scieee AI-readable full text Open interactive document viewer

Repositorio Institucional de Documentos

Abstract

Se trata de analizar las 3 ultimas reformas legislativas del sistema de pensiones español realizadas en el contexto de crisis actual y establecer una comparativa con otras dos reformas realizadas en su momento en dos países distintos: Chile y Suecia. Moreno Serres, Joaquín; Casajús Murillo, Lourdes

Full text

UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y DEL TRABAJO GRADO EN TRABAJO SOCIAL Trabajo Fin de Grado LAS REFORMAS DE LAS PENSIONES EN ESPAÑA EN UN CONTEXTO DE CRISIS: ANÁLISIS Y COMPARACIÓN CON OTRAS REFOMAS SIGNIFICATIVAS Estudiante: Joaquín Moreno Serres Directora: Lourdes Casajus Murillo Zaragoza, junio de 2014 1 INDICE PRESENTACIÓN 2 I. INTRODUCCIÓN I.1. TEMA OBJETO DE ESTUDIO Y JUSTIFICACIÓN 3 I.2. METODOLOGÍA 5 I.3. MARCO DE REFERENCIA 8 I.3.1. ESTADO DEL BIENESTAR Y SISTEMA DE PENSIONES 8 HACÍA UN SISTEMA DE PENSIONES: SUS ORIGENES 13 EL SISTEMA DE PENSIONES EN ESPAÑA 14 I.3.2. EL SISTEMA DE PENSIONES EN EL MARCO DE UN ESTADO DEMOCRÁTICO Y DE DERECHO 15 I.3.3. HITOS IMPORTANTES EN EL SISTEMA DE PENSIONES 16 II. LA REFORMA DEL SISTEMA DE PESIONES ESPAÑOL: ANÁLISIS Y COMPARATIVA. II.1. LA REFORMA DE LAS PENSIONES EN ESPAÑA EN UN CONTEXTO DE CRISIS 20 II.1 1. CONDICIONANTES DE LAS REFORMAS 20 II.1.2. LAS REFORMAS LEGISLATIVAS DEL SISTEMA DE PENSIONES 24 II.1.3. EL IMPACTO SOCIAL EN LAS REFORMAS DEL SISTEMA 30 II.2. COMPARATIVA ENTRE LAS REFORMAS ESPAÑOLAS, CHILENAS Y SUECAS 34 III. CONCLUSIONES Y REFLEXIONES FINALES 43 IV. BIBLIOGRAFÍA 46 2 PRESENTACIÓN En los últimos años los sistemas de pensiones han sufrido numerosas reformas como consecuencia de dos causas fundamentales: la evolución de la estructura social de la población y de sucesivos periodos de crisis económicas. Por ello, todos los gobiernos han tendido, en mayor o menor medida a la reducción de las pensiones públicas, a través de reformas en el sistema, y a dar una mayor importancia a los planes y fondos de pensiones privados fomentados con beneficios fiscales. Así, cada vez más se va contrayendo el ámbito público del sistema de pensiones y va tomando mayor relevancia un mercado privado en la previsión de los recursos para las personas que acceden a las mismas. Las pensiones de jubilación como derechos sociales, que creíamos consolidados en un Estado del Bienestar, se han visto afectados en mayor o menor medida por las reformas introducidas en el sistema por los diferentes países. Todo ello, me ha llevado a considerar que mi Trabajo Fin de Grado se base en un análisis de las reformas introducidas en el sistema de pensiones español y establecer una comparativa con otros países que han efectuado reformas significativas en sus sistemas de pensiones. El Trabajo Fin de Grado se va a estructurar en cuatro apartados fundamentales: 1. Un primer apartado introductorio en el que voy a definir el tema objeto de estudio y como lo justifico. También voy a referenciar la metodología empleada para conseguir los objetivos propuestos y establecer el marco teórico de referencia sobre el que se encuadra el estudio. 2. Un segundo bloque que comprende el cuerpo de análisis de las últimas reformas realizadas en nuestro sistema de pensiones y como éstas se enmarcan en la situación actual de crisis y su impacto social. 3. En un tercer punto estableceré un análisis comparativo entre las reformas realizadas en el sistema de pensiones español y las reformas que se realizaron en su momento en los sistemas de pensiones chileno y sueco, para ver hasta que punto las reformas realizada en España vehiculan en la dirección de las últimas reformas llevadas a cabo en un contexto internacional 4. Finalmente, platearé unas conclusiones y reflexiones finales en función de los análisis realizados anteriormente. 3 I. INTRODUCCIÓN I. 1. TEMA OBJETO DE ESTUDIO Y JUSTIFICACIÓN. En la última década, y ante las recomendaciones de importantes órganos a nivel internacional (Banco Mundial, Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), Fondo Monetario Internacional (FMI) y la Comisión Europea), se han efectuado en la mayoría de los países reformas de diferente calado en los distintos sistemas de pensiones, lo que ha suscitado un gran interés social en la población. Al reflexionar sobre el objeto de estudio se me plantearon las siguientes interrogaciones: 1. ¿Pueden incidir las últimas reformas introducidas en el sistema de pensiones español en un cambio en la naturaleza del mismo? 2. ¿Los cambios realizados en el sistema de pensiones español están en línea con los realizados en los países de la Unión Europea? 3. ¿Hay una convergencia en los cambios realizados en España hacía el sistema de cuentas nocionales sueco? 4. ¿Es posible la inclusión en el sistema de pensiones español de un nuevo pilar de capitalización? 5. ¿Nos merecemos los ciudadanos españoles una mayor transparencia en el sistema de pensiones? El tema objeto de estudio va a ser el análisis de uno de los pilares del actual Estado de Bienestar español, concretamente el sistema de pensiones español en relación a las recientes medidas de reforma tomadas en los últimos años por los diferentes gobiernos que han ostentado el poder y lo que puede suponer en la naturaleza del sistema de pensiones en el actual contexto de crisis, además de realizar un análisis comparativo con reformas tomadas en otros países. El trabajo estará centrado básicamente en el capítulo de las pensiones de jubilación en su modalidad contributiva. El tema objeto de estudio lo considero muy interesante ya que el sistema de pensiones español tal y como lo conocemos nació hace 40 años bajo unas circunstancias económicas, políticas, sociales, estructurales, de modelo de familia, etc. y a lo largo de este periodo ha existido una evolución hasta la situación actual que poco o nada tiene que ver con la situación de partida. Su justificación se fundamenta en que: • El tema de las pensiones en España lleva siendo tema de debate público desde hace tiempo, pero en los últimos años la recesión y la inestabilidad financiera ha agudizado el mismo. Las pensiones públicas suponen uno de los cuatro pilares del estado del bienestar en España, y es la política antipobreza más importante del país, porque cubre el riesgo de pobreza durante la etapa de la vejez. • El gran aumento de las tasas de desempleo en España en los últimos años, el estancamiento económico y los elevados índices de la tasa de dependencia, pueden hacer peligrar el sistema de pensiones español. 4 • La principal consecuencia del aumento tan significativo de la esperanza de vida y las bajas tasas de natalidad que llevamos registrando desde hace años en España, es el envejecimiento de la población y su posible repercusión en el sistema de pensiones. • La ligereza y frivolidad con la que ciertos sectores de la población informan o alarman sobre la insostenibilidad del sistema público de pensiones es tan mediática que, aunque esas afirmaciones en ocasiones no se sostienen a base de datos, están calando de manera incontenible entre la población. Hasta el punto de llegar a convertirse una verdad irrefutable y absoluta. • El sistema público de pensiones en régimen de reparto (las prestaciones de los pensionistas se financian mediante las cotizaciones de los empleados en activo actuales) se estableció en un momento de tiempo dado, con unas circunstancias socioeconómicas determinadas. Actualmente existe una diferente situación socioeconómica de contexto de crisis y por tanto quizá lo que en su momento se vio como un modelo adecuado hoy en día no lo sea tanto. Pero……. Hay expertos que indican que se puede variar la financiación de las pensiones públicas. Además de las aportaciones por las cotizaciones de los trabajadores, se debería poder aumentar los ingresos a través de los impuestos, con lo que se generaría un mejor reparto del excedente económico. Argumentan que la carga fiscal en España es una de las más bajas de la UE y por tanto su capacidad de recaudar se puede todavía aumentar. 5 I. 2. METODOLOGÍA. El cuerpo del trabajo va a consistir en el análisis de las últimas reformas de las políticas públicas de pensiones en España en un contexto de crisis y su comparación con las reformas de los sistemas de pensiones introducidos en Chile y Suecia. La elección de estos dos países no ha sido aleatoria, sino que muchos analistas consideran que estas dos reformas han sido tomadas como referencia en numerosos países para iniciar sus propias reformas del sistema de pensiones y además ambas se implementan en ambos países en un contexto de crisis. Dadas las características del estudio y en vistas a responder a las preguntas planteadas, los objetivos a conseguir serían los siguientes: 1. Analizar las últimas reformas del sistema contributivo de pensiones de jubilación español, como uno de los pilares fundamentales del Estado de Bienestar español, en el actual contexto de crisis. 1.1. Describir la evolución del sistema de pensiones en España desde su origen hasta la llegada de la crisis de 2008. 1.2. Analizar como es entendida la problemática del sistema de pensiones en el actual contexto de crisis 1.3. Valorar el impacto social que estas reformas van a suponer en un futuro en los grupos sociales más vulnerables ante su dificultad de acceso al mercado laboral, en un contexto de reformas del mismo. 2. Realizar un análisis comparativo entre las reformas realizadas en el sistema de pensiones español y las reformas del sistema sueco y del sistema chileno. En cumplimiento de estos objetivos y para conseguir la finalidad propuesta vamos a aplicar una metodología de análisis de política pública, a través de un tipo de investigación de tipo cualitativo y basada en el análisis de datos recopilados a través de fuentes secundarias mediante la técnica de análisis documental. La técnica a utilizar para la recogida de información obtenida va a estar relacionada con la que corresponde a este tipo de fuentes de fuentes: legislación, manuales, informes, libros de expertos en el tema, notas de prensa, y en general de bibliografía especializada en el sistema de pensiones. Se entiende por documento cualquier material que proporciona informaciones sobre un determinado fenómeno social y que existe independientemente de la acción del investigador. (Corbetta P. 2007, 428p) 6 Atendiendo a la metodología de análisis de política pública, su ciclo se inicia con el surgimiento de un problema y se prolonga hasta la evaluación de los resultados obtenidos, tal como lo muestra el siguiente gráfico (Parsons, 1995, citado en Subirats, J. et al 2008): En una política pública nos vamos a encontrar los 3 elementos siguientes: a) Unos actores que van a participar de una forma u otra dentro del desarrollo de esa política pública. Entre estos actores cabe distinguir entre los actores públicos y privados que afecta de una manera directa esta política pública y los grupos de terceros que pueden estar influenciados de forma indirecta por ese tipo de política. b) Unos recursos que los actores utilizan para tratar de conseguir que se tomen en cuenta sus intereses en el desarrollo de la política pública. Así podemos identificar los siguientes recursos: • El derecho como recurso jurídico para implantar unas bases legales de adopción de las diferentes medidas. • Los recursos económicos al objeto de aplicar las políticas regulativas o redistributivas. • El uso de la información, para poder aplicar recursos técnicos y políticos al problema colectivo a resolver. • La organización de la puesta en marcha de esa política pública. • El consenso en la aplicación de esa política. • El tiempo o mapa cronológico para la aplicación de esa política pública. c) Los medios de acción para el uso combinado de los recursos. Percepción de los problemas privados y públicos Surgimiento de un problema Inclusión en la agenda gubernamental Evaluación de los efectos de la política pública Implementación de los planes de acción Decisión y adopción de un programa legislativo Formulación de alternativas 7 Para el análisis de una actuación pública en relación a un problema social planteado en un contexto determinado, utilizaremos los siguientes elementos que han de conformar las bases del modelo analítico: 1. Surgimiento del problema público y su definición. Delimitación del problema público, identificación de las probables causas de éste y formas de intervención previstas. 2. Contexto político, institucional y socio-económico en el que surge el problema público. 3. Programa de actuación político a través de la introducción de mecanismos correctores y de cambio necesarios para la implementación de la política pública. 4. El impacto que puede suponer la aplicación de la introducción de las medidas de esa política en los grupos objetivo. 5. Contraste de las medidas adoptadas en España, en relación a esa política pública, con las actuaciones adoptadas en otros países del contexto europeo. Siguiendo el mismo eje argumental, se procederá al análisis comparativo de 2 reformas que por su importancia marcaron un antes y un después en las actuaciones reformistas de los distintos países y de las que muchos tomaron como ejemplo para realizar sus reformas. Voy a analizar la reforma chilena que se produjo en un contexto de crisis del país, en el seno de una dictadura y caracterizada por las influencias importadas de los EE. UU. por los llamados “Chicago Boys”. Fue muy interesante porque fue la primera reforma del sistema de pensiones que introdujo un cambio estructural radical, al pasar de un sistema puro de reparto a otro sistema puro de capitalización. La otra reforma a analizar va a ser la reforma sueca de los años 90, caracterizada por tener un contexto de crisis generalizado en toda Europa y por el gran consenso que adoptaron las fuerzas políticas para llevarla a adelante. A destacar de esta reforma que fue la primera reforma del sistema de pensiones en un país europeo que combinó el sistema de reparto y el de capitalización, además de introducir en todo el proceso el carácter de transparencia. Elementos básicos que van a conformar este análisis comparativo va a ser: 1. El contexto en el que se llevaron adelante las reformas. 2. Los actores (institucionales, sociales o económicos) que tuvieron mayor o menor relación con la reforma. 3. Los cambios que produjo la reforma en el sistema hasta entonces adoptado. 4. Los objetivos pretendidos con los cambios introducidos 5. El modelo resultante tras las reformas 6. El impacto de las reformas realizadas 8 I. 3. MARCO DE REFERENCIA. I.3.1. ESTADO DEL BIENESTAR Y SISTEMA DE PENSIONES. Estado de Bienestar (EB) es el conjunto de actividades desarrolladas por los gobiernos que guardan relación con la búsqueda de finalidades sociales y redistributivas a través de los presupuestos del Estado. Los diferentes estados a través de su tendencia ideológica a la hora de implantar sus políticas sociales facilitan un mayor o menor desarrollo del EB, repercutiendo significativamente en el bienestar de sus ciudadanos. Existen múltiples definiciones de política social pero básicamente se puede definir política social como el conjunto de directrices, orientaciones y criterios que conducen a la preservación y elevación del bienestar social, procurando que los beneficios del desarrollo alcancen a todas las capas de la sociedad con la mayor equidad posible. El Estado del Bienestar fundamentalmente supone la redistribución de los riesgos, su socialización y protección colectiva. Cabe distinguir 2 tipos de actores colectivos en la creación y evolución de los Estados del Bienestar: • Las clases sociales: empresarios (organizaciones patronales) y trabajadores (sindicatos). Plantean elementos de conflicto-negociación en torno a la regulación de la distribución de riqueza. • Los partidos políticos: ligados a la regulación estatal y de control de los procesos. La política social es entendida como un mecanismo destinado a corregir o paliar los efectos perversos del sistema económico, concibiendo la intervención de los gobiernos como una acción benefactora, correctora o compensadora de la desigualdad social que produce el libre juego de las fuerzas del mercado. (Adelantado J. et al., 2000) La expansión de la política social en la época de consolidación del Estado del Bienestar, tiene que ver sobre todo con una amplia alianza de las clases trabajadoras y clases medias, aportando éstas su propio sesgo en la conformación de la redistribución y la solidaridad, neutralizando las componentes de mayor redistribución vertical. (Antón A., 2009) Podemos indicar como los fundamentos más importantes del Estado de Bienestar español: 1. Globalización: el Estado de bienestar se dirige a toda la población, y se extiende a todas las necesidades básicas sociales de la persona. 2. Política activa contra la marginación: las personas y los grupos marginados o marginales podrán encontrar las condiciones que posibiliten ejercer sus derechos reconocidos legalmente para todos los ciudadanos. 3. Prevención: establecer las condiciones para que no ocurran ciertos fenómenos. 4. Generalización: sin tener en cuenta las diferencias basadas en el estatus social, en sus recursos culturales, económicos, sanitarios, etc., deben reconocerse los derechos del hombre fundamentales: vivienda, trabajo, alimentación, etc. 15 En el sistema de pensiones español coexisten distintas modalidades de previsión social que conforman sus distintos pilares: • El pilar público contributivo, en el que, las pensiones se financian con las aportaciones de los trabajadores activos en un mismo periodo del tiempo, y éstas a su vez determinan la pensión futura. • El pilar asistencial, público y con cargo a Presupuestos Generales, que otorga pensiones a aquellas personas que, por falta de cotización, no tienen acceso a la pensión contributiva. • El pilar privado, formado por los planes de pensiones a los cuales los trabajadores van aportando voluntariamente parte de su salario que, a lo largo de la vida laboral, se capitaliza en los mercados financieros. Éstos, una vez llegado el momento de la jubilación, devuelven al partícipe el resultado de las inversiones realizadas con el dinero aportado, descontando los costes de gestión cobrados por las entidades financieras. Existen varias modalidades de planes de pensiones: los denominados planes de empresa, establecidos por las empresas para sus trabajadores, y los planes individuales, contratados directamente por el trabajador. Desde el punto de vista económico, los planes de pensiones pueden ser de beneficio definido, en los que la prestación a recibir se determina de forma contractual y los de contribución definida, en los que se define la aportación mientras que la prestación dependerá de los rendimientos financieros del fondo. En España la esfera mercantil ha estado y está estructuralmente vinculada a la política de las pensiones, aunque solo sea porque es la participación en el mercado de trabajo la que posibilita cotizar y por tanto la que genera el derecho mismo a una pensión contributiva. En cambio también podemos hablar de cierta desmercantilización, al desvincular las pensiones no contributivas del mercado laboral. (Adelantado J. et al., 2000) I.3.2. EL SISTEMA DE PENSIONES EN EL MARCO DE UN ESTADO DEMOCRÁTICO Y DE DERECHO A raíz de la promulgación de la Constitución de 1978 se asientan las bases para mantener un régimen público de seguridad social con un marcado carácter universalista y unitario de protección social. También se garantiza un adecuado nivel de pensiones para las personas mayores. Cabe destacar los siguientes artículos constitucionales: Artículo 41. “Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres”. Artículo 50. “Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio”. 16 Con la entrada en vigor de la Ley 26/1985, de medidas urgentes para la racionalización de la estructura y de la acción protectora de la Seguridad Social, se dispuso de un incremento adicional en la cuantía de las pensiones asistenciales para las personas sin recursos y suprimió el requisito de alta para causar las pensiones de jubilación o invalidez. Para reforzar la contributividad del sistema la Ley adoptó 2 medidas principales: 1. Incrementar el periodo de carencia exigido, que pasó de los 10 a los 15 años. 2. Modificación de la fórmula del cálculo de la base reguladora de la pensión. Se pasó de, considerar las bases de cotización de los últimos 2 años inmediatamente anteriores al momento de la jubilación, a tener en cuenta las de los últimos 8 años. Se inicia así, un largo proceso, aún inacabado de modificaciones estructurales que van endureciendo los requisitos necesarios para acceder a la jubilación, y que fue contestada con la primera huelga general de la democracia que se le hizo a un gobierno socialista. (Galiana Moreno J.M., 2013). I.3.3. HITOS IMPORTANTES EN EL SISTEMA DE PENSIONES Con la Ley 26/1990, de pensiones no contributivas, se extiende a todos los ciudadanos, aunque no hayan cotizado nunca o no tengan el tiempo suficiente de cotización, el derecho a las pensiones de jubilación e invalidez. De esta forma las pensiones se universalizan aplicando el principio rector del artículo 41 del texto constitucional referido anteriormente. En 1995 se crea, fruto del consenso entre todas las fuerzas políticas representadas en el Parlamento español, El Pacto de Toledo. Su objetivo primordial es hacer viable financieramente el modelo de pensiones de reparto y solidaridad intergeneracional de Seguridad Social y continuar avanzando en su perfeccionamiento y consolidación. Los miembros de la comisión del Pacto de Toledo son los representantes de los diferentes grupos parlamentarios según su representatividad en el hemiciclo. Los protagonistas del Pacto tuvieron muy claro que el sistema debía continuar basado en el reparto, que representa la solidaridad intergeneracional, desechando por tanto cualquier intento de pasar a un régimen de capitalización que algunos auspiciaban tomando como referente el modelo chileno. Las reformas, en suma, aunque profundas no debían hacer irreconocible nuestro sistema de Seguridad Social. (Galiana Moreno J.M., 2013). En su primer informe de 1995 se analizaron los problemas estructurales del sistema de Seguridad Social y se indicaron las principales reformas que deberían acometerse en los próximos años para garantizar la viabilidad del sistema público de pensiones y evitar mayores déficits en el presupuesto del Estado. El informe indicado contenía 15 recomendaciones que fueron elevadas al Gobierno para su aplicación. 17 El desarrollo inicial del Pacto de Toledo se llevó a cabo en la VI Legislatura y vino precedido por la suscripción, el 9 de octubre de 1996, entre el Gobierno y las organizaciones sindicales más representativas del Acuerdo sobre consolidación y racionalización del sistema de la Seguridad Social, que se basó en el contenido del Pacto de Toledo y que cristalizó en la Ley 24/1997, de 15 de julio, de consolidación y racionalización del sistema de la Seguridad Social. Dicha Ley desarrolló una serie de medidas concretas que afectaron a los aspectos financieros del sistema (separación de fuentes de financiación, constitución de reservas, etc) y a las pensiones de jubilación. Se estableció un período mínimo de cotización exigible para el cobro de la pensión de jubilación de 15 años, y para el cálculo de la pensión se tomaron en consideración las bases de cotización de los últimos 15 años. En último término la Ley garantiza de forma definitiva el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones, que deberán revisarse de modo automático en consonancia con las variaciones del IPC anual. El Pacto de Toledo de 1995 propuso la creación en el año 2000 del Fondo de Reserva de la Seguridad Social a partir de los excedentes generados, para atender las necesidades futuras en materia de pensiones, originadas por desviaciones entre ingresos y gastos. El fondo de Reserva de la Seguridad Social se creo con el objetivo de constituir reservas que permitan atenuar los efectos de los ciclos económicos bajos y garantizar el equilibrio financiero del sistema de pensiones, en cumplimiento del Pacto de Toledo. 604 2433 6169 12025 19330 27185 35879 45716 57223 60022 64375 66815 63008 53744 0 10000 20000 30000 40000 50000 60000 70000 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 EVOLUCIÓN DEL FONDO DE RESERVA Situación a 31 de diciembre Importes en millones de euros Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social La intensa crisis económica de los últimos cinco años ha anticipado la aparición de déficits en las cuentas de la Seguridad Social. Como consecuencia, el Gobierno ha tenido que utilizar el Fondo de Reserva para hacer frente al pago de las pensiones. 18 El segundo acuerdo propiciado por el Pacto de Toledo: “Acuerdo para la mejora y el desarrollo del sistema de protección social, de abril de 2001 (que no fue firmado por UGT), recoge un conjunto de medidas que se incorporaron a nuestro ordenamiento jurídico a través de sucesivas Leyes de medidas fiscales, administrativas y de orden social. En fechas posteriores a la creación del Pacto de Toledo, la situación vino experimentando cambios importantes, de signo mayoritariamente opuesto al de los negros vaticinios de las décadas de los ochenta y noventa. Sin olvidar el gran descenso de la tasa de desempleo (Del 23,9 en 1993 al 8,3 en 2006 según datos del INE) y las cuentas de la Seguridad Social ya no fueron deficitarias, entre otras razones por el importante flujo migratorio acaecido en nuestro país, que no fue previsto por los analistas de los años ochenta, y que aportó en épocas de bonanza las cotizaciones restadas por la baja tasa de natalidad que padecemos. (Galiana Moreno J.M., 2013). En 6 años, de 2003 a 2009, vemos como el Fondo de Reserva de la Seguridad Social se multiplica por 5, pasando de 12.025 millones de euros a 60.022 millones de euros. En 2003 se llevo a cabo la renovación parlamentaria del Pacto de Toledo y el consiguiente proceso de concertación social que fue denominado: “Declaración para el Diálogo Social, para la competitividad, empleo estable y cohesión social”, que fue suscrito por el Gobierno y por los interlocutores sociales en el año 2004. Este último informe tuvo su plasmación en el Acuerdo de 13 de julio de 2006, concertado entre el Gobierno y los interlocutores sociales y en la Ley 40/2007, 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social. El Acuerdo de 13 de julio de 2006 introduce reformas graduales en el Sistema de Seguridad Social, que favorecen la sostenibilidad del mismo, sin cambios radicales que puedan generar inquietudes e incertidumbres en sus beneficiarios actuales y futuros. Sus principales aportaciones fueron: 1. Hacer hincapié en la garantía de la adecuación entre los ingresos y gastos del sistema, ratificando el objetivo de culminar el proceso de separación de fuentes de financiación y un mayor equilibrio en materia de cotización que refuerce el principio de contributividad. 2. Se avanza en la plasmación del principio de solidaridad mediante la paulatina mejora y extensión de los complementos por mínimos en lo que se refiere a las pensiones de incapacidad permanente y viudedad. 3. Se plantean una serie de iniciativas que afectan, con carácter general, al área de protección contributiva y cuyo objeto es garantizar una mayor proporcionalidad entre el esfuerzo de cotización realizado y los derechos a obtener por parte de la Seguridad Social 19 4. Se incluyen diversas actuaciones dirigidas a incentivar la prolongación voluntaria de la vida laboral, sin olvidar la mejora de las garantías de los trabajadores de más edad expulsados prematuramente del mercado laboral. 5. Se avanza en el proceso de racionalización y simplificación de la estructura del sistema de Seguridad Social, previéndose la integración de los trabajadores por cuenta propia agrarios en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, y la de los trabajadores por cuenta ajena de dicho sector en el Régimen General, desde una perspectiva atenta a las singularidades específicas de cada uno de dichos colectivos. Todo ello, se complementa con medidas de adecuación y modernización de la normativa reguladora del Régimen Especial del Mar y del Régimen Especial de Empleados de Hogar. La finalidad de la Ley 40/2007 no es otra que dar el adecuado soporte normativo a alguno de los compromisos contraídos en el Acuerdo de 2006, que hacen referencia de modo sustancial a las prestaciones por incapacidad temporal y permanente, de jubilación y supervivencia y, de forma tangencial, a la de desempleo. (Galiana Moreno J.M., 2013) En materia de jubilación, la Ley 40/2007, incentiva el alargamiento de la vida laboral de los trabajadores y busca facilitar la permanencia en la empresa, a partir de una determinada edad, incrementando la correlación entre cotizaciones y prestaciones. En resumen, se puede indicar que a partir de 1985 los diferentes Gobiernos, respaldados en su mayor parte en informes del Pacto de Toledo, han realizado reformas paramétricas de carácter incremental en el Sistema de Pensiones español, endureciendo en acceso al mismo, y a su vez han realizado reformas de mejora el algunos aspectos del mismo como por ejemplo: las pensiones de jubilación no contributivas (financiadas con impuestos), la mejora de pensiones por permanencia en la empresa tras la jubilación y la creación del Fondo de Reserva de las pensiones como garante del equilibrio financiero en el Sistema de Pensiones español. 20 II. LA REFORMA DEL SISTEMA DE PESIONES ESPAÑOL: ANÁLISIS Y COMPARATIVA II. 1. LAS REFORMAS DE LAS PENSIONES EN ESPAÑA EN UN CONTEXO DE CRISIS. II.1.1. CONDICIONANTES DE LAS REFORMAS Las últimas reformas legislativas realizadas en España, en relación al sistema de pensiones, han tenido un marcado cariz incremental enmarcado en modificaciones paramétricas que no han modificado la base estructural en la que se asienta el sistema español de pensiones, basado en el sistema de reparto con prestaciones definidas. Además, tangencialmente a estas reformas, se ha incidido en favorecer fiscalmente a la provisión privada de pensiones, a través de desgravaciones en la Declaración de Renta de las Personas Físicas de las aportaciones a los planes de pensiones privados. Los motivos principales, esgrimidos por los gestores políticos, para justificar la realización de tales reformas han sido: 1. La evolución demográfica.- 1.1.Es un hecho, a todas luces positivo, que la esperanza de vida está aumentando progresivamente en España. El envejecimiento de la población se presenta como una variable determinante de la insostenibilidad financiera de las pensiones de jubilación que hace ineludible su reforma. De 2005-2010 la esperanza de vida a los 65 años, en los países de la OCDE, es de 19,9 años para las mujeres y de 16,4 para los hombres. Los pronósticos indican que entre 2045-2050 la supervivencia tras la jubilación será de 23,5 para las mujeres y 19,5 para los hombres. (Del Pino E. y Rubio M.J., 2013) 1.2.Reducción de las tasas de natalidad. La tasa de natalidad en España (número de nacimientos por cada mil habitantes en un año) fue en 2012 del 9,70‰ y el índice de Fecundidad (número medio de hijos por mujer) de 1,32. El hecho de que España tenga un índice de fecundidad inferior a 2,1 por mujer (fecundidad de reemplazo), supone que no se garantiza una pirámide de población estable. 2. Refuerzo de la contributividad del sistema. Debe establecerse una relación más adecuada entre el esfuerzo realizado en cotizaciones a lo largo de la vida laboral y las prestaciones contributivas a percibir. La pérdida de contributividad de nuestro sistema se ha debido a 2 causas fundamentales: 2.1.Aumento de los años de formación de los jóvenes y un paulatino retraso en su incorporación al mercado laboral. 2.2.Los mayores de 45 años han perdido participación en la aportación al sistema de pensiones debido a que con la crisis económica muchos de ellos han perdido el empleo y se han vista imposibilitado de su reingreso al mismo. 3. El principio de solidaridad financiera. Este se define en cuanto cada cual aporta al sistema de seguridad social según su capacidad contributiva y percibe prestaciones de acuerdo a sus necesidades, lo que constituye una herramienta indispensable a efectos de la redistribución de la riqueza con justicia social. Sobre este principio 21 pivota la reforma incremental del aumento del límite de edad para el acceso a una pensión contributiva. 4. El factor de sostenibilidad. Su finalidad es mantener la proporcionalidad entre las contribuciones al sistema y las prestaciones esperadas, garantizando a las generaciones presentes y futuras la percepción de pensiones adecuadas y suficientes, conforme al mandato del artículo 50 de la Constitución Española. Este factor asegura el riesgo asociado al incremento de la longevidad y ajusta la equidad intergeneracional, si bien sólo respecto de las pensiones de jubilación. 5. El índice de revalorización. Desde 1997 las pensiones se revalorizaban de acuerdo con el Índice de Precios al Consumo (IPC) previsto. Pero ante la grave crisis que estamos soportando, y a recomendación del informe del Pacto de Toledo, debe existir la posibilidad de utilizar otros índices de revalorización basados en: a) El crecimiento de los salarios b) La evolución de la economía c) El cómputo de las cotizaciones a la seguridad social El acelerado envejecimiento de la población siembra dudas sobre si en el futuro se podrá disponer de una pensión pública para la vejez. La percepción de que el sistema es insostenible en el futuro se asocia a menos apoyos (Friegberg, 2012. citado en Del Pino y Rubio, 2013) Estas dudas sobre su viabilidad pueden hacer que los ciudadanos prefieran pagar menos impuestos para ahorrar por su cuenta. En la conjunción de valores e intereses, en ocasiones puede ocurrir que predominen más los intereses que los valores (Blomberg y Kroll, 1999, citado en Del Pino y Rubio, 2013) Algunas de las estrategias que utilizan los gobiernos para evitar ser culpados de decisiones impopulares (Weaver, 1988, citado en Del Pino y Rubio, 2013): • Yo no quiero pero los datos no dejan margen. Contabilidad creativa, manejo de los datos de manera interesada. • De todas formas habrá que hacerlo, gobierne quien gobierne. • Agostidad y alevosía. Aprobar los recortes en periodos vacacionales. • Divide y vencerás. Fragmentar a la ciudadanía con continuos recortes. • Los niños y minorías los primeros. Recurrir al tópico de recortar lo último a los más desfavorecidos. • Diversificar riesgos. Aliarse con gobierno afines de las CC. AA. Un enfoque esencialmente financiero a la provisión de pensiones es erróneo: el problema debería ser tratado en primera instancia como una cuestión de recursos, es decir, de trabajo y producción; si los flujos crecientes de recursos reales hacia los ciudadanos retirados no están asegurados, no existe ninguna reforma puramente financiera que pueda garantizar unas pensiones socialmente adecuadas; si, por otra parte, los recursos se hacen disponibles a través de unos mayores niveles de empleo y de actividad económica, entonces las muy pesimistas afirmaciones que se están realizando sobre los sistemas actuales ya no son aplicables. (EE.EE.(1) 2001, citado en Etxezarreta, 2010). (1) EE. EE. : European Economists for an Alternative Economic Policy 22 El actual contexto de crisis español ha tenido un proceso evolutivo iniciándose con una crisis financiera, que pronto evolucionó hacía una crisis social y que actualmente ha devenido en una crisis social y de confianza. El punto de inicio fue la crisis financiera que estalló en EE. UU. en 2007 y que tuvo una gran repercusión a nivel mundial. Sus causas fueron: • Los bancos americanos realizaban préstamos irresponsables a entidades y personas supuestamente insolventes. • Crearon así múltiples paquetes de hipotecas de alto riesgo. • Repartieron estos paquetes de alto riesgo por los bancos de todo el mundo. • Los bancos de todo el mundo debían hacer frente a esas hipotecas de alto riesgo por posibles impagos. Un vez iniciada la crisis financiera internacional, el nivel de referencia de los prestamos hipotecarios (Euribor) subió rápidamente, duplicándose en pocos años. Los bancos a su vez deben proveer sus reservas para hacer frente a esos paquetes tóxicos distribuidos desde los bancos americanos y automáticamente se cerro el grifo hipotecario. Familias y empresas muy embarcadas en el mercado hipotecario ven como se empiezan a encarecer sus préstamos y como sus valores inmobiliarios no dejan de bajar en caída libre. Esta falta de liquidez bancaria, unida al incremento de los impagos hipotecarios porque las familias no pueden hacer frente a ellos, ha llevado al mercado financiero a su colapso. Este colapso financiero, junto al desplome del sector inmobiliario ha llevado a España a niveles de desempleo hasta ahora nunca vistos. A su vez las familias medias españolas, con un mayor endeudamiento y con tasas de desempleo incrementándose día a día, han retraído su consumo, bajando drásticamente la demanda de productos, y por tanto incrementándose aún más las tasas de desempleo. Así, este bajo nivel de consumo unido a un alto grado de desconfianza en la recuperación económica, nos lleva a desconocer que duración va a tener este periodo de crisis. El Gobierno, ante la pérdida de ingresos debido a la crisis, se ha visto avocado a tomar medidas de ajuste, tanto por el lado de incrementar los ingresos como por el lado de reducir los gastos. En el lado del incremento de los ingresos se optó por: • Aumentar los impuestos directos (IRPF) • Incremento de los impuestos indirectos (IVA) • Mejora en la cuantía de las tasas CRISIS FINANCIERA CRISIS SOCIAL CRISIS DE CONFIANZA 23 • Elevación de los impuestos sobre activos financieros y sobre bienes inmuebles. Por la parte de los gastos se recortó en: • Reducción del gasto corriente. • Bajada de los gastos de capital e inversiones • Minoración de las transferencias En 2011 se corrigió la Constitución Española limitando el déficit de las distintas administraciones. En lo que respecta al ámbito del sistema público de pensiones hubo también grandes desfases. Debido al gran incremento del desempleo (del 8% al 27%) en pocos años, la masa salarial que pagan las personas que están trabajando para financiar a los pensionistas se vio considerablemente mermada. Debido a ello, el Fondo de Reserva de las pensiones se ha visto reducido a niveles cercanos a los de 2007. Además el número de pensionistas no ha dejado de crecer en estos últimos años. En 2007 se registraban algo más de 12.000 altas mensuales de jubilados en la Seguridad Social, pero en 2013 cada mes, de media se retiran 21.000 personas. Dos son las principales causas que tienen que ver con este gran aumento: • El gran aumento de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) de las empresas españolas, que lleva a muchos trabajadores a una jubilación anticipada. • El futuro incierto. Los recortes y la incertidumbre económica han provocado numerosas jubilaciones anticipadas entre los trabajadores de mayor edad. 24 II.1.2. LAS REFORMAS LEGISLATIVAS DEL SISTEMA DE PENSIONES A la vista de la ya esgrimida tendencia demográfica, y ante el actual contexto de crisis, el poder ejecutivo, en base a los informes aportados por expertos al Pacto de Toledo, decidió realizar las siguientes reformas a través de regulaciones normativas: Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Es el resultado del Acuerdo económico y social del 2 de febrero de 2011, estipulado entre el gobierno y los interlocutores sociales, y claramente influenciado por la aprobación parlamentara de enero de 2011 de la renovación del Pacto de Toledo. Se mueve, además, en las líneas trazadas por el Libro Verde de la Unión Europea de 7 de julio de 2010 en pos de unos sistemas de pensiones europeos adecuados y sostenibles dentro de la Estrategia 2020. El documento se enmarcaba como propuesta a llevar al Parlamento para la revisión del pacto de Toledo, pero aparece en un contexto internacional difícil para España como consecuencia del alto déficit público derivado de la actual crisis económica por la falta de empleo y de su financiación. La adopción de duras medidas en el campo de las pensiones ha sido además utilizada como símbolo cara a los mercados internacionales. A este respecto hay que señalar que la OCDE, el Banco mundial y la propia Comisión Europea vienen recordando a España desde hace años la necesidad de adoptar reformas profundas en nuestro “generoso” sistema de Seguridad Social. El objetivo principal de esta Ley es el de retrasar la edad de jubilación ordinaria pasando de los 65 años a los 67 (o 65 con 38 años y seis meses de cotización), si bien esta medida va a tener un periodo transitorio de implantación hasta 2027. Esta propuesta tiene una clara intencionalidad de reducir el gasto en pensiones, ya que retrasar dos años la edad legal de jubilación supondría reducir el gasto en pensiones varios puntos del Producto Interior Bruto. Este cambio paramétrico de naturaleza incremental constituye todo un hito histórico, pues ninguna reforma previa de la seguridad social había tocado la edad de jubilación ordinaria de 65 años, establecida en 1919. Según los tipos de jubilación, la nueva situación será la siguiente: Jubilación ordinaria. Hay, en la práctica, tres edades ordinarias de jubilación, para cobrar el 100%, en función de los años cotizados. • 65 años para trabajadores con 38,5 años cotizados. El paso de 35 a 38,50 años para el 100% a los 65 se hará entre 2013 y 2027, a razón de tres meses cada año. • 67 años para el resto, con 37 años cotizados. El paso de 65 a 67 años se hará entre 2013 y 2027. Un mes/año hasta 2018 y dos meses/año de 2019 hasta 2027. • Edad entre 65 y 67 años, cuando se cumplan los 38,5 años cotizados. Jubilación anticipada. Voluntaria.- • Nuevo derecho subjetivo para acceder a la jubilación anticipada a los 63 años y de forma voluntaria. 31 El fenómeno del desempleo tiende a distribuirse de manera desigual entre la población en edad de trabajar, por lo cual algunos grupos sociales tienen mayores posibilidades de quedarse sin empleo dependiendo del sector económico en el que trabajen, según su tipo de contrato o bien según su grado de cualificación. Esta fuerte crisis económica que ha traído consigo una fuerte destrucción del empleo, se ha cebado más significativamente en los grupos de población más vulnerables determinados por el sexo, la edad o la pertenencia a un sector específico: inmigrantes, jóvenes, mayores de 45 años, personas con discapacidad y mujeres. • La componente género. Si bien el la destrucción de empleo en los últimos años se ha centrado mayoritariamente en el sector de la construcción, sector tradicionalmente de empleo masculino, en los demás sectores afectados por el desempleo las mujeres fueron las primeras en ser despedidas o en experimentar mayores recortes salariales. Este fuerte impacto del desempleo femenino hace que la tasa de mujeres desempleadas de larga duración se haya elevado considerablemente. Otro factor importante en la componente de género son las trayectorias intermitentes de las mujeres en el mundo laboral. En muchas ocasiones la llegada de hijos o el cuidado de personas mayores hacen que las mujeres salgan del mundo laboral, haciendo su vuelta al mismo más dificultosa. También reseñar que las últimas modificaciones de la llamada Ley de Dependencia ha hecho que muchas mujeres cuidadoras de personas dependientes, hayan perdido la cotización estatal a la Seguridad Social de la que se venían beneficiando desde la entrada en vigor de la misma. Para finalizar reseñar que en nuestro país, el apoyo del Estado para el cuidado de los hijos menores que aún no están en edad escolar ha sido generalmente muy bajo. • La componente de la edad. La fuerte crisis en el sector de la construcción residencial ha afectado a un gran número de jóvenes. Además, la escasez de puestos de trabajo actual con el importante contexto de crisis y el gran número de personas dispuestos a emplearse en los mismos, hace que la empleabilidad de los más jóvenes sea prácticamente nula y en la mayoría de los casos, cuando se da, es de forma tardía. Los efectos del paro juvenil son muy negativos. Los jóvenes sin empleo pierden la motivación en obtener un empleo. Además España pierde capital humano si estos jóvenes en paro emigran a otro país. Esta emigración reduce el potencial de crecimiento económico. La alternativa a la emigración al extranjero de los jóvenes es una búsqueda de empleo en la economía sumergida, incluso aceptando unas condiciones salariales inferiores al valor del trabajo realizado y prescindiendo además de los más elementales derechos de protección laboral . La tasa de paro juvenil en España, población menor de 25 años, llegó al 54,88 %, según los datos de la EPA del primer trimestre de 2014. • La componente de colectivos minoritarios. Las tasas de desempleo en estos colectivos crecen rápidamente en épocas de recesión y descienden a la misma velocidad en fases de crecimiento. Los periodos de crisis suponen un importante impacto en los flujos migratorios. El descenso de llegadas y el aumento de partidas ha sido evidente en la población inmigrante en España en los últimos años. Así mismo, grupos de población como personas con discapacidad o personas mayores de 45 años sufren mayores pérdidas de empleo en situaciones de crisis, puesto que deben ser sectores que accedan al mercado laboral con apoyos instituciones. 32 Señalar por último que en realidad estas tres componentes pueden tener un efecto acumulativo. Así una mujer inmigrante joven puede contemplar las tres componentes anteriormente descritas. Estas últimas reformas realizadas en España sobre el sistema público de pensiones van a tener un impacto directo y con una mayor repercusión en los grupos vulnerables por las siguientes razones: • La tardía incorporación de algunos de estos grupos vulnerables (jóvenes) al empleo va a producir que tengan severas dificultadas en cumplir los años establecidos para tener acceso a una pensión contributiva. • La no continuidad en el empleo de estos grupos vulnerables (contratos intermitentes) supondrá unas lagunas de cotización, lo que va a repercutir a las cuantías de su jubilación en muchos casos y que difícilmente puedan cumplir con los años para cobrar el 100% de la pensión contributiva. • El desempleo de larga duración que se ceba en los mayores de 45 años, les va a suponer que se vean con cuantías de pensión más reducidas, por estar en situación de desempleo en los últimos años, y además que cuenten con dificultades para cumplir con los años necesarios para tener derecho a una pensión contributiva. • La economía sumergida a la que se ven abocados muchos inmigrantes en estos periodos de crisis, les repercutirá negativamente debido a que durante este periodo no cotizan a la Seguridad Social y por tanto llegarán a la edad de jubilación sin haber acumulado los años correspondientes. • Las mujeres que han visto truncada su acceso al empleo contarán en un futuro con unas pensiones de menor cuantía. Conclusiones. Si bien las últimas reformas analizadas del sistema de pensiones español no han modificado su carácter contributivo de reparto con prestaciones definidas, si que ha variado significativamente algunos parámetros muy consolidados dentro del sistema público de pensiones y que hasta el momento no habían sido tema de debate sobre su reforma. Los 5 aspectos fundamentales de las reformas españolas en el sistema público de pensiones, que también se observan en algunos países europeos son: 1. El aumento de la edad de jubilación de los 65 a los 67 años, que se producirá de forma incremental hasta el 2027, es decir durante los próximos 15 años. 2. Elevar la edad de jubilación anticipada de los 61 a los 63 años, al objeto de que los trabajadores estén durante más tiempo activos. 3. Posibilidad de compatibilizar la pensión con un trabajo remunerado. 4. Desvincular la revalorización de las pensiones del IPC y vincularlo a un Índice de Revalorización que estará vinculado a la variación de ingresos y gastos de la Seguridad Social. 5. Se introduce un llamado Factor de Sostenibilidad que va a ajustar las pensiones cada 5 años en función de la esperanza de vida del grupo de referencia. 33 Los tres primeros aspectos señalados inciden significativamente en la incorporación más tardía a la edad de jubilación y por tanto a frenar la entrada de personas al sistema público de pensiones. Los dos últimos frenan el incremento anual de las pensiones, el primero al desvincular los incrementos anuales del nivel de vida, y vincularlo a la marcha global de la economía, y el segundo al penalizar la mayor esperanza de vida que durante décadas se va produciendo en las economías occidentales. Como vemos todas las reformas introducidas en el sistema de pensiones va dirigidas a recortar o mitigar el gasto en el mismo para intentar un equilibrio entre ingresos y gastos del sistema. Pero hay autores y expertos en el tema de las pensiones que abogan por promover un aumento en los ingresos en lugar de realizar recortes en los gastos para lograr el equilibrio del sistema. Así el grupo ATTAC (movimiento ciudadano internacional para el control democrático de los mercados financieros y sus instituciones) en la publicación de (Navarro, V et al., 2010) dice: Y si no hubiera ingresos suficientes para financiar las pensiones públicas por la vía de las cotizaciones sociales ¿habría que renunciar a ellas, o se podrían financiar por otros medios? Además de financiar el sistema de pensiones públicas por la vía de las cotizaciones sociales, también se puede financiar directamente por vía impositiva. El sostenimiento del sistema público de pensiones se facilita si se utiliza esta vía y así se permite que los trabajadores se apropien también de una mayor parte del excedente económico. Además, la carga fiscal en España (porcentaje de los impuestos sobre el PIB) es uno de los más bajos de la UE-15, lo que significa que su capacidad recaudatoria dista mucho de haberse agotado. Y dado que en España el sistema impositivo no es demasiado progresivo y está sujeto a un grado enorme de evasión fiscal (por inoperancia de los instrumentos del Estado destinados a evitarla), se podría lograr un gran incremento de ingresos públicos si se fortalecieran las estrategias de lucha contra el fraude y se llevaran a cabo reformas fiscales que hicieran más justo el sistema. 34 II. 2. ANÁLISIS COMPARATIVO ENTRE LAS REFORMAS DEL SISTEMA ESPAÑOL DE PENSIONES, EL SISTEMA CHILENO Y EL SISTEMA SUECO. Teniendo en cuenta la actual evolución de nuestro sistema de pensiones y la realización de diversas reformas en un contexto de crisis y en cumplimiento del objetivo número 2: “Realizar un análisis comparativo entre las reformas realizadas en el sistema de pensiones español y las reformas del sistema sueco y del sistema chileno”, vamos a continuación a establecer unas tablas comparativas analizando cada uno de los sistemas en función de los siguientes parámetros: 1. El contexto en el que se llevaron adelante las reformas. 2. Los actores (institucionales, sociales o económicos) que tuvieron mayor o menor relación con la reforma. 3. Los cambios que produjo la reforma en el sistema hasta entonces adoptado. 4. Los objetivos pretendidos con los cambios introducidos 5. El modelo resultante tras las reformas 6. El impacto de las reformas realizadas Estos dos modelos elegidos no han sido seleccionados al azar, sino porque en su momento sus reformas han significado un cambio muy significativo en el sistema de pensiones de estos países, se han tomado como modelo para realizar reformas en otros países y además fueron realizadas en un contexto de crisis. 35 EL CONTEXTO ESPAÑA CHILE SUECIA La crisis económica española se refiere a la crisis económica que se inició en 2008 y dura hasta la actualidad; crisis que se enmarca dentro de la crisis económica mundial de 2008 que afectó a la mayor parte de países del mundo, en especial a los países desarrollados. Los indicadores principales de esta situación de crisis son: un aumento espectacular del desempleo, pasando del 8% al 27% en tan solo 6 años, contracción del Producto Interior Bruto, caída del Índice de Precios al Consumo llegado incluso a la deflación y un aumento espectacular de la Deuda Pública y de la Prima de Riesgo. Todo ello unido a fuertes tensiones sobre problemas demográficos endémicos de España, como son el gran porcentaje de personas mayores y los bajos índices de natalidad de las mujeres. Por ello, desde el Pacto de Toledo se pidió informe a expertos sobre pensiones para realizar reformas en el sistema de pensiones. La reforma chilena de las pensiones se realizó en 1980 bajo la dictadura del régimen de Augusto Pinochet y ligada al nacimiento de la Constitución Chilena de 1980. Desde mediados de los años 70 muchos universitarios chilenos fueron a realizar estudios a la Universidad de Chicago, y volvieron impregnados del dogma del “pensamiento único” generado en EE. UU. que se caracterizaba por asumir los dogmas de la corriente ideológica del neoliberalismo. Conocidos como los “Chicago Boys”. Así, al totalitarismo militar, se fue sobreponiendo la capa del totalitarismo económico, postulando la corriente neoliberal y los principios del pensamiento único como la mejor alternativa. La economía del país está en crisis, hay represión y una elevada deuda interna y externa. La reforma no fue fruto de un debate parlamentario, sino que la potestad legislativa se encontraba radicada en la Junta de Gobierno que dirigía el país. A lo largo de los años 90 se intensificó la crisis en el Estado Sueco. Esta crisis económica trajo como consecuencia una serie de problemas tales como: la inflacción, desempleo, incremento de la deuda y del déficit, los cuales unidos a las inestabilidades políticas generaron un ambiente de tensión. Durante esta crisis se implantó un paquete de austeridad que significó la reducción de los beneficios del bienestar. Además el gobierno socialdemócrata adoptó una tendencia de ideología neoliberal que significó un recorte en todo el ámbito del Estado del Bienestar. Viendo que las finanzas estaban al límite y que aparecía en el horizonte una importante amenaza demográfica, con la generación del baby-boom, que veía como se acercaba su retiro en 15 o 20 años sin un reemplazo claro, los dos grandes partidos crearon una comisión, formada por técnicos más o menos alejados de la política, que hiciese una propuesta de reforma del sistema de pensiones. 36 LOS ACTORES ESPAÑA CHILE SUECIA Los decisores políticos. Se alcanzó a principios de 1995 un consenso básico en torno a la necesidad de reformar el sistema de pensiones. Con el Pacto de Toledo, unánimemente aprobado en el Congreso, acordaron una serie de medidas mediante las cuales abordar el problema del equilibrio financiero del sistema de pensiones. El gobierno y la administración pública. Corresponde a varios ministerios la reforma del sistema público de pensiones Los sindicatos. Mantienen en la actualidad posiciones muy próximas respecto a la reforma del sistema de pensiones públicas. Las organizaciones empresariales. Abogan por la introducción de reformas estructurales en la financiación del sistema de la Seguridad Soc. Las asociaciones de jubilados. Los expertos. Se han sucedido los informes de expertos que subrayaban la necesidad de un análisis y una reconsideración del sistema público de pensiones Los organismos internacionales. Se han pronunciado a favor de la introducción de cambios en la provisión de las prestaciones por jubilación. La prensa. El Gobierno estatal, dirigido por una Junta Militar cuyo poder absoluto residía en el General Augusto Pinochet. La Superintendencia de Pensiones, que supervisaba el cumplimiento normativo de las inversiones y emitía las normas necesarias para regular el proceso de inversión Las entidades financieras que estaban encargadas de acoger de diversas formas a las Administradoras de los Fondos de Pensiones (AFP). No existía Congreso. Los Partidos Políticos estaban prohibidos La prensa estaba sometida y censurada por el régimen dictatorial. Los sindicatos y grupos de opinión estaban prohibidos. El slogan favorito de Pinochet era: “La democracia protegida”, que significaba la protección militar para los intereses económicos y sociales del pueblo chileno. Los partidos políticos. El Partido Socialdemócrata (SAP) apoyado por el Partido Conservador, junto con otros apoyos puntuales sacaron adelante en 1994 la reforma estructural de la pensiones en Suecia. Como concesión el SAP cedió a las presiones de los Conservadores y se destinó un pequeño porcentaje de las cotizaciones a sistema de capitalización. Los sindicatos se mostraron contrarios a la reforma, y ésta no contó con su apoyo. Las entidades financieras se van a encargar de gestionar las cuentas de ahorro individuales donde se ingresa obligatoriamente las contribuciones definidas (PPM) Las bases de los partidos políticos que apoyan la reforma también se mostraron en desacuerdo con la misma. La prensa. A lo largo del largo proceso de puesta en marcha de esta reforma, los medios de comunicación tuvieron un papel fundamental a la hora de rusticar los partidos políticos la reforma emprendida. 37 LOS CAMBIOS EN EL SISTEMA DE PENSIONES ESPAÑA CHILE SUECIA Según la forma de financiación se trata de un sistema de reparto, en el que las pensiones de cada generación se financian con las cotizaciones de las generaciones posteriores. Además se trata de un sistema de prestación definida, en el que el cálculo de la pensión se determina de acuerdo con una fórmula previamente establecida. Se han introducido reformas parametricas de tipo incremental a este sistema de pensiones. Problemas: No representan problemas estos cambios realizados en el sistema ya que no cambia la propia estructura del sistema, aunque si la naturaleza del mismo. Señalar que los cambios se hacen en un espacio temporal para no incidir bruscamente en el sistema. Se pasó de un sistema de reparto, semejante al modelo español, a un sistema de capitalización, en el que cada trabajador financia su propia pensión con las cotizaciones que acumula en un fondo individual o colectivo de administración privada. En este caso, cada generación depende de sus propios ahorros. En 2008, el gobierno socialista de M. Bachelet, adopto una serie de medidas que no modificaron el sistema de capitalización individual, pero que mejoraron algunos aspectos del mismo: • Se mejoró la cobertura del pilar obligatorio de pensiones • Se mejoró la cobertura del pilar solidario. • Se modificaron ciertos aspectos relacionados con la equidad de género. • Mayor cobertura a los trabajadores jóvenes Problemas: Es preciso un periodo de adaptación muy largo, en el cual el Estado debe hacerse cargo de las pensiones que han generado los pensionistas hasta el momento del cambio, pues los actuales cotizantes ya dejan de financiar sus pensiones. Tras ser objeto de diferentes reformas incrementales durante los años 80 el modelo sueco de pensiones de reparto y prestaciones definidas, se acometió en los años 90 una reforma estructural que afectó a todo el sistema. Se pasó a un modelo de sistema de pensiones de cuentas nocionales de aportación definida. Se pasó de un sistema bipilar a uno integrado por tres distintos pilares. Problemas: La gestación de este cambio se alargó durante 10 largos años, recurriendo a numerosos pactos y alianzas. El periodo previsto para su implantación definitiva es de 16 años, periodo en el cual el Estado se deberá hacer cargo de los compromisos adquiridos con los pensionistas hasta ese momento. 38 OBJETIVOS DE LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS ESPAÑA CHILE SUECIA 1. Mantener la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones 2. Creación de un Fondo de Reserva de las pensiones. 3. Reducción del elevado gasto en pensiones 4. Evitar la devaluación futura de las pensiones 5. Reducción del elevado déficit público 6. Mantener la equidad contributiva. Equidad actuarial, intergeneracional e intrageneracional. 1. Aumentar las cuantías de las pensiones mínimas. 2. Atenuar la gran inflación que se había desbocado a mediados de los años 70 3. Mantener un equilibrio financiero en el sistema. 4. Incrementar la formalización y creación de empleos. 5. Reactivación económica a través de los fondos privados obligatorios de pensiones 1. Alcanzar la estabilidad política y financiera 2. Mejorar en la transparencia 3. Maximizar la equidad intergeneracional 4. Garantizar una pensión mínima. 39 EL MODELO TRAS LAS REFORMAS EN EL SISTEMA ESPAÑA CHILE SUECIA El sistema de pensiones español se caracteriza por ser un sistema de reparto con prestaciones definidas. Descansa fundamentalmente en 2 pilares: 1.- Pensiones no contributivas. Las reciben las personas que no han cotizado el tiempo suficiente para tener derecho a una prestación contributiva. También existen los complementos no contributivos que perciben las personas que teniendo derecho a una prestación contributiva no alcanza un mínimo. Se financian vía impuestos y están totalmente desvinculadas del resto del sistema. 2.- Pensiones contributivas. Las perciben las personas que han cotizado durante su vida laboral un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. Para percibir el 100% de la pensión de jubilación es preciso haber cotizado 35 años. Se financian a través de las cotizaciones de los trabajadores en activo a la Seguridad Social, parte financiada con un porcentaje del salario bruto del trabajador, 4,7%, y parte financiada por la empresa 23,6%. En los últimos años además se han fomentado los beneficios fiscales a los trabajadores que han abierto voluntariamente un Fondo Privado de pensiones. El actual sistema de pensiones chileno se basa en la capitalización individual obligatoria del ahorro previsional de los afiliados. Cada trabajador afiliado al sistema efectúa mensualmente un aporte previsional del 10% de su salario, el cual es acumulado en una Cuenta de Capitalización Individual, que aumenta de acuerdo a los aportes que realiza el trabajador y de la rentabilidad obtenida con la inversión de sus fondos. El dinero acumulado en la cuenta es propiedad de cada trabajador afiliado y opera como patrimonio independiente de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) Los trabajadores están obligados a afiliarse al sistema, incorporándose a la AFP de su elección. Dicha entidad le cobrará una comisión por la administración de sus fondos, que varía de un 2% a un 4%. En caso de quiebra o disolución de la AFP, el Fondo permanece intacto, sin riesgo alguno para los afiliados. Existe además una Pensión Mínima de Vejez que garantiza unos ingresos mínimos si no se alcanzan con el Fondo acumulado. Existen 3 formas distintas de cobro de la La estrategia de la reforma sueca consistió en la modificación de un sistema tradicionalmente de reparto con prestación definida a un modelo en el que, si bien se mantenía la componente de reparto, fundamentalmente regían los principios de cotización definida. El sistema sueco de pensiones descansa en 3 pilares básicos: 1.- Garantía de mínimos. Se garantiza una pensión mínima para las personas que no alcancen el cobro de una pensión contributiva o bien los que teniendo derecho a esa prestación contributiva resultase ser muy baja, y así se completa con complementos no contributivos. Así esta pensión variaba en 2012 de 870 €/mes a 1.250 €/mes. Se financia anualmente vía impuestos y por tanto se desvincula del resto del sistema. 2.- Cuentas nocionales. Es el corazón del sistema sueco de pensiones. Del salario bruto sueco se cotiza un 16% a estas cuentas nocionales. Así cuando el trabajador alcanza la edad de jubilación se le calcula su pensión en función de 2 variables: - La suma de todas las cotizaciones realizadas al sistema 40 Existe además el Fondo de Reserva de las pensiones que con las aportaciones en épocas de bonanza permite atenuar los efectos de los ciclos económicos bajos y garantiza el equilibrio financiero del sistema de pensiones. Además en estos 3 últimos años se han realizado reformas paramétricas al sistema de pensiones en 2 vertientes fundamentales: - Retrasar la edad de jubilación y por tanto endurecer el acceso al sistema de pensiones - Frenar el incremento anual de las pensiones, desvinculándolo del IPC e introduciendo los llamados factores de sostenibilidad. Estas reformas se van a implementar de forma gradual durante los próximos años. pensión llegada la edad de poder cobrarla (60 años para las mujeres y 65 para los hombres: Como una renta vitalicia inmediata. El afiliado transfiere sus fondos a una Compañía de Seguros de Vida, y ésta le garantiza una renta vitalicia. Como una renta temporal con renta vitalicia diferida. En la que el afiliado cobra una renta mensual temporal y a partir de una determinada fecha pasa a cobrar la renta vitalicia que ha transferido la Compañía de Seguros de Vida. Como un retiro programado. En la que el afiliado retira mensualmente una determinada cantidad del Fondo negociado con la Administradora del Fondo de Pensiones. Además, en 2008, el gobierno socialista de M. Bachelet, adopto una serie de medidas que no modificaron el sistema de capitalización individual, pero que mejoraron algunos aspectos del mismo. -El cálculo de los años que le quedan de vida. Es un modelo de reparto porque las pensiones las pagan los trabajadores en activo, pero condicionada por las aportaciones realizadas al sistema y por los años que le quedan por vivir. El sistema de revalorización anual esta vinculado a la subida de los salarios. La edad de jubilación en Suecia es flexible, desde los 61 a los 67 años. 3.- Cuentas individuales. Es la tercera pata del sistema. El 2,5% del salario bruto sueco va dirigido a estas cuentas. Esta cantidad puede ser invertida en un Fondo Privado o bien en un Fondo Público gestionado por el Gobierno con criterios de inversión menos arriesgados. Las compañías están obligadas a mantener informados de sus fondos a los trabajadores. A partir de los 61 años, los suecos pueden empezar a cobrar el dinero acumulado. Otro aspecto a tener en cuenta es “el sobre naranja”. Es una información que reciben los suecos a comienzo de cada año para indicarles cuanto dinero hay en su “cuenta nocional ficticia” y también les informa de su fondo de ahorro individual. Así el trabajador sueco decide, dentro de unos amplios parámetros, si prefiere jubilarse antes con una pensión más reducida o desea prolongar por más tiempo su vida laboral y así mejorar su pensión de jubilación. 47 • PricewaterhouseCoopers, (2010). Por un sistema de pensiones sostenible e inteligente. www.pwc.com/es • Rodríguez Cabrero, G. (1997). Conflicto, Gobernabilidad y Política Social. Madrid: Ariel. • Secretaría de Política Social de UGT. (2013). Informe de modificación del sistema de pensiones. • Secretaría de Política Social de UGT. (2013). Informe de UGT al Real Decreto Ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. • Settergren, O. (2007). Balance de la reforma de la Seguridad Social Sueca. Revista del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Extra. Seguridad Social 2007, pp. 161-206. • Soriano, D. (2013). Pensiones en Suecia: la reforma que el PP no se atreve a hacer. LibertadDigital, Tema: Seguridad Social • Subirats, J. et al. (2008). Análisis y Gestión de Políticas Públicas. Madrid: Ariel. • Superintendencia de Pensiones Chilena. (2010). El sistema chileno de pensiones. (7ª edición). Santiago de Chile: Solange Berstein. • Varios. (2013). En defensa del sistema público de pensiones. http://documentopensiones.org/