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Iesus Maria, Fray Nicolas de Iesus Maria, Vicario General de los Carmelitas descalços, a las monjas Religiosas de la dicha Orden, salud en el Señor. Ya Vuestras Reverencias saben las suplicas para ante su Sanctidad, conforme a derecho, que se han hecho al breue que para Vs. Rs. fue alcançado de la felice memoria de Sixto V, sin noticia de la orden, y la Renuncia del gouierno de Vs. Rs., que los Padres del capítulo general de nuestra orden hizieron en manos de su sanctidad, y ansi no lo repetiré...

Nicolás de Jesús María (O.C.D.)

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LESS MARTA e ARAY NICOLAS DE IESVS MARIA,VI-: 5014 cario General delos Carmelitas defcalgos; A las monjas Re 1 ligiofas de la dicha orden,falud enel Señor. Ya vucílas Reañ uercias fabenélas fuplicas paraante fu fanGidad, conforme a ¡by derecho, ¿ [e han hecho al breue;4 paraVs.Rs fuealcigado EN de la felico merioria de Sixto V.. finnoticia de la orden , y la Renuncia del gouierno de Vs. Rs. quelos Padres del ca- : Ei pitulo general denueftra orden hizieró en manos de fu fan= Ctidad,y anfi no lo repetire. Sololo queagora en eltoay,que auifar a Vs.Rs.es, Que nueítro muy Íandto Padre Gregorio XIII. auiendo oydolaspartes, 4 da- o orden eneítos negocios, por fu Breue,dado en xxv.de: Abril proximo pallado,d inftancia de fu Mageftad,que feimprimira en Latin y en Romance para mas yor claridad; y fe embiará ¿4 Vs.Rs.cótodabreuedad: Enel entretanto que efto le haze, ¿ parecido alos padres del Diffinitorioy Confulta, fer neceflario auifar a Vs.Rs. como fu Sanétidad encfte vltimo breue, 4 reuocado algunas cofasde el breue de Sixto'V. y mudado otras (aunque pocas )y confirmado las que no fon contrarias a las ordenaciones enefte vitimo Breuefuyo contenidas. Y auiendo e <óferido las Cóltituciones,y Ordenaciones, q en ambos eftos Brenes efta,con las Conflituciones que Vs.Rs. tienen , que le dio el Capitulo:de la Orden ¿fecho en Alcalá el año de1 5 8 1. halla (esque traen algunas cofas mudadas y añadidas (que cafitodas fon del Breue de la felice memoria de Sixto V.. ) de que á fido necellario avifar 4 V s.Rs., y embiar efte memorial dellas , para que las puedan guardar y guarden, enel entretanto que la dicha imprefsion feles embia. “Y mando en virtud de Spirirufantto,y Santtaobediencia fub precepto , que ningun Religiolo y MiReligiofade nueltra orden , hagaimprimir eftos Brenes, ni Conflituciones de s.Rs.de maneraalguna.ni V s.Rs.las reciban,nivíen otras algunas, fino las que la Orden, y yo en fu nombre les embiare,fo pena:de privacion de officio y voz A Etiva y Paísiua ala quelo contrario hiziere. Lasinnouaciones,pues, y mudan-= £as que en los dichos Breues,ay demas delas Gonft:tuciones que Vs.Rs.tienen , fon las figuientes. | | PRimeramente, quantoal gouleruo de Vs.Rs.lo que dize efte Breue de nuetro Sanéto Padre Gregorio xiiij.es lo figuiente. q Los Prouinciales, durante fu Officio de Prouincialato,rijan y goviernen los Frayles y Monjas de fu Prouincia, en lo fpiritual y temporal, y los puedan corrigir y caftigar,formando proceflo, o n formallo,como le pareciere Julto,y equidad,de qualefquier culpas, eXcepto de 2 que en laconftitucion delos fraylesfe llama Grauiísimasla qual eneíta parte extendemos a las Monjas de la dicha orácn tambien , abrrogando enefto' todas las conftituciones de las Monjas que fueflen contrarias.Elta,pues (culpa grauifsima) Y todos los otros negocios de la congregacion,que e han dedeterminar,fegun la - forma de fus Conftitaciones formando procellogal Vicario general,y Diffinido- XES CON Yoto decifsino de todos, o dela mayor parte,Ícan remitidos (como fe 4 de arado có authoridad Apoftolica enl os negocios dela melma cógregació.) q|Lté mas. Las Monjas y us monalterios ¿(nO por algú general Comillario, el qual officio totalmente extinguimos)por fus Provinciales fean gouernadas y vil tadas. fegun el diftrito de fu Prouincialato. (y en otra parte) Álos quales,capitulo general,y Vicario General, ¿ Diffinidores Concilrarios, los Provinciales, y los cmas frayles y menjas dela dicha congregacion , y los demas negocios en todo - ( POr y portodo eften fubjetos. Efto dize el Breno/A poftolica: y Vs.Rs.obedeceran alos Provinciales en lo que esde fu oficio, y al Capitulo general y Diffinitorio en lo q le toca(como el Summo Pontifice máda:)y aísi porla prefente felo man | do. y y “ er 3 Els E . , O E o ] h ica ; Ñ d E GLoorro,quanto alas Conflituciones; Viéne inmonado y mudado | o figurente. 4 Cap. : SEnel capitulo primerosenJas Reeleciones dize afsi.. Las Prioras , no puedan | | . fer reeledtas enloymelmos Conuentos donde antes fuerón , en Prioras , ni cn Suprioras,faluo pallando tresaños,como delos Religiolos eftá ordenado. — Gap.2. 4 Enel capitulo fegundosen la Conftitución de no defechar la que no pagare el | dotesañade; que lea demanéra,que el monafterio no fea por elfo mas necelsitado y endo quefaltare por eflosde hazienda y Jimofnas folitas, Le pueda fuplir. 1.0 > «¡Enel recebir monjas de otra orden,cierra del todo la puerta. o 20000 + ¡En larecepcion de lasmonicias dizeanfi.. Alhabito,como ala proffefsió,in> | teruenga la mayor parte de los votos,porhauas blancas y negras:y añade. Y fiem» Al pre preceda,que fe preguntela voluntad dela Nouicia porel Obifpo, ó fu Vica- 110,0 otto por ellos diputado,conforme al Decreto del Sacro.general Concilio Tridentino. le obsiogstá 2491 rojos: Euro ' A -G Eno de las monjassque falen a fundar,dize.Q ue fe puedan Tacar monjas de yn monalterio para fundar otro: y que defpues de fundado puedan y:ayan de bol» _Uera fu primer conuento,con licencia del Vicario general, y difinidores , pare» - ciendoles queanfi conuienes Lap sr E eE - SG¡Enel numero,dizeaníi. En qual guier monafterio,las monjas no puedan exceder de veynte y. vna:y coneíto [e moderó lalicencia de Sixto V. que concedia masiquecho.: yc teloup 1 | . e al -q¡Enel recebir mayornumero enlosmonafterios que nótienen renta para fuf= tentar veynte mójas,y:no fe pueden recebir mas de catorze,fo pena.de prinacion de officio ala Priora:, femoderó el primer breue que hazianullala tal reccepció; reduziendo lo al modo dclasconflituciones: : | stos A 4] Enel Capitulo tercero yen lo de hablar las monjas con:Efcuchadera(quando no fea negocio de: Alma,) efta quitadala clanfula del negocio del Alma, y.manda que fiempre aya Efcuchadera, ó quela Priorato fear +0:091 2odabao!s p 36) «¡Enel entrar el Confeffor,fe máda que no hable fino alas enfermas,y efta quitado,que pueda hablara las otras algunas palabras, coro enlas conflitutiones de V.R.fecontenia. 000 cis, ina 412) | . | Ac -S¡Enel no falir las Monjas ¿cerrar lapuerta del zaguansnila yglefa. Vieneaña * ue - didospenaquela que lo hiziere1mcurra en las penas y cenfuras del fanéto Conci- ARRE call lio Tridentino,y motus propios delos Summos Pontifices: Y fe manda que para Al ello tenga Sacriltan Clerigo,o presbytero,o mádadera,G por defueralas cierre: sq cil Enla entrada del Perlado para la vifita,:extienden la declaracion del fancto Y Concilio Tridentino ,a queprohiba la entradaalos Perlados tan bien: y aníi lo 2 declarar Y mas manda que el Perlado lleve yn compañero viejo que entre con el, y no Íea arte del, quando la Hi ; Ísidad le obligare a entrar. se -q¡Enlo delos cófefores acerc adel trar dentro del Gonuento a confe(Tar las dl e Quando el ConfefTor entrasha de fer con fobrepelliz, y eltola, y acompañado: A -de dos Monjas para ello diputadas, y que falgaluego fin detenerfe. ¡ ey Y masan añadido que para entrar el ConfefTor 4 confeffar vna enferma de lar 6 ga enfermedad, que ayade ferrequerido paraello.> Enlo. q%) e TOBA <Werlodariohablarias Mon jas áReligiofosidize anfi.Prohibimos que las M6. .. das nilas Berladas:-en:maneta alguna admitan o Íufran que enga a hablarlas al Mo nafterioslocut ri0,torno,ni rexas,Religiofoalguno,nide fo orden tan poco, fin Hcencia del Vicario Generalso.del Commiflatio, que fe le ayade con ceder por cfcntospor Julta yrazonable canía lolamente,o.en los: cafos en eltas conftitución €5» O en el capitulo General, admitidos, fopena de culpa mas graue, en la qual 1p/o fá= éto., MCU) y Y los. RELIGIOSO Siy Erayles que-de otra man era prefuahicten ysvo/dequal quier manera contraninieren:La primera, y fegunda vez, que den priuados de officio y devoz:aétiva y palsiuaslatercera vez, Jpfo facto , La Otra declaracion, fepan que incutriran en las demas peñas y cenfuras que an eftablecido" eacroañto: Géneral Concilio Tridenting,y los Summos Pontifices Romanos Alo dichosscóntralos que entran:en la claufura de las Monjas. Y tan bienen o- Uta penas y, Cárceres que meritamente el ordinario del pueblolos:cafligara. Ad- | wuerta el Perladó en elto, que quando diere licencia para [er.confellor de las Módasslade tan biénpara hablar las de-virtudess porque no cay gan los confelffores en. <ftas cenluras y penasshablaridoLas en cofas que no fon de confefsion: y laMonja tanbien, porfer canta dela culpa, y participariin crimine criminofo. e Enel capitulo.quinto enel examen de medio dia, manda el Summo Pontifice 7 £ (ejunten:todas a:ello.' BOYS 0DÓ) no) 01 Lobe | S Que la'oracion dela tarde feade cinco a Ley3, Cap.6, Que completas fe digan delpues de cena. ES AA GÉnc capitulo fexto,en los confelTores dize anfi. Los Provinciales proucan “Undantemente alas Monjas,de confefTores ordinarios,conforme a ladifpofició el fanéto Concilio Tridentino: quitada totalmente la licencia y poder, alias, có- Cedida a las Prioras enefto.Y anfi efta Phibido el poder V.R. llamar CófeTores. | TQuitado an laconttitucion de V. R. queda licencia que puedan las Monjas “Puicaral ral confefTor qualquierlimo(na o fruto de Capellania. : JEnel comulgar, dize quela Priora (in juíta caufa no prohibalacommunion Cap. Alas hermanas en los otros dias,fuera delos feñalados. O GEnel capiulo feptimo,manda fu San ctidad,que todas las Monjas viuan deré | tasy de las limofnas: y aníi elta quitado que en pueblos ricos puedan viuir folo de Cap.3 imofhnas. : : TEnel oé4auo capitulo,en lo del ayuno, manda fu San Ctidad, que en los dias de ayuno de la yglefia,y en todos los viern es,excepto entre Paícuas,no fe comá an RefeRorio huevos,ni cofa de leche: pero la Priorapodra difpenfar, con la enerma,o necefsitada, que fuera de Refectorio, y apartada de las otraszlos coma. Y Cap, 20, Cita quitado el indulto de la Cruzada que eftana en las conftitucion esdela orden, > Nel capitulo veynte,a la que apoftare,o falicre de los limites del Conuéto, efta añadido Que incurra, ¿p/o fuéto, en todas las cenfuras y penas del lan Lo Conci 10 Ty; entino,y las delos Summos Pontifices: y fe manda que la caftiguen graue- Cap.s: Mente, C y y a e . P.21, qEl capitulo veynte y vno,delos mandatos de lados, eltaañiadido > y Sn ado,que no pongan alas Monjas cenf ppsod excommunió, late fententia, JE ucha “Onfideracion. SS A 2. TEne] “pitulo veynte y dos, declara lu: ¿Ctidad,quelas conflituciones y man MEA SE Supcriores,no obligan ¿peccado mortal,ni venial , faluo quando escon y S PTecio,ó con pena de excomunionso fe ponen en virtud de Spiritu fanéto, pe SS Obediencia:efto eftaua enel prologo de las conflituciones de Vs.Rs.Pe- CXan ; 5 en fu fuera como ja Reglaobligue fin declararlo. cto e Capitulo Eap.23: ftro Santo Padre Gregorio xiiij.declara que fea Romano. «jas las Cóftituciones delos frayles,con parecer “bienen las Gonftituciones eftaua. - “blemente,que aníilo ordenan los Summos Pontifices. -cofas y no auerlas yo aduertido. ejOtras Capitulo veynte y tres "en lo del Rezado,que Sixto V ¡mándaña fueffe Car= melitano,con las difciplinas.y otras cofas del ordinario Garmelitano. Ágora nue q Y fe ordena tambien,que en lo que faltaren eftas cóftituciones,figan las mos del V icario general,que eftotam- Lo demas de las conftituciones de Vs«Ks.con éftos breues Apoftolicos fe có firma y fe manda guardar,anfi en lo que mandan,como en las penas delas, inuiola | E Sto eslo que le 4 podido coligir eneftos pocos dias , para dar noticia dello a Vs.Rs.quean parecido importar,no haziendo cafo de otras mudangas en colas ligeras.Si huuiere otra cofa que aduertir,fe hara: y có toda breuedadprocurare embiarle los mifmos Breues impreflos,y por ellos Vs.Rs.veran todo efto enel Breue de Sixto. V .de felice memoria, que contienetodo efto , y podra Íeraucr otras Conftituciones auia mudadas, pero nueftro Santo Padre Gregorió xiiij-las á reduzido alaforma delasconítitucios, nes de Vs.Rs.y anfino fe ponen aquí. nu p-oud1a q Vs.Rs.guarden todo lo fufo dicho con todo cuydado,como EsTazOn que fe ha ga en mandatos Apoftolicos. Y nueftro feñorles de fu Sanda gracia. * . DEE eE