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Antonio de Prado y su esposa Mariana de Morales (1632)

Bolaños Donoso, Piedad

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CRITICÓN, 99, 2007, pp. 167-192. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632)* Piedad Bolaños Donoso Uni e sidad de Se illa An onio de P ado llegó una ez más a Se illa en sep iemb e de 1631 y no en buen momen o. Se discu ía en la ciudad, en ma e ia de ea o, el p i ilegio que és a enía pa a elegi la compañía que quisie a lle a a El Coliseo —en caso de que exis ie an a ias. Incluso si no hubie a llegado nada más que una, end ía que pone se a disposición del co al del municipio, que no e a o o que El Coliseo. En es e mismo año (1631), el 27 de ab il, se acababa de i ma el nue o con a o de ob a y a endamien o de dicho co al (Bolaños, 2006, pp. 25-34), en el que se ecue da el p i ilegio que había de dis u a como municipal. Pe o las nue as ci cuns ancias son muy dis in as del momen o en que se le concedió es e p i ilegio a la ciudad, pues no podemos ol ida que los enemigos de aho a son muy pode osos. Hacía muy pocos años que se acababa de cons ui el co al de La Mon e ía, den o de los p opios Alcáza es, es deci , den o de la ju isdicción eal. Tal es así que, a pe ición del Conde de Oli a es, Duque de San Lúca y Alcaide pe pe uo de los Alcáza es, el Rey emi ió una cédula (Mad id, 14 de ab il de 1631) en la que deja cla a la si uación del p i ilegio de la ciudad, en ma e ia de ea o, con es as ases, en e o as: * Es e abajo o ma pa e de mi ac i idad in es igado a como miemb o del G upo de In es igación y Desa ollo Tecnológico de la Comundad Au ónoma de Andalucía y del que soy su di ec o a (HUM, 123: Tea o en Se illa y su p o incia). Las ansc ipciones de los documen os manusc i os inédi os se han ealizado bajo los siguien es c i e ios: espe o la g a ía del o iginal. No obs an e, pa a acili a la lec u a, he desa ollado las ab e ia u as sin ad e i lo; se sigue el uso mode no de la pun uación, acen uación y empleo de las le as mayúsculas y minúsculas; ep oducimos como simple la inicial doble, así commo o as consonan es dobles que en la ac ualidad no ienen alo onológico alguno. Como es habi ual, se colocan en e co che es las adiciones y en e pa én esis las sup esiones. CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). 168 PIEDAD BOLAÑOS DONOSO C i icón, 99, 2007 He enido po bien de o dena y manda , como po la p esen e o deno y mando, que odas las eces que los a endado es del ea o de la Mon e ía o pe sonas a cuyo ca go es ubie e, lleba en au o es de comedias po su quen a y a su cos a de cualquie pa es des os Reynos, debajo de con a o de y de e minadamen e a ep esen a a él, no se los pueda qui a la dicha Ciudad, ni las Jus icias obliga les a que ayan al Coliseo, sino que les dejen ep esen a lib emen e en la Mon e ía, es o con calidad que no se pe judique po ello el de echo que la Ciudad iene adqui ido de lleba los ma a edís que se le dan pa a limosnas y su desempeño como se acos umb a en los demás ea os, en e an o que no se decla a e que no los pueda lleba del de la Mon e ía como de los o osí. Alonso de Ve ga a Ca año, como p incipal esponsable de los designios ea ales dependien es del Municipio, no se a ed a á an e ninguna disposición Real, pues aunque se en en a a un enemigo an pode oso pa a de ende a su pa ón —la ciudad y sus p i ilegios— en e dad, lo que es aba de endiendo e an sus in e eses pa icula es, pues ya dejó bien a ado en el con a o de a endamien o que i mó el 27 de ab il, que la ciudad siemp e end ía el p i ilegio pa a elegi a los au o es, y si no ue a así se desqui a ía del alquile que enía que paga lo que deja a de gana , siemp e que no u ie a au o que lle a a su ea o. És a es la azón po la que el Licenciado Du an de To es, ep esen an e legal de Alonso de Ve ga a, esc ibie a a la ciudad, el 23 de sep iemb e, en es os é minos: A no icia de mi pa e a benido que a es a Ciudad a benido a ep esen a An onio de P ado, au o de comedias, con su compañía y, con o me al dicho p i ilegio, debe ep esen a en el co al de doña El i a que es el que iene señalado mi pa e pa a las dichas ep esen aciones en el ín e in que se acaua la áb ica del Coliseo, po que pido y suplico a V.M. mande se le no i ique a el dicho An onio de P ado que haga las ep esen aciones en el dicho co al odo el iempo que es ubie e en es a Ciudad, mien as mi pa e ho dena e o a cosa y no en o a, ni co al alguno, imponiéndole g aues penas haciendo lo con a io y no pe mi a V.M. se ep esen e en o a pa e y en a o des a Ciudad haga lo que más conbenga2. Es a pe ición o ma pa e de un g ueso expedien e en el que se encuen a, ambién, el p ime es imonio de queja que Alonso de Ve ga a pusie a a la ciudad (el 22 de sep iemb e), siendo el mismo día en el que An onio de P ado solici ó a la misma la licencia de ep esen ación3. Pe o el que P ado pidie a pe miso no que ía deci que 1 A chi o de los Reales Alcáza es de Se illa (en adelan e RR.AA.): «Au os pa a pedimien o de Juan Ba anes y An onio Co ea Muñiz, a endado es del co al de la Mon e ía. Sob e que Manuel de Ballejo ep esen e en el dicho co al. Año de 1641» (Caja 278, exp. 5). Hay a ias copias de es a cédula, en di e en es expedien es, en es e a chi o. Como pod án comp oba , el li igio en e las dos ins i uciones no se dio solo con P ado, sino que se epi ió en a ias ocasiones. Rica do Magdaleno, 1965-1967, ep odujo comple a es a Cédula, pp. 717-718. También ue ep oducida po Sen au ens, 1984,1, pp. 299-300. 2 «Tes imonio dado po Ped o de Esca ay Cab e a, esc ibano de la comisión del Desempeño de es a ciudad, con echa 6 de oc ub e del año de 1631» (A chi o municipal de Se illa, Sección I, 156/315, s. .). Las ansc ipciones de los documen os manusc i os inédi os se ealizan bajo los siguien es c i e ios: espe o la g a ía del o iginal. No obs an e, pa a acili a la lec u a, he desa ollado las ab e ia u as sin ad e i lo; se sigue el uso mode no en la pun uación, acen uación y empleo de las le as mayúsculas y minúsculas; ep oducimos como simple la inicial doble, así como o as consonan es dobles. Como es habi ual, se colocan en e co che es las adiciones y en e pa én esis las sup esiones. 3 RR.AA., caja 279, exp. 42. Es á ep oducida en el Anexo I. CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). ANTONIO DE PRADO Y SU ESPOSA MARIANA DE MORALES 169 empeza a a ep esen a de inmedia o. Las desa enencias en e las dos ins i uciones, y las p isas que el eso e o del Alcáza u o po cob a los 1.000 ducados que le debía el a endado del co al de La Mon e ía, Luis Pando En íquez (Sánchez A jona, 1994, pp. 273-275), hicie on que se complica a la madeja y empeo ase la si uación, dado que el 7 de oc ub e hacen decla a al au o qué dine o le había en egado el a endado pa a eni a La Mon e ía4 (del que se pensaba cob a el eso e o del Alcáza ); le con iscan sus bienes y lo ponen en la cá cel. De lo que deducimos que malamen e pudo empeza a ep esen a . Si an es de llega a Se illa P ado hizo un con a o —po ejemplo, en Ca mona, como insinúan algunos— pa a ep esen a en La Mon e ía, no lo sé; si exis ie a ese documen o en su momen o se á pues o en alo . El p ime o que se conse a en es a ciudad es á i mado el 19 de diciemb e de 1631 y se habla de ep esen a en La Mon e ía desde ese día has a el Ma es de Ca nes olendas de 1632. Los ac o es que le acompañan son los siguien es5: Luis Be na do de Bobadilla- Ma ía de Vi o ia Juan de Esco iguela A ino Je ónima de Sie a Diego de Medina Magdalena Fe nández Ma ía Calde ón ( iuda de Pablo Sa mien o). Sebas ián González, g acioso. Alonso de la Paz. Je ónimo de Gue a a. Juan Cuad ado. F ancisco Vigen e. Ma eo Vicen e (pad e del an e io ). 4 La decla ación de ese día sob e qué can idad de dine o le había adelan ado el a endado al au o pa a hace le eni a es a ciudad, imaginamos que se ía o al y no se ecogió en ningún documen o. Noso os apo amos un es imonio inédi o, de algunos meses más a de, en el que se ela a —según la e sión de P ado— lo que le había en egado «pa a que iniese a es a ciudad de Sebilla con mi conpañya»: -2.840 eales, que a su ez él da a odos sus compañe os, po cuen a de lo que les debía; -3.600 eales que epa ió así: 1000 eales pa a dá selos a Luis Be na do de Bobadilla, que se los debe: -200 eales a Juan de Esco iguela A iño, que se los debe; -300 eales en una le a pa a la illa de Mad id pa a en ega a mi sueg a [ha de e e i se a la mad e de su segunda muje , pues aún no se ha casado con Ma iana de Mo ales, su e ce a esposa] sob e Juan Ál a ez de Medinilla, ecino de Mad id; -160 eales pa a soco o de sus compañe os; -400 eales pa a que desempeñase una so ija que la enía F ancisco Cano; -200 eales pa a dá selos al que hace los " e ce os" papeles; -500 eales pa a soco e a sus compañe os; -800 eales pa a paga a un me cade de sedas, que pa a él y sus compañe os sacó elas. Además dio 2.940 eales a sus compañe os. Dice que oda la can idad la desqui a á «en las p ime as ep esen aciones que hisie e y e hecho en es a ciudad». Po ello deducimos que hubo de ep esen a en La Mon e ía algunos días an es de llega el ma es de Ca nes olendas de 1632, e inicia la empo ada de 1632- 1633, pe maneciendo has a llega las ies as del Co pus (A chi o His ó ico P o incial de Andalucía. A chi o de P o ocolos de Se illa [en adelan e AHPS], o icio VIII, año 1632, leg. 5542, . 425 -426 . Fecha: 2 de eb e o). 5 AHPS, o icio VIII, año 1631, leg. 5541, . 613 -616 . Fecha del documen o: 19 de diciemb e. Véase el Anexo II que co esponde a la i ma del comp omiso del au o y odos los que sabían i ma de su compañía, con el a endado de La Mon e ía. CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). 170 PIEDAD BOLAÑOS DONOSO C i icón, 99, 2007 P ado se encon aba en Se illa al menos desde el 22 de sep iemb e, al como hemos podido lee . Pe o los acon ecimien os no le ue on a o ables, azón po la que debe pedi dine o p es ado pa a sob e i i . En p incipio lo ha á al a endado , Luis Pando En íquez, pa a sí y pa a pa e de su compañía. En o al 5.225 eales6 que le ayuda án a pasa el iempo has a que las aguas se calmen. La ciudad donde ha ep esen ado po úl ima ez es Lisboa, al y como la D a. Me cedes de los Reyes (1997-1998) expuso magis almen e. A su uel a hubo de pasa po Ecija y Ca mona (en las que ambién pudo ep esen a ), u a habi ual pa a llega , en aquella época, a Se illa desde Lisboa y ciudades en las que con ajo deudas, además de las de Málaga y Có doba, en donde las enía ya él de an es de ma cha a la ciudad olisiponense (Llo den, 1975, p. 183 y Aguila P iego, 1962, p. 290). Es o es lo que el mismo P ado decla a al hace la elación de sus bienes an es de con ae ma imonio, en la que no ol ida menciona sus deudas: en Málaga debe 3.600 eales; en Có doba, 2.600; en Écija, 1.300; y en Ca mona, 700. En la ciudad de Se illa dice debe oda ía 8.000 eales7. Es cie o que los con a os de los au o es con sus ep esen an es se hacen siemp e pa a una empo ada d amá ica; pe o no es menos cie o, po que se han dado casos, que si a és os les o ecían un mejo con a o o no les ape ecía sali de la ciudad en la que se encon aban, a pesa de las ue es mul as que se ecogían en el documen o i mado, no dudaban en no cumpli lo, pues no pa ece que ue an muy pe seguidos po los au o es dado el escaso ni el de documen ación que sob e es e aspec o se nos ha conse ado8. Re ie o es a cos umb e po que, p ecisamen e, de los dos con a os que hizo Diego Medina (que ac úa po pode de An onio de P ado po encon a se el au o oda ía en 6 El epa o de la deuda de los 5.225 eales se hizo de la siguien e o ma: An onio de P ado ecoge 2.400 que end á que da a Diego de Almonacid, el cual se los había p es ado en U e a; 500 eales se die on a Ma eo y F ancisco Vicen e, pad e e hijo; 600 eales a Esco iguela; a Sebas ián González, el g acioso, 1.000 eales; 100 eales paga An onio de P ado po una deuda con aída que ascendía a ein a ducados (son po el alquile de es coches, que son 230 eales). La di e encia se los egala Luis Pando Enquíquez; o os 385 le die on a Juan de Espa za, po que se los debía el au o ; y 200 eales le u o que da a Bobadilla.También debía P ado a un alguacil de Có doba, po las cos as de la deuda. A es a deuda cuan i icada hay que añadi o as can idades no econocidas que en egó Pando En íquez al au o es ando en Lisboa y Ecija. ¿Llega ía a ascende la deuda de An onio de P ado con el a endado de La Mon e ía a 20.000 eales, como decla ó cuando le in e oga on? Tend á que liquida la deuda a azón de 144 eales dia ios que son los que le end ían que da como ayuda de cos a. Es á muy cla o que no ha empezado a ep esen a pues habla de cuando «... las hicie e con mi conpañía...» ( . 244 ; AHPS, o icio VIII, año 1631, leg. 5541, . 243 -244 . Fecha del documen o: 27 de oc ub e). 7 AHPS, o icio VIII, año 1632, leg. 5542, . 466 -470 . Fecha del documen o: 4 de eb e o de 1632. Véase el "ha o" que dice ene P ado en el Apéndice I. 8 Como oda egla iene su excepción, eco da é el caso del au o An onio G anado (ac uando en su nomb e Ped o Pé ez de Amu io) que pagó la mul a impues a al ep esen an e F ancisco de Velasco, el cual se había comp ome ido a es a en su compañía du an e la empo ada de 1628-1629 y no lo hizo. Le me ie on en la cá cel y el au o , aho a, solici a le den libe ad pues se ha comp ome ido dicho ep esen an e con F ancisco López, au o de comedias, a abaja con él y el au o le cus odia á (AHPS, o icio I, año 1631, leg. 467, . 177 -178 . Fecha del documen o: 27 de ma zo). Juan Jo dán. Juan de Ga a i o. Agus ín Díaz de Villa uel. Ped o de Salaca . CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). ANTONIO DE PRADO Y SU ESPOSA MARIANA DE MORALES 171 Lisboa) aquí en Se illa, el 5 de ma zo de 1631 y el 8, del mismo mes y año, con los ep esen an es Juan Mon e o y Ped o Jo dán, espec i amen e (Reyes Peña, 1997-1998, pp. 224-228) ninguno de los dos es á p esen e "a p io i" en la compañía que le acompaña en Se illa a inales de año (19 de diciemb e de 1631), como hemos is o, pa a ep esen a en La Mon e ía. Es e da o nos iene a con i ma que no siemp e se espe a on los con a os i mados po los ep esen an es, pues si hubie a sido así, la misma compañía que p esen ó en Se illa se ía la que enía en Lisboa y la que hubie a enido que e mina la empo ada d amá ica, has a el ma es de Ca nes olendas de 1632. Es muy p obable que el ep esen an e Juan Mon e o, as habe i mado el con a o con P ado y iendo que és e no llegaba a la ciudad andaluza pa a inicia la empo ada d amá ica, se unie a a Juan de Nie a, p esen e po esos días en Se illa y con deseos de ma cha a Có doba. Pa a ealiza el aslado Nie a se con a ó con Juan López Cid y con Ped o Mo eno, «mansebos del camino» que le enían que p opo ciona «dose muías y dos cabesas» pa a i «desde es a dicha ciudad a la de Có do a, pa a pone me en ella con mi compañía». Piensa que pod á es a en Có doba el 22 de ma zo, sábado, y si an es llega a, an es les paga ía los 440 eales, que es la can idad que le es a po en ega de una can idad supe io que se ía el cos e del aslado9. Esa ue su in ención y ésa ue la ealidad, pues, según la in es igación de Aguila P iego (1962, p. 287), po ab il de es e año de 1631 ya es á en Có doba. No pa ece que es u ie a ep esen ando, pe o sí es á documen ado cómo o o ga pode a Ped o de Salaza , ecino de Jaén, pa a que pueda ep esen a lo en el con a o que ha de hace pa a lle a a cabo el Co pus de la ciudad de Baeza. Lo cie o de odo es o es que el nomb e de Juan Mon e o no se egis a en la lis a de ac o es que con igu an la compañía de Nie a y que és e p esen ó (po pode ) el 6 de mayo de 1631, a la co adía de la Vi gen de la No ena. Es posible que se a e de la misma pe sona que apa ece como Juan de Mon es y que se haya p oducido un e o de asc ipción del in es igado o de audición del amanuense no a ial. Me inclino po iden i ica ambos nomb es co espondiendo a es e au o pues ue con Juan de Nie a con quien asis ió Juan Mon e o al cabildo de la Co adía de la No ena, celeb ado el 14 de ma zo de 163210 (Genealogía..., p. 86), y no hubo de deja pasa la opo unidad de hace lo con el mismo au o que le había p esen ado un año an es. El o o ep esen an e, Ped o Jo dán, con a ado igualmen e en Se illa el 8 de ma zo de 1631 (Reyes Peña, 1997-1998, pp. 226-228), ampoco es á p esen e en la compañía de P ado que, a inales de 1631, hubo de empeza a ep esen a en Se illa. Es posible que se co esponda con un al Juan Jo dán, p esen e en nues a lis a, sob e odo po que en ella es án su hijo —F ancisco Vicen e— y su nie o —Ma eo Vicen e—, con igu ándose la compañía po a ios miemb os de la misma amilia, como e a adicional. Su idelidad al au o , como bien demues a la D a. de los Reyes, me ayuda a apos a po la iden idad de los dos nomb es co espondiendo a un solo ep esen an e, a 9 AHPS, o icio II, año 1631, leg. 1233, . 728 -729 . Fecha del documen o: 18 de ma zo. 10 Cuando e minó la empo ada d amá ica de 1631-1632, desde donde es u ie a, ol ió a Se illa pues el 1 de ma zo i mó un con a o con Juan Cuad ado y Juana Suá ez, su muje , ep esen an es, pa a o ma pa e de su compañía (AHPS, o icio XVII, año 1632, leg. 10987, . 600 -601 . Fecha del documen o: 1 de ma zo). Desde es a ciudad de Se illa hubo de ma cha a Mad id pa a pode encon a se en esa ciudad el 14 de ma zo de 1632. CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). 172 PIEDAD BOLAÑOS DONOSO C i icón, 99, 2007 pesa de no pode p esen a , po aho a, el con a o que hubo de hace Juan Jo dán con el au o , An onio de P ado, pa a empeza la nue a empo ada d amá ica de 1632-1633. Es a nue a compañía es la que hubo de ep esen a la ies a del Co pus mad ileña (Pé ez Pas o , 1914, pp. 78-79 y Co a elo y Mo i, 1915, p. 445). O os ep esen an es sí que i ma on el con a o, como e emos a con inuación. Con el caso conc e o de es os dos ep esen an es he que ido pone en e idencia la di icul ad que encie a que e demos a que un manusc i o de una ob a de e minada pe eneció en una echa conc e a a un au o , apoyándonos sólo en la compañía que apa ece en el epa o. Se debe conoce la o alidad de los ac o es de la compañía en cada ciudad en que ep esen a, y si no ue a es o posible, di ícilmen e pod emos segui el azonamien o, po que el au o , al cambia de ciudad, lo más p obable es que cambie de ep esen an es, y le asigne ese mismo papel a o o, esc ibiendo su nomb e en el manusc i o al lado del an e io , hecho que nos pod ía hace pensa que es amos en o o año d amá ico. Digo es o cada ez más con encida y espaldada po las in es igaciones ealizadas: po no ma y a medida que pasa el iempo cada ez menos, el ep esen an e no se mue e ácilmen e de una ciudad a o a as el au o , sino que es és e el que cambia de una ciudad a o a. Hemos de e oma los o ígenes del p esen e abajo y eco da el plei o en e las dos ins i uciones ep esen adas po la oz de los a endado es de El Coliseo y La Mon e ía. Hay que ol e igualmen e a eco da que P ado, aunque algo más a de de lo que se la c eía has a aho a, ep esen a en La Mon e ía; pe o El Coliseo (en iéndase Doña El i a) no se queda á sin pode ab i sus pue as pues su a endado , Alonso de Ve ga a, i ma á con Juan de Mo ales Med ano (en su nomb e lo hizo Sal ado de So o, pues el au o es aba e minando en Mu cia), el 21 de oc ub e de 1631, un con a o pa a hace 60 ep esen aciones, eniendo que empeza las no más allá del 12 ó el 15 de no iemb e11. De es a o ma —y es lo que que emos esal a —, a inales del año de 1631 ó p incipios de 1632, se encon a on dos amilias de g andes au o es d amá icos en Se illa: la de Juan Mo ales de Med ano y la de An onio de P ado. Es e encuen o, o ui o o p emedi ado, cambia á el umbo de sus idas: la de P ado po que se casa á, en e ce as nupcias, con Ma iana de Mo ales, hija de Juan de Mo ales y Jusepa Vaca; y la de Juan de Mo ales Med ano po que deja á de se "au o de comedias", y en es a ocasión de ini i amen e ( as el p ime in en o que hizo en 1622 poniéndose al se icio de Manuel Vallejo «de soldado aso» —como dice Co a elo), dado que desha á su compañía pa a pasa a la de su u u o ye no. Es o se pac ó el 27 de ene o de 1632, po lo que di ícilmen e pudo p esen a se an e la Co adía de la No ena, el 9 de ma zo de es e año, como "au o " (pues ya no lo e a) sin al a a la e dad (Genealogía..., p. 348). Es e da o lo anunció Celes ino López Ma ínez (1940, pp. 88-89) y ue ecogido, desde esa echa, po los más di e sos c í icos (Be gman, 1965, p. 510). Pe o ni los c í icos 11 Juan de Mo ales no cumplió con es e comp omiso. Conocemos es e hecho po la ca a de pago que i ma el 11 de oc ub e de 1632, en la que ex añamen e se sigue llamando «au o de comedias po su mages ad», y en la que econoce debe a los a endado es de El Coliseo 600 eales (doscien os a cada socio) po no habe cumplido el comp omiso de «... haze las ep esen aciones que yo me obligué de haze con mi conpañía en es a cjudad, en el co al de Doña El i a, el año pasado de seiscien os e ein a y uno has a el día de Ca nes olendas des e p esen e año...» (AHPS, o icio IX, año 1632, leg. 17845, . 400 -401 . Fecha del documen o: 11 de oc ub e). CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). ANTONIO DE PRADO Y SU ESPOSA MARIANA DE MORALES 173 pos e io es ni el p opio López Ma ínez apo ó —en su momen o— la uen e documen al de donde ex aía la no icia. Es imando opo uno que se conozca el con a o en odos sus é minos, se ep oduce en es e abajo12. Juan de Mo ales, agobiado po las deudas, llegó a pac a el comp omiso ma imonial de su hija Ma iana con el au o An onio de P ado. Es e había quedado iudo de su segunda muje , F ancisca de San Miguel ( al como él mismo con iesa en el ac a de ma imonio, pe o no dice que sea su "segunda" esposa), ya que p e io a es e ma imonio había es ado casado con Isabel Ana de Ribe a (Co a elo y Mo i, 1915, pp. 425-457). El comp omiso en e el pad e de la no ia y el no io debía de se un negocio ambién, undamen almen e pa a el pad e de Ma iana, el cual espe aba saca sus bene icios, no po luc o, sino po e dade a necesidad. Mo ales no es aba muy segu o de cuán o podía pedi po la «niña» y edac a (au óg a o) un he moso documen o en el que pide opinión, consejo, sob e las condiciones ma e iales del con a o que debe ealiza . Duda de cómo se pueden desa olla los acon ecimien os pues, aunque P ado es un buen homb e, iene hijos del p ime ma imonio y la cue da —dice— si se ensa, se puede ompe . Esc ibe en es e ono Mo ales: [ ] Yo e a ado de caca mi hija con An onio de P ado, au o de comedias. El a o es que a de do a a mi hija en dos mil ducados. Al p esen e no los iene. Es e iene de o o ma imonio es hijos; dicenme que no puede do alla, aunque al p esen e u ie ades, que po que los hijos de la o a muje lo pueden impedi . Vmd. Se si ba de da me su pa ece , po esc i o, lo que en es o sien e. O osí: yo no engo al p esen e, po que me hallo muy enpeñado, o o emedio sino la ayuda de es a niña eniendo a ención a es o; pa a que yo me emedia a algo me a o ecido doge eales de ación cada día y ein a y dos cada ep esen ación, po es años. Ay n au o de el Consejo que no puede gana ningún ep esen an e ni da le el au o más de diez y seis eales, y así, po es e camino como po que dicen puede alega la eno mísima, y, aunque él es muy buena pe sona, como en e pad es e hijos ay disensiones [ ] y aquí las puede abe , que ía sabe s[i] de sali se a ue a de el a o pues hicie e con[...] Vmd. como an seño mío y an c is iano me dé su pa ece , po esc i o, pa a que yo no ye e que se [á] en odo. Nues o Seño gua de a Vmd. la gos y elices a ños] [¿ ambién?] de casa. Joan de Mo ales Med ano [Rúb ica]. [Respues a] Pues o que la ley del Reyno que p ohibe da un homb e a su muge en a as más que la décima pa e de sus ienes, ni puede quando la donación es po ía de do[ e] y p esupues o que An onio de P ado iene hijos de ma imonio], es doc ina conocida y esolución e dade a que quan o dona e a la segunda muje , sea po a as, sea po do e, sea po el nomb e que le quisie en da , que sali del quin o de sus bienes, con ca go de [...]pli su alma y los hijos del p ime ma imonio ienen de echo a educi lo a es e es ado, y es o se unda po la ley del Reyno que dispone que en un pe juicio de los hijos e ce os no pueden los pad es, en ida ni en mue e, manda más que n quin o de sus bienes, de sue e que la segunda muje de P ado sólo lleba á lo que plu e caue en el quin o e no más. [ ] [gua da del egis o XX] En quan o al segundo pun o, digo: quando P ado enuncie la disposición del capí ulo que se e ie e siemp e queda á na lesión eno mísima y e na de echo a yn en a la y po el consiguien e se educi á la obligación de los 16 eales cada día, y si 12 AHPS, o icio VIH, año 1632, leg. 5542, . 367 -370 . Fecha del documen o: 27 de ene o. Véase el Apéndice II. CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). 1 74 PIEDAD BOLAÑOS DONOSO C i icón, 99, 2007 oda ía le die en más se á me a donación que desminui á lo que a la 2a muje le pudie a oca del que [¿me ece?], de sue e que quan o mon a e es e exceso, an o menos se saca a y hab á po el quin o. Se illa, hene o, 24 de 1632. Don An onio He [nández] de Mendoca [Rúb ica] 13. Es e e ce ma imonio iene "anunciado" po un documen o que P ado i ma, el 4 de eb e o, aquí en Se illa, en el que decla a que es á a ado y capi ulado an e mi, el dicho esc ibano público, el ma imonio que an de con ae el sob e dicho con Ma iana Baca, su legí ima muge , y po que el dicho An onio de P ado iene hijos de su p ime ma imonio, quie e que en odo iempo cons e de los bienes p ecipuos que axo a es e segundo ma imonio y pa a ello hico ynuen a io dellosl4. La an e io decla ación me hizo sospecha que el au o podía habe se casado aquí en Se illa y, as sabe que se hospedaba en la calle Jimios a inales de 1631, la búsqueda se hizo ela i amen e ácil. E ec i amen e, p ime o pidió p es ados 300 ducados al licenciado Blas Ca illo, p esbí e o. Aunque en el documen o no se dice la inalidad del p és amo, se puede sospecha que P ado, al hace lo a un sace do e, le pond ía an loable excusa como la de su ma imonioi5, po lo que és e no se pod ía nega . El 19 de eb e o de 1632, en la Iglesia de San a Ma ía la Mayo se desposó con la que se ía su e ce a y úl ima esposa: An onio de P ado y Ma iana de Mo ales. En diez y nue e días del mes de eb e o de mil y seiscien os y ein a y dos años, p ecediendo los equesi os que dispone el de echo, se casa on po palab as de p esen es que hicie on e dade o ma imonio an e mi, el Doc o Juan Ma ínez de Amaya, cu a de la San a Iglesia de Se illa, An onio de P ado, biudo de F ancisca de San Miguel, y Ma iana de Mo ales, hija de Juan de Mo ales Med ano y de Josepha Vaca. Fue on es igos de conocimien o y ma imonio don Juan de Cas añeda y don Juan Ruiz Doca y Ma ía de Escoba . Y po e dad lo i mé. Don Juan Ma ínez de Amaya [Rúb ica]!6. Celes ino López Mo ales (1940, pp. 88-89) dice que Ma iana Vaca dio una ca a do al en la que enume a sus bienes pe sonales y en la que decla a no ene nada que e con sus pad esi7. s¿ p0 es as e e encias se puede in ui la buena disposición económica en la que se encon aba la no ia, no menos podemos deci del no io, que hace el mismo 13 AHPS, o icio VIII, año 1632, leg. 5542, s. . [El p ime olio es á suel o den o del legajo, el segundo olio ha sido eu ilizado po el p opio esc ibano ap o echándolo como gua da de uno de sus cuade nillos]. Véase su ep oducción o og á ica en el Anexo III A ( - ) y B ( - ). 14 AHPS, o icio VIH, año 1632, leg. 5542, . 466 -470 . Fecha del documen o: 4 de eb e o. Véase Apéndice I. Años más a de, pa e de es a opa u o que se deposi ada en el Cla a io del Hospi al de Valencia, como a al, po un dine o p es ado. Se i ma on los documen os el 11 y 12 de diciemb e de 1640 (Esque do, 1978, pp. 480-484). 15 AHPS, o icio III, año 1632, leg. 1236, . 430 -431 . (+ 2 sin olia ). Fecha del documen o: 13 de eb e o. 16 A chi o Pa oquial de El Sag a io. San a Ma ía la Mayo . Se illa. Lib o de Ma imonios (1627-1634), lib o 12, . 204 . Véase Anexo IV (A y B). Doy las g acias a la D a. Me cedes Cobos po ayuda me a pene a en es e mundo de los a chi os pa oquiales. 17 Sólo podemos deci que no hemos podido e es e documen o po que ha sido sus aído en algún momen o. Su localización e a: AHPS, o icio VIII, año 1632, leg. 5542, . 371... (cuade nillo 16). CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). ANTONIO DE PRADO Y SU ESPOSA MARIANA DE MORALES 175 ipo de documen o, ya e e enciado. Al obse a la elación de opa y obje os que el au o p esen a, no nos queda más emedio que pensa en sus pe enencias ence adas en « es a cas» que le habían sido incau adas a inales de oc ub e de 1631 (Sánchez A jona, 1994, p. 275 y RR.AA., leg. 95) y, po el con enido de aquéllas y la elación de pe enencias que aho a o ece, deduci que en algún momen o An onio de P ado mien e, pues no es posible que inc emen a a de esa mane a su capi al en an poco iempo. G acias al "ha o" del au o podemos sabe —en e o as muchas cosas— que lle a en su epe o io 56 comedias y 40 en emeses (es deci , que son de su p opiedad), así como cie o nomb e de alguna en pa icula (La Raquel, ¿de Felipe Godínez? ¿de Lope de Vega?...), habiéndose especializado en la ep esen ación de cie o géne o, "el escande besco", en el que des acó el comedióg a o as igi ano Luis Vélez de Gue a a18, del que en 1634, en Pa e 28 de Di e en es Au o es, se publicó su comedia El p íncipe Escande bey. El g an Jo ge Cas io o. En cuya po ada se decla a exp esamen e: « ep esen óla An onio de P ado» (Ge mán Vega, 1997, p. 348). Se puede deci que es un buen "au o "19 compa able a Juan Bau is a Valenciano pues, cuando, en 1624, Juan Je ónimo Valenciano con iesa habe ecibido de su he mano en he encia 24 comedias "nue as", pod íamos supone que po es e año pod ía ene un núme o semejan e, o a Roque de Figue oa que, en 1631, dice ene 40 comedias "nue as". Llegó el 24 de eb e o de 1632, mié coles de ceniza y, con él, el inal de la empo ada d amá ica. Pe o ambién había llegado el inal del con a o que había i mado con La Mon e ía, aunque no había e minado de paga su deuda económica, azón po la que el an iguo a endado , Luis Pando En íquez, dio pode a Luis Díaz pa a que en su nomb e lo lle e an e la jus icia de Alonso de Bolaños «Alcalde de la Real Audiencia y Juez P i a i o y Conse ado pa a las cosas ocan es al dicho co al de la Mon e ía» pa a hace le cumpli «... la esc ip u a de concie o que en mi a o o o gó en acón de las ep esen aciones que a de hace en el dicho co al de la Mon e ía has a desqui a las can idades de ma a edís que me es deudo en i ud de las esc ip u as que en ac.ón dello ay a que me e ie o...»20. Es deci , que iene que segui abajando en La Mon e ía o paga odo el dine o que debe. Aunque no ol ie on a i ma ningún nue o con a o, hubo de a eni se con el nue o a endado , F ancisco Cano, pa a es a ep esen ando en ella has a la ies a del 18 Todos eco da án los céleb es e sos de Lope de Vega cuando, en 1629, con mo i o del cumpleaños de su hija An onia Cla a, esc ibió: «Comp é comedias amosas / de Mon albán y de Mescua; / diome di inas Godínez, / Luis Vélez, escande bescas ». 19 P ueba es a ase e ación el hecho de que los más econocidos esc i o es de la época esc ibie on cie as ob as pa a él y su compañía (o acep a on "su" enca go) como habían hecho pa a an os o os au o es —como ue Juan Bau is a Valenciano— que había ecibido de Guillen de Cas o dos comedias: El ayo de su hijo e Ing a i ud po amo . Así, hubo de esc ibi pa a P ado, Guillen de Cas o, La agedia po los celos —po pone un ejemplo—, ya que al inal del manusc i o se puede lee : «Acabóla don Guillen de Cas o. En Mad id, a 24 de diciemb e de 1622 años. Pa a An onio de P ado». En es e mismo manusc i o se plasmó una licencia de ep esen ación el 11 de no iemb e de 1628, po lo que pod ía se és a una de las comedias que dice ene en su pode ( e Guillen de Cas o, Ob as comple as, omo I, ed. Joan Oleza. WWW.u .es/en esiglos/ oleza/pd s/guillen.PDF- 8 de eb e o de 2006, p. 10). No es p eciso eco da los muchos en emeses y loas que le esc ibió Quiñones de Bena en e. 20AHPS, o icio VIII, año 1632, leg. 5542, . 723 - . Fecha del documen o: 16 de ma zo. CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). 182 PIEDAD BOLAÑOS DONOSO C i icón, 99, 2007 de qualquie de nos y de quien pode de qualquie de nos o ie e en que queda di e ida la p ueba y aue iguación de odo lo sob edicho y de cada cosa de ello, sin o a alguna de que quedamos eelebados. Y en. Así mismo a de se obligado el dicho An onio de P ado a da me luego de con ado ochocien os eales po quen a de qua o mil eales en que le bendo cinco comedias nuebas a ochocien os eales cada una, y ansí mismo po quen a de una joya de diaman es [368 ] que bale seis mil eales que le doy pa a que haga de ella lo que quisie e pa a e ec o de acomoda sus cosas, dándome po azón de ello doce eales de cada ep esen ación que hicie e, demás de los ein a y dos eales, con que an de se ecien as ep esen aciones en cada un año y siendo menos lo a de supli y paga de sus ienes y hacienda y po ello le podamos execu a en su pe sona y ienes con solo es a esc ip u a y mi ju amen o o de la dicha mi muge o de cualquie de nos o de quien pode de qualquie de nos huuie es en que dexamos y di i imos la p ueba y aue iguación de ello, sin o a alguna de que quedamos elebados. Y en. Que si cumplido el plazo de los es años, el dicho An onio de P ado me debie e, así de las aziones y ep esen aciones, como de los qua o mil eales de las comedias, como de los seis mil eales de la hoya, le pueda execu a po odo lo que así me debie e o que co a así el pa ido de ep esen ación y ación como los doce eales que me a de da de joya y comedias en el ienpo adelan e, dejando en es o en mi elección o en la de la dicha mi muje el osa del un emedio o del o o, de lo que quisié emos y nos pa ecie e, sin que en es o quedemos pe judicados en cosa alguna po que [369 ] en odo es o nos a de queda lib e acul ad. Y en. Que po quan o yo debo en es a ciudad de Seuilla cinco mil y ducien os y diez y seis eales, los es mil y ecien os eales de ellos a el Licenciado Ca illo, clé igo p es í e o, y mil y cien eales a Juan Joseph de A guizo, y ochocien os y diez y seis eales a Juan de Quin ana, ope o, el dicho An onio de P ado a de se obligado luego yncon inen i a paga y sa is ace las dichas es pa idas que mon an los dichos cinco mil y docien os y diez y seis eales, y saca me a paz y a saibó de ello, de mane a que yo ni mis uienes ni he ede os no paguen [...] cosa alguna y a ello y po la dicha can idad les e de pode execu a con sólo es a esc ip u a y mi ju amen o y decla ación o de quien mi pode ouie e en que dexo y di ie o la p ueba y aue iguación de odo ello sin o a alguna de que queda elebado. Y con los dichos capí ulos y condiciones suso decla ados es oi de acue do con el dicho An onio de P ado y p ome o y me obligo de lo así gua da , cumpli y aue po i me en odo ienpo y no me sali ni apa a des e concie o du an e el dicho ienpo, pena de cien ducados pa a la pa e que po ello es ubie e y lo huuie e po i me y la pena pagada o no, que es a esc i u a balga y se i me como aquí se con iene. [369 ] E yo, el dicho An onio de P ado o o go que acep o es a esc ip u a con los capí ulos y según que en ella se con ienen y me obligo de ene en la dicha mi conpañía de ep esen ación al dicho Juan de Mo ales Med ano y a la dicha Jose a Baca, su muje , los dichos es años, desde el día de Ca nes olendas des e año de mil y seiscien os y ein a y dos, y de da les los dichos ein a y dos eales, los doce de azión y ein e de ep esen ación. Y ansí mismo las dichas caualle ías y odo lo demás que es á dicho y decla ado en es a esc ip u a, y de paga los dichos cinco mil y docien os y diez y seis eales a las pe sonas aquí decla adas, a cada uno lo que le oca, luego e ec i amen e de con ado y saca a paz y a saibó de ello al dicho Juan de Mo ales pa a que ago a ni en ningún ienpo le pidan a él ni a sus he ede os cosa alguna y po ellos, como po los dichos ein a y dos eales de ación y ep esen ación, y doce eales más de las comedias y joya, me pueda execu a en mi pe sona y bienes con solo es a esc ip u a y su ju amen o o de quien su pode ouie e en que di ie o la p ueba de ello, sin o a alguna de que le elebo.— Y así mismo, decla o que engo en mi pode las dichas cinco comedias y la [370 ] dicha joya de o o y diaman es de la qual me doy po en egado y con en o a mi olun ad y enuncio las excepción e leyes [...] y engaño como en ellas se con iene.— Y de cumpli odo lo demás que es á con enido y decla ado en es a esc ip u a CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). ANTONIO DE PRADO Y SU ESPOSA MARIANA DE MORALES 183 y no me balez ni ap o echa del au o del Real Consejo no de o a ley ni de echo que en mi auo sea po que quie o que no me balga, en juicio ni ue a del, pa a cuya paga y cumplimien o anbas pa es damos pode cumplido a las jus icias que de es a causa pueden y deban conoce pa a que po odo emedio y igo de de echo [...] y como po sen egia de ini i a pasada en cosa juzgada nos execu en, conpelan y ap emien a lo ansí de paga y cumpli como dicho es y enunciamos las leyes de nues o a o y la que de iende la gene al enunciazión y obligamos nues as pe sonas y bienes auidos y po aue .— Y nos some emos al ue o y ju idigión Real des a Ciudad de Seuilla y de o a cualquie pa e y luga donde se nos pidie e el cumplimien o de és as [...] [370 ] [...] y consen imos que de es a esc ip u a se saquen cualesquie aslados au o izados, lib emen e y sin impedimen o alguno. Y o osí. Yo el dicho An onio de P ado me obligo que auiéndome casado po palab a de p esen e, que llegando e dade o ma imonio con la dicha Ma iana Baca de Med ano que a de se my esposa y muge , ace a á con my ligengia es a esc ip u a y se obliga á al cumplimien o della según y como en ella se con iene y a ello me puedan ap emya los dichos Juan de Mo ales y su muge o cualquie a dellos po odo emedio y igo de de echo. Fecha la ca a en Seuilla, en ein e y sie e días del mes de hene o de mil y seiscien os y ein a y dos años, y la o o gué. Yo, el p esen e esc ibano público, doy e que conosco. Lo i ma on en és a: es igo Jose e de Medina y Diego Dá ila, esc ibanos de Seuilla. Tachado: Ca nes ol: no ale. En e englones: demás de los ein a y dos eales/ y ación. Vale. Juan de Mo ales Med ano [ úb ica]. An onio de P ado [ úb ica]. Diego Dá ila. Esc ibano [ úb ica]. Jose e de Medina. Esc ibano [ úb ica]. Melcho de Baena. Esc ibano público [ úb ica]. 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Una de esas eces, la del año de 1631, no pasó sin pena ni glo ia pues se dispu a on su p esencia los ep esen an es del co al de La Mon e ía y los de El Coliseo (aunque end ía que habe ep esen ado en Doña El i a, po es a de ob as El Coliseo). Pe o no hubo de se es o lo que ma ca a la ida del au o , sino su e ce ma imonio. Se casó P ado en Se illa con Ma iana de Mo ales, el 19 de eb e o de 1632, echa desconocida po los in es igado es has a el día de hoy. Resume. An onio de P ado, "au eu de comédies" de pa sa Majes é, a équen é, ou au long de sa ie, les é eaux de Sé ille. L'une de ses isi es, celle de 1631, mé i e d'ê e pa iculiè emen mise en elie du ai qu'aussi bien les comédiens du héâ e de La Mon e ía que ceux du Coliseo {il au ai dû joue , ou e ois, au héâ e de Doña El i a, celui du Coliseo é an en chan ie ) se son dispu és sa pa icipa ion. Ce n'es pou an pas cela qui de ai ma que la ie de ce pe sonnage, mais son oisième ma iage. Il épousa Ma iana de Mo ales, à Sé ille, le 19 é ie 1632, une da e qui é ai es ée inconnue jusqu'à p ésen pou les che cheu s. Summa y. An onio de P ado, playw igh o His Majes y, equen ed Se illian open-ai hea es h oughou his li e. On one occasion, in 1631, his isi did no go unno iced as his p esence was claimed and dispu ed by ep esen a i es o wo di e en open-ai hea es, La Mon e ía and El Coliseo. Inciden ally, he la e happened o be closed o epai s and P ado would ha e had o pe o m in he Doña El i a hea e ins ead. Howe e his was no he e en ha was o ma k his li e, bu a he his hi d ma iage. P ado ma ied Ma iana de Mo ales in Se ille on 19 h Feb ua y 1632, a da e ha esea che s we e unawa e o un il qui e ecen ly. Palab as cla e. Co ales. His ionismo. MORALES VACA, Ma iana de. PRADO, An onio de. Se illa. CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). ANTONIO DE PRADO Y SU ESPOSA MARIANA DE MORALES 185 Anexo I : RR.AA., caja 279, exp. 42. CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). 186 PIEDAD BOLAÑOS DONOSO C i icón, 99, 2007 Anexo II: Fi mas de los ac o es de la compañía de An onio de P ado (1631-1632) Anexo HI: AHPS, o icio VOI, año 1632, leg. 5542, s. . A , p. 187 A , p. 188 B , p. 189 B , p. 190 CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). ANTONIO DE PRADO Y SU ESPOSA MARIANA DE MORALES >¿i3» ^ a e"* ^ CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). 188 PIEDAD BOLAÑOS DONOSO C i icón, 99, 2007 CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). ANTONIO DE PRADO Y SU ESPOSA MARIANA DE MORALES 189 CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632). ANTONIO DE PRADO Y SU ESPOSA MARIANA DE MORALES Anexo IV : A chi o Pa oquial de El Sag a io. San a Ma ía la Mayo . Se illa. Lib o de Ma imonios (1627-1634), lib o 12, . 204 . Anexo IV A CRITICÓN. Núm. 99 (2007). Piedad BOLAÑOS DONOSO. An onio de P ado y su esposa Ma iana de Mo ales (1632).