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Una comparativa entre leasing y renting

López Gómez, José Antonio

Abstract

En este trabajo se analiza el contrato de leasing y renting, desde su propio concepto hasta identificar los tipos que hay en cada uno de ellos, incluyendo las obligaciones tanto de arrendador como arrendatario. Añadiremos también las diferencias principales que presentan el leasing y el renting. Al final del trabajo podremos ver unos casos prácticos reales tanto de renting como de leasing en el que observaremos cómo se tratan en el mercado financiero.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES GRADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS UNA COMPARATIVA ENTRE LEASING Y RENTING Trabajo Fin de Grado presentado por José Antonio López Gómez, siendo el tutor del mismo el profesor Francisco Begines Begines. Vº. Bº. del Tutor: Alumno: D. Francisco Begines Begines D. José Antonio López Gómez Sevilla. Mayo de 2017 GRADO EN ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES TRABAJO FIN DE GRADO CURSO ACADÉMICO [2016-2017] TÍTULO: UNA COMPARATIVA ENTRE LEASING Y RENTING AUTOR: José Antonio López Gómez TUTOR: D. Francisco Begines Begines DEPARTAMENTO: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA APLICADA I ÁREA DE CONOCIMIENTO: METODOS CUANTITATIVOS PARA LA ECONOMIA Y LA EMPRESA RESUMEN: En este trabajo se analiza el contrato de leasing y renting, desde su propio concepto hasta identificar los tipos que hay en cada uno de ellos, incluyendo las obligaciones tanto de arrendador como arrendatario. Añadiremos también las diferencias principales que presentan el leasing y el renting. Al final del trabajo podremos ver unos casos prácticos reales tanto de renting como de leasing en el que observaremos cómo se tratan en el mercado financiero. PALABRAS CLAVE: Leasing; renting: arrendamiento financiero. TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -I- ÍNDICE CAPÍTULO 1. INTRODUCCIÓN .......................................................................................................................................................................................................... 1 1.1. Justificación ....................................................................................................................................................................................................................... 1 1.2. Objetivos ............................................................................................................................................................................................................................... 1 CAPÍTULO 2. LEASING ................................................................................................................................................................................................................................... 3 2.1. CONCEPTO LEASING ............................................................................................................................................................................... 3 2.2. ORIGEN LEASING .......................................................................................................................................................................................... 3 2.3. SUJETOS LEASING ........................................................................................................................................................................................ 6 2.4. LEGISLACIÓN LEASING ..................................................................................................................................................................... 6 2.5. TIPOS LEASING .................................................................................................................................................................................................. 6 2.5.1 Leasing Financiero ............................................................................................................................................................................ 6 2.5.2 Leasing Operativo .............................................................................................................................................................................. 6 2.5.3 Lease-Back o Retroleasing ..................................................................................................................................................... 7 2.6. DERECHOS Y OBLIGACIONES EN LEASING .................................................................................................. 7 2.6.1. Obligaciones a cargo de la entidad de leasing .............................................................................................. 7 2.6.2. Derechos a cargo de la entidad financiera ......................................................................................................... 8 2.6.3. Obligaciones a cargo del empresario-arrendatario ................................................................................. 9 2.6.4. Derechos a cargo del empresario-locatario ................................................................................................... 10 CAPÍTULO 3.RENTING ................................................................................................................................................................................................................................. 13 3.1. CONCEPTO RENTING ........................................................................................................................................................................................................ 13 3.2. ORIGEN RENTING ................................................................................................................................................................................................................... 13 3.3. SUJETOS RENTING ................................................................................................................................................................................................................ 14 3.4. LEGISLACIÓN RENTING .............................................................................................................................................................................................. 14 3.5. TIPOS RENTING ........................................................................................................................................................................................................................... 15 3.5.1. Renting del Fabricante (directo) ............................................................................................................................................................... 15 3.5.2. Renting del Propietario(indirecto) ......................................................................................................................................................... 15 3.5.3. Renting Personalizado (indirecto) .......................................................................................................................................................... 15 3.6. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR ................................................................................................... 15 3.6.1. Adquisción del bien ..................................................................................................................................................................................................... 15 3.6.2. Entrega del bien y permiso de utilización temporal ......................................................................................................... 16 3.6.3. Prestación de servicios respecto de su funcionamiento .............................................................................................. 16 -II- 3.7. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO ........................................................................................... 16 3.7.1. Pago de la renta ................................................................................................................................................................................................................. 16 3.7.2. Constitución de garantías ..................................................................................................................................................................................... 17 3.7.3. Utilización adecuada del bien ........................................................................................................................................................................ 17 3.7.4. Devolución del bien al final del plazo acordado .................................................................................................................. 17 CAPÍTULO 4.DIFERENCIAS ENTRE LEASING Y RENTING .......................................................................................................... 19 CAPÍTULO 5.CASO PRÁCTICO REAL DE LEASING ................................................................................................................................... 21 5.1. Primer Caso Renting ................................................................................................................................................................................................................. 21 5.2. Segundo Caso Renting ............................................................................................................................................................................................................ 22 5.3. Tercer Caso Renting .................................................................................................................................................................................................................. 23 5.4. Cuarto Caso Renting ................................................................................................................................................................................................................. 24 CAPÍTULO 6.CASO PRACTICO REAL DE RENTING .................................................................................................................................. 27 6.1. Primer Caso Leasing................................................................................................................................................................................................................ 27 6.2. Segundo Caso Leasing .......................................................................................................................................................................................................... 29 6.3. Tercer Caso Leasing ................................................................................................................................................................................................................ 31 CAPÍTULO 7.CONCLUSIONES ......................................................................................................................................................................................................... 33 BIBLIOGRAFIA .......................................................................................................................................................................................................................................................... 35 Anexo ........................................................................................................................................................................................................................................................................................... 37 TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -1- CAPÍTULO 1 INTRODUCCION 1.1. JUSTIFICACION La elección de este tema ha sido primordialmente motivada por la importancia que se le está dando en los últimos años al leasing y renting, ya que se han puesto de moda tanto en el mundo empresarial como particular. La mayoría de las personas asocian estas palabras al mundo empresarial debido a que no saben exactamente su significado real, incluso pudiendo realizarlas desde el subconsciente. En la actualidad, se pueden encontrar anuncios de leasing y renting tanto en periódicos como en internet. Por ello, me parece interesante conocer más de estos métodos de financiación ya que en el grado de Administración y Dirección de Empresas se dan unas pinceladas pero no profundizan en el tema, con la idea de poder realizar comparaciones entre ambos sistemas de financiación y poder destacar posibles ventajas y desventajas. 1.2. OBJETIVOS En primer lugar, el objetivo del trabajo es conocer qué es el leasing y renting, cuáles son sus características principales, cómo se encuentran regulados, y sus correspondientes derechos y obligaciones que generan el contrato de ambos. Además de conocer las ventajas que puedan tener, añadir las diferencias claras entre leasing y renting, ya que estos términos están muy confundidos entre ellos. Por último, mostrar algunos ejemplos de cada uno de ellos para poder decidir cuál nos sería más beneficioso para cada caso. Estos objetivos los iremos viendo en el transcurso del trabajo y se mostrarán de la manera más clara posible. López Gómez, José Antonio -2- TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -3- CAPÍTULO 2 LEASING 2.1. CONCEPTO LESASING El contrato de leasing o arrendamiento financiero otorga la cesión del uso de bienes muebles o inmuebles, adquiridos para dicha finalidad según las especificaciones del futuro usuario, a cambio de una contraprestación consistente en el abono periódico de cuotas con una opción a compra, a su término, a favor del usuario únicamente a sus explotaciones agrícolas, pesqueras, industriales, comerciales, artesanales, de servicios o profesionales. 2.2. ORIGEN LEASING Algunos autores confunden los orígenes del contrato de Renting, mal llamado también Leasing Operacional con la figura jurídica en estudio, y esto es muy fácil que suceda pues el Renting, primo hermano del Leasing, tiene un nacimiento anterior y sirve como base para la creación del segundo. Así es, el contrato de Renting, nace a principios del siglo XX con Bell Telephone System; esta compañía no vendía los aparatos telefónicos, si no que los arrendaba para su uso. Esta situación fue adoptada posteriormente por otras compañías privadas e incluso el Estado norteamericano. Estas compañías que, arrendaban los bienes que fabricaban, formaron departamentos especializados a tal fin. Con el paso del tiempo la idea cundió y se empezaron a organizar empresas destinadas al arriendo de bienes que no estaban vinculadas con sus fabricantes. A comienzos de la década de los 50, Mr. Boothe Jr. organizó la primera sociedad de Leasing con un capital de 20.000 dólares y que se denominó United States Leasing Corporation. Esta empresa, logró realizar a los dos años de su creación operaciones por un monto anual de 5.000.000 de dólares. Más adelante, Mr. Boothe Jr. por discrepancias con sus socios decide retirar su capital y crear una nueva que se denominó Boothe Leasing Corporation of San Francisco; ambas empresas existen en la actualidad y son dos de las más importantes de los Estados Unidos de América. Después de este comienzo, otras empresas se crearon ya sea por la necesidad de encontrar nuevas formas de financiación, por el avance constante de la tecnología, o por la necesidad de evitar el pago de altos impuestos, como fue el caso que dio nacimiento al primer contrato de Sale and Lease Back por la venta que hiciera en 1945 la Allied Stores Corporation a una fundación universitaria de todos sus inmuebles, los que simultáneamente volvió a alquilar por el término de 30 años con una opción de 30 años más. La técnica del Leasing fue progresando. El auge que tuvo este contrato en los EEUU fue un suceso extraordinario pues el número de empresas que se dedicaban a esta forma de crédito pasó en pocos años de un centenar al número máximo de 800, conforme las estadísticas por la revista norteamericana Fortune de noviembre de 1976 (sólo 250 empresas han sobrevivido). En Europa, la operación de leasing es utilizada por primera vez en el Reino Unido a principios de la década de los sesenta, con la creación de la sociedad Mercantile López Gómez, José Antonio -10- El monto por el cual se asegura es el valor total del bien y se establece que cualquier aumento en la prima del seguro por desactualización de la suma asegurada o por agravamiento de las condiciones deberá ser automáticamente soportado por el arrendatario. Asimismo, el locatario debe abonar los arriendos aun cuando el bien desaparezca por caso fortuito o fuerza mayor hasta que el locador haya sido completamente reintegrado por la compañía aseguradora.  Obligación de abonar los impuestos y gravámenes: Son a cargo exclusivo del locatario todos los impuestos y tasas que graven al bien en particular y a la actividad desarrollada con el mismo.  Obligación de permitir las visitas del locador: el locatario se encuentra obligado a permitir esas visitas a fin de establecer cuál es el estado en que se encuentra el equipo arrendado.  Obligación de efectuar las reparaciones: Son a cargo del locatario las reparaciones que deban hacerse al equipo por los desperfectos que éste pueda sufrir.  Obligación de informar: El locatario se encuentra en la obligación de informar al locador todos los hechos que de un modo u otro atenten contra el derecho de propiedad de este último. La falta de cumplimiento de esta obligación puede traer aparejada la acción de daños y perjuicios que haya causado con su omisión.  Obligación de hacer uso correcto del equipo: el locatario de un contrato de Leasing debe hacer uso del bien arrendado conforme a su naturaleza y de acuerdo a lo establecido en el art. 1504 de la Ley 340.  Obligación de abonar el valor residual: Generalmente el locatario que acepte la opción de compra establecida a su favor deberá comunicar su decisión al locador con antelación. A partir de su aceptación debe abonar el valor residual ya fijado previamente. 2.6.4. Derechos a cargo del empresariolocatario  Derecho a hacer uso del bien: la ventaja de este medio de financiación es que permite al deudor hacer uso del bien e ir abonando los arriendos con partes del producido del mismo. Éste es el más primordial de los derechos que tiene el locatario.  Derecho a que se le mantenga la oferta de venta: la oferta de venta debe ser mantenida por el locador. TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -11-  Derecho a que se le entregue la documentación: este derecho comprende dos etapas, la primera mientras el bien permanece en locación, en ésta el locador se encuentra obligado a hacer entrega al locatario de los manuales e instrucciones con que viene acompañado el equipo, para que éste tenga un perfecto conocimiento de su empleo, y segundo cuando el locatario acepta la opción de compra. En este caso se le debe hacer entrega de los títulos de propiedad. López Gómez, José Antonio -12- TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -13- CAPÍTULO 3 RENTING 3.1. CONCEPTO RENTING El renting es un contrato de arrendamiento a medio y largo plazo de bienes tangibles o intangibles, en el que el cliente se compromete a pagar una cuota periódica fija durante el plazo de vigencia del contrato. La empresa renting, a cambio presta unos servicios vinculados con el mantenimiento y reparación respecto al bien. 3.2. ORIGEN RENTING El origen del renting se sitúa en el Reino Unido, concretamente en 1950, aunque no será hasta la década de los setenta cuando el renting se desarrolle plenamente. Centrándonos en el ámbito europeo, el renting tiene cada vez un papel más destacado, aunque no en todos los países tiene la misma aceptación y desarrollo. El grado de penetración y desarrollo del renting en los distintos países europeos permite distinguir cuatro grandes mercados:  Mercados maduros. En los que el renting tiene un nivel de penetración igual o superior al 50%.  Mercados en consolidación. Son mercados donde el grado de penetración del renting se sitúa entre un 20 y 25%.  Mercados en desarrollo. El renting ocupa un nivel igual o inferior al 10%.  Mercados emergentes. El renting se está introduciendo o está aún en niveles muy inferiores a los citados anteriormente. En Europa, el mercado del renting ha sido acaparado, fundamentalmente, por cuatro países: Reino Unido, Francia, Alemania y Holanda. Estos países cuentan con mercados maduros o en proceso de consolidación. El principal servicio demandado a las compañías de renting, es la gestión del mantenimiento del bien objeto de alquiler. La comercialización del renting se inició en los años cincuenta en EEUU y Reino Unido en los que la compañía telefónica Bell telephone system, que en vez de vender aparatos telefónicos, les arrendó a sus abonados. En España se comenzó a ofertar en 1985 de la mano de la compañía de Lease Plan. En los primeros años de la implantación del renting en España, éste no tuvo un gran auge debido fundamentalmente al gran desconocimiento y a la falta de información sobre el producto, así como al arraigado sentido de la propiedad por parte de los clientes potenciales, y no será hasta los años 1993 y 1994 cuando comience su despegue. Hasta esa época sólo había cinco empresas presentes en España que realizaban este tipo de operaciones. Debido a la necesidad de difundir las características de este producto-servicio esas cinco compañías dedicadas íntegramente al renting del automóvil deciden unir sus López Gómez, José Antonio -14- fuerzas y fundar en octubre de 1995 la Asociación Española de Renting (AER). Esta asociación tiene como objetivo no sólo contribuir al desarrollo del sector en España, sino además, colaborar con la Adminsitración para que la legislación se adecue al nuevo servicio, y al mismo tiempo, servir como punto de unión de todos los colectivos relacionados con el renting. En términos generales, se puede decir que el renting ha tenido una rápida expansión en el mercado español. Si bien, en España, fueron las empresas grandes las que primero acudieron a este tipo de operaciones, especialmente en el renting de vehículos, actualmente las pequeñas y medianas empresas, los profesionales y las Administraciones Públicas, se han ido incorporando como usuarios de esta modalidad. 3.3. SUJETOS RENTING En este contrato tenemos un arrendador que es la sociedad o entidad que cederá el bien durante un periodo determinado. El arrendatario es la persona o sociedad que contrata los servicios de la empresa arrendadora. Al igual que el arrendador recibe una cuantía previamente pactada, el arrendatario paga por el uso del bien. 3.4. LEGISLACION RENTING En un principio supondremos que el renting no tiene opción de compra, ya que normalmente no suelen tenerla. En el supuesto en que haya opción de compra habrá que ver si existen dudas o no razonables de que se pudiera realizar la compra. En Territorio español se considera el 100% del valor como gasto deducible la cuantía que paga el arrendatario al arrendador tanto en el Impuesto de Sociedades (IS) como en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), cuando la persona que adquiere el bien lo dedique redundante, en su totalidad, a una actividad empresarial o profesional. En el supuesto caso de que no sea así, no existe deducción fiscal alguna. En el caso de que el arrendatario no destine el bien a actividades empresariales o profesionales, la deducción fiscal desaparece. Otra situación es aquella en la que el bien no se dedica totalmente a actividades empresariales o profesionales, en este caso hay que diferenciar como se reflejaría esto en el IS y en el IRPF. En el caso del IS, se podrá deducir la cuota de renting como gasto de alquiler de bienes sólo en la proporción en que dicho bien sea utilizado en la actividad empresarial, y el porcentaje que corresponda a uso particular se imputará al empleado como retribución en especie, siendo por tanto, deducible como gasto de personal. Por tanto, va a tener que tributar en el IRPF, como retribución en especie, por la parte proporcional de uso particular del bien cedido por la empresa. Respecto al Impuesto de Valor Añadido, el porcentaje que se aplica es el 16% en la Península y en las Islas Baleares, y un 5% en las Islas Canarias. El renting da la posibilidad de una deducción del 50% del IVA soportado al adquiriente de los bienes que se puede ampliar hasta el 100% si dedica el bien a la actividad empresarial o profesional en su totalidad. Con esto se compensaría el IVA soportado con el repercutido. TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -15- 3.5. TIPOS DE RENTING 3.5.1. Renting del fabricante (directo) El renting de fabricante será aquel en el cual el propio productor, importador o distribuidor es quien cede los bienes que son de su propiedad, garantizando que cumplirá con todas las obligaciones de mantenimiento derivadas de este contrato, bien por sí mismo o por cualquiera de sus filiales, si las posee. 3.5.2. Renting del propietario(indirecto) En dicho renting, el arrendador tendrá los bienes para poder ponerlos al servicio de quien los necesite. En esta clase de renting, el arrendador no tiene por qué ser el dueño del bien en el momento de arrendarlo, puede bastarle con tener el derecho de uso. Podría darse el caso de que el contrato renting incluya una opción de compra y que el arrendador tenga el derecho de uso del bien arrendado, en ese caso bastaría con que este bien sea de su propiedad en el momento en que se ejerza la opción de compra. Aun así, en este tipo de contratos lo usual es que no se realicen la opción de compra, de forma que el usuario que quisiera adquirir el bien debería hacerlo posteriormente a la finalización del contrato, tras su ofrecimiento por parte de la compañía de renting por un precio que será calculado en función del estado en que se encuentre dicho bien. 3.5.3. Renting personalizado(indirecto) Una entidad financiera que adquirirá el bien que se solicita para arrendarlo destinado al arrendatario, para satisfacer sus necesidades concretas. 3.6. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR 3.6.1. Adquisición del bien En el renting directo, en el cual el arrendador es productor o titular de los bienes, este sujeto se encuentra, en condiciones económico-juridicas de permitir la utilización del bien pretendido por el arrendatario. En el renting indirecto, se plantea la obligación a cargo del arrendador de colocarse, tras la celebración del respectivo contrato, en condiciones que le permitan conceder al arrendatario el disfrute del bien que se pretende utilizar. En el ámbito de los contratos de renting indirecto se suele establecer una cláusula penal para el caso de que el arrendamiento, después que el arrendador haya solicitado el bien al proveedor, desista de dicho acuerdo (ley 28/1998, de 13 de julio). En otro tipo de cláusulas se declara que en caso de que el cliente se negara a recoger el bien o, provocara injustificadamente un retraso en la entrega, la empresa de López Gómez, José Antonio -16- renting considerará entregado el bien a todos los efectos dispuestos en el contrato desde la fecha de su puesta a disposición. Además, se impone el pago de las cuotas correspondientes al retraso. 3.6.2. Entrega del bien y permiso de utilización temporal La entrega del bien es el acto a través del cual el arrendatario adquiere la respectiva posesión. Este traspaso de posesión no es requisito validez, con lo cual la entrega sólo es una consecuencia de la celebración del contrato. Al arrendatario incumbe atestar la conformidad del bien entregado con las características acordadas previamente, así como la inexistencia de defectos, firmando un acta de recepción y conformidad. En el arrendamiento financiero el arrendador asume un papel exclusivamente financiero conserva la propiedad de los bienes como garantía de los eventuales incumplimientos contractuales, pero no asume los riesgos inherentes a esa propiedad. 3.6.3. Prestación de servicios respecto de su funcionamiento Al celebrarse un contrato de renting se impone la definición de los servicios complementarios que quedarán a cargo del arrendador, variando conforme a ello el valor de la renta a pagar por el arrendatario. Parece conveniente subrayar la subcontratación. En lo que concierne al contrato de renting, suele el arrendador subcontratar a terceros la prestación de determinados servicios, pudiendo incluso existir empresas arrendadoras que consisten prácticamente en una oficina, algunos colaboradores y poco más. La prestación de los más diversos es subcontratada en favor de talleres, aseguradoras, empresas de consultoría, entre otras que gravitan en la órbita del subarrendador. Entre otros motivos para el recurso de la subcontratación, se plantea la necesidad de especialización y la falta de capacidad en soportar el volumen de obligaciones. Así, es normal que el arrendador imponga que algunos de dichos servicios sean prestados por determinada empresa, normalmente relacionados con el fabricante del bien. 3.7. Derecho y obligaciones del arrendatario: 3.7.1. Pago de la renta Una de las características más importantes del contrato de renting consiste en que, la utilización del bien y los servicios complementarios no se pagan aisladamente, sino más bien en una renta única periódica (normalmente mensual o trimestral). Aunque se señala en la doctrina que el precio puede englobar distintos elementos (como el mantenimiento, sustitución de piezas, etc). Para la determinación del valor de la renta se atenderá, al precio de adquisición del bien, contabilizándose, además, la cantidad y calidad de servicios a prestar, así como la duración del contrato. En ciertos casos se considera también la intensidad de utilización del bien, como el número de kilómetros en caso de que se trate de un TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -17- vehículo o el número de copias respecto de una fotocopiadora. Se incluyen otros gastos, los intereses por inversión de capital y el beneficio del arrendador. Por otra parte, esta renta única suele ser fija a lo largo de la vigencia del contrato. Sin embargo, lo que puede vulnerar las expectativas del arrendatario es que aunque uno de los aspectos más publicitados acerca del contrato de renting sea la inalterabilidad de la renta a los largo de su duración, la verdad es que a menudo, la renta a pagar por el arrendatario sufre alteraciones bien por los impuestos o bien por la prima de seguros o bien por los servicios subcontratados. 3.7.2. Constitución de garantías En cualquier contrato de renting el arrendador intenta asegurarse contra posibles incumplimientos por parte del arrendatario de los respectivos deberes contractuales, mediante la imposición de ciertas garantías patrimoniales: la entrega de una fianza, la firma de un pagaré en blanco, entre otras cosas. En lo que concierne al contrato de renting, la palabra clave es proporción, siendo preciso compaginar el tipo de garantía impuesto con las circunstancias concretas del caso, o sea, el tipo y valor del bien que es objeto del contrato, la calidad y cantidad de servicios contratados, la duración, la situación patrimonial del arrendatario entre otras. Específicamente respecto al contrato de renting, hay que entender que una forma de garantía específica, la entrega de un montante dinerario correspondiente a una o dos rentas, a devolver al final de contrato en caso de correcto cumplimiento, o bien la firma de un pagaré, es suficiente para garantizar los intereses patrimoniales del arrendador. 3.7.3. Utilización adecuada del bien: El arrendatario cuidará diligentemente del bien objeto de este contrato, no abusando en el uso del mismo. El arrendador podrá en cualquier momento inspeccionar el estado del bien arrendado y hacer las comprobaciones que estime oportunas. El arrendatario se obliga a prestar las facilidades necesarias para el cumplimiento de tal función, pudiendo el arrendador ordenar la inmovilización del bien si considera que su utilización puede ocasionarle averías. En caso de avería debe el arrendatario informar de inmediato al arrendador. Con independencia de que la causa de tal avería sea o no intencional. 3.7.4. Devolución del bien al final del plazo acordado El arrendatario será responsable de todos los gastos que se produzcan antes de la entrega del bien si este necesitara reparación para que esté en perfectas condiciones de conservación y funcionamiento. López Gómez, José Antonio -18- TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -19- CAPÍTULO 4 DIFERENCIAS ENTRE LEASING Y RENTING El leasing y el renting son dos contratos totalmente distintos, que solo tienen en común su origen. Así es, el primero surgió como una aplicación compleja en su operatividad del segundo. Para la mayor parte de la población la diferencia principal y la que les viene a la mente cuando se nombra el leasing y renting es su opción de compra o no dependiendo del caso en el que estemos. Citemos varias diferencias: I. En la redacción del contrato renting el arrendador adquiere el bien con respecto a las características requeridas por el cliente. Mientras que, en el contrato de leasing aparte de que adquiere el bien con respecto a las características requeridas por el cliente, es el arrendatario quien elige al proveedor, y la empresa leasing perseguirá el objetivo de dar la mayor satisfacción a su cliente. Además, el arrendatario deberá manifestar que ha sido suya la decisión de elegir tanto los bienes como el tercero que los suministra. Con esta manifestación, libera de toda la responsabilidad al arrendador. II. En el renting nunca se pone de manifiesto la relación entre el fabricante y el cliente. III. En el contrato de leasing el arrendador y arrendatario tienen que ser empresario, profesional, agricultor o artesano, y en el contrato de renting pueden ser personas físicas o jurídicas. IV. En un contrato de renting mientras pagamos las cuotas por el uso del bien, no estamos dando un anticipo del pago ya que no existe la opción de compra, mientras que en el leasing se puede considerar que las cuotas son un anticipo del pago final en el caso de que queramos ser el dueño final del bien. V. Respecto a la prestación de servicios complementarios, en el renting se incluyen servicios de mantenimiento, incluso otros ejercicios mientras que lo acuerdes en el contrato. Por el contrario, en el leasing estos servicios complementarios no se incluyen, ya que la cuota que se paga es el pago anticipado del precio del mercado del bien. En responsabilidad del arrendatario tiene que intentar mantener y cuidar el bien lo mejor posible durante el contrato en ambas posturas. López Gómez, José Antonio -26- TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -27- CAPÍTULO 6 CASOS PRÁCTICOS REALES DE LEASING 6.1. PRIMER CASO LEASING Identificación de las partes Arrendador financiero: BBVA Fianzia con domicilio social en c/ Escarchuela S/N, representada por Iglesias Franco, Raúl con NIF: 54712585Q según escrituras autorizadas por el/los Notarios de Sevilla. Arrendatario financiero: Luminus S.L. con NIF 0B82743644, domicilio en c/Divino 56, representado por D. Vazquez Gómez, Francisco con NIF 75395148P, según escrituras autorizadas por el/los Notario/s de Sevilla Objeto del bien y datos financieros del contrato  Arrendamiento financiero con opción a compra de una compactadora POWERSCREEN  Plazo: 60 meses (5 años)  TIN: 6%  Co: 99.400€  Cuotas prepagables constantes y el valor rescatable es igual a las cuotas constantes más el IVA.  Intereses prepagables a interés vencido 𝐼𝑘: (𝐶𝑘− 𝑎)𝑖12  Amortización prepagable  𝐴𝑘:a - 𝐼𝑘  Ver en anexo cálculo de Amortización e intereses Cálculo de las cuotas  Suponiendo que el valor rescatable es igual a una cuota mensual prepagable: 𝐽12 =6%  i12 =6% 12 = 0,05% 𝐶𝑜 = 𝑎 + 𝑎 .𝑎𝑛⌉𝑖12 99.400 = 𝑎 + 𝑎 .𝑎60⌉0,005 a = 1885,23€ López Gómez, José Antonio -28- a=VR Cuota Bruta = a + IVA(16%)  Suponiendo que el valor rescatable es diferente (1.885,23) a la cuota mensual prepagable: 𝐽12 =6%  i12 =6% 12 = 0,05% 𝐶𝑜 = 𝑎 + 𝑎 .𝑎𝑛−1⌉𝑖12 +𝑉𝑅(1 + 𝑖12)^−𝑛 99.400 = 𝑎 + 𝑎 .𝑎60−1⌉0,005 + 1.000(1 + 0,005)^−60 a =1.897,86 TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -29- 6.2. SEGUNDO CASO LEASING Identificación de las partes Arrendador financiero: Banco Popular Español, S.A. con domicilio social en c/ Pintores 22, representada por Millán Cortés, María con NIF: 35689474L según escrituras autorizadas por el/los Notarios de Madrid. Arrendatario financiero: Corporation Juventus, S.L. con NIF 0b19761405, domicilio en c/Genil 5, representado por su administrador único D. Cabrero Bueno, Julio con NIF 25687451M, según escrituras autorizadas por el/los Notario/s de Barcelona Objeto del bien y datos financieros del contrato  Arrendamiento financiero con opción a compra de un software Dietowin  Plazo: 48 meses (4 años)  TIN: 3,95%  Co: 4.613,80€  Cuotas prepagables constantes y el valor rescatable es igual a una cuota.  Intereses prepagables a interés vencido 𝐼𝑘: (𝐶𝑘− 𝑎)𝑖12  Amortización prepagable 𝐴𝑘:a - 𝐼𝑘  Ver en anexo cálculo de Amortización e intereses  Suponiendo que el valor rescatable es igual a una cuota mensual prepagable: 𝐽12 = 3,95%  i12 =3,95% 12 = 0,329167% 𝐶𝑜 = 𝑎 + 𝑎 .𝑎𝑛⌉𝑖12 4.613,80 = 𝑎 + 𝑎 .𝑎48⌉0,00329167 a = 101,78€ a=VR Cuota Bruta = a + IVA(16%) López Gómez, José Antonio -30-  Suponiendo que el valor rescatable es diferente (1000€) a la cuota mensual prepagable: 𝐽12 = 3,95%  i12 =3,95% 12 = 0,329167% 𝐶𝑜 = 𝑎 + 𝑎 .𝑎𝑛−1⌉𝑖12 +𝑉𝑅(1 + 𝑖12)^−𝑛 4.613,80 = 𝑎 + 𝑎 .𝑎48−1⌉0,00329167 + 1.000(1 + 0.00329167)^−48 a = 84,53 TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -31- 6.3. TERCER CASO LEASING Identificación de las partes Arrendador financiero: La Caixa con domicilio social en c/ Casana 5, representada por Maldonado Castilla, Luis con NIF: 20156962S según escrituras autorizadas por el/los Notarios de Madrid. Arrendatario financiero: Medicos S.L.. con NIF 0B35961456, domicilio en c/Redentor 22-24, representado por su administrador único D. Castaño Reyes, Miguel con NIF 15463963A, según escrituras autorizadas por el/los Notario/s de Valencia Objeto del bien y datos financieros del contrato  Arrendamiento financiero con opción a compra de una maquinaria medica  Plazo: 48 meses (4 años) con 3 meses de carencia  TIN: 4,75%  Co: 44.810,00€  Cuotas prepagables constantes y el valor rescatable es igual a una cuota.  Intereses prepagables a interés vencido 𝐼𝑘: (𝐶𝑘− 𝑎)𝑖12  Amortización prepagable 𝐴𝑘:a - 𝐼𝑘  Ver en anexo cálculo de Amortización e intereses  Suponiendo que el valor rescatable es igual a una cuota mensual prepagable: 𝐽12 = 4,75%  i12 =4,75% 12 = 0,3958333% 𝐶2= 𝑎 + 𝑎 .𝑎𝑛⌉𝑖12 44.810 = 𝑎 + 𝑎 .𝑎45⌉0,003958333 a = 1.063,22€ a=VR Cuota Bruta = a + IVA(16%) López Gómez, José Antonio -32-  Suponiendo que el valor rescatable es diferente (1.000€) a la cuota mensual prepagable: 𝐽12 = 4,75%  i12 =4,75% 12 = 0,3958333% 𝐶2= 𝑎 + 𝑎 .𝑎𝑛−1⌉𝑖12 +𝑉𝑅(1 + 𝑖12)^−𝑛 4.613,80 = 𝑎 + 𝑎 .𝑎45−1⌉0.003958333 +𝑉𝑅(1000 + 0,003958333)^−46 a = 1.064,5 TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -33- CAPÍTULO 7 CONCLUSIONES En primer lugar aclarar que entre ambos contratos uno no es mejor que otro, simplemente hay que elegir el contrato que más convenga al arrendatario. Por ejemplo, si finalmente va a querer adquirir el bien mueble o inmueble deberá de hacer un contrato leasing para poder optar a la opción de compra, mientras que si sabe de antemano que no está interesado en el bien mueble o inmueble y solo en su uso y disfrute le convendrá un contrato renting. La compañía o empresario debe plantearse si tiene que hacer un contrato leasing o renting ya que cada una tiene unas ventajas fiscales diferentes y en cada situación puede convenir una u otra por lo que la empresa debe encontrar a un experto para que éste le oriente sobre la mejor opción Otro punto a destacar sería que hay que elegir correctamente al arrendador en el que se puedan tener garantías en él, así la empresa podrá estar más tranquilas sobre los bienes que se arrendan ya que existe una confianza previa en el arrendador. Es necesario conocer las particularidades de cada contrato y tener claro los servicios que se incluyen en dicho acuerdo y las contraprestaciones del arrendatario, para que luego no haya problemas entre arrendador y arrendatario. López Gómez, José Antonio -34- TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -35- Bibliografía Citas de libros: Cogorno, Eduardo Guillermo (1979): Teoría Y Técnica De Los Nuevos Contratos Comerciales: Leasing, Renting, Factoring, Crédito Revolting (Sic), Trust Receipt, Credit Cards, Know-How. Edición Merú, Buenos Aires Díaz Romero, María del Rosario (2013): El Leasing Mobiliario Como Garantía En Operaciones Financieras. Ediciones Civitas Molina Sandoval, Carlos A. (2007): Leasing : estructura jurídica, leasing operativo, financiero y retroleasing, cumplimiento y ejecución, aspectos concursales, contables, impositivos y penales. Ediciones Reus, Madrid Nuno Horta Correira Ramírez, Pablo (2009): El Contrato De Renting: (Análisis Jurídico En El Contexto De Los Actuales Instrumentos De Financiación), Ediciones Ratio Legis, Salamanca Verona Martel, Maria Concepción; García Padrón, Yaiza; García Reyes Padilla, María (2005): Una Introducción Al Renting. Edicion universidad de las palmas de gran canaria Cita de artículo en prensa digital (Internet): Gascón Silla, María I.: Tesina del Máster en Dirección Financiera y Fiscal, [en línea]. Disponible en: https://riunet.upv.es/bitstream/handle/10251/17348/Tesina%20Analisis%20financiero% 2C%20contable%20y%20fiscal%20del%20arrendamiento%20financiero.pdf?sequence =1&isAllowed=y. [Consultado: 25 de marzo de 2017]. Silva Cavero, Alberto: El Renting y sus ventajas como sistema de financiación, [en línea]. Disponible en: http://encore.fama.us.es/iii/encore/record/C__Rb2722906?lang=spi. [Consultado: 16 de febrero de 2017]. Trecet, José (2015): El leasing o arrendamiento financiero es un alquiler con opción a compra que tiene ventajas para las empresas. Descubre cómo tributa el leasing en el IRPF, IVA e Impuesto sobre Sociedades, [en línea]. Disponible en: http://www.bolsamania.com/declaracion-impuestos-renta/fiscalidaddel-leasing/. [Consultado: 05 de mayo de 2017] . López Gómez, José Antonio -42- Caso leasing 3  Cuando el valor rescatable es igual a las cuotas mensuales prepagables TFG-ADE. Una comparativa entre Leasing y Renting. -43-  Cuando el valor rescatable es diferente a las cuotas mensuales prepagables López Gómez, José Antonio -44-