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Abstract

La investigación se centra en el análisis de los Servicios Sociales de Aragón, concretamente en el del Servicio Social Municipal de Utebo, realizando una investigación a través de fuentes secundarias y primarias, fundamentándome en entrevistas en profundidad a profesionales del medio y análisis documental. Realizar un análisis desde su creación, evolución, así como organización y funcionamiento. TIESTOS ESCOTA, ANA PILAR; NICOLAS LIZAMA, MERCEDES

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UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y DEL TRABAJO GRADO EN TRABAJO SOCIAL LA EVOLUCIÓN DE SERVICIOS SOCIALES Análisis del Servicio Social de Base de Utebo Estudiante: Ana Pilar Tiestos Escota Directora: Mercedes Nicolás Lizama Facultad: Facultad de Ciencias Sociales y del trabajo Zaragoza: Junio, 2014 ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 1 ÍNDICE AGRADECIMIENTOS ........................................................................................... 3 INTRODUCCIÓN-JUSTIFICACIÓN ......................................................................... 4 1. PLANTEAMIENTO Y DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN .......................................... 6 1.1OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN ................................................................ 6 1.2OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN ........................................................... 6 1.3PREGUNTAS DE INVESTIGACIÓN .............................................................. 7 1.4HIPOTESIS ............................................................................................. 8 2. METODOLOGIA Y DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN .......................................... 10 3. MARCO TEÓRICO/INSTITUCIONAL Y DE REFERENCIA ..................................... 16 3.1BIENESTAR SOCIAL: QUÉ ES Y CÓMO SE ENCUENTRA ACTUALMENTE ......... 16 3.2- ¿QUÉ SON LOS SERVICIOS SOCIALES? ................................................... 21 3.3ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ........................................ 26 3.4PRINCIPAL LEGISLACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES. ................................. 28 3.5EL PAPEL DE LA PLANIFICACIÓN EN LOS SERVICIOS SOCIALES ................. 41 3.6LAS COMPETENCIAS EN SERVICIOS SOCIALES......................................... 45 4. ANALISIS DE LOS SERVICIOS SOCIALES EN EL MUNICIPIO DE UTEBO ............. 49 4.1INFORMACIÓN SOBRE EL MUNICIPIO DE UTEBO ...................................... 49 4.2SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES ...................................................... 50 4.3SERVICIO SOCIAL DE BASE DE UTEBO .................................................... 50 4.3.1DATOS DE IDENTIFICACIÓN .............................................................. 50 4.3.2NATURALEZA Y DEPENDENCIA ........................................................... 51 4.3.3EVOLUCIÓN HISTORICA .................................................................... 51 4.3.4LEGISLACIÓN EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES EN UTEBO ............ 53 4.3.5AMBITO DE ACTUACIÓN .................................................................... 54 4.3.6PLANTEAMIENTOS IDEOLÓGICOS O FILOSÓFICOS ................................ 55 4.3.7OBJETIVOS ...................................................................................... 56 4.3.8FUNCIONES ..................................................................................... 57 4.3.9PRINCIPIOS ..................................................................................... 58 4.3.10ESTRUCTURA ORGANIZATIVA: ORGANIGRAMA ................................... 59 4.3.11FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN ................................................ 60 4.3.12ÁREAS DE ACTUACIÓN Y SERVICIOS ................................................. 62 4.3.13RECURSOS ..................................................................................... 68 4.3.14FINANCIACIÓN Y PRESUPUESTOS ..................................................... 70 5. ANÁLISIS DEL SERVICIO SOCIAL DE BASE DE UTEBO DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LOS PROFESIONALES. ................................................................................. 71 6. CONCLUSIONES ......................................................................................... 92 7. BIBLIOGRAFÍA ........................................................................................... 98 8. ANEXOS .................................................................................................. 105 ANEXO METODOLOGICO 1: .......................................................................... 105 ENTREVISTA PARA PROFESIONALES DEL MUNICIPIO DE UTEBO. ................... 105 ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 2 "Mi mejor norma social es tratar a todo el mundo igual que quisiera que me trataran a mí." Connery, Sean ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 3 AGRADECIMIENTOS Para comenzar este informe, me gustaría agradecer a Servicios Sociales de Base de Utebo, así como al departamento de orientación del instituto IES Pedro Cerrada, más concretamente a los profesionales con los que he mantenido contacto, por facilitarme el acceso a toda la información disponible. También, me gustaría agradecer la ayuda recibida por la directora de trabajo fin de grado, Mercedes Nicolás Lizama, por su apoyo incondicional en todo momento. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 4 INTRODUCCIÓN-JUSTIFICACIÓN “Trabajo Fin de Grado” está incluido dentro del Plan de Estudios de Grado de Trabajo Social, teniendo por objetivo la realización de una investigación social individual o en grupo, un proyecto o el relato de una experiencia personal, todo ello abordando temas relacionados con la profesión. La elección del mismo se realizó de manera personal, teniendo que establecer contacto con la directora del trabajo y plasmando el campo y los temas de estudio. En mi caso, se basa en el ámbito de Servicios Sociales en Aragón, estudiándola a través de una investigación social. En la actualidad, las actuaciones que se llevan a cabo desde Servicios Sociales están cobrando una vital importancia en nuestra sociedad, ya que ante necesidades económicas, laborales, sociales y familiares, se actúa para poderlas mejorar o paliar. Esta investigación social está vinculada a los Servicios Sociales de Aragón. La elección está basada en el gran interés por el tema, pudiendo explorar la importancia de estos en la actualidad y, observar y estudiar la evolución que se ha producido desde su creación. Así mismo, me gustaría conocer como fue la creación y evolución de los Servicios Sociales en Aragón, ya que he realizado las prácticas profesionales en un Servicio Social de Base y me encantaría poder realizar una comparación entre la finalidad en su creación y la manera en que están conformados actualmente. Por otro lado, me despierta una gran incertidumbre el futuro de los Servicios Sociales en Aragón, debido a las nuevas legislaciones que se están aplicando en este ámbito, recortes que afectan directamente a esta área o el aumento de población que accede a estos, ya que cada día hay más personas que necesitan de una ayuda para cubrir necesidades tanto sociales, económicas, laborales, familiares, etc., lo que hace que aumente el trabajo en el servicio. Por ello, la investigación se centrará en Servicios Sociales de Aragón, concretamente en el Servicio Social Municipal de Utebo, realizando una ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 5 investigación a través de fuentes secundarias y primarias, fundamentándome en entrevistas en profundidad a profesionales del medio y análisis documental. El haber tenido contacto con trabajadoras sociales, educadoras sociales, etc., que trabajan en Servicios Sociales, me hace pensar que se podrá realizar una previsión de futuro en función de lo establecido legalmente y las opiniones e informaciones extraídas de dichos profesionales. Con esta investigación se pretende dar voz a los profesionales de Servicios Sociales en Aragón, con el fin de que muestren sus expectativas de futuro respecto al ámbito en el que desarrollan su profesión. Así mismo, poder observar cómo ha cambiado esta área en los últimos 30 años. Considero que es un campo que se ha explorado mucho, pero no de la manera que se plantea esta investigación, ya que, las investigaciones, mayoritariamente, se centran en la época en la que se realizaron y no muestran una evolución de las etapas por las que han pasado los Servicios Sociales en Aragón. Esta investigación, se centra en conocer de forma amplia cual ha sido dicha evolución de Servicios Sociales en Aragón, desde su creación mediante la aprobación de la Constitución Española de 1978 a un futuro más o menos inmediato, con la nueva Ley aprobada del Régimen de Administración Local, profundizando en el Servicio Social de Base de Utebo. Sería conveniente aclarar que se trata de una investigación social exploratoria, dejando el campo de estudio abierto para posteriores investigaciones. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 6 1. PLANTEAMIENTO Y DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN 1.1OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN El objeto de esta investigación es la evolución de los Servicios Sociales, más concretamente en la Comunidad Autónoma de Aragón, aunque principalmente las tareas de investigación se van a llevar a cabo desde la Ciudad de Zaragoza y el Municipio de Utebo. Se han elegido los Servicios Sociales en Aragón, y especialmente Utebo, porque existe una mayor capacidad de movilidad por la zona, al residir en ella, así como disponibilidad, centrando el estudio primario en Utebo, ya que la proximidad de profesionales del medio puede favorecer la labor de investigación que se va a llevar a cabo. 1.2OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN En este apartado, se van a exponer los objetivos y por consiguiente las líneas a seguir en la investigación. Objetivo general 1: Conocer la evolución legislativa en materia de Servicios Sociales.  Objetivo específico 1.1: Plasmar la legislación nacional en materia de Servicios Sociales.  Objetivo específico 1.2: Reflejar la legislación autonómica y local en materia de Servicios Sociales.  Objetivo específico 1.3: Investigar el papel de la planificación en Servicios Sociales en Aragón, a través de diferentes reglamentos, normativas y leyes.  Objetivo específico 1.4: conocer las competencias, establecidas legalmente para Servicios Sociales. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 7 Objetivo general 2: Analizar el Servicio Social de Base del Municipio de Utebo.  Objetivo específico 2.1: reflejar los objetivos, principios, funciones, planteamientos ideológicos y funcionamiento, con los que se trabaja en el Servicio Social de Base Municipal.  Objetivo específico 2.2: plasmar la legislación local por la que se rige el Servicio Social.  Objetivo específico 2.3: describir las actuaciones que se llevan a cabo desde Servicios Sociales de Utebo, así como el ámbito de actuación y la financiación.  Objetivo específico 2.4: conocer la opinión de los profesionales del Servicio Social de Base del Municipio de Utebo, sobre el mismo. 1.3PREGUNTAS DE INVESTIGACIÓN En este apartado se van a crear las preguntas de investigación, que se pueden extraer de los objetivos marcados anteriormente. A continuación se muestran dichas preguntas:  ¿Cómo se encuentra actualmente Aragón en materia legislativa de Servicios Sociales?  ¿En qué momento se encuentra actualmente el Estado de Bienestar?  ¿Cómo la legislación puede condicionar el futuro de Servicios Sociales?  ¿Y el trabajo de los profesionales?  ¿Los Planes actuales son muy políticos? ¿Concretos?  ¿Cómo es la planificación de Servicios Sociales?  ¿Cómo ha afectado la nueva legislación, que modifica la ley 7/1985, de Bases de Administración Local?  ¿Se cubren las necesidades demandas por usuarios de Servicios Sociales?  ¿Los profesionales deberían recibir formación? ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 8  ¿Cómo es la organización del Servicio Social de Base de Utebo?  ¿Qué relación existe entre los Servicios Sociales de Utebo y Zaragoza?  Debido a la proximidad a Zaragoza, que ventajas y desventajas se encuentran en ello.  ¿Qué prestaciones, metodología, recursos, etc., existen en Utebo?  ¿Cuál es la situación actual de los Servicios Sociales en Utebo? 1.4HIPOTESIS En relación a los objetivos planteados para esta investigación, se han formulado unas hipótesis, que con el transcurso de la investigación podrán afirmarse o refutarse. A continuación se muestran las hipótesis iniciales.  Las prestaciones que desde Servicios Sociales en el municipio de Utebo se tramitan mayoritariamente, tienen que ver con prestaciones económicas.  La prestación económica por excelencia es actualmente el Ingreso Aragonés de Inserción.  La prestación “social” por excelencia sería en materia de dependencia.  La finalidad de las prestaciones, servicios y demás recursos de Servicios Sociales en el municipio de Utebo ha cambiado, respecto al cambio en las características de la población atendida en Servicios Sociales.  La población objeto de Servicios Sociales ha cambiado radicalmente en los últimos años, ha pasado de ser “población excluida que necesitaba cubrir unas necesidades”, a población de muy variadas características que por diversas circunstancias, necesitan de ayuda económica, social, laboral o familiar.  A través de los años se ha incluido legislación con mayores recursos, servicios y prestaciones para cubrir las necesidades de los usuarios.  Las competencias en materia de Servicios Sociales han ido variando a lo largo de los años, lo que produce incertidumbre en las profesionales. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 15 2.3TEMPORALIZACIÓN Esta investigación social se ha realizado, atendiendo los siguientes ámbitos en:  Temporal: 2º cuatrimestre 4º Grado de Trabajo Social.  Territorial: Aragón, aunque más concretamente el municipio de Utebo.  Institución: Servicio Social de Base. 2.4SISTEMA DE CITACION El sistema de citas empleado durante todo el trabajo de investigación y plasmado en el informe, son las normas APA (Asociación Estadounidense de Psicología), las cuales enuncian una serie de pautas a seguir. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 16 3. MARCO TEÓRICO/INSTITUCIONAL Y DE REFERENCIA 3.1BIENESTAR SOCIAL: QUÉ ES Y CÓMO SE ENCUENTRA ACTUALMENTE El Estado de Bienestar comienza a configurarse a partir de la Revolución Francesa, ya que con la nueva sociedad, surgen principios de igualdad, fraternidad y libertad, de manera que se considera al marginado como un ciudadano con derechos y obligaciones. En 1789, en la Asamblea Francesa, se proclaman los Derechos del Ciudadano, apareciendo la asistencia social como un sistema de protección social. De esta manera, el Estado comienza a ocuparse de los problemas de los “marginados” como si de una obligación se tratase y no como una tarea residual. Por ello, el papel de la iglesia se va quedando aparcado a un lado, aunque en España no ocurre hasta 1934. Todo esto, conllevo a que se produjera el llamado “movimiento obrero”, impulsando una forma propia de protección social para los trabajadores. Así, surgen los seguros sociales y más tarde, el Sistema de Seguridad Social. Paulatinamente, comienzan a aparecer valores de solidaridad, lo que implica un cambio en las formas de acción. Tal y como argumenta Peces Barba, en 1991, “La caridad producía beneficencia y la solidaridad produce Servicios Sociales”. La aparición del Estado de Bienestar en Europa, implica dos tendencias teóricas. La primera de ellas, producto de la presión social, dando respuesta a los problemas sociales y económicos. La llamada “Solidaridad del Estado”. En segundo lugar, el desarrollo del capitalismo necesita una paz social para mantener el desarrollo y la economía. Este cambio de la caridad a la solidaridad y de la beneficencia a los Servicios Sociales, ha sido fundamental en la evolución histórica de atención a los ciudadanos. Para concretar, la solidaridad, se podría definir como “el reconocimiento práctico de la obligación natural que tienen los individuos y los ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 17 grupos humanos de contribuir al bienestar de los que tienen que ver con ellos, especialmente de los que tienen mayor necesidad” (Sebastián, 1996). El tránsito de la Seguridad Social para todos los ciudadanos configura la consolidación del Estado de Bienestar. Los derechos de Seguridad Social, es decir, las pensiones, la sanidad, el desempleo, junto a los Servicios Sociales, el derecho a la educación, la cultura y otros servicios públicos aplicados horizontalmente al conjunto de los ciudadanos y no sólo a los trabajadores, definirán la política de bienestar social como sello de identidad de las democracias europeas más avanzadas. El Estado de Bienestar tiene varias partes, que según Alemán y García (1999) se definen de la siguiente manera:  ESTADO: es una entidad que se basa en la concordancia de tres elementos materiales, los cuales son un territorio, una población y un gobierno, así como en el reconocimiento emanado de los demás Estados existentes. De esta definición resulta que todas las colectividades que cumplan estas condiciones constituyen unos Estados que son considerados como iguales jurídicamente, por el hecho mismo de la identidad de sus elementos constitutivos  BIENESTAR: cuando las condiciones de vida de una persona, en un grupo social dado, tomando medidas cuando hay obstáculos, permiten su pleno desarrollo humano, o cuando las personas se encuentran privadas de opciones imprescindibles para desarrollarse a lo largo de su existencia. Podrían ser limitaciones debidas a determinadas circunstancias personales, como discapacidad, que pueden ser compensados mediante un apoyo social extra, es decir, mediante discriminación positiva, lo que facilita la normalización de las condiciones de vida. Por Bienestar se puede entender a todas aquellas medidas que se toman en la sociedad para satisfacer las necesidades de las personas y grupos. Este término comprende la acción social, no sólo de los poderes públicos, sino, también, de los agentes privados como por ejemplo la familia, las ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 18 entidades mercantiles, o las entidades no lucrativas, que pueden facilitar una calidad de vida mejor de las personas en cualquiera de sus vertientes. El Estado de Bienestar presenta unas características generales, que se basan en: considerar que todos los ciudadanos tienen los mismos derechos a lograr unas determinadas cotas de bienestar, por lo que cuando existen ciudadanos que no pueden alcanzarlas, se ponen en marcha mecanismos para solucionarlo. La protección social es un componente fundamental del Estado de Bienestar, así como la ciudadanía. Existen tres formas de ciudadanía, según Marshall, T.H. y Bottomore, T. (1998) 1CIVIL: serían aquellos derechos que resultan necesarios para la libertad individual. Esto quiere decir, libertad de la persona, de expresión, de pensamiento y religión, así como derecho a la propiedad y a establecer contratos válidos y derecho a la justicia. 2POLÍTICA: se podría definir como aquel derecho de los ciudadanos a participar en el poder político como un miembro de un cuerpo investido de autoridad política o como elector de los miembros. 3SOCIAL: es aquel derecho hacia la seguridad y hacia un mínimo de bienestar económico, así como compartir plenamente la herencia social y vivir la vida conforme a unos estándares predominantes establecidos en la sociedad. Otra de las características del Estado de Bienestar, sería la consolidación de derechos sociales, civiles y políticos, bajo un Sistema Público de Bienestar. Existen diferentes preocupaciones sobre el bienestar social, que se basan en, actuaciones generales que mejoren la situación colectiva que se encuentran dirigidas hacia resolver problemas concretos, organizar la satisfacción de necesidades, incidir en determinados ámbitos territoriales. Con la política de Bienestar Social se desarrollan los principios de prevención, promoción de la autonomía personal e integración social, con medidas de acción positiva para la igualdad de oportunidades. Así, en los años ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 19 70 y 80, con la llegada de la Democracia, se inicia el Estado de Bienestar, debido a la reforma fiscal progresista y proporcional. Todo ello, conllevo consecuencias para el Estado Español y sus ciudadanos, que se concretan en la universalización de las pensiones, ampliación de la cobertura sanitaria a toda la población, aumento de las prestaciones, cambio de obligatoriedad en la escolaridad, de 14 a 16 años y reformas en el mercado laboral, así como una reconversión industrial e integración en la Comunidad Europea y en organismos Internacionales. El Sistema de Bienestar Español se basa en diferentes subsistemas, que son Seguridad Social, Educación, Sanidad, Vivienda, Garantía de Rentas y Servicios Sociales. 1 Existen factores que determinan el incremento de los gastos sociales, como son el cambio en los roles familiares, crecimiento demográfico, factores de consumo, políticos, así como factores de oferta. Servicios Sociales se consideran el sexto subsistema del Sistema de Bienestar, ya que tradicionalmente fue objeto de atención social para casos de desvalimiento por circunstancias de discapacidad, edad. Sociales se basan en el bienestar social, igualdad social y calidad de vida. En la actualidad, debido a la crisis que experimenta el Estado de Bienestar y las políticas sociales, por las sucesivas crisis económicas, “se ha podido ver una redefinición del papel que los agentes públicos y privados van a desempeñar en este Estado de Bienestar, ya que no sólo dependen los ingresos individuales y familiares, sino a un aumento de la esperanza de vida y posibilidades de acceso a la salud y la educación. El Estado de Bienestar depende, por tanto, de las oportunidades individuales y grupales que permitan el acceso a lo anterior. De esta manera, el Bienestar de los ciudadanos, dependerá del grado de desarrollo del país”. (Berzosa, 2003) Por todo ello, se puede concluir diciendo que el Estado de Bienestar español está en decadencia, ya que el desarrollo del mismo es mínimo, lo que 1 Esta investigación se centra en el Sistema de Servicios Sociales, por lo que se comentan datos relativos al mismo. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 20 está dando lugar a desigualdades que impiden el bienestar de los ciudadanos que están en peor situación que otros, no corrigiéndose por sí mismas. Sería necesaria la creación de nuevas políticas sociales que facilitasen la corrección de las desigualdades y regularizase el mercado y otro servicios de asistencia social. Los factores que pueden contribuir a mejorar el Estado de Bienestar serían la familia, el mercado y el Estado. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 21 3.2- ¿QUÉ SON LOS SERVICIOS SOCIALES? El Sistema Público de Servicios Sociales comienza a desarrollarse tras la Constitución, no obstante, no ha llegado a consolidarse, ya que desde sus comienzos, el Estado, ha traslado las competencias a las Comunidades Autónomas, no existiendo una Ley marco que marque unas directrices comunes de actuación. Por ello, no se habla de un Sistema de Servicios Sociales, sino de 17 diferentes. El objeto y la estructura de los Servicios Sociales es “garantizar el acceso como derecho a la ciudadanía, contribuir al pleno desarrollo de las personas, ordenar, desarrollar y organizar sistemas y mecanismos de protección social”. (Casado, 2005) Por ello, los objetivos de Servicios Sociales serían, según las legislaciones consultadas, bases bibliográficas y Fantova (2008):  Suscitar la autonomía personal, familiar y de los grupos, a través del desarrollo de sus posibilidades, contribuir al desarrollo humano.  Estudiar la realidad social para mostrar la situación de necesidad de la población, así como elaborar la estrategia más adecuada a fin de favorecer el bienestar social y mejorar la calidad de vida.  Estimular la resolución comunitaria de las necesidades sociales.  Impulsar la participación, el asociacionismo, promover la responsabilidad, tolerancia y respeto en el conjunto de las relaciones personales, familiares, convivenciales y sociales.  Hacer efectiva la igualdad de oportunidades en las relaciones sociales, así como atender a las necesidades derivadas de la falta de recursos y de las carencias en las relaciones personales y sociales.  Prevenir y atender las situaciones de exclusión de las personas o los grupos y desarrollar estrategias que ayuden a la inclusión social.  Estipular equitativamente el conjunto de los recursos sociales disponibles. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 22  Ayudar a que se produzca la convivencia de las personas y de los colectivos. Centrando la investigación en la Comunidad Autónoma de Aragón, se podría establecer que los Servicios Sociales son el cuarto pilar del Sistema de Bienestar Social de nuestra sociedad y se podría definir el Sistema de Servicios Sociales, según la legislación vigente, en concreto según la Ley 5/2009, de 30 de Junio de Servicios Sociales, en su artículo tercero, como el “conjunto de recursos, prestaciones, planes y programas, así como proyectos, equipamientos y equipos técnicos, con titularidad pública o privada, destinados a la Atención social de la población y que contribuyen de manera integrada y coordinada a la consecución de los objetivos de las políticas de Servicios Sociales. Este sistema se encuentra integrado por el conjunto de Servicios Sociales de titularidad pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de las entidades locales aragonesas”. (Art. 3) La estructura territorial del Sistema Público de Servicios Sociales, según el Artículo 18 de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales en Aragón, se basa en los principios de descentralización, desconcentración, proximidad a los ciudadanos, eficacia y eficiencia en la satisfacción de las necesidades sociales, equilibrio y homogeneidad territorial, accesibilidad a la información y a los Servicios Sociales y coordinación. Existen una serie de principios por los que debe de regirse el Sistema de Servicios Sociales, siendo estos, según el artículo 5 de la ley 5/2009, de 30 de Junio de Servicios Sociales de Aragón: responsabilidad pública, universalidad, igualdad, equidad, prevención, dimensión comunitaria, autonomía personal, integración en el entorno, atención personalizada y continuada, calidad, participación ciudadana, planificación y evaluación, descentralización, coordinación y cooperación, integración de la perspectiva de género, promoción de la iniciativa y del voluntariado social, transversalidad. En Aragón, el IASS, Instituto Aragonés de Servicios Sociales, regulado por la Ley 4/1996, de 22 de mayo, relativa al Instituto Aragonés de Servicios Sociales, es un organismo autónomo de Aragón, que depende del ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 23 Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, desarrolla competencias de administración y gestión, siendo su área de actuación las personas con discapacidad, personas mayores, personas con reconocimiento de dependencia, protección a la infancia y a la adolescencia, inclusión social y Servicios Sociales Generales. Existen dos estructuras dentro del IASS: una primera de servicios generales y otra de servicios provinciales. Las funciones que debe de desempeñar el IASS, según la Ley 2 son:  Atención a la dependencia, mediante aplicación de Programas Individuales de Atención a personas en situación de dependencia, gestión de prestaciones económicas, ayudas y servicios, así como información y estándares de calidad.  Asesoramiento técnico al sector público y privado en materia de Servicios Sociales.  Gestión de programas en sus áreas de actuación, así como gestión de centros propios y acciones concertadas.  Respecto a las prestaciones y servicios, el IASS realiza una gestión de prestaciones económicas periódicas, ocasionales, de la Seguridad Social, de la LISMI y dependencia, así como seguimiento y coordinación del ejercicio de la tutela de los incapacitados. Los Servicios Sociales en Aragón se organizan en generales y específicos. Los Servicios Sociales Generales son servicios públicos de carácter polivalente y comunitario, que se encuentra al servicio de toda la población. Estos Servicios Sociales Generales, constituyen el primer nivel del Sistema Público de Servicios Sociales y tratan de favorecer el acceso a los recursos de los Sistemas de Bienestar Social, generando alternativas a las carencias o limitaciones en la convivencia, favoreciendo la inclusión social, cooperación y solidaridad. El ejercicio de ello, se lleva a cabo en Centros de Servicios 2 Esta información se ha podido extraer de la página web oficial del Gobierno de Aragón, dentro del Instituto Aragonés de Servicios Sociales. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 24 Sociales, donde se encuentran equipos interdisciplinares y multidisciplinares que determinan su trabajo en función de la población y de la problemática social del entorno. Estos centros son municipales o comarcarles. Por otro lado, se encuentran los Servicios Sociales especializados, que se organizan atendiendo a las tipologías de las necesidades, con el fin de poder dar respuesta a situaciones y necesidades que requieren de una especialización técnica o intensidad especial y compleja. En el artículo 16 de la Ley 5/2009, de 30 de junio de Servicios Sociales de Aragón, se menciona que “los Servicios Sociales especializados se prestan a través de centros, servicios, programas y recursos dirigidos a necesidades que requieren una atención específica. La atención especializada deberá adecuarse, en todo caso, a la situación de quienes requieran una mayor acción positiva o especialización del servicio prestado”. (Art. 16) Desde el punto de vista de las políticas sociales, existen políticas de Servicios Sociales, que según el artículo 2 de la Ley 5/2009, de 30 de Junio, de Servicios sociales de Aragón, tienen por objetivo.  “Analizar la realidad social para detectar situaciones de necesidad de la población, así como elaborar la estrategia más adecuada a fin de favorecer el bienestar social y mejorar la calidad de vida.  Promover la autonomía personal, familiar y de los grupos, a través del desarrollo de sus capacidades.  Contribuir al desarrollo humano, asegurando el derecho de los ciudadanos a vivir dignamente durante todas las etapas de su vida, y a la vertebración del territorio de Aragón, favoreciendo  La generación de riqueza y de capital social.  Favorecer la convivencia de las personas y de los colectivos, fomentando la cohesión social.  Hacer efectiva la igualdad de oportunidades en las relaciones sociales, sin discriminación por razón de género, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 31 imprescindibles para cualquier persona que ejerza su trabajo en ámbitos relacionados con Servicios Sociales. La primera de las legislaciones que se enuncian en este apartado es la Ley 4/1987, de 25 de Marzo, de Ordenación de la Acción Social, a partir de ahora LOAS cuyo objeto es “la regulación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, de aquellos servicios, prestaciones y actuaciones cuyo objeto sea procurar el acceso de todos los ciudadanos a los diferentes sistemas públicos de protección social”. (LOAS, 1987: Art. 1) En el título II, se habla de Servicios Sociales, respecto a la definición de estos, así como la gestión de los recursos y servicios. Por otro lado, establece las funciones que deberá de desempeñar tanto los Servicios Sociales de Base, especializados, así como el Gobierno de Aragón. Todo ello se establece del artículo 9 al 15. En segundo lugar, se considera necesario el establecimiento de Ley 9/1992, de 7 de octubre, del Voluntariado Social de la Comunidad Autónoma de Aragón. La elaboración de esta Ley tuvo por objeto establecer un conjunto de normas que puedan regular, fomentar y promover la participación social en acciones de voluntariado. Tal y como se establece en esta normativa, se entiende por voluntariado social el “a toda persona física que, por decisión propia, de forma desinteresada y responsable, y por motivaciones inspiradas en principios de solidaridad y participación, dedica parte de su tiempo libre a actividades de acción social, siempre que las mismas no se realicen en virtud de una relación laboral o funcionarial” (Ley 9/1992, de 7 de octubre, de Voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Aragón, 1992: Art. 2) Es muy importante que la persona que está realizando voluntariado tenga claros los derechos y deberes que tiene como persona que está realizando una acción social de manera voluntaria. Según se muestra en el artículo 8 y 9 de la Ley 9/1992, de 7 de octubre, del Voluntariado Social de la Comunidad Autónoma de Aragón, los deberes de todos los voluntarios serian el ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 32 cumplir con todos los compromisos que se han adquirido en el acuerdo de incorporación, con la entidad en la que se está haciendo el voluntariado. Por otro lado, es imprescindible y tiene que hacerse efectivo siempre que se realice esta acción, la confidencialidad de los casos que se están tratando, así como la realización de estas acciones de manera adecuada, basándose en los principios anteriormente mencionados. Debido a que el voluntariado social se suele realizar en entidades, se debe respetar los objetivos de la misma, así como a las personas que la componen. De esta misma manera, las entidades colaboradoras también tienen una serie de obligaciones, que se basan en cumplir con los compromisos que se han establecido con el voluntario, así como cubrir los gastos y materiales para la realización del mismo. De esta manera, tiene que haber “unas condiciones específicas de higiene, seguridad, acreditación identitaria. Igualmente, es necesario que se establezcan mecanismos de participación de los voluntarios, teniendo que formarlos, de manera que puedan realizar su “trabajo” de manera adecuada y eficaz.” (Ley 9/1992, de 7 de octubre, de Voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Aragón, 1992: Art. 9) Por otro lado, existen diferentes leyes que han afectado a Servicios Sociales en Aragón y que se consideran importantes para el trabajo profesional del trabajador social. A continuación se muestra una breve referencia a dichas legislaciones, órdenes y Decretos. El Decreto 48/1993, de 19 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las modificaciones de prestaciones económicas de acción social reguladas por la Ley 4/1987, de 25 de marzo, recoge en su artículo primero el objeto de la misma, siendo este el establecimiento de un régimen jurídico que se pueda aplicar a las prestaciones económicas en Aragón, pudiendo ser beneficiarios de las mismas las personas o unidades familiares que sean residentes en Aragón, así como los extranjeros, refugiados, asilados y apátridas, según lo dispuesto en las diferentes leyes. La Ley 7/1999, de Administración local en Aragón refleja la “organización de la Administración local, según lo impuesto por esta misma ley, junto con lo marcado en la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía, así como ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 33 legislación de régimen local”. (Ley 7/1999, de Administración Local en Aragón, 1999: Art. 1) Igualmente, es importante la Ley 10/2000, de 27 de diciembre, relativa a la Cooperación para el Desarrollo, ya que tal y como se muestra en el artículo 1 de la presente ley, el objeto de la misma se basa en poder regular y establecer un régimen jurídico para la cooperación para el desarrollo en Aragón, aplicándose en diferentes entidades, organizaciones, Administraciones aragonesas que atienden a los pueblos más desfavorecidos para contribuir a su desarrollo. Otra ley importante es Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Aragón. Tal y como se plasma en la presente legislación en su artículo primero, esta ley se creó con el objeto de “asegurar la promoción y protección del ejercicio de los derechos reconocidos a los niños y adolescentes así como establecer mecanismos de coordinación de las actuaciones de las instituciones públicas y privadas dirigidas a la atención y desarrollo integral de los mismos” (Ley 12/2001, de 2 de julio, de Infancia y Adolescencia en Aragón, 2001: Art. 1) El Decreto legislativo 1/2006, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón, incluye cómo deberá de ser la organización de las comarcas, la transferencia de competencias a estas, así como la financiación. En el artículo primero del Texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón, se presenta la naturaleza y fines de las comarcas, considerándose comarca a los municipios limítrofes que se encuentran vinculados por características e intereses que son comunes. De esta manera, tal y como se menciona en el artículo 2, las comarcas podrán regular las peculiaridades de cada una de ellas, respecto a las competencias. La Ley 3/2007, de 21 de marzo, de Juventud de Aragón, se creó con el objeto de poder “crear un marco tanto normativo como de competencias que pudiera regular en Aragón, el desarrollo de diferentes políticas, programas y servicios, que favorezcan a los jóvenes, con la finalidad de proteger sus derechos, así como fomentar la participación activa de estos, tanto en el ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 34 ámbito político, social, económico, cultural, etc., que les permitiera crear aspectos que favorezcan su integración social” (Ley 3/2007, de 21 de marzo, de Juventud de Aragón, 2001: Art. 1). Por otro lado, el Decreto 219/2009, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Observatorio Aragonés de Violencia sobre la Mujer, brevemente, se creó con el objeto de “establecer las funciones, la composición y el régimen de funcionamiento del Observatorio Aragonés de Violencia sobre la Mujer”. (Decreto 219/2009, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Observatorio Aragonés de Violencia sobre la Mujer, 2009: Art. 1). 5 Tras estas Leyes, órdenes y Decretos, se encuentran las denominadas Leyes de Segunda generación, que se concretan básicamente en dos legislaciones, como son la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en Situación de Dependencia y la Ley 5/2009, de 30 de junio de Servicios Sociales de Aragón. Además, es importante resaltar la existencia de un Catálogo de Servicios Sociales. A continuación se realiza un breve repaso de estas leyes, con el fin de poder comprender como han evolucionado las leyes, comenzando este apartado con la Constitución Española de 1978 y terminando con Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de Dependencia. Esta Ley se ha considerado un pilar fundamental para todas aquellas personas en situación de dependencia, ya que en ella se establece la configuración del sistema de dependencia, las prestaciones y servicios para cada una de las personas en situación de dependencia, así como el procedimiento de valoración de la misma y su reconocimiento, la financiación, la calidad, etc. 5 Resaltar que únicamente se han hecho referencia a una serie de legislaciones importantes en materia de Servicios Sociales, realizando su descripción de manera cronológica. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 35 En la primera sección de esta ley se establece el objeto de la misma, siendo este el “Regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción y atención a las personas en situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes, mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y la garantía por la Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para todos los ciudadanos en cualquier parte del territorio del Estado español” (Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de Dependencia, 2006: Art. 1) En la misma, se establecen una serie de definiciones en su artículo segundo, con el fin de entender mejor la dependencia y lo que esto significa. En este artículo 2, se recogen definiciones como dependencia, autonomía, cuidados tanto profesionales como no profesionales, pudiendo realizar una comparación, Actividades Básicas de la Vida Diaria, necesidades de apoyo para la autonomía personal, tercer sector y asistencia personal. Esta Ley, al igual que las leyes anteriormente descritas, presentan una serie de principios, en su artículo 3, que son entre otros muchos: 6 el carácter público de las prestaciones y la universalidad en el acceso para las mismas, así como el tipo de atención que se debe de realizar siendo esta integral e integrada. Por otro lado, se inspira en una transversalidad de las políticas referentes a esta materia, teniendo que existir calidad, sostenibilidad y accesibilidad de los servicios. Es muy importante que siempre que se pueda, la persona en situación de dependencia permanezca en el lugar de residencia habitual. La valoración de las necesidades se realiza con equidad. De esta manera, habrá de instalarse la personalización de la atención y realizar acciones preventivas, de rehabilitación 6 Para más información, los principios rectores de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en situación de Dependencia, se puede observar el artículo 3 de la misma, en la que se detallan estos principios. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 36 y de estimulación tanto social como mental, ya que puede crear una mayor autonomía de la persona en situación de dependencia. Así mismo, se considera imprescindible la participación de los familiares y entorno cercano del dependiente, y la colaboración con Servicios Sociales y Salud. Por otro lado, la participación también tiene que venir de la iniciativa privada, del tercer sector, existiendo una cooperación interadministrativa y atendiendo a personas con gran dependencia, de manera preferente. Por último, se nombran quienes pueden ser los titulares de derecho, el artículo 5 de la citada Ley y se establecen en el artículo 4, una serie de derechos y obligaciones para las personas en situación de dependencia, que se basan en la “igualdad al acceso a las prestaciones y servicios incluidos en la presente ley y estarán obligados a conceder toda la información necesaria para la valoración del grado de dependencia y a utilizar las prestaciones con el fin por el que fueron concedidas. Así mismo, tendrán que comunicar, tanto ellos como los familiares, cualquier cambio existente en la situación de la persona en situación de dependencia”. (Ley 5/2009, de 30 de Junio, de Servicios Sociales de Aragón, 2009: Art. 4). Otras obligaciones y derechos se mencionan en la presente ley principalmente en el artículo 4. La Ley 5/2009, de 30 de junio de Servicios Sociales de Aragón. Después de 20 años de vigencia de la LOAS, la cual ordenaba la Acción Social en Aragón, las Cortes Aragonesas aprobaron en 2009, la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, sustituyendo a la anteriormente mencionada LOAS. En el Título Preliminar, se instalan los 5 primeros artículos de la presente Ley, en los que se va a hacer hincapié. En su artículo primero, se muestra el objeto que es el “garantizar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, el derecho universal de acceso a los servicios sociales como derecho de la ciudadanía, para promover el bienestar social del conjunto de la población y contribuir al pleno desarrollo de las personas”. (Ley 5/2009, de 30 de Junio, de Servicios Sociales de Aragón, 2009: Art. 1) En el artículo dos de la presente Ley se muestran los objetivos que las políticas de Servicios Sociales deben de perseguir. Estos objetivos son: ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 37  Fomentar la responsabilidad, tolerancia y respeto en el conjunto de las relaciones personales, familiares, convivenciales y sociales.  Favorecer la convivencia de las personas y de los colectivos, fomentando la cohesión social.  Establecer equitativamente el uso de los recursos sociales disponibles.  Favorecer la autonomía personal, familiar y de los grupos, a través del desarrollo de sus capacidades.  Prevenir y atender las situaciones de exclusión de las personas o los grupos y desarrollar estrategias que puedan favorecer su inclusión social.  Implantar efectivamente la igualdad de oportunidades en las relaciones sociales, sin plasmar ningún tipo de discriminación por razón de género, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.  Estudiar la realidad social para averiguar situaciones de necesidad de la población, así como para elaborar la estrategia más adecuada con el fin de favorecer y facilitar el bienestar social y mejorar la calidad de vida.  Favorecer el desarrollo humano, de manera que se asegure el derecho de todos los ciudadanos a vivir dignamente durante todas las etapas de su vida, y a la vertebración del territorio de Aragón, favoreciendo la generación de riqueza y de capital social.  Impulsar la participación, el asociacionismo, la acción voluntaria y las demás formas de intervención solidaria en los asuntos comunitarios.  Tener en cuenta las necesidades derivadas de la falta de recursos y de las carencias en las relaciones personales y sociales, de manera que se pueda evitar la institucionalización segregadora.  Promover la resolución comunitaria de las necesidades sociales, mediante políticas preventivas y comunitarias en todo el territorio. En el artículo tercero se muestra el Sistema de Servicios Sociales, el cual se encuentra integrado por diferentes recursos, prestaciones, servicios, etc., con titularidad pública y privada, destinados a la atención social, contribuyendo de forma integral al cumplimiento de los objetivos de las políticas de Servicios Sociales. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 38 Por otro lado, se muestran los titulares de derechos de Servicios Sociales, los cuales son españoles, nacionales de la Unión Europea y extranjeros residentes, siempre que se encuentren empadronados en algún municipio de Aragón. Las personas que no cumplan con estos requisitos se regirán por legislaciones estatales, aunque si están en Aragón por carácter urgente podrán acceder a las prestaciones del Sistema de Servicios Sociales adecuadas para estas situaciones. Por otro lado, en esta Ley, se enmarcan los principios rectores del Sistema de Servicios Sociales, en su artículo 5, los cuales son: responsabilidad pública, universalidad, transversalidad, descentralización, calidad, participación ciudadana, igualdad, equidad, prevención, promoción de la iniciativa y del voluntariado social, dimensión comunitaria, autonomía personal, planificación y evaluación, integración en el entorno, coordinación y cooperación, integración de la perspectiva de género y atención personalizada y continuada, (Ley 5/2009, de 30 de Junio, de Servicios Sociales de Aragón, 2009: Art. 5) 7 siendo el Título I, el que establece los derechos y deberes en relación a Servicios Sociales y la Carta de Derechos y Deberes. En el Titulo II, se hace referencia al Sistema Público de Servicios Sociales, mediante unas disposiciones generales, la estructura funcional, la estructura territorial, la provisión de las prestaciones del Sistema de Servicios Sociales, que conjuntamente abarcan desde el artículo 10 hasta el 31 de la presente Ley. En el Título III, se instaura el Catálogo de Servicios Sociales, al que se hace referencia en los artículos 32 a 38, y que se desarrollará posteriormente. En el Titulo IV, se presenta la panificación de Servicios Sociales y en el V, el régimen competencial y organizativo. En el título VI, se hace referencia a la participación ciudadana, considerada fundamenta en Servicios Sociales. Así 7 Para poder observar la definición de cada uno de los principios rectores del Sistema de Servicios Sociales, es necesario trasladarse al artículo 5 de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, en el que de manera individual se mencionan y desarrollan todos los principios. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 39 mismo, se considera imprescindible, la calidad de los Servicios Sociales, mencionados en el Titulo VII. Por otro lado, aunque no menos importante, se encuentra el Título VIII, con la financiación de los mismos y el IX y X con la iniciativa privada y la inspección y régimen sancionador. Volviendo al Título III, el Catálogo de Servicios Sociales, regulado por Decreto 143/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Catálogo de Servicios Sociales del Comunidad Autónoma de Aragón se considera el instrumento “que determina el conjunto de prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Aragón” (Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, 2009: Art. 32). Este, para cada una de las prestaciones deberá de incluir la naturaleza de la prestación, los requisitos que se deben de reunir, el régimen aplicable, los centros de gestión y prestación y los estándares de calidad, ya que el Catalogo determinará prestaciones con un carácter exigible o esencial, que se configuran como un derecho subjetivo para el ciudadano, y prestaciones complementarias. Existen diferentes tipos de prestaciones y servicios dentro del Catálogo de Servicios Sociales, entre las que se encuentran de servicio, económicas y tecnológicas, según el artículo 34 de la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, habrán de definir una serie de aspectos, así como cumplimentar la forma de acceso a cada prestación, priorizando algunas actuaciones en función de la atención al usuario. Respecto al contenido del Catálogo de Servicios Sociales, mencionado en el artículo 35, de la anteriormente ley citada, este contendrá las prestaciones de carácter público establecidas en la ley. Retrocediendo a los tipos de prestaciones, del artículo 36 al 38, se especifican todas aquellas referentes a los mimos. En cuanto a las prestaciones de servicio, son el servicio de información, valoración, diagnóstico y orientación, servicio de ayuda a domicilio, servicio de intervención familiar, servicio de apoyo a personas cuidadoras, servicio de promoción de la animación comunitaria de la participación, servicio de atención de urgencias sociales, servicio de tele asistencia, alojamiento temporal (Articulo 36). También, son prestaciones de servicios, pero esta vez especializados “Servicios ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 40 de información especializada, Servicios de valoración especializada, Servicios de atención psicosocial, de rehabilitación y tutelares, Servicios de alojamiento permanente o temporal, Servicios para el apoyo del mantenimiento de las personas en su domicilio, Servicios para el apoyo de la inclusión social.” (Ley 5/2009, de 30 de Junio, de Servicios Sociales de Aragón, 2009: Art. 36) Respecto a las prestaciones económicas, mencionadas en el artículo 37, de la Ley 5/2009, de 30 de junio de Servicios Sociales de Aragón, estas tienen la finalidad de:  Adquirir un servicio o una asistencia personal dentro del marco del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).  Dar apoyo y ayudar a las personas cuidadoras no profesionales.  Facilitar la autonomía personal.  Alcanzar prestaciones tecnológicas.  Fomentar la normalización social.  Paliar las consecuencias económicas derivadas las situaciones de urgencia social y dependencia.  Promover la integración social.  Favorecer la adaptación necesaria en el medio habitual de convivencia o el acceso a las ayudas técnicas. Estas prestaciones económicas son para situaciones de urgencia, para facilitar la integración social, para la compra de equipos tecnológicos y mejoras técnicas, de apoyo a cuidadores o para la contratación de personal específico para cuidar a personas en situación de dependencia. Así mismo, también se considera una prestación económica, la renta básica social. Por último, se encuentran las prestaciones tecnológicas, mencionadas en el artículo 38 de la Ley mencionada anteriormente, las cuales son la asistencia tecnológica o técnica, las ayudas con instrumentos que puedan mejorar la autonomía personal de la persona en situación de dependencia, así como la asistencia para que el acceso pueda ser universal. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 47 legislación autonómica, así como la aprobación de Plan Estratégico de Servicios Sociales de Aragón. Por otro lado, también se establecen competencias en la puesta macha del Mapa de Servicios Sociales y el Catálogo de Servicios Sociales. Una competencia importante en materia de Servicios Sociales en Aragón, se establece en la sección I, J, en la que se menciona la necesidad de convenios de colaboración con entidades, otras Administraciones, etc., así como la coordinación entre diferentes departamentos. Es muy importante resaltar que Aragón debe definir las competencias de las entidades locales, respecto a la prestación de Servicios Sociales. De la misma manera, el departamento de Servicios Sociales deberá crear y desarrollar lo establecido anteriormente. Los Ayuntamientos y municipios tienen un papel fundamental en materia de Servicios Sociales, quedando recogidas las competencias locales. La Ley 5/2009, de 30 de Junio, de Servicios Sociales de Aragón, establece en el artículo 48, las competencias en materia de Servicios Sociales para los municipios de esta Comunidad. Estos son.  Colaborar con la Administración de la Comunidad Autónoma a la hora de ejercer funciones de inspección y control en materia de Servicios Sociales.  Crear planes de actuación local en materia de Servicios Sociales y participar, en la elaboración del plan de actuación del área básica en que se integra.  Permitir la existencia de espacios para la prestación del Servicio Social de Base.  Asimilar y detectar las necesidades sociales en su ámbito territorial.  Gestionar las ayudas de urgencia en los municipios en los que haya más de veinte mil habitantes.  Gestionar los Servicios Sociales necesarios, de acuerdo con la Ley. A nivel nacional la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, contempla competencias que serán modificadas en 2013. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 48 En 1999, se aprueba la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón. En ella, se establecen competencias para los municipios en materia de Servicios Sociales, pudiendo promover actividades y prestar servicios públicos para satisfacer las necesidades de los usuarios. En el artículo 42, sección k, se hace referencia a la prestación de Servicios Sociales, estableciendo que generalmente se realiza promoción, protección y prevención de riegos sociales, así como reinserción social. También se podrán ejercer las competencias que se hayan designado por el propio municipio. En 2013, se aprobó la Ley que modificaba la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en la que brevemente se puede mencionar que las competencias en materia de Servicios Sociales para los municipios, con menos de 20.000 habitantes, quedan restringidas, atendiendo casos de urgencia, además de llevar a cabo los acuerdos y funciones de los convenios que se deriven de la “negociación” con la Comunidad Autónoma. Por otro lado, para cualquier acción, se deberá de pedir autorización al Gobierno de Aragón. Las reformas que se proponen en esta legislación, tienen como plazo máximo para llevarlas a cabo, cinco años para aquellos cambios en educación y sanidad, y un año para Servicios Sociales, cuyas competencias serán exclusivas de las comunidades autónomas. De esta manera se eliminarán ciertas competencias que tenían trasferidas los municipios pero que correspondían a las comunidades autónomas. Es muy importante, destacar que aquellas mancomunidades y entidades locales menores que no “rindan cuentas” en menos de tres meses, desaparecerán. También, los servicios municipales, incluidos Servicios Sociales, se someterán a una evaluación del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para comprobar si son eficientes. Es importante mencionar, que los municipios podrán firmar convenios, siempre y cuando se firme la cláusula de garantía de cumplimiento. 13 13 Información de la entrevista realizada a profesional del Servicio Social de Base de Utebo. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 49 4. ANALISIS DE LOS SERVICIOS SOCIALES EN EL MUNICIPIO DE UTEBO 4.1INFORMACIÓN SOBRE EL MUNICIPIO DE UTEBO El nombre de Utebo, proviene del latín Octavus, relacionado con Caesar Augusta. La ciudad de Utebo está situada en la provincia de Zaragoza a 12 km de su capital. Utebo es la tercera ciudad de la provincia, después de Zaragoza y Calatayud, y la quinta de Aragón. Tiene una población de 18.281 habitantes (INE 2012) que se distribuye en tres núcleos: Casco Viejo, El Monte y el Barrio de Malpica. Pertenece a la denominada Delimitación Comarcal de Zaragoza, siendo el municipio más poblado de la misma sólo por detrás de la capital. 14 El municipio se encuentra en el margen derecho del río Ebro, perteneciendo el 67% de su territorio a tierras de cultivo, limitando con el barrio de Casetas, Alfocea, Monzalbarba, Garrapinillos, Sobradiel y Zaragoza Ciudad. El municipio tiene una economía basada principalmente en la agricultura y la industria. El patrimonio que Utebo tiene es de mucha riqueza, como es la Iglesia de Nuestra Señora de la Asunción, siendo esta de estilo góticomudéjar (S. XVI) y barroco (S. XVIII), teniendo una torre, denominada “Torre de los Espejos”, debido a los adornos con los que se creó, azulejos (más de 8000). Así mismo, se encuentra el Centro Cultural Mariano Mesonada, donde se expone la obra de José Orus de manera permanente y la emblemática obra “Monumento a los Caídos”, realizada por Julio Tapia. 14 La información sobre el municipio de Utebo y sobre el Ayuntamiento del mismo, ha podido plasmarse gracias a la información extraída de la página web oficial de Utebo. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 50 4.2SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES El Ayuntamiento se encuentra ubicado en la Casa Consistorial, que fue inaugurada en 1975. Está situado en la Avda. Zaragoza, 2, frente a la Pl. Constitución. Su organización se basa en el Alcalde y las concejalías, que abarcan las diferentes materias del Ayuntamiento. Estas son, Concejalía de Servicios Sociales, Consumo e Igualdad, Concejalía de Hacienda, Urbanismo, Personal, Contratación y Vivienda, Concejalía de Educación, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos Laborales, Concejalía de Cultura, Medios de Comunicación y Fomento de la Actividad Económica, Concejalía de Empleo, Participación Ciudadana, Nuevas Tecnologías y Bolsa de Viviendas de Alquiler (Delegación especial para la puesta en marcha del Plan de Prevención de Residuos), Concejalía de Deportes y Juventud y Concejalía de Festejos y protección civil. 4.3SERVICIO SOCIAL DE BASE DE UTEBO 4.3.1DATOS DE IDENTIFICACIÓN El área de Servicios Sociales Nº1 del Ayuntamiento de Utebo se encuentra ubicada en el edificio Polifuncional, concretamente en la Avenida Navarra, 12. Los datos de contacto son los siguientes:  Teléfono: 976 785049  Correo electrónico: [email protected]  Página web: www.utebo.es/serviciossociales Por otro lado, el barrio de Malpica cuenta con un centro de Servicios Sociales de Base ubicado en el Centro Cívico María Moliner, localizado en la Plaza Fueros de Aragón, s/n.  Teléfono: 976 792060  Correo electrónico: [email protected] ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 51 4.3.2NATURALEZA Y DEPENDENCIA Los Servicios Sociales Municipales de Utebo tienen un carácter comunitario, primarios. Son la puerta de entrada de los Servicios Sociales a los que la ciudadanía acude para revolver sus distintas necesidades sociales, parte de la Administración pública. En Aragón se les denominan Servicios Sociales de Base. Los Servicios Sociales de Utebo tienen titularidad pública y dependen directamente del Ayuntamiento de Utebo, de una manera más concreta, de la concejalía de Servicios Sociales, Sanidad, Consumo, Voluntariado e Igualdad, con Rosa Magallón como concejala. 4.3.3EVOLUCIÓN HISTORICA Los Servicios Sociales de Utebo son un servicio público, con una finalidad de prevención, atención directa e integración, al servicio de los ciudadanos, actuando de manera conjunta y organizada en centros, equipos profesionales y unidades de administración, cuya gestión, en este caso es pública. Como se ha señalado en el marco teórico, la estructura administrativa y técnica de Servicios Sociales generales se encuentra en los Centros de Servicios Sociales, que son el equipamiento básico, comunitario para hacer efectivas las prestaciones de Servicios Sociales, basándonos en la proximidad al ciudadano. El Centro de Servicio Sociales de Base de Utebo es la puerta de entrada al Sistema Público de Servicios Sociales, así como a otras entidades que también forman parte del Sistema de Servicios Sociales. El Servicio Social de Base de Utebo se crea en 1987, debido a la demanda y a los convenios con el Plan Concertado (1988), en el que se dice que todos los municipios podrán entrar en la prestación de Servicios Sociales. El Servicio comenzó con un único trabajador social, cuyas funciones eran la información y orientación, y animación sociocultural. Años más tarde, en 2003, se incluyó a un trabajador social más y a una educadora social. Posteriormente, a otra trabajadora social. La coordinadora del Servicio ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 52 comenzó a trabajar en 1995. Desde 1987 hasta 2014 se ha incrementado el número, siendo actualmente cinco trabajadoras sociales, una trabajadora social externa encargada del Programa Caixa Pro Infancia, una educadora social y una psicóloga. En 1987, el Servicio Social de Base de Utebo, prestaba únicamente información, orientación. Ya en 1988 se creó el servicio de ayuda a domicilio. En 1993, con la aprobación de la Decreto 48/1993, de 19 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las modificaciones de prestaciones económicas de acción social reguladas por la Ley 4/1987, de 25 de marzo, se introdujeron prestaciones económicas, como el Ingreso Aragonés de Inserción, la Ayuda de Integración Familiar, las Ayudas de Urgente Necesidad, etc. En 1995 se empezaron ampliaron las prestaciones como la beca de comedor, y así ha ido ampliándose el marco de prestaciones hasta la actualidad, 2014, incluidas prestaciones, servicios y actuaciones contenidas en el catálogo de Servicios Sociales, y que posteriormente se explicaran. 15 15 En el apartado de descripción de actuaciones se muestran las prestaciones, servicios y actuaciones que actualmente se llevan a cabo desde Servicios Sociales de Base. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 53 4.3.4LEGISLACIÓN EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES EN UTEBO En el municipio de Utebo, existen diferentes Ordenanzas y Decretos, que regulan las actividades. Según las informaciones recibidas por parte de las profesionales del Servicio Social de Base del Ayuntamiento de Utebo, y las memorias del propio Ayuntamiento, se puede establecer que la normativa básica del Servicio Social de Base es la legislación autonómica, compartida con las diferentes ordenanzas y Decretos del Ayuntamiento de Utebo. La ordenanza específica por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones del servicio social de base del Ayuntamiento de Utebo, aprobada el 11 de mayo de 2010, tiene el objeto de conceder dichas prestaciones mediante un presupuesto que se adjudica desde el Ayuntamiento al Área de Servicios Sociales, y que tendrán que cumplir básicamente los objetivos de atender las necesidades de la población del municipio, pudiendo mejorar su situación. En esta ordenanza, también se establecen los beneficiarios de Servicios Sociales. Otros Decretos y ordenanzas municipales relacionadas con Servicios Sociales hacen referencia a la concesión de becas de comedor escolar durante el curso, Fondo de Alimentos del Ayuntamiento de Utebo, en cuanto a su creación, desarrollo y regulación, etc. 16 Ejemplo de ello son publicaciones que se realizan en el Boletín Oficial Provincial. Uno de ellos es el BOP 209, de 11 de septiembre de 2013, donde se presenta la Convocatoria de concesiones de ayudas económicas para la asistencia a comedores escolares 2013/2014. Resaltar, que todas estas publicaciones, se realizan una vez aprobada la Ordenanza anteriormente mencionada de 2010. 16 Para más información sobre la normativa vigente del Ayuntamiento de Utebo en otras materias, se puede consultar la página web oficial del Ayuntamiento de Utebo, en su apartado de normativas y presupuestos, tanto con ordenanzas como ordenanzas fiscales. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 54 4.3.5AMBITO DE ACTUACIÓN Desde Servicios Sociales de Base de Utebo se atienden tanto necesidades individuales como grupales o familiares, incluyéndolos en la intervención, atendiendo a la población general que reside y se encuentra empadronado en el municipio, teniendo una necesidad que se debe de subsanar. SECTORIAL El ámbito de actuación desde un punto de vista sectorial se podría definir como la atención al conjunto de la población. Preferentemente, las personas que acuden a este Servicio, se caracterizan por tener una situación precaria, debido a la época de crisis por la que está atravesando, agravada en muchas ocasiones por problemas en el núcleo familiar, que hacen imprescindible una intervención. Actualmente, las necesidades que más se están atendiendo responden a un factor económico, ya que muchas personas se encuentran con la situación de no poder afrontar los gastos de un día a día. También, otra de las necesidades que se atiende desde Servicios Sociales de Base de Utebo tiene que ver con la dependencia, personas, mayoritariamente de edad avanzada que se encuentran en esta situación y necesitan de una ayuda para poder afrontarla. Otras necesidades a señalar serían la violencia de género, maltrato infantil, situaciones de riesgo en menores, reagrupaciones familiares, etc. De esta manera, las características en cuanto se refiere a la población, son muy variadas, ya que en el servicio se atienden desde personas de muy temprana edad, hasta personas que se encuentran en edad muy avanzada, aunque todas ellas necesitan de ayuda y protección social, debido a dificultades económicas, desigualdades sociales, carencia de autonomía personal, marginación social, etc. La población de Utebo, siendo en 2012 ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 55 (empadronada) 18.281 habitantes, se dedica principalmente a la agricultura, industria y servicios. 17 TERRITORIAL El ámbito de actuación territorial la atención se presta desde el centro de Servicios Sociales de Base, en el municipio de Utebo. Hay dos centros Base, uno situado en la zona centro, en el Edificio Polifuncional y el segundo en el Centro Cívico María Moliner, situado en el Barrio de Malpica. A este centro acudirán las personas cuyo empadronamiento se encuentre en las calles de este barrio y la población perteneciente a la urbanización Setabia, situada a las afueras del municipio. Tanto la zona centro como el casco antiguo de Utebo, pertenecen al centro de Servicios Sociales de Base 1. 4.3.6PLANTEAMIENTOS IDEOLÓGICOS O FILOSÓFICOS Respecto a la ideología y los planteamientos filosóficos de Servicios Sociales de Base, cabe decir que se puede remitir al Código Deontológico, ya que en él se engloba de una manera muy general las bases del trabajo social y de los Servicios Sociales. Se trataría de establecer unos criterios tanto éticos como profesionales, debido a la existencia de una necesidad. Entre estos planteamientos ideológicos y filosóficos sería el mejorar el bienestar psicológico y social de los ciudadanos de Utebo, incidiendo en aquellas causas que provocan malestar. De esta manera, también se trataría de proporcionar los recursos necesarios para paliar situaciones de carencias económicas, sociales, de salud, laborales, etc. 17 Toda esta información, se ha podido extraer de las conversaciones mantenidas con los profesionales del Servicio Social de Base del Ayuntamiento de Utebo. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 56 4.3.7OBJETIVOS Los objetivos de Servicios Sociales se basan en lo descrito en el segundo artículo, del Título I, de la Ley 5/2009 de 30 de junio de Servicios Sociales de Aragón, que a continuación se exponen.  Fomentar la responsabilidad, tolerancia y respeto en el conjunto de las relaciones personales, familiares, convivenciales y sociales.  Favorecer la convivencia de las personas y de los colectivos, fomentando la cohesión social.  Establecer equitativamente el uso de los recursos sociales disponibles.  Favorecer la autonomía personal, familiar y de los grupos, a través del desarrollo de sus capacidades.  Prevenir y atender las situaciones de exclusión de las personas o los grupos y desarrollar estrategias que puedan favorecer su inclusión social.  Implantar efectivamente la igualdad de oportunidades en las relaciones sociales, sin plasmar ningún tipo de discriminación por razón de género, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.  Estudiar la realidad social para averiguar situaciones de necesidad de la población, así como para elaborar la estrategia más adecuada con el fin de favorecer y facilitar el bienestar social y mejorar la calidad de vida.  Favorecer el desarrollo humano, de manera que se asegure el derecho de todos los ciudadanos a vivir dignamente durante todas las etapas de su vida, y a la vertebración del territorio de Aragón, favoreciendo la generación de riqueza y de capital social.  Impulsar la participación, el asociacionismo, la acción voluntaria y las demás formas de intervención solidaria en los asuntos comunitarios.  Tener en cuenta las necesidades derivadas de la falta de recursos y de las carencias en las relaciones personales y sociales, de manera que se pueda evitar la institucionalización segregadora.  Promover la resolución comunitaria de las necesidades sociales, mediante políticas preventivas y comunitarias en todo el territorio ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 63  Becas de comedor escolar: anualmente, se convocan un numero de terminado de becas de comedor escolar.  Becas y subvenciones de centros de Servicios Sociales especializados: se realiza información y/o tramitación de la solicitud de becas para guarderías, centros de día, residencias, etc.  Repaso escolar y habilidades sociales: actividad para niños y niñas que necesitan apoyo educativo y en aspectos de desarrollo.  Ludoteca Infantil: Es un lugar de encuentro y relación social para niños entre 6 y 12 años, que da lugar a la ocupación del tiempo libre.  Roperos de adultos e infantil: permiten el acceso a que el usuario reciba ropa de adultos e infantil. 3MUJER  Información, orientación y/o tramitación de prestaciones de violencia de género  Vivienda tutelada: este recurso es especializado y existe una coordinación entre Servicios Sociales y el IAM.  GPS para situaciones de maltrato: Es un sistema de alarma para mujeres que han sido maltratadas. Se trata de un Servicio Especializado que se gestiona desde el Servicio Social de Base.  Atención jurídica: es un servicio especializado que ofrece el Servicio Social de Base para la población en general, aunque hace hincapié en las mujeres. 4DISCAPACITADOS Y MAYORES  Préstamo de ayudas técnicas: son un conjunto de elementos materiales, que están destinados a facilitar el cuidado, movilidad, tanto de personas dependientes como discapacitados.  Tramitación de calificación de grado de discapacidad: a partir de tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, se considera que la persona tiene discapacidad. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 64  Tarjeta municipal de Tercera Edad: mediante esta tarjeta se puede acceder a las actividades que se realizan en Utebo y en el barrio de Malpica.  Servicio de terapia ocupacional: Se trata de un servicio especializado, que realiza una persona contratada desde el Servicio Social de Base de Utebo, con el fin de conseguir el bienestar de personas de tercera edad, que tratan de ralentizar el deterioro de las mismas.  Vacaciones/termalismo del IMSERSO: se trata de programas específicos del IMSERSO, dentro de “envejecimiento activo”. El Servicio Social únicamente gestiona las solicitudes. 5COOPERACIÓN En Utebo, se realiza una convocatoria pública de manera anual para poder subvencionar algunos proyectos de cooperación y ayuda al desarrollo, dirigido a ONG. 6INMIGRACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN  Informe social por arraigo: es la emisión de un informe para solicitar una autorización de residencia por razones de arraigo del trabajador de nacionalidad extranjera, acreditando su estancia continuada en España durante tres años.  Sensibilización contra el racismo y apoyo a la convivencia: está dirigido a alumnos de los diferentes centros de educación primaria y secundaria del municipio de Utebo, incluidos en este programa. 7VOLUNTARIADO SOCIAL Se realizan programa de formación y supervisión continuada, adaptación y acogida de nuevos voluntarios y actividades de voluntariado 20 . 20 Se han podido plasmar los diferentes recursos, servicios y prestaciones que hay en el municipio de Utebo, por las memorias internas del Ayuntamiento de Utebo y a la información de la página web del mismo. Igualmente, el trato y contacto con las profesionales del servicio ha favorecido el desarrollo de las actuaciones y mayor descripción. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 65 OTROS RECURSOS (especializados):  PROGRAMA CAIXAPROINFANCIA: el programa Caixa Pro Infancia es un servicio especializado dentro el Servicio Social de Base, una iniciativa de la fundación La Caixa dirigida a la infancia en vulnerabilidad social. Es una iniciativa transformadora, la cual busca favorecer el desarrollo de una infancia sana, pudiendo evitar futuras carencias materiales y psicosociales. 21  ALBERGUE SOCIAL MUNICIPAL: dentro del municipio, se puede considerar un servicio especializado. Este, lleva menos de un año en funcionamiento, y está destinado a personas que se encuentran en situación precaria, sin tener residencia fija. Las personas que se encuentran en el albergue deben de cumplir con unas normas básicas impuestas por el mismo centro y desde servicios sociales de base, ya que para poder ingresar en el albergue debe de existir entre otros documentos, la aprobación por parte de la trabajadora social, un informe de policía local sobre los antecedentes de la persona, etc. Por tanto, se puede concluir, diciendo que en el Servicio Social de Base del Ayuntamiento de Utebo hay servicios generales y servicios especializados, que hacen posible mejorar las situaciones de necesidad social, laboral, económica, familiar, etc., de los ciudadanos. 21 La información sobre el Programa Caixa Pro Infancia la proporciono una trabajadora social externa del Servicio encargada de este, que actualmente ya no se encuentra en el Servicio. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 66 Tabla 2: Comparación de la cobertura del Servicio Social de Utebo respecto al Catálogo de Servicios Sociales. 22 22 En el Apartado de Utebo, se marcan las prestaciones y Servicios que bien se tramitan únicamente desde el Servicio o bien tramitan y llevan a cabo en el Servicio Social de Base de Utebo. Muchas de ellas no aparecen porque son servicios específicos que un Servicio Social de Base no tiene competencias para ello. Prestaciones y Servicios del Catálogo de Servicios Sociales Servicio Social de Utebo Servicio de Información, valoración, diagnóstico y orientación social X Servicio de Ayuda a Domicilio X Servicio de Apoyo a personas cuidadoras Servicio de Promoción de la animación comunitaria y de la participación. X Servicio de atención para situaciones de urgencia. X Servicio de atención de urgencias sociales. X Alojamiento Temporal para situaciones de urgencia. X Servicio de prevención e inclusión social. X Servicio de información y orientación especializada en protección de menores. Servicio de información y orientación especializada para la adopción. Servicio de información y orientación especializada a mujeres víctimas de violencia. X Servicio de información y orientación especializada para la discapacidad. X Servicio de información y orientación especializada para jóvenes. X Servicio de valoración y diagnóstico de situaciones de desprotección y maltrato de menores. X Servicio de valoración de idoneidad para la adopción y los acogimientos familiares. Servicio de valoración de discapacidad. X Servicio de valoración sobre la necesidad de atención temprana. Servicio de valoración de la situación de dependencia. X Servicio de atención psicológica a hombres con problemas de control y violencia en el hogar. Servicio de atención temprana. Servicio de atención integral a las mujeres víctimas de violencia. X Servicio de atención pos adoptiva. Servicio de mediación familiar. Punto de encuentro familiar. Servicio de atención a menores en situación de riesgo y desprotección. Servicio de intervención con infractores menores de 14 años en el ámbito de protección. Servicio de alojamiento permanente para personas mayores en situación de dependencia. X Servicio de alojamiento permanente para personas mayores en situación de dependencia. X Servicio de alojamiento permanente para personas con discapacidad física en situación de dependencia. X Servicio de alojamiento permanente para personas con grave discapacidad intelectual, alteración graves de conducta y en situación de dependencia. Servicio de alojamiento permanente para personas con discapacidad intelectual severa, media o ligera en situación de dependencia. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 67 Servicio de alojamiento permanente para personas con discapacidad mixta, gravemente afectados, en situación de dependencia. X Servicio de alojamiento temporal para personas con discapacidad en situación de dependencia. Servicio de alojamiento para menores en protección para observación y acogida de urgencia. Servicio de alojamiento para menores en protección de acción educativa. Servicio de alojamiento par amenores en protección para la preparación del acogimiento familiar. Servicio de alojamiento para menores en protección con necesidades especiales. Servicio de alojamiento para menores en protección para la autonomía personal. Servicio de ejecución de medidas judiciales de internamiento en régimen cerrado. Servicio de ejecución de medidas judiciales de internamiento en régimen abierto. Servicio de ejecución de medidas judiciales de internamiento en centro terapéutico. Servicio de alojamiento de urgencia para mujeres víctimas de violencia. X Servicio de alojamiento de acogida para mujeres víctimas de violencia. Servicio de alojamiento tutelado para mujeres víctimas de violencia. X mujer en general Servicio de alojamiento permanente para personas con discapacidad intelectual. Servicio de alojamiento permanente para personas con discapacidad física Servicio de alojamiento permanente para personas en situación de riesgo de exclusión social. Servicio de estancia diurna asistencial para personas mayores en situación de dependencia. Servicio de estancia diurna asistencial para personas con grave discapacidad intelectual en situación de dependencia. Servicio de estancia diurna asistencial para personas con grave discapacidad intelectual y graves trastornos de conducta en situación de dependencia. Servicio de estancia diurna asistencial para personas con discapacidad intelectual severa o media en situación de dependencia. Servicio de estancia diurna asistencial para personas con discapacidad física en situación de dependencia. Servicio de estancia diurna asistencial para personas con discapacidad mixta gravemente afectadas en situación de dependencia. Servicio de estancia diurna ocupacional para personas con discapacidad. Servicio de estancia diurna asistencial a media jornada. Servicio de estancia diurna asistencial temporal. Servicio de atención nocturna. Servicio de acompañamiento a los itinerarios individualizados de inserción. Servicio de mediación y reparación para menores infractores. Servicio de ejecución de medidas judiciales en medio abierto. Servicio de emancipación de los jóvenes procedentes de una situación de protección Servicio de atención especializada para la inmigración. X Servicio de acogida familia no pre adoptivo de menores. Servicio de acogimiento familiar temporal de menores extranjeros. Servicio de formación para la adopción. Servicio de apoyo a la adopción internacional Servicio de prevención de la dependencia. X Servicio de promoción de la autonomía personal. X Servicio de formación para los cuidadores de personas en situación de dependencia. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 68 Fuente: elaboración propia. Observando la tabla, se puede decir que el Servicio Social de Base tiene un gran abanico de prestaciones y Servicios, en relación a las prestaciones del Catálogo de Servicios Sociales. Se basan en servicios cuyas competencias están trasferidas a los municipios, pero también se muestran algunas prestaciones y servicios que únicamente se tramitan, por lo que también se han marcado. 4.3.13RECURSOS PERSONALES Los Servicios Sociales están constituidos por el equipo de profesionales, que son con cinco trabajadoras sociales del Ayuntamiento de Utebo, una de ellas es la coordinadora del centro, una educadora social, administrativos y auxiliares administrativos, conserjes y peones. Así mismo, trabajadores indirectos serían una trabajadora social contratada de manera externa de la Fundación Federico Ozanam, la cual está centrada en el Programa Caixa Pro Ayudas de urgencia para situaciones generales X Ayudas de urgencia específica para menores en situación de protección. Ayuda de integración familiar. Ingreso Aragonés de Inserción. X Ayudas económicas para la inserción de las mujeres víctimas de violencia de género. X Prestaciones económicas derivadas de la Ley 13/1982 de integración social de los minusválidos. X Prestaciones económicas para la adquisición de prestaciones tecnológicas, ayudas técnicas y adaptaciones en el hogar y para la accesibilidad universal. X Pensiones de ancianidad y enfermedad. Becas de apoyo para el pago de centros asistenciales. Ayudas para familias con hijos e hijas nacidas de partos múltiples o procedentes de adopciones múltiples. Prestación complementaria para perceptores de pensión no contributiva. Prestación económica para ciudades en el entorno familiar X Prestación económica vinculada al Servicio. X Prestación económica de asistencia personal. X Servicio de dispositivo de alarma para mujeres víctimas de violencia. X Servicio de atención telefónica continuada 24 horas para menores. Servicio telefónico continuado de atención parea mujeres víctimas de violencia. X Tele asistencia. X Servicio de transporte adaptado para personas en situación de dependencia. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 69 Infancia, aunque incluida en el equipo de intervención, una psicóloga, un abogado para asesoría jurídica y oficina del consumidor, una psicóloga del IAM que atiende los viernes a mujeres víctimas de violencia de género, y auxiliares para la ayuda a domicilio, así como una terapeuta ocupacional. Igualmente, los voluntarios tienen un papel fundamental en el municipio y en las actuaciones que se realizan desde el Servicio Social de Base. MATERIALES Como se ha dicho, existen dos centros Base donde se ubican los Servicios Sociales de Base de Utebo.  El primero está en el edificio Polifuncional de la avenida Navarra, nº 12 de Utebo.  El segundo está en el edificio Centro Cívico María Moliner del barrio de Malpica (Utebo). Por otro lado, se encuentran los especializados, los cuales son:  Aula del mayor.  Albergue social municipal.  Hogar de la tercera edad.  Banco de Alimentos.  Edificio Ropero (Centro Cultural El Molino).  Centro de formación para el empleo.  Vivienda tutelada. EQUIPAMIENTO Existe un equipamiento, que contiene ordenadores, una sala de archivo de expedientes, un equipamiento de materiales técnicos para la dependencia, tales como: sillas de ruedas, camas articuladas o colchones anti-escaras, todo ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 70 esto para las personas que lo necesiten en situación de dependencia ya sea temporal o prolongada. 23 TÉCNICOS El programa más utilizado es el SIUSS o la base de datos de la DGA, también se usa todo el material que proporciona la página web del IASS, de la cual se extrae sobretodo documentación para la tramitación de ayudas, prestaciones y servicios diversos. 24 4.3.14FINANCIACIÓN Y PRESUPUESTOS El presupuesto total del Ayuntamiento de Utebo es de 10.241.469,55€. Según la población que en 2013 se encuentra empadronada en el municipio, la partida presupuestaría correspondiente por ciudadano sería de 56.022,48€/habitante. El presupuesto destinado al área de Servicios Sociales, para el ejercicio 2013, según la memoria interna del propio Ayuntamiento, asciende a 1.125.179,59€, que se desglosan de la siguiente manera:  Gasto personal: 554.696,32€  Gasto corriente (todo lo que no es inversión): 249.372,60€  Transferencias corrientes. Ayudas del Ayuntamiento de Utebo: 143.895,91€  Inversiones: 185.344,74€  Subvenciones para cooperación al desarrollo: 87.000,02 25 23 En el caso de que hubiera stock y una persona sin dependencia, por motivos sobrevenidos, necesitase una ayuda técnica, también se le prestaría. 24 Esta información ha sido facilitada por los responsables del Servicio social de Base, con los que se tuvo una sesión informal, en la que se recogieron todos los datos necesarios respecto al Servicio Social de Base del Ayuntamiento de Utebo. 25 La financiación y presupuestos del ejercicio 2013 es el último que se ha podido conseguir. Las memorias fueron facilitadas únicamente para la observación de las mismas, sin realizar copia alguna de las mismas. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 71 5. ANÁLISIS DEL SERVICIO SOCIAL DE BASE DE UTEBO DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LOS PROFESIONALES. Se plasman los datos obtenidos de las entrevistas realizadas a la población objeto de estudio, siguiendo los indicadores previamente establecidos. Tras la recopilación de información con las técnicas utilizadas, se va a realizar un análisis en profundidad de toda la información que se ha recabado a lo largo del proceso de trabajo de campo, reflejando y resaltando los datos más representativos. Con todo este proceso, se pretende dar voz a los profesionales de Servicios Sociales, así como al resto de profesionales de Trabajo Social del municipio, sobre la situación actual en la que estos se encuentran y todos los cambios producidos en su recorrido profesional. ANALISIS DE LOS/AS PROFESIONALES ENTREVISTADOS Se seleccionaron los perfiles para las entrevistas profesionales, siendo estas una educadora social, trabajadoras sociales y una psicóloga, todas ellas profesionales del Servicio Social de Base del Ayuntamiento de Utebo, así como trabajadoras sociales de otras áreas como educación y salud, del municipio de Utebo. Esto se contrastó con los responsables de Servicios Sociales de Base de Utebo, quienes dieron el visto bueno a ello, facilitando el contacto con las profesionales. Las entrevistas se realizaron de manera individual en lugares donde no se ocasionase intromisión en su trabajo. Resaltar, que ha existido una gran colaboración por parte del Servicio Social de Base del Ayuntamiento de Utebo, así como por las profesionales entrevistadas, ya que de los diez contactos que se tenían en un principio, se pudieron realizar ocho entrevistas. Una de las personas que declino la ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 72 entrevista fue por motivos de salud, ya que estaba de baja, y la otra profesional no dio contestación a la solicitud. Todas las personas entrevistadas son mujeres, de edades comprendidas entre los 24 y 50 años. Todas las profesionales se han de trasladar a Utebo, para poder realizar su jornada laboral en el Servicio Social de Base de Utebo, ya que residen en Zaragoza. Casi todas las profesionales, realizan alguna otra actividad profesional fuera del Servicio Social de Base, según los datos recabados, como por ejemplo la psicóloga, la cual también trabaja en un gabinete privado de psicología, una de las trabajadoras sociales está inmersa en una Mesa Técnica para la elaboración de un procedimiento de actuación de Violencia de Género, junto con la trabajadora social de educación. Otra de las trabajadoras sociales, está concluyendo el Foro Joven de Utebo. EL ESTADO DE BIENESTAR Según los datos recogidos de las profesionales del municipio de Utebo, el Estado de Bienestar se encuentra en una situación de crisis. “Los políticos se han cargado todo lo que se ha ido construyendo”. (Entrevista 1) “Todo lo que tenía carácter universal y obligatorio ya no está, por lo que no es un Estado de Bienestar sino asistencialista”. (Entrevista 1) Según las entrevistadas la educación, la sanidad, los Servicios Sociales están perdiendo su carácter público y universal. En general, muestran una actitud muy negativa y pesimista. Inciden fundamentalmente en los logros conseguidos con la dependencia, diciendo que prácticamente han desaparecido. “Se trataría de un Estado que ha pasado a mejor vida, manteniéndose con pinzas, lo que está provocando una precarización.” (Entrevista 5) ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 79 afectados ya lo están siendo, son los ciudadanos, pudiendo hacerse la situación de necesidad más aguda. Según las profesionales, con la nueva ley de racionalización del gasto público, se ha de pedir autorización administrativa al Gobierno de Aragón para poder firmar contratos de ciertas áreas. Un aspecto a destacar de las entrevistas realizadas es que Utebo podría pedir la delegación de competencias, asumiéndolas propiamente, ya que cumple con los requisitos de solvencia y con los criterios de déficit. Además, según las trabajadoras sociales del Servicio Social de Base de Utebo, la gran mayoría de las competencias ya las tenía anteriormente el municipio y no le suponía ningún hándicap. “Utebo con toda la ley nueva, hay servicios que los daba como propio y ahora ya no, a nivel burocrático tiene que hacer equilibrios, compañeras que se han quedado en la estacada. La ley para Utebo fatal.” (Entrevista 1) En función de las respuestas de las profesionales, se ha podido establecer que ellas creen que todas estas reformas que se han llevado a cabo, no han tenido en cuenta a los municipios pequeños, quedándose estos sin competencias, cuando se supone que la proximidad es el factor fundamental para conocer mejor las necesidades de la población. “Sería necesaria una planificación exhaustiva, la convocatoria de plazas para sociólogos, no existiendo una conexión entre la praxis y la teoría.” (Entrevista 5). En cuanto al propio trabajo de los profesionales, decir que ellas creen que siempre que existen cambios en la legislación, existen cambios en el trabajo, aunque la entrevistada 8, comenta que sus limitaciones se ven respecto a la contratación y el número de horas de servicio, pero la verdad que quien realmente lo va a sufrir son los ciudadanos, ya que se presupone que se deben de proteger los derechos de estos y en este momento están siendo vulnerados. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 80 “Hay que pensar, que nuestro trabajo se basa en lo que marca la ley, en un momento determinado, por lo que también puede condicionar el trabajo profesional.” (Entrevista 4) En el ámbito de educación, según la entrevistada en este ámbito, puede condicionar mucho la legislación, ya que, por ejemplo, los trabajadores sociales interinos en educación, pueden verse influidos negativamente por la nueva normativa en la que se valora más la formación que la experiencia profesional, aunque esta última haya sido capaz de establecer unas redes y un saber funcionar en coordinación con las partes. FORMACIÓN DE LOS PROFESIONALES Un aspecto que se considera importante es la formación de los profesionales, considerando todas las profesionales, que tienen los suficientes conocimientos, pero estos han tenido que ser adquiridos por su propia cuenta, es decir, no se han establecido cursos públicos para poder formarse. Manifiestan que existen cursos de formación, pero abiertos a toda la Comunidad Autónoma, las plazas son escasas o los temas no son los interesantes al momento actual en el que nos encontramos, así como por la gestión de los mismos, que deja mucho que desear. “La información que tenemos nosotros es porque nos la buscamos en internet, porque tenemos amigos abogados, porque tenemos un abogado en el Servicio que en un momento concreto nos aconseja.” (Entrevista 4) “Legislación hay suficiente, lo que no hay es tiempo para poder estudiarla y ponerte al día y al caso.” (Entrevista 3). Otros temas de interés que han surgido en las entrevistas, objeto de formación son que, el Ayuntamiento o la DGA tendrían que tener unas partidas presupuestarias para impartir formación a sus profesionales. Temas de formación, de coordinación con otros agentes sociales, sería uno de los temas para formase, en cuanto a las funciones que desempeñan, entender los ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 81 puestos de trabajo de los demás, siendo más fácil establecer asociaciones. También, se podría formar para la especialización del trabajo, así como la supervisión, gestión, ya no solo desde el punto de vista de las entidades, sino de los recursos de la administración, de la presupuestación. “Todo el tema de especialización dentro de los puestos de trabajo, sería bueno, para poder realizar una intervención eficaz” (Entrevista 8) El tema de intervención, creen que se trabaja muy poco y no de manera ordenada. Sobre todo, hay que tener interés por formarse. Temas relacionados con la mediación, el trabajo en equipo, la intervención con las familias, también serían objeto de formación. “Yo pienso que está muy de moda la mediación y realmente el trabajador social ha tenido que hacer de mediador realmente, en reunir y hacer mediar entre las partes, lo que pasa es que las estrategias dependen de los estudios que tengan y la mediación seria uno de los puntos en los que nos podríamos formar, sobretodo en el aspecto de ser neutral.” (Entrevista 5) Mencionada la medición, esta es importante porque realmente muchas veces se debe de actuar como mediador, aprender a ser neutral. Un tema candente en la sociedad y que podría ser objeto de formación, según las profesionales, sería el tema de violencia de género, considerando no solo a la mujer víctima, sino que los hijos también están en situación de riesgo, y las redes sociales, respecto a los riesgos que conlleva su utilización. LEGISLACION ARAGONESA Introduciéndose plenamente en la legislación aragonesa, uno de los itinerarios era el cumplimiento de los objetivos de la Ley 5/2009, de 30 de junio de Servicios Sociales de Aragón, considerando las profesionales entrevistadas, que estos no se cumplen, aunque ojala se cumplieran porque el ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 82 marco de esta Ley ha sido muy importante. Creen que no se ha realizado un desarrollo reglamentario a nivel de presupuestos, es una Ley que no tiene un contenido claro. Además, es una Ley que se creó en una época de crisis económica y hay cuestiones que no se han llegado a hacer. Es verdad, que se pudo hacer el Catálogo de Servicios Sociales. En definitiva, las profesionales consideran que es una Ley ambiciosa y que se creó en Aragón porque había una necesidad, pero ha estado condicionada por la crisis, produciéndose recortes en los derechos de los ciudadanos. “No, pero como ninguna ley, cualquiera que se ponga estos objetivos son muy bonitos de hacerlos en 5 o 10 años, aunque nunca se cumplen.” (Entrevista 1) “El objeto del trabajo es ese, todas las actuaciones se marcan por esos principios que marca la ley, pero la Ley 5/2009, nació porque era una necesidad pero coincidiendo con una época de crisis que no ha facilitado nada que su desarrollo haya sido el que en esa Ley se plasmó, todo lo que tiene que ver con el Catalogo, la Ley de la dependencia, las reformas del IAI, (…). (Entrevista 4) Respecto a los planes actuales, las profesionales, coinciden plenamente en que son muy políticos y poco concretos, respecto a que muchas veces están mediatizados por lo que se pretende hacer. El modelo de centros públicos está yendo hacia atrás. En el trabajo, las profesionales ven que afecta al ciudadano, porque ve que no hay prestaciones, que la Ley no está cumpliendo ninguna finalidad, el empleo es precario, y quien lo está sufriendo es el ciudadano. Según afirmaciones de las entrevistas, estas creen que estamos involucionando muy rápidamente en cuanto al Estado de Bienestar. “Bastante políticos y muchas veces poco concretos o poco acertados con la realidad social en la que estamos. Hay intereses políticos que prevalecen, pero luego no se llega al meollo de la necesidad del municipio”. (Entrevista 2) ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 83 En el municipio ha afectado la nueva legislación, que modifica la Ley 7/1985, de Bases de la Administración Local tanto en cuanto, consideran que es una desilusión, ya que pueden desaparecer proyectos locales y producirse una centralización en la que la persona queda “ninguneada”. Como se ha comentado anteriormente, en principio se ha de pedir autorización para prestar servicios o delegación de competencias, porque el Gobierno de Aragón no delega ni presta los servicios, aunque en Utebo, todavía no ha llegado a suceder. En este momento, las profesionales afirman que esta Ley está paralizando muchas actuaciones de Servicios Sociales, ya que antes, algo que se realizaba de manera rutinaria, ahora hay que esperar a tener una respuesta administrativa. “Esta legislación está paralizando muchas actuaciones de Servicios Sociales, puesto que al no tener competencia directa hay que hacer muchos informes, solicitar muchas competencias (…)” (Entrevista 4) Por tanto, la consideran un atraso tremendo, ya que se presupone que la entidad está del lado del ciudadano y es la que debe de prestar los servicios, por proximidad, que en este caso sería el Ayuntamiento. Si las competencias no se delegan, creen que no se abordaran con la misma ilusión, ni con la misma rigurosidad con la que se venía haciendo hasta ahora. Destacar, que en el ámbito de educación, la trabajadora social entrevistada, afirma que no les ha afectado mucho. Por todo esto, ninguna de las profesionales considera que las reformas sean positivas, sino todo lo contrario, totalmente negativas, considerando que esta reforma no ha servido para nada, siendo un atraso tremendo de centralidad, pudiendo llegar a un desmantelamiento de los Servicios Sociales de Base. En concreto, Utebo, es un municipio con solvencia económica que cumple con los criterios de déficit y que ya contaba con todos estos servicios, por lo que la influencia de esta Ley, es totalmente negativa. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 84 “Estas reformas, yo creo que no son positivas para nuestro trabajo en general, creo que no lo ha agilizado. Dentro de 10 años, a lo mejor pienso otra cosa, pero ahora no.” (Entrevista 4) NECESIDADES Y CARENCIAS Otro indicador a estudiar serían las necesidades de los usuarios y las carencias generales del municipio respecto a Servicios sociales. En primer lugar, las profesionales consideran que existe una carencia total de personal, ya que el volumen de trabajo es muy alto, porque la demanda también lo es. “En personal hay carencias por todos los lados, a nivel de trabajo, hay un volumen muy grande, hay una demanda muy grande porque la situación actual lo requiere y las trabajadoras sociales llevan una carga importante de trabajo.” (Entrevista 8) “Creo que hay una carencia total de personal, gracias a Dios es un municipio solvente y no hay problema de recursos.” (Entrevista 4) Las entrevistadas han afirmado que existe una falta de financiación directa por parte del Ayuntamiento en muchos momentos y por ello, se buscan otros recursos en red que cubran esa parte. No quieren decir, que no sea un pueblo solvente y que ni existan recursos, y no haya un interés real por Servicios Sociales, e incluso por parte de los profesionales por sacar muchos servicios y recursos, pero evidentemente sería conveniente, tener un psicólogo de manera permanente, ya que el número de afectados que necesitan de este servicio ha aumentado considerablemente. Es cierto, que creen que hay servicios en los que no se ha trabajado suficientemente, y se tendría que hacer una política más social hacia el colectivo de discapacidad, pisos tutelados, residencias, etc. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 85 “Hay una falta de financiación directa por parte del Ayuntamiento en muchos momentos y hay que buscar recursos de otros lugares”. (Entrevista 8) Una problemática a destacar por las profesionales, es la burocracia, que existe tanto con el propio Ayuntamiento de Utebo, como con el Gobierno de Aragón. “La carencia más importante que se me viene a la mente es el tema de la gestión de las ayudas de urgencias” (Entrevista 3) Así mismo, otras carencias que han surgido en las entrevistas serían a nivel de infraestructuras, donde todos los profesionales tuvieran su propio despacho, con sistemas informáticos de calidad, así como una ampliación de la dotación económica para ayudas de urgente necesidad, creación de un comedor social, alimentos para que nadie se quedase sin lo más básico y estudiar al mínimo detalle que necesidades concretas tiene el municipio. El área de educación, considera que hay una falta de recursos humanos, ya que esta carencia afecta directamente a los alumnos. NECESIDADES DE LOS USUARIOS Y CAMBIO DE PERFIL En relación a las necesidades que presentan los usuarios de Servicios Sociales, mayoritariamente son la vivienda y la carencia de la misma, el tema de empleo, la imposibilidad de conseguirlo. El Programa de Intervención Familiar va dirigido a familias que tienen algún tipo de riesgo, y los perfiles son bastante similares, como cuadros de depresión, ansiedad, estrés, por situaciones de desempleo y cambios en el estatus de vida, afectando todo ello en las relaciones familiares. Ligado a esto, las profesionales observan una necesidad en cuanto a ejercer el rol parental con los menores, siendo un sector de población muy vulnerable. Además el tema de violencia de género es muy importante y preocupante. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 86 “Económicas, las principales” (Entrevista 5) “Por el trema fundamentalmente de la crisis, los problemas son económicos, muchas familias, sin decir que lo económico sea la solución de todos los problemas, pero la falta de recursos económicos ha puesto de manifiesto otras carencias y problemáticas en las unidades familiares que de otra forma no se hubieran visto” (Entrevista 3) Una necesidad, que no se aborda y que creen que es importante, son los problemas de salud mental, que desde Servicios Sociales no se puede dar respuesta, pero que inciden en el conjunto de necesidades de la persona y su familia. Así mismo, según los datos recabados de las profesionales, estas consideran que habría necesidades de atención a la multiculturalidad, ya que en Utebo, hay población árabe, latinoamericanos, africanos, etc., que suelen relacionarse con personas de su nacionalidad, y se necesita que esta población se integre plenamente. La sociedad utebera tiene los mismos problemas que la sociedad en general, una carencia de valores, distorsión en la economía, etc. En el ámbito de educación, la trabajadora social considera uno de los principales problemas a que las familias atendidas están bastante desestructuradas, existiendo una permisividad de padres a hijos. Igualmente, la inversión del ocio y tiempo libre de manera adecuada. Otras necesidades que se atienden desde educación, aunque en su minoría, son trastornos de ansiedad, de alimentación, demandas de un mínimo hábito de estudio. Una necesidad que está en auge y que se está trabajando en ello, ya que los jóvenes no son conscientes de las consecuencias, es el tema de whatsApp. Debido a todo este combinado de necesidades que se atienden, las profesionales creen que es imposible cubrir todas las demandas de los usuarios; sí que se intentan cubrir, pero resulta imposible. “Tampoco se trata de cubrir todas las necesidades, sino darles los apoyos para que pueda cubrirlas.” (Entrevista 8) ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 87 “No, no se pueden cubrir, sí que hay un abordaje grande, pero a veces con problemas de coordinación y colaboración, estabilidad mental, etc., no se pueden paliar.” (Entrevista 7) “No se cumplen ni se cubren totalmente las necesidades de los usuarios.” (Entrevista 4) Eso no quiere decir que no hagan todo lo posible; desde el Servicio Social de Base se atienden todas las demandas que llegan, pero hay aspectos que se escapan a Servicios Sociales. Existe coordinación con Guardia Civil, Policía Local y con las entidades del municipio. En el ámbito económico, afirman que ninguna familia pasa hambre, pero hay muchas familias en situación de precariedad crónica, que llevan mucho tiempo subsistiendo de prestaciones sociales. “En la medida de lo posible, ya que las necesidades son amplias e infinitas.” (Entrevista 3) Debido a la crisis económica, han podido observar una evolución impresionante en el perfil y la demanda de los usuarios, encontrándose en un principio un perfil de Servicios Sociales “más de toda la vida”, generación tras generación, pero ahora con la crisis, han visto que acuden familias totalmente normalizadas, que se encuentran en una situación económica precaria, derivando en otras problemáticas. Cabe decir, que manifiestan que hace 20 años se produjo una situación parecida a la de ahora. El perfil de los usuarios era primeramente de servicios de ayudas a domicilio, transeúntes que acudían a por un bocadillo, parados, toxicómanos, etc., cambiando actualmente a personas que no tienen recursos y que no les queda otra opción que acudir a Servicios Sociales. Tradicionalmente, era la familia la que prestaba la ayuda, pero llega un momento en el que está ya no puede más. “En estos últimos años mucho más, realmente cuando yo llegue era un pueblo rural pequeño, pero ahora hay mucha inmigración, hay mucha ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 88 pobreza, no hay sentamientos pero sí que hay familias viendo en situación miserable.” (Entrevista 6) Por tanto, un perfil concreto según las entrevistadas sería, unidades familiares, precarizadas por la falta de empleo, porque Utebo no se caracteriza por tener una tasa alta de tercera edad, pero están apareciendo muchas unidades familiares monoparentales y muchas unidades familiares de escasos recursos económicos, que pueden derivar en otras necesidades. En el ámbito de educación, se comenta que se ha notado mucho el tema de crisis económica, en cuanto a hábitos y situaciones familiares, en la que los hijos se ven influenciados por la situación que se vive en casa. Sí que se ha producido un cambio respecto a la formación, ahora hay más jóvenes que se decantan por la formación profesional, en vez de estudios universitarios. PRESTACIONES En relación a todo esto, se ha querido estudiar el indicador de prestaciones, en cuanto a tanto, ha evolucionado el municipio en prestaciones y en su calidad. “En cuanto a prestaciones básicas, no ha variado muchos, sigue estando las del 93, pero en Utebo las prestaciones propias sí que ha habido evolución.” (Entrevista 4) Las profesionales coinciden que respecto a las prestaciones básicas, no ha variado mucho, ya que se siguen rigiendo por la legislación del 93, pero respecto a las prestaciones propias del Municipio, sí que han evolucionado, respecto a número de prestaciones concedidas. Un ejemplo que muestran es que en 2003, se concedieron tres becas para comedor escolar y en 2014, se han concedido 60. Otro aspecto que ha cambiado es la tramitación de algunas prestaciones, por ejemplo, las ayudas de urgente necesidad se enviaban al Gobierno de Aragón para su resolución, y ahora se realiza toda la tramitación desde el propio Ayuntamiento de Utebo. También el Ingreso Aragonés de ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 95 Social de Base de Utebo, se basa en las partidas presupuestarias destinadas anualmente para ello. A pesar de que se ha producido un incremento respecto a años anteriores, el presupuesto destinado a la acción social municipal resulta claramente insuficiente. Por ello sería necesario una mayor partida presupuestaria por parte de los entes públicos, así como una financiación a través de proyectos de entidades privadas, como es el ejemplo de Fundación Federico Ozanam, que desarrolla el Programa Caixa Pro Infancia en el Servicio Social de Base de Utebo. Una frase que podría resumir esta conclusión sería, sin personal y sin recursos suficientes, el Servicio Social de Base de Utebo, no puede cubrir todas las necesidades de los usuarios. 8. Las prestaciones básicas de Servicios Sociales no han variado respecto al año 1993, tanto en tipologías de prestaciones como en cuantías. En cambio, en el municipio de Utebo, se ha producido una evolución considerable respecto a prestaciones y servicios en materia de Servicios Sociales, ampliándose en su tipología y cobertura. Un ejemplo de ello, serían las becas de comedor, ascendiendo en el año 2014 a 60 becas concedidas. 9. La legislación actual en materia de Servicios Sociales, puede condicionar el futuro de estos y el de las profesionales que trabajan en el ámbito. Las profesionales creen que los planes y leyes son muy políticos y poco concretos, algo que he podido corroborar con el análisis legislativo del trabajo de investigación. Por ello sería necesario que todo aquello que se realice en materia legislativa de Servicios Sociales, sea en función de las necesidades y demandas de la población objeto de Servicios Sociales y no en base a pensamientos, ideologías y valores de los partidos gobernantes en el momento, ya que no se trata de aprobar una ley “bonita”, sino que su aplicación sea positiva, eficaz y eficiente. Una frase que creo que es adecuada para esto es, aprobación de legislación eficaz y eficiente, de manera que se adecúen a las necesidades de la población y condicione positivamente el trabajo en Servicios Sociales. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 96 10. Las reformas legislativas se prevé que sean negativas para Utebo, ya que este, se quedará sin competencias en muchos ámbitos, aunque al Ayuntamiento no le supone ningún hándicap el tener adquiridas esas competencias. De ser un municipio con un amplio abanico de posibilidades, se pasará a una disminución de las oportunidades y derechos de los ciudadanos. 11. El Servicio Social de Base de Utebo es un servicio donde las profesionales trabajan con calidad y procuran que esta sea un poco mejor en la vida de los usuarios. Las profesionales de Servicios Sociales trabajan procurando la mejora de las condiciones de los ciudadanos, interviniendo con calidad. 12. Muchas profesionales dedican más horas de las acordadas por contrato, sin ser remuneradas, para poder “sacar el trabajo adelante” y cumplir con los objetivos marcados con los usuarios es otra característica que quiero destacar. Esto, resulta de la implicación de las profesionales, de su afán por cubrir las demandas de los usuarios del Servicio Social de Base y por cumplir con los objetivos marcados por la Institución, pero indiscutiblemente muestra una disfunción organizacional y una carencia de recursos humanos. 13. En general la Institución pública, cumple con los objetivos marcados y realiza un excelente trabajo, que reporta bienestar en todo el municipio. Un aspecto clave en este sentido hace referencia a la coordinación. Se ha constatado que en todos los niveles existe un grado satisfactorio de coordinación, ello ayuda a que las intervenciones tengan resultados favorables. El Servicio Social de Base de Utebo es un modelo positivo de coordinación entre entidades, donde los profesionales hacen que esta resulte efectiva. 14. El Servicio Social de Base del Ayuntamiento de Utebo da gran importancia al voluntariado, en muchas de las actuaciones que se llevan a cabo, son a través de voluntarios. Ejemplo de ello son el fondo de alimentos, cuya gestión, reparto, etc., está a cargo de voluntarios, ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 97 ropero de adultos e infantil, etc. Los voluntarios son una pieza fundamental en el trabajo que se realiza desde Servicios Sociales. 15. A nivel de Políticas Sociales Publicas, ya mencionadas anteriormente, es necesario que se contemplen los proyectos locales, que se desarrollan desde este Ayuntamiento, ya que estos son el punto más cercano a los ciudadanos, conociendo más cercanamente cuáles son sus necesidades y como se pueden satisfacer total o parcialmente. Una frase que podría resumir esta conclusión sería, son necesarios los proyectos locales en un Servicio Social de Base. Concluyendo, comentar que ha sido muy gratificante poder “trabajar” con todas estas personas, profesionales, ayudándome a conocer de manera más realista la situación de Servicios Sociales, en general, y del Servicio Social de Base en Utebo, en concreto. Tienen unas actitudes muy buenas y su trabajo es admirable. ANA PILAR TIESTOS ESCOTA 98 7. BIBLIOGRAFÍA  Adelantado, J. (2000). Cambios en el Estado de Bienstar: Politicas Sociales y desigualdades en España. Barcelona, España: Icaria Editorial.  Aleman Bracho, M. C. (s.f.). 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