Copia del testamento del ... Cardenal Arias, Arçobispo de la Ciudad de Sevilla, debajo de cuya dispossicion falleciò, que passò ante Pedro Garcia Duràn, Escrivano Publico de su Dignidad, y del numero de dicha Ciudad
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28 de | CA cd E 19% a e 2d DEL TESTAMENTO DEL EMMO. SER¡OR CARDENAL ARIAS, Arcobifpo de la Ciudad de Sevilla,debajo de cuya difpofsi-: cion fallecio, que paffo ante PedroGarcia Duran, Eferiva=". no Público de [uDignidad,y del numero de y Cd dicha Ciudad; 106% SRA N EL NOMBRE DEL PADRE, Y ÓN DEL HIJO, Y DEL ESPIRITV SANTO, tres Perlonas, y vn lolo Dios verdadero, Y dela Virgen Santifsima MARÍA , y de los nueve Choros de los Angeles, del Glorioío. : Patriárcha San Joleph, San Juan Bapua, y: del Gloriolo Principe de los Apoftoles «cl. : Señor San' Pedro, Vicario. vnivetíal de CHRISTO,fea 4 todos manificlto, como yÓ a Dom Manuel Arias por la gracia de Dios,y - de la Santa fede Apoftolica, Cardenal de la Sanda Iglefia de Roma, y. Arcobifpo de elta Metropolitana, y Pattiarchal de Sevilla, avifado piadofifsimamente de Nueftro Señor JESV-CRISTO, que me halle prevenido,y vigilante por que no sé el dia,ni la: hora en que ha de venir 4 Juzgarme, quando fe fepare el Alma de mi cuerpos delcoflo;pues,de que en lo poco.que me relta de vida, nome halle defprevenido la muerte ya . que el Señor por fw infinita bondad, y mifericordiásme concede falud, y: fuercas, razon, y entero juyzio, luz, y tiempo para difponer mis colas; he refúelto prevenirme con Ja ayuda, y: Gracia de Dios, para aquella vl. tima hora tan incierta de mi vida,en la forma que fegun derecho puedo, fegun la ampliar facultad de teltar de-todos mis bienes, que quedaren ' delpies de mi muerte, afsi dela Dignidad: Arcobifpal ; y Encomienda de Quiroga de mi Religion de San Juan, como por qualquiera otra ras zon,y título me pertenezcan por avermela congedido con efla amplitud 4 benignidad de Nueítro muy Santo Padre Clemente Vndezimo:s del: A pues | | |
E | li ' ' pl TE EE AA pS ATA E AL TATI RE para ii IR pues de haverme Creado Cardenal por Breve cfpecial, fuda apud Sanitum Petrom , Jub anulo Pifeatoris , die primo Apri defitmo feprisgentejimo decimo tersio, Pontificatas fui, sercio, como latamte fe exprela en dicho Breve, quede hallará original en vna gaveta de vao de los eícritorios de nueltraCamara,y aceptando como de hecho aceptamos el referido Breve, y faculizdA poftolicá,vfando de ella en la mejor forma quede derecho le re nueftra victima voluntad en la forma figuiente. PriMeramente hago la Protcftacion de la Pe como fundamento, de la Salvacion eterna, y declaro en prelencia de la Certe Celeftial, que creo firmilsimamente todos los catorce Articulos de la FeCatholica er. leúada por los Santos Apoitoles,con las declaraciones pr C interpretaciones, que la Sanra Iglefia Catholica fobre ellos a hecho > Y todo aquello que cree, y conhiciiala mima Santa Iglefia, governada por el Efpirica Santo, y Tepito, y ratifico las proteltaciones de la mima fee que varias vezes € hecho, y aunque reconozco que como ignorante flaco, y malo, he pecado, y ofendido muchas vezes a Dios,pero nunca neoue al Padre, al Hijo, ni al Efpiritu Santo, tres Perfonas ditintas , y vn folo Dios verdadcro, y en cita Santa Fé, que recevi en el Baptifmo , y.en que he vivio do, fiempre creycido firmemente todo lo que Dios tiene revelado en los dos Sagrados Teltamento, viejo, y nuevo:lo que declaran los Santos e alos fentidos, Anas decimo Concilios, y enfeñan los Padres; y Doétores,, conform que admite, y propone vniverfalmente á Los ficles la miíma Santa lgleí13, Carho!ica, Romana, quiero vivir,y morir,y eftoy prompto para der. ramar toda la fangre de mis venas, por la mifina Fe, y dar (con la gracia del Señor) mil vidas por fu defenía, ( tartas tuviera, y neceffario fuera, y.£ por enfermedad, ó fageltion del demonio, $ por qualquiera otra caula, y en qualquier manera yo! hiziere, o digere¿(lo que Dios no pero mita) alguna cola contra la fobre dicha Fé Catholica, deíde aora para entonces, en virtud de elta mi vlcima voluntad, la révoco, y añulo, “de. ciarandola por no hecha ni dichasy Ínplico:a Nueítro Señor Jelu-Chrif. to, le digo aceptar efta mi finzera declaracion, ] juzgarme fegun fu inf nita Milericordia a la hora de la muerte«Afsi mi mo declaro, y protexto, que quiero recevir en la hora de mi muerte dosSantosSacramentos de la. “enitencia, Euchariftia, y extrema Vncion,con la devida difpofición; y delde a20ra para entonces los pido confeílandome Reo! de enormes cul: pas, y pecados, y efpero enla infinita Mifericordia de Dios, meha de: congeder fu gracia, y final perfeve rancia para gozarle en amor perfeéto, por toias las eternidades de lu Gloria, biv if di Si Yo muero en eftaDiocefi de Sevilla, es mi voluntadíe éntierre mí cuerpo delante del Altar Mayor del Sagrário de eta Santa Telefía; en: el fiiofeñalado con aprovacion dei Cabildo añadiendo ala Lapida el diaen que yo falleciere yo promorus: ad digmitasem Cardenalitiam, Y en quanto 4 la forma, y modo de mi Entierro lo dejo'4 tad ifpofici onde. > | 08 ta enRoma, : lás ABRO Mb. quiere , declaramos. py o ÓN A
los Señores Dean, y Cavildo de mi Satitá Iglefia , y de mis Albazeas, aquienes 1280, y Encargo le executelo prelilo, e indifpenfable ala des” cencia,y nada mas; evitando la menor fuperfluidad de gafto elenfables El dia de mi Entierro e harán celebrar en Sevilla todas las Millas que fuere polsible, y en Altares previlegiados las mas que le puedan; dando tres reales de limofna por cada vna, y ruego á todos mis fubditos me encomienden a Dios, | Fuera deftas, mando fe digan por mi Alma dicz mil Miflas 3 las mas quee pudierenen Altares previlegiados , dando a Ir miímo de limoínas por cada vna tres reales de vellon; y encargo amis Albazeas las hagan celebrar, con la mayor brevedad pofible. | > Es mi voluntad, que defpues de mi muerte le continuen por dosme= fes las limoínas acottumbradas, a/si las de la puertas 4 mendicantes, comolas de Pobres vergoncantes > las quele reparten por Parroquias, y por qualquier titulo ficuadas. | -Atodos los Criados de efcalera abajo, fi fuere efulo, fe dara luto des poca cofta, y lo miímo a los otros Criados leglares ¿que actualmente el euvieren en milervicio al tiempo de mi muerte. E: 1 A los Pages aquienes no hubiere dado yo renta ecclefiaftica fe ema biarán 4'dus calas conlá deffencia correlpondiente + y alos que la tubieren, las períonas que cuydaren de ellos procuraran embiarlos. acofa de las miímas rentas. IS nt ; Se focorrerá por vna vezcoh quatro mefes de racion alos Eccleñafe ticos; que quedaren defacomodados, fin averles podido ye dar renta Ecclefialtica; pero-cón los que ya la tuvieren , que yoles hubiere dado, feahorrará ele galto. ¡ rias - "Teniendo prelentes los abueos,que en femejantes cafos fuelen fuefdes acudiendo muchos con diveríos pretextos a pedir, y víando demafiado ' arbitrio, y largueza en dar, declaro que en todas las mandas, legados, y. difpolsifiones teftamentarias , mi intencion es mirar prefifamente a la mayor honra, y Gloria de Dios, y fatisfacion de mi conciencia, fin que me mueva el amor proprio, W el de la fangre, fino folo la necefsidad, y, motivo puro de charidad, y afsilo encargo a mis Álbazeas , y efpecialmente al Canonigo, Don Pablo Lamperez , cen quien he comunicada clta materia mas por menor. 00.0 0 PS ¿Aunque en diverías vezes, e entregado 2 mi Religion de San Juanz muchas cantidades de dinero, fin valerme del guinto como avja podido, en virtud de la facultad que tenia para cilo de la mifma Religion; y el dia de oy por.elindultoApoltolico¿que me tiene concedido lu Santidad. por la Dignidad Cardenalicia, no lolo podia valerme de dicho quintos linó tambien difponer 4 mi arbitrie de todo el caudal, no obliante en feñal de lo mucho que amo, y devo 4 mi Religion , reconociendo aver, recevido de fu máno toda la eftimacion que he tenido , mando fe le ena tregue todo el caudal dela Encomienda de Quiroga ; que ¿Gualmente, E els (29
eftubiere', y entrate, hafla el dia de mi muértes ¡en manos del Señor Comendador Don Praacilco dela Plata, procedido de dicha Enco=' micnda de Quirosa, : -¡arabicn dejo a mi Religion-de San Juan todo lo que importrare la | Prorrata que metocare de la dichaEncomienda de Quiroga, el año que yo muriere, y alsimilmo la cantidad., cantidades de dinero que del año, o años antecedentes al de mi muerte hubieren cobrado, y citubie> Tenes poder de los Adminiitradores de la referida Encomienda. y * Podio lo que de la dicha Encemienda de Quiroga ,al tiempo de mi muerte eftubieren deviendo los Arrendadores, y otras perlonas dcfpues qué fe hubiere cobrado, le dividira en dos partes en elta forma la pri; "mera lerempleara en colas del CultoDivino de que mas neccísitaren las Ietelias de la mifma Encomienda de. Jtiroga la fegunda parte , le dif. tribuira entre los Pobres masneceísitados delos Lugares de dicha/En. -' comienda, y del modo que pareciere mejor al dicho Señor Comenda, dor Don Eráncilco de la Plata, á quien doy facultad para ¡erdonar al» gunas deudas muy tentas,liendo los deudores pobres natuteles dela re. ferida Encomienda de Quiroga, lile pareciere comveniente, y del lervis cio de Dios. CORE ol apa Feb | En las quentas delos 'Adminiltradores, que he tenido, dela Enco: mienda de Quiroga, y han muerto, es contingente, que los que han tcs nido parre en ellas, elten con algun efcrupulo, para quietud de Íus con» ciencias, perdorotodo lo que entendieren, O dudaren cltarme de» viendo. dede IE TA LODOS 200 Codi AmiSobrino Don Francifcode Baltamante, didos mil ducados de. vellon para dote de dos hijas fuyas, no fe fi le han muerto ambas, h ale. guna de ellas, y enelfté calo las'abrá heredado, ni tengo noticia li actual. menté tiene(a mas de las fobre dichas)alguna otra hija, y en tal cafo'fe le. dará “por vna vezmil ducados de vellon, trayendo teltimonio autentis. co de avertómado eftado latal,h profeflado:en Religion, y fuera de ef to, mándo fe le den:a dicho mi Sobrino Don Francitco de Bultámante: vn mil ducados de vellon por vna vez para alivio de fusempeños.. A Doñ1 Fotiziana de Bultamante, mi fobrina ¿ fe darán vn mil ducas: dos de velon porvna vez. pas old FORO dm Ena rundacion del Collegio de las Niñas del Efpiritu-Santo declta Ciodaderizido , y dotado abundantemente a: nueltras expenías: deja ailpueo, que dela renta de dicho Collegio:fe focorrá al Padre: Maz: nuel Arias de los'Clerigos Menores mi Sobrino , con cien ducados de vellon:cada año delos de fu'vida , para focorter fus necéfsidades Reliz 2 _giolas, y le encargo fe acuerde de encomendaime 4 Dios. - Losquadtosj 0' liencos de Pintura, le fijarán los mayores, (entre log: quales el de la Religion de San Juan)'en las paredes de la pieza, ante la: la del quarto del Dozel, como'eftanlos de mis Antecellorés en lasigales: tias, para adorno del Palacio Arzobifpal: Los'quadros medianos ; pos ram
drán fizar en lá piezá del Dozel, de modo quedfe pueda poner colgadu» 4 ra en el Imbierno, y entre eítos deberan ponerfe los de los Apoftoics,.y, - generalméte todos los medianos, excepto-el de laConcepcion, que tengo ofrecido, y dexo al Comendador Don Francifco dela Placas en lugar - de el de la Keligion;y él de el Defpoflorio de la Wirgenmando alDoc» tor Don Pablo Lamperes, Canonigo de Nueítra Santa Iglefia,y por qué en la muerte de alguno de mis fubcefíores podrian los Miniltros Realesa o Pontificios , quitar los dichos liengos por efpolio: declaro que mi animo es dejarlos al eltado de la-cafla, y a clte efcéto para que coníte fer efta mi intencion, le pondra en cada quadio vna Cruz pequeña de San . Juan. ElSanto Chrifto que efta cn cobre en la cabezera de mi cama,le dará al Comendador-Don Francileo de la Plata, como aísi miímo el relox, y; laEfcrivania mia embutida de marfil, j El Cruzifixo de plata fe dará al Doctor Don Juan de Monroy, Canonigo de Nueftra Santa Iglefia, nueltro Provifor:el Santo Chrifto de marfil a Don Pedro Roman, Razionero de Nueftra Santa Iglefía, nueltro e Bis lo dor. Juez de la 1glelia el de cobre (alaja de Santa Maria Magdalena de Pazis) al Doétor Don Pablo Lamperez, y Je le dará tambien al miímo Ja» tortija del zafiros :- | de | A EA Cauzifio A | á SLormpret ; _Los Liengos , 0 quadros pequeños fe repartirán 2 eleccion de mis elo de / 728, mediatos, como el Provifor , Juez de la Iglefia, Don Juan Antonio dé... Montroy, Don juan'Cornejo, Don Diego. de Monroy, Don Luis Cura- Albazcas, dando vno acada vno:de los Miniftros, y Familiares; mas im — —— A ! Ll ! do, Don Fernando Albarrazin, Don Gregorio Zapata, Don Antonio Perez de Zaravia, y Don Domingo de Dudagoytia. Dela Plata del fervicio de mi mea me dehize en ocafion que tube por conveniente el executarlo,por oponerme con mas libertad al Conicjo que le avia dado al Rey, de que le valiera por via de empreltido de la plata de las Igle(ias; yo avia ofrecido.al Comendador Don Franciteo de laPlata ocho platillos,como podrá veríe enel defapropiamiento que tenia hecho, y porno eftar exiftentes dichos platillos,fe-le podran dar al dicho Comendador Don Francifco de laPlata tantos reales de a ocho como ongas inelen pezar,o ferhiziero juycio prudécial, q pefariá los platos ofrecidos; y afsi miímo-le le dará vn coche. con vn tiro de Ícis mus las, que tambien tengo ofrecido al dicho Comendador Don Erancifco delaRlacios oido do ss bodrio es Los Libros de Golmografia¿ú defcripcion del mundo de Blao, y.el Diccionario Hultorico¡cn Frances, feentregará/21os Señores Comenda dores Don Francilco, y Don Jofeph de la Plata por fu mayor aplicacion: a elte eltudio.. Ta 73 3-1 oOnsitid , 11 OT 30 , Los Relicarios que, eftan dobre los Efcritorios de nueftra Camara encargo al SeñorComendadorDonErancifco de'laPlaraembiea la Igle fia principal de. Quiroga defpues E misuerres Lo antes q fuere pohbies O o do EA
eo AE RAR ——A— AAA AAA AAA ASA A Com ga a a IES O E de o AO E Di A A o ALADO E a yl A A rt + A. | A A A A A A A A A AA -€iíco de la Plata -+ El Pedtoralde mi Antecelór fe daria las Capuchinas de cfta Ciudad de quienes lo recevi, JN ba ¡ yy Al Señor Don Erancilco de la Plata.he encargado la diftribuscion de tierras hinmo/nas,que dejo a vnas parientas pobres legun , y como lo ct" go comunicado'al milmo. | ! | - PorBreve efpecial fúdata en Roma a Veinte, y nueve de Noviembre de mil letecientos, y catorze, fu Santidad me ha concedido elpecial de gencia, y facultad para poder tambien difponer, y teltar de todas las ala» Jas, y ornamentos de nueftro Oratorio, por lo que eitas podian pertene- 3era la CapillaPontificiascomo mas latamente le exprela en dicho Bre- ve, que tambien Te hallará original €n vna gaveta de vno de los eferitorios:de nueltra Camara, y viando de dicha facultad Pontificia en la mejor forma que de derechofe requiere, y puedo : esmi voluntad que todos los Ornamentos Pontificales , Calices, y de mas alajas de nueltro Oratorio, diftribuya'el Canonigo Don Pablo Lamperez nueliro Mayordomo mayor para el Culto Divino Jegun, y como le tengo comunicados - y por lu fallecimiéntosó otro accidente no hicierela dicha diftribus : ción, le doy facultad, para que'fubítituya eo Su lugar perfona que la EXC" “ente. E OPS LA: Los Paños, 9 tapizes inferiores mando al Comendador Don Fran» - A Juan Francifco el Cozinero le daran por via de limoÍna docientos ducadosde vellón por vna vez, | ) El Canonigo Dow Pablo Lamperez, y el Comendador Don Francifa eo de la Plata, luego-que yo: muera ¿dilpondran fe recojan todas lás ala. Jas de la caía, y procurarán que Te venda la libreria, y generalmente to. do aquello que pudiere tener algna'eftimación para aumento del caudal de micfpolio, y doy facultad a los dichos Don Pablo Lamperez, y Don Francifco'de la Platapara-dar las cofas'de menos monta,ia porvia de limolna,de Julticiay'o gratitud Tegun:entendierén,'que yo haria, -Segranificata el cuydado que han tenido el Repoftero,y el Lacayo en bit larga enfermedad, “dando cien ducados de vellón a cada wno: por Pa2 veo y eosiis cial ob oli 6 ES 1 Dios ha fido fervido contederme vida, y taudal baftante ton que fe ha perficiónado la fundacion del Colegio: de lasNiñas del EfpiricuSan- to de elta Ciudad a que avemos aplicado endiverlas vezes, haftael dia veinte y quatro de feptiembrede elte año, en que fe hizo la ereccion for» al de dicho Colegio, mas de dofcientos y treinta mil ducados de ve- Hon para la-dotacion con el defeo de que tenga permanencia ella obra pra, que júzgamos múy del lerviciode Dios 2910 Siendo de no menor obligacion nueltra el focorrer las necefsidades delas Iglchias pobres delta Dioceli, avenos puelto los ojós , y deterininado profeguit la obra del Templo de 14 'Colegial de Xerez de la Fron= tera, que haze muchos años fe em pesó arecdificar, y por falta de mex Ss á dios O En A AS, A A
- dios ha eftado parada la obra defeáhdo qianto:es de nucftra parte(aun» que es arduo cl empeño) que llegue a perficionarle ele Templo en que Je alave a Dios, vamos aplicando en vida para fa adelantamiento todo aquello que permiten las obligaciones prelilas. és oñiros cn Dejo por nus Albazcas, Teramentarios, y Ezecutores de efta mi yl . Hima voluntad, y Teítamento á los Señores Doétor Don Alonío de Bag» za, y Mendoza, Dean de nuettra Santa lglefra, al Padre Don Franciico de Bultamante Prior de la Santa Cartu ja. de la Ciudad de Granada, ami - Sobrino, al Doctor Don Juan de Monroy, Canonigo de ¡muelira Santa loleíia nuciiro Provilor, A los Señores Comendadores Don Erancitco, y Don Joleph de la Plara , a Don Juan Antonio Sanchez. de Monvoy, Arzediano ác Xerez, Dignidad, y Canonigo de Nuetira Santa 1glefia, al Doctor Don Pablo Lampetez, al Doctor Don Juan Cornejo , y Eleres, 2 Don Diego Sanchez de Monroy, Canonigos alsi milmo denuettradanta Ígleí1a, al Lizenciado Don Pedro Roman Melendez:, Juez; y Kacionero de nuelira Santa lglefia, a Don Fernando Albarracin, Pre- - vendado de ella,y a Don Antonio de Saravia rineliro Contador Mayor, alos quales, y a cada vno infolidim como a misAdbaccas , y Echiaimentarios doy todo el Poder, y facultad que de derecho puedo para la execulion, y cumplimiento de elte mi Teltamento , y victima voluntad , y quiero víen del dicho poder con general adminittracion el tiempo que necelitaren,aunque fea paflado el termino de la ley ; con declaracion, que por muerte, O larga aufencia pueda cada vno de los lobre dichos - mis Albazcas lubítitair otro en lu lugar, aquien doy el miímo poder, y, facultad que a los primeros, Y defpues de haver cumplido con lo que pertenece 4 los lufragios de mi alma, y mandas, que he juígado mas propias de mi obligacion, ya por via de juíticia, de charidad, y gratitud : llevado puramente del de feo de agradar a Dios, dejo e inftituyo por mi Heredero Vniveríal en todo lo que reftare del caudal con que me hallare al tiempo de mi muerte, ya fea efeétivo, ú en creditos, en la mejor forma que de derecho le requiere, y puedo, a la Fabrica de la Colegial de Xérez de la Frontera para que todo le emplee en la ereccion del Templo de la re- -ferida Iglefia Colegial ; y encargo mucho amis Albazeas , y les doy facultad, afsi para la mejor difpolicion en el cobro del caudal, como para que le emplee, con la mayor brevedad que permitiere la obra, y la mejor economia , en la profeculion de la fabrica del dicho Templo del modo que fea mas del fervicio de Dios, que es el fin para que lo dejo. Y por que en la inteligencia, y execufion de todo, ó parte de lo referido es muy contingente le ofreícan dificultades, dudas , y Variedad de -diétamenes entre mis Albazeas; en tal cafo declaro que mi intencion es que le execute aquello que diétaren , y fueren de fentir, el Canonigo Don Pablo Lamperez, y el Comendador Don Erancifco de la Plata ha o Y A quie- 44 ra A sind A ES pS
quienes he comunicado mi animo, dirigido 1: la mayor honra , y Gloria... de Dios, y bien de mi alma, y fi en alguna cola fe hallaren dudofos-, en ral cafo confultaran al Padre Cartujo, mi Sobrino:pero en la execulion, Ml hagan lo que julgaren que yo haria cn aquel calo, 320 h | "Revoco, y doy por nulo,y de ningun valor otro qualquier Teltamen- to, O codicilo, y poder para teltar, que antes de aora Yo aya otorgado) y es mi voluntad que folo valga elte Teftamento , queaora hago, yÍe. A Ñ Ñ oblerve, y guarde en aquella via, y forma que mejor aya lugar en Gere- y cho, y alsi lo:otorgo ante cl prelente Efcrivano Publico,y teftiftos de ef- ! 4 ra carta , que es Fecha en Sevilla, eftando enel Palacio Arcobifpal, E en veinte días: del mes de Noviembre de mil ferecientos y quinge años: | A” : y dicho Eminentilsimo Señor Cardenal Arzobifpo otorgante, que yo el Elcrivano Publico doy feé que conofco, lo firmo en efte regiftro ,teltigos,Don Manuel de Vrrunaga, Don Juan Caro de Agramonte , y Don, il uan Hurtado de Mendoza, Familiares de lu Eminencia, vezinos de ella. | | Ciudad. ElCardenal Arias. Don Manuel deVrrunaga, Don Juan. NN ¿Caro de Agramonte. Don Juan Hurtado de Mendoza, Pedro Gar. | ciá Durán,Elcrivano Publico de Sevillay A HS AR