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Veridica y puntual relacion de los hechos del ilustrisimo señor don Simon Lopez, obispo de Orihuela, y de la mayoria de prevendados de la Santa Iglesia de la misma ciudad (que forman cabildo) por la que aparece una formal desobediencia á las órdenes del rey, que no puede dejar de calificarse de criminal

López y García, Simón. Obispo de Orihuela

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VERIDICA, Y PUNTUAL RELACION DE LOS hechos del Ilustrísimo Señor Don Simon Lopez, Obispo de Orihuela, y de la mayórla de 'Prevendados de la Santa Iglesia de la misma Ciudad (que forman Cabildo) _ por la que aparece una formal desobediencia á las órdenes del Rey , que no puede de- Jar de calificarse de criminal. La eminente ¡dignidad del Obispo , los ¿altos respetos del Cabildo, y mi' propio _pundonor no permiten desviarme de la verdad, ni proferir la mas ligera expresión _agena del mérito de ' los. sugetos de quien hablo ni. de mi mismo, que Con ella me degradava y seria el oprovio de 0 to leyera: Los escritos son para a rir la verdad, y rectificar la opinion pública, Ca | eurando que la. eleccion recayese en sugeto no> torlamente adicto á la Constitucion , y quelo haya manifestado con sus propias obras. + Algunos Gapitulares quisieron que la eleccion se hiciese luego luego , para obedecer 4 S, M.: Otros que forman mayoría; digeron que no ,-y al dia siguiente diez; recibió el «Cabildo carta del Obispo, que se despedia , y aunque 4 una carta , se con. texta con otra, acordó que: pasase á Santa Pola una diputacion 4 despedir y hablar con el Obispo:, y se. comisionó” al »Canónigo Doctoral Don Felix. Herrero, y al'Racios nero Cura Don Juan Antonio Guillen, los “que se avistaron con “el Obispo y trataron En el dia 17- recibió carta eli: Cabily ido del Obispo , «que aseguraba» partia yá para Roma, y se tiró convocacion para el 18 para nombrar gobernador de la Mitra: Congregado el 'Cabildo en la mañana de este día se volvió: leer la citada Real ór= den del 4 y en atencion al especial man- «dato de $. M. de que la eleccion habia de recaer en sugeto notoriamente adicto 4: la Cons+' titucion y Y que lo haya manifestado con ¿sus? «propias sobras ; pidieron algunos Prevenda*” $) dos que la: votada Ao deniá ser: secretas pot que siéndolo; mo:se: sabia, quienes cumplian lo mandado, y quienes se separaban de lá Real órden: Que ántes. de votar se debian clasificar los sugetos. que estaban en aptitud«para ser nombrados, y: que tubiesen los: requisitos: de derecho: y. .el especial que :S. M.. mandabá ; como tambien que se señalaran los: que: no tubiesen impedimento por su prevenda para este empleo, pues de todos habia en el seno. del Cabildo , de quienes se devia: elegir siguiendo el: espí= vitu del Concilio de Trento. "0. ss Esta clasificacion para que la: eleccion no. fuese arbitraria, se «desechó por la mayor parte», y acordaron al mismo, tiempo, votar en secreto ;-los. que pidieron la cla-= 'sificacion:, y votada pública, por no caer en el. Real desagrado (sino se cumplia lo mandado) protextaron , se abstubieron de Yotar , y pidieron testimonio , que despues de algunos «dias no:se les habia dado. Vo- 'taron al fin «en secreto, “y “salió con todos los «votos de esta «opinion, «menos .el suyó, elureferido Canónigo: Doctoral Don Felix “Herrero: Los: quese habian -abstenido «de PT E ———— A OOOO OCOCQCQ zx (05 votar que lo fueron. A SrorD.. pide Al- DAS Dean,.con su-voto. remitido , D.Jsir dro Pujalte Canónigo,. Don José Brú. Canónigo Lectoral, Don. Tomás Rodenas Racionero, Dom. Sebastian del Gases»idem,:y Don Erancisco «Gadea:ridemo, «pues laurique el Maestresquelá. Don iia Ximeno ha» bia. pedido: la votada. en ¡público , la elasis ficacion de: Sugetos! y. protextado! el: acuére e do, por las, razones expuestas, se salió ámgtes de la. yotáda ,: Y» NO, protextó:, por: no hallarse. presente. ni haber: dexado el. voto»: _Fundan la. proféxta, del ila:électjon em. el Doctoral Don, Felix. Herrero por :tener: impedimento, para'»egercer: empleo de. Jas risdiecion, ordinaria ¿ y. no haber ¿acreditado con, sus: propias- -obras., ni poder, acreditará. lo, > que, es notoriamente «dicto; dla «Cónstitia. Rf y «siendo. innegable. que enel: Cabildo de: Orihuela hay sugetos que lo. tienen bien' acres disado ,', Y -$0N -Gptos: para el: destino; dom ¡Los fundamentos dela protexta; són los siguientes: Primero: Tiene el Doctoral Her+" rero impedimento. para. el gobierno. de ¿ld | Mitra, para Provisor, Oficial, Vidarió genefal; > Juez de. obras Pids, y Diezmos! (que: todo, | F “yá JUNO) por que fué" Mamado 4 oposicion “4 la" prevenda en: nombre del Rey ; pat O- mo de iella) del “Obispo; :y dell Cabildo Por Edictos con fecha de 5 de Setiembre de 1816, y entre Otras «Cosas se dixo: en €llós 16" que sigue? El que' fuere provis- to en” élla (la canongia Doctoral) no” pué- Bdé tener) ni' tenga oficio de Jurisdicción ordinaria, y si lo tubiere, le” haya de de- ar Ántes de: tomar” posesion, y jurar no >admitir dentro d fuera de ésta Ciudad “el tal oficio, Ó qualquiera otro, que le impi- "da el servició personal de d icha preven- ¿da ni aun interinamente.” ¡Que cosa Mas bsalara y tela ro o! Hole .Baxo de esta exclusion fué llamado, hizo: la oposición , fué consultado , lo agra- 38 el Rey, y prestó por dos veces el ju- 1 Amento con toda solemnidad antes. de.to- Mar posesion. ¿Quién no vé que este Ecle- Mástico está por su preverida incapacitado Al gobierno de la Mitra de Orihuela , POr Ser en quién reside toda la Jurisdicción ór- Caria, y le impide el servicio personal a - Ni puede esto” cóhónestárse con el efa- € $ glo: tan, comun Ye ls corporaciones + de practica 6 de: constumbre. , porque desde el año 1816 en que juró:, y entró á ser Doce- “toral, no ha havido caso alguno de esta ni de otra especie. | | Ahora pues, ¿Si así se violan los: juramentos prestados sobre los Evangelios, por órden expresa de! Rey , para que $6 piden? ¿Para que: se obliga a ellos? Gon “esto aparece mas claro que el Sol, que es” .tá incapacitado para el gobierno de: la Míitra de Orihuela el Doctoral Herrero, y qué la mayoría obró arbitrariamente. 0 0% Carece del especialísimo. requisito man dado en la Real órden de que «recaiga el nombramiento en sugeto notoriamente: adic” to á la Constitucion, y que lo haya. m4” nifestado con sus propias obras por qué en el año 1816 quando se presentó 4 opo” sicion de la prevenda, alegó entre otro 4 sus méritos, que nunca havia sido ConS” titucional, y sí enemigo de este sistema, Y despues de restablecido en el año presenté “nada ha hecho para que pueda asegurar qu “con sus propias obras ha manifestado 54! notoriamente adicto 4 la Constitucion. | EC9) “primer' extremo, consta de lo, siguiente... Desde que el Rey por su decreto dado en: Valencia 4 4: de. Mayo de 1814 'abolió la Constitucion , principiaron los ene- «migos de este Código, 4 Jlamar 4 los afec- ¿tos 4 él, con «varios dictados., entre ellos -Jos siguientes; Los Constitucionales son ene- “migos del Rey, y de su real. Corona (asi lo “he visto entre los cargos hechos 4 un Constitucional «preso ) son de opiniones exáltadas, de. ideas subversivas , amigos de novedades (asi “'apellidavan 4 las nuevas instituciones) vease ahora que: dice el «Doctoral Herrero en su relacion de-méritos impresa en.Madrid -4 29 de Julio de 1816: que Obra en la Secretaría de la Cámara, y en el archivo de la Santa:Iglesia de Orihuela. en su expediente «de: oposicion , dice asi: “Por cer= —ntificacion librada por el Obispo de Solsona mw (de quien era Provisor) 4 18 de Julio: de 11816: Consta que D. Felix Herrero, mo ha wsido>, nives de opiniones exáltadas ; sino “yyque siempre, y particularmente cn la aus " . a A e e — irsencia de S. M. se ha manifestadó Opues- Ftó , y contrario 4 todo espíritu! de novemdad , 6 ideas subversivas , defendiendo con * (10) preson “los derechos de nuestro Soberano y su: real Corona? Pregunto ahora ¿en el año 1816 quande la persecucion contra la Constitucion, y sus afectos estaba en su trono, de qué palabras se «valianlos anticonstitucionales, para manifestar su odio, y captarse la bénebolencia del Gobierno de aquel tiempo, mas que de las que usa el Doctoral Herrero , y Certifica el Señor Obispo de: Sol= sona? Conque no fué constitucional. ¿Y despues de restablecida, y jurada: por S. M. la Constitucion ¿Que obras ha hecho ' para poder acreditar con ellas. ser' notoriamente: adicto ,: como manda el Rey? Ningunas, y esto sique es notorio en Orihuela. 3 : De aquí resulta , que si la: mayoria de Prebcudados , que quisieron la: votada' secreta (que nunca debió ser en esta elec= cion, 6 nombramiento por lo que se manda en la Real órden , que devió cumplirse) «se hubiera conto adR con' la clasifi= cacion de sugetos aptos (que los hay en el Cabildo) ántes de votar, y que la votacion fuese pública , se A expuesto estos impedimentos , que pueden llamarse diri-= LN | Imentes en el Dacia Don Felix, Herrero.) y. faltarle: tambien «el especial requisi- tO.y;; que. quíere S.:M. en, el que: haya de: obtener el gobierno de la Mitra de Orihuela, y con ello nose hubiera nombrado: Se hubiera, cumplido, la, Real órden, y el Cabildo ¡no ¡se exponia 4 caer en el Real desagrado como manifestó la parte menor de Prebendados , á quien tengo por la mas — % | Está, demostrada la formal desobedien- - cia del Reverendo Obispo Don Simon Lopez, y del Cabildo Eclesiástico de Orihuela á las órdenes del Rey, que puede calificarse, sin arrojo, de.criminal: El gobierno de España es savio, y perspicaz: Conocera la raiz. de donde, nace esta desobediencia ,, y Jas consecuencias , que son necesarias ,.si al principio. del establecimien- to.de.un sistema, no se hace conocer á todos que, hay Caracter . y firmeza para hacerse temer y. respetar. En tiempo de menor ilustracion y cule tura, lo hicieron los SS. Reyes con el Cabildo que ha desobedecido , segun se vé en documentos que existen en el archivo de la