El Archivo General de Indias: acceso a las Fuentes Documentales sobre Andalucía y América en el siglo XVI
Full text
EL ARCHIVO GENERAL DE INDIAS, ACCESO A LAS FUENTES DOCUMENTALES SOBRE ANDALUCIA Y AMERICA EN EL SIGLO XVI por MANUEL ROMERO TALLAFIGO El año pasado en estas mismas jornadas tuve la oportunidad de desvelar en parte, la relación mutua del Archivo General de Indias con Andalucía, y más específicamente con Sevilla. Pero nos referíamos al hecho histórico de la instalación de los fondos indianos de la Casa de la Contratación y del Consejo de Indias en el edificio sevillano de la Casa Lonja. Creo que quedó resaltado para la historiografía del archivo el papel decisivo del malagueño José de Gálvez, Marqués de Sonora y Secretario de Estado del Derecho Universal de Indias de Carlos III, junto al ya más conocido, y no por eso menos importante, del valenciano e historiador Juan Bautista Muñoz. Este año no he querido tampoco pasar por alto la nueva oportunidad que se me brinda, y una vez más dentro de mi condición profesional de archivero, intentaré dejar marcadas las pautas básicas que hacen el entramado orgánico de los muchos y ricos legajos con papeles del siglo XV, y sobre todo del XVI, para que el historiador americanista y andalucista se muevan con holgura para descubrir Andalucía en lo mucho de América que hay en el Archivo General de Indias. Andalucía, Castilla, Extremadura, Vascongada, Galicia..., no gozan de categoría descriptiva especifica, ya de sección, ya de serie — unidades archivísticas, ambas por antonomasia— en los UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
456 MANUEL ROMERO TALLAFFIGO inventarios y guía del A.G.I. Lo contrario sucede precisamente con los territorios indianos, donde los nombres geográficos de los distritos virreinales, audienciales y provinciales se convierten en descriptores fundamentales para todas las secciones (Panamá, Santa Fe, Guadalajara, México,...). ¿Cuál es la razón de esta diferencia? A mi entender, los reinos hispánicos, a diferencia de los indianos, nunca se desgajaron ni administrativa, ni en consecuencia, archivísticamente, tanto en el Consejo de Indias como en la Casa de la Contratación, de un núcleo originario y funcional de gestión y gobierno. Este núcleo aparece sin rótulo territorial, y se llamó con el tiempo «Indiferente General». Término descriptor que esconde mucho de Andalucía, pues no perdamos de vista que el centro de gravedad de España se ha desplazado en el siglo XVI a Andalucía, sede de organismos tan importantes como la Casa de la Contratación, y el Consulado de Sevilla. Pero por otro lado, tampoco se puede rehuir encontrar huellas andaluzas en los otros papeles organizados territorialmente según las Audiencias indianas. Todo lo cual obliga a poner totalmente en manos de la ciencia archivzstica. Pues los principios que ésta pone a disposición del archivero para recoger, clasificar, ordenar y describir papeles, hunde sus raíces en el respeto a las praxis administrativas de los organismos productores. De este modo el archivero, antes de guiarse por señalar materias —en el caso que nos ocupa, de temática andaluza —, trata de señalar puntualmente en su labor técnica tres facetas de los papeles: 1.`' Los organismos productores con sus dependencias (salas, juntas, mesas, negociados ...). 2.' Las funciones y actividades de las anteriores. Por ejemplo, Guerra, Hacienda, Gracia y Justicia —en el Consejo de Indias —, y Bienes de Difuntos, Apresto de Armadas... en la Contratación. 3 .a Los tipos documentales en que las funciones y actividades se plasman y condensan: cartas, consultas, informes, expedientes, reales despachos (cédulas, provisiones) ... De este modo, descritos así los papeles, y conocidas las instituciones, funciones y actividades por el investigador, es fácil encontrar puntualmente en Inventarios y Guías de Archivos la materia histórica más variopinta. En otras palabras, quiero decir, que es fundamental para UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
ACTAS II JORNADAS DE ANDALUCÍA Y AMÉRICA 457 describir — función del archivero —, y para comprender —fin del investigador— los fondos documentales indianos en toda su amplitud, dominar a fondo la praxis burocrática y sistemas de archivo de los organismos de gestión que los produjo. Para los límites cronológicos que nos imponen estas jornadas, siglos XV y XVI, estos organismos son: Consejo de Indias con la Contaduría y las Salas de Gobierno y Justicia; la Casa de la Contrata - ción con sus salas de Gobierno y justicia respectivamente; y por el Consulado de Sevilla, con las funciones y respectivas series documentales que han quedado excelentemente descritas por Antonia Heredia. I Aclaremos sin embargo, que si el historiador de las Instituciones se mueve en e discernimiento de sus funciones, el archivero señala la plasmación documental que dejaron en fondo dichas instituciones. Plasmación que hay que detectar sobre los mismos papeles y legajos, pues estos y sus agrupamientos en series, sufren menos los cambios y vicisitudes de los siglos que las instituciones productoras. Baste ver series documentales dcl Archivo General de Indias que abarcan casi cuatro siglos: «Consultas», «Reales Decretos», «Registros Cedularios», etc. La explicación está en un principio que de la Biología puede pasarse a aplicar a la Archivística: «La función crea el órgano », y por tan- to le precede produciendo ya papeles. Así en la Casa de la Contratación los papeles y funciones de Justicia, eran anteriores a 1583, y cuando en este año se crea la Sala de Justicia, ésta recoge los papeles antecedentes de la función convertida ahora en órgano, o institución. Esta comunicación pues, pretende ofrecer al historiador ame -ricanista y andalucista el sistema de formación y organización de los fondos indianos del Archivo General de Indias. Luego fijaremos la atención en el modo de abordar las secciones del Consejo y la Contratación, en ]2 parte referente a los siglos XV y XVI, destacando las áreas más andaluzas de las mismas. 1 Vid. Heredia Herrera, Antonia: Guía de los fondos del Consulado de cargadores a Indias, «Archivo Hispalense» 183 (1977), págs. 87 -111. Inventario de los fondos de Consulados (Sección XII) del Archivo General de Indias. Ministerio de Cultura, Madrid, 1979. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
458 MANUEL ROMERO TALLAFIGO I. EL SISTEMA ORGANIZATIVO DE LOS FONDOS DOCUMENTALES DEL A. G. I. El apelativo «General de Indias» se impuso en el siglo XVIII por el ministro José de Gálvez a iniciativa de Juan Bautista Muñoz. En ese siglo y para estos promotores, «General» tenía un significado de lo que hoy llamaríamos «unidad de información documental» sobre la acción de España en los territorios indianos. En un principio recogió los papeles de organismos estatales o para estatales (Consejo, Contratación...), y en nuestro siglo los del Duque de Veragua, General Polavieja y Virrey Abascal, con lo que el vocablo «General de Indias» toma una acepción más amplia de archivo donde se reúnen, instalan, organizan y describen además de documentos de la Administración Pública española, los de personas e instituciones de un marcado carácter indiano. De modo que la Lonja se convierte en el lugar más idóneo para documentar una Historia de América. Este carácter recopilativo e incluso acumulativo del Archivo planteo el problema de la clasificación y ordenación de los papeles como fundamental. De modo que antes de llegar a las gradas de la Lonja, la primera carreta con legajos procedentes de Simancas, Juan Bautista Muñoz exponía al ministro Gálvez que lo esencial de la empresa del Archivo estaba en la «coordinación de los papeles, en su inventario general». 2 Operación vasta y complicada pues se trataba de hacer un archivo, en el sentido estricto de la palabra, y no un almacén de papeles. Pues en un archivo, los papeles debían estar dispuestos con «tal método y claridad, que el todo y cada una de sus partes se presenten con distincbión y facilidad». 3 El método primordial a seguir fue «colocar los legajos con la misma disposición que tenían anteriormente en sus antiguas oficinas. Así podrán servirse de ellos los tribunales y particulares, gobernándose por los inventarios que hay de cada cla- 2 Vid. Rodríguez Marín, Francisco: Guía Histórica y Descriptiva de los Archivos, Bibliotecas y Museos Arqueológicos de España. Sección de Archivos. Madrid, 1916, págs. 378: Carta de D. Juan Bautista Muñoz, y págs. 448 y ss,: «Ordenanza de el. Archivo General de Indias ». 3 Ibídem. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
ACTAS 11 JORNADAS DE ANDALUCÍA Y AMÉRICA 459 se». 4 Esta metodología estrictamente archivístíca es la que hoy, y desde sus inicios, es decir, desde hace dos siglos, engarza los papeles del Archivo General de Indias en una clasificación funda -mentalmente orgánica, ideal para la teoría archivística y para emprender programas progresivos de descripción. Para captar ese sistema clasificatorio es muy útil comparar un cuadro orgánico ideal, y otro real, de los fondos de la Casa Lonja. Exponemos uno a continuación del otro, y analizamos sus consecuencias. a) Cuadro orgánico ideal: Es el que se establece bajo el más estricto respeto a la <«procedenci. a de los fondos» o a los organismos productores.' 1. Secciones de organismos indianos dependientes de la Corona de Castilla: 1.1. Peninsulares: 1.1.1. Consejo de Indias (Siglos XV y XIX): Sala de Gobierno. Sala de Justicia. Contaduría. 1.1.2. Secretarías de Estado y del Despacho Universal de Indias o Ministerio de Ultramar (Siglos XVIII y XIX) : Estado. Gracia y Justicia. Hacienda. Guerra. 1.1.3. Casa de la Contratación (S. XVI-XVIII). 1.1.4. Juzgado de Arribadas (S. XVIII - XIX). 1.1.5. Dirección General de Correos (S. XVIII-XIX). 1.1.6. Tribunal de Cuentas del Reino: Sala de Ultramar (S. XIX). 1.1.7. Consulados del Comercio de Sevilla y Cádiz (S. XVI-XIX). 1.1.8. Real Compañía de La Habana (S. XVIII - 6 4 Ibídem. 5 Vid. Peña y Cámara, José de la: Guía del Archivo de Indias de Sevilla. Madrid, 1958, págs. 80-81. 6 Rubio Merino, Pedro: Inventario del Archivo de la Real Compañía de la Habana. Criterios archivísticos seguidos en su ordenación. Descripción y valoración histórica de sus fondos. «Documentación y Archivos de la Colonización española », Tomo II, págs. 197-239. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
460 MANUEL ROMERO TALLAFIGO 1.2. Coloniales: 1.2.1. Capitanía General de Cuba (S. XVI - XIX). 2. Secciones de personas indianas: 2.1. Duque de Veragua (S. XV - XVIII). 2.2. General Polavieja (1876 - 1898) . 2.3. Virrey Abascal (1804 - 1859). b) Cuadro orgánico real: Es el que actualmente forma el entramado de secciones del Archivo. Vamos a distinguir las secciones facticias en contraposición de las orgánicas. 1. Secciones Facticias: 1.1. «Patronato»: Formada a partir de papeles extraídos de los fondos del Consejo, y del Duque de Veragua. 1.2. «Títulos de Castilla», que fueron sacados de los fondos de Contaduría General de Indias. 1.3. «Mapas y Planos»: Procedentes de legajos de todas las secciones del A.G.I. 2. Secciones orgánicas: 2.1. Sencillas: 2.1.1. «Contaduría» del Consejo. 2.1.2. Sala de «Justicia» del Consejo. 2.1.3. «Escribanía de Cámara» del Consejo. 2.1.4. Casa de la «Contratación». 2.1.5. Secretaría del «Juzgado de Arribadas ». 2.1.6. «Correos ». 2.1.7. Secretaría de Estado y del Despacho de «Estado» . 2.1.8. Consulados. 2.1.9. Sala de Ultramar del «Tribunal de Cuentas» del Reino. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
ACTAS II JORNADAS DE ANDALUCÍA Y AMÉRICA 461 2.2. Compuestas: 2.2.1. «Gobierno»: Integrada por papeles proceden -tes de tres organismos: Sala de Gobierno del Consejo de Indias, Secretarías de Estado y del Despacho Universal de Indias, y Contaduría General. 2.2.2. «Ultramar»: Integrada por papeles de Gobierno del Consejo de Indias, del Ministerio de Ultramar, y de la Compañía de La Habana. 2.2.3. «Diversos»: Constituida por secciones tan definidas como los papeles personales del Virrey Abascal, y los del General Po.lavieja. La comparación de estos dos cuadros, es decir, del que pudo ser, y del que es, nos obliga a introducir un elemento nuevo, que sea además un instrumento útil para el investigador: Es lo que llamo «el concepto de sección en la praxis secular del Archivo de Indias ». Praxis que en líneas generales es acertada, loable, y modélica, salvo alguna falla que es necesario analizar. En dicha praxis, como norma fundamental, son secciones los grandes grupos de documentos, procedentes de una institución indiana, con fines y funciones legal y claramente conocidos. Por ejemplo, «Contaduría », «Contratación», «Capitanía General de Cuba»,... Pero frente a esta concepción surgen los particularismos fundados en muy distintas razones: i ." Por razones técnicas de conservación se formó la sección de «Mapas y Planos », cuyo principio de unidad, más que o ganico es el de las características especiales de estos documen- Los para su instalación, custodia, y descripción. ` 2.° Por razones coyunturales, que ya hoy día se han convertido en estructurales, el sistema de formación del Archivo General de Indias a base de remesas sucesivas en el tiempo, desde 7 Vid. Colomar AIbajar, María Antonia: Introducción al estudio de la sección de Mapas y Planos, Ibídem, Tomo I, págs. 35-64. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
462 MANUEL ROMERO TALLAFIGO Madrid, Simancas, y Cádiz, ha originado secciones descoyuntadas: Así la actual sección de Justicia reúne los papeles de la Sala de Justicia del Consejo que llegaron desde Simancas; mientras que los que llegaron de Madrid procedentes del mismo organismo y del mismo carácter y calidad, forman la sección de «Escribanía de Cámara». Y es precisamente en el siglo XVI, siglo que estudian estas jornadas, donde se produce la ruptura. Por las mismas razones coyunturales de remesas escalonadas la importante sección de Contaduría quedó desmembrada en dos secciones, una, la que hoy se llama así, y otra, que se enquista —no se mezcla— literalmente en los denominados papeles de «Gobierno». Dicha desmembración no tiene unos límites cronológicos claros, pues mientras para las cuentas, es el de 1760, no sucede lo mismo con otras series (Copias de Títulos, Reales Cédulas, Informes...), cuyo abanico de fechas se abre en el siglo XVI v se cierra en el XIX. 8 3.° Por un precipitado error archivístico, y en contradicción con el espíritu y la letra de las Ordenanzas de 1790, `' Aniceto de la Higuera formó en el siglo XIX una sección llamada «Papeles de Simancas, Consejo, y Ministerios », y a la que De la Peña y Cámara en su Guía bautiza con el nombre de «Gobierno», nombre adecuado por no caberle otro. En esta «sección» se entre -cruzan y superponen legajos de tres instituciones, dos sin secciones constituidas —Sala de Gobierno del Consejo, y Secretarías de Estado y del Despacho—, y una, ya constituida, la de Contadurla General. Esta inexplicable acumulación de papeles de tres instituciones diferenciadas rompió una línea archivística muy del siglo XVIII. También dos secciones diferenciadas y claramente separadas han sido rotuladas como uno con el inexpresivo e innecesario nombre de «Diversos». Estaba más en consonancia con la línea organizativa del Archivo haber mantenido ambas secciones con nombres tan significativos de «Virrey Abascal» y «General Polaviej a» . 1Q 8 Vid. Romero Tallafigo, Manuel: Ordenación y descripción de los papeles de Gobierno en la Administración indiana. Ibídem, Tomo II. págs. 186-188; pág. 192. 9 Vid. Ibídem págs. 172-173. 10 García Fernández, María Teresa: Inventario de la sección de Diversos, Ministerio de Cultura. Madrid, 1980, pág. 5. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
ACTAS II JORNADAS DE ANDALUCÍA Y AMÉRICA 463 Algo parecido sucedió con la sección de «Veragua», que se agregó como apéndice a la de «Patronato»: Así se superpusieron papeles nacidos en y por la Administración de la Corona, con los de la familia Colón. ^ 1 4.° La falta de espacio y estanterías motivó a principios de siglo la existencia de secciones desmembradas entre Madrid y Sevilla — Archivo Histórico Nacional y General de Indias: Me refiero a los fondos de «Ultramar» y «Escribanía de Cámara» —esta denominada «Documentos del Consejo de Indias» ''- que se complementan entre ambos archivos, y que conviene señalar en ocasiones como ésta. 5." La creación del Archivo General de Indias no fue sino un desgajamiento del General de la Corona de Castilla —A. G. de Simancas---, y éste regía y rige un sistema orgánico de clasificación; por tanto la documentación indiana, sobre todo la del siglo XVI, hay que buscarla también en secciones simánquinas como las del Consejo de Castilla o el Consejo de Hacienda, 1 `; o incluso en la de otros Consejos de la Corona (Inquisición, Ordenes Militares, etc.) hoy depositados en el Archivo Histórico Nacional, amén de los Documentos del Consejo de Indias descritos y catalogados por Carmen Pescador del Hoyo. 14 De esta panorámica que hemos hecho sobre las secciones del Archivo de Indias, y limitándonos al siglo XVI, tres grandes instituciones conservan hoy día sus fondos en él: El Consejo de Indias, la Casa de la Contratación y el Consulado del Comercio de Sevilla. Quiero en las líneas que siguen señalar algo latente e importante en el esquema orgánico de secciones que hemos hecho anteriormente, y sobre todo en los fondos que ahora más nos interesan. En esas tres instituciones, y sobre todo en sus archivos, hay unos circuitos o corrientes documentales recíprocas y alternantes, fruto de sus mutuas y necesarias relaciones administrativas: Partimos de la base de que toda institución viva con- 11 Peña y Cámara, José de la: ob. cit., págs. 60-61. 12 Vid. González Falencia, Angel: Extracto del catálogo de Documentos del Consejo de Indias, Madrid, 1920. 14 Vid. Pescador del Hoyo, María dei Carmen: Documentos de Indias, s. XVI-XIX. Madrid, 1954, Sánchez Belda, Luis: Fondos Hispanoamericanos en el Archivo Histórico Nacional de Madrid. «Documentación y Archivos de la Colonización...», ob. cit., Torno II, págs. 241-252. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
470 MANUEL ROMERO TALLAFIGO pilación, determinan así el modo de agrupar los papeles dentro de la Contaduría: «El Contador más antiguo ha de tener a su cuenta los libros y papeles que estén en la Contaduría, poniendo por inventario en el libro de las Provincias, todas las cuentas que de las Indias viniesen, en partidas distintas en cada folio de la provincia que fuere, para que con facilidad se halle la cuenta que se buscare, poniendo en la falda la provincia o ciudad con el numero y año de que fuere». Es otra vez la consagración del sistema de clasificación por territorios que ya analizamos en la Sala de Gobierno del Consejo. Como en éste los papeles de Contaduría se organizan y separan en Indiferente General con las cuentas, títulos, Reales Despachos, y minutas de informes sobre la Casa de la Contratación, Armadas y Consulados; y en los negociados de distritos virreinales, audienciales y provinciales de los territorios ultramarinos. Vamos a insistir en el Indiferente General de Contaduría por su especial incidencia en los temas de Andalucía y América: Allí encontramos las siguientes series: a) Las cuentas del tesorero del Consejo que cubre áreas como la de los maravedís aplicados a la Cámara y fisco real, obras pías y consignaciones de salarios; de las condenaciones que el Consejo impuso en estos Reinos y en los de Indias; los depósitos de pleitos fiscales y entre partes; de los préstamos a prelados y ministros y particulares; y por fin las comisiones a personas particulares sobre asuntos indianos. 3° b) Las cuentas del tesorero de la Contratación de todo lo que «hubiere entrado en su poder y venido de las Indias» que se tomaban de flota a flota. 31 c) Las de factores de la Contratación y personas comisionadas por el Consejo «para la fábrica de navíos para la seguridad y guarda de la carrera de Indias », y de los pagadores que por 29 Recopilación.., ob. cit., Libro II, título XI, ley 7. 30 Recopilación, libro II, t. XI, leyes 8 y 10. Y vid, en el Inventarío de Agustín Ceán Bermúdez, manuscrito, la primera parte de «Papeles pertenecientes al Consejo de Indias y sus dependencias» donde especifica los Iegajos en que se hallan estas materias, 31 Recopilación, Libro II, t. XI, ley 9. En el inventario de Contaduría de Ceán Bermúdez, en su parte III los papeles pertenecientes a la Casa de la Contratación. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
ACTAS II JORNADAS DE ANDALUCÍA Y AMÉRICA 471 orden real se nombran para conducir y levantar gentes para las Indias. 32 d) La magnífica colección de Títulos de Indias —en gran. mayoría colocados en los papeles de Gobierno, como explicamos antes— recoge los títulos del Presidente del Consejo y los ministros y oficiacles de él, así como los títulos de presidentes, oidores, alcaldes, fiscales, gobernadores y alguaciles de la Real Hacienda y otros oficios que se proveían para las Indias. ¿Por qué formó esta colección la Contaduría? Porque los secretarios del Consejo no despachaban título alguno sin apostillar la orden de que los Contadores tomaran razón de dichos títulos, 33 y para que siempre se vieran los salarios y la situación de los oficios indianos, junto con los días y lugares en que entraron los provistos a servir sus plazas. 34 Esta serie es una de las que yo gusto denominar panorámicas, pues aparte de ser de fácil manejo, centran cronológicamente a los personajes, cuestión importante para el manejo de los «inventarios» que describen la documentación del Archivo de Indias. e) Las copias de Reales Cédulas y Provisiones que sin ser título, afectaban. al Erario Real (exenciones, franquicias, limosnas...), fueron y son un banco prolijo de datos, en que las cédulas, a diferencia de los Libros Cedularios — organizados por territorios y negociados— se organizan por materias. Las más frecuentes son: 1.° Las de licencias de pasajeros a Indias, concedidas a particulares —por oposición a los «provistos de empleo»— y por términos limitado, con fianzas de vuelta. La Contaduría debía controlar estas fianzas que se daban en la Casa de la Contratación. `"' 2.° Las de limosnas que el rey mandó «para conventos, fábrica de iglesias, ornamentos, sagrarios, campanas...» 3.° Las mercedes «a los hijos y descendientes de descubridores y pobladores, y a las mujeres, hijos, y herederos de los Presidentes, oidores y oficiales reales, y otros que nos han servido y 32 Recopilación, Libro II, t .XI, ley 10. 'id. nota 16. 33 Ibídem, ley 18, 34 Ibídem, ley 11. Estos títulos aparecen en la Sección de Gobierno, tanto en Indiferente como en las Audiencias. P. e. Títulos de Presidentes y Oidores y Ministros de la Casa de la Contratación: Indiferente General, leg. 1.980-1.982. Títulos de Tesoreros del Consejo: indiferente General, leg. 1.013, etc. 35 Recopilación, ibídem, ley 19 y 20. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
472 MANUEL ROMERO TALLAFIGO muerto, en las Indias». 36 La Contaduría tenía obligación de tenerla, pues en la misma Real Cédula se ordenaba que «que los contadores habían de tomar razón de ellas». 4.° Las copias de «ordenes, providencias generales, y libranzas contra particulares y de los que se prestare e prelados y ministros» 37 y que se encuentra descrita por Cean Bermúdez en su inventario de Contaduría. 5.° Las de licencias del Rey para introducir esclavos negros en Indias, de las que debía tener razón la Contaduría. Estas copias de reales cédulas se reparten en los fondos de la sección de Contaduria, 39 tanto en su parte de Indiferente 40 como en los distritos provinciales; y también en la sección de Gobierno del Consejo, tanto en Indiferente General 41 como en los distritos audienciales; y en la fáctica sección de «Títulos de Castilla». a) 3.—Sala de justicia, del Consejo La delimitación de las actividades de esta Sala y por tanto del contenido de su documentación la deja bien clara la Nueva Recopilación: «El Consejo se abstenga en lo posible de negocios de justicia, y sólo conozca de las visitas y residencias (de los virreyes hasta los oficiales reales); y conozca los pleitos de segunda suplicación, y de los pleitos de repartimiento de indios, causas de comisos, y de las arribadas de navíos de esclavos y de los criminales, que vinieren al Consejo en grado de apelación de los jueces y letrados de la Casa de la Contratación, y también 36 Ibídem, Iey 21. 37 Ibídem, ley 21 y 22. 38 A.G.I., leg. 257: Licencias para introducir esclavos negros. 39 A.G.I., Contaduría, Ieg. 220: «Mercedes, pensiones, limosnas y ayudas de costa», legs. 238-239: Nombramientos, asignaciones de sueldos, cartas de naturaleza..., legs. 240-244: «Licencias para pasar a Indias», legs. 245-246: Ordenes a la Casa de la Contratación para ornamentos, ves -tuarios y aviamiento de varias iglesias y misiones ». 40 Denominamos «Indiferente» a las tres primeras partes del inventario manuscrito de Agustín Ceán Bermúdez, referentes a Ios asuntos indianos generales o emanados en la Península. En la nota anterior hemos ejemplificado algunos de sus asientos. 41 A.G.I., «Gobierno », Indiferente General, legs. 1.973-1.974. «Reales Cédulas, Ordenes, e informes sobre el Consulado de Comercio », leg. 2.968; Reales Cédulas e informes sobre el Consulado de Comercio », leg. 2.968; Real Cédula e informes de libranzas y limosnas sobre los novenos de la Iglesia, legs. 2.978-2.981, 2.984-2.987. Idem sobre misiones. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
ACTAS II JORNADAS DE ANDALUCÍA Y AMÉRICA 473 de los civiles que vinieren de ella, siendo la cantidad de seiscientos mil maravedís arriba; y de todas las residencias y visitas a Generales, Almirantes, Capitanes, Maestres de Raciones, y otros ministros y oficiales de Armadas y Flotas de Indias». 42 Como vemos en los Inventarios de Escribanía de Cámara v de Justicia, ambos recogen documentación del siglo XVI, las series fundamentales son los pleitos fiscales, pleitos entre partes, visitas, comisiones, y residencias. A su vez estas se agrupan rot territorios, según el esquema de Indiferente General para los pleitos y visitas dimanados de la Contratación, Consulado y Canarias, y los distritos audienciales para los dimanados de Ultram12r. Sería prolijo resaltar la riqueza de la documentación de Justicia, con su enorme cantidad de arrastre de todo tipo de noticias, algunas muy ajenas y raras en relación con la que se encuentra en otras secciones. b) Los papeles de la Casa de la Contratación Con razón, José de la Peña y Cámara afirmó la dificultad existente para establecer una tabla sinóptica de las series del Archivo de la Casa de la Contratación. «Tan rico y proteico archivo —escribe de la Peña— nunca tuvo buena ordenación sistemática, ceñida a la estructura y organización de la Casa, o si la tuvo, la perdió por completo». 44 De ambas alternativas yo me apunto a la segunda, es decir los fondos estaban organizados por estructuras administrativas, y Ceán Bermúdez y sus colaborado -res no la destruyeron porque ya lo estaba, dividida entre Cádiz y Sevilla, pero sí fueron culpables de no habérsela devuelto cuando hicieron inventario. En efecto éste presenta desorden, saltos y reiteración en la disposición y cronología de sus series. El examen de las noticias del libro «Norte de la Contratación» de José 42 Vid. Recopilación, ob. cit., Lib. II, tit. II, ley 58. 43 Vid. extracto en José de la Peña y Cámara: Guía del Archivo..., ob. cit., págs. 93-95 y 123. 44 Ibídem. 45 Vid. extracto inóptico de la estructura de los inventarios manuscritos en Pedro Torres Lanzas: Catálogo de los legajos del Archivo General de Indias. Casa de la Contratación de las Indias, Sevilla, 1921-1922. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
474 MANUEL ROMERO TALLAFIGO Veitia Linaje 4fi y de la Nueva Recopilación de Indias —en ambas obras se trata el Archivo de la Casa— en mi opinión permiten reconducir a una clasificación orgánica dichas series, mediante tablas sinópticas y sin necesidad de variar la actual numeración de los legajos. Pues por ambas obras escritas podemos conocer las lindes fundamentales del archivo administrativo —hoy histórico— de la Casa. La legislación indiana impuso a la Casa la siguiente norma archivística: «que tuviera Archivo de los papeles de importancia tocantes a las Indias, dignos de guardarse en él, e inventario de todos los que tuviere; y una copia de él se envíe al Con sejo como se fuere aumentando, para noticia de todos y otros efectos que convengan» no hemos desde luego podido localizar en los papeles del Consejo estos inventarios remitidos, si es que se llegaron a remitir, que hubieran sido muy útiles para Ia recomposición que pretendemos. Con vistas a una primera separación cabe destacar que la Casa, desde 1503, tuvo dos funciones muy específicas, aunque la delimitación institucional de ambas se marcara con posterioridad. Estas funciones son las de «Gobierno» y «Justicia », que quedarían en 1583, asignadas a dos salas distintas dentro de la misma Casa. La Sala de Gobierno por un lado, y la de Justicia por otro, son el hilo conductor para separar los grupos de series: Las de Justicia, y las de Gobierno. Un perfil elemental de las actividades de la Sala de justicia nos permitirá conocer globalmente el contenido de sus series: Autos entre partes, autos fiscales y autos de oficio. Pues en esta Sala se tratan negocios criminales, entre partes, o cualquier otro asunto «que tuvo principio en la sala de Gobierno y que al tener contestación pasa a la de Justicia. 4 ' g En ellos se ven hurtos, delitos, y excesos cometidos en el viaje de ida o venida de las Indias; 43 y también las causas tocantes a los dueños y maestres de naos, y demás gente de mar que navegan en la carrera (e Indías, y las de los que «taladrasen maliciosamente algún bagel, o 46 Veitia Linaje, José de: Norte de la Contratación de las Indias Occidentales, Sevilla, 1672. 47 Recopilación, libro IX, tit. I, ley 94. 48 Veitia Linaje, José: Norte de la Contratación..., lib. I, cap. V. 49 Recopilación, Libro IX, tit. I, ley 17. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
ACTAS II JORNADAS DE ANDALUCÍA Y AMÉRICA 475 le dexaren ir sin la guarda y prevención o recaudo que conviene, para que se pierda, o hazer viaje por partes y lugares peligrosos con la misma intención». 50 Por otro lado la Sala de Gobierno de la Contratación representó la omnímoda jurisdicción hasta que se creó la de Justicia por real Cédula de 25 de septiembre de 1583. La de Gobierno aprueba y recibe las fianzas, organiza las Armadas, adjudica los bienes de difuntos, beneficia el oro y la plata para la Real Hacienda, autoriza las libranzas de tesorería, organiza el correo, recoge el azogue, recibe informaciones de visitas de naos, y examina a los pilotos. 51 Estas funciones se canalizan tanto en las funciones del Tesorero, como del Factor y Contador. El tesorero hace los cargos y las datas de los maravedíes de la Real Hacienda, de las rentas del almojarifazgo, de los juros, y caudal de la Santa Cruzada. El factor «compra las cosas del Real Servicio para el bien de aquellas tierras, compra y remite el oro, plata y perlas al Consejo, y aprovisiona y monta las Armadas». 52 En el oficio de Contador, que filtra las actividades de Factor y Tesorero, esta el embrión del archivo de la sala de Gobierno de la Contratación, pues «como persona hábil y de buena fama ha de tener libros encuadernados de marca mayor en que escriban e asienten todas las cosas que el dicho tesorero recibiere, e las que fueren a cargo de cobrar, asy en marcaderías como mantenimientos e dineros que ovieren e vinieren a la dicha; e asy mismo todas las cosas que el dicho factor despachare e hiciere en la dicha negociación, poniendo cada cosa sobre sy en artículos separados». -3 La oficina del Contador se convierte así en el Archivo Administrativo —hoy histórico— de la Sala de Gobierno, y sus «artículos separados» son las lindes de lo que deben ser sus actuales series documentales. Así lo captó Veitia para quien la «Contaduría se constituye en el Archivo General de todo el go- 50 Ibídem, librolX, tit. I, leyes 20-22. 51 Veitia Linaje, J.: ob. cit., libro I, cap. V, 13, 20, 21, 22, 23, 24 y 25. 52 Vid. Colección de Documentos Inéditos de Ultramar, II, V, págs. 28-29. 53 Ibídem. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
476 MANUEL ROMERO TALLAFIGO bierno de esta Audiencia» de la Contratación. 54 Funcionó con un sistema informático —por emplear terminología actual— muy sencillo, y que creo debe conocer el investigador: Unos libros manuales se constituyen en cabezas de series, y en unidades archivísticas de carácter panorámico sobre cartas, expedientes, y cuentas que le siguen. Esos libros, que señalamos en primer lugar en el cuadro que presentamos, son un banco de datos de fácil acceso y gran comprensión. Basándonos en Veitia y en la Nueva Recopilación explicamos los más importantes 55 : Los Libros de Acuerdos que hace la Sala de Gobierno para remisiones de conductas, y envíos de azogues a las Indias, y declaración de juez o ministro que deben ir al recibo de galeones y flotas.., y para el cumplimiento de las órdenes venidas de? Rey a la Casa (Vid. cuadro, apartado 0.1.). Los Libros de Cartas y Despachos Reales recibidos en la Contratación. Existen cartas originales y libros copiadores o de registros. (Vid. cuadro, apartado 0.2.). Los Libros de Cartas de la Contratación donde se copiaban a la letra todas las que se escribían por el Tribunal (Vid. cuadro, apartado 0.3.). Los Libros de Títulos de Provistos de la Contratación donde se asientan los de los ministros de la Casa, y los de Provistos a Indias, con los ministros que fueron nombrad os para las Indias y pasaron por el control de dicha Casa (Vid. cuadro, apartado 0.4.1. y 0.9). Los Libros de Pasajeros donde el contador asentó el nombre y apellido de los mismos, el lugar de donde eran naturales, el navío en que marcharon, a qué provincia, en qué compañía, y como se llamaban sus padres; todo, para que si «fallecieren en las Indias conste donde viven sus herederos y sucesores». (Vid. cuadro, apartado 0.10.). Los libros de Bienes de Difuntos reflejan las partidas referentes a ellos, con declaración de la parte donde se remite, y la especie en que vienen (Vid. cuadro, apartado 0.13.). Y no pasemos por alto los libros de fianzas o de depósitos y ausentes, y de licencias de esclavos. (Vid. cuadro, apartados 0.14., y 0.17) Los libros de Armadas o de Obras y Armadas recogen las 54 Veitia Linaje, J.: ob. cit., libro 1, cap. X, 15, 55 Ibídem, libro I, cap. X, 1-14. Se describen todos los libros fundamentales en «l^:s papeles de Gobierno y Administración de la Real Hacienda» de la Casa de la Contratación; vid. también Recopilación, libro IX, tit. T, leyes 82, 84-93. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
ACTAS II JORNADAS DE ANDALUCÍA Y AM RICA 477 entradas y salidas, cuando se monta una Armada o se hace una obra necesaria y «se han de comprar cosas diferentes en muchas partes y tiempos, y en que el factor se hace cargo de todos los géneros que entran en las Atarazanas, y se escriben las datas en cuya virtud los entrega o envía a Indias» (Vid. cuadro, apartado 0.15) . De igual importancia son los libros de cargo y data de los maravedís, oro y plata del Tesorero (Vid. apartado 0.5), y los Registros de naos (Vid. apartado 0.16) con su inventario de registros, y los libros de compradores de oro y plata (Vid. apartado 0.6). Estos y otros libros forman el vértice superior de las series documentales, que hemos tomado y formado a partir del inventario manuscrito del Archivo General de Indias, con sus virtudes y defectos, y con el limite cronológico del año 1600. Las reflej amos en el siguiente cuadro que queremos sea preludio de otro más completo y perfecto, y al mismo tiempo una guía para el investigador de Andalucía y América. CUADRO ORGANICO DE LOS FONDOS DE LA CASA DE LA CONTRATACION (SIGLOS XV - XVI) 56 0. SALA DE GOBIERNO 0.1. Acuerdos y mandamientos Años Legajos 0.1.1. Libros Registro 1555-1600 4.989 0.1.2. Autos 1507-1600 4.981 0.2. Reales Despachos (Cédulas, Prosiones, Cartas) 0.2.1. Libros de asiento 1508-1600 5.089-5.092 56 El cuadro orgánico fue elaborado para un curso sobre Técnicas de Archivos que me encomendó la O.E.A. Los datos cronológicos y descriptivos están tomados de los inventarios al uso en el A.G.I. (Ceán Bermúdez, Torres Lanzas, etc.). La clasficación como es lógico es perfectible, pero inicia un camino de sistematización de una de las secciones más importantes del Archivo. UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
G MANUEL ROMERO TALLAFIGO Años Legajos 0.2.2. Originales y copias 1495-1600 5.009 5.016 0.2.3. Instrucciones de generales, maestres y dependientes de la Casa. 1537-1600 4.889 0.2.4. Títulos y nombramientos de generales, cabos de flotas y Armadas 1502-1600 3.263-3.265 0.3. Correspondencia expedida: 0.3.1. Libros copiadores 0.3.1.1. Al Rey y al Consejo 0.3.1.2. En general 0.3.2. Minutas de cartas 1558-1600 1558-1600 1560-1600 5.167-5.171 5.185-5.188 5.197 Recibida: 0.3.3. Reales Despachos (Vid. 0.2) 0.3.4. En general 1505-1600 5.103-5.113 0.3.5. De Generales de Armadas 1537-1600 5.101 0.4. Ministros y dependencias 0.4.1. Libro de asiento de previstos 1503 -1600 5.784 0.4.2. Autos y expedientes: 0.4.2.1. Recibimiento de ministros y dependientes 1572-1600 4.778 0.4.2.2. Sueldos de ídem. 1559-1600 4.780 0.4.2.3. Obras de la Casa 1503 -1600 4.879 0.4.3. Cárcel 0.4.3.1. Libro de presos y visitas 1588-1600 4.877 UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
ACTAS II JORNADAS DE ANDALUCÍA Y AMÉRICA 477 Años Legajos 0.4.3.2. Expediente sobre soltura de 1581-1600 4.883 presos 0.4.4. Escribanos 0.4.4.1. Libro de conocimientos 0.4.4.2. Registros de autos y escrituras 0.4.5. Pilotos 0.4.5.1. Libro de exáme- 1509-1600 4.943-4.944 nes 1514-1600 5.783 0.4.5.2. Exámenes 1568-1600 52 0.4.5.3. Derroteros 1564-1600 4.890 0.4.6. Artilleros 0.4.6.1. Libro de exámenes 1593-1600 4.871 0.4.6.2. Exámenes 1581-1600 4.871 0.4.7. Correos 0.4.7.1. Cuentas de correos mayores 1550-1600 4.325 0.4.8. Bulas, papel sellado y libros 0.4.8.1. Registros 0.5. Tesorería de la Casa 0.5.1. Libros de cargo y data 1503-1600 4.674-4.686 0.5.2. Cuentas de caudales 1541-1600 4.554- 4.557 0.6. Oro y plata de Indias 0.6.1. Libros del recibo y venta 1507-1600 0.6.2. Relaciones de partidas 1504-1598 0.6.3. Cartas cuentas de oficia - les de Indias 1558-1600 0.6.4. Fianzas de compradores 1506-1600 4.955-4.958 4.919 4.725-4.736 4.951 UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA