Derechos humanos, luchas y praxis de liberación: algunos aportes a partir del pensamiento de Ignacio Ellacuría y otros autores críticos
Full text
63 Capítulo Tercero DERECHOS HUMANOS, LUCHAS Y PRAXIS DE LIBERACIÓN Algunos aportes a partir del pensamiento de Ignacio Ellacuría y otros autores críticos David Sánchez Rubio1 1. Introducción. Inclusiones abstractas sobre una estructura social de exclusiones concretas Uno de los problemas fundamentales que afectan a derechos humanos es su separación entre la teoría y la práctica, entre lo que se dice y lo que se hace, entre su dimensión formal, normativa y abstracta y su dimensión concreta, fáctica y socio-práctica. No es un simple problema lógico ni tampoco de ajuste teórico-formal, sino principalmente socio-material, de reconocimiento y realización efectiva, pues muchos son los seres humanos en la Tierra que padecen sufrimientos, injusticias y consecuencias nefastas por ese desfase entre lo teórico y proclamado y lo práctico y realizado. En este sentido, el bien común de toda la humanidad y sus pueblos no se reconoce. Curiosamente, la cultura occidental, que se dice abanderada de la democracia, los derechos humanos y los estados constitucionales de derecho, con su modo de producción económica capitalista competitivo, patriarcal y colonial, y por las formas simbólica, institucional y cultural que lo legitima a todos los niveles, asienta este abismo sobre un discurso de inclusiones abstractas, formado en torno a teorías, normas jurídicas e instituciones que los reconocen, pero sujetado y ajustado sobre un suelo y un terreno de relaciones y tramas estruc- en los casos en los que se enfrentan, solo se hace puntual y azarosamente. Tal humanos se convierte en falsa, desajustada e injusta porque los reduce a su 1 Profesor titular de la Universidad de Sevilla.
David Sánchez Rubio64 mínima expresión e ignora las condiciones reales sin las cuales no se pueden realizar, afectando a la mayoría de la humanidad2. bajo un falso universalismo y participa y ahonda la fractura abismal entre lo que se dice y lo que se hace. Sus discursos y sus prácticas se mueven por medio de abstracciones que reconocen la dignidad humana de todos los seres humanos sin atributos, pero sobre la base trágica y recelosa de exclusiones cotidianas marcadas por particularidades como la nacionalidad, el racismo, el sentido de pertenencia, la condición de clase, la defensa del derecho de propiedad avariciosa y absoluta, el machismo o el concepto de ciudadanía. Por eso modula lo humano en función del modelo que le parece más digno o merecedor de ser reconocido con dignidad real y efectiva. Lo hace tanto a nivel interno, de puertas adentro, como a nivel externo, pero en este caso con una mayor acentuación e intensidad. Occidente trata al otro, al extranjero o al extraño, con un grado de desigualdad mayor que el que establece internamente, al interior de sus fronteras con sus ciudadanos. El modo jerarquizado como organiza socialmente el poder, el hacer el ser y el saber por razones de clase, de raza, etarias y de género a sus nacionales, lo acrecienta, incorporando nuevas asimetrías de puertas a fuera, a quienes considera no occidentales y pertenecen a otras culturas, sobre todo si son pobres. La discriminación, la marginación y la inferiorización por medio de la división social, cultural, racial, etaria, territorial, de clase y étnica del hacer, del poder, del ser y del saber humanos, se incrementa estructuralmente entre quienes son conside- Por ello, insisto en que la universalidad de los derechos humanos se en un “como si” universal de todas las personas, pero sobre la base trágica y recelosa de exclusiones concretas y diarias, individuales y colectivas (contra mujeres, indígenas, mendigos, pescador, campesino, minero, albañil, trabajadora doméstica, personas de raza no blanca o no blanqueada, gays, lesbianas, personas trans, etc.), que se multiplican contra quienes, por ser inmigrantes sin papeles, no son nacionales ciudadanos de sus estados considerados 2 Ellacuría, Ignacio, “Historización del bien común y de los derechos humanos en una sociedad dividida”, en Senent De Frutos, Juan Antonio (Ed.), La lucha por la justicia. Selección de textos de Ignacio Ellacuría (1969-1989), Universidad de Deusto, Bilbao, p. 284.
Derechos humanos, luchas y praxis de liberación 65 constitucionales y de derecho. Helio Gallardo lo señala de manera muy clara y funcionamiento de las formaciones sociales modernas y capitalistas y el discurso de derechos humanos (cuestión ligada con la voluntaria `incompren- - sibilidad, para hacer de derechos humanos una forma de existencia (factor cultural) y, en cambio, su remisión estrecha a circuitos judiciales, locales e internacionales, o, peor, su utilización al servicio de intereses geopolíticos o políticos de minorías”3. Genera una ilusión y un efecto emancipador potencialmente universal que no puede, ni quiere cumplir por las tramas sociales que construye y despliega en todos los órdenes desde dinámicas excluyentes, de las sociedades modernas europeo-occidentales, se proclama un discurso universal de dignidad integral pero estructurándose, al mismo tiempo, mediante condiciones materiales que no lo hacen factible. El imaginario de la modernidad inventa derechos humanos sobre una instalación material, económico-cultural y una institucionalidad establecida para pocos, tornándolos no factible4. Desde otro plano complementario conectado con la espiritualidad religiosa, el mismo Helio Gallardo señala que el marco de la religión cristiana como importante base cultural y su proyección civil en la modernidad secularizada, pero no desacralizada, se crea, bajo un unilateral monopolio de atribución de culpas, una ley moral que facilita producir situaciones de victimización que luego castiga y condena selectivamente. Produce relacionalmente lo que luego sanciona desde dinámicas de dominación. Esto provoca una pre-actitud defensora de la idea de un individuo portador de grandes valores distanciándose de ellos, o sea sin ponerlos a prueba socio-histórica y sin comprometerse personalmente. El resultado es que no se cuestiona la estructura social desigual y excluyente sobre la que se construye la convivencia y la sociabilidad humana en lo económico, en lo político, en lo cultural, en lo socio-histórico-material 3 Gallardo, Helio, América Latina. Producir la Torre de Babel, Editorial Arlekín, San José, 2015, pp. 360-361. 4 Ibídem, pp. 408 y 410.
David Sánchez Rubio66 por orientarse bajo un criterio ético y moral abstracto, falso y sesgado en su universalidad prepotente, sectaria y discriminadora.5 Tras esta pequeña introducción, en este breve trabajo voy a intentar destacar, proyectar y recrear algunos de los aportes que considero que el pensamiento de Ignacio Ellacuría ofrece para percibir, descubrir, analizar y enfrentar no solo ese distanciamiento constitutivo del modo como general y material y relacional excluyente. Y lo haré centrándome principalmente en - rechos humanos; las luchas contra la dignidad de quienes sufren injusticias; y la racionalidad junto a una ética de la vida que debe ser el soporte de todo muchas voces, la mayoría de ellas procedentes de la teoría crítica y del pensamiento de liberación latinoamericano. Pero vayamos por partes. 2. Derechos humanos complejizados: la cara oculta del iceberg imagen que tenemos de un iceberg. Si pensamos en este gran bloque de hieque vemos, pero existe otra parte bajo el agua que está oculta y que no conocemos. Desde el inicio partimos de una idea equivocada se nos viene inmediatamente a la cabeza: parece como si solo la punta del iceberg fuera la única parte que realmente existe. No tenemos en cuenta los dos tercios que se ocultan debajo del agua y que son sus verdaderos cimientos. Comprender derechos humanos de un modo complejo, completo e integral, requiere está a la vista como los elementos existentes en su estructura y que permanecen debajo del agua y que, por ello hay que visibilizar y mostrar. Al igual que el iceberg, los derechos humanos esconden todo un mundo de matices y riquezas que no nos son ajenos, extraños ni desconocidos, sino que están muy cerca o forman parte de nosotros, en nuestro vivir cotidiano, en nues- - Samuel Castro-Gómez entre otros (Ibídem, pp. 328-329).
Derechos humanos, luchas y praxis de liberación 67 tros comportamientos y en el modo como desplegamos nuestras acciones, ya seamos estudiantes o profesores, padres de familia o hijos, empresarios o abogadas, jueces y juezas o policías, funcionarios, representantes políticos, sindicalistas o ciudadan@s. Generalmente, para entender derechos humanos se suele acudir a una jurídicas, en las instituciones con el estado a la cabeza y en ciertos valores que le dan fundamento (como la libertad, la igualdad y la solidaridad) y que están producciones normativas e institucionales. Derechos humanos son aquellos el ámbito internacional como nacional, por las constituciones, normas fundamentales, cartas magnas, tratados y declaraciones basadas en valores. Se hacen efectivos únicamente por medio de circuitos judiciales, tal como señaló Helio Gallardo. Con todo ello nos encontramos con una comprensión y concepción normativista, estatalista, formalista, teórico-abstracta, delegativa, burocrática (en el sentido de que son las instancias estatales y sus funcionarios las únicas responsables de garantizarlos), y pos-violatoria, es decir, que derechos humanos se protegen cuando se violan, no antes. Ya lo he comentado en otros trabajos6. Frente a esa concepción autores como Ignacio Ellacuría, el propio Helio Gallardo, entre otros, tratan de complejizar esa estructura de derechos - mente, conlleva varias implicaciones o consecuencias negativas, algunas de las cuales voy a resaltar a partir de una serie planteamientos de algunos de esos autores.7 - 6 Cfr. Sánchez Rubio, David, Encantos y desencantos de los derechos humanos, Icaria, Barcelona, 2011; “Contra una cultura estática y anestesiada de derechos humanos. Por una recuperación de las dimensiones constituyentes de la lucha por los derechos”, en Derechos y libertades, nº 33, 2015. 7 Sin ser exhautivo, algún@s de ell@s son Joaquin Herrera Flores, Oscar Correas, Jesús Antonio de la Torre Rangel, Alejandro Médici, Franz Hinkelammert, Enrique Dussel, Raúl Fornet Betancourt, Antonio Salamanca, Johan Galtung, María Lugones, Alda Facio, Juan Antonio Senent de Frutos, Alejandro Rosillo Martínez, Silvia Rivera Cusicanqui, Leonardo Wandelli, María José Fariñas, Boaventura de Sousa Santos, Antonio Enrique Pérez Luño, Fernanda Bragato, Oscar Arnulfo de la Torre Rangel, Antonio Carlos Wolkmer, Asier Martínez de Bringas, Luigi Ferrajoli, Gerardo Pisarello, etc.
David Sánchez Rubio68 rique Pérez Luño y Joaquín Herrera Flores, se van a subrayar una serie de elementos destacados, principalmente, tanto por Ignacio Ellacuría, como por Helio Gallardo y que hay que tenerlos en cuenta de manera complementaria, interdependiente y de un modo interrelacionado. Para Antonio Enrique Pérez Luño los derechos humanos son un conjunto de instituciones y facultades que en cada momento histórico concretizan los valores de igualdad, libertad y dignidad humanas, precisando ser positivizados en normas jurídicas tanto de carácter nacional como internacional8. Para Joaquín Herrera, derechos humanos guardan relación con procesos de apertura y consolidación de espacios de lucha por la dignidad humana9. cinco elementos que señala Helio Gallardo como partes de la estructura de - - rídica estatal (políticas públicas y sentencias judiciales); d) la lucha social; y e) la sensibilidad sociocultural10 se puede ampliar con sistemas de garantías jurídicas no estatales a partir de un paradigma de pluralismo jurídico y de garantías sociales, culturales y relacionales no jurídicas como complemento de la infraestructura que vertebren los estados en el sentido de que todos los seres humanos pueden deshacer y violarlos pero también hacerlos y garantizarlos. También de la lucha social del elemento d), hay dos manifestaciones: una lucha colectiva desde los movimientos sociales y otra lucha individual cotidiana11. 8 Pérez Luño, Antonio Enrique, Derechos humanos, estado de derecho y constitución, Tecnos, Madrid, 1999. 9 Herrera Flores, Joaquín (Org.), El vuelo de Anteo, Bilbao, Desclée de Brouwer, 2000; Herrera Flores, Joaquín, Los derechos humanos como productos culturales. Crítica del humanismo abstracto, Madrid, Los Libros de la Catarata, 2005. 10 Gallardo, Helio, Política y transformación social. Discusión sobre derechos humanos, Editorial Tierra Nueva, Quito, 2000; Gallardo, Helio, Derechos humanos como movimiento social, Bogotá, Ediciones desde abajo, 2006; Gallardo, Helio, Teoría crítica: matriz y posibilidad de derechos humanos, Francisco Gómez, Murcia, 2007. 11 Sánchez Rubio, David, “Derechos humanos constituyentes, luchas sociales, cotidianas e historización”, en Hernández Avendaño, Juan Luis, Cariño Cepeda, Galilea (Coords.), El rector mártir. Los legados de Ignacio Ellacuría para encargarse de la realidad, Universidad Iberoamericana, Puebla, 2015.
Derechos humanos, luchas y praxis de liberación 69 El mismo Ignacio Ellacuría, reconociendo lo complejo y ambiguo de - - siones, algunas coincidentes con los elementos arriba subrayados: a) como necesidades de la convivencia social y política en tanto elemento biológico; b) como exigencia física antes que moral aludiendo a su carácter material; c) como producto histórico y que continuamente hay que historizar, siendo fruto y parte de procesos y praxis de colectivos humanos, expresando una dimensión de producción socio-histórica y relacional; d) como aspiraciones naturales que se van actualizando de manera desigual; e) como prescripciones éticas, valores e ideales utópicos que se cumplen o incumplen, se aplican o inaplican, provocando mayores o menores dosis de humanidad; f) como momentos ideológicos y momentos ideologizados en el instante que se hacen exclusivos de una minoría. Derechos humanos pueden ser privilegio para unos pocos y no ser garantizados ni realizados para muchos; g) como derechos positivos gestionados por instancias estatales e internacionales; y h) como convenciones y contratos entre individuos y/o estados12. Las cinco últimas dimensiones explicitan la tensión y la posible reversibilidad entre lo teórico-axiológico y lo práctico y lo realmente efectivizado, además de explicitar a qué colectivos se les reconoce e incluye más y qué colectivos se les excluye, no se les reconoce y se les discrimina en la praxis y en lo sociomaterial. Las prescripciones éticas e ideales se pueden traducir como aspiraciones y valores como la libertad, la igualdad, la dignidad, la solidaridad, la vida humana y de la naturaleza, que en forma de reglas y principios se objetivan en su parte argumentativa y discursiva y, además se reivindican por los movimientos sociales. En esos procesos se plasman como productos históricos que expresan también necesidades y exigencias sobre las que se pautan facultades y marcos de acción. Una vez incorporados estos distintos elementos que conforman el iceberg de los derechos humanos, se puede enfrentar ese paradigma iuspositivista y en cierta medida también garantista predominante que los aquilata, los estrecha y los enmarca blindándolos desde un prisma exclusivamente formal 12 Ellacuría, Ignacio, “Historización de los derechos humanos en los países subdesarrollados y oprimidos”, en Senent De Frutos, Juan Antonio (Ed.), op. cit., pp. 363-364.
David Sánchez Rubio70 y normativo. Uno de los errores de enseñar, pensar y concebir derechos hugeneralizado cimentado en los tres primeros elementos señalados por Helio Gallardo con sus matices: a) la dimensión normativa e institucional (derecho positivo, convenciones y contratos en la terminología de Ellacuría); b) la disumado el elemento de los valores (f), pero solo en relación a aquellos valores objetivados y positivizados en normas y teorizados por técnicos, opera- o se da escasa importancia a otros ámbitos fundamentales al situarlos por por ejemplo, con la lucha social y su dimensión socio-histórica (que incluso cuando se reconoce se hace de manera muy puntual). También ocurre con - ter político y pluralista tanto del derecho como de los derechos humanos y que pueden ser hechos y deshechos también fuera de las instancias estatales. Igualmente lo mismo pasa cuando se desconsidera la cultura, el saber y la sensibilidad popular, ya que son básicos para poder entender y conocer mejor derechos humanos y ponerlos más coherentemente en práctica, aludiendo a esa dimensión o componente utópico positivo que ayuda a la gente caminar frente a todo aquello que achica, reduce o aniquila la condición plural, abierta, procesual y diferenciada de lo humano. Hay que tener en cuenta que - cipios éticos en fuentes artísticas y productos culturales como música o canpatrón normativo-jurídico. El caso es que todos estos insumos infravalorados hay que supervisibilizarlos y mostrarlos porque nos pueden permitir superara y/o enfrentar esa separación estructural que existe entre lo que se dice y lo que se hace sobre derechos humanos y que impiden desarrollarnos como sujetos autónomos plurales y diferenciados. - quín Herrera, se pueden complementar con los elementos indicados por Helio Gallardo e Ignacio Ellacuría, para así enriquecer la estructura y la realidad compleja que gira en torno a derechos humanos.
Derechos humanos, luchas y praxis de liberación 71 De todas ellas, el elemento que considero fundamental es aquel que le da fundamento en su origen, le proporciona vida y dinamiza su existencia como es el de la lucha y la acción-relación social. Además sirve para confrontar de forma más directa ese imaginario que gira en torno a lo instituidodelegado por normativizado y estatalizado, y que descarta la importancia de la dimensión instituyente y constituyente de los mismos. 3. Procesos de liberación, luchas, demandas y reclamaciones populares El hecho de que los derechos humanos sean entendidos desde un prisma estatalista, formalista, burocrático, individualista, delegativo y post-violato- rio conlleva una estrategia subyacente por parte de quienes desde un poder fetichizado y controlador, quieren dominar a la ciudadanía consolidando su hegemonía a través de un imaginario delegativo-dependiente tanto de la democracia (que solo si es representativa es legítima) como de las reivindicaciones de los derechos (que únicamente pasan por circuitos judiciales) cuya prioriza lo instituido sobre lo instituyente y lo delegado-dependiente sobre el protagonismo activo de los sujetos ciudadanos. Esto tiene también mucha - métrica y sectaria en el que unos son más y otros son menos. Para normaliacompañado de dispositivos que limiten y debiliten el poderío de la gente, de lo popular, de la ciudadanía o de la multitud y así tenerlos bajo control, pero bajo una apariencia de participación y universalidad. Tod@s forman parte de la democracia pero esta es mediada por unos gestores y administradores del interés general. Desde otro plano complementario que explica en parte la consolidación exclusiva de mediar y representar políticamente en democracia, al menos resulta evidente cómo, históricamente, en el contexto de la cultura occidental, los grupos de poder, las elites, oligarquías y poliarquías que generalizan y consolidan sus imaginarios, han expresado un terrible y un tremendo miedo al pueblo, manteniéndose con el tránsito a la modernidad antes y después de los distintos procesos revolucionarios que han caracterizado ese tránsito durante los siglos XVII, XVIII y principios del XIX (como son las revoluciones inglesa, francesa, la independencia de Estados Unidos y la revolución de
David Sánchez Rubio78 según Ellacuría, sino más bien hay que realizar el esfuerzo por no producir ni generar las condiciones que son causa de debilitamiento, de hacerlos débiles, de producir débiles,24 a través de una praxis construidas y caracterizadas desde ellos que intente superar las realidades negadoras de sus derechos con el acompañamiento de quienes no sufren o se encuentran en su misma o equivalente situación, Se necesita para conseguirlo un reconocimiento social y el establecimiento de todo aquello que posibilite las condiciones materiales para ejercerlos reales y efectivos. Por medio de las tramas y las acciones sociales en todas las esferas de convivencia y en todos los espacios sociales, se camina hacia una praxis de reconocimientos entre los seres humanos como que el concepto estrecho liberal y occidental de derechos humanos tal como se interpreta y aplica, deja intactas las sociabilidades, las tramas sociales y relacionales propias del modo de vida capitalista que se basa en una división heterárquica, desigual y asimétrica estructural tanto del saber, del poder, del ser y del hacer (trabajo humano incluido), que discrimina, margina, domina y oprime desde el punto de vista de género, racial, de clase, etario y cultural. Por ello deja fuera de la posibilidad de disfrutar derechos a la mayor parte de la humanidad. Los derechos humanos vistos solo desde sus dimensiones instituidas, burocráticas, formales y normativas, invisibilizan, ignoran o no afectan a las situaciones estructurales de desigualdad y dominación que quedan inamovibles históricamente, a pesar de que existan normas e institucio- - nocer las demandas de esos grupos excluidos. Como se ignora y se fortalece estimarse que los colectivos populares y oprimidas luchan permanente y continuamente por sus condiciones de una vida digna de ser vivida (étnica, epistémica, social, económica, política, llibidinal-sexual, cultural...) más allá de las generaciones de derechos establecidas doctrinal y jurídico-positivamente, desde un prisma eurocéntrico. Curiosamente, la cultura jurídica que reconoce la importancia de la lucha por los derechos, lo hace ensalzando como creadora de los mismos a la lucha desarrollada por la burguesía, con algún antecedente o precedente histórico previo, pero únicamente lo valora como un momento constituyente puntual, fundador y originario, que desaparece en el instante que se formaliza 24 Por la aclaración personal que me hizo Helio Gallardo por correo electrónico.
Derechos humanos, luchas y praxis de liberación 79 procedimentalmente y subordinando al resto de luchas al esquema marcado por la institucionalización normativa, por el principio de legalidad, por la forma del estado de derecho, consensuado constitucionalmente a través de la democracia representativa. La fuerza instituyente de la burguesía convirtió en instituido cualquier otro tipo de reivindicación popular y generó la apariencia de que ella también se limitó por la forma estado. Incluso de todos los movimientos sociales en el contexto moderno y occidental, el único que desde el principio poseía fuerza y poder era el movimiento burgués, pues desde el principio tuvo una fortaleza inigualable para enfrentar el orden medieval. Los demás movimientos y/o grupos sociales tanto a nivel intracultural como inter-extra-cultural, se encontraron en situaciones estructurales de debilidad, siendo infravalorados en su capacidad creativa de dotar de carácter a sus propias producciones, más allá del dominio simbólico, discursivo e institucional a todos niveles, del liberalismo político y económico de la clase burguesa. El movimiento social burgués logró expandir socio-culturalmente su imaginario, su manera de pensar y su ideología. Todos los demás colectivos y grupos humanos se han tenido que adaptar o enfrentar a su modo de ver y estar en la realidad. Convendría analizar con detalle por qué ningún otro grupo ha podido hacer posible un equivalente proceso estructural de transformación y cambio de paradigma hegemónico, igual al que la burguesía en su momento realizó frente al orden medieval. De ahí que se haga urgente y necesario historizar los derechos humanos desde las luchas, los contextos y las condiciones particulares de cada grupo y forma de vida, sin estar condi- - humano pero que no es necesariamente la única ni la que sirve para avanzar en producción de humanidad. Por ello, el método de “historización” elaborado por Ellacuría nos exige, tal como ya se dijo, vislumbrar el problema de los derechos humanos desde lo que es la raíz más profunda de esa realidad negadora que produce el daño y la inferiorización de unos sujetos hechos por otros, pues la condición de esclavo, débil u oprimido no cae del cielo ni - , socio-históricamente producido25. Esa situación hay que subvertirla por medio de procesos de lucha de 25 Ellacuría, Ignacio, “Historización de los derechos humanos en los países subdesarrollados y oprimidos”, op. cit., pp. 298-299.
David Sánchez Rubio80 los colectivos vulnerados y a través de las relaciones humanas más cotidianas (tramas) de liberación y emancipación. En realidad, el ajuste de la teoría y la práctica de los derechos viene dado por el contenido que dan los medios y las acciones que permiten hacerlos factibles y reales, no las teorías ni las normas que los reconocen. Este efecto limitante y de blindaje de los seres humanos (en tanto pueblo-chusma) entendidos como sujetos soberanos, se proyecta sobre los derechos humanos, que, tal como hemos dicho, pierden su carácter político pasar al plano de lo instituido, se despolitizan, desvinculándolos de las luchas sociales que resisten los procesos que agreden el impulso vital instituyente de reacción cultural y de existencia plural y diferenciada. Asimismo se delegan en instancias burocráticas y funcionariales que se convierten en paternalistas al entenderse como la única vía. Cuando la lucha política por los derechos debería estar presente en todas las instancias tanto jurídicas, como camisas de fuerza de las normas y los procedimientos jurídico-estatales, que imposibilitan las trasferencias de poder que el pueblo y cada ser humano precisa para crear y recrear mundos desde sus propias particularidades y diferencias. La trampa de estos juegos malabares de desempoderamiento popular, radica en diluir al poder constituyente popular convirtiéndolo en solo una capacidad originaria o subordinándolo a un poder constituido delegativo, estratégico, burocrático y técnico. Se termina normalizando y naturalizando la idea de que así, toda dimensión constituyente que en el origen es legitimadora, pasa a ser legitimada por las instancias institucionales que lo controlan. Se oculta con ello, la cooptación que de lo instituido realiza ese otro poder constituyente oligárquico, estratégico, fetichizado y excluyente, que es el que realmente se apropia y controla el proceso de construcción de la realidad desde parámetros economicistas, mercantiles, patriarcales, coloniales y racistas, y bajo la engañosa noción de individuos emprendedores y competitivos. Así, las mayorías populares quedan en manos de grupos minoritarios privilegiados. normativo pese a sus luces y virtudes, al convertirse en exclusivo, termina interpretados por técnicos y especialistas bajo el yugo de la cultura liberal
Derechos humanos, luchas y praxis de liberación 81 burguesa, eliminando, con ello, la dimensión combativa, liberadora y de lucha instituyente popular, propia de los movimientos sociales que ejercen el poder soberano de la lucha por los derechos frente a entornos de dominación, explotación y discriminación. Por ello, es falsa y mentirosa la idea de que existe un poder instituido, de derecho, constitucional y democrático desvinculado de amenazas, controles y hegemonías de poder. A costa de eliminar la dimenlo instituido, quien ejerce un sistemático control es el otro poder constituyente, el oligárquico, que se mantiene en su versión dominadora e imperial por medio de los intereses y las acciones hegemónicas y alienantes del capital patriarcal. El bien común pasa a una minoría convirtiendo la justicia en mal común. Pero esto es otra historia.26 De ahí la importancia que tiene exigir, reivindicar y recuperar el papel protagonista del poder constituyente popular y de unos derechos humanos instituyentes que compensan las carencias, las omisiones y las agresiones del poder constituido normativo y estatal blindado y enclaustrado oligárquica- - rantizado se incrementará cuando el poder constituyente popular y democrático, que también puede decantarse a la creación de espacios de dominación y destructores de dignidades, se complemente con los derechos humanos instituidos que no hay que rechazar, pero tampoco absolutizar, que concretizan las luchas instituyentes y emancipadoras populares y que permiten a todo ser humano ser tratado como sujeto actuante e instituyente y no como objeto manipulable, victimizado y prescindible. Así los derechos humanos sí serían expresión del bien común de la humanidad como un todo y no expresión de 27. 26 Los protagonistas del mundo de los negocios, las empresas multinacionales, los grandes bancos, el FMI, la OMC, el BM y aquellas grandes potencias o estados más fuertes del capitalismo tanto central, como periférico, con sus respectivas clases ricas nacionales, son los poderes constituyentes oligárquicos que poseen el control y la autoridad del poder instituido, plasmado en los estados constitucionales de derecho, y que estructuralmente extienden el mal común sobre la humanidad. Absolutizan sus intereses por medio de derechos como la propiedad privada, la libertad de contratos y el libre comercio. La estrategia es utilizar el derecho estatal y la legalidad cuando conviene en unos casos, y en otros es preferible vulnerarlo, creando normatividades paralelas. 27 Ellacuría, Ignacio, “Historización del bien común y de los derechos humanos en una sociedad dividida”, op. cit., pp. 277-278.
David Sánchez Rubio82 4. Una racionalidad y una ética desde el poder vivir y el poder existir Finalmente, en esa lucha por los derechos, defender la vida sobre la muerte se hace decisivo. La lucha de la vida contra la muerte expresa la justicia frente a realidades que la niegan y el problema radical de los derechos humanos se decide ahí, en distintos niveles que se complementan (vida-libertad; vidasolidaridad, vida-dignidad, etc.)28, pero sin reducir el concepto de vida a lo equivocación ignorar y renunciar a todo lo que posibilita vivir al ser humano. Asimismo, resulta ser un error hacer una jerarquización cronológica de los derechos, priorizando los derechos individuales. Por esta razón es legítimo que se puedan suspender algunos derechos, tal ver axiológicamente superiores (aunque como veremos, si no hay vida, no hay posibilidad de otros derelas condiciones reales para que los valores superiores puedan realizarse29. - no puede desarrollarse y garantizarse, proporcionándoles las condiciones de existencia que le permitan apropiarse de sus posibilidades. Enrique Dussel y Franz Hinkelammert hablan del criterio y del principio de producción, reproducción y desarrollo de la vida humana dentro de su círculo con la naturaleza30 . La vida en tanto derecho es un derecho primario y sostén de todos los demás. Alrededor del derecho a la vida, incluido el derecho a la libertad de la vida, giran los derechos fundamentales de la existencia humana y los que son indispensables y mínimos para que tenga sentido hablar de todos los de otros31. Para que el ser humano pueda desplegar toda su riqueza plural y todas sus potencialidades, apropiándose de ellas, para que pueda producir y 28 Ellacuría, Ignacio, “Historización de los derechos humanos en los países subdesarrollados y oprimidos”, op. cit., p. 301. 29 Ídem. 30 Hinkelammert, Franz, Cultura de la esperanza y sociedad sin exclusión, San José, DEI, 1995; Hinkelammert, Franz, El mapa del emperador, San José, DEI, 1996; Hinkelammert, Franz, , San José, DEI, 1998; Hinkelammert, Franz, El grito del sujeto, San José, DEI, 1998; Dussel, Enrique, Ética de la liberación. En la edad de la globalización y la exclusión, Trotta, Madrid, 1998. 31 Ellacuría, Ignacio, “Historización del bien común y de los derechos humanos en una sociedad dividida”, op. cit., p. 283.
Derechos humanos, luchas y praxis de liberación 83 reproducir mundos, tiene que vivir. De ahí la importancia que tiene asumir e incorporar en la lucha por los derechos, una racionalidad y una ética de la vida y de lo vivo, una ética reproductiva que sepa resistir sensible y comprometida con el sufrimiento humano y que permita que lo que se hace vaya de la mano de lo que se dice uniendo las inclusiones abstractas con las inclusioproducción o creación humana. La vida humana no sobrevive sin naturaleza, pero sin humanos, ¿quién se preocupará de ella? El respeto por el ser humano y sus condiciones de vida dignas, plurales y diferenciadas permite y posibilita todo lo demás. La producción, reproducción y desarrollo de la vida es un criterio de realidad: para que el ser humano pueda sentir, respirar, hablar, comunicar, derechos humanos solo se puede desarrollar entre quienes estamos vivos. Por esta razón, partimos con estos pensadores de la consideración de que la vida humana es el fundamento interno de la realidad. La vida humana (no abstractamente considerada) funciona como criterio que juzga sobre toda acción, tanto sobre aquello que la produce, reproduce y desarrolla como socomo programa que se puede cumplir o en el que se fracasa. Se trata más bien de la condición para cualquier cosa, acción o evento que esté dentro de los marcos de la realidad histórica del ser humano. Sin vida de los sujetos, no hay educación, ni discusión, ni razonamiento, ni valoración, ni sentimiento.32 32 Sin intención de incurrir en un unidimensional economicismo, para enfrentar la manera como el capitalismo y la modernidad que lo apoyan coordinan la división social del trabajo y - den que no sólo se debe politizar y explicitar la política en toda actividad económica para evitar que se esconda bajo una falsa actividad técnica, sino que también se debe reconducir el mundo de la economía (así como toda acción de cualquier poder socio-político y jurídico) hacia el reconocimiento de las condiciones de existencia de todos los seres humanos (corporales en todas sus dimensiones) y la naturaleza que conforman tanto la humanidad como el planeta Tierra, teniendo en cuenta el criterio y el principio de la vida humana. Cualquier acción o política pública y privada, como mínimo, debe tener en cuenta y apostar por las condiciones de existencia de todos los sujetos que conforman la humanidad, porque la vida de cada persona es el soporte de todo lo demás. (Hinkelammert, Franz y Mora, Henry, Hacia una economía para la vida, San José, DEI, 2006).
David Sánchez Rubio84 Los ordenamientos jurídicos y los derechos humanos guardan relación con la administración de la vida y de la muerte de todas las personas del planeta, con nombre y apellidos. De ahí el reto de construir cultura sensible en derechos, responsable y con conciencia de defender las condiciones de existencia humana y de la naturaleza a partir de la satisfacción de las necesidades individuales y colectivas que nos permiten vivir. La vida humana y el mundo natural en el que está inserta, son el fundamento que limita el margen de posibilidades de la humanidad. No todo es posible. La vida es lo debido33. A partir de esta apuesta por lo humano y de sus condiciones de vida, la realidad efectiva de derechos humanos debe basarse para una existencia digna en las necesidades y las corporalidades humanas, sin excepciones. Todo ser humano, con nombres y apellidos debe tener la posibilidad de construir y reconstruir mundos en todos los órdenes de la vida, enfrentando cualquier limitación, obstáculo o cierre que lo impide. En este sentido, para Ellacuría, en nombre de derechos humanos se establece un manto de universalidad ideal que se sostiene sobre una particularidad la mayoría de la humanidad a la que desprecia, ignora, excluye o mata. Acaba ideoligizándose al mentir con un falso reconocimiento de quienes son miembros plurales y diferenciados del género humano desde la hegemonía y la homogenización de un grupo minoritario particular que produce condiciones de muerte. También sirve como una máscara para tapar las violaciones de los derechos más básicos vinculados por las condiciones de existencia (p.e. el derecho a la vida ya mencionado). De ahí la necesidad de historizarlos. Sin entrar en detalles, por historización Ignacio Ellacuría entiende, en primer luabstractamente como universal o como “deber ser” del bien común o de los derechos humanos (por medio de las tramas, acciones y medios utilizados, usados o no utilizados o desusados); y en segundo lugar, en la posición de aquellas condiciones reales sin las que no se puede dar la realización efectiva del bien común y de los derechos humanos. Al hacer esto, se comprueba que la realidad de los derechos es su negación fundamental a la mayor parte de 33 Rosillo, Alejandro, Fundamentación de derechos humanos desde América Latina, op. cit.; Bautista, Juan José, , Akal, Madrid, 2014; Medici, Alejandro, Otros nomos. Teoría del nuevo constitucionalismo latinoamericano, CENEJUS-UASLP, Aguascalientes-San Luis Potosí, 2016.
Derechos humanos, luchas y praxis de liberación 85 la humanidad. Pese a que deben ser reconocidos como derecho de todos, se convierten en privilegio de pocos, no siendo la vida de los sujetos el referente y el soporte central. La muerte de muchos es el sostén de la vida de pocos34. Bibliografía Bautista, Juan José, , Akal, Madrid, 2014. Dussel, Enrique, Ética de la liberación. En la edad de la globalización y la exclusión, Trotta, Madrid, 1998. Ellacuría, Ignacio, “Derechos humanos en una sociedad dividida”, en Christus, 527, 1979. Ellacuría, Ignacio, “Historización del bien común y de los derechos humanos en una sociedad dividida”, en Senent De Frutos, Juan Antonio (Ed.), La lucha por la justicia. Selección de textos de Ignacio Ellacuría (1969-1989) , Universidad de Deusto, Bilbao, 2012. Ellacuría, Ignacio, “Historización de los derechos humanos en los países subdesarrollados y oprimidos”, en Senent De Frutos, Juan Antonio (Ed.), La lucha por la justicia. Selección de textos de Ignacio Ellacuría (1969-1989), Universidad de Deusto, Bilbao, 2012. Ellacuría, Ignacio, “Hacia una conceptualización de los derechos humanos”, en Senent De Frutos, Juan Antonio (Ed.). La lucha por la justicia. Selección de textos de Ignacio Ellacuría (1969-1989), Universidad de Deusto, Bilbao, 2012. Ellacuría, Ignacio, “Historización de los derechos humanos desde los pueblos oprimidos y las mayorías populares”, en Senent De Frutos, Juan Antonio (Ed.). La lucha por la justicia. Selección de textos de Ignacio Ellacuría (1969-1989), Universidad de Deusto, Bilbao, 2012. Gallardo, Helio, Política y transformación social. Discusión sobre derechos humanos, Editorial Tierra Nueva, Quito, 2000. Gallardo, Helio, Derechos humanos como movimiento social, Ediciones desde abajo, Bogotá, 2006. Gallardo, Helio, Teoría crítica: matriz y posibilidad de derechos humanos, Francisco Gómez, Murcia, 2007. Gallardo, Helio, América Latina. Producir la Torre de Babel, Editorial Arlekín. San José, 2015. Grosfoguel, Ramón, “La descolonización de la economía política y los estudios poscoloniales: transmodernidad, pensamiento descolonial y colonialidad global”, en Santos, Boaventura de Sousa y Meneses, María Paula (eds.), Epistemologías del Sur (Perspectivas), Akal, Madrid, 2014. Herrera Flores, Joaquín (Org.), El vuelo de Anteo, Desclée de Brouwer, Bilbao, 2000. Herrera Flores, Joaquín, Los derechos humanos como productos culturales. Crítica del humanismo abstracto, Los Libros de la Catarata, Madrid, 2005. Hinkelammert, Franz, Cultura de la esperanza y sociedad sin exclusión, DEI, San José, 1995. 34 Ellacuría, Ignacio, “Derechos humanos en una sociedad dividida”, en Christus, 527, 1979.
David Sánchez Rubio86 Hinkelammert, Franz, El mapa del emperador, DEI, San José, 1996. Hinkelammert, Franz, , DEI, San José, 1998. Hinkelammert, Franz, El grito del sujeto, DEI, San José, 1998. Hinkelammert, Franz, Hacia una crítica de la razón mítica. El laberinto de la modernidad. Materiales para la discusión, Editorial Arlekín, San José, 2007. Hinkelammert, Franz y Mora, Henry, Hacia una economía para la vida, DEI, San José, 2006. Médici, Alejandro, Otros nomos. Teoría del nuevo constitucionalismo latinoamericano, CENEJUSUASLP, Aguascalientes-San Luis Potosí, 2016. Pérez Luño, Antonio Enrique, Derechos humanos, estado de derecho y constitución, Tecnos, Madrid, 1999. Rodríguez, Guillén, “La construcción hegemónica de los derechos humanos: una aproximación desde Gramsci”, en VV.AA., para el abordaje de la realidad venezolana y latinoamericana, Defensoría del Pueblo-Funda- ción Juan Vives Suriá, Caracas, 2011. Rosillo, Alejandro, Fundamentación de derechos humanos desde América Latina, Ítaca, Ciudad de México, 2014. Rosillo, Alejandro, “Historia, desarrollismo y derechos humanos. Una crítica desde el pensamiento de Ignacio Ellacuría”, en Hernández Avendaño, Juan Luis, Cariño Cepeda, Galilea (Coords.), El rector mártir. Los legados de Ignacio Ellacuría para encargarse de la realidad, Universidad Iberoamericana, Puebla, 2015. Sánchez Rubio, David, Encantos y desencantos de los derechos humanos, Icaria. Barcelona, 2011. Sánchez Rubio, David, “Contra una cultura estática y anestesiada de derechos humanos. Por una recuperación de las dimensiones constituyentes de la lucha por los derechos”, en Derechos y libertades, nº 33, 2015. Sánchez Rubio, David, “Derechos humanos constituyentes, luchas sociales, cotidianas e historización”, en Hernández Avendaño, Juan Luis, Cariño Cepeda, Galilea (Coords.), El rector mártir. Los legados de Ignacio Ellacuría para encargarse de la realidad, Universidad Iberoamericana, Puebla, 2015.