Disposiciones Generales de la Junta de Andalucía (enero-abril 2019)
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411 Revista Andaluza de Administración Pública ISSN: 1130-376X, núm.103, enero-abril (2019), págs. 411-415 Disposiciones Generales de la Junta de Andalucía1 Decreto 223/2018, de 11 de diciembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones de instalación, funcionamiento, traslado, modificación de instalaciones y cierre voluntario, así como los cierres forzosos de oficinas de farmacia (BOJA núm. 242, de 17 de diciembre) El Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, dispone en su artículo 3.4 que las Comunidades Autónomas regularán los procedimientos para la autorización de la instalación, el funcionamiento, la modificación o el cierre de los centros, servicios y establecimientos sanitarios ubicados en su ámbito territorial, los cuales deberán ajustarse a lo dispuesto por la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Asimismo, dicho precepto dispone que cada Comunidad Autónoma especificará respecto de cada tipo de procedimiento los trámites y la documentación que deberá ser aportada por las personas solicitantes para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos de acuerdo con la normativa vigente. Este Decreto desarrolla aspectos puramente procedimentales. De una parte, en su Capítulo II contempla el objeto principal de esta norma, los procedimientos de autorizaciones de las oficinas de farmacia, estableciendo reglas comunes a todos ellos, pero abordando en sus distintas Secciones las peculiaridades en cuanto a la iniciación, instrucción y resolución de cada uno. Asimismo, se aborda la relación entre los distintos procedimientos de autorización de instalación, funcionamiento, traslado, modificación de las instalaciones y de cierre voluntario. De otro lado, el Capítulo III tiene como objeto el cierre forzoso de la oficina de farmacia que, si bien no está sometido a autorización, se entiende que debe ser tratado en esta norma al ser una situación que afecta al funcionamiento del establecimiento sanitario y, por tanto, a la asistencia farmacéutica a la población. Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías El nuevo Gobierno andaluz ha llevado a cabo una importante remodelación de su estructura, que de trece consejerías ha pasado a tener una vicepresidencia y once consejerías, que son las siguientes: 1 En esta sección, elaborada por Emilio GUICHOT REINA, Catedrático de Derecho Administrativo, Universidad de Sevilla. Se recogen y comentan las disposiciones generales más relevantes de la Junta de Andalucía publicadas en el BOJA en el período de diciembre de 2018 a marzo de 2019.
412 Revista Andaluza de Administración Pública ISSN: 1130-376X, núm.103, enero-abril (2019), págs. 411-415 RESEÑA LEGISLATIVA - Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local: integra un variopinto elenco de competencias: de turismo (antes dependiente de la Consejería de Turismo y Deporte), de relaciones con el Parlamento y Administración Local, regeneración y transparencia –que incluye la adscripción de la futura Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción– y comunicación social (antes dependientes de la Consejería de Presidencia de Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, que sigue compartiendo la de comunicación social), planificación y evaluación de los recursos humanos (antes dependiente de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública) y justicia, violencia de Género y coordinación de políticas migratorias (antes residenciadas en la Consejería de Justicia e Interior). - Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior: integra las de la anterior Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, excepto las asignadas a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, antes señaladas, y las atribuidas a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico en materia de Memoria Democrática. Asume además las competencias en materia de Administración Pública (antes asignadas a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública), salvo las de planificación y evaluación, las de interior, emergencias y protección civil justicia, violencia de Género y coordinación de políticas migratorias (antes atribuidas a la Consejería de Justicia e Interior), y la internacionalización del tejido empresarial andaluz (antes atribuidas a la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad). - Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo: asume las competencias de la anterior Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, salvo las que correspondan a la nueva Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, así como las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad relativas a trabajo autónomo y economía social. - Consejería de Hacienda, Industria y Energía: le corresponden las competencias de la antigua la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública, excepto las asignadas a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior y a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local en materia de Administración Pública y las atribuidas a la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad. Asimismo, le corresponden las competencias en materia de actividades industriales, energéticas y mineras que estaban anteriormente asignadas a la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio. - Consejería de Educación y Deporte: asume las competencias que tenía la anterior Consejería de Educación y las competencias en materia de deporte que estaban atribuidas a la extinta Consejería de Turismo y Deporte.
413 Revista Andaluza de Administración Pública ISSN: 1130-376X, núm.103, enero-abril (2019), págs. 411-415 Disposiciones Generales de la Junta de Andalucía - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible: le corresponden las competencias que tenía atribuida la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural y las de medio ambiente y agua que estaban asignadas a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. - Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad: le corresponden las competencias que estaban atribuidas a la Secretaría General de Economía adscrita a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública; las de universidades y las de apoyo a las empresas, emprendimiento y fomento de la cultura emprendedora, que estaban atribuidas a la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad; y las de tecnologías de la información y telecomunicaciones, desarrollo e innovación empresarial y comercio, que ostentaba la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio. - Consejería de Salud y Familias: se la asignan las de la antigua Consejería de Salud y además el desarrollo de programas específicos para la promoción de las familias, la promoción y coordinación de la mediación familiar, gestión del registro de Parejas de Hecho, y reconocimiento, expedición y renovación del título de familia numerosa, que estaban atribuidas a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales. - Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación: le corresponden las competencias que venían atribuidas a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, salvo las que se atribuyen a la Consejería de Salud y Familias. - Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio: le corresponden las competencias que actualmente tiene atribuidas la Consejería de Fomento y Vivienda, excepto las asignadas a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, y se le asignan además las competencias en materia de ordenación del territorio y del litoral y urbanismo que ejercía la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. - Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico: se le atribuyen las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Cultura y las de Memoria Democrática que tenía atribuidas la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática. Además, se lleva a cabo la adscripción de entidades a cada una de ellas. Este Decreto fue modificado por el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero (BOJA núm. 29, de 12 de febrero), que precisa que las competencias en materia de violencia de género que guarden relación directa con la Administración de Justicia corresponde a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, y las que no lo hagan a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, y que las competencias sobre drogodependencias y otras adicciones,
414 Revista Andaluza de Administración Pública ISSN: 1130-376X, núm.103, enero-abril (2019), págs. 411-415 RESEÑA LEGISLATIVA que estaban atribuidas a la anterior Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, corresponde ahora a la Consejería de Salud y Familias. Los dos partidos políticos integrantes del pacto de gobierno, el Partido Popular y Ciudadanos, se han repartido por mitades la titularidad de las Consejerías. Entre las novedades, nos parece especialmente destacable la heterogeneidad de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, cuyo titular es a su vez el Vicepresidente; la compartición entre varias consejerías de diferente partido de la competencia en materias sensibles, como la restructuración de la organización administrativa y los medios de comunicación social; la inclusión del deporte junto a la educación; la separación de la competencia sobre familias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para pasar a Salud (fruto de las negociaciones entre el Partido Popular y Vox), la integración de la memoria histórica en Cultura y la de ordenación del territorio y urbanismo en Fomento. Con posterioridad, se aprobaron otras normas organizativas. Así, el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 28, de 11 de febrero) y los distintos Decretos de estructura de cada Consejería (BOJA núm. 31, de 14 de febrero): - Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. - Decreto 99/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. - Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía. - Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte. - Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. - Decreto 104/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad. - Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud. - Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
415 Revista Andaluza de Administración Pública ISSN: 1130-376X, núm.103, enero-abril (2019), págs. 411-415 Disposiciones Generales de la Junta de Andalucía -Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio (modificado por Decreto 440/2019, de 2 de abril, BOJA núm. 66, de 5 de abril) -Decreto 108/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico. Decreto 33/2019, de 5 de febrero, por el que se regula el procedimiento y las condiciones para la prestación de los servicios de asistencia sanitaria podológica específica a personas con diabetes (BOJA núm. 28, de 11 de febrero) Este Decreto incorpora a la cartera de prestaciones públicas sanitarias en Andalucía los servicios de asistencia podológica específica a personas con diabetes y situación de pie diabético o con riesgo alto de presentarlo. Decreto 367/2019, de 19 de febrero, mediante el que se crea la Comisión Interdepartamental para la Promoción de la Industria en Andalucía (BOJA núm. 39, de 26 de febrero). Se crea una Comisión Interdepartamental para la colaboración en la coordinación, planificación, seguimiento y evaluación de las actividades de promoción industrial, como órgano colegiado, así como distintos grupos de trabajos.