Carta pastoral que el Ilustrisimo señor Don Felipe Bertran Obispo de Salamanca Inquisidor general en todos los reynos de España dirige a todos los eclesiasticos seculares de su Obispado
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CARTA PASTORAL, QUE EL ILUSTRISIMO SEÑOR DON FELIPE BERTRAN OBISPO DE SALAMANCA INQUISIDOR GENERAL EN TODOS LOS REYNOS DE ESPAÑA DIRIGE A TODOS LOS ECLESIASTICOS Seculares de su Obispado. En la Imprenta de Juan Antonio de Lasanta, Impresor de la UniversidadAño de 1777.
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NOS DON FELIPE BERTRAN por la gracia de Dios, y de la Santa Sede Apostólica Obispo de Salamanca , del Consejo de S. M. Inquisidor General de los Reynos de España. = A todos los Ecle¬ siásticos Seculaues de nuestro Obispado de qualquiera cláse y condición, que sean, salud en nuestro Señor Jesu-Christo. nOMO la diferencia de hábitos y vestidos no II es un efeéto del capricho y fantasia de los hombres, sino una impresión del Autor de J$j la naturaleza, que ha hecho convenir a to¬ sa! dos los Pueblos, que no son absolutamente barbaros, en el diétamen de que las personas de estados, clases , y profesiones diferentes en la vida civil deben usar de cierta especie diversa de hábitos, que los dis¬ tinga entre si ; y el uso constante de todas las Naciones que tienen alguna cultura , nos hace ver, que los Ma¬ gistrados se distinguen por sus hábitos de los que no lo son; los Grandes y Nobles, de los Artesanos; y los que siguen las armas, de los que profesan las letras : 1 a Iglesia siguiendo las luces de la razón , y la impresión general de la naturaleza, ha prescrito á sus Ministros el uso de un habito, que visiblemente los distinga y discierna del resto de los demas hombres. Desea y ha deseado siempre esta santa Madre , que los que por su estado están de¬ dicados al culto y servicio de Dios, se distingan por su A ha-
2 'habito y vestido de los constituidos en el estado secular: y que los Pueblos conozcan á los que ha elegido para Ministros suyos por la corona , por la tonsura ó corte de cabellos, por el habito talar , y muy principalmente por el cuidado de evitar en sus vestidos la preciosidad,y quanto pueda respirar la vanidad de las gentes del siglo? porque como decía San Gerónimo : Ninguna cosa es tan mal parecida en los Eclesiásticos, como la afec¬ tación de vestir ropas ricas y preciosas , y de adornarse con las libreas del mundo, á que renunciaron^ j) Considerando pues la Iglesia la gravedad é impor¬ tancia de todo lo referido , y las funestas consequencias, que podría acarrear á las costumbres del Clero el olvido, ó desprecio de la santa simplicidad y modestia , en que tanto se esmeraron los Clérigos de los primeros siglos: á proporción del descuido que en cada uno de estos ha ido reconociendo en sus Ministros , ha renovado sus le¬ yes con tanta universalidad y rigor ,que nos atrevemos á decir , que esta ha sido su voz en todos los siglos, en los Concilios Generales , en los Nacionales , en los Provinciales, yen los Diocesanos: esta en todas las Na¬ ciones, en el Oriente, en el Occidente , en el Setentrion, y en el Medio dia , desde que superadas las persecucio¬ nes comenzó á gozar de los dulces frutos de la paz en el orden exterior de susGerarquias,y en la publica profesión de su disciplina , y advirtió los efedtos lamentables, que por fragilidad de la humana condición se iban siguiendo de la misma paz en el amor á las cosas visibles, y en la in- (i) Epist. ad Nepot.
inclinación al luxo, vanidad , y ostentación ,que tanto habia temido el zelo de los primeros Obispos, (i) En efeéto el Concilio IV. de Cartago celebrado en el año 398. ya comenzó á hablar asi en el canon 45: El Clérigo pruebe su profesión en el vestido , y en su porte: y no busque hermosura en los vestidos, ni ,, en el calzado. El de irlanda del año 450. en el canon 6. dice: ~ Qualquiera Clérigo desde el Ostiario hasta el Sacerdo- „ te, que fuere visto sin túnica, y que no cubra la torpe-. „ za de su vientre y su desnudez, y no tuviere sus ca- „ bellos cortados según la costumbre Romana::::: será igualmente despreciado por los legos , y apartado de „ la Iglesia. El de Agda Ciudad de Francia del año 506. en el canon 20: „ Los Clérigos que crian cabellera , aun- „ que no quieran , sean motilados por el Arcediano. „ Tampoco les sea licito usar ,6 tener vestiduras, ó cal- „ zado , sino los que sean decentes á la Religión. Dentro del mismo siglo VI., esto es , año 5 81. el de Macón se explicó con mayor rigor en el canon 5. diciendo:,, Ningún Clérigo presuma usar sago^, ni „ vestiduras, y calzados seculares, sino los que sean „ decentes á la Religión; y si después de esta determi¬ nación fuere hallado con vestido que no le sea de- ,, cente , ó con armas , sea corregido por el mas ancia- „ no, de modo que detenido en reclusión por treinta dias, „ solo se sustente con un poco de pan y agua. Del (1) S. Cyprian. de laps. * Era una vestidura corta de que usaban los Militares.
4 Del siglo VIL basta citar el canon 27. de los re¬ conocidos baxo el nombre de Tr u lanos que dice asi: „ Ninguno de los que son alistados en el Clero , ni vin viendo en la Ciudad , ni andando de camino use de ,, vestidura indecente , sino siempre de aquellas que se „ han concedido á los Clérigos ; y si alguno faltase en ,9 esto 9 sea suspenso por una semana. El Concilio Niceno celebrado en el 3110787. en el canon 1 6 . dice : „ Toda jaófancia y adorno del cuer99 po es ageno del Orden sagrado. Aquellos Obispos r; pues , 6 Clérigos que se adornan con vestidos sobre99 salientes y preciosos , deben ser corregidos , y si con99tinuasen en -esto , sujétense á la pena canónica::: pues 99 en los tiempos mas antiguos todo varón sagrado an- „ daba con moderado y humilde vestido. Porque todo ,9 aquello que no se usa por necesidad , sino por galanu99 ra , denota sobervia , como dice el Gran Basilio. Ni 99 tampoco habia alguno que usase vestido de seda texida 99 de varios colores, ni añadia ornamentos de esta va59 riedad en las orlas de los mismos vestidos. Porque 9, habian oido aquellas palabras de Jesu-Christo: Los que visten con delicadeza habitan >en las casas de los Reyes: En el siglo siguiente , esto es, año 826. habló de esta manera el Concilio Romano en el canon 1 2: ,, Los ,9 Sacerdotes que deben asistir á las Iglesias tanto para ,9 las precisas cargas de su Ministerio , como paralo de99 mas que ocurra , de ningún modo se ocupen eñ logros? „ caza 9 cuidado ó exercicio del campo , por que no con99 viene, que fuera de sus casas se les vea sin insignia, 99 ü ornato Sacerdotal , no sea que se les haga alguna „in-
„ injuria, como á uno del Pueblo; sino que guarden so* ,, lamente lo establecido por los Padres. Y finalmente, „ el que se hallare contravenir a esto en adelante , se „ emiende, ó se sujete á la disciplina canónica. Del siglo X. aunque tan calamitoso para la Igle¬ sia , como es notorio , por cuya causa fueron mucho menos frequentes los Concilios , no faltan repetidos tes-- timonios, de que en esta parte pensaron los Obispos del mismo modo , que en los precedentes. Las Consti¬ tuciones de Odón Arzobispo de Cantuaria publicadas el año 943. capitulo 4. dicen: „ Por este capitulo 4. „ amonestamos á los Presbíteros , que enseñen al Pue- „ blo de Dios con sus buenos exemplos, y habito sa- „ grado , y le instruyan é informen de la doélrina san- „ ta : Que su conversación en toda bondad, y modestia „ se aventaje á las costumbres del Pueblo ; de suerte „ que el que les viere andar vestidos según la digni- „ dad de su Sacerdocio , vea la buena y laudable cor- „ respondencia de su habito con sus costumbres. „ Y el Sinodo de Augusta celebrado el año 952. cap. 2. dice:,, Nial Obispo , ni al Presbítero, ni á otro „ alguno del Clero le es licito tener perros, ó halcones „ para la caza, como se lee en el Concilio Toledano „ capitulo 10. Qualquiera pues de estas personas que „ se desnude de su habito para esta diversión, mientras „ permanece en este detestable deleyte , esté suspenso „ de todo oficio Eclesiástico. Y las constituciones Ecle¬ siásticas, ó cánones publicados por Edgaro Rey de In¬ glaterra el año 967. capitulo 47. dicen: „ Declaramos: que ninguno ordenado in sacris crie cabellera , ni le B „sea
6 n sea lícito cortarse el pelo, sino en la forma debida, <5, si espera la bendición de Dios , la de San Pedro , y ,5 la nuestra. El Concilio Romano celebrado año 1059. en el canon 13. dice: ,, Ningún lego sea promovido de re- ,5 pente á ningún grado eclesiástico , si no hubiere si- ,5 do probado con un largo trato entre los Clérigos , des- ,5 pues de mudado el habito seglar. El Lateranense 2. que se celebró el 1139. en el canon 4. dice: „ Mandamos también: que tanto los Obis- ,5 pos 5 como los Clérigos en el estado de su alma , y „ en el habito de su cuerpo procuren agradar á Dios, 5, y á los hombres : y que ni en la superfluidad , ni en ,5 el corte , ó color de los vestidos 5 ni en la tonsura 5, ofendan la vista de los que los miran , de quienes de- ,, ben ser forma y exemplo ; sino que antes bien les 5, muestren la santidad que les corresponde. Y si amo5, nestados de los Obispos no quisieren emendarse, sean 5, privados de los Beneficios Eclesiásticos. El de Rems celebrado poco después , esto es, año 1148. copió sin duda este canon del Lateranense; pues se explica casi con las mismas palabras en el canon 2. pero añade en continuación : „ Y los Obispos si fueren ,, negligentes en imponer la pena señalada, ( porque las „ culpas délos inferiores á nadie deben atribuirse mas „ que á los Redores desidiosos, y negligentes) absten- „ ganse del oficio Episcopal todo el tiempo , que tar- ,, daren en imponer á sus subditos la pena establecida 5, por nosotros : ni tampoco la relaxen , sin que prece- „ da una satisfacción competente. Ei
7 El Lateranense 4. del año 121 5. en el cap. 16. dice: ,, Los Clérigos tengan la corona, y tonsura convenien¬ te, y exercitense con diligencia en los Oficios Divinos, y buenos estudios. Traygan encima vestiduras „ cerradas que no sean reparables , ni por demasiado „ cortas, ni por largas. No usen paños encarnados , ni „ verdes, ni tampoco de guantes , ni de zapatos borda- ,, dos y puntiagudos , de frenos, sillas , petrales ,espue- ,, las doradas , ó que tengan otra semejante superfiui- „ dad ni tampoco lleven anillos , sino aquellos á quie- ,, nes compete por el oficio de su dignidad. En el de Viena de Francia celebrado en el año 1311. se publicó la Constitución de Clemente V. que empieza: Quoniam : en la que habla asi:,, Por quanto el ,, que dexados los vestidos convenientes á su orden, pre- „ sume sin causa razonable tomar otros, y traerlos en „ publico, se hace indigno de la prerogativa de los pro- „ fesores de aquel orden : por la Constitución presente „ determinamos : que qualquiera Clérigo que usare pu- „ blicamente de vestido alistado, ó de colores, (no ha- „ biendo causa razonable ) si fuere Beneficiado , quede „ por el mismo hecho suspenso de percibir los frutos de „ sus beneficios por seis meses; pero si no fuere Benefi- „ ciado , mas estuviese yá constituido en Ordenes sagra- „ dos , se haga asimismo por el dicho tiempo inha- „ bil para obtener Beneficio eclesiástico. Y lo mismo „ juzgamos de los otros Clérigos , que á un tiempo tray- „ gan publicamente semejante vestido , y tonsura ele- „ rical. Mas el que obtuviere Dignidad , Personado, ü „ otro Beneficio que tenga cura de almas , y también los de-
14 ni pelean como soldados , ni evangelizan como Clérigos. (i)¿ En qué orden , y en qué clase, prosigue el santo, colocaremos á estos Clérigos que confunden estos dos estados, queriendo ser de ambos en la apariencia, no siendo en el ministerio de ninguno? Temo que en aquel dia terrible , en que cada uno resucitará en su orden, ellos no serán colocados en otro lugar, que en aquel espantoso, en donde no hay orden,sino sempiterno des¬ orden, y eterna confusion.(2) De este mismo pretexto , con que intentan de¬ fenderse algunos Eclesiásticos contra las severas leyes de la Iglesia , se valían también en tiempo de Tertulia¬ no algunos fieles para cubrir la profanidad, y el luxo. Dios, decían, vé en el fopdo de nuestros corazones, que no amamos la pompa de nuestros vestidos; aunque la decencia de nuestra clase y estado pide este magni¬ fico adorno. Pero vean lo que les respondió. Bien se yo, les dixo , que Dios pricipalmente pide nuestro corazón; pero la modestia Christiana no consiste solo en tener sentimientos arreglados , sino en manifestarlos tam¬ bién con el porte exterior.(3)Esto mismo podemos decir á los Eclesiásticos , que se glorian de tener sentimientos correspondientes á la excelencia de su estado , sin dar en su (1) At forma haec vestium deformitatis mentium , et morum indicium est. Quid sibi viiít,quod Clerici aliud esse , aliud videri volunt ? Habita milites , quaestu Clericos , attu neutrum exhibent. Nam ñeque pugnant ut milites , ñeque ut Clerici evangelizante (2) Cujus ordinis sunt ? Cum utriusque esse cupiunt , utrumque deserunty utrumque confundunt. Unusqmsque in suo ordine resurget . Isti in quol Vereor istos non alibi ordinandos , quam ubi nullus ordo , sed sem¬ piternas horror inhabitat. Ibidem. (3) S cimus omnes :::: Pudicitiae christianae satis non est esse , verum et videri. Lib. de cultu feminar.
su porte exterior señas de ellos. No basta esto : es ne¬ cesario también hacerlos manifiestos con señales sensi¬ bles y exteriores , entre las quales tiene lugar muy prin¬ cipal el uso de los hábitos , que los Concilios y Pontí¬ fices les han prescrito. La modestia del animo debe ma¬ nifestarse en el habito, y de lo interior del coraron salir á la superficie del cuerpo ; (i) porque aunque fa virtud no consiste en exterioridades, á la modestia que reside en lo interior, le toca componer lo exterior, y por lo mismp de la poca ó ninguna modestia ,y compostura ex¬ terior llegamosá conocer claramente, que hay muy po¬ ca ó ninguna en lo interior. Tampoco el artificio con¬ certado de un relox consiste, como decia un zeloso Pre¬ lado de nuestra España , en la mano que por defuera se¬ ñala las horas, sino en las ruedas de adentro; pero á es¬ tas las pertenece el dirigir la mano , y del desvarío de esta inferimos el desconcierto interior de aquellas.(a) Por esta causa el santo Concilio de Trento , como deciamos poco ha , aunque confesó que el habito no hacia Monge, con todo dixo: que convenía mucho , que los Clérigos vistiesen hábitos correspondientes á su es¬ tado , para manifestar la piedad interior de sus corazo¬ nes por la modestia y decencia exterior de sus vestidos. Es verdad , que el fondo de la Religión que Dios pide á sus Ministros, consiste en lo interior, y que esto es lo mas importante en la Religión, y lo que no puede omitirse ; pero como estamos compuestos de cuerpo , y espíritu, asi como debemos dar á Dios un culto espiri¬ tual (1) Emanet ab animo in habitum , et eruttei a conscientia in superficiem . lbidem. (2) El Señor Valero en su Carta Pastoral. Motivo 5.
10 tual, asi también estamos obligados á prestarle nuestros homenages exteriores , para protestar con estas señales sensibles la alta idea que tenemos de su Grandeza. Y por lo mismo no basta que los Eclesiásticos se hayan consa¬ grado á Dios por las .ordenes , sino que deben ademas de esto manifestar en su porte exterior la estimación y aprecio, que hacen de haberse separado del resto de los demas hombres ^ para estar únicamente dedicados á su servicio;y hacer visible la profesión, á que fueron llama¬ dos , y manifiesta su particular dedicación é invisible consagración con la forma, y decoro de sus vestidos. No porque Dios quiere ser servido en la nueva ley en espiritu , y verdad , excluye de ella las obser¬ vancias exteriores, como si fuesen propias, y caradleristicas de la ley antigua. También en la ley de gracia pide culto exterior , y quando dixo a la Samaritana , que venia ya el tiempo en que Dios seria adorado en es¬ piritu, y verdad , solo quiso significar, que en lo suce¬ sivo Dios no había de ser adorado con las ceremonias legales, y sacrificios figurativos de los ludios, ni con el culto supersticioso y erróneo de los Samaritanos, sino con un culto verdadero y espiritual. No porque la her¬ mosura del alma devota es interior, y escondida ^con¬ siste en la gracia , caridad , virtudes, y dones sobre¬ naturales que espiritualmente la adornan ; no se ha de cuidar de la compostura, y modestia exterior , quando el Apóstol pide, que sea manifiesta y notoria á todos los hombres;(i )y Christo nuestro bien en el Evangelio (2) nos manda atraer á las gentes con la luz , y resplandor de (1) Modestia vestra nota sit ómnibus bombibus . Ad Philipp. 4.^.5.
de nuestras virtudes , a que glorifiquen al Padre ce¬ lestial : Todo lo qual no puede lograrse sin la compos¬ tura y disciplina del hombre exterior , siendo cierto , que la desemholtura es argumento del poco recogimiento, y asiento interior. Temen algunos Eclesiásticos que si guardan la debida moderación en suporte exterior, y evitan toda vanidad y preciosidad en sus vestidos , no manifes¬ tando en ellos cosa, que no sea grave y modesta , y convenga á la santidad de su profesión, han de ser te¬ nidos por hipócritas , ó ridiculos ; pero este temor sea el que fuere, no puede librarlos de la obligación de ma¬ nifestar á los ojos del mundo aquella modestia y com¬ postura exterior , que es necesaria para conservar la autoridad, respeto, y gravedad que corresponden á su caraéler , oficio , y Dignidad. Porque asi como el Monge, según decia san Juan Climaco , no debe dexar la abstinencia por temor de la vanagloria ; asi tampoco es razón carecer del fruto de la virtud de la modestia por temor , y respeto de los hombres , ni vencer un vicio con otro. Dirán quizá otros: que las reglas de la Iglesia, y las disposiciones de los Concilios sobre el genero y mo¬ destia de los vestidos de los Eclesiásticos, de ordinario se miran mas como menudencias, y pequeneces poco importantes, que como obligaciones serias y esenciales; y aun por ventura habrá algunos que tengan por gran¬ deza de espiritu despreciarlas, y por escrúpulo, y rigi¬ dez su exaéla observancia. ¿Pero quien imaginará, que los respetables congresos de tantos Concilios , que las E han
18 han establecido , fueron capaces de ocupar sus serios cuidados en cosas mui pequeñas? ¿Quien creerá, que el espíritu de Dios que es espíritu de sabiduría y verdad, y preside á las deliberaciones de los Concilios, ha podi¬ do dexarnos reglas inútiles, que se pueden tratar sin delito con indiferencia, y con desprecio ? ¿Quien se per¬ suadirá, que aquellos Prelados venerables que las com¬ pusieron , depositarios de la Fe , y disciplina de su siglo, y de quienes se sirvió el Espíritu santo para pasarlas hasta nosotros _• ¿ Quien se persuadirá, digo , que fue¬ ron unos espíritus sencillos , encogidos , atados , que nos propusieron menudencias pueriles , como obligaciones se¬ rias y reglas canónicas ? Si esto se pudiese creer , se podía con igual razón decir lo mismo de Dios, que en la antigua ley prescribió y arregló la forma y figura , y todo el aparato exterior de las vestiduras del Pontífice, de los Sacerdotes, y de los Levitas: lo que seria una blas¬ femia. Una cosa tan pequeña al parecer era un punto esencial de su culto , y un Ministro que hubiese com¬ parecido á los pies de sus Altares, ó en publico , sin el habito que la ley le prescribía , hubiera sido reputado por un profanador , ó apedreado quizá, como un sacrile go. Los sagrados Concilios han arreglado , y prescri¬ to el genero, forma, y modestia del habito, con que de¬ ben comparecer en publico los Eclesiásticos , porque un Eclesiástico debe parecer en todo lo que es, y no pue¬ de deponer las señales exteriores de su estado sin un des¬ precio pecaminoso , y sin desnudarse del espiritu de su grado , y clase ; pues no puede dudarse , que el habito ele-
clerical es el uniforme de la milicia santa, y la señal sagrada y común que los distingue , los honra, los hace respetables á los Pueblos ,y los pone á la vista su digni¬ dad , y caraéter ; y deponer insignia tan decorosa,y tan propia.de su estado , ó afeitar en ella la vanidad del si¬ glo es una especie de apostasía , y una cierta manifes¬ tación del poco aprecio , que hace de su sagrada profe^ sion, y de la inclinación que todavia conserva en su interior á las pompas del mundo. Todos los estados ha¬ cen honor de vestir las insignias exteriores de su pro¬ fesión : los Principes , los Grandes , los Militares, los Jueces, los Magistrados se precian de manifestarse en publico con las insignias , que los distinguen de los otros hombres. Los Religiosos tienen por obligación gran¬ de y muy principal no dexar jamas el habito,que los san¬ tos Fundadores de sus Religiones les prescribieron , se glorian de vestirlo, y respetan hasta las mas ligeras uni¬ formidades, y si alguno de ellos se manifestase en publi¬ co sin el habito propio de su orden , sería mirado como un apostata, y castigado como un oprobrio de sus her¬ manos. ¿ Con qué razón pues podran algunos Eclesiásti¬ cos tener por un vano escrúpulo , dexar el habito cle¬ rical que les prescriben todas las leyes antiguas y mo¬ dernas de la Iglesia ? ¿Solo ellos se creerán mas autori¬ zados , quando se dexen ver en publico con la ignomi¬ nia del habito secular, que en lugar de concillarles el res¬ peto , y veneración de los Fieles, les acarrea el despre¬ cio? Se ven Eclesiásticos, aunque pocos, que hacen alar¬ de de no conservar en su persona vestigio alguno del ha-
20 habito clerical, y de insultar publicamente al estado, y alas reglas santas déla. Iglesia, reputando por espíritus sencillos, y groseros á los que no imitan su escandalosa relaxacion. ¿ Qué piensan semejantes Eclesiásticos ? ¿ima¬ ginan por ventura , que se envilecen, quando visten las insignias honrosas de su estado ? ¿ O que se exaltan , y ennoblecen, tomando las libreas ae otro estado muy in¬ ferior al suyo? ¿ En qué buen juicio cabe tener semejan¬ tes sentimientos ? ¿Han visto persona alguna en el mun¬ do , que se crea menos honrada, por que se manifiesta en publico con las insignias de su noble profesión? ¡ O que agravio no hacen á su estado , quando aprecian mas distinguirse entre los de su profesión por el uso de pe¬ regrinos hábitos, que por el adorno de las insignias de un estado el mas eminente , que les franquea modo de vivir con esplendor ! Se notan algunos otros que aunque conservan la forma del habito clerical, afeitan en él un luxo, y una vanidad mundana tan opuesta al decoro del estado, co¬ mo el habito secular. Y la causa de todo esto es,que la decencia del habito clerical les sirve de embarazo , y de carga en las ocupaciones poco eclesiásticas á que se de¬ dican , y también en. las asambleas que frequentan. Vi¬ ven con el mundo , y quisieran hallarse en todos los pa¬ satiempos y diversiones; y un exterior modesto,. grave, y decente no concuerda con la vida que llevan, ni coii las diversiones á que concurren. Y asi la experiencia nos hace ver, que algunos Eclesiásticos menos arre¬ glados, no haciendo escrúpulo de asistir á muchos pa¬ satiempos, y de concurrir á. varias asambleas munda¬ nas,
21 has , quándo andan vestidos de corto \ y sin las insignías honrosas de su estado , no sé atreven á executar-* lo vestidos de habito talar, y manifestando en el porte "exterior su santa profesión. Un cierto respeto que la Re¬ ligión ha vinculado al santo habito, los detiene , y los obliga á violentarse en sus pasiones; porque no han per¬ dido el rubor de modo , que no teman profanar una ves¬ tidura tan venerable , y este temor les impone una di¬ chosa necesidad de contenerse dentro de los términos de 'sus Obligaciones. No podiendo los Eclesiásticos cubrirse contra las le¬ yes déla Iglesia con los pretextos referidos, alegarán que ellas no prescriben con tanto rigor el habito talar, que sea: pecado grave no traerlo, si á lo menos traen corona abier¬ ta^ cabello corto, para distinguirse de los seculares; por¬ que Sixto V. después de haber publicado su rigurosa Constitución % contra los Clérigos y Beneficiados, que no traen habito talar , la moderó tres semanas después por medio de una declaración, en que eximió de esta obli¬ gación á algunos Oficiales de la Corte Romana, y á los Clérigos que obtienen pensión sobre Beneficios, que no excede de sesenta ducados al año : y no hay peligro, ni pecado en extender esta esencion á los Clérigos , que no poseen sino unas Capellanías, ó Beneficios simples, cuyas rentas son de poca consideración. Pero este pretexto no es mas solido , que los an¬ tecedentes. Es menester cegarse voluntariamente, para F pre- ^ La citada Constitución priva ipso faflo de Dignidades , Ca¬ nonicatos , Prebendas, Beneficios, Pensiones, y de toda renta eclesiástica á los Clérigos que no visten habito talar. Vease el tomo 2. del Bulado, impresión de Lucemburgo fol. 713.
2 a pretender que en los Eclesiásticos solo es una falta li¬ gera , no traer habito talar ; porque ademas de que en muchos Sínodos particulares se decide expresamente lo contrario; los Concilios Generales , y Constitucio¬ nes Pontificias imponen á los que dexan el habito talar, yá la pena de suspensión de todas las funciones ecle¬ siásticas , yá la de privación de parte , ó de todos los frutos de sus Beneficios, yá de excomunión;y debien¬ do ser la pena proporcionada á la culpa, unos con¬ gresos tan graves y sabios no hubieran impuesto por faltas ligeras penas tan rigurosas. Porque decir , que las penas impuestas por ios cánones solo son cominatorias, y que solo se incurren, quando interviene el desprecio délas moniciones, es un engaño ; pues á mas de ser cierto, que muchas de las penas que los Concilios y Pon¬ tífices imponen , se incurren por solo el hecho , no es necesario en buena Teología , para que las leyes obliguen á culpa grave, que las penas que ellas imponen , se incurran por el nudo hecho, sin preceder monición al¬ guna. Sobre todo esto, si en los Eclesiásticos solo fue¬ se una falta leve , no traer habito clerical, el insigne y zelosisimo Prelado san Carlos Borromeo que entre los pecados cuya absolución reservó á su persona , puso al que comete un Clérigo, que teniendo algún Bene¬ ficio de qualquiera condición que sea , no trae habito Clerical , hubiera procedido en este punto con noto¬ ria indiscreción , y obrado contra la acertada conduc¬ ta que observa la Iglesia en su gobierno, de no reser¬ var ala potestad, y jurisdicion de los Superiores, si¬ no
%3i‘ no los pecados mas graves. Y San Francisco de Sales, que en la sabia instrucción, que compuso para los Con¬ fesores de su Obispado, les prohibió dar la absolución á los Eclesiásticos que no traen habito talar , hasta que den muestras de una verdadera emienda, podia justa¬ mente ser notado de la misma indiscreción : todo lo qual no puede decirse sin temeridad, y sin manifiesto agravio de tan esclarecidos Prelados. Es verdad, que Sixto V. eximió á los Pensionis¬ tas ordenados de Grados de la obligación de traer ha¬ bito talar , quando la pensión que gozan , no excede de sesenta ducados; pero estender esta esencion á los que poseen Capellanías, ó Beneficios simples, aunque sean de corta renta, es expresamente contra la intención de este sumo Pontífice, que habiendo en su Constitu¬ ción obligado indistintamente á Pensionistas, y Bene¬ ficiados á traer habito talar , después en su declara¬ ción solo eximió de esta obligación a los que obtuvie¬ sen pensiones, que no excedan de sesenta ducados. Si este Pontífice hubiese querido eximir á los Capellanes, y Beneficiados que disfrutan cortas rentas, los hubiera expresado, como expresó á los Pensionistas. ¿ Como pues puede creerse que los eximio , quando no los expresó? Todo lo contrario se debe creer , si se atiende a la con¬ clusión de su declaración , donde en términos categó¬ ricos manifiesta, que á reserva de las limitaciones que en ella se contienen , en todo lo demas quiere que se observe exactamente su Constitución , y permanez¬ ca en su vigor y fuerza quanto en ella se dispone y manda , y no está expresamente revocado en su decla¬ ra-
3 o pirar , y persuadir á los seculares el desprecio del mun¬ do , de su luxo , de sus pompas , y de sus vanidades, ¿ como lo harán si en su modo de vestir no manifies¬ tan este desprecio, sino todo lo contrario ? Todos sa¬ ben que los Fieles no se mueven de las razones de los Ministros de la Iglesia por mas eficaces que sean, si con su exemplo no les muestran la pradica de lo que ellas persuaden ; antes por el contrario quando los seculares ven Eclesiásticos muy cuidadosos del adorno de sus cuerpos , y que hacen gloria de la suntuosidad de sus vestidos, con.su exemplo mas se mueven al amor , que al desprecio de las vanidades del mundo , y á tener mas cuidado de sus vestidos , que de su conciencia, y de los adornos de su cuerpo, que de la hermosura es¬ piritual de su alma. Tan frivolos é insubsistentes son los pretextos con que algunos Eclesiásticos pretenden eximirse de la obli¬ gación de traer habito clerical, y de la observancia de las rigurosas leyes que lo prescriben. Y asi, en consequencia de quanto hasta aqui llevamos expresado , en primer lugar rogamos encarecidamente á todos: que no se dexen preocupar de la ilusión de mirar como una cosa indiferente el uso del habito clerical: que el de¬ seo de agradar á un mundo , que deben aborrecer , no les haga olvidar de una profesión , que los ha retirado de su trato y comercio : que después de haberse re¬ vestido de un santo habito que significa la renovación del hombre interior , tengan por ignominia vestir aque¬ llos hábitos , que no son otro , que las insignias, y des¬ pojos del hombre viejo: que si se gozan de ser Minis¬ tros
3 1 tros de Jesu-Christo , se gocen también de parecerlo, y hagan honor de manifestarse en publico con los hᬠbitos propios de su decoroso y alto estado, sin que la costumbre contraria, ni los malos exemplos, ni los va¬ nos pretextos , conque algunos Eclesiásticos preten¬ den defenderse contra las leyes que los prescriben,sean capaces de imprimir en su animo otros sentimientos, ni de arrastrarlos en su seguimiento. En segundo lugar les prevenimos : que si esto no bastare para la corrección y emienda de los que abiertamente contravienen á las leyes concernientes al uso , genero , y modestia del habito clerical , ni pa¬ ra contener á los que se gobiernan mas por el exemplo de algunos pocos, que afectan en su porte la va¬ nidad y pompa de las gentes del siglo, que por los cᬠnones y exemplos de los Eclesiásticos ajustados y de¬ votos : sin otro aviso que el que damos por esta nuestra Carta , y Edidto general, procederemos desde luego á la execucion de las penas impuestas por el santo Con¬ cilio de Trento al Cap. 6 . de la sesión 14. de Refor - matione , en el modo y forma que alli se expresan , y se mandan imponer con arreglo a la Constitución de Clemente V. publicada en el Concilio Vienense, y de las impuestas por la Constitución de Sixto V. priván¬ dolos de los frutos de sus Dignidades , Prebendas , y Beneficios de qualquiera condición,y calidad que sean, y de las pensiones eclesiásticas que obtuvieren , y de¬ clarando por vacantes en caso de reincidencia las re¬ feridas piezas eclesiásticas. Y para que ninguno se lisongee, ni presuma va¬ na-
3 a namente persistir en su contravención con la confian¬ za de defenderse con recursos y apelaciones, hacemos saber : que Sixto V. en su Constitución priva á los Jueces de qualquier oíase que fueren, de la facul¬ tad de juzgar , ó definir en este punto en otra forma de la que se establece en su Constitución , y declara por írrito y nulo quanto se intentare en contrario: y añadimos, que el Real Consejo reconociendo el abuso, conque muchos Eclesiásticos, y señaladamente los Clé¬ rigos de menores , sin atención á su estado,y á lo prevenido por el Concilio Tridentino , Bulas , y dispo¬ siciones Apostólicas, se han propasado al uso del ha¬ bito secular despreciando el suyo propio clerical: pa¬ ra cortar este desorden , en uso de la protección que le está encargada del Concilio , en Carta que nos di¬ rigió por medio de su Secretario Don Ignacio Estevan deHigaredaen 12. de Febrero de 1767. nos recomendó el remedio de esta relaxacion como propio de nues¬ tro ministerio Pastoral, encargándonos que le procu¬ rásemos con la mayor exactitud , y procediésemos k las penas de suspensión , y privación de los Beneficios respectivamente en caso de reincidencia contra los Ecle¬ siásticos, que usaren de trages impropios, 11 otro distin¬ to del habito de su estado , conforme á lo dispuesto en el mismo Concilio, y Ley Real, con la segura inteligen¬ cia de que hallaremos en S. M. y Real Consejo toda la protección y auxilio que necesitaremos, para hacer ob¬ servar exactamente la disciplina eclesiástica. Hacemos asimismo saber : que al Obispo le per¬ tenece determinar, qual deba ser el habito clerical, co¬ mo
mo consta del Cap. 6 . de la sesión 14. de Reforma - tione del Tridentino ; y que la sagrada Congregación, según se puede ver en varios decretos , que refiere Monaceli( 1) en los lugares que se expresan al margen, sostiene , y ha sostenido siempre los Ediétos de los Obispos, que prescriben á los Clérigos el habito talar. , Y asi, en conformidad á loque llevamos referido, y para que se guarde uniformidad en el trage de que han de usar todos , y cada uno de los constituidos en orden sacro de qualquier grado y condición que sean, ordenamos: que los hábitos que deberán vestir en lo su¬ cesivo á lo menos de dia , han de ser talares , 6 lar¬ gos de sotana y manteo , y este con cuellecito levanta¬ do , y no caido sobre los hombros, todo de color negro: el fiador conque se asegura el manteo abrazando el al¬ zacuello , corto , con ojal y botoncito en la extremidad, y no tendido pecho abaxo con borlas á los cabos: la balonzita del alzacuello no tan estrecha , que apenas se distinga, sino moderadamente ancha, y no muy azul* según el uso de los Eclesiásticos modestos , y graves, ni suelta y prendida de algún cordoncito , como acos¬ tumbran traerla muchos Clérigos de las Aldeas , sino colocada en el alzacuello. Por lo respetivo á la calidad de la ropa , ha¬ biéndose prevenido en varios Concilios, muchos Sinodos Diocesanos , en la Constitución de Clemente V. pu¬ blicada en el Concilio General de Viena , y en otra de Pió V. que sea de lana lisa, y sin muestra alguna, ni I es- (1) Tom, 1. Tit. 5. Form. 9. num. 2. et Tom.4. in addit. ad Tom. i* in eundem locum,.
estampado de flores ; y prohibido á los Eclesiásticos el uso de la seda , como poco conforme á la humildad y modestia de su estadosin exceptuar á los Obis¬ pos, según se expresa en su Ceremonial: estando nues¬ tro Obispado situado en un país, en que el Estío es de corta duración , y el calor por lo común y regular¬ mente no muy excesivo , ni constantede modo que por la variedad , que se experimenta en los dias, y en las horas de un mismo diaes menester tener siem¬ pre á mano el manteo de paño para usar de él, según lo pidiere el temperamento de los dias y horas; no tene¬ mos motivo para apartarnos de tan santas disposicio¬ nes , ni para moderarlas con permisiones , que no pue¬ den cohonestarse con alguna solida razón , como no lo creyó tener San Carlos Borromeq , que en el Concilio I. de Milán las renovó , prohibiendo el uso de la seda no solo á los Clérigos, sino á los Obispos y no solo fuera , sino aun dentro de sus casas, (i) Y asi man¬ damos : que la ropa del manteo , sotana , chupa, ro¬ pilla , y balandrán sea de lana , ó de pelo: el ceñidor de la sotana abierta, grave y sin muestra de flores: las mangas de la chupa , ó ropilla , largas de modo que cubran los puños de la camisa : y que quando algunos Eclesiásticos para defenderse del frió é intem¬ perie del tiempo , traen baxo del manteo y sobre la sotana, ó en su lugar balandrán , se abstengan de la vana ostentación de grandes y lucidos corchetes do plata, con que hemos visto presentarse algunas veces \ a (i) Concilium Mediolan. i. part. 2. tit. de Episcopi vestitu , & tít. de Clericorum vestitu. & reliqua vitae moderatione.
a ciertos Eclesiásticos , y Beneficiados, singularmente de las Aldeas con poco gusto nuestro. Mandamos asimismo por lo perteneciente á los demas adornos délas personas Eclesiásticas: que el som¬ brero sea de copa cortada , alas levantadas , engo¬ madas , y aferradas de tafetán negro, y que usen de él,y del habito talar aun en los paseos regulares de las cercanias de la Ciudad , en que se ven cada dia algu¬ nos Eclesiásticos con capa , con gorro blanco , ó con redecilla,y sin alzacuello ; de modo que por el habito nadie que no los conozca, puede distinguirlos de los seculares que concurren á ellos : que los zapatos sean regulares , afianzados , ó con botoncito , ó con evillas en que no se note luxo ó profanidad alguna : que na¬ die use de anillos en los dedos , si no les correspondiere por su grado y Dignidad , y que todos sin excepción al¬ guna se los quiten para decir Misa , pues les está pro¬ hibido su uso en semejante adío por varios decretos y declaraciones de la sagrada Congregación de Ritos : y que todos traygan abierta y patente , 6 con solideo la corona que corresponda á las ordenes , en que se halla¬ ren colocados, con arreglo á lo prevenido por los Conci¬ lios, Sinodo, y Ceremonial, y con tonsura, esto es,pelo corto que no cubra el alzacuello, ni embarace su vista, y sin mas aliño que el de un simple y natural aseo. En quanto á los ordenados de tonsura y me¬ nores , que obtuvieren Beneficio , Capellanía , Prés¬ tamo, Patrimonio Eclesiástico de suficiente congrua con asignación á alguna Iglesia, ú otro qualquier titulo eclesiástico , es nuestra voluntad: que usen de la mis-
3 * ma calidad de hábitos , que los ordenados in sacris , y del propio sombrero de copa cortada , alas levan¬ tadas, engomadas, y aforradas de tafetán negro , co¬ mo lo ha declarado el Real y Supremo Consejo á re¬ presentación de algunos Señores Obispos : y que los que no obtuvieren alguno de los referidos títulos,aun¬ que esten ordenados de tonsura y menores, usen de sombrero de tres picos. Pero no queriendo afedfar demasiado rigor permi¬ timos, que quando hicieren viaje , ó residieren en las heredades del campo , ó salieren á los lugares peque¬ ños, puedan vestir de corto , 6 de Abáte ; pero sin dexar el alzacuello : y los Curas y Clérigos quede asiento habitan en ellos , sustituir en lugar del vestido talar de manteo y sotana, el balandrán con alzacuello. Esto nos ha parecido mandar conformándonos en todo con lo establecido uniformemente por los sagra¬ dos Cánones , Constituciones Apostólicas , Leyes Rea¬ les , y universal disciplina promulgada por la Iglesia en todos los siglos. La rendida , y exadfa obediencia que hasta ahora hemos experimentado á todos nuestros Ediéfos , Pastorales , y mandatos , asi como ha llena¬ do nuestro corazón de gozo, y de consuelo; así tam¬ bién le infunde la mayor confianza , de que en este gravísimo asunto adquiriremos nuevas experiencias de la docilidad de nuestros amados Eclesiásticos , que fᬠcilmente echarán de ver , que el conformarse en es¬ ta parte con nuestras intenciones , y con las de la santa Iglesia, no solo es de suma importancia para conservar el decoro de su estado , sino también para concillarles el amor.
amor, respeto , y veneración de los Pueblos. Las insig¬ nias que les distinguen de los seglares , manifiestan á todos que son los Ministros á quienes el Señor ha con¬ fiado sus secretos; ha hecho depositarios de sus sacro¬ santos Mistérios, dispensadores de sus riquezas espi¬ rituales, y la porción fértil, y afortunada , que ha reser¬ vado para su particularísimo servicio entre todos los de¬ mas hombres, aun de los mismos Fieles. ¿Como hemos de creer que considerando con seria reflexión esta ver¬ dad , se degradáran á sí mismos delante de los hombres de insignias de tan alto y sublime honor? Y lo que es infinitamente mas, que se expondrán á que descargue sobre ellos la espantosa amenaza que hace Dios por el Profeta Sofonias diciendo: E n el dia déla venganza visi- (i ) I ndie bos - taré a todos los que hallare vestidos con hábitos agenos de su condición : (i) pues no pueden serlo mas de lasantiwperomnes,qui dad de los Ministros del Señor , que los que respiran \f ut // e u " ¡ n ° a es ' luxo, disolución, vanidad, y amor ciego del mundo, de Cap.iS. 8. quien su bondad y dignación los ha separado. Madrid á aó. de Setiembre de 1777. FELIPE Obispo de Salamanca Inquisidor General . Por mandado de S. I. el Obispo Inquisidor General mi Señor. Do£t. Z). Frey Luis Bertrán . Srio. Imprimase. £. Don Josef Miret,
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