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[Regla, correctorio y ceremonias de los frayles de la Orden de los Minimos]

Orden de los Mínimos

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I- ; ‘ ,.:-í- -- -'.'v .. '-L ••<> •- '«. Ojliirfcil rif-¿ -’ibí.^clOiiO.i ) ,í:*üí:^ jb F' COMIENZALAVIDA, ,YREGLA DE LOS FRAILES |v de la Orden de los Mínimos de nueílro Glorioíb Padre San franciíco de Paula. SX -Á. ^^^^ capitulo FrUMERO. T)¿ la objh-vanciá de b;ojotos,ymandamientos de Dios. '"T"' Odoslos Frayies defta Orden delosMÍ- Xnimos,elcamino5regla,y vida de la eterna fallid imitando ,yles diez mandamientos de Dios, ypreceptos de la Igleiia faludablcmenie guardando, yálos (agrados coníejos procurando fubir, ánueftro SantiíümofeñorJ alio Papa Segundo ,yafusíuccílL res canónicamenteelegides con fidelidad obedezcan, ydebaxc de los {agrados votos de obediecia,caftidadjpobrezaj yvida quareffnal(^nioderaaaconlas moderaciones abasoelcritas}profnetan con perfeverancia vivir. íáFr.Francifcode Paula, ya los generales Corredores ,que pcrtieinpo lesfucedic- «ren:humilméte obedezcan, ydefta reglajV vida nunca fe aparten. Acordandofequéen vano el ‘bien fe comienca, íl antes del fi nde la vida fe dexa :vcue.a folos los que perfeveran i ledáiacorena. A^ CAP. regla de los CAPITULO II. Dttodos Jos quemejla Orden handefer recebidos. LOsqucconzetode vida quarcfmal,ydcffeo de mayor penitencia ácita Orden de ItísMiniüiDsdeííearen piflar^por clCorreítor general deft amifma Orden,ópor los Vigiles, ó pro\'>Gciaies,d peral gunos Fraylcs fuficicnres de elicsíiiir. mides, le recibanenfrayles clérigos,óen frayles legos,óen frayles donados. De tal manera, que eítes tales que nuevamente han de fer recibidos, fegun las condiciones que fe requieren,hábiles fe hallen,y alo menoscl dezimoedfavo año toquen. Ypaitado el año continuo de la aprobación,vno antes,podran fer recibidos ála profeílion,qualquier3 difpenfacioa febre cfto áles fupericres de la dxha orden del todo quitada. Yeílo fi de los Frayles profeíTos, mayormcntedcfumaeftrobuen teftimonio tuvieren. Empero ellos aííi recibidos,enel cílado defu profeflion perpetuamente eftarán. CAP. MINIMOS. 3’ CAPITULO III. Velas vepdvrns qtie hande traer los Frajíes d~fta Congregación. Todos los Clérigos profeíTos de aquefta pequeña Congregación,ytodos los Novicios ordenados de ordenes mayores,traigan igual la coronada anchura de vnapalaia mediana redóda. Empero,ni ellos,ni los frayles legos, ni frayles donados crien cabellos,mas amenudo los corten, órapen. Allende defto elhabitodc todos los frayles, aíli Clérigos ,como legos fea hafta los talones, ócarcañales, yhonefto de paño menofpreciado ,ylana naturalmente ncgi'a, yfin tintura texido. Aílimifmo el capucho fea de la mifmacolorjV delante, ydetras fe eílienda hafta el medio de! muslo,ó caí! :tengan también vn cerdon redondo de lana de la femejáre color, con cinco nudos fimplcs nudadojcl qual eordóhabico, ycapucho yadichos, 4los frayles fobredichos no ferá licito de dia, ni de noche dexar: falvo por caufa de le mudar,ólimpiar,ó adobar, óde alguna manifieíla enfermedad ,fobre lo qual primero feeticarguelaccncienciadel Medico. Allende defto,qiiando les pareciere,vfarafi de zuecos de palo, óde fuelas hechas de efparro A3ópal REGLA DE LOS ópalmas, 6pajas, ócuerdas, ójuncc;s, óde zapatos abiertcs de arriba, íegiin ia diveríidad de las Provincias. Sálvo í'i !a neceílidad cS-uecOTií'- .4 tnñs^ó la difcrera difpcrifacicn del i'upericr vifta la defiTudez délos pies, dirpenlare'. De femejátesvcftiduras,vrcn redes los frayles novicics, cler:gcs, ylegos, íalvo qfu cordon recodo con tres nuGcseftará nudado ,yfu capucho ferá iargo,fcÍai«érehaftaei iTji{nroccrdó,deta! maneraque no fe pueda ceñir. ^Los frayles donados traigan habito de ia fobredicna color haíla la pantorrilla, ócerca, yno mas largo, yfu cordon redondo con cuatro nudos folamenté nudado. Empero ellos víí nde entera caic-.dura ,o7.3pa- tcs, car: con veniente capuchc,ó corneta, óboneteiuílcienre3 feguaque Icpidierela hcneílidad déla región. Les donados fcbredichcs aíll antesdefu prcfeíircn,ccmodcfpi!es,pcdránfer elegidos en pro Viíbrcs.y dentro dehNicnaílcrio en vr>o,ó n.iií lioscfcics mcncres,v cc mocada 'y vnc de ios otros fervir, fegun la ordenación del capitulo ce la caía, /líli nrifnic podrá caca ^nc, feg-un que la ncceíiiciad demádare fraer debaxo del iiabitc ,túnicas ,ótunic^uillasdc paño hujuilde ,óde cñarr.eña. Aíli mifmc paños nvenores,y calcas fobre las rodillas convenientcmemte MINIMOS. 7. ^grreciarCj de confeio del Medico fea traído el tal enfermo ála enfermería de fuera del clauftro ,v dentro de la claufura del convento fituada: yalli(iegunla oidenacion dclfobrc dicho medico^ de mandato de el CorreífeT con vigilancia,ycaridad le focorrandequaiefquicr manjares, para recobrar mas ayna la fanidad ,y hagafeeíto íegun la facultad del lugar ,y por fervicio dei denado, fi fuere prcíente: Empero enfuaufcncia hagafepor diligencia deles procuradores, óde los ctros devctí)sde}a Orden, fi Guardenfeempero todos los fraylcs,y ¿onadosque no induzganá alguno deles médicos paradeftiuit lavida quarcimal ,y lapafcual,© crafa tomar per f!,ó per interpuefta períona, mayormente como ales ya dichos médicos de derecho les fea defendido,que por la falud corporal no amooeíVená los enfermos alguna cofa qnefeaen peligrodel anima. Empero quando ya pareciere manifiefto que el entermoeíEifano de ral manera que délos manjares quarefmales aceftúmbrados fe puede fulfentar (con madura deliberación) ala. mas fantacoftumbredela vidapaíTadafe biielva,accrdandofc defufuludable prcfefiicn. Pues áninguno de los ya dichos de otraraanera que con efta ley que cita cftablecida; regla de los cida: deles dichos manjares paíquales,ó crafos, es áCaber, carne ,huevos, quefo, manteca,nido cualquier otra cofa de icche,o de aquellas cofas ^ compuefto,ó Cacado, en nem po alguno comer, óalguna cola de las tales tal ,qfe pueda comer, aparejado dentro entrar,óhazertraer,en ninguna manera fea permitido. ^Mas quando deílas cofas tales (como es ya dkho) fuere oportuno comer, por otraparte^ poreldauftro, óConvento, fe lleve ák enfermería de fuera,1a qual eftará aparcada alo menos por efpacio de cinquenca pies, adonde ellugarlo futre" empero con las oficinas dentro del Convento en ninguna manera fe permíta queefte-, ála qual, quando en ella eftuv^ieren enfermos, ninguno entre lin ucencia del Corrector. VCAPITVLO VII. Del ayuno corporal. .fQ^VE el ayuno corporal el anima lim- _pía,el fentido levanta, lacarnefugetaal efpiritu,el corazón haze contrito,yhumiilado, las llamas de la concupiícencia derrama, yel • ardordelaluxuria mata, yenciende ia lumbre MINIMOS. B- bre de la caftidad: Fcr tanto cada vno de los frayles ciengcs ,y¡egcsj íus miembros con los vicioSjy ccncupiíccncias crucaficandcjdt vni manera ayuneoj dtídela ícguncia feria otipues de la Guinquagerima haftael diade Faícua. Y dcfde ia fieíla de Todos Santos, haftae<u-ade la Natividad del Señcr, todos les días ay unen. Aíli niifmo en les erres dias que de la Igleíia eftá eÜableciGo queíe ayunen. Afli miín.o en les miércoles, yviernes de todo el año, Tacados les Jv'iicrcoks entre rafqua,yPcnteccílcs,y entre las íieñas de la Natividad del Señor,yla Purificación de la Bienaventurada Virgen Mana, quecadaañoccurren ,yel dia de ¡a Nativiaad del Señor,aunque en Vlerne sper fu tiempo cayeífe. Los donados en les Ciernes de todo el año fclamcnte ayunen ,y deíde la fiefta de Santa Catalina Virgen ,hafta el fobre dicho diacel Nacimiento del Señor. Afii tmimo todos los fobredichos ayunos de la, Igleíia conforme ales otros frayles ayunen. Áíli quede todos los fobredichos ayunos ninguno fano del cuerpo fea eximido, falvo en tiempo de peregrinación. Pcdi-cán empero los Su parieres de 11Orden fcbrecada vno de les ayunes con los frayles ,y donadoscon razonable caufadiípeafar. (juar- REGLADELOS dcfeafli mifnio que todos los que de continua, ynatural enfermedad fon dcl cielo vifitados, no íolamente en los ya dichos ayunos, mas en todas las vigilias, ytrabajos de la Orden, con benignidad fean fobreüevados ,yde los maniar*es quareímales con mayor abundancia que 1. ,s fanos fean recreados. Yeítos aili vifitados, deltiempo para hazer penitencia áellos dado^ fe íTozeñ, yalegren. Yporqué con mas eficacia fe quite ¡a ccaíton d.toda deílemplanca, yglotonía no fe permite áagu no,de los qenel cuerpoeüán taños, fuera déla acoftumbrada hora de !a refección, fin licencia del Superior comer, nien las caías de les feglares quedarfe ácomer, óallilanoche ádormir, qUando buenamente áfu Monaílerio pudieren bol ver. CAllende defto les abfcondimientósdelas comidas hurtada s,i cada vno fean entredichos. LosHuefpedes con corazón alegre, ycara aplcib-c lean reccbidos; yfegunla facultad de aquel lugar, de los manjares quarefmaies ,y'no de otros por aquello sá quien el Superior mmdare, yno por otros) fean con benignidad tratados. MINIMOS. 9- if XAPITVLO VIIL Ikí ejiiidio de la oración :yde la guarda del’ .. .Jiimcio^ SEAN" amc.o€ftados cada vaodelcsfraylcs que el eíludio de la fanta oracion noolvidé ^ordandcfc que es gcandc ía virtud delapu-. ra, ycontinuada oracion de losjuftos, yqueaili" como fiel menfagero haze eí mandado, ypenetra,ádonde la carne noaIcán§:a, Ypcrqne ^todos ellos mayor ccaíion fe les dé para erar, fea cada vno aoioneífado que con diligencia f^uar-' deelfilencio evangélico, de ta! manera,.queea la Iglefía,CÍauílTo,y dormitorio en todoriem- • po, yenel Refetono en la primera, yfegunda meía. Ydefdc Completas hafta Prima, guardar • íilencioefiudien.Y enlose tres tiempos baxo,y con üeligion puedan hablar. No embargante cfto podrán en les fobredichos tiempos,y luga-- 'res al filencio depiitadosfi hiivíere neceffidad' de hablar alguna cofa con pecas palabras, ybaxas lo que hu vicren de dezircon bre vedad conüuir. Sean aíli mifmo amonelladcs todos que fcan benigacs, templadps, yexemplares, no á £los regla ve los los otros mas aíTi mefmojuzgando-|del mucho hablar que no ¿uede fer fin pecado íe aparten. I el General delta Orden,yVrgdes, ytrovincialesr quando áellos vinieren)con revcrciiaa reciban yla dcbidahonrahumilmenteks den. CAPITULO IX. Ve los Prelados dep Congregación ,yde fus com^aneros^y de los otros oficiales. XOS cue entiende en el regimiento defta JL Religión, yvida, áles otrcj.f " ;^iento,lveftido fegun la poíTibilidad econformen. Yla vara con la manna, yel olio con el vino, que fe entiende jufticia conmifencordia, Ymifericordia conjuílicia en fus correTiones con toda labiduria mezclen. \porque por falta de experiencia ,aquel que primero las bacías de la mutación no huvjere expenmentadc, óel cue no fe conocio difcipulo ,noes cofa expediente, reciba la carga de correaor,niel cuydado de los frayles delta congregación ior efto ninguno en ella orden fea conftituydo ^ prelado, ni eola elección, nidepoficiondclos Fupeaores teng^ voz .fi álo menospor «« MINIMOS... .lol años profvíTo en eíta Orden iaudailemente no huviere vivido. ISli tampoco dcípues deitric?- ñio efto tíiifmo puedan hazer; falvo folos los facerdoces en eíla Orden í.iainente profeíToSjy que alo menos veinte ycinco años ayan tocado, falvo interveniendoel confentimientodel Capitulo general, óprovincial. Yaquel los que feni.-res capitu lamiente fueren elegidos áfus có^rrectores, coafej o, yayuda en todas las cofas, quc' aefta regla, yvida tocan, madúramete den. Aíliniifmo los Lectores aíli formen fus lecciones ,qi^s fus Oidores para con edííic-cion predí- .car,y pa.raoirconfeílioricsidonéos ,yfuficientss hagan. Guardefe en todo lugar íiempre, que ningún fray íe agrado de iVíaeílro, óáotro alguno lea recibijo. ^Allende deífopredicadores, yconfeflores de feglares, en fus oficios tío -fean ordenados,ni confirmados,íal vo por elGcneral Corrector defta Orden, ópor los Vigiles, jb Provinciaie$, ópor fus vicegérenfes :fia idoneidad, yfciencia fabiamenteconfide.rada. El CpnfeíTor de los novicios ,yfu informador por los dichos Prelados áílimilmo fea.(Iignen :Érfi- .pero el Sacriftan ,ytodos los ofici ales del Coñyento, por el tJorrcsilor del Convento, yfiica- ,pituÍo le elijan, ópor ctrns Superiores, prefa- ;Bidos regla ve los Jos en fus viíuaciones con madureza fean dipn- SLo3queaffifuerenelegidos^ódiputados, enlos oficies áellos encomendados con vigilancia entiendan. ¿apitvlo X. Jie Uintinhem de los Superioresdeejla Ou¿repación,)’ dejucUccíctí. 'T-Odos los que entienden el Gorernar deíla IOrden de los Minimos,y cada vnodellos '¿S'razon Certeaores deben fer llamados, p^- que áfi mifmos primero corrigiendo cen com paíTicn los Frayles áellos encomendados aífi cSíjan, que alas faltas de fus hermanos piadofamentt ^ccndolczcan,y fu enmienda masque ’íli pena bizquen, ydcfletn. Allende defte, en cdatrienVen laficfta déla Afcenticn deolSe- ?or idcije primero por c™genera prec^ dente atpitulo fuere ordenado ;hagafe del« FrayleTdcfti Orden, general Ccngregacion,^ Uqial coda vno deles V.g.les .y coSfuscempaferos ,yde vinciasdoscomiíros, de todos iDscom.ífedc cadavMde las dichas fro vincas ' MINIMOS. ir: mente elegidos, yaffi ayuntados capitnlarmente de la vniverfidad deefta Orden, vno allí elijan en general Correftorcon madureza,afli comofiervo bueno, fiel, honeílo, virruofo ,yprudente, por tres años folamenre ,vno empos de otro fabiamente elegido, todo finieftro favor, y embidia del todo langadcs. ^Allende defto quarro, ómas Vice correft ares Vigiles (^fegua que 1avariedad délas regiones andando el tiempo ferá viílo buenw) allí fean elegidos folamente por tres años. Yfobre ciertas Corrceborias de la Orden con madureza fean depurados, yfolamenteen fus vigilancias vfen de plenario poder del Corrector general. Empero eíbo no obftante,licitaméte podrá el General al Corre£lorfobreeftos ya dichos vigiles embiar fabios vifitadores ,los quales en lucernas ardientes los pecados de fus hermanos afli vifiten,y enmienden eii verdaderajufticia ,que la mifericordia della no aparten,yaíli hagan mifericordia que íajufticia nunca fe pierda. A4ifean elegidos ,ó los elegii ^dos, fe confirmen algunos frayles zelofos, yfabios para expedir los negocios defta Orden, tos qualescn nueftro Gonvéro Romano, óen otros lugares, óConventos áRomacercanos {fegun que pareciere expediente} moren. AíTiraifmo B3 los •REGLA VE LOS tes Corre£tc.r‘:s^iOvir, ciaiesjque de tres en tres años fenicjaPitemente han de 1er innovados en. loseapituios Pn vincialesdecada vnaño, que el día penultini'^ del mes de Septiembre adonde mejor pareciere han defer aíiignadoSjCapitularmentefean elegidos ,ylos Correítores de los Convente s, que han de íer experimentados para tales ffie ios :alli juntamente fcanaílignados, hecha primero en cada vno de h:s Cenventoslaelccciop dedos. Empero les Ccrrectores locales (^paíTado el año defuCorrectoraje3á lomenosporynañolugetos fe queden, íl por el capitulo genera!jó Provincial amas altos cfícics nuevamente no fueren elegidos ,cada vno de les otros Superiores qüalefquiera, tanto tiempo álo menos queden fu getos, qtianto prC meroeftuvieron Prelados ,fi ellos como dicho es ácfícics mas altos de nuevo no fueíTen elegidos. \les ya dichos Cerreftores locales en el tiempo de fu Corrccfv.-raje, porque con vigi lancia les frayles áellcsencomendadosde los lazos, yengaños dcl demonio guarden, no i fera licito falirdeel Convento, fino porcaufa juña. yfabiduria del Convento, yconfetimien-^ to dercsfcniores.C A' lende defto ácada vnpdc los intitulados Supetiores defta Orden con madureza CORRETORIO. 15. íln heridajaffi corno dándole gol pe en las narizes jóenlabjca, órafgumnJole con ldS vñas en otros lugares del cuerpo, óen otra manera, eftévn mesen lacarcel,ó mas grave mente fea caftigado :fegun la gravedad de el delitoraíii comopor el Corredor, ycapitulo dela cafa, diferetamenteferá ordenado ;yíi alguno con cuchillo,© con otra cofa, plagajó alguna disforme herida,6lefio hiriere áctro, óle cortare algún miembro,ole mancare,tfté en la cárcel quinze mefes. Ydemas deílo fi í-á. gravedad del delito lo deraádare,cora era Jos Miércoles, yViernes pan, yagua folarnente, dfeacaíligado mas gravemente, conforme á la deliberación dealgunode los Superiores, Prelados,d» de fus vicegerentes; falvo fialgima vez per enfermedad fe hu vieííe de hazer alguna rclaxacicn de la dicha p^nirencia, en el cual cafo,podrá el Corredor,de cenfétimiento del capitulo de la cafa, con confej o del Médico fiefíuvkre preft nte, facer de la carcelal tal maihechor,ypaírarlo áorro iu£ar honefto, yfeguroi pero el tal del ín-que nteVea privado del derecho de laprimogenitur-í, y de voz capitular perpetuamente. Al leodc de-fto-pc-rlas femejantes heridas, ógoJpe,s, ó pofiu- CORRECimiO. noftura de manos, que los Frelados hizíei-en en fu siubdiCos/ean le sdadas las fobredicaas penitenciaSjpur fus compañeroSjjuntamtmce con el capiculo de aquelConvenco,o del mas cercano, ádonde los tales Prelados primero fueron áoarar ,yfeaii depueftos dcl ohcio, y ha'laranto,que porel capitulo general fem abilitados, feaninuabiles para todo ohciqde la Orden. .« cSeaavidoaqui por regía general,que cuando quiera quevnPrelado Supenosde ella Orden de los. Mínimos porfii^ .n^r. ,/4 • áp' iii oTirüO» eua Oruen uc, ,.,*^1 r fuere depuefto ,ófufpcndido f“ °^°> tuere aepuciiu ,ur^^ conforme al tenor defte prefeme CorreaPorio; cuc la tal fufpcnriQn,ó depoficion, fe ha- 17apor los compañeros.del tal Prelado,junta mente con el capitulo de. la cafa ,odel mas cercano Convento (es afaber) donde primero tal Prelado Superior llegare,ofue re hablado ,defpues de cometido por el tal delito dierno de la tal dcpoficion ,ofuípenfion. Y depueftojo fuípendido el tal Prelado en la manera fufodicha ,los dichos fuscomraner.s ,Yel capitulo local de la mdma hU- titujan en fu lugar a' gun fr jO ‘doñeo: tafta el mas cercano capitulo Provincial ,falv CORRECrORIO: i6. el Capitulo general no eíluvicíTe mas cercano ,en el qual mas largamente fobre ello fe tratará. Item, quando fegun el tenor de eíie prefente Correítorio algún Corrector local, hii viere de ferdepueíto, ófufpendidodcfu oficio por razón de fus delitos ,hazerfe ha ia talfufpeníion,ódepoficion por fus cora pane roSjy por el capitulo de aquelConvenco,6 del Cenvétomas cercanc(^conviene áfaber} dóde primero fuere hallado el tal Corrector, defpues del tal delito ,digno de la tal depoíi - cion,ófuípeníicn. Ydeputítojófufpendsdo el tal Corrector (corrio dicho es} fea por fus compañeros juntamente con el capitulo de la cafa foftituydo algún frayle idoneo en fu lugar, hafta tanto, que mas largamente cite negocio fea determinado por el Corrector general ,0 por el proprioVigil, óProvinciano poralguno de fus vicegerentes. ^Aquifeha 5' de tener por regla general, que donde quiera queenefteCorrectorio fe haze mencioa.de '^Prelados Superiores de efta Orden ;fe ha de entender de los fobredichos (^esáfaheid del Correftor general,yde los propriosV^igikes, ;y Provinciales. ^Yaíli fufpendidos los tales 6 ;Prelados.fupcriores ,ylos Corredtorcs locarles CORRECTORIO. leSjncfean i’ugetos en cofa alguna á los taíes fuftiuitüs,que íc provee en fu lugar, mas fimpkmente queden en losConventos de fu depcficion (conviene faber^los Prelados fupcnores queden en la manera fufodicha,hafl:a la deliberación del CapiruloGeneraljóProvincial.^ les Correftores locales,queden enlos Conventi-s, en la manera que dichaes, hada tanto ,que por alguno de los Prelados Supe-* riores, ode fus vicegerentes con fus compañeros fe determine lo quedel los fe deba hazer. Empero les Correctores depueílos, 6 fufpendidos ,no puedan fali rfuera de los dichos fuftirutosfuyos ,yde los feniores de la caíli. Yquandolos dichos Prelados Superiores, yCorrectores locales fe huvierendede-- poner por fus cid pas conforme al tenordeíls prefente CorreCtorio, queden en los Coventos de fu depoficion fugetos fimplemente ,y alli reciban defpues las penicencias,que fe les huvieren de dar, fegun la stales cu 1pas ,ydelitos lo requieren, comoeítán taíTadosencl prefente Corri^Ctorio ,en fas proprios lugares en la manera,yforma ya d.cha(es áfabsr^ ^ ios Prela ics fu peñeres, fegun ladifinicion/ de alguno de los dichos capítulos. Ylos- Cor- CORRECrORIO. I/. Correélórcs locales íegú la deliberacíó de algunode losPrelad os fupsriores,ó de fas vícegereníesjjunraaisnce coníuscópañeros.^ Allende 7 dsílojfi por cafo alguno voluntariamente jó con deliberación matarcá otro ,fea prefoj y encarcelado ea cárcel perpetua lia efperanja de dirpenfacion, yallí ayune ápan ,yagua rodos los miercoles.yviernes,y todas las quatro témporas de cada añojy todas las vigilias, yayunos deia ígleíla. Demás defro fialguno cometiere hurto en pequeña cantidad ,fea caftigado por el Correttor local con confejo de los feniores. Peroíi fuercen mucha cantidad íiendo hgirimamente convencido ,fea portres'mefes encarcelado,óel Correéforlo caftigue mas gravcmence.íi le parciere que la gravedad dei delito lo requiere, yde la tal cárcel nofalga, hafta tanto que la cofa, que hui-íó fea reftituyda (fi poiTibIefuere)al convento íide aiiila hurto, óáotro qualquier damnificado, dondeprimero lahuríó. Sial- '’guno cometiere facrilegio ,yno pudiere reftituir lacofaqoeaíil hurtó, fea pucíto eala cárcel perpetua, yde allí no faigajílilyo fi al- •gunosde lo-? Superiores Prelados, ó'de fus ^vicegerentes huvieren niifericordia,deGl,y Clo CORRECTORIO. lo quífieren de alli librar, fItem, fi alguno aculare áotro falfamente, denle la penitencia, que el tal acufado merecía, fileíueíic probadoel tal delito. CAPITVLO II. J}celCorreBonQ. 1QuienpodTAfccibiVwyuicios. aPidan los novicios tres ,bquatro vtzes laprofejjicn. 2ElmododehazerfrofeJJíon. XLosnrcicwsfefientmporfu orden. Ialeuno, ofendiendo contra el fegundo ^capitulo de la Regla defta Orden, recibiere 3fabiendas en ella algunas periconas, Im para ello tener comiíTion, óantes dcl tiempo ordenado en el dicho fegundo capitulo, comatres dias continuo span, yagua íolametc, yla raifma penitencia hagan los compañeros ^ LlosPrelados, que áfabiendas en cfto con. fintieren. Yla deliberación de los queafli hai deferrecibidos,perteneceráálosSuperiore5, Prelados, yáfus compañeros. ^ algún fubdito fuere delegado,o fenalado CORRECTORIO. i8. los Superiores Prelados para el ral negocio, quedara la dicha deliberación en el Corrector del ConventOjyfus compañcros.Sialgu^ EOS empero fueren ya recibidos contra la dicha forma por alguno de les Vigiles, óProvincíaJeSjó de fus vicegerentes,la aprobació de los tales quedará refervada al Corrc£tor general. Mas íl fueren algunos ya recibidos porel General,ópor alguno de losCorredoros^^localcs antes deltiempo determinado,fea laaprobado de los tales refervada al proprio Vigiljó Provincial. Ypor eíTos Prelados, á los quales rcfpeftivaméte es refervada la tal recepción, fean jefpucs los tales aprobados, yfu recepción aceptada, yconfirmada. fAllende deílo, el informador de los a novicios, amonefte alos tales novicios, que tuvieren propofitodehazerprofeífion, que cerca del fin del año de la aprobación, pidan, tres, oquatro vezes, que los admitan áella congrcgacion,loqual como les fea otorgado, ”harán profefíion en la manera, quefefigue. ^Yofray fulano, hago voto ,yprometo á} iDiostodopoderofo, yala Bienaventurada .Santa Maria ,yátoda la Corte celef- ‘tial,y ávosPadre, yáefta SagradaOrden, C2que correctorio. queeftarejy permanecerétodoeltiempode mi vida, debaxo de la vida ,yR^egladelos Fravles de la Orden de los Minimcs de San Fvancifco de Paula, aprobada ,yconfirmada por el faníifl'imo feñor nueftroj ulioSegundo Remano Pontifi ce, deípues de la aprcbacio, Yconfirmación oel Romano 1ontifice Al^- xandroSexto de bienaventurada reccrdació, vqueeíbre, yviviré con perfeveranciadebaxo de los votos de pobreza, caftidad, obediencia,yvida quareímal,conforme alas dere’'minaciones 5Ycircunftancias pueblas, ylimitadas en la Regla defta Orden.Los Donades defta Orden,quando hizieren prote ilion añadan la claufula figiuente. Yderrias defto, prometodeaqui adelante de guardacfidelidad defta Orden, ydar cuenta, ynelmente roínifcllarl-asUmoíossdcUa. íAllende ae efto, en todas partes los novicios ieaUieritcn, ordenadamente conforme al tiempo de lu recepción ,yconforme al grado de cada vno resáíaberlosPresbyterosdeMiífa, con los Presbyteros de MnTa} por fu orden ,defpues del vlrimo Sacerdote profeílo. Los Diáconos con los Diáconos, los Subdiacoaos con losSiibdiaconos ,y.deípues.;io3 demas gmarda^i4í) la orden de fu entrada. CORRECTORIO. CAPITULO III. Deel Correcíono. 1El que traxere camifa ^odexare el habito. 2Los Donadospuedan traer zapatos enteros. 3Pueden los Frajíes caminarlcavalla. 4, Con confetitinricnto de los fenioresjfe den peni* temías aojes. SIalguno, ofendiendo contra el tercero capitulo de la Regla de ella Orden, vifticre camifas de íienco ,ódurmiere fin habitOjporefpacio decincodias carezca de vino, ypitanza. Yíiiuere Prelado fea fu fpenfo del oficio por efpacio de tres mefes continuos. Item, íi alguno por iníligacion diabólica, no acordandofedsíu profe(IÍDn,dexare el habi- to deíla Orden, ocon él anduviere vagabundo, efte tres mefes en la cárcel ,ómas gravemente fea caíligado, ávido refpectoal efeandalo por él cauíado,en el tal derramamiento, ovagación. Pero íl alguno fe arrepintiere, y fuere preílo fu tornada, podra ferie mitigada ella penitencia, óen otra coiiimutada ,confiderado fu breve arrepentiaiienco, ypreíla C3 tor. I CORRECrORIO. tornada jY la ocaí'ion que tuvo para falirfe de la Orden, yla deliberación defto pertenezca al Correaordela cafa,y fu capitulo. Mas los talesfeanprivadosde vcza<Stiva, ypaíllva, perpetuamente ,ydel derecno de la prfmogemturaj falvo fi por el capitulo generado 2, provincial fueren reabilitados. ^Allende de eftoj ningunos Donados de efta Orden ,f. an conftreñidoSjpor algunos ouperioreSja traer contra fu voluntad, los zapatos abiertos de arriba.Yfi alguno de losCorrcftores locales, lo contrario hiziere, fea corregido poralgunodélos Prelados fuperiores, ópor fus vicegerentes.\los tales prelados fuperiores,que en efto ofendieren ,feancaftigadoscn lesea- • pirulos figiiientes ,de los tales Prelados. ,fAllendedefto, caritativamente fetollere, que adonde tiO fe hallaren aíiios fuficientes, aparejados, en que los Fray les cenvenientemente puedan caminar ,que eífos Fraylcs fe hagan proveer de cavalgaduras mulares, oíi ^ no fe hallaren de cavallos, en quereiigiofaniente puedan caminar. Con tal, que la filia, yfrenofean fio pompa, yfin algún ornamen- , te, como ála heneftidad de les Religiofos^^ ^varones pertenecen. íEsdenotar,que don- CORRECTORIO. 13,^ 27 Losprelados que deftnbu) eren las Imcfnas* los no necejjltcdos . 1 8 Los Superiores no pajfen los bienes de 'un Convento en otro. SIalguno pecando centra el quinto Capitulo de la Regla deíla Orden, fuere rebelde contra laObediencia de fusSu perfores, yperfeverare en fu contumacia, fea encarcelado ,ypor el ral encarcelado fe diga el Hymno. Vem creatorfpritus ¡con el Verfo, yOración del Efpiritu Santo devotamente, en el Oficio Divino ,defpues del Antiphona de SalveRegina^o de otra Antiphona, que fe huvierede dezir 5fegun la ccílunibre defpues de las horas Canónicas; lo mifmo fe haga defpues de comer, ycenar 3el qual Hvmno del Efpiritu Santo,Verfo,yOración fediga, fupl icando ánueftro Señor, que el tal encarcelado, mediante la gracia del Efpiritu San- to, fe difpcnga, yprepare ála Obediencia. Yel Corredor tenga cuydado, que aRunes fus familiares,óotros diferetos frayles,coiTio áel mejor parecerá, araenudo vayan áhablar al tal encarcelado ,para incitarlo, ytraerlo á Obediencia ,áexemplo del benigoiíiimo JE- CORRECTORIÓ. JESVSSeñor Nueítro ,ypor fu grande amor ,el qual por la falud del linage humano no fe mencfprcció ,ni tuvo por mal, fiendo Dios ,fugecarfc álos hombres ,y por no perder la Obediencia ,quifo antes perder la vida. Yfiel tal encarcelado con faludablc contrición, dentro de tres dias, fe ofreciere preparado para la dicha Obediencia, faquenle luego de la cárcel; pero fi por masde tres dias perfeverare en fu contumacia, eílé tres mefes continuos en la carcel,y íi en eftos tres mefes no viniere ilaObediencia fea otra vez puefto en la cárcel, yallí coma fo lamente pan, yagúalos Miércoles, yios Viernes,ynolefaqucndelacarcel,hafta que venga ála Obediencia; yquando quiera que fe determinare áella ,yal Correáror ,yafu Capitulo pareciere,fca milericordiofamente della librado. ^Irem,fialgun fubditofecretamentede palabra,riñere con otro,pida también perdón fccretamente.y haga también perdón fccretamente, yhaga también fatisfacion oculca;y fii publicamente riñere ,conozca fu culpa publicamente, ybefe los pies de los ProfeiTos,^ ytambién de los Novicios, fi ánoticia del Ios viniere CORRECTORIO. 24, viniere la tal contiendaj yfi la gravedad de la quefticn lo requiere ,íea mas gravemence caftigado ,fegun la deliberación del Capitulo, fin aver acepción de períonas yporfatiffacionde la íecreta ofenfa ,diga fecretamente eftendidos los brazos, cinco vezes el Pifie*' nofier^ yotras tantas el AveMaría. ^Si alguna vez entre el Prelado, yel fubdito naciere alguna grave difeordia, les Séniores de la cafa, ylos mas difcrctos Fray- Ies,con toda caridad, lo mas prefto que podrán la pacifiquen ,yíi el fubdito tuviere la culpa, efté obediente áloque el Capitulode la cafa íobre cfto mandare ;yfiel Prelado, ó Corrector local fuere culpado, quede refervado el tal cafo ,para que lo caftigue alguno de los Superiores, Prelados,© de fus Vicege- i£ntes,y fiempre en los tales enojos,y difeordias, fe tenga mas refpeto ala paz, yreconciliación, que ala punición, ycaíligo déla culpa ,porque no fe ha de procurar el aflígíraíentodelüsFrayles, mas la enmienda de dios. ^A!lendedefl:o,fi algunoel Votodela anta Caftidad quebrantare ;luego que fobre ,1o tal legitimamente fuere convencido, fea 3 4 por CORRECTORTO poríeismefes encarcelado, ófea mas gravemente caftigádo, íegun la gravedad dei deli- to lo demandare, ádeterminación dsl Corredor general ,ódel proprio Vigii, óProvincial con fus Compañeros, mirando io que mejor,fegunDios,converna. Ydemás deíto durante el tiempo délos dichos feis raefes» no beba vino los Miércoles ,y los Viernesj 'ydende en adelante fea privado de todos los Oficios de laOrden,yde oirConfeiTioneSjfalvo íi no fuere habilitado por el Capitulo General ,confiderada la calidad de fu períona. yno fea librado de ia dicha cárcel, fi no fuere poralguao de los Superiores Prelados, óde fus Vicegerentes. -qr Demas defio ,porque de algunos ^Frayies ,óDonados defta Orden ,algún efcandalo no nazca, guardenfe que en ninguna parte fed compadres de las mugeres, yeviten la fofpechofa converfacicn de las tales imi- «reres, porque la mala converfacion corrompe las buenas coaurnbres. 1' íi alguno lo contrario hiziere fiendo compadre de algunas mugeres,fea privado por vn ano de voz Capitular, ydel derecho de la primogenitura. , 6^Allende deftofi alguno entrare en las cafas, CORRECTÜRIO. 25 cafas, ylugares iecretos de ios Monafterios de las Monjas, fieltal fuere Prelado, ipfo faéto fea depuelio del Oficio ,yfi fuere fubdito fea privado por vu año de voz aftiva, ypafiva,yan!elFrekdocomoelfubditoque eneftecafo ofendieren ,coma tres Viernes pan, yaguafolamente,y demás deíio en cada vno de los dichos Viernes tomará vna difciplina. Perofiel tal fuere Donado, allende de ía drena peniteciaeílé vn mesen la cárcel. fDemas déíi;c,fi alguno contra el tenor delaR.eglade la Orden de losivlinimos,confintierL, en el Convento delata! Orden, e trar algunas Mugeres (falvo alas Funda ras de la Orden, yálas Señoras de Real 1 ge, }fi el ral fuere Prelado, luego por el 1 mo hecho fea depuefto de el oficio dende adelante inhábil para todo oficio déla Or den, falvo fi por el Capitulo General, óPro^ vincial 5connderacía la calidad de fu oerfona feareabilitado. ^Item ,fi alguno contra el tenor de la Regla deíla Orden ,tocare dineros áfabiendas, ólostraxerefobrefí, eftédos mefesén ia Cárcel,y fea privado de voz capitular por vnano. Ydemas defta fiel tal fiiere Freíais do CORRECTO-RIO. do )luego c]^ue legitimamente fobre lo tal fuere cenvencido íeadepucfto del Oficio. oSi algún Corredor localjóqualquiera otro Subdito jóPrelado jcontra la difpoficiondel Derecho >enagenare los bienes de Ja Religión,ylos diere fuera de la Orden,fea depuelto del Oficio, yfea encarcelado por vn mes,ódos, ómas, conforme ála gravedad del delito, fegun ladelibcració del Corre dorGeneral ,6 del Vigil de la tal Provincia, ódel Provincial, óde fus Vicegerentes, ádifcrecion de los qualesfea refetvado el caíligodel tal Corredor. Yfi alguno de los dichosFreladcsSupericres.algunavcxincur rieíTe en femejánte cafo, luego por el mclnio hecho feadepueílo del Oficio, yfi fuere fubdito, fea privado por dos años de voz adiva, Ypafliva, ydel derecho de la priniogenitura. JO Allende deftofi algún Prelado,© fubdito pecando contra el voto déla Pobreza, depofitare algunos dineros por fuyos, en pOr derdealgunas perfonasq no fean defta Orden, óen otra parre los abfeondiere, licndo fobre ello legitimamente convencido ,fef ericarcelado,"hafl:a tanto que los dineros le - entreguen, yponganen el arca ConventuaP CORRECTORIO. Yíiios dineros fueren en notable cantidad -y no fe pudieíTen hallar por la gran malicia -del que los abfcondió, cumplida por el tal proprictario ja penitencia, que le fuere impucfta, quando pareciere que conviene fec iacadodclacarceii mas halla tanto que fea habimado por el Capitulo General, fea pri^ vade del derecho de la primogenitura. '^ Yíi aipnopecando contra el dicho 1 1 voto de .a pobreza ,recibiere algunas limof. ñas en otra manera, que como en la Regia de ella Orden fe permite, fea caítigado kc^iri, -mamenkporalguno de los Prelados Supe- (tiores^ ode fus Vicegerentes. ren^nn ümofnas fue-ii ren pupilas por efcrito, fean rrietidas en el Arcapor mano de los Donados ,óde los ef pmtuales amigos ,la qtial arca tenga quatrj cerraduras, yeíleen la Sacriília donde la huv^ere ,ydonde noeílb en algún 1ugar conven.ble, yfeguro^ De la qualarca rendra v^ llaveel Correftordelacafa, yotrael Sacrií. teno-avnfv jyqnartallave ga vn Donado, que para ello ferá elegido ^por CORRECrORIO cor el dicho Capitulo. Vli Donado fuficieníe para tfto no fe hallare, ólos que huviere fueren fofpechofos, téngala otraquarullavealEun otro Frayle, que tenga voz Capitular, para ello como dicho es por el Capitoloekgido. Yquando la tal arcafe liuviere de abrir eften prefeotes los dichos llaveros, y fiemptefctenga mucha cuenta con que ninguno tenga dís lia Ves ,mas bien fe permite, fue el que tuviere vna llave de ladichaarca, ?enva otra del Cepo de la Iglefia. Yquando algSno de los dichos llaveros huv.eredeir folra del Convento ,dexedichoal Correetor, áquien queda en guarda la dicha llave, qué por el Capitulo le fue dada hafta que Aflttniftno quando alguno de los Se- *3niores huvicre de it fuera por mas de Vndla, dexe primero manikftadoalCorreaor quie dexa en fu lugar, de confentimiento de los otros Séniores. Yf. algunavez el Corr íiot por menoíprecic hiziere lo contrario,yc eíto fuere ameneftado tres vezes por el Capitulo dela cafa, yno fe corrigiere, íea luego fufpendido del oficio. Yfi alguno de los dichos Séniores, óllaveros, alguna vez huvle^ 1c CORRETORIO. ^27: re de ir fuera deiConventOjy no feñalare primero al Corrector al que dexa en fu lugar, fea caftigado al arbitrio del tal Corredlor. fAllendcdefto, enningunarrianerafci4 Gonfienta jquelos Frayles defta Orden períonalmente entiendan en algunos proceíTos, ni vendidas,ni compras,ni fe permita que los tales Frayles pongan perfonalmente algunos dineros en cambio,óenotra parte alguna, ni las cédulas, ni otras eferituras, que fobre los tales dineros fe hizieren,tocantes ánegocios de perfonas, que no fueren defta Orden, mas quando femejantes cofas fuere neceíTariohazer, haganfe de confenrimiento del Capitulo, por fieles Procuradores, ópor algunos Donados,óefpeciules amigos de la Orden.Y fi alguno contra la prefente deliberación hiziere, fea perpetuamente privado de todo oficiode la Orden, falvo fi por el Capitulo General,óProvincial fuere habilitado, confi ierada primero la calidad de fu perfona. ^Demás defto, todos los Correctores^! locales, yfus Compañeros ,en cada tres mefes den cuenta delante del Capitulo de la cafa, en alguna parte conveniente, ylomifmo hagan en el fin de fus Oficios delante delPro- D3 .,CORRECTORIO. yincíaljde todos Iosgaftos,y recibos qúepara Ja luítentacion de fus Frayles ,yConventos, ^qualquiera parte por los Procuradores ,y DonadosdeftaOrden ayan fído hechos, Ydeinas de efto, en convenible tiempo hagan díftribuir en algunas obras pias los dineros que lobraren de las Iimofnas,y íl algiin Corre¿tor lo contrario hiziere,ycomo dicho es nodierefus cuentas, óios dineros delaslimofnas ’no los hiziere deftribuir, fea inhábil para íiempre jamás para todo Oficio ,fuere habilitado por el Capitulo General ,óProvincial, confide- ^ada la calidad defuperfona. Yporque loá dichos Correaores puedan maor dar fus euentas.xada Donadode ella Orden que fuero deputado en provifor, dé cuenta, yrazón cadaíemana adosefcritores de la cafaj yaliéde defto, para que mejor fe den las dichas quentas, aya en cada Convento dos libros fot>re los gafto s,yrecibos de aquel Convento, yalgún Frayle elegido en el Capitulo tenga el Vilo de ellos, el qual fea dcl gafto que fe nuviere de hazer en el tal Convento, por el dicho Donadoprovifor,yotro idoneo Fray- Ic elegido aíft miíino por el Capitulo, tenga el CORRECTORIO. 31. bidar por caufa de devoción 3con tantoque íiempre fe guarde en el liefeftorio continuo filenciojaíii comoenteramente convienehazerfe en aufencia dejos tales eílranos. 1' comofea mejor el mantenimiento de el alma, que de el cuerpo, entretanto que el manjar corporal fe recibe ,denle al anima refacción efpiritualjleyendo continuamente efpirituales lecciones. .^Procuren cada qual de los dichos 4 Fraylesjíerexemplares como conviene áfu eftadojV íi acafo en tiempo, que en el Refectorio ay huefpedes combidados, alguno bu- - vieíTe de cumplir alguna penitencia ,que le huvieíTe fido antes impuefta,pcdráfe el cumplimiento déla tal penitencia diferir en otro tiempo,fegun la difcrecion del Superior. ^Defpues de efto, para fiemprejamas 5 permanezca, yfe guarde el prefente Coriccterio fin lo quebrantar, de manera, que de aquí adelante por ninguna via, ni modo fe puedan hazer otros eftatutospenales ,fi por ventura no fuere de efpecial confejo ,yconfentimiento de las dos partes de todoel Capitulo General, quedando derogados ,yaniquilados todos los demás eftatutes penales, -que baila aquí han fido hechos. CJ. CORRECTORIO. CAPITULO VIIL De el CorreBono. 1Si alguno quebrantare Silencio en el Refectorio. 2Los CorreBores apenas hablen en la Comunidad. 3El modo de recibir los Superiores. . ^LosFrajíesfean bendecidos por el Superior. 5Los Corredores haganfus Oficios. Ialguno ,ofendiendo contra el octavo Capitulo de la Regla defta Orden, quebrantare Silencio en él alguna vez, en la nrimera^ ófegundá niefa del Refeélorio, arcomer, óal cenar(el qual filencio fe ha de guardar,yafli lo declaramos en eíteCapitulo,que fe guarde mientras duraren las tales refecciones} feacaftigadoal arbitrio del Corrector, conllderada primero la gravedad de el delito. Item, los Correétores locales apenas hablen en comunidaddel Refeétorio mientras comieren ,yquandofuera neceíTario de- Ziralguna cofa, digala brevemente, porque no CORRECTORIO. 5: no parezca, que de la mefa del R.efeftorio fe haze filia de Capitulo jyfi alguno de los Correctores lo contrario hiziere, fea corregidoporalgünodelos Superiores Prelados, oporde fus Vicegerentes ,como lo mandare lagravedad del delito. ^Item, quando el Corredor genera!, ólos Vigiles, óProvinciales acaeciere venir álas cafas, óConventos de efta Orden, ante todas cofas fe tanga la campana de el Capitulo ,yrecíbanlos debidamente, en la manera figuienre. El Corredor Genera!, ferá recibido con mucha rev erencia por el Corredor,yFraylcs, que alli fe hallaren,á¡a primera puerta de aquel Convento con la _Cruz, yagua bendita, viniendo juntamente en proceílion hafta la dicha puerra. Les Vigiles ,fean recibidos con honra fin proceflion ála primera puerta de la Ig'cíia. Alos ProvíncialeSjyáfus Vicegerenres reciban llanamente fin prcceffion en lapucrta del Coro déla Iglefia década vnodcics ^Conventos ,yles d:chcs Prelados, yfus Vicegerentes aíli recdidcSjdén humiimente fu bendicic nales FrayIes ,que arecibirlos f.ilieron ,yfi alguno hiziere lo contrario no recibien- CORRECTORIO. cibiendo (^como dicho es} álos tales Superiores Prelados, ya fus üicegerentes ,por cada vez coma en tierra vna vez pan ,yagua folamentc. Ylos dichos Prelados venidos al Monallerio fean benignaméte tratados,conforme ala facultad ,ypoíTibilidad del tal Convcnto,y aílí como reíplandecientes candelas trabajé de dar átodos exemplode luz. ^Iremquandoel Corredtor lGcal,yel Provincial ,ófu Vicegerente ,cíluvieren juntamente prefsntes el Provincia!, ófu Vices;erente,tenga el primer lugar, yel Corredor de la cafa el fegundo, yli alguna vez los Frayles pidieren bendición al Corredor de la cafa en prefencia del Provincial ,óde fu Vicegerente, el tal Corredor fuplique al dicho Provincial ,óa fu Vicegerente ,óáftt Superiorjfi allí fe hal ¡are de pal abra,ó por feña!, que aya por bien debsndezir álos que la talbendicion de mandan. Aíli niifmotodos losFrayIeSjquc en los IFcfedonos defta Orden fe hallaren defpues de cenar,eftaado humildes, Ycon reverencia, fean bendecidos por el Corredor gensraFfi fe hallare preíente, yen fu aufencia dél por el proprio Vigil, yen fu aiifencia de cíle, bendígalos el Pro- CORRECTORIO. 2^^ cfafas, ylifgares fccrttos de ios Monaílerios de las xMonjas, fiel tal fuere Prelado, ipfo £a£to fea depilelio del Oficio ,yfí fuere fubdíto fea privado por va añode voz activa, ypafiva,y aííi elFrelado como el fubditoquc en elle cafo ofendieren ,coma tres Viernes pan, yagua folamente,)’ demas deílo en cada vno de los dichos Viernes tomará vna difciplina. Pero fiel tal fuere Donado, allende de la dicha pénitecia elle vn mes en la carceL fDemas deftcjfi alguno contra el tenor 7 de la R^eglade la Orden de losMinimos,coníintiereenel Convento déla tal Orden, entrar algunas Mugeres (falvo alas Fundadoras de la Orden, yálas Señoras de Real linage, }fi el tal fuere Prelado, luego porel mefmo hecho fea depueffco de el oficio dende en adelante inhábil para todo oficio déla Or-* den,falvofiporel Capitulo General, óProvincial ,confiderada la calidad de fu perfona feareabilitado. ^Item ,fi alguno contra el tenor déla g Regla deíla Orden ,tocare dineros áfabiendas, ólostraxerefobrefi,- cité dos mefes-en Ja Cárcel,yfea privado de voz capitular oor vnaño, Ydemás deílo fiel tal fuere Prela- D’ do CORRECTORTO. do ,luego que legítimamente febre lo tal fuere convencido lea depuefto del Oficio. 9Si algún Corrector localjó qualquiera otro Subdito ,óPrelado ,contra la difpoficion del Derecho ,enagenare los bienes de la Religicn,y ios diere fuera de la Orden/ea depuefto del Oficio, yfea encarcelado por vnmes,ddos,ómas, conforme ála gravedad del delito, fegun ladelibcraciódel Corre ftor General ,ódel Vigil de la tal Provincia, ódel Provincial, óde fus Vicegerentes, ádifcrecion de los qualesfea refervado el caftigodel tal Corredor. Yfi alguno de los dichosPreladosSupericres.algunavezincur rieíle en femejante cafo, luego por el mcfmo hecho fea depuefto del Oficio, yfi fuere fubditOjfc-a privado por dos años de voz adiva, ypafiiva, ydel derecho de la priniogenitura. Allende deftofi algún Prelado,ófubdito pecando contra el voto déla Pobreza, depofitare algunos dineros por fuyos, en poder de algunas perfenasq no fean delta Orden, óen otra parte los aÍ3fcondiere, liendo fobre efto legítimamente convencido ,fea encarcelado, hafta tanto que los dineros fe entreguen> ypongancnel arca Conventual. CORRECrORIO. 26 - Yfilos dineros fueren en notable cantidad yno fe pudicíTen hallar por la gran malicia del que los abícondió, cumplida por el tal prop^rietano la penitencia, que le fuere impucíta, quando pareciere que conviene fer uranto que fea habilitado por el Capitulo General, fea pri^ vado dei derecho de la primogenitura fYfi alguno pecando contra eídichoií voto de la pobreza ,recibiere algunas limof. ñas en otra manera ,que como en la Regla de ella Orden fe permite, fea caftigado leafti- «lamente poralguno délos Prelados Superiores, oae fus Vicegerentes. fYdefpues quelas tales limofnas fue-ii ren pueftas por eferito, fean metidas en el rea por mano de los Donados,óde los efpirituales amigos jla qual arca tenga quatro cerraduras, yefté en la Sacriftia donde la huviere ,ydonde no efte en algún Jugar conve-- n,ble, yfegaro^ De la qualarca fendram ave el Correaror de la cafa, yotra el Sácrif* tan, yotravnFray¡e,que tenga voz Capi^ tular, ^ndopara ello efpecialmcnte elegido porel Capitulo de la cafa iyla quartaHave tenga vn Donado,que para eftofera elegida ^por CORRECTORIO por el dicho Capitulo.Yli Donado fuficíente para ello no fe hallare, ólos que huviere fueren fofpechofcs ,tenga la otra quarta lla- ve algún otro Frayle, que tenga voz Capitular, para ello como dicho es por el Capitulo elegido. Yquando la tal arca fe huviere de abrir eftén prefentes los dichos llaveros, y íiempre fe renga mucha cuenta con que ninguno tenga dos llaves, mas bien fe permite, que el quetuviere vna llave de la dicha arca, tenga otradel Cepo déla Iglefia. \quando alguno de los dichos llaveros huviere de ir fuera del Convento ,dexc dicho al Corrector, áquien quedaen guarda la dicha llave, que por el Capitulo le fue dada hafta que torne. ^AfíimifraoquandoalgunodelosSe- *^nioreshuvieredeirfuerapor masde vn dia, dexe primero manifeftado aiCorreCtor quié dexa enfukmar, de cenfentimiento de los otros Séniores. Yfi alguna vez el Corrector por menofprecio hiziere lo contrario,)' febre cito fuere amoneftsdo tres vezesporel Capitulo de la cafa, yno fe corrigiere, fea luego fufpendidodel oficio. Yfi alguno de los dichosSéniores, óllaveros, alguna vezhuvierc CORRETORIO. ^27: re deirfaeradelConvento,y nofeñalare primero al Correítor al que dexa en fu lugar, fea caftigado al arbitrio del tal Corre£tor. ^Allendedefto ,en ninguna manera fei4 coníienta, quelos Frayics defta Orden períonalmente entiendan en algunos proceíTos, ni vendidasjiii compras,ni fe permita que los tales Frayles pongan perfonalmente algunos dineros en cambio,óen otra parte alguna ,ni las cédulas ,ni otras eferituras, quefobre los tales dineros fe hizieren,tocantes ánegocios de perfonas, que no fueren defta Orden, mas quando femejantes cofas fuere neceflario haj^er, haganfe de confentimiento del Capitulo, por fieles Procuradores, óporalgunos Donados,óefpeciales amigos de la Orden.Y fi alguno contra la prefente deliberación hiziere ,fea perpetuamente privado de todo oficio de la Orden, falvo fi por el Capitulo General,óProvincial fuere habilitado ,conííderada primero la calidad defu perfona. ^Demás defto, todos los Corredores^ fj locales, yfus Compañeros ,en cada tres mefes den cuenta delante del Capitulo de la cafa, en alguna parte conveniente ,ylo mifmo haaan en el fin de fus Oficios delante delPto- D3yin- CORRECrORIO. vincialjde todos losgaftos,y recibos que para lafuftentacion de fus Frayies, yConventos, en qualquiera parte por los Procuradores, y DonadosdeftaOrdenayanfido hechos.Ydemás de efto, en convenible tiempo hagan diftribuir en algunas obíaspias los dineros que ícbraren de las limofnas, yfi algún Corrector lo contrario hiziere,ycomo dicho es no diere fus cuentas, ólos dineros delaslimofnas que fobraren ,no los hiziere deftribuir, fea inhábil para ílempre jamás para todo Oficio de la Orden, falvo fino fuere habilitado por el Capitulo General ,óProvincial, confiderada la calidad de fu perfona. Yporque los dichos Correctores puedan mejor dar fus cuentasrcada Donado de eíta Orden que fuere depurado en pro vifor, dé cuenta ,yrazón cada femana ádos efcritores de la cafa^ yaliéde defto, para que mejor fe den las dichas quentas, aya en cada Convento doslibros fobre los gaftc s,yrecibos de aquel Convento, yalgún Frayle elegidoen el Capitulo tenga el vno de ellos, el qual fea dcl gaftoque fe huviere de haz^r en el tal Convento, por el dicho Donado provifor,y otro idoneo Frayle elegido aíH mifmo por el Capitulo, tenga CORRECTORIO. 31. bidar por caufa de devoción ,con rantoquc fiempre fe.guarde en el L^efeCborio continuo filencio,aíii comoenteramente conviene hazerfcenaufenciadelostaleseftraños. Ycomo fea mejor el mantenimiento de el alma, que de el cuerpo ,entretanto que el manjar corporal fe recibe ,denle al anima refacción, efpintual,leyendo continuamente elpirituales lecciones. ^Procuren cada qual de los dichos 4, FrayleSjíerexemplares como conviene áfu eftado,y fi acafo en tiempo, que en el Refectorio ay huefpedes combidados ,alguno huvicíle de cumplir alguna penitencia, que le huvieíTe íido antes impuefta,podráfe el cumplimiento déla tal penitencia diferir en otro ticmpo,fegun la difcrecion del Superior. ^Defpues de efto, para fiemprejamás 5 permanezca,)’ fe guarde el prcfenteConectorio fin lo quebrantar ,de manera, que de aqui adelante por ninguna vía, ni modofe puedan hazer otros eftatutos penales ,íi por ventura no fuere de efpecial confejo ,yconfentimiento de las des partes de todo el Ca- 'pirulo General, quedando derogados ,yaniquilados redes los demás eftatutes pen l-s, que haíla aqui han íido hechos. CORRECTORIO. CAPITULO VIH. De el CorreSiorio. 1Si alguno quebrantare Silencio en el Refectono. aLos Correctores abenas hablen en la Comunidad. 5El modo de recibir los Superiores. 4LosFraylesfean bendecidosporel Superior, 5Los Correctores haganfus Oficios. Ialguno ,ofendiendo contra el oTavo Capitulo de la Regla defta Orden, quebrantare Silencio en él alguna vez, en la primera, ófegunda mefa del Refectorio, al coi mer, óal cenar(^el qual íilencio fe ha de guar dar,y afli lo declaramos en efl:eCapituIo,quc fe guarde mientras duraren las tales refecciones^ feacaftigadoal arbitrio delCorreci tor, confiderada primero la gravedad deel delito, IT Item, los Correftores locales apenas hablen en comunidaddel Refectorio mientras Comieren ,yquando fuera neceflario de^ I Zir alguna coíá, digala brevemente, porque i CORRECTORIO. 52 no parezca, que de la mel'a del RefetTrorio fe haze filia de Capiculo ,yfi alguno de los Correctores lo contrario hiziere, fea corregido poralguno de los Superiores Prelados, oporde fus Vicegerentes, como lo mandare la gravedad del delito. ^Item, quando el Corrector general, ólos Vigües, óProvinciales acaeciere venir álas cafas, óConventos de efta Orden, ante todas cofas fe tanga la campana de el Capitulo, yrecíbanlos debidamente, en la manera figuiente. El Corrector General, ferá recibido con mucha reverencia por el Correcterjy Frayles, que alli fe hallarcn,á la primera puerta de aquel Convento con la Cruz, yagua bendita, viniendo juntamente en proceflion baila la dicha puerta. Les Vigiles ,fean recibidos con honra fin proceílion ála primera puerta de la Ig’cíla. Alos Provinciales, yáfus V'^iccgercnrcs Teciban llanamente fin prccefiion en la puerta de! Coro déla Iglefia de cada vnodelcs Conventos ,yles dichos Prelados, yfus Vicegerentes afli recibidcs,dén hu mi imente fu bendicit nales Frayles, que árecibirlos falieron ,yfi alguno hizicre lo contrario no recibien- CORRECTORIO. cibiendo (^como dicho es^ álos tales Superiores Prelados, ya fus Üicegerentes ,por cada vez coma en cierra vna vez pan ,yagua folamentc. Ylos dichos Prelados venidos al Monaittrio fean benignaméte tratidos,conforme ala facultad ,ypoílibilidad del tal Convcnto,y aíP como refplandecientes candelas trabajé de dar átodos excraplode luz. .^Itera quandoel Corrcftor lccal,y el Provincial ,ófu Vicegerente ,eftuvieren juntamente prefentes el Provincial, ófu Vicegerente, tenga el primer lugar ,yel Corrector de la cafa el fcgundo, yfi alguna vez los Pray les pidieren bendición al Correftor de la cafa en prefencia del Provincial ,óde fu Vicegerente, el tal Corrector fuplique al dicho Provincial, óafu Vicegerente ,óáfu Superior,!! al! ife bal !are de pal abra,ópor feñal, que aya por bien de bendczir alos que la tal bendición de mandan. Alix mifmo todos los Frayles,quecn los Refectorios deíta Orden fe hallaren defpues de cenar, citando humildes, ycon reverencia, fean bendecidos por el Corrector general,!! fe hallare prefente, yenfu aufencia dél porel proprio Vigih yen fu aufencia de efte, bendigalos elPrpvin- CORRECTORIO 4r: Item jíi alguna vez el tal informadoras de ios Novicios fuere muy negligente, ó muyafpero^ópcrfona íinexcmplo,óindiíI. creta, íea depuelfo del Oficio por elCorrcctor local, yfu Capitulo. Item, los compañeros de los Correc-2 7 tores locales, que por otro nombre fe 1laman Seniores,y los otros oficiales de las cafas fcan elegidos en forma debida, por los Correarores locales, yfu Capitulo en cada Convento. CAPITULO X. Deel Corre£íorio. ILosque eligieren Prelados ,oOjicialeSy infu* ficientes. zPorque perfonasfeha de celebrar el Capitulo General. ?algu Prelado nopudiere ir aCapituh. 4. Quien prefdirá en los Capítulos General ^y Provincial. 5Si alguno rompiere ,oabriere iono quiferi llevar las cartas. SQuien puedeefmvirfnlicencia. 7, Deljelb Conventual,jde los otros de tos Sud periores. FSi CORRECrORIO. 42,, 24. ElPrelado Superior que quebrantare algiin voto. * 2, fi*/ alg un Corrector quebrantare algún vou 26 Pvrque caufa podrafalir el Corrector del Convento. 27 Quandó algún Conrpaiíerofuere delegado. 28 Las demás penitencias que aquí no eílht tajfadas. 29 Porpúblicos delitas,p»bhcapenitencia. 3oLaRegla^ni el correctorio no obligan aculpa. SIalguno ofendiendo contra el dezimo i capitulo de la Regla defta Orden, indebidamehte elidiere algún Prelado ,óotros qualefquier Oficiales, fea caíf-gado fegun lo demandare la gravedad del delito, aarbítrio del Corrector General ,ódel proprio Vigil, dProvincial. IT Item, al Capitulo General (el qual a íiempre fe ha de celebrar por el Correétor General, de tres en tres años ,fal vo ,fi alguna gran ncceíiidad no lo impide} fe ayuntararí en el lugar que fuere alllgnado por el Capitulo General vltimo pifiado es áfaber el Corrector General, ytodos los Vigiles, y Provinciales con fus compañeros ,yde cada F2Pro- CORRECrORlO. Provincia dos comííTos, dslos comiíTos elegidos por los Correctores locales, ypor los comiíTos de cada Provincia. Ylos tales comiíTcs lleven letras teílimoniales para las prefcntarenel Capitulo General jcompueftas ,yordenadas, Icbre la certificación de las neceílidades de los Frayles, yDonados, yde las cafas defta Orden, yáfolos el General, Vigiles,)' Provinciales ,yáfus compañeros, yálos comiíTos de los comiíTos ,pertenecerá la elección del General,y álos Zelefos, quado elCapituloGeneralfe celebrareenRoma, óen fu comarca. Item, li al ganode les Vigiles, óPro- ^vinciales,nopüdiere ir al Capitulo General, yfe efeufare legítimamente ,embie en fu lugar VnFraylc idóneo con fu poder autentico, el qual refponda fielmente por el tal impedidoenel dicho Capitulo. Yfi acaeciere que elCorreCtor general no fe pudiere hallar prcfenteá fu Capitulo General, óalguno de los Provinciales no pudiere fer prefente áfu Capitulo Provincial poralguna legitima caufa; en tal cafo,podrá celebrar el Uicegerente del Corrector General, el ral Capitulo General, ; óel proprio Vigd de la tal vigilancia, oProvincid. CORRECTORTO. 45.' vinciajteniédopoder cumplido dcl tal Correftor General. Ycl Capitulo Provincial en cafo que el Provincialjefté impedido para lo celebrar (^como dicho es 3íc podrá celebrar por algún Frayle idoneo, debidamente fuftifuido por el dicho Provincialj llevando poder bailante ,yautentico del tal Provincial. Peroíi alguna vez el efpecial Vicegerente dcIGeneralj quifiere celebrar cl tal Capitulo, teniendo poder bailante ,yautentico del dicho Generaljóenaufencia del Vicegerente lo quifiere celebrar el V’^igil efpecial de la tal Provinciano vigilancia ,ninguno lo pueda eílorvar, aunque eílé el Provincial prefente, ^Filando pues los dichos Superiores 4 capitularmente ayuntados ,prefidirá en el tal Capitulo el Vicegerente dcl Corrector General, llevando el dicho poder autentico, ybailante comodichoes.Y’ enaufenciadeíle prefidiráel Vigil efpecial de la tal Provincia, óvigilancia, ii alli fe hallare: Yen aufencia de los fufodichos prefidirá el Provincial; \en aufencia dedos ya dichos, prefidirá el Vicegerente del tal Provincial ,con poder badante,y autenticodel dichoProvincial. ^Item, durante la vida deldíchoFray F3Fran- CORRECTOEIO. FrancifcodePaiiiá,en prtlcncía fuyajódeaiguno orro que el efpecialmcnte ítñalara, íe hagalatjttcicn deles Vigiles, yPrevincialtSj jalli fe te me el confentimientode los Frayles,que cenf rme el tener de la Regla deíta Orden, tienen ve zen las elecciones. tem, fi a'guna vez les dichos cemiffes de le sC( niiíícs, no quiíieren llevar al dicho Capitulo General las letras, que les dieren les (tros Prayles,y Donados dtña Orden, óhscomifiosl cales ,no qu.íieren llevarlas tales letras al Capitulo Provincial, ó lialguncsotrcs Frailes, óDonados, ñolas quifiert n llevar al Corrector General, óálos prcprics Vigiles, óProvinciales, óalguna vez quemaíTen las letras, ólas rorr.pieíl'en, ó abrieífen, fean privado.^ de vez activa ,ypafíi-vaporvnaño,ófeancaít;gados inasgraveraenre,á deliberació ndel General, ódel proprío^ igil,óPrcvirc:al Con la mefmapena feancaft gados qualtfquiera Fraylescueno qu.lreren llevar las Ierras,qi!e lesdiere el General, of. spr prios Vigiles,óProvinciales, ófus Viceger5tts,para llevar áalgunos otros Frayles, óDonades déla dicha Orden: óít las roinpieren>Qfalfearen,ó abrieren, apufíeren CORRRECTORIO. rcn impedimento para que no fe lleven. Item ,ningunos compañeros de los Prelados deíla Orden ,fin licencia de fu Superior embien, ni eferivan, ni abran algunas letras, falvo como abaxo fe dirá; yfi alguno hiziere lo contrario, yfobre ello fuere legítimamente convencido, fea corregido en el Capitulo de fu Prelado ,óen el Capitulo de fu Su perior mas cercano. Podrán empero los otros Prelados eferivir áqualefquier perfonas ,fin que paraello tomen confentimiento de los compañeros ,fi no les fueíTe defendido por fus Superiores ;yqtundo los compañeros de los dichos Prelados, defendieflen todos juntos, que los tales Prelados no eferívieíTená perfonas, que no fean defia Orden, en tal cafo, por difinicion dcl Capitulo de aquel Convento, ódel mas cercano, óde la mayor, ómas fana parte de él, fea reducida á concordia la tal contradicion, ydiferencia, diferetamente, ycon caridad yafli fe puede fiemprehazer, en todas las diferencias, que fe ofrecieren entre qualefquier Prelados ,y fus compañeros, pacificándolas de la manera fufodicha. Los demás Frayies ,yDonados, que fin licencia de fu Superior eferivieren a. F4otros 44- CORRECTDRIO. 3.1 til Pi dado fugiCoSj aigun idorieo Fravlcj que lleve fus vezes, para debidamente dererminar^ ^concluir los negocios queall ife fiuviercn ofrecido. Yel tal Frayíe delegado, como diclioes ,podrá licitamente todas las vezeSj que fuere neceílario, vf-irdel plenario, ólimitado poder del tal Superior, que leembió. fYel CorreaorGeneral podrá ^quando conviniere^ delegar algún Frayle idoneo álas Provincias que quiíiere,que 1le- ve todo fu poder cumplido ,yque tencha entera poteftad, fobre todos los Vigiles,^Provinciales de ella Orden. Q£ ^It^^jguárdenfe todos los Superiores -Prelados, yfus Vicegerentes, que no caftigusn floxamente áqualquiera, que huvierc quebrantado alguno de los quatro Votos ;y qae no libren de la cárcel al quelamereciere;>antes del termino contenido, ydeterminado en eíieprefenteCorreét )rio. o^ MItem, rodos los Cálices ,yOrnamentos Ecleíiaíiicos, que en qualqiuer manera pertenecen ála SacrifVia, ytodos los libros de las cafas ,ytod is las cofas que para el ferv:cio del Convento fon depuradas, eftén pacidasen regiítro. Elqual regiítro fe mueí- ^ tre CORRECTORIO. 48. tre defpiiesal Gen..ral, Vigiles ,yProvincia- Jes, yalus Uicegcrentesenfus vilitas. ^iaílimiímüjálcs dichosSuperioresPrc--» j lados,quando vil]Caren,í'eies manificíte toda* la cantidad de las limolnas de dinero, oue en qualquiera manera huviercn fido recebidas. "í íi alguna vez alguno de los Correctores locales fuere negligente en hazer el tal regiftro, ylos Oficiales áquien eíto efpecial mente pertenece, óíi los tales Correctores ená aceptación ,órenunciación de fus Oficios, fueren negligentesen hazer,ó mandar hazer, los dichos regiftros, óen demoltrar los va * hechos, fean privados perpetuamente de todos los Oficios de ella Orden ,yfean por los Superiores Prelados caftigados gravemente. ÍF Yíi alguna vez el Corrector Gcnc-zx ral, oíos Uigiles, óProvinciales, ófus Vicegerentes ,en fus vifiras hallaren algunos Fray les ,óDonados ,que tinen Veftiduras, Túnicas, óTuniquillas ,óCapuchos demaíiados,y huviere otros que tengan falta,y ncccílidad de lo que áeítos fobra, hagan luego allien fu prefencia, proveer álos tales nccefíitados, ycorrijan afperamente al Corrector de la cafa,yáfus compañeros por la deíigualdad CORRECTORIO. dad que en repartir las cales ropas tuvieron. Pero fi alguno afirmare tener neceílidad de muchas Tunicas, porcaufi de frialdad, óenfermedad, lea como fiervo de Dios creído ,y provéanlo caritativamente ,conforme ála facultad ,ypoliibiiidad de la cafa. Pero íi el tal ConventofueíTe pobre ,yno pudieíTe remediar la tal neceílidad ,amoncftcn ai tal Frayle quefufraenamorde Chrifto con paciencia fu pobreza. 23 ^Item, fi algunavez (^procurándolo la aftucia de Satanás^ algunos Prelados deíla 'Orden, aunque feaelrnífmo Corredor Generado alguno de los Uigiles, paíTaren los limites de las ordenaciones de la Regla delta Orden, óel termino álos dichos Prelados en ella puefiro (^aunque para ello en algún tiempo ayan ávido letras Apoílolícas^ ipfo facto ,totalmente abfolvemos átodos los Frayles de la Orden prefentes, yfuturos, de la obediencia de los tales Prelados. Ydefendemos expreíTamente por nueítra plenaria autoridad,que dende en adelante no les obedezcan, fino que luego entiendan en hazer nueva ele ccicn íDemás defto, fi los dichos SupciLores ^Prela- CORRECTORIO. Prelados (^esál'aber^ el Corrector General, Vigiles,óFrovinciaics, cayeren en el pecado de la carne ,6quebrantaren la vida Quarefinaljó tocaren, ótraxeren fobre fi dineros, dlos ateforaren ,yfobre cito fueren legítimamente convencidos ,fean luego depueftos del Oficic,en la manera arriba dicha, y.ák) menos por frésanos queden inhabilcsj yprivados de voz capitular ,ylo mifmo ferá defpucs de los tres años, ílpor el Capitulo General no fueren hábil itados. ^Item, los Corredores locales, que al-iy guno de los quatro votos quebrantaren,ficndo fobre ello legítimamente convencidos, fean depueftos del oficio ,yprivados perpetuamente de voz capitular. ^Item,en el modo,y manera figuíente,a6 fe limite, yencienda el articulo contenido en el vndezimo capitulo de la Regla deftaOrden,donde dize,que los Corredores locales, durante el tiempo de fu corredoraje, ápenas lalgan delConvento,fmo fuere por caufajuftaj es áfaber,para negociar fuera algún nego^ cio,el qual por los otrcsFrayles, yDonados del dicho Convento,no podrá fef negociado como conviene. Yaviendo de falir los dí- Gchofi CORRECTORTO, chosCorreftores en la manera fufodícha,coii fabiduria del capitulojy confejo de los Séniores, primero feñalen vn Fraylc idoneo^uc ^ (^uede énfu lugar. Yíi alguno dclos ya dichos Ccrreftcres lo contrario hiziere ,yfiendci tfesvezes amoncftado, no fe corrigiere, fea caftigado por fu Superior. Demás defto ,los compañeros de los Superiores Prelados ,quando fueren áalgunos Conventos defta Orden fean benignamentetratados. Yeftená la obediencia del Corredor General, ódel proprio Vigil,ó Provincial tan folamente. Yquando algunos de los fobredichos compañeros fuere delegado por fu proprio Prelado, para vifitar algún Convento, tenga el lugar, preeminencia, que el tal Prelado tendría ,con tal que traiga letras autenticas del dicho Prelado, para el tal negocio. Yquando por alguna legitima caufa acaeciere embiar por Uifitador delegado, alguno de los fobredichos compañeros, como dicho cs, por los dos compañeros, ypor el capitulo de aquel Convento, o del mas cercano,fea luego fuftituido vn Fray - le idóneo, qefté en fu lugar hafta que torne. .8 íItcm,üalguno ofendiere contra otros qua- CORRRECTORTO. ^o,’ qualcfquiera piintos,ó arcicuios, en laRccfia defta Orden contenidos ,yen efte prefentc Correíborio no declarados ,fea calligado fcgun la gravedad del delito áarbitrio de fu. Superior. ÍT Demásdefl:o,íieniprefehadcenten-2 9 der, que las publicas penitencias pueftas, y determinadas en el preféte Correétcriojfolamentehandeferimpueítas por públicos delitos, las quales penitenciascada vno trabaje de recibir con humüdad,quando demandandolofus delitos, poralgunode fus Superiores le fueren irapueftas, porque le fcan meritorias para la vida eterna. Item ,no fe entienda que alguna cpfa^o de las que en la R.egladcft:aOrden,y preféptc Correétorio fe contiene obligue de^ % culpa, fino folamenre ála pena, que en eftc Corretboríoeftáenfus Iugares,por cada vno délos delitos taflada ;ala qual ningnq fea obligado ,falvo quando por alguno^\de^>íos Superiores, ópor alguno de los Capiftiíos (^conforme álas limitaciones ,ymoderabiones, en efte prefente Corre£torio eferitasj) Ic fuere impuefta.y cumplidas las penitencias, 4fus delitos tafladas ,ylimitadas en efte pre- Gz fentc CORREC7DRIO. lente Correíbcrio ,fcan toáoslos Frayles,y Donados ávidos por abfueltos de fus culpas. Deroasdeftoj todos los que tomaren el habí- ^ to defta Orden de los Mínimos ,quanto tiempo en él eftuvieren (^mayormente def. pues de profeflbs^ fcan obligados águardar los Votos de Pobreza, Caftídad, Obediencia,y vida Qiiarcfmal, conforme álas limitaciones, ymoderaciones contenidas en la Regla de efta Orden,y en el prefente Correctorio. Ylos que con perfeverancia fielmente guardaren los dichos quatro votos ,con las dichas limitaciones ,y moderaciones ,ayan porbendicion celeftial, la gracia en el prefente figlo ,ygloria perdurable en el otro. Amen. /• CoMlE NZ AN LAS CEREMONIAS DE LOS Frayles de la Orden de los Mínimos de nueítro Gloriofo Padre San Francifco de Paula. CAPITULO I. Dela manera tfuefe ha de tener en tañer las Cam^ fanas en el Oficio Divino delnumero dellas. Todosios Domingos ,y ííeftas Dobles yySemidobles ,ySolemnes generales, tañeran tres vezes ea primeras ,yíegundas Vifperas ,y áMaytines,y ala MiíTa Conventualj cadavez por efpacio dernAíiferere: mas en las fieftas mayores movibles ,yde Nueftro Señor, prolongarle han los íignos vn poco mas que las fieftas fobrcdichas>ó con mas campanas fegun la facultad de Lugar ,yá. difcrecion del Sacriftan. En las fieftas Simples ,yque no fe transfieren, tañerfe han dos vezes. ^ ^Esde notar,que en qualquiera denueítros Conventos podrán tener tres ,ómas cam- G3panas. CEREMONIAS. panas, para tañer las ficítas Solemnes áMayli* ' nes, Vifperas, yCompletas ,Mifía ,ySermón. . Yfi por Ja pobreza de los Lugares no fe pudieren tener, alómenos fe tengan des, que lean de* i tal pefo, ytamaño, que fepuedan oiren el Pueblo lilas cercano. Yaya otra maspequeña,con la i ; quai fe tañerá ácomer, yácenar, yácolación. ' CAvrá también vna campanilla para la s puerta con vn cordel aílda ,y otras campaniiWtf ^arat3ñcrcnlaMiíra,quando fe áiztClcriSi» ? excelfs SanSfnsjy mkntrssówsLh elevación del Cuerpo ,ySangre deJefu Chrifto. CAPÍTVLO. II. EehtnaneraqmhandetaneraMatines. i COn gran diligencia procure el Sacriftan! tañer ámedia ncchc áMaytines,yante^ del primero íigno defpiertclos Frayles,tccan-j doalas puertas de fus celdas moderadamente, coo vna vara, ómazuelodc palo ,ócon otra qualquiera cofa ,hafta tanto que cada vno de fui celda refponda ,diziendo :Eeogratias ,óotra | qualqtsiera cofa. Ydcfpuesdetamdoelprime-! ro íigno ,torne otra vez államar álas celdas,! paraque todos fe levantcnalofíciodeiosMay-j - tiñes. qYquandollegaren al Te Deum ¡audamus^; toquen CEREMONIAS. fx: toquen lacanipana,ócampanas,rcgun lafolcmnidad de la íiefta ,hafta el verfo Teergo qu^efti^ mus. Yquando fe hizierc de Feria, óen otra manera que no fe aya de cantar Eeum landa~ muSi tanerfe ha todo el Cántico de BenediHüs. CAPITVLO III. T>e la manera de tañer aPrima Tercia. LVegoporla mañana, álasfeis horas poco mas, ómenos, fegun la variedad délos tiemp)cs,rañcrfe ha áPrima con la campana mcnorj los Frayles vn poco antes defpicrtos por el Sacriílan, ópor otro alguno ,yentrados en la Iglefia digan Prima,yTercia, ylos íicte Píalinos,conla Letania,eti qualquier tiempo, fin intcrmifion. Yno fe dexe de pronunciar la Calenda áprima. ^Ydefpues de Tercia cantar fe hala Regina, óotra Antiphona al tiempo conveniente. Yentre tanto tañerán ála MiíTa Conventual, excepto en tiempode Quarefraa del qual en fu lugar fe tratará. Ydichos los fíete Pfalmos tañerfe ha la vltima vez,y en el fin darán tres ,ó quatro golpescon el diente déla campana, en feñal de pofirrero Signo. ^En los diasque fehuviere de tañer tres vezcSjcl primero, ytercero figno ferán como C4. CEREMONIAS. Enlos otros dias bailará vna candela á los dichos Oficios :pero en laMiffa Conventualavrádoscandelasjv ala elevación del Corpus Chriílife hará comoarriba es dicho. CAPITVLO XI. Déla manera de pagar el Oficio debs Maytiñes -¡y de las Inclinacionesprofundas IOs Fraylesa media noche, acabado el pof. trero figno de Maytiñes, edén todos en el Coro. Yel Hebdomadario, óel que eftu viere en fu lugar haga feñalconfu propria mano, de tal manera, que todos lo oigan, ylevancandofe inclinen fus cabezas con vna baxa inclinación, de ral manera que puedan llegar las manos álas rodillas. Ydigan fecreto el Paternojier , yel A"ce María. ^Loqual acabado ,el Hebdomadario haga otra vez feñal, ytodos las cabezas defeubiertas buelvan las caras áel Altar mayor,y el Hebdomadario comience en tono fimple: A'ce Ma~ ria gratia plena. P>ne labia mea. Deiis in adiutoríum. Lo qual acabado.hecho vn poco de intervalojtodos fe buelvan cara ácarajé inclinandofe •Diofundamente, dígan: Gloria Patri. El qual acdbado, todos fe levanten ,diziendo :Sicut eratinprmcipio, Yluego el que tuviere lospri- ^meros CEREMONIAS. meros Rcfponfosjó el que cftuviere en fu lugar^ buelvafe áelAltar,y comience el Invitatorio. Y los Frayles también buelcos la cara áel Altar rcfpondanjy afli fe eftén hafta el Gloria Ratrt^ el qual comentado todos febuclvan cara acara, humillandofe, como dicho es, humilmenre. ^Yluego el Cantor del Corodel Hebdo. madario, ócn fu aufencia clmefrño Hcbdoinadariojóel que cftuviereen fu lugar, buelra la cara áelAltar comience elHymnoque fe huvicrededezir, el qual acabado el que tuviere los primeros Refponfos,ó otro en fu lugar, buelta la cara áel Altar, entone el Antiphona ,yluego fin intervalo, el Cantor buelta la cara áel Altar, entone el Pfalmoen tono mediano,ni muyalto, ni muy baxo, de tal manera,quenifehagacola, nilavoz quede encogida. yel Coro adonde el Pfalmo fe comentare no fe -aílicnte hafta que el primero verfo fea acabado;pero el otro Coro comencadoel Pfalmofe aíliente, excepto al Pfalmo Laúdatepu.'ri Eominum, en el qual todos juntamente eftarán en pie, hafta el tercero verfo, yinclinarfe han al fegundo conviene áfaber Yfí nomen Eominí bcnedtcítts. Hafe de tener pon regla general ,que qual- CEREMONIAS. qualquiera que comentare algo en el Divino Oficio, fiempre ha de tener la carabuelcaácl Altar, yhecha vna poca de inclinación con la cabeza fe afíicnte con los otros en fu lugar. Y «Jiziendo los Pfal mos eílén aíTentados. ^Yacabado el Oficio de NueíbraSeñora, el Hebdomadario comience el Oficio mayor, en tono mas alto. ^Es de notar, que las inclinaciones profundas fe han de hazer en el vItimo verfo de todos los Hymncs ,yal GloriaPatn de los Refponfos breves,y todas lasvezes quefedixere la primera Oración del Divino Oficio aíli de IS’ueítra Señora, como del dia ;yafli mifmo cada vez quefedixere PaternoJier,boWícn.áok cara ácara, inclinandofe como dicho es. Aíli mifmo quando fe dixere la confcílion, áPrima, YCompletas, yel Credo. ^Hafe de tener por Regla general, que quando el Hebdomadario dixere la primera Oración del día ,defpues del Divino Oficio, todos fe inclinen humilmente ,como dicho es, hafta Per Vomtmtrn nojlrum ,lo qual acabado todos fe levanten Solviendo la cara ael Altar, y cfto en las fieftas Dobles,quando no fe dize mas de vna Oracion,mas quando fe dixcren muchas CEREMONIAS. S7~ Oraciones 5dicho Per Dommian 7wjlrum de la primera. Oración ,todos fe buelvan cara ácara, haíta el fin de la Antipliona ,yel verfo de la Oración que fe figue. Ydiziendo el Hebdomadario ,Oremur, todos fe buelvan áel Altar, yaíH todos cflen hada el principio de la otra Antiphonaj la qual comentada, todos fe buelvan cara ácara hada Oremus aíll fe buelvan otra vez áel Altar, y afli de las demás Oraciones,yAntiphonas.Pcro como huviere llegado ála poftrera Oracioa tenga buel ta la cara áel Al tar hada Ftdelium anima. Mas el Hebdomadario ficmprcedarábucítolacaraáelAltar,hadaelfin de todas las Oraciones. CAPITVLO XII. T>e los ajjientos qtle hrn de tener los Oficiales del Coro. LHebdomadirioqualquicra que fea,ílenlpre tenga el lugar de fu profeíHon, falvo íi eduvierc vedido de SobrepelliZjóde otra qtialquieravedidura Eclefiadicá ,porque entonces tendrá la fegunda filia defpues dcl Superior, ít fuere del Coro del Superior, pero fino fentarfe hacnelprimcroafilenta dclotro Choro, fi otro Superior alh no eduviere. FEdé CEREMONIAS. ijf Eftén también feñalados dosFraylcs que tcno^an cuydado de comentar los Pfalmcs, y Hymnos en el vn Coro, yen el otro, 1os quales fe han de llamar Cantores. Yeftando aufentes los dichos Cantores, el Hebdomadario en el primerCoro,yotro Frayle en el fegundo podrán fuplir. Ylos tales allí depurados ,en el lugar de fu profcílion fe áíTcntarán,afll en el Divino Oficio,ccmo en otra qualquiera parte. i(f Pero los que cftuvieren depurados para los primeros,yfegundcs Refponfos eftén en los mas baxos affientos,yquando huvieren de dezic los Refponfos breves de las horas del día, olos verfos de les Maytiñes, yVifperas, íi fuere fiefta doble, vayanjuntamente al medio del Coro, de tal manera que aya vna poca dediftancia entre vno, yotro ,yhecha humillación áel Altar, comiencen juntamente los Refponfos breves, Vluegotodo el Coro refponda ,repitiendo el mefmu Refponfo ,yllegando áGloria Patrt, el Coro fe incline, como dicho es maslosque dixc reñios tales verfos no fe inclinen hafta elfan dcl Clona Patri,y acabado el poftrero verfo del tal Refponfo, yhecha áel Airar, yafirnefmos humillación, fe buelvaná fus proprios amentos. CEREMONIAS. CAPITVLO XIIL Dela manera de incenfar en el Ei'Vím Oficw ENlas fieftas Solemnes, el Hebdomadario folemneniente veílido,en primeras, yfegundas Vifperas ,yMaytines>falga ála Igleíia con ceremonias debidas, llevando en las manos vna Cruz» óotra cofa femejante, para poner fobreel Altar. Yfalganotros dos Frayies vefti. •dos, que lleven dos cirialesdelante,y vn Acoli- to,que lleve el incenfario, ydos Cantores veftidos como conviene. Yhumillados delante el Altar todosjuntamente hagan craciori. ^Ylevantado el Hebdomadario,yfubido en la vltima grada del Altar, dcfpues de averie befado en medio, tome el incenfario de mano del niiniftro,y encienfe tres vezes en medio del Altar ,yotras tres ácada lado ,yrecibiendo el Acolito el incenfariojincenfará al dichoHebdomadario ,hada que le dé la bendición, la qual dadaelHebdomadario haga feñal con fu mano, de manera que fe oiga en el Coro ,ydicho el Eatn' nojier, yMarm^ comen^aráel Oficio F2DivC CEREMONIAS. Divino, di zicndo :Domine labia mea ,6Deus in ñdnitormm., é-c. ^Yacabado el Gloria Patriitornz átomar la Cruz que llevó en las manos ,ycu la manera que entraron en la Iglefia fe tornen al veftuario. mYdexada la capa, yendo los Miniílros delante fe vaya al Coro. Y' acabada la poftrera Antiphona de Laudes, óde Vifperas,fe vaya al Atril, ydiga la Capitula,la qual acabada,fe torne al veftuario con los Miniitros ,y tornando á tomar la capa falga (como dicho es} con k en las manos, áel xYltar ,yendo delante los ivliniftros con los Ciriales encendidos. Yen comencando el Corola Magníficat, torne áincenfar el Altar, como dicboes .^ ^Lo qual acabado ,tome el Miniftro el incenfario, yincienfe al Hebdomadario, yvaya luegoal Coro ,vhecha humillación áel Altar inc?nfaráelli&r¿, ydefpueslos Cantetores,!! cftuvieren vellidos de veftiduras fagradaSjCO- mcncandodel mas antiguo ,ydefpues vaya á las filias altas comengando de la primera del Cero del Superior fi ai eftuviere, yfino áel Coro dcl Hebdomadario, ydefpues torne por el otro Coro, comencando del mas antiguo, y acabado de incenfar las filias altas, comentara CEREMONIAS, 59. por las baxas por vna parte ^yotra. Loqual acabadoj haziendo reverencia áel Altar, yal Corojlc torne, de manera, que acabada Isl M agníficat efte en el Altar. ^Ydicho por les Cantores Benedicamus Domino ,ypor el Hebdomadario: Fidelium aniyel A’ve María, dirá el Hebdomadario, Dominusdetnobisfinamfacem: Refpondido por el Coro. Etvitam attrnam,Amen.Comtnq¿.vixi en el Coro la Salve Regina, óotra Antiphona al tiempo competente. Yel Hebdomadario, puerto de rodillas en la grada mas alta ,ylos Minirtres, yCanteres en las baxas, el Acolito detrás del Hebdomadario, yacabada la Sal ve Rco-ina ,ydicho Per Chrifcam Domimim nofitriií7t, yel Pater nojier ,yAveMana, hecha por el Hebdomadario feñál fe tornen como vinieron. CAPITVLO XIY- DeJa manera de celebrar las Mijfias en lasfiefiasfolemnes. QVando la Mifla folemnementc fe huvieré .de celebrar, los Frayles defpues dclvltinio figno congregados en el Coro, faldrá el CEREMONIAS Sacerdote veftido foletnnemente ,llevando en las manos yna Cruz ,óotras Reliquias áef Altar. Yfaldrán con él delante, el Turificador con el incenfario,y luego los Cantores veftido* con fus capas ,yluego el Subdiacano con el Cáliz, ydefpuesel Diácono con el libro. ^Yllegados en medio el Altar, hecha por todosjuntos fu humillación los Cantores fe vayan al Atril ,ycomiencen la MifTa (efto fe entiende donde el Altar,y el Ccroeftuvderenjuntos,porque donde no,el Coro podrá comencar laMiíTa ,en tanto que vánlos Cantores ^yel Sacerdote, yMiniftros,baxandofe ála mas cercana grada del Altar,digan la Confeffioncomo escoílumbre,eftandocl Diácono al lado derecho, yel Subdiacono al izquierdo del Sacerdote,y el Acolito detrás delSacerdote. Yacabada la confeíllon,tomando elSacerdcte elincenfariodela mano del Diácono incenfaráel Altar como dicho es. Yacabados los Kyríes en el Coro, pueíloen medio del Altar dirá Gloriain excelJisEeo. ^Es de notar, que todas las vezcs que el Sacerdote comentare alguna cofa en el Altar íifíicom:. GloriainexcelJiSj Evangelio, Credo, , 6cc. Ytodas las vezes que dixere ,Dominas^ CEREMONIAS. 5o. vobifcum. Oratefrates. IteMiffaejly los Frayles han de tener la cara bueltaáel Altar ,falvo que en la Oración afli en la primera, como en la poftreraeftarán abaxados, como dichos es, yllegado áPerVommum nojlrum-, fe endere9arán ,y bolverán las caras ácl Altar ,y aíli citarán iiaíta el fin de todas las Oraciones. ^Aíli mifmo defdc el Gradual haítadi?^ £fus citarán en pie buelta la cara ael Altar. Aías quandoel Miniílro viniere áecharles incienfa fe bolverán cara acara. ^ Ymientras dizen la Epiítola,todos eílaran^ fentados. * fQuando fe di ze Sufeipe áeprecatiomm mftram, yGloria tibí Domine bueltós cara ácara eftarán inclinados. Ydefpqesdcl Prefacio citarán de rodillas halla el ^Al principio del Evangelio miOTtras el Coro dize Gloria tibi Domine , incenfará el Diácono el libro pueíto fobreel Atril, ytornado el incenfario por el Subdiacono,cchará incienfoal Diácono, el qual las manos puedas, yhazicndo con la cabeza vna poca de inclinación lo recibirá. .^ i fAíli mifmo defpucs del Ofertorio ,el Sacerdote incenfará el Altar en la manera dich^ F4. CERElvíONIAS. quando fctañe áCapitulo, yello defpuesdc aver tañido la primera vez áCompletas. ^Defpties de comer ,ycenar darfe han la debidas gracias áDios Nuellro Señor en la Iglefía, óen el Refedtcrio, aíli comoen el Breviario fe contiene. Ydeípucsde la cena todos hincadas las rodillas, yinclinada la cabeza ,pedirán la bendición al Superior que aíli eituvicre. CAPItVLO XXIL Eela manera quehan de tener los Hábitos. LOs Frayles tengan vn habito largo hafla los talones, ócafi de fuerte que no llegue á tierrajnifeatan corto que fea deshonefto. Las mangas ferán dedos palmos junto álos codos, ycercadelasefpaldasfean déla mefma anchura, ópoco menos, yála boca de la manga fean de palmo, ymedio ,ylat^s hafta el cabo del dedo pulgar. La anchura cada habito ferá conforme al Ffáyle para quien fe haze, con tal difcrecionque lo neceíTario no fe quite ácada vno, ylofuperfiuo, yvano fe huya. íYtcngafc Cempre en memoria>que eftáS CEREMONIAS. H- tas Ceremonias fe han de leer delante de ios Fraylcs cada quinzedias vna vez, óálo más largo en vn mes fe acaben de leer todas, paraque (kbiendolas los Frayles,y poniéndolas por obra feaNucftroSeñot Dios férvido con ellas, yles dé eneftc mundola gracia, yen el otro la Gloria. Amen. ' LAUS Adviertafe ,que la Fiedadcla Dedicación de las Iglefias de eíla Orden ,por nuevo Decreto de la Sacra Congregación fe reza el Domingo fegundodel mes de Julio, que esdelpues de la Octava de los Apoítoles. CORRECTORIO. J5 SiaT^pi^ofalfearealgímJello. 9Si algt^no llevare cartas aqualefquier per- Joñas. JO Jquienpertenece Ja elección de Provincial. XI La autoridad que tiene el Provincial. ji Déla elección,yajfignacion de los Correctores. 13 Los Compañeros de los Prelados nogozende preeminencia alguna. X4, Los Vifitadores abresvienfus vifitaciones. x$ Los Vigiles ,y Vicegerentes mpuedan fujlituir. 16 Noden los Correctoresgravespenite ncias en pref encía de los Superiores . 17 Los Prelados tienen plena juridifcionJebn las penitencias. 18LosPrelados Superiores pueden delegar . 19 Nofe caftigue foxamente el que qiiebraw tare algún voto. xo Todas las cofas del Convento efienpuejias en Regijiro. . XX Cpuefede quenta klos Superiores délas hmofnas. .- 22 giuando algún Frayh tuviere demafiada 2,3 Si algunopajfare los limites déla Regla. ^ rr i 4 \ m r J