El nuevo derecho ambiental: cambios y posibilidades de futuro en torno a las técnicas convencionales
Full text
EL NUEVO DERECHO AMBIENTAL: CAMBIOS Y POSIBILIDADES
DE FUTURO EN TORNO A LAS TÉCNICAS CONVENCIONALES
Po An onio José Sánchez Sáez
Beca io F. P. I. del Depa amen o de De echo Adminis a i o e In e nacional Público
de la Facul ad de De echo de la Uni e sidad de Se illa
SUMARIO. I.INTRODUCCIÓN. II.CAMBIOS EN LA CONCEPCIÓN AMBIENTAL DE LA EMPRESA. III.CAMBIOS EN LAS
TÉCNICAS FISCALES DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. IV.CAMBIOS AMBIENTALES EN LAS
RELACIONES INTERADMINISTRATIVAS: IV.1.CAMBIOS EN LAS ESTRUCTURAS DE COMPORTAMIENTO ENTRE
ADMINISTRACIONES. IV.1.A.CONVENIOS. IV.1.B.PLANES. V.LAS POSIBILIDADES AMBIENTALES DE LA LEY 13/95,
DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, DE 18 DE MAYO. VI.LA COLABORACIÓN ENTRE
EMPRESAS EN MATERIA AMBIENTAL. VII.CAMBIOS EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO AMBIENTAL. VIII.NOTAS.
I. INTRODUCCIÓN.
Pocos concep os exis en en el De echo con empo áneo an e ocado es como el de Medio Ambien e. Con sólo
nomb a lo se nos apa ece odo un mundo de sensaciones, p oyec os y aspi aciones del homb e, de lucha po la
consecución de un hábi a i al mejo . Esa signi icación popula a inexo ablemen e acompañada de un desa ollo
necesa io del componen e ju ídico del é mino, y muy especialmen e de la ama adminis a i a. No es exage ado
deci que posiblemen e el Medio Ambien e y odo lo que le concie ne cons i uye hoy un aguje o neg o del De echo,
que abso be con inusi ada o acidad oda la luz que los in es igado es apo an sob e el ema. El ema que nos
ocupa es apasionan e. En esa e olución son cla es concep os an undamen ales como los de calidad de ida,
desa ollo sos enido, descen alización adminis a i a, pa icipación ciudadana, e c... La doc ina no eame icana y
alemana comenza on a elabo a la idea- ue za de la calidad como un nue o ec o a ene en cuen a en odas las
elaciones que se dan en e los pode es públicos y los ciudadanos. A endiendo a esa iloso ía, el desa ollo
económico ha dejado de se la panacea del bienes a i al del homb e. Un mundo que ha des e ado la escla i ud,
las dic adu as y el colonialismo, lucha aho a po de umba o mas más su iles de iolencia como la cul u a del
consumismo (como opues o al consumo, que en sí mismo no es pe judicial), la masi icación y el éxi o a odo
cos e. C eo que odos somos conscien es de que el dine o no equi ale a elicidad, ni la can idad a desa ollo. El
en o no ambien al nace de ese caldo de cul i o y es á llamado a juga el papel di igen e de es a nue a aspi ación.
Lo que Pé ez Mo eno llama "el nue o obje o ju ídico", el Medio Ambien e, hace que el mundo del De echo sea
obse ado bajo el p isma de unas nue as ga as (P ieu ). Y como quie a que el sec o p i ado al que a ec a el Medio
Ambien e lo con o ma esencialmen e el sec o emp esa ial, nace pa a las nue as emp esas el concep o de
in e nalización de los cos es ambien ales, que supone añadi a los adicionales cos es de p oducción el plus de
los gas os po p o ección del en o no, y que ha mo i ado una nue a gene ación de écnicas ju ídicas, iscales y
é icas de p o ege el Medio Ambien e, que an a se u o de es e abajo de doc o ado. Po supues o, odas ellas
obedecen a una nue a mane a de pensa el Medio Ambien e, a una nue a concepción de lo que han de se las
condiciones de ida del homb e del siglo XXI, cuyo espí i u se halla an e la necesidad impe iosa de se
co espondido po el en o no que le odea, en un mundo que se hace más inhóspi o cada día.
En esumidas cuen as, la p o ección del Medio Ambien e es una de las más g andes exigencias de la ida social y
ju ídica de nues o iempo, y no es algo e íme o (no hay más que ija se en la impa able ue za que en o os países
es á alcanzando la cul u a de lo e de, la llamada ecología de me cado) sino una po en ísima co ien e de
pensamien o que a a anega y e iliza odos los campos del De echo. En es e sen ido, el es udio de las écnicas
paccionadas del De echo Ambien al es una excelen e apues a pa a la mejo a de nues as idas, y, de lo que es
16/12/2010 :: EL NUEVO DERECHO AMBIENTAL: C…
…cica.es/…/FUTURO%20T%c9CNICAS… 1/10
más impo an e, de nues o espí i u.
II. CAMBIOS EN LA CONCEPCIÓN AMBIENTAL DE LA EMPRESA.
Uno de los sec o es donde más se ha no ado la e olución que odo el de echo ha expe imen ado hacia nue as
me as medioambien ales, es el del de echo emp esa ial y labo al. En es e úl imo, la mejo a de las condiciones de
abajo de los empleados, as la Segunda Gue a Mundial, unido a un c ecien e desa ollo de la sensibilidad
ambien al, incidie on en la adopción de medidas p o ec o as en el abajo cada ez más es ic as. Más aún, la
en ada de nues o país en las Comunidades Eu opeas, ha acusado aquel inicial es ímulo pa a in en a con e ge
con el es o de los países de nues o en o no.
O o de los en es de es a nue a concepción ecológica de la emp esa se si úa en o no a la supe ación de la
emp esa como en e exclusi amen e p eocupado po " ines p oduc i os". Las mayo es e icencias pa a deja en a
el ecologismo en el sec o emp esa ial enían de aquéllos que conside aban que emp esa y Medio Ambien e e an
incompa ibles: es e dilema no sólo e a i eal sino que, más aún, hoy nadie pond ía en duda que una buena ges ión
ambien al supone bene icios económicos y de publicidad pa a la emp esa que se anime a conside a la. Con es e
nue o espí i u de in e sión en Medio Ambien e, no sólo se han log ado educi las bajas po en e medades
labo ales, sino que se da con ianza al abajado de que aquello que hace lo hace bien, y que su ac i idad no
end á consecuencias nega i as pa a nadie. A ello se suma, además, la salida de ex e nalidades como pueden
se las indemnizaciones po daños p o ocados a e ce os o al Medio Ambien e en sí.
Se ha calculado que, an sólo en España, si odas las emp esas unciona an de es e modo, el aho o de i ado de
las bajas labo ales y de los gas os de limpieza del en o no se ele a ía a más de un billón de pese as. Igualmen e
ha sub ayado la OIT(1). que la aplicación de la BAT. (bes a ailable echnology) conlle a ía bene iciosas
consecuencias en el en o no labo al del empleado, al se menos con aminan e y más limpia, educiendo así el
sínd ome de los edi icios en e mos (aquéllos que po su mala dis ibución, o ganización o dis ibución de las
uen es de luz, ene gía, elec icidad, maquina ia, e c... in luyen nega i amen e en el endimien o p o esional de los
p o esionales que allí abajan) y la en opía p opia de las sociedades a anzadas.
La i upción de las nue as no mas medioambien ales supone un nue o modus ope andi pa a el sec o
económico, de mane a que no sólo los en es implicados en la conse ación del Medio se án des ina a ios de esa
no ma i a, sino que ambién, y no ma ginalmen e, o as ealidades que apa en emen e nada enían que e con el
medio Ambien e. Es e nue o ca álogo de medidas no ma i as iene un denominado común: es án en ocadas a
acaba con la dualidad an es aludida de p o ección ambien al en e a desa ollo, como bien ha pues o de
mani ies o la úl ima doc ina, Jo dano F aga(2) en e o os.
Hoy en día es e iden e una nue a o ma de e las cosas, que en el mundo ju ídico ha lle ado a algún au o a
habla de una oleada de de echos ambien ales, que, en ealidad no son ales sino una ein e p e ación de los
de echos de siemp e bajo el p isma del Medio Ambien e (3).
Es e cambio se apoya en una nue a concepción, asimismo, del concep o de Medio ambien e. En su o igen, la
p eocupación ambien al no pasaba de se un alega o po la p o ección de los espacios y po la educción de
emisiones con aminan es. Hoy en día, pa ece habe se impues o la eo ía de un Medio Ambien e en sen ido amplio,
englobando no sólo al homb e, sino al plane a en e o, y conec ándose con o os p incipios cla e como calidad de
ida, bienes a , in imidad amilia , salub idad labo al, e gonomía... Incluso alo es an ambiguos como la elicidad
no pa ecen se del odo ajenos en es a ede inición del concep o "Medio Ambien e". Hoy cada ez son más los
au o es que se unen a es e modelo globalizado del é mino, que pod ía comp ende de echos indi iduales y
colec i os an ex años como el lib e desa ollo de la pe sonalidad (a . 10 CE.), el de echo al abajo (a . 35.1 CE.),
el pleno empleo (a . 40 CE.), la p o ección de la salud (a . 43 CE.), la conse ación y en iquecimien o del
pa imonio his ó ico, cul u al y a ís ico (a . 46 CE.), el de echo a una i ienda digna y adecuada (a . 47 CE.), la
pa icipación de los in e esados en los o ganismos públicos cuya unción a ec e di ec amen e a la calidad de ida o
al bienes a gene al (a . 129.1 CE.), la a monización y desa ollo de los ac o es económicos y, en pa icula , de la
ag icul u a, la ganade ía, la pesca y la a esanía a in de equipa a el ni el de ida de odos los españoles (a .
130.1 CE.).
Y, como no podía se menos, el de echo, como elemen o dinámico c eado de la sociedad, a, en pa e, di igido a
las emp esas, como células cance osas de un odo ideal al que se iende, cual es la a monía Homb e-Na u aleza.
De aquí la expansión que han su ido en los úl imos años écnicas como la ecoe ique a, la e aluación de impac o
ambien al, la disciplina ambien al, la ges ión ambien al de la emp esa, los cánones de e idos, los incen i os
iscales o ien ados a la bajada de inmisiones-emisiones de gases... A medida que se han ido consiguiendo los
esul ados opo unos se ha pasado a o o sec o , y de ahí a o o, has a aba ca la casi o alidad del p oceso
p oduc i o de la emp esa: desde las ma e ias p imas, pasando po la p oducción misma, los p oduc os en sí, y el
eciclaje o ecupe ación de los mismos. Sabemos que el c ecimien o económico no es sinónimo de calidad de
ida, más aún, pa ecen con adeci se: da os es adís icos a alan es a conclusión, ya que desde el año 1960 al
1989, a pesa de habe se cons a ado un impo an e c ecimien o de la en a mundial, su dis ibución se ha ido
paula inamen e desequilib ando. De o ma que, en 1960, la pa e de en a que iba al 20% de la población e a del
70,2 %, mien as que en 1989 e a de un 82,7% (4)). Es debe de los pode es públicos ela po compa ibiliza el
16/12/2010 :: EL NUEVO DERECHO AMBIENTAL: C…
…cica.es/…/FUTURO%20T%c9CNICAS… 2/10
Es ado social de De echo y el c ecimien o económico ilimi ado, y de ahí la p oli e ación de Minis e ios, Conseje ías
y cen o de pode ad hoc. Los de ac o es de la aplicación en la emp esa de écnicas ambien ales p onos ica on
que el aumen o de in e siones a la que és as se e ían abocadas conlle a ía el despido de abajado es o el cie e
de la áb ica, que no se ía en able desde ese momen o. Aun siendo es o ela i amen e cie o pa a algunos
sec o es (la mine ía, po desg acia, como desa o unadamen e es amos iendo es os días con la ca ás o e de la
balsa de las minas de Aznalcólla ) no deja de se una demagogia. Así, en los úl imos años se ha demos ado que
las in e siones en Medio Ambien e son mode adamen e en ables, incluso a o ecen al empleo. En especial, las
écnicas de igilancia ambien al no sólo mejo an la ace a con aminado a de la emp esa, sino que p opo cionan un
esquema o ganiza i o o al pa a la emp esa, que hacen que cualquie ges o o mo imien o es é p e iamen e
con olado y o ganizado. Con ello se gana en e iciencia, y ello edunda en compe i i idad. Tal es la acep ación que
el público p es a a las emp esas que mejo an su elación con el Medio Ambien e, que pod íamos habla hoy de
una au én ica " ieb e de lo e de" en el ámbi o emp esa ial. Ges ionando la emp esa con c i e ios ambien ales se
gana dine o, en la medida que es o o o ga cie a ca ego ía an e la sociedad y és a se aduce en mayo es en as.
El Consejo Económico y Social señala que la p o ección del Medio Ambien e se es á, incluso, compo ando como
un po en e sec o económico, capaz de gene a ue es co ien es mone a ias, de p oduc os y se icios, que se
es ima que pueda alcanza , en el año 2000, los cua en a y es billones de pese as(5).
III. CAMBIOS EN LAS TÉCNICAS FISCALES DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.
Los elemen os iscales es án dando u os en es e sec o , pues se empieza a aplica e dade amen e el p incipio
"quien con amina paga", ele ando las sumas impues as (emission ax) e in oduciendo nue os ins umen os (p. ej.
, el depósi o po unidad de subs ancia, o Subs ance Deposi , que a la emp esa con aminan e le supone paga una
can idad de dine o po cada unidad de ma e ia óxica empleada o po cada unidad de p oduc o óxico p oducido,
con lo que la emp esa ha de epe cu i ese cos e complemen a io en el p ecio del p oduc o, lo que posiblemen e le
suponga una "segunda sanción" de i ada de una bajada en la demanda (6)). Los ins umen os iscales han de
mejo a , necesi an de imaginación si no quie en cae en el desuso (apenas se ponen mul as po e idos, en e
o as cosas po que la p ueba de que se han ealizado es diabólica). Po ejemplo, pa ece ía más co ec o inancia
las in e siones ambien ales en las emp esas, mejo que mul a a las que con aminan po que no podían
pe mi i se a co o plazo des ia una pa ida económica pa a educi las emisiones. Se espe a que los
ins umen os iscales sean más e ec i os que aquéllos o os basados en ó denes y con oles. Cab ía, además,
pensa en aplaza el cob o de las mul as, o el pago de las sub enciones, y con ola mejo que el des ino del
dine o sea pa a au én icos ines ambien ales. A la ez, lo ecaudado se i ía pa a inancia y sub enciona a las
"emp esas sanas". Es e iden e que un cambio en la men alidad de los mecanismos ambien ales debe i
acompañado de un cambio en la mane a de ac ua de la Adminis ación ambien al: ele a el ámbi o de ac uación
de lo egional a lo nacional y emplea écnicas de consenso más que de imposición di ec a de mul as: pac a en e
el con aminado y la Adminis ación una de e minada o ma de pago de las sanciones, pac a ambién un
p og ama de educción escalonada de los p oduc os óxicos que gene e, o sea, con cada emp esa, un pac o.
Finalmen e, nos pa ece igualmen e impo an e el que cada emp esa saneada imponga ambién a sus
p o eedo es y clien es que implan en mecanismos de p o ección ambien al, c eando así una cadena de publicidad
que pod ía deja se al a bi io del me cado, sin mayo es in e enciones gube namen ales.
IV. CAMBIOS AMBIENTALES EN LAS RELACIONES INTERADMINISTRATIVAS.
El de echo ambien al ha enido impo ando, desde su nacimien o, una se ie de écnicas que se pola izan en o no
a la coacción y al con enio: en e ambos ex emos y del uno al o o se mue e hoy la e olución de es a ama ju ídica,
que a pasando sucesi amen e desde las p ohibiciones a las es icciones, de és as a las medidas disuaso ias,
de és as a las no mas disc ecionales, de aquí a las no mas obliga o ias, pa a sucesi amen e llega a di ec ices,
acue dos, con enios, p og amas de desa ollo y, po in, a los planes(7). Poco a poco, g acias a la CE. , a la LPA.
(Ley del P oceso Au onómico), a la LRBRL. (Ley Regulado a de las Bases del Régimen Local), al Reglamen o de
Se icios de las Co po aciones Locales y a la LRJAP. Y PAC (Ley de Régimen ju ídico de las Adminis aciones
públicas y del P ocedimien o adminis a i o común), exis e cie a endencia a usa mecanismos más e icaces,
basados en écnicas pac icias, ol idando los ins umen os coac i os que, a pesa de oda su apa a osidad,
esul an poco ú iles po cuan o suelen i di igidos a a egla si uaciones ya acaecidas y no a p e eni . Aho a se
ecu e más a medidas de omen o, plasmadas en acue dos más o menos o males en e emp esas y
pa icula es (y que se i án de modelo pa a que los pac os se celeb en ambién en e las emp esas y las
Adminis aciones) gene ándose una esponsabilidad gene alizada y aco de con el ca ác e no exclusi o de la
compe encia sob e Medio Ambien e y que es la mejo ga an ía, según indica Ma ín Ma eo, pa a la e icacia de la
polí ica ambien al p e endida(8). Así, po ejemplo, los Con a s de b anche (en cas ellano, con a os po amas o
po sec o es), susc i os en F ancia en e el Minis e io enca gado de las cues iones ambien ales y los sec o es
indus iales más con aminan es (p. ej. , el sec o papele o o el azuca e o). Las écnicas pac icias y negociales se
di igen hoy a in en a educi la con aminación de esos sec o es, bajo la amenaza de mul as o sanciones
económicas o iscales, así como a la e i ada del me cado de p oduc os óxicos, como ue el caso de los amosos
C.F.C. (clo o luo oca bona os), así como su con a io, o sea, la asignación de ayudas o mejo as iscales a las
emp esas que lo consigan. IV. 1. CAMBIOS EN LAS ESTRUCTURAS DE COMPORTAMIENTO ENTRE
ADMINISTRACIONES. Hoy en día esul a incon es able la exis encia au ónoma de un p incipio cons i ucional no
esc i o: el p incipio de colabo ación in e adminis a i a. A al a de su posi i ación explíci a en el ex o cons i ucional,
ha sido la ju isp udencia, de o ma acilan e y un an o incohe en e, y, sob e odo la doc ina, apoyándose en
16/12/2010 :: EL NUEVO DERECHO AMBIENTAL: C…
…cica.es/…/FUTURO%20T%c9CNICAS… 3/10
aquélla pa a luego ealiza una a ea de mayo conc eción, las que han dado sang e y cue po a es a ins i ución. Es
con base en la colabo ación adminis a i a como hemos de cons ui el de echo ambien al del u u o, in en ando
a icula mecanismos de ap oximación de olun ades y de esolución paccionada de con lic os, en una e apa la
u u a que se ca ac e iza á po la a omización y el in e esamien o de unas Adminis aciones en las compe encias
de las o as. Todo se á de odos, y el é mino "compe encia exclusi a" pasa á a mejo ida.
Desde es e pun o de is a, p incipios como el de colabo ación, coo dinación y coope ación suponen hoy una
exigencia ineludible de acionalidad, un nue o sec o de búsqueda de mayo g ado de democ acia, supe ados ya
los es adios de la lucha po los de echos indi iduales, colec i os y de las comunidades (las es gene aciones de
de echos humanos(9)), y en un mundo donde la Adminis ación pie de sus p i ilegios a cada día que pasa. Es e
impa able mo imien o p o ci es iene ineludiblemen e que acompaña se de un es ue zo de las Adminis aciones
po espe a las compe encias ajenas, po en ende la p oblemá ica de la Adminis ación ecina, po auna
es ue zos en la misma di ección, un es ue zo, en suma, que pod íamos llama de al e idad, de compo a se con la
Adminis ación ecina como quisié amos que ella se compo ase con noso os. Es cu ioso comp oba cómo hoy
en día la colabo ación que más se ha desa ollado en e las di e en es Adminis aciones es aquélla espon ánea y
no eglada ju ídicamen e, su gida de la necesidad inmedia a de las en idades de coope a en una de e minada
di ección po esul a les más sencillo que ac ua deso denadamen e y en soli a io. Es a colabo ación, que
pod íamos llama "coope ación lib e o clandes ina" se asien a en la libe ad que ienen las pa es pa a da
con enido a una exigencia casual y conc e a, libe adas del yugo de la egulación que puede exis i en los con a os
adminis a i os o en las di ec ices de o denación del e i o io, más p óximas a la coo dinación, y, po an o, a la
inmiscusión del Es ado en la es e a de compe encias au onómicas.
Pe o el sal o cuali a i o que se ha dado en el De echo Ambien al no obedece sólo a ac o es nega i os de al a de
aplicación o ine icacia de las no mas, sino que subyace ambién oda una co ien e que clama po una mayo
implicación del sec o p i ado en la ges ión de sus in e eses medioambien ales: las écnicas paccionadas
alcanzan aquí una dimensión más con ingen e y olun a ia pa a la Adminis ación, pues se a a de concebi la
posibilidad de que los pode es públicos deleguen a las emp esas algunas compe encias adminis a i as de
p o ección del Medio Ambien e, o po medio de la écnica del in e esamien o en el eje cicio de és as, o de la
colabo ación en el con ol y igilancia ambien ales.
IV. 1. A. CONVENIOS.
Los ins umen os más ca ac e ís icos de la coope ación adminis a i a son, sin duda alguna, los Con enios de
colabo ación, que se di e encian de los con a os adminis a i os en que en és os los ines son con apues os
en e las pa es y en aquéllos son simplemen e dis in os, además de la posición iguali a ia de pa ida en e las
pa es en los Con enios. Si a ello añadimos el con enido esencialmen e pa imonial de los con a os,
con end emos en la di icul ad de encuad a la colabo ación en ma e ia de compe encias adminis a i as den o de
la igu a con ac ual. El égimen ju ídico de és os se es ablece hoy esencialmen e en el a . 6 LRJAP y PAC. Como
en idades adminis a i as enca gadas de ejecu a lo es ablecido en los Con enios, pueden e igi se Conso cios,
que ac úan po sus i ución de los i man es y en su ep esen ación. Las encomiendas de ges ión son o a
modalidad de Con enio donde, empe o, no se da al en e colabo ado legi imación alguna sob e la compe encia
ac uada: bas a con un me o apode amien o, jun o al cual, la en idad au o izan e suele inclui unos manda os o
di ec ices pa a el eje cicio de la encomienda.
Fal a muchísimo po hace en el desa ollo de la elación Medio Ambien e- écnicas paccionadas: El a amien o de
los pac os en ma e ia de Medio Ambien e en e las Adminis aciones y los adminis ados es un ema
impo an ísimo de es udio a co o y medio plazo. Los Con enios, Con e encias sec o iales, Conso cios... han de
se en el u u o las he amien as llamadas a lle a las b idas de nues o Medio Ambien e. El p esen e, hoy, es
desespe anzado ; hay que abandona la isión ai al de las Adminis aciones, que se en más como enemigas que
como socias, a pa i de nue os mecanismos de elación en e ellas que las haga e se en el mismo bando y con
un mismo obje i o: mejo a las condiciones de ida de los ciudadanos, únicos e inescindibles ecep o es de las
polí icas egionales o es a ales. Pa adigma de compe encia compa ida es el de Medio Ambien e: en ella cabe
habla de concu encia en e el Es ado, las Comunidades Au ónomas y las En idades Locales, que es án, pues,
abocadas a en ende se. La coo dinación en e adminis aciones es imp escindible cuando se a a de
compe encias ho izon ales como la o denación del e i o io o Medio ambien e. Hoy, p. ej. , la e i ada de lodos del
cauce del Guadiama se e en o pecida po el hecho de que las exca ado as de la Con ede ación Hid og á ica del
Guadalqui i sólo e i an los lodos del cauce en sí, dejando los e enos adyacen es con aminados con la excusa
de que ese e eno es compe encia de la Jun a. Ve gonzoso espec áculo pa a los ciudadanos de a pie que no
acie an a comp ende cómo no se limpia coo dinadamen e la zona, lo que bas a ía con media ho a de diálogo
en e el Minis e io y la Conseje ía de Medio Ambien e. Una ins ancia adminis a i a supe io coadyu a ía en la no-
eduplicación de ac i idades y en la supe ación de los con lic os que pun ualmen e pudie an su gi . Pensemos en
el a bi aje de de echo adminis a i o, p. ej. Como ha des acado Jaquenod de Zögön(10), nada se puede hace con
la coo dinación si alla la colabo ación, siendo necesa io el diálogo "de igual a igual", que e i a la descon ianza y
ace ca a las pa es a la posición de la o a. Es o es básico pa a supe a con adicciones en la ges ión
medioambien al, an sensible a in omisiones endenciosas bajo la es e de coo dinación. La al a de solida idad
p o oca ía un caos adminis a i o donde el pe judicado siemp e se ía el Medio Ambien e. Además, la coope ación
implica una oma de conciencia de los demás sec o es ma e iales implicados, ob eniendo las pa es una isión de
16/12/2010 :: EL NUEVO DERECHO AMBIENTAL: C…
…cica.es/…/FUTURO%20T%c9CNICAS… 4/10
conjun o muy deseable. IV. 1. B. PLANES. La plani icación es, jun o a la cooo dinación-colabo ación, o o
ins umen o adminis a i o de eno me po encial con is as al Medio Ambien e. Con es a écnica se puede
comple a la a ea o ganizado a lle ada a cabo en la ase inicial coo dinado a-colabo ado a, pues habla de
plani icación es habla de hechos conc e os a ealiza , lo que supone un es adio pos e io en el p oceso lógico de
in e ención en el en o no. Los planes an, po lo gene al, incluidos en los enómenos plani icado es, siendo los
p og amas y los p oyec os las bases pa a una co ec a polí ica ambien al. Una de las p emisas que oda
plani icación debe ene en men e es la escasez de ecu sos, a la que iene que da solución. El uso de las más
mode nas ecnologías debe, pues, cohones a se con la p e isión de las demandas. O o ac o decisi o es la
o denación del e i o io, pied a iloso al de oda plani icación, que no in en a o a cosa que o dena las di e en es
ac uaciones a desa olla en un mismo espacio ísico. Al con a io, oda plani icación inicialmen e no ambien al
(económica, ísica, social...) debe igualmen e ene en cuen a el ec o ecológico, que de segu o pesa á en oda
ac i idad que se ealice, pa a bien o pa a mal. Con la plani icación se in en a llega al desa ollo sos enido, que
en onca de o ma na u al en es a línea de pensamien o. Más bien hab ía que llama lo desa ollo sos enible
po que sugie e una idea que no deja de se un ideal po consegui , un "mo o ilosó ico" (E ns Bloch). La
capacidad écnica ac ual de muchas egiones en el mundo no ga an iza un desa ollo global, po lo que ha de se
la jus icia dis ibu i a la que haga llega , a odos, los ecu sos económicos opo unos pa a consegui lo, y ello pasa,
ine i ablemen e, po pe mi i con amina a los países en ía de desa ollo. El p ime mundo no puede segui
man eniendo el hipóc i a discu so de no deja con amina a los que necesi an desa olla se cuando él ya ha
e minado ese p oceso. Lo que los países desa ollados deben in en a es aplica su ecnología pa a e i a que los
nue os países con aminen an o como ellos en es os úl imos dos siglos. En la Con e encia eu opea sob e la
conse ación de los ecu sos na u ales (1970) se exp esó que: "La plani icación de la u ilización del Medio
Ambien e es una ope ación acional, cuya inalidad consis e en de e mina el ap o echamien o más adecuado del
espacio a in de sa is ace las necesidades a la go y a co o plazo de la sociedad y del indi iduo". Y esa
plani icación ha de se po ue za, de escala mundial.
V. LAS POSIBILIDADES AMBIENTALES DE LA LEY 13/95, DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS, DE 18 DE MAYO.
La nue a Ley 13/95, de Con a os de las Adminis aciones Públicas, excluye de su ámbi o 3los con enios de
colabo ación que, con a eglo a las no mas especí icas que los egulan, celeb e la Adminis ación con pe sonas
ísicas o ju ídicas suje as al de echo p i ado, siemp e que su obje o no es é comp endido en los con a os
egulados en es a ley o en no mas adminis a i as especiales2(a . 3, 1, d). En cambio, el a . 4 pe mi e a la
Adminis ación conce a los pac os que enga po con enien e siemp e que no sean con a ios al in e és público,
al o denamien o ju ídico o a los p incipios de buena adminis ación(11). Es e ma co nos ab e la posibilidad de
nue as y más uc í e as elaciones en e las Adminis aciones y las emp esas en ma e ia medioambien al.
Rep oduzcamos el eno li e al de ambos p incipios. A ículo 3 Negocios y con a os excluidos Quedan ue a del
ámbi o de la p esen e Ley: d) Los con enios de colabo ación que, con a eglo a las no mas especí icas que los
egulan, celeb e la Adminis ación con pe sonas ísicas o ju ídicas suje as al de echo p i ado, siemp e que su
obje o no es é comp endida en los con a os egulados en es a Ley o en no mas adminis a i as especiales.
Queda án, asimismo, excluidas de la p esen e Ley los con enios que sean consecuencia del a ículo 223.1.b) del
T a ado Cons i u i o de la Unión Eu opea. Los supues os con emplados en el apa ado an e io se egula án po
sus no mas especiales, aplicándose los p incipios de es a Ley pa a esol e las dudas y lagunas que pudie an
p esen a se.
A ículo 4 Libe ad de pac os La Adminis ación pod á conce a los con a os, pac os y condiciones que enga po
con enien e, siemp e que no sean con a ios al in e és público, al o denamien o ju ídico o a los p incipios de
buena adminis ación y debe á cumpli los a eno de los mismos, sin pe juicio de las p e oga i as es ablecidas
po la legislación básica a a o de aquélla. Den o de esos con enios de colabo ación del a . 3.1. d) de la Ley
13/95 es a ían los celeb ados en e las En idades Locales y las En idades p i adas sin ánimo de luc o que
pe siguie an ines de in e és público, concu en es con los de las Adminis aciones públicas, según eza la Ley
7/85 de 2 de ab il, de Bases del Régimen Local, lo cual supuso una modulación en el adicional égimen
egulado de los conso cios, es ablecido en los a s. 37 a 40 del Reglamen o de Se icio de las Co po aciones
Locales.
Los con enios de colabo ación en e la Adminis ación Gene al del Es ado y las pe sonas some idas al de echo
p i ado ya se hallaban excluidas de la no ma i a con ac ual en la an e io Ley de Con a os, en su a . 2, los cuales
han sido bien es udiados po Bassols Coma en un abajo que se ha hecho un clásico (12).
Con es e nomb e (Con enios de colabo ación con los pa icula es) se hace alusión a una se ie de igu as (bajo
inspi ación ancesa) de conce ación, concie o, adminis ación conce ada o concie os de adminis ación, que se
in oduje on en España a a és de la implan ación, en 1963, de la plani icación económica y social. Ejemplos de
ellos son los Con enios de p ecios o los Concie os pa a Cen os no es a ales de la an igua Educación Gene al
básica y Fo mación P o esional. Es os ins umen os se enma can en la ya aludida endencia de sus i ución de las
écnicas ju ídicas de p ohibición y manda o po las de coope ación y colabo ación. Pe o, como ha dicho Bassols
Coma, no se sabe si al endencia equi ale a un nue o égimen ju ídico o si, po el con a io, únicamen e cabe
habla de un "nue o es ilo de Adminis ación".
16/12/2010 :: EL NUEVO DERECHO AMBIENTAL: C…
…cica.es/…/FUTURO%20T%c9CNICAS… 5/10
Se a a, pues, de designa ac i idades económicas p i adas de in e és público, den o de las cuales podemos
ácilmen e inse a la u ela medioambien al. En e ec o, la concep uación de lo que sea "in e és público" es una
a ea eminen emen e polí ica y ju isdiccional, que depende de ci cuns ancias his ó icas y espaciales, que a iende
undamen almen e a sa is ace las necesidades sociales de cada momen o. Es po ello po lo que c eemos que
es os con enios pueden pe ec amen e acoge pac os en e emp esas y Adminis aciones en ma e ia ambien al.
Es más, al es la ce canía de es as igu as con la p opia con a ación adminis a i a que ácilmen e se puede
ecu i a es a no ma i a (con base en la cláusula de aplicación subsidia ia de la LCAP., a . 3.2) pa a in eg a las
lagunas de de echo de es os con enios.
El in e és público de es os con enios ambien ales emp esa-Adminis ación puede conc e a se en dos pun os: - la
necesidad de i acomodando el sis ema p oduc i o de las emp esas más con aminan es a la legislación
medioambien al; pa a ello, las Adminis aciones i ma ían un con enio con cada una de ellas. Desde es e pun o de
is a, se consegui ía el in e és público median e la suma del in e és pa icula de cada emp esa; - la posibilidad de
i ma con enios de colabo ación po sec o es. De es e modo, cada sec o end ía una pau a que segui en ma e ia
ambien al-emp esa ial y se busca ía el in e és público de mane a di ec a. Lo ideal, po an o, es usa ambas
écnicas.
Además, podemos ecu i al an iguo a . 2 in ine de la an e io Ley de Con a os del Es ado, donde se es ablecía
la aplicación suple o ia a los con enios de las " eglas sob e p epa ación, adjudicación y e ec os del con a o de
ges ión de se icios públicos". No encon amos ninguna azón pa a no segui man eniendo es e p incipio, sob e
odo dada la ausencia de egulación gené ica de es os con enios de colabo ación con los pa icula es En es os
con enios, la publicidad, concu encia e igualdad no end ían aplicación, como se in ie e del a . 11.1, si bien en
algunos casos, po impe a i o cons i ucional di ec o o po la aplicación del a . 3.2 LCAP. , pod ía ene cabida en
algunos casos. Ve emos las posibilidades que es os ins umen os ienen pa a la u ela del Medio Ambien e.
A pesa de deja ue a de su obje o a los con enios Es ado-pa icula es, el a . 4 de la LCAP. (Ley de Con a os de
las Adminis aciones Públicas), es ablece la libe ad de pac os, que ac úa como cláusula abie a pa a la
celeb ación de ins umen os pac icios de nue o cuño, y al sea es a la mejo o ma de egula los pues o que al se
el de echo una ealidad lógica que siemp e a de ás de la ealidad misma, son o mas gené icas y adap ables
como és as las que más campo dejan pa a in oduci los mecanismos que en cada iempo se necesi en pa a el
gobie no y la adminis ación, en e ellos, po supues o, de la p o ección del Medio Ambien e. No se ía nada ex año
que las En idades Locales o las Comunidades Au ónomas celeb asen pac os o con enios con emp esas pa a
ges iona su con aminación, ecoge sus esiduos óxicos y pelig osos, incen i a las cuando eduzcan sus
emisiones, aseso a las en ma e ia ambien al, o, al con a io, pa a que aquéllas aseso a an a las
Adminis aciones sob e la mejo mane a de a a sus desechos y esiduos, e inc emen a su e icacia ambien al.
Es és e un campo, como decimos, abie o al u u o y al que sólo le hace al a imaginación.
No obs an e ello, la libe ad de pac os de que goza la Adminis ación Gene al del Es ado no iene el mismo alcance
que la au onomía de la libe ad de las pa es pac an es en un con a o in e p i a os, pues a di e encia de lo que
dice el a . 1255 del Código Ci il, las Adminis aciones es án limi adas po el p incipio de legalidad y po el in e és
público, que son su es anda e según se desp ende del a . 103 CE. Además, al libe ad exis e pa a la
Adminis ación, pe o no pa a la pa e p i ada con a an e (las emp esas, en las si uaciones que hemos ci ado) que
ha de adhe i se a los pac os y condiciones que, unila e almen e, es ablecie a la Adminis ación. Como ha
señalado alguna doc ina(13), es o es e iden e cuando és a usa del p ocedimien o abie o o es ingido pa a
con a a , an o po subas a como po concu so, pe o lo es menos pa a el p ocedimien o negociado, donde ambas
pa es pueden bien negocia los é minos de con a ación, según es ablece el a . 74.4 LCAP.
E ec i amen e, la p o ección del in e és público se en iende implíci a en oda ac i idad de la Adminis ación, pe o el
hecho de ci a lo exp esamen e en el a . 4, como ambién lo hacía la an e io Ley de Con a os del Es ado de 1965,
en su a . 3, iene impo ancia en la medida en que quie e hace nos e que es p ecisamen e esa p e alencia del
in e és gene al sob e el pa icula del con a is a la causa de que a és e se le exijan de e minadas cualidades
económicas y mo ales pa a con a a . En la ma e ia ambien al, el in e és público es un hecho consus ancial al
concep o la o de Medio Ambien e que hemos de endido, y que se exp esa a las cla as en el a . 45 CE. , cuando
dice que "Todos ienen de echo a dis u a de un medio ambien e adecuado pa a el desa ollo de la pe sona, así
como el debe de conse a lo". Po ales mo i os, el in e és público "no es posible desa aiga lo y aisla lo en el
p ocedimien o de génesis, pe ección y cumplimien o con ac ual..." (S.T.S. de 22 de mayo de 1976, A . nº 3994).
Como ocu e con odo con a o, uno de los equisi os de alidez es que enga un obje o posible y líci o, o sea, como
es ablece el a . 4, que no sean con a ios al in e és público, al o denamien o ju ídico o a los p incipios de la buena
adminis ación. La p ime a y e ce a e e encia son obje os ju ídicos inde e minados, cuya i ualidad debe á
analiza se en cada caso conc e o, y con el espaldo siemp e del in e és público(14).
La búsqueda del in e és gene al une el a . 4 de la LCAP. con el a . 88 de la Ley 30/92, de Régimen ju ídico de las
Adminis aciones públicas y del P ocedimien o adminis a i o común. En conc e o, la Disposición adicional 4ª de la
LCAP. dice que se pod án e mina con encionalmen e los p ocedimien os, de acue do con el a . 88 de la Ley
30/92. Veamos el eno li e al del mismo:
A ículo 88. Te minación con encional.
16/12/2010 :: EL NUEVO DERECHO AMBIENTAL: C…
…cica.es/…/FUTURO%20T%c9CNICAS… 6/10
Las Adminis aciones Públicas pod án celeb a acue dos, pac os, con enios o con a os con pe sonas an o de
de echo público como p i ado, siemp e que no sean con a ios al O denamien o Ju ídico ni e sen sob e ma e ias
no suscep ibles de ansacción y engan po obje o sa is ace el in e és público que ienen encomendado, con el
alcance, e ec os y égimen ju ídico especí ico que en cada caso p e ea la disposición que lo egule, pudiendo ales
ac os ene la conside ación de inalizado es de los p ocedimien os adminis a i os o inse a se en los mismos
con ca ác e p e io, inculan e o no, a la esolución que les ponga in. Los ci ados ins umen os debe án es ablece
como con enido mínimo la iden i icación de las pa es in e inien es, el ámbi o pe sonal, uncional y e i o ial, y el
plazo de igencia, debiendo publica se o no según su na u aleza y las pe sonas a las que es u ie an des inados.
Reque i án en odo caso la ap obación exp esa del Consejo de Minis os, los acue dos que e sen sob e ma e ias
de la compe encia di ec a de dicho ó gano. Los acue dos que se susc iban no supond án al e ación de las
compe encias a ibuidas a los ó ganos adminis a i os ni de las esponsabilidades que co espondan a las
au o idades y unciona ios ela i as al uncionamien o de los se icios públicos.
Como emos, es o a pue a abie a a la ealización de ins umen os paccionados en e Adminis aciones y
pa icula es que, e en ualmen e ambién pueden se i pa a la e minación con encional de los con lic os, y que en
ma e ia ambien al, da ía mucho juego en ambos campos: como mecanismos con ac uales de p o ección del
Medio Ambien e y como leni i os de los oces que en es e sec o del de echo su gen con an a acilidad. Con es a
o a he amien a se p es a a la libe ad de pac os de los con a os adminis a i os una mejo conc eción, a la ez
que se ab en nue os campos a las elaciones Adminis aciones-pa icula es en ma e ia de Medio Ambien e.
Vol iendo a la LCAP. , los a s. 5 y 6 di e encian en e con a os públicos, p i ados y mix os de la Adminis ación. En
e dad podemos deci que los con a os ambien ales pudie an se cualquie a de los es, si bien los públicos y los
mix os pa ecen los más ap opiados, en la medida en que e sa ían hipo é icamen e sob e consul o ía y asis encia
o se icios (públicos) pe o con base en bienes inmuebles o p opiedades inco po ales (Medio Ambien e, con a os
mix os). ¿Pod ía la Adminis ación coloca se en pie de igualdad con las emp esas en es os hipo é icos con a os
ambien ales pa a a ae las así a es as écnicas paccionadas? La p egun a no es baladí: es ine i able pensa en la
inicial e icencia de las emp esas a con a a adminis a i amen e con las Adminis aciones, dados los p i ilegios
que se les o o gan, y se ía un es ue zo de ag adece que és as cedie an un an o en sus p e ensiones, en a as del
an caca eado in e és público. Pues bien, si la igualdad o mal no pod ía nunca consegui se, es ando como
es amos en el ámbi o de la con a ación adminis a i a, un mejo posicionamien o de las pa es p i adas en es os
con a os pudie a pe segui se con las siguien es es écnicas: _ Median e la enuncia po la Adminis ación de
algunos de sus de echos o p i ilegios p opios de la con a ación adminis a i a, siemp e que no se a e de
de echo necesa io sino disposi i o, y que así se jus i ique en el expedien e(15). _ Median e la acul ad que el a . 4
a ibuye a las Adminis aciones de in oduci las cláusulas que es ime opo unas, con los lími es exp esados. _
Acudiendo a los con a os adminis a i os a ípicos (a . 5,2, b) LCAP o especiales (a . 8 LCAP.) ya que con ellos se
iende a sa is ace de o ma di ec a e inmedia a una inalidad pública, como pod ía se la p o ección pun ual y
u gen e del Medio Ambien e, pensemos, en caso de ca ás o es).
La inexis encia de la capacidad de ob a del con a is a conlle a, a di e encia de lo que ocu e en los con a os
p i ados, a la nulidad de pleno de echo, en los é minos que es ablece el a . 22 y el a . 63.b) de la LCAP. , si bien,
es ese mismo in e és público el que puede pe mi i al con a is a con inua como al si así lo de e mina la
Adminis ación con a an e (a . 22 y, en é minos pa ecidos, a . 66.3).
VI. LA COLABORACIÓN ENTRE EMPRESAS EN MATERIA AMBIENTAL.
En el modelo económico ac ual, las emp esas ac úan en el me cado bajo la p esión de ene que se compe i i as,
de educi cos es sin baja ni la o e a ni la calidad del p oduc o. Es o, aplicado a la p o ección del Medio Ambien e
suele con e i se en el echazo a in e i en ges ión ambien al de sus p oduc os, bien po que necesi an ese dine o
pa a o as cosas, bien po que no en en abilidad a co o plazo a dichas in e siones. Pa a e i a es e p oceso de
deg adación ambien al en las emp esas, y, apa e de los ins umen os que enimos ci ando y comen ando en es e
abajo de doc o ado, nos pa ece in e esan e eco da los concep os de Pa ne ship, Join Ven u e o In ane s. La
Pa ne ship su ge en Ingla e a con la "Pa ne ship Ac " de 1890 y la "Limi ed Pa ne ship Ac " de 1907. Con ellas se
designaba la elación exis en e en e dos o más pe sonas que ealizan un negocio en común y la de és as con
e ce os, pa a ob ene u ilidad mu ua y siemp e que ales elaciones no llega an a con e i se en sociedades o
compañías. Los Join Ven u e nacie on en EE.UU. como una a ian e del Pa ne ship, di e enciándose de él en la
ausencia de es abilidad de las elaciones en e las pa es, que se limi an a con ac a en e sí pa a p es a un
se icio a un e ce o, sacando p o echo mu uo(16). Con ellos se consigue hace se ca go de a eas o p oyec os
que cada una de las emp esas po sepa ado no pod ían aba ca , educiendo así los cos es de pe sonal e
inc emen ando, además, la o e a. Las pé didas son exclusi as de cada pa e, además de los bene icios, pe o la
inalidad es común, y ello p esupone la buena e en e las pa es y les obliga a idelidad mu ua pa a el negocio en
cues ión, pe o, y ello es u o de su éxi o, no les obliga a con ac a en e sí en el u u o, pudiendo unas y o as
busca una e ce a emp esa más compe i i a. Exis e, cla o es á, la posibilidad de es ablece un con a o asocia i o
p o u u o en e las mismas pa es, con o mando la denominada Join Ven u e Co po a ion, que implica el debe
ju ídico de exigi a la con apa e pa icipa en los enca gos que hubie a ecibido la p ime a. Es e concep o es el
que hoy en día denominamos Redes de T abajo o In ane s, muy usado en EE.UU. con la misma inalidad, y
po enciada con el nacimien o de In e ne como po en e he amien a de me cado. En España, igu as análogas
exis en en nues o De echo Labo al, ales como las uniones empo ales de emp esas, que pueden da igual juego
en sede de u ela del Medio Ambien e. Pa a nues a in es igación, el uso de los mecanismos ci ados supone la
16/12/2010 :: EL NUEVO DERECHO AMBIENTAL: C…
…cica.es/…/FUTURO%20T%c9CNICAS… 7/10
posibilidad de con ac a con en es dedicados a la ges ión ecológica de la emp esa, ales como Audi o es o
Consul o ías, que se enca ga ían de la pa e ambien al de la p oducción ( educción de con aminan es, publicidad
ecológica de los p oduc os, aseso ía ambien al, moni o ización de p ocedimien os, e c...) a cambio de pa icipa en
un po cen aje de los bene icios emp esa iales de la emp esa p ime a. Es os medios de colabo ación emp esa ial
pa a la p o ección del Medio Ambien e pod ían ambién en oca se a la comp a y en a de de echos a con amina ,
al y como se usa hoy en día en países como Canadá y EE.UU. En es os países, los planes de o denación del
e i o io p e én unas de e minadas cuo as de con aminación pa a las pa celas co espondien es, y si una
emp esa sob epasa esos lími es, ha de comp a a una e ce a de echos a con amina has a que enga bas an e
pa a segui p oduciendo en las condiciones en que lo hace. Igualmen e, la emp esa que con amina menos de lo
que es á es ablecido, puede ende sus de echos a con amina a emp esas de ici a ias, o iginándose así un
me cado ecológico, cuyo olumen de negocio se ía incalculable, y que ab i ía nue as pue as al empleo, a la Bolsa
y, lo que es mejo , ha ía que la con aminación del Medio p o ocada po las emp esas e indus ias se ue a
educiendo paula inamen e, y ello con el solo mecanismo del me cado(17).
VII. CAMBIOS EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO AMBIENTAL.
En los úl imos iempos el De echo Adminis a i o Ambien al ha enido omando conciencia de su desuso: las
no mas de acción es án siendo ede inidas como no mas de elación(18). El De echo Adminis a i o Ambien al ha
expe imen ado en los úl imos años un espe anzado cambio: la ma aña de manda os, ó denes, eglamen os y
mul as ha dejado paso a una nue a e apa en la que se p opone la aplicación de pac os, con enios y
colabo aciones en e las Adminis aciones y los adminis ados. El paso del iempo ha e elado la ine icacia de las
no mas medioambien ales, que, aunque es én bien con o madas eó icamen e, allan en la p ác ica po su
deso den, su desuso, su asis ema icidad y po la igidez y ca ác e coac i o de sus pos ulados, que pie den
po encia de e ec i idad no ma i a. Uno de los pila es del De echo Adminis a i o Ambien al es el adagio polleu -
payeu , (quien con amina, paga) que ha sido desa ollado en los P og amas de Acción de las Comunidades en
Ma e ia de Medio Ambien e: allí se anima a las emp esas a pac a con las Adminis aciones, de o ma que, po
ejemplo, és as se comp ome an a concede bene icios iscales o a la p oducción, gas os de cons ucción y
uncionamien o de las cons ucciones de igilancia y con ol de la con aminación, in e siones pa a alcanza un
índice de polución in e io al legalmen e es ablecido o pa a desa olla nue as écnicas (I + D), con a os de
p og amas... a cambio de que aquéllas se comp ome an a su aga los cos es de las medidas an icon aminan es
o pa a no pe judica su en o no o a paga las asas de u ilización de los ecu sos na u ales, e c... En in, la co ien e
ilosó ica que impe a en el De echo Ambien al con empo áneo impele al De echo a c ea nue os ins umen os de
u ela del Medio Ambien e, y que pod ían cons i ui se, sin ánimo de exhaus i idad, en los siguien es: - la
pa icipación o gánica; la au oadminis ación, p e ia delegación adminis a i a; la pa icipación coope a i a con
base en Con enios, Conce ación Social, y el p incipio de coope ación; pa icipación uncional de los
adminis ados: in o mación pública, suge encias, pe iciones, inicia i as, denuncias, acciones popula es;
impues os medioambien ales; incen i os iscales; pe misos come ciables; depósi os con ianzas, con a s de
b anche, planes, e c... Es amos an e el e o del siglo XXI: sa is ace adecuadamen e los in e eses colec i os, y pa a
ello se necesi a ene en cuen a la o denación del e i o io, como ins umen o cósmico que eduzca a la unidad el
caos compe encial de las dis in as ace as de es e polied o, y que aúne odas las necesidades y o e as i ales,
con la indispensable solida idad in e egional e in e gene acional. Pa a ello, es necesa io deja ac ua a las
ue zas sociales espon áneas y educi el in e encionismo adminis a i o, si bien o o gando a las
Adminis aciones compe en es mayo esponsabilidad y di e si icando la i ula idad de las compe encias (19). En
es e caso, la complejidad de pode es sob e un mismo espacio ísico es un mal necesa io si se quie e llega a
soluciona de ini i amen e los p oblemas que una necesa ia concepción global del Medio Ambien e equie e. La
pa icipación ciudadana es o o de los exponen es de un cambio de umbo en el de echo ambien al. En las
egulaciones ecien es se ha in oducido con o al na u alidad en odos los p ocedimien os adminis a i os. Po
ejemplo, es un hecho en la o mulación de los planes de o denación del Te i o io, que si has a aho a sólo enían
en cuen a los p oblemas de p opiedad o económicos, a pa i de aho a end án que da cabida a las cues iones
ambien ales gene ales o pa icula es. También se p e é la in o mación pública en el Reglamen o de Ac i idades
clasi icadas de 1962, con a eglo al cual, an es de concede se, si p ocede, la licencia, se ab i á in o mación
pública a la que end án acceso los pa icula es a ec ados no i icándose es e ámi e pe sonalmen e a los ecinos
(a . 30.2). Igual sucede con la au o ización de e idos en la Legislación de Aguas (a . 247.1 del Real Dec e o
949/1986, de 11 de ab il, po el que se ap ueba el Reglamen o de Dominio Público Hid áulico), en la ocupación del
demanio público en la Ley (a s. 42.3 y 52.2) de Cos as, en la elabo ación de los Planes de O denación de los
Recu sos Na u ales (a . 6 de la Ley 4/89 de Conse ación de los Espacios Na u ales y de Flo a y Fauna Sil es e),
en la legislación de Impac o ambien al (Real Dec e o Legisla i o 1302/1986, de 28 de junio, a . 3.1), e c... Es a
isión amplia de la pa icipación esponde a una idea p econcebida de ipo coope acional, lo que con o ma una
miscelánea pa icipación coope a i a, como la han llamado algunos au o es, así, Pé ez Mo eno(20). Se llega, po
an o, a una coope ación amplia en e las Adminis aciones y los adminis ados. Ha sido el p o eso Jo dano F aga
quien ha clasi icado la pa icipación en polí ica y adminis a i a, y den o de és a, en pa icipación o gánica,
coope a i a y uncional (a noso os nos in e esa és a úl ima sob emane a)(21). Según es e au o , "Es inco ec o
cali ica a las o mas de coope ación en la ac i idad adminis a i a como uno de los ipos o clases de pa icipación
adminis a i a", sencillamen e po que es a pa icipación coope a i a se ci a en la posibilidad de es imula a
emp esas o a pa icula es pa a que ealicen ac i idades ecológicas, a cambio de sub enciones o p emios
ju ídicos u hono í icos, y, pa a cuando és os ac úan, las decisiones adminis a i as ya han sido omadas. Noso os
16/12/2010 :: EL NUEVO DERECHO AMBIENTAL: C…
…cica.es/…/FUTURO%20T%c9CNICAS… 8/10
comulgamos con Jo dano, pues la pa icipación es una o ma de colabo ación, pe o no la única. Desde el o o
pun o de is a, o sea, no de la pa icipación de los pa icula es en ac i idades adminis a i as sino al con a io,
den o de la pa icipación de la Adminis ación en la ges ión de la emp esa, podemos ci a la Ecoges ión y la
Ecoaudi o ía Ambien al. Ambas se es ablecen en el Reglamen o (CEE.) nº 1836 del Consejo de las Comunidades
Eu opeas, y ienden, en esumen, a implan a en las emp esas que olun a iamen e lo deseen, un sis ema que les
pe mi e conoce , e alua y mejo a los esul ados de sus p ocesos y ac i idades indus iales en elación con el
Medio Ambien e, y con una in o mación pública de los esul ados, median e la ob ención de un econocimien o
público denominado Decla ación de Pa icipación. Como ecue da Lo en e Azna , es e sis ema p esupone la
colabo ación y buena e de los di ec i os de la emp esa, que han de comp ome e se con el sis ema y hacé selo
en ende has a al úl imo peón de la emp esa, en un cons an e a án de mejo a(22)
NOTAS.
(1)In o mes de la OIT. : "Los empleado es y el e o del Medio Ambien e", edi o ial Minis e io de T abajo y segu idad
Social, Mad id, 1989, p. 37.
(2)Jo dano F aga, J.: "La ensión en e Medio Ambien e y Desa ollo".
(3)Ma ín Ma eo, R.: "La calidad de ida como alo ju ídico", Es udios sob e la Cons i ución Española. Edi . Ci i as.
Mad id, 1991, Tomo II, p. 1440.
(4)Medina Cas illo, J. E.:" Tecnología, Medio Ambien e y T abajo: c isis de 3Mode nidad2 y iejos p oblemas", Uni .
De Málaga, Se icio de Publicaciones, 1995, p. 126.
(5)Consejo Económico y Social, "Memo ia sob e la si uación socioeconómica y labo al, año 1993, Edi o ial C.E.S. ,
Mad id, 1994, p. 205.
(6)Huppes, G.; Van de Voe , E.; Van de Naald, W.; Maxson, P.; Vonkeman, G.; : "New Ma ke -O ien ed Ins umen s
o en i onmen al Policies", 1996, pp. x ii y ss.
(7)Documen o de abajo p esen ado el 25 de agos o de 1970ª la CAPE. , y ecogido en "Documen ación
económica", num. 23, 1971, p. 40.
(8)Ma ín Ma eo, R.: "T a ado de De echo Ambien al", Tomo I, p. 112.
(9)Pé ez Luño, A. E.: "De echos Humanos, Es ado de De echo y Cons i ución", Edi . Tecnos, 2ª Edición, Mad id,
1986, pp. 212 y ss.
(10)Jaquenod de Zsögön, Sil ia: "In oducción al De echo Ambien al", Dykinson, 1996, p. 73. (11)Los p incipios de
buena adminis ación se e ie en a los medios a emplea . Esos p incipios se es ablecían en la an e io Ley de
Bases de Con a os del Es ado y enían a signi ica "un quehace ú il y opo uno pa a la causa pública". También
se decía en el a . 29.1 LPA. Que "La ac uación adminis a i a se desa olla á con a eglo a no mas de economía,
cele idad y e icacia. De Solas Ra ecas, J. M., de iende que con ales p incipios se alude a una ac uación
adminis a i a lo más económica posible, "lo menos one osa posible pa a el e a io público", en "Con a os
adminis a i os y Con a os p i ados de la Adminis ación", Edi . Tecnos, Mad id, 1990, p. 159.
(12)Bassols Coma, M.: 3Conside aciones sob e los Con enios de colabo ación de la adminis ación con los
pa icula es pa a el omen o de ac i idades económicas p i adas de in e és público2, en R.A.P., 1977, nº 82, pp. 61
y ss.
(13)Sosa Wagne , F.; Toli a Alas, L.; Quin ana López, T.; Fue es López, M.; Sánchez Ma ín, R.; en la ob a colec i a:
"Comen a io a la Ley de Con a os de las Adminis aciones Públicas", Edi . Cedecs. De echo Adminis a i o, 2ª
Edición, 1996, Ba celona, p.34.
(14)Consejo de Es ado: "Memo ia de 1983", p. 88.
(15)Pendás Ga cía, B. (coo dinado ) y o os, en la ob a colec i a: "De echo de los con a os públicos", Edi . P axis,
Ba celona, 1995, p.291.
(16)Ba ba o S o nauolo, A. y Do ia Gómez, Ma cela E.: "Los Con a os de colabo ación Emp esa ial", San a é de
Bogo á, 1992, pp. 6 y ss.
(17)Von Weizsäche , E. U., Hun e Lo ins, L. Y B. Lo ins. , Amo y. : "Fac o 4. In o me al club de Roma", Edi . Cí culo
de Lec o es, Mad id, 1996, pp. 271 y ss.
(18)Pé ez Mo eno, A.: "Ins umen os de u ela ambien al", p.110.
(19)Ma ín Ma eo, R.: "Nue os Ins umen os pa a la Tu ela ambien al", Edi . T i ium, S. A., Mad id, 1994, p. 18.
(20)Pé ez Mo eno, A.: "C isis de la pa icipación adminis a i a", en R.A.P., nº 119/1989, pp. 91 y ss.
16/12/2010 :: EL NUEVO DERECHO AMBIENTAL: C…
…cica.es/…/FUTURO%20T%c9CNICAS… 9/10