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Recepción de la filosofía del lenguaje de K.-O. Apel en castellano

Corredor Lanas, María Cristina

Abstract

Producción Científica

Full text

Recepción de la filosofía del lenguaje de K.-O. Apel en castellano CRISTINA CORREDOR Universidad de Valladolid "\ K-O. Apel: Semiótica filosófica. Ed. trad. yestudios introductorios de J. de Zan, R. Maliandi yD. Michelini, Buenos Aires, Almagesto (imp, 1994). J. J. Acero: «La recepción de la filosofía analítica por Apel: el significadoysu validez», en D. Blanco Fernández, J. A. Pérez Tapias, L. Sáez Rueda (eds.), Discurso yrealidad. En debate con K·O. Apel, Madrid, Trotta, 1994, pp. 115-130. 1 H. Schnádelbach ha señalado que la explicación conceptual sistemática -la aclaración yexplicación de la red conceptual por medio de la cual se describen einterpretan las experienciasyel dominio de la fundamentación de normas -la investigación crítica de las condiciones normativas que hacen posible esas experiencias ysu expresión- son, hoy en día, las dos cuestiones más específicamente filosóficas. Remiten al ámbito de la realidad fáctica en el cual las experiencias tienen lugar yal ámbito discursivo de la argumentación reflexiva y crítica acerca de las elaboraciones lingüísticas que han permitidoexpresarlas. Desde un perspectiva filosófico-lingüística, en el primer ámbito se constituye el sentido que luego expresan el conjunto de significados lingüísticos de las lenguas naturales; el segundo permite justificar la validez del sentido así constituido, yesto quiere decir: mostrar que se trata de un sentido íntersubjetivamente válido. Puede darse un paso más ydefinir la noción de significado eomo sentido intersubjetivamente válido. El lenguaje pasa a ser así la institución cons- ISEGORíN17(1997) pp. 165-176 titutiva de todo lo que pertenece al sentido intersubjetivamente válido. Con ello se asume una tesis fuerte, que después habrá de respaldar una teoría del significado desarrollada en detalle: la que afirma el vínculo interno entre significado yvalidez. Esta tesis es central para la filosofía del lenguaje de K.-O. Apel, que él ha llamado pragmáticatrascendental, yestá en la base del giro lingüístico que desde finales de los sesenta ha caracterizado a su pensamiento. Es por ello un acierto haber elegido la contraposición entre realidadydiscurso -o entre facticidad eidealidad, o particularidady universalidadcomo tema general común para un conjunto de ensayos que se ocupan de distintos aspectos de la obra filosófica de Apel, De hecho, los dos libros a que se hace referencia son testimoniode un interés reciente por hacer accesible esta obra mediante traducciones yestudios, interés que ha estado presente desde la publicación de Transformación de la filosofía (Madrid, 1987). Esta atención está teniendo lugar simultáneamente en el ámbito angloamericano y, así, la New School for Social Research ha promovido la traducción al inglés de una selección de 165 NOTAS Y DISCUSIONES ensayos de Apel (New Jersey, Humanities Press) sobre filosofía del lenguaje (vol. 1) yética yteoría de la racionalidad (voL 2). Pero no es menos cierto que Apel es conocido sobre todo por ser el creador, junto con J. Habermas, de la ética del discurso, así como -frente a éstepor-su defensa de una filosofía pragmática trascendental que permita una fundamentación última. Ello ha hecho que se haya considerado a su teoría semiótica ya su filosofía del lenguaje en general sólo con un carácter subsidiario, en tanto que motivadas por las necesidades de fundamentación de una filosofía moral que asume el giro lingüístico en filosofía yhace del universalismo ydel carácter dialógico, comunicativo de la razón sus señas de identidad. Creo, sin embargo, que esta filosofía del lenguaje tiene una entidad propia que hasta ahora, por la falta de traduceiones al castellano, ha permanecido casi ignorada entre nosotros. Si bien es cierto que Apel ha asumido explícitamente las tesis centrales de la teoría pragmática universal del significado de J. Habermas, no lo es menos que sus propios análisis de las distintas concepciones del lenguaje, tanto históricas como contemporáneas, ysu semiótica filosófica -que parte de la trasformación semiótica de la filosofía trascendental de Kant por Ch. S. Peircemanifiestan una originalidad yuna potencia de pensamien- to que han sido fértiles tanto al influir en sentido inverso sobre Habermas como al sugerir, con sus argumentos yobservaciones, posibles líneas de crítica. Más aún, es imprescindible .leer la ética discursiva de Apel desde la 'teoría del significado y la semiótica filosófica que constituyen su fundamentación. En este sentido resultan particularmente aclaradores los tres estudios introductorios de 1. de Zan, R. Maliandi yD. Michelini, El primero se centraen la propuestafilosófico-lingüís- tica de una pragmática trascendental, esforzándose por precisar los conceptos filosóficos centrales puestos en juego; el 166 segundo explica el modo en que esa filosofía del lenguaje permite fundamentar las tesis básicas de la ética discursiva; finalmente, el último se ocupa de la teoría de la racionalidad que resulta de estos desarrollos previos. JI En lo que sigue voy a centrar la atención en el único ensayo de Discursoy realidad que se ocupa, explícitamente, de una crítica a la filosofía del lenguaje de Apel y, en particular, a su interpretación del Wittgenstein de las Investigaciones filosóficas (lF). Sin que esto suponga una descalificación global de su estudio, creo sinembargo que J. J. Acero no llega a identificar un problema central al que intenta responder el planteamiento de Apel. Su análisistomaen consideraciónen gran medida un ensayo aún no publicado de éste, por lo que algunas de las observaciones que siguen podrían no ser enteramente justas. Por otra parte, puesto que la crítica de Acero se restringe al análisis de lo que se ha llamado el uso epistémico (o cognoscitivo) del lenguaje y de la noción de validez epistémica(verdad) correspondiente, también se haráasí aquí. J. J. Acero atribuye a Apel lo que se ha denominado una «interpretación comunitaria» de Wittgenstein, basada en la lectura de P. Winch. Según ésta, la noción de regla y el seguimiento de reglas sólo puede explicarse por referencia a alguna comunidad lingüística; únicamente habría conductalingüística ajustada a reglas cuando aquélla sigue pautas vigentes o sancionadas como válidas por una instancia pública o comunitaria de control. El paso a una pragmática trascendental lo da Apel cuando defiende una dimensión normativa que guía las elaboraciones fácticas y que remitiría a una comunidad ideal de comunicación que, ademásde un ideal regulativo, es vista también por Apel «como principio 18EGORíN17 (1997) NOTAS Y DISCUSIONES constitutivo del contenido de conceptos, del significado de las palabras y, en general, de la validez de las normas sociales» (Acero,ibid., p. 121). Estosupone la defensa de una tesis más fuerte acerca de la relación entre pensamiento (o mente) y lenguaje, tesis ala que Acero atribuye una unidireccionalidad radical que no existe en Apel yque probablementemotivasu fuerte rechazo crítico. No cabe duda de que Apel ha defendido que la intencionalidad de la mente no es originaria; lo ha hecho en el curso de su crítica a la fenomenología trascendentalde Husserl ya las concepciones íntencionalistas del lenguaje (cf. e. g. Apel, Semiótica filosófica, cap. 3). Pero afirmar que «la relación entre mente ylenguaje resulta ser la inversa de la propugnada por el solipsismo metodológico» (Acero, ibid; p. 121) supone atribuirle lo que Apel mismo en otros lugares ha denunciado como una falacia idealista. Aquí es preciso tener en cuenta la distinción introducida al comienzo entre 10 que constituye el sentido ylo que justifica la validez intersubjetiva del sentido constituido. En su lectura crítica del último Searle, Apel reprocha a éste el tomar, como condición para su teoría del significado, la de «una dependencia unilateral del significado lingüístico con respecto a la intencionalidad de la conciencia, de la que se alega que es más fundamental... en contraste con ello me gustaría proponer, para Jos casos normales de enunciados asertivos yconvicciones básicas, la tesis de una dependencia recíproca del apriori de la conciencia yel apriori lingüístico» (Apel, «Is intentionality more basic than línguistic meaníng?», en E. Lepare yR. v. Gulick (eds.), Iohn Searie andhis critics, Oxford, 1991, pp, 31-55, aquí p.41). Precisamente, lo que Apel critica a una parte de la filosofía analítica del lenguaje es su exageración sernanticista, que llega arechazar la posibilidad misma de examinar las teorías por medio de la expe- ISEGORfN17 (1997) riencia libre de teoría. Existiría una diferencia incuestionable entre los enunciados libres de evidencia ylos juicios de percepción «que introducen de manera ejemplar, por así decirlo, nuevos predicados, atendiendo acualidades yrelaciones que se hacen presentes con respecto adeterminadas objetos deícticamente identificables» (Semántica filosófica, p. 322). Pero tampoco es posible retroceder a una teoría de la verdad como evidencia en el sentido del solipsismo metodológico de Husserl o de las modernas teorías de la intenciona- Jidad. La mediación necesaria entre la evidencia fenomenológica yla semánticafilosófica se hace posible en la semiótica de Peirce ysu diferenciación de tres categorías semióticas fundamentales (<<primeridad», «segundidad», «terceridad») unidas atres tipos de signos correspondientes (iconos, índices, símbolos). La evidencia libre de teoría de la representación de un estadode cosas en losjuiciosde percepción se apoya solamente en las funciones no simbólicas (i. e. no referidas aconceptos) que los signos lingüísticos pueden cobrar en el contexto de las situaciones de percepción. Estasfunciones no simbólicasson: 1. Funciones deícticas (indexicales) de los términos identificatorios (pronombres demostrativos, nombrespropios, adverbios de lugaryde tiempo); la función indexical del signo asegura, en el acto de la identificación del objeto, el contacto real de la percepcióncon la existenciayla afección causal de lo real independiente de la conciencia. 2. Funciones cuasi-icónicas de las predicaciones; dirigen la atención a las características cualitativas fenoménicas de las propiedades yrelaciones entre objetos. Pero «este aseguramientosemiótico (es- to es, posibilitado por las funciones no simbólicas del lenguaje), de la evidencia libre de interpretación de la representación lingüísticadel mundo,no fundamenta todavía sin embargo, según Peirce, ningún conocimiento intersubjetivamente válido... Para esto se requiere todavía el juicio de la per- 167 NOTAS Y DISCUSIONES cepción, el cual, de acuerdo con las posibilidades, hace intervenir ahora el rendimiento interpretativo de los simbolos conceptuales del lenguaje dependiente de la tradición» (ibid., p. 324). Incluso en el pensar solitario con prestación de validez o en el conocer «algo como alges está implícito, por tanto, el presupuesto necesario de la intersubjetividad comunicativa. Esto significa que una mente individual no podría pensar con pretensión de validez, si al hacerlo hubiera «puesto entre paréntesis» el lenguaje yla comunidad de comunicación que ello presupone (ibid; p. 173). La tesis que sí defiende Apel, sin ninguna ambigüedad, es la de que el pensamiento puede verse como comunicación interna- /izada. Esta afirmación se justifica porque, de acuerdo con la teoría semiótica de Peirce, el momento fenomenológico de la experiencia, en cuanto experiencia precomunicativa inmediata, sólo puede aprehenderse en su objetivación lingüística. Esta objetivación tiene lugar, en primer término, en el horizonte de sentidoya dado, en el seno de los significados constituidos históricamente ysocial einstitucionalmente aceptados, que cabe reconstruir como convencionales (sentidopreconstituidode los símbolos conceptuales). La problematización de estos significados fácticos puede provenir de la experiencia prelingüística; pero lo que justifica la validez del nuevo sentido constituido (a través de la introducción, p. ej., de nuevos símbolos conceptuales) no es una correspondencia ingenuamente «recuperada», sino su resolución mediante un proceso de entendimiento entre sujetos alcanzado argumentativarnente. La experiencia entra en juego como referente necesario; pero la revisión crítica de las convenciones de significado a que da lugar no arroja nunca el resultado de un acceso a lo «originario» en la experiencia, o una superación de las mediaciones lingüísticas -por el carácter convencional oinstitucional del lenguaje. Esto, sin embargo, no 168 disuelve la idea de validez: por el contrario, pone de manifiesto la dimensiónnormativa presente en la justificación de la validez de los significados constituidos y, por consiguiente, en la necesidad de recuperar reflexivamente las condiciones que hacen posible que la propia experiencia se objetive en el lenguaje -lo que supone una remisión inevitable a un entendimiento con los otros. Para Apel, lo trascendental está en la intersubjetividad entendida como condición de posibilidad del entendimien- to entre quienes establecen una comunicación lingüística. La noción de racionalidad que entra aquí en juego no es la de una facultad que «constituye» la experiencia o que tiene preeminencia sobre ésta, sino la de una competencia que permite recuperar y reconstruir lo pre-racional yjustificar la validez del sentido que surge espontáneamente; y lo hace en el contexto de la comprobación fáctica de esa validez, en el transcurso de procesos de aprendizaje y procesos de revisión de lo previamente constituido. Pero lo último tiene lugar necesariamente en el contexto del habla argumentativa, odiscurso; éste se caracteriza porque en él los participantes elevan con sus actos de habla (unidades mínimas de significado) pretensiones de validezuniversal (verdad, rectitud, veracidad), yasumen tácitamente presupuestos de carácter normativo. El ensayo de Apel en que se basa Acero se ocupa en particular de lo que se llama el argumento de los imconprendidos, quc permite a Apel explicar el proceso que lleva a que nuevos significados (p. ej., mediante la introducción de nuevos términos, o el recurso a las funciones no simbólicas del lenguaje) alcancen validez intersubjetiva. Acero reconstruye la argumentación de Apel a partir de cinco premisas y una conclusión, cuya validez cuestiona: pues <mi la premisa [P3Jni la premisa [Ps] me parecen verdaderas». [P3] se enuncia: «El concepto de comunidad es un ISEGORIA/17 (1997) NOTAS Y DISCUSIONES ingrediente constitutivo del de regla»; {P4] es: «El estudio empírico de los usos lingüísticos no puede proporcionarnuncaevidencia concluyente para decidir la cuestión de derecho» (Acero, ibid., pp. 124, 123). La primera de las dos premisas, [P3], constituye lo que Acero denomina una interpretación comunitaria del seguimiento de reglas. Frente aesta interpretación, Acero defiende otra lectura: la que permite atribuira un sujeto que actúa monológicamente el seguimiento de reglas «privadas», capaces de cristalizar en una costumbre. Acero intenta mostrar, frente a ello, cómo en Wittgenstein quedaría abierta la posíbilidad de que una regla pueda ser seguida por un solo individuo; lo que en las IF se establece sería el requisito de una pluralidad de usos de la regla, pero no de una pluralidad de usuarios (¡bid., p. 125). Con ello, la noción de regla en Wittgenstein sería compatible con una concepción del significado que considere la inteneionalidad de la menteoriginaria con respecto al lenguaje. Sin duda Acero tiene razón en su precisión (ibid., n. 13) acerca de lo que la proposición IF, §199, literalmente dice: «No puede haber una únicavez en que un hombre siga una regla.s La regla implica una pluralidad de aplicaciones: una regularidad cristalizada en costumbre «lUSOS, instituciones»). Pero concluir que ello es compatible con que sí pueda haber un único hombre que establezca reglas para sí mismo está tan lejos de constituir una inferencia lógica como la lectura de Apel, quien «atribuye aWittgenstein la afirmación de que ningún hombre puede seguir una regla para él solo» (ibid.). De hecho, Acero omite en su corrección de la cita lo que precede ysigue inmediatamente a esa afirmación de Wittgenstein, yel contexto podría resultar en este caso partícularmcnte importante para la interpretación. En sentido estricto, la lectura I<SO- lipsista» que Acero propone es posible. Pero él prescinde en su discusión de que ISEGORíN17 (1997) IF, §199consiste en una respuestanegativa a la pregunta explícita por la posibilidad de que puedahablarse de un único usuario: «¿Es lo que llamamos "seguir una regla" algo que pudiera hacer sólo un hombre sólo una vez en la vida?» Y, aunque la respuesta de Wittgenstein prescinde de volver a enfatizar la negación (<<No ... un [solo] hombre...») en lo relativo al hablante -al «seguidor de reglass-c-, el tipo de reglas a que se hace referencia como ejemplos implican, necesariamente, la presencia de un interlocutor: «No puede haber sólo una única vez en que un hombre siga una regla. No puede haber sólo una única vez en que se haga un informe, se dé una orden, o se la entienda, etc.» Necesariamente también, por tanto, la regla tiene que ser tal -tiene que ser reconocible, y por tanto compartidapara los participantes en la interacción. SiWittgenstein, en este contexto de ejemplos, hubiesevuel- to a enfatizar: «No... un [solo] hombre... haga un informe, .,. dé una orden, o... la entienda», estaría en el mejor de los casos siendo redundante. Pues esta última parte de la proposición entraña -desde el punto de vista formal-pragmático-e- una respuesta negativa a la totalidad de lo cuestionado. Lo que parece ser el principal punto de desacuerdo con la perspectiva kantiana de Apel se encontraría, sin embargo, en la premisa [Ps], a la que Acero atribuye acertadamente un carácter fundamental. En efecto, comoya se ha dicho, para Apel «el estudioempíricode los usos lingüísticos no puede proporcionar nunca evidencia concluyente para decidir la cuestión de derecho» (Acero, ibid.], Éste es precisamente el punto en el que Apel ha discrepado de J. Habermas; el último ha defendido que sí son las ciencias empíricas las que, de modo progresivo, pueden ir iluminando yproporcionando el suficiente apoyo a la reconstrucción de carácter filosóficos que las precede. Ello manteniendo al mismo tiempo una perspectiva kantiana en relación con la presencia de presupues- 169 NOTAS Y DISCUSIONES tos normativos en la comunicación -aun sin el saIto «trascendental» yhaciendo igualmente la interpretación comunitaria de Wittgenstein que Acero critica. Esto fuerza a precisar mejor, en el contexto de la teoría del significado de la pragmática universal propuesta conjuntamente por Apel yHabermas, qué noción' de regla entra en juego, qué se entiende por norma onormativo; yen qué sentido estas nociones se vinculan con la realidad fáctica de losusos del lenguaje, con lo empíricamente describible. La noción de regla entendida normatívamente, en su sentido kantiano, es distinta de la que puede explicarse en términos de regularidades oconvenciones observables, en un sentido wittgensteiniano. Esta distinción, que Acero pasa por alto en su crítica, es fundamental en el presente contexto (cf. e. g, J. Habermas, Moralbewuñtsein und kommunikatives Handeln, Francfort, J983, pp. 97-104). Las reglas del habla argumentativa, aquellas a las que se atribuye un carácter normativo, no son constitutivas en el mismo sentido en que lo son las reglas del ajedrez. Pues, mientras éstas determinan [ácticamente la práctica del juego que constituyen, las primeras no son constitutivas en el sentido de que proporcionen una determinación de hecho para un tipo de actividad, ni son susceptibles de ser descritas como convenciones. Las reglas del habla argumentativa son una forma de representación de los presupuestos pragmáticos que caracterizan esta práctica comunicativa, tácitamente aceptados yasumidos por los participantes en la comunicación. Si se compara la práctica del ajedrez con la de la argumentación, los equivalentes de las reglas del ajedrez serían aquellas regias de la argumentación que, de hecho, se siguen cuando se elaboran eintercambian argumentos. Las reglas normativas de la argumentación señalan a las condiciones que los participantes han de suponer suficientemente satisfechas, si es que pretenden validez 170 para sus argumentos. En este sentido, se trata de reglas que rigen contrafácticamente. Los presupuestos pragmáticos universales (máxírnamente generales) ynecesarios (inevitables) que representan estas reglas incluyen: L El reconocimiento del derecho de todos aquellos capaces de habla yacción a participar en la argumentación. 2. En el transcurso de estos procesos argumentativos todos se encuentran en una posición de reciprocidad igualitaria, en el sentido de que tienen igual derecho aintervenir, aintroducir nuevos temas, a solicitar que se reflexione sobre o que se revisen los presupuestos de la conversación, etc. A las prácticas argumentativas guiadas por el respeto a estos presupuestos, Apel les da el nombre de comunidad idealde comunicación. Evidentemente, si no se trata aquí únicamente de la caracterización definicional de una forma ideal de comunicación, es preciso mostrar que «en el caso de las reglas del discurso no se trata simplemente de convenciones, sino de presupuestosirrenunciables» (ibid., p. 100). Lo que está en el trasfondo de esta distinción tiene que ver con una dificultad central para la propuesta que se está elaborando: el riesgo de una caída en una teoría pragmatista puramente descriptivayque no pueda evitar el relativismo -algo que tanto Habermas como Apel reprochan aWittgenstein, yque invalidaría la pretensián de universalidad de la teoría que estos autores proponen. Pues estos presupuestos contrafácticos sólo pueden identificarse cuando se adopta la perspectiva de un participante en la interacción: «Con ello hemos de apelar a la precomprensión intuitiva con la que todo sujeto capaz de lenguaje yacción entra en la argumentación» (ibid.}, Para salvar el universalismo, Apel ha recurrido al argumento de la inevitable caída en una contradicción realizativa (performativer Widerspruch) siempre que se intenta negar la validez de estos presupuestos. Su discrepancia con Habermas reside en que, ISEGORÍN17 (1997) NOTAS Y DISCUSIONES para Apel, el único ámbito comunicativo en el que es posible identificar estos presupuestos normativos en actitud reflexiva, ymediante la aplicación metodológica de principio de no-autocontradiccíón realizativa, es el del discurso argumentativo en el que se trata de la justificación de pretensiones de validez problematizadas yde la fundamentación de normas. Mientras, Habermas, sobre la base de la tesis que afirma la preeminencia normativa del uso comunicativo del lenguaje (orientado al entendimiento) sobre otros usos estratégicos, considera posible acceder a los presupuestos universales einevitables dc la comunicación a partir de la investigación empírica (cf. Semiótica filosófica, pp. 119-149.) En su crítica aApel, Acero atribuye a una estrategia kantiana el verse obligado, a partir de las premisas [P3] (que «sienta ciertos hechos acerca de la necesidad o normatividad de nuestra experiencia cogniriva»), [P4] (los «incomprendidos» que introducen innovaciones siguen correctamente reglas) y [PsJ (premisa «deflaccíonista», «relativa a las limitaciones de nuestros sistemas sensoriales»), apostular una instanciatrascendental, la comunidadideal de argumentación. Acero cree que, al igual que Kant, «tampoco toma Apel una sola medida que respalde [PsJ» (Acero, ibid., p. 127). Frente a esto, él defiende que «el pasode la norma a la regularidad es mucho másdirecto ylegítimo de lo que [Ps] asegura» (ibid., p. 126). Es evidente que esta afirmación no toma en cuenta la distinción conceptual precedente; pero tampoco podría dar razón de ella desde la tesis fuerte que parece defender: para que algo «posea» significado, es preciso que esté «tocado con el don de la intencionalidad»; y «allí donde hay intencionalidad, hay una regla» (ibid.). Paradójicamente, Kant no habría estado en desacuerdo con estasúltimas afirmaciones; forman parte, inequívocamente, de lo que se ha llamado el paradigma de la filosofía de la conciencia -la ISEGORíA/17 (1997) que concede preeminencia a la intencionalidad de la mente ya las categorías y principios presentes en la conciencia, de los que hace depender toda otra elaboración opráctica. Pero, 10 que es más importante, Acero parece pasar por alto un problema central, precisamente el que crea dificultades a la posición intencionalista que él parece defender y que constituye la preocupación fundamental de la filosofía de la intersubjetividad que él discute: el de cubrir el salto conceptual que hay desde una conciencia solipsista a10 compartido de forma pública ycon validez intersubjetiva. El universalismo que Kant había hecho descansar en los conceptos yprincipios a priori de la razón resultó inmediatamente puesto en cuestión por la crítica lingüística que le dirigieron J. G. Harnann, J. G. Herder yW. v. Humboldt. Estos autores pusieron de manifiesto que no podía decirse, de las categorías yprincipios kantianos, que procedieran de un ámbito prelingüístico (mente oconciencia); puesto que sólo accedemos aellos en la mediación del lenguaje, lo que caracteriza a esa intencionalidad supuestamente originaria de la conciencia es su lingüisticidad y, por ello, el que sus contenidos (los conceptos ysus relaciones) son siempre relativos aun contexto social ehistórico. Hegelextrema esta idea al «tender el puente}, dialéctico entre sujeto yobjeto yconsiderar la realidad objetiva como la fusión de objeto yconcepto -este último, necesariamente Iingüístico-;Ia realidad objetiva, ya sea material osocio-histórica, tiene una legalidad propia de la que la subjetividad es un elemento integrante activo. Como Ch. Taylor ha señalado (<<Theodes of meaning», en Philosaphical papers, Cambridge, 1985, pp. 248-292), la crítica lingüística aKant lleva a poner de manifiesto cómo al lenguaje le corresponde, además de las funciones representativa y expresiva, una función constituyente -que puede explicarse, de nuevo paradójica- 171 NOTAS Y DISCUSIONES mente, tomando las palabras del propio Acero: «el lenguaje no es sólo un medio de expresión, sino también un medio de constitución del pensamiento» (Acero, ibid., p. 127). Pero lo que entra en juego aquí no es la oposición solípstsmo/intersubjetivismo, sino la dificultad aludida antes yque Acero no llega a tratar, quizá porque asume a su vez otra premisa. El «lenguaje» no aparece nunca en singular: lo que hay son lenguas, en plural, yde cada una de ellas puede decirse que incorpora una concepción del mundo (Humboldt), históricamente constituida e irreductiblemente diversa. Desde la perspectiva de, esta crítica no parece correcto, como hace Acero, poner en correspondencia [Ps] con la consideración kantiana de que lo dadoa la intuición es una pluralidad de sensaciones dispersas; más bien, esta diversidad epistémica estaría ahora en correspondencia con la diversidad de las lenguas naturales. Aceptar que el lenguaje tiene una función constituyente respecto a esta imagen del mundo equivale a hacer descansar en el lenguaje (en cada lengua) los rendimientos que Kant atribuía a una conciencia trascendental. Yentonces se hace difícil dar cuenta de algo que Acero no llega a discutir: que «la incorrección de [una] representación» pueda establecerse en absoluto, yello «haciendo constar pura ysimplemente el hecho de que...»(ibid; p. 126)- Si uno se toma en serio la función constituyente del lenguaje, entonces -como lo muestra Taylor desde su posición hegeliana- tanto lo que se toma corno hecho, como la configuración de objetos que lo integran, como el procedimiento que permite «hacerlo constar» son absolutamente relativos al contexto histórico, social ycultural. Y este relativismo alcanza inevitablemente al planteamiento intencionalista: pues tiene que «saltar» desde los contenidos intencionales prelingüísticos a las convenciones (lenguaje como institución) que permiten expresarlos, y para ello ha 172 de postular que las condiciones de satisfacción de los actos de habla coinciden con las del acto intencional, el cual es originario con respecto a su expresión. El cómo es posible que estas condiciones, originariamenteextralingüísticas, seanexactamente las que se encuentran lingüísticamente reflejadas mediante las expresiones convencionales de las distintas lenguas naturales no queda satisfactoriamente contestado sin dar respuesta a la crítica lingüística aKant. El propio J. Searle lo ha formulado así: «la clave para el problema del significado reside en ver que, en la realización del acto de habla, la mente impone intencionalmente, sobre la expresión física [e. d. lingüística, C. e] del estado mental expresado, las mismas condiciones de satisfacción que el estado mental posee en sí mismo» (Intentionality, Cambridge, 1983, p. 164). Pero, obiense asume una posición naturalista yse supone que las representaciones intencionales se corresponden con la estructura real de los hechos, es decir, que las «afecciones en el alma» son signos de las cosas mismas -y esto obligaría aremitir toda la construcción al ámbito normativodesde el que se justifica la validez de esta posición epistemológica-, o es algo que meramenteseconstata: perosólo lo pueden constataraquellos que pertenecen a un mismo contexto cultural y a una misma comunidad lingüística, con 10 que han tenido acceso a todos los preparativos lingüísticos que permiten nombrar objetos yrepresentar hechos (Wittgenstein, IF). En ese caso, el trasfondo del que habla SearIe, la comunidad lingüística a la que se pertenece, es elemento necesarioparateneracceso a la intencionalídad de la propia conciencia. Pero además, y excepto si se recurre al postulado del presupuesto naturalista anterior, no es posible salvar el inevitable relativismo ligado a la aceptación del valor constituyente del lenguaje parala imagen del mundo. Esto afecta a toda la discusión de Acero relativa ISEGORíA/17 (1997) NOTAS Y DISCUSIONES a sies posible (ono) atribuirelseguimiento de reglas a un sujeto solitario. La cuestión no es que él mismo pueda darse reglas o no, sino que, cuando lo hace --como el ejemplo de Robinson, que Acero menciona, pone particularmente de manífies- to-, necesariamente parteyade-supropia experiencia lingüísticayde su conocimien- to de las reglas semánticas ypragmáticas que permiten emplear signos;en este sentido es ya, por así decir, un «competente seguidos de reglas», La noción que la teoría intersubjetiva del significadointroduce en correspondencia con (ycomo contrapuesta a) la de condiciones (le satisfacción (o de éxito) de los actos de habla es la de condiciones de aceptabilidad. Ambas remiten a laoposición de racionalidad comunicativa/racionalidad estratégico-instrumental, yconstituyen así la principal modificación que la teoría pragmática universal del significado lleva a cabo a partir de la teoría de actos de habla. Pues lo que en primer término aparece como condiciones de éxito (de un acto de habla) es idéntico a lo que Austin había introducido como condiciones de logro (o éxito) en la comunicación y que después Searle desarrolló bajo la categoría de condiciones de satisfacción ....-como re-elabo- ración pragmática de la categoría semántica de condiciones de verdad. Searle reconstruía estas condiciones como condiciones necesarias ysuficientes para la realización con éxito de la comunicación -y ello podría ser visto, a su vez, como un conjunto de reglaspara la comunicación con éxito de la fuerza ilocutiva que acompaña al contenido proposicional. En cualquier caso, el vínculo entre lascondiciones (pragmáticas) de satisfacción o éxito yel logro alcanzado en la comunicación -in- cluido el entendimiento de la fuerza ilocutiva-> sólo la establecía Searle con una pretensión de adecuación descriptiva: se explicaba en términos de regularidades tácitamente conocidas por los hablantes y empleadas por ellos,que seveían remitidas ISEGORíN17 (1997) -en última instanciaaconvenciones de carácter pragmático. De ahí que la aparentemente fuerte confrontación entre esta concepción «convencionalista- del lenguaje (teoría institucionalista del significado) yuna concepción intencionalista no obligue a Searle, en su segundo planteamiento intencionalista, a prescindir de la noción de condiciones de satisfacción/de éxito; ello, en la medida en que Sunueva teoría sigue manteniendo una concepción del lenguaje entendido como un conjunto de convenciones o regularidades fácticas que permiten expresar contenidos intrapsíquicos, yse limita a discutir la prioridad de uno u otro elemento. Mientras las reglas constitutivas del lenguaje no son vistas como constitutivas de la intcracción humana ydel propio mundo de la vida, esdecir, mientras no cobranun carácter normativo, y s610 pretenden adecuación descriptiva para regularidades fácticas,la teoría delsignificadoresultante tampoco puede pasar de lo «institucional» (convencional) a lo intersubjetivarnente válido. A la contraposición entre condiciones de éxito (contingentes, empíricamente identificables como regularidades) ycondiciones de aceptación ~de aceptabilidad- le subyace la tesis fundamental de que «entendemos un acto de habla cuando sabemos qué lo hace aceptable», que remite a su vez al ámbito normativo (contrafáctico) de justificación de la validez. Y esta tesises a suvezdependiente del hecho de que la existencia de reglas intersubjetivamente compartidas hace a los actos de habla susceptibles de critica, sobre la base de suspretensionesde validez.En el marco de su defensa del habla argumentativa como el ámbito en el que es posible la auto-reflexión capaz de identificar los presupuestos normativos de la comunicación -presentes en este uso normativamcnte «prioritario» del lenguaje, y que constituiría una especie de límite trascendental respecto a otros usos, como el abiertamente 173