Mompox y el control de la boga del Magdalena
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MOMPOX Y EL CONTROL DE LA BOGA DEL MAGDALENA Profesora Adjunta contratada de “Historia de América” de la Universidad de Sevilla Para todo estudioso de la historia de Cartagena de Indias hay una referencia obligada: la del río Magda lena. Porque, sin el río, la vida en la gobernación hubiese sido muy difícil. El Magdalena configuraba la tierra, creaba un ámbito geográfico especial, ayudaba a la vida comercial de la misma e incluso era la causa de un determinado tipo de encomiend a de servicio personal, “ todas las actividades comerciales cartageneras; incluso los lugares del territorio se designaban según la situación que tuviesen con respecto al río: margen derecha o izquierda, legu as arriba o abajo Mompox, que era la única que podía prestar no sólo el tipo de trans canoas- , sino también la tripu víveres para la travesía - pescado salado y manteca de manatí que se producían en sus pesquerías. La pugna de Mompox por Todas estas circunstancias fueron las que nos em consecuencias que esta especia importancia que pareció tener Mompox en todo su desarrollo. Grande fue nuestra sorpresa al ir descu briendo, a través de una documentación compleja, muy fragmentada y un tanto farragosa, una enmara ciales entre el gobernador de Cartagena y la villa de Mompox, que había permitido a esta última desafiar impunemente al primero, in cumpliendo todas aquellas medidas tendentes a mejorar la vida del indígena y más concretamente sobre la que des cansaba el transporte por el río, según hemos dicho. Hecho sumamente importante dentro de este for gubernativa y municipal, sería la intervención del vecino gobernador de Santa Marta, que ser ía el más firme apoyo del vecindario mompo gobernación de Car tagena de Indias y trasladarse a la suya. Aconteci MOMPOX Y EL CONTROL DE LA BOGA DEL MAGDALENA Mª del Carmen Borrego Plá Profesora Adjunta contratada de “Historia de América” de la Universidad de Sevilla Para todo estudioso de la historia de Cartagena de Indias hay una referencia lena. Porque, sin el río, la vida en la gobernación hubiese sido muy difícil. El Magdalena configuraba la tierra, creaba un ámbito geográfico especial, ayudaba a la vida comercial de la misma e incluso era la causa de un determinado tipo a de servicio personal, “ la boga” . Era el eje alrededor del cual gira todas las actividades comerciales cartageneras; incluso los lugares del territorio se designaban según la situación que tuviesen con respecto al río: margen derecha o as arriba o abajo ... Y como centro de este tráfico fluvial, la villa de Mompox, que era la única que podía prestar no sólo el tipo de trans porte adecuado , sino también la tripu lación indicada -los bogas- , e incluso bastimentos y pescado salado y manteca de manatí que se producían en sus por el control de los bogas Todas estas circunstancias fueron las que nos em pujaron a estudiar las consecuencias que esta especia lísima forma de tr áfico comercial provocó, así como la importancia que pareció tener Mompox en todo su desarrollo. Grande fue nuestra briendo, a través de una documentación compleja, muy fragmentada y un tanto farragosa, una enmara ñada y fuerte red de intereses económicos y comer ciales entre el gobernador de Cartagena y la villa de Mompox, que había permitido a esta última desafiar impunemente al primero, in cumpliendo todas aquellas medidas tendentes a mejorar la vida del indígena y más concretamente la boga, base laboral cansaba el transporte por el río, según hemos dicho. Hecho sumamente importante dentro de este for cejeo entre autoridades gubernativa y municipal, sería la intervención del vecino gobernador de Santa Marta, ía el más firme apoyo del vecindario mompo sino en su deseo de abandonar la tagena de Indias y trasladarse a la suya. Aconteci 1 MOMPOX Y EL CONTROL DE LA BOGA DEL MAGDALENA Mª del Carmen Borrego Plá Profesora Adjunta contratada de “Historia de América” de la Universidad de Sevilla Para todo estudioso de la historia de Cartagena de Indias hay una referencia lena. Porque, sin el río, la vida en la gobernación hubiese sido muy difícil. El Magdalena configuraba la tierra, creaba un ámbito geográfico especial, ayudaba a la vida comercial de la misma e incluso era la causa de un determinado tipo . Era el eje alrededor del cual gira ban todas las actividades comerciales cartageneras; incluso los lugares del territorio se designaban según la situación que tuviesen con respecto al río: margen derecha o como centro de este tráfico fluvial, la villa de porte adecuado -las , e incluso bastimentos y pescado salado y manteca de manatí que se producían en sus pujaron a estudiar las áfico comercial provocó, así como la importancia que pareció tener Mompox en todo su desarrollo. Grande fue nuestra briendo, a través de una documentación compleja, muy fragmentada intereses económicos y comer - ciales entre el gobernador de Cartagena y la villa de Mompox, que había permitido a esta última desafiar impunemente al primero, in cumpliendo todas aquellas medidas la boga, base laboral cejeo entre autoridades gubernativa y municipal, sería la intervención del vecino gobernador de Santa Marta, sino en su deseo de abandonar la tagena de Indias y trasladarse a la suya. Aconteci miento éste que
afortunadamente y por diversos moti llegaría a suceder, aunque provocaría un importante escándalo en el que se verían impli cadas las autoridades de am cia de Santa Fe, la Corona e incluso el propio clero cartagenero. Sin embargo, y a pesar de que detenidamente todo lo que hasta ahora hemos expuesto, no consideramos en modo al guno cerrado el tema. Muy al contrario, de la docu que la situación de la boga en Mompox debió tener su re Magdalena - principalmente en la correspon en la del Cauca, aunque desgraciadamente no hayamos po fuentes documentales que confirmen estos indicios todas estas noticias como una aproximación al tema, que para nosotros permanece abierto a nuevas investigaciones que aporten una mayor luz sobre el mismo. Desde el momento de su fundación Mompox se había convertido por diversas causas en un foco de perma dentro de la gobernación de Cartagena de Indias. El origen de todo el problema estribaba en el especialísimo marco geográfico en que estaba en iz quierda del Magdalena, en una tierra muy pantanosa y llena de manglares la dotaba de una situación inmejorable para el trá contrario de todo posible desarrollo agropecuario. Sin embargo, bien pronto los habit antes de Mompox encontraron la fór conver tirse en los primeros “ Efectivamente, al resultar imposible a la población indígena que tenían encomendada tributar en maíz o frutos de la tierra, debido a que las condi impedían, decidieron em plear a estos indios en una forma de encomienda de servicio personal característica del Nuevo Reino de Granada: la boga por el Magdalena. Consistía és ta en que los indios debían trabajar gratuitamente como re nombre de “bogas”- , en las canoas que surcaran el citado río, llevando y trayendo mer cancías y pasaje de Cartagena a Nueva Granada y viceversa, con lo que sus 1 Borrego Plá, Mª del Carmen: Cartagena de Indias en el siglo XVI. afortunadamente y por diversos moti vos analizados a lo largo de nuestro trabajo, no a suceder, aunque provocaría un importante escándalo en el que se verían cadas las autoridades de am bas gobernaciones, el cabildo de Mompox, la Audien cia de Santa Fe, la Corona e incluso el propio clero cartagenero. Sin embargo, y a pesar de que vamos a estudiar a continuación más detenidamente todo lo que hasta ahora hemos expuesto, no consideramos en modo al guno cerrado el tema. Muy al contrario, de la docu mentación examinada se desprende que la situación de la boga en Mompox debió tener su re flejo en toda la ribera del principalmente en la correspon diente al interior del Nuevo Reino desgraciadamente no hayamos po dido encontrar hasta ahora fuentes documentales que confirmen estos indicios ... Por el lo nos limitaremos a ofrecer todas estas noticias como una aproximación al tema, que para nosotros permanece abierto a nuevas investigaciones que aporten una mayor luz sobre el mismo. Desde el momento de su fundación - acaecida entre 1538 y 1539 Mompox se había convertido por diversas causas en un foco de perma dentro de la gobernación de Cartagena de Indias. El origen de todo el problema estribaba en el especialísimo marco geográfico en que estaba en clavada quierda del Magdalena, en una tierra muy pantanosa y llena de manglares la dotaba de una situación inmejorable para el trá fico comercial, la privaba por el contrario de todo posible desarrollo agropecuario. Sin embargo, bien pronto los antes de Mompox encontraron la fór mula de paliar estos efectos, ya que llegaron a tirse en los primeros “ transportistas” de la gobernación cartagenera. Efectivamente, al resultar imposible a la población indígena que tenían encomendada maíz o frutos de la tierra, debido a que las condi ciones físicas del suelo se lo plear a estos indios en una forma de encomienda de servicio personal característica del Nuevo Reino de Granada: la boga por el Magdalena. ta en que los indios debían trabajar gratuitamente como re meros , en las canoas que surcaran el citado río, llevando y trayendo mer cancías y pasaje de Cartagena a Nueva Granada y viceversa, con lo que sus Cartagena de Indias en el siglo XVI. Sevilla, 1983, pág. 260. 2 vos analizados a lo largo de nuestro trabajo, no a suceder, aunque provocaría un importante escándalo en el que se verían gobernaciones, el cabildo de Mompox, la Audien - vamos a estudiar a continuación más detenidamente todo lo que hasta ahora hemos expuesto, no consideramos en modo al - mentación examinada se desprende flejo en toda la ribera del diente al interior del Nuevo Reino -, así como dido encontrar hasta ahora lo nos limitaremos a ofrecer todas estas noticias como una aproximación al tema, que para nosotros permanece abierto a nuevas investigaciones que aporten una mayor luz sobre el mismo. acaecida entre 1538 y 1539 1 -, la villa-de Mompox se había convertido por diversas causas en un foco de perma nente conflicto dentro de la gobernación de Cartagena de Indias. El origen de todo el problema clavada -en la ribera quierda del Magdalena, en una tierra muy pantanosa y llena de manglares -, que si bien fico comercial, la privaba por el contrario de todo posible desarrollo agropecuario. Sin embargo, bien pronto los mula de paliar estos efectos, ya que llegaron a de la gobernación cartagenera. Efectivamente, al resultar imposible a la población indígena que tenían encomendada ciones físicas del suelo se lo plear a estos indios en una forma de encomienda de servicio personal característica del Nuevo Reino de Granada: la boga por el Magdalena. meros - de ahí el , en las canoas que surcaran el citado río, llevando y trayendo mer - cancías y pasaje de Cartagena a Nueva Granada y viceversa, con lo que sus Sevilla, 1983, pág. 260.
encomenderos, dueño s y organizadores de este tipo de transporte, habían lle alcanzar pingues b eneficios Igualmente y dentro de esta prosperidad econó proliferación de las de no determin ados lugares situados también en la ribera del Magdalena, en donde se pescaba y salaba gran canti dad de pescado, principal dieta de todos aquellos que efectuaban algún desplazamiento por el río. De toda esta riqueza piscícola, elemento importante a destacar era el manatí - sirénido que habitaba en las corrientes fluviales turbias y poco profundas- , del que se apro fabricán dose con esta última la famosa “manteca de manatí” comercio en tod a Nueva Granada. También en estas pesquerías prestaba sus servicios gratuitamen te la población indí infantil 3 . De esta manera poco a poco se había ido tejiendo una tupida red de intereses económicos entre Carta gena obligadas a permitir, más o menos implícitamente, todos los abusos que los encomende ros momposinos cometían por temor a que al tratar de corregir la situación, provocasen un colap so en el tráfico comercial con el Nuevo Reino, pues no debía olvidarse que el monopolio del transporte radicaba en Mompox. La casi única excusa que Cartagena ofrecía ante su incapacidad ma de realiz ar visitas y efectuar informes en el citado territorio, dado el difícil acceso a la zona, lo que por otra parte no dejaba de ser cierto, como ya hemos comentado. Esta especial estructura económica había hecho que bien pronto los encomenderos de Mompox se manipulando al cabildo a su antojo, ya que muchos de ellos formaban parte de él. Muy unidos en todo lo que significaba lucha contra cualquier lesión en sus intereses y privilegios, estos encomender que habían ido a chocar todas las tentativas de supresión o al menos de mejoramiento de la boga - las pesquerías nunca preocuparon a las autoridades desde las Leyes Nuevas. As 2 Ibídem, págs. 353 y 366. 3 Ibídem, págs. 246-247. s y organizadores de este tipo de transporte, habían lle eneficios 2 . Igualmente y dentro de esta prosperidad econó mica habría que destacar la no minadas en la documentación “pesquerías” ados lugares situados también en la ribera del Magdalena, en donde se pescaba dad de pescado, principal dieta de todos aquellos que efectuaban algún desplazamiento por el río. De toda esta riqueza piscícola, elemento importante a sirénido que habitaba en las corrientes fluviales turbias y poco , del que se apro vechaba no sólo su carne, sino también su grasa, dose con esta última la famosa “manteca de manatí” , objeto de un intenso a Nueva Granada. También en estas pesquerías prestaba sus servicios te la población indí gena, aunque en este caso era may oritaria la femenina e De esta manera poco a poco se había ido tejiendo una tupida red de intereses gena -capital- y Mompox. Las autoridades de la primera se veían obligadas a permitir, más o menos implícitamente, todos los abusos que los encomende ros momposinos cometían por temor a que al tratar de corregir la situación, provocasen so en el tráfico comercial con el Nuevo Reino, pues no debía olvidarse que el monopolio del transporte radicaba en Mompox. La casi única excusa que Cartagena ofrecía ante su incapacidad ma nifiesta para resolver este pro blema, era la imposibilidad ar visitas y efectuar informes en el citado territorio, dado el difícil acceso a la zona, lo que por otra parte no dejaba de ser cierto, como ya hemos comentado. Esta especial estructura económica había hecho que bien pronto los encomenderos de Mompox se constituyesen de hecho en la única autoridad de la villa, manipulando al cabildo a su antojo, ya que muchos de ellos formaban parte de él. Muy unidos en todo lo que significaba lucha contra cualquier lesión en sus intereses y privilegios, estos encomender os se habían convertido en un auténtico muro contra el que habían ido a chocar todas las tentativas de supresión o al menos de mejoramiento de las pesquerías nunca preocuparon a las autoridades - , que se hallaba prohibida desde las Leyes Nuevas. As í, una real cédula que declaraba ilegal esta forma de tributo, 3 s y organizadores de este tipo de transporte, habían lle gado a mica habría que destacar la minadas en la documentación “pesquerías” y que eran ados lugares situados también en la ribera del Magdalena, en donde se pescaba dad de pescado, principal dieta de todos aquellos que efectuaban algún desplazamiento por el río. De toda esta riqueza piscícola, elemento importante a sirénido que habitaba en las corrientes fluviales turbias y poco vechaba no sólo su carne, sino también su grasa, , objeto de un intenso a Nueva Granada. También en estas pesquerías prestaba sus servicios oritaria la femenina e De esta manera poco a poco se había ido tejiendo una tupida red de intereses y Mompox. Las autoridades de la primera se veían obligadas a permitir, más o menos implícitamente, todos los abusos que los encomende - ros momposinos cometían por temor a que al tratar de corregir la situación, provocasen so en el tráfico comercial con el Nuevo Reino, pues no debía olvidarse que el monopolio del transporte radicaba en Mompox. La casi única excusa que Cartagena blema, era la imposibilidad ar visitas y efectuar informes en el citado territorio, dado el difícil acceso a la zona, lo que por otra parte no dejaba de ser cierto, como ya hemos comentado. Esta especial estructura económica había hecho que bien pronto los constituyesen de hecho en la única autoridad de la villa, manipulando al cabildo a su antojo, ya que muchos de ellos formaban parte de él. Muy unidos en todo lo que significaba lucha contra cualquier lesión en sus intereses y os se habían convertido en un auténtico muro contra el que habían ido a chocar todas las tentativas de supresión o al menos de mejoramiento de , que se hallaba prohibida í, una real cédula que declaraba ilegal esta forma de tributo,
permitién dose únicamente como servicio voluntario y remune desobedecida por los propios enco tipo de frutos y que era la boga creyesen obligados al pago de ninguna remuneración por este tipo de servicio. Años más tarde, en 1560, el teniente de gobernador Juan del Junco, que había promulgado unas ordenanzas en Mompox para dulci indígenas, no había conseguido ponerlas en práctica, al ser aprehendido por los encomenderos, que después de romperle la vara insignia de su auto introducido en un “infecto calabozo con gril lleván dolo prisionero posteriormente a Cartagena, de donde después de sufrir grandes quebrantos y calamidades había logrado escapar a Santa Fe. De esta azarosa aventura le quedaría como recuerdo la pérdida de la pier tónica, ese mismo año de 1560 el visitador de Cartagena Mel había visto cómo la Audiencia de Santa Fe, ante el recurso interpuesto por los en comenderos momposinos, suspendía la legislación por del Magdalena. Y por si fuera poco, en 1564 los mismos encomenderos habían manipulado en su beneficio las medidas de López de Cepeda, vis de la Magdalena 4 . Tentativas de traslado de la villa de Mompox La situación había llegado a ser tan tensa que las autoridades cartageneras, la Audiencia santafesina e incluso la propia Corona habían comenzado a alar esta postura de fuerza, que podía dar lugar a peligrosas imitaciones en los territorios de Nueva Granada. Sin embargo, y a pesar de su aparente triunfo, los momposinos se hallaban intranquilos, pues sabían mejor que nadie que esta lucha sorda no podía continuar por mucho tiempo y que en ella podían finalmente resultar perdedores. Esta fue la ra zón por la que a finales de la década de los 60 comenzaron a buscar una solución a sus problemas, que finalmente les vino dad Santa Marta. Efectivamente, esta última gobernación, creada en 1524 y limítrofe por el oeste con l a de Cartagena, de quien la separaba el río Magdalena, había tenido que luchar desde sus comienzos con el gravísimo pro territorios, causada por diversos motivos 4 Ibídem, págs. 140-142 y 190- 198. dose únicamente como servicio voluntario y remune rado, había sido desobedecida por los propios enco menderos, arguyendo que la tierra no daba ningún tipo de frutos y que era la boga la única tributación posible, sin que por supuesto se creyesen obligados al pago de ninguna remuneración por este tipo de servicio. Años más tarde, en 1560, el teniente de gobernador Juan del Junco, que había promulgado unas ordenanzas en Mompox para dulci ficar en cierta medida el trabajo de los remeros indígenas, no había conseguido ponerlas en práctica, al ser aprehendido por los encomenderos, que después de romperle la vara insignia de su auto introducido en un “infecto calabozo con gril letes”, s aqueándole todos sus bienes y dolo prisionero posteriormente a Cartagena, de donde después de sufrir grandes quebrantos y calamidades había logrado escapar a Santa Fe. De esta azarosa aventura le quedaría como recuerdo la pérdida de la pier na derecha. Igualmente y dentro de esta tónica, ese mismo año de 1560 el visitador de Cartagena Mel chor Pérez de Arteaga había visto cómo la Audiencia de Santa Fe, ante el recurso interpuesto por los en comenderos momposinos, suspendía la legislación por él dictada en favor de los bogas del Magdalena. Y por si fuera poco, en 1564 los mismos encomenderos habían manipulado en su beneficio las medidas de López de Cepeda, vis itador del Río Grande Tentativas de traslado de la villa de Mompox La situación había llegado a ser tan tensa que las autoridades cartageneras, la Audiencia santafesina e incluso la propia Corona habían comenzado a alar esta postura de fuerza, que podía dar lugar a peligrosas imitaciones en los territorios de Nueva Granada. Sin embargo, y a pesar de su aparente triunfo, los momposinos se hallaban intranquilos, pues sabían mejor que nadie que esta lucha sorda no podía continuar por mucho tiempo y que en ella podían finalmente resultar perdedores. Esta zón por la que a finales de la década de los 60 comenzaron a buscar una solución a sus problemas, que finalmente les vino dad a por el gobernador de la vecina Santa Marta. Efectivamente, esta última gobernación, creada en 1524 y limítrofe por el a de Cartagena, de quien la separaba el río Magdalena, había tenido que luchar desde sus comienzos con el gravísimo pro blema de la despoblación de sus territorios, causada por diversos motivos - pobreza de la tierra, malas comunicaciones, 198. 4 rado, había sido menderos, arguyendo que la tierra no daba ningún la única tributación posible, sin que por supuesto se creyesen obligados al pago de ninguna remuneración por este tipo de servicio. Años más tarde, en 1560, el teniente de gobernador Juan del Junco, que había promulgado ficar en cierta medida el trabajo de los remeros indígenas, no había conseguido ponerlas en práctica, al ser aprehendido por los encomenderos, que después de romperle la vara insignia de su auto ridad, lo habían aqueándole todos sus bienes y dolo prisionero posteriormente a Cartagena, de donde después de sufrir grandes quebrantos y calamidades había logrado escapar a Santa Fe. De esta azarosa aventura le na derecha. Igualmente y dentro de esta chor Pérez de Arteaga había visto cómo la Audiencia de Santa Fe, ante el recurso interpuesto por los en - él dictada en favor de los bogas del Magdalena. Y por si fuera poco, en 1564 los mismos encomenderos habían itador del Río Grande La situación había llegado a ser tan tensa que las autoridades cartageneras, la Audiencia santafesina e incluso la propia Corona habían comenzado a alar marse ante esta postura de fuerza, que podía dar lugar a peligrosas imitaciones en los territorios de Nueva Granada. Sin embargo, y a pesar de su aparente triunfo, los momposinos se hallaban intranquilos, pues sabían mejor que nadie que esta lucha sorda no podía continuar por mucho tiempo y que en ella podían finalmente resultar perdedores. Esta zón por la que a finales de la década de los 60 comenzaron a buscar una a por el gobernador de la vecina Santa Marta. Efectivamente, esta última gobernación, creada en 1524 y limítrofe por el a de Cartagena, de quien la separaba el río Magdalena, había tenido que blema de la despoblación de sus pobreza de la tierra, malas comunicaciones,
expediciones al i nterior del Nuevo Reino, etc. dramáticos en la década de los 70, en la que López de Velasco había llegado a afirmar que la villa de Tama lameque la margen dere cha del Magdalena vorable situación había motivado que los gobernadores de Santa Marta desarrollasen una continua política de poblamiento que había comenzado a intensificarse, sobre todo en la zona sur, a partir del gober La especial coyuntura a la que hemos hecho refe Mompox el deseo de trasladarse con sus bienes, enseres e incluso indios en a la colindante gobernación de Santa Marta, para i de Tamalameque. De esta manera Santa Marta se encon de población y los antiguos encomenderos momposinos podrían seguir disfrutando abusivamente de sus privilegios, no sólo porque la proxim seguir sir viéndose de la boga y de las pesquerías, sino también porque previsiblemente las autoridades de esta nueva gobernación no se inmiscuirían en sus asuntos labo en atención precisamente al poblamiento que podían d debieron em pujar al cabildo momposino a elevar algún tipo de petición a la Corona en tal sentido, ya que ésta pedía información y parecer sobre el asunto a la Audiencia del Nuevo Reino de Granada, según real cédula fe paradójicamente Mompox recibía una nueva visita, la de Diego de Nar siquiera intentó mejorar la situación de sus indígenas, tal vez para no soliviantar aún más los ánimos de los encomenderos; el nuevo visitador ten problemas que su actuación había provocado en Tolú y Cartagena 8 . Ignoramos si la referida Audiencia enviaría a la Corona el informe solicitado, pero sí parece que ella misma, sin que mediara orden alguna, habí traslado - aunque desconocemos bajo qué condiciones carta fechada también en el año de 1574. Las razones de esta licencia las cifraba el tribunal en el gran número de ventajas que 5 López de Velasco, Juan: Descripción Universal 6 Miranda Velázquez, Trinidad: 148. 7 R. C. a la Audiencia del Nuevo Reino de Granada. Aranjuez, 24 febrero 1574. AGI, Santa Fe, 37 8 Borrego Plá, págs. 221-225. nterior del Nuevo Reino, etc. - y que había llegado a alcanzar tintes dramáticos en la década de los 70, en la que López de Velasco había llegado a afirmar lameque - situada algunas leguas más al sur de Mom cha del Magdalena - contaba únicamente con diez vecinos vorable situación había motivado que los gobernadores de Santa Marta desarrollasen una continua política de poblamiento que había comenzado a intensificarse, sobre todo partir del gober nador Luis de Rojas 6 . La especial coyuntura a la que hemos hecho refe rencia alentó en los vecinos de Mompox el deseo de trasladarse con sus bienes, enseres e incluso indios en a la colindante gobernación de Santa Marta, para i ntegrarse precisamente como vecinos de Tamalameque. De esta manera Santa Marta se encon traría con un importante núcleo de población y los antiguos encomenderos momposinos podrían seguir disfrutando abusivamente de sus privilegios, no sólo porque la proxim idad del río les permitiría viéndose de la boga y de las pesquerías, sino también porque previsiblemente las autoridades de esta nueva gobernación no se inmiscuirían en sus asuntos labo en atención precisamente al poblamiento que podían d esarrollar. Todas estas razones pujar al cabildo momposino a elevar algún tipo de petición a la Corona en tal sentido, ya que ésta pedía información y parecer sobre el asunto a la Audiencia del Nuevo Reino de Granada, según real cédula fe chada en 1574 7 , año en el que paradójicamente Mompox recibía una nueva visita, la de Diego de Nar siquiera intentó mejorar la situación de sus indígenas, tal vez para no soliviantar aún más los ánimos de los encomenderos; el nuevo visitador ten ía ya bastante con los problemas que su actuación había provocado en Tolú y en la misma ciudad de Ignoramos si la referida Audiencia enviaría a la Corona el informe solicitado, pero sí parece que ella misma, sin que mediara orden alguna, habí a ya autori aunque desconocemos bajo qué condiciones - , según le comunicaba al rey en carta fechada también en el año de 1574. Las razones de esta licencia las cifraba el el gran número de ventajas que beneficiarían no sólo a l os indios, sino a los Descripción Universal de las Indias. B. A. E. Madrid, 1971, pág. 193. Miranda Velázquez, Trinidad: La gobernación de Santa Marta (1570- 1670). Sevilla, 1976, págs. 147 R. C. a la Audiencia del Nuevo Reino de Granada. Aranjuez, 24 febrero 1574. AGI, Santa Fe, 37 5 y que había llegado a alcanzar tintes dramáticos en la década de los 70, en la que López de Velasco había llegado a afirmar situada algunas leguas más al sur de Mom pox, aunque en contaba únicamente con diez vecinos 5 . Esta desfavorable situación había motivado que los gobernadores de Santa Marta desarrollasen una continua política de poblamiento que había comenzado a intensificarse, sobre todo rencia alentó en los vecinos de Mompox el deseo de trasladarse con sus bienes, enseres e incluso indios en comendados ntegrarse precisamente como vecinos traría con un importante núcleo de población y los antiguos encomenderos momposinos podrían seguir disfrutando idad del río les permitiría viéndose de la boga y de las pesquerías, sino también porque previsiblemente las autoridades de esta nueva gobernación no se inmiscuirían en sus asuntos labo rales, esarrollar. Todas estas razones pujar al cabildo momposino a elevar algún tipo de petición a la Corona en tal sentido, ya que ésta pedía información y parecer sobre el asunto a la Audiencia del , año en el que paradójicamente Mompox recibía una nueva visita, la de Diego de Nar váez, que ni tan siquiera intentó mejorar la situación de sus indígenas, tal vez para no soliviantar aún ía ya bastante con los en la misma ciudad de Ignoramos si la referida Audiencia enviaría a la Corona el informe solicitado, a ya autori zado el , según le comunicaba al rey en carta fechada también en el año de 1574. Las razones de esta licencia las cifraba el os indios, sino a los B. A. E. Madrid, 1971, pág. 193. 1670). Sevilla, 1976, págs. 147 - R. C. a la Audiencia del Nuevo Reino de Granada. Aranjuez, 24 febrero 1574. AGI, Santa Fe, 37
propios encomenderos. Respecto a los primeros, el cambio les favorecería, reducido el tra yecto de sus viajes en una jornada ya que Tamala situada más al sur que Mompox. Esta observación resultaba ciert itinera rio fuese hacia el interior del Nuevo Reino o viceversa, pero era totalmente contraria si se efectuaba a Tolú norte que Mompox, aunque dicha matización que En cuanto a los encomenderos, la Audiencia señalaba que al estar Tamalameque más alejada del río que Mompox, se verían libres de las crecidas del Magdalena en las que frecuentemente perdían sus casas, enseres y cosechas. Todo ello sin cont beneficio que se derivaría no sólo para San núcleo de población, sino también para Car abundantes mante nimientos, tanto agrícolas como ganaderos, criados en la fértil ti que circundaba Tamalameque Sin embargo, a pesar de todo lo expuesto y del posterior silencio de la Corona sobre el asunto, el tras lado no debió efectuarse, según se reflejaba en la documentación posterior, aunque ignoramos las cau Santa Marta, Lope de Orozco, volvía a insistir en el tema a través de una carta dirigida a la Corona, en la que, después de comunicarle cómo en una reciente visita a su gobern ación había comprobado que Tama vecinos, le solicitaba permiso para efectuar la unión de la citada villa con la de Mompox. Basaba las excelencias de esta unión en las mismas razones aludidas anteriormente por la Audiencia de Santa Fe jornadas de boga que los indígenas se ahorrarían eran dos y no una im portante novedad que estribaba en una posible solu Orozco era de la opi nión de que la jurisdicción de los futuros vecinos pr Mompox debía de estar en el gobernador de Santa Marta, puesto que iban a asentarse en Tama lameque que pertenecía a la citada gobernación, aun apelaciones a las sentencias dic gobernador de Cartagena 10 . 9 Carta de la Audiencia d el Nuevo Reino de Granada a S. M. Santa Fe, 10 abril 1575. AGI, Santa Fe, 16. 10 Carta del gobernador Lope de Orozco a S. M. Tamalameque, 3 marzo 1577. AGI, Santa Fe, 37. propios encomenderos. Respecto a los primeros, el cambio les favorecería, yecto de sus viajes en una jornada ya que Tamala meque se encontraba situada más al sur que Mompox. Esta observación resultaba ciert a siempre que el rio fuese hacia el interior del Nuevo Reino o viceversa, pero era totalmente contraria si se efectuaba a Tolú o Cartagena, ya que éstas se encontraban mucho más al norte que Mompox, aunque dicha matización que daba omitida en la re En cuanto a los encomenderos, la Audiencia señalaba que al estar Tamalameque más alejada del río que Mompox, se verían libres de las crecidas del Magdalena en las que frecuentemente perdían sus casas, enseres y cosechas. Todo ello sin cont beneficio que se derivaría no sólo para San ta Marta, que contaría con un fl núcleo de población, sino también para Car tagena, a la que se podrían enviar nimientos, tanto agrícolas como ganaderos, criados en la fértil ti que circundaba Tamalameque 9 . Sin embargo, a pesar de todo lo expuesto y del posterior silencio de la Corona lado no debió efectuarse, según se reflejaba en la documentación posterior, aunque ignoramos las cau sas. Efectivame nte, en 1577 el nuevo gobernador de Santa Marta, Lope de Orozco, volvía a insistir en el tema a través de una carta dirigida a la Corona, en la que, después de comunicarle cómo en una reciente visita a su ación había comprobado que Tama lameque contab a únicamente con cinco vecinos, le solicitaba permiso para efectuar la unión de la citada villa con la de Mompox. Basaba las excelencias de esta unión en las mismas razones aludidas anteriormente por la Audiencia de Santa Fe -aunque ahora se espe cificaba jornadas de boga que los indígenas se ahorrarían eran dos y no una - , e introducía una portante novedad que estribaba en una posible solu ción al problema jurisdiccional. nión de que la jurisdicción de los futuros vecinos pr de estar en el gobernador de Santa Marta, puesto que iban a asentarse en lameque que pertenecía a la citada gobernación, aun que admitía que las apelaciones a las sentencias dic tadas por la justicia ordinaria fuesen fallada . el Nuevo Reino de Granada a S. M. Santa Fe, 10 abril 1575. AGI, Santa Fe, 16. Carta del gobernador Lope de Orozco a S. M. Tamalameque, 3 marzo 1577. AGI, Santa Fe, 37. 6 propios encomenderos. Respecto a los primeros, el cambio les favorecería, pues verían meque se encontraba a siempre que el rio fuese hacia el interior del Nuevo Reino o viceversa, pero era totalmente o Cartagena, ya que éstas se encontraban mucho más al daba omitida en la re ferida licencia. En cuanto a los encomenderos, la Audiencia señalaba que al estar Tamalameque más alejada del río que Mompox, se verían libres de las crecidas del Magdalena en las que frecuentemente perdían sus casas, enseres y cosechas. Todo ello sin cont ar con el ta Marta, que contaría con un fl oreciente tagena, a la que se podrían enviar nimientos, tanto agrícolas como ganaderos, criados en la fértil ti erra Sin embargo, a pesar de todo lo expuesto y del posterior silencio de la Corona lado no debió efectuarse, según se reflejaba en la documentación nte, en 1577 el nuevo gobernador de Santa Marta, Lope de Orozco, volvía a insistir en el tema a través de una carta dirigida a la Corona, en la que, después de comunicarle cómo en una reciente visita a su a únicamente con cinco vecinos, le solicitaba permiso para efectuar la unión de la citada villa con la de Mompox. Basaba las excelencias de esta unión en las mismas razones aludidas cificaba que las , e introducía una ción al problema jurisdiccional. nión de que la jurisdicción de los futuros vecinos pr ocedentes de de estar en el gobernador de Santa Marta, puesto que iban a asentarse en que admitía que las tadas por la justicia ordinaria fuesen fallada s por el el Nuevo Reino de Granada a S. M. Santa Fe, 10 abril 1575. AGI, Santa Fe, 16. Carta del gobernador Lope de Orozco a S. M. Tamalameque, 3 marzo 1577. AGI, Santa Fe, 37.
Junto a esta misiva, el citado gobernador enviaba asimismo cierta documentación complementaria. En primer lugar, la copia de una petición que le había efectuado el cabildo de Mompox la que se ro gaba licencia para que sus vecinos pudieran cambiarse a Tamalameque, exponiendo su deseo de que en la citada villa existiese únicamente un solo cabildo for mado por un justicia ordinario, dos alcaldes y cuatro regidores; declarán de que el goberna dor de Cartagena entendiese siempre en todos aquellos pleitos que afectasen a los antiguos habitantes de Mompox segundo lugar, eran también remitidas a la Corona las declaraciones de d testigos de ambas loca lidades, que estaban en completo acuerdo con todo lo expuesto por el gobernador de Santa Marta, alegando asimismo que la Audi Reino había con cedido ya hacía largo tiempo el permiso, pero sorpren especificaban la razón por la que hasta entonces no se había efectuado el cambio de la villa 12 . Autorización y desistimiento No obstante, y por inexplicable que parezca, la Corona siguió con su férrea postura de silencio ante este fijaba - probablemente a fines de 1578 o principios de 1579 efectuar la mudanza a Tamalameque, bajo pena de enviar un juez a costa de los vecinos en el caso de que éstos no obedecieran, según se desprendía de una carta del g de Cartagena, Pedro Fernández del Busto, al rey. En ella le exponía no sólo los inconvenientes que había ya alegado ante la Audiencia al conocer su decisión, sino ciertos aspectos sobre los q su juicioconvenía que lo hiciese la Corona, ya que dada su gravedad no era oportuno esperar. Así, pa saba a enumerar primeramente, los graves problemas que se derivarían de este traslado para los indios mom 11 La petición del cabildo esté firmada por los siguientes encomenderos: Vicente Láez Millán de Orozco; Antonio de Heredia; Juan Rangel re presentan a dos cabildantes cuya condición social no ha podido ser precisada: Luis de Villanueva Antonio Báez. Dicha petición se h 1577. Acompaña a carta del gobernador Lope de Orozco a S. M. Tamalameque, 3 marzo 1577, cit. Borrego Plá, pág. 247. 12 Los testigos fueron: el licenciado Suárez, vecino de Santa Marta; Alonso Tamalameque; Pedro Pablo de Mayuelas y Pedro Morales, vecinos de Mompox. Sus declaraciones fueron efec tuadas ante el gobernador Lope de Orozco en Pancuyche, 3 marzo 1577. Acompañan a carta del gobernador Lope da Orozco a S. M. Tamalam Junto a esta misiva, el citado gobernador enviaba asimismo cierta documentación complementaria. En primer lugar, la copia de una petición que le había efectuado el cabildo de Mompox -en aquellos mo mentos en manos encom gaba licencia para que sus vecinos pudieran cambiarse a Tamalameque, exponiendo su deseo de que en la citada villa existiese únicamente un solo cabildo for mado por un justicia ordinario, dos alcaldes y cuatro regidores; declarán dor de Cartagena entendiese siempre -y no única mente en apelación en todos aquellos pleitos que afectasen a los antiguos habitantes de Mompox segundo lugar, eran también remitidas a la Corona las declaraciones de d lidades, que estaban en completo acuerdo con todo lo expuesto por el gobernador de Santa Marta, alegando asimismo que la Audi encia del Nuevo cedido ya hacía largo tiempo el permiso, pero sorpren especificaban la razón por la que hasta entonces no se había efectuado el cambio de la Autorización y desistimiento del traslado No obstante, y por inexplicable que parezca, la Corona siguió con su férrea postura de silencio ante este intrincado asunto, pero no así la Audiencia santa probablemente a fines de 1578 o principios de 1579 - un plazo de 90 días para efectuar la mudanza a Tamalameque, bajo pena de enviar un juez a costa de los vecinos no obedecieran, según se desprendía de una carta del g de Cartagena, Pedro Fernández del Busto, al rey. En ella le exponía no sólo los inconvenientes que había ya alegado ante la Audiencia al conocer su decisión, sino ciertos aspectos sobre los q ue esta auto ridad no se había pronunciado, y sobre los que convenía que lo hiciese la Corona, ya que dada su gravedad no era oportuno saba a enumerar primeramente, los graves problemas que se derivarían los indios mom posinos, ya que al llegar éstos a su nuevo destino La petición del cabildo esté firmada por los siguientes encomenderos: Vicente Láez Millán de Orozco; Antonio de Heredia; Juan Rangel y Luis de Carvajal. Asimismo existen dos firmas que presentan a dos cabildantes cuya condición social no ha podido ser precisada: Luis de Villanueva Antonio Báez. Dicha petición se h alla recogida en un Traslado efectuado en Tamalameque, 1º marzo Acompaña a carta del gobernador Lope de Orozco a S. M. Tamalameque, 3 marzo 1577, cit. Los testigos fueron: el licenciado Suárez, vecino de Santa Marta; Alonso Macho, residente en Tamalameque; Pedro Pablo de Mayuelas y Pedro Morales, vecinos de Mompox. Sus declaraciones fueron tuadas ante el gobernador Lope de Orozco en Pancuyche, 3 marzo 1577. Acompañan a carta del gobernador Lope da Orozco a S. M. Tamalam eque, 3 marzo 1577, cit. 7 Junto a esta misiva, el citado gobernador enviaba asimismo cierta documentación complementaria. En primer lugar, la copia de una petición que le había mentos en manos encom enderas -, en gaba licencia para que sus vecinos pudieran cambiarse a Tamalameque, exponiendo su deseo de que en la citada villa existiese únicamente un solo cabildo for - mado por un justicia ordinario, dos alcaldes y cuatro regidores; declarán dose partidario mente en apelación - en todos aquellos pleitos que afectasen a los antiguos habitantes de Mompox 11 . En segundo lugar, eran también remitidas a la Corona las declaraciones de d iferentes lidades, que estaban en completo acuerdo con todo lo expuesto encia del Nuevo cedido ya hacía largo tiempo el permiso, pero sorpren dentemente no especificaban la razón por la que hasta entonces no se había efectuado el cambio de la No obstante, y por inexplicable que parezca, la Corona siguió con su férrea intrincado asunto, pero no así la Audiencia santa fesina, que un plazo de 90 días para efectuar la mudanza a Tamalameque, bajo pena de enviar un juez a costa de los vecinos no obedecieran, según se desprendía de una carta del g obernador de Cartagena, Pedro Fernández del Busto, al rey. En ella le exponía no sólo los inconvenientes que había ya alegado ante la Audiencia al conocer su decisión, sino ridad no se había pronunciado, y sobre los que -a convenía que lo hiciese la Corona, ya que dada su gravedad no era oportuno saba a enumerar primeramente, los graves problemas que se derivarían posinos, ya que al llegar éstos a su nuevo destino La petición del cabildo esté firmada por los siguientes encomenderos: Vicente Láez y Villafañe; Juan Luis de Carvajal. Asimismo existen dos firmas que presentan a dos cabildantes cuya condición social no ha podido ser precisada: Luis de Villanueva y recogida en un Traslado efectuado en Tamalameque, 1º marzo Acompaña a carta del gobernador Lope de Orozco a S. M. Tamalameque, 3 marzo 1577, cit. - Macho, residente en Tamalameque; Pedro Pablo de Mayuelas y Pedro Morales, vecinos de Mompox. Sus declaraciones fueron tuadas ante el gobernador Lope de Orozco en Pancuyche, 3 marzo 1577. Acompañan a carta del
deberían construir sus propias casas encomenderos -unas 70- , pues aunque est tierra cada casa estaba c ompuesta por lo menos de tres bohíos la construcción de una nueva iglesia y con el corte y transporte de la madera para todas estas edificaciones. De todas formas - proseguía Fernández del Bus d e la Audiencia, tanto más cuanto que en él especifiquen las razones- , se le habí criminal de Tamalameque, aunque sin perjuicio de que los respec pudiesen apelar sobre esta cuestión a la Corona; pero insistía en que esta sentencia, por incompleta, podía resultar conflictiva, Por ello supli y por tanto pasase a su jurisdicción en tonces a la gobernación de Santa Marta. La razón de esta medida estribaba en que tam bién el citado poblado tributaba por el sistema de boga, y podía darse el caso, si no se integraba, que las ordenanzas y medidas que él como gobernador dictase para Tamala meque, entrasen en colisión con las que promulgase el gobernador de Santa Marta para Tene rife. Todo ello podía provocar una huida de indios e incluso de encomenderos hacia aquell a de las dos gobernaciones que Por último, ro gaba también que se resolviese la jurisdicción eclesiástica de Tamalameque, que en aquellos momentos se la estaban disputando los obis Cartagena y Santa Marta 13 . Sin embargo, y a pesar de todo lo expuesto, Mompox no se cambió de lugar, pues tampoco en este caso - y sin que hasta ahora hayamos encontrado una explicación al respecto- , ni la Corona dictaminó sobre estos conflictos, ni' la Audiencia santafesina obligó a obedecer su mandamiento, tal vez porque el problema estaba tomando dimensiones insos pechadas. Aunque creemos que no debió resultar ajeno el hecho de que los principales implicados en el tema hubiesen perdido su primitivo interés. El gobernador de Santa Marta porque, si se efectuaba el cambio, quedaba sin juris sobre Tamalameque y corría peligro de perder también la de Tenerife. Los encomenderos de Mompox porque el citado cambio no les suponía ninguna ven quedar dependientes de su antiguo gobernador. 13 Carta del gobernador Pedro Fernández del Busto a S. M. Cartagena, 10 mayo 1579. AGI, Santa Fe, 37. deberían construir sus propias casas -que ascenderían a 600- , así como las de sus , pues aunque est os últimos eran únicamente 20, “ ompuesta por lo menos de tres bohíos ” , todo ello sin contar con la construcción de una nueva iglesia y con el corte y transporte de la madera para todas proseguía Fernández del Bus to- , él aceptaba este mandamiento e la Audiencia, tanto más cuanto que en él - sin que tampoco en esta ocasión se , se le habí a con cedido a Cartagena la jurisdicción civil y criminal de Tamalameque, aunque sin perjuicio de que los respec tivos gobernadores apelar sobre esta cuestión a la Corona; pero insistía en que esta sentencia, por incompleta, podía resultar conflictiva, Por ello supli caba que se uniese a Tamalameque y por tanto pasase a su jurisdicción - el poblado de Tenerife, per tonces a la gobernación de Santa Marta. La razón de esta medida estribaba en que bién el citado poblado tributaba por el sistema de boga, y podía darse el caso, si no se integraba, que las ordenanzas y medidas que él como gobernador dictase para meque, entrasen en colisión con las que promulgase el gobernador de Santa rife. Todo ello podía provocar una huida de indios e incluso de a de las dos gobernaciones que amparase mejor sus intereses. gaba también que se resolviese la jurisdicción eclesiástica de Tamalameque, que en aquellos momentos se la estaban disputando los obis . Sin embargo, y a pesar de todo lo expuesto, Mompox no se cambió de lugar, pues y sin que hasta ahora hayamos encontrado una explicación al , ni la Corona dictaminó sobre estos conflictos, ni' la Audiencia santafesina obligó a obedecer su mandamiento, tal vez porque el problema estaba tomando pechadas. Aunque creemos que no debió resultar ajeno el hecho de que los principales implicados en el tema hubiesen perdido su primitivo interés. El gobernador de Santa Marta porque, si se efectuaba el cambio, quedaba sin juris corría peligro de perder también la de Tenerife. Los encomenderos de Mompox porque el citado cambio no les suponía ninguna ven quedar dependientes de su antiguo gobernador. Carta del gobernador Pedro Fernández del Busto a S. M. Cartagena, 10 mayo 1579. AGI, Santa Fe, 37. 8 , así como las de sus os últimos eran únicamente 20, “ en aquella , todo ello sin contar con la construcción de una nueva iglesia y con el corte y transporte de la madera para todas , él aceptaba este mandamiento sin que tampoco en esta ocasión se cedido a Cartagena la jurisdicción civil y tivos gobernadores apelar sobre esta cuestión a la Corona; pero insistía en que esta sentencia, por uniese a Tamalameque - teneciente hasta tonces a la gobernación de Santa Marta. La razón de esta medida estribaba en que bién el citado poblado tributaba por el sistema de boga, y podía darse el caso, si no se integraba, que las ordenanzas y medidas que él como gobernador dictase para meque, entrasen en colisión con las que promulgase el gobernador de Santa rife. Todo ello podía provocar una huida de indios e incluso de amparase mejor sus intereses. gaba también que se resolviese la jurisdicción eclesiástica de Tamalameque, que en aquellos momentos se la estaban disputando los obis pados de Sin embargo, y a pesar de todo lo expuesto, Mompox no se cambió de lugar, pues y sin que hasta ahora hayamos encontrado una explicación al , ni la Corona dictaminó sobre estos conflictos, ni' la Audiencia santafesina obligó a obedecer su mandamiento, tal vez porque el problema estaba tomando pechadas. Aunque creemos que no debió resultar ajeno el hecho de que los principales implicados en el tema hubiesen perdido su primitivo interés. El gobernador de Santa Marta porque, si se efectuaba el cambio, quedaba sin juris dicción corría peligro de perder también la de Tenerife. Los encomenderos de Mompox porque el citado cambio no les suponía ninguna ven taja, al Carta del gobernador Pedro Fernández del Busto a S. M. Cartagena, 10 mayo 1579. AGI, Santa Fe, 37.
De esta manera todo este cúmulo de circunstancias, acontecimientos e int logró evitar un hecho que hubiese provocado no sólo graves roces jurisdicciona Santa Marta y Cartagena, sino sentado un peligroso precedente para cualquier territorio que por algún motivo en desacuerdo con sus autoridades gubernativas. Así pues, la boga siguió subsistiendo y Mompox se vio libre de cualquier injerencia sobre este tema, ya que las autoridades cartageneras, preocupadas por estos acontecimientos, dejaron de legislar con esta forma de tributo. La solución a la boga indígena ven del Río Grande de la Mag dalena, Martín Camacho, que en 1598 conseguiría re a los indios por esclavos negros sistema de transporte durante el siglo XVII. 14 Borrego Plá, págs. 240-247. De esta manera todo este cúmulo de circunstancias, acontecimientos e int logró evitar un hecho que hubiese provocado no sólo graves roces jurisdicciona Santa Marta y Cartagena, sino -lo que hubiese si do mucho más grave sentado un peligroso precedente para cualquier territorio que por algún motivo en desacuerdo con sus autoridades gubernativas. Así pues, la boga siguió subsistiendo y Mompox se vio libre de cualquier injerencia sobre este tema, ya que las autoridades cartageneras, preocupadas por estos acontecimientos, dejaron de legislar todo tipo de medidas que estuviesen relacionadas con esta forma de tributo. La solución a la boga indígena ven dría dada por el visitador dalena, Martín Camacho, que en 1598 conseguiría re indios por esclavos negros 14 , lo que provocaría un cambio profundo en todo el sistema de transporte durante el siglo XVII. 9 De esta manera todo este cúmulo de circunstancias, acontecimientos e int ereses logró evitar un hecho que hubiese provocado no sólo graves roces jurisdicciona les entre do mucho más grave - que hubiese sentado un peligroso precedente para cualquier territorio que por algún motivo estuviese Así pues, la boga siguió subsistiendo y Mompox se vio libre de cualquier injerencia sobre este tema, ya que las autoridades cartageneras, preocupadas por estos todo tipo de medidas que estuviesen relacionadas dría dada por el visitador dalena, Martín Camacho, que en 1598 conseguiría re emplazar , lo que provocaría un cambio profundo en todo el