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Abstract

Este trabajo pretende dar a conocer las características de los menores infractores con medidas judiciales en medio abierto, identificar los factores de riesgo que están ligados a estas conductas delictivas, y realizar un análisis sobre la reincidencia de estos menores. Siempre entendiendo que son múltiples los factores y problemas que influyen en la vida de estas personas. Dicho tema es de gran relevancia en nuestra sociedad, ya que supone un problema a distintos niveles representando un fracaso de la sociedad, en lo que se refiere a la educación de sus miembros, suponiendo un riesgo para ellos mismo, y para el resto de ciudadanos. Desde el trabajo social, es preciso realizar investigaciones que vayan orientadas a conocer estos cambios y situaciones de vulnerabilidad social, lo cual permitirá a los propios profesionales obtener una visión amplia de dichos problemas, y mejorar las intervenciones en este sentido Gómez Cárdenas, Leydy Priscile; García Martínez, Jesús

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UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y DEL TRABAJO GRADO EN TRABAJO SOCIAL Trabajo Fin de Grado MENORES INFRACTORES CON MEDIDAS JUDICIALES EN MEDIO ABIERTO. Características, factores de riesgo y reincidencia. Alumna: GÓMEZ CÁRDENAS, Leydy Director: GARCÍA MARTÍNEZ, Jesús Grupo: 1 Zaragoza, 15 de junio de 2012 3 “ Los buenos tratos en la infancia modelan la forma de ser” (Barudy) “No hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilizació n humana” (Unicef) “Hasta este momento los filó sofos se han dedicado a interpretar el mundo: ahora, sin embargo, se trata de cambiarlo” (Karl Marx) 4 AGRADECIMIENTOS La investigación que se presenta, no hubiese sido posible sin la colaboración y el apoyo de otras personas. Por ello, mi más sincero agradecimiento: A los profesores, y en especial al director de este trabajo: Jesús García Martínez, por dirigir y guiar este trabajo, con un elevado compromiso y rigor académico. Además de depositar una confianza en mí, permitiéndome aprender de su experiencia y conocimientos. A la profesora Ana Navarro, por inspirar y despertar mi inquietud por el campo de menores, gracias por sus aportaciones durante la carrera. Al Área de Atención al Menor en Conflicto Social del IASS, específicamente al Equipo de Medio Abierto (EMA) de Zaragoza, gracias a todo el equipo por su dedicación y entrega mostrada en la recogida de información. Igualmente, quisiera mostrar mi agradecimiento al jefe de área Manuel Benedí Caballero, por colaboración y apoyo durante todo el proceso de investigación. Por último, gracias a mis padres por guiarme y acompañarme en mis metas personales y profesionales. Gracias a todos/as 5 INDICE 1. INTRODUCCIÓN ................................................................. 9 1.1 OBJETO DEL TRABAJO .................................................... 13 1.2 METODOLOGÍA EMPLEADA .............................................. 17 1.3 ESTRUCTURA DEL TRABAJO ............................................ 22 2. FUNDAMENTACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN .......................... 24 2.1 MARCO LEGISLATIVO ................................................... 24 - Ámbito Internacional .................................................... 24 - Ámbito Europeo ........................................................... 26 - Ámbito Estatal ............................................................. 30 - Ámbito Autonómico. ..................................................... 38 - Debate actual sobre una posible reforma: ....................... 39 2.2 MARCO TEÓRICO ........................................................... 41 - Paradigma científico ..................................................... 41 - Modelos teóricos .......................................................... 42 2.3 MARCO CONCEPTUAL ..................................................... 51 - Adolescencia ............................................................... 52 - Definición de menor infractor ........................................ 53 - Características de menores infractores ............................ 54 - Indicadores de riesgo ................................................... 56 - Reincidencia: .............................................................. 63 - Medidas judiciales en medio abierto: .............................. 64 - Otros conceptos relacionados: ....................................... 64 3. DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN .................................. 66 3.1 DATOS BÁSICOS DE LOS MENORES INFRACTORES ............ 66 6 3.1.1 Sexo ......................................................................... 66 3.1.2 Edad ......................................................................... 67 3.1.3. Distribución geográfica de la provincia de Zaragoza ........ 67 3.1.4 Nacionalidad de los menores ......................................... 68 3.2 PERFIL DELICTIVO DE LOS MENORES INFRACTORES .......... 69 3.2.1 Tipo de delito cometido ................................................ 69 3.2.2 Horario del delito cometido ........................................... 71 3.2.3 Circunstancias del delito ............................................... 71 3.2.4 Víctima del delito ........................................................ 72 3.2.5 Lugar del delito ........................................................... 73 3.2.6 Media judicial en medio abierto impuesta al menor .......... 74 3.2.7 Menores con más de una medida judicial ........................ 75 3.2.8 Cumplimiento de la medida judicial ................................ 76 3.2.9 Reincidencia del menor ................................................ 76 3.3 DATOS A NIVEL FAMILAR ................................................ 77 3.3.1 Nacionalidad de los padres ........................................... 77 3.3.2 Relación de pareja de la madre ..................................... 77 3.3.4 Hijos con el progenitor o de otra relación ........................ 78 3.3.5 Residencia del menor ................................................... 79 3.3.6 Situación socio-económica ............................................ 80 3.3.7 Situación laboral de los padres ...................................... 81 3.3.8 Datos de la vivienda .................................................... 82 7 3.4 RELACIÓN DE LA FAMILIA CON LOS SERVICIOS SOCIALES GENERALES Y DE PROTECCIÓN A MENORES ........................... 83 3.4.1 Servicios sociales generales .......................................... 83 3.4.2 Servicio de protección de menores ................................ 84 3.5 SITUACIÓN DEL MENOR EN SU MEDIO FAMILIAR Y SOCIAL . 85 3.5.1 Modelo educativo de los padres ..................................... 85 3.5.2 Estado emocional del menor ......................................... 86 3.5.3 Relación del menor con su familia ................................. 88 3.5.4 Relaciones sociales del menor ....................................... 89 3.5.5 Relación sentimental del menor .................................... 90 3.6 NIVEL EDUCATIVO Y ACTIVIDADES FORMATIVAS-LABORALES DEL MENOR ........................................................................ 91 3.6.1 Nivel educativo alcanzado por el menor.......................... 91 3.6.2 Actividad formativa-laboral ........................................... 92 3.7 SALUD DEL MENOR ........................................................ 92 3.7.1 Problemas de salud mental ........................................... 92 3.7.2 Consumo de tóxicos .................................................... 93 3.8 ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE ........................... 94 3.8.1 Actividades de ocio y tiempo libre que realiza el menor .... 94 3.9 VISIÓN DEL PROFESIONAL SOBRE LA PROBLEMÁTICA DEL MENOR .............................................................................. 96 4. CONCLUSIONES .............................................................. 108 5. BIBLIOGRAFÍA ................................................................ 115 8 6. LEGISLACIÓN ................................................................. 118 7. WEBGRAFÍA ................................................................... 119 8. INDICE DE TABLAS ......................................................... 120 9. INDICE DE GRÁFICAS ....................................................... 121 10. ANEXOS ........................................................................ 122 9 1. INTRODUCCIÓN En nuestra sociedad, se producen cambios sociales vertiginosos, de gran complejidad e inestabilidad. Todo ello, conlleva a diversas situaciones de inadaptación, exclusión y marginación, lo cual precisa intervenciones más tempranas y eficaces, que atiendan estas situaciones en su globalidad. Desde el trabajo social, es preciso realizar investigaciones que vayan orientadas a conocer estos cambios y situaciones de vulnerabilidad social, lo cual permitirá a los propios profesionales obtener una visión amplia de dichos problemas, y mejorar las intervenciones en este sentido. El estudio de Coy y Torrente (1997), nos dice que en España tradicionalmente tanto las instituciones, como los procedimientos legales, han estado en la línea de un interés básicamente correccional frente al delincuente, sin realizar un análisis en profundidad, para conocer las causas que llevan a estos menores a cometer actos delictivos, transgredir las normas, patrones sociales y morales. Este modelo, pertenecía a la corriente de pensamiento neoliberal, donde se hacía énfasis en la peligrosidad de menor y el incremento de la delincuencia juvenil, originando exclusivamente medidas de control social. Por lo tanto, prevalecía una represión sobre dichas conductas antisociales, sin tener en cuenta la prevención y educación de estos menores. Sin embargo, los sucesivos cambios en la sociedad han propiciado una concepción diferente sobre el origen de la delincuencia, acentuando el problema en las pautas de desarrollo de estos menores. De esta forma, han surgido nuevos modelos de intervención, que no se limitan a juzgar hechos delictivos, sino que pretenden buscar las causas y factores que están influyendo en estas conductas, para trabajar dichos aspectos y perseguir una reeducación e integración social de estos menores. 16 La reincidencia de los menores, coinciden en gran medida con la “no superación” de los factores de riesgos: personales, familiares, grupo de pares, y fracaso escolar. Se verifica la hipótesis, ya que los factores de riesgo que más inciden en las conductas de estos menores son: entorno familiar (conflictividad, mala comunicación, desestructuración), factores individuales; se comprueba que existe una inestabilidad emocional en estos menores, insatisfacción, etc. Entorno de amistades de su misma edad con la misma problemática y comportamientos antisociales. Sobre el contexto social, es evidente los escasos apoyos sociales con los que cuenta el menor y su familia, pero los índices de delincuencia por barrios no se corresponden con los resultados obtenidos en este estudio (no es un dato destacable). HIPÓTESIS 3 Se verifica la hipótesis; si bien la reincidencia de los menores supone que no se ha superado los factores de riesgo asociados a esas conductas, sobre todos los familiares y el fracaso escolar. También se identifica otro elemento que podría condicionar la reincidencia, y es la lentitud de la justicia, desde que se comete el delito hasta que se lleva a cabo el juicio. Lo cual, aumenta la intensidad de la actividad delictiva. Por último, es importante hacer mención al diseño del proyecto de investigación (Véase anexo 1) en el que se especifica una análisis más exhausto del estado de la cuestión, los objetivos operativos, y otras aspectos a tener en cuenta durante la realización del estudio. 17 1.2 METODOLOGÍA EMPLEADA La investigación que se pretende llevar a cabo, está integrada dentro de las ciencias sociales, las cuales tienen como objeto de estudio la realidad social, haciendo especial hincapié en aquellas situaciones que se plantean como problemas o temas de especial relevancia dentro de la sociedad. El estudio que se pretende realizar está encaminado al conocimiento de las características, factores de riesgo y reincidencia de menores infractores con medidas judiciales, atendidos desde el Servicio para la Ejecución de Medidas en Medio abierto. Para la realización de este estudio se hará referencia a dos momentos de la investigación como se explica a continuación: 1º momento descriptivo: Desde esta perspectiva, se pretende recabar información sobre las características de estos menores, además de explicar los diversos factores de riesgos que intervienen en estas personas y su reincidencia. Mediante esta investigación se identificaran los aspectos predominantes de los menores atendidos desde EMA. Para ello, se llevará a cabo una recopilación de datos de los expedientes de los menores, identificando las distintas variables que engloban el estudio. Para conseguir estos resultados, se debe seguir un diseño y planificación de la investigación (Véase anexo 1)proceso que constará de diferentes fases: identificar las características del problema objeto de investigación, definir y formular las hipótesis, elegir las fuentes apropiadas sobre el tema (bibliografía, artículos, páginas web, etc.), seleccionar las técnicas y herramientas a utilizar, planificar y elaborar la sistematización de datos; estableciendo categorías, con el propósito de dar respuesta a las cuestiones que se 18 plantean, posteriormente es necesario describir y analizar los datos obtenidos de forma clara y precisa, sin sesgar los resultados. 2º momento explicativo: En este segundo momento de la investigación se analizaran e interpretarán los diferentes datos obtenidos, con el fin de establecer las causas y factores que inciden en el problema en cuestión. Como su nombre indica, este tipo de estudio pretende ir un paso más allá, de una mera descripción de los resultados, sino que busca un trasfondo y un análisis más detallado del objeto de estudio. A través de esta parte más explicativa se proyectará una comprensión o entendimiento de los rasgos más significativos de los menores infractores. Apuntando a los factores de riesgo y la reincidencia de estos menores. De esta forma podremos obtener respuestas a las preguntas ¿por qué ocurre? ¿En qué condiciones se producen estas conductas?, etc. y así poder obtener una perspectiva global sobre este tema. Por último, es importante precisar que la información se obtendrá de fuentes primarias, ya que los datos proporcionados pertenecen a los archivos del propio servicio del EMA. Por tanto, contaremos con información especializada, veraz y de rigor profesional, que facilitará una investigación de forma estructurada y controlada incidiendo en los resultados finales del mismo.Previamente, se consultaran fuentes secundarias; archivos, documentos, teorías, estudios previos sobre el tema (base de otras investigaciones), lo cual facilitará un conocimiento global sobre el estado de la cuestión. Para realizar la investigación aplicaremos dos tipos enfoques: cuantitativo; basado en la recolección de datos y sistematización de los mismos a partir de los expedientes de los menores, para posteriormente procesar esos datos y realizar estadísticas que 19 reflejen la realidad estudiada. Cualitativo porque se llevaran a cabo entrevistas en profundidad a una muestra de los profesionales que trabajan en el servicio, además del análisis documental de la información facilitada por el equipo y la bibliografía consultada sobre el tema. Descripción de la muestra: La muestra para este estudio está constituida por 36 casos de menores con medidas judiciales durante el año 2011, atendidos por el Equipo de Medio Abierto (EMA). Dicha muestra es una parte reducida, pero representativa de la población objeto de estudio; los menores infractores. Para la selección se han establecido los siguientes criterios: diversos delitos y medidas, distintas edades, sexo, selección de casos de forma mensual (recogiendo una muestra anual), etc. De esta forma, se reproducen las características básicas de la población en la misma proporción. De tal manera, que se pretende obtener unos resultados válidos y representativos de este universo. Para la realización de este estudio, se ha seleccionado una muestra, porque de otra manera sería imposible estudiar este tipo de población tan grande, y además no se contaba con el tiempo suficiente que requiere un estudio más amplio y en profundidad sobre el tema. Técnicas investigación Base de datos: Para el estudio se contará con los datos que nos facilitará el EMA (Servicio para la Ejecución de Medidas en Medio abierto), de las sentencias judiciales, informes del equipo técnico que asiste a los jueces de menores y al Ministerio Fiscal, y los informes de 20 seguimiento de los profesionales del EMA, según el registro del año 2011. La base de datos se ha realizado con la aplicación Microsoft Office Excel “Hoja de Cálculo”, para ello se han seleccionado diferentes variables, estableciendo una serie de categorías. A través de este registro, se facilita el acceso a los datos del perfil delictivo de los menores, las características de los menores en relación con su medio familiar, social, educativo, ocio y tiempo libre, etc. De esta forma se puede obtener información sobre los factores de riesgo de esto menores, la reincidencia y el perfil de los mismos. Variables que se recogen: Los datos recogidos se han seleccionado y organizado atendiendo a las diferentes dimensiones que obedecen a los fines de dicha investigación: las características de los menores y su perfil delictivo, factores de riesgo, y grado de reincidencia. A continuación se presentan las variables seleccionadas: • Datos básicos de los menores infractores: sexo, edad, distribución geográfica de la provincia de Zaragoza, nacionalidad de menor. • Perfil delictivo de los menores infractores: tipo de delito cometido, horario del delito, circunstancias del delito, víctima de delito, lugar del delito, medida judicial en medio abierto impuesta al menor, menores con más de una medida judicial, cumplimiento de la medida judicial, reincidencia del menor. • Datos a nivel familiar: nacionalidad de los padres, relación de pareja de la madre, hijos con el progenitor o de otra relación, 21 residencia del menor, situación socio-económica, situación laboral de los padres, datos de la vivienda. • Relación de la familia con los servicios sociales generales y de protección de menores. • Situación del menor en su medio familiar y social: modelo educativo de los padres, estado emocional del menor, relación del menor con su familia, relaciones sociales del menor, relación sentimental del menor. • Nivel educativo alcanzado por el menor y actividades formativas-laborales. • Salud del menor: problemas de salud mental, consumo de tóxicos. • Actividades de ocio y tiempo libre que realiza el menor. Entrevista en profundidad: Con esta técnica se pretende obtener información significativa y relevante sobre el tema, mediante conversaciones con los profesionales que mantienen contacto directo con la población objeto de estudio. Las entrevistas que se llevarán a cabo serán semiestructuradas. Se contará con un guión, en el que se recogerán los aspectos fundamentales obteniendo así información muy concreta, según nuestra línea de investigación. El orden de la preguntas se revisaran previamente, así como la redacción de las mismas. A ser posible las entrevistas serán grabadas, con el permiso de las personas entrevistadas, tratando dicha información con total confidencialidad. 22 Análisis documental: Es importante para la realización de este estudio, realizar una previa revisión documental sobre el tema que se está tratando, en este caso “menores infractores”. Esto permitirá conocer lo que se ha escrito sobre el tema, además de proporcionar una orientación inicial, que facilitaría la formulación del problema, objetivos de la investigación, etc. La revisión bibliográfica supone detectar y consultar todos aquellos materiales útiles, para la finalidad del estudio en cuestión. Las fuentes documentales utilizadas son: libros, publicaciones especializadas en el tema de menores infractores, internet, etc. Dificultades y limitaciones: Es evidente que todo proceso metodológico de investigación entraña algunas dificultades y limitaciones que pueden afectar al resultado final del mismo. La limitación más relevantes que durante la recogida de información y la realización de la base de datos; no se aparecían todos los apartados en los informes y expedientes de los menores. Pese a todo ello, el Área de Atención al Menor en Conflicto Social, específicamente el Servicio para la Ejecución de Medidas en Medio abierto (EMA). Ha colaborado en todo momento con ésta investigación, proporcionando información (expedientes de los menores) y cediéndonos minutos de su tiempo siempre que ha sido preciso, sobre todo durante las entrevistas realizadas. 1.3 ESTRUCTURA DEL TRABAJO Respecto a la estructura del estudio, este se compone de cuatro grandes bloques: 23 El primer bloque; se basa en la introducción y presentación de la investigación, contiene una breve justificación del tema elegido, el objeto de trabajo (que se pretende conseguir), la metodología y las técnicas a utilizar. En este aparado también se hace referencia al proyecto de investigación que se adjunta como anexo 1, en el cual se especifican los objetivos, hipótesis y otros apartados de interés para la realización del estudio. En el segundo bloque, se realiza una fundamentación del estudio, haciendo alusión al marco legislativo; desde el nivel internacional hasta el autonómico, el marco teórico; explicando el paradigma científico y los modelos teóricos que hablan del tema, y por último, un marco conceptual con todas aquellas definiciones a las cuales nos referiremos constantemente en el trabajo. El tercer bloque supone el desarrollo de la investigación, contiene por tanto las variables con los gráficos obtenidos durante el estudio, y se divide en los siguientes apartados: datos básicos de los menores infractores, perfil delictivo, datos a nivel familiar, relación de la familia con los servicios sociales generales y servicios de protección al menor, situación del menor en su medio familiar, nivel educativo y actividades formativas o laborales que realizan, salud del menor, actividades de ocio y tiempo libre. El último, apartado hace referencia a las entrevistas realizadas a los profesionales. El cuarto y último bloque corresponde a las conclusiones de la investigación. En este apartado se lleva a cabo una síntesis de los resultados obtenidos y la importancia que supone este estudio en relación con la disciplina del trabajo social. Para terminar, se exponen la bibliografía consultada y los anexos que guardan relación con el trabajo. 24 2. FUNDAMENTACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN 2.1 MARCO LEGISLATIVO Es diversa la normativa que regula la justicia de los menores. A continuación se expone un breve resumen legislativo, desde el ámbito internacional hasta el autonómico. - Ámbito Internacional A nivel internacional encontramos diversos convenios y tratados concernientes con la justicia juvenil: “las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores, (Reglas de Beijing)”, de 1985; las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil (Directrices de Riad), de 1990; las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad, de 1990; y la Recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa, sobre reacciones sociales ante la delincuencia juvenil. Dichos convenios, produjeron un cambio progresivo en los sistema de justicia de menores infractores encaminados a un “modelo de responsabilidad” en los países europeos durante la década de los 80. En este sentido, es importante hacer referencia a la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, que ha sido ratificada por todos los Estados miembros de la Unión Europea, los cuales, han quedado sujetos a su cumplimiento. Los artículos 37 y 40 hacen referencia al tema que nos ocupa1: Art. 37 1“Convención sobre los Derechos del Niño”, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el día 20 de noviembre de 1989, (BOE del 31/12/1990). 25 Los Estados Partes velarán porque: “…Ningún niño sea sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. No se impondrá la pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación por delitos cometidos por menores de dieciocho años de edad… La detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo de conformidad con la ley y se utilizará tan sólo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda… Todo niño privado de su libertad tendrá derecho a un pronto acceso a la asistencia jurídica y otra asistencia adecuada, así como derecho a impugnar la legalidad de la privación de su libertad ante un Tribunal u otra autoridad competente, independiente e imparcial y a una pronta decisión sobre dicha acción…” Art. 40 “…Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para promover el establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicos para los niños de quienes se alegue que han infringido las leyes penales o a quienes se acuse o declare culpables de haber infringido esas leyes, y en particular: a) El establecimiento de una edad mínima antes de la cual se presumirá que los niños no tienen capacidad para infringir las leyes penales; b) Siempre que sea apropiado y deseable, la adopción de medidas para tratar a esos niños sin recurrir a procedimientos judiciales, en el entendimiento de que se respetarán plenamente los derechos humanos y las garantías legales… Se dispondrá de diversas medidas, tales como el cuidado, las órdenes de orientación y supervisión, el asesoramiento, la libertad vigilada, la colocación en hogares de guarda, los programas de enseñanza y formación profesional, así como otras posibilidades alternativas a la internación en instituciones…” 32 efectos procesales y sancionadores en la categoría de infractores menores de edad, flexibilidad en la adopción y ejecución de las medidas aconsejadas por las circunstancias del caso concreto, competencia de las entidades autonómicas relacionadas con la reforma de los menores para la ejecución de las medidas impuestas en la sentencia y control judicial de esta ejecución…” Todos estos principios generales, tienen su base en el “modelo de responsabilidad”, cuyos principios están citados en el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre “La prevención de la delincuencia juvenil, los modos de tratamiento de la delincuencia juvenil y el papel de la justicia del menor en la Unión Europea”, algunos a destacar serian7: profesionalizar y especializar a los órganos de control social que intervienen en el sistema de justicia juvenil, principio de oportunidad, frente al de legalidad, justicia reparadora (justicia intenta proteger tanto a la víctima, como a la comunidad y al imputado), acción educativa que propicie la reflexión del menor sobre su culpabilidad, flexibilidad en la adopción y ejecución de las medidas(variedad de medidas que pueden ser impuestas a los menores), cumplimiento en el propio territorio, y competencia de las entidades autonómicas relacionadas con la reforma en materia de ejecución de las medidas impuestas judicialmente. La legislación determina su aplicación a los menores infractores comprendidos entre los 14 y 18 años. Con el establecimiento del margen de estas edades, se fija el límite mínimo de responsabilidad penal en los 14 años. Por tanto, a los menores 14 años no se les exigirá responsabilidad penal, siendo considerados inimputables y se 7 Diario Oficial de la Unión Europea, Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre “La prevención de la delincuencia juvenil, los modos de tratamiento de la delincuencia juvenil y el papel de la justicia del menor en la Unión Europea”, (2006/C 110/13) 33 les aplicará exclusivamente la legislación protectora prevista en el Código Civil. Otro aspecto importante, es el valor que se le otorga al Equipo Técnico (dependiente del Ministerio Fiscal) que serán los encargados de elaborar los informes sobre la situación psicológica, familiar y educativa del menor así como su entorno social, etc. Dicho equipo tiene una especial relevancia, ya que han de asistir al Juez y al Fiscal; y por su parte ofrecer apoyo profesional al menor desde el momento de su detención y durante todo el proceso. Dichos equipos, son formados por psicólogos, educadores y trabajadores sociales, entre otros, según las necesidades planteadas. Existe un ampliocatálogo medidas que se puede subdividir en dos grupos, las privativas de libertad y las no privativas de libertad, que se ordenan el art. 7 de mayor a menor gravedad. Dichas medidas forman parte de un marco flexible, y para su aplicación han de valorarse no sólo los hechos, sino también la personalidad, la situación, las necesidades del menor, su entorno familiar y social. Pudiéndose aplicar las medidas de forma simultánea o sustituirse a lo largo de la ejecución. En definitiva, la LORPM constituye un marco jurídico para reintegración social y la defensa de los derechos de los menores infractores, destacando el principio básico del interés superior del menor y la intervención socioeducativa, que exige una actuación multidisciplinar. Asimismo, regula los aspectos sustantivos, procesales y de ejecución proporcionando una perspectiva sistemática del tratamiento de los menores. Desde la entrada vigor de esta legislación en el año 2000, la Ley del Menor se ha reformado, en un sentido regresivo y cada vez más 34 endurecedor, su última modificación es la Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre, reguladora de la responsabilidad penal del menor8. La cual prevé que el Gobierno imponga medidas orientadas a sancionar con más firmeza y eficacia los hechos delictivos graves cometidos por los menores infractores, haciendo especial énfasis en prologar el tiempo de internamiento, y la posibilidad de su cumplimiento en centros penitenciarios a partir de la mayoría de edad. También hace referencia a que las estadísticas muestran un aumento de delitos cometidos por menores, lo que ha puesto en “entre dicho” la credibilidad y eficacia de la ley. Y a pesar de que no han aumentado los delitos de carácter violento, han ocurrido una serie de hechos, que han dado lugar a un gran impacto social. Por lo tanto, esta legislación prevé una serie de revisiones. En primer lugar, se amplían los supuestos en los que se interpondrán medidas de internamiento en régimen cerrado (delitos graves, en grupo, bandas, organizaciones, etc.). Se adecua el tiempo de duración de las medidas a la entidad de los delitos y a las edades de los infractores, se suprime la posibilidad de aplicar la ley a los jóvenes en el tramo de edad de 18 a 21 años. También se prohíbe al menor infractor aproximarse o comunicarse con la víctima y su entorno, y la ampliación de la duración de la medida cautelar de internamiento de 3 meses prorrogable por otros 3 meses. Por último, se refuerza la especial atención y reconocimiento de derechos de las víctimas y los perjudicados, a los cuales se les tendrá informado en todo momento del procedimiento. Tras la reforma de la LORPM, se produce un endurecimiento de las medidas aplicables a los menores infractores (elevando su severidad). El discurso del legislador expresa el interés superior del 8 Ley Organiza 8/2006, de 4 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. (BOE Nº 290) 35 menor, pero durante todo el texto se percibe una subordinación de éste, al ejercicio de una función punitiva. Por tanto, bajo el concepto de “mayor proporcionalidad” entre la respuesta sancionadora y la gravedad del hecho cometido”, se justifica el aumento en el carácter penal de las medidas aplicables, restando valor al carácter rehabilitador, diferenciado del interés punitivo o correccional. En síntesis, se considera que la Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, lejos de constituir un avance en la consolidación del derecho para menores infractores, constituye un retroceso. Y ante el impacto social que han generado algunos delitos, la autoridades prefieren optar por el camino de una mayor severidad en las medidas y del procedimiento en sí mismo, con lo cual, lejos de contribuir a disminuir los índices de infracciones de menores, regresa auténticamente al menor al derecho penal, contribuyendo a su criminalización, y a la consolidación definitiva como delincuentes juveniles. En sentido similar, Pérez Machío (2007) concluye que “En definitiva, el modelo política-criminal que subyace en la nueva Ley Orgánica 8/2006 (...) se sustenta en un incremento de la finalidad punitiva a través de la ampliación de la extensión de las medidas de internamiento y la regulación de la posibilidad de su cumplimiento en un centro penitenciario al alcanzar el sentenciado la mayoría de edad. De este modo (...) se frustra cualquier posibilidad de dar continuidad al proceso educativo, laboral y de reinserción social ya iniciado, al producirse un alejamiento de los postulados fundamentales que informan esta materia (...) y al consolidarse definitivamente un sistema de Derecho Penal de menores que no sólo prima la medida de internamiento en régimen cerrado –cuya correcta conceptualización debiera haber impulsado el uso del 36 término “pena juvenil”- frente a cualesquiera otras, sino que también posterga las finalidades educativas y resocializadoras en pro de respuestas puramente sancionadoras, más propias de un Derecho Penal retributivo.” En este sentido se ve relegada la finalidad educativa que se exige el derecho de menores, por una mera intención punitivo-retributiva. Disminuyendo la importancia del proceso de reeducación, ignorando que la condición de infractor, se debe en gran medida a condiciones ajenas a su voluntad de estos menores. Reglamentos y normas de desarrollo de la Ley del Menor. El Reglamento de la LORPM aprobado por RD 1774/2004, de 30 de julio9, completan y desarrollan la Ley Penal del Menor. Dicho reglamento hace referencia a tres aspectos básicos: la concreción de las funciones del equipo técnico y la policía judicial, la determinación de las reglas de ejecución de las medidas cautelares y el régimen disciplinario. Sobre la actuación del equipo técnico nos dice; que los profesionales integrantes de los equipos técnicos dependerán orgánicamente del Ministerio de Justicia o de las comunidades autónomas con competencias asumidas, y estarán adscritos al juzgado de menores. La administración competente garantizará que el equipo técnico realice sus funciones en los términos que exijan las necesidades del servicio, ofreciendo asistencia profesional al menor desde el momento de la detección y realizando la oportuna mediación entre el menor y la víctima. Y a su vez, poniendo en conocimiento del Ministerio Fiscal todo el proceso. 9 Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. (BOE Nº 209) 37 En el artículo 6 de esta normativa, se hace referencia a los principios inspiradores de la ejecución de medidas, advirtiendo que tanto los profesionales, como los organismos e instituciones que intervengan, tienen que seguir estas primicias: interés superior del menor, respeto al libre desarrollo de personalidad, información de los derechos que les corresponden en cada momento, aplicación de programas fundamentalmente educativos orientados asumir la responsabilidad, derechos y libertades de otros, adecuación de actuaciones según edad, personalidad, circunstancias sociales, prioridad de las actuaciones en el propio entorno familiar y social, fomento de la colaboración de los padres, tutores o representantes legales, carácter preferentemente interdisciplinario en la toma de decisiones, confidencialidad y reserva oportuna, coordinación de actuaciones y colaboración con los demás organismos implicados. Todos estos principios rigen la intervención socioeducativa para la ejecución de las medidas en medio abierto. Por tanto, se proponen promover la integración y la reinserción social de los menores a los que se les aplica los tratamientos y programas, los cuales deben ser fundamentalmente educativos. En virtud de lo establecido en el art. 45 de la Ley, cada comunidad autónoma debe establecer las bases para “la creación, dirección, organización y gestión de los servicios, instituciones y programas adecuados para garantizar la correcta ejecución de las medidas previstas en esta Ley”10. Para llevar a efecto dichas competencias, se contempla la posibilidad de establecer los convenios o acuerdos de colaboración necesarios con otras entidades (art. 45.3). 10Ibídem 38 - Ámbito Autonómico. La ley 12/2001 del 2 de julio de la infancia y adolescencia de la Comunidad Autónoma de Aragón11. Es el marco legal y administrativo de referencia para la intervención socioeducativa con los menores infractores a nivel autonómico. Dicha normativa hace referencia a las conductas de riesgo y prevención, identificando como factor de riesgo aquellos contextos caracterizados por la violencia (intrafamiliar, de género, transmitida por medios de comunicación, entre iguales, etc.). Para abordar dicha problemática, las líneas de actuación deben dirigirse a la prevención ofreciendo información y sensibilización en la población, a través de campañas encaminadas a la prevención de la violencia en los distintos sistemas, e intervenciones educativas y terapéuticas. En este sentido elcarácter educativode las medidas es primordial, ya que, es la forma más adecuada de conseguir un sistema eficaz y reparador. Entre las medidas más positivas, se hace referencia a las de reparación a la víctima y los trabajos en beneficio de la comunidad. Y en cuanto a las medidas de libertad vigilada, hace especial énfasis en un buen seguimiento. Por otra parte, la judicialización debe ser el último recurso tras haber agotado otras vías. Tanto a nivel preventivo como de intervención, es importante la creación de programas de ocio y tiempo libre en espacios constructivos y educativos, que mejoren la vida de estos menores. 11 LEY 12/2001, de 2 de julio, de la infancia y la adolescencia en Aragón. (BOE Nº 86) 39 - Debate actual sobre una posible reforma: El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, anuncio el día 25 de enero del presente año, la posible reforma de la Ley del Menor12 para juzgar conjuntamente a menores y mayores por delitos graves, y el estudio de la instauración de la prisión permanente revisable. El Gobierno plantea que los casos de delito grave en los que haya implicados adultos y menores, todos sean investigados y enjuiciados conjuntamente, si bien a estos últimos se les seguirá aplicando la legislación prevista para ellos. También estudiarán la posible instauración de la pena de prisión permanente revisable, en la línea de la que existe en otros países europeos, que sería una pena excepcional para supuestos muy restringidos y que hubieran causado una gran alarma social. A este respecto, numerosos profesionales expresan las dificultades técnicas que esto implicaría, en la medida en se estaría equiparando a menores y mayores, lo cual contradice la naturaleza sancionadoraeducativa de la ley. Además, dichos cambios infringirían la línea de los tratados internacionales firmados por el Estado español como, la Convención de Derechos del Niño de la ONU o las Reglas de Pekín. Los jueces de menores rechazan endurecer la ley y critican el tratamiento “morboso” de hechos aislados13, esta noticia nos dice que los magistrados piden al legislador que no se someta a las presiones mediáticas sobre hechos aislados, para endurecer la 12 Diario digital: ElDIA.es. “GOBIERNO JUSTICIA: Gallardón anuncia nuevas tasas, reforma de ley del Menor y prisión permanente” (25 de Enero de 2012, hora: 12:58h) Web: http://eldia.es/2012-01-25/SOCIEDAD/5-Gallardon-anuncia- nuevas-tasas-reforma-ley-Menor-prision-permanente.htm. Fecha de consulta 17 de Marzo de 2012. 13 Diario digital: El PAIS., Hernández J. A., “Los jueces de menores rechazan endurecer la ley y critican el tratamiento “morboso” de hechos aislados”, Madrid, Fecha 9 de Junio de 2011. (Fecha de consulta 27 de Marzo de 2012) 40 legislación actual (medidas más restrictivas, rebaja del límite de la edad penal de catorce años…). Dichos profesionales ponen en valor la normativa vigente, porque supone un buen instrumento para la reinserción e integración social de los menores infractores, por tanto, instan a la continuidad del principio del interés superior del menor y los fines educativos de las medidas, desde una perspectiva humanizadora y reeducadora. Por otra parte, insisten en la escasez de medios materiales y personales necesarios para la ejecución de las medidas impuestas, que merman la eficacia de las mismas. Apuestan por el fomento de la mediación como respuesta jurídica del menor infractor tanto en la fase prejudicial como en la judicial (durante la ejecución). Desde la administración pública se debe detectar, prevenir, valorar y neutralizar los factores de riesgos de estos menores. En resumen, es necesario mantener la normativa con su esencia de integración social y reeducación. Los responsables de las reformas deberían mantener la racionalidad e imparcialidad ante las presiones mediáticas y hechos aislados. En este sentido, solo queda esperar si se lleva a cabo o no la reforma, y los objetivos y principios legislativos que instaurará. 41 2.2 MARCO TEÓRICO - Paradigma científico La noción de paradigma tiene su origen en la historia y filosofía de la ciencia a partir de la obra de Thomas Samuel Kuhn, “TheStructure of Científica Revoluctions (Estructura de la Revoluciones Científicas, 1969) Ferrater Mora, (2001)14. El cual, construye su tesis central explicando que las nuevas teorías científicas no nacen por verificación, sino por sustitución; esta sustitución es muy compleja, laboriosa. Y es está sustitución de un modelo explicativo, al que denominó “paradigma”. Los paradigmas son realizaciones científicas universalmente reconocidas (dogmáticas) que, durante cierto tiempo proporcionan modelos de problemas y soluciones a una comunidad científica en particular. En las ciencias sociales, el paradigma científico hace referencia al conjunto de experiencias, creencias y valores que afectan a las personas y como estas, perciben la realidad. Cuando se habla de un "paradigma dominante" se refiere a los valores o sistemas de pensamiento en una sociedad estable, en un momento determinado. Los paradigmas dominantes son compartidos por el trasfondo cultural de la comunidad y por el contexto histórico del momento. En la actualidad, el sistema de judicial penal de menores va en la línea de implicarse la generación de prácticas eficaces, basadas en la mejor evidencia científica disponible, velando por el interés superior del menor y en todo caso pasando de un modelo asistencial a un paradigma de la búsqueda de resultados mediante esfuerzos bien 14 Citado en Contreras, R., pp. 43-45 48 Dicha teoría tiene sus orígenes en el famoso trabajo del sociólogo americano Robert. K. Merton (1957)22. Este autor consideraba que la inadaptación del individuo, nace del fracaso para acercarse a las metas sociales a través de los medios legítimos. De esta forma una conducta desviada se producirá en las sociedades donde las metas sean inalcanzables para algunos de sus integrantes. Dichas conductas son el resultado de las expectativas culturales existentes y los caminos ofrecidos por la estructura social para conseguirlos. Se deduce de esta teoría, que aquellos individuos a los que no se les ofrece caminos o vías legales para acceder al bienestar deseado, se sentirán mucho más presionados y recurrirán a conductas irregulares para alcanzar sus metas. Para dar explicación a las conductas desviadas, tenemos que hacer un compendio de todos estos planteamientos teóricos, entendiendo que los factores que describen estas premisas, pueden estar presentes en la vida de estos menores. Todo ello, sin olvidar que la razón o motivación del propio adolescente con sus circunstancias, debe ser analizado para justificar y explicar su comportamiento violento consigo mismo y con los demás. En este sentido, la investigación pretende conocer las características de estos menores y sus factores de riesgos, los cuales están asociados a los diferentes sistemas en los que se encuentran estos menores, de esta manera podremos hacer un análisis de este tema y establecer relaciones con estas teorías. 22Citado en López y López, p. 155 49 Teoría sistémica: En 1968 Bertalanffy23 formuló la Teoría General de Sistemas (TGS) que surgió, con el fin de explicar los principios sobre la organización de fenómenos naturales tras su desarrollo. En la actualidad, es aplicada al conocimiento de muchas otras realidades, tanto naturales como ecológicas, medioambientales, sociales, pedagógicas, psicológicas o tecnológicas, por diversos autores (Hernández, 1989, 1993 y 1997; Castillejo y Colom, 1987 Cusinato, 1992; Campanini y Luppi, 1996; Rodríguez Delgado, 1997)24, hasta tal punto en que se ha convertido en el modelo predominante en los estudios de familia (Satir, Minuchín,1986; Selvini, Palazoli, Andolfi, 1993, Musitu et al., 1994, Rodrigo y Palacios, 1998, Gimeno,1999). Los trabajos iniciales surgen en la terapia familiar, realizada en las Escuelas de Palo Alto y Milán donde se crean las primeras propuestas de intervención. Con la evolución de este modelo, se incorporan elementos de otras Teorías psicológicas, como el constructivismo, la Gestalt, el Psicoanálisis, el modelo Cognitivo- Comportamental, la teoría de Aprendizaje Social o la Psicología del Desarrollo, dejando de manifiesto la capacidad integradora del modelo. Las premisas de este modelo van orientadas a explicar que la familia es un sistema, al que le son aplicables los principios propios de los sistemas generales, y que a su vez tiene una serie de características que son específicas de los sistemas familiares. El desarrollo del ser humano, se enmarca en una serie de sistemas relacionados unos con otros, que son distintos escenarios de interacción con el ambiente. Esta cuestión, ha sido explicada por 23Citado en Espinal et al., pp. 1-4 24 Ibídem 50 Bronfenbrenner (1987)25, que considera que la familia es el sistema que define y configura en mayor medida el desarrollo de la persona desde su concepción. Dicho autor adoptó la terminología de “modelo ecológico”, para explicar que el entorno es algo que trasciende la situación inmediata y afecta directamente a la persona en desarrollo. Teniendo en cuenta que el microsistema es concebido como el conjunto de interrelaciones que se producen dentro del entorno inmediato, según Bronfenbrenner, (1986), Rodrigo y Palacios, (1998) y Papalia y Olds, (1992)26, la familia es el microsistema más importante porque configura la vida de una persona durante muchos años. Teoría o modelo ecológico: Bronfenbrenner (1979)27, explica que los ambientes naturales son la principal fuente de influencia sobre la conducta humana. Concluye que el funcionamiento psicológico de las personas es influenciado, por la interacción de ésta con el ambiente o entorno que le rodea. Este autor considera el desarrollo humano como una progresiva acomodación entre un ser humano activo, y sus entornos inmediatos (dinámicos). Dicho proceso, se ve influenciado por las relaciones que se instauran entre los entornos y por contextos de mayor alcance en los que están incluidos esos entornos. Bronfenbrenner (1976; 1992) denomina “ambiente ecológico” al conjunto de estructuras seriadas; microsistema, mesosistema, exosistema, macrosistema28. 25 Ibídem 27Citado en Torrico et al, pp. 45-59 28Estructuras seriadas, Bronfenbrenner (1976;1992); I. Microsistema: “es el nivel más cercano al sujeto, e incluye los comportamientos, roles y relaciones característicos de los contextos cotidianos en los que éste pasa sus días, es el lugar en el que la persona puede interactuar cara a cara fácilmente, como en el hogar, el trabajo, sus amigos” 51 Explicando que la vivencia y desarrollo del sujeto, está condicionado por factores situados a diversos niveles, más o menos cercanos y que ejercen influencias directas y/o indirectas. 2.3 MARCO CONCEPTUAL “El escritor debe mostrar que el diseño es el resultado de una serie de decisiones realizadas en base al conocimiento obtenido desde la literatura metodológica y trabajos previos”29(Marshall y Rossman 1995) La presentación de un marco conceptual, es uno de los aspectos más laboriosos en una investigación, ya que requiere exponer cada uno de los elementos que intervienen en el estudio, atendiendo a diferentes publicaciones, definiciones y conceptos que se enmarquen dentro del mismo. A continuación, se pretende una breve descripción de los componentes conceptuales específicos de la investigación, los cuales enmarcaran el análisis y la definición conceptual, que orientaran la comprensión del fenómeno de los menores infractores. II. Mesosistema: “comprende las interrelaciones de dos o más entornos en los que la persona en desarrollo participa activamente (familia, trabajo y vida social). Es por tanto un sistema de microsistemas. Se forma o amplia cuando la persona entra en un nuevo entorno”. III. Exosistema: “se refiere a uno o más entornos que no incluyen a la persona en desarrollo como participante activo, pero en los cuales se producen hechos que afectan a lo que ocurre en el entorno que comprende a la persona en desarrollo, o que se ven afectados por lo que ocurre en ese entorno (lugar de trabajo de la pareja, grupos de amigos de la pareja, etc..)” IV. Macrosistema: “es el plano más distante pero igualmente importante, es necesario tomar en consideración la influencia de factores ligados a las características de la cultura y momento histórico-social.” 29Citado en Scribano, A., p. 27 52 - Adolescencia Cuando hablamos de menores infractores, es necesario hacer referencia al ciclo vital en el que se encuentran, ya que de alguna manera estos aspectos están condicionando el desarrollo de estos menores. Deval (1994), nos dice que la adolescencia es un “estadio de transformación y sobre todo, un indicador de crecimiento que pone fin a la infancia y donde se inicia un espacio de madurez definitorio de la adultez”30. Por tanto, es un periodo de incertidumbre para los jóvenes, donde se observa una gran confluencia de sentimientos y relaciones; con amistades, padres, etc. Rubio Prado (2000)31, realiza una descripción de los aspectos psicológicos que se producen en esta etapa: o Búsqueda de sí mismos, de su identidad. o Necesidad de independencia o Tendencia grupal o Evolución del pensamiento concreto al abstracto. o Manifestaciones y conductas sexuales que desarrollan esta faceta de la identidad personal o Contradicciones en las manifestaciones de su conducta y fluctuaciones del estado anímico o Relación conflictiva con los padres o Actitud social reivindicativa y conclusiones propias 30 Citado en Sánchez Ramos, p. 58 31Citado en Sánchez Ramos, pp. 59-70 53 o Elección de una ocupación y la necesidad de adiestramiento y capacitación para su desempeño o Necesidad de formulación y respuesta para un proyecto de vida. Los cambios biológicos, psicológicos y sociales durante la adolescencia, engloban ambientes y conductas de riesgo. Si dichos contextos son conflictivos y marginales, los riesgos aumentan y puede producirse conductas desviadas. A su vez interfieren los denominados factores de compensación o protección, que deben ser analizados con el objeto de saber, cómo estos menores interaccionan con su familia, grupo de iguales, escuela, etc. - Definición de menor infractor Empezaremos por concretar la definición de menor infractor, que comprende la base de esta investigación. Autores como German y Ocariz (2009), consideran que a nivel legislativo un “menor” e “infractor”, hace referencia a chicos y chicas mayores de 14 años y menores de 18 años, que presentan comportamientos contrarios a la ley. Beristain (1996: 180)32 utiliza acertadamente el término “infractor”, cuando se trata de menores, por considerarlo una “calificación no tan reprochante” como la de “delincuente”. Siguiendo la perceptiva legislativa Cruz Elba (2010),nos dice que la concepción penal del menor infractor a lo largo de la evolución legislativa española; “…sigue el criterio jurídico vigente, que define al menor infractor atendiendo al carácter biológico, en torno a al irrestricto criterio de la edad del sujeto. Otros ámbitos de valoración, como es la madurez psicológica, la capacidad de comprender el acto, etc., no sirven para fijar la minoría de edad penal actualmente, sino 32Citado en Germán y Ocáriz, p. 288 54 para graduar la responsabilidad del menor y la medida que ha de imponerse…” En la ley Orgánica 4/1992 de 5 de junio, sobre la reforma de la ley reguladora de la competencia y el procedimiento de los juzgados de menores33, se define a los menores en conflicto social como “aquellos que hayan realizado hechos susceptibles de ser tipificados como infracciones penales”. Estos menores, por su condición de desarrollo, se diferencian de los adultos, porque carecen de la suficiente madurez para comprender sus actos, lo cual precisa una atención especial a sus necesidades personales, familiar y sociales. - Características de menores infractores Según Caballero (2007), algunas de las características personales de los menores en conflicto social son: • Presentan inestabilidad emocional, patrones distorsionados de apego, bajo nivel de auto concepto y autoestima, escasa capacidad de empatía, dificultad para verbalizar sentimientos y emociones… • Escasa interacción social, sentimientos de incompetencia, dependencia de la presión de grupo, dificultad para anticipar consecuencia de sus actos, necesidad de sensaciones de riesgo, hiperactividad, proyectar responsabilidades en los demás, Falta de autocrítica… • Carencia de habilidades sociales, impulsividad, bajo autocontrol, conflicto con las normas, baja capacidad de resolución de problemas, escasa tolerancia a la frustración, afectividad alterada, vulnerabilidad al estrés, inseguridad y ansiedad… 33 Ley Orgánica 4/1992, de 5 de junio, sobre la reforma de la ley reguladora de la competencia y el procedimiento de los juzgados de menores (BOE Nº 140). 55 • Rigidez de pensamiento, escasa capacidad reflexiva, fracaso en el pensamiento alternativo y causal, pobreza de lenguaje, externalidad, ausencia de perspectiva de futuro, tanto a nivel formativo laboral y formativo. • Huida o fuga de la realidad, diseño de patrones ideales de comportamiento totalmente distorsionados, necesidad de lo inmediato, imagen empobrecida sobre la vida y la realidad circundante. Este mismo autor describe algunas características de estos menores, referidas a las relaciones interpersonales: • Los criterios estandarizados refieren; Retraimiento Social y la Consideración Social. • Pueden presentar dominancia en la relación, considerándose superiores a los demás. • Inadaptación: grado de tozudez y terquedad en la generalidad de la resolución de problemas y soluciones planteadas. Conducta disocial; no tienen capacidad, herramientas, estrategias para negociar, ceder, cambiar de perspectiva. Inflexibilidad de juicios como defensa ante la amenaza de otros (miedo a ser dominados; la competitividad) • La agresividad (expresan su frustración ante la imposibilidad de conseguir el dominio que desean), altos niveles de impulsividad e irritabilidad. • Distorsiones cognitivas; pensamientos equivocados y distorsiones de la realidad (anticipación negativa, sobre generalización, minimización y maximización, etiquetaje y rotulación, victimización, desconfianza negativa…) 56 • Estilos cognitivos: divergentes (establecen su propio modo de actuación y su cosmovisión difiere del orden establecido) • La sobre socialización (las relaciones sociales de los menores se han posicionado en un lugar erróneo, por tanto están desenfocados en los niveles de socialización. Tienen sobre socialización en experiencias de: relaciones sexuales, consumo de sustancias, abuso de alcohol y snobs “malos hábitos”) - Indicadores de riesgo Existen aspectos de desequilibrio o anormalidades, en los contextos que integran a estos menores, que les genera una cierta vulnerabilidad social. Si dichos aspectos se mantienen en el tiempo, pueden provocar una evolución negativa en estas personas, lo cual dificultará su adecuada integración y desarrollo normalizados dentro de la sociedad. Castel (1981)34 define la situación de riesgo como un entorno de “peligro social” que afecta a personas o a colectividades. Dicho peligro amenaza el desarrollo integral de los individuos como sujetos de derechos y obligaciones. Otra definición que nos ofrece una visión más global la encontramos en González Sala (2006)35; que hace referencia a condiciones de riesgos como todos los aspectos y circunstancias personales, familiares, sociales, económicas, etc., que aumentan la posibilidad de desajustes graves e inadaptación social en las personas. Estas definiciones nos vienen a decir que los factores de riesgos se producen en los distintos sistemas, y que si no se corrigen, favorecerán situaciones negativas en estas personas (violencia, actos delictivos, etc.). 34Citado en Sánchez Ramos, p. 26 35Citado en Sánchez Ramos, pp. 26-27 57 Una de las clasificaciones sobre los denominados “factores de riesgos”, la encontramos en Montraveta36: Factores personales: - Menores maltratados física o psíquicamente - Menores abandonados por ambos progenitores - Menores desescolarizados y/o falta de rendimiento escolar - Menores con bloqueo de aprendizaje (no derivado de limitaciones intelectuales congénitas o traumáticas) - Trabajo prematuro del menor - Menores con desnutrición o falta de higiene importante - Menores con carencias afectivas - Menores drogodependientes - Violencia ejercida por el menor como reproducción de hábitos aprendidos de los padres - Menores sin madre antes de los 5 años. - Hijos de parejas inestables Factores familiares - Incultura de los progenitores - Familias con algún hijo institucionalizados - Familias con algún progenitor con enfermedad mental grave, drogodependiente o alcohólico - Familias con algún progenitor en la cárcel o delincuente - Familias con un solo adulto, con dificultades económicas importantes o dificultades por el tipo de trabajo de progenitor. - Desadaptación laboral y social de los padres - Familias numerosas con dificultades económicas importantes 36Citado en Mondragón y Trigueros, pp. 59-60 64 - Medidas judiciales en medio abierto: En la ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores55, se establecen las medidas judiciales en medio abierto: asistencia a centro de día, prestaciones en beneficio de la comunidad, convivencia con una persona, familia o grupo educativo, realización de tareas socioeducativas, libertad vigilada, y tratamiento ambulatorio. (Véase anexo 3) - Otros conceptos relacionados: Funciones de la familia: Navarro (2007)56; “Los miembros de la familia pretenden mantener la integridad de ésta como una entidad separada por medio de soporte económico, ofreciendo a sus miembros seguridad física y un sentimiento de pertenencia. La familia ayuda a sus miembro a desarrollar una personalidad eficaz y una adecuada adaptación social, siendo el medio por el que los sentimientos alcanzan su máxima expresión” Familias en riesgo social: Casas (1998)57; indica que “existen personas y familias que debido a las circunstancias que han vivido o viven, tiene más probabilidad de padecer una situación social negativa y esto de por sí les convierte en vulnerables. Del mismo modo, entiende que la vulnerabilidad, está relacionada con la capacidad de pedir ayuda de un sujeto ante determinadas situaciones de crisis personal, familiar o social”. Para explicar las familias con riesgos sociales asociados, este mismo autor establece la siguiente clasificación: 1. Crisis familiares cuya base radica en dificultades de carácter material o físico. 55 Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. (BOE Nº 11). 56Citado en Sánchez Ramos, pp. 48-49 57Ibídem 65 2. Crisis que arranca de unas relaciones de conflicto con el entorno social circundante. 3. Crisis que aparecen por las relaciones en conflicto dentro del sistema familiar, todo tipo de violencia o abuso intrafamiliar, físico, psíquico o sexual. Violencia filio-parental: “hace referencia a las acciones realizadas por los hijos para causar daño físico, psicológico o financiero a sus padres, con el objetivo de obtener poder y control sobre ellos (Conttrell, 2001)58 Trastorno de conducta: “consiste en un patrón persistente de conducta en el que se violan los derechos básicos de los demás y las normas sociales apropiadas a la red. La agresión física es bastante frecuente, pueden implicarse en robos o atracos, en las edades más avanzadas, la violencia física puede tomar la forma de violación, asaltos y, en raros caso, homicidios. En los más jóvenes es frecuente que hagan novillos y se escapen de casa” (López y López, 2008) Trastorno disocial:“patrón de comportamiento persistente y repetitivo en el que se violan los derechos básicos de los otros o importantes normas sociales adecuadas a la edad del sujeto. Estos comportamientos están dividido en cuatro grupos: agresión a personas y animales, destrucción de la propiedad, fraudulenta o robo, transgresiones graves de las normas”(López y López, 2008) Trastorno negativista desafiante:“patrón recurrente de comportamiento negativistas, desafiantes, desobedientes y hostil, dirigido a las figuras de autoridad”(López y López, 2008) 58Citado en Ibabe y Jaureguizar, p. 2 66 3. DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN Partiendo de la premisa de que no existe un perfil único de menor infractor, se expone a continuación de forma descriptiva y explicativa, los indicadores que se han empleado para realizar una aproximación a las características más significativas, los factores de riesgo y la reincidencia de los menores infractores, con medidas judiciales en medio abierto. 3.1 DATOS BÁSICOS DE LOS MENORES INFRACTORES 3.1.1 Sexo En cuanto al sexo del menor infractor, encontramos que la categoría predominante es masculino con un 78%, frente a un 22% que corresponde al sexo femenino, sobre el total de 36 casos (muestra) Gráfico 1. Sexo del menor (fuente propia) 67 3.1.2 Edad Respecto a la edad del menor infractor, los datos se corresponde con los informes del equipo técnico que asiste a los jueces de menores y al Ministerio Fiscal (la edad se corresponde con el año 2011). La categoría predominante se centra en dos edades: 17 años y 18 años, suponen un 28% en ambas edades. Le siguen los menores con 16 años, con un 25%, con 15 años, con un 16%, y por último con 21 años, con un 3%. Gráfico 2. Edad del menor (fuente propia) 3.1.3. Distribución geográfica de la provincia de Zaragoza En este apartado se hace referencia a la distribución geográfica de la provincia de Zaragoza, donde reside el menor infractor. La categoría predominante es la del barrio Delicias con un 22%, le sigue el casco histórico, los pueblos de la provincia (Alfajarin, Calatayud, Ejea de los Caballeros, Fuentes de Jiloca…) y la categoría no especifica (se desconocen datos) con un 11% cada uno, los barrios rurales suponen un 8 % (Garrapinillos, San Juan de Mozarrifar…), los barrios San José y Torrero suponen un 6% cada uno, el Actur y Oliver se 68 sitúan en un 5% cada uno, los barrios de la Almozara, Arrabal, La Jota, Miralbueno y Valdefierro suponen un 3% cada uno. Gráfico 3. Distribución geográfica de la provincia de Zaragoza (fuente propia) 3.1.4 Nacionalidad de los menores En cuanto a la nacionalidad de los menores infractores, la categoría que destaca es nacionalidad española con un 67% (24 casos), le sigue Rumania con un 11% (4 casos), Ecuador y Venezuela suponen un 5% cada uno (2 casos) y Brasil, Chile, Gambia y Colombia suponen un 3% cada uno (1 caso). 69 Gráfico 4. Nacionalidad de menor (fuente propia) En relación con los datos anteriores observamos que los menores de nacionalidad extranjera suponen un 33%, respecto a los de población española con un 67%. 3.2 PERFIL DELICTIVO DE LOS MENORES INFRACTORES 3.2.1 Tipo de delito cometido En cuanto al tipo de delito cometido por estos menores, destaca: el robo con violencia o intimidación en las personas (robo de forma agresiva y violenta) con un 28%, le siguen el robo con fuerza en las cosas (robos en los que se emplea la fuerza en las cosas, para acceder al lugar donde éstas se encuentran) con un 17%, la falta de lesiones (causar lesión a otro afectando su integridad corporal o de salud física o mental) supone un 16%, el siguiente delito es el de falta de daños (causare daños en propiedad ajena) con un 14%, la falta de hurto (con ánimo de lucro, tomar las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño) y robo con fuerza en casa habitada (todo robo se cometa en casa habitada, edificio o local abiertos al público o en cualquiera de sus dependencias, aunque las personas 70 estén ausentes) supone un 5% cada una. Por último, abusos sexuales (cuando sin violencia o intimidación, y sin que medie consentimiento, se realicen actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona), las agresiones sexuales (atentar contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación), las injurias (acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación), los atentados contra la autoridad (los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas) y el robo de uso de vehículo de motor (sustrajere o utilizare sin la debida autorización un vehículo a motor o ciclomotor ajenos) suponen un 3% cada uno. Para ampliar información véase anexo 4. Gráfico 5. Delitos (fuente propia) 71 3.2.2 Horario del delito cometido Para la realización de las categorías, previamente se han definido las unidades de tiempo de la siguiente manera: mañana (05h a 12h), medio día (13h a 15h), tarde (16h a 20h), noche (21h a 00h), madrugada (01h a 04h) y no especifica (significa que desconocemos el dato). Como observamos en el gráfico el horario en el que se cometen más delitos es en la tarde con un 28%, le sigue la noche con un 22%, y la madrugada con un 20%. Los horarios en los que se realizan menos delitos serian a medio día con un 14%, seguido de la mañana con un 8%. Otro 8% supone la categoría “no especifica”. Gráfico 6. Horario del delito (fuente propia) 3.2.3 Circunstancias del delito Esta variable define las circunstancias del delito por parte del menor infractor, refiriendo; si el delito lo ha cometido solo o acompañado. Como se observa en el gráfico la mayoría de los menores comete el delito acompañado lo cual supone un 78%, mientras que un 22% lo realizada solo. Este último indicador guarda una cierta relación con el delito cometido: 72 Gráfico 7. Circunstancias del delito (fuente propia) 3.2.4 Víctima del delito Esta variable refiere datos sobre la víctima del delito. La categoría destacable refiere un 22% cuando la víctima es un menor solo, un 20% la víctima es un adulto, le sigue un 19% que destaca que la víctima es un menor acompañado, un 3% supone que la víctima son los cuerpos de seguridad y el indicador “no especifica” es de un 36% (se desconocen los datos). 73 Gráfico 8. Víctima de delito (fuente propia) 3.2.5 Lugar del delito Esta variable nos indica donde se han cometido el delito. Observando la gráfica destaca que un 47% de los delitos se cometen en la vía pública, seguido de un 11% que corresponde a otros (centro de scout, almacén, portal domiciliario…), con un 8% están aquellos delitos que se comenten en un inmueble. Le siguen los supermercados, parques públicos, y centro educativo con un 6%, y un 5% corresponde a centro deportivo, y centro comercial. Por último, con un 3 % el lugar del delito se corresponde a una institución pública y centro de protección de menores. 80 Gráfico 17. Residencia del menor (fuente propia) 3.3.6 Situación socio-económica Respecto de la situación socio-económica familiar, se han determinado las siguientes categorías: estabilidad (cuentan con unos ingresos económicos adecuados para hacer frente a los gastos de la unidad familiar), riesgo (refiere aquellas familias que cuentan con unos ingresos inestables y modestos, los cuales se encuentran al límite y con una posible transición a la precariedad), precariedad (escasez de recursos económicos a nivel general), no especifica (se desconocen los datos). Como se puede observar en el gráfico un 52% de las familias cuentan con una estabilidad económica, el 32% se encuentran en situación de precariedad, seguido de un 6% que corresponde a las familias con especial riesgo. Por último un 10% “no especifica” (se desconoce el dato). 81 Gráfico 18. Situación socio-económica (fuente propia) 3.3.7 Situación laboral de los padres Con un 28% destaca el empleo estable en ambos progenitores (tienen un trabajo regulado/estable), le sigue un 20% que se corresponde a que el empleo estable es de uno de los progenitores (uno de los dos cuenta un empleo regulado/estable), con un 19% estarían los padres que dependen de ayudas o prestaciones económicas (IAI, ayudas del INAEM, ayuda familiar, pensión de orfandad, pensión de invalidez, etc.), la categoría “no especifica” también figura con un 19%. Por último un 11% pertenece a la inestabilidad laboral de ambos progenitores (venta ambulante, empleos temporales, etc.), y solo un 3% corresponde al desempleo de ambos (paro, subsidio…). 82 Gráfico 19. Situación laboral de los padres (fuente propia) 3.3.8 Datos de la vivienda En cuanto a la vivienda cabe destacar que un 33% pertenece a régimen de propiedad caracterizado por unas buenas condiciones, seguido de un 25% en régimen de alquiler en buenas condiciones, le sigue un 19% que corresponde a la categoría “no especifica” (se desconocen los datos), un 11% en régimen de alquiler en malas condiciones de habitabilidad, y por último un 6% correspondiente inestabilidad domiciliaria (cambios de domicilio, no hay una residencia fija) y vivienda en régimen de propiedad en malas condiciones. 83 Gráfico 20. Vivienda familiar (fuente propia) 3.4 RELACIÓN DE LA FAMILIA CON LOS SERVICIOS SOCIALES GENERALES Y DE PROTECCIÓN A MENORES 3.4.1 Servicios sociales generales Esta variable nos revela si la familia del menor mantiene o ha mantenido contacto con los servicios sociales generales (apoyo técnico, ayudas económicas, terapia familiar, etc.). Como se observa en el gráfico un 58% de las familias ha mantenido relación con estos servicios, frente a un 42% que no ha tenido contacto con los mismos. 84 Gráfico 21. Servicios sociales generales (fuente propia) 3.4.2 Servicio de protección de menores Esta variable refleja si la familia del menor mantiene o ha mantenido contacto con el servicio de protección de menores. Como se observa en el gráfico un 64% de las familias no ha mantenido relación con estos servicios, frente a un 36% que si ha tenido contacto con los mismos. Gráfico 22. Servicio de protección de menores (fuente propia) 85 3.5 SITUACIÓN DEL MENOR EN SU MEDIO FAMILIAR Y SOCIAL 3.5.1 Modelo educativo de los padres Las categorías de estas variables están definidas de la siguiente manera: pautas adecuadas (los padres establecen pautas educativas convenientes, no refieren dificultades a la hora de conseguir que su hijo siga indicaciones. Ejercen control sobre los horarios, amistades y formación del menor, y establecen sanciones ante comportamientos inadecuados. Hay un seguimiento a nivel formativo. Estilo educativo que se corresponde con el intervencionismo, diálogo y negociación con los hijos), pautas inestables (Intervienen ambos padres en la educación, pero los estilos parentales no son consensuados; autoritario, permisivo, poco intervencionista, sobreprotección, dialogante, negociador, etc., no coinciden en los criterios educativos pautados entre ambos progenitores. Las intervenciones son escasas y poco eficaces, no se plantean pautas estrictas), pautas inadecuadas (Familias que necesita supervisión constante. Los padres no consideran importante la escolarización de los menores. Escasas habilidades parentales, desorganización y falta de referentes educativos y de control, desestructuración familiar, ambiente poco protector e inestable, y falta de respuesta a las necesidades afectivas), y poco intervencionistas (padres con poca o nula dedicación de establecimiento de pautas educativas “laxitud”, estilo educativo permisivo, escasa supervisión adulta, incapacidad de poner límites, no resultan efectivos los castigos, ni las ordenes, no existe una consecuencia de los actos. Los padres son incapaces de reconducir la situación. El menor no dispone de obligaciones, ni de horarios, y tiene amplia libertad como norma general). 86 Como podemos observar en el gráfico un 39% de los referentes paternos plantean pautas inestables, seguido de un 22% en el que se reflejan pautas inadecuadas, y poco intervencionistas en cada una, y por último un 17% se corresponde a pautas adecuadas por parte de los padres. Gráfico 23. Modelo educativo de los padres (fuente propia) 3.5.2 Estado emocional del menor Con esta variable se pretende conocer el estado emocional de los menores, para ello se han establecido las siguientes categorías: estable (menores con buen estado emocional, ejercen adecuadamente sus emociones y su conducta en general, tienen estabilidad emocional, y se muestran respetuosos ante las necesidades de los demás a través de la compresión y empatía), inestable (menores que se caracterizan por una desmotivación, con pocas expectativas de futuro. Sus intereses van relacionados a lo que hacen sus amigos. Sufren una alta deseabilidad social, actitud rebelde y contestona, cierta impulsividad, ideas repentinas e 87 inoportunas, prima la acción frente a la reflexión …), alto riesgo (existe una falta de adaptación, altos niveles de conflictividad, falta de interés y motivación, cuentan con más autonomía que la que le corresponde por edad, obtienen lo que desean sin esfuerzo, baja tolerancia a la frustración, uso de agresividad, cambios de humor, reacciones emocionales desmesuradas, rasgos de impulsividad, problemas con los vínculos afectivos, falta de empatía, irascibilidad, conducta negativista desafiante, ansiedad, reacciones explosivas, dependencia, trastornos depresivos y de conducta, rigidez cognitiva y concreción de pensamiento que le dificulta entender los planteamientos de los demás, conducta disruptiva en grado severo…), y no especifica (se desconocen datos al respecto). Como se observa en la gráfica el estado emocional destacable en estos menores es de un 44% de alto riesgo, seguido de un 36% de inestabilidad, un 14% se corresponde a un estado emocional estable, y por último un 6% no especifica. Gráfico 24. Estado emocional de menor (fuente propia) 88 3.5.3 Relación del menor con su familia A continuación se hace referencia a las relaciones del menor con su medio familiar, para ello se han establecido las siguientes categorías: relaciones normalizadas (existe una buena relación con los miembros de la familia, convivencia normalizada, respeto a los padres, buenos lazos afectivos y un ambiente familiar adecuado), relaciones inestables (relaciones poco equilibradas y consistentes, el menor tiene una sensación de agobio y necesidad de espacio personal, la relación con los padres es distante, no existe una relación fluida del todo, existe una baja vinculación afectiva…), relaciones problemáticas (problemas en las relaciones, derivados de problemas de maltrato, progenitor en prisión, rechazo hacia el menor, dificultades de convivencia, alta conflictividad, entorno difícil con una mala dinámica familiar, situación de desprotección de los menores, relaciones intermitentes y problemáticas, violencia en la realidad cotidiana…), y no especifica (se desconocen los datos). Se observa que un 42% hace referenciar a relaciones normalizadas, seguida de un 30% cuyas relaciones son problemáticas, un 25% son relaciones inestables y un 3% no especifica. Gráfico 25. Relación del menor con su familia (fuente propia) 89 3.5.4 Relaciones sociales del menor En este apartado se pretende conocer las relaciones del menor con su medio social, las categorías establecidas son: relaciones positivas (relaciones estables con amigos del barrio, compañeros de clase… poseen recursos para relacionarse adecuadamente), escasez de relaciones (menores que manifiestan tener pocos amigos y algunos conocidos, no tienen afinidad para relacionarse con otros menores de su edad), relaciones inestables (menores que no cuentan con un grupo de amigos fijo, tienen algunos amigos con ciertas conductas problemáticas…), relaciones negativas (en sus relaciones con los demás puede llegar a ser cruel e insensible, dificultades para integrarse en el grupo de iguales, falta de habilidades de interacción sociales, vulnerables frente a grupos con conductas antisociales, actúan según su voluntad de acuerdo a intereses inmediatos…), no especifica (se desconocen los datos). En el gráfico se observa un 39% que refleja relaciones positivas, le sigue un 33% que refiere relaciones negativas, un 11% supone relaciones inestables y escasez de relaciones. Por último, un 6% no especifica. 96 3.9 VISIÓN DEL PROFESIONAL SOBRE LA PROBLEMÁTICA DEL MENOR Para la investigación se han realizado tres entrevistas a los profesionales del EMA (jefe de área y educadores). De las cuales se ha obtenido información detallada sobre el tema que nos ocupa, complementando así, el estudio con los informes y la bibliografía utilizada sobre el tema. El análisis de las entrevistas se ha estructurado en varios apartados, ateniendo a la finalidad de la investigación: posición de la familia ante la intervención, entorno del menor infractor, características de los menores infractores, perfil del menor infractor, relación del menor con su grupo de pares, reincidencia, estigma social y opinión pública. A continuación se exponen los apartados más relevantes (para ampliar información ver análisis en el anexo 5) CARACTERÍSTICAS DEL ENTORNO PRÓXIMO DE MENOR INFRACTOR DISCURSO DE LOS INFORMANTES: Informante 1 “…es una familia normalmente, en la cual hay problemas en la pareja; de convivencia, en muchos casos están separado o divorciados en un porcentaje muy alto de casos, donde ejerce mayor influencia la madre que el padre, normalmente suele convivir con la madre, y el padre tiene un papel más periférico, se involucra menos en la educación de los hijos, el padre generalmente… los padres están en ese ciclo vital de que se han separado, que han pasado de…. que están o bien separados, o bien están iniciando una relación con otra pareja, con lo cual es una situación en la cual los padres están muy pendientes de su vida personal y de sus relaciones afectivas… que por la relación que 97 establecen con sus hijos, los problemas que tienen sus hijos en sí… son familias socia lmente aisladas, un aislamiento social también dificulta la integración de los hijos, y también el trabajo con los hijos, familias que no comparten a veces los problemas que tienen…” Informante 2 “…suelen ser menores que las familias, son un poco desestructuradas, fallos a nivel familiar…” Informante 3 “es difícil… familias desestructuradas, con problemas de salud mental, con consumo de tóxicos, donde se dan todos los factores… pero es lo que te decía antes que no siempre… nos llegan chavales de familias muy normales, y que a veces delito no es la borrachera y la bronca, son delitos de estafa o de violencia... sabes… pero no es condición de un ambiente marginal, salga un delincuente, eso también te lo digo… de ambientes muy normalizados y con una capacidad económica solvente también hay… claro esos son lo menos, los que mejor cumplen y con los que antes encuentras colaboración” INTERPRETACIÓN Los informantes coinciden en que los entornos de origen de estos menores se caracterizan por diferentes fallos a nivel familiar: desestructuración, problemas de convivencia, problemas de salud mental, consumo de tóxicos, problemas a nivel de pareja (divorcios, nuevas relaciones sentimentales, etc), la madre suele ser la responsable del cuidado del menor, mientras que el padre suele ocupar un papel menos importante en la educación y cuidados del menor… Existen casos de aislamiento social, es decir; entornos en que los problemas son de ámbito privado y no comparten esos problemas, mientras que hay otras familias que reconocen sus problemas, pero en vez de buscar ayuda, etiquetan a su propio hijo 98 como delincuente, haciendo pública esta situación y perjudicando la propia imagen del menor. Por otra parte, el informante 3 hace referencia a familias normalizadas, y cuyos menores comenten delitos de otra índole como pueden ser estafa, violencia... por tanto, en algunos casos los menores infractores no provienen de a mbientes marginales, sino que hay perfiles de familias con una estructura aparentemente normal, con capacidad económica, etc… De estos discursos se puede extraer que los menores infractores no siempre provienen de ambientes marginales, ya que existen algunos casos de entornos normalizados. Tabla 2. Características del entorno próximo del menor RELACIÓN ENTRE LA FAMILIA CON EL MENOR DISCURSO DE LOS INFORMANTES: Informante 1 “…Digamos que sus hijos, muchos de ellos son invisibles, nadie se ocupa de ellos… allí, y de alguna manera muchos casos, el delito es una manera de llamar la atención, decir que estoy aquí… Y luego por otra parte, conductas muy… por parte de los padres, muy negativita, es decir; ¡no haces nada!, ¡no vas hacer nada!, ¡no vas a encontrar trabajo!, ¡eres un inútil!, ¡no estudias!, ¡vas con drogadictos!, ¡eres un drogadicto!, ¡eres un fumeta!... La relación con los hijos en esta familias generalmente suelen ser, una relación a través de la crítica, no a tr avés de intentar comprenderlos, intentar dales afecto, cariño… no hay una relación fluida, que tienen broncas… son situaciones complicadas.” 99 Informante 2 “…si la familia esta desestructurada y no tiene mucho interés en esto, pues tampoco le da mucho interés… lo que pasa es que los padres que realmente están interesados por sus hijos, vienen aquí y el hijo esta así, pues sí que vienen con el esto de decir… bueno esto lo tenemos que solucionar, pues aquí hay que hacer algo…” Informante 3 “…malas relaciones familiares, situaciones de negligencia incluso de abandono… y luego a veces puede haber situaciones en las que aparentemente, haya una estructura familiar muy fuerte, pero luego… a ver, dices pues es una familia normal (no son pobres, tienen trabajo…) , pero entonces empiezas a indagar más… y hay unos problemas de relación entre los padres, de entendimiento con los hijos, hay muchas cosas… y a veces, los típicos casos de adolescentes, de que los padres no pueden con ellos, que no van al instituto, agres iones a padres… suelen ser complicadas, también depende del nivel de exigencia de la familia, y como sepan afrontar esas situaciones con el adolescente...” INTERPRETACIÓN Las relación de la familia con el menor suele ser complicada y compleja; en algunos casos existe una relación es escasa, es decir; los padres desconocen la situación del menor, no le prestan la suficiente atención, porque no hay un interés en establecer una buena relación con el mismo. Algunas familias tienen una relación con el menor altamente negativista, resaltando los defectos y criticando las actuaciones de menor, por tanto no existe una relación fluida. En otros casos, la relación es de riesgo, porque existen malas relaciones, negligencia, abandono, etc. 100 Por otra parte, hay familias que aparentemente tienen una estructura familiar fuerte, pero existen relaciones problemáticas entre los padres, lo cual tiene consecuencias directas en la relación con e l menor, estableciendo unas relaciones conflictivas entre los mismos. También es frecuente que haya niveles de exigencias muy elevados, pero a cambio no exista una adecuada motivación y recompensa por parte de los padres. Tabla 3. Relación entre la familiar y el menor FACTOR DE RIESGO MÁS INFLUYENTE EN A CONDUCTA DE LOS MENORES INFRACTORES DISCURSO DE LOS INFORMANTES: Informante 1 “…los factores de riesgo que más influyen en los menores, es la situación familiar, ósea la relación que el menor tiene con su familia, ahí es donde yo creo que está el entorno más próximo del menor… es el que más va condicionar, como se va a comportar en la calle y en las relación con sus amigos, en la relación con el delito…” Informante 2 “…un factor de riesgo que hay en muchos es la familia… familias desestructuradas, con conflictos familiares… es un factor de riesgo que influye… otro es el fracaso escolar, que también está dentro de otro de los factores de riesgo… que no es en todos, pero es más generalizado. Luego también consumos, cuando llegan a la adolescencia empiezan a consumir…” Informante 3 “…primero la desestructuración o la estructura familiar, eso muchísimo, porque en el momento que hay desestructuración familiar, malas relaciones 101 familiares, situaciones de negligencia incluso de abandono, a ver estos chavales… empiezan ya con conductas conflictivas y problemáticas, mucho antes de que sean aquí detectadas… pues eso enfermedad mental de los padres, toxicomanías de los padres, malas r elaciones familiares, familias monoparentales … la adolescencia en sí es un factor de riesgo, no para la delincuencia, pero si para muchas otras cosas, luego la actividad, el fracaso escolar… llegan a conocer grupos marginales, que están en su misma situación …” INTERPRETACIÓN Los tres informantes coinciden en que el factor de riesgo más influyente es la situación familiar caracterizada por malas relaciones familiares, desestructuración familiar, conflictos, situaciones de negligencias, abandonos, enfermedad de los padres, toxicomanías de los padres, familias monoparentales sin redes de apoyo necesarias, etc. Otros factores de riesgos a los que hacen mención son: el fracaso escolar, consumo de tóxicos, la propia adolescencia (ciclo vital de cambios), amigos o conocidos que forman parte de grupos marginales, y el exceso de tiempo libre. Estos serían los factores de riesgo que más inciden en los comportamientos delictivos de estos menores. Tabla 4. Factores de riesgo más influyentes en la conducta del menor 102 PERFIL DEL MENOR INFRACTOR DISCURSO DE LOS INFORMANTES: Informante 1 “…menor que ha nacido en una familia complicada, que tiene una autoestima bastante baja, auto concepto bajo, que tiene pocas habilidades en sus relaciones interpersonales, que tiene poca capacidad para conocer sus propias posibilidades; ósea que la inteligencia anémico personal, no tienen un conocimiento muy claro de lo que es capaz. En general, tiene dificultades para relacionase con el resto de la sociedad, tiene un conocimiento del mundo muy limitado… se dedican a una vida cotidiana muy empobrecida, también en sus relaciones. No tienen grandes aspiraciones de nada, no tiene motivaciones para nada, ellos son conscientes de las limitaciones de su propia vida y de su propio mundo personal y familiar, y sus expectativas a ese nivel están limitadas…” Informante 2 “…suele ser un menor que no tiene capacidad reflexiva, que tiene fracaso escolar, que en casa normalmente le ponen pocos límites, que su tiempo de ocio lo comparte con personas que no andan por circuitos normalizados...” Informante 3 “…chico, quince, dieciséis, diecisiete años, luego no quiere decir que haya también eh… chico más que chicas, fracaso escolar, familias desestructuradas y con consumo de tóxicos…” 103 INTERPRETACIÓN Perfil: en su mayoría de sexo masculino, entre quince, dieciséis y diecisiete años, dentro de un entorno familiar complicado (desestructuración, multiproblematicas, consumo de tóxicos…), carece de límites, su tiempo de ocio lo comparten con otros menores con las mismas problemáticas, con fracaso escolar, y a nivel personal: son poco reflexivos, tienen escasas habilidades en sus relaciones interpersonales, no tienen un conocim iento claro de sus capacidades… conocimiento del mundo limitado… Tabla 5. Perfil del menor infractor REINCIDENCIA DE LOS MENORES DISCURSO DE LOS INFORMANTES: Informante 1 “…cuanto peor situación familiar tengan, más disfuncional sea la familiar, y cuanto antes hayan empezado a delinquir, peores pronósticos tienen y más van a reincidir… es difícil en la familias, por ejemplo que no tiene una vivienda propia, que la madre está en paro, el padre está en la cárcel, y que la vida habitual del padre o de la familia en general es la delincuencia, vienen traficando droga o con otra actividad delictiva, es difícil que en ese ambiente un menor pueda salir adelante. Esos son los casos en los que mayor reincidencia, o que los padres son drogadictos, consumidores ambos, es muy complicado que puedan…. Esas son las mayores dificultades…” Informante 2 “…si a ver, los niveles de reincidencia son muy bajos… por ejemplo de conciliaciones y reparaciones tenemos prácticamente no tenemos reincidencias, muy pocas, chicos que vienen por falta, que hacen servicios o tal, 104 hay muy poca reincidencia. La reincidencia son más chicos que cometen delitos de robo o así. De todos modos en la reincidencia también importan estos factores de riesgo que hemos comentado… cuanto más factores de riesgo hay, mayor reincidencia hay, porque por supuesto es mucho más difícil el poderlo solucionar…” Informante 3 “bueno, pues habría una… no es la más importante, pero si condiciona muchísimo, la lentitud de la justicia, desde que comenten el primer delito, hasta que sale el juicio, pueden pasar tranquilamente un año, en ese año a veces se juntan cuatro, cinco y seis expediente, esa sensación de que yo cometo un delito y no pasa nada… es muy habitual, de hecho yo tengo chavales que todos los delitos a lo mejor lo han cometido en un añ o, y luego ya no cometen más, sabes… haber que no voy a decir que la justicia tiene la culpa… Pero claro… estamos hablando ya, de que tiene que haber posiblemente sangre, o ser un delito grave o robo con fuerza, o mucha acumulación de robos con fuerza y qu e la juez diga, bueno pues una cautelar, pero es que si no puede pasar tranquilamente un año…” INTERPRETACIÓN Los niveles de reincidencias son mínimos, sin embargo los menores más propensos a una reiteración de delitos son los siguientes: aquellos que tienen un entorno familiar desfavorable (padres consumidores, en la cárcel, etc), que se desarrollan en un ambiente delictivo, y estas prácticas están muy asentadas en las familias, hechos delictivos desde temprana edad, varios factores de riesgo asociados… 105 En la reincidencia también es clave el delito cometido, los que mayor grado de reiteración tienen; son los robos (tiendas, carteristas…) La informante 3, nos explica que una causa de la reincidencia está vinculada a la lentitud del proceso de la justicia, desde que se comete el delito hasta que hay un juicio, el trascurso del tiempo es bastante largo, propiciando que el menor cometa más de un delito durante ese espacio de tiempo. Y el pronóstico es aún más favorable al delito, si el menor se encuentra en un entorno inadecuado, como se ha descrito anteriormente. Tabla 6. Reincidencia de los menores ESTIGMA SOCIAL DISCURSO DE LOS INFORMANTES: Informante 1 “… la primera visión distorsionada que hay es que todo el mundo piensa que ¡me ha salido un hijo delincuente!, ósea primera visión… Cuando un chaval comente un delito, ya es un delincuente, ósea hay una etiquetación… ósea no entienden que la vida de una pe rsona es un proceso… Pues aquí uno comete un delito y ya le han dado el título de delincuente. Entonces… además es una cosa que solo depende solo de ti, el que tú tengas estas conductas, digamos que hay un carácter como si uno eligiera ser delincuente… y l uego hay un carácter moral, como es un conducta que tú puedes tener o no tener… entonces ya te moralizan; es voluntario y además es porque tú tienes una moral perturbada, tienes una moral que no va con la sociedad, como si eso fuera ya para toda la vida… te etiquetan ya para siempre ¡este es un delincuente! 112 (excesivo control), y el estilo poco intervencionista, donde existe negligencia, falta de normas y de hábitos, etc. La mayoría de los padres establecen pautas inestables e inadecuadas que inciden negativamente en la educación del menor. En este caso, los padres consientes o no, están limitando y dificultando que el joven adquiera unas pautas, y hábitos adecuados. 9. El factor escolar, merece una especial atención, ya que en su gran mayoría son menores con fracaso escolar; han repetido curso, no han acabado la ESO, han mantenido una escolarización alternativa, absentismo escolar, etc… La causa de este fracaso proviene de: falta de motivación e interés, entorno familiar no favorable y poco estimulante para la educación, escasa supervisión, etc. son muy bajos los niveles de escolarización normal, bachillerato, grado medio, etc. Este es un aspecto importante a trabajar, no solo desde las familias, sino también desde el ámbito educativo, donde se tendrían que establecer medidas que favorezca la integración de este jóvenes, no solo a nivel de rendimiento académico, sino puntualizando en la motivación y en las expectativas de futuro, que es el punto más débil de estos menores. Toda esta intervención siempre ha de estar acompañada por el apoyo familiar, ya que la situación no se verá mejorada si uno de los dos ámbitos falla. 10. Otros factores de riesgos son; La relación de la familia con los servicios sociales generales implica que son vulnerables. De acuerdo a la relación de la familia con el servicio de protección de menores, un 36% de estas familias, ha tenido relación con dichos servicios. Por tanto, estos menores han sufrido alguna situación de maltrato, abusos, negligencia… dentro de su entorno familiar, lo cual ha condicionado su estado emocional y comportamientos. Otro factor es el exceso de tiempo libre de estos menores, porque no tienen organizada ninguna actividad, o bien no asisten al centro educativo, y además en su entorno no hay una cultura en este sentido. 113 11. En cuanto a la reincidencia de los menores, estos suponen una minoría de los casos. Por tanto, se puede afirmar que los niveles de reincidencia son muy bajos debido a; las medidas, la intervención especializada, y la línea de actuación profesional a favor de la reeducación y reinserción. Existe un perfil de menores que muestra una mayor probabilidad a la reincidencia: entorno familiar desfavorable (familias multiproblematicas, desestructuradas, con carencias a distintos niveles; afectivo, emocional, económicos, redes, etc.), ambiente delictivo, con prácticas muy asentadas en este sentido. Por tanto, debemos ser conscientes de la importancia de la reeducación, amparada por la legislación del menor, la cual es muy efectiva en este sentido, si observamos los niveles de reincidencia. Todo ello, es posible gracias a la perspectiva de cambio de los profesionales hacia los menores, incentivando la integración y otros modos de vida más adecuados. 12. Respecto a la intervención y ejecución de las medidas judiciales en medio abierto, destacan la libertad vigilada y la prestación de servicios en beneficio de la comunidad. En su mayoría no recae más de una medida judicial, y cumple las medidas impuestas. En este sentido se deduce que el propio entorno y estructura judicial condicionan que el menor y su familia, se muestren colaboradores para la ejecución de las medidas. Sin embargo, hay algunos casos en los que la familia en un principio se muestra colaboradora, mostrando su apoyo en el tratamiento del menor, pero ante su disposición de cambio o mejora a nivel familiar, la colaboración es más limitada, porque supondría una mayor implicación por su parte. 13. La prevención de las conductas desviadas y delictivas, solo es posible a través de una intervención en los campos más próximos al menor, sobre todo en el ámbito familiar y educativo. Desde éste último, se pueden llevar a cabo campañas de sensibilización, charlas en centros educativos, experiencia de chavales con conductas 114 disruptivas en el pasado, etc, para poder prevenir estos comportamientos. No es necesario que se intervenga solo cuando ocurre un delito, es imprescindible trabajar previamente estas situaciones, implicando al entorno familiar, para que asuma sus responsabilidades, y busquen ayuda especializada, antes de que la situación se vea desbordada. Para el Trabajo Social supone un reto actuar con estos jóvenes y sus familias, para poder reconducir dichas situaciones problemáticas, y buscar la integración social de estos menores, incidiendo en la mejora de la colectividad. 115 5. BIBLIOGRAFÍA - CABALLERO MARISCAL M.A, Técnicas y actividades para trabajar con menores en situación de riesgo e infractores, Grupo Editorial Universitario, Granada, 2007, pp. 19-27. - CONTRERAS R.R., “El paradigma científico según Kuhn. Desarrollo de las ciencias: del conocimiento artesanal hasta la ciencia normal”, Rev. VI Esc. 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Universidad complutense de Madrid, España, pp. 72-149. 116 - ESPINAL I., GIMENO A., GONZÁLES F., “El enfoque sistémico en los estudios sobre la familia”, Facultad de Psicología, Dpto. de Psicología Evolutiva y de la Educación de Valencia (2003), pp. 1-4 - GERMÁN MANCEBO I., y OCÁRIZ PASSEVANT E., “Menores infractores: menores víctimas: hacia la ruptura del ciclo victimal”, Eguzkilore, 23, (2009), pp. 289-290. - GRAÑA GÓMEZ J.L, GARRIDO GENOVÉS V., GONZÁLEZ CIEZA L., “Evaluación de las características delictivas de menores infractores de la comunidad de Madrid y su influencia en la planificación del tratamiento”, Agencia de la Comunidad de Madrid, para la Reeducación y Reinserción del menor infractor, Psicopatología Clínica Legal y Forense, 7, (2007), pp.7-18. - IBABE I., JAUREGUIZAR J., “El perfil psicológico de los menores denunciados por violencia filio-parental”, Revista Española de Investigación Criminológica, 6, 9 (2011), pp. 2- 15. - LÓPEZ LÓPEZ J.R, LÓPEZ SOLER C., Conducta antisocial y delictiva en la adolescencia, Universidad de Murcia, Editum, Murcia, 2008, pp. 143-181 - MCCOMBS M., “Influencia de las noticias sobre nuestras imágenes del mundo”, en Jennings Bryant, y DolfZillman (comp.), Los efectos de los medios de comunicación, investigaciones y teorías, Paidós Ibérica, Barcelona, 1996, pp. 13-34. 117 - MONDRAGÓN LASAGABASTER J., y TRIGUEROS GUARDIOLA I., Intervención con menores. 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LEGISLACIÓN - “Convención sobre los Derechos del Niño”, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el día 20 de noviembre de 1989, (BOE del 31/12/1990). - Diario Oficial de la Unión Europea, Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre “La prevención de la delincuencia juvenil, los modos de tratamiento de la delincuencia juvenil y el papel de la justicia del menor en la Unión Europea”, (2006/C 110/13) - Ley Orgánica 4/1992, de 5 de junio, sobre la reforma de la ley reguladora de la competencia y el procedimiento de los juzgados de menores (BOE Nº 140). - Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (BOE 281) - Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. (BOE Nº 11). - Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. (BOE Nº 209) 119 - Ley Organiza 8/2006, de 4 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. (BOE Nº 290) - Ley 12/2001, de 2 de julio, de la infancia y la adolescencia en Aragón.(BOE Nº 86) 7. WEBGRAFÍA - Diario digital: ElDIA.es. “GOBIERNO JUSTICIA: Gallardón anuncia nuevas tasas, reforma de ley del Menor y prisión permanente” (25 de Enero de 2012, hora: 12:58h) Web: http://eldia.es/2012-01-25/SOCIEDAD/5-Gallardon-anuncia- nuevas-tasas-reforma-ley-Menor-prision-permanente.htm. Fecha de consulta 17 de Marzo de 2012. - Diario digital: El PAIS., Hernández J. A., “Los jueces de menores rechazan endurecer la ley y critican el tratamiento “morboso” de hechos aislados”, Madrid, Fecha 9 de Junio de 2011. (Fecha de consulta 27 de Marzo de 2012) - Vega, A., “Breve historia del constructivismo”. Web: http://portaldelfuturo.net/editoresasociados/angel_vega/const ructivismo_educ.html (Fecha de consulta: 2 de abril 2012). 120 8. INDICE DE TABLAS Tabla 1. Teorías ...................................................................... 43 Tabla 2. Características del entorno próximo del menor ................ 98 Tabla 3. Relación entre la familiar y el menor ............................. 100 Tabla 4. Factores de riesgo más influyentes en la conducta del menor .................................................................................. 101 Tabla 5. Perfil del menor infractor ............................................. 103 Tabla 6. Reincidencia de los menores ........................................ 105 Tabla 7. Estigma social ........................................................... 107 121 9. INDICE DE GRÁFICAS Gráfico 1. Sexo del menor ......................................................... 66 Gráfico 2. Edad del menor ......................................................... 67 Gráfico 3. Distribución geográfica de la provincia de Zaragoza…... 68 Gráfico 4. Nacionalidad de menor ............................................... 69 Gráfico 5. Delitos ..................................................................... 70 Gráfico 6. Horario del delito ....................................................... 71 Gráfico 7. Circunstancias del delito ............................................. 72 Gráfico 8. Víctima de delito ....................................................... 73 Gráfico 9. Lugar del delito ......................................................... 74 Gráfico 10. Medida judicial ........................................................ 75 Gráfico 11. Menores con más de una medida judicial .................... 75 Gráfico 12. Cumplimiento de la medida ....................................... 76 Gráfico 13. Reincidencia del menor ............................................. 76 Gráfico 14. Nacionalidad de los padres ........................................ 77 Gráfico 15. Relación de pareja de la madre del menor ................... 78 Gráfico 16. Hijos con el progenitor o de otra relación .................... 79 Gráfico 17. Residencia del menor ............................................... 80 Gráfico 18. Situación socio-económica ........................................ 81 Gráfico 19. Situación laboral de los padres .................................. 82 Gráfico 20. Vivienda familiar ...................................................... 83