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Manifestacion breve, radical, y fundamental de la persecucion que ha padecido, y padece la Religion Serafica en las Provincias de Nueua España ... que se ha motiuado por la Dignidad Episcopal, y defendido por permission, ó influxo de Fray Hernando de la

Ayeta, Francisco de (O.F.M.); Mançera, Marqués de

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MANIFESTACION BREVE’ RADICAL, YFVNDAMENTAL DE LA pcrfecucion que ha padecido, ypadece ia Religión Serañeaen las Provincias de Nueua>Erpaha. Noticia, yrazón de los litigios que fe han motiuado por la Dignidad Epifcopahy defendido por permifsion, dinduxo de Fray Hernando de la Rúa, ComiíTario .General,que haze anueftro Reuerendirsiriio Padre General de toda la Orden ,Suceffor de nueftro Seráfico Padre S.Francifco. ALA ESTAMPA POI^ EL TAD^B Predicador Fray Frandfeo de Ayeta, Hijo de la Prouincia de el Santo Emngelio de México, Reverendissimo Padre Nvestro? INOde 1524. vimeron,embíados de Efpaña por el Señor Emperador Carlos Qu¡nto,á cóvertir la Nueua-Eípaña,doze ReJigio/bs ,aclamados Apoftoles.contoda juftificacion ;yel Prelado de ellos, Fray Martin de Valencia, traxo la autoridad Apoílolica, que concedió León X.y Adriano VI. toda la que reconocielfe neceííaria, conueniente, y oportuna,que no pidieíle orden Epifcopal,hafta auer Obifposjy auiendolos,dos dietas de la Silla,que con fuconfentimiento con-, firmó,yamplió lulio III. dentro de ellas,de que vfaron quieta,y pacificamente haftaelañode 156o.enquelos Obifpos de la Nueua Efpaña empecaron áimpedir conocielíen los Religiólos de las califas MatrimoAiales cielos Indios,y les pulieron Clérigos en fus Adminiilraciones,alegando competer áíu )urifdicion el cuidado de lufticiadefus ovejas ;y que los Regulares ,folo adminiftrauan CA’ cbará.u: vOtras bie indignas razones contra ellos. Vno,y otro plevtofeexecutorióenel Real Confejo de Indias ano de 1561. que eftan imprellbs,y fus fentencias en el primerTorno de las Reales Cédulas,yProuiriones,mandando,quelos Regulares vfen de fus Priuilegios,y cípccialmentedelosdeLeon X.y Adriano VI. Aque 14planta de la F? en Nuettoa Efpaña,tiene principio por la Religion,con PriuilégiosApoptolicos ,impetrados por el Se-' ñorEmperadorCarlosJ^mtOi Opoficion délos Obi/pos ái los Pr¡.ulcgios,y RealesRxeciitoriasjíiioadas por las ligiones al'u fauor. días. Renoua dosintcntos Epifcopaics^rn \irtudde ConlHtucion Genera] de Gicgorio XIll. iin fundamento. que conocieflén de las cauíks Mafrimoniales de los Indios: queno ícpuíicílén Clérigos con autoridad alguna en las Doctrinas Rc' guiares, por la inquietud maniíieíla, ygrauanien de losvaílállos de íu Magellad :yque atenta la dilpolicion de Paulo III, deel confentimicnto Epilcopal(dentrodelasdos Dietas)paraque pudieflen vfar ios Regulares de dichos Priuilegios le le dieílen. Yde eRas Cartas Rxecutorias pidió teílimonio la milma Dignidad EpiícopaJ, ypreíentóenlas Reales Audiencias de la Nueiia-Ef* paña,ypidió íu cumplimiento,que es circunfíancia biengrauepa- ^alu repetido quebrantamiento. 2ConlapublicaciondeelSantoConciIiodeTrento,esfor“ fauanlosübifposde ellas partes la execucion de fus Decretos BuladePloV.á Jnílanciade con los Miniftros Rcgulares,y ocurrió el Señor Rey Felipe H, el Señor Felipe II. publicada ála Santidad de Pio V. pidiendo no fe entendieílén en las Indias KÍeít^nilkíren^^^ con las Religiones,lino,que proíiguiellén como antes, poniendo tos de el Concilio de Trento, los Doétrincros cn Fus Capitulos,íin preleiiíarJos alos Obiípos, c«n las Religiones de las iiipermitir examen,ni Colación Canónica; yexpidió íu Bula,que con Real Cédula íe publicó en ellas partes año de 1567. 3El año de 1572.6! Señor Gregorio XII I. expidió vna Conílitucior,remitiendo al Derecho común algunas de Pió V. queíéexpreíTanen íu Bula; yno eílandolo la concedida áinllanciadeel Señor Felipe II. ni inficientemente publicada,ni admhidaen Eípaña la dicha Conftitucion;y mucho menos en las Indias, con palló de el Real Coníe)o,fegun lüs leyes,que no íe dio, ínllauálos Obiíposauerceflado dichos Priuilegios; yGregorio XI Kcoaíirmó,y renouóladichaconceísion de Pio V, Jnftarcu en ti Kealconft e, 4El año de 1583. esforcaron los Obiípos en el Real Coníefór Cédulaganada coma la fjo,que la adminiftracion de Sacramentos pertenecía alos ClcriReiiglontí,para irles quitando gQs,y que los Religioíos la tenían lolo por íu deíedlo en EncolasUoetrinas. mienda;y que íolo adminillrauan ex cbarítate ,yno ex jujiteia ,y ganaron Cédula,para que auiendo Clérigos idóneos, íe proueyeílén en ellos los Curatos,yDodlrinas. Yrecurrieron las Religio* nes al Señor Felipe ií. que mando hazer junta eípecialde Tcololuntacfpecial quemado haCanoniftas;y íe reíqluió quedallén las Doctrinas cnlos RezerfuMageftad -.rcbocafe la guiares,íuípenÜendo la dicha Cédula, lin nouedad alguna ,ordeceduiaexpedida,y le meronando,que los Obiípos períonalmeate,y lin cometerlo áotra pernaTRegT.íarespVlos Señ^ íona, viliten las Iglelús de las Doctrinas Regulares ,encargando resObiípos. íuMageílaiel honor de los Religiolos,dandoquentaá íus Prelados,queíinocorrig¡elíén,y caíligaflén,víáírenlos Obiípos lodiípuelto por el Santo Concilio de Trento ,mandando, que dichos Regulares íecncargaííen de obligación de jullicia de iasadminiítraciones,y que adminiílral]en,aísi álos Indios^ corno d, los Ejfuñóles ^9^^ J^batlaj/enviuir entre ellos, Xácío^chof\xM.3iW^&.3iÓ.{\xCtá.\xhy obedece,ydeclara los Regu- ‘^"^‘g'daal AryobiÍpo,y übiípos, de Barcelona ,ai.de lunio de ajares Parroeos de lufticia de 15^‘)* yOtra dirigida álos Prouincialcs,y Dihnitorios délas tres £lpañoles,e indios. Domingo,San Franciíco,y San Aguftin,de Barcelona, 25 de Mayo de dicho año,con la miíina relacion,encargáoeobkruaííe, yeílandoen Concilio Prouinciai,el Arjiobiípo,, y yOhifpos la obedecieron,como en él confta, que fe concluyo dicho ano, yescl vltimoquefehatenido; ylas ProuinciasadmitieAdmíté las Religiones la adron ia vilita, yjamás de ella ha reíultado, fino que admirar,yaciaración ae )aiiiciajyla nur.comoespublico, ynotorio, con ponderaciones graniisimas de agunos Señores Arfobilpos, yObifpos Clérigos ,haziendo «paro/mo de edificación, excmplar de la inferior Iglefía, ydecencia Reguiar,para la Mayor Clerical ,yaun de otras oficinas de el inferior cuidado de vn Convento. 5E1año de 1609. auiendo precedido díuerfis Cédulas ,que iníinuauan le diellé Colación, yCanónica Inftitucion álos Curas coíJZ”yT¡fuh^ Clérigos; pero con reílriccion de fer ámoai/e adnuí/i>»,fe refoluio losclertgos. por el Señor Felipe 1 i I. cometer afus Virreyes, yGouernadores íaprefcntacion de los Curatos, yBenefíciosjyquefelesdielfepor los Obifpos Colación, yCanónica Inftitucíon, obferuada la forma de el Sanio Concilio de Trento; yparece couíigiücnte porTitulo perpetuo, comoellaprefcriue: pero no obftante, los Virreyes ,yGouernadores reftringen fiempre en fu prefentacion fer dmourle ad nutum^ de fu Mageílad. Aunque ya no fe vfa de la Gedulade la Concordia, que llamauan :deque enterado el Virrey, ó Gouernador, con el Ar^obifpo, óObifpo.de auer juila caufa de remoucr,6 priuar vn Beneíiciado,íin oirle,ni obferuar eiDerechó común,lo pudieífen hazer,mandado ya guardar, yconocimiéto de las fuerzas en las Reales Audiencias. 6De eftanueua forma, mandada obferuar en los Curas,yBesilla Apofiolíca, neficiados Clérigos, tomaron esfuerzo los Obifpos para quererlo culos Regulares: yel añode 1616. Don luán Perez de la Serna, denegada congrauifúma ponArjobifpode México, eferiuió áfu Santidad,quexandofe,que no hallaua remedio para fugetar á las tres Religiones de Santo Douiingo, San Francifeo, ySan Aguílin, que tenian muchas Doctrinas, áque obferuaífen la forma de el Santo Concilio Tridentino, quanto al examen, yCanónica Inftitucíon. Yle refpondió la Sagrada Congregación de Cardenales ,de mandato Sanüifsimi^ que el mérito auia fido tan crecido en el trabajo de conuertir ,yganar para la Iglefia tantas tierras Almas ,que lograuan con deuida derecho los Priuilegios concedidos ,que no ofendújfe en cofa algunai yque afst lo tuuiefi entendido yyexecutafe. Efte Decreto autentico fe traxoá México, yfe embió alas Islas Filipinas paraferenar los mifmos intentos en los Prelados de ellas, yle trae Bruno Cafaing en el Tomodélos Priuilegios Regulares, cap.c^.par.i,§. Recurrieron al Real Confejo el Ar^obifpojy Obifpos, y^ecurfo al Real confino^einflograron Real Cédula el año de iói 8. que refiftieron los Reguladezmarlas Doarinas ri; yfc repitió el intentode quitarles las Doarin^, como el año dei<8; vel de 1624fe formo luntaeípecial de Miniftros de el fugeciond examen,jf Colacto, Real Confeio yotros,que deílinó fu Mageftad,y íe refoluio. PriJprejénte el Real Rano-r v.ero.Oue en quanto dponer, ypromouer los Religio/os Curas ,fe hziejfe por el Virrey, en nombre de Ju Mageftadyfegun la forma de el Perúyque es prefiníar el Prelado Regular tres fugetosyy de finar ,yexterminar el Vtrrey ) rey tlque reputafemas cohuenithtt. Segundo. Quehs ArcebifpoSyy Obi/' posvijitajfenlas I^tJiiSfSACTa‘inento-¡Criftf>a.¡(i,oj:adrias.^inr,ojiias ae eduSf ytodo lo que toeafe dla mera adtnini/Iracion ae Sacramentos ,y minifierio de Curasyv/anaode eorrecciony ycajitgo en lo que fue fe nectjjario ,dentro de los limites de Curas reftriSiamenteyy no en mas yfin efcrtinry mbazcr frocejfos. Tercero. Que en quanto dexctfos perfonales yycofiuvhres ,no elluuiefen Jugetos dios Obi/pos [que lo pretendieron ,ytrnpecaron avjar) fino dfus Prelados Regulares. Quarto. Que fuefen examinados por ios Obifpos en fuficienciay ylengua de los naturalesyy fe les diejje Colación ,y Canónica Infiitucion ,conforme dlo difpuefiopor el Santo Concilio Tndentino. Yfe repitió la reíolucion yde que por aora no fe quitaííén las Do(ftr¡nas álas Religiones. otra’mt4,conUinifma rejo8Reíiftieron efta difpoficion, ypor Decreto de fu Mageftad lucion,yCédula, áeqjéexefelcs mando Oír, yfeformo Otra luntadc Mmiílros de el Real de Indias, yotros, yfe defpacho otra Cédula ,con inlercion de la referida ano de 1Ó34. yotraparufuexecucionelde i637.y noajuftandoíe los Regulares, reconociendo los daños futuros, yloj confejosdelos Apoftolicos Varones antiguos, que primero le fueílln alos montes, que permitir íemejante lugecion, que oy le experimctancó ellas .£1 SeñorD.Iuan de Palafox yMendo^a,de el Real Coníe;odelndias,quevinopor Obifpodc la Puebla de los Angeles, yVilitador General de la Audiencia,Tribunales, yCaxas. £lañode 1óqo.defembarcandoconel Virrey, Marqués de Pille- ,na,diadeSan iuande Iunio,ycon amparo fecreto de dicho Vitrey,fin citación,ni requerimiento juridico álos Prelados, C'omiA fario General, yProiiincial,diade San luán de Diziemhr^ Drfpo¡.dM..I>oarin»s iraymo^ño.tucc'períüna ála Ciudad de Tlaxcala , ]a Prouincudeel santoKuáMcxico IoIeguas,con gente armada,ycon termino de tres horas, gclio,por el Señor Doniuan requirió al Guardian obedecieíTe la dicha Cédula* que refpondió »^»laSdeeÍRTauT„; Obligación, ynccefsidad de dar quenta í(ús Prelados: y con terminode tres horas aaquella noche dilpuío cn vnacala, oMefon Altar, ycampana, y ios Guardianes. publicó ddefpojo de la Doctrina al Conuento,qiie fue el primero donde le predico el Euangelio,como eftá grauado en la Portada,yPulpito de p¡edras,con ellas palabras tunoprincipio elSdto Euangelio. Deque tomó denominación ella Prouincia primera, y Madre de todas las de Nucua-Erpaña,y algunas de elPerujy proíiguíóáquitar ?i-Dodlrinas en brcues días, dexando vna fola,qiie esladela Villa de Atrifco,íiigetandofe el Guardian, en la qual auiados Curas de Eípañoles,con declaración exprcíía de tres Virreyes,que no fe entromctiellén en la adminiílracion de Indios, quedefdeíaConquiñatenianlos Religiofos, quefáuorecieron U diuifiondelos Efpañoles alos Clérigos, bien importante en todas partes; yconuiene elle punto para vn graue pleyto, que le referirá. Siicefo raro de urarcontra vn 9Recurríofe con ella nouedad al Real Coníejo,y el dicho f'ombre del Clero,imprimió vn libelo infamatorio de R.iig¡ofos,de veinte, detldéf^olo^ -“«s anos: ylos Indios clamaron,yreclamaron, yle einbia- I bUron teftimonios de íuceíTos raros :ybaile vno,' que fucedio en eíl>i C_»ouv euto de San Craonel dcCholulajqus vn indio traxo vn hijo aque fe le baptizaílenlos Frayics :ynoqiieriendo, por evi» • lar el defa^on,que tcrotafeguirre,le tiró,ymato contra vn pofte, lo Enelanode lÓM.enel Capitulo General de Toledo, ^^enunáacion dd CatíruU toda la Religión con los Vocales de Indias, prefentó rcnuttcuGeneral de 1s4-f.de todas Us cion de todas las doctrinas afu Mageílad-, en laformaquefe reij ^.fentaáon,por parte del Clero^ íjI 1 1'<de no fer yaparte la Religiónf Señor. El General de la Orden de San brancifco, con los’quedioeiconfejo. Provinciales, Cullodios,yProcuradores Generales de las Pro-i vmciasdelas lndias,erpecialmente,dela NuevaEfpaña, yPili-' pinas,dize: Que fu Religión primeramente plantóla nueva Igleíia de aquel Nuevo Mundo ,con los Religiofos deílinados por los Señores Reyes progenitores de V. Magellad, con letras pa- ; tentes de fus Superiores,yBulas de los Sumos Pontífices, impej trudas, yexpedidas aefte'fin ,que fe configuió felizmente; como parece por los efedlos de cientoy veinte yquatro años ,harta el prefmte de mil yfeifcientos yquarenta ycinco ,en el qual fe obf;rvalaenfeñanja,y dodlrinadela Fé,dada'álos Indios ,yMí-' nirtros fucelJores,que imitando álos primeros,que fueron Apoftoiicos ,en compañía del Gran Conquirtador Don Fernando Cortes,han ido trabajando como obreros de nuevas plantas ,regándolas,no folocon fudor,fíno con fangre de fus cuerpos,derra-; mada en gloriofos martirios,fin que en crte tiempo huvieífe Cle-1 íigos ,ni Obifpos, ni los huvo, harta que los Religiofos tenían plantada la iña,que dava copiofos frutos al Cielo ,yala Real’ Magertad Corona de Cartilla; ycorriendo los.felizes tiempos <lue ya pedían Obifpos que cxercieílén Orden Epifcopal, fiendo por los Señores Reyes proveídos ,fueron por íii Santidad criados ,ydefpucs por los Religioíbs induftriados en la labor de las nuevas plantas de diferente difpoíicion, ycalidad de las antiguas de la Europa,gozaron de paz las Provincias, yde ella gozó toda la tierralos Religiofos convirtiendo ,ymanuteniendo alos Indios;y los Obifpos guardándoles fus privilegios. Duro efta paz con laobfervanciadertas Bulas Aportolicas ,yReales Cédulas, harta la que fe deípachó el año de mil feifcientos yveinte ydos, contraria alas antecedentes,yBreves de los Pontífices,alcanzada con finieftras relaciones ,las quales han podido tanto ,que en lü conformidad fe defpacharon las de mil feifcientos yveinte y. quatro,v mil íeifcientos yveinte ynueve, principios de perpetuas inquietudes,ymolertiasde Religiofos,traídos, yafrentados de Tribunal en Tribunal,fin que en ellos fe de crédito mas que a cartas.v memoriales de algunos Obifpos ,llevados de humanos refo' to^s que los mueven ,con fin de que fi alos Religiofos fe les Quitan las oue llaman Do¿frinas,quefoalaadminiftracionde los Lte Sacrlcntos, ypredicación del Evangelio ;dandofelas a ciiüSjíeran mas prolperos de lo que Ion ;yquandq no fe las den, / ven- ) vendrán aferio conterierlbs figetosjcomo fi fueran Clérigos ;y ftarajello alegan,<}ue lo deven eftar íin diferencia .coía incompat¡l>le,aísi por fer contra Breves Apoftolicos,conio contralacoítuxnbredc iz4.añosíY todas ion veredas ,que íaliendo del c«imiReal,por donde íiempre fe ha caminaxlo ,guian ádcfpeñar los Religioíos, yaperturbar la República efpiritual, ycon ella la temt^ral délos Indios., vaííallos de V.Mageftad, criados con la Doctrina de la Religión ,como fe reconocerá ,yexperimentará con la execucion de la Cédula de mil féilcicntos ytreinta ytres, y mil feifeientos ytreinta yfíete, de queiéhan feguido tantos pleytos,é Inconvenientes ;Yliviftos, fuere V. Magtílad férvido de que fe cumpla lo ordenado,y qno valgan,ni tengan fuerza los indultos Apoftolicos,impétrados por los Señores Reyes progenitores de V.Mag.yqueferompalaantigua, yloable coílumbre; defdeluego,hablando como debo áhumilde,y leal vaírallo,Yo,y la Religión de San Franeifeo ponemos álos pies de V.Mageftad, y’renunciamos las quellaman Doíílcinas, la gran Ccnverüon del Nuevo México de tantos millares de Indios, la que fe va haziendoeh la Guaxteca,enlaFlorida,en Zacatecas,Guatemala, Yucatán. Yaísímifmo renunciamos la manutención de todo lo convertido en aquellos Reynos,y Prouincias déla Nueva-Efpaña, y la Gonveríion,ymanutención de las. Filipinas, que llaman la Ch¡-, na^para que V>Mageñad fe íirva de encargarlas áquien mas fuere íervido ,redibiendo los buenos defeos ,trabajos ,y/angre de Mártires ,derramada én aquellos Reynos en íerviciode Dios núeftro Señor> yde V..Mageftad :Yporque no es aquella tierra como efla,acomodada avivir de limofnas ,ni los Religiofo^ pueden paflár íin las que allí les haze V. Mageftad, yobvenciones que provienen de la adminiftracion :Suplicamos humilmente ^V. Mageftad ,que en premio de los trabajos, yférvidos hechos ála Real Corona ,fe firva mandar que fe nos den embarcaciones de navios para facar álos Religiofos de aquellos Reynos ,ytraerlos aeftos de Eíjjañá. Yq.ueaísimiímoíe haga inventario de ornamentos,yotras alhajas pertenecientes al Culto Divino ,para que íiempre confte que afsi eño,como los Conventos,yTemplos que de;xa la Religión ,han íido fabricados ,parte con las limoíhas de V-. Mageftad, parte con Jas que han dado los Fieles, ypuefto los M.iniftros,avIdas con fu induftria,y fe fepa quedan alli ,para que cnellos entre quien V.Mageftad fuere íérvido.Y como en el lapon ,Reyno de íeñor Infiel ,fe va proíiguiendoconaquell-iconveríioná coila de tantos Mártires •, yque aora nuevamente año de treinta ydos lo han íido veinte ynueve ;Suplicamos también á<V. Mageftad,que en los navios que falen de Nueva-Efpaña para filipinas íe les de embarcación, para que los que quiíiercn ir a aquel Reyno ápadecer coníus companeros,los dexenenel ,pues es camino para las Filipinas;y que los que eílán en ellas ,que íiryiendole \.Mageftad,tambien han de venir áEípaña ,los echen en en aquel Reynodebueltádel viaje que hizieren los navios ,pues ta-nbien es camino nara las naos que vienen abJucva-Eípaña,quc en todo recjbiremos merced de V, Mageítad, qDios nosguairde maciiosaños. Deefte Convento de V. Mageftad ,de S.lüande los Reyes de Toledo en 9. de lanío de 1645. El General de toda la Qrdende M.P.S.Francifco. Yprefentada por la parte del Obifpo,y Clero de la puebla al Real Goníejo, pidiendo declaraíTe no ícr parte yada Religión,en virtud de dicha renunciación ,como lo declaro el miímo aho;y eftadicha Provincia,faltándole la mayor porción de fus focorros,porque en efte Convento Tlaxcala, yTepcaca tenia los Eíludios,y mas de 1lo.Religiofos,reducidos oy amenos de z4.N0 fe ocurrió con esfuerzo ála defenfa defta Hallafela Provincia ímpof. violencia, halla el año de 1655.que deíliaó por fu Procurador efgSs deín ta Provincia del Santo Evangelio al Padre Fray Martin del haltadañodeiírí. Caíl¡ilo,Letor de Teología de México. Yaviendo echado Meniorial en el Real Coníejo, íignificando fer deílinado ,para pedir en nombre de fuProvincia la rcñitucion de dichasDo(£lrinas defpojadas/oloconíiguióvnaReal Proviíion incitativa ,para que LibranfcRealesCcduIasininlórmairendeleíladoenque fe hallavan dichas Doarinas con los Clérigos,conveniencia,odiíconveniencia,dirigidaal vírrey, AríobifpodeMexicojyObiPAudiencia, Arcobiípo de Mexico,Obifpodela Puebla, yel Copode la Puebla, ycomiíTamiOario General de Nueva-Efpañaconfumidos cinco años :yno noGenerai,añodeií;r.iia leve cantidad. ., II SiguiófeenlaReal Audiencia de México la contradiTomafe^lejtoenUKealAH-. cion de las Religiones,ála execucion de las Reales Cédulas ,redienáa de Mexko ,(bbre u prefc„t.do fus privilegios. ydifpofidones Apoftolicas que obftivaíijC inconvenientes que íc íeguian jynianifcuavan bien ála lescondenaaUfujecdon^íiñ^ vida-, mas como era exprefla voluntad Real, yLpyíoberana para detá^?. 'l’ribunales inferiores ,que fueron condenados en vida ,yrevida abo de 1649.Yaunque eftavan con animo de hazer dexacion de r.jecri.n¡manJ.- todas las Do¿trinaSjy converíiones yllego tanatienipo mandato pjjexprefíbdelRcverendifsi' del Reverendifsimo General del Orden de. Predicadores ,Fray mo General del Orden de Tomás Turco,queporel Real Confejodeindias fe previno :y eratantalaapacibiIidad,ybuenacqrrefpondenaaqueav.a teniico.,»,- dn el Señor D.luan deManozca,entonces Arjobi/po de portantifsimafuprcfemacié, Mcxico.q ajuíládo por Autos públicos la fuavidad con qfe portaria,evitando todo inconvenlente.obhgandofe por fl ,yfus fucr irütes.vcnclb la mayor parte,no fin grave refiflcnc.a de la me- .«r.y de muchos Sujetos Dodos.y zdofos, previniendo todo lo que experimenta oy. Yfe fujetaron las Reljgiones ala drlpofi-, ciondedichaCedulaRealdei6z4.algunas Provincias con pro- , vílemorc con prudentes temores de la poca, Oninguna paz av ade refultar :yuntes de dicha executona obedeció la Real CrdnlieílaProvinciadcl Santo Evangelio, con la relervacion ikal cgar lo que le convinieíTe ,yal mayor íervicio de entrambas ^^‘^^"^‘^“¿ceíTario retroceder ^1 año de 16zz. en que expedió 1zla UtrebaciÓde dich^i Cédulas, ftdida ,jcencedtda ño de l66¡. Intrada de Fray Fernando^ ¡a üuayCer^fdar’o General en Ifueva-Ef^aña si-de Septiem brede 1666. yrepetida dififultad,eimpofsibd:dai de vfar de dubas CédulasXotal defcrden fublbaacial de los Conventos de ReligwfaS de laObediencia.de la Religión en lo efpititual,) temporal. ningún humano médio bifto para que depuíicííen Efcr ivanos «y Alcaldes mayores el temor,fin que,ni el interés le vcncieflé jpor lo qual dexó al Provincial las cinco Provifiones Reales,yla Provincia le hallo pobre,yconíumida con Elludios ,yNoviciados, quedeídeel año de i64i.gaílava, yrepartía cada triennio veinte mil,yhalla veinte yquatro mil, ymas pcfos,para Tolos los dosCóventos de Mexico,y Puebla,los demas deteriorados en edificios, ornato,y ornamentos,yccfsó el intento. 17 El año de 1664. embio al Padre Fray Antonio de Ariftoy,Cuílodio,para quetraxeíTe vna Mirsion,y fe le dio poder para que reconocieíTe el eftado de dicho pleyto,lindetécion de mas tiempo,que el que confumieílé la confecucion de la MiTsionty pidió en el Real ConTejo, que atento ano averfe hecho los informes que Tu \íageílad ordenó el año paliado de 1650. Te lirvieífé de mandar Te executaíTe ,yexpidió Reales Cédulas con inTcrcion de las expedidas dicho año. Su data en Madrid á8.de lunio de 1665. 18 En 17.de Septiembre de 1666.deTembarque en el Pucrtode San luán de VlÍua,y Ciudad de la VeraCruz :y tomada poíTeTsion de mi Comilsíon ,yaplicado ala inteligencia necelTaria ya en el de 1667.Celebrado elGapitulo,le me dió razón de dichas Reales Gedulas,y conferidas con el Difínitorio, no Te halló diTpoficion para proTeguir el intento de la rellitucion de dichas DoTtrkus :Aunque en el dicho año vino eleíílo Arfobiípo de Méxicoel Señor Don Fray Maicos Ramírez de Prado, Obifpo de M¡choacan,denueftra Sagrada Religion,tan amable,/ rabie,como fue,y Tera fu juftificacion,y paz, en cerca de quarenta años de ObiTpo. 19 EnelañoprimerodemiComiTsion, ymuyal principio della,tuve bien que hazer en componer,/ ordenar Eñudios ,que eflavanlaftimoíos,finexercicio,ni fruto confiderable ,Noviciados,con no menor necefsidad, reforma de los Conventos de lU’lig¡oías,fin clauTura,Coro,ni aétodc Comunidad,llenos de niñas, ycriadas, fin Tuílento,papeles,ni libros de Tus rentas ,dueños los Mayordomos Seculares,con publica diíipacion,/ defiruccion, con exceTsivo numero de Monjas ,éincreíble de criadas ,permcioTo,ydeftrua:ivo,teniendoalgunas RcligioTasa Teisfeon mas exceílb en Conventos de laObediencia del ordinario)corrcípondenciasindecoras,éinveteradas,/ con hombres caíl'ados,olvididó fus mugeres,c hijos ,ycuidándole en los Conventos de comída,cena,ropa, ytoda la aplicación que tiene la muger callada con KcSfrocrS,;!: co„d¡rpo,Krla fcavijad mayor que puede ra exceder en permitir mas oilcurrir,con algun alívio de concicncia ,permitiendo todas las criadas quehdifpoficion ACriadas necclfarias ,como li todas las Monjas efiuvicran enforpoftalica. mas,reputándolas inhábiles ,por la ninguna aplicación átrabajo ^rporal-y ajuftadocl Convento de Santa Ciara de la Ciudad de Q^eretaro en ochenta criadas,teniendo quinientas ,Te reíiftieron epues al obedecimiento de mi Patente, delpachada por infiiixo de o de Padrcs,xleudos,y devotos ,yrecurrieron ala Real Audiencia de ívícxico,que expedio .ProviíÍon ,obráíIé conforme ala Regla, yConftituciones. Ydexandocomií'Sibn al Provincial para aorctar ios mandatos ,ycenfuras precediendo exottaciónes ,y términos íiiaves ,bolv\ aMéxico muv enfermo ,no cumplidos tres mclés de mi entrada,yfe me ex pedio otra Proviíion,muy có> P''ov>fiones Renies, ganad» traria ala priqicra; Mandando ,que rcílituyefle al Convento ,de Queretaro todas las criadas, yniñas, yen el pitido poireílorió que le habé :aque reípondi lo que devia ,reprefentando má Obligación de reformar ,yreftituir Religioíos ,yReligiofas ala devida Obíervanciadc Regla ,yConílituciones ,por muchas Apüftolicas,y efpecialmente,del Santo Conciliode Trento, Pío V. Gregorio Xí II. yotros;y procedí áreformar tres Conven* tos de mi Obediencia en Mexico:otroen la Ciudad de la Puebla; ‘ yotro en Atrifeoty los dos de México íereíiftieron ,yrecurrieron ala dicha Real Audiencia,y fe mcdefpacharon diverías Provifsiones Reales: ypedí teílimonios ,yde la inobediencia ,yre* curios de cierto Prelado Provincial,con mi anteceflbr ,que oca-< lionb la Carta Paftoral ;yel Real Confejoproveyo fu Real-Ce* conviftadeíos Autosfe exdula,ordcaandonofeme inipidieíTe, ntembaracalfe el proceder ap¡dio Real Cédula afavor reformar en los calos (que expreílacn la relación.) facedidos ,ydel Coiruffario General.pari lormar Ci la. ^.n» i^lJlarelormajd’ffnadetodo** losdemasquetuviereporneceíririos,^araquelcpbfervela diS" cipl ina regular, yle guarde la Regla ,y Conílituciones de la.Re*] ligion. ^ zo El daño notable que padecían los Conventos, porel ey;.-: laPrnincU del Santo Evdn-^ ccfsivo numero de Monjas ,. ytodo 'desborden de fu Govierníi-?dío/ua,o^.Mr«w4í ,y«»- temporaI,yErpintual,obligo ala Provincia del Santo Evange- ^an re/}aurado liolcomo laque tiene los cinco de ochodeíla comifsionja hazer, admiración los Conventos ypromulgar las Leyes de fu Capitulo Provincial ,celebrado en de Religiofas. 7.deMayodc ibó/.yporconftantenoticiadefer los mifmos en cí Convento déla Habana,dirpuíe fu reforma, procurando impeMedula afkvor delarc-’ dir el excel'sivo numero de Monjas,con el crecimiento del ^mahecl^en la Habana c* Yembib la Ciudad vn Regidor al Coníejo,que proveyó la Real relIftenfiiadclaCi,iiiLd. Cedula,dc que rc.nito copia :Yeftin yi tan reducidos los Conventos ála íuave.v proporcionada reforma, ycon conocimiento, reconoetmiinr;^^^^ ü^ran rcparo.y n.eiora:y quanto conv.ene aíli confervacíon,v aumento,el gov lerno difpuefto,que ron,y deven fer el cxemplo'deílas Ciudades ,con admiración de quantos antes clamavan por rigor mis Mandatos ,esforzando inobediencias, yíi”aular^¿nderacion ,que aviendo reconocido la Sing/dar inohediencia, jrepf. z, Yparte déla Comunitconvento deSar^ dureza de vn Coiivcnco >y4^1^ 7r^:rlt.tCLtra,y error en pToccd$r dIiUQue reíillia toda moderación ,yreforma ,previne no fe hiacelebrar(;,capítuh,(tnapsifvi-O'-htd -c^ion de Abadefa al tiempo que fe cumplía: ycon intencudePrelado,y contrafus •íluxo cí* fu-íto de letras leglares,y regulares (yno poco esfuerco imíutído aalguno de nueílra Sagrada Keligion con vehe- ¿e’)tifs^müMnaicios)Knicndodelpachada Patente de Ptdiden- - ta paranotiikarelmiimudiaqucdavafanafuohciola Abadda, ) I. PLEYTO. Por dtffoJtcHin de UReligio» fi dividió la admhítjiración de Indios¡y EjpañoUs, encargada efta atos-clérigos en la Villa de Carrion,Valle de Atrifco iJ defle luego inquietaron la de losReligiofis con eternoplejt o que renobo ir el dia de la Purifsma Concepción ala Iflefia del Convento ,co» indecentes -voi.es, einquietud, jquerer jfacardeellael cuerpo difunto del Governador de los Indios, for ferMefiicOtCon las circunfi tandas que eftan anotadas có dtfiintaletra. ópazificadelGiiarfe depofitaíTeel cuer lercccljya¿affajó á Pleytos en el Obifpado de la Puebla. 30 T“Res vnicos pleytos fe han feguido judicialmente en ^el Obifpado de la Pueblaiydefpues referiré injurias, yagravios padecidos con tolerancia ,ypaciencia Apoftolica. Hl primero tuvo tan antiguo principio ,comodefde el año de 1585. óantes,en que poíTeyendo la adminiftracion del \alie de Atriíco efta Provincia,defielaconquifta;y íicndo,comoesfecundifsima, fe dieron muchastierrasaEfpañoles,y cooperaré losReligiofos, áque fe puíieífe Cura Clérigo,para fu adminiftracion (como refiere Torquemada, yconferva papel el Archivo del Convento: porque fiempre convino ,yconviene la feparacion de Efpañolcs, yIndios: ydefJelaconvcrfionfeclama por error g^rave no lo aver difpuefto, yno han tenido efeto muchas Reales Cédulas que lo ordenan) yel año de 1596.por el crecimiento de los diezmos, yvezinos ,fe pulieron dos Curas ,yprofiguieron aalterar la ad- 'miniílracion regular ,entrometiendofeenladc algunos Indios, por dezir eran forafteros,que los traían áfus haziendas los E/pañoles: yque aísi eftos,como los fírvientes les tocava*,y con declarar tres Señores Virreyes ,que folofe avian erigido para ElpañoIes,y librar fus Mandamientos, reintegrando la poíléfsion deí Convento,lo reduxeron apleyto:y parece fc executorio afubor de la Religión ,• yíiendo efta la vaica doctrina que dexó el Señor Don luán de Palafoxentodoel Obifpado de la Puebla ala Religión, por los años de 165 ©.esforzáronlos Curas intrometerlé ñiasenlaadminiftraciondelos Indios, yocurrió al Real Patronato,y Excelentifsimo. Virrey, el Miniftro,llamado Fray Antoniode Ñapóles ,yfe le dio Real PrOvifion ,que fe notificó :yno hizoelefeélodevido, ni profiguió la Provincia el apremio conveniente.Yel año paftado de 1668, diadela Purifsima Concepción rnuno el Governador délos IndiosyBaptiz.ado.^ca[fado ,enterradosfus brjos en el Convento yrecebtdos todos los Sacramentos con publicidad del Mintfiroycontefiamento yy-eoeprefeion defu voluntad de enterrarfs en el Convento'yy previno el Guardian hazer el entierro,antes de entrar álaíblemnidad granded^l dia ,aque auia concurrido ya la ma^ yor parte de la Villa, yprefente el Alcalde mayor ;eftando para dar tierra al cuerpo difunto, entraron los Clérigos con grande alboroto, yeftrepito:y vno quitó al Prefte el Manualque tenia en la mano, yaviendo dicho catado Purfrw^fr,dixo el Clerigo,j'«< que eíTe cuerpo nos pertenece, porque es Meftizo;y fe perdió el refpeto al Alcalde mayor ,aquien el mifmo Guardia exhortó difpufieíre,que e! cuerpo le depolitaílc en la Merced,yfoftegó la turbación, convidando los Curas áchocolate,yvno fue aí'u Celda,ylo bebió. Dió quenta al Señor Obifpo el Guardian,pidiéndole fuellé en perfona ,ófu Proviíbr,a aberi- lO guar,corrcgir,y prevenir lo conve niente,que dcfprccic)- mucho, embündoavn Clérigo, que en tanta publicidad ,ynotoriedad, procuro confundir cilla lufbrmaciori toda la gravedad del fucef^ lo, no atrcvicndofe adeclararla Rcligiofos.dc otras Ordenes,por temor de las vcjacioii-s en la coartación ,ydenegación de las li- /^ cencías de confellar. 31 El Provincial con la noticia fe prefentó al Señor Vi-, Pecnrfh 4! Re-*/ Patronato' rrey, pidiendo fe declaraífe por el Real Patronato ,que territodecUracion ie rio,6Feligreíestocavanalaádmlnidrac.ionde URchgion,y preTentó la hecha por tres Virreyes,yTus Mandamientos: yavienJo recaído los Papeles del Eícrivano de Atrilcoenvn Clérigo hijo fuyo,no fe pudo confeguir hallar la Proviíion ganada por el Padre Fray Antonio de Ñapóles,ni regiílro della,(iendo notoria, y viuen muchos que fe hallaron preíentesálanotiíicacion:ydeclaró el Señor Virrey pertenecer todos los Indios al Convento,de „,...cir* qualquier condición ,ycalidad que fuellen ,ylibro ,lu Mandarrey.deiei.uest ación de poCmientoien cuya notificación fe interpufo la autoridad del Seiior ^efMon<ktodo^ ios indios a .Obifpojparaquefe ruTpendieíTeiy íu Proyiforen perfonafue ganando firmas de Letrados, para queeL Alcalde aquien venia cometido,adm.tieíTe información déla poflefsion de los Clérigos, deíiiertc,q fue neceííariü reculárleiy recurriendo alSeñor Virrey opoílcion de ios Curas ,f para que difonfieíFe el cumplimiento de fu mandamiento, acudielenrenciidei Goviemo afaron los Curas,formando litigio antefu Excelencia,que adinitió:; R-eligion. yoídas las partes,procedió afenicncia, remitiendo laacelíbria a vn Alcalde de Corte,que aviendo pronunciadola afabor del Real Patronato,cuyo derecho no ofende poíleísion,ni prefcripcion,le recusó el Cura,que no tuvo efe¿f;o,y lüplicó en lufticia ála Real Audiencia: yaunque devia primero tener execucion la rcfoluci 5 del Govierno,conliderado el empeño cíel Señor Obiípo, y. la diApelación ínterpuefta de ios ficil obediencia que fedáa losdelpachos Reales ,le omitió ,yfe Curas ala R.jí1Aud eacia, ^ intrometió aquerer fer parte la Villa con Tolos tres del regíconiirmoel AutoddGovicrmiento vfe vió.vfentenció.confirmandofcel Auto del Gavierñó r„q;Vfc colmi6vna.oaUgahdoi A,r,fco^ fc hallavael Señor üóifpolanoticia,el día mifmodelaPunisimaCoc^an fentimiento del Señor cenrinn vmanifefto bié fü Tentimiento,q mando íuplicar para la Ooif,.o, del Auto de la Real k1,b A,, nverfe alcfíado por la Provinci x,vCuras ,yAudieaca.y fe preil-mo parreviita'. ydclpUCS uC aV ^r\7;n .rtrw^ri te, yhizoie prelencaíicu los profeauiaofc dintento ddprocuJo de fer parte UVlila ,yya en P eftadJdc verfe,ie introdujo parte el Seiior Ooifpo,yauo laliel, fenlos Indios, ycon términos,trasUdos,y dilaciones ,Lavupalfado vn ano,y íiete mefes, hada que falí de xMexico ,íin confeguir fevieílé,yalinft‘idtefepufotodoesfueryo,yparaotro ,quees el Ycneftepleyto hecho el Provincial la Petición ,oMeApredM'’ p<'ot>a(icionpara U mnrial r,„c cootiene la íingiil-ir,y rara ptopoíicion ,deque cedeRtalcjtm^u.jPoHkrJAe ' 1•Ide cien Indios,ad.miniitrados por los Clérigos, tnem idj ,t;odw para dcitruir íuutÍ:d¿r¿tp:d.en UDklrinaCnrid^ ll -— falvacioniy fi huvielfe diez de ciento d-l js qa.ad mnilha UReJigion niños que no Ufupieden. Yuvaliera el ler unes, yíir - vicn- ) vientes 3e Efpanoles los Indios,para admíníflrarre porCIerígos, quedaran deíiertaslas Parroquias Regulares ,fiendo inunierable el exceflb de los que viuen ocupados en fu fervicio,y pocos, 6 cali ningunos los que viven indepcntcs dellos. II. PLEYTO. 33 DiadelaGIoriofa AíTumpcion de nueñra Señora, del 0/en/:ig:av!iima dsU rxepaño paíTado de 1669.en el lugar de Topoyango ,doctrina defpojada,eñando llamado por mi el Guardian ,yteniendo prevenido pode la Puebla. lalir aquellatarde,efperó que la Parroquia acabañe la Miña ,pa* ra que vmieflen los Indios Múñeos acelebrar la del ConVento:y eftádo elCura en fu cafa,enfrente,yelGuardian congojado de íér tarde,íalió al pórtico,ycopas, ydeíHe él dixo la tardáfadelosindiosCantores,y fe repitieron algunas palabras peladas: yconñando,como confta,no aver falido elGuardian del compas,y qel Cura,vn íbbrino Tuyo ,yotro Clérigo ,fueron a. donde eíiava ,yl£ acometieron:ycogidodclcerquillo, procuraron derribarle ,teniendo en la manga muy acaíb, por la jornada que prevenía, vn palo del quita Soí,de vna tercia,poco mas,6menos: yocurriendo á/u defenfa,dcfcalabró levemente al Cura,v aotroCler¡go:aviédo dóze períbnas Eípañoles prefentesjV que ñvna no Íntervínie- -ta huviera íucedido vna de/gracia ,yelcandalo gravifsimo :por- ^^^^t¡go,acompañado,ydélcalabrado,fuepor vna eípada, ^yintento la ofenía pofsible al Guardian. Siendo la diñancia ala Puebla de cinco legnas,y el fucefíb alas diez del dia ,dio quenta el Curaal Señor Obiípo ,que hizo examinar al Correo ,efclava ^r j ^Comiflario ,el qual examino dos teñigos tífic^da. gafando dGuardian con arcabuz, antes a'vnítúo por donde foU» p.fi-,lc»a.Como declararon los mirmos no ave dfcho, &bido, ... "'°'¿°'f“'i:yP»rera>exa>n¡nadosorr»,*,rrf^„,Mt«ci*« irtrCToluJibnodr ljexrp- ^Yel mífnio día vn Vicario foráneo en delosReligioios, í^os,articuIando el hecho Contra el Guardian (muv digno de ponderar le introduzgavn Vicario foráneo áluez de la Religió, yque fus méritos,yexempeion lleguen afemejante ludibrio )y aviendo antes el Cura dcícaIabrado,pueño cédula de publico excomuga oal Guardian, con viftadelas dos informaciones furnari simas del be.cho,y fuceflb criminado íínieflramcnte ,proveyó Auto el Señor Obifpo ,declarando al Guardian incurío en U Diclaracion del Señor ObifDiabolo \s\e mando rotUpo,y Aucrr,mandando rotular Iar,y rotulo en la Puebla,Tlaxcala,yTopoyango, haña que preaiGuaroiaiipor piinlico exíentaflcabfolucion Pontificia1/ mit, 1'®A* •Ji comulgado ,remitiendo defa.Ip..,"^^udo emÍMar teñimonio de loá pueslos Autos al Provincial. ,, rovincial ,para que dentro de tres nieles cafligañé i dicho Guardian ,6vfaria dcl derecho ocie le tocava por el Con- ^^^'^n'ienos devtinteyquatro horas» Información , j®" ^opoyango áMcxico ay diez Vocho leguas, poco mas,ómcdiñante el Provincial: conlaiiriciadel íucelfo dadrcconocidadelapercuGuardian de Tlaxcala, Sugeto de letras,yvirtud, ^yexamino todos losdoze teñigos,que íé hallaron prefentes,y viñtb If íitaal Curá,y Clérigo áefcalabradós,yreconoció la leuidad de lapércu<íion:yconíla,leguníehareferidoelfiiceírodeel cafojydc recurrió ala Audiencia,pidiendo Real Prouifió.ordinana,paraq l^ecurTodevudefuerza.ani; el.SenorObiípoquitaliéei rotulo,yle cótuuiefleenfu jurildició; paso,ypiotecc ódeJacxépaque rcí'pondi6,que no ktocaua masque la declaración hecha, ^Regidar. finauer vfado juril’dicionen excomulgar, íino folo executar lo que inanda el Derecho. Repitiófe pedir ala Audiencia fegunda, jmraqueembian'élos Autos originales; yel Procu radorCfenerál prelcnxó los hechos por dicho Comillario, yfe formó alegato en derdehopor Letrado de todos créditos ('y para fu imprefsion,fe referirá en los ag''auios,é injurias padecidasenIVÍexico,vnfuceffobIenirreguiar,y eílrafio)imprimióotro el Obiípoen defenfa de fu prctenlá jurifilcion,firmado de fu nombre,yde vnLetrado, con muchas tergiueríaciones en las Do6trinas,que fe manifeftaro por otro, ycriminaniofe en efte Interin la perfecucion introducidaporel Frouiíbr de Mexico,fe fueoínitiendo dicho pleyte,y antes fe pretendió,yfe preíentó petición por el Procurador Gencrahleremitielfeal i<ealConk)0,finquefeyiefíeenlaRealAudiencia,y fe dió traslado al Agente, yProcurador de el Señor Obirpo,qued¡xofeknotificalkenperfona;conque fe boluió aLaofenfaquefeconcibiS de OinitirjV 2ll punto que yo íili ÜOr¿Í dii IVÍ^i^xícOjícinílo pot ÍU reíbla defenfa de el Comiífariluc¡on,yporlad-dpkytoantecedentc,,yaquel fe vi6,ydeclaró hReal Audiencia no venir en eíiado;y es Cierto le buíca el mas a^ propoíito para vencer, yfugetar. enlodo a.la Religión, yReligiones, ydeñrmrías: ymioricio,y perfonaen la interpuefta defenía,hacíloruadonopoco,y ais ife ha esforzado deftruirle, y deftruirme, para que no aya otro que tenga aliento contra qual-* quier intento contra las Religiones, 34 El tercer pley to fe íolicitó por el Prquifor de la Puebla, r„^¡^„^ododeperfis"irjobulcando los acreedores de el Convento de Santa Clarado dicha licitando acreédores.que pida Ciudad oue tenia no pocos,yde crecidas,cantidades, no muy jufcontramconvento de moi^ t“lígunas,qu.ía .nigria pad.c.dá,Bor la admin.ltriáon (acular refer¡cU,caus6,y excitando pidlcircp ante el ,vno kdio gufto,y ech6 petición,ique ptoucyo.qus dentrodc tres días nobrilic el Convento (uexConkrnador, ydenohazerlo, le declararla por luez.vahcndofe de doanna menos ptonable de algunos Doaores.pot la dirpolic.on de Gregorio XV.que no ha tenido, ni puede tenpr praítica en las Indtas.por no auer luezes Sinodales,como kdeclaró en dpleytodeel Señor Don luán de Palalbx con la Gompañiade Icsvs, ya referido, yque deuia obr feruarfe la de Greaprip X111. como le haohferuado .íolo,impedida por RealCeJulaquegano el dicho SeiiorDonlnan de Falatbx.y lé recurrió por vía de tuerza ala Real Auditncia,que declaró hazerla. Yha m^s de vn año,que fe ajnllaron ypagaron todar las deudas. Vfe renouó la Igleha con manifcftada admiración deei^^eh:^Oblfpn.dichoF,onilór,yde.odala Ciudad: ypar^ la colocación de el Santilsimo.lc deleo por denotos le hizielie algunademonllracionde Frocclsiop pub|ca.y Icftejos.y el FioinDcdaibhazer fuerza laReaJ Audiencia. ) .• l licédane^áaparaprocef. íbfncgoralicencia para kProcefsíoh ,en auíeácía de el Señor .plT,ienouVro^n,T«oíoícTó '^^‘^P°»y^^ ícftcjo.álas Religlofas fe les turbó, “dcclSantifsinBo. procediendo áquebrar las puertas algunos Eíludiantes Sécula* *res, yClérigos, íin faber,ni dilcurrirel mouiide femejante ac* cion, mandándole tolerar íin quexa alguna. INI VRIAS,Y AGRAVIOS antiguos, ymodernos,padecidos en el Obifpado de la 'Puebla. PRIMERO AGRAVIO. Seruicio quitado alos Conve tos ,con gran injuria ,jvenación. Seruicio que tienen los Curas ,yveri fica<ia pernicioía vexacioná los Indios. . ir. Impedir entierros,jMi¡fas de. Indios en nuejtros Conventos. III. feStnentos de entierros de ¡ancles,contra toda iiberinaturaUpomprnientode itro BulasJcarta extcu- ¡4 Real» 35*1 Oauiendo otro reruicio,que de Indios,elpecíal* Imente para la Religión ;yliendo notorio ,que ^los Principales dauaníus hijos,porque falieífen doctrinados con exercií:icícütidiano,y con todo exemplo ,enleñados aleer, yefcriuí r,y que.lé contenta el Convento con Cozincro,Campanero,y SaGrillart,fc informó al Real Conléjo fe ocupaua multitud de Iludios,que perdianfu trabajo, que no leles íuftcntaua,&c. Yle gano-Reai Cédula por el Señor Don luán de Palafox para afligir la Religión: yaunque mejor informados los Señores Virrcyes,y Real Aud¡encia,haniibradofus Mandamiétos.para que fe de el precilb,éíincfculkble,no fe ha podido confeguir en muchos Cónventos,cmdando los Curas,VBeneficiados# congra„escaft,go.¡„.ped.rlo,val.cndoferosS^^^ tercelsion,y medios rendidos alos Alcaldes mayores, lograndoyquatro Indios,yc^ue algunos el dia,ó dias,que no tienen en que ocuparles,© enumcfoque tío pueden aplicarle,embian aque gane jornal, yfe le pague-ni'. •' . 36 ^on toda violencia le ha procuradó,‘y conleguido no lé Capillas delüs pafla4os,ni fe diga vna Mi la,pomendoguardas,paraqucli alguhó fuere, le traigan al uura, aplicados graues caltigos,con que fe ha quitado no potó ocorro aos Conventos,yhan lamentado bien no pocos indios, exan odedezit'Millkspor ftis difuntas; porqueli con lecret'o encargauan, ydezian alguna, no liendo fácil dure en los indios, iclatíazianooluerapagarcohcaltigo. Yquexandofe vn Guaruna Ubilpo,panderando grane ofenla de muchos dere- °ntitícios,y de libertad Chrill:iaña,ie dixó,que eran derechos Parroquiales. i ^^niendo la Religión quatroBulas,pafladas todas por el por la Real Audiericiade México, para qno cobre quarta fuüerai,ni lleue derechos doblados álos que ^le ( IZ factirdeía í^lefia Rfi ^eht&rrarenén nueftros Conventos,tíotifícadasen toda ’fcarimi noíc puedcconfcguirlii obferuancia,y le ha omkido requerirá los l^roviiiciales ¿quienes cornete lii hantidad laexecucion ,coa ceníuras,por impcüirioel tropel de tantas materias como le haa tnouido contra las Religiones. Ypide grauilsima ponderación contra libertad humana auer introducido, que los Eí'criuanos no declaren en los teftamentos la voluntad de el enrermo para iu en^ '‘“rro,íino,quelodexen alade los Albaceas ;yaunque ellos la declaren,no le ha permitido muchas vezes cumplir, eipccial mente enla Puebla porel Curade San íoléph:y recurriendo alSeáor Obilpojoo ha puefto remeaio,lolo ha maniíeílado diiléatir de ioS derechos doblados de algunos melesá ella parteé’ if3^ Han puefto losCuras todo esfuerzo, yviolencia paraqüe noentraflcnlos Indios,niao'ir Miiláenlos Conventos ,poniendo Aiguaziles,que no lolo impidicllen entrar, iino,quc eitragalto«deeíccr^on,covnmu fen los ya dentro. Y' es digno de ponderarle, que laiienuo la airo Ig^refdifecto enefté córiveftceísion de el Cordon por el patio, ycompás de elle Convento de rodechoMa. ’^ San Gabriel de Cholula,de ella milmalacauan aios iaaio5,e ladusjy vn Religioíojcon lentimitnto,y zelügra4iilsimü,aio coa la vela que lieuaua encendida al Alguazil en la cabeza, y^ucud d admiración de el concut ío toda.enforma de t^e/ruon ,yoy vlue el í^eliglofo ala memoria de ella íin duda mamfeftacion Uiuinai de íud.lkgrado,cnl'emc;ante violécia,alahumana diocrtad,cariño, ' ypied£ldeeftospobres,hi)osdeelelp¡niu,dottrÍQa,y langredc ' . tiueftra Sagrada Religión. ^^ .i: 3g Ha prohibido, yprohíbe el Señor O>ifpo,conlmpreíro, „v., ypublico mandato,pena de excomunión,yde duzientos ducados , de Cafíilla,quc no le valgaGura,ni Benehciadode Keligiolo pÁ* dos,que los clerigosm^e val' ralaadminiftracioiucaftigados aos,o tres,que excedieron, coní* RflkHos parcela adtando,como confta con nocorieüad,que li le huuieran íiibftraido los Religiofos, no le huuieran remediado inhnitoscaíosíy grauif-^^, , limas necelsidadcs Ypor el dicho mandato, ha Hitado deuido , ' remedio ¿muchas,de que no ay.pocos,mleucstelhmonios,remilr tidos al Gonleio. Ybaitevn calo por mil,y millones. Ella el Pue*. '-' blo de Guamantladiez leguas de laPuebla,Curato^de ciacod íeis mil pelos que íuftentaua doze Miniítros. yotros Religiofos, ya vn:. 1ro.,;. u>laav vn Lugar, llamado San luán ,de mü indios caTerrible falca de adinmlftraftdotfmls' ycarec,c„ao de Upro.npta, y:c«n.nu.. ad™,mftra^ Clon que tenian de la Religión,le hizo vu indio Pontihce ,baUtide Pontífice, zaua vcal'aua,como vio hazer alos Miniftros,por cuyo luceííb deícúbierto, pulb el Señor übifpo vn Yicario ytue tan publico, que le ahorco en la cárcel publica Epiícopal de la Puebla, y tan mbderno, que no le han cumplido Ris anos. /.n Ffta aísimi/ino prohibidocon excomunió, que no fe per- •_..'n^1 ! I r\tí ^Ca adezir Rcliglofocn lglelia,Hermita,n¡Oratorio SeVI, Prohibición publica, paraque mitadezir Aiin-i^ ,U/nineeun Pelmoíb fe permita cular conftandoaísimilmoquedarlcmuchos Pueblos, yhaziend:z.i'MiifueHTi¡.fu,c.iPilL, das fin Mifía vremitidos tcftianonios ;pero como el intento es woratorio ,con e'.identes,/ lKrrUltliglonpor.odoam.d.oa,paraaiuei™p„<i.i,ii¡,^,d, «íí;;; pol- fan las dircordía«,que motivaron la cercanía tan ponderada de '* dichos Conventos. .. 1/-,^”* *46 Ydexaniootrasmjurias,yaffraviospartícularesno!eg(dree Mjoluumetitem ítter ^,•'^ij- •1• ^¡vilegm Apollylicos en Ut vcs.es el mayor dezir, queya no ay en las Indias privilegios jndias,yconin,urUiítléS¡Ué regulares,halla dezírle que ion de Papas muertos :yconJa Real Cédula prohibitiva de luezes Confervadores ,yeílrañar la Real Audiencia :yaun el Real Confejo conocer ,yre/blver el cxceíTo de juridicion Epifcopal.no ay deí’enía,y reíolucion con^ veniente,yneceíraria,ni pofsible paz ,ni ferenidad ,íioo dfJcordiadeftru(íliva,principalínente anuellra Sagrada Religión ,íin .que le valgan fus antiguos,modernos,ycontinus méritos. Litigios en ei Ar9obirp3do de México. Venlia del Señor Ar^oUfpo ¿México, con todo apluufi cdgnn manifefiado agajfa^o itl Comifiario General. ' 47 p^panado de 1668. vino áMéxico eIe¿lo rrovifor de México en Sede- »t«ante, Dodlor Don Antonio de Caidenas ySalazar, proíigue en el Govierno del Señor Arjobiípo elcéto. ^obifpoel Iluílrirsimo Señor Don Fray Payo de Rivera,del Ordendel gran Patriarca San Aguílin ,Óbifpo de Guatimala,conaíceníbalde Michoacan, Sugeto digní/sirno en todas prendas, yaclamado en mas de ocho años de Obifjo, que conocí ,yveneré Letor de Teologíadel Colegiode San Gabriel de la Ciudad de Valladolid(donde V.Reverendifsima fue ekao General,yfuceíTor de nueltro Padre San Francf/co ,con el gozo yaclamación publica,ynotoria en toda Ffpana, yíbera <kelU)yal puDtoqucdefembarquéefcr¡viafu lluínÉi® -y repai muchas vezes :yllegando aella Provincia previne el aga(ra,opofs,bleenlosConventos,yraIialcerc^o íMéxico, n,an,feiando n,. veneración ,yamor tan antigua fus grandes v‘'“ftrifslma con t!da bevacóte al Doftor Don Antonio de Cárdenas ySalazar, Canónigo,q^engravedifcordia del Cab,ldo,robre íi nerfe veraualaiuridiciondefuArfobilpoanteceffor, el Señor Don Mateo SagadeBugueyro.oy Obifpo de Murcia, órecaldo legítimamente enel Cab.ldo,conmtervencionde la gran prudencia, yadmirable pazifico govierno del Señor Virre-y, Marqués de Manfera,fea,ufto,conymiendozedcr,y renunciar losPÍovifores lit,gantes,yponiendoentercerod oficio, que logro el d¡- oon momo, tefnitando en las Religiones prudente telogro la Provincia de rrtn n^attit dc üaxaca ,dcl Orden de Predicadores, graueper ecncionóuíadadefleSugcto ;yconftavaen iníbí 'continuóle el Señor Arco* wviefn ‘^""ado eiiMayo de 1668. guieme. *^'‘“'P‘“*“*^‘'*S‘Osquefe rctéririn, del fucella íi4S Sin '4 48 Sin antecedente Imaginable hotícia,ní del intentó,amaprimer litigio. necieron puertos Edites en la Catedral, yParroquias Séculares, yen nueftra Señora de los Remedios( Santuario de la debo- ¿>s^Nems!jmiZos^flaí cion, yPatronato de la Ciudad)en qmandaua dicho Proviíbr, adminijiracíones rex¡fUres, que todos los Efpañoles, Meftizos, Negros ,yMulatos de cin- ¿ co leguas en contorno de México, acudieíTen alas Parroquias, ^s>*asench^ Seculares (y cinco de Febrero de 1669. día de San Felipe de Iesvs Martir,de nueftra Sagrada Religión, primir Santo Canonizado nacido en Indias, yen México,yíu Patronjpiifo Clérigos en Cuyoacan ,adminiftracion déla Provincia de nueftro Padre Santo Domingo, diziendo por las calles publicas, que eran ?iulos todos ¡os Sacramentos, admini^radoí por Regulares dtodos PropoGcionesduras,¿indig-, los «o yenterraron,cafaron, ybaptizaron muchos los Cude nulidad de Sacraaien-r ras,durante el pleyto,que fue breve,porque fe avia intentado en tiempo del Virreynatodel Señor Marqués de Cerralbo,añode 16z9. 6i630.alcgando los Curas,cobrauanl^ primicias tan de primicias han querido derecho Parroquial: por lo qual le tenian radicado ,ylespertecobrar los Frayks Francifncciiüadmin.aracion, ylos novenos (que.como confeiraron los Guras actuales de la Vera-Cruz,efte acrecentamiento aíus juftamente ,dequequifieron rentas,excito renovar la preteníion)de fuerte ,que el beneficio fundar derecho Parroquial,y que haze la Religión de San Franciígoá fus Feligrefes, no copretenfion aios Novenos. brandóles las primicias,y tolerar (no fin contradicion hecha en muchas partes) que las perciban los Curas de México ,doze ,y catorze leguas de diftancla, fe quiere radicado derecho ,para vencer el del Real Patronato en el encargo dado ala Religión defde1aconquifta,continuadoconlaexprefsiondí/<í Real Cedu- ^^g^ndel Concilio Me= /a í/í 1585.Obedecida en el Concilio Mexicano,]/ contrafus decretos,de- ^ícmo de verdaderos Parro - clarando dios Regulares Párrocos de E/pañoles,Me/lizos,Negros, Mueos de todos Fchgreles los latos,éIndtos,de Obligación de]u/iicia;Y COnX.Ta.hs Bulas ApoftoliRegulares, cas: Fue dos vezes el Provincial arepreíentar al Señor Ar^o- ¿osvezes bifpo la inquietud que rcíultaua con la nouedad ,pidiendofuefai Señor ArvoDifpoimpidieffeíérvido;deeftorvarla,yfaborecerlaquieta,y^^^^^^ fiondela Religión,yRdigiones,defde la cqnquifta .yrdpon- - dio era preteníion de partes,que echafle Petición (queriendofe .,. luez, yafu Prouifor.)Diofemequentadetodo,ydeaverfe íeguido erte pleyto,y le hize bufear, yoriginal ,le reconocí conLfo en articulo pofiéíTorio confent^o ,ydado ^* manda de propiedad puerta por los. Curas ,ya Procuradores de las Religiones :ydexando pallar los tres días obfequiofa, ypazifica dihprocuia „i VI, p-roles de Ceniza fui adar las buenas, gencia del Coimffari© Genede Carneftolendas.el .1 Quarentenasal Señor Arfooiipo,y pl e yto dcci lo ,no admitida ^armehora p»ra otro día, mandando yslftielfc fu Provifor, poras<:ii»iArso»if|;o. que llevaría los .Autos origiujes que tenia enla Celda,rehr.cndolo leido.y vifto.y ella coníercnc.a ,ytodas las qucocurrieffeneudcpendeucias.ofteciaíqualqu.er llamam.entp ,paraque íéevitallLl¡t<gio5,enquepua.eraferfu Iluftnisum padecerle error de menos bien ¡nlormado ,yno merecí affenfp a tan genctPli prüpofic¡on.rclpündtendPme.que era materia de partes, ‘*yque yque los Curas avian pedido, yno devia impedir la prctenfion Amparola Real Audiencia la ¿efu derecho :vdefpedido, dixeal Provincial hizielFe fu diliEme1rconq'uiSl,y1«S gencia,y fe hizo,pidiendo Real Provifion de amparo, que fe lidelplcycQ, defdeclanode bró’.y notificada al Señor Arjobifpo ,la obedeció ,yel Proviíbr,y Curas dieron refpuefta fin obedecimiento :yle neccfsitó de ^gunda para que obedecieflen; yno obílante, procuraron inquietar en la femana Santa ,inmediata ,yrepetidamente en las dos figuientesry en efta, por cfcufar tercera Provifion, que era configuiente ,fe pidió vn Mandamiento contra los Peligre- ^íes* 49 Elle fue el primero pleyto ,mouido por el Provifor de Taci0nde'sfh4ñelesy}ltidios, Mexico,haziendoeco al Pueblo de Queretaro,fu patria, que jjuddnúHtfiración, adminiílrala Religión: Yvna turbación de adminiftracion, bien dificultóla de componer ,yque la mifma Religión ha folicitado diftinguir,ganando Cédulas ,para que no vivan Efpañoles, ni mezclas entre los Indios,ni al contrario,que no han tenido execucion.ni la tienen fácil, pues la de Atrifeo ,que difpuíieron los Religiofos,les ha falido tan ala cara,inflando los Curasen .quitar la mayor parte de los Indios,con titulo de íirvientes ,yGadd R.al "““-y ** dignidai Epifcopal, yparte ,tan ratron«o,rcconocer,y dar notoria,como le ha hecho ,yprelentaio cl Senor Obilpo de la junfdicion al Señor ArjoPuebIa:yíegunmiinteIigenciaenpermItir,r€ConocieirelaRebifpocneiiepleyco. ligion la judicatura del ordinario en ella preteníion, cometiera delito contra el Real Patronado,yfu defenfa en efte, yotros putos lograd caftigo que experimentó. -•$0 El fegudo pleyto,tocó tibien al empeñoiveravefentímicZ7«"Z2L *S"r7. dd Pro''.ror,q antes qyo llegafle fue conftituldo Comido áe Q’'einaro 'en que pagaffe de laexccucion dc la Gartacxecutoria, ganada del Real Coníediez.mo de todas fus hazjenjo, para que las Religiones pagalTcn diezmos de las heredades dezmáblcs,yfueá Queretaro,patria fuya,donde fundaron vnos IndiosCaziquesvnConventodeSantaClara ,fujetoala Religionfydefpues defusdiasdexaronel Patronato afu Mageftad,con prefentacion de vna Monja al Virrey, fin dote alguno, IsslconvrnwdditealPaP?'' coniéjo de la Religión,para fu mayor annparo, yconicruatronatospordifpoficiondela cionjcon muchas haziendas nodczmables ,como no lo fon las Reiiiriün ,v provifion de vna deíndios;y por dotaciondd Convento, con particularifsimos Monjafmdoce. príuilegíos en fabor del boto de claufura Angular defte inftitutOjparatodoloneceíTaríoálacongrua, ydecente fuftentacion, leñalada en Efpaña,no fin contradicion del eflado Eclefiaftico, ymoderada allí inflancia porVrbano VIH.año de 1641.yven- 'cidaantelosProviíores ,yNiirKÍodefu Santidad. Ydicho Prouiforperfuadióá las Rcligiofas,Prouincial, yComilíario ^erfuadldo engaño ,y error General ,mi antcceílor ,quedicI\aexecutoria hablava con las de ¡crcomprehendidocicóReligioías :ficndo aísi ,quc conflano averie citado Convento íkgSÍ paT¿b?ReI NuevaEfpaña de la Oliediencia de la Religión,ni liciones citadas pagafsc diez “filados ,lino lolo el de Maniladc la primera regla, ypor elfo n!os,riolocftandoladeSanta ^^t:ho mas faborecido ,por fuflentarle de limofnas :ycontraavia dedar el Gonvento.i oy. pefos por los fíete años atrafíados:. tj VDofcada vno en adelante 16^o.pefos ,ios dieiamos píez mil pefos cobrados poí de todL fus haziendas,y heredades que poíjek ,deque fe otorgocrcrituraenforiua. Yíiendo afsi ,que el Convento por delame. wndenciasdecobranjas neceísito de comprar tres haziendas, venida ya Real Cédula paraque ninguna venta nueva íeotorgafle fin obligación de pagar diezmos,las comprb'con laexpref^- rlpHirhacalidad;y laeícrituradicha deconvenio,ycontrato Otroengafio.y error,cobr^ délos i650.pefos,noaviacxceptuadoeftas, fino antes compr.- tes,haziendas compradas c4 hendidolas en fu tenor abfoluto; yno obítante,fe procedió acoeña obligación. brar aquellacantidad,ylosdiezmos de dichas tres haziendas: y• :^ nrí^vineil Procurador Generaldeeftas Provincias,enla Corte Difpofidon del Comijam* de fu Mageílad,defendieíre efte Convento,ylos demas,defeanSrcjfdlcagra! do efcuíár la defenfa en eftas partes,por el l’entimiento del ordivio. ^ nario vel particular enefte cafodcl dicho Provifor ,como Co-' miliario que aviafidode dichadifpoficion.Y aviendofemedado tan deteriorado en que fe hallava el ConvenExplorada deftruccion dcl quenta del eítauO Convento obligo al recurf® to vque fe le executava por 5u.pefos,o mas ,deipues ck cobrafuerza, declarad» por la dos los dichos iou.pefos,y que era notoria ruma, ydeílruccio, RealAuücncia^ ordene fe opufiefleen el termino del derecho ,yen eftado fe llevo ala Real Audiencia,por via de fuerza, que declaro hazerla, fin Preverme alo configuiente de pedir la reftitucion de los .Vfin conveniente defenfa dexé fentenciar al Conloy.peio ’ -^iQ jjg^mos de las tres haziendas compra* Cortcfana noticia del Coj das como íe pagaron :Ypara efta defenfa füi en perfona .co -precifadefenf* ierir al Señor Arcobifpo ,ymanifeftar la obligación ,tan de dd Convento. concienciademioíic¡o,ycncargodelaSilliApoftolici. ,:El tercer pleyto.con mezcla de .nfanitos agravios, einiurias aueéftán en los Autos,tuvo principio, yorigen de poff^iaReaiexecutoriayaMenLr,elS^norArfobirpo,á.nftan^ -Qacreraro, y-Z— „ las partes >yy^Domingo en otras partes ,llamandoft reprefentando la autoridad que il vTca°rm ác Madrid,© Alcala ,en yn pueblo de Indios ,quede juridihecho precediendo alos Prelados de los Con cjon ,y autoridad de vieanos riendo ya vn -’^s poniendo edidlos fuyOS en nueftras Foráneos ,halla hazerSnforventos,valos PrOVinCiai(.s,p Ir^c r’nnventos maciones contra los Reheio- ^1crr formando Triounal ,yjudicatura en lo >fos generalmente. !g'>=í‘'‘">>'‘°',‘”¿x„,,fiJ¡r.vaovcrnarlaselcccionesdelosOfis 11-.Vvnés de los Lionveniob, las Rel¡piofosdihintos,y renovando el mas haíbi de las acci oy fin el motivo que le honefto enannguo, reputa reduz.ir áinforme brevc,claro, eintelitonccs.\ no es pj^g^^eionqueíécausócnla Provincia de ^blela mquic ay memoria deaver ávido alguna Hueychiapau, ^jamas. Didamen de el letrado en 3o delibero cchar peticionen nombre de el dicho Cura,ytodos L'o'S™ tóSElS '?* d' Audiencia ProuiCapítulos primero,yfeptirao fion de rucgo, ycncargo, para quc el Ordinario de el ArcobifdeiaScísion z^. dcRefjrnupado obíeruallé el Capitulo i-y 7. de la Seísion zq. de RejartriattaiteR a.nmoni], tione MatrimoniftCc el Santo Concilio de Trcnío,que mando IILibroíelaProu;/ion,qiie dibrar; yíenotlÑcó al Prouifor; yreípondió obedeciéndolos,introducíendo improperios ála i<cligion,y Corr.Iiiário General, leí Undo ofender ala RehrIio4 ioIra’ hj^j• gí«n,y al Conúffario GeneJoorecl cap.4.y S.dela Kegla,aluíion tacil de entender, para VI- *ciar las Dodtrinas,yobvenciones,y la autoridad de el oficio de ComiíTarioGeneral, afsintlendoála Doctrina pernicioíá, tan eftendidacomohaUc,yviocnmiCartaPaílora!,paracuyaimP'iíiofc otra para hazer noto prefsion di licencia. Repitibíe pedir otra Real Prouiíion,p3ra que fe hizicíTefaber la primera obedecida atodos los Peligreíes, con declaración de los dichos Capítulos de el SantcConciIío,quefe libr6,y remitió,haziendoíé notoria en los Pulpitos con dicha declaración,dizicndofe publicamente,y por Preben- •• •dadosdelalglelia, qucyanoíeriataneñimable el Prouilbra- .to; porque a él,y ala Audiencia Eclefiañicaíé le quitauan mas de zo[j.pefós en cada vn ano. Aquí es neccíikria digreísion fundamental. Halla clañode 1649.pocos menos,que lalió la Executoriade laíügeciondelas Kcligionesen los puntos que or1denaua el Real Patronato, por la Cédula de 1624. aque le or- 'denaron las demas fubíéquentes ,los Regulares Párrocos ha- -ziin por lilas diligencias que diíponen los dichos dos Capitu_los, hazlendo informaciones quando conuenia, ócelebrando fm 1' .c-llas el xMatrimonio, no íiendo vagos,órefultando impedimen- -de amoneílaciones lé ordena en ciftracion de el Sacramento 3licntadaenlaChriltiandad,como neceíiariad liíuaueadaiiniíObil par cninguna inas, por las diltanciasde los Obiípados,quc cóprchendencicnlc^as, pocos munos. y: mas algunos,yobligar aprcciío recurfo al Ordinario,no Iblo lucra hazcrlc difícil, lino impofsible en tantos pobres(quenotaatos,y tan miíerablcscn IaEuropaj.pendientes.de cotidiano trabajo, ¡Síce^ros, Mellizos, Mulatos,yno pocos E/panoles. Yaunaue en lo qucviíitoel Señor Arpbiípo Don éranciíco Mamo; que afeendió iBurgos,le hallan algunos pocos Decretos de vilita, para que le recurricireaiOtdiiurio.porliccaciap„alosca&micntosde Efpanoles, Mcítizos,ÍMegros,yMulatos ,íin pena alguna ,no !e obieruaron los Miniftros con el conocimic'to de oponeríea los de el Concilio:y del’pues repitió los mil'mos el SeñorDo luán de Manozca,también fin cxecuciün,liaíla que coníéguida aExecutoria de la lugccion; ycon la pcríliadida fubliílcnte _Gonititucion.de Gregorio XY. empefaron los Proui/bres á uuroducirdrecuríoaeiasliceaciasr-- ' pados Oríetndüqüe fe recurricíTc por iiccncia al Ordinario,algunospocüs Aatosdeel Señor Don Francifdo Manfo de 2u¡,ig;i,Gi;pia£);ica. Repitió !o<: mifinosel Señor Al •(Obiípo Don Iiian de Maño/ca,porlosariosdc lí+í. ¿Vc.finpeaaaljiuu,r,i pracesforzada.^! Irk'C'iu —los Regulares,comoen cchaua voz acnuiioadalMacrimuniojcciebrado íiadiai-á queque no fefixo ere- crédito general, yfe celebraron muchos por los Regulares é infinitos,que con la necefsidad del recurfo no fe celebraran! El Señor Arjobifpo ,fabida la general noticia que íe dauaenel Arfobiípadojporinftanciadefu Prouiíbr,libro edi£to,con pena de excomunión, motiuado en dicha RealProuifion ,mandando á los Curas Regulares, no procedieíTen áa£lo de jurifdicion,que competía Tolo ala Ordinaria de fu Dignidad, yVicario General,como es recibir peticiones, yjuramentos, ódeclaraciones, hazerinformaciones,&c. yalosFeligrefesconla mifma pena, que no comparecieíTen ante dichos Curas áíemejantes adiós, y recurrieíTen por licencia,yáhazer las diligencias para celebrar Matrimonio ante el Ordinario: yfe prefento teílimonio de va edi(íto,pueño en la Parroquia de la Ciudad de Toluca de Indios de nueílra adminiftracion,pidíendo,que fe obferuaíTe la expcdida,yfequitaíredichoedi£l:o: yfabidopor el Señor Arjob¡fpo,embió Coníulta al Real Acuerdo,dando principio con la difpofícion vniuerfal,repetídacontrael ComiíTario General ;y parece aleg6,que en el mifmo primero Capitulo de la dicha Seffion,fe preueniaobferuacion de otra loable coftumbre,íi la huuieflejy que lo era el recurfo de dicha licencia al Ordinario, en tierra donde concurrían diuerfas Naciones: yque las informaciones,lasnecefsitauael Santo Oficio para caftigar alos tefligos falfos,que huuieífen facilitado la repetición de nupcias: que la dificultad que fe argüía, fe quitaua con Vicarios Foráneos, que fe refiftian; yque por ley Real eftaua prohibido alas Reales Audiencias entender,yproueer fobre la obferuancia de el Goncilio,referuado folo al Real Confejo:y pidió fe diefle termino, para que fe hizieíTe relación de ciertos Autos de la Audiencia Ecleíiaftica,criminando mucho fe huuíeíTe leído la Real Proui - fionen el Pulpito,yCatedradeel Efpiritu Santo :yalego fer coftumbre inmemorial defde la Conquifta, de que quería defpojara la Dignidad Epifcopal el Padre ComiíTario General. Hizofe la relación en publica Audiencia, yconfefsó el Letrado de el Señor Arcobifponoauer Do(aor,quefauorecieíre el fentirdefuparte,manifeftados muchos expreíros,y grauifsimos, de no neceflariofemejate recurfo,y licencia,y razones percmplorias de el daño publico,mas agrauado conVicarios Foráneos, fuera de la implicación en adminiftraciones Regulares ;porque eleftilo introducido,es,que, óel Pretendiente vinieíTe inmediatamente aMéxico por fi folo,ó embiado por el Vicario Foráneo,prefentaíTe petición; yfiera cerca, le obligauan átraer lostefti‘Tos;fidiftante,lleuauacomifsion para la información, Vhecha‘boluia,y la prefentaua,y daua el ProuiíorAuto de apro LciorvbUualicencia:los derechos,yga^ las menores diftanciL ymas pobres,íeis,ocho,diez,y dozepelos,creciendo aveinte yhalla cinquenta,licuando el Vicario Foráneo ocho, diez.ydoze perosdelainformació,impofsible vno_,y otrogaftopara pobres, auiendo dentro de México excefsiuo numero, iinModema voz de nulidad d» MatriDionioSjfin licencia de el Ordmariojcontracl Santo Concilio,y dottrina general de Dodiores. Refolulóel Señor Arsobifpo promulgar edicto,moti„aL de]aR.ealI’rouiiion,publicadayaen no pequeña parte de el Ojiípado,en la forma que el de fu Prouifor en Querctaro. Recurfo ala Real Audiencia,' para que mandaíTe quitar dicho ediéto ,pidiendo fobre-^ carta, para que íe obícruallé la Prouiíion expedida de que fe guardaíTenlosDecretos de ei Santo Concilio. Opolición de el Señor Arfobifpo,por fola Coníultaj yfu principio fue recargar el litigio al ConiiírarioGcnerahfus razones,y collnmñre alegada íin julliñcacion alguna, Alegófe no tocar ala Reaf Audiencia proueer fobre la obferuancia de el Conciho;, lino al Real Coniéjo. Notable confefsion de el Letrado del Señor Arvobifpo,^ no auia vn folo Doctor ,qm fauoreciefle fu defenfa. Declarafe el eltilo introducidoparalas licencias,fus gaf* tosjC iinpofsibilidad. Venció al parecer el Letrado ímpofsibllítadodecaíárí De qaduertldoel ProuiTor eftaQua- 'refina inmediata,diípufo,que en San Aguftm dixeffe el Padre *'*Predicadorcafariaíinderechosálosqueenmaleftadojporpobres, no remediauan fus conciencias, yno es numerable en las diftancias. Yfatisfizo el Letrado de los Miniñros, que la ley juila no quería pecados que caftigar,lino preuenia caíligos con que impedirlos,ycomprimirlos ,no dependiendo la juííiíicaClon, ycaíligo de la repetición de nupcias, de que preccdieííé información,© no, fino de fu celebración,yfus te(ligos,y certificación de el libroj ymas no pidiendo tales informaciones (d Concilio,fino para ios vagos :ymanifeílo con Reales difpoíiciones tocar el conocimiento, ydeterminación ala Real AuDos Curas Seculares en nódiencia. Ydos Guras,vnodc la Catedral, yotro de Santa Cabré de los demás renuncian talina, fe prefentaron parte,renunciando el derecho que Ies cóquaiquier dereciwque tuuief pgtia yalos demas de cl Arcobifpado ,cooperando al intento fen aíauor de la Diíínidad. jlo -airt a ri/- nde el Señor Ar^obiípo. Los Autos Eclefíaílicos eran qiiatro, o Hizofe relación de quatro,ó cinco informaciones contra Guardianes, yMiniítros,articukcinco informaciones, contra dos exccíTos cn impedir Iccr los ediclos; yque íe auia dicho,qee ^gunos Reiigiofos graues,y ni para difpcnfaciones eraneccííário cI rccurfo ála Di anidad, y el Procurador General, /Ordinario, atribuido al Guardiandc Tacuba ,íugeto docto ,y ofreció prueba en puolica graue,á qucocurrio el Procurador General, ofreciendo prue.- ba de íerlinieílros.Repitiófe en elle pleyto también aclamación de inquietud, yempeño de el Clero,por el Señor Arjobiípo,/ Prouilor. El lüceílb fue faUren dilcordiaei Real Acuerdo; y boluiendoíeá vercon los Alcaldes de el Crimcn,fercíoIuióno carne 1uo Prouifion pedida por los Miniílros Regulares, por cl Auto de remiíion al guaidailenlacoftumbrc, ylos Prelados Regulares rccogiefien Real Conre;o,qiiáto alo que íus Patentes,ypara ello lédeípachaife Real Prouifion ,Vre- £fpachaíR*^Pro¡!Són‘^pírí ™caulk al RealCüníe)ü( no fin perfuafion mas que ?ro- •~•uable de auer lido medio oportuno para cuitar la inquietud aclamadajy fe obedeció tan rendidamente,que hafta cn Pulpitos fe permitió leer, no eílrañandole fus Miniílros notificar el Real orden,nilos Guardianes. Yel Cura de Queretaro of reció obferuar los ordenes de fu llufirifsima,halla áccilion de el Real Confejo. 57 Ypara vécerfinieílra la llamada loable coflumbre(que ír,i, <'>" ‘¡'toumento que la juftiHcaíre )hizo juntar d lomniiovfodeUuu-.oridadde Padre Prouincial loslibros, ylicencias de pocos Conventos •¡Concilio,yremedios ¡Grades, cercanos,yquc fe dielfe teílimonio de losMatrimonios cekbrados,fin la de el Ordinario,defic el Auto de Viíitadcel Señor DonluandeMañüzca,ynopocosdeelgranreinedio,acIaraacovrottadasjiniedras lis indü de los pobres,con cxprcísion de dcíordencs diuturnas en el tiempo que vlaron los Miniftros de fu autoridad,defde la P^^-^hcacion de la Real Prouiíioii, con declaració de dichos Capítulos de el Concilio, halla dicha reíblucion. ló’ Los Rdigioíbs culpados cn dichas informacionesEcIecas,pidieron alus Prelados julhfícallcn la ímpollura publi* ca,y publicada en la Audiencia,yhallaron ferio, yla de el Guardian Sala. Erapccbfe áaclamar inquietudjvfe prefumió medio oportuno la rcíblucion,que en difcordia de el Real Acuerdo,/ con los Alcaldes, fe dio los Regulares liili^eHctadel Provincial,<jue vece no auer anido la coftumradapor vn Clenyo, fe edrefo hazJen'io finnar aios SerjaTesefíl’lanco,pena deexcom-.ttjior, jllenar con declaración A^rmatiua,íiei:do negatiua la auiun hecho- 20 dian de Tabuca ,con círcunftancís tan indecoras ,éIndignaí, quales no parece íéavrán oído en la Chri^iiaidad .• pues fue va Clerigo el que declaro talfamente, ycito otros dos Seglares, que declararon al luez ,yNotario no averié dicho femejantes razones por el Padre Guardian :ymidiendo lo que avia ocupado la depoíicíon del Clérigo ,fe les mandó aios dos Seglares, pena de excomunión,firmaíren en blanco: yaunque el vno, ócntrambos,loeñrañaron,poreltemordeia Geníura firmaron, y fe formaron las depoficiones conforme ala del Clérigo. Avia PrefencsrófeiosteiKtnonwi duplicado del Autoel Fifcal dedli Magcílad,yafsimiírnoelProyinfonnacionts del ProyincuradorGenerabpor lasProvincias áqpienes tocaya,yfe avia la Aui^erS KMagS fefolució de fuerte, que teniédo juntos los dichos ^nítrumentos, tad,y Miniiircs.que fe dencA/ otros dicho Procurador General ios prefentó, yfe denegó la admitir los inftrumefupücacionlnterpueíla, yproveyó ala Petición del ProcuraauSConfio dornovenir eneftadojyel Fifcal defii Mageftad le pidió teñíremitió el Fifcal. monio de los dichos inftrumentos, que remitió en avi/o de JíegaJade Flota,ylos originales en ella,que partió a25. de Mayo defte prefente año. Yno deve omitiríe que fe hizo demonílracion al Real Acuerdo de vn tcftimonio de corta diftancia,y cóftava due defeando cafarfe vn hombre,yno hallando difpoíícion de ir ipedir la licencia,ydir la información de libertad .encaran Udiliaencia aotro cafado fo amigo ,el qiial lupufo el nombre, Vbíll¿> >9“^“'’ ¡‘T mieñto.y libertad.y llevó afn amigo alicencia ;Vcafe li tnera mejor cuitar ellos graves delitos ,no fáciles en las propias Parji.(¡,|tjsquehavodefpaesdel Auto de la Audiencia Ion tan ataves ,yeftrañas, tan ofenlivas algunas ala Religion,yReligioiies,quepidenefpecial declaración. Es cortumLlóavililnma,y recomendada de graves üoaores .que como el Santo Concilio ordena explotar la lil^rud de la Novicia oara cel-brar laprofclsion ,yMatrimonio Elpiritua ,conÍi-L muchoexplotla también en el Matrimonio carnal ,para que le”vke la cLcion. yviolencia, que fucle^ .- quciccyiLci _„,,araves pleyiosefcandaloíos; yporque SlieS(que feiucgb cou erfueryo al Miniftro de mctddlllgen l. H^Fetendicma cafar ,parala Toluca,antes de ^^Veliíndo en las licencias ef e“b™¡<.n a. libara ,n, uY1inn nuevo firavamen,no poco conüderablc. Supo el Señor Íryobifpo ,que los Eícrivanos davan aftF'clarar muchos averfe cafado fin licecia, yotros do aE'-rivunos, nodcfUntíi'^ tCltlmOnlO de u_Irao nríu llr*i/ai-irí nnr la ]irf‘n. ie mttt:r;.tsE.cl'''ÍallíGravctrefuhatydep'uesit U refolucion de tmhoflejt». Tcitimonioatu .-nue fe les avia llevado por la iicenla cantidad de los di.ri.ch ,q í';í¡.i cadel Ordinario yprove^^ o„ an Seiiiníftimonms de materias Lleliafticas .conqucle pre. ', ni'- alas Religiones ,para que no puedan ,‘lAcar"grav.o,mmir‘™.üe«i‘>‘»»‘“«‘‘“^ )‘‘'‘Ümion iSvItóerComií&rio General Ja publica noca que avia de reíultar en recuríb ,yquexa de íémejantes Autos en ofeníáReaJ,y Regular. Evitoel Comiflário General Vngranefcandalode reiteración de Nupcias, yprobaviüísima turbación de muchas, quefe intentarian nulji con vnmandato del Provifor, para reytcrarfe las hechas por xaMinillro Regular, Snavidai,7 agrado,recomendaáo de Madrid en orden al Señor Ar^ebifpo. Singular continuado agaflájo,y vifitasdel Señor Virrey, ^¿ñorArjobjípo. Chrlftiana,ynovilirsínia acción del Vinev ,fimilala del granTcodofid. KeaI,por configulente imporsíbilídaJ,para que coníle el he cho que la ofenda;pero lo íingularifsimo ,fue rotular por publico excomulgadoalE/crivanodeTezcuco, porque avía dado no pocos teftimonios de Matrimonios,celebrados fin licencia del OrdínarIo,quanto al hecho preciíTamente: yle recurrió alaReal Audiencia por el mifmo Efcrivano, pidiéndola Provilion ordinaria, para que fe le quítafle de la tablilla, yabfolvieíTc, yel Notarioentregaííé los Autos originales ,yfe omitió la vifta de ellos por difpoficion mia. Mucho mas apretada la pufe en evitar otrcgravifsimoeícandalo,ind¡gnodela Monarquia Católica, yChriftiana.-porqueaviendolecafadoen Tezcuco tres Mefti2os,y Mulatos fin licencia del Ordinario, por el Miniftro Rcgular.cn el breve tiempo que fe guardó la difpoficion del Concilio ;deípup del Autode la Real Audiencia embió comifsíon el Provifor avn Clérigo ,puraque bolviendo áleer las amoneílaciones los holvieíTe ácafar,y les hizo caufa,traxo áMéxico,ydetuvo algunos dias: Yvno dixo ,que li no eftava bien caíado,no quería calarle: yde los dos le leyó vna amopeftacion en Milfa rezada en la Iglefia Regular,que* la Parroquia. ^IEnefteocuríb de tiempo llególa Flota de Elpaña, en primeros de Octubre del año paíTado, yparece tuvo el Señor ;Virrey cartas de recomendación ,para fuavicarfe con el Señor Ar^obifpo ,del Señor Conde de Peñaranda, Preíidente deí Real Conle;o, que le facó fu Excelencia del Golegiode Doña A?®?" ’P"* GuatimiU ,hijo del Señor ucjue de Alcala.emparcntado con tantos Grandes, yTítulos, yes muy connatural continuarfela gracia vfabor aumento, vconfervacínnHs»!^ •°“'-‘‘«ly raoor devida afugeto tan reTevanK rr'7^? ‘‘‘=‘ nobleza.con la virtud Vletrt’7 el oro d: fu g^a yaunfedixoavItwnfdo^etZcl^t'’^ el Wvbien perfuadldode no lovfrrev *a^Á'?“'“‘'°*S'-ad<>,ique no filtó el Señor rpm'ti’Jnri Vv ^^generofo coracon ,yobras, Nome to?a''«bkmrSSrií‘irf'’?"° StóorArfobifpo. tangrandesPrincipés,foIoI, referir , “'"““T bfoo "g^^do del Señor ArjonidofuIlúftrif«r °|^?''v^^.^°^‘^°>cofnonovilifsimo: ypreveía besó y Aauftin Jtr .el Padre Provincial de San el Señor’ Ar^Excelencia ,llegó recado de venir def-ivapftaf? *fer Divina providencia, porque tiene encara ^corrcfpondencia que fu Mageftad iados Reaiif^^ éntrelos Señores Arpbifpo,Übifpos ,yPreéaaos Regulares,yque tendría mucho guflí entralímos quan- ¿o 2l’ dó fu Excelencia aviraíTe, yóbrequíaíTemos’ al Señor Ar^obífpo,foUcitando íu agracio ,que íe a)uílaria íia duda con publica editicacioa,y conf.ielo,y con devida gratitud ofrecimos la execucion ,yen breve efpacio íé executo, echándonos álos pies de íu Iluftrifsimajque nos abracó ,ymanifeíto íú caricia ,yla que defeava manifettar,y tuvo la acción ei eíeao que previo la gran prudenciadelSeñor.Virrey:porque fue general, ypublico el gozodelaG¡udad:yotrodiaaccidentalmcnte concurrimos el dicho Padre Provincial ,yyo avifitar afu Jluíirifsima ,manifeftando nueílro íingular defeo de lograr fu gracia: yporque me eaufavacuydadoélefcandalo que fe avia deféguirde la reytcración de Nupcias de los tres cafados de Tezcuco, que fe esforyava por el Provifor, fui otro dia, ylogré befar la mano de fu Iluftrifsima folo ,yfe le participé ,para que fuelfe férvido de evitarle,comolohizo,ypropulédeíeava en todas materias ella j^que aqualquier llamamiento iría con toda pronip"' titud,y rendimiento; /que en cafo de difcordar,en materia difícil de^ceder,ófu Iluftrifsima por fu dignidad,© yo, por la exépcion,y Privilegios,fe remitielléal Real Confejo,y medixo,que tres óquatro puntos folos avia que ajuftarvy me defpedi guftofifsimo repitiendo las viíitas,y obfequios que devia ,lin experi* mentar la correfpondcncia que parecía coníigmente, pues retardo con notade toda la Ciudad fu viíita, yla de Pafqua de Navidad aprefurb el primer día fin recado,no.pudiendo lograrla, por fatisfazer la cortefaniadevida alos Reales Miniftros,. ¡Titules yNobles de la Ciudad; ypoexcito mas íu Iluftrifsimala conferencia de los puntos que avia dicho convenia ajuf- '6i siguibfe otra novedad, en orden aexaminar, yaprobar vnos Relioiofosde la Provincia de Michocan en fufíciencia, y lengua,viniendo el mifmo Provinciafque vifíto dosyezes álu ¿“"SlTordeLvoluntad: ra,d,xof=halanadia^« ligiofos forma oV•^dixo el orden que llevavan de no Seímr Virrey,pidiendofudle^^ fu Mageftad refudva eftc ÍXto"olrdtiIñdol»'»‘“"‘ Regular defc.ila,queaatc fu Exce; puntOjomitiena patronato) fe devia ínterponer a k^ia(en quien re difpoficion,y del derecho común, y dad| Chriftiana,y exemplar difpoficion del SeñorVSney,que el ComiíTario General de San Francifco,y Provincial de Si Aguliin folicicaflen fuave ,y apacible agrado dclSeñor Ar5obifpo,que execuwron en fu prel'encia. Conferencia del Comiflario General con el Señor Aryobirpojbien recomendable,yfu continuo agaflajo lia lograr correi^adencú. Nueva ocafton de pleyto , rtendoexamii'ar en'Synodo vnos ReUgiofos contra derecho, fiendoj apunto refiíiido/oloji pidió al Señor Virrey fe ronir.. tiejfe al RealConfe¡o. I vin. Tia CrutiümfccMo por elPro vifor,injurias ,j agravioftolíxdQf>. -U aacl,y enfeñado por los Dolieres; de lo qual ,fin mucha violen^ ciareconod noeftar el animo de fu Iluftrifsimafaborable ,niaf* fentir kla benignidad del Señor Virrey ,yfolicitada por el Pa. dre Provincial de San Aguftin ,ypor mi ,ycon el efeéto de mi caíligo, fin mucha dureza devoreconocer la que tuvieron lo^ informes,éinformaciones de fu Iluftrifsima ,hechas, yadminiftradas por fu Provifor,6 de fu dirección ,yaver logrado fu vifta,y todo credito,fin oportunadefenfa en la juftificacion de los inftrumentos regulares remitidos ,o no declarados ,como convenia,ypiden declararfe,y reconocerfe. 63 El lleno configuiente de la Relación hecha, retárdalos accidentes intermedios que huvo neceííarios ala noticia de V, Reverendifsima. En muchas Ciudades, yavn Pueblos de Indios fe haze los Viernes de Quarefma el vía. Cruz.;s ,íáliendo las Comunidades de nueílros Conventos,d.ifpucfto ,yfomentado por la Religion,cógrávtil,yefidicacion publica: yen México avrá cinquenta años,cooperó vn Cauallero al cofte del Humilladero,© Calvario,dóde termina el via Cruzis^y fe fabricó muy decente;pero muy diñante, ylinlaajuftadamedidade los paf fos de nueñro Redemptor hafta la Cruz ,que fe imitan,y veneran con Cruzesquelos feñalan,por lo qual avia ceñado de todo punto, yfaltado efteexercicio efpiritual,tan exemplar,y de tanto fruto,por las grandes indulgencias que fe ganan ,quando no huvieraotro motivo; yporque eneftas partes,masqueenla£uropa ,íe necefsitan deñas mociones Efpirituales ,para atraer á devocion,yveneracion,de que eftan bien diftraldos por fu menos bien aplicada inclinación al vicio ,yocio ,las muchas mezclas,ymenos bien inftruidas,y morigeradas,que ay; por loqiu\ ,el Guardian del Convento grande, donde le fundó, ytomento efteexercicioolbidado,leprocurórenovarconla Orden Ter-f G„,iMmo,aod«d¡todó 1? msdMa ajullada ,yft dividió con CruK yimodon Eipiricual al Pueuas,y dio principio,con gran numero de Comunidad,el primer biojyel-gian fruto reconocíViemcs de Quarefma,el año inmediato paíiádo ,finfolemnidad lio en tres Viernes. alguna, mas que vna Cruz ,al modo de la que fe llama de Geruíalen, de palo, faliendo por otra puerta:, yno por la antigua, adonde,ócerca eftava puefta vna piedra con inlcripcion,que declarava: De/de aqui empieza el via Cruzis.^ fin que de la difpoficion, nielhcchotuvieífeyo ,ni era neceííario noticia, ni intervención: Profiguiófe el fegundo Viernes ,con grande aumento de ..gente Eípañola,y Mezclas,y creció el tercerocon admiración. baSKcuTeTprod ^el Lunes figuiente fc prcícntó el Poder,yPetición del Minifr prefentarfe Petición por eí tro dc Qiieretaro encarcelado ,yarrotulado publico excomul» gado(antes del termino de la citacion,ni fer oído ,como fe dixo enlardado del pleytoantecedente.j Yleirrito tanto al Prouifor,que el Martes fue vifto publicamente en fu coche ir aver ,y regirtrar las nuevas Cruzes pueftas: yenterado de lanueua difpoíicion,formócauíadeofcnfadela)urifdicion ordinaria, por 00 lii le aver dado quenta; yordenó,que como dnquentíi Gleriáo luautoridad para celebrar Watriiiionios 2Z goSjvMimftrosdefu Audiencia Epifcopal ,fueíTén Miércoles Rmdo, yaparato para quitar yadenochc,y quitaHen todas las Cruzcs nueuas,comoíucron,y í^s^rL;zes,yefcandaioiasvo-; armados con gran ruydo,y halla oírle vozes ,de que fe quemaí- ‘^^‘^^^“eíequemaircn. ll;n las Gruzes: yala mafiana amaneció fijado en la puerta prinEd¡¿io| publico ,prohibiendo cipaldel Atr¡o,y compás del ConventOjEdlíto motiuadodela el via Cruzis.difpueri© por Otenla de la jurifiieion ordinaria, prohibiendo novedad en el Via Cruz santiguo,mandando fueífen áél los qquifíeílén, por la ^ mañana mugeres,ypor la tarde hombres: Yacaeció, que el Padre Viii tador de los Terceros tenia ordenado aalgunos peones quitaífen la piedra déla infcripcion del principio de wa CruziSf y para ponerla en la otra puerta,de donde avia parecido mejor falieíre,y de hecho la quitaron.-y fe avia roto vna efquinadel edicffaufa criminal,formada po'r to,por donde ellava pegado,fin tocar ála letra: yde vno, yotro el Provifor, contrae! Padre lehizodichoProvifor caula Criminal, motivando publico efTerceros, CStldS-lo d3.VCr CJUltílClO UlCn3 picdríl jydelito Id roturd dichd vna piedrijy que avii roto v— del edi¿l;o,venabió traslado al Provincial, requiriendolecallinaeiquina del Ediftojy re-» gafle al Padre Vilitador dentro de veinte dias, yen fu defeólo le i^e”cXgaff° ^^‘«vincial ^ caltigaria, vfando del derecho del Santo Concilio de Trento, aumentando con eña acción el efcandalo que avia caufado fu ediélOjé impedimento de tan exemplar, yfrmíluofo exercicio: ynofediópor entendido el Provincial, ymejor advertido el Provirür,noinlló masendichacaufa.Y el Viernes figuiente híAltar,yCIerigopueffoenfréJ 20 poner enfrente de la mifma puerta vn Altar con vnquadro de te de la puerta jei Convento, ChriíloconlaCruzacuellas,y vn Clérigo con fobrepclliz, que y®“‘^l^““^Uadcroantiguq,' afsiltielTe todo el dia,y otro en el Humilladero,yCalvario,dondeíeponiavn Tercero, que recogialalimofna que fe dava para Jacera:Yafevéquetodaeíladirpoficion era procurar irritar a que fe figuieífe defenfa ,óacción ,que criminar mas,para afligir alConvento,vRcligion;perodandoftmequentadetodo,man. Dirpoílclonpacílca.ydetodé qfe toleraíreelAltar,y ni fe hablaíle vna tola palabra, yque da tolerancia del Comiflaria dlviaCruzis Ce profiguieílé por la Comunidad en el Clauílro, Genenl,que el v¡a Cruzis f* lglefia,y Atrio,yCapillas,queeftanenei délos indios, Terceeporiglefia^y Atrio, ra Orden ,yCofradia de San íofeph ,como fe hizo los demás Viernes:/dicho Provifor procuro añadir ,yfijar mas lamortiMortíUcacIon ,éirritacíouj ficacion haziendo labrar vna piedra con las Armas de Cxeruiaponiédoenfrentedela puerleh ¿,n¿rÍDcion de empecar della el declarando vna ta del Conyento,con todo rui efpccial concefsion de cien dias de Indulgencia ,concedida por l^^nTpa^l/cómoT^^^ Paulo V.cada Vicrnes,y plenariael Viernes de Palsion, yla mde afrenta, cluyóen'la pared de enfrente de la mifma puerta, de noche: y con clruydoquefedexa conocer ,como padrón perpetuo de afrcnta,que fe ella pucíla ,yeílará, con toda tolerancia ordenaContinuados Altar ycierí» da;y la Quarefmadefte prefente ano repitió poner el Clérigo, ygos kQuarefma figuiente • vn Cavaliero,dueño de lacafa.pufo vna Cruz grande de Gerufalen yla pone luz de noche, yel Convento continuó el via CV«- ¡tu,dentro de fu Iglefia, Capillas, yAtrio,con grandevocion, yix, rI.,1Pleyto ^avifsima accUenUl 6^ Enia mifma QL»rcfma reconocí exaftifaimamente el pcrnicioíoabuío del Cordonde nueltro Padre San Prancilcp, ju Gentritiijf Ciil/tí*- ... . Cofradía delCordon de miePCro Padre San Francifeo,fundada en San FrancifeodeMeXÍco,con libro impreflb,y todas licenciasjCa fi olbidada c6 pernicioíb abufo de venta publica de Cordones fin bendicionjnifoletnnidad. Renovación hecha por elComíITario General ,eon toda edificación ,yaprecio de la Ciudad ,con cra> •" noble foncurií ’ Rroccfsíon de la RefurrccciS comuoifsinia ,finexceder de las goteras ,léguninventera^ da^ypreferipta coftutnbre. Es^-ivifsimala octipacion de Id Prefidenciade vn Capitulo de Indias yjftuftpr'o todo el ’fiftttfo itfr aplicación» yendíenidoíeenpIaifas,y tiendas, fin bendición alguna, muy olvidada la grande Archicotradia ,que fundo en el Convento de Arsis,y Sepulcro del Cuerpo Sagrado de nueftro Scranjo Padre,yprocefsipn de cada mes por Sixto V.dilatada átodos los ConventosdelaReligionañode 1585. ycon licencia del Tribunal Supremo de Cruzadade fu Mageftad,íetraxoáeílaNueva-Efpaña,fe prefentó al Señor Virrey ,pidiendo licencia para imprimirla,que dio fu Excelencia,y afslmifmojel Comilfariode la Cruzada,yProviforiy hallé,ylci en el libro impreííb,.con todas eftas folemnídades,y fus grandes indulgencias ,yconcelsiones,con exprefsion de todas las de nucñra Religión,que participan los Cofrades,ylos libros antiguos en que fe aíTentayanjV íin hallar rebocació publicada,fino todo vio quieto, ypazifico,e.\pe rimentadoen Efpaña,y cometida lü fundación, yrenovación al Miniftro General: Yhallándome con la autoridad de V. Reverendifsima,con zelo del bien publico,el lueyes Santo, por mas íeguro,y llenoconcurfo,y por ladevotaapUcacion del Pueblo, enfeme)antedia,hizcleer la Bula en el Pulpito, ymis Letras,en conformidad de la autoridad Apoftolica, renobando Ja dicha Archicofradia: yhaziendo vna breve platica al intento ,bendije cantidad de Cordenes,encargando al Conde de Santiago, de la primer Nobleza deftas partes ,decendiente de la del CondeílabledeCaílilla,elfbmento,ydífpoíicion que deíeava la SiJia Apoñolica, en bien publico de las almas, con tan gran teforo, excitando ála afsiftcncia de la procefsion del Cordon :yordenando que losCordones fe dieílén vnicamente por ¡ntcfveiicio/i de la Cofradía,fin determinada limofna ,ytotalmente voluntaria: yque fe bencficiaíTe en la cera neceíiaria (conforme vo avia vifto,y como Guardian de las Ciudades de Segovia, yVálUdolid,governava)fia mas íblemnidad que cantar yo la MiiTa,ha2er la procefsion ordinaria dentro de la Iglefia para colocar el Santifsimo en el Monumento, faliendo ei Pueblo que afsiítib guftoro,yempejandodefdeluegoa allentarfe mucho numero. AfsimifmoeldiadePafquade mañana difpuíé fe hizídJb procefsion en la forma que en los Conventos de Efpaña,defpues de Maytiñes, Prima ,Miflá folemne ,ySermón ,con la ceremonia devotadeocurrirvna Imagen de María Santil'sima con manto deIuto,y llegando ala preíéncia de fu Hijo,de/cubrirla el manto,y quedando de gala,íe cantaír€jRc^/»acce/f,(^c.y fe profigiub, yconcluyó la procefsion por Jas goteras áfuera del Atrio del Convento,fin que me ocurrieíTe hazer novedad de exceder de lo que hallé: yes inventerada,y preferipta coftumbre. 05 Llegófe el tiempo de Ja celebración de Capitulo, convocado para 19.de Abril; yen 16.a mi ver, eftandoen Difínitorio,viendolasdifpofíciones,y cartas quentas de los Conventos, fe me avisó eftár eíperandome vnEclefialIicocó dosNótarios:y concíuyendo,y de/pidiendo el Difinitorio,entraron, ydixeron, ítaer vn Auto del Señor Provifor,que notificarme, yme decíararoa 13 raron la materia fer fobre la Archicofradia del Cordon ,que ijn licencia del Ordinario avia publicado, inllitu'ido, 6renovado ;y el Auto contenía,dielFe razón de dicha publicación, iinftitucion de dicha Archicoíradia,&:c.y íinleerfemc, mpcrmitiri olas graves ocupaciones ,que ocurrian :ytengo dado queota áV. Reverendiísima,rerpondi hazia denionftracion del libro i¡Tipreííb,que conteníala Bula de fu Santidad ,yenél verialarazcn, ythndamentodeloobrado,tratando,yderpidúnioalos Minillros con todacortef níajy agaíia)o:Otrodiapor iamañ.ina citando en la miíma función de Diíinitorio,bolvieronIos miíinos Adiniítros, yprocuraron enterarme mas del motivo, yprocedimiento del Provirorjhizelcerlonecjfldrio ,yhalle articularincuríion de privaciondeoíicio,pordirpoíicion Apoftolica,por aver hecho la publicacion,y renovación de la Archicofradia: yque no abftante lademonílraclon hecha del Libro ,yBula del Señor Sixto V.vlasíblcmnidadesdeíüimprefsion, en poco mas de vn hora de ver mi refpuefta avia proveído otro Auto ,ordenando dieííe razón como en elprimero.ymotivanJolaacceIcracion,ypreíura.yproteílando otras caufas relevantes, dirigí mi rcfpueíla al Señor Arfobirpo,recufando al Prouilbr, yfuplicando áfu iluftrirsima,quecomo experto en materias de Capitulo, yel defembaraco que piden en el Prelado,tueire férvido de íüfpender el intento, empegado por fu Proviíbr, que ofrecía, expedidos los dos Capítulos de la Provinciadel Santo Evangelio, próximo a celebrarfe,y de lade San Diego ,convocado para dentro de 15. d¡as,diráíu lluftrifsima entera fatisfacion de lo obrado, yíe llevó afu Iluílrifsimami refpuefta,que aprobb decinte ,yRelig¡ofa,y fin otra notificación,ni noticia extrajudicial, celebré el primero Capitulo,yprocedí al fegundo: ypreviniendo no exceder del termino propueíto,di poder aProcurador,yorden cchafcpeticion,pidiendo los Autos,yfe prefentó:y fin proveerfe ,ni averme citado,ni oido,enquatrode Mayo,aviendo hecho el Señor Arcobifpo tocar aSermón,para qhuvieíleconcurro,mando leer en el Pulpito,comoen Auto deinquificio,los Autos hechos comram,.por dicha publicación,yrc.»vaaonacArch.coírad.a, yviro proveído por el Señor Arfobilpo, declarándola nula, y inmRunvalor ,porvna Conllitucion general de Ciernen e VI nVfus p-nas,recargando ala privación de ohclo ,einhabilidad APreUdo ,yque fc formalTc edicto ,yfi) ®H“ nir-iaucllccaíTe anoticia de todos fus feligrcles ,como fe fixífiguiendol'egravifsimo efcandalo, yturbación, que le dcxaconocefen México ,ytodo el Reyno :Cuya multitud excefsiva es de Negros, Mulatos,yMellizos ,gente ignorante ,y fácil aqualquicr novedad: yfe efparcieron varias voze. ,de que yoefta^a excomulgado.yque lo cílavanquantos traían el Cordon de San Franciieo: vhuvo perlonas que le quemaron, yotras que le arrojaron ávna Azcquia ,yalgunas mas prudrntes ,que coníuliaronlosScaorcsinquilidores, yno pocas perluadiias, Mque Para elle tíeirj-o teñir el Picvilbr tuina iniida ca.la errna elCon. illa rit Cirt¡?.I te ra tr exccd'.do toi.tra tcnll ii ccii Apoilolicajtn vnllni ir ,crencaar la Aichitolrrdia cel Cordon ,ytirbib ai.otii-car Autodc Citación jcilando eaa funccioiiCrj ici;lar,y le le dexd notificar ,yprcUrtó nftramento bailante, con qt cle dv'<air.fiituidotli México j-ór Via de darle razón )-x¿ida,r,or íbr priv ilepo pai’titiilar. * 1:11 menos de dos bor :s prdveyó otro Au'o ,cllrechrnc’o áque rei'poiidiefé derechamente querifndoleReo ,yfc reconoció neceíFaria recufacion afu hoílilidadtan experiincntr l.a,y in.anifcñada en 1a accclcracioa de Autos ,ofrecieiulo alSeñorAr^oóifpo eny teta fatisfacion, en exptdien* do la celebración de des Capítulos que tenia emr>e iada fue publico aprobó íulluftriffimajDor decente la refpuella. .-'i Abocada la caufa alSeñor Ar^ Sobifpo,no fe hizo nQtoria,ni otra'notilicacioa alguna ,ycl‘ ComiflarioGcncraldió poder' afires de expedir el vltimoCapitulo, yel Procurador echó. Petición,pidiendo los Autos, ea dos de Mayo. £n 4.de Mayo ,aviendo recadóla noche an res,para mayor concur/ó a.Sermón,) ala Mifli m.ryor fe leyó en el Pulpito toda la caula ,ñvfode Inquiüeíon ,yAuto del Señor Arjobifpo ,declarando nula la Archicofi adia, ylas indiilgccias ,recargando fin toda exprefsion las penas de privació de oficio al Prelado regular de vna ConlHtucion de Clemente VIH. en virtud de la qual fe procedió la dicha anu lac¡on,y que fc publicalTe por ediiloquefefijó en diverfaji partes. Gravifsiniosefcandalos en to do el Reylio. I. Que el Comiffario General de uau trancifco,crtavacxco.ti.úgado,y;riVi io ,II. Alg.inos qucmaroo clCordon,Ill.Ocrosleairo- . jaron en Azeqatas ,IV .Q;e. elUvanexco.naigadoslosq; c, tuefleu aSan Fraueiito ,c<.n experr.iiaicadorctyro. .l'l •jriSi.» III. II. íelia puerto contra derecho,yííveríaíd Chriftiana ,avíenilo im' nerechos doblados de entierfg paguen derechos doblados de los entierros en las ígle* fes Regulares,áque ocurrió la Retigiou ,con« prnucra otenbenjinobfirvancia. dida,y gTauífsimamente,por quitarles eítanit!Oina ac la devo* clon libre délos Fíeles en los Conüentos, que vnicamente pen* den de’ellajy ganaron Bula Apoftolica,eípccial paralas Indiasi pde Clemente VIII. ylaconíirñib Vrbano VIH. dcípucs inocénció X.y vltimamente^ Alexandro Vll. finaver •coníeguído en las tres primeras la devidá obíervaneia ,ni con el'-paüo del RealGonlejo; Porque preíento' el Procurador General la ds Alexandro Víl.con las demas,pidiendo í'e pubJicaíTe, chizieíle tiotoriaenel Ar^óbifpadOjy übifpadóde 4a Puebla, como íé hizojV ópoíícioníy alegato défuplica en la Real Audiencia, que refólvib íe-ex-ecutaíic lo proveído: yno obftantc, no ay remedio deque fe obíerve iantes' añadiendo toda deligencia áeftorvar todo étitaerrOry la pernieioía ,que los Rícriuanos no exprcfiea lavóiuntaddelTeftador ,íinoqiieqüode aláde los Alvaccas, para lograr con la deligencia, le llagad eiitkrro en la Parro- *'^^Y-próbibiendOedichas Bulas,'íe cóbre quarta funeral en Gonventos,tampoco feconfigue la oi^fervancia^ antes cxcpminwn contra ¡a infitcia juccdi0,que declarando vn vezinodeQueretato,cníutcitamenítectur, proveídos, impidicrido t^',cl(^r ^fGónventóde Sán Fránclíco, por derecho ParrofalbsUgos°” quialtq^uiníentás,ó mas Miífas,de‘la quatra que le tóckvá ,procydio^^ Vicario roraneojde orden dd Proyifor,á fu,cciihraqfa^ cdmp'eiieñdcA ía págí de la limoíha: yp>or eTcuíar el ruido que^ acla.mcqWo;;pl¿ytoEdefi^^ requirió coniasBulas a vnotftriOs í"rovindaléí,a qdienfcscomdéfu Santidad iá(íxkcuClon: ypor cl Smdíco fe pidió ante el Alcalde mayor,que con fu Auto,con pafcéePde Aí!eror,re pagaírc ládíchaiimoíhadeMiffas. yparece defpachq d.Senor Arcoblípp.ó fu Provifor, Auto de excomunión,cotrtinaiYdo'al Alcáldc liiayor iio fe intrometief* ken conocer de materias Eciefiafticas ,impidiéndole el rccurlb de íu fuero al Secular(mandando guardar en íimiles cobranzas, como yo he vifto por muchos Autos de la Real Chancilleria de '•4í^§Uhdolid,pára cobrar ¿I Sindico las memorias ,yCapellanías ^Cílps>tio^ Conventos de qiiefiu Guardian)yfe fufpendió dicha .cobranfai rn-,; ; ,“'7^^ de execucionhizo notificar, dicho Pro* Zr-nufhLr '^yoíViíos Alcaldes mayores de Toluca ,tezcuco ,yEvechia* no h¡z.ie!j¿n aliiempo quc de fu orden fceftavan haziendo infortionec,pedidas por la Religión, t^tt’aci'ónes CQUíra la Religion(buícando dcnociie ,ycon todo fecreío tertigos menos dignosjpara viciarjyofender las Do¿fri- .nasdCrnueflroencargoiLos Guardianes pidieronalos Alcaldes •mayores ,que con toda publicidad ,ycon los tcíiigos de mayor -^cepcion de fus )uriííiiciones (que comprehenden muchos .>onvv.ntos )hizieífen informaciones déla adminiftracíou Re- ,gu ^todos los pmitos iicccíiários, para informar a 'fu .MivnVA /.jíai/iirq f, ViiO -4i|; ttO, >. „ '.í S'Jtt'.i'.'írTHá ;íti im IV tivo de la Real lurifdicwn fu jVfageftaddelaexhoneraciondefu Real conciencia :yeAandolashaziendo,le les notificó Auto de excomur.ion, noíe.in- ^' ometiéllen aconocimiento de períonas ,ymaterias Eclefiaíli- ^^sryentrcgáíTenlos Autos originalcs,que tenían hechos, ydieron quénta al Señor Vir rey ,yque con parecer del Real Acucfr dóiuandólasfenecieflen, yprcícntaííí.nen fu Gouierno, como jo hizieron en el de Tezcuco ,yToluca ,de que mandó íü Excelencia dar teftimonios al Procurador General, yfe remitieron Real Confc)o(que no parece avcrfevifto) yen Hueychiapan embarazáronlos Vicarios foráneos,la qaviaempezado el Alplde mayor,que procedía ,menos juílificado que deviera :yíé )a(Raron que lus informaciones fe avian logrado, yno las de los Fraylesjcon que fe cierra la puerta al Real Patronato ,para que logre noticias convenientes ,queriendo fean folas las Eclcíiaftioas,y ladefenfaneceífariaá la Religión. .7^El Hofpital Realde Queretaro le fundó la prouidenyfomento de la Religión, con todos los mas de NuevaRIpaña,para1acuración de los 1niios:yelfos los edificaron ,doí^ren ,ydcxaronconuenientes focorros para efte beneficio pul^licoiy los Señores Virreyes nombravan Mayordomos, fe les totnavaquenta, yeífana en el Gouierno oportuno áfu confervacion: ypor los años de 1^24.fe esforjó vna Hermandad de Hofpitaleros,quc llaman Barchilcnes,que fue muy benéfica pala curación de los enfermos ,en diuerfas partes: ypareció conveniente entregarles dicho Hofpítal Real,yfe informó afiMageifad,que expedió fu Real Cédula ,yfeexecutó la entrega con Inventario de todos los bicneSíy alhajas que tenia, no obftante lacontradicionquehizicronlos Indios, éinformación de pertenecerles fu fundación,ydotación: yconfta averíe resfriado la caridad defta Hermandad,yeftar deílruidas las fincas,y alhajas, yhafta las Talas deputadas ala curación hechas tiendas, huyendo los pobres Indios de curarfe en él, por no fe les acudir ,ni confuftento-.y fialgun Efpañol pobre,óde las Mezclas, recurre acurarfe en él, le ha de fuftentar el Amo: por lo qual ,los Indios han pedido fe les buelva fu Hofpital,como parece jufticia. - 73 Laadminiftracion Efpiritual corrió por la Religión, como la de todo el Pueblo: yal tiempo de la entrtega adicha Hermandadde Barchilones,fe pretendió poner Clérigo', aque íe opufo la Religión ,ofreciendoíé totalmente de.limolna ,Im cofte alguno,Vobtuvo íii poííéfsion :yalgunos Señores Virreves hazian juridico nombramiento de Capellán Real,yen todos los Capítulos,yhada oy fe ha déftmado.y prefentadoieies tab a Capitular .’V co tiempo dcl Virrcynato del Señor Conde de Salvatierra íé repitió poner Capellán Clérigo jy ganadas Bubs Apoiiolicas de dicha Hermandad,pretendió competerle-,y juntañdofe efte Articulo con el de poner Vicario Poraneo ,fu Rxedencía mandó quitar vno ,yotro ,con Mandamientos, yPro- «iUonRcal,dequeefta teftimomo en el Red Coníejo ,en la rcrpetiV. Hofpitd! Ktíil de Queretaro,^ criben ,yeftado ,yefeníat al Real BatrotutOijReligioH. Buen "oviemo,y c-Pnrcrraci» vtilirsiiiiaal Beneficio de los Indios. Entregofe abHermandad de los Barchilones ,con difamen de mayor vtil por Real Cédula. Dellruidas las fincas,y la Curación ,inucila los Indios totalmente. ta admhñlftación rfpiritnal del Real ¡loCpital de Queretsri), ftempreenla Religión por el Real Patronato. Intentos repetidos de intradiicirkCapellan edénico,nripedidospoi cl Real Patronato. , * petición moderna de poner Vicarios Foráneos. Introducción nueva de cleri- .74 Noobftante toda efta inconcuía pazifica poíTefsion ,íe g,sa]íelebrarFeftMadescon Jntroduxeronalpunos Ckrigos,y los Barchilones les coníinfie47ouent7rf^ ron acelebrar Miílás Cantadas,tener Sermones,yhazer folem. 'nidades en la Igleíia de dicho Hofpital ,'que fe procuro impedir ,polyticamente jperohallaiidoíe Proviíbr el Doiítor Don An* tonio de Cárdenas ySalazar ,natural de dicho Pueblo ,los Clérigos esfijr^aron dichas folemnidades ,yganaron MandaFavorecelo el Provifor con .miento del dicho Proviíor,que notificaron al Guardian ,yMiinandientosaiGuardun,yMiniílro,paraquenoíeles impidiellén,ni eftorvafien :ycon di/pobridTdesdeíoracri^o^*^^^^ :ficion,6 permífo de dicho Provil'or, fe coloco elSantifsimoconpemiite, ódifponc Sagrario ;tra todo derecho, yel Parroquial, yManuales Decretos del concracodo derecho ,ydel Concilio Mexicano,ycó tan notoria ofenía del RealPatronato Real Patronato. (tan expreflamente exceptuado en el Santo Concilio Tridentinojyde la Religion,de que fe dio quenta al Seño Virrey por fu Ocurfo de los Indios, pidienpatteiY por parte de los Indios fe pidió reftituciondclHorpital, doíUHoipital,yqiiíxade la yalegófu deterioridad ,yninguna duración,yproveyÓ,ápcti* Religión de la ofenfa Parrociondel fifcal de fu Mageftad,ycon parecer dcl Real Acuerdo, ^uiai,y otros agravicsjcinju gj Alcalde mayor de Celaya, por mas cerca (ypor recufacion del deQueretaro,q avia afsiflido en dichoHofpital ádichas Celebridadesjavifta de ojos del dicho Hofpital, yreconocief íe,é informaflé de fu eñado,como lo hizo: yefta acción íe caluña* nió por irreuerente ,yque fue vifitade Igleíia ,yfe hizo cauía Otranotificacióde excomuEclefíafticaá dicho Alcalde mayo r, yEícriuano, ijueafsiftióá laviftadeojos,ydeclaróincuríosenla Bula inCacna Domni, y ordenada por el SeñorVirrey. fOtulo por publlCOS CXCOmUlgadoS >yÍC Ics puefta apelaciónal Delega.io,denegada ,ydeclarada fuerza por en elle cftado fe ha omitido, yoibidado efta Eftrañafcdarrefolucióporel caula: Yalos Autos dc la Religión ,vIndine rnn mrecer del dciReaiAciierdo,yreiiaocii- .’Pf^^^^-^'^^^^^^fcíolucionjqueacudieircnlasparrridoai Real Confejo con los ^P^“^G^onde, ycomo lesconvinieíTe ,yfepidió teftimoídiimon...,, remítií» 11 Real Confejo, que tampoco parece averfe KotMeié'^m<ií,ein:arüt ^JÍ^/™P°aIa,PuebIodeIrKÍios,enqueayaIgunos Feforlit celebración de dos cajaligreiwS Elpaiioles,ocurrieron dos coíamientos de períbnas d^íTaTr" o>'^5Fa^as»vnoin articulo mortis ,yotro en riefgo de muchas, dad,ímUccncuddord,nar^o. por fcr cogidos los delinquentes por los padres dda mugcr, COD palabra, yvoluntad de cafarle los dos, ypehGro de eftorvarfe varón: yaun áellos ordeno el Rí* Caufa formada contra dos Re adár quenta al Provifor,como lo ligiofos ,con coinifsion del qual dio comifsion avn Clérigo, contra los Reli* g‘o‘os(porqiie fueron dos, celebrando vn Matrimonio vno, y otroclótro jyfe les formó caula ,ypidió las deligencias que avian hecho,de que dieron toda razón: yalos calados fe les hizo asimiímo caula, yleles multó en 50,pelos ,con mucho ruy* o,y aclamación de aver contravenido los Religioíbs álos SaOmiradefenradcIaRcligion 8^Yos Cánones,ySanto Concilio de Trento ;yfeomitióqv^exa eellos agravios,éinjurias/lamcntando^ comocs julio ,inquietar, vando aver contravenido á los Sagrados Cánones,yConciiio. tn elle fuceíTo. quietar,yturbar la jurifclicion Parroquial, yel exemplar pcrni- ¿cjb(o,parHqueno íe atrevan áremediar ferr.ejantes neceísida- 'des,ydaños,como fe han experimentado, no vna vez íbla,nopuVejación, ydaños quertful* aiendoÍG-lograr lalicenciadd Ordinario,por ladillancia: ymu* '^“•‘losvaflaUos. r.endointerinelenFermo,queconbuen Conlcjo,y temor de Dios,queriaíátisfazer la obligación que reconocía, ylibrar de el peligro en que coniiguientcmente dexava ála muger agraviada. 76 Defie la fundación de las Cofradías de Indios, EfpañoJes.y Mezclas,ha (ido perene govierno juntarle* el Alcaide maofrnía del rIip,nonato., r yor,Guardian,yMiniftro, ytomar publicas quentasá los MaRelKvon,eun'ievamroduccti -yordomos de las dotaciones,rentas, yImioínas,nombrar nuevos Mayordomos ,yproveer lo que mas convenga (con obl'ervacionde los Decretos de viíita de los Señores Ar^obilpo ,y Obifpos, permitida íiempre por la Real voluntad ,yCédula de *2585. obedecidaenel Concilio vltimo Mexicano ,fin averíe inovado, harta que el dicho Provifor de México dio orden ai Vicario Foráneo nueuo de Hueychiapan, que le intrometicdé en el govierno de las Cofradias,como lo hizo, poniendo Tribunal enla Capilla de los Indios del mifmo Convento ,convocando ycitando para las quentasiy íin el Alcalde mayor,Guardian, mMimftro,oblig6adárUs,ynoml>Mr Mayordomos, jrem.- n„v.s tibio obrado al Proviíor,queloaprobo ,yle vio en los Libros do*. introducivna partida de gafto,nunca vifta,de vn marco de plata de los detechos del Provífor» ^^ 77 Defde la planta de la Fe,los Miniftros primeros Apofvm. tol¡cos,no llevaron derechos de la adminiftracion de loslndios, D'gnifsima noticia de UfuAvír \'foloertablec¡eronel conveniente fuftento ,yfocorro de los de uReligión en las ohenReligiofos ,yConventos ,con difpoíiciones fuaves ,de que el Pueblo,de verdura,focorrieílé con ella ,otro con huevos, otro las.j al Provincia!. eonpercado,&c.yertoíMlatnava, yllama ración :yen las Pafquas,v Fefti vidades,afsi por el decoro,yveneración ,como por iL-orm les imDUÍieronlkuaífenvnas Aves, pañuelos de naripreftnceenlasPafquas. íes b¡ei!eroneros,yflores,quellamanen fu Jengua Tlapaloli, Iom¡finoqueprefente.yoljlcquioforeconoarnit:nto;ddu:rtc, nureooltura, no dan coía alguna por el calaNo fe paga ínteres alguno de que por entierro ,ylepo ,6r•entíerro.ylepoltura,ves leve miento,quatro,b feis Aves,que no valen vn pefo,por el baptií .^ ma lat/plilb Vlinpularmente pequeña ,uendo el Arancel de decafamíemos. cuatro cinco vléistKfos de cafamientOjó entierro; yen efta colAranceles gravofosá los inqüatrO,CinCO,yici3p'-‘ 'Icciios,porcrecidos,y masenel tumbre íéertuvieronlos Conventos ,hartad Señor Don luán o¡)ifpadodelaPuej!a,iudifílf Palifov nue crimino los prdéntes de las Paíquas, ytaciones penfablemente cobrauojv la de Semanaíy riendo el Arancddd Obñpadodela Puebla mas rac.onnnpueitapot los RcUcrecidoá reis,riete,v ocho pelos,ymas,deca amiento ,0entierS• ro cobran también íos Curas la ración, ypedente, que fe dava a losFravlesivpara vejarlo iius,ganootra,paraquitar dlervicio,tan ponieradocnlos i:*ray les,creado en IOS Curas inmenfamente Vcon ladiferenciaefvel trato,Cümo le ha declarado, iuaolaaotlrtcarcndAriobiípado, ytodas da.truus Jlcgularcs, coa ) con íingular poder(no vifto en las InJias)y obedecieron losRcligiofosjíinhallardilpoliciondereíiftir con la verdad ;pero la Cédula de que fe obfervaííé el Arancel lübfanava efta vejación,que reconocido por ios Indios,clamaron, ypidieron al ViAjuftedelosindiosjdeno filrrey,qnc los dcxaíTc en íli coílumbre(quc era fu voluntad ,yvtil Mr al férvido neceiraiioá los ¿ef^shijos, fervir en los Conventos ,que no avian de padecer de no cobrar los eftipeniios íus Padres en la Fc,yde quienes avian recioido tantos bv.nch - de los Aranceles,con recono- ^ios }ylograron alguiios Mandamientos :yotros hizicron fu c^o vtilEfpintual, ytempojranfaccion,y ajuíle,de que no fe víaíTe de vna ,ni otra Cédula: ^‘yeftoíe obíervaua en Hueychiapan,y Provincia de Xilotepec,donde(deve repetirfej jamás fe oyd la menor quexa de los Frayles: yíiendo mucha cantidad de Pueblos de Encomiendas, Grivifsima ponderación de en mi prefencia,con notable alabanza refirieron los Encomennoaver quexa deEncomendederos,ni averia oido cn fus padres,ni abuelos ,exageración tan ros contra los Religio os. graue,como quantos faben de Indias,yEncomiendas, ponderarán por prodigioepues todala turbáronlos Vicarios Foráneos, procurando quexas de Efpañoles,é Indios, yáellos, con hperíuafion eficazifsima de que íe avian de quitar las dodlrinas álos Repitefe la gran turbación en pr^yies jeshizicron formar quexa de quc era mucho el prefenVicarios Foráneos en la Prote dc las Palquas( ya modcrado de lo antiguo ,porvn Proiunvincia mas quieta que fe avia cial,de cuya Patente fe ks hizo hazct preícntacion) yque no fe conocido cnNueva-E pana. x^irance^y proueyo Mandamientoel Provifor ,baxando mas de dicho preícnte,expreflándo,^«f Solicitada ,é Inducidla micxa vinctal.m tenia autofididpara proveer enlat obencionss\'j mando fe que reprehende el ProiiiFor en gliardaífe cl Arancel;no tuvo cfctílo ,que al punto reclamaron publico Mandamiento,^^^^^^ loslndios, yconfcíTaron la induccion ,ni con eílár bien áJos reconven- .Coiwcntos,huvo aliento para infillir en lo que ellos avian P^- tos.agtaviandqfi autoridad, didojpor fcntir quees mucho gravamen el Arancel 'pero Ipnoyjimdicionacribuf^va. tablc,ydignifsímodc ponderar,es,que la autoridad atributiva del P.rouincial ,con la Dignidad Epifcopal en el Miniftro Re.- guiar,íc quiere condenar,y negar: ymas ,no oponiendofe álos decretos Epiícopales ,que no era juño, fínoatendkndoel ali- ... -«io de:los Fcligrefcs ,yfe vicia lo que merecía gratitud, y alabafips ;pero es otro el motiuo ,yfin, que dirá el punto íiguientc. 7S Con fumaveneración he leído algunas Cédulas Rcada:iüencosr,itodukm!>^ ,c0ií Ies,cn que difponc fu Magcñad ,que atento el voto de pobrera excsmfínkii^r peiiapecuduria de los Regulares,yque no fe ofenda,declara,vquiere ,que fu li" Miniftro,6Miniftros ,no fe Iw mato. .drc üno adlípolicion del Prelado,que focorrerá ,yproveerá da lo ncceíT.ino álos que ocupan en la adminifiracion :ylo que fobrarc aplica fu Mageñad al Convento, yComunidad ,ycftá á -foloelctiydadodelos Prelados toda folicitud, yprovidencia paralas necesidades délos Frayles. lunto el Provifor en vna accidtvde infignenouedad de injuria álas Religiones ,y íxccJefeentodolodifpueílo* Patronato,muchas injurias ^contra la difpoficion dcl Real Pa-* tronato,que íblo quiere qve la Dignidad Epifcopal; vijtte ¡a aocí/íKit ítaúetJm. Regular^ corrya al MimJlrOyen lo que excediere¡en quanioCuraypn cf *'triv>ry 'erhíT^rjl h:iZírpo¡éjJos^avifando afu Prelado:y/íefe'n'o cafigare^v/e Uhignidad dehkr'eibo'ilel Concilio de TV?«fo; yh.^U efte tiempo pa- 'ré¿c no fe avia intentado exceder :pero el díCho Próviíbr todo dcredhó ha procurado romper:ylos Vicarióá Fohmebs, yotro^ "Agentés que tenia,difpoTiian,é inducían quexas ,que al punto adniitia, Vla iriformacion fumaria,llenando fii Aü líencia de caur fas Regulares,fin que Ítí aya viílovn recado aPrelado algutioi yCon qualcfquícr quexas íbuton la facilidad ytemordelos Indios fíempreft'ajufta, h'afta citadas, éinducidas ,fomu terpuefta defenla,y proveía Mandamiento al Miniílro ,con pe-- ¿en ÍL rÍ na de excomunión ,- ycinquenta pefos ,ydefté tenor proveyó guhres,que Clericales. muchos.YalMiniftrodeQueretaro ,parala prifion, parece le ' pufo dpzientos pefos de pena :ya íé dexan conocer las injurias, vfar jurifdrcion <fA’í/'¿i'yí/5'r^í^’o»^?»jtferiuir, y-no dar noticia al Prelado Reizular;pero lo efpecial de la pena pecuniaria, íe vició impone alos Regulares pena •con alguna notoHedad,que no pudo efeonderíbíe :yen íiguien^ tes xMádamientOS añadió ,eXpreírando,pf«4 de cánfuentapefas^por voto de pobreza ,y Reaks orCedula Real-, y fegú no levc,ni mal fundada noticiare dize tenerla jí=o«,que le quieren indenme elSeñor Arcobifpo para qla limoíha Real ,yobenciosentrenen poder,ydifpoíicion del Minittro: porque fe pretende en efia-pleDoñrinasRe na Jurifiicion,negando la del Prelado Regular ,yalegándole, guiai-es fon Curatos Séculacomo fe ha alegado por el Señor Arsob.Cpo ,que las Dodrinas nofon Curatos Regalares,fino Seculares ,yquedeyen eftar en P pienodominiodelaDignidad, yfequieren coaligmentemente fus emolumentos fujetos alas penas pecuniarias,como los Cle^ ria6s-todaseftasDoarmascorreneneftaforma,e intentos de- - clarados,oaraimpol'sibiUtarla fubfiftenciade las Dodnnas en Ids Regulares: yíi ay dicha Cédula ,ya fe ve quan contante vicio tiene de obrrepcion,y fubrrepcionjperonoferá leveel pleyroíif:pone. •70 Todo iniuria, yen toda materia fe procuro hazer en X. Hu?ychiapan,y Prouinciade Xilotcpec,librando mádamiento de Arancel para fepultar,taííando las de la Capilla mayor atres novedadfm exenfUrt pefos,ylas d& cuerpode la Iglelia icatorac reales: yl.eado matc-ia tat. dificilfque no fe hallari en Concilio General ,ni ProvÍncuT.„ínsliodoalguno,por!aert¡n.aci^^ mererén las feoulturas ,fegun la cercanía ,odiílancia dcl Altar mayor )la hallo fácil el Provifor para ofender la Religión ,que fabído por vn Cavallero ,dixo con gracia ,avia de enterrar íus efclauos debaxo de la lampara :yei Yicario foráneo hecho, derramapara vencer la preteníion,y vino aMéxico en perfona, ykforZ pley to en la Real Audiencia,y en viendo traslado ,y “'^“vntSllsgrauTspSMo^Ví^ v,. AndienciaparaelegirlueaConlcrvad^^^^^^^^^ miento de la exempcio ,y P1^'Spñr>rí'-t Virr<'uf»c ^antoyadve.udojre,pendo, del año paliado de i669*clp‘^^^"‘Í® y® ^Señores Virreps, h,rep,tjo:mv/^vs el Procon el G'iiardian del Convento Grande,vimos entrar feis aclias, „f„. yocurrimos inueíita preuenida ooligacion,y vimos era el Pro- '-t ulíor, Suaue ,yvrbana advertencia de la cxeinpcion ,ypenas Apollolicas. NeceíTario víb de Notarios Apollolicos Religiofos ,yfi-' larru-fecj ycrédito ,conforme la difpolicion Apoftolica. Eftraña tergiverfacion ala excmpcion de ios Conventos, que la dettruye ,yconfunde toda)ui'ifdicion,y lugar ex ép tOjVifear ,ybufear en el los Feligrcíesjó Subditos, La mayor injuria afu Santidad jdeftruidatoda inmediación de fu autoridad, yjurifdicioa Suprema. XII. Se rompe todo derecho P.írroquhl Re^u¡ar,por los Párrocos a* Efpañoles. -u¡ror,con FifcAl,AIguacil,y Notarios, refirámonos ,yvimos ir los lacayos ávn pórtico de arcos, que eílaua á1.a parte del Con- .vento,yíü portería, donde eílavamos ,yque con toda demoftraciondercg¡ftro"leviíitó,y el Guardian ,yyo eftrañamos la novedad:paí'só ala Iglcíia,y defpues el Padre: Sacriftan, ySeglares nos dixeron aviavifítado,y regiñradolas Capillas;y que cldichoSacriílanledixo, que para qué era aquella npvedadi, nunca viíla,y que hafta los Seglares fe lo dixeron :yjuntandofe otros Religíofos graves ,fe difeurrid conveniente el embíar ají Padre Vicario,con vn Leéior de Teología ,que le dieíTe vn recado de parte 4eÍ Convento ,que eílrañaua la nouedad hecha rópimicnto de la exempcion,q no ignoraría,ni las penas Apoítolicas de tantas Bulas :yles refpondió ,que Ic tocaua por el Concilio de Trento: yprocedió air aSanta Ifabel ,Convento de nueftra Obediencia, yfe le requirió, cinfló fin fruto, yde alli pafsó aSanta Clara,yocurrieron los mifmos Rdigiofos ,y procedió,yentró :yconiono tuvo efeflo el poder nombrarle luez Confervador,fedió quentaáfu Magefladenel Real Confejo.Y ellueves Santodelaíiofiguiente bolvió el dicho Proviforconquatroachas ,y fe le requirió ,ypidió teflimonio á Notario ApoftoIicodelaReligion(bien neceflarioencadapar-í te,,y que íeeftablezca fu fee,yc¡'edito,regun la concefsion Apoftolica,por las prohibiciones, éintimidaciones de los Eícríuanos) yefte prefente año vino álavna déla noche, prevenidamente,como declaró el Alguacil,yíe le repitió el requerimien-. to cóveniente,y confefsó aver vifto los privilcgíosjpero q/b/o venia avefitar fus Feligrefes ,yreconocer fi avia algún de/br-, den;yfi bailara efte fundamento,pudiera entrar hafta lo mas retirado,el Regular en las Iglefias,cafas EcIcfíafticas,ySeculares, paraviiitar íus Subditos, yíe confundiera toda juriiciieion fin lugar exempto;a efte eftado llega la exempeion de los Conventos en las indias,fin impedirle tan graues penas Apoftolicas ;y fiendo tan indireda, éinmediata la injuria ála Cabera de la, Igleíia ,que no parece fe quiere tenga inmcdiacion'dejurifdicíon en Subdito alguno,y que le aya exempto :de todo fe tomó, teflimonio del Notario Religiofojqueafsiftió todas tres vezes, yfe han remitido al Real Confejo. 8 1 Nada mas prevenido ,ni mas eftrcchamente difpuefto, con grauifsimas penas, quela tranígrefsion del Parrocodclu Parroquia ,ya fea por determinado territorio, ya por feñalados Feligrefes, yen ninguna parte masfeparados,y diftíntos,quecn las Ciudades,yVillas ,donde fe ha íéparado la adminiftracion de Efpañolesdelade Indias ,cooperando con cficazia, yzelo nueftra Religlon('comofiicedió en la de Atriícoj yoy los Curas de Efpañoles de México ,fe han introducido áadminiftrar. Indios de las Parroquias Regulares,baptizan ,cafan ,yentier-, raií :yadvirtiendo efte deforden el Miniftro de Santiago TiatiIulcOjFray Antoaiode CctinajDifíaidor actual, le rclpoudib vn ( 30 yj)eura.dc Santa Catalina, P.irfoquias de -clérigos eran Perolciofadoñrinacontrato :Vmverr*iifty pertenecía admrií/lrar quantf/socurrieren ¿ellas : y‘derecho Canci,ito ,<juc que el derecho habla con Par roquias particulares jcpiiio Ton las Seo.iares ion de los Frayles,efte punto no fe imputa ánoucdad de injuria g>-éSJirReguia7«7 conftaayafidoinfluxoíüyo. 'limitadas. Singaragíado del Señor Arí<'itipo,j/deJenfa de las Rcl¡. gtonesen Guatimala,Ptthitca ennprejfa. * píircidel Prouiíbr,porque no ^ -8z Nopuedo, nidevodcxardedeclar quanlixo eílava el .concepto general ,de que toda la pcríécücion nacía del dicho -Proviíbrjy íinperfuaíion alguna, quecpoperafleel Señor Ar- ‘^•o«essnGuatih ^ .cobjfpo :porque en Guatemala, en mas de ochó años le ícreno Aconciencia con laadminiftracion Regular ,tanto, que loexpreís6,é imprimió,con toda alabanza, yfavorables doctrinas eñ CoHfulta,ó Memorial ála Real Audiencia :yaplicó ía parteRcgular fu Iluftrírsima,tan humana,yapacible,que era el coníiíelo de los Conventos de Guatemala ,con fus veíitas, yfavores ,fin ,vnanouedad,detantas,enMcxico,encortotiempoderuGoviernoiallinopudoengañarfefu iluftriísima,porquevió, vto- ..r ^.’j /iM .tiiTiaIa,mas que codos lus anco,por íi mumo,en repetidas veíitas (y mas dilatadas,que todos ceceiTores. fus anteceííóres,con aclamación publica, bien devida, yfundamento déla efperada felicidad del Arcobiípado jyaqui no ha íalidofu Ilurtrifsima,ni vifto,nioido,masdeloquefu Proviíbr Recirodefuilu{lrirsima,yi<:- reeerc,é info.na,logrando remisión ,y conlianfade todo negó- ‘?rS"p&Sñ'ioi fe." cío, por el gran retiro virtuolilsimo,y exemplar de íu Iluítriísicon cafi general remifsion de ma,con aplicación álos lIbros,yencotnpofic¡ondealgunos,que todo negocio afu Prouifor. ferán tan luzidos,yfrudtuofos,como fe deve efperar de fus grandes letras,y virtud: Los efectos prefentes he manífeftado ,como ellos fon,con finceridad,é ingenua verdad,que confia ,yeftá remitido lo mas al Real Gonfejo ,con teftimonios ,ylo mas tiene publica notoriedad, ytemono fe esfuercen con el nuevo diótamen,declaradoálugetodetanrelevantesprendas,ypueflo,que ,„„ci„du»,»d.,clano lo nc^ir¿i)íi fuere ncccílirio* Elcmpenodcl Proviíorcs nii** fnar¡n<juictudentodo plevto nifiefio,y con la induítria de aclamar inquietud en todo litigio, Regular ,no manifeiiado' en con las Religiones durifsiino :yno íe niegue íér la mas ingenioalguno de San trancifeo, fino fa,que fe aya vifto en el mundo, ni con mejor logro en perfuadir- ® la ála defenfa,y defenfor ciamado,ó aclamado por vnico,fi Dios ftohuviera manifeftado fu intento, yexecucion ,yno en pleytos de nuefira Reiigió:pues el de las prevéciones referidas, para tocar aentredicho,eracon la Religión de San Agufiin, ycon ellá mifma la opoíicion de la Catreda de Prima de Teología, de vn Racionero de ialgleíia de México, yvn Ledtor lubilado ,ypjeyto fobre la Catreda de Maefiro de dicha Ürden(a quien en fus gloriofos Hijos fe deve Pnma de Teología, entre vn lafundaciondela Vniverfidad,yiomasdefu luzimiento mateRacionero ,yvn Maeilro de rial,y formal,ytodo álas Religiones) yfue publico ,ycon mu ••“ chas demonftracionesmanifeítado el empeño, que fe hizo por dicho Racionero ,yí'c vió quienes ,óde que origen fe podía ,y devia temer inquietud: pues regulados los votos, pretendieron anular vno,con uienos ajuftada ícntcncia ,los Doiftores luezes declarando la Catreda áfavor del Racionero, porDoftor m.is smtiguo en Igualdad de votos, yíeclamavapor las calles,yrotulava PropoCcion digns ¿c cenfura. Obccñida rentencia faborable al Religiofa Macftro de San Ágnfttn. Inquietud formada indecora, yofenfiua alRcal Palacio,Caías,yMmiftrosR-eales, Procurador de San Agullin,/ fu Letrado. Sino fe interpone eficaz defen fa,fe vé laRelisiondeS.Pranc« ico ene Itrecho de Couieio Evangehco.previl por los Religiolos antiguos, CT lafujcccionáU Dignidad ípifcopal. Uv^mnFrayhvíS in rfííw«»7,-propcíic!on antigua ya,pcrotaníedicioía,e indignajcomoíe conoce,yprocuro irrit.ir >no poco, a la parte del Rcligiofoopoíitor ,queíbloccnla de í'u Religión contradijo la determinación del Clauftro,y ruplico parala Real Audiencia,que viftos los Autos ,yreconocido el voto pretendido anular,declaró,pertenecerlaGatrcda al Religiofojyaquclia noche fe formo inquietud ,yalboroto bien indecoro (fegun toda publicidad) atreviendofe al Real Palacio, álas cafas de los Miniftros Reales,con improperios de injufticiacn fu fentencia: yotros apedreanJo,y quebrando las vidrieras,y ventanas ,ylas que caían ala calle del Procurador de San Aguftin ,ycon repetido encono,tresvezcs ala del Letrado:yeneña,yotrasccaíiones'fe le improperó que abogava contra la Igleíia,como íi las Religiones fueran eílrañas ,óde otra ,fin poderfe dezir de ellas con verdad ,mas que vna fuma paciencia ,ytolerancia. Parece Reverendifsimo Padre nueftro,y de toda la Religión Apoílolicade la lgleíia,que lino fe interpone esforzada defenía ,llegara áneceísitar en las Indias de recurrir al Confejo Euangelico, preuenido por los antiguos Varones Apoítolicos, que lé íirva V.Reuereniifsima mandar ver en Fray luán Baptifta,cnlas advertencias que compufo,bien graues para los Gonfeflbres de las lndias,part.z.fol.390.que excitará ellas fus palabras :///W iemfine formidini dicoy quodin cafu ,quofratres fubijei Eptfcopis cogerenturyqno addeputationtasyá' aJsignatiommyVel rernotionem dlotisy in quibus babitant ,potius Do£irmas ,Domos ,Conventus y/upelU^Ü" PMiriam etiamdejferereyderelmquere deberent yqndminbuiufmodi diferimen ,é" ptrieulum[ ne dicam totalem Relígionis nc'» )Ordinemjuum advocare. Si el reíiitir tanto cumulo de injurias,permitir la defenfa,y defender tan eficaz preteníá fujecció, ydeltruccion,conocido, yreconocido el animo de impedir la refolucion de las doctrinas defpojadas, yproceder al defpojo de las demás aella iníigne Provincia del Santo Evangelio :yconíiguientemente atodas,con Iosefe<flos laílímofos lübfíguientes referidos,de faltar totalmente las converfiones ,yla Chriftiandad de la parte convertida ,con muy provablc total ruyna temporal,yEfpiritua!,de lo defeubierto ,por la multitud de Indios alcados,y Gentiles, que lo manifieílan ,procurar manifeílar la verdad ámi Rey^y lus Reales Miniílros ,taninfeííla con linieltros informes,éindignas informaciones,queriendo confundir, y vencer,yvenciendo laílimofamente la notoriedad mas claraque la luz del Sol,de los procedimientos,yoperaciones ,tan beneficas,vtiles,y avnneccífariasá la Iglefia,y Monarquía Católica de la Religión, en lo general, afrentándola con los defecfos, ó cxceííos particularifsimosjé impedibles ála humana fragilidad, defenterrando los difuntos,ymuchos íiipueftos: yli ef reformar las materias Regulares,tan granes, ypernicioías refcTÍdas,ha íido viciofa inquietud? V.Reverendilsima es luez fupremo de la Religión ,en cuyacorrección ,ycaftigo hallará la mas rendida ñire- 31 '-ob?díencTa:,coíiW) hijo amahtirsl módel htwOr de UReligión ATpoftolÍGi,y del menor fiervo,yieíciauo,enel defeo de fcrvirla ; aunque parece niucholo referido ,no.esíodo ,ni Umayorparte deloqiié pudiera noticiar aV.Reuer.end^itna jdignodejremodio ,ni pueden explicarfe las circunftftníws ,yaccidentes, que agrauan mucho ;yfiDios es" fer \i¡do;de; darjno vida» yV^JleUér •rendifsiínaíaiicencia pfididá',iioomitir^.iiquánto <fni ;zelp tiene comp'rehandidojy juftificado,uec^írarLd ,‘y op.oj-ti«joal Íüívicio de Diosydeia lglefía,y 'Mófearquia G^.q1íc4,coíí gran, auoifuto^ yfelicidad. Injurias,y agravíps enetóbifpadó ’de Mfchoácan. '^-5 .OÍ7‘?_ ^4.^ TT OgraronJas Indias vn Qbifpo,digno de toda vela neracion,yadamacionyenelSdñor Don Fray Marcos Ramirez de Prado ,cerca de quafenta años,conadmirabie paz,jufl;iciabenignifsirnaí yamor alas Religiones-, ymurió ek<íto Aryobifpo ,yGovernador del Aryobifpado de México,Obifpo de Michoacan. ^el Cabildo Sedevagantp quifolamétaflemos luego la falta de efte benevoloPrincipe,pata todos :yávn tiempo Prouifor ,yfeis Vicarios foráneos deoñciojfe emplearon en hazer informaciones contra laReligion,y Prouinciade San Pedro,ySan Pablo, , en que fehallan bicn opueftas,y eílrañas preguntas ,ydeclaraciones, yfe publico vn Ediflo,declarando tan fugetos los Miniferos Regulares, como los Seculares ,por la Conllitucion general de Gregorio. XV.imponiendo excomunión, para que íblo adminiítrallen Jos wMiniftros colados ,yno otro, de l’u autoridad, e/pecíalmente enlaadminiílracion del Sacramento del Matrimonio; porque feria clandeftino,y nulo; Duras, yperniciofas dospropoliciones contra Bulas Pontificias infínitas,del Santo Concilio de Trento.v derecho comande la autoridad ordimria del Parroco,y validación dd Matrimonio celebradocOnlulicencia:yalsimilmo, ptohivia remoción. fin dirlascaulas.ypoderfiUrMmillro Recular de fu doarina finlicenciadel Ordinario, que le h.a pretendido,vpretende cn'los raasObiípados,para total fiijeccion.e mcompoEibilidad,con la obfervancia Regnlar :yfc procuro poner dolo en las aprooaciones dadas por el Señor Obifpo dltunto.Fucforcoforecurr¡ralReal Patronato ,vinco retugio ,y delei.li,v le fbrmb pkyto.con no pocoempeño dcICaoildo que entibio mucho la acc.'krada muerte de Canónigo Doctoral ,q Ibrmócl Edn'lo.v fc.elll.no caíligodel Ciclo, yle omitiocon la venidadcl Señor Don Fray Francilco deXuna ySarmiento, Obifpoeleao,yGouerna.lor(dignilsimofucdlo.-alaelo,venebo!eircia,ypazddScíiotUouFtay .Marcos) permitiendo ,fin conJlj: .£t Seis Vicarios dorárteos , yel Proviforj ávn tiempo le emplean en liaror úifonnaciones de oficio contrala Religión. ' Edifto publico con dos perniciofas doótrinas ,contra todo derecho I. que los calaniientos no liechos por folo.s los Mmilh os Regulares, que tienen Colaciónele la Dignidad Epilcopaljlbii claniicilinos, y nulos, i.conliouicnte que no puede delegar el Párroco lu autoridad. Se renovó el intento de dar las caufas de remoción del Párroco Regular ala Dignidad. Que fin fu licécia no faliefle el Regular de la adininillracioui Repiit.ido caftigo del ciclo ea la apreün aJa muei ce del Canónigo Doctora l^qut dilpuio el edicto. Señor Don Frav Francif odc L'an.a ySarmieat j, üwtj o.«- liento,yiimofncro. lwncaalteraíre yámrpaíro,mquirieíreInt punto d .tenor de eftos ,ylos demas cumplimientos, como fi tueflen bien 'coTrerpondidos,en quexuve poco mérito,por el mucho quefe le deve ála Dignidad de VS. l.y ála pública edificación :Ydebaxo del miíltio fupueílo ,digo también ,que no mencionadofe ea «1 papel entregado áV.S.I.de orden defte Real Acuerdo, pahibraqueíbnafle álitigio,dírputa ,ócontención ,vinieíTcla reípuefta tan fecunda,y abundante de ella :Devé de fer vituperable en los Miniílros Reales,no pedir tiempo,y licencia áY.S.l.paTa acordarle fus obligaciones: ydéve de íer licito, yhonefto á VvS.I.tcner puerta faifa por donde paílaríequando <^uiere,delas contiendas de )urifdicion,á la reformación de cortefias :yal có * trar¡o,fueradificil (y aun improperio de mi puerto jel intentar farisfazer a: tantos,ytan diverfos'^puntos,como puede notar, aú* que muy de partb,en la Confuirá de V.S.I. Yaísi porerta aten* cion,como por parecerme,que ni piden,ni han menerter refpuefta,que el minifterio,y la edad me obligan atéder ácofas dé fubfunciajdaré fin áefte papel,rogando,pidicndo ,yproteftando á ¿V.S.I.hagamemoriadelnonlitigiorum del Aportol, no para redimir lo fervorofo de fu zelo,íino para amoverle de difputas, ycontiendas,poco neceírarias,y aun dañofas al bien, ypaz de la (Republica,yaplicarle,yfublimarle aintentos ,yfines mas loa* ;bles,y obligatorios,como ferá rogar áDios profpere ,ydilate las vidas,y laluddeíús Magertades,y defiéndalos Reynos de fu -Monarquía, reprímalos hartos defignios de fus enemigos, y conferyelapaz éntrelos Principes Chrirt;ianos,que con e/io, y advertirme V.S.Iluftrifsima,quandoíé ofrezca la oca/ion clara, ydefcubiertamcnte,loquedevo,ó puedo obrar,en afsiftencia, y auxilio de íu jurifiieion Eclefiaftica,cxperimentara V» S. Huí* trifsimalapromptituddemifineza, ytodos quedaremos con entera fatisfacion. Guarde Diosa V. S. Ilurtrifsfma dichofos años, México 14.de Odubrede 166i?.años. El Marques de Maniera, -:.l K