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Caracterización del verbo como clase de palabra en español

González Calvo, José Manuel

Abstract

El autor revisa en este artículo la definición que hizo del verbo en 1978, y tiene en cuenta variadas caracterizaciones del verbo más recientes que aparecen en tratados modernos. Ahora el autor deja a un lado la confusa noción de predicado para basarse en el criterio de núcleo o centro de relaciones semánticas y sintácticas en el SV sintagma verbal y en el de rasgo morfológico inherente de modo-tiempo. En el trabajo se argumenta sobre la palabra y las clases de palabras en español, y sobre los criterios utilizados, con el fin de que se entienda y se interprete mejor la definición que se propone, siempre en relación con el resto de clases y subclases de palabras en español.

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181 «Cauce. Revista internacional de Filología, Comunicación y sus Didácticas. Nºs 34-35 (años 2011-2012) » CARACTERIZACIÓN DEL VERBO COMO CLASE DE PALABRA EN ESPAÑOL JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ CALVO UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA (ESPAÑA) [email protected] Resumen: El autor revisa en este artículo la definición que hizo del verbo en 1978, y tiene en cuenta variadas caracterizaciones del verbo más recientes que aparecen en tratados modernos. Ahora el autor deja a un lado la confusa noción de predicado para basarse en el criterio de núcleo o centro de relaciones semánticas y sintácticas en el SV –sintagma verbal– y en el de rasgo morfológico inherente de modo-tiempo. En el trabajo se argumenta sobre la palabra y las clases de palabras en español, y sobre los criterios utilizados, con el fin de que se entienda y se interprete mejor la definición que se propone, siempre en relación con el resto de clases y subclases de palabras en español. Palabras clave: Palabra. Clases de palabras. Verbo. Sintagma verbal. Núcleo. Flexión. Combinatoria sintagmática. Abstract: In this article, the author goes back to the definition of the verb he gave in 1978 and takes into consideration several, newer classifications which have appeared in recent studies. Now the author leaves aside the fuzzy notion of predicate and focuses on the criterion of the nucleus as the centre of semantic and syntactic relationships in the VP –verb phrase– and on the inherent morphological feature of mood-tense. The author discusses the word and word classes in Spanish and the criteria chosen to distinguish among them, in order to make his new definition of the verb easier to understand and interpret in relation to the classes and sub-classes of words in Spanish. Key words: Word. Word classes. Verb. Verb phrase. Nucleus. Inflection. Syntagmatic relationship. Résumé: L’auteur revoit dans cet article la définition du verbe qu’il a faite en 1978, et il tient compte de diverses caractérisations du verbe qui sont apparues plus récemment dans les traités modernes. À présent, l’auteur laisse de côté la notion confuse de prédicat pour s’appuyer sur le critère de noyau ou centre de relations sémantiques et syntaxiques dans le SV –syntagme verbal– et sur celui de trait morphologique inhérent de mode-temps. Dans ce travail, au centre de l’argumentation se trouvent le mot et les classes de mots en espagnol ainsi que les critères utilisés afin que la définition proposée, toujours en rapport avec le reste des classes et sousclasses de mots en espagnol, soit mieux comprise et mieux interprétée. Mots-clés: Mot. Classes de mots. Verbe. Syntagme verbal. Noyau. Fexion. Combinatoire syntagmatique. En 1978 apareció mi primera consideración sobre el concepto de verbo, trabajo recogido posteriormente en el volumen Estudios de morfo-logía española (González Calvo, 1988). Inicié el artículo señalando que la definición del verbo 182 «Homenaje al Dr. Alberto Millán Chivite». Nºs 34-35 (años 2011-2012) ha sido muy debatida desde la antigüedad, y realicé al respecto un repaso selectivo y crítico de las posturas y caracterizaciones, nacionales y foráneas, hasta 1975 –aproximadamente–. Propuse esta caracterización (González Calvo, 1988: 112): Verbo en español es esa clase de palabra que sintácticamente desempeña la función obligatoria de relación predicativa –siendo núcleo del predicado o formando parte de él–, que en su flexión indica siempre tiempo y que en la secuencia establece o puede establecer regímenes propios. No consulté entonces la gramática de Alcina-Blecua (1975: 729-734), en la que se sintetizan las dificultades de la definición del verbo. Se explica en ella que desde antiguo se ve el verbo como una de las partes de la oración que se caracteriza por su capacidad para expresar tiempo. Se cita la definición que aparece en la Gramática de la RAE, 1931: «parte de la oración que designa estado, acción o pasión, casi siempre con expresión de tiempo y de persona», y se precisa que algunos gramáticos prefieren hablar de proceso, pues dentro de esta noción se subsumen las acciones, estados o pasos de un estado a otro. Se reconoce que, para la lengua española, fue A. Bello el primero en reparar en la importancia del comportamiento sintáctico cuando afirma que el verbo es una clase de palabras que significan el atributo de la proposición, indicando juntamente la persona y número del sujeto, el tiempo y el modo del atributo. Bello estudia las formas de infinitivo, gerundio y participio como derivados verbales. Por último, se asegura que uno de los problemas fundamentales que todavía impiden llegar a una definición concluyente es la falta de precisión en el concepto de categorías verbales. Esta apreciación final es de gran importancia, hasta el punto de que si no se parte de una caracterización coherente de qué es en gramática palabra y de cuáles son las clases de palabras –o categorías verbales– en una lengua determinada, parece imposible alcanzar una definición técnicamente aceptable de todas y cada una de las clases de palabras en esa lengua. Por ello, la definición de verbo que propuse en 1978 me resulta ahora relativamente insatisfactoria. Durante la década de 1990 fui replanteándome los conceptos de palabra y de partes de la oración –categorías o clases de palabras–. Los resultados empezaron a verse en los trabajos sobre el sustantivo como clase de palabra en español (González Calvo, 1998: 297-310), sobre morfología nominal (González Calvo, 2000a: 177-193), sobre la palabra y clases de palabras en español (González Calvo, 2000b: 309-329) y sobre el concepto de determinante y sus clases (González Calvo, 2007: 151-180). Tocaba ahora abordar el problema del verbo con esta nueva perspectiva. Pero antes de hacerlo, convendría tener en cuenta algunos tratados gramaticales españoles más JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ CALVO / UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA (ESPAÑA) 183 «Cauce. Revista internacional de Filología, Comunicación y sus Didácticas. Nºs 34-35 (años 2011-2012) » recientes para observar lo que acerca del concepto de verbo nos dicen. La selección es intencionada y personal, siempre deferente y respetuosa. Alarcos Llorach dice que «se llama verbo a una clase de palabras que funcionan como núcleo de la oración, y que, en consecuencia, son susceptibles de aparecer sin necesidad de otras unidades, como al decir Llovía, Venid, Voy». Continúa aseverando que si toda oración implica la relación predicativa que se establece entre dos términos denominados por tradición sujeto y predicado, «se comprenderá que el verbo, capaz de funcionar por sí solo como oración, debe contener dos componentes entre los cuales se manifieste dicha relación». Esto es lo que sucede, porque «el verbo combina un signo de referencia léxica –que sería el predicado– y un signo complejo de referencia gramatical –con significado, entre otros, de persona, que sería el sujeto gramatical–. Ambos signos se presuponen mutuamente y son imprescindibles para que haya verbo» (Alarcos, 1994: 137). Esta caracterización del verbo no es nueva en su contenido, aunque Alarcos la formula de una manera muy rigurosa y precisa. Supone que los conceptos de oración y sintagma –o grupo– verbal coinciden, con lo que, en realidad, una de las dos denominaciones sobra, de lo que Alarcos es consciente. Pero las características de su Gramática le impidieron hablar de sintagma –verbal– y tuvo que emplear el nombre de oración. Lo que interesa es que las llamadas formas nominales o no personales del verbo –infinitivo, gerundio y participio– no funcionan como oración –en el sentido de SV–, porque si bien comportan el mismo signo léxico de las otras formas –las conjugadas– del verbo, se caracterizan por rasgos particulares: en primer lugar la imposibilidad de funcionar como núcleo de oración, y luego, la carencia de los morfemas propios de aquellas». [Así pues], «en realidad, son unidades derivadas del signo léxico de los verbos y que funcionan, respec-tivamente, en los papeles de los sustantivos, de los adverbios y de los adjetivos» [aunque conservan en parte las posibilidades combinatorias admitidas por el signo léxico verbal –sujeto, complemento directo…–: Temes las represalias – Temiendo las represalias]. En suma, las unidades derivadas verbales están constituidas por el signo léxico y un derivativo que les confiere otras posibilidades funcionales y la capacidad de aceptar morfemas de tipo nominal (Alarcos, 1994: 142-143). Me he detenido en esta conocida caracterización que Alarcos hace del verbo porque la considero muy coherente y exhaustiva, la mejor, en mi opinión, si se tiene en cuenta la perspectiva de que se parte. Y ello, a pesar de que entiendo que sintagma, oración y enunciado son unidades lingüísticas relacionadas pero diferentes (González Calvo, 2002: 135-153). Esta es la razón por la que no comparto este tipo de definición del verbo y me veo impulsado a proponer otra que altera en alguna medida la de Alarcos, y más aún la definición, arriba expuesta, CARACTERIZACIÓN DEL VERBO COMO CLASE DE PALABRA EN ESPAÑOL 184 «Homenaje al Dr. Alberto Millán Chivite». Nºs 34-35 (años 2011-2012) que en su momento propuse. Estimo que el sintagma es una unidad o magnitud de la dimensión sintagmática –como lo es la sílaba en la parte fónica del sistema de toda lengua–, no de la paradigmática; es decir, el sintagma es el esquema mínimo de combinación sintáctica, como la sílaba es el esquema mínimo de combinación fónica. En cambio, la oración es una unidad paradigmática, por más que pueda constar de un sintagma simple o mínimo, de tipo nominal –la llamada frase nominal– o verbal –con verbo conjugado o no–. La oración, pues, puede constar de un único sintagma verbal –simple o complejo– o de un grupo sintagmático verbal compuesto por varios SV –uno regente y otro u otros regidos–. Con este enfoque, tanto la tradicionalmente considerada oración simple como la denominada oración compuesta por subordinación, son, en cada caso, una sola oración. En una oración compuesta por subordinación no existe «oración principal» ni «oración subordinada», únicamente el conjunto es oración –una oración–; en esa oración habrá un SV regente y otro u otros regidos. En consecuencia, la llamada «relación predicativa» –sintáctica– no es propia de la oración, sino del SV, y en una oración puede haber más de una relación predicativa, una regente y otra regida; y no existe relación predicativa en la frase u oración nominal. Esto implica que concibo el sujeto como un componente del SV, el que determina o actualiza sintáctica y semánticamente al verbo como núcleo del SV. En verdad, mi actual concepto de oración coincide con lo que Alarcos y otros gramáticos entienden hoy por enunciado. Por tanto, o sobra enunciado o sobra oración, o tenemos dos nombres para nombrar la misma unidad. Este alcance del concepto de oración o enunciado estaba en la primera caracterización que sobre la oración hice en 1989 –recogida en González Calvo, 1998: 47-71). Ahora defiendo que palabra –unidad paradigmática– y sintagma –unidad sintagmática– son las dos unidades complementarias –como fonema y sílaba en la parte fónica– de la parte sintáctica de la gramática. Y sostengo que oración –unidad paradigmática– y enunciado –unidad sintagmática– son ya unidades de la parte textual del sistema de una lengua, concretamente del nivel enunciativo textual, que posee fronteras a veces poco claras con la parte sintáctica. Concibo el enunciado como el esquema mínimo de combinación de oraciones. Puede constar de una única oración o de dos o más oraciones ordenadas en el enunciado complejo por coordinación o yuxtaposición. De esta manera, sintagma, oración y enunciado no se confunden. Por consiguiente, entiendo que el marco de referencia para considerar el verbo como clase de palabra en español es el SV, no la oración ni el enunciado. La Gramática didáctica del español, de Gómez Torrego, acoge sintéticamente la caracterización que del verbo se observa en Alarcos –no en todo de la misma manera– y en otros autores, anteriores y actuales. Gómez Torrego (2007: 137) JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ CALVO / UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA (ESPAÑA) 185 «Cauce. Revista internacional de Filología, Comunicación y sus Didácticas. Nºs 34-35 (años 2011-2012) » dice que el verbo es una clase de palabra –o categoría léxica– que desde el punto de vista formal se compone de raíz y desinencias, y desde el punto de vista funcional es siempre el núcleo sintáctico del predicado de la oración. En relación con su naturaleza gramatical, el verbo puede llevar o no complementos. En cambio, en la Gramática española de F. Marcos Marín y otros autores, se habla explícitamente de que el verbo es el núcleo del SV. Se afirma en este manual gramatical que no es suficiente un criterio semántico para el verbo. Es preciso atender aspectos formales y funcionales, fundamentalmente: «Entendemos por verbo aquella clase de palabras susceptible de tener flexión de tiempo, modo, aspecto, número y persona, y que desempeña la función de núcleo del sintagma verbal». También se afirma que es el verbo el que selecciona el sujeto, y que el sujeto es uno de los actantes del verbo (Marcos Marín et al., 2002: 196). Todo ello quiere decir que infinitivo, gerundio y participio son formas verbales que funcionan como núcleo del SV, pues la apreciación «susceptible de tener flexión» –o «capacidad para expresar tiempo», como advierte la gramática de Alcina-Blecua– indica que esas llamadas formas nominales se relacionan y conmutan con las personales. Cualquier infinitivo de un verbo nos remite a toda su conjugación, regular o irregular, lo mismo que el gerundio y el participio, y pueden seleccionar sujetos y complementos verbales. Son formas verbales que poseen algunas características nominales, originando que las fronteras entre lo verbal y lo nominal, generalmente claras, a veces originen algunas dificultades de delimitación precisa. Al menos esto es lo que yo sostengo. En el fondo, dejando a un lado las discrepancias en torno a las formas nominales del verbo, las caracterizaciones de Alarcos, Gómez Torrego y Marcos Marín (et al.) son muy afines, ya que los que hablan de «núcleo del predicado de la oración» lo hacen porque parten del hecho de que, en esta circunstancia, SV y oración son lo mismo. Nuestras gramáticas tradicionales no hablaban de sintagma ni de enunciado, por lo que se comprende que en la actualidad los conceptos de palabra, sintagma, oración, proposición, grupo, enunciado, nexo, cláusula, subordinación, oración degradada… proyecten confusiones conceptuales y terminológicas. Es cierto que merced a estos avances se van abriendo horizontes y se puede decir lo que acabo de decir, en absoluto de manera crítica sino como algo que está fermentando hasta que se pueda precisar lo pertinente y sistemático. En la teoría de Alarcos únicamente caben las magnitudes o unidades sintagma y enunciado –no «palabra» y «oración»–, enfoque que encierra, lo reconozco, una gran coherencia y enorme claridad. Sin embrago, me pregunto qué podría hacerse en fonología sin el fonema y solo con la sílaba, que entonces debería acoger al mismo tiempo la dimensión paradigmática que dejaría la ausencia del concepto de fonema. Como no hay todavía acuerdos conceptuales y terminológicos sobre CARACTERIZACIÓN DEL VERBO COMO CLASE DE PALABRA EN ESPAÑOL 186 «Homenaje al Dr. Alberto Millán Chivite». Nºs 34-35 (años 2011-2012) estas cuestiones, tal vez resulte comprensible que en la Gramática descriptiva de la lengua española, dirigida por Bosque y Demonte (1999), y en la Nueva gramática de la lengua española –de la Real Academia Española y Asociación de Academias de la lengua española: RAE y AALE, 2009–, se describa con profusión la morfología y el comportamiento sintáctico del verbo –con el inevitable uso de criterios semánticos– sin que aparezca en ninguna parte la definición o caracterización de esa clase sintáctica de palabra, categoría gramatical o simplemente clase de palabra. La corriente lingüística generativa, o de orientación generativa, evita en lo posible tener que definir las categorías gramaticales o clases de palabras, no solo la del verbo, aunque los análisis son precisos y rigurosos. La explicación para esto no se aparta mucho de lo que presentan otras corrientes no generativas, en las que el concepto de palabra es marginado, relegado al habla –L. Hjelmslev, A. Martinet… –. La glosemática –así como otras corrientes funcionales europeas– y la gramática de constituyentes inmediatos pasan gradualmente del morfema a la oración y prescinden de las clases de palabras, salvo en la medida en que señalen la función de un elemento –y es sabido que una palabra puede tener varias–. Así hace sustancialmente la tagmémica, y también la gramática generativa y transformativa (Adrados, 1969: 292). No obstante, en la Gramática descriptiva y en la Nueva gramática, citadas poco antes, se puede deducir una cierta caracterización del verbo. Lo mismo sucede con el manual de sintaxis del español de Rodríguez Ramalle. Esta autora, con gran claridad, afirma que cualquier gramática posee una lista de clases de palabras, si bien las propuestas oscilan entre clasificaciones de tres categorías y de veinte. Cita el trabajo de Bosque (1989), con la apreciación de que se suele considerar que las partes básicas de la oración son siete: nombre, verbo, adjetivo, adverbio, preposición, conjunción y determinante. Y dice, lo que me parece acertado, que el principal problema no reside tanto en el inventario de estas categorías como en la inexistencia de un criterio para su precisa identificación. Los más utilizados han sido, tradicionalmente, el distribucional, el funcional y el morfológico, que Rodríguez Ramalle (2005: 33-42) revisa después atendiendo también a los límites, a veces poco definidos, que existen entre las diversas categorías. Me fijaré en la Nueva gramática, y por la versión del Manual de esta gramática (RAE-AALE, 2010: 49 y 15-17). Se dice que, en un sentido más restringido que el tradicional de la llamada relación predicativa, los predicados son categorías que designan estados, acciones, propiedades o procesos en los que intervienen uno o varios participantes. Estos partici-pantes que intervienen en la noción predicativa se suelen denominar argumentos o actantes. Se suele llamar estructura argumental de un predicado al conjunto –ordenado o no– de sus argumentos. Pero el predicado, JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ CALVO / UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA (ESPAÑA) 187 «Cauce. Revista internacional de Filología, Comunicación y sus Didácticas. Nºs 34-35 (años 2011-2012) » así entendido, no es solo el verbo. También los sustantivos, los adjetivos, los adverbios y las preposiciones pueden tener argumentos, es decir, constituyentes exigidos por su significado léxico. Con escasas excepciones, como los auxiliares, casi todos los verbos tienen estructura argumental. En cambio, únicamente un pequeño conjunto de las restantes categorías citadas exige semánticamente uno o más argumentos que completen su significado. Los predicados se suelen clasificar por su valencia, es decir, por el número de argumentos que exigen, así como por la forma sintáctica que estos presentan: avalentes –sin argumentos–, monovalentes –o «predicados de un lugar», un solo argumento–, bivalentes –con dos argumentos– y trivalentes –de tres lugares o argumentos–. Pienso que este criterio de predicado no es pertinente para definir el verbo –tampoco pretende la Nueva gramática definirlo así–, dado que se aplica a otras categorías –aunque sea en mucha menor proporción– y a que solo los llamados verbos predicativos pueden tener estructura argumental –los avalentes carecen de ella–. La lingüística tomó el término predicado de la tradición lógica. Desde de la antigüedad hasta hoy este término adquiere diferentes significaciones según la concepción de quien lo utiliza. La teoría de la estructura predicado-argumentos de S. Karolak y la de las clases de objetos de G. Gross son a primera vista muy diferentes, pero se pueden observar influencias importantes de la concepción de S. Karolak sobre la de G. Gross. Los predicados se dividen en monovalentes, bivalentes, trivalentes y tetravalentes o de cuatro posiciones argumentativas (Czkaj-Smigielska, 2009: 7-8). Pienso que una definición ha de atenerse al conjunto o haz mínimo de rasgos pertinentes que permita distinguir una categoría –clase de palabra– de las demás en una lengua. Al clasificar los verbos ya se distinguirá entre los que disponen de estructura argumental y los que no. Ahí el criterio es pertinente, junto con otros. El criterio más tradicional de ‘relación predicativa’ –relación sujeto predicado, y el predicado es solo verbal–, tampoco me parece ahora distintivo, y en esto discrepo también de mi primera propuesta de definición del verbo. En cambio, cuando en el Manual que estoy reseñando se habla de la flexión verbal, la caracterización del verbo, sin ser novedosa, queda más fijada. Se afirma que en la morfología del verbo se distinguen dos elementos constituyentes: la ‘raíz’ –también ‘radical’ o ‘base léxica’–, que expresa su significado, y un conjunto de ‘morfemas flexivos’ que tienen dos funciones: establecer la concordancia de número y persona con el sujeto gramatical y expresar las nociones de ‘modo’, ‘tiempo’ y ‘aspecto’ que corresponden al evento. Y se concluye: «El verbo es la única clase de palabras en español con flexión de aspecto, tiempo y modo». Esto último es lo que realmente se parece a una definición de esta clase de palabra, y este criterio, para la lengua española, es incontestable, aunque antiguo. Es hora de arriesgarse a exponer qué postura adopto CARACTERIZACIÓN DEL VERBO COMO CLASE DE PALABRA EN ESPAÑOL 188 «Homenaje al Dr. Alberto Millán Chivite». Nºs 34-35 (años 2011-2012) hoy para definir el verbo. Considero, como ya se dijo antes, que la palabra y el sintagma son las dos unidades de la sintaxis, la primera paradigmática y la segunda sintagmática. Hay, pues, clases de palabras –categorías para otros– y clases de sintagmas. El verbo es una clase de palabra, una clase de la que nadie duda en un inventario de clases de palabras de la lengua española. Cada lengua tiene su propio sistema de palabras como tiene su particular sistema de fonemas. Parece evidente que la definición y la posterior subclasificación de cada clase de palabra solo puede hacerse en una lengua. No es posible, ni viene a cuento, dar una definición universalmente válida del sustantivo o del verbo, por ejemplo. Tampoco hay definiciones universalmente válidas del fonema /b/ o del /n/, por ejemplo. Una clase de palabra únicamente se podrá fijar con precisión en una lengua dada por las diferencias que mantenga con las otras clases de palabras existentes en esa misma lengua. A partir de ahí, se podrán hacer los estudios comparados que se crean oportunos. Téngase en cuenta que, por ejemplo, hay lenguas en las que la flexión prácticamente no existe –vietnamita o chino– o se reduce, como en inglés, a un mínimo indispensable (Pawlik, 2005: 119). Para establecer las clases y subclases de palabras en una lengua, hay que tener en cuenta, simultáneamente, todos los criterios pertinentes, que, para la lengua española, son: el semántico, el morfológico –especialmente de flexión–, el de papel o función sintáctica y el de distribución o combinación en la cadena. Es preciso aplicar estos criterios con un orden y una jerarquía precisos para evitar errores de bulto o incongruencias manifiestas. Con el respeto debido a todas las propuestas de definición existentes, me atengo a lo siguiente: para establecer o fijar en una lengua una clase de palabra, es decir, para definirla, son pertinentes o distintivos los criterios morfológico y de papel o función sintáctica; en cambio, para establecer subclases de una misma palabra, resulta imprescindible el criterio semántico, siempre que se manifieste en diferencias, mayores o menores, de combinatoria sintagmática. El criterio semántico, en la definición de una clase de palabra, ha de ser usado en un nivel de abstracción muy elevado, que permita trabajar en la subclasificación con rasgos semánticos más específicos. Así, se podría definir el sustantivo en español como una clase de palabra que, sintáctica y semánticamente, es siempre el núcleo o centro de relaciones sintácticas y semánticas dentro de su propio SN, y que morfológicamente solo posee inherentemente los rasgos morfológicos de género y número, los manifieste o no en la flexión, e impone formalmente estas concordancias a las demás palabras –determinantes y adjetivos– que giran en el SN en torno al núcleo. Entiéndase que, en el SN, los determinantes y los adjetivos solo poseen máscaras, morfos de morfemas flexivos para acomodarse a la concordancia que les exige el núcleo sustantivo una vez fijado en género y número en su SN (González Calvo, 2000a: JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ CALVO / UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA (ESPAÑA) 189 «Cauce. Revista internacional de Filología, Comunicación y sus Didácticas. Nºs 34-35 (años 2011-2012) » 180). Correlativamente, podemos definir así la categoría de verbo: El verbo en español es una clase de palabra que, sintáctica y semánticamente, es siempre el núcleo o centro de relaciones sintácticas y semánticas dentro de su propio SV, y que morfológicamente únicamente él posee inherentemente el rasgo morfológico de modo-tiempo –y algo aspecto–, lo manifieste o no en la terminación que acompaña a la raíz verbal. Expliquemos un poco la definición. El verbo no es el núcleo del predicado entendido como relación predicativa, porque el sujeto estaría fuera del predicado. En cambio, el sujeto –explícito o elidido– es componente del SV simple, salvo en los SV impersonales. También el determinante es componente del SN simple, aunque puede faltar. Basta un sustantivo o un verbo para constituir sintagma por sí mismos, sin que por ello se confundan palaba y sintagma; como basta una vocal para formar sílaba por sí misma, sin que por ello se confundan fonema y sílaba. En todos estos casos, depende de la perspectiva o dimensión de que partamos, paradigmática o sintagmática, para decir que una palabra constituye sintagma –que un alófono de un fonema constituye sílaba– o que un sintagma consta de una única palabra –que una sílaba consta de un único alófono de un fonema–. La función de núcleo del SV, recordémoslo, la pueden cumplir: una forma verbal simple –conjugada o no conjugada–, una forma verbal compuesta, una locución verbal y una perífrasis verbal. Sintácticamente, si un único SV, más simple o más complejo, conforma la estructura interna de una oración –llamada tradicionalmente ‘oración simple’–, el V es además el núcleo de la estructura sintagmática oracional. Y si un SV es el sintagma regente del que dependen otro u otros SV regidos, cada verbo será núcleo de su propio SV, pero solo el V del SV regente será además el núcleo de la estructura sintagmática oracional –estaríamos ante la llamada tradicionalmente ‘oración compuesta por subordinación’–. En ambos casos, una ‘oración’, posea un SV o varios SV. Esta es una de las diferencias esenciales entre SV y oración como unidades gramaticales. Semánticamente, el verbo, como núcleo o centro de relaciones semánticas con el resto de componentes de su sintagma, tiene el rasgo +cópula, que es el rasgo común a todo verbo. Otros rasgos semánticos irán especificando las diferencias. A partir del contenido verbal –sea puramente gramatical, sea aspectual, o sea léxico–, el resto de los componentes del sintagma, simple o complejo, relacionan sus significados a través del núcleo. El verbo ‘ser’ en español solo tiene el rasgo +cópula, presente en la base de todo verbo, por lo que permite que con más libertad se relacionen semánticamente los otros componentes de su sintagma. Es el verbo por excelencia en español. Cualquier otro verbo, será ‘ser’ más otro u otros contenidos aspectuales o léxicos. Así pues, todo verbo, incluido ‘ser’, es siempre núcleo sintáctico de su SV y centro de irradiación de relaciones semánticas en su SV. En esto radica el CARACTERIZACIÓN DEL VERBO COMO CLASE DE PALABRA EN ESPAÑOL