La pena de muerte : ventidós artículos de polémica publicados en "El siglo" de mayo 9 a junio 21 de 1905
Full text
LA PENA DE MUERTE
Vein idós a ículos de !polémica
publicados en "El Siglo", de
mayo
9
á junio 21 de 1905.
Ped o Figa i.
•
Imp en a "
E
l
Siglo Ilus ado”, 18 de Julio, 23•Mon e ideo.
Lec o :
Al ap es a se la H. Cáma a de Rep esen an es pa a conside-
a el mensaje del Pode Ejecu i o de 27 de junio úl imo, en que
p omue e la abolición del cas igo ex emo de la mue e de en-
e los demás que p esc ibe la ley penal, ha dispues o que se
coleccionen y se imp iman los a ículos de la polémica sos eni-
da en
El Siglo
sob e es o mismo, con los doc o es José I u e a
Goyena y José Salgado. Ese hono , en lo que á mí se e ie e, de-
bo a ibui lo más bien que al p opósi o de ilus a la cues ión, al
celo y esc upulosidad con que esa ama de la legisla u a piensa
abo da el es udio de an a duo como in e esan e asun o.
Yo obs an e es o,
y
en la in eligencia de que son an limi ados
los conocimien os humanos que has a el sabio mismo iene siem-
p e algo que ap ende , aún cuando depa a con un anal abe o,
c eo no incu i en lag an e con adicción, ni en desmedida in-
modes ia, al con ia en que puedan se i de algún modo las ob-
se aciones que he ecogido sob e
la az local
de es a cues ión,
si no po su mé i o, po que es e pun o de is a con se an im-
po an e, ha sido descuidado en e noso os.
Cuando se a i ma que la discusión de es e asun o es á. ago a-
da, se ol ida que su índole es esencialmen e expe imen al. Pue-
de deci se que en cada país es un p oblema dis in o el de la pe-
na de mue e, como son dis in os casi siemp e los p oblemas so-
ciales, polí icos y económicos de cada egión, de cada naciona-
lidad. Los p ecep os gene ales no pueden, po lo común, ex en-
de se más allá de las on e as del e i o io;
y
es o mismo es
al ez demasiado.
Es p uden e, pues, descon ia de las soluciones abs ac as.
Tan compleja es la a iedad de los enómenos sociales y son
an di e gen es las di ecciones que oma cada ag upación hu-
mana, que suje a las á eglas é i ine a ios ijos, uni o mes, es
más di ícil, segu amen e, que halla un! olapük de pe ección al
como pa a se ecibido con igual espon aneidad po odos los
pueblos de la ie a;
y
si ad e imos oda ía que las ela i ida-
des inacabables que campean en el o ganismo social
y
sus a ie-
dades
y
di e gencias cambian además al in ini o é incesan emen-
e, con elación á la es uc u a de cada pueblo, á la di e sidad
de cada luga ,
y
á las peculia idades de cada momen o, de ca-
da e apa e olu i a, ¿quién puede c ee en eglas in a iables, uni-
a ias?; ¿qué genio end á la su iciencia eque ida pa a da una
solución capaz de sa is ace á la ez las necesidades del iejo
y
del nue o mundo, lo mismo á los ingleses que á los enezola-
nos, á los a gen inos que á los anceses, á los suecos que á los
u uguayos, si acaso es o no es una descabellada u opía?
Es más sensa o es udia cada o ganismo social, lo más indi-
idualmen e que podamos, pa a desen aña sus e dade as
con eniencias y descub i su legislación más ap opiada, como
es udia el clínico á cada en e mo pa a da le un égimen. Es o
end á siemp e más e icacia.
Con iene ehui las imi aciones, que nos conducen casi siem-
p e á la decepción. P ecisamen e lo que hemos de es udia con
mayo minuciosidad en los demás países, son las di e encias
que exis en en e sí y con elación
al nues o, pa a con ello
da nos la más cla a cuen a que sea posible de nues a indi i-
dualidad social y nacional, en odas sus peculia es modali-
dades;
y
si hemos de i con un umbo p econcebido, con en-
d á que nos inclinemos en el sen ido de acen ua nues a pe -
sonalidad, más bien que en el de ajus a la á un ipo exó ico.
Po más que lo in en emos, po más que nos empeñemos en
pe ila la con ca ac e es p opios, nues o modelado end á á
menudo es cua os de imi ación. De ahí que casi siemp e i-
imos en impo en e ebelión con a la ealidad, p e endiendo
eludi el impe io de ese elemen o sobe ano, i educ ible,
lo que
es,
como si igno á amos que, en de ini i a, nos domina, nos
maneja
y
nos some e, quié ase ó no se quie a, como imp ime
sus líneas al es año el cuño de ace o.
Tal ez no enemos más la i ud de acción que la eque ida
pa a p esumi , y pa a su i las consecuencias de nues a e-
beldía. Po más uel as que demos á la madeja, siemp e ha de
esul a que el sobe bio dueño y seño del plane a, el homb e,
es apenas su escla o p edilec o.
An es que deja nos deslumb a , pues, po las a gumen acio-
nes ampulosas que oman su ue za en la au o idad de sus sos-
enedo es, ayamos á la uen e, á los hechos, á la ealidad
misma, que ella sí es eina, y a emos de escud iña pacien e-
men e
sus
manda os po medio de la obse ación más concien-
zuda y de la más since a expe imen ación.
* *
Se dice: Ingla e a y F ancia, naciones an adelan adas
man ienen oda ía de pie la ho ca y la guillo ina: ¿cómo
amos
á supe a las? ¿acaso podemos compa a nues a complexión so-
cial con la de esas dos g andes naciones, pa a da un paso más
adelan e del que ellas mismas die an?
He ahí una de las cu iosas ela i idades que nos p esen a el
escena io humano, en e o as muchas. Las naciones del iejo
mundo, de an iquísima adición, es án iden i icadas con la cos-
umb e que impe a an o ó más que las leyes mismas. Toda e-
o ma, oda inno ación hie e un cúmulo al de p ejuicios, que
es casi imposible concebi lo. De ahí las esis encias que o ece
la masa á los designios de los elemen os supe io es, a anzados;
en cambio, las naciones de es e con inen e queda on abie as
de p on o, como ie a de ensayo, á las más audaces eo ías, á
las más gene osas inicia i as. Allá, la libe ad y la igualdad
han enido que lucha homé icamen e du an e siglos
y
siglos,
si han que ido e gui se pa a domina ; aquí nacie on como po
encan o, á la ez que se adjudicó es e mundo á la ci ilización.
El pueblo yanqui, en pocos lus os, ha ealizado p og esos so-
ciales, económicos
y
polí icos que des ellan
y
encandilan, aún
cuando se les compa e con los as os de mayo magni ud que
b illan en la cul u a eu opea. En el iejo mundo las nue as
ideas luchan aún hoy cue po á cue po'con los esabios adicio-
nales, in e e ados, cuyos es igios palpi an en la conciencia
pública, como i en es ampados en su admi able monunnen a-
lidad. En Amé ica, odas las ci ilizaciones an á ella espon-
áneamen e y p ospe an po lo mismo que no hay allas ni e-
sis encias e ospec i as; los pueblos es án sedien os de luz, de
p og eso, de libe ad sin abas, sin e ancas, sin adiciones
que demole ; ¿qué de ex año iene que Eu opa no haya bo ado
oda ía esa mácula de la legislación, ese anac onismo del ase-
sina o legal, cuando aún no ha podido implan a el gobie no
democ á ico á pesa de halla se p epa ada pa a p ac ica lo po
su g an adelan o? ¿qué ue za iene ese a gumen o au o i a io
cuando emos que, á pesa de an o obs áculo como se o ece á
la e o ma, esa ins i ución a cediendo al ex emo de habe e-
ducido
á un
décimo
los
casos de aplicación de la pena capi al
en el anscu so de un siglo?; ¿no es cla o, que sólo un p ejui-
cio y no una necesidad sen ida es lo que puede impedi que se
co e de un golpe esa ama a que liga oda ía una ci ilización
esplenden e con la más somb ía ba ba ie?
Se ía ac o de candidez supone que en aquellos pueblos es
e lexi a, pu amen e e lexi a oda modalidad, y que si la pena
de mue e no se ha excluido po comple o de la legislación, es
po que la mayo ía de los homb es pensan es, supe io es, lib e y
ampliamen e impues os de es a cues ión, han conside ado in-
sus i uible
ese
cas igo. Son escasos los que, como el ilus e
no eame icano Edwa d Li ings on, se han esuel o á es udia
es e asun o, abandonando odo juicio p econs i uído. Descon-
cie a e cómo se embande a cada cual an es de habe es u-
diado impa cial y se enamen e el p o
y
el con a de es e asun o
( ...
y
de an os o os), po mane a que, ope ado el p econcep o,
odo es ue zo in elec ual se aplica á encon a azones, an ece-
den es
y
a gumen os pa a e o za la esis adop ada así, a
p io i,
en ez de aplica se á acumula elemen os de juicio pa a o -
ma opinión.
Tal ez una dis in a complexión ce eb al 6 un dis in o g ado
e olu i o hace que los homb es se di ijan unos en el sen ido
conse ado , o os en el a anzado; pe o es indudable que la
mayo pa e de las eces el c i e io que se adop a de p on o,
inopinadamen e, po cualquie ci cuns ancia e en ual, po cual-
quie exigencia del momen o, p edomina ya, obus ecido po el
pe se e an e es ue zo del amo p opio que nos hace enaces, de
una enacidad inexpugnable. Ya no se eacciona más. ¡Vaya
uno á guia se sólo po la au o idad de los opinan esl
El caso del eximio Mi e maye que pasa al abolicionismo
después de habe sido panegi is a de la pena capi al, es
an ex-
ao dina io, que suena á milag o. Se equie e una dosis sob e-
humana de ene gía
y
de since idad pa a e oluciona , una ez
que se ha dado el p ime paso; y con deci que se nos inc epa
nues a «inconsecuencia» cuando nos hacemos accesibles á un
azonamien o con a io, es á odo dicho.
La mayo ía de los homb es, la o alidad, puede deci se, iene
opinión hecha sob e el pa íbulo. Si se inqui ie a, cómo, po qué
clase de obse aciones han llegado á o ma la, hab ía de causa
es upe acción conoce lo.
Si u ié amos la segu idad de que los homb es supe io es de
cada país hubie an obse ado di ec a
y
esc upulosamen e odos
los an eceden es del p oblema, hubie an examinado po odas
sus ases, sín
pa i g is,
es e a duo asun o, no pa a de ende su
opinión p econs i uída con los ecu sos de su alen o, Binó pa a
o ma en conciencia su opinión, ¡oh! en onces sí que se ía es-
pe able su dic amen; pe o es o no ocu e po egla gene al. Casi
siemp e se imp o isan las opiniones.
Es así como el a gumen o au o i a io de que Ingla e a aho -
ca aún y F ancia aún decapi a, pie de g an pa e de su alo .
En lo que a añe al p ime o de es os países, debili a oda ía su'
ue za el g an p es igio que iene allí la cos umb e así como el
igo de los es ue zos abolicionis as que han demos ado no se
an i mes como se supone, las posiciones de los pa ida ios de
esa pena.
La
Howa d Associa ion
que iene b egando po la abolición
desde 1828 en que se undó bajo el nomb e de
Socie y o he
aboli ion o capi al punishemen , ha
con ado en e 'sus adep-
os con los homb es más eminen es del eino. En el Pa lamen o
ambién han encon ado muchos y escla ecidos pa ida ios, las
p oposiciones p esen adas en al sen ido. En F ancia es al ez
mayo el es ue zo abolicionis a. Pa a da se cuen a de ello bas e
sabe que un dia io, en mayo úl imo, exp esaba que no podía
ajus icia se á es condenados á la guillo ina po no sabe se ya
dónde iza el o o a humani a io
y
ilan ópico ins umen o de
decapi ación, en el día desac edi ado po comple o.
No se á, pues, con los es e o es agónicos de ese esabio, con
lo que hab án de engend a se con encimien os, ni en usiasmos...
Si acaso pudie a disuadi nos una ins i ución, lo ecien e, que
igie a en o os países, igo osa, en medio de la ap obación ge-
ne al, no hab á de log a lo de cie o es e ejemplo de a o ia ga-
lopan e, que huele á ca oña.
* *
La es adís ica sólo puede in e esa á la cues ión en cuan o
si a pa a compa a
en cada pais
los esul ados de uno y o o
égimen: el de la pena de mue e
y el
de la abolición;
y
en ese
pun o es del odo a o able al segundo égimen.
,111
--- IX —
Es común segui el c i e io de Gab iel Ta de, según el cual
sólo deben ensaya la abolición, y
con
mucho ien o, los Es a-
dos cuya c iminalidad iolen a dec ece más ó menos ápida-
men e.
Es e p ecep o que á p ime a is a seduce, no es lógico, y es-
á además con adicho po hechos palma ios. Me a e o á a i -
ma que no es lógico pues o que, á se un emedio e icaz, la pe-
na de mue e, como se p ees ablece, no pod ía deja de emplea -
se en ningún país, po escasa que ue a la ci a de sus c íme-
nes, sin expone lo á ec udescencias pelig osas, ine i ables; y
a i mo que es á con adicho, po que en I alia, e big acia, don-
de sus más eminen es es adíg a os acusan con leal ad el más
al o coe icien e de deli os de sang e, en e odos los eu opeos,
se ha ensayado no obs an e con
éxi o
lisonge o es a e o ma;
y
eso que allí hay una modalidad iolen a excepcional, el
b igan e
pa a el cual pa ece hecha de medida la pena de mue e, según
el concep o co ien e. ¿Cómo se explica ía es e enómeno com-
p obado du an e seis lus os de expe iencia, á se undado
el
consejo de aquel ilus e penalis a?.
Es e esul ado
y
o os muchos, des uyen el ase o de Ta de
que, al in, implica un p ejuzgamien o: la e icacia de la pena
capi al pa a de ene á los c iminales, e icacia no comp obada
aún, en an la go iempo de expe iencias.
El delincuen e es u o de complejísimas causas, como el sui-
cida que, según Lacassagne, es un c iminal modi icado po el
medio. Si es inconsul o p e ende la educción de la ci a de sui-
cidios po medio de una penalidad cualquie a, no lo es menos
al ez p e ende lo espec o de los c iminales, po el e o que
les inspi e el pa íbulo. La sup esión de las c ónicas de sang e,
de esas leyendas que idealizan el deli o, al ez ue a una medi-
da más e icaz, como lo es sin duda espec o de los suicidios. Es
indudable que la publicación de po meno es llenos de melanco-
lía suge en e, ac úa en los espí i us omán icos co no un incen-
i o.
Pa a o ma opinión sob e el emo que inspi a el cas igo ca-
pi al á in de calcula su e icacia, de nada ald á sabe qué pien-
san los que an á se ajus iciados; an es bien, con iene sabe qué
piensan al espec o los candida os al c imen, y es o no lo a e-
igua emos po medio de la au o- obse ación, sinó al con a io,
po la obse ación obje i a. No cabe duda de que los elemen os
sociales e olucionados acusan ho o hacia el pa íbulo, pe o no
pasa lo mismo con los in e io es, en cuya ús ica insensibilidad
p omue e más bien eacciones incon enien es, ena deciéndolos,
inci ándolos, p o ocando sus iolencias. Es
además
un e o su-
pone que és os ob an e lexi amen e
y
que calculan como a i -
móme os las consecuencias del deli o, pa a de e mina se á de-
linqui .
Se dijo que an es de o ganiza se los alle es en nues a Pe-
ni encia ía, hubo penados que esc ibían á sus pa ien es
y
ami-
gos,
haciéndoles sabe que la ida
ca cela ía
e a
g a a; que
sólo les al aba la gui a a, pa a di e i se;
y
no po es o
hab á uno que se haya decidido á delinqui sólo pa a dis u a
de esos halagos. Son o as
y
muy dis in as las causas que de-
e minan al delincuen e, al homicida.
Los da os que a oje la es adís ica, pues, espec o del núme o
de deli os de sang e, sólo pod án se i nos pa a calcula en cuán-
o puede ele a se el p esupues o de gas os pa a man ene á los
que eludan el banquillo, si no pudie a hacé seles p oduci la es-
casa ación que consuman, y es a exigua ci a, po lo demás, no
puede espan a á las naciones que ienen p esupues os millona-
ios. Ninguna o a conside ación concluyen e pod á ob ene se
po
es a
az de la es adís ica c iminal.
* *
Localicemos. En e noso os, no hay duda de que la pena de
mue e ca ece del único elemen o de que aun hacen a ículo de
e sus panegi is as: la emibilidad. Si pa a o as azas más ías
y
e lexi as, puede ene e ec os ealmen e in imidan es, pa a
la nues a, más bien ena dece. So se domina po el e o de
una mue e apenas posible y lejana nues a me idionalidad,
nues a desmedida imp e isión. Pa a los imp e iso es bas a una
p obabilidad eliz, pa a que se espe e y se con íe en ella.
Como lo ase e a el capellán de nues a Peni encia ía, doc o
Lo enzo A. Pons, nues os paisanos son an alien es que has a
an al banquillo como hé oes. ¿Qué se di á de los candida os al
c imen, que apenas log an concebi men almen e que les puede
oca un día imi a los? ¿qué e ec o ecomendable puede espe a -.
se, pues, de ese espec áculo
del usilamien o con que se paga la
á ida cu iosidad de nues os campesinos?
En la campana, no se á po el miedo po donde puede
ha-
ce se
pene a la ci ilización. El alo es allí la obsesión do-
minan e. Se hace escuela y cul o de es a i ud p imi i a. Desde
ni os se acos umb an á a on a la mue e, son iendo. Su es oi-
cismo no iene lími es. La mayo inju ia que se les puede di igi
es, la de impu a les coba día; el mayo elogio, es econoce su
alo . 'lodo lo demás, la labo iosidad, la hon adez, la sob iedad,
la diligencia, el espí i u de o den, la exac i ud en el cumpli-
mien o de los debe es, la sumisión á la ley, odo es o es algo
cuya co ización, en conjun o, no alcanza á equi ale á aquella
sup ema
i ud: el alo , el alo lle ado" has a el desp ecio
comple o de la ida.
En cada acción de gue a de nues as ei e adas con iendas
ci iles, los ejemplos de alo he oico se cuen an á cen ena es.
liecué deae cómo la mayo ía se alis a al p ime oque do cla ín
y sin conoce las causas de la lucha, o man legiones dispues as
á ba i se
á
oda no a con b a u a indesc ip ible, como lo ha ía
un pueblo que de iende su bien, su hono su libe ad con a
el saqueo, la iolación y la escla i ud que quisie a some e lo
el ag eso ex anje o,
y
bien cla o se e á que es insensa o do-
— XI --
mina lo po el e o ... ¡po el e o de un pelig o apenas posi-
ble,
y
emo o!
*
*
,
Rindiendo cul o ambién al indomable p ejuicio, al ez, c eo
que con iene op a po un sus i u i o imp esionan e, no ag esi-
o como es el usilamien o, sinó se e o. Me pa ece que es p e-
e ible la pena inde e minada, sin plazo ijo, que puede oca se
en pena pe pe ua, á una pena la ga con un máximum in an-
queable. Con iene sí ija un mínimum que bien puede se de
ein a
años.
La pena inmedia a debe ía ene un ma gen ma-
yo que el es ablecido po el a ículo 93 del Código Penal, pa a
la libe ación e ocable. Si se op a a po un e cio, en ez del
cua o de la pena, queda ía más p opo cionada la g aduación
de los g andes cas igos.
El p esidio debe ía o ganiza se sob e la base de una sabia e-
glamen ación que e leja a sob e la eclusión las condiciones
de
e ibilidad compa ibles con la ci ilización
y
eque idas po el
de echo social de de ensa. Si algún e ec o puede espe a se del
emo á la penalidad pa a educi el c imen, c eo que siemp e
se ob end ía mejo así, que po medio del apa a o cada ez más
pa alí ico del pa íbulo.
*
*
Como que he acudido, ue a de la az local, á a iadas uen-
es, habiendo ecogido no as y apun es en di e sas lec u as en
el la go iempo en que me ha in e esado es a cues ión, me hallo
en la imposibilidad de exp esa po comple o el o igen de mis
ci as co no desea a hace lo, cumpliendo un debe de leal ad.
Además de las ob as gene ales de de echo penal, he consul ado:
Cha les Lucas:
Da
Sjsieme
Penal e ep essi ;
Mi e maye :
La peine de mo ;
G. iiebaucli: La
pena di mo e e gli e o i giu-
dizia i;
K. D'Oli ec ona:
De la peine de mo í;
Manuel Ca ne-
ale:
La cues ión de la pena de mue e;
Augus o Pie an oni:
,
La
pena di mo e negli S a i nzode ni,
e c.
Mon e ideo, 15 de julio 1905.
P.
FIGARI.
6
Vol iendo al deba e.
En nues o país dicho uso es gene al; en la campa-
se conside a obligado, en las ciudades poco menos,
en ellas se epu a simplemen e ú il. Es o, ag egado á la
ne iosidad de la aza, á la imp e isión que campea
en nues o medio p ódigo, al concep o del alo pe so-
nal que es á an al amen e co izado aquí, que es casi
una supe s ición, aumen a conside ablemen e la ci a
de lesiones pe sonales y homicidios. En Eu opa las
discusiones e minan casi siemp e con ges iculacio-
nes de una iolencia cómica; aqui concluyen con
sang e.
Y p egun o, ¿es jus o, es e dade o, es sensa o acu-
mula es as ci as á las del asesina o, pa a demos a
que debe man ene se enhies o el pa íbulo? ¿Se p e en-
de á acaso co egi po medio del cadalso una cos um-
b e que puede modi ica se, al ez, po medio de una
hábil y esuel a acción policial?
A poco que se in es igue, se halla á que en nues o
medio las causas gene ado as de los homicidios son
p incipalmen e á base pasional.
Con pequeñas a ian es
y
pequeñas excepciones, la
pelea, la enganza, en sus múl iples ases, la i ali-
dad, los celos, el p u i o del alo pe sonal y el me-
nosp ecio á la ida., son los ac o es culminan es de los
deli os de sang e. El deli o e lexi o, íamen e cal-
culado, no es de cie o el u o ca ac e ís ico de nues-
a delincuencia. ¿Y quién p e ende á con ene la
mano que se agi a á impulsos de pasiones an b a ías
semi la amenaza del- banquillo?
Es o se ía desconoce la ealidad de las cosas.
La pena
de mue e.
Vol iendo al deba e.
7
Pa a hace demos aciones numé icas en a o de
la pena de mue e, pa a no aleja se cada ez más de
la e dade a solución del p oblema que se plan ea, se-
ía menes e escud iña de enidamen e diez mil lega-
jos pol o ien os, inmo ilizados en los casille os de los
a chi os, has a que se halla a la exac a ci a de los
deli os que caen bajo la acción de la úl ima pena. Es o
es lo que menos puede hace se. De o a mane a, lo
que se llama pomposamen e es adís ica, no se á
más que un hacinamien o de ci as, inú il pa a un-
da conclusiones é incapaz de lle a con icciones á
nadie.
Si se hicie a el ecuen o de ejecuciones, nos halla-
íamos en e á es a conclusión: que no es pa o oso,
ni siquie a abul ado, el núme o de c iminales a oces
en e noso os, y que no es necesa ia, en consecuencia
la aplicación de la pena de mue e.
En los úl imos ein e años ha habido ece usila-
mien os, de los cuales es dobles; po mane a que
sólo se a a de cas iga diez asesina os. ¿Es acaso an
a e ado el núme o de c ímenes pasibles de pena ca-
pi al?
Resul a á azón de uno pa a cada dos años,
medio
anual, lo que nos da ía. con a eglo á la población, un
p omedio de 0.5 po año y po cada millón de habi an-
es ap oximadamen e , es deci , menos de la e ce a
pa e de lo que a oja la Ingla e a, que es uno de los
países de meno cocien e de al a delincuencia (1.7 po
cada millón de habi an es).
Se di á al ez que es a demos ación no es con-
14a pena de mue e.
Vol iendo
aI deba e.
cluyen e, po cuan o no siemp e que p ocede legal-
men e se la aplica; pe o es a conside ació
n
es común á
odos los países que p ac ican dicha pena.
(El Siglo,
9 de mayo de 1905.
Za pena
de mue e.
ENSAYOS ESTADISTICOS.
II
Suma io:
Resis encias al pa íbulo.
Desigualdades unes as.
Ho o á las e o mas.
Re u ación de un pa alelo.
Da os de di e sa índole.
A bi a iedad de un p omedio.
La conside ación de que no pueden oma se las
ejecuciones capi ales
como base pa a ap ecia la
al a delincuencia, po cuan o no siemp e que p ocede
legalmen e se aplica la pena de mue e, es común á
odos los países que p ac ican esa o ma de suplicio.
No iene ue za, pues, dicha conside ación, cuando se
a a de es ablece pa alelos in e nacionales de delin-
cuencia, desde que muy poco ó nada hab á de in lui
en las conclusiones.
Ese de i a i o á la iolencia del cas igo, ese d enaje
que ab e el sen imien o de los jueces al igo de la
ley, ya ué obse ado en o as pa es y p incipal-
men e en Bélgica, donde los ju ados, pa a des ia la
acción del pa íbulo, aco daban casi siemp e ci cuns-
ancias a enuan es, haciéndose además en ex emo
exigen es pa a admi i las p uebas de la culpabilidad.
Cualquie de alle les bas aba pa a op a , en la disyun-
i a, po la exone ación de la úl ima pena, aun
cuando el dilema se les p esen a a en la o ma a-
dical de ajus icia ó absol e . Es imposible aquí, ni en
ninguna o a pa e, ob ene la in lexibilidad de jueces
1
4
a pena de mue e.
10
Ensayos es adís icos.
ó ju ados cuando se a a de aplica la pena capi al.
Es ine i able la benignidad en es os casos (*).
Nada más humano: nada más di ícil de emedia .
P ecisamen e es es e uno de los g a es incon e-
nien es que o ece el égimen de la pena de mue e y,
digámoslo de paso, es á la ez un an eceden e
a o able á la abolición. Son muchos los c iminales
que eluden el cas igo de la ley, y se p oduce así una
desigualdad i i an e, a bi a ia, unes a, en la aplica-
ción de las penas. Ninguna condición es más eque-
ible en ma e ia de cas igos que la de la igualdad, si
de ellos se espe a un e ec o saludable. De o a ma-
ne a esul a doblemen e- el pa íbulo, doblemen e
ine icaz; y esa igualdad, es incompa ible con la p ác-
ica de las ejecuciones capi ales.
Sumado es e incon enien e al que o ecen las lagu-
nas
y
acíos de la ley, po la cual los en e mos ag e-
si os, los i esponsables pelig osos quedan ue a de
oda acción legal, p e en i a ó ep esi a., esul a que
(*) En Ingla e a, debido á una pe ición de los banque os
más impo an es del eino, se abolió en 1832 la pena de mue e
po deli o de alsi icación de bille es de banco ó le as de cam-
bio. Se undaba la pe ición en que los ju ados conside aban
excesi a dicha pena y casi siemp e absol ían. Desde en onces
el deli o de alsi icación ha disminuído. No es a o e ambién
en Ingla e a, que se absuel a po asesina o, pa a e i a la apli-
cación de la pena capi al, basándose en una p esunción de
demencia, en los ins an es en que el acusado ha come ido el
c imen. Hay 450, en e homb es y muje es, en el Hospicio de
alienados de B oadmoo , eos de asesina o, que han sido g acia-
dos po demencia eal ó supues a.
K. D'
O i eci
.
ona:
«De la pena
de mue e», pág. 298-299.
I
d
a pena de mue e.
Ensayos es adís icos.
la sociedad se de iende en una o ma an ine icaz, co-
mo inconsul a. Po un lado, emiendo que no sea
bas an e segu a la eclusión de los g andes c imina-
les, ex ema la iolencia,
y
po o o, se deja de b azos
c uzados en e al pelig o, si no más ecuen e, más
emible, á que la exponen las di e sas causas de dege-
ne ación, las múl iples modalidades de la a ección
men al. Los i esponsables ienen pa en e limpia pa a
he i , pa a iola , pa a ma a .
Es monumen almen e absu do que una sociedad
que llega al lími e máximo de la iolencia pa a de-
ende se, se deje es a inde ensa an e o os pelig os
de g a edad equi alen e, po el anidoso p u i o me-
a ísico de paga ibu o á la ieja eo ía del lib e
a bi io.
Po de p on o, se me ocu e que cuando la socie-
dad se a ibuye el de echo de decapi a ó usila , en
ío, á los asociados, debie a habe ensayado hace an-
es el más p olijo es udio de las causas de la de-
lincuencia
y
p eocupa se de pone les un dique p e-
en i o, po lo menos; debe ía dedica se al es udio más
de enido de odas las cues iones que se e ie en á la
conse ación y de ensa social. De o o modo no
c ee emos á los panegi is as de la pena de mue e,
cuando exclaman y declaman sob e «la is e nece-
sidad de ese cas igo »,
y
a ibui emos sus opiniones,
más bien, al cul o de la adición
y
al ho o de las
e o mas, es deci , á su ul aconse ado ismo, á su
misoneísmo.
Vol iendo á las compa aciones es adís icas del es-
La pena de mue e.
12
Ensayos es adís icos.
imable con incan e doc o I u e a Goyena, lamen o
que no haya exp esado á qué uen es de in o mación
acudió, pa a es ablece los p omedios de delincuencia
que a i ma, á in de que esul a a acili ado el exa-
men
y
la c í ica de sus conclusiones.
Como quie a que sea, puede ga an i se, desde lue-
go, que son e óneas. No es ni puede se 21.68 po
cada cien mil habi an es, el p omedio de homicidios
que nos adjudique nues a es adís ica, ni es ampoco
an bajo el cocien e que co esponde á las naciones
con que nos compa a.
En cuan o á es o úl imo, no engo igual segu idad
que espec o de la p ime a pa e de mi a i mación,
po que no he enido á la is a o a cosa que el
A lan e an opológico-es adís ico del homicidio,
de
En ique Fe i (ob a edi ada en 1895)
y
algunas o as
es adís icas pa ciales; pe o Nicé o o, pos e io men e,
acep a las conclusiones de Fe i que son es as: I alia,
9.69, en ez de 8.05 que la adjudica mi ilus ado ad-
e sa io; España, 7.67, en ez de 5.21; F ancia, 1.57,
en ez de 1.46; y así sucesi amen e. Dichos p ome-
dios de homicidios es án calculados po cada cien mil
habi an es.
En lo que espec a á noso os, las ci as g uesas
que a oja la es adís ica (*) son las siguien es:
(*) Es posible que den o de es e englón se hallen in o-
luc ados algunos suicidios y mue es acciden ales, lo cual nos
coloca ía en condiciones más a o ables.
He a ado de inqui i en la Di ección Gene al del Regis-
o de Es ado Ci il cuál es el p ocedimien o po el que se
141
pena de mue e.
E
nsayos es adís icos.
13
Años
Homicidios
1893
119
1894
114
1895
78
1896
50
1897
147
1898
139
1899
107
1900
91
1901 . • •
•
123
1902
103
Desde luego, ad e imos que las g andes oscilacio-
nes que e ela es e cuad o acusan al a de pe sis en-
cia en las causas del deli o de sang e. No hay ela-
ción en e un ano
y
o o, ni hay ca ac e ís ica de au-
men o ó de disminución, lo cual debe a ibui se á la
impo ancia que ienen los ac o es
acciden ales
en
la p oducción de ese deli o. No hay o ma endémica
de al a delincuencia.
Compa ando la ci a de homicidios á la población,
enemos el siguien e cuad o:
o ma es e englón, y se me ha dado la ce eza de
que si
bien
pueden con undi se en él algunos suicidios dudosos y algunas
mue es acciden ales cuya causa sea di ícil indaga de p on o,
en cambio, no pueden queda omi idos los
homicidios.
De odas
mane as, no hay o o da o que e is a mayo se iedad y á él
debemos ceñi nos.
1
1
a
pena de mue e.
Ensayos
es adís icos.
1 los
Población
Homicidios P omedio po cada 100,000 habs.
1
1893
748,130
119
15.90
1894
776,314
114 14.68
1895
792,800
78
9.83
1896
818,843
50
6.10
1897
840,725
147
17.48
1898
863,864
139
16.09
1899
893,368
107
11.97
1900
936,120
71
7.58
1891
964,577
123
12.76
1892
990,158
103
10.40
Ninguno de es os anos alcanza, pues, ni con mucho,
á
la p opo ción de 21.68 que a ibuye el doc o I u-
e a Goyena á nues o país. El p omedio de los diez
a ios p eceden es, si acaso puede habe una no mal
den o de an a ano malidad, alcanza ía á 12.27 po
cada cien mil habi an es, lo cual dis a mucho de
aquella ci a. Es apenas algo más de
la mi ad
del
p omedio ob enido po el dis inguido con a io.
Pe o hay más
y
mucho más que obse a á es e
espec o.
El doc o I u e a Goyena al es ablece sus pa ale-
los oma pa a noso os la ci a de
homicidios, y
en
cambio, pa a los demás Es ados con que nos com-
pa a, oma la ci a de
condenados po homicidio.
Es o nos des a o ece de al mane a en la compa a-
ción hecha pa a calcula la p oducción de deli os
de
sang e que, en e dad, qui a odo alo al pa alelo.
Es
compa a da os de dis in a índole.
Pa a da se cuen a de la di e encia que hay en e la
Za pena de mue e.
Ensayos es adís icos.
15
ci a de «homicidios» y
de «condenados po homicidio ›,
bas a eco da lo que a i man los más g andes pes-
guisan es. Es desconsolado el e cuán os delincuen es
log an la más absolu a impunidad, cuán os son los que
no llegan á manos de la policía,
y
ad ié ase que ese
mal se p oduce más ecuen emen e en los Es ados
del iejo mundo, á pesa de la mejo o ganización po-
licial, que en e noso os, debido á las acilidades que
o ece al delincuen e la mayo densidad de población.
Allá i e, puede i i el delincuen e p o esional, há-
bil,
y
aquí, en cambio, no halla medio ap opiado pa a
p ospe a , ni pa a i i . Nues a delincuencia es de
o mas más bu das
y
p imi i as,
y
la escasez de po-
blación hace que se denuncie casi siemp e al delin-
cuen e.
Compa a dos cuad os an dis in os como son el de
homicidios y
el de
condenados po homicidio,
es
dec e a á a o de es a úl ima columna una ole an-
cia de un 50 7
0
al ez, si no más (*).
Según la es adís ica judicia ia penal i aliana á ca -
go de la Di ección Gene al de Es adís ica, pasa de un
50
Q
el núme o de los absuel os;
y
eso que pa a ha-
ce es e cálculo se pa e de la ci a de denunciados, es
deci , de los que han sido some idos
d
p ocedimien o
penal; y
al ez más al o aun pod ía esul a ese ya
subido po cen aje, si se oma a como base de cál-
culo, del mismo modo que se hace pa a noso os, la
(*) En Ingla e a, llega ap oximadamen e á
un 60 % el nú-
me o de los que eluden condena, de en e los
pe seguidos
po
asesina o. K. D'Oli ec ona, pág. 301.
La pena de mue e.
22
Ensayos es adis icos.
bido un solo asesina o! Cie o que la ci a de homici-
dios no esul a an suges i a; pe o es el caso que el
englón de asesina os se o ece con los encan os de
la más alba
y
auspiciosa pu eza.
En dicho Anua io se ha c eído bien, al ez, deja
en blanco la columna de asesina os, ag egando sus ci-
as á las del homicidio, lo que á la e dad, si acaso pudo
hace se, debió acompaña se con la sup esión o al del
englón co espondien e á esa especie supe io del de-
li o de sang e. El da o hab ía sido así más p eciso.
Según mis in o mes, la es adís ica c iminal deja que
desea ambién en la República A gen ina (*).
Como quie a que sea, no acie o á explica me cuál
es la base sob e que ha podido cimen a sus cálculos
el doc o I u e a Goyena pa a llega
a
las conclusiones
pesimis as á que ha llegado. Según se ha is o, ningu-
no de los anos co idos en el decenio co espondien e
(*) Llama asimismo la a ención el g an paso que ha dado el
ecien e Anua io Es adís ico de la ciudad de BuenosAi es. No
dudamos de que la A gen ina con el concu so de homb es an
empeñosos y p epa ados como el dis inguido es adíg a o doc-
o Albe o B. Ma ínez, á quien se debe dicha publicación, pue-
da o ece muy p on o á los es udiosos abajos es adís icos so-
b e ma e ia c iminal, an comple os como los mejo es eu opeos.
En e noso os, dicha ama no ha sido a endida aun, á pesa
de su al a signi icación é impo ancia. Si la es adís ica gene al
p ospe a bajo la di ección ilus ada del doc o López
Lomba,
la c iminal, que o ma una de sus amas de más líneas p opias,
a dua y que, po lo mismo, equie e mucha labo y una dedi-
cación especial, iene que se obje o de p e e en e a ención,
po lo menos, has a que quede planeada y encaminada con e-
nien emen e, según lo hizo no a nues o compe en e ju ispe-
i o doc o José P. Masse a en luminosos a ículos apa ecidos
en
El Día.
pena de mue e.
Ensayos es ad s icos.
23
á 1893-1902 acusa un coe icien e ap oximado, siquie a
ap oximado, á 21.68.
Es e e iden e e o sólo ha podido engend a se en
las de iciencias casi absolu as de nues a es adís ica
c iminal, 6 en la ci cuns ancia de habe se omado
como base de cálculo las
en adas
á la cá cel —ci a
po demás enga íosa.
A la e dad que, dada la econocida ilus ación de
an dis inguido ad e sa io y dada su p epa ación es-
pecial en es e o den de asun os, debemos inclina nos
más bien á c ee que, en el p opósi o de apo a a gu-
men os en a o de su esis, no ha e i icado su icien-
emen e sus cálculos es adís icos.
Los espí i us más selec os y ponde ados ambién se
o uscan.
(
E6
6o, 11) de
i 1
•
/y1)
de 19):5).
La pena
de mue e.
ENSAYOS ESTADISTICOS
IV
Suma io:
Un p ejuzgamien o.
Cuad os es adís icos e óneos é
inocuos.
Las en adas policiales nada
p ueban.
Algunos da os es adís icos.
Una ci a inú il.
El doc o Salgado, po su pa e, hace ambién capí-
ulo de los esul ados de nues a es adís ica c iminal,
pa a decidi se po la subsis encia de la ins i ución del
pa íbulo. El ilus ado con endo , hace po ex enso las
demos aciones que le han se ido pa a llega á la
conclusión de que los gua ismos acusan ec udescen-
cia de c iminalidad en nues o país
y
que, po ende,
es obligado man ene de pie el égimen de los usila-
mien os, pa a los únicos casos que p esc ibe nues a le-
gislación ac ual.
Con iene examina el p oceso demos a i o del doc-
o Salgado, pa a o ma opinión espec o de su e ica-
cia.
Siguiendo el consejo de Gab iel Ta de, de que, pa a
ensaya la abolición, es necesa io que haya dec eci-
mien o de c iminalidad, a a de p oba que es e caso
no se ha p oducido en nues o país, donde la c imina-
lidad iolen a, los deli os de sang e, ue on p ime o
en aumen o, quedando es aciona ios en es os úl imos
a ios.
Pod ía deci se desde luego, que la opinión de Ta de
1
1
a pena de mue e.
Ensayos es adís icos.
25
p esupone el econocimien o de la e icacia del pa íbulo
pa a educi el c imen, lo cual es á discu ido
y
o ma
p ecisamen e el ema del deba e.
Pe o, sigamos adelan e.
Toma el doc o Salgado las ci as mayo es del Anua-
io Es adís ico
y
o ma es e cuad o:
ENTRADAS Á LA CÁRCEL PREVENTIVA
A ío 1886 po homicidio 76 po he idas 140
1887 »
»
83 »
»
274
»
1888 »
»
113 »
»
266
1889 »
»
126 »
»
328
»
1890 »
»
82 »
»
194
ENTRADAS Á LA CÁRCEL, PENITENCIARIA
A lo 1891 po hoinici n) 109 po h( idaS' 25
»
1892 »
»
160 »
»
134
ENTRADAS A. UNA Y OTRA CÁRCEL
A io 1893 po homicidio 117 po he idas 231
»
»
»
»
3
»
»
1894
1895
1896
1897
1898
1899
1900
»
»
»
»
»
»
»
»
»
»
1
»
»
»
191
96
179
108
141
99
108
»
»
»
»
»
»
»
1
295
314
321
254
247
259
192
Po una pa e, se ad ie e que el doc o Salgado pa-
a juzga del aumen o de c iminalidad (debemos su-
pone que es de la c iminalidad que puede se educi-
da po la acción de la pena capi al, pues o que la o a
nada iene que e con el ema de discusión), oma en
cuen a las
he idas y ¿odas las o mas de homicidio;
Za, pena de mue e.
26
Ensayos es adís icos.
y
pa a edondea é in la más las ci as de mane a
que esul e más imp esionan e ese cuad o, no sólo oma
en
cuen a odo es o en conjun o, sinó que es á á las
en-
adas
á la cá cel, con undiendo así los de enidos que
se p esumen inocen es, con los penados que se epu an
culpables!...
Hay más aún. Pa a llega á mayo es abul amien os
imp esionan es, ae ambién un cuad o de las
en a-
das policiales,
en odas las Je a u as Polí icas de la
República, que es el siguien e:
Ano
1886
7,449
»
1887
10,079
»
1888
•
10,162
»
1889
•
10,100
1890
▪
12,855
•
1891
10,783
1892
11
661
»
1893
10,251
1894
11,308
1895
13,256
»
1896
10,583
»
1897
7,047
»
1898
8,932
»
1899
10,338
»
1900
10,196
Con es e cuad o se p e ende p oba que aumen a
la c iminalidad en gene al.
Fue a de que no es exac o que pa a hace al-
ase o se haya omado cuen a del
aumen o de pobla-
ción,
como se a i ma, es e cuad o es pe ec amen e
inocuo, mejo dicho, con ap oducen e, po comple o.
Desde luego, no demues a aumen o de c iminalidad
1
1
a
pena de mue e.
Ensayos es adís icos.
27
y ni siquie a de en adas d las Je a u as,
que
es
odo lo que puede deci se en cuan o á su incompa able
inocuidad.
Con e ec o. Di idamos en dos se enios los úl imos
ca o ce años del cuad o.
Tenemos así en los p ime os sie e años, desde 1887
á 1893: 75,891 en adas y en los úl imos sie e años
de 1894 á 1900: sólo 71,660, po mane a que aún
p escindiendo del aumen o de población ope ado (a io
1893: 748,130 habi an es; año 1900: 936,120) hay
una sensible baja de en adas policiales,
y
consiguien-
emen e una
baja
conside able en la c iminalidad en
gene al, según la opinión de mi dis inguido ad e sa io.
Pa a que pudie a conside a se simplemen e es aciona-
ia es a modalidad, se ía menes e que en el segundo se-
enio esul a an 94,960 en adas, es deci , 23,300 más
de las que hubie on!
Po mi pa e, en iendo que las en adas á la Je a u a
Polí ica nada ienen que e con la c iminalidad, si
acaso pueden acusa mayo ó meno o den social, ma-
yo ó meno mo alidad, mayo ó meno espe o á las
o denanzas municipales y de policía; pe o es al la
a iedad de causas que de e minan las en adas á las
Je a u as, que de ello sólo pocas, bien pocas in e encias
pueden hace se. Jamás la que se p e ende hace en p o
•de la bondad de los usilamien os.
Vol iendo al o o cuad o, al de en adas á las cá -
celes P e en i a-Co eccional
y
Peni encia ia, ene-
mos e ec i amen e un aumen o absolu o
de en adas
po homicidio y o o aumen o
de en adas
po he-
1E4. pena de mue e.
28
Ensayos es adís icos.
idas; no ya de homicidios, ni de deli os de lesiones pe -
sonales, como lo in ie e el doc o Salgado, sinó simple-
men e
de en adas
á la cá cel, po impu ación de es-
os deli os.
Po de p on o, las en adas á la cá cel po impu a-
ción de al ó cual deli o no e elan el núme o de
deli os,
pues o que los sucesos colec i os, así como la ci cuns-
ancia de i á eces dos ó es de enidos po impu a-
ción del mismo hecho, pa a sabe se cuál es el au o y
la de en a más de una ez po la misma causa un
p e enido, modi ican en e amen e el núme o de esas
columnas. Es o pod ía acusa ambién el mayo ó me-
no celo policial, mas no da la ci a exac a de la delin-
cuencia de sang e.
Asimismo, con odas es as lagunas
y
causas de e o ,
siguiendo aquel cuad o
y
o nando los úl imos ca o ce
a ios, pa a o ma los se enios, enemos:
Años
En adas
1887-1893 . . Po homicidio, -790 — Po he idas, 1,452
1894-1900 .
922 — »
»
1,882
Di e encia. . 132 — Di e encia.
430
La población ha subido en más de un quin o, ó sea
de un 20 °/° en cualquie a de los dos se enios:
Ailo 1887
»
1893
614,257 habi an es
748,130
Di e encia en dicho se enio.
13,873
Aiio 1894
776,314
»
1900
936,120
Di e encia en dicho se enio.
.
159,806
la pena de mue e.
Ensayos es adís icos.
29
En alo es de elación, esul a que las en adas á
la cá cel po homicidio
y
po he idas, habidas en am-
bos pe íodos
y
calculadas en p opo ción á, cada
1,000 habi an es, son es as:
L
ER
SETENIO
Po homicidio
Po he iias
790
1.15
0
/
00
1,452
2.13 Voo
2.°
SETENIO
Po homicidio
Po he idas
922
1.07
O
/„,
1,882
2.19 V.o
Como
se e, pues, compa ado es o con el aumen o
de población, si hubo un pequeño aumen o de en a-
das po he idas en el segundo se enio, hubo en
cambio un descenso espec o del homicidio.
Si se ebaja aho a la ci a de homicidios casuales y
po imp udencia y la de los homicidios en pelea, que
son los más, se ía aun menos demos a i o el cuad o
de que me ocupo; mejo dicho, se ía más con ap o-
ducen e al in que se p opone el doc o Salgado.
Pa a da se cuen a de lo in o mal de es as ci as
que, bajo el umboso í ulo de Es adís ica, se u ilizan
pa a hace demos aciones concluyen es, bas a á e
las di e encias que a ojan las
en adas d la cá cel
po homicidio,
con la ci a de
homicidios,
según las
publicaciones o iciales:
Homicidios
En adas po homicidio
1896
1897
1898
1899
1900
1901
Año
50
117
139
107
71
123
179
108
141
99
108
81
La pena de mue e.
30
Ensayos es adís icos.
Y
p egun o: ¿es con da os an in o males, con an-
eceden es an incomple os y a bi a ios, con lo que
podemos hace a i maciones dogmá icas, pa a esol-
e an a duos p oblemas?
Sus azones u o de Hol zendo cuando compa ó
la es adís ica á la esc i u a de las lenguas semí icas,
en las que es menes e supli las ocales. Las mismas
columnas de ci as, según como se mi en, conducen á
conclusiones dis in as, cuando no opues as.
Me bas a p oba po aho a, como he p obado, que
mi dis inguido con a io ha mi ado con alsos c is-
ales es os gua ismos. Mas aun, ni eso mismo enía
que p oba desde que, á mi juicio, la pena de mue e
no iene acción alguna sob e la al a ni la baja delin-
cuencia, según p e endo demos a lo en mis p óximos
a ículos.
Los pa ida ios de la ins i ución capi al se colocan
en una posición po demás cómoda: a i man que la
pena de mue e es una panacea pa a educi el c i-
men, que es ejempla é in imidan e en g ado e icací-
simo, y cuando aumen a la delincuencia á pesa de su
aplicación cons an e, en ez de desespe a de ese iejo
a amien o, de esa ieja é inú il d oga, en onan him-
nos elegíacos á su p o idencial e ec o. ¡Oh! Si u ie-
a no ya la e icacia de cie o especí ico pa a cie -
os a amien os, sinó la de las adicionales
y
sucu-
len as ca aplasmas
y
la de la in usión de mal as, con
eso solo ¡no hab ía ya asesinos!
Ad ié ase que no es de un día el ensayo del pa í-
bulo y que no es en campo educido donde se ha ope-
Za pena de mue e.
Ensayos es adis icos.
31
ado á des ajo, o u ando, quemando, es angulando,
mu ilando, a cabuceando, guillo inando po milla es y
milla es;
y
que, á se un an o e icaz el emedio, á ha-
be de enido de e dad á los delincuen es, .hab íase de
con eni en que la humanidad es un a ajo de pu os
c iminales na os! ¡Son an os los expe imen os
y
an
la gos! ¡Es an o lo que se ha usado
y
abusado de ese
emedio adical, que no debía queda , á la echa, un
solo delincuen e!
Mi dis inguido con a io el doc o Salgado, no sa-
is echo aun con la demos ación ampulosa que acabo
de e u a , en su a án de acumula a gumen os con a
la abolición, en el país, llega has a ansc ibi el esul-
ado de una in es igación es adís ica, a gen ina, así
como un cuad o de la ob a del doc o Dellepiani (que
cali ica de no able) del que esul a que los u uguayos
ma ca on el
eco d
de la delincuencia en Buenos
Ai es, así como que noso os enemos ap i udes excep-
cionales pa a el deli o, en nues o medio
y
ue a de
nues o medio, pa a más señas. ¡En el In e io y en
el Ex e io !
Según dicha ci a, sob e cada 10,000 indi iduos
de la nacionalidad espec i a, los
o ien ales
suminis-
an 83 delincuen es; los a gen inos 66; los españoles
65; los ingleses 62; los i alianos 41; los anceses 39
y
los alemanes 32; e minándose la ci a con es e comen-
a io ab umado , que ansc ibe de la exp esada ob a:
« El esul ado an e io hace e que bajo cie o
pun o de is a la calidad de nues a inmig ación
(me
habla desde la A gen ina) es gene almen e buena.
La
Za pena de mue e.
Ensayos es adís icos.
con a 15 ex anje os y en la e ce a 55 o ien ales
con a 23 ex anje os. No engo el da o de la nacio-
nalidad de los ajus iciados.
Como quie a que sea, dada la al a p opo ción en
qúe es amos los o ien ales en el país, con elación á
los ex anje os, bien cla o se e que no queda sindicada
nues a aza como más ap a pa a el deli o de sang e
que cualquie a o a., según la opinión del es adíg a o
a gen ino de que aye nos ocupamos (*).
Ag egadas las columnas de penados de 12 á 24
a ios, con las de 25 á 30
y
los ajus iciados, esul a que
no alcanzan á un 30
0
/
o
las homicidios cali icados, pe-
nados, con elación á los simples; y compa ados és os
con la ci a o al de homicidios ocu idos en el decenio,
esul a que el de los cali icados y penados —incluidos
los usilamien os,—no alcanzan más que á un 11.6 (7„,
Ci a que abona la esis de que la g an mayo ía de
nues os deli os de sang e son á base pasional ó acci-
den al, no á base de cálculo. Y es o sólo bas a pa a de-
mos a que la pena de mue e, si acaso in luye a be-
né icamen e—lo cual negamos con la pleni ud posible
de con encimien o--su adio de acción es po demás
es echo.
Todo lo que dejo es ablecido á í ulo de ensayo, de
an eo es adís ico, no ha enido más obje o que el de
e u a las a i maciones que nos colocaban co no un
país especialmen e p edispues o al deli o de sang e.
C eo habe lo conseguido, po más incomple os que sean
(*)
Véase la no a de la página
32.
za
pena de mue e.
1
Ensayos es adís icos.
39
los da os que me si ie on pa a unda la a gumen a-
ción, da os que he coleccionado con es ue zo
y
con en-
e a buena e.
Pe o no po eso dejamos de econoce la pe ec a
inocuidad de la az es adís ica sob e que ha gi ado el
deba e. Tan es así que, como lo dije an e io men e, á se
lógicos, debié amos habe nos empeñado en un sen ido
con a io: los panegi is as de la pena de mue e, demos-
ando su bondad, la e icacia de las ejecuciones, con el
dec ecimien o del deli o (¡cie o que hab ían de a an-
ca de muy lejos!),
y
los que sos enemos la inu ilidad
del pa íbulo, es o zándonos po demos a que, á pesa
de su uncionamien o, el deli o sigue impá ido en su
ma cha. Ve dad que, si ha de cu a nos el emedio de
ese mal, ya se ía iempo de que hubie a p oducido odo
su e ec o el a amien o.
El ilus e no eame icano Edwa d Li ings on, al
in o ma su p oyec o de Código Penal pa a Luisiana —
in o me que ué ep oducido en el Consejo Sobe ano
de Gineb a po N . Sellon, al p opone se allí la e o -
ma abolicionis a, mani es aba que, sin opiniones an e-
io es sob e es a cues ión, había a ado de o ma la en
conciencia y con odo desapasionamien o; y di igiéndose
á los panegi is as del pa íbulo, les decía:
«Vues a pum a o i a, la mue e, ha pasado po
una p ueba la ga, ecuen e y ya comple a. Voso os
mismos decís que odas las naciones la han pues o en
p ác ica desde el ) igen de la sociedad, y sin éxi o; es-
áis obligados á on esa lo. ¿Qué pedimos noso os?
que abandonéis in momen o la expe iencia seguida
La pena de
muelle.
4
0
Ensayos es adis icos.
impe u bablemen e po cinco ó seis mil a ios, la que ha-
béis modi icado de odas mane as y en odas las o -
mas que ha podido in en a el genio de la c ueldad, en
odas las épocas, bajo odos 105 gobie nos,
y
que siem-
p e ha allado á su p opósi o. Voso os habéis hecho
ues o expe imen o, el que ha esul ado á eces a al
á la inocencia, no a a ez a o able á 19s delincuen es,
siemp e impo en e pa a con ene el deli o».
En e dad, el emedio es po clemá,A ' iejo, an iejo
como la humanidad. Pe mí ase que cámbienlos de a-
amien o.
1
Es iempo ya de enca a la pe '
i
lidad desde o os
pun os de is a, si que emos de en e con alguna e ica-
cia la sociedad, si que emos in en a lo siquie a. Ese em
pi ismo ha dado ya cuan o pudo da .
Ya en la an igüedad ué ensayada 'la abolición, si
I
bien en es echísimo adio, con esul dos sa is ac o-
ios; mas aún así, los pueblos han op do po la apli-
cación de la pena de mue e, llegando a in ligi la p ó-
digamen e, no sólo á oda clase de d. incuen es, sinó
ambién á algunos genios que aún en el día admi a-
mos. Pa ece que la humanidad cedie á las ascinacio-
nes de la indic a, más bien que al p ole osi o de su con-
se ación. La pe sis encia con que, a és de los
iempos, ha gua dado ese ins umen o de mue e, á pe-
sa de su inocuidad; la esis encia co que se encuen-
an las endencias abolicionis as, pai ce que acusa a
se es e suplicio una ál ula de esca, i á los place es
de la enganza, más bien que ac o cl con icción, e-
lexi o, se eno.
Za pena de mue e.
Ensayos es adis icos.
41
¡Cómo! Pa a ibu a homenaje á
la
ida humana,
en plena ci ilización, se dice que es po demás in-
segu o
y
enojoso el encie o de los delincuen es, que
es necesa io e i a pequeños gas os, que á caso pod ían
compensa se y supe a se po el abajo de los ecluidos,
den o de una hábil o ganización; se alega que oda ía
no ha habido iempo de ocupa se de es o, que nues as
cá celes aún dejan que desea , ¡y en e an o se pide que
una pa e de los dine os públicos se in ie a- en boa o
y en es ejos!
Bien ale la pena de hace un sac i icio cualquie a,
el coloca á la ley, á la jus icia, á la sociedad muy a iba
de los asesinos. Que dén mue e ellos á sus semejan-
es: la sociedad los cas iga á sin imi a los. Es o ale
una misa, más que Pa ís.
Siglo, 12 de mayo de 1905).
La pena
de mue e.
ATANDO CABOS.
VI
Suma io:
Cla e del desacue do.
Reacciones que deben espe a se.
Nues o país y los del i ej o
mundo.
P omedio po nacionalidad.
E ec os de la abolición en I a-
lia.
Mis dis inguidos con adic o es, al pugna po que
se man enga en e noso os la ins i ución de la pena
de mue e, aducen, como causal de e minan e, el al o
núme o de los deli os de sang e y su o ma c ecien e,
p og esi a, odo lo cual coloca la ida de los asociados
en ala man e insegu idad, especialmen e cuando se la
compa a con los iesgos que del mismo pun o de is a
se co en en Eu opa.
El doc o I u e a Goyena., dice:
«Hay dos cosas ace ca de las cuales c eemos se
halla án de acue do los que son abolicionis as
y
los
que no lo son. Esas dos cosas ienen la siguien e aduc-
ción ap io ís ica: 1.° El pelig o que co en los miemb os
de una sociedad es an o mayo cuan o mayo es el
núme o de los deli os de sang e, ó mejo dicho, de
asesina os; 2.' Los medios de ensi os que debe em-
plea el Es ado ienen que se an o más ené gicos y
ejempla izan es, cuan o mayo iesgo co e su es a-
bilidad».
He ahí como plan ea y condensa los undamen os
de su opinión.
Respec o del p ime Pun o mal podíamos es a en
pena de mue e.
A ando cabos.
43
desacue do, desde que se a a de una sencillísima in-
ducción; es o es: más deli os, más iesgos; pe o es el
caso que ambién es án de acue do nues as opiniones
espec o de la segunda p oposición, es deci , que de-
ben se más ené gicos
y
ejempla. izan es los medios
de ensi os penales cuan o más g a e sea la ag esión
que lle an los c iminales á la sociedad. Na u almen e.
Donde desacue dan las opiniones es en cuan o se
a a de ap ecia la ene gía e icaz y ejempla izan e de
la pena de mue e. El doc o I u e a Goyena da po
admi ido lo mismo que se discu e. C ea que noso os
lo acompaña íamos
á
sos ene de pie el banquillo, si
con iá amos en que iene e icacia pa a con ene e
b azo de los homicidas, iel de un solo asesino!
Mas, an es de ocupa nos de es e pun o que es el
cen o mismo de la cues ión, ol amos á examina el
azonamien o del es imado con a io, espec o de la
opo unidad de la e o ma, en e noso os, desde que
su oposición es condicional: se basa en la a e ado a
ci a de deli os de sang e «mejo dicho, de asesina-
os» según sus palab as.
Cla o es que demos ado que no es an subida la
ci a de asesina os, ni la de los deli os de sang e, en
buena lógica, debe íamos con a , los abolicionis as, con
el nobilísimo é impo an e concu so mo al é in elec-
ual de an dis inguido compa io a.
Si pa a opone se á la sup esión del pa íbulo, «po
aho a», se ha basado en que los esul ados de nues a
es adís ica c iminal nos colocan ue a
y
lejos de oda
compa ación con la c iminalidad de los es ados eu o-
La
pena de mue e.
44
A ando cabos
peos más cul os, cuando se es ablezca i e agable
men e que hubo e o , que no es así, que, po el con-
a io, podemos sos ene hon osamen e
el pa angón,
jus o es que cese su esis encia,
pues o que dejan de
ac ua las azones que la in o ma on.
En igual caso se halla el doc o Salga do.
Y elizmen e
se a a aquí de
una sencilla cues ión
de núme os: enemos la ci a de la población
y la ci a
de los homicidios, en publicaciones o iciales, según lo
demos é en mi segundo a ículo; el p omedio
de
ho-
micidios
en diez de los úl imos años, ep esen a un
coe icien e de 12.27 po cada cien mil habi an es..
Pues bien: ya
es a
ci a casi, casi, puede esis i sin
ubo iza se mucho, un pa alelo con la de los
penados
po homicidio
(¡que es bien dis in a, po
cie o!)
de
algunos Es ados eu opeos. ¿Y po qué hemos
(le
da -
les esa en aja que ep esen a un 50
0
/
o
cuando
menos?
Tomando, en cambio, nues a ci a de penados po
homicidio, como lo hacen ellos, y con mucha ap oxi-
mación, es deci , poniendo da os
de igual índole
en
el pa alelo, enemos en los mismos diez años un coe i-
cien e de 5.59 po cada cien mil habi an es, según los
an eceden es de mi an e io publicación.
Si pa imos de la ci a de
condenados po asesi-
na o,
con a eglo á los an eceden es del mismo dece-
nio, és e a oja á un coe icien e de 0.99 po cada cien
mil habi an es.
Sumadas las dos columnas, la de penados de 25 á
30 años, y la de ajus iciados, ascienden á 85; es deci
I a pena de mue e.
A ando cabos
45
un p omedio anual de 8.5; y si calcula nos es e p o-
medio sob e la base de la población, la mayo y la
meno del e e ido decenio (años 1893 y 1902), e-
sul a el an edicho coe icien e de 0.99 de penados po
asesina o, po cada cien mil habi an es.
Compa ando aho a es e coe icien e con el análogo
de algunos Es ados eu opeos, se e á que no es des-
en ajosa nues a condición, en cuan o á la p oduc-
ción del asesina o:
/ I alia. . . 2.31 p. c. 100,000 habs.
Hung ía. . 1.19 »
»
»
U uguay: 0.99 po cada Aus ia
0.87 »
»
»
100,000 habi an es.
Espaila
. 0.82 »
»
»
F ancia
0.56 »
»
»
Suiza.
.
O.J.
»
»
»
Como se e, a en aja nos á dos países: I alia
y
Hung ía, cuyo coe icien e es mayo , aun cuando no les
con amos á dichos países los pa icidios que se inclu-
yen en nues o cuad o (*).
(*) Hay asimismo base bas an e pa a duda del da o que su-
minis a el «A lan e» del ilus e p o eso En ique Fe i, de
donde omé es os an eceden es. Compa ando el cuad o de Fe.
i que adjudica á Ingla e a 0.17 po cada cien mil habi an es
con el de D'Oli ec ona, ob enido en la Sec e a ía de la
Howa d
Asso ia ion
de Lond es, esul a que sólo Ingla e a y el país
de Galles en el pe íodo de 1863 á 1889
acusan 26 condenas á
mue e anuales po asesina o,
lo cual nos coloca ía en condi-
ciones en ajosas con espec o á esa misma nación que se la
ci a como una de las que o ecen meno coe icien e de asesina-
os, ad i iéndose á la ez que es bajísimo el p omedio de con-
denas, con elación al de asesinos pe seguidos: no alcanza al
40
Z.
Iguales obse aciones pueden hace se espec o de los de-
más países. Cada ez más se ad ie en las di icul ades del pa-
angón in e nacional de es adís icas, especialmen e en es a
ma e ia.
léa pena de mue e.
46
A ando cabos.
Haciendo la compa ación con las ci as menos de-
mos a i as de penados po homicidio, ampoco e-
sul a an des en ajosa nues a posición:
I alia.
9.d9 p. c. 100,000 habs.
U uc
ua
•
: 5.59 po cada
España .
7.67 »
»
100,000 habi an es.
Hung ía.
7.54
Quedamos aquí ambién en mejo es condiciones
que es os es países.
Cla o que'nues a compa ación con Es ados eu o-
peos sólo puede hace se omando á los de más al a
p oducción c iminal; pe o cla o es ambién que nos
bas a y nos sob a es o, pa a ec i ica el e o pade-
cido po los dis inguidos con a ios que nos colocaban
ue a de odo pa angón, y muy lejos.
Pa a con es a la dolo osa insinuación del ilus ado
doc o Salgado, en cuan o á la mayo p edisposición
de los o ien ales pa a el deli o de sang e, puede bas-
a nos el cuad o siguien e, omado del decenio de pe-
nados (1893-1902) á que me e e í en mi publica-
ción an e io .
PENADOS POR HOMIC[DIO, NACIONALES Y EX-
TRANJEROS
Condenas
Nacionales
Ex anje os
De
2 á 11 anos
224
131
»
'
2
»
24
22
15
»
25
»
30
55
23
301
169
Resul a así que supe a el 50
c
i
c
, el núme o de ex-
14a pena de mue e.
A ando cabos.
47
anje os penados po homicidio
y
asesina o, con ela-
ción á la ci a de nacionales condenados po los mis-
mos deli os;
y
si se oma cuen a de que, según los
da os o iciales, la población ex anje a oscila al ede-
do de 10 á 12
0
/
0
, bien e iden e esul a que la con-
ibución que los ex anje os pagan al deli o de san-
g e, en el país, es muy supe io á la de nues os com-
pa io as (*).
C eemos con odo es o habe demos ado que no
es ab umado el esul ado de la es adís ica de homi-
cidios y asesina os; y que, lejos de ello, puede esis i
el pa angón con países eu opeos, de al ísima cul u a.
Decla amos, sin emba go, que no hemos adelan ado
un solo paso en el sen ido de ab e ia el deba e.
No se a a en ealidad, po aho a, de sabe si hay
más ó menos deli os; de lo que se a a es de sabé si
la pena de mue e llena las necesidades de la de ensa
social ó si es más bien un p ejuicio pe i icado en el
ce eb o, que no nos pe mi e e la o unda ine icacia
de ese esabio, no ya su ex emada ba ba ie.
Así la abolición que, según el ulgo, es una no e-
dad, un ensayo a en u ado, ha sido p ac icada desde
mucho iempo a ás, po muchos pueblos, y ha dado
buenos esul ados y p ecisamen e, si no iguales, mejo-
es aun donde la delincuencia de sang e e is e mayo
g a edad.
Tomemos á I alia, po ejemplo, que haciendo un
(*) Resul a que los nacionales con ibuyen á, azón de 3.75
po cada diez mil habi an es, en an o que los ex anje os su-
pe an ese cocien e de cua o y media á cinco eces.
1
4
a pena de mue e.
54
Temibilidad.
En Bos on, ajus iciado un incendia io, sucedie on
a ios incendios.
En Milán, pocas ho as después de la ejecución de
Boggia, dos jó enes ue on asesinados
y
saqueados.
En Glasgow, du an e la ejecución de Tomás Tem-
pleman, ocu ie on obos al ededo del pa íbulo, y en-
onces los obos se cas igaban con la pena capi al.
Po ce i icaciones hechas al pa lamen o inglés, e-
sul a que habiendo sido ajus iciado un alsa io, se con-
signó sueadá e á la amilia. La policía encon ó bi-
lle es de banco alsos, que sus mismos deudos habían
escondido en la boca del cadá e .
En la p ima e a de 1863, dos homb es ue on
ajus iciados po asesina o; en el o oño del mismo a io
once pe sonas ue on juzgadas po igual c imen, de las
cuales cua o ue on aho cadas; y an es que concluye a
el a io, o os cua o asesina os conmo ían á la pobla-
clon.
En Cha am ué ajus iciado un homb e po habe
asesinado á un muchacho; algunas semanas después un
soldado come ía el mismo deli o, y poco después ocu-
ía o o caso igual.
En 1864, el mismo día en que ué aho cado Molle ,
se come ió un asesina o en la misma ciudad de Lon-
d es y o o en la p oximidad, en Ha cham.
En Massachusse s, el 3 de ene o de 1845, un in-
di iduo ué ajus iciado po asesina o y es up o. Pocos
días después, en los al ededo es de la misma p isión
donde se había ejecu ado la pena capi al, se come ía
un asesina o y un es up o.
411
n
1•
n
•
La pena de mue e.
Tendbilidad.
55
Edwa ds, en 1864 asis ió á una ejecución y seis días
después asesinó á su aman e (*).
No se á menes e e e i nos á la o ma en que se
comen an en e noso os las ejecuciones capi ales, ni á
las aclamaciones de que son obje o «los alien es) á
quienes se lle a á campaña, pa a ejempla iza y pa a
in imida , los mismos que dejan en la men e de la con-
cu encia un ecue do deslumb ado — casi suge en e—
que, como leyenda épica, se epi e con ecogimien-
o, á la lób ega luz de los ogones.
Lo más ins uc i o, lo que hie e los ojos como la
luz me idiana, es la es adís ica de al os c iminales que
caen al pa íbulo
después
de habe p esenciado ejecu-
ciones. Esa es adís ica pa o osa, esa sí que lo es, e e-
la á las cla as que no iene e ec o saludable alguno el
pa íbulo sob e las almas oscas, p edispues as al c imen,
y que, po el con a io, al ez les sea es imulan e ese
espec áculo de sang e
y
de iolencia.
De o o modo; ¿cómo se explica el esul ado ab u-
(*) Con a es e cúmulo de an eceden es que pod ía aumen a se
con los casos de de Je ome,?de T oppman, de Lindbáck, de An-
de sson y cien o os, se ci a el soli a io caso del soldado Mis-
dea, el cual ni
j
esponde siquie a á p oba la emibilidad de la pe-
na de mue e en el ue o común, desde que es un caso de apli-
cación mili a , y es p ecisamen e la o ma, la única o ma en
que in imida: la ma cial. Se hace sin emba go el pe eg ino
a -
gumen o de que, si in imida á los mili a es acos umb ados á
egala sus idas, no puede deja de ac ua en e los demás
Es o e ela un desconocimien o absolu o de la ealidad de las
cosas; y po lo demás, es á ue a del o den de hechos á com-
p oba se. po cuan o se a a de un caso de dis in a índole,
es
un caso de e dade a excepción, es de jus icia mili a , cuya na-
u aleza no semeja, ni iene analogía con la jus icia común.
1,a pena de mue e.
56
TemibiIidad.
o ado ob enido po el Cong eso de Gand, po Be en-
ge ,
y
las obse aciones de Li o d, de Bike s ed, de
Robe s, de Cope?
Esas es adís icas que alcanzan al 90, al 95, al 100
po cien o de delincuen es que an al pa íbulo
después
de habe lo is o unciona ,
esas sí que son dignas de se
medi adas, pues o que no dejan pun o de escape á las
dig esiones con que se p e ende sos ene el más absu -
do de los p ejuicios que puedan obsede á la humani-
dad. Dichas ci as es adís icas no son como la esc i u a
de lenguas semí icas. Son ci as edondas, in lexibles,
de la igidez inqueb an able, inconmo ible de lo ma e-
má ico.
Se di á: ¿y cuán os, que no sabemos, dejan de delin-
qui po emo de la pena de mue e?
Desde luego, es a conje u a que no iene un unda-
men o isible, no puede des ui los e ec os de una de-
mos ación e iden e como es la que dejamos hecha.
Bas e sabe que
los que han is o de ce ca
ejecuciones
capi ales, delinquen en la o ma más g a e; bas e sabe
que la casi o alidad de los g andes c iminales ha p e-
senciado ejecuciones, pa a in e i que no iene e ec o
in imidan e dicha pena, que es una ilusión, la más in-
undada, el conside a como una panacea esa ins i ución
aneja que, po más aíces que o ezca, a cediendo,
paso á paso, á las exigencias del p og eso, de la luz.
Si u ie a algún e ec o, n.o se eclu a ía p incipal-
men e en e
los mismos que
p esencian
el suplicio,
la
mayo ía, la casi o alidad de los asesinos. Es os debe-
ían es a en absolu a mino ía, cuando más.
pena de mue e.
Te nibilidad.
57
De es a demos ación, esul a e idenciado que es
ine icaz ese esabio pa a con ene la in asión
y
el des-
a ollo del deli o á base de iolencia y de sang e; e-
sul a que el e ec o ejempla é in imidan e con que se
ecomienda es a « malaqui a» es una pu a mis i icación;
que ningún c iminal se de iene po que á o o se le eje-
cu e,
y
queda en onces po a e igua si no es con a-
p oducen e el iejo emedio de cu a el deli o po el
deli o, la iolencia po la iolencia, la sang e po la
sang e, siguiendo el conocido a o ismo de los homeó-
pa as:
e c.
Incidiendo algo más sob e el ondo, no causa so -
p esa, á pesa de las insinuaciones del p ejuicio, que
no esul e
ejempla
lo que es un ac o de ue za, de
sang e, de b u alidad; que no in imide y que, po el
con a io, exci e á las almas b a ías y bá ba as, un es-
pec áculo de uda iolencia,de b u al du eza, alimen a-
do con sang e. No so p ende que odo es o, hecho á
nomb e de la ley, de la concepción social más al a, le-
jos de p oduci un e ec o saludable de espe o á la ley,
p omue a una eacción i ulen a. ¿Tiene algo de ex-
año?
El ilóso o Jallo Simón dice: «En ma e ia de c íme-
nes a oces, hay en el pa íbulo una especie de p o oca-
ción; ¿no sabéis que en los p esidios se eno gullecen de
habe es ado ce ca de las cua o g adas á cuyo ex emo
se encuen a la e e nidad?
«Que el pa íbulo es imula el c imen, se puede p e-
sumi iendo al populacho amo a ado que a á es e
espec áculo como á una bacanal. ¿Que éis ejemplos?
La pena de mue e.
58
Temibilidad.
En 1864, un inglés asis ió á una ejecución; seis días
después daba mue e á su aman e. El mismo día en
que F anz Mulle ué aho cado, un asesina o se pe pe-
aba al lado del pa íbulo. En S okolmo, un ob e o
asesinó á su cama ada, á su eg eso de una ejecución
que había p esenciado. En 1844, en Epinal, dos ejecu-
ciones u ie on luga : pocos días después se come ió
un en enenamien o. Mombe, ma ado de una muje
y
de un niño, ué ejecu ado el 5 de agos o de 1.869
y,
seis días después, T oppman come e la se ie de sus
c ímenes.
«El espec áculo de la pena de mue e p oduce e ec-
os desas osos, po lo que en muchos países han debi-
do enuncia al escándalo de las ejecuciones capi ales
públicas».
Pa a la buena gen e, pa a la gen e hones a, según
obse a D'Oli ec ona, se á una pena in imidan e,
mas pa a los insensibles, pa a los más oscos suje os;
de la más baja ex acción, donde más se eclu an los
asesinos, iene, á no duda lo, el e ec o de una e dade a
p o ocación. Y aún cuando ue a in imidan e, lo se ía
pa a aquel que es á amenazado de su aplicación, pa a
el p ocesado, mas no pa a el que p emedi a un asesi-
na o, pues o que és e, p ecisamen e, con oda libe ad
se ha dispues o á bu la la acción de la jus icia, o-
mando odas las medidas que, á su juicio, han de p o-
cu a le una comple a impunidad. ¿Sob e quién ac úa,
pues, la amenaza legal? Sob e los ino ensi os, sob e
aquellos que se a e o izan an e la posibilidad de es a
ein icua o ho as en e ejas.. ..
y
á eces ambién,
1
4
a pena de mue e.
Te ibilidad.
59
a a ez, po lo demás, pa a los encausados po asesi-
na o.
Que es una p o ocación, más bien que una amenaza
in imidan e, lo e elan los da os es adís icos que he
ansc ip o
y
especialmen e el caso de. Anas ay que de-
sa ía á la au o idad, pe pe ando un asesina o, en la
con icción de que, á oma algunas p ecauciones que
había concebido, esul aba imposible el descub imien o
del c iminal.
Es e iden e que ese espec áculo de iolencia iene
que ope a eacciones de iolencia, en las almas incul-
as, p edispues as al deli o. Nada es más signi ica i o
que ese po cen aje ab umado de condenados á mue e,
que
han is o ajus icia .
1E1 Sig(o, 14 de mayo de 1905).
La
pena de mue e.
EJEMPLARIDAD.
VIII
Suma io:
Una opinión au o izada.
C ueldad del c imen y c uel-
dad del cas igo.
La capilla.
Ejecuciones á pue a ce ada:
países que la p ac ican.
Nues as ejecuciones al ai e li-
b e.
C eo habe demos ado que el supues o e ec o in i-
midan e de la pena capi al es una e dade a mis i i-
cación.
No ya los que saben que se ajus icia, mas sí
los
que han is o ajus icia ,
debie an queda inmuniza-
dos con a el asesina o, y esul a de se ias obse a-
ciones es adís icas que, po el con a io, la g an mayo-
ía de los c iminales se eclu a p ecisamen e en e los
espec ado es de ejecuciones.
De lo que ocu e en nues o país, pa a localiza es e
examen, puede da nos cuen a mejo que nadie el ilus-
ado capellán de la. Peni encia ía, doc o Lo enzo A.
Pons, que ha concu ido á muchos usilamien os
y
cuya palab a iene en es e caso la doble ue za de su
alen o, de su agudo espí i u de obse ación, y la de
su impa cialidad incon es able, ac edi ada po el he-
cho de se pa ida io de la pena de mue e, como po
su al a ec i ud.
Dice:
«Pa a mí es un hecho de ini i amen e a e iguado
que nues os paisanos no le emen al usilamien o.
I
a pena de mue e.
Ejempla idad.
61
Que lo digan Páez
y
González, yendo al banquillo
comple amen e se enos —sob e odo González —pidien-
do que no le enda an los ojos, pa a e la desca ga, y
ab iéndose el chaleco con sobe bia, pa a mos a me-
jo el pecho. Pe o esos casos, lejos de se la excepción,
se epi en en odas las ocasiones. En e los diez
y
ocho eos que he asis ido, sólo he is o un coba de:
Vi alino Vázquez, y ese no e a o ien al. En e los
o os sólo he podido e el alo ap oximándose á la
eme idad, en mayo ó meno g ado. En más de uno,
no ha sido posible no a siquie a, en el ins an e su-
p emo, una lige a al e ación de pulso... Es que los'
hijos de es a campaña—en e los que apa ecen gene al-
men e los g andes c iminales—á ue za de gue ea
y
oi habla de gue as, han pe dido el emo de las
balas,
y
cuando les llega el caso, an al banquillo con
la misma desp eocupación con que i ían á una gue-
illa de la que es u ie an casi segu os que no habían
de ol e .
(KPe o hay más. No sólo an al banquillo sin mie-
do, Binó que, pe diendo odo sen ido de la ealidad, an
casi siemp e al i os, como si ue an á un sac i icio ho-
no able, haciendo ala de de su alo ,
y
como si su
pues o ue a digno de en idia».
El doc o Pons deduce de es o que es menes e
cambia el p ocedimien o, adop ando una o ma de
ejecución que in ame, como la ho ca. De es e modo
c ee que puede se ú il la ejecución.'
No se ha de inido aún de una mane a cla a, si lo
que se llama ejempla , cuando nos e e imos á la pena
p ena
de mue e.
62
Eiempla idad.
de mue e, es ó no sinónimo de «in imidan e»; pe o
es lo cie o que el ejemplo que se desp ende de oda
ejecución, es malsano: es de iolencia, de ba ba ie,
cuando no de un su il e inamien o de la más ía
c ueldad.
La capilla, e big acia, el apa a o que p ecede una
ejecución es de una pe e sidad que, á juzga se se e-
namen e, acaso pasme á los mismos pigmeos a ica-
nos de que habla S anley, que son maes os en la ma-
e ia.
Es que imbuídos en el p ejuicio adicional, no al-
canzamos á e con despejo la suma de c udeza con
que supe amos la ob a del asesino. Cie o que nos
sal a la in ención; pe o es el caso que o u amos len-
amen e, le emen e, íamen e, an es de despelleja
á
la íc ima, con mucho más lujo de c ueldad, si no de
iolencia, del que desplega a el mismo ús ico asesino
cuya p esencia nos a e o iza.
Y p egun o: ¿qué ejemplo saludable puede en esa-
ca se de es a página neg a de la jus icia social ? ¿ en
qué pa e de es e d ama se coloca á la ley, á la jus i-
cia, á la sociedad, más a iba del asesino? ¡Sólo en
la
in ención! En odo lo demás queda po debajo.
Se consag a allí que lo que hay de supe io en la
sociedad, es capaz de pe manece insensible, impá-
ido, indi e en e an e el su imien o humano,
y
¿cómo
que éis que los asesinos se apiaden de sus íc imas ?
Has a que hie en las pasiones de la indic a, has-
a que el calo de la enganza mue e los b azos de los
que linchan: ¡enho abuena!; mas
una ez que las pa-
La pena de mue e.
Ejempla idad.
63
siones uel en á su cauce, como ocu e in a iable-
men e, siemp e que llegamos al momen o de ajus i-
cia , no hagamos lo mismo que los asesinos, agi án-
donos con c ueldad, en ío, calculadamen e, al impulso
de pasiones e ospec i as; no lo hagamos, aunque nos
sal e la in ención.
Es o
no es necesa io;
son ya muchos los pueblos
que i en
y
p ospe an sin con a pa a ello con el con-
cu so del pa íbulo.
Ese monumen o de ba ba ie, en el cual se ha c eído
unda sólidamen e la conse ación, la segu idad, la
de ensa social, ha ido pe diendo e eno, paso á paso,
aun cuando el egoísmo de la in eg idad pe sonal nos
haya hecho ce a los ojos an e mil e idencias. Que
no es de buen ejemplo la pena capi al, lo e ela el solo
hecho de que, después de con a la humanidad po
muchos siglos, po odos los siglos, con los bene icios
ejempla es del cadalso, hoy en día, la mayo ía de los
Es ados que lo man ienen, le qui an oda publici-
dad (*). Funciona á pue as ce adas, según lo p opone
pa a noso os el doc o José Salgado; unciona ocul-
amen e, en e dos luces, como uncionan los seño es
asesinos.
¿Dónde es án, pues, los admi ables e ec os de ese
ecu so penal que, en an os siglos, no ha hecho o a
cosa que cede á e azos su as o impe io á la azón?
¿De qué mane a jus i ica su p e endida e icacia una
nn
•
nn
••
nnn
•••••111
(*) Alemania, Ingla e a, Aus ia, Rusia, Suecia, Suiza y
Es-
ados Unidos, en los
can ones 6 Es ados que p ac ican dicha
pena.
I
a pena de mue e.
70
I e
p
a a
b
i
li
d
a
d.
En o os países, el indul o se p odiga en es os casos,
cada ez más. En algunos, á odos, absolu amen e á o-
dos los que han de ajus icia se, en los úl imos ins an-
es, se les indul a. Menos mal. Queda en pie el ins u-
men o, el ó gano, sin la unción. Ese es al ez el p o-
ceso na u al, biológico, á que se ajus ó la a o ia
y
la
mue e de cie o apéndice simiesco.
En e noso os la p e oga i a del indul o, con e ida
po la Cons i ución al Je e del Es ado, ha sido de al
mane a legislada, que esul a imposible.
Dado lo que p esc ibe el Código Penal y la ley de
oc ub e de 1883, es muy a o halla un caso en que
pueda indul a se al que a á se ajus iciado, po donde
aquella ley esul a nuga o ia de una al a p e oga i a
del Pode Ejecu i o, é incons i ucional, si no del pun o
de is a de la le a, po lo menos de su espí i u. Nunca
como aquí se e á que es imposible edac a cons i u-
ciones, leyes, ni dec e os, ni o denanzas de mane a que
no se o ezca la posibilidad de da les una in e p e a-
ción cualquie a.
Se di á, como se dice, que en nues o país son más
di íciles que en o a pa e los e o es judiciales. C eemos
que e ec i amen e es así, po cuan o la meno densidad
de población acili a el escla ecimien o de los hechos.
Aquí odo se sabe; pe o acaso no se sab á que hay en
nues os anales ambién un dolo oso e o judicial con-
sumado, si acaso nues a gene al displicencia no nos ha
pe mi ido conoce o os.
Helo aquí:
No ha muchos años, un a e o, un al Cándido Lu-
pena de mue e.
l epa abilidad.
71
cadamo, pocos días después de habe salido de la Cá -
cel Co eccional, donde cumplía una pequeña condena,
se asladó á Buenos Ai es.
La noche an e io á la de su emba que había" ocu-
ido un homicidio, en una de las calles apa adas de
la nue a ciudad. No hallándose ninguna pis a, la poli-
cía dió en sospecha á Lucadamo como au o de esa
mue e; pe o e a imposible a anza nada sin que ol-
ie a al país. Pa a hace ac ible la ex adición, la po-
licía hizo decla a á dos suje os como es igos p esen-
ciales del suceso. El in eliz ué ex adi ado, enjuiciado
y
penado á quince a ios de peni encia ía. Poco des-
pués allecía.
Falleció p ecisamen e, en ins an es en que a ias
pe sonas, en an eceden es del hecho, has a po indica-
ciones é in o mes de la misma policía que había mo i-
ado el e o , nos ap es ábamos pa a busca un eme-
dio á al injus icia.
¡La policía había hallado al homicida, al e dade o
culpable, y no podía siquie a, ni pudo na u almen e,
p esen a lo á la au o idad judicial !.
En los países donde se ha in es igado mucho al
espec o, se han podido colecciona po cen ena es los
casos más lace an es de e o judicial.
Hay omos esc i os sob e es o solo, cuya lec u a e-
comendamos á los es oicos del dolo ajeno, á los que
pon i ican como es adis as, exp esando con una se e-
nidad pasmosa que, al in, es os no son más que
de alles, males necesa ios é ine i ables debidos á
la
alibilidad humana, alibilidad que, po o a pa e, es-
La pena de mue e.
72
l epa abilidad.
án muy lejos de con esa llanamen e, cuando llega el
caso.
Po mi pa e, no comp endo cómo pueda conse a se
aplomo
y
g a edad de es adis as cuando se lea y se
medi e sob e uno cualquie a de los an os casos de
e o ocu idos, los cuales se ep oducen bien á menudo
po desg acia.
Uno de ellos, ecien e, de que se da cuen a en el
laconismo de un despacho eleg á ico, es el que sigue:
«Po g acia del ey Víc o Manuel III, ué es i uí-
da hoy la libe ad, en los p esidios de P ócida y An-
cona, á los he manos Vicen e
y
Rosau o D ago, íc-
imas de un e ible e o judicial. Ambos, conjun a-
men e con o os dos de sus he manos, Agus ín y An-
onio, ue on condenados bajo la acusación de habe
asesinado á un al Casimo di Ma co, de Alia. Agus ín,
el meno de odos ellos, sob e quien pesaba la mayo
acusación, ué ajus iciado el 24 de mayo de 1874,
p oclamando has a el úl imo ins an e su absolu a inocen-
cia.,
y
An onio mo ía pocos meses después de habe em-
pezado á cumpli la sen encia, que lo había condenado
á p isión pe pe ua. El p oceso de los cua o in elices
he manos ué desas oso, haciendo deposiciones alsas
con a ellos, los es igos que igu a on en la causa.
Aho a, después de 30 a ios, se ha enido á comp oba
la inocencia de esos cua o in elices, pues los e dade-
os culpables, ampa ados po la p esc ipción, con e-
sa on su c imen. Comp obado el ea ible e o judicial
y no pudiéndose anula el allo dic ado po la jus i-
cia, únicamen e es aba en el ey el de echo de es i ui
I
i
a
pena de mue e.
I epa abllidad.
7
3
la libe ad á los dos penados, sob e i ien es al lamen-
able e o , y es lo que Víc o Manuel III ha hecho.
La mad e de los D ago alleció de pena al poco iempo
de habe sido condenados sus cua o desg aciados hi-
jos.›
En e an o que los supe -homb es se echan pa a
a ás con odo desemba azo, á noso os se nos cub e
la ca a de e güenza, po ac o de solida idad humá-
na,
y
dejamos oe el alma po la indignación, cuan-
do no sea po el dolo .
Se nos llama po es o <sen imen ales . Ya e emos,
á
su debido iempo, si nos cuad a ese cali ica i o.
Es an ácil equi oca se que, pa a da nos cla a
cuen a de ello, bas a ía hace una ayi a en la pa ed,
cada ez que lo ad e imos; y al pensa que no hab ía
pa ed, ni on ón de pelo a is capaz de con ene an as
ayi as si nues a sobe bia, nues a anidad
y
nues a
miopía ingéni a, no
nos
impidie a e odos los enga-
ños de que se nos hace íc imas, al ez nos hallá amos
inclinados, po es o solo, á no a ibui nos el de echo
de aplica penas absolu as, i epa ables
como
es la de
mue e.
Bas an dos es igos, acaso uno solo
y
cualquie in-
dicio de los que jamás se niegan á coope a , pa a que
odas las ga an ías legales
y
judiciales puedan us a -
se. Con es o solo puede ope a se el e o , con es o so-
lo se nos coloca en el caso de a i ma á pie jun illas
que
el acusado es culpable,
y
aún más: «que iene en la
isonomía la p ueba concluyen e de su cinismo, de su
pe e sidad....), y que es necesa io, imp escindible, ha-
1,a, pena
de mue e.
74
I epa abilidad.
ce con él un esca mien o. ¡Oh, que ácil es engaña se!
Ya pasa de b oma que á un homb e como á Ma-
nuel Den a o, á quien se le conmu ó la pena de mue e
á que se le había condenado, po la p isión pe pe ua,
después de 20 a ios de la ida c uel de e gás ula, se le
diga: c Dispense us ed, nos hemos equi ocado»; mas
cuando es o ocu a con los deudos, que han i ido in-
amados po acción e leja ine i able, aya en los lí-
mi es de la más suble an e p epo encia social.
En el p ime caso, puede excusa se el e o po el
concep o de la alibilidad humana, en el úl im o, el e o
es inexcusable.
Pod ía explica se en onces que los jueces
y
ju ados
que consuma on al eno midad, se aplica an bien en
c uz el
ka iki i
de 'los mo ado es del Ex emo
O ien e.
(MI
Siglo,
mayo 19 do 19051.
Iya pena de mue e.
IMPRACTICABILIDAD.
X
Suma io:
La eliminación: eo ía y p ác-
ica.
Incon enien es ine i ables.
Dos penas: una ela i a; o a
absolu a.
Se excede la ley del alión.
E ec os que se espe an.
Exigüidad de las ejecuciones.
O o de los incon enien es de la pena capi al, es su
imp ac icabilidad. Es cla o que al deci es o, no nos
e e imos gedeonescamen e á la imposibilidad ma e-
ial de p ac ica la, lo cual es absu do po desg acia,
sine
*
á las g a es, á las insupe ables di icul ades de
aplica la en condiciones jus as,' disc e as, con enien es.
Se dice: ¿qué hemos de hace con los g andes de-
lincuen es? ¿pa a qué ha de obliga se al Es ado á
man ene á los einciden es, á los inco egibles, á los
c iminales na os? ¿No es mejo a anca los de cuajo,
elimina los?
Cuando es o se plan ea., se hace al ez la a gu-
men ación más suge en e en a o de la pena de
mue e.
Así, en eo ía, es o es de un idealismo encan ado .
Cau i a la idea de que pueda ex i pa se adicalmen e
ese cánce social del c imen; mas cuando uno piensa
que es sólo uno de los males, uno de los an os males
ine i ables, necesa ios, i educ ibles; cuando uno pien-
sa que apenas puede ope a se una modi icación len a
del deli o, po el mejo amien o social, con ando con
Za pena de mue e.
76
Imp ac icabilidad.
mil ac o es más e icien es que la penalidad misma,
en onces nos da nos cuen a de que aquello es una
pu a u opía, una idealidad.
Desde luego, si enca amos así la cues ión, del pun o
de is a biológico, del pun o de is a de la selección,
de la u ilidad gene al, sin oma ninguna o a cosa en
cuen a, nos encon amos lógicamen e obligados á e-
conoce que, ambién hay o os pelig os sociales que
a en an con a la p ospe idad de la especie, con más
in ensidad que el c imen y que, en igo , las conse-
cuencias de la eo ía nos lle a ían demasiado lejos
¡muy lejos!
Si se comp ueban las conclusiones de la nue a es-
cuela an opológica, si se consag a la mo al de e mi-
nis a, si se admi e la mode na eo ía psicológica, que
es ablece la ca encia de acul ades inhibi o ias en el
delincuen e, en onces el pelig o del c imen queda equi-
pa ado al pelig o de la lep a, del be i-be i, de la u-
be culosis, de la i uela. ¡Cuidado con el adicalismo!
Elimínese, se dice. Es á bien; mas ¿cómo se elimina?
¿sup imiendo la ida? ¿no bas a acaso eclui , con oda
clase de p ecauciones? ¿no bas a aisla , colocando el
pelig o ue a de oda acción, de odo con ac o social?
¿no bas a á enjaula como se enjaula á los ig es, á
las pan e as, á los chacales?
¿Hab emos de elimina así, an cómodamen e, sin
conside ación al
homb e,
á los ue os de es a espe a-
ble en idad, y sin cuida nos de lo que al cosa signi-
ica pa a el conjun o social?
La sociedad iene ecu sos sob ados pa a e i a que
lea pena de mue e.
Imp ac icabilidad.
77
el c iminal, como cualquie o o pelig o de los que
no malmen e a en an con a ella, pueda se aislado;
¿po qué ha de op a po las ejecuciones capi ales?
¿acaso es o mejo a el concep o social? ¿Es o, po en-
u a, lo hace más es imable, más digno?
Se dice que el cas igo «ejempla , que se aplica al
delincuen e de iene á los demás que pudie an pensa en
imi a lo. Aun acep ado es o como cie o que, según
sie
ha is o, no es así, ¿es un ac o hones o, espe able,
digni ican e, pa a se ejecu ado á nomb e de la en i-
dad social supe io ? ¿Puede la ley oma á un homb e,
aunque sea c iminal,
y
hace lo se i como una
cosa,
como un espan apája os? ¿No se hie e de es a mane a
á sí misma, la sociedad?
Pasemos adelan e. Demos po es ablecido que el de-
echo y la con eniencia social son indiscu ibles: ¿cómo
se p ac ica es e emedio?
Cae el asesino en pode de la jus icia. Se le p ocesa
En in e oga o ios, ca eos, inspecciones
y
demás dili-
gencias pasan los meses
y
los años. Allá, después de
mucho anda , se le acusa y se le sen encia. Cuando
llega á la capilla, ya ha pasado las penas neg as de la
ince idumb e, de las zozob as indesc ip ibles, po que
i
es cu ioso! es os seño es asesinos sólo se acue dan de
que la sociedad usila á los mal ados, una ez que
caen en pode de la jus icia. An es no.
Cuando llega á la capilla, ya ha su ido una la ga
y du a pena que, no po se p e en i a, ni po que la
icción con encional es ablezca que las penas p e en-
i as no son penas, hab á de deja de se lo. En la
La pena de mue e.
78
Imp ac icabilidad.
capilla — ¡no hay nada que ag ega á su sobe ana
c udeza!—se le comienza á pone en con ac o con la
e e nidad: su espí i u, po medio de la no i icación de
que a á se ejecu ado; su cue po, po medio de una
ba a de g illos, emachada con enien emen e.
¿No es cla o, como la luz, que cuando las balas
hie en su pecho qui ándole lo único que le queda, la
ida, ya ha su ido un c uelísimo cas igo?
Poco ex año ha de se que ayan los ajus iciados
al banquillo con ai e de hé oes ó má i es. Ellos se
dan cuen a del ensañamien o social
y
se dicen: nos-
o os no uimos nunca an c ueles.
Se le aplican así al c iminal dos penas sucesi as,
una ela i a
y
o a absolu a. Ve dade amen e, no sa-
b ía uno con cuál queda se.
Les deux on la pai e.
¡No hablemos de lo que signi ica á odo es e cal-
a io pa a los inocen es que son ajus iciados!
El e ec o in imidan e de la pena ha desapa ecido.
Toda la imp esión social en es os casos se aleja del
ci cui o de la emibilidad, pa a cae en el a u dimien-
o, cuando no en la p o es a con a ese ac o sal aje, si
acaso no si e pa a p ocu a las ascinaciones de oda
emoción in ensa. Hay ambién a icionados á paladea
es os u os de sabo pican e, sil es e, ac e po demás-
La única ez que la pena de mue e iene e ec o
in imidan e, es cuando se aplica de inmedia o, ma -
cialmen e, en los casos ex ao dina ios de umul o, en
que ac úa con la apidez del linchamien o; en los casos
comunes, en cambio, ella se p esen a an a da que
nunca puede elaciona se á
la causa, y
en onces, sólo
•••
n
•
n
••
pena de mue e.
Imp ac icabilidad.
79
se mi a la pe sis encia del encono social, legal, que no
ol ida, que no pe dona: es a es la esul an e supe io
de una ejecución común cualquie a.
Tal cosa no puede se saludable. Po de p on o, los
e ec os que se han enido en is a pa a man ene esa
a á ica pena, b illan po su ausencia. Examinando
se enamen e las eacciones que p omue en esos usi-
lamien os po deli os pe pe ados en el siglo pasado,
puede deci se, son bien dis in as de las que se espe an
al unda la con eniencia del pa íbulo.
Hay, pues, dos obs áculos á la p ac icabilidad de la
pena de mue e, pa a los casos comunes: la du ación
del p oceso
y
la capilla;
y
es os obs áculos no pueden
e i a se, po que si se ab e ia el p oceso, se co en do-
bles iesgos de incu i en e o ,
y
si se sup ime la
capilla, la ejecución oma las apa iencias de un asesi-
na o, el más ale e.
Redúzcase el iempo de capilla cuan o se quie a,
ab é iense esas in e minables 48 ho as de e dade a
o u a inqu'si o ial, dándose ma gen, sin emba go, á
la ami ación del indul o
y
á que, se enándose el eo
después de habe ecibido una no icia que siemp e
so p ende como un pis ole azo, pueda habla desde los
din eles de la e e nidad,
y
siemp e, siemp e esul a á
excesi a la pena legal. De odas mane as ha de supe-
a el su imien o del ajus iciado al que in ligie a
és e á su íc ima. La ley del alión se excede de cual-
quie modo.
Si el pun o de is a eó ico en que nos colocamos
pa a discu i sob e la pena de mue e, pudie a lle a se
1
1
a pena de mue e.
86
Sen imen alismo.,
c uen os igo es, las p i aciones, los su imien os, ¿es
jus o, es noble, es digno ab i les una escuela, su única
escuela, en el banquillo de ajus icia ?
Y aho a p egun amos á nues os ad e sa ios, ¿aca-
so es as son conside aciones sen imen ales ó más bien
de igualdad, de equidad, de jus icia?
C eemos que el deli o de las clases supe io es, de
los di igen es
y
de lo que llamamos <hijos de amilia»
debe se conside ado, al e és de lo que sucede, como
más g a e, diez, cien, mil eces, que el deli o de un
ha apien o que no ha ecibido jamás un solo bene i-
cio social, ni un consejo, ni un consuelo;
y
mi amos
si no con_ epugnancia, con la más suble a e indig-
nación que, mien as que aquéllos pueden casi siemp e
eludi la sanción de la ley, és os sean a ados como
ie as, peo que las ie as, pues o que á ellas se las
en
j
aula
y
á los o os se les ulmina; siguiendo la isión
dan esca, nos pa ece que el aude, monopolio de la
clase ilus ada, es más epulsi o aun que la iolencia
b u al de la plebe,
piu spiace a Dio, y
que á pesa
de es o,
110
pueden compa a se siquie a las sanciones
'sociales que á uno
y
o o se aplican... ¡cuando se apli-
'can!
Tememos que esas clases in e io es que an hacién-
dose cada ez más conscien es, nos digan: Si ues a
úl ima pena se aplica a ambién á ues os ac os de-
lic uosos, á las inmo alidades y deli os que os son
p i a i os: el aude, la desleal ad, la usu a, el pecula-
do, la iolación, e c., os hab íais ap esu ado algo más
pa a aboli la.
1
4
a pena de mue e.
Sen imen alismo.
87
Temblamos an e la us a de aquel genio «sen i-
men al» del siglo pasado, Víc o Hugo, que, haciendo
causa común con los desg aciados, al obse a los
pujos abolicionis as nacidos epen inamen e en F an-
cia, cuando co ían pelig o cua o cabezas de al as
pe sonalidades, decía:
<Si se hubie a p opues o es a anhelada abolición,
no con mo i o de cua o minis os caídos desde las
Tulle ías á Vincennes, sinó
á
p opósi o del p ime
lad ón de caminos, á p opósi o de uno de esos mise a-
bles que mi áis apenas cuando pasan ce ca de os-
o os en la calle, á los cuales no habláis, de quienes
e i áis ins in i amen e el codeo pol o ien o; desg a-
ciados cuya in ancia and ajosa ha co ido descalza en
el ango de las enc ucijadas, i i ando en in ie no al
bo de de un malecón, calen ándose en el espi ade o
de
la cocina del seño Vé ou , donde coméis, desen e-
ando aquí
y
allá un pedazo de pan en un mon ón de
basu as
y
secándolo pa a come lo, ascando odo el día
el cha co con un gancho pa a halla un ocha o, no e-
niendo más di e sión que el espec áculo g a is de la
ies a del Rey y de las ejecuciones de G e e, es e o o
espec áculo g a is; pob es diablos que el hamb e lle a
al obo y el obo á lo demás; niños deshe edados de
una sociedad mad as a, que la co eccional oma á los
doce años, el p esidio á los diez
y
ocho
y
el pa íbulo
á
los cua en a; in o unados que, con una escuela
y
un
alle , oso os hab íais podido hace los buenos, mo-
ales, ú iles,
y
con los que después, no sabiendo qué
hace , echáis an p on o como una ca ga inú il al ojo
pena de mue e.
88
Sen imen alismo.
ho migue o de Tolón ó al mudo encie o de Clama ,
ce cenándoles la ida, después de habe les qui ado la
libe ad; si hubie a sido con mo i o de uno de esos
homb es que os hubieseis p opues o aboli la pena de
mue e-1)h! en onces sí que ues a sesión hab ía sido
e dade amen e digna, g ande, san a, majes uosa, e-
ne able.»
¿Es es o la i onía del sen imien o ó la de la jus i-
cia?
(.4 Siglo,
23 de mayo de 1905).
Za
pena de mue e.
OPORTUNISMO.
XII
Suma io:
Tenacidad de los opo unis as.
Conclusiones i acionales.
Ningún país puede aboli
el pa-
íbulo.
Un a gumen o que no puede
aduci se.
Cómo pod ía modi ica se la apa-
cibilidad de los esquimales.
Si hay emibles ad e sa ios del abolicionismo, es os
son, p ecisamen e, los menos adicales, los que es án
espe ando «una opo unidad» pa a ensaya ,—opo u-
nidad que a da—¡hace siglos!—en llega .
Al mismo iempo que admi en como una bendición
el pode sup imi ese «mal necesa io», po azones de
ci cuns ancia no en que haya llegado aún el ins an e
de hace un ensayo, en e noso os;
y
nos asal a la sos-
pecha de que si acaso una buena opo unidad llega a
un día á es as playas hospi ala ias, pudie an espe a
á o a mejo , pa a decidi se.
¡Ex año apego, a a e esa que mues an los más
in elec uales panegi is as de la pena de mue e, en a-
o de un emedio cuya banca o a es un hecho! Fe-
lizmen e el abolicionismo ha iun ado; sólo es a é-
ma a su ic o ia en o ma plena.
Sal a á la is a el e o de juicio en que incu en:
«Si nues a c iminalidad, dicen, ue a an escasa como
es en Ingla e a, po ejemplo, se íamos esuel amen e
abolicionis a s » .
Es e es un e o de azonamien o, el más e iden e.
La pena de mue e.
90
Opo unis no.
Es acaso la abla de sal ación de que echa mano el
p ejuicio, casi encido po comple o. Si en ealidad la
pena capi al iene e ec os saludables, dichos e ec os se
palpa án ambién en Ingla e a—de una mane a más
menos e iden e, admi o—pe o no hay azón a endi-
ble pa a que allí dejen, más que en o a pa e, de co-
me e se asesina os, po emo al pa íbulo, si es eal-
men e e icaz su ins i ución.
Si es cie o que dicha pena de iene al c iminal,
po escasos que sean los asesinos en aquel país, la abo-
lición ae ía un ec udecimien o, y de 5.7 po cada
millón de habi an es, se ele a ía á 6, 7, 8... ¡ aya uno
á sabe lo!
Sólo en un país de pu os homb es co ec os y ho-
nes os, pod ía en onces ensaya se. lógicamen e la abo-
lición.
Es e iden e que, á se un eno el pa íbulo, apenas
se sup imie a la ho ca b i ánica, hab ía de subi la
ci a de asesina os, más ó menos, no impo a sabe lo,
pe o siemp e hab ía de subi , sal o que en ez de un
eno sea una ilusión la e icacia de aquel iejo, an i-
dilu iano ins umen o. Los Jacks y sus congéne es, de
cie os somb íos ba ios londinenses, no hab ían de es-
pe a los días de neblina pa a des ipa .
Es cla o. Una de dos: ó de iene ó no de iene al de-
lincuen e. Si lo úl imo, la pena es innecesa ia; y si
e ec i amen e educe el c imen, ¿quién osa ía aboli la
en Ingla e a, ni aquí, ni en cualquie a o o país que
no ue a un ag egado de se a ines?
Bas a ía sabe que se de ienden no ya cen ena es
La pena de mue e.
•
Opo unismo.
9'
de íc imas, sin6 una inedia docena, una sola acaso,
pa a que se excuse el aniquilamien o de los c iminales
po la mue e.
Es ilógico el azonamien o opo unis a, en es e caso.
No es compa ando un país con o o país, que hemos
de llega á un esul ado, sinó es udiando cada país in-
di idualmen e, cómo hab á de p oba se la e icacia de
un emedio mejo que la de o o cualquie a, po que,
eso sí, es más p obable que una o ma penal enga más
e ec o en un país que ein o o, en F ancia que en Ale-
mania, en Ingla e a que en I alia, en Suiza que en
Espada, po azón de peculia idades locales, clima, a-
za, g ado de ins ucción, e c.; pe o no se di á que un
emedio p oclamado uni e salmen e como
el nic s e i-
caz
pa a educi el c imen, así, en absolu o, pueda de-
ja de aplica se donde quie a que sea, sin que ec u-
dezca el mal, sal o que en algún incón de la ie a
hubie a naciones compues as de gen es an apacibles
como las ibus esquimales, los Ne chillik
y
los Ukasik-
siillik. A ellos segu amen e, ha de e e i se el dis in-
guido con a io doc o I u e a Goyena.
Dado un o ganismo social cualquie a es innegable
que, á ene algún e ec o la pena capi al, hab á de pal-
pa se, según se aplique ó no
y,
asimismo, según la do-
sis en que se emplee el emedio. Si no es así, sólo pue-
den aboli la los esquimales, pues o que es innecesa ia
allí, en el Polo, pa a la conse ación social, equi ién-
dose, en cambio, impe iosamen e, en odos los pue-
blos ci ilizados de la ie a!.. .
Se ía, pues, una imp udencia condenable abandona
1
4
a
pena de mue e.
92
Opo unismo.
ese dique donde, mucho ó poco, hicie an ue za las co-
ien es del c imen.
Lo in e esan e es obse a cómo en países de muy
dis in a es uc u a, de di e sa aza, de di e so clima,
de di e sa cul u a, de muy desigual p oducción delic-
uosa, cómo, digo, han ensayado con éxi o—po lo me-
nos sin incon enien es—el égimen abolicionis a; lo
que esul a demos a i o en g ado elocuen e es e có-
mo no han aumen ado los deli os á medida que se ha
ope ado la abolición pa cial ó o al de la pena de mue -
e; lo demás, eso de sabe si hay más ó menos delin-
cuen es, no hace á la cues ión. Si acaso, iene mayo
impo ancia a e igua si el país o ece ó no la segu-
idad de sus cá celes.
El único a gumen o ue e, decisi o que pod ían
o mula los pa ida ios de la pena de mue e es, p e-
cisamen e, el que no pueden hace , es deci , p esen a
es adís icas que e idencia an que allá donde se ha en-
sayado la abolición, ha ocu ido un aumen o de c i-
minalidad. Es el a gumen o núme o uno en a o de su
esis,
y
es el mismo que no pueden p esen a . En on-
ces sí que abandona íamos nues o supues o sen i-
men alismo, pa a pone homb o al e us o ins umen-
o que c uje ya, y que en odo el o be ci ilizado ame-
naza uina; ..
y
en e an o que unciona a á dos ma-
nos el e dugo, pugna íamos asimismo po educi las
uen es de la c iminalidad, po los medios más indica-
dos, cues en lo que cues en, á in de pode espe a a-
zonablemen e que un buen día pudie an i i las so-
ciedades cul as, sin necesidad de imi a á los asesinos.
Za
pena
dé
mue e.
Opo unismo.
9
3
Tend íamos en onces, como aho a, la misma con icción,
y
con ia íamos más en los medios p e en i os, que en
las enseñanzas del pa íbulo.
Sólo la necesidad pe en o ia, la necesidad más e i-
den e, puede excusa esa ins i ución del iempo de los
oglodi as. Después de habe egido po an os si-
glos, escudándose en mil p e ex os, has a a inche a se
en lo que se epu a «necesa io», simplemen e necesa-
io, una ez que su necesidad no se e idencia, es iem-
po de que nos demos cuen a cla a del engaño
y
ea-
mos que es un simple p ejuicio insidioso al que, á
nomb e de la cul u a, debe ins au á sele demanda de
desahucio, de una ez, como á mal pagado , ponién-
dole de pa i as en la calle, cuando no más lejos.
Pod á con a , eso sí, el empede nido y ósil ins u-
men o, que ha luchado enazmen e, de endiendo pal-
mo á palmo sus posiciones; pod á anaglo ia se de
que, á pesa de su epugnan e ealdad, ha engañado
po siglos y siglos á los más p ecla os in elec os; que
ha sido hábil y pe se e an e has a lo abuloso, pe o
es á ya muy dec épi o elizmen e
y
se ace ca el ins an-
e en que pod emos en e a á ese agónico sin pompa,
colocando en su lápida une a ia de pó ido ojo, del
más du o y del más ojo, es a sola leyenda: «Ba ba ie».
El a gumen o que se nos hace con ci as es adís i-
cas es lo que se llama, en lógica, una «pe ición de
p incipio», pues o que se da po admi ido, p ecisamen-
e, lo que es á en cues ión: la e icacia del pa íbulo,
e icacia que nega nos al ex emo de epu a la con a-
p oducen e. Y en onces con mayo azón
pod íamos
La pena de mue e.
94
Opo unismo.
eplica á la in e sa: eso dejémoslo, si acaso, pa a los
pueblos donde hay poca delincuencia de sang e, pa a
los esquimales, e big acia, pues o que allí no hay an-
o pelig o de que se engend e esa «a oz pasión de
con empla las agonías humanas» que ad ie e el ilus-
e Li ings on, en e los espec ado es de ejecuciones.
Y ealmen e los esquimales, pa a no e agonías, en-
cie an
y
aislan á los en e mos en cabañas de hielo.
Pa a los que, lejos de acep a la u ilidad del pa í-
bulo, c eemos que es pe judicial, ó inocuo, cuando más,
pa a de ene á los delincuen es iolen os, se comp en-
de que poca ue za hab á de hace nos es a ad e en-
cia: «¡Cuidado! éase que en es e país hay mucha de-
lincuencia de sang e», pues o que eplica emos: «Bien;
en onces, á ese de no acen ua la con ejemplos de san-
g e
y
de iolencia, como son los del pa íbulo».
O as b isas soplan en es os iempos,
y
la ciencia
a cumpliendo una bella p o ecía del cla o iden e poe-
a del siglo pasado, que su ge luminosa de es as líneas:
«La ci ilización no es o a cosa que una se ie de
ans o maciones sucesi as. ¿A_ qué ais á asis i , pues?
A la ans o mación de la penalidad. La dulce ley de
C is o pene a á al in é ilumina á al Código. Se mi-
a á el c imen
como
una en e medad,
y
es a en e me-
dad end á sus médicos que eemplaza án á ues os
e dugos, sus hospi ales que sus i ui án á ues os
p esidios. La libe ad y la salud se asemeja án. Se e -
i á el bálsamo y el olio donde se aplicaba el hie o
y
el uego. Se a a á po la ca idad es e mal que se
a aba po la cóle a. Es o se á simple
y
sublime. La
c uz sus i uyendo á la ho ca. He ahí odo».
pena de mue e.
Opo unismo
95
¡Oh admi able p edicción!
¿No es cu ioso que allá, po el p ime e cio del si-
glo pasado, un genio al que se achó
-
siemp e de sen i-
men alismo, indica a an ce e amen e los nue os um-
bos de la ciencia,
y
que sus isiones ayan de en on-
ces acá, ganando e eno con a los p ejuicios más en-
du ecidos del in elec o humano?
Los opo unis as debie an hace se es a sola e lexión:
es egla gene al, cuando no absolu a, que allí donde
se ensaya la abolición, la pena de mue e no uel e á
eina . Ella se aleja de ini i amen e, no ya como las
golond inas de Bécque , que el símil no se a end ía á
an neg o asun o, sinó como el pasado, el oscu an is-
mo, la ba ba ie.
Cuen a un iaje o que son an hones os
y
apacibles
los esquimales que, du an e su la ga es adía en e ellos
no pudo ad e i una sola acción de iolencia, ni de
aude. Aquello es ideal. Sólo uno que pon i icaba en
la ibu, p e endió engai a lo. ¿Que éis modi ica esas
dulces cos umb es? Es muy ácil.
Bas a á ins i ui allí la ho ca, el ga o e, la guillo-
ina, la silla eléc ica, el hie o, el uego, en in, cual-
quie a de los ingeniosos apa a os de o u a, con que
se ha delei ado la humanidad ci ilizada. La e olución
se p oduci ía de inmedia o.
(El Siglo,
mayo 25 de 1905).
La pena de mue e.
102
La sanción
penal.
man e pa a los dolo es que engend a el incu able cán-
ce social del c imen? ¿no es es o absu do has a lo in-
e osímil? ¿no es acaso peo el emedio que el mal?
Tenemos, en cambio, o os e ec os posi i os que ob-
se a . Así, po ejemplo, de la no desp eciable ci a
de libe ados, es deci , de penados que han cumplido
sólo las es cua as pa es de la condena y que salen
en libe ad condicional, e ocable, con a eglo á la ley,
—sabio ensayo pa a eadap a los al medio social,—
ninguno, has a la echa, ha uel o á la cá cel. No se
ha e ocado una sola libe ación condicional, en e nos-
o os.
¿Qué signi ica es o? Po lo menos, signi ica que
puede espe a se si no la egene ación mo al eó ica del
delincuen e, la posibilidad de inculca le hábi os du a-
de os de o den, de disciplina, de abajo,
y
es o bas a
y
sob a á los ines sociales; es o excede mil eces el
esul ado que se busca po las ejecuciones; es o p ue-
ba á la e idencia que no es
necesa io
ma a pa a la
de ensa de la sociedad. Bas a es o solo, pa a echaza
*1
pa íbulo, que es la mancha más neg a
y
epugnan-
e de la mode na ci ilización. N.
Y
noso os, que lle amos la penalidad á ese ex e-
mo bá ba o, c ee nos con es o solo habe cumplido ca-
balmen e nues os debe es con la sociedad. No oma-
mos, sin emba go, medidas espec o de la publicidad
de las c ónicas de sang e, que son unes ísimas, no nos
p eocupamos esuel a
y
¿e ianien e de nues as cá -
celes, de aumen a conside ablemen e nues as escue-
las, de la mejo o ganización policial, de eglamen a
lea pena de mue e.
La Sanción penal.
103
el expendio de alcoholes, y el uso de a mas, y de an as
o as medidas p e en i as, de e dade a e icacia, como
el pa ona o de libe ados que es una ins i ución com-
plemen a ia indispensable pa a ema a la ob a de
las cá celes. Nos pa ece que asaz de endemos á la
sociedad, con es ablece la amenaza legal de la pena
de mue e. Es e es el g ande, el único, el sobe ano e-
cu so social con a el c imen, y hecho es o, nos c uza-
mos de b azos, ¿puede habe mayo desconocimien o
de la ealidad de las con eniencias sociales? —¡Y no
abundamos siquie a las ejecuciones, de las que odo se
es pe a!
Has a en es o la ilogicidad social se e ela de cue -
po en e o. Semeja es e emedio á la e apéu ica de an-
año, po la cual ó se cu aba el en e mo de un solo i-
ón, ó pe ecía en la demanda. Los demás cuidados, ni
los sospechaba el galeno. Za aga ona po a iba y za-
aga ona po abajo. ¡Ni es o siquie a! ¡Oh, cuán a i a-
cionalidad! ¡Cuán p o undo es el desconocimien o de
las cosas!
La sociedad, sun uosa, con he mosos paseos públi-
cos, con edi icios llenos de deco ado y de con o , con
boa os de odo géne o, con inmensos capi ales imp o-
duc i os, iene has a jaulas pa a los ig es y pa a las
hienas
y
chacales, á los que man iene pa a delei a se
con su e ocidad. Aloja bien á an exó icos huéspedes,
y alega que es demasiado dispendioso, que es una in-
sopo able ca ga de Es ado, da una celda
y
un Boque-
e de pan á media docena de homb es que han caído
en lo hondo del deli o, po que no se les ha endido una
La pena de mue e.
104
La sanción penal.
mano, jamás. Casi siemp e es a es la his o ia del de-
lincuen e.
Pa a es os, pa a los homb es delincuen es, pa a 11)1
homb es- ie as no hay jaulas; pa a ellos
Co no
dije a
Gue a Junquei a:
Un solo pe dón: la mue e; un solo cas igo: la ida.
(11
'
Siglo,
26 de naayo
de 1%5).
..1
n
••
nn
••
Za pena de mue e.
LA OBRA ABOLICIONISTA.
XIV
Suma io:
El iun o abolicionis a.
Ensayos en la an igüedad.
Aboliciones pa ciales: esul a-
dos.
Abolición o al; Es ados que la
p ac ican: esul ados.
Cómo se igo izan las enden-
cias abolicionis as en odas
pa es.
El abolieionismo iun a en odas pa es. Si es enaz
el p ejuicio que se ha c is alizado en el in elec o huma-
no, no es menos enaz el es ue zo abolicionis a;
y
ic-
o ia as ic o ia, hoy en día puede deci se que es la
excepción lo mismo que an es e a la egla: ma a .
Los que c een que la abolición es una no edad
de -
nie
hab án de pasma se de que en la an igüedad
más p e é i a, en Egip o, según na a He odo o, el
e iope Sababón no aplica a du an e su einado de me-
dio siglo, la pena de mue e. U ilizaba á los eos de de-
li os capi ales en g andes ob as públicas,
y
así se consi-
de aba indemnizada de cie o modo la sociedad, del
daño que el c iminal le había in e ido.
Pe o hay ensayos más demos a i os.
Dos pueblos que i ían al pie del Cáucaso, enían
muy dis in a penalidad. Uno de ellos con penas se e-
ísimas y el o o que no aplicaba la pena capi al. Pues
bien; según la ci a del geóg a o S abón —an e io á la
e a c is iana—los deli os e an menos ecuen es alli
donde no se aplicaba la pena de mue e.
pena de mue e.
106
La ob a abolicionis a.
En G ecia, an es de D acón e a meno la c iminali-
dad;
y
en Roma du an e los dos siglos en qua igió la
ley Po cia, que no pe mi ía da mue e á un ciuda-
dano, ué escasa la al a c iminalidad.
En Ingla e a, deja on de aplica la pena capi al
an o Al edo el G ande como Guille mo el Conquis-
ado , sin expone po eso la segu idad pública.
O os ensayos elices se hicie on has a en Rusia,
desde en onces; pe o amos á ocupa nos de lo con em-
po áneo.
Desde luego, la o ma de aboliciones pa 3iales esul-
a uni e sal. Cada ez se educen más los casos de pe-
na de mue e.
Al e ec o de a e igua si es a o ma penal iene e i-
cacia pa a educi la delincuencia, nos bas a ía sabe
que cada ez que se ha excluido un deli o de es e cas-
igo, no ha ec udecido esa misma modalidad delic uo-
sa. Eso sólo condena ía el sis ema.
En F ancia, en 1793, e an 115 los di e sos deli os
que caían bajo la acción del úl imo cas igo. Ya en 1830
baja on á la quin a pa e,
y
hoy en día se han educi-
do á un décimo. ¡Es casi o al, pues, la abolición?
En Ingla e a, e an 160 los casos de pena capi al allá
po 1770; y día á día se han ido achicando in a ia-
blemen e.
Véase es e cuad o que ep esen a dos quinquenios,
á ein e anos de in e alo:
I
a pena de mue e.
La ob a abolicionis a.
107
DELITOS
1855-59
Con
pena
de mue e
1875-79
Sin
pena
do mue e
Robo con ac u a (Houseb eaking).
14
Robo
C011
ac u a (Bu gla y)
3,264
2,466
2,263
1,650
/11
Incendio
1,013
537
Moneda alsa
994
964
Robo de o ejas
513
2T2
Robo de caballos
488
469
Robo de bueyes
110
91
8,848
6,246
Lejos de aumen a los deli os que caían bajo la san-
ción de la pena capi al, hay un descenso en odos ellos.
¿No acusa á es o que, lejos de ep imi , dicha pena
p o oca al deli o?
Es a peculia idad del p oceso abolicionis a, epi o,
es uni e sal. Las ejecuciones que alcanzaban á milla-
es, han ido bajando p og esi amen e has a que, á la
echa, en casi odos los Es ados donde oda ía se apli-
ca dicho cas igo, apenas alcanza su ci a á una media
decena ó una decena anual, cuando más. ¿No es es o
el iun o abolicionis a?
Las mismas azones que se aducen hoy pa a apli-
ca ese cas igo á los asesinos, se ían pa a unda la
e icacia de la pena de mue e espec o del obo, de la
alsi icación, del incendio, del abigea o
y
de casi odos
los ac os delic uosos; y de igual modo que hoy se mi a
como una mons uosidad esa o ma penal, espec o de
la casi o alidad de los deli os pa a que uncionaba,
mañana se mi a á esa pena
bá ba a con ex añeza, en
lo que
a añe al cas igo del asesina o mismo. Esa es la
I
a
pena de mue e.
108
La ob a abolicionis a.
ley his ó ica á que obedece es e admi able emedio so-
cial que se p oclama como bueno, oda ía hoy, en los al-
bo es del siglo XX!
La delincuencia de sang e, sin emba go, se educe
ambién. Es p odigioso el esul ado. A medida que se
educe la aplicación de la pena capi al, pa alelamen e,
se amino a la delincuencia de o mas sanguina ias, io-
len as. Y lo más cu ioso es que, cuando más se acen-
úa el dec ecimien o de la delincuencia, es p ecisamen-
e cuando se educe la ac imonía penal. ¡Qué elocuen-
cia supe a á la de es e pe sis en e p oceso de la abolición!
Se di á que el enómeno se p oduce en o ma in-
e sa, es deci que, á medida que se educe el deli o, se
a debili ando la pena. Pe o es o puede con es a se,
y
lo o o no. Con e ec o, si ue a la acción de la pena lo
que de iene el deli o, o zoso se ía e acompañado
odo paso abolicionis a con un ascenso de c iminalidad.
Es o no iene e e so;
y
acaso lo que más pueden
alega los pa ida ios de esa o ma penal a á ica, es
que no ha enido e ec o noci o su aplicación, en e á
los esul ados del pa alelismo de la disminución de
ejecuciones, con la disminución de los deli os. Es o
mismo esul a ya di ícil de demos a .
Den o de es as líneas gene ales, eamos aho a
algunos esul ados pa icula es en las localidades don-
de ha dejado de ac ua dicha pena
y
compa émolos
con los de F ancia, po ejemplo, donde oda ía se de-
capi a.
Ya hemos is o en una de las an e io es publicacio-
nes que I alia, desde que ha e ocado la pena capi al
1
4
a pena de mue e.
La ob a abolicionis a.
109
en 1876 de hecho
y
en 1889 de de echo, los deli os
de sang e an en p og esi o descenso. En 1898 habían
descendido los homicidios de 16.27 á 11.91 po cada
100,000 habi an es: y es o es más demos a i o aun,
si se obse a la o ma g adual y pe sis en e en que se
ope a la disminución (*).
En F ancia, en cambio, ene nos es e cuad o de ho-
micidios:
Año 1889 —372 ho ILlidics
1890-420
1891-429
1892-441
¿Po qué la F ancia no hab á de sen i los mismos
ac o es de ci ilización que ope an en I alia? Es o in-
e oga íamos á los que a ibuye an exclusi amen e á
la ley de la p og esi a cul u a, el descenso gene al de
la c iminalidad de sang e.
La abolición o al ige en Toscana desde 1787; en
Rumania desde 1886; en Po ugal desde 1846, de
hecho, y po p esc ipción legisla i a desde 1867; en
Holanda desde 1870; en 16 can ones suizos desde
la guísimos años, ad i iéndose que donde ige aún, en
su g an mayo ía no se aplica desde mediados del siglo
pasado; en Venezuela desde 1864; en la República de
San Ma ino desde 1848; en Cos a Rica desde 1880;
en a ios Es ados no eame icanos: Michigán desde
1847; Rhode Island desde 1852; Wisconsin desde
1853; en Mayne, en Luisiana, en Pensil ania, Iowa,
e c. Hay además países que no la aplican, si bien es á
(*) Véanse las páginas 48 y 49.
T
i
a pena de mue e.
Izo
La ob a abolicionis a.
ins i uida legisla i amen e: Bélgica, Finlandia, y como
dije an es, algunos can ones suizos.
Es os ensayos han enido éxi o. Bas a ía sabe que
no se ha es ablecido dicha penalidad, pa a ase e a que
los esul ados ue on elices. Los comen a ios que se
han hecho espec o de la eacción ope ada en Suiza
son in undados, pues o que se a a de una eacción á
base polí ica (*).
Se ía engo oso y al ez imposible ae no icias es-
adís icas p ecisas sob e cada uno de los Es ados que
i en sin ecu i á la de ensa penal del pa íbulo. Es-
o, po lo demás, es innecesa io.
Sin emba go, odas las e e encias au o izadas que
conoce nos son a o ables á los esul ados abolicionis-
as.
(*) Se ha hecho g an clamo eo espec o de es a supues a eac-
ción ope ada en Suiza, en a o de la pena de mue e. E a el
único caso de que podían echa mano los pa ida ios de esa
pena, y esul a que ni ese solo an eceden e pueden'
,
in oca . Se
c eyó que el mo imien o ope ado en Suiza cuando se discu ió el
a ículo 65 de la Cons i ución, que p oclamaba la de ogación de
la pena capi al pa a odos los can ones de la Con ede ación, es-
aba inspi ado po una oposición á la p esc ipción abolicionis a,
siendo así que esa oposición e a de índole polí ica. El pa ido
conse ado y el ca ólico, que luchan hace iempo po la au ono-
mía can onal, sos enían que aquella disposición cons i ucional
he ía abie amen e la au onomía de los can ones; y an cie o es
que e a una azón polí ica y no legisla i a la que impulsó aquella
oposición que, los can ones Soleu e, G isons, Gla is,
Appenzell,
A go ie, Scha house, Sain -Gall, Luce na, F ibou go, Zoug,
Valais, Shwy z, Un e wald, U i y Vand que o a on la e isión,
no odos adop a on esa penalidad: sólo ocho can ones la es a-
blecie on, sin p ac ica la no obs an e. Los diez y seis can ones
que han abolido la pena-de mue e ep esen an cua o quin os
de la población o al de la Con ede ación Suiza.
Za pena de mue e.
La ob a abolicionis a.
Mi e maye , uno de los que se con i ie on al abo-
licionismo después de habe p o esado ideas con a ias,
dice que en el g an ducado de Oldembu go, donde se
abolió la pena de mue e desde 1849, nadie, ni los ma-
gis ados- ni los ju is as, desea su es ablecimien o.
El a o 1870 en la Die a ede al de Alemania el
se-
ño Beke , de Oldembu go, exclamaba: <Noso os
siemp e hemos bendecido al cielo po habe sup imido
la pena de mue e».
En Bélgica, un cuad o es adís ico del sec e a io su-
pe io del Minis e io de Jus icia demos aba que en
los 17 años anscu idos desde 1847 á 1863 hubo
175 condenas capi ales y 40 ejecuciones; en an o que
en los 17 a ios que an de 1864 á 1880, sup imidas
las ejecuciones, sólo hubo 128 condenas, ad i iéndose
que en es e pe íodo aumen ó en un quin o la población.
Hay a ios, a ios según el cuad o es adís ico, en que es
no able la baja de los asesina os ope ada después de la
abolición.
El minis o de Jus icia en la sesión del Senado bel-
ga de 15 de ma zo de 1886, e i iéndose á, la pena
de mue e decla ó que <esa pena en Bélgica, no se o-
ma en se io ni po los ju ados, ni po los eos». Ya
saben que no se aplica, é hizo además ci as de es adís-
icas p ecisas, deduciendo de ellas las consecuencias si-
guien es:
1.° Que la aplicación ó no aplicación de la pena de
mue e, no eje ce una sensible in luencia en el aumen-
o de la c iminalidad.
2.° Que la aplicación de la pena de mue e iene
a
pena de mue e.
EFICACIAS
XV
Suma io:
El pa íbulo denig a á la socie-
dad.
Un e go ismo.
Las ejecuciones «comisa iales»
y las (desapa iciones.: no hay
analogía.
El e o en la época de La o e.
La len i ud p ocesal disminuye
el emo al pa íbulo.
Los mal ados no se a ed an,
como la buena gen e.
De al mane a en endemos que no sólo es ine icaz, ab-
solu amen e ine icaz el pa íbulo, sinó ambién pe ju-
dicial á la sociedad, que nues o p ime p opósi o ué
desa olla es a esis: no hay mane a de consegui la
eliminación de un penado po la mue e, sin que de
ello de i en mayo es males que los que se desea p e-
eni . En una palab a, que dicha pena es «imp ac ica-
ble», en el sen ido la o, na u almen e, como cie as ope-
aciones qui ú gicas que si bien pueden e ec ua se no se
aconsejan, debido á las consecuencias que subsiguen.
Es e e a el ema o igina io de la con e encia que
dimos en el A eneo, y como
l'appeli ien en man-
gean ,
nos excedimos en el empello de señala las de-
más e ugas, de ese bá ba o suplicio, de ese ándalo
ezagado. ¡Y es cu ioso! A medida que se le mi a más
de ce ca, sólo se en las e ugas; nada más que e-
ugas.
Más alie a hace como en Espa a. Echa
á
los
c iminales á un abismo, dejándolos mo i de hamb e
1
4
a pena de mue e.
E icacias.
"9
y
de ío, se ía menos in ame
y
menos in aman e
pa a la sociedad, que una «ca neada» inmunda, il,
sal aje. Ese comedimien o social, las en idades supe-
io es de la colec i idad sacándose el ac de ce emo-
nias y a emangándose pa a apa ece en la abyec a
ep esen ación del e dugo, es odo lo más que pue-
de hace se pa a ebaja el ni el de la ley
y
de la jus-
icia. ¡No comp endo cómo no se e! Es o dep ime
y deg ada lo mismo que in en amos le an a á la
al u a de lo espe able, lo mismo que es necesa io po-
ne po a iba de los asesinos, especialmen e, y bien
al o, si se quie e lle a á la sociedad hacia adelan e, si
se quie e log a el espe o á la ley, la obediencia á la
ley.
Pa a excusa semejan es abe aciones se alega la
insus i uible e icacia del pa íbulo: i ud que se le a i-
buye desde Caín á la echa, sin que haya podido p o-
ba se aún, á pesa de se an a iados y ex endidos
como son los expe imen os.
Y no obs an e es o, los panegi is as del pa íbulo
siemp e ienen á la mano algún e go ismo que o mu-
la . Pa a abona la esis de la e icacia de la pena de
mue e, se dice que las ejecuciones «comisa iales», las
amosas «desapa iciones» de la época de La o e, p o-
duje on un e ec o mágico sob e oda la, campaña. ¡Y
qué!
Es e dade amen e pe eg ina la analogía. Ejecucio-
nes de la apidez del linchamien o, que caen de imp o-
iso, inopinadamen e, co no el ayo, sin o malidades
ni jueces, ni audiencias, ni capilla, ni sace do e, ni ban-'
La pena de
mue e.
I20
E icacias.
guillo,
sin más nada que el e dugo; ejecuciones clan-
des inas, sin acusación, ni de ensa, ¿cómo no han de
in imida ? ¿cómo no han de a e o iza ? Y en aquellos
is es (
-
ías, no e an sólo los asesinos los que se aga-
zapaban, buscando la somb a y echando una mi ada
esc u ado a hacia los cua o cos ados, an es de a i-
cula una sola sílaba, á media oz. Has a las pa edes
en aquel en onces enían oídos, como en F ancia, cuan-
do el Te o ; y odos, odos se sen ían amenazados
con esos cas igos que caían como cen ellas, a bi a ia-
men e: hoy una en un subu bio, mañana una en una es-
ancia,
y
o a en un cua el. Hubo asimismo ac os de
jus icia... mas siemp e, siemp e ue on ac os de jus-
icia expedi i a, po demás. Los asesina os se cas igaban
sob e ablas. Allí, á p esencia de la misma amilia de
la íc ima, según lo decla a el doc o I u e a Gloyena,
enía el degüello, inmedia o. Es o, cuando cae así, con
la apidez de una puñalada, ¿no ha de in imida ?
Y oda ía quedaban á lo lejos, en un segundo pla-
no de es e cuad o sinies o, las pe spec i as del eneb o-
so alle de adoquines, sob e el cual des acaba la silue-
a de La o e, con su kepí sob e la o eja—signo de
mal iempo» —y con ese ges o e ible, con esa mi-
ada du a que aún suges iona la imaginación de los
que la ie on una sola ez.
Pe o es os a gumen os no ienen consis encia.
Si se nos dije a que han disminuído los sal eamien-
os desde el ins an e en que cada es ancia
y
cada pul-
pe ía iene un pique e de gua dia, lo c ee íamos de
plano. No pedi íamos mayo es comp obaciones. Pues
I"
pena de mue e.
E icacias.
12
1
es es o mismo, poco menos, lo que se nos dice pa a
p oba
¿qué?: ¡la e icacia del pa íbulo! Desde que
los asesinos sepan que an á encon a la mue e allí,
donde piensan i á da mue e, sólo los suicidas impe-
ni en es pod án a on a la emp esa. Los asesinos no.
Lo que noso os negamos es que de enga al delin-
cuen e la amenaza de un pa íbulo lejano, colo-
cado allá, en e las b umas de un emo o posible; ne-
gamos que el c iminal se de enga an e el simple
iesgo de se ap ehendido, si acaso alla an sus p e-
cauciones, pelig o en el cual no c een, posibilidad que
niegan po lo mismo que esas p ecauciones las han o-
mado después de es udia las pacien emen e;
y
si acaso
les asal a a ese ago emo , se di án: si po desg acia
nos aga an,
y
1108
suma ian, nos acusan y nos juzgan,
hay muchas mallas po donde escapa .
Y las hay de e dad. No bajan de un 50
0
/,, las p o-
babilidades de queda impunes, en e los mismos
ap ehendidos. ¿Puede compa a se es e emo con el
que inspi aba el p ocedimien o la o is a ?
La ed p ocesal es po demás len a
y
complicada
pa a que amed en e á los que ienen alma y agallas
de asesino, y esa ed la ejen muchas manos á la ez:
es igos, de enso es, pe i os, iscales, ju ados, jueces.
Los p ocesos c iminales no asus an si acaso más que á
los que ya es án en e ejas; los demás con ían, oda
ez que se den la pena de pensa lo, en que con an os
in e oga o ios
y
ca eos, con on aciones
y
pe i ajes, de-
ensas
y
ecu sos, alguno hab á de saca los de apu o.
C éase que les da poco cuidado una amenaza an llena
1,a
pena
dz. mue e.
122
E icacias.
de abas. Es o no de iene; y lo o o que es e icaz,
ansi o iamen e po lo menos ¿quién osa aconseja lo?
Henos aquí en e al dilema: ó se ejecu a de inme-
dia o, ó se lincha en condiciones de in imida , 6 no in i-
midamos más que á la buena gen e que ha de mo i
an inocen e del c imen como ha nacido; á esa senci-
lla gen e que con sólo lee c ónicas de sang e ó olle-
ines asnochados, se les caen las ga as y se les ie gue
el pelo.
Tampoco p ueba nada mi dis inguido amigo el doc-
o I u e a Goyena, al deci que casi odos los ajus i-
ciados, á úl ima ho a, a an de apa a el ilo de la cu-
chilla—hecho que iene asimismo muchas excepciones
comp obadas --po que no es á en ela de juicio la e-
mibilidad de la pena capi al espec o de los que es án
en capilla, sinó espec o de los que es án en comple a
libe ad, con p edisposiciones al c imen,
y
és os en lo
que es án ocupados p incipalmen e es en idea y pla-
nea un golpe que no alle y no los dela e. Cuando
es án ín imamen e con encidos de que han descubie -
o el medio, lo p ac ican.
En ese pe íodo de p epa ación del deli o, es cuando
debie a ac ua el emo á la pena; pe o en onces, en-
cubie os y hu ahos, en lo que piensan, no es po cie -
o en la cuchilla del e dugo, pues o que pa a ehui -
la, a ilan bien á la p opia; en lo que ealmen e piensan
es en «asegu a » su golpe, con encidos de que con ello
quedan impunes. ¿Pa a qué han es udiado
y
medi ado
íamen e las p ecauciones á oma ? ¿Acaso pa a en-
ega luego la cabeza al ejecu o de las al as ob as del
La pena de mue e.
E icacias.
123
Depa amen o del Sena, como llaman en Pa ís al e -
dugo? ¡Oh, qué candidez!
Ahí es á la con esión del amoso asesino Ande sson,
que dice: ‹He p esenciado es ejecuciones. No pensa-
ba en onces que, un día, yo ambién cae ía bajo el
hacha del e dugo; pe o sien o aho a mismo que aún
cuando yo hubie a es ado con encido de es o, no ha-
b ía cambiado mi modo de se , po el solo e o de
la mue e».
Es genuinamen e humano es e documen o.
Po eso es que somos en absolu o inc édulos cuando
dice el doc o I u e a Goyena que pod ía llena dos
columnas con las ci as de pe sonas que, esuel as á
come e un c imen, han desis ido po emo al pa í-
bulo. No sólo es imposible llena dos columnas de ci-
as de ese géne o, sinó que no pod ía llena se ni me-
dia, ni una sola línea con ci as comp obadas, dignas
de e. Con lo que pod ía llena se columnas
y
has a
omos,
e$ con la ci a de casos de desis imien o esuel-
o an e el emo de que « alla a» el golpe. Eso sí.
En conciencia no c eo que un solo asesino, un o-
agido de esos emibles, de e dad, po que son capa-
ces de ma a , haya desis ido po el simple ho o al
pa íbulo, en iempos o dina ios, es deci , cuando és e
unciona al compás len o de la ley p ocesal. Los asesi-
nos que se a e o izan po es o solo, son los de ope e a.
E s una ilusión, un
engaño, una quime a
a ed a á
los mal ados con esos espan ajos; y asimismo es es o,
únicamen e, lo que man iene de pie ese a a ismo que,
po hono á la se iedad de la ci ilización, debie a á la
1,a pena de mue e.
124
E icacias.
echa se apenas conocido po los e udi os. Resul a en-
e amen e g a ui a la ase e ación de los apologis as
del pa íbulo cuando dicen que así como noso os nos
ponemos del lado de los ic ima ios, ellos es án del
lado de las íc imas, pues o que en ealidad nada ha-
cen po de ende las.
Es cie o que con ían mucho en ese muñeco ya des-
a iculado y mal echo, pe o po eso sólo no hab án
de epu a se ac eedo es de nadie, desde que
no han
p obado
ni pod án p oba lo que ala dean;
y aún cuan-
do no ue a cie o que la pena capi al es un inci an e
pa a el deli o, hay que con eni en que el iempo que
se ha pe dido pa a busca emedios
y
p e en i os cien-
í icos, en la con ianza de que nada e a mejo que esa
ancia d oga del e dugo, los coloca más bien como,
deudo es mo osos de la sociedad
y de muchas in elices
íc imas (*).
Los abolicionis as, aún cuando no hubié amos he-
cho más en a o de las íc imas que demos a la ino-
(*) Los p oblemas, así como las necesidades ca cela ias y pe-
nales, es án po demás descuidados.
La ecien e e asión (en junio del co ien e año'
,
, y las con-
diciones en que se hallan los penados en las can e as de la Unión
es
una p ueba do ello. Tan descuidados es án los p oblemas pe-
nales en e noso os, que es aba ya en cons ucción una cá cel
de muje es, an cos osa, co no no eclamada po necesidades
sen idas, en an o que la Peni encia ía y la Cá cel Co eccional
y P e en i a no pueden llena su misión: la p ime a po al a
de capacidad, la o a, po sus múl iples de iciencias. Me es al-
amen e sa is ac o io habe p omo ido desde el Consejo Peni-
encia io, con e icacia, el plan (le la ob a en cons ucción en
Pun a Ca e as, dándose así un in más ú il á la nue a Cá cel
que puede se i de Peni encia ía po un siglo ó más, y solu-
cionándose á la ez la di icul ad de aloja con enien emen e á
los p e enidos.
Za pena de mue e.
E icacias.
125
cuidad de aquel maniquí enmohecido de que habla
Ta de, que cada ez iene menos ánimo pa a hace
uego, el pa íbulo, con eso solo, hab íamos p es ado un
impo an e se icio á la sociedad. Quédale á és a, po
lo menos, la espe anza de halla un dique sólido, posi-
i o, e icaz, con a el c imen. Es o es ya algo; pe o los
que in en an apun ala y eng asa al maniquí, pa a
que se ehaga
y
dispa e aún algunos i os ... ¿qué han
hecho?
Has a que las in elices íc imas no cuen en con
o o balua e que el pa íbulo, pa a pone á buen e-
caudo sus idas é in e eses, podemos desde ya descon-
a les su in o unio. ¡Ni una sola escapa á!
Es e ins umen o, lo que iene de admi able, de
asomb oso es que, con se an conocido, pueda asimis-
mo engaña á los homb es, á pe pe uidad.
No sin abajo, la humanidad se ha apeado de mu-
chos p ejuicios. Respec o de es e oda ía se man iene
sob e el asno y a a de a i ma se en los es ibos si
bien, cada ez, con menos en e eza. Le cues a con en-;
ce se de que ese amoso espan apíca os, no es al; que,
po el con a io, a emo iza an o á los buenos bu gue-
ses, cuan o solaza á los mal ados. Cla o que no les
hace an a g acia cuando se les pone en e el muñeco
y
la pa ed; pe o á lo lejos, les esul a di e ido.
La pena capi al no la oman en se io los asesinos,
como lo hacemos noso os. Ese g o esco ins umen o
no asus a más que á los buenos, á los píca os les si -
e de en e enimien o. Po eso ambién lo condena-
mos.
(El Siglo,
junio 11;
de
1905).
lía pena de mue e.
E.E. MEJOR GENDARME.
XVI
Sun/ a io:
Repulsión á la sang e.
Simpli icación de causas.
Imp esiones de un iaje o.
Condiciones de nues o medio.
Clases acomodadas y p ole a-
ios.
Ins in o de imi ación.
Cómo se ga an e la segu idad
social.
En cada homb e ci ilizado hay un sen imien o más
ó menos in enso de epulsión á la sang e de sus se-
mejan es, de a e sión hacia el ac o iolen o, de epug-
nancia hacia el choque b u al que hie e, que ma a.
Es e sen imien o ac úa más di ec a y más e icazmen e
que la policía
y
que la amenaza legal de la pena, en
la educción de las colisiones sang ien as, po cuan o
sigue de ce ca al agen e
y
lo di ige en odo momen o;
y
á medida que se di unde
y
se igo iza en la sociedad
esa ue za inhibi o ia, disminuyen, como es na u al,
311
los asesina os, los homicidios, los deli os de sang e.
Es, pues, un debe de la au o idad, a a de que ese
eno se o alezca, cada día más, en odas las es e as
sociales
y
en e las más humildes, especialmen e, que es,
po lo gene al, donde menos desa ollo iene. Es muy
ú il es imula esa ue za conse ado a de la sociedad,
y pa a ello, es menes e impedi en cuan o sea posi-
ble los espec áculos de iolencia y de sang e como son
las ejecuciones capi ales
y
sus congéne es que, lejos
de obus ece la, elajan an p ecioso elemen o de con-
1,,a pena de mue e.
El mejo genda me
127
i encia social y de cul u a. Es indispensable que se
p openda incesan emen e á dulci ica las cos umb es
si se quie e amino a la ci a de los deli os iolen os.
Palab a más, palab a menos, es o es lo que me de-
cía, ha poco, un encumb ado amigo,
y
ag egaba:
—Ahí iene us ed ema pa a un a ículo de su
se ie.
E ec i amen e, el ema es de posi i o in e és; dicha
obse ación es muy digna de medi a se.
La epulsión á la sang e, á la iolencia, es el me-
jo gua dián del o den público. Hay, pues, necesidad
de alimen a la, de obus ece la.
Acos umb ados como es amos á simpli ica pedan-
escamen e las causas de los enómenos más comple-
jos, nues o azonamien o á menudo hiende como un
udo mandoble po en e una ilig ana de pequeñas
incidencias
y
de alles, de enues ma ices, de ac o es
secunda ios, múl iples, mul i o mes, que se asocian, se
c uzan, se eslabonan, se en elazan, se enga zan, se
aban, o mando un conjun o in incadísimo, del cual
sólo pe cibimos la ex e io idad más esal a e. De
igual modo que no e nos más que la sín esis de una
ob a de a e, sin descub i los golpes de bu il ó las
pinceladas que han pe mi ido al a is a, po un es ue -
zo p olongado de su il obse ación y de es udio, ob e-
ne una inalidad emocionan e, noso os no ad e imos
po lo común, ni nos ocupamos siquie a de mi a , de
escud iña esa ed de pequeñas causas, de pequeños
ac o es que, no obs an e, ac úan an pode osamen e.
Los hilos de agua que se pen ean silenciosos
y
hu-
1
1
a pena de mue e.
EVOLUCION
DE LA PENALIDAD.
XVII
Suma io:
Ley in a iable de la e olución
penal.
Suplicios an iguos.
Cómo se en endía
la jus icia.
P isiones an iguas.
Un pa alelismo demos a i o.
I acionalidades.
Se obse a un hecho muy signi ica i o al axami-
na la e olución penal: los cas igos son cada ez me-
nos c ueles. Si se ag ega á es o que son cada ez me-
nos ambién los casos de máximo cas igo,
y
si se ad-
ie e que es pe sis en e, inmu able, la ley que ige es-
a doble e olución del núme o de los cas igos
y
de la
,calidad de los cas igos, no hab á, de ex aña nos que se
nos hable cien í icamen e en el día, de hospi ales y co-
lonias penales en sus i ución del hie o
y
del uego, co-
mo lo p edijo á p incipios del siglo pasado el escla eci-
do poe a.
Así, la jus icia penal, cada día más in o mada, a
excluyendo de su acción odo lo c uel innecesa io. A
medida que se hace más conscien e, a ciñendo su ges-
ión á una mayo acionalidad, sup ime odo el lujo de
su imien os que se epu aban indispensables o o a
pa a hace ú il su ins i ución
y
espe able su in es i-
du a. Vamos, pues, á llega al ins an e en que sólo
se
legi ime á í ulo de pena, lo que es es ic amen e inelu-
dible á la conse ación social.
La humanización de los cas igos se ajus a, pues, á la
e dad cien í ica. El sen imien o supe io
y
la azón
.~1•1•
n
•
T
i
a pena de mue e.
E olución de la penalidad.
135
coinciden, en es e a duo asun o. Bien enidos sean los
que nos llaman sen imen ales.
Cuando el código penal ancés es ableció es a
p esc ipción iguali a ia: «A odo condenado á mue e
se le oncha á la cabeza»; cuando la F ancia dic ó es-
a medida Te oluciona ia, oda ía exis ían g adacio-
nes de la úl ima pena. Había condenas a is oc á icas
y
plebeyas
y
bu guesas. No se conocía aún la e dad
mo al con enida en el bellísimo e so: «Le c i ne ai
la
p
on e e non pas l'echa aud). Todo es o sonaba á he-
•,,
ejia.
Na a Máximo Du Camp que la amilia del conde
de Ho n, que ué condenado á la
oce,
suplicio ho ible
ins i uído legalmen e po F ancisco I pa a cas igo de
los sal eado es de caminos, hizo ac i as ges iones, es é-
iles po lo demás, á in de que el conde ue a más
bien decapi ado, de modo que los hijos de esa amilia
pudie an en a en la o den de Mal a,
y
las hijas en las
nobles ó denes eligiosas.
Dicho suplicio consis ía en coloca al condenado so-
b e dos made os dispues os en o ma de c uz de San
And és, con los b azos abie os
y
de modo que cada
miemb o coincidie a con un espacio hueco, allado en
los made os. El e dugo a mado de una ba a de hie-
o le ompía los b azos, los an eb azos, los muslos
las pie nas
y
el pecho. Se le a aba en onces en una
pequeña ueda de ca uaje sos enida po un pos e, co-
locándole las pie nas
y
los b azos queb ados sob e
las espaldas, y la cabeza mi ando a iba, «pa a hace
peni encia an o, an la gamen e cuan o quie a pe -
1
1
a
de mue e.
•
13
6
E olución de la penalidad.
ini i lo nues o Seno », y así ocu ió que algunos e-
sis ían du an e mucho iempo el suplicio, delei ando
con su a oz agonía á la cu iosa muchedumb e. Un
jo en pasó en la ueda ein idós ho as has a que se
au o izó pa a es angula lo.
Na u almen e, habían quejas
y
p o es as cuando el
a e del e dugo no es aba á la al u a eque idll po
los
gou n e s
muy e inados, ¡guay de que se ab e ia an
los su imien os!
Cuando pa azones especiales el juez o denaba po
un « e en um» que se es angula a al pacien e an es
de ompe le los huesos, es a debilidad i i aba á los
espec ado es, especialmen e á los de palada más deli-
cado: <II n'y a oi plus de plaisi de oi oue , pa ee
que ces coquins de bou eaux e angloien aussi ó leu s
pa ien s e que, si on aisoi bien, on les oue oi eux-
mémes».... Al e dugo a is a, elegan e, se le llamaba
mai e.
Pa a los sac ílegos el p i ilegio del uego, pa a los
c iminales comunes la ho ca, pa a los egicidas el más
c uel de los suplicios in en ados: el descua izamien o,
y
pa a la nobleza, pa a los a is óc a as, una especie de
degüello que, á su modo de e , no e a in aman e, pa
el con a io, más bien hon oso.
He ahí las ensenanzas del pueblo. Ese populacho
misé imo, que i ía en la es echez, en la igno ancia,
enía así cómo educa se, cómo ap ende el modo de
espe a la ida ajena, la ley
y
la jus icia.
Y en onces el suplicio e a un espec áculo dia io, en
odas pa es. En un dis i o de Ba ie a, un solo e -
1
4
a pena de mue e.
E olución de la penalidad.
137
dugo co ó 1,600 cabezas. Se explica que se halla a
an bajamen e co izada la ida humana., cuando la
sang e co ía de ese modo.
Hoy en día, puede deci se que se ha educido el úl-
imo suplicio á la cen ésima, al ez á la milésima pa -
e, y asimismo i en las sociedades
y
p ospe an, la se-
gu idad pe sonal se ha aumen ado y los c ímenes han
disminuido en igual p opo ción. ¿Quién lo hab ía p e-
dicho?
Aquellos magis ados é icos que no salían de su
despacho con la conciencia anquila, cuando no hu-
bie an susc i o un solo ac o de posi i a jus icia en ca-
,
da día, uno po lo menos, ¡qué ojazos ab i ían si se
pudie a po a e mágico le an a los de su sepulc o, y
hace les e lo que se es ila á la echa! ¡Cómo se es-
pan a ían al e los u os insospechados de la jus icia,
de la ciencia, de la igualdad, de la libe ad! Es o nos
sugie e o a e lexión; ¿no nos ocu i ía lo mismo, si
despe á amos del suelo de la mue e, den o de cien
ó
doscien os a ios? ¿No nos desploma íamos, ulmina-
dos po la so p esa, cuando obse á amos como son
inacabables
y
len as las epa aciones de an a injus icia
social? ¿No nos encandila ía la nue a luz que eina a
en es e impe io de inieblas, (le anomalías pe pe uas
en que i imos?
Es a es la ley que ige in a iablemen e á la huma-
nidad. En ma e ia de cas igos supe io es, cada siglo e-
duce á una décima pa e su núme o, cuando menos,
y
mi iga su c ueldad conside ablemen e. Si ié amos
no ya los suplicios bá ba os sinó las cá celes de an-
1
1
a
pena
de mue e.
138
E olución de la penalidad.
año: «i piombi», ci pozzi», la Bas illa, nos ho ipila-
íamos. ¿Po qué? ¿Acaso po que á la echa no hay
c ímenes dignos del mayo de los cas igos? No.
La cul u a alcanzada nos deja e que son innece-
sa ios los cas igos c ueles. No sólo innecesa ios, sinó
ambién incon enien es,
y
de ahí que un más ele ado
concep o de la jus icia, nos pe mi a e lo mons uoso
de los iejos cas igos.
Y llegamos al nudo de la cues ión_
La e olución de la penalidad a acompañada po
la e olución del deli o. Los deli os á base de iolencia
an degene ando en deli os á base de aude, á la ez
que las penalidades iolen as, c ueles, an modi icán-
dose
y
adop ando o mas más benignas. Es e pa a-
lelismo no puede a ibui se á causas delibe adas.
No puede deci se que, á medida que la delincuencia
se modi ica, ambién se modi ica g adual
y
delibe a-
damen e la penalidad. Si acaso, es o pod ía admi-
i se an sólo espec o del núme o y no de la calidad
de las penas. ¿Qué azones hab ían pa a cas iga con
menos igo á un pa icida, á un ma icida como Cha-
nes, que á un asesino ulga , dos siglos ha? Los asesi-
na os han bajado en núme o, mas no en calidad; y si
e a jus o
y
ú il, ó solamen e ú il esca men a , debe
se io hoy ambién, con doble azón, pues o que nadie
halla á a enuaciones pa a es a clase de delincuen es:
con iene ex i pa los
y
lle a el e o á sus congé-
ne es.
Si la penalidad obedece á azones biológicas de se-
lección, ¿po qué en ez de inclui cada ez más los
La pena de mue e.
E olución de la penalidad.
139
ac os iolen os en el de i a i o elimina o io, excluí-
mos cada ez más á los delincuen es e oces del
igo de la pena de mue e?
Hoy que se encauza hacia o mas cada ez más
sua es la delincuencia, debie a ema a se el p oceso
e olu i o espec o de los b u ales, con doble em-
peño,
y
con mayo es espe anzas. No debie a queda
uno solo excluído del cuad o de la pena capi al. In-
ínseca
y
ex ínsecamen e es más esponsable, emi-
ble y dañoso pa a la colec i idad el ejempla que,
oda ía hoy, se e ela como inadap able al medio so-
cial, que lo ue a hace un siglo
y,
¿po qué en ez de
aumen a los casos de ejecución pa a esos iolen os
impulsi os, b u ales, los educimos? ¿no es es o un
colmo de i acionalidad?
¿Po qué cada ez son más nume osas las conmu-
aciones, á pesa de que la ley ha ido educiendo y
seleccionando los casos ípicos de más i ulen a e o-
cidad, pa a aplica les la úl ima pena?
A se exac o lo que p edican los panegi is as eza-
gados de la pena de mue e, espec o de la u ilidad
cien í ica de es e ace bo diu é ico social, ¿cómo se
explica la educción, cada ez más homeopá ica, de los
casos de usilamien o?
En el día, á se así las cosas, debie a ocu i á la
in e sa. Todo iolen o, odo impulsi o, odo el que
hie e, no ya el que dé mue e, debie a se eliminado
sin piedad. Un simple homicida, en la ac ualidad, de-
bie a se equipa ado á un asesino p o esional del siglo
pasado; sin emba go, ocu e que la e olución a en
La pena
de mue e.
140
E olución de la penalidad.
sen ido opues o: cada día es meno el núme o de los
cas igos g a es pa a los iolen os, cada ez son más
benignos los cas igos. Es a es una ealidad, un hecho.
Si no es que andan con el pie cambiado las leyes
que igen es e mo imien o, en con a de las doc inas
cien í icas de los panegi is as de la pena capi al, no
es á lejano el día en que los omos que se han esc i o
pa a sus en a el pa íbulo, queden adjudicados á los
biblió ilos, á los bibliómanos, más bien, como obje os
de me a cu iosidad.
Es siemp e g a o sabe lo que pensaban nues os
an epasados.
(»I
'
Siglo,
junio 15 de 1905).
La pena
de mue e.
¡COMIENCEN LOS SEÑORES ASESINOS!
XVIII
Suma io:
Humo ismo de Al onso Ka .
El amoso após o e.
C iminales y e dugos.
El cinismo de los asesinos.
Una epís ola de madame de &-
igilé.
Una muje de iene á Ka , en ins an es en que sa-
lía de su casa, y le dice:
—¿Es us ed Al onso Ka ? Tengo que habla le
dos palab as.
El in e pelado se inclina, y la in i a á, en a .
—No, le eplica la desconocida, pase us ed. Ensé-
ñeme el camino.
Obedece el esc i o , y en ins an es en que se di ige
á la po e ía, á pedi las lla es, aquella muje saca un
eno me cuchillo que lle aba escondido en la somb illa,
y
le da con él un golpe en la espalda al amable dueño
de casa.
Poco después el cuchillo es aba colgado de la pa-
ed en la sala de Al onso Ka , en e cuad os
y
es-
a uas, con es a leyenda:
«Donné pa madame Louise Cole '
(dans le dos)
He ahí un asgo de exquisi o humo ismo, que pe -
ila admi ablemen e al au o de aquel amoso após-
o e: ¡Comiencen los seño es asesinos po sup imi la
pena de mue e! ...
4E~
pena de mue e.
142
¡Comiencen los seño es asesinos!
Cuando los pa ida ios del pa íbulo sien en que es-
casean las azones, apelan á es e o midable ecu so.
Fo midable digo,
y
no ec i ico, po que no se cuen an
con los dedos de la mano odos los que, so p endidos
po an inespe ado golpe e ó ico, me en en bolsa sus
pujos abolicionis as, pe ec amen e en e ados de que
no ha llegado aun la opo unidad de la e o ma. Y en
e dad, es as cues iones de e ique a son más g a es
de lo que se piensa: si son los e dugos ó los asesinos
quienes han de ceja p ime o, se á cuen o de nunca
acaba .
Si á p ime a is a pa ece, en e ec o, que la inicia-
i a abolicionis a co esponde á los asesinos, así que
se examinen los an eceden es, al ez esul e que no
son ellos quienes i a on la p ime a pied a, y po
ende, no se á desaconsejado in lui en el sen ido de
que los seño es e dugos p opicien ambién es a an
anhelada e o ma. ¡Oh! ¡cuán p epo en es son los p e-
juicios de la ue za!
Po de p on o, esa se ie de ejemplos de b u al, de
sang ien a iolencia, excesi os siemp e pa a se p ac-
icados á nomb e de la jus icia, ¿no c eéis que pueden
es imula á aquellos cuyo empe amen o es á mo ido
po impulsi idades incon enibles, po impulsi idades
que á nada se subo dinan, ni á la misma olun ad
del suje o, ni al eno de una educación po demás au-
sen e? Dice un adagio: «andando col lupo s'iinpa a a
u la e».
Y al ez no in e esa an o á los asesinos como á
los asesinados, pod ía deci se, á la sociedad misma,
pena de mue e.
¡Comiencen
los seño es asesinos!
143
una e o ma sabia de la legislación penal, el es udio de
muchos p oblemas que es án supedi ados á la men ida
e icacia de un cas igo de pasmosa es e ilidad, si no es
algo peo aun: es imulan e del c imen; de un cas igo
an ecomendable que, de él, puede deci se sin emo
al desmen ido: «Cuan o más se aplica, más ba ba iza».
Los e dugos, congéne es de los mal ados, he ma-
nos siameses i ales, allá, cuando oda ía i ían en el
ol ido sus émulos los asesinos, cuando á és os aun no
se les llamaba «seño es», han hecho a ocidades am-
bién... ¡desde Ne ón á la echa! A muchos audaces
inno ado es, los e dugos aplica on la pena de los ase-
sinos: la mue e; á los i e e en es de la sup ema au-
o idad, ambién; á los inc édulos, á los que esis ían
el suculen o de echo de pe nada, ambién; á los aman-
es de la igualdad, del de echo, de la ciencia, de la li-
be ad, de la paz, ambién. Toca, pues, á los seño es
e dugos una espe able a apa e de la inicia i a abo-
licionis a, según el pensa del humo is a aludido.
Los que oman pa ido po la causa de los e du-
gos, mejo que po la o a, se di án: los gobe nan es,
minis os, magis ados
y
al os
y
bajos digna a ios han
hecho siemp e cuan o han podido po ins ui á la
plebe, con la palab a
y
con el ejemplo; po mejo a su
condición, po dulci ica sus cos umb es, po incul-
ca les una mo al supe io , hábi os de sob iedad, de
decencia, de espe o al de echo, al hono
y
á la ida
ajena; y si á pesa de odo, esos o agidos impeni en-
es no se some en á an dulce disciplina, jus o es que
se les haga sen i odo el igo de la ley. Su espon-
sabilidad es plena, ¿quién puede nega lo?
La pena de mue e.