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El patrimonio rústico de los jesuitas en España. Una aproximación

López Martínez, Antonio Luis

Abstract

A pesar de su tardía configuración, la Compañía de Jesús logró reunir un importante patrimonio rústico en España que destacó más por su calidad que por su superficie. En la formación de dicho dominio las compras jugaron un papel muy importante, a diferencia de otras órdenes religiosas, en las que predominaron las donaciones. La explotación de este dominio rural, en él que predominó la gestión directa, estaba orientada, sobre todo, a la comercialización de la producción y menos al consumo de las comunidades regulares. Por tanto, en dicha gestión primarion criterios de rentabilidad económica. Por último, tras su expulsión de España en 1767, las propiedades de los jesuitas fueron incautadas por el estado y posteriormente vendidas en subasta en un proceso que anticipa las desamortizaciones eclesiásticas del siglo XIX.

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EL PATRIMONIO RÚSTICO DE LOS JESUITAS EN ESPAÑA. UNA APROXIMACIÓN1. Antonio Luis LÓPEZ MARTÍNEZ Universidad de Sevilla INTRODUCCIÓN En la España del Antiguo Régimen no se llegaron a formar grandes empresas agrarias. Ello se debió, en primer lugar, al predominio de la pequeña explotación familiar, en segundo lugar a la escasa comercialización de la producción como consecuencia del elevado grado de autoconsumo y, por último, a la escasa inversión de los cultivadores que hacía que la mayoría de las explotaciones estuviesen prácticamente descapitalizadas. Las grandes haciendas agrarias no estaban dirigidas con fines meramente económicos y la extracción de sus ingresos se hacía más en base a criterios coactivo-legales que económicos. La adquisición de tierras por parte de los grandes propietarios no buscaba la creación de unidades óptimas de producción sino incrementar sus rentas. De ahí la importancia que tiene el estudio de la formación y gestión del patrimonio rústico de la Compañía de Jesús, en la que los rasgos capitalistas, en orden a maximizar los beneficios, son perceptibles. Los jesuitas crearon grandes explotaciones agrarias, que equiparon de ganado y aperos, realizaron importantes inversiones en edificios auxiliares de la explotación -molino, graneros, bodegas...- y, por ultimo, orientaron su producción a la comercialización y no al consumo propio de las casas de la orden. Esto, además, se observa en casi todas las zonas geográficas en las que se instalaron, sobre todo en las proximidades de Madrid y en Andalucía Occidental. Aunque los jesuitas accedieron tardíamente al mercado de la tierra, ello no les impidió hacerse con un importante patrimonio rústico, en él que, como veremos, primaron los criterios de calidad más que el volumen de tierras, sin que éste pueda considerarse desdeñable, aunque queden muy lejos de las dimensiones que alcanzaron sus haciendas americanas2. Con la documentación conservada en los archivos nacionales3 no es posible 1 Publicado en Hispania (1999), LIX/3, nº. 203, pp. 925-954 2 Según Tovar Pinzón, las 45 haciendas más importantes que tenían los jesuitas en México ocupaban 1.100.874 hectáreas, si bien es cierto la mayor disponibilidad de tierra en América y que buena parte de estas haciendas se destinaban a la cría del ganado. TOVAR PINZÓN, H.: “Elementos constitutivos de la empresa agraria jesuita en la segunda mitad del siglo XVIII en México” en Haciendas, latifundios y plantaciones en América Latina, Siglo XXI, México, 1978, pág. 141. 3 El mayor volumen documental sobre las temporalidades de los jesuitas se encuentra en el Archivo Histórico Nacional (GUGLIERI NAVARRO, A.: Documentos de la Compañía de Jesús en el Archivo Histórico Nacional, 1 llevar a cabo una reconstrucción del patrimonio económico de los jesuitas en España. Por lo tanto, sólo se puede intentar, en algunos casos, una reconstrucción regional de dichos bienes y, en otros, sólo local. EL PATRIMONIO RÚSTICO DE LOS JESUITAS EN ESPAÑA Las propiedades rústicas de los jesuitas en el Reino de Sevilla4 constituyen un ejemplo muy significativo de la importancia que tuvieron en España5. Hemos podido reconstruirlas gracias a los pregones de venta de dichos bienes tras su expulsión6 y a los datos del Catastro de Ensenada7 de todo lo cual resulta el patrimonio que figura en el cuadro nº 1, así como su distribución geográfica. Cuadro 1. Distribución geográfica de las propiedades rústicas de los Jesuitas en el Reino de Sevilla, 1752. Comarcas Cereal Olivar Viña Huerta Dehesa Pinar Total Sevilla 1.533,12 729,67 40,50 15,75 624,25 2,47 2.945,76 Utrera 3.023,07 128,25 12,60 6,75 - 3,85 3.174,52 Écija 430,65 125,10 8,55 7,20 17,32 - 588,82 Carmona 335,50 232,20 15,52 4,05 - 8,25 595,52 Morón 702,55 77,40 9,90 - 10,45 - 800.30 Marchena 141,90 75,15 6,30 6,30 - - 229,65 Osuna 320,55 230,40 7,20 0,90 248,60 - 807,65 Madrid, Editorial Razón y Fe S.A., 1967), si bien las lagunas existentes en dicha documentación impiden una reconstrucción del patrimonio de la Compañía de Jesús para todo España. En segundo lugar, en el Archivo General de Simancas, figuran los ingresos en el Real Tesoro procedentes de las ventas de los bienes de los jesuitas, estos, aunque permiten conocer el valor de los mismos (YUN CASALILLA, B.: “La venta de los Bienes de las Temporalidades de la Compañía de Jesús. Una visión general y el caso de Valladolid (1767-1808)” en Desamortización y Hacienda Pública. Jornadas celebradas en 1982, Ministerio de Agricultura-Instituto de Estudios Fiscales, Madrid, 1986, t. I, págs. 293-316.), tampoco posibilitan el conocimiento sobre la totalidad del patrimonio o su estructura. 4 El Reino de Sevilla constituía una demarcación administrativa española en el Antiguo Régimen que estaba integrada por la totalidad de las actuales provincias de Sevilla, Cádiz y Huelva, más la parte occidental de la de Málaga (Antequera y Archidona) y la meridional de Badajoz (Fregenal), con una superficie de más de 35.000 Km2. 5 En el reino de Sevilla existían 18 colegios de la Compañía de Jesús, cuyas propiedades según las tasaciones contenidas en los pregones tenían un valor de 30.347.460 reales deducidas las cargas en contra (sólo las casas del colegio de Cádiz valían 8 millones de reales). Según nuestros cálculos, vid. supra, las propiedades de los colegios de la ciudad de Sevilla, cuya tasación equivale al 30% del total, se revalorizaron en un 20,36%. Aplicando esta tasa de revalorización al conjunto de las propiedades de los jesuitas en el reino de Sevilla significa que estas se habrían rematado en 36.526.203 reales lo que equivale al 32,34% del importe total de las ventas de las propiedades de los jesuitas en toda España, según la valoración de los mismos efectuada por YUN CASALILLA, op. cit., pág. 85). 6 Archivo Municipal de Sevilla (AMS), Papeles del conde del Águila, libro 12, legajo 3. 7 Archivo Catedral de Sevilla (ACS), Mesa Capitular, libro 1.174(94). 2 Comarcas Cereal Olivar Viña Huerta Dehesa Pinar Total Jerez Fra. 502,97 98,32 26,55 5,40 - 54,45 687,69 Arcos 162,25 164,92 5,62 0,67 12,10 5,22 350,78 Trigueros 436,15 31,50 3,60 1,80 - - 473.05 Constantina 14,57 33,07 3,39 2,25 - - 53,28 TOTAL 7.602,65 1.962,00 162,22 50,85 913,00 73,97 10.764,69 Superficie en hectáreas Fuente: Catastro de Ensenada Varias son las consecuencias que se pueden desprender del cuadro anterior sobre las características del patrimonio rústico de los jesuitas en el Reino de Sevilla. En primer lugar, la superficie poseída por los colegios de la orden, próxima a las 11.000 hectáreas, en la que destaca sobre todo, su calidad, ya que sólo el 10% corresponden a superficies no cultivadas. En segundo lugar, la situación de las propiedades rústicas de los colegios, siempre próximas a los grandes mercados urbanos, buscando beneficiarse de la renta situacional. Por último, respecto a los aprovechamientos llama la atención el papel de algunos cultivos muy comercializables, como es, en este caso, el olivar que ocupa el 15% de la superficie perteneciente a los jesuitas (Gráfico 1). Gráfico 1 En las proximidades de Madrid, la demanda de la gran ciudad condicionó la composición del patrimonio agrario de los jesuitas que lo orientaron al abastecimiento de dicha demanda. El aprovechamiento más importante de los colegios jesuitas situados en 3 Madrid o sus alrededores8 fue la viña, sólo las propiedades de este cultivo de tres colegios de la zona alcanzaban las 225 hectáreas, superficie muy considerable dado la elevada rentabilidad territorial de este aprovechamiento. También tenían tierra calma, unas 500 hectáreas, pero subordinadas, como más adelante veremos a la explotación de los viñedos. En el valle del Duero la mayor extensión de las propiedades de los jesuitas se situaba en las zonas del monocultivo cerealístico. En 6 heredades de pan llevar, propiedad del colegio de Segovia, hay unas 530 hectáreas de superficie dedicadas al cereal9, también las propiedades del colegio de Valladolid se agrupan en la parte meridional de la Tierra de Campos, comarca cerealística10. Menos importantes, por su superficie, serían los viñedos, aunque de gran interés dada su elevada rentabilidad. El colegio de Segovia tenía 120 hectáreas de este cultivo, también el colegio de Valladolid tenía viñas situadas cerca de la ciudad, donde a la calidad de la tierra se unía la renta situacional. En Navarra11, el colegio de Pamplona había adquirido sus propiedades de cereal en Tafalla, Barañaín y Noaín, donde poseía cinco haciendas con 176 hectáreas de pan llevar, mientras que las principales viñas se situarían en el mismo término de Pamplona y Tafalla y ocupaban 46 hectáreas. En Aragón, el colegio de Calatayud12 poseía 150 hectáreas de cereales en pequeñas propiedades muy dispersas, que debían de ser cultivadas en arrendamiento, también tenía 22 hectáreas de viña y pequeñas extensiones de olivar, 2,1 hectáreas y huerta, 2,7 hectáreas. En otras zonas los jesuitas se orientaron hacia las tierras de regadío. Como ejemplos de dominios jesuíticos orientados al regadío podemos tomar el colegio de Huete (Cuenca)13, enclavado en una tradicional zona de regadío, que había adquirido un pequeño demonio territorial pero de gran interés económico gracias al riego. Una heredad adquirida en 1587 se había ido incrementando con adquisiciones en los alrededores hasta constituir una rica hacienda de regadío, cultivada por los propios regulares, que llegan, incluso, a comprar algunas parcelas para asegurar y mejorar el riego de la heredad. En Alicante el colegio de los jesuitas tenía tierras de riego, 44,64 hectáreas en la huerta alicantina, y 45,12 hectáreas de 8 La documentación de las casas jesuitas que hemos analizado es: Libro Becerro del colegio de Alcalá de Henares (Archivo Histórico Nacional (AHN), clero-jesuitas, libro 378), Títulos de las tierras del colegio Imperial de Madrid en Arganda (AHN, clero-jesuitas, libro 52) y Libro becerro de la hacienda que la Provincia de Toledo tiene en Valdemoro (AHN, clero-jesuitas, libro 75). 9 AHN, clero-jesuitas, libro 537, Libro de propiedades, rentas y derechos de este Colegio de la Compañía de Jesús de Segovia (...) Años 1578-1760. 10 YUN CASALILLA, op. cit., pág. 85. 11 AHN, clero-jesuitas, libro 209, Libro becerro del colegio de Pamplona 12 AHN, clero-jesuitas, libro 587, Libro de bienes raíces y cabreo general del colegio de Calatayud. 13 AHN, clero-jesuitas, libro 29, Libro 1º becerro del colegio de Huete. 4 secano, citándose también la propiedad de infraestructuras de riego, como son norias y balsas, ademas de derechos de riego y 5 hilos de agua14. En definitiva, en Andalucía Occidental el patrimonio rústico de los jesuitas estaba constituido por grandes propiedades cerealísticas -cortijosy olivareras -haciendas-, en las proximidades de Madrid predominaba la mediana propiedad dedicada a la viña, en el Levante -Alicantelas propiedades de la orden eran, sobre todo, huertas de regadío y en el norte de la Península -Segovia, Valladolid, Calatayud y Pamplonatenían medianas y pequeñas propiedades de cereal y viña. Aunque han quedado fuera de la muestra algunas regiones peninsulares -Cataluña, Cantábrico, Murcia, Extremadura y Andalucía Orientalcreo que ésta es representativa de lo que era el dominio rústico de los jesuitas españoles en el momento de su expulsión en 1767. FORMACIÓN DEL DOMINIO RÚSTICO DE LOS JESUITAS EN ESPAÑA La tardanza de los jesuitas en constituir su patrimonio rústico les va a llevar a encontrarse con un mercado de la tierra muy limitado como consecuencia de la extensión de las diferentes modalidades de vinculación existentes en el país15. De ahí que dicho proceso de formación presente una serie de peculiaridades que lo singularizan de los procesos formativos del resto de las órdenes religiosas. El primer rasgo singular es el menor papel jugado por las donaciones, ya que la mayor parte de los potenciales donantes, la nobleza, protagonista en la fundación de muchas de las instituciones regulares españolas, tenían sus bienes raíces vinculados por lo que en el caso de que aparezcan como fundadores de casas y colegios de jesuitas los dotan con rentas en metálico y en especie situadas sobre sus dominios nobiliarios o en títulos de deuda pública. Las donaciones en tierra que reciben los jesuitas, que en ocasiones son considerables, proceden de la burguesía mercantil o financiera, que jugó un papel destacado en la historia de la Compañía de Jesús. A este respecto hay que destacar el papel jugado por dos importantes miembros de la oligarquía sevillana, Marcos Antonio Alfaro16, jurado de Sevilla, fundó en 1612 un patronato en el colegio de S. Hermenegildo que 14 ALBEROLA ROMA, A. y GIMÉNEZ LÓPEZ, E.: “Las temporalidades de la Compañía de Jesús en Alicante. (Siglos XVII-XVIII)”, Anales de Historia Moderna, 1976, pp. 167-209 15 GARCÍA SANZ, Ángel (“Agricultura y ganadería” en ARTOLA, M., Dir.: Enciclopedia de Historia de España. I. Economía y Sociedad, Alianza Editorial, Madrid, 1988, pág. 42) estima que las propiedades amortizadas de la nobleza e Iglesia suponían el 60% de la superficie productiva de los territorios de la Corona de Castilla. 16 Marco Antonio Alfaro fue miembro de una dinastía de notarios sevillanos y él, en concreto, estuvo muy vinculado con los banqueros sevillanos de las últimas décadas del siglo XVI, lo que le dio una posición privilegiada a la hora de hacer grandes negocios como lo prueba el gran patrimonio rústico que logró reunir. 5 dotó con el cortijo Algarbejo en Alcalá de Guadaíra con 1.162 hectáreas, que había comprado el año anterior y la hacienda de S. Javier de los Ángeles también en Alcalá de Guadaira con 100 hectáreas de olivar17. Por su parte, Juan Arguijo, regidor veinticuatro de Sevilla y conocido humanista de la ciudad, también estrechamente relacionado con los círculos financieros sevillanos fundó en 1609 el colegio de jesuitas de Cádiz al que dotó con los cortijos Roncesvalles en Utrera con 482 hectáreas y El Izquierdo en Lebrija con 125 hectáreas18. La fuerte vinculación existente entre los jesuitas y el mundo de la banca sevillana se ratifica en la fundación de una capilla el Colegio de S. Gregorio o de los Ingleses de esta ciudad por el famoso banquero Juan Castellanos de Espinosa. También los jesuitas recibieron donaciones de miembros importantes del alto clero secular. En 1620 D. Gonzalo de Campo, arcediano de la Catedral de Sevilla fundó el colegio de los Becas dotándolo entre otros bienes con el cortijo de La Nava de los Ballesteros de 250 hectáreas en Utrera19. En 1675 el presbítero de Arcos, D. Diego Virués Gamarra, funda cuatro cátedras de Filosofía en el colegio de dicha localidad dotándolas con 73 hectáreas de tierra de sembradura, 20 hectáreas de olivar, un molino de aceite y una importante cabaña ganadera compuesta entre otros por 400 cabezas de ganado vacuno20. También, el colegio de Pontevedra recibió en donación de un cura y beneficiado la granja de Arieiro en la feligresía de Lorizan con casa, sótano, sobrado, bodega y lagares, cerrada con muro de piedra, viñas que producen 50 moios de vino anuales y con dos heredades contiguas con árboles frutales y dos dehesas de robles21. Por último, otra modalidad de donación de propiedades rústicas para la Compañía de Jesús lo constituyó la legítima correspondiente a religiosos de la misma. Dada la elevada categoría social de la que solían proceder los miembros de la orden, esta se benefició de los bienes que estos heredaban de sus familias. De la práctica y posible abuso que se seguiría en la utilización de los bienes pertenecientes a los religiosos por parte de la orden dan fe una serie de peticiones formuladas al monarca por las Cortes de Castilla. Así, la petición 5 de las Cortes de Madrid de 1602 trata de evitar los abusos cometidos induciendo a entrar en los conventos a los jóvenes ricos. Específicamente referidas a los jesuitas son las peticiones 51 17 MATA OLMO, R.: Pequeña y gran propiedad agraria en la depresión del Guadalquivir. Aportación al estudio de la génesis y desarrollo de una estructura de propiedad agraria desigual, t. I, Madrid, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Secretaría General Técnica, 1987. 18 AHN, clero-jesuitas, legajo 134-4. 19 APNSE, oficio 16, año 1819, v. 2º, ff. 1194 y ss. 20 AHN, clero-jesuitas, libro 661, Libro de Cargas y censos del colegio de Arcos 21 AHN, clero-jesuitas, libro 684, Libro becerro del colegio de Pontevedra. 6 de las Cortes de Madrid de 1583 y la 44 de las de 1586 en las que se solicita al Monarca que pida licencia al Papa para que se ponga límite al plazo transcurrido entre la entrada en el convento y la toma de profesión, ya que “...algunos mayorazgos suelen entrar en religión y por no poder los monasterios gozar de sus rentas sino por el tiempo de su aprobación, dilatan el dar profesión; lo cual es en daño, no solo de las mismas personas que las han de hazer, mas de sus sucesores, por no poder entranto el estado que les conviene ni servir a V.M. como son obligados”. De este modo, entre otros muchas propiedades, fueron adquiridos por la orden en 1699 la parte inicial de la hacienda de Valdemoro, legítima de un religioso de la Compañía de Jesús, constituida por 10 hectáreas de viñedo, 3,5 hectáreas de tierras de sembradura y 70 pies de olivos22 o las granjas de Outeiro y Pinzas del colegio de Pontevedra, con casas, lagares, bodegas y viñas, cerradas y cercadas tal como las describe el libro becerro del colegio. Aunque en la adquisición de sus propiedades los colegios jesuitas emplearon todos los procedimientos a su alcance -donaciones, herencias de religiosos, trueques...- hay que situar como más destacado el papel jugado por las compras, lo que constituye otro rasgo singular y, a diferencia de otras órdenes, les dio a los jesuitas el papel de protagonistas en la configuración de su patrimonio rústico. Mata Olmo ha destacado la importancia de las donaciones en metálico en las fundaciones de los colegios de la campiña cordobesa y sevillana, lo que les permitió disponer de dinero para invertir en la adquisición de inmuebles, mientras que las donaciones de tierras contribuyeron escasamente en la expansión del patrimonio rústico de los colegios23. En toda España se repite la importancia de las compras en la adquisición del patrimonio rústico de los jesuitas. El colegio de Pamplona adquiere por compra el 80% de su superficie, el colegio de Segovia el 88%, el colegio de Calatayud el 76%, las heredades de viñas en Valdemoro y Arganda de los colegios madrileños son adquiridas casi en su totalidad mediante compras. La compra de tierras por los jesuitas no responde a un mero afán acaparador de los colegios para obtener rentas, sino por el contrario, las compras están motivadas por configurar explotaciones aptas por su tamaño, aprovechamientos o situación para su 22 MAS, R. y BRUMONT, F.: “L’exploitation des Jésuites à Valdemoro (1699-1766)”, en L’exploitation des grands domaines dans l’Espagne d’Ancien Régime, Publicaciones de la Casa de Velázquez, Madrid, 1985, pp. 161-176. 23 Op. cit., págs. 161-166. 7 explotación directa y no para el autoconsumo, sino para la comercialización de su producción. De los numerosos casos de adquisiciones de tierras llevados a cabo por los jesuitas españoles, vamos a estudiar una serie de casos que ilustran la vocación labradora de la orden, así como su clara orientación al mercado. En la adquisición de las propiedades rústicas por parte de los colegios jesuitas de Sevilla, como no podía ser menos, predominaron las compras, 101 operaciones de compraventa les permitieron adquirir más de 3.000 has de tierra desde 1573, en que está documentada la primera adquisición hasta prácticamente el momento de su expulsión24. Entre las modalidades de compras de los jesuitas sevillanos hay que hacer especial mención de las efectuadas mediante subastas públicas de bienes, generalmente tras la quiebra del anterior propietario, procedimiento llevado a cabo en 15 ocasiones y que les sirvió para adquirir más de 1.500 has. En una época en que la mayor parte de las tierras se encontraban vinculadas la participación en subastas públicas era, para quien disponía de dinero en efectivo, el mejor procedimiento de conseguir hacerse con un patrimonio rústico. Por otra parte, en una ciudad como Sevilla con un acusado perfil mercantil y financiero las quiebras debieron ser numerosas, lo que hacía salir al mercado propiedades rústicas con cierta frecuencia. Los jesuitas tuvieron una activa participación en la adquisición de tierras baldías en el valle del Guadalquivir durante los siglos XVII y XVIII. Un ejemplo destacado de esta actividad fue la adquisición a Su Majestad en 1585 por parte del colegio de Córdoba de unas 750 hectáreas de tierras en los realengos de Ballesteros, que rápidamente serían desmontadas, con una gran inversión por parte de los regulares y dedicadas, una parte, a la siembra de cereales y, otra, plantada de olivares y viña25. Adquisiciones similares realizaron los jesuitas en La Rinconada -171 has en 1705y Osuna -90 has en 173926. Pero no sólo compraron baldíos, sino que también existen varios testimonios de usurpación de baldíos por parte de los jesuitas, caso del cortijo de S. Agustín, propiedad del colegio S. Hermenegildo de Sevilla, contra el que presentó una denuncia en 1727 el Ayuntamiento de la villa de Burguillos por usurpación de más de 550 has de tierras baldías de su propiedad27. Especial interés en el proceso de formación de su patrimonio rústico por parte de los 24 LÓPEZ MARTÍNEZ, Antonio Luis: La economía de las órdenes religiosas en el Antiguo Régimen. Sus propiedades y rentas en el reino de Sevilla, Diputación Provincial de Sevilla, 1992, págs. 161-166. 25 VÁZQUEZ LESMES, Rafael: La Ilustración y el proceso colonizador en la campiña cordobesa, Córdoba, 1979. 26 MATA OLMO, R., op.cit., pág. 170. 27 Los pormenores de este incidente se recogen en la escritura de venta de este cortijo en Archivo de Protocolos Notariales de Sevilla (APNSE), oficio 16, año 1819, vol 2., fs. 683 y ss. 8 jesuitas lo constituyen las adquisiciones de viñedos en las proximidades de Madrid. Motivados por la importante demanda urbana madrileña los jesuitas de esta ciudad dedicaron buena parte de su dinero a la adquisición de viñas en la parte sur de la ciudad para la posterior venta de vino en la capital. Hemos consultado los libros becerros de tres entidades de la Compañía de Jesús en Madrid, el colegio Imperial que adquirió viñedos en Arganda28, el colegio de Alcalá de Henares que adquirió sus viñedos en la misma localidad29 y, por último, la Provincia Toledo de la Compañía de Jesús que adquirió una heredad de viñas en Valdemoro30. En dichas adquisiciones predominaron de manera abrumadora las compras en los casos de Arganda y Valdemoro y mucho menos en Alcalá de Henares. Gráfico 2 Del gráfico 2 parece desprenderse una clara vinculación entre el ritmo de adquisiciones de vides y la evolución del mercado madrileño que vendría indicado por la evolución de la población. Esta habría experimentado un fuerte crecimiento hasta 1630, período que se habría caracterizado por una importante actividad compradora de los jesuitas. Entre 1630 y 1680 la población madrileña habría experimentado un estancamiento, que podría, incluso, haber correspondido con pérdida de efectivos, lo que se correspondería con la fuerte caída en las compras de cepas por los jesuitas y, por último, la recuperación 28 AHN, clero-jesuitas, libro 52. 29 AHN, clero-jesuitas, libro 378. 30 AHN, clero-jesuitas, libro 75. 9 elevada rentabilidad que según A.M. Bernal tenían este tipo de explotaciones47. Esta orientación olivarera se pone de manifiesto en primer lugar en la adquisición de olivares. Como caso representativo, el colegio de Arcos que fue dotado fundacionalmente en 1659 con una hacienda de olivar en Jain, que posteriormente incrementaría, especialmente mediante compras hasta llegar a los 20.000 pies de olivos, que de acuerdo con la práctica de la zona -60 pies de olivo por aranzadasuponían 144,4 hectáreas. También, los jesuitas de Jerez de la Frontera ampliaron la superficie dedicada a este cultivo: -1706 20 hectáreas -1752 44,5 hectáreas -1767 50 hectáreas48 El interés de los jesuitas por el olivar se aprecia, también en las inversiones efectuadas en este cultivo y que revistieron una doble modalidad: la plantación de estacas sobre tierras roturadas al efecto, como ocurrió en el caso de la hacienda de la Guijarrosa en la provincia de Córdoba, comprada como “tierras montuosas, de monte bravo y espeso” y después desmontadas y plantadas de olivar “con mucho gasto y trabajo”49. En este mismo sentido hay que destacar la continua replantación de estacas para reemplazar los olivares poco productivos. En 1692 el colegio de Arcos desmontó unas 30 hectáreas de tierra montuosa y plantó 2.100 estacas de olivo y en 1694 arrancó más de 1.000 pies de olivo infructíferos y plantó cerca de 7.000 estacas50. La tercera modalidad lo constituyó la inversión en capital fijo residencial, lo jesuitas dotaron todas sus plantaciones de olivar de molinos de aceite y almacenes, que en ocasiones supusieron importantes inversiones de dinero. La esmerada labor que dan los jesuitas sus olivares se traduce en unos buenos rendimientos de los mismos, que en la Guijarrosa fueron de 2 Hl/Ha51 y en el olivar de Espartinas en Jerez de la Frontera de 2,5 Hl/Ha52. Gran interés van a tener la explotaciones vitivinícolas de los jesuitas. Las viñas se localizan, sobre todo, cerca de los grandes centros de consumo, destacando las ciudades de 47 BERNAL, A.M.: Economía e historia de los latifundios, Madrid, Instituto de España, Espasa-Calpe, 1988, págs. 175-178. 48 LÓPEZ MARTÍNEZ, A.L.: Economía de las órdenes religiosas..., pág. 290. 49 MATA OLMO, R., op. cit., pág. 170. 50 AHN, clero-jesuitas, libro 662. 51 PONSOT, P.: “Les comptes d’une hacienda oléicole andalouse au XVIIIe siècle: La Guijarrosa” en L’exploitation des grands domaines dans l’Espagne d’Ancien Régime, Madrid, Publicaciones de la Casa de Velázquez, pág. 180. 52 LÓPEZ MARTÍNEZ, A.L., op. cit., pág. 298. 16 Madrid y Cádiz. Sólo tres instituciones jesuitas -colegios Imperial y de Alcalá de Henares y provincia de Toledollegaron a adquirir en Madrid 266.710 vides que equivalen a unas 225 hectáreas de viñedos. Mientras que en las inmediaciones de Cádiz los jesuitas tenían más de 40 hectáreas plantadas de viñas correspondientes a los colegios de Cádiz53 y Jerez de la Frontera54. En ambos casos el vino producido estaba destinado a la comercialización en las ciudades mencionadas, en las que se vendía a granel en tabernas propiedad de los mismos jesuitas. Como ejemplo de explotación vinícola de los jesuitas vamos a analizar la hacienda en Valdemoro. La propiedad heredada por los jesuitas de un miembro de la orden estaba constituida por 10,5 hectáreas de viña y 3,5 hectáreas de sembradura, que se incrementarán por compras hasta alcanzar 69 hectáreas de viña y 110 hectáreas de sembradura55. La finalidad principal de esta explotación es la producción de vino para su posterior comercialización en Madrid, para lo cual subordinaban el resto de los aprovechamientos. Así las tierras de sembradura se destinaban al cultivo de trigo y cebada, el primero serviría para alimentar a los trabajadores de la hacienda56, mientras que la cebada se empleaba para alimentar al ganado de labor57. Similar era el caso del ganado de lanar existente en la explotación, que se destinaba al alimento de los trabajadores y el resto se comercializaba. En la gestión de esta hacienda es donde más se pone de manifiesto el espíritu empresarial que aplicaron los jesuitas a la explotación de sus propiedades. Aquí se integran todas las fases de la producción y comercialización del vino. La cosecha de vino se transforma en los lagares y bodegas de la hacienda, son lo mismos jesuitas los que se encargan de transportarla a Madrid y, finalmente, son ellos mismos los que lo comercializan y no al por mayor sino a granel en la taberna que al respecto tienen en Madrid. La gestión, sin embargo, no termina aquí, sino que dada la elevada demanda de vino del mercado madrileño, la hacienda compra vino y uva para molerla a los campesinos de la zona para proceder, posteriormente, a su comercialización (gráfico 4). Aplicando criterios empresariales estrictos los jesuitas, con el objetivo de maximizar sus beneficios, optimizaron su capacidad de 53 AHN, clero-jesuitas, libro 606, Libro de hacienda del colegio de Cádiz. 54 AMJF, clero 74-12, Certificación relativa del inventario de granos, ganados, pertrechos de labor, aves, aceite, vino, colmenas y número de aranzadas de viña, olivar y tierras correspondientes al Colegio de Regulares de la Compañía de esta ciudad, 1767. 55 MAS y BRUMONT, op. cit., pág. 161. 56 En 1763 trabajaban en esta hacienda, 9 mozos, 7 empleados domésticos y 8 hombres cuidando el ganado como empleados fijos y hasta 1.500 jornales al año para trabajadores eventuales en las épocas de recolección (MAS y BRUMONT, op. cit., pág. 162) 57 Hasta 14 pares de mulas en 1763 y un número jumentos sin identificar (ibid., pág. 162). 17 transformación de la uva, así como la utilización de los canales de distribución que ellos habían creado para la venta de su propia cosecha. Del gráfico 4 se desprende que existen dos fases en la comercialización del vino por los jesuitas. Hasta la década de 1730 el volumen de vino vendido tuvo una tendencia claramente ascendente pasando de una media de unos 630 Hl/año en la primera década del siglo a 1.270 Hl/año en la década de 173058. Durante la primera fase el papel protagonista lo tuvieron las compras de vino y uvas a particulares que superaron la propia cosecha, llegando a duplicarla durante la década de 1730. A partir de este momento las ventas de vino por los jesuitas registran un claro retroceso, hasta llegar a los años inmediatos a la expulsión en que sólo se venden unos 375 Hl/año que equivalen al 30% de la cantidad vendida en la década de 1730. Esta disminución de las ventas fue, sin embargo, seguida de un incremento de la cosecha propia y, lógicamente, un decremento del vino y uva comprados, que antes de la expulsión sólo equivalían a algo más del comprado en la década de 1730. Mas y Brumont59 estiman que la reducción de las compras de vino por los jesuitas hay que atribuirlas a la subida de los precios que llegarían a 70 reales el hectolitro de vino comprado, mientras que el coste del obtenido en la propia cosecha resultaría de 53 reales, lo que justificaría la reducción de las compras y por el contrario el incremento de la producción propia, aunque ello fuese en detrimento de la cantidad de vino vendida. Gráfico 4 58 En el año 1736 las ventas en la taberna fueron de 1.600 Hl/año lo que significa 438 litros diarios. 59 MAS y BRUMONT, op. cit., págs. 167-168. 18 0 5 1 0 1 5 2 0 C o s e c h a c o m p ra ve n ta 17 0 0 17 10 17 2 0 17 3 0 17 4 0 17 5 0 17 6 0 P ro d u c c iF n , c o m p ra y v e n ta d e v in o H a c ie n d a d e V a ld e m o ro 17 0 0 - 17 6 5 (m e d ia s a nua le s) M ile s d e a rro ba s Libro m ayor de la hacienda Otro aspecto interesante de la explotación de la hacienda de Valdemoro es el de su complejidad. La producción de vino implicaba la utilización de mano de obra, 24 trabajadores fijos y 1.500 peonadas dadas a trabajadores eventuales durante la época de la recolección, y ganado de labor, 14 yuntas de mulas, que implicaban la necesidad de disponer de especies alimenticias para su retribución y mantenimiento. Los jesuitas internalizaron dicho abastecimiento, configurando de este modo una explotación plenamente integrada. Para el trigo necesario para el alimento de los trabajadores de la hacienda y para la cebada de los animales de labor adquirieron mediante compra más de 100 has de tierra. También contaron con una cabaña de ganado lanar que proporcionaba animales para el alimento de los empleados domésticos. En la explotación de cereal predomina la producción de cebada que entre 1736 y 1765 fue de 719 Qm/año, de la que se vendió una media del 14%, si bien en alguna ocasión hubo que comprar pequeñas cantidades, mientras que la producción de trigo entre dichas fechas fue más reducida y se limitó a 235 Qm/año, si bien se comercializó el 21% de la producción, destinando el resto de ambos productos al consumo interno -salarios, semilla y diezmos. También el ganado lanar, con una producción media de 331 crías al año entre 1724 y 1765, estaba destinado, principalmente, al consumo de la hacienda. En estos años se consumieron 10.852 cabezas ovinas -incluidas las muertas y perdidas-, casi dos tercios de las cabezas consumidas corresponden a ovejas, mientras que los carneros son únicamente un tercio. La parte que sobraba del gasto de la hacienda se comercializaba, pero mientras que sólo se vendieron 807 ovejas durante este período, los carneros vendidos fueron 5.279. Ello nos indica que las ovejas se destinaban a la reproducción sacrificándolas al cabo de cierta edad para alimento de los trabajadores de la explotación, mientras que los carneros mucho más cotizados en el mercado se destinaban, sobre todo, a la comercialización. No sólo fue la hacienda de Valdemoro la que producía vino con destino a la comercialización en tabernas propias, como ya hemos dicho hemos encontrado otras referencias. En el mismo Madrid, el colegio Imperial tenía taberna propia donde vendía los vinos producidos en sus viñedos de Arganda y Torrejón. Entre 1731 y 1741 envió a Madrid 15.619 Hl de vino, que representan una media de 1.420 Hl/año60. Más modestamente, la taberna del colegio de Cádiz, abierta en 1752, vendió entre dicha fecha y la expulsión de los 60 AHN, clero-jesuitas, libro 96. 19 jesuitas 1451 Hl, que equivalen a 97 Hl/año61. Aunque no tenemos datos cuantitativos del volumen de ventas, también tenemos referencias de tabernas propiedad de los jesuitas en Sevilla y Jerez de la Frontera62. Aunque la mayor parte de las propiedades de los jesuitas, como hemos visto, se explotaban directamente, una parte considerable de aquellas se cedían temporalmente para su cultivo mediante contratos que variaban según las prácticas consuetudinarias de cada región. Las motivaciones de estas cesiones difieren según los casos y hemos escogido tres ejemplos con el fin de ilustrar por qué los jesuitas, en estas ocasiones no optaron por la gestión directa.. En el caso andaluz, los jesuitas explotaron directamente tanto los cereales, como los olivares y el viñedo, sin embargo, existen ejemplos de fincas en las que prefirieron la cesión en arrendamiento. Nos referimos a los cortijos, ya mencionados, Roncesvalles y El Izquierdo, propiedad del colegio de Cádiz, en este caso, a pesar de estar situados en una zona de gran fertilidad, las tierras negras de la baja campiña del Guadalquivir y tratarse de cortijos con licencia de cerramiento pagada por los mismos jesuitas, nunca se explotaron directamente, sino que se arrendaron de manera temporal y renta en dinero desde su adquisición. Posiblemente, la distancia al colegio, que podía oscilar entre 60 y 80 Km y las condiciones de su adquisición, al tratarse de bienes de fundación que no podían enajenarse ni permutarse por otras propiedades más próximas al colegio, impusieron esta modalidad de explotación directa. En el caso de Aragón, el colegio de Calatayud también cedió temporalmente la explotación sus bienes rústicos, si bien en este caso la causa estaría relacionada con la gran parcelación y dispersión de las propiedades del colegio, obtenidas muchas de ellas, según hemos visto, mediante cartas de gracia, lo que dificultaría cualquier posibilidad de llevar a cabo una gestión centralizada y directa del patrimonio. Por último, en las tierras de regadío encontramos un comportamiento desigual, mientras que el colegio de Huete llevó a cabo una explotación directa de su heredad, comprando predios próximos para mejorar su explotación y asegurar su riego, sin embargo las propiedades de la huerta alicantina no se cultivaron directamente. En esta caso, el motivo de no explotar sus tierras hay que atribuirlo a que el colegio en su fundación sólo recibió el dominio eminente de estas tierras de huerta, correspondiendo el dominio útil a miembros 61 AHN, clero-jesuitas, libro 633. 62 También en América los jesuitas tuvieron establecimientos dedicados a la venta a granel de bebidas. Celia López Camporro ha estudiado en su tesis doctoral Los jesuitas en la región de Cuyo: propiedad, comercio y sociedad, 1655-1767, ejemplar mecanografiado, págs. 317-326 el funcionamiento de la pulpería de los jesuitas del colegio de San Juan, Argentina. En la pulpería se vendía, sobre todo, aguardiente. 20 preeminentes de la burguesía local que lo arrendaban a los campesinos en forma de pequeños lotes de tierra63. Cabe finalizar este apartado sobre la gestión de las explotaciones rústicas de los jesuitas destacando su espíritu empresarial y el esmerado cultivo que dieron a sus propiedades, sin embargo hay que hacer notar que demostraron un fuerte recelo ante las innovaciones, como demuestran las instrucciones del padre Acquaviva, uno de los primeros generales de la orden: “...ni el Provincial, ni el Rector inmuten la economía de la agricultura establecida en cada tierra y en cada Provincia al modo y tiempo de arar la tierra, sembrar las sementeras, regarlas y escardarlas, podar y arpocar los árboles, con lo demás que pertenece al cultivo de las plantas, porque como la experiencia es madre de la ciencia, en cada tierra la experiencia les ha enseñado lo más conveniente para el logro de sus cosechas y así la experiencia dicta que se debe seguir la práctica común y no querer cada uno inventar nuevos modos de su cabeza”. DISOLUCIÓN DEL PATRIMONIO RÚSTICO DE LOS JESUITAS Las riquezas acumuladas por la Compañía de Jesús en los algo más de dos siglos de su existencia habían llamado la atención de buena parte de sus contemporáneos, unos para criticar tanto el modo de adquirirlas como el destino dado a las rentas producidas por dichos bienes, aprovechándose de la controvertida normativa, cuestionada por los cabildos catedralicios, que les eximía de pagar diezmos de sus propiedades64, mientras que otros elogiaban la administración que los jesuitas llevaban a cabo en sus haciendas65. Macanaz les acusaba de violentar la voluntad de los testamentarios para apropiarse de sus haciendas66. De ahí que algunos autores observen intereses económicos profundos en los motivos que guiaron su expulsión 67 No vamos a plantearnos en este análisis los motivos de la expulsión de los jesuitas 63 ALBEROLA ROMA, A. y GIMÉNEZ LÓPEZ, E.: “Las temporalidades de la Compañía de Jesús en Alicante. (Siglos XVII-XVIII)”, Anales de Historia Moderna, 1976, págs. 171-183. 64 RODRÍGUEZ DE CAMPOMANES, P.: Dictamen fiscal de expulsión de los jesuitas de España (1766-67), edición, introducción y notas de Jorge Cejudo y Teófanes Egido, Madrid, Fundación Universitaria Española, 1977, págs. 106-138. 65 JUAN, J.: Noticias secretas de América, Madrid, 1986, págs. 439-440. 66 MACANAZ, M.: Auxilios para bien gobernar una monarquía católica o Documento que dicta la experiencia y aprueba la razón para que el Monarca merezca justamente el nombre de Grande, Madrid, pág. 108. 67 Cejudo y Egido, Introducción al Dictamen fiscal... 1977, pág. 23. 21 que ya ha sido objeto de una abundante bibliografía68, lo que nos exime de tratar este punto y centrarnos exclusivamente en la enajenación del patrimonio económico de los jesuitas. El primer proyecto elaborado de ocupación de los bienes de los jesuitas procede de Macanaz, que ya en tiempos de Felipe V, aunque el libro se publique en 1789, se mostraba partidario de incorporar a la Corona los bienes raíces que sobrasen de asegurar el sustento con dignidad de los miembros de la orden. Así mismo, proponía que los bienes sobrantes fuesen vendidos y su importe aplicado a rebajar las contribuciones ordinarias de los vasallos de las localidades en los que se situaban dichos colegios69. Pero sin duda el escrito más decisivo cara a la justificación de la expulsión de los jesuitas y por lo que a nosotros nos atañe de la incautación de sus propiedades fue el Dictamen fiscal de la expulsión de los jesuitas de España de Campomanes70. Aquí el gobernante ilustrado español niega la legalidad de las propiedades de los jesuitas, ya que los reglamentos de su orden les prohíben poseer bienes. En buena parte dichos argumentos serían recogidos en la Real Cédula de 14 de agosto de 176871 y que pueden ser resumidos en los siguientes puntos: 1. Tomando como fundamento el Fuero Juzgo se afirma que todo religioso que atente contra la autoridad real será expulsado y sus bienes confiscados:“Que la gente de mal si es obispo, o cualquier Sacerdote [...] debe ser echado de la tierra toda, e el Rey puede facer de su bona todo lo que quisiere” (ley 9, tit. 2, lib. 9). 2. Las leyes prohibían a los extranjeros poseer tierras y lugares, considerándose extranjeros a los jesuitas por haber sido extrañados por traición al monarca. 3. La posesión de bienes por parte de la Compañía es ilegal, ya que fueron admitidos en el reino con unas reglas que prohibían la adquisición de bienes. Dichas leyes fueron violentadas mediante la conversión de sus casas en colegios. 4. Al estar situada la enseñanza bajo el patronato real, el Rey era el responsable de la 68 Recientemente la revista Anales de Historia Moderna, ha publicado un número monográfico bajo la dirección de E. Giménez López bajo el título “Expulsión y exilio de los jesuitas españoles” en que se puede encontrar una actualización de algunos temas relacionados con la expulsión. 69 El mismo Macanaz (op. cit., pág. 134) hace una serie de propuestas para la ocupación de los bienes de los jesuitas, que presentan una gran similitud las que finalmente adoptaron las autoridades en 1767, como son la incautación de archivos y documentos de la orden con el fin de comprobar “sus dudosos fines” y que en todos los colegios de la Compañía se entre al mismo día y a la misma hora. 70 Fue publicado en 1977 por Jorge Cejudo y Teófanes Egido, que además hicieron una introducción al mismo. 71 Toda la legislación relativa a la expulsión de los jesuitas y posteriores normativas sobre la ocupación, administración y venta de sus bienes, 13 Reales Órdenes y numerosas cartas circulares del Consejo de Castilla, fueron recogidas en tres volúmenes bajo la denominación de Colección general de las providencias hasta aquí tomadas por el Gobierno sobre el extrañamiento y ocupación de las temporalidades de los regulares de la Compañía que existían en los dominios de S.M. de España, Indias e Islas Filipinas. 22 continuación de las enseñanzas al faltar la Compañía de Jesús, por lo que pasa a disponer de sus bienes para el desempeño de dicho fin, así como el de otros fines benéficos y espirituales encomendados a la orden. 5. Los bienes de los jesuitas podían ser considerados como vacantes, lo que tanto por las disposiciones del Derecho Civil como el Real, quedaban bajo la potestad del monarca. Organismos implicados en la gestión y enajenación de las Temporalidades Desde el primer momento sería el Consejo de Castilla el organismo encargado de gestionar las temporalidades de los jesuitas expulsados. El Consejo nombró comisionados para cada colegio encargados de elaborar los inventarios de las propiedades de cada uno de aquellos, de la administración de las mismas, de la venta de los bienes perecederos, de realizar arrendamientos de inmuebles y de cobrar deudas a favor del colegio72. El 2 de mayo de 1767 se creó la Depositaría General que recibiría los caudales procedentes de la enajenación y gestión de los bienes de los jesuitas. Estaba integrada por tres altos funcionarios -Depositario, Tesorero y Contador de Intervenciónque tenían a sus órdenes una serie de funcionarios subalternos. Como organismos colaboradores en la recaudación de los caudales generados intervendrían las Tesorerías del Ejército de cada provincia y, en su defecto, los administradores de rentas públicas de las localidades más próximas a los colegios. Por Real Cédula de 27 de marzo de 1769 se crearon las Juntas Municipales que se encargarían de llevar a cabo las ventas y las Provinciales de supervisar el proceso. Las primeras estarían integradas por el comisionado de cada colegio, un representante del Ayuntamiento, otro de la jerarquía diocesana y el Síndico Personero del Común. A su vez, las Juntas Provinciales estaban constituidas por el Presidente de la Chancillería o de Audiencia, el Corregidor, un Ministro Togado, el Fiscal de lo Civil y un Eclesiástico. Por último, por Real Decreto de 1783 se creó la Dirección de Temporalidades que se encargaría del cobro y de la entrega de los capitales y rentas devengados por la administración de los bienes confiscados y también aprobaría las ventas a plazos y censos. En 1798 se decidió incorporar los bienes que aún quedaban por vender a la Real Hacienda con destino a la amortización de los Vales Reales, lo que significó la disolución de todas las juntas, sea cual fuere su rango, creadas para la gestión y venta de las temporalidades de los 72 LÓPEZ MARTÍNEZ, A. L.: “El patrimonio económico de los jesuitas en el reino de Sevilla y su liquidación en tiempos de Carlos III”, Archivo Hispalense, 1988, nº 217, págs. 41-42. 23 jesuitas. El comienzo de las ventas de los bienes raíces de los jesuitas no tuvo lugar hasta 1769, dos años después de su expulsión, ante el deterioro que estaban sufriendo dichas propiedades, especialmente en América. Quedan excluidos como posibles compradores las manos muertas, ordenándose la venta a seglares. Al mismo tiempo se ordena que las ventas se hagan por subastas al mejor postor, publicándose los pregones con los precios de tasación por todo el reino y, especialmente, en Madrid. Como pago de las fincas se admiten juros contra la Real Hacienda con cabimiento y corrientes y efectos contra la villa y corte de Madrid73. Con el fin de tranquilizar el ánimo de posibles compradores da orden a la justicia de no admitir a trámite ninguna demanda sobre la legalidad de las ventas. Aparte los aspectos regalistas e ilustrados que se observan en la legislación vamos a destacar algunos rasgos fisiócratas que se reflejan en la misma. En una circular enviada a los comisionados por el Consejo de Castilla el 27 de julio de 1767 se dice: “Uno de los objetos que con frecuencia ocupan la atención del Consejo es facilitar por todos los medios posibles el progreso de la Agricultura fomentando y arraigando a muchos vecinos y labradores útiles, que faltos de terreno propio emplean precariamente su sudor a beneficio de los dueños de los terrazgos con notable perjuicio suyo y del Estado. Para proporcionar este medio oportuno de que reine en estos dominios la abundancia, de que penden las Artes subalternas, el Comercio, la Población y en fin la felicidad pública; se ha creído que sin duda será muy conveniente dividir las haciendas, así de viña, y de olivares, como también de tierras labrantías, que poseían los regulares de la Compañía, en suertes pequeñas, e iguales, con el fin de distribuirlas precisamente a labradores no hacendados, bajo del canon, o anual tributo conveniente”. A este respecto, se dio una Real Provisión el 12 de junio de 1767 en que se dispone la distribución en suertes de tierras concejiles en Extremadura, Andalucía y la Mancha. J.F. Alcaide Aguilar ha estudiado esta práctica de la parcelación de las propiedades rústicas de los jesuitas en Marchena (Sevilla). En 1769 se va a llevar a cabo una división en lotes de dichas propiedades, aproximadamente de una hectárea de cereal y otra de olivar para hacerlas accesibles a pequeños campesinos. Así 19 hectáreas de tierra de sembradura y 46 hectáreas de 73 A petición de Dª. María Agustina Muñoz Caballero se aceptaron títulos de préstamo a los Cinco Gremios Mayores de Madrid. 24 olivar van a ser arrendadas a 52 pequeños campesino del término municipal por un período de 4 años74. Sin embargo, esta vertiente social en la gestión de los bienes expropiados va a desaparecer a la hora de las ventas en las que salvo excepciones se vendieron las fincas íntegramente, sin parcelar. Cronología de las ventas El análisis de la enajenación del patrimonio rústico de los jesuitas está sustentado sobre los datos correspondientes a los colegios de la ciudad de Sevilla75, provincia de Valladolid76, colegio de Alicante77 y Colegio de Marchena78 así como datos referidos a la venta de algunas fincas concretas. A partir de los datos de la Dirección General del Tesoro Yun Casalilla ha reconstruido la cronología de las ventas de las Temporalidades de los jesuitas españoles según el valor de los bienes vendidos, dichos datos nos han permitido elaborar el gráfico nº 5 y hacer una valoración general del proceso para todo el país. Las dos terceras partes del dinero recaudado por las ventas se ingresa en el Tesoro hasta 1774. El mayor volumen de las ventas -45,45%- tiene lugar en los años inmediatamente posteriores -1770 y 1771a la Real Cédula de 1769, que ordena la enajenación de los bienes raíces de los jesuitas. Yun Casalilla justifica esta rapidez de las ventas por coincidir las mismas con una coyuntura agrícola muy positiva, consecuencia de la liberación del comercio de granos, que motivaría una subida de la renta de la tierra79. Después las ventas irían declinando alcanzando su cota más baja a fines del siglo XVIII, donde se unirían le desfavorable coyuntura económica con que ya habían sido vendidas la mayoría y las mejores tierras de los jesuitas. 74 ALCAIDE AGUILAR, J.F.: “La expulsión de los jesuitas de Marchena. Evolución de su patrimonio a fines del siglo XVIII”, Comunicación presentada a las III Jornadas sobre Historia de Marchena. Marchena en la Modernidad (Siglos XVII-XVIII) (en prensa), 1997, págs. 9-10. 75 LÓPEZ MARTÍNEZ, A.L.: “El patrimonio económico...” 76 YUN CASALILLA, B., op. cit. 77 ALBEROLA ROMA y GIMÉNEZ LÓPEZ, op. cit. 78 ALCAIDE AGUILAR, op. cit. 79 YUN CASALILLA, op. cit., pág. 301. 25 reales. Prueba de la importancia del capital gaditano es el hecho de que en las compras de casas que el colegio de los jesuitas tenía en la ciudad efectuadas en 1770 por valor de más de 2,6 millones de reales, no hubo ninguna presencia de capital foráneo, sino como dice Yun Casalilla se debe a la inversión en bienes inmuebles de la pujante burguesía comercial gaditana105 CONCLUSIONES El estudio de las propiedades rústicas de los jesuitas tiene mucho interés ya que nos permite conocer el ciclo completo -formación, gestión y disolucióndel patrimonio agrario de una orden regular, que abarca un período de tiempo escasamente superior a los 200 años. El patrimonio rústico de la Compañía de Jesús en España no se caracteriza por sus elevadas dimensiones, otras órdenes tenían propiedades más extensas, pero sí por la calidad de sus tierras y por el completo equipamiento de sus explotaciones. Del proceso de formación hay que destacar el importante papel, que a diferencia de otras órdenes, jugaron las compras, lo que permitió configurar fincas adecuadas para que su explotación fuese provechosa. La importancia de las compras hay que atribuirlas a las destacadas donaciones que recibieron los jesuitas, fruto de sus estrechas relaciones con la burguesía urbana, entre las que se encuentran las mantenidas con algunos miembros de la banca sevillana del quinientos. De la gestión de su patrimonio rústico hay que resaltar el papel jugado por las explotación directa, otra característica singular de los jesuitas, no orientada a la subsistencia de los regulares, sino a la comercialización, pueba de ello es la presencia de cultivos comercializables -vino, aceite, cereales, ganado de granjería...-, así como la ubicación de sus dominios, próximos a los grandes mercados urbanos, Madrid, Cádiz, Sevilla... Todo lo cual nos muestra a una orden religiosa que explota sus propiedades con vista a optimizar su rentabilidad económica. Por último, el proceso de disolución y enajenación del patrimonio económico de los jesuitas anticipa algunos de los rasgos más característicos de los futuros procesos de desamortización del siglo XIX. Entre ellos destacan, la venta mediante subastas al mejor postor y la rápida enajenación de los mejores predios. En segundo lugar, la admisión de títulos de deuda pública como modo de pago de los bienes subastados. Finalmente, la ausencia de contenido social del proceso, a pesar de algunas iniciales manifestaciones de las autoridades que pareción indicar otra vía diferente. Las propiedades de los jesuitas fueron subastadas integramente, sin parcelar, lo que excluyó de su adquisición a pequeños 105 YUN CASALILLA, op. cit., pág. 312. 32 campesinos, al tiempo que las ponía al alcance de los gandes terratenientes, nobleza, y de los poseedores de capital, la burguesía, tanto urbana como rural, que ausente del mercado de la tierra, como consecuencia de la amortización y vinculación, estaba ansiosa por poder acceder al mismo. 33