La contribución de la Unión Europea a la configuración de un marco global para la política de competencia
Abstract
El trabajo está dedicado a la política de competencia; más concretamente, a la política de competencia internacional. La política de competencia es una política pública encargada de velar por el correcto funcionamiento de los mercados.|
Full text
DEPARTAMEN TO DE ECONO MÍA E HI STORIA ECO NÓMICA
CÁTEDRA DE POL ÍTIC A DE COMPETENCI A
UNIVERSIDAD DE SEVI LLA
TESIS DOCTO RAL
LA CONTR IBUCIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA A
LA CONFIGURACIÓN DE UN MARCO GL OBAL
PARA LA POLÍTICA DE CO MPETENCIA
Doctorando: José Luis García Hidalgo
Dirección: Prof. Dr. Luis Palma Martos
Sevilla , 2013
2
La contr ibución d e la Uni ón Euro pea a la C onfig uració n de un
Marco Gl obal par a la Política de C omp etencia
José Luis García Hi dalgo
Dirigida por el Prof . Dr. Luis Palm a Marto s
Disertación que se present a para la col ación de la M ención Internacional en el Título de
Doctor
3
Departamento de Economía e Hi storia Económi ca
Clasificación JEL : L1, L4, L51, D4.
Palabras claves: Competencia, Política de competenc ia, Globalizació n,
Regulación, Monopolio, Prácticas Anticompetitivas, Autor idades de
Competencia.
4
A mi padre, José Luis ; y a mi madre , Amparo.
5
El desarrollo del capitali smo ha llegado a un punto t al, que, aunque la producción d e
mercancías sigue "reinando" como antes y si endo considerada como la ba se de toda la
economía, en realidad se halla ya quebrantada, y las ga nancias principales van a parar a los
"genios" de las maquinaciones financieras. En la base de estas maquinaciones y d e estos
chanchullos se ha lla la socialización de la p roducció n; pero el inmenso progreso lograd o p or
la humanidad, que h a llegado a dicha socia lización, bene ficia… a los especu ladores. Más
adelante ver emos cómo, " basándose en esto", la crí tica pequeñoburguesa y re accionaria d el
imperialismo capitalista sueña con volver a trás, a l a concurrencia "l ibre ", "pacífica",
"honrada" (Lenin , 1917: 14).
6
Resumen
El trabajo está dedicado a la política de compe ten cia; más c oncretamente, a la política de
competencia internacional. L a política de competen cia es una políti ca pública encargada de
velar por e l correcto funciona miento de los mercados. Huelga decir que si los me rcados,
por sí mismo s, funcionas en de un modo compe titivo, la polí tica de competencia no sería
necesaria. Pero la realidad es que l as empresas incurren e n multitud y muy variada s
prácticas para e squivar la c ompetencia y obtene r beneficios ex traordinarios a partir de la
cooperación.
Esta reali dad ha obligado a los países que cuentan con ec onomías de mercado –qu e hoy en
día son la gran mayoría- a dota rse con l eyes de c ompetencia . A l mismo ti empo, se ha n
configurado ins tituciones o agencia s especializadas encarga das de a plicar la política de
competencia. De e ste modo, cada E stado cuentan con su propia le gislación de c ompetencia
y con instituciones dedic adas a velar por su cumplimiento.
El escenario descrito sería e l apropiado si la s relacione s e conómicas se circunscribiesen
estrictamente a cada uno de los Estados. Pero en el mundo de hoy sucede todo lo
contrario. C ada vez son más la s empresas que se desloc alizan en busca de me nores costes y
nuevos mercados donde vender su producc ión. La integración de las economías naciona les
tomó su impulso definitivo a pa rtir de la caída del bloque sovié tico (1989). E st o, unido a la
revolución de las TICs, ha pe rmitido que alc ancemos un grado de gl obalización sin
precedente s. Una globalización económica a la que le acompaña, irremediablemente, la
globalización de las prácticas anticompetitiva s.
El presente trabajo pretende arrojar algo de luz a la inc onsistencia que hemos ilustrado: los
mercados internacional es no puede n seguir sien do disciplinados a partir de políticas
nacionales de competencia. Trataremos de comprender el ac tual model o internacional de
política de c ompetencia, basado en l a convergencia y armonización de la normativa
nacional , para buscar el mejor modo en que podrían regularse los mercados internaciona les.
Con tal fin, tomamos como re ferencia e l mod elo de compet encia de l a UE. El rég imen
europeo puede ser inte rpr etado como un v alioso experimento, pues se trata de la única
experienc ia d e política de competencia a nivel internacional. El estudio del régime n
comunitario guarda importantes lecciones que deben ser tenida s e n consideración a la hora
de plantearnos de qué modo podríamos diseñar un marco global para la política de
competencia.
En definitiva, el trabajo trata de poner en valor las aportacione s que la UE ha realizado y
realiza al mundo de la política de competencia internacional . Por múltiple s ra zones que
serán abordadas a lo largo de todo e l trabajo, la UE se e rige como el actor principal de la
política de competencia internacional.
7
Abstract
The work is de dicated to c ompetition policy - more specifica lly, international competition
policy. Competition policy is a public policy charge of ensuring the cor rect fu nctioning of
markets. Needless to say if markets themselve s op erate in a competitiv e way, compe tition
policy would not be necessary. But the reality is that companie s going on m any a nd varied
practices to avoid c ompetition and to obtain extraordinary profits from cooperation.
This reality has forced c ountries w ith market e conomie s (today they are the vast majority)
to be provided with competition laws. At the s ame time, they have set up specialized
institutions or age ncies res ponsible for enforcing competition policy. Thus, each state has
its own competition law s and institutions dedicated to ensuring complianc e.
This scenario w ould be appropriate if economic relations w ere confined to each of the
states. But in today's world it is the opposite. More a nd more c ompanies are relocating in
search of lower costs and ne w ma rkets to sell their output. The i ntegration of nationa l
economies took their final push from the Soviet bloc. This, together with the IC T
revolution has a llowed us to achie ve a degree of unprecede nted g lobalization. Ec onomic
globaliza tion which is inevitably accompanied by the globaliza tion of the restrictive
business practices.
This paper aims to she d some light on the in consistency that we have illustrated:
international markets can no longer be discipline d from nationa l compe tition policy . W e
will try to und erstand th e c urrent international competition policy model, based on the
convergence and harmo nization of national la ws, to find the best wa y to reg ulate
international marke ts.
To this end, we consider the E U competition policy model . The European sys tem can be
interpreted as a va luable ex periment, becau se it is the sole e xperience of internationa l
competition. The study of the C ommunity model contains important lessons that should
be taken into consideration when we ask ours elves how we could design a g lobal
framework for competition policy .
In short, the paper attempts to valu e the contributions that the EU does to the world of
international competition policy. For many rea sons, which will be addressed throughout
the work, the EU comes to the main actor in international competition policy.
8
ÍNDICE GENE RAL
Introducción………………………………………………………… ……………. p. 18
Introduction…………………………… …………………………………………..p. 26
PARTE 1. Fundamentos de la Política de Competencia
Capítulo I. La comp etencia, su defensa y sus críticas en la Historia del
Pensamiento Económico …………………… …………………..…………..…… p. 34
Introducción………………………………………………………… …………… p. 35
1. La competencia y los clá sicos…………………………………………….. p. 38
1.1 La compete ncia bajo el formalismo neoclásico…………...…….….………… p. 45
2. La Esc uela de Harvard y el paradigm a E-C-R… ….………...…….…….. p. 48
3. La Esc uela de Chicago……………………………………………..……... p. 55
4. La Es cuela Austriaca de Economía……………………………………… p. 59
4.1. Principios fundamentale s de la Escuela Austríaca …………….…..………..….p. 60
4.2. El merc ado y la competencia desde la perspectiva austríaca………...... .............. p. 62
5. La Nueva Economía Industrial………………… ……………………..…..p. 64
6. Críticas socialistas a la competencia……………….……………………...p. 68
7. La competencia en la historia del pensamiento económico español. La
Escuela de Salamanca. Me rcado y precio justo……………….…...…….. p. 74
Resumen- Conclusiones …………………………………….……………………...p. 80
Capítulo II. La política de competencia. Funda mentos económicos y políticos. p. 84
Introducción………………………………..………..…………………… ….……. p. 85
1. La competencia como v alor y condición esencial de una economía libre de
mercado………………………………………… ………..…………..……. p. 88
2. Una reflexión acerca del concepto de competencia.……………..…… .....p. 93
2.1. ¿Qué es la competenc ia? …………………………………..………………….p. 94
2.2. Una modelización del compor tamiento competitivo……. .……........ ..........… p. 100
2.2.1 Otros aspectos de la compe tencia……………………...……….... …… p. 105
9
2.2.2. La c ompetencia económica…………………………………….…..… p. 107
3. Justificación desde el análisis e conómico de la política de competencia. p. 11 0
3.1. Poder de mercado y costes s ociales…………………. ..……..…………...….. p. 111
3.3.1. Análisis microeconómico del monopolio frente a la competencia
perfecta…………………………………………………………………. … p. 112
4. La política de competencia. Una nota crítica……… ……………...……. p. 114
5. Los orígenes de la política de defensa de la competencia. Un apunte
histórico………………………….…………………… …………..………. p. 119
5.1. La Sherman Act y l os primeros años de la lucha antitrust …………….……. ..... p. 120
5.2. El ascenso de la rule of rea son y la atonía de la política antitrust : 1915-
1936…………………………………. .………………………………….…….. p. 122
5.3. Per se rules, el advenimiento de la economía industrial y el énfasis en las estructuras
de mercado: 1 936- 1972…………………………………………….……….….. p. 123
5.4. El a scenso de la Escuela de Chicago……………………………………….. p. 125
Resumen-Conclusiones…………………………………………..… …………... p. 127
Capítulo III. Clav es de aplicación de la política de competencia……….…….. p. 1 30
Introducción………………………………………………………… …………… P. 131
1. Objetivos de la política de competencia……… ………………..……………. p. 13 3
2. El mercado relevante………………………… ……..……………………… p. 134
3. Acuerdos y prácticas restrictivas de la competenc ia………………..……….. p. 137
3.1. Conductas colusorias………………………………… ……..…………....… p. 138
3.1.1. Aná lisis estructural de la colusión..…. ………………….….…….….… p. 138
3.1.2. Aná lisis de los efectos de la colusión…….………………….……..….. p. 141
3.2. Abuso de posición dominante…… …………………….……..…………….. p. 144
3.3. Falseamiento de l a libre competencia por actos desleales………………...….. p. 147
4. Concentraciones económicas… ……………………………….……..………. p. 148
4.1. Análisis Económic o del contr ol de conc entraciones…………………..……. p. 152
4.1.1. Medidas de conce ntración …………………………………..………. . p.159
5. Control de ayudas públic as………………………………..………………..… p. 164
Resumen- Conclusiones …………..………………….………………………….. p. 1 66
10
PARTE 2. L a Política de Competencia de la Unión Europea
Capítulo IV. L os elemento s históricos en la configuración de la política de
competencia de la Unión Europea.……………………… ……………………… p. 170
Introducción…………………………………………………..……… ..………p. 171
1. La política de competencia en la vieja Europa. El caso de
Austria…………………………………………….……………… …………. p. 173
1.1. Contex to político-económico……………………..……… ………….…… p. 173
1.2. El c ártel. Reacciones y propuestas de regulación……….....…………..… …... p. 176
1.3. La configurac ión del modelo austríaco y su legado….………………… …..… p.181
2. Fases de la política de competencia de la Unión Europea……..……....…. p. 18 3
2.1. Orígenes de la Política d e competencia en los Estados Unidos de Europa: 1950-
1962…………………………………… …………………….....……. ...…… p. 184
2.1.1. El Tratado CECA y la política de competenc ia…………………….....…p.185
2.1.2. El Tratado de Roma (1957) como marco de competencia fle xible……....p. 189
2.1.3. El reglame nto 17/62… ………………………………………….….. .... p. 194
2.2. Primeros años de la política de competencia europea en la era del “ embedd ed
liberalism ” : 1962- 1973.……………….……………………………….…….p. 19 6
2.2.1. El caso Grundig y sus consecuenc ias………...………………….……….p. 198
2.3. Crisis, neoliberalismo y madurez de la política de competencia comunitaria (1973-
2004)………….………………………… ……………………………..….. p. 201
2.3.1. Las exenciones en bloq ue y las ayudas de Estado………………........ ..... p. 204
2.3.2. El debate en torno al control de conce ntraciones. El caso de Contin ental
Can …… …………………………………………………….……..………….p. 2 06
3. Síntesis. La competencia como valor fundamental en e l proceso de
construcción europea……………… ………..………………………………..….. p. 211
Capítulo V. El nuevo marco económico, polí tico e ins titucional de la política de
competencia de la Unión Europea en el siglo X XI………………...………..…. p. 21 5
Introducción……………………………………………………..…… ………….. p. 216
1. Colusión y abuso de posición dominante. La modernización de la p olítica de
competencia comunitaria en los artículos 101 y 102 TFUE………….…..... p. 220
1.1. Los acuerdos colusorios en la UE. La batalla contra el cártel………….…….. p. 222
1.1.1. Las exenciones por cate gorías……………………..…….……….…... p. 225
11
1.1.2. La política de cleme ncia…………………………...…..…………….. p. 231
1.2. El a buso de posición dominante en la UE………..………………….……… p. 233
1.2.1. Prácticas comercia les abusivas prohibidas explícita e implícitamente .. p. 238
2. El control de concentraciones económicas en la UE tras la reforma de
2004…………………………………… ………………………………...………… p. 241
2.1. Ámbito de a plicación……………..…….……………………………..… ….. p. 242
2.2. Cambi os en la organización interna…...……..… …………………………… p. 244
2.3. Aspectos jurisdicciona les…………………….………...………… .………… p.245
2.3.1. La cooperación e ntre las Autoridades Nacionales de Competencia….. .. p. 246
2.4. Aspectos procedime ntales…..…………………………...…………..…….. . p. 249
2.5. Aspectos sustantivos………………………………… ……….......... .……... p. 252
2.5.1. La consideración de las eficiencias y los factores de contrapeso….......... . p.255
3. El control de ayudas esta tales………………….…………………………… p. 258
3.1. El c oncepto de ayudas de Estado………………………………….……….. p. 259
3.2. Los presupuestos de incompatibili dad de la ay uda con el mercado int erior.
……………………………………………………………… …………….. p. 262
3.3. Exc epciones a la i ncompatibili dad de la ayuda con el m ercado
interior…………………………………………………………………. .…. p. 264
3.3.1. Las ayudas compatible s de iure ………………………... .…….……… p. 264
3.3.2. Las ayudas compatibilizables…………………………………..……. p. 265
4. La liberalización de sectores es tratégicos…………………….…………..…. p. 271
5. Crisis económica, fracaso de la Estrategia de L isboa y E uropa 20 20. L os nuevos
desafíos de la política de competencia de la UE …………………..………... p. 276
5.1. Los problemas no resueltos de la Estrategia de Lisboa y la perspectiva de la
comisión………………..……………………………… ..…………………. p. 277
5.2. La crisis financiera y la política de competencia de la UE……...................…... p.281
5.2.1. Política de compe tencia en t iempos de crisis…………… ……………. p. 283
5.2.2. La reacción de la UE ante la crisis…..……………………….. ………. p. 285
5.3. La política de competencia como h erramienta clave en la Estrategia Europa
2020…………………………………… …………………………….…….. p. 2 88
Resumen-Conclusiones…………………………………………… …………...... p. 297
12
PARTE 3. Política de Competencia Internacion al para una Economía Global
Capítulo VI. E l marco teórico e institucio nal de la política internacional de
competencia…………………………………… …………………………………. p. 303
Introducción…...……………………………………………………… ….……… p. 304
1. Política de Competenci a Internacional. Conceptos, ideas y a ctores……..… p. 307
1.1. Las alternativa s para adoptar medidas internacionales……………..……..….. p.308
1.2. Los actores……………… ………………………………………….……… p. 3 13
1.3. Las dificultade s que plantean las prácticas anticompetitivas transnacionales.... p. 316
2. Relación entre la p olítica de com petencia y la política comercial en el es cenario
internacional………………..……………………………………….…… …… p.321
2.1. Confrontando objetivos y alca nce de la política de competencia y el comercio
internacional ……………………………………………………………….…… p. 322
2.2. Cómo afectan las prácticas empresariales anticompetitivas al comercio
internacional ……………..……………………………………..……………p.325
3. Argumentos económic os a fav or y e n contra de la i nternacionalización de la
política de competencia……… …………………………………………...….. p. 324
3.1. El a ctual modelo internacional para la defensa de la competencia…………... p. 329
3.2. Argumentos que aconsejan el establec imiento de normas internac ionales de
competencia desde e l punto de vista económico…………………...………….… p. 331
3.3. Crítica s a la iniciativa de establec er un marco multilateral pa ra la política
internacional de competencia……………………………………………………. p. 335
4. Experiencia previa en política de competencia internacional………..….…. p. 33 7
4.1. El proyecto pionero de política de competencia i nternacional en el m arco de la
Conferencia Económica M undial de 192 7……………………………………….. p. 338
4.1.1. El contexto polític o-econ ómico……………………………….. …... p. 339
4.1.2. El debate sobre los cá rteles internacionales en un período de cambios p. 340
4.1.3. La solución de compromiso……………………… ………...…...…. . p. 343
4.2. El proyecto reviv ido tras la II Guerra Mundial: la C arta de La Habana ..…... p. 345
4.2.1. Las organizacione s intern acionales que enma rcan la iniciativa…..…….. p. 346
4.2.2. El desenlace de las negociacione s……………………………….…… p. 346
4.2.3. La Carta de La Habana , e n perspectiva……... …..…………...……...… p. 348
4.3. Política de competencia internacional en las instit uciones de la posguerra….. p. 349
Resumen-Conclusiones…………………………………………… ………...…... p. 351
13
Capítulo VII. Aspectos institucion ales de la política internacional de
competencia…………………………………… …………………………………..p. 354
Introducción………………………………………………………… …………… p. 355
1. La solución m ultilate ral. La política de competencia y las ins tituciones
internacionales………………………………… ……………………………… p. 357
1.1. La OMC y l a política de competencia internacional. Antecedentes y
desarrollo……………………………………………………………. ………….. p. 357
1.1.1. Interacción entre disposiciones de la OMC y la política de
competencia………………………… ……………………………………. p. 35 8
1.1.2. Los esfuerzos por introducir un ma rco mul tilateral para la política de
competencia en la OMC…………………………………………….……… p. 364
1.1.3. Reflexiones en torno a los elementos propuestos por los Miembros de la
OMC partidarios de una polític a de competencia internacional…………. .… p. 366
1.2. La Organización par a la Coope ración y el Desarrollo Ec onómico
(OCDE)……………………………………… ………..…………………..……. p. 373
1.3. La Conferencia de Naciones Unidas s obre Comercio y D esarrollo
(UNCTAD)……………………………………………………. ……………….. p. 376
1.4. La Re d Internacional de Competencia (ICN)…..………………….………. p.380
2. Una comparativa de dos enfoques distintos: la OMC y la ICN….…………. p. 384
2.1. Compara ndo ambos enfoques………..…………………………………… p. 385
3. Alternativas en el dise ño organizacional de un futuro sistema multilateral para la
política de competencia……… ………………..……………………………... p. 391
3.1. Posibles diseños institucionale s para la política de competencia
internacional …………………………………………………………………….. p. 392
3.1.1. Delimitación de competencias en un sistema multinivel……………… p. 395
3.1.2. Asignación de competenc ias horizontales……………………………. p. 399
3.1.3. Asignación de competencias verticales: Descentralización Vs
Centralización……… ……………………………………...………… p. 401
Resumen- Conclusiones ……………………………………………………….… p. 40 8
Capítulo VIII. La UE, actor principal de la política de competencia
internacional………………………………………………………… …………… p. 414
14
Introducción………………………………………………………… …………… p. 415
1. La dimensión internacional de la política de competencia de la UE… ……. p. 417
1.1. Unilate ralismo y principio de extraterritorialidad……………………….….. p. 419
1.2. Los acuerdos bilaterale s………………………….……….………..…… .…. p. 421
1.2.1. La difusión del modelo de competencia de la UE……………...……... p. 421
1.2.1.1. El diálog o con China………………………………..………. P. 423
1.2.2. La cooperación bilateral de la UE e n la aplicación de la política de
competencia………………………… ……………………………..… p. 42 7
1.2.2.1. La cooperaci ón UE/EEUU……………………..………..… p. 4 28
1.3. Los acuerdos multilaterales no vincula ntes………………………………….. p. 430
2. La lucha europea por el multilateralismo vincula nte……………..………… p. 431
3. Un análisis comparativo y cuantitativo de la p olítica de competencia de la UE y
EEUU…………………………………………… ………………….………… p. 438
3.1. Descripción de los Índices de Primer Nivel…………………….….………. P. 44 2
3.1.1. Independencia de las autor idades……………………………… ……. P. 442
3.1.2. Separación de poderes………………………………… ….….……….. p.443
3.1.3. Calidad de la ley………………………………….…………. .…….…. P. 445
3.1.4. Poderes durante la investigac ión………………...……….…………… p. 447
3.1.5. Sanciones por daños y perjuic ios…………………………….……….. p. 448
3.2. Fundamento de l as ponderaciones…………….………………….………… p. 45 0
3.3. Cál culo de los Índices de Primer Nivel………………………………...……. p. 451
3.3.1. Independencia de las autor idades……………………….… …………. P. 451
3.3.2. Separación de poderes………………………………… ….………….. p.453
3.3.3. Calidad de la ley…………………………………………..… …….…. P. 454
3.3.4. Poderes durante la investigac ión……………………………………… p. 455
3.3.5. Sanciones por daños y perjuic ios…………………………………….. p. 456
3.4. Presentación y análisis de los resultados…………….……………………… p. 458
3.5. Concl usiones…………………………………………………………….… p. 463
4. Síntesis: la contribución de la UE a la política de comp etencia
internacional………………………………………………………… ...……… p. 466
4.1. La experienc ia europea y su valor en el desarrollo de un régimen global de
competencia………………………… ………………………………….……….. p. 467
15
4.2. La política de competencia inte rnacional e n un nuevo orden ec onómico
mundial………………………………… …………………………………………. 46 9
Conclusiones……………………………………… …………………..…………. p. 472
Conclusions……………………………………………… ……….….….……….. p. 480
Bibliografía………………………………………………… ……………………. p. 487
Fuentes Documentales………………………………………… ………………... p. 506
Recursos Electrónicos……………………………… …………………………… p. 521
16
LISTA DO DE ACRÓNIMOS
ACP Acuerdo sobre Contratación Pública
AELC Asociación Europea de Libre Comercio
ANCs Autoridades Nacionales de Competencia
ASG Acuerdo sobre Salvaguardias
ADPIC Acuerdo sobre Aspectos Relativos a la P ropiedad Intelectual relacionados
con el Comercio
ASMC
Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias
AGCS A cuerdo general sobre el Comercio de Servicios
AOTC Acuerdo sobre Obstác ulos Técnicos al Comercio
BRIC Brasil, Rusia, I ndia y China
CNC Comisión Nacional de la Competencia
CNMC Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia
DJ Ministerio de Justicia de EEUU; (
Department of Justice)
ECA A utoridades de Com petencia Europeas; (
European Competition Authorities
)
EEE Espacio Económico Eur opeo
FTC Comisión Federal de C omercio (EEUU); (
Federal Trade Commission)
IED Inversión Extranjera Directa
ICN Red Internacional de Competencia; (
International Competition N etwork)
LAM Ley Antimonopolio de China
RAC Red de Autor idades de Competencia
REC Red Eu ropea de Competencia
OCDE Organización para la Cooperación y el D esarrollo Económico
OMC Organización Mundial del comercio
TCE Tratado Constitutivo de las C omunidades Europeas
TFUE Tratado de Funcionamiento de la UE
17
TICs Tecnologías de la Información y la Comunicación
TJUE Tribunal de Justicia de la Unión Europea
UE Unión Europea
UNCTAD Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el D esarrollo
18
INTRODUCCI ÓN
Los mercados na cionales están cada ve z más expuestos al e xterior desde la II Gue rra
Mundial; proceso que e xperimentó un impulso definitivo con la caí da del muro de Berlín y
la integrac ión de la economía mundial e n solo bloque. La economía de mercado ha ac abado
imponiéndose a la plani fic ación ce ntralizada, y hoy, la comunidad internacional ide ntifica la
competencia como moto r del c recimiento económico. Instituciones interna cionales, tales
como el GATT-OMC, han estado au spiciando el camino.
Como consecuencia, la s empresas y los ne gocios se han vuelto más globales que nunca . Las
corporaciones no duda n e n de slocalizarse busca ndo mi nimizar sus costes a l tiempo que
están a l acecho de nuevas oportunidades de negoc io e n me rcados e mergentes. Ademá s,
esta mundialización de la economía está provoca ndo una gran ola de fusiones y absorciones
transfronterizas sin precede ntes. La interconexión de las economías nacionales viene
explica da por estos dos factores –liberalizaci ón y globaliz ación-, junto con un terc ero de
carácte r tecnológico: la revolución de las TICs
1
.
Las nuevas tec nologías pe rmiten que l a información v iaje a veloc idad instantánea y con un
coste mínimo. No cabe duda del enorme impac to que se d esprende de este factor sobre el
desarrollo de la ec onomía mundia l en g eneral. Nosotr os tene mos que consid erarlo ta mbién
desde el punto de vista de las prác ticas empresariales: las empresas e ncuentran más
facilidade s para coordinar su comportamiento y cooperar en lug ar de competir.
Esto tres factores pla ntean una cuestión central para el come tido de este trab ajo: ¿Puede la
economía mundial ser regulada a p artir de normas naciona les? ¿Es lógico dis ciplinar e l
comportamiento de e mpr esas multinacionale s a través de regímenes nacionales? Estas
inconsistencias normativas fueron las que no llevaron a emprende r la presente
investigación.
El tema de nuestra investigación se circunscribe a la polític a de c ompetencia internacional.
Esto nos lleva , irremediable mente, a comprender profundamente e l marco teórico y las
clave s de aplicac ión prá ctica qu e subyacen a la política en cuestión. Además, nos he mos
inclinado por estudiar con cierto nive l de detalle el modelo de competencia de la UE por
1
Tecnología s de la Informa ció n y Comunicación .
19
tres motivos: en primer lug ar, por tratarse de un trabajo reali zado en e l seno de la UE ;
segundo, la UE, como v eremos a lo la rgo de la tesis, es el a ctor protagoni sta en el actual
proceso de interna cionalización de la política de competencia; e n te rcer lugar, la experiencia
europea guarda un potencial valor a la hora de e studiar de qué modo podrían
implementarse normas internacionales vinculantes de competencia. Se t rata de la única
experienc ia sólida de política de c ompetencia que regula un merca do supra nacional . Las
implicac iones de este hecho para el cometido de nuestro t rabajo son enormes.
Por tanto, el tema de nue stra investigac ión queda delimitado por tres fases bien
diferenciada s, que por otro la do son las que establece n las fronteras entre la s tres partes de
las que está compue sta la tesis:
a. Compete ncia y política de competencia
b. Política de c ompetencia en la UE
c. Política de competencia internaciona l.
El objetivo general de la investiga ción ha de ser entendido desde un doble plano: por u n
lado, vamos a a rticular un di scurso sólido y coherente para argumentar la nec esidad de
configurar una política de competenci a a escala global; por otro, vamos a situar al modelo
europeo como referenc ia para el diseño de un ma rco global para la política de competencia.
Dicho obje tivo gene ral engloba toda una serie de objetivos específicos qu e enmarcan la
investigación. Entre estos destacamos los siguientes:
a. Explorar el concepto de competencia y sus implicaciones para el diseño
institucional que lla mamos sis tema de ec onomía libre de me rcado.
b. Abordar de f orma siste mática y crítica los argume ntos e sgrimidos desde el aná lisis
económico pa ra justificar la política de competencia.
c. Trazar un esbozo histórico, sistemático y plural ac erca de la configuración de los
sistemas de política de c ompetencia.
20
d . Real izar una monografía panorámic a sobre el tratamie nto de la c ompetencia en la
meta narrativa que llamamos His toria del Pensamiento Económico: desde e l
pensamiento económico c lásico hasta nu estros día s. Dedicaremos una parte del
estudio al tratamiento de la competencia en el pensamiento económico español.
e . Revisar la s claves teórico-políticas en la aplicación de la política de c ompetencia.
f. Trazar un esbozo histórico de la configuración institucional de la política de
competencia en la UE.
g . Abordar, con cie rto nivel de detalle, el modelo de competencia de la UE.
h. Analizar el actual sistema de política competencia internacional. Cómo hemos
llegado ha sta él y cuáles podrían ser los siguientes pa sos a seguir para la configu ración
de un marco globa l para la política de competencia.
i. Real izar un análisis comparativo para confrontar de un modo objetivo los dos
modelos de compete ncia más impor tantes: el de la UE y el de EEUU.
Los enfoques metodológ ic os nece sarios para la consecución de los objetivos planteados
deben ser nec esariamente diversos y acordes con la naturaleza de l os mismos. Precisaremos
del enfoque histórico co mparad o . Planteamos llevar a cabo esbozos histór icos ta nto sobre la
propia política de compe tencia, como sobre la noción de competencia en la historia del
pensamiento ec onómico.
La historia de la polí tica de compe tencia e uropea, a sí como la historia de los esfuerzos
realizad os para la config uración de una política de competencia g lobal están incl uidas en el
análisis. Finalmente, debemos entender la aplicación del e nfoque histórico desde tres
perspectivas: la e conómica, la institucional y desde el pensamiento económico.
Un segundo enfoque ser ía el vinculado a l a eco nomía de las instituciones. La Nueva
Economía Institucional debe inspirar el acercamie nto a las instituciones v igentes y también
la formulación de propuestas de marcos instituciona les que c umplan con e ficiencia los
objetivos planteado s.
21
El tercer enfoque se circuns cribe al análisis teórico de los modelos e conómicos. La polí tica
de competenci a como campo de la economía aplicada se fundamenta en dos grandes
enfoques del aná lisis económico: la Microec onomía y la E conomía-Organización Industrial.
Los e lementos de estos e nfoques deben inspirar el estudio de los fundamentos económic os
de la política de compe tencia, así como la re levancia y pertinencia d e las clave s de
aplicación.
A estos tres enfoques hay que a ñadir un estudio de naturale za cuantitativa que nos a yudará
a eva luar la calidad institucional de los regímenes de compete ncia. Los cuatro ca uces deben
ser de utilidad para estudiar en profundidad el caso de la política de c ompetencia en la UE.
Se trata de cribar esta e xperiencia a través de los tres enfoques señala dos para poner de
manifiesto los ele mentos que c onstituyan buenas práctic as y que puedan ser expl orables
para la de fensa de un marco global de política de competencia.
Con la presente tesis, de naturale za eminentemente panorámica
2
, pretendemos pone r de
manifiesto la s inconsistencias e ineficiencias que se de sprenden del actual modelo d e
política de competencia internac ional, construido a partir de impulsos y ba sado en las
políticas naci onales de competencia de los distintos Estados.
Nosotros advertimos que el modelo e n cuestión n o es apropiado y exi ge se r reformulado.
La idea que el trabajo defiende es la necesidad de dar pasos hacia una pol ítica de
competencia internacional vi nculante. Para ello, tomaremos como referencia la experiencia
europea. La UE ha v ivido un proc eso similar al que se enfrenta l a economía mundial en las
últimas década s. Para la construcción de la C omunidad E uropea, las partes tuvi eron clara
desde e l principi o la nece sidad de integrar los merca dos na cionales en un mer cado único. Y
el únic o modo de conseguir dicho objetiv o era a pa rtir d e una política de c ompetencia
común. Además, muchos países e uropeos han pas ado, desde la segunda mitad del siglo
XX, por un proceso de modernizac ión y liberalización ec onómica. Muchos de los sectores
que tradicionalmente ha n estado reg entados por el braz o públic o en régimen de monopolio
han sido liberaliza dos y pasado a manos privadas en busca de mayores niveles de eficiencia.
2
Siguiendo la clasificación pro puesta por Eco (2001).
22
Por tanto, lo s dos p rimeros fac tores que mencionamos a l principio de la int roducción –
liberalización e integración de economías naci on ales
3
- están presente s en la expe riencia
europea. A estos hay que añadir que las implicaci o nes que se desprenden de la revolución
de las TICs estaban ya presentes en el pr oceso de constr ucción europea. El tamaño,
relativame nte pequeño, de la Unión, junto con las nueva s tecnologías que estaban
desarrollándose, permitían que la información fluyese y los procesos productivos se
internacional izasen, fundamentalmente a nivel e uro peo. Se e staba configurando el mercado
común. Este proceso que se produjo en Europa grac ias a los tres factores menciona dos
puede ser repetido a e scala internacional, siempre con matices.
De este modo, la expe ri encia europea puede ser interpr etada como un val ioso e xperimento
del que se pue den extraer diferentes lec ciones para el objeto de e stablecer una polític a de
competencia internac iona l. Da do qu e la propuesta c onsist e en tomar el modelo e uropeo
como referencia para la economía glob al, será fundamental conocer en profundidad su
funcionamiento multinivel, sus problemas y los aspe ctos que mejor están funcionando.
La tesis está dividi da en tres partes, cada una de dicada a los tres pila res q ue subyacen a
nuestro estudio:
La política de competenc ia, en general;
el modelo de la UE de política de competencia; y
la regulación de la competencia a nivel inte rnacional.
La pr imera parte se titula “F undamentos de la Política de Competencia” . Se trata d e
introducirnos en el mu ndo de la polític a de competenc ia. Pa ra ello, comenzaremos
abordando el concepto de competencia y su defensa en la historia del pensamiento
económico.
Una tesis de ec onomía sobre cua lquier cuestión no puede deja r de señalar los aspectos más
importantes sobre aqué lla que se despr endan d e los grande s pensadores de la historia de la
economía. De este modo, nosotros reali zamos un recorrido en el que distinguimos entre la s
distintas escuela s de pe nsamiento, partiendo de Adam Smith y los economistas clá sicos,
hasta l os últimos ava nces en la nueva economía industrial. En dic ho recorrido también nos
detendremos en las críticas socialistas que se vertieron sobre la economía de mercado y la
3
Integración europea ser ía el término más acertado .
23
competencia, y en la interpretación de l proceso competitivo desarrollado por los
escolásticos españoles a pa rtir de su concepto de “precio justo”.
El segundo capítulo establece los fundamentos económicos y políticos que subya cen a la
política de competencia. Se trata de los argumen tos que justifican la i ntervención públic a en
la economía para regula r los comportamientos de l os agentes que se consideran dañinos
para la economía y l a s ocie dad. Vamos a mostrar que la economí a de m erca do no
funcionaría correc tamente –esto es, no daría como resultado la efic iencia en los p rocesos
de asignación de recurso s- en ausencia de una legis lación en m ateria de competencia.
Reflexi onaremos en torno al conce pto de libe rtad e conómica y modeliz aremos e l
comportamiento competitivo pa ra comprender en profundidad e n qué c onsiste e l mismo y
por qué lo consideramos beneficioso para la socied ad. E l capí tulo c oncluye con un apunte
histórico en el que se repasa la historia del primer régimen integ ral d e pol ítica de
competencia –el es tadounide nse- y su evolución. De este modo, apreciaremos cómo la s
distintas razones que re spa ldan la política de competencia ya estaban pres ente s en los
albores de e sta forma de intervención pública. Al mismo tiempo, veremos c ómo e stos han
ido ada ptándose a los nuevos desarrollos de la cie ncia económica, especi almente e l proceso
de liberalización y privatización que se desprende de las ideas concebi das por los
economistas de la e scuela de Chicago en la década de los 70 y 80.
El último capítulo de la primera parte recoge las clave s de aplicación de la política de
competencia. Si bie n el anterior capítulo estable cía la te oría de la competencia, en e ste nos
centramos en su vertiente má s práctica. Para ello, comenzamos describiendo los distintos
objetivos de la política de competencia que l os ex pertos han conveni do. Con posterioridad
serán abordados importantes conc eptos económicos presentes en la práctic a de la política
de competencia, tal es como el de “colus ión”, “ mercado r ele vante” o l as “medidas de
concentrac ión”.
La segunda parte de la tes is está de dicada exclusivamente al modelo europeo de política de
competencia, siendo su título “L a Política de Competen cia en la UE” . El capítulo IV
alberga los aspectos hist óricos de la polí tica de competencia de l a UE. Buscaremos el
germen de la dicha política en e l viejo contine nte en un curioso pasaje que nos sumergirá
en la Vie na de los Habsburgo de final es del siglo XIX . Tras dicho episodio, n os volcaremos
con la política de compe tencia en los primeros pas os de la Comunida d Euro pea. Mediante
24
el análisis de los distintos tratados, vamos a extraer el contenido de dicado a la política de
competencia para poner de manifiesto la importa ncia de ésta para el proyecto europeo.
También prestaremos especial atención a los ca mbios más significativos que ha
experimentado la política en c uestión, de sde su filosofía ha sta los aspec tos sustantivos
concretos.
No podemos p roponer e l modelo europeo pa ra u na hi potética política internacional de
competencia sin c onocerl o e n profundidad. Por ello, e l quinto c apítulo aborda la política de
competencia de la UE incidiendo en los aspectos que consideramos más importantes para
nuestro proyecto de regulación antitrust global. Entre éstos destacan los sis temas de
remisión de c asos entre la s A NCs (Autoridade s Na cionales de Compe tencia) y la Comisión
a t ravés de la REC (Red Europea de Competencia). Del mismo modo, consideramos de
vital importancia c onocer las nov edades que se incorporaron a la política de c ompetencia
de la UE tras la reforma de 2004, adaptándola a los nuevos tiempos y las mejores prácticas
identificada s. El capítulo tambié n contiene un apartado de dicado a la crisis econ ómica y e l
impacto que é sta ha supuesto para la política de competencia.
Finalmente, en la tercera parte –“P olítica de C ompetencia I nternacional para una
Economía Global” - se aborda la problemática que encierra el proceso de
internacional ización de la política de competenc ia. El capítulo VI establece las bases
teóricas que nos a yudarán a comprender tan complejo asunto. Serán objeto de aná lisis
tanto las fórmulas j urídica s a l as que las a utoridade s –nac ionales- recurren para lidiar con
las prácticas restrictivas interna cionales, así como los intentos pretéritos por configurar
normas internacionale s que regulasen los comportamientos anticompe titivos.
El séptimo ca pítulo nos permite reflexionar e n torno a los aspectos instit ucionale s que
envuelve n el proceso de internacionalización d e la política de compe tencia. Las cuestiones
institucionales fluye n a travé s de dos ca uces: por un la do, las instituciones u organi zaciones
internacional es que se dedican –o han dedicado- a l estudio d e la probl emática de l a
competencia a nivel internac ional. Entre éstas destacan la OMC (Organización Mundial de l
Comercio), por ser la institución qu e más cerca ha estado de albergar una política de
competencia internacional; y l a ICN (por s us siglas en inglés, International Competition
Network
4
), que es la instituc ión que e n la ac tualidad comanda los esfuerzos de cooperac ión y
4
En español, Red Internacio nal de Comp etencia.
25
convergenc ia de la s ANCs. Por otro lado, e l capí tulo ta mbién profundiza en las c uestiones
institucionales más relevantes a la hor a de idear u n s istema internacional de política de
competencia.
El capítulo VIII y último sitúa a l a UE como referencia en e l proceso de
internacional ización de la política de c ompetencia. Ana lizaremos el modo en que l a UE
entiende la dimensión internaciona l de su polític a de competencia. Ve remos las estrategia s
que ha seguido, tanto a nivel bilateral, como multilateral, y nos de ten dremos en la
cooperación que se produce entre la UE y sus dos principales socios: Ch ina y EE UU .
Asimismo, indagamos los mot ivos por los que los países que est án configurando sus
políticas nac ionales de competenci a e stán guiándose má s por el modelo europeo que por el
estadounidense, a pesar de la longe vidad del último. Para ello, decidimos emprende r un
estudio comparativo de carácter eminentemente cuantitativo (aunque tambié n
comentaremos algunos aspec tos cua litativos) a partir de la construcción de un os índic es de
política de competencia.
De todo nue stro recorrido extrae mos un elenc o de conclusiones que dividimos en tres
categoría s:
Conclusiones relativa s al a nálisis económico;
conclusiones concernie ntes al análisis jurídico; y
conclusiones acerca de los aspectos institucionales.
Con dic ho bloque de conclusiones, categ orizadas y en forma de esquema, se sintetiz an la s
principales idea s que se desprenden de nuestro trabajo.
26
INTRODUCTI ON
National markets are mor e and more exposed to abroad since the II W orld War; this
process experimented a d ecisive impulse w ith the Berlin´s wall fall and the integration of
the global economy in a single block. Market ec onomy has prevaile d over central planning,
and now, international community identifies competition as the engine of economic
growth. International institutions such as GATT-W TO have been promoting this pathwa y.
As a result, companies and business are now more global than eve r. Corporations do not
hesitate to relocate seeking both minimize costs and new business op portunities in
emerging markets. More over, t his economic globaliz ation is triggering a big wa ve of
international mergers unprecedented. The interconnection of national economie s is
explaine d by these two factors –liberal ization and globalization- together with a nother one
of technologica l nature: ICTs
1
revolution.
New technologies allow information to flow at i nstantaneous velocity and at minimal cost.
There is no doubt about the hug e impact that emerges from this fac tor on the dev elopment
of the world economy i n general. We ha ve to consider it from t he point o f view of business
practices: companies find easier to coordinate the ir behav ior a nd c ooperate, rather than
compete.
These three factors raise a ce ntral question for the purpose of this work: Can the globa l
economy be regulated from national standards? Is it logical that the behavior of
multinational companies be disciplined through national systems? T his normative
inconsistency led us to undertake this investigation.
The theme of our researc h is internationa l c ompetition polic y. This i mplies, ine vitably, to
understand profoundly the theore tical and enforcement law keys underlying c ompetition
policy. In addition, we have studied in some detail the EU competition model for three
reasons: fir st, be cause it is a work carried within t he EU; second, the EU, a s w e will see
throughout of the the sis, is the lea d ac tor in the ong oing proce ss of internati onaliza tion of
1
Information and Communicat ion Techno logies.
27
competition policy; and thirdly, the European experience holds a potential valu e w hen
examining how competition binding international standards might be implemented. It is
the unique experie nce of competition poli cy tha t works in a supranational ma rket. Th e
implications of this fact for the purpose of our work a re enormous.
Thus, the subject of our research is delimited by three distinct pha ses that establish the
boundaries betwee n the three parts of the thesis:
a. Competition a nd Competition Policy enforce ment.
b. Competition polic y in the EU.
c. International compe tition policy
The ove rall aim of this w ork is to be understood from two fronts: on the on e hand, we will
articulate a strong and coherent discourse to argue the need to set a global competition
policy; on the other hand, we are going to place the E uropean mode l as a ref erence for the
design of a global competition policy framework.
This ge neral aim encompasses a number of specific objectives t ha t f rame the research.
Among these are inc luded:
a. To e xplore the concept of compe tence and its i mplications for the institutional
design of the free market ec onomic system.
b. Dealing, in a sys tema tical and critica l way, with the arguments from economic
analysis that justify competition policy.
c. To draw an historical, systema tic and plural outl ine about the configuration of
competition policy systems .
d. Performing a panoramic monograph on the treatment of competition in the me ta-
narrative we call History of Economic Thought: fr om classical economic thinking
to this da y. We w ill d edicate a pa rt of our study to the treatment of competition in
Spanish economic thought.
28
e. Reviewing the political and theory keys on competition policy enforceme nt.
f. To draw an historical sketch of the institutional configuration of competition policy
in the EU.
g. To address, with some detail , the EU competition policy regime.
h. To analyze the current system of international competition policy. How we go t it
and what might be the next steps for setting up an international competition policy
comprehensive framew ork.
i. Undertaking a comparative analysis to confront in a n obje ctive way the two major
competition policy models: the EU and the US.
The methodologic al approache s required to achie ve our objectives are necess arily div erse
and consistent with their nature. We will nee d the comparative historical approach. We
propose to c onduct hi storic al sketches on both com petition policy itself, and on the notion
of competition in the history of economic thought.
The history o f European competition policy and the history of the efforts fo r setting up a
global competition policy are included in the analy sis. Finally, we must unde rstand the
applica tion of the historic al a pproach from three pe rspectives: e conomic, institutional and
from economic thinking.
A second approach i s c onnected with the economics of institutions. The New Institutional
Economics approac h should inspire our dia logue w ith the existing institu tions and the
formulation of propo sals for institutional framewo rks that ac hieve the objectives w e ha d in
mind.
The third approach is circumscribed to theoretic al analysis of economic models.
Competition policy a s a field of a pplied ec onomics is ba sed on two main approaches of
economic analysis: the Microeconomics and Indus trial Organization/Economics. The
elements of these approaches s hould guide the study of the economic foundations of
29
competition policy, as well as the relevance and appropriateness of the keys l aw
enforcement.
These three approaches have to add a qu antitative study that will help us to assess the
institutional quality of competition regimes. The four streams s hould be useful to study in
depth the case of compet ition policy in the EU. We will sift this experienc e through the
three approaches identified to reveal the elements that constitute best practices a nd those
that may be e xploitable for advocating a global competition policy framework.
With this thesis we seek to show the inconsistencies and inefficiencies tha t emerge from
the current model of international competition policy, which has been built from impulses
and is based on national competition policy of the national States.
We note tha t this model is inappropriate a nd requ ires to be refor mulated. The idea this
work advocate s is the ne ed to take steps towa rd a binding global competition policy. To
that e nd, w e take a s referenc e the Europea n e xperience. U E has experimented a similar
process as that globa l economy is fac ing in recent deca des. For the constr uction of the
European Community, the pa rties were clear fr om t he beginning the nee d to integ rate
national markets into a single market. The only w ay to achieve this goal came from a
common competition policy . In addition, many Europea n countries have passed, since the
second half of the twentieth century, by a process of moderniza tion and e conomic
liberaliza tion. Many of the s ectors t hat have traditionally been r un by the public arm under
monopoly have been li beralized and transferre d into private hands s eeking greater
efficiency .
Therefore, the two fa ctors we mentioned earlier in the introduction -libe ralization a nd
integration of national economies- are pr esent in t he European experience. In a ddition, the
implications arising from the ICT revolution were alrea dy in the process of E uropean
construction. The relative ly small size of the Union , along w ith the new technologies tha t
were being developed, enable the information to flow and production pr ocesses were
internationalize d, mainly in E urope. It was setting up the common market. This process
occurred in Europe tha nks to t hree factors can be replic ated internationally, with nuances.
30
Thus, the European experien ce can be seen as a v aluable e xperiment that can draw
different lessons for the p urpose of esta blishing interna tional competition pol icy. Si nce the
proposal is to take the European model as a refe rence for the global economy, it will be
essential to know in depth its multile vel na ture, problems and issues w hich are w orking
best.
The thesis is divided into three parts, each de dicated to the three pillars unde rpinning our
study:
Competition policy in general;
the EU model of compe tition policy; and
the regulation of international competition.
The fir st part i s entitled " Foundations of Compet ition Policy” . It w ill be our e ntry into
the world of competition policy. W e will start by addressing the conce pt of competence
and its defense in the history of economic thought.
A thesis in e conomics on any matter cannot fail to note the most important aspects about
it that e merge from the grea t thinkers in the history of the ec onomy. Thus, w e made a tour
in which we distinguish betwee n the different schoo ls of thought, starting with Adam
Smith and the c lassical e conomists to the latest adva nces in the new industrial economy . In
this tour w e also will stop in the socia list criticism poured on marke t economy a nd
competition. The inte rpr etation of the competitive process dev eloped by the Spa nish
Scholastics from their concept of "fair price " will be also object of analy sis.
The second chapter sets out the economic and political foundation s underlying
competition policy . This is the rationale for public inte rvention in the ec onomy i n order to
regulate the behavior of age nts that a re considered harmful to the economy and society.
We will show that the market economy doe s not work properly -that is, resources would
not be allocated efficiently, in the a bsence of c ompetition leg islation. We will refle ct on the
concept of economic freedom and we model c ompetitive behavior to deepl y understand
what is it a nd wh y it is considered benefic ial to society. The cha pter concludes with the
history of the first comprehensive competition policy regime -the American- and its
evolution. Thus, we w ill a ppreciate how the reasons behind competition poli cy were
31
already present at the beginning of this fo rm of pu blic interve ntion. At the same time, we
will see how these have been adapted to new developments of e conomic science, e speciall y
with regard to the process of libe ralization and privatiza tion that e merges from the ideas
conceived by economists of the C hicago school i n th e 70s and 80 s.
The last chapter of this first part contains the enforcement keys of competition policy.
While the previous chapter established the theory of competition, in this one we focus on
its most practical side. To do this, w e be gin by describing the different objec tives of
competition policy expe rts have agree d. After that, important economic conc epts for the
enforcement of competition polic y, such as collusion, relev ant market or me asures of
concentration, w ill be discus sed.
The second part of the thesis is devoted excl usively to the Eu ropean model of c ompetition
policy. Its title is “The C ompetition P olicy in t he EU” . Chapter IV c ontains the
historical aspec ts of competition polic y in the E U. W e will seek the seed of such a policy
on the continent in a curious passage that plunge in Habsburg Vie nna in the la te nineteenth
century. A fter this episod e, w e w ill turn ov er competition pol icy in the first steps of the
European Community. By analyz ing the v arious trea ties, we wi ll extract the c ontent
devoted to compe tition policy to demonstrate its importance for the European projec t. We
also g ive specia l attention to the most significa nt changes ex perienced by the policy, from
its philosophy to its substantive a spects.
We could not propose th e European model for a hypothetica l int ernational competition
policy wi thout knowing it in depth. Therefore, the fifth c hapter deals wi th compe tition
policy of the E U stressing the a spects we consid er important for our p roje ct of global
antitrust regulation. A mong the se there are the case referral system be tw een NCAs
(National C ompetition Authorities) and the Commission through the ECN (E uropean
Competition Netw ork). Similarly, we consider crucial to know the latest changes E uropean
competition pol icy has e xperimented after the 2004 reform, ada pting it to changing times
and best practices i dentifie d. The chapter a lso cont ains a section de voted to the economic
crisis and the impact it has meant for competition policy.
32
Finally, in the third part –“ International Competition Policy for a Global Economy ”-
we address the problem that encloses the inte rnationalization of competition policy.
Chapter V I provides the t heoretica l basis to help us to understand this complex issue. We
will analyze both legal for mulas to which –na tional- a uthorities rely to de al with
international restr ictive practices a nd past attempts to configure i nternational standa rds for
regulating a nti-competitive behavior.
The seventh chapte r allows us to r eflec t on instit utional issues involv ing the
internationaliza tion of competition policy . Institutional issues flow through two channel s:
first, institutions or inter national organizations engaged to the study of the problems of
international competition. Among these there are th e WTO (W orld Trade Organiza tion),
as the institution tha t has been closer to host international competition policy; and the ICN
(International Competition Network), which is the institution that currently commands the
cooperation and convergence efforts of the ANCs. Furthermore, the chapter explores
institutional issues relevant when de signing an international competition policy framework.
The eighth and final chapter puts the E U as a refe rence in the inte rnationalization of
competition policy . We analyze how the EU unders tands the international dime nsion of
competition policy. We will see its strateg ies, bot h bilate ral and multila teral, a nd we s top in
the cooperation tha t occur s betwee n the EU and its two ma in partners: China and the US.
Also, w e i nvestigate the reasons why countries that are setting thei r nationa l competition
policies are guided more by the Europea n model than by the US one, despite the longevity
of the latter. To do th is, we decided to unde rtake a compa rative study e minently
quantitative from the construction of competition polic y indexes.
We ex tract fr om our journe y a list of conclusions which w e divide into three categories:
Conclusions on economic analy sis;
conclusions concerning the lega l analysis , and
conclusions on institutional aspec ts.
With this block of finding s, categ orized and in outline form, we summarize t he mai n ideas
that emerge from our work.
PARTE I
FUNDAMEN TOS DE LA POLÍT ICA
DE COMPET ENCIA
34
CAPÍTULO I
LA COMPETE NCIA, SU DEFENSA Y
SUS CRÍTICAS, EN LA HISTOR IA
DEL PENSAMIENT O ECONÓMICO
35
INTRODUCCI ÓN
El término competencia ha estado atrayendo la atención de los economistas y otros
estudiosos de las cienc ias sociales desde hace más de 200 a ños. Pero el significado del
concepto no ha sido siempre el mism o. Como ve remos a l o largo del c apítulo, su ac epción
ha evoluciona do desde conceptos derivativos y operativos para la vida práctica, hasta una
figura puramente formalista.
Ciertamente , una característica común en todo el recorrido e xperimentado por el término
competencia es su uso como exponente y principio rector de la economía de me rcado .
Cualquie r defensor del mercado no duda en elogiar los beneficios de la c ompetencia, tanto
por la prosperida d mate rial que gene ra, como por su cará cter justicie ro, por e l que premia a
quien mejor se desempeña en e l mundo de los negocios.
Esta transformación del término justifica que nuestro estudio sobre polític a de
competencia c omience con un repa so por las reflexiones sobre la compet encia que las
distintas escuelas de pensamiento económico impulsaron e n su búsqueda por desarrollar l a
ciencia económica. A pesar de que nue stro rec orrido se remonta hasta los al bores de la
economía como ciencia moderna, hay prueba s que demuestran que la historia de las le yes
antimonopolio es mucho más longe va.
En concreto, las primera s leye s de compete ncia se remontan al Imperio R omano. A l obj eto
de proteger e l comercio de grano, la Lex Julia de Annona fue promulgada en e l año 50 A.C. ,
establecie ndo fuertes multas a aqu éllos que d irecta, de liberada e insidiosamente detuviesen
los barcos de suministro. Más tarde, en el 301 D.C ., el emperador Diocleciano impuso la
pena de muerte para c ualquiera qu e violase al guno de los sistemas de tarifas mediante, por
ejemplo, la compra, l a ocultación o la trama para crear escasez en productos de uso diario
(Wilberforce, 196 6).
Más allá de e stas primitivas experiencias, nuestro análisis en profundidad se in icia en la obra
que marca un ante s y un después en la historia de las ideas económica s: “La Rique za de la s
Naciones”. Abordaremos la descripción que realiza Adam Smith del funcionamiento de lo s
mercados compe titivos y el papel que juega la competencia en el mecanismo de mercado.
36
Igualmente, nos preguntaremos si Smit h de sliza la nec esidad de estable ce r normas de
competencia que l imiten la libertad total en los negocios.
Tras Smi th, y a la vis ta de las pocas nove dades respe cto a la competencia y su defensa que
hemos observado en las obras de D. Ricardo y R. Malthus, estudiaremos las nuevas ide as
que sobre esta cuestión arr ojan los “Principi os de E conomía Política” de J.S.Mill. A pesar
de que aquí debería finaliz ar el recorrido por la economía clásica, hemos incluido en el
apartado en cuestión a A. Marshall debido a las simil itudes que su mé todo guarda tanto con
el moralista escocé s como con Mill.
Posteriormente nos vol camos con el e studio de la competencia bajo el prisma de la
economía neoclásica (1870-1920). En este período se produjeron deci sivos avances en
relación con el an álisis de los precios. El análisis e conómico se form alizó, dejando atrás la
metodología c ontextual y descriptiva que caracterizó a Smith o Mill. S in e mbargo, sí
podemos c uestionar que se realiz asen a portaciones que modificasen las ideas s obre la
competencia que ha bían conf igurado los economistas clásicos.
Los epígrafes dos, t res y cu atro están dedica dos a lo s desarrollo s de la Escuela de Harvard,
la Escuela de Chicago y la Escuela Austríaca de E conomía, respectiva mente. E stas tres
escuelas se aproximan por distintas vías al estudio de la compe tencia y e l mecanismo de
mercado. A partir de un análi sis preliminar de sus aportacione s podría parecer que éstas
entran en conflicto e ntre sí, pero la realidad es que muchas de ellas s on complementa rias .
Precisamente, de la síntesis de estas ideas surge la Economía Indust rial como rama de la
ciencia ec onómi ca, obje to de análi sis en el epígrafe cinco.
El orden cronológic o que e n buena medida sigue este primer capítulo se romp e con los dos
últimos epígrafes de bido a la na turaleza de l os mis mos. E n el sexto epígrafe rec ogemos las
críticas que se han vertid o sobr e la competencia y e l mecanismo de mercado por parte de
las diferentes vertientes del socialismo que se desarr ollaron a partir del siglo XIX. Result a
sorprendente la vigenc ia d e muchas de el las 200 años después.
Finalmente, el capítulo termina c on un pasaje de e s pecial interés para nuestr o país. Se trata
del estudio de la competencia en la historia del pens amiento económico español.
37
Concretame nte, en la e tapa en l a que quiz á la vanguardia de las ide as ec onómicas se
circunscribía a la península ibérica: el período d e la Escuela de Salamanca. Las similitudes
que guarda el concepto de precio j usto c on el precio en condi ciones de c ompetencia nos
pareció suficiente justificación para in clui rlo e n este repaso de la competencia e n la historia
del pensamiento e conómico.
38
1. La competencia y los clá sicos
Se acepta qu e la ciencia económica emerge con la publicación de la obra de Adam Smith,
La Riqueza de las N aciones (1776). No obst ante, otros pensadores anteriores habían ya
tratado de esbozar por qué y cómo la competencia actúa en los mercados. Nos e stamos
refiriendo a Richa rd Cantillon, Adam Ferguson y a David Hume fundamentalmente, quien
ejerció una influenc ia más q ue nota ble en Smith. Po demos por ta nto afirmar que la teoría
de la competencia como engranaje de la economía de mercado hu nde su s raíce s en la
filosofía moral escocesa del siglo XVIII.
Una muestra del pa pel que ya se le asigna ba a la c ompetencia antes de la publicación de “ La
Riqueza d e las Na ciones” l a enc ontramos en la “Enciclopedia” francesa de 1751, en la que
se encuentran ex presiones como “la competencia es la fuerza condu ctora de los negocios y el alm a de
la industria”.
A pesar de los antecedentes mencionados, fue Adam Smith quién situó a la competencia
como principio general del análisis económic o y de la or ganización social de un modo
sistemático y bien estructur ado (McNulty, 1968). Se han rellenado ya incontable s páginas
comentando y a nalizando e l hallazgo d e Smith, por lo que desde aquí lo comentaremos
someramente y tan sólo nos d etendremos en aquellos aspec tos q ue resulten de verdadero
interés para nuestra empresa.
Cabe recordar que la preocupa ción del filósofo moralista, al igual que la de sus
predecesores, giraba en torno a l a soluc ión de l problema de l v alor. En su búsqueda por una
teoría del va lor, Smith expuso con maestría y precisión el pape l que juega la competencia e n
el proce so por el qu e los prec ios tienden a sus nivel es naturales al a lcanzar una situaci ón de
equilibrio. Recordemos su hilo argumenta l.
Smith consideraba que l os individuos no te nían la c apacidad para e mprender
conscientemente ac ciones indivi duales que r edundasen en el bienestar c olectivo. Al menos,
no por sis tema. Por ello, y a ludiendo a la condición e goísta que todo ser humano retiene
(en mayor o menor medida), Smith describió la competencia como una carrera entre
individuos que provoca ría el continuo crec imiento (material) de la socie dad vía mejora s en
39
la producción y disminución de los precios de las mercancías hasta su “nivel natural”. A sí, y
como subraya Stigler (1954), el conce pto de competencia presentado por Smith connota
una rivalidad indepe ndie nte entre dos o más ind ividuos. E mpero, Smith añade que los
productores competirían c on mayor i ntensidad cuando más nume rosos fuesen. Ademá s, el
carácte r asignativo de la competencia igualaría las tasas de be neficio de las distintas
industrias hasta llevarlas al mínimo.
Por otro la do, Metca lfe (1998) considera que en el análi sis de Smith e stán y a presente s las
dos ace pciones de compet encia que a la postre serían desarrollada s. Por un lado estaría la
competencia como e lemento coordinador de la e conomía a travé s del cual se a lcanza una
distribución eficiente de los rec ursos. Por otro la do, la competencia actua ría c omo fuerza
promotora de la activ idad económica por medio de la división del trabajo ampliada
1
.
La función c oordinadora de a signación de re cursos se produce por dos motivos: en primer
lugar, la c ompetencia en los merca dos ha rá que l os pre cios se aproxime n a su niv el natural;
y segundo, al resultar los precios na turales de un proce so competitivo que genera una tas a
de beneficio y unos salarios uniformes en todos los s ectores de la economía, los precios
acaba rán alineándose c on los costes de producción. A través del proceso competitivo, el
nivel de precios se ve forzado hasta alcanzar el mínimo que garantice su sostenibilidad a
largo plazo. De este modo, la compe tencia propor cionaría a la economía de mercado el
orden y la estabil idad necesaria para asignar los recursos disponibles .
Desde la segunda pe rspectiva -la concepción de la competenc ia como fuerza dinámica - el
bienestar se ve ría impuls ado por los capital istas y su persistente búsque da de beneficio
privado. Las c orporaciones tratarán de alca nzar las mayores tasas de be nefici os of recie ndo
productos de más calidad, reducie ndo costes y aplicando las técnicas más avanza das. Los
consumidores se benefici arán de la competencia comprando mejores produ ctos al prec io
más bajo posible. En de finitiva, se producen e fectos di námicos a través de los incentivos a
la innovac ión y a la constant e mejora de los productos y procesos productivos.
En cuanto a las desigu aldades existentes en la práctica entre los distintos empleos
(retributivas, de fatig a, de accesibilidad,…), S mit h seña la que una de s us ca usas se
1
Citado por Varela Ca rid (2006).
40
encuentra en la política europea . En particul ar, la política económica de Europa estaría
creando de sigualdades más a llá de las que se derivan de la propia natural eza de los distintos
oficios. Y esto lo hace restringiendo la libertad de tres formas distintas (Smith, 1776: 1987,
200)
2
:
P rimero, restringiendo la com petencia en algunos empleos a un n úmero de personas m enor que las que de
otro m odo se dedicaría n a ell os
3
; segundo, in crementánd ola en otros p or encim a d e lo que s ería na tural
4
; y
tercero, obstruyendo la libre circulación d e la mano de obra y del capital (…).
En este pasaj e v emos c ómo Smith se lamenta de la dist orsión que ciertas acciones polític as
generan e n el proceso competitivo. Estos arbitrios limitan la capacidad de la compe tencia
para asignar eficientemente los recursos, es de cir, ev itan que éstos se e mpleen en los
mejores usos posible s. Sin embargo, y c omo veremos a continuación, el “padre” del
liberalismo económi co no se oponía a cualquier tipo de intervención gubernamental e n l a
economía.
A pe sar de lo que muchos c reen o se empeñan en creer, Smith a dvierte que los mercados,
por sí mismos, no serán efectiva mente competitivos
5
. Esto pod ría dar luga r a la
intervención de los poderes públicos a fa vor del int erés ge neral. Según Smith, las empresas
6
tienen claros incentivos para convertirse en monopolis tas, o reproducir tal situac ión por
medio d e a cuerdos con otras empresas de fo rma que alteren lo prec ios y los niveles de
producción. E stas prá cticas perturban los benefic ios os efectos del mecanismo de mercado
(Varela Carid, 2006). Sin embargo, y ante esta te ndencia natural de los indi viduos, Smith no
propuso el e stablecimiento de medidas y disposiciones antimonopolio. E s necesario
profundizar un poco más en esta cu estión.
La R iqueza de las Naciones predica que la inte rvención del e stado en la economía habría de
ser li mitada. Para Smith (1776: 1987, 60), cualquier polí tica que tendiese a aumentar el
2
La edición de “La Riqueza d e las Naciones” q ue man ejamo s corresponde a la Edició n Conmemor ativa
del bicentena rio de la p rimera edición de la obr a a ca rgo de R.H. Ca mbell y A. S. Skinn er (eds.)
3
Smith ap unta a los gremios c omo herrami enta p ara el man tenimiento de p rivilegios exclu sivos.
4
Hoy día, Smith haría referenc ia a la política agrí cola pro teccionista comunitaria para exp licar esta
segunda vía.
5
Como afir ma con gran tino Galbraith (1989: 75 ), La Riqueza d e las Naciones es, junto a El Capital y la
Biblia, u no de los tr es libros qu e los eruditos de medio pelo se creen con derecho a cita r sin haber leído .
6
En su terminología, lo s capita listas.
41
precio del mercado por encima del precio natural (que era el que re sultaba de l proce so
competitivo) disminuiría la rique za pública;
Los p rivilegios exclusivos de l o s gremios, los estatutos de ap rend izaje y todas aquella s leyes que restringen en
determinad os empleos la competencia (…) son monopolios a m pliados que p ueden, d urante mucho tiempo y
en todo tipo de empleos, manten er el precio de mercado de algun as mercancía s por encima de su precio
natural, de forma que los salarios y los beneficios estén por enc ima de sus tasas naturales.
Es posible que la gran distorsión en la ec onomía que la intervenc ión pública provocaba en
ese tiempo desalentase a Sm ith a proponer leyes que palia sen los incentivos empresariales a
coludir o ca rtelizarse. También e s razona ble pensar que Smith no concebía c ompatibles
dichas disposiciones con el respeto a la l ibertad indivi dual. A pesar de ello, resultan
sorprendentes pasajes como el que sigue (Smith, 1776: 1987, 209-210):
Las g entes del mism o oficio rara vez se reúnen, a unque solo sea pa ra divertirse y distra erse, sin que la
conversación acabe en una co nspiración co ntra el público o en algún arreglo pa ra elevar los precios.
Ciertamen te es imposibl e evitar tales reuniones median te leyes qu e p uedan ser puestas en práctica o que sean
consistentes con los principios de lib ertad y justicia.
Podemos preg untarnos s i Smith era realmente consciente de lo que e staba diciendo.
¿Significa esto que los empresarios, actuando en total libertad, generarían la s mismas
distorsiones en la asignación de recursos que las le yes y privilegios exc lusivos que tanto
denunciaba ? ¿Había alguna fisura en e l armónic o sistema capita lista que con ta nta
perspicacia h abía descrito?
Hay a utores c omo Budzinski (20 03) que piensan que Smith defendía a lgún tipo de política
de competenc ia a partir de las siguientes proposiciones del moralista escocés:
a) El estado d ebe a segurar qu e los acuerdos in stitucionales q u e defin en los derechos de pr opiedad
deben garantizar la protección legal d e la s transa cciones e n el mercad o, proteger la libertad d e
elección y prohibir el comportamiento inj usto.
b) Debe hab er mecanismos institucionales internos q ue limiten el comportam iento deslea l por medio de
normas morales.
42
c) Finalmen te, Smith recomendaba que los políticos no siguiesen ni nguna sugerencia d e los
empresarios .
Debemos considerar las g randes diferencia s existentes entre la sociedad a la que se enfrentó
Smith y el mundo contemporáneo. El j oven ca pitalismo de la Inglaterra en vías de
industrialización del siglo XV III no c ontaba c on las grande s corporaciones y g rupos
empresariales que hoy dominan vastos merca dos. Se trataba de una socieda d de pequeños y
medianos capitalistas e n la que el poder de mercado estaba aún l ejos de ser cons iderado un
problema. Aun así, Smith profetizó el peligro que engendraba n l os contactos y acuerdos
entre los pertenecie ntes a un mismo gremio, o los vendedores de una misma industria.
Esta idea no fue desarrollada por los posteriores ec onomistas clásicos, más centrados en
depurar y perfecc ionar el s istema esbozado por Smith. Así, el concepto de competencia con
el que traba jaron se limitaba a aquella fuerza reguladora del sis tema económico q ue
determinaba los precios e n el me rcado. El sistema clásico c onstruido por Malthus y
Rica rdo no profundizaría de forma reseñable sobre el particula r.
En cambio, John S. Mill sí re flexionó en torno a l c oncepto de competencia y su
importancia en e l estudio de la economía política. El capítulo 4 del Libro II de sus
“Principios de Economía Política ” (1848)
7
se titula “De la competencia y la costumbre”, y
comienza con las siguientes líneas:
Bajo el dominio de la propiedad individual, el reparto de los productos es el resultado de d os factores
determinan tes: la competencia y la costumbre. Es im portante fijar el grado de influ encia de cada una d e esas
causas, y de qu é manera cada una de ellas afecta la actuación de la otra.
Seguidame nte, Mill (1848 : 2008, 313) se apresura a decir que los e conomistas (polític os)
clásicos habían sobrevalorado e l papel de la competencia para fijar los precios rela tivos, al
tiempo que h abían subestimado e l principio opuesto: la costumbre. Mill alude a aqué llos
casos en los que “ no hay nada que restrinja la competencia; nada qu e impida su actu ación (…) y sin
embargo, el resultado no lo fija la comp etencia, sino la costumbre, el uso”.
7
Hemos man ejado la edición de la Edito rial Síntesis de 200 8 de los “Princip ios de Econ omí a Po lítica” d e
John Stu art Mill (ob ra pub licada o riginalmente en 1 948).
43
De e ste modo Mill mode r a la función de la competencia, tan e nsalzada por su s antec esores,
como principio regulador de la vida ec onómica. Mill se retrotrae para e xplicar que sólo en
los tiempos modernos l a c ompetencia se ha erigido como principio regul ador de los
contratos; ha sido hi stóricamente la costumbre la e ncargada de cumpli r tal cometido. Sin
embargo, para los economistas políticos e l estudio de la c ompetencia resulta fundamen tal,
pues:
“En ta nto que las renta s, las ganan cias, los salarios y los precios se fijen por la competenci a, se les puede
asignar leyes. Si se supone q ue la competenci a es el regulador exclusivo de los mismos, no será difícil
establecer p rincipios de carácter general y d e p recisión científ ica con arreglo a l os cuales se regirán”. Y e s
que para Mill (18 48: 2008, 313), solo a través del principio de la competencia “pued e la
economía política tener alguna p retensión al carácter de cienci a”. Así, competencia y economía –en la
medida en que ésta es considerada un a disciplina c ientífica- son conceptos que Mill
considera inseparable s.
En su trabajo sobre la competencia, High (2 001) subraya que, si bien las deficiencias de la
teoría clá sica d e los precios son por todos conoc idas, éstas afecta n solo indirectamente a su
consideración de la competencia como principio fundamenta l en la concepc ión de los
precios de biene s de cons umo (Ávila y Díaz, 2003: 22).
A pesar de tratarse del responsable de la llamada “síntesis neoclásica”, hemos creído
convenie nte incluir en este apartado a Alfred Marshall debido a las similitudes que guarda
con Ada m Smith y Mill, ta nto en método –en sus “Principles” las matemáticas se encu entran
en notas a pie de página o en un a péndice matemático- c omo en estilo. De hecho, Ma rshall
parte de la discusión de Mill sobre compete ncia y costumbre. Para él , la competencia y la
costumbre son, en lugar de dos fuerzas yuxta puestas en conflic to (como la s había
presentado Mill), dos e xtremos de un continuo en el que el polo a ctivo sería la
competencia, y el pasivo la costumbre. E sto se deb e a que la c ostumbre ac tuaría como una
fuerza (pasiva) tendente a mantene r el estado actual de c osas; en cambio, la competencia se
erige como la fuerza que provoca los cambios en la c ostumbre a largo plazo. Esta idea v a
en consonancia con la c oncepción marshalliana de la naturaleza física y soci al: Natura non
facit saltum. (Marshall, 1890: 2005, 2 96). Sig nifica que el progreso –al igual que la naturaleza-
44
se caracte riza por un juego de fuerzas constante , lento y paula tino. De aquí se desprende
que la s restricciones a la competencia (o a la libertad de empresa, como é l prefería llamarla)
suponen frenos al progreso.
Es interesante repasar la discusión sobre el conc epto de compe tencia contenida en sus
“Principios de Economía ” , public ados originalmente en 1890
8
. A través de su particular
prosa, Marshall discute la convenie ncia de l té rmino debido al “ mal ambiente” de l que ha
sido rodea do. Arguye el economista inglé s que en todos los tiempos y lugares se observa el
egoísmo al que aluden sus contemporáneos como caracte rística fundamental de la “vida
industrial moderna”; afirma que no es el egoísmo, s ino más bien la deliberación lo que
caracte riza la sociedad de su tie mpo. Más concreta mente, Marshall (18 90: 2 005, 9) pie nsa
que no e xiste término que exprese correcta mente esas ca racterísticas, que el resume en “ una
cierta independ encia y deseo de eleg ir uno mismo su propio destino, una cierta confia nza en sí mismo, un a
acción deliberad a, unida a la rapidez de decisión y d e juicio y un há bito de prever el futuro y ajusta r su
actuación a ulterior es fines”.
Marshall propone elimin ar cualq uier tipo de connota ción moral -como la observada en
competencia - del término que define el engranaje e conómico que ha pe rmitido a la
humanidad un c recimiento material sin prece dentes. Rec omienda su sustitución por la
expresión libertad de industria y emp resa, o más brevemente: lib ertad económica. Seguidamente se
apresura a apuntar que “ esta lib re elección d eliberada pu ede dar lugar a ap artarnos, en cierto m odo, de
la libertad individual cuando la cooperación o la comb inación parecen ofrecer el mejor camin o p ara llegar al
fin propuesto. No entra dentro del objeto de la p resente obra e studiar en q ué grado las formas d eliberadas d e
asociación pued en d estruir la libertad que di o lugar a su o rige n y en qué extensió n pueden contribui r al
bienestar social ” (Marshall, 1890 : 2005, 13).
Finalmente, c abe destacar su discurso presidencia l en la sec ción de Cie ncia Ec onómica y
Estadística de la British A ssociation de 1890 –titulado “Some aspects of Competition” - en e l c ual
trata de justificar la intervenc ión estatal pa ra controlar l a compete ncia. Además, Marshall
vuelve a demostrar que fue un a vanzado de su tiempo a l seña lar “ la importancia creciente d e la
opinión púb lica como fuerza económica ”, algo que hoy damos por sentado.
8
Hemos trabaj ado co n la edici ón de la E ditorial Síntesis, de 2005.
45
1.1. La competencia bajo el formalismo neoclásico.
La escuela neoclásica nace en la década de 1870 con la publicación casi simultánea de las
obras de t res grandes economistas
9
: W. S. Jevons, el a ustriaco C. Meng er y L. Wa lras. Esta
corriente también s e ha d enominado “marginalista” , debido a la revolución que supuso el
“descubrimiento” de esta nueva teoría del valor centrada en las fuerzas que actúan en el
margen. Antes de que l os tres autores menc ionados publica sen sus descubrimientos, hubo
algunos precursores que s e die ron cuenta del g ran potencial que guardaba n la s matemáticas
como he rramienta de investigación ec onómica. Nos referimo s fundame ntalmente a Von
Thünen y Cournot.
La e conomía política neoclásica centra su atención en la a signación eficiente de los recursos
escasos. Su concepto principal es el equilibrio d e las fuerzas del mercado, derivado de la
física de Newton. Por tanto, la competenc ia, desde el punto de vista di námico que Smith
había esbozado pasa a un segundo plano pa ra los e conomistas neoc lásicos. El término
competencia pasa a interpretarse como una est ructura de me rcado con unas c aracterísticas
determinadas. E ste viraje ha c ondicionado hi stóricamente la evolución de esta corriente de
pensamiento y ha levantado no pocas controversias en la discipl ina.
El primer autor que formalizó analíticamente un modelo de competencia entre productores
fue Cournot en su obra “Mathem atical principles of t he Theory of W ealth” , publica da en 1838.
Este catedrátic o francé s de a nálisis mate mático, pretendía precisar algunas inconsistencia s
que emanaban de las obras de los a utores clá sicos, quienes había n trata do de desarrollar el
concepto de competencia a partir de vagas noc iones populares. La respuesta de Cou rnot
fue construir y presentar e l problema de m aximización de be neficios (Beneficio = Ingresos
– Costes) d e un productor que de be decidir cuánto ofertar –suponiendo qu e se trata de
bienes homogéne os- considerando como dadas las c antidades ofrecidas por sus rivales. En
concreto, Cournot se preguntó cómo los ingresos (formalmente, pq ) var iaban con la
producción ( q ). Así, definió la competenci a c omo la situación e n la cua l el precio no varia se
9
Obviamen te, no sólo con la p ublicación de estas ob ras. La realidad econ ómica y soc ial estab a sufriendo
important es cambios pro voca dos po r los rápido s avances té cnicos (ferro carrile s, apertu ra del cana l de
Suez, surgim iento del moto r d iesel, aumento de la d emanda del petró leo, auge d e la indu stria q uímica,
teléfono, etc. ) y po r un n uevo escenario: la sustituc ión de u na etap a de libre co mpetencia por la
concentración del capit al y la proliferación d e mon opolios ( Ruiz Valien te, 2011: 15 ).
46
con la cantidad; aquel escenario que enfrentase a las empresas a una curva de de manda
horizontal (Stigler, 195 7). En palabras de Cournot:
Los efectos de la competencia han alcanzado su límite cu ando cada una de las producciones parcial es Q
k
(el
output del p roductor k) es inapreciable, n o solo con respecto a la producción total D = F (p), sino también
con respecto a la d erivada F´(p), de modo qu e la producción p arcial Q
k
podría ser restada d e Q sin ninguna
variación apreciab le en el precio de la mercancía
10
.
De este modo, Cournot concluy ó que, ante el aumento del número de v endedores en el
mercado, el resultado era la intensificación de la compe tencia y, en última instancia, la
reducción del precio (Vickers, 1995). Tambié n cabe destacar la teoría del oligopoli o
desarrollada por Cournot, basada en el supuesto de que c ada e mpresa trata de ma ximizar
sus be neficios c onsiderando que l os niveles de pr oducción de sus rivale s e stán dados. A
pesar de las críticas vertidas a dic ha teoría
11
, hoy forma parte de la subdisciplina conocida
como Economía Industrial, y de hecho se enseña en la mayoría de cursos de
microeconomía i ntermedia.
Años más tarde, Edgeworth publica ría “Mathematical Psychics”
(1881), obra e n la que esbozó
importantes implic aciones de la compe tencia en una economía de mercado. Éste fue, según
Stigler (1957), el pr imer autor e n tratar de o frecer una rigurosa definici ón de competenc ia
perfecta. Si todos los comerciantes, afirma E dgewor th, tuvie sen c ompleta libe rtad para
suscribir c ontratos, hubiese l ibre comunicación e nt re dichos comercia ntes y estuviésemos
ante mercancía s perfectamente divisibles, e ntonces, como e l número de comerciantes
llegaría a ser indefinida mente grande, el rango de inde terminación se desvanecería y el
estado final sería determinado. En otras pala bras, e l resultado sería que e l núcleo d el
proceso (el conju nto de as ignaci ones de bien es que la compete ncia entre agentes pue de por
sí misma mej orar) se desv anec e cuando el número de agentes se inc rementa, y en el límite
es equivale nte al conju nto de equilibrios competitivos. En términos de resulta do, el límite al
10
Es suficient e suponer q ue Q
K
es pequeña en relación con Q si uno a sume que la fu nción de d emanda
es continua ; en tal caso, “ las v ariacio nes de la de manda serán propo rcionale s a las va riacione s en e l
precio en la medida e n que estas últim as son p eque ñas fracc iones d el precio original” (Cou rnot, 1929:
50).
11
Por to dos conocid as son las e sbozada s por Ed geworth y Bertr and.
47
que tiende una situación de c ompleta libertad de negociación es e l mismo que si los agente s
se hubiesen comportado como sujetos precio-ac eptantes. (Vickers, 1995).
Además de los autores mencionados, los e studios sistemáticos e mprendidos por Jev ons
12
,
Menger
13
y Walras
14
en la década de 1870, junto c on algunos refinamientos introducidos
por J.B. Clark y Frank Knight, ac otaron el c oncepto de compe tencia perfecta que hoy
conocemos
15
. Los ec onomis tas que pusieron el broche final a la pa rticular “odisea” de l a
ciencia económica f ueron K. Arrow y G. D ebreu. Su m odelo demostr aba que, bajo
preferencias conve xas, competencia impe rfecta e independencia de la demanda, debe e xistir
un conjunto de precios tal que l as ofertas agregadas s ean iguales a las demandas agregadas
para cada bien en la economía (Arrow y Debreu, 19 54). Por su gran t rabajo se le s
recompensó con e l premio Nobel en 19 71 y 1983 respectiva mente. La competencia
“descubierta” por los a utores clásicos, e ntendida como proceso d inámico y motor de la
economía había dado paso a un estado final en el q ue no parece haber l ugar pa ra ulteriores
accione s competitivas.
En de finitiva, los autores neocl ásicos construyer on el mode lo de compete ncia perfecta
visionado por Adam Smith mediante el cual s e c onsigue demostr ar que la “ mano invisible”
del me rcado pe rmite alcanzar la efic iencia asignativa, la eficienc ia productiva y la e ficienci a
dinámica. S i la torre que construyeron goza se de unos c imientos y una estructura sólida, la
política de de fensa de la competenc ia no exi stiría; simplemente no sería necesaria. Pero la
realidad albe rga ele mentos determinantes que escapan de la s premisas estable cidas. Las
hipótesis y supuestos en los que se basa el mode lo son tan restrictivos –no tiene en cuenta
los problemas de información y ni siquiera deja lugar a l a e spontaneidad, rasgo bá sico del
comportamiento humano- que é ste no puede sino considerarse como excesivamente
abstracto.
A pe sar de esto, los econo mistas ne oclásicos influyeron notabl emente en el esta blecimie nto
de la s primeras me didas de política de compe tencia. Los legisladores norte america nos se
12
W. S. Jevon s: Theory o f politic al econ omy (1871).
13
C. Menger: P rinciples of e con omics (1871).
14
L. Walra s: Élémen ts d'éco nomie po litique pure (1874).
15
En el próximo cap ítulo se defi ne con p recisión el concepto de competen cia perf ecta qu e se deriva de
la economía n eoclásica.
48
veían en la necesidad de demostrar que determinadas c onductas empresariales pe rseguían
limitar la competencia y, por tanto, era necesaria la intervención. Los elementos
estructurales del comport amiento anticompe titivo se introdujeron de f orma ostensible y
clara e n 1914 , con la promulgación de la Cla yton Act . Para Ordóñez de Haro (2009: 24 ) este
hecho “ reflejó la creciente influencia de los economistas neoclásicos en este área”.
Tras estos primeros c ontactos entre la teoría económica y la polí tica de competencia se
pueden distinguir tres esc uelas diferentes que abordan el proble ma de la c ompetencia en los
mercados y que da rán título a los siguientes a partados: la Escuela de Harvard, la Escuela de
Chica go y la Escuela Austriaca. La exposición no sigue, ni puede seguir, un orde n
cronológico. Esto se debe a que muchas de las teorías han surgido y se han de sarrollado
paralela mente. La lla mada Nueva E conomía Industr ial sintetiz a la s ideas má s importantes
de estas corrientes de pe nsamiento, a demás de va lerse de la teoría de juegos como
herramienta de análisis, de los estudios empíricos y de la s téc nicas ec onométricas más
avanza das. E l capítulo s e completa con dos epígrafes un tanto diferente s. En uno se
recogen y c omentan las crític as más signific ativas vertidas sobre la competencia desde el
movimiento socialista del siglo XIX. Finalmente, el último apartado está dedicado al
pensamiento español. Nos s umergiremos en la España imperial para ofr ecer unas
pinceladas del análisis de los mercados, el valor y el precio j usto que los escolásticos de la
Universidad de Sala manca enseñaron en los siglos X VI y XVII. Las semeja nzas entre la
doctrina del prec io justo y el precio en condiciones de c ompetencia nos motiva ron a incluir
este último epígrafe.
2. La Esc uela de Harvard y el paradig ma Estructu ra- Conducta- Resultados
La Escuela de Harvard se origina a partir de dos desarrollos a nalíticos complementarios:
por un la do, una teoría de los prec ios relativa a l os mercados imperfectos, d e Robinson
(1933) y Chamberlin (1933); y por otro, e l nacimiento del concepto de “competencia
practicable” ( workable competition) , de Cl ark (1940) (Bor ra, 2006).
Su idea central es el para digma E structura-Conducta-Resultados (E-C-R). A través de este
esquema se pretendía conseguir una teoría que rep resentase los elementos c omunes e n la
49
estructura de mercado de cual quier industria en un indicador de funcionamiento del sector.
El paradigma E-C-R fu e desarr ollado por Edward S. Mason (1939) y su discípulo Joe S.
Bain (195 6)
16
, qui en c onstit uye una de la s referencias má s importantes en los oríge nes de la
Economía Industrial.
Mason trató de responder a unas preg untas muy básicas en la s que encuentra su origen el
nombre de la sub-disciplina. ¿Cómo se orga niza la producc ión de la industria? ¿Cómo se
estructura un mercado? ¿Cuá ntas empresas e xisten y cuál es s u tamaño relativo? ¿Existen
barreras que obstaculice n el ing reso? En su f amoso artículo de 1939, Mason escribió:
El problema, según yo lo veo, es reducir los volum inosos da tos referentes a la organiz ació n industrial a
alguna clase de o rden mediante una clasificación d e las estructuras de m ercado. Las diferencias en las
estructuras de mercado son explicables, en última instanci a, p or factore s tecnológicos. Sin embargo, el
problema d e la economía es explicar mediante el examen de las estructuras de mercado y de la organización
de las emp resas, las prácticas co mpetiti vas, incluyendo las políticas de precios, producción e inversión.
Así, e l pa radigma establece una relación ca usal e nt re los resultados de mer cado en una
industria y el comportamiento de l os compradores y ve ndedores respecto a una s v ariables
de decisión. Dicho comport amiento v iene determinado por la estructura del mercado
relevante. La estructura de una determinada industria depende a su vez de unas condi ciones
exógena s básicas s obre las que puede actuar la política pública
17
.
16
Especialmen te relevan te se co nsidera su obra “Barriers to Ne w Competitio n” , publicad a originalmente
en 1956.
17
Así por eje mplo, en el Re ino Unido , antes de la promulgaci ón de la “Restriction Trade Pra ctices Ac t”
en 1956, los acu erdos re strictivos entr e empre sas se extendieron por much as industrias ( Clarke, 1993:
86).
50
Figura 1. Paradigma E-C -R
Fuente: Elaboración propia a partir de Ordóñez de Haro (2009)
ESTRUCTURA
Concentración d el mercado
Barreras a la entr ada
Diferenciación d el product o
Integración vertical
Diversificación de conglomerado
CONDICIONES BÁS ICAS
Demanda o C onsumo Oferta o Producción
Elasticidad demand a Tecnología
Durabilidad del pro yecto Materias pri mas
Estacionalidad Sindicaliz ación
Tasa de crecimien to Sustitutos
Localización Economías de escal a
Frecuencia de c ompras
CONDUCTA
Objetivos empresarial es
Publicidad
I+D
Comportamiento de fijación de precios
Tácticas legales
Elección de produ cto
Colusión
Fusiones y contrat os
RESULTADOS
Precio
Eficiencia productiv a
Eficiencia en la asigna ción de recursos
Equidad
Calidad de product o
Progreso tecnol ógico
Beneficios
POLÍTICA DEL
GOBIERNO
• Regulación
• Antimonopolio
• Barreras a la entr ada
• Impuestos, sub venciones
• Incentivos a la inv ersión
• Incentivos para el e mpleo
• Políticas macroe conómicas
51
En la Figura 1 se representa el esquema del paradigma E-C-R . Los elementos más
determinantes que conforman la estructura son el número y dimensión relativ a de las
empresas, el grado de di ferenc iación de l producto, la estructura de costes, el gra do de
integración vertical y la s condiciones de entrada . En el concepto de c onducta puede
considerarse la competenc ia en preci os, publ icidad, gastos en inve stigación y desarrollo, así
como otras decisiones empresariales. Seg uidamente, como medida de los resultados del
mercado se encuentran e l grado de eficiencia estáti ca, la forma como el excedente total se
divide entre productores y consumidores, la varie dad de producto, e l empleo, la estabilidad
de precios, el progreso tecnológi co y la tasa de introducción de nuevos productos. Por
último, e l e ntorno -o c ondic iones e xógenas- lo for marían básicamente los determinantes de
la demanda, c omo los niveles de publicidad; l as ca racterísticas de l producto, c omo su
elasticidad-prec io; la tecnología, como por ejemplo la e xistencia de economías de escala; y
finalmente, las política s públicas ta les como la política de competencia, regulatoria o fiscal
(Scherer y R oss, 1990)
18
.
En definitiva, como apunta Ferguson (1988 : 9), el esquema estudia l as ca racterísticas
estructurales de un mercado, a c ontinuación l as a si mila a uno de los modelo s ne oclásicos
tradicionale s –monopolio, compe tencia, oligopolio y competencia monopolística-, para
finalmente ex traer y contrastar sus implicac iones sobre la c onducta y los resultados.
Por tanto, en sus orígenes, el paradigma sostenía la existencia de una re lación causal e ntre
los tres factores. De aquí s e desprende que el factor c lave sería la estructura, pues si ésta lo
permitiese, las empresas e jercerían pode r de mercado e n beneficio propio y en pe rjuicio de
la eficiencia. El mode lo q ue se t omaba como referen cia era el de oli gopolio, y los mayores
esfuerzos se destinaban a ana lizar las condiciones de entrada en la industria.
Este e nfoque, clá sico para la Economía Industrial, utiliza tres tipos de me dida que e njuician
los resultados que e l me rcado arroja. De este modo se podría c alcular la pr oximidad de la
industria en cuestión al ma rco competitivo. E stas medidas son:
I. El ratio de ingreso, el cual recoge los beneficios obtenidos por unida d monetaria
destinada a la inversión.
18
Citado en Ordóñ ez de Haro , 2009.
52
II. El margen precio menos coste, que se basaría en la diferenci a entre el precio y el coste
marginal
19
; esta medida se encuentra estrechamente ligada al concepto de índice de
Lerner que expresa dic ho margen como una proporción del precio.
III. Por último está la q de Tobin, que e s el ratio del valor de me rcado de una empresa c on
respecto a su va lor basado e n el coste de sustitución de sus activos. Esta me dida no se
aplica con la misma asiduidad que las anteriores.
Para completar el análisis emprendido por la Escuela de Harvard sólo faltaría e stablecer
algunos fac tores que caractericen o midan la estruct ura de merca do. El más c onocido e s el
grado de concentración de merca do, típicamente ref lejado e n las cuota s de mercado de las
empresas que operan dentro de l merc ado rele vante. La conc entración se erige como una de
las principales varia bles estructurales y jue ga un pa pel preponderante en los estudios
guiados por el paradigm a E -C-R. Más a delante estudiaremos la s medidas o ratios de
concentrac ión más importantes. En segundo lugar estarían las barreras de e ntrada; y, por
último, el nive l de sindicalización.
Los primeros trabajos empíric os que relaciona ron la e structura de mercado con las medidas
de resultados fueron emprendidos por el mencionado Bain en los años 50 . E ste autor,
obsesionado por el pape l que jue gan las barreras de entrada
20
e n el proceso competitivo,
identifica tres tipos de fue ntes bá sicas de barreras de entrada : ventajas absolutas e n coste,
ventajas en di ferenciación de producto y economías de escala.
Acotó además nuevos conceptos c omo “precio má ximo que impide la entrada” y
“condición de entrada”. En el primer ca so, Bai n s upone que e n toda industria o mercado
existe un precio por enc ima del cual las empresas establecidas estarían induc iendo la
entrada de nuevos competidores. Por ot ro la do, la condición de entrada la define como el
margen porce ntual del precio máx imo que impi de la entrada sobre el coste medio mínimo
19
A pesar de e sto, algun os autores ut ilizan con frecuencia algu na forma d e coste medio en lugar del
coste margina l.
20
El mismo Ba in definió la s barreras d e entrada como el grad o al qu e, a largo p lazo, la s empresas
establecida s pueden el evar su s precios de v enta po r encima del coste medio mínimo d e pro ducción y
distribución (costes a sociados a con el fun cionamiento al nivel de escala óp tima) sin indu cir la entra da
de nuevas empresas en la indu stria (Bain, 1973 : 252).
53
alcanzado por las empresas establecida s en el largo plaz o
21
. Dicho de otro modo, mide la
“altura” de las barreras de entrada en un mercado dete rminado. Finalm ente conc luye que
los beneficios son may ores en aquel las industrias que soportan un mayor grado de
concentrac ión y grandes b arreras de entrada (Cl arke, 1993: 108).
Alentados por los estudios de Bain, nume rosos e conomistas continu aron con su
investigación con el obje tivo de esclarecer el vínculo e xistente entre estructura y resultados
de mercado. E ntre estos cabe mencionar a Sc hwartz man (1959), Fuch (1961), W eiss (1963),
Comanor y Wilson (1967), Collins y Preston (1969) o Ca ves (1972). En la mayoría de sus
trabajos se encuentra una rel ación positiva e ntre c oncentrac ión de merca do (estructura) y
beneficios (resultados), no sin cie rtas debilidades analíticas.
A partir de los años 70, el paradigma fue evolu cionando ante nuevas evidencias que
sugerían suprimir la rigide z establecida por l a relación unidirecc ional de l mo delo. Ahora se
asume que los víncu los e ntre la estructura, con ducta, y resultados de mercado son mucho
más complejos. En particular, Cla rke (1993: 14) subraya “ la posibilidad de que la conducta y los
resultados afecten a la estructura, o de una forma m ás general, que la estructura, la conducta y los
resultados sean determin ados conjuntamente en una determinada situación de m ercado”.
Sea c omo fuere, el paradigma E-C -R y sus seg uidores miran con recel o la concentración en
los merca dos, pues consideran que ésta facilita la colusión, especialmente en el ca so de que
concurran importantes barreras de entrada. El estudio de Salinger (1984) sobr e
concentrac ión y márgenes de beneficio puso de manifiesto que esa rela ción entre
concentrac ión y beneficios empresaria les sólo se estrecha si existen ba rreras a la entrada. Es
lógico pensar que, en ausencia de barreras de e ntrad a, la c oncentración en una indus tria con
altos beneficios no duraría de masiado tiempo.
En lo que a polític a de competencia se r efiere, el enfoque d e la Escue la de Harvar d
promueve una legislación or ientada a la consecución de objetivos a corto-medio plazo.
Estos no se limitan a l a búsqueda de la eficiencia, sino que traspasan las fronteras
21
Para simplif icar Bain p arte de la hipó tesis de que tan to las empresas establ ecidas co mo lo s
competidore s potencial es son id énticos con re specto a la s cond iciones de oferta y demand a. Las
dificultades qu e surgen cu ando se abandon a la h ipótesis las a borda en Bain (1973)
54
puramente económicas para promover el progreso te cnológico, una a decuada distribución
de la renta, y la protección de la soberanía del consumidor (Schmidt y R ittaler, 1989: 17).
Esta escuela considera el monopoli o como un v erdadero problema, por lo que rec omienda
a las autoridades actuar de forma restrictiva ante las operaciones de fusión. Ademá s, se
debería prestar e special atención a a quellas indus trias que cumpliesen ci ertas características
estructurales, como por ejemplo, superar un deter minado nivel del índic e de Herfindhal-
Hirschmann
22
. Esto se debe a su cree ncia en la efectividad de las barreras de entrada.
La Escuela de Harva rd considera que, en aquellas industrias en la s que e xisten e conomías
de escala, los productos e stén diferenciados, o se cuente n con ventajas absolutas en costes,
la compe tencia potenc ial no e s un riesgo real
23
. Aun con beneficios extraordinarios, no se
espera que entren nuevas e mpresas e n el mercado, por lo que se requi ere interve nción
estatal. El problema se reduc iría al cálculo de l a pé rdida de eficiencia que se generaría en las
empresas dominantes, un coste que los representantes de e sta escuela consideran
soportable.
Entre las principales críticas que se h an vertido so bre el paradigma E- C-R se r ecoge n l as
dos más importantes: la primera, y más obvia, es su defensa inicial de una visión d e
causalida d tan lineal. Ya hemos adve rtido que l os factores de la e structura, aunque estáticos
a corto pla zo, podrían alterarse c on el pa so del tiempo como consec uencia de las acc iones
(conducta) de las empresas de la industria. La segunda crítica reside en la elec ción de las
medidas utiliza das, ya que tanto la conc entración como la rentabilida d son variables difíciles
de observar en la p ráctica (Ordóñez de Haro, 200 9: 30). A pesar de e sto, e l e nfoque de
Harvard sirvió de base para la política de defensa de la competencia durante los a ños 60
24
y
hasta mitad de los 70, c uando la ola neoconserva dora comenzó a gestarse desde Chicago.
En resumen, el paradigma E-C-R sir vió para est imular un gran número de traba jos y
establece r un conjunto de tema s que gui arían el desarr ollo de la economía industrial,
22
El IHH , qu e se define con pos terioridad , mide la c oncentra ción de los merca dos a pa rtir de las cu otas
de mercado d e las e mpresas que op eran en el mismo.
23
Ésta es la con clusión a la que llegó Bain (1956).
24
Un claro reflejo de e sto supon en las Ho rizontal Merger Gui deline s de 1968 pub licadas po r el
Departamento de Justicia de EEUU.
55
además de motivar la aparición de nuevas teorías. Entre éstas s e encuentra la desarrollada
por la llamada Escuela de Chicago que a grades rasgos s e esboza a continuación.
3. La Esc uela de Chicago
La llamada E scuela de Chicago encuentra su origen en los traba jos de Bork (1978), Posner
(1976) y Demsetz (1973) en mitad de la década de 1970. Sin duda, Los profesores A.
Director y J. Stigler propi ciaron un e ntorno favora ble en la U niversidad de Chicag o para el
desarrollo de estas ideas. Estos autores han impulsado una auténtica rev olución en la
regulación antitrust e n las últimas década s que ha llevado a mirar c on un mayor escepticismo
los vínculos entre c oncentración y poder de mercado, así como a considerar en mayor
medida la s ganancias en eficiencia que se derive n d e una fusión.
Ampliamente conoc ido e s el libro de Posner, “ An titrust La w: An Economic p erspective” ,
publicado en 1976. Es te juez e stadounidense siempre ha mantenido la hipótesis
fundamental de que l a comm on law es económicamente eficiente, mientras que la ley
estatutaria no; sus c ríticas no se extienden a la legislación antimonopolio, que se mues tra
socialmente beneficiosa en el libro e n cuestión. Sin embargo, Posner (1976: 236) se lamenta
de que la puesta en marcha de la política d e competencia en EEUU no ha sido la más
adecua da para promover la c ompetencia y la eficiencia económica, lo que hace necesario
replantearse las normas a ntitrust con el apoy o de la teoría económica. Otros autores de
Chica go como Bork (1978) también recono cen e l fracaso de la política de competenc ia
estadounidense para a lcanzar sus objetivos de interés genera l (Rowley y Rathbone, 2004).
La c onclusión funda mental a l a que lle garon estos autores es que la política de c ompetencia
se había estado apli cando sin base s económica s objetivas y, por tanto, de un modo
ineficiente y selectivo. De este modo, las le yes de competencia ha bían e stado defendie ndo
los intereses particulares –normalmen te aquél los del sector obje to de regulac ión- por
encima de l interés general (Montero, 2013).
La Escuela de Chicago cimienta su tesis e n la Teoría de Precios, teoría microeconómi ca que
no incluye los avances en competencia imp erfecta desarrollados por Chamberlin y
56
Robinson (1933) ni el concepto de wo rkable competitio n de J. M. Clark que comentaremos
con posterioridad. Este uso selectivo de la teoría económica ha sido objeto de numeros as
críticas
25
. Las hipótesis o supuestos en los que se ba sa serían la rac ionalidad (total
26
) y
autonomía de los agentes ec onómicos, la coexistencia de multitud de empresas con
limitadas cuotas de mercado en la indus tria, información perfecta, la pos ibilidad de que los
oferentes gocen de cierto poder de mercado en el caso de productos o servicios
diferenciados y, por úl timo, la existencia de c ompetencia “i nter-industrial”, es de cir, la
influencia y efectos que provoc an entre sí l os distintos mercados
27
(Sc hmidt y Rittale r,
1989: 18).
De cua lquier modo, el model o de c ompetencia perfecta será la referencia para los t rabajos
inspirados en la filosofía de Chicago, oponiéndolo al modelo de monopolio. Si bien esto
conlleva sustancia les ganancias en senci llez y claridad ana lítica, no es menos cierto que la
brecha entre rea lidad y mode lo se ve ampliad a. Estos autores creen firmeme nte -o al menos
de eso presumen- que cuando e l mecani smo de mercado funciona sin verse condici onad o
por la intervención públic a, sus re sultados s on a largo plazo tan deseables como e l modelo
de competencia perfecta pred ica, independientemente de s i cumplen los supues tos de
partida de l mismo. Este admirable ejercicio de imaginación estuvo respaldado por uno de
los liberales más influyentes del siglo XX: Milton Friedman, quien en su ensay o “ The
Methodology of Positive Econom ics” (1966) salió en defensa de la metodología neoclásica
subrayando la estructura lógic a del método hipotético-deductivo. Dicha consistencia es la
que le permite relajar las hipótesis re strictivas de los mode los sin que esto a fecte
decisivame nte a los resultados que dichos modelos arrojan.
Esta cree ncia se traduce en dos carac terísticas fundamenta les de l a Escuela de Chicago: e n
primer lu gar, la e ficiencia se e rige como únic o objetivo y ba ndera de la política de defens a
de la c ompetencia; y, en segundo luga r, se consideran compatibles multitud de e structuras y
conductas empresariale s con la competencia eficiente en los mercados (Budzinski, 2003).
25
Muchas d e ellas pu eden pued e verse, por eje mplo, en Sch midt y Rittaler (198 9: 107)
26
Las otras corr ientes de p ensa miento econó mico a ntitrust a sumen el supuesto de ra ciona lidad
limitada, el cual considera qu e la capa cidad d e la mente h umana p ara pla ntear y resolver complejos
problemas es muy pequeña en comparación con la magnitud de dich os problemas ( Schmidt y Ritta ler,
1989: 4).
27
Condición necesaria para con siderar estos efectos, y que los mi smos llev en a u na situación de
competencia perfecta, sería la perfecta movil idad d e los recu rsos y la consigui ente au sencia d e barreras
de entrad a.
57
Por tanto, en contra de lo que ocurría con los economistas de Ha rvard, para los que la
política de competencia tiene un cometido poliédrico, des de C hicago se a boga por el
objetivo único de la eficiencia. Bienestar y eficiencia s e consideran conceptos parejos, por
lo que e l bienestar de una socieda d podría ser estimado a través de la suma de los
excedentes individuales de consumidores y productores. Las c uestiones distributivas
escaparían del ámbito de la política de d efensa d e la competencia (B orra, 2006). Esta
escuela recuerda por momentos a la economía de otros tiempos, ademá s de por todo lo
esbozado, por esta concepc ión utilita rista de la socieda d (may or felicid ad/bienestar para el
mayor número de indivi duos ).
Por otro lado, se considera que el juego de la competencia selecciona las estructuras de
mercado más a decuadas y eficientes para las condiciones pa rticulares. A la rgo plazo, solo
los productores más eficiente s sobrevivirán en un mercado no intervenido. Se trata de un
proceso de “darwinismo económic o”`. Los i ncrementos e n la s cuotas d e mercado y las
concentrac iones n o serán c onsiderados como perjudiciales para la comp etencia, sino como
la consecuencia lógica o recompe nsa a las estructuras más eficie ntes. Es más, l os
monopolios no e xistirían más que transitoriamente, pues las g anancias obtenidas por el
monopolista inducirían a la entrada de nuevos competidores e n e l mercado ha sta que
desaparecie sen los beneficios extraordinarios. Para que e ste juego de incentivos funcione,
los poderes públicos deben mantene rse al margen del terreno económic o.
Así, la pr opuesta de la Escuela de Chic ago para la política de competencia será la no
intervención, salvo en l os casos de acuerdos colusorios, acompañada de la desregulaci ón y
la liberalización de los mercados. Precisamente, es e n éste último punto d onde más ha
influido esta escuela, ya que al desarrollo de la misma le siguió la ola de privatizaciones y
desregulacione s iniciada en l os años ochenta del siglo XX e n gran parte de l mundo
occidenta l. Con respec to a los a cuerdos col usorios se deja sentir el enfoque de
comportamiento ( behavior app roach ) que impregna todo el anál isis de Chicago, c onsiderando
este a sunto como realmente proble mático, a diferencia de otras áreas de la política de
competencia relacionadas con la estructura de los merca dos, c omo puede ser la
concentrac ión de los mismos .
58
En lo que a la conducta empresarial se refie re, la E scuela de C hicago e ncuentra e n la
búsqueda de la efic iencia la justifica ción que desde Harva rd se le niega a las “malas
prácticas” corporativas. Esto s e refleja tanto en las operaciones de fusión, como en las
relacione s ve rticales (e ntre una empresa y sus proveedores o entre una empresa y sus
distribuidores), tema central de los t rabajos pionero s de esta escuela. Hay que recorda r que
desde Harva rd se v eían con desconfianza l as restricciones v erticales
28
, tale s como la fijación
o mantenimiento de l precio de reventa y la vi ncu lación de ventas. La aportación de l a
Escuela de C hicago e n e ste campo, hizo de las restricciones verticales una útil herramienta
para incentivar a los detallistas a invertir en la ca lidad del servicio o realizar el ga sto en
publicidad a propiado del producto en su zona de venta
29
. (Ordóñez de Haro, 200 9: 34).
La polí tica antitrust norteamericana se vio sustancialmente condicionada por los argume ntos
que provenían de Chicago a partir de la déca da de 1970. Esto se tradujo en qu e, en nombre
de la efici encia, numerosas fusiones o tipos pa rticulares de conduc ta encon traron menos
trabas lega les. Fiel reflejo de e sto lo constituyen la s Merger Guidelin es
30
(1997) publicada s por
el Departamento de Justicia de EEUU. “ Estas Guidelines, en sus p rogresivas revisiones realizadas a
partir de 1984, seña lan la necesidad de considerar la obtención de imp ortantes eficiencias a la h ora de
cuestionar una determinada fusión. Así, una vez llevada a cabo la revisión en 1997 (…) se establece que
para que se apruebe una fusión, se exige qu e la s eficiencias conseguidas sean lo suficientemente importantes
como para imponerse a otros efectos que dañ arían el bienestar del consumidor” (Ordóñez de Haro,
2009: 32).
El razonami ento es sencillo. Se considera que l as fusiones suelen g eneran dos efec tos
contrapuestos: por un lad o facilitan la concentración y el ej ercicio de pode r de mercado, lo
que suel e llevar a un incremento e n el precio pagad o por e l c onsumidor; y por otro, se
produce un ahorro en c ostes que, en caso de existir una compe tencia efectiva, lle vará a la
empresa fusionada a traslada r esa di sminución a lo s prec ios finales (o a una mejora en la
calida d del producto ma nteniendo el precio). La variación neta en el precio tras la fusión
28
Por restricc iones verti cales s e ent ienden aq uellas cláu sulas que las empr esas pro veedora s imponen a
sus cliente s.
29
Si se le dejas e operar a otro s deta llistas en esa mi sma zona, estos últimos po drían aprov echar los
gastos en publicid ad o calidad efectuados p or un deta llista, por lo que estaríamo s ante u n caso d e free
rider (polizón sin billet e) que t iene como r esultado de sincen tivar cualq uier inv ersión por p arte de lo s
minorista s.
30
En el segundo cap ítulo n os detendre mos en e l análisi s econó mico en qu e se fun dament an d ichas
Guideline s para la evaluación de fusion es.
59
pondrá de manifiesto cuál es el efecto que prevalec e
31
. Profundizaremos en est e asunto en
el siguiente capítulo, má s dedica do al análisis económico.
A pesar de las crític as que se pue dan hace r a este conservador enfoque, en su haber hay q ue
incluir la introducción del análisis económico riguroso a la política de c ompetencia. Las
recientes contribuciones a partir de la teoría de juegos se pue den considerar c omo un
avance en la comprensi ón del comportamiento de e mpresas y mercados a través de
modelos analíticos que tratan de mantener el mismo rigor que la teoría de precios, en esta
ocasión desde la pe rspectiva de la interacción estratégica.
4. La Esc uela Austríaca de Economía
La pe rspectiva ofrecida por la Escuela Austríaca de Economía nos ayudará a comple tar este
recorrido por lo s diferen tes enfoques de pensami ento eco nómico. La Escuela Austriaca
nace con la publicación de l a obra de Carl Menger (1840- 1 921) “ Principios de Ec onomía
Política ” en 1871; se desarr olla a partir de los trabajos de dos de sus alumnos má s
aventaja dos, E. Böhn-Bawerk (1851-19 14) y v. W ieser (1851- 1926), mie ntras que c on L.
Von Mises (1881- 1 973) y F. Haye k –y su premio Nobel en 1974- la Escuela alcanza la
madurez. Hoy se trata de u na de la s corrientes heterodoxas que cuenta con más segu idores.
Los trabajos recie ntes de I. Kirzner, M. Rothbard y, en E spaña, Jesús Huerta de Soto,
además del seminario y la revista que é ste último impulsa, corroboran el renacer a l q ue
hacemos referencia .
Poco tie ne que ver esta corriente de pensamie nto con las dos anteriores. Nos ve mos por
tanto obliga dos a realizar una breve intr oducción acerca de los principios fundamentales de
esta particula r escuela para comprende r en su totalidad sus aportaciones y crí ticas al campo
de la política de c ompetencia.
31
Para evalua r dicho efe cto se calcu la la llamad a pass-th rough rate , q ue es la tasa a la cual la empresa
fusionada traslada a l precio la variación en su co ste margin al. En dicha evalua ción la FTC c onfronta la
tasa en cuestión con la t asa a la qu e la indu stria considerad a en su co njunt o traslada a los precios la s
variacione s en el coste margin al.
60
4.1. P rincipios fundamental es de la Escuela Austríaca.
Ya hemos indicado que la revolución marginalista de la déca da de 1870 encumbró a tres
protagonistas: W. S. Jevons, C. Menger y L. Walras. Sin embargo, existen marcadas
diferencias entre e stos tres autores. En este apartado abordaremos lo conce rniente al
fundador de la Escue la Aus tríaca de Economía, Carl Menger.
La característica más disti ntiva y original de la obra de Menger (“Principios de Economí a
Política ” , 1871) con respe cto a los otros dos autore s consiste e n su inten to d e construir la
ciencia ec onómica a partir del ser humano, considerado como protagonista y actor de todos
los procesos sociales. Este ca mbio de enfoque imp regnará de un marcado subjetivismo el
análisis ec onómico austríaco. Di cho subjetivismo fue apl icado y llevado hasta sus últimas
consecuenc ias e n la influyente obra de Mises Human Action, A Treatise on E conomics (1940).
Ésta es precisamente la ca racterística más distintiva de los economistas a ustriacos frente a l
formalismo neoc lásico de tradición ricardiana. Mientras que pa ra e ste último existen
multitud de conceptos y variables objetivas o exógenas tales como l os procesos de
producción
32
(los fac tores y sus costes), la crea tividad huma na o, lo que es más importante,
la información, bajo el paradigma austríaco “ la teoría ec onómica no trata sobre cosas y objetos
materiales; tra ta sobre los hombres, sus a preciaciones y, consecuentemen te, sobre las acciones hum anas que
de ellas se deriven. Los bienes, mercancía s, la s riquezas y to das la s d emás nociones de la conducta no son
elementos de la natu raleza, sino elementos de la mente y d e la condu cta hu mana. Quien d esee entrar en este
universo debe olvidarse d el m und o exterior, centrando su atención en lo que significan las acciones q ue
persiguen los hombres” (Mises, 1949 : 2011, 111-112).
Lo que Mises quie re decir es que la teoría económica –y la praxeología
33
- no se ocupa de las
cosas que integran el mundo exte rior, sino de la conducta del ser humano a l enfrentarse
32
A diferencia de lo s au tores neoclá sicos, lo s teórico s austria cos creen que las re striccione s en
economía no vienen impu esta s por fenóm enos obj etivos o f actores materiales del mund o exterior -por
ejemplo, la s reservas de p etróleo- s ino po r el conocimi ento h umano de tipo empresarial – el
descubrimient o de un carbu rador q ue lograra duplica r la eficiencia de lo s motore s de expl osión tend ría
el mismo efecto económi co qu e una d uplicación del t otal de reservas f ísicas de petr óleo- . (Huerta de
Soto: 2010 : 19).
33
Para Mise s, la economía está integrada dentro de una ciencia de or den superior denomin ada
praxeolo gía . Mise s (1949: 2011, 4), “tod o estu dio económico debe partir de acto s que co nsisten en o ptar
y preferir; la e cono mía e s una parte, si bien la más e laborada ha sta aho ra, de una ciencia más u niversal,
la praxeo logía” .
61
con él. Además, consideran que el ámbito de la economía debe abarcar no sólo la decisión
del individuo ante un esq uema de medios y fines–como establec e la corriente dominante -
sino también la acción de l s uje to. El homo economicus es ahora un homo agens .
El otro gran pilar sobre el que gira toda la teoría a ustríaca c onsiste en la conce pción
dinámica de los procesos de mercado. R ec hazan el análisis matemátic o neoclásico alegando
que no responde a la rea lidad económic a y proponen sustituirlo por el formalismo verbal
como método de investig ación en economía . Bajo e ste enfoque, l a competencia debe ser
concebida como un proceso de rivalidad en el que los empresarios c rean, perciben y
modifican información que se halla dispersa y actúan como coordinadores sociale s.
La fuerza coordinado ra y protagonista en la teo ría e conómica austriaca es la función
empresarial, ente que brilla por su a usencia e n el corpus teórico de la corriente principal.
Los a ustriacos entienden que sólo me diante la creatividad y la perspicacia del empresario es
posible coordinar la gran cantida d de información subjetiva dispersa que los indivi duos v an
generando. Así, la funció n empresarial c onsiste e n “ descubrir y apreciar las oportunidades de
alcanzar algún fin o, si se prefiere, de lograr alguna ganancia o beneficio que se p resentan en el entorno,
actuando en consecuencia pa ra aprovecharla ” (Huerta de Soto, 2010: 34).
La función empresarial es pr eci samente la responsable de que los s eres humanos no se
enfrenten a un sistema de medios y fines dado, como s upone la teor ía económica
convenci onal, sino que sea n el los mismos (a partir de su propia capacidad, e xperiencia y
perspicacia) los encargad os de diseñar ese marco de actuación. Reduci r el comple jo
problema económico a un simple e jercicio de m aximización, propio de la teoría ec onómica
dominante, es uno de los frentes más asedia dos por parte de los e conomistas a ustriacos.
Estos se ha n most rado t radiciona lmente críticos con la definición de ec onomía ofrecida
por Robbins
34
, pues s upon e un conocimiento dado de los fines y los me dios, quedando el
problema económico reduc ido a un problema técnico de mera asignación, m aximiz ación u
optimización (Hue rta de Soto, 2010: 17).
34
utilizació n de medios escasos susc eptibles de u sos alte rnativos.
62
4.2. El mercado y la competencia desde la perspec tiva austríaca
Como hemos comentado, la Escuela Austriaca r echaz a categóricamente el modelo
neoclásico en el que se fundamentan los distintos enfoques re cogidos con a nterioridad.
Esta filosofía económica sostiene que la c ompetencia hay que defenderla como proceso
dinámico que e s, y no como fin, pues el equilibrio no s e alcanzará jamás. Si la compe tencia
es un proceso, ésta no puede ser ana lizada con los modelos estáticos tradicionales.
El problema económi co f undamental planteado por la Escu ela Austríaca e s muy distinto al
que se enfrenta n los neoclásicos. “ Consiste en estudiar el proceso diná mico de coordinación social en el
que los d iferentes seres hum anos generan emp resarialmente de m anera contin ua nueva i nformación (que, p or
tanto, jamás está dada) al bu scar los fines y los medios que consideran más relevantes en el contexto de cada
acción en que se ven inmersos, estableciendo con ello, sin darse cuenta, un proceso espontá neo d e
coordinación” (Huerta de Soto, 2010: 2 3). Este proceso fundamental de búsqueda y
coordinación de la información subjetiva qu e se halla siempre dispersa se ve constreñido
por la intervención de agente s externos en la econo mía. É sta es la razón fund amental por la
que, como veremos m ás adela nte, los austriacos miran con recelo la política de
competencia. Ésta pert urba el sistema de “recompensa” empresarial (beneficios
extraordinarios) y emite señal es artificiales a los agentes que operan en el me rcado.
La soberanía del consumidor res ulta fundamenta l en el proceso de mercado. Como a punta
Mises (1949: 2011, 328), “ ni los empresarios, ni los terratenientes ni los capitalistas d eciden qué bienes
deben ser producidos. Eso corr esponde exclusivamen te a los consumidores”. El cometido de los
empresarios será descubrir aquellos bi enes qu e l os c onsumidores valoren por encima de la
suma de los fac tores productivos que e xija la producción de dic ha mercancía. De aquí se
desprende que dic hos empresarios puede n ser c onsiderados c omo meros manda tarios o
representantes de los consumidores, quie nes revoca n o confirman a diario la s ac ciones de
los primeros. “Solo h ay en la economía d e mercado una excepción a esa total sumisión d e l a clase
propietaria a la supremacía de los consum idores. En efecto, los p recios del m onopolio
35
quieb ran el d ominio
35
Nótese que son lo s precios d e monopo lio, y no el mono polio en sí lo que p reocup a a los econ omistas
austriacos. Esto se debe a que , pa ra ellos, “ la com petenc ia cataláctic a siempre existe e n el mercado”
(Mises, 2011:3 38), ya que cu anto may or sea el aum ento de precios del monop olista, may or será el
número de co mpradore s pote nciales qu e desvia rán sus fon do s hacia la adqu isición de otro s bienes. De
este modo, toda s las mercanc ías estaría n compitiend o en el mercado.
63
del consu midor” (Mises, 1949:2011, 330). Estos precios de monopol io se consideran
perjudiciale s para el funcionamiento del me r cado, pe ro no se asumen como
anticompetitivos.
A pesar de que los e conomistas austriacos “ primitivos” miraban con recelo la formación y
actuac ión de los monopolios, sus actuales represent antes han c ontinuado sus teorías hasta
derivarlas en una defensa a u ltranza del ejercicio del poder de monopolio y del poder de
mercado. Especialmente críticos con la política a ntitrust se ha n mostrado algunos alumnos
estadounidenses de Mises c omo M. Rothbard o I. Kirzner, cuya posición re cogemos con
posterioridad en el e pígrafe del segundo ca pítulo dedicado a las críticas de la política de
competencia.
Como ya se ha ind icado, los austriacos centran su estudio e n la forma en qu e las e conomías
evoluciona n a lo largo del tiempo y en la forma en que los ag entes toman sus decisiones e n
condicione s de incertidumbre. E sto ha ce del camb io tecnológico una variable clave. (Borra,
2006). Desde esta pe rspectiva, el poder de monopolio, en la medida en que puede favorec er
el proceso innov ador, se considera beneficioso y a l mismo tiempo transitorio (Ferguson,
1988: 75). Esto se debe a que, teóricamente, el mon opolista no se e ncuentra exigido por los
beneficios a corto plazo, lo que l e permite rea lizar mayores inv ersiones en innovaci ón d e
las que haría si se encontrase sumido en un entorno fuertemente competitivo. La
supervivencia orientaría los esfuerzos a la consecuc ión de objetivos cortopl acistas, lo que
dejaría a un lado las necesarias inversiones en el desarrollo de nuevos productos.
En lo que a pol ítica de competencia se refiere , la postura austriaca se deriva de la
consideración del problema de l conocimiento que implica toda intervención pública.
Kirzner (1998a ) defiende que l os políticos nunca podrán conocer suficie ntemente bien los
efectos competitivos de acuerdos y prác ticas ejecutadas en un merca do libre, por lo q ue no
existe base sólida para la intervención. Al igua l que Ha yek, Ki rzner a lude a la imposibilidad
de que el planificador d isponga de la información necesaria que le per mita modificar
benevole ntemente los resultados arrojados po r el merca do libre. A demás, las práctica s
empresariales son vistas c omo simples adaptacione s a las fuerzas de la competencia y son el
resultado de la dispersa información disponible .
64
Su receta para la política de compete ncia va a ser, a grandes rasgos, la no interve nción. E n
concreto, a bogan por una intervenc ión mínima que se traduzc a en el estable cimiento de un
limitado número de norma s sencilla s que separen claramente la s situaciones prohibidas de
las pe rmitidas. El objetiv o sería reduc ir la inc ertidumbre de los empresarios r especto a estas
cuestiones de ámbito púb lico. Por tanto, la recomendac ión será, al igual que e n el ca so de
Chica go, la no (o mínima) intervención junto con la consideración de un horizonte
temporal de largo plazo.
5. La Nueva Economía Industrial
En la actualidad se habla más de l a Nueva Economía Industrial o Nueva Orga nización
Industrial que de las diferentes escue las y sus pos iciones respecto a la polític a de
competencia. Su corpus lo c onforma l a propia corriente principal de la Economía
Industrial, or iginada en Harvard, junto con algunas idea s generada s por los economistas
liberales de C hicago y la conce pción di námica del proceso c ompetitivo característico de la
Escuela A ustriaca (Ordóñez de Haro, 2009: 36).
Además de la nueva metodología propuesta, que será analizada a continuación, la Nueva
Organizac ión Industrial ha re avivado un deba te endémico. En un lado se situarían los q ue
ven en nuestras economías industriale s (estructuras productivas, formas de merca do
existentes y métodos de organización) una eficiente adaptación a las condiciones
tecnológicas e xógenas; en e l otro, aquéll os que ven en dichas economías c omplejos juegos
de poder y domina ción económica, sustentados por análisis más técnicos y c omplejos.
El primer caso presupone que, “dado el vector de output en un m ercado determinado, así como el valor
monetario de los i nputs físicos y de organiz ación requeridos, surgirá la estructura natural de mercado, es
decir, aquélla en el cual el valo r m onetario correspond iente a los i nputs es más bajo que el valor monetario
de los inputs requeridos para cualqu ier otra colocación de los outpu ts. Se obtiene entonces la minimización
de los c ostes de producción y de transa cción” (Jacquemin, 1989: 6) . Desde el segundo punto de
vista, los a gentes e conómicos actuarían modificando su entorno en lugar de sujetarse a
condicione s prede terminadas, ma nipulando su escenar io y, de algún modo, determinando
65
las condicione s d el mercado. A pesar de lo qu e en principio pueda p arecer, ambas
aproximacione s no son completamente excluyentes.
La Nueva Economía Industrial ha supuesto principal mente un cambio metodológico. Los
avances en la te oría de juegos en el ca mpo de la interacción e ntre los agentes, y el desarrollo
-y posterior aplicación- de sofisticadas técnicas econom étricas aplica das al estudio d e la
competencia en los mercados individuale s permiten nueva s y r igurosas investigac iones que
guardan gran pote ncial.
Siguiendo a Pepall et al. ( 2006: 13), el trabajo de Richard Stelen y John Har sanyi (que en
1995 compa rtieron el Pr emio Nobe l con Na sh), ba sándose en la s aportac iones de Von
Neumann y Morgenstern (1944) y Nash (1951), e stablece “ varios elementos fundamentales que
permitieron que la teoría de juegos se convirtiera en el lenguaj e para m odelar la interacción estratégica”.
La teoría de juegos adquiere especial importancia en los análisis en los que e l número de
agentes (jugadores) que interactúa n es pe queño, ya que las dec isiones de un agente
afectarán sus tancialmente al bienestar o beneficio del resto de jugad ores (o age ntes).
Gracias a este conjunto de herramie ntas analí ticas s e pu eden f ormular predicci ones de gra n
utilidad para l a política de competencia; eso sí, los mode los arrojarán resultados vá lidos y
aplica bles s iempre que se satisfagan l os supuestos que se establec en a los participantes.
Philips (199 5) ha reunido una serie de aportaciones cie ntíficas que rec ogen las cuestiones
más rel evantes en las que la teoría de jue gos ha sido el motor g enerador de nuevas ideas
para la política de defensa de la competencia. Este autor afirma que l a invasión de la teorí a
de jue gos en la ciencia e conómica se ha ex tendido por todo e l ámbito de la microeconomía
(Philips, 1995: 106). Sin embargo, e n el a nálisis de la inte racción estratégica empresarial es
donde la t eoría d e jue gos encue ntra sus aportacione s más interesantes. A suntos como el d e
la colusión explí cita pueden y deben analiza rse con e sta novedosa metodología; en este c aso
concreto, considerando la solución de un juego no cooperativo (Philips, 1995: 2 3).
Igualmente, el model o de Stackelberg ha resultado de gran ayuda pa ra el estudio de
estrategias de liderazgo entre varias empresas. E l planteamie nto del problema sería el de
dos e mpresas qu e basan su estr ategia en la cantidad pr oducida; el lí der incrementa su c uota
66
de mercado (y su benefici o) anticipando el comportamiento de la empresa seguidora (que
toma la producción del lí der como dada). S in embargo, como se lamenta Philips (1995:
106), este modelo no es a decuado para explicar e l comportamie nto simultáneo de las
empresas.
Además de sus aportaci ones directas, la teoría de juegos ha abierto nueva s líneas de
investigación que han p ermitido establece r una visión más moderna de la empresa, basada
en la existencia de costes de transacción
36
y sus consecuenc ias para el análisis de las
relacione s verticales e ntre empresas (Ordoñez de Haro, 2009: 38). Considerando dic hos
costes, la s e mpresas enc ontrarían incentivos para crear formas de organiza ción cooperativa
antes que mecanismos de merc ado para minimizar los costes y, por ende, maximiza r su
beneficio. Esto es, las empresas deberán dec idir si fabricar internamente los inputs que su
proceso productivo demanda, o bien acudir al mercado (Williamson, 1975). Esto tien e
importantes implicac iones para la política antimonopolio, ya que las autoridades de
competencia deberán ten er e n cuenta la s ganancias en eficie ncia derivada s de este a horro
en costes de transacción antes que, por ejemplo, bloquea r una de terminada fusión. Las
empresas interesada s deb erán de mostrar que solo mediante esa unión se podrá alcanz ar el
nivel óptimo de e xplotación.
Hay que señal ar que, hasta las aportaciones de Williamson (1975 ), la s relaciones vertica les
se considera ban ne utrales, e s deci r, que no afectaban a la compe tencia. E ste autor ide ntifica
un conjunto de razones por las que puede llegar a tener lugar la integ ración vertical y otros
acuerdos entre una empresa y sus provee dores, fun damentalme nte basados en el a horro de
costes de transacción.
Sin embargo, l a teoría de juegos no está e xenta de crítica s. La más directa, señalada por
Fisher (1989), sería su inc apacidad para construir una teoría ge neral del oligopolio. A ésta
responde Shapiro (1989) afirmando que dicha teoría, si no permities e comprender
situaciones reale s sería tot almente i nútil. Para este último a utor, aunque existe el acue rdo
36
La teoría d e los coste s d e tra nsacción se le at ribuy e a Ron ald Coase y a su artículo “ The Natu re of the
Firm ” en 19 37. E ste econo mista y pr emio N obel se dio c uenta d e q ue exi stían dif erentes co stes (d e
información, de bú squeda, de contrata ción, etc.) que no er an tenidos en cuenta po r la t eoría econó mica
tradicion al. Si bien esta teor ía ha gozado d e un a amplia consideración en la política an timonopo lio d e
EEUU, su r epercusión en la po lítica de compet encia eu ropea puede co nsiderarse ca si margin al.
67
general del papel estratégico desempeñado por la secue ncia de elección y el val or del
compromiso, tratar de sintetizar en una sola teoría el comportamiento estratégico en los
mercados parece una tarea realmente difícil, sino i mposible. Como consecuencia, la teorí a
de juegos ofrece todo un elenc o de model os entre los q ue de bemos elegir el que más se
adecúe al sector objeto de estudio, lo que puede llegar a plantear problemas.
Los estudios e mpíricos e stán tratando de resolver este problema de indeterminación en la
Nueva Ec onomía Indust rial. Siguiendo a Ordóñez de Haro (2009: 40), “la aparición de grandes
muestras de corte transversal y la apli cación a las mi s mas d el análisis de regresió n, o má s recientemente de
datos de panel, han per mitido o bservar el co mportamien to desagregado de l as empresas a lo largo del
tiempo” . Si el c omportamiento de la s empresas es tan i mpredecible, lo más ace rtado será
estimarlo empírica mente. A sí, los primeros estudios economé tricos (basados en el aná lisis
cross-section ) han sido c ompleta dos con análisis de series temporales de la industria y c on
comparacione s dentro de la misma industria.
A pesar de que no e xiste una única forma de investigación e mpírica en el campo de la
Organizac ión Industrial, muchos de los trabajo s emprendi dos comparten c aracterísticas
comunes. Casi todas las investigaciones comienzan con un modelo d e equilibrio de
mercado (más o menos explícito, siempre dependiendo de su aplicación), para lo que la
estimación de la demanda adquiere especial relevancia
37
. “ A menudo, los in vestigadores se basan
en los supuestos d e optimización o equi librio para extraer conc lusiones sobre los parámetros su byacentes. En
otros caso s, la teoría se u tiliza tanto pa ra formular predicciones verificab les a pa rtir de los datos, como para
interpretar estimaciones acerca d e los efectos c ausales” (Eina v y Levin, 2010).
Esta nueva organización industrial empírica permite l a simulación de los efectos de las
fusiones y la detección de comportamientos c olusorios sobre los me rcados, lo que da una
idea de lo útil que puede lleg ar a ser esta nueva metodología en la aplicación de la polí tica
de competenc ia.
37
La deman da del con sumidor es interesante en sí mis ma, ya que no s ayuda comprender lo q ue los
consumidore s valoran a sí como el modo en q ue sustituy en u nos prod uctos por o tros; además n os
permite evaluar los efecto s sob re el bienestar que tienen determinad as fusione s o el lanz amiento de
nuevos produ ctos. Por ú ltimo, la elasticidad d e la demand a constituye u n pará metro fundamenta l para
identificar el g rado d e poder d e mercado que la s empr esas p ueden ejercer (Einav y L evin, 2010).
68
6. Críticas socialistas a la competen cia
Para enriquecer el capítulo hemos creído conveniente recoger las principales obje ciones y
críticas que se precipitaron s obre la competencia y la economía de mercado a partir del
siglo XIX como respuest a a la s injusticias y abusos que ema naban del sistema clásico. A
este grupo de disidentes se les conoció con el ape lativo de socialist as. Para los
componentes de este h eterogéneo colectivo, el f uncionamiento de l capitalismo en la
Europa oc cidental de su tiempo distaba de ser a rmonioso; quiz á sea éste el punto en el que
coincidía n todos.
Los alega tos giraban en torno a una serie de cuestiones tales como la extracción de la
plusvalía del trabajador por parte de l capitalista e n un ejercicio de supuesta explotación; las
poco de seables consecuencias que se desprendían del funcionamiento de los mercados
“competitivos” para con la socieda d; se de mandaba la participación de científicos o
ingenieros para desempeñar un papel más impo rtante en l a economía a través de la
planificac ión estatal; la configuración de soci edad es e n régimen de coope rativa, y alguna
otra más (Landreth y C olander, 2 006: 157). Vamos a centrarnos e n las observaciones que a
nuestra investigación a tañe.
La primera y má s recurrente de estas crítica s se refiere a la desigua ldad y creciente pobreza
que entre la pobl ación se observaba –y hoy se vuelve a observar-. El capitalismo
engendrado por l a revolución industrial y defendido por los economistas c lásicos británic os
estaba dando lugar a u na nueva socie dad en la que, incluso en Ingla terr a, primera potenc ia
económica mundial, e ran muy pocos los que se be ne ficiaban del nuevo sistema i ndustrial
basado e n la propiedad privada
38
. La socieda d estaba compuesta, en su may or parte, por
obreros que se bene ficiaban de un modo muy peculiar de los nuevos avances técnicos y
productivos. Despla zados d el campo a l os suburbios urbanos, s e v eían e n la obliga ción de
38
Ésta n o es una ca racterística exclusiva del cap itali smo del siglo XIX; en la actua lidad, en los paíse s en
los que el m ercado fun ciona c on mayor au tono mía se observa t ambién un a mayor desigua ldad. Valga de
ejemplo la actu al situación d e los negro s que h abit an el pa ís más pod eroso del mundo : según el
profesor Amar tya Sen (1993), en término s de vida y muert e, los estadou nidens es afroam erica nos tienen
menos esp eranza de vida qu e la qu e tienen los hab itan tes de a lguno d e los países má s po bres del ter cer
mundo. Algo parecido dijo Mill (1848: 2011. 5 2) co n má s de u n siglo de a ntelación: la co ndició n de
much os de la Europa c ivilizada –inclu so en Inglat erra y en Francia- es muc ho m ás miserable que la de la
mayoría d e las tribu s salvajes que nos son conoc idas.
69
acepta r condiciones y salarios indignos. Nada puede simbolizar me jor esa realidad, recoge
Galbraith, que el intento de reformas fomenta do por un filá ntropo y ca pita lista e scocés,
David Dale (1739-1803). Estamos habla ndo de New Lan ark (1785), centro industrial y
residencial que Dale pobló con inte rnos de orfanatos de Gla sgow y E dimburgo. É stos e ran
trasladados a pa bellones dormitorio de su c iudad industrial modelo, donde “ los niños solo
debían trabajar trece horas diaria s, y a ños d espués, gracias a una a sombrosa reforma i ntroducida p or su
yerno, el utopista Robert Owen, na da más que once” (Galbraith, 198 9: 110-111).
Si bien la rea lidad descrita suscitó numerosos reproches, los defensores de la gran tradic ión
clásica la defendí an por medio de elegantes razonamientos deductivos. La pobreza parecía y
en ocasiones pare ce ser nece saria para ma ntener el equilibrio social. Muc hos opinan qu e
poco tienen de qué quejarse quienes, actuando en r égimen de competencia, se ven
superados po r ot ros con mayor fortuna o c apacid ad. Su fa lta de e nergía y prudencia, se
dice, son cau sa de su pobreza y desdicha. Si n embargo, y citando a J. S. Mill (2011, 52-53):
Si hay a lguna persona que sufre privaciones fí sicas o de gradación m oral, cuyas n ecesidades n o están
satisfechas (…) ell o imp licaría p or tanto un fraca so de las me dida s sociales. Y afirmar, como m itigación del
mal, que quienes sufren así son los miemb ros m oral o físicamente más débiles d e la pobl ación, es añ adir un
insulto a su desgracia. ¿Es la d ebilidad una justificación de sufrimiento? ¿No constituye má s bien una
irresistible llamada a cada ser humano a favor de la protección contra el sufrimiento?
Mill no era un socialista, pero su vasto conoc imiento le permitía comprender –y en a lgún
punto compartir- profundamente las quejas socialistas hacia el sistema ca pitalista de
propiedad privada. Su análisis sobre e l socia lismo y el c apitalismo, impregnado por una
fuerte tende ncia hacia la justicia social y la libertad individual, constituye hoy un gran
insumo que sorprende por sus reflexione s de exagerada a ctualidad.
Un segundo mal a combatir de la organización capitalista basada en la competenci a
consistía y consiste en los antiv alores que ésta invoc a, y que Mill identifica con e l c rimen, el
vicio y la insensatez. El principio del indi vidualismo y d e la c ompetencia, dirán los
socialistas, e s esenc ialmente pe rverso y antisocial. Desde el punto de vista moral, “el
individualism o es el p adre de l a envidia, del odio, de la falta d e caridad; hace d e ca da un o el enemigo
natural de todo el que se cruce en su cam ino, y h ace que el cam ino d e cada uno se vea constan temente a que
70
otros se crucen en él” (Mill, 2 011: 57). R esulta obvia la te ntación de sustituir un sistema basado
en la oposición de intereses por uno fundamentado en la armonía de los mismos . Parece
que este debate o disputa pe rsis tirá en las p róximas década s, a pe sar de la actual “tregua”
firmada en 1989.
En el terreno ec onómico también se vue lcan fuertes críticas socialistas hacia la competencia
individual como mecanismo de coordinación de la ac tividad huma na. U na exposición clara
e ilustrativa la e n contramos en la obra de Louis Bl anc, “ Organisation d u Trava il”, publicada
en 1839. Este autor francés –que acuñó la conocida frase, “a cada uno según sus
necesidade s y de cada uno según sus capac idade s”- veía en la competencia la principal
causa de sufrimiento en to dos los estratos sociale s. A nivel de los trabajadores, “ la sistemática
reducción de sueldos, la cual resulta en el d espido de un cierto núm ero de obreros, es el efecto inevitable de la
libre competencia. Se trata de un sistema i ndustrial en vi rtud del cual las clases trabajad oras se ven
forzadas a exterminarse mutuamente” (Blanc, 1839: 1845, 11)
39
. Esta afirmación estaba
respaldada por el desigual c recimiento demográfico que se observaba entre ricos (me nos) y
pobres (más). Sin emba rg o, lo que Blanc no c onsideró es l a proporción de unos y otros que
el sistema productivo demanda .
En lo que concierne a las clases medias, Blanc se la menta de que la característica de la
producción industrial de libre c ompetencia sea el “abarata miento” . Si ya la compete nci a
entre produc tores es per se destructiva, más lo es si c onsideramos la tendencia a l a que alude
Blanc (1839: 18 45, 58)
40
:
Bajo el sistema de libre competencia , el a baratamiento es única mente una ventaja provisional y falaz . Sól o
se ma ntiene mientras hay una lucha entre comp etidores: tan pronto c omo los má s ricos ahuye ntan a los m ás
pobres, los precios suben. La competencia l leva al m onopolio por la m isma razón q ue el ab aratamiento l lev a
a los precios altos.
Hoy se considera que la pr esión que ejercen los tr abajadores –o más bien los
desempleados- es u na importante herramienta e n la lucha por contener la inflación. Sin
embargo, también sabemos que, en situaciones de crisis como la actual, la demanda –que
39
Citado en Mill (2011:58 -59).
40
Citado en Mill (2011: 63 )
71
depende en gran medida del nivel s alarial- juega un papel fundamental para c ompensar l os
efectos del aju ste que exige la superproducción gener al.
Otro grupo de disident es fueron l os lla mados f ourieristas , seguidores de C . Fourier
41
,
fundador del socialismo utópico. Para él y sus simpatizantes, los dos principales ma les que
engendraba la sociedad de libre c ompetencia se podían resumir en el enorme despilfarro de
recursos oc asionado por la falta de plani ficación en una economía cada vez más industrial,
urbana y compleja, por un lado; y por o tro, en el socia lmente pernicioso papel j ugado por
los comerciantes y traficantes, encargados de distr ibuir el producto del país entre los
consumidores.
En el primer caso, Fourier señala la gran ca ntidad de “trabajadores” improductivos que
alberga la sociedad. Estos pertenecen a c ampos ta n diversos como el ejército o la justicia, e
incluye n oficios tal es como recaudadores de impuestos, prostitutas, estafadores,
comerciante s, banqueros, ag entes de bolsa, metafísicos , filósofos y políticos que trabaj an en
direccione s equivocadas y “que no hacen nada para que ava nce la ciencia” (Considérant, 1848:
35)
42
. E n esta preoc upación se refleja la convic ción de los integrantes de esta escuela en que
el sufrimiento humano p rovocado por la urbanización podría eliminarse por medio de
mayor racionali smo, la planificación, y el progreso científico y técnico. También se observa
cierto legado de sus compatriotas, los fisiócratas, pioneros en separar los tr abajos en
productivos e improductivos.
Es inte resante de tenernos en las c ríticas fourieristas vertidas sobre la figura del traficante,
pues algunas de ellas rev elan importante s implic aciones a cerca del sobreprecio gene rado
por los modernos y complejos canales de distribución. El traficante, dicen, al comprar,
almace nar y vender, opone sus intereses a los del productor, en un extremo, y a los del
consumidor, en el otro; por tanto, si sus inte reses son contrarios a los del resto de la
sociedad (ya que con el resto de trafic antes, c ompite), ésta no puede esperar b eneficia rse de
41
François-Ma rie Charl es Fourier fue u n filó sofo y econ omist a francés tr emenda mente infl uyen te.
Además de co nsiderá rsele fun dado r del socialismo u tópico , se le atribu ye la acu ñación del t érmino
“feminismo” ; en su ob ra “ Teoría de los c uatro m ovimien tos” afirma que el gra do de lib ertad en las
mujeres es el p rincipio g enera l de tod o pro greso social.
42
Citado en Mill (2011: 66)
72
la acción de aquél. Según Considérant (1848: 43-50)
43
, el ejercicio de su actividad tiene las
siguientes consecuenc ias:
a. Mantiene l a producción y el consumo “bajo su yugo”, pues tanto los productore s como los
consumidores h an de acu dir a él (…) El comercio, despóticamente dicta las leyes de la producción y
el consumo, cuand o en realidad debería ser únicamente el subordinado.
b. Roba a la sociedad con sus “ enormes beneficios”, beneficios por los que el consumid or y el produ ctor
tienen que pa gar, y que son desproporcio nad os a los serv icios p restados (…).
c. Roba a l a sociedad mediante la su stracción de su s fuerzas productivas, sacando del trabajo
productivo diecinueve de cad a veinte agentes comerciales (…) La gran mayoría de traficantes y
comerciantes regresaría al trabajo productivo si un sistema ra cional d e organización com ercial
sustituyera el caos inextricable d el presente estado de cosas.
d. Roba a la sociedad mediante la “adulteración” de los productos
44
(…).
e. Roba a la sociedad m ediante “acumul aciones” (…) co mo consecuencia de las cuales, vastas
cantidades de bi enes almacenados en algún lugar se dañan y destruyen por no ser vend idos.
f. El co mercio roba a la sociedad como res ultad o de tod as las pérdidas, daños y malgastos que se
siguen de esparcir los productos por millones de tiendas, y por l a multiplicación y complicación del
transporte.
g. Roba a la sociedad m ediante una desvergonzada e ilim itada usura (…). Un comercian te saca de
un capi tal que no posee un interés de usurero , totalment e desproporcionado.
h. Roba a la sociedad por m edio de i nnumerables “bancarrotas”, p ues llegará un día en q ue los
diarios accidentes de n uestro sistema comercial, los avatares políticos, y cualqu ier otro tipo d e
disturbio, hagan que el comerci ante, a l haber in currido en obligaciones que están por encima de sus
medios, no sea ya cap az de cumplirlas.
i. El comercio roba a la sociedad p or la “indepen dencia” e “irresponsab ilidad” que le p ermiten
comprar en épocas en que los productores se ven obliga dos a vender y a comp etir entre sí, a fin de
obtener dinero para su renta y cu brir los gastos nec esarios de producción (…) L a especulación
abusiva es la forma más odiosa de este v icio del comercio.
43
Citado en mil (2011: 70 -75).
44
Una de la s persistent es crític as de prácticam ente tod as las corrient es socialista s al funcio namient o de
los mercado s competiti vos es la continu a pérdid a de calid ad de los produ ctos. De todo s es sabid o el
tradicion al gusto francé s por la calidad, más que po r la cantidad , lo qu e puede de a lgún modo explicar el
rechazo q ue el nuevo modelo produ ctivo encontró en el pueblo francés y el ulterior de sarro llo del
pensamient o socialista en dich o país.
73
j. Roba a la sociedad mediante una consid erable “extracción de ca pital”, el cual regresaría a la
industria productiva cuando el co mercio desempeñara su apropiado pap el subordinado y fuese una
agencia encargada solo de las tran sacciones entre productores y los grandes centros de consumo.
k. Roba a la sociedad por el procedimiento de “monopolizar” o acapa rar la compra de materias
primas. E l increment o en el p recio de los bienes acapa rado s recaerá, en prim er lu gar sobre el
fabrican te, y en última instancia sobre el consumidor.
Esta última idea del acaparamiento
45
la e xpresaría con mayor vehemenc ia e l pr opio Fourie r
(1808: 1974, 286):
El principio fund amental de los sistemas comerciales –que es el de conceder completa libertad a los
traficantes y comerciantes- les da u n absoluto d erecho de propied ad sobre los productos con los qu e trafica n;
tienen el derecho de r etirarlos p or completo del mer cado, retenerlos, e incluso quemarlos, como ha sucedido
más de una vez como c on la Compañía Oriental de Ámsterdam, la cual quemó públic amente grandes
cantidades d e canela a fin de que ascendiera el precio (…) E s la so ciedad quien ti ene qu e pagar el p recio d e
estas pérdidas, la s c uales tiene n lugar dia riamente al amparo de la máxima filosófica de libertad total para
los comerciantes.
En la actualidad no han cambiado mucho las cosas. El mercado sigue promoviendo que se
almace nen e in cluso que se destruyan toneladas de alimento c on la esperanza de un alza en
los precios al tie mpo que grandes masas huma nas agonizan por una ración de comida
46
.
Después de 200 años de vig encia capitalista parece que hay lecciones de import ancia vital
que aun no hemos aprendido.
Finalmente, y a l i gual qu e Marx
47
y Lenin
48
, estos primeros socialistas creían que el mero
progreso de la li bre competencia tendría c omo consecuencia lógica el adveni miento de una
45
De hecho, afirma que se trata del más od ioso de lo s crí menes co merciale s (Fourier , 1808: 1874, 284)
46
El In forme sobre De sarrollo H uman o del PN UD de 199 9 afirmab a qu e “ pese al rápido crecimien to de la
pobla ción, la p roduc ción de alime ntos ha aum entado ca si el 25%, la oferta de calo rías ha au ment ado de
2.500 a 2.75 0, y la de prot eínas de 71 a 76 gramo s. Pero un os 840 millo nes de personas e stán
desnutrida s ”.
47
Cabe recorda r que u na d e las inco nsistencias qu e Marx en con tró en su análisis del sistema capitalista
es su tend encia al mon opolio; do nde los clásico s veían una excepción en lo s m ercados co mpetiti vos,
Marx encon traba una inclinación natu ral.
48
En su “El imperialismo, fa se s uperior del capita lismo” , Lenin resalta –además d e much as o tras cosas-
el peligro qu e supone la creci ente concentr ación d e lo s mercados y el progre so de los cá rteles qu e se
74
especie de feudalismo industr ial; un camino “ h acia una concentración de l a riqueza en man os de
relativamente pocas personas o compañí as inmensam ente ricas, y reducir a l resto de la com unidad a un
estado de total depen dencia de ellas” (Mill, 2011: 81).
Hasta aquí nuestro repaso de las objeciones socialistas a l sistema de competencia y libre
mercado. Parece que la política de competencia, en c ontra de l a percepción general, guarda
una importante deuda con el socialismo y su énfasis por subray ar las inc ons istencias de l
sistema del la issez-faire. Bien harían los polític os de la actua l socialdemocracia en potenc iar y
presentar la polí tica de competencia como herramienta de control de l a sociedad frente a
los abusos e injusticias que puedan emanar de los mercados.
7. La competencia en la historia del pensamiento e conómico español. Mercado y
precio justo.
La historia de las ideas económica s en España contiene un episodio de g ran interés para
nuestra investigación. Se trata del análi sis s obre el funciona miento del mercado que
abordaron los doctores iusnaturalistas de la Escuela de Salamanca en los siglos X VI y XVII.
Éste es un período que ha cautivad o a muchos economistas e n las últimas dé cadas, gracias
en gran medida a los tr abajos de Jos é Larraz
49
y de M. Grice-Hutchison
50
, alumna de
Hayek. Y es que no son pocos los integrantes de l a Escuela Austríaca que han rescatado a
los escolásticos españole s
51
, señalándol es como precursores en alguna de las ide as
fundamentales de su pensamiento tales como la t eoría s ubjetiva del valor (el análisis de l a
utilidad, l a escasez y la e stimación común) y el a nálisis de los deseos de l co nsumidor y la
competencia, así como la crítica a la teoría del valor basada e n el coste de producción
(Rothbard 1976: 54 )
52
.
venía produ ciendo d esde el úl timo tercio d el siglo XI X. Una gran can tidad d e datos sustenta n la tesis de
este influyen te filósofo r evolucio nario.
49
José Larraz ( 1954): “La época del merca ntilismo en Castilla, 1500-1700 ” , Mad rid: Aguilar .
50
Marjorie Gric e-Hutchin son (1 952): The Scho ol of S alamanca. Rea dings in Spanish Monetary Theory
1544-1605 , Ox ford: Clar endon Press.
51
A pesar de la procedencia esp añola d e los integrant es de la E scuela de Salaman ca, no podemos
olvidar la p royección eu ropea de que d isfrutaron, pues la m ayoría pasaron una eta pa de prolífica
formación má s allá de lo s Piri neos, hecho que los p rotagon istas no reparaban en ocult ar.
52
Citado en Tedde de Lorca y P erdices de Bla s (1999: 12 4).
75
Se denomina Escue la de Sa lamanca a un grupo de juristas y teólogos e spañoles que
convergieron en l a Univers idad de Salamanca en el siglo XVI y que “ emprendieron la difícil
tarea de reconciliar la doctrina tomista con el nuevo orden económico” (Grice-Hutchinson, 1993 : 70).
La tradic ión se inici a c on Franci sco de Vitoria, no mbrado e n 15 26 c atedrático de teolog ía
de la Universidad d e Salamanca. Además de ser considerado pr ecursor del derech o
internacional y realizar importantes contribuciones a l a diplomaci a, Vitoria introdujo las
enseñanza s de Santo Tomás e n España a través d e Salamanca; “ Sus ideas sobre el din ero, los
mercados y los precios generaron una red d e colegas… d iscípulos… y p rincipales contin uadores” (Grice -
Hutchinson, 1993: 16). Entre estos, destacamos a Luis Saravia de la Calle , Doming o de
Soto, Martín de Az pilcueta, Tomás de Mercado, Francisco García, González de Cellorigo,
Pedro de Vale ncia y Luis de Molina.
Hemos de ser c autelosos al hablar de una “Escuela ” de pensamiento e conómico, pues
dichas teorías estaban contenidas en el conjunto de su enseña nza, centrada
fundamentalmente en la teología, la metafísica y los aspectos morales de las relac iones
cotidianas. No parece de l todo razonable brindar un tratamiento a islado e integrado a sus
reflexiones en materia económica y habla r de una escue la de pensamiento en dicho campo.
Esto ha suscitado controversias entre historiadores y expertos en la materia tale s como E.
Hamilton, J. Schumpete r y M. Blaug.
En el terreno e conómico, l a aportación de mayor calado se refiere a l a formulación de la
teoría cuantitativa del dinero. Fue a Martín de Azpilcu eta a quie n corres pondió ta les
honores. En su “C omentario resolutorio de c ambios”
53
el “ Doctor Navarro” ex pone por
vez primera y de un modo sencil lo dos teorías monetaria s: la teoría cuantitativa del dinero y
la de la paridad del poder adquisitivo
54
. Así, este grupo de doc tores escolá sticos aborda ron
la controvertida cuestión del valor, tanto el valor de los bienes c omo el va lor del dine ro.
Nosotros centraremos nuestra a tención en el primer caso, esgrimiendo l as similitudes que
el llama do “precio justo” guarda con e l precio en condiciones de competencia.
La búsqueda de u na teoría que e xplicase el va lor de los bienes ha sido un tema recurrente
en la historia de las ideas económicas. Las fuentes primarias a partir de l as cuales los
53
Éste se tratab a de un apénd ice de la tercera edición d e su “M anual d e Confesores” ( 1556).
54
Hasta los tr abajos de Gric e-Hut chinson se acepta ba q ue fue Jean Bodin el encargado de formular p or
primera vez la teoría cua ntitativa d el dinero en 15 68.
76
doctores salmantinos desa rrollaron sus ideas en e ste asunto se remontan a la tradic ión
helena; concretamen te, a los fragmentos sobre el dinero y la justicia comercial contenidos
en la “Étic a a Nicómaco” de A ristóteles. La justicia c omercial dependerá de la consecuci ón
de la igualdad entre las partes que participen en una transacción, para lo que se puede
simbolizar cada bie n con un segmento y traza r una línea en el conjunto que lo d ivida en
dos partes i guales. Pe ro, ¿cómo se pueden unir en un conjunto do s mercancí as
heterogénea s para, posteriormente, separarlo en dos partes iguale s? Para comparar bienes
de naturaleza diversa, dice el Filósofo que hemos de recu rrir a términos matemáticos, razón
por la cual se inventó el dinero. El problema surge cua ndo Aristóteles c ontinúa razonando
hasta afirmar que, e n última instancia , e s la demanda -o i ndigentia
55
- la medida real del valor
de todas las cosas; esto se debe a que el dinero, por “acue rdo general” ha pasado a ser un
representante rea l de la de manda. Los teól ogos de Sala manca harán suya está teoría de la
transacción o compra-ve nta.
En otros fragme ntos, extr aídos de los “Tó picos” y l a “R etórica”, Aristóteles sostiene que l a
dificultad de adquisición de un objeto –o su escasez- aumenta su demanda (Grice -
Hutchinson, 1982: 84-86). Estos pa sajes serían interpretados y comentados e n la E spaña
musulmana a partir de la la bor de Av erroes en sus Comenta rios , probableme nte escritos e n
Córdoba hacia 1177. En el siglo XII I, la Es cuela de Traductores de Toledo impulsó
definitivamente la difusión de las doctrinas griegas en el mundo occi dental y fue el vehíc ulo
a través del cu al llegó a los escolásticos.
Durante la E dad Media s urgieron nuevos e studios centrados e n la evaluación correcta o
“justa” de las mercancías que se inte rcambiaban
56
. Los más importantes serán l os
emprendidos por San Alberto Mag no y su discípulo Sa nto Tomás de A quino e n el siglo
XIII. En De ju stitia comm utativa y en la Su mma theologica , Sa nto Tomás p rofundiz a en e l
análisis de la justicia comercia l, lo que le lleva a estudiar las fuerzas del mercado. Reconoce
que son las fuerzas de la oferta y la demanda las que dete rminan el valor de los biene s,
prevalec iendo e n su discurso una c oncepci ón eminentemente subjetiva del val or (Grice -
Hutchinson, 1982: 113 -114). Los escolásticos españoles pondrían gran énfasis en esta
55
El con cepto de indige ntia o necesidad irá acrecent ando su importan cia. Si bie n Averro es mantuvo el
término gri ego, fue Her mann el alemán quien lo trad ujo a l latín.
56
Cabe recorda r que la tradició n romana establecía que u n c omprad or y un vended or pod ían llegar a
cualqu ier acuerdo q ue desear an, co ncluyen do así un a venta válida (Gric e-Hutchin son, 198 2: 111)
77
cuestión, tan crucial en la historia del pensamie nto económico; es por ello que a este grupo
de autores se les cons ide ra precursores de la teoría subjetiva de la utilidad-valor (Gómez
Camac ho, 1981: 23).
Ya hemos dicho que l a i nfluencia de Santo Tomás en l os escolá sticos de Sa lamanca fu e
enorme, especialmente en Vitoria, arteria transmis ora de su pensamiento en España .
Vamos a revisar las principale s noved ades que el “ fundador” de la Escuela de Salamanca,
incorporó a la doc trina medie val de l “justipr ecio” . El análisis se c ompletará con los matices
que introducirán sus continuadores, especia lmente Domingo de Soto, Melchor de Soria y
Luis de Molina.
Vitoria c onsideraba que existían dos cla ses de bienes: aqué llos cuy o precio fijaba la
autoridad e statal, y aquéllos que no. E l prime r caso no suponía ma yor proble ma; era un
precio legal y, por consiguiente, lo c onsideraba justo. En el segundo ca so, Vitoria añade
alguna novedad a la doc tr ina tradicional. Vuelve a e stablecer una dic otomía, e sta vez e ntre
bienes nece sarios para la vida humana y bienes que no lo son. En el primer ca so, el valor de
un bien se determinaba en función de la abundancia o escasez del producto e n cuestión y
de su utilidad pa ra satisfacer la s necesidades del hombre. De este modo, el precio j usto
vendría determinado principalmente por la “estimación c omún”, o va lor ación que el
mercado realiza para la mercanc ía en cuestión. En cambio, ante los bienes de lujo, el
comprador no tiene la necesidad/obli gación de p agar e l e levado precio que el vendedor
solicita; lo hace a plena voluntad. Por ello, el bie n se v endería por una especie de “precio de
fantasía” (Grice-Hutchinson, 189 2: 136-137).
En ge neral, los escolásticos sostenían que la i mper ante necesidad de los indiv iduos –que
podía producirse por una distribución e xcesivamente desigual- anularía las “votac iones”
con las que se fijaba el precio de los bienes
57
, con lo que el mismo dejaría de ser justo. Esto
se debe a qu e los sujetos verían mermada su libert ad e n la comprav enta ante una desigual
distribución del bien e n cuestión. Hemos rescatad o un ilustr ativo pasaje en el que Melchor
de Soria analiza el oligopolista merca do del trigo d e su época, lamentándose de l poder d e
57
Quién mejor nos describe el p roceso de regateo como me dio para alcanzar el precio de “esti mación
común” es M elchor de Soria en su Tratado de la justifica ción y con veniencia de la tassa de l pan,
publicad o en 1627.
78
mercado que permite a determinados agentes concurrentes ele gir el momento en e l que
comprar o vender el c ereal:
si a los labrad ores pobres los inh abilita su necessidad para no ser votos acertad os y legítim os en el poner
precio justo de el p an que venden, también inhabilitará de votos a los compradores la n ecessidad con que lo
compran en a ño m uy estéril, y p ara eso mucho más inhabilitará de voto s a l os señores de el p an ricos y
poderosos, la poca o ni nguna necessida d con que lo venden a los que d e fuerça lo han d e comprar (Soria,
1633: 33).
Recapitulando, una v ez descartados el precio de los bienes fija dos por la a utoridad pública,
tenemos un precio p ara el resto de artículos determ inado por la “estimac ión común”, lo
que nos lleva rápidamente a pensar en e l precio de mercado. Pero ade más, ese precio de
mercado debía equilibrarse a pa rtir de “votos” emitidos en condiciones de libertad para ser
considerado “justo”. Luis de Molina lo expresa con sencilla s palabras: solo podemos hablar
de precio justo en caso de que no existiese “monopolio, fraude o en gaño” en la
transacción. ¿Es el precio justo de los escolásticos el precio fijado en condi ciones
competitivas, en términos modernos? Profundicemos un poco má s en el enunc iado d e
Molina.
El monopolio no admite ulteriores interpretac iones. Sin embargo, cuando M olina ha bla de
fraude o engaño está al udiendo al llama do “ postulado de equivalencia”, de inspiración
aristotélica. R ecordemos qu e una transacc ión justa exige que ambas partes re ciban una
porción equivalente tras la compraventa. El problema surge cuando estamos ante
información imperfecta que puede hacer ver c omo equiva lentes bienes que realmente no lo
son. En conc reto, Molina se refiere a que el vendedor de mercancías, “ por su utilización de las
misma s, tiene d e ellas un conocimiento mejor que el que tiene el comprad or ”
58
. Su información le
permite aprovecha rse de la transacción
59
.
Las similitudes entre el pre cio justo y e l precio en c ondiciones competitiva s s on rea lmente
sorprendentes y admirables, como también l o es el análisis e conómico que contiene n las
obras de los escolásticos españoles. Si n embargo, hemos de ser ca utos a la hora establecer
58
Disposición 353 nº2 De Iustiti a et Iure de Lu is de Molina (Ci tado en Gómez Camach o, 198 1)
59
Actualmente tild amos e ste pr oblema como “in formación asimétri ca”.
79
conclusiones al respecto, pues el mundo e n que esto s eruditos fijaron su atención poco o
nada se p arece al nu estro. Sí pa rece razonable pensar que los escolásticos apoyarían la
intervención pública en defensa de la competenc ia, pues de otro modo surgirían en la s
industrias estructuras olig opolísticas que amenazarían el precio fijado por el “justo”
proceso de mercado. Los distintos me rcados podrían ser do minados y contro lados por un
puñado de empresas. Una última cuestión que invita a la reflexión: ¿es el precio
competitivo, además de l más e ficiente para la sociedad en su conjunto, el más a ceptable
moralmente? No cabe duda de que la respuesta a esta pregunta excede el c ometido de
nuestra investigación.
80
RESUMEN-CO NCLUSIO NES
La economía de mercado, que sitúa a la competenc ia como fuerza motriz y coordinadora
de la actividad humana se origina e n la Inglaterra del siglo XVIII. Ada m Smith,
considerado padre fundador de la economía moderna, expuso a lo largo de una erudita y a
la vez senci lla prosa el enorme progreso mate rial que podría esperarse si se dejaba a cada
individuo l a li bertad de perseguir sus propio s fines. La competencia entre individuos, sin
perturbaciones del aparato estatal, impulsaría el bienestar socia l. Sin embargo, Smith
advierte que los c apitalistas, en s u búsqueda de beneficio, tie nen sobrados i nce ntivos para
eleva r de forma coordina da los prec ios por encima de su nive l natural. Esto, junto c on su
rechazo a los monopolios, hace pensar que Smith podría ha ber de fendido algún tipo de
política de competencia.
Esta visión dinámica de la c ompetencia “smithiana” se vio frenada por la ir rupción de la
metodología lógi co-deductiva de l llamado sistema clásico construido por Malthus y R icardo.
Quien sí caviló sobre el concepto de c ompetencia fue John S. Mill, que l lega a afirmar que
sólo a partir de éste término puede tene r la economía política alguna pretensión al c arácter
de ciencia. El sabio inglés c reía que la competencia era, junto co n la costumbre, el
mecanismo responsable del reparto de la producción bajo e l ré gimen de propiedad priva da.
Sin embargo, en la I nglaterra victoriana, dicho r eparto padecía d el mismo mal que el
mundo contemporáneo: la desigualda d. Esto llevó a Mill a adquirir un carácter
marcadame nte ecléctico que se refleja en sus ensayos s obre el socialismo.
Los ataques al sistema capita lista no se hicieron esperar, y se produjeron desde muy
distintas posiciones. Mucha s de ellas se refieren a la competencia como principio
coordinador de l a a ctividad humana. Tal es el caso de Louis B lanc, qu ien veí a en la
competencia l a principal causa de sufrimiento para todos , o ca si todos, los e stratos socia les.
Por otro lado, Charles Fourier y sus seguidores se lame ntaban del enorme despilfarro que
observaban en una e conomía carente de pla nificación. Los trabajos impro ductivos y las
malas a rtes de los comerciante s decían estar lastrando el progreso social. Los socialistas
nunca elaborarían una consistente, riguro sa y siste mática teoría c on la que hacer frente al
sistema económico de la competencia y la propiedad privada.
81
Alfred Marshall dedica no pocos elogios a la c ompetencia , seña lándola como palanca
impulsora del progreso fr ente a la tende ncia conservadora que emanaba de la costumbre.
Llega incluso a sugerir que se sustituya e l voca blo que ha pe rmitido tan c olosal prosperidad
material por otro exento de prejuic ios morale s. Li bertad económica es el té rmino que mejor
representa la compete ncia. El “ma l ambiente” que rodeaba al particular se vio a lentado en
gran medida por la proliferación de las ideas socia lista que se gestaron a lo largo del siglo
XIX, especia lmente en la Europa continental, y que acaba mos de comentar.
Con el adv enimiento de las ma temáticas en la e conomía, la ciencia de svió el conc epto
dinámico de compet encia esbozado por Smith y, de a lgún modo, recordado por Mill y
Marshall. La bú squeda del modelo de c ompetencia perfecta seduci rá a los economistas
neoclásicos tanto como a los españoles e l oro de las india s, y el grueso de la profesión
dedicaría todos sus esfuer zos al modelo en cuestión. La extensión de las matemáticas y el
análisis margina l por toda la ciencia ec onómica permitió que en 1954 , K. Arrow y G.
Debreu presentasen el mode lo de compete ncia perfecta de un modo consistente y riguroso.
Antes, muchos había n percibido que las hipótesis que sustentaban tal modelo de mercado
eran difícilmente observ ables en la vida real. L a complejidad que había a dquirido la
economía estaba da ndo lugar a una sociedad que poc o se parecía a aqué lla de pequeños
capitalistas que había conocido Smith. La proliferación de las sociedades anónimas y la
creciente conce ntración de la oferta obligaba n a replante ar el escenario leg islativo y
económico. En el primer caso se promulgan le yes de compe tencia, con gran precocida d en
EEUU, y posteriormente en Europa. En el terreno de la ciencia econ ómica pueden
distinguirse tres corrientes d e pensamiento: la Escuela de Harva rd, l a de C hicago y E scuela
Austríaca de Economía .
La Escue la de Harva rd nace en 1933 c on los mod elos de compete ncia monopolítica y de
competencia imperfecta de C hamberlin y Robinson, respectiva mente. Esta corriente de
pensamiento trabaja rá con el concepto de workable competition delimita do por Clark (1940). A
partir del paradigma Estructura-Conducta-Resultados, los economistas de Harvard tratan
de establec er aquellos factores que enca ucen el comportamiento de las empresas que
componen la i ndustria hacia el más de seable de los resultados. Las ba rrer as de entrada
82
captarán la atención de muchos a partir del las inves tigaciones de Bai n en 1966. Finalmente,
para esta escuela, la políti ca de competencia ti ene un objetivo poliédrico, que abarca desd e
el fomento del progreso técnic o hasta la equitativa dis tribución de l a renta.
La Escuela de Chicago provocó una revolución en la política de comp etenc ia en la década
de los 70. El excesivo intervencionismo que much os veían en la política antitrust de EEUU
encontró como respuesta un cambio en la percepción de muchas práctica s empresariales
que se ve ían como “anticompetitivas”. La Escue la de Chicago, Con Stigler y Posner como
cruz de guía, supone en cierto modo una vuelta al pasado no sólo por la menciona da
permisividad ante determinadas acciones c orporativas, sino por basar sus análisis en la
teoría de precios neoclási ca dejando de lado los avances e n compete ncia im perfecta. Par a
Chica go, la pol ítica de competenc ia solo tiene sentido si se guía bajo e l principio de la
eficienc ia económica. La competencia selecciona rá las estructuras más eficie ntes para las
condicione s técnicas de cada industria, por lo que los pode res públic os no deben i nterferir
en tal proceso. Por ello, su propuesta de política de competencia se l imita a la persecución
de los a cuerdos colusorios, ademá s de la desregulación y la libe ralización de los mercados.
Vemos como su concepto de competencia es tanto estático como dinámico.
A conc lusiones parecidas pero por ca uces antagónicos lle ga el p ensamiento ec onómico
austríaco sobre l a política de competencia. Los seguidores de esta escuela, h erede ros del
legado de p ensadores de la tall a de Meger, Böhn-Bawerk o Mises, ma ntienen una
concepc ión estrictame nte dinámica de la competencia, ide ntificando ésta c on la ausencia de
barreras de entrada. La im portancia del proceso competitivo e s su capa cidad para coordinar
el inme nso volumen de información subjetiv a que de otro modo no podría ser procesada.
La función empresarial es la enc argada de a justar las acc iones de los i ndividuos, que se
encuentran siempre en desequilibrio. Rechazan la metodología y los modelos ma temáticos
para la investigación en economía afirmando que no se corresponde con el mundo real.
Como se ha indicado, los austriacos comparten posición c on los economistas de Chicago
en lo que a diseño de política antitrust se refiere. Abogan por el establecimiento de unas
pocas y sencillas disposiciones que se limiten fundamentalme nte a preveni r los a cuerdos
entre empresas. La minimización de la incertidumbre resulta fundamental, pues los
empresarios deben ser capac es de interpretar las señales que e l mercado emite.
83
Hoy, los avances de las dist intas c orrientes se integran en la llama da Nueva Economía u
Organizac ión Industrial. Esta nue va discipl ina supone sobre todo un cambio metodológic o
apoyado en nuevas herramienta s que permiten c omprender mej or el comportamie nto
empresarial. Por un lado, l a teoría de j uegos ha abierto nuev as líne as de investigac ión en
cuanto a la interacción entre agente s; por otro, las nuevas técnicas e conométricas permiten
reproducir con mayor fide lidad e l estado competitivo de los mercados. Los nuevos estudios
empíricos completan las investigaciones en este campo y posibilita n incluso la simulac ión
de los efectos gene rados por de terminadas acc ione s empresariale s. S in duda se trata de una
vía de inv estigación de gran futuro.
El capí tulo se cierra con un esbozo del pensamie nto económico de l a Escuela de Salama nc a
durante el período dorado del imperio español. Los escolásticos, a partir de un legado
iniciado por Aristóteles y mantenido ha sta Santo Tomás, el aboraron lo que ha venido a
llamarse “teoría del precio justo”. E l precio justo, dirán los teólogos e spañoles, se situará en
aquel nivel que respete la equivale ncia e n la transacción. Más allá de las consideraciones
morales, las condiciones exig idas para el llama do “justiprecio” recuerdan en muchos
aspectos al precio en condiciones de competencia. Parece claro que la política de
competencia, en su afán por protege r los intereses de c onsumidores impidiendo l as mal as
prácticas corporativas, pretende e stablecer también un precio que se podría tildar de
“justo” en las distintas industrias.
CAPÍTULO II
LA POLÍTICA DE COMPE TENCIA.
FUNDAMEN TOS ECONÓMICOS Y
POLÍTICOS
85
INTRODUCCI ÓN
Una vez presentadas las principales escuelas de pensamiento económic o, así como los
autores que han a bordado, con may or o menor ri gor, la problemá tica o la bendición de la
competencia, estamos en disposición de comprender los pilares que hoy sustentan la
política de compe tencia. E l ec lecticismo imperante en la cienc ia económica contemporánea
se ve refleja do en los fundamentos económicos que subyace n a es te modo d e inte rvención
pública.
Pocos son los que hoy discute n al me rcado como el mejor mecanismo de asignación de
recursos. La decepcionante ex periencia d e los paíse s que t rataron de buscar una alternativa
refleja el fracaso de un ideal. E stos países se encuentran hoy en su may oría en un período
de transición hac ia la e conomía de mercado. Desgraciadamente, e l viraje no es ni senci llo ni
instantáneo.
Pero el bienestar mate rial no es lo único que buscan los estados de pasado s ocialista en su
incorporación a l bloque capitalista. La e conomía de mercado –y la política de competenc ia-
es deseable pa ra los individuos por raz ones igual de importantes que l a prosperidad
material. Nos referimos fundamentalmente al ejercicio de la libe rtad económica,
considerada como una de las libertade s fundamentales que los individuos valo ran. Y es que,
como asevera Sen (2000: 25), prohibir el mercado es prohibir a los individuos habla r e
intercambiar información. Para que la libe rtad ec onómica –qu e, como analizaremos, se
retroalimenta con otras libe rtades instr umentales- sea e fectiva, d ebe haber un marco
regulador que evite que los age ntes económic os la limiten. E s precisamente aquí donde
encaja la polí tica de competencia.
La polí tica antimonopolio pretende, de algún modo, dem ocratizar el poder económico,
dando ca bida en cada i ndus tria al ma yor número de empresas, en l a medida en que las
condicione s técnicas y
productivas
lo permitan. E sta atomiza ción de la oferta evita que los
agentes económicos gocen de poder de mercado y restrinjan la alabada l ibertad económica.
Al mismo tie mpo, los consumidores acce derán a los productos e n las me jores condiciones
86
de precio, calidad y variedad. En definitiva, lo qu e just ifica la política de competenci a es la
convicc ión de que ésta contribuye a incrementar el bienestar social; esto es lo que pregonan
la mayoría de las leyes de competencia.
Sin embargo, nos encontramos ante un problema etimológico. Si bien exis te un consens o
más o menos sólido en cuanto a que la competencia interesa defenderla, no sucede lo
mismo c on el sus tantivo. No hay acuerdo ni entre la s au toridades de compe tencia, ni entre
los economistas s obre lo que s e entiende por compe tencia. Ya en el primer capítul o
dibujamos los rasgos qu e cada corriente de pensamiento económic o identifica con la
competencia. Esta vez tr ataremos de ofrecer distintas definic iones más o menos ac eptadas,
además de un modelo que tratará de representar el comportamiento competitivo a l que
aluden las leyes antimonopolio. C on esto pretende mos ofrecer una base teórica
imprescindible para seg uir adelante con nuestra investigación.
Seguidame nte se ofrecen los fundame ntos económicos que subyacen a la política de
competencia. Muchos s on los autores que han trata do de c alcula r los costes económi cos
del ejercicio del poder d e mercado. El método tradicional sería aquel que confronta los
modelos de compe tencia perfecta y monopolio. Se mostrará cómo el poder de monopolio
permite a las empresas elevar sus prec ios por encima del coste marginal, apropiándose de
parte de l exc edente de l consumidor y, lo que e s más importante, dando lugar a un “peso
muerto” que la ec onomía pierde. También s erán comentada s otras ineficiencias
consecuenc ia del poder de mercado.
No obstante, e sta ju stificación e conómica no e stá exenta de críticas. Muchos son lo que no
confían en l a metodología neoc lásica para representar l a realidad. Esto les ll eva a ata car l a
política de competencia. E specialme nte duros se mostrarán los seguidores de la escuela
austriaca, para quienes prácticamente cualq uier conducta empresarial es cons iderada c omo
competitiva.
Finalmente, el capítulo concluye con un repaso histórico sobre el funcionamiento de las
primeras normas en defensa de la compete ncia. En EEUU, la d efensa de la competencia
goza de tradición ce ntena ria, por l o que se analizarán las di stintas eta pas por las que est a
política pública ha pasado. Podrá comprobarse cómo l as distintas te ndencias polític as han
87
ido guiando las resoluciones en materi a de competencia. Hoy, las autoridades tratan de
paliar esta característica d e la política de competencia. En e ste sentido, y como veremos a
lo la rgo de todo el trabajo, e l ma yor pe so que se viene a tribuyendo al análisis económic o e n
las investigacione s de c ompetencia se erige como la herramienta clave para tomar
decisiones objetiva s, libres e independie ntes.
88
1. La competencia como v alor y condición esencial de una economía libre de
mercado.
La promoción y defensa de la competenc ia p or parte de los poderes públicos se
fundamenta en la convicción de que ésta contribuye a increme ntar el bi enestar social. Se
trata de anteponer los intereses de la colectividad a los privilegios de unos pocos. Más
específica mente, son los efectos deriva dos de la co mpetencia lo que repe r cute directa y
positivamente en el biene star comunitario. La e conomía disfrutaría de may or es niv eles de
eficienc ia en sus procesos y los consumidores a cced erían a los produc tos al precio más bajo
que la tecnología permitiese, al tiempo que los pro ductores menos hábiles van siendo
expulsados a causa precisamente de su escasa capacidad de competir. De este modo, la
protección y el e stímulo de la competencia se constituye como un obj etivo intermedio, una
herramienta clave que nos ace rcará al objetivo final, que no es otro que el interés colectivo
y el bienestar de la socie dad en su conjunto (Palma, 2006).
En el terreno es trictamente económico, Petitbó (2013) s intetiza los arg umentos que
subyacen a la protección de la competencia:
La comp etencia se d efiende porque su contribución a la red ucción d e precios f acilita el control de la inflación
y, en consecuencia, el aumento de los salarios reales y la capacidad de co nsumo de los ciudadanos,
ingredientes necesarios p ara asegurar el crecimiento económico. Com plementariamen te, el aumen to d e la
producción favorece el crecimiento económico y l a creación de puestos de trabajo, lo que, a su vez, fa vorece la
cohesión social sin necesidad d e acu dir al distorsionador sistema d e ayudas públicas. Y , por últi mo, la
competencia fomen ta la innovación y, en consecuencia, la competitividad empresarial.
Por tanto, la competenc ia permite que la economía opere con mayores niveles de eficienc ia,
contiene el nivel de prec ios , favorece la p roducción, fome nta la i nnovación y, en última
instancia, mej ora el nivel de bienestar de los consumidores y de la socieda d e n su conjunto.
Empero, la competencia no s olo interesa a los ciudadanos cuando estos actúan como
consumidores, del mismo modo que el mecanismo de mercado no solo es recomenda ble
por su evidente i mpacto en el crecimie nto e conómico. Ama rtya Sen nos recuerda que sería
un error entender el papel del me canismo de mercado solamente e n términos de rivativos .
89
Para ello invoca al propio Adam Smith, quien subray aba que la libe rtad de intercambio y
transacción constituye, en sí misma, pa rte integra l de la s libertades básicas que la gente
valora (Sen, 2 000: 23).
Sen esboza un interesante enfoque para entende r el desarrollo a pa rtir de la expansión de
libertades. Dejando de lado la pr osperidad material que promueve un mercado
competitivo, éste seguiría siendo de seable debido a su capacidad para permitir que los
individuos disfruten de una de las libertades fu ndamentale s: la libertad económica .
Desgraciada mente, y co mo bien señala Giner Parreño (201 0: 39), “ la perspectiva de la
contribución de los mercados competitivos al fomento de la libertad individual ha sido sistemáticamente
minusvalorada”.
Los me rcados compe titivos contribuyen así tanto a fortalecer las libertade s de la s personas,
como a promover el cre cimiento económico. Pero hay otro pil ar igual de importante que
los dos anteriores que se v e fortaleci do por el mecanismo de merca do. El profesor Sen
(2000: 19) afirma que pode mos concebir el desarrol lo como el proceso de e xpa nsión de las
libertades reales
1
de qu e disfrutan lo s indivi duos. Así , la libertad contribuiría decisivamente
al proceso de desarrollo por dos razones:
a) La
razón de eva luación.
El progreso ha de m edirse princip almente en fun ción del aumento
que hayan experimentado o no las libertades de los individuos.
b) La
razón de eficacia
. El desarrollo depende totalmente de la lib ertad de los individuos.
Para el primer caso, e s claro que toda acepción de progres o debe in cluir el acceso a
servicios de educa ción, atención mé dica, así como los derechos polític os, humanos y la
libertad económica entre otros rasgos. Del mismo modo, e l desarrollo ex ige la supresión de
las princ ipales fuent es de privación de libe rtad, como la pobreza y la tiranía, la escasez d e
oportunidades e conómicas y las privaciones socia les sistémicas, e l abandono en que pueden
encontrarse l os servicios públ icos y la i ntolerancia o el e xceso de intervenc ión en los
estados represivos. De aquí se desprende que los mercados compe titivos, al pe rmitir l a
1
La liberta d debe a quí ser ent end ida en t érminos de cap acid ad. N ingún individuo será lib re de h acer
algo qu e no sea cap az de h acer.
90
financiac ión de los bienes públicos básicos al tiempo que ge nera riqueza, contribuyen de
manera dec isiva al proceso de desarrollo vía expansión de libertades reale s.
El segundo argumento es má s c omplejo. Sen (2000: 21) considera que la libertad de acción
no sólo es una pa rte “co nstitutiva” del desarrollo, sino que también coa dyuva a fortalecer
otros tipos d e libe rtades. A sí, las interconexione s que existen entre los distintos tipos de
libertad
2
suponen un importante motor de desarrollo. Si esas relaciones s on débiles el
proceso de desarrollo se v erá di ezmado. E s lo que ocurre en países c omo Gabón, Sudá frica
o B rasil, donde los ciudadanos dis frutan de libertad política y de una renta per cáp ita
superior a los de Cuba o China. Sin embargo, las limitaciones e n cuanto a alfabetizac ión y
servicios sanitarios públicos e n e l primer caso, estarían acotando la libertad de acc ión de los
individuos, que se ven condiciona dos por la falta de servicios sociales. Por otro lado, la
escasa renta y la fa lta de libertades econ ómicas y políticas harían l o propio en el s egundo
grupo de países; la libe rtad para participa r en el devenir político y en los intercambios
económicos (especia lmen te, pero no solo, la libertad de contrato laboral) desempeña un
papel e sencial en la vida socia l. Vemos c ómo los distintos tipo s de li bertad se refuerzan
entre sí y son condición sine qu a non para seguir la senda del desarrollo.
De estas reflexiones de Se n podemos e xtraer alguna s conc lusiones de interés para nuestra
empresa. Ha quedado claro que la libertad para r eal izar transacciones, elegir nuestra
profesión o emprender un negoc io, constituyen libe rtades fundamentales que los
individuos valoran. Esta mis ma libertad, junto con el crecimiento económico que el
mecanismo de mercado promueve, refuerza y expande el ámbito de nues tras libertades
reales. Además, la prosperidad e conómica permite la sostenibilidad de un sistema que
procure los servicios fundamenta les a todos los ciudadanos, de modo que se les permita
expandir su c apacidad de vivir más l ibremente. Finalmente, el desarrollo e n sentido amplio
se ve ría impulsado por t odo e l proce so descrito, pues, como se despren de de todo lo
2
Sen (2000: 55) d istingu e dos dimension es de la lib ertad : el “p apel constitu tivo” y el “ papel
instrumental” de la liberta d en el desarrollo. E l p apel consti tutivo se entiende en función de la
importancia de las libertad es funda mentales (tale s como ev itar la desnut rición, la morbilida d evita ble, o
gozar d e las libe rtades relac ionad as con la capa cidad d e leer, escribir y calcu lar o la liberta d de
expresión ) p ara el enriq uecimi ento d e la vida h umana. E ntre la s libertade s instrumen tales qu e
contribu yen a que los ind ividuos sean capa ces de vi vir más li bremente, Sen destaca la s lib ertade s
polític as, los servicio s econ ómicos, las o portun idad es sociales, las g arantías d e transpa rencia y la
seguridad protec tora .
91
anterior, la libertad no sol o es el objetivo primordia l del desarrollo, sino tamb ién su medio
principal.
Ahora estamos en condiciones de afirmar que la defensa de la competencia es una
manifestación fundamental de la libertad de e mpre sa y una condición imprescindible pa ra
el desarrollo. En el preámbulo de la Ley 15/2007 de Defensa de la C ompetencia (LDC) de
España se recog e lo siguie nte:
El artículo 38 de l a Constitución reconoce la libertad de emp resa en el marco de una economía de m ercado y
la ga rantía y protección de la misma por los p oderes pú blicos , de a cuerdo con las exigencias de la economía
en general y, en su caso, de l a planificación. La existencia de una competencia efectiva (…) disciplina la
actuación de las empresas y reasigna los recursos productivos en favor de l os operadore s o las técnicas má s
eficientes. Esta eficiencia productiva se traslada al consumidor en la forma de menores precios o de un
aumen to de la can t idad ofrecida de los productos, de su variedad y calidad, con el consiguiente incremento del
bienestar del conjun to de la so ciedad.
La compe tencia, considerada como fuerza motriz de la economía de mercado, c onsagra y
refuerza los valores democráticos al tiempo que exige a las corporaciones un
comportamiento eficiente que repercute, en ú ltima ins tancia, en los consumidores . La
atomizac ión del poder de mercado, c aracterístico de los me rcados en compe tencia, permite
a los agentes económicos tomar decisiones en un es cenario de libertad. De aquí, y de todo
lo comentado con anterioridad, se de riva que defender y r eforzar la competencia es
contribuir a la defensa y el reforzamiento de la libertad y la democrac i a. E s to explica la
actual te ndencia de la mayoría de países de dotarse de la s institucione s pe rtinentes para que
salvaguarde n e impuls en la compe tencia
3
.
Puede por tanto afirmars e que solo conseg uirem os economías ciertamente libres en la
medida e n que reine una c ompetencia efec tiva, y esto se consigue por medio de una
acertada polí tica de promoción y defensa de la competencia . C omo v eremos más a delante,
3
Hoy en día, más de 100 países han puesto en marcha sistemas de d efensa d e la competencia , y este
número va en a umento. En la décima Con ferencia An ual de la Internatio nal Compe tition Network , en
mayo de 2011, asistieron un total d e 117 autorida des de comp etencia de todo el mund o.
(http://europ a.eu/rapid/p ressRelease sAction.do ?reference =SPEECH/11/346&for mat=H TML&aged=0&la
nguage=EN& guiLangua ge=en), consultada el 24/07/2012.
92
los agentes e conómicos actuando e n plena libertad encontrarán incentivos para e squivar el
proceso competitivo y c ooperar para lograr beneficios extraordinarios. Tal s ituación exi ge
regulación y s upervisión. De a quí se extrae u na de las grande s paradoja s de la economía
liberal: para que una ec onomía sea realmente libre, resulta imprescindible la intervención de
los poderes públic os para regular y sancionar a quellos comportamientos que de svirtúen el
proceso compe titivo y a fecte a sus resultados. Lo m ismo ocurre con otras esfera s de la vida
humana. Pocos afirmarían que los indiv iduos de una sociedad carente de leyes gozan de
libertad real. Para que ésta se diese, a l menos en los niveles que bue na parte d el mundo
desarrollado hoy conoce, han sido necesarios cientos de años de civilización hasta
establece r las normas que han permitido el respeto de los unos a las libertade s de los otros.
Uno de los pioneros en esta materia como Hobbes (2009: 1651, 187) afirmaba en Leviatán :
Libertad significa, propiamente, a usencia d e oposición; por op osición qu iero decir impedimentos externos d el
movimiento (…) Un hombre li bre es aq uel que, en a quellas cosas q ue puede ha cer en virtud de su p ropia
fuerza e ingenio, no se ve imped ido en la realización de lo que tiene voluntad d e llevar a cabo.
Llevando las premisas de Hobbes al terreno económico, podríamos plantearnos si los
individuos tie nen o no la libertad de participar en una industria determinada , es decir, para
ejercer su libertad de empresa. Si no existiesen obstáculos a l come rcio -ya sean legales, o
sean barreras levantadas por otros a gentes- podríamos reconsiderar la cuestión de la
defensa de la competenc ia. Sin embargo, sabemos por expe riencia que el mec anismo de
mercado, por sí mismo, no permite que los individuos e jerzan su libertad (en términos de
capacidad) ec onómica.
A esto hay que añadir que la política de competencia adquiere especial tr ascendencia
cuando nos encontramos ante escena rios ta les como el de la UE, donde los costes de la
moneda única han supuesto l a renuncia a la política moneta ria y del control de los tipos de
cambio. Sin estas dos, histór icamente rele vantes, herramie ntas de política e conómica, las
políticas estructurales microeconómicas –tales como la política de de fensa de l a
competencia- juegan un papel protagonista en aras de aumenta r la productivida d y la
competitividad de la economía europea. E n este sentido, l a Comisión Europea (1999 a)
destaca qu e el reto de la p olítica de competencia a e scala europea trata de res ponder a dos
93
exigencias: “la integración d e los mercados nacionales en un único espa cio económico y el establecimien to de
la competencia como fuerza mo triz de la economía ”
4
.
De lo anterior se deduce la creciente importancia que viene adquiriendo la política de
defensa de la compete ncia en Españ a, c uya economía se ha caracterizado por una baja
productividad y una histórica fal ta de c ompetitividad deriva da de los diferencia les de
inflación. La experiencia que supus o el proceso li beralizador impulsado por el gobi erno
conservador en el ocaso del siglo X X demuestra que la introducción de competenc ia pu ede
convertirse en un factor cla ve para la lucha contra la inflación. Las gananc ias en eficiencia al
liberaliza r e introducir compete ncia en sectores estratégicos como la s te lecomunicaciones o
la e nergía facilitan la e st abilidad de precios, pues los efec tos se extienden por todo el
sistema productivo (Palma, 2006).
2. Una reflexión acerca del concepto de competencia
Pocos son los ec onomistas que duda n hoy de la capacidad del mercado para cumpli r con
éxito su función f unda mental: la asignación eficiente de los re cursos escasos que
disponemos. A pesar de el lo, estos dos siglos de vigencia del ca pitalismo han puesto de
manifiesto la existenc ia de ciertas imperfecciones o f allos del merca do que limitan la
eficacia de su actuac ión y justifican la inte rvención del E stado. Establece r las condiciones
de competencia en el mercado, así como imp ulsar las institucione s que aseguren su
sostenibilidad, c obran un progresivo i nterés general por los motivos que se detallarán en el
siguiente epíg rafe: la pérdida de bienestar social que conlleva la ausencia de competencia.
Ahora bie n, conviene apuntar la actual falta de c ons enso aca démico a la hora de e stablecer
los meca nismos necesarios que g aranticen la competencia en los merca dos. Como no podía
ser de otra manera, l os estratos más ortodoxos y c onservadores del espectro ec onómico, a
pesar de su confianza e n la competenc ia como principio rector del sistema económico,
reniegan de un a decidida inte rvención para pr eservarla y extenderla, ampa r ándose en su
defensa a ultranza del laissez-faire . El d ebate acerca del tratamie nto que debe darse a los
4
Introd ucción del Libro Blanc o sobre la mo dernizació n de las no rmas de aplicac ión de lo s artículos 85 y
86 del trat ado CE.
Diario Oficia l n° C 132 de 12/ 05/1999.
94
fallos del mercado es, por tanto, objeto de controversia intelectual. En nuestro caso,
podemos encontrar una larga discusión doctrinal acerca de cómo aproximar el mercado
real a los supuestos post ulados e n el modelo de competencia perfec ta. En torno a e sta
cuestión girará el sigui ente capítulo.
2.1. ¿Qué se e ntiende por competencia?
Antes de proseguir con e l análisis conviene acotar el concepto de competen cia, así como
enumerar los elementos es enciale s que la teoría económica recoge para el modelo d e
competencia pe rfecta. Éste g uiará el a nálisis y servirá de referencia para las a utoridades
encarga das de defender la competencia e n los mercados; pero en ningún caso el obje tivo de
las agencias de compe t encia consistirá en transformar los mercados reales en mercado s c on
las caracte rísticas descritas en los manuales. El modelo ideal nos empuja a buscar
aproximacione s menos rigurosas de sde el punto de vista doctrinal, pe ro más opera tivas a la
hora de diseñar una a decuada política que impulse y defienda la competencia.
Siguiendo a Palma (20 06), s e pretende ofrecer una aproxima ción al concepto de
competencia desde c uatro perspectivas comple mentarias. En primer lugar se presenta la
concepc ión más ortodoxa, de manual, para la que hemos tomado a Torres López (20 05)
como referencia . A ésta le sigue una aproximación má s c ercana y divulgativa de la mano de
Fernández Or doñez ( 2000). A continuación comentaremos someramente la noción d e
competencia desde las dos visiones, estructural y dinámica, propias de la E conomía
Industrial. U na definición más ope rativa es la que se i ncluye en el “Glosario de Economía
Industrial y Defensa de las Compe tencia” de la OCDE (1995 ). Finalmente s e inc luye una
modelizac ión del comportamiento c ompetitivo a partir de formulacione s propias de la
lógica y la filosofía analític a.
I. El conce pto d e los manuales: competencia en té rmi nos neoclásicos.
Existe un consenso casi absoluto en c uanto a los requisitos que debe cumplir un mercado
para que se le considere de c ompetencia perfecta. Estas c ondiciones pueden observarse en
dos planos distintos: el pri mero estaría determinado por la conducta de los c onsumidores y
95
productores, mientras que el segundo viene configurado por la estructura del mercado
donde se realiza n los intercambios (T orres López, 200 5: 108).
La conducta de los age ntes económicos viene determinada por cuatro rasgos
fundamentales que el modelo supone que si empre se cumplen: individualismo,
racionalida d, egoísmo y estrategia optimizadora para la consecuc ión de sus objetivos. E l
problema de los agentes queda reducido a maximizar una func ión
5
sujeta a restriccione s.
Dicho comportamiento se identific a con la supuesta naturaleza del ser humano, queda ndo
éste en un plano e goísta y calculador. El denomina d o homo economicus .
Por otro lado, l os condic ionantes relativ os a la estructura del me rcado para que pueda
desarrollarse la compe tencia perfecta pueden res umirse en cuatro: libre c oncurrencia
6
,
homogeneida d del producto, ausencia de ba rreras de entrada y salida
7
, e información
perfecta o gratuita
8
.
II. Un conce pto divulgativo.
Aportaciones c omo la de Fernández Ordóñez (2000) resultan de gran utilidad para, de
alguna ma nera, popularizar el concepto de compe tencia. Quizá uno de los motivos que ha
ido pa ulatinamente separando la cie ncia ec onómica de la realidad ha sido el empeño de
algunos economistas por codificar sus teorías, de modo que el lector c orriente fue
quedando excluido de l os avance s en materia económica, lo que a su vez ge nera
5
Las originale s son las de u tilida d y b eneficio, pero el a nálisis económico se ha ido extend iend o por el
amplio ab anico de la s ciencias sociales hasta a barcar temas tan dispa res como el cri men o los suicidio s.
6
Se refiere a que deb e existir un elevado n úmero de co mpra dores y vendedor es en el merca do.
Además, n inguno de ellos tend rá la cap acidad de influir sob re el precio; p or eso habla mos de
operado res precio-ac eptantes. Esto da lugar a u na situación cierta mente cont radictoria: l as empr esas
oferentes pu eden operar d e u n modo in dependiente a la cond ucta d e sus competidores. En un mercado
tildado de competencia p erfecta , la rivalidad –en el sentido de confronta ción- parece br illar p or su
ausencia.
7
Esta restric ción engloba a su vez tre s realidade s de natu raleza diversa: p rimero, el E stado no deb e
intervenir en el proceso de fijación de precios, re sultand o éstos del equilibrio en el libre j uego de fuerza s
de la oferta y la demand a. En s egundo lugar, los ag entes no deb en llevar a cabo estrategi as que
restrinjan el lib re juego de fuerza s mencionad o. Por último, no deben existir con dicionant es legale s a la
entrada o salida d el mercado p or part e de los operad ores pa rticipantes.
8
El cump limiento de este r equisito e s condición necesaria para q ue se cumpla la h ipótesis de
racionalid ad, p ues los individu os deben d isponer de toda la información exi stente para enf rentar los
costes y b eneficios deri vados d e sus conductas.
96
desconfianza y falt a de interés hacia el particular. Hac iendo justamente lo contrario,
Fernández Ordóñez nos presenta e l concepto de competencia libre de tecnicismos, de un
modo fácilmente i nterpretativo.
El autor señala que deb en confluir tres condicione s: primero, que la actuación de los
agentes económicos se caracte rice por la rivalidad, con esto se refiere a qu e luchen por el
mercado. En segundo lugar, la soberanía del consumidor ha de ser real mente ejecuta ble. Es
decir, no puede haber i mpedimentos geográficos o de inf ormación que restrinjan el
susodicho ejerci cio de e lección rea l. En tercer lugar, la s condicione s de entrada y salida al
mercado no deben me rmar el e fecto de la c ompetencia potencia l. El aj uste económico no
debe ser obstruido por decisiones arbitrarias o discr ecionales.
III. La competenc ia bajo el prisma de la economía industrial
A pesar de que las aportaciones realizadas por la Economía Industrial al desarrollo de la
legislaci ón a ntimonopolio fueron abordada s en e l ca pítulo anterior, conviene comentar en
el presente apa rtado las aproximaciones al co ncepto de competenc ia que ofrece esta sub-
disciplina. Se rescatan los dos modelos teóricos que gozan de mayor aceptación.
En primer lugar encontramos el concepto ortodoxo de compe tencia derivado de l a nálisis
neoclásico, de m arcado ca rácter es tático y estructural; lo identificamos c on el modelo
estilizado de c ompetencia perfecta de los manua les, comentado con a nterioridad. En e st e
escenario, la configuración e structural d e un mercado se consideraría de terminante de la
conducta de las empresas y de los resultados obtenidos (Fernánde z de C astr o y Duch,
2003: 3).
En oposición a esta aproximación estructural y estática, podemos concebir la competencia
como un proceso diná mico de lucha de las empresas por la supervivencia al que algunos
autores han ca lificado como “darwi nismo e conómico”. En este sentido, la estructura ya no
es determinante, p asando a ser la conducta empresarial –materializada en acciones de
carácte r estratégico- la que orienta la dinámica del me rcado. Bajo esta perspectiva , destaca
el papel jugado por la capacidad innov adora de las empresas, conc ebida como a uténtico
motor del sistema y base del de sarrollo económico.
97
Esta concepción, claramente en consonancia con la Escuela Austriaca y, en menor medida,
con la Escuela d e Chicago, contrasta c on el para digma estructuralista característico de la
otra gran corriente nor teamerica na, la Escuela de Harvard. Tanto los A ustriacos como los
liberales radicales de Chi cago ve rán con buenos ojos el pode r de mercado y el disfrute de
beneficios extraordinarios por parte de la s compañías a l considerar, por un lado, que dicha
posición dominante es mérito de la propia empresa; y por otro, que la percepción de rentas
extraordinarias tendrá un horizonte te mporal limitado debido a la dinámica de los
mercados. El principal problema de e sta a proximación e s que, a l no c ontar c on un modelo
de mercado estructuralmente d efinido que defender, la apl icación de la polí tica de
competencia adquiere una gran complejidad. C omo señala Palma (2006), esta complejida d
“ se acentúa si tenemos en cuenta la necesidad d e diseños in stitucionales que permit an, simu ltáneam ente, el
impul so innovador y una situación d e competencia suficiente en el mercado. La comb inació n adecuada d e
ambas fuerza s determinará la e ficiencia del sistema”.
IV. El conce pto práctico: “ W orkable competition ”
La OCDE (1995: 40) entiende el c oncepto de competencia en su sentido más prá ctico,
inspirado por la “workabl e competition” que formuló Clark e n 1940
9
. En el Gl osario
10
se
afirma:
Puesto qu e la competencia p erfecta n o existe, las teorías que se fundan sobre ella no pueden p roporcionar
orientaciones prácticas y valederas pa ra la política de competencia .
Al trabajo de Clark le suce dieron multitud de artíc ulos y estudio s acerca de l controvertido
concepto de “c ompetencia operativa”. Stephen Sos nick (195 8) sintetizó la s nue vas idea s
mediante un compl eto e squema que de finía la competencia e n té rminos prácticos,
operativos, o practica bles a partir de tres criterios :
9
Clarke afir mó que el ob jetivo d e la política debía ser ha cer la co mpetencia “pra cticabl e”, no
necesariam ente perfecta. Par a ello prop uso distinto s criteri os, lo qu e provocó u na serie d e revisiones y
propu estas. Dichos criter ios s e entendían de un modo amplio, po r ejemplo, el nú mero de empre sas
debía ser tan grande co mo las economías d e escala p ermiti ese, los gasto s de pro moción no deb ían ser
excesivos y la publicid ad deb ía ser meramen te infor mativa. P uede verse una descripción d etallada d e la
workable comp etition de Clar k en cualq uier manua l de eco nomía ind ustrial como F erguso n, 1988:17-18.
10
Glossary o f Industrial Organisat ion Eco nomics and Competit ion Law, O CDE.
http://ww w.oecd.org/d ataoe cd/8/61/2376 087.pd f . Consulta da el 20/06/2 013.
98
a) Criterio estructural:
•
• •
• El número de empresas debe ser al me nos tan grande como las e conomías de esca la
lo permitan.
•
• •
• No deben exi stir barreras artificiales a la entrada o salida de la industria.
•
• •
• No debe haber grandes diferencias en el pr ecio y la calidad de los pr oductos
ofrecidos.
b) Criterio de conducta:
•
• •
• Debe existir en la mente de los compe tidores cierto grado de incertidumbre e n
cuanto a si las inic iativas en precios s erán seguidas por los mismos.
•
• •
• Las empresas deben e sforza rse por alcanz ar sus obje tivos de forma indepe ndiente,
sin colusión.
•
• •
• No debe habe r prácticas desleales, predatorias o coercitivas.
•
• •
• Los oferentes y clientes ineficie ntes no deben estar pr otegidos.
•
• •
• La publicidad debe ser informativa, o al menos no persuasiva.
•
• •
• No debe habe r discriminación de precios dañina de forma persis tente.
c) Criterio de comportamiento:
•
• •
• Las operaciones de produc ción y d istribución deben ser efic ientes y no despi lfarrar
recursos.
•
• •
• Los niveles d e producc ión y la ca lidad de los productos de ben responder a la
demanda de l consumidor.
•
• •
• Los beneficios de ben a lc anzar el niv el suficie nte como para recompensar la
inversión, la eficie ncia y la innovación.
•
• •
• Los precios debe n fome ntar la elección racional, guiar los mercados haci a el
equilibrio y no inte nsificar la inestabilidad cíclica.
•
• •
• Las oportunidades pa ra intr oducir técnica s superi ores pa ra nuevos productos y
procesos deben ser explotadas.
99
•
• •
• Los gastos en promoción no deben ser ex cesivos.
•
• •
• El éxito de be acumularse en aque llos vendedores que mejor satisfagan los de seos de
los consumidores.
A pesar de las dificultades que e ntraña la inexactitud de su definic ión, el c oncepto de
“workable competition” ha p ermanecido como guía in tuitiva y sigue s iendo útil. De hecho , el
término aparece en diversos documentos de la C omisión Europea , asimilándose en su u so
al de compete ncia efectiva (Varela Carid, 200 6). Este último término tampoco se encue ntra
específica mente de limitado, ni en teoría ni en la práctica. ¿Qué entiende la C omisión por
competencia efectiva ?
Siguiendo a Bis hop y W alker (20 10: 16- 21), pod emos acota r la c ompetencia efec tiva a
partir de tres aristas:
a) Competenc ia e fectiva como proce so de rivali dad . Ésta es una de la s c aracterísticas
fundamentales del proceso competitivo. La lucha entre empresas e s pre cisame nte la
que genera beneficios que son transfe ridos al consumidor. Es importante dis cernir
entre las prácticas empresariales que minen sin legítimas razone s l a rivalidad en una
industria, de aquéllas que lo hagan basándose en motivos de peso (distinción ente
dañar a la competencia o dañar a los competidores).
b) Competencia e fectiva entendida como ausencia de restricciones . C onsiste e n que
las empresas no limiten el comportamiento de ot ras empresas a tr avés d e sus
propias acciones. Sin embargo, cualquier contrato firmado entre compañías da
lugar a imposicione s entre amba s, lo que obl iga a fijar unos umbrales (de m inimis ) a
partir de los cuales se cons idera que ta les a cciones socavan l a c ompetencia efectiva
en el merca do en cuestión.
c) Situación e n la que ning una empresa tiene la c apacidad de influir sob re el precio .
Esta visión de la competencia e fectiva procede del aná lisis mic roeconómico
(modelo de competencia perfecta) que estudiaremos a c ontinuación. Su principal
implicac ión (además de las empresas precio-a ceptantes) reside en que el precio de
los bienes se iguala al coste marginal (precio natur al de Smith). Sin embargo, la s
100
caracte rísticas del modelo de competencia perfecta son la excepción en los
mercados reales, de modo que debemos tomar con precaución esta definición de
competencia efec tiva para el diseño y aplicación de la política de competencia.
Ninguna de estas premisas recoge en su totalida d el conce pto de compete ncia efectiva. La
ausencia de una definición aceptada por todos no favorece el diseño de una acertada
política de competencia. Sin emba rgo, hemos visto que la competencia interesa defende rla
por las utilidade s que se desprenden de ella , no por sí mi sma. Lo que i mporta son lo s
beneficios que el pr oce so competitivo gen era y que aquéllos se transmitan a los
consumidores. De este modo, la f orma que tome la competen cia no e s lo realmente
importante, lo determinante son los resultados que origine. Podemos por tanto afirmar que
existirá o no una compe tencia efectiva en un mercado dependiendo de l os resultados que se
produzcan en e l mismo (Bishop y Walker, 2010: 21).
Si lo realmente releva nte para la sociedad son los resultados que arroje el me canismo de
mercado, más que la estructura de los p ropios mercados, cabe preguntars e c uál es el
comportamiento competitivo que permite alcanzar los resultados deseados. C on tal
cometido hemos incluido pa ra cerrar el epíg rafe una discusión acerca de la c ompetencia en
sentido amplio, de modo que podamos esclarecer algunas cuestiones que suelen ser objeto
de controversia.
2.2. Una modelización del comportamiento compet itivo.
Para la elaborac ión de este sub- epígrafe hemos tomado como referencia el modelo
propuesto por Olive r Black (2010 : 8- 27). Como todo modelo, lo que trata de representar
son los casos y c onceptos centrales de la competencia, acordes con nuestros juicios
intuitivos
11
, más que especific ar condiciones necesarias y suficientes de dichos conce ptos.
Para simplifica r va mos a suponer una compete ncia e ntre dos partes, qu e puede n ser
individuos, e mpresas o grupos. Decimos qu e X e Y compiten e l u no con el otro, sí y solo s í
hay acciones Ax y Ay que permiten alcanza r los objetivos Gx y Gy . La idea es que cada una
11
En el caso de la compet encia hay q ue ser realment e prud ente co n nu estros juicios in tuitivos, pu es
dicho co ncepto en economía guard a, como estamo s vien do, u na d imensión teórica q ue está a usente en
su uso cotid iano.
101
de las pa rtes configura su ac ción (entendida en sentido amplio) con la intenc ión de alca nzar
su propio objetivo (también concebido en sentido amplio). E sta premisa se adapta a que las
partes en cuestión pueda n competir en algunos aspectos, pero no en otros.
Son dignas de mención las connotaciones existentes entre las expresiones “X e Y están en
una competencia entre sí ” y “ X e Y compiten entre sí”. A unque a primera vista parecen
reflejar lo mismo, pod emos imaginar situaciones en las qu e X e Y puedan estar
compitiendo sin estar en una compe tencia. E sta última situación a lude a la competición en
cuestión. Tal particularidad no e s indiferente para la política antitrust . Si bien la política de
competencia se oc upa en ge neral de la c ompetencia en sentido e stricto, cie rto á mbito de
actuac ión de aquélla concierne también a “competiciones”. Es l o que sucede con las reglas
específica s de contratación de organismos públicos y las conce siones públicas.
El núcle o del modelo de Black (2010: 10) sería:
(1) X hace Ax con la intención de alcanzar Gx
(2) Y hace Ay con la intención de alcanzar Gy
(3) X logra Gx solo si Y no alcanza Gy
12
Veamos el modelo con un ejemplo: X pone en marcha un programa de I+D (Ax) con la
intención de, me jorando su proceso de producc ión, ll egar hasta una c uota de mercado del
75% para el siguiente e jer cicio (Gx). Al mismo tiempo, Y lanza u na ca mpaña publicitaria
(Ay) con la inte nción de incrementar sus ventas hasta una cuota de mercado de l 60% (Gy).
Lógica y matemáticamente, X solo tendrá éxito si Y no lo tiene y viceversa. A lo largo de
este apartado se irán c omentando casos que no se ajustan con tanta facilidad al modelo.
A continua ción vamos a discutir las distintas relac iones que pueden observa rse entre que X
logre su obj etivo y que Y no haga lo propio. E n el sencillo ejemplo q ue he mos descrito, la
relación entre ambos objetivos es vinculante: a ritméticamente es imposible que e ntre las
dos empresas superen una cu ota de mercado del 100%.
12
Esta cláu sula expre sa la “con secución de obj etivo mutuame nte excluyen te” (“ mutually exclusive goal
attaint ment”), Koh n (1992) la define co mo compet encia “es tructu ral.”
102
Si (3) es cierta, también lo será su inversa: Y logra Gy solo si X no alca nza Gx. Podemos
por tanto aseverar q ue, en e stos casos, la com petencia es simétrica. Si varia mos (3)
sustituyendo “ solo si” por “sí y solo sí”, el model o pasa a describir una situación en la que,
o bi en X , o bi en Y tienen é xito, pe ro solo una de la s dos. También podríam os ex tender el
alcance de l modelo (a c osta eso sí, de una mayor indetermina ción) relajando la condic ional
“solo si”. De e ste modo, (3) podría ser refo rmulada para indicar que
, si
Y alcanza Gy, e sto
hará que X en cuentre más dificultades (al menos en ciertos a spectos) para lograr Gx. En
esta última versión la competencia no es simétrica, a menos que incluyam os la cláusula
adiciona l que si X logra Gx también será más difícil para Y alcanzar Gy.
El modelo tambié n pue de recoge r la pa rticularidad de que, c omo suce de en muchos casos
de competencia, los co mpetidores t engan el mis mo objetivo. Esto implica añ adir un a
cláusula a dicional al modelo:
(4) Gx=Gy
Empero, e sto no se cumple en la totalidad de los casos. Los compe tidores pued en tener
objetivos distintos. Además, ha y q ue c onsiderar el problema de la indeterminación: la gente
tiende a definir difusamente sus me tas y a hace r uso de distintos criterio s para acotarla s.
Por otro lado, si las partes tie nen varios objetivos, e l modelo se adaptaría enunciando que
X e Y c ompiten en (1)- (3), incluyéndose (4) únicamente en los objetivos comunes.
Volvamos al caso en que las partes solo c ontemplen la consecución de un único objetivo.
Supongamos que Z necesita 1 00 kg. de na ranjas. E l objetiv o de X es suministrar a Z con el
80% de su dema nda, mientras que el obje tivo de Y es prove er a Z c on 80 kg. de naranja s.
Obviamente, 80 kg. de naranjas e s equivalente al 80% de la demanda de Z. ¿Podríamos
decir que compa rten el mismo objetivo (4)? E sta n o es una cue stión trivial para l a política
de c ompetencia. Las autor idades suelen perseguir más los acuerdos pa ra suministrar una
proporción fija de las nec esidades de una empresa que los consistentes en provee r una
cantidad específica. E l motivo, no demasia do consistente, es que el primer tipo de a cuerdos
es excluy ente, mientras que e l segundo lo sería solo de modo continge nte. El carác ter
excluyente del segundo objetivo no procede de la meta e n sí, sino de las limitadas
necesidade s de Z.
103
Por tanto los objetiv os son diferentes. La clave de la respuesta hay que buscarla en las
intenciones
13
que subyacen a ambos fine s. Aunque en nuestro ej emplo concreto las dos
metas denotan la misma r ealid ad, los móvil es de las partes s e mantienen distintos . Es
posible –e incluso probable- que, en sucesivos ejercicios, X te nga el objetivo de suministrar
a Z el 80% de su demanda de naranja s, sin que est o implique transferirle, exacta mente, 80
kg. de nara njas.
Supongamos ahora que X e Y tienen ambos el objetivo de suministrar a Z el 80% de su
demanda. E n este caso, (4) se cumpliría únic amente en apa riencia. Podría obje tarse que los
objetivos parec en iguales por el hecho de que se encuentran de finidos vagamente. Para
representar los o bjetiv os d e forma prec isa habría que enuncia r que “el objetivo de X
consiste en que él suminis tre a Z el 8 0% de su demanda, mientras que e l objetivo de Y sería
que él abastezca a Z con el 80 % de la misma” . Pero incluso en este ca so estaríamos
hablando de objetivos dis tintos, puesto que conc iernen a personas distintas. No pa recen
necesarios más argumentos para concluir que (4) no confor ma el c orazó n del modelo
general de competencia. Lo que ocu rre e s que, oc asionalmente, las partes pueden c ompetir
por el mismo objetivo, por lo que solo recurriremos a (4) en los casos que así lo exija n.
Por otro lado, para todo (1)- (4), X e Y pueden no tener conocimiento de lo que la
contraparte e sté haciendo; es más, pue de que incluso no sepan de su e xistencia (mercados
casi en competencia perfecta). Sin embargo, nor malmente habrá un grado de mutua
concienc ia. Esto suce de especialmente c uando consid eramos el carácter de rivalidad en el
proceso compe titivo, q ue discutiremos con posteri oridad. En este caso, ca da una de las
partes puede saber lo que su rival esté ha ciendo, proc urando ambos aumentar sus cuotas de
mercado en fun ción del comportamiento de la contraparte. En estos casos , e l modelo
puede ser completa do con:
(5) X e Y conocen (1)- (3).
Se puede sustituir la pa labra “c onocen” por “justificadamente creen”; o simpleme nte por
“creen”. La cláusula (5) también pue de incluir fórmulas del tipo “X sabe que Y sabe”; o
13
“X tiene el ob jetivo d e …” o bien “el objetivo d e X es …” so n clara mente sentencia s inten ciona les.
104
versiones comunes del t ipo “X tiene el mismo c onocimiento que Y de (1)- (3)”; o
introducir asimetrías, de modo q ue podamos decir que “X c onoce má s que Y”; o limitar el
conocimiento de ambas partes a u na subclase de (1)- (3). Puede a preciarse la fa cilidad con
la que el modelo s e adapta para recoger las distintas continge ncias d e la situación
competitiva.
El siguiente paso en nuestra modeliza ción será inc l uir el ca rácter de rivalidad , hasta ahora
ausente de las cláusulas (1)- (5). Muc hos son lo que consideran que competencia y rivalidad
son c onceptos íntimamen te relaciona dos. La esencia de la riva lidad consiste en que X no
trata simplemente de alcanzar Gx, sino que t ambién pr ocura evitar que Y logre Gy. E n
ocasiones se observan co nexiones instrumentales entre ambos objetiv os: X busca a lcanzar
Gx c omo un medio para frustrar los esfuerzo s de Y para lograr Gy. Estas situaci ones se
capturan modifica ndo (1) como sigue:
(1a) X hace Ax con la i ntención de lograr Gx y con la intención de evitar que Y
alcance Gy;
(1b) X hace A x con la intención de lograr Gx y así impedir que Y alcance Gy;
(1c) X hace Ax con la inte nción de ev itar que Y logr e Gy.
La c láusula (3)
14
de nuestro modelo inic ial permanecerá inalterada. En cambio, (2)
15
de be
ser modificada adaptando la s nuev as proposiciones (1a) y (1b); sin embargo, en e l caso de
(1c), (2) debe conservar su forma orig inal pa ra evitar cae r en una indeterminac ión circula r :
el objetivo de X es evitar que Y logre Gy , cuyo obje tivo es impedir que X log re Gx.
Quienes ide ntifican la competencia con rivalidad pueden aducir que (1a) se deriva de (1) y
(3): Si X hace A x con la intenc ión de alcanzar Gx, y X log ra Gx solo si Y no logra Gy,
entonces X hace Ax con la i ntención d e que Y no alcance Gy (qu e es just amente otra
forma de de cir que X hace Ax c on la inte nción de evitar que Y a lcance Gy). Pero esta
objeción es falsa, pues l a intención no se encue ntra encerrada en la con dicional
16
. Es
necesario por tanto ada pt ar el modelo de l modo que recogen las tres cláusulas adicionales.
14
X logra Gx solo si Y no logra Gy
15
Y hace Ay co n la inten ción de lograr Gy.
16
Un gobern ador po co hábil (lo que n o parece ser la ex cepción ) puede ofrec er grandes su mas de dinero
a sus goberna dos para q ue estos disfruten d e las comod idad es de la vida. P ero, si hace e sto, la inflación
105
2.2.1.
Otros aspectos de la competencia
Una vez asentado el modelo podemos relacionarlo con los factores más relevante s que
comúnmente se asoci an con la competencia. Como se mostrará a continuación, y al igual
que sucedió c on la rivalidad, el esquema propuesto puede modificarse leve mente si fuese
necesario para re coger rigurosamente la circunstancia en c uestión.
Hay autores que dis cuten la relación existente entre competencia y escasez, entendiendo
que la primera no puede existir sin l a seg unda. Concretamente, Simmel (195 5: 67-
68)
17
afirma que la competencia por a lgo que no e stu viese disponible o no fuese a ccesible
para t odos los competidores y se a cumulase únicamente en los gana dores, no podría ser
tildada de compete ncia como tal. E sto se debe a que los c ompetidores no se e sforzarían
por a lgo que saben que no e stá a su alcance . De aquí se deriva también el vínculo existente
entre competenc ia e incertidumbre. Como sostiene Simmel, no puede concebirse la
competencia por alg o que a ciencia cierta a cabará deve ngándose por los vencedores del
proceso competitivo. Para que exis ta la co mpetencia, e l resultado de l a mi sma no puede ser
inequívoca mente anticipado.
También los autores austriacos relacionan la competencia con la incertidumbre. Ya hemos
visto có mo e sta c orriente de pe nsamiento entiende la competencia c omo u n proce so de
descubrimiento en e l que los agentes utilizan la i nf ormación subjetiva de su experiencia y
sus e xpectativ as para alcanzar sus obje tivos. Bajo este e nfoque sería inconcebible suponer
que la informaci ón que debe ser descubierta a trav és del proceso competitivo estuviese
disponible de antema no. Nuevamente, la compete ncia exige incertidumbre.
Hay a utores que h ablan má s e n términos de oportunidade s. Call ois (200 1: 74)
18
afirma que
competencia y oportunidad son conceptos paralelos y comple mentarios. Inclu so llega a
afirmar que hay una compatibilidad básica entre el los .
terminará p or arru inar esa so ciedad. E n nin gún caso la int ención del go bernado r es arrui nar a su país,
sino todo lo con trario.
17
Citado en Black (2010 ).
18
Citado en Black (2010 ).
106
Otra discusión adiciona l consis te e n distinguir entre los casos en los que los obje tivos, Gx y
Gy, son constitutivos
19
, de aquéllos en los que son externos a la situación competitiva.
Ambas situaciones están recogidas en el mode lo. Por definic ión, los objetivos constitutivos
han de determinarse en un marco de normas constitutivas, como sucede en el deporte. El
reglamento del fútbol es constitutivo del juego, en el sentido de que si algún equipo lo
infringe, e l partido se deti ene y se sanciona a la e scuadra en cuestión. Del mismo modo, el
objetivo de ambos e quipos de hacer goles es constitutivo del jueg o, pue s el que más logre
saldrá victorioso. Sin embargo, y he aquí la particularidad, los equipos juegan para ganar
campeona tos, y este objetivo e s e xterno al juego del fútbol. V encer un torneo sería un
objetivo no constitutivo del fútbol.
En la ec onomía, la legislación antimonopolio que gobierna l as acc iones de las partes es
reguladora más que const itutiva de la competencia, mientras que los objetivos de las
corporaciones son ma yoritaria mente e xternos a la situa ción compe titiva
20
. Esto no impide
que las empresas pue dan competir por los mismos ob jetivos constitutivos: sería e l caso en
el que producir naranjas de la mayor cal idad se erigiese como cruz de guí a de los e statutos
corporativos de X e Y.
También es interesante distinguir entre competen cia volunta ria e involuntaria. Hay au tores
como Fielding (1976: 138- 39)
21
que afirman que la competencia involuntaria no es
realmente compe tencia: “ Uno no puede competir fuera de una situación competitiva, n i puede competir
en u na competición sin un motivo competitivo. E sto excluye l a idea de competir contra la propia voluntad de
uno mism o; sin em bargo, es p osible participar en una competición sin un motivo competitivo, por ejemp lo, es
posible que n o deseemos participar o ganar, o inclu so es p osible de q ue no seamos conscientes de que hay una
competición en ma rcha”.
Así que para Fielding, la compete ncia involuntaria o no deseada e s impos ible; no sería
competencia. U no solo podría propiamente competir con un motiv o compe titivo. Para que
19
Flew (1983 ) sostiene qu e la comp etencia puede servir co mo medio para la asignación de recursos
escasos que sean inte rnos a la prop ia competencia (en el sen tido de co mpetición). D earden (1972 )
añade q ue la pr opia competencia , antes qu e algunos objeti vos, es intrín seca a ciertos jue gos. Tanto
“intrínseco” co mo “interno ” son adjetivos de s imilar semán tica qu e “constitutivo” en nue stra discusió n
(Black, 2010 : 21)
20
Ciertos objeti vos general es c omo alcanz ar o man tener una ventajosa posi ción econó mic a en el
mercado son ci ertam ente con stitutivos d e la compet encia.
21
Citado en Black (2010: 23)
107
el modelo recogiese esta realidad habría que añadir “ deseada” o “ no deseada” a las
cláusulas (1) y (2). Sin embargo, esto no reflejaría la particularidad de que X e stuviese
dispuesto a emprender una acción específica, per o no desearía hacerla en compe tencia.
Para recoger esta rea lidad habría que añadir una cláusula adiciona l a (1):
(1e) X hace Ax con la intención de alcanz ar Gx, pero, da do su c onocimiento por (3),
lo hace sin intenc ión ( he does so unwillingly ).
Por tanto, según Fie lding solo podría entenderse la competencia a partir de motivos
competitivos. Hay que advertir que esta conclusión a la que llega es c uestionable, ya que
presupone una estrecha cone xión entre motivación y volunta d. Fielding pone como
ejemplo el ca so en que un alumno corre de mala gana en una carrera de fondo; el
estudiante estaría no solo participa ndo en una competición, sino también compitiendo.
2.2.2.
La competencia económica
Vamos a aplica r e l modelo que hemos esbozado a situaciones que suelen produc irse en los
mercados reale s. El ca so en que dos empresas se plantean como obje tivo alcanzar una
determinada cuota de mercado, c uya suma excede el 100 %, hemos visto q ue encaja con
facilidad en nuestro esquema. Sin embargo, ya sabemos que l a c ompetencia pue de adoptar
formas muy diversas.
Supongamos que X e Y compiten en un mercado muy atomizado, por ejemplo, so n
vendedores de fruta en un me rcado c allejero. ¿Cuáles serían las acciones y objetivos de los
protagonistas de nuestro eje mplo a partir del modelo descrito? Podemos disting uir:
a. Las activida des, tales como adquirir mercanc ías de un proveedor, que son
necesarias o desea bles para las ventas.
b. Las ventas en sí mismas.
c. La obtención de un beneficio sobre el capita l inverti do en el neg ocio.
Una opción sería tratar las ventas como Ax y Ay, y la obtención de beneficios como Gx y
Gy. En este caso, (3) no es taría presente, pues ambas partes pu eden obtener (de hecho
108
sería lo normal) un be nefic io positivo. Por tanto, si X e Y estuviesen compitiendo por el fin
aludido, el modelo falla. Por ello, vamos a red efinir el objetivo de ambas partes: el objetivo
de ambos competidores será maximizar
22
su be neficio, adoptando la real ista supos ición de
que X alcanza su objetivo solo s i Y no hac e lo propio, y vice versa.
Vamos a suponer que el objetivo de X e Y consiste en a lcanzar u nas determinadas tasas de
beneficio (en lugar de e l valor máximo de é ste). En este c aso (3) c oncurrirá en func ión del
valor que tomen dichas tasas, si son excesiva mente ba jas, pue de que X e Y no compita n
respecto a sus objetivos d e a lcanzar las tasas en cues tión. Sin emba rgo, esto no quiere decir
que no compitan e n absoluto. Podemos considerar las activida des necesarias para las
ventas, Ax y Ay, y la s ventas como Gx y Gy. Por ejemplo, X e Y pueden tener ambos el
objetivo de suministrar a Z su demanda de nara nja s. En esta ocasión (3) estaría presente,
pues X tendrá éxito solo si Y no lo tie ne, y al contrario.
Pero X e Y pueden e star compitiendo incluso si tratan de vender a distintos clientes. Para
recoger este hecho, e l model o debe ser reelaborado, de modo que abarque la compe tencia
indirecta a trav és de una cade na de sustitución. De tal modo que X competiría con Y , quien
a s u v ez competiría con A, quien a su v ez compet iría c on B, y así hasta reto rnar a X. Esta
sería una compete ncia transitiva .
Una de las características que las ley es de competenci a suelen resalta r es que é sta influye en
las condic iones que las empresas ofrec en a los consumidores. Los precios de X son má s
bajos para no verse desplazado por Y en el mercado. E nseguida veremos que ésta es una
caracte rística subsumida en el modelo original.
Imaginemos que X e Y tienen el objetivo de proveer a Z a un preci o de 2€, y que X
consigue la ve nta, pero de bido a la presión competitiva de Y el precio s e fija en 1,5 €. E ste
efecto motiva la aplic ación d e la clá usula (5)
23
para estos casos. La c ondición (3) también
22
Cuand o decimos que X max i miza su bene ficio estamo s haciend o referencia a l mayo r nivel de éste que
X puede a lcanzar en ausencia de la suposición de qu e Y hac e Ay para maximizar su bene ficio. Si el
máximo ben eficio de X fuese calcu lado b ajo el supu esto de que Y hace Ay , la inco nsistenc ia
permanecería en el mod elo.
23
X e Y conocen (1)- (3).
109
estaría presente, pues X o fertaría a 2€ solo si Y no lo hiciese. No pueden ambos satisfacer
la demanda de Z.
Una variante sería decir que Y disciplina el comportamiento de X sin competir con él, en
virtud del simple hec ho de qu e Y pudiese ve nder el producto a Z. Este caso permite
incluso que Y no esté presente en ese momento en el mercado releva nte. T ambién esta
realidad es c ompatible c on el modelo de Black (2010 ), pues deja abierta la posibilida d de
que los ac tores económicos racionales tomen de cisiones sobre la s condic iones ofreci das en
función de su competidor.
Hasta a hora e l esquema ha recog ido la s principales c aracterísticas asociadas al proceso
competitivo. Sin embargo, alguien podría objetar que e l mode lo no se ocupa de uno de los
principales benefic ios de la competenc ia: su repe rcusión en el crecimiento ec onómico. A
través del pr oceso compe titivo, los competidores d eberían alcanzar objetivos que de otro
modo les sería impo sible conseguir. Bajo e sta perspectiva no se cumpliría (3). Sin emba rgo,
lo realmente importante en e ste caso es que las pa rtes a ctúen con intencion es de rivalidad
en alg uno de los modos e sbozados con a nterioridad. Esto es lo que ciertamente estimula el
crecimiento. Por ejemplo, para (1a) y (2a), X tiene la int ención d e alca nzar Gx, mientras
que Y tie ne la inte nción de evitar que X al cance Gx. No es po sible que ambas teng an é xito.
En este caso, la objeción sigue siendo dudosa si omitimos la dime nsión de rivalida d en
nuestro modelo.
Si bien los merca dos competitivos permiten que los a gentes a lcancen met as que de otro
modo les serían inalca nzables, también pueden afectar negativamente a las partes,
impidiendo que consigan determina dos objetivos de forma conjunta . E n e stos casos, (3) se
mantendría. La competencia e n el mercado de la s naranjas puede permitir a los productores
alcanzar unos niveles de beneficio que de otro modo les sería imposible; sin e mbargo,
también es c ierto que es imposible que dos pro ductores satisfagan la demanda de un
determinado cli ente.
Algunos casos de competencia económica encajan perfectamente con el modelo original;
otros también se a daptan tras una leve modificación de nuestro esquema, como la inclusión
110
de cláusulas adicionales tipo (4)
24
. La pregunta c lave sería: ¿Qué tipo de comportamiento de
los identificados e n nue stra discusión de berían promover o proteg er las ag encias de
competencia?
Si seguimos la corriente ortodoxa, el obje tivo de la política de competencia ser ía ma ximizar
el bienestar. Bajo esta perspectiva, la forma de la compe tencia que interesa a la sociedad
será a quélla qu e gene re el may or nive l de bienestar. ¿Cuál será esa forma? Sin duda se trata
de una c uestión que debe resolverse empíricamente. Lo cierto es que no hay evide ncia que
demuestre que las formas más intensas de competenc ia, tales como la rival idad, generan
mayor bienestar que otras como las representadas por e l núcleo (1)- (3) del modelo. El
carácte r d e rivalidad que muchos recomiendan para la compete ncia ec onómica carecería
por tanto de fundamento.
3. Justificación desde el análisis e conómico de la política de competencia
Si l a competencia no es un fin e n sí mismo, e intere sa de fenderla por la vi nc ulación que s e
asocia entre el proceso competitivo y la obte nción de be neficios e n forma d e bie nestar,
entonces el estudio de la competencia se e rige como ac tividad básica y fundamental de las
economías de me rcado.
En el último epígrafe del presente capítul o ver emos cómo el e stablecimiento de las
primeras normas de defensa de l a competencia res pondió fundame ntalmente a razones de
índole polí tica. Si en EEUU la Ley Sherman se enfr entó a los monopolios priva dos que
amenazaban el poder democráticame nte constituido, en A lemania se señaló a los
conglomerados industriales como uno de los factores clave que propició el desarrollo del
nazismo.
En cambio, actualmente, y cada vez en mayor medida, la política de c ompetencia se
justifica a pa rtir de bases económic as. Desde esta perspectiva, Motta (20 04: 17) ofrece una
“practica ble” definición de política de c ompetencia. Él la entiende como “ el conjunto de
normas y medid as de p olítica económica qu e aseguran qu e la competencia en los mercados n o se restringe de
24
los objetivo s de X e Y son igu ales
111
un modo tal que cause u na reducción del bien estar económico”. De a quí se desprende el principal
objetivo (económico) de la polí tica de defensa de la compe tencia: aumentar el bienestar.
Desde esta óptica, las investigac iones no girarán en torno a las conduc tas empresariales per
se , s ino que abordarán los efectos o el impa cto
25
q ue dichas ac ciones g eneren (Delga do,
2010)
26
.
3.1. Poder de mercado y costes s ociales
La gran mayoría de econ omistas coincid en hoy en que todos los merca dos se enc uentran
en un espectro que sostiene a l a compe tencia perfecta y al monopolio en sus e xtremos. Se
supone que cuanto más alejado esté un mercado del límite del monopolio –y por
consiguiente má s cerca del de competencia perfecta- mejores resultados brindará a l a
sociedad.
El análisis c onvenciona l y tradic ional que justifica la política de competencia es la
confrontación de los modelos de monopolio y compete ncia perfe cta a tr avés de un a nálisis
de e quilibrio pa rcial del excedente del consumidor. De e ste modo, se pueden ca lcular con
mayor o menor r igor las pérdidas que l a socie dad sufre e n el caso de hallarnos ante
mercados monopoliz ados. Son los llamados c ostes socia les del monopolio
27
, y se generan
debido a que se produce una me nor cantida d que se vende a un precio superior a l
competitivo. Esto implic a una deficiente asignación de recursos en la economía.
25
Por ejemplo, un sistema d e descu entos po r parte d e una empresa d omina nte tendrá carácter
excluyente ( será sancion able) si tiene como efecto r eal o po tencial la expu lsión de co mpet idores del
mercado o el i mpedim ento de entrad a de nu evos competid ores.
26
Conferencia pronu nciada por Juan Delgado, Econo mista Jef e de la CNC, en Sevilla el 10/1 1/2010 en la
Facultad de Ciencia s Económi cas y Empresarial es, en el mar co del XVI Semina rio Análisis Ec onóm ico de
la Polític a de Defensa d e la Compet encia: cua tro Estrate gias para una E conomía en Recuperació n ,
titulad a : “ El p apel del An álisis Econ ómico en la Po lítica de C ompetencia” .
27
En lo que at añe a su aplicación práctica, se considera p ionero el trabaj o de Har berger (1954), q uien
propu so este método p ara cua ntificar los co stes social es de los monop olios en la s industr ias
manufactur eras de E EUU en l a década de 1920. A pe sar de qu e a su investiga ción le siguieron distintos
trabaj os usando una metod ología pa recida, las hip ótesis fij adas po r Harberger (ela sticida des igual a l a
unida d, tasa co mpetitiva de benefi cios determinad a p or la tasa media de ben eficios de su muestra,… )
han sido objeto de fuertes críticas. Ha rberger co ncluye q ue, a p artir de las 2046 e mpresas integrant es
de las 73 ind ustrias n orteame ricanas an alizadas p ara el p eríodo 1924-1928, el valor de los recursos mal
asignados po r causas monopolística s ascend ía a 59 millo nes de dólar es, una cifra q ue no a lcanzaba
siquiera el 0,1 % del PNB d e EE UU. Otras in vestigacion es má s reciente s y con resultados bi en distin tos
son las emp rendidas po r Cowl ing y Mueller (1978) y Masson y Shaana n (1984).
112
El elemento fundamental que desvirtúa los deseables resultados de l merca do c omo
mecanismo de asignación de recursos es e l pode r de merca do; o má s conc r etamente, las
nefastas consecuenc ias que el pode r de mercado g enera tanto sobre lo s consumidores
como sobre el resto de empresas. El poder de mercado
28
se define co mo la capacidad que
tienen las e mpresas para elevar el precio
29
por en cima del nivel que se establec ería si
existiese compete ncia en el mercado (al nivel del coste medio mínimo).
3.1.1.
Análisis microeconómico del monopolio frente a la competencia perfecta.
En un mundo caracterizado por la competencia pe rfecta, todo sería más fác il. La política
de competencia carecería de s entido. Los pr oductos, homogéneos, se venderían por un
precio similar a su cost e de producción en estos merca dos de i nformación perfecta.
Ninguno de los muchos oferentes q ue coexistirían en cada industria tendría la ca pacidad de
influir en el precio fina l.
Desgraciada mente, el m undo real es imperfecto. La entr ada o s alida de l os mercados
conlleva costes y tiempo, los productos se diferencia n c ada vez más g enerando val ores
intangibles anc lados a sus marcas, y la información en ning ún caso es perfecta. A pesar de
ello, muchos merc ados imperfectos funciona n c ompetitivamente, en el sent ido de que
producen resultados muy próximos a aquellos que se produc irían c on compe tenci a
perfecta.
Por medio del análisis económic o sabe mos que, e n e l caso de l monopolio, el ingres o
marginal es siempre menor a l prec io (ingreso medio) del produc to en cues tión. E sto se
28
El po der de mercado se suele calcular atendiend o a la s cuotas de mer cado d e las empre sas, como
veremos con posterioridad en el sub-epígra fe relati vo a las medidas de con centr ación. Ot ra man era de
estimar el po der de m ercado es utilizand o el Índice de Lern er (L). Este índic e se d efine co mo la
diferencia r elativa ent re el precio y el cost e margina l (c); también se pu ede repres entar como la inversa
de la elasticidad -precio d e la demanda a la qu e se enfrenta la empresa: =
=
El mérito del Índice
de Lerner e s que directa ment e refleja la p osible ine ficiencia en la a signación de recu rsos asociada a la
estructura d el monopolio (Scherer y Ross, 1990 : 70). En competen cia perfecta, el índice to mará el valo r
0, pues el precio y el co ste ma rginal se iguala n. Cuan to may or sea la diferencia en tre amb as magnit ude s,
mayor será la probab ilidad d e que la empre sa en cuest ión d isfrute de pod er de mer cado.
29
La referencia al precio in cluy e por extensión cualq uier otra cond ición qu e afecte a la co mpetencia, el
nivel de prod ucción, la calidad del prod ucto, etc.
113
debe a que la empresa monopolista se e nfrenta a una curva de demanda con pendie nte
negativa
30
.
El monopolista, al actuar de un modo racional, tratará de maximizar sus beneficios en su
ventajoso escenario. Para ello, ajustará su nivel de producción hasta que el ingreso de rivado
de producir una unidad adicional se iguale a su cost e (IMa = C Ma), quedando el precio
siempre por e ncima de l nivel competitivo. De aq uí se desprenden una serie de ine ficiencias
bien conocid as:
En primer lugar está l a tantas veces invocada “pérdida social neta” que apa rece en la
mayoría de manuales de microeconomía inte rmedia. Se trata d e un a “pérdida de eficiencia
estática” que abarca la pérdida en el excedente del pr oductor del que na die saca provecho y
por el que compe tirían las empresas en ausencia de monopolio.
En segundo lugar, se produce un “efecto distribución” que traslada riqueza des de todos los
consumidores hacia el monopolista. En e ste caso no pie rde la socie dad; pierde toda la
sociedad menos un ag ente económico.
Un tercer problema asoci ado a la falta de compe tencia sería el derivado del llamado “rela jo
gerencia l”. Si el empresario monopolista puede obtener cu antiosos bene ficios sin
preocuparse de l a eficie ncia con la que funciona la empresa debido a que la ausencia de
competencia le permite trasladar sus c ostes, por altos que sean, a precios, estaríamos a nte
una “pé rdida de efi ciencia productiva” (Muñoz de Bustillo, 2002: 288). El mecanismo de
mercado vería nuevamente l imitada su capacidad para coordinar ac tividades y asignar
óptimamente los recursos e scasos. Este proble ma de la neg ligencia e inefic iencia asociada
al monopolio se conoc e en la literatura ec onómica con el nombre genérico de Ineficien cia-X
31
y será objeto de a tención en el siguiente capítulo cuando hablemos del control de fusiones.
30
Puede con sultarse cua lquier manual de Microecono mía co mo Stiglitz y Walsh (2008: 3 22); o de
Economía Industria l como Tirole, (1990: 108 )
31
Leibenstein (1966) sugi ere tres raz ones q ue provocan Ineficiencia- X en fun ción de las p osibilid ades d e
produ cción pa ra un conju nto de inp uts determinado : 1) lo s con tratos lab orales son incomp letos, es
decir, no recogen toda s las vicisitud es que el ejercicio d e su p uesto de trab ajo d emandará; 2) n o tod os
los factores p roductivo s serán finalmente co mercializad os; y 3) la función de pro ducción no está
completa mente definid a o con ocida.
114
En Palma (2006) se esboza el cuarto efec to d añino que sobre la economía, y por tanto
sobre la socieda d, arroja la ausenc ia de competencia. La llama da “pérdida d e efici encia
dinámica” se basa en la posibilidad que tienen las empresas con pode r de merca do para
alterar su estr uctura de costes. Esto puede producirse por dos razones: en primer lugar, la
empresa en cuestión podría dedi car recursos a mantener un d eterminado stat us o s ituación
de privilegio, levantando o fortalec iendo barreras de entrada
32
; en segundo lugar, el poder
de mercado permite a quien lo e jerce a lejarse del objetivo último en condicione s
competitivas, que no pue de ser otro que la maximi zación d e bene ficios. De este modo, la
maximiza ción de la función de utilidad del agente puede propiciar un nivel de gasto
superior al que se derivaría de l criterio de minimización de costes.
El problema básico de este enfoque es que ignora otros posible s efectos de los
monopolios. Po r ejemplo, hay ci ertas industrias en la s que es necesario producir
aprovechand o las ec onomías de escala que posibilitan la producción de esa me rcancía o
servicio. E n los ll amados monopolios naturales, se debe c onsiderar un tra de-off entre poder
de monopolio y a horro de cost es.
En definitiva, el poder de me rcado da lugar a mayores prec ios y menor produc ción, pero
esta situación no es el peor de los casos. La aparición de funciones empresariales
improductivas puede a gudizar las pérdidas sociales.
4. La política de defensa de la competencia. Una nota crítica.
En este apartado se van a plantear las principales críticas que l a política de co mpetencia ha
recibido y rec ibe. También se rec ogen alg unas cuestiones concerniente s al análisis de
equilibrio parcia l y sus debilidades.
En prime r luga r vamos a considerar los p roblemas
33
que conl leva el uso de medida s de
equilibrio parcial en la estimac ión de la pérdida de bie nestar d el monopolio. Una de sus
32
El ejemplo cás ico s ería aqu ella in dustria o ligopol ística mod erada o altamente con centra da en la qu e
las principa les empr esas pued en emprende r campañ as de p ub licidad excesiva s e innec esarias q ue se
contrarresten mutu amente.
33
Consultar por ejemplo Gravel le y Ree s (2006: 32 7: 340)
115
fragilidades fundamentales consiste en que e s una medida que tiene una int erpretación
indudable en la teoría del consumidor únicamente cua ndo el efec to renta de los c ambios e n
los precios es cero, que no parec e ser el caso de multitud de productos (Clarke, 1993: 313).
Otro problema de considerar e l coste socia l agregado del monopolio en una economía a
partir de métodos de equilibrio pa rcial se deriva de la teoría del segundo óptimo de Lipsey y
Lancaster (1956). Las cons ideraciones de dicha teor ía sugieren que, si existen varios fallos
de mercado en una economía, eliminar uno solo de ellos no mejora necesariamente la
eficienc ia asignativa. Esto impide realizar juicios simplistas –tales c omo el cálculo del c ost e
social del monopolio- ya que al tratar de corregir una imperfección podríamos e star
originando otra que nos desplac e hasta una situación menos deseable que la original.
Pasamos a esbozar las críticas que reca en s obre la propia política antim onopolio. A l
constituir la política antitrust una forma de intervención pública, serán los sectores má s
liberales de la a cademia los que ataquen a biertamente las medida s or ientadas al correcto
funcionamiento del mercado. Espec ialmente críticos se muestran los seguidores de la
Escuela Austr íaca, pues para ellos, el mecanism o de merca do sólo produce ineficiencias
cuando es obje to de intervención por parte de los pode res públicos. No nos dete ndremos
en los fundamentos de la E scuela Austríaca, que ya fueron expuestos con cierto detalle en
el capí tulo anterior.
Quizá los austriacos que se ha yan mos trado más críticos con los obje tivos y mé todos de la
política de compe tencia hayan sido I. M. Kirzne r y S. C . Littlec hild. Para el primero -y para
los seguidores de esta particular e scuela de p ensami ento ec onómico en ge neral- muchas de
las actividades empresariales que se consideran a nticompetitivas por la corriente principal
son en realidad resultado de un intenso proceso competitivo.
Su tesis se fundame nta en que la economía n eoclásica, bajo su punto de vista, entiende la
naturaleza de la competencia en los mercados de una forma limitada. Para los austriacos, la
política de competencia “ es intrínsecamente y necesariamente anticomp etitiva, d ada la mayoría de los
significados del a djetivo “ comp etitivo”. L a competencia en el libre mercado n o es una frágil f lor qu e reclama
protección; se trata de una p lanta vigorosa que, b ajo cond iciones normales, solo pu ede ser elim inada por una
116
política gubernamental premeditada (¡lo cua l incluye las medidas antitrust b ien intencionadas!)” (Kirzner,
1998).
Más allá d e los modelos, Kirzner (1998 ) considera que la competencia en el mundo rea l
satisface por sí misma y de forma total todas las virtudes que la te oría económica podría
atribuir a los procesos compe titivos de mercado. Para él, “la competencia consiste en la entrada
empresarial y la am enaza de la m isma” . A partir de esta simple redefinic ión d el término, la
competencia en un mercado existirá siempre y cua ndo exista libertad real de entrada en el
mismo. Este es el criterio alrede dor del que orbita toda su crítica.
También Kirzner (1998 ) ataca la pérdida de eficiencia asignativa que hemos representado
confrontando los modelos de monopol io y compe tencia perfecta. Al igual que sucedía con
el proceso competitivo, su juic io tie ne raíces semánticas. Si bien la economía neoclá sica, al
acotar la noción de e ficiencia socia l, supone la posibilida d de considerar la sociedad en su
conjunto como un d ecisor individua l con una únic a jerarquía de preferencias sociale s, no
sucede lo mismo con el enfoque austríaco. Éste radic a en e l pensamiento de Haye k (1945),
quien considera q ue el carácter subjetivo y disperso de la información privada ha ce qu e la
noción de e ficiencia en la asignación social de los recursos carez ca de sentido. Bajo su
perspectiva resultaría incoherente tratar de aproxima r el merca do al ide al perfecta mente
competitivo con el fundamento de que , de este modo, la economía gozaría de un mayor
grado de efic iencia social en la asignación de recursos .
Por ta nto, para este autor, y en general para l a Es cuela Austriaca, las r estricciones a las
fusiones perjudican a l proceso c ompetitivo. Bajo este diná mico e nfoque, las organizac iones
empresariales irán evolucionando, a daptándose de la forma má s eficiente posible a la nueva
realidad. Esto puede conducir a una progresiva c oncentración de los mercados, lo c ual no
solo no es un problema para la ec onomía, sino que es una be ndición debi do a los
beneficios procede ntes de la s e conomías de escala . Así, la política de competencia estaría
limitando el ámbito de actuación de los empr esarios, impidiendo que la economía
evolucione hacia las formas or ganizativ as más eficient es.
Por su parte, Littlechild (1981) a severa que es un error por pa rte de la s autoridades de
competencia s ospechar de aquella s corporaciones que obtienen sus tanciale s beneficios.
117
Para este autor, los beneficios observados en la s corporaciones no debe n ser interpretados
como una señal del poder de mercado de dicha s firmas. Por el contrario, estos beneficios
pueden provenir de dos fuentes indepe ndientes del monopolio:
a) Por el ac aecimie nto de sucesos inesperados, l o que puede inc rementar los
beneficios o, en e l peor de los casos, transformarlos en pérdida s.
b) Las diferencias de capacida d entre l as empresas para c rear o a provechar la s
oportunidades más beneficiosas que, en principio, están a disposición de todo el
mundo.
Los beneficios constituyen la característica fundamental de una economía diná mica. Del
correcto funciona miento de l sistema de recompe nsas (bene ficios) depende rá la salud de la
economía, por l o que tales beneficios no deberían ser considerados bajo la pe rspectiva de
Littlechild como representativ os de la pérdida de bienestar.
Otro argume nto ta mbién de gran importancia e n defe nsa de l monopolio de scansa en la
afirmación de que cierto grado de poder de mercado promueve la innovación y el progreso
técnico. En caso de que se produzca la c orrelación en cuestión, se deberían cuantificar y
pasar a integrar las gana ncias diná micas del monopolio. Sin e mbargo, c omo lamenta Cla rke
(1993: 312), hasta el momento no se ha me dido este supuesto trad e-off e ntre efic iencia
estática y di námica.
Por ot ro l ado, García V illarejo y Salina s (1994: 145) consideran que la política de
competencia puede tene r negativas consecuencias para e l desarrollo de la economía.
Aluden dos m otivos. Un prime r argumento se ba sa en que la competencia limita la
capacidad de las empresas para pla nificar una estructura óptima de costes a la rgo plazo,
pues e l proce so compe titivo las empuja a centrarse e n la superviv encia a corto plazo. Esto
repercutiría en la función de costes de l a empresa y, en última instancia, en la economía en
general. Además, la c ontracción de beneficios que exig e el proceso compe titivo limita la
capacidad de autofinanc ia ción de proyectos de inv estigación y desarrollo, lo q ue afecta muy
negativa mente a la economía.
118
Dos últimos apuntes, en este apartado de crítica s a la política de defensa de la compe tencia ,
se refieren más a l proceso competitivo en sí, que a l a normativa y ac ciones que lo
defienden. Es posible que una competencia excesivamente vigorosa no sea de seable para
una sociedad. Esto s e de be a los desincentivos que generaría para que se de sarrolle un
adecua do espíritu e mprendedor e n dic ha e conomía, lo que no a yuda al progreso de la
misma. Ade más de a los empresarios, un ex ceso de c ompetencia perjudica ría también a los
trabajadores, ya que los puestos de trabajo se caracterizarían por una excesiva inestabilida d .
Esto reduciría la oferta de trabajo, de splazando así recursos f uera de la economía.
Por último, nuestra confianza e n la competencia como promotora del bienestar y el
progreso no puede c egarnos y llev arnos a la conc lusión de que se trata del únic o motor de
la sociedad. E ste argumento, defe ndido por economistas conserva dores de sde el siglo XIX,
estuvo e n cierta med id a m otivado por la publicación de “ E l origen de la s especies” (1859) de C.
Darwin. E l impacto de su hallazg o fue de tal magnitud que llevó a muchos a pe nsar que la
sociedad –a l igual que en el resto de especies animales- funcionaba igualmente ba jo los
principios de la compe tencia y la selección natural, garantizando solo la supervivencia de
los más aptos
34
. Bajo esta pe rspectiva, c ualquier intento por paliar los e f ectos de la
selección natural se estaría enfrenta ndo a la s fuerzas na turales que promueven la evolución
y el progreso.
El principal problema de este ra zonamiento e s su estrechez de miras, obviando otros
factores como la cooperac ión, que contribuye n también al desarrollo. En este sentido, la
obra de Piotr Kropotkin “ E l apoyo mu tuo, un factor de evolución” pretende res ponder a las
premisas de l da rwinismo social. E ste ana rquista r uso encue ntra, a partir del análisis de
diversas especies ani m ales así como del hombre en distintos períodos his tóricos, que la
cooperación y el apoy o mutuo es un factor q ue c oadyuva, j unto a la compe tencia por los
recursos, a la evolución y el progreso de las socied ades. De este modo, nues tra confianza
en la compete ncia c omo factor de desarrollo no debe impe dir que consideremos otros
factores, como el apoy o mutuo, que lo promueve n del mismo modo.
34
Un ejemplo de esta teoría la encontra mos en el ensayo de T. Hu xley La luch a por la e xistencia (1888).
119
5. Los orígenes de la política de competencia. Un apunte histórico.
En este apartado se rec oge la evolución histórica de la defensa de la competencia en
EEUU, primer país en promulgar ley es de competencia
35
. L a primera disposición orie ntada
a la de fensa de la libre co mpetencia data de l últim o dece nio del siglo XIX. E n e l año 1890,
la Sherman Act (Ley Sherman) se debatía e n el C ongreso de los EEUU con el objetivo de
proteger la libertad de e mpresa, que se veía seria mente amenazada por el ejercic io de la
propia libertad y por el p oder económico que habían adqui rido las grandes compa ñías y
conglomerados empresariale s.
El rápido c recimiento ec onómico provocado por la vorágine de la industrialización de la
segunda mita d del s iglo XIX desvirtuó a la joven Norteamé rica. La idea originada con la
independenc ia era crear una socie dad donde el poder se encontrase dividido entre granj eros
y pequeños comerciantes, pues se consideraba que la concentración del mis mo en pocas
manos –ya fueran gubernamentale s o privadas- constituía un problema pa ra la s ociedad .
Sin embargo, los estadounidenses verían como, paulatinamente, los antepasados ideales
jeffersonianos de libertad, independe ncia e igu aldad, contenidos en la Declaración de
Independencia de 1776 se fueron sustituyendo por el poder ec onómico, el cua l bebía de
dos fuentes principales: las finanza s y el petróleo.
Las grandes corporaciones c omenzaron a manejar e l país en detrimento de lo s ciudadanos,
al tie mpo que e stos pioneros de la mode rnidad contemplaban e l espectáculo con recelo.
Los es tadounidenses, a pe sar de su histórica desconfianza a l a intromis ión del Estado en la
economía, se decantaron por la adopción de medida s legislativas c ontra el poder
económico privado. De este modo, c omo señala Gi ner Parreño (2010 : 32), “los refo rmadores
de fin ales del siglo XIX favorecían la di visión y reestructuración de los monopolios antes que la conversión
de su gobierno en empresario”. Así es como nace el derecho de la competencia, concebido como
la panacea que luchase contr a los abusos de dicho pod er privado.
A c ontinuación vamos a repasar las principales etapas por la s que ha pasado l a polí tica de
competencia en EEUU. Como suele suce der en este tipo de a nálisis te mporal, las fronteras
35
Estrictament e, fue Can adá el primer pa ís del mun do en promulgar una disposición en def ensa de la
competencia . Lo h izo un año antes qu e EEUU, en 1889. Sin embargo, su tras cendencia d ista mu cho de la
por to dos conocid a S herman Act.
120
entre una etapa y otra son borrosas y deben int erpretarse con cautela. Casi todos los
autores identifica n más o menos l as mismas fases, si bien nosotros hem os seguido e l
esquema propuesto por Kova cic y Shapiro (1999).
5.1. La
Sherman Act
y los primeros años de la lucha
antitrust.
El proyecto de ley de la primera medida antimon opolio de l a historia s e p resentó en e l
Congreso con un doble objetiv o: por un lado evitar los prec ios excesivos resultantes de
monopolios y cártele s, y por otro lado proteg er la libertad de industria y comercio. Sin
embargo, el fundamento esenc ial de l a ley sigue siendo objeto de debate. Mientras la
mayoría de autores
36
señalan a l bienestar de l consumidor como base funda mental para los
responsables que die ron forma a la Sherma n Act , Kleit (1992) defiende que fue la eficie n cia
económica el principal móvil para la promulgación de la ley e n cuestión.
De este modo, el 2 de julio de 1890 fue aprobada la Sh erman Act, a lbergando dos normas
básicas: La secci ón 1.ª condenaba las medidas que li mitasen la compete ncia con or igen en la
colusión; y la sección 2.ª prohibía la monopol i zación o el intento de monopoli zación,
siempre y cua ndo se observase e l c omportamiento a ctivo asociado a dicha estr uctura. No
se condenaba por tanto la mera existencia del monopolio.
La mayoría de los e conomistas del fina l de s iglo XIX –no todos
37
- despreciaban la Sh erman
Act (Stigler, 1982: 41). Pocos confia ban e n qu e di cha di spos ición fuese ca paz de frenar la
persistente tendenci a hacia e mpresas de giga ntescas dimensiones. En el pe or de los caso s,
se pensaba que la ley podría impe dir la c onsecución de mayor eficiencia y productivida d
prometida por la s nuevas formas de orga nización industrial. Pocos fueron los economistas
que ala baron la ley, concibiéndola c omo una útil herramienta para controlar la c onducta
empresarial abusiva (Kov acic y Shapiro, 1999).
36
Un ejemplo r epresentativo sería La nde (1982).
37
Scherer (1989 ) recoge la visión q ue los economi stas de la ép oca que ap oyaban las no rmas
antimono polio.
121
Lo cierto es qu e l a Sherman Act impuls ó la aplicación d el derecho de la competencia
condiciona da por la “rule of rea son”
38
adoptada por los tribunales a partir de 1898. Esto
permitió el establec imiento de excepci ones al principio general de prohibición establecido
por la ley.
Posteriormente, en Stand ard Oil Co. V. United States (19 11)
39
e l Tribunal Suprem o d e E EUU
varió leve pero sustancia lmente el objeto sobre el q ue aplicar el j uicio de la racionalidad. Se
pasó de las restr icci ones a la libertad de comercio a l as restriccione s en las c ondiciones de
competencia como obje to de enjuiciamiento. De s de ese momento, el derecho antitrust no
solo se referirá a las rela ciones empresariales, sino que se responsabilizará de todos los
efectos que la práctica produzca sobre la estructura de l mercado. Es digno de menc ión e l
viraje desde el ámbi to de los princi pios ju rídicos –li bertad, i gualdad- hacia los económic os,
tales como la c ompetencia y la eficiencia (Giner Parreño, 2010: 33).
Producto de la excesiva ambigüedad de la Sherman Act , en 1914 se promulgaron la C layton
Act y la Federal Trade C ommission Act bajo la presidencia Wilson. La primera incidía en la
discriminación de precios, los cont ratos de exc lusividad y a lgunas conce ntraciones
empresariales (Cabou et al., 1992). De hecho, se trata de la principa l disposición leg islativa
estadounidense que prohíbe las fusiones a nticompetitivas, a sí como las adq uisicione s de
capital que tengan e l e fecto de reducir sus tancialmente la c ompetencia entre la sociedad
adquiriente y la sociedad adquirida.
La Federal Trade Commi ssion Act, originó un órga no independie nte que se dedicaría
específica mente a regular las prácticas comerciales desleales: la Federal Trade Comm ission (en
adelante FTC) . Esta a gencia, junto c on la División A ntitrust del Departamento de Justicia
( US Antitrsut Division; Department of Justice ), se encargará de aplicar la política antitrust en
EEUU a nivel federal (Motta, 2004: 6). Puede afir marse que la pol ítica de defensa de la
competencia fue muy inte nsa en estos primeros años, y hasta 1920 (Gine r Parr eño, 2010 :
33).
38
La regla d e la razó n implica q ue los caso s han d e ser analiz ad os de manera independ ient e a la lu z de
las consecuen cias qu e tienen par a los demás prod ucto res, l os consumido res y el bien estar social.
39
Se trata del litigio má s conoci do en los alb ores de la p olític a an titrust . La Corte Suprema acusó a l
gigante petro lero de lo s Rock efeller de con ducta abusiva a mpará ndose en el 9 0% de la s cuotas d e
mercado qu e ostent aba la Standa rd Oil (sentan do j urisprud encia sobre la s cuota s de mer cado como
prueba de monop olio) y la obligó a d ividirse en 34 parte s. Co nsultar 221 U.S. 1 (191 1)
122
5.2. El ascens o de la
rule of reason
y la atonía de la política
antitrust
: 1915-19 36.
Con los felices años 20 s e i nicia un período de de cadencia
40
en la aplicación del derec ho
antitrust que alcanzaría su pico e n los años de l a Gra n Depresión. Durante este período, los
Tribunales confiaron en exceso en los test de racionalidad ( reasonableness tests ) para evaluar
las práctic as empresaria les que a menudo eran sospechosamente permitidas. De hecho, el
proteccionismo fue el arma escogido por la administr ación Roosvelt pa ra luchar contra el
que fue el mayor descalabro fina nciero de la historia de la ec onomía hasta ese momento.
Sin e mbargo, el apoyo gubernamental a los c árteles de c risis de la s industrias deprimidas
41
,
junto con una actitud más q ue tolerante a la cooperación entre empresas, no c onsiguieron
más que prolongar la agonía d el sueño americ ano. Su economía no se recuperó totalme nte
hasta que no enc ontró un estímulo de la mag nitud de la II Guerra Mundial . La industria
armamentística, la construcción y el sector energético capitanearían la recuperación.
El período 1915-1936 se considera como e l má s laxo también en lo que a control del
comportamiento de empresas dominantes se refiere, a pesar de la s notables desinversiones
exigida s en algunos casos de monopolización a finale s de la década de 1910. El caso más
sonado fue el de Un ited States v. United States Steel Corp. (1920), donde la Corte Suprema
desechó pruebas de ma nifiesta colusión y exculpó al mayor productor de acero del país.
El caso Mapl e Flooring M anufa cturers´ Association v. United Stat es (1925) reviste un especial
interés para los economis tas. Por ve z primera, la Corte Su prema citó el traba jo de un
economista para la re solución de l litig io. C oncre tamente, Harlan Fiske Stone, que fue
Decano de la Columbia Law Sch ool , puso de manifiesto cómo el acce so a información
privilegiada permitía a los productores tomar decisi ones eficientes en rela ción al precio y la
cantidad produci da. A pesar de l a menciona da actitud tolerante que caracterizó la dé cada de
1920, Stone y sus colaboradores de la C orte Suprema consideraban que algunas formas de
colaboraci ón empresarial merecían ser condenadas (Kovac ic y Shapiro, 1999).
40
Hofstadter (19 66: 19 3) llama al período de entregu erras la “ era de la n egligencia” en el d erecho de
competencia .
41
Especialmen te perjud icial se considera el fallo d e la Corte S uprema en Appalac hian Coals Inc . V United
State s (1930), don de se recha zó cond enar u na clamorosa restricción de la pro ducción man ifestada en
un acu erdo de co mercializaci ón conjun ta por pa rte de lo s product ores de carbón del é ste de E EUU
(Kovacic y Shapiro , 1999).
123
5.3.
Per se rules,
el advenim iento de la economía industrial y el énfasis en las
estructuras de mercado: 1 936- 1972.
Con la llegada de Thurman Arnold a la División Antitrust del Departamento de Justicia en
1938, la política de competencia dio un giro trascen dental. Tras la pé rdida de confianz a que
sufrieron va rios modelos ec onómicos que inspiraron el New Deal y el des arrollo de los
nuevos avance s en la teoría de los mercados imperfectos, Franklin Roosvelt lle gó al
convenci miento de que la clave para la recuperación económica se e ncontraba en el
fortalecimiento de la c ompetencia. El presidente nombró a Thurman A rnold a la c abeza de
un ambicioso programa que pretendía poner fin a los a cuerdos empresariales
anticompetitivos. A demás, el a scenso de los regím enes totalitarios en Euro pa durante la
segunda mitad de esta convulsa década forjó una corriente de opinión negativa ha cia los
cárteles, cuya conducta se a sociaba con dichos regí menes restrictivos de la li bertad. Se abre
así una nueva etapa de vigorosa política antitrust q ue enc ontrará su cén it en la década de
1960.
Uno de los motivos q ue sin duda colaboró con e ste ca mbio de política hay que buscarlo en
el el evado coste que para el g obierno implica ba la aplicac ión de la rule of reaso n . Muchos no
veían e ficiente e l ingente gasto requerido por l as in vestigac iones, habida c ue nta que, como
hemos destacado, en muchas ocasiones se terminaba por exculpar a los acusados. Era
necesario simplificar los proce sos, motivo por el cual fue g anando protag onismo e l control
de las estructuras de mercado y las per se rules (Kovacic y Shapiro, 1999).
Este cambió de po lítica se manifestó en casos c omo Interstate Circuit, Inc. V. United Sta tes
(1939) o Un ited States v. Socony-Vacuum Oil C o. (1940), donde la C orte condenó los e sfuerzos
colectivos de las refine rías por comprar conjuntame nte gasolina . A partir de ese mome nto,
el Tribunal advirtió que los ac uerdos horizontale s para la fijac ión de precios serían
condenados y tratad os como crímenes, independientemente de sus efectos reales.
Durante este período, el Tribunal Supremo extendió el uso de las per se rules para prohibir
los acuerdos que c ondicionaban la venta de un producto previo a cuerdo con el comprador
124
a adquirir una segunda mercancía
42
; las restr icciones vertica les no concernientes al precio,
por las que los p roductores res tringían e l ámbito de sus minoris tas a zona s ge ográficas
concretas
43
; acuerdos horizontales para la asign ación de mercados o clientes
44
; o la
adopción de territorios de venta exclusivos para los participa ntes de una joint venture
45
(Kovacic y Shapiro, 1999).
Con la Celler-Kefauver Act de 1950
46
, el Congreso reforzó el control de fusiones mediante la
prohibición de las operac iones de consolidac ión de ac tivos o accione s que no llega ban a dar
lugar a posicione s de domina ncia. Esto permitió al g obierno abordar con mayor fortaleza
distintas categoría s de ac uerdos horizontales y verticales que anteriormente habían
escapado del c ontrol judicial . El caso más ilustrativo quizá sea el de Brown Shoe Co. V.
United States (1962), donde el T ribunal Supremo impidió una fusión que h abría supuesto
una cuota de mercado (horizontal) del 5%y una e xclusión vertical del 2 %. El dictamen s e
baso en la c reencia de que, a pesar de l bajo porcentaje d e cuota de merca do ostentado, éste
podría ser excesivo en ciertos sub-merca dos. Ad emás, el tribunal también alegó que
objetivos ajenos a la eficiencia económica, tales como pe rmitir la supervivencia de
pequeñas empresas, habían sido releva ntes en la decisión final (Kovacic y S ha piro, 1999).
Como afirma Kovacic (1992), se observa una considerable c onsistencia e ntre las dec isiones
judiciale s y el pensamie nto ec onómico durante las déc adas de 1940, 1950 y 1960
47
. Fueron
unos años en los que tribunale s se esforzaban para hacer frente a la gran cantida d ( y
unidad) de los olig opolios de su tiempo, mie ntras que los economistas percibían que las
desviacione s de las industrias reales respecto al modelo de c ompetencia eran normales,
42
Consultar Interna tional Salt Co . v. United Sta tes, 332 U. S. 392 (1947); No rthern Pa cific Ry . Co. V.
United S tate s, 356 U.S. 1 (1958)
43
Consultar United State s v. Arnold, Schwinn & Co., 388 U.S. 365 (19 67).
44
Consultar Timken Ro ller Beari ng Co. v. United Stat es., 341 U.S. 593 (1 951).
45
Consultar United State s v. Topco Associat es Inc., 405 U.S. 596 (197 2).
46
La Celler-Ke fauverAntim erger Act cerró una important e laguna en la Ley Clayton . Si bien la Ley
Clayton prohíb e las fusiones q ue reduzca n la co mpetencia, ésta per mitía a las empre sas comp rar los
activos indi viduales d e los co mpetidore s. Muchas co mpa ñías empr endieron estas opera cion es hasta el
punt o que r elajaban la competencia, esquivando de man era efectiva la Clayton Act . La Ce ller-Kefauve r
Act cerró esta la guna, dand o al gobierno el poder d e deten er las conc entra ciones verti cales y
adqu isiciones de acti vos consi derado s como la reduc ció n de la competencia ( Farlex F inancial Dictionary ,
2012)
47
Ya que en este períod o los Tribu nales se centra ron en el con trol d e las estructura s de m ercad o, desde
la Escuela d e Harvard, Mason (1939) y Bain (1956 ) articular on y con struyeron el parad igma “Estructu ra-
Conduct a- Resultado s que y a abo rdamos en el pr imer cap ít ulo.
125
además de inevitables, in cluso en a quéllas llama das “c ompetitivas”. Esto fue lo que llevó a
los economistas a a rticula r distintos criterios pa ra determinar si un mercado e r a
operativamente ( workably ) competitivo (Clarke, 1940).
5.4. El ascens o de la Escuela de Chicago
A partir de la dé cada de 1970 comienza a ganar terreno una nueva corriente intelectua l de la
que ya hemos habla do: la Escuela de Chicago de a nálisis antitrust . Sus teorías conduje ron a
una cierta relajación en la aplica ción de las normas antimonopolio que se prolongó hasta
que el Presidente Reagan cumplió su ma ndato en 1989. El origen de esta corriente de
pensamiento hay que buscarla en los ataque s vertid os hacia la polític a de desconcentración
de industrias por pa rte de Henry Simmons e n los años 3 0 del si glo XX. No
profundizaremos en los fundamentos económicos de esta escuela debido a que l e
dedicamos todo un epíg rafe en el capítulo 1.
Podemos identificar dos factores de cisivos para este ca mbio de enfoque e n la política de
competencia de EEU U (Kovacic y Shapiro, 1999). Por un lado se produjo un cambio en
los nombramientos judicia les. Muchos de los nuevos integrante s del Tribunal Supremo
nombrados por Nixon tenían sus reservas con respec to a la intervención en materia de
defensa de la competencia. Por otro lado, había la sensación generalizada de que l as
empresas nortea mericanas estaban perdiendo terreno e n l os mercad os internacionale s y, en
algunos casos, ta mbién en los na cionale s. Esto hiz o que se pusiese mayor énfasis en el
análisis de la e ficiencia en los litigios en materia de competencia.
A partir de la sentencia del Tribunal en Continental T.V. Inc. V. G .T.E. Sylvania Inc. (1977),
todas las restricciones ve rt icales no relacionada s con el precio e xigían ser abordadas a p artir
de la rule of reason . De he cho, fue en el á mbito de las restricciones verticales donde má s se
dejó ver éste nuevo enfoque en el qu e la efi ciencia económica proporcionaba la b ase
apropiada pa ra evaluar las conductas empresariales bajo las leyes de competencia.
Este clima d e mayor permis ividad se e xtendió tam bién al á mbito de las fusiones. En Uni ted
States v. General Dynamics Corp. (1974) el gobie rno sufr ió su primera de rrota al ampa ro de la
Celler-Kefauver Act. A par tir de entonces, los tribunales recurrieron en v arios casos
126
influyentes al criterio de la fac ilidad de entrada para permitir fusiones que conduc ían a alt as
cuotas de mercado. Uno de los dictámenes más impor tantes correspondió al Tribunal de
Apelación. En un escenario en el que participaron lo s futuros jueces del Tribu nal Supremo,
se dictaminó que la ca r ga de la prueba de l acusado en los casos de fusión depende r ía de si
el demandante se basaba únic amente en las cuotas de mercado o de si, po r el contrario,
disponía de mayor evidencia sobre posibles efect os anticompetitivos. La c arrera ha cia la
concentrac ión económica se vio impulsada tanto por estas dec isiones como por la s Me rguer
Guidelin es que se iban publicando (Kovacic y Shapiro, 1999).
En los últimos años, dura nte la s presidencia s de Bush y Clinton la aplicación de las normas
que defiende n la competencia parece habe r vu elto a cobrar el protagonismo perdido. Sí se
observa una tendencia, cada vez mayor, de procesar el comportamiento que facilita la
coordinación empresarial, además de la colusión en sí misma. También la s políticas de
clemenc i a impulsadas desde la década de 1990 e s tán resultando ser una importante fuente
de informaci ón. De cualquier modo, e s difíc il analizar la tendencia de la política sin la
necesaria perspectiva histórica, y no se ve con claridad si nos aproxim amos más al
intervencionismo de los 60 o a la permisividad de los 80.
A pesar de esto, e l American Antitrust Institute se lamenta de la sub-óptima aplica ción de la
política de c ompeten cia e n EEUU en la actualidad. La prueba más reveladora de e s ta
aplicación insuficiente de la normativa an titrust e s tá en q ue e l presupue s to de hoy está por
debajo del de hace 25 años. Esto e s produc to de la campaña l anz ada por instituciones
conservadoras –tale s c omo la Heritage Foundation , el C ato Institute , y el Am erican E nterprise
Institute , e ntre otras-, que han logrado conve nc er a la jueces y líde res de opinión en su
interpretación parcial e ideológica m ente sesga d a de la teoría económica gracias al apoyo
financiero de las grandes corporaciones
48
. Se trata de un e jemplo má s de cómo el poder
económico está configurando su entorno en la fase contemporánea de c apit alismo
neoliberal.
48
http ://w ww.ant itrustinstitute.o rg/content/about - us, consult ada el 12.08.2013.
127
RESUMEN-CONCLUSI ONES
La promoción y defensa de la competencia por parte de los poderes públicos descansa
sobre la ide a de que la competencia contribuye a aumentar el bie nestar social. Gracias a la
competencia, la economía goza de un mayor grado de eficie ncia, al tiempo que los
consumidores disfrutan de mejores productos en términos de calidad, prec io y variedad.
Ahora bien, la competencia interesa a todos los c iudadanos no solo cuando é stos actúan
como c ompetidores. Los merca dos compe titivos son una condición nece saria pa ra e l
ejercic io de la libertad económica, considerada ésta como una de l as libertades
fundamentales que los in dividuos valoran. Así, promover la compete ncia es promove r las
libertades de las personas, lo que repercute en última instancia en el proceso de desarrollo.
Esto lo consigue , además de por la vía de la libert ad ec onómica comentada, por e l
crecimiento económic o que se deriva de los mercados en competencia.
De todo esto se desprende una de la s grandes paradojas de la economía liberal: solo
conseguiremos ec onomías ci ertamente libres en la medida en que re ine una c ompetencia
efectiva en la misma, y para su c onsecución resulta imprescindible la intervenc ión de los
poderes públicos.
La ma yoría d e las le yes de competencia aluden a los motivos esgrimidos para justificar su
razón de ser. Hoy, la mayoría de los estados consideran que la c ompetencia c onsagra y
refuerza los valores democráticos, lo que explica la eclosión de multitud de regímene s de
competencia en los últimos años.
Si bie n existe un consenso más o menos extendido acerca d e la conveniencia de promover
y de fender l a c ompetencia, no suce de lo mismo co n la definición del propio concepto. A
partir de la te oría e conómica sabemos las ca racter ísticas que de ben c oncurrir para que un
mercado pueda ser considerado como competitiv o. Sin e mbargo, la brecha entre realidad y
modelo nos obliga a buscar aproximac iones más operativa s, c omo la conocida workable
competition . Ademá s de l citado término, e s posible a cotar el comportamiento c ompetitivo a
partir de un sencillo modelo que nos permita apreciar la s principales ca racterísticas de la
situación competitiva. Aspectos como rivalidad, simetría, intencionalidad, concienc ia,
128
escasez o in certidumbre pueden ser discutidos ba jo el crisol de l proceso competitivo.
Además, los objetivos de l as partes son una va riable fundamental que condicionará por
completo la competencia. La pol ítica de compe tencia no es a jena ni a los o bjetivos de las
partes ni a las vicisitudes que se de sprenden de las características recién e numeradas.
La microeconomía ta mbién ofrece su particular prédica en defensa de la competenci a. A
partir de la superposición de lo s modelos (de equilibrio parcial ) de competencia perfecta y
monopolio es posible identific ar distintos perjuic ios sociales provocados por la
monopolización de la indust ria. Al e fecto distribución a favor del productor y “peso
muerto” de l monopoli o ha y q ue añadir el llamado “rela jo g erencial” y la pé rdida de
eficienc ia dinámica.
Sin embargo, las conclusiones e manadas del a nálisis económico son objeto de distintos
ataques. Los problemas que supone trabajar con modelos de e quilibrio parcial, junto con
las restrictivas hipótesis que carac terizan los modelos neoclá sicos son los principales
frentes. Los seguidores de la economía a ustríaca se muestran espec ialmente críticos c on
este tipo de a nálisis. Al refutar la c oncepci ón estática c aracterística de los modelos
neoclásicos, los a ustríacos se opondrán a cua lquier análisis de metodología neoclásica y, por
ende, a sus conclusiones. En particular, Kirzner aseve ra que cualquier ac ción empresarial
debe ser co nsiderada como competitiva , por lo que la única política d e competencia
acepta ble sería aquella dirigida a erosionar la s barreras a la competencia provenientes de los
poderes públicos.
El capítulo se compl eta con un repaso a la his toria de la pr imera disposición
antimonopolio: la Sherman Act . Motivos tanto ec onómicos como polí ticos precipi taron la
promulgación de esta polémica ley que a ningún economista de jó indiferente. La dinámica
de la luc ha a ntimonopolio por parte de las a utoridade s americ anas pa só por diferentes
etapas en función de la s contingenc ias económica s, polí ticas e id eológicas. El v igor de l as
primeras déca das dio paso a una a tonía contagia da por el período de e ntreguerras y la Gran
Depresión. Sin emba rgo, el fraca so de algunos mode los económicos que respaldaron el
New Deal junto c on los nue vos ava nces e n e conomía industrial dio luga r a un período
caracte rizado por una ac tiva polí tica antitrust orientada hacia el control de las estructuras de
mercado. De la rule of reason se vol vió a la s p er se rules. E sta etapa se prolongó ha sta que la
129
corriente de Chicago de los años 70 terminase por p ersuadir a políticos y a cadémicos. E n la
actualidad no está claro si en EEUU predomina la te ndencia más restrictiva de mitad de
siglo o la permisividad e manada de los economistas neoliberales de Chicago.
CAPÍTULO III
CLAVES DE APLICACIÓN DE LA
POLÍTICA DE COMPE TEN CIA
131
INTRODUCCI ÓN
En el presente capítulo pr esentamos los elementos principales que configuran la pue sta en
práctica de la polí tica d e defensa de la competen cia. E n esta oca sión no nos de tendremos
en las escuelas que inspiraron el uso de la s dive rsas técnic as de a nális is, sino que
centraremos toda la atenci ón en la práctica de la política de competencia, considerando
tanto el plano jurídic o como el estrictamente ec onómico.
A modo de presentación veremos los objetivos que normalmente persigue la política de
competencia
1
, cuyos fundame ntos han sido extensamente c omentados en el capítulo
anterior. Obvi amente la s leyes de competencia pe rsiguen metas de muy diversa í ndole, pero
nosotros solo incluimos l os tres objetivos considerados como fundame ntales por expe rtos
y profesionales: la difu sión de l pode r ec onómico, la protección de la libe rtad de los
competidores y el bie nestar del consumidor.
Seguidame nte abordaremos de un modo individualizado la s distintas áreas que integran la
política antitrust. Éstas también va rían entre los distintos regímenes de compete ncia,
observándose sin e mbarg o un mayor c onsenso q ue en el c aso de los objeti vos. S in duda ,
buena pa rte de culpa la tiene la estrategia de c onvergencia y a rmonización de las normas de
competencia seguidas por la comunida d internacional. E n nue stro c aso, al tratarse de un
trabajo español , haremos referencia a la legislación española para mostrar c ómo se pla sman
los conceptos de la te oría económica en el acervo normativo.
El esquema se resume de l siguiente modo:
Acuerdos y prác ticas lesivas o restrictivas de la com petenc ia: c olusión, a buso de
posición de dominio y c ompetencia desleal.
Control de conce ntracion es: supervisión de fusiones y adquisicione s.
Control de ayuda s estatale s que distorsionen la competencia .
1
A lo largo del trab ajo veremo s cómo la s grand es barrera s qu e dificultan las negocia cione s para el
diseño de u n régimen global d e competencia radican en gra n medida en la disparida d de o bjetivos que
mantienen las d istint as jurisdi cciones.
132
Cabe preguntarse por qué otros problemas, como e l control de la publicida d, no ha pasado
a formar parte de las disposiciones de competencia. Y a v imos en el c apítulo precedente qu e
uno de los rasgos de la wo rkable competition –y por ende su traducc ión e n el ac ervo legislativo
europeo: competencia efectiva - era que la publici dad fuese de carácte r informativo, no
persuasivo. Además los niveles de publicidad no debían ser “ excesivos”. Si bien hace ya
más de un siglo que Thorstein Vebl en denuncia ra que los niveles de publicida d eran
socialmente inaceptables en los EEUU de su tie mpo, ¿por qué es un factor ig norado por
los principales regímene s de competenci a? Lo cierto es que de momento s e mantiene al
margen.
Una de las claves de aplicación de la política de competencia es sin duda la deli mitación del
mercado relevante. De su correcta determinac ión de penderá buena parte del éxito en el
control del poder de mercado que amenaza con desvirtuar el proceso competitivo. A sí ,
tanto para sancionar los abusos de pos ición dominante, como para e l control de
concentrac iones, el me rca do releva nte se e rige como un conc epto central que merece un
trato independiente .
Una vez delimitado el mercado relevante estaremos en condiciones de evaluar si el mismo
alberga comportamientos contrarios a la c ompetencia. Al analizar individua lmente ca da una
de las pr ácticas a nticompetitivas esbozaremos tanto los a spectos s ustantivos como sus
efectos económicos, y l a identifica remos e n la última le y español a de competencia: la Ley
15/2007. El análisis del f uncionamiento de las agencias e instituciones de competencia (en
el caso español, la CNMC) exc ede de l cometido de este trabajo. Sí profundizaremos en el
estudio del funcionamie nto de l a DGC de la C omisión Europe a por sus implic aciones
sobre una hipotética polí tica internacional de competencia.
Por su parte, el análisis e conómico proporciona i mportantes he rramientas que fa cilitan y
dotan de una mayor objetividad l a puesta en práctica de la política de competencia. No en
vano, desde la UE se viene reclamando en la última década la ne cesidad de seguir un
enfoque más económic o en las investigaciones y sentencias de compe tencia.
133
1. Objetivos de la política de competencia
Como ya se ha señalado, los objetivos que subyacen a la política de competencia suelen
variar entre las distintas juris diccione s. De hecho, éste será uno de los principale s escollos
que nos encontraremos c uando abordemos las posi bles soluciones para la configura ción de
un régimen global de c ompetencia. No obstante, hay una serie de principios c omunes que
guían, en mayor o menor medida , a la política de competencia en términos general es.
Siguiendo a Jacquemin (1991), pode mos distinguir tres objetivos principale s para la política
de competenc ia:
a.
En primer lugar está la difu sión del poder económico privado , es deci r, la
protección de la libertad y los derec hos indiv iduales. Las práctic as r estrictivas de la
competencia se consider an en e ste caso como un a desviación radical a dicho
individualismo. Curiosam ente, este criterio, que fue básico para el establecimiento
de las primeras leyes de competencia, ocupa hoy un lugar de mayor trascen dencia
para la opinión públ ica que a nivel político.
b. Un segundo objetivo de la política de competencia consis te en proteger la lib ertad
económica de los competidores . Ya vi mos en el c apítulo anterior que uno de los
fundamentos subya centes a la polític a de competencia es e l efecto democratizador
que genera en el mercado. En este caso, la protección de los competidores se
prioriza sobre la defensa del proceso competitivo como ta l. La ate nción se ce ntra
en las prácticas abusivas y coe rcitivas que las c om pañías más poderosas ejercen
sobre la s má s débiles. La l egislación s uele aludir al conce pto de “ competencia
desleal”
2
cuando se refiere a este tipo de prác ticas.
c. Por último, la política de c ompetencia es una herramienta fundamental para
asegurar e l bienes tar d el consumidor a través de la eficiencia di stributiva y
productiva. Lle vado hasta el ex tremo, este obje tivo sugiere que la s a utoridades
limiten e n la medida de lo posible las con ductas empresariales ineficie ntes. Una
2
De acuerdo con la Con venció n de Pa rís de 1883, la co mpet encia desleal co nsiste en cualqu ier acción
competiti va contraria a las prácticas h onestas en asuntos i ndu striales o comercial es (Jacq uemin, 1991).
134
condición necesaria – aunque no suficiente- d e ineficienc ia consiste en que la
producción se sitúe en un nivel inferior al que prevalecería bajo condiciones
competitivas. Aquéllas co nductas que no cumplan esta condición se presume qu e
estimulan la efic iencia, y no deberían ser objeto de sanción.
Sin embargo, y co mo veremos a lo largo del capítulo, la nueva organiz ación indus trial ha
mostrado en los últimos años que las simples fórmulas propuestas para el cá lculo de la s
gananc ias e n e ficiencia, de finidas como el bi enestar agre gado neto (suma de l os excedentes
del consumidor y el productor) resultan ser engañosas. Los a vances e n teoría de juegos ha n
permitido superar la simplista v isión proveniente de C hicago, con su é nfasis en la eficiencia
en un mundo de información perfecta.
Muchos de los bene ficios que se desprenden de la competencia (tales como la calida d del
producto, la segurida d de que e l bien en c uestión estará disponible, etc.) son difíciles de
medir, e inelud iblemente llevan a una conce pción multidimensional del e xcedente del
consumidor. Este es uno de los p rincipal es problemas que impiden establecer una visión
inequívoca sobre los objetivos de la polí tica de competencia.
2. El mercado relevante
Antes de abordar el a nálisis operativo de la política antimonopoli o conviene definir y ac otar
el ámbito de actuación d el particular; e l con cepto y de terminación del mercado relevante
resulta c rucial a la hora d e arbitrar en defensa de l a compete ncia. E n concreto, l a c uestión
que las autoridades de co mpetencia e valua rán s erá el poder de mercado de la s e mpresas.
Tradicionalmente , éste se ha identificado con las cuotas de mercado, ya sea en términos
porcentuales o media nte formas más complica das.
En la medida e n que las empresas posean pode r de mercado, mayor capacidad tendrán para
modificar la estructura de dicho mercado, restringiendo la competencia en el mismo. De
hecho, muchas infraccio nes que han oca sionado sanciones a determinados operadores,
protagonistas de sus mercados, resultarían inofensivas s i las ejecutase un agente con
participaci ón marginal en el mercado. Sin embargo, altas cuotas de mercado no son
135
sinónimo de poder de mercado. Si los consumidores pueden cambiar fácilmente de
proveedor, el poder de mercado se desvanece (Geroski y Griff ith, 2004).
Es claro que un merca do está compue sto por una serie de empresas u operadores
económicos que producen y ofrece n un determinado bien o servicio, o un conju nto de
bienes y servicios, relacionados e ntre sí. Sin e mbargo, está visión neoclásica es
insatisfactoria desde el punto de vista de la política de competencia. El mercado relevante
no se debería ente nder como un conjunto d e bie nes y servicios que comparten
caracte rísticas c omunes, sino como “ el conjunto de productos y áreas geográficas en la s que se p uede
ejercer poder de mercado y realizar ciertas conductas anticompetitivas” (Ordóñez de Haro, 2009: 142).
De esta sentencia s e desprende que, para definir el me rcado r eleva nte, será ne cesario
identificar:
I. El merca do de producto, es dec ir, el conjunto de sustitutos cercanos para el producto
-sustituibilidad por el lad o de la de manda- y el conjunto de bie nes y servicios que
potencialme nte se pueden producir usando una tecn ología similar –sustituibilidad por
el lado de la oferta-.
II. El mercado geográfico. Esto es, por un la do, el espacio geográfico en el que los
consumidores puede n c ambiar con facilidad a oferentes alternativ os en caso de
aumentos significa tivos en el prec io de un producto –sustituibilidad por el la do de la
demanda-; y por otro, a quellos espacios donde operan e mpresas que entrarían en el
área geográfica en cuest ión como respuesta a dicho incremento de precios –
sustituibilidad por el lado de la oferta-.
Es fác il a divinar que, generalmente, cuanto más restringida sea la forma en que se mida e l
mercado, más posibilida des habrá de que se c oncluya que una empresa ostenta poder de
mercado. U n determinado volumen de ventas se traducirá o no en una alta cuota de
mercado (y, por tanto, e n un indicio de pode r de me rcado) en función de la dimensión de
su me rcado relevante . Por ello, es normal que las empr esas tiendan a defender definicione s
de mercado má s amplias que las adoptadas por los organismos de competencia.
136
Con respecto al mercado de pr oducto, existe consenso entre las a utoridades de
competencia de los distintos países ace rca de la necesidad de realizar un a nálisis de
sustituibilidad del product o desde el punto de vista de la de manda. Sin e mbargo, y a pesar
de que no suce de lo mismo por el lado de la oferta, tambié n se debe considerar al otro a spa
de la tijera a la hora de definir un mercado: la sustituibilidad por el lado de la oferta. A este
respecto, se c onsidera si los productores que es tán ofertando otro produc to e n e se
momento poseen la capacidad y los activos neces arios para comercializar e l producto en
cuestión en un corto período de tiempo y sin riesgos, como respuesta a una pequeña y
permanente subida e n el precio del producto objeto de estudio. (Comisión Europea , 1997).
Tradicionalmente , la definición de los mercados se ha basado e n la “Reg la de las
Elasticidad es”, también llamada “Ley del Precio Único”
3
. La idea es que “dos productos con
elasticidad es precio cruzad as
4
(en valor absoluto) m uy a ltas forma n parte del m ismo mercado”, ya que
estaríamos hablando de produc tos sus titutivos
5
(Cabral, 19 97: 15).
Distintos autores ha n t ratado de desarrollar otras téc nicas a l obje to de determinar el pode r
de mercado. E ntre estos cabe mencionar el “Enfoque de ajuste parcial” de Horowitz (1981)
o los test de correlac ión de precios, c uya simplicidad y valiosa información son e nsalzadas
por Stigler y Sherwi n (1985). Los problema s que entrañan estos método s esta dísticos giran
en torno a la posibilidad de interpretar equivocada mente una correlación positiva entre dos
precios. E sto exig e la aplica ción de test má s sofisticados ba sados en técnic as ec onométricas
más comple jas, entre los que de stacan el enfoque de l a causalidad
6
, inic iado por Granger
(1969) y desarrollado por Sims (1972 ), W u (1983) y Slade (1986); el análisis de
estacionarieda d
7
, recientemente defendido por Forni (2004) y el análisis de c ointegración,
3
Pueden en contrarse cr íticas a esta técnica para la deter mina ción d el mercado re levante en d iversos
autores como Ord óñez d e Har o (2009: 1 46) o Werd en (199 8 )
4
El con cepto de elasticida d-cr uz ada se pu ede consul tar en c ua lquier manu al de Micro econ omía como
Mankiw (200 7: 65-82 ): Princip ios de Ec onomía. Madrid , Thomson, Cuarta Edición .
5
Aunq ue la regla a lude prin cipalmente a la ela sticidad cruza da de la d emanda, ésta se pu ede extend er a
la oferta.
6
Los test de cau salida d tienen como objeto co mproba r si se cumple la hipótesi s de que lo s movimiento s
en el precio de u n p roducto o área geográfica tiene efectos perceptible s en otro produ cto. Se ap lican
estimando dos regre siones se par adas sobre x , una de las cua les incluye valores retard ados d e z. Si s e
establece un a relación de cau salidad , esto ind icaría q ue per tenecen al mismo mercado .
7
La ley econ ómica de p recio ú nico in dica qu e si dos p roduct os o áreas g eográfica s perten ecen al mis mo
mercado, el arb itraje ha rá qu e sus precios con fluyan en el largo plaz o. El autor afirma que esta
predicción se pu ed e represen tar median te el conc epto estadístico de la e stacionarieda d. Se dice q ue
137
que, estrechamente relacionado con el anterior, s e centra en las relaciones de equilibrio a
largo plazo e ntre los precios de dos o más pr oducto s.
Como señalan Spiller y Hu ang (1986)
8
, toda s esta s técnic as “fun damentadas básicam ente en el
estudio de la evolución d e l os p recios, s on muy útiles para definir los mercados económicos, es d ecir, aqu éllos
basad os en l a ley del precio único, pero se deben adoptar con ciertas cautelas para delimitar los mercados
relevantes desde el punto d e vista d e la política de la comp etencia”. Y es que el hecho de que los
precios de un produc to o área g eográfica a fecten a los prec ios de otro producto o área no
implica necesariamente que ambos productos o áreas geográficas se encuentren en el
mismo mercado.
Para la política de competencia, el método más adecuado para comprobar si d os productos
(o áreas geog ráficas) pertene cen al mismo mercado consiste e n analizar si un monopolista
hipotético de esos p roduc tos encontraría r entable aumentar el pre cio en una cuantía
significativa de forma permanente. El test má s utilizado por la mayoría de las au toridades
de c ompetencia e s el llamado “ Test SSNIP ”
9
o test de l monopolista hipotético, destinado
a estudiar las consecuencias de un pequeño (Small) pero significativo (but Significa nt) no
transitorio (N on-transitory) incremento (Increase) en precios (in Price) sobre la rentabilid ad del
hipotético monopolista que rea liza dicho aumento
10
.
3. Acuerdos y prácticas restrictivas de la competenc ia
En el corazón de la política de competencia se encuentran los acuerdos y práctica s
empresariales prohibidas por s er considerados c omo anticompetitivos. En la prá ctica, l a
libre competenc ia en los mercados –sobre todo aquéllos que aúnan ca racterísticas de
estructura oligopolista- se ve amenazada por la ef ectiva o poten cial coordinación de l as
accione s de los ope radores económicos. E sto sitúa a los acuerdos y práctica s
dos series t emporales son esta cionarias si sus momento s hasta d e segund o orden no dependen del
tiempo.
8
citado en Ordóñ ez de Haro (2009: 153).
9
Para u na descripción del funcion amiento de e sta técnica se puede consult ar Ordóñ ez de Haro (2009:
254-175) u Oy stein y Sogard (2011)
10
Se pueden ver distinta s objecion es a esta metod ología en
Geroski y Griffith (2004)
138
anticompetitiva s en la primera línea de ba talla en defensa de la compete ncia en la mayoría
de los países
11
.
A continuación vamos a analiz ar los tres tipos de comportamie nto anticompetitivo con un
mayor nivel de detalle. Como no podí a ser de otr o modo, pr estaremos una atención
especial a la problemática de la colusión debido a su particular trascendenc ia. Por el
contrario, no profundizaremos en el falseami ento de la competenc ia por actos des leal es,
pues no es mucho lo que el análisis económico puede aportar en ese asunto.
3.1. Conductas colusorias
La OCDE (1995: 20) define la colusión
12
como “ cualqu ier coalición, asoc iación fraud ulenta o
acuerdo entre vendedores cuyo objetivo sea subir los precio s o imponerlos y reducir la producción pa ra
acrecentar los beneficios”.
El a nálisis económico propor ciona valiosos instrumentos que nos permiten abordar c on
mayores g arantías de éxito la proble mática de la colusión. E n c oncreto, para discernir desde
el prisma económico si u na práctica empresarial es o no resultado de l a colusión
13
entre
competidores se procede a rea lizar un estudio en dos dimensiones: una primera dimensión
estructural del mercado; y otra relac ionada con los resultados o e videncia del merca do en
términos de niv el de precios o rentabilida d. Seguid amente se van a detallar los principales
factores que afectan a a mbos niveles siguiendo el esquema propuesto por Cañizares y
Domínguez (2009 ).
3.1.1.
Análisis es tructur al de l a colusión
Hay una serie de condi ciones estructurales que deben concurrir en un mercado para que
pueda e fectuarse la colusión. Resulta imprescindible que el entorno sea propicio para que
11
En España,
el Capítulo I del Título I de la Ley 15/2007, de 3 de jul io, de Defens a de la
Competenc ia española, se titula “ De las conductas prohibida s”. En él se analizan las tr es
tipologías de conduc ta que, por su carácter restrictivo o abusivo, quedan prohibidas por la
citada Ley. Éstas son las “ conductas colusorias” (artículo 1), el “abu so de posición dominante”
(artículo 2) y el “ falseamient o de la lib re competencia por actos desleales” (artículo 3).
12
Artículo 1.1 . de la Ley 15/20 07.
13
Fund amentalmente tácita, p ues la explíc ita suele d emostr arse a pa rtir de pr uebas docu mentadas.
139
los agentes económicos puedan llegar a un entendimiento común sobre los términos de la
(mutuamente be neficiosa) colusión. Para ello, las empr esas implicada s no deben encontrar
incentivos que l es empujen a abandonar la conduc ta colusoria; o lo que es lo mismo, que
no existan eleme ntos externos que desestabilicen el acuerdo.
Por otro lado, será difícil en ge neral que la c olusión sea estable en aquellas industrias que
no cuente n con ba rreras de entrada; tampoco ayuda una e lasticidad demanda-precio alta; o
el caso en que e xista poder c ompensador de l a dema nda; o a quellos mercados que cuenten
con productos muy diferencia dos. Vamos a ver más detenidamente todos estos factores:
a. Concentración de la ofe rta . Cu anto má s conce ntrado esté un mercado por el lado de
la oferta, mayor probabi lidad de colusión habrá. S i unas poca s empresas controlan g ran
parte de l me rcado les será más fácil llega r a un acuerdo que bene ficie a todas. Además,
los costes de vigi lar las posibles desviacione s se reduce n a me dida que se limita el
número de empresas que suscriben el a cuerdo.
b. Competencia actual . La s empresas externas al cártel tie nen incentivos para
desestabilizar la colusión. Además, las empresas pertenecientes a un cártel no podrán
eleva r el precio d e forma signific ativa si los cliente s pueden encontrar a lternativas de
suministro a un precio competitivo.
c. Competencia potencial y barreras de entrada. La propia amenaza de entrada en el
mercado es otra dificultad que de ben e nfrentar las empresas que c oluden. Es fácil ver que
el aumento de precios pr oducto de la colusión supondr á un incentivo para otros
empresarios externos en ese momento
14
.
d. Poder compensador de la demanda. Los a cuerdos e ntre empresas se ve n
desestabilizados por la rea cción que puede motiv ar en la dema nda el incremento d el precio.
Esta respuesta puede tomar tres formas:
14
En consonan cia con este hec ho co ncluye Sy meonidis ( 2003), a part ir de un modelo econo métrico, que
la colusión es más prop ensa a aparecer en industria s int ensivas en cap ital, en la s que la s barreras d e
entrada suelen ser e specialm ente intensa s.
140
En el caso en que los compradores puedan produ cir el bie n objeto de colus ión,
esta integración verti cal a ctuará como una restricción para las empresas que
decidan c omponer un cártel.
Los comprad ores da mnifica dos por el cártel pu eden patrocina r la en trada a un
nuevo competidor en esa industr ia asegurándole un volumen de ventas
suficiente para no c omprometer su supervivencia.
En el caso de me rcados en los que las transacciones tomen la forma de c ontratos
a largo plazo, los clientes pueden aumentar el incentivo de l as e mpresas a
abandonar el cártel. Cuanto mayor sea el tamaño de los cli entes, may ores serán
las ganancias de la d esviación, lo que actuará como aliciente para abandonar a l
resto de socios del cártel.
e. Elasticidad de la demanda. La elasticidad de la de manda afecta a las proba bilidades
de colusión e n la me dida en que ésta resulta más factible en me rcados con demanda
inelástica. Los beneficios de la colusión serán obviamente ma yores en este escenario.
Además, los beneficios a corto plaz o adicionales que obtiene una empresa por de sviarse de
la estrategia colusoria y bajar su pr ecio son menores c uanto más inelá stica sea la demanda.
f. Homogeneidad del pr oducto. Cuanto más homogéne o sea un producto, mayores
probabilidades de colusión habrá. Y vic eversa. La heteroge neidad y va riedad entre los
productos de un mismo merca do dificultan la coordinación entre las empresas
15
.
g. Otras características estructurales . E xiste todo un e lenco de fac tores estructurales
que influyen d e al gún m odo en la s posibilidades de c olusión en los mercados. Podemos
destacar la e xistencia de similitudes entre las empresa s competidoras, ya sea e n las cuotas de
mercado, en la inte gración vertica l o e n las tasas de utilización de capacidad; e l g rado de
transparencia que impere en el mercado, pues permite a la s empresa s observar las
transacciones que rea lizan sus competidores; la esta bilidad de l a de manda, ya que si esta es
creciente , inc rementa consigo los beneficios de la colusión siempre y cuando existan
barreras que impidan la entrada de nuevos c ompetidores; la innova ción, ta nto e n e l
producto como en el proce so productivo, generan a simetrías entre las empresas y
diferencian el producto final, por lo que en ambos casos dificulta la colusión; la existencia
15
De hecho, la mayoría de los cá rteles detectad os por la Com isión E uropea desde 1990 s e h an
produ cido en mercad os en lo s q ue el prod ucto es hom ogéneo (Grout y Sonderegg er, 2006)
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