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Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa

Gálvez González, Alberto

Abstract

Grado en Periodismo

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CURSO 2018-2019 Facultad de Filosofía y Letras Grado en Periodismo Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa Alumno: Alberto Gálvez González Tutora: Marta Redondo García Departamento: Historia Moderna, Contemporánea y de América, Periodismo y Comunicación Audiovisual y Publicidad Convocatoria: 1ºConvocatoria Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid RESUMEN En noviembre del año 2017 tuvo lugar uno de los procesos judiciales más polémicos y relevantes de las últimas décadas en España, el juicio a La Manada. Durante las dos semanas que duró el pleito las prácticas llevadas a cabo por los programas televisivos para informar del caso no fueron las correctas y se generó mucha controversia. La investigación de este trabajo se centra en realizar un análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada desde el punto de vista de la realización de juicios paralelos y del respeto del derecho a la presunción de inocencia. Para ello se han analizado los programas La Mañana de la 1, de la cadena pública TVE, y El Programa de Ana Rosa, de la cadena privada Telecinco. El trabajo cuenta con el análisis de los doce programas que cada cadena emitió durante la celebración del juicio y con los testimonios de las dos reporteras encargadas de cubrir la noticia desde el juzgado. El objetivo es conocer qué programa informó de una manera más correcta y cuáles fueron las malas prácticas realizadas. PALABRAS CLAVE Juicios paralelos; Presunción de inocencia; Medios de comunicación; La Manada; La Mañana de la 1; El Programa de Ana Rosa ABSTRACT In November of the year 2017 took place one of the most controversial and relevant judicial processes of the last decades in Spain, the trial to the herd. During the two weeks that the lawsuit lasted the practices carried out by the television programs to report the case were not correct and a lot of controversy was generated. The research of this work focuses on conducting a comparative analysis of the informational treatment of the herd case from the point of view of the realization of parallel judgments and of the respect of the right to the presumption of innocence. For this they have analyzed the programs La Mañana de la 1, of the public chain TVE, and El Programa de Ana Rosa, of the private chain Telecinco. The work counts on the detailed analysis of the twelve programs that each chain issued during the celebration of the trial and with the testimonies of the two reporters charged to cover the news from the court. The objective is to know which program reported in a more correct way and what were the bad practices done. KEYWORDS Parallel trials; Presumption of innocence; Mass media; The herd; La Mañana de la 1; El Programa de Ana Rosa Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 1 ÍNDICE 1. Introducción………………………………………………………………………….2 1.1. Descripción y justificación del tema………………………………………...2 1.2. Objetivos e hipótesis………………………………………………………...2 2. Marco Teórico………………………………………………………………………..4 Capítulo 1. Los juicios paralelos de los medios de comunicación………………4 1.1. Los juicios paralelos, un acto perjudicial para los medios y la sociedad…………………………………………………………………..4 1.2. Recomendaciones para un mejor tratamiento informativo de procesos judiciales……………………………………………………….5 Capítulo 2. El derecho de todas las personas a la presunción de inocencia…………………………………………………………………………8 2.1. La presunción de inocencia y su anulación………………………….8 Capítulo 3. Recomendaciones para informar sobre la violencia de género y agresiones sexuales……………………………………………………………....9 3. Metodología………………………………………………………………………....12 4. Resultados de la investigación……………………………………………………..17 4.1. Resultados generales sobre la información emitida por ambos programas…………………………………………………………………….....17 4.2. El tratamiento informativo de La Manada en La Mañana de la 1…………18 4.3. El tratamiento informativo de La Manada en El Programa de Ana Rosa…………………………………………………………………………….20 4.4. Comparación de los resultados: La Mañana de la 1 – El Programa de Ana Rosa…………………………………………………………………………….24 4.5. Las valoraciones de La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa…………………………………………………………………….............28 5. Conclusiones………………………………………………………………………...30 6. Bibliografía………………………………………………………………………….32 7. Anexos…………………………………………………………………………….....34 Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 2 1. INTRODUCCIÓN Descripción y justificación del tema El interés de la sociedad en muchas de las cuestiones abordadas en los procesos judiciales hace que los medios de comunicación hagan un seguimiento intenso de la labor de los tribunales, especialmente en los casos más polémicos. Fotografías, informaciones, testimonios y opiniones, relacionados con un caso judicial, son difundidas por periódicos y televisiones sometiendo la labor de los jueces a un escrutinio público constante. En ocasiones los medios llegan a mostrar una versión y unas informaciones que no se corresponden con la realidad o están claramente alineadas con una de las partes. La presunción de inocencia, uno de los derechos fundamentales de las personas, se ve vulnerada en la mayoría de estos juicios paralelos y son muy pocos los medios de comunicación los que la respetan. La Declaración Universal de los Derechos del Hombre (1948) define este principio como: “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad”. Estas dos cuestiones, previamente mencionadas, han puesto mi foco de atención en el juicio del ya conocido caso de “La Manada”, en el que cinco individuos abusaron sexualmente de una joven en la madrugada del 7 de julio de 2016 durante las fiestas de San Fermín. La repercusión mediática que tuvo el proceso de once sesiones, celebrado entre los días 13 y 28 de noviembre de 2017, hizo que la mayoría de medios emitiesen diariamente no solo informaciones del juicio sino también datos de la vida y entorno de los acusados, vulnerando así su derecho a la presunción de inocencia, e informaciones e imágenes de la víctima, en las que no se respetaba su derecho a la intimidad y se enjuiciaba su comportamiento. La presente investigación profundiza en demostrar si los medios de comunicación actuaron de forma correcta y legal en el tratamiento informativo del caso y no incurrieron en juicios paralelos. Para ello he decidido centrarme en el medio televisivo y comparar el tratamiento de El Programa de Ana Rosa (Telecinco) y La Mañana de la 1 (TVE). El análisis y comparación realizada en la investigación tiene como fin mostrar qué programa y cadena de televisión actuó de una forma más correcta y trató correctamente los dos aspectos examinados. Además de esta comparación y análisis se intenta dar respuesta a una serie de interrogantes que la investigación pretende dilucidar como son: ¿se llevó a cabo un tratamiento informativo correcto del caso sin caer en sensacionalismos ni en informaciones morbosas?, ¿se mostraron fotografías y se dieron detalles de la vida personal y familiar de los acusados y la víctima? y ¿contaron ambos programas con fuentes autorizadas para el tratamiento y análisis de cada jornada del proceso judicial? Objetivos x Objetivo 1: Analizar el tratamiento informativo de El Programa de Ana Rosa (Telecinco) y de La Mañana de la 1 (TVE) durante los once días de la celebración del juicio de La Manada en 2017, para comprobar si se realizó una cobertura adecuada del caso, se respetó el derecho a la presunción de inocencia de los acusados y no se realizaron juicios paralelos. Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 3 x Objetivo 2: Comparar el tratamiento del caso realizado por ambos canales de televisión para observar si se deducen criterios de actuación distintos según se trate de un canal público o uno privado. Hipótesis x Hipótesis 1: Ambos programas realizaron juicios paralelos del caso, en mayor o en menor medida, en alguna de sus emisiones con la publicación de informaciones morbosas y sensacionalistas o con la difusión de detalles irrelevantes de los acusados con el fin de condicionar a los jueces y su sentencia. x Hipótesis 2: El Programa de Ana Rosa (Telecinco) no respetó en la mayoría de sus emisiones el derecho a la presunción de inocencia de los acusados ni el derecho a la intimidad de la víctima, tanto en la publicación de fotografías e imágenes sin pixelar como en los términos empleados para ambas partes, en comparación con La Mañana de la 1 (TVE). x Hipótesis 3: TVE, al tratarse de un canal público, informó de forma más clara y objetiva del desarrollo del juicio apareciendo con menor frecuencia que en el caso de Telecinco el empleo de valoraciones y opiniones personales. x Hipótesis 4: Los dos programas de televisión contaron con un gran número de diversas fuentes especializadas y expertas en plató para analizar y debatir todo lo que iba aconteciendo durante el proceso judicial. Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 4 2. MARCO TEÓRICO Capítulo 1. Los juicios paralelos de los medios de comunicación 1.1 – Los juicios paralelos, un acto perjudicial para los medios y la sociedad Los procesos penales y los medios de comunicación guardan una estrecha relación debido al gran interés informativo que generan muchos de ellos para el público. Los procedimientos judiciales que tenían que ver con sucesos realmente escalofriantes y horrendos eran los que históricamente abordaban los medios pero esto ha cambiado. Antes de pasar a analizar las consecuencias provocadas por los juicios paralelos es necesario definirlos. Una de las mejores acepciones que la expresión tiene es la enunciada por Eduardo Espín (1999), Catedrático de Derecho Constitucional, quien lo define como: El conjunto de informaciones aparecidas a lo largo de un periodo de tiempo en los medios de comunicación, sobre un asunto sub iudice a través de los cuales se efectúa por dichos medios una valoración sobre la regularidad legal y ética del comportamiento de personas implicadas en hechos sometidos a investigación judicial. Tal valoración se convierte ante la opinión pública en una suerte de proceso. Al cabo de un determinado periodo de tiempo, en el que han ido apareciendo informaciones sobre los hechos acompañados de juicio de valor más o menos explícitos, editoriales, contribuciones de personas ajenas a la plantilla de tales medios, las personas afectadas aparecen ante la opinión pública, o al menos ante un segmento de ellas, como inocentes o culpables. (p.123) Montalvo Albiol (2012) aporta una definición más concisa aunque coincidente: Entendemos como juicio paralelo aquel conjunto de informaciones y noticias, acompañadas de juicios de valor más o menos explícitos, difundidas durante un determinado periodo de tiempo en los medios de comunicación sobre un caso, y con independencia de la fase procesal en la que se encuentre. (p.112) La presencia de televisiones, radios y periódicos en salas judiciales puede desvirtuar la imagen de los acusados o influir en la toma de decisiones de los magistrados, donde en muchos casos la presión de la opinión pública determina sus sentencias. Al mismo tiempo los medios pueden llevar a cabo una campaña de acoso y derribo contra un procesado que luego puede ser declarado inocente. Para Montalvo Albiol (2012), los juicios paralelos no solo acarrean consecuencias negativas para los imputados sino que también traen un desprestigio social de las instituciones, las cuales pierden credibilidad y valor ante los ciudadanos. Esta afirmación de Montalvo Albiol es recogida por Francisco J. Leturia (2017) para complementarla incluyendo otra serie de perjudicados que derivan de la construcción de juicios paralelos. El autor afirma que “las opiniones y antecedentes difundidos en ejercicio de la libertad de información, expresión y opinión podrían afectar tanto a la imparcialidad del juzgador, a la actitud de otros intervinientes en el juicio o a las personas aludidas” (p. 30). La realización de los juicios paralelos tiene detrás una serie de intereses y motivaciones que Juanes (2007) ha clasificado de la siguiente manera: Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 5 Motivación en presionar al Tribunal para condicionar su decisión y que dicte una determinada sentencia. Intentar condicionar a la sociedad introduciendo en la opinión pública una idea u opinión diferente a la dictaminada por el juez para así conseguir algún tipo de beneficio. Buscar con la realización de los mismos influir en los ciudadanos con el objetivo de perjudicar o resaltar la imagen de una persona, generalmente alguien de relevancia Búsqueda de sensacionalismo y un incremento de la venta de sus ejemplares por parte de los medios de comunicación para lograr mayor beneficio económico. Interés de algunas autoridades de mostrar una imagen de eficiencia. Para Orenes es posible identificar un juicio paralelo también por el “interés de realizar una verdadera justicia paralela, estimulada por la crisis de confianza en los tribunales, la demora en la aplicación de justicia, la sensación de impunidad o agravio que en una víctima pueda existir, entre otras” (2008, p.95). Actualmente existe una gran confrontación en el momento en el que se ponen en duda los derechos fundamentales de la libertad de expresión, recogido en el artículo 20 de la Constitución Española, y el de principio de publicidad de las actuaciones judiciales (artículo 120). Esta libertad de expresión, empleada en este caso por los medios, choca constantemente con otra serie de derechos que tienen los ciudadanos como el derecho a un juicio justo, a un Tribunal imparcial, a la presunción de inocencia, al honor, a la intimidad y a la propia imagen. La jurisprudencia española tan solo se ha pronunciado sobre las posibles consecuencias que acarrean los juicios paralelos pero no sobre la actuación de ellos de forma directa. Para Montalvo Albiol (2012): Constituye una tarea difícil hacer frente a este tipo de fenómenos sociales porque indudablemente, la mayor parte de la información que se pueda publicar sobre la vida o las circunstancias de un individuo encausado en un proceso judicial penal, por la vis atractiva del propio proceso, tiende a convertirse en información de interés público, especialmente cuando el delito mantiene unas características especiales por su forma de comisión o por el bien jurídico al que afecte entre otros muchos motivos: pornografía infantil, prostitución, socioeconómicos a gran escala, etc. ( p.115) Lo cierto es que hoy en día España continúa sin tener ninguna ley que regule estos juicios paralelos. 1.2 – Recomendaciones para un mejor tratamiento informativo de procesos judiciales En estos últimos años se han creado diversos manuales y recomendaciones, así como una serie de códigos éticos, que buscan regular los medios de comunicación y servir de inspiración para que los periodistas tomen conciencia de la importancia y necesidad de informar correctamente de los procesos judiciales. La creación de los Consejos Audiovisuales, definidos por Orenes Ruiz (2014) como un medio de control de los juicios paralelos no jurisdiccional, tuvo que esperar hasta la Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 6 aprobación de la Ley 7/2010 del 31 de marzo. Se creaba así a nivel regional, en las comunidades autónomas de Cataluña y Andalucía, “una autoridad independiente supervisora y reguladora de actividad de los medios de titularidad del Estado o que estén bajo su competencia” (Orenes Ruiz, 2014, p.125). Una de sus labores sería la de observar y analizar el tratamiento informativo que las cadenas televisivas hacían de los juicios de mayor repercusión en el país y a partir de ahí iría elaborando informes, destacando qué aspectos se han hecho correctamente y cuáles no. El crimen de Alcàsser en 1997 (CAC), los casos de pederastia en el barrio del Raval en 2001 (CAC) o el tratamiento del caso de Marta del Castillo en el año 2012 (CAA) fueron varios de los casos analizados y seguidos por los Consejos Audiovisuales de Cataluña y Andalucía con los que se evidenció una serie de irregularidades e incorrecciones en el tratamiento de los procesos judiciales penales en la televisión. Estas fueron:  Un alargamiento innecesario de las informaciones sin tener ningún tipo de relevancia o interés. Orenes Ruiz (2014) evidencia cómo en el informe sobre el tratamiento del caso de Marta del Castillo, el Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) aprecia una tendencia a “la reiteración de escenas dolorosas y planos recurso de distintos lugares relacionados con el aspecto más dramático del caso, a la insistencia en los detalles más sórdidos, a la integración... de declaraciones extemporáneas de vecinos o curiosos que formulan su indignación” (p.127)  Una vulneración constante de los derechos de los menores de edad. En el caso de El Saboral se contabilizaron hasta un total de 86 veces donde la cara del menor aparecía en televisión y donde, además, se ofrecían datos y detalles de su vida privada.  Una espectacularización de los hechos y un tratamiento morboso y nocivo de los mismos.  La realización de juicios paralelos en todos y cada uno de los casos observados y analizados. Orenes Ruiz (2014) afirma que: En los informes se pueden ver reflejadas conclusiones aventuradas, confusión entre información y opinión, juicios de valor sobre la culpabilidad o inocencia y una activa participación en los programas de colaboradores y presencia de familiares de la víctima y de los imputados. (p.129) La Federación de Asociaciones de la Prensa en España (FAPE) ya aprobó en 1993 un Código Deontológico en el que se recoge el principio de que toda persona es inocente mientras no se demuestre lo contrario y donde se recomienda “evitar al máximo las posibles consecuencias dañosas derivadas del cumplimiento de sus deberes informativos cuando la información verse sobre temas relacionados con los Tribunales de Justicia”. Pero es sin ninguna duda en el formato televisivo donde más criterios y sugerencias se han elaborado para regularizar a los medios en el tratamiento de este tipo de informaciones. Las recomendaciones más relevantes y de mayor importancia en este sentido fueron las elaboradas por el Consejo de lo Audiovisual de Cataluña, el 6 de octubre de 1997, y por un convenio de autorregulación formado por máximos responsables de las cadenas Televisión Española, Canal Plus, CNN Plus, Canal Sur, Televisió de Catalunya, Euskal Telebista, Televisión de Galicia, Televisión Valenciana y Tele Madrid, en 1998, sobre celebración de los juicios y su tratamiento televisivo. Según explica Ortega (2001) sus sugerencias fueron: Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 7 ¾ La necesidad de aprobar una ley dedicada a clarificar los casos en los que es legítimo sacrificar la información de tribunales y en aquellos supuestos donde las televisiones deberían evitar dar paso a personas que constituyan medios de prueba, en especial peritos y testigos. ¾ Labor didáctica de las instituciones públicas con el objetivo de concienciar a los ciudadanos de que los procesos judiciales son las únicas formas de satisfacer las garantías específicas de los imputados. Este pensamiento es recogido por el autor para afirmar que: Sería aconsejable que los medios de comunicación prestasen su colaboración a esta causa, difundiendo la idea de que la verdad oficial es la que asume la sentencia firme. En particular, las cadenas habrían de advertir a los espectadores de los peligros que encierra dar por buena la reconstrucción ficticia en televisión de los hechos y elementos que se están depurando en los solemnes debates del juicio público. (Ortega, 2001, p.187) ¾ Elección de una persona intermediaria entre los periodistas y la justicia para que difunda y suministre a los medios de comunicación información del proceso judicial. ¾ Un tratamiento prudente de la información de tribunales en el caso de que pudiese afectar a menores con el objetivo de preservar su intimidad y su desarrollo de la personalidad. ¾ Los individuos que actúan como medio de prueba en un juicio de forma voluntaria deben poder decidir si quieren que su imagen aparezca o no en las televisiones. ¾ Los derechos y privilegios de las dos partes de un proceso judicial deben ser respetadas por la emisión en directo de un pleito. Otro de los manuales de recomendaciones en cuanto a la relación existente entre la celebración de juicios y su tratamiento por parte de la televisión fue el elaborado por El Consejo Audiovisual de Cataluña el 6 de octubre de 1997. Este dictamen recoge los siguientes puntos que Orenes Ruiz (2014) resume de la siguiente manera: o Aunque los juicios son públicos, determinadas personas que actúan como medios de prueba no lo hacen voluntariamente sino en virtud de una prescripción legal o un mandato judicial. En consecuencia, estas personas, siempre que no tengan carácter público, tienen derecho a salvaguardar su derecho a la intimidad y a la propia imagen, por lo que las televisiones tendrán que abstenerse de difundir gráficamente sus testimonios, salvo aquellos que lo autoricen expresamente. o Los medios de comunicación han de tratar con un cuidado especial las informaciones que afecten a los niños y adolescentes relacionados con los hechos objeto del juicio, con el fin de proteger su intimidad y el desarrollo de su personalidad en el entorno social. Se debe evitar por tanto la difusión de la imagen de los que figuran como víctimas, testigos o inculpados en causas criminales. Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 14 presunción de inocencia de los acusados o intimidad de la víctima, con la difusión de imágenes o fotografías inadecuadas. En la elaboración del apartado referente a los juicios paralelos se ha tomado como referencia las recomendaciones elaboradas por el Consejo Audiovisual de Cataluña, el 6 de octubre de 1997, en cuanto a cómo debe ser el correcto tratamiento informativo de la televisiones a la hora de informar sobre la celebración de juicios. Tabla 2 – Plantilla de análisis de contenido x Nombre del programa televisivo: x Hecho/suceso resumen de la jornada: x Fecha: x Tiempo de duración de la unidad de análisis: x Presencia de expertos y colaboradores (indicar nombre, apellido y profesión): TEMA DE ANÁLISIS SUJETO ANALIZADO Presunción de inocencia Miembros de La Manada Víctima (derecho a la intimidad) ¾ Imágenes Sí o No Sí o No Uso de fotografías o imágenes de los sujetos analizados sin pixelar sus rostros (indicar nº de veces) ¾ Términos empleados Sí o No _ Utilización de las expresiones “presunto culpable” o “presunta violación” (en caso negativo indicar cuáles) ¾ Informaciones emitidas Sí o No Sí o No Mención de nombres de amigos o familiares de los sujetos Informaciones referentes al domicilio, lugar de trabajo u otros elementos que pudiesen perjudicar a los individuos Entrevistas o testimonios de vecinos, familiares o testigos que puedan teñir el juicio de emocionalidad o parcialidad Juicios paralelos Programa Televisivo (Sí o No) Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 15 Fuente: Elaboración propia Una vez realizadas las tablas de análisis, para saber el grado en que los medios actuaron de forma correcta con el caso, se emplea la técnica de la entrevista para conocer de primera mano las opiniones y valoraciones de las periodistas enviadas por ambas cadenas para tratar el juicio. Esta técnica resulta muy útil para el trabajo ya que nos permite conocer el grado en el que las periodistas están de acuerdo con su trabajo realizado y si creen que fueron moralmente correctas en sus informaciones. Unos puntos de vista que podríamos comparar con los resultados de las tablas de análisis. La entrevista ha sido respondida por Irma García Frigenti (TVE) y Lucía Pérez Valero (Telecinco) por medio de un cuestionario a través del correo electrónico. Las preguntas serán idénticas para los dos periodistas y seguirán la siguiente estructura. Tabla 3 - Plantilla de entrevista para las reporteras Periodista: Programa: Breve resumen de la tarea periodística realizada durante el juicio por el caso de La Manada, del 13 al 28 de noviembre de 2017, (labor o cometidos profesionales desempeñados, tiempo dedicado al caso, seguimiento del mismo, etc). Pregunta 1: ¿Considera correcto el tratamiento informativo que el programa dio del caso de La Manada? Pregunta 2: ¿Cambiaría alguna de las informaciones emitidas en esos días? Pregunta 3: ¿El derecho a la presunción de inocencia de los miembros de La Manada y el de intimidad de la víctima fueron respetados en todo momento? Empleo de valoraciones personales y opiniones dejando a un lado los hechos acontecidos Sensacionalismo e informaciones morbosas que no aporten nada de relevancia Detalles irrelevantes de los acusados o la víctima Información objetiva y clara sobre el desarrollo del juicio Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 16 Pregunta 4: ¿Cree que en alguna ocasión las informaciones vertidas por el programa durante esos once días que duró el juicio adquirieron toques sensacionalistas o morbosos alejándose de lo puramente informativo? x En caso afirmativo, ¿cuáles serían esas informaciones o momentos? Pregunta 5: ¿En algún momento no estuvo de acuerdo o no vio moralmente correcta alguna tarea periodística que le asignaron desde el programa para este caso? x En caso de ser afirmativa la respuesta a la anterior pregunta, ¿cuál fue su reacción ante este hecho? Pregunta 6: La gran repercusión mediática del caso, ¿influyó de alguna forma en su manera de informar y abordar los hechos? Pregunta 7: Al ser este un juicio a puerta cerrada hasta las dos últimas sesiones, ¿hasta qué punto condicionó o hizo más difícil la tarea de poder narrar lo que acontecía dentro del juzgado? ¿Qué inconvenientes se encontró a la hora de recopilar la información y cómo los solventó? Pregunta 8: Durante el tiempo que duró el proceso judicial, ¿hubo días, informativamente hablando, más complicados que otros? Pregunta 9: ¿Cree que es necesario algún tipo de ley o norma que regule más a fondo la manera en la que los medios abordan un juicio y a los sujetos implicados? Pregunta 10: ¿Hay algún dato relevante sobre lo acontecido que considere necesario añadir? Fuente: Elaboración propia Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 17 4. RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN 4.1 Resultados generales sobre la información emitida por ambos programas Los resultados obtenidos de la investigación reflejan una serie de diferencias en cuanto al tratamiento informativo que los dos programas analizados llevaron a cabo del juicio entre los días 13 y 28 de noviembre. En cuanto al seguimiento y cobertura del juicio por parte de los programas, La Mañana de la 1 informó sobre el proceso en un total de 189 minutos, de los 1.320 que se emitieron en esos 12 días de programa, mientras que El Programa de Ana Rosa lo hizo en 152 minutos de un total de 2.520. El porcentaje de ambos datos recopilados evidencia que el programa de TVE dedicó un 14,3% de sus contenidos al caso de La Manada por tan solo un 6% del programa de Telecinco. Gráfico 1. Minutos dedicados por los programas al caso de La Manada Fuente: Elaboración propia El análisis sobre la presunción de inocencia y la realización de juicios paralelos en la cobertura del juicio revela importantes diferencias entre ambos programas aunque ninguno de ellos logró un tratamiento correcto del caso en su totalidad. En cuanto a los resultados más reseñables de la investigación se destaca que La Mañana de la 1, presentado por María Casado, utilizó en todo momento las expresiones “presuntos culpables” y “presunta violación” para referirse a cada uno de los acusados y al hecho por el que se les juzgaba. En cambio, el programa de Telecinco, presentado por Ana Rosa Quintana y Joaquín Prats, empleó la palabra violación desde el primer día del Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 18 juicio y la repitió en varios programas sin respetar de este modo el derecho a la presunción de inocencia de los acusados. El uso de fotografías e imágenes pixeladas de los acusados y de la víctima refleja una de las diferencias más grandes y notorias en cuanto al tratamiento de ambas cadenas. El Programa de Ana Rosa mostró la imagen del rostro de la víctima hasta en 17 ocasiones, mientras que la cadena pública no lo hizo en ningún momento. La Mañana de la 1, por su parte, publicó un vídeo de los cinco acusados en el que se podían apreciar sus caras sin pixelar. Al día siguiente el programa volvió a mostrar el vídeo pero ya con los rostros difuminados. La realización de juicios paralelos también es otro de los aspectos que ambos programas realizaron a lo largo del proceso y a su vez en el que más diferencias se observan. El Programa de Ana Rosa incurrió en el empleo de valoraciones y opiniones personales, dejando a un lado los hechos acontecidos, en ocho de los doce programas analizados mientras que La Mañana de la 1 no lo hizo en ninguno. El copresentador de El Programa de Ana Rosa Joaquín Prats pronunció frases claramente tendenciosas tales como “El juez tendría que haber tenido en cuenta y valorar otros delitos y episodios de los acusados y no solo este caso” o “La estrategia que está llevando a cabo la defensa es vomitiva”. Las informaciones morbosas y con toques sensacionalistas es otro de los aspectos que mejor reflejan esta diferencia, ya que Telecinco las empleó en cinco ocasiones mientras que TVE solo una vez, en el segundo día del juicio. 4.2 El tratamiento informativo de La Manada en La Mañana de la 1 El programa de TVE, de una duración de 1:50 horas, realizó un seguimiento del juicio en once de los doce programas emitidos en esas fechas con una media de 15,7 minutos por día. El programa relativo al 13 de noviembre de 2017, día en el que comenzó el proceso judicial, fue en el que se dedicó más minutos al caso con un total de 28. El único día que no se emitió ningún contenido sobre La Manada fue el lunes 20, hecho que puede deberse al tratarse de una jornada en la que no había ninguna declaración prevista y tan solo suponía el comienzo de la semana clave del pleito. En cuanto a la presunción de inocencia de los acusados y el derecho a la intimidad de la víctima, y acorde a la tabla de análisis empleada, se han obtenido los siguientes resultados: x Imágenes y fotografías de los sujetos analizados (acusados y víctima): el programa pixeló los rostros de ambas partes en todas las imágenes emitidas a lo largo del proceso salvo en el día 27, penúltima jornada del juicio. En dicho programa, la cadena publicó un vídeo de 7 segundos de duración en el que los cinco miembros de La Manada aparecían bailando en los Sanfermines del año 2016 con sus caras sin pixelar. Este hecho es bastante significativo, ya que se produce un día antes de la finalización del proceso y a su vez en el primer día de conclusiones. Al día siguiente cabe señalar que el programa corrigió el error al emitir el mismo vídeo con sus rostros difuminados por completo, por lo que el episodio sufrido el 27 puede interpretarse como un error de realización del programa más que como un intento del mismo por perjudicar a los acusados. Si nos referimos a la víctima, su rostro sí fue pixelado totalmente a lo largo de todo el proceso judicial. Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 19 x Utilización de las expresiones “presuntos/supuestos culpables” y “presunta/supuesta violación”: el lenguaje empleado fue muy cuidado en todo momento y siempre se otorgó el beneficio de la duda a los acusados y al hecho en sí hasta que el pleito concluyese y hubiese una sentencia. El empleo de estas expresiones fue evidente tanto por parte de la presentadora María Casado, como de los integrantes de la mesa de debate y de la reportera enviada a la Audiencia Provincial de Navarra, Irma Frigenti. Todos los rótulos empleados y vídeos emitidos sobre el caso también incluyeron dichas expresiones. x Tipo de informaciones emitidas (mención de nombres de amigos o familiares, informaciones sobre el domicilio o lugar de trabajo, entrevistas o testimonios, etc): el día 14, jornada en la que declaraba la víctima, La Mañana de la 1 mostró un vídeo de 7 minutos de duración en el que se mencionaba y reflejaba el barrio sevillano donde viven los acusados y cuáles son sus profesiones. Además, se incluían una serie de entrevistas cortas a varios vecinos de la localidad y a sus profesoras de la escuela para conocer cómo eran y cómo son actualmente los miembros de La Manada. La difusión de este vídeo, justo el día en el que la víctima iba a declarar, refleja un intento por parte del programa por teñir el juicio de emocionalidad o parcialidad, buscando mostrar a los acusados como “buenos chicos” y “gente amable y respetuosa incapaz de hacer semejante cosa”. El programa no publicó ninguna información referente a la víctima que pudiese identificarla o vulnerar su derecho a la intimidad. Imagen 1. Captura de pantalla del programa La Mañana de la 1 (14/11/2017) Fuente: La Mañana de la 1, 14 de noviembre de 2017 Si nos referimos a la creación o no de un juicio paralelo por parte del programa de TVE, la investigación realizada nos evidencia la respuesta. En los 189 minutos que se trató el caso no hubo ningún momento en el que se realizasen valoraciones u opiniones personales sin prestar atención a los hechos acontecidos y comprobados. Sí se publicaron informaciones morbosas y sensacionalistas, con detalles irrelevantes de los acusados, los días 14 y 28 de noviembre. En el primero de ellos se hizo alusión a la Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 20 marginalidad y conflictividad del barrio en el que vivían, su tendencia a tatuarse y su integración en el grupo ultra Biris Norte del Sevilla F.C. El día 28, jornada de conclusiones y última del juicio, se muestran imágenes de los tatuajes de cada uno de ellos. En esta ocasión estas imágenes se difunden en un segundo plano junto a otros vídeos y fotografías de los mismos mientras en la mesa de debate se analizan otras cuestiones referentes a ese día. En este caso el programa no insistió en la marginalidad de los procesados como sí lo hizo el día 14. En contraposición a estos dos días, en los que se mostraron un total de 10 minutos de informaciones sensacionalistas e irrelevantes para el pleito, La Mañana de la 1 realizó un tratamiento informativo del juicio de forma clara y objetiva. Durante el desarrollo del mismo siempre se dio voz a ambas partes de la acusación, se narró la última hora del caso con Irma Frigenti, la reportera enviada del programa, y se realizaron debates con numerosas fuentes especializadas. El análisis y debate del caso corrió a cargo de: - Abogados: Verónica Guerrero, María José Landaburu, Fernando Osuna, Emilia Zaballos y Javier de la Peña. - Periodistas: Juan Luís Galiacho, Paco Pérez Abellán, Juan Fernando Baño, Pedro Jiménez, Vanesa Lozano, Irma Frigenti, Alfonso Ojea, Luís Fernando Durán, Alejandro Requeijo y F. Javier Barroso. - Psicólogos: Javier Urra, Sonia Camas (experta en agresiones sexuales), Victoria Noguerol (psicóloga clínica), Bárbara Zorrilla e Iñaki Piñuel. - Médicos: Miguel Lorente Acosta y Patricia Alcaraz (médico forense). - Javier Durán (criminólogo). - David Blanco (vicepresidente de la Asociación Nacional de Agencias de Detectives Privados de España (ANADPE). - Carlota Álvarez (miembro del Tribunal de Mujeres contra la Violencia Machista) - Miriam Díaz-Aroca (autora y directora de “Elígete, dale a la vida”). La estructura del caso de La Manada por norma general comenzó con la última hora desde la Audiencia Provincial de Navarra, a cargo de Irma Frigenti, en la que se informaba sobre lo acontecido ese día en el juzgado, las reacciones de ambas partes y lo programado para las jornadas venideras. Una vez narrado lo más importante del día se pasaba a una mesa de debate, con la presentadora María Casado como moderadora, en la que se analizaban y debatían las informaciones contrastadas y corroboradas de cada sesión. 4.3 El tratamiento informativo de La Manada en El Programa de Ana Rosa La media de minutos diarios dedicados al caso por parte del programa de Telecinco fue de 12,6, un dato inferior al de La Mañana de la 1 pese a tener una duración de programa mayor (3:30 horas). El mayor tiempo de dedicación al proceso judicial se corresponde con la jornada en la que comenzó el pleito, 13 de noviembre de 2017, en el que se emplearon un total de 29 minutos. Sorprendentemente, el día en el que se produjo la declaración de la víctima, una de las jornadas más importantes, el programa no abordó el caso. En lo referente a los derechos de ambas partes y centrando la atención en los dos aspectos analizados, la investigación evidencia que: Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 21 x El tratamiento y publicación de imágenes y fotografías de los acusados y la víctima pixeladas no se produjo a lo largo de la duración del juicio. El programa mantuvo la cara pixelada de los acusados en todo momento pero no la de la víctima, cuyo rostro se mostró sin difuminar ni pixelar hasta en 17 ocasiones. La imagen mostrada siempre fue la misma, el vídeo en el que la joven aparece sentada en un banco tras suceder lo acontecido aquella noche de Sanfermines. Pese a que la imagen pertenece a una cámara de seguridad alejada y la imagen no es de gran calidad sí se puede reconocer el rostro de la víctima y por tanto su derecho a la intimidad queda completamente vulnerado. x Los resultados referentes al uso de términos adecuados para referirse a los acusados y al delito juzgado reflejan una diferencia significativa con TVE. El programa siempre se refiere a los acusados como presuntos autores de los hechos o supuestos culpables pero no utiliza el mismo lenguaje al referirse al hecho cometido. En el primer programa ya se habla de violación en todo momento y aunque a medida que pasan los día se empieza a usar el término “presunta violación” y se especula sobre si ha sido una agresión sexual, el 21 de noviembre, día previo a la declaración de los acusados, la palabra violación vuelve a ser mencionada a lo largo de la emisión. Esta mención a la palabra violación con rotundidad desde el primer día podría interpretarse como una falta de responsabilidad ética del programa al calificar unos hechos que aún no han sido calificados por el juez. x En cuanto a los tipos de informaciones emitidas, el viernes 17 se emite un vídeo resumen de todo lo acontecido durante esta primera semana de juicio en el que se pueden observar los nombres y apellidos de cada uno de los acusados. Dichos nombres se encuentran en una pancarta, portada por un ciudadano durante una manifestación, donde también aparecen las caras, difuminadas, de cada uno de ellos señalando a quien corresponde cada nombre y apellido. El lunes día 20 se dedican ocho minutos al caso de “La Manada” en los que únicamente se emite una entrevista realizada a la hermana de “El Prenda”, uno de los acusados. Los testimonios de la entrevista muestran al acusado como un chico normal y corriente incapaz de cometer los hechos de los que se le acusa. Esta emisión se produce al inicio de la semana clave del juicio y dos días antes de la declaración de los miembros de La Manada, por lo que se entiende como un intento del programa por retratar favorablemente a los acusados e intentar despertar cierta compasión por ellos. Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 22 Imagen 2. Captura de pantalla de El Programa de Ana Rosa (20/11/2017) Fuente: El Programa de Ana Rosa, 20 de noviembre de 2017 Las opiniones personales pronunciadas desde El Programa de Ana Rosa se repitieron en ocho de los doce programas analizados. La mayoría de dichas valoraciones, en las que no se atendía a las pruebas ni a los hechos acontecidos, fueron pronunciadas por el copresentador Joaquín Prats. En ellas afirmaba desde el primer día del juicio que los acusados eran culpables y que sí se había producido una violación. Como prueba que argumentase dicha declaración, el copresentador aludía al caso de Pozoblanco, otro delito por el que los acusados no habían sido juzgados aún en el que se les juzgaba de otra “presunta violación”. Además, el copresentador calificó en varias ocasiones las pruebas aportadas por la defensa de los acusados como “pruebas inservibles y que no debían ser aceptadas por el juez”. Este tipo de comentarios es propio de los juicios paralelos al usurpar la posición del magistrado e indicar en qué sentido tiene que dictar sentencia. El papel del presentador se centró durante estos ocho programas en emitir juicios de valor según sus pensamientos e impresiones y no en actuar como moderador o conductor del espacio informativo atendiendo a las pruebas y hechos contrastados. Durante cinco programas se emitieron informaciones sensacionalistas y morbosas que no aportaban nada relevante del caso. En el primer programa, referente al 13 de noviembre, se emitió un vídeo de los acusados con el título: “Les mostramos el vídeo más salvaje de La Manada. ¿Siempre actúan así?”. En él se publicaban imágenes y vídeos de los acusados de fiesta mientras bailaban y en actitud chulesca que nada tenían que ver con el hecho de cometer o no el delito por el que se les juzgaba. Este tipo de informaciones y vídeos también se pueden apreciar el día 22, jornada en la que La Manada declara ante el juez. “El macabro plan de La Manada” fue el título elegido para el vídeo que estaba montado como si del tráiler de una película se tratase, por el texto de la voz en off, el tono afectado y dramático de la locución y la introducción de música de fondo. El relato del vídeo se basa en recrear cómo fueron todos los acontecimientos de aquella noche de los Sanfermines, según las pruebas y las versiones de ambas partes, pero de una forma morbosa y peliculera. Durante los programas relativos a los días 17 y 23 de noviembre se mostraron detalles Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 23 de otros delitos y condenas de los acusados al igual que imágenes y fotografías de sus tatuajes. Imagen 3. Captura de pantalla de El Programa de Ana Rosa (13/11/2017) Fuente: El Programa de Ana Rosa, 13 de noviembre de 2017 En cuanto a la publicación de detalles irrelevantes sobre los acusados o la víctima, la cadena también incurre en ello durante los programas relativos a los días 13, 23 y 28 de noviembre. Imágenes y vídeos de los procesados bailando de fiesta sin camiseta o fotografías de sus tatuajes como pruebas inculpatorias o justificadoras de sus actos son los elementos que se pueden observar en las dos primeras fechas señaladas anteriormente. En la jornada correspondiente al día 28, última del juicio, El Programa de Ana Rosa centra su atención en el hecho de que los acusados hayan mostrado interés por el dibujante del periódico El Mundo, que fue el encargado de realizar un boceto con sus rostros. El programa califica insistentemente las actitudes de los miembros de “La Manada” como chulescas y soberbias al indicarle al dibujante en el juicio que les sacase guapos. Si realizamos un balance general del tratamiento del caso por El Programa de Ana Rosa vemos que la mayoría de requisitos necesarios para el abordaje responsable de un juicio son incumplidos por el programa. Las opiniones y valoraciones personales se suceden a lo largo de la mayoría de programas, el rostro de la víctima aparece hasta en 17 ocasiones y los nombres y apellidos de los acusados también son mostrados por la cadena, se califican los hechos como violación en varias ocasiones, se realiza una entrevista a la hermana de uno de los acusados, que solo sirve para teñir de emocionalidad el juicio, y muchas de las informaciones vertidas son sensacionalistas y con detalles irrelevantes de los acusados. El programa no siguió una estructura fija para abordar el caso. Sí que se contó con una enviada especial a Navarra, la periodista Lucía Valero, pero hubo menos conexiones en directo con ella y se le dio menos importancia en comparación con la periodista de La Mañana de la 1, Irma Frigenti. En varios de los programas la información referente al Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 30 5. CONCLUSIONES Después de analizar y comparar cómo fue el tratamiento del caso de La Manada por parte de los programas La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa se ha llegado a las siguientes conclusiones: 1. El análisis ha permitido confirmar la primera hipótesis que mantenía que ambos programas realizaron juicios paralelos del caso, en mayor o en menor medida, en alguna de sus emisiones con la publicación de informaciones morbosas y sensacionalistas o con la difusión de detalles irrelevantes de los acusados con el fin de condicionar a los jueces y su sentencia. Ninguna de las dos cadenas se mantuvo ajena a la realización de juicios de paralelos. Televisión Española hizo alusión a la marginalidad y conflictividad del barrio del que procedían los acusados en dos de sus programas mientras que Telecinco informó de sus actitudes chulescas y soberbias en varios vídeos de fiesta de los acusados en un total de cinco ocasiones. 2. El Programa de Ana Rosa mostró el rostro de la víctima sin difuminar en 17 ocasiones, sin rectificar en ningún momento, y utilizó la palabra violación desde el primer día del juicio para referirse al delito cometido por los acusados sin utilizar el adjetivo presunto. TVE, por su parte, nunca publicó ninguna imagen o fotografía de la víctima sin pixelar y solamente difundió un vídeo de los acusados con sus rostros descubiertos, que corrigió al día siguiente. El programa siempre empleó los términos adecuados y correctos para referirse a los acusados y al hecho juzgado. La investigación demuestra que la hipótesis 2, que señalaba un respeto menor del derecho a la presunción de inocencia de los acusados y del derecho a la intimidad de la víctima por parte de Telecinco en comparación con TVE, queda comprobada. 3. La tercera hipótesis que mantenía que TVE, al tratarse de un canal público, informó de forma más clara y objetiva del desarrollo del juicio apareciendo con menor frecuencia que en el caso de Telecinco el empleo de valoraciones y opiniones personales también queda probada. La Mañana de la 1 informó del seguimiento del caso en todos sus programas de forma detallada y completa para los espectadores. Su reportera enviada a Navarra, Irma Frigenti, tuvo un papel clave y protagonista esos días para contar la última hora del juicio y las declaraciones de las defensas. Ni la presentadora, María Casado, ni ninguno de los colaboradores que estuvieron presentes en esas fechas en plató emitieron opiniones o valoraciones que no fuesen acordes a los hechos probados. Por el contrario, en El Programa de Ana Rosa la presencia de su reportera Lucía Valero fue muy inferior, en comparación con Irma Frigenti, y su copresentador, Joaquín Prats, emitió valoraciones personales en ocho de los doce programas emitidos sin atender a los hechos acontecidos. 4. El programa presentado por María Casado contó con un mayor número de fuentes que El Programa de Ana Rosa y de una mayor relevancia y utilidad en función del tema que se trataba. Este hecho favoreció mucho el debate y la explicación de cada una de las cuestiones tratadas para que los espectadores pudiesen entenderlas. Por su parte, Ana Rosa contó con un menor número de Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 31 fuentes autorizadas y recurrió en la mayoría de sus programas a los colaboradores habituales de la cadena que debatían indistintamente sobre la variedad de temas que se abordaban en cada espacio. La investigación evidencia que el número y variedad de expertos no fue similar en ambos programas, como si apuntaba la hipótesis 4, y se refleja que La Mañana de la 1 contó con más y mejores fuentes autorizadas que El Programa de Ana Rosa. Además, se ha podido comprobar que: 5. La cadena pública realizó un tratamiento más completo y correcto del caso en el conjunto de los aspectos analizados durante la investigación y le dedicó un mayor número de minutos en comparación con la cadena privada, que a pesar de tener una duración de programa mayor no le destinó tanto tiempo. El Programa de Ana Rosa no siguió una estructura fija para abordar el caso y no informó del mismo en un día tan relevante como lo fue la declaración de la víctima. 6. La Mañana de la 1 respetó en todo momento el derecho a la intimidad de la víctima sin mostrar ninguna fotografía suya y sin dar informaciones relativas a su persona que pudiesen identificarla y perjudicarla. El Programa de Ana Rosa, por su parte, vulneró este derecho al mostrar continuadamente a lo largo del juicio una imagen suya captada por las cámaras de seguridad sin difuminarla ni pixerlarla. 7. El hecho de ser un juicio a puerta cerrada, hasta las dos últimas sesiones, dificultó enormemente el trabajo periodístico de Irma Frigenti y de Lucía Valero, las dos reporteras encargadas de seguir el caso, para informar verazmente y sin cometer errores o falsedades. La situación creada en la que los medios de comunicación no pudieron acceder a la sala no solo condicionó la labor de los periodistas sino que también influyó en los datos e informaciones emitidas y que recibían los espectadores. Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 32 6. BIBLIOGRAFÍA Calleja, José María (2015). “Violencia de género y medios de comunicación”, en Postigo, Inmaculada y Jorge, Ana (Coords.): El tratamiento informativo de la violencia contra las mujeres. Tenerife, Cuadernos Artesanos de Comunicación, 131-154. Constitución Española. (27/09/2011). Documento consolidado BOE-A-1978-31229. Cortes Generales. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Recuperado de https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229 Espín Templado, Eduardo. (1999). 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Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 34 7. ANEXOS Anexo 1 Periodista: Irma García Frigenti Programa: La Mañana de la 1 Breve resumen de la tarea periodística realizada durante el juicio por el caso de La Manada, del 13 al 28 de noviembre de 2017, (labor o cometidos profesionales desempeñados, tiempo dedicado al caso, seguimiento del mismo, etc). Entre los días 13 y 28 de noviembre de 2017, estuve cubriendo el juicio de La Manada en la Audiencia Provincial de Navarra. Mi trabajo consistía en hacer conexiones en directo, recoger las declaraciones de los abogados a la entrada y a la salida, y contrastar la información para mis crónicas con las distintas fuentes. Al ser el juicio a puerta cerrada, no había otra manera de informar. El tiempo dedicado al seguimiento del caso no solo se limita a la duración de las sesiones. Hay también mucho trabajo previo desde que ocurrieron los hechos y el seguimiento posterior al juicio. No podría especificar el tiempo dedicado al caso, pero es un trabajo que se prolonga en el tiempo incluso a día de hoy. No solo por la cobertura de los acontecimientos relacionados con el caso, también por el continuo trabajo de fuentes que hay que realizar a menudo. Pregunta 1: ¿Considera correcto el tratamiento informativo que el programa dio del caso de La Manada? Creo que como programa y como cadena fuimos muy rigurosos a la hora de tratar la información, siempre contando con el hándicap de tener que informar sobre algo que no has visto ni oído. Contrastamos siempre con todas las partes para poder ofrecer crónicas aproximadas a la realidad. Contamos con el apoyo en plató de expertos en derecho penal que pudieron explicarnos muchos de los conceptos del mundo jurídico y ayudarnos a comprender mejor el procedimiento. También dimos voz al colectivo feminista para aportar contexto, ya que el caso de La Manada ha trascendido lo judicial para convertirse en social. Pregunta 2: ¿Cambiaría alguna de las informaciones emitidas en esos días? Cambiaría las opiniones de algunos contertulios que dieron total credibilidad a las filtraciones de una parte. En concreto los comentarios que se hicieron después de la declaración de la víctima basados en una información publicada en Navarra. Com. Yo misma me encargue de matizarlos durante mi conexión en directo recordando que el programa había contrastado los datos con todas las partes y que no podíamos dar como absolutamente cierta la versión de una sola. Pregunta 3: ¿El derecho a la presunción de inocencia de los miembros de La Manada y el de intimidad de la víctima fueron respetados en todo momento? Nosotros no publicamos fotos ni ningún dato que pudiese ayudar a identificarla. Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 35 Las únicas imágenes que emitimos son de una cámara de seguridad la noche de los hechos y ella aparece pixelada en todo momento. En cuanto a los acusados, en todo momento hablamos de presunción de inocencia y, como programa, no entramos a valorar si eran o no culpables. Una vez publicada la primera sentencia, ya pudimos hablar de condenados en primera instancia. Aunque el caso aún está subíndice y hay que respetar la presunción de inocencia hasta que se agoten todas las instancias. Lo que si te puedo decir es que, una vez condenados, cuando ya estaban fuera de la cárcel decidimos no ponerles un micro para no revictimizar a la víctima. Pregunta 4: ¿Cree que en alguna ocasión las informaciones vertidas por el programa durante esos once días que duró el juicio adquirieron toques sensacionalistas o morbosos alejándose de lo puramente informativo? x En caso afirmativo, ¿cuáles serían esas informaciones o momentos? Sí x En caso afirmativo, ¿cuáles serían esas informaciones o momentos? Creo que las opiniones de nuestros contertulios sobre la declaración de la víctima y sobre aspectos que tenían que ver con ella fueron desafortunadas, no eran información y entraban en el morbo y amarillismo. Pregunta 5: ¿En algún momento no estuvo de acuerdo o no vio moralmente correcta alguna tarea periodística que le asignaron desde el programa para este caso? x En caso de ser afirmativa la respuesta a la anterior pregunta, ¿cuál fue su reacción ante este hecho? No. La dirección del área de magazines de TVE, la dirección del programa, los editores y yo estuvimos desde acuerdo desde el principio en que el caso que teníamos delante era complejo y que nuestro objetivo era informar sin causarle más dolor a la víctima, respetando la presunción de inocencia y contando de la mejor manera un juicio que no habíamos presenciado. Una tarea difícil pero que creo fuimos capaces de solventar por tener los mismos criterios. La mayoría éramos mujeres con perspectiva de género. Pregunta 6: La gran repercusión mediática del caso, ¿influyó de alguna forma en su manera de informar y abordar los hechos? Claro que influyo. Primero por la gran responsabilidad que tenemos quienes nos ponemos delante de una cámara y más en un caso tan complejo como este en el que la línea entre vulnerar derechos fundamentales de ambas partes y no hacerlo era muy fina. Nunca conté nada que no tuviese contrastado por varias fuentes primarias e intenté dejar las conclusiones para el espectador. Pregunta 7: Al ser este un juicio a puerta cerrada hasta las dos últimas sesiones, ¿hasta qué punto condicionó o hizo más difícil la t area de poder narrar lo que acontecía dentro del juzgado? ¿Qué inconvenientes se encontró a la hora de Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 36 recopilar la información y cómo los solventó? Lo hizo extremadamente difícil. Entre conexión y conexión en directo, los periodistas pasábamos horas en los pasillos esperando algún receso para ver si alguna de las partes nos daba información. Había que cogerlo todo con pinzas, dudar de todo lo que nos decían, remontarnos a datos que teníamos en la cabeza y contrastar con todas las fuentes posibles para intentar construir un relato sin sesgo. Pregunta 8: Durante el tiempo que duró el proceso judicial, ¿hubo días, informativamente hablando, más complicados que otros? Sí, sobre todo los días en los que declararon víctima y acusados. Y el día de las conclusiones finales. Pregunta 9: ¿Cree que es necesario algún tipo de ley o norma que regule más a fondo la manera en la que los medios abordan un juicio y a los sujetos implicados? No considero que sea necesario legislar porque creo que eso confrontaría con derechos fundamentales. Si creo que se debería crear algún manual o guía para orientar como informar no solo de un proceso judicial si no de casos de agresiones sexuales o abusos en los que hay víctimas por medio. El poder judicial elaboro una recientemente, pero creo que los periodistas y los medios en general necesitamos más formación. Pregunta 10: ¿Hay algún dato relevante sobre lo acontecido que considere necesario añadir? Creo que lo más importante del juicio fueron las dos sesiones de audiencia pública. Escuchando las conclusiones finales de fiscalía, acusaciones y defensas pudimos hacernos una idea más aproximada de lo que había sucedido allí dentro. Anexo 2 Periodista: Lucía Pérez Valero Programa: El Programa de Ana Rosa Breve resumen de la tarea periodística realizada durante el juicio por el caso de La Manada, del 13 al 28 de noviembre de 2017, (labor o cometidos profesionales desempeñados, tiempo dedicado al caso, seguimiento del mismo, etc). Cubrí el juicio desde su inicio hasta su fin como reportera. ¿Mi labor? Realizar reportajes recordando los hechos acontecidos, conseguir entrevistas con los abogados de las partes y hacer conexiones en directo para contar como transcurrían las sesiones del juicio. Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 37 Pregunta 1: ¿Considera correcto el tratamiento informativo que el programa dio del caso de La Manada? Totalmente. Informativamente se guardó la presunción de inocencia de los imputados y se cuidó al máximo la intimidad de la víctima. Pregunta 2: ¿Cambiaría alguna de las informaciones emitidas en esos días? Personalmente, no. Estoy satisfecha con todas las informaciones que emití y conté esos días . Pregunta 3: ¿El derecho a la presunción de inocencia de los miembros de La Manada y el de intimidad de la víctima fueron respetados en todo momento? Sí. No puede hacerse de otro modo, si pretendes que los espectadores tomen en serio tus informaciones. La presunción de inocencia se mantuvo hasta que hubo una sentencia y jamás se ha emitido ni un sólo dato de la víctima, que pueda suponer una violación de su intimidad. De hecho la víctima, posteriormente, decidió hablar por primera vez y lo hizo enviando una carta a nuestro programa. Pregunta 4: ¿Cree que en alguna ocasión las informaciones vertidas por el programa durante esos once días que duró el juicio adquirieron toques sensacionalistas o morbosos alejándose de lo puramente informativo? x En caso afirmativo, ¿cuáles serían esas informaciones o momentos? Lo que para algunos puede resultar morboso, para otros es información del caso. Trazar estos límites es muy complicado porque la información, al final, puede resultar muy subjetiva en función de quién la vea. Durante los 11 días que duró el juicio se informó de datos y hechos. Se transmitió lo que las partes consideraron oportuno cara al juicio (cuáles eran sus posiciones, peticiones de penas y argumentos) y se narró los hechos que se juzgaban tal y como los habían narrado cada una de las partes. Pregunta 5: ¿En algún momento no estuvo de acuerdo o no vio moralmente correcta alguna tarea periodística que le asignaron desde el programa para este caso? x En caso de ser afirmativa la respuesta a la anterior pregunta, ¿cuál fue su reacción ante este hecho? No se dio ese caso. Si no hubiera estado de acuerdo con algo no lo habría hecho. Pregunta 6: La gran repercusión mediática del caso, ¿influyó de alguna forma en su manera de informar y abordar los hechos? En absoluto. La mayoría de casos que cubro suelen tener mucha repercusión mediática. Hay que abstenerse de ello, obviar la presión y dedicarnos a hacer nuestro trabajo, que no es otro que informar. Si lo haces con ética y Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 38 convencimiento no importa la repercusión, ni la presión. Pregunta 7: Al ser este un juicio a puerta cerrada hasta las dos últimas sesiones, ¿hasta qué punto condicionó o hizo más difícil la tarea de poder narrar lo que acontecía dentro del juzgado? ¿Qué inconvenientes se encontró a la hora de recopilar la información y cómo los solventó? Lo hizo tremendamente difícil porque al ser a puerta cerrada no teníamos información directa de lo que sucedía dentro. En mi caso conseguí la información de lo que acontecía en esa sala a través de otro compañero periodista que tenía buenas fuentes y consiguió toda la información (después cuando tuvimos acceso a la sentencia y al sumario cada una de sus informaciones venían plasmadas ahí) Otros compañeros la solventaron con mucha imaginación. En las últimas dos sesiones del juicio nos permitieron entran en la sala pero sin cámaras de tv, fotográficas, móviles… ni nada que permitiera la grabación de lo que sucedía dentro. Sólo podíamos llevar un cuaderno y un bolígrafo (tipo bic, transparente para evitar cámaras ocultas) o un lápiz. Varios periódicos metieron en la sala a dibujantes de su diario con simplemente un cuaderno y un lápiz y así tuvimos el primer “retrato” de los acusados. Pregunta 8: Durante el tiempo que duró el proceso judicial, ¿hubo días, informativamente hablando, más complicados que otros? Sí. El día que quedó visto para sentencia hubo una gran concentración en la puerta contra los acusados. Tuvieron que vallar la entrada de acceso al Palacio de Justicia de Pamplona y hubo enfrentamientos con la Policía Foral. Al final los periodistas somos un blanco fácil y tuvimos que hacer los directos con insultos y gritos alrededor. Muchos consideraban que no estábamos haciendo bien nuestro trabajo y que protegíamos a los acusados. Pregunta 9: ¿Cree que es necesario algún tipo de ley o norma que regule más a fondo la manera en la que los medios abordan un juicio y a los sujetos implicados? Sí para temas judiciales y para todo tipo de informaciones. Hay límites que nunca se deben pasar y al final todo depende de la ética y forma de trabajar del periodista. Pregunta 10: ¿Hay algún dato relevante sobre lo acontecido que considere necesario añadir? Ninguno. Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 39 Anexo 3 x Nombre del programa televisivo: La Mañana de la 1 x Hecho/suceso resumen de la jornada: Comienzo del Juicio , 1ª disposición judicial x Fecha: 13/11/2017 x Tiempo de duración de la unidad de análisis: 28 minutos x Presencia de expertos y colaboradores (indicar nombre, apellido y profesión): Verónica Guerrero (abogada), Juan Luís Galiacho (periodista), Paco Pérez Abellán (periodista), Javier Urra (psicólogo) y Sonia Cama (psicóloga y experta en agresiones sexuales) TEMA DE ANÁLISIS SUJETO ANALIZADO Presunción de inocencia Miembros de La Manada Víctima (derecho a la intimidad) ¾ Imágenes Sí o No Sí o No Uso de fotografías o imágenes de los sujetos analizados sin pixelar sus rostros (indicar nº de veces) No No ¾ Términos empleados Sí o No _ Utilización de las expresiones “presunto culpable” o “presunta violación” (en caso negativo indicar cuáles) Sí ¾ Informaciones emitidas Sí o No Sí o No Mención de nombres de amigos o familiares de los sujetos No No Informaciones referentes al domicilio, lugar de trabajo u otros elementos que pudiesen perjudicar a los individuos No No Entrevistas o testimonios de vecinos, familiares o testigos que puedan teñir el juicio de emocionalidad o parcialidad No No Juicios paralelos Programa Televisivo (Sí o No) Empleo de valoraciones personales y opiniones dejando a un lado los hechos acontecidos No Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 46 manteniendo su afirmación de que son culpables de violación Sensacionalismo e informaciones morbosas que no aporten nada de relevancia No Detalles irrelevantes de los acusados o la víctima No Información objetiva y clara sobre el desarrollo del juicio Repaso de todas las declaraciones e informaciones claves del juicio y explicación del cronograma con los vídeos grabados por sus teléfonos x Nombre del programa televisivo: El Programa de Ana Rosa x Hecho/suceso resumen de la jornada: Comienzo de la semana clave del juicio (ninguna declaración para este día) x Fecha: 20/11/2017 x Tiempo de duración de la unidad de análisis: 8 minutos x Presencia de expertos y colaboradores (indicar nombre, apellido y profesión): Cruz Morcillo (periodista), Rocío Ramos Paul (psicóloga) y Jorge Pérez Luque (periodista) TEMA DE ANÁLISIS SUJETO ANALIZADO Presunción de inocencia Miembros de La Manada Víctima (derecho a la intimidad) ¾ Imágenes Sí o No Sí o No Uso de fotografías o imágenes de los sujetos analizados sin pixelar sus rostros (indicar nº de veces) No Sí (2veces) ¾ Términos empleados Sí o No _ Utilización de las expresiones “presunto culpable” o “presunta violación” (en caso negativo indicar cuáles) Sí ¾ Informaciones emitidas Sí o No Sí o No Mención de nombres de amigos o familiares de los sujetos No No Gálvez González, Alberto (2019). Juicios paralelos y presunción de inocencia. Análisis comparado del tratamiento informativo del caso de La Manada en La Mañana de la 1 y El Programa de Ana Rosa. Universidad de Valladolid 47 Informaciones referentes al domicilio, lugar de trabajo u otros elementos que pudiesen perjudicar a los individuos No No Entrevistas o testimonios de vecinos, familiares o testigos que puedan teñir el juicio de emocionalidad o parcialidad Sí (entrevista a la hermana de uno de los acusados) No Juicios paralelos Programa Televisivo (Sí o No) Empleo de valoraciones personales y opiniones dejando a un lado los hechos acontecidos Sí (Joaquín Prats: “ El juez tendría que haber tenido en cuenta y valorar otros delitos y episodios de los acusados y no solo este caso”) Sensacionalismo e informaciones morbosas que no aporten nada de relevancia Sí (entrevista a la hermana de uno de los acusados) Detalles irrelevantes de los acusados o la víctima No Información objetiva y clara sobre el desarrollo del juicio No