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Atención a migrantes desde una perspectiva de género: Estrategias políticas Españolas

Rebolledo Gámez, Teresa; Rodríguez Casado, María del Rocío; Pérez de Guzman Puya, Victoria

Abstract

El éxito de las políticas de gestión de las migraciones requiere de una serie de factores amparados en el marco de la cooperación internacional, y, especialmente, de la integración transversal de una perspectiva de género que permita alcanzar la plena inclusión de las mujeres migrantes. Centrándonos en el ámbito español, este trabajo presenta los resultados de un análisis documental llevado a cabo sobre la normativa, programas y proyectos nacionales de atención a las mujeres migrantes, con el objetivo de identificar las características de las principales medidas de carácter público que existen para la integración e inclusión de mujeres migrantes a nivel estatal, teniendo en cuenta si contemplan el enfoque de género. Los resultados obtenidos apuntan a una escasez de desarrollo de la perspectiva de género en la normativa básica de gestión de las migraciones en España. Por ello, de esta investigación se concluye que sigue evidenciándose la necesidad de seguir avanzando en la mejora de la atención de las mujeres migrantes en las estrategias políticas españolas, integrando la perspectiva de género, lo que supone partir de las necesidades de dichas mujeres, así como contemplar sus situaciones específicas de vulnerabilidad, además de otras propuestas como la extensión del uso de un lenguaje no sexista.

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ISSN 0213-7771 - e-ISSN 2443-9991 https://doi.org/10.12795/CP.2022.i31.v1.07 Cuestiones Pedagógicas, 1(31), 2022, 123-140 123 Atención A Migrantes Desde Una Perspectiva De Género: Estrategias Políticas Españolas Attention To Migrants From A Gender Perspective: Spanish Policy Strategies Teresa Rebolledo Gámez Universidad Pablo de Olavide (España) [email protected] https://orcid.org/0000-0002-1425-0743 Rocío Rodríguez Casado Universidad Pablo de Olavide (España) [email protected] https://orcid.org/0000-0002-8263-6154 Victoria Pérez de Guzman Puya Universidad Pablo de Olavide (España) mvpe[email protected] https://orcid.org/0000-0003-1421-1397 Resumen: El éxito de las políticas de gestión de las migraciones requiere de una serie de factores amparados en el marco de la cooperación internacional, y, especialmente, de la integración transversal de una perspectiva de género que permita alcanzar la plena inclusión de las mujeres migrantes. Centrándonos en el ámbito español, este trabajo presenta los resultados de un análisis documental llevado a cabo sobre la normativa, programas y proyectos nacionales de atención a las mujeres migrantes, con el objetivo de identificar las características de las principales medidas de carácter público que existen para la integración e inclusión de mujeres migrantes a nivel estatal, teniendo en cuenta si contemplan el enfoque de género. Los resultados obtenidos apuntan a una escasez de desarrollo de la perspectiva de género en la normativa básica de gestión de las migraciones en España. Por ello, de esta investigación se concluye que sigue evidenciándose la necesidad de seguir avanzando en la mejora de la atención de las mujeres migrantes en las estrategias políticas Abstract: The success of migration management policies requires a series of factors protected within the framework of international cooperation, and, especially, the transversal integration of a gender perspective that allows achieving the full inclusion of migrant women. Focusing on the Spanish sphere, this paper presents the results of a content analysis carried out on the main national regulations, programs and projects for the care of migrant women in said country, with the aim of identifying the characteristics of the main measures of a for the integration and inclusion of migrant women that exist at the state level, as well as analyze their gender approach. The results obtained point to a lack of development of the gender perspective in the basic regulation of migration management in Spain. For this reason, it is concluded from this research that the need to continue advancing in improving the care of migrant women in Spanish political strategies continues to be evident, integrating the gender perspective, which means starting from the needs of said women, as well as how to contemplate their specific situations of Recibido: 23/02/2022 | Revisado: 24/02/2022 | Aceptado: 18/05/2022 | Online First: 08/06/2022 | Publicado: 30/06/2022 Cuestiones Pedagógicas, 1(31), 2022,123-140 ISSN 0213-7771 - e-ISSN 2443-9991 https://doi.org/10.12795/CP.2022.i31.v1.07 Teresa Rebolledo | Rocío Rodríguez | Victoria Pérez de Guzmán 124 españolas, integrando la perspectiva de género, lo que supone partir de las necesidades de dichas mujeres, así como contemplar sus situaciones específicas de vulnerabilidad, además de otras propuestas como la extensión del uso de un lenguaje no sexista. vulnerability, in addition to other proposals such as the extension of the use of non-sexist language in public policies in Spain. Palabras clave: migración, mujer, género, política, análisis de contenido. Keywords: migration, woman, gender, politics, content análisis. Introducción En este trabajo presentamos los resultados de una investigación documental sobre las políticas para la gestión de las migraciones en España, desde una perspectiva de género. Este estudio forma parte del proyecto “Voices of Immigrant Women” (VIW) (2020-1-ES01-KA203-082364), cofinanciado por el programa Erasmus+ de la Unión Europea, en la tipología de proyectos de Asociaciones Estratégicas en el sector de Educación Superior (KA203) 1 . Desde un punto de vista socioeducativo la integración de las personas migrantes y, especialmente, de las mujeres, requiere de la coordinación de muchas áreas (servicios sociales, educación, vivienda, empleo, etc.), así como del trabajo en red de múltiples organizaciones, tanto públicas como privadas. Asimismo, no podemos olvidarnos de las redes de apoyo informales como son las de amistades y las familiares, independientemente en el contexto en el que se encuentren, como una de las estrategias para canalizar su integración (Martin y Cuberos, 2022). Villar (2002), hace un par de década, indicaba una serie de obstáculos con los que se encuentran a la hora de orientar a personas migrantes, que, aunque en su caso está centrado en un programa de formación e inserción laboral (PROFIL-Cáritas Diocesana de Barcelona), son aspectos que se siguen recogiendo en muchos informes e investigaciones y de los que deben partir las políticas públicas. De forma general, siguen existiendo contradicciones en la atención a personas en situación de irregularidad administrativa, pues tienen derecho a atención sanitaria y están obligadas las mujeres a escolarizar a los hijos e hijas menores de hasta 16 años, pero no pueden trabajar ni en los puestos que se demanden. Por otra parte, el desconocimiento de la lengua, como una gran barrera idiomática, es un obstáculo ya no solo a la hora de encontrar trabajo, sino para crear lazos de comunicación adecuados en la comunidad de tránsito y destino, aunque la persona tenga conocimientos del trabajo a desarrollar y, entre otros, el tema de la 1 Se puede consultar más información en https://viw.pixel-online.org/ ISSN 0213-7771 - e-ISSN 2443-9991 https://doi.org/10.12795/CP.2022.i31.v1.07 Cuestiones Pedagógicas, 1(31), 2022,123-140 Atención a migrantes desde una perspectiva de género: Estrategias políticas españolas 125 vivienda es algo grave al no poder alquilar un piso con el pasaporte, ni demostrando una solvencia económica. La política migratoria nacional e internacional sigue encontrándose en conflictos de intereses en múltiples sentidos (económicos, políticos, sociales, culturales…), aún más, cuando hablamos de una gestión integral. Los avances en esta materia con carácter documental y teórico siguen en juego, pero nos podemos plantear cuáles son los progresos prácticos. Una muestra de ello es el último Pacto Mundial para la Migración (ONU, 2018) que supone el primer documento de negociación diplomática amparado por las Naciones Unidas que atiende a todas las dimensiones de la migración internacional desde una perspectiva integral. Tenemos que pensar que la migración es considerada como una realidad que afecta tanto a las personas que inician su proyecto migratorio como a los contextos de origen, tránsito, destino y retorno (De la Mora Salcedo, 2020). En el contexto europeo, si nos centramos en la Agenda 2030, se determina como una de las metas del objetivo diez “facilitar la migración y la movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas” (meta 10.7). Esto supone un avance significativo para una estrategia firme en mejorar la realidad de las personas migrantes, ya que este Objetivo de Desarrollo Sostenible número 10 “reducir la desigualdad en y entre países”, está destinado a crear indicadores que evalúen el trabajo decente, la reducción de la pobreza, las mejoras de la sanidad y educación, la seguridad alimentaria, la vivienda con acceso a agua y saneamiento y protección social adecuada de todas las personas. No obstante, somos conscientes de las tensiones que aún existen entre los intereses nacionales e internacionales y los derechos de las personas migrantes, en el binomio estado versus persona – mayoría vs minoría (Martin y Cuberos, 2022). Cada país puede establecer sus propias políticas migratorias, si bien, aunque exista un documento base y de modo teórico, la realidad dicta que el éxito de políticas integrales para la migración debe necesariamente ampararse desde una visión de cooperación y codesarrollo internacional teniendo en cuenta la participación de todos los estados miembros, no entendiendo los procesos migratorios desde una sola perspectiva, ya que de esa forma no se llega a niveles de comprensión profundos sobre la migración (De la Mora Salcedo, 2020). Para abordar esta temática es necesario realizarlo desde una perspectiva de género con objeto de alcanzar la pertinencia real del objeto de estudio de forma más fiable, eficiente, completa y eficaz. Es indiscutible que la migración cobra relevancia en las agendas gubernamentales, ya sean nacionales o internacionales, a la hora de definir o de redefinir políticas migratorias, y siempre con mención especial a la inmigración. Sin embargo, no podemos obviar la todavía invisibilidad que ocupa la mujer en los flujos migratorios que influyen en esferas económicas, políticas, socioculturales, laborales, Cuestiones Pedagógicas, 1(31), 2022,123-140 ISSN 0213-7771 - e-ISSN 2443-9991 https://doi.org/10.12795/CP.2022.i31.v1.07 Teresa Rebolledo | Rocío Rodríguez | Victoria Pérez de Guzmán 126 familiares… dada su exclusión, sumisión y subvaloración (Roldan, 2010; 2011, citado en Roldan, Castro y Sarmiento, 2012). Cierto es que en los últimos años se ha destacado una creciente migración femenina incorporada en los mercados laborales, convirtiéndose ésta en una realidad que se exige analizar dadas las condiciones de vulnerabilidad en cuanto a riesgos y abusos existentes por el hecho de ser mujer. En este sentido, la llamada feminización de la migración destaca que cada vez más mujeres emigran por su voluntad y en busca de sus objetivos para mejorar no solo su calidad de vida, sino la de su familia (Roldan, Castro y Sarmiento, 2012). Este hecho hace que se incorpore la perspectiva de género como categoría de análisis en los procesos migratorios en cuanto al diseño de estrategias, programas y proyectos de inserción e integración en los contextos de origen, tránsito y destino. Como indican Alemán Bracho y Alonso Seco (2012), si bien la primera legislación sobre derechos y libertades de las personas extranjeras en España es de 1985, posterior a la Constitución, será en el año 2000 cuando se produzca un proceso de tratamiento jurídico de sus garantías y derechos en lo que a servicios sociales se refiere. Partiendo de estas premisas, nos planteamos qué estrategias políticas existen en España para la atención a personas migrantes, y en concreto, para las mujeres inmigrantes. Para dar respuesta a dicho interrogante se ha realizado la siguiente investigación documental Diseño Metodológico En esta investigación hemos llevado a cabo un análisis de contenido. Como todo análisis de contenido, nuestro proceso no ha sido lineal, sino circular, acorde con la metodología cualitativa que lo sustenta. La selección de esta técnica de recogida de información viene determinada por nuestros objetivos de estudio: (1) Identificar las principales normativas españolas relacionadas con la gestión de las migraciones a nivel estatal. (2) Explicitar las características de las principales medidas de carácter público para la integración e inclusión de mujeres migrantes que existen a nivel estatal. (3) Analizar la inclusión de la perspectiva de género en dichas estrategias políticas. Para conseguir estos objetivos, se ha realizado un proceso de codificación de los textos encontrados, estableciendo unidades de contexto que han constituido nuestras unidades de registro, etiquetándolas de la siguiente forma: • Marco legislativo nacional relacionado con las migraciones. ISSN 0213-7771 - e-ISSN 2443-9991 https://doi.org/10.12795/CP.2022.i31.v1.07 Cuestiones Pedagógicas, 1(31), 2022,123-140 Atención a migrantes desde una perspectiva de género: Estrategias políticas españolas 127 • Medidas nacionales de integración e inclusión para mujeres migrantes de carácter público. La muestra seleccionada ha estado conformada por la legislación y normativa de referencia para la gestión de las migraciones a nivel estatal, así como la documentación pública a nivel estatal sobre planes, programas y proyectos de implementación con mujeres migrantes, de forma directa o indirecta. Dicha documentación se ha extraído de las páginas web del gobierno de España. La aproximación a la documentación analizada e interpretada se ha realizado a partir de una lectura inicial, y posteriormente, profundizando en los aspectos más relevantes, que nos ha permitido que los significados que buscábamos se encuentren debidamente contemplados y definidos y presentar los resultados que dan respuesta a los objetivos planteados. Para ello, se ha diseñado una tabla de recogida de información compuesta por dos bloques de contenido: • Medidas obligatorias (hard law). Marco legislativo nacional, donde se anotaba el título y resumen de cada normativa, así como las aportaciones que incluye en relación a la gestión de las migraciones desde una perspectiva de género. • Acciones estratégicas (soft law). Medidas nacionales de integración e inclusión de mujeres migrantes, anotando el título de la medida, nivel y periodo de implementación, objetivo, desafío, debilidades y/o problemática que se aborda, resumen de las acciones principales, aportaciones que incluye en relación a la gestión de las migraciones desde una perspectiva de género y propuestas de mejora. Dicho análisis documental se ha llevado a cabo entre los meses de junio y julio de 2021. Resultados A continuación, presentamos los resultados extraídos del análisis documental implementado, centrándonos en las categorías de estudio establecidas: identificación de las principales normativas nacionales para la gestión de las migraciones y la inclusión de la perspectiva de género en dichas normativas; y, por otro lado, las características de las principales medidas nacionales, de carácter público, para la integración e inclusión de mujeres migrantes y el análisis desde un enfoque de género. Cuestiones Pedagógicas, 1(31), 2022,123-140 ISSN 0213-7771 - e-ISSN 2443-9991 https://doi.org/10.12795/CP.2022.i31.v1.07 Teresa Rebolledo | Rocío Rodríguez | Victoria Pérez de Guzmán 128 Perspectiva de género en el marco legislativo nacional relacionado con las migraciones A nivel del estado español, encontramos diversas normativas relevantes que hacen referencia a la integración de las personas extranjeras. En primer lugar, debemos nombrar la Constitución Española de 1978, norma básica para la regulación de los derechos y libertades de las personas en España. En concreto, se explicita en su artículo 13 que “Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Titulo en los términos que establezcan los tratados y la ley”. Otra normativa fundamental es la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Reformada por LO 8/2000, LO 14/2003, LO 2/2009, LO 10/2011, RDL 16/2012 y Sentencia 13/2021), la cual regula los derechos y libertades de las personas extranjeras y las condiciones necesarias para su integración. Cabe destacar también el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009. Entre las novedades introducidas se destaca la voluntad de consolidar un modelo basado en la regularidad de las migraciones y su vinculación al mercado de trabajo. Ello se traduce en una regulación más completa del Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura y de los certificados que emiten los servicios públicos de empleo en relación con la insuficiencia de demandantes de empleo para cubrir las ofertas existentes. En ambos casos lo que se pretende es mejorar la información que los sustenta, así como tener en cuenta las posibilidades de cubrir las ofertas de empleo con trabajadores y trabajadoras que ya se encuentran en el mercado de trabajo nacional y que podrían satisfacerlas con actuaciones formativas promovidas por los servicios públicos de empleo. La consideración de la situación nacional de empleo también se tiene en cuenta en la regulación de las autorizaciones de trabajo por cuenta ajena de duración determinada y en la gestión colectiva de contrataciones en origen, donde se introducen mecanismos que pretenden evitar la sustitución de mano de obra que ya existe en el mercado laboral. Junto a la ordenación de los flujos migratorios laborales y la promoción de la cultura de la regularidad, este reglamento pretende fomentar la integración de las personas migrantes y su igualdad de derechos y deberes, fortaleciendo la integración y la cohesión social en un contexto de diversidad cultural, desde la lógica de la igualdad. Este Reglamento también refuerza la colaboración entre las Administraciones, así como apuesta por fomentar y garantizar la movilidad y el retorno voluntario de las personas inmigrantes. ISSN 0213-7771 - e-ISSN 2443-9991 https://doi.org/10.12795/CP.2022.i31.v1.07 Cuestiones Pedagógicas, 1(31), 2022,123-140 Atención a migrantes desde una perspectiva de género: Estrategias políticas españolas 129 Por otro lado, es relevante la creación del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes (Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, por el que se establece la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes), que es el órgano de consulta, información y asesoramiento en materia de integración de inmigrantes. El objetivo del Foro es promover la participación e integración de las personas inmigrantes en la sociedad española, proponiendo, informando y canalizando actuaciones encaminadas a dichos fines. En relación con la entrada, libre circulación y residencia en España encontramos el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, que parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo contemplado en la Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007. Dicho Real Decreto regula las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia, residencia de carácter permanente y trabajo en España por parte de la ciudadanía de los Estados miembros de la Unión Europea y de los restantes Estados parte. Otra de las normas reguladoras de las migraciones en España es el Real Decreto 1800/2008 de 3 de noviembre, por el que se desarrolla el Real Decreto-ley 4/2008, de 19 de septiembre, sobre abono acumulado y de forma anticipada de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origen. Su objetivo es el desarrollo de las previsiones de dichas prestaciones. La Orden INT/3321/2011, de 21 de noviembre, sobre expedición de título de viaje a extranjeros plantea que a las personas extranjeras que se encuentren en España que acrediten una necesidad excepcional de salir del territorio español y no puedan proveerse de pasaporte propio, por encontrarse en alguno de los casos expresados en el apartado segundo del artículo 34 de la Ley Orgánica 4/2000, la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, a través de las Unidades policiales de extranjería del Cuerpo Nacional de Policía, les podrá expedir un título de viaje con destino a los países que se especifiquen, en el que se prevea el regreso a España. En la Orden PRE/1803/2011, de 30 de junio, por la que se establece el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas, solicitudes de visados en frontera y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería, se expone todo lo relacionado con el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas, solicitudes de visados en frontera y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería, según las normativas españolas. La Resolución de 5 de junio de 2017, de la Secretaría General de Inmigración y Emigración, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de junio Cuestiones Pedagógicas, 1(31), 2022,123-140 ISSN 0213-7771 - e-ISSN 2443-9991 https://doi.org/10.12795/CP.2022.i31.v1.07 Teresa Rebolledo | Rocío Rodríguez | Victoria Pérez de Guzmán 130 de 2017, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la residencia temporal de menores y la estancia de los monitores, de origen saharaui, en España en el marco del Programa "Vacaciones en Paz 2017" tiene por objeto establecer la forma, requisitos y plazos para autorizar la residencia temporal de los menores y la estancia de los monitores de origen saharaui, que se desplacen a España en el marco del Programa «Vacaciones en Paz 2017», a desarrollarse durante la época estival. En los últimos años el Programa «Vacaciones en Paz» ha permitido la acogida temporal por familias españolas de menores procedentes de los campamentos de refugiados saharauis situados en la provincia argelina de Tinduf. Este programa solidario, llevado a cabo por las asociaciones de amigos del Pueblo Saharaui de las provincias españolas en colaboración con la Delegación Nacional Saharaui y las Delegaciones saharauis en las distintas comunidades autónomas, permite que anualmente miles de niños puedan disfrutar durante la época estival de un periodo de vacaciones en España tras el cual regresan a su lugar de procedencia. A través de la Orden ISM/1289/2020, de 28 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2021 se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen, definida como un conjunto de procedimientos administrativos dirigidos a la tramitación y concesión simultánea de una pluralidad de autorizaciones de residencia y trabajo, presentadas por uno o varios empleadores respecto de personas extranjeras que no se hallan ni residan en España, orientado exclusivamente a la migración con fines laborales. Tanto la Agenda 2030 como el Pacto Global de Migraciones apuntan a la necesidad de articular e incrementar las vías de migración segura, ordenada y regular, y, por tanto, es un objetivo y una prioridad en la política migratoria española. Finalmente, encontramos la Orden SND/421/2020, de 18 de mayo, por la que se adoptan medidas relativas a la prórroga de las autorizaciones de estancia y residencia y/o trabajo y a otras situaciones de los extranjeros en España, en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid- 19. A través de esta normativa se adoptan medidas relativas a la prórroga de las autorizaciones de estancia y residencia y/o trabajo y a otras situaciones de las personas extranjeros en España debido a la situación de pandemia mundial, con el fin de evitar que la crisis asociada a la pandemia tenga repercusiones en su estatus regular en el país. Una vez identificada la normativa principal existente a nivel nacional, en la Tabla 1 exponemos los resultados del análisis sobre la inclusión de la perspectiva de género en dicha normativa. ISSN 0213-7771 - e-ISSN 2443-9991 https://doi.org/10.12795/CP.2022.i31.v1.07 Cuestiones Pedagógicas, 1(31), 2022,123-140 Atención a migrantes desde una perspectiva de género: Estrategias políticas españolas 131 Tabla 1 Presencia de la perspectiva de género en las principales normativas españolas (hard law) que regulan la situación de la población migrante Constitución Española. No se identifica. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero. Sí de identifica, haciendo referencia al principio de igualdad de la política migratoria, así como en situaciones de violencia de género y en caso de expulsión del territorio. Véanse, por ejemplo, los siguientes artículos: Artículo 2 bis. La política inmigratoria. 2. Todas las Administraciones Públicas basarán el ejercicio de sus competencias vinculadas con la inmigración en el respeto a los siguientes principios. D. La igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Artículo 2 ter. Integración de los inmigrantes. 2. Las Administraciones Públicas incorporarán el objetivo de la integración entre inmigrantes y sociedad receptora, con carácter transversal a todas las políticas y servicios públicos, promoviendo la participación económica, social, cultural y política de las personas inmigrantes, en los términos previstos en la Constitución, en los Estatutos de Autonomía y en las demás leyes, en condiciones de igualdad de trato. Especialmente, procurarán, mediante acciones formativas, el conocimiento y respeto de los valores constitucionales y estatutarios de España, de los valores de la Unión Europea, así como de los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad entre mujeres y hombres, y desarrollarán medidas específicas para favorecer la incorporación al sistema educativo, garantizando en todo caso la escolarización en la edad obligatoria, el aprendizaje del conjunto de lenguas oficiales y el acceso al empleo como factores esenciales de integración. Artículo 19. Efectos de la reagrupación familiar en circunstancias especiales. 2. El cónyuge reagrupado podrá obtener una autorización de residencia independiente cuando disponga de medios económicos suficientes para cubrir sus propias necesidades. En caso de que la cónyuge reagrupada fuera víctima de violencia de género, sin necesidad de que se haya cumplido el requisito anterior, podrá obtener la autorización de residencia y trabajo independiente, desde el momento en que se hubiera dictado a su favor una orden de protección o, en su defecto, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género. Artículo 31 bis. Residencia temporal y trabajo de mujeres extranjeras víctimas de violencia de género. Artículo 38. Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. 6.d. Cuando concurran otras circunstancias previstas reglamentariamente, en particular, los supuestos de extinción del contrato de trabajo o suspensión de la relación laboral como consecuencia de ser víctima de violencia de género. Artículo 40. Supuestos específicos de exención de la situación nacional de empleo.1. j. Los extranjeros que obtengan la autorización de residencia por circunstancias excepcionales en los supuestos que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, cuando se trate de víctimas de violencia de género o de trata de seres humanos Artículo 57. Expulsión del territorio. 6. La expulsión no podrá ser ejecutada cuando ésta conculcase el principio de no devolución, o afecte a las mujeres embarazadas, cuando la medida pueda suponer un riesgo para la gestación o la salud de la madre. Artículo 58. Efectos de la expulsión y devolución.4. Tampoco podrán ser devueltas las mujeres embarazadas cuando la medida pueda suponer un riesgo para la gestación o para la salud de la madre. Cuestiones Pedagógicas, 1(31), 2022,123-140 ISSN 0213-7771 - e-ISSN 2443-9991 https://doi.org/10.12795/CP.2022.i31.v1.07 Teresa Rebolledo | Rocío Rodríguez | Victoria Pérez de Guzmán 138 El cuarto Objetivo de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas nos recuerda la necesidad de abordar el tema de la educación para las personas migrantes. Hay que generar procesos educativos que ayuden a superar la etiqueta de ver a la mujer migrante como un ser social y privado y al hombre como un ser económico y público, aspecto que ya resaltaban Gregorio y Agrela (2002). Para poder llegar a tener una visión de la migración no solo individual sino también familiar, el papel de la mujer es clave. Es fundamental analizar y tener en cuenta para las estrategias políticas de migración la feminización de la migración; puesto que va creciendo el número de mujeres que migran y también los cambios en los patrones de migración. Muchos son los informes que resaltan la participación de las mujeres migrantes en el mercado laboral y su influencia en la economía no sólo en el país de acogida sino en su país de origen 2 ¸así como su poder de acción no sólo como trabajadoras, sino también como migrantes y refugiadas. Monreal Gimeno, Terrón Caro y Cárdenas Rodríguez (2014) recalcan la diferencia en la migración entre hombres y mujeres indicando: “desde los factores que conducen a la migración, pasando por el liderazgo que ejercen dentro de las redes migratorias hasta el rol que ocupan en los países de origen y de llegada de la migración” (p. 47), cuestiones que se deben tener en cuenta desde las políticas públicas. Por último, hay que recordar que el lenguaje es fundamental para generar procesos de inclusión y de cohesión social desde una perspectiva de igualdad entre hombres y mujeres. Hay que abogar por un lenguaje inclusivo en todos los documentos que se elaboren, máxime en las normativas que sustentan las políticas públicas. 2 Cabe destacar los siguientes: Consejo Económico Social España (2019). La inmigración en España: efectos y oportunidades; ONU Migración (2020). Informe sobre las migraciones en el mundo. ISSN 0213-7771 - e-ISSN 2443-9991 https://doi.org/10.12795/CP.2022.i31.v1.07 Cuestiones Pedagógicas, 1(31), 2022,123-140 Atención a migrantes desde una perspectiva de género: Estrategias políticas españolas 139 Referencias Alemán Bracho, C. y Alonso Seco, J. M. (2012). Políticas públicas para inmigrantes y emigrantes en España. Aproximación histórica, teórica y legislativa. AZARVE. Revista Internacional de Trabajo Social y Bienestar, 1, 7-19. https://bit.ly/3JJqy2W De La Mora Salcedo, F. (2020). Construyendo el Pacto Mundial para la Migración: la seguridad humana como paradigma diplomático. Relaciones Internacionales, 43, 87-110. https://doi.org/10.15366/relacionesinternacionales2020.43.005 Gregorio Gil, C. y Agrela Romero, B. (2002). Mujeres de un solo mundo: Globalización y multiculturalismo. Universidad de Granada. Martín Díaz, E. y Cuberos-Gallardo, F. J. (2022). La gestión política de la diversidad en España: etnicidad, migraciones y nacionalismos. Procesos Históricos. Revista de Historia, Arte y Ciencias Sociales, 41, 96-110. https://bit.ly/3s8Ccyl Monreal Gimeno, M.C., Terrón Caro, M.T. y Cárdenas Rodríguez, M. R. (2014). Las mujeres en los movimientos migratorios en la frontera norte de México. Pedagogía Social. Revista Interuniversitaria, 23, 45-69. http://hdl.handle.net/10366/140110 Organización de las Naciones Unidas (ONU) (2018). Conferencia Intergubernamental para el Pacto Mundial sobre Migración. https://www.un.org/es/conf/migration/ Roldan, G., Castro, D. y Sarmiento A. L. (2012). Hacia la construcción de políticas públicas a favor de las mujeres migrantes. El caso de Chiapas en México. Dilemata, Revista Internacional de Éticas Aplicadas, 10, 85-118. https://bit.ly/3s7oNGC Villar, V. (2002). Migración extracomunitaria. La realidad que no existe. Educación social. Revista de intervención socioeducativa, 20, 98-113. http://hdl.handle.net/11162/29547 Cuestiones Pedagógicas, 1(31), 2022,123-140 ISSN 0213-7771 - e-ISSN 2443-9991 https://doi.org/10.12795/CP.2022.i31.v1.07 Teresa Rebolledo | Rocío Rodríguez | Victoria Pérez de Guzmán 140