Nuevos apuntes para el estudio y la organización en España de las instituciones de beneficencia y de previsión
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IAE
CO.
“NI
NUEVOS
HPUNTES
para
el
4
estudio
y
la
organización
en
España
de
las
Instituciones
de
Beneficencia
y
de
Previsión.
:616
APENDICES
DE
LA
GACETA
MINISTERIO
DE.LA
GOBERNACIÓN
NUEVOS
APUNTES
ESTUDIO
Y
LA
ORGANIZACIÓN
EN
ESPANNK
DE
LAS
INSFIFUCINES
DE.
BENEFICENCIA
Y
DE.
PROVISIÓN
TRABAJOS
DE LA
DIRECCIÓN
GENERAL
DE
ADMINISTRACIÓN
—
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UN
MADRID
SUCESORES
DE
RIVADENEYRA
(S.
A)
IMPRESORES
DE
LA
REAL
CASA
1912
—
1915
—
1918
Ósta
obra
comprende
cuantos
trabajos,
acerca
del
des
.
envoloímiento
de
la
Denelicencia
Oficial
y
de
la
¿Par
ticular
de
España,
han
sido
realizados
en
la
Dirección
dieneral
de
4ddministración.
aesde
que
publicó
la
Memoria
del
año
1909,
hasta
el.31
de
Diciembre
del
año
19/18.
¿dr
a.
5
eS
"pa
pa
4
0
32
MINISTERIO
DE
LA
GOBERNACIÓN
REAL
ORDEN
ÍLMO.
SEÑOR:
Terminados
los
presentes
trabajos
complementarios
relativos
á
la
Beneficencia
Pública
y
Particular
y
los
cuadros
estadísticos
que
se
acom-
pañan,
con
cifras
en
los
totales
senerales,
tan
importantes
y
de
tanto
mayor
interés
cuanto
alcanzan
hasta
el
31
de
Diciembre
del
año
de
1918,
Su
Majestad
el
Rey
(q.
D.
e
2.)
ha
tenido
á
bien
otorgar
su
aprobación
á
los
citados
trabajos
y
eii
autorizando
á
esa
Dirección
general
de
Administración
para
que
proceda
á
publicarlos,
en
la
forma
que
vi-
nieron
siendo
incorporados
á
esta
obra,
ya
antes
impresa
en
cumpli-
miento
de
Reales
órdenes
de
este
Ministerio,
é
incluídos,
por
consi-
guiente,
en
cada
uno
de
los
ej
jemplares
de
la
misma,
para
que
se
distri-
buyan
con
ella,
según
la
relación
aprobada
al
efecto,
y
que
se
den
las
gracias
en
su
Real
nombre
al
Jefe
de
N
egociado
de
este
Departamento,
D.
Enrique
Sandino
y
Agudo
que
les
ha
dirigido
y
ejecutado,
haciéndolo
constar
en
su
expediente
personal.
Dios
guarde
á
V.
L
muchos
años.
Madrid,
27
de
Septiembre
de
1919
BURGOS
Sr.
Director
general
de
Administración.
MINISTERIO
DE LA
GOBERNACIÓN
DIRECCIÓN
GENERAL
DE
ADMINISTRACIÓN
=0=3
EXCMO.
SR.:
Desde
tiempo
inmemorial
ha
venido
sintiéndose
la
necesidad
de
una
esta-
dística
completa
que
nos
permitiese
conocer
el
estado
y
sucesivo
desarrollo
de
la
Beneficencia
en
España,
y
respondiendo
á
este
anhelo
se
ha
publicado
por
esta
Dirección
general
una
Memoria,
el
año
1909,
comprensiva
de
cuantos
ele-
mentos
estadísticos
administrativos
y
de
carácter
legal
fué
posible
encontrar
en
aquel
entonces.
Tan
laudable
esfuerzo
impuso
como
obligado
deber
la
prosecución
de
aque-
llos
trabajos
para
corregirlos
de
los
naturales
errores
de
que
adolecían
y
per-
feccionarlos
con
nuevos
datos
estadísticos.
Y
en
cumplimiento
de
tal
deber,
mis
ilustres
predecesores,
con
la
idoneidad
que
distinguió
la
gestión
de
todos
ellos,
marcaron
las
huellas
de
su
celo,
bajo
las
sabias
inspiraciones
de
los
señores
Ministros
de
este
Departamento,
bien
iniciando
la
ejecución
de
estos
trabajos,
que
se
verificaron
y
mandaron
imprimir
en
1912,
y
bien
mediante
la
realiza-
ción
de
varios
otros,
á
los
cuales
sumáronse
algunos
estadísticos,
que
después
han
sido
continuados
hasta
31
de
Diciembre
pasado
por
el
Servicio
de
Inspec-
ción
Técnica
y
que
tengo
el
honor
de
someter
á
la
superior
aprobación
de
V.
E,
para
su
publicación,
unidos
a
los
que
comenzaron
á
ser
Impresos
en
1912,
á
fin
de
que
pueda
apreciarse
con
exactitud,
por
el
relieve
y
diferen-
cia
de
los
datos
que
en
unos
y
otros
se
consignan
toda
la
eficaz
actuación
del
Protectorado
del
Gobierno
“en
la
Beneficencia
particular
durante
esos
años.
|
Del
alto
criterio
de
V.
E.
espero,
para
la
publicidad
de
estos
trabajos,
la
¿
autorización
necesaria.
Abrigo
la
confianza
de
obtenerla,
por
no
ocultárseme
la
atención
que
V.
E.
dedica
y
desea
se
le
consagre
á
estas
cuestiones
de
tanto
interés
público,
y
más
aún
en
los
corrientes
días
en
que
tan
solícitamente
se
buscan
soluciones
á
los
problemas
económico-sociales
que
se
hallan
en
íntimo
enlace
con
el
de
la
vida
y
desenvolvimiento
de
las
instituciones
de
Previsión
y
de
Beneficencia,
/
Al
formular
esta
propuesta
eran
mis
propósitos
hacer
la
presentación
de
tan
extenso
y
admirable
libro,
revelador
de
que,
por
fortuna,
aún
hay
espíritus
abnegados
y
con
tenacidad
suficiente
para
acometer
y
realizar
obras
de
tanta
magnitud;
pero
en
la
imposibilidad
de
exponer
en
la
forma
sintética,
obligada
en
estos
casos,
toda
la
extraordinaria
importancia
de
los
datos
acumulados
y
las
múltiples
enseñanzas
que
ellos
me
sugieren,
desisto
de
mi
intento,
conere-
tándome
á
encomiar
los
métodos
preventivos
de
asistencia
social;
4
que
se
hacé
ligera
referencia,
por
medio
de
los
cuales
se
aminoran,
y
en
no
pocas
ocasio-
nes
se
ahuyentan
y
evitan
totalmente
los
males
que
más
tarde
reclaman
los
auxilios
benéficos,
como
son
todas
aquellas
medidas
que
tienden
á
asegurar
el
sustento
de
los
obreros
en
épocas
de
paro
forzoso,
ó
cuando
por
accidentes
del
trabajo
Ó
por
su
ancianidad,
se
ven
imposibilitados
de
procurárselo;
las
que
se
encaminan
á
proteger
á
la
infancia,
á
higienizar
las
viviendas,
á
combatir
las
enfermedades
evitables,
y,
en
una
palabra,
cuantas
se
proponen
impedir
la
in-
digencia
y
la
degeneración
de
la
raza,
que
son
realmente
las
únicas
causas
ge-
neradoras
de
la
población
benéfica.
Dicho
esto,
réstame
sólo
significar
la
conveniencia
de
prestar
una
atención
más
intensa
y
constante
al
funcionamiento
de
los
Establecimientos
benéficos,
tanto
públicos
como
particulares,
para
lograr
en
ellos
no
sólo
una escrupulo-
sísima
administración,
sino
además,
y
principalmente,
un
esmerado
cuidado
con
los
que
tienen
la
desgracia
de
estar
allí
acogidos,
procurando
la
debida
separación
por
edades,
un
mejor
régimen
de
internado
en
los
asilos,
y
el
qus
la
asistencia
que
se
les
dispense
no
sea
uniforme,
sino
que
guarde
la
debida
proporcionalidad
con
el
desvalimiento
ó
enfermedad
que
les
aqueje.
Y
por
al
conocer
la
importancia
extraordinaria
de
esta
labor,
á
ella
me
propongo
dedi-
car
todos
mis
afanes.
:
:
|
Y
termino
abogando
con
extraordinario
interés
por
que
se
establezca
un
contacto,
una
relación
más
estrecha
por
parte
de
este
Centro
directivo
c9n
aquellos
organismos,
instituciones
ó
asistencias
que
actúan
con
independencia
de
los
Establecimientos
que
funcionan
sometidos
á
la
dirección,
inspección
y
protectorado
del
Gobierno,
para
que
puedan
auxiliarse
recíprocamente,
ya
que
todos
tienen
idéntica
finalidad.
í
No
quiero
concluir
sin
dar
público
testimonio
de
mi
reconocimiénto
como
Director
general
de
Administración
al
competentísimo
funcionario
que
presta
sus
servicios
en
la
misma,
Jefe
de
Negociado
D.
Enrique
Sandino
y
Agudo,
que
es
quien
no
sólo
ha
dirigido,
sino
también
ejecutado,
casi
exclusivamente,
esta
voluminosa
obra
con
el
modesto
título
de
Nuevos
Apuntes
para
el
estudio
y
la
or-
ganización
en
España
de
las
Instituciones
de
Beneficencia
y
de
Previsión,
y,
alpropio
tiempo,
me
permito
proponer
á
V.
E.
se
digne
declarar
la
satisfacción
con
que
se
ha
visto
su
meritoria
labor
y
se
le
den
las
gracias
por
la
misma,
haciéndolo
así
constar
en
el
expediente
personal
del
interesado.
EL
DIRECTOR
GENERAL,
|
Hosd
Estévez
Rarrera.
Madrid,
23
de
Septiembre
de
1919.
Haomo.
Sr.
Mmistro
de
la
Gobernación.
A
O
E
A
A
A
-
$4
pa
o
A
A
A
es
A
ML
INTRODUCCION
Reconociéndose
la
imposibilidad"
de'que
la
acción
benéfica
nacional
respondiera
á
su
elevado
fin
sin
una
completa
Estadística
de
Beneficencia
y
sin
que
se
implantasen
reformas
que
hiciesen
efectiva
la
misión
que
al
Protectorado
encomiendan
las
leyes,
se
dictó
la
Real
orden
de
24
de
Marzo
de
1908,
verdadero
punto
de
partida
en
la
realización
de
los
trabajos
que
tuvieron
por
noble
ejecutoria
la
obra
que,
al
acabar
del
año
1909,
publicó
la
Dirección
ceneral
de
Administración
con
el
título
Apuntes
para
el
estudio
y
la
organización
en
España
de
las
Instituciones
de
Beneficencia
y
de
Previsión.
|
Fué
aquella
una
ardua
empresa,
reorganizadora,
en
la
que
quedó
reflejada
tanto
la
vigorosa
personali-
dad
del
entonces
Ministro,
Excmo.
Sr.
D.
Juan
de
la
Cierva,
como
la
del
Director
general
de
Administración,
en
esa
fecha,
ilustrísimo
Sr.
D.
Antonio
Marín
de
la
Bárcena;
quienes
entre
los
timbres
que
hacen
relevante
su
nombre,
merecidamente
pueden
ostentar
el
de
haber
prestado,
con
la
publicación
de
tan
notable
obra,
un
buen
servicio
al
país.
Mas,
con
ser
ésta
de
suma
importancia,
convínose
en
que,
sin
duda
alguna,
se
perdería
mucho
de
cuanto
de
la
misma
debía
esperarse
si
con
voluntad
firme,
no
se
perseveraba
en
ella,
aprovechando
sus
enseñanzas
y
acrecentándolas
con
las
que
luego
se
pudieran
deducir.
Y
con
tal
acertado
convencimiento
fué
suscrita
la
Real
orden
de
2
de
Noviembre
de
1908,
y
después
se
han
venido
consignando
anualmente,
desde
el
año
de
1910,
en
los
Presupuestos
generales
del
Estado,
cantidades
varias
con
destino
á
investiga-
ciones
é
impresión
de
la
Estadística
y
formación
del
Índice
de
la
Beneficencia.
:
Era
forzoso,
pues,
no
desvirtuar
con
una
pasividad
estéril
el
poderoso
impulso
que
á
tan
brillante
resul-
tado
había
conducido.
Demandábalo
también,
con
esas
y
otras
razones,
la
de
que,
por
ser
inagotable
la
mate-
ria,
según
oportuna
advertencia
del
Sr.
Marín
de
la
Bárcena:
«surge
á
cada
paso
la
precisión
de
recabar
nuevos
datos
para
examinar
las
fases
que
va
presentando
el
problema
y
que
extienden
constantemente
el
campo
de
acción».
>
Y,
atenióndose
en
ello
á
los
imperativos
de
la
realidad,
el
Director
general
de
Administración,
ilustrí-
simo
Sr.
D.
Luis
Belaunde
y
Costa,
al
posesionarse
por
primera
vez
del
cargo,
en
Noviembre
de
1910,
no
sólo
procuró
que
se
continuasen
los
nuevos
cuadros
estadísticos
empezados
aquel
año,
sino
que
cuando
principió
el
de
1911,
hubo
de
organizar
la
confección
de
estadísticas
6
informaciones
de
los
servicios
de
la
Beneficencia
Pública,
adoptando,
conforme
á
los
autorizados
mandatos
y
alentadores
consejos
de
los
señores
Ministros
de
este
Departamento,
la
determinación
de
que
sobre
las
valiosísimas
referencias
de
la
obra
publicada
en
1909,
con
las
modificaciones
nacidas
de
la
tarea
investigadora
efectuada,
se
proce-
diese
á
ordenar
todos
los
antecedentes
que
fuera
factible
lograr
respecto
á
la
Beneficencia
General,
Provin-
cial
y
Municipal,
demostrativos
de
su
origen,
NciBpudes
y
actual
funcionamiento.
E
igualmente,
se
sirvió
disponer
que
con
tales
antecedentes
y
los
obtenidos
acerca
de
la
Beneficencia
Particular,
se
formase
un
Mdice
general
de
Instituciones
y
Otros
auxiliares
de
localidades
y
fundadores,
para
que
juntos
se
dieran
á
la
imprenta,
si
así
se
autorizaba,
COn
las
informaciones
y
Guadros
estadísticos
antes
indicados,
y
con
otros
de
las
Cajas
de
Ahorros
y
Montes
de
Piedad
de
España,
seguidos
de
un
Apéndice
legislativo.
El
Excmo.
Sr.
D.
Antonio
Barroso,
que
era
Ministro
de
la
Gobernación
y
que
por
modo
especial
y.con
plausible
entusiasmo
había
fijado
la
extensión
de
dichos
trabajos,
así
como
los
medios
de
ejecutarlos,
los
xxaminó
detenidamente
y
les
concedió
y
otorgó
su
aprobación,
firmando
una
Real
orden
en
22
de
Diciembre
de
1912,
para
que
se
imprimieran
y
publicasen.
AS
A
1
XI
Además,
las
luminosas
iniciativas
de
los
señores
Ministros
que
han
figurado
al
frente
de
este
Ministerio,
y
el
leal
deseo
en
secundarles
de
los
Directores
generales
de
Administración,
facilitaron
y
activaron
la
incorporación
de
estadísticas
complementarias,
é
hicieron
posible
que
fueran
redactadas
distintas
informaciones
de
los
Sanatorios
antituberculosos,
del
Hospital
Hidrológico
de
Carlos
1H
y
de
las
Insti-
tuciones
benéficas
de
los
extranjeros
en
España
y
de
los
españoles
en
el
extranjero,
al
propio
tiempo
que
la
adición
de
unas
Tablas
numéricas,
por
conceptos,
de
las
Instituciones
de
Beneficencia.
Y,
por
último,
los
datos
suministrados
por
las
fundaciones
recientemente
clasificadas,
han
consentido
al
Servicio
de
Inspección
Técnica
de
Beneficencia
la
prolongación
impresa
y
publicable
de
la
Estadística,
hasta
el
31
de
Diciembre
del
año
1918.
.
]
Toda
esa
labor,
tanto
la
que
se
aprobó
en
1912,
como
la
siguiente,
ha
sido
reunida
en
tres
partes
agre-
gándole
al
final
el
Apéndice
legislativo
anteriormente
citado,
RA
RT
PREM
EES
.
A
ORGANIZACIÓN
Y
ESTADO
DE
LOS
SERVICIOS
S
DE
LA
BENEFICENCIA
-+
En
esta
primera
parte
han
sido
agrupadas
varias
informaciones
por
secciones
distintas,
y
por
este
orden:
1.”,
La
Beneficencia
General
de
España
y
su
actual
desenvolvimiento.
2.”,
La
Beneficencia
Provincial,
Mu-
nicipal
y
Particular
de
España:
Elementos
y
recursos
económicos
de
que
disponen
y
necesidades
que
satis-
face
cada
una
en
su
respectiva
esfera
de
acción.
3.,
Los
Sanatorios
antituberculosos
españoles
y
para
niños
escrofulosos
y
raquíticos.
4.9,
El
Hospital
Hidrológico
de
Carlos
III.
5.”,
Las
Instituciones
benéficas
de
los
extranjeros
en
España
y
de
los
españoles
en
el
extranjero,
ADVERTENCIA
PRELIMINAR
Al
ser
trazado
el
plan
de
esta
obra,
se
acomodó
al
pensamiento
de
que
revistiese
un
carácter
de
vasta
integración,
y
de
que
en
ella,
á
la
vez
que
se
ofreciera
una
idea
general
comprensiva
dela
Beneficencia
de
España,
se
tributase
un
homenaje
á
todo
lo
que
se
debe
á
la
caridad
española.
-
.Habíase
de
recoger
lo
ya
hecho
en
1309,
no
para
reconstruirlo,
sino
para
continuarlo
por
la
senda
de
nue-
vas
investigaciones,
que
impidieran
que
aquel
brioso
empeño
quedase
encerrado
en
un
círculo
sin
progreso.
-
Y,
en
el
intento
de
realizar
tales
propósitos,
se
creyó
que
las
informaciones
que
en
esta
parte
de
la
obra
se
incluyen
serían
acogidas
como
útiles
y
necesarias,
en
lo
que
toca
á
algunas
muy
importantes
Institucio-
nes,
y
para
el
examen
del
desenvolvimiento
de
la
Beneficencia
Pública,
y
en
forma
compendiosa
de
la
Par-
ticular,
por
lo
que
concierne
al
total
de
sus
capitales
y
rentas
y
á
la
clasificación
en
que
por
sus
distintos
fines
y
situación
ha
sido
enunciada.
-
Muchas
de
esas
informaciones
comienzan
con
menciones
históricas
que,
aunque
sin
desenterrar,
por
la
propia
índole
de
las
mismas,
todas
las
raíces
do
la
organización
benéfica
oficial,
dejan
que
se
vea
resplan-
decer,
al
través
de
unas
y
de
otras,
la
originaria
naturaleza
de
sus
elementos
más
resistentes.
Estas
men-
ciones
son
ligerísimas
en
muchos
lugares,
cuando
no
suprimidas,
por
exigir
la
busca
de
noticias
detenerse
demasiado
y
estar
esto
vedado
por
razones
de
ocasión
y
tiempo.
Así
y
todo,
no
querrá
negarse
que
representan
un
valor
cotizable
para
quienes
se
sientan
compelidos
á
un
aprendizaje
histórico
más
profundo,
con
la
aspiración
de
hallar
sólidos
cimientos
para
reformas
que
redunden
en
una
mayor
prosperidad
de
dicha
organización
benéfica.
Á
ellas
se
trasladaron
cuantos
datos
evidencian
el
estado
actual
de
los
servicios,
para
lo
cual
se
xn
redactó
un
apunte
descriptivo
del
edificio
ó
de
los
edificios
en
que
está
instalado
cada
establecimiento,
señalando
las
condiciones
higiénicas
ó
antihigiénicas
de
los
locales,
su
distribución
interior,
el
número
de
sus
salas
ó
departamentos,
la
cubicación
de
aire
de
unas
y
otros,
los
recursos
clínicos
y
terapéuticos
de
que
están
dotados,
con
expresión
de
las
mejoras
introducidas,
bien
por
nuevas
construcciones
ó
por
res-
tauración
ó
variaciones
de
las
que
ya
existían.
Asimismo
se
juzgó
pertinente
divulgar
cuanto
se
rela-
-
ciona
con
el
Gobierno
superior
é
interior
de
aquéllos;
número
de
plazas,
admisión
de
solicitantes
y
los
preceptos
que
más
caracterizan
su
régimen,
indicando
las
fechas
de
los
Reglamentos
y
demás
disposiciones
que
les
son
aplicables.
Y
también
enumerar
el
personal
de
cada
Instituto;
consignar
las
cantidades
desti.-
nadas
anualmente
para
sostenerlos;
los
bienes
y
valores
an
respectivamente
poseen
y
el
movimiento
de
asistencias.
De
los
materiales
acumulados
con
este
objeto,
algunos
se
encontraron
en
legajos
de
las
secciones
de
Beneficencia
de
este
Centro.
Otros
se
pidieron,
según
los
casos,
á
los
Gobernadores
civiles,
á
las
Juntas
provinciales
de
Beneficencia,
ó
á
los
administradores
ó
patronos
de
los
establecimientos.
Mas,
no
en
pequeño
número,
resultaron
con
exceso
defectuosos.
Pues,
si
bien
algunas
de
las
Memorias
remitidas
eran
deta-
lladas,
otras,
además
de
que
llegaron
tardíamente,
se
reducían
á
reproducir
las
ya
enviadas
en
1909,
Surgió,
por
tanto,
la
necesidad
de
luchar
con
el
obstáculo
del
dato
que
estaba
fuera
del
camino,
y
con
el
estorbo,
quizá
principal,
de
las
narraciones
erróneas
ó
fragmentarias
que
se
recibían.
Esto
retrasó
mucho,
opo-
niéndose
ála
celeridad
codiciada.
Porque,
así
como
se
requería
una
sujeción
estricta
á
los
antecedentes
aporta-
dos
en
las
Memorias,
se
imponían
también
rectificaciones
y
ampliaciones,
cuyas
escondidas
fuentes
sólo
podían
descubrirse
en
la
penumbra
de
los
archivos,
y
acaso
en
folios
ya
apolillados
de
estar
en
tan
grande
olvido.
Claro
es
que,
por
el
apremio
de
los
días,
no
siempre
se
trabajó
con
éxito,
lo
que
ha
motivado
muchas
é
involuntarias
omisiones.
Además
se
notará,
con
imparcialidad,
que
todo
se
ha
hecho
sin
entrar
en
correrías
por
reconditeces
de
ningún
género,
que
habrían
sido
impropias
de
un
libro
como
éste,
rigurosamente
admi-
nistrativo.
Lo
que
es
fácil
tenerlo
por
confirmado,
puesto
que
las
menciones
históricas
y
extensas
descrip-
ciones
se
limitan
á
aquellas
Instituciones
y
servicios
considerados
como
los
más
fuertes
y
firmes
puntales
de
la
Beneficencia
Pública.
;
)
-
En
algunas
menciones
es
verdad
que
hay
rasgos
confusos
y
hasta
obscuridades
de
redacción.
Pero
se
ha
preferido
que
así
sea,
antes
que
incurrir
en
el
atrevimiento
de
rehacer
línea
por
línea
esta,
aquella
y
la
otra
Memoria,
y
antes
que
adulterar
el
texto
de
los
documentos
y
de
las
hojas
impresas
que
se
han
copiado.
No
obstante,
los
descuidos
en
tal
concepto,
y
no
se
diga
en
cualesquiera
otros,
sólo
se
confía
que
sean
dis-
pensados
por
benevolencia;
y
esto,
si
no
se
rechaza
como
frágil
excusa,
el
haber
tenido
subordinada
la
vista
al
fondo
de
la
obra.
LA
BENEFICENCIA
GENERAL
DE
ESPAÑA
SU
ACTUAL
DESENVOLVIMIENTO
.
Indudablemente
las
informaciones
relativas
á
estos
Establecimientos
podrían
ser
más
completas.
EcIO
de
la
calidad
de
los
antecedentes
allegados
era
absurdo
aguardar
una
mayor
perfección.
Entre
ellas,
á
la
del
Hospital
del
Rey,
de
Toledo,
hay
que
unirle
como
noticia
acerca
de
su
título
y
Ori-
gen,
la
de:
que
el
primitivo
Hospital
debió
de
ser
erigido
á
fines
del
siglo
XI
(época
de
la
Conquista
de
To-
ledo
por
el
rey
Alfonso
VI
de
Castilla),
ó
principios
del
siglo
XIT,
y
que
de
los
tiempos
del
citado
Rey
data
la
fundación
de
la
Hermandad
del
Corpus
Christi,
Nuestra
Señóra
de
la
Paz
y
Señor
San
Ildefonso
(formada
por
los
caballeros,
escuderos,
hijosdalgo,
ricoshombres
y
honradas
dueñas
(y
que
se
extinguió
el
año
de
1836),
la
cual,
con
sus
recursos
propios
y
muchas
limosnas
de
los
vecinos
de
la
ciudad,
fundó
y
dotó
este
Hospital,
que
si
se
titula
del
Rey,
y
si
se
han
puesto
en
él
las
armas
reales
y
traídolas
por
insig-
nias,
sólo
se
ha
hecho
en
razón,
no
de
patronazgo,
sino
por
darle
excelencia
y
ser
como
eran
cofra-
des
los
Reyes
de
la
dicha
Cofradía
ó
Hermandad,
y
haberla
concedido
privilegios
y
donaciones.
(Todo
ello
se
colige
de
los
documentos
presentados
para
probanza
del
derecho
de
la
Hermandad,
en
pleito
sobre
la
posesión
inmemorial,
en
que
venía,
de
nombrar
Rector
y
los
demás
empleados
del
Hospital,
y
en
el
que
obtuvo
fallo
favorable
el
año
de
1612,
que
reconoció
á
la
Hermandad
ese
derecho
y
anuló
el
nombramiento
de
Rector,
que,
por
sí,
había
tenido
á
bien
hacer
el
rey
Don
Felipe
II)
Y
valgan,
tanto
unas
como
otras
indicaciones,
por
lo
que
valieren.
TT
XIV
Trátase
aquí
de
los
institutos
benéficos
que
se
sustentan
con
bienes
y
valores
del
Estado
y
hoy
son
así
clasificados
en
la
forma
prevenida
por
las
leyes.
Tienen
este
carácter
todos
aquellos
que
se
destinan
á
satisfacer
necesidades
permanentes
ó
que
reclaman
una
atención
especial.
Á
esta
clase
pertenecen
los
Establecimientos
de
locos,
sordomudos,
ciegos,
impedi-
A
:
dos
y
decrépitos.
|
Como
tales
establecimientos
de
Beneficencia
General
funcionan:
1.”,
El
Hospital
de
la
Princesa.
2.”,
El
:
Instituto
Oftálmico.
3.”,
El
Hospital-Manicomio,
de
Leganés.
4.”,
El
Manicomio
denominado
Granja
de
Nues-
h
tra
Señora
del
Pilar,
en
Zaragoza.
5.”,
El
Asilo
de
Inválidos
del
Trabajo.
6.”,
El
Colegio
de
Ciegos
de
Santa
E
Catalina
de
los
Donados.
7.”,
El
Colegio
de
Huérfanas
de
la
Unión.
8.”,
El
Hospital
de
Jesús
Nazareno,
para
'
enfermas
crónicas
incurables.
9.”,
El
Hospital
de
Nuestra
Señora
del
Carmen,
para
enfermos
crónicos
incu-
rables.
10,
El
Hospital
del
Rey,
con
destino
á
albergar
decrépitos,
inválidos
y
ciegos
de
ambos
sexos.
11,
El
,
Hospital
hidrológico
de
Carlos
III,
en
Trillo
(Guadalajara),
del
que
se
hace
información
aislada,
en
la
|
página
423
de
esta
parte
de
la
obra,
por
haber
sido
clasificado
con
el
carácter
de
general,
en
fecha
muy
'
posterior
á
la
de
la
impresión
de
las
informaciones
que
comprendían
los
establecimientos
antes
enumerados.
:
-
Estos
establecimientos,
como
es
harto
sabido,
se
hallan
bajo
la
dirección
y
administración
inmediata
de
'
la
Junta
de
Señoras,
creada
por
Real
decreto
de
27
de
Abril
de
1875
y
—4
excepción
del
Asilo
de
Invá-
lidos
del
Trabajo,
del
augusto
Patronato
(y
de
real
nombramiento
su
Junta
propia)
de
S.
M.
la
Reina
D.*
María
Cristina—,
presidida
por
S.
A. R.
la
infanta
D.*
Isabel;
Juntas
ilustres,
dignas
de
todos
los
elogios
como
justo
rendimiento
á
sus
meritísimos
desvelos,
y
con
las
cuales
colabora
celosamente
el
distinguido
y
:
renombrado
Cuerpo
facultativo
de
la
Beneficencia
General.
E
Corresponde
su
gobierno
al
Ministro
de
la
Gobernación,
y
la
tutela
y
alta
inspección,
como
Autoridad
3%
delegada,
al
Director
general
de
Administración.
E
CÓMO
CUMPLEN
ESTOS
ESTABLECIMIENTOS
EL
FIN
Á
QUE
ESTÁN
DESTINADOS
8
Bastará
una
lectura
de
esas
informaciones
para
adquirir
la
persuasión
de
que
el
Hospital
de
la
Prin-
cesa
y
el
Instituto
Oftálmico,
tanto
por
la
capacidad
de
sus
edificios
como
por
sus
recursos
médicos
y
Operatorios
són
comparables
con
los
de
fama
de
otros
países.
La
diversidad
de
sus
pabellones
y
departa-
mentos,
lo
espacioso
de
sus
galerías,
patios
y
salas,
la
aireación,
ventilación
y
luz
de
éstas
y
la
división,
por
especialidades,
de
todos
los
servicios,
permite
afirmar
que
los
mismos
se
realizan
de
modo
muy
satisfac-
torio.
Y
que
más
cumplidamente
aún
se
realizarán
por
el
Hospital
de
la
Princesa
el
día
que
sea
un
hecho
su
ampliación.
i
También
podrá
advertirse
que
el
Colegio
de
Huérfanas
de
La
Unión,
el
de
Ciegos
de
Santa
Catalina
y
el
Asilo
de.Inválidos
del
Trabajo
están
bien
instalados,
y
que
en
ellos
así
los
asilados
como
las
colegialas
y
colegiales
son
perfectamente
atendidos.
:
En
lo
que
respecta
al
manicomio
denominado
Granja
de
Nuestra
Señora
del
Pilar,
en
Zaragoza,
se
reco-
nocerá
que
ha
venido
á
despejar
la
situación
que
hacía,
no
difícil,
sino
imposible
de
momento
al
Estado
la
asistencia
de
mayor
número
de
alienados
de
los
que
ya
tenía
recluídos
en
el
Manicomio
de
Leganés.
Pues
en
el
de
Zaragoza
no
sólo
se
cuenta
con
ocho
pabellones
de
construcción
moderna
capaces
para
400
plazas,
sino
que
además
es
fácil
de
aumentar
la
parte
edificada
con
más
pabellones.
Por
lo
que
hace
relación
á
los
Hospitales
de
Incurables,
aunque
sean
calificados
de
malos
sus
emplaza-
mientos,
no
se
dudará
de
que
es
costeado
en
ellos
un
número
importante
de
plazas
y
podrá
comprobarse
que
se
atienden
sin
omitir
cuidado
alguno.
Finalmente,
serán
conocidas
las
númerosas
é
incesantes
reformas
verificadas
en
el
Manicomio
de
Leganés,
para
que
pueda
satisfacer
las
exigencias
que
la
moderna
ciencia
frenopática
impone
en
el
debido
trata-
miento
de
esos
enfermos.
LA
ACCIÓN
BENÉFICA
DEL
ESTADO
NO
SE
LIMITA
AL
SOSTENIMIENTO
DE
LOS
ESTABLECIMIENTOS
|
DE
BENEFICENCIA
GENERAL
)
OS
porque
ellos
son
los
que
en
el
aspecto
jurí-
dico,
onómico
y
administrativo,
lesificá
Mal
caráVliar
PX
NAÑO,
Sdh
orientación
del
desenvolvi-
miento
de
los
servicios
benéficos
e:
diestro
país,
podrá
ienorar
que
la
actividad
Estado
en
esto
sentido
tiene
otras
múltiples
manifestaciones.
Por
una
hermosa
y
generosa
iniciativa,
en
efecto,
de
la
Sociedad
Española
de
Higiene,
donde,
á
pro-
puesta
del
ilustre
Dr.
Tolosa
Latour,
se
discutieron
las
ideas
que
inspiraron
el
proyecto,
nació
la
ley
de
12
de
Agosto
de
1904
para
la
Protección
de
la
Infancia—la
más
perfecta
y
progresiva
de
Europa,
—que
creó
el
Consejo
superior
y
las
Juntas
provinciales
y
locales,
en
cuyas
fecundas
abnegaciones
se
ha
encontrado
re-
medio
para
tantas
y
tantas
miserias
de
la
infancia
desvalida.
El
mismo
año
de
1904,
el
Ministerio
de
la
Gobernación
encomendó
el
estudio
de
un
proyecto
de
Instituto
Nacional
de
Previsión
al
Instituto
de
Reformas
Sociales,
el
cual,
queriendo
que
su
propuesta
estuviera
asis.
tida
por
la
experiencia
de
las
instituciones
de
ahorro,
arraigadas
en
España,
promovió
la
celebración
de
la
Conferencia
sobre
Previsión
popular,
que
se
reunió
en
Madrid
en
Octubre
del
expresado
año
bajo
la
presi-
dencia
del
Sr.
D.
Gumersindo
de
Azcárate.
Y
partiendo
el
Instituto
de
Reformas
Sociales
de
las
conclusiones
de
la
citada
Conferencia,
redactó
el
proyecto
que,
presentado
á
las
Cortes
por
el
Sr.
Dávila
y
reproducido
en
1908
por
el
Sr.
La
Cierva,
fué
la
base
del
actual
Instituto
Nacional
de
Previsión;
el
que,
según
se
declara
en
Real
orden
del
Ministerio
de
Hacienda
de
12
de
Abril
de
1912,
es
una
entidad
benéfica
de
carácter
oficial
que
puede
comprenderse
entre
las
que
tienen
la
denominación
de
«Establecimientos
de
Beneficencia
general».
La
importancia
de
este
Instituto
está
juzgada
al
saber
que
ha
sido
creado
para
fomentar,
establecer
y
difundir
las
pensiones
obreras
de
retiro
en
España,
y
atender
así
á
la
necesidad
que
todos
los
Estados
van
reconociendo
de
evitar
que
los
obreros
queden
entregados
á
la
indigencia
ó
á
los
socorros
de
la
Benefi-
cencia
pública
en
los
últimos
años
de
su
vida,
ó
cuando
ya
son
incapaces
ó
poco
aptos
para
el
trabajo.
Y
más
aún
quiso
el
legislador:
quiso
que
el
Instituto
fuese
un
órgano
promotor
y
de
asesoría
del
régimen
de
pensiones
de
retiro;
y
á
sus
funciones
de
asesoría
social
responden
los
dictámenes
que
viene
dando
sobre
constitución
y
funcionamiento
de
numerosas
instituciones
de
este
objeto,
'
Con
grande
orgullo
puede
evocarse,
por
otra
parte,
el
Real
Patronato
para
la
Represión
de
la
trata
de
blancas,
creado
por
Real
decreto
de
11
de
Julio
de
1902,
y
puesto
bajo
la
protección
de
S.
M.
la
Reina
Madre
y
la
Presidencia
efectiva
de
$.
A,
R.
la
infanta
D.*
Isabel.
Nobles
anhelos
de
S.
A.
R.
la
infanta
D.*
Paz
de
Borbón
contribuyeron
poderosamente
á
que
alii
vida
este
Real
Patronato,
con
el
que
ha
quedado
asociado
el
nombre
de
nuestra
Nación
al
de
aquellas
otras
que
en
Europa
infundieron
aliento
á
esta
empresa
en
defensa
de
las
esclavas
blancas.
Cruzada
humanitaria
que
tiene
por
lema
«secundar
la
acción
del
Estado
y
estimular
el
interés
social
en
favor
de
esta
obra
reden-
tora
y
cristiana»,
para
impedir
que
la
mujer,
no
digamos
las
niñas,
continúe
al
arbitrio
de
un
vil
comercio
sin
entrañas
que
ofende
por
igual
todos
los
respetos
y
todos
los
sentimientos.
Apostolado
español
del
bien,
que
mereció
universal
aplauso
en
el
Congreso
de
París
de
1906,
y
quese
ha
mostrado
con
toda
su
grandeza
en
el
IV
Congreso
Internacional
para
la
represión
de
la
trata
de
blancas;
celebrado
en
Madrid
en
Octubre
de
1910,
que
fué
un
éxito
de
España,
al
que
prestaron
su
cooperación
con
entusiasmo
nuestro
Episcopado,
las
nuevas
instituciones
sociales,
los
Centros
docentes,
las
Sociedades
de
cultura
popular
y
las
Asociaciones
benéficas.
No
puede
dejarse
tampoco
de
mencionar
el
Patronato
Nacional
de
Sordomudos,
Ciegos
y
Anorma-
les,
que
se
creó
por
Real
decreto
de
22
de
Enero
de
1910,
pues
si
bien
su
misión,
como
la
del
Colegio
Nacio-
nal
de
Ciegos
y
Sordomudos,
parece
ser
sólo
pedagógica,
médica
y
social,
no
lo
es
menos
benéfica,
toda
vez
que
tiene
por
objeto
la
protección
de
quienes
sin
estos
auxilios
jamás
podrían
valerse
por
sí
mismos
para
realizar
los
fines
primordiales
de
la
vida.
Del
mismo
modo,
al
par
que
sanitario,
tienen
un
carácter
altamente
benéfico
la
Comisión
permanente
contra
la
tuberculosis,
creada
por
Real
decreto
de
6
de
Febrero
de
1906;
los
Sanatorios
antituberculosos
na-
cionales,
y
los
Reales
Patronatos
de
dispensarios
é
instituciones
antituberculosas
de
España,
cuya
Junta
Central
preside
5.
M.
la
Reina
D.*
Victoria
Eugenia
y
cuyo
Patronato,
en
esta
Corte,
es
ejercido
por
$.
M.
la
Reina
D.*
María
Cristina.
Además,
por
Real
decreto
de
10
de
Mayo
de
1907,
se
creó
una
Escuela
de
reforma
y
asilo
de
corrección
paternal
de
jóvenes,
denominada
del
Príncipe
de
Asturias,
y
se
determinó
que
fuese
incluída
en
los
Presu-
puestos
del
Estado
la
cantidad
de
1.000.000
de
pesetas,
distribuída
en
varias
anualidades,
para
su
cons-
trucción.
Esto
sin
relacionar
las
subvenciones
que
se
destinan
por
el
Estado
á
varios
able
anids
benéficos.
XIV
Trátase
aquí
de
los
institutos
benéficos
que
se
sustentan
con
bienes
y
valores
del
Estado
y
hoy
son
así
clasificados
en
la
forma
prevenida
por
las
leyes.
Tienen
este
carácter
todos
aquellos
que
se
destinan
á
satisfacer
necesidades
permanentes
ó
que
reclaman
una
atención
especial.
Á
esta
clase
pertenecen
los
Establecimientos
de
locos,
sordomudos,
ciegos,
impedi-
dos
y
decrépitos.
Como
tales
establecimientos
de
Beneficencia
General
funcionan:
1.%,
El
Hospital
de
la
Princesa.
2.*,
El
Instituto
Oftálmico.
3.”,
El
Hospital-Manicomio,
de
Leganés.
4.”,
El
Manicomio
denominado
Granja
de
Nues-
tra
Señora
del
Pilar,
en
Zaragoza.
5.”
El
Asilo
de
Inválidos
del
Trabajo.
6.”,
El
Colegio
de
Ciegos
de
Santa
Catalina
de
los
Donados.
71.7,
El
Colegio
de
Huérfanas
de
la
Unión.
8.”,
El
Hospital
de
Jesús
Nazareno;
para
enfermas
crónicas
incurables.
J.”,
El
Hospital
de
Nuestra
Señora
del
Carmen,
para
enfermos
crónicos
incu-
rables.
10,
El
Hospital
del
Rey,
con
destino
á
albergar
decrépitos,
inválidos
y
ciegos
de
ambos
sexos.
11,
El
Hospital
hidrológico
de
Carlos
IL,
en
Trillo
(Guadalajara),
del
que
se
hace
información
aislada,
en
la
página
423
de
esta
parte
de
la
Obra,
por
haber
sido
clasificado
con
el
carácter
de
general,
en
fecha
muy
posterior
á
la
de
la
impresión
de
las
informaciones
que
comprendían
los
establecimientos
antes
enumerados.
Estos
establecimientos,
como
es
harto
sabido,
se
hallan
bajo
la
dirección
y
administración
inmediata
de
la
Junta
de
Señoras,
creada
por
Real
decreto
de
27
de
Abril
de
1875
y
—á
excepción
del
Asilo
de
Invá-
lidos
del
Trabajo,
del
augusto
Patronato
(y
de
real
nombramiento
su
J
unta
propia)
de
S.
M.
la
Reina
D.”
María
Cristina—,
presidida
por
S.
A.R.
la
infanta
D.*
Isabel;
Juntas
ilustres,
dignas
de
todos
los
elogios
como
justo
rendimiento
á
sus
meritísimos
desvelos,
y
con
las
cuales
colabora
celosamente
el
distinguido
y
renombrado
Cuerpo
facultativo
de
la
Beneficencia
General.
Corresponde
su
gobierno
al
Ministro
de
la
Gobernación,
y
la
tutela
y
alta
inspección,
como
Autoridad
delegada,
al
Director
general
de
Administración.
CÓMO
CUMPLEN
ESTOS
ESTABLECIMIENTOS
EL
FIN
Á
QUE
ESTÁN
DESTINADOS
Bastará
una
lectura
de
esas
informaciones
para
adquirir
la
persuasión
de
que
el
Hospital
de
la
Prin-
cesa
y
el
Instituto
Oftálmico,
tanto
por
la
capacidad
de
sus
edificios
como
por
sus
recursos
médicos
y
Operatorios
son
comparables
con
los
de
fama
de
otros
países.
La
diversidad
de
sus
pabellones
y
departa-
mentos,
lo
espacioso
de
sus
galerías,
patios
y
salas,
la
aireación,
ventilación
y
luz
de
éstas
y
la
división,
por
especialidades,
de
todos
los
servicios,
permite
afirmar
que
los
mismos
se
realizan
de
modo
muy
satisfac-
torio.
Y
que
más
cumplidamente
aún
se
realizarán
por
el
Hospital
de
la
Princesa
el
día
que
sea
un
hecho
su
ampliación.
También
podrá
advertirse
que
el
Colegio
de
Huérfanas
de
La
Unión,
el
de
Ciegos
de
Santa
Catalina
y
el
Asilo
de.
Inválidos
del
Trabajo
están
bien
instalados,
y
que
en
ellos
así
los
asilados
como
las
colegialas
y
colegiales
son
perfectamente
atendidos.
En
lo
que
respecta
al
manicomio
denominado
Granja
de
Nuestra
Señora
del
Pilar,
en
Zaragoza,
se
reco-
nocerá
que
ha
venido
á
despejar
la
situación
que
hacía,
no
difícil,
sino
imposible
de
momento
al
Estado
la
asistencia
de
mayor
número
de
alienados
de
los
que
ya
tenía
recluídos
en
el
Manicomio
de
Leganés.
Pues
en
el
de
Zaragoza
no
sólo
se
cuenta
con
ocho
pabellones
de
construcción
moderna
capaces
para
400
plazas,
sino
que
además
es
fácil
de
aumentar
la
parte
edificada
con
más
pabellones.
Por
lo
que
hace
relación
á
los
Hospitales
de
Incurables,
aunque
sean
calificados
de
malos
sus
emplaza-
mientos,
no
se
dudará
de
que
es
costeado
en
ellos
un
número
importante
de
plazas
y
podrá
comprobarse
-
que
se
atienden
sin
omitir
cuidado
alguno.
Finalmente,
serán
conocidas
las
numerosas
é
incesantes
reformas
verificadas
en
el
Manicomio
de
Leganés,
para
que
pueda
satisfacer
las
exigencias
que
la
moderna
ciencia
frenopática
impone
en
el
debido
trata-
miento
de
esos
enfermos.
LA
ACCIÓN
BENÉFICA
DEL
ESTADO
NO
SE
LIMITA
AL
SOSTENIMIENTO
DE
LOS
ESTABLECIMIENTOS
|
DE
BENEFICENCIA
GENERAL
--Ha
sido
necesario
circunscribirse
á
dichos
Establecimientos,
porque
ellos
son
los
que
en
el
aspecto
jurí-
dico,
económico
y
administrativo,
clasificánse
con
tal
carácter.
Pero
nadie,
con
Orientación
del
desenvolvi-
miento
de
los
servicios
benéficos
en
nuestro
país,
podrá
ignorar
que
la
actividad
del
Estado
en
este
sentido
tiene
otras
múltiples
manifestaciones...
.
a
»
1
|
$
:
¡
.
Por
una
hermosa
y
generosa
iniciativa,
en
efecto,
de
la
Sociedad
Española
de
Higiene,
donde,
á
pro-
puesta
del
ilustre
Dr.
Tolosa
Latour,
se
discutieron
las
ideas
que
inspiraron
el
proyecto,
nació
la
ley
de
12
de
Agosto
de
1904
para
la
Protección
de
la
Infancia—la
más
perfecta
y
progresiva
de
Europa,—que
creó
el
Consejo
superior
y
las
Juntas
provinciales
y
locales,
en
cuyas
fecundas
abnegaciones
se
ha
encontrado
re-
medio
para
tantas
y
tantas
miserias
de
la
infancia
desvalida.
El
mismo
año
de
1904,
el
Ministerio
de
la
Gobernación
encomendó
el
estudio
de
un
proyecto
de
Instituto
Nacional
de
Previsión
al
Instituto
de
Reformas
Sociales,
el
cual,
queriendo
que
su
propuesta
estuviera
asis.
tida
por
la
experiencia
de
las
instituciones
de
ahorro,
arraigadas
en
España,
promovió
la
celebración
de
la
Conferencia
sobre
Previsión
popular,
que
se
reunió
en
Madrid
en
Octubre
del
expresado
año
bajo
la
presi-
dencia
del
Sr.
D.
Gumersindo
de
Azcárate.
Y
partiendo
el
Instituto
de
Reformas
Sociales
de
las
conclusiones
de
la
citada
Conferencia,
redactó
el
proyecto
que,
presentado
á
las
Cortes
por
el
Sr.
Dávila
y
reproducido
en
1908
por
el
Sr.
La
Cierva,
fué
la
base
del
actual
Instituto
Nacional
de
Previsión;
el
que,
según
se
declara
en
Real
orden
del
Ministerio
de
Hacienda
de
12
de
Abril
de
1912,
es
una
entidad
benéfica
de
carácter
oficial
que
puede
comprenderse
entre
las
que
tienen
la
denominación
de
«Establecimientos
de
Beneficencia
general»,
La
importancia
de
este
Instituto
está
juzgada
al
saber
que
ha
sido
creado
para
fomentar,
establecer
y
difundir
las
pensiones
obreras
de
retiro
en
España,
y
atender
así
á
la
necesidad
que
todos
los
Estados
van
reconociendo
de
evitar
que
los
obreros
queden
entregados
á
la
indigencia
ó
á
los
socorros
de
la
Benefi-
cencia
pública
en
los
últimos
años
de
su
vida,
ó
cuando
ya
son
incapaces
ó
poco
aptos
para
el
trabajo.
Y
más
aún
quiso
el
legislador:
quiso
que
el
Instituto
fuese
un
órgano
promotor
y
de
asesoría
del
régimen
de
pensiones
de
retiro;
y
á
sus
funciones
de
asesoría
social
responden
los
dictámenes
que
viene
dando
sobre
constitución
y
funcionamiento
de
numerosas
instituciones
de
este
objeto.
'
Con
grande
orgullo
puede
evocarse,
por
otra
parte,
el
Real
Patronato
para
la
Represión
de
la
trata
de
blancas,
creado
por
Real
decreto
de
11
de
Julio
de
1902,
y
puesto
bajo
la
protección
de
S.
M.
la
Reina
Madre
y
la
Presidencia
efectiva
de
$.
A.
R.
la
infanta
D.*”
Isabel.
Nobles
anhelos
de
$.
A.
R.
la
infanta
D.*
Paz
de
Borbón
contribuyeron
poderosamente
á
que
efi
vida
este
Real
Patronato,
con
el
que
ha
quedado
asociado
el
nombre
de
nuestra
Nación
al
de
aquellas
otras
que
en
Europa
infundieron
aliento
á
esta
empresa
en
defensa
de
las
esclavas
blancas.
Cruzada
humanitaria
que
tiene
por
lema
«secundar
la
acción
del
Estado
y
estimular
el
interés
social
en
favor
de
esta
obra
reden-.
tora
y
cristiana»,
para
impedir
que
la
mujer,
no
digamos
las
niñas,
continúe
al
arbitrio
de
un
vil
comercio
sin
entrañas
que
ofende
por
igual
todos
los
respetos
y
todos
los
sentimientos.
Apostolado
español
del
bien,
que
mereció
universal
aplauso
en
el
Congreso
de
París
de
1906,
y
quese
ha
mostrado
con
toda
su
grandeza
en
el
IV
Congreso
Internacional
para
la
represión
de
la
trata
de
blancas;
celebrado
en
Madrid
en
Octubre
de
1910,
que
fué
un
éxito
de
España,
al
que
prestaron
su
cooperación
con
entusiasmo
nuestro
Episcopado,
las
nuevas
instituciones
sociales,
los
Centros
docentes,
las
Sociedades
de
cultura
popular
y
las
Asociaciones
benéficas.
No
puede
dejarse
tampoco
de
mencionar
el
Patronato
Nacional
de
Sordomudos,
eo
y
Anorma-
les,
que
se
creó
por
Real
decreto
de
22
de
Enero
de
1910,
pues
si
bien
su
misión,
como
la
del
Colegio
Nacio-
nal
de
Ciegos
y
Sordomudos,
parece
ser
sólo
pedagógica,
médica
y
social,
no
lo
es
menos
benéfica,
toda
vez
que
tiene
por
objeto
la
protección
de
quienes
sin
estos
auxilios
jamás
podrían
valerse
por
sí
mismos
para
realizar
los
fines
primordiales
de
la
vida.
Del
mismo
modo,
al
par
que
sanitario,
tienen
un
carácter
altamente
benéfico
la
Omisión
permanente
contra
la
tuberculosis,
creada
por
Real
decreto
de
6
de
Febrero
de
1906;
los
Sanatorios
antituberculosos
na-
cionales,
y
los
Reales
Patronatos
de
dispensarios
é
instituciones
antituberculosas
de
España,
cuya
Junta
Central
preside
S.
M.
la
Reina
D.*
Victoria
Eugenia
y
cuyo
Patronato,
en
esta
Corte,
es
ejercido
por
$.
M.
la
Reina
D.*
María
Cristina.
Además,
por
Real
decreto
de
10
de
Mayo
de
1907,
se
creó
una
Escuela
de
reforma
y
asilo
de
corrección
paternal
de
jóvenes,
denominada
del
Príncipe
de
Asturias,
y
se
determinó
que
fuese
incluída
en
los
Presu-
puestos
del
Estado
la
cantidad
de
1.000.000
de
pesetas,
distribuída
en
varias
anualidades,
para
su
cons-
trucción.
Esto
sin
relacionar
las
subvenciones
que
se
destinan
por
el
Estado
á
varios
Eubloiaontos
benéficos.
A
EDITA
e
Es
A
ER
ESA
XIV
Trátase
aquí
de
los
institutos
benéficos
que
se
sustentan
con
bienes
y
valores
del
Estado
y
hoy
son
así
clasificados
en
la
forma
prevenida
por
las
leyes.
¿
Tienen
este
carácter
todos
aquellos
que
se
destinan
á
satisfacer
necesidades
permanentes
ó
que
reclaman
una
atención
especial.
Á
esta
clase
pertenecen
los
Establecimientos
de
locos,
sordomudos,
ciegos,
impedi-
dos
y
decrópitos.
Como
tales
establecimientos
de
PonñeScia
General
funcionan:
1.%,
El
Hospital
de
la
Princesa.
2.”,
El
Instituto
Oftálmico.
3.”,
El
Hospital-Manicomio,
de
Leganés.
4.”,
El
Minioo
Rió
denominado
Granja
de
Núds
tra
Señora
del
Pilar,
en
Zaragoza.
5.”,
El
Asilo
de
Inválidos
del
Trabajo.
6.”,
El
Colegio
de
Ciegos
de
Santa
Catalina
de
los
Donados.
7.*,
El
Colegio
de
Huérfanas
de
la
Unión.
8.”,
El
Hospital
de
Jesús
Nazareno,
para
enfermas
crónicas
incurables.
9.”,
El
Hospital
de
Nuestra
Señora
del
Carmen,
para
enfermos
crónicos
incu-
rables.
10,
El
Hospital
del
Rey,
con
destino
á
albergar
decrépitos,
inválidos
y
ciegos
de
ambos
sexos.
11,
El
Hospital
hidrológico
de
Carlos
HI,
en
Trillo
(Guadalajara),
del
que
se
hace
información
aislada,
en
la
página
423
de
esta
parte
de
la
obra,
por
haber
sido
clasificado
con
el
carácter
de
general,
en
fecha
muy
posterior
á
la
de
la
impresión
de
las
informaciones
que
comprendían
los
establecimientos
antes
enumerados.
Estos
establecimientos,
como
es
harto
sabido,
se
hallan
bajo
la
dirección
y
administración
inmediata
de
la
Junta
de
Señoras,
creada
por
Real
decreto
de
27
de
Abril
de
1875
y
—á
excepción
del
Asilo
de
Invá-
lidos
del
Trabajo,
del
augusto
Patronato
(y
de
real
nombramiento
su
Junta
propia)
de
5.
M.
la
Reina
D.*
María
Cristina—,
presidida
por
S.
A.
R.
la
infanta
D.*
Isabel;
Juntas
ilustres,
dignas
de
todos
los
elogios
como
justo
rendimiento
á
sus
meritísimos
desvelos,
y
con
las
cuales
colabora
celosamente
el
distinguido
y
renombrado
Cuerpo
facultativo
de
la
Beneficencia
General.
Corresponde
su
gobierno
al
Ministro
de
la
Gobernación,
y
la
tutela
y
alta
inspección,
como
Autoridad
delegada,
al
Director
general
de
Administración.
CÓMO
CUMPLEN
ESTOS
ESTABLECIMIENTOS
EL
FIN
Á
QUE
ESTÁN
DESTINADOS
Bastará
una
lectura
de
esas
informaciones
para
adquirir
la
persuasión
de
que
el
Hospital
de
la
Prin-
cesa
y
el
Instituto
Oftálmico,
tanto
por
la
capacidad
de
sus
edificios
como
por
sus
recursos
médicos
y
Operatorios
son
comparables
con
los
de
fama
de
otros
países.
La
diversidad
de
sus
pabellones
y
departa-
mentos,
lo
espacioso
de
sus
galerías,
patios
y
salas,
la
aireación,
ventilación
y
luz
de
éstas
y
la
división,
por
especialidades,
de
todos
los
servicios,
permite
afirmar
que
los
mismos
se
realizan
de
modo
muy
satisfac-
torio.
Y
que
más
cumplidamente
aún
se
realizarán
por
el
Hospital
de
la
Princesa
el
día
que
sea
un
hecho
su
ampliación.
También
podrá
advertirse
que
el
Colegio
de
Huérfanas
de
La
Unión,
el
de
Ciegos
de
Santa
Catalina
y
el
Asilo
de.
Inválidos
del
Trabajo
están
bien
instalados,
y
que
en
ellos
así
los
asilados
como
las
colegialas
y
colegiales
son
perfectamente
atendidos.
En
lo
que
respecta
al
manicomio
denominado
Granja
de
Nuestra
Señora
del
Pilar,
en
Zaragoza,
se
reco-
nocerá
que
ha
venido
á
despejar
la
situación
que
hacía,
no
difícil,
sino
imposible
de
momento
al
Estado
la
asistencia
de
mayor
número
de
alienados
de
los
que
ya
tenía
recluídos
en
el
Manicomio
de
Leganés.
Pues
en
el
de
Zaragoza
no
sólo
se
cuenta
con
ocho
pabellones
de
construcción
moderna
capaces
para
400
plazas,
sino
que
además
es
fácil
de
aumentar
la
parte
edificada
con
más
pabellones.
Por
lo
que
hace
relación
á
los
Hospitales
de
Incurables,
aunque
sean
calificados
de
malos
sus
emplaza-
mientos,
no
se
dudará
de
que
es
costeado
en
ellos
un
número
importante
de
plazas
y
podrá
comprobarse
-
que
se
atienden
sin
omitir
cuidado
alguno.
Finalmente,
serán
conocidas
las
númerosas
6
incesantes
reformas
verificadas
en
el
Manicomio
de
Leganés,
para
que
pueda
satisfacer
las
exigencias
que
la
moderna
ciencia
frenopática
impone
en
el
debido
trata-
miento
de
esos
enfermos.
LA
AODIÓN
BENÉFICA
DEL
ESTADO
NO
SE
LIMITA
AL
SOSTENIMIENTO
DE
LOS
ESTABLECIMIENTOS
DE
BENEFICENCIA
GENERAL
Ha
sido
necesario
circunscribirse
á
dichos
Establecimientos,
porque
ellos
son
los
que
en
el
aspecto
jurí-
dico,
económico
y
administrativo,
clasificánse
con
tal
carácter.
Pero
nadie,
con
orientación
del
desenvolvi-
miento
de
los
servicios
benéficos
en:
nuestro
país,
podrá
ignorar
que
la
actividad
del
Estado
en
este
sentido
tiene
otras
múltiples
manifestaciones...
PELAS
y
io
e
tU
XV
Por
una
hermosa
y
generosa
iniciativa,
en
efecto,
de
la
Sociedad
Española
de
Higiene,
donde,
á
pro-
puesta
del
ilustre
Dr.
Tolosa
Latour,
se
discutieron
las
ideas
que
inspiraron
el
proyecto,
nació
la
ley
de
12
de
Agosto
de
1904
para
la
Protección
de
la
Infancia—la
más
perfecta
y
progresiva
de
Europa,
—que
creó
el
Consejo
superior
y
las
Juntas
provinciales
y
locales,
en
cuyas
fecundas
abnegaciones
se
ha
encontrado
re-
medio
para
tantas
y
tantas
miserias
de
la
infancia
desvalida.
El
mismo
año
de
1904,
el
Ministerio
de
la
Gobernación
encomendó
el
estudio
de
un
proyecto
de
Instituto
Nacional
de
Previsión
al
Instituto
de
Reformas
Sociales,
el
cual,
queriendo
que
su
propuesta
estuviera
asis-
tida
por
la
experiencia
de
las
instituciones
de
ahorro,
arraigadas
en
España,
promovió
la
celebración
de
la
Conferencia
sobre
Provisión
popular,
que
se
reunió
en
Madrid
en
Octubre
del
expresado
año
bajo
la
presi-
“dencia
del
Sr.
D.
Gumersindo
de
Azcárate.
Y
partiendo
el
Instituto
de
Reformas
Sociales
de
las
conclusiones
de
la
citada
Conferencia,
redactó
el
proyecto
que,
presentado
á
las
Cortes
por
el
Sr.
Dávila
y
reproducido
en
1908
por
el
Sr.
La
Cierva,
fué
la
base
del
actual
Instituto
Nacional
de
Previsión;
el
que,
según
se
declara
en
Real
orden
del
Ministerio
de
Hacienda
de
12
de
Abril
de
1912,
es
una
entidad
benéfica
de
carácter
oficial
que
puede
comprenderse
entre
las
que
tienen
la
denominación
de
«Establecimientos
de
Beneficencia
general».
:
La
importancia
de
este
Instituto
está
juzgada
al
saber
que
ha
sido
creado
para
fomentar,
establecer
y
difundir
las
pensiones
obreras
de
retiro
en
España,
y
atender
así
á
la
necesidad
que
todos
los
Estados
van
reconociendo
de
evitar
que
los
obreros
queden
entregados
á
la
indigencia
6
á
los
socorros
de
la
Benefi-
cencia
pública
en
los
últimos
años
de
su
vida,
ó
cuando
ya
son
incapaces
ó
poco
aptos
para
el
trabajo.
Y
más
aún
quiso
el
legislador:
quiso
que
el
Instituto
fuese
un
órgano
promotor
y
de
asesoría
del
régimen
de
pensiones
de
retiro;
y
á
sus
funciones
de
asesoría
social
responden
los
dictámenes
que
viene
dando
sobre
constitución
y
funcionamiento
de
numerosas
instituciones
de
este
objeto,
'
Con
grande
orgullo
puede
evocarse,
por
otra
parte,
el
Real
Patronato
para
la
Represión
de
la
trata
de
blancas,
creado
por
Real
decreto
de
11
de
Julio
de
1902,
y
puesto
bajo
la
protección
de
$.
M.
la
Reina
Madre
y
la
Presidencia
efectiva
de
$.
A.
R.
la
infanta
D.*
Isabel.
Nobles
anhelos
de
S.
A.
R.
la
infanta
D.*
Paz
de
Borbón
contribuyeron
poderosamente
á
que
adquiriese
vida
este
Real
Patronato,
con
el
que
ha
quedado
asociado
el
nombre
de
nuestra
Nación
al
de
aquellas
otras
que
en
Europa
infundieron
aliento
á
esta
empresa
en
defensa
de
las
esclavas
blancas.
Cruzada
humanitaria
que
tiene
por
lema
«secundar
la
acción
del
Estado
y
estimular
el
interés
social
en
favor
de
esta
obra
reden-
tora
y
cristiana»,
para
impedir
que
la
mujer,
no
digamos
las
niñas,
continúe
al
arbitrio
de
un
vil
comercio
sin
entrañas
que
ofende
por
igual
todos
los
respetos
y
todos
los
sentimientos.
Apostolado
español
del
bien,
que
mereció
universal
aplauso
en
el
Congreso
de
París
de
1906,
y
que
se
ha
mostrado
con
toda
su
grandeza
en
el
IV
Congreso
Internacional
para
la
represión
de
la
trata
de
blancas,
celebrado
en
Madrid
en
Octubre
de
1910,
que
fué
un
éxito
de
España,
al
que
prestaron
su
cooperación
con
entusiasmo
nuestro
Episcopado,
las
nuevas
instituciones
sociales,
los
Centros
docentes,
las
Sociedades
de
cultura
popular
y
las
Asociaciones
benéficas.
No
puede
dejarse
tampoco
de
mencionar
el
Patronato
Nacional
de
Sordomudos,
Ciegos
y
Anorma-
les,
que
se
creó
por
Real
decreto
de
22
de
Enero
de
1910,
pues
si
bien
su
misión,
como
la
del
Colegio
Nacio-
nal
de
Ciegos
y
Sordomudos,
parece
ser
sólo
pedagógica,
médica
y
social,
no
lo
es
menos
benéfica,
toda
vez
que
tiene
por
objeto
la
protección
de
quienes
sin
estos
auxilios
jamás
podrían
valerse
por
sí
mismos
para
realizar
los
fines
primordiales
de
la
vida.
;
Del
mismo
modo,
al
par
que
sanitario,
tienen
un
carácter
altamente
benéfico
la
Comisión
permanente
contra
la
tuberculosis,
creada
por
Real
decreto
de
6
de
Febrero
de
1906;
los
Sanatorios
antituberculosos
na-
cionales,
y
los
Reales
Patronatos
de
dispensarios
é
instituciones
antituberculosas
de
España,
cuya
Junta
Central
preside
S.
M.
la
Reina
D.*
Victoria
Eugenia
y
cuyo
Patronato,
en
esta
Corte,
es
ejercido
por
$.
M.
la
Reina
D.*
María
Cristina.
Además,
por
Real
decreto
de
10
de
Mayo
de
1907,
se
creó
una
Escuela
de
reforma
y
asilo
de
corrección
paternal
de
jóvenes,
denominada
del
Príncipe
de
Asturias,
y
se
determinó
que
fuese
incluída
en
los
Presu-
puestos
del
Estado
la
cantidad
de
1.000.000
de
pesetas,
distribuída
en
varias
anualidades,
para
su
cons-
trucción.
:
Esto
sin
relacionar
las
subvenciones
que
se
destinan
por
el
Estado
á
varios
establecimientos
benéficos.
XVI
LA
BENEFICENCIA
PROVINCIAL,
MUNICIPAL
Y
PARTICULAR
DE
ESPAÑA
ELEMENTOS
Y
RECURSOS
ECONÓMICOS
DE
QUE
DISPONEN
Y
NECESIDADES
QUE
“SATISFACE
CADA
UNA
EN
SU
RESPECTIVA
ESFERA
DE
ACCIÓN
agrupando
en
cada
una
las
tres
clases
de
distintos
recursos
benéficos
de
que
tos
de
ingresos
y
gastos
de
ando
toda
la
Provincial
a
idea
de
unidad
al
En
esta
sección
se
ha
seguido
el
orden
alfabético
de
provincias,
Beneficencia
con
el
objeto
de
que
sean
examinados
conjuntamente
los
respectivamente
disponen,
por
lo
que
se
consignan
también
los
presupues
Beneficencia
provinciales
y
municipales.
Pudo
ser
separada
una
clase
de
otra,
coloc
aparte
de
la
Municipal,
y
ésta,
á
su
vez,
aparte
de
la
Particular.
Pero
esto
habría
roto
1
valorar
los
elementos
con
que,
para
la
realización
de
los
fines
de
Beneficencia,
cada
provincia
está
dotada.
Las
indicaciones
que
se
incluyen
sobre
extranjeros
asistidos
ponen
de
manifiesto
el
régimen
gratuito
á
merced
del
cual,
en
nuestro
país,
son
practicadas
esas
asistencias.
A
poco
de
impresos
estos
trabajos,
tan
tenido
sustitución
tres
ó
cuatro
es
vos.
Tal
ha
ocurrido
en
Bilbao,
en
San
Sebastián
y
en
alguna
otra
capital
de
provincia.
tablecimientos
por
otros
nue-
LA
BENEFICENCIA
PROVINCIAL
Esas
informaciones
comprenden
todos
los
establecimientos
que
se
sostienen
y
son
atendidos
tanto
con
ticulares,
que
fueron
á
la
bienes
de
la
Provincia,
como
con
bienes
y
rentas
procedentes
de
fundaciones
par
misma
legalmente
agregadas
con
ese
fin.
Tienen
este
carácter
aquellos
cuyo
objeto
es
el
alivio
de
1
nes;
la
admisión
de
menesterosos
incapaces
de
un
trabajo
personal
qu
sistencia,
y
el
amparo
y
la
educación,
hasta
que
puedan
vivir
por
sí
propio
ción
de
su
familia.
_Á
esta
clase
pertenecen:
1.”,
Las
Casas
de
Maternidad.
2.”,
Las
Casas
de
Expósitos,
con
sus
Hijuelas
y
Receptorías.
3.”,
Las
Casas
de
Huérfanos
y
Desamparados.
4.%,
Los
Hospicios
ó
Casas
de
Misericordia
y
sus
Hijuelas.
5.”,
Los
Hospitales
provinciales:
el
de
cada
capital
y
los
subalternos
de
distrito.
6.2,
Los
Manicomios
creados
ó
sostenidos
por
a
humanidad
doliente
en
enfermedades
comu-
e
sea
suficiente
para
proveer
á
su
sub-
s,
de
los
que
carecen
de
la
protec-
las
provincias
que
han
acudido
á
esta
necesidad,
no
tanto
por
ser
carga
de
las
mismas
el
pago
de
las
estan-
cias
de
sus
alienados,
sino
por
haber
impedido
la
constante
penuria
del
Tesoro
que
todos
estos
estableci-
mientos
corran
á
cargo
del
Estado,
conforme
á
su
clasificación,
como
de
Beneficencia
general.
|
Su
régimen
económico-administrativo
corresponde
á
las
Diputaciones
provinciales,
por
pertenecer
á
ellas
la
administración
de
los
intereses
peculiares
de
las
respectivas
provincias
y
su
fomento,
entre
los
cuales
se
encuentran
los
establecimientos
de
Beneficencia;
debiendo
contener
los
presupuestos
de
aquéllas
las
partidas
necesarias,
según
los
recursos
de
la
provincia,
para
el
personal
y
material
de
tales
estableci-
mientos.
De
ellos,
así
como
de
los
de
carácter
general,
municipal
y
particular,
ridad;
esas
santas
mujeres
que,
en
su
vocación
por
el
bien,
no
hallan
obstáculo
que
no
venzan
fácilmente,
ni
sacrificio
al
que
no
se
presten
con
valentía
y
solicitud;
que
compadecidas
del
infortunio
ajeno
hacen
la
cons-
son
el
alma
las
Hermanas
de
la
Ca-
tante
ofrenda
de
su
fervor
religioso
y
de
su
intensidad
afectiva,
en
el
alivio
de
los
dolores
humanos,
aun
en
enfermedades
tan
espantosas
como
la
lepra,
que
causan
un
invencible
horror.
ENSEÑANZAS
QUE
OFRECEN
ESAS
INFORMACIONES
Son
muy
varias,
según
cada
particularidad
que
se
examine.
No
parece
equivocado
suponer
que
será
advertido
inmediatamente
en
ellas
que
la
Beneficencia
provin-
cial
tiene
muy
importantes
establecimientos
con
todos
los
modernos
adelantos,
y
otros
que,
á
pesar
de
ON
E
e
xXvu
u
instalación
en
edificios
antiguos,
pueden
considerarse
por
sus
reformas
como
modelos
en
su
género.
Que
también
los
hay
que
siendo
excelentes
como
los
mejores,
resultan
insuficientes
por
la
excesiva
población
de
acogidos
que
se
ven
obligados
á
albergar.
Y
que
muchos.
son
buenos,
áunque
adolezcan
de
algunas
deficiencias,
entre
otras,
las
relativas
á
su
emplazamiento,
y
aun
estando
establecidos
en
viejos
conventos
ó
con
sus
servicios
confundidos,
si
bien
sería
más
ventajoso
tenerlos
emplazados
en
las
afueras
de
las
poblaciones,
que
ocupasen
locales
adecuados
y
que
no
estuvieran
confundidos
unos
con
otros,
por
cuanto
si
no
hay
necesidad
de
que
cada
establecimiento
ocupe
un
edificio
separado,
y
tampoco
se
prohibe
que
estén
reunidos,
en
todo
ó
en
parte
en
uno
solo,
dos
ó
más
de
diversa
clase,
sin
embargo—como
ya
se
dispuso—se
procurará
desde
luego,
y
en
cuanto
sea
posible,
que
las
atenciones
que
tengan
analogía
se
agrupen,
así
como
se
separen
las
contrarias.
Respecto
de
los
establecimientos
sin
buenas
condiciones
$e
ha
de
observar
que
esto
proviene
á
veces
de
los
recursos
disponibles.
E
En
otro
aspecto,
se
encontrará
que
algunas
Maternidades
están
instaladas
en
las
salas
de
los
Hospitales
provinciales
y
en
otras
Casas
de
Beneficencia,
también
provinciales,
contra
lo
conveniente
de
que
funcio-
naran
unidas
á
las
Casas
de
Expósitos,
aun
cuando
con
independencia.
>
Podrá
afirmarse,
en
cuanto
á
las
Casas
de
Expósitos,
que,
desde
luego,
varias
pueden
ser
comparadas
con
algunas
que
gozan
de
renombre
en
el
extranjero.
Pero
que
no
pocas
permanecen
situadas
en
el
interior
de
las
poblaciones,
teniendo
sus
servicios
agregados
á
los
de
otros
establecimientos
benéficos.
Y
que
si
bien
en
todas
se
prodigan
cuidados
á
estos
acogidos,
por
ser
diferente
el
resultado
de
tales
cuidados
en
unas
provincias
con
relación
á
otras,
esto
tendrá,
en
lo
posible,
su
corrección.
Igualmente,
esas
informaciones
permitirán
apreciar
que
aquellas
casas
de
Huérfanos
y
Desamparados,
y
las
de
Misericordia,
que
estaban
sujetas
á
una
reglamentación
anticuada,
la
van
modificando
acertadamente,
proporcionándose
además
instalaciones
amplias
y
creando
para
su
uso
Escuelas
bien
regidas
y
enseñanzas
.
útiles
de
oficios
en
talleres
bien
montados.
Y
se
comprobará
que
distintas
Casas
de
esta
índole
son
magnífi-
cas
y
funcionan
admirablemente.
|
|
So
Con
referencia
a
los
Hospitales
provinciales,
no
se
rehuirá
admitir
que
muchos
son
acreedores
á
alabanzas
por
su
organización
y
que
en
algunas
provincias
se
ha
iniciado
un
grande
interés
por
darles
buen
emplazamiento,
y
que
también
se
ha
adelantado
en
la
edificación
de
pabellones
para
enferme-
dades
contagiosas.
De
otros,
en
cambio,
por
fortuna
reducidos
en
su
número,
tendrá
que
decirse
que
están
de
deplorable
manera
instalados
y
mal
abastecidos
de
aguas,
siendo
sus
departamentos
y
depósitos
de
observación
de
dementes,
inaceptables;
por
más
que
todo
eso
se
va
ya
subsanando.
:
De
los
Manicomios
provinciales
será
fundado
asegurar
que
los
hay
muy
buenos
y
si
no
todos
se
hallan
organizados
perfectamente
en
todas
las
provincias,
están
atendidos
los
gastos
de
estos
servicios,
y
que
el
ré-
gimen
de
los
mismos
ha
mejorado
mucho.
Y
no
se
desconocerá
que
hay
establecimientos
con
apropiados
pa-
bellones
para
un
tratamiento
científico
de
los
alienados,
aunque
puedan
señalarse
las
faltas
que
en
otros
ha-
brán
de
ser
corregidas.
|
nl
:
+=
Esas
informaciones,
en
suma,
han
facilitado
la
confección
de
un
índice
del
desenvolvimiento
de
todos
los
servicios
provinciales,
el
cual
se
publica
á
continuación,
á
manera
de
resumen
de
los
distintos
conceptos
que
del
estado
de
dichos
servicios
ha
podido
formarse.
DESENVOLVIMIENTO
DE
ESTOS
SERVICIOS
EN
CADA
PROVINCIA
ALAVA.
Son
atendidos
estos
servicios
puede
decirse
que
con
esplendidez
y
están
muy
bien
organizados.—
ALBACETE.
Carece,
en
general,
de
buenos
locales.
—ALICANTE.
Se
les
atiende,
aunque
están
confundidos.—AL-
mería.
Están
unidos
en
un
mismo
edificio
tres
de
sus
establecimientos,
mas
no
se
deja
de
atenderlos.—ÁVILA.
No
teniendo
Asilo
de
Ancianos,
la
Diputación
costea
el
sostenimiento
de
24
de
éstos
en
la
Casa
de
Misericor-
dia
de
Santa
Teresa
de
Jesús
(Asociación
de
Beneficencia
particular).
—BADAJOZ.
Aparecen
cubiertos,
pero
con
una
elevada
mortalidad
de
expósitos.—BALEARES.
"Todos
sus
servicios
están
perfectamente
dotados
y
atendidos.—BARCELONA.
Tienen
un
gran
desenvolvimiento
y
se
ofrecen
excelentemente
organizados,
consig-
nándose
cantidades
muy
importantes
para
sus
atenciones.
—BURGOS.
Se
hallan
confundidos,
y
alguno
es
de-
ficiente.—CÁCEREs.
Cuida
de
todos;
pero,
especialmente,
de
su
Hospital.
—CÁbIZ.
Los
atiende
con
exactitud.
Canarias.
No
es
nada
floreciente
su
estado,
hallándose
confundidos
pora
escasez
de
recursos.
Alguno
de
sus
establecimientos
no
funciona
bien,
y,
en
general,
arrastran
una
vida
difícil.
—CASTELLÓN.
Parecían
estar
muy
descuidados,
pero
no
de
ahora,
que
la
Diputación
se
interesa
en
su
mejor.
funcionamiento.—CIUDAD
a
f
h
¡
f
(
|
,
XVUI
ReaL.
Les
consagra
atención
preferente,
mas
es
elevada
la
cifra
de
mortalidad
de
expósitos.—CÓRDOBA.
Es-
tán
bien
dotados,
aun
cuando
sus
establecimientos
no
son
todos
buenos,
especialmente
la
Casa
de
Expósitos,
en
la
cual
la
cifra
de
mortalidad
de
los
mismos
es
muy
elevada.—CoruÑa.
Hace
varios
años
había
desor-
ganización
en
los
servicios.
Por
este
motivo,
en
1909,
el
Gobernador,
D.
Felipe
Crespo
de
Lara,
mandó
instruir
expediente
para
depurar
responsabilidades.
Y,
por
ese
mismo
motivo,
la
Dirección
general
de
Administración,
en
el
año
de
1911,
dirigió
varias
órdenes
al
Gobernador
civil
de
la
provincia,
cncaminadas
á
la
corrección
de
las
deficiencias
que
fueren
advertidas.—CuUENCA.
Son
escasos
sus
recursos,
por
lo
que
los
servicios
encuéntranse
confundidos
en
el
establecimiento
que
posee.—GERONA.
Tienen
la
dotación
nece-
saria,
pero
los
locales
no
son
todos
capaces
para
la
población
de
acogidos
que
albergan.—GRANADA.
Alean-
zan
un
buen
desenvolvimiento,
aunque
tres
de
sus
establecimientos
están
unidos
en
un
solo
edificio,
el
cual,
como
los
demás,
ha
exigido
reformas,
—GUADALAJARA.
Se
llevan
con
exactitud
y
cuidados.
—GuUIPÚZCOA.
Á
ellos
atiende
con
gran
esmero.—HUELvVA.
Están
cubiertas
estas
necesidades,
y
es
de
esperar
que
hayan
sido
subsanadas
las
deficiencias
que
venía
ofreciendo
su
Hospital.
—Hursca.
Consigna
cantidados
suficientes,
y
se-
rían
mejor
aún
de
lo
quesonsi
no
tuviese
algunos
servicios
confundidos.
—JAÉN.
Son
llevados
con
exactitud,
pero
la
cifra
de
mortalidad
de
expósitos
es
elevada.—LEÓN.
No
es
de
las
provincias
en
que
están
más
aten-
didos,
por
más
que
en
el
Hospicio
se
registra
una
importante
y
buena
asistencia
de
asilados.—LÉrIDA.
Se
les
atiende
debidamente.—LOGROÑO.
Están
cubiertos
á
satisfacción,
pero
el
funcionamiento
de
la
Casa
de,
Beneficencia
y
de
la
Casa
de
Expósitos
no
es
bueno,
debido
á
que
se
hallan
unidos
y
á
ser
muchos
los
me-
nesterosos
que
tienen
que
albergar.—LuGo.
Es
reducido
el
desenvolvimiento
de
los
servicios
y
tiene
una
ele-
vada
mortalidad
de
expósitos.—MaADRID.
La
Diputación
consigna
en
sus
presupuestos
muy
importantes
can-
tidades
para
que
todos
los
servicios
estén
atendidos
y
cuidadosamente
satisfechas
todas
las
necesidades
de
los
establecimientos.
Y
mejorarán
los
hospitalarios
cuando
sea
creado
un
Hospital
de
epidemias.
Es
elevada
la
mortalidad
de
expósitos.
—MÁLAGA.
Están
bien
dotados,
aunque
la
cifra
de
mortalidad
de
expósitos
es
ele-
vada.—MURCIA.
Las
consignaciones
para
estos
gastos
evidencian
la
atención
preferente
que
se
presta
á
tales
servicios;
pero
en
los
cuatro
establecimientos
que
sostiene
la
Corporación
provincial
se
dejan
sentir
en
algu-
nas
ocasiones
las
escaseces
de
los
recursos
de
aquélla.
De
la
Casa
de
Expósitos
se
ha
hecho
cargo
nueva-
mente
la
Fundación
Belluga.—NAVARRA,
Atiende
con
solícito
esmero
todos
los
que
tiene
á
su
cargo.—ORENSE.
Cuenta
con
escasos
medios;
no
obstante,
ha
sabido
considerar
necesaria
la
construcción
de
un
nuevo
Hospi-
tal.
—OvieDO.
Demuestra
esta
Diputación
gran
interés
por
los
servicios
benéficos.
—PALENCIA.
Están
atendi-
dos
con
los
limitados
recursos
de
que
disponen,
debido
á
lo
cual
se
encuentran
confundidos.
—PONTEVEDRA.
Sostiene
un
establecimiento,
en
el
que
están
unidos
la
Casa-Hospicio
y
la
Inclusa.—SALAMANCA.
Hállanse
con-
fundidos,
pero
están
cuidados.
Carece
de
Hospital
provincial,
por
más
que
en
fecha
ya
lejana
haya
ostentado
á
veces
este
carácter
el
Hospital
de
la
Santísima
Trinidad,
después
benéfico-particular.—SANTANDER.
Fuera
de
desear
que
todos
los
establecimientos
á
su
cargo
llegaran
á
una
mayor
perfección;
pero
esto
depende
de
los
recursos
con
que
cuenta,
a
veces
ingresados
por
los
Ayuntamientos
con
demoras.
—SEGOVIA.
Todos
están
ins-
talados
y
atendidos
en
un
mismo
edificio.—SEvILLA.
Están
muy
bien
dotados
y
tienen
una
excelente
organi-
zación,
si
se
excluye
su
Casa
de
Expósitos,
que
era
detestable,
y
en
la
cual
la
mortalidad
de
los
mismos
llegó
a
adquirir
caracteres
de
gravedad.—SoRIaA.
Se
hallan
perfectamente
organizados,
aunque
están
establecidos
en
antiguos
conventos,
y
se
encuentran
unidos
el
Hospicio
y
la
Casa
de
Expósitos.-—TARRAGONA.
En
esta
provincia
no
es
bueno
el
estado
de
los
servicios,
á
lo
cual
no
deja
de
contribuir
la
dificultad
con
que
algu-
nos
pueblos
ingresan
lo
que
les
corresponde
por
contingente
provincial.—TERUEL.
Tiene
al
corriente
el
pago
de
todas
sus
atenciones,
mas
se
encuentran
confundidos
los
servicios.—ToLEDO.
Son
cantidades
importantes
las
que
consigna
para
estos
gastos;
pero
su
Hospital
tiene
mal
emplazamiento
y
está
constituído
por
un
con-
glomerado
de
casas
ruinosas,
y,
por
tanto,
sin
condiciones.—VALENCIA.
Puede
figurar
entre
las
provincias
que
más
se
interesan
por
estos
servicios,
pues
si
algún
establecimiento
es
insuficiente,
débese
al
crecimiento
de
habitantes
de
la
capital,
y
si
cualquier
otro
es
antiguo,
ya
se
ha
estudiado
la
manera
de
sustituirlo
por
uno
nuevo.
—VALLADOLID.
Es
una
de
las
provincias
que
más
se
preocupan
de
las
necesidades
de
esta
clase.
Sin
embargo,
tiene
unidas
al
Hospicio
la
Inclusa
y
la
Casá
de
Maternidad.—Vizcaya.
Son
atendidos
cuidadosa-
mente.
—ZAMORA.
Las
cantidades
que
se
consignan
cubren
los
gastos.
En
la
Memoria
remitida
por
el
Gober-
nador
se
indica
que
podían
y
debían
suprimirse
dos
establecimientos
de
esta
provincia,
ó
sean
los
Hospitales
de
los
distritos
de
Benavente
y
Toro,
convirtiendo
el
de
Benavente
en
Casa
de
Misericordia,
de
la
cual
se
carece,
y
el
de
Toro
en
Manicomio,
que
tampoco
existe
ninguno.—ZARAGOZA.
Podrán
consignarse
en
algu-
nas
otras
provincias
mayores
cantidades
para
estos
servicios
y
haber
establecimientos
con
más
modernos
adelantos,
pero
no
podrá
citarse
ninguna
que
supere
los
esfuerzos
de
ósta
en
bien
de
la
humanidad
doliente.
ms
”
LA
BENEFICENCIA
MUNICIPAL
Se
extienden
sus
informaciones
á
todos
los
establecimientos
y
servicios,
cuyo
sostenimiento
es
atendido
tanto
con
bienes
y
valores
de
los
Municipios
como
con
bienes
y
rentas
procedentes
de
fundaciones
particu-
lares
que
con
ese
fin
fueron
á
aquéllos
legalmente
agregados.
Tienen
este
carácter
los
destinados
á
socorrer
enfermedades
accidentales,
á
conducir
á
los
establecimien-
tos
generales
ó
provinciales
á
los
pobres
de
su
respectiva
pertenencia
y
á
proporcionar
á
los
menesterosos,
en
el
hogar
doméstico,
los
alivios
que
reclamen
sus
dolencias
ó
una
pobreza
inculpable,
Á
esta
clase
pertenecen:
1.2
Las
Casas
de
Refugio
y
de
hospitalidad
pasajera.
2.2
La
Beneficencia
domiciliaria,
que
es
la
más
importante
obligación
de
los
Ayuntamientos
respecto
á
la
Beneficencia.
En
esas
informaciones
se
verá
que
varias
municipalidades
han
dado
un
muy
notable
y
espléndido
des-
envolvimiento
á
su
organización
benéfica
y
que
tienen
establecidos
Consultorios
públicos,
Dispensarios,
Casas
de
socorro,
Farmacias
municipales,
La
Gota
de
Leche,
Casas-Hospicios
y
de
Misericordia,
Casas
de
Maternidad,
Hospitales
(que
en
determinadas
poblaciones
suplen
la
falta
ó
la
insuficiencia
de
los
provin-
ciales),
Enfermerías
municipales,
Asilos
para
pobres
y
para
la
infancia,
Hospitales-Asilos,
Colegios-Asilos,
Asilos
de
Mendicidad,
Asilos
y
Albergues
para
pobres
transeuntes
y
Asilos
nocturnos.
Algunos
de
sus
datos
parecen
demostrar,
sin
embargo,
el
abandono
en
la
actuación
benéfica
de
ciertos
Municipios,
pero
ésta
no
se
juzgará
sin
recordar
el
difícil
estado
de
las
Haciendas
locales;
pues
de
ese
difícil
estado
depende
directamente
(no
se
dirá
exclusivamente)
que
muchos
de
esos
Municipios
no
con-
sigan
llenar
de
modo
satisfactorio
todos
los
deberes
que
les
impone
el
ejercicio
de
esa
función
tutelar.
Al
conocerse,
por
consiguiente,
que
es
muy
crecido
el
número
de
localidades
que
carecen
de
estableci-
mientos
de
esta
clase,
ó
que
tienen
mal
organizados
sus
servicios,
no
se
atribuya
esto
siempre
á
descuido
en
el
cumplimiento
de
sagradas
obligaciones,
sino
á
la
pobreza
en
repetidos
casos,
de
los
recursos
que
los
Municipios
de
esas
localidades
pueden
dedicar
al
sostenimiento
de
aquéllos,
Buscando
remedio
á
estos
y
otros
males
el
Ministro
de
la
Gobernación
Excmo.
Sr.
D.
Joaquín
Ruiz
Ji-
ménez
redactó
un
proyecto
de
ley
de
Asistencia
pública,
cuya
presentación
á
las
Cortes
fué
hecha,
autorizada
por
Real
decreto
de
29
de
Mayo
de
1916.
Y
á
tal
fin
se
afirmó
en
el
proyecto
la
obligación
subsidiaria
del
Estado
para
suplir
las
deficiencias
de
los
Municipios;
se
indicaron
los
medios
prácticos
que
serían
utilizados
-
en
la
organización
de
la
Asistencia
pública;
se
estableció
el
domicilio
de
socorros
y
se
hizo
una
clasificación
de
los
necesitados,
disponiendo
el
sostenimiento
de
Hospitales
y
Asilos
en
todos
“los
Municipios,
y
que
en
las
capitales
de
provincia,
excepción
hecha
de
Madrid,
donde
ya
existen,
y
poblaciones
mayores
de
10.000
habitantes,
se
constituyesen,
bajo
la
tutela
de
sus
Ayuntamientos,
Oficinas
de
colocación,
Fondbs
de
paro
y
Mutualidades
contra
el
paro.
Cuál
sea
en
tada
Municipio
la
actual
organización
de
estos
servicios
se
detalla
en
el
lugar
correspon:
diente
á
cada
provincia,
en
esta
sección
de
la
primera
parte
de
la
obra.
Con
el
objeto,
sin
embargo,
de
que
pueda
indagarse
rápidamente
cómo
se
encuentran
atendidas
en
algunos
de
ellos
estas
necesidades,
y
ya
que
no
se
disponga
de
un
mayor
espacio
para
formular
todos
los
juicios
que
se
deducen
de
estas
informaciones,
se
incorpora,
como
se
hizo
al
tratar
de
los
servicios
provinciales,
un
resumen
general,
en
el
que
se
agrupan,
por
sus
fines
y
objetos
benéficos,
los
establecimientos
municipales.
GRUPOS,
POR
SU
DISTINTO
FIN
Y
OBJETO,
DE
LOS
ESTABLECIMIENTOS
BENÉFICOS
QUE
SOSTIENEN
LOS
MUNICIPIOS
DE
LAS
CAPITALES
Tienen
Hospitales
municipales:
Vitoria,
Barcelona
(uno
de
infecciosos),
Burgos,
Coruña,
San
Sebastián,
Lérida,
Lugo,
Pontevedra,
Santander
(pabellón
de
infecciosos)
y
Segovia.
Casas
de
socorro
municipales,
las
hay
en
las
capitales
que
siguen:
Alicante,
Almería,
Palma
(Baleares),
Ciudad
Real,
Córdoba,
Coruña,
Granada,
San
Sebastián
(tres),
Huelva,
Jaén,
Madrid
(16,
incluídas
las
sucur-
sales),
Málaga
(tres),
Oviedo,
Palencia,
Salamanca,
Santander,
Segovia,
Sevilla
(cinco),
Soria,
Teruel,
Valen-
cia
(cuatro),
Valladolid,
Bilbao
(dos)
y
Zaragoza.
:)
XX
Además
de
las
consultas
gratuitas
establecidas
en
varias
de
las
Casas
de
Socorro
citadas,
sostienen
otros
Consultorios
públicos
municipales:
Barcelona,
Madrid,
Tarragona,
Valencia,
Valladolid,
Zamora
y
Bilbao.
Costean
Dispensarios
municipales:
Alicante
(uno
antituberculoso),
Barcelona
(13
y
uno
de
embarazadas
pobres)
y
Castellón.
Con
carácter
municipal
funciona
la
Institución
la
Gota
de
Leche:
en
Vitoria,
Logroño,
Madrid,
Salamanca
|
y
Valladolid.
Además
en
Barcelona
hay
una
Casa
municipal
de
lactancia.
S
Cuentan
con
Casas-Hospicios,
de
Refugio
y
Misericordia
municipales:
Vitoria,
Barcelona,
Burgos,
San
.
Sebastián,
Lugo,
Pamplona
y
Zaragoza.
Cádiz
y
Coruña
sostienen
Casas
de
Maternidad
municipales.
Asilos
para
pobres
son
costeados
por
los
Municipios
de:
Barcelona,
Cádiz
(uno
para
la
infancia),
Cór-
a
doba,
Lérida,
Logroño,
Santander
y
Valencia
(uno
de
lactancia).
]
En
Madrid
hay
un
Colegio-Asilo
municipal
y
en
Bilbao
otro.
Sostiener
Asilos
municipales
de
Mendicidad:
Coruña,
León
y
Sevilla.
Asilos
nocturnos
municipales:
Barcelona
(tres),
Madrid,
Valencia
y
Bilbao.
Albergues
municipales
para
transeuntes:
Cuenca,
Lérida
y
Sevilla.
GRUPOS.
POR
SU
DISTINTO
FIN
Y
OBJETO,
DE
LOS
ESTABLECIMIENTOS
BENÉFICOS
QUE
SOSTIENEN
Ó
SUBVENCIONAN
LOS
DEMÁS
MUNICIPIOS
DE
CADA
PROVINCIA
Ab
-Sostienen
ó
subvencionan
Hospitales
los
Municipios
de:
Amurrio,
Antoñana,
Apellaniz,
Arraya,
Bernedo,
18
Elciego,
Labastida,
Laguardia,
Lanciego,
Lapuebla
de
Labarca,
Nanclares,
Orbiso,
Salvatierra
y
Villamañe,
q
de
la
provincia
de
Álava.—Almansa,
de
Albacete.-—Alcoy,
Benisa,
Callosa
de
Segura,
Catral,
Elche,
Jávea,
Í
¿0
Ondara,
Orihuela,
Pedreguer,
Pego,
Sax
y
Villena,
de
Alicante.—Cuevas
de
Vera
y
Vera,
de
Almería
E
ARE
a
burquerque,
Almendralejo,
Azuaga,
Fuente
de
Cantos,
Fuente
del
Maestre,
Los
Santos,
Llerena
y
Montijo,
s.—Arenys
de
Mar
y
Sitges,
de
Barcelona.—Va-
MS
lencia
de
Alcántara,
de
Cáceres.—Alcalá
de
los
Gazules,
Jerez
de
la
Frontera,
La
Línea
de
la
Concepción,
Mos
Olvera,
Puerto
de
Santa
María,
Sanlúcar
de
Barrameda
y
Villamartín,
de
Cádiz.—Santa
Cruz
de
la
Palma,
Icod
1
>
y
Arrecife,
de
Canarias.
—Almazora,
Burriana,
Morella,
Segorbe,
Villarreal
y
Vinaroz,
de
Castellón.—Alma-
|
¡EN
dén,
de
Ciudad
Real.—Puente
Genil,
de
Córdoba.—Muros
y
Ortigueira,
de
Coruña.—Bañolas,
Camprodón,
o
Cassá
de
la
Selva,
Olot,
Palafrugell,
Ribas,
Ripoll,
San
Feliú
de
Guixols
y
Santa
Coloma
de
Farnés,
de
Ge-
3
|
o
rona.—Alhama,
Almuñécar,
Illora,
Montefrío
y
Motril,
de
Granada.—Jadraque
y
Molina
de
Aragón,
de
Gua-
$
dalajara.
—Arechavaleta,
Elgueta
y
Hernani,
de
Guipúzcoa.
—Albelda,
Alcolea
de
Cinca,
Almudévar,
Alque-
o
ó
zar,
Arén,
Benabarre,
Fraga,
Graus,
Monzón
y
Tamarite,
de
Huesca.—Alcalá
la
Real,
Alcaudete,
Andújar,
"A
Baeza,
Bailén,
Beas
de
Segura,
Cabra
del
Santo
Cristo,
Cazorla,
Iruela,
Jódar,
Linares,
Martos,
Porcuna,
3
hs
ed
Quesada,
Valdepeñas,
Villacarrillo
y
Villanueva
del
Arzobispo,
de
Jaén.—Bustillo
de
Cea,
de
León.—Ager,
A
A
Bn
x
Agramunt,
Balaguer,
Borjas
Blancas,
Guisona,
Seo
de
Urgel,
Tárrega
y
Torregrosa,
de
Lérida.—Arnedo,
A
AS
Calahorra,
Foncea,
Fuenmayor
y
San
Asensio,
de
Logroño.—Mondoñedo,
Monforte,
Ribadeo,
Sarria
y
Vi-
A
vero,
de
Lugo.—Arganda,
Colmenar
de
Oreja,
Chinchón,
Navalcarnero,
Torrelaguna
y
Villarejo
de
Salva-
*
nés,
de
Madrid.—Alora,
Antequera,
Archidona,
Estepona
y
Vélez
Málaga,
de
Málaga.—Águilas
y
Cehegín,
de
Murcia.—Arguedas,
Cascante,
Estella,
Los
Arcos,
Puente
la
Reina,
Tafalla
y
Tudela,
de
Navarra.—Verín,
8
de
Orense.—Gijón,
Llanes
y
Villaviciosa,
de
Oviedo.—Astudillo,
Becerril
de
Campos,
Fuentes
de
Nava,
Piña
E
de
Campos
y
Saldaña,
de
Palencia.—Vigo
y
Bayona,
de
Pontevedra.—Peñaranda
de
Bracamonte,
de
Sala-
Ñ
manca.—Castro-Urdiales,
de
Santander.—San
Ildefonso
y
Sepúlveda,
de
Segovia.—Cazalla
de
la
Sierra,
p
Constantina,
Morón
de
la
Frontera,
Alcalá
de
Guadaira,
Carmona,
Écija
y
Utrera,
de
Sevilla.—Almazán,
de
E:
Soria.—Reus,
Valls
y
Tortosa,
de
Tarragona.—Alcañiz
y
Montalbán,
de
Teruel.—Albaida,
Algemesí,
Carca-
gente,
Cullera,
Chelva,
Játiva,
Oliva,
Ollería,
Onteniente,
Puebla
Larga,
Sagunto,
Sueca
y
Villar
del
Arzo-
bispo,
de
Valencia.—Berriz,
Carranza,
Gorliz,
Múgica,
Ochandiano,
Orduña,
San
Salvador
del
Valle,
Triano
y
Yurreta,
de
Vizcaya.—Carbajales
de
Alba,
Corrales,
Fuentelapeña,
Fuentesaúco,
Morales
de
Toro
y
Villal-
pando,
de
Zamora.—Aguarón,
Alagón,
Almonacid
de
la
Sierra,
Ariza,
Belchite,
Brea,
Calatayud,
Calatorao,
ESO
de
los
Caballeros,
Farlete,
Quinto,
Ricla,
Sos,
Tarazona,
Tauste,
Uncastillo
y
Zuera,
de
Zaragoza.
de
.
Existen
Hospitales-Asilos
municipales:
en
Llodio,
de
Álava.—Alcaraz
y
Hellín,
de
Albacete.—Alcázar
de
e
Mo
Ces
San
J
uan
y
Campo
de
Criptana,
de
Ciudad
Real.—Eibar,
Elgoibar,
Mondragón,
Oñate,
Tolosa
y
Villafranca,
a
e
A
A
nn
A
o
o
XXI
de
Guipúzcoa.—Liria,
de
Valencia.
—Busturia,
Durango,
Guecho,
Ondárroa,
Santurce
y
Sestao,
de
Vizcaya.
Hay
Enfermerías
municipales:
en
Villaviciosa
de
Odón.
de
Madrid,
y
en
Jumilla,
de
.Murcia.
Atienden
al
sostenimiento
de
Casas
de
Socorro,
los
Mu
nicipios
de:
Chipiona
y
Jerez
de
la
Frontera,
de
Cádiz.—Nerva,
Trigueros
y
Zalamea
la
Real,
de
Huelva.—Linares,
de
Jaén.—Gijón,
de
Oviedo.—Vigo,
de
Pontevedra.
"Tienen
Casas-Hospicios,
de
Beneficencia,
de
Caridad
y
Misericordia,
municipales:
Orihuela,
de
Alicante.
Felanitx,
Mahón,
Sinéu
y
Sóller,
de
Baleares.—Mataró,
de
Barcelona.—Almagro
y Herencia,
de
Ciudad
Real.—Ferrol,
Noya
y
Santiago,
de
Coruña.—Andoaín,
Azcoitia,
Deva,
Motrico,
Urnieta,
Usurbil,
Y
ergara,
Villabona,
Zarauz,
Zumárraga
y
Zumaya,
de
Guipúzcoa.
—
Tormantos,
de
Logroño.—Elizondo,
de
Navarra.
Osorno,
de
Palencia.—Reus
y
Valls,
de
Tarragona.
—Játiva,
Mogente
y
Onteniente,
de
Valencia.—Elorrio
y
Plencia,
de
Vizcaya.—Villavendimio,
de
Zamora.
Cuentan
con
Asilos
municipales
para
pobres:
Artá,
de
Baleares.
—Daimiel
Oyarzun,
Rentería
y
Tolosa,
de
Guipúzcoa.
—Antequera,
de
Málaga.—Cartagena,
de
Murcia.—Vigo,
de
Pontevedra.—Tortosa,
de
Tarragona.—Cheste
y
Gandía,
de
V
alencia.—Abadiano,
Ceberio
y
Galdames,
de
y
Tomelloso,
de
Ciudad
Real.
Vizcaya.
;
Asilos
municipales
de
pobres
transeuntes,
hay:
en
Acered,
Aguilón,
Aranda,
Azuara,
Biel,
Clarés,
El
Burgo,
Fabara,
Fuentes
de
Ebro,
La
Zaida,
Lécera,
Longares,
Morata
de
Jalón,
Navardún,
Paniza,
Tierga,
Torralba
de
los
Frailes,
Torrecilla
de
Valmadrid
y
Torrijos,
de
Zaragoza.
El
Municipio
de
Jerez
de
la
Frontera
(Cádiz)
sufraga
los
gastos
de
un
Asilo
nocturno.
LA
BENEFICENCIA
PARTICULAR
as
del
desenvolvimiento
de
la
Las
breves
anotaciones
que
constan
en
cada
provincia
como
demostrativ
ibieron
en
el
año
de
1912,
Beneficencia
que
ostenta
esta
denominación
de
Particular
eran,
cuando
se
escr
reveladoras
de
una
buena
parte
del
altísimo
tesoro
de
piedad
que
se
debe
al
sentimiento
caritativo
de
los
españoles.
'
Sabido
es
que
se
consideran
como
Instituciones
de
esta
clase
los
establecimientos
Ó
Asociaciones
per-
manentes
destinados
á
la
satisfacción
gratuita
de
necesidades
intelectuales
ó
físicas,
como
Escuelas,
Cole-
gios,
Hospitales,
Casas
de
Maternidad,
Hospicios,
Asilos,
Manicomios,
Pósitos,
Montes
de
Piedad,
Cajas
de
Ahorros
y
otros
análogos,
y
las
fundaciones
sin
aquel
carácter
de
permanencia,
aunque
con
destino
seme-
jante,
conocidas
comúnmente
con
los
nombres
de
Patronatos,
Memorias,
Legados,
Obras
y
Causas
Pías.
Pero
exigiéndose
como
condiciones
indispensables
para
que
puedan
ser
clasificadas
como
tales
que
hayan
sido
creadas
y
dotadas
con
bienes
particulares,
y
que
su
patronazgo
y
administración
fueran
ó
estén
regla-
mentados
por
los
respectivos
fundadores,
ó
en
nombre
de
éstos,
y
confiados
en
igual
forma
á
Corporacio-
nes,
Autoridades
ó
personas
determinadas.
Asimismo,
no
es
ignorado
que
las
facultades
necesarias
para
que
sea
cumplida
la
voluntad
de
los
fundadores
de
estas
Instituciones,
corresponden
al
Protectorado
del
Gobierno
en
la
Beneficencia
particular,
el
cual
es
ejercido
por
el
Ministro
de
la
Gobernación
y
por
el
Director
general
de
Administración,
y
repre-
sentado
por
los
Gobernadores
civiles.
Y
que
para
los
servicios
centrales
funcionan
en
este
Ministerio
la
lla-
mada
Sección
de
Beneficencia
particular,
la
Asesoría
jurídica,
á
cargo
de
Abogados
del
Estado,
y
el
Servicio
de
Inspección
Técnica
de
Beneficencia;
al
tiempo
que
como
organismos
auxiliares
propios
existen,
además
de
la
Junta
Superior
de
Beneficencia,
las
Juntas
provinciales
y
municipales,
con
la
cooperación
de
los
Abo-
gados
de
Beneficencia.
;
Dichas
Instituciones
de
Beneficencia
particular,
en
resúmenes
tan
concisos
mencionadas
por
la
especial
naturaleza
de
esta
obra,
son
un
blasón
honrosísimo
de
nuestra
patria.
Si
hubiera
sido
posible
sustraerlas
á
la
sequedad
y
aridez
de
las
cifras
y
de
los
índices,
y
de
las
rotulaciones
estadísticas,
no
poco
orgullo
experi:
meontaría
por
ello
la
Administración.
Porque
esas
páginas
habían
de
resultar
ennoblecidas
con
el
testimo:1io
del
fecundo
y
gigantesco
esfuerzo
que
incesantemente
realiza
nuestra
Caridad
privada.
:
Cierto
que
algunas
de
esas
Instituciones
que
tuvieron
un sun
hoy,
por
el
peso
de
los
siglos,
reliquias
lastimosas;
per
mejores
días,
aun
tienden
al
menesteroso
sus
manos
conso
tra
una
existencia
desgarrada
por
menoscabo
de
sus
capitales.
Cierto,
tam
de
algunos
malos
patronos
han
sido
ruinosas
para
otras.
Mas
¿acaso
n
tuoso
pasado,
podrá
decirse
que
sólo
son
o
no
es
menos
cierto
que,
con
el
mismo
anhelo
de
sus
ladoras.
Indudable,
que
un
grupo
de
ellas
arras-
bién,
que
la
codicia
y
la
incuria
o
son
ciertos
y
certísimos,
los
XXII
abundantes
é
inestimables
frutos
de
los
varios
millares
de
Instituciones
—aún
excluídas
esas
antes
seña-
|
ladas,—que'una
caridad
inextinguible
ha
sembrado
y
siembra
ansiosamente
por
toda
España,
desde
la
más
|
rica
y
populosa
ciudad
á
la
más
pobre
aldea?
Con
la
diversidad
de
sus
fines
propios,
tan
varios
y
diferentes
en
gran
número,
llegan
á
todas
las
regio-
nes
de
la
miseria.
Y
obedeciendo,
como
obedece
esta
misma
diversidad,
á
consideraciones
del
sentimiento,
|
nO
Son
ni
pueden
ser
influídas
en
la
práctica
por
los
mismos
principios
que
rigen
la
Beneficencia
oficial.
Por
|
esto,
el
Protectorado
del
Gobierno,
al
cumplir
con
ellas
su
misión,
se
limita
á
amparar
sus
fuerzas
latentes,
|
con
lo
cual
contribuye
no
sólo
á
la
consecución
de
su
objeto,
sino
á
su
progreso.
El
hecho
de
no
tener
fronteras
y
el
de
no
tener
restringido
sus
dominios,
no
es
dudoso
que
han
favo-
recido
siempre
su
expansión
beneficiosa.
Y
por
estimar
que
en
nada
modifican,
esos
hechos,
se
sustentan
como
legítimas
las
aspiraciones
que
procuran
una
confluencia
entre
la
acción
social,
la
previsora
y
la
bené-
fica,
y
tan
legítima
como
ésas,
la
encaminada
á
lograr
una
alianza
ó
concentración
entre
la
Beneficencia
hl
Pública
y
la
Particular,
que
haga
más
enérgica
y
eficaz
la
actuación
de
ambas.
¡
También,
aungue
en
muy
distinto
sentido,
pero
esto
con
el
aplauso,
ya
de
antiguo
otorgado
hasta
por
5
quienes
lo
regatean
á
la
concentración
aludida,
se
sostiene,
y
hay
que
afirmarlo
así,
que
debe
ser
fomen-
tada
toda
iniciativa
en
estas
Instituciones,
que
pretenda
unificar
y
coordinar
sus
actividades
en
las
respec-
|
tivas
localidades
en
que
radiquen,
con
una
organización
(como
la
existente
con
éxito
en
otros
países),
en
1
la
que,
conservando
cada
una
su
independencia
é
individualidad,
se
eslabonen
sus
Voluntades
para
la
'l
-
realización
del
fin
benéfico:
siempre
con
un
respeto
absoluto
para
la
libertad
de
hacer
el
bien,
mas
no
para
la
libertad
de
distribuir
socorros
arbitrarios,
caprichosos,
sin
información
alguna,
posponiendo
los
verdaderos
indigentes
y
los
desvalidos
á
los
profesionales
de
la
impostura;
mendigos
disfrazados,
como
ellos
explotadores
de
la
piedad,
que
convertidos
en
parásitos
de
estas
Instituciones
embarazan
su
5
acción.
A
Mas
con
ser
exacto
que
esa
coordinación
equivaldría
á
un
cerco
material
y
espiritual
que
estrecharía
al
Ñ
pauperismo,
alcanzando
que
éste
decreciese,
por
un
máximo
rendimiento
de
los
recursos
económicos
y
mo-
»
rales
de
tales
Instituciones;
esto,
en
nada
contradice
la
aseveración
contenida
en
los
precedentes
renglones,
Al
cuando
se
habla
del
fecundo
y
gigantesco
esfuerzo
que
incesantemente
realiza
nuestra
Caridad
privada,
y
LOS
SANATORIOS
ANTITUBERCULOSOS
DE
ESPAÑA
Y
PARA
NIÑOS
ESCROFULOSOS
Y
RAQUÍTICOS
Además
de
un
elemento
científico
capital,
siendo
los
Sanatorios
en
la
lucha
contra
el
escrofulismo
y
la
tuberculosis,
instituciones
caritativas,
de
un
elevado
fin
humanitario,
no
podía
dejarse
de
registrar
el
grato
acontecimiento
de
haberse
pasado
ya,
en
este
orden,
del
período
de
preparación,
á
realidades
que
nos
hacen
honor.
E.
.
Todas
las
clases
sociales,
en
efecto,
están
interesadas
en
la
gran
Obra
antituberculosa,
y
con
las
recauda-
ciones
de
las
Fiestas
de
la
Flor,
se
han
creado
varios
Sanatorios,
cuyos
beneficios
no
necesitan
ser
ponderados.
Muy
pronto
en
España
estas
Instituciones
tendrán,
si
no
el
desenvolvimiento
que
se
anhela,
al
menos
uno
bastante
grande,
porque
el
Estado,
así
como
llevó
su
esfuerzo
á
la
creación
de
los
Sanatorios
Marítimos
Na-
cionales
que
sostiene,
seguramente
en
cuanto
disponga
de
recursos,
ha
de
intensificar
su
aceión,
contribu-
yendo
á
la
instalación
de
otros.
Y
Á
la
vez,
la
propaganda
infatigable
del
Real
Patronato
Central
de
dispensarios
6
instituciones
antitubercu-
losas
de
España
y
el
ardoroso
celo
del
Comité
permanente
contra
la
tuberculosis,
han
de
hacer
mucho
por
AN
su
parte,
para
que
sean
creados
nuevos
establecimientos
de
esta
clase.
Y
la
caridad
particular,
como
siempre
lo
evidenció,
no
ha
de
quedarse
atrás
en
fin
tan
noble.
Sa
o
e
NN
A
AAA
AAA
A
A
O
xxIrn
-
EL
HOSPITAL
HIDROLÓGICO
DE
CARLOS
lll
maciones
de
los
Establecimientos
de
Beneficencia
general,
ninguna
razón
había
Redactadas
extensás
infor
ológico
de
Trillo,
al
ser
clasificado
éste
como
esta-
que
justificase
la
omisión
de
la
referente
al
Hospital
Hidr
blecimiento
de
ese
mismo
carácter.
LAS
INSTITUCIONES
BENÉFICAS
DE
LOS
EXTRANJEROS
EN
ESPAÑA
Y
DE
LOS
ESPAÑOLES
EN
EL
EXTRANJERO
ios
países
para
investigar
En
los
Congresos
y
Conferencias
de
carácter
internacional,
celebrados
en
var
ción
constante
analizar
las
mejores
soluciones
al
problema
de
la
asistencia
á
los
extranjeros,
ha
sido
ocupa
cómo
están
cubiertos
los
riesgos
sociales
(enfermedades,
invalidez,
ancianidad
y
paro
forzoso),
de
los
extran-
jeros,
en
cada
país.
Y
si
mucha
importancia
se
ha
concedido
en
este
concepto
á
la
respectiva
legislación
de
los
Estados,
no
es
poca
la
atención
que
se
ha
venido
consagrando
á
cuanto
afecta
al
desarrollo
de
las
Instituciones
creadas
en
los
diferentes
países
por
quienes
en
ellos
tienen
la
condición
de
extranjeros.
Pues
de
la
existencia
6
ausencia
de
estas
Instituciones,
derívase
la
posición
de
desvalimiento,
ó
por
el
contrario
de
amparo
y
pro-
tección,
del
que
se
encuentra
en
tierras
extrañas,
en
que
no
es
asimilado
al
nacional,
cuando
se
ve
caído
en
la
indigencia.
Revestía,
por
consiguiente,
interés
que
fue
España,
como
las
de
los
españoles
en
el
extranjero;
y
que
servirá
para
adquirir
una
idea
acerca
de
las
mismas.
“an
conocidas
las
instituciones
benéficas
de
los
extranjeros
en
en
armonía
con
ese
interés,
hase
formado
una
sección
PARTE
SEGUNDA
ÍNDICES
DE
LA
BENEFICENCIA
Con
un
Índice
general
de
Instituciones,
otros
de
Adiciones
y
Rectificaciones,
de
Localidades
y
de
Fun-
dadores,
y
unas
Tablas
numéricas.
ADVERTENCIA
PRELIMINAR
Entre
los
admirables
trabajos
realizados
en
este
Centro,
durante
los
años
de
1908
y
1909,
sobresalieron
los
del
Índice
especial
de
regularización
de
la
Beneficencia
particular.
En
la
Memoria,
nunca
bastante
elogiada,
que
se
publicó
el
último
de
dichos
años,
expr
ya
nombrado
Sr.
Marín
de
la
Bárcena,
que
el
convencimiento
de
que,
el
Protectorado
se
mantendría
ejercitando
sus
facultades
tan
sólo
á
instancia
de
parte,
invertida
la
gestión,
recibiendo
impulso
en
vez
de
imprimir
todas
las
necesidades
satisfechas,
previstas
todas
las
atenciones
y
puntualizadas
aquellas
que
en
pr
esaba
su
autor,
el
á
pesar
de
las
reformas
implantadas,
lo,
y
alejado
de
la
posibilidad
de
conocer
constantemente
si
están
imer
lugar
a
ie
XXIV
le
importan
y
que,
prescindiendo
del
interés
particular
de
las
fundaciones
ó
del
provincial
en
cuanto
al
con-
junto
de
ellas,
requieren
determinaciones
de
carácter
general,
ya
para
ulteriores
fines,
ya
para
el
cumpli-
miento
de
las
adoptadas,
fué
lo
que
motivó
la
formación
de
este
Índice
especial.
«La
multitud
de
patronatos
desconocidos
(se
decía
en
aquella
Memoria)
abandonados,
servidos
interina
mente
por
las
Juntas,
en
vías
de
regularización,
en
litigio,
afectados,
en
fin,
de
las
varias
contingencias
que
ocasiona
su
institución;
las
incidencias
de
los
capitales
constituídos
por
inscripciones
de
la
Deuda,
valóres
mercantiles,
créditos,
fincas
urbanas
y
rústicas,
censos
y
otros
derechos
reales;
la
aplicación
de
los
productos
respectivos
que
implican
las
gestiones
necesarias
para
convertir
en
títulos
intransferibles
ó
al
portador
capi-
tales
ó
intereses
que
hayan
de
destinarse
á
aumen
ar
el
fundacional
ó
á
satisfacer
necesidades
indispensables
para
el
funcionamiento
de
la:
Obra
pía,
y
el
cuidado
anejo
de
que
en
las
operaciones
encomendadas
á
los
Patronatos
no
puedan
sufrir
desmembración
los
bienes
por
indebida
aplicación
de
ellos,
ó
por
el
abono
de
honorarios
ó
derechos
devengados
en
sus
respectivos
expedientes;
la
transformación
del
capital
consistente
en
inmuebles
para
dar
cumplimiento
á
repetidas
y
previsoras
disposiciones
que
ordenaron
su
venta
y
la
inversión
de
los
productos
en
láminas
intransferibles,
requieren
constante
y
solícita
atención,
y
lo
propio
acontece
respecto
á
censos
y
derechos
reales,
que
forman
en
general
enredada
madeja
é
improductiva
fuente
-
de
ingresos,
y
en
cuanto
á
la
consiguiente
derivación
de
expedientes
para
tasación
de
bienes,
subastas,
ete.
Y,
por
último,
la
materia
de
cuentas,
base
primordial
para
el
funcionamiento
de
la
Beneficencia,
que
su-
pone
no
interrumpida
labor
de
confrontación
y
revisión
de
las
Instituciones
que
cumplen
ó
no
periódica-
mente
este
deber,
á
fin
de
obligar
con
frecuencia
á
quienes
se
nieguen,
y
el
anotar
é
inspeccionar
las
que
sólo
están
obligadas
á
justificar
el
cumplimiento
de
cargas
fundacionales
y
cómo
lo
efectúan,
exige
conoci-
miento
exacto
de
las
que
están
en
cada
caso,
de
la
satisfacción
que
dieron
á
sus
deberes,
y
de
las
fechas
en
que
lo
efectuaron.
>»
Para
todo
esto
y
para
otras
gestiones
igualmente
necesarias,
no
bastan
inteligencia,
memoria
ni
voluntad
firmes,
ni
pueden
snplirlas
sino
una
legión
de
empleados
que
constantemente
mantuvieran
abiertos
y
en
mo-
vimiento
los
expedientes
para
su
continua
revisión,
si
posible
fuera
dedicarlos
á
esta
tarea
y
encontrarlos
en
gran
número
con
condiciones
de
aptitud
para
llenar
su
cometido,
pues
de
no
ser
así,
la
colección
de
legajos
ordenados
y
clasificados
constituyendo
un
verdadero
archivo
no
habla
ni
estimula,
ni
excita,
ni
despierta
ideas
ni
el
cumplimiento
de
deberes,
y
representa
tan
sólo
un
depósito
de
antecedentes,
á
los
que
se
acude
cada
vez
que
las
necesidades
lo
demandan.
>»¿Y
cuándo
tiene
conciencia
de
esta
necesidad
el
Protectorado
y
de
sus
peculiares
deberes?
»ll
conocimiento
exacto
en
todo
momento
de
las
necesidades
de
cada
fundación
en
los
variados
elementos
que
la
integran
y
de
los
medios
para
atenderlas
con
la
prontitud
y
eficacia
que
esta
obra
requiere,
no
puede
en
manera
alguna
obtenerse
sino
simplificando
el
despacho
de
expedienies
y
ordenándolos
y
resumiéndolos
de
tal
suerte
que
puedan
ser
examinados
ó
revisados
á
centenares
cada
día,
y
ello
constituirá
la
conciencia
del
Protectorado
que
hoy
sólo
se
despierta,
por
regla
general,
á
instancia
de
parte;
porque
acontece,
y
la
práctica
asílo
ha
demostrado
al
Director
general,
que
la
mejor
voluntad,
estimulada
ó
constreñida
por
exci-
taciones,
cuestiones
ó
accidentes
que
hacen
fijar
la
atención
sobre
determinados
expedientes,
no
basta
en
todos
los
casos
para
perseverar
en
el
camino
ó
tarea
vigorosamente
emprendido,
porque
otras
excitaciones
6
estímulos
análogos
ensanchan
constantemente
el
campo
de
la
atención,
ésta
proporcionalmente
se
debilita,
y
los
múltiples,
varios
y
complejos
incidentes
extraños
á
la
Beneficencia
que
embargan
el
tiempo
y
la
acti-
vidad
en
cargos
de
esta
naturaleza,
lo
mismo
en
quien
dirige
que
en
sus
auxiliares,
imposibilitan
en
absoluto
-
€l'que
de
una
manera
metódica,
constante,
pueda
llevarse
á
cabo
la
labor
que
envuelven
aquellas
cuestio-
nes
indicadas.
|
>
Y
como
era
materia
tan
importante,
tan
vital
para
el
ejercicio
del
Protectorado,
una
vez
persdatido
de
ello,
preocupado
hondamente
con
la
resolución,
fueron
reunidos
los
expedientes
que
obraban
en
el
Minis-
terio,
y
completada
la
organización
del
Archivo,
se
éxamjnaron
uno
por
uno
más
de
13.000
levajos
y
expe-
dientes,
reduciendo
cada
uno
de
éstos
á una
ficha
ó
tarjeta
fácilmente
revisable
y
que
comprende
los
princi-
pales
conceptos
que
reclaman
atención
y
dan
á
conocer
el
estado
de
la
fundación
en
sus
líneas
generales
y
se
agrupan
aparte,
pero
con
relación
á
dicha
tarj
eta
matriz,
cada
uno
de
los
conceptos
que
exigen
revisión
frecuente
ó
periódica
inspección,
á
fin
de
tener
á
la
mano
y
al
momento
todos
los
expedientes
de
las
fun-
daciones
de
Beneficencia,
para
saber,
con
el
solo
examen
de
la
ficha,
las
necesidades
esenciales
y
aun
acci-
dentales
que
las
aquejan.
>La
tarjeta
ó
ficha
matriz
y
las
ocho
auxiliares
van
ordenadas
alfabéticamente
por
provincias,
pueblos
y
nombres
de
los
fundadores.
A
E
id
E
e
td
XXV
»Las
matrices
contienen
el
objeto
de
la
fundación,
nombre
de
los
Patronos,
capital
fundacional
y
en
qué
consiste,
clasificación
de
la
Institución,
estado
de
sus
cuentas,
j
ustificación
de
las
cargas
fundacionales,
bie-
nes
y
láminas
pendientes
de
investigación
ó
emisión,
si
funcionan
ó
no
normalmente,
si
están
pendientes
de
regularización,
número
del
expediente
respectivo,
y
las
indicaciones
convenientes
para
saber
á
simple
vista
la
procedencia
de
los
datos
reunidos,
cuando
no
sea
necesario
el
expediente.
:
>La
tarjeta
matriz,
que
tiene
carácter
permanente,
cuenta
con
las
mencionadas
auxiliares
en
número
igual
á
los
conceptos
que
expresa,
según
lo
exijan
todos
ó
alguno
de
ellos,
con
el
propósito
de
utilizarlas
mientras
se
remedia
ó
atiende
la
necesidad
que
las
motiva.
,
Así,
pues,
la
fundación
que
actúa
normalmente,
y
que
no
ha
menester
determinación
alguna,
en
los
mo-
mentos
presentes
se
reduce
á
lo
que
exprese
la
tarjeta
matriz;
y
en
aquellas
otras
que
la
necesitan,
se
anotan
los
datos
precisos
para
resolver
separadamente
cada
una
de
las
cuestiones
á
que
se
refieran
aquellos
con-
ceptos.
La
última
cuenta
rendida
por
una
fundación,
v.
gr.,
leva
la
fecha
de
1905,
que
se
anota
en
la
matriz;
y
como
es
necesario
cuidar
de
que
cumpla
esa
obligación,
se
saca
la
tarjeta
auxiliar,
limitada
exclusivamente
al
concepto
de
cuentas,
y
en
ella
se
reproduce
la
fecha
de
la
rendida
y
se
consignan
las
observaciones
perti-
nentes
al
caso,
si
á
ello
hubiere
lugar;
y
siguiendo
igual
sistema
respecto
á
todas
las
fundaciones
que
estén
en
análogo
caso,
resulta
formado
un
índice
especial
para
esta
materia
que
en
breves
momentos
da
á
conocer
cuántas
son
en
cada
provincia
y
en
qué
pueblos
las
fundaciones
á
que
es
necesario
reclamarlas,
y
ello
puede
hacerse
en
brevísimos
días
respecto
á
todas
las
de
España
que
retrasan
ú
omiten
esa
obligación,
aunque
fue-
ran
muchas,
acudiendo
á
la
Junta
de
Patronos
y
al
Gobernador
civil;
y
recibida
la
contestación,
si
ella
no
ultima
el
servicio,
se
anota
en
la
ficha;
y
si
la
cuenta
se
rinde
y
aprueba,
desaparece
la
auxiliar,
y
la
anota-
ción
hecha
en
la
matriz
1905,
según
el
ejemplo
propuesto,
se
rectifica
consignando
1909,
lo
que
significa
que
en
el
año
actual
no
ha
menester
providencia
en
este
concepto
ó
materia
la
respectiva
fundación.
La
tarjeta
auxiliar
lleva
en
la
cabeza
la
inscripción
de
meses
y
días,
y
un
pequeño
registro
metálico
movible
colocado
sobre
la
fecha
en
que
se
realiza
el
servicio
puede
bastar
como
noticia
de
ello,
á
fin
de
advertirlo
4
primera
vista,
así
como
la
necesidad
de
recordarlo
ó
reiterarlo,
-
»El
mismo
sistema
se
ha
seguido
respecto
á
los
demás
conceptos
de
cada
fundación,
agrupando
las
inci-
dencias
por
capitales,
de
tal
modo,
que
permita
examinar
y
resolver
cuanto
se
refiera
á
conversiones
de
títu-
los
de
la
Deuda,
inversión
en
estos
valores
de
otros
bienes,
venta
de
los
inmuebles
que
no
sean
precisos'á
las
Instituciones,
y
lo
propio
en
todo
lo
que
demande
cada
uno
de
los
repetidos
conceptos.
»Para
facilitar
aún
más
los
trabajos,
se
indica
por
medio
de
registros
metálicos
en
las
tar
todo
aquello
que
conduce
á
saber
con
una
ojeada
la
situación
especial
en
que
se
encuentra
la
fundación,
y
colocado
un
pequeño
registro
de
metal
sin
color
á
la
izquierda
de
la
papeleta
significa
que
ésta
contiene
una
fundación
inactiva,
que
no
tiene
bienes
ó
ellos
son
menores
de
125
pesetas,
y
duplicándolo
en
el
propio
lugar
muestra
que
no
pasa
de
tantas
pesetas,
y
otro
registro
de
mayor
tamaño
y
en
el
cual
puede
anotarse
canti”
dades,
expresa
que
se
trata
también
de
fundación
inactiva
cuyos
bienes
exceden
de
tantas
pesetas,
anotadas
en
forma
perceptible
á
primera
vista;
y
con
igual
ó
parecido
sistema,
á
voluntad
de
quien
dirija
el
índice,
y
según
las
cuestiones
que
parezca
conveniente
examinar
en
cada
período
por
el
concepto
que
se
tenga
Ó
se
forme
de
su
importancia,
puede
apuntarse
fácilmente
todo
lo
que
precisa
resolver.
»Do
igual
modo,
por
el
propio
procedimiento,
y
merced
á
registros
del
color
de
las
fichas
auxiliares,
se
indica
ó
se
puede
indicar
en
las
matrices
que
las
respectivas
obras
pías
tienen
incidencias
pendientes
que
exigieron
la
saca
de
aquéllas,
como
en
el
caso
antes
mencionado
de
las
cuentas,
avisando,
por
consiguiente,
jetas
matrices
dicha
señal
que
la
fundación
tiene
pendiente
el
arreglo
de
sus
cuentas,
la
justificación
del
cumplimiento
de
cargas,
etc.,
etc.,
y
se
hace
desaparecer
cuando
se
regulariza
el
respectivo
concepto.
»El
índice
se
completa
ó
rectifica,
adicionando
á
él
la
tarjeta
matriz,
cuando
se
tenga
conocimiento
de
la
constitución
de
una
obra
pía,
bien
porque
reclamen
los
Patronos
su
clasificación
en
sentido
de
benéficas,
'Ó
porque
el
Notario,
Registrador
de
la
Propiedad,
Liquidador
de
derechos
reales
ó
los
particulares
den
cuenta
de
su
existencia,
incorporándose
entonces
á
la
provincia
y
pueblo
respectivo;
y
de
modo
análogo
toda
fun-
dación
que
se
declara
extinguida
y
causa
baja
determinará
la
exclusión
de
la
tarjeta
respectiva,
inutilizán-
dola
ó
conservándola
en
lugar
aparte,
y
anotando
constantemente
en
las
matrices
las
incidencias
que
lo
arse
siempre
al
día
el
estado
de
cuantas
fundaciones
integren
la
Beneficencia
en
requieran,
puede
llev
España.
»Gon
este
sencillo
procedimiento
se
tienen
á
mano
todos
los
expedientes
y
sus
incidencias
clasificadas
y
¡gir
al
índice
una
ojeada
para
saber
si
actúa
bien
ó
mal
rá
el
ideal
que
de
las
tarjetas
matrices
metodizadas,
y
basta
abrir
las
cajas
respectivas
y
dir
la
fundación
y
cuáles
son
las
cuestiones
que
á
cada
una
afectan,
y
se
e
ES
a
e
er
a
XXVI
desaparezca
el
bosquecillo
de
registros
metálicos
que
hoy,
desgraciadamente,
se
forma,
y
que
las
cajas
de
las
papeletas
auxiliares
se
aligeren
ó
queden
vacías;
y
mientras
esto
no
acontezca,
como
la
vista
diaria
del
estado
de
las
fundaciones
patentiza
la
imperfección
de
su
funcionamiento
é
indica
los
trabajos
á
realizar,
ello
será
el
estímulo
y
acicate
de
quien
dirija
el
servicio
y
la
voz
de
la
conciencia
del
Protectorado.
>»Este
no
puede
tener
así
excusa
para
vigilar,
inspeccionar,
dirigir
y
regularizar
el
estado
de
las
funda-
ciones,
y
cuando
se
trate
de
alguna
de
gran
importancia
por
sus
bienes,
por
los
fines
que
realiza
ó
por
las
circunstancias
extraordinarias
que
atraviese
y
exijan
especial
atención,
con
agregar
á
la
tarjeta
algún
regis-
tro
especial
tendrá
previsto
y
evitado
el
estrago
que
otros
quehaceres
ú
ocupaciones
causen
en
la
atención
y
en
la
memoria.
:
>
Y
vendrá,
por
último,
la
noticia
y
la
referencia
de
las
notas
mencionadas
con
las
relativas
á
títulos
6
lá-
minas
desaparecidas
y
las
que
pendan
de
emisión
en
la
Dirección
de
la
Deuda,
y
para
ello
están
recogidos
también
los
antecedentes
necesarios,
que
permiten
regularizar
tan
importante
servicio
en
pro
de
las
Institu-
ciones
benéficas.»
Como
se
ve
claramente,
ese
Índice
es
un
Índice
especial,
directivo.
Las
causas
que
han
motivado
el
que
se
forme,
los
datos
que
en
el
mismo
constan,
los
fines
que
se
han
perseguido,
su
mecanismo
y
funciona-
miento,
demuestran
hasta
la
saciedad
que
fué
creado
para
normalizar
los
servicios.
Esas
fichas
son
«la
voz
de
la
conciencia
del
Protectorado»,
según
expresión
exacta
de
su
ilustre
ordena-
dor.
La
voz
que
dice
dónde
hay
un
abandono
peligroso
para
las
fundaciones;
la
voz
que
llama
á
la
defensa
pronta
de
los
bienes
en
litigio;
que
da
el
alerta
cuando
algún
Patrono
descuida
sus
deberes
patronales;
que
acusa
las
negligencias
de
este
ó
aquel
organismo;
que
despierta
las
energías
adormecidas;
que
muestra
el
cauce
por
donde
debe
ir
la
acción
administrativa;
que
imprime
vigor
á
los
servicios
de
vigilancia
y
de
inspección.
Voz
imposible
de
desoir
sin
cerrar
á
ella
los
oídos
del
celo
y
de
la
atención
diligente,
porque
en
las
cajas
de
ese
Índice
está
viva
constantemente,
levantando
su
clamor.
,
Significó,
pues,
un
gran
acierto
su
organización.
Él
ha
podido
ser
y
es
el
carril
por
el
cual
marchan
los
estímulos
del
Protectorado.
Y,
por
entenderse
así,
vienen
incorporándosele
cuantos
antecedentes
se
refieren
á
las
fundaciones
ulteriormente
clasificadas,
tanto
de
las
antiguas
comprendidas
ya
en
el
mismo
y
de
las
de
esa
clase
que
en
él
no
aparecían,
como
de
las
recientemente
instituídas.
Los
Índices
de
Beneficencia
que
en
la
segunda
parte
de
esta
obra
ahora
se
publican
tienen
finalidad
muy
distinta
de
la
del
Índice
regularizador,
reconocido
como
fundamental
en
la
actuación
del
Protectorado.
Estos
otros
no
han
de
hacer
sentir
su
influencia
en
la
vida
interna
de
las
fundaciones.
En
la
función
administrativa,
encaminada
á
servir
el
interés
público,
sin
duda
aquel
debe
ocupar
lugar
preeminente,
por
cuanto
de
su
activa
utilización
dependerá
á
veces
el
cumplimiento
de
las
cargas
benéficas
establecidas
por
los
fundadores.
Pero
esto
no
podrá
jamás
ser
opuesto
á
la
gestión
que
avance
al
encuentro
de
ese
interés
público
para
mejor
servirlo
y
atenderlo.
Decididamente,
el
interés
público
está,
en
que
subsistan
y
se
perpetúen
las
fundaciones,
pero
también
está
en
que
su
existencia
no
le
sea
desconocida,
si
ha
de
poder
dirigirse
á
ellas
en
demanda
de
los
auxilios
que
ofrecen
al
cuerpo
social.
Muy
útil
es
que
todas
las
fundaciones
se
regularicen;
mas
si
al
tiempo
de
regulari-
zarlas
siguiesen
siendo
ignoradas
por
el
país,
la
actuación
del
Protectorado
resultaría
incompleta.
En
este
respecto,
la
implantación
de
cuantos
servicios
tiendan
á
satisfacer
dicho
público
interés
corres-
ponde
á
la
Administración,
y
en
ésta
al
Protectorado
del
Gobierno
en
la
Beneficencia
particular;
pues
como
al
mismo
le
incumbe
procurar
por
todos
los
medios
que
sea
cumplida
la
voluntad
de
los
fundadores,
nece-
sariamente
todo
lo
que
á
ello
contribuya
es
de
su
competencia,
Y
más
aún
se
comprenderá
así,
teniendo
en
cuenta
que
el
contribuir
á
ese
fin
no
se
contiene
únicamente
en
los
trámites
del
expedienteo,
aunque
éste
sea
inevitable
y
forzoso
para
el
régimen
legal
de
las
fundaciones;
supuesto
que
lo
contrario
sería
deprimir
la
elevada
misión
del
Protectorado,
la
cual
ha
de
desenvolverse
fuera
de
la
órbita
simplemente
burocrática
si
se
quiere
que
la
tutela
que
ejerce
sea
beneficiosa,
en
igual
grado
que
á
las
propias
fundacio-
nes,
á
las
conveniencias
legítimas
y
generales
de
la
sociedad.
:
XXVII
“*
Con
tal
criterio
no
se
vaciló
en
formar
los
Índices
de
Beneficencia
y
las
Tablas
numéricas
que
se
inclu-
yen.
Al
tratar
de
cada
uno
de
esos
trabajos
se
explicarán
las
razones
que,
en
consonancia
con
todo
lo
'antés
expuesto,
han
justificado
su
publicación.
.
ÍNDICE
GENERAL
DE
LAS
INSTITUCIONES
DE
BENEFICENCIA
EN
ESPAÑA
En
muchas
capitales
de
España
y
en
algunas
de
sus
otras
grandes
poblaciones
son
más
frecuentes
de
lo
que
generalmente
se
creen,
casos
semejantes
al
citado
por
más
de
un
escritor,
ocurrido
á
Taine,
de
haber
éste
pasado
en
vano
muchos
días,
buscando
una
institución
que
protegiese
á
una
mujer
impedida,
por
la
que
se
interesaba.
-
La
mayoría,
en
efecto,
de
los
habitantes
ó
vecinos
de
cada
localidad
sólo
tiene
una
idea
vaga
de
las
Ins-
tituciones
benéficas
que
en
la
misma
radican;
y
«bastantes,
cuyos
nombres
están
en
todas
las
bocas,
son
en
gran
número
desconocidas,
hasta
de
aquellos
que
podrían
socorrerlas».
El
grave
daño
que
esto
representa,
sería
disparatado
pensar
que
se
sustraiga
á
los
ojos
de
nadie.
Lo
habréis
tocado
en
innumerables
ocasiones:
Al
acercarse
á
vuestra
puerta
un
pobre
incurable
que,
por
no
haber
con-
seguido
refugio
en
los
establecimientos
oficiales,
quería“suplicaros
que
le
dijeseis
dónde
podría
cobijarse.
Oyendo
á
la
madre
que
rogaba
le
mostrasen
un
Hospital
para
su
hijo
epiléptico.
Cuando
deseasteis
hallarle
un
sitio
de
honesto
amparo
á
la
huérfana
que
se
le
cerró
la
entrada
en
los
Asilos
públicos,
por
estar
cubiertas
todas
las
plazas.
Ante
el
abandono
de
la
parturiente
sin
recursos
y
sin
envolturas
siquiera
para
el
recién
nacido.
En
el
instante
de
escuchar
á
aquél
expósito
estudioso,
que
aspiraba
noblemente
á
seguir
una
ca-
rrora,
y
preguntaba
qué
Institución
benéfica
podría
otorgarle
ese
auxilio.
Cuantas
veces
quisisteis
indicar
á
un
desvalido
convaleciente
una
Casa
de
Caridad
en
que
convaleciera.
El
día
en
que
os
suplicó
un
honrado
trabajador
que
le
indicaseis
qué
Institución
le
prestaría
instrumentos
para
su
trabajo.
Al
ver
la
viuda
enferma
que
os
pedía
que
le
dieseis
el
nombre
de
una
institución
que
aliviase
su
desgracia.
Y,
en
cien
y
cien
casos
más,
cuando
esos
dolientes
necesitados
os
decían
que
irían
á
buscar
alguna
de
esas
Instituciones
donde
existiese.
Pues
vosotros
experimentaríais
entonces
un
movimiento
de
amarga
contrariedad
al
no
poderles
guiar
tal
vez
á
ninguna
de
esas
Instituciones,
ignorando
como
ellos
en
dónde
encontrarían
el
bien
de
caridad
que
imploraban.
Para
las
gentes
que
se
imaginan
disponer
de
las
más
felices
soluciónes
en
todo,
tal
estado
de
cosas
no
constituye
preocupación.
Á
la
postre,
es
posible
que
con
enviar
al
menesteroso
de
aquí
para
allí,
de
ceca
en
meca,
en
triste
peregrinación
y
en
terrible
éxodo,
eso
les
baste
para
sentirse
satisfechas.
Las
Autoridades,
las
Corporaciones
y
muchos
espíritus
esclarecidos
de
los
más
importantes
países
de
nl
ropa
y
de
América,
han
pensado
y
sentido
de
otra
manera.
Y
á
esto
se
debe
que,
no
sólo
en
las
grandes
ca-
pitales,
sino
también
en
otras
numerosas
poblaciones,
del
extranjero;
unas
veces
por
la
Autoridad
local;
otras,
por
las
Asociaciones
ó
Federaciones
de
obras
filantrópicas;
otras,
por
eminentes
sociólogos,
hayan
sido
publicados
interesantes
Índices,
perfectos
Repertorios
y
extensos
Catálogos
de
las
Instituciones
de
Be-
neficencia.
Que
ha
sido
algo
parecido
á
lo
que
aquí
en
España
han
hecho:
D.
Ramón
Albó
Martí
(La
caridad,
-
su
acción
y
organización
en
Barcelona,
1901,
en
8.*);
D.
Segundo
Berasátegui
y
Montes
(Historia
y
situación
actual
de
la
Beneficencia
de
San
Sebastián,
1894,
en
8.%);
D.
Francisco
Collantes
de
Terán
(Los
estableci-
mientos
de
caridad
de
Sevilla,
1886,
en
8,”);
D.
Juan
Falero
(Madrid:
Sus
instituciones
de
Beneficencia):
don
Leonardo
Galdiano
y
Croy
(Breve
Tratado
de
los
Hospitales
y
Casas
de
Recogimiento
de
esta
Corte,
que
an-
dan
y
se
gobiernan
por
la
protección
del
Consejo,
1677);
D.
M.
González
Sugrañes
(Mendicidad
y
Beneficencia
en
Barcelona,
1903,
en
4.*);
el
R.
P.
Manuel
Luna
(La
Caridad
en
Madrid,
ó
sea,
Guía
de
pobres
y
de
hienhe-
chores
en
el
conocimiento
de
las
Instituciones
de
Caridad
y
de
Beneficencia
existentes
en
Madrid,
1907,
en
8.
menor);
D.
Ramón
de
la
Sagra
(Establecimientos
de
Beneficencia
de
la
villa
de
Madrid,
publicada
en
francés),
y
D.
Eduardo
Vincenti
y
Reguera
(La
Caridad
en
Madrid,
Guía
de
los
Establecimientos
benéficos
oficiales
y
privados,
Recopilación
que
para
conocimiento
general
de
todas
las
clases
sociales
publica
D.
E.
V.,
Alcalde
de
Madrid,
1906,
en
4.”
menor.)
Esto
sin
olvidar
el
libro
«Madrid,
caritativo
y
benéfico,
noticia
de
las
obras
de
Caridad
y
Beneficencia
existentes
en
Madrid
y
sus
cercanías.
Guía
indispensable
de
pobres
y
bien-
hechores.—Madrid:
Imprenta
de
Gregorio
Juste,
1875,
en
8,”»,
ni
tampoco
uno
publicado
sobre
las
Institu-
ciones
de
Zaragoza,
y
alguno
que
otro
de
más
de
una
población
de
menor
entidad.
-podía
responder
suficientemente
XX
vr
Y
en
los
trabajos
españoles
ya
antiguos,
como
en
los
más
modernos,
en
todos
ha
presidido
la
misma
idea
6
idóntico
propósito
que
en
los
del
extranjero,
ó
sea,
facilitar
el
acceso
del
indigente
á
las
instituciones
creadas
para
favorecerlo,
orientándole
hacia
quienes
pueden
ser
sus
protectores
y
concederles
caritativo
acogimiento
en
su
aflictiva
ó
difícil
situación.
Y
pensando
también
en
los
bienhechores,
«á
fin
de
que
cada
uno,
en
la
hora
que
tenga
para
hacer
el
bien,
disponga
de
un
consejero
y
un
guía»,
y
«con
el
objeto
además
de
que
en
el
momento
mismo
en
que
el
corazón
siente
el
impulso
de
la
caridad,
encuentre
fácil
su
reali-
zación».
:
Con
todo
esto,
los
trabajos
verificados
en
España,
y
los
á
quo
antes
se
aludió,
del
extranjero,
no
se
ex-
tendían
más
que
á
determinadas
capitales
ó
ciudades.
Y
en
lo
que
á
España
más
concretamente
se
refiere,
aun
estimándolos
como
muy
meritorios,
so
reducían
á
ser,
salvo
algunas
excepciones,
reseñas
históricas,
cuando
no
meros
indicadores,
de
las
Instituciones
que
contaban
con
establecimientos
para
el
cumplimiento
de
su
respectivo
destino
benéfico.
De
esos
indicadores
aislados,
de
esta
y
la
otra
localidad,
venían
gica.
Pero
en
aquella
nación,
tan
amante
de
propagar
y
fomentar
sus
maravillosas
Instituciones
de
asisten-
cia
social,
llegó
á
comprenderse
que
se
debía
acometer
resueltamente
la
ejecución
de
una
obra
que
con-
tuviera,
con
una
nomenclatura
completa,
toda
la
geografía
benéfica
del
país.
Y
de
ello
nació
el
publicar
ese
curiosísimo
volumen,
que
lleva
por
título:
BELGIQUE
CHARITABLE.
haciéndose
algunos
muy
buenos
en
Bél-
EL
PROTECTORADO
TENÍA
QUE
PUBLICAR
ESTE
ÍNDICE
GENERAL
aun
no
había
gorminado
en
España
ninguna
iniciativa
análoga.
Y
así
anza
de
que
alguna
vez
el
esfuerzo
particular,
oso
campo
de
nuestra
caridad
un
Años
después
de
impresa
esa
obra,
fuó
transcurriendo
el
tiempo,
aunque
sin
perderse
la
esper
quizá
estimulado
por
el
ejemplo
belga,
procuraría
cosechar
en
el
anchur
igual
fruto.
Entretanto,
el
Protectorado
de
de
que
su
actuación
había
de
aparecer
cercenada
y
como
mutilad
de
las
Instituciones
benéficas.
Y
de
ahí
la
penosa
labor
realizada
hasta
lo
tica,
en
1909.
Pero
una
Estadística,
aun
con
sus
br
1
Gobierno
en
la
Beneficencia
particular
se
persuadía
con
la
mayor
firmeza
a
mientras
no
se
difundiese
el
conocimiento
grar
la
publicación
de
la
Estadís-
eves
enunciados
y
con
sus
cuadros
de
capitales
y
rentas,
siendo
muy
importante
para
la
Administración,
para
el
legislador
y
para
los
proyectos
sociales
de
los
Gobiernos,
no
á4
la
necesidad
tan
hondamente
sentida
de
que
el
objeto
de
todas
las
Ins-
tituciones
fuera
divulgado,
no
con
la
divulgación
lacónica
que
reclama
un
encasillado
estadístico,
sino
con
todos
los
datos
necesarios
para
que
sean
conocidos:
el
título
respectivo
de
cada
Institución;
sus
fundadores;
sus
fines
propios
y
especiales
debidamente
especificados;
las
condiciones
impuestas
para
el
disfrute
de
sus
beneficios;
la
naturaleza,
cuantía
y
extensión
de
éstos;
la
fecha
de
su
concesión,
caso
de
que
estuvieso
fijada;
los
Reglamentos
que
las
rigen,
los
nombres
y
cargos
de
sus
patronos,
y
donde
sus
Juntas
de
gobierno
(cuando
no
se
tratase
de
establecimientos)
se
encontraban
domiciliadas.
:
Había
un
llamamiento
del
interés
público
que
sólo
tenía
una
contestación:
la
formación
de
ese
Índice;
y
abstenida
y
evidentemente
ausente,
como
lo
estaba
la
iniciativa
privada,
no
quedaba
otro
recurso,
sino
que
el
Protectorado
llegase
adonde
aquélla
no
había
llegado.
No
por
ninguna
aventura
del
capricho,
abrazado
á
la
artificiosa
suposición
de
una
necesidad
ficticia,
sino
por
una
exigencia
conminatoria
de
la
realidad,
á
la
cual
no
se
podía
volver
la
espalda.
Porque
así
como
fué
respetable
el
fuero
de
la
Administración
para
confec-
cionar
una
Estadística
y
para
formar
un
Índice
regularizador,
en
ficheros,
con
destino
á
los
trabajos
admi-
nistrativos,
también
tenía
que
serlo
el
deber
en
que
se
halla
el
Protectorado
de
servir
y
atender
el
inte-
rés
público,
haciéndole
una
demostración
general,
dotallada
y
completa
(en
la
medida
inmediatamente
po-
sible)
de
los
servicios
que
el
Estado,
la
Provincia,
el
Municipio
y
la
Caridad
privada,
han
creado
y
tienen
establecidos
para
socorrer
en
su
indigencia
á
las
clases
pobres.
3
$
TER
O
E
A
A
——
XXIX
LOS
MATERIALES
DEL
ÍNDICE.—DEFICIENCIAS
DEL
MISMO
Estimada
como
indiscutible
la
necesidad
de
formar
tal
Índice,
había
que
afrontar
ese
trabajo.
Y
al
em-
prenderlo,
no
cabía
sino
aceptar
los
medios
más
prácticos
para
su
ejecución.
De
un
lado,
se
reconoció
la
conveniencia
de
consultar
expediente
por
expediente
de
las
Instituciones,
tanto
los
que
existen
en
los
Negociados
de
Derecho
y
de
Contabilidad,
en
la
Sección
de
Beneficencia
par-
ticular,
de
este
Centro,
como
los
que
se
custodian
en
el
Archivo
general
de
la
Beneficencia
de
España.
Se
sabía
que
esos
expedientes
arrojarían
mucha
luz
en
la
formación
de
un
buen
Índice.
Pero
para
efectuar
estas
tareas
con
presteza
se
necesitaba
cierto
número
de
funcionarios,
y
no
sólo
competentes,
sino
muy
com-
penetrados
con
estos
asuntos.
Y
el
problema
estribaba
en
que,
por
la
distribución
del
personal,
sólo
podía
contarse
en
aquel
entonces,
exceptuando
algún
Oficial,
con
los
temporeros
asignados
á
este
servicio.
Por
lo
cual,
y
deplorándolo
como
muy
sensible,
hízose
preciso
desistir
de
aprovechar
ese
procedimiento.
Otro,
acaso
de
menor
lentitud,
se
creyó
que
sería
el
de
pedir
á
las
Juntas
provinciales
de
Beneficencia
la
remisión
de
los
antecedentes
que
habían
de
incluirse
en
el
Índice;
mas
para
esto,
las
Juntas
provinciales
tendrían
que
comunicarse
con
los
Patronatos,
y
entre
comunicaciones,
acuses
de
recibo,
reiteraciones
y
largas
esperas,
se
habría
perdido
un
excesivo
tiempo,
sobre
el
que
luego
se
invirtiera
en
ineludibles
com-
probaciones,
de
tan
tardío
resultado
como
las
otras
de
que
se
habló
en
un
principio.
Todo
eso,
que
después
de
la
creación
del
Servicio
de
Inspección
Técnica
de
Beneficencia
hay
motivos
fundados
para
creer
que
po-
drá
llegar
a
hacerse
con
la
mayor
perfección,
en
la
época
en
que
se
ejecutaron
los
trabajos
hubiera
sido
:
una
tentativa
valerosa,
pero
de
muy
largo
término
el
realizarlo.
'
Ante
las
dificultades
surgidas,
se
pensó
demorar
la
formación
del
Índice;
pero,
al
fin,
se
desechó
esa
idea,
porque,
cualquier
demora
se
prestaba
á
la
interpretación
errónea
de
que
el
Protectorado
prescindía
de
servir
y
atender
dicho
interés.
|
No
se
concedía,
pues,
ni
era
permitido
concederla,
libertad
para
la
inacción.
Un
paso,
aunque
fuera
un
solo
paso,
de
acatamiento
á
ese
interés
había
que
darlo.
Y
el
paso
se
dió,
como
se
podía
dar,
limitándolo
á
levantar
la
armadura
para
el
Índice
con
los
materiales
disponibles.
*
Estos
materiales
disponibles
tenían
que
ser
los
que,
al
tiempo
de
irse
tramitando
por
el
Protectorado
los
expedientes
de
regularización
y
clasificación,
se
obtenían
de
los
documentos
sometidos
á
examen.
Tales
ex-
pedientes
eran
numerosos,
porque
la
acción
del
Protectorado
desde
el
año
de
1909
se
desenvolvía
en
forma
muy
intensa.
Y
no
ya
sólo
para
la
clasificación
de
fundaciones,
sino
con
ocasión
de
múltiples
y
variadísimas
incidencias
de
aquéllas,
se
actuaba
incesantemente
en
el
estudio
de
distintos
aspectos
de
su
vida,
que
iban
su-
ministrando
copiosos
é
interesantes
elementos
nuevos,
utilizables
en
la
formación
del
Índice.
En
esas
investigaciones
se
trabajó
obscura
y
silenciosamente,
pero
con
la
tenacidad
necesaria.
Como
resultado
de
las
mismas,
se
fueron
acumulando
datos
que
hasta
entonces
no
habían
sido
dados
á
cono-
cer.
Pero
de
ellos,
si
bien
muchos
denunciaban
la
existencia
de
Instituciones
que
habían
venido
per-
maneciendo
ignoradas
por
el
Protectorado,
otros,
en
cambio,
eran
aislados,
sueltos,
á
veces
consistentes
en
una
fecha,
en
la
determinación
de
un
objeto
fundacional,
en
la
rectificación
de
fines
atribuídos
á
un
esta-
blecimiento
ó
en
el
nombre
de
sus
fundadores;
y
estos
últimos
datos,
no
pudiendo
subsistir
por
sí,
forzoso
era
que
descansasen
sobre
los
consignados
en
la
Estadística
de
1909;
pues
sin
estar
unidos
unos
á
OS
los
viejos
y
los
nuevos,
quedarían
dispersos
con
perjuicio
de
su
eficacia.
Además,
aconsejaba
esta
unión
el
hecho
indubitable
de
que,
habiéndose
reputado
como
buenos
esos
datos
desparramados
en
la
Estadística,
no
habían
de
convertirse
en
malos
metodizados
y
adicionados
en
el
Ín-
dice;
con
tanto
mayor
fundamento,
si
se
tiene
á
bien
observar,
que
con
esos
materiales
no
se
ha
querido
llegar
á
otra
finalidad
que
la
de
componer
y
ajustar
la
armazón
de
aquél;
que
era
hasta
adonde
de
momento
hacíase
posible
extender
el
esfuerzo
que
se
realizaba,
y
que,
por
las
razones
antedichas,
tenía
que
ser
muy
modesto,
y
á
la
manera
de
iniciación
de
un
camino
que
conduzca
á
la
satisfacción
del
in-
terés
público
que
se
impone
atender.
La
consideración
de
que
aun
enlazados
los
antecedentes
anteriormente
conocidos
y
los
que
más
recien-
temente
se
obtuvieron
no
aminoraba
la
pobreza
de
los
materiales,
se
estimó
improcedente
alegarla
para
que
quedaran
sin
publicarse,
sin
duda
porque
otra
cosa
habría
sido
tan
inexplicable
(sin
que
esto
signifique
XXX
comparación
alguna
con
la
trascendental
obra
que
luego
se
menciona),
como
que
en
el
año
de
1909,
después
de
los
dos
años
de
afanes
á
que
estuvo
entregada
una
legión
de
funcionarios,
se
hubiese
suspen-
dido
la
publicación
de
aquella
Estadística,
hasta
dotarla
de
mayores
perfecciones.
Pues
esa
suspensión
en
1909
habría
causado
á
la
Administración
pública
un
daño
incalculable
en
cuanto
afecta
á
todo
lo
que
se
relaciona
con
la
reorganización
de
los
servicios.
Y
esto
mismo,
en
categoría
más
inferior,
obligaba
con
parecida
razón
á
la
publicidad
de
los
datos
en
tal
Índice
reunidos.
(
Á
pesar
de
la
atención
cuidadosa
que
se
puso
en
esta
empresa,
claro
es
que
se
encontrarán
erandes
la-
gunas
en
aquellas
Instituciones
cuyos
expedientes
no
figuraban
entre
los
que
estaban
siendo
tramitados.
Así,
por
ejemplo,
se
verán
Instituciones
que,
apareciendo
clasificadas,
se
dice
de
las
mismas
que
es
descono-
cido
su
capital
y
su
objeto;
lo
cual,
como
á
simple
vista
parecerá
contradictorio,
conviene
que
se
sepa
que
es
debido
á
que
muchas
de
esas
notas
procedían
de
la
Estadística
del
año
1909;
y
si
allí
constaban
esas
Ins-
tituciones
con
su
fecha
de
clasificación
(que
es
la
fecha
en
varias,
no
de
tal
clasificación,
sino
la
fecha
res-
pectiva
en
que
fué
conferido
interinamente
su
patronazgo
á
las
Juntas
provinciales),
al
no
poder
revisarse
todos
los
expedientes
quizá
habría
sido
ir
más
allá
de
lo
prudente
el
suprimir
esos
datos.
Los
demás
errores,
que,
siendo
evitables,
se
escaparon
á
la
diligencia
con
que
se
quisieron
evitar,
fácilmente
los
subsanará
todo
lector
de
buena
voluntad.
De
esas
deficiencias
nadie
debe
sentir
rubor,
y
menos
que
nadie
la
ilustre
personalidad
que,
en
el
año
de
1911,
desde
el
cargo
de
Director
general
de
Administración,
inició
é
impulsó
estos
trabajos;
pues
tuvo
que
simultanearlos
con
otros
de
su
cometido
y
con
el
de
los
ya
citados
de
esta
obra,
y
el
de
los
demás
índices
y
una
gran
parte
de
la
estadística
y
apéndice
legislativo
contenidos
en
ella.
ESTRUCTURA
DE
ESE
ÍNDICE.—SU
UTILIDAD
Como
en
el
lugar
correspondiente
se
indica,
comprende
por
provincias
y
por
orden
numérico
correla-
tivo
los
Establecimientos
de
Beneficencia
general,
provincial
y
municipal;
las
fundaciones
propiamente
dichas
de
carácter
particular
y
cuantas
otras
Instituciones
auxilian
la
acción
benéfica
nacional
realizando
aleún
fin
de
caridad.
En
las
capitales
las
Instituciones
benéficas
han
sido
clasificadas
por
Sus
respectivos
fines:
de
protección
á
la
maternidad,
infancia,
adultos;
de
preservación,
reforma
y
rehabilitación;
de
ciegos
y
sordomudos;
de
asistencia
á
enfermos;
de
protección
á
ancianos;
económico-sociales;
para
premiar
la
virtud,
el
trabajo
y
la
abnegación;
de
socorros
generales;
de
índole
religiosa;
de
objeto
desconocido
é
Instituciones
varias.
Las
Instituciones
que
en
cada
provincia
radican
fuera
de
la
capital
van
incluídas
por
orden
alfabético
de
localidades.
Para
su
formación
se
hizo
un
examen
de
las
Instituciones
que
tienen
fines
diferentes,
descomponiendo
éstos
en
tantos
conceptos
cuantos
son
los
fines
que
cada
una
se
propone
cumplir.
En
las
de
protección
á
adultos,
se
ha
dado
á
la
palabra
adulto
su
sentido
más
amplio,
con
objeto
de
evi-
tar
otras
clasificaciones
confusas.
Entre
ellas
han
podido
incluírse
las
dotes,
sin
embargo
de
concederse
muchas
de
éstas
sin
limitación
de
edad.
|
Se
han
puesto
en
el
mismo
las
Instituciones
benéfico-docentes,
porque
al
realizarse
esos
trabajos
todavía
no
funcionaba
el
Protectorado
del
Ministerio
de
Instrucción
Pública.
Cuando
se
haga
un
índice
nuevo
sorá
ocasión
de
desglosarlas
ó
disgregarlas,
y,
si
se
quiere
mejor,
de
desgajarlas.
e
Enel
concepto
de
Instituciones
de
socorros
generales
se
han
agrupado
las
que
tienen
por
objeto
el
auxilio
á
la
indigencia
en
forma
de
limosnas
ó
distribución
de
socorros,
ó
mediante
el
sostenimiento
de
albergues,
asilos
de
mendicidad
y
refugios,
que
ordinariamente
no
están
subordinados
á
otro
fin
que
al
de
ayudar
al
pobre
en
su
pobreza,
sin
más
distinción,
que
el
hecho
mismo
de
su
desvalimiento,
ya
se
trate
de
ancianos
ó
jóvenes,
de
varones
ó
hembras,
etc.,
etc.
,
“Los
demás
grupos
en
que
han
sido
clasificadas
las
Instituciones
no
requieren
explicación
alguna,
porque
sus
denominaciones
aclaran
su
respectivo
objeto,
XXXI
En
todos
los
Establecimientos
generales,
provinciales
y
municipales
que
figuran
en
él,
se
hace
la
referen-
cia
de
la
página
que
en
la
parte
primera
de
esta
obra
contiene
extensas
informaciones
acerca
de
ellos.
Aun
cuando
no
corresponde
á
un
índice
de
esa
clase
hacer
mención
ninguna
relativa
á
los
capitales
de
las
Instituciones,
lo
cual
tiene
su
sitio
adecuado
en
la
estadística,
se
han
hecho
en
general,
para
que
en
aquellas
que
se
expresa
que
son
desconocidos
los
capitales
que
poseen
se
tenga
un
indicio
de
su
falta
de
regularización.
|
No
obstante
sus
defectos,
será
de
grande
utilidad,
por
incluirse
en
el
mismo
antecedentes
ó
noticias
de
11.146
Instituciones,
y
no
existir
actualmente
ningún
Centro
general
de
informaciones
benéficas,
ni
estar
atribuídos
á
las
Juntas
provinciales
de
Beneficencia
esos
servicios,
como
de
su
competencia,
en
sus
funcio-
nes
de
organismos
auxiliares
del
Protectorado.
Ese
índice
condensa,
en
cierto
modo,
la
expresión
del
más
delicado
sentimiento
nacional;
que
en
él
se
manifiesta
toda
nuestra
actuación
benéfica.
ÍNDICES
DE
ADICIONES
Y
RECTIFICACIONES,
DE
LOCALIDADES
Y
DE
FUNDADORES
Después
de
impreso
el
Índice
general
de
Instituciones
se
trabajó
sin
tregua
para
completarlo.
Esto-exi-
gió
una
revisión
detenida.
Porque
el
objeto
era
agregar
á
cada
una
de
las
Instituciones
todos
los
datos
que
fueran
surgiendo.
Y
para
ello
se
hizo
necesario
ir
formando
una
especie
de
nuevo
Índice,
cuyas
pa-
peletas
llegaron
á
ser
muchas.
Lo
cual
implicó
tener
que
proceder
á
la
clasificación
de
las
semejantes
en
las
respectivas
provincias.
Así,
pues,
una
vez
hechas
las
comprobaciones
precisas,
hubo
que
agrupar
las
rectificaciones
por
conceptos,
bien
se
refiriesen
al
objeto
de
las
fundaciones,
4
la
fecha
de
su
creación,
al
nombre
ó
cargo
de
sus
Patronos,
al
nombre
también
de
sus
fundadores,
á
su
denominación,
á
su
situación
de
clasificada
ó
no
como
benéfico-particulares,
á-
sus
capitales,
á
las
localidades
en
que
radican
y
á
las
que
constituían
una
misma.
Pero
esas
rectificaciones
todavía
no
era
lo
bastante.
Había
que
adicionar
las
Institu-
ciones
de
cuya
existencia
se
tuvo
conocimiento
con
posterioridad
á
la
formación
del
Índice
general.
Y
e
ellas
se
ordenó
una
serie
de
adiciones,
con
numeración
correlativa
á
la
de
ese
Índice,
á
fin
de
que
sirviese
para
señalar
el
aumento
que
tales
adiciones
alcanzaban,
y
que
ascendió
á
un
total
de
541
Instituciones
que
no
figuraban
antes
en
el
mencionado
Índice
general.
Auxiliar
del
Índice
general
de
Instituciones
es
el
de
las
localidades
en
que
aquéllas
radican.
Las
ventajas
que
éste
proporciona
para
el
manejo
del
general
son
tan
evidentes,
que
casi
se
puede
renunciar
á
explicarlas.
Pero
aun
sin
entrar
en
extensos
detalles,
no
estará
demás
fijar
la
atención
acerca
de
la
importancia
que
en
ese
Índice
de
localidades
tienen
los
guarismos
que,
situados
á
la
izquierda
de
ellas,
indican
el
total
de
Ins-
tituciones
creadas
en
cada
localidad;
en
consideración
á
que
ese
dato
puede
revestir
grande
interés
al
es-
tudiarse
una
mejora
de
servicios.
Eso
aparte,
dicho
Índice
allana
dificultades
que
se
suscitaban
en
la
Estadística
de
1909,
originadas
en
tener
que
averiguar,
primero,
la
provincia
á
que
pertenecía
una
deter-
minada
localidad,
para
luego
buscar
en
esa
provincia
la
Institución
que
se
deseaba
conocer;
y
esto,
en
pro-
vincias
con
varios
centenares
de
Instituciones,
ó
que
aun
con
pocas
de
éstas
se
encontraban
los
nombres
de
sus
localidades
sin
alfabetizar,
no
solamente
representaba
una
pérdida
de
tiempo,
sino
que,
en
ocasio-
nes,
hacía
difícil
hallar,
sin
examinar
las
hojas
estadísticas
dos
y
tres
veces,
la
noticia
que
se
interesaba.
Todo
eso
ha
quedado
salvado
con
el
Índice
de
localidades,
pues
como
á
la
derecha
del
nombre
de
cada
una
está
el
número
que
le
corresponde
en
el
Índice
general,
inmediatamente
pueden
ser
vistos
los
antece-
dentes
que
allí
constan.
En
su
ordenación
alfabética
se
conformó
con
la
del
Índice
del
Nomenclátor
de
las
ciudades,
villas,
lugares,
aldeas
y
demás
entidades
de
población
de
España,
publicado
por
la
Dirección
del
Instituto
Geográfico
y
Estadístico.
:
Siguen
al
Índice
auxiliar
de
localidades
dos
Índices
auxiliares
de
fundadores.
Primero,
uno
especial,
por
los
títulos
que
ostentan
y
la
clase
social
á
que
pertenecen,
y
por
su
carácter
oficial
y
representación
jerárquica,
individual
ó
colectiva,
con
el
objeto
de
que
puedan
ser
conocidas
la
extensión
y
la
forma
en
que
mi
PARIO
AMIA
DE
DR
ADA
RIA
IAEA
CARO
TAR
XXXI
cada
elemento
orgánico
ó
representativo
de
la
sociedad
ha
contribuído
á
la
realización
del
fin
benéfico.
Desde
luego,
este
Índice
especial
habría
alcanzado
mucha
mayor
amplitud
si,
una
ásuna,
se
hubieran
podido
exa:
minar
las
escrituras
fundacionales,
pues
en
ellas
se
expresan
generalmente
los
títulos
y
calidad
social
de
los
fundadores.
Pero
para
eso
había
que
remover
todos
los
Archivos
de
Beneficencia
y
aplazar
más
y
más
la
ter-
minación
del
trabajo.
Por
tanto,
su
formación
fué
hecha
con
los
datos
antes
llevados
al
Índice
general
de
Instituciones,
en
su
mayoría
procedentes
de
la
Estadística
de
1909.
Varios,
entre
éstos,
ha
habido
que
consig-
narlos
como
en
dicha
estadística
aparecían,
reconociendo
la
condición
ó
cualidad
de
fundadores,
en
quienes
realmente
no
existe,
como
en
Patronatos,
enCasas-Hospicio
ó
Asilos,
que
han
instituído
para
su
uso
Sana-
torios;
en
Hospitales,
que
han
creado
Consultorios;
en
Comunidades
y
en
parroquiales,
como,
por
ej
emplo,
la
de
San
Nicolás
de
la
Ajerquia
(la
ciudad
baja
(Ajerquia),
Compuesta
de
arrabales,
en
la
antigua
capital
cor-
dobesa),
que,
por
designarse
en
la
Estadística
de
1909
como
tal
fundador,
ha
sido
comprendida
con
ese
carác-
ter,
porque,
de
eliminarla,
acaso
al
buscar
por
ese
nombre
el
fundador
de
la
Institución
hubiera
motivado
algún
error,
y
más
si
le
pertenecieron
bienes
por
los
cuales
hayan
de
serle
emitidas
inscripciones
(aunque
fundada
por
esa
parroquial
ó
en
esa
parroquial
de
la
Ajerquia)
con
el
nombre
de
su
titular
San
Nicolás,
Y
asimismo
se
formó
otro
segundo
Índice
auxiliar
de
fundadores,
por
orden
alfabético
de
apellidos,
y
en
el
que
no
debe
extrañarse
que
algunos
no
coincidan
con
los
de
la
estadística
vieja,
ni
en
ciertos
casos
con
los
del
Índice
general
de
instituciones,
porque
han
sido
corregidos
á
medida
que
se
iban
examinando
los
expedientes.
Además,
á
este
Índice
por
apellidos
se
han
incorporado
los
de
los
fundadores
comprendidos
en
el
Índice
de
adiciones
y
rectificaciones,
ya
que
en
el
de
localidades
no
pudo
hacerse
con
respecto
á
éstas,
porque
eso
habría
obligado
allí
á
repeticiones
que
debían
evitarse.
Es
de
advertir
igualmente
que
en
este
último
Índice
por
apellidos
figuran
los
fundadores
de
las
Instituciones
numeradas
en
el
Índice
general,
y
no
como
do
otras
que
éstos
han
fundado,
porque
muchas
fueron
refundidas
hace
ya
una
porción
de
años.
Los
númaros
colocados
en
aquéllos
facilitan
la
indagación
en
el
Índice
general,
de
las
Instituciones
respec-
tivamente
creadas
por
cada
uno.
| |
TABLAS
NUMERICAS
DE
LAS
INSTITUCIONES
DE
BENEFICENCIA
REGISTRADAS
EN
EL
ÍNDICE
GENERAL
POR
CONCEPTOS
Y
SEGÚN
SUS
DISTINTOS
FINES
La
estructura
del
Índice
general
de
Instituciones
hizo
posible,
como
se
ha
demostrado,
la
formación
de
los
índices
auxiliares
de
localidades
y
de
fundadores.
Pero
esto
no
resolvía
más
que
á
medias
las
dificultades
que
se
habían
querido
vencer.
Una
de
las
cosas
por
las
que
se
porfiaba
con
más
solicitud
era
la
de
acertar
con
un
modo
ó
manera,
de
que
en
el
instante
mismo
de
inquirirse
el
conocimiento
de
Instituciones
de
determinada
clase,
pudiera
ese
interés
ser
satisfecho.
Y
si
en
los
materiales
del
Índice
general
de
Instituciones
no
se
le
hallaba,
resultaría
probado
que
su
utilidad
no
se
patentizaba
tal
como
era
de
desear.
Ya
en
el
Índice
general,
con
la
separación
de
las
Instituciones
que
en
cada
provincia
radican
en
la
capi-
tal
y
en
sus
demás
localidades,
se
había
quitado
de
delante
el
obstáculo
que
significaba
el
que
estuvie-
ran
confundidas
unas
con
otras.
Esta
separación
no
existía
en
las
provincias
bien
alfabetizadas
de
la
Estadística
de
1909,
y
menos
todavía
en
las
que
estaban
sin
alfabetizar.
Mas,
aun
con
esa
separación,
si
las
Instituciones
no
hubieran
sido
dispuestas,
por
conceptos,
en
las
capitales,
habría
subsistido
un
entorpeci-
miento
al
buscarlas.
Y,
á
este
fin,
se
acudió
con
las
clasificaciones
por
grupos,
en
Instituciones
protectoras
de
la
maternidad,
infancia,
adultos,
etc.,
etc.
Los
índices
auxiliares
de
localidades
y
fundadores,
apoyados
en
la
numeración
correlativa
del
Índice
ge-
neral,
se
habían
formado
para
que
actuasen
de
acompañantes,
según
antes
se
manifestó.
Quien
sabía
ó
creía
J
e
o
a
Esa
dd
$
.s,
».0.0:0111
saber
que
una
Institución
estaba
domiciliada
en
ésta
6
aquella
localidad,
tenía
para
encontrarla
en
la
Esta-
dística
antigua,
que
practicar
varias
pesquisas,
que
el
Índice
de
localidades
vino
á
simplificar
y
reducir
á
una
sola.
Quien
conocía
el
nombre
de
un
fundador,
que
suponía
había
creado
una
Institución
que
podía
favore-
cerle,
si
no
sabía
más
que
eso,
tropezaba
en
el
escollo
de
investigaciones
prolijas
para
informarse
de
la
exac-
titua
de
sus
noticias;
y
la
verdad
Ó
el
error
que
en
esas
noticias
hubiere,
podría
ya,
en
el
acto,
aclararse
con
el
Índice
auxiliar
de
fundadores.
La
dificultad
que
aun
no
había
quedado
vencida
era
quizá
la
mayor,
y
si
no
la
mayor,
la
que
envolvía
un
beneficio
más
general,
en
el
sentido
de
que
es
el
más
comúnmente
reclamado.
Pues
por
cada
diez
veces
que
se
o
el
fin
de
una
Institución
que
radica
en
una
localidad
conocida,
ó
cuyo
requieren
antecedentes
sobr
el
interés
público
se
siente
empujado
á
la
ave-
fundador
se
señala,
se
cuentan
á
cientos
las
ocasiones
en
que
riguación
de
las
Instituciones
que
existen
para
satisfacer
una
especial
clase
de
necesidades
de
los
indigentes.
Y
no
estaba
atendido
ese
interés;
porque
si
bien
en
los
cuadros
que
tan
perfectamente
sintetiza-
ban
en
la
Estadística
de
1909
todo
el
desenvolvimiento
de
las
Instituciones
benéficas
de
España
se
hacía
éste
constar
en
cifras,
y
encajadas
en
las
provincias
respectivas
las
de
cada
objeto,
esas
cifras
indicaban
que
en
la
provincia
A
ó
B
había
una
Institución
de
tal
ó
de
la
otra
índole,
pero
nada
más.
Luego,
era
necesario
des-
cubrir
en
esa
provincia
cuál
fuera
la
Institución.
Y
si
esto
sucedía
tratándose
de
una
Institución,
ya
puede
su-
ponerse
lo
que
representaría
el
intentar
averiguar
todas
las
de
una
misma
naturaleza.
)
¿Y
en
los
materiales
del
Índice
genera',
se
ofrecía
el
medio
de
vencer
esa
dificultad?
Manifiestamente,
sí.
Porque
mediante
un
sencillo
revisar
de
las
Instituciones
en
aquél
registradas,
todas
podían
agruparse
por
conceptos
y,
según
sus
fines,
no
en
cuadros
cifrados,
sino
en
Tablas
numéricas,
que
contuviesen
todas
las
menciones
exigibles,
por
orden
de
provincias,
y
con
la
indicación
en
cada
número
del
lugar
que
en
el
Índice
general
ocupaban
las
Instituciones
numeradas.
Y
á
estas
Tablas
se
llevaron
numéricamente
cuantas
se
tiene
por
entendido
haber
dado
satisfacción
á
ese
reiterado
interés
público.
Si
se
observa
en
ellas
que
de
ciertas
Instituciones
se
numeran
pocas,
no
hay
que
dejar
de
ver
que
sólo
podían
ser
incluídas
las
de
dicho
Ín-
dice,
aunque
con
el
carácter
ó
el
aspecto
de
benéficas
existan
otras,
sobre
las
cuales
todavía
no
ha
ejercido
su
acción
el
Protectorado,
si
es
que
no
la
ejercerá
nunca
por
ser
de
todo,
menos
benéficas.
Instituciones
figuran
en
el
Índice
general;
con
lo
cual
PARTE
TERCERA
ESTADÍSTICA
DE
LA
BENEFICENCIA
Bajo
el
concepto
general
de
Estadística
de
la
Beneficencia
en
España,
han
sido
reunidos
en
esta
tercera
parto
de
la
obra
varios
cuadros
ó
estados
relativos
á
la
Beneficencia
pública
y
la
particular,
constituyendo
con
los
mismos
secciones
diferentes
á
las
cuales
se
les
han
dado
las
siguientes
denominaciones:
1.*,
Beneficen-
cia
General;
2.*,
Beneficencia
Provincial
y
Municipal;
3.”,
Beneficencia
Particular;
4.*,
Cuadros
demostrativos
del
actual
funcionamiento
de
los
servicios;
5.*,
Gastos
de
la
Beneficencia
General.
Ingresos
y
gastos
de
la
Provincial
y
Municipal.
Cuadros
proporcionales
comparativos
y
de
capitales
transmitidos
para
Instituciones
de
Beneficencia
é
instrucción;
6.*,
Estadística
especial
de
los
Montes
de
Piedad
y
Cajas
de
Ahorros
de
Es-
paña;
7.*,
Resúmenes
estadísticos
de
las
fundaciones
clasificadas
de
Beneficencia
particular
desde
el
31
de
Diciembre
de
1912
al
31
de
Diciembre
de
1915
y
cuadros
complementarios;
8.”,
Trabajos
de
estadística
reali-
zados
por
el
Servicio
de
Inspección
Técnica
de
Beneficencia;
9.*,
Últimas
adiciones
estadísticas
realizadas
por
el
Servicio
de
Inspección
Técnica
de
Beneficencia;
10.*,
Suplemento
estadístico
hasta
el
31
de
Diciem-
bre
de
1918,
por
el
Servicio
de
Inspección
Técnica
de
Beneficencia.
3
.-
XXXIV
ADVERTENCIA
PRELIMINAR
Dejaría
de
cumplirse
un
deber
elemental
de
justicia
si
en
este
lugar,
antes
que
nada,
no
se
rindiese
un
merecido
tributo
de
profunda
consideración
á
los
Excmos.
Sres.
D.
Juan
dela
Cierva
y
Peñafiel
y
D.
Anto-
nio
Marín
de
la
Bárcena,
que
durante
su
permanencia
en
el
cargo,
respectivamente,
de
Ministro
de
la
Gobernación
y
de
Director
general
de
Administración,
no
sólo
mejoraron
los
servicios,
sino
que
además
fueron
los
autores,
en
el
año
de
1909,
de
la
primera
Estadística
general
de
la
Beneficencia
en
España;
pues
por
ellos
fué
ésta
dirigida
y
publicada.
|
Atribuyéndole
á
la
Estadística
toda
la
importancia
que
realmente
tiene,
pusieron
las
mayores
energías
de
su
actividad
incansable
en
la
ejecución
de
esos
trabajos,
sin los
cuales
muy
difícilmente
se
habrían
"podido
siquiera
iniciar
los
que
integran
esta
obra.
Sean
á
la
vez
esas
palabras,
con
las
demás
que
en
otras
páginas
de
este
libro
se
le
dedican,
un
testimo-
nio
público
del
aplauso
á
que
se
ha
hecho
acreedora
esa
labor,
unánimementé
reconocida
y
proclamada
como
una
prueba
brillantísima
de
cuanto
entonces
se
supo
hacer,
y
alentadora
de
cuanto
de
eficaz,
en
empresa
de
tanta
trascendencia,
podría
aún
realizarse.
|
Esos
cuadros
estadísticos
se
refieren
á
diferentes
años,
y
por
ello
no
forman
un
conjunto
de
homogenei-
dad.
Varios
se
concretan
á
los
años
de
1910
y
1911.
Y
otros
se
extienden
á
los
sucesivos,
según
la
fecha
en
que
fueron
confeccionados.
Lo
mejor
se
creerá
que
hubiera
sido
refundirlos,
pero
esto
no
podía
hacerse,
porque
cada
grupo
de
ellos
se
realizaron
para
publicarlos
en
distinto
tiempo.
Un
avance,
para
que
todos
contuvieran
los
datos
del
último
año,
habría
hecho
interminable
esta
obra.
De
todas
suertes,
unos
con
otros
van
señalando
el
estado,
progreso
y
desenvolvimiento
de
los
servicios.
Y
serán
útiles
como
antecedentes
indispensables
para
la
refundición
general
de
la
Estadística,
ya
que
esta
tarea
no
pudo
emprenderse
á
la
par
que
las
otras;
en
primer
término,
por
su
extensión,
y
en
segundo,
porque
al
comenzarse
los
trabajos
no
hacía
dos
años
que
se
había
publicado
la
anterior,
y
con
los
materiales
nuevos
sólo
era
lo
adaptable
ir
for-
mando
apéndices
estadísticos,
hasta
que
por
el
número
de
éstos
se
hiciera
necesaria
esa
refundición.
Aun
así,
convieno
no
olvidar
que
los
relacionados
con
las
fundaciones
de
Beneficencia
particular,
alcanzan
hasta
el
31
de
Diciembre
del
año
1918.
:
ESTADÍSTICA
DE
LA
BENEFICENCIA
GENERAL
Movimiento
de
enfermería,
asilados
y
colegiales
en
los
Establecimientos
de
la
Beneficencia
general
durante
los
tres
años
de
1909
á
1911.—En
el
Hospital
de
la
Princesa
el
número
de
ingresos
y
de
altas
ha
ido
en
esos
tres
años
en
escala
descendente,
y
con
relación
á
los
cinco
años
anteriores
de
1904
á
1908,
en
escala
alterna-
tiva,
por
más
que
en
ninguno
de
éstos
hubo
un
ingreso
tan
elevado
como
en
el
año
de
1909,
en
que
ascen-
dieron
á
2.891
los
enfermos
ingresados.
En
el
Instituto
Oftálmico
ha
ido
á
la
inversa;
de
583
que
ingresaron
en
el
año
de
1905
ha
subido
la
curva
hasta
777
en
el
año
1910,
si
bien
en
el
año
de
1911
descendió
á
719.
Los
ingresos
en
Leganés
llegaron
á
un
mínimo
de
23
el
año
de
1911,
inferior
al
de
los
siete
años
anteriores;
en
cambio
el
de
altas
fué
de
un
15
el
año
de
1909,
muy
por
bajo
de
las
pertenecientes
á
los
cinco
años
que
le
precedieron
y
á
los
dos
siguientes,
aunque
la
escala
de
altas
desde
1909
á
1911
ha
sido
ascendente.
En
los
Asilos
los
ingresos
fueron
superiores
á
las
bajas,
menos
en
el
de
Inválidos
del
Trabajo,
que
se
nivelaron.
Lo
mismo
puede
decirse
de
los
Colegios,
en
los
cuales
casi
se
niyelaron
también.
Clasificación
por
edades
de
los
acogidos
en
los
Establecimientos
de
la
Beneficencia
general
el
día
31
de
Diciembre
de
1911.—La
mayor
enfermería
correspondió
en
el
Hospital
de
la
Princesa
á
enfermos
de
veinte
á
treinta
años
de
edad.
En
el
Oftálmico,
de
cuarenta
á
setenta
años,
y
en
Leganés
de
los
cuarenta
á
cin-
cuenta.
La
escala
es
casi
única
en
los
Asilos
y
en
las
edades
más
avanzadas.
Los
acogidos
en
los
Colegios
són
menores
de
veinticinco
años.
Clasificación
por
provincias
de
la
naturaleza
del
personal
de
acogidos
en
los
Establecimientos
de
la
Bene-
ficencia
general
el
día
31
de
Diciembre
de
1911.—Siendo
cierto
que
estos
establecimientos
se
nutren
con
per-
sonal
de
todas
las
provincias
de
España,
no
lo
es
menos
que
en
todos
el
mayor
número
de
acogidos
es
de
k
cue
E.
de
A
ASAS
E
NIE
E
IE
ET
AQ
IS
IED
XXXV
EN
naturales
de
la
provincia
de
Madrid,
excepto
en
el
Hospital
del
Rey,
de
Toledo,
donde
de
100
acogidos
31
son
naturales
de
aquella
provincia.
Resumen
numérico
del
personal,
gastos
por
todos
conceptos
y
estancias
causadas
en
los
Establecimientos
de
la
Beneficencia
general
durante
el
año
de
1911
y
coste
medio
de
cada
estancia.—En
este
resumen
resalta,
por
sus
cifras,
el
total
de
gastos
del
Hospital
de
la
Princesa,
que
ascendió
el
año
de
1911
á
324.864,26
pesetas,
con
un
total
de
105.302
estancias
de
los
acogidos
y
un
coste
de
cada
estancia
diaria
de
2,345,
sin
contar
el
recargo
de
la
estancia
del
personal,
que
la
eleva
á
3,085;
y
si
esos
datos
son
comparados
con
los
del
año
1908,
publicados
en
la
anterior
Estadística,
se
comprobará
que
en
1911
hubo
un
descenso
de
4.632
es-
tancias
y
una
reducción
en
los
gastos
de
5.721,68
pesetas,
no
obstante
haber
aumentado
el
coste
de
la
estan-
cia
diaria
de
2,321
á
2,345,
y
con
el
recargo
de
la
estancia
del
personal,
de
3,008
á
3,085.
En
el
Colegio
de
la
Unión
también
fueron
inferiores
sus
gastos
el
año
de
1911
á
los
consignados
en
1908.
Aparte
de
esos
dos
es-
tablecimientos,
en
todos
los
demás
aumentaron
sus
gastos,
correspondiendo
el
menor
al
Colegio
de
Ciegos
de
Santa
Catalina.
En
cuanto
al
coste
de
estancia
diaria,
la
más
cara,
por
la
índole
especial
de
ese
servicio,
es
la
del
Instituto
Oftálmico,
que
importó
el
año
de
1911
cada
una
2,861,
sin
recargo,
y
3,400
con
él;
y
la
más
reducida,
la
del
Colegio
de
la
Unión,
donde
sólo
fué
de
1,47
y
1,72,
respectivamente.
ESTADÍSTICA
DE
LA
BENEFICENCIA
PROVINCIAL
Y
MUNICIPAL
Hospitales,
Casas
de
convalecientes,
Hospicios,
Casas
de
Misericordia,
de
Maternidad
y
de
Expósitos,
La-
zarinos,
Manicomios
y
otro
Establecimientos
benéficos
de
indole
provincial
ó
municipal
y
Personal
de
toda
clase
afecto
á
los
mismos.—Los
datos
consignados
en
estos
cuadros
difieren
algo
de
los
publicados
en
la
Es-
tadística
de
1909,
entre
otras
razones,
por
la
inclusión
de
tres-
establecimientos
que
tienen
el
carácter
de
provinciales
y
por
haber
sido
excluídos
de
los
municipales
varios
de
índole
benéfico-particular.
Los
provinciales
son
en
número
de
183
y
de
363
los
municipales
con
66.014
camas
y
un
número
anual
de
estancias
de
18.317.531,
siendo
el
promedio
del
coste
de
cada
una
de
1,43
pesetas.
El
importe
de
los
bienes
propios
de
estos
establecimientos
alcanza
la
suma
de
pesetas
119.722.809,37,
y
figuran
como
producto
de
los
mismos
3.957.520,11;
en
concepto
de
subvenciones
ó
consignaciones
en
los
presupuestos
provinciales
y
municipales,
20.213.794,98;
donativos
ó
limosnas,
por
pesetas
684.336,08,
y
un
gasto
total
por
año
de
26.202.418,95
pesetas.
Debe
repetirse
aquí
lo
que
se
decía
en
la
Estadística
de
1909,
ó
sea,
que
dichas
cantidades,
por
lo
que
toca
á
las
consignaciones
mencionadas,
son
parte
no
más
de
las
que
destinan
anualmente
á
Beneficencia”
Diputaciones
y
Ayuntamientos,
ó
lo
que
es
lo
mismo,
que
de
27.622.484,06
pesetas
de
gastos
que
figuraban
en
los
presupuestos
provinciales,
y
18.078.520,16
en
los
municipales
(ambos
presupuestos
correspondientes
al
año
de
1919),
en
total
45.701.004,22,
invierten
esas
Corporaciones
en
los
establecimientos
indicados
20,213.794,98,
que
corresponden
á
más
de
una
peseta
por
habitante.
:
El
personal
facultativo
de
Médicos,
Farmacéuticos
y
Comadronas,
lo
constituyen
en
los
referidos
esta-
blecimientos
1.210
de
los
primeros
y
38
de
éstas,
y
el
subalterno,
comprendiendo
practicantes,
enfermeros,
criados,
etc.,
2,260
varones
y
1.732
hembras.
En
su
mayoría
están
á
cargo
estos
establecimientos
de
Comunidades
religiosas,
las
cuales
prestan
servi-
cio
gratuito
en
108
establecimientos
y
remunerado
en
283,
pero
muy
modestamente,
ó
sea,
dándole
la
ali-
mentación
y
el
vestido;
una
peseta
diaria
para
la
primera
atención
y
para
vestir
10
pesotas
mensuales,
y
en
algunas
localidades
esta
remuneración
es
aún
más
modesta.
El
total
de
religiosos
que
figuran
en
estos
estados
es
de
27
varones
y
1.240
hembras
con
votos
perpetuos
y
14
varones
y
2.594
hembras
con
votos
temporales.
|
Cuadro
de
asistencias
en
el
año
de
1911.—
Ha
sido
formado
con
los
datos
de
las
Memorias
remitidas
á
este
Centro
y
sobre
los
cuales
se
redactaron
las
informaciones
relativas
á
esta
clate
de
establecimientos,
que
tienen
su
lugar
propio
en
la
parte
primera
de
esta
obra.
Los
datos
referentes
4
la
asistencia
de
enfermos
en
los
Hospitales
se
completaron
con
algunos
de
los
consignados
durante
el
año
de
1911,
en
los
Boletines
men-
suales
de
Estadística
Demográfico-Sanitaria,
publicados
por
las
Inspecciones
generales
de
Sanidad.
No
será
preciso
advertir
que
el
número
de
7.830
asistencias
á
embarazadas,
que
consta
en
ese
cuadro,
se
concreta
exclusivamente
á
las
ingresadas
on
la
Casas
de
Maternidad
y
en
las
Salas
de
Maternidad
de
los
Hos-
piteles,
puesto
que
así
se
expresa
de
un
modo
claro.
Y
no
cabe
confusión
alguna,
sabiéndose,
confo
no
puede
XXXVI
menos
de
saberse,
que
los
Médicos
y
Comadronas
municipales
asisten
en
sus
domicilios
á
miles
y
miles
de
embarazadas
pobres.
El
total
de
35.409
expósitos
comprende,
como
es
natural,
únicamente
á
los
que
en
el
año
de
1911
eran
asistidos
ó estaban
acogidos
en
las
Casas
provinciales
destinadas
á
este
objeto
6
se
hallaban
bajo
la
protec-
ción
de
las
mismas.
La
cifra
de
10.417
huérfanos
y
desamparados
existentes
en
estos
establecimientos
evidencia
que
esta
necesidad
no
está
suficientemente
atendida.
Más
reducido
aún
es
el
total
de
7.096
ancianos
é
impedidos
acogidos
en
las
Casas
de
Misericordia
pro-
vinciales
y
en
Asilos
municipales.
Los
institutos
creados
con
ese
objeto
por
las
Hermanitas
de
los
Pobres
son
los
que
han
logrado
que
esta
atención
esté
más
cuidada.
Y
muy
en
breve
lo
estará
más
todavía
con
la
implantación
de
los
retiros
obreros,
que
alejará
muchos
ancianos
6
impedidos
de
estos
establecimientos.
Los
enfermos
asistidos
en
los
Hospitales
de
esta
clase
ascienden
á
117.542,
lo
cual,
aunque
no
demuestro
que
estos
servicios
estén
perfectamente
organizados,
manifiesta
el
interés
que
se
les
dedica.
|
Los
lazarinos
hospitalizados
el
año
de
1911
resultaban
ser
en
total
352,
y
se
consignó
el
dato
de
que
ese
total
con
el
de
los
que
recibían
asistencia
particular
y
en
la
Leprosería
del
Valle
de
Fontilles,
no
excedía
de
530.
Posteriormente,
por
Real
orden
de
25
de
Febrero
de
1914
se
organizó
esta
estadística
con
carácter
permanente
en
la
Inspección
general
de
Sanidad,
y
los
antecedentes
obtenidos
en
1.”
de
Octubre
del
citado
año
de
1914
dieron
una
cifra
de
873
enfermos
de
¡epra,
como
estadística
provisional.
En
la
definitiva
de
31
de
Diciembre
de
aquel
año
se
consignó
un
total
de
898.
Y
estos
nuevos
datos,
por
su
gravedad,
justificaron
la
publicación
por
la
Inspección
general
de
Sanidad
del
notable
trabajo
titulado
La
lucha
contra
lu
lepra
en
España,
y
la
continuación
de
las
informaciones
oficiales,
por
el
ilustre
leprólogo
Dr.
D.
Enrique
García
del
Mazo
publicada
el
año
de
1917.
Á
la
vez
que
justificaron
también
que
fuese
votada
por
las
Cortes
la
canti-
dad
de
100.000
pesetas
para
la
campaña
antileprosa.
El
número
de
dementes
recluídos
en
los
Manicomios,
á
cuyo
sostenimiento
atienden
las
Diputaciones
provinciales,
asciende
á
9.070.
Los
demás
recluídos
en
estos
establecimientos,
que
pagan
sus
estancias,
no
podían
incluírse
en
esa
estadística,
demostrativa
sólo
de
cómo
son
cumplidas
las
atenciones
benéficas
por
las
Diputaciones
y
Municipios.
En
cuanto
á
los
ciegos
y
sordomudos,
el
total
de
512
acogidos
patentiza
una
deficiencia,
á
la
que
se
está
procurando
encontrar
remedio.
Por
último,
el
total
de
61.368
acogidos
en
los
Asilos
de
Mendicidad,
Albergues
nocturnos
y
Casas
de
Ca-
ridad
para
transeuntes,
es
un
dato
que
al
tiempo
que
descubre
la
medida
en
que
se
atienden
esas
necesida-
des
municipales,
invita
á
la
adopción
de
resoluciones
que
combatan,
en
lo
posible,
las
causas
del
mal,
que
pone
al
descubierto.
En
los
totales
generales
es
de
observar
que
de
los
249.596
acogidos
ó
asistidos
en
los
establecimientos
provinciales
y
municipales,
ó
con
cargo
á
los
mismos,
el
mayor
número
de
137.005
corresponde
á
varones
y
112.591
á
hembras.
Cuadro
de
asistencias
en
el
año
de
1911.—Casas
de
Socorro.—Servicios
profilácticos
realizados.—Este
cuadro
se
formó,
como
el
anterior,
con
los
datos
que
venían
consignados
en
las
Memorias
enviadas
á
este
Centro
y
se
completaron
con
los
reunidos
en
los
Boletines
mensuales
de
Estadística
sanitaria.
En
muchas
Casas
de
Socorro,
los
servicios
son
incompletos,
pues
sólo
en
algunas
se
suministran
medica-
mentos
y
se
prestan
otros
auxilios
de
alimento
y
de
prendas
de
ropa.
Sin
embargo,
el
total
de
asistencia
en
estos
Centros
ascendió
el
año
de
1911
á
1.040.450,
que
es
una
cifra
importante.
La
práctica
de
la
vacunación
y
revacunación
no
parece
aceptada
como
fuera
de
desear.
BUS
el
total
de
83.343
vacunaciones
y
de
21.154
revacunaciones,
son
muy
reducidos.
Pero
ya
están
utilizándose
medios
para
que
sea
un
hecho
la
vacunación
obligatoria.
.
Los
servicios
de
desinfección
se
hallan
bien
organizados
en
algunas
localidades,
pero
muy
poco
extendi-
dos.
La
cifra total
de
533.624
desinfecciones,
expresa
por
lo
exigua
más
que
cuanto
aquí
se
pudiera
decir.
.
b
ESTADÍSTICA
DE
LA
BENEFICENCIA
PARTICULAR
Cuadros
estadísticos
de
las
fundaciones
clasificadas
de
Beneficencia
particular
desde
el
30
de
Septiembre
de
1909
al
31
de
Diciembre
de
1911.—Su
estructura
es
semejante
á
la
adoptada
en
la
Estadística
de
1909,
pero
con
determinadas
variaciones.
A
E
RBA
+
A,
XXXVI
Para
advertirlas
bastará
echar
una
ojeada
á
aquella
Estadística
y
á
esos
cuadros,
por
ser
manifiestas
Sus
diferencias,
según
lo
demuestran:
la
colocación
que
ahora
se
dió
al
nombre
de
las
localidades;
el
orden
numérico
correlativo
establecido;
el
relieve
que
en
ellos
tiene
el
objeto
de
las
fundaciones;
el
encaje
en
Ca-
sillas
inmediatas
de
las
fechas
distintas
en
que
fué
instituída
y
clasificada
cada
fundación;
las
llaves
que
comprenden
cuantas
Instituciones
radican
en
una
misma
localidad,
con
la
totalización
de
los
capitales
y
rentas
de
las
mismas,
y
el
aumento
en
el
encasillado
de
los
capitales,
del
concepto
«En
otros
bienes
y
va-
lores»,
constituyendo
con
su
importe
un
sumando
más.
Sea
cual
fuere
el
juicio
que
merezcan
tales
modificaciones,
es
oportuno
hacer
constar
que
se
presentan,
no
como
definitivas
para
la
Estadística
general
que
en
lo
sucesivo
haya
de
formarse,
sino
sólo
como
ele-
mento
de
examen
para
una
mejora
en
la
confección
de
la
misma,
si
algunas
de
esas
modificaciones
llegaran
á
considerarse
útiles.
En
su
disposición
se
estimó
que
la
primera
mención
debía
corresponder
al
nombre
de
la
localidad
en
que
radica
cada
fundación
ó
grupo
de
fundaciones,
partiendo
de
que
los
fundadores
todos
habían
de
pasar
además
á
un
índice
auxiliar
de
la
estadística,
idéntico
al
que
se
hizo,
como
auxiliar
del
Índice
general
de
Instituciones,
con
su
número
respectivo
en
cada
caso
y
para
cada
fundación;
lo
cual
sería
en
vano
pre-
tender
verificarlo
tan
exactamente
con
las
localidades,
por
cuanto
que
en
una
cualquiera
de
ellas
radican
á
veces
numerosas
fundaciones,
y
solamente
podría
efectuarse
en
forma
igual
á
la
del
índice
auxiliar
de
localidades,
que
figura
en
la
segunda
parte
de
esta
obra,
ó
apelando
á
repeticiones
inadmisibles.
Pudiera
creerse,
sin
embargo,
que
aun
reconociendo
la
conveniencia
de
ese
índice
auxiliar
de
fundadores,
sería
to-
davía
más
acertado
colocar
los
nombres
de
los
fundadores
en
el
mismo
lugar
que
aparecían
en
la
Estadística
de
1909.
Pero
tal
colocación
se
prestaría
á
uno
de
dos
males:
el
de
su
inutilidad
Ó
el
de
su
insuficiencia.
Pues
si
se
escogía
el
auxiliar
con
su
número
preciso,
que
instantáneamente
consentiría
encontrar
la
funda-
ción
en
la
estadística,
para
nada
habría
de
servir
esa
lista
de
fundadores
conforme
al
plan
antiguo,
y
si
se
elegía
éste
y
se
desechaba
el
auxiliar,
cuando
exclusivamente
se
tuviera
noticia
de
una
fundación
por
el
nombre
del
fundador,
sucedería
lo
que
viene
ocurriendo,
que
para
encontrarla
hay
que
recorrer
toda
la
Estadística.
Como,
no
obstante
lo
expuesto,
tal
vez
algún
día
se
considere
preferiblo
esto
último,
ante
la
apreciación
de
que
no
es
propio
de
una
Estadística
un
índice
auxiliar
de
esa
clase;
entonces
lo
más
prác-
tico
sería
trasladar
los
nombres
de
las
localidades
al
sitio
que
ocupaban
anteriormente,
pero
no
como
antes,
sino
con
las
llaves
que
tienen.
Y
esto
de
conservar
las
llaves
tendríase
por
ventajoso,
aunque
no
fuera
más
que
para
que
el
nombre
de
las
localidades
se
destacase
con
la
mayor
claridad.
Bien
entendido,
que
no
es
ese
el
único
motivo
para
aconsejar
conservarlas,
conforme
se
verá
más
adelante.
Lleva
la
segunda
casilla
la
siguiente
denominación:
«Objeto-Fundador-Patrono.»
Un
antecedente
llama
al
otro,
y
los
tres
juntos,
en
un
mismo
lugar,
parece
que
se
completan
mejor
que
separados
y
que
hacen
más
visible
su
enlace.
Se
dió
preferencia
al
objeto,
porque
lo
esencial
en
una
fundación
es
saber
el
fin
benéfico
que
realiza.
Además,
se
colocaron
en
esa
forma
á
la
expectativa
de
un
posible
plan
del
Protectorado.
Éste,
aunque
persuadido
de
la
necesidad
de
persistir
en
el
perfeccionamiento
de
un
Índice
general
de
Institucio-
nes,
obligado
á
la
vez
á
la
continuación
de
la
Estadística,
pudiera
carecer
de
todos
los
medios
necesarios
de
personal
y
de
recursos
materiales
para
proseguir
tanto
una
como
otra
labor.
Y
en
el
deseo
de
hacer
com-
patible
una
con
otra,
quizá
no
tuviera
nada
de
extraño
que
prescindiera
transitoriamente
de
los
dictados
do
la
técnica,
convirtiendo
las
dos
en
una
sola,
y
se
resolviese
por
tal
modo
á
su
consecución,
invocándose
como
fundamento
de
su
posibilidad
que,
tanto
la
Estadística
de
1904
en
esa
parte
de
la
>bra,
como
esos cua-
dros
de
ahora
tienen
más
que
nada
el
carácter
de
inventarios
generales
de
la
Beneficencia,
á
los
cuales,
por
agregarlo
nuevas
menciones,
no
cabría
decir
que
iban
á
resultar
desnaturalizados,
ni
que
iban
á
dejar
de
ser
lo
que
son,
unos
inventarios
benéficos.
Pues
bien;
para
el
caso
de
que
tal
plan
se
intentase
realizar,
á
esa
casilla
segunda
podrían
incorporarse
cuantos
datos
se
considerasen
de
interés
público
relativos
al
domicilio,
condiciones
para
el
disfrute
de
los
beneficios
de
cada
fundación,
etc.,
etc.
Y
no
es
que
se
admita
tan
detestable
procedimiento
como
bueno.
No.
Es
que
entre
que
se
abandonara
el
propósito
de
perfeccionar
el
Índice
general
de
instituciones
y
que
en
parte
sea
éste
continuado,
aunque
fuere
resquebrajando
un
poco
el
rigor
de
los
encasillados
estadísticos,
se
opta-
ría
por
esto,
no
libremente,
sino
bajo
la
presión
de
las
circunstancias,
si
bien
manteniendo
en
absoluto
la
diversidad
tan
evidente
que
existe
Ó
debe
existir
entre
una
Estadística
y
un
Índice
general
de
Institu-
ciones,
a
"AM
XXXVII
La
fecha
en
que
cada
fundación
se
instituyó
y
aquella
otra
en
que
fué
clasificada,
aparecían
en
la
Esta-
dística
de
1909
distanciadas
unas
de
otras,
interpuestos
entre
ellas
el
nombre
de
la
localidad
en
que
radicaba
la
fundación
y
los
nombres
de
sus
patronos.
Y
en
los
nuevos
cuadros
se
puso
una
fecha
inmediata
á
la
otra.
¿Es
este
un
detalle
de
confección
sin
importancia?
No
se
cree
así,
por
cuanto
esas
fechas
juntas
son
signifi-
cativas
repetidamente,
aunque
sea
muy
sensible
decirlo,
de
cómo
los
patronos
de
numerosas
fundaciones
han
sustraído
éstas
al
sometimiento
del
Protectorado
durante
muchos
años,
sin
que
el
Protectorado
por
su
parte
hiciera
otra
cosa—como
dijo
muy
bien
el
Sr.
Marín
de
la
Bárcena
en
su
Memoria,—que
«ejercitar
sus
facul-
tades,
tan
sólo
á
instancia
de
parte,
invertida
la
gestión,
recibiendo
impulso
en
vez
de
imprimirlo...»
Esas
fechas
separadas
no
dicen
todo
lo
que
deben
decir.
Inmediatas
una
y
otra,
aclararán
á
toda
mirada
perspi-
caz
el
por
qué
se
disiparon
y
Obscurecieron
muchos
bienes
de
la
Beneficencia,
y
el
por
qué
del
funciona-
miento
irregular
de
algunas
fundaciones,
al
propio
tiempo
que
pondrán,
en
más
de
una
ocasión,
de
mani-
fiesto
el
celo
y
la
elevada
moral
de
aquellos
otros
patronos
que,
sin
sentirse
vigilados,
supieron
defender
y
acrecentar
las
fundaciones
que
representaban.
Las
llaves
que
al
lado
del
nombre
de
cada
localidad
encierran
las
fundaciones
que
en
ella
radican,
tienen
por
objeto
agrupar
las
de
localidades
distintas,
no
ya
para
que
se
aprecie
en
un
momento
si
son
mu-
chas
ó
pocas
sus
fundaciones,
aunque
esto,
según
se
indicó
antes,
habrá
de
tenerse
por
ventajoso,
sino
con
el
fin
principalísimo
de
totalizar
los
capitales
y
rentas
de
las
que
radican
en
cada
localidad.
En
la
Estadís-
tica
de
1909
sólo
al
final
de
cada
provincia
se
totalizaban
esos
capitales
y
rentas,
y
tales
datos
eran
bastantes
para
conocer
en
líneas
generales
la
distribución
y
situación
geográfica
de
la
riqueza
benéfica
del
país,
pero
no
señalaban
en
cada
territorio
provincial
el
distinto
grado
de
prosperidad
de
sus
localidades
en
el
orden
benéfico,
haciéndose
imposible
todo
estudio
comparativo
entre
las
más
favorecidas
y
las
que
sólo
disponen
de
alguna
Institución
pobre
de
las
que
necesitan,
y
más
aún,
entre
todas
esas
y
las
que
se
hallan
completa-
mente
olvidadas.
Y
pudiendo
ser
todo
eso
del
mayor
interés
para
el
Protectorado,
como
base
de
sus
previ-
siones,
y
más
especialmente
en
cuanto
á
la
inversión
de
cantidades
procedentes
de
fundaciones
caducadas
ó
inactivas,
se
impuso,
por
la
razón
de
su
conveniencia,
el
fijar
los
totales
de
los
capitales
y
rentas
contenidos
dentro
de
las
llaves
de
cada
localidad
nombrada.
El
rayado
que
separa
las
fechas
y
cifras
de
las
fundaciones
que
pertenecen
á
distintas
localidades,
facili-
tará
la
vista
de
aquéllas
al
examinarlas.
El
nuevo
concepto
«En
otros
bienes
y
valores»,
se
incluyó
en
to-
das
las
provincias,
porque
ningún
motivo
justificaba
omitirlo,
aunque
lo
contrario
se
hubiera
hecho
en
la
Estadística
de
1909.
La
observación
de
que
una
fundación
clasificada
se
encuentra
incluída
en
la
Memoria
del
referido
año
de
1909,
consiente
averiguar
las
que
se
publican
por
primera
vez.
He
ahí
explicadas
las
modificaciones
que,
respecto
de
la
Estadística
antigua,
han
sido
introducidas.
Nin-
guna
se
realizó
por
el
afán
exclusivo
de
innovar.
Sólo
se
estuvo
impulsado
por
una
idea:
la
de
ofrecer
esas
modificaciones,
por
si
alguna
se
estima
como
aceptable
y
fundada
al
confeccionarse
una
Estadística
general.
Y
no
hay
más
que
decir
por
ahora
con
referencia
á
estos
cuadros,
sino
que
en
los
mismos
constan
los
an-
tecedentes
completos
de
156
fundaciones
clasificadas.
Todo
lo
demás
que
con
esas
fundaciones
se
relaciona
se
irá
exponiendo
oportunamente.
:
Cuadros
adicionales.—Estadística
de
las
fundaciones
de
Beneficencia
particular,
clasificadas
en
el
año
de
1912.—Se
confeccionaron
con
arreglo
á
los
modelos
de
la
Estadística
de
1909,
que,
á
su
vez,
los
copió
de
los
confeccionados
el
año
de
1905,
según
las
instrucciones
contenidas
en
la
Real
orden
de
13
de
Agosto
de
1904,
interesando
la
remisión
de
datos
que
fueron
enviados
en
gran
número,
y
que
(unidos
á
los
que
ya
se
habían
comenzado
á
reclamar
por
Circular
de
29
de
Abril
de
1872,
y
á
los
que
se
ordenaron
desde
el
año
de
1883
en
adelante,
que
eran
muchos
comprendidos
los
recabados
en
Circular
de
28
de
Mayo
de
1901),
constitu-
yeron
la
amplia
base
de
la
Estadística
de
1909;
la
cual,
en
cuanto
al
hecho
de
su
publicación,
puede
consi-
derarse
como
la
primera
de
su
clase
en
España.
Pues
hasta
entonces,
sólo
había
sido
ligeramente
esbozada
en
el
libro:
Datos
Estadísticos
de
Beneficencia
y
Sanidad,
correspondientes
al
año
de
1859
(Madrid.
En
la
Imprenta
Nacional,
1860,
cuarto
mayor
con
103
páginas
de
texto),
que
salió
á
luz
con
un
informe,
muy
inte-
resante
por
cierto,
del
Director
general,
á
la
sazón
D.
Tomás
Rodríguez
Rubí.
Y,
á
decir
verdad,
no
otro
carácter,
también,
que
el
de
ligero
esbozo,
aunque
llegaron
á
ocupar
impresos
79
páginas,
habían
tenido
los
datos
sobre
Beneficencia
particular,
publicados
el
26
de
Julio
de
1883
en
el
Apéndice
decimosexto
al
número
162
del
Diario
de
las
Sesiones
de
Cortes
—Senado—,
remitidos
por
el
Ministerio
de
la
Goberna-
ción
y
mandados
imprimir
á
instancia
del
Excmo.
Sr.
Senador
D.
Manuel
María
José
de
Galdo.
Esos
modelos
se
reproducen
á
continuación
de
los
nuevos
cuadros
para
que
sean
advertidas,
sin
esfuerzo
alguno,
sus
diferencias,
que
son
favorables
á
la
Estadística
de
1909,
en
cuanto
á
su
sencillez,
que
es
lo
prin-
EI
A
E
ETA
e
E
a
a
LEO
E
ES
>
A
se
E
O
a
AE
a
Ps
Ñ
XXXIX
cipal,
en
cuadros
de
esta
índole,
aunque
no
lo
único
al
desear
que
en
la
estructura
de
éstos,
tenga
cada
dato
su
debido
relieve,
bien
junto
á
los
que
pueden
hacer
sobresalir
su
importancia,
ó
bien
separado
ó
aislado
de
aquellos
otros
entorpecedores
de
su
mejor
y
más
rápido
conocimiento.
En
ellos
se
mencionan
las
93
fundaciones
clasificadas
en
el
año
de
1912.
Cuadros
de
los
capitales
y
rentas
de
las
fundaciones
de
Beneficencia
particular,
clasificadas
desde
el
30
de
Septiembre
de
1909
al
31
de
Diciembre
de
1911,
y
durante
el
año
de
1912,
en
total
y
sin
deducir
los
capitales
y
rentas
de
las
mismas
consignados
en
la
Estadística
de
1909.—Son
complementarios
de
los
anteriores,
toda
vez
que
totalizan
por
provincias
los
capitales
y
rentas
consignados
en
aquéllos.
Sus
cifras
representan
ínte-
gramente
los
capitales
y
las
rentas,
tanto
de
las
fundaciones
no
incluídas
en
la
Estadística
antigua,
como
de
las
incluídas,
sin
deducir
de
éstas
las
cantidades
que
figuraban
anteriormente,
porque
estos
cuadros
no
tenían
ese
objeto,
sino
el
de
fijar
la
cuantía
de
los
caudales
pertenecientes
á
las
fundaciones
que,
durante
esos
años,
habían
sido
regularizadas
ó
clasificadas.
De
las
fundaciones
no
incluídas
en
la
Estadística
de
1909,
unas
son
de
reciente
creación
y
otras
se
hallaban
obscurecidas
y
fuera
de
la
acción
del
Protectorado.
Cuadros
explicativos
de
los
aumentos
en
capitales
y
rentas
de
las
fundaciones
de
Beneficencia
particular
hasta
el
31
de
Diciembre
de
1911.—Fueron
formados
del
modo
siguiente:
En
las
fundaciones
clasificadas
desde
el
30
de
Septiembre
de
1909,
incluídas
en
la
Estadística
anterior,
se
dedujeron
de
sus
capitales
y
rentas
las
cantidades
que
en
aquélla
aparecían,
y
se
consignaron
de
nuevo
sus
capitales,
según
los
conceptos
en
que
figuraban
en
las
respectivas
relaciones
de
los
bienes
y
valores
de
cada
fundación,
todo
lo
cual
determinó
di-
ferencias
en
más
ó
en
menos,
en
relación
con
los
totales
de
aquella
Estadística,
al
propio
tiempo
que
impuso
un
cambio
de
casillas
á
los
conceptos
de
esos
bienes,
efecto
de
su
transformación,
por
la
sucesiva
venta
de
sus
fincas,
seguida
de
una
adquisición
de
títulos,
ó
por
la
conversión
de
éstos
en
inscripciones
intransferi-
bles,
etc.,
etc.
Además,
se
agregaron
los
caudales
y
rentas
de
las
71
fundaciones,
con
bienes
conocidos
de
las
91
que
como
nuevas
habían
sido
clasificadas
igualmente
desde
el
30
de
Septiembre
de
1909;
y
el
importe
de
las
inscripciones
emitidas
á
favor
de
las
fundaciones
y
de
otros
valores
pertenecientes
á
las
mismas,
que
constaban
en
las
Adiciones
á
la
Estadística
de
aquel
año.
Y
mediante
las
sumas
ó
restas
que
en
cada
caso
fué
necesario
verificar
con
esas
cantidades,
se
obtuvo
el
total
de
los
capitales
y
rentas
de
cada
provincia
en
31
de
Diciembre
de
1911.
Clasificación
de
los
bienes
y
rentas
pertenecientes
á
las
fundaciones
de
Beneficencia
particular.—Esos
datos
se
refieren
al
31
de
Diciembre
del
año
1911.
Y,
en
cuanto
á
los
mismos,
sólo
importa
manifestar
que
en
el
total
de
9.599
fundaciones
están
incluídas,
además
de
las
que
fueron
regularizadas
y
clasificadas
á
partir
del
año
1909,
todas
aquellas
otras
de
las
cuales
hasta
el
31
de
Diciembre
de
1911
se
obtuvieron
antecedentes.
En
la
estadística
de
1909
se
consignaba
un
total
de
capitales
de
400.652.870,36
pesetas
y
UN
total
de
rentas
de
-
10.405.872,18
pesetas.
Y
en
el
cuadro
de
que
ahora
se
hace
mención
el
total
de
capitales
asciende
á
pesetas
461.138.852,94,
y
el
total
de
rentas,
á
12.077.794,88
pesetas.
Capitales
y
rentas
pertenecientes
á
las
fundaciones
de
Beneficencia
particular,
clasificadas
por
concep-
tos.—Para
ese
nuevo
cuadro
se
confeccionaron
otros
por
provincias,
en
los
cuales
se
colocaron
las
cifras
de
los
capitales
y
rentas
de
cada
fundación,
según
su
respectivo
objeto
benéfico.
Mas
fueron
tan
numerosos
(ue,
á
pesar
do
su
importancia,
se
tuvo
que
desistir
de
publicarlos,
porque
Sus
páginas
impresas
habrían
aumentado
excesivamente
el
volumen
de
esta
obra.
Con
ellos
se
formó
ese
resumen
general
en
el
que
se
comprenden,
provincia
por
provincia,
todos
los
capitales
y
rentas
pertenecientes
á
las
fundaciones
de
Espa-
ña,
clasificadas
por
sus
conceptos:
de
índole
religiosa,
en
favor
de
los
pobres,
para
enfermos,
económico-
sociales,
de
carácter
instructivo,
para
dotes
y
pensiones,
de
varios
fines
y
cuyo
objeto
no
consta.
Y
aquí
es
ocasión
de
reiterar
toda
clase
de
homenajes
á
la
Estadística
de
1909,
pues
ella
ha
sido
el
más
estimable
auxi-
liar
en
este
nuevo
trabajo.
Cuadro
demostrativo
de
quiénes
tienen
encomendado
6
conferido
el
p
No
es
indiferente
saber
en
qué
manos
está
la
administración
de
los
cau
se
halla
atribuída
la
representación
de
las
fundaciones.
Ese
cuadro
insinúa
que
es
por
demás
elevado
el
número
de
fundaciones,
atronazgo
activo
de
las
fundaciones.—
dales
de
la
Beneficencia
y
á
quiénes
cuyo
patronazgo
se
ejerce
por
las
Corporaciones
oficiales.
Las
Juntas
provinciales
de
Beneficencia
se
ve
que
tienen
conferido
el
patronazgo
de
2.001
fundaciones.
Y
ese
patronazgo,
que
sólo
debe
ser
confiado
interinamente
á
las
Juntas,
como
en
algunas
de
ellas,
tal
vez
por
la
defectuosa
organización
de
sus
Secretarías,
se
ha
hecho
muy
poco
para
regu-
larizar
esas
fundaciones,
resulta
ejercido
á
perpetuidad,
con
quebraní
Pues
no
hay
duda
de
que
la
Beneficencia
sufre
un
daño,
desde
el
instante
en
que,
encomendadas
las
funcio-
nes
de
patronazgo
á
una
Junta,
ésta
no
facilita
con
su
gestión
celosa
la
regularización
de
la
fundación
que
o
de
los
intereses
de
la
Beneficencia.
Ea
4
XL
representa,
practicando
las
investigaciones
necesarias
para
que
sus
cargas
sean
conocidas
y
sus
capitales
no
permanezcan
estériles
y
menoscabándose
años
tras
años,
sin
fruto
benéfico
alguno,
con
las
mermas
de
un
10
por
100
de
administración.
Las
2.766
fundaciones,
cuyos
patronos
no
constan,
son
en
su
mayor
número
de
las
inactivas.
Fundaciones
instituídas
y
fundaciones
clasificadas
desde
el
año
1901
al
1911.—En
conjunto,
el
total
del
primer
cuadro
desvanece
el
error
de
quienes,
sin
fundamento
alguno,
se
han
permitido
afirmar
que
en
estos
tiempos
la
caridad
privada
destinaba
ya
con
escasez
sus
recursos
á
la
creación
de
fundaciones.
No
sólo
se
están
creando
incesantemente,
sino
que
además
algunas
son
dotadas
con
cuantiosos
bienes,
consistentes
en
varios
millones
de
pesetas,
que
superan
en
mucho
á
las
que
se
instituyeron
con
grandes
capitales
en
lo
antiguo.
a
De
la
actividad
desplegada
por
el
Protectorado
en
la
clasificación
de
fundaciones
durante
los
primeros
once
años
del
presente
siglo,
da
idea
el
cuadro
segundo
de
los
dos
á
que
se
hace
referencia.
Dicho
lo
cual
se
omite
todo
género
de
comparaciones
ahora,
con
los
totales
de
las
fundaciones
en
años
posteriores
clasifica-
das,
que
tenga
el
propósito
de
negar
la
eficacia
de
la
actuación
anterior.
Porque
las
circunstancias
entonces
eran
muy
distintas,
y
todo
lo
que
recientemente
se
apresuró
por
los
Patronos
el
sometimiento
al
Protecto-
rado
de
las
fundaciones
que
representaban,
para
eludir
el
pago
del
impuesto
de
personas
jurídicas,
estaba
convertido
años
atrás
en
repulsas
y
en
ocultaciones
que
dificultaban
la
tramitación
de
esos
expedientes.
Capitales
y
rentas
de
las
fundaciones,
clasificadas
en
activas
é
inactivas.—Muéstrase
una
alteración
bastante
apreciable
con
respecto
á
los
capitales
y
rentas
de
las
fundaciones
activas,
que,
como
se
sabe,
son
las
que
cumplen
sus
cargas
benéficas.
De
339.104.572,37
pesetas
de
capital
y
10.027.039,73
de
renta,
con
que
figuraban
en
la
estadística
de
1909,
se
elevan
en
ese
nuevo
cuadro
á
454.643.248,47
pesetas,
por
capitales,
y
á
11.714.385,52,
por
rentas.
Las
inactivas,
en
cambio,
han
experimentado
en
sus
capitales
y
rentas
una
alte-
ración
apenas
visible,
>
Cuadro
demostrativo,
por
conceptos,
del
número
de
fundaciones
de
Beneficencia
particular
(en
381
de
Di-
ciembre
de
1911),
clasificadas
en
activas
é
inactivas.—Por
no
carecer
de
importancia,
es
de
apuntar
la
variación
que
ofrece,
en
cada
uno
de
sus
totales,
en
relación
con
el
de
la
misma
clase,
publicado
en
la
Esta-
dística
de
1909.
La
causa
principal
de
esas
diferencias
se
encuentra
en
la
incorporación
del
nuevo
concepto,
en
que
se
comprenden
las
fundaciones
«De
varios
fines».
No
estará
de
sobra,
sin
embargo,
alguna
mayor
explicación.
Por
ejemplo,
el
número
de
fundaciones
«Cuyo
objeto
no
consta»,
subió
de
1.514,
según
la
esta-
dística
de
1909,
á
la
cifra
de
1.576,
por
habérsele
agregado
toda
fundación
de
la
cual
se
llegó
á
obtener
algún
antecedente
con
posterioridad
al
año
de
1909.
El
total
de
las
activas
descendió,
porque
141
de
las
incluídas
como
tales
en
aquella
estadística
no
funcionaban
ni
cumplían
sus
cargas
benéficas.
De
no
haber
ocurrido
así,
al
sumarse
á
las
4.476
que
allí
se
consienaban
las
91
fundaciones
clasificadas
como
nuevas
desde
el
30
de
Septiembre
de
1909
al
31
de
Diciembre
de
1911,
ese
total
se
habría
elevado
á
4.567.
Por
el
contra-
rio,
varias
que
se
consideraban
inactivas,
luego,
ya
se
tenían
antecedentes
de
que
se
hallaban
funcionando,
TAO
A
A
je
Dn
a
a
E
CUADROS
DEMOSTRATIVOS
DEL
ACTUAL
FUNCIONAMIENTO
DE
LOS
SERVICIOS
EN
LA
BENEFICENCIA
PARTICULAR
.
Beneficencia
particular.—Negociado
de
Derecho.—Estado
comparativo
de
los
servicios
realizados
en
los
últimos
seis
años
(1908-1911),
que
demuestra
que
las
reformas
en
el
régimen
de
la
Beneficencia
particular,
implantadas
por
este
Ministerio
en
1908
y
1909
han
sido
favorables
ú
la
iniciación
de
nuevos
expedientes
fundacionales
y
han
dado
un
ventajoso
impulso
á
los
trabajos
de
esta
Sección.—La
reorganización
de
estos
servicios
en
los
años
1908
y
1909,
ha
influído
de
manera
extraordinaria
en
la
mayor
amplitud
y
eficacia
de
la
acción
del
Protectorado.
El
total
de
255
expedientes
tramitados
en
el
año
1906
y
el
total
de
404
que
se
tramitaron
el
año
de
1909
en
el
período
más
intensivo
de
las
reformas,
y
el
total
de
410
tramitados
el
año
1911,
son
suficientemente
expresivos
para
que
necesiten
más
extenso
comentario.
De
70
expedientes,
cuyo
primer
asiento
en
el
Registro
de
la
Sección
corresponde
al
año
de
1907,
subieron
éstos
á
167
en
ol
año
de
1909
y
á
157
en
el
año
de
1911.
Y
de
222
Reales
órdenes
recaídas
en
expedientes
el
año
de
1906,
se
elevaron
en
su
número
el
año
de
1999
á
352,
y
el
año
de
1911,
4
350.
Como
complemento
de
todo
ello,
justo
es
decir
que
la
Sección
de
Beneficencia
particular,
á
la
cual
estuvieron
y
están
encomendados
esos
servicios,
tanto
en
esos
años
como
en
los
sucesivos,
ha
contribuído
con
la
actividad
é
inteligencia
de
sus
Jefes
y
del
personal
de
sus
Negociados,
á
la
provechosa
actuación,
que
tuvo
Su
origen
en
las
indicadas
reformas.
Juntas
provinciales
de
Beneficencia.—Nombres
y
apellidos
de
los
Secretarios,
dotación
de
éstos,
sesiones
celebradas
por
las
Juntas
y
asuntos
despachados
por
las
mismas
durante
los
años
1910
y
1911.—Los
datos
comprendidos
en
ese
cuadro
son
muy
significativos
y
requieren
especial
atención.
Concediéndole
primacía
á4
las
Juntas
provinciales
de
Beneficencia
en
estas
consideraciones,
al
tiempo
de
reconocer
que
algunas
de
ollas
se
distinguen
por
su
competencia
y
perseverante
asiduidad,
no
puede
decirse
otro
tanto
de
las
demás.
Si
se
creyese
excesiva
tal
afirmación,
examínese
ese
cuadro,
donde
se
podrá
ver
que
once
Juntas
provin-
ciales
estuvieron
los
dos
años
de
1910
y
1911
sin
celebrar
sesión
alguna.
Y
en
esos
mismos
dos
años
una
Junta
celebró
una
sesión,
otra
dos
sesiones,
otra
tres,
otra
cinco,
tres
seis
sesiones
y
una
siete.
Las
otras
se
reunieron
con
más
frecuencia,
llegando
al
mayor
número
la
Junta
provincial
de
Beneficencia
de
Madrid,
que
celebró
78
sesiones
el
año
do
1910
y
88
el
año
do
1911.
En
el
total
de
asuntos
despachados
por
las
referidas
Juntas
en
los
dos
años
de
1910
y
1911,
la
Junta
de
Sevilla
resulta
que
despachó
898
asuntos;
la
de
Madrid,
834;
la
de
Cádiz,
522;
la
de
Santander,
334,
y
la
de
Teruel,
333.
En
las
restantes
disminuye
notablemente
el
número,
hasta
bajar
á
seis
los
asuntos
que
despachó
una
Junta,
á
cuatro
los
que
otra,
á
tres
los
que
otra,
á
dos
los
que
despacharon
cuatro
Juntas
y
á
uno
los
des-
pachados
por
cinco.
Y
dos
de
estas
Corporaciones
auxiliares
del
Protectorado
no
despacharon
ningún
asunto.
Sin
duda
influye
en
todo
esto
la
falta
de
un
Cuerpo
bien
organizado
de
Secretarios-Administradores
de
las
Juntas,
capaz
no
sólo
de
secundar
las
iniciativas
de
éstas,
sino
de
respon
tud,
y
por
tanto,
con
menos
negligencias
que
hasta
ahora
(en
alto
toda
excepción
honrosa)
al
cumplimiento
inmediato
de
los
servicios
que
por
el
Protectorado
se
le
encomienden.
Para
convencerse
de
la
necesidad
de
esa
organización,
no
hay
más
que
mirar
las
cifras
de
dotación
de
muchos
de
los
Secretarios.
Además,
esa
organización
se
impone
para
que
no
se
prolongue
la
indiferencia
de
algunos
Secretarios-Administradores
respecto
á
la
regularización
de
las
fundaciones
que
radican
en
las
provincias
donde
están
nombrados.
:
der
con
una
inexcusable
solici-
is
E
E
AA
TOA
in
,
A
E
e
XLIH
Quizá
pudiera
aplicarse
á
este
objeto
parte
de
los
capitales
ó
rentas
de
las
fundaciones
inactivas,
de
con-
formidad
con
lo
propuesto
en
la
páginas
LVI
de
su
Memoria
por
el
Sr.
Martín
de
la
Bárcena,
quien
en
esto,
como
en
cuanto
hizo
allí
tema
de
estudio,
acertó
prudentemente,
sabiendo
alejar
la
vista
de
toda
solución
que
pudiera
perjudicar
en
lo
más
mínimo
al
patrimonio
de
las
fundaciones
activas,
ya
tan
perjudicadas
con
el
10
por
100
que
Juntas
y
patronos
(y
éstos
algunas
veces
más)
percibían
anualmente
de
las
mismas
en
con-
cepto
de
premio
de
patronazgo
y
de
administración,
y
que
se
extendía
á
todos
los
casos
en
que
los
fundado-
res
no
fijaron
ninguno,
á
menos
que
por
bajo
del
10
por
100
hubieren
fijado
algun
otro.
Estado
de
los
ingresos
y
gastos
anuales
de
las
Juntas
provinciales
de
Beneficencia,
según
los
presupuestos
para
1912,
sometidos
á
la
aprobación
de
este
Ministerio.—El
total
de
ingresos
que
se
calculaba
para
el
año
de
1912,
era
de
192.444,09
pesetas,
comprendiendo
102.996,27
por
el
10
por
100
de
administración;
33.865,48
por
el
de
1
por
100
de
revisión
de
cuentas,
y
por
rentas,
multas,
subvenciones
y
varios
conceptos,
las
demás
cantidades.
Los
gastos
ascendían
á
198.354,51
pesetas,
con
aplicación
de
144.525,65
para
personal,
23.526,09
para
material
y
30.302,77
bajo
la
denominación
de
varios..
Relación
de
los
expedientes
remitidos
al
Tribunal
Supremo
desde
1.”
de
Octubre
de
1909
hasta
el
31
de
Diciembre
de
1911,
por
haberse
promovido
en
los
mismos
recurso
contencioso-administrativo
ante
la
Sala
3.
de
dicho
Tribunal.
Los
datos
que
constan
en
esa
relación,
son
demostrativos
de
la
justicia
en
que
la
Admi-
nistración
pública
fundamenta
sus
resoluciones
y
del
acierto
con
que
son
dictadas.
En
efecto:
de
doce
recursos
promovidos,
en
siete
ha
sido
absuelta
la
Administración
general
del
Estado,
declarándose
las
Reales
órdenes
recurridas
firmes
y
subsistentes;
en
uno
solo
fué
anulada
la
Real
orden
recurrida;
en
otro,
el
Tribunal
se
declaró
incompetente,
y
de
tres,
fueron
devueltos
los
expedientes
sin
haber
recaído
ón
ellos
sentencia
por
desistimiento
del
recurrente.
,
AO
Relación
de
los
expedientes
remitidos
á
informe
del
Consejo
de
Estado
desde
1.”
de
Octubre
de
1909
al
31
de
Diciembre
de
1911.—En
este
lugar
pueden
darse
por
reproducidas
las
palabras
escritas
respecto
de
lá
Relación
anterior.
Pues
de
20
expedientes
remitidos
á
informe
del
Consejo
de
Estado,
17
fueron
resueltos
de
acuerdo
con
el
dictamen
de
aquel
alto
Cuerpo,
que
aceptó
la
resolución
propuesta
por
este
Ministerio.
Estado
comparativo
de
las
cuentas
despachadas
en
los
años
de
1906
á
1911,
inclusive,
corrientes
y
ante-
riores.—De
1.351
fundaciones
que
rindieron
sus
cuentas
al
Protectorado
en
el
año
de
1906,
subió
esa
cifra
á
2.869
en
el
año
de
1909,
y
en
el
año
de
1911
las
rindieron
2.393
fundaciones,
si
bien
deducidas
de
estas
últimas
48
cuentas
de
la
fundación
«Capilla
de
San
Andrés»
y
sus
23
agregadas
de
los
años
1909
y
1910,
quedan
reducidas
á
2.345.
En
la
actualidad
este
número
ha
aumentado
con
la
clasificación
de
numerosas
fundaciones
que
han
sido
obligadas
á
rendir
cuentas.
)
EAN
Sobre
materia
tan
vital
como
esta
de
las
Cuentas,
y
como
consecuencia
de
la
Contabilidad,
tal
vez
haya
precisión
de
estudiar
un
nuevo
régimen,
por
no
ser
el
existente
del
todo
satisfactorio.
LA
JUNTA
SUPERIOR
DB
BENEFICENCIA
En
cuantos
asuntos
intervino
desde
su
creación
por
Real
decreto
de
25
de
Octubre
de
1908,
acreditó
tal
profundo
conocimiento
de
las
necesidades
sociales
y
benéficas,
como
era
de
esperar
de
la
respetable
autoridad
de
sus
Vocales.
Sus
informes
y
asesoramientos
defendieron
los
derechos
y
la
vida
de
las
fun-
daciones,
con
clarividencia
tan
grande
en
los
juicios,
que
bien
puede
decirse
que
todos
estuvieron
ins-
pirados
sabiamente.
|
Como
una
prueba
práctica
del
concurso
prestado
por
la
Junta
Superior
de
Beneficencia,
se
publican
en
esta
parte
tercera
de
la
obra
en
la
sección
correspondiente
á
los
«Cuadros
demostrativos
del
actual
fun-
cionamiento
de
los
servicios»,
tres
cuadros
bajo
el
siguiente
epígrafe
general:
|
Relación
de
los
expedientes
remitidos
á
informe
de
la
Junta
Superior
de
Beneficencia,
desde
la
fecha
de
su
creación
al
31
de
Diciembre
de
1911.—En
el
primer
cuadro
aparecen
mencionados
once
expedientes,
re-
sueltos
de
acuerdo
con
el
dictamen
de
la
J
unta,
que
aceptó
la
resolución
propuesta
por
este
Ministerio.
El
segundo
relaciona
siete
expedientes,
resueltos
de
acuerdo
con
lo
informado
por
la
Junta,
que
se
separó
de
la
resolución
propuesta
por
este
Ministerio.
Y
el
tercero
comprende
diez
y
seis
expedientes,
resueltos
de
acuerdo
con
el
dictamen
de
la
Junta,
sin
propuesta
de
este
Ministerio,
|
LA
ASESORIA
JURÍDICA
Por
cuanto
ha
contribuído
también
al
mejor
funcionamiento
de
los
servicios,
debe
consignarse
aquí
la
importancia
alcanzada
por
dicha
Asesoría
desde
que
se
creó
en
este
Ministerio
el
año
de
1908,
á
cargo
del
Cuerpo
de
Abogados
del
Estado,
con
plazas
ya
dotadas
en
el
Presupuesto
del
año
1909.
Su
intervención
ha
sido
constante
en
cuantas
cuestiones
afectan
á
las
instituciones
benéficas,
auxiliando
al
Protectorado
en
la
resolución
de
los
problemas
jurídicos,
surgidos
con
motivo
de
la
regularización
de
las
fundaciones.
Esta
Asesoría
secundó
inteligentemente
á
la
Dirección
general
de
Administración,
tanto
informando
en
los
expedientes
sometidos
á
su
dictamen,
como
con
sus
propuestas
en
variadas
incidencias
judiciales
é
im-
portantes
litigios.
GASTOS
DE
LA
BENEFICENCIA
GENERAL
INGRESOS
Y
GASTOS
DE
LA
PROVINCIAL
Y
MUNICIPAL
CUADROS
PROPORCIONALES,
COMPARATIVOS
Y
DE
CAPITALES
TRANSMITIDOS
PARA
INSTITUCIONES
DE
BENEFICENCIA
É
INSTRUCCIÓN
Gastos
de
Beneficencia
general,
deducidos
de
la
ley
de
Presupuestos.—La
cantidad
total
que
en
los
presu-
puestos
generales
del
Estado
se
dedica
á
Beneficencia,
asciende
á
2.647.893
pesetas,
de
las
cuales
1.360.580
satisface
el
Ministerio
de
Hacienda,
en
compensación
de
las
rifas
suprimidas
á
diversos
establecimientos
de
índole
particular.
Además,
para
auxiliar
á
las
Sociedades
dedicadas
á
la
Beneficencia
domiciliaria
se
consignan
65.877
pe-
setas,
y
para
el
Colegio
de
Irlandeses
de
Salamanca,
5.000
pesetas.
Los
establecimientos
generales
invierten
en
su
sostenimiento
713.188
pesetas,
que
con
el
gasto
de
lá
Junta
Superior
y
el
del
Cuerpo
facultativo
y
personal
central,
así
como
del
demás
personal
y
la
partida
de
servi-
cios
y
obras,
forman
el
resto
del
presupuesto;
advirtiéndose
que
la
de
337.000
pesetas
con
esta
última
apli-
cación
se
destinó
en
su
mayor
parte
á
la
construcción
de
la
Escuela
de
Reforma
titulada
del
Príncipe
de
Asturias,
Estado
de
la
¿inversión
de
las
50.000
pesetas
consignadas
én
el
capítulo
9.”,
artículo
4.”
de
la
Sección
6.*
de
los
presupuestos
del
Estado
en
los
años
que
se
indican.—De
los
datos
de
este
cuadro
resulta
que
el
año
de
1909
se
invirtieron
en
obras,
en
los
respectivos
edificios
en
que
están
instalados
los
establecimientos
de
Beneficencia
general,
47.791,35
pesetas.
Esa
cantidad,
en
el
año
de
1910,
fué
de
46.995,31.
Y
en
el
año
de
1911
ascendió
á
48.208,94
pesetas.
Ingresos
de
la
Beneficencia
provincial
y
municipal
según
los
presupuestos
de
1912.—Como
en
la
estadís-
tica
de
1909,
no
existen
datos
de
los
presupuestos
de
las
Vascongadas
y
Navarra.
:
Los
presupuestos
provinciales
que
figuran
con
mayores
ingresos
son
los
de
Barcelona,
con
1.252.062,02
pesetas;
Madrid,
con
889.148,18;
Sevilla,
con
803.152,05,
y
Valencia,
con
785.490.
Las
de
menores
ingresos
son:
Tarragona,
con
1.780
pesetas;
Lugo,
con
596,44,
y
Pontevedra,
con
547,50.
En
cuanto
á
los
presupuestos
municipales,
aparecen
con
las
cantidades
más
elevadas:
Madrid,
149.944,52
pesetas;
Pontevedra,
148.491,77;
Tarragonú,
144.848,07,
y
Coruña,
139.460,06.
Entre
las
provincias
cuyos
in-
gresos
de
la
Beneficencia
en
los
presupuestos
AS
son
menores,
se
encuentran:
Soria,
890,11
pe-
setas;
Segovia,
555,
y
Ávila,
257,93.
Sumando
los
ingresos
por
ambos
conceptos
se
verá
que
solamente
en
Barcelona
y
en
Madrid
pasan
de
un
millón.
Comparados
los
totales
de
ingresos
con
el
censo
de
población
de
cada
provincia,
resulta
que
donde
los
ingresos
son
proporcionalmente
mayores
es:
en
Valladolid,
2,01
por
habitante;
Madrid,
1,30,
y
Barcelona,
1,24;
y
menores:
en
Almería,
0,04;
en
Badajoz,
0,06,
y
en
Ávila
y
Teruel,
0,07.
Los
ingresos
de
los
presupuestos
provinciales
alcanzan
en
conjunto
la
cifra
de
6.349.956,37
pesetas,
y
los
municipales,
la
de
1.756.683,40,
formando
los
dos
un
total
de
8.106.639,77
pesetas,
que
si
se
reparte
entre
la
masa
de
población
da
un
0,46
por
año
y
habitante.
Gastos
de
la
Beneficencia
provincial
y
municipal
según
los
presupuestos
de
1912.—El
examen
de
los
pre-
supuestos
de
gastos
de
todas
las
provincias,
con
excepción
de
las
Vascongadas
y
Navarra,
evidencia
que
las
cifras
más
importantes
pertenecen:
á
Madrid,
3.393.340,57
pesetas;
Barcelona,
2.476.496,17;
Sevilla,
ve
XLIV:
1.717.951,51;
Valencia,
1.498.099,29;
Zaragoza,
1.381.075,26,
y
Cádiz,
1.005.519,79,
y
las
cantidades
menores:
á.
Lugo,
156.089,28,
y
Cuenca,
165.125,40.
:
53%
:
En
los
gastos
de
los
presupuestos
municipales.
ocupa
el
primer
lugar
Barcelona
con
2.148.357,09
pesetas;
le
siguen
en
importancia:
Madrid,
con
1.975.980;
Valencia,
con
977.049,96,
y
Sevilla,
con
942,494,12.
Con
las
cantidades
menores
en
gastos
resultan:
Orense,
42.501
pesetas,
y
Soria,
30.403,82.
Las
provincias
de
Albacete,
Badajoz,
Cáceres,
Cuenca,
Jaén,
Murcia
y
Tarragona,
tienen
gastos
de
Bene-
ficencia
en
los
presupuestos
municipales
mayores
que
los
provinciales.
?
El
total
por
provincias
de
estos
dos
presupuestos
demuestra
que
en
la
de
Madrid
se
destinan
á
Benefi-
cencia
5.369.320,57
pesetas;
en
Barcelona,
4.624.853,26;
en
Sevilla,
2.660.445,63;
en
Valencia,
2.475.149,25,
y
más
de
un
millón
en
Badajoz,
Cádiz,
Córdoba,
Coruña, Granada,
Jaén,
Málaga,
Murcia,
Oviedo,
Valladolid
y
Zaragoza.
Las
provincias
donde
en
total
son
menores
los
gastos:
Orense,
241.828,03;
Soria,
263.665,50,
y.
Lugo,
278.838,41.
Suman
dichos gastos
en
los
presupuestos
provinciales,
27.622.484,06
pesetas,
y
en
los
municipales,
18.078.520,16;
en
total,
la
cantidad
de
45.701.004,22
pesetas
al
año.
Tanto
por
ciento
destinado
en
los
presupuestos
provinciales
de
1912
á
las
atenciones
de
Beneficencia.—
Zaragoza
ocupa
el
primer
lugar
en
esta
clasificación,
pues
la
parte
proporcional
que
destina
en
los
presu-
puestos
provinciales
á
Beneficencia
asciende
un
71,97
por
100.
Siguen:
Baleares,
con
un
66,92;
Madrid,
con.
un
64,02;
León,
con
un
62,67,
y
Sevilla,
con
un
60,19.
Se
aproximan
al
60
por
100,
Cádiz
y
Gerona.
Invierten
más
del
50
por
100:
Soria,
55,56;
Toledo,
54,12;
Valladolid,
53,91;
Murcia,
53,72;
Badajoz,
52,80;
Canarias,
52,60;
Huesca,
52,33;
Santander,
52,17;
Zamora,
51,92,
y
Guadalajara,
50,37.
'
-
Destinan
á
Beneficencia
más
del
40
por
100
y
menos
del
50:
Lérida,
Teruel,
Cáceres,
Valencia,
Huelva,
Málaga,
Almería,
Salamanca,
Granada,
Jaén,
Burgos,
Córdoba
y
Ciudad
Real.
Y
menos
del
40
y
más
del
30
por
100:
Palencia,
Castellón,
Albacete,
Tarragona,
Logroño;
Cuenca,
Segovia,
Coruña,
Pontevedra
y
Alicante.
|
AS
Barcelona
consagra
un
29,79
por
100;
Oviedo,
un
97,79;
Orense,
un
25,12;
Ávila,
un
23,12,
y
Lugo,
un
21,24.
/
El
promedio
de
todas
las
provincias
es
de
un
44,97
por
100.
Tanto
por
ciento
destinado
en
los
presupuestos
municipales
de
1912
ú
las
atenciones
de
Beneficen-
cia.—Ocupan
los
lugares
primeros:
Cáceres,
dedicando
un
11,64
por
100;
Badajoz,
un
10,67,
y
Logroño,
un
9,29.
-
¿Emplean
más
de
un
8
por
100,
sin
llegar
al
9:
Salamanca,
con
8,60;
Jaón,
con
8,39;
Tarragona,
con
8,35;
Almería,
con
8,33;
Coruña,
con
8,05,
y
Cádiz,
con
8,02.
Eos
Aparecen
invirtiendo
más
del
7
y
menos
del
8
por
100:
Murcia,
León,
Sevilla,
Pontevedra
y
Huelva.
Y
menos
del
7
y
más
del
6
por
100:
Granada,
Valencia,
Madrid,
Lugo,
Cuenca,
Alicante
y
Albacete.
Diez
provincias
atienden
á
esta
necesidad
con
un
5
á
un
6
por
100,
y
cinco
provincias
con
un
4
á
un
5.
Canarias,
3,84;
Santander,
3,69;
Zaragoza,
3,54;
Gerona,
2,94;
Zamora,
2,79;
Segovia,
2,76;
Orense,
1,85;
Soria,
1,81,
y
Huesca,
1,40.
AN
Por
término
medio
se
dedica
en
España
á
Beneficencia
un
5,88
por
100
de
los
presupuestos'
municipales
de
gastos.
ia
AÑ
i
Bienes
de
la
Beneficencia
particular,
en
relación
con
los
habitantes
de
cada
provincia.—Acerca
de
ese
cuadro
y
de
los
que
inmediatamente
le
siguen
hay
que
hacer
la
advertencia
de
que
sus
datos
se
refieren
á
los
totales
obtenidos
en
la
estadística
del
año
1911-1912.
de
|
|
|
3
Según
las
cifras
que
en
él
constan
en
cuanto
al
total'
por
provincias
de
la
masa
de
capitales
de
las
funda-
ciones,
en
relación
con
el
número
de
habitantes,
resulta
que
la
proporción
mayor
corresponde
á
Madrid,
con:
169,98
pesetas
de
capital
benéfico
por
habitante,
Á
continuación
van
Zamora,
con
72,90;
Cádiz,
con
52,27;
Toledo,
con
50,57;
Coruña,
con
46,39;
Salamanca,
con
39,52;
Sevilla,
con
38,90;
Santander,
con
32,27,
y
Bur-
gos,
con
31,82.
A
-
“En
diez
provincias
corresponde
de
20
á
30
pesetas
de
capital
por
habitante;
en
doce,
de
10
á
20
pesetas,
y.
en
diez
y
seis,
de
1
á
10
pesetas.
ia
A
:
E
E
La
menor
proporción
se
halla
en
la
provincia
de
Lugo,
donde
sólo
es
de
0,88
por
habitante,
y
en
Ciudad
Real,
que
apenas
llega
40,97.
e
E
|
|
ás
EN
|
:
Proporción
en
que
se
hallan
los
bienes
de
las
fundaciones.
de
Beneficencia
particular
con
el
número
de
éstas
en
cada
provincia.—El
término
medio
mayor
pertenece
á
Coruña,
con
un
capital
de
422,130,20.
pe+
XLV
setas
por
fundación
y
18.520,15
de
renta,
y
el
menor,
á
Castellón
de
la
Plana,
cuyas
fundaciones
sólo
repre-
sentan
un
capital
de
2.442,84
pesetas
y
una
renta
de
53,65.
El
promedio
general
es
de
48.040,31
pesetas
de
capital
por
fundación
y
de
1.258,44
pesetas
de
renta.
Comparación
de
los
gastos
que
realizan
la
Beneficencia
provincial,
la
municipal
y
las
fundaciones
par-
ticulares,
en
relación
con
el
número
de
habitantes.—Los
gastos
provinciales
para
1912,
exceptuando
las
Vas-
congadas
y
Navarra,
importaron
27.622.484,06
pesetas;
los
municipales,
18.078.520,16,
y
las
rentas
de
las
fun-
daciones
particulares,
12.077.794,88,
que
suman
un
total
de
57.778.799,10.
Relacionadas
esas
cifras
con
el
número
de
habitantes,
resulta
que
los
presupuestos
provinciales
dedican
1,56
por
habitante;
los
municipales,
1,02,
y
las
fundaciones
particulares,
0,68,
que
dan
un
total
por
habitante
de
3,26.
Capitales
transmitidos
para
instituciones
de
Beneficencia
é
instrucción,
de
indole
particular,
en
cada
pro-
vincia,
excepto
las
Vascongadas
y
Navarra,
durante
los
años
1909,
1910
y
1911.—En
Avila
no
fué
transmi-
tido
caudal
alguno
por
este
concepto
el
año
de
1909;
en
Cuenca,
ni
el
año
1909
ni
el
1911;
en
Soria,
ninguno
de
los
tres
años.
Tampoco
en
Zamora,
los
años
de
1909
y
1910;
ni
en
Almería,
Guadalajara,
Huelva
y
Orense
el
año
de
1911;
ni
en
Palencia,
el
año
de
1910
y
1911.
El
total
de
los
capitales
transmitidos
en
los
tres
años
es
de
34.512,737,79
pesetas.
Capitales
transmitidos
para
instituciones
de
Beneficencia
é
instrucción,
de
indole
oficial,
en
cada
provin-
cia,
excepto
las
Vascongadas
y
Navarra,
durante
los
años
1909,
1910
y
1911.—Hay
varias
provincias,
en
nú-
mero
de
cinco,
en
las
cuales
no
se
transmitió
caudal
alguno
por
este
concepto
durante
todo
ese
período
de
tiempo.
En
otras
sólo
algún
año
hubo
transmisiones.
El
total
de
los
capitales
transmitidos
en
los
tres
años
es
de
6.257.121,80
pesetas.
ESTADÍSTICA
ESPECIAL
DE
LOS
MONTES
DE
PIEDAD
Y
CAJAS
DE
AHORROS
DE
ESPAÑA
d
Se
ha
dicho
que
la
Beneficencia
y
la
Previsión
coinciden
en
tener
por
campo
de
acción
al
pobre;
pero
que,
mientras
la
Beneficencia
lo
acoge
ya
desvalido,
la
Previsión
quiere
evitarlo
el
desvalimiento.
Mas
aun
siendo
eso
cierto,
no
parece
necesario
demostrar
que
las
instituciones
denominadas
Montes
de
Piedad
y
Ca-
jas
de
Ahorros
revisten
á
la
vez
el
doble
carácter
de
previsoras
y
de
benéficas.
:
Una
estadística
especial
que
á
tales
instituciones
se
refiriera
se
estimó
que
había
de
ser
de
una
grande
importancia
y
utilidad.
Allá
por
el
año
de
1904
el
Instituto
de
Reformas'Sociales
había
realizado
interesantes
trabajos,
sobre
los
cuales
hizo
una
notable
estadística
de
las
Instituciones
de
Ahorro,
Cooperación
y
Previsión
en
1.”
de
Noviembre
de
aquel
año,
que
fué
impresa
en
1908,
formada
su
primera
parte
en
orden
de
relación
|
por
provincias,
con
cinco
casillas:
nombre
de
la
Sociedad
ó
Institución,
fecha
de
su
fundación,
objeto,
¿sy
lugar
en
que
radica
y
número
de
socios;
dando
en
su
parte
segunda,
en
conceptos
deductivos,
el
número
de
:
Sociedades,
absoluto
y
relativo,
por
1.000
habitantes,
y
el
número
de
socios,
también
absoluto
y
relativo,
por
1.000
habitantes,
y
terminando
con
una
parte
tercera,
dedicada
á
gráficos.
Pero
á
la
estadística
que
el
Protectorado
del
Gobierno
en
la
Beneficencia
confeccionase
no
podía
dársele
la
extensión
de
la
del
Instituto
de
Reformas
Sociales,
pues
se
tenía
que
contraer
á
las
clasificadas
como
benéficas,
ó
que
fuera
posible
considerarlas
á
tal
efecto
comprendidas
entre
aquéllas.
Concretándola
más
aún,
y
estrictamente
á
los
Montes
de
Piedad
y
Cajas
de
Ahorros,
Socorros
y
Pensiones,
esto
permitiría
par-
ticularizar
la
acción
y
singularizar
más
los
datos.
Y
así
se
verificó.
Al
Protectorado
le
interesaba
mucho
formar
esa
estadística
en
cumplimiento
de
sus
deberes
de
alto
pa-
tronato
sobre
las
clases
modestas
y
desheredadas
de
la
sociedad,
y
para
que
sea
sabido
cómo
es
utilizada
la
fuerza
colectiva
del
ahorro,
y
conocidas
sus
inversiones,
cómo
están
situadas
las
responsabilidades
de
esos
Institutos,
y
cómo
son
defendidos
los
capitales
de
los
imponentes
de
pérdidas
irremediables
y
de
desastrosas
xs
insolvencias.
XLVI
Además,
para
estas
Instituciones
es
vitalísima
la
publicidad
de
cuanto
afecta
á
su
funcionamiento,
porque
en
el
examen
de
los
datos
á
ellas
referentes,
el
interés
público
puede
cimentar
su
confianza.
Y
por
eso
mismo
dichos
establecimientos
distribuyen
impresos
profusamente
sus
balances
y
Memorias
todos
los
años,
con
el
total
desarrollo
de
sus
operaciones.
Ahora
bien,
una
estadística
que
abarcase
las
operaciones
y
la
situación
económica
de
todas,
no
se
había
hecho
en
España.
Y
hoy
más
que
nunca
se
imponía,
por
cuanto
el
Instituto
Nacional
de
Previsión,
en
la
realización
de
su
magna
obra
de
mutualidad,
se
halla
difundido
por
todo
el
país,
con
la
colaboración
de
las
Cajas
de
Ahorros,
las
cuales
pueden
ejercer
voluntariamente
función
de
sucursales
en
las
provincias.
CLASIFICACIÓN
DE
LAS
OPERACIONES
VERIFICADAS
POR
LOS
MONTES
DE
PIEDAD
DE
ESPAÑA
EN
EL
AÑO
DE
1911
Figuran
en
esos
cuadros
84
establecimientos
de
esta
clase.
El
total
de
sus
operaciones
de
préstamo
en
el
año
de
1911
fué
de
1.589.784
por
valor
de
62.189.569,81
pesetas.
Las
partidas
por
préstamos
sobre
ropas
ascienden
á
1.179.745
por
la
cantidad
de
9.112.367,66
pesetas,
á
un
interés
general
de
6
por
100,
aunque
es
de
notar
que
en
algunos
establecimientos
este
interés
se
eleva
al
8
y
hasta
el
10.
Sobre
alhajas
constan
318.154
partidas
por
22.633.121,44
pesetas,
con
un
interés
de
6,
8
y
10
por
100.
So-
"
bre
valores
públicos,
1.425
partidas
por
9.263.109,68
pesetas,
con
un
interés
general
de
5
por
100,
que
no
pasa
del
6.
Sobre
efectos
comerciales,
ninguno.
Hipotecarios,
por
valor
de
6.345.031,99
pesetas,
á
un
interés
de
5,
sin
pasar
del
6.
Con
garantía
personal,
15.439.696,63
pesetas,
con
un
interés
de
5
y
de
6,
que
en
algu-
nos
casos
llega
al
8.
Á
labradores,
3.506.292,69
pesetas,
con
un
interés
de
4, 5,
6,
7
y
8.
Á
Corporaciones,
133.573
pesetas,
con
un
interés
do
4,
5,
6
y
8.
:
Capital
prestado
en
el
año
de
1911,
61.059.129,81
pesetas.
Partidas
existentes
en
31
de
Diciembre
de
1911,
705.867
por
valor
de
46.576.263,79
pesetas.
Donativos
para
devolución
gratuita
de
partidas
recibidos
de
particulares,
35.944,53
pesetas;
concedidos
por
los
establecimientos,
38.652,30
pesetas.
Capital
propio,
pesetas
12.136.855,22
pesetas.
Capital
total
invertido,
22.533.303,58
pesetas.
Algunos
establecimientos
de
los
incluídos
no
remitieron
datos.
Varios
otros
que
no
se
incluyen,
pero
que
se
titulan
Montes
benéficos,
debieran
ser
objeto
de
una
pro-
:
hibición
especial
que
les
impidiese
usar
ese
título
en
la
explotación
de
sus
negocios
comerciales,
del
todo
b;
ajenos
á
la
Beneficencia.
e:
SITUACIÓN
DE
LAS
CAJAS
DE
AHORROS
DE
ESPAÑA
EN
EL
AÑO
DE
1912
qe
En
esos
cuadros
se
hace
mención
de
113
establecimientos,
pero
en
la
casilla
de
observaciones
se
citan
muchos
más
que
ro
remitieron
datos
ó
que
los
que
enviaron
eran
incompletos
y
de
fecha
posterior.
Cuentas
que
existían
en
dichos
establecimientos
el
1.
de
Enero
de
1911,
en
total,
402,135.
Capital
im-
Eos
puesto
hasta
1.?
de
Enero
de
1912,
en
total,
384.586:591
pesetas.
Las
nuevas
imposiciones
en
el
año
de
1911
KE
ascendieron
á
80.450.
El
capital
impuesto
en
el
año
de
1911
se
elevó
á
83.503.065
pesetas.
El
interés
anual
ho
fijado
es,
en
general,
de
un
3
por
100,
pero
en
algunos
establecimientos
es
menor,
y
en
otros
sube
á
un
5
y
5
un
6,70.
pat
MERO
Reintegros
abonados
á
cuenta,
en
número
de
177.004
por
valor
de
47.205.863,71
pesetas;
por
saldo,
en
hi
;
número
de
56.599
por
valor
de
25.887.536,11
pesetas.
Total
de
intereses
abonados
en
1911,
la
cantidad
de
De
5.909.723,24
pesetas.
Eo
Libretas
escolares,
en
número
de
7.085
por
valor
de
215.854,37
pesetas.
0
|
Número
y
clase
de
imponentes
existentes
en
31
de
Diciembre
de
1911:
Menores,
varones,
38.875;
hem-
Mi
bras,
21.899;
escolares,
4.302.
Mayores:
varones,
169.820;
hembras,
68.697;
escolares,
884,
A
MS
Total
de
libretas
6
imponentes
que
existen,
440.888,
Total
impuesto
en
todas
las
cuentas
pendientes,
pe-
3
|
|
|
setas
215.929.025,80.
Total
de
sus
capitales
invertidos
en
la
actualidad,
243.207,53
pesetas.
de
No
se
pierda
de
vista
al
examinar
tales
datos,
que
esta
estadística
no
es
más
que
un
ensayo,
como
puede
1%
fácilmente
deducirse
por
los
muchos
establecimientos
de
los
cuales
no
se
obtuvieron
antecedentes.
ES
|
De
todos
modos,
y
á
pesar
de
estar
incompletos,
son
cuadros
que
nunca
se
publicaron
otros
semejantes,
EE
en
que
constasen
los
detalles
y
las
cifras
de
tan
varios
é
importantes
conceptos.
RESÚMENES
ESTADÍSTICOS
DE
LAS
FUNDACIONES
CLASIFICADAS
DE
BENEFICENCIA
PARTICULAR
desde
el
31
de
Diciembre
de
1912
al
31
de
Diciembre
de
1915
y
cuadros
complementarios.
Resumen
estadístico,
por
conceptos,
según
sus
fines,
del
número
de
fundaciones
clasificadas
de
Beneficen-
cia
particular,
desde
el
3l
de
Diciembre
de
1912
al
31
ds
Diciembre
de
1915.—Las
fundaciones
clasificadas
en
esos
tres
años
ascienden
á
383.
Corresponde
el
mayor
número
á
las
creadas
en
favor
de
los
pobres,
que
se
elevan
á
124.
Aparte
las
de
varios
fines,
que
suman
113,
ascienden
á
55
las
que
tienen
por
objeto
dotes
y
pensiones
y
las
instituídas
para
enfermos,
á
53.
Con
carácter
económico-social
aparecen
clasificadas,
20;
de
carácter
instructivo,
14,
y
de
índole
religiosa,
4.
Cuadro
resumen
explicativo
de
los
aumentos
en
capitales
y
rentas
de
las
fundaciones
de
Beneficencia
particular
desde
el
31
de
Diciembre
de
1911
al
31
de
Diciembre
de
1915.—En
el
mismo
se
señalan
las
causas
de
tales
aumentos
y
la
procedencia
de
las
nuevas
cantidades
incorporadas
en
las
respectivas
casillas
de
los
capitales
y
rentas
de
las
fundaciones.
:
Clasificación
de
los
bienes
y
rentas
de
las
fundaciones
de
Beneficencia
particular
en
381
de
Diciembre
de
1915,—El
número
de
11.158
fundaciones
que
consta
en
ese
cuadro
se
halla
en
relación
con
el
de
institu-
ciones
de
carácter
particular
incluídas
en
el
Índice
general
y
de
Adiciones,
que
se
publican
en
la
parte
se-
gunda
de
esta
obra.
Sobresalen
por
su
importancia
entre
los
bienes
las
inscripciones
de
la
Deuda
del
Estado
en
cantidad
de
193.531.915,07
pesetas,
y
que,
como
se
sabe,
están
considerados
como
el
prototipo
de
aquellos
con
que
la
Beneficencia
debe
estar
dotada.
Correspóndele
seguir
en
importancia
los
títulos
de
la
propia
Deuda
del
Estado
por
la
enorme
cifra
de
114.735.814,62
pesetas,
cuya
transformación
en
inscripciones
intransferibles
está
haciéndose
ya
en
gran
parte,
prescindiéndose
de
las
excusas
y
pretextos
de
los
patronos
para
no
realizarla,
Pues
si
bien
en
deter-
minados
casos
es
necesaria
la
conservación
de
algunos
bienes
en
títulos,
en
los
demás
puede
ser
peligroso
para
los
intereses
fundacionales.
Las
acciones
del
Banco
de
España
aparecen
en
su
valor
efectivo,
al
formarse
ese
cuadro,
por
la
cantidad
de
47.040.375
pesetas,
de
sólida
garantía,
y
que
merecen
la
mayor
estimación,
pero
debiéndose
convertir
en
inalienables
á
nombre
de
las
fundaciones
á
las
cuales
pertenecen.
Las
fincas
urbanas
figuran
por
la
cantidad
de
45.959.768,86
pesetas;
y
tanto
esas
fincas
como
las
rústicas,
cuyo
importe
asciende
á
17.267.529,32
pesetas,
siempre
que
sin
perjuicio
para
las
fundaciones
pueda
ha-
cerse,
deben
ser
enajenadas
y
convertido
su
valor
en
inscripciones
que
constituyan
el
capital
permanente
de
cada
fundación,
con
lo
cual
estarán
mejor
defendidos
esos
capitales,
y
se
evitarán
más
de
una
vez
lucros
ocultos
en
los
arrendamientos,
de
seguro
daño
para
las
fundaciones.
En
censos
se
consigna
un
capital
de
20.729.633,78
pesetas,
cuya
redención
ventajosa
viene
siendo
objeto
de
la
más
especial
atención
por
el
Protectorado.
También
se
incluye
un
capital
en
créditos,
que
asciende
á
17.483.187,40
pesetas.
lo
que
exige
que
por
el
Protectorado
se
imponga
á
los
patronos
la
realización,
si
es
posible,
de
esos
créditos,
para
que
no
prescriban
y
se
pierdan,
como
ya
ocurrió
con
otros.
|
En
bienes
indeterminados
(entre
los
cuales
se
comprenden
joyas,
objetos
artísticos,
toda
clase
de
valores
distintos
de
los
enumerados,
y
otros
procedentes
de
limosnas
y
donativos,
etc.,
etc.)
figura
la
cantidad
de
67.806.047,16
pesetas.
Los
totales
absolutos
de
los
capitales
de
toda
especie
estaban
representados
en
31
de
Diciembre
de
1915
por
524.554.271,76
pesetas,
y
los
de
las
rentas
por
15.848.402,34
pesetas.
No
hay,
proporción
entre
los
totales
de
las
rentas
y
los
capitales,
porque
en
muchas
casillas
no
se
con-
signan
las
rentas,
por
no
ser
conocidas
exactamente
en
algunas
fundaciones
de
reciente
clasificación,
y
por
oscilar
los
intereses
de
los
valores
en
otras.
XLVHnI
Cuadro
demostrativo,
por
conceptos,
del
número
de
fundaciones
de
Beneficencia
particular
(en
31
de
Di-
ciembre
de
1915),
clasificadas
en
activas
é
inactivas.—Su
interés
podrá
apreciarse
comparándolo
con
el
que
se
refiere
á
la
fecha
de
31
de
Diciembre
del
año
de
1911.
En
aquél
sólo
se
clasificaban
9.599
fundaciones,
y
en
éste
se
clasifican
11.158,
que
han
alterado
las
cifras
totales
que
corresponden
á
los
distintos
conceptos.
Cuadro
proporcional
de
los
bienes
de
las
fundaciones
de
Beneficencia
particular,
con
el
total
de
éstas
en
cada
provincia,
relacionado
el
tanto
de
las
rentas
por
habitante.—Á
dichas
11.158
fundaciones,
y
como
perteneciente
á
las
mismas,
capitales
por
valor
de
524.554.271,76
pesetas,
corresponde
por
término
medio
(promedio
general)
como
capital
á
cada
fundación
47.011,49
pesetas.
Y
de
sus
rentas,
que
alcanzan
á
15.848,402,34
pesetas,
se
obtiene
como
promedio
para
cada
fundación
1.420,36
pesetas
y
un
promedio
de
rentas
por
habitante
de
0,86
pesetas.
Cuadro
complementario
comparativo
de
los
capitales
y
rentas
de
las
fundaciones
de
Beneficencia
particu-
lar,
publicados,
respectivamente,
en
las
Estadísticas
de
los
años
1909,
1911
y
1915.—Estableciéndose
como
punto
de
partida
para
la
comparación
del
acrecentamiento
de
los
caudales
de
la
Beneficencia,
las
cifras
y
totales
consignados
en
la
estadística
del
año
1909,
se
precisan
los
totales
de
los
aumentos
y
diferencias
por
capitales
y
rentas
que
determinaron
los
nuevos
que
se
hicieron
figurar
en
la
estadística
de
1911
en
cada
casilla
y
según
la
clase
de
bienes,
y
que
ofrecen
una
visible
é
importante
diferencia
en
más
por
capitales
representada
en
la
cantidad
de
60.486.482,58
pesetas
y
por
1.671.922,70
en
rentas.
Y
en
la
misma
forma,
me-
diante
las
sumas
de
los
totales
que
constaban
en
la
estadística
de
1911,
con
los
resultantes
del
valor
que
corresponde
á
los
bienes
posteriormente
acumulados,
se
marcan
las
cifras
trasladadas
á
la
estadística
del
año
1915,
con
otro
aumento
sobre
el
anterior
de
63.415.418,82
pesetas
por
capitales
y
3.770.607,46
por
rentas.
Cuadro
complementario
comparativo
de
los
totales
de
fundaciones
activas
é
inactivas,
publicados,
respec-
tivamente,
en
las
estadísticas
de
los:años
1909,
1911
y
1915.—Presenta
la
particularidad
de
que
en
la
com-
paración
de
la
estadística
de
cada
año
aparece
aumentado
el
número
de
las
fundaciones
inactivas.
Esto
se
explicó
ya
oportunamente
al
tratar
de
la
formación
de
la
estadística
del
año
1911.
Por
lo
que
se
refiere
á
la
del
año
1915,
será
suficiente
indicar
que
ese
total
se
ha
elevado,
porque
entre
las
mismas
quedaron
¡ncluídas
muchas
de
las
cuales
se
logró
obtener
algún
dato,
aunque
nada
más
se
sabe
de
su
existencia
pero
que
era
conveniente
consignarlo,
para
el
caso
de
posibles
investigaciones.
Cuadro
complementario
demostrativo
de
las
fundaciones
que
por
Reales
órdenes
de
este:
Ministerio
han
sido
clasificadas
de
Beneficencia
particular
desde
el
1.”
de
Enero
de
1910
á
81
de
Diciembre
de
1915.—El
total
de
623
fundaciones
clasificadas
durante
esos
seis
años,
es
demostrativo
del
vigoroso
impulso
con
que
ha
venido
actuando
el
Protectorado
en
la
regularización
de
las
fundaciones
investigadas,
y
respecto
de
aquellas
otras
cuyo
sometimiento
fué
solicitado
y
se
consideró
beneficioso
activar.
Es
de
observar
que
como
nuevas
ó
no
incluídas
en
la
estadística
antigua,
se
incluyen
303
fundaciones,
lo
cual
corrobora
más
y
más
cuanto
se
lleva
dicho
de
la
intensa
actuación
del
Protectorado.
Cuadro
complementario
de
los
capitales
transmitidos
para
instituciones
de
B
de
indole
oficial
y
particular
en
cada
provincia,
excepto
las
Vascongadas
y
Navarra.—Comprende
los
capi-
tales
transmitidos'en
los
años
1912,
1913,
1914
y
1915.
En
ese
período
de
tiempo
resulta
que
se
transmi-
tieron
á
la
Beneficencia
oficial
caudales
por
un
total
de
8.552.557,85
pesetas,
y
á
la
Beneficencia
particular,
47.237.173,75
pesetas.
eneficencia
é
instrucción,
LOS
ÚLTIMOS
TRABAJOS
DE
ESTADÍSTICA
Y
EL
SERVICIO
DE
INSPECCIÓN
TÉCNICA
DE
BENEFICENCIA
Ed
No
se
puede
hablar
de
tales
trabajos
sin
hacer,
aunque
sea
una
breve
referencia,
á
ese
Servicio
espe-
cial,
que
en
la
actualidad
tiene
encomendada,
como
una
de
sus
funciones
propias,
la
confección
de
la
Es-
tadística.
:
:
>
En
esta
referencia,
imposible
es
no
recordar
que
las
primeras
iniciativas
para
la
creación
de
ese
Ser-
vicio
de
Inspección
correspondieron
exclusivamente
en
el
año
de
1913
al
Ministro
en
aquel
tiempo
de
este
XLIX
:
Departamento
Excmo..Sr.
D.
Santiago
Alba,
y.
al
Director
Bn
de
Administración,
por
los
mismos
pa
Tlmo.
Sr.
D.
Joaquín
Chapaprieta.
El
Protectorado,
no
cabe
duda
de
que
Pbhcaba
entonces,
á
la
manera
que
siempre,
y
como
inherente
4
lo
más
característico
de
su
esencia,
la
suprema
inspección
de
las
Instituciones
benéficas;
con
los
con-
siguientes
derechos
de
investigación,
visita,
examen
de
títulos
fundacionales
y
de
propiedad,
y
autorización
de
los
más
importantes
actos
económicos,
incluída
la
aprobación
de
presupuestos
y
cuentas,
y
con
las
facul-
tades
de
suspender,
destituir
y
substituir
á
los
patronos
fundacionales,
de
crear,
suprimir,
agregar
y
segre-
gar
fundaciones,
de
clasificarlas,
completarlas
y
modificarlas
en
armonía
con
las
nuevas
necesidades
socia-
les
y
de
aplicar
los
fondos
sobrantes,
insuficientes
y
de
objeto
caducado.
Sin
embargo;
opinando
dichos
Sres.
Ministro
y
Director
general
de
que
cuanto
tienda
á
hacer
más
eficaz
toda
esa
acción
administrativa,
ha
de
ser
favorable
á
los
intereses
de
la
Beneficencia,
pronunciaron
sus
decisiones
en
el
sentido
de
que,
aun
cuando
provisionalmente,
-y
mientras
tanto
se
verificaba
sobre
bases
fijas,
se
estableciera
un
servicio
especial,
cuya
función
inspectora
estuviese
organizada
de
modo
tal,
que
por
sí
misma,
valiéndose
de
los
funcionarios
de
la
Administración
en
todos
los
órdenes,
y
buscando
y
agra-
.deciendo
la
cooperación
social,
descubra
las
cláusulas
fundacionales
que
tengan
fines
benéficos,
vigile
é
im-
ponga
su
cumplimiento,
investigue
sus
bienes,
acuda
á
los
Tribunales
de
justicia
en
demanda
de
sus
dere-
chos,
y
asegure,
en
suma,
el
buen
desenvolvimiento
de
las
Instituciones
benéficas,
constituyendo
un
verda-
dero
amparador
de
los
derechos
de
los
pobres.
Un
afianzamiento
mayor
en
ese
propósito
representó
la
Real
orden
de
13
de
Octubre
de
1916
á
pro-
puesta
del
Director
general
de
Administración,
Ilmo.
Sr.
D.
José
Morote,
por
la
que
se
dió
carácter
técnico
y
permanente
al
Servicio
de
Inspección
y
Estadística
de
Beneficencia,
con
funciones
esencialmente
activas,
cuales
son:
vigilar
el
cumplimiento
de
la
voluntad
de
los
fundadores
de
instituciones
benéficas,
tanto
por
parte
de
los
organismos
auxiliares
del
Protectorado
como
por
las
Juntas
de
patronos,
administradores
y
demás
representantes
legítimos
de
las
fundaciones;
cuidar
de
que
se
observen
las
disposiciones
dictadas;
¿entender
en
cuanto
se
relaciona,
tanto
con
la
investigación
de
las
fundaciones
benéficas
como
en
lo
que
se
refiere
á
los
bienes
de
este
carácter,
evitando
que
éstos
sean
detentados,
y
que
unas
y
otros
se
sustraigan
á
la
acción
del
Protectorado;
realizar
por
medio
de
sus
funcionarios
las
visitas
de
inspección
que
se
acuer-
den;
conocer
de
las
reclamaciones
extrajudic¡ales
de
créditos
que
corresponden
á
las
fundaciones;
adicionar,
rectificar
y
refundir
el
Índice
y
Estadística
de
la
Beneficencia
de
España,
proponer
medidas
de
carácter
general
y
preparar
los
estudios
y
trabajos
que
puedan
ser
útiles
y
necesarios
para
la
reforma
de
la
legisla-
ción
vigente
en
materia
de
Beneficencia.
:
Tanto
al
organizarse
provisionalmente
ese
servicio
en
1913
como
al
reorganizarlo
con
carácter
permanen-
te
en
1916,
fueron
utilizados
en
lo
que
al
personal
afecta,
distintos
elementos
de
entre
los
de
acreditada
competencia.
Se
nombró,
en
el
año
de
1913,
Jefe
del
Servicio
al
Abogado
del
Estado
D.
Ildefonso
Díez
Gómez,
que
tenía
á
su
cargo
la
jefatura
de
la
Asesoría
jurídica
de
este
Ministerio,
y
para
Subjefe,
posterior-
mente,
al
también
Abogado
del
Estado
D.
Francisco
Cárdenas,
en
cuyo
puesto
le
ha
sucedido
el
Abogado
,
de
dicho
Cuerpo
D.
Andrés
Amado;
recayendo
tales
designaciones
en
esos
funcionarios,
por
su
especializa-
ción
adquirida
en
el
despacho
de
expedientes
sobre
la
materia.
Como
Oficiales
técnicos
de
la
Inspección
des-
tináronse
varios
que
lo
son
de
este
Departamento
ministerial,
y
de
los
cuales
se
hallan
nombrados
D.
Joaquín
Castaño
Mendoza,
D.
Plácido
López
y
Fernández,
D.
José
Hernández
Reigón,
D.
Alberto
Ortega
Pérez
y
D.
Alfredo
Espantaleón
Molina;
todos
de
reconocida
aptitud,
y
algunos
de
ellos
muy
especializados
en
estos
asuntos.
En
concepto
de
Auxiliares
vienen
actuando
celosamente
dos
Oficiales,
y
además,
con
asiduidad,
tres
temporeros,
que
por
la
nueva
ley
general
de
empleados
figuran
hoy,
como
los
restantes
de
su
clase,
en
la
escala
auxiliar.
DESENVOLVIMIENTO
GENERAL
DE
LA
FUNCIÓN
INSPECTORA
z
Con
independencia
de
los
numerosos
é
importantes
expedientes
que
son
tramitados
por
la
Sección
de
Beneficencia
particular;
cuéntanse
á
centenares
las
fundaciones
cuya
documentación
ha
completado
el
Ser-
vicio
especial
de
Inspección,
facilitando
la
clasificación
de
las
mismas.
No
pocas
han
sido
igualmente
las
fundaciones
cuyos
bienes
y
valores
se
han
investigado,
poniéndolos
en
poder
de
sus
legítimos
representan-
tes,
saneando
su
situación
y
mejorando
la
forma
y
cuantía
de
sus
arrendamientos.
También
fueron
muchas
las
fundaciones
que
tenían
deudores
por
considerables
cantidades,
contra
los
cuales
se
iniciaron
procedi-
mientos
administrativos
ó
judiciales,
logrando
con
la
mayoría
de
ellos
regularizar
el
cobro
de
las
rentas..Ade-
L
nl
¿más
algunos
legados
y
fundaciones
recientemente
hechos
se
investigaron
sobre
las
noticias
suministradas
por
Notarios
y
Registradores,
las
cuales
se
han
comprobado
mediante
los
testamentos
y
se
regularizaron
cuando
revestían
carácter
permanente.
Finalmente,
en
un
crecido
número
de
expedientes
de
cuentas
de
las
fundaciones,
ha
formulado
reparos
por
consecuencia
de
los
que
se
han
decretado
reintegros
de
distintas
cantidades
por
valor
de
muchos
miles
de
pesetas.
OBSERVACIONES
DEDUCIDAS
EN
SU
ACTUACIÓN
El
detenido
examen
de
los
presupuestos
y
cuentas
de
las
fundaciones
benóficas
hizo
observar,
por
lo
que
al
capital
afecta,
la
resistencia
en
muchas
ocasiones
á
convertir
los
valores
públicos
al
portador
en
inscrip-
-
Siones
intransteribles
como
está
dispuesto
en
la
legislación
vigente.
|
Son
repetidísimos
los
casos
de
cuentas
de
una
misma
fundación
aprobadas
en
distintos
años
COD
la
advertencia
de
que
se
haga
la
conversión
aludida,
y
es
lo
cierto
que
aún
no
se
ha
podido
conseguir
en
MA
muchos
de
ellos,
siendo
necesario,
para
lograrlo,
adoptar
medidas
de
rigor
ante
el
desdén
manifiesto
á
po
q
|
órdenes
del
Protectorado;
órdenes
que
obedecen,
no
sólo
al
propósito
de
que
la
ley
se
cumpla,
sino
también
AN
á
evitar
el
que
puedan
desaparecer,
como
con
frecuencia
ha
ocurrido,
parte
de
los
bienes
que
integran
el
El
patrimonio
de
la
Beneficencia
particular;
sin
que
haya
sido
dable,
en
la
casi
totalidad
de
esos
casos,
remedial
el
daño,
por
desaparición
ó
insolvencia
de
los
responsables.
Á
corregir
tal
infracción
se
encaminaron
las
medidas
adoptadas,
ordenando
la
inmediata
conversión
de
valores
en
aquellos
en
que
tal
operación
no
suponga
merma
alguna
de
bienes,
ó
mandando,
mientras
las
circunstancias
obliguen
á
ello,
que
se
constituyan
los
valores
al
portador
en
depósito
intransferible
á
nom-
bre
de
las
respectivas
fundaciones
y
no
al
de
los
patronos
administradores.
Completa
esas
medidas
Pal
a
el
aseguramiento
de
los
bienes
la
Real
orden
de
17
de
Julio
de
1916,
disponiendo
con
carácter
general
El
los
depósitos
de
valores
ó
bienes
muebles
de
cualquier
clase
que
sean,
constituídos
en
la
Caja
de
Depósitos,
en
las
oficinas
del
Banco
de
España
ó
en
cualquiera
otro
Establecimiento
de
crédito,
ya
estén
impuestos
á
nombre
de
una
fundación,
ya
al
de
sus
patronos
ó
representantes
como
de
la
propiedad
de
aquéllas,
no
se
pueden
retirar
sino
con
la
autorización
de
este
Centro
directivo.
Otro
punto
interesante,
relativo
al
capital
de
las
fundaciones,
es
el
d
fundaciones
antiguas,
representaban
la
mayor
parte
de
sus
dotaciones.
vando
el
caso
frecuentísimo
de
no
percibir
las
Instituciones
benéficas
el
canon
correspondiente,
y,
como
elo
produce
grave
daño,
se
publicó
la
Circular
de
18
de
Febrero
de
1909,
dando
detalladas
instrucciones
á
las
Juntas
provinciales
de
Beneficencia
para
obtener
el
reconocimiento
de
los
cens
ses,
así
como
para
procurar
la
redención
en
las
condiciones
más
ve
ración
al
ineludible
deber
de
velar
por
la
integridad
de
los
bienes
resistencia
de
los
particulares
al
pago
de
las
cargas,
conducentes
al
fin
que
se
perseguía.
Y,
aun
lamentándolo
en
extremo,
hay
que
confesar
que
aquella
disposición
no
produjo
los
efectos
apole-
cidos;
que
ni
los
órganos
auxiliares
del
Protectorado
ni
los
Patronos
de
las
fundaciones
respondieron,
1d
regla
general,
á
la
cooperación
q
ue
de
ellos
se
esperaba,
continuando
la
acción
perezosa
ya
advertida
por
el
Sr.
Marín
de
la
Bárcena,
y
por
ello
han
se
;
guido
figurando
en
las
cuentas
infinidad
de
débitos
P
réditos
de
censos,
y
lo
que
es
peor,
se
ha
llegado
hasta
el
extremo
de
que
tales
capitales
se
pierdan
pon
no
cuidarse
de
trasladarlos
á
los
libros
del
moderno
Registro
de
la
Propiedad
dentro
de
los
doS
ana
que
estableció
la
nueva
ley
Hipotecaria,
por
cuya
deplorable
omisión
han
quedado
las
fincas
libres
de
todo
gravamen,
difícil,
si
no
imposible
en
la
mayoría
de
las
veces
de
reconstituir
obligando
al
Protectorado,
ps
doloroso
que
esto
sea,
á
tomar
cuantas
medidas
enérgicas
se
precisen
en
defensa
de
los
intereses
de
105
2
cesitados,
que
sólo
la
acción
pública
puede
amparar.
Tampoco
es
raro
el
que
bienes
inmuebles
n
daciones
por
falta
de
títulos,
y
entonces
se
ha
ord
e
los
censos,
que,
especialmente
€2
Desde
el
año
de
1909
se
venía
obser
os
y
el
cobro
de
sus
intere-
ntajosas
posibles,
y
reclamando
su
a
de
las
fundaciones,
venciendo
la
natura
y
esperando
que
realizaran
cuantas
gestiones
fuese?
LI
Es
igualmente
uno
de
los
puntos
que
exigen
más
cuidadosa
atención
por
parte
de
este
Centro
al
exami-
nar
las
cuentas
anuales
que
rinden
los
representantes
de
las
fundaciones
benéficas,
no
exceptuadas
por
la
Instrucción,
el
referente
á
aquellas
que
finalizan
el
ejercicio
con
sobrantes
de
importancia
en
relación
con
las
rentas
que
perciben
y
con
las
cargas
que
deben
levantar.
Si
en
otros
órdenes
la
existencia
de
un
superávit
cuantioso
es
la
muestra
más
relevante
de
una
gestión
“acertada,
en
materias
de
Beneficencia
esa
regla
tiene
muy
numerosas
excepciones,
hasta
el
punto
de
que,
aparte
fundaciones
determinadas,
que
por
su
objeto
ó
por
sus
cláusulas
fundacionales
tienen
su
fin
limitado
por
fronteras
que
no
pueden
traspasar,
ó
en
aquellas
otras
en
que
tales
sobrantes
responden
á
laudables
medidas
de
previsión
ó
á
la
necesidad
de
afrontar
gastos
extraordinarios,
el
hecho
de
aparecer
esos
sobran-
tes
suele
ser
indicio,
por
lo
menos,
de
un
vicioso
funcionamiento.
Ejemplos
hay
de
hospitales
á
los
que
se
dice
que
no
acude
un
enfermo,
de
limosnas
que
no
se
aplican,
sin
duda
por
falta
de
pobres,
y
de
dotes
que
no
se
entregan
por
no
haber
quien
las
solicite;
y
como,
desgraciadamente,
el
cuadro
que
nos
ofrece
la
vida
es
bien
distinto,
cuando
aquellas
afirmaciones
se
sientan
en
una
cuenta
ó
se
deducen
de
sus
partidas,
bien
puede
presumirse
que
allí
hay
alguna
irregularidad.
Pero
como
además
es
siempre
beneficioso
para
las
fundaciones
aumentar
su
capital
permanente,
aunque
sólo
sea
en
consideración
á
que
el
valor
del
dinero
decrece
con
el
tiempo,
la
Dirección
general
de
Adminis-
tración
ha
puesto
especial
cuidado,
con
vista
de
las
circunstancias
de
cada
fundación,
en
ordenar,
cuando
lo
ha
creído
conveniente,
la
inversión
del
total
ó
de
parte
de
los
sobrantes
en
inscripciones
intransferibles,
habiendo
logrado
en
este
respecto
muy
apreciables
resultados.
En
esta
conducta
seguramente
perseverará,
porque
lo
conseguido
hasta
el
presente
es
prenda
de
lo
que
en
el
porvenir
ha
de
alcanzarse.
Enlazada
íntimamente
con
la
cuestión
de
los
sobrantes,
se
presenta
otra
de
mucho
interés
en
la
casi
totalidad
de
las
numerosísimas
fundaciones
instituídas
en
nuestra
Patria,
con
el
fin
de
dotar
doncellas
para
contraer
matrimonio
ó
entrar
en
religión.
Enseña
la
práctica
que
los
fundadores,
al
crear
semejantes
obras
pías,
se
han
preocupado
y
preocupan
de
las
condiciones
que
han
de
reunir
las
favorecidas,
limitadas
casi
siempre
á
señalar
el
punto
de
naturaleza,
y
á
exigir
que
sean
de
buena
fama
y
costumbres,
á
determinar
las
personas
que
han
de
ejercer
el
patronazgo
y
á
expresar
la
cuantía
de
las
dotes,
pero
hacen
caso
omiso
de
una
materia
importantísima,
cual
es
la
de
la
caducidad
de
tales
concesiones.
Y
así
ocurre
que,
otorgada
una
dote,
es
muy
frecuente
que
transcurran
años
y
años
sin
que
la
interesada
contraiga
matrimonio
ó
entre
en
religión,
y
ello
compromete
una
cantidad,
adscribiéndola
á
determinada
persona,
con
daño
probable
de
otra
que
estuviera
en
condiciones
de
disfrutar
de
momento
dicho
beneficio;
y
después,
como
esa
dote
puede
ser
exigida
el
día
en
que
se
realice
el
hecho
que
constituye
la
condición,
de
la
que
depende
la
efectividad
del
derecho
declarado,
los
Administradores
de
las
fundaciones
van
conservando
esas
cantidades
en
metálico
como
sobrantes,
que,
como
realmente
no
se
sabe
si
tienen
ese
carácter,
no
puede
ordenarse
su
inversión
en
inscripciones
intransferibles,
pero
que
van
aumentando
de
ejercicio
en
ejercicio,
llegándose
á
formar
exisi-
tencias
en
metálico
verdaderamente
cuantiosas,
en
comparación
con
el
capital
permanente
de
las
Institu-
ciones.
:
Los
perjuicios
que
la
inmovilización
improductiva
de
esas
sumas
ocasiona
y
los
peligros
que
ofrece,
no
hay
necesidad
de
exponerlos;
basta
conocer
el
hecho
para
que
la
más
elemental
prudencia
aconseje
buscar
el
remedio,
que
es
tan
sencillo
de
conocer
como
fácil
de
aplicar,
puesto
que
ha
de
ser
suficiente
con
que
el
Protectorado,
ejerciendo
aquella
facultad
que
la
legislación
vigente
le
otorga
de
suplir
las
evidentes
omi-
siones
de
los
fundadores,
dicte
una
disposición
de
carácter
general
declarando
que
toda
dote
concedida
ca-
ducará
si
la
interesada,
dentro
de
determinado
plazo,
no
justifica
haber
contraído
matrimonio
ó
entrado
en
religión,
dejando
en
todo
instante
á
salvo
lo
que
expresamente
se
ordenase
en
el
título
fundacional,
según
norma
fundamental,
en
cuanto
con
la
Beneficencia
particular
se
relaciona.
Cuestión
también
que
merece
detenido
estudio
es
la
de
los
gastos
de
administración.
Ha
sido
y
sigue
siendo
actualmente
criterio
de
la
mayor
parte
de
los
representantes
de
las
fundaciones
estimar,
fundándose
en
lo
que
incidentalmente
se
dice
en
un
artículo
de
la
Instrucción,
que
tienen
derecho,
siempre,
á
detraer,
como
premio
de
administración
una
décima
de
los
ingresos
anuales,
considerando
ese
tanto
por
ciento
como
una
coparticipación
en
las
rentas
fundacionales,
por
lo
que
consignan
en
los
presupuestos
y
cuentas
como,
primera
partida
ese
10
por
100,
sin
dejar
de
incluir
también
todos
aquellos
gastos
que
son
consecuencia
de
la
administración
de
las
fundaciones.
Con
este
criterio
se
ha
llegado,
en
alguna
ocasión,
á
satisfacer
por
tal
concepto
cantidades
que
han
excedido
del
20
por
100
de
los
ingresos.
|
Para
establecer
el
verdadero
carácter
del
patronazgo
en
este
punto
concreto,
hubo
necesidad
de
dictar
la
Real
orden,
de
general
aplicación,
de
10
de
Septiembre
de
1914,
por
la
que
se
declaró
que
el
cargo
de
A
ESE
“LI
patrono,
ya
sea
por
designación
de
los
fundadores
ó
por
nombramiento
del
Protectorado,
en
substitución
de
aquéllos,
es'
siempre
de
confianza
y
honorífico,
sin
que
«nunca
pueda
atribuírsele
la
condición
de
copar-
tícipe
en
la
propiedad
ó
posesión
de
los
bienes
fundacionales,
y
que
cualesquiera
detracciones
autoriza-
das
por
la
legislación
vigente
se
han
de
entender
para
gastos
de
administración,
sujetas
á
la
resolución
del
Protectorado,
que
puede
disminuirlas
ó
señalar
la
cuantía
para
cada
caso
y
reglamentar
su
inversión.
No
obstante,
después
de
esta
disposición
se
ha
continuado
incluyendo
en
los
presupuestos
y
cuentas
la
décima
de
administración,
sin
justificar
en
forma
esa
inversión,
motivando
tal
conducta
diferentes
reparos
y
la
prevención
terminante
de
no
aceptarse
para
lo
sucesivo
tales
partidas,
sin
que
estén
en
las
cuentas
debida-
“mente
Acreditadas.
Resta
ya
solamente,
para
resolver
esta
cuestión,
realizar
lo
que
aquella
disposición
iniciaba,
esto
es,
dictar
reglas
que
limiten
tal
gasto
á
una
proporción
adecuada,
salvando
siempre,
lo
ordenado
por
los
fundadores,
según
la
índole
de
las
Instituciones
y
la
clase
de
bienes
que
constituyen
su
dotación,
pues
no
es
justo
un
premio
de
administración,
consistente
en
el
mismo
tanto
por
ciento,
en
las
fundaciones
en
que
se
trate
do
cobrar
intereses
de
valores
públicos
para
aplicarlos
al
pago
de
una
ó
más
dotes,
por
ejemplo,
y
en
aquellas
otras
que,
como
los
hospitales
ó
asilos
que
poseen
bienes
inmuebles,
requieren
una
administración
más
complicada,
que
exige
una
actuación
constante
y
absorbe
toda
ó
la
mayor
parte
de
la
actividad
delos
administradores.
Aun
así,
habrá
de
ser
resuelta
mediante
un
previo
y
detenido
estudio
que
aleje
toda
proba-
bilidad
de
error,
para
evitar
perjuicios
á
los
representantes
de
las
fundaciones
y
procurar
al
propio
tiempo
que
llegue
á
los
favorecidos
por
las
Instituciones
benéficas
la
mayor
suma
posible
de
las
rentas.
VISITAS
Y
EXPEDIENTES
DE
INSPECCIÓN
Fundación
del
Marqués
de
Amboage.—Su
situación
era
tan
irregular
que
había
motivado
escandalosos
procesos.
Intervino
el
Servicio
de
Inspección
en
1913,
se
giró
una
visita
á
la
fundación,
se
comprobaron
las
irregularidades
que
venían
denunciándose,
se
destituyó
á
la
Junta
de
Patronato,
y
se
siguió
un
expediente
en
el
que
se
declaró
responsable
de
pesetas
33.385,59.
En
las
cuentas,
las
más
graves
de
1907
á
1909,
se
han
rechazado
partidas
por
valor
de
256.284,44
pesetas,
y
se
ha
conseguido
regularizar
perfectamente
esta
tunda-
ción,
una
de
las
más
importantes
de
España.
Caja
de
Ahorros
y
Monte
de
Piedad
de
Gijón.—Por
el
Servicio
de
Inspección
se
hizo
la
denuncia
de
su
situación
anormal;
girada
visita,
se
destituyó
al
Consejo
de
administración,
se
declaró
la
responsabilidad;
se
han
garantizado
en
lo
posible
los
intereses
de
los
imponentes
y
se
han
seguido
acciones
para
conseguir
el
reintegro
hasta
un
total
de
317.000
pesetas;
que
ha
sido
ya
completamente
realizado.
Fundación
de
Mosén
Rubí,
en
Ávila.—En
una
visita
de
Inspección
se
comprobaron
graves
irregularidades
que
determinaron
se
ordenase
el
reintegro
de
más
de
50.000
pesetas,
dando
origen
el
expediente
á
una
dispo-
sición
de
carácter
general
sobre
los
derechos
de
los
Patronos
en
relación
con
las
rentas
que
administran.
Caja
de
Ahorros
y
Monte
de
Piedad
de
Logroño.—Por
iniciativa
del
Servicio
de
Inspección,
que
tuvo
noti-
cia
oficiosa
del
Estado
de
la
fundación,
se
formó
un
expediente
en
el
que
se
descubrió
que
los
fondos
de
la
Caja
estaban
desfalcados
en
más
de
un
millón
de
pesetas.
Gracias
á
la
actividad
del
Protectorado,
secundada
por
la
buena
disposición
del
Ayuntamiento
de
Logroño,
se
logró
en
medio
año
resolver
el
conflicto
total-
mente,
habiendo
sido
pagado
hasta
el
último
céntimo
á
los
imponentes.
Hospital
de
Linares.—Comprobadas
serias
anormalidades
en
la
construcción
del
hospital,
se
instruyó
un
expediente
de
inspección
que
ha
sido
causa
de
que
se
sigan
procedimientos
judiciales
para
la
depuración
-
de
la
responsabilidad
en
que
puedan
haber
incurrido
las
personas
que
manejaron
los
fondos
de
la
fundación
-Ó
realizaron
las
obras
tachadas
luego.
Álava.—Llodio.—Obra
Pía
de
dotes
fundada
por
el
Marqués
de
Urquijo.—Fué
descubierto
por
el
Servicio
de
Inspección
un
desfalco
que
dió
lugar
á
un
expediente
en
el
que.se
declaró
la
responsabilidad
del
Patro-
nato
por
27.000
pesetas,
que
están
reintegrándose
periódicamente.
Recientemente
se
han
verificado
visitas
por
el
Servicio
especial
de
Inspección
al
Monte
de
Piedad
de
Se-
“villa
y
para
examinar
el
régimen
y
funcionamiento
de
las
Administraciones
de
las
Juntas
provinciales
de
Beneficencia
de
Segovia,
Sevilla,
Cádiz
y
Toledo.
También
se
ha
logrado
que
sean
entregadas
más
de
125.000
pesetas
para
una
Institución
que
según
ins-
“trucciones
reservadas
de
un
testador
resultó
ser
benéfica.
*
A
0
%
LM
ÍNDICE
Y
ESTADÍSTICA
El
Índice
regularizador,
en
ficheros,
organizado
el
año
de
1909,
se
halla
4
cargo
del
Servicio
de
Inspec-
ción
Técnica
y
se
mantiene
al
día
llevando
á
él
todas
las
disposiciones
que
crean,
modifican
ó
extinguen
la
situación
jurídica
de
cada
una
de
las
fundaciones
sometidas
al
Protectorado.
En
la
Estadística,
desde
que
se
creó
provisionalmente
dicho
Servicio
de
Inspección
el
año
1918,
no
se
ha
cesado
de
atender
á
la
continuación
de
la
misma,
según
puede
verse
en
las
secciones
correspondientes
de
esta
parte
de
la
obra,
denominada
una
con
el
epígrafe:
«Trabajos
de
Estadística
realizados
por
el
Servicio
de
Inspección
Técnica
de
Beneficencia»,
y
la
otra
con
el
de:
«Últimas
adiciones
estadísticas
realizadas
por
el
Ser-
vicio
de
Inspección
Técnica
de
Beneficencia»
más
un
Suplemento
estadístico
hasta
el
31
de
Diciembre
de
1918.
Estadística
de
las
fundaciones
de
Beneficencia
particular,
clasificadas
desde
el
1.2
de
Enero
de
1913
al
831
de
Diciembre
de
1916.—En
la
primera
de
las
secciones
acabadas
de
nombrar,
se
comprenden
todas
esas
fundaciones,
en
cuadros
ajustados
á
los
modelos
que
se
copiaron
el
año
de
1909,
y
que
fueron
repro-
ducidos
en
la
estadística
del
año
1912,
pero
con
una
mejora:
la
de
colocar
en
estos
apéndices
estadísticos
el
total
general
de
los
capitales
y
rentas
de
las
fundaciones,
clasificadas
en
cada
provincia.
Se
incluyen
en
esos
cuadros
antecedentes
de
471
fundaciones,
por
el
siguiente
orden:
Álava,
14;
Albacete,
4;
Alicante,
6
Almería,
2;
Ávila,
1;
Badajoz,
6;
Baleares,
2;
Barcelona,
30;
Burgos,
5;
Cáceres,
4;
Cádiz,
59;
Canarias,
Castellón,
1;
Ciudad
Real,
2;
Córdoba,
47;
Coruña,
7;
Cuenca,
2;
Gerona,
6;
Granada,
4;
Guadalajara,
Guipúzcoa,
16;
Huelva,
4;
Jaén,
11;
León,
1;
Lérida,
3;
Logroño,
16;
Madrid,
81;
Málaga,
9;
Murcia,
Navarra,
16;
Orense,
3;
Oviedo,
4;
Palencia,
1;
Pontevedra,
2;
Salamanca,
6;
Santander,
13;
Segovia,
Sevilla,
9;
Soria,
3;
Tarragona,
7;
Teruel,
1;
Toledo,
7;
Valencia,
10;
Valladolid,
6;
Vizcaya,
11,
Zamora,
y
Zaragoza,
6.
j
Con
los
totales
de
los
capitales
y
rentas
de
esas
fundaciones,
sin
deducir
los
consignados
en
la
Estadística
de
1909,
se
ha
formado
un
cuadro
aparte,
en
el
que
ascienden
los
capitales
de
las
incluídas
en
la
antigua
estadística
á
34.507.952,18
pesetas,
y
el
de
las
rentas,
á
1.118,127,42.
Las
nuevas
ó
no
incluídas
en
esa
esta-
dística
aparecen
con
un
total,
por
capitales,
de
47.243,180,22
pesetas,
y
con
1.508.365,75
por
rentas.
Estadística
de
las
fundaciones
de
Beneficencia
particular,
clasificadas
desde
el
1.”
de
Enero
de
1917
al
31
de
Agosto
de
19158.—La
confección
de
esos
cuadros
es
idéntica
á
la
de
los
anteriores;
pero
habiéndose
pro-
curado
que
en
las
localidades
que
han
sido
clasificadas
fundaciones
varias
en
los
dos
años
últimos
se
guarde
el
orden
de
fecha
de
las
clasificaciones.
El
total
de
fundaciones
clasificadas
durante
ese
período
de
tiempo
se
eleva
á
168.
Agrupando
las
provincias
en
que
se
han
hecho
clasificaciones
en
igual
número,
y
siguiendo
una
escala
descendente,
resulta
que,
como
pertenecientes
á
la
provincia
de
Sevilla,
fueron
clasificadas
51
fundaciones:
de
Madrid,
36;
de
Navarra,
19;
de
Burgos
y
Oviedo,
5;
total,
10;
de
Badajoz,
Barcelona,
Guadalajara
y
Toledo,
4;
total,
16;
de
Córdoba,
Coruña,
Gerona
y
Santander,
3;
total,
12;
de
Álava,
Granada,
Guipúzcoa,
Logroño
y
Segovia,
2;
total,
10;
de
Albacete,
Almería,
Avila,
Castellón,
Ciudad
Real,
Jaén,
Lérida,
Soria,
Tarragona,
Valencia,
Valladolid,
Vizcaya,
Zamora
y
Zaragoza,
1;
total,
14.
Como
antes
se
hizo,
con
los
totales
de
los
capitales
y
rentas
de
esas
fundaciones
se
formó
un
cuadro
aparte.
En
éste,
los
capitales
de
las
fundaciones
indicadas
en
la
estadística
antigua
suman
10.115.5878,59
pesetas,
y
las
rentas,
264.022,96.
Los
capitales
de
las
nuevas
ó
no
incluídas
suben
á
12.599.756,92
pesetas,
y
las
rentas,
en
cambio,
sólo
figuran
con
un
valor
de
61.390,30.
Suplemento
estadístico
hasta
el
31
de
Diciembre
de
1918,
por
el
Servicio
de
Inspección
Técnica
de
Benefi-
cencia.—Con
las
28
fundaciones
clasificadas
en
los
últimos
cuatro
meses
del
año
1918,
y
de
las
cuales
17
aparecían
ya
incluídas
en
la
Estadística
de
1909.
El
total
de
los
capitales
de
ellas
asciende
á
1.194.269,72
pesetas,
y
el
de
las
rentas
á
34.001,50
pesetas.
Como
es
tan
reducido
este
suplemento,
no
ha
habido
necesi-
dad
de
formar
un
cuadro
aparte
con
los
totales
de
los
capitales
y
rentas
que
corresponden,
respectivamente,
'
á
las
fundaciones
antiguas
y
á
las
nuevas.
gs
sn”
A
Disposiciones
de
carácter
general,
acordadas
á
propuesta
del
Servicio
de
Inspección.
Sobre
la
presentación
de
presupuestos
de
todas
las
fundaciones.
Sobre
la
situación
de
los
valores
de
las
mismas
para
poner
en
seguro
y
con
garantía
bastante
los
cuan-
tiosos
valores
que
tienen
en
forma
endosable
ó
enajenable.
Sobre
las
garantías
y
requisitos
para
devolución
de
depósitos.
Sobre
las
gestiones
que
debieren
realizar
los
Patronatos,
á
fin
de
evitar
la
caducidad
de
sus
créditos.
”
APÉNDICE
LEGISLATIVO
El
incorporar
ese
Apéndice
ha
sido
con
el
objeto
de
que
sea
apreciado
el
estado
constantemente
progre-
sivo
de
nuestra
legislación
en
esta
materia.
El
conocimiento
del
distinto
régimen
que
algunas
de
las
nuevas
disposiciones
establecen
ha
de
ser
de
gran
valor
é
interés
para
quienes
estudian
estos
problemas
ó
se
ocupan
de
ellos.
Cuanto
sea
aumentar
la
publicidad
de
disposiciones
de
esa
índole
se
considera
beneficioso,
porque
atesti-
guan
cómo
desempeña
su
función
el
Protectorado,
cómo
vigila
las
Instituciones
y
cómo
busca
medios
legítimos
para
su
defensa.
Entre
los
nuevos
estudios
jurídico-sociales,
pocos
hay
que
estén
seguidos
más
de
cerca,
en
busca
de
soluciones
que
se
armonicen
con
la
dirección
moderna
del
espíritu
humano.
Las
transformaciones,
las
modi-
ficaciones,
los
cambios
de
orientación
impuestos
en
la
esfera
de
la
Beneficencia
son,
pues,
de
la
mayor
impor-
tancia
en
ese
sentido.
Además,
en
ellos
se
refleja
la
cultura
del
Estado,
por
su
íntima
relación
con
la
orga-
nización
administrativa
de
tales
servicios.
En
ese
Apéndice
figuran
no
sólo
las
disposiciones
dictadas
por
el
Protectorado
del
Gobierno
en
la
Beneficencia
particular,
sino
también
algunas
otras
que,
aunque
de
diferente
origen,
afectan
igualmente
á
las
Instituciones
benéficas.
:
Se
ha
colocado
un
resumen
indicador
á
la
cabeza
de
cada
una,
para
que
más
fácilmente
puedan
ser
encontradas
al
querer
hacerse
su
examen.
ARCHIVO
ESPECIAL
DE
ESTADISTICA
Con
los
materiales
que
se
conservan
de
los
trabajos
estadísticos
antiguos
y
de
las
estadísticas
de
1905
y
de
1909,
así
como
con
los
que
se
reunieron
en
1912,
y
los
reclamados
posteriormente,
se
ha
formado
un
archivo
especial
que
en
la
actualidad
consta
de
139
legajos.
Son
muchos
los
datos
que
en
él
pueden
ha-
llarse
para
la
publicación
do
un
nuevo
Índice
general
de
Instituciones
y
para
la
refundición
general
de
la
Estadística.
Hay
archivados,
por
orden
alfabético
de
provincias,
49
legajos,
en
cada
uno
de
los
cuales
se
contienen,
respectivamente,
las
Memorias
remitidas
por
las
Juntas
provinciales
de
Beneficencia
en
los
años
1909
al
1914.—Dos
legajos
con
antecedentes
para
una
nueva
estadística,
remitidos
por
dichas
Juntas
en
los
años
1913
y
1914.—Un
índice
por
años
de
la
última
cuenta
rendida
por
cada
fundación.—Asuntos
varios
re-
lativos
al
año
de
1915.—Estadística
de
las
fundaciones
clasificadas
en
los
años
1913
y
1914.—Apuntes
de
instituciones
para
un
nuevo
Índice.—Estadística:
temporeros
y
demás
personal.—Presupuestos
de
las
Juntas
provinciales
reclamados
y
remitidos
en
1912.—Datos
y
antecedentes
estadísticos
relativos
á
los
trabajos
de
1912.-—Cuadros
de
capitales
y
rentas
de
las
fundaciones,
reunidos
para
los
trabajos
de
1912.—Materiales
y
notas
complementarias
del
índice
de
fundadores,
mandado
publicar
en
1912.—Cuatro
legajos
con
Me-
morias
y
estados
de
los
Montes
de
Piedad
y
Cajas
de
Ahorros,
reunidos
para
los
trabajos
de
1912.—Benefi-
cencia
general:
originales
de
imprenta
y
documentos
relativos
á
la
misma
en
1912.—Dos
legajos
con
los
originales
ya
impresos
de
las
informaciones
de
Beneficencia
provincial,
municipal
y
particular
que
son
parte
de
los
trabajos
de
1912.—Originales
ya
impresos
del
índice
de
fundadores
y
del
de
localidades
en
1912.—Originales
ya
impresos
de
los
cuadros
estadísticos
y
de
las
Tablas
numéricas
en
1912
y
1914.
Datos
reclamados
á
las
Juntas
provinciales
por
la
Circular
de
17
de
Enero
de
1912
y
Orden
telegráfica
de
27
de
Febrero
del
mismo
año.—Investigación
antigua.—Circular
recordatoria
del
artículo
115
de
la
Ins-
trucción
de
14
de
Marzo
de
1899.—Documentos
relacionados
con
el
Real
decreto
de
16
de
Marzo
de
1908,—
Incidencias
de
la
estadística
anteriores
á
la
publicación
en
la
Gaceta,
año
de
1908.—Soorotarios
de
las
Juntas
provinciales.
—Estadística:
rectificaciones,
años
1908
y
1909.—Relaciones
remitidas
por
la
Dirección
de
la
Deuda,
año
1909.—Orden
de
la
Dirección
general
de
Administración
para
que
se
conviertan
los
sobrantes
en
títulos
de
la
Deuda;
antecedentes
relacionados
con
el
asunto.—Instancias
á
la
Dirección
general
de
la
Deuda.
Reales
Sociedades
Económicas
de
Amigos
del
País
y
Sociedades
mutuas.—Litigios,
archivos
y
otros
asuntos.
—
Estadística:
Roales
órdenes
y
Órdenes
de
la
Dirección.—Estadística:
movimiento
de
asilados
en
los
estableci-
mientos
de
Boneficencia.—Estadística
de
los
capitales
y
rentas
de
las
fundaciones
clasificadas
por
siglos:
1912.
LV
Antecedentes
y
datos
de
los
estados
de
patronos
y
fundadores:
1912.—Presupuestos
y
cuentas:
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
el
apartado
20
del
artículo
14
y
del
115
de
la
Instrucción
y
del
artículo
4.9
del
Real
decreto
de
25
de
Octubre
de
1908.—Cuadros
estadísticos
de
los
servicios
de
las
Juntas
provinciales
de
Beneficencia,
año
de
1912.—Dos
legajos
con
materiales
del
índice
de
fundadores.—Materiales
varios
del
índice
general
de
Instituciones
y
fundadores,
año
de
1912.—Nueve
legajos
con
materiales
del
índice
general
de
Instituciones,
año
de
1912.—Materiales
de
rectificaciones
y
adiciones,
1912.—Cinco
legajos
con
materiales
del
índice
de
lo-
calidades.—Materiales
de
la
estadística
del
año
1909.—Índices
de
los
archivos
de
las
Juntas
provinciales,
año
de
1909.—Documentos
relacionados
con
la
reorganización
de
los
servicios,
año
de
1909.—Materiales
de
la
estadística
de
Beneficencia
particular
del
año
1912,—
Cuadros
de
los
capitales
y
rentas
de
las
fundaciones
por
conceptos,
año
de
1912,.—Rectificaciones
de
la
estadística
del
año
1909.—Datos
estadísticos
de
los
años
1905
á
1908.—Estadística
antigua,
años
de
1886
á
1902.—Estadística
antigua,
años
de
1883
á
1886.—Instituciones
benéficas
de
los
españoles
en
el
extranjero
y
de
los
extranjeros
en
España.—Datos
estadísticos
de
la
mortali-
dad
de
expósitos,
año
de
1912.—Varios
antecedentes
y
documentos:
1.”,
Real
orden
al
Gobernador
del
Banco
interesando
relación
de
Acciones
á
nombre
de
la
Beneficencia,
año
de
1914;
2.*,
Inversión
de
los
tres
quintos
del
Indulto
cuadragesimal;
3.,
Fundaciones
de
la
relación
del
Banco
incluídas
en
los
tarjetones
del
índice
regularizador,
año
de
1914;
4,”,
Remisión
de
datos
al
Instituto
Geográfico
para
el
Anuario
Estadístico
de
España;
5.”,
Orden
circular
de
30
de
Septiembre
de
1909;
6.”,
Circular
relativa
al
impuesto
de
0,25,
año
-
de
1911;
7.”,
Relación
de
fundaciones
exentas
del
impuesto
de
0,25;
8.”,
Estadística
obtenida
en
los
archivos
diocesanos,
año
de
1910,
y
9.”,
Sobre
reclamación
de
relación
de
fundaciones
que
tienen
inscripciones
pen-
dientes
de
emisión
y
cobro,
y
otros.—Materiales
viejos
de
estadística.—Documentos
y
antecedentes
para
la
publicación
de
la
obra
de
estadística
de
1909
y
de
la
obra
posterior
de
1912.—Materiales
del
apéndice
legis-
lativo.—Memorias
y
estadísticas
extranjeras.—Datos
antiguos
de
los
Montes
de
Piedad
y
Cajas
de
Ahorros.
—
Documentos
y
antecedentes
relativos
á
la
visita
extraordinaria
de
inspección
girada
al
Manicomio
de
Ciem-
pozuelos,
año
de
1912.—Conferencia
internacional
de
asistencia
pública:á
los
extranjeros,
celebrada
en
París;
antecedentes
remitidos
para
el
estudio
de
estas
cuestiones
por
el
Ministerio
de
Estado,
año
de
1912.—
La
asistencia
á
extranjeros
en
España:
comunicaciones
y
telegramas,
año
de
1912.—Resúmenes
estadísticos
hasta
el
31*de
Diciembre
de
1915.—Cuadros
estadísticos
de
las
fundaciones
clasificadas
desde
el
1.”
de
Enero
de
1913
al
31
de
Diciembre
de
1916.—Estadística
de
las
fundaciones
que
se
clasificaron
desde
el
1.*
de
Enero
de
1917
al
31
de
Agosto
del
año
1918.—Suplemento
estadístico
hasta
el
31
de
Diciembre
de
1918.
*
+
*
No
se
oculta
que
estos
Nuevos
Apuntes
para
el
estudio
y
la
organización
en
España
de
las
Instituciones
de
Beneficencia
y
de
Previsión
son
muy
deficientes,
y
que
es
mucho
el
camino
que
se
ha
dejado
por
recorrer.
Pero
tal
fin
de
la
jornada
ya
se
tenía
previsto
desde
el
día
de
su
comienzo,
convencidos
con
el
autor
de
la
Memoria
de
1909,
de
que
toda
la
labor
que
en
el
campo
de
la
Beneficencia
se
halla
aún
sin
emprender
exige
una
investigación
profunda
y
tenaz
de
años.
Como
al
principio
quedó
indicado,
los
trabajos
que
comprende
esta
obra
se
deben
todos
á
iniciativas
de
varios
señores
Ministros
de
este
Departamento
y
do
la
Dirección
general
de
Administración.
La
ejecución
de
los
mismos,
fué
llevada
á
cabo
con
el
personal
temporero
nombrado
al
efecto.
AE
E
INN
yo
ORGANIZACIÓN
Yi
ESTADO
DE
LOS
SERVICIOS
DE
LA
BEN
DE
LC
INS
EN
ESPANA
LOS
SANATORIOS
ANTITUBERCULOSOS
ESPAÑOLES
EL
HOSPITAL
HIDROLÓGICO
DE
CARLOS
Il
-
INSTITUCIONES
BENÉFICAS
DESEOS
0
EXTRANJEROS
EN
ESPAÑA
Y
DESEOS
ESPAÑOLES
EN
EL
EXTRANTERO
|
SU
ACTUAL
DESENVOLVIMIENTO
Breve
noticia
histórica
acerca
del
origen
y
vicisitudes
de
los
Establecimientos
de
E
Beneficencia
actualmente
sostenidos
por
el
Estado.
Descripción
general
de
los
Y
mismos.—Principales
reformas
y
mejoras
en
ellos
realizadas.—Diversa
asistencia
pe
á
que
están
destinados.—Su
gobierno
superior
é
interior.—Número
de
plazas.—
|
De
la
admisión
de
solicitantes
en
cada
establecimiento
según
su
respectivo
fin
O
benéfico.—Preceptos
más
importantes
relativos
á
su
funcionamiento
y
régimen.—
E
Personal.—Cantidades
consignadas
anualmente
para
su
sostenimiento
en
los
Pre-
e
supuestos
generales
del
Estado.
—
Bienes
y
valores
que
poseen.
Reglamentos
y
demás
disposiciones
vigentes
que
les
son
aplicables.
yb
ho
y
y
E
A
E
>
a
NO
he
y
e
A
ne
e
A
O
A
BENEFICENCIA
GENERAL
HOSPITAL
DE
LA
PRINCESA
Se
halla
emplazado
en
el
Noroeste
de
Madrid
(calle
de
Alberto
Aguilera,
núm.
1)
y
forma
uno
de
los
cuadrantes
de
la
plaza
de
San
Bernardo,
extendiéndose
por
la
calle
del
mismo
nombre.
Su
fundación
data
del
año
1852,
en
que
empezóse
á
construir
por
encargo
de
S.
M.
la
Reina
D.*
Isabel
II,
para
conmemorar
el
natalicio
de
la
Princesa
de
Asturias,
hoy
Infanta
Real,
D.*
María
Isabel
Francisca.
Los
caritativos
sentimientos
manifestados
en
tal
sentido
por
$.
M.
la
Reina
tienen
su
expresión
en
la
siguiente
carta
autógrafa,
que
á
ese
propósito
se
dignó
dirigir
al
entonces
Presidente
del
Consejo
de
Ministros,
y
que
dice
así:
«Bravo
Murillo:
Prosternada
ante
la
Divina
Providencia
por
su
señalada
protección
y
favores
infinitos,
mi
cora-
zón
se
halla
conmovido
ante
las
demostraciones
de
amor
y
lealtad
que
recibo
á
cada
instante
de
mis
súbditos.
Estas
demostraciones,
sin
embargo,
pudieran
concentrarse
en
un
objeto
que
simbolizara
de
un
modo
permanente
el
carác-
ter
religioso
y
benéfico
de
los
españoles.
Con
este
fin
deseo
que
el
Gobierno
tome
la
iniciativa
para
abrir
una
sus-
cripción
voluntaria
cuyo
producto
se
destine
á
edificar
uno
ó
más
Hospitales
en
conmemoración
del
nacimiento
de
Mi
amada
hija,
y
de
mi
presentación
á
Mi
pueblo
después
de
las
bondades
que
Dios
me
ha
dispensado
en
estos
días.—
IsAaBEL.—Febrero
11
de
1852.»
Conocida
por
el
Consejo
de
Ministros
la
interesante
carta
de
S,
M.,
llevóse
en
el
mismo
día
á
la
firma
regia
un
proyecto
de
Decreto
que
fué
rubricado
por
la
Real
mano,
y
en
el
que
se
disponía,
que
se
procediese
desde
luego
á
edificar,
en
el
punto
que
se
juzgase
más
conveniente
de
Madrid
ó
sus
afueras,
un
hospital
que
llevaría
la
denomi-
nación
de
Hospital
de
la
Princesa;
que
se
abriese
una
suscripción
general
módica
á
fin
de
que
pudiesen
contribuir
á
tan
piadosa
fundación
las
personas
de
todas
clases,
cualesquiera
que
fueran
sus
recursos
y
circunstancias;
que
para
que,
lo
más
pronto
posible,
tuviese
efecto
el
plan
de
reemplazar
el
Hospital
General
existente
con
cuatro
situados
en
diferentes
puntos
de
la
población,
el
Gobierno
debería
proponer
los
medios
especiales
que
juzgara
más
condu-
centes
al
logro
de
este
objeto;
que
se
aplicara
desde
luego
á
la
creación
de
los
tres
hospitales
que
habían
de
cons-
truirse,
además
del
de
la
Princesa,
el
sobrante,
si
lo
hubiere,
de
la
suscripción
mencionada;
que
terminada
que
fuese
la
suscripción,
y
en
el
caso
de
que
su
importe
no
cubriera
el
coste
total
de
la
obra,
se
satisfaría
la
diferencia
por
S.
M.
la
Reina;
y
si,
por
el
contrario,
la
suscripción
general
excediese,
se
aplicaría
la
particular
de
S.
M.
á
la
creación
de
uno
de
los
tres
hospitales;
y
que
se
nombrase
una
Comisión
especial
que
entendiese
en
la
suscripción,
y
otra,
más
adelante,
que
conocería
de
todo
lo
relativo
á
la
construcción
de
los
cuatro
indicados
establecimientos.
Y
tan
solícita
mente
el
Gobierno
desea
que
el
pensamiento
de
S.
M.
tenga
una
inmediata
realización,
que
en
la
misma
fecha,
11
de
Febrero
de
1852,
en
que
se
firma
el
citado
Real
decreto,
son
publicadas
dos
importantes
Reales
órdenes,
en
una
de
las
cuales
se
dictan
las
reglas
relativas
á
la
forma
en
que
debía
verificarse
la
suscripción,
y
se
nombra
en
la
otra
la
Comisión
que,
presidida
por
el
Arzobispo
de
Toledo,
había
de
recibir
y
custodiar
hasta
su
inversión
los
fondos
pro-
cedentes
de
aquélla.
Igual
solicitud
adviértese
en
todas
las
Corporaciones
y
entidades
y
en
todas
las
clases
sociales
por
secundar
las
ini-
ciativas
de
S.
M.
Don
Juan
Alvarez
y
Mendizábal,
que
en
los
cuatro
primeros
meses
de
1843
que
ejerció
el
cargo
de
primer
Alcalde
Constitucional
de
Madrid,
había
concebido
como
reforma
necesaria
de
la
población
la
construcción
de
cuatro
hospi-
tales,
al
conocer
el
feliz
y
patriótico
pensamiento
de
S.
M.
la
Reina,
se
apresura
á
enviar
al
Presidente
del
Consejo
de
Ministros
un
plan
de
la
forma
y
medios
de
realizarse
la
construcción
de
los
cuatro
hospitales
de
la
Corte.
Varios
arquitectos,
entre
ellos
D.
Juan
Bautista
Peyronet
y
D.
Manuel
Seo
y
Rodríguez,
se
ofrecen
á
trazar
los
planos
sin
retribución
de
ningún
género,
y
algún
otro,
como
D.
Francisco
Cabezuelo,
hace
la
presentación
de
dichos
planos
con
la
demostración
y
cálculo
para
la
situación
y
construcción
del
Hospital
de
la
Princesa,
Distintas
personalidades
entregan
importantes
donativos
en
fincas
y
terrenos
para
la
edificación
de
este
hospital.
Y,
en
las
provincias
todas
-
A
AA
E
LA
o
4
cr
¡08
—
Pa
“a
]
-
y
a
comiénzase
con
los
mejores
auspicios
la
recaudación
de
las
suscripciones
que
habían
de
destinarse
á
este
benéfico
objeto.
Y
Es
tan
grande
el
interés
por
que
en
la
ejecución
de
esta
obra
se
obtenga
el
mayor
éxito,
que
á
tal
fin
no
se
omite
3
gestión
alguna.
Y
con
tan
plausibles
propósitos
se
piden
á
nuestro
Cónsul
en
Burdeos
noticias
é
informe
histórico,
arquitectural
y
financiero,
sobre
la
construcción
del
nuevo
Hospital
de
San
Andrés,
que
por
hallarse
dotado
de
todos
los
servicios
que
entonces
exigía
la
ciencia,
podía
servir
de
modelo
en
la
elección
del
proyecto
que
hubiera
de
adop-
tarse
para
el
Hospital
de
la
Princesa.
8
Examinado
el
informe
obtenido
acerca
del
Hospital
de
San
Andrés
y
calculados
aproximadamente
los
recursos
que
podrían
recaudarse,
como
fruto
de
la
suscripción
iniciada,
se
encomendó
á
la
Real
Academia
de
Nobles
Artes
de
San
Fernando
la
formación
de
los
planos
para
el
nuevo
hospital,
y
esta
ilustre
Corporación,
presentó
al
Gobierno
dos
proyectos,
que
la
misma
había
aprobado
por
unanimidad,
y
que
por
encargo
de
ella
formó
su
individuo
de
número
D.
Aníbal
Alvarez,
ambos
ejecutados,
aunque
de
muy
distintas
extensión
y
condiciones,
con
arreglo
al
sistema
de
4
pabellones
aislados,
observado
en
el
Hospital
de
Burdeos,
que
había
sido
designado
como
tipo.
De
estos
dos
proyectos,
adoptóse
por
el
Gobierno
el
menos
costoso,
cuyo
presupuesto
facultativo
ascendía
á
-
E
|
3.490.792
reales;
y
por
Real
orden
de
12
de
Octubre
de
1852
se
mandó
proceder
á
la
realización
de
las
obras,
que
al
fin,
4
y
bajo
la
dirección
de
D.
Aníbal
Alvarez,
fueron
solemnemente
inauguradas,
con
la
colocación
de
la
primera
piedra
en
16
de
Enero
de
1858,
asistiendo
al
acto
S.
M.
la
Reina,
acompañada
de
su
augustoso
esposo
y
de
la
Real
familia.
"A
Muy
luego
de
comenzadas
dichas
obras,
la
Junta
que,
bajo
la
presidencia
del
Duque
de
Riánsares,
había
sido
|
creada
en
29
de
Junio
de
1852
para
que
entendiese
en
todo
lo
concerniente
á
la
ejecución
de
las
mismas,
hubo
de
persuadirse
de
que
era
forzoso,
dentro
del
plano
trazado,
dilatar
la
esfera
de
aquéllas
con
algunas
importantes
mejo-
ras,
muy
especialmente
en
lo
referente
á
la
solidez
de
la
construcción.
Esto
exigió
mayores
gastos
de
los
presupuestados,
lo
cual
no
dejó
de
constituir
una
seria
dificultad
en
la
prosecu-
cución
de
los
trabajos,
por
haber
llegado
casi
á
agotarse
en
el
mes
de
Marzo
de
1854
los
caudales
procedentes
de
la
suscripción
nacional,
aunque
éstos
habían
ascendido
á
más
de
4.000.000
de
reales.
Pero
gracias
al
celo
y
entusiasmo
A
:
de
la
Junta
de
obras,
y
merced
á
la
inteligencia
y
acierto
del
benemérito
arquitecto
D.
Aníbal
Álvarez,
que,
como
bo
AE
E
antes
se
indicó,
tenía
á
su
cargo
la
dirección
facultativa,
pudo
ser
dominada
esa
difícil
situación,
que
al
cabo
fué
7%
vencida
con
la
ayuda
de
algunas
Corporaciones
y
particulares,
y
con
el
auxilio
de
las
Cortes,
que
votaron,
á
este
objeto,
la
consignación
de
1.000.000
de
reales
en
los
presupuestos
del
año
1855,
y
que,
con
el
donativo
de
63.000
rea-
AOS
les
hecho
por
S.
M.
la
Reina,
en
cumplimiento
de
sus
ofertas,
permitieron
que
tan
importante
establecimiento
cd
EA
benéfico
pudiese
abrir
definitivamente
sus
puertas
á
las
clases
pobres
en
4
de
Marzo
de
1857,
y
que
en
25
de
Abril
ON
del
mismo
año
se
celebrase
su
inauguración
solemne,
bajo
la
denominación
de
Hospital
de
la
Princesa
(que
sólo
se
0...
cambió
por
la
de
Hospital
Nacional
en
tiempos
de
la
República),
y
en
la
cual
solemnidad
$.
M.
la
Reina,
dando
nueva
EA
$e
prueba
de
su
munificencia,
entregó
20.000
reales,
para
que
fuesen
distribuídos
como
socorro
á
las
familias
de
los
168
enfermos
que
en
aquella
fecha
ya
se
hallaban
acogidos
en
el
nuevo
hospital.
Su
clasificación
como
de
Beneficencia
general
verificóse
por
Real
orden
de
30
de
Diciembre
de
1856.
:
DAR
En
cuanto
á
la
creación
de
los
otros
tres
hospitales
á
que
hizo
referencia
el
Real
decreto
de
11
de
Febrero
ep
2
de
1852,
es
oportuno
hacer
constar
que,
á
pesar
de
que
el
Gobierno
nombró
una
Comisión,
que
estudió
los
puntos
Ñ
ARES
más
convenientes
donde
establecerlos,
y
de
que
además,
y
á
este
fin,
se
obtuvieron
de
la
Facultad
de
Medicina
los
O:
informes
científicos
necesarios
relativos
á
la
especial
asistencia
á
que
cada
uno
debía
destinarse,
no
pudieron
ser
a”
22
aquéllos
construídos
por
no
haber
quedado
sobrante
alguno
de
la
suscripción
nacional
para
el
Hospital
de
la
Prin-
PA
cesa
y
por
no
disponerse
de
otros
recursos
aplicables
á
este
objeto.
o
TON
-
mi
TE
AS
E
==
44
EE
ye
+
A
IA
y
a:
E]
Meda
BA
ES
|
e
JA
Descripción
general
del
mismo.
á
ET
La
forma
del
edificio
es
completamente
regular,
y
consta
de
dos
cuerpos
de
fachada,
anterior
y
posterior,
y
de
ocho
pabellones
laterales
dedicados
á
enfermerías.
Las
dos
fachadas
indicadas
las
ocupan
las
dependencias
del
esta-
A
,
blecimiento,
la
capilla,
gabinete
de
radiografía
y
la
farmacia.
A
a:
de
Los
ocho
pabellones
que
constituyen
las
enfermerías,
separados
por
patios,
corresponden
en
su
pórtico
de
A
E
entrada
con
amplias
galerías
cerradas
de
cristales,
que
forman
un
rectángulo
central,
convertido
en
patio
jardín.
,
O
Cada
pabellón
tiene
planta
baja
y
principal,
capaces
cada
una
para
20
camas
de
número;
pero
como
una
de
las
|
0
salas
se
utiliza
para
aislamiento
de
enfermos
que
lo
necesitan,
es
el
cupo
del
Hospital
solo
de
300
camas.
Toda
la
planta
baja
de
los
pabellones
está
destinada
á
enfermos
de
Cirugía,
correspondiendo
el
ala
derecha
á
hom-
,
d:
|
bres
y
el
ala
izquierda
á
mujeres;
igual
división
se
hace
en
la
planta
principal,
dedicada
á
Medicina.
Las
salas
del
E.
O
5
fondo
de
esta
planta
principal
están
destinadas
á
enfermos
pensionistas,
de
Medicina
y
Cirugía,
indistintamente.
|
E
,
q
Y
-
Además,
cuenta
este
benéfico
Establecimiento
con
dos
salas
de
operaciones,
una
de
ellas,
como
se
dirá
después,
3
o
E.
E
recientemente
inaugurada.
É
independiente
del
Hospital
propiamente
dicho,
tiene
pabellones
aislados
para
los
servi=
A
cios
de
lavadero
mecánico,
consultas
públicas,
estufa
de
desinfección
y
depósito
de
cadáveres.
Mejoras
en
el
material
y
en
el
régimen
de
los
servicios
é
importante
reforma
que
ha
sido
objeto
de
estudio.
Numerosas
son
las
mejoras
que
casi
incesantemente
han
venido
siendo
introducidas
en
este
Hospital,
con
el
fin
exclusivo
de
ir
concentrando
en
él
todos
los
servicios
y
recursos
clínicos
que
son
indispensables
en
un
estableci-
miento
de
su
clase,
si
ha
de
responder
constantemente,
como
es
debido,
á
las
exigencias
de
la
higiene
y
de
todos
los
adelantos
científicos.
He
aquí
algunas
de
las
más
importantes:
En
1875
se
crea
en
él
una
clínica
oftalmológica;
por
Real
orden
de
28
de
Febrero
de
1878
se
aprueba
el
reglamento
para
la
organización
de
la
enseñanza
clínica
en
el
mismo,
que
había
sido
autorizada
en
1873,
y
se
dió
hasta
1876,
en
que
las
obras
que
se
ejecutaban
en
el
establecimiento
hicieron
necesaria
la
suspensión
de
aquélla,
y
en
Julio
del
mismo
año
se
establece
la
consulta
pública
de
pobres.
Dos
años
después,
ó
sea
en
1880,
por
iniciativa
de
S.
M.
el
Rey
D.
Alfonso
XII,
se
restaura
y
amplía
este
Hospital,
y
por
Real
decreto
de
igual
fecha
se
da
también
mayor
amplitud
á
sus
finos,
entre
los
cuales
es
comprendido
el
tratamiento
de
enfermedades
subagudas
y
especiales,
quedando
divi-
dido
en
dos
secciones,
una
de
Medicina
y
otra
de
Cirugía.
En
24
de
Diciembre
de
1884,
por
Real
decreto,
se
aprueba
un
reglamento
para
el
régimen
de
los
servicios.
En
1889
se
adquieren
nuevos
aparatos
para
completar
la
instalación
hidroterápica.
El
año
1901,
en
la
adquisición
de
nuevo
instrumental
quirúrgico
son
inyertidas
50.000
pesetas,
proce-
dentes
del
donativo
hecho
á
este
Hospital
por
la
Sra.
D.*
Carmen
Ibiricu,
viuda
de
Morillo.
En
1905
es
construída
una
galería
de
cristal
en
el
piso
segundo
del
patio
central,
á
expensas
de
la
Superiora
del
establecimiento.
En
1906
se
instala
un
gabinete
de
Radiografía
y
Radioscopia.
Y
por
acuerdo
de
la
Dirección
general
de
Administración
de
17
de
Noviembre
de
dicho
año
1906
es
adquirida,
con
cargo
á
los
fondos
sobrantes
del
Hospital,
una
máquina
de
vapor
con
caldera
y
calentador
de
agua
para
suministrar
la
fuerza
al
lavadero
mecánico,
y
se
ordena
la
reparación
de
la
máquina
del
lavadero
y
del
hidro-extractor,
invirtiéndose
en
el
coste
de
todo
ello
10.000
pesetas.
Mas
con
ser
todas
estas
mejoras
del
mayor
interés,
ninguna
de
ellas
aventaja,
en
cuanto
á
la
extensión
é
impor-
tancia
de
sus
beneficios
en
favor
de
las
clases
pobres,
á
las
que
llevaría
consigo
la
realización
de
la
reforma
que
el
Excmo.
Sr.
D.
Juan
de
la
Cierva,
siendo
Ministro
de
este
Departamento,
inició
por
medio
de
la
Real
orden
de
12
de
Julio
de
1909,
y
en
la
que
se
disponía
que
por
el
Arquitecto
de
este
Ministerio
se
formase
el
proyecto
para
la
amplia-
ción
del
edificio
del
Hospital,
abarcando
en
su
plano
perimetral
las
fincas
contiguas,
comprendidas
entre
las
calles
de
Alberto
Aguilera
y
del
Conde
Duque
y
la
Ronda
Vieja
del
Conde
Duque,
á
la
vez
que
se
dictaban
otras
medidas
encaminadas
á
facilitar
la
ejecución
de
las
obras
que
tal
ampliación
había
de
exigir.
Y
dicha
reforma,
que
ha
sido
objeto
de
atento
estudio,
se
impone
con
carácter
urgente:
Construcción
é
instalación
de
una
nueva
sala
de
operaciones.
En
18
de
Junio
último
fué
inaugurada,
con
asistencia
de
S.
M.
el
Rey,
de
S.
M.
la
Reina
y
toda
la
Real
familia,
no
faltando
la
Infanta
Isabel,
presidenta
de
la
Junta
de
Patronos
del
Hospital
que
lleva
su
nombre,
una
nueva
sala
de
operaciones,
con
destino
á
la
cual
se
ha
edificado
un
pabellón
con
planta
de
sótano
y
planta
baja,
en
la
que
se
han
construído:
la
sala
de
operaciones
propiamente
dicha,
iluminada
cenitalmente
por
un
lucernario
de
hierro
y
cristal;
un
vestíbulo
de
ingreso,
cuartos
de
aseo
y
de
esterilización,
ropero
y
una
habitación
para
el
enfermo
que
ha
de
ser
operado,
comunicándose
todos
estos
departamentos
por
medio
de
una
galería.
Dicho
pabellón
reúne
todas
las
condiciones
exigibles
al
fin
que
está
destinado.
Tiene
los
pavimentos
de
cemento
portland
en
el
sótano,
de
mármol
comprimido
en
la
sala
de
operaciones,
y
de
baldosín
hidráulico
en
las
demás
depen-
dencias.
Cuenta
con
instalaciones
modernísimas
de
material
operatorio.
Dispone
de
un
depósito
de
agua,
con
presión
bastante
para
el
servicio
de
la
sala,
y
en
el
cuarto
de
aseo,
de
un
lavabo
y
un
retrete,
con
las
correspondientes
tube-
rías
de
alimentación
y
desagúe.
Además,
se
ha
hecho
en
él la
instalación
de
un
servicio
de
gas
para
la
esterilización
de
instrumentos.
Y
para
la
conveniente
evacuación
de
las
aguas
pluviales
y
de
las
residuales
do
la
sala
y
sus
depen-
dencias
se
ha
construído
una
tajea
de
conducción
á
la
alcantarilla
general.
Las
obras
de
construcción
han
sido
costeadas
con
parte
del
resto
de
un
legado
hecho
por
la
señora
D.*
Manuela
de
Torregrosa
y
Sáez
en
favor
del
establecimiento;
y
á
la
instalación
completa
de
la
sala
de
operaciones
se
ha
atendido
con
la
cantidad
de
35.000
pesetas,
consignadas
en
la
ley
de
Presupuestos
para
la
adquisición
de
aparatos
con
des-
tino
á
la
misma,
transporte
y
colocación
de
éstos,
su
montaje,
instrumental
quirúrgico
y
demás
gastos
necesarios
para
su
funcionamiento.
j
e
J
O
ate
4
ES
AS
facultativo
designa.
pobreza
con
certificado
del
Alcalde
de
barrio
ó
de
la
Casa
de
Socorro
del
distrito
correspondiente,
ó
siendo
foras-
Destino
del
establecimiento.
Este
Hospital,
de
conformidad
con
lo
establecido
en
su
Reglamento,
admite
enfermos
de
ambos
sexos
que
padez-
can
enfermedades
agudas
de
Medicina,
no
contagiosas,
y
aquellas
enfermedades
crónicas
que
tengan
probabilidades
de
alivio,
exceptuándose,
como
es
consiguiente,
todas
las
enfermedades
incurables,
y
en
especial
las
del
sistema
ner-
vioso.
En
su
sección
de
Cirugía
admite
los
enfermos
que
hayan
sufrido
traumatismo
en
la
vía
pública
y
todos
los
que
tengan
que
sufrir
operaciones
ó
tratamientos
especiales,
Además
del
servicio
de
las
enfermerías
hay
un
servicio
de
policlínica
en
el
consultorio
público,
no
solamente
en
las
enfermedades
de
Medicina
y
Cirugía
general,
sino
en
todas
las
especialidades.
Estas
consultas
están
dirigidas
por
todos
los
Profesores
del
Cuerpo
de
la
Beneficencia
general,
á
los
que
auxilian
los
Profesores
agregados
que
el
Jefe
De
la
población
acogida,
admisión
y
salida
de
enfermos.
He
aquí
las
disposiciones
que
á
ese
respecto
establece
el
Reglamento
de
este
Hospital:
Art.
56.
La
población
acogida
ascenderá
al
número
que
consientan
Jas
condiciones
del
establecimiento;
pero
siempre
se
podrá
ampliar
aquél
cuando,
por
considerarse
conveniente,
á
juicio
del
Gobierno,
se
aumente
la
consig-
nación
para
su
sostenimiento
en
el
presupuesto
siguiente.
Art.
57.
Para
ser
admitido
en
el
establecimiento
bajo
el
concepto
de
pobre,
bastará
acreditar
la
cualidad
de
tero,
con
la
cédula
personal
y
certificación
del
Alcalde.
Bo
Art.
58.
Queda
autorizada
la
Administración
local
del
establecimiento
para
averiguar
la
falta
de
veracidad
de
los
que,
considerados
pobres
sin
serlo,
irrogan
con
su
permanencia
en
el
establecimiento
perjuicio
al
patrimonio
de
los
pobres.
Acreditado
que
fuera
el
hecho,
cuidará
de
que
se
reintegre
al
establecimiento
el
pago
de
las
estancias
que
se
hubieren
causado.
Art.
59.
Aun
cuando
hubiere
certeza
de
que
la
persona
admitida
como
pobre
no
lo
fuera,
ningún
empleado
del
establecimiento
podrá
dirigirle
por
este
hecho
cargo
ni
reconvención,
ni
menos
ordenar
la
salida
antes
de
hallarse
completamente
restablecido
y
conste
el
alta,
dispuesta
por
los
Médicos.
Art..60.
Para
los
enfermos
pensionistas
se
destinarán
salas
independientes
y
departamentos
separados
para
ambos
sexos,
y
el
pago
de
las
estancias
lo
satisfarán
por
semanas
adelantadas,
á
razón
de
3,50
pesetas
diarias.
Art.
61.
Para
ser
admitido
en
calidad
de
pensionista,
basta
que
un
pariente
Ó
allegado
del
enfermo
lo
solicite
del
Administrador
del
Hospital,
siempre
que
la
dolencia
sea
de
las
de
admisión
en
el
establecimiento.
Art.
62.
Ningún
enfermo
admitido
con
legítimo
derecho
podrá
ser
obligado
á
dejar
el
establecimiento
sino
cuando
hubiese
logrado
la
curación,
así
como
tampoco
podrá
ser
retenido
aquel
que
hubiese
expresado
decidida
voluntad
por
dejar
el
Hospital.
Art.
63.
Probada
por
declaración
ó
por
escrito
de
los
Médicos
la
permanencia
indebida
de
un
enfermo
en
el
esta-
blecimiento,
bien
sea
por
efecto
del
paso
de
la
dolencia
al
estado
crónico,
bien
por
haberse
complicado
ó
degenerado
en
las
de
carácter
infeccioso
ó
contagioso,
la
Junta,
en
el
primer
caso,
consultará
inmediatamente
á
la
Superioridad
sobre
la
traslación
del
enfermo,
si
es
posible,
á
otro
Asilo
de
la
Nación,
y
si
pensionista,
sobre
la
vuelta
del
enfermo
al
seno
de
su
familia,
y
en
el
caso
segundo
dispondrá
la
salida
del
enfermo
á
otro
establecimiento,
sin
perjuicio
de
comunicarlo
inmediatamente
á
la
Dirección.
Alimentación
y
régimen
de
los
enfermos.
La
alimentación
de
los
enfermos
la
fijarán
los
Profesores
en
cada
visita,
y
sus
prescripciones
serán
cumplidas.
La
ración
completa
la
constituye:
cuatro
hectogramos
60
gramos
de
pan,
dos
hectogramos
de
carne
sin
hueso,
42
gramos
de
garbanzos,
28
gramos
de
tocino.
La
media
ración:
dos
hectogramos
30
gramos
de
pan,
un
hectogramo
15
gramos
de
carne
sin
hueso,
28
gramos
de
tocino,
28
gramos
de
garbanzos.
7
El
cuarto
de
ración:
sopa,
una
al
desayuno
y
otra
al
medio
día;
chocolate
con
un
hectogramo
de
pan,
un
hecto-
43
gramo
15
gramos
de
pan,
56
gramos
de
carne.
a
El
desayuno,
en
general,
consistirá
en
caldo,
sopa,
leche
ó
chocolate
con
un
hectogramo
15
gramos
de
pan.
y
La
dieta
será
absoluta
ó
no.
La
primera
consistirá
en
la
abstención
de
todo
alimento.
La
segunda
será
animal
vegetal
ó
láctea.
:
:
.
y
A
La
dieta
animal
se
compondrá
de
caldo
preparado
para
12
tazas
y
cada
una
de
éstas
de
20
centílitros,
con
ga-
llina,
56
gramos;
carne
de
vaca,
40
gramos,
y
garbanzos
15
gramos.
También
podrán
proponerse
los
caldos
con
ternera
y
col
cuaudo
lo
prescriban
los
Profesores.
Se
empleará
en-
tonces
en
la
preparación:
para
un
litro
de
caldo
120
gramos
de
ternera,
escarola,
lechuga
ó
acelga,
20
gramos.
La
dieta
vegetal
se
compondrá
de
substancia
de
arroz,
garbanzos,
legumbres
y
caldos
de
aceite.
La
dieta
láctea
la
constituirá
litro
y
medio
de
leche.
Queda
prohibida
la
administración
de
otras
raciones
y
especies
de
dieta
que
las
consignadas
anteriormente,
bajo
la
responsabilidad
del
Jefe
facultativo
y
del
Administrador,
como
asimismo
los
platos
extraordinarios,
excepción
de
la
ración
de
gallina,
consistente
en
la
cuarta
parte
de
esta
ave.
Los
Profesores
podrán
también
prescribir
vino á
los
enfermos,
expresando
la
cantidad;
pero
se
limitarán
al
uso
del
tinto
y
blanco
de
Valdepeñas,
y,
por
excepción,
al
vino
de
Jerez
y
la
cerveza.
Personal
del
establecimiento.
El
personal
facultativo
es
el
siguiente:
siete
Profesores
para
el
servicio
de
salas,
uno
para
el
Laboratorio,
cuatro
para
la
guardia
permanente
y
30
agregados
en
concepto
de
auxiliares
de
estos
últimos;
un
Farmacéutico
y
24
alum-
nos
de
la
Facultad
de
Medicina,
que
prestan
el
servicio
de
practicantes.
La
administración
corre
á
cargo
de
una
Junta
de
Patronos,
representada
por
un
Administrador-depositario
funcionario
del
Ministerio
de
la
Gobernación,
de
quien
depende
el
establecimiento.
El
régimen
y
dirección
espiritual
están
encomendados
á
tres
capellanes,
que
turnan
en
guardia
permanente.
El
personal
auxiliar
y
de
servicios
está
compuesto
por
36
Hijas
de
la
Caridad,
un
escribiente,
un
portero,
un
ordenanza,
un
celador
de
mozos,
25
mozos
enfermeros,
14
enfermeras,
un
cocinero,
dos
acólitos,
un
maquinista
y
un
sereno-guarda
nocturno
del
solar.
Este
Hospital
no
posee
más
valores
propios
que
una
inscripción
intransferible
de
65.625
pesetas
de
la
Deuda
perpetua
al
4
por
100.
La
cantidad
consignada
para
su
sostenimiento
en
el
presupuesto
del
Estado
en
el
año
1912
(por
regir
por
autori-
zación
el
de
1911),
es
de
200,188
pesetas.
Se
rige
por
los
preceptos
de
la
Instrucción
de
1885
y
por
su
Reglamento,
aprobado
por
Real
decreto
de
26 de
Octubre
de
1904.
INSTITUTO
OFTÁLMICO
4
1
El
edificio
que
ocupa
el
Instituto
Oftálmico
se
halla
emplazado
en
Madrid,
manzana
186
del
Ensanche,
con
fachada
8
á
las
calles
de
Zurbano
y
General
Arrando,
teniendo
la
entrada
principal
por
esta
última.
Está
completamente
ais-
lado
de
toda
otra
edificación,
lo
que
le
permite
tener
luces
y
ventilación
directa
á
los
cuatro
vientos.
El
actual
Instituto
Oftálmico
se
inauguró
el
día
10
de
Julio
de
1903,
habiéndose
trasladado
á
él
previamente
todo
el
personal
y
efectos
que
constituían
una
Clínica
Oftalmológica
que
venía
prestando
asistencia
á
los
enfermos
de
los
ojos
desde
el
año
1872,
en
que
fué
fundada
con
el
nombre
de
Asilo
de
Amadeo,
y
que
el
Estado
costeaba
ó
subvencio-
naba
anualmente.
Descripción
general
del
mismo.
|
3
Consta
el
edificio,
cuya
superficie
construída
es
de
1.775,25
metros,
de
planta
de
sótanos
con
relación
á
las
vías
A
A
-
públicas
que
le
rodean;
piso
bajo,
próximamente
á
la
rasante
de
la
calle;
piso
principal
y
planta
de
armadura,
cuyos
E
l
4
y
pabellones
laterales
salientes
están
cubiertos
á
la
inglesa.
E
Ml
pe,
IAN
La
planta
de
sótanos
tiene
3,78
metros
de
altura
en
la
mayor
parte
de
su
superficie,
y
en
ella
están
instalados
los
3
AO
servicios
siguientes:
cocina,
fregadero,
despensa,
pieza
de
baños
y
duchas,
almacenes,
plancheros,
lavadero
de
ropas
E
Da
de
infecciosos,
lavadero
general,
una
estufa
de
desinfección
y
una
máquina
ó
generador
de
vapor
para
la
calefacción
e
e
+
del
edificio.
También
hay
un
depósito
para
agua
y
aparato
elevador
y
un
grupo
de
retretes.
Existen
dos
patios
inte-
r
Je
riores
para
luz
y
ventilación,
y
dos
escaleras,
una
principal
y
otra
de
servicio.
j
A
La
planta
baja,
de
5,20
metros
de
altura,
consta
de
salas
de
espera,
salas
de
consulta,
sala
de
refracción,
cámara
el
oftalmoscópica,
laboratorio,
sala
de
operaciones
asépticas,
despachos
del
Director
y
Profesores,
biblioteca,
farmacia
AN
depósito
de
ropas,
dependencias
de
Hermanas
de
la
Caridad,
Administración
y
Comisaría.
Hay
dos
enfermerías,
con
—
E
H
+
20
camas,
para
enfermos
contagiosos;
dos
comedores,
cuatro
grupos
de
retretes
y
demás
servicios
accesorios.
3
>
La
planta
principal,
de
4,70
metros
de
altura,
tiene
las
siguientes
dependencias:
una
sala
de
operaciones
asépticas
!
:
A
ocho
enfermerías
generales,
con
80
camas;
dos
comedores;
dos
cuartos
lavabos;
dos
salas
de
cura;
capilla;
salón
de
-
3
2
Juntas;
dos
habitaciones
para
enfermos
distinguidos,
con
cuatro
camas,
y
cuatro
grupos
de
retretes,
y
habitaciones
|
¿A
de
enfermeros.
h
0:
Todo
el
edificio
ha
sido
construído
de
nueva
planta
y
para
el
objeto
á
que
está
destinado,
y
fué
adquirido
por
Bs
Xo
6
Estado
por
donación
hecha
por
la
testamentaría
de
D.
Francisco
de
las
Herrerías
y
del
Arco,
ilustre
filántropo
que
EN
2
legó
gran
parte
de
su
fortuna
á
los
establecimientos
de
Beneficencia
de
esta
Corte;
debiéndose
á
su
testamentario;
0
D.
Juan
Nicolás
de
Acha
y
Cerrajería,
la
feliz
iniciativa
de
esta
construcción
para
dedicarla
á
la
especialidad
de
en-
*
¿E
fermedades
de
los
ojos,
con
cuya
condición
fué
cedida
al
Estado
para
Su
sostenimiento.
1
z
Edo
Del
gobierno
de
este
Instituto.
Y
Compete
al
Ministro
de
la
Gobernación.
La
alta
inspección
la
desempeña,
por
delegación
del
Ministro,
el
Director
,
y:
|
í
general
de
Administración.
Su
régimen
está
confiado
á
una
Junta
de
patronos,
que
la
forman
las
señoras
que
desig-
a
AN
na
la
Serma.
Sra.
Infanta
D*
María
Isabel,
en
calidad
de
Presidenta,
como
en
los
restantes
establecimientos
de
“a
'
A
Beneficencia
general,
no
pudiendo
ser
las
mismas
señoras
que
constituyan
el
Patronato
del
Hospital
de
la
Princesa.
DE.
É
e
”
rá
Pe
$4
VA
.
:
AA
'
A
A
E
.
54
CIA
Destinos
del
establecimiento.
y
Pe
“
”
$8
Y
|
El
Instituto
Oftálmico
admite
los
enfermos
de
ambos
sexos
que
padezcan
enfermedades
de
los
ojos,
excepto
ñ
ps
0
aquellas
que
por
su
cronicidad
tengan
pocas
probabilidades
de
alivio
ó
las
que
sean
completamente
incurables.
E
$
TS
e:
Sin
perjuicio
de
los
fines
benéficos
peculiares
del
Instituto,
sirve
éste
también
para
que
los
Profesores
del
mismo
E
39
den
on
él
la
enseñanza
oficial
y
libre,
teórica
y
práctica
de
la
Oftalmología,
siempre
que
estén
autorizados
por
la
ño
ES
en
ES
|
Facultad
de
Medicina
ó
por
las
autoridades
académicas
correspondientes.
|
ES
e
Además
del
servicio
de
las
enfermerías,
hay
un
servicio
de
consultas
públicas
á
cargo
de
los
Profesores
del
Insti-
tuto,
á
los
que
auxilian
los
Profesores
agregados
que
el
Jefe
facultativo
designa.
De
la
población
acogida,
admisión
y
salida
de
enfermos.
La
población
acogida
asciende
al
número
que
consienta
las
condiciones
del
establecimiento"
(actualmente
hay
104
camas
para
enfermos
pobres
y
cuatro
para
pensionistas),
y
el
ingreso
de
los
enfermos
es
por
orden
del
Director
facultativo
ó
de
cualquiera
de
los
Profesores
del
mismo,
en
que
se
manifieste
está
justificado
por
la
naturaleza
de
la
afección
ocular
que
padezca.
Para
ser
admitido
en
el
establecimiento
bajo
el
concepto
de
pobre,
bastará
acreditar
la
cualidad
de
pobreza
con
certificado
del
Alcalde
de
barrio
ó
de
la
Casa
de
Socorro
del
distrito
correspondiente,
ó,
siendo
forastero,
con
la
cédula
personal
y
certificación
del
Alcalde.
Para
los
enfermos
pensionistas
hay
salas
independientes,
y
departamentos
separados
para
ambos
sexos,
y
el
pago
de
las
estancias
lo
satisfarán
por
semanas
adelantadas,
á
razón
de
cinco
pesetas
diarias.
Para
ser
admitido
en
calidad
de
pensionista,
basta
que
el
enfermo
ó
un
pariente
allegado
lo
solicite
del
Adminis-
trador
del
Instituto,
siempre
que
la
dolencia
sea
de
las
de
admisión
en
el
establecimiento.
Los
enfermos
se
sujetarán
en
todo
al
régimen
del
establecimiento,
bajo
pena
de.expulsión
de
éste,
dando
cuenta
á
la
Superioridad
si
fuese
preciso.
Ningún
enfermo
admitido
con
legítimo
derecho
podrá
ser
obligado
á
dejar
el
establecimiento,
á
no
ser
que
la
operación
no
deba
practicarse
por
el
momento,
ó
bien
que
la
afección
haya
pasado
al
estado
crónico
ó
se
haya
hecho
completamente
incurable.
Alimentación
y
régimen
de
los
enfermos.
La
alimentación
de
los
enfermos
la
fijan
los
Profesores
encargados
de
su
asistencia,
y
sus
prescripciones
han
de
ser
cumplidas.
f
La
dieta
líquida
será
láctea,
de
caldo
ó
mixta.
1.
La
dieta
láctea
consistirá
en
dos
litros
de
leche,
á
los
cuales
se
podrá
añadir,
si
el
Profesor
lo
ordena
30
gramos
de
azúcar
y
un
hectogramo
15
gramos
de
pan.
Para
la
de
caldo
se
preparará
éste
para
12
tazas,
y
cada
una
de
éstas
de
20
centilitros,
con
gallina,
56
gramos,
carne
de
vaca,
40
gramos,
y
garbanzos,
15
gramos.
También
podrán
prepararse
los
caldos
con
ternera
y
col
cuando
lo
prescriban
los
Profesores.
Se
empleará
entonces
en
la
preparación,
para
un
RO
de
caldo,
120
gramos
de
ternera
escarola,
lechuga
ó
acelga,
20
gramos.
La
mixta
consistirá
en
alternar
la
leche
con
el
caldo,
según
prescripción
médica.
2.
La
dieta
semilíquida
consistirá
en
un
litro
de
leche
con
un
par
de
huevos
blandos
ó
dos
sopicaldos.
3.
La
dieta
sólida
ó
ración
ordinaria
consistirá
en
cuatro
hectogramos
60
gramos
de
pan,
dos
hectogramos
de
carne
sin
hueso
ó
tres
hectogramos
de
merluza,
42
gramos
de
garbanzos
ó
30
de
judías,
guisantes
ó
lentejas;
y
30
gramos
de
tocino
ó
20
de
manteca.
4.
La
media
dieta
sólida
ó
media
ración
ordinaria
la
constituye
dos
hectogramos
30
gramos
de
pan,
un
hecto-
gramo
15
gramos
de
carne
sin
hueso
ó
dos
hectogramos
de
merluza,
18
gramos
de
tocino
ó
10
de
manteca,
y
28
gra-
mos
de
garbanzos
ó
20
de
judías,
guisantes
ó
lentejas.
El
desayuno
consistirá,
para
los
que
estén
sometidos
á
ración
ordinaria,
en
caldo,
sopa,
leche
ó
chocolate,
con
un
hectogramo
15
gramos
de
pan.
Personal
del
establecimiento.
El
personal
que
presta
servicio
en
el
Instituto
Oftálmico
es
el
siguiente:
un
Director
facultativo,
cinco
Profesores
de
número,
cinco
agregados
y
un
Practicante;
un
Administrador
Jefe
local
con
un
auxiliar,
un
Capellán,
11
Herma-
nas
de
la
Caridad,
tres
enfermeros
y
tres
enfermeras,
cuatro
layanderas,
un
maquinista
fogonero
y
un
portero.
*
*
*
Este
establecimiento
no
posee
bienes
propios
de
ninguna
clase,
y
la
consignación
que
para
su
sostenimiento
anual
se
hace
en
los
Presupuestos
generales
del
Estado
es
de
50.000
pesetas.
Se
rige
por
la
Instrucción
de
27
de
Enero
de
1885,
para
el
régimen
y
gobierno
de
los
establecimientos
de
Benefi-
cencia
general,
y
por
el
Reglamento
del
Instituto
Oftálmico
y
del
Cuerpo
de
Médicos
Oftálmólogos
de
la
Beneficen-
cia
general,
aprobado
por
Real
orden
de
22
de
Diciembre
de
1904,
dy
eN
1
mi
4
BN
4
Uy
A
e
A
a
pd
A
-
AA
7
2
a
e
$
gl
NA
ASES
o
SL
VELA
-
HOSPITALES
DE
DEMENTES
Los
establecimientos
de
Beneficencia
general
que
actualmente
se
hallan
sostenidos
por
el
Estado
con
deguDg
á
la
asistencia
de
enfermos
de
esta
clase,
son
dos:
el
Manicomio
de
Santa
Isabel,
á
muy
corta
distancia
de
la
Capital
de
la
Monarquía,
y
el
denominado
Granja
de
Nuestra
Señora
del
Pilar,
en
Zaragoza.
=
MANICOMIO
DE
SANTA
ISABEL
Se
halla
situado
en
la
villa
de
Leganés.
HS
Los
antecedentes
relativos
á
su
creación
y
á
algunas
de
las
varias
vicisitudes
que
ha
sufrido
este
establecimiento
han
sido
ya
dados
á
conocer
en
la
importante
Memoria
histórica
del
Hospital
de
dementes
de
Santa
Isabel,
redactada
y
publicada
el
año
1893
por
su
Administrador-depositario,
D.
Eduardo
Viota
y
Soliva.
:
:
En
dicha
Memoria,
entre
otros
numerosos
é
interesantes
datos,
se
consigna,
respecto
al
origen
de
este
Manicomio,
que
al
organizarse
la
Beneficencia
por
la
ley
de
20
de
Junio
de
1849
y
constituirse
la
Junta
general
del
Reino
y
las
provinciales
y
municipales,
hízose
cargo
aquélla
del
Hospital
General
de
Madrid,
en
uno
de
cuyos
departamentos
encontró
un
número
importante
de
enfermos
que
padecían
afecciones
nerviosas
y
mentales
y
que
se
hallaban
os
lados
en
condiciones
muy
desfavorables
para
su
tratamiento
y
curación.
El
Doctor
D.J
086
Rodríguez
Villargoitia,
á
cuyo
cargo
estaban
aquéllos,
excitó
entonces
la
acción
oficial,
á
fin
de
que,
destinando
á
Manicomio
alguno
de
los
edificios
del
Estado
dentro
del
radio
de
la
provincia
de
Madrid
ó
levantándolo
de
¡nueva
planta
s0
llevase
á
ejecús
ción
lo
dispuesto
de
que
el
Hospital
de
dementes
debe
ser
siempre
un
edificio
separado
de
cualquier
otro
establecía
miento
de
Beneficencia.
Y
con
tanta
urgencia
se
consideró
necesario
acudir
á
esta
necesidad,
que
e
punta
provincial
de
Beneficencia,
presidida
á
la
sazón
por
D.
Alejandro
de
Castro,
hubo
de
unir
con
ese
fin
su
acción
á
la
de
la
Junta
general,
y
se
nombró
una
Comisión
para
que,
reconociendo
edificios
y
lugares,
presentase
SONS
cIOS
y
presupuestos
y
asesorase
en
todo
lo
conveniente
al
objeto
de
establecer
siquiera
fuese
un
pequeño
Manicomio
para
50
6
60
aco-
gidos,
que
era
por
término
medio
el
número
de
los
dementes
que
solía
albergar
gl
Hospital
General.
Syd
De
la
investigación
que
se
hizo
en
algunos
pueblos
de
las
corcanías
de
Madrid,
pareció
á
esa
Comisión
ser
el
lugar
mejor
para
este
objeto--por
sus
condiciones
de
salubridad,
su
situación
topográfica,
Sus
aires
frescos
y
puros,
templados
por
la
proximidad
de
arboledas
y
huertas,
su
benigna
tomperatura
y
la
facilidad
y
presteza
de
la
comuni-
cación
con
la
capital
—el
pueblo
de
Leganés,
á
12
kilómetros
de
distancia
de
ésta.
Y
eligió
en
dicha
localidad,
como
más
adecuado,
el
edificio
perteneciente
á
la
Casa
ducal
de
Medinaceli,
formado
por
dos
casas
fronteras,
(aunque
separadas
por
una
vía
pública,
la
calle
de
Velasco)
de
las
cuales
la
principal,
de
un
solo
cuerpo,
contaba
con
un
gran
vestíbulo
y
galerías,
espaciosas
habitaciones,
patios
extensos,
jardín
y
huerta,
y
la
otra,
inmediata
y
dependiente
de
la
anterior,
que
era
la
de
sus
oficinas
y
servidores,
tenía
bastante
amplitud
y
la
embellecían
estufas,
huertas
y
jardines.
Vendidas
por
la
Casa
ducal
esas
propiedades
á
un
vecino
de
aquella
villa,
de
él
las
adquirió
la
Junta
provincial,
en
12
de
Noviembre
de
1850,
por
la
cantidad
de
85.000
pesetas.
Mas
requiriendo
su
habilitación
para
el
destino
á
que
habían
de
dedicarse
algunas
obras
que
sé
juzgaron
indispensables,
procedióse
á
la
realización
de
éstas,
que
duraron
todo
el
año
1851
y
los
primeros
meses
del
año
1852,
quedando
el
palacio,
conforme
al
plan
de
ejecución
de
dichas
Obras,
destinado
á
departamento
de
hombres,
oficinas,
habitación
del
Rector
eclesiástico
y
de
las
primeras
ocho
Hijas
de
la
Caridad
que
prestaron
sus
servicios
en
el
Manicomio,
cocina,
despensa,
almacenes
y
una
pequeña
capilla.
Y
en
el
mes
de
Abril
del
citado
año
de
1852
se
hizo
al
fin
la
traslación
de
los
enfermos
que
había
en
el
Hospital
general
y
que
debían
ser
recluídos
en
este
Manicomio.
No
obstante;
el
estar
casi
terminadas
todas
las
instalaciones
con
anterioridad
á
esa
fecha,
permitió
su
inauguración
en
los
últimos
días
de
Diciembre
de
1851,
el
cual
acto
fué
presidido
por
el
Gobernador
de
la
provincia,
D,
Melchor
RIN
q
*
ae
Y
PS
fa
Ordóñez,
con
la
concurrencia
al
mismo
de
todos
los
Vocales
de
la
Junta
provincial
de
Beneficencia
y
del
Alcalde-
corregidor
de
Madrid,
que
desempeñaba
las
funciones
de
Interventor;
dándosele
á
la
pequeña
capilla
particular,
así
como
á
todo
el
nuevo
Hospital,
la
advocación
de
Santa
Isabel,
en
honor
y
conmemoración
del
nombre
augusto
de
la
reina
D.*
Isabel
II.
Mejoras
en
el
establecimiento
y
nuevas
construcciones.
Costosas
reparaciones
han
venido
haciéndose
en
este
manicomio
desde
la
fecha
de
su
creación,
y
varias
edifica-
ciones
parciales
y
sucesivas
han
sido
construídas
en
el
transcurso
de
los
últimos
años,
dentro
del
perímetro
del
mis-
mo,
algunas
de
las
cuales
merecen
ser
mencionadas,
aunque
al
tratar
de
ellas
sea
preciso
reconocer
que
los
constan-
tes.
y
onerosos
esfuerzos
realizados
en
su
ejecución,
no
han
sido
suficientes
á
satisfacer
las
necesidades
que
se
exige
sean
atendidas
en
un
establecimiento
de
esta
clase.
Entre
esas
mejoras
deben
citarse
las
que
fueron
proyectadas
bajo
la
inspección
inmediata
de
la
Junta
auxiliar
de
-
señoras,
que
no
sólo
se
dirigieron
á
acabar
de
regularizar
el
edificio
por
la
calle
del
Sol,
sino
á
construir
por
ese
lado,
que
se
halla
al
Este
del
establecimiento,
celdas
y
galerías
amplias
del
departamento
de
mujeres,
á
cuyo
des-
ahogo
y
salubridad
había
que
atender.
El
Ayuntamiento
de
Leganés,
por
acuerdo
tomado
el
18
de
Mayo
de
1879,
cedió
al
Manicomio
terrenos
de
su
pertenencia
para
completar
la
cuerda
del
edificio,
y
tal
cesión
facilitó
la
realiza-
ción
del
plan
proyectado.
Con
motivo
de
estas
obras
se
proyectaron
otras
en
1880,
en
cuya
ejecución
se
invirtieron
cerca
de
seis
años.
En-
tonces
se
edificó
la
parte
nueva
de
la
planta
baja
y
principal,
y
sobre
los
muros
del
palacio,
que
no
tenía
más
que
planta
baja,
se
levantó
otro
piso,
siguiéndose
para
la
fachada
las
líneas
ó
trazado
exterior
de
la
parte
vieja.
Además,
se
construyó
una
galería
y
un
cuarto
de
aseo,
y
fué
reparado
el
balneario
de
mujeres.
En
1888,
las
desventajosas
condiciones
de
distribución,
de
higiene
y
de
seguridad
en
que
se
encontraba
instalado
el
departamento
destinado
á
mujeres,
en
la
sección
de
tranquilas,
exigieron
la
ejecución
de
obras,
como
base
de
las
quales
se
consideró
ineludible
la
demolición
de
varias
de
las
construcciones
antiguas,
y
en
su
lugar
llevóse
á
efecto
la
edificación
de
galerías,
comedores
y
otras
dependencias,
y
de
un
salón
de
recreo
en
el
extremo
de
la
galería
corres-
pondiente
á
la
sección
de
agitadas,
completándose
los
servicios
con
la
construcción
de
los
retretes
necesarios
y
de
dos
patios
jardines
para
esparcimiento
de
los
asilados.
En
1889
se
verificaron
obras
que
tuvieron
por
objeto
la
terminación
del
departamento
de
celdas
para
asiladas
tranquilas,
la
construcción
del
de
señoras
pensionistas
y
la
de
una
galería
de
paso,
desde
las
habitaciones
de
la
Comu-
nidad
á
los
sótanos
del
departamento
de
hombres,
en
uno
de
los
cuales
se
instaló
la
cocina,
estableciéndose
á
la
vez
comunicación
con
otro
que
se
dedicó
á
dependencia
general.
Como
consecuencia
de
esas
obras,
los
departamentos
de
mujeres
constituyeron,
con
sus
patios
correspondientes,
el
lavadero,
la
cocina
y
departamento
para
baños,
dependencias
éstas
comunes
á
toda
la
casa,
casi
la
mitad
del
edifi-
cio.
En
la
otra
mitad
se
prolongó
por
la
calle
la
fachada
en
cuarenta
y
dos
metros
lo
que
fué
palacio.
Y
adosado
á
esa
edificación
y
haciendo
ángulo
recto
para
cuadrar
el
edificio
por
esa
parte,
se
levantó
posteriormente
un
pabellón
de
planta
baja
y
principal,
con
cinco
habitaciones
en
aquélla
y
un
solo
salón
en
ésta.
En
1891
se
hicieron
otras
para
establecer
comunicación
interior
entre
todos
los
departamentos;
el
92,
el
depósito
de
aguas
potables
y
el
nuevo
balneario
y
gabinete
hidroterápico,
con
pilas
de
mármol,
situada
cada
una
en
cuartos
separados
y
dotadas
de
grifos
para
agua
fría
y
caliente;
instalaciones
para
duchas
de
diferentes
clases
y
tinas
de
cine
transportables,
para
cuando
se
necesita
hacer
uso
de
ellas
en
las
habitaciones
de
los
enfermos.
En
1895
se
construyó
un
kiosco
para
la
bomba
de
los
depósitos
de
aguas
del
departamento
de
mujeres,
y
se
hicie-
ron
otras
pequeñas
Obras
para
el
cerramiento
del
estanque
de
la
huerta
del
expresado
departamento.
En
el
año
de
1900
se
edificó
un
pabellón
de
tres
pisos
para
procesados,
relativamente
independiente
del
resto
de
la
Casa.
En
1904
fué
construído
un
salón
para
señoras
pensionistas,
derribando
al
efecto
varios
cuartos
inhabitables
y
pa-
sillos,
haciendo
del
lugar
de
peor
aspecto
de
la
casa,
una
estancia
amplia
y
de
buena
luz.
En
el
mismo
año
de
1904
se
demolió,
por
ruinoso,
el
depósito
de
cadáveres,
construyéndose
en
uno
de
los
ángulos
de
la
huerta
y
lindando
con
el
campo,
otro
depósito,
sala
de
autopsias
y
un
cuarto
para
velar
á
los
que
fallecen,
hasta
la
hora
de
su
ente-
rramiento.
En
el
año
1908,
á
expensas
de
la
señora
Superiora,
edificose
una
hermosa
capilla,
cuyo
coste
excedió
de
30.000
pesetas
y
que
sustituye
á
la
pequeñita
que
existía
en
el
palacio.
Por
último,
en
el
año
1911
se
verificó
la
construcción
de
un
amplio
comedor
para
señoras
pensionistas
de
segunda
clase,
por
no
reunir
condiciones
el
que
antes
había.
Y,
recientemente,
se
ha
instalado
un
gabinete
electroterápico,
donde
reciben
tratamiento
los
enfermos
que
lo
necesitan,
con
aparatos
para
diferentes
aplicaciones
y
los
accesorios
precisos
para
el
funcionamiento
de
los
mismos.
ESA
Descripción
general
del
edificio.
El
Manicomio
de
Leganés
lo
constituyen
dos
cuerpos
de
edificio
separados
en
toda
su
extensión,
desde
la
puerta
principal
hasta
la
accesoria
de
Isabel
la
Católica,
por
una
vía
recta
de
10
metros
de
ancho,
que
fué,
antes
de
adquí=
rirla
el
Estado,
la
calle
de
Velasco
de
la
villa,
y
que
se
obstruyó
en
su
tercio
medio
al
edificarse
en
1908
la
capilla
de
la
casa.
En
el
cuerpo
de
la
izquierda
se
hallan
los
departamentos
de
los
enfermos.
.
Departamentos
para
mujeres.
Los
departamentos
para
mujeres
son
dos;
uno
para
pensionistas
y
otro
para
mujeres
pobres.
Aquél
Hene
planat
baja
y
principal;
en
la
planta
baja
existen
20
habitaciones
y
hay
en
ellas
38
camas
a
destinan
á
pen-
'
sionistas
de
segunda
clase,
y
en
la
principal,
para
albergue
de
las
de
primera,
existen
22
habitaciones
con
24
camas.
Todas
las
habitaciones
de
este
departamento
están
estucadas,
son
amplias,
tienen
una
gran
yentena
ana
calle,
y
las
puertas
de
entrada,
por
una
espaciosa
galería
de
cristales
que
recibe
la
luz
del
patio
destinado
á
esta
clase
de
enfermos.
eN
En
ese
departamento
hay
además
roperos,
dos
comedores,
dos
costureros,
dos
recibidores
para
visitas
y
un
dor-
mitorio
para
varias
de
las
Hermanas
encargadas
de
la
casa.
ade
En
comunicación
con
ese
departamento
existe
otro
de
planta
baja
que
es
el
destinado
á
mujeres
pobres;
lo
for-
man
16
habitaciones
con
36
camas.
Esas
habitaciones
comunican
sus
puertas
y
ventanas
con
una
galería
de
ladrillo
poco
ancha,
y
sólo
reciben
la
luz
del
patio
que
corresponde
á
estas
enfermas.
Cuenta
con
comedor,
costurero,
ropero
y
retretes.
:
,
En
la
parte
del
Maniconio
que
se
describe,
existen
la
cocina
general
de
la
casa,
el
lavadero,
la
vaquería
y
US
dependencias
de
servicios
subalternos.
En
la
sala
de
entrada
se
hallan
instalados
los
despachos
de
la
Administración
y
del
Jefe
facultativo
y
el
Archivo.
Departamentos
para
hombres.
Se
entra
en
ellos
por
un
gran
portal
que
tiene
dos
escalinatas.
Por
la
de
la
izquierda
se
pasa
á
la
parte
dedicada
á
la
Comunidad.
|
hast
;
j
ms
Por
la
de
la
derecha,
al
departamento
de
distinguidos.
En
el
salón
destinado
para
ellos,
existen
siete
habitacio-
nes
con
ocho
camas.
Esas
habitaciones,
colocadas
á
izquierda
y
derecha,
tienen
sus
puertas
de
entrada
por
el
salón
citado
y
reciben
luz
de
la
calle
unas,
y
otras
de
un
jardín
de
la
casa.
El
amplio
comedor
para
esos
enfermos
tiene
su
entrada
por
ese
mismo
salón
y
se
halla
bien
iluminado
por
medio
de
grandes
huecos,
con
sus
rejas
correspon-
dientes.
|
|
OS
peda
Á
continuación
de
ese
salón
hay
un
pasillo
estrecho,
y
con
él
comunican
también
diez
habitaciónes
amplias,
que
reciben
buena
luz;
con
19
camas.
En
la
parte
baja
que
se
describe
está
el
ropero
de
esos
asilados
)
ne
ACTO
NES
de
aseo
de
los
mismos,
retretes,
habitaciones
para
visitas
y
la
antigua
capilla
habilitada
para
gabinete
de
aplicaciones
eléctroterápicas.
1
En
la
parte
principal
hay
cinco
salones
con
36
camas
para
pobres,
y
en
ellos
podrían
colocarse
con
toda
holgura
otras
36
camas.
Esos
salones
tienen
mucha
luz
y
ventilación,
pues
sus
ventanas
comunican
con
la
calle
y
con
el
campo;
y
forman,
con
la
parte
reservada
para
dormitorio
de
las
hermanas
y
un
gran
ropero,
toda
la
planta
principal
de
ese
lado
del
edificio.
e
El
departamento
de
distinguidos
cuenta
con
un
gran
patio
de
esparcimiento
que
se
comunica
con
la
hermosa
huerta
del
Manicomio.
Al
final
del
gran
portal
que
sirve
de
entrada
á
los
departamentos
para
hombres
hay
un
(0
pasillo
y
á
su
terminación,
á
la
izquierda,
una
escalera
que
da
acceso
á
los
salones
dormitorios
para
pobres
de
que
antes
se
hizo
mención;
y
por
la
derecha
del
repetido
pasillo,
en
la
planta
baja,
se
entra
en
el
comedor
de
pobres,
;
que
es
un
amplio
salón
con
grandes
ventanas
á
la
huerta.
Para
sucios
hay
un
comedor
aparte
que
recibe
luz
como
el
anterior
y
además
por
el
patio
destinado
á
estos
enfermos.
A
Departamento
para
procesados.
En
comunicación
con
el
comedor
de
sucios,
por
un
lado,
y
por
otro
con
el
patio
que
anteriormente
se
señaló,
se
encuentra
el
departamento
para
procesados,
edificado
en
1900.
Consta
de
planta
baja,
principal
y
segundo.
El
edificio
tiene
la
forma
de
un'ángulo
agudo,
cuyas
líneas
están
orientadas
al
Norte
y
Oeste
y,
desde
el
vértice
de
ese
ángulo
donde
en
todos
los
pisos
hay
una
habitación,
se
dominan,
por
las
ventanas
de
éstas,
los
dos
amplios
pasillos
en
que
están
las
celdas,
haciendo
posible
el
vigilar
las
puertas
colocadas
á
ambos
lados.
Cada
piso
tiene
una
salida
distinta
á
a
planta
baja
hay
siete
celdas
y
un
saloncito
con
20
celdas
con
25
camas.
Hay
retretes
en
todos
los
bien
aireado
y
tiene
luz
por
todas
partes
la
escalera
y
pueden,
por
tanto,
incomunicarse
uno
con
otro.
En
1
16
camas;
en
el
principal,
21
celdas
con
27
camas,
y
en
el
segundo,
pisos,
y
en
la
planta
baja
un
gran
salón
para
estancia.
El
departamento
está
y
un
patio.
*
*
*
é
igualmente
en
el
de
mujeres,
hay
destinadas
habitaciones
suficientemente
se-
donde
son
instalados
los
asilados
que
padecen
alguna
a
de
las
salas
de
su
habitual
residencia.
En
el
departamento
de
hombres,
paradas
de
las
de
estancias
para
el
servicio
de
enfermerías,
enfermedad
que
por
su
índole
especial
exige
sean
aislados
de
los
demás
y
fuer
En
el
de
procesados
existe
también
un
saloncito
destinado
á
igual
objeto.
Cuenta
además
este
Manicomio
con
una
botica
perfectamente
surtida
de
toda
clase
de
medicamentos,
específicos
y
demás
elementos
facultativos
necesarios
para
la
asistencia.
Objeto,
clase
y
gobierno
del
establecimiento.
El
Manicomio
de
Santa
Isabel,
de
Leganés,
es
un
establecimiento
general
de
Beneficencia,
y
en
tal
concepto
de-
pende
del
Ministerio
de
la
Gobernación
y
de
la
Dirección
general
de
Administración,
y
fué
declarado
de
beneficen-
cia
general
por
Real
orden
de
1.?
de
Noviembre
de
1852.
Su
régimen
está
confiado
á
una
Junta
de
Patronos,
con
las
facultades
que
á
éstos
les
otorgan
las
Instrucciones
vigentes.
El
destino
de
esta
Casa
es
el
cuidado
y
tratamiento
médico-moral
de
los
enajenados;
á
cuyo
efecto,
está
dividida
en
cuarteles
diferentes
para
los
dos
sexos
y
para
la
infancia
y
la
edad
madura,
y
cada
uno
de
estos
cuarteles,
subdi-
vidido
en
departamentos
independientes,
dedicados
á
observación,
á
enfermos
sujetos
á
los
Tribunales
de
justicia,
á
pobres,
á
pensionistas,
alienados
pacíficos,
á
turbulentos,
á
furiosos,
á
epilépticos
y
á
convalecientes.
De
la
población
acogida.
La
población
acogida
es
de
pobres,
pero
hay
también
pensionistas.
Los
pobres
nada
pagan.
La
Nación
provee
á
su
asistencia
y
necesidades.
Los
pensionistas
son
de
dos
clases,
y
pagan
sus
estancias
satisfaciendo
á
la
Administración
del
establecimiento,
en
tal
concepto,
tres
pesetas
cincuenta
céntimos
diarios,
ó
dos
pesetas
diarias,
según
sean
aquéllos
de
primera
ó
se-
gunda
clase,
y
unos
y
otros
tres
pesetas
cincuenta
céntimos
al
mes,
por
el
cuidado,
planchado
y
lavado
de
su
ropa,
cuando
si
familia
ó
legítimo
representante
no
quiera
ocuparse
de
ello
por
su
propia
cuenta.
18
ll
de
plazas
de
pobres
es
180;
de
medio
pensionistas
(segunda
clase),
40;
de
pensionistas
(de
primera
,
30,
Admisión
de
los
alienados.
El
ingreso
y
hospitalidad
á
los
dementes,
en
este
Manicomio,
lo
ordena
el
Director
general
de
Administración.
Esta
hospitalidad
se
concederá
en
dos
términos:
1.2
De
observación.
2,
De
reclusión
definitiva.
Según
lo
establecido
en
el
Real decreto
de
19
de
Mayo
de
1885,
sobre
declaración
de
dementes
y
admisión
de
éstos
en
los
Manicomios,
para
que
un
presunto
alienado
pueda
ser
admitido
en
observación,
será
preciso
que
lo
so-
licite
el
pariente
más
inmediato
del
enfermo,
justificando
la
necesidad
ó
conveniencia
de
la
reclusión
por
medio
de
un
certificado
expedido
por
dos
Doctores
ó
Licenciados
en
Medicina,
visado
por
el
Subdelegado
de
esta
Facultad
en
el
distrito
é
informado
por
el
Alcalde.
El
ingreso
en
observación
de
dementes
en
la
forma
establecida,
no
podrá
tener
efecto
sino
en
casos
de
verdadera
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k
UR
¿3
4
E
UE
y
notoria
urgencia,
declarados
así
en
los
informes
del
Alcalde
y
Subdelegado
de
Medicina.
Mientras
el
presunto
de-
mente
pueda
permanecer
en
su
casa
sin
peligro
para
los
individuos
de
la
familia,
sin
causar
molestias
excesivas
á
personas
que
vivan
en
las
habitaciones
contiguas,
ó
sin
perjuicio
evidente
para
la
salud
del
mismo
paciente,
no
podrá
ser
recluído,
á
menos
que
lo
acuerde
el
Juzgado
de
primera
instancia
respectivo,
previa
la
instrucción
del
oportuno
expediente.
La
observación,
sin
más
requisitos
que
los
ya
expresados,
sólo
podrá
ser
consentida
una
vez;
y
si
en
cualquier
tiempo
la
persona
que
haya
estado
sujeta
á
ella
presentase
de
nuevo
síntomas
de
demencia,
será
indispensable,
para
volverla
á
someter
á
observación,
instruir
el
oportuno
expediente
judicial.
Para
la
admisión
definitiva
de
un
demente
será
preciso
expediente,
instruído
ante
el
Juez
de
primera
instancia,
en
el
cual
se
justifique
la
enfermedad
y
la
necesidad
ó
conveniencia
de
la
reclusión
del
alienado.
Las
peticiones,
tanto
de
observación
como
de
ingreso
definitivo,
deberán
hacerse
por
el
pariente
más
inmediato
del
demente
ó
de
oficio
si
se
trata
de
una
persona
que
carezca
de
familia,
se
halle
lejos
ó
separado
de
ésta.
Los
pobres
acreditarán
esta
cualidad
con
certificado
expedido
por
el
Secretario
del
Ayuntamiento,
referido
á
los
datos
que
arrojen
los
amillaramientos
de
la
riqueza.
Completo
el
expediente,
la
Dirección
general
de
Administración
concede
al
interesado
turno
de
ingreso,
y
la
Administración
del
establecimiento
cuida
de
avisar
cuando
le
corresponda
entrar,
si
al
hacerse
la
concesión
no
hubiere
vacante.
Una
vez
cubierto
el
número
total
de
plazas,
no
será
obstáculo
esta
circunstancia
para
cursar
las
solicitudes
pidiendo
ingreso
en
el
Manicomio
de
Santa
Isabel.
Los
expedientes
incoados
con
este
objeto
se
resolverán,
fijándose
para
los
casos
de
admisión
un
turno
rigoroso
por
edad,
á
cuyo
fin
se
formarán
por
el
Administrador
tres
listas
de
las
órdenes
de
admisión;
una
de
pobres,
otra
de
pensionistas
(primera
clase)
y
otra
de
medio
pensionistas
(segunda
clase),
numeradas
correlativamente.
|
De
la
alimentación
de
los
acogidos.
El
desayuno
de
los
pobres
es
de
sopa,
salvas
las
excepciones
que
acuerda
el
Jefe
facultativo.
El
de
los
pensionistas
es
chocolate,
hecho
con
una
pastilla
de
28
gramos,
ó
café
con leche
y
tostada
con
manteca
ó
sin
ella,
según
prescriba
el
Médico.
La
comida
de
los
pobres
consiste
en
cocido
con
garbanzos,
carne,
tocino
y
patatas
Ó
verdura.
La
de
los
pensio-
nistas
de
primera
clase,
en
igual
cocido,
dos
principios
y
dos
postres,
y
la
de
los
de
segunda,
en
igual
cocido,
un.
principio
y
un
postre.
La
cena
para
los
pobres
consiste
en
guisado
de
carne
con
patatas
ó
legumbres,
y
la
de
los
pensionistas,
en
el
mismo
guisado,
otro
plato
fuerte,
un
postre
y
ensalada.
La
ración
general
de
cada
enfermo
se
fija
en
cinco
hectogramos
de
pan,
dos
y
medio
hectogramos
de
carne,
20
gramos
de
tocino
y
dos
hectogramos
de
legumbres,
garbanzos,
judías
secas
ó
arroz,
repartidas
según
las
circuns-
tancias
lo
aconsejen.
Las
raciones
de
principios
en
los
pensionistas
y.las
de
verduras
y
ensaladas
en
los
pobres
no
están
sujetas
á
can-
tidad
determinada.
El
vino
en
las
comidas,
tanto
de
los
pobres
como
de
los
pensionistas,
es
de
prescripción
facultativa,
limitándose
al
uso
del
tinto
de
Valdepeñas,
y
no
excediendo
de
la
cantidad
de
25
centilitros
en
cada
comida,
Personal
del
establecimiento.
Lo
componen:
un
Médico-Jefe
facultativo,
dos
Médicos
agregados
y
un
Practicante;
un
Administrador-depositario,
Jefe
local
del
establecimiento,
como
delegado
de
la
Administración
Central
y
de
la
Junta
de
Patronos,
encargada
del
régimen
y
administración
del
Manicomio,
y
un
escribiente;
un
Capellán
y
16
Hermanas
de
la
Caridad,
un
cela-
dor,
un
hortelano-jardinero,
un
mozo-maquinista
para
el
balneario,
un
ordenanza,
un
portero,
dos
guardas
exterio-
res,
un
vaquero,
un
barbero,
un
cochero-carretero,
un
acólito,
dos
enfermeros
de
sucios
y
agitados,
10
enfermeros
y
ocho
enfermeras
lavanderas.
Este
establecimiento
carece
de
bienes
propios.
Para
su
sostenimiento
consigna
el
Estado
en
sus
presupuestos
generales
70.000
pesetas,
con
cuya
cantidad
se
atiende
á
la
estancia
de
los
asilados
pobres.
Los
pensionistas,
como
se
ha
indicado,
pagan
sus
estancias,
habiéndose
recaudado
en
el
año
1911
por
pensiones
satisfechas
de
esos
enfermos
la
cantidad
de
65,153
pesetas.
AE
ll
ad
A
Se
rige
por
su
Reglamento
orgánico
de
12
de
Mayo
de
1885;
por
el
Real
decreto
de
19
de
Mayo
del
mismo
afio
por
la
Real
orden
de
28
de
Enero
de
1887;
Real
decreto
de
30
de
Abril
de
1895;
Real
orden
de
1.”
de
Junio
de
1908,
é
Instrucción
de
27
de
Enero
de
1885
para
la
organización,
régimen,
gobierno
y
administración
superior
de
los
esta-
blecimientos
de
la
Beneficencia
general.
GRANJA
DE
NUESTRA
SEÑORA
DEL
PILAR,
EN
ZARAGOZA
Data
la
fundación
del
antiguo
Manicomio
en
que
tuvo
origen
la
asistencia
que
en
ella
se
presta
(aneja
en
un
principio
á
la
del
Hospital
de
Nuestra
Señora
de
Gracia),
del
año
1425,
y
fué
debida
al
rey
D.
Alonso
Y
de
Aragón,
el
Magnánimo,
que
con
ella
quiso
dotar
á
Zaragoza
de
un
establecimiento
benéfico
que
abriera
sus
puertas
á
todos
los
enfermos
que
ante
el
mismo
se
presentaran,
«no
sólo
de
enfermedades
comunes,
sino
de
las
contagiosas
también,
así
como
á
los
dementes,
á
los
expósitos,
hasta
la
edad
de
cinco
años,
y
á
las
mujeres
desgraciadas
que
querían
ocultar
su
ilegítima
maternidad».
Este
establecimiento,
respecto
de
cuya
importancia
baste
advertir
que
en
la
historia
de
la
Patología
mental
debe
figurar
como
el
primero
en
que
comenzó
á
considerarse
al
loco
como
enfermo,
asilándole
junto
á
los
enfermos
mismos,
adquirió
bien
pronto
tan
grande
fama
por
los
métodos
curativos
empleados
con
los
dementes,
que
á
él
eran
conducidos
los
necesitados
de
esa
asistencia
desde
distintas
regiones
de
la
Península,
llegando
á
merecer
por
ello
precisamente
este
hospital
una
marcada
predilección
de
los
Reyes,
como
lo
demuestra,
entre
varios
de
los
privile-
egios
que
le
fueron
concedidos
por
los
Monarcas,
el
decreto
dado
por
D.
Fernando
en
1501,
autorizando
á
la
Cofradía
del
Hospital
de
Nuestra
Señora
de
Gracia
«para
colocar
un
colector
de
limosnas
en
todos
los
lugares,
pueblos
y
ciu-
dades
del
reino,
en
atención
áú
que
los
pobres
locos
y
fatuos
que
hay
en
él
no
son
solamente
de
Aragón,
si
que
también
de
Valencia
y
Cataluña».
En
el
transcurso
de
los
años
la
nombradía
de
este
manicomio
fué
cada
vez
en
aumento,
hasta
el
punto
que
á
él
vinieron,
deseando
conocer
y
estudiar
su
régimen,
eminentes
profesores
extranjeros,
alguno
tan
afamado
como
el
ilustre
Felipe
Pinel,
que
le
consagró
despues
grandes
elogios,
en
una
de
sus
más
importantes
obras.
El
4
de
Agosto
de
1808,
en
el
primero
de
los
dos
memorables
Sitios
de
aquella
ciudad,
quedó
totalmente
des-
truído
el
hospital,
haciéndose
necesario
el
traslado
de
los
asilados
al
de
la
Misericordia
y
á
la
Casa
de
Convalecencia;
y
cuando
hubo
terminado
la
guerra,
se
acordó
la
instalación
del
antiguo
de
Nuestra
Señora
de
Gracia
en
la
Casa
últi-
mamente
mencionada,
hoy
Hospital
Provincial,
siendo
los
locos
recluídos
en
ella,
hasta
que
en
1830
fué
construído,
como
anejo
al
establecimiento,
un
edificio
que,
aunque
con
carácter
provisional,
se
destinó
á
departamento
de
OA
ante
la
necesidad
de
establecer
á
los
alienados
con
régimen
propio
y
en
un
todo
aislados
de
los
demás
enfermos.
,
ze
Más
co
cuando,
por
virtud
del
decreto
de
1868
y
de
lo
dispuesto
en
las
leyes
de
Beneficencia,
se
encargó
la
xecma.
Di
ación
Provinci:
Pin
v?
DE
: :
z
dl
ce
¡ción
Provincial
de
dirigir
y
administrar
el
expresado
manicomio,
hubo
de
persuadirse
de
que
en
el
ificio
antig
E
PTE
NA
;
Ñ
A
CRE
E
NS
de
irremediables
deficiencias,
no
podían
ser
atendidos
debidamente
esos
servicios,
y
acordó,
n
de
e
Marzo
de
1873,
1:
S
.2
z
;
. :
e
E
,
,
la
construcción
de
uno,
que
no
sólo
estuviese
separ
pit
n
de
la
población.
,
4
parado
del
hospital,
sino
tambié
-
Cedidos
por
el
Sr
le
»
p
«
D,
Manuel
Dronda
los
terrenos
necesarios
para
la
edificación
del
nuevo
manicomio,
la
Corpo-
ración
provincial
n
6
e
AE
A
'
OTÓSOS
E
Elan
SnDO
a
Comisión
especial
y
técnica
que
fuera
al
extranjero
con
objeto
de
estudiar
los
pro-
5
y
adelantos
en
los
manicomios-modelos
de
Francia
é
Inglaterra.
A
4
OS
me
>
(
3
,
é Í
1110C0OMIOS
de
E
au,
Burd
OS,
París
Londres,
l
re
(
z
'g
"es
¿
,
31
.
Memoria,
ateniéndose
á
l;
a
Ex
:
Le
8
Td
i
la
cual,
la
Excma.
Diputación
planteó
la
obra
magna
del
que
se
anhelaba
construir,
inaugu-
ándose
el
día
25
de
Enero
de
1878
las
A
¿
,
as
Obras,
que
habían
de
ajustarse
:
;
:
. .
12
o
,
C
Sstarse
al
Dr
ect
TAZ
.
.
¿
E
pl
bio
Lidón.
]
proyecto
trazado
por
el
arquitecto
D.
Kuse
ichas
obras
ejecutárons
y
¡
Dichas
o
:
ejecutáronse
con
gran
lentitud,
hasta
el
hallan
concluídas
todas
las
que
form
Granja
de
Nuestra
Señora
del
Pilar
año
1885
en
que
se
paralizaron.
Reanudadas
en
1904,
ya
se
aban
parte
del
plan
que
se
proyectó.
Y
el
nuevo
manicomio,
denominado
,
al
fin
terminado,
es,
por
su
excelente
ició
ÁS
A
e
es
ds
O
;
S
xCe
posición
topográfica,
su
abundante
dota-
¡PR
de
agua,
sus
extensos
jardines
y
huerta,
de
los"mejores
de
España
Bis
E
mm
ci
ad
e
si
Pa
jo
Mal
a
la
arc
ci
a
cad
ti
il
AG
.
£
ss
0
ESA
e
y
E
Ye
ir
Su
cesión
al
Estado.
Recientemente,
en
29
de
Noviembre
de
1911,
la
Comisión
Provincial
de
Zaragoza,
en
nombre
de
aquella
EXx06>
lentísima
Diputación,
elevó
á
este
Ministerio
dos
instancias,
solicitando
en
la
primera
que
el
Estado
admitiese
la
cesión
que
le
hacía
dicha
entidad
provincial
del
Manicomio
de
Nuestra
Señora
del
Pilar,
con
la
sola
y
única
condi-
ción
de
que
se
costeasen
las
estancias
de
los
dementes
pobres
de
aquella
provincia
con
cargo
á
los
ed
gene-
rales,
desde
el
día
en
que
la
cesión
se
realizase;
y
formulando
en
la
segunda
el
ofrecimiento
de
un
edificio
grande,
con
jardines
y
huerta,
que
se
denomina
Torre
Ramona
y
en
el
que
podría
instalarse
un
departamento
del
Manicomio
para
enfermos
pensionistas.
;
'
En
vista
de
esas
solicitudes,
se
ordenó
que
el
Jefe
Facultativo
del
Manicomio
de
Leganés
y
el
Arquitecto
de
este
Ministerio,
dirigieran
una
visita
de
inspección
al
Maniconio
de
Zaragoza,
para
que
emitiesen
dictamen
a06rca
de
las
|
condiciones
del
establecimiento,
por
ser
ese
dictamen
elemento
de
juicio,
imprescindible,
en
la
resolución
que
hubiera
de
adoptarse.
,
,
Aceptada
dicha
cesión
por
Real
orden
de
30
de
Abril
de
1912,
respetando
la
preferencia
que
para
5
ES
Na
y
cuidado
en
el
Establecimiento
han
de
tener
los
alienados
naturales
de
la
provincia,
y
habiéndose
cumplido
última-
mente
la
condición
bajo
la
cual
se
admitió,
toda
vez
que
en
la
ley
de
Presupuestos
para
1913
se
han
consignado
108
créditos
necesarios
para
sostener
la
institución
de
que
se
trata,
hízose
indispensable
establecer
las
reglas
gus
habían
de
observarse,
tanto
para
que
el
Estado
se
posesione
del
mencionado
Manicomio,
como
en
lo
referente
á
su
nuevo
funcionamiento.
E
A
esos
efectos
dictóse
el
Real
decreto
de
30
de
Diciembre
de
1912,
en
el
que,
al
propio
tiempo
que
ha
sido
clasifi-
cado
de
Beneficencia
general
el
expresado
establecimiento,
se
han
fijado
los
preceptos
que
deben
servir
de
norma
para
su
entrega,
y
para
el
gobierno
y
régimen
de
sus
servicios.
Descripción
general
del
Manicomio.
Se
halla
situado
á
dos
kilómetros
de
la
población,
y
emplazado
entre
la
carretera
de
Madrid
y
el
ferrocarril
de
Cariñena,
ocupando
un
área
de
174.000
metros
cuadrados,
aproximadamente.
En
el
recinto
cerrado,
y
á
su
vez
aislados
convenientemente,
se
han
distribuído
108
diferentes
departamontos
que
á
continuación
se
expresan:
El
de
mujeres,
con
tres
pabellones,
los
servicios
de
cocina
y
de
Ay
pacrO:
y
la
vivienda
de
las
Hermanas
de
la
Caridad
de
Santa
Ana,
encargadas
de
esta
Sección;
el
departamento
de
hombres,
con
cinco
pabellones
y
un
anejo
para
asilados
sucios,
el
depósito
de
cadáveres,
balneario
y
Casa
de
los
Hermanos
de
San
Juan
de
Dios,
que
atienden
á
este
departamento,
y,
por
último,
una
extensa
huerta,
en
la
que
se
encuentran
la
casa
del
hortelano
y
la
del
Médico-director.
Además
posee
dentro
del
cerramiento
un
pequeño
olivar.
Departamento
de
mujeres.
—La
construcción
de
estos
tres
pabellones
es
de
dos
plantas
en
uno
y
de
LOS
en
los
otros
dos,
destinándose
el
llamado
de
Nuestra
Señora
del
Pilar
á
enfermas
tranquilas;
el
de
Pinel,
á
Pensionistas,
y
el
de
Esquirol,
á
agitadas.
La
distribución
es
análoga
en
todos
ellos,
y
consiste
en
un
vestíbulo,
sala
de
estancia,
come-
dor,
celdas
de
aislamiento
y
lavabos
en
planta
baja
y
dos
dormitorios,
retretes
y
cuartos
de
baño
y
de
vigilancia
en
las
plantas
inferiores.
Y
como
las
dimensiones
de
cada
dormitorio
son
14
metros
de
longitud
por
7
de
ancho,
resulta
una
superficie
de
98
metros
cuadrados,
con
lo
que
pueden
instalarse
14
camas
en
cada
uno,
correspondiendo
á
cada
enferma
siete
metros
superficiales
y
un
cubo
de
aire
de
31
metros,
dada
la
altura
de
los
dormitorios,
y
con
una
sufi-
ciente
capacidad
para
112
enfermas
en
estos
tres
pabellones,
de
las
que
pertenecen
56
al
de
agitadas
y
28
á
cada
Uno
de
los
otros
dos,
teniendo
en
cuenta
que
en
el
denominado
de
Nuestra
Señora
del
Pilar
se
destina
á
roperos
la
planta
segunda
por
necesidades
del
servicio.
-
El
pabellón
de
lavadero
está
bien
dispuesto
con
pilas,
dos
calderas
para
la
colada,
tinas
y
tendederos;
con
agua
abundante
procedente
del
Canal
de
Aragón
para
este
servicio
y
todos
los
del
Establecimiento:
siendo
ilimitada
la
dotación
de
esta
y
de
5.000
metros
cúbicos
la
capacidad
de
los
depósitos.
;
El
pabellón
de
cocina
comprende
el
local
de
ella
con
fogón
de
hierro,
termo-sifón,
fregaderos,
despensa
y
alma-
cenes
de
víveres.
La
vivienda
de
las
Hermanas
de
la
Caridad
está
distribuída
en
dos
plantas.
Departamento
de
hombres.—Con
análoga
disposición
y
estructura
que
los
ya
descritos,
pero
con
ampliación
de
galerías
y
celdas
de
aislamiento,
y
con
cerca
de
cerramiento
en
cada
pabellón,
se
destinan
los
cinco
de
este
depar-
tamento
á
enfermería
de
distinguidos,
tranquilos
y
agitados,
siendo
de
dos
plantas
el
de
enfermería
y
de
tres
los
-
demás,
y
con
capacidad
en
total
para
248
camas,
correspondiendo
á
cada
enfermo
en
los
dormitorios
una
superficie
y
un
cubo
de
aire
iguales
á
los
ya
expresados
para
los
dormitorios
de
mujeres.
El
pabellón
de
sucios
es
sólo
de
planta
baja
y
se
distribuye
en
un
dormitorio
y
una
sala
de
estancia,
ambos
locales
insuficientes
para
los
28
enfermos
que
en
él
se
alojan.
,
El
balneario
está
limitado
á
tres
pilas
de
baño,
cuatro
para
pediluvios
y
una
sola
ducha.
E
(y
PR
Las
condiciones
de
construcción
de
los
pabellones
son
buenas,
especialmente
en
los
de
más
reciente
edificación;
siendo
posible
la
ampliación
de
la
parte
edificada
con
más
pabellones
si
se
creyera
necesaria,
para
alojar
mayor
dE
mero
de
alienados
del
que
puede
albergarse
en
los
departamentos
actuales,
que
sólo
tienen
capacidad
para
las
416
plazas,
en
su
totalidad
ocupadas
hoy,
según
se
indica
en
los
tres
primeros
conceptos
del
siguiente
estado
explicativo.
Asilados
en
el
manicomio
provincial
de
Zaragoza.
Varones.
.......
2/0
Término
medio
de
dementes
COMUNES.
+...
+...
..»......
|
416
|
Hembras......
.
140
|
,
$
Varones........
192
De
éstos
hay
que
pertenecen
á
la
provinCla+.......o.....
Hembras.......
10
|
VaronetS...o...»
3
De
otras
provinciaS........oooo.oooooooosoomorsromoo».os
|
Hembras.......
28
Dementes
sujetos
á
los
Tribunales
de
Justicia.
VaronBs
ia
ies
al
PrOGORAdOS
RIE
SU
Oia
ala
de
OR
al
Hembras......»
4
Alienados
pensionistas.
ER,
ñ
|
Varones........
20
Pensionistas
de
primera
Clase.......t.....ooomooooooo.m..
O
Hembras.......
8
.
E
Varones........
22
Medio
pensionistas.......o.oo.o.o.o.oo
o...
RR
LA
33
Hembras
.......
11
Clasificación
de
los
Dementes.
.
Varones........
389
Número
de
enfermos
comunes
epilépticos..............
58
Hembras.......
20
y a
Varones........
30
Id.
íd.
íd.
SUI
O
AE
43
|
Hembras.......
13
A
4
:
Varones........
2
Id.
íd,
pensionistas
epilépticos...........
2
Hembras
.......
0
É
:
|
Varones
toas.
e
a]
Id.
íd.
íd.
SUCIOS
Eo
de
ica
|
4
|
Hembras...
...
2
Todos
los
restantes
están
clasificados
como
enfermos
de
régimen
común.
Del
Gobierno
de
este
Establecimiento.
Compete
al
Ministro
de
la
Gobernación
el
gobierno
superior
del
Establecimiento.
La
alta
inspección
la
desempe-
ñará,
por
delegación
del
Ministro,
el
Director
general
de
Administración.
Bajo
la
presidencia
de
$.
A.
R.
la
Serenísima
Infanta
D.*
Isabel
de
Borbón
y
á
su
propuesta,
se
cons
ragoza
una
Junta
de
damas
que
tendrá
su
Vicepresidenta
y
que
actuará
en
la
misma
forma
que
determina
el
Regla-
mento
que
rige
en
el
Manicomio
de
Santa
Isabel,
de
Leganés,
é
Instrucción
general
de
Beneficencia.
2
tituirá
en
Za-
VII
DE
E
RNA
A
es
IA
DATE
e
,
ra
E
a
=
EPT
ES
IA
ns
A
E
.
ia
0
S
"8
AS
pa
Po
a
Me:
i
>
Admisión
de
los
alienados.
La
tramitación
y
resolución
de
los
expedientes
de
admisión
de
alienados,
altas
y
bajas
en
el
Establecimiento,
así
como
los
ingresos
definitivos
acordados
por
la
Autoridad
judicial,
corresponderán
al
Gobernador
civil
de
Zaragoza,
con
sujeción
á
lo
establecido
en
las
disposiciones
que
regulan
estos
servicios
en
el
Manicomio
de
Santa
Isabel
de
Leganés,
y
á
los
que
en
lo
sucesivo
se
dictaren
sobre
la
materia,
dando
cuenta
para
su
aprobación
definitiva
á
la
Di-
rección
general
de
administración.
!
Se
considerarán
naturales
de
la
provincia
de
Zaragoza,
y,
por
consiguiente,
con
preferente
derecho
¡qomo
pobres
al
ingreso
en
el
Establecimiento,
según
las
condiciones
de
la
cesión,
los
que
reúnan
los
requisitos
a
$
1.
Ser
natural
de
un
pueblo
de
la
provincia,
justificándolo
con
la
correspondiente
partida
del
Registro
civil.
2.2
Carecer
de
recursos
y
no
pagar
contribución
por
ningún
concepto,
extremos
que
se
acreditarán
con
certifica-
ciones
de
la
Sección
de
Estadística
del
Ayuntamiento
respectivo
y
de
la
Oficina
de
Hacienda
correspondiente
de
la
Delegación
del
Ramo
en
la
provincia.
3.
Llevar
el
tiempo
de
vecindad
legal
en
la
provincia
de
Zaragoza,
acreditándolo
con
certificación
del
Alcalde
correspondiente.
3%
También
podrán
tener
ingreso
en
este
Establecimiento
los
alienados
pensionistas,
cuya
Or
legal
lo
solicite,
en
las
condiciones
y
con
sujeción
á
las
reglas
que
rigen
para
el
Manicomio
de
Leganés.
Personal
del
Establecimiento.
El
cargo
de
Administrador-depositario
será
desempeñado
por
un
funcionario
perteneciente
al
escalatóniel
Ministerio
de
la
Gobernación,
quien
deberá
prestar,
antes
de
tomar
posesión
del
cargo,
una
a
dozaba
parte
de
la
consignación
anual
que
figure
en
los
presupuestos
generales
del
Estado
para
el
sostenimiento
del
Manicomio,
cuya
fianza
deberá
constituirse
en
igual
forma
que
para
los
Administradores-depositarios
de
los
demás
Establecimientos
de
la
Beneficencia
general.
|
El
Cuerpo
Médico
y
todo
el
personal
de
servicios
se
fijará
por
el
Ministerio
de
la
Gobernación,
y
sus
haberes
serán
una
de
las
obligaciones
á
que
deberá
responder
el
crédito
señalado
para
el
sostenimiento
del
Manicomio,
en
tanto
que
una
ley
de
presupuestos
detalle
y
dote
las
plantillas.
*
ES
Se
atenderá
á
su
sostenimiento
con
los
créditos
consignados
(150.000
pesetas)
al
efecto
en
ou
capítulo
6.%,
ar-
tículo
2.”,
de
la
ley
de
Presupuestos
para
1913.
Bien
entendido
que,
como
consecuencia
de
los
términos
en
que
se
ha
verificado
la
cesión,
el
Estado
se
obliga
al
sostenimiento
y
cuidado
de
los
dementes
pobróstda
la
NON
Pula
de
Zaragoza,
tanto
de
los
que
existan
en
el
Establecimiento
al
realizarse
la
entrega
y
toma
de
posesión
del
mismo,
como
de
los
que
ingresen
en
lo
sucesivo,
con
arreglo
á
las
disposiciones
legales.
Y
que
esto
no
obstante,
el
Estado
se
reserva
la
facultad,
de
acuerdo
con
la
Diputación
provincial,
de
practicar
en
un
plazo
de
seis
meses
la
revisión
de
Ñ
pUdS
los
expedientes
de
los
que
figuren
actualmente
como
acogidos
pobres.
-
-———Leserán
aplicadas,
además
del
Real
decreto
de
30
de
Diciembre
de
1912,
todas
las
leyes
y
disposiciones
que
están
actualmente
en
Eon
para
la
Beneficencia
del
Estado
y
las
que
se
dicten
en
lo
sucesivo.
1
A
A
Sd
a
COLONIA
BENEFICA
DE
VISTA-ALEGRE
Los
establecimientos
de
Beneficencia
general
de
Inválidos
para
el
trabajo,
Colegio
de
Santa
Catalina
y
Huérfa-
nas
de
la
Unión
forman
en
la
posesión
de
Vista-Alegre
(Carabanchel
bajo)
una
especie
de
colonia
benéfica
que,
según
ya
se
hacía
constar
en
la
Memoria
publicada
por
esta
Dirección
general
en
1909,
reúne
excelentes
condicio-
nes
por
hallarse
fuera
de
Madrid
y
muy
cercana
á
esta
población,
y
por
el
hermoso
parque
en
que
está
situada,
extenso,
abundante
en
lozana
vegetación,
bien
dotado
de
agua,
y
de
cómodo
y
fácil
acceso.
ASILO
DE
INVÁLIDOS
DEL
TRABAJO
Fué
creado
por
Real
decreto
de
11
de
Enero
de
1887.
«Suldados
de
la
industria—decía
el
preámbuwlo
de
aquella
soberana
disposición,
—los
inválidos
del
trabajo
deben
ser,
como
los
que
caen
en
los
campos
de
batalla,
objeto
de
piadosa
solicitud».
Para
el
establecimiento
del
mencionado
Asilo,
eedióse
por
el
Estado
el
edificio
llamado
Palacio
Nuevo,
sito
en
la
posesión
de
Vista-Alegre,
con
el
terreno
suficiente
para
jardines
de
los
Inválidos.
Y
con
destino
á
su
instalación
se
dispuso
en
el
expresado
Real
decreto,
que
se
emplearan
las
500.000
pesetas
procedentes
de
capitales
é
intereses
de
fundaciones
caducadas,
de
valores
pertenecientes
á
los
establecimientos
generales
de
Beneficencia
y
de
cantida-
des
que
existían
en
la
Caja
general
de
Depósitos
que
estaban
afectas
al
reintegro
á
la
Hacienda
del
anticipo
de
2.500.000
pesetas,
que
había
de
satisfacer
por
la
adquisición
de
Vista-Alegre,
agregándose
que
dichas
500.000
pesetas
habían
de
destinarse
á
la
habilitación
del
local
y
á
la
adquisición
del
mobiliario
correspondiente.
La
inauguración
verificóse
el
año
1889,
confiándose
provisionalmente
su
gobierno
á
una
Junta
de
patronos,
com-
puesta
de
personas
meritísimas
conocedoras,
á
no
dudar,
de
las
condiciones
y
necesidades
de
las
clases
obreras,
y
que
desempeñaron
su
cometido
con
loable
solicitud.
Mas
habiendo
llegado
.el
momento
de
la
organización
definitiva
del
Asilo,
bajo
el
augusto
Patronato
de
S.
M.
la
Reina
Doña
María
Cristina,
que
se
había
interesado
muy
vivamente
en
esta
benéfica
fundación;
y
estando
acreditado
por
la
experiencia
que
la
dirección,
administración
y
gobierno
de
los
establecimientos
de
esta
cláse
alcanza
el
mayor
grado
de
perfección
cuando
se
confían
al
cuidado
de
Juntas
de
Señoras,
se
dictó
el
Real
decreto
de
22
de
No-
viembre
de
1891,
disponiendo
que
en
lo
sucesivo
sería
administrado
por
una
Junta
de
Señoras
nombradas
por-
S.
M.,
de
entre
las
que
forman
parte
de
la
Real
Asociación
de
Beneficencia
Domiciliaria
de
Madrid.
Descripción
general
del
establecimiento.
Constituye
este
Asilo
un
solo
edificio,
que
fué
construído
para
palacio
de
fiestas
por
el
Excmo.
señor
Marqués
de
Salamanca,
de
cuyos
herederos
adquirió
la
posesión
el
Estado,
para
destinarla
á
establecimiento
de
Bene-
ficencia.
Consta
de
planta
principal
y
sótano.
En
la
planta
principal
se
encuentran
lado
los
dormitorios
de
los
asilados,
que
son
ocho,
con
las
denomina-
ciones
y
el
número
de
camas
que
á
continuación
se
expresan:
San
Pablo,
con
10
camas;
San
Pedro,
con
11;
San
Car-
los,
con
10;
Santa
Cristina,
con
12;
Santa
Isabel,
con
nueve;
San
Ildefonso,
con
10;
San
José,
con
10,
y
San
Vicente,
con
nueve;
teniendo
para
su
servicio
cada
uno
de
estos
dormitorios,
sus
respectivas
mesillas
de
noche,
sillas,
toalle-
ros,
lavabos
y
menaje
de
aseo.
También
se
halla
en
este
piso,
ocupando
uno
de
los
más
amplios
y
hermosos
salones
del
mismo,
el
comedor,
que
cuenta
con
20
ventanas
á
gran
altura,
y
cuya
instalación
la
componen
tres
largas
mesas
de
mármol,
una
mesa
repat-
tidor,
varios
bancos,
cuatro
grandes
aparadores
para
la
vajilla
y
cristalería,
seis
aparatos
de
luz
y
dos
chimeneas
de
O
Y
EE
mármol.
En
el
antecomedor,
que
también
es
amplio,
hay
colocado
un
ascensor
para
el
mejor
servicio
con
las
dependencias
establecidas
en
el
sótano.
A
:
Otros
varios
salones
de
la
planta
principal,
incluso
el
magnífico
salón
árabe
con
que
fué
enriquecido
este
suntuo3o
palacio,
están
destinados
exclusivamente
á
aumentar
las
comodidades
de
los
asilados,
y
en
beneficio
de
su
instrucción
y
esparcimiento.
;
En
uno
de
ellos
se
halla
instalada
la
Biblioteca,
en
la
cual
hay
fijadas
varias
horas
diari
as
para
que
durante
ess
tiempo,
sin
que
sea
obligatoria
la
asistencia,
puedan
leer
los
asilados
y
reunirse
los
que
A
pa
tl
les
lea
en
alta
voz
el
asilado
que
tenga
gusto
en
prestar
este
servicio
á
sus
compañeros,
y
muy
particularmente
4
los
deptos
á
los
que
hayan
tenido
la
desgracia
de
no
haber
aprendido
á
leer.
Otro
extenso
salón,
con
pavimento
de
mármol,
ha
sido
habilitado
para
recreo
de
los
acogidos.
Y
otro
perfectamente
decorado,
en
uno
de
cuyos
frentes
hay
un
coa
de
S.
M.
la
Reina
Doña
María
Cristina,
á
cuyas
iniciativas,
como
ya
se
indicó,
débese
grandemente
la
creación
do
este
establecimiento,
se
destina
á
salón
de
visitas.
,
7
a
Además,
en
este
piso,
se
encuentra
establecida,
con
su
correspondiente
botiquín,
la
enfermería
del
Asilo,
donde
son
asistidos
cuidadosamente
los
asilados
que
padecen
enfermedades
comunes,
pues
108
que
sufren
alguna
enferme-
dad
epidémica
ó
infecciosa
son
trasladados
al
Hospital
especial
que
hubiere
establecido
para
esa
clase
de
enferme-
dades,
ó,
en
su
defecto,
al
Provincial
de
esta
Corte.
Las
restantes
salas
y
dependencia
de
dicha
planta
principal
están
destinadas
á
despacho
de
la
Superiora;
recibi-
dor,
habitaciones
de
las
Hermanas
de
la
Caridad,
enfermería
para
las
mismas,
con
dos
camas,
dormitorio
de
criadas
y
guardarropas.
s
En
el
sótano,
que
cuenta
con
tres
patios,
se
hallan
la
iglesia,
la
cocina,
un
cuarto
de
baño
con
.nueye
pilas,
A
aparatos
para
duchas
y
20
jofainas,
una
habitación
para
los
atacados
de
enfermedad
contagiosa
y
otras
dependencias
de
servicio.
Del
destino
del
Asilo.
En
la
Instrucción
general
y
Reglamento
dictados
por
este
Ministerio
en
12
de
Enero
as
1092;
puÑa
el
régimen
y
gobierno
de
este
Asilo,
se
establece
que
será
destinado
á
albergar
los
obreros
A
E
vas
OS
de
edad,
que por
un
accidente
desgraciado
hayan
quedado
absolutamente
inválidos
para
el
ad
El
orden
de
preferencia
para
el
ingreso
en
este
Asilo
es
el
que
determinan
las
ies
sá:
y
1.*
Los
que
resulten
impedidos
para
el
trabajo
por
accidentes
ocurridos
en
ocasión
e
pres
ar
Aa
para
salvar
personas
en
incendios,
naufragios,
inundaciones,
hundimientos
de
minas
6
gutiicios
e
Ro,
Eo
2.”
Los
impedidos
para
el
trabajo
por
accidente
en
el
ejercicio
del
arte
ú
oficio
á
ape
estuvieran
dedicados,
sin
que
por
parte
del
interesado
se
hubiere
omitido
cuidado
ó
prevención
alguna
para
O
3.*
Los
que
hayan
quedado
inútiles
para
el
trabajo
por
cualquier
accidente
del
mismo,
aun
cuando
por
parte
del
interesado
se
hubiere
procedido
con
imprevisión
ó
descuido.
7
;
EN
Dentro
de
cada
clase
se
observarán
grados
de
preferencia,
conforme
á
la
mayor
ó
menor
imposibilidad
del
recu-
rrente
para
todo
género
de
trabajo.
|
De
los
asilados,
número
y
condiciones.
El
número
de
asilados
será
el
que
consientan
la
capacidad
del
edificio
destinado
al
Asilo
en
la
citada
posesión
y
la
suma
que
se
consigne
en
el
presupuesto
general
del
Estado,
siendo
actualmente
80
el
número
de
plazas
ó
camas.
La
provisión
de
las
vacantes
en
el
Asilo
de
Inválidos
del
Trabajo
ha
de
hacerse
por
concurso,
anunciándose
en
la
Gaceta
de
Madrid
y
en
los
Boletines
Oficiales
de
las
provincias,
concediéndose
en
cada
uno
de
ellos
la
admisión
de
10
asilados,
los
cuales,
por
turno
riguroso
de
orden
en
la
concesión,
serán
llamados
é
ingresarán
en
el
estableci-
miento
cada
vez
que
ocurra
vacante
ó,
por
aumento
de
crédito,
se
creen
plazas
nuevas
en
el
mismo.
Toda
solicitud
de
ingreso
se
hará
á
la
Dirección
general
de
Administración
en
papel
de
oficio,
acompañada
de
la
partida
de
bautismo
del
interesado,
certificación
de
pobreza
expedida
por
el
Alcalde
y
certificación
facultativa,
acre-
ditando
el
estado
de
imposibilidad
absoluta
para
el
trabajo
debida
á
accidentes
de
los
expresados
con
anterioridad.
Estas
solicitudes
pasarán
á
la
Junta
de
Señoras,
la
cual,
después
de
oir
el
dictamen
del
Médico
del
Asilo,
infor-
mará
lo
que
estime
en
justicia.
El
turno
concedido
se
llevará
por
la
Junta
de
Señoras
en
un
Registro
especial,
y
la
lista
de
los
que
figuran
en
turno
se
expondrá
en
la
portería
de
la
posesión.
Cuando
llamado
un
solicitante
por
haberle
correspondido
ingreso
para
ocupar
vacante,
no
compareciese
en
el
término
de
treinta
días,
contados
desde
la
notificación
administrativa
que
se
le
haya
dirigido,
se
le
dará
de
baja,
dando
cuenta
de
la
causa
á
la
Dirección
general,
y
expresándose
así
en
la
lista
expuesta
en
la
portería.
Cuando
no
fuese
posible
conocer
el
domicilio
del
interesado
en
la
fecha
en
que
le
corresponda
ingresar
en
el
Asilo,
se
hará
la
notificación
por
medio
de
cédula
en
el
Boletín
de
la
provincia.
AA
0
PO
pos
Al
ingresar
en
el
Asilo
el
último
de
los
diez
á
quienes
anteriormente
se
hubiera
concedido
la
admisión,
se
anun-
ciará
por
los
medios
indicados
nuevo
concurso
para
la
designación
de
otros
diez
asilados.
No
podrán
ser
admitidos
en
el
Asilo
de
Inválidos
del
Trabajo:
Los
que
padezcan
enfermedades
contagiosas.
Los
enajenados,
los
idiotas,
imbéciles,
epilépticos
y
tuberculosos;
los
que
padezcan
úlceras
con
supuracionesincoer-
cibles,
cánceres
externos,
y
aquellos
que
para
su
curación
necesiten
una
operación
quirúrgica.
.
>
Del
régimen
y
alimentación.
La
Junta
de
Señoras,
oyendo
al
Visitador
de
Beneficencia
y
Sanidad,
dispondrá
todos
los
meses
las
horas
en
que
habrán
de
distribuirse
las
comidas
á
los
acogidos.
)
Éstas
serán
tres:
desayuno,
comida
y
cena.
Desayuno.—Chocolate
ó
sopa;
chocolate,
28
gramos;
pan
para
sopa,
200
gramos.
qe:
Comida.—Sopa
de
pan
ó
pasta;
pan
para
sopa,
100
gramos;
pasta,
57
gramos;
carne
sin
hueso,
172
gramos;
tocino,
E
28
gramos;
garbanzos,
145
gramos;
verdura
ó
patatas,
115
gramos;
pan,
200
gramos;
vino,
0,126
litros.
4
Cena.—Sopa
ó
caldo;
pan
para
sopa,
57
gramos;
guisado
de
carne
sin
hueso,
172
gramos,
y
115
gramos
de
patatas;
ensalada
cocida
ó
cruda,
115
gramos;
vino,
0,126
litros.
Personal
del
establecimiento.
Consta,
salvas
las
alteraciones
que
puedan
hacerse
en
el
presupuesto:
de
un
Administrador-depositario
y
un
Auxi-
liar,
que
lo
son
de
los
tres
establecimientos
que
radican
en
la
posesión
de
Vista-Alegre.
EN:
Un
Jefe
facultativo
y
otro
Médico
auxiliar,
que
lo
son
también
de
los
tres
establecimientos.
,
Once
Hijas
de
la
Caridad.
;
Un
Practicante-barbero.
Cuatro
mozos.
a
Una
cocinera.
Cuatro
lavanderas.
Todo
el
personal
reside
constantemente
en
la
Posesión.
Este
Asilo
posee
como
bienes
propios
tres
láminas
de
75.000,
72.000
y
6.500
pesetas
nominales.
a
La
cantidad
consignada
para
su
sostenimiento
en
el
Presupuesto
del
Estado
en
el
año
1912
(por
regir
por
autori-
h>
Ñ
zación
el
de
1911)
es
de
40.000
pesetas.
Se
rige
por
la
Instrucción
y
Reglamento
á
que
anteriormente
nos
referimos
para
el
régimen
y
gobierno
de
este
Asilo,
dictados
por
este
Ministerio
en
12
de
Enero
de
1892.
COLEGIO
DE
CIEGOS
DE
SANTA
CATALINA
0
DE
LOS
DONADOS
8
Fué
fundado
por
Pedro
Fernández
de
Lorca,
—Secretario
y
Tesorero
de
los
Reyes
D.
Juan
II
y
D.
Enrique
IV,
—
3
que
lo
instituyó
en
1460,
disponiendo
que
las
casas
suyas
que
habitaba
en
la
villa
de
Madrid,
sitas
en
la
collación
de
San
Nicolás,
fuesen
para
Hospital,
donde
se
acogiesen
hasta
el
número
de
20
pobres:
10
mujeres
y
10
hombres
honrados,
á
quienes
la
demasiada
edad
hubiese
quitado
las
fuerzas
para
ganar
el
sustento;
y,
los
cuales
al
ingresar
Ñ:
en
el
hospital
vestían
unas
becas
Ó
caperuzas
de
paño
pardo,
y
llamábanles
los
Donados.
Ro”
El
año
1761
reedificóse
este
Hospital.
Y
habiéndose
desvirtuado
su
verdadero
objeto,
fué
destinado
en
el
año
1856
á
Colegio
para
ciegos.
Posteriormente,
y
en
el
año
1889,
reinando
D.
Alfonso
XIII,
bajo
la
Regencia
de
su
madre
D.*
María
Cristina,
fué
trasladado
á
la
posesión
de
Vista-Alegre.
E
y
,
Descripción
del
establecimiento.
Ocupa
un
edificio
con
tres
pisos:
primero,
principal
y
segundo.
En
el
primero
se
han
reconcentrado
las
dependencias
y
servicios
siguientes:
Un
cuarto
lavabo
con
40
jofainas
de
mármol,
teniendo
cada
una
entrada
y
salida
de
agua
independiente;
toallero
corrido
y
dos
mesas
con
cajones,
que
tienen
su
menaje
de
aseo;
una
clase
literaria,
con
20
mesas
individuales
un
piano
y
vitrinas
para
guardar
los
papeles
é
instrumentos
de
música;
un
recibidor;
un
comedor
para
los
alumnos,
con
seis
mesas
de
mármol);
dos
habitaciones
para
las
Hermanas
de
la
Caridad,
una
para
costura
y
Otra
para
comedor.
Y
una
despensa,
la
cocina,
un
cuarto
de
cos-
tura
y
retrete
con
agua
corriente.
ñ
:
Id
El
piso
principal
consta
de
una
sala,
que
sirve
de
capilla;
cuatro
habitaciones
destinadas
á
clase
de
música
y
estu-
dio,
con
cinco
pianos,
y
otros
instrumentos
musicales
para
la
enseñanza;
UN
salón
ropero;
un
dormitorio
para
las
Her-
manas,
con
cinco
camas.
Y
un
retrete
inodoro.
:
¿
En
los
salones
del
piso
tercero
están
instalados
los
dormitorios
de
los
acogidos,
que
son
tres
cun
ocho,
doce
y
-
veintidós
camas
cada
uno,
y
con
otras
tantas
mesillas
de
noche
y
sillas
correspondientes.
Se
también
en
el
mismo
piso
se
halla
habilitada
una
habitación
con
dos
camas,
para
la
asistencia
médica
de
los
acogidos.
Destino
de
este
Colegio»
El
Colegio
de
Ciegos
de
Santa
Catalina
tiene
por
objeto
educar
é
instruir
á
jóvenes
ciegos,
en
la
O
ñanza
especial
y
en
la
enseñanza
de
música,
atender
á
su
manutención,
asistencia
y
E9nnos
y
OS
O
mente
á
los
alumnos
ciegos
que
tuviesen
aptitud
bastante
para
ejercer
y
comunicar
la
instrucción
á
sus
compañeros
de
desgracia.
añ
La
enseñanza
literaria
especial
comprende:
lectura
y
escritura
por
todos
los
métodos
y
procedimientos
para
los
ciegos;
urbanidad,
religión,
higiene,
gramática,
aritmética
teórica
y
práctica
por
los
INDIOS
OS
á
108
Di
gos,
Geometría
elemental,
Historia
Sagrada,
Geografía
6
Historia
universal
y
se
España.
la
enseñanza
literaria
especialy
la
de
música
se
divide
en
dos
períodos:
elemental
y
superior;
cada
período
de
enseñanza
comprende
cua-
tro
años.
;
Las
plazas
de
alumnos
en
el
Colegio
de
Santa
Catalina
son
40,
y
serán
provistas
On
los
jóvenes
ciegos
que
lo
soli-
citasen
y
reunieren
las
condiciones
siguientes:
Ser
completamente
ciego
ó
semiciego,
con
imposibilidad
Haber
cumplido
ocho
años
y
no
pasar
de
catorce.
Justificar
la
falta
de
recursos
para
atender
á
su
educación
y
enseñanza.
Estar
en
el
perfecto
uso
de
sus
facultades
intelectuales,
no
padecer
enfe
dio,
estar
vacunado
y
no
sufrir
enfermedad
contagiosa
ó
repugnante.
Tener
persona
encargada
para
cuanto
interese
al
alumno.
Los
que
aspiren
á
plazas
de
alumnos
presentarán
en
la
Dirección
genera
pañada
de
los
documentos
que
acrediten
los
requisitos
que
quedan
expresados.
:
El
tiempo
de
permanencia
de
los
alumnos
en
el
Colegio
sorá
de
ocho
años;
terminado
este
tiempo,
ó
habiendo
cumplido
veinte
años
de
edad,
los
alumnos
no
podrán
permanecer
en
el
Colegio.
;
La
admisión
de
alumnos
tendrá
lugar
en
primeros
de
Octubre
de
cada
año,
por
el
orden
de
concesión
en
los
res-
pectivos
expedientes
de
ingreso.
El
alumno
que
obtuviese,
durante
los
ocho
años
que
permaneciese
en
el
Colegio,
notas
favorables
de
aplicación
y
conducta,
recibirá,
á
su
salida
del
Colegio,
en
concepto
de
premio
extraordinario,
el
instrumento
portátil
de
mú-
sica
que
hubiere
ejercitado
en
el
Colegio,
y
un
premio
pecuniario,
si
hubiere
consignación
en
el
presupuesto.
Los
alumnos
podrán
en
todo
tiempo
solicitar
licencia
por
motivo
de
salud;
y
si
el
alumno
permaneciere
más
de
tres
meses
fuera
del
Colegio,
será
dado
de
baja.
Los
alumnos
ó
sus
encargados
pueden
renunciar
la
plaza
que
disfru-
tan
si
así
les
conviniese.
>
El
alumno
que
al
fin
del
primer
año
de
estudios
no
diese
pruebas
de
capacidad
Ó
no
manifestase
aplicación
Ó
aprovechamiento,
será
objeto
de
especial
atención
en
el
segundo
curso,
y
si
al
finalizar
éste
no
hubiese
mejorado
en
capacidad
ó
aplicación,
será
propuesto
para
su
separación
del
Colegio.
de
instruirse
por
los
métodos
comunes
en
los
que
ven.
rmedad
que
le
imposibilite
para
el
estu-
1
de
Administración
una
solicitud
acom-
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