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Estrategia europea de empleo

Cerezo Pérez, César Julián

Abstract

Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos

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UNIVERSIDAD DE VALLADOLID – CAMPUS DE PALENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DE TRABAJO ESTRATEGIA EUROPEA DE EMPLEO Trabajo Fin de Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos César Julián Cerezo Pérez Junio de 2012 Directora del Trabajo Fin de Grado: Doña María Inmaculada Mínguez Lara. Profesora Titular de EU del Departamento de Economía Aplicada. Facultad de Ciencias del Trabajo de Palencia. Universidad de Valladolid. Universidad de Valladolid. Campus Universitario de Palencia Facultad de Ciencias del Trabajo Trabajo Fin de Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos: ESTRATEGIA EUROPEA DE EMPLEO Autor: César Julián Cerezo Pérez Junio de 2012 Directora del TFG: María Inmaculada Mínguez Lara Profesora Titular E.U. del Departamento de Economía Aplicada Facultad de Ciencias del Trabajo de Palencia Universidad de Valladolid Contenido INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................................... 5 1 JUSTIFICACIÓN .................................................................................................................................... 5 1.1 Relevancia Temática .................................................................................................................. 5 1.2 Fundamentación Teórica ........................................................................................................... 5 1.3 Antecedentes ............................................................................................................................. 6 1.4 Vinculación con las competencias propias del Título ................................................................ 6 2 DISEÑO ............................................................................................................................................. 7 3 CONTEXTO ......................................................................................................................................... 8 CAPITULO I: LA UNIÓN EUROPEA ......................................................................................................... 10 1 INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................. 10 2 LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA UNIÓN EUROPEA .................................................................................... 10 3 LAS ATRIBUCIONES DE LA UNIÓN EUROPEA EN POLÍTICA DE EMPLEO ........................................................... 11 4 DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA ......................................................................................................... 14 4.1 Los tratados ............................................................................................................................. 15 4.2 Reglamentos, Directivas y otros actos legislativos .................................................................. 16 CAPITULO II. ANTECEDENTES DE LA ESTRATEGIA EUROPEA DE EMPLEO .............................................. 17 1 LA COOPERACIÓN EN MATERIA DE EMPLEO ANTES DE 1997 ....................................................................... 17 1.1 El Tratado de Roma ................................................................................................................. 17 1.2 El Tratado de Maastricht ......................................................................................................... 19 1.3 El Libro Blanco de Delors ......................................................................................................... 19 1.4 Cumbre de Essen. .................................................................................................................... 20 2 EL TRATADO DE ÁMSTERDAM .............................................................................................................. 21 2.1 Mención a “El Comité de Empleo”: .......................................................................................... 23 3 CONSEJO EXTRAORDINARIO DE LUXEMBURGO: NACIMIENTO DE LA DENOMINADA ESTRATEGIA EUROPEA DE EMPLEO 23 CAPITULO III. LA ESTRATEGIA DE LISBOA ............................................................................................. 29 1 LA ESTRATEGIA DE LISBOA EN MATERIA DE EMPLEO ................................................................................. 29 2 BALANCE DE CINCO AÑOS DE APLICACIÓN DE LA EEE: REVISIÓN INTERMEDIA EN 2002 .................................. 35 3 NUEVAS DIRECTRICES PARA 2003 ........................................................................................................ 37 4 RELANZAMIENTO DE LA ESTRATEGIA DE LISBOA EN 2005 Y LAS NUEVAS DIRECTRICES INTEGRADAS ................... 39 5 REFUERZO DE LA ESTRATEGIA DE LISBOA (2008-2010) ........................................................................... 47 6 LOS EFECTOS DE LA CRISIS Y BALANCE EN LA ESTRATEGIA DE LISBOA ............................................................. 52 6.1 Los efectos de la crisis en la Estrategia de Lisboa .................................................................... 52 6.2 La evaluación de la Estrategia de Lisboa ................................................................................. 53 CAPITULO IV: LA ESTRATEGIA EUROPA 2020 ........................................................................................ 56 1 UNA ESTRATEGIA PARA EL CRECIMIENTO ................................................................................................ 56 1.1 El Semestre Europeo. ............................................................................................................... 59 2 ACTUAL DESARROLLO DE LA ESTRATEGIA EUROPEA DE EMPLEO .................................................................. 60 2.1 Objetivos e Iniciativas emblemáticas de la EEE ....................................................................... 61 2.2 Estrategia Europea de Empleo - Directrices para el empleo. .................................................. 63 2.3 Coordinación de la Estrategia Europea de Empleo .................................................................. 65 2.4 Participación de todos los sectores de la sociedad .................................................................. 67 CONCLUSIONES .................................................................................................................................... 68 BIBLIOGRAFÍA ...................................................................................................................................... 69 Estrategia Europea de Empleo – Introducción 5 INTRODUCCIÓN 1 Justificación 1.1 Relevancia Temática La estrategia europea de empleo (EEE) se creó con objeto de orientar y asegurar la coordinación de las prioridades de política de empleo apoyadas por los Estados miembros en el ámbito de la Unión Europea (UE). El mercado de trabajo actual, caracterizado por una desocupación masiva, un desempleo de larga duración en franco aumento, precariedad en el empleo y el consiguiente impacto en el sostenimiento de los sistemas de protección social, ha generado en lo que respecta a la Unión Europea, la revisión de su política de empleo comunitaria, a fin de adaptarla a las actuales circunstancias para dar respuesta a la problemática suscitada por las transformaciones en el trabajo y en el empleo. Se está generalizando las formas atípicas o no tradicionales de empleo; el desempleo persistente, en particular el de larga duración y el de algunos colectivos de trabajadores (jóvenes, mujeres, personas mayores); los cambios demográficos entre ellos el envejecimiento de la población así como las diferencias regionales entre los países miembros de la UE, representan serios desafíos en la consecución de los objetivos de la EEE de alcanzar el pleno empleo, la competitividad y la cohesión social. 1.2 Fundamentación Teórica El propósito de este trabajo es describir y analizar los pasos dados por la UE en materia de empleo, la ejecución y resultados de la Estrategia Europea de Empleo (EEE), en el que se hace referencia a la política de empleo comunitaria impulsada por la UE y en especial a partir de la creación de la EEE en el Proceso de Luxemburgo en 1997, la cual pretende dar respuesta a los cambios que están ocurriendo en el mercado de trabajo de la UE, pasando por la Estrategia de Lisboa hasta la nueva Estrategia UE 2020. Se tratan cuestiones relativas al empleo, su relación con otras políticas comunitarias, los objetivos de la UE en materia de empleo afectado por los distintos cambios de escenario económico. Estrategia Europea de Empleo – Introducción 6 Los Estados miembros se comprometieron a establecer un conjunto de objetivos comunes para la política de empleo y a supervisarlos a través de un procedimiento anual determinado en el nuevo Tratado de Ámsterdam. Los Estados miembros siguen teniendo la competencia principal sobre política de empleo, pero el Tratado de Ámsterdam da al Consejo y a la Comisión un papel mucho más relevante y nuevas tareas. 1.3 Antecedentes Uno de los epígrafes de este texto está dedicado a los antecedentes de la Estrategia Europea de Empleo, baste como introducción las siguientes líneas: El Tratado de Roma de 1957 significó el inicio del proceso de integración europeo, estableció en sus artículos 117 a 122 lo relativo a la política social comunitaria en la que se insta a los países miembros, entre otros aspectos, a promover y mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los trabajadores, el desarrollo de la formación profesional, el empleo y la negociación colectiva. Para el logro de tales propósitos se previó en el mencionado Tratado, la creación del Fondo Social Europeo (FSE) como un mecanismo financiero de contribución a mejorar el mercado de trabajo de Europa, mediante el fomento de la formación profesional, la inclusión de los desocupados al mercado laboral, en especial los de la población joven y femenina, así como los de larga duración. El Libro Blanco de Delors, llamado “Crecimiento competitividad y empleo: Retos para entrar en el siglo XXI” aprobado en 1993, constituye un documento de propuestas que en materia de empleo se diseñaron para ser desarrolladas en el ámbito comunitario de la UE y que sirvió de lanzadera para los acuerdos posteriores con el problema del empleo en la UE de fondo. 1.4 Vinculación con las competencias propias del Título La Función del Graduado Social1 1 Véase (Torrecilla Hérnandez, 2010) y su aportación es incuestionable, nació para dar respuesta social, a la demanda que la sociedad solicitaba a principios del Siglo XX, en conocimientos especializados en materias laborales. Los estudios específicos en estas materias y su desarrollo, fueron configurando el perfil Estrategia Europea de Empleo – Introducción 7 profesional y formativo hasta el actual Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos. Ante la entrada en la Unión Europea, nuestro colectivo, supo adaptarse también a dichos cambios, formándose e informando a su vez, del nuevo escenario que se abría en las relaciones laborales, con respecto a la libre circulación de trabajadores, protección de la salud y seguridad en el trabajo, configurándose el Derecho Comunitario como imprescindible. Los retos económicos, sociales, organizativos y políticos que plantean el empleo y las relaciones laborales en el globalizado Siglo XXI, requiere estudiar el mundo del empleo y del trabajo desde una gran variedad de enfoques. El empleo es una realidad fundamental a nivel colectivo y las relaciones laborales juegan un papel decisivo en la calidad de vida de las personas y en el funcionamiento adecuado de empresas y organizaciones, y disponer de empleos de calidad para todos debe formar parte de los valores esenciales que deben primar en nuestras sociedades. Los conocimientos necesarios para comprender las conexiones entre la actividad profesional y las otras dimensiones del trabajo y ofrecer respuestas profesionales globales, requieren tener en cuenta una complejidad de factores económicos, empresariales, sociológicos o jurídicos, prestando atención a la dimensión internacional del empleo. La Estrategia Europea de Empleo forma parte de esta dimensión. 2 Diseño En el diseño de este trabajo se ha seguido un esquema temporal, el ordenamiento jurídico que constituye la Unión Europea, se ha convertido a día de hoy en parte integrante de nuestra realidad política y social. En base a los Tratados de la Unión Europea, se adoptan cientos de documentos, informes, decisiones etc., con planteamientos nuevos que modifican otros y así sucesivamente, en este proceso complejo, y analizando los documentos más relevantes, analizados temporalmente, se puede detallar como ha sido el desarrollo la Estrategia Europea de Empleo. En un primer Capítulo referido a la Unión Europea se pretende entender, como el Derecho europeo influye en nuestra vida cotidiana, cuál es el Estrategia Europea de Empleo – Introducción 8 fundamento de las atribuciones de la Unión Europea en Política de Empleo y cómo se instrumentaliza el Derecho europeo. En el segundo Capítulo se van a analizar los antecedentes de la Estrategia Europea de Empleo, es decir, cómo era la cooperación en materia de empleo antes de 1997. Desde el Libro Blanco de la Comisión Delors sobre “crecimiento, competitividad y empleo”, planteó en 1993 el debate sobre el empleo en la Unión Europea, pasando un año más tarde, por Essen, donde los líderes europeos aprobaron el primer plan de acción para hacer frente a este desafío, estableciendo ámbitos prioritarios de la política de empleo a escala nacional. El Tratado de Ámsterdam y la Cumbre de Luxemburgo en 1997 que articula la EEE sobre los famosos cuatro pilares. En el tercer Capítulo, en el año 2000, el Consejo Europeo de Lisboa fijó un nuevo objetivo estratégico para la Unión Europea: «convertirse en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo» objetivos que debían lograrse en 2010, veremos la renovación de la Estrategia en el año 2005 y la aprobación de las directrices integradas para las políticas de empleo Finalmente en el cuarto Capítulo, la Estrategia Europa 2020 sucede a la anterior de Lisboa, las directrices integradas constituyen la principal herramienta de la Estrategia, se trata de una nueva estrategia de diez años para el empleo y un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. En todos estos capítulos se irá descifrando qué es la EEE y en qué consiste, qué objetivos tiene, qué iniciativas pretende emprender, de qué instrumentos se vale para cumplir los objetivos, cómo se coordinan y se siguen los avances, los documentos clave, el papel de las distintas instituciones europeas, la participación de los sectores implicados. 3 Contexto Europa se enfrenta a un momento de transformación, al “momento más crucial de su Historia”, esta frase ha podido salir como titular en cualquier medio de prensa, de hecho es así. La crisis actual ha echado por tierra años de progreso económico y social y ha expuesto las debilidades estructurales de la economía europea. Mientras tanto, el mundo se mueve con rapidez y los retos a largo Estrategia Europea de Empleo – La Unión Europea 15 La norma originaria se identifica sustancialmente con los tratados constitutivos y las normas convencionales que los han modificado a lo largo del tiempo, estos tratados constituyen la base o las reglas fundamentales de toda la actuación de la UE. Las normas derivadas se tratan de una forma de instrumentación jurídica que tiene su fundamento en los tratados constitutivos y proviene del sistema de atribución de competencias. Estas competencias se instrumentan básicamente a través de lo previsto en el artículo 288 TFUE. Este Derecho derivado, está compuesto por los reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes, todos ellos nacen de los principios y objetivos establecidos en los tratados. 4.1 Los tratados La firma de los Tratados comunitarios (CECA en 1951, y CEE y Euratom en 1957) fue el punto de partida de más de cincuenta años de elaboración de Tratados europeos. Los Tratados “fundacionales” constitutivos de las Comunidades Europeas y de la Unión Europea y los grandes Tratados modificativos constituyen el Derecho primario, es decir, el Derecho supremo de la Unión Europea y de las Comunidades Europeas. Los Tratados son adoptados por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, y contienen las normas formales y materiales que constituyen el marco en el que las instituciones aplican las distintas políticas de las Comunidades Europeas y de la Unión Europea. Asimismo, determinan las normas formales que establecen el reparto de competencias entre la Unión Europea y los Estados, y que constituyen la base del poder de las instituciones. Además, los Tratados establecen normas materiales que definen el ámbito de las políticas y estructuran la acción de las instituciones en cada una de dichas políticas. Los Tratados constitutivos, así como los complementos y modificaciones posteriores, sobre todo los Tratados de Maastricht, Ámsterdam, Niza y Lisboa, reflejan los principios jurídicos fundamentales relativos a los objetivos, la organización y el funcionamiento de la UE, así como parte de la legislación económica. De esta forma establecen el marco constitucional de la UE que deben llenar de contenido, en interés de la Unión, las instituciones de la Unión dotadas de competencias legislativas y administrativas. Dado que se trata de Estrategia Europea de Empleo – La Unión Europea 16 un Derecho creado directamente por los Estados miembros, estos principios se denominan en el lenguaje jurídico Derecho primario de la Unión. El Tratado de Lisboa da lugar al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea8 4.2 Reglamentos, Directivas y otros actos legislativos . Los objetivos de los Tratados de la UE se materializan mediante varios tipos de actos legislativos. Algunos son vinculantes y otros no. Algunos se aplican a todos los países de la UE y otros sólo a unos pocos.  Reglamento: es un acto legislativo vinculante. Debe aplicarse completamente en toda la UE.  Directiva: un acto legislativo en el cual se establece un objetivo que todos los países de la UE deben cumplir. Pero cada país debe decidir individualmente cómo hacerlo.  Decisión: es vinculante para aquellos a quienes se dirige (un país de la UE o una empresa concreta) y es directamente aplicable.  Recomendación: no es vinculante, permite a las instituciones dar a conocer sus puntos de vista y sugerir una línea de actuación sin imponer obligaciones legales a quienes se dirige.  Dictamen: permite a las instituciones hacer una declaración de manera no vinculante, es decir, sin imponer obligaciones legales a quienes se dirige. Pueden emitirlo las principales instituciones de la UE (Comisión, Consejo y Parlamento), el Comité de las Regiones y el Comité Económico y Social Europeo. 8Desde el 1 de diciembre de 2009, fecha de entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el título “Tratado constitutivo de la Comunidad Europea” se sustituye por “Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea” (artículo 2, apartado 1, del Tratado de Lisboa) y los artículos, secciones, capítulos, títulos y partes del Tratado de la Unión Europea y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea se numeran de nuevo (artículo 5 y anexo del Tratado de Lisboa). Estrategia Europea de Empleo – Antecedentes de la Estrategia Europea de Empleo 17 CAPITULO II. ANTECEDENTES DE LA ESTRATEGIA EUROPEA DE EMPLEO 1 Las políticas de empleo de la Unión Europea han ido variando con el tiempo, consecuencia de los cambios normativos experimentados por ésta. La cooperación en materia de empleo antes de 1997 En materia de empleo, hasta el Tratado de Ámsterdam, a pesar de la entidad de las cuestiones debatidas éstas se realizaban en el seno de “Cumbres Europeas” que no se concreta en Derecho Comunitario Originario sino como conclusiones y que pretenden fundamentar las actuaciones posteriores de las instituciones europeas en cuanto a la consecución de los objetivos de la Unión Europea. En las reuniones del Consejo Europeo9 1.1 El Tratado de Roma los Jefes de Estado y Gobierno de los países miembros junto con la Comisión Europea fijan las grandes directrices y objetivos de la Unión en los ámbitos más relevantes. El texto del tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea fue aprobado en Roma el 25 de marzo de 1957. El objetivo principal del tratado fue de naturaleza económica, como se puede ver en el artículo segundo, al regular que la finalidad del tratado, "el establecimiento de un mercado común y la progresiva aproximación de las políticas económicas de los Estados miembros", así situaba su objetivo primordial en lo económico centrándose en la construcción de un mercado único europeo. Desde esta perspectiva, las 9El Consejo Europeo es una de las siete altas Instituciones de la Unión Europea, integrada por los veintisiete Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados de la Unión, más su Presidente y el Presidente de la Comisión Europea; el Alto Representante de la Unión participa de sus trabajos y reuniones, pero no es miembro de pleno derecho. Su composición y la lógica de su funcionamiento lo convierten en un órgano de naturaleza predominantemente intergubernamental. Sus funciones son de orientación política y de jefatura colectiva simbólica, fijando las grandes directrices y objetivos de la Unión en los ámbitos más relevantes; la potestad legislativa le está expresamente vedada por los Tratados. Sus reuniones, de carácter ordinariamente trimestral, se designan comúnmente como "cumbres europeas" o "reuniones en la cumbre" debido a la importancia de sus asistentes, pero desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el 1º de diciembre de 2009, el Consejo Europeo es una institución constitucional comunitaria de pleno Derecho y como tal debe actuar, al servicio del acuerdo e integración de los intereses nacionales con los europeos.(Unión Europea, 1995-2012). Estrategia Europea de Empleo – Antecedentes de la Estrategia Europea de Empleo 18 libertades reconocidas en el Tratado Fundacional, entre ellas la libre circulación de trabajadores, se inspiraban, fundamentalmente, en la abolición de todas las barreras nacionales que pudiesen representar obstáculos a la consecución de la integración económica. El Tratado de Roma incluía disposiciones esporádicas en materia de política social y de mercado de trabajo y en términos generales se mantuvo como una política de acompañamiento a la política económica. Se puede agrupar todos los preceptos del Tratado en los siguientes tres grandes grupos:  La libre circulación de personas, servicios y capitales  En lo referente a la era el objetivo de dicho Tratado, pero siempre para salvaguardar el interés económico inspirador de la Comunidad Económica Europea. Política Social  , éstas se encuentran diseminadas a lo largo de los títulos, como por ejemplo "las condiciones de vida y trabajo y ámbito social" (arts. 117 y 118), "el régimen de vacaciones pagadas" (art. 120) y la "política común de formación profesional" (art. 128). El Fondo Social Europeo Hasta 1997 la cooperación entre los Estados miembros en materia de empleo consistía sobre todo en la colaboración entre gobiernos y o en el seno de organizaciones internacionales como la OCDE se crea, según el art. 123 TCEE, para "mejorar las posibilidades de empleo de los trabajadores en el mercado común y contribuir así a la elevación del nivel de vida", siendo su principal objetivo "fomentar, dentro de la Comunidad, las oportunidades de empleo y la movilidad geográfica y profesional de los trabajadores". Así, en un principio, el FSE se constituyó en el instrumento financiero de la CE para paliar los efectos negativos en determinadas categorías sociales derivadas del funcionamiento del mercado común (paro y subempleo). 10 y la OIT11 10 La misión de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es promover políticas que mejoren el desarrollo económico y el bienestar social de las personas en todo el mundo. La OCDE constituye un foro en el que los gobiernos pueden trabajar juntos para compartir experiencias y buscar soluciones a problemas comunes. (OCDE, 2012). que son 11La OIT es la institución mundial responsable de la elaboración y supervisión de las Normas Internacionales del Trabajo. Es la única agencia de las Naciones Unidas de carácter “tripartito” ya que representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores participan en conjunto en la elaboración de sus políticas y programas así como la promoción del trabajo decente para todos. Esta forma singular de alcanzar acuerdos da una ventaja a la OIT, al incorporar el conocimiento “del mundo real” sobre empleo y trabajo.(Organización Internacional del Trabajo (OIT), 1996-2012). Estrategia Europea de Empleo – Antecedentes de la Estrategia Europea de Empleo 19 plataformas multilaterales europea e internacional para la cooperación, en particular en lo que respecta al mercado laboral. 1.2 El Tratado de Maastricht El Tratado de la Unión Europea (TUE), conocido también como "Tratado de Maastricht" firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, entró en vigor el 1 de noviembre de 1993, consagra oficialmente el nombre de "Unión Europea" que en adelante sustituirá al de Comunidad Europea. En el nuevo Tratado se avanza en la integración europea y pone en marcha la integración política, pero no se aborda el problema del empleo, en una época en la que Europa sufrió una grave y profunda crisis económica que disparó las tasas de desempleo. Con la firma del Tratado de Maastricht, el fomento de un nivel elevado de empleo y protección social se incluyó oficialmente como uno de los objetivos asignados a la Comunidad Europea (art. 2). El Tratado de Maastricht incorpora un protocolo12 1.3 El Libro Blanco de Delors separado, anexo al Tratado, que compromete a la Comunidad también en el ámbito social, como muestra de la consecución de la cohesión económica y social, los objetivos son: promoción del empleo, mejora de las condiciones de vida y trabajo, protección social adecuada, diálogo social, desarrollo de los recursos humanos para garantizar un elevado y duradero nivel de empleo, integración de las personas excluidas del mercado laboral. La Unión Europea dio una imagen de escasa preocupación por los problemas de desempleo y de empleo, en un momento en que la creación de la futura Unión económica y monetaria implicaba opciones en materia laboral. El Consejo Europeo de Copenhague El documento “Crecimiento, competitividad y empleo. Retos y pistas para entrar en el siglo XXI” de 1993, solicitó de la Comisión la elaboración de un Libro Blanco sobre la estrategia del empleo a medio plazo. 13 12El Reino Unido no participa en este Protocolo. 13 (COM(93)700), diciembre de 1993 presentado en 1993 por la Comisión Europea a solicitud del Consejo, forma parte de las políticas y programas de empleo Estrategia Europea de Empleo – Antecedentes de la Estrategia Europea de Empleo 20 desde principios de los años noventa, configura el antecedente14 1.4 Cumbre de Essen. de la Estrategia Europea de Empleo. En este marco, el Libro Blanco hace especial hincapié en el problema del desempleo e introduce una serie de pistas básicas para combatirlo, ante la llegada del siglo XXI dicha publicación lanzó el debate sobre la estrategia europea de economía y empleo al situar por primera vez al empleo a la cabeza de las prioridades en Europa. Para combatir el desempleo, el Consejo Europeo de Essen, celebrado el 9 y 10 de diciembre de 1994, estableció cinco ámbitos de acción clave (recomendaciones) que los Estados miembros debían poner en práctica, a saber: 1. La inversión en formación profesional. 2. El aumento de la intensidad de creación de empleo del crecimiento. 3. La reducción de los costes salariales accesorios. 4. La mejora de la eficacia de las políticas activas aplicables al mercado laboral. 5. La lucha contra el desempleo juvenil y los parados de larga duración. Las Conclusiones15 de Essen abrieron asimismo nuevas perspectivas en el ámbito del empleo, como conclusión, se insta a los Estados miembros a incorporar estas recomendaciones, anteriores, que materializan los Estados en programas plurianuales. La Comisión cada año elabora un informe sobre la evolución del empleo y las políticas aplicadas por los Estados miembros y las evalúa en función de las prioridades establecidas, con el objeto de establecer un proceso de vigilancia del sistema de empleo de los Estados, informando anualmente al Consejo Europeo, a partir de diciembre de 1995, sobre los progresos realizados en el mercado de trabajo,16 14 Prácticamente el origen (Gorelli Hernánez, 2011) 15Comunicación de la Comisión al Consejo: seguimiento del Consejo Europeo de Essen sobre el empleo [COM (95) 74 final - sin publicar en el Diario Oficial]. 16 La preparación del primer informe anual sobre el empleo que deberá presentarse al Consejo Europeo de Madrid. es decir se realiza un seguimiento. Estrategia Europea de Empleo – Antecedentes de la Estrategia Europea de Empleo 21 En la “Cumbre de Florencia” junio de 1996 la Comisión lanzó una "Acción para el empleo en Europa: un pacto de confianza"17 Se crea el “Comité de empleo y del mercado de trabajo” . El objetivo del pacto era implicar a las autoridades públicas y los interlocutores sociales en la siguiente estrategia coordinada y práctica. 18 2 encargado de los asuntos relacionados con el empleo, asistir al Consejo en el ejercicio de sus responsabilidades en estos ámbitos, examinará las políticas de empleo y del mercado de trabajo de los Estados miembros, facilitará el intercambio de información etc. El Tratado de Ámsterdam, (firmado 2 de octubre de 1997 y entra en vigor el 1 de mayo de 1999), modifica el Tratado de la Unión Europea. Tras las modificaciones en 1986 (Acta Única Europea) y en 1992 (Tratado de Maastricht) todavía el empleo es motivo de inquietud. El Tratado de Ámsterdam Recordando las conclusiones del Consejo Europeo de Essen, de la Comisión Europea en la iniciativa “Acción en el empleo: Un pacto de confianza”, la Declaración de Dublín19 sobre el empleo, En 1992 se incorpora al derecho originario (Tratado de la Unión Europea, Maastricht) como unos de los objetivos de la Unión Europea promover “un alto nivel de empleo”, la promoción del empleo, con el Tratado de Ámsterdam, pasa a formar parte de los objetivos de la Unión Europea., es decir en un asunto de “interés común" de los Estados miembros (artículo 2 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea). Tal y como señala (RodríguezPiñero Royo & Castellano Burguillo, 2009) “ascenso del empleo a la categoría la eficacia de estos procedimientos era limitada, pues carecían de un fundamento jurídico en el Tratado. Así con la inclusión de un título especial sobre empleo en el Tratado de Ámsterdam, la Comunidad empezó a disponer de un instrumento legal que le permitía introducir una estrategia coordinada para el empleo. 17Véase Consejo Europeo de Florencia, 21 y 22 de junio de 1996 (Conclusiones de la Presidencia). 18Decisión 97/16/CE: Decisión del Consejo de 20 de diciembre de 1996 por la que se crea el Comité de empleo y del mercado de trabajo, esta Decisión ha quedado abrogada por la Decisión 2000/98/CE por la que se crea el Comité de empleo. 19 Consejo Europeo de Ámsterdam (16 y 17 de junio 1997) Conclusiones de la Presidencia. Resolución del Consejo Europeo “El Crecimiento y el Empleo”. Estrategia Europea de Empleo – Antecedentes de la Estrategia Europea de Empleo 22 de objetivo comunitario, y su propia constitucionalización, de un lado”, y de otro, ya lo digo yo, la introducción de un nuevo Título VIII (artículos 125 a 130) en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.20  Estableció la estrategia europea para el empleo (artículo 125 del Tratado CE). El nuevo título «Empleo» introducido por el Tratado de Ámsterdam:  Establece un Comité de Empleo (artículo 130) permanente, consultivo, encargado de fomentar la coordinación entre los Estados miembros en materia de políticas de empleo y del mercado laboral.  No modificó el principio básico según el cual la política de empleo es competencia exclusiva de los Estados miembros.  Los Estados miembros se comprometieron a coordinar21  El Tratado confirió al Consejo y a la Comisión un papel mucho más importante, y se asoció más estrechamente al Parlamento Europeo en el proceso de toma de decisiones. (artículo 126) sus políticas de empleo a escala comunitaria.  La inclusión de un protocolo sobre política social en el Tratado también reforzó las responsabilidades de los interlocutores sociales y sus posibilidades de contribución.  La estrategia comunitaria para el empleo, es preciso vincularla con las disposiciones relativas a la política económica y monetaria del título VII del Tratado. El apartado 1 del artículo 126 estipula que la contribución de los Estados miembros a la consecución de un alto nivel de empleo ha de ser compatible con las orientaciones generales de las políticas económicas adoptadas con arreglo al apartado 2 del artículo 99. El apartado 2 del artículo 128 establece que las orientaciones en materia de empleo también deben ser compatibles con dichas orientaciones generales. El Mecanismo de coordinación (contenidos en el artículo 128) básicamente es: 20 Tales preceptos se han incorporado, con pequeñas alteraciones a la versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y que se configura como su Título IX (actuales artículos 145 a 150). 21 En este sentido (Gorelli Hernánez, 2011) “La armonización no es, por tanto, el objetivo en materia de empleo”. Estrategia Europea de Empleo – Antecedentes de la Estrategia Europea de Empleo 23  Basándose en el Informe Anual conjunto sobre el empleo, presentado por el Consejo y la Comisión, el Consejo Europeo examina cada año la situación del empleo y adopta conclusiones al respecto;  A partir de estas conclusiones, el Consejo, decidiendo por mayoría cualificada a partir de una propuesta de la Comisión, presenta cada año las Directrices de Empleo, que deben ser coherentes con las orientaciones generales sobre política económica.  Cada Estado miembro presenta al Consejo y a la Comisión un informe anual sobre las principales medidas tomadas para aplicar su política económica (Planes de Acción Nacionales), a la luz de las Directrices de Empleo.  El Consejo examina cada año los planes de acción nacionales y formula recomendaciones22 2.1 Mención a “El Comité de Empleo”: específicas para cada país por mayoría cualificada. Desde diciembre de1996 existe un Comité de política de empleo y del mercado de trabajo, al que se han asignado competencias restringidas. En su lugar, el nuevo artículo 130 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea prevé que el Consejo cree un comité denominado “Comité de Empleo” Este Comité consultivo ha de fomentar la coordinación de las políticas nacionales de empleo y del mercado de trabajo. Realiza un seguimiento de la evolución de estas políticas en los Estados miembros y la Comunidad Europea, redacta dictámenes a petición del Consejo, de la Comisión o por propia iniciativa y contribuye a la preparación de las deliberaciones del Consejo. 3 Consejo Extraordinario de Luxemburgo: nacimiento de la denominada Estrategia Europea de Empleo Aunque el Tratado de Ámsterdam no iba a entrar en vigor hasta 1999, en noviembre de 1997 se celebró en Luxemburgo23 22Respecto a la eficacia de estas recomendaciones siguiendo a (Gorelli Hernánez, 2011) “Sufrir una recomendación por no seguir las orientaciones o líneas básicas, supone una importante sanción política que pondrá en dificultades al gobierno en cuestión frente a su opinión pública”. 23Extraordinary European Council meeting on employment, Luxembourg, 20 and 21 november1997.Presidency conclusions. una reunión extraordinaria del Consejo Europeo, dedicada al empleo, la primera dedicada de forma Estrategia Europea de Empleo – Antecedentes de la Estrategia Europea de Empleo 24 monográfica al empleo y que marca un nuevo punto de partida de la política comunitaria de empleo. El Consejo Europeo decide que las disposiciones pertinentes del nuevo título sobre el empleo en el Tratado de Ámsterdam se van a poner en práctica inmediatamente24 La estrategia coordinada para las políticas nacionales de empleo, surge del, en ese momento futuro artículo 128 del Tratado, que establece el marco en el que se encuadra el ciclo anual de coordinación , ello hace posible aplicar las disposiciones sobre la coordinación de las políticas de empleo de los Estados miembros a partir de 1998. Dicha coordinación se basará “en las directrices comunes que abarcan tanto a los objetivos y los medios, las directrices para el empleo”. El desafío del empleo supone un nuevo enfoque, y el tema del empleo es fundamental como nuevo factor en una estrategia general, en el desarrollo de una estrategia coordinada de política macroeconómica. No hay ninguna perspectiva real y duradera de desarrollo del empleo sin un entorno económico favorable, lo que implica un marco macroeconómico sólido y un verdadero mercado interior. 25 Estas “directrices” deben ser incorporadas en los planes nacionales de acción para el empleo, elaborados por los Estados miembros, en una perspectiva plurianual, así se da se da un sentido práctico, traduciéndose en soluciones diferentes, según las circunstancias de cada país. Los Estados y supervisión de las políticas nacionales de empleo y que se articula en torno a los elementos ya explicados (Informe conjunto sobre el empleo, Directrices de empleo, Plan Nacional de Acción, y Recomendaciones). Las directrices para el empleo son aprobadas por el Consejo sobre la base de una propuesta de la Comisión. 24 Consejo Europeo de Luxemburgo (12 y 13 de diciembre de 1997) Conclusiones de la Presidencia: “Tras la decisión relativa al empleo que adoptó el Consejo extraordinario de Luxemburgo de los días 20 y 21 de noviembre de 1997 y que, en la práctica permite que se apliquen de forma anticipada, desde 1998, las disposiciones del futuro artículo 128 del Tratado relativas a la coordinación de las políticas de empleo de los Estados miembros, el Consejo Europeo comprueba con satisfacción que ya se ha creado el dispositivo para una acción de la Unión a favor del empleo y que el Consejo “Trabajo y Asuntos Sociales” adoptará el 15 de diciembre de 1997 las directrices para 1998”. 25El método abierto de coordinación (MAC) se creó en el marco de la política de empleo y el proceso de Luxemburgo, y se definió como un instrumento de la estrategia de Lisboa (2000). Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 31 Se incorpora un nuevo método abierto de coordinación a todos los niveles, que irá acompañado de una función de guía y coordinación más firme por parte del Consejo Europeo, para garantizar así una dirección estratégica más coherente y un control más efectivo, implicará una nueva forma de extender las prácticas idóneas y alcanzar una mayor convergencia en torno a los principales objetivos de la UE. El método abierto de coordinación38  establecer directrices para la Unión combinadas con calendarios específicos para lograr los objetivos que se fijen a corto, medio y largo plazo; (MAC) se creó en el marco de la política de empleo y el proceso de Luxemburgo, y se definió como un instrumento de la estrategia de Lisboa (2000). El MAC proporciona un nuevo marco de cooperación entre los Estados miembros, con objeto de lograr la convergencia entre las políticas nacionales para realizar algunos objetivos comunes. Este método, destinado a facilitar la configuración progresiva de las políticas de los Estados miembros, supone:  establecer, cuando proceda, indicadores y puntos de referencia cuantitativos y cualitativos cotejados con los mejores que existan y adaptados a las necesidades de los distintos Estados miembros y sectores como método de comparación de las prácticas idóneas;  plasmar estas directrices europeas en medidas de política nacional y regional, estableciendo objetivos específicos y dando los pasos adecuados, sin perder de vista las diferencias nacionales y regionales;  organizar periódicamente controles y evaluaciones entre homólogos como procesos de aprendizaje mutuo. Se aplicará un planteamiento totalmente descentralizado de acuerdo con el principio de subsidiariedad, en el cual la Unión, los Estados miembros, los niveles regionales y locales, así como los interlocutores sociales y la sociedad civil, participarán activamente, mediante distintas formas de colaboración, es 38El método abierto de coordinación se aplica a los ámbitos que son competencia de los Estados miembros como el empleo, la protección social, la inclusión social, la educación, la juventud y la formación. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 32 decir crea un equilibrio entre la responsabilidad de la Comunidad y la de los Estados miembros. Las líneas de actuación más importantes que se establecen39  Una sociedad de la información para todos. El paso a una economía digital, basada en el conocimiento. Las empresas y los ciudadanos deben tener acceso a una mejor infraestructura de comunicaciones. en el Consejo Europeo de Lisboa son:  Creación de una zona europea de investigación e innovación. Se da importancia a la investigación y el desarrollo en la generación de crecimiento económico, empleo y cohesión social.  Creación de un entorno propicio para el inicio y el desarrollo de empresas innovadoras, PYME en particular. La competitividad y el dinamismo de las empresas dependen directamente de un clima regulador adecuado que motive la inversión, la innovación y el espíritu empresarial.  Reformas económicas para culminar el mercado interior. Con el fin de garantizar que las empresas actúen en un plano de igualdad dentro del mercado interior.  La integración de los mercados financieros. Con ello se logra una mejor asignación del capital y una reducción de costes.  Coordinación de las políticas macroeconómicas. Estimulan el crecimiento y el empleo, también deben facilitar el paso hacia una economía basada en el conocimiento. En estas líneas destacan las que suponen la modernización del modelo social europeo:  Educación y formación para la vida y el trabajo en la sociedad del conocimiento. La educación y formación necesitan adaptarse a la demanda de la sociedad del conocimiento como a la necesidad de elevar el nivel y calidad del empleo. 39 Al objeto de lograr el pleno empleo en Europa, dichas medidas se supone que se aplican en un marco macroeconómico sólido y un índice medio de crecimiento económico de alrededor del 3%. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 33  Más y mejores empleos para Europa: desarrollo de una política activa de empleo. A través de las directrices de empleo se pretende abordar los siguientes ámbitos: o Mejorar la empleabilidad y reducir las deficiencias en materia de cualificaciones. Proporcionando a los servicios de empleo una base de datos a escala europea y promoviendo programas especiales para que los parados adquieran las cualificaciones adecuadas. o Mayor importancia a la formación continua como componente básico del modelo social europeo. o Aumentar el empleo en los servicios. o Fomentar la igualdad de oportunidades, entre otros, facilidades para reconciliar la vida laboral y la vida familiar.  Modernización de la protección social. Garantizar su viabilidad a largo plazo frente a un envejecimiento de la población.  Promover la integración social. Deben tomarse medidas que tengan un impacto decisivo en la erradicación de la pobreza. La EEE se concibe para permitir que la Unión logre las condiciones de pleno empleo, para ello se fijan un conjunto de objetivos cuantitativos tomando como punto de referencia el año 2010:  Aumentar la tasa de empleo actual de una media del 61% a tan cerca como sea posible del 70%.  Aumentar el número actual de mujeres empleadas de una media actual del 51% a más del 60%.  La tasa del empleo de los trabajadores de mayor edad (entre 55 y 65 años de edad) debería aumentar hasta el 50 % antes de 2010. Este objetivo adicional se añadió por el Consejo Europeo de Estocolmo en marzo de 2001. Supone un importante avance en la EEE, pues al existir unos objetivos cuantificados el grado de compromiso es mayor por parte de los Estados miembros. Las conclusiones del nuevo objetivo estratégico que, el Consejo Europeo de Lisboa, de marzo de 2000, asignó a la estrategia europea coordinada para el empleo, se reflejan en la introducción de nuevos “objetivos horizontales” en Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 34 las directrices que se adoptan en la Decisión del Consejo de 19 de enero de 2001, relativa a las directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros para el año 2001. Estas directrices para el año 2001 están basadas en objetivos horizontales y en “los cuatro pilares”: mejorar la capacidad de inserción profesional, desarrollar el espíritu de empresa y la creación de empleo, fomentar la capacidad de adaptación de las empresas y de sus trabajadores, reforzar las políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Los objetivos horizontales están destinados a aplicar un planteamiento estratégico coherente a las directrices. Algunos son de orden cuantitativo, como el de alcanzar una tasa de empleo total del 70 % de aquí a 2010. En cambio, otros, como la mejora cualitativa de los empleos40, no son cuantificables, la educación y la formación permanentes, así como la participación de los interlocutores sociales en la estrategia de empleo y finalmente, elaborar indicadores comunes para evaluar los progresos realizados, completa la recomendación a los Estados miembros “velar por el respeto de los cuatro pilares.”  Establecer para enero de 2005 unos objetivos intermedios para las tasas de empleo en toda la Unión del 67% en general y del 57% para las mujeres. en la adaptación de las directrices en su política nacional. En marzo de 2001, el Consejo Europeo de Estocolmo acuerda:  Fijar para la UE el objetivo de aumentar la tasa media de empleo de los hombres y mujeres de más edad (55-64) hasta el 50% para 2010.  Los Estados miembros y el Consejo, según sus competencias respectivas, definirán enfoques comunes para mantener y mejorar la calidad del trabajo41 40 Añadido en 2002, la mejora de la calidad del trabajo. 41Consejo Europeo de Estocolmo 23 y 24 de marzo de 2001.Conclusiones de la Presidencia: “La recuperación del pleno empleo implica no sólo crear más puestos de trabajo, sino también mejorar su calidad. Deberían redoblarse los esfuerzos para fomentar un buen entorno de trabajo para todos, que incluya la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, la igualdad de oportunidades para ambos sexos, una organización del trabajo adecuada y flexible, que permita una mejor conciliación de la vida laboral y privada, la formación permanente, la salud y la seguridad en el trabajo, la participación de los trabajadores y la diversidad en la vida laboral”. , lo que se incluirá como objetivo general en las directrices para el empleo correspondientes a 2002. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 35 2 Balance de Cinco Años de Aplicación de la EEE: Revisión Intermedia en 2002 Esta Comunicación pasa revista a los cinco años de experiencia de la EEE y propone conclusiones en relación con su reforma. El balance42  La creación de 10 millones de puestos de trabajo, 6 millones de los cuales han sido ocupados por mujeres. muestra una mejora estructural neta del mercado de trabajo entre 1997 y 2001, que incluye:  Una reducción del desempleo estructural en toda la Unión Europea de más de 4 millones de personas (-25 %).  El incremento de la participación en el mercado de trabajo de 5 millones de personas, principalmente gracias a las mujeres.  La disminución del 20 % al 18 % de las diferencias entre hombres y mujeres en materia de tasa de empleo, y del 12 % al 9 % en materia de desempleo.  La reducción de la presión fiscal global del trabajo en aproximadamente el 2 %, e incluso el 3 % para los salarios bajos (cálculo provisional a partir del tipo de imposición implícito).  Una relación entre progresos en materia de productividad y nivel de formación de la población.  Una mayor capacidad de respuesta del empleo mediante el desarrollo de los contratos de duración limitada.  Una mayor equidad e inclusión social. También se considera que el nuevo método de coordinación de las políticas nacionales, denominado “método abierto de coordinación o MAC”, ha resultado muy eficaz para la creación de un espacio europeo del empleo. Pero siguen existiendo problemas estructurales y retos considerables:  Una reducción del número de desempleados, un 42 % de los cuales se encuentra en paro de larga duración (más de 13 millones en 2001);  La obtención de una tasa de empleo de la población activa del 70 %, especialmente mediante la integración de las mujeres y los trabajadores de más edad; 42Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones, de 17 de julio de 2002, relativa al balance de cinco años de aplicación de la Estrategia Europea de Empleo (COM (2002) 416 final. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 36  La mejora de la tasa de productividad43  La reducción de las grandes disparidades regionales, sobre todo por lo que respecta al desempleo, en varios Estados miembros. ; La Comisión, con vistas a la reforma de la EEE, indica los temas principales que deberán redefinirse:  Desafíos a medio plazo: respuesta al envejecimiento de la mano de obra, y por lo tanto a la viabilidad de los sistemas de seguridad social, a los desafíos de la sociedad de la información y a las desigualdades sociales. Necesidad de crear más y mejores empleos Por otra parte, la inversión en recursos humanos y la promoción del aprendizaje permanente son elementos necesarios a fin de mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo europeo, así como el desarrollo de los servicios de empleo.  Simplificar las directrices para el empleo sin mermar su eficacia  : definición más nítida de las mejoras globales buscadas y los resultados que desean conseguirse, y la necesidad de un seguimiento eficaz, a través de los informes anuales y la presión de convergencia. Mejorar la cooperación entre los diferentes agentes de la EEE: de los interlocutores sociales:  mejorar la coordinación a nivel nacional entre los servicios de empleo, los departamentos competentes en materia de empleo y los que trabajan en el ámbito de los asuntos financieros, la educación y la formación, la igualdad entre hombres y mujeres, la seguridad social, la justicia y los asuntos de interior, y las cuestiones relacionadas con la sociedad de la información. Incrementar la coherencia y complementariedad con los otros procesos comunitarios: La introducción de los interlocutores sociales en la EEE han tenido diversas etapas, primeramente se ha asociado progresivamente a los interlocutores sociales a los diferentes pilares del proceso de Luxemburgo antes de la introducción de un objetivo horizontal que invita a los Estados miembros a desarrollar una asociación global. Hoy en día participan en la en particular, las Orientaciones generales de política económica. 43 La diferencia entre la UE y los Estados Unidos pasó del 17,3 % al 19,5 % entre 1996 y 2001. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 37 elaboración de los PNA. Asimismo, se ha asociado a las autoridades locales y regionales a la EEE mediante planes de acción regionales o locales (PAR y PAL), teniendo en cuenta que son proveedores de servicios sociales y empleadores a nivel local. 3 Nuevas Directrices para 2003 En enero de 200344 En la Decisión se presentan las líneas generales de la nueva Estrategia de Empleo, la Comunicación introduce una nueva generación de directrices. Destaca en estas recomendaciones de la Comisión: la simplificación de las directrices, la definición de objetivos cuantitativos, una mejor coordinación de las políticas y la movilización de los distintos agentes que intervienen en la aplicación de la EEE. 45 en la que se concretan las directrices para el empleo, por primera vez se ha utilizado instrumentos racionalizados de coordinación46  Las Orientaciones generales de política económica (OGPE). de las políticas esenciales:  Las Directrices para el empleo.  Y la Estrategia para el mercado interior. La Comisión consideró más adecuado fijar un plazo de tres años47  El pleno empleo, mediante el incremento de las tasas generales de empleo (67 % en 2005 y 70 % en 2010 de media para la Unión que permitiera a los Estados miembros coordinar sus políticas a fin de alcanzar los objetivos y los resultados cuantificados. Así las Directrices para el empleo 2003-2005 refuerzan la política de crecimiento mediante reformas estructurales, a fin de obtener más empleo y de mayor calidad. Se basan en las conclusiones de la Comunicación de la Comisión sobre “el futuro de la Estrategia Europea de Empleo” Así las nuevas directrices tienen tres objetivos globales: 44Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 14 de enero de 2003, - «El futuro de la estrategia europea de empleo (EEE) - una estrategia para el pleno empleo y mejores puestos de trabajo para todos» COM (2003) 6º final. 45Decisión nº 578/2003/CE del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a las Directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros. 46 Supone una mejora en el MAC, simplificando el sistema de coordinación sin perder eficacia. 47 (Gorelli Hernánez, 2011)”dotándose de la estabilidad necesaria, evitando la apariencia de sistema incompleto que deriva de la constante renovación anual”. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 38 Europea), de las tasas de empleo de las mujeres (57 % y 60 %, respectivamente) y la de los trabajadores mayores (50 % en 2010).  La calidad y la productividad48  Fomento de la cohesión social y de la inserción: en el marco del método abierto de coordinación, las políticas nacionales de empleo deberían fomentar el acceso al empleo para todos los hombres y mujeres, luchar contra la discriminación e impedir que haya personas excluidas del mercado laboral. en el trabajo: ambas están estrechamente relacionadas; la calidad incluye, en particular, la satisfacción con la remuneración y las condiciones de trabajo, la salud y la seguridad en el lugar de trabajo, la existencia de una organización flexible del trabajo y de disposiciones en materia de ordenación del tiempo de trabajo, y el equilibrio entre la flexibilidad y la seguridad. Para alcanzar esos objetivos globales, se propone que las prioridades fundamentales de las reformas estructurales se concreten en diez directrices específicas:  Introducir o reforzar medidas activas y preventivas,  destinadas a los desempleados y a las personas inactivas. Fomentar el espíritu empresarial  , buscando el potencial del trabajo autónomo. La promoción de la capacidad de adaptación al trabajo, de la movilidad, del diálogo social y de la responsabilidad social de las empresas:  crear un mejor equilibrio entre vida privada y vida profesional, y entre flexibilidad y seguridad.  La promoción del desarrollo del capital humano y del aprendizaje permanente. La promoción del envejecimiento activo  mediante la mejora de las condiciones de trabajo 48Este objetivo abarca numerosos ámbitos, en particular la calidad intrínseca del trabajo, las competencias, el aprendizaje permanente, el desarrollo de la carrera profesional, la igualdad entre hombres y mujeres, la salud y la seguridad en el trabajo, la flexibilidad y la seguridad, la inserción y el acceso al mercado laboral, la organización del trabajo y el equilibrio entre la vida profesional y la vida privada, el diálogo social y la participación de los trabajadores, la diversidad y la no discriminación, y el rendimiento general del trabajo La promoción de la igualdad entre hombres y mujeres. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 39   La integración de las personas desfavorecidas y la lucha contra la discriminación. Incentivos fiscales y financieros para que el trabajo sea más atractivo,  fomentando la participación en el mercado laboral  Regularización del trabajo no declarado La reducción de las diferencias regionales 4 Relanzamiento de la Estrategia de Lisboa en 2005 y las nuevas Directrices Integradas en materia de empleo. El Consejo Europeo celebrado en Bruselas en marzo de 2004 invitó a la Comisión a establecer un Grupo de Alto Nivel presidido por Wim Kok, antiguo primer ministro de los Países Bajos, para llevar a cabo una evaluación independiente que contribuya a la revisión a medio plazo de la EEE. Dicho informe debería enumerar las medidas que formen juntas una estrategia coherente para que las economías europeas alcancen los objetivos de Lisboa. En este informe “Hacer frente al problema: la Estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo”, de noviembre de 2004, la evaluación de los avances obtenidos en el marco de la Estrategia de Lisboa, es muy crítica, la economía europea no ha alcanzado los resultados previstos en materia de crecimiento, de productividad y de empleo. Se ha ralentizado la creación de empleo y las inversiones en investigación y desarrollo continúan siendo insuficientes. En el informe se detalla: “la Unión Europea y sus Estados miembros han contribuido claramente ellos mismos a frenar el avance, al no actuar en gran parte de la estrategia de Lisboa con la suficiente rapidez. Estos resultados decepcionantes se deben a una agenda sobrecargada, una coordinación deficiente y prioridades en conflicto. Sin embargo, una cuestión clave ha sido la falta de acción política decidida”. Para alcanzar los objetivos de un mayor crecimiento y mayor empleo a fin de sostener el modelo social europeo es necesario un liderazgo político fuerte, comprometido y convincente. Debe hacerse más hincapié en la participación de los interlocutores sociales europeos y en la participación de los ciudadanos de Europa. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 40 La Comisión hace un balance intermedio de la Estrategia de Lisboa49  Una asociación renovada para el crecimiento y el empleo: se trata de concentrar esfuerzos en las reformas acordadas en el marco de la Estrategia y aplicar políticas macroeconómicas orientadas hacia la estabilidad y políticas presupuestarias sanas: , para esta revisión intermedia la Comisión se ha basado en el informe del Grupo de Alto Nivel, la Comisión propone simplificar el modo de aplicación de la Estrategia de Lisboa, reformando el proceso de coordinación que resulta demasiado complicado, una única estructura en los Planes Nacionales de Acción, mantiene el objetivo para 2010 de destinar el 3% del PIB a la investigación y el desarrollo, apelando a una reacción urgente, sin insistir en objetivos numéricos a medio y largo plazo, dado el retraso en la aplicación de la estrategia. La Comisión propuso un nuevo punto de partida para la Estrategia de Lisboa, centrando los esfuerzos en dos objetivos: o Desarrollar el mercado interior, y, ampliando y mejorando las infraestructuras europeas. o Aumentar las inversiones en I+D, el uso y difusión de las Tecnologías de la Información y de la comunicación (TIC).  Cambio de orientación en favor del crecimiento y del empleo: o Atraer a más personas al empleo y mantenerlas en el mercado de trabajo, aumentar la oferta de trabajo y modernizar los sistemas de protección social. o Mejorar la capacidad de adaptación de los trabajadores y de las empresas. o Aumentar la inversión en capital humano mejorando la educación y las cualificaciones. Una mejor gobernanza50 49Comunicación al Consejo Europeo de primavera de 2 de febrero de 2005 «Trabajando juntos por el crecimiento y el empleo - Relanzamiento de la estrategia de Lisboa. Comunicación del Presidente Barroso de común acuerdo con el Vicepresidente Verheugen» [COM (2005) 24 final]. . La Comisión propone reformar el proceso de coordinación que resulta demasiado complicado, planteando una estructura 50 La cuestión de la gobernanza europea se puso en marcha por la Comisión en su Libro Blanco de julio de 2001, se refiere al conjunto de normas, procedimientos y prácticas de cómo se ejercen los poderes en la Unión Europea. La reforma de la Unión debe colmar la falta de Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 47 marco adecuado para la negociación salarial61, ver cómo influyen sobre el empleo los costes laborales no salariales62 para ajustar la presión fiscal. Orientación 3ª. Aumentar la inversión en capital humano mediante la mejora de la educación y las cualificaciones. Las economías basadas en el conocimiento y los servicios requieren cualificaciones diferentes que las industrias tradicionales. Directriz nº 23. Ampliar y mejorar la inversión en capital humano: Acciones de educación y formación inclusivas63, reducir el número de alumnos que abandonan la escuela prematuramente, formación continua a lo largo de toda la vida. Directriz nº 24 En la Estrategia de Lisboa tal y como señala (Escudero Rodríguez, 2012) el año 2005 “fue muy decisivo”, en este periodo se produce el relanzamiento de la Estrategia de Lisboa, se aprueba el Programa comunitario de Lisboa 2005-2008 y se da forma a los Planes Nacionales de Reforma. En la fase final de este periodo se trata de profundizar en la Estrategia de Lisboa en un contexto económico, social y político muy distinto al anterior. . Adaptar los sistemas de educación y formación en respuesta a las nuevas exigencias en materia de competencias: vías de aprendizaje flexibles, facilitar el acceso a la educación y formación y al conocimiento mediante la organización del tiempo de trabajo, una mejor definición y una mayor transparencia de las cualificaciones, su reconocimiento efectivo y la convalidación de la educación no formal e informal. 5 Refuerzo de la Estrategia de Lisboa (2008-2010) Tras el relanzamiento de la Estrategia de Lisboa en 2005y una vez finalizado primer ciclo (2005-2008)64 61 Véase Comunicación de la Comisión de 26 de junio de 2002 –“El diálogo social europeo, fuerza de modernización y cambio” (COM (2002) 341 final final - no publicada en el Diario Oficial).En esta negociación hay que reforzar la contribución de los interlocutores sociales (el diálogo social) en los trabajos de las instituciones públicas, con el fin de mejorar gobernanza pública, las reformas económicas y sociales en la Unión Europea. 62 Las Cotizaciones Obligatorias a la Seguridad Social. 63 Para hacer posible que todas las personas, independientemente de su origen socioeconómico y cultural, y de sus capacidades individuales innatas o adquiridas, tengan las mismas oportunidades de aprendizaje. , se registraron resultados visibles, en la tasa de 64 Del Informe Estratégico sobre la Estrategia de Lisboa 2008-2010: “Casi tres años después, los resultados de esta colaboración se perciben con claridad. El crecimiento económico ha aumentado a partir del 1,8% en 2005 y se espera que llegue al 2,9% en 2007 y al 2,4% en 2008. Si bien una buena parte de la reciente mejora es cíclica, las reformas estructurales de los Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 48 crecimiento, la creación de empleo y las tasas de empleo y desempleo, se pretende ahora profundizar durante el próximo ciclo en estos aspectos. En el próximo ciclo de tres años se hace un enfoque basado en el conjunto de documentos, relacionados según se van produciendo en las respectivas etapas, ya expuestas en la gobernanza del método abierto de coordinación, que van a poner en marcha este nuevo ciclo: Informe estratégico sobre la Estrategia de Lisboa renovada para el crecimiento y el empleo: ciclo 2008-201065 Sigue siendo preciso profundizar, en las reformas estructurales : Este documento presenta el lanzamiento de un segundo ciclo de acciones en materia de crecimiento y empleo con el objeto de permitir a los Estados miembros realizar plenamente los objetivos fijados en la Estrategia de Lisboa renovada. 66 y realizar un esfuerzo suplementario, en especial en los ámbitos: inversiones en favor de las TIC, la realización efectiva del mercado interior, instauración de una verdadera cultura empresarial y establecer sistemas educativos en los que tenga cabida el aprendizaje a lo largo de la vida. En este marco, la Comisión propone aplicar una serie de acciones a nivel comunitario y nacional. Estas medidas se centran en los cuatro ámbitos prioritarios  definidos por la Comisión: La inversión en capital humano y la modernización del mercado laboral. Estados miembros también han contribuido a ella. Se han creado casi 6,5 millones de nuevos empleos en los dos últimos años y se espera que se creen otros 5 millones de empleos hasta 2009. Se prevé que el desempleo descienda por debajo del 7%, el nivel más bajo desde mediados de la década de los años 80. El nivel de empleo, que es actualmente del 66%, se ha acercado considerablemente al objetivo global de Lisboa del 70%...el índice de empleo femenino se ha incrementado considerablemente hasta un 57,2%, cifra que se aproxima al objetivo del 60%”. 65Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo, de 11 de diciembre de 2007, titulada «Informe estratégico sobre la estrategia de Lisboa renovada para el crecimiento y el empleo: lanzamiento del nuevo ciclo (2008-2010)», parte I (COM (2007) 803 final - no publicada en el Diario Oficial). 66Ajuste estructurales un término que se utiliza generalmente para describir los cambios de políticas. Adaptar los recursos humanos mejor a las necesidades de los mercados de trabajo es clave para una Europa competitiva, en particular en materia de flexiguridad, ayudará a los trabajadores y a los empresarios a aprovechar la globalización. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 49  El aprovechamiento del potencial de las empresas, y en especial de las PYME.  “Las PYME representan más del 99 % de las empresas y emplean al 67 % de la mano de obra de la UE. El potencial de crecimiento y empleo de las PYME sigue sin estar plenamente aprovechado” La inversión en conocimiento e innovación.  La Comisión introduce una dimensión nueva: basada en el triángulo que conforman la investigación, la innovación y la educación, con el fin de generar un Espacio Europeo de la Investigación. Lograr una economía con baja emisión de carbono y de bajo consumo energético. Con el objeto de El Programa Comunitario de Lisboa: propuesta para 2008-2010 alcanzar en lo relativo a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y a las energías renovables, a fin de que estas últimas representen el 20 % del consumo energético de aquí a 2020. 67. En la presente Comunicación se propone el Programa Comunitario de Lisboa para el periodo 2008-2010, que expone a modo de programa nacional de reforma las medidas comunitarias esenciales. La propuesta relativa al nuevo programa Comunitario de Lisboa se basa en las directrices integradas y reposa sobre las cuatro prioridades definidas en el Consejo Europeo de Primavera de 2006 (vistas en el anterior “informe estratégico”). Recoge las medidas que deben adoptarse a escala comunitaria en el próximo ciclo, tal y como se propone en el Informe Estratégico de la Comisión que se someterá a adopción en el Consejo Europeo de Primavera de 2008. La Comisión propone un diez objetivos clave y sus correspondientes medidas sobre la base de las orientaciones integradas y en plena consonancia con las cuatro áreas prioritarias Diez objetivos clave que deben conseguirse antes de 2010, de estos diez objetivos destaca (Gorelli Hernánez, 2011) tres por su mayor incidencia en el ámbito laboral: . 67Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones de 11 de diciembre de 2007, titulada: «Propuesta relativa al Programa Comunitario de Lisboa 2008-2010» (COM (2007) 804 final - no publicada en el Diario Oficial). Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 50 1. La Comisión propondrá una Agenda Social renovada a mediados de 2008 y contribuirá a paliar las carencias en materia de capacidades. 2. La Comisión presentará propuestas para una política común de inmigración en 2008. 3. El Consejo Europeo de la primavera de 2008 La Comunidad adoptará una Ley de la Pequeña Empresa para liberar el potencial de crecimiento de las PYME durante todo su ciclo de vida. Los diez objetivos prioritarios exigen un seguimiento riguroso que se refleje en el informe anual de ejecución. Esto permitiría un examen sistemático de los progresos que constituiría la base de los informes anuales de la Comisión en otoño. Sin embargo, Europa debe hacer frente a una desaceleración económica mundial y afrontar retos a largo plazo sin precedentes (el envejecimiento demográfico, la mundialización, el cambio climático, la dependencia energética, etc.) pero el problema de la crisis económica no se ha trasladado a las diferentes medidas tal y como hemos visto y más tarde estos elementos negativos se manifiestan con claridad. 68 Formulación de las directrices para las políticas de empleo 2018-2010 : Puso en marcha el segundo ciclo de la Estrategia de Lisboa renovada, que finalizará en 2010, confirma que las Directrices integradas actuales (Orientaciones Generales de las Políticas Económicas (OGPE) y Directrices para el empleo) siguen siendo válidas y deberían servir para el período 20082010. Respaldó las recomendaciones para cada país y confirmó los cuatro ámbitos prioritarios de la Estrategia de Lisboa renovada. Sobre la base de las acciones propuestas por la Comisión y del trabajo del Parlamento Europeo y el Consejo, el Consejo Europeo aprobó también una serie de acciones concretas que deben ponerse en práctica. 69 Reproducen el mismo esquema anteriormente visto, las directrices para el empleo constituyen uno de los tres pilares de las directrices integradas del periodo 2008-2010. Completan a las orientaciones generales de política . 68Consejo Europeo de Bruselas, 13 y 14 de marzo de 2008. Conclusiones de la Presidencia. 69Decisión 2008/618/CE del Consejo, de 15 de julio de 2008, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 51 económica 2008-2010 (OGPE) que responden a las políticas macroeconómicas y las reformas microeconómicas nacionales. Confirma de nuevo los cuatro ámbitos prioritarios convenidos en su sesión de primavera de 2006 como piedras angulares de la Estrategia de Lisboa renovada (la inversión en capital humano y la modernización del mercado de trabajo, aprovechar el potencial de las empresas, especialmente de las PYME, el apoyo al conocimiento y la innovación, la energía y el cambio climático). Posteriormente, los Estados miembros confirmaron, actualizaron o elaboraron nuevos programas nacionales de reforma, que presentaron a la Comisión antes de octubre de 2008 junto con un informe de aplicación. Para mejorar la coordinación de las reformas y reforzar el proceso multilateral de vigilancia en el Consejo, el Consejo Europeo de primavera de 2008 pidió a los Estados miembros que incluyeran en sus PNR y sus posteriores informes anuales de ejecución acciones detalladas y concretas que indicasen sus respuestas políticas específicas a las Directrices integradas, a las recomendaciones específicas para cada país y a los puntos pendientes. El Informe de aplicación del Programa Comunitario de Lisboa 2008 – 201070 La Comisión presenta el primer informe anual que recoge los resultados del Programa Comunitario de Lisboa 2008-2010. Este informe evalúa los resultados del primer año de puesta en práctica del programa y propone nuevos objetivos relativos a las prioridades del Plan Europeo de Recuperación Económica : 71 Los objetivos y acciones prioritarias definidos en el PCL se basan en las cuatro prioridades confirmadas recientemente en el Plan Europeo de Recuperación Económica (PERE). Así en el informe ya se habla de crisis que completan las reformas abordadas por los Estados miembros. 70Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 16 de diciembre de 2008, sobre el Informe de aplicación del Programa Comunitario de Lisboa 2008 – 2010 (COM(2008) 881 final – no publicada en el Diario Oficial). 71 Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo “Un Plan Europeo de Recuperación Económica” Bruselas, 26.11.2008, COM (2008) 800 final. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 52 económica y financiera y determina que “el PCL sigue ofreciendo respuestas adecuadas de actuación ante la crisis financiera y económica actual”. 6 Los efectos de la crisis y balance en la Estrategia de Lisboa 6.1 Los efectos de la crisis en la Estrategia de Lisboa Las estimaciones de crecimiento sobre el empleo dejan claro que no se cumplirán los objetivos de Lisboa 2010. La crisis financiera golpea ahora a la economía. La zona del euro, e incluso la Unión entera, está amenazada de recesión. En estas circunstancias, para apoyar la actividad económica y el empleo. Actuará de manera concertada con el fin de que las medidas adoptadas por la Unión y cada uno de los Estados miembros surtan el máximo efecto. El Consejo Europeo da su aprobación al Plan Europeo de Recuperación Económica72 El Plan de Recuperación establece medidas para intensificar la aplicación de las reformas estructurales en el marco de la Estrategia de Lisboa, para estimular la economía, estas reformas se centrarán en el incremento de la financiación de la inversión y de las infraestructuras, la mejora de la competitividad de las empresas, la concesión de un mayor apoyo a las PYME y el fomento del empleo, la innovación, la investigación y el desarrollo, así como de la educación y la formación. Al tiempo se impulsa el potencial de crecimiento a largo plazo de la Unión, especialmente fomentando la transición hacia una economía con bajo nivel de emisiones de CO2 y con un alto grado de conocimiento. También presenta propuestas para estimular los mercados laborales de la UE, especialmente mediante la aplicación de políticas de flexiseguridad integradas, centradas en medidas de activación, y las , toma como punto de partida el Pacto de Estabilidad y Crecimiento y la Estrategia de Lisboa. 72 El plan se basa en dos pilares: “El primer pilar es una inyección masiva de poder adquisitivo en la economía con objeto de estimular la demanda y generar confianza. La Comisión propone que, con carácter de urgencia, los Estados miembros y la UE acuerden un impulso presupuestario inmediato de 200 000 millones EUR (1,5 % del PIB) para reactivar la demanda, en pleno cumplimiento del Pacto de Estabilidad y Crecimiento…El segundo pilar se fundamenta en la necesidad de dirigir la acción a corto plazo a reforzar la competitividad de Europa a largo plazo. El Plan establece un programa integral para orientar el gasto a las inversiones «inteligentes».”. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 53 cualificaciones. Estas políticas son de vital importancia para fomentar la empleabilidad y lograr una rápida reinserción en el mercado laboral. Para responder a la ralentización económica de conformidad con los principios establecidos en el Plan de Recuperación y mejorar la aplicación de la Estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo (ciclo 2008-2010), el Consejo de la Unión Europea establece la Recomendación73 Finalmente en la de 25 de junio de 2009 relativa a la actualización en 2009 de las Orientaciones Generales de Política Económica de los Estados miembros y de la Comunidad y a la ejecución de las políticas de empleo de los Estados miembros (se refieren tanto a la orientación de las políticas económicas como de las políticas para el empleo). Decisión74 del Consejo de la Unión Europea, de 7 de julio de 2009, se acuerda mantener para 2009 l 6.2 La evaluación de la Estrategia de Lisboa as orientaciones para las políticas de empleo adoptadas por la Decisión 2008/618/CE de 15 de julio de 2008 (que se habían actualizado en la Recomendación anterior). 75 Antes de que la crisis financiera y económica hubiera afectado a la UE, la estrategia había ayudado a crear más de 18 millones de nuevos puestos de trabajo. Cuando la economía se desplomó, la UE actuó para estabilizar el sistema financiero 76 La estrategia ha tenido éxito en asegurar que las reformas clave en todos los países miembros de la UE vayan en la misma dirección. y adoptó un plan de recuperación para impulsar la demanda y restaurar la confianza (ambas medidas se detallan en el “Plan Europeo de Recuperación Económica”). 73Recomendación del Consejo, de 25 de junio de 2009, relativa a la actualización en 2009 de las Orientaciones Generales de Política Económica de los Estados miembros y de la Comunidad y a la ejecución de las políticas de empleo de los Estados miembros. Recomendación 2009/531/CE. 74 Decisión del Consejo de 7 de julio de 2009, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros (2009/536/CE). 75Documento de Trabajo de los Servicios de la Comisión. Documento de evaluación de la Estrategia de Lisboa. Bruselas, 2.2.2010 SEC (2010) 114 final. 76 Véase Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo “Un Plan Europeo de Recuperación Económica” Bruselas, 26.11.2008, COM (2008) 800 final: “Los problemas de la economía real tienen su raíz en la inestabilidad de los mercados financieros. (…). Por tanto, para contener la desaceleración y promover una recuperación rápida y sostenible, el primer paso consiste en estabilizar el sistema bancario”. En dicha Comunicación se detalla en qué consiste dicha intervención. En los Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 54 últimos cuatro años de la Estrategia de Lisboa, el cambio climático, la innovación, investigación y desarrollo, y educación han sido prioridad en la agenda de todos los países, lo que ha ayudado a crear empleos y estimular el crecimiento. Pero la implementación de las reformas ha sido desigual, menos eficaz en algunos países y sectores de la economía que en otros. Justo cuando la estrategia de crecimiento y el empleo estaba disminuyendo las tasas de desempleo en toda la UE, la crisis económica y financiera revirtió la situación, destacando así, la necesidad de proseguir y acelerar las reformas estructurales. Europa se enfrenta a importantes desafíos estructurales: la globalización, el cambio climático y el envejecimiento de la población, a todo ello, la crisis económica, ha hecho que estas cuestiones sean aún más acuciantes. La Estrategia de Lisboa original se puso en marcha en la Cumbre de Lisboa como respuesta a los desafíos de la globalización y del envejecimiento. El Consejo Europeo fijó como objetivo de la Estrategia que en 2010 la UE se convirtiese «en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con mayor cohesión social», pero respetando el medio ambiente No obstante, la Estrategia original evolucionó gradualmente hacia una estructura excesivamente compleja, por ello, la Estrategia de Lisboa se relanzó en 2005 tras una revisión intermedia, la Estrategia relanzada se centró en el crecimiento y el empleo, estableciéndose una nueva estructura de gobernanza basada en un enfoque de asociación entre los Estados miembros y las instituciones de la UE. Al evaluar los diez años de la Estrategia de Lisboa, lo que en definitiva cuenta es el impacto en el crecimiento y el empleo, pero no sólo eso, el objetivo de la Estrategia de Lisboa era mejorar el ritmo y la calidad de las reformas a nivel nacional y europeo. La Unión ha crecido de 15 Estados miembros en 2000 a 27 en la actualidad y el euro se ha convertido en una divisa importante. La crisis económica se deja sentir profundamente en Europa, como en otras partes del Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia de Lisboa 55 mundo. La crisis ha tenido efectos profundos y duraderos en las economías de Europa: el PIB disminuyó un 4 % en 2009; el desempleo se acerca al 10 %; las finanzas públicas están destrozadas, con déficit que alcanzan el 7 % del PIB; y los niveles de deuda han aumentado un 20 % en dos años, dando al traste con 20 años de saneamiento En conjunto, la Estrategia de Lisboa ha tenido un impacto diverso en la UE, sin que se hayan alcanzado sus objetivos principales (es decir, un nivel de empleo del 70 % y un gasto en I+D del 3 % del PIB, aumentar el número de mujeres empleadas desde el 51% a más del 60% y la tasa del empleo de los trabajadores de mayor edad, entre 55 y 65 años de edad, debería aumentar hasta el 50 % antes de 2010). El nivel de empleo de la UE alcanzó el 66 % en 2008 (frente al 62 % de 2000), antes de volver a caer a consecuencia de la crisis. Sin embargo, la UE no ha logrado superar el desfase de incremento de la productividad con respecto a los principales países industrializados: el gasto total en I+D en la UE, expresado como porcentaje del PIB, apenas mejoró marginalmente (del 1,82 % en 2000 al 1,9 % en 2008) y las tasas de empleo para las mujeres y los trabajadores de mayor edad se incrementaron hasta lograr el 59,1% y 45,6% respectivamente en 2008. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia Europa 2020 56 CAPITULO IV: LA ESTRATEGIA EUROPA 2020 1 Una estrategia para el crecimiento Hay que reconocer los logros de la estrategia anterior, entre otros la creación de 18 millones de puestos de trabajo desde el año 2000, pero hay que intentar corregir sus defectos, aplicación deficiente, grandes diferencias entre los países de la UE en cuanto a rapidez y profundidad de las reformas entre otros. Por otra parte, la nueva estrategia refleja los cambios ocurridos en la UE desde el año 2000, en particular la necesidad inmediata de recuperación de la crisis económica. La estrategia de crecimiento de la UE para la próxima década (terminada la de Lisboa) se pone de manifiesto en Europa 202077, la Comisión el 3 de marzo de 2010 en su comunicación denominada “Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente sostenible e integrador”, propone una nueva estrategia política para apoyar el empleo, la productividad y la cohesión social en Europa, el Consejo Europeo78 Para lograr todo ello ha fijado cinco aprobó los principales aspectos de la estrategia manifestada por la Comisión. Así la recuperación debe ir acompañada de una serie de reformas, con el fin de asegurar el desarrollo sostenible de la UE durante la próxima década. La Estrategia Europea 2020 propone tres prioridades que se refuerzan mutuamente: - Crecimiento inteligente: “desarrollo de una economía basada en el conocimiento y la innovación”. - Crecimiento sostenible: “promoción de una economía que haga un uso más eficaz de los recursos, que sea más verde y competitiva”. - Crecimiento integrador: “fomento de una economía con alto nivel de empleo que tenga cohesión social y territorial”. objetivos clave que la UE debe alcanzar al final de la década en los ámbitos de empleo, educación, 77Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, denominada «Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM (2010) 2020 final). 78 Conclusiones del Consejo Europeo de Bruselas del 25 y 26 de marzo de 2010. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia Europa 2020 63 Es responsabilidad de los gobiernos nacionales, pero la UE puede desempeñar un papel de coordinación.  Erradicar la pobreza infantil, proporcionar vivienda decente a todos, integración de las personas con discapacidad, minorías étnicas, inmigrantes y otros, luchar contra la exclusión financiera, promover la integración de los gitanos. Promover la inclusión activa en la sociedad y mercado laboral de los grupos más vulnerables, como mejorar el acceso al trabajo, la seguridad social, los servicios básicos (asistencia sanitaria, vivienda, etc.) y la educación. 2.2 Estrategia Europea de Empleo - Directrices para el empleo. Las directrices para el empleo85 Las Directrices para el empleo son cuatro desde octubre de 2010, de la 7ª a la 10ª, se simplifican con el objetivo de ser más claras, (Gorelli Hernánez, 2011), pero los planteamientos que se realizan son iguales a las directrices que se han venido aplicando: propuestas por la Comisión y aprobado por el Consejo, presenta las prioridades y objetivos comunes para las políticas nacionales de empleo. Las directrices de empleo se presentan en un paquete integrado con las Directrices Generales de Política Económica desde 2005. Directriz 7ª  Objetivo alcanzar un índice de ocupación de mujeres y hombres con edades comprendidas entre los 20 y los 64 años del 75 % para 2020. : El aumento de participación en el mercado laboral de las mujeres y los hombres, la reducción del desempleo estructural y la promoción de la calidad del empleo.  Fomentar la participación en el mercado laboral de los jóvenes, los trabajadores de mayor edad, los trabajadores con bajas cualificaciones y los inmigrantes en situación regular.  Promover sobre todo los principios de flexiguridad86 85Decisión del Consejo, de 21 de octubre de 2010, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros. 2010/707/UE. 86La “flexiseguridad” es una estrategia integrada para mejorar, al mismo tiempo, flexibilidad y seguridad en el mercado laboral. Se trata de conciliar las necesidades de mano de obra flexible de los empleadores con la necesidad de seguridad de los trabajadores en la confianza de que no se enfrentan a largos períodos de desempleo. , movilidad de los trabajadores, y conciliación de la vida profesional y familiar. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia Europa 2020 64  Promover el empleo por cuenta propia y el espíritu empresarial. Además tendrán que favorecer la creación de empleo, también en el sector de la asistencia sanitaria y el empleo “verde”. Directriz 8ª  Desarrollo de nuevas competencias adaptadas a las necesidades del mercado laboral. : El desarrollo de una mano de obra cualificada que responda a las necesidades del mercado laboral y promover el aprendizaje permanente.  Aumentar la capacidad de los sistemas de educación y de formación, y favorecer su adaptación a la evolución de la sociedad (baja emisión de carbono y uso eficiente de los recursos).  Calidad de la enseñanza inicial y las posibilidades de formación a lo largo de toda la vida (en colaboración con los interlocutores sociales y las empresas).  Fomentar la movilidad profesional, (reconociendo las cualificaciones adquiridas). Directriz 9ª.  Las tasas de abandono escolar deberán haberse reducido a menos del 10 % y la proporción de la población de entre 30 y 34 años que ha finalizado un ciclo de enseñanza superior o equivalente tendrá que haber aumentado al 40 % como mínimo. La participación de la mejora de la calidad y el rendimiento de los sistemas de educación y formación en todos los niveles y el aumento en la educación superior o equivalente.  Inversión en la calidad de la formación y de los sistemas educativos, dar prioridad a la formación permanente, también a través del aprendizaje no formal.  Fomentar la movilidad internacional de docentes y estudiantes, un marco de certificación con itinerarios de formación flexibles y las asociaciones con las empresas. Directriz 10ª  Promueve la inclusión social y la lucha contra la pobreza. . Promover la inclusión social y la lucha contra la pobreza. Para saber más: Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 27 de junio de 2007, «Hacia los principios comunes de la flexiguridad: más y mejor empleo mediante la flexibilidad y la seguridad» [COM (2007) 359 final - no publicada en el Diario Oficial]. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia Europa 2020 65  Deben buscar el empleo de las personas socialmente desfavorecidas y más alejadas del mercado laboral.  Las políticas nacionales deberán garantizar el acceso a servicios asequibles, sostenibles y de calidad, también en el ámbito social. Además, buscarán la modernización y la viabilidad de los sistemas de protección social y de jubilación.  Fomentarán la igualdad de oportunidades y la lucha contra la discriminación. El resto de directrices sobre Orientaciones Generales de las Políticas Económicas son: Directriz 1ª: Garantizar la calidad y la viabilidad de las finanzas públicas. Directriz 2ª: Abordar los desequilibrios macroeconómicos. Directriz 3ª: Reducir los desequilibrios dentro de la zona del euro. Directriz 4ª: Optimizar el apoyo a la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+i), reforzar el "triángulo del conocimiento" y liberar el potencial de la economía digital. Directriz 5ª: Mejorar la utilización eficiente de los recursos y reducir los gases de efecto invernadero. Directriz 6ª: Mejorar el entorno empresarial y de los consumidores y modernizar y desarrollar la base industrial para garantizar el pleno funcionamiento del mercado interior. Se hace imprescindible hacer frente a todos estos planteamientos, para resolver con eficacia el problema del empleo. 2.3 Coordinación de la Estrategia Europea de Empleo La Encuesta Anual sobre el Crecimiento87 87Un informe que la Comisión presenta en enero de cada año y que evalúa los principales retos económicos de la UE a la vez que recomienda medidas prioritarias para afrontarlos. , señala el rumbo para Europa en el año siguiente y marca el comienzo del “Semestre Europeo”, en base a estos datos, los dirigentes de la UE ofrecen orientaciones sobre las posibles respuestas en la reunión de primavera. Los objetivos que marca la EEE deben obtenerse por los Estados bajo el marco que proporciona el “Método Abierto de Coordinación”, que permite supervisar la evolución, coordinar e informar sus políticas de empleo. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia Europa 2020 66 El Comité de Empleo y las instituciones europeas elaboran un conjunto de medidas de empleo que lo forman: - Las Directrices de empleo88 - Programas Nacionales de Reforma , que establecen prioridades y objetivos comunes. 89 - Informe conjunto sobre empleo . 90 - Recomendaciones . 91 - Evolución Social y del Empleo en Europa específicas para cada país. 92 El diálogo entre la Comisión, los gobiernos nacionales, los sindicatos, la patronal y las demás instituciones europeas (Parlamento Europeo, Comité Económico y Social Europeo, Comité de las Regiones, etc.) se presenta fundamental, ya que garantiza el intercambio de mejores prácticas y la implicación de todos ellos aumenta el grado de corresponsabilidad sobre la estrategia. .Sustituye al “Informe sobre el empleo en Europa”. Las recomendaciones son un elemento clave de la nueva gobernanza económica de la UE. Su a 88 Propuestas por la Comisión, acordadas por los gobiernos nacionales y adoptadas por el Consejo (Consejo de la Unión Europea). 89Informes presentados por los gobiernos de los países miembros, que describen sus políticas de empleo y que son analizados por la Comisión para verificar su coherencia con los objetivos de Europa 2020 y las iniciativas emblemáticas. 90Informe de la Comisión que desarrolla las líneas fundamentales sobre el empleo recogidas en la Encuesta Anual sobre el Crecimiento. Se basa en la situación del empleo en Europa, la aplicación de las directrices de empleo y los resultados del examen de los proyectos de programas nacionales de reforma llevado a cabo, país por país, por el Comité de Empleo. 91Recomendaciones de la Comisión a los gobiernos nacionales adjuntas al informe conjunto sobre empleo. 92Se trata de un nuevo análisis elaborado anualmente, ofrece la información analítica y estadística básica para respaldar el informe conjunto sobre empleo y otros instrumentos fundamentales de la Estrategia Europea de Empleo dopción por la Comisión constituye el penúltimo paso en un proceso de coordinación de las políticas económicas entre la UE y sus Estados miembros, el último paso es la aprobación por el Consejo Europeo de junio de estas recomendaciones, todo este proceso dura seis meses. Los países se enfrentan a retos diferentes, por lo que es normal que no todos tienen las mismas prioridades, es por ello que las recomendaciones son recomendaciones específicas por país y adaptadas a los problemas particulares de cada Estado miembro. Estrategia Europea de Empleo – La Estrategia Europa 2020 67 Un Estado miembro no puede ser sancionado o procesado si no cumple con las recomendaciones. La motivación para que los Estados sigan las recomendaciones son principalmente por la presión de grupo93 y la presión del mercado94 2.4 Participación de todos los sectores de la sociedad que se ejerce también sobre los Estados. En paralelo a este procedimiento, hay que destacar el diálogo que tiene lugar entre la Comisión, los gobiernos nacionales, los sindicatos, la patronal y las demás instituciones europeas (Parlamento Europeo, Comité Económico y Social Europeo, Comité de las Regiones, etc.), la participación de todos los sectores de la sociedad es fundamental para asegurara el éxito de la estrategia Europa 2020. La responsabilidad de actuar no se debe limitar a los gobiernos, las empresas, los sindicatos, las organizaciones no gubernamentales, las autoridades locales y, los ciudadanos deben participar en la Estrategia 2020. Destacar dos instituciones que coordinan las respuestas de los diversos grupos de interesados:  El Comité Económico y Social Europeo95.  El Comité de las Regiones, es un órgano consultivo que representa a los entes regionales y locales de la Unión Europea, en ámbitos vinculados con la estrategia Europa 2020, tales como la educación, la innovación, los transportes o el cambio climático. desempeñar un papel fundamental, sobre todo a través de su red de comités económicos y sociales nacionales. 93 Los Estados miembros aprueban las recomendaciones al más alto nivel político y por lo tanto, debe tenerse en cuenta en su proceso de planificación nacional. Se hará un seguimiento de los avances de las recomendaciones en la revisión del crecimiento anual siguiente y en la evaluación que se hará en la siguiente serie de recomendaciones de la Comisión en junio. 94 Dado el interés que tienen los gobiernos en aplicar políticas destinadas a reducir su deuda y déficit. 95(EESC, 2010)Órgano consultivo de la Unión Europea su labor la realiza por medio de "dictámenes" centrados en las propuestas legislativas de la UE, aunque también elabora otros "dictámenes de iniciativa". Uno de los cometidos principales es servir de "puente" entre las instituciones de la UE y lo que se denomina "sociedad civil organizada". Estrategia Europea de Empleo – Conclusiones 68 CONCLUSIONES En la EEE el planteamiento que se realiza al definir los objetivos comunes y que se plasman en las directrices para el empleo, son casi iguales a los que se han venido aplicando casi desde el comienzo de la EEE, entre otros; flexibilidad y seguridad en el trabajo, invertir en capital humano a través de la formación continua a lo largo de toda la vida, protección social etc. Los intentos de mejorar la Gobernanza, en lo que respecta al empleo, no ha superado el marco establecido por el Método Abierto de Coordinación y se sigue actuando dentro del mismo, con todas sus limitaciones, como que no implique actos normativos obligatorios para los Estados miembros y las políticas de empleo siguen siendo competencia de los Estados miembros, para superar estas, se fijan objetivos cuantitativos cuyo cumplimiento responderá sobre todo a si son realistas o no. La aplicación del MAC hace que las orientaciones y recomendaciones sean generales y moderadas con el fin de garantizar el cumplimiento por los Estados miembros con acciones eficaces, todo ello debilita la Estrategia en empleo. El incumplimiento de estas metas no debe suponer un fracaso, porque el objetivo no debe ser tanto alcanzar a tiempo los límites cuantitativos impuestos, a veces especialmente ambiciosos, sino seguir avanzando en el proceso de convergencia hacia las tasas de ocupación de los países más ricos de Europa. El proceso de convergencia viene avanzando con éxito desde hace años y en el escenario actual, claramente adverso, conviene ser optimista y el objetivo debe ser volver a la senda del crecimiento del empleo lo antes posible. 69 Bibliografía Borchardt, K.-D. (2011). El ABC del Derecho de la Unión Europea. Oficina de Publicaciones de la Unión Europea. Cabeza Pereiro, J., & Ballester Pastor, M. A. (2010). 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