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Señor. La Hermandad de Sacerdotes de San Pedro ad Vincula, sita en su iglesia parrochial de esta ciudad, que haviendo sido tan favorecida, i honrada del Ilmo. Cabildo de esta Santa Metropolitana, i Patriarchal Iglesia, al presente padece su indignacion; ha llegado à comprehender, serle preciso informar de su pretension, que es mui diversa, i distinta, de la que ha oido generalmente, tener entendido el Ilmo. Cabildo; por lo qual, i para que se venga en el verdadero conocimiento de la realidad, representa à V. S. con la mayor veneracion ...

Anónimo

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3 SENOR. ANEZANAG A Hermandad de Sacerdotes de San Pedro ad-Vinctix A SAR la, fita en lu Iglefía Parrochial de elta Ciudad , que NDIJA AS haviendo fido tan favorecida , 1 honrada del llmo4 Cabildo de efta Santa Metropolitana , i Patriarchal Iglefia , al prefente padece fu indignacion ; ha lle= gado a comprehender, fetle precifo informar de fu pretenfion , que es mui divería, i diftinta , de la que ha oido generalmente , tener entendido el. limos Cabildo 5 por lo qual, i para que fe venga en cl vet= dadero conocimiento de la realidad , reprefenta a V.S. con la mayor veneracion. Lo primero, que la Hermandad tuyo el mas alto favor, i honras que fe puede ponderar , de el llmo. Cabildo , engráandeciendola con fus Acuerdos de 20. de Agolto de 1708. ide 15. de Marzo de 709. en que le permitio aísiftir a Jasfunciones de entierros, que fe ofreciefíen en el Sagrario, i Capillas de efta Santa Iglefia; i fiendo añi, que efte fins gular favor lo colocó la Hermandad en (1 primera , 1 principal cftimacion, lo llegó a deshacer el zelo indiícrero, € impremeditado de un Hermano , que juntando folo diezi fiete de los ciento ¡ veinte, de que fe compone la Hermandad , Acudicron a pedir nueya gracia, para que fe permitiera aísiftir alos entierros de los feñores Prebendados, i de otros Miniítros » que fueflen Hermanos » 1 felesdiera , i feñalara Cas pilla,como a la Univerfidad de Beneficiados,para hacer el Oficios de que jultamente indignado el limo. Cabildo , contemplando fer materia graciofa, la que [c pedia , fe Í1ry10 de denegarla » 1fufpender la entrada de la Hermandad, en el Sagrario, 1 Capillas, que por los dichos Acuerdos fe le havian franqueado. z Juíto caftigo ala ofladiaz pero, Señor, padeció la Hermandad , lo que hicieron folamente los dichos manos , que nila conyocaron para el referido efeár facultad, para preponderara el crecido refto de fu nu que juftamente indignados de femejante arrojo, ca de todo manejo a el Hermano , Que commovió para la nueva preten< fion 5 pero no fe pudo templar la indignacion de el Ilmo. Cabildo ; 2004 que ya , haviendo mucho tiempo que murió, i haver mas de veinte años , que padece la pena la Hermandad, ha vuelto á folicitar, que el Cabildo, como tan gran Principe, cuya Íingular grandeza no puede tener mas ponderación , que la que ha corrido ,:icorreá cargo de la Hera mandad , que como compuefta de hijos de Sevilla, fon los intereffados principales de fus glorias , i dequieneses elobjedto de mayoraltura, 1 EN A ¿AÑ ELÚDA) a Ae EN y XQ >, 1 ha padecido diez i fiete Her O, nipodian tener mero de Hermanos, ftigaron , 1 privaron veneracion el limo, Cabildo, la perdone , i remita clarrojo de Es ch0S API o esas chos fis Hermanos , i le conceda la gracia , "de que corran, i fe obíepa ven los dichos dos Acuerdos de permiflo de la entrada en el Sagrario , i Capillas; fin que quiera , ni pretenda ahora, ni en tiempo alguno el fenalamiento de Capilla en efta Santa Iglefía , i afsiftencia á los entierros de feñores Prebendados , Hermanos , porque talno es, ni ha fido fu animo, éintencion, : en Lo (egundo , hace prefente a V. S. que la Hermandad es toda de Saz cerdotes, comotales , querun por ello ula de Eltolas , por fu Inftitu- to piadolo , que ademas de el culto de el Gloriofo Apoftol, esel de orar por lus difuntos Hermanos, 4 que preciía tambien la infignia Sacerdos tal, que fe adorna con Jas cadenas de [us prifsiones , tiene obligacion, por fu Regla , de afsiftir a los entierros de fus Hermanos, i de fixs padres, i madres 3 fiendo la forma de la alsiltencia , la de juntaríc la Hermandad en la Iglefia Parrochial de el domicilio ,'ien ella:, finincluirfe en la dif poficion de el entierro ; nien la hora, a que fe ha de executar, nien las calles, por donde [e ha de ir, ni ablolutamente en otra cofa alguna ; fino que antes fi , ha eltado , ¡debe cftará la dilpolicion , i orden de el Benes ficiado dela Iglefia., que es el que:ordena, diípone;, i manda en todo, como fi tal Hermandad ¡no eltuvieffe prelente , 9 como fi fus Hermanos fucílen unos Clerigos particulares de convite 3: no fiendo efto ponderacion, fino la realidad de lo que paíla , ¡en lo que (e ha pucíto , i pone el mayor cuidado, a Es p ea launque coalgunas Iglelias, confiderando á la Hermandad , i la des cencía , i humildad, que obíerva, fe les ha querido dar preeminente lugar, haciendo que vayan delante de ella los Clerigos de Menores , i def pues la Hermandad , 1 con precedencia á efta, el demas Clero , ¡el Prefte, efto no lo ha confentido', ni confiente la Hermandad , fino que preciía, €indifpenfablemente ha ido ,i va imimediara a la Cruz Parrochial; idefpues todo el Clero, afsi de Mayores , como de Menotes 5 ¡ prelidiendo 4 todos el Beneficiado . 0 Prelte, ¡contra elta forma no ha folicitado , ni folicita.cola alguna; pues tiene prefente, que el Clero Parrochial con fu Beneficio es ,a quien toca hacer la funcion , precedencia , gobierno, i todo Jo demas coriducente 4 la mifma funcion, i la Hermandad folo para el calo es, ¡fe ha tenido , i tiene por un miímo ctierpo Parrochiial; 3 fi1- jeto 4 fu cabeza , que es el Prefte ,ó Beneficiado , obfervando, i atreglandole a [us ordenes, i poniendofe immediara á lá Cruz la Hermandad, pad ra dexar toda la precedencia a el Clero 31 contra efta regla, ¡ cítylo, que ha obfervado , 1 obíerva inviolablemente la Hermandad, no ha preten> dido , ni pretende coa alguna , ni mucho menos para con dicho limo. Cabildo. Pues Íi para con las demas Parrochias ha praéticado lo referido la Hermandad , lo éxecutó tambien, quando tenia el beneplacito de el Cabildo, no pudiendo con efte, nifus Capillas, 1 Miniítros tener compa. racion., en la veneracion de la Hermandad , las demas Iglelías , mal pus diera folicitarlo, ni aun haverlo penfado, ni imaginado la Hermandad. Lo tercero , que como:el cuerpo de Hermandad es tan dilátado, pues como va dicho; le compone de ciento i veinte Íugctos , es rieceflario, aísi para la decencia de la funcion, como para la union de todo el cuerpo ,. el que haya una perfona, que tenga cuidado de llevarlo , para coníeguir el fin referido , i que no le experimente la monftruofidad de ir en quiebras , 9 defigual : itambien , para que en el tomar la céra,iencenderla a fus tiempos , haya quien fubminiftre la cera , i la loz para mex jor promptitud ,i que no haya confulion ; ¡ para efte efeéto ha tenido, i tiene la Hermandad un Miniltro, que con cetro aísifta á las funciones, a quien abufiyamente le han llamado Perriguero , que regularmente fiempre 3 1 4 1 3 pre ha recaido enun Sacriftan 3 1 para que á elte no fe contemple pot grandeza, niaéto de jurifdiccion de la Hermandad , es, i ha fido exprefla condicion, i particular cuidado de la Hermandad, no folo que dicho Miniftro no pueda falir,, ni falga de el cuerpo de la miíma Hermandad, i in atraveflar, niincluirfe en el cuerpo Parrochial, fino que haya tambien de obfervar , lo que por efte fe Je manda ¿ gobernando a la Hermandad , por las ordenes , que fe le dan por el Clero ; ¡para que ho quede la menot tázon de dudár de la preeminencia de elte , el Cetrero, que va por la Parrochia, atravieffa toda la Hermandad , i tambieí la gobierna, como acl Clero , fi que pongá , bl pueda poner reparo la Hermandad, que aun en en elte particular ya fujeta a dicho Miniftro, i que efte no denote jurifdiccion,, le perfuade ; de que las demas Hermandades para los dichos fines praétican lo miímo, 1 afsi le ye en efta Santa Iglefia en lu Cofradia deelsantifsimo. - E e Ls: E Lo quarto, que la Hermandad con fus afsiftencias á dichas funciones ,no [oló ño cauía perjuicio a el Beneficio, Fabrica ,i fus derechos dé las Parróchias, fino que antes (i aumentan, crecen; pues fuponiendo; queni aun en un punto pierden las Parrochias de [u eftimacion , precedencia, i preeminencia , porque antes bien, quatido concurteé la Hermana dad', tienen todas eftas circunftancias mas eficaces, 1 en mayor oblervan* cia 5 pot lo que toca a derechos, fe aumentan 2el Beneficio; por cada Hermano que aísifte , fe lé paga un teal 3 con que fi ván todos los ciento i veinte, fon ciento i veinte reales , ielto río tiene en otro ningun eñtierro. La cera de manos; i Altares es mayor,i por configuiente de mas precio; los derechos del Sacriftan Mayor £e aumentan, por el Convite, Choro 51 otras partidas, 14 elté refpetto los de otros Miniftros , i Fabrica , de fuerte», que afsi en los derechos, como en todo lo demas, aumentan las Párrochias muchos interefles, que no tonfigue ;1i logta ¿ quando ño aísilté la Hermandad. ¡ | | na Lo quinto ¿que como los entierros 2. que aloilto , .£o ha vilto, que fon dé todo lucimiento , veneracion,.relpeto , i3la verdad, de ei mas yor fufragio; pues las Preces fon de el Sacerdocio, como tal , a quier atiende Nueltro Señor con benignidad ,i como compaciente , le mueye ala mifericordia, han querido gozar decftos fufragios los particulares de celta Ciudad; Cinftada la Hermandad , condefcendió á fus inftancias; pero gravatidolos con miayor eltipendio : ifiendo , comio liar de fer , eftas perfonas de digttidad ¿:i de caudal, pone por patto la Hermandad, de que haya de reemiplazat á la Parrochia todos fusinterefTes , i derechos; 1 11 para el Sagratio de efta Santa Iglelía parecierca fu Ilmo. Cabildo poner con precifion el numero de Capellanes , que hayan de aísiftir, la Hermaridád ño feinclayeen elto, nijámas ha querido limitarlo 5 pues folo en los entierros de fis Hermanos , que mueren pobres ;¿ 4 quiénes les cof tea elentierro, folicita con el Beneficio, que le haga alguna equidad. Con que aunque fé quiera decir ¿ que de aísiftir la Hermaridad , como compuefta de tanto numero de fugetos , quierári los particulares ahorra£ de Capellanes , puede el Cabildo feñalat los que quifiete a fu árbitrio, pa= rá que [e vea , que ni auñ en elto , que pende todo de la voluntad de las partes , no quiere , ni pretende incluiríe la Hermandad , ¡fe fugetará a lo que [e le ritandarc. Lo fexto, que aunque la Hermandad tiene por eftylo , i pradtica,que en los entierros de fos Hermanos vaya el cuerpo de el difunto dentro de la Hermandad; i que mientras dura elOficio,vayan de dos en dos 4 incienlar el cuerpo; aunque los derechos, que por efta razon fé dan 4 la Partochia, nofe le quitan, i folo el trabajo es de la Hermandad, 1 el proye: cho pa a dela Parrochia : ¡i1ás Capas para el Oficio las toman los Her manos; pero los derechos de ellas los toman la. Fabrica »:i-Jos Capelianes de la Parrochia , ia:el cuerpo acompañan: por la calle feis cirios. En todo lo referido, O en qualquiera otra cola, que le pueda poner reparo, defde luego, «para con el Sagrario, ilus Capillas, feapartara de lu eltylo la Hermandad; ini fe pondrán Capas los Hermanos, ni incieníaran el cuerpo , nilo llevarán en el cuerpo de fu Parrochia, ni ex ecutará mas , que lo que fe dignare.el Limo. Cabildo preícribirle por Regla , fujerandofe , como fiel, i verdadera amante fuya, ado quele quifiere mandar , enel (upuefto de que fu anhelo folo es delagraviarlo , ino tenerlo airado contra ' si; pues fino tiene fu poderoía proreccion, iamparo , no tencra quietud, . ni permanencia: i fi configuiendo el beneplacito para la entrada , 1afsif- tencia, como fe mando en los Acuerdos arriba dichos ,excediere, o faltare, aunque fea en folo un punto muileye, de lo que fe le mandare (que tal no fúcedera ) delde Juego fe quiere imponer la pena de la indignacion, fin cíperanza de remiísion alguna. L ultimamente , que no es, ni ha fido fu animo, que el Ilmo. Cabildo le haya de dar, nidé masgrandeza de Capilla , ni feguridades , ni otra preeminencia alguna , delas que inadvertidamente folicitaron, 4 pidieron:a nombre de la Hermandad los dichos Hermanos; porque fi al un feñor Capitular quifiere fer Hermano ,i que le afsifta la Hermandad, podrá V.S. difcurrir, 1 arbitrar en todo lo que fuere fervido, en el prefus puelto cierto , de que no havra repugnancia alguna a lo que guftare mana dar 5 fiendo el defeo de la Hermandad , en cumplimiento de fu obliga= cion , acudirá (us Hermanos difuntos, 12 [us padres, imadres, ¡4los particulares , que por fu devocion quieren gozar de los fufragios dela, Hermandad, no retirarles cftos fufragios , que fin perjuicio de los Parrochiales impende : advirtiendo de paflo , que qualquiera otra Hermandad particular , i de feculares le es permitido, quando muere qualquiera de Lus Honiuanas. auvial Lia, >deco Capellanss 3 la Parrochia de ín enriéra so ¡pagando un real por cada uno; que fe llama el derecho de Ofrendas de aámire , fin repugnancia alguna , en todas partes, i en el Sagrario, i demas Capillas; ifiendo efto lo mifmo , que hace la Hermandad de la ad-Vincula, con fola la diferencia de fer mayor el numero , i por efta ras zoo mayor el derecho, típera , que eninteligencia de todo lo referido; gue es larcalidad , i verdad, fin que pueda haver cofa en contrario , fe digne V.S. de concurrit a favorecer ala Hermandad en fu pretenfion, como aísi le lo fuplica rendidamente , efperando de fu juftificado proces der, igrandeza , que para con efta Hermandad Seyiilana [e experimentez j publique, para juntarla con las demas, que tiene V. $, i fu limo. Cabils do, a quien Nueftro Señor guarde, iconíerve en la mayor ¿ que la Hera mandad ha menclter , ÓL € is!) 2001 enla