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Exposicion presentada á las Cortes por el Ministro de Hacienda en 5 de Setiembre de 1837

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PRESENTADA ÁLAS CORTES POR EX LA IMPRENTA XACIOXAL. 1&>7- .i ALAS CORTES. Habiéndose dignado la augusta Reina Gobernadora confiarme el 3I¡nister¡o de Hacienda en 18 de Agosto anterior, me resigné áadmitir tan arduo cargo, no porque presumiese de mis fuerzas para soportar su grave peso, sino porque me alentaba mi voluntad, siempre robusta para sacrificarme en servicio de mi Patria, ypara mostrarme agradecido ála honra que S. M. se ha servido dispensarme. Lejos de desconocer la inmensa desventaja de mi posición, ni los escollos contra que otros mas diestros temieran fundadamente estrellarse, me alenté con los peligros, yesperé que su misma magnitud me serviria de escudo, granjeándome el apoyo de cuantos conocen su extensión yla dificultad de vencerlos sin la decidida cooperación de las Cortes yde todos aquellos españoles que anhelan realmente por la terminación de la {^uerra civil, ymiran el orden vla claridad en la Hacienda publica como una prenda 'segura de victoria, la exagerada opinión de que la empresa de establecer una clara administración es superior álas fuerzas de un hombre, me animó áprobar las mias contra ese gigante, desfigurado tal vez ^r la ignorancia ylas pasiones, ysiempre abultado por el misterio. Tal ha sido mi primer cuidado ymi constante afan en los pocos dias que han mediado de^e mi nombramiento de iVIinistro. No pueden ocultarse ála sabia ¡^netracion de las Cortes los obstáculos que habré tenido que remover ylas dificultades con que me ha sido preciso luchar para reunir en tan breve tiem^ el considerable mimero de datos esparcidos en todas las dependencias, eindispensables para la formación del estado que someto ásu exámen ysabiduría, cuando el vacío de las arcas públicas, la falta de otros recursos, las multip icadas urgencias del momento, vlas perentorias ypeligrosas necesidades del Ejercito reclamaban imperiosamente todos mis desvelos. He con^guido, sin embargo, bosquejar el triste cuadro de nuestra Hacienda, fundado en las noticias maT^actas de las Oficinas generales, en los cálculos prudenciales formados por las mismas, yen las escrupulosas investigaciones que he podido hacer sin una contabilidad única ygeneral, yaun sin las noticias necesarias sobre operaciones importantes contratadas por el Gobierno con vanas casas y personas de dentro vfuera del Reino; ytengo la sensible satisfacción de preE^ntar álos oíos de 'las Cortes, no un cadáver, como algunos han creído, ni tampoco un cuerpo robusto como otros se han figurado; pero si ta vez un extermado moribundo. Al Gobierno toca exponer francamente sus dolencias indicando su gravedad: álas Cortes aplicarle el remedio adecuado yoportuno. Hetdo'que presento abraza dos époc^: una des^l.» de Enero de e^e año hasta fin de Julio del mismo, yotra desde esta fecha basto 31de Diciembre inmediato. La primera, que hubiera extendido hasta el día en que me encargué de la administración, si hubiese sido posible ajustar por días las cuentas relativas áfecha tan reciente, contiene las ingresos ysalidas del Tesoro conformes álos libros de la Contaduría de Distribución, asi por contribucioTs ordinarias yextraordinarias^ corno por arbitrios, ocupaciones en calidad de reintegro ósin ella, préstamos, giros sobre Ultramar {muy supeíiorefá los rendimientos ordinarios de aquellas posesiones), antmipaciones y emsion de billetes ypagarés del Tesoro: las partidas que requieren aclaraSnes van señaladas con números referentes alas notas puestas al pie yálas relaciones separadas que acompañan al estado para su explicación: de esta nrimera parte resulta: que, deducidas las existencias (casi todas en papel), y Lmadas ks obligaciones conocidas pendientes de pago ,según demuestra la relación número 2, habia en l.° de Agosto ultimo un déficit de 1,4/7.110,386 reales 3^ mrs., el cual debió engrosarse precisamente en los diez yocho dias siguientes. La segunda época, que comprende los cinco últimos meses de este año demuestra el producto probable de todas las rentas yramos ordinarios y extraordinarios, inclusos el medio diezmo yla contribución de guerra, ylas oblio-aciones ycargas que deben satisfacerse durante el mismo período; todo calculado por las respectivas Oficinas generales de Recaudación yDistribución según se expresa en el pormenor de las partidas, ymas por extenso en las relaciones números 3y5. Aparece en dicha segunda parte que el desnivel entre las cargas yproductos de las rentas acrecerá hasta fin de año el déficit que resultó en 31 de Julio, en 237.927,660 rs. 21 mrs., que, unidos á aquel, formarán un déficit total de 1,715.038,047 rs. 19 mrs., sin perjuicio de las’ bajas que puedan ocasionar ála recaudación presupuesta los azares de la o-uerra, yel resultado definitivo de varias ymuy considerables operaciones pendientes con nacionales yextrangeros, que el Ministerio no puede todavía calificar por falta de documentos, ycuyo resultado se reserva presentar álas Córtes tan luego como le sea posible. Para cubrir tan enorme déficit el Gobierno no se lisonjea de encontrar recursos interiores, imposibles en las circunstancias presentes, al paso que está convencido de la absoluta necesidad de arbitrar medios bastantes para conllevar las cargas del Estado, vmuy especialmente las indispensables, no solo para continuar, sino para concluir cuanto antes la guerra desastrosa que nos devora. La triste situación de los pueblos aleja toda idea de un recargo considerable sobre las contribuciones que los abruman, yque muchos no pueden hacer efectivas sino ácosta de dolorosos sacrificios, que acrecen la Lma de males causados por las rapiñas ydevastaciones de la facción rebelde Ypor los lamentables desórdenes áque la relajación de la aisciplina yla falta de auxilios han dado lugar mas de una vez en algunas fracciones de nuestro El Sbírde los atrasos, que puedan deber los pueblos, está superabundantemente compensado con los suministros que tienen hechos alas tropas, cuyo importe debe admitírseles en pago de cargas comentes, yque en algu^s partes equivale álas que deben satisfacer hasta el año de 1-í -^ dificultad de hacer efectivas las contribuciones corrientes probana mu^“ ‘ dad de aumentarlas, si la justicia yla conveniencia política no prohibie tan duro recurso. Desechado, pues, medio tan impracticable, ysien o riamente reconocida la imposibilidad de allegar sumas de cuantía por de economías extemporáneas quizá, yreformas prematuras, que no plantearse de un golpe ni producir resultados inmediatos, solo ’ insuficiente también ,pero necesario para acudir desde luego alas o nes mas perentorias, mientras las Córtes escogitan yresuelven so re terminación de los presupuestos, ydictan providencias capaces easeg la salvación de la patria yel triunfo de su noble causa. Este medio, Córtes apreciarán en su sabiduría, consiste en que las mismas conce a Gobierno, ámas del total de la contribución extraordinaria de guerra, aumentada todo lo posible, facultades ámplias: 1. °Para usar de todos los fondos, efectos ycréditos que por cualquiera título pertenezcan ópuedan pertenecer ála ^Nación. • 2. °Para bacer extensivas álas islas de Cuba yPuerto-Rico la contribución extraordinaria de guerra yla supresión de regulares de ambos sexos, aplicando los bienes de aquellos conventos álas necesidades de la guerra. 3. °Para bacer contratas ytransacciones con todos los acreedores vdeudores al Estado, en términos ventajosos áeste, ymediante la intervención de una Comisión de las Cortes. 4. °Para centralizar todos los fondos del Estado en una sola Tesorería v una Contaduría en cada provincia, yuna Tesorería ydos Contadurías gen^ rales del Reino. 5. °Ypor fin, para contratar en la Nación ófuera de ella préstami anticipaciones ynegociaciones sobre todos los bienes, rentas yfondos naci nales, mediante las bases prudentes que las Cortes se sirvan determinar. La atención privilegiada ycasi exclusiva con que mira el Gobierno de S. M. la pronta terminación de la guerra civil, el vacío en que se hallan las arcas públicas, los deplorables acaecimientos de que en varios puntos han sido causa ópretexto las necesidades del Ejército, yla íntima convicción de que en vano se esforzarán los Generales en trazar planes ycombinar operaciones para aniquilar al enemigo, si carecen de medios materiales para realizarlos, me han obligado, bien ámi pesar, áadoptar una medida provisional que, desahogando de pronto las rentas públicas, facilitase la reunión de fondos para socorrer álas tropas con urgencia. Abeneficio de esta medida be podido señalar al presupuesto de la Guerra, sin olvidar las demas atenciones del Estado (como consta en el anuncio inserto en la Gaceta de 3del actual), 34.000,000 para el mes corriente, habiendo entregado en los doce últimos dias de Agosto ála Administración militar mas de 15.000,000 ,parte en metálico vla mayor en libranzas pagaderas ácortos plazos, que deben ser efectivas antes óen el acto de sus vencimientos. Ademas se han mandado aprontar, yse suministran otras cantidades considerables en metálico, víveres yefectos por los Intendentes de las provincias. Diputaciones provinciales yAyuntamientos. La indicada medida, que se reduce ásuspender el pago de las libranzas emitidas con anterioridad al 18 de Agosto, mientras no se prevenga por nueva Real orden que se realice, según manifiesta la copia que acompaña aesta exposición ,nada tiene de nueva, ni de alarmante para el crédito nacional, que es mi mas vivo deseo reanimar átoda costa; pues que sin asemejarse aun corte de cuentas, es simplemente una preferencia temporal dada por la fuerza de las circunstancias áobligaciones urgentísimas, que no pueden desatenderse sin riesgo de nuestros mas caros intereses. Tal es, Señores, el cuadro que S. 31. la Rei.na Gobernadora me ba mandado presentar urgentemente álas Cortes sobre el estado verdadero omuy aproximado ála verdad, de la Hacienda nacional, afin de que examinándolo con la sabiduría, impasibilidad ycelo patriótico que tan eminentemente sobresalen en este augusto Congreso, pueda proveer con la premura que las circunstancias reclaman ,ála salvación de la patria ysu libertad ,objeto exclusivo ysagrado de las miras de S. 31. yde su Gobierno ,como lo es de los anhelosos afanes de los dignos Representantes del pueblo español. 3Iadrid 5de Setiembre de 1837. E COPIA El Sr Ministro de Hacienda dice con esta fecha álos Directores generales de Rentas lo siguiente. =Convencida la augusta Reiva Gobernadora de nue el nrimer deber de su Gobierno, de acuerdo con sus maternales deseos, ianrosimar la terminación de la guerra que devasta los pueblos puestos á su cuidado ypersuadida de que el medio mas eficaz de conseguir aquel fin es suministrar al valiente ysufrido Ejército, que tan heroicamente pelea per el Trono constitucional de Isabel ii ylas libertades españolas, euaiitos auxilios necesita para continuar yactivar sus operaciones, se ha servido mandar aue bajo su mas estrecha responsabilidad personal, toaos los gefes yempleados de la Hacienda pública lleven ácumplido efecto las disposiciones siguientes: 1^No se pairará por las dependencias de Hacienda letra, libranza, pagaré úotra orden Iquiydiente expedida con anterioridad al 18 de Agosto próximo pasado, sino en virtud de Real orden posterior adicha fecha. 2^Los Intendentes entregaran cuanto dinero efectivo exista en las Tesorerías álos Ministros de Hacienda militar que les presenten libranzas de fecha posterior ála citada de 18 de Agosto ,endosadas por la Pagaduría general del Ejército, hasta cubrir el total de las mismas; esforzandose en completar este, aun antes del vencimiento de aquellas. 3^No habiendo en las arcas publicas fondos suficientes para el pago de los libramientos presentados por Guerra en los términos antedichos, los Intendentes procurarán adquirirlos, echando mano de cuantos recursos yarbitrios les sugiera su patriotismo, áfin de que todos los créditos militares sean satisfechos, si es posible, ásu presentación, yen ningún caso mas tarde que 4^Asimismo se esforzarán los Intendentes en proveer al Ejercito, por conducto de la Hacienda militar ópersonas comisionadas por los Generales en Gefe ,de los víveres yefectos que aquel necesitare yfueren legalmente pedidos.^e inmediatamente un arqueo rigoroso del que resulten las libranzas anteriores al 18 de Agosto pagadas en dicho mes, yse remitirá al Ministerio su nota detallada por los Intendentes, yotra que exprese las libranzas de la misma época vencidas yno pagadas por todos conceptos. La estricta observancia de las prevenciones que anteceden es el servicio mas di^ tinguido que en las actuales circunstancias puedan prestar los Intendentes ,a aufenes dúectamente se comunican por este Ministerio; yel menor descuido 6simple tibieza ea el desempeüo de tan sagrado deber, prueba de ineptitud ofalta de celo ^r el ^rvicio Lmunicada por el referido Sr. Ministro, lo traslado aV. S. para su cumplí miento en la parte que le toca.=Dios guarde áV. S. muchos de Setiembre de 1837.=E1 Subsecretario, José Mana Perez.—S. dente de aa taa -3>a -n _n^^ ) entradas ysalidas en el tesoro, desde i.» de enero ultimo e::vtradas. Reales 'veüoTu E«stencias en 3ide Diciembre de i836 en la Tesorería de Corte yCajas de líquidos de las provincias, excepto Canarias. Dirección general de Rentas por las entregas de los Rqnidos productos de las mismas Comisaria general de Cruzada Ídem ¡dp™ C1.J. TT 1•.. bobsidio Eclesiástico Ídem ; Loterías Nacionales Ídem Ídem Junta de enagenacion de edificios yefectos de Conventos suprimidos Colecturía general de Espolies yVacantes Anticipación de 200 millones ,movilización yquinta (recibido del Banco) Donativos voluntarios Por ganancias en la negociación de efectos (ii )Remesas de Ultramar ylibranzas sobre aquellas Cajas. Administración de Correos de Cataluña. Reintegros por cantidades satisfechas indebidamente Extraordinario general: por recibido del Tribunal especial de Ordenes, parcialidades de Indias yréditos cobrados por Préstamos yanticipaciones al Tesoro. (2) 361.440,990 33 11.040,000 9.700,980 a4 4-438,000 2o3,586 2485781 64-677,962 21 2.855,3o8 12 3,766 2 63.464,978 3i 335,261 9 827,041 5 3.665,996 23 52.663,579 9 15.265,333 24 32.5x5,621 19 6. 58o,000 41.966,237 23 Billetes del Tesoro público creados Devoluciones hechas por el Ministerio de la Guerra por libranzas ypagarés sin efecto. Traslación de caudales álas provincias yjuegos de Caja entre Valencia yAlicante TOTAI. Reales 'V^lcau 33.287^-5 II 386.619,921 23 i32.6 i6,685 12 152.656,788 3o 53.855,85o 6.600,000 1.280,240 29 766.916,962 3 SAI-IDAS. Por satisfecho ála Casa Real Idem. ^Rnisteno de Estado. - Idem. ^-^íimsteno de Gracia yJusticia- ..... , *’ Idem... ^l^sterio de la Gobernación Idem ..-sl Ministerio de la Guerra Idem Ministerio de Marina Idem. ^Ministerio de HaciendaExtraordinario general Junta de armamento ydefensa de Galicia. Por entregas ála Caja de Amortización Banco Español de S. Fernando: por recibos de sus Comisionados ,por la anticipación, exención de movüiia • de giros annlados - Donativos voluntarios ;por giros sobre esta clase annlados Administración de Correos de Cataluña Dirección general de Pósitos üofis -wfloiL 30.596,147 í5i7,363 6-709»9®9 8.955,119 317.895,071 12.852,856 ai.661,454 33 icion éimporte Dirección general de Rentas: por devuelto álas Cajas de totales ylibranzas anuladas. Subsidio Eclesiástico: por importe de giros anulados. .............. ............ Loterías Nacionales: por idem Comisaría general de Cruzada: por idem (O Préstamos yanticipaciones al Tesoro Anticipaciones por convenios ,áreintegrar en Billetes del Tesoro. . . Pagarés antiguos del Tesoro áreintegrar por la Tesorería de Corte. Traslación de caudales álas provincias, yjuegos de Caja Libranzas del Tesoro público satisfechas por las Cajas de líquidos. . . 3x4,775 2“ ' 29,390 20 52.810,711 .e 3o 1 58.4o3,3i410 57.947 27 ,.235,261 9 3.517,201 23 23.555,9x4 57 . . 206,5oo ..i.3io,ooo 26,000 32.987,292 3i ,.76.5x4,260 16 .. 5.606,990 2.936,927 17 .. 25.081,705 22 Billetes del Tesoro creados ,recogidos en las provincias Pagarés de la anticipación de 200 millones recogidos en las provincias Existencias en la Tesorería de Corte yCajas de líquidos para 1° de Agosto de 1837. 22 f ií 402.187,922 i5 it5.338,6o8 10 25.148,414 27 143.127,176 18 39.728,380 2.230,546 3 39.155,913 32 766.916,962 3 MESIILTAPU® (3)CSiligaciones en descubierto basta 3ide Julio de 1837 1,542.809,070 29 (4)Existencias en la Tesorería de Corte yCajas de líquidos Sg.iSSjgiS Sal (5)Idem en las Cajas de totales ,Loterías ydemas dependencias 26.592,769 335 65.748,683 3i DEFICIT EN 3iDE JULIO DE 1837 1,477.110,386 Sa (6) INGRESOS YOBLIGACIONES DEL TESORO YDEMAS DEPENDENCIAS, CALCULADOS HASTA 51 DE DICKEMBRE DE 1857. INGRESOS. (7) fEn metálico io.6i5,653 i8J z5> (9) (9) Productos de todas las rentas al cuidado de la Dirección general, calculados por la Contaduría general de Valores 7••1••7CEn metálicv, Idem de las rentas yarbitrios de Amortización, calculados por la Dirección general lEn papel 23.107,012 Idem de las rentas ybienes secuestrados áD. Carlos JVIai'ía Isidro, calculados por la níi^®-a Idem de las encomiendas que disfrutó el Sr. Infante D. Antonio Idem Idem de la renta de Loterías Nacionales, calculados por la Dirección de las mismas Idem de la Comisaría general de Cruzada idem Idem de la contribución extraordinaria de guerra, calculados por la Dirección de Rentas yContaduría de Valores Idem del medio diezmo idem idem Diferencia 3o8.85o,ooo 33-726,665 375,587 84,427 13.070,725 3.000,000 44.888,241 42.500,000 237.927,660 33 4 5 684.428,306 29 OBLIGACIONES. (8) Por las que están ácargo de la Dirección del Tesoro, calculadas por la Contaduría de Distribución éIntervención general del Ejército. ...... Por idem de la Dirección general de Rentas, inclusos los gastos de recaudación yreproductivos, calculados por la Contaduría general de Valores. (10) Por idem de la ele Arbitrios de Amortización, calculados por la misma Por idem del secuestro de D. Carlos María Isidro idem Por idem de las Encomiendas del Sr. Infante D. Antonio idem Por idem de la Caja de Amortización, calculados por su Dirección Por idem de la Comisaría general de Cruzada idem Por ídem. .de Loterías Nacionales ídem. Por resto de la 4^parte de los pagarés de la anticipación de 200 millones, que deben recogerse en este ano ysus intereses. 416.636,228 í>9.6oo,ooo. 2.963,304 16 340,228 2 100,404 2 149.659,047 23 6.276,668 11.700,000 27.152,426 2s 684.428,306 29 MESÍIMEM® Déficit en 31 de Julio, según queda demostrado 3^ Idem desde l.° de Agosto á31 de Diciembre [ DEFICIT EN 31 DE DICIEMBRE DE 1837 1,715.038,047 19 Madrid 4áe Setiembre de 1837. iJS dd i^de^Ago«m generales carecen délos documentos necesarios para señapartida yla del frente presentan parte del resultado de las operaciones hechas pn •jju.. VadmisiW ^algunos particulares ,entregando el Gobierno áéstos, Billetes del Tp ,i 'rtribnciones yderechos yotros efectos prontamente reaUzXes ^•"‘í ' Có áplazos /alguna cantidad en dinero óefeotÍ .l’7recibiendo o precio^por todo s/valoí ’ cupones de los empréstitos yotros docéme f^mpnos* bregado los contratistas los^^os onerosos están aun pendientes ,n®'"’ equivalentes, según resulta dp ,*%'I".® deben, habiendo recibido los qne ásu favor se Contaduría "í""' ero. ente ilo. <loc,.nu-ut„. ® quebranto que hava sufrido la pasado; >c l-ut,ia.„,,. , Dirección del Tesoro qne apremie áIr ^pnbl.ca en estos contratos. Fl Guiñe, „o ach, I ,""''«'11 (3 El pormenor d¿ Us !“utrat.stas, “'" >1 l.a *05 presentados por las oficina/ resultaron en (irscl ;., —^rnerales yaque se refiere la relacn.n nu,,;. de menos Ihaber eii- ,,n como "''í:ui,.„le t' Uiida.lo > 1,1.1 Nor r. No se comprenden en este et-d — ju,. '•ri.as operaciones vcuentas cor, ' jor las ouc.nas de '‘’to.i.e,,, ilocin", rendidos por Ioperaciones ycuentas Cor, Cira.. DcPé tenerse preseme rt'”' de Disti ihucioii. 'ent,-s c,,,, ext,,. P^-ente que, ademas del déficit que resulta ’'--“'.I s, las '“'us,,,,,, iini"' OBSERVACIONES. 1*al cambio de los pagarés de los aoo millo- (4) Se han segregado de estas existencias las partidas relativas .desafeado efectivo ,asi como nes con las cartas de pago provisionales ,por ser un simple juego pilaciones núms. 3y4otros no valores, según aparece de los documentos originales aqne se r (5)Véase la relación núm. 4*qegresan ^respectivas partidas, (6) Estos cálculos de ingresos yobligaciones han sido formados, co 2que se refieren las relapor las o£cinas generales ydemas dependencias, según resulta de os oc clones núms. 3y5./1de Valoras supone cobrables en este (7) Figuran en esta partida S7.64o>ooo rs. que la Contaduría gener por®^brar de la totalidad del mo por la anticipación de 200 millones ;pero siendo aquelia suma lo <1*^® ^.g^ente basta 3ide Diciemn'f-l;nin), lio I )< ivihlf (jii(‘ lt)S f'-tiuT/os del (io!)ieriio ' ano ! ,JH.i in (.N' ("• 111 n\¡H I'It.ihli' ' jH.c mas de la niilaií vn^^i'oNai ái-l di-iivil dt* an» ,=3 ij22r^. íus pasii.iMriido maiiii'.-slado l:i (:onia(!niaa ;;<-Mt-ia! du i)¡si ,ilmoiou ,/d ca. ^ t'is di- ^iici 1.1 ¡lai aio-- vHii olili linos im-si-s d,- csU’ aini ,qn:- (.u vuia "i** |,c:ic: ai \1inadaiiK'i! If ,se j>i (•./unto al.i IIaiii'M<la iiiditai' la suma cjmCsUp^^J-**-^ <i»mo (iai boiicll tif I.oiidi fs ,.\i «l.iiii di' l*ai i.-í ,\a/.(¡u<v. de oiinK'os , los Mimim s( ro.s qm* los pmMos han ln.‘< ho alas (1op.vs ,\tn\i>vu.mtí' ‘*0 m'P del ramo la graduó en 131.677,730 rs. mas que la Hacienda civil ,como demuestran los documentos originales á<me se refiere la relación núm. 3.- (9) Interesado el Gobierno en conocer con la mavor eiactitnd las CorteT -.... i: J- ^_.1 .qedio diezmo concedidas por Jas Corte», eneral de Valores para que, reunidas ea Qicargadas de la recaudacioa ,* calasen vle manifestasen el producto probable de ambos aosdios hasta . su cálculo es el estampado. ii3_36o,ooo rspor la anticipa- (10) Apareciendo cobrados ,se™ la Contadnría general n-Aa parte, qne debe serio en el pricion de los 200 millones .vno hahi^dose reintegrado ácoaita de 5u ear^ 3inr-.. c.im jmaniiirsta UContaaur^'^ adcáucir d'- ¿u prudacíK iia.sLi 3i de Diciembre _- - -__ rUtULI den proporcionarle la contribacion extraordinaria ¿e guerra yel medio dio orden álas Direcciones generales de Rentas yála Contadnría general de junta, yenvbta de los datos yantecedente ^e obran en Diciembre próximo calrenidero; rai;0 .ílllu -2.2 2x3.J.; 1.i rú^nr.'.i .iih-ii g-i Lie *• iriteie-c ce Distn .Uc: aá es tan i.-^ta? remesas n' a’-r jlufirea coa exceso los re.acfiinieatos ce agucuxj IVUlllERO i ^^¿CaCtOtí 'ti:af<cz¿) c^e^a&wned cyáj^yo<f,W’j^^'cccee^ eft /u<í’^e¿</ ^pea^ oa^'n&í e>í^€C€a- ^,</eíic^ 3cá t/e ^é36 Ái3Áz j? cá k$;^co3S cá ,can eap^a^-¿>n <áy ^«sr ^an ^no/íoac/a emcdchn Á'^Á3 cá/^%3ca^, -y cá 3€€ a^cáecccÁn ac/cca/l cé da/cf^.' ^,Reales de vellón. ^ Fechas. 3Julio de 1836 D. Manuel Gaviria operación de. .. 120.000,000/^ c^O^LLX que debían suministrarse al Tesoro á20 por 100 de beneficio, reembolsables en billetes del mismo. ^ Se rescindió el contrato en sus tres cuartas partes yquedó saldado en 7Abril de 1837. oSetiembre de i836. D. JosE Safont Operación de. .. 35.995,936 :29 que le fueron entregados en billetes del Tesoro y libranzas contra Rosthschild, yque el Contratista reembolsó: En letras ydinero 19.461,563 En id. sobre el Tesoro 925,000 En cuentas de resaca 272,772 En libranzas protestadas 13.513,436:29 Premio convenido 1.900,000 Fenecido en 26 de Julio de iSSj* .4 Febrero de 1837.. D. éñtVeg^d^s biUetes^del Tesoro, y ‘“t^fecúvo <.000,800 10 por 100 premio 1ll,¿uu Fenecido en 2de Marzo de 1837. o-.. operación de. .. 9.222,200 4Abril de 1837 OSE ^¿"Serón 'en'trVgadós;' 3millones en letras sobre Filipinas, yel resto en billetes del Tesoro; y que el interesado reembolsó : En letras sobre Paris, ápeseta por franco ,yen efectivo 4.314,005 a; ll» bme.es. 222,200 Beneficio sobre los 3millones de Filipinas i.uuu,uuu 5.536,205 Saldo que debe en er^ltos cona.a el Go- ^ bierno o..j operación de .. .1.612,000 22 Maro de 1837 I>. ¿"fueóó¿ entregados en bUletes del Tesoro ,y que reintegró : Reales de rellon. Suma anterior 759.099,062 :20 BtLLETES DEL TESORO PUBLICO. Por los billetes que resultaron en circulación en fin de Julio ,según estado de la Contaduría general de Distribución 37.744,750 DIRECCION GEAERAL DE LOTERIAS NACIONALES. Por resto de ganancias álos jugadores 1.881,800 ) Por sueldos ygastos de las rentas 127,579 :5) >t9 :5 ENCOMIENDAS DEL SEÑOR INFANTE DON ANTONIO. Por los débitos que resultaron sin pagar, según la nota de la Dirección general de Rentas yArbitrios de Amortización 14,889: 4 SECUESTRO DE BIENES DE DON CARLOS MARIA ISIDRO. Por los débitos que resultaron sin pagar, según la nota de la misma Dirección 69,325 :10 MINISTERIO DE LA GUERRA. Por déficit que resultó áfavor de la Hacienda militar en fin de Diciembre de 1836 ,según la nota formada por la Intervención general del Ejército Por id. que resultó en lo que se ha devengado desde l.° de Enero de 1837 hasta fin de Julio, según nota formada por la misma Intervención general del Ejército. 1,542.859,070 :29 Importan las cantidades que resultaron debiéndose en 31 de Julio último ,mil quinientos cuarenta ydos millones ochocientos cincuenta ynueve mil setenta reales veinte ynueve mrs. vellón, según se ha expresado yconsta en los documentos áque se refiere esta nota. Madrid 4de Setiembre de 1837. 545.933,066 :2j 743.921,664: 24 197.988,598 :22 ) NUMERO 3 gíftCraí ^ue da/¿>j!acci^e en cencet «-/íehzo^ me<íe<í e^ ^ésr ^ot o^^^cececine,^ con/iezú^iJ yyeee fíe e^ can/iael c^da^ y.» c^ i^^odíí ^odÁi 3íc^ ceem^ie c^-^m^íína ,d<^e¿n cdÁze^d ydta/éeázd o^áa^ eí ed/e t^/^én¿í¿¡:im yid¿ -^d e^ccnad enca^ac^zd c^ -¿a a'/men-éd/xaecan <Á ^n(Ád ^ú¿íi^cod,e¿ daÁc .' DIRECCIOX GEA’ERAL BEL TESORO, Reales de Tellon. SEGUN LA CONTADURIA DE DISTRIBUCION. Para la Real Casa 18.125,000 Para el Ministerio de Estado 5.251,310 Para el de Gi'acia yJusticia 7.964,330 Para el de Guerra (*) 300.000,000 Para el de Marina 33.27 8,4 1 0 Para el de la Gobernación 12.119,885 Para el de Hacienda, inclusas las pensiones de regulares ynegociación ygiro de caudales 39.897,293 DIRECCION GENERAR DE RENTAS. Por los sueldos, gastos ydemas obligaciones de las rentas, según el estado calculado por la Contaduría general de Valores DIRECCION GENERAR DE ARBITRIOS DE AMORTIZACION. 69.600,000 Por los sueldos, gastos ydemas obligaciones, según la nota remitida por el Director 2.963,304 :16 encomiendas DER señor infante D. AlNTONIO. Por los sueldos, gastos ycargas de justicia, según el cálculo remitido por la Dirección general de Rentas yArbitrios de Amortización SECUESTRO DE BIENES DE D. CARROS MARIA ISIDRO. Por los sueldos, gastos ycargas de Justicia, según el calculo remitido por la misma Dirección DIRECCION GENERAR DE ROTERIAS NACIONARES. Por las ganancias que se calcula podrán corresponder «nn non álos jugadores ^'SoOO Por comisiones ygastos ’ Por sueldos de empleados Por gastos comunes 100,404 340,228 :2 565.000 235.000 Por libranzas del Tesoro público ácargo de la Dirección, aceptadas por esta para ser satisfechas en los cinco últimos meses yti-es primeros de 1838 9.700,000 2.000,000 11.700,000 501.340,164 :20 (*) Segun cálenlo formado por la Intervención general del Ejército. Reales de TeUon. Suma anterior 501 *340,1 64 :2( COMISARIA GEIVERAX DE CRUZADA. Por libramientos girados por la Comisaria general afsr Yor del Director del Tesoro, que deben pagarse en los cinco últimos meses de 1837, yEnero, Febrero ytcor aro Abril de 1838, según nota de la misina 5.696,668 Por los sueldos, gastos ycargas de justicia, calculados \co-* ñor los aue resultan satisfechos en los siete primeros {6.2/6,668 meses 580,000 CAJA NACIONAL DE AMORTIZACION, SEGUN HA. MANIFESTADO LA CONTADURIA GENERAL DE LA MISMA. Por líquido del semestre, que vencerá en l.° de Noviembre próximo, de la deuda activa procedente de la conversión de los antiguos empréstitos extrangeros, pagaderos en Londres, Madrid yParís, ...... 78.406,800 Por importe del semestre de las rentas que se dieron en satisfacción de las reclamaciones inglesas ,que vencerá en 8de Setiembre 1.500.000 Por importe líquido del semestre que vencerá en l.° de Octubre próximo ,de la deuda interior 47.204,771 127.111,571 Por VDor 100 de amortización en los cinco últimos meses para la deuda interior 5.043,222 :18 Por Ipor 100 idem para la deuda extrangera en los ocho últimos meses 7.886,050 Por anticipaciones con calidad de reintegro éintereses )149.659,64/ :M de las mismas 1.890,676 Por quebranto en las negociaciones, sueldos ygastos de oficina ycompras de frascos para los azogues. ..... 5.227,528 :5 Por el presupuesto de las minas de Almadén en los cineo últimos meses 2.500,000 657.275,880: S Importan las cantidades que se han calculado por las obligaciones de los cinco última meses, seiscientos cincuenta ysiete millones doscientos setenta ycinco mil oc ocien os oc ta reales ynueve maravedís vellón, según se ha expresado yconsta de los ocumen que se refiere esta nota. Madrid 4de Setiembre de 1837. NXMERO 4. eá -/á/ &T¿í^recea¿i iedabatan eít <á/ c^'ad cá Á/a^ yo/iíM c^^nc^ítcá* a^ ^ésy ,áda^ei .' ^ncá^d en S/ c^ Reales áe vellou. 14.669,824 :14 8.725,441 :8 88,314 :24 3.074,993 :27 34,195 :28 (Papel .... En la de arbitrios de Amortización < (Metálico. . En el secuestro de D. Cárlos María Isidro 6.076,005 :5 2.649,436 :3 ÜiH 13. JJir6CC10u Q6 XjOtclldb yblib jciLUJJUiuioti •• • « 26.592,769 :33 Importan las existencias expresadas veinte yseis millones quinientos noventa ydos mil setecientos sesenta y,nueve rs. ytreinta ytres mrs. vn. Madrid 4de Setiembre de 1837. (*) Ademas de esta suma existen en la Caja de Amortización yen poder de sus Comisionados 88.i5o,919 reales y22 mrs. vn.; los 76.368,567 rs. y22 mrs. en efectos de la deuda inutilizados ypreparándose para verificar su quema, yel resto en libranzas del Tesoro, que no pueden realizarse en las provincias por falta de fondos, yotras ácargo del mismo yde la Pagaduría de Guerra, que han sido protestadas. E NUMERO 5. jOfít ccc'>t/éc^c^í/ ^-uc ^cií^ ccc-{c€í^o^^s¿ c¿é i£ít/ad en e>¿nca ^‘f?zckí meáed c¿é fésp' ,ce dee^l.' Reales de vellón. 33.726,665 :33 375,587 Por los productos de las rentas al cuidado de la Dirección general, calculados por la Contaduría general de Valores 308.850,000 Por Ídem de las rentas yarbitrios de Amortización ,calculados por la (En metálico. ..10.615,653 :18 i Dirección de los mismos ¡En papel 23.107,012 :isj Por Ídem de las rentas ybienes secuestrados áD. Cárlos María Isidro, según el cálculo formado por la misma Dirección de arbitrios de Amortización Por Ídem de las encomiendas que usufructuó el Sr. Infante D. Antonio, calculados por la misma Por Ídem de Cruzada ,según el cálculo formado por la Comisaría general. Por Ídem de la renta de Loterías nacionales ,según el cálculo formado por la Dirección y13.075,725 Por Ídem de la contribución extraordinaria de guerra, según el calculo formado por la Dirección general de Rentas yContaduría general de Valores 44.888,241 Por Ídem del medio diezmo, según el cálculo formado por idem idem 42.500,000 84,427 3.000,000 4 5 446.500,646 :8 Importan las cantidades que se ban calculado por los ingresos en los cinco últimos meses de este año, cuatrocientos cuarenta yseis millones quinientos mil seiscientos cuarenta yseis reales yocho mrs. vn., según se ha expresado yconsta de los documentos áque se refiere esta nota. Madrid 4de Setiembre de 1837. ^frtsíficrtcwn en 3^ áí c^ ^¿3/, can e^i^^n e/e éj an^ á ^eee e»>‘^e3^eíne/,^c^a •íad oj/e>enez3jeeneia^^ ^eee 3e ccáen. OBLIGACIONES. A>OS AQUE CORBESPOXDEV. 1854.1855.1856. l.°® 7meses de 185T. De ia Dirección general del Tesoro público, según la Contaduría general de Distribución » De la Caja nacional de Amortización, según ia Contaduría de la misma (i) 3.782,4741 De la Dirección general de Kentas, según la Contaduría general de Valores (2) * De la Dirección general de Loterías nacionales ,según la misma De la Dirección general de Arbitrios de Amortización (3)» De id. por las encomiendas del Señor Infante D. Antonio ,según Ídem » De id. por el secuestro de D. Carlos María Isidro, segim idem..«« » De la Comisaría general de Cruzada, según la misma * Del Ministerio de la Guerra ,según la Intervención general del Ejército (4) i59.i45,583 Billetes del Tesoro • 3i. 4i5,83i17 96.029,413 a6 315.507,391 19.313,017 II 119.815,65 r144.477,745 I »58.31i,5ii 358.3ii,5ii 3 ••2.009,379 5 •4-524,498 4-534»498 ••14,889 4 »•69,335 10 »•3.385,530 37 io5.300,461 316.212,095 a63.363,3a5a4 • • 37.744,750 TOTAL. 343-953,636 9 387.388,887 i3 116.433,03a 5 3.009,379 5 9.048,996 14,889 69,335 10 3.385,530 37 743.931,664 34 37.744,750 163.928,057 I155.939,309 38 494.793,168 a8 739.308,535 33 1,543.809,070 39 Existencias en la mUma fecha, ádedneir de las obligaciones 65.748,683 3i Déficit en 31de Julio de 1887 1,477-11 0,386 82 Madjid 16 de Seúemhre de 1837. NOTAS. (1) Con el objeto de no multiplicar las casillas se han comprendido en la partida de i834 :480,576 reales imaravedí vellón, correspondientes álos anos de i83i, iSSa yi833. (2) Estando satisfechas las obligaciones de la Dirección general de Rentas con regularidad ócon muy poco atraso, y habiendo manifestado ademas la Contaduría general de Talores, en oficio de ayer, que todas las que componen su descubier- to corresponden álos últimos meses de i836, ysiete primeros de ,83;, excepto alguna parte de los créditos de que no puede clasificar por años, se ha dividido el total por mitad entre fin de i836 yprincipio de 1837 ,amujue del coa, texto del citado oficio aparezca la mayor parte del déficit anotado corresponde al afio corriente. (3) Véase la anterior. (4) Con el objeto indicado en la primera nota se han comprendido en la suma de i834, que asciende por Reales veUon. 109.31,,5^^ a.327,8jo de 1829 3.044,285 de 10.873,284 de 7-491.105 de 16.891,256 de 9.2o5,3i6 '49-833,066 Total igual. (5) No están comprendidas las cantidades tomadas ácorporaciones en caUdad de reintegro. 159.145,583