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Contradicion por el racionero Iuan de Arruego, a las cuentas que el mui Ilustre Cabildo de la Santa Metropolitana Iglesia de Çaragoça ha passado en los meses de setiembre 1643 y julio 1646 acerca las distribuciones que deuia dar de la massa vieja, bolsa

Arruego, Juan de

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•rCONTRADIGI-OiN -to- r . PO REL IV ANDE'A:R Rj^’G'CÍ,t«A;L:|;i CVESi TASC^V 'E ELMVIcLL YSjTs fttB CabilclD de la farica Mctropoliuba gó^a hapáífadp en lp¿n:iéres lul io1646.ac erca las 4^ ^ Ja maíl’a vieja, alos Racioncros/y.jBcnefio^dp.^^dlii ...fcjde dicha Tanta Igicfiaií! cj.1 :.L'í‘j?,vi:fi *'.l/vi.. iOÜV lo li Ndos oc3Gones.>y :tíempi)S;3 la fáiicaíglcíiá de §3tag9Sf bji ’pi^íadpja^ cuentas de Us di.ftribucioneirflufi^fe-.deu^^ ;dar ajos Ración ^Jo&jXP.Cfiefie d^ dj ;cha Iglefia* \f cnetita fue^en,el enes de ;SetietT\l^í^,4jf43* ^.„.... ,yefícftcpuaacrcpKa>?Ml!9tó rier pirircada Roeibníro, yBeatíiciado. r^^ííiwmcüte ,4c? H,n.0>n»nic.i,Prim.,Tíra..S«M,N,»,>14*,V.Í^MW Coiíipletis,y leis dineros mas e^) el 4i que, huuiere An , rÍD,ÜC£Í4ndo,y ditiendo no auia mas haaienda en la-mal]4 .T*?? ia;b'<<Íla de los Aniijerftf‘°s. ';• -^^*.• '•* ’’El(íg«ndoc..«p..o,»«l««¡«n'l'f'““ q»?>p-;!v/.=4 ,I,¡n.os4d mí, *lili» .Í4«-'q«'P»ff do„y íinco din,», por «d. diiií, .Abrr. lo, ÍMbdj^' .»b P“ eomoXo» db.d«liílJ.,fedidfcn ,a«.i ymsdinrro,. _ Yparala didribucioonodturna délos Maitines, p, primer computo ,qae tde en Setieaibre de i643- Ce cada noche treinta íueUios,y va dinero de dicha bolfa de los Aniderfarios.Yen cae otro computo del roes de lulio i6M puerto para cada-noche cinco fueldos mas;d^^o^, q^^ de treinta ycinco v"d¡ a"'s I<“S> b'«eracÍ0Dde Agiiíli- SfiirLTíS'íh'^r""?'''' SíbSÍí,? *'* *“*l> S'e«l«Md>d de >SeWi!f“l'*' fi el vno aTolac In' dichos intereflados 5y sí«ío,íí »bs""'“» r-'!.;ep&í‘“£3r;b^ E'íéértofiííbe Íí ,"’’“"l CebiidU h. hecho., ¿Z !=fZfiZb77°”^ “' WW^Sónt^S*'''»’ ill esdé Ve' .’"°”'S°^’^^cian€ros,vBenefif!aW,.e v^ es víi'dadigueeAa mifl"! „» jiYen tanto ^roalla cscjcJos OanonJ^o^ vRo,'* eomu intcrcíTados todoíd-ii «ii* .. YK3Cioneros,q fla h'azicnda defta’aSSad''*!! 7 itrios,cón Ja sfiftencia de Ine f~«*« ios Anioer- 8»i C„0.„tg„, o'“dt' D'».C00,o P„íde„,e, hedelecoSall”; ""«'T» »«'- 'íkotihildhdelaSeodfc.e.?'^'"*"""' *'''' ¿ieBdofquc dcfdecJ w-ím ^Racioneros >di- *^^s>con afiítencia de IR*•°PJ'efideflte, Contadodicho Cabildo ho 7* k<1“® tasafohjjUij^re ^‘^'chos dos cómputos, ócuen- D'gojque como h.,7^ *^^cioneros .como intercfladosj /'bülíi^dé'losAniuerr” ^^i-ehos RacioncioSjq es íííb rnaíTa 'Ído,y qtie fe ha pallado bién.la cuenca c| dicho x¡- l!:í:’8'“““">dd= io.R.ci.«;«s,p ^^^piicos/liguícnrcs pro La y. lo. jDehito TT Aadmíniflracio de los Aniuerfíifíos efe Ja Seade ^aiago- ^?3,cuenra de dinero,deue424oJib. 15.fuel.4.d.c]ue en cada vn cieñe de cobran7.3,y.ha de cobrar por peníiones de cenfundados,/ cargados antes de la Bula de la Secularidad de (anta Igíeíia,/ halla el dia,y año de diclia Bula ,que fue el de ^604. fegun ,ycomo parece en el libro mayor de dicha fanca Igleíia por fus mefes,que compufo el Maeílro Diego..de Efpes •^ 'cn'cl año 1595. *'• ’[= n? 4^, 4Q*i 5.4* Mas deue í3ííí.lib./. foéi.ioidin.por lo$ creados qUe en' cada va año deue cobrar,impuellds antes de dicha Bula,/ hafti el día,yaño dell 3,como parece por mefes en dicho Ubro tna/Qr, v' 'Mas 32.l¡b.3.fuel.5.din.pof lostreudosdel comu>apticíido's »adichos Aniuerfarios por determinácidn Gapítular,hccha'cn jr ^" de luliodeiaño 153 i.coaioparece^nel libro de: ge'ílíá.<^Qile ano, ^^jS* Más lo, Hb. 5. fueid, 4. din. por ios^creudds del .Maeftro de Gancó, .=5,4^, .r ^Mas i4,lib.t'3.fuel.^.d.porIostreüdosdcI Gapellañ mayor. -['4. >5. 5- *> .A4as1,.Itbi fe|»fai*l ' ipt>r lo ow-eudiMdel SdCHftin» .. r,.vo^ f:"I* .^» **-!—*í #'^t'Tí’:;? i' ' \SAl>idosen'<ít»ero.rl •^' -'' nn^v rl r-. ^^ MAs I2.lib.t0.fuel.p0r el fabído,y cargo ordinario paga a s.'ílá 3dminiftracion deAniuerfarios el Señor de Barara por ^los frutos decimales de la Retoria del dicho Lugar de jBM.recá. Mas'225*lib. pagá’cl feñor Ai^blípode^^arago^a por la dotación de vnas Raciones. ,Mas 225.1ib. píga'laGa'marcriapariilo^miTm^iri r!'!* ' Mas Ilo.lib.pagaia Teforeria defta Iglefia,. í.•.0 Mas deue 15. lib. paga la Ciudad de ^aragoja po^la caridad dedos Millas cantadas. ’Cu q,c¡ij.c ¿ Mas 17.11b. 13.fueld.paga el Arcediano dcDaroca. Mas 3. lib. la Cofadriade fan Leonardo por falarío del Efcolar. Mas 35. libr.4.fueld. paga la Cofadriade fan Vicente para Mi(Tas, Mas 7, lib. Io.paga dicha Cofadria. Mas i7.Iib.io.fueld.p ''^''fí^deCaragoca, ^por ella el íeñor Arjo-bifpo. 1 5 .14, r^ 11. lo; i 225. 2Í5. ^20. i 17 - 17.13. 3- $6.4. 7.10. i7.ro. (5309.S* **. r•:) !'S '4' t^óTÍa fumada! debico de la P‘’íg‘3' _^-i’ i®if' (f* ‘^í ’‘-• •* ':• 'Lbl 1í1í‘^*’111’4i^^^^K*1 f^ [As 5^oilib,por el atjendamientodo Apenes, Debita ópji;. ó. 5* 530. •) 1 8 oo^ ,^io. !.* 950. IMÍyanexos fuitds decimales dei ié44- A-cedianato del ’ i Mas.jUboWib.piír el arcíndai«.?*no del A.ceq. _. •^>-“¥«ertoab3XO en que ettá arrendado. ,^\^oxn^ .. Mas tó«oJib. pórel 3rrcndanaventode Az« ra> y ci!,conánelufion de T7 c£s y 'Mas 4ío.íl>biRoi el arrendanaiento.de Cubla, y,l5a ac c. Mas 4iU'< plcbaiiiadc Marun, delle Masl9.ya-dib,|«arlosfruíDS.deJaVlcbamac. •' -^^año 11544. ,4 -uvl/.liQcat>asdelos Prebendí- Mí¿ia.8b;.I?b. {ior el derecho .délas ca^ a ^^etadmorque •‘'-'^doscjuehancntcadocrt I¿ ^V^^nHip, 1(544* xi8 -^^•^*Jaotr»‘m5ndd€lÜi<jh3s’c4pas!Usfeei e Mis dcue 87 lib.por el legado de Agullma oe nn» .ij, ;6dc - Mas -r' '* ?"“i !”deL> ala Vttótisjqae fe vendieron aro pufgfjjrlias caftsacocomo'queiSícá»gadoel.milmo-«cudofobfe dichas c,c . too antes eftauai^ •1-50 jhb ui.. “contraei-' Más aeidibr. (^l arquUcrqd« Us cafas del - r* r2»“ ^Derrhf. _-_rTr.rpnr/*' 87. 317.10^ ‘^‘Mas jolib.portlarsQÍI«del*»ca6s i"*”t.* •-• Ma. 1lib. .4.t«=lic.r|5 oldmario, pag. !S« ITrt .w•»II.a 20. 50. xvia^ O, IJL/. ©- ..i, ’¡ eíla fantálgltfi^.^ '- --• ‘ "\ ‘’ •íi .. ^‘1r.L nrdmario. :> u*• 4 Mas 8.1ib.pagan las fabricas cargo ordinario, o^ .. so -:d Vb" ¿SsOaMii: b::Bq.i;y_u;. , ... -mr,. S9 \ r i ivb lO'j OUififi''.»-— - ^ .41.J ÚI íxi«á w-.-r «S5?7-'5. 9. f-^í nsq swíiiV na sL mbeh'/J -i ^srq |- .'id . .ui .r .n T.r I «’4_c.r ,tiibs3o’'> c(i biilb lOC ^^;)'jb ít’'' ''i• •0'^ íiV. i, ^é. -ii-’i i<5'44 ÍCrédito GASTOS.Y cargos qve esta bolsa de ani- VERSARIOS PAGAVA ANTES DÉ la Bula de la Sccularidad, yharta cl d¡a,y año que fcconcedio dicha Bula ,que fue cl año 1604. Hade aucr i55.Iib.io.fucl.p3gados en efte año alos Efcolarcsde lasCapilIas de la Seo,de aquellas i8o.iib.io. fuel.queíepagauaenloantiguojpcrocndicho año no fe lian pagado mas. Mas S.Iib.al Beneficio de Ferreruela. Mis loo.lib.ahs dos Capellanías de Domingo Marco* Mas lo.Iib.a los Racioneros perpetuos de la Seo,por refacción de vieras Aniuerfarios,/ dirtribuciones. Mas 2.lib.io.fucl.porviftuarioal Racionero de don Lope de Luna. '" Mjs z.Iib.viftuario ala Ración de Efpcfad. Mis i.üb.viftuario al Ricionerodel Obifpo Pedro.' Mas [a.fucl.por vn Aniueríario. Mas 2o.I¡b.a Ii Capellanía del Canónigo A(ío. ,Mas 5o. lib.a dos Penitenciarios. Mas 15.lib-al Maeftro de Ceremonias. Mis lo.lib.i los cjue acompañan al Predicador. Mas7í.lib.3 4.Infantes,conincluGonde .I5.lib.quc fundó el Arcediano Villalua para dos Infantes. Mas lo.lib. al entonador del Organo. Mas i^.lib.s.fueld.q.diner.al Camarero. Mas 3.lib. 15.1! Sepulcro de ^arago^a. Mas 23.1ib. I7*fu®l*^*diu.a la lí mofna de los ^5. pobres* Mas 15. lib. alos Hofpitales de niños huérfanos. Mas 5.1ib.porlos ciriosdel Arcediano Vilhlua. ' Mas ha de aner 10* íueld.a los que incienfan al Sacramento* Mas lo.íuel.pordiñribuir las 25. libras del Arcediano. Mas If.f.por el cirio en el Monumento por Molfcn Munio. Mas 5.(uel.por el cirio de A/o(íen Figucrola. otYis S.fucld.por la cera del Arcediano de Daroca al A/o“ nutncnto. 1^5. 10. 8. 100, 10. 2.10* 2. 2. .12*, 2o. lo. 72: 20* I4. 3. i 3,15. ) 23.17. < ,JO* .10- 55_i^5.io¡. 61^44 Por la fuma dcl crédito déla pag. 5* Mas 5,lib.porl350 f3picntÍ3,dcldicho Arcediano. Mas 5.Iib.por las íemanas de Nauidad,y Refurrcccion> que ha de hazer el dicho, Arcediano de Daroca. Mas^.fueld. S.din.a los Coadjutores de fan Pablo. Mas 5. fueld.por la dobla de (anta luibjV Rufina. Mas S.fuel.por S.lib.de azcice para el oleo ianco. Mas ii.fucld.a los.Eícolarcs del Altar raayor. Mas S.lib.io.íueld.por las achas de la Capilla de ^aporta el dia de Todos Santos,yAlmas. Mas loo.Iib.por 52.robas de azeíte. Mis goS.libr, 6.rueld. 9. din. ala adminiflracion del común. Aduierto, que antes de la Bula de la íccularidad nofepagaua fino 277. lib. 18. íuel.9. din.en cinco partidas ,como parece ,y conlh en dicho libro mayor,yelle exccíTo mas que paga aora, ydefpucs de dicha Bula ,juzgo es por los treudos incorporados del Mieftro de Canto,yotros aplicados al común :Yes de aduertir,que en las dichas 277. ig. 9. ai incluía vna partida de 98.11b. Io. fueld.p.din.por los treudos del común jycftos ireudos que reciben los Aniuerfarios del dicho común, tan folamen te montan 32.1ib.3.iuel.5.d. como parece pag.3.y no obftante efio dize el libro mayor fe le han de pagar por treudos al comu las dichas 98. lib. lo.fueld. p.din. * Mashadeauer lo.lib.paga alaexecucion de Moflen Grifo, Mas 12. fucld.por el carbón de la noche de Nauidad. Mas 5. íueldos por vn cirio en el Monumento por vn Beneficiado. Mas 15. lib. i^. fucid.a los Contadores por paflar las cuentas defla mafia. Harta aquí llegan los gaftos,y cargos que en le antiguo pagauaeftabolfajy.a mas de Jos dichos ha de pagar los figuienccs. i: 3oodibr.por la mefada de Mayo. 1300 Mas 276.11b. 9.fuel. 6,din.paga por la Quarta Decima ,yEfcufadodefta maíTa vieja. ^^^^^ A/asq. lib,6.rucld.por lo que han quemado mas las achas en os ns eoSantos, yalm3s en la Capilla de Caportacn ccano 1644. €oque le djua en lo antiguo, que eran 8. libr. 10. qualcs eftan Como parece arriba, Mas 40. ib.por el fahrio de la cobranza de los cenia Ies. Mas 95 .1ib.aBartolomeFerrerporel cuerpo de íu Ración. Credi io. 55 ^*^ 5- 10. .6. 8. •y- .8. •12. 8. lo. loo. 308. 10. C. 9" >12. 5. I^. ^7^- p. <?: 4‘ 40. ;>2722.12. 9. III.I 2. 812. 2. 44. 50. 14. 3- 2< 3- 7‘ 5^' 7* 7- ^40. 5I 1544 7Crédito'. Por la fuma de contra, '"2722.1?- P* /lías ii?44, pn cuerposdc Radones,Salues,Preciofas,Benefici»dosde Per. Mas 44.lib.ados Ep¡ftoleros,a ai.lib.cada vno. Mas so.libr.aMofl-en Iñigo por hazer anupocar. Mas 14. lib.alVicariodel Burgo,cargoordmar.o. Mashadcauer j.lib.pagadas al Notario por tcfti J. *'^Mas a'.lib.al Corredor por la venta de las cafas de ViU- Mas 3.1ib.7.fu.por eltreudo de las cafas de Contraelperche. Mas.7.1ib.7.fueld.por reparos en dicha cala. Mas 5.1ib.reparos en los graneros de Gubia, yValaclocha. .Mas640.1ib.5.íucl.5.din.portreintaycmcofueldos,yvndi. ñero que ín cada vna noche,defte año 1544.(6 han gallado en diftribucion Nodurna para los Maitines. yaunque el Cabildo pufo cinco fueldos mas para cada no-* che para los dos Racioneros de Aguftina de Aniñon; f^to aeítoscinco fueldos, ni de los ceñíales de la exccucion de dicha Aguftina para dichos dos R3cioneros,oo hago entrada ,ni lau-; da en ellas cuentas,por fer rentas nueuas,y fundadas defpues de dicha Bula de la Secularidad defta fanta Iglefiajy las cuentas ,y cómputos que hago en elle papel fon de la huienda vieja de los Aniuerfariosde antesdedichaBula. Mas SyS.Iib.i o.(ueld.5.din.por penfiones de cenfalcs que e pierden en cada vn año por Concordia en los ,i..y car,Cidretc,Tardicnta,Pinfeque,Biiueíc3s,Alfa)arin,Calejon de Monegros,Gallur,Aycrue,B¡elfa,'Anies,Piedratajada ,Ala- £on,S3ft.igo,Orcs,S3riñcna. r1.a 1r» ^Mas 54o.lib. 5.fueld. por penfiones de cenfalcs délos Lugares imbadidos por el cnemigo,y otros Lugares que han venido „„:amenos;quefon,Cafpe,laAlmuniadc fan luán, junto a Mn7on,Alfoce3Pradilla,Don Miguel de Moncayo, Roden, Monzon,quc en boluiendo todos ellos,óajuftandoíe aConcor dia fe cobrará lo qfe pueda, ylo qfe cobrare fe pondrá en cada año en recibo delta bolfade Aniuerfarios. 6jS. 10.^4 540. 6. 81044 Lo mlfmo digo de los Lugares que no eftan ímbadidos,quc fe cobra por Concordiajen que íicropre que cftasConcordias fe rrie/oren >las mejoras deUas fe pongan en cada año en recibo de dicha bolía de Aniuerfarios. ' Siempre que fe hallaren algunos céfalcsjocreudospcrdidos,* fe Ic harán buenos a¡ Cabildo deíb fanta Iglcfia, con condición aya hecho diligencias por juíticia, harta íencencia dífinitiua por la recuperación de los dichos ccnfalesjy treudos. Yafsi miímojquefieíTiprc que fe hallaren algunos ceñíales aiicr entrado en Concordia amas de los arriba dichos, fe Ic admitirán en cuenta,porque no es rai intento en crte papel >mas que dar acada parte fu hazienda. Los cenfaics, ytreudos que al dicho. Cabildo Ic huuíercn loidodefdc la Bula de la Secularidad harta aora de prefente,y no auiendobucitoa cargar de nucuo las dichas luiciones, no fe admitirán en cuenta. Suma eJrccibojy entrada defta bolfade Aniuerfarios, en el año i<544,como parece p3g.4. Suma eIgarto,y falidadertabolfa por d¡v"ho año jcomo parece pag.7, -Rertsn buenos para repartir en efte año i<?44. La dicha refta de 87 14.1ib.i9.fueld.4.diner.fe ha de repartir entre 83, perfonados por entero jcabe acada períonadoa 105. Jibr. yerta cantidad Ja ha de ganar el tal períonado enel Coro en las Horas diurnas de cada dia del dicho año. XVrban*. XNogues, *Araoda. xBaldo. XM.Tlfcít. XFortúnate. * XLa For. XCaUillazuelo. XTorrcbianca. XGalligo. 16 Eftosdirz de media ha. zen cinco de entera bucion. Canónigos,yRacioneros. Beneficiados de entera diftribucion* Beneficiados de media dífiribucion lo. Ellos kreducen cinco perfonados enteros* P a VácAntes del ano i6^^.yfe han de repartir entre he fréfentesh aduirtiendo, que eUompHto de los anosfe baZje de Abril aAbril¡que es defde quando eo* fnienZjen acorrer losfrutos para las diflrthaciones^ 6Sé 10. I I Acante del feñor Canónigo SellaD>mur¡ocD ip. de Odubre. Del Racionero Gordo*# Del Racionero Crerpo. Del Racionero Artigolajy aora Dean de Huelca# Del Racionero Tolofa. Del Racionero de Martel. i^j.dias# J02# J55. j<J5. jtfy. Del Racionero de Martel. • De dos Beneficiados de media diftribucion ,que onire ellos dos hazen rn entero, yfon Arjnda,y Torreblanca. _ Los dichos 2ipo.düshazen 6. perfonados enteros ,ymas jjpo.Jias. ioo.dias,quearazondc ,05. lib.por cada petionado,hazen íu- — ni3de6 58.lib.i4.fucld.s>.'l. ',.^58.14, j Eltas fchan dediuidiren los'perfonados que refidieron en el año 1644'g«» í"» tiempos»/ ^^ *^1i «, Alfeñor Canónigo Sellan pof fu rata, defde t.de Abril, i(S44. harta jj». de Oéhibte ,en que murió ,le petteneu 4.lib.4.íueI.io.din.por todas l« vacantes# 4# ^le Al foceíTor del Racionero Gordo*,por ej, diaS que le fal^ tauan ala vacantede Gordo* para cumplir el año ,ylos firuio el fuceflor, le caben por las vacantes de los feñores Canónigo, Sellan,Creípo ,Artigóla Deaníde Huefea ,Toloía, Ración de Martel, délos Beneficiados de media diftribücion. i. 1 los deroas feñores Canónigos, Racioneros ,yBeneficiados que rcíidl6ron,6j}'lib«»#fueld#p.d¡n. í C658,14. }' 75 754^': vacantes que han pertenecido alos 68. perfonídos enteros que rcfidieronjDígo (e han de diuidir entre eílos^y cabeá cadavRo deliüs 68.araz.on i4.1ib.p.fuel.i*di.que juntas con las 107. lib. ip.fuel.i.din.que les cupo por gruelía acada vnojCÓmo parece pag. 1q.harán fuma de 122.lib.8. fucl. 5. din. ytanto auia deponer el Cabildo en diltribucion diurna en ei Coro^para cada per iüíiado entero en el año r645. Ypara el Beneficiado de media ?la metad devn perfonado entero . Lo que cabe acada perfonadoforgruejf^^ien el tiempo^ que ha refidido en efe a'do .araz^on lOjdíb, ''ip>fueld,z,d.por cada perfonado- Alfenor CanonígoMartehdefdc i.de Abril i645.hafi3 20} Je lunio arazón 107. libr. ip# íueld. 2.. diner.por vn año le cabe 23, lib. 15). lucí. Idin. •El íeñor Obiípo Funcsjhafia i.dcliiüo. Señor Canónigo Frances5halh 28.de lunio^ Señor Canónigo Iribaine^hafta ip.de Setiembre. Señor Dotor Cuello,baila ii.de lunio. El Canónigo Clauer,defde 14.de lunio en adelante. Señor Canónigo Mancebo, dcfde 30.de lunio en adelante^ Señor C¿nonigo Orcao,defde 7.de Deziembre en adelante. ,El Racionero Torrijos,halla 15.de Deziembre. El Racionero Fuertes,halla 22.de Deziembre. El Ricionero luluedeídc 22.de Deziembre en adelante.' El Racionero Galuan,dcíde i. de Febrero i64<5.en adclatc. El Racionero Alegre,deíde 24.de dicho en adelante. AIqs 68.perfünados pcrpetuos qué refidieron. hItimi déla diuifionde los vacantes defte año ,corno parece pag. 15, brídaos fueldos por el aumento délos quedaño Aniiieríarios períonado ,p3ra la tiillribucion doras diurnas,por codo el dicho año,’ 113Jib. rT. fucl. 10 que « « que fa!e por'mas de tre¿ícal«s<a,da diaXas 105. I¡b.pordiftribucion propriafuya,y las de las vacantes que en f ' •’ Yen el ano iL?. huno para cada perfonado para ^dilbd.u^ ,r Ienejan 4;din^ac falca 3.reaJes,y cion J¡uriH,t2í. -i- d¡(|rib„cioH!pt¿pn> l.ya.V te ^iiefjIc3nendich¿s*Hür3Sjy cavn Coro tannuií^ ’* £t"r™».o.,=h-‘f'''.*..p...ir..y .««« Jos pr.efentesí.iiL-^;? " , i iíK to' podríame el enfiofo replicar,ditiendo;que las 317- íueÜe las caías qué fc vendieron ;f-pongo en recibo de ^««o í644.y lastres parüdas de 1645.quefofii600.l1b. 49 7- J,b!i^o^fuel.'ie la veara'dc vnas caías, ycampos que fon treudent ¡os Aníuerfariosvque cito no fe deue repartir calas d.itní,¡.hosaños.YTcfpando,no tener mas cito, para no bqcipaes .^ríe en diftribuciones ,que las capas ,y r-fmos-y po«8etos fe reparten,/ ponen en díftribucidnes íe i"Ídr¿crJ.«lbK« .(roquc:f.h2f2C=d.d= «ros C.».po.,y, aan,u #>ñ élitro-amento figuicntc* * caftSjConao'fecoqc* ,ra/!nfj úvnTeconocímiéco al fe Q«ccofo«ioita»-'r“»7‘ íIcho fcS.rdi'¿áo.v» ,0.1,6 lo ,o. re conc,.,.r= chivcni^is ^rnnrídjtd en qu€ fue vendida b ^;pad3íc queda impuefto, ycargado e! mif- VeSrec^o- Con fu n.ifmo do.ninioque tena trcudoipel ico^ .vendiera, b’upuetto.lo dip,|,rc aquel ^,, penado.cofa alguna cho,c) fenor direíto quedad® •f„,.„noce con euiJencia,que .cíTas ventas que el di- , |« J' uVics fe dciien reputar,como ,yaíiiodo de ’P. hci.e a’quedaron impueflos ycargados ic i.Ti'sw i*s y“““ i* l8, que fe Véíídfei’jniy ífsítji¿ fe tia^gfénadojhí defraudada aía'fqcr re principal,¡^ac fon los tfctiíJo^yy'afsi entila parte todo lo q cJ dicho CáBildo recibió de las ventas de dithas cafas ,ycaml^ós^feha de repartir,ydiutdirendíchos á'ñoscn las-diftjfj{,y^jQ Ucíjd pcrfohacjos,comb nie/or leparecícre. *' Yl¡ Jbs fcñóres Canónigos ,^quífieren que' no fe díílribuyá iílfe dincrojDigOjque 'cu eftc ca fp deben calcarlo aceniaI, a‘ beneficio de dichá^bolfi de Aniucrfariosjpara que éílaife aumente eo renta,yencfte cafoTe quitara acada perfuñado la diflri- 4>ücípn quc defta cantidad Je pertenecía en dichos años y^5*Yhizicndo dcfto«l repartimiento,d¡go,qüeJas 527. 'io.fácld.qucfchanpucftoeneJaño.1644.. rcpartidasemre p=.fo».d..,.,b= ,eda ¿a degairar cada pcrfoiwda enel Coro en dicho año 154,. •iioíj.iíb.io.fücld.de Jas ventas dclas;caías,y campo * pueílosfcn cIaño.i545iDigo>quceíla$ cantidades diuididas^^* tre Si.perfouadosjcabc acada vno aI4.lib.i0.fuc1.8. din.y quebridóde dincrojloqual ha de ganar menos cada perfonaj^ iielosdichos Sj.enlasidiftribucionesdc ítf45»Y afsi vea ele? bíJdo lo que Jecílá me;ori, 6:cargar cftc dinero ácenfoa fauor tieia bolíadc’Aniucríanosyyelrcfiduojóccníb.dcI ponerlo "en Jasdiüribuciones diurnas dd.Coro,pira que fe aumentéis odiílribuírJq.tüdo en aquellos mifmos años.|<coaio queda üiáididb en ios,con)putos)y cuernas hechas, / Adnertrncids, •'i rj (.i íI lí i-« - tJ P* i*caíies de trígo>yíi.de ordiojqúcel Abad; yMonaftci , riodefRuedapagan cocada año aefta «dminiftracion ,no ‘os he puerto en cfte papel por oluidoj porque quando he bucl- •to arepartar eí borrador,facballadonic auia óloidado'cn aíTen- P«o **beneficio de dicha bolfajy por no boluer ahazer los có áixa'J '^**”*^ vacantes,quc'es cuenta prolixa ,atento efto lo UCXÜ'VÍ ^i^vüU día PaíTa trigo,en lósanos elle ^•''í’-caizay el ordío,a j. l¡b.ca¡z,y aís¡ <;; nE! ««I» vn año vale arrenda miento de A‘ncíuroscnel dcl arrendamiento ^“**®*^® elcaíoavealé elatíio abien.me he olu¡dj¿^ de poner-en las entradas defta bólaff.Iio; 2(5.Jth, é Por Ufuma efe conf*'»- *19 '“IV* iuwa ac conrra* fi lis ij. Irb.quepagadt cai^ó UGofadna deTan ValerOí ^*- Aisi mifoio me he oluídadó de Jos frutós dccitií^Ics de Mf- Wfpcxiy Sücltode Cafp«:y cí año^paííido Jos pidió vnHidáJgo, <y daúa dearreodamienró fóó.^b.cada año, /'iosTenores Cano nigos no quifieion darló cncftcprcdoT " »^ •?r íYYite^rchas r4i.Hb.Iash'uüicíarp^éfto«n la enerada xlcfíai boifa,fuera algo mas la diftribucíon. ,.^ Los fálarlosye* los aumentos de Cantores ,y-Miniñros ,no los hade pagirefta bólfá de ^Aniuerfaríds ,/ino Ja -^dmíniftracíbti d'clcorauíncomo coaita,/ pirece'cn dicho'iibro i’na/of dc tila Iglcfia,a fb’l.349/ of- .^EJfaiarb qucfcdá encímero alos Mazeros,nofe ha de cargara Ja bolfade AniuerTar/crs,coíiib lo cargan,ñno ahadm/mítrac'íondtffcoóíun.conio paréceen dicho libro mayor derta .Iglefiácnlos cargos, ygallos de Ja adminiílrac.on dcíxomon •en doiide ft'lwllan Íeifcícnto? fueldos que fe pagaua al Mazero. *,A/'Mjellrode Ccrcmoniis,3ntesd¿dichaBülidc JaSecu- ;Iaridad»y hada Ja dicha Bula, no pagó ella adminiJlracion de Aniuelftiios,mas de quiiizc libras laquefas ,yaora lehazen pagar treiníájy afs! eftoexceíTo ndes julio lo pague efta boilarpagoclo la Medía:, yroafla Canonical de los fcñorrf Canónigos, «jue éftá rieajy comíenze apagar algunos cargos,yvayafc enfayandoenertoii ,j' Alós lnfantes/ante* de dicha Bula, no fe pagaua mas eyi. Jíb.por 4.1nfantes que auia,y aora fon'ochojy en elle ano 44- ie les ha dadoiií>y.Jíb.iddüeh8.a.Elle-cxceiro Paguen los Aniueríat¡os,í¡no la Canonical de los íflnores Cano- •» ^Tas 140, Jib.queencílB año 1^4*1»psgado eíla bolfa de Aniuerfarios al íeñor Canónigo Ypenza ,'como adminillrador de la Sacrillia,por'Jos ceñíales de los feñoPes -Ar^obifpos ,doii Alonío Gregorio,ydon Tomas de Borja,no debefer admitida ella partid ',ni que la paguen los Aniuerfariosjatentojque efecnfalcsn >los reciben,ni han recibido'Ja dicha adminiílralioii de Aniuerfarios en la cuenta de ceñíales qué tengo hecha neílc papeimi íabemos, que elle dinero fé aya cargado en ccdafa ñor dedichos Aoiuerrariosjporque €0190 el íeñor Ar^obif- roo.í. 14 1./. biipo Borja murió dc/pocs Je la Buh de hScculniJad.Y el fe- nor don Aloiiío Gregorio murió ej^áo de lóoi.ajfsietlosccri'. Islcsjcotiio modernoSjno han llegado a¡mellra noticia^ £1 Ca^ bildo dirá en donde edá clic dinero, ''. ios ceñíales de Aguílina de Aniaon ,que íirwen para fus djós Racioneros Jilo hago enema en edt^papcl jcnla entrada, ni falida ,por fer hazienda que el CjÍtUJo Ileua hbro a.partcj y íer fundación (noderna, ydeípues de dicha l^nla de la Sccul^ri* dad;y la hazicada que.pongo enc.íle p.^pcí, es hazienda antes d« dicha Bub. i; •••a*i .r. ' Las 31Jib.quc^dichi bolfade Aniucríarios pagaron el año Vicario deh Seo por los acompa^ñares alos enfernioí quapdo lleua el Sacra piencojito los hin de pagar Aniuerfariosjfino la adminiíbacion del comunj como los pagana antes de dicha Bub deh Secuhridad,y entre los cargos del dicho co*^ ^mun los hjlbfán,y no en los Aniuerfarios. .’ , 'Las 40.lib.de cera bbncüjpara los blandones ,.que en.el año’ I(Jqq.pagó bdicha adininiftraciop de Aniuerfarios» riO íe halla- .rata! cargo en todo el libro mayor delb Iglcfu-, que con cuidado lo tengo mirado,ypaliado el dicho libro muchas VCZcs^yj jamas 5ni en ningún tiempo los dichos Aniucr(ari0s •pagaroix plcargo. . .¿^fLas ioo.]ib,que^enplano .i^4>5‘P^g^ efta bolfa alftííor ponigo Gallan por-cl gaflo de pleitos en ^aragp^a >fabeJ mos,quc ella bolfa de Aniuerfarios aya renido pleitos ^n goci en dicho aíiojui íabemos aque ocaíioniy alsljiga^.^l íeñor Ganonigo Gallan,óel Cabildo^t^oe pleitos foneíloS;?/ las par. lidi sen que fe han g-allado>v pc>t.quej.i,iG ¿-n ’’ ^f^ -^£l íeñor Dean)de fu r»ano>dbc en el libro de 1| adtníniílraciondelañoj644,qye los dichos Aniúerfarios.Jcben al.r Canonical,quees ij roafTajV Mcfa de los feñores Canónigos ded¡-_ cha Ighiu.iej,. lib.tó.fuel.por los gaftos de Roma. --En el año ,5^^^ pagó eha bolfa de 'Aniuetfa/ios .a Guillen de Artigóla,con orden del Cabildo;’} fo. lib. por vna letra del Agente que eMichoCabildo tiene en Roma por raió da galios. No fe con que lenguaje digajqaien ha de amparar aella bol Í3,y conferu3rh,G fu.admimllradóf,el'Cabildo ,deshaaic las aq líduras dell3,y la abre tan amenudo.; r.>..1. De que 3ella bojía,antigua,de los Anioetfarios no fe lepuc de imponer masgrauamcn>carg'oso.niiob!igacioncs de los que ft * 21^A tenia en lo aniíguQ,y pagana haft^la tjicíij Bula. de hSecuiaríílad defta Iglcíia,)o piiicuo. ^, Ladíclia boIía,y hazieoda de los AnJuerifanos>cs toda de los /enofcs OjnonigoSjK.aci oiiefos^y jSt'puCiio no puede ej Cíbild.ojcn tercero ,auir.cnc.r nucuos gaaosjrnayor m:ntc en vua fajiienda como eíh ,de' la faolía de AniueríaríosjQue firue^can fulamcrs, para las diltribuciones dcl Coro,yGeíb bo'jíaie vadiGuinuyendo, íc van cambien difroinuyendo lasdiítribucioncs. Yque fe figue delta diminución? Relpondo.Deshazer e) culto diuino, pues auiendo poca diltribocion no acuden los Prebendados ai Coro; porque congolas díliribucioncs fon alimentos de donde fe alimentan los feñores Sacerdotes ;faltando ellas, Ies es fuerza bufear otros arbitrios para poder pa0ar, yno andar mendigando por puertas $en gn*. ue indecencia dcl habito Sacerdotal. El Cabildo,en cola que no tiene abfoluta, no puede vfar oc- Ha,ni alargar la mano amas de loque puede. El Cabildo no es masque rn mero adminiítrador de vna hazienda que el Papa le ha encomendado,mandándoleque la adminiítrc ,yque en cada vn ano diuida ella hazienda, por entero,a los Canónigos,Racio neros,Beneficiados,ypeifonasqueaeHa tienen derecho. Supuc Aoefto,al Cabildo no le toca otra cofa»n»as que adminiftrar,/ entregar la hazienda alos ¡nterefládos: de donde infiero ,que el Cabildo no puede hazer liberalidades de hazienda que no esfuí;.y fi las quiere hazer hagalas de fu bolfa,y hazienda de laCa- Lnkal,q«e es rka;Pero no querer tocar ella hazieda fuya, •r aia dcl pobre Racionero,yBeneficiado ,que lo h^n de gan •: el CoroiNo es a¿lo de catidad,y querer diminuir elcuJto dtnmCy que perezc an los feñores Sacerdotes ,tampoco lo es. Én e?añó líoq.quc ella Iglefia deleílado regular pafsoal r1\yf3nH0 bSantidad de Clemente VIII. como en f. Bul. Apollol....q« I. S.»l.r¡d.<l. q». iinuncs,& ¡lefios, yfin pcrjuizio todos losderechosde los Racioneros,yBeneficiados della lglefia,como parece en el nume jditha Bula. De donde confia,que atanioquc eftabolía yháilenda dé los Aniuerfar¡os,es tan folamente delosfenorcsCánoD¡gos,Rac¡oneros,y Beneficiados, no puede el Cabildo corooadroiniftrador quees,facarde dicha bolfa mashaziéd3,ni pagar mas cargos de aquellos que pagaua, ytenia en lo an tigoo,y halla el dia de dicha Bula de la Secularidad. L Ni menos fiuedc cl dicho CabildoTacar dcíla bolfa para los pleitos quellcuajy ha licuado en 93rago5a ,Madrid >yRoma cótra los Racioneros, yBeneficiados de dicha Iglcfia,íin expreí íá licencia del Pótifice Romanó ,quien es feñor abfoluro de dichas rentasjy afsi los ceñíales nucuos,y modernos, que cl dicho Cabildo atomadojy cargado fobre cfta bolíi deAniuerfariosjno fe deben admitir en cucntajpucs cotí eftos cargamicntos han di minuido la dicha bolfajgaltando en cito,yconfumiendo mucha parte de la propriedad de dicha boJfa(lo qual es contra los fagrados Cánones) ypor cl cdníiguicncc, dcsha'zén el culto diuinojpucápor íu poca diítribucióh dexan de acudir al Coro ,pues íes faltan los aümenxosjComo'Céngo dicho :Yaísi eftós cargamientosde cchfalesjquc han cargado íbbré dicha bolfa de Aniücrfariósjlos háh de pagar los Tenores Canónigos de fus mifinasbolfas,y node ¡ahazienda de los Racióherbs^y Beneficiados,qué es lá bolfa de Aniucrfarrós^conibprotiafé con clargu:.' mentó íigtíiente'é •.i ‘* PoMoshttdtcrofos,y extcfimosgaítospquclos feñores Canónigas han hecho en ^jtago^-a, Madrid, yRoma en cl pleito á Jícuancótitrá Ib^ Racionerosjy Beneficiados,fe ha originado ct áuér cargado b's dichos feñofíií Cábofii|os hdíchí bolfa cotf ilgúnOá éébíaIeS'^odérno$;y mlfmó aüWIés íuráó iiígunásí ]|)^rfoo«S5y ?rtídrrfíd3desalgu)Vós\’énfaIesá efta bo de AnicéifarkíSjy lOíTcfibres Cationígbs’Sücr gaftadóefte dinero, y propriedad deíVos cénftlei hii‘dóJ,íin boluer ácargáí de nucuoj ylos RacíóÁcrós,y BenéfiétVdos en todo cl difeurío dedos plei tob hln gaítado de fus miím^s bólfas particularesjdc forma ,q has íefiores Cünbnigós han goitadó de la bolfa de dichos Aníuetóruis, yíoS Racioneros^ yBeneficiados dé ¡as fuyas pro- |>tias;v. Ii‘ h';- •' .L.ii ' '^j' Suptiefto-lodichojy atéroquéef intereS’és de ambas partesi" deben copju.fbuír alos gados deíte pleicoilos dichos feñores Ca nbixgoijRádolvcros^y Bcneficiaíüs dc fus ñiifmasbolfas parproprio inrcres érftre Cahonígoij Racioneros,/ con ddife^rfo figuiente; , piden los ícñores'Canonígos •Piden’, qué los ^cíoUeios^y Beneficiados no licúen de la mafia jyb¿Iú nue- 3lus leñores Canohigósjquc llaman Menta Canowj ,*no que tan íolamcntc licúen de lá maíTa iybolfa de los Amuuríarius, ^^ ^-3 .Yque piden los Racionaos,/ Beneficiarios? Piden ,que los ignores Canónigos Ies den tres reales,/ otras cofas ,coníotme e-i Eftacuco que hizo el Procura^Joiidcl dicho Cabiidp, con poder bafiácc que cuuo deldicho-Pabiido pa4ra^elUtuir,y fi .zer Ef, muros,los quales confif mó el leñorNuncio de íu Santidad ,el dúo 1607.el qujl Eítaiucü es del tenor íiguiente. Porgue UsdipihHciones del Coro fe repartan , mo difpone la Bula de la SecuUndad.fe ydnte ala renta0 majfa antigua de las dijíTthuctones ,la cantidad quefuere menejier de la haZjitnda nueua de los Canónigos de dicha Bula^defuertequefeavna bolfa^ y^na cuent4i,y que el Dean,j Dignidades,enftt cafoi jcada ^no de los Canónigofganen 6, reales ,y cada ktno de los Racioneros ,yBeneficiados de difirtbucion tranen ^.reales al dia en Las Horas diurnas,refarfidos como pareciere,quedando ,por aora,la difiriluciondc Rrtb^cion ordin^ri^O 'vltrasacrezcan alos frsfcntes in el Oficio Amino }Dignidades enfucafo ,Canónigos, íiacionéros,j Beneficiados de difirducioff rejfe&.ua* mente,confírme la dicha Bula de la ffclaridad :ylé Ldnieiede nueuo ala /¿Lefia de Miffas,Aniuerfa, rios,odios perpetuos, y^oíiuos.yde difuntos ,quecoformei la diha Bulafon comunes atodos, fe refartm yj efletado de diflrihucion. r- ^ De dopdccon(h,qucefte pleito entre losfcnores Canónigos,Raboneros,yBeneficiados, es particular por particulares inteteíres propriosfuyos 5yno pertenece la defenfa defto ala bolfa de Aniucrfarios,fino alas bollas particulares de cada vno de ios litigantes; yafsi los feñores Canónigos no han de gaííat acuenta de dicha bolfa de Aniuerfario$,fino de fus propriasW ías,cdino gaftan los Racioneros,yBeneficiados. Ypor clcoimgukntc los dichos feñores Canónigos han de pagar d« fu* M*" fas las pc’pfiones de los ceñíales que nueuamcnte han cargado# eCí-z-o 2 ut fo ; íK<t fji><Jt '(V" ii<vyv^ *^^^J^-e,h niV/vi?j'. 24 cftabolfa de Aníucrfarios>dcfpucs deIad¡chaBulade la Sccu- ]iridad>yrcll¡cüir el dinero de los ccnfales que les han luido no lohaabuelto acargar.Yes dcaducrcir^qucfilosfchorcsCa nonigosgaftaffendcfusbolfas^ muchos años avria eftarianya compueítos ellos pleitos,ytoda la Iglifiacn paz, yhermandad. Ello oiifnao que he defendido,lo tiene declarado elTribunai de la Sacra llota,dcclarando,no han de gallar en elle pleito los Canónigos de la boíía de AniuerfaVios; Conftá en dos dccifiones de p.de Deziembre io.y 24. de Abril i5s2. mCjcún$. (^lU partitd eji feutorum qua Capltulum fjrpenrfir ¡n hac litCyCr* qttjí mate [ hU pofsits ad txitum burfx diJiribHtionami'Vt diclum fnit decif 9.Oetemíris 16^0. Porthnarij naé debent Capitula aduerfuriafu$ c$mrafe ipfasfactre expenfas U* tU^w^ximi cum Cánonki Partionarij nanfaciant 'vnfin^ CoUeginm tum de inre nonfint de Capitulai fifacerent 'Vnunp Coliegium^adluc non tenerentur curte esufe litis dekeát ejfe necef* ptrta non^oUntarUyC^inlufláyqualU efl ifl^> 'Utpátetek iJÍ4y C^alijsdecifonikus, Pío IV.cn fu Bula Apoftol¡ca,dada en Rbma én 2i.de Nouic bre Ij53.íuprimio la Enfermería defta íanta iglefia ala Menfa Capitular,para los vfos>y vtilidad de dicha Méía, Oreías alijs Capitulo teñe ^ifts. De donde confta ,que efta adoiiniílracioni de la Enfcrmcria,no cftá aplicada alos feñores Canónigos, ni 4 fu bolfa Canonical, fmo ala Menfa Capitular para necefsidades della ,yotros bcncuifos deíla Iglefia ,yno obftantc ello fe licúan todos los frutos deíla Enfermería los fcñorcsCanonigoS| fin eftarlcs aplicados* ¿-r ^•i Aduierta el LeClor, que esmúi diuerfa cofa Mcfa Capitulaci •Menfa Canonical.La Menfa Canonical, que es folo para los fe ñores Canonigos,cs laque la Santidad de Clemente VIIL en fu Bula Apoftolica lcsdio>quc fue cí año i(5o4.de los frutos,yre* Ms de las fuprcfsiones que dicho Pontífice hizo pafa dote,yfuitemo de 24. Canónigos,que fue de las Dignidades ,yOficinal de la Camarería,Obrería,Caritateria ,Fabriqücria,Capcllania de la Infanta,ydifniembracioncs de los Arcedianatos de ^ara* go^a,6elchite,y Tcíorcriajquc pagados ante parte los cargos que pagauan las dichas Dignidades, yOficinas fupreíTas ,yafsi luifmo pagadas las ob!ig4cioncs,y cargos,que de nucuolcsímpufo el dicho Pontífice en fu Bula de hSccularidad,quiro fu Satidad,que el refiduo de dichas fuprcfsiones, ydifiñembracíonés f.ipf- fucilé todo pira los dicho* a4.Canonigos;y cftas rentas, tan lamente,fon las que llaoiámos Menfi ,óbolfa Canonical, que firuc,y es tan folamente para Jos feñores Canónigos. LaMenf3,óboIía Capitular,es el Común,Eofermcrí.i, AniüCrfir¡os,&c.y todas las de-mas rentas que en ¡o antiguo entrauaneneftalglcGajporqueconio las conccfsionesjy donaciones de los Pontífices, Reyes,Ar^obifposjObiípos,yotras perfo ñas íc conccdian,y dauan al Capitulo defia Tanta Iglefi3,p3ra los fines,yefetosque los t3lcs,que ellas donaciones hazian ai dicho Capitulo exprcífauan,ydcciarauan fu voluntad ,en que vfos ,y vtilidad las auii el dicho Capitulo de emplear, conuertir,ygaftar:atenco ello,yque en todas las iglefias ,yen cada vna dellas no puede auer en cada Iglefia mas que va Capitulo,para que Cobre el tal,ycomo cabeja fe impongan fobre él codas las entradas,ydonaciones que aaquella' Iglefia, fe haz¿n, yel dicho Ca* pirulo admite,yfe obliga acumplir Jas voluntades de los legatarios,donaciones,yotras. E(lo,ru^efio el dicho Pontífice Pío IV. fuprimío la dicha Enfermcria,no para los feñores Canónigos, fino para Jos vfos, yvtilidad de dicha Menfa Capitular, CafUuU h- ni'vifis. Xpues ella adminiftracion eftá deíocupada, /untaniea te con la adminiflracíon del ComuDídígo,qnc fobre ellas dos ai ininiftraciones pueden los íefiores Canon%osimponer,y pagar definios aumentos de Cantores,Infames,yotros fallos,como no fean los gallos, que dichbs feñores 'Canónigos hizen ene! pleito contra los Racioneros, yBeneficiados ,que eflos gallos, Mino dicho tengo, los han de pagar de fus proprias bdlfas los dichos feñores Canónigos. Yfi deltas dos adminiftraeiones de Comú,y Enfermeria íobrare,ferá ;ufto fe aplique la íobta aJos Aniuerfariosjpues en ninguna cofa fe puede mejor emplear. .. Nueftromui Santo Padre Clemente VIIÍ, en dicha fu Bula Apoftoliea,que es la que llamamos de Ja SecuJaridad defla faij, ta Iglefi3,dada en Roma en el año 1^04. manda |quetodo lo q fuere entrando dcnueuo en ella Iglefia de MiflfasjABiuerfarios, procef$¡oMs,&c.fea común alos Dignidades,Caiion¡go$ ,Racionerosj yBeneficiados. Yel dicho ^biIdo,catnplieodo con Jadicho, determinó íe díelTendos partes acada Dignidad,yCa- ni>oigo,y vna acada Racionero ,yBeneficiado de difiribucion jcípc^iuüíncntc. .ífi.' ... Ha fucedido>que defde el año i£oy. que fue ddpiies de di] Gcha