Ordenanzas de la Real y Venerable Congregacion de Santa Gertrudis La Magna, sita en la Iglesia de el Señor San Ildefonso, anexo de la Parroquial de San Martin de esta corte ...
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2/* -«>* ^-r r-^ anl| ¥ORDENANZAS DE LA REAL, YVENERABLE CONGREGACION DE SANTA GERTRUDIS *LA MiGNA, SITA EN LA IGLESIA DE EL SEÑOR. SAN ILDEFONSO, ANEXO DE LA PARROQUIAL DE SAN MARTIN DE ESTA CORTE. DEDICADAS AELEmm° YR™° SEÑOR DON DIEGO, perla Divina Miferícordia ,de la Santa Romana Ig.eíia Presbytero, Cardenal Aftorga ,Ar^obifpode Toiedo ,Primado de las Efpañas ,Chanciller Mayor de Caftilla, del Confejo de fu Mageftad ,8cc. Protector de dicha Real Congregación. i‘J* '/* JK ’j?' íDn MADRID :En la Oficina de Lorenjo Mojados. Año de 1750. Adevoción de Don Antonio Alvarez, Hermano Mayor.
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^sto^to^cpSo^SoloSotolo AEL EMINENTISIMO, YREVERENDISIMO SEÑOR DON DIEGO* POR LA DIVINA MISERICORDIA, de la Sanca Romana Iglefia Presbycero ,Cardenal Aftorga ,Ar§obifpo de Toledo ,Primado délas Efpanas ,Chanciller Mayor de Cartilla, del Confejo de Íul Mageftad ,&c. EMM“° SEÑOR. Señor. ECHO cargo de la fingida - rifúma honra ,que debió a V. Emm* nuejlra Congregael ano ]) afiado de veinte ynue- A2 ve, TTtTtTTt^^ cion
ve ,en que aimpalfós de fu gelofa piedad ,fe digno la foberana grandeza de EEmnf. de admitir fu protección: Ylo aliándome con el honrofo cara&er de Hermano Mayor ,quando fe franquean ala publica luz eflas Ordenancas ,que con algún cuidado ,madurez, ;>** -y advertencia ha conílruido nuevamen- \] Jj•V_ y« régimen ,jparticular go- *vierto •. .7^ ,anfio fo ,*»/ >econocido afeUo ,ei afanqar con la gra- ^gloriofa tutela :autbori- <K> dfic¿lk/ Ordenanzas con el magni- *4 feo lujlrofo nombre de E. Emnf. pues ¿/ «uer £?;z w/ querida nueflra Congrega- «5 cion con 'Troteclor tan gloriofo ajamas, ,, oro ,^«e podría correfponder grata ,// ^faltafe efia exprefsion ,precija ,como debida afu reconocimiento. r* EjTo bajeaba el erudito Lyppo al con- TrVTCTfTrCTZTTTWtTS*
confagrar fu Libro a! Vaque Alberto: Ad te imus (dice) &quol™e? . Ut fplcndorcm huic inferiptio- ni mutuemut ,&tutclam. iejjo bailón yo anticipadamente prevenido en la benignidad de V. Emm‘. nueftras nuevas Ordenantqas-.Tues que mucho,.quefaene djufliáa,efta grata correfpondencia? Fuera de que pendo tanta parte la protección gloriofa de V.Emma .para el pacifico logro de que aya ,y fe proeliquen dichas Ordenanzas ,no parece que ay libertad en efta ofrenda ;yafsibilas mi[mas ,ano baver otro impul fo,creo felicitarían fus Aras ,con la innata propenfon mifina, con que bufean al ¿vía) los Arroyos ,yfu centro las lineas ;en cuyo nativo precijo impulfo ,con que en ejfa acción veneran ,jy reconocen fu principio ,logra tanta perfección efe obfequioj 9Vtf
o TTTTT quio ,quanta parece les quita el no tener elección ,voluntariedad ,¿arbitrio, í5'//7 embargo confiejfo ,que al milo humilde ,corto de la ofrenda, llegaría ruborizado aconfagrarla a V. Emm* ano reflexionar alentado : 4vifia de la mayor grandeza ,fe atiende mas lo fineero ,piadofo de los votos ,£#í? lo digno ,jy calificado deldon, o/¿í oferta :creo ,fobrefiale menos lo beroyco en generofos ánimos, al recibir ,gmaj ,cortedades , dando larga ,jybizarramente grandezas: ;Non minus eft regium (decia ——iElutarcbo )parva libenter accipere,quam magna tribuere. T4/.z verdad {Señor EmmT )que fi debe proporcionarfe el don ,en la moda pofsible ,con el objeto aque mira ^y realcadas circunfiancias delfugeto aquien f ¥T¥TTTTTTTTTTTTTSTT '
^.; .,7 *% fe confagra ;motivo ,atendió la Antigüedad ,dedicando folofus beroycos fimulacbros ,2los Heroes ,oarenes beroycos ,co/wo advirtió Capar. y5 .-í Emprejf. ció :Efia corta viftima de nuefír¿* gratitud ,no dexa de tener ; I ¿r a ifp BaPt* proporción congruentifsima con i—~ — Emrna .ylo foberano de fu grandeva :fiendo fu vnico ajfumpto el de ordenar fu govierno ¡aun fin detenerme en el: Sapientis eft ordinare, bailo tal refpeto ,y proporción en nuefras Ordenanzas 3dirigidas puramente al acier- to de nuejlro regimen :que no pueden mejor confagrarfe ,que aquien tan pacifica ,como^ fabiamentegovierna ,y difpone ,con tanta orden acierto ,la bafta 3dilatadifsima efpbera de nuejlro Ar- Z°bfpado ,Metrópoli fuprema *y mayor del Hijpano Emisferio. Fi- ^
Finalmente,por no gravar aF.Emm1 ni agraviar al publico ,llenando con cf ta cortedad el precio/otiempo ^que con tantos excejjos necefsita ,yemplea mejor F. Emma .en tanto govierno :Eolítica ,que con otro Erincipe praRico Horacio :In publica commoda peccera :íi longo fctmone morer tua témpora. Cejfo^y no de Horat. lib. z. Epiji.dedic.zd Auguft.Cau. rogar ¿X.- s. conferve ,yguarde la perfona de F. Emm\ largos anos,para lujlre de fus Subditos ,augmento de la Chriftiandad ,ybien de fus Eobres. Madrid,yDiciembre 17 -de 1730. Emm°. Señor. ^ Mi Señor. Alos Pies de V. Emm* Su mas humilde ,yafecto Subdito. Don Antonio Alvarez. EX-
•5§|g>9§ í*í O1*1 *** *** EXPLICACION DELA DOCTRINA CHRISTIANA. 'UIEN QUISIERE SALVARSE, ha de creer que ay Dios ,que tiene vna Naturaleza perfe&ifsima; que tiene el Ser de si mifma, fin principio,ni fin; que encierra en si todas ias perfecciones pofsibles ,fin tener cofa igual ;yaisi, es vn folo Dios verdadero ,por la infinita perfección de fu Ser ;pero no es vna fola Períona, fi no tres en todo iguales, Padre ,Hijo ,yEfpiritu Santo ,tres Perfonas diftintas *yvn íolo Dios verdadero :Son diftintas Perfonas ,porque la vna no es la otra ;yafsi, el Padre no es el Hijo, ni el Hijo es el Padre, ni el Efpiritu Santo es Padre ,ni Hijo ,fi no el Padre folo es BPa“
I6 irán los malos en cuerpo ,yAlma al Infierno apenar eternamente iylos buenos al Cielo ,á gozar la Gloria Eterna. Igleíia Catholica es la Congregación de los Fieles Chriftianos ,que tienen la Fe de Chrifto ,que profeíTan en el BautiTmo ,los quales eftan debaxo de vna Cabeza ,que es el Pontífice Romano ,Vicario de Chrifto en la tierra ,aquien todos eftamos obligados aobedecer. Unos tienen la Fe fin caridad ,yotros la tienen acompañada de caridad. Entre cftos ay vna maravillóla comunicación ,que fe llama en el Credo Comunión de los Santos ,que quiere decir :Que los Fieles Chriftianos tienen parte en los bienes efpirituales ,como miembros de vn mifmo cuerpo ,que es la Iglefiai pero efto es entre los Julios :porque afsi como vn Arbol tiene ramas Tecas ,yverdes, ylas verdes participan Tu verdor de las raizes del Arbol, pero las Tecas no •, aTsi también los que eftan en gracia,Ton ramas verdes en el Arbol de la Igleíia ,que participan Tu verdor de los otros ,que eftan en gracia •, pero los que eftan en pecado mortal, Ion ramas Tecas ,que no participan del verdor de los otros ,que eftan en gracia. Aque-
fsion Aquellas palabras del Credo ,yUnmjs ¡elos pidos ,quiere decir :Que en la Iglelia ay poder para perdonar los pecados por los Sacramentos, Bautümo ,yPenitencia. El Sacrameneo del Bautifmo fue indituido para perdonar el pecado original ,ytodos los mortales, que fe cometen antes del BautiLmo. El Sacramento de la Penitencia ,que es la Comcision, fue indituido para perdonar todos los pecados mortales ,que fe cometen defpues del Bautiímo ,oen fu recepción. Para vna buena confefsion es neceífario acordarfe de todos los pecados mortales ,tener verdadero dolor de ellos ,ypropofito firme de la enmienda ,ydecirlos todos ai Confeífor ,explicando el numero ,efpecles ,ycircundancias ,ydeípues debe cumplir la penitencia impúdica por el Confeífor. Mire cada vno como fe llega aelle Sacramento ,porque ay algunos cafos ,en los quales es neceífario repetir las conrefsiones >yion edos :Quando fabiendo que tiene algún pecado mortal ,oduda fi lo es ,ydexa de confeliarlo por verguenca :Quando fe confiedan pe* cados mortales fin dolor de haverios cometido:
> I& do :Quando no ay propoíito de la enmienda: Quando fe mintió en la Confeísion en cola de pecado mortal ,6que peníaba lo era ,ylo callaba :Quando íe conñeíía ,fin quitar la ocafion próxima de pecado mortal ,pudiéndolo hazer ,porque efte tal no viene con propofito de la enmienda :Quando íiendo ignorantes bufcan también ConfeíTor ignorante, para que no les examine mucho :Quando fin hazer examen de conciencia fe confieíTa ,porque efte tal no trae animo de confeííar enteramente. En todos eftos cafos es neceílario repetir las Confefsiones hechas ,porque fon facrilegios. Los demas Sacramentos fueron inftituidos para caufar aumento de gracia iyafsi ,fe llaman Sacramentos de vivos ,porque fuponen ya perdonados todos los pecados ,ypara recibirlos es neceífario eftar en gracia. Para la Comunion es neceílario eftar en ayunas ,menos quando fe recibe por Viatico ,yconfeííar primero todos los pecados mortales. Los demás Sacramentos quieren, por lo menos, fer recibidos en gracia. >porque íi alguno fe Confirma, íe fT f TTTTTTVT
E5> fe Cafa,fe Ordena de algún Orden Sacro ,orecibe la Extrema-Unción en pecado mortal, cometerá vn facrilegio :lo qual fe debe advertir mucho ,porque no fon pocos los que íe caían, fin confiderar, que con el Matrimonio hazcn, yreciben Sacramento iycomo el Sacramento del Matrimonio es para dar gracia alos cafados ,para que vivan en iervicio de Dios,con el vinculo conyugal, fe defprecia mucho eíie Sacramento ,porque no procuran recibirlo en gracia, ypor cífo ay tantos mal cafados, ydefcontentos ,porque llegaron aeíle Sacramento fin la debida difpoficion. La difpoficion dicha es neceífario para recibir ios Santos Sacramentos ;pero no le ha de contentar el Chriftiano con eíío ,fi no que ha de procurar coger de los Sacramentos el mayor fruto que pueda - ,porque al paíío de la difpoficion ,yafecto con que le reciben ,fe da mas gracia. Para la Comunión conviene mayor diípoficion porque como efte Sacramento fe llama ,por fus ventajas ,Sandísimo- , afsi conviene fe reciba con ventajas de difpoíidon, ypureza. El que le huviere de recibir, mire antes quien es aquel Señor Omnipotente, Czque A
20 que ha de recibir ydeípues de haverle recibido ,diga lo que el Propheta David :Qué daré yo al Señor por tantos favores como me ha hecho? El efe¿to que cauian los Sacramentos alos que dignamente los reciben ,es la Gracia ,la qual es vna virtud fobrenatural ,con la qual nos llamamos Hijos de Dios ,yherederos de fu Reyno. Todas quantas obras de virtud Te hazen en gracia ,fon merecedoras de gloria eterna. También fe reciben por los Sacramentos, particulares auxilios para cumplir la Ley de Dios, cuyo fin es la caridad ,que es el cumplimiento, yperfección de todas las virtudes. La caridad es vn habito fobrenatural, con el qual amamos áDios fobre todas las cofas ,yal próximo como ánofbtros mifmos. Amemos al próximo, no haziendole ,ni defeandole mal alguno, fino haziendole buenas obras. Amar aDios fobre todas las cofas es eftimar mas cumplir fu voluntad ,que todos nueltros guftos de fuerte, que qualquiera gufto ,yconveniencia, que hiere contrario ala voluntad de Dios ,fe ha de defpreciar ,ypreferirfe fiempre el cumplimiento de la Ley ,yMandamientos Divinos. Los diez Mandamientos fon muy conformes a nueí-
2I nueílra naturaleza ,en quanto naturalmente tenemos por regia de nueílras obras ,no querer para el proximo,fi no lo que queremos para noíotros. Nofe pdeden cumplir fin la gracia de Dios •, ypara guardarlos ,es gran medio la Oración ,ala qual deben acudir todos ios que eftuvicren en peligro de pecar. Orar ,es levantar el Alma aDios, ypedirle con humildad mercedes efpirituales, ycorporales ,fi fueren neceíTarias para el bien efpiritual. Ha de acompañar ála Oración la efperancade alcancar lo que fe pide, ydeben pedirfe cofas neceíTarias para nueítrafalvacion ,con períeverancia, piedad ,yreverencia aDios ,que fuele conceder femejances peticiones al tiempo mas conveniente. Todo eílo importa que fepa vn Chriftiano ,ylea defpacio ,ycon reflexión eftas verdades iydebe creer (fi quiere falvarfe )todo lo que perteneced nueítra Santa Fe Carbólica ,y hazer Actos de Fe, Efperanca, yCaridad, vna, oalgunas vezes en el año ;porque haviendonos Dios enriquecido con eítos excelentifsimos Actos ,no es licito tenerlos en ociofos.. Si alguno ignorare ,6no entendiere alguna de las co-
cofas pertenecientes anueítra faivacion ,pregúntela al ConfeíTor ,6aalgún Theoiogo, para que fe la declare ,porque es grande el deícuido que ay de íaber las colas ,que nos importan •, fiendo afsi ,que no fe ignoran las que nos dañan. DON
ON DIEGO» POR LA DIVINA MISE- ricordia, de la Santa Romana Iglefia Presbytero ,Cardenal Allorga ,Arcobifpo de Toledo ,Primado de las Eípañas ,Chanciller Mayor de Caftilla ,del Coníejo de íu Mageftad, 8zc. Por quanto por parte de vos Don Antonio Alvarez ;Don Jofeph de Morales jDon Vicente Hurtado iDon Jofeph de Arce ;Don Juan de Palacios •, yDon Lorenzo Cardamaj Hermano Mayor ,Confiliarios ,Teforero, Contador^ Secretario ,ydemas Congregantes de la Real Congregación de Santa Gertrudis la Magna ,fita en la Iglefia Parroquial de San Ildefonfo ,Anexo de la de San Martin de la Villa de Madrid ,fe nos hizo relación ,que en el año paífado de fetecientos yveinte ycinco fe hizieron por dicha Congregación íus Ordenaneas ,que havian fido aprobadas por ios del nueftro Confejo; yporque haviais reconocido, que algunos de fusCapitulos eran perjudiciales, ygravofos ala Congregación ,haviais hecho nuevamente otras Ordenanzas ,por convenir afsi
24 afsi ala perpetuidad ,vtilidad ,vnion, yquietud ;ypara que fe guardaften ,yobfcrvaífen, nosfuplicafteis fuellemos férvido de mandarlas ver ,ydar el Defpacho neceífario para ello :El tenor de las quales ,ydel Poder 3yPetición con que fe prefentaron 3ydel Informe 3que por nueftro mandado nos embio el nueftro Viíitador de las Parroquiales de dicha Villa ,jun- to con el que para el Tomo del Padre Abad ,y Cura del Monafterio, yParroquia de San Martin Matriz de la referida de San Ildefonfo fu Anexo ,es como fe ligue. ORDENANZAS. YOLorenco Cardama ,Notario Publico Apoftolico ,por authoridad Apoftolica, yaprobación ordinaria vecino de efta Villa de Madrid ,ySecretario de la Real Congregación de Santa Gertrudis la Magna ,fita en la Igleíia de San Ildefonfo ,Anexo de la Parroquial de San Martin de efta Corte 3certihcOj y doy feé ,que en el Libro que dicha Real Congregación tiene para eftender lo que en fus Junrasfe refuelve, ay dos Acuerdos délas celebra-
*5 bradas particular ,ygeneral en ios dias primero yyveinte yocho de Agofto próximo paííado'de elle año ,pueílos ,yeícritos deíde el folio veince ytres ,halla el treinta ,vno ,yotro inclulivé ,cuyo thenor ala letra ,es el íiguiente. En la Villa de Madrid aprimero de Agoíto de mil fetccientos yveinte ynueve ,los abaxo firmados. Oficiales de la Real Congregación de Santa Gertrudis la Magna ,en Junta particular ,cjue celebraron en caía de Don Antonio Alvarcz ,Hermano Mayor de ella ,trataron, y propuíicron en forma de Capítulos los liguientcs. CAPITULO I. QUE íiendo ,como la es ,facultativo ala Congregación ,por la Conftitucion ^treinta de fus Ordenanzas ,que fueron aprobadas por los Señores del Coniejo de la Governacion de elle Arcobifpado ,en diez de Julio de mil fccecientos yveinte ycinco, ante Don Juan Perez de Lara fu Secretario ,el aumentar ,mudar ,oreformar algunas de fus DConfice^^c^ O
O Cunas. Recibos. 3* tina en los de la Novenajy íi fucediere,que los Originarios del mes en que fe celebre, por no iér dias de Fiefta de precepto ,diefíen para fu inafsiftencia aa¿to tan piadofo legitima caufa ,en ella circunítancia ,y atendida la de que no fe liga defeomodidad al que la pra&icare ,hará elección de Congregante hueípede el mifmo Secretario ,ácuya prudente diligencia fe comete ella cftudioía fabia diilribucion ,para que en todo el año no carezca de afsiftencia dicha Mefa ,ylos Congregantes gozen de la mas commoda alternativa ,ytendrá cada vno vna Caxa ,para que recoja en ella lo pofsible ,por no fer otro ,como no es ,el caudal de la Congregación ,que el expenfivo tributo de las limofnas ;con advertencia ,que el importe de las que fe recojan encada dia feftivo por los Congregantes menfuales ,yque finalicen cada vno de los de dicha Novena ,tengan obligación de entregarle en el figuiente al Theíorero,que dara recibo ,yíe pondrá por mano del Secretario en poder del Contador ,para la quenta iyafsimifino entrará en poder de di-
$t Recogimiento de Cazas, vs>> 33 dicho Theforero =1 que fe halle olas cicadas Caxas annualtnence ,yel de la tembucion de C-f^’J¿°SbuirL cSuSabíe afsifencia ^Hermano Mayor ,primer Confihano ,TheUirero, ^-5 pnntador yvía Maeitro de Secretario ,Contaaor ,y Ceremonias ,para el mas PunCU s a »J ~ matizado régimen ,que deberá haver ,y pracücarfe por la Congregación en ella razón ,yque la aya frempre de fus caudales ,ylimofnas ofrecidas anueftra Sanca. CAPITULO VI. QUE haviendo fallecido algún Congregante ,oCongreganra ,y wfido de ello noticiofo el Secretario ,lo participe efte individualmente ala Congregación por Cédulas de avi o,para que iodos pradiquen la piadofa obra de Mili, afsiftir ael Entierro ;fiendo ,como ha de for lot : 'fcr yquedade cargo ,yobligación de a Congregación, el mandar decir, ocelebrar 'por el alma del que falleciere aliftado en fu
Acbjs, Blandón tutos. ?4 milicia ,doce MiíTas rezadas en el Altar de nuciera Santa,cuyo cuidado tendrá el Hermano Mayor ,tomando recibo de quien las dixere ,que paíTara con igual formalidad que la de los libramientos, al Theforero }para la enrriega de fu limoína ,al refpeóto de tres reales de vellón cada vna, que adaptara dicho Theforero en fu quenta, para la general de ellas, que annuaímente ia de prefentar ,ydar en Junta general á ia Congregación >ytambién ha de fer de cargo de eífa el tener ,ydar ácada Difun- to Congregante doce achas amarillas, para que íirvan en la Iglefia donde fe enterrare, aunque {ea de noche ;ydos blandoncilíos con fus ambleos ,para que alumbren el cadáver ,mientras íe mantenga en fu cafa fin darle fepultura. CAPITULO VII. UE para que la devoción anueflra Santa ,vniverfal Que i>anta ,vniveríal ,yreligioíawmente fe propague ,yno halle cerrado el medio que buico,para exercitaríe -vOO< $ oirnirrr$rrr
1 Entrada de mujeres. ?1S " fe con fanta emulación nueflra Congregación en fu veneración ,ymayor culto, aya de fer ,yfea de numero abierto ,admitiendo en ella atodas las Señoras Mugeres, que íervoroTamente devotas de eftaEfclarecida Virgen ,quieran aliftaríe en fu milicia ,Tentándolas el Secretario en el Libro de Entradas ,yretribuirán por vna vez al tiempo de la Tuya con doce reales de vellón de limoTna, yla de otros tres para la de vna MiíTa ,que Te dirá en el Altar de la Santa por las Animas del Purgatorio, cuyo cargo tendra,con la miTma igualdad,el Hermano Mayor ;yen cada vn año con la de Teis reales ,por lo que vnos, yotras igualmente íeran participes de los SuTragios ,éIndulgencias concedidas ,oque Te concedan ánueflra Congregación ;yla admiTsion del fugeto,que pretenda entrar en ella, deberá Ter preTentandoTe Memorial ,con relación del empleo ,Teñas de la Parroquia, calle ,ycaTa en que viva el Pretendiente, del quedara cuenta el Secretario al Hermano Mayor, yefte le remitirá ainforme, dirigido áCongregante •, yel que aTsi Te le E2en- Modo de recibir Congregantes. «
?6... encargare ,tomara las noticias convenientes ((obre que fe le encarga la conciencia) yen razón de las coífumbres ,ydecorofo empleo del Pretendiente ;yfirmado, ycerrado dicho informe ,paíTara al Secretario; ydando cuenta de él ala Junta particular de Oficiales, ycorrefpondiendo el empleo, ycoftumbreSjCon las decorofas circunítanciasdelos demas Congregantes ,fe le ad~ mitirá por tal en ella ,haz-iendo en fu confequencia (en manos ,oprefencia del Hermano Mayor ,avilla de los de la Junta ,a la que no ha de dexar de intervenir el Sewcretario) folemne juramento de confeífar, Litnofn.• ydefender el Myfterio foberano de la Cond , eentr?cepcion en gracia de María Santifsima, anotando el Secretario efta recepción ,afsi circunífanciada ,en el Libro de Congregantes ,ycada vno por vna vez, yrazón de lu entrada ,retribuirá con quince reales de ^ vellón ,yotros tres reales para vna MiíTa, yannualmente con doce reales ;advirtien- 4ue do ,que en nada ha de fer afsifíido por la X* no paga- \U.iY* ren% congregación el Congregante, oCongre- X* ganta ,que paífados dos mefes del ano de fu £• X* Lirnofn de entra das de Congre gantes. Los
D'ifun < tos. Mijfa por los CongrsgatesDi- funtos . fu recepción, yafsi en los fomentes ,fe hallaffe infolvente, bfin fansfacer efta piedicha annual confignacion. También po dranfer admitidos en nueftra Congregación el que haviendolo f.do Congregante en ella temporal vida ,aya paffado ala eterna ,yotro qualquiera Difbnto,aunque carezca de efta calidad, que quifiere hazerfe efcrivir en ella el que analmente lo lea; fiendo, como ha de 1er, mdifpenfable obligación del que praaicaífe con los Difuntos efta obra de piedad ,el mandar celebrar, donde, ycomo le pareciere ,en cada vn ano vna Mifla rezada por el alma del que porfu cuenta hiziere efcnvir ,dando recibo al Hermano Mayor ,para que conde fiempredel mas exatfto cumplimiento de efta obligación. CAPITULO VIH. QUE en defecto de no intervenir a las funciones ,ya£tos de la Con- H# o-regacion la authorizada Perfo- $« na de fu Protedor,como viene expresado, >5000^^ $$%$ V5V t%O
Prejtden cía de el Hermano Mayor. juntas partios lares. Hermano Ma yor. aPre . fi T cl T a*ykága cabeza en todos ellos el actual Hermano Mayor ,yfus fucceíTores; cuyomnnfterio ,enxl que vfará de campanilla ,ha de fer procurar con el mayor “1°/ e , inteSridad ,la obfervancia de eftos Capítulos convocar 4todo genero de Juntas enel día ,hora ,lugar, bfitio ,que por no haverle adequado en la Igiefía donde efta nueítra Congregación ,eftimáre preciío ,lamando para las particulares á ios Oficiales >uotros que antecedentemente io ayan fido ,alos que fin gozar ,ni haver tenido empleo en la Congregación, yen las circunítancias que intervengan para celebrarlas ,eitimáre convenientes. Y por depender del fugeto ,que firva eíte empleo el buen régimen ,yfubfiítencia ae nueítra Congregación, fe procurara elegir íiempre Perfona de authoridad ,yzeío al íervicio de nueítra Santa ;ylos avifos que por Cédulas fe defpachen para ios llamamientos ,fe han de refrendar del Secretario raquien el Hermano Mayor fe io havra prevenido dos dias antes de la celebración de cada vna ,interviniendo puntúa-
Aoifos del Seeretario . A/sien tas én las Juntas. Cargo del Htr-, manoMu* yor. Libramientos. ,•; ;39 tualifsinío átodas, para que con fu prefencia ,yautorizado prudente dictamen, logren el mejor acierto las refoluciones} yno tiendo componible la predicha afsiftencia áalguna de ellas ,lo participara por el Secretario ála Congregación ,para que la preíidaei primero de los quatroConfiliarios ,que ha de haver en ella-, yen fu. defec- to ,el legando ,ydemas Oficiales', por fu graduación :los que con igual corfefpeótiva fagrada emulación ,que el Hermano Mayor ,atenderán al mejor régimen ,y aumento de la Congregación ,ocupando en fus Juntas ,ya&os piadofos, íofc afsicntos inmediatos áel del Hermano Mayor,de cuyo cargo queda,.y hade fer la elección jdel Orador ,que predique el Sermón, yfarísfacion de propina, en laJuefta principal de nueftra Santa firmará los libramientos, que para gallos de ella ,cera ,azeyte para la lampara de nueftra Santa ,yotros que entre ano ocurran ,fean necesarios ,con intervención de vno de los quarro Coníiliarios, por fu antigüedad, tomada la razón por el Contador ,yrefrendadas del Secreta-
o Guarda de aibajas^yArchivo. Confiliarioi¡yfu obligación . 40 tário.,para que con la mayor pueda efte informar annualmente ala Congregación, cuyas alhajas ,ornamentos ,macetas ,flores, bancos,.ydemás, con el Archivo de fus papeles ,áexcepción de Libros de Theforero ,Secretario ,yContador ,que aunque deben eftar acargo del Theíorero ,fe pondrán por aora en poder de Don Antonio Alvarez, Hermano Mayor ,aunque dexe de ferio ,que tendrá cuidado de no hazer preftamo ,compra ,ni venta de la menor de ellas, que fe le entregaran por fu inventario jpor el qual ,que ha de tener el Theíorero ,fe le ha de hazer el cargo de todas ,íin expreífo confentimiento ,ynoticia de nueftra Congregación. CAPITULO IX. QUE en adelante aya en nueftra Congregación ,para fu infpeccion mas decorofa ,yel culto ,ydecencia annual de nueftra Santa no experi- ^ mente quiebra ,ni el menor atraíío ,qua- ^ tro Confiliarios ,acuya diiigencia,y cargo ^ del ?o 9
41 del primero ,yfegundo ,queda ,yha de íer el difpendio ,ygallo ,que ocaíionare la MiíTa íolemne ,yreverente expoíicion del Sanrifsimo Sacramento ,que ha de haver halla el medio dia ,en el tercero de Pafqua de Refurreccion *, ydel tercero ,y quarto Coníiíiario ,el que motive otra igual celebridad,que fe ha de hazer anueítra Patrona, en el que adiez yfíete de Noviembre ,ylalgiefia nueílra Santa Madre celebra fus glorias. CAPITULO X. Tbeforero ,y fu obliga- - cton. HAvra afsimifmo vn Theforero, fugcto idoneo ,y¿e caudal, lupueílo han de entrar en fu poder todos los de la Congregación, délos que ha de dar precifamente ,con la mayor jullificacion, formal quenta en la Junta general ,que de ellas, yelecciones de oficios en el mes de Noviembre,paífado el dia de nueílra Santa de cada vn ano', ha de tener 5yfi por algún accidente no pudiere afsiílir aella ,lo encargara aotro Congregante ,entregan- °pdolé
1 Cargo de la Congrega- do». 48 efta conformidad,y para mayor perfección de todo lo referido afsi pra&icado ,dara incontinenti cuenta de los progresos de la Congregación ,ynuevos Congregantes, que en todo el ano aya recibido la Junta particular de Oficiales ,con lo que fe finalizara efta general ,tomando poífefsion el nuevo Secretario ,con la entriega de Libros de fu cargo ,qucle hara el que dexare de ferio ,diciendo en hazimiento de gracias el Te Deum. CAPITULO XVI. QUE todas las Miífas cantadas ,rezadas, annual fufragio,Novena cftablecida ,ydemas cargas piadofas ,que como queda prevenido ,han de correr ,yfer de cuenta de la Congregación ,ycuidadofo devoto zelo de fus Individuos ,no han de fer obligatorias ,fi no voluntarias ycalo que algún fefior Juez intente precifar ala Congregación en todo ,oparte afu cumplimiento, fe declara no hechos los Capitulos ,que refpeítan
f Pueda mudar, oreformar Capítulos, tan cfte affumpto ,mediante el que la Congregación folo tiene, pata el exacto cumplimiento de dichas piedades ,el pen- (Ible tributo de las limofnas.en que las dexa vinculadas. CAPITULO XVII. QUE por quanto con el tiempo acaecerá fer conveniente ,yprecito wañadir ,enmendar ,oderogar algunos de ellos Eftatutos ,yCapítulos, o hazer otros de nuevo ,en algún ca oque en ellas pueda havcrfe omitido, le declara, ypreviene lo ha de poder hazer la Congregación en Junta particular eto os doce Oficiales, que deberá confentirfe por la general ,precediendo ael vfo ,yexecucion de fu pradica ,la aprobación ,yluperior ceníura del Tenor Protedor ,yMi niftros de fuConfejo de la Governacion de elle Arjobifpado. CA
SO CAPITULO XVIII. QUE porlosprefenres Capítulos,que aprobados que fean ,quiere la Congregación tengan fuerca de Ordenanzas ,yConílituciones ,fe callen, deroguen ,yanulen ,yqueden fin efeóto alguno ios Eílatucos ,yOrdenanzas, que halla aqui ha tenido ,y como fe dice en el principio de -ellas, fueron aprobadas en diez de Julio del año de mil fetecientos y veinte ycinco, por los Señores del Confejo de la Governación de elle Arzobiípado, ante Don Juan Perez de Lara ,fu Secretario iyen elle eílado fe diffolvio, yfeneció ella Junta. De todo lo qual ,yCapítulos en ella propueftos ,que firmaron los Oficiales ,yyo el infraícripto Secretario de la Congregación ,yNotario Apoftolico,doy feé. Antonio Alvarez. Jofeph de Arce. Vicente Hurrado. Juan de Palacios. Don Jofeph de Morales ,Coníiliario. Lorenzo Cardama, Secretario. Yo el dicho Lorenco Cardama, Notario Publico Apoílolico, ve-
vecino de efta Villa de Madrid ,ySecretario de la Congregación ,fui prefente ,como tal; en feé de lo qual lo figno ,yfirmo dicho dia, ^mes ,yano referido. Lorenzo Cardama ,Notario. JUNTA GENERAL. ENla Villa de Madrid aveinte yocho dias del mes de Agofto del año de mil fececientos yveinte ynueve ,eftando nueftra Real Congregación de Santa Gertrudis la Magna ,fita en la Iglefia de San Ildefonfo, Anexo de la Parroquial de San Martin de efta Corte ,en Junta general ,que celebro en cafa de Don Antonio Alvarez ,fu Hermano Mayor ,aque precedió la general convocacion,y avifo ,que para ella ,yefe&o aque fe dirigía, que es el que abaxo fe dirá ,íe hizo, ydio atodos fus Individuos ,por medio de Cédulas ,fegun lo tiene de vio, ycoftumbre, por Juan de Dios Perez yCobos ,fu Mullidor ,que las repartió ,ydexo acada Congregante en las cafas de fu morada ,con mi afsiftcncia ,de que como Notario ,ySecretario de la Congrega- Gacion.
1 5* cion ,certifico •, yigualmente de que los que oy la componen ,fon el Eminentifsimo Señor, mi Señor ,el Señor Don Diego ,por la Divina Mifericordia, de la Santa Romana Igleíia Prefbvtero. Cardenal Aílorga, yArcobiípo de la Santa Igiefia de Toledo ,Primada de las Efpañas ,como fu Protector ilos Licenciados Don Francifco Xavier de Eguzquiza ,fu Secretario de Camara -> Don Ignacio dé las Eras ,Presbytero ,Gentil-hombre de la de fu Eminencia ,y Cura Parrocho de la Villa de Hueva *, Don Tiburdo deUrbina,Presbytero,y Maeftro de íus Cavalleros Pages; Don Ignacio de la Torre yLarrea ,Presbytero ,Gentil-hombre de Camara de íu Eminencia >Don Domingo de Afcarraga ,Oficial en fu Secretaria de Camara iy Don Nicolás de Neyla ,Secretario de Cartas, yOficial Mayor en dicha Secretaria el Reverendifsimo PadreMaeflro Don Manuel Bailan, Vicario General de todo el Orden de nucílro Padre San Bafdio el Magno-, el Padre Fray Antonio Mendez,del Orden de nueílro Padre San Benito ,Theniente de Cura en la Parroquial de Sari Martin *, Don Antonio Alvarez ,Hermano Mavor >Don Jofeph de Morales,)' Don -:> 'Vi- *$9
d 53 Vicente Hurtado ,primero ,yfegundo Con filiados* Don Jofeph de Arce, Theforero* Don Juan de Palacios ,Contador ilos Licenciados Don Antonio Maeftro 5Don Jofeph Aragonés iyDonFrancifco Jofeph de la Barreada ,Abogados de los Reales Coafejos, Don Francifco Simón de Riaza *Don Antonio de Pinto 5Don Juan Moreno Bote* Don Antonio Calatayud *Don Manuel Calleja-, Don Francifco de Santiago Silvamayor *, Donjuán de el Alamo >Don Francifco Gutiérrez •> Don Francifco Medrano; Don Francifco Vitarque* Don Francifco Hurtado-, Don Simón Moreno* Don Fernando Alonfo *Don Manuel Higuera* Don Jofeph Perez iDon Jofeph de la Plaza >Don Alfonfo Hufano de Priego* Don Franciíco Alvarez Don Guillermo Dumeni Don Francisco de Urbaneja •, Don Ifidoro Mexia *Don Pedro Merino iDon Francifco Bonmexia *Don Manuel Carrillo iDon Pedro Cordero ;Don Nicolás Vacile* Don Jofeph Antonio Palacios* Don Feliz de Nieva ,Don Feliz Martin cíe *a Humera* Don Antonio Rama Palomino* Don Jofeph Francifco de Urbaneja* Don Manuel Domingo Mayoral *Don Manuel de Anguita* 0Don 9
o '•8 3 «i •í •* A. *8 *i ** o 54 Don Juan de Jaques iDon Lucas deRiguera; Don Eugenio Alonfo la Monge ;Don Jofeph CorachaiDon Jofeph Fernandez de Arce;Don Ignacio Aguftin Beiarde iDon Juan Ladrón de Guevara ;Don Bentura de Echavc iDon Juan Sánchez ;la que haviendoíe principiado en la forma acoftunibrada ,yami el infrafcripto Secretario dado orden por dicho Hermano Mayor ,para que pubiicaíTe ,yhizíeíTe notorios en efta Junta general ios diez yocho Capítulos que anteceden, fueron propueftos, yconferenciados con madura reflexión en la particular de Oficiales ,que fe celebro en primero de efte mes ,yano ,íegun lo prevenido en la Conftitucion treinta de las que en dichos Capítulos fe enuncia tener nueftra Congregación *, yexecutandolo afsi ,leyéndolos todos en alta ,éinteligible voz ,viftos ,oidos ,yentendidos por los Congregantes que abaxo firman ,ya dicha Junta concurrieron ,dixeron, yacordaron ,que los tenían por muy vtiles ,y convenientes; en cuya confequencia los debían de aprobar ,yaprobaron en quanto efta de fu parte, por si, yen nombre de los que no havian concurrido aella ,yen lo adelante lo fueíTen de
5S de dicha Congregación jyque aprobados que fean por el Tenor Protector ,yMiniftros de Tu Confejo de la Governacion {para cuyo logro Te dieífe afu Eminencia Memorial ,en nombre de la Congregación,por fu Hermano Ma- 2yor adual ,implorando fu aceptación ,yaprobacion ,yel Poder neceííario ,que ofrecen ^i'v otorgar áProcuradores de fu Audiencia Ar^obiípal de la Ciudad de Toledo) fe guarden, cumplan ,yexecuten, como en todos, yen cada vno de ellos fe contiene ,teniendofe defde que fe aya obtenido ,por Ordenanzas de ella Congregación ,por las que deba regirfe ,yno por algunas otras ,que aya hecho ,yhavido en ella hafta aqui ,aunque fean las eftatuidas en veinte ycinco de Abril del año de veinte y cinco ,que anulaban ,ycancelaban en todo,y por todo ,para no vfar de ellas en manera alguna ,por querer ,como quieren, que fojamente tengan fuerza ,yvigor de Ordenanzas, yConftituciones ,los precitados diez yocho Capitulos ,que amayor abundamiento ,Tiendo neceífario, por efta Junta,ygeneral Acuerdo ,de nuevo erigen ,crean ,yeftablecen, como fi aella vniverfaknente fueífen prefentes, y
5* yhuvieífen concurrido todos los arriba nominados Congregantes ,de que oy fe compone la Congregación •, yaunque áotras ,yáefta Junta general concurrió, yafsiftió el predicho Fray Antonio Méndez, como Prefeófco que ha fido,ypor tal llamado para fu celebración, fegun lo prevenido por la Conftitucion catorce ,ydiez yocho de las ya íuprimidas Ordenabas ,por elle no fe afsintio ála obíervancia ,ynuevo referido eftablecimiento de dichos diez yocho Capítulos*, antes bien los proteftó ,yde ello pidió teftimonio ámi el infrafcripto ,el qual fe le contradixo por el Hermano Mayor ,yCongregación ,Ínterin que no firmaíTe lo que generalmente filé refuelto por ella en ella Junta, yhavia íido refuelto en otras ,que havia aísiftido dicho Padre,y practicadofepor el lo proprio *, de cuya contradicion ála dación afsi qualificadade dicho teftimonio, afsimifmo fe me pidió otro por dicho Hermano Mayor ,yCongregación en efta Junta,de la que íe falió dicho Padre fin firmar efte Acuerdo •, de lo qual,y demas en el expreffado ,como Notario Apoftolico ,ySecretario que foy de la Real Congregación de nueftra Ma-
57 £** Madre Santa Gertrudis la Magna certifico. Antonio Alvarez ,Hermano Mayor. Don Jofeph. de Morales ,Coníiliario primero. Vicente Hurtado ,Coníiliario fegundo. Jofeph de Arrce ,Theforero. Juan de Palacios, Contador. Lorenzo Cardama, Secretario. Maeftro Don Manuel Baftan. Don Ignacio de la Torre. Don Domingo Afcarraga. Don Nicolás de Neyla. Eugenio Alonfo la Monge. Nicolás Vatlle. Antonio Rama Palomino. Antonio Calatayud. Francifco Gutiérrez. Licenciado Don Antonio Maeftro. Antonio de Pinto. Francifco Santiago. Licenciado Don Francifco Jofeph de la Barreada. Francifco Alvarez. Ma^ nucí Domingo Mayoral. Jofeph Antonio Palacios, Don Francifco de Urbaneja. Juan Moreno Bote. Licenciado Don Jofeph Aragonés yZufiiga. Jofeph de la Plaza. Por Pedro Merino ,Feliz de Nieva. Lucas de Riguera. Manuel de Riguera. Feliz de Nieva. Simón Mo reno. Feliz Martin Yguera. Don Jofeph Francifco de Urbaneja. Pedro Cordero. Jofeph Perez. Francifco Medrano. Manuel Francitco de Anguita. Juan de Xaques. Manuel Carrillo. Fernando Alonfo. Ifidoro Mema. Jofeph HFcr'
64 PETICION. EMinentifsimo Señor ,Pedro Landeras y Velafco, en nombre de Don Antonio Aivarez ,Don Jofeph de Morales ,Don Vicente Hurtado ,Don Jofeph de Arce ,yDon Juan de Palacios ,Hermano Mayor ,Conííiiarios ,Theforero ,Contador ,yDon Loren- 90 Cardama ,Secretario ,ydemás Congregantes de la Real Congregación de Santa Gertrudis la Magna ,íita en la Iglcíia Parroquial de San Ildefonfo ,Anexo de la de San Martin de la Villa de Madrid ,ycon fu poder ,digo: Que por el ano paíTado de mil fetecientos y veinte ycinco hizieron fus Ordenan9as,las que fueron aprobadas por V. Eminencia* yporque ha reconocido ,que algunos de fus Capítulos fon perjudiciales ,ygravofos ála Congregación ,las han hecho nuevamente ,que ion las queprefento ,por convenir áfu perpetuidad, vtilidad,vnion, yquietud de la Congregación* ypara que fe guarden ,cumplan ,yexecuten, yno las que hizieron ,yllevo citadas, AV. Eminencia fuplico fe íirva de aprobarlas en todo ,ypor todo ,como en ellas fe con-
&i$6 65 contiene ,en que recibirán merced ,&c. Velafco. Concuerdan con los diez yocho Capítulos de las Conftituciones originales ,que haviendofe pedido fu aprobación ,yprecediendo los informes neceíTarios del feñor Vifitador General Eclefiaftico de ella Villa,yRmo.P.Abad, yCura del Monafterio ,yParroquia de San Martin de ella Corte ,fueron aprooados por los Señores delConfejo de la Governacion cíe elle Ar§obifpado ,por fu Auto de quatro de Mayo de efte prefentc año de mil fetecientos ytreinta ,que original vno ,yotro ,queda en el Archivo de la Congregación ,aque me remito }ypara que confte ,como también de la admifsion de la protección de efta Congregación ,aceptada por el Eminentifsimo Señor Cardenal Aftorga ,Ar§obifpo de Toledo ,mi Señor 5yel régimen ,ygovierno ,que fe ha de obfervar con la dicha Parroquia ,en quanto afunciones ,yotras cofas ,que vno ,yotro va abaxo incorporado ,yiníerto en efte traslado*, yafsi lo certifico ^como Secretario de dicha Congregación.^ ^jQjXKcbjH- 9
o± i 66 $ACEPTACION DE LA protección. MAdrid ,catorce de Mayo de mil íctecientos ytreinta ,condefcendiendo a /\ bailancia de la Congregación ,aceptamos el nombramiento de fu Proteótor 9en conformi- 0%dad de los Capitulos primero, yfegundo, que íe expreíTan. Diego ,Cardenal Aítorga. Por mandado del Cardenal mi Señor. Don Francifco Xavier de Egüzqulza ,Secretario. RE-
REGIMEN ,YCOVIER- no,que ha de obfervar nueftra Real Congregación ,yfus Oficiales,paraque todos eftén noticiofos de lo que deben executar,y no fe ofrezca duda alguna. SERMONES. QUE en todas las funciones que tuviere la Congregación ,afsi Fiefta principal ,Honras ,Octavario ,oNovenario ,oFiefta particular ,han de alternar los Oradores ,vno de la Religión de nueftro Padre San Benito ,yotro de qualquiera Comunidad ,Regular ,oSecular ,oParticular, empezando en la primera Fiefta apredicar Reli- o-iofo Monge de dicha Orden ,yen la figuiente vno de afuera ,yafsi alternaran fuccefsivamente ,toqueles al que le tocare ,íegun fe va- Iz yan
yan celebrando las funciones ;pero fe entienda folo eílo en quanto ála Orden ,que en quanto afugetos ,fiempre han de fer eleótos por la Congregación, fus Oficiales ,oHermano Mayor ,fegun aquienes vayan tocando las funciones ,como confia del repartimiento que ay de ellas entre los Oficiales 3que por tiempo fueren ;obfervando fiempre ,que las limofnas alos Oradores ,fean refpe&ivé ,yreciprocamente iguales, para evitar todo genero de que- ja ;ytambién fe obfervara fiempre el avifar los Oficiales al Reverendifsimo Padre Abad ,y Cura de San Martin ,que por tiempo fuere ,a qué Oradores eligen ,para que eílé noticiofo de ellos ,fean de dentro ,ode fuera de la Religión ,yha de fer antes de dar los Sermones a los fugetos que eítuvieren electos. DERECHOS. QUE en las funciones que fe hizieífen por ^ nueílra Congregación ,fean pocas, omuchas ,ha de tener eíla la obli- <£* gacion de dar treinta ycinco reales de vellón ^por cada vna, por los derechos de Milla canx*“-
69 tada ,con Diáconos ,ornamentos ,férvido de Altar ,organo ,ylo demas que tuvieífe dicha Ioleíia ,perteneciente ala fabrica de ella ,re* piques ,yclamores •, yde la Congregación ha de fer el cargo ,ypaga del Sacriftan ,cyriales, coleaduras ,ylo demás que aya menefter para las funciones •, obfervandoíe por la Congregación en dichas funciones ,yFieftas ,no íe hagan Altares de prefpectiva ,íi no es que fea del Comulgatorio afuera ,quedando dicha Congregación al faneo de lo que íuceda ,dimanado de dichas prefpedivas. Se ha de obfervar inviolablemente ,afsi por la grande honra en que fe intereífa la Congregación ,como por fu luífre ,atendiendo alos derechos ,yjurifdicciones ,que al Reverendo Abad ,yCura ,que por tiempo fuere del Monafterio ,yParroquia de San Martin ,le tocan por tal ,que todas las funciones que por la Congregación fe celebren en la Iglefia de San lldefonío ,las prenda dicho Reverendo Abad,o fu Prior,o Thenien - te de San Ildefonfo,u otroTheniente que guftare ,que reprefente fu Perfona*, yen tal calo ha de dar la derecha al Hermano Mayor ,yla izquierda avno de los Coníiliarios >obfervan- ^dofe ®$ oTTTTTT
70 <3ofe también ,que fi fe hiziere alguna Junta ¿entro de dicha Iglefia ,Te ha de pedir licencia adicho Reverendo Abad ,para celebrarla >y en la miíma conformidad que en las Fieítas, la preíidira ,como queda dicho arriba. Yíi fuera de la Iglefia guftare el Reverendo Abad de afsiítir aalguna Junta ¿para la qualno ha de tener la Congregación obligación de avilarle, también tendrá en ella el mifrno afsiento que queda referido '•> yen elle cafo íolo fe entienda con la Perfona fola del mencionado Reverendo Abad ,yno con otra ,y. fin perjuicio de la preíidencia ,yderecho del Hermano Mayor, que en tiempo fuere ,ode la Perfona que el fenor Protector nombrare ,obíervandofe por nueílra Congregación la mayor decencia,quietud ,ymodeífia en todos los adtos ,yfunciones ,afsi fuera ,como dentro de lalglefia ,en cpje pendran gran cuidado, yvigilancia los Oficiales, yHermano Mayor jcomo también, que en JaMefa que ha de permanecer en donde eítá ,para pedir la limofna ,no aya ruido, ni bullicio ,que inquiete ,ni perturbe los Oficios, ySacrificios Divines. Todo lo qual fe cbíervará por nueflros Hermanos ,afsi Oficiales.
71 les ,como Congregantes ,por fer afsi conveniente al mayor culto de nueftra Madre Santa Gertrudis la Magna ,ypor eftar afsi acordado por dicha nueftra Real ,yVenerable Congregación ,en Junta general, celebrada en veinte ycinco dias del mes de Julio del año de mil fetecientos ytreinta »advirtiendo ,que fi en la Novena ,que fe intenta erigir en culto de nueftra Madre ,no huviere Miña cantada ,íl no folo defcubierto por la tarde ,folo fe han de fatisfacer veinte ydos reales de derechos por cada dia ,yfatisfacer al Sacriftan.
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