Reglamento del Colegio de S. Felipe Neri de Cádiz
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2 DEL (íokQxo ir^ 0. Sdiift ncri IDIS (SÁIDOt^c» OFICIiSA DE VIUDA EHIJO DE BOSCfl.
REGLAMENTO para el gobierno yenseñanza del Colegio de Humanidades de San Felipe Neri de la Ciudad de Cádiz dispuesto yacordado por su Junta Directora. ACUERDO. XJA Junta Directora del Colegio de Humanidades erigido por ella en esta ciudad bajo la advocación de SFelipa Neri ,compuesta de los Sres. D. José Vicente de Durana, Presidente, D. Antonio Ruiz Tagle, Vice-Presidente, D. Angel M. de Castrisiones. Contador, D. José Gargollo, Vice-Con- tador, D. Bernardo Darhan, Tesorero, D. Ignacio Fernandez de la Somera, Vice-Secretario, D. Carlos Chesio yCortes ,D. Manuel Docavo yCasal, D. José Maria Viniegra, D. Juan José Arbolí, D, Alberto Lista, Director Regente de Estudios, D. Jorge Diez, Rector, yde mí el infrascripto secretario, reunida en sesión de este dia después de haber examinado detenidamente ydiscutido el reglamento para el gobierno yenseñanza de dicho Colegio que le fué presentado por la Comisión encargada de formarlo, ha acordado aprobarlo yque se lleve áefecto en todas sus partes. Cáliz 21 de Diciembre de 1838. Vocal Sec.
líífion S)e la ^mta Siirecford^ CAPITULO UNICO. Art. 1?LaJunta Directora es la autQ-‘ ridad superior del Colegio. 2? Aestá compete 19Establecer el número de alumnos así internos como estemos ,ydeterminar las calidades que para serlo deban tener; 29 Nombrar los superiores, profesoresj dependientes ycriados del Colegio, fijar sus obligaciones ,yseñalar los sueldos que han de disfrutar, 39 Recibir por conducto dé su Secretaría álos jóvenes que con lás calidades requeridas por este Reglamento solicitaren ser admitidos en el Colegio; ydespedir al que por su inaplicación ócon? ducta diere motivo áello, en virtud dé acuerdo, previos los informes de los Srés'. Vocales visitadores, Regente de estudios yRector.
4? Presidir los exámenes públicos ycualquiera otro acto áque hubiere de concurrir con el Colegio. 5? Conceder por motivos justos dispensas del Reglamento. 69 Hacer en éi las reformas que la csperiencia aconsejare en utilidad del Colegio. 39 Es obligación de la Junta celar la observancia de este reglamento ,ycuidar de que constantemente se mánteagá en vigor la disciplina religiosa yliteraria, yla recta administración económica del Colejio. •* 4"? La Junta nombrará mensualmente dos individuos de la misma con el nombre de visitadores, ácuyo cargo estará Imy cer efectivo el cumplimiento de lo prevenido en el art. anterior, concurriendo diariamente al Colegio, informándose por si mismos de cuanto en él ocurra, tomando de acuerdo con el Regente de .estudios y Rector las disposiciones de urgente despacho ,ydando cuenta ála Junta en sesión plena al fin de cada mes óantes si lo estraordinario del asunto lo exigiere, de las observaciones que hayan hecho, medidas que hayan dictado yde cuanto les sugiera su esperiencia ysu celo para que tomado
7 en consideración por la Junta provea lo conveniente. ,-. 59 Habrá una Comisión econoiúica compuerta de dos Vocales encargada de proveer al Colegio, por medio del Mayordomo con quien se entenderá inmediatamente, de todo lo necesario. _ 69 Habrá un Contador yun tesorero vocales de la Junta ynombrados por ella, estando ácargo del primero la contabilidad, yal del segundo todas las cobranzas y ^7° *Habrá un Secretarlo nombrado por la Junta de entre sus vocales el cual llevará un libro de acuerdos yotro de 1^ matrículas de los alumnos con el auxilia de un oficial dotado al efecto. 89 La Junta tendrá sus sesiones ordinarias en la sala destinada para ellas dentro del Colegio el primer dia no feriado de cada mes, yestraordinariaraente siempre que la pidieren dos Vocales óla determinare el Presidente áquien pertenece en todos los casos el señalamiento de hora^
(g^ecíiott QoSierno del Coléalo. CAPITUIO I. Del gobierno interior del Colegio ydel Rector. Art. 1? Para el gobierno interior deí Colegio habrá un Rector yel competente número de Inspectores, de los cuales unos serán sacerdotes yotros seglares. 2? El Rector deberá ser sacerdote, mayor de treinta años, instruido, de ejemplar conducta, activo, celoso ypendente. 39 Su autoridad és la superior en todo lo relativo al réjimen ipíerlor' del Colegio yestarán sujetos áella los alumnos, inst pectorés, dependientes ycriados. 49 El Rector presidirá todos los actos de comunidad depíro yfuera del Colegio, yno podrá escusarse sin justa cau-r sa de comer ycenar con los alumnos. 59 Sin su noticia ningún alumno faltará álos actos de comunidad ,ysin su permiso ninguno saldrá de la casa ni recibirá en ella visita, papel órecado, aun-?
9 otié fuese de su místna familia.^ 6? Los Inspectores ytodos los depen-í dientes ycriados del Colegio, ademas de las obligaciones que respectivamente se leS determinan en este reglamento, tienen la eeneraí de dar al Rector razón de cuan- to les preguntare, consultarle las dudas qué les ocurrieren en el desempeño de sus ministerios, recibir sus instrucciones ycumplir sus preceptos. -7? El Rector está obligado ádecir la misa álos alumnos los domingos ytodos los días en que bal precepto de oiría. En los demas solo será de su cargo, faltando Inspectores eclesiásticos que la digan. Ep los domingos ydias de preparación para recibir los santos Sacramentos, estará ademas obligado el Rector ádar álos alumnos las instrucciones religiosas que se esqrresarán después. CAPITULO lí. De los Inspectores eclesiásticos. Art. 1? Habrá el competente númerd de Inspectores. eclesiásticos los cuales deben ser sacerdotes de calidades análogas álas
16 _6? Los atumnos intertiós ál entrar en el Colegio deberán presentar su fe de baúr tisííio ycertificación de estar vacunados; Serán ademas reconocidos por el íaeulíativo del Colegio, _79 J^ío serán admitidos en el Colegio aluninos internos mayores de 14arios de edad. 89 El alumno perteneciente ála clase de interno ymedio pensionista que. salga -de ella, ño será admitido en la misma clase sin permiso especial de la Juntan y perderá ademas la cantidad dei triEnestie que hubiere anticipado. 99 Los alumnos internos, deberán traer -alGolegio para su uso los efectos siguientes: Seis cainisas.-6 pares de medias.-^ sábanas.- 4servilletas.-4 toballas- 6pañue- los.-4 calzoncillos. -4 fundas de almohadas, las dos con guarnición.-^ colcbones.- Qalmobadas.-S cobertores blancos.-l par •de zapáto,s;-1 ^ar de botas.- cuchara yvaso de plata uniforme, ymarcado con el número correspondiente; -Cepillos de ropa, cabeza, diente yuñas, peines ytijeras.-Carma yrespaldar de pino pintada;- 1cómoda con su buró de id. -Palangane- ro de id.-Palangana ,jarra yescupidera de pedernal.-1 espejo.-í banguito.-l per-
‘17 eha.-ümto™c cb^pleW. «P' en casaca azul aboion.aa con ojal oe oro en el cuello, pa.ualon blanco en serano y azul en invierno.-1 gorra yun somorero ledondo.-l levita de paño para aorigo el ioviern«.-4 paixs de verano y2dednvierno.-2 omsas, an<a ue verano Votra de invierno.-S tru.chantes y Qcucbiilos con cabo blanco-1 co.cha para la cama. ,._ .El Colegio se encarga ae proporcionar con equidad estos efectos alos alumnos .romo también los libros que se necesiten. -Será de cuenta de los padres reponer os que se deterioren de estos efectos: ydel Colegio, el lavado ele ropa, ysuministro de tinta, papel, lapiceros ypizarnüas. _ ' 10. Los alumnos medio pensionistas deberán traer los efectos siguientes. .Servilleta que deberá renovarse todas las semanas.-Cuchara yvaso de plata. trinchantes yScuchillos con cabo blanco. 11. Habrá doin-nitorios separados pafa los alumnos internos según la diferencia de sus edades, yen .ellos habrá consoante— mente uno ómas dependientes en vela por ia noche para hacer efectiva en todas sus horas la asistencia á'los alumnos. ; 12. Habrá ademas una enfermería,
18 jdonde serán trasladados los alumnos interinos en caso de enfermedad; pero si Jes ocurriese alguna grave ócrónica, se dará cuenta ásus padres ó apoderados ,que, ó Jos retirarán ásus casas, ósi hubieren de curarse en el Colegio pagarán el aumento ade gasto, que produzca la cura, igualmente -que los de traslación del alumno áotra parte, si la enfermedad es contagiosa. Los padres óapoderados tendrán en este caso él derecho de nombrar el facultativo que ha de asistir al alumno. 13. Los alu.mnos en todo lo perteneciente ásu conducía estarán bajóla dependencia del Rector que por sí ópor medio ;de los Inspectores vigilará constantemente para precaver, cualquier esceso, ócor- ^regir cualquier desorden que pudiere acontecer. 14. Deberán los alumnos estar siempre ála vista de alguno de los Inspecto- .res, yno se podrán apartar de ella por motivo alguno ,sin pedir antes el correspondiente permiso al Inspector, noticiándole al mismo tiempo la causa por que se retira. '15. Los libros yropas de los alumnos serán revistados por el Rector, cuando gus- ,.tare hacerlo, ypodrá recoger aquellos li-
f9 bro^ó muebles, q«e ptidierén las buenas costumbres ycontiar -, nes de instrucción cristiana ybuena ed cacion que se propone _ .16. No se permiten en el Colegiojuegos de naipe ni otro alguno en que medie ínteres. Los juegos que se permiten han de ser por mera distracción yrecreo, en las horas marcadas por reglamento. ^ /17. Las llaves de las cómodas de los alumnos estarán en poder del camarero, -que es responsable de las ropas ymuebles de aseo; mas: el buró de estas mismas cójmodas en que los alumnos guardan sus, papeles ylibros, estará eonstaníemeníe a- -bie'rto.- 18. Las llaves de los dormitorios .estarán en poder del camareró, el cual le» cerrará cuando salgan los alumnos para la enseñanza, yestos no entrarán en ellos, sino por justa causa ycon la debida lieén- -cia. Iguales llaves tendrán el Rector ólos -Inspectores. _19. En las horas de estudio observarán los alumnos profundo silencio ,y ;si alguno hubiese de preguntar cosa necesaria ,ósepararse de lasala de estudios, pedirá licencia en.voz baja de modo que no interrumpa la atención de ios demás.
io so. Se píoítiÜe álós alumnos esírerños subir las escaleras del Colegio áotra cósa que ásus re^ectivas ciases, ócuando sean llamados por el Director óRector. ; 31.. Los alumnos ño podrán recibir visitas en el Colejio; aun cuando sean de ®as padres óapoderados, sin permiso del Rector,^y siempre será delante de éste ó de alguno de los Inspectores que designe. - ¿Las visitas se -recibirán en la sala destinada paraveste efecto ,jpor ningún ttiotivo ópretesto se iés permitirá '- subir las escaleras, esceptuándose' solo el cáso de -enfermedad de un alumno,- respecto ásus -padres japoderados;- ... 23. Los alumnos no podrán enviar fue- Ta del Colegio, carta ,esquela bmandado, ¡ni recibirlo sin que antes sea revisado por el Rector. 24. En todos los -actos públicos áque usista el Colejio, como también en los diás -en que sale ápaseo ,déber'án presentarse todos los alumnos asi los internos coino los estemos que gustaren asistir, vesti- .dos de uniforme,, ypor ningún pretesto se permitirá otro traje ni distintivo que el adoptado hasta ahora. •25. Los alumnos medios pensionistas y estemos respetarán yobedecerán álos a-
n yos, cuando éstos ios conduzcan ai-CólegíO óásus casas ,yserán corregidos ycastigados si en la callé cometieren, alguna falr ta de Orden ybuen comportamiento. ^6.Si algún medio pensionista óexterno dejare de venir algún dia, el Rector averiguará el iñQtivo :de su falta,..}' oír brará en consecuencia. 27. Los alumnos deberán portarse con decencia ,aseo ycompostura, ypresentarse en los actos públicos, en sus ciases, yen los paseos con modestia ydecoro, ypodrán ser reconvenidos de cualquier falta que en .estp cometieren por el Rector éInspect.cP- res, yaun castigados si fueren reincidentes, .... -^^rccíon tírccrrt. 2)eJos estudios. iCAprTüto '' c,?®.l?E.£2í!i9Súe enseñanza yorueii de los estudioii Art^ A9- rSe.:£Mu(Jiaráii én el Colegio* -Mi: ^or^5jQs:^iguientefiLcurso5, -y en el óíden en que van designados.
1®Primer aSo dé iristruccion primaria; Segundo afíode instruceion primariai 3.° Rudimentos de latinidad.-Geografia y cronolojia. 4^° Reglas de traducción del latim-Hisr -toiia natural. 59 Propiedad latina.-Primer año de matemáticas. 69 Primer año de filosofia.-Segundo de matemáticas. -Primer año de idioma francés. 7. °Segundo año de filosofia.-Tercero de matemáticas.-Segundo de idiomafrances. 8. °Tercer año de fiIosofia.-Cuarto de ma- -- temáticas. --- 9. ®Literatura.-Hístoria.-Idioma griego. 10. Economía.-Comercio.-Idioma ingles. El dibujo, música ybaile se enseñarán á horas que 'no impidan las demas enseñanzas. 2.*^ Este plan de enseñanza podrá alterarse con respecto aun alumno según la voluntad de sus padres ótutores, pero sin alterar el orden de ias horas de clase del •Colegio, yno se permitirá -ePestudio de un ramo al que carezea de los conocimientos preliminares necesarios para él. 3?'’"Las clases de Filesóña sé desempS" -ñatártcon arreglo al plaij de estudios, qUe
rija en las tmiversidades del reino, yen cuanto sea posible con las ntismas asig-- naturas. 49 Los libros de asignatura de cada clase serán designados por el Regente de estudios después de oir al respectivo profesor. 59 La instrucción primaria constará de los siguientes ramos: lectura, calogra^ fia en las dos letras española éinglesa, gramática yortografia castellana, doctrina cristiana por el catecismo del obispado ,moral civil yurbanidad, yaritmética. 69 En el primer curso de matemátijcas se enseñará, aritmética, álgebra ygeo ? metría elementales. En el segundo, aplicación del álgebra ála geometría, trigonometría plana, geodesia ,teórica de las curvas ,álgebra trascendental. En el tercero, cálculo diferencial éintegral, análisis de las tres dimensiones ,trigonome— -tria esférica, geografía astronómica. En ei cuarto, mecánica éhidráulica. a1alumnos serán examinados al fin de cada curso en los ramos que hayan estudiado. ^^ 89 Se dará en cada clase que no pase 'oe quince alumno? un prmiú) ya»
u sit álos dos’rnas sobresalientes quemé-f rezcan ser aprobados. Alos demás se da-» rá, según su mérito, la nota de aprobada édesaprobado. Si el rulmero de aluamos de una clase pasare de quince, habrá dos premios j&OÍ accésit. Si de treinta, tres premios ytres accésit yasí en adelante¿ En la clase de instrucción primaria se da» rá un premio al mas sobresaliente en cada ramo. . -9? Los alumnos desaprobados en los exámenes generales no se presentarán á examen público, yal empezar el nuevo curso volverán ála clase áque asistieroa en el anterior. -10. Las notas de premio, aprobación ydesaprobación serán decretadas en cada clase por una Comisión compuesta del Re» gente de estudios, el profesor de la clase yotro profesor instmido en el ramo, sombre que se ha hecho el exáinen. -11. Habrá exámen privadot al fin de .cada trimestre yde su resultado respécttivo ácada alumno, se dará cuenta ásü q>adre ótutor, como también dé su con- 'ducta en el Colegio. 12. En los exámenes generales se coufcederá un premio de buena conducta, al ^ueJa haya tenido mejor durante el cur»
S5- so. Este ylos demas premios ,se proclamarán el último dia de los exámenes públicos. 13. Los padres que quisieren que se instruyan ásus hijos en ramos diferentes de los señalados en este pIan,-pagará.o por separado esta enseñanza. 14. ÉlDirectorlcegente de estudios es-i tá esclusivamente encargado del cumplimiento de este capítulo del reglamento, co-r mo también de, recibir los partes diarios de los profesores, de visar las notas de recomendación que den estos ásus alumnos yde espedir., como secretario de estus dios, las certificaciones que exijan los discípulos de los cursos ypremios que hayan ganado. 15. Es igualmente obligación del Di-* rector rejente de estudios, d,ar parte ácada padre del estado de salubridad, talen- to, aplicación yconducta del correspondiente alumno, de oficio, después de los exámenes de cada trisiestre, yverbalmente siempre que el padre se acerque al Colegio para informarse del estado de su hijoi 16. En caso de enfermedad de algún profesor podrá, el Rejente de. estudios encargar la sustitución de su clase áun Inspector instruido en la facultad que en ella se enseña.
49 Detención; 59 Prohibición de ir ásus casas en los dias de asueto. 69 Espulsion. 39 Cada Profesor podrá en su clase, para mantener el orden ,imponer la pena de plantón. -4“ El Rector elije discrecionalmente entre las penas ya mencionadas la que le parezca mas oportuna para castigar las -faltás de conducta ymoralidad ,según la .naturaleza de estas faltas ylas circunstan* cias atenuantes óagravantes. 59 Las faltas de aplicación yaprove- ^chamiento serán castigadas por el Rector, -de acuerdo con el Director Regente de estudios, valuándolas según la capacidad del .alumno ygraduándolas sucesivamente Cfl caso de reincidencia. -69 La pena de espulsion del Colegio no puede ser aplicada sino por la Junta Directora, previo informe def Rector, RC" gente de estudios, yVisitadores. FIN,