torno a la propiedad intelectual, la biodiversidad y los derechos de los pueblos, no debe perder de vista el contexto general y global sobre el cual se asientan nuestras relaciones interhumanas. En este sentido, para ejemplificar esta situación, podríamos utilizar la metáfora propuesta por Christian de Duve. Para él, la humanidad ha engendrado un monstruo pluricéfalo que amenaza con devorarla. Intentar combatir una de las cabezas de ese monstruo es ineficaz, pero combatirlas todas y enfrentar el monstruo es una
tarea hercúlea.9Por esta razón, sería ingenuo articular una estrategia que sólo se centrara en el sistema de protección de propiedad intelectual, aislándolo del conjunto institucional y del entramado social, político, económico y jurídico, que tanto lo estructura como lo comprende. También resulta inútil o poco eficaz hablar exclusivamente en términos jurídicos, desde un punto de vista normativo positivista, aludiendo al reconocimiento meramente formal de los derechos humanos en textos de carácter internacional; o fijarse en las buenas intenciones para el progreso de quienes son los principales actores que intentan imponerlo y extenderlo desde su horizonte de sentido (la OMC, las empresas transnacionales y las grandes potencias), independientemente de las tramas sociales y las relaciones de poder subyacentes y sin tener en cuenta los planteamientos, entre otros, de los países más desfavorecidos (el G22 o G23 con Brasil y la India a la cabeza), de las comunidades de campesinos, de los pueblos indígenas y de las ONG; en definitiva, de todos los seres humanos. Por consiguiente, consideramos que en este caso resulta decisivo vincular la cuestión sobre la propiedad intelectual con los derechos de los pueblos y la biodiversidad; desde esa posición, entonces, hay que reaccionar desde distintos ámbitos, proyectando con realismo hercúleo y rebelde una serie de alternativas que nos permitan reducir la temperatura de ebullición que amenaza la supervivencia de la vida (humana y no humana), tal como la conocemos, en el planeta. Por tanto, el marco de referencia, teniendo en cuenta que está centrado en un subcampo específico, compuesto por múltiples temas concurrentes y/o satélites, se ha de articular desde una perspectiva más general, que asume como un todo las condiciones y factores que inciden en el campo en donde, en última instancia, se están jugando las posibilidades de vida de la humanidad y la naturaleza. Además, procediendo de esta forma, se enfrenta una de las cabezas del capitalismo neoliberal como si estuviera aislada del monstruo entero, pero sin perder el referente estructural y de totalidad. Esta forma de abordaje es posible toda vez que se considera la complejidad de las realidades socio-históricas, plenas como están de interrelaciones, coimplicaciones, comunicaciones yrecursividades. Es más, en virtud del principio hologramático, expuesto por Edgar
Morin, que subraya que no solamente la parte está en el todo, sino que el todo está en la parte,10 el sistema de propiedad intelectual, la biodiversidad y los derechos de los pueblos representan un lugar donde se hacen evidentes las contradicciones totales del sistema capitalista y las exigencias o reclamos por cumplimiento de derechos humanos y, en este caso, particularmente el respeto del derecho de los pueblos. No obstante, en las siguientes páginas sólo se pretende aportar algunos factores o insumos para facilitar la discusión y la búsqueda de estrategias de/para la acción, desde una perspectiva de derechos humanos en el sub-campo de los derechos de propiedad intelectual. A continuación nos vamos a detener en dos apartados que poseen una gran trascendencia en relación al tema principal de la propiedad intelectual y los derechos de los pueblos. En primer lugar, afrontaremos el análisis crítico de la capacidad de reproducción que posee el sistema capitalista, es decir, su capacidad de colonizar casi todas las esferas de lo social con unos efectos perversos y que, en su actual fase de desarrollo, apunta al interior de la vida (humana, animal y vegetal) como un nuevo espacio para su dominación. En segundo lugar, trataremos de asumir la cuestión de las alternativas y de cómo desbloquear el campo donde puedan ser posibles (política). Respecto de este último punto, en relación al plano jurídico, debemos elucidar la condición reversible que tiene el derecho, en general, y el derecho internacional, en particular, como instrumentos protectores tanto de los intereses del mercado como de las necesidades de los seres humanos y/o los pueblos (derechos humanos y patrimonio común de humanidad). Esta condición se torna especialmente conflictiva en los espacios de intersección entre las áreas de influencia del ADPIC, cuyo carácter es fundamentalmente patrimonialista, y los instrumentos internacionales sobre derechos humanos como la Convención Mundial sobre la Biodiversidad o la misma Declaración Universal de los Derechos del Hombre, el Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales o la Carta Africana de los Derechos del Hombre y de los Pueblos, entre otros.
Arriba hemos mencionado que la humanidad, la naturaleza y la tierra formaban conjuntos interdependientes; también comentábamos el proceso de fagocitación que éstos sufrían al quedar inmersos en la economía de mercado y su racionalidad, que opera cual la cacerola puesta al fuego para hervir agua del cuento de la rana. Al final, el orden que este mercado totalizado y su racionalidad imponen, socava los conjuntos reales (ecosistemas) dentro de los cuales acontece, hasta el punto en que esa parte del sistema termina pretendiendo convertirse e imponerse como la totalidad y reduce los conjuntos interconectados a meras prolongaciones suyas, hasta dejarlos en la mínima expresión. Si observamos la historia del capitalismo, como un profeta que lee los signos de los tiempos, la fuerza y contundencia del lento proceso de sucesivas e intercaladas subsunciones, formales y reales, del orden de la vida a las exigencias del mercado capitalista, veremos como su racionalidad ha ido plasmando al interior de las sociedades occidentales, con un claro impacto también en otras formas culturales y modos de vida. Además de la expansión interna a todas las facetas de la existencia, y del condicionamiento que opera sobre las formas de organización social, el capitalismo ha desarrollado diferentes formas de colonialismo e imperialismo, imponiendo su propio horizonte de sentido como si fuera el único modo de ver, entender y actuar en el mundo.11 El carácter entrópico y destructor del sistema capitalista, y la violencia ejercida sobre otras culturas, especies animales y vegetales, ha sido y es una de las constantes desde sus orígenes hasta nuestros días. No es extraño, por tanto, que Vandana Shiva subraye como componente esencial de la globalización contemporánea el cultivo de lo uniforme, que presupone la homogeneidad y la destrucción de la diversidad tanto social como de la naturaleza.12 La aspiración a controlarlo todo: la cultura, la vida cotidiana, las materias primas, los mercados, etc., imponiendo una única visión de entender el mundo, exige eliminar pluralidades de especies y diferencias culturales, que desde esa óptica son concebidas como impedimentos y obstáculos para la expansión del capital. Declarar la guerra a la diversidad y
apostar por la uniformidad de culturas y de cultivos se considera la mejor estrategia, mientras que el arma con la que se ejecuta es el ejercicio de una fuerza virulenta disfrazada bajo el ropaje del libre mercado e, incluso, amparado por la fuerza militar. La violencia desatada en este proceso de uniformidad y homogeneización impone la creación de monopolios sobre la vida y los recursos vivos,13 y se manifiesta en múltiples niveles: a) en el nivel político, mediante el uso de la fuerza, el control y la centralización; b) como violencia ecológica contra las diversas especies de la naturaleza. No sólo se trata de provocar la extinción de la flora y la fauna, sino, además, de controlar la producción mediante monocultivos, pese al alto índice de desestabilización ecológica que tienen; y c) como violencia social y cultural. Se potencia, pues, la agresión y la fragmentación de sistemas sociales y culturales diversos para integrarlos en un sistema global considerado el único válido. Se desgarra el tejido social plural y la capacidad de organización de las comunidades locales y regionales.14 Esta globalización, por tanto, implica una hegemonía, una pretensión de apropiación exclusivista de la rica realidad, con el efecto de reducción de todas sus dimensiones. La interacción intercultural de sociedades y modos de vida, el equilibrio y el respeto ecológico a escala planetaria, no entran en su orden de prioridades. Vandana Shiva incluso llega a afirmar que es fruto de un continuado trayecto histórico de depredación por parte de una cultura, una clase, una raza y de un género concreto sobre todas las demás. En síntesis, lo global no responde a un interés humano universal; representa un interés y una cultura local y pueblerina, que ha adquirido el rango global a través de su capacidad de dominio y control, su irresponsabilidad y su falta de reciprocidad.15 De esta forma, los actuales procesos de globalización, apadrinados por la idea del libre comercio, se diferencian con respecto a los del pasado por la recomposición, a escala global, de la acumulación del capital. El impulso de homogeneización es llevado ahora por fuerzas económicas globales que, junto a unos pocos estados poderosos con EE.UU. a la cabeza, controlan los mercados. Gracias a las nuevas técnicas de la comunicación y de la informática,
realiza una versión actualizada y perfeccionada de ellos. En ese sentido, el ADPIC es la autorización actual para el pillaje que en el pasado fuera realizado por los colonizadores. De esta forma, hasta la estrategia discursiva que pretende legitimar este estado de cosas es una edición actualizada del antiguo argumento con el que se justificaban las acciones de conquista y colonización. En aquel momento la conquista y colonización de los nuevos territorios se hacían presuntamente para liberar a aquellos pueblos conquistados de sus condiciones primitivas y de barbarie. Asimismo, eran asumidas como un derecho natural del colonizador, argumentación que termina siendo perfeccionada por John Locke y es la que informa las tendencias del capitalismo moderno el cual, a través de la biopiratería, pretende establecer un derecho natural de las empresas transnacionales, so pretexto de que su acción y privilegios están en orden al desarrollo de los países y comunidades pobres del Tercer Mundo. Este derecho queda plasmado en el GATT y en su normativa de patentes.32 Dice Vandana Shiva: La biopiratería es el huevo de Colón, 500 años después de Colón. Las patentes siguen siendo un medio para proteger el derecho de las potencias occidentales a ejercer la piratería sobre las riquezas de las gentes no occidentales... Las patentes y la ingeniería genética están permitiendo labrar nuevas colonias. Las tierras, los bosques, los ríos, los océanos y la atmósfera han sido ya colonizados, erosionados y contaminados. El capital tiene ahora que buscar nuevas colonias que invadir y explotar para continuar con el proceso de acumulación.33 Por consiguiente, los espacios vitales de las especies vegetal, animal y humana son las nuevas colonias del capital, la terra nullius del presente. En definitiva, teniendo en cuenta el complicado marco general de desarrollo del capitalismo y de su capacidad de homogeneización de todas las esferas de lo real, nos encontramos con el reto de enfrentar las nuevas colonias del capital. Éstas son instrumentalizadas por medio del sistema de propiedad intelectual (patentes, marcas, licencias, etc.), que expresa y refleja de manera directa tanto
las posibilidades, las artimañas y los propósitos, como las virtualidades, las deficiencias y las carencias de ese orden destructivo que, al priorizar las relaciones mercantiles sobre el conjunto de las necesidades humanas y del espacio social, acaba distorsionando el equilibrio que el ser humano tiene consigo mismo y con la naturaleza. Entonces, humanidad y naturaleza podrán ser sacrificadas por cuanto resultan prescindibles frente al capital que se concibe imprescindible. De esta forma, este sistema, que valora y subordina todos los elementos de la realidad en función de la obtención del máximo beneficio, termina por articular de manera consistente una red de tramas sociales, políticas, económicas y jurídicas en torno a dinámicas de imperio, dominación, explotación, exclusión y marginación. El papel del derecho, dentro de un contexto determinado, hay que abordarlo teniendo en cuenta su carácter reversible, puesto que puede interpretarse y aplicarse tanto en un sentido emancipador, en función de los seres humanos y los pueblos, como en un sentido arbitrario de hegemonía y jerarquía, que favorece a los más poderosos y a las mediaciones que les son más beneficiosas (p.e. aquellas propias del mercado). Esto resulta ser una cuestión importante para obtener (o no obtener) acciones institucionales conformes (o contrarias) a nuestros proyectos de justicia. Por otra parte, pensamos que no hay que quedarse únicamente en un nivel formalista de interpretación de las normas. Debido a una excesiva y exclusiva confianza que, tanto los profesionales y operadores del derecho como la gente de la calle, tienen del ámbito normativo-positivo de los ordenamientos jurídicos, muchas veces olvidamos e ignoramos otras dimensiones fundamentales y que deben ser siempre tenidas en cuenta: el contexto estructural, las relaciones de fuerza y los procesos sociales en donde se sitúa el derecho. Esta ausencia es uno de los grandes defectos sobre los que se asientan los dogmas y/o creencias de nuestra cultura jurídica. Por esta razón, queremos remarcar lo siguiente: el paradigma o los criterios sobre los que se asienta el derecho nacional e
internacional de los derechos humanos, en el marco de la globalización, no resultan operativos en las condiciones y lógicas que imponen hoy en día las economías y sociedades dominantes. Es más, incluso como contrapartida, los sistemas normativos e institucionales establecidos tanto por la lex mercatoria, como por la OMC, dentro de los cuales se sitúa el ADPIC, incrementa la marginalidad de los elementos eficazmente garantistas de las constituciones nacionales y de los tratados internacionales de protección de los derechos humanos. Asimismo, su fuerza operativa es tan grande que sus directrices y/o sus normas acaban siendo cumplidas por los estados, antes de que éstos se preocupen por hacer eficaces las reclamaciones populares y ciudadanas reconocidas por sus respectivas normas fundamentales. Las normas de la OMC acaban situándose por encima de las normas de protección de los derechos humanos. Los sistemas de protección de propiedad intelectual referidos a la salud, la alimentación, la biodiversidad y las creaciones culturales, bajo una concepción exclusivamente privatista, tutelan los intereses del mercado, no los intereses de las comunidades locales, los pueblos y los seres humanos. Aparte de los límites y las carencias internas del derecho de la cultura moderna,34 la concepción monista asentada en el patrón del estado como único creador y garante de las normas jurídicas (directamente a nivel nacional, indirectamente a nivel trasnacional), contrasta con la presencia de otros sistemas normativos, que quedan mejor visualizados a través del prisma del pluralismo jurídico. Resulta que el derecho internacional de los derechos humanos es una de las diversas formas jurídicas que acompañan a la globalización. Coexiste e interacciona con otras juridicidades contradictorias, con distintas racionalidades, ritmos, directrices, objetivos y niveles de eficacia. Dentro de este panorama de policentrismo normativo,35 la lex mercatoria y el nuevo constitucionalismo representan el instrumental jurídico del capital transnacional para avanzar hacia la mayor privatización y mercantilización posibles, hasta el último recoveco de la existencia, tal como en su momento explicamos. Mediante este conjunto de normas e instituciones se incrementa el empuje de ampliación del espacio para la actividad y el beneficio económicos, dotándole de un
respaldo vinculante. El derecho, junto con la ciencia, se ponen abiertamente al servicio del proceso de subsunción real de la sociedad y la naturaleza en el capital.36 Mientras que la lex mercatoria, asentada sobre un derecho informal, consuetudinario y flexible, fruto de las prácticas del mundo de los negocios, se encarga de agilizar el comercio y maximiza las ganancias, a la par que reduce los costos transaccionales sociales, ambientales y fiscales de la producción, el nuevo constitucionalismo brinda estabilidad y seguridad a la movilidad del capital por medio de instituciones, formas jurídicas y tratados multilaterales que obligan a los estados. Ambos bloques normativos plantean un paradigma jurídico opuesto al paradigma del constitucionalismo global cimentado en el estado de derecho y en los derechos humanos. Pugnan por hacerse hegemónicos y, así, mediante la forma jurídica presionan para asegurar, consolidar y utilizar la lógica de la globalización neoliberal.37 Hasta tal grado tienen esa capacidad de obligar que el propio Alejandro Médici habla del diferencial de eficacia entre cada una de estas juridicidades: la fuerza vinculante y la eficacia de los procedimientos de resolución de disputas de la OMC y su capacidad sancionadora, es mucho mayor que la eficacia de los mecanismos de protección de los derechos humanos del derecho internacional. Incluso tiene poder de activar y desactivar zonas enteras de ese sistema constitucional garantista, principalmente de aquellas materias que constituyen distorsiones u obstáculos a la acumulación y a la libertad del capital bajo las actuaciones de las corporaciones transnacionales. Por esta razón, no es que exista una inconmensurabilidad entre dichos conjuntos normativos, sino que hay interferencias entre la cadena normativa del constitucionalismo de los negocios y la del constitucionalismo de los derechos humanos.38 Aparte de condicionar el primero al segundo, también la economía de mercado se aprovecha de los límites, las debilidades y
las carencias del derecho nacional e internacional de los derechos humanos. En otro orden de cosas, las posibilidades de tomar medidas que pongan freno a la virulencia multidireccional del empuje neoliberal antes de que llegue a su colapso total, pasa por la adopción de múltiples políticas de transformación en todos los niveles. No basta con quedarse en un único ámbito, menos pensar que el derecho puede ser la panacea de todas las soluciones. Lo jurídico hay que integrarlo en un marco más general. Por ello pensamos que lo mismo que resulta necesario implantar una nueva racionalidad jurídica, basada en la alteridad y el bien común, se debe articular un nuevo paradigma económico alternativo, que no reduzca el valor de las cosas a simple precio de mercado ni la actividad humana a mero comercio. Para conseguir la transformación de los sistemas económico y jurídico, de corte neoliberal, hay que actuar paramétrica y estratégicamente, adoptando desde todos los ámbitos, espacios y lugares sociales, medidas a corto, medio y largo plazo, de carácter tanto local, nacional e internacional como de intensidad media y alta, dada la capacidad de expansión y regeneración del capital. Las actuaciones en busca de alternativas no deben ser sólo jurídicas, sino también económicas, políticas, culturales, etc., a todos los niveles (como ejemplo están los pueblos indígenas y su capacidad de movilización jurídica y de presión política). En la medida de lo posible, movimientos sociales, ONG, intelectuales, sindicatos, pueblos indígenas, comunidades de vecinos, países empobrecidos, etc., respetando sus particularidades y autonomías, deberían adoptar acciones más o menos coordinadas y de convergencia, tal como sucede con el Foro Social de Porto Alegre y otros foros de carácter continental y local.39 Independientemente del grado de intensidad de las diversas actuaciones de lucha y resistencia, uno de los frenos más importantes para detener la expansión del capital se manifiesta en el principio y pilar axiológico (parámetro) que prohibe la patentabilidad de la vida, mucho menos en aquella faceta vinculada con la salud, la alimentación y la biodiversidad. Por este motivo, hay que rechazar el ADPIC, ya que, entre otras situaciones conflictivas, con su artículo 27,3bpermite expresamente el patentamiento de determinados
organismos y la manipulación genética. Como contrapartida, se deben crear otras normas que favorezcan el reconocimiento y la protección de espacios no susceptibles de ser comercializados. Detener el proceso de invasión de la globalización neoliberal, en todos los aspectos de la vida y la naturaleza, implica defender que muchas dimensiones del mundo social, cultural y económico deben estar fuera del alcance del mercado, sobre todo aquellos aspectos que permiten el mantenimiento y el desarrollo de nuestras condiciones de existencia: el aire, el agua, las variedades de plantas y especies animales, los genes de todas las criaturas, las reservas de conocimiento humano, semillas para el cultivo sostenible y tradicional, etc. Nada que sea básico para la supervivencia humana puede ser objeto de monopolio y de privatización. Para poder realizar este principio, tanto la figura de los derechos humanos como los denominados bienes comunes, comunes globales y/o herencia o patrimonio común de la humanidad, desempeñan un papel fundamental. No obstante, hay que evitar el uso de estos conceptos desde marcos categoriales, concepciones y líneas ideológicas que les dotan de un significado supeditado a la lógica del capital transnacional. Sobre los derechos humanos, en el marco de las sociedades capitalistas, es válido apuntar que son, preponderantemente, derechos del propietario, del poseedor de riqueza, es decir, de bienes jurídicos que se ubican dentro de un mundo pensado a partir del mercado, siendo la relación mercantil su centro. Por lo anterior, resulta imposible o sumamente difícil reclamar derechos humanos, para seres humanos concretos y vivos, frente a la institución del mercado capitalista, que se asume como mercado total. En vez de adoptar una posición de defensa de los derechos de las personas humanas, corporales y necesitadas, hasta se llega a dotar a simples categorías colectivas (como las empresas) de la posibilidad de tenerlos y ejercerlos. Como contrapartida, frente a un ordenamiento interpretado en el contexto del mercado y en función del mercado, hay que apostar por la articulación de una concepción compleja, integral y solidaria de los derechos humanos, que no sea mercado-céntrica, formal, abstracta e individualista, sino abierta y vinculada con los procesos de lucha (sociales, económicos, culturales, políticos y jurídicos), mediante los cuales los seres humanos y las colectividades reivindican su particular concepción de dignidad.40 De ahí la importancia que tiene la apertura de espacios de confluencia
intercultural, para que los derechos colectivos de comunidades y de pueblos indígenas (derechos de los pueblos), también sean reconocidos como derechos humanos. Finalmente, en la misma línea, resulta paradójico que la figura de patrimonio común de la humanidad sea utilizada como estrategia de los países industrializados, al atribuir el estatuto de res communis a bienes como el patrimonio genético o la biodiversidad. El propósito no es otro que hacerlos susceptibles de libre acceso y utilización, para que de esta manera puedan ser libremente apropiados, como res nullius, y así obtener el monopolio de su uso.41 Como ejemplo, el Foro Internacional sobre Globalización señala: las corporaciones globales insisten en que las pequeñas comunidades no deben reservarse este valioso material genético, sino que todo el mundo debe tener acceso a él. En efecto, las empresas emplean el lenguaje de los comunes globales hasta el momento en que confirman su patente monopolista sobre el material. En este punto, se abandonan todos los argumentos en defensa de los comunes. En su lugar, las grandes empresas dicen que se les debe permitir reservarse esos materiales genéticos mediante las patentes, con el fin de tener la posibilidad de recuperar la inversión hecha en investigaciones, en beneficio de toda la humanidad.42 Tradicionalmente ha habido aspectos de la vida que, desde tiempos remotos, han quedado al margen del proceso de mercantilización y, más recientemente, de subsunción real del capital. Determinados bienes se han aceptado como de propiedad colectiva, o como el patrimonio común de todos los pueblos y comunidades que existen para que todos los compartan. Ambos grupos de bienes se denominan comunes, aunque los pertenecientes al primer tipo se consideran comunes de la comunidad: espacios públicos, las tierras comunales, los bosques, la dotación genética, los conocimientos locales innovadores sobre plantas medicinales, y las semillas de las comunidades desarrolladas desde tiempos ancestrales. El segundo bloque, en cambio, se llaman los comunes globales: la atmósfera, los océanos, el espacio exterior, la Luna, la Antártida. Unos y otros coinciden en una característica clave: pertenecen a todos y nadie tiene un derecho exclusivo sobre ellos.43
No obstante, no es igual defender un uso común de un bien reduciéndolo a su simple libre acceso, que se hace excluyente cuando se administra y utiliza privativamente, que exigir la regulación de ese uso común del bien en beneficio de todos, con la preocupación de preservarlo también para todos. Para alejar a estos comunes de una dimensión patrimonialista y posesiva, hay que reformular el principio de libre utilización de bienes o espacios comunes, articulándolos desde la aceptación de usos confluentes y administración compartida, y el rechazo de usos excluyentes y no distributivos. En ese sentido, el jurista lusitano Boaventura de Sousa Santos habla incluso de un derechos de la humanidad (jus humanitatis) referidos a entidades naturales y materiales que pertenecen a toda la humanidad, respecto de los cuales todos los pueblos tienen derecho a opinar y participar en el manejo y la distribución de los recursos. Expresa la aspiración a una forma de dominio de los recursos naturales o culturales que, dada la extrema importancia de estos para la sostenibilidad y la calidad de vida sobre la tierra, debe ser considerada como propiedad global y manejada a favor de la humanidad como un todo, tanto presente como futura.44 Dicha propuesta implica, además, una lucha por un nuevo patrón de desarrollo y de sociabilidad, que incluirá un nuevo contrato social con la tierra, con la naturaleza y con las generaciones futuras. La humanidad no es concebida como una comunidad de propietarios, sino como una comunidad universal de participación entre seres humanos. No obstante, este marco de socialización será modulado, es decir, se construirá desde la diversidad de espacios sociales y culturales para su gestión. Habrá momentos en los que la administración de determinados bienes será local (p.e. conocimientos tradicionales sobre productos medicinales o alimentarios), y en otros se administrará desde el ámbito nacional o por toda la comunidad internacional. En todos los casos, siempre con la intención panorámica y redistributiva en el reparto equitativo de los recursos y los beneficios que se obtengan. Se trata de establecer una especie de régimen de condominio que beneficia a toda la humanidad, pero controlado no sólo por los estados sino, principalmente, por las propias comunidades locales y los propios pueblos indígenas. Desde esta perspectiva, el sistema de propiedad intelectual no es el mejor instrumento de protección y garantías de la biodiversidad y del derecho de los pueblos. Entre Sevilla y Alajuela, septiembre de 2003.