Desengaño de incautos, demonstracion de la ignorancia, y correccion de la malicia de vn escritor, en dos papeles, que ha publicado en nombre, y á favor de los señores Dignidades, y Racioneros de la Santa Iglesia de Cadiz, contra el Cabildo de señores Canonigos in Sacris, de la misma Santa Iglesia
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DESENGANO DE INCAVTOS, DEMONSTRACION DE LA. IGNORANCIA, y correccion de la malicia de vn Efcritor, en dos papeles, que ha publicado:en nombre, y ¿favor delos feñores Dignidades , y Racioneros de la Santa Iglefia ¿ de Cadiz, contra el Cabildo de feñores Canonigos 20 in Sacris, de la miíma Santa Iglefra. ? Tota die iniuffitiam cogitavis Imguatua : Sicul novacula ácuta fecifhi dolum: Dilexifhk malitiam Jfuper bentanitasem. Insquitatemmagis,quam loqui equitatem. Dilexsfte omnia verba precipitationis lingua dolofa.. Propterea - Densdefirnet tc in finem: Eveller te, br emigrabit te de Tabernaculo tuo, y radicemtuam de terra viuentium.. Plalm. 51. j vilo J7 : IAS ha, quellegó á mis manos vn papel, en forma de Memorial, dirigido al llluftrifsimo feñor Obifpo de. la Santa. Iglefia de Cadiz, | ¿ennombre delos Dignidades, y Racioneros de ella; y apenas pafse la vifta por fus primeras lineas, uando me fufpendio la admiracion, de la ciega animofidad de eftos Cavalleros, aviendo fabido, que efeftivamente le prefentaron á fu llluftrifsima: nació miadmiracion, de queexprellando en dicho papel, defean fatisfazer al feñor Obifpo, 4 quien con razon fuponen indignado, entran defde luego culpando efta miíma indignacion , como nacida de paísion , y parcialidad, házia la canfa de los feñores Canonigos, por ferlo tambien fu Ulluftrifsima : conque donde efperaba encontrar vna humilde confefsion del error , que han cometido, contra el refpedto , y veneracion debidosa tan Sagrada Dignidad , queera la vnica fatisfaccion, queavia para templar fu jufto enojo, halle vn A libclo N PARA EN AI A
$ a Tibelo de irreverentes impofturasycontra fo Uluftriffima,y de maliciofas calumnias, contra los Canonigos. 2. Pero cefsótoda miadmiracion, aviendo fabidoel verdadero Author del Memorial, porotrofegundo papel, que ha dado aluz , pretendiendo refe onder á otro y que falio contra el Memorial intitulas do: Refpuefta de Ceniza 5 dc. quecon fa conmatural precipitacion atribuye falfamente (como me'coníta ) ¿alguno delos feñores Canonigos, «Hiro < “y otro papel, manificltan tan claramente el caralter natural de $u Author , queaanque élteno haviera procurádo publicar, que ló'es, no pudiera dudarlo quienilo conoce: Porefto digo, quecelso toda mi admiracion, con el conocimiento del Author. “Pan acreditada tiene fuimioleñeias como probada fwignorancia', y vulgaridad; pues esconócido por va'perpetuo publicador de libelos perturbativos de la paz ,: con titulo de papeles en derecho, creyendo, con el vulgo, que configue la viétoria cl que cfcriveel vlrimo en qualuiercontroveríta ; y mas, li es de letra de molde: erfiaSat. 7 DERE: ce ; ón h os ef A Ay ¿en pa 200 Tónet imfanabile multos feribends cdoctbes; Epagroticorde fene fit. * Otonst cs ¿en Pel - >, oe Ya la verdad; para cfcritor vulgarytiene confeguido lo imas en fu declarada infania,, fegun la falada Ironía de Horatio en fu Arte :* Gibroalulamoburio Nancifcetur enim pretium nomenquepocte,. Sitribus Anticyras coputimfanabile numquan Tonfori Licinocommferis. | li 3. Perolograciofo es, que con todo elto fe precia de Eferitor muy detenido, y confiderado, diziendo enelnum.3. de fa naevo papel, que quando di algun eferitoaluz, tiene muy prelenteslos prudentes documentos de Plinio, enta Carta a fa amigo Nonío Céler5 que fics alsi, los errores, que comete; no fon como dize de entendimiento, fino de voluntad:; pues lefucedelo'mifmo , querMedea en Ovidio:: Video meliora, proboque, deteriora fequor.
: ES Y pot tantó,: mas que de laftima , fon dignos deirris fion, por fu mifma confefsion. RA. ? 4. Condena Plinio en efta Carta el eftilo de Pon ponio el Segundo, Efcritor de Tragedias, de apelar al juizio del vulgo, para mantener obltinadamente lo que avia efcrito contra el parecer delos dotos:* Itaque Pomponius Secundos y bic Seriptor Tra gediarums fiquid - forrefamiliarior amicas, tollendim.», ip/eretimendam arbi= trates, dicere folebat yad populum provoco: atque ita ex popali, vel ML:9 Ho, velaffenfa y aut fuam, aut amic fenrentiam fequebatur,tantumille popalo dabar. Los doftós diran, fino es elto lo mifmo;que executa nucltro Giárrúllo Efcritor. ** 9: | E 2 Callaronlos Canónigos a fa Memorial, acredi= tando'con fuexemplar prudencia, y madurez el defprecio , que por íi le merecen los vanos connatos de —vnaprecipitada ; y furiofa pafsión, imitando ala f1- lenciofa Luna ', queen el Emblema de Alciato profi= sue inalterablé fu curfo en la mitad de la noche, fin: hazer cafo del enfurecids Can >:que defde la tierra retende inutilmente perturbarla con: fus rabiofos: adridos : Alciat.Embl. 164. LED! LunaremuoZu, ve fpecilem, Carts imfpacie > pa + Orbem: 10% Es Segue videns, alium credit in efJe Canem:: En latrat: fed fruflra agitar vox trrita ventis, y Et peragit curfus Jurda Diana fuos. | Callaron fin duda, porque tienen muy prefente cl confejo del Efpiritu Santo : Proverb. 26. Ne re/pon= deas hultoiuxta Pultiziam fuam , ne fonilis il efficiaris; y porquejuzgaron el Memorial mas digno de la jufta: animadverfion de fu Hluftrifsima ; y los Magiftrados, que de ferta refutacion de palabras, como en realidad lo es. Pero elte cuerdo filencio delos Canonigos , y el blando difsimulo de fu Multrifsima, tan proprio de fu natural benignidad, ha hecho crecer la audacia del Author del Memorial eri el nuevo papel , y libelo, que acaba de publicar > a adiendo ota 2 S
de : , Seven , dimpofturas 2'1mpofturas, no perdona Ju atrevida plumaa los refpeétos mas Sagrados ; que esproprio de viles fiervos murmurar contra el feñor, y Padrede Familias , quando le reconocen benigno, aumentando fu malicia con el abufo de la bondad del feñor , comole fucedio al del Evangelio, a quieñ reprehendió.el mifmo Padre de Familias, diziendo : 47% ectlus tuusnequam:ef?, quia ego bonus /um>? Math.cap. 12. Su Hluftrifsima , y los feñores Ganonigos , cumplen 'éxaGtamente con las obligaciones de fu Eftado , con el prudente defprecio de femejantes efcritos ; aunque del tome ocafion lamalicia , para adelantar fu 2auda- ciazpues fuera imdecorofo abatimiento de fu caradter, ponerfe i contiendas ,con vn deslenguado , contra el Divino Proverbio: Ecclefiaft.8. Non litiges cum bomi= ne linguato, 5 non ffruas inignemillinsligna. 536. Perolo que en eftos feñores les prohibe la obligacion de fu Eftado, empeña masla mia a manifeftar alimundolaignorancia., y atrevimiento del Author delos papeles, para que fin menofcabo de la modeftia deftos feñores, quede acreditada fu prudencia, .convencida la calumnia, y la verdad defendida. Confejo es tambien del EfpirituSanto, y no opucíto al ya citado, fino muy conforme , como interpreta muy bien Santo "lhomas : Proverb. 26. S. Thom. 2.2..q. 73. art.3.corp.Re/ponde fulto 3uxta faltitiam fuam, neJapiens Jfibivideatur. Quandoque tamen opportet, dize el Santo, Ye contumelamillatamrepellamus , maxime propter duo. x. guidem propter bonum cis, qui contumeliaminfert, vt videlices, cius audacia reprimatur , 0 de cetero talia non attentet fecundum illud Proverb.26. Re/ponde fhulroiuxta ful- ¿itigm fuam, ne fapiens fóbi videatur. | + «YX aunquenotengo efperanca alguna de lograr el fruto, que aqui propone el Angelico Doétor, por averlo viíto muchas vezes mal logrado en los doétos efcritos » que fobre diferentes puntos de derecho fe han publicado contra el Author; los quales, aunque han convencido cvidentemente fu temeraria igno- -—yan-
de 2 rancia, executoriada defpues con repetidas fenten= cias de Tribunales Supremos , y Sagrados, ninguno ha confeguido del aquella faludable confafsion , que fuele tener por efetto al defengaño, fegun aquello del Plalmo: Implefacies corumigaomina, E querent nomen saum Domine. Plaloa. Contodo,no dudo confeguir el que me he propuelto, por fin vnico de elte papel, que escl defengaño delos incautos, no dexando confentidas con el lilencio tan evidentes calumnias > y tan arrevidas impofturas, como 2 otro propolito dixo Arnobio, lib. 1. adverfus Gentes : Neal ¿li frbe wideantur y dam profana verba depromant , magaum ali quiddicere, aut fitalibus nos continuertnas a licibus y, 0bt1> muifje fecaufomputent , vidam fuivitio, non ajjertorum filentio deffitatarm. SUP 8. Paraconfeguir, pues, mas facilmente el referido defengaño , he refuelto dividir efte difcurío en dos partes. En la primera, tratare del Hecho , que dolofamente fe difsimula en los papeles contrarios, y al que vnicamentefe debía encaminar la fatisfaccion, fi verdaderamente lo fuera, como vnicoMmotivo, que fe debe fuponer del juíto enojo de fu lluftrifima, cuyafencilla narracion convencera las dolofas impofturas, y falfas fupoficiones del A uthor. 9. Enlafegunda, tratare del Derecho, convenciendo, no folo de falías, fino tambien de abfurdas, las frivolas, é impertinentes allegaciones, que haze contra lajuftificada caufa de los Canonigos, com total jgnorancia de la materia; y lo que esmas, con vn pal= mofo olvido , y prodicion de fu propría caula en los derechos del Cabildo General, que con tanto empeño intenta defender , acreditando la fentencia de el Sulmonenfe; Cau/a patrocinio non bona, pelos eri. 10. Elmethodofera > feguir los numeros de el Memorial , y por incidencia los puntos del fegundo' papel, que tuvieren concernencia con ellos; aunque lo principal de clte > fc tocara feparadamente eñ la B pri, A AR AAA A 0 cre bo o 4 j ASAS
$ do. primera parte, -portocar más en el Hecho, 2unque polterior en tiempo. > ya. Empezando por el Hecho, entra el Memorial fuponiendo en el numero 1. queel feñor Obifpo efta Sentido delos Dignidades, y Racioneros,.por la opo- Hición, que han hecho 2los Canonigos, intentando embarazarles la celebracion del Cabildo , 2 queéftavan convocados pera celebrarlo por fi folos. Pque ef” 10 /fentimientonace, de que el feñor Obifpo es tambien Canowigo; yanmmqueno lo aviancreldo >, lo ban viflo acreditado con los efectos. Quien creyera, que aísi fe hablara con el proprio Prelado? Y elto, en vn papel, que fe llama Satisfaccion? Solo quien conoce al Author, que le .compufo. Pero vale, que ya promete la retratacion en el nuevo papel, que dirige al Author dela Re/fpuefe ta de Ceniza , donde enel num.4. le dize cftas palabras: Vale, que efla impref)o , y que uo fe pueden guitar, nenmendar fus claufulas. Por cada runa de las-«que vd, feñalare, que (4 ojo de buen varon) fuere difonantes menos cortefana, dirreverentes meobligo a cantar la Palinodia. Sino.es ya, que en fu opinion no es claufula difonante, menos cortefana , miirreverente , la quetrara al feñor Obifpo de apafsionado Canonigo. * Pero gracias 4 Dios», que lo remite alozo de buen varo; pues no ayra alguno, que fea tal, que efcufe de difonante, defatenta, t irreverente la dicha claufule, Porquedezir, que han vifto acreditado por los cfeétos el fentimiento de el feñor Obifpo, como Canon Igo > contra los Dignidades, y Racioneros, qué otra cofa es, que dezir, que Su lluftrifsima ha procedido contra eftos, como parte apaísionada, con injultos procedimientos, y violen= tos abulos de la authoridad contra lajufticia; porque eftos, y no otros, lon los efeétos, que pueden acreditar de parcial el proceder de vn Prelado. 42. No lolamente esla referida claufala difonau= te, menos cortefana, e irreverente, porlo queexprefla, finomucho mas por lo que maliciofamente callay. E FA > Eat CO AFAPIDOS Y
jues para acreditar masla pafsion del feñor Obi, a favor delos Canonigos » contra Dignidades , y Racioneros, difsimula dolofamente el error , que eftos cometieron contra fu llluftrifsima, enla obítinada defatencion , conque refiftieron al principio el medio de Concordia, propuefto por fu Ilcttrifsitna, Y acceptado por los Canonigos; y defpues en el emarazo, que pufteron al vfo dela jurifdiccion , y efcandalofo defprecio de las Cenfuras, agravando con el difsimulo de tanjuftificados motivos , el injuíto, - que expreflan de la pafsion del feñor Obifpo. Y elta fe llama Jarisfaccion? 13. Paraconocer, pues, la malicia del Author en lo que dize, y en lo que calla, y manifeltar la evidente falfedad de fus atrevidas calumnias, no es menefter mas, que la fencilla narracion de la verdad del hecho fucedido ; la qual pondre aqui fumariamente, como coníta de teítimonios authenticos , queeftán | enlos Autos, para defengaño de los que la ignoran, y confulion de los que maliciofamente la difsimu- | lan. | | HECHO. - 14. Aviendoocurrido diferentes puntos pertenecientes privativamente a la Hierarchia defeñores Canonigos in Sacris, convocaron eftos a Cabildo de Cagonigos, por Cedula ante diens, para el día 27.de Fe- | brero; pero a la mifma hora, que iban á celebrarlo, | fe entraron con ellos en la Sala Capitular los Digni- | dades , y Racioneros, con animo (fegun manifeíto defpues el fuccello ) de embarazar la celebracion del 3 los Canonigos. Lo qual conocido por eftos , les rogaronalos Dignidades > y Racioneros, no les inquietallen, ni perturballen , y les dexallen libre la Sala Capitular, para tener fu Cabildo. Pero todos | B 2 eítos FATE EEE ERA ' 4 p ee A =>. MA E
A A AA a EA IES IRA IRA ER A E > a .. AS. 0 AS SS . . Daza. 417 AO o gs 4 , e pS a = E in IE = er s E A : ca de 5 az ais: E: o E e O A e ES pm E A E Y 3 A A A Pi RE Po = = a € —— .* ES ES mx PP = un iS A > A 8 z A — a A] ES Lo AA, y Se > A a A y A a e e e rt ss co eftosruegos fueron vanos, perfeverando con obfti= nada porfa dichos Dignidades , y Racioneros en Sala Capitular. Lo qual viltopor los Canonigos » y: que era ya mas de la vna del dia, recurricron al feñor Provifor, reprefentandole la injuria, que fe les hazia enembarazarlesel vío libre de la facultad , queles concede cl Derecho; el qual, en vifta del pedimento delos Canonigos, defpachó mandamiento » en que mandaba álos Dignidades, y Kacloneros, 94€ por entonces, y fin perjuizio de qualquer Derecho, que pretendiefíen deducir, defocupaien la Sala Capitular, para que los Canonigos hizicfen fu Cabildo. Efte mandimiento y aunque fe les notificó , hizo:el mifmo efcóto, que avian hecho los ruegos cortefanos de los Canonigos.- Kecurrieron fegunda Vez al feñor Prowifor, defpacho fegundo mandamiento ; que experimentó la imiíma defobediencia,que el primero. En efteeftado, fiendo ya como las tres de la tarde , fe mterpufo el feñor Obifpo, embiando recado cortefano con fu P; OY ¡for, en que pedia alos Canonigos > que dexando, por entonces, fufpento el Cabildo, dexaffen todos la Sala Capitular, dando tiempo para deliberar algun medio de Concordia.Obedecieron obfequiofos , y puntuales los Canonigosá tan fluperior, y Sagrada infnuacion. | rs >cPidicromtiempolos Dignidades, y Racionetos , para confultar la materia con Abogados. Concediofeles por los Canonigos muy mas de lo que Pidicron. Confulraron tres,que fon bien conocidos en aquellaCiudad 3: y los doslos delengañaron y di- -ziendoles y probindoles, que erainjuáticia clarala que pretendian contraJos Canonigos ¿fictisfaciendo pleniísi ámente altercero + quele declaro 44ufa- “or, como es publico;como tambienlo'es, que yno de los Cavalicros Dignidades que mas wozeaban la «paz, refpondió 2wno de los Abogados» queles fue- Ton contiarios enla confulra,: y que avieantes piro- E . pala-
| 9. palado fu diftamen , quexandofe cfte, de que fe lé aviadado poco tiempo para ella: Pues que querta Vind, effofue difpopcion mia, para coger a Vand. defpregenido. Qui queritlegem replebitur ab casó qui infidiofe agit fcandalizabitur 11 ca. Ecclefiaft.32. 16. Entre tanto el feñor Obifpo , empleando todafa Paltoral folicitud en procurar lapaz , llamoal feñor Dean, y le pidio, que celebrando los Canonigos fu Cabildo , lo proteftaflen los Dignidades ) y Racioneros; fupuelto, queera cierto , y fuera de toda duda, que la protelta , efpecialmente del atto, que dá principio al litigio, referva todo el derecho a las partes ; y por tanto, ningun perjuizioles podia paráraálos Dignidades, y Racioneros de la celebracion del Cabildo, mayormente, quando el Auto del feñor Provifor lo cautelava expreffamente cón la limitacion de por aora, y fin perguizio. +17. Nótúvo efeéto alguno en elanimo obítinado del Dean, nidemas Dignidades*, y Racioneros vna propoficiontanjufta, tan autorizada, y amoroÍa, que pedia, por no'mandar. Antes defatendiendola corniñiercible protérbia, prefentaron peticion ante elfeñór Provifor, pidiendolos Autos; quien obrando conformeá fugran benignidad, y templanga, fe los mándd entregar, fin embargo de no aver obedecido fus mandamientos ; y falieron, interponiendo elarticulo fummarifsimo de interin , ofreciendo probar incontinentilo mifmo , que los Canonigos no les niegan, que es la poflefsion,en que eftan, de afsiftir álos Cabildos generales. ES | 18. Defprecioel feñor Provifor efte articulo, comoimpertinente , y a peticion de los Canonigos defpacho fu tercer mandamiento en 11. de Febrero, declirandolos incurfos , por el hecho de refiftir la celebracion del Cabildo. Yaltiempo , que fe les iba 4notificar, que ferian como las 9. de la mañana, fe entraron en la Sala Capitular, donde no permitic- | | C | ron EG par A a > > E ¿A
A A lo Él Mi mi ci ' ss ME “ticaflen lo primero y Que 4 -gundo. Eo 16. | -Juizio del Sabio es grande la infélicidad dee! que obra mal, yenfeña bien ; qual fera la deferacia del queobra mal, y.enfeña peor. Pero aun es mucho mayor la de aquellos, que con tantas -, y tan coflofas experiencias fe dexan ciegamente guiar por vn ciego , que tantas -vezeslos ha hecho caer en el hoyo : Cecus autem fi ce- 0 ducatum prefter ambo in fucam cadeñt. Math.1g. 33. Peroesbuenoel cargo, quele hazen al referido Aushor de la Ceniza (que le alleguro, queno es Canonigo ) de que fe ba olvidado de fi-mifmo ; porque -aviendo eltrañado en Prebendados, que hablan con Íu -Obifpo, como menos refpectofa la omifsion del titulo de Reverendi/simo , eftraña depues igualmente , i | ( que Prebendados inciten a fu Obilpo, contra fu Gabildo, Y yo quiliera faber, en que coníitle la Inconfequencia, el olvido de fi mifaro.. Esacafo lo mifmo fer los Pre- Denda dos, por lo general, zelofos delos, derechos de lu Cabildo, que fer menos cortefanos , Y reverentes A fu Obifpo? No esigualmente cltraño, que Prebendados le nieguen fu Prelado el aco tum brado tratamien- 13 como que le provoquen contra los derechos de fu Cabildo» Con mas razon , que el Author dela Ceniza, tratarta yo de Prebendados de otra efpecie alos que praclos que executallenlo fe- . 34: Solo a nueftro Eferitor > fegun fu natural ge- o, no parecera eftraño, que Prebendados nieguen 2 Lu Prelado el acoftumbrado tratamiento ; pueslo efca- Íca tanto, que para efcular la omilsion del Reverendi/- femo,fe vale de vna Pragmatica totalmente antiguada, Por.el eftilo contrario., tolerado » y confentido porel miíno Principe, preteltando miedo de las leyes , porquees muy eferupulofa fa conciencia , en materia de <ortefia. Pero como la quebranto en el lllafhrifsimo, que eslo mas, como dize » y le prohibe tambien en la Pragmatica, reípetto de los feñores Obifpos, tambien podía averla Juebrantado cn el Reverendiftino, que es lo menos. | Yo
17. 35. Yoleafíeguro, que fi el lHuftriísimo dl Reverendifsimo feñor Obifpo , con quien habla en. el Memorial, tuviera, no dire yo vna e/p1iga, como con improprifsima metaphora dizeal num. 37. de fa papel , fino vna fola gota de la acrimonía de fu eloriofo Patriarcha, y Maximo Dottor de la Iglefia, y no le detuviera fa natural benignidad, ya buviera executado con el, lo que efte Santo Dofttor queria, que executalle el Obifpo de Barcelonajvivoretra=ó> to fuyo, en la audacia, y garrulidad: /Miror Santhum Epifcopumn, dize, incuius Parochia ef/c att ur , acquiefe core furori eins, E uonvirga Apofrolica ; virgaque fer rea confringere vas inutile.... 0 precinaendam lingua a medicis, immo infónum curandu coput, we qui loque nef= cit, difcar aliguondo reticere. Egovidiboc aliguando porsentum , dr teffimonijs Seripturar um, quaft vincalis Hipocratis volui lizare furiofum; fed abijt excefsit, erupit, evafit: Sed quidquid amens loquitar, vociferati0y > clamor eff appellandus. Hier. adverfus vigilant. Y cíto baíte porlo que toca al Hecho. Vamos al Derecho. S: A. IL, ñ | 00 DABNR BAC: O 36. Sienloque toca al Hecho; ha moftrado el Author baltantemente fu audacia: > y malignidad; mucho mas manificíta fulgnorancias en lo que toca al Derecho , fentando con increible fatisfaccion propoficiones, no folamente falfas, fino tambien, notoriamente ablurdas.. | is 37. Empieza, diziendo en nombre de los Prebendados en el mum.2. del Memorialsque el Cabildo, dequebablan el Derecho Canonico, el. Sauto Conciho de Trento, y los Autoresyes el 11/mo Cabildo, que ay.en cada, E lglefía ee ís : : aaa Me mM RE ÁÚzA RS Lg E A E nn e DA AS PE AS ES Era =Ñ A E sd E E E | 4 y ' ul Mb 3
Iglefía Cathedral; y fe compone de Dignidades , Camroma "2" pi vos, y Ractoneros. Eta propoficion fuera clcufable pS porla ignorancia , fila mifma lenoranciano fuera | mas culpable en quien fe introduce a tratar mate- E : Tias, que no entiende, fegun la ley : Imperia culpe <0s con excluñion de Dignidades , y Racioneros, la noes opinion, fino principio entre los mifmos Aul tores. Veafefeñaladamentea Barbofa traét. de Caha nonic.% Dignit.cap,37.num.14.ibi : 4d fotos Canoid 11105 , BOB VETO Ad Diguitates pertines buiufmodivox in | Capitulo. Y enelnum.1 s. Cum Capituli appellatrone JoliCanonicicostincantur, co quod a folis Canoricis comfli suitur. Adonde cita otros muchos fobre el Capitulo Seriptum de ElefZione, y el Capitulo Dilecti , de Masorit.5 obed. Fermofino de Sede Vacante trad. 3. de capit. per fequeft.7.ibimum. 3. capituli appellatione Jolos Canonicos continerz. | 39. Porloquetocaal Concilio de Trento, veinte y ocho vezes fe trata en el de Capitulares; y fiendo afsi, que en folas-dos los llama el Concilio con el nombre de Canonigos; conviene á aber, en la Sej. 23. de Reformar. cap. 8. donde fe ordena, que las Ordenes fe celebren en prefencia de los Cañonigos, yenla Sef/. 24. de Reformat.cap.12. donde fe eftablece, que la providencia para el buen regimen delosOficios Divinos , y Canturia del Choro en defetto del Concilio Provincial,pertenece al Obilpo con dos Canonigos; y en las demás ocafiones folo: los determina con la frafe de dos del Cabildo. Ellndice del Concilicio, citando á los mifmos lugares, los exprella todos en la palabra Canonici; fa poniendo como indubitable , que eftas dos frafes: Dos de: | - Cady anvimeratur; veluti fimedicas fervammecam occidertt. el Leg! mperit.fí.de Regulis Luris. Y 1 38. La contrariapropoficion ; efto'es, queel 15 Cabildo , deque bablan el Derecho Canonico , el Santo li Concilio de Trento, y los Autores , es el Cabildo de Canoni-
29 19. Cabildo, y dos Carenigos, fon equivalentes en el a cilio. Eíto digo,no para prueba de efta verdad,que no la necefsita, fino para demonitracion de la fumma ignorancia del Author del Memorial. go. La qual fe maniñclta,aun mas en la prucba, que propone; porque dize, que jp effono fuera afs, fino que folos los Canomigos fueran el Cabildo de las Catbedrales 3 elto es, fegun el contexto, el Cabildo, de que hablan el Derecho commum, el Concilio de Trento, y los Autores y fe feguirian millares de abfurdos en la imtellgencia de los Decretos Conciliares 3 de lorefuelto por las Sagradas Congregaciones, y deserminado en repetidas decifsiones de la Rota. 41. Bien fe puede creer, que £ el Author fupiera, que cofa es abfurdo, no cometiera tantos en fu papel. Pero para enfeñarfelo , harémos con fu prueba, lo miímo, que hizimos con fu propoficion; que es manifeftar , que no folamenteno fe feguiria abfurdo alguno > de que el Cabilpo de que hablan cl Derecho Canonico , el Santo Concilio de Trento, y los Autores, /£an folos los Canonigos; mo, quede lo contrario, fon intolerables los quele figuen. 42, Paralo qual, le preguntamos, que es lo que contienen eflasre/oluciones de las Sagradas Gongregaciones, y Decifsiones de la Rota? Silofabe, refponde= rá;quelos Dignidades , y Racioneros tengan voz en Cabildo, en aquellas materias en que huvieren probado coltumbre legitimamente prefcripta de de aver fido admitidos a el por los Canonigos: 43. Puesfilos Dignidades , y Nacioneros le comprehenden en el Cabildo, de que hablan el Derecho Canonico, Ge. para que neceísitan de eftasdeclaraciones? Puede aver mayor abfurdo,que necelfitar de Decifsionesparticulares de la Rora, paratener woz en Cabildo los que la tienen por difpoficion del Derecho commuún? Ha declarado alguna vez la Rotas que os Canonigos tengan woz:en Cabildo? Luego las E2 mifimas pl il A q e aa Ad 04 '
== A A = = = a SE e E goviernan lure communt. z0, «mifmas Decifsiones de la Rota, que dánwvoz:en Ca- -«bildo 4 1os Dignidades, y Racioneros, fon:la. mas clara prueva dequeno la tienen por la difpofición del Derecho commun 3 nifecomprehenden, ni pueden comprehenderfe lin manifictto ab/urdo en el Cabildo, de que hablan el mifino Derecho :, :el ¡Santo Concilio de Lrento, y los Autores. y ¡ | 44. 'Peroparaquenoscanfamos? Elmifmo: Author del Memorial, en el numero immediatos: concede abiertamente lo mifmo , que en el antece- «dente reconoce -, como principio de millaresde abfurdos ; eltoes , que folos los Canonigos componen el Cabildo,de que habla el Derecho comun. Porquedize, que la pretenfion de los Carongos va errada; porque Je funda en efta argumentacion : Soluim Canonici iure communsconfitunat Capitulum : Ergo Canonicipojfunt convocare, E facere Capitulum ; y:que el yerro elta, en que le falta a la confequencia el Jure commáni; y: porquecl ¿1s commune'recefsít ab aula. (como dize el. Cardenal de Luca) y porefono fedebe+rraer aconfderacion para los Cabildos de las Santas Iglefías, queno fe - 45. Conque por fumifma confefsion, añadien» dole 4 la confequencia el lure commnni, fera buena la argumentación 5 y por configuiente, verdadero el antecedente, que dize, que felos los Canonigoscompo= nenel Cabildo por el Derecho commun. Porque :efte; no le debe traer 4 confideracion'para excluir a los Dignidades, y Racioneros, de los Cabildos, que no: fe goviernan por el. res 46. Luego ,£i lus communenonrecefsiffor abate; y los Cabildosfe governaran porel, los Canonigos' folos ferian el Cabildo. Luego claramente conficila el Author, con torpifsima inconfequencia, que los: Dignidades > y Racioneros no fe comprehenden en el Cabildo, de que hablae] Derecho comun; antes fe-excluyen del pofsitivamente 5 Pp ues ha fido menefter
313 nefter fegunel Author, que luscommune recedaz ab: aula, para que tengan voz en Cabildo.Dondeesde notar de palfo la ignorancia, o:malicia del Author; que lo que dize el Cardenalde Luca: de la Dignidad de Arcediano, lo aplica finieltramente al Cabil-- do. Dignidades, nueve Canonigos, quatro Racioneros enteros, y ocho medios, que componen fu Cabildo, Sec: fin mas diferencia, que la que les da la antiguedad y y preeminencia de las Prebendas 3 y por efo for: ¿nfeparables fus Hierarchias , taudivijibles fas altas y y difpoficiones. Si fon infeparables : luego feparadas, no hazen Cabildo. Pues como pretenden los Dignidades, y Racioneros hazer Cabildo fin los Canonigos, y contra los Canonigos? Y como eftos hazen Cabildo por fi folos en las Vacantes de las Prebendas de Oficio? como concede en el numero 12.. Elto eslo que dixo cl Author dela Ceniza , y no entendio, con fertan claro , larudeza de nuetro, Efcritor : Si dos Prebendados pretenden , que uo baften los Canonigos por/? (para hazer Cabildo) e intentan baftar fin ellos , como han de confeflar, que vanos. , y otros han de ler igualmente compartes? | 48... Yafe reconoce lo. adelantado , que efta el Authoren materia de. Prebendas », guando para igualarlas todas, dize » quenoay mas diferencia entre los Canonigos, Dignidades,, y Racioneros de efta Santa lgleíña, que la quedes de laantiguedad , y preeminencia de las Prebendas: | 49- Aíesnada : Tampeco ay masdiferencia entre fu Santidad, Cardenales, Arcobifpos,y. Obifque la que les dá la preeminencia de eltas Digntpos, dades. | ua 5o, Pero yaquecon: tanta latisfaccion fe Intro” dE E duce 4.7. En el num.ó. continúa fusablurdos el Me-- morial, diziendo , que en efta Santa Iglefia ay feis:
D2 ; duce 4 efcribiren lo queignora, oyga en que con». filte efta diferencia, y confundafe. Prebenda es vn derecho de percebir ciertos frutos competentes por el fervicio dela Ielefñía. - Ghf verb. Receperint, mcap. cum M.de confit, Hofieaf.in fumm.tit. de Preb. mam.a8. lacob.de Graff. in aurets decif.p.1.0ib.2.cap.97. mun. 92 Zech. de Repub. Ecclefiaft. cap.24: de Canon. HUM.2. E 51. Dignidad enTeleña Cathedral, es vnaPreji benda Titular , que fe erigio paraaumento: de cl e Culto, y difciplina Eclefiaítica, como dize el Concilio de Trento en la Sefsion 24. de Reformationecap., 12. Racion, es vna Prebenda, o Beneficio inferior, de . qué fcinftituyo parada continua afsiftencia de eh sl Choro, y celebrar los Divinos Oficios 3 y poreflo los llama el Derecho A/sifios., 0 Manfrorarios:abafsidustate, 6 perpetaa manfione, cap. fi quis Epifcopus 1.q.1. cap. penulto mobi Glof: verbo Afsfsios de Cleric.non rejident. z oe | 32. * Conque Dignidades , y Racioneros en el Derecho, no dizen relacion alguna 2 Cabildo : fino folamente al Gulto Eclefíaftico , y afsiftenciaá los Divinos Oficios: 04 e 53. “Pero Canogía,-escofamuy diferénte de Prebenda , aunque tracannexo el derecho:a1.ella, Porquees vn derecho de tener afsiento en el Choro, y voz en Cabildo , y afsiltirátodos las fuñciones Capitulares ; el quallecompetcal Canonigo por la recepcion in fratrem., como hablan los teX- tos. cap. Genef.b ibi Glofoverb. vel quafi decleione, CGlof.ia capitvelatum, in capit pro ilorum., bin cap: Dilectus de Preb.¿> Dignit. | 54. Y fe puede hallar feparadade la Prebenda, como confta delos mifmos textos. Con que Canonio) y Capitular es vna mifma cofa. Pero los Dignidades, y Kacioneros, no fon Capitulares, 2ungue tengan voz en Cabildo; porque nola tienen por la ; re-
o e CI E M ' AS | 237 tecepcion ín fratrem > fino por la coftumbre initro= ducida contra el Derecho, por tolerancia, y corte= fanta de los Canonigos en las Iglefas, y cafos en que la hanadquirido. Vea, pues, nueltroEferitor, £í es pequeña la diferencia, que pone entre los Prebendados la preeminencia de las Prebendas. 55. Delaqual, fe figue necellariameute, que los Dignidades , y Racioneros, fon vnosadditamentos;al primitivo, y vVnico Cabildo, que rezonoce el Derecho, que esel de Canonigos. A la maneray que elengalte es additamento del Diamante, y laguarnicion, del Efpejo. Y afsi, como feria 1mpro- priedad monftruofa, que el engaftefin el Diamante fe Hlamára Diamante; y laguarnicion, fin el Efpejo, fe llamara Efpejo. De la mifma fuerte feria ridicu= = crm RSE HE E ¿e = A - EA INIA Le e la ambicion, que los feñores Dignidades, y Racio- ' neros pretendieran (como con menos contidera- i cion pretenden los de Cadiz) vfurparíe la repreh fentacion, y vío de Cabildo fin los Canonigos 5 0 - ll que cftos no pudieran tener dicha reprefentacion; ! y vío fín ellos. ' 56. Todolo que dize en el num.7. del Cabil- ; do general, que le convocael Dean, y en fuaufen- ' cia el masantiguo , es vna impertinencia fuera de h propofito, aunque muy del nueftro, como:moftra- É remos defbues. Pero lo que es cofa graciofa, es lo | que de aquiinfiereenclnum.8. Dequere alta (di- ¡ z0) que el aver defpacbado Cedula convocatoria el Ganop migo mas antiguo para bazer Cabildo en la Sala Coput- ] 4 lar, ha fido novedad intolerable; porque fe opone, y def traye la vnidad, conexidad , timád vidisatidad de todo el Cuerpo; y perjudica al derecho, poffefsion ,cofhumbre y y efaturos denuefira Iglefia. Fen averfe opueflo el Dean, y demas Prebendados , ban cumplido la cbligacionjuradas con que effan ligados ; en loqual, 2mgra agravio bazen X los derechos , yprerrogativas de S.L. antes bien, virtualmente los defienden; como 8 Lrítima es; as y Lo € 4 A
ZA el feto! Obifpo, no les de las gracias de fu zélo. - | Pero querriamos faber, fila novedad imtolcrable confilte en aver convocado los Canonigos a Cabildo, 0 enaver convocado para hazerlo en la Sala Capitular ) y noenla Plaza de San Antonio? Efto vltimo,no ay duda, que feria novedad intolerable, y muy contraria al Derecho, poffefsion , coflumbre, yeftatutos de la Iglefra. Perdonefeme laifonia; que no merecen otro eftilo tan calificadas ignoranclas. in 58. Hazer Cabildo Jos Canonigos por íi folos, fiendo elloslos vnicos Capitulares, por la difpoficion del Derecho, fe llama zovedad intolerable, y per- Judicial al Derecho, poffefsion, coflumbre, y effazutos de la lglefra; al mifmo tiempo, que los Diguidades, y Racioneros, que no lo fon, pretenden con ¿intolerable ambicion vÍurparíe la denominacion de Cabildo contra Canonigos? Qué derecho tienen adquiri- «do los Dignidades , y Racioneros contrala libre facultad , que concede el Derecho 4 los Canonigos de juntasfe por fifolosá Cabildo en materias privativas de lu Hierarchia? Qué poflefsion? Que coftumbre» Que eftatuto? Tienen algo en Cabildo los feñores Dignidades, y Racioneros, quena le lo aya dado la cortefania de los Canonigos?Sino es , quequieren valeríe de el Preverbio vulgar, XC. 59. Enalegar derecho, poffe/sion; o coffumbre , los puede efcufar la finieftra inteligencia de eltas vozes. Pero en alegar eftatutos, preciandofe de puntuales obfervadores del juramento, que tienen he + cho de guardarlos , nosé que difculpa puedan tener; eftando fiempre, que fe ofrece, quebrantando elte juramento: enaísifrir r losadtos de las polleffrones de Prebendas, de quelosexcluye expreflamente el Eftatuto 42. que declara pertenecer efta funcion privativamente 4 lus Canonigos.Qué no es : E capáz
a | AS capaz de dezirvn empeño precipitado? 60... 'Defde el numero nono empieza lo mejor del Memorial, que fe continua hafta el numero a 5. y esla defenfa de los derechos del feñor Obifpo, a quien trata incitar Contra los Canonigos con puersdes provocaciones, b irreverentes ad vertencias, indignas de refutacion, y de la atencion de fu lloftrifsima; y folo dignas de la figuiente obfervacion , que para ella fe ponen fas palabras, y fon las iguientes. 61. Todala fmbltanciade eftas provocaciones, fe reduce, a que filos Canonigos /o1 dos que conf/ttuyen Cabildo por el derecho commun (lo que les hazen merced de conceder) mo podran negar y que aquel mifmo Cabildo, que por derecho commtun confhituyen,21ene por Cabeza el Ovi/po; y por configuiente ban de confeffar : que a fu Ilufrifsima tocaría el convocarlo; afsi como Ju Santidadcomvoca para ConfiJtorio a los Cardenales > como Capirulares de aquel Sacro Collegío. O ban de dezar: queno es fu Cabeza el Obi/po, frno individuo de fu Commu-. vidad; y menos digno , que el Ganonigomas antiguo, y efto ofendemuchoh la primera Digmidad y que refide enla Mitra: Y aunque concedieramos tal abfurdo +; todavia ofenderia lanovedad a V.S.L.: como individuo ; por 10 aver le hecho faber, ui citado con la Cedula, que fe defpacho para celebrar el poco premeditado Cabildo. — AO É enelnumero 14. Ve/te ato de llamar a Cabildo, y celebrarlo por fé fotos, a vifta y ferencia, ypaciencia de W.S.[.yprotesido del Brovifór, conelempeño, que fe ba vio, feria baftante para adquirir pojfefstom + y para fér mantenido en ella contra la Dignidad, fiempre que quiferan hazer Cabildo fifa noticia, are. 63. Y enel fñinmero 15- Y de effe modo fe ban perdido muchas preeminencias de los Obi/pos, como fe prueba en lo que fucede quando a) concurfo WPrebendas , que e/hando prefente V.S. [lo govierna, "y tiene la campanilla el Canonigomos antiguo y Con admiracion de quantos lo ven Oc. > ai ta0ga de AO EAT E A A ME ES A A ee DR a PP” ADA A e e ys
32 ) : > a á 4 ro » . Jondosmas intercfados en eo miímo 5 y jamas permmtierantan mon ftruofoabfurdo, aunque lo intenteranios Dienidades, y Kacioneros... A 43. DosCabildosen vnadglelía., quien ha loñado femejante delirio? Si llamen dos Cabildos a Cabildo general, yrel de Cononigos : Juego en las Vacantes de Obifpados. y y Prebendas, ay. dos Cabildos: Iuego entonces la Sala Capirular escommun de dos, que la ocupan a preventioneel quemas puede, hazenco la Cafa de Oracionceantodelaralla. Y litodos eftos no fon inconvenientes ene). tiempo de Var cantes , por que lohan de fergunndo no las ay? Se experimentan acafueltos abíurdos en las demas Islefias , y feñaladamente en lade Sevilla, donde fon tan frequentes Gatildos de Canonigos, como los generales: Son dosCabildos diftintosel general, y el de Cancnigos?. Esla Sala Capitular com muhide dos? Sedán batalla fobre lú. ocupacion los Señores Dignidades:s: y Racioneros «con los teñores Canonigos fiempre que ellos quierén cele: brar Cabildo fin aquellus?2 Nadadeclto fe experimenta;antes fi, tododo contrarió «porque aque- Hosfeñores, como tanjúltificados ¿contentándofe con lo quetienen adquirido Icaitimamente, no pretenden vfurpar alos feñores Canonigos loque es fuyopyafsi gozan de vna perpet ua pa2,como,com> p i6eracio fepa paD ledela ju fticta 3 .L ajfitia 15 2 par ojculate fúnt.. cometan dodtos, Saben muy:bien, que el Cabildo de Canonigos, y el Exbildo.general, no fon dos Cabildos, fino. vno mifmo ;mas3:.0 hes hos extenfo en ebnumero de vocales: quelecons ponen. . NIN O BAS Mona O) 84. Alinterrogatorio conquiéconcluge el Memorial, como 4 las preguntasdel fegundopapcl refpondio ya el feñor Metropolitano cn fu Anto, del thenor figuiente: En la Caidadde Dedillas: cg a $ de Abril de 17 tx. años, Ju Señoria el Jéñor DotoriDon Fuan
Faan de Monroy +) Canonigo de la Santa Tolefa Mero rolirand:, y Parriarchal de ejta dicha Ciudad, Provifo Y, y Vicario Goneralen ella, y/0 Argobi/pado y Fauez Me- ¿ropolitano de la Ciudad , y Obi/pado de Cadiz; aviendo willo.eftos Autos. +>que ante Ju Señoria fe han traido en grado de apelación de los Autos, y procedimientos de el Señor Provifor » y Vicario Geueral de dicho Obi/pado de Cadizyenelpleyto, que ante dicho feñor Je fryue entre los CANONIGOS EN SACRÍS ,: y los Dignidades > y Prebendados de labatbedral de dicha Ciudad, fobre pretender dichosGanonigos celebrar Cabildo fin la afsif" tencia de dichos Digntdades ; y Prebendados. > Dixo, que moderava,yreformavaz modero:, y reformo las letras de inbibicion, defpacbadas por elle Tribunal, ymando, fedebuelcaneftos Autos:a el dicho feñor Provifor , y Vicario General de Cadiz y para queoyga a las partes fobre todos los articulos y quetienen deducidos conforme ¿4 Derecho, y les adminiftrezaflicia. Y confirmava ; y confirino los Autos de dicho feñor Provifor, y Vicario General, conque lasmultas ,: que impufo por la INOBEDIENCIA:, Y CONTYMACIA fé moderen a folamente cien ducados de vellon 5 y para fu execucion fe entienda afsimifino dicho debolvimiento; y afsi lo prove- y0,y firmo. Doctor Monroy. — Alonfo Baptifla Lopez, Notarto. A E: 85. Pero, porque no fe quexe el preguntador, queremos réfponderá cada pregunta en particular. Ala Primera , de rel Dean, y Cabildo eslegitimo contradiétor , fatisfizo ya enteramenreel Autor dela Ceniza. Ala Segunda, 3.4. 5. 6. 8.y 9. queda refpondido largamente por todo el diícurfo de elte papel; y feñaladamente en la narracion del Hecho. Ala Quarta, de filos pleytos empiezan por la fentencia , refpondo, que no tengo la culpa de fu ignorancia en llamar fentencia a vn Autro Provifional ,e interlocutorio; aunque en
e A E e A => nas 1 A en rigor debia aver fido fentencia' de manutrencion; porque la Cedula Convocatoria traia aparejadaexecucion, eftando,:como queda dicho, la alsiftencia del Derecho 3 favor de los Canonigos. Y el eftrañar que á las demandas executivas,fe figa la fentencia es muy conforme ala grande Jurifprudencia del declamado. | | 86. AlaScptima , deficscofa regular crear Notario a vn Canonigo 5 refpondo, que menos regular esembarazar la entrada al. Notario en la Sala Capitular. Mas debió de doler el golpe de efta creacion de Notario , que el dela Campanilla, pues tantos gritos ha lacado. Herer lateri Lethalis arundo. EE CANBOEA 87. AlaDezima, porno contener cargo particular, y fer general , y myfteriofa, refpondo con las palabras del Padre Valeriano Capuchino, enfu libro impreflo en Praga , pag. 112. refpondiendoá otro cargo femejante. Divulgaron fus contrarios vna Carta contra el, en que le dezian: O que decofas tenemos , que defcubrir” ln dezir que) quetecaufardn harto dolor. * Porque fono fe remedian, de obligacion auremos de avifar al Papa, y 41osCarde- nales. Y el fatisfaze con cftas palabras; y Yo con las mifmas: Quedireyo d cflas irjurias TAZAS > Pindeterminadas». Como podre convencer calumnias > que no feexplicanz Sinembargo, beballado elmodo; declerando publicamente , que tengo a dos que me amenazan por falfarios infames , defvergongados => mentivofos, fino defcubren eftos delitos 4 todo cl Vuiver- 0. $8. Eftome parece, que bafta, para defengaño de el publico , y de los menos informados de lofucedido en efie lance , y demonftracion de laignorancia , y malignidad del Efcritor de los papeles, queéstodoclaflumpro, que me
t me'he propuelto en eltemio. Pues ninguno ferá tanincauto , que de oy mas le atreba 2 creerle fobrefu palabra , aviendo vifto palpablemente las falfedades de Hecho , y errores de derecho,que “adelanta fin mas fundamento , que vna manificíta malicia, junta con vna necia confianca, que leengendra la prefumpcion de que fabe 5 fiendo efla mifma fu mayor error, fegun la aguda fentencia de el Epigrammilta Ingles: Se folum dolHum, fe indicat efje difertum; Es quod fos fapicasdejiphe ipfe magis,
E y Ek ouna En | y Ello ie ñA31 : o e AA, A a 4 =Qí also y1O ESG O RRMAILVO Duo OTUISODETE) > - 5) . senora DIES A A 4 E 2gl 30103108 pla Uli 002 Avd TE RTULIEOQO 9 r, z ; er , » ; ES : y y y e AY a É 2 3% e LL De | p! b DUpror: ¿ ¡35 sb CIL 0 po E e E DESDE $) ¿JD ¡ dE ¿EN id > ; HS . . An e = a EOBODD ¿0 aid Dostberti 0nrsñ p z > id - eos ES el a e a ' s 24 S 1. a LIO Lv 50 Hpesioit 15 - € ' Si ; ES y HETERER A Ae b: ya ERA Oirbal ==. $ da ns E eb ElDL: Filio Eb * 4 5 au25 e LOTES LEN : mm Ej: gr $ f . 7 Y > */ ' CODA DA la Mu re Ñ y o bt * E Ls , ER ETT ” , (ui A 13 ¿ LSD ARAN YA yr 0 y XA í - a qe? A .á A A SA dx e Pe E * > . a * CNN ARMA re ía - e » : 3 ERE sy , » ERE y SÓ 8 Y En = ES