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La fundación del convento de San José de Medina de Rioseco (Valladolid)

Ramos de Castro, Guadalupe

Abstract

El convento de San José de Carmelitas Descalzas fue fundado en Medina de Ríoseco (Valladolid) a fines del siglo XVI, gracias a la generosidad de una mujer llamada María de la Fuente o también María Rica, natural de Ventosa (Valladolid), casada con Melchor de Monroy, natural de Alaejos (Valladolid), ambos muy hacendados. Al enviudar de éste y habiendo muerto sus hijos y padres, decidió dejar todos sus bienes para la fundación de un nuevo convento de Carmelitas Descalzas. Este convento, por Real Orden, se edificaría en Medina de Ríoseco y no en Tordesillas, donde en principio se había solicitado. Ingresó también ella en la Orden, en el convento de Carmelitas Descalzas de Salamanca, tomando el nombre de María de la Purificación. Exigió Da María, antes de profesar, que el convento que se debía fundar, estuviese bajo el patrocinio de San José y que, realizada la nueva fundación, se la trasladase a ella. Asimismo, que después de su muerte, se la enterrase con su marido y padres, en medio de la capilla mayor de la iglesia de ese convento, sin que se permitiera jamás a nadie, por ningún motivo, enterrarse allí; aunque sólo sus armas deberían figurar sobre la lápida de su tumba. La ausencia de sus escudos en la capilla mayor contribuyó a que pasase desapercibida su fundación, atribuyéndosela a Da Victoria Colonna, que posteriormente colocó sus escudos, sobre la fachada de la iglesia del convento.

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LA FUNDACIÓN DEL CONVENTO DE SAN JOSÉ DE MEDINA DE RIOSECO (VALLADOLID) GUADALUPE RAMOS DE CASTRO Resumen El convento de San José de Carmelitas Descalzas fue fundado en Medina de Ríoseco (Valladolid) a fines del siglo XVI, gracias a la generosidad de una mujer llamada María de la Fuente o también María Rica, natural de Ventosa (Valladolid), casada con Melchor de Monroy, natural de Alaejos (Valladolid), ambos muy hacendados. Al enviudar de éste y habiendo muerto sus hijos y padres, decidió dejar todos sus bienes para la fundación de un nuevo convento de Carmelitas Descalzas. Este convento, por Real Orden, se edificaría en Medina de Ríoseco y no en Tordesillas, donde en principio se había solicitado. Ingresó también ella en la Orden, en el conven- to de Carmelitas Descalzas de Salamanca, tomando el nombre de María de la Purificación. Exigió Dª María, antes de profesar, que el convento que se debía fundar, estuviese bajo el patrocinio de San José y que, realizada la nueva fundación, se la trasladase a ella. Asimismo, que después de su muerte, se la enterrase con su marido y padres, en medio de la capilla mayor de la iglesia de ese convento, sin que se permitiera jamás a nadie, por ningún motivo, enterrarse allí; aunque sólo sus armas deberían figurar sobre la lápida de su tumba. La ausencia de sus escudos en la capilla mayor contribuyó a que pasase desapercibida su fundación, atribuyéndosela a Dª Victoria Colonna, que posteriormente colocó sus escudos, sobre la fachada de la iglesia del convento. BSAA arte, LXXI, 2005, pp.175-191 Abstract The Discalced Carmelites convent of Saint Joseph was founded by María de la Fuente, also known as María Rica, in Medina de Rioseco (Valladolid), in the last years of the 16th century. María de la Fuente was born in Ventosa (Valladolid) and married Melchor de Monroy, from another village called Alaejos (Valladolid); both of them were wealthy people. When María de la Fuente became a widow and after her sons and parents died, she decided to devote all of her properties to the fondation of Carmelites’convent and enter the Religious Order with the name of María de la Purificación. The donation was conditionated to the accomplishment of the following requirements: the convent should be under the protection of Saint Joseph; she should move in the new convent and, after her death, she should be buried in the centre of the main chapel; her husband and parents should be buried next to her and nobody could be buried there anymore in the future; her coat of arms would be the only sign on her grave. The absence of family heraldic bearings in the Main Chapel contributed to fact that the donation of Dª María de la Fuente went unnoticed, being attributed to Dª Victoria Colonna who placed, at a later time, her own coat of arms on the Convent’s façade. El convento de San José de Carmelitas Descalzas de Medina de Ríoseco está hoy de actualidad, al haber quedado sin función por el trasladado a Valladolid de la comunidad de religiosas que residía en él, lo que ha dado lugar a un litigio todavía vigente. Por ello me ha parecido de interés aportar las noticias que sobre su fundación he podido encontrar en el Archivo Histórico Provincial de Valladolid y que he completado con la consulta del Archivo Histórico Provincial de Salamanca. Se interesó especialmente por este convento Esteban García Chico, quien público varías reseñas sobre él1. García Chico manejó la documentación de las Actas del Ayuntamiento y los protocolos notariales de Medina de Ríoseco, además de algunos documentos existentes en el Archivo del Convento de San José, pero se sirvió principalmente, como él mismo señala, de una historia titulada Crónica de los 176 GUADALUPE RAMOS DE CASTRO 1GARCIA CHICO, Esteban, “La Orden Carmelitana, en Medina de Ríoseco”. Boletín de la Academia de Bellas Artes de Valladolid, nº 11 (1934) pp.21- 42. Este artículo lo publico en separata, posiblemente años después, no tiene fecha, con el mismo título, en la imprenta Castellana de Valladolid. Años después publico en la misma Revista: Boletín de la Academia de Bellas Artes de La Purísima Concepción de Valladolid con el título: “Monasterio de San José de Carmelitas Descalzas” nº 20 (1947) pp. 42- 49; nuevos datos encontrados, pertenecientes a los contratos de las obras del convento. Estos trabajos los volvió a repetir, a veces más abreviados en todas las publicaciones que hizo sobre Medina de Ríoseco, como: La ciudad de los Almirantes, su historia y tesoro Artístico. Valladolid, Imprenta de la Diputación Provincial, 1945 y en Catálogo Monumental de la Provincia de Valladolid. Medina de Ríoseco. Excma. Diputación Provincial. Valladolid, 1956. Todos los que han escrito después sobre Medina de Ríoseco, se han limitado a repetir o copiar estos datos de García Chico. Carmelitas Descalzos, escrita en 1678 por un carmelita llamado fray José de Santa Teresa, que adolece de algunas inexactitudes. No deja de reseñar García Chico que lo que cuenta este fraile, no coincide con lo que lee en las Actas del Ayuntamiento: “El nombre de Doña Victoria Colonna, ni incidentalmente surge en el acta de la sesión municipal donde toman el acuerdo de recibir la fundación”. Doña Victoria Colonna era la mujer de don Luís Enríquez de Cabrera, Almirante de Castilla. En la descripción que da García Chico sobre la fundación de este convento, sacada de la Tercera parte de la crónica de fray José de Santa Teresa, Reforma de los descalzos de nuestra Señora del Carmen de la primitiva observancia hecha por Santa Teresa de Jesús… de 1683, hay un error en los nombres de las primeras monjas, y otro en asignar a la superiora Madre Mariana del Espíritu Santo el pensar en Medina de Rioseco, como lugar para una nueva fundación de monjas carmelitas. Así lo recogió en su primer articulo sobre el convento de San José: “Dio los primeros pasos en ella (la fundación) la Madre Mariana del Espíritu Santo que pasando de Salamanca a ser Priora de Palencia, gano en el camino a Doña Petronila de Neira, doncella virtuosa y principal y ella ofreció cuatro mil ducados de dote, comenzó la Madre María a pensar era buen principio para que en Ríoseco se fundase convento de descalzas. Comunicó su pensamiento a los prelados, sabiendo que María de la Visitación recién profesa en Salamanca, había dejado a su voluntad seis mil ducados para que se hiciese una nueva fundación y que en Medina de Ríoseco sería admitida, dieron licencia con gusto”. Esta María de la Visitación, no fue tal, sino María de la Purificación, como después se recoge al nombrar a las nueve monjas que fueron las primeras a vivir a Medina de Ríoseco. María de la Purificación fue el nombre que tomo al ingresar en el Carmelo doña María de la Fuente, también llamada María Rica, natural de Ventosa de la Cuesta. Comprobando los libros de Bautismo de Ventosa he hallado que el apellido Rico abunda mucho, sobre mediados del siglo XVI, en este pueblo, y que en esos años, lo ponen en femenino si la que lo lleva es una mujer, también abundan los apellidos como Buenaposada, Paniagua y Quadra, y además el nombre de María era muy habitual; no obstante solo he encontrado un bautizo en el que los apellidos Fuente y Rico coincidan; y es éste: “Día de la Epiphania del año 1556 años yo el bachiller stevan Moro cura theniente en el lugar de Ventosa baptize una hija de Miguel Rico y de su muger Juana de la fuente llamose María fue su padrino Antón Paniagua el moço y su madrina la de Marcos de Buena posada en fe de lo qual lo firme de mi nombre. (Firmado) Bachiller /Stevan Moro.2Dado que se bautiza- LAFUNDACIÓN DEL CONVENTO DE SAN JOSÉ DE MEDINA DE RIOSECO 177 2ARCHIVO DIOCESANO GENERAL DE VALLADOLID. Ventosa de la Cuesta. Libro de Bautismos nº 1, años 1546-1608. ba a los niños a las 24 horas de nacer, o al menos, dentro de los primeros días, hay que pensar que doña Francisca nació en los primeros días de enero de 1556. Como era bastante habitual, en esos años aún, el apellido de la madre, solía heredarse antes que el del padre. Y por lo que se deduce del memorial de bienes de donación a la Orden carmelitana la fortuna de esta familia era grande. Francisca de la Fuente caso con Melchor de Monroy el 9 de febrero de 1578. Acaba de cumplir 22 años. Así se recoge en el libro de matrimonios de Ventosa: “Domingo en nuebe de febrero de mil quinientos y setenta y ocho desposse por palabras de presente a Melchor de Monrroy natural de Alaexos con María Rica vecina desta villa aviendo precedido las solemnidades del Santo Concilio a lo qual fueron testigos Rodrigo Hernández clerigo y Alonso de Buenaposada alcalde y todo el pueblo y porque es verdad lo firme de mi nombre fecho ut supra (firma) Alonso borya” Al margen “Y los vele”3El dato “todo el pueblo”, no suele aparecer, lo cual indica que fue una boda muy sonada, efectivamente con esta boda se unieron dos familias muy hacendadas. Sin embargo el marido moriría, once años después, en 1589, estando en plena madurez4. De este matrimonio tuvieron dos hijos, aunque, 178 GUADALUPE RAMOS DE CASTRO 3ARCHIVO DIOCESANO GENERAL DE VALLADOLID. Ventosa de la Cuesta. Libro de Casados nº 1, Años 1571-1641. 4ARCHIVO DIOCESANO GENERAL DE VALLADOLID. Ventosa de la Cuesta. Difuntos, Libro 1:” A veynte y ocho de Agosto de 1589 años, murió Melchor de Monrroy vezino desta villa de Ventosa. Avía recibido los tres Sacramentos y otorgado testamento ante Gaspar de la Cuadra escribano, en que mando lo sigiente: -la sepultura sea en la igglesia de Santa María de esta villa, en la de su suegro. -El entierro con los clerigos que se pudieren aver por la comarca hasta veynte y quatro, con veynte hachas y los cirios necesarios y media carga de pan de ofrenda, den a cada clerigo quatro reales y de comer (En el entierro de Alonso Berruguete Pereda, Señor de la Villa, fueron 10 clérigos, habitualmente eran tres si la Santa Misa era cantada. Y lo que se solía dar era real y medio y si se les daba un real más no se les daba de comer. Estos datos sirven para valorar su esplendidez y también sus posibilidades económicas). -Honrras y cabo de año se haga conforme al entierro. -hagase novenario cumplido conforme a su calidad. -Llevese de añal tres cargas de pan cozido con sus candelas. -Diganse en esta iglesia cuatrocientas missas rezadas por su anima y den cera para ellas. -Cinco missas de las plagas por su anima luego como muera (En todos los testamentos de Matapozuelos mandan decir estas cinco misas a las llagas “plagas” de Jesucristo crucificado). -por sus padres y abuelos y por quien cargo tiene, trescientas missas en el abrojo. -por su anima cient misas en el carmen de Valladolid y otras ciento fray Remigio de Segovia en los altares que se saca una anima del purgatorio. -a las mandas pias y redempción de cautivos cada una quatro maravedis. -paguen a quien jurase que se le debe algo hasta quatro reales. sorprendentemente, ella nunca los cita en documentación posterior; Inés y Francisco, que murieron siendo niños. Inés, había muerto en 15875viviendo aún su padre, y Francisco sobrevivió a su padre cinco años6. Cuando Doña María de la Fuente quedo viuda, en aquellos momentos con un hijo vivo, vivían también su madre y una hermana casada con hijos, que enviudaría unos años después. Su padre había muerto el 1 de junio de 1579; y al quedar doña María viuda, se vino con su madre a vivir a Valladolid, aunque pasaban temporadas en Ventosa. Por eso, su hijo murió en Valladolid. Al morir su madre, estaban en Ventosa, fue el día 2 de junio de 15967. Al quedar doña María sola y sin compromisos familiares, y teniendo gran cariño y devoción al Carmelo, decidió dejar toda su fortuna para fundar un nuevo convento de la Orden, tal como se recoge en la documentación consultada: “Digo que por quanto yo he tenido y tengo grande deboción a la horden de descalças carmelitas de nuestra señora del monte Carmelo y que mi deseo a sido siempre de lo que en mi fuere pusible acudir a las cosas de esta santa Horden y Religión para que antes baia en aumento que no que benga en diminuzion y entre mis buenos deseos que ansi he tenido y tengo a sido el que con ayuda de mi hazienda se haga y funde un monasterio de monxas descalças de la dicha horden en la LAFUNDACIÓN DEL CONVENTO DE SAN JOSÉ DE MEDINA DE RIOSECO 179 -A seys pobres se de a cada uno una ropa de los desta villa y de comer en los tres oficios. -Den dos ducados a la iglesia de Ventosa. -Den a la cofradía de el Santísimo Sacramento un ducado”. Deja como testamentarios a su mujer María y a Antón Paniagua. El testamento se hizo el día 1 de agosto de 1589. La escribanía de este notario no se haya en el Archivo Histórico Provincial de Valladolid. 5ARCHIVO DIOCESANO GENERAL DE VALLADOLID. Ventosa de la Cuesta. Libro de Difuntos, nº 1: 1587 “A siete días de Junio de1587 fallescio Inesica una niña de Melchor de Monrroy y enterrose en la sepultura de sus abuelos” 6ARCHIVO DIOCESANO GENERAL DE VALLADOLID. Ventosa de la Cuesta. Libro de difuntos nº 1: 1594, “A treynta días del mes de noviembre de mill y quinientos y noventa y quatro murió en Valladolid, Francisquito de Monrroy niño. Enterrose en esta iglesia”. 7ARCHIVO DIOCESANO GENERAL DE VALLADOLID. Ventosa de la Cuesta. Libro de difuntos nº 1: “Juana de la Fuente murió a dos de julio, día de Nuestra Señora del Rosario, reçibio el Sacramento de la eucaristía y no el de la extremaunción porque cuando llamaron se avía ya muerto”.Se recogen las mandas testamentarias correspondientes a la Iglesia, muy generosas, dispone que a su entierro vengan ocho clérigos y cuatro frailes, a los que se den dos reales a cada uno y de comer, como a todos los pobres que se hallaren más 4 maravedís , a cada uno de ellos una fanega de trigo para que rueguen a Dios por su alma. Dentro de las muchas Misas que ordena, en más de una manda, dispone que se digan en el monasterio del Carmen en Valladolid. villa de Tordesillas o en la parte sitio y lugar donde se alcanzara facultad para le poder haçer y que más comoda y aparejado sea para el dicho efecto” 8 Doña María de la Fuente “hiço y otorgo una escriptura de donación entre bivos en la qual dio y donó a la dicha horden los bienes muebles y raizes casas zensos tierras dineros trigo alahajas y preseas de casa contenidas y espresadas en un memorial”9. En el año 1598, doña María había ya ingresado en el conven- to de Carmelitas descalzas de Salamanca, y especificó una serie de condiciones que se recogen en la escritura que hace ante el notario Francisco de Çamora, que acepta fray Tomás de Jesús, fraile profeso de la Orden de Descalzos Carmelitas de Nuestra Señora del Monte Carmelo, provincial de la Orden en la Provincia de Castilla la Vieja, bajo la advocación de San Elias, en 14 de agosto de 1598. A las condiciones que puso al Provincial, antes de entrar en el convento de Salamanca y entregar sus bienes, sólo se hizo por escrito una: “que se le diese la capilla mayor con una sepultura piedra y letrero y harmas en que ella se enterrase y se pusiesen los guesos de sus padres y del dicho Melchor de Monrroy su marido” y las otras condiciones se hicieron solo de palabra “por no dar dellas quenta a su Majestad ni a los Señores de su Consejo porque no se pusiese ynconveniente en la concezesión de la fundaçión del monasterio que la dicha Mª de la Purificación pretende hazer en la villa de Tordesillas o en la parte e sitio y lugar donde mas comodidad ubiere y fuere conzedida”. Ahora, siendo novicia y antes de profesar, se perfilan más las condiciones que había puesto, y todo hecho por escrito: “Primeramente que según ba dicho y declarado hazete la dicha donazión con condizión se le uviese de dar la capilla mayor del dicho Monasterio que ansi se uviese de hazer y fundar y se le señalara una sepultura en medio de la capilla para que en ella se pongan los guesos de sus padres y del dicho Melchor de Monrroy su marido y se entierre Francisca Rica su hermana y se pondrá enzima de la dicha sepultura una piedra con sus armas y letrero y que en tiempo alguno no se pueda dar ni abrir la dicha capilla y sepultura a otra persona alguna por ningún prescio de maravedis que por ello la dicha cassa quieran dar, quedando reservada la dicha capilla y sepultura como desde luego se reserba por suya y como suya” “Otro si es condiçión que atento que en la dicha donazión se diçe y declara que en caso que no haya lugar la conzesión de la dicha donación reserba en si el poder disponer de los bienes de que ansí la hiço para cuyo hefecto y poder 180 GUADALUPE RAMOS DE CASTRO 8 ARCHIVO HISTORICO PROVINCIAL DE SALAMANCA. Protocolos, Sig. 5309, f.421. Salamanca, 24 de agosto de 1598. 9ARCHIVO HISTORICO PROVINCIAL DE SALAMANCA. Protocolos. Sig. 5309, F. 417. disponer se nos da un termino competente (un año) en que podamos traher la dicha facultad si se quisiere conzeder pero porque se podía dilatar y entretener con razones aparentes asta tanto que la susodicha yciese profesión, en que no habría lugar su dispusizión o que se muriese sin poder disponer ni goçar del hefeto para que la hiço es bisto y se entienda que si queda la dicha horden con la dicha hazienda y para el efecto contenido en la dicha donazión, en lugar de la dicha Mª de la Purificazión ayamos de reszevir y rezivamos por monja de coro a una hija de Andrés de Arguelles y de doña Juana Velazquez su muger, sobrina de la dicha Mª de la Purificazión, con la mesma carga y obligazión que se contiene en la dicha donazión y condisiones desta escriptura sin que sea obligada la tal monja a llebar al dicho Monasterio dote ni entrada ni cosa alguna y en caso que la dicha María de la Purificazión profese no a de dar ninguna entrada ni dote, sino que la quenta de los bienes donados, a de ser reszebida por monja de coro y zesa el que en su lugar se aya de meter y reszevir otra”. “Otro si condiçión que por quanto la dicha Mª de la Purificazión en una escriptura que hiço y contrato con la priora monjas y convento de las descalças de la Villa de Medina del Campo, ante Cristóbal Mendez, escribano del Numero de la dicha villa se obligó de dar a Juana Carrillo ziertas quantias de maravedis para su dote y entrada en el dicho monasterio como de la escriptura consta, que se entienda que la dicha Juana Carrillo aya de entrar por tal monja de coro en el monasterio que ansi se a de fundar queriendo y no queriendo sino quedar en la dicha casa de Medina, que los dichos maravedis que ansi se la mandaron por la dicha scriptura se los ayamos de dar para que la susodicha sea monja en el dicho monasterio de los bienes que ansi se hizo la dicha donazión, sin que por la dicha María de la Purificazión ni los demas de sus bienes y ni herederos sean obligados a cumplir la dicha escriptura de promesa ni dar a la susodicha cosa alguna sino que como hesta dicho de los bienes ansi donados se le aya de dar lo que por la dicha escriptura de promesa se le mando”. “Otro si condiçión que por quanto la dicha María de la Purificazión tiene una sobrina hija de su hermana Francisca Rica y de Julian Velazquez de arevalo su marido que se llama ana Velazquez que si la susodicha llegare a hedad de ser monja y quisiere entrar en el dicho monasterio que ansi se a de fundar por monja de coro lo pueda hazer y el dicho monasterio la aya de reszevir por tal monja de coro sin que sea obligada a llevar dote ni entrada ni cosa alguna sino que lo que abia de llevar se entienda que tiene ello dado y pagado ya por ella la dicha maria de la Purificazión con los bienes de que ansi tiene fecha la dicha donación, y no queriendo la dicha ana Velázquez entrar por tal monja en el LAFUNDACIÓN DEL CONVENTO DE SAN JOSÉ DE MEDINA DE RIOSECO 181 dicho monasterio y no llegando a hedad para poder entrar por su fin y muerte, sea obligado el dicho monasterio a reszebir en su lugar por tal monja de coro, una hija del dicho andres de arguello y de la dicha doña Juana Velásquez, para ser tal monja de coro de la mesma forma y manera y sin que aya de llebar entrada ni dote alguno…”10 También pide que el convento que se funde esté bajo la advocación de San José, y que se la traslade a ella, a éste nuevo convento cuando se abra. Y al fin, accede a no poner sus armas o escudos en la capilla mayor o en otras partes del convento, sino sólo se pondrían, con un letrero, en la lápida de su tumba. Todas sus peticiones se le conceden. La solicitud de la fundación del nuevo convento en Tordesillas, fue rechazada por el Consejo Real que estimo ya había bastantes en Tordesillas y dispusieron se hiciese en Medina de Ríoseco, así se recoge años después por el Licenciado Joan González: “en conformidad de la dicha donacion se suplicó a su Maxestad y a los Señores de Su Consejo Real fuesen serbidos de dar la dicha dicha licencia y por causas justas que los mobieron la denegación para la dicha villa de Tordesillas y la conçedieron para la dicha villa de Medina de Rioseco donde en virtud de ella se fundó e yzo como al presente esta hecho y fundado el dicho convento y monasterio en que la dicha María de la Purificación, que como dicho es, en el siglo se llamaba doña María de la Fuente y por otro nombre María Rica, está y reside en el, monja profesa, y abiendo tenido, goçado poseydo y desfrutado el dicho combento las dichas eredades y los dichos çensos contenidos en la dicha donación mediante la persona de la dicha María de la Purificación monja profesa en el”11 La donación hecha por doña María de la Fuente era el total de todas sus posesiones y bienes, especificados en un memorial. Este incluye un total de 14 censos, es decir, rentas de dineros anuales, más el cobro de dos deudas, en las cuales, en una le deben dos mil ducados y en la otra, 40.000 maravedíes; también la donación de sus heredades o tierras, un total de 60, situadas entre Ventosa, Matapozuelos, Valdestillas y Alaejos. Todas ellas de su propiedad, sin carga alguna, más dos casas, con sus posesiones, una en Alaejos, procedente, seguramente, de su marido, y la suya propia en Ventosa “ con sus corrales, lagar, bodega y 182 GUADALUPE RAMOS DE CASTRO 10 ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL DE SALAMANCA. Protocolos. Sig.: 5309, 24 de agosto de 1598, ff. 417 vº- 419. 11 ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL DE VALLADOLID. Protocolos. Matapozuelos, Sig.: 10603. Fol.651. cubas, que linda por la una parte con casas de la de antón de buena posada y por otra la calleja de la casa de Llorente domínguez y por delante la calle real que va a Medina, con un huerto en que estan unos cipreses y su palomar”; además un sitio y suelo junto a las eras, y también en Ventosa, otra tierra, junto a las eras. Incluye además el remanente que le quedaba de su cosecha, treinta cargas de trigo, procedentes de la cosecha de ese año de 1598, y finalmente los bienes muebles, preseas y alhajas de su casa, valorados en 300 ducados, que todos ellos, los había prestado al convento de las Carmelitas descalzas de Medina del Campo. Por el interés que encierra este memorial, lo transcribo integro y lo incluyo como un apéndice documental, al final de éste artículo. Pocos años después, en julio de 1610 , tras pedir licencia, el convento decide la venta de trece de los censos de los bienes recibidos de doña María de la Fuente, entonces monja profesa en Medina de Rioseco. Esta decisión se tomo con la aprobación y triple consulta por parte de la Priora -en ese momento, Catalina de Jesús María “por indispussiçion y enfermedad de la madre Mariana del espiritu santo priora del dicho monasterio”- a todas las monjas, las cuales asintieron unánimemente que se vendieran, en las tres consultas, “por tener, como dicho convento y monasterio tiene al presente a deudas y cossas que pagar y cumplir ansi de la obra de la iglesia y cassa del dicho monasterio como de otras cossas y que no tiene de donde con más comodidad y menos daño lo poder sacar que del preçio de los dichos çenssos, le conviene y es util y provechosso benderlos todos juntos o parte de ellos a quien y donde se hallase”12 Para la venta, con el permiso necesario del Provincial de la Orden del Carmelo, Fr. Felipe de Jesús, 6 de julio de 1610, refrendada por fr. Jerónimo de San Josef secretario, se asigno la tarea a un clérigo presbítero, Licenciado Juan González, capellán de dicho convento. Los censos pertenecientes, la mayor parte, a Ventosa, y algunos de Matapozuelos y Valdestillas fueron comprados por el colegio de San Gregorio de Valladolid “Rector, consiliarios y colegiales”, que tenía ya muchas posesiones en Matapozuelos; el Rector del Colegio de San Gregorio era fray Joan de Pereda; la carta de venta se recoge también en este protocolo y se firma “en la ciudad de Valladolid dentro del dicho colegio de San Gregorio de la dicha ciudad a beynte y ocho días del mes de jullio de mill e seisçientos y diez años, siendo testigos Hernando Ortiz e Rodrigo de Ungria y Mateo Gallego LAFUNDACIÓN DEL CONVENTO DE SAN JOSÉ DE MEDINA DE RIOSECO 183 12 ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL DE VALLADOLID. Protocolos. Matapozuelos, Sig.: 10603, Fol. 696. 190 GUADALUPE RAMOS DE CASTRO -Otra tierra que llaman de Helipe perez a carralamoya la grande, que linda por la una parte con el camino que ba a la moya y por otra con ynestas de alonso de bentosa que haçe mill y ochenta estadales. -Otra tierra a la hesa que linda por la una parte con viña de antonio velasco y por otra antón paniagua que haçe duçientos e çinquenta estadales. -Otra tierra al camino de serrada que linda con tierra de las monjas de sancta maria de las dueñas de medina por la una parte y por otra con tierra de Alonso Vallejo que haçe seteçientos estadales. -Otra tierra a los hornos de la cal que linda por la una parte con tierra de alonso de ventosa y por otra con tierra de los frailes de Sant andres de Medina del campo que haçe duçientos e çinquenta estadales. -Otra tierra a sant olalla linde tierra de la iglesia de Ventosa de la una parte y de la otra tierra de gregorio carrasco que haçe duçientos y setenta estadales. -Otra tierra a la gallega termino de Ventosa, que linda por la una parte con tierra de Juan del Rincón y viñas de Llorente Rico que haçe çiento e quarenta estadales. -Otra tierra en el sendero de pazcaxoso que linda por la una parte con tierra de diego de buenaposada y por otra con tierra de Juan gomez, que haçe duçientos y veinte estadales. -Otra tierra a los mesones, que linda por la una parte con tierra de san sebastian y el camino que va a la seca que haçe una obrada que son quatroçientos estadales. -Otra tierra en el dicho termino que linda por la una parte con el camino que va de Ventosa a Matapozuelos y de otra con el camino que va de Villalba a Tordesillas que haze trescientos estadales. -Otra tierra en el dicho termino a Valleluengo linde el mesmo sendero del Valleluengo que la compro de Simón herbas. -Otra tierra en el dicho termino al camino de matapozuelos que linda por la una parte con tierra de francisca Rica y por otra tierra de esteban de toro que haçe nuebe quartas. -Otra en el mesmo camino de matapozuelos que linda por la una parte con tierra de françisca Rica y por otra con tierra de Ana Perez que haçe duçientos estadales. -Otra tierra en el dicho termino de Ventosa al camino que dizen de tordesillas, que es la que llaman de carrasco que linda, por la una parte con tierra de Alonso Velasco y por otra con el camino que va a serrada que haçe quatro obradas. -Otra tierra en el termino de pozaldez al pago de Valleluengo que linda con el camino que ba de Ventosa a Pozaldez haçe dos obradas. -Otra tierra en el termino de Ventosa en la carra Serrada que linda con tierra de herederos de Pero martín y es la tierra que dizen del carril que haçe dos obradas y son estas tres tierras las que la dio en trueque de otras su hermana françisca Rica. -Unas casas en la villa de Ventosa, con sus corrales lagar bodega y cubas que linda por la una parte con casas de la de Antón de buenaposada y por otra la calleja de la casa de llorente LAFUNDACIÓN DEL CONVENTO DE SAN JOSÉ DE MEDINA DE RIOSECO 191 (431vº) Domínguez, y por delante la calle real que ba a Medina, con un huerto en que estan unos çipreses y su palomar. -Un sitio y suelo junto a las heras de bentosa que la heredo de sus padres y compro de Françisca Rica su hermana con una obrada de tierra poco mas o menos. -En las quales tierras y estadales, de suso Referidos ay deçisiete mill y quatroçientos y seis estadales a que se añade una tierra que tiene en el termino de Ventosa a do diçen solasviñas que linda por la una parte con el camino que ba de bentosa a medina y los barreros, que haçe dos obradas poco mas o menos y la dicha tierra que linda con el suelo y sitio de Las heras, que son a Razon de quatroçientos estadales quarenta y seis obradas, poco más o menos las del termino de Ventosa. -Ansi mesmo, tiene treynta cargas de trigo que cogio en la cosecha deste presente año, de noventa y ocho. -Y ansi mesmo, hasta tresçientos ducados que tiene de axuar en vienes muebles, preseas y alaxas de su casa. -Los quales dichos tresçientos ducados que ansi dize tiene en axuar y bienes muebles alaxas e preseas de su casa estan depositados en el monasterio de descalças carmelitas de la villa de Medina del Campo. (Firma) doña Mª de la fuente (f.432) Para que con ayuda de los dichos bienes que ansi se contienen y declaran en el dicho memorial que de suso ba yncorporado se aga y funde el dicho monasterio de descalças carmelitas en la dicha villa de Tordesillas o en la parte sitio y lugar que sea más comoda y a donde se concediere licencia y facultad para le poder hazer cuya advocazión se ha de llamar de Señor San Josef a quien tengo por abogado y en el poner y admitir el numero de monjas de coro y fielas que al Padre provincial que al presente es o fuere de la horden les pareciere podran hestar y que congrua y bastantemente se podran sustentar y alimentar conforme a la dicha horden y desde el día que la conzesión se alcanze en que por ello se de licenzia y facultad para que se haga y funde el dicho monasterio en adelante y no antes me aparto y desisto y a mis herederos y sucesores de la tenencia propiedad señorio posesión y usufructo de los dichos bienes ansi muebles como raizes casas dineros zensos trigo y ajuares que se contiene y declaran en el dicho memorial y de cada una cosa y parte dellos.- Y los zedo renunzio y traspaso en la dicha horden para el dicho efecto de hazer la fundación y sustentar y alimentar las dichas monjas que en el ubieren de estar y no para otro efecto alguno”. (Sigue dando plenos poderes de disposición de sus bienes).