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Abstract

El trabajo presentado plantea un estudio ceñido a un espacio y a un tiempo determinado: Borja, población de la provincia de Zaragoza, y el siglo XVIII, época en la que fue Cabeza de Partido de uno de los 13 corregimientos en los que quedó dividido el antiguo Reino de Aragón con la nueva administración borbónica. En base a una fuente tan importante en la labor del historiador como son los testamentos, se pretende, desde un enfoque novedoso para la historia de dicha localidad, abordar la reconstrucción del modelo familiar predominante, a través de la transmisión de la propiedad y los sistemas hereditarios plasmados en las últimas voluntades de sus habitantes, fundamental para adquirir una mayor profundidad en el análisis de las estructuras demográficas. Gracias a este nuevo enfoque, y través de distintos gráficos y tablas (basados en una completa base de datos de 300 testamentos), se ha podido lograr una primera instantánea sobre los aspectos antes nombrados, demostrando el predominio del sistema igualitario de reparto de la herencia y el consiguiente modelo de familia nuclear. Además, se ha intentado dar unas pinceladas sobre otros aspectos que podrían ir unidos a estas ideas, como su relación con el proceso económico y social de una comunidad dada o de la sociedad en su conjunto. García Viñal, Carlos; Salas Auséns, José Antonio

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La transmisión de la propiedad en Borja durante el siglo XVIII. Autor: Carlos García Viñal Director/es José Antonio Salas Auséns Trabajo Fin de Máster. Convocatoria de noviembre. Máster en Investigación y Estudios Avanzados en Historia, curso 2012-2013. Universidad de Zaragoza, Facultad de Filosofía y Letras. 1 ÍNDICE. 1.- INTRODUCCIÓN, OBJETIVOS, FUENTES Y METODOLOGÍA. ......................... 2 2.- LA TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD EN BORJA. ........................................... 9 2.1.- Marco jurídico. ......................................................................................................... 9 2.2.- Sistema de división de la herencia en Borja. ........................................................... 12 2.3.- Otras características de la transmisión de la propiedad en Borja. ........................... 32 3.- CONCLUSIONES. ....................................................................................................... 37 4.- BIBLIOGRAFÍA. ........................................................................................................ 41 2 1.- Introducción, objetivos, fuentes y metodología. En este trabajo de investigación se plantea un estudio ceñido a un espacio y a un tiempo determinado: Borja, población de la provincia de Zaragoza, y el S. XVIII, época en la que fue Cabeza de Partido de uno de los 13 corregimientos en los que quedó dividido el antiguo Reino de Aragón con la nueva administración borbónica. Bastantes datos se conocen sobre la historia de Borja. No obstante, tradicionalmente se ha descuidado analizar su pasado desde una perspectiva demográfica y social. Un repaso por los artículos relacionados con la Edad Moderna publicados en los 54 números de los Cuadernos de Estudios Borjanos (revista del CESBOR, Centro de Estudios Borjanos, dependiente de la Institución Fernando el Católico, editada desde 1978) permite ver, a grandes rasgos, como se centran casi exclusivamente en temas relacionados con el arte y la arquitectura, borjanos ilustres e historia política o de las órdenes y fundaciones religiosas. A la misma conclusión se puede llegar si se echa un vistazo a los títulos de las obras publicadas por el CESBOR. Fuera de esta generalización deben quedar algunos artículos de dicha revista escritos por Manuel Gracia Rivas, director del Centro, como el de “La enseñanza en Borja durante los siglos XVII y XVIII” (nº 43-44, 2001), "La asistencia sanitaria en un municipio rural (Borja, Zaragoza) durante los siglos XVII y XVIII" (nº 37-38-39-40, 1999) y “La influencia de las órdenes religiosas en la vida cotidiana de Borja (Zaragoza)" (nº 33-34, 1997); o, aunque de ámbito más reducido, pero interesante por el método empleado, el de Alberto Aguilera Hernández "Una aproximación prosopográfica a las clarisas de Borja en el siglo XVII" (nº 52, 2009). Otra notable excepción, en la que nos detendremos al desarrollar el estado de la cuestión, es el capítulo dedicado al siglo XVIII en el libro referencia sobre la historia de Borja, escrito por Pedro Rújula y Herminio Lafoz1. Así, con este trabajo se pretende contribuir a analizar desde un enfoque novedoso la Historia Moderna de Borja, centrando la mirada en el S. XVIII. Para ello, como punto de partida y marco de fondo, se cuenta ya con una breve aproximación a su demografía, fruto de un primer trabajo realizado para la asignatura Historia Social Moderna impartida en la Universidad de Zaragoza. Para su elaboración, mediante un recuento simple y anónimo se extrajeron los datos relativos a los bautismos, matrimonios y defunciones de dicho siglo contenidos en los Quinque Libri del Archivo Parroquial de la localidad; contabilizándose y procesándose 13.266 partidas de nacimientos, 10.119 de defunciones y 3.129 de matrimonios. Con estos datos se elaboraron e interpretaron los gráficos correspondientes, adquiriendo una visión global sobre la evolución demográfica borjana. También se pudo llegar a conclusiones sobre otros temas cómo las crisis 1 RÚJULA, Pedro, y LAFOZ, Herminio, Historia de Borja. La formación histórica de una ciudad, Ayuntamiento de Borja, Borja, 1995, pp. 165-218. 3 de mortalidad y la mortalidad infantil, el número de expósitos, la distribución estacional de las concepciones o las parteras y su labor, por poner algunos ejemplos. Complementar lo que ya se tiene abriendo nuevos frentes de estudio, en vista a un proyecto más amplio, es la intención de fondo que ha dado como resultado estas páginas. A través de ellas, ya como objetivo más concreto, se intentará abordar la reconstrucción del modelo familiar predominante en la sociedad borjana del siglo XVIII a través de la transmisión de la propiedad y los sistemas hereditarios plasmados en los testamentos, fundamental para adquirir una mayor profundidad en el análisis de las estructuras demográficas. Por tanto, si bien, por no excederse en páginas y ante la necesidad de acotar temas, no se hará referencia a las dinámicas demográficas globales de la población de Borja, si se pretende acercarnos a la familia, sustento y base de una comunidad o sociedad determinada. De este modo, aumentar la penetración en la masa social, superando la impersonalidad que puede transmitir una visión puramente estructural, es otro de los fines principales que han servido de guía para este trabajo. Reducir la escala es, por lo tanto, una intención declarada que se llevará a cabo en los puntos que iremos abordando, intentando lograr que la visión general esté continuamente trufada de ejemplos concretos, descendiendo con cierta frecuencia a la escala individual. La dependencia de las características económicas, geográficas, culturales o sociales de las regiones, unida a la libertad que, como veremos, ofrecían los Fueros de Aragón a la hora de testar, se tradujo en una gran variedad tipológica en los distintos territorios aragoneses, que enriquece el análisis comparado entre localidades. Así, con este estudio no se pretende caer en el localismo, sino aportar al enorme puzle de los sistemas de transmisión de propiedad en el Aragón moderno una pieza más, la pieza correspondiente a una población que, aunque inmersa en un siglo difícil para ella2, aún contaba con gran importancia en el Reino. Dicha libertad también podía dar cierto margen de independencia, tanto a las mujeres como a los hombres, a la hora de elaborar los testamentos. Las diferencias resultantes han permitido también analizar el fenómeno desde una perspectiva de género (que entendemos fundamental y 2 La Guerra de Sucesión tuvo una especial incidencia en la localidad, de cuyas consecuencias tardaría tiempo en recuperarse. Ibídem, p. 199. 4 que debería ser transversal a cualquier estudio histórico3) e intentar resaltar la importancia que, en ocasiones, las mujeres pudieron tener en la transmisión patrimonial dentro del ámbito familiar, así como en la administración de los bienes de la casa y de las propiedades. Para intentar cumplir estos objetivos, y teniendo en cuenta las limitaciones del estudio, se ha empleado una única fuente primaria: alrededor de 300 testamentos del siglo XVIII recopilados en el Archivo Notarial de Borja4. Concretamente abarcan un periodo comprendido entre 1734 y 1789 y forman parte de los protocolos de tres notarios: Francisco Achuriaga (protocolos 2757-2766), Gregorio Nogués (protocolos 2806 y 2808-20105) y Manuel de las Dueñas (protocolo 2803). El optar por ellos no fue fortuito: al haberse manejado las partidas de defunción de los libros parroquiales se pudo constatar cómo en torno a en un 20% de ellas se registraba el hecho de que el difunto había testado y ante quién lo había hecho6. De esta forma, se pudo elaborar una tabla que pudo servir de guía a la hora de optar por aquellos notarios que mayor número de testamentos podían ofrecer. La lista cronológica de notarios proporcionada en el propio Archivo completó la información que ya se tenía y facilitó el elegirlos intentando abarcar el mayor espacio temporal posible. Así, los testamentos extraídos de los protocolos de Francisco Achuriaga abarcan el periodo de 1734-62, los de Gregorio Nogués el de 1760-86 y los de Manuel de las Dueñas el de 1788-1789. Los testamentos son una fuente muy rica a la hora de mostrar los comportamientos sociales, económicos y mentales de una determinando comunidad. Su estudio permite enlazar conclusiones, además de sobre la familia, sobre otros temas como la religiosidad, las devociones 3 Se debe pasar de la tradicional presencia semántica y pasiva de las mujeres en la historia, a una activa, que las convierta en agentes de ésta (puesto antes de presencia únicamente masculina) y coprotagonistas del cambio histórico junto con el hombre, integrándose en la historia general a través de un diálogo entre los discursos históricos de ambos sexos. Interesantes sobre este enfoque son los trabajos de SCOTT, Joan W., "El género: una categoría útil para el análisis histórico" en AMELANG, James S. y NASH, Mary, (Eds.) Historia y género: las mujeres en la Europa Moderna y Contemporánea, Valencia, Alfons el Magnànim, 1990; BOCK, Gisela, "La historia de las mujeres y la historia del género: aspectos de un debate internacional", en Historia Social, 9, 1991, pp. 55-77; o RAMOS, María Dolores, Mujeres e historia. Reflexiones sobre las experiencias vividas en los espacios públicos y privados, Málaga, Universidad de Málaga, 1993. Centrándonos en el tema en torno al que gira este estudio y ciñéndonos al marco aragonés, hay que destacar, sobre el papel de la mujer, obras de Carmen García Herrero, en las que se recogen observaciones en torno a la familia y posición de la mujer en ella a lo largo de las distintas etapas de su vida y durante el matrimonio, como GARCÍA HERRERO, Carmen, Las mujeres en Zaragoza en el siglo XV, Zaragoza, Ayuntamiento, Servicio de Acción Cultural, 1990; que a pesar de centrarse en el siglo XV, puede proyectarse más allá. Destacar también, ya sí centrado en el papel de la mujer en la transmisión de la propiedad RAMIRO MOYA, Francisco, y SALAS AUSÉNS, José Antonio, “Mujer y transmisión de la propiedad en el Aragón moderno”, en SALAS AUSÉNS, José Antonio, Logros en femenino. Mujer y cambio social en el Valle del Ebro, siglos XVI-XVIII, Zaragoza, Prensas de la Universidad de Zaragoza, 2013, pp 15-75. 4 Exactamente, su número es de 301, 127 (42,2%) realizados por mujeres, 150 (49,8%) por hombres y 24 (8%) mancomunados, es decir, realizados por un matrimonio de forma conjunta. 5 El 2807 se encontraba en muy mal estado y prácticamente ilegible. 6 Este hecho nos pone ante uno de los problemas de la fuente: el segmento poblacional a quien corresponde los testamentos, puesto que, como vemos, gran parte no podía costearse el notario o no tenía bienes para testar. 5 o la vida material. Presentan una estructura muy rígida, como gran parte de la documentación notarial, por lo que se puede dividir en tres partes: el protocolo, donde aparece la identidad del testador, su profesión (más frecuente entre los hombres, puesto que en las mujeres aparece la del marido7) y distintas formulas fijas; el cuerpo, donde se recogen las mandas destinadas tanto a cuidar el alma como a saldar deudas y a establecer la distribución de los bienes tras la muerte; y el escatocolo, donde se recogen los nombres de ejecutores y testigos y las firmas de éstos, de la testadora o testador, en el caso de que supiera escribir8, y del notario. Para este trabajo se ha empleado principalmente la información contenida en el cuerpo del testamento9, especialmente las mandas destinadas a la distribución de bienes, que nos ofrecen una importante información, como la de a quién o a quienes nombra heredero el testador y bajo qué condiciones, parte de quienes componen el núcleo familiar (gracias a la legítima, cantidad mínima obligatoria de la herencia que debía darse a los hijos o, a falta de ellos, a todo aquel que tuviera derecho a heredar) o, a través de las gracias especiales, equilibrios en la herencia o una serie de afectos del testador proyectados en las personas que las reciben. Toda esta información ha sido sistematizada a través del programa informático Microsoft Access, fundamental al permitir un almacenamiento ordenado de los datos de forma rápida y su posterior explotación, ofreciendo resultados que de otra forma no serían visibles o serían totalmente inabarcables. Se ha obtenido, de esta forma, una completa base de datos prosopográfica10 que ha permitido abordar el estudio de una colectividad en su conjunto, la sociedad borjana del XVIII, a partir de una muestra amplia y variada de sus miembros, manteniendo la posibilidad de reducir la escala a los datos biográficos individuales en caso de que fuera necesario. Con la transformación de estos distintos datos en cifras y porcentajes se ha 7 En el 79,3% de los testamentos masculinos se hace constar la profesión del testador. 8 Gracias a este dato se puede obtener una visión sobre el nivel de alfabetización. Al no ser el objetivo de este trabajo, no nos vamos a detener más en este punto, pero por dar unos datos globales, el testador firma de su puño y letra (o bien afirma que sabe escribir, pero no puede por su enfermedad) en el 23,25 % de los casos (un 8,6% son testadoras y un 39,3 % en el caso de ellos). 9 No obstante, se ha procedido al vaciado de la totalidad del documento en una base de datos para no cerrar la puerta a un posible estudio posterior más amplio o a uno que, centrado, por ejemplo, en el tema de la religiosidad, aproveche la rica información ofrecida por esta fuente. 10 Para realizarla, como referencia, a pesar de que se han modificado varias cosas y se ha reducido su complejidad, se ha tomado la de RUIZ GÓMEZ, César, La familia en la villa de Cintruéñigo y en la zona de Lónguida-Aoiz durante los Austrias (1530-1719). Un estudio comparado de dos comunidades con sistemas sucesorios distintos, Pamplona, Universidad de Navarra; Instituto de ciencias para la Familia, 2003. 6 procedido la elaboración de gráficos y tablas11, básicos a la hora de adquirir una visión de conjunto encaminada a lograr los objetivos planteados. El paso que se propone dar con este trabajo, centrado en un acercamiento a las estructuras familiares y los sistemas de transmisión patrimonial es, tomando unas palabras de Francisco Chacón, imprescindible previo y fundamental a cualquier análisis en profundidad sobre la familia12. Haciendo un breve repaso historiográfico, es a finales de 1960 cuando se comienza a abordar en España el estudio de la familia desde la perspectiva de la historia social. Esto tuvo lugar a través de un enfoque puramente demográfico, con el método de reconstrucción de familias, siguiendo una dinámica similar que otras historiografías nacionales en sus inicios en el tema. Posteriormente, fue rompiendo sus lazos con la demografía histórica y convirtiéndose en un objeto autónomo dentro de las ciencias sociales, lo que no implicó, ni debe implicar, apartar la mirada de esta base demográfica. En esta primera época, se prestó igualmente gran atención al estudio de los sistemas de transmisión de la herencia, con el objeto de acercarse a la estructura del hogar y plantear un mapeo de las distintas formas familiares. Dar parte de este paso previo sería lo que, como antes hemos planteado, se propone en este estudio, como primer acercamiento a las familias borjanas en el siglo XVIII. No obstante, esta primera etapa (necesaria, como ya se ha dicho), se ha ido superando, venciéndose la visión puramente estructural. El estudio de la estructura del hogar, de las distintas tipologías, no se debe abordar comprendiéndolo como algo aislado, como una instantánea ahistórica, sino que hay que tener en cuenta factores que le dotaban de dinamismo, como las fuertes corrientes migratorias y los lazos y vínculos entre los distintos miembros de una familia. Es importante, por tanto, verlo como algo variable, fluctuante, e inserto en un entramado más complejo, que trasciende la visión estática del hogar como lugar de residencia de determinados individuos que nos puede transmitir el método de reconstrucción de familias o 11 Para gran parte de ellos se ha tenido como referencia los elaborados por FERRER I ALÓS, Llorenç, “Acceso y distribución de los medios de producción. Herencia y reproducción social”, en CHACÓN JIMÉNEZ, Francisco, y BESTARD COMAS, Joan (coords.), Familias. Historia de la sociedad española (del final de la Edad Media a nuestros días), Madrid, Cátedra, 2011, pp. 255-324; LORENZO PINAR, Francisco Javier, “La familia y la herencia en la edad moderna zamorana a través de los testamentos”, en Studia Histórica. Historia Moderna, IX, 1991, pp. 159-201; RAMIRO MOYA, Francisco, y SALAS AUSÉNS, José Antonio, “Mujer y transmisión de la propiedad en el Aragón moderno”, en SALAS AUSÉNS, José Antonio, Logros en femenino. Mujer y cambio social en el Valle del Ebro, siglos XVI-XVIII, Zaragoza, Prensas de la Universidad de Zaragoza, 2013, pp 15-75; o RUIZ GÓMEZ, César, La familia en la villa de Cintruénigo y en la zona de Lónguida-Aoiz durante los Austrias (1530-1719). Un estudio comparado de dos comunidades con sistemas sucesorios distintos, Pamplona, Universidad de Navarra; Instituto de ciencias para la Familia, 2003; entre otros. 12 CHACÓN JIMÉNEZ, Francisco y MARTÍNEZ LÓPEZ, J., “La historia de la familia en España durante la Edad Moderna. Notas sobre una reflexión metodológica” en CHACÓN JIMÉNEZ, Francisco (Coord.) Historia social de la familia en España, Alicante, Instituto Alicantino Juan GilAlbert, 1990, pp. 31-44. 7 determinadas fuentes, principalmente censales y fiscales13. Es, por tanto, necesario vencer “el sentido de aislamiento que ofrecen los estudios de la familia, para pasar a un estadio superior en el que sea la sociedad y los procesos que ésta desarrolla los verdaderos protagonistas. Lo que significa, por tanto, tener en cuenta la necesaria e imprescindible relación entre individuo, familia y comunidad”14. Esta mayor complejidad interpretativa ha hecho que la familia pase a ser un objeto de investigación multifacético y complejo, que ofrece ser abordado desde distintas orientaciones y perspectivas. Esto ha supuesto su atomización en distintos frentes, con estudios de gran profundidad que tocan desde temas como el de los sistemas de herencia y la transmisión del patrimonio, hasta otros como el de la mujer, las migraciones, las actividades económicas, la autoridad y jerarquía o los lazos y relaciones sociales, entre otros. Si bien esto es algo en sí positivo, en tanto que estas tendencias realizan análisis de gran complejidad y valor, profundizando en sus propias problemáticas, se deja a veces de lado el caminar hacia un estudio de conjunto que nos permita aunar todos estos puntos en pos de una mejor comprensión de la sociedad y la organización social15. Y es que, como afirma Francisco Chacón16, falta en la historiografía española el intentar lograr una síntesis global, algo hacia lo que se debería empezar a llegar, sin desmerecer la importancia del análisis micro como forma de acercarse desde una escala adecuada al sistema de relaciones sociales. Igualmente, la historiografía de la familia debería tender hacia un intento de valorar el papel de la familia en la evolución histórica de la sociedad española, analizando su papel tanto en el proceso económico que va desde la protoindustrialización hasta una economía industrial y postindustrial, como en el proceso de surgimiento del Estado, que iría progresivamente ocupando muchas funciones antes cubiertas por ella, intentando ponderar el peso de la fuerza de las relaciones familiares y personales como constitutivas de instituciones. Pinceladas sobre la posible importancia de los distintos modelos familiares en el devenir económico y social, daremos, como se verá, en parte de este trabajo, sin poder aún, dadas sus limitaciones, relacionarlo explícitamente con el caso borjano. Respecto a cómo se ha tratado el tema en Aragón, es necesario decir que hay pocos estudios, y de carácter muy local, que hayan abordado el tema de la historia de la familia desde 13 CHACÓN JIMÉNEZ, Francisco, “Una Aproximación a la historia de la familia en España a través de las fuentes bibliográficas durante el siglo XX”, en CHACÓN JIMÉNEZ, Francisco, IRIGOYEN LÓPEZ, Antonio, DE MESQUITA SAMARA, Eni, LOZANO ARMENDARES, Teresa (Eds.), Sin distancias. Familia y tendencias historiográficas en el siglo XX, Murcia, Universidad de Murcia, 2003, p. 73-74. 14 Ibidem, p 74. 15 Ib., p. 75 16 Ib., p. 84 8 un punto de vista demográfico17, siendo más frecuentes los que lo han hecho desde enfoques de ciencias sociales como la antropología18, la etnografía19 o la sociología20. Esto se debe a la atracción que produce una de las peculiaridades del territorio aragonés: la pervivencia del modelo de trasmisión de heredero único y de la familia troncal y su forma de vida en el norte de Aragón, frente el predominio del modelo de herencia divisible al sur de la Provincia de Huesca. La particularidad de esta aproximación ha dado lugar a estudios especialmente centrados en la casa, la familia y la transmisión de la propiedad en una zona concreta del territorio aragonés, la norte, con un modelo “cuyo objetivo último era asegurar la pervivencia de la casa, contemplada como una unidad económica, garantizar su continuidad sin merma alguna a través de sucesivas generaciones”21; olvidando en parte el resto. Este panorama reafirma uno de los objetivos que antes se ha dicho que se persiguen con este estudio: contribuir con una pieza más al puzle de los sistemas de la transmisión de la propiedad en Aragón. 17 Desde este enfoque demográfico, son interesantes los estudios centrados en Plasencia del Monte, localidad que presenta una clara presencia del modelo de familia troncal, realizados por Antonio Moreno Almárcegui: MORENO ALMÁRCEGUI, Antonio “Pequeña nobleza rural, sistema de herencia y estructura de la propiedad de la tierra de Plasencia del Monte (Huesca), 1600-1855” en CHACÓN GIMÉNEZ, Francisco y HERNÁNDEZ FRANCO, Juan, Poder, familia y consanguineidad en la España del Antiguo Régimen, Barcelona, Anthropos, 1992, pp. 71-107; y MORENO ALMÁRCEGUI, Antonio y TORRES SÁNCHEZ, Rafael, “La composición de la casa y las estrategias de la herencia en Plasencia (Huesca), siglos XIV y XIX” en COMAS D‟ARGEMIR, Dolors, y SOULET, Jean François, (Eds.), La familia als Pirineus. Aspectes jurídics, socials i culturals de la vida familar: continuïtats i canvis, Andorra, 1993, pp. 182-207. Hay otros estudios centrados en cuestiones más puntuales (como fecundidad o mercado matrimonial), que también muestran rasgos de la familia desde el enfoque demográfico, como podría ser la obra VALLEJO ZAMORA, José, La población de Tarazona en el siglo XVIII, Zaragoza, IFC, 1987; interesante por la cercanía de la zona estudiada o, respecto a territorios más amplios: SALAS AUSÉNS, José Antonio y ALFARO PÉREZ, Francisco José, “¿Familia compleja o familia nuclear?. Dinámica de las estructuras familiares en el Valle Medio del Ebro (1750-1800)”, en VI Congreso de la Asociación de Demografía Histórica, vol. II: Reconstituçao de familias, fogos e estrategias sociais, Castelo-Branco, ADEH-Instituto Politécnico de Castelo-Branco, 2004, pp. 153-170; o ANSÓN CALVO, María del Carmen, “Evolución y estructura poblacional de la ciudad de Zaragoza: de la Edad Moderna a la Contemporánea. Siglos XVI-XIX” en GONZÁLEZ PORTILLA, Manuel, y ZARRAGA SANGRONIZ, Karmele (eds.), IV Congreso de la Asociación de Demografía Histórica, Vol. I, demografía urbana, migraciones y envejecimiento, Bilbao, Universidad del país Vasco, 1999, pp. 89-104. 18 MAIRAL, Gaspar, Antropología de una ciudad. Barbastro, Zaragoza, Centro de Estudios del Somontano, 1995; PUJADAS, Juan José y COMAS D‟ARGEMIR, Dolors, Estudios de antropología social en el Pirineo aragonés, Zaragoza, Departamento de Educación y Cultura, 1994; OTEGUI, Rosario, Estrategias e identidad. Un estudio antropológico sobre la provincia de Teruel, Teruel, Instituto de Estudios Turolenses, 1990. 19 GORRÍA, Antonio Jesús, Evolución y crisis demográfica en la organización social, Huesca, Centro de Estudios Altoaragoneses, 1987; PALLARUELO, Severino, bardaxi: cinco siglos en la historia de una familia de la pequeña nobleza aragonesa, Sabiñánigo, 1993; GUILLÉN CALVO, Juan José, “Apellidos del valle de Tena y zonas cercanas. Fuentes para el estudio del parentesto y sus orígenes” en Estado actual de los estudios sobre Aragón: actas de las quintas jornadas, Zaragoza, Universidad de Zaragoza, 1984, pp. 216-228. 20 Destacar los libros de José María Nerín: NERÍN, José María, Hacerse viejo en el valle de Benasque, Zaragoza, Cáritas, 1980; o NERÍN, José María, Cada oveja a su pareja. Informe sociológico sobre los solteros y solteras del Canal de Berdún, los valles y la alta Zaragoza, Zaragoza, IFC, 2001. 21 SALAS AUSÉNS, José Antonio, “La historia de la familia en La Rioja y Aragón. Balance y perspectivas” en GARCÍA GONZÁLEZ, Francisco, La historia de la familia en la Península Ibérica (S. XVIXIX). Balance regional y perspectivas, Cuenca, Universidad de Castilla la Mancha, 2008, p. 124. 15 con otros ejemplos y es contrario al de un núcleo rural no muy alejado como podría ser Cosuenda.41 No obstante, el predominio global del cónyuge como heredero debe ser matizado: en el 34,2% de los casos aparece como heredero fideicomisario o usufructuario, de tal forma que a su muerte debería repartir los bienes entre sus hijos e hijas, herederos y herederas finales42. Tal es el caso de Blas Irache, nombrado en 1735 heredero fideicomisario por Antonia Pellicer, su mujer, para que sus bienes “los parta y de a los dichos (…) mis hijos y de dicho mi marido cuando tomen estado dando a cual más y a cual menos conforme le pareciere y ellos procedieren”43 o de Gregorio Galindo, mercader, que en 1762 “deja por herederos a sus hijos por partes iguales, pero con el bien enterado que el usufructo y administración de dichos bienes lo tuviere y fuera de consorte Isabel Tejadas todo el tiempo que se viuda de su nombre, con obligación de dar aquella parte al hijo o hija al tiempo que dicho hijo o hija tomare estado, reservándose todas las demás partes de los otros hasta que cada uno llegase a tomar estado; y que respecto de su hija, Vicenta Galindo, casada (…) era su voluntad que la parte que le tocase no deba su madre, Isabel Tejadas, dársela hasta que el primer hijo o hija tomase estado, por tener ya la dicha Vicenta modo de vivir y pagarlo con menos necesidad; y en este caso se le deberá contar lo que ya tiene recibido por razón de haber tomado estado”44. Ha parecido interesante copiar integra la parte del anterior testamento porque muestra, además del papel del cónyuge como heredero usufructuario, otra importante cuestión: el doble momento en que los hijos recibían propiedad: matrimonio y defunción de padres45. Y es que “la 41 El mayor peso de ellas como cónyuges y herederas en los testamentos se puede observar también de forma clara en la Zaragoza de los siglos XVI y XVII y, de forma menos acusada, en el caso de Cosuenda. Si bien esto, en lo global, el caso que aquí analizamos no parece tener correspondencia con los ejemplos analizados en RAMIRO MOYA, Francisco, y SALAS AUSÉNS, José Antonio, Op. cit., p. 54 donde las diferencias entre hijos como herederos frente a cónyuges y viceversa son mucho más marcadas. Chocaría igualmente con otros caso extremeños y castellanos recogidos por LORENZO PINAR, Francisco Javier, “La familia y la herencia en la edad moderna zamorana a través de los testamentos”, en Studia Histórica. Historia Moderna, IX, 1991, p. 159. 42 Sobre esta figura del cónyuge como usufructuario se puede tener en cuenta la siguiente descripción de Cesar Ruiz, posiblemente aplicable al ciclo familiar borjano “la muerte del primer cónyuge abre una segunda etapa (la primera es el matrimonio de los hijos) en el proceso de transmisión de la propiedad entre generaciones. Una parte de la tierra familiar sigue bajo dominio del viudo, mientras que el uso y disfrute de la misma parece compartirse entre los hermanos, que la disfrutan en común hasta que la desaparición del último padre superviviente, casados ya todos los hijos, abre el reparto definitivo de la herencia entre todos los hermanos” RUIZ GÓMEZ, César, Op. cit., p. 144-145. En este mismo sentido, el autor relaciona esto con la aparición en las capitulaciones matrimoniales de la clausula de que el novio/a aporta al matrimonio “los derechos futuros sobre la herencia de sus padres”, algo que se debería comprobar si también aparece en el caso borjano. 43 Archivo de Protocolos Notariales de Borja, Testamento de Antonia Pellicer, protocolo 2757, Francisco Achuriaga, 2-II-1735, ff. 14-14v. 44 APBN, Testamento de Gregorio Galindo, protocolo 2766, Francisco Achuriaga, 13-II-1762, ff. 811. 45 Existen, por tanto, dos fases en las que los hijos reciben bienes paternos: el matrimonio, con la dote, y la recepción de la herencia, de forma que, como se verá, era frecuente que lo primero se tuviera en 16 unión religiosa entre esposos se acompañaba de una especie de compromiso económico, de un adelanto que permite a los recién casados crear una célula doméstica independiente que sean capaces de mantener materialmente hasta que puedan consolidar luego su patrimonio cuando reciban herencias”46. De esta forma, “los recién casados dependen de sus mayores para reunir los medios de producción necesarios para crear su propia explotación”47. Si distinguimos entre cónyuge como heredero único (74 de los 114) y cónyuge como heredero fideicomisario (40 de los 114), los primeros, a pesar de seguir constituyendo una cifra importante, suponen realmente un 25,25% del total de herederos. Resulta igualmente destacable como, en contra de lo que podría pensarse, estos casos no se dan cuando mayoritariamente el matrimonio no tiene descendencia, bien por haber muerto o por no haberse tenido: solo en el 37,3%, algo más de 1/3 de los casos, se da esta circunstancia48. También resulta llamativo el bajo número de casos en los que la herencia se reparte entre cónyuge e hijos (sólo dos casos sobre el total), más si se afronta el tema imbuido de las prácticas hereditarias de hoy en día, siendo ésta la mayoritaria. Mientras que en uno de los casos este tipo de reparto tiene lugar dejando fuera a cuatro vástagos y nombrando únicamente a uno de los hermanos heredero junto al cónyuge49, en el otro se incluye en la división de la herencia tanto al cónyuge, Gerónimo Castán, como a la hija y cuatro hijos del matrimonio. No obstante, en este último caso, la lana, paño y caudal que lega la testadora (que, aunque no se especifica, podía hacernos pensar que fueran artesanos tejedores), se debían dividir en dos partes iguales: una para su marido y la otra a repartir en el resto. Además, la hija debía recibir “los muebles y el banco de sala”50 Aún sería necesario hacer otra matización: en 27 de los 74 casos (36,5%) en los que el cónyuge es nombrado heredero, lo hace sin haber hijos de por medio. Por tanto, al no dar lugar a esta elección, no tendría sentido valorarlo como una preferencia del cónyuge superviviente ante la descendencia mutua. De esta forma, si restamos estos casos y los que el cónyuge heredero es nombrado usufructuario, y sumamos estos últimos a la segunda columna del gráfico (puesto que los hijos o las hijas eran los que, en última instancia, iban a recibir la herencia tras el deceso de su progenitor), quedaría de la siguiente forma: cuenta a efectos de lo segundo. Esta es una de las características del sistema de igualdad entre hermanos. RUIZ GÓMEZ, César, Op. cit., p. 228. 46 BARBAZZA, Marie-Catherine, “Propiedad campesina y transmisión en Castilla la Nueva en los siglos XVI-XVIII” en GARCÍA GONZÁLEZ, Francisco (Ed.), Tierra y familia en la España Meridional, siglos XIII-XIX”, Murcia, Universidad de Murcia, 1998, p. 91 47 Ibídem, p. 93. 48 Esto es algo que también observa Lorenzo Pinar en el caso zamorano: “resulta comprensible el bajo porcentaje de herencias recibidas por el cónyuge cuando se carecía de hijos si tenemos en cuenta el deseo de los sectores oficiales de no hacer donaciones interconyugales para no defraudar el derecho de los padres” LORENZO PINAR, Francisco Javier, Op. cit., p. 161. 49 APNB, Testamento de José Ortín, protocolo 2759, Francisco Achuriaga, 25-V-1936, ff. 20-20v. 50 APNB, Testamento de Bernarda Cardona, protocolo 2761, Francisco Achuriaga, 25-V-1748, ff. 31-31v. 17 Dentro del análisis de los casos de transmisión entre cónyuges, la situación en la que quedaban las viudas, un sector social, a priori, especialmente débil51, es otro tema interesante en el que profundizar. Siguiendo una tendencia general, el número de viudas registradas es mayor al de viudos, algo motivado por el hecho de que la mujer contraía matrimonio a una edad más temprana, de que tenía una mayor esperanza de vida y, principalmente, de que el viudo mantuviera este estado por menos tiempo, cansándose de nuevo con más rapidez, frente a la mujer viuda, que a partir de cierta edad solía permanecer sin volver a casarse52. Esto es algo que podemos apreciar en el siguiente gráfico: 51 Aunque no suela aparecer en las fuentes su edad, no se debe pensar en la viuda únicamente como en una dama enlutada, sino que este estado era frecuente en edades más bajas, teniendo en cuenta la elevada mortalidad y la temprana edad de matrimonio. EQUIP BROIDA, Op. cit., p. 40. 52 ibídem, p. 28. 0 20 40 60 80 100 120 140 160 Cónyuge Hijas/os Alma Otros Distribución de las herencias en los testamentos (modificada). 020 40 60 80 100 120 Viuda/o Casada/o Soltera/o Religiosa/o Estado de las y los testadoras/es Hombre Mujer 18 En primer lugar, respecto al gráfico, cabría decir que sólo en dos casos aparece el testador como viudo, lo que demuestra que era poco frecuente que se hiciera alusión a esta condición entre los hombres ya que, a pesar de que la viudedad masculina fuera menor, no podía ser tan reducida. Por ello, quizás se debería tener en cuenta como posibles viudos los casos en los que aparece que tienen hijos pero no se hace ninguna mención a la esposa (31 de los 35 que se han catalogado como „indeterminados‟). Por otro lado, ¿gozaban las viudas de algún tipo de bien tras la muerte del marido? Era frecuente el reconocimiento de forma expresa del derecho según fuero que tenían los cónyuges de ambos géneros a usufructuar los bienes del fallecido, teniendo también en cuenta que si volvían a casar, este usufructo se perdía y la herencia podía tomar otro rumbo. Esto último aparece expresamente en algunos testamentos, como el de Sebastián Aznar, que nombra heredera a su única hija, “sin perjuicio de la viudedad de su mujer”, quien pasaría a heredar en caso de morir su hija sin tomar estado, hasta su deceso o nuevas nupcias, hechos que traerían consigo la transmisión de los bienes a Calixto Aznar, hermano del testador53. Otro caso sería el de Ramona Otano, mujer de Sebastián Berástegui (Capitán de Caballería de los Reales Ejércitos y agregado a la plaza y plana mayor de la ciudad de Zaragoza) que pasaría a heredar los bienes de su marido en caso de morir el bebé del que estaba embarazada (algo no descabellado dada la alta mortalidad infantil a la hora del parto) y a condición de no casarse de nuevo. Si casara, debería pagar a los ejecutores del testamento de su esposo 1000 libras jaquesas que usarían conforme se les tenía comunicado.54 La misma alusión expresa a la posibilidad de que un nuevo matrimonio anulara los derechos sobre lo heredado aparece en el testamento de José López respecto a su mujer, Manuela Borau. Este testamento muestra algo igualmente frecuente: la condición de que, durante el usufructo, la viuda no pueda vender los bienes, que posteriormente deberán pasar a sus hijos55. A pesar de esta clausula, una coletilla repetida con cierta frecuencia en estos casos era “con facultad de venderlos si tuviese necesidad”56 (restándose al montante a recibir por los herederos finales), e incluso había ocasiones, las menos, en las que sí que tenía potestad para 53 APNB, Testamento de Sebastián Aznar, protocolo 2765, Francisco Achuriaga, 2-VIII-1761, ff. 6363v. 54 APNB, Testamento de Sebastián Berástegui, protocolo 2764, Francisco Achuriaga, 11-I-1758, ff. 2-4v. 55 APNB, Testamento de José López, protocolo 2759, Francisco Achuriaga, 5-VIII-1736, ff. 46-46v. 56 Esta prevención podía llegar hasta el punto de que el hecho de valorar si existía esta necesidad fuera bajo consentimiento de los ejecutores o de alguien cercano al testador, como el hijo varón en el testamento de Francisco Alluralde. APNB, Testamento de Francisco Alluralde, protocolo 2763, Francisco Achuriaga, 4-III-1755, ff. 22-22v. También aparecen casos en los que se obliga a primar la venta de los bienes propios del cónyuge superviviente antes de los de la herencia usufructuada. APNB, Testamento de Francisca Telinga, protocolo 2765, Francisco Achuriaga, 14-XI-1760, ff. 109-111v. 19 enajenarlos si así lo quería57. Nos encontramos también como esta posibilidad se abre valorando la futura necesidad de dotar a los hijos e hijas o, como en el caso de D. Miguel Sánchez, hidalgo ciudadano, de usar los bienes en gastos de profesión de sus hijas novicias, por lo que el cónyuge usufructuario ejercería en parte como administrador de la herencia58. Otro tipo de obligaciones o condiciones era también frecuente que fueran unidas a estos nombramientos, siendo la más común la de criar, alimentar y mantener a los hijos mutuos hasta que tomasen estado o “hasta que lo puedan ganar”59. Nos encontramos también con otras de distinto sesgo, como la de tener “el cargo de pagar todas sus deudas y censos y hacer por su alma”60. Vemos, por tanto, como la mujer no se encontraba desprotegida ante la problemática que podía causar la defunción de su marido, a pesar de estar atada a distintas obligaciones. En 31 de los 76 casos en los que un testador casado afronta el reparto de sus bienes, su mujer es nombrada heredera universal, mientras que en 25 lo es como cónyuge usufructuaria. Juntando ambas cifras, constituyen un 73,6% de quienes reciben la herencia por parte de hombres casados. El resto correspondería principalmente de los hijos y a otro tipo de parientes cercanos. En los gráficos siguientes se puede apreciar de forma clara la diferencia cuando quien se dispone a legar los bienes es una mujer casada: El cambio fundamental se produce en la herencia depositada en cónyuges y en hijos, ya que en lo correspondiente a otros familiares cercanos se mantiene prácticamente similar. Así, los cónyuges masculinos herederos pasan a suponer poco más de la mitad (56%) y los hijos cobran 57 En ocasiones podía usar de cuantos bienes del testador necesitase para su supervivencia, incluso agotados los propios. Esto es algo también observado por RAMIRO MOYA, Francisco, y SALAS AUSÉNS, José Antonio, Op. cit., p. 26; EQUIP BROIDA, Op. cit., p. 32-33; o LORENZO PINAR, Francisco Javier, Op. cit., p. 162. 58 Tres de sus cuatro hijas: Josefa, Micaela y Gerónima Sánchez. APNB, Testamento de Miguel Sánchez, protocolo 2760, Francisco Achuriaga, 24-IV-1746, ff. 28-28v. 59 APNB, Testamento de Miguel Lajusticia, protocolo 2765, Francisco Achuriaga, 2-II-1761, ff. 66v. 60 APNB, Testamento de Juan Viamonte, protocolo 2761, Francisco Achuriaga, 31-VII-1750, ff. 7070v. 20 especial protagonismo. Esta tendencia, que ya hemos apreciado en los datos globales, quizás pueda explicarse por la búsqueda de una mayor protección hacía la viuda, quedando ésta plasmada en las últimas voluntades del marido, o por la preocupación de que contrajera nuevas nupcias. De esta forma, sólo nos encontramos con dos casos en los que no aparece nombrada abiertamente la mujer como receptora de ningún tipo de bien (aparecen como herederos los hijos y de la madre sólo sabemos su existencia al ser nombrada como ejecutora testamentaria). En el resto de los casos, a pesar de no ser nombrada heredera, si suele aparecer como receptora de alguna gracia especial, frecuentemente acompañadas de expresiones de cariño que muestran cierto afecto, rompiendo con la frialdad que puede transmitir la documentación. Tal es el caso del testamento de José Pena, quien nombra como herederos a sus hijos pero a Antonia Pérez, su mujer, “por el amor que le tengo” le deja de gracia especial todos los bienes gananciales adquiriros durante el matrimonio61; o el de Francisca Aznar, que recibe como gracia especial de su esposo “lo mismo que le dejo su primer marido Bernardo Sancho”62. En otros casos, esta gracia especial parece responder a otras motivaciones, igualmente relacionadas con un afecto mutuo. Por poner ejemplos, en 1757 el labrador Roque Bonel además de nombrar a su mujer, María Antonia García, heredera usufructuaria, por los cuidados que le dispensó durante su larga enfermedad le lega en gracia especial 300 libras jaquesas, la cosecha del año de su muerte y los bienes que tiene él comprados en Fuendejalón, pasando todo ello, por este procedimiento, a ser de su libre disposición63. También aparece en algunos casos de forma expresa el que con una gracia especial la mujer se deba dar por pagada de su firma de dote64 65: 20 libras jaquesas y la mitad de las ropas y muebles de Pascual Lafuente, pastor, es lo 61 APNB, Testamento de José Peña, protocolo 2759, Francisco Achuriaga, 18-XII-1738, ff. 91-91v. 62 APNB, Testamento de Miguel San Juan, protocolo 2763, Francisco Achuriaga, 20-II-1755, ff. 1212v. 63 APNB, Testamento de Roque Bonel, protocolo 2764, Francisco Achuriaga, 10-III-1757, ff. 3232v. 64 La firma de dote aragonesa puede definirse como “la porción de bienes que el marido asignaba a su esposa en concepto de dote, si era indotada, o de aumento de dote, en caso contrario”. Podía ser considerada, por tanto, como una recompensa a la dote aportada por la mujer al matrimonio y, en ocasiones, se le denominaba de forma incorrecta „excreix‟, „aumento de dote‟ o „arras‟. RAPÚN GIMENO, Natividad, “La dote prometida en el proceso iurisfirmae gravaminum factorum Mariannae Las Eras” en Revista de derecho civil aragonés, [en línea], 11-12, 2005-2006, p. 97, nota 7. [Consulta: 1 de octubre de 2013]. Disponible en web: < http://ifc.dpz.es/recursos/publicaciones/26/16/_ebook.pdf> 65 Nos encontramos tres casos en los que la mujer, de forma expresa, renuncia a su firma de dote al hacer el testamento. Uno de ellos es especialmente curioso, puesto que, tras nombrar la testadora como heredero a un hermano suyo, perdona a su marido el pago de dote, firma de dote y bienes adquiridos durante el matrimonio, por el amor que le ha profesado, pero a cambio también de su renuncia a los derechos de viudedad y al pago de 50 escudos para entierro, misa y aniversario. APNB, Testamento de Francisca Pérez, protocolo 2759, Francisco Achuriaga, 27-IV-1739, ff. 35-36v. 21 que recibe Gracia Monte, su mujer66. Por último, a este respecto, nos haremos eco también del testamento del único inmigrante extranjero que hemos consignado, Ramón Pradera, calderero de nación francés, “natural y vecino de Sanguanez, de la provincia de Gascuña, Obispado de San Beltrán de Comenge”67. Este nombra herederos a sus hermanos, pero a Mariana Barat, su mujer, le deja de gracia especial la casa en su lugar de origen (que seguramente ella estuviera habitando), para su goce y disfrute durante su viudedad. Una vez acabada ésta, pasaría a los herederos de su esposo. Esta importante presencia de los cónyuges en los testamentos, con los matices ya expuestos, nos puede llevar a una interesante reflexión: quizás sea muestra de la evolución hacía un modelo familiar conyugal, en el que el matrimonio era cada vez más su centro. Este fenómeno iría de la mano del desarrollo de un aparato estatal asistencial, aún embrionario, que solventaría la fragilidad de este modelo familiar (aunque en estos primeros casos la solidaridad parentelar, ante el escaso desarrollo de estas estructuras estatales, aun sería prioritaria); o de la propiedad privada, más acorde con la individualidad que desprende y su contribución al mayor dinamismo del mercado de la tierra68, a pesar de las aún fuertes y predominantes resistencias campesinas y lazos de solidaridad comunal69. Una vez tratados estos aspectos sobre los cónyuges como receptores de la herencia, haremos lo mismo con el caso de los y las hijos e hijas. Del total de los y las testadoras y testadores que tienen prole en el momento de realizar el testamento (200), solamente un 24,25%, menos de ¼, no les nombran herederos, frente a un 75,75% que sí que lo hace, directa o indirectamente (se ha incluido también a las y los que designan a su cónyuge como heredero u heredera con usufructo). Analizándolo según géneros, el caso femenino es mayor, con un 82,1% de mujeres con descendencia viva en el momento de testar que les trasmiten la propiedad, frente a un 70% en hombres. En los testamentos mancomunados la situación varía, ya que en los 16 (de un total de 24) en los que aparece descendencia, sólo en un 37,5% se la hace heredera. Hay que recordar de nuevo que, aunque no se especifique, las y los hijos e hijas eran los receptores últimos de una importante parte de las herencias, viéndose los cónyuges usufructuarios obligados, en la mayor parte de los casos, a legarles tras su muerte los bienes heredados. No obstante, en Borja ¿primaba el reparto igualitario o se favorecía el nombramiento 66 APNB, Testamento de Pascual Lafuente, protocolo 2809, Gregorio Nogués, 16-VI-1773, ff. 15v.- 16v. 67 APNB, Testamento de Ramón Pradera, protocolo 2810, Gregorio Nogués, 6-II-1789, ff. 25v.-27v. 68 Con un predominio de la familia troncal, extensa, se da una mayor estabilidad en la estructura de la tierra, al pasar la propiedad indivisible de generación en generación. En el caso de la familia nuclear, propia de un sistema de herencia divisible, esta estructura se vuelve más dinámica y variable, más abierta al mercado de la tierra, observándose un continuo desmembramiento y reconstrucción de los patrimonios familiares. REHER SULLIVAN, David Sven, Op. cit., p. 109. 69 RUIZ GÓMEZ, César, pp. 258-259 y pp. 311-312. 22 de un único heredero entre todos los hermanos? En el primero de los casos ¿era realmente igualitario o ciertos hermanos recibían un trato especial? Y los casos en los que se diera la segunda situación ¿recibían algo el resto de los hermanos? El siguiente gráfico nos muestra, a grandes rasgos, las preferencias entre el nombramiento de un solo hijo como heredero o varios de ellos como tales: Un vistazo rápido nos muestra un predominio claro del nombramiento de un/a hijo/a como heredero/a, sin demasiadas diferencias entre géneros. Pero ¿trasluce esto un predominio del sistema de heredero único, en el que un/a hijo/a heredaba los bienes y el prestigio de la casa en detrimento del resto o muchos recibirían los bienes por ser los únicos retoños que tenía su progenitor en el momento de escribir sus últimas voluntades? En los siguientes gráficos hemos descontado los casos en los que quien recibe la herencia es un hijo o hija único (por no haber tenido más sus padres o, lo que sería más frecuente, por ser único superviviente en el momento del testamento), que juntan 28, de los 66 recogidos. Hemos añadido también las herencias en las que aparece nombrado el cónyuge como heredero/a usufructuario/a y queda explicito el reparto tras su muerte, algo que sucede en prácticamente todas las ocasiones70. 70 La única salvedad a esta norma tiene lugar en cinco ocasiones: cuatro en las que se otorga el futuro legado a un sólo hijo (en dos ocasiones por ser hijo único) y una en la que los bienes pasarían a las sobrinas del difunto. 0 10 20 30 40 50 60 70 80 Hija/o Hijas/os Los/as hijos/as como herederos Total Hombres Mujeres Mancomunado 23 Vemos como la situación cambia y se invierte hacía una transmisión de la propiedad guiada por la intención de reparto entre los hijos e hijas. Aún así, el peso de los/as herederos/as únicos/as no es nada desdeñable. Deteniéndonos en estos últimos casos y analizándolos uno a uno podemos observar cómo, a pesar del nombramiento de uno/a de los hermanos/as como heredero/a universal, el resto, o parte del resto, en más de la mitad de los casos solían recibir también algún tipo de bien a través de las gracias especiales: Cuando nos referimos a estas gracias hay que entender que eran unas disposiciones especiales que, además de la herencia, el testador podía otorgar con total libertad a quien quisiera. Normalmente quienes las recibían era los cónyuges supervivientes y, como en este caso, los/as hijos/as, pero también otros familiares o, con menor frecuencia, sirvientes, religiosos o personas con las que no queda explicita la relación. En nuestro caso, aparecen gracias especiales en casi la mitad de los testamentos (42%)71 y podían ir desde los utensilios 71 No existen a este respecto llamativas diferencias de género, apareciendo en el 50,8 % de los testamentos de hombres y en el 43,7% de las mujeres (además un 5,5% la en los testamentos mancomudados). No obstante, esto rompe con la mayor tendencia a que fueran las mujeres quienes otorgaran algún tipo de gracia especial observada en los casos de Zaragoza, el valle de Tena y Cosuenda. RAMIRO MOYA, Francisco, y SALAS AUSÉNS, José Antonio, Op. cit., p. 62. 0 10 20 30 40 50 60 70 80 Hija/o Hijas/os Los/as hijos/os como herederos/as (descontando hijos únicos y añadiendo cónyuges usufructuarios) Total Hombres Mujeres Mancomunado Hombres (usufructo) Mujeres (usufructo) Mancomunado (usufructo) 24 más simples (como muebles del hogar, ropas o herramientas) a bienes de mayor valor (como tierras, joyas o casas). En la tabla, lógicamente, se han utilizado sólo los casos en los que en el documento aparecen varios hermanos y no un solo retoño. En ella, como ya se apuntaba, se puede observar la frecuencia con que, ante la existencia de varios/as hijos/as y el nombramiento de sólo uno/a de ellos/as como heredero/as universal del patrimonio de sus progenitores, el resto recibían por lo menos parte de los bienes en forma de gracia especial. Entre ellas nos encontramos tanto con algunas no excesivamente cuantiosas (las 7 libras jaquesas que Millán Andrés lega a sus hijas en 177472), como con otras que parecen representar un aporte mayor. Por ejemplo, en 1772 Miguela Giménez, mujer en segundas nupcias del antedicho Millán Andrés, planteó una distribución de sus bienes sólo entre los retoños fruto de su primer matrimonio (puesto que los que aparecen en el de Millán, no sabemos si hijos de ambos o no, en éste no se incluyen) nombrando como heredera universal a una de sus hijas y entregando gracias especiales al resto: a sus dos hijos tres viñas (dos a uno y una al otro) y a sus otras dos hijas ropas73. En otras ocasiones, al aparecer el heredero universal también en las gracias especiales junto a sus hermanos no herederos, parece que lo establecido en ellas muestra realmente un reparto del total los bienes de la herencia a medida de cada uno. Este es el caso de Francisca Sanz, hija y heredera universal de Ignacio Sanz, que a través de gracia especial recibe “la casa, corrales y agregados de su habitación”, además de una viña, y sus hermanos, todos ellos varones, reciben de igual forma una serie de porciones de tierra y dinero (en parte en concepto de lo que les lego su madre, por lo que quizás responda a una estrategia familiar en la que los hijos varones ya pudieron haber sido herederos en el testamento materno y ahora le tocaba a la hija)74. Resulta difícil, y más ante las limitaciones de este estudio, acercarnos a las razones que podían llevar a la familia a estos nombramientos (quizás encontrarse el/la hijo/a en una especial situación de debilidad, como compensación por haberse hecho cargo de los padres, por haber migrado el resto de la fratría o por haber recibido estos ya patrimonio a través de sus capitulaciones matrimoniales, son hipótesis que deben estar sobre el aire) o a las estrategias familiares a las que respondían, de las que hemos visto en el párrafo anterior un posible ejemplo. No obstante, nos hacen plantearnos que, a pesar de lo que pueda ofrecer una visión global de los datos y sus grandes trazos, al descender a los casos individuales en ningún momento se nos transmite una sensación de un fuerte peso del modelo de heredero único similar al de otras zonas aragonesas o españolas. 72 APNB, Testamento de Millán Andrés, protocolo 2809, Gregorio Nogués, 1-V-1774, ff. 18v.-20. 73 APNB, Testamento de Miguela Giménez, protocolo 2809, Gregorio Nogués, 2-IX-1772, ff. 4748v. 74 APNB, Testamento de Ignacio Sanz, protocolo 2810, Gregorio Nogués, 10-XI-1783, ff. 47-49. 31 un nuevo sistema económico, es necesario tener en cuenta que los distintos modelos que definen la forma en que la propiedad desciende desde sus padres a los hijos e hijas también puede mostrar, e incluso definir en el largo plazo, el cambio económico y el crecimiento y progreso de una sociedad que tiene a la familia como base. Así, en los sistemas de heredero único parece hacerse más hincapié en el patrimonio (la riqueza se basa en la propiedad, por lo que una mayor riqueza es sinónimo de tener más tierras y propiedades), mientras que en las zonas de igualdad se hace en el trabajo (la riqueza está relacionada con un mayor número de manos trabajando, cooperando, en una red organizada con intereses comunes). En el primer caso se dan luchas por la acumulación de tierras y relaciones de competencia y rivalidad, mientras que en el segundo prima la colaboración, la división de tareas en pos de un fin común y, por tanto, la mayor productividad97. En ambos modelos, el objetivo es el de generar un cierto excedente, un ahorro que la familia espera transmitir de generación en generación. De esta forma se explica que es posible (o no) mejoras en el nivel de vida familiar, siendo el momento de la transmisión intergeneracional de la propiedad clave, que se puede conectar con el desarrollo o retroceso económico a nivel global98. Este ahorro intergeneracional es el objetivo de ambos sistemas y se intentaría lograr, como ya hemos visto, con distintas estrategias, aunque uno presentaría más problemas que el otro: en los sistemas de heredero único, en los que prima la renta de las propiedades como creadora de ahorro, queda desplazada la tarea de generarlo de los hijos a los padres, propietarios del patrimonio hasta el último momento. Implican una gran dificultad de “acceso a la propiedad de la tierra a través del trabajo, los hijos tardarían en adquirir la autonomía personal, que sólo podrían obtener como cuando los padres quisieran, y quienes quisieran los padres”99. A la inversa, en el sistema igualitario, que antepone el trabajo a la renta, el excedente (ahorro) se dirigiría hacía los hijos en momentos más tempranos, alcanzando antes la autonomía, viendo más estimulado su trabajo y dando lugar a un mayor crecimiento económico100. 97 Como afirma César Ruiz “es precisamente el modo en que la familia concibe la riqueza y vertebra sus relaciones interpersonales el que, de un modo u otro, contribuye a configurar las estructuras económicas de la comunidad” RUIZ GÓMEZ, César, Op. cit., p. 266. 98 Ibídem, p. 268 99 Ib., p. 269 100 Además, el dinamismo económico que ofrece uno y otro modelo no es el mismo, como puede demostrar su distinta influencia sobre el mercado de la tierra: “si la tierra es mercancía, observaremos el dinamismo de un mercado dentro y fuera de los ámbitos familiares, si la tierra forma parte de un patrimonio de identidad, la tierra no circulará fuera de la familia, más bien serán las personas de una familia las que circularán por esa tierra, pues la tierra en sí es donde reside el „ser‟ de la familia” Ib., p. 273. 32 2.3.- Otras características de la transmisión de la propiedad en Borja. En este último apartado analizaremos, de forma somera, los casos en los que la herencia no iba a parar ni al cónyuge del testador/a ni a ningún hijo/a, por lo que, o bien era destinada a gastos por el alma del futuro difunto o recaía en otro tipo de familiares o personas. Comenzando por estos últimos, en la siguiente tabla se muestra de forma pormenorizada lo que en la gráfica que abría este trabajo habíamos denominado como “otros destinatarios de la herencia”: En ella podemos comprobar el peso de los/as hermanos/as como receptores de estas herencias, que viene a mostrar la importancia de las relaciones colaterales y la solidaridad familiar antes vista, que en el modelo de transmisión igualitario y familia nuclear parece mostrar una trayectoria vertical. Resulta curioso, no obstante, como en el caso de las mujeres, predomina la transmisión a otros familiares como primos/as o sobrinos/as, algo que, en estos últimos, podría ser la alternativa lógica a querer mantener dicha solidaridad horizontal pero no quedar ningún/a hermano/a vivo. César Ruiz, para el caso de Cintruénigo observa que este predominio de transmisión de bienes a hermanos/as era una tendencia común en los casos en los que no hubiera hijos/as de por medio101. ¿Sucedía esto en Borja? En primer lugar, si analizamos estos casos, vemos que si bien tenían un importante peso, eran superados por el traspaso de la propiedad al cónyuge superviviente: 101 Ib., p. 188. 33 Si hacemos un análisis por géneros, podemos ver cómo en el caso de las mujeres, el peso de la figura masculina del núcleo conyugal es más fuerte, puesto que, con mayor diferencia, hacía él va gran parte de las herencias en caso de no haber hijos/as. Esto podría explicar el menor peso que antes hemos visto en la transmisión de la propiedad por parte de mujeres a parientes colaterales y, más concretamente, a sus hermanos/as: 34 Por otro lado, si analizamos a quien legan los solteros (de quienes, lógicamente, descartamos la figura de la pareja o de los/as hijos/as como herederos), podemos observar como sus herederos más habituales son los/as hermanos/as, sobrinos/as o primos/as: Igual que veíamos en el caso de padres legando a hijos o hijas, los testadores solteros también imponían obligaciones a quienes iban a recibir sus bienes. Este sería el caso del testamento de Juan Pérez, que nombra heredera a su hermana, Tomasa Martínez, a condición de que cuando muera los bienes pasen a sus dos hijos (sobrinos del testador) en partes iguales. Esta condición era relativamente frecuente en estos casos, pero en este mismo testamento se incluye 35 otra más llamativa a través una gracia especial a uno de estos sobrinos. En ella se establece que todos los libros del testador, junto con sus estantes, (valorado todo en 300 escudos) pasen a D. Bernardo Pérez, dicho sobrino, a condición de celebrar (por otros o por él mismo si se ordena sacerdote) 50 misas rezadas por veinte. En caso de morir, esta obligación no se mantendría, si no que sólo sería efectiva en caso de, como ya se ha dicho, ordenarse sacerdote, o de costearla si gana su sueldo anual con su profesión de abogado102. En otros casos se intenta incluso condicionar el futuro matrimonio de estos familiares. Un ejemplo no los da el testamento de Pedro Gerónimo Bauluz y Frist, canónigo vicario de la Colegial de Santa María, que nombra heredero a su sobrino, D. Juan José Bauluz y Sanz, con la condición de sus bienes los acabe legando a un hijo suyo siempre y cuando éste curse leyes o cánones. En caso de tener sólo una hija, esta condición se mantiene, puesto que los recibirá en caso de casar con alguien que haya cursado estos mismos saberes. Otro caso significativo es el de D. Pedro de Aisa, también eclesiástico (presbítero vicario), que, a pesar de ser su heredero Miguel Aisa (su hermano), mejora a un sobrino y a una sobrina (con 40 libras jaquesas y 20, respectivamente, además de sus salarios) por los buenos servicios hechos a la casa. Esto parece volver a ser muestra de las relaciones de solidaridad y de la existencia de familias más extensas. Puesto que en estos dos últimos casos quienes testaban eran religiosos, nos detendremos en cómo afrontaban estos, solteros forzosos, las transmisión de sus bienes. En primer lugar, hay que apuntar que en los testamento analizados no nos hemos encontrado ninguno realizado por alguna religiosa (algo que no es de extrañar, puesto que habría que recurrir al archivo propio de los conventos femeninos de la localidad y además habría que contemplar las peculiares reglas de la propiedad en cada comunidad). En el gráfico siguiente podemos observar cómo se cumple la tendencia de un predominio claro de hermanos/as o los descendientes de estos (sobrinos/as) como receptores de la herencia. No obstante, en ningún momento aparecen los padres como herederos (seguramente por haber ya muerto) y los casos en los que no especifica dónde irán a parar los bienes con también numerosos. 102 APNB, Testamento de Juan Pérez, protocolo 2759, Francisco Achuriaga, 4-III-1738, ff. 14-15v. 36 Por último, nos detendremos con el perfil de quienes nombran al alma como heredera, algo que sucede en doce testamentos103, seis realizados por mujeres (cuatro de ellas viudas, una doncella y tan sólo una casada) y otros tantos por hombres (entre los que sólo aparecen dos eclesiásticos). En gran parte de estos casos se especifica que los bienes del difunto sean vendidos para los gastos del entierro y de las misas, aunque en uno caso se alude a la fundación de un aniversario en el Convento de San Agustín, en otro a que se realcen misas también por las almas de los difuntos del testador, en dos a la realización de obras pías, etc… Llamativo resulta el caso del testamento de D. José Amigo, que, tras dejar importantes bienes a la Casa de Nuestra Señora de la Misericordia, nombra como heredera a su alma, pero especificando que respecto a sus casas y bodegas se debe disponer con lo dispuesto por Mosen Gerónimo (su hermano). No obstante, si estas casas no fueran capaces para el alojamiento del obispo en “sus santas visitas”, deberán ser vendidas y empleadas como sus demás bienes (por lo que se deduce lo dispuesto por su hermano era que éstas tuvieran dicho fin)104. 103 Un 3,9% de total, porcentaje muy similar al 2,9% observado por Lorenzo Pinar para Zamora en el siglo XVIII. LORENZO PINAR, Francisco Javier, Op. cit., p. 161. 104 APNB, Testamento de José Amigo, Protocolo 2759, Francisco Achuriaga, 8-VI-1738, ff. 33-36v. 37 3.- Conclusiones. A lo largo de este trabajo se ha podido confirmar la hipótesis principal de la que se partía: el predominio en Borja del sistema de heredero múltiple, que supone el reparto del patrimonio familiar entre varios descendientes. Esto únicamente ha sido posible gracias a algo que se ha tenido como fundamental y se ha intentado remarcar en varias ocasiones: la alternancia continua entre una visión cuantitativa, global, de los datos ofrecidos por los testamentos, transformándolos en cifras y porcentajes, que nos ofrecen las grandes líneas maestras del tema a trabajar; y una visión cualitativa, que descienda a cada caso, engarzando en las grandes tendencias que la otra visión nos ofrece datos puntuales recogidos en los testamentos, algo básico para valorar los distintos matices y acercarnos más a la realidad histórica. Así, el conjugar gráficas y tablas, que permiten, fácilmente y a grandes rasgos, la interpretación de un fenómeno; con el análisis de testamentos concretos (incluidos en los números con los que éstas se han elaborado) como forma de matizar o complementar dicho fenómeno, ha permitido ir puliendo la hipótesis y, finalmente, hacer que tomara forma de tesis, de proposición argumentada y justificada. En primer lugar, se ha visto como la figura del cónyuge estaba muy presente en los testamentos como receptora patrimonial, algo que ha llevado a evaluar la situación en la que quedaban las viudas, con cierta protección al quedar en la mayoría de los casos como herederas (bien universales o bien usufructuarias), y a una posible tendencia al predominio cada vez más fuerte de un modelo familiar que giraba en torno al núcleo matrimonial. No obstante, su peso ha sido matizado. Y es que para adquirir una visión más cercana a la realidad, para poder ponderar adecuadamente el peso de los cónyuges o de los/as hijos/as como herederos, es necesario tener en cuenta que hay que desechar aquellos casos en los que, al no haber hijos/as de por medio, esta posibilidad no se podía contemplar siquiera, y valorar en su justa medida los casos de los cónyuges usufructuarios, puesto que gozaban de los bienes de la herencia en vida, pero en prácticamente todas las ocasiones no podían enajenarlos y tenían obligación de que acabaran recayendo en los/as hijos/as. Una vez aclarado esto y plasmado en la gráfica correspondiente, se ha intentado dejar claro como los principales destinatarios de la herencia en Borja eran (bien directamente tras la defunción del testador o bien en un plazo más largo) los/as hijos/as de cada matrimonio. Ahora llegaba, por tanto, el momento de dilucidar si el heredero era un único vástago o lo eran varios, siguiendo el modelo de herencia igualitaria. Si bien en un principio, como había sucedido con los cónyuges, los datos en bruto parecían contradecir la hipótesis de partida, al mostrar un alto número de testamentos en los que el receptor de la herencia era un único retoño, el descender a lo concreto de nuevo matizaba esta primera impresión. Así, era necesario valorar que en algunos 38 de estos casos un sólo descendiente era nombrado heredero por ser hijo/a único/a, por lo que posibilidad del reparto entre hermanos/as quedaba automáticamente cerrada. También, igual que en el caso de los cónyuges, era necesario contar con los herederos usufructuarios, puesto que pocos eran los casos en los que se hacía alusión expresa a esta figura para que gozara en vida del patrimonio heredado y luego lo legara a un solo vástago, sino más bien lo contrario. Las gracias especiales también sirvieron para intentar acercarnos a los distintos mecanismos que encerraba cada reparto concreto, pudiendo entrever su función como niveladoras de la herencia transmitida a cada miembro de la fratria y confirmando la intención de reparto patrimonial imperante. De esta forma, se pudo confirmar la hipótesis de partida, algo que a su vez nos llevó a extraer otra serie de conclusiones, siguiendo a distintos autores, en las que quizás fuera necesario profundizar más. Una de ellas ha sido la de la primacía del modelo de familia nuclear en Borja, frecuentemente unido a un reparto igualitario de la herencia. No obstante, se ha hecho alusión en varias ocasiones a la necesidad de huir de las generalizaciones que esta creación de modelos puede dar e intentar valorar el gran abanico de situaciones familiares que los matizan. Para ello, se han puesto distintos ejemplos en los que los testamentos, a través de distintos datos sesgados y pistas que hay que interpretar, muestran una mayor frecuencia en la circulación de otros miembros de la familia por los hogares, de forma más o menos temporal, haciendo la estructura familiar más compleja que lo que la idea de “matrimonio más hijos/as” puede transmitir. Otra de las ideas que se ha podido plantear ha sido la de la relación que puede existir entre estos patrones familiares, junto a la forma en la que se transmitía el patrimonio, y el devenir económico y social de una sociedad en la que la familia era la base. Así, parece ser que el predominio del modelo de familia nuclear esta unido al nuevo modelo de sociedad que se asentó en el siglo XIX pero que hunde sus raíces en un época coyuntural como fue el siglo XVIII Para completar esta afirmación y poder confirmarla a través del caso borjano sería interesante analizar la incidencia de estos sistemas familiares sobre los mercados de la tierra y del trabajo, para lo que sería necesario un manejo de mayor documentación. De esta forma se lograría una visión más completa sobre la circulación de la propiedad, además de la que aquí analizamos a través de las herencias, y ayudaría a responder cuestiones que podrían surgir sobre el mercado de la tierra en el ciclo de vida familiar, como cuanta tierra compran y venden las familias, cual es el saldo de compraventa en cada momento del ciclo de vida, cuando toman o ceden tierra en arriendo o que consecuencia tiene la presencia o ausencia de hermanos en las posiciones de las familias ante el mercado. 39 Por otro lado, y en vista a posibles trabajo futuros, para situarse más acorde con las tendencias historiográficas más recientes en el estudio de la familia, sería interesante el pasar de un estudio de las formas familiares basadas en una visión rígida de la estructura del hogar (que, como ya se ha dicho, no se debe confundir con el concepto de „familia‟), la edad de acceso al matrimonio en primeras nupcias y el sistema de herencia y transmisión del patrimonio; al que nos lleve a profundizar en el conocimiento de “la organización social y el sistema de relaciones sociales horizontales y verticales en donde los conceptos de jerarquía, dominación, clientelismo y fidelidad alcanzan un protagonismo fundamental”105. Pasar a una historia de la familia más social que demográfica y económica debería ser un objetivo a cumplir, sin olvidar estos últimos puntos, que deben servir de base necesaria para cualquier estudio ambicioso, igual que lo han hecho en la propia evolución historiográfica. Se debería evolucionar, por tanto, de una historia de la familia a una de las familias, a un análisis del complejo entramado de relaciones sociales, sus cambios, su permanencia, en base a nuevos conceptos como cambio social, reproducción y movilidad social. Situar la familia comprendiendo su contexto y sus condicionantes, como parte del “trípode” persona, familia y grupo familiar en el que se apoya toda organización social. Las transferencias de funciones y las interacciones entre estos tres pilares son fundamentales para entender los procesos que tiene lugar en el interior de sistema y traen consigo el cambio y/o la transformación. Otro nuevo posible frente a abrir, para el que se podría usar la misma fuente que se ha empleado para este trabajo y los datos ya recogidos en la base de datos, sería el relacionado con la religiosidad, parte de la superestructura mental de la sociedad borjana dieciochesca, a la que nos acercaríamos a través de las clausulas referidas a la salvación del alma. De esta forma se pretendería no ofrecer únicamente una imagen de lo fue su población, con su comportamiento global cómo gran estructura demográfica impersonal, sino descender también a su interior, a las personas que componían dicha estructura y a retazos de su forma de pensar, pidiendo concluir en concluir en un estudio amplio centrado en la sociedad de una localidad de la importancia de Borja en el S. XVIII. Se buscaría, por tanto, completar la tradicional visión estructural, centrada en la sociedad como estructura demográfica y en la familia como núcleo básico definitorio de esta sociedad; con la posterior corriente de la historia de las mentalidades, al intentarnos acercar a la religiosidad de la época. Todas estas visiones no son excluyentes. Por un lado, para abordar un estudio sobre los comportamientos familiares de una población concreta resulta de gran interés echar primero una mirada al comportamiento demográfico que esta experimenta a lo largo del tiempo; y, por el otro, se parte de la idea de que las respuestas de alguien hacía la muerte, tanto 105 CHACÓN JIMÉNEZ, Francisco, Op. cit., p. 80 40 en lo económico como en lo piadoso, vienen determinadas por un contexto sociocultural. Así la actitud ante la muerte es básica para comprender los entresijos de una sociedad determinada (a este respecto, un historiador de la talla de Pierre Chaunu afirmó que “toda sociedad, pretérita o actual, se puede calibrar por su sistema de muerte”106). Las actitudes ante la muerte no serían, en la mayoría de los casos, otra cosa más que proyecciones de los códigos que rigen la vida: “el hombre que muere no sería esencialmente distinto del hombre que vive ni alteraría significativamente el carácter de sus relaciones con la sociedad” y “la trascendentalidad de la muerte funciona como un factor de consolidación (…) de los modelos colectivos de conducta y, en general, de la socialización del individuo”107. Estos enfoques son, por otro lado, todo lo contrario de novedosos y poco tratados. Mucho se ha escrito sobre la historia familiar, y “la muerte” se puede considerar el buque insignia de la historia de las mentalidades. No obstante, si son novedosos en relación a los enfoques desde los que se ha analizado la historia borjana. Con ellos se podría sentar los cimientos de un nuevo edificio y comenzar a levantar su estructura, trazando sus principales pilares, teniendo en cuenta que aún quedarían muchos espacios por rellenar y que la construcción, como toda que se sustenta en el pasado, nunca se podría dar como totalmente concluida. Se da, por tanto, pie a nuevas líneas de investigación que podrían confluir en futuros proyectos encaminados a rellenar importantes huecos en la historia de Borja o de su entorno, algo que, en definitiva y como parte de ella, podría contribuir a un conocimiento más completo de la sociedad aragonesa en el siglo XVIII. 106 Citado en RODRIGO ESTEVAN, María Luz, testamentos medievales aragoneses: ritos y actitudes ante la muerte (siglo XV), Zaragoza, Ediciones 94, 2002, p. 9. 107 LARA RÓDENAS, Manuel José de, La muerte barroca: ceremonia y sociabilidad funeral en Huelva durante el siglo XVII, Huelva, Universidad de Huelva, 1999.