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Trabajo Fin de Grado Crisis financiera internacional y cambios en el marco regulatorio. El papel de Basilea III Autora Leire Ripa Villegas Director José María Serrano Sanz Facultad de Economía y Empresa 2014
2 Resumen Las causas, los efectos y los costes de la crisis financiera internacional de 2007 han evidenciado las debilidades del sistema financiero y de la regulación macroprudencial, ha derivado a un replanteamiento y transformación del sector financiero en cuanto a la supervisión y al modelo de gestión. Este trabajo pretende analizar el nuevo marco regulatorio en el sector financiero, su posible impacto a corto y largo plazo en la economía, algunas propuestas como el impuesto sobre transacciones financieras, una comparativa a la regulación implementada en Estados Unidos y los focos financieros de riesgo sistémico. El resultado será el contraste entre una reforzada regulación al sector bancario frente a una laxa regulación de una parte importante del sector financiero, los hedge funds y la banca en la sombra, afectando a la competitividad y provocando una distorsión en los mercados financieros. Además de una regulación eficaz y que integre a todo el sector financiero, es preciso una coordinación internacional en la globalización financiera, tanto en políticas monetarias como fiscales, para poder minimizar los riesgos sistémicos. Abstract The causes, effects and costs of the international financial crisis of 2007 have shown the weaknesses of the financial system and macro-prudential regulation, it has led to a rethinking and transformation of the financial sector in terms of supervision and management model. This work intends to analyze the new framework regulatory in the financial sector, its possible impact in short and long term in the economy, some proposals as tax on financial transactions, a comparison to the regulation implemented in United States and financial sources of systemic risk. The result will be the contrast between reinforced control the banking sector against a lax regulation of an important part of the financial sector, the hedge funds and the shadow banking, affecting the competitiveness and causing a distortion in the financial markets. In addition to an effective regulation and to integrate the entire financial sector, necessary international coordination in financial globalization, both in monetary policies as prosecutors, to be able to minimize systemic risks.
3 ÍNDICE 1. Introducción ...................................................................................... 4 2. Objetivos de la regulación bancaria ................................................... 6 3. Basilea III ....................................................................................... 10 3.1. Mejoras en la calidad, consistencia y transparencia de la base de capital. ...................................................................................... 11 3.2. Mejora en el refuerzo de la liquidez .......................................... 12 3.3. Reducción de la prociclicidad y promoción de los colchones anticíclicos ................................................................................ 15 3.4. Coeficiente de apalancamiento .................................................. 16 3.5. Riesgo sistémico e interconexiones ........................................... 17 3.6. Riesgo de contrapartida ............................................................. 18 4. El riesgo de las entidades financieras no reguladas ......................... 20 4.1. El riesgo de la banca en la sombra ............................................ 21 5. Impuesto sobre transacciones financieras ........................................ 23 6. Regulación en eeuu tras la crisis financiera ..................................... 24 7. Impacto de la nueva legislación reguladora ..................................... 26 7.1. Valoración cuantitativa del impacto de la regulación por el IIF y el MAG…..……………………………………………………..26 7.2. Posibles efectos a corto y largo plazo. ....................................... 27 7.3. Concentración del sector bancario ............................................. 29 8. Nuevos riesgos sistémicos en el sector financiero ........................... 30 8.1. Comparativa con la crisis de deuda latinoamericana de 1980 .... 32 8.2. Foco de atención en los bancos sistémicos de china .................. 34 9. Conclusiones ................................................................................... 35 Bibliografía .......................................................................................... 38 Anexo ………………………………………………………………….41
4 1. INTRODUCCIÓN La crisis financiera internacional ha mostrado las debilidades estructurales del sector financiero, materializándose en una crisis de confianza sin precedentes cuya consecuencia inmediata fue la desaparición de la liquidez del mercado interbancario. El riesgo de liquidez, con escasa relevancia en fases anteriores a la crisis, resultó de importancia crucial en el alcance de la crisis financiera, sumado al elevado grado de interconexión financiera por la globalización, se materializó en una crisis sistémica. Una intervención masiva de los bancos y gobiernos centrales buscó minimizar el pánico bancario. Las primeras medidas adoptadas no tuvieron el efecto deseado en la elevada volatilidad motivada por la desconfianza en las instituciones supervisoras, financieras y agencias de rating. La inestabilidad del sector financiero, el incremento del endeudamiento de los gobiernos por las políticas expansivas en las fases iniciales de la crisis, la brusca caída en los precios de las viviendas, terminó impactando a la economía real. En dicho contexto del sistema financiero y con una nueva legislación reguladora posterior a la crisis, el objetivo de este trabajo es analizar las distintas iniciativas y mejoras propuestas en el marco regulatorio, para restablecer la confianza en el sector financiero y evitar la repetición de una crisis financiera sistémica. En la primera parte se analizan los objetivos de la regulación bancaria, el proceso de cambios experimentados en el marco regulatorio para subsanar las deficiencias detectadas en la crisis y las nuevas medidas aprobadas por el Banco Internacional de Pagos, reflejadas en Basilea III. En el siguiente epígrafe se aborda la nueva normativa reguladora, Basilea III, todavía pendiente de implementar, ha tratado de mejorar, conforme se ha intensificado la magnitud de la crisis, los aspectos que se han revelado insuficientes en Basilea II. Se hace una valoración de las medidas introducidas en Basilea III, como el ratio de apalancamiento, el ratio de liquidez, los colchones anticíclicos, los incrementos en los requerimientos de capital, el riesgo sistémico y el riesgo de contrapartida. También se analiza el riesgo de liquidez y el impacto que ha tenido en la política monetaria de los bancos centrales. En el cuarto epígrafe se hace una valoración de la situación existente entre las entidades financieras reguladas y las entidades financieras no reguladas, como los hedge funds y las empresas financieras, y su posible distorsión de los mercados financieros al existir
5 diferencias en la regulación que pueden proporcionar ventaja competitiva a las entidades financieras no reguladas. Se exponen los riesgos asociados al sector bancario en la sombra, las posibles causas de su crecimiento y su impacto en la estabilidad financiera global. En el quinto epígrafe se realiza un breve análisis de la propuesta de un impuesto sobre las transacciones financieras, con objetivo de que las entidades financieras contribuyan a financiar el gasto público ocasionado por la reciente y por posibles futuras crisis. El sexto epígrafe ofrece un resumen de los cambios en la supervisión financiera en Estados Unidos, se trata la aprobación de la ley Dogg-Frank y los cambios en los mercados de titulización. Posteriormente se hace una comparativa entre las medidas aprobadas en Estados Unidos y las de los países de la Unión Europea. El séptimo epígrafe es una valoración del impacto de las medidas de la nueva legislación reguladora, de los posibles efectos a corto y largo plazo en la economía, del escenario actual con una concentración del sector financiero y también se ofrece un análisis de los trabajos de valoración cuantitativa del impacto de Basilea III por el IIF y el MAG. En octavo epígrafe se discuten los efectos de la quantitative easing y de su gradual retirada por la FED en las economías emergentes, de la posible creación de una burbuja financiera en los países en desarrollo y el impacto que tendría en su sector financiero y en las economías desarrolladas, remitiéndonos a la crisis latinoamericana en la década de 1980 y su impacto en el sector bancario de Estados Unidos. Y en el noveno epígrafe, se concluye.
6 2. OBJETIVOS DE LA REGULACIÓN BANCARIA Para determinar los objetivos de una regulación bancaria óptima es necesario distinguir las características y fallos de mercado inherentes a las entidades de crédito y los errores detectados en la supervisión tras la crisis financiera internacional. El sistema financiero se caracteriza por amplificar los ciclos económicos, por su comportamiento estratégico para obtener una mayor cuota de mercado, por la evolución de los instrumentos financieros, por la dificultad para evaluar el riesgo y por el peso de las finanzas en la economía mundial. Su tamaño y sus vínculos con la economía real lo han convertido en “demasiado grande para dejarlo caer”, lo cual puede constituir un incentivo para asumir mayores riesgos. La mayoría de los sectores de la economía crecen durante las fases expansivas del ciclo económico y se ajustan en épocas de recesión. El sector financiero tiende a sobre reaccionar en los ciclos económicos, al aumentar el crédito y relajar la calificación crediticia en épocas de bonanza y contraer la oferta e incrementar el riesgo en las fases bajistas. Las políticas crediticias pueden, por tanto, amplificar los ciclos económicos. En el periodo de auge es donde se generan los desequilibrios económicos, lo hemos podido observar en la fase anterior a la reciente crisis financiera, conocida como la Gran Moderación. Se cumple entonces la hipótesis de la inestabilidad financiera de Minsky, la estructura financiera de una economía evoluciona pasando de la fortaleza a la fragilidad en la fase de crecimiento económico, aumentando la tasa de endeudamiento al generalizarse el supuesto de que, en el futuro, la economía se comportará de la misma forma 1 . La regulación bancaria trata de minimizar la prociclidad 2 del sistema financiero y garantizar la estabilidad del sistema financiero con una mayor exigencia de capital y un mayor control sobre el riesgo tomado. ¿Garantiza una mayor exigencia de capital minimizar la prociclidad? No se puede afirmar positivamente. Existen estudios que obtienen resultados contradictorios 3 , Perotti, Ratnovski y Vlahu (2011) muestran que la imposición de requisitos adicionales de riesgo no tiene por qué modificar la asunción de riesgos y puede llevar a la adopción de posiciones más arriesgadas. Gual (2011) concluye que no es evidente una relación positiva entre un mayor ratio de capital y una menor asunción del riesgo. 1 Torrero, A. Keynes y la crisis financiera actual. p. 136 2 Jódar-Rosell, S., Gual, J. (2014) 3 Hellman, Murdock y Stiglitz (2000)
7 Los efectos de una exigencia de capital que pueda resultar excesiva pueden tener efectos adversos, una oferta crediticia subóptima minimiza los resultados de las políticas monetarias de los bancos centrales, puesto que las entidades crediticias conforman el mecanismo de transmisión monetario mediante el canal del crédito. El comportamiento estratégico de las entidades para obtener una mayor cuota de mercado, utilizando el crédito para atraer a clientes a los que posteriormente vendían otros productos con mayor rentabilidad, ha venido motivado por el cambio de modelo de la banca tradicional. Con tipos de interés reducidos, un aumento de la competencia por la globalización y una disminución en los beneficios, las entidades de crédito se reinventaron buscando nuevas fórmulas de negocio, nuevos productos y servicios financieros más rentables. Los hedge funds, conocidos como fondos de inversión libre o fondos de cobertura han experimentado un gran crecimiento en el último decenio en los mercados financieros internacionales. Alan Greenspan dijo refiriéndose a los HF que son los mayores contribuidores a la flexibilidad del sistema financiero. En la actualidad son origen de una gran controversia en cuanto a su regulación a causa del impacto que pueden tener en el riesgo sistémico de los mercados financieros globales. Esta polémica se debe al funcionamiento de los hedge funds, cuyo objetivo es aprovechar las oportunidades de arbitraje en los mercados, combinando posiciones cortas y largas para minimizar la exposición de la cartera a determinados riesgos. El principal riesgo en sus herramientas se encuentra en las compras y ventas al descubierto, en el apalancamiento, que amplifica tanto las pérdidas como la rentabilidad, y en el uso de derivados. A mitad de los noventa se empezaron a comercializar los derivados de crédito, credit default swaps o los equitiy default swap, que han tenido especial relevancia en la reciente crisis internacional. Parte del crecimiento de los hedge funds es a causa de la entrada de inversores institucionales, fondos de pensiones y fundaciones, al objeto de una mayor diversificación en las carteras. Es precisamente esta interrelación la que hace que los hedge funds sean capaces de desestabilizar el sistema financiero. Esta situación se hizo realidad con la quiebra en 1998 del Long Term Capital Management Fund (LTCM) y la intervención de la Reserva Federal. Los defensores de los beneficios 4 de los hedge funds alegan que incrementan la liquidez del sistema, puesto que a menudo toman posiciones contrarias al resto del mercado, y que contribuyen a una mayor innovación financiera y a una mayor dispersión del riesgo. Una regulación de los HF resulta necesaria para aumentar la transparencia, para minimizar la capacidad de afectar a los precios por la concentración de HF en ciertos mercados y con ello a la liquidez del mercado, y para tener un control del apalancamiento de los hedge funds y del posible contagio sistémico. 4 Noguer, M (2008)
8 El incremento de la competencia por la globalización no garantiza la “competencia perfecta”. Stiglitz 5 opina que la banca o intermediación financiera existe porque los mercados financieros por naturaleza no funcionan de manera perfecta. La dificultad para obtener información es un fallo del mercado financiero. Las operaciones financieras se caracterizan por realizarse en condiciones asimétricas, los prestamistas y prestatarios poseen diferente información del agente con el que van a realizar la transacción. El problema de obtener información dificulta el negocio de las entidades de crédito y mejorar la información incrementa los costes. La información asimétrica presenta dos problemas, primero, la selección adversa, el prestamista no tiene información de las características del prestatario, segundo, el riesgo moral, el prestamista no tiene control sobre el crédito. El sistema financiero reduce la selección adversa evaluando la calidad crediticia y la supervisión de prestatarios disminuye el riesgo moral. Una de las deficiencias que se ha observado con la crisis es la concentración de la información en la calidad del activo descuidando la importancia de la liquidez, las agencias de calificación no valoraban el riesgo de liquidez sino el riesgo de crédito. En una situación de falta de liquidez de los activos bancarios, se dificulta su valoración y la evaluación de la situación patrimonial. La liquidez es la capacidad de un activo financiero en transformarse en dinero efectivo, la iliquidez provoca un pánico bancario y una crisis de confianza. Se ha convertido en uno de los objetivos principales del nuevo marco de regulación bancaria, puesto que resulta imprescindible para el buen funcionamiento de los mercados y de los mecanismos de financiación de la economía. A lo largo de la historia se han sucedido las crisis financieras, pero la trascendencia de la crisis financiera internacional de 2007 sólo nos permite remontarnos al crack del 29, a la Gran Depresión. El rasgo común de las crisis financieras es la existencia de booms de crédito y reducción de los estándares de calidad en las fases previas al estallido de la crisis. La diferencia es su impacto en la economía real. En los años anteriores a la crisis hemos asistido al desarrollo de los mercados financieros, al cambio en el modelo de la banca tradicional, al incremento del peso de las finanzas en la economía, a la globalización financiera y a la predominante teoría de la desregulación de los mercados financieros. La crisis financiera de 2007 se inició con las hipotecas subprime concedidas en EEUU a personas de dudosa capacidad económica. El alcance de ésta se debe al cambio en el modelo de la banca tradicional, el “originar para distribuir” es la base de la reciente crisis financiera. Con el desarrollo de nuevos instrumentos financieros como la titulización de activos, las entidades de crédito podían transferir el riesgo de las hipotecas suprime mediante la transformación de los préstamos en valores colocados en mercados financieros a vehículos de inversión estructurada (SIV). Las normas contables 5 Stiglitz (1990)
9 permiten mantener ciertos vehículos fuera del perímetro de consolidación de las entidades, de forma que no tenían incentivos para una evaluación exhaustiva del riesgo. Además no se podían detectar por los reguladores. Los bonos de titulización y los productos estructurados tienen la característica de ser poco líquidos al diseñarse a medida de los inversores, la ventaja de la estandarización de los productos es una mayor liquidez, la especialización lleva a la segmentación de los mercados y provoca una mayor asimetría entre inversores, expertos y no expertos, y una menor liquidez. Se negocian en mercados OTC, sin cámaras de compensación que registren las operaciones y reduzcan el riesgo de contrapartida. La complejidad de los instrumentos financieros, la falta de transparencia en los mercados no regulados (over the counter) y la relevancia adquirida por la denominada “banca en la sombra” dificultó el análisis, la gestión del riesgo y la supervisión. El papel de las agencias de rating fue cuestionado, por un lado, infravaloraron el riesgo de crédito, revelando imperfecciones en los métodos de valoración, con métodos similares a los utilizados hace décadas en la valoración de bonos corporativos. Un exceso de confianza en estas agencias llevó a la utilización de los rating por los supervisores bancarios. Por otro lado, los conflictos de intereses por parte de las agencias de calificación debido a su relación directa con los emisores. Se generalizó la desconfianza en las agencias de rating, pero es preciso recordar que éstas valoraban el riesgo de crédito. La calificación de un producto estructurado no recoge el riesgo de liquidez, de especial relevancia en los productos estructurados. Debido a la interconexión de los mercados financieros, la crisis de las hipotecas subprime se transformó en una crisis de confianza, la dificultad de los agentes para determinar el valor real de las pérdidas, la incertidumbre en el sistema financiero terminó afectando a la liquidez de los mercados monetarios y elevando el coste de financiación interbancaria. Las fuertes pérdidas de valor de los productos estructurados provocaron una huida hacia la calidad, comprando deuda pública de los países desarrollados y provocando una fuerte caída de la rentabilidad. La fuerte depreciación de los activos genera problemas liquidez que se transforman pérdida de solvencia. Con el origen de financiero de la crisis los cambios regulatorios no se han hecho esperar, y han ido evolucionando a la par del alcance de la crisis, configurando una nueva estructura del sistema financiero. Los principales problemas identificados son: las prociclidad del sistema financiero, la dependencia de las entidades de crédito de financiación mayorista, el modelo de negocio “originar para distribuir”, el mercado del crédito promotor, la competencia por cuota de mercado, la dificultad en la medición del riesgo, falta de transparencia, inexistencia de regulación macroprudencial, la capacidad de alterar los precios por la concentración en determinados sectores y la interrelación entre hedge fund o instrumentos no regulados con entidades de riesgo sistémico.
16 La utilización de estos colchones puede suponer restricciones al pago de dividendos, lo que puede tener efectos negativos en la captación de nuevo capital. Basilea III también incluirá cochones anti-cíclicos de hasta 2,5 puntos porcentuales, y que intentarán prevenir los periodos de excesivo crecimiento del crédito bancario. Se acumula por encima del mínimo regulatorio en función de la fase del ciclo económico. En periodos de recesión no será exigido por el regulador. Los colchones anti-cíclicos son una medida macroprudencial para estabilizar el sector financiero. Los colchones de capital a diferencia de otros instrumentos de estabilización, como los Fondos de Garantía de Depósitos, pueden ser utilizados y gestionados por cada entidad financiera. 3.4. COEFICIENTE DE APALANCAMIENTO Una característica de la reciente crisis financiera ha sido el elevado nivel de apalancamiento. La necesidad de los bancos de reducir su apalancamiento en la crisis provocó la caída de los precios de los activos, amplificando las pérdidas. El apalancamiento es uno de los mecanismos de transmisión de la crisis financiera a la economía real, de ahí el interés por introducir un coeficiente de apalancamiento que reduzca en las fases recesivas el riego de desestabilizar el sistema financiero internacional y la economía real. El ratio de apalancamiento 14 relaciona la exposición total de una entidad financiera con el capital y no establece ponderación por el riego, de forma que elimina el problema de la dificultad en la valoración y gestión del riesgo por la entidad. Se ha establecido un amplio plazo de entrada en vigor para permitir un calibrado de la ratio y un análisis en distintos momentos del ciclo y en distintos modelos de negocio, el definitivo se acordará en 2017. Expertos señalan que un menor apalancamiento debería resultar más efectivo que la ratio de capital para disminuir el riesgo de las entidades, Haldane 15 y Madouros en su discurso The dog and the frisbee muestran que la toma de decisiones en un entorno complejo se puede beneficiar de reglas simples, una serie de estudios empíricos que evalúan reglas simples y complejas en el entorno financiero concluyen que medidas simples como la nueva ratio de apalancamiento tendría un poder de predicción de quiebra superior a medidas más complejas ponderadas por el riesgo. 14 Rodriguez de Codes, E. (2010) Banco de España. Estabilidad Financiera nº19 15 Haldane, A., Madouros, V. (2012) Bank of England
17 Por otro lado, críticos argumentan que una ratio de apalancamiento favorece la asunción del riesgo puesto que todos los activos se tratan igual. Si no tiene en cuenta los diferentes modelos de negocio puede tener efectos negativos en el sistema financiero, una ratio de apalancamiento estricta puede restringir la operativa y posibilidades de crecimiento de algunas entidades financieras. Un menor apalancamiento puede incentivar a asumir inversiones más arriesgadas para obtener una mayor rentabilidad, puesto que un menor apalancamiento puede disminuir el beneficio de algunas entidades. La divulgación pública del coeficiente y sus componentes comenzará el 1 de enero de 2015. Hasta 2017 se efectuarán análisis y ajustes oportunos y la ratio definitiva entrará en vigor el 1 de enero de 2018. 3.5. RIESGO SISTÉMICO E INTERCONEXIONES Los bancos sistémicos, SIB (Sistemically Important Banks) son entidades de gran tamaño, complejidad e importancia en el mercado, una posible quiebra de estos bancos genera riesgo sistémico, afectaría negativamente al sistema financiero y a la economía real, lo que justifica que los organismos reguladores los sometan a una especial supervisión, más allá de la exigida al resto de entidades financieras. Es conocido el término “demasiado grande para dejarlas caer”, el impacto de su quiebra es tan elevado que resulta menos costoso rescatarlas por el sector público, es decir los Gobiernos y los ciudadanos asumen el coste de la gestión de los bancos sistémicos. Además el riesgo sistémico puede generar incentivos a estos bancos a adoptar estrategias de inversión más arriesgadas. El objetivo de los organismos reguladores es mitigar las consecuencias de una quiebra y reducir la probabilidad de que un banco sistémico quiebre, mediante una supervisión y exigencias más intensas. El Comité de Basilea y el Consejo de Estabilidad Financiera han desarrollado medidas que combinan suplementos de capital y deuda capaz de absorber las pérdidas, además de suplementos de liquidez y mayores restricciones para grandes exposiciones al riesgo. El listado de las entidades sistémicas se publicará en noviembre de 2014, están tendrán que cumplir con los requisitos aumentando el capital progresivamente a partir de enero de 2016 hasta enero de 2019. Una mejora en la gestión de las entidades y la exigencia de un recargo de capital adicional son medidas para reducir la probabilidad de quiebra. Los mayores requerimientos de capital en función del grado de sistemicidad es una de las medidas
18 más importantes para la supervisión de las entidades sistémicas, persigue desincentivar a los SIB en la asunción de riesgos. Críticos con esta medida no encuentran el vínculo entre mayores requerimientos de capital y menor riesgo sistémico, la quiebra de Northern Rock no se debió a una insuficiente capitalización sino a las características de su modelo de negocio centrado totalmente en el acceso a la liquidez a través de los mercados de titulización. Por el contrario, el informe High-level Expert Group on reforming the structure the EU banking sector (publicado en octubre de 2012 del Grupo Liikanen, su presidente E. Liikanen, presidente del Banco de Finlandia) reconoce que unos mayores requerimientos de capital aumentarán la resistencia de las entidades, disminuirán los incentivos y el coste público de futuras quiebras, también reconoce la necesidad de una mejor resolución por parte de la UE. El informe concluye recomendando la separación de la banca tradicional y la banca de inversión con el objeto de mejorar la medición del riesgo en las entidades. Otros expertos han propuesto cambios en la estructura del negocio bancario, separando la banca tradicional de la banca de inversión más sofisticada. La propuesta Volcker en Estados Unidos prohíbe que un banco tradicional realice actividades de negociación por cuenta propia, la propuesta Vickers, en Reino Unido, es similar a la Liikanen, defiende separar las actividades tradicionales de las de inversión más sofisticadas. Medidas para minimizar el coste de la quiebra son los planes de recuperación y resolución, los primeros permiten que la entidad sobreviva y los segundos buscan la reducción del coste de la quiebra. Es muy importante, dado el grado de internacionalización de la banca, para una adecuada supervisión de los bancos sistémicos la cooperación y coordinación entre las autoridades en los distintos países, así como la existencia de regulaciones armonizadas. 3.6. RIESGO DE CONTRAPARTIDA El riesgo de contraparte se refiere al riesgo de impago, cuando una de las partes incumple su obligación en una compraventa. Los errores destapados en la reciente crisis financiera han demostrado la necesidad de medir y gestionar bien este riesgo. Dada la complejidad de los instrumentos financieros resulta muy difícil cuantificar correctamente este riesgo, las agencias de rating adquirieron mucha relevancia en la toma de decisiones de inversión. Una de las características más relevantes de la crisis financiera fue la asignación de ratings elevados a productos con un elevado riesgo de contrapartida, así como la importancia del rating entre los inversores, entidades financieras y organismos supervisores.
19 La dimensión de la crisis financiera ha cuestionado la labor de las agencias de rating, las principales causas de su comportamiento son 16 : la complejidad de los productos financieros para una adecuada medición del riesgo implícito, el posible conflicto de interés entre agencias y emisores, el excesivo protagonismo que los inversores han dado a los ratings como indicador de calidad de sus inversiones, la importancia de los ratings de los productos estructurados en la regulación y la calidad de la información disponible por las agencias para emitir la calificación. La Comisión Europea ha presentado un Reglamento para supervisar y regular de forma directa las agencias de rating. La regulación se basa en la transparencia de los ratings, revisiones de metodologías, también incluye la obligación de registro de las agencias cuyos ratings sean utilizados por el regulador. La regulación del riesgo de contrapartida trata de disminuir el riesgo de crédito existente en la contratación de derivados OTC (over the counter), además el dicho riesgo de crédito se intensifica cuando los contrapartes de los derivados OTC son empresas no financieras o minoristas. El gran crecimiento en la negociación de instrumentos financieros como las permutas de incumplimiento crediticio, CDS 17 (credit default swaps), junto con la titulización 18 de activos, más conocido como originar para distribuir, ha sido una de los elementos característicos de la reciente crisis. Estos instrumentos financieros han sido considerados el vehículo de transmisión de la crisis de unas entidades a otras. Los mercados OTC tiene una elevada opacidad, en parte por la falta de estandarización de los contratos, es decir la mayor parte de los contratos tienen condiciones pactadas entre las partes. La falta de transparencia aumenta la incertidumbre entre los agentes financieros, como ha sucedido con la crisis de confianza derivada de la caída de Lehman Brothers, y puede impactar negativamente en los precios y en la liquidez del sistema financiero. Las medidas reguladoras que se han puesto en marcha van dirigidas a reestablecer la confianza en estos productos y a asegurar un marco estable que evite los errores manifestados en la crisis, disminuyendo el riesgo, y contribuir a la reactivación del crédito. Se han revisado los requisitos de capital de las titulizaciones e incrementado el grado de ponderación por riesgo. En el caso de los CDS la regulación exige un aumento de la transparencia, para una mayor eficiencia en la supervisión, en la gestión del riesgo, en la formación de precios y en la disminución del riesgo de contraparte. Los organismos reguladores tienen que realizar un ajuste 19 en la valoración contable de en todas las entidades que operen en actividades con riesgo de contrapartida. Posterior a la valoración contable los supervisores tratan de asegurar, con mayores requerimientos 16 Losada, R. (2009) CNMV 17 Arce, O., Gonzalez, J., Sanjuan, L. (2010) CNMV 18 Martín, M.R. (2014) CNMV 19 Gil, F., Manzano,F. (2014) Banco de España
20 de capital, que las oscilaciones patrimoniales no perjudiquen la solvencia de las entidades de crédito. Se establece un capital adicional para el riesgo de crédito de determinadas contrapartidas con el objetivo cubrir las potenciales pérdidas por cambios en la solvencia de la contraparte, como sucedió en el caso Lehman., o por pérdidas debidas a cambios en la valoración a precios de mercado para derivados OTC. La nueva regulación también trata de incentivar las cámaras de compensación y liquidación, aunque un mayor peso de las entidades de contraparte supone un riesgo sistémico, también se intenta absorber las pérdidas por ajustes en la valoración de créditos. 4. EL RIESGO DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS NO REGULADAS Con la actual supervisión bancaria las entidades financieras no reguladas (BIS, EBA…), los hedge funds y las empresas financieras, tienen una ventaja competitiva respecto al precio con respecto a las entidades financieras reguladas, puesto que pueden apalancarse todo lo que quieran ofreciendo mejores precios. Los hedge funds o los fondos de inversión libre, se caracterizan por una regulación mínima, enorme flexibilidad en sus políticas de inversión, la complejidad de algunas de sus operaciones y la escasa transparencia. El importante crecimiento de los hedge funds se atribuye a los bajos tipos de interés y al incremento de la liquidez global en busca de mayores rendimientos, parte del crecimiento de los HF 20 se debe a la entrada de inversores institucionales, fondos de pensiones y fundaciones, para una mayor diversificación de las carteras. Con la actual vulnerabilidad del sistema financiero tras la crisis, la opacidad de los HF ha despertado recelos sobre el riesgo de contagio a los mercados financieros globales, éstos se basan fundamentalmente en los instrumentos financieros usados por los HF, los derivados y el apalancamiento, y en la relación de los HF con los bancos de inversión y otros intermediarios financieros. El apalancamiento en los HF es clave para obtener mayor rentabilidad, pero también aumenta el riesgo en caso de pérdidas. En caso de quebrar un HF apalancado, afectaría también a los prestamistas, riesgo de contrapartida, y a otros agentes del mercado no vinculados directamente con los HF, riesgo de liquidez, afectaría a la estabilidad financiera global. 20 Noguer, M. (2008) La Caixa
21 Muchos bancos de inversión e instituciones financieras conceden préstamos a los HF, la dificultad de medir el riesgo de crédito asociado a un HF, por el uso intensivo de derivados y por la escasa cooperación internacional para facilitar información, es un riesgo sistémico en el sistema financiero global. Otro argumento para regular su impacto en la estabilidad financiera global es debido a la posibilidad de los HF de influir en los precios a consecuencia de su posición dominante en algunos mercados y como proveedores de liquidez. La quiebra de LTCM (Long Term Capital Management Fund) y la crisis de las hipotecas subprime han evidenciado cómo una crisis en la confianza de los mercados, debido a la falta de información sobre la localización y el nivel del riesgo en el sistema financiero, puede transformase en una crisis de liquidez y de solvencia y desestabilizar globalmente la economía. Los organismos reguladores buscan controlar el riesgo sistémico obligando a una mayor transparencia en cuanto al uso del apalancamiento 21 , a informar de sus posiciones de las participaciones significativas. La transparencia contribuiría a minimizar la toma de riesgo en algunas actividades al mismo tiempo que informaría a los mercados sobre el posible impacto de las posiciones de los hedge funds. A pesar de los objetivos de los reguladores, la supervisión de los HF es complicada por la falta de coordinación internacional, y resulta escasa en comparación con la actual regulación al sector bancario. Por tanto, otorga una ventaja competitiva a los hedge funds frente al sector financiero regulado y no se elimina el riesgo sistémico en los mercados financieros internacionales. 4.1. EL RIESGO DE LA BANCA EN LA SOMBRA La banca en la sombra es una de las deficiencias existentes en el sistema financiero antes del estallido de la crisis financiera internacional. La banca en la sombra son instituciones financieras no bancarias, que captan fondos a corto plazo en mercados monetarios y los usan para comprar activos con vencimientos más largos, similar a la actividad de los bancos comerciales. La diferencia que presenta la banca en la sombra es que no se encuentra sometida a la regulación bancaria tradicional, en una situación de stress no pueden tomar préstamos del banco central y además no tienen depósitos tradicionales cuyos fondos tienen una cobertura de seguro, es decir, están en la sombra. La banca en la sombra se caracteriza por una escasa transparencia acerca del valor de sus activos, por la escasa vigilancia regulatoria, la ausencia de capital para absorber 21 SánchezCalero, J., Tapia, A.J.(2013) Universidad Complutense
22 pérdidas y la imposibilidad de acceso a un respaldo de liquidez para hacer frente a pánicos bancarios. El problema se encuentra en la exposición, en el vínculo con los bancos tradicionales, por el riesgo de contagio al sistema bancario, tal como sucedió con las hipotecas subprime en Estados Unidos, y terminó afectando a la estabilidad financiera internacional. Los organismos supervisores tratan de contener esta exposición de los bancos tradicionales, de reducir el riesgo sistémico, con los incrementos en las normas de capital y de liquidez. En la situación actual de contracción del crédito al sector privado, los agentes económicos con necesidad de financiación buscan alternativas en la financiación y están recurriendo a la banca en la sombra. Un estudio de Luck y Schempp 22 sobre la transformación experimentada en el sector bancario a consecuencia de la nueva regulación y el efecto de las medidas en la coexistencia entre entidades financieras reguladas y entidades financieras no reguladas, los bancos en la sombra. La estabilidad financiera va a depender del tamaño y relevancia que adquiera la banca en la sombra, si el porcentaje es reducido el shadow banking es reducida la posibilidad de desestabilizar los mercados financieros, si por el contrario, el crecimiento de la banca en la sombra adquiere relevancia en el sector financiero global, la estabilidad financiera es frágil, por el posible efecto de un pánico bancario en el sector bancario en la sombra. Además, si la banca tradicional mantiene vínculos con la banca en la sombra el riesgo sistémico reaparece en la economía mundial. Estos expertos también inciden en la existencia de fallos en la regulación bancaria para prevenir una crisis bancaria. Se han sumado más expertos pidiendo reforzar el control sobre el sector bancario en la sombra, cuyo tamaño asciende a 60 billones de dólares a nivel mundial, en torno al 25% o 30% del sistema financiero, puede, por tanto, afectar a la estabilidad financiera. Recientemente el FMI 23 ha valorado la situación actual de la banca paralela y su impacto en los mercados financieros, debido al crecimiento que ha experimentado en las economías desarrolladas, con la excepción de China, donde se ha producido un importante crecimiento del sector bancario en la sombra, a una tasa de un 20% anual. El FMI apunta como causa de este crecimiento a las regulaciones más estrictas y a un aumento de la liquidez en los mercados financieros. Afirma que se encuentran indicios en las economías desarrolladas de una migración de las actividades tradicionales de la banca comercial, como el crédito a las empresas, hacia la banca en la sombra. 22 Luck, S., Schempp, P. (2014) BCE 23 FMI (2014) GFSR
23 Por otro lado, aunque se alerta del riesgo, reconoce los beneficios que puede tener la banca en la sombra, como una ampliación al acceso al crédito. Si se corrigen las lagunas regulatorias y se reducen al mínimo los riesgos sistémicos, la banca en la sombra puede mejorar la eficiencia en el sector financiero. La experiencia de la crisis financiera y las propias características del sistema financiero han evidenciado la dificultad de una medición exacta del riesgo asumido por las entidades financieras, imprescindible para una correcta supervisión del sector bancario en la sombra y sus vínculos con las entidades financieras reguladas. 5. IMPUESTO SOBRE TRANSACCIONES FINANCIERAS La quiebra de Lehman Brothers, la posterior crisis financiera junto con el elevado gasto público destinado a rescatar algunas entidades financieras, lo que provocó un gran deterioro de las finanzas públicas y derivó en algunos países en una crisis de deuda soberana, ha planteado el establecimiento de un gravamen sobre las transacciones financieras como mecanismo de compensación por el gasto público efectuado. El objetivo de dicho gravamen es garantizar que las entidades contribuyan equitativamente a la financiación de los costes generados por la reciente crisis y reforzar la eficiencia y estabilidad del sector financiero, al reducir las transacciones especulativas a muy corto plazo. Dado el elevado grado de movilidad de las operaciones financieras es necesaria una armonización en los impuestos de los distintos países al objeto de evitar una fragmentación en los mercados financieros, puesto que podría dar lugar a desplazamientos financieros desde los países con mayores tipo impositivas hacia los países con menor gravamen. El 2011 la Comisión Europea presentó su propuesta relativa el Impuesto sobre las Transacciones Financieras, ITF, el cual permitirá la creación de este impuesto en los 27 países miembros de la UE. Las reuniones del ECOFIN de junio y julio de 2012 manifestaron la ausencia de un acuerdo común para implantar el gravamen a corto plazo en el conjunto de la UE, han mostrado su rechazo al impuesto Reino Unido, Luxemburgo, Suecia, Países Bajos y República Checa. Las principales características del gravamen diseñado por la Comisión Europea son: - es un impuesto que grava las transacciones financieras tanto al comprador como al vendedor
24 - distingue entre los mercados organizados y no organizados: el mercado de Acciones y Deuda Pública se gravaría al 0,1%, el gravamen de los derivados sería del 0,01% - la base imponible la formará el importe del producto a precios del mercado - dos terceras partes de la recaudación se destinarán al presupuesto de la Unión Europea. Finalmente, la oposición algunos países miembros, principalmente el Reino Unido ha aplazado el establecimiento del gravamen. Algunos de los argumentos de estos países son: la introducción del impuesto puede tener un impacto significativo al afectar tanto a las entidades financieras como a sus clientes. La propia Comisión asume que el impuesto dará lugar a un cambio en el comportamiento de los mercados y que la rentabilidad de determinadas transacciones se verá afectada. Los valores negociados sobre los mercados de deuda emitidos por los Estados miembros es posible que sufran una contracción y con ello una reducción de la liquidez. El impuesto también tendrá un impacto negativo en la rentabilidad empresarial, en los fondos de pensiones y de inversión. Además las entidades financieras fuera del ámbito de aplicación evitarán operar con las entidades establecidas en Estados miembros y con los productos emitidos por estas. 6. REGULACIÓN EN EEUU TRAS LA CRISIS FINANCIERA Las deficiencias detectadas en la supervisión financiera, a raíz de la profundidad de la crisis financiera internacional, ha impulsado cambios en la regulación del sistema financiero. Las medidas adoptadas en Estados Unidos presentan diferencias con respecto a las adoptadas en los países europeos aunque existe una coordinación respecto a los objetivos: evitar costes a los contribuyentes, mayor supervisión y exigencias a las entidades sistémicas, proteger al consumidor de prácticas abusivas y de falta de transparencia en los productos financieros, mejorar la solvencia de las entidades minimizar los incentivos de los gestores a la toma de decisiones a corto plazo, es decir, reducir la asunción de riesgos elevados, modificar el marco de supervisión y evitar lagunas regulatorias que permitan a algunas entidades o actividades financieras quedar al margen de la supervisión. En Estados Unidos en 2009, poco después de implantar nuevas medidas para afrontar los efectos de la crisis, se manifestó la necesidad de realizar cambios en la regulación del sistema financiero, en el funcionamiento de algunos mercados, en las agencias de calificación, en las agencias de supervisión, y de los hedge funds. La propuesta final, DoddFrank Wall Street Reform and Consumer Protection Act, conocida como la Ley Dodd – Frank, se aprobó en julio de 2010.
25 La nueva legislación tiene como objetivos promover la estabilidad financiera y la protección al consumidor, para ello se crean dos nuevos organismos, el Consejo de Estabilidad Financiera y la Agencia de Protección al Consumidor Financiero. El Consejo de Estabilidad Financiera, se le asignan las funciones de identificar los principales riesgos sistémicos, designar las entidades sistémicas y recomendar medidas regulatorias, también deberá realizar informes sobre el impacto de las medidas regulatorias. La Agencia de Protección al Consumidor Financiero, se le asignan las funciones de proteger al consumidor de servicios financieros y de la educación financiera, este organismo tiene capacidad para supervisar, regular e imponer sanciones. Se integra en el organigrama de la Reserva Federal, con un alto grado de autonomía. La Reserva Federal mantiene y amplía sus competencias y su labor de supervisión. Se desarrollan medidas para minimizar los incentivos de las entidades sistémicas en acumular excesivos riesgos, además de incrementarse los requerimientos de capital, liquidez, apalancamiento, y concentración de riesgos en las entidades financieras se aprueban condiciones específicas que deben cumplir las entidades sistémicas. La nueva regulación establece limitación al tamaño con el objeto de prevenir el riesgo sistémico y la concentración de la competencia. También se aprobó la denominada Volcker rule, para separar el modelo de negocio de la banca, la banca tradicional de la banca de inversión, como una medida para medir y gestionar el riesgo de forma más eficaz. Sin embargo, esta medida no se aplica a las entidades sistémicas, en este caso la Reserva Federal deberá imponer mayores requisitos regulatorios. En la nueva legislación bancaria también se incluyen la modificación de los mercados de titulización, de los mercados de derivados y las agencias de rating. Para los mercados de titlulización se establecen mayores requisitos de información y transparencia en los activos que se titulizan, también se mejora el funcionamiento de las agencias de rating, un elemento clave en los mercados de titulización. Las agencias de calificación crediticia serán supervisadas por la SEC (Securities and Exchange Commission), que además emitirá normas para que a metodología y procedimientos utilizados queden reflejados en los ratings, también se introducen medidas para mejorar la competencia entre las agencias. También se han establecido cambios en el funcionamiento de las operaciones con derivados, primeramente pasan a estar regulados por la SEC, se les exige unos requisitos mínimos de capital y de depósitos de fondos para cubrir sus posiciones, también se exige la obligatoriedad de las cámaras de compensación, además se fomenta que las operaciones con derivados no las realicen las entidades financieras, sino por sus filiales, para que en el caso de posibles quiebras no puedan ser rescatadas por las Reserva Federal. La SEC también se ocupará de supervisar los hedge funds.
32 continuar con el crecimiento económico y aumentar la productividad. Mientras las economías avanzadas se recuperan de la crisis financiera, los mercados emergentes pueden verse afectados por una mayor volatilidad y mayor coste crediticio junto con el riesgo de salidas de capitales. El FMI urge medidas para mejorar la credibilidad, corregir los desequilibrios macroeconómicos y financieros que se generaron durante la etapa de la flexibilización cuantitativa, junto con el elevado endeudamiento público y privado. Un escenario adverso puede provocar una caída en el precio de los activos y una crisis de liquidez. Además un endurecimiento de los costes financieros puede afectar negativamente al sector privado y al sector público, consecuencia de su exposición a las tasas de interés en Estados Unidos, y transformarse en una crisis de deuda soberana. Una crisis financiera en los países emergentes también tendría consecuencias en las economías avanzadas, aún en una fase de recuperación y débil crecimiento, con dependencia de la demanda países en desarrollo. 8.1.COMPARATIVA CON LA CRISIS DE DEUDA LATINOAMERICANA DE 1980 La actual situación de ralentización en muchas economías en desarrollo junto a los desequilibrios gestados, en gran parte por la laxitud monetaria y la política de flexibilización cuantitativa de Estados Unidos, puede derivar en una crisis financiera con implicaciones directas a las economías desarrolladas. La crisis de deuda que vivió América Latina en 1980 es un referente en la situación actual para extraer conclusiones. El fuerte crecimiento de la deuda en América Latina en los años anteriores a la crisis se explica por una abundante disposición de financiación y abaratamiento en los costes financieros, también se debió a un cambio en las expectativas en el crecimiento de los países emergentes, con un promedio anual en torno al 6%. En 1982 la deuda viva se había duplicado en relación a los tres años anteriores. La política de subida de tipos de interés en 1978 tuvo como consecuencias el encarecimiento del crédito y la apreciación del dólar. La deuda de América Latina estaba denominada en dólares esto se tradujo en un incremento tres veces superior de los intereses de la deuda. Se dieron varias fases en la gestión de la crisis, una conocida como Plan Brady y otra conocida como Plan Baker. Inicialmente la crisis de consideró un problema de liquidez, no de solvencia. El llamado Plan Baker se basaba en un ajuste estructural con crecimiento, privatización de empresas públicas y liberalización de los intercambios comerciales entre estos países. El
33 plan resultó ser insuficiente, el principal fallo fue no identificar problema de solvencia en determinadas economías sumado a la posterior caída del precio del petróleo perjudicando a México y otros países productores de crudo. El Plan Brady, 1989 – 1998, que mantenía los esquemas del plan Baker, se diagnosticó un problema de solvencia y aumentó la preocupación por el impacto de la crisis en la actividad económica de Estados Unidos, todos esfuerzos se orientaron en la reducción de la deuda en América Latina. El plan Brady asignó 30.000 millones de dólares (24.000 millones provistos por el FMI y el Banco Mundial y 6.000 millones provistos por Japón) a operaciones de recompra de deuda, incluyendo la cobertura de garantía de los llamados bonos Brady, estos bonos combinaban una reducción de la deuda y garantizaban al acreedor el pago restante de la deuda, la quita de la deuda se negociaba entre el Gobierno deudor y los bancos acreedores, el resto de la deuda se garantizaba con la emisión de un bono del Tesoro norteamericano. Hasta 1998, se acogieron a la restructuración de la deuda bajo el Plan Brady 17 países, la quita promedio fue del 30%, aunque menor en el caso de los grandes deudores como México (quita del 14%) y Brasil (quita del 12%). Los bancos norteamericanos expuestos a la deuda de los países latinoamericanos tuvieron que aumentar sus provisiones para cubrir los créditos impagados, en 1987 Citicorp estableció una provisión por pérdidas para cubrir más de un 30% de su exposición a la deuda latinoamericana. El impacto en los bancos afectados fue descenso en su rentabilidad, un 4,2% de ROE en comparación con un 9% del resto de la banca norteamericana. Es importante destacar que la quita de deuda fue posible porque el sistema bancario internacional contaba con capital suficiente para asumirla y en un entorno de crecimiento económico en las economías avanzadas. Los actuales cambios regulatorios han fomentado una tendencia a la concentración de la banca en los mercados de deuda pública por los incrementos exigidos en los requerimientos de capital. Además muchos de los fondos del programa QE de la FED se han dirigido a los países en desarrollo creando una burbuja financiera. La retirada de estímulos por la FED y con un horizonte de próximas subidas de tipos de interés por la Reserva Federal y el Banco de Inglaterra, abre la posibilidad de una nueva crisis financiera. En las economías emergentes una crisis financiera tiene mayor probabilidad de derivar en una crisis de deuda soberana 29 e impactar en el sector bancario de las economías avanzadas, aún inmersas en una fase de lento crecimiento y recuperación económica. 29 Reinhart, C.M., Rogoff, K.S. (2011)
34 8.2. FOCO DE ATENCIÓN EN LOS BANCOS SISTÉMICOS DE CHINA Por el contrario, expertos están alertando de una posible crisis en algunas economías emergentes, como es el caso de China. Actualmente el mayor riesgo sistémico del mundo se encuentra en los bancos Chinos, según un estudio del Laboratorio de Volatilidad de la Escuela de Negocios Stern de la Universidad de Nueva York, el coste de rescatar los bancos de China casi se ha cuadruplicado en los últimos tres años, supera los 526.000 millones de dólares, el más alto de cualquier sistema bancario. Este sería el coste de asegurar la solvencia en caso hipotético de que las acciones cayeran más de un 40% en seis meses. El segundo país con mayor riesgo sistémico, según la lista del Laboratorio de Volatilidad, es Japón con un coste de un hipotético rescate a la banca de más de 490.000 millones de dólares, el tercer país del listado es Francia, con un coste estimado de casi 350.000 millones de dólares. En Estados Unidos un el coste de un rescate estaría en 300.000 millones de dólares. El informe sostiene que los bancos chinos no están dotados de suficiente capital para afrontar una crisis en el sector financiero. Las causas son un incremento del 25% en gasto público, junto con el incremento del nivel de apalancamiento del sector privado. Además China está expuesta al aumento de tipos de interés en Estados Unidos dado su elevado endeudamiento extranjero, con las consecuencias de un empeoramiento de las condiciones de financiación para el sector privado y para el sector financiero. China pudo evitar el contagio de la crisis internacional debido al fuerte control sobre los flujos de capital de las autoridades, pero debido a un menor crecimiento de la economía del esperado las autoridades han permitido la entrada de más capital extranjero al país para impulsar el crecimiento. Este incremento de los vínculos o de exposición a la economía mundial ha mermado el férreo control de las autoridades sobre los flujos de capital, de esta forma China se encuentra expuesta a las subidas de tipos de interés mundiales y a las fugas de capital. Esto podría forzar al Banco Popular de China a intervenir relajando sus medidas con el objetivo de evitar que los tipos impositivos aumenten. También existe una preocupación por parte del aumento de la deuda extranjera de China fuera del país, muchos de estos préstamos se ha destinado a financiar la expansión internacional de grandes compañías chinas, pero una parte de dicha deuda extranjera puede estar vinculada a activos inmobiliarios muy expuestos a un aumento de los tipos de interés y a una ralentización en el crecimiento de la economía china. El informe del Laboratorio de Volatilidad no alerta de una nueva crisis financiera, es una valoración de las entidades sistémicas, si hace una incidencia de que en un escenario de estrés la banca china no cuenta con suficiente capital para afrontar una crisis en su sistema financiero.
35 Sin embargo, si se considera el porcentaje del sector bancario chino sobre el PIB, la banca china podría ser rescatada por el Gobierno y su impacto en las arcas públicas sería menor que el caso de Francia, Reino Unido y Japón, donde el peso del sector bancario respecto al PIB es mayor. Aun con todo, tanto el FMI como el Banco Mundial ven una necesidad en promover reformas, recientemente el FMI ha propuesto liberalizar el sector bancario, controlar el crédito y el crecimiento del sector bancario a la sombra por parte de las autoridades chinas. En suma, China podría superar una crisis financiera, incluso sin disponer su sector bancario de suficiente capital, con fondos del Estado y evitar una recesión como la reciente vivida en Estados Unidos y la Unión Europea. 9. CONCLUSIONES La crisis financiera de 2007 ha transformado el panorama financiero internacional, el modelo de negocio bancario “originar para distribuir”, vigente en los años previos al estallido de la crisis, es la principal causa de la gran crisis de confianza que ha afectado a intermediarios y a mercados financieros, provocando cuantiosas pérdidas a los grandes bancos internacionales de inversión. La crisis de confianza se transformó en una crisis de liquidez que obligó a intervenir a los bancos centrales de las principales economías del mundo para proveer liquidez y evitar el colapso y la desestabilización del sistema financiero. Debido a la intervención de los gobiernos la crisis de liquidez derivó hacia una crisis de deuda en algunos países, obligando al banco central a utilizar instrumentos no convencionales. Así como muchos elementos de esta crisis presentan similitudes con crisis anteriores, la crisis de liquidez ha sido un elemento novedoso que ha constituido un reto para los gobiernos en todo el mundo, para los organismos supervisores y para bancos centrales, los cuales ha utilizado una serie de medidas extraordinarias para apoyar la intermediación financiera, la transmisión de la política monetaria y la estabilidad financiera. Los gobiernos han tenido que implementar reformas estructurales para garantizar la solidez de las finanzas públicas y la estabilidad macroeconómica. Basilea III es el nuevo marco regulatorio que ha surgido como respuesta a los errores detectados en la supervisión bancaria en los años previos al estallido de la crisis financiera. Los principales problemas en la regulación anterior fueron: el modelo de negocio “originar para distribuir”, la competencia por cuota de mercado, la dificultad en la medición del riesgo, la falta de transparencia, la inexistencia de regulación macroprudencial y la interrelación entre las entidades financieras no reguladas y las entidades financieras sistémicas.
36 Junto a Basilea III se han propuesto otras medidas, como el impuesto sobre las transacciones financieras, para tratar de reducir los incentivos y compensar el coste que ha supuesto a las arcas públicas la crisis financiera. La existencia de desacuerdos entre los países de la eurozona ha aplazado esta medida, debido a la desconfianza de algunos países al impacto de la medida en los flujos de ahorro. Las medidas regulatorias propuestas en Basilea III se fundamentan en un incremento de los requerimientos de capital y de liquidez, así refuerza y mejora la calidad y el nivel de capital, introduce nuevas medidas, como los colchones de capital, la ratio de apalancamiento y la ratio de liquidez. Además se elevan los requerimientos de capital por encima del mínimo regulatorio para las entidades financieras sistémicas, para reducir el riesgo sistémico. Con el nuevo marco regulatorio se pretende minimizar los incentivos a la asunción de riesgos excesivos por los intermediarios financieros. La nueva legislación reguladora tiene por objetivo fortalecer la solvencia de las entidades financieras y cubrir los agujeros regulatorios en el anterior marco regulatorio para prevenir la repetición de una crisis financiera sistémica. También se ha dado un periodo amplio de tiempo para cumplir con todas las exigencias, sobre todo en la actual fase de debilidad y recuperación económica, puesto que algunos requerimientos pueden tener efectos negativos en la recuperación económica. Tras la aprobación de Basilea III han surgido dudas acerca de la efectividad y el impacto de la nueva legislación. Por un lado, no se ha podido demostrar empíricamente que un incremento de los requerimientos de capital reduzca la toma de riesgos, incluso algunos expertos 30 concluyen que el efecto puede ser negativo e incentivar a mayores riesgos para mejorar la rentabilidad debido al incremento en los costes por los nuevos requerimientos de capital. El nuevo ratio de liquidez puede concentrar los mercados de financiación de las entidades y en una situación de crisis reducir la liquidez de estos mercados, por tanto puede tener efectos negativos en el riesgo sistémico. La búsqueda de activos de elevada liquidez por las entidades puede incrementar la demanda de deuda pública y perjudicar a los mercados considerados ilíquidos por la nueva legislación reguladora. Otra de las dudas en cuanto a la eficacia de Basilea III es la dificultad para medir el riesgo debido a la variedad y complejidad de los instrumentos financieros. Aunque Basilea III introduce medidas para reducir el riesgo de contrapartida y supervisar de forma directa las entidades de crédito, la existencia de entidades financieras no reguladas o sometidas a una laxa supervisión, como las empresas financieras o los hedge funds, se introduce una distorsión en el mercado puesto que dichas entidades pueden apalancarse y asumir riesgos en mayor medida que las entidades reguladas afectando a los precios competitivos. 30 Gual, J (2011b)
37 A corto plazo, Basilea III ha modificado el modelo de negocio de las entidades financieras, y hasta que se implemente en su totalidad, el objetivo de las entidades va a ser mejorar la eficiencia en la gestión y en disminuir los costes asociados a los nuevos requerimientos de capital y liquidez. Estas medidas pueden trasladarse a la economía real en forma de una contracción del crédito y mayores precios, en un contexto de débil recuperación económica estas medidas pueden ralentizar la recuperación. Por ello, los bancos centrales de las principales economías del mundo han adaptado sus políticas monetarias con medidas convencionales y no convencionales para proveer liquidez a las entidades financieras. La combinación de las medidas más restrictivas del nuevo marco regulatorio junto con las inyecciones de liquidez pueden tener efectos negativos en los mercados financieros. A corto plazo, puede producir un excesivo crecimiento del sector bancario en la sombra, consecuencia de la necesidad de buscar nuevas fuentes de financiación ante la contracción crediticia, y las oportunidades de obtener mayores rentabilidades en un contexto de bajos tipos de interés. Recientemente el FMI y expertos del BCE, han publicado estudios alertado del riesgo que supone para la estabilidad financiera el crecimiento del sector bancario en la sombra, debido al vínculo con las entidades financieras reguladas. El FMI propone reforzar la supervisión, para aprovechar los beneficios que puede proporcionar a la economía la banca en la sombra. Cabe cuestionarse la lógica de la existencia de entidades financieras sometidas a regulación y entidades financieras apenas reguladas. Esta distorsión, que otorga ventaja competitiva a las no reguladas respecto a las reguladas, se trasladará a los precios y a un aumento de la demanda de activos con riesgo. De forma, que mientras existan diferencias en la regulación, y existan diferencias en los precios, la banca en la sombra seguirá aumentando su tamaño. A largo plazo, es probable que las medidas implementadas tengan efectos positivos en cuanto al reforzamiento del sistema financiero, al disponer de más capital para afrontar turbulencias y reducir el coste de posibles futuras crisis. Sin embargo, no se puede garantizar que la nueva legislación minimice los riesgos ni cambie el comportamiento de los agentes, en busca de una mayor rentabilidad o cuota de mercado debido al incremento en los costes de financiación tras los nuevos requerimientos de capital. Una lección que nos ha dejado la crisis ha sido el exceso de confianza en los mercados financieros, en subestimar los riesgos, en la creencia de que shocks en los precios no podían impactar de forma grave y persistente en la economía, y en que los problemas de liquidez y de solvencia se localizaban fundamentalmente en las economías emergentes, pero no en las desarrolladas.
38 BIBLIOGRAFÍA Arce, O., González Pueyo, J., Sanjuan, L. (2010) El mercado de credit default swaps: Áreas de vulnerabilidad y respuestas regulatorias. CNMV. Documento de trabajo nº 42 AspachsBracons, O., Bulach, M., Gual, J., Jódar-Rosell, S. (2010) Hacia una nueva arquitectura financiera. La Caixa. Documento de Trabajo nº18. Azpeitia, F., Foncillas, B. MacManus, P., Manzano, D. (2012) Retos en la implantación de Solvencia II. Análisis Afi. Enero. p. 62-68. Berganza, J.C., Hernando, I., Vallés, J., (2014) Los desafíos para la política monetaria en las economías avanzadas tras la gran recesión. Banco de España. Documentos Ocasionales nº 1404 Bernanke, B. (2014) Mis años en la Reserva Federal. Deusto. Grupo Planeta Carbó, S., Rodriguez, F. (2014) El sector bancario español: una comparación con sus homólogos europeos. Cuadernos de Información Económica nº238 Fondo Monetario Internacional (2014) Shadow banking around the globe: how large and how risk? Global Financial Stability Report Gavilán, A. (2010) Impacto macroeconómico del reforzamiento de los requisitos de capital y liquidez. Banco de España. Estabilidad Financiera nº19 Gil, F., Manzano, F. (2014) Requerimientos prudenciales y ajustes valorativos por riesgo de contrapartida en derivados OTC: situación actual y perspectivas. Banco de España. Estabilidad Financiera nº 24 Gonzalez-Páramo, J.M. (2012) Discurso Jornadas Economía y Derecho de la Competencia. Universidad de Málaga Gual, J. (2009) El carácter procíclico del sistema financiero. La Caixa. Documento de trabajo nº14 Gual, J. Jódar-Rosell, S. (2009) Ayudas públicas en el sector bancario: ¿rescate de unos, perjuicio de otros? La Caixa. Documento de trabajo nº13 Gual, J. Jódar-Rosell, S. (2014) La prociclidad del sistema financiero tras las reformas. La Caixa. Documento de trabajo nº27 Gual, J. (2011a) Nuevas regulaciones de capital en banca: una reflexión crítica. La Caixa. Documento de trabajo 04/11
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41 ANEXO Gráfico 1 Grafico 2 Fuentes: BCE, Bloomberg y Datastream