Muy illustre señor. El Retor y Colegio de la Compañía de Iesus... de Çaragoça... se le intimo de parte de V.S. que no admitiesse en sus Generales a fin de oyr liciones assi de Artes como de Teulugia
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LRctor yColegid de la Compañía de Icítis dcfta Ciudad de ^arago^a dize :que alos dos defte ines de Otiibre fe le intimo de parce de V.S. que no admitieíTe en fus Generales afin de oyr liciones afli de Artes ,como de Tculugia aeftudíantcs íeglares »yque las licencias» que V. S. avia dado aalgunos particulares pa* ra oyr las Artes en líueftro Colegio,las árevocado por los muchos inconvenientes ,que íe han hallado ,yque entre los eftudiances feglarcs fe comprehendian también los Colegiales,que eftan en el Seminario acargo, ydebaxo del govíerno déla Gompañia. El Colegio, yRctor fobredicho en razón dcfta intima reprefenta aV. S. las cofas figuientes. Ante todo,qtiC holgara mucho entender las caufasy culpas,porIas quales íe ha hecho intima tan nueva, ytan rignroía, para poder mejor dar íatisfacion. Ycierto, que parece rigorjquc una Religión como la Compañía de Icfus ,que tanto firve ala Iglefía ,yen particular dcfca,y procura fervir aefta Ciudad, fea condenada,yen materia tan grave, ytan fuftancial ,fin fer ovda, ni avifada. Porque es derecho-de las gentes ynatural ,que nadie fe condene fin fer oydo ,lino es quando es citado, yno quiere comparecer, ni defenderfe. Porque entonces es vifto renunciar afu derecho. Pero cftando prefente cl P.Retor defte Colegio ,fn Procurador, yotros muchos Padres Anti‘^uos,v graves,por íer el mas numeroío de toda la ProvincÍa,fín ha- ^®Azcrics
2 1íVmTtiiítb'ftí áaí áetermtnar una zerlcs el menor cargó dei ^como dcrpues íe dira,n® ha , cofa tan rezia, yque toca pn en lo podido dexar de ¿efta^r que Yfi bien en la intima no fe dan moavos deua h tan folamente cU general, refpeto de la lición de Artes le dizc ,que g^ivc^an las licJciasdadas dt Han en el ufo dcllas |pero por otra parte confta, que elta nueva de terminación aoroceado de las quejas que bandado contra el Colepio algunos Catredaticos dé la Vnlverridad: yde ante mano el Colegio la podia teneryformar muy-^ande ,de que fenzilla rdacio/y querella klamparte contraria íé aya procedido acondenarnos/m kr oydos, éomo'antes fe dezia.Ypor quanto muchas otras Tezes los CatrJdacicds han acudido alos Señores Turados aquex^arfc de la Compañía venimos ajuzgar con mucho fundamento ,que ía querella de agorá tiene el mifíno que la antigua;Y «s dezmque acuden muchos ¿ftudiantes de facultades mayores anueftras Efcuelas, y que ellos fe echan menos en la Vniueríidad,y padece mengua ucon curfo. Yfegun efto ,parece muy conveniente referir en breve ios lances,que fobre efte particular entre los Catredaticos de la Vniveríidad, ylos de la Compañía íe han corrido. ..j De años aefta parte los Catredaticos dcTculugia y" Cánones^de la Vniuerfidad muchas vezcs,y en diverfas ocafiones fe han querellado ala Ciudad, que es Patrona yAdmihiílradoiia de la Vniverfídad, de que los Eftudiantes Teologos yCanoniftas la dCíámparavan éa las horas, que los PP.de la Compañía leyan puWic^entc^cn íu Co- Icpio, por acudir aoyr, yeferivir fus liciones. La Compama relpondá aeL querella,que nadie haze agravio aotro, por ufar de fu dere. cho, yque la Compañiale tiene ymuy feguro ,fundado en legitima poffeffion .Yefti afiftick de dtulo muy cabal, que es prm eg.o de la Sede ÁpoftoUca.con cuya autoridad le fitndao todas las Vmuerfidades Yfeüun elle privilcgio.que fue concedido primeramente por el Sumo pintifice Pío V. B»& Pj/ mz<7r Vdcfpucs conBrmado por Gregorio XII. Saía Gng.pjl. .>{ ^n^nmini if7^.puedc publicamente enlenar las ren'aTroTcry^Lfnr aq^le^era EHudiautes. fin que nadie pueda eftorvarla ,ycontra quien lo intentare efnlmlnan graves ceifuras.Y quanto alos tiempos,yhoras puede la Com- ^P,^.,„urnniíTa del día ,con tal que dexe alas Vniveríi- KdSfocupadasdos horas leaivas, vna por la mañana, yotra por la tarde-v que en el ufo defte privilegio fe templa por cortefia.y bue-. na correspondencia con la Vniverfidad ip.ies pudiendo leer en quayr•v. rtí' íc li3. dichojá^cornoQá. íus liciones deínodojoue lefquier ‘j, 'uciones déla Vniverfidad. que fon decuruo Xloa Sumos Pontífices .ymandando alas Vniío. 1prados admitau las liciones de nueftras Efverfidades, que para ios
Cuelas igualmente, como las fuyas, la Coinj»aSia ^of razón dicha no ha inftado la cxecutio defte Indulto Apoftolicoi Sm cfto al Curfo de Artes, que fieinpre íc Ice en cftc Colegio fnunca ha admitido Eftu-* diantcs ,que cftan fuera de Ja obediencia de la Compañía ,fino es con bencplacico,y licencia, particular 4Íe los Señores lurados.Aqueta ta íatisfaciontan cumplida, ybaftantc, nunca lo ha fido para que los Catrcdaticos de la Vniyerfidad defiftieflen de fu querella. •Aora 7. anos, juntandófe en las Gafas de la Ciudad en prefcncía de los feuores lutados, los Catrcdaticos de Thculugía yCañones, ydos Padres de la Compañía,para conferir fobre efta diferencia jyviendo los feñores lurados por una parcc,que la Compañía juftificaua fu partido ,ypor otra parte defeando como Patronos ,que la Vnivcrfi<fad fucffe frequencada ,dixeron ¡que pues todo el tope confiftia en que los cftudianccs hazian aufcncia della por acudir aoir alos Padres de la Compañía,feria bien que eftos fe mudaffen-a leer ala Vniverfidad, ycon efto ni la una.ni lastra perdería fus oyentes. Optima propofido, rcfppndieron los Catredaricos, que íc hallaron aefta juntá ,yconferencia,que ferian 9. olo.y entre ellos Rrcligiofos de fasto Domingo, defan Aguftin^ ydel Carmen :yparece era la^ce for^ofo aprobar el expediente,pues toda fii quexa fe fundava, en que los eftudiantes,por ir al Colegio déla Compañía falcavan ala Vniverfidad.Y aunque los 'feñores lurados defearon yprocuraron ,que fe pufieflíe en exección cftc expediente en el año de íu govierDO,qúe fue el de 305 yacftc fia llamaron afu Gonfiftorio al Redor de l^nivcffídad,y le declararon furefolucio; perecomo eta^í fin de fu ano, ylos d? la Compañía rc^ pondieron,quc era neccffaria licencia de fu General, quedó por cnt^ CCS íbbreícyda efta plática. Dc allia algún riempo el Clauído de la Vniverfidad,viendo que la Ciudad no leaffiftta en íu pretenfíon ,yq no podía diredé poner eftánco al concurfo de nueftras liciones, intetó ponerle indiredé, prohibiendo baxo de penas alos Catredaticos, Vgraduados en la Vniverfidad ,que no argnm.cntaffen, ni afliftieíTcn^a Jos ados,yconclufíoncs, que fe defendiéílcn en el Colegio de la Covpañia,la qual recurrió alos feñores lurados del año 33. fuplíctódol^ ,fe firvieífen remover efte indiredo ygravamen. Con efta ocafíon ala los feñores íurados,como otras perfooas de grande autoridad,y entre eftas el feñor Virrey que entonces era ,con defeoxle que fe atajafie de una,la diferencia entre la Vniverfidad,y la Compañia,y que aquella no padeciefle mengua en el concurfo, yffequenciá de eftudíantes en todas las horas ledivas, bolvicron ala platica fobrefeyda ,yai ex^ cediente,v,^arbicrio, que afu parecer era único ,de que las dos liQionés publica's,que fe levan en él Colegio de la Compani.i fe pauáücn a los Genérales de la Vniverfidad ;yquej)ues lo* de la Compama en fu cafa levan gratis, yen la Vniverfidad tampoco por razón de Win*: tiento podían llevar falariojcon el de eftas dos Gatredas,fe.engr afe el de otras ,que era tenue. Efto fe propufo el ^icho ano ^33j
Spitulo yGonfejoiy todos los del,quc efSio 34^ (excedo ono) coñ iuma conforoaídad aprol^on la propofitioO »oiotivándoía de dítcrías maneras, avícfldo entre los votos fCanto fiempre fiiele )perfonas eminentes en prudencia ,€xpcrienciaí IctráS^ 2«lo sT aurtirridad. Afst mefmo ordeno el Gapiculo yGonfejo, qactniéoci^^stiaíe cxccutava el leer ios fiucftros en la Vniverfidadf pudiefíeo libremente leer en fil Colegio como halla alli avian Icydo, yque el Rcáóf eon los Catre* daticos áfsiftieffc ^y diftribuTeffclas conclufiones,catíio lo hazeen la . Voivcríidad. Yquando los ñueftros fuefien aella les dieffcn conclufiorres como átodos los demas ReiigiolbSi. De todo lo qual confia lo primero,que úCapitulo yGofííejo ni a ninguno del lepafso por el penfamiento., que fetrataflede inhibirá Ja Compañia el leer publicamente Teuíugiá. Porque veyan ,que no podian con bueha conciencia intentarlo ,par reíiftif la poflcfsion ,y prefcripcion legítima,yjuntamente coñ ella los privilegios Apoílolicos.Los qualcs fon tanclaros,y tan firmes,que fi bien es verdad ,que algunas Vniverfidades de mucha cuenta han prctedido fu derogacio, yde hecho fe íes Han opucílo,pero fin frutoXa Vniverfidad de Vale- Ciahizo decreto de qué los cíludiantcs que al tiempo.de las liciones déla Vnivérfídad, dyeflen fuera deüa, fuellen in^biíes,para grados, catredasi^ qualquiér otro beneficio de matrícula. Pero la Compañía íc opufo aefte decreto en virtud defus privilegios,ycxcrcicio dellos, yaviendo^andado el pleyto ,al fin fe featcncio en la Audiencia Real de aquella Ciudad enfauor de la Compañia,yfocuinbiói la Vniverfidad.aunqacaffiftida y, favorecida de laCiudad,que es Patrona,y Adminrftradora de aquella. Al mífma tiempo la Viiívetiidád de Cracovia cabera del Rcyno de Poloniapleytéo cotí la Compañía íbbrc^Io mifmo,y fue la caufa aRoma,y en la Rota tuvimos fentécia en favor, motivada com la poíreífion,y co^t el titulo de Indulto Ápottolico. fLa fcnt€ncia:de la Rota fe halla entre las decifsioDes de Luys Poftío de-, eif.5z1.fol. 5o3. en la qual fentencía,la Rota alega la Conílítuciñ de Alexandró IV. en favor de ios Padres Dominicos contra hVníver- Jldad de Paris,la qual avia íphibidoa lós eftudiantes fegláres,quc no oyeíTen en fas Claíles de los dichos Padres Dominicos j’ yel -motiud dé fu Santidad, es :que ella inhibición era contrariaa la utilidad .común,yen perjuizio délas buenas coftumbres. Yalli mada ib pena de excomunio,q refeitoyan alos dichos Padres aíu antigua poííefsio. La Vnivérfídad de Salamanca,dc la calidad,yautoridad, qUe fe fabe pretendió afsi mefmo ímpo‘11*’ ?los eftudiantes Teologos el oir en nuef. tras efcuelas,y con fer tan grande fu potencia ,no pudo falir con ello. Yafsi fe tom& por expediente ,yfe hizo concierto de que ñueftros Maeftros leyeffcn en la Vnivérfídad :yafsi ha años que ello fe continua yobferva.Tan clara ycomftante como ello,es nueftra jufticia en cfta parte Yfi la Ciudad de Zaragoca eftima en tanto los privilegios iiene de los ícñpres Reyes 4eAragón ,yha¿e fu pofsiblc ®por
COTiÍM'varlos yacfeoderlos.rceífl itóoSj ]am> es qnueflríi c haka lo mifino LlíSXvacSL^T* de ksprivilcgiosquc Ies Éan concedido los Sumo* .•i£Srrtiír,“KS'?“£í'ír*«“'í » ^cw^aía Vnivcrfídad'deGraiT»t7*3 ydcGifsioa alega-- Exr';£^5S.“;£"f'|iTÍ9!--“ ?=.eí£:r:!s™íi=i“<sSSsS «>amcnWp„.d= fl«„da?n;ry owS™ ucS) Yde efta^ijáxo vfiií*ra aj *edenes ydiípoíiciO'^ lobcrana,puede obligarnos con fus I¿ycs”¥ »aunque fea reao.mandando alo! eftadian,«.!. í«íi- AGuiantes de roerá qelfa, '--a-» hizo d’SÍikt'r porque™ eftefeguído .JfoktteutélrévdcM™ hs eofcdetí^t* determinJo„ ¿7p” <fo> mo Retor ^ ’dad vfehan^^ íes ha dado argumentas en laVníverítifmliínr., f I °íi«oncs de Teulugia, admitiendo a Inr-idnc- Víás de Arces con licencia délos Señores el Caniculo ^^P®^ eftas dos cofas determinó Tut^n/ tC^ aano 33.que los nücñros pudieflen paciíicacftorvo direclo.ni indirecto leer fus tres liciones pubJi» as de Teulugia ,con evidencia fe concluye, que la rcrdcacion de fegua-
6f-««ivtícuiar no tocava en k fegufido Capiculo, ‘f"' díterminacioñdol primero. ^dCo!eeio,q«='°‘l“‘“‘^ft"w* Demas amas.reptefenta »V. o. clüoieg n1^,5 jftudradéla VoiverCdad alegan por qj,_ fer de mucha conve- Cuwíífrerarttm -i3il»íi}Jtrorum dudummpubhcisjlít^toru .jy ^^fp^^ ¡yeramphuí.augeam^ Eftc •vemusJcd^tim,quartímcumDcof^um^^ Pontífice en coes el principio, yla ^tendencia defte ^cnet . cedeFa laCompañia> que püofofia.y Teulugia,y macfcuelas abiertas,ynos nonsa eftorvo ,y'qt:je los oyentes dar fo graves penas ,que nadi p^ue curian en las ¿ellas fean admitidos alos ^nu^dexemos libres tres ho- Vniverfidadcsicon ^io XUL reítri^Q afolas dos. ras leaivas ,las qu¿es fJS^queun cuerpo no puede eí* tar en dos lugares, yque cito no folo no juzcfcuelas, no podían e&^ .e^,jj,^enieote,que fe multipU* garon «Lnga^ holgada elección los díaquen las hciones yMaeltg,y j^que en todas mapulos^y ^^^^'rlluenícíy afervoricen mas terias las ad5lanta,fe aJ¿principalmente, en que fea muy afta la felicidad de una aorovecbamiéto,y medro;y pues numerofa,fmo en q'^ ^Maeftros ,como dize Pío V- no para efto firvela multiplicación Ueneficio ,que ava mnueftro Sdafio defta VnWcr^d fmo cfta'diaure do lo. Colegio liciones pubUcas.i^nt ^VoiverCdadiy lo que qué oyen en nueftro Colegio de „jen eftas,fino en aquella, Aprende ygana en nueftras f¿"“e'ufiones. Yfuera deffo. e, porque allí tan folamen j^collumbres.pot oyt en nuefken cierro, que no pierde quanco alas e.r “TfmhSn es my confide^ablgjando aJolos^ f para Grados.Scc. je lec graduados ,aunque las otras Clones df_Gnri í_^oj„edia.o al juego de trucos.o ajugarhoras ytiepos ve i .ovdas fus liciones Guríivas fe van a, la» alos naypes ;yque po q_fupererogacion para mas aprove- Gompahia de 1efus aJacción tan de loar,fean caííigacharíe en letras, yen v’^uje crimen ;de verdad que cftaley dos, como ficometierannn gm^^^ ^.^^_ penal en ninguna parte puede .f
YG. los Gatrcdaticos íícntcn tanto, que los cílatliantcs en tiempo <3e liciones íaqucn cl pie de la Vniveríidad, muy amano tienen el re-* medio, yel eítanco ,perfuadanles que de fus puertas adentro tienen 3o que han menefter. Yli fe objeta, que por acudir anueftro Colc' gio no fe Ies puede tener poftc ados cftudiantes,fe reípondc:que tampoco fe les cieDe,quando las liciones fon contiguas,una inmcdiatam¿ te tras otra,como íc uía en efta Vnivcrfidad,y en todas. YÍI la razón pide que en una Ciudad no aya mas que unos cíludios de una facultad para que en ellos fea mayor pl concurfo ;efla miftna pidia,quc en un Reyno no huvieíTe mas que úna Vnivcrfidad,para q íiendo Unica fueíTc mas numícrofa.y vemos que Zaragoza fin traer cué ta con que fe diminuya cl concurfo de la de Huefea tan antiguo,quifo tener aqui la foya: yen otros Reynos ay no folas dos ,fino muchas otras.De arte ,que cl argumento que los Catredaticos forman por fu parte para contraftar nueftras liciones,no es tan relevaatc,como cíTo. Ello es quacto alas liciones de Téulugia ,yviniendo alas délas Artes,es muy fací! ybreve la íatisfacion yjunificación. Porque aunque la Compañía pudiera fegun fus privilegios ya refe ridos abrir de par en par las puertas para todos,hafta aqui cortcfmcte fe ha moderado,’y no ha admitido ,fino afolos aquellos aquien ia Ciudad ha dado particular licencia, que han fido fiemprc muy pocos, yhijos de pcrfonas,a quienes la CiudacTjuzgo, no fe les podía negar, yquando fe les uviera negado,,la GompaSia no los admitiera ,ni ios echara menOs: porque efte Cúrfo le tiene para fus Religiefos, ypar^É los que efian debaxo fu difeipUna. educación ,yobediencia, que iba Jos Colegiales del Seminario :que eftos quáto acftc particular fe re-» putan como alumnos ydomeílicos. Yferia cofa muy fuerte pídir aJa Compañi3,que leyendo ella en fu cafa las Artes ,los embiaíTc aoirías ala Vniverfidad.con difpendio de tiempo,y ricígo de las coftumbres, costra el fin cinftituto principal deftos Colegios yScminafips, ycetra la voluntad de fus Padres,deudos,o tutores,qnos los fian yencomiendan para qlos criemos en letras yvircud,fin perderlos de vifta. Yalo que fe puede dezir que las otras Religiones no tienen ea fus cafas eícuelas para feglares, fe rerponde: que las mas dellas leen en Ja Vniverfidad jyaffi no es mucho, que teniendo alli cftudiantcs de fuera,no los tengan ^en fus Conventos. Lo fegundo, que no tienen los privilegios,que tienda Compañía. Lo tercero, yvhimo, que es muy propio de nueftro Inftituto la enfeñan^a de la juventud en virtud ,y letras de Latinidad, Fílofofia, yTéulugia.Ypretender los otros Rcligiofos.que la Compañía fe contente con foio leer Gramacica,y que a íu cargo,y por fu cuenta corra privacive leer Artcs,y Teulugia,es vna partición muy deíigual-.y affi pues vienen bien en que enfeñemos Latinidad,en que abramos las Jaujas,yechemos los cimientos dcl edificio literario,tengan aísi miftno por bien, que levantemos las paredes, pongamos cl techo, pues todas ion parces dcl edificio ,yoficios de vn miímo arquiteílo.Efto reprefeota la Compañía,confiada de que V.S. ha de tener cuenta con fu jofticia ,yaun figuiendo fu acoftumbrada benignidad,ha de añadir favor,y gracia,&c.
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