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El Clero de Huete y los toros. Uso de mirador

Parada y Luca de Tena, Manuel de

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Revista de Estudios Taurinos N.º 6, Sevilla, 1997, págs. 139-154 EL CLERO DE HUETE Y LOS TOROS. USO DE MIRADOR Manuel de Parada y Luca de Tena n el pasado número tres de esta Revista transcribí y comenté varios contratos del siglo XVII por los que la ciudad de Huete, en Cuenca, compró toros de muerte para lidiarlos en las fiestas que se celebraron allí en 1653, 1665 y 1698 con motivo de los días de San Roque y del Corpus. Ahora, continuando en la línea de dar a conocer documentos relacionados con temas taurinos que se conservan en sus archivos, lo hago con una escritura otorgada en 16471 por la que el Cabildo de Capellanes de San Ildefonso vendió un edificio de su propiedad, reservándose perpetuamente el uso de la galería alta para que los capitulares pudieran presenciar desde allí las corridas de toros sin impedimentos ni molestias2. 1 Archivo eclesiástico de Huete. Cabildo de Capellanes. Propiedades. Traslado de 1652 autorizado por Cristóbal de Rozalen, escribano de la localidad ante quien se otorgó en el año que cito. En el cuaderno que utilizo, ocupa el primer folio y mitad de su vuelta la petición de copias autorizadas, escribiéndose luego, hasta el sexto, el documento. 2Las casas ya no existen y la plaza, llamada del Mercado, a la que daba el corredor trasero, presenta hoy un aspecto muy diferente al que tuvo en los años de que trata la escritura, desaparecida su arcada del Oeste y demolidos o transformados los varios edificios con mirador que había allí. Véanse las notas a mi artículo citado, pues en ella venían celebrándose las corridas desde tiempos antiguos. La compraventa, redactada al estilo de la época, no ofrece sin embargo dificultad alguna en su comprensión, y eso a pesar de la ambigua exposición que se hace de la reserva en la cláusula correspondiente, línea cuarta del folio tercero, que en un principio podría hacer pensar fuera de dominio si luego no se escribiera sobre las servidumbres que se crean y no quedase patente en el que le sigue la reserva de usar que en adelante se pretendía ejercer. No son raros en los archivos de Huete documentos de este tipo y así, de su lectura, se infiere que estas transacciones fueron de mucho interés entonces, conociéndose algún caso en que se llegó a vincular el derecho como si de otro bien cualquiera se tratase3, consiguiendo con ello quedase asegurado en adelante un privilegiado lugar desde el que poder asistir a las corridas sin estar al cuidado de las disposiciones que, en orden a la colocación en la plaza, pudiera prevenir la autoridad del momento. Manuel de Parada y Luca de Tena 140 De esa época puede verse aún, muy derrotado y de corta apariencia por las modificaciones sufridas en la fachada, con sus arcos inferiores cegados para provecho de las viviendas que fueron habilitándose con el tiempo, el amplísimo caserón palaciego de los marqueses de Peraleja, luego de sus herederos los marqueses de Villarreal de Burriel, desde cuyos balcones, siendo su dueño don Miguel de Parada e Hinojosa, regidor perpetuo de Huete, maestrante de Ronda y nieto primogénito del primer Peraleja, presenciaron Fernando VII y su tío don Antonio la corrida de toros que la ciudad celebró el 4 de agosto de 1816 para agradecer su visita. 3Disposiciones testamentarias en 1746 y 1749 ante el escribano de Huete Juan Silvestre de Baca del señor don José de Parada y Vidaurre de Mendoza, caballero de la orden de Calatrava y segundo conde de Garcinarro, en las que aumenta el mayorazgo que posee por línea de varón con las casas y mirador que, en esa misma plaza, había comprado a don Francisco Pacheco el año 1738 ante López Hellin, escribano de San Clemente. Luego de la escritura que presento, transcribo igualmente una demanda que interpuso el Cabildo de Capellanes en 1724 ante la Justicia, solicitando que, ante las graves deficiencias que presentaba el edificio y el acceso a la galería, compeliese al propietario de entonces a efectuar las reparaciones necesarias para que ellos pudieran continuar con las suyas de acondicionamiento y que no podían terminar por su causa. Petición inmediatamente resuelta por el corregidor que, amparando a los capellanes en su antiguo derecho y dejando para posterior juicio las razones que pudieran alegar las partes, dictó auto ordenando al descuidado propietario proveyera lo necesario para que aquéllos no pudieran tener motivo de queja, y realizase las obras que fuera menester4. El Clero de Huete y los toros. Uso de mirador 141 4La fecha en que debió presentarse la demanda, resuelta por el auto en 24 de mayo, pueden hacer pensar en algún festejo relacionado con las celebraciones de San Juan de mayo y Santa Quiteria, de mucha solemnidad en Huete y muy antiguas. También con preparativos para la corrida del Corpus, en junio, tradicional allí, y, quizá, con fiestas en honor de S. M. Luis I, recientemente coronado. La pérdida del libro de actas municipales correspondiente a 1724, y no haber podido revisar totalmente los protocolos notariales de ese año, impiden pueda determinar qué fiesta taurina pudo organizarse entonces. Manuel de Parada y Luca de Tena 142 Fig. n.º 23.– Demanda del año 1724. Archivo eclesiástico de Huete. Cabildo de Capellanes PORTADA Escritura de la venta de las casas que el ca bildo de Capellanes de Señor San Il = roto = bendiò a Alonso de Alcaçar Yzquierdo En la calle de San Benito desta ciud. con re Serva del mirador que sale a la plaça del merca do della`para las fiestas de toros y otras. Aqui está un Pedimto. q. dio Dn Franco. Ramon Pr = roto = para q. Blas Velasco cerrase la parte de su = roto = q. embarazava el uso de los miradores del Cabil = roto = lo q. se mandó pr. auto del `sor. corrxor. Corredor. ESCRITURA Sepan quantos esta carta de venta y enaxenacion perpetua vieren como nos los licenciados Juan aterido y Don Xpto val de San`Juan Presbiteros Capitulares del Cavildo de Capellanes de Señor San Ildefonso desta ciudad de Huete y sus comisarios para lo contenido en esta escriptura otorgamos y conoce mos por esta presente carta en nombre del abad Mayor y Capitulares del dho Cavildo que de presente son y por tienpo fueren perpetuamente por quien presta El Clero de Huete y los toros. Uso de mirador 143 ————————————folio 1.º Vdel cuaderno mos boz y caución de Rato en forma que estaran y Pasaran Por lo conttenido en esta scriptura so espresa obligacion que hacemos de los bienes y Rentas del dho Cabildo nuestra parte q bendemos por Juro de heredad per petuamente a Alonso de Al Cacar Yzquierdo vecino y Jurado perpetuo desta dha ciudad Para el y Para sus herederos y subçesores unas casas de morada en la calle de San Benito desta dha çiudad linde casas de los herederos de Don Franco. La Torre Riaça y Por otra parte casass de Don Pedro Sanchez hidalgo y Por las expaldas la plaça del Mer cado las quales dhas casas son propias del dho Cavildo y estan libres de to do zenso y ttributo binculo Mayorazgo capellania anibersario y de otra carga ypoteca especial y General por que no la ttienen en manera ——————————————————folio 2.º alguna y portales con todass sus enttradas y salidas usos y costumbres Manuel de Parada y Luca de Tena 144 derechos y serbidumbres quantas de derecho le perteneçen le vendemos lass dhas casas por el preçio y con las condi ciones siguientes. Primeramente que las dhas casas se las bendemos por precio y quantia de mill y ochocientos Reales en moneda de vellon que ba len Sesenta y un mil y doscientos Maravediss que a de dar y Pagar al dho Cavildo en tres plaços y Pagas yguales a seiçientos Reales cada una la pri mera el dia de Nuestra Señora de Agosto del año que biene de mil y Seisçientos y quarenta y ocho y la Segunda el dia de Nuestra Señora de Agosto del año de Mil y seiscien tos y quarenta y nuebe y la tercera el dia de Nuestra señora de Agosto del año de mil y seiscientos y cinquenta y para Seguro de las dhas pagas Ade ypotecar las dhas Casas y el dho oficio —————————————————folio 2.º V. de Jurado Perpetuo y Se a de obligar con destinaçion de paga a esta ciudad y con Salario y Sumissn. Yten que queda Reservado para el dho Cavildo y sus capitulares per El Clero de Huete y los toros. Uso de mirador 145 petuamente el mirador delas dhas Casas que cay ala plaça del mer cado par que los dhos Capitulares y de mas personas que sus Merçedes quisieren bean en el las fiestas de toros y o ttras que se hagan en la dha Plaça y para ello an de poder entrar y salir Por las puertas Principales de las dhas Casas y el dho Alonso de Alcacar y suss subçesores an de dar Abierta y Franca la dha casa para el dho efecto. Yten que el dho Alonso de Alcaçar y sus herederos y subcesores an de tener las dhas casas labradas y Reparadas de todas las labores y Reparos neçe sarios perpetuamente y a ello an de ser com pelidos por bia executiba con costa del apremio Yten que los mismos Reparos a de haçer el dho Alonso de Alcaçar Yzquierdo ——————————————————folio 3.º y sus subçesores en el dho mirador sin que en ello el dho Cavildo ni sus Capi tulares ayan de pagar ni paguen cosa alguna. Yten que se le a de entregar al dho Alonso de Alcaçar una Reja de yerro grande que estava en la dha casa haçia la plaça del mer cado que esta en poder del licendo Juan Manuel de Parada y Luca de Tena 146 de Alcaçar Capitular y en el ynterin que no se le entregare no a de tener obli gaçion a hacer los Reparos Yten que esta scriptura y condiciones della la Ade Ratificar y aprobar el A bad Mayor y Capitulares del dho Ca bildo dentro de quinçe dias contados desde oy en las quales dhas condiciones y con cada una dellas haçemos la dha Venta y en nombre del dho Cavildo nuestra parte confe samos que el justo y verdadero precio de las dhas Casas Respecto de que oy estan maltratadas e ynabitables y con neçesidad de Reparos son los dhos mill y ochoçientos Reales y que no balen mas pero si mas balen o baler pudieren —————————————————folio 3.º V. de la demasia y mas balor en poca o en mucha cantidad hacemos Gra cia y donazon Al dho Alonso de Alcaçar y Yzquierdo buena Pura Perfecta yrevo cable que el derecho llama ynter biboss y Renunciamos la ley e ynsinuación de los quinientos sueldos aureos y la del hor denamiento Real hecha en las Cortes de Alcala de Hares que abla en Raçon de las cosas que se compran o benden ya mas o ya menos de la mitad de El Clero de Huete y los toros. Uso de mirador 147 NON En dho dia yo el essmo. notifique el auto antente. a Dn Francº Ramon Prieto Abad Maior del Cabildo de Sor San Yldefonso de esta Ciud. en su persona. Doi fe. Gomez. En dho dia notifique dho auto a Blas de Belasco Vezo de esta Ciud. en su persona. Doi fee. Gomez. Manuel de Parada y Luca de Tena 154