[Señora, la ciudad de Fuente Rabia ... puesta a los Reales pies de V. M. por sus diputados Juan de Aranibar Casanueva, uno de sus alcaldes ordinarios, y Miguel Martinez de Caycuegui, que lo fue el año proximo passado, en su nombre, y virtud de su especi
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SEÑORA. LaCiuáaá de Fuente Rabia,ííuftrada eon Io< onorificos títulos de muynoble» muy leal, ymuy valerofa, que los tenores Reyes le han dado ,por la heredada fangre de fus hijos ,y por la que han derramado en defenfa de aquella Fla^a Antemural del Reyno de Francia, cumpliendo fiempre con las obligaciones defu nobleza ,yeos las del ferviciode ViM. tan puntualmente como lo refieren las hiftorias ,ylos fueeíTos próximos que fe han vifto; pueftaálos Reales pies de V* M. por fus Diputados luande AranibarCafanueva,vno defus Alcaldes Ordinarios, y Miguel Martínez de Caycuegui, que jo fue el año próximo paffado ,en fu nombre ,yen virtud de fu efpecíal poder; bize:Que fiendode tanta importancia efta pla9a>que generalmente fe reconoce por puerta,yllave de eftos Reynos, atendiendo V* M.y los feñores Reyes anccceífores áefta conveniencia, yáfu mayorlervicio, la han coníervado con los privilegios,hon* ms,y‘fcguridadesnecelíarias, para que fus naturales, yyezinos fe mantengan dentro de ella,yfe adquieran otros,defendicndo fu territoriojyjurifdiccioncon muy atenta puntualidad de jufticla.^ Yvna de fus aldeas, que es la de trun, fugeta áfu jurifdiccion,y diftante aun no media legua de la Ciudad ,que alos principios fue vnos cafales de pocaeonííderacion ,ycon la conveniecia del palfo para Francia ,yotras inteligencias menos ajuftadas de lo que devterao, ha ido creciendo en eftos tiempos contra la conveniencia publica ,yparticular de la Ciudad ,ycontra diferentes ordenes,ymandatos de los feñores Reyes,en que prohíben la fabrica de las cafas,ytodo genero de comercio ,por los inconvenientes que cada dia ha moftrado la experiencia :hallandofé cfte lugar numerofo, yrlco,ha pretendido por muchos medios, y extraordinarias diligencias exirairfe de la jurildiccion de Fuente* Rabia,y tenerla por li,yfqbrcfi. Pero reconociendo fu Mageftad ,que efta en el Cielo, los graves inconvenientes que fe pudieran feguir defto ,afsi por fer contra toda buena doélrina Militar el que junto ávna Plaga, y Preíidio cerrado, aya otra Población abierta,independente de la Ciudad,como porque la experiencia ha moftrado que en efte lugar de Yriin, quando el enemigo ha querido hazer oftiI¡dad,fe ha alojado en el,hazicndole fu Plaga de Arma* ,yconfervandole Apa-:
para cfte efeílojal miftno tlcttipo <jue aviatalado jy arrafado to* dos los diftfitos »ycontorflóseo lú* lugarés de Rentería,el l’affage,y Oyar^uniy las detnas Caferías que también eUan vczinas, aunque no tan inmediatas como Yrün^de donde hazia (us fali* das ,ymucho daño ála l^lafáde Fuente*Rabia »impidiéndole los focorros, ylos demas medios de fu defenfa. Yporque fi hUviera Villa con jurifdiccion feparada, tan in^ mediata áiu Ciudad, los vcítinos de ella que tienen hazienda en aquellos campos ,yotros, pof las demaS conveniencias ,fe 1‘aliertnávivif, yáavecindarle en Yrum,yninguno quifiera detenerfe en vn l’refidio cerrado, con los peligros que fon notorios, pudiendo eflftr coñ mayor comodidad,ydecencia en otra Villa inmediata? de que nOfó/o fe feguiria el perjuizio de faltar los na^* rurales, yvezinoS de la Pla^a ,fino el alivio ,yfocorro que también hazen álos Toldados de í^u guarnlcon ícon que auiade fer precifo para la delenfa de la Pla^a rñucho mayor numero de Toldados ,ymucho mayor coftade la Real Hazienda,oo lograndofe el fin con tanta fegufidád como tienda Plaga confuí naturales, yveziños, que padecen eftasjy otras defcomodidades,por fef Cabegá de fus aldeas,ydueño de fus diftritosí Aque fe añade, que no teniendo el lugar de Yrün la fugeclóf) referida ,no le pudiera ób'lgaf 1aCiudad quando fuéíTe ne- Gcífario aqueafsiftiélTena ella plaga en las ocuirencias de fusco» fli¿í:03,áque eftámuy expueíla 5pues aun teniendo eftafuperíori* dad,no lo lia podido confeguír en algunas ocafiones de tnitohó aprieto^ Ytambién, porque finiendo Yrun deporfi fu admínilífa»' cion deíufticia,fi«ndo todos intefeííados,amigos,y parientes,crecieran los fraudes,yperjuizios que fe hazert en pafiar áFrancia, oro, plata, cavailos, yotras cofas délas prohibidas ,fobre que fe les ha caftigado muchas vezes ,yfin duda fuera mayor el defor* den que fe padece, fino tuvieran fobre fi la |ufifdicciOtt de Füeáte'Rabia,quedefintereirada,puntual,y atenta ai mayor fervicio de V.M.ha procurado,y procura fiempfe el opooerfe sí todos eftos inconvenientes* De que ha refultado, que aunque por mucho tiempo ,yc6 repetidas inftancias ha folicitado el lugar de Yron cí ejcimírfe de fu Cabega ,auiendo reconocido los feñores Reyes antéC'eífores lo injuño, yperjudicial de eña pfefenfion ,la han repelido en todos tiempos, yprocurado quietar al lugarde Yrurt,en las refiftencias)y defordenes que han intentado ,para queel delito defu inovedie-
vedienciahizleíle mas fácil el paíroaconfcgulr loinjufto: Yreconociéndolo mejor fu Magcftad,queeítá en el Ciclo,el año paf, fado de 6muchas Conlultas de diferentes Confejos, confor* mandofe con ellas>de claró fu real animO) yzclo de íuíllcia en U tefolucion ligulente. B/limanáoak titila de Fuente\iihia en mucho mas del interés ,pe puede dar Trun ;he refuelto no fe haga nouedad con apella Villa j, yfe tome forma por los Conjejos, para que aja lufiieia conueniente en Trun jycafo que nofe hallare ^n perjuicio de la Villa ,fe arrafe el lugar . Bien dan aentender las palabras tan graves de cfte dec reto, Jas'injuftas inílancias de Yrun ,ylas defatcnciqnes en fu modo dc obrar ,para querepfacilitarlo ,yel conocimiento que tuvo fu Mageftaddeí!o,puesencafodenofugctarfc ála adminiftracion de lufticia, que fiempre han tenido los dcYrimj mandó arrafa r el logar: Ycfte aun no fe quietó con refolucion tan deliberada de fuMageftad,finoque continuando fus inftancias,fe Ichuvo de bolver anegar la pretenfion por Cédula Real del año de 654. Viendo el lugar de Yrun quan cerrada tiene la puerta áfu defeaminado intento, creciendo fus injuftos procedimientos,han pretendido refiftirfc,ycon efcélo lo han hecho ala jurifdiccion,y obediencia de Fuente-Rabia, en diferentes a¿)'os,y ocafiones^y las mas inmediatas,ymas graves fon de dos añosaefta parte,que dan caufaálajuftaquexadela Ciudad 5yaunque no podrá reprefentará V.M.conlascircunftancias tan criminofas que lo han executadoj laaltaconíideracionde V. M.comprehenderá de la relación fucinta del hecho principal, el animo ,ylas obras deteftables conque efte lugar fe ha mouido. £1 año paíTado de 1667. con ocaíion délos mouimientos de Francia, mandóV.N4.y enfuRealnombreel Virrey de Ñaua-' rra, yCapitán General de aquella Provincia de Guipuzcuoa ,fe paííaííe mueftra,y fe hizieífe lifta de los vezinos de dentro,y fuera de la Ciudadde Fuente-Ravia ,yfu jurifdicion,para que eftuvieífen promptos en la ocafton que fe pudieífe ofrecer ,por teneir el Rey Chriftianifsimo fefenta'Navios promptos en la Rochela, queenmenosde 24>horas podían eftar fobre la Pla^a de Fuente* Rabia :yno folo embió la Ciudad orden áYrun, para que lo executaíTe, fino que conociendo fu omifsio en el férvido de V.M- fue vno de fus Alcaldes Ordinarios áhazerlo notorio ;ycomo fi efta. fuera materia de pleyto coiitenciofo, pidieron traslado para tomar acuerdo :yaviendofe hecho como pedian,fin embargo no executaron la orden. Aa
•La Ciudad fe vióobügactá arepetir eíla orden,ybolvió con ella el Alcalde,con Efcrivanodela Ciudad, yparecicndoleque fe inquietavan los vezinos de Yriin ,requirió,yprotefto áfus Diputados, queíi tcíiian por inconveniente que el,yfu Eícriuano íe hallallen aefta diligencia,fe volueria para que la hizielfen afu fatisfacion, porque fu intento era folo el que fe obedecielTe aV.M, yfe hizielíe fu Real férvido tan conveniente para todos. Yaviendofe querido bolver el Alcalde, le detuvieron,ypidieron dexaíTc fttEfcr¡vano,para que fe hallatfc prefente jy aaiédüle llevadoeónellosalas cafas defu Ayuntamieto,le maltrataron 2rauemence jyjuntandofe en tumulto vinieron ala cafa dode eftaua el Alcalde Ordinario de Fuente-Ravia; ydemas de muchas palabras injuriofas de gravilsima indecencia ,trataron de quemarle la cafa donde cítaVa,y con efeífo comentaron áhazerlo ,arrimando hazes de paja encendidos para ello ,fobre que fe hizo caufa ,yde otras circunñancias que agravan eíla culpa ,y cada vna lo esdeporfi. Procediendofe en efta caufa,fe averiguó toda ella, que por fer tan notoria,no la pudieron negar muchos teftigos del mifmo Yrün ,aunque los amenazaron de muerte,yde quemarles ÍUs caías, ycon efeélo comentaron aarralar la de vno, porque auladepuefto,ynohaa querido admitir alos demas'en fus oficios, y eleccionesj yaunque vno de ellos recurrió ai Corregidor de Ja Provincia ,para que lemandaííe admitir,ylo mandó con repetidos Decretos ,no fe los dexaron notificar, amenatando con gran rigor áqualquiera que hizieífe diligencia en ello. Los cómplices en ellos delitos,aunque han andado públicos en el lugar de Yrixn ,no fe les ha podido prender por efeufar mayores cfcandalos ,ni tampoco fe han querido prefentar ,ni obedecer en algo ála adminiftracion de jufticia :ydeterminando coforme áella en rcbeldia, fe Ies impuíicron ciertas penas,que tam-. poco fe han executado en perfonas, ni en bienes de los Reos ,que fe han guardado para repetir fus delitos cnel cafo que luego fe dirajy loque han procurado es lolo,que la Provincia favorccicffc fu caufa injufta, yque tomaífe temperamento con la Ciudad, y tuvieron difpoficion para que la Provincia lo abratafle ,yeníu junta híziellen decreto ,nombrando dos Diputados queiocompulielfcn. Eftandoefto pendiente, yque defde entonces ,por obviar mayores inconvenientes,no avia hecho la Ciudad la vifita que acoftumbra cada año de pellos,medidas,yotras cofas en Yrun, como lo
lo ha hecho,ylo haic con las demas Aldeas de fu ;ur¡fdic¡onj tefolvi6,parcc¡cndoIe que ya eftava todo mas quieto,hazer íu vifi. ta por fines del mes de Enero deíte aóojy para ello lo embió áhazer notorio,feñalando dia alos Diputados,ydemás Cargo Abietes del lugar de Iriir*. que refpondieron ,no avia quexa ninguna fobre efl:o,y que los de fu Govierno Politico lo avian hecho ., con que podia efeufar la Ciudad efta diligencia. Pareció ala Ciudad no podiadifsimular ella inobediencia, y volvió áinflar muy amigable,ycortefmentc.'A que no foJo fe re* íjflieron de paIabra,(Íno que trataron de convocar el Pueblo, haziendo decreto para que íejantafíentodos,engañandoá algunos, con que tenían orden de V. M. para que la Ciudad no hizieíTela vifitajy que afsi lo podían rcíiflir con armas,hiriendo,ymatando álos Alcaldes de Puente-Rabia ,yálos demás que vlnieíTen con ellos. ••; •Sabiendo la Clíudad que eftavan con efla prevención efeanda* [ofa,y mucho numero de gente con armas, haziendo Cuerpo de Guardia en cafa de Gabriel de Vrdinzü ,primer Diputado ,y otros,dándoles de comer,yde beber ácofta de los propios del lu gar;embiaron los Alcaldes de la Ciudad államar áefle,y áotros dosDiputados,quetampocoquifíerqn obedecer iComo tienen obligación, rcfpondiendo'.Queeflavafl ocupados én fu govlerno^ yque efeufaíTen los Alcaldes de la Ciudad el embíar efle,ni otros llaraamientosjporque laVniverfidaddcYrun eftávaéd animo dé no obedecerlos,hafta que fe aiuflatfen las materias de que eflava encargada la Provincia,queyá avia nombrado Diputados para ello. Aefle tiempo vinieron los Diputados déla provincia ,juntamente con el Corregidor della :yaviendo entendido la refiften* cia de^Yrün,y que la querían hazer con armas,tiendo la informa cion qeflava hecha dello,con toda indibidualidad,fueron áfofe? garlos,y traxcron refolucion de Yrun para, quefueíle.la juflicia de FuentC'Rabia ácxecutar fu vifíta,aíregurando por la fee, ypa labra que dieron al Corrcgidor,y Diputados de la Provincia, no impedirían ála Ciudad fu virica,y adminicftracion de juflicia ,y. quetodolocxecutarianconmuchafeguridad.- Eb efta confianfafueron los Alcaldes de FBeflte^Rab^a con el mifmo Corregidor,yDiputádosry camcoíádo áhazer í^o vifita, hallaron que algunas medidas eftatan defc6luoíay,y.en todas bo*; rrada la feñal de Fuente*Rabia,y. pueftala de YruntCQ fa que, |á' más
má.fcaviahccho.Yfeaberigub.quc acfde la caufa <íel añode 67.que no fe avia hecho virKa,introduxeron cfta novedad ,yla de poner vn pefo deCruz con balanzas grandes en parte publica, para el vfo común del lugar,en contravención,no lolo de lo Regular de ¡a jurifdicion de la Cabcíadcl Partido, finodcexccutorias particulares, en que eftan condenados los de Yrun ano r de femeiante pefo,ni tener mercadería, aunque fea para lo muy neceírario,ni carga,ni defcarga.ni otro contrato,m comencio. Los Alcaldes de Fuente-Rabia quebraro las medidas detcótuo fas,yrecogieron las demas que notenían fu marca :Quitaron e^ pefo de Cruz,ytodo lo llevaron configo ;ytambién vn mo?o q no avia querido hazer cierta declaracion;con que muy breveme te acabaron la virita,y trataron debolverfe todos. Pero al falir del lugar,crecieron las vozes,yapeIlido publico, que avia comentado delde que fe quito el pefo^; luntofe mucha gente con armas de fuego,yde todos generos,pidieodo, con pala bras defeompueftas fu pefo,ymedidas,deteniendo vn cavallo en que iban,y cortándole las cinchas,para que no lo llevaífen. Afeis jV fiete de los de Fuente-Rabia que avian quedado enme dio de los del tUmu!to,encerfaron en vna cafa particular,yamenazando de muerte avnos,yaotros,tocaroD las campanas,con q fe convocbtodo el lugar,yla gente que tenían de prevención ,y losmefmos que andavan aufentcs por la caufa antecedente ,yc5 los arcabuzes en la cara,yenlos difparadorcs ,con las bocas ib” brelos Alcaldes, Corregidor, ydemas perfonas que iban, los obligaron aque entregafíen el pelo,las medidas ,yel mozo que llevavan,haziendo prenda de los demás que avian encerrado en la cafa ,amenazandoá todos con palabrasmuy feassy qcon efec- to los maltratavan mucho con las piedras, yotros inñrumentos con que hizieron la violencia para confeguir efte fin ,que lograron tan injufto,como temerario,yefcandaloío. Eftos fon los precedimientos deYrun,y de fus cargos ablentes, ydemás vezinosjcon que hanofendido ala fec publica,yála palabra que dieron al Corregidor,yDiputados de la Provincia, fal tando ála promelía de quietud, yfeguridad que hizieron ,para coger fin prevención álos de la Ciudad:Han ofendido ála razón en el confiléfo que los pufieron:Ymas han ofendido ála jufticia, que en nombre de V.M.adminiífran los Alcaldes de Fuente- Ra- bia,yfu Corregidor de aquella Provincia,haziendo vna tefiílencia tan violenta,yde circunfiiancias tan cTtminofas, que el Derecho
4 cho la califica por delitd de lelTá Mageiiad. Yla 5upt¿rha Régaliatambish yámuy ioteroíTada éa tíífM ofcnfasjpues él pflihcrtüiidafiicritbjtueifaltat al fervicio de V; Mig.en materia tart grave^V de dado tan irreparable ,cotno ha^ zer ias liftaS,y la prevención de fus Vézinos en la vrgeheta de lá guérlfa,<jue entontes atncnai¿ava;Y fco tjuefer víurpar cohautbrl (dad proprialá jurildicioniqlie pof niotivbí>y furidaibentoi dt tafttü pelo fe íes ha négado tari rcpctidanientejoo admitiendo en dos años orden alguna de fd Gabegá/nidadolé lá óbediéDciá cñ Yíisndo tan detcftable todo lo que han hecho ,aun es peor lo que fe puede temer de ánimos tan obfttinados>y de la cérfcaniá dé la Ciudad,que ni puede,ni debe faltar alá adminiftrációñ de juíticia^cuinpliérido con la obligación dcl déretho tan hecciTarió ^ tiericiY parece qué llega él cáfo.pfcVcnidÓ pof él Rey nüéftro Sé ñdr,quc efta eri él Cielojeii fu refolücion del añó de zp. donde dixo:lCfe foniéfamapor losConfejOs,para que ajaj u^iciá éotfíféiiierite en trm: ycaló ¡jüé rio fe hallare,fit perinyxjo de Fuénte-%abia,p arraffe el lugar. Yen las ocafiones prefeotesjque tanto fe necefsita de qíá Ciüdad de Fuente-Rabia éfVé con la íéguridád rieccílariá, yqué Con* ferve la autoridad dé la jurirdíciori ¿ti lii diftntOíp'aíeCé trias precifO él réniédio; tanto iius ,quando áviftá dé otfá o'cáíiori, tecóno' ciendo la Provincia ia neceísídad qué teniá éflía, Pla^a de gérite^ tm'biañdo quinientos hombres,para que éntraíTen dentro> lo pfo cdfáronimpédlf algunos vezinos de Yriinjy vno dellbs exclamé ala gente que venia de focofro',con tales palabtas ,ydéniónftfa* ciones.que perfüadio ados Cónopañias para qué rid paífaílen jy cntroéíiiagcnterrienoserilaPla^a.Y aunque nd páfécefé puede prefumir qué efte acto fueífé de toda aqueilaComuñrdad,él efec- to fe vio caufado por fus vézinosten que fe recdnocera la calidad deque fonda obediencia quéprofcífan^yel daño que püedeñ ócd fíonaf. Para cuyoreínedíOi Suplica la Ciudad de Fuente«Rabia aV.M. fe firva dé darla pérmifsidn,pai'a que eíla,por medio de fus Alcaldes,Miniflrós') V la dém^S gente que fuere necelfaria,aririada,fi fuete meneftef, ad miniftrarfdo jufticia,en fuerza dé la jurifdiciori que exerce, cafti* gue los excéffos.y delitos cometidos: Conteniéñdo dentro de íós' limites de la razori,dclaobédienciayy i’ufticia aTrun ,• como aldea fu'gcta fuya‘.
te ala aberIguacion,y caftlgo de los exceffos referidos, yde los 4 huviercn cottietido los de Yriin de diez años acfta parte ,alsi de eftacalidadjCobio de pallar aFrancia cofas prohibidas,yde todo genero de correfpondcncia,con los que noie perniíte,dandolc to da autoridad,para que vfe de los medios ncceífarios,á confeguir eftefiojque la Ciudad le afsiftirácon la gente quehuvicre menefter,mandando,que todo fea acoila de culpados'en que efpera re cibirmercedjconjufticiajde la grandeza de V.M.