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El expediente especial de invertidos. La represión de las disidencias sexo-genéricas en Canarias tras su inclusión en la Ley de Vagos y maleantes

Ramírez Pérez, Víctor Manuel

Abstract

En el año 1954 se reforma de la Ley de Vagos y Maleantes de 1933 para incluir la homosexualidad como una categoría de peligrosidad social. Esta reforma articula un nuevo mecanismo de represión de las disidencias sexuales y de género, que son puestas en el objetivo de las autoridades gubernativas y judiciales. El año siguiente, bajo las instrucciones del Gobernador Civil de la provincia de las Palmas, la Dirección General de Seguridad de esta provincia elabora 85 notas informativas de otras personas consideradas homosexuales y residentes, en su gran mayoría, en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria. En este artículo analizo los motivos por los que la citada capital canaria se convirtió en el núcleo de la represión en las islas, así como el proceso de elaboración de las notas, su contenido y los expedientes judiciales incoados en el Juzgado Especial de Vagos y Maleantes de Canarias en virtud de las mismas.

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MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 El expediente especial de invertidos. La represión de las disidencias sexo-genéricas en Canarias tras su inclusión en la Ley de Vagos y maleantes. The special homosexuals file. The repression of generic and sexual dissidence in the Canary Islands after its inclusion in the Vagrancy Act. VÍCTOR MANUEL RAMÍREZ PÉREZ Dirección de correo electrónico: victor[email protected]om ORCID: https://orcid.org/0009-0007-3974-7741 Recibido/Received: 28/01/2024. Aceptado/Accepted: 11/05/2024. Cómo citar/How to cite: Ramírez Pérez, Víctor Manuel (2024). El expediente especial de invertidos. La represión de las disidencias sexo-genéricas en Canarias tras su inclusión en la Ley de Vagos y maleantes. MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1), pp. 91-115. DOI: https://doi.org/10.24197/mcreilq.1.2024.91115 Artículo de acceso abierto distribuido bajo una Licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional (CC-BY 4.0). / Open access article under a Creative Commons Attribution 4.0 International License (CC-BY 4.0). Resumen: En el año 1954 se reforma de la Ley de Vagos y Maleantes de 1933 para incluir la homosexualidad como una categoría de peligrosidad social. Esta reforma articula un nuevo mecanismo de represión de las disidencias sexuales y de género, que son puestas en el objetivo de las autoridades gubernativas y judiciales. El año siguiente, bajo las instrucciones del Gobernador Civil de la provincia de las Palmas, la Dirección General de Seguridad de esta provincia elabora 85 notas informativas de otras personas consideradas homosexuales y residentes, en su gran mayoría, en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria. En este artículo analizo los motivos por los que la citada capital canaria se convirtió en el núcleo de la represión en las islas, así como el proceso de elaboración de las notas, su contenido y los expedientes judiciales incoados en el Juzgado Especial de Vagos y Maleantes de Canarias en virtud de las mismas. Palabras clave: represión homosexuales; Canarias; archivo de invertidos; represión franquista; disidencia sexo-genérica; vagos y maleantes. Abstract: In 1954, the Vagrancy Act of 1933 was reformed to include homosexuality as a category of social danger. This reform articulated a new mechanism for repressing sexual and gender dissidence, which was targeted by government and judicial authorities. The following year, under the instructions of the Civil Governor of the province of Las Palmas, the General Directorate of Security of this province prepared 85 informative notes on other people considered homosexual and residents, most of them in the city of Las Palmas de Gran Canaria. This article analyzes the reasons why the aforementioned Canarian capital became the nucleus of repression on the 92 Víctor Manuel Ramírez Pérez MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 islands, as well as the process of preparing these notes, their content and the judicial files initiated in the Special Vagrancy Court of the Canary Islands due to the same notes. Key words: homosexual repression; Canary Islands; homosexuals file; Franco’s dictatorship repression; sex-gender dissidence. INTRODUCCIÓN En fecha 22 de enero de 1955, el Comisario Jefe de la Comisaría del Cuerpo General de Policía de la provincia de Las Palmas remitía el siguiente oficio al Gobernador Civil de la Provincia, Santiago Guillén Moreno: En cumplimiento a sus respetables escritos […] con los que adjuntaba relaciones de individuos tildados y denunciados a su Autoridad como invertidos; tengo el honor de remitir a V.E. nota informativa de cada uno de ellos, de sus antecedentes en esta Comisaría y concepto en relación con su homosexualismo […] significándoles que […] han sido incluidos en el expediente especial de «INVERTIDOS» que obra en el Archivo General de esta Dependencia […]. Se pueden resaltar dos aspectos del contenido de este oficio. Por un lado, la elaboración y remisión a la policía por parte del Gobernador Civil de un listado de individuos tildados y denunciados […] como invertidos y, por otro, la existencia de un expediente especial de «INVERTIDOS», que obraba en el Archivo General de la Comisaría de Policía de Las Palmas de Gran Canaria. Este oficio junto con otros de comunicación entre Gobierno Civil y juzgado, así como parte de los listados y un número relevante de notas informativas, constan en el Archivo Histórico Provincial de Las Palmas como parte de los fondos correspondientes al Gobierno Civil1. La elaboración de un archivo de invertidos por las autoridades gubernativas canarias es un caso singular, al que se alude en el libro Peligrosas y Revolucionarias (Ramírez, 2019 p.109), pero cuyas notas informativas habían permanecido inéditas. Esta documentación permite ahondar en los procesos de represión a la disidencia sexo-genérica en las islas y plantea una serie de cuestiones que abordaré en este artículo. Por 1 Documentos procedentes del Archivo Histórico Provincial de Las Palmas Joaquín Blanco. Fondo Gob. CIV, Expte. 524. Agradezco al historiador Sergio Millares la aportación de parte de estos materiales que me pusieron en la pista del resto de documentación. El expediente especial de invertidos. La represión de las disidencias sexo-genéricas… 93 MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 un lado, en un territorio geográfico particular como el de un archipiélago habrá que determinar si el archivo abarca el control de la disidencia de todas las islas o está enmarcado en un ámbito territorial más acotado, como determinadas islas o ciudades. En este último caso, sería de interés analizar los motivos por los que este instrumento de control se circunscribió a un ámbito restringido y no en todo el territorio insular. Por otro lado, el análisis de la documentación obrante en el archivo nos permitirá determinar las circunstancias que provocaron la inclusión en el archivo de invertidos a las personas objeto de control. Específicamente, me detendré en el contenido de las notas informativas cuyo análisis pone en evidencia aspectos del proceso de investigación, características de los sujetos investigados y de su entorno e, indirectamente, aspectos de sus vidas y experiencias en un entorno hostil como fue la dictadura franquista. Por último, el análisis comparativo entre el contenido del archivo de invertido y los expedientes de vagos y maleantes del Archipiélago Canario, nos aportará la posible existencia de un patrón de individuos represaliados y si este patrón coincide con los perfiles de las personas disidentes objeto de procesos judiciales. 1. LA LEY DE VAGOS Y MALEANTES: UNA NUEVA NORMATIVA REPRESORA La elaboración del expediente de invertidos por parte del Gobierno Civil de Las Palmas en el año 1955 no fue, obviamente, un hecho casual. El año anterior, la Ley de Vagos y Maleantes de 19332 había sufrido una importante reforma3 que implicó la inclusión de la homosexualidad como una nueva categoría de estado de peligrosidad social, entre otras nuevas tipologías. Previamente, mediante Decreto de 3 de julio de 1953, se había creado un Juzgado Especial de Vagos y Maleantes en Las Palmas de Gran Canaria, con jurisdicción en todo el archipiélago canario. Asimismo, mediante Orden del Ministerio de Justicia de 15 de enero de 1954, se instituyó una colonia Agrícola para el tratamiento de Vagos y Maleantes, en Tefía, de la isla de Fuerteventura4. Hasta la inclusión de la homosexualidad como una nueva categoría de peligrosidad en la ley de vagos, la disidencia sexo-genérica se considerada 2 Ley de 4 de agosto de 1933, de vagos y maleantes. La Gaceta, 4 y 5 de agosto de 1933. 3 Ley de 13 de julio de 1954 por la que se modifican los artículos 2º y 6º de la ley de Vagos y Maleantes de, de 4 de agosto de 1933. B.O.E. núm. 198 de 17 de julio de 1954. 4 B.O.E. núm. 30, de 30 de enero de 1954. 94 Víctor Manuel Ramírez Pérez MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 como un atentado al pudor y a las buenas costumbres, siempre que se manifestara con grave escándalo o trascendencia. Así se regulaba en la normativa de régimen local, que atribuía a los Gobernadores Civiles la capacidad de imponer sanciones por faltas a la moral y al orden público. Por otra parte, el delito de escándalo público regulado en el artículo 431 del Código Penal, con similar redacción de la ley de régimen local, era igualmente aplicado a los homosexuales como instrumento represivo con las penas de arresto mayor —hasta seis meses de reclusión—, multa de 1 000 a 5 000 pesetas e inhabilitación especial. Estas normas requerían de una interpretación específica para ser aplicadas a las personas disidentes. No obstante, la inclusión de la homosexualidad en la ley de vagos añadió un nuevo instrumento legal a las mencionadas normas, con la diferencia de que la reforma legal ponía blanco sobre negro a la homosexualidad en el texto legal y, además, establecía unas medidas de seguridad específicas para estes disidentes. Estas medidas, por su parte, implicaban un notable agravamiento de las consecuencias de ser condenado —de uno a tres años de reclusión, entre otras— que, si bien presuntamente estaban dirigidas a la rehabilitación de les condenades por peligrosidad social, en la práctica se convertían en una auténtica condena durante la que los mecanismos de rehabilitación consistieron, en la mayor parte de las ocasiones, en trabajos forzados, dura disciplina o mera reclusión con separación del resto de preses. Desconocemos hasta qué punto la población disidente conoció y asumió las consecuencias que pudo tener la aprobación de esta nueva normativa y si esto pudo implicar un cambio en aspectos como su nivel de visibilización, sus espacios de socialización u otras cuestiones de su vida cotidiana. Pero sí podemos describir la reacción de la institución gubernativa en Canarias, que inició un proceso de detección, identificación, fichaje y control de la población homosexual. La clasificación de la homosexualidad como una nueva categoría de peligrosidad social, al tiempo que se creaban instituciones judiciales y penales en el archipiélago destinadas específicamente al control de vagos y maleantes, puso en la agenda de las instituciones gubernativas canarias la activación de mecanismos destinados a ejecutar la ley y garantizar su aplicación, de manera específica, a las disidencias sexuales y de género. 2. LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, CENTRO DE LA REPRESIÓN EN LAS ISLAS El expediente especial de invertidos. La represión de las disidencias sexo-genéricas… 95 MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 Es destacable el hecho de que el listado que se analiza y las posteriores notas informativas se realizaron exclusivamente bajo la instrucción del Gobernador Civil de la provincia de Las Palmas y su contenido se centró en personas residentes en la capital provincial, Las Palmas de Gran Canaria. No constan en los expedientes de vagos ningún listado remitido por el Gobierno Civil de la provincia de Santa Cruz de Tenerife. Por este motivo, la totalidad de los 85 presuntos homosexuales, todes con presunta identidad masculina, vivían en la isla de Gran Canaria y, de manera mayoritaria, en su capital. Es en esta ciudad, por tanto, en la que centró la investigación policial destinada a controlar la población disidente sexual y de género, sin que se pueda deducir de la documentación obrante en el archivo los motivos por los que la investigación se centralizó en esta capital. No obstante, social e históricamente se considera que Las Palmas de Gran Canaria ha sido la de mayor apertura hacia la diversidad identitaria de las capitales isleñas y en la que la visibilidad de la disidencia ha sido muy superior al resto de ciudades canarias, hecho que con toda probabilidad indujo a las autoridades gubernativas a ejercer un mayor control sobre las mismas. En el proceso de occidentalización de las Islas Canarias tuvieron una importancia notable la participación de diversos estados «gentes venidas de distintos países europeos, que acabaron formando comunidades nacionales de diferentes magnitudes, influencia y arraigo» (Fajardo, 2012). Esta diversidad ha sido una constante en el archipiélago desde los principios de su colonización. No obstante, la mayor visibilidad de la disidencia en Las Palmas se puede explicar por varias circunstancias. Por un lado, Las Palmas era ya entonces la ciudad más poblada de las islas, sobrepasando a principios de los años 50 les 150 000 habitantes, mientras Santa Cruz de Tenerife soportaba una población de algo más de 100 000 en la misma época. Está estudiada la atracción de la población disidente hacia entornos urbanos más poblados en los que el anonimato facilita la creación de espacios de resistencia y, por tanto, el desarrollo de una vida social, sexual, afectiva e identitaria bajo menor presión del entorno social (Eribon, 2001, p. 33; Ugarte, 2011, p. 148). Similar escenario se produjo en el espacio del Archipiélago Canario, donde Las Palmas de Gran Canaria se configura como el núcleo de atracción de la población disidente en el un territorio fragmentado y fuertemente ruralizado como eran las islas en esos tiempos. Si bien no es tema central de este artículo, de los expedientes de vagos y maleantes, así como de los testimonios de personas disidentes que vivieron el 96 Víctor Manuel Ramírez Pérez MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 franquismo, se ponen de manifiesto que existieron durante la dictadura numerosos espacios de socialización, encuentro, prácticas sexuales… a lo largo de la ciudad, que también se ponen en evidencia en los documentos del archivo de invertidos. Pero no solo el aspecto poblacional es relevante en este aspecto. Algunas dinámicas históricas de la propia capital grancanaria permitieron convertirla en un lugar en el que la diversidad, en numerosos aspectos, fue notoria e influyó en la configuración de una sociedad quizás más abierta y «tolerante», hasta lo que era posible en un entorno fuertemente controlado por la política del franquismo y el control moral de la Iglesia. El desarrollo del Puerto de la Luz y de Las Palmas no solo permitió el arribo de visitantes de numerosas y diversas nacionalidades y culturas, sino que, junto con la incipiente industria turística, atrajo un importante número de migrantes procedentes del interior de la isla y de islas no capitalinas, entre quienes habría indudablemente población disidente sexo-genérica. Por su parte, Santa Cruz de Tenerife había sido, hasta el año 1927, capital única del archipiélago. De esta manera, se convierte en el centro administrativo y burocrático de las islas y, en palabras del exministro y expresidente del Gobierno de Canarias Jerónimo Saavedra, al tener «mucho funcionario […] ha creado una mentalidad de ciudad cerrada […], una ciudad más muerta y aburrida» (Ramírez, 2019, p. 266). Un último apunte que pone igualmente de relevancia el mayor control de la población disidente sexo-genérica en Gran Canaria que en el resto de las islas, sin duda derivado de su mayor visibilidad, se refleja en el número de expedientes abiertos por el Juzgado de Vagos y Maleantes y la procedencia de las personas juzgadas: de los 192 expedientes abiertos por homosexualidad durante entre 1954 y 1970, 161 lo fueron en la isla de Gran Canaria, 28 en Tenerife y los 3 restantes en Lanzarote. 3. EL ARCHIVO DE INVERTIDOS El proceso de indagación y clasificación de invertidos comienza, tal y como expresa el oficio transcrito al inicio, con la elaboración de sendos listados de homosexuales que el Gobierno Civil remite a la Dirección General de Seguridad en fechas 8 y 15 de enero de 1955. Esta remisión tenía la finalidad de que el cuerpo policial procediera a la elaboración de las correspondientes notas informativas a cada una de las personas incluidas en el listado. El expediente especial de invertidos. La represión de las disidencias sexo-genéricas… 97 MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 En el oficio de la policía de 22 de enero, existen unas notas a mano en la parte superior y en los márgenes, escritas en apariencia por el propio Gobernador Civil, en las que se indica que se recibieron «67 fichas personales más cuatro [páginas que contienen] relaciones con nombres». También escrito a mano en el documento el Gobernador Civil ordena lo siguiente: Prepárese la sumaria correspondiente de cuanto se nos informa en la presente comunicación, pasado al Juzgado de Vagos y Maleantes nota con indicación de aquellas fichas que en número de 31 está visadas con nuestra media firma fundamentando el internamiento por la gravedad de su conducta de escándalo. Más adelante se formularán nuevas propuestas dentro de los siete días siguientes, trayendo a dos por día la relación que se adjunta. En el archivo consta un listado que abarca cuatro páginas, ordenadas con las letras a, b, c y d, en el que se enumeran las referencias de un total de 74 entradas, 2 de ellas repetidas, sumando, finalmente, un total de 72 las personas incluidas en este listado. Todas las notas corresponden a personas con nombre masculino —hombres o personas leídas socialmente como tales— y residentes en la isla de Gran Canaria y, más concretamente en su capital, Las Palmas de Gran Canaria. De las 72 personas que componen este inicial listado, las 7 que ocupan la primera página constan con escasos elementos identificativos, de manera que los datos se limitan en muchos casos a aportar información como la siguiente: Jiménez, sastre, calle […]. Jero, establecimiento de caballeros, calle […]. Dueño establecimiento de música, calle […]. «Juanito» (Peluquería Triana). Esta exigua información contrasta con el contenido de las siguientes páginas, cuyas personas aparecen en su gran mayoría identificadas con su nombre, uno o dos apellidos, edad, filiación y, en numerosas ocasiones, con referencias al domicilio de residencia, ―p.ej. Calle Tenesor núm. […]―, su oficio ―comerciante, artista, turronero…―, ubicación del lugar de trabajo ―[barrio de] Guanarteme― o el establecimiento específico en el que trabaja ―empleado casa Austin o Clínica Santa Catalina―. 98 Víctor Manuel Ramírez Pérez MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 Es igualmente destacable la mención a los apodos de algunas de las personas señaladas: La Katy, La Marquesona, Cuervito, La Gilda, Luisita la Morena, El Castañuelas y La Manicura son los que constan en el listado. Como se indica claramente en las notas a mano del oficio de 22 de enero, el objetivo de elaborar los listados y las notas policiales era el de ser remitidas al Juzgado Especial de Vagos y Maleantes de Canarias para que, en virtud de su contenido, el órgano judicial estimara si se daban las circunstancias oportunas para abrir un proceso judicial y determinar la consideración de estado de peligrosidad social de cada una de las personas incluidas en el archivo de invertidos. A partir de los listados iniciales, y bajo las instrucciones del Gobernador Civil, la Dirección General de Policía inicia un proceso de indagación que da como resultado la elaboración de un total de 85 notas informativas de otras tantas personas investigadas por su presunta homosexualidad, notas que constan en el mencionado fondo del Archivo Histórico Provincial de Las Palmas Estas notas fueron remitidas al Gobierno Civil entre los meses de enero y febrero de 1955. El resultado de esta investigación fue la identificación y elaboración de sus correspondientes notas informativas a 85 personas de muy diferentes procedencias sociales, ocupaciones, edades y causas por las que fueron objeto de indagación y clasificación. 4. LAS NOTAS INFORMATIVAS Las notas informativas eran individualizadas, escritas en cuartillas apaisadas, la mayoría de ellas encabezadas con el título «Cuerpo General de Policía» y, a renglón seguido, «Nota informativa». De manera general, el contenido de cada una de ellas recoge nombre y apellidos de le sospechose, su filiación, dirección de residencia, ocupación laboral y antecedentes u otras circunstancias que les hace ser sospechoses de ser homosexuales, así como lugar ―Las Palmas― y fecha de su elaboración. 67 de ellas están enumeradas a mano en la parte superior derecha. Algunas de ellas contienen algunos signos escritos a mano en su parte inferior o lateral, a los que haré referencia más adelante. 4. 1. Características de las personas sujetas al control. Residencia, edad y extracción social/profesión El expediente especial de invertidos. La represión de las disidencias sexo-genéricas… 99 MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 La primera cuestión a plantear sobre las personas identificadas en estas notas es la de sus características y si podemos deducir de ellas algún patrón que les dé cierto grado de homogeneidad. Por un lado, en relación con las edades de las personas identificadas, estas oscilan entre los 17 y los 65 años, con una edad media de 34 años. Un arco de edades, por tanto, bastante amplio. Si nos referimos a las profesiones y, a raíz de ellas, su nivel socio económico, nos encontramos también con un panorama bastante heterogéneo. En las notas se reflejan profesiones de nivel social alto, como «abogado», «médico» o «industrial». También constan personas con empleos o actividades económicas con un nivel retributivo de tipo medio, como «comerciante», «empleado», «contable», «vendedor» o «dueño de peluquería». Por otra parte, otras profesiones denotan su pertenencia a sectores sociales proletarios: «camarero», «cocinero», «freganchín», «mozo de bar», «sirviente», «manicura», «latonero», «jornalero», «marinero». Otres se encuentran en el entorno social del lumpenproletariado: «sirviente en casa de lenocinio», «recadero en casa de prostitución», así como pequeñes delincuentes habituales —robo, hurto— y personas con antecedentes penales diversos. Si bien no es fácil deducir de manera absoluta el estatus socio económico de todas las personas identificadas —algunas notas carecen además de este dato—, en un cálculo aproximado podemos observar que existe bastante diversidad de clases, primando el estatus social proletario/lumpenproletariado, con un número aproximado de 44 personas. Por su parte, el número de notas realizadas a personas de clase alta es muy escaso, unas 6 personas, así como otras 28 a personas de clase media. Estos dos últimos niveles alcanzan un total de 34 personas. Tanto de las edades como de las profesiones y sus correspondientes estatus sociales, no parece deducirse la existencia de un patrón claro en cuanto a las personas investigadas y fichadas. La amplia horquilla de edad y de estatus social —la clase más elevada está representada en menor número, pero también es menor su cifra poblacional— parece poner en evidencia que no hubo una consigna específica previa para realizar las correspondientes identificaciones y notas informativas ―siempre dentro de la investigación a personas de género masculino como se deduce de las personas fichadas―. Este control indiscriminado nos permite percibir un panorama de visibilidad de la disidencia en la sociedad palmense de la época muy amplio, que abarca personas de muy diferente estatus socio 106 Víctor Manuel Ramírez Pérez MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 La elaboración de listas de invertidos por parte del Gobierno Civil y sus correspondientes notas informativas se realizó en un tiempo relativamente corto. Del documento que inicia este texto, como ya he mencionado, se deduce que las primeras listas fueron remitidas por el Gobierno Civil a la policía en los días 8 y 15 del mes de enero de 1955. La Dirección General de Seguridad remitió las 85 notas informativas aparentemente en varias remesas. El 25 de enero el Gobernador Civil ya tenía en su poder al menos 65 de estas fichas, las primeras de ellas de fecha 15 de enero. Estas notas fueron aumentando de número hasta las últimas, en las que consta la fecha de 7 de marzo de 1955. El proceso de indagación en la vida de las personas sospechosas de homosexualismo y de elaboración de sus correspondientes notas informativas, se realizó en un periodo de tiempo bastante escaso, en apenas dos meses se elaboraron las 85 notas. Ya señalé que las notas incluían datos muy precisos de las personas investigadas: nombre y apellidos, lugares de residencia y trabajo, personas que frecuentaban, lugares de socialización, percepción del entorno de su posible identidad disidente, antecedentes penales y judiciales, así como otros indicios diversos de su posible homosexualidad. La investigación previa y posterior elaboración de las notas debió requerir de un esfuerzo notable por parte de la policía, teniendo en cuenta además que, por sus lugares de trabajo y domicilios, la ubicación de estas personas recorría prácticamente toda la ciudad baja y algún barrio de la ciudad alta. No obstante, no podemos descartar la existencia de información previa en manos de la Dirección General de Seguridad. Comparto en este sentido la hipótesis de Xosé M. Buxán Bran de «la existencia de una cierta visibilidad homosexual a lo largo de todo el franquismo» (en Huard y Fernández, 2023, p. 336). Un estado policial como la dictadura franquista no dejaba resquicio alguno a su control y si la comunidad disidente sexogenérica tenía cierto grado de visibilidad, es posible que el archivo de invertidos existiera antes de las instrucciones del Gobernador Civil. Por otro lado, algunos informes policiales y forenses que constan en expedientes de vagos y maleantes del Juzgado especial canario, previos a la modificación de la ley, ya hacían referencia a la homosexualidad del sujeto, lo que muestra que el control de la disidencia sexo-genérica era previo a la reforma legal (Ramírez, 2019, p. 107). El texto del oficio inicial informa al Gobernador que, los individuos han sido incluidos en el expediente especial de «INVERTIDOS» que obra El expediente especial de invertidos. La represión de las disidencias sexo-genéricas… 107 MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 en el Archivo General de esta Dependencia. Podríamos deducir de la redacción de este oficio que el citado expediente especial de invertidos ya existía antes de la solicitud e información del Gobernador Civil, por lo que parte del trabajo de indagación ya estaría realizado. Por otro lado, testimonios de personas represaliadas hablan de la existencia de algunos policías que parecían estar especializados en la persecución y control de la población homosexual visible, agentes a los que habían puesto los motes de Paco «el guapo» y Paco «el cura» (Ramírez, 2019, p. 80). No existen evidencias claras de la preexistencia del expediente especial, pero la ambigüedad del texto del mencionado oficio deja abierta esa posibilidad, pendiente de una búsqueda más profunda en el archivo histórico provincial. 4. 3. 1. Ámbitos de la investigación Las notas informativas nos aportan información acerca del proceso indagatorio de las personas incluidas en los listados del Gobierno Civil y muestran un alto nivel de intromisión en la vida personal y privada de los investigados. No ha podido ser localizado en dicha calle [del domicilio indicado en la nota informativa] (N.I. sin numerar). No se pudo localizar en [la] calle [de su domicilio]. Existe otro con mismo nombre en padrón. No hay más datos (N.I. sin numerar). […] se reúne con otros individuos de su edad con los que a veces realiza actos homosexuales en la playa y otros lugares, así como que con frecuencia se le ve alternando con invertidos por las calles y bares […] (N.I. sin numerar). Contable del Hotel Central. Desconocido en dicho hotel, donde dicen no haber trabajado por no haber tenido contable, ni se le conoce. Consultado el Padrón aparece […], 24 años, soltero, electricista, quien goza de reputación de persona normal en este sentido (N.I. núm. 78). Los carnavales que, aunque prohibidos, se celebraban públicamente bajo otras denominaciones o de manera clandestina en espacios privados, fueron eventos idóneos para expresar abiertamente una disidencia de género habitualmente reprimida para evitar el señalamiento y que la policía utilizó como entorno adecuado para identificar y fichar a quienes quebraban las normas de género con sus vestimentas, gestos y actitudes. 108 Víctor Manuel Ramírez Pérez MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 En 3-3-1954 sancionado con 2 000 ptas. por asistir en unión de otros y enmascarados al baile de Carnaval en el Mercantil (N.I. sin numerar). […] detenido el día 23 del actual [año 1955], por infringir las disposiciones vigentes sobre carnavales y de la información que posteriormente se ha practicado respecto al mismo, se ha podido averiguar, que se trata de un homosexual (El texto aparece con igual redacción en dos N.I. no numeradas, aparentemente de dos sujetos detenidos en el mismo momento). El propio domicilio, los lugares de trabajo, el entorno vecinal, las amistades, los espacios de socialización, lugares privados en los que se realizaban prácticas sexuales…, pocos fueron los entornos que se salvaban de ser investigados para recabar la información necesaria para determinar la posible homosexualidad del investigado. 4. 3. 2. Indicios de una comunidad disidente La creación de comunidades de disidentes sexuales debido a entornos sociales hostiles ya ha sido señalada por otras autorías. Huard lo explica certeramente de la siguiente manera: «la creación de una comunidad se debe en general a la hostilidad exterior. No proviene de una voluntad de apartarse de los demás, sino de apartarse de la hostilidad para crear un espacio protegido» (Huard, 2021, p. 111). Peluquero de señoras. Está considerado como invertido […] siendo conocido como «Juanito el Peluquero» o «Juanito el Maricón», teniendo una de las mejores peluquerías de señoras de esta Capital, en la que todos los empleados están considerados como invertidos, siendo la voz popular que el tal Juanito, por ayudas recibidas de varios invertidos de buena posición económica, ha construido una de las mejores casas de la población (N.I. núm. 55). Se reúne con otros homosexuales en la playa y otros lugares. Con frecuencia se le ve alternando con invertidos por las calles y bares (N.I. sin numerar). Estas referencias nos aproximan a la existencia en la capital grancanaria de los años 50 de comunidades de apoyo y espacios de amistad, socialización y encuentro entre los marginados sociales, que abarcan ámbitos privados, laborales y de ocio. La capacidad de intervención en la vida de la disidencia sexo-genérica del sistema policial le permitió obtener información no solo del ámbito laboral y los espacios El expediente especial de invertidos. La represión de las disidencias sexo-genéricas… 109 MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 públicos, sino también de ámbitos privados como los propios domicilios de las personas investigadas, una invasión de la privacidad que, en el primer caso que expongo, se produjo en el año 1943, muchos años antes de la consideración de la homosexualidad como causa de peligrosidad social. 5. LA REMISIÓN DE LAS NOTAS INFORMATIVAS AL JUZGADO DE VAGOS Y MALEANTES Los oficios del Gobernador Civil y de la Dirección General de Seguridad ponen de manifiesto que el objetivo de este proceso de investigación y elaboración de notas informativas era el de tener controlada la población disidente sexo-genérica de Las Palmas de Gran Canaria y, en última instancia, remitir sus notas informativas al Juzgado Especial de Vagos y Maleantes Canarias con el fin de que fueran juzgades y, en caso de ser considerades en estado de peligrosidad social, aplicarles las correspondientes medidas de seguridad previstas en la ley de vagos y maleantes. Estas medidas, en virtud de la reforma de 1954, consistían en el internamiento en un establecimiento de trabajo o Colonia Agrícola y, específicamente, señalaba que los homosexuales sometidos a esta medida de seguridad deberán ser internados en Instituciones especiales y, en todo caso, con absoluta separación de los demás. Asimismo, se les prohibía residir en determinado lugar o territorio —que habitualmente era su municipio de residencia— y obligación de declarar su domicilio. Por último, tras su salida del centro de reclusión, se les sometía a la vigilancia de los delegados, funcionarios ante los que, periódicamente, debían dar cuenta de su lugar de residencia y su ocupación laboral. 5. 1. La decantación de las notas antes de su remisión al Juzgado Especial de Vagos y Maleantes Según el proceso previsto, estas 85 notas informativas tenían que haber sido remitidas al citado juzgado especial. No obstante, no todas ellas dieron pie a la apertura de procesos judiciales. En un sucesivo proceso de decantación, la mayoría de las notas quedaron por el camino. Por un lado, hubo un cribado por parte del propio Gobernador Civil. En un oficio de fecha 26 de enero de 1955, en el que se trasladaban notas 110 Víctor Manuel Ramírez Pérez MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 informativas al Juzgado, con un listado al dorso con 31 nombres identificados, el Gobernador indica en escritura a mano: Rehacer el oficio en la siguiente forma: 1º Solamente se remitirán seis «ejemplares» que precisamente señalamos con el visé o media firma al dorso de este folio. 2º Se recordará la remisión cada quince días. Efectivamente, algunos de los nombres del dorso del oficio, están señalados con ese visé o firma simplificada, de tal manera que el oficio se rehízo y se remitió al Juzgado, con fecha 29 de enero, con los seis nombres señalados con el visé o semifirma del Gobernador. A las notas informativas se aplicó un proceso de revisión y selección de manera que el propio Gobernador señaló aquellas que debían ser enviadas al Juzgado de Vagos y Maleantes. En un número importante de las notas se observa la presencia de estos visés, que en algunos casos están acompañados de otros símbolos como cuadrados, círculos, aspas o uves invertidas, cuyos significados es imposible deducir de los documentos, pero que parecen indicar las preferencias del Gobernador Civil a la hora de qué personas del listado deben ser remitidas al juzgado. Aun así, no todas las notas marcadas fueron remitidas al juzgado. Entre el visto bueno del Gobernador y la remisión definitiva al juzgado, parece que hubo un nuevo tamiz, cuya procedencia no es deducible de los documentos, pero que el propio Gobernador supervisaba puesto que él mismo firmaba los oficios de remisión al juzgado. En este proceso de decantación podremos percibir los sesgos ideológicos del sistema en los que ciertas características, estilos de vidas o antecedentes van a tener un papel fundamental a la hora de decidir qué homosexuales serán juzgados y a cuáles se les va a permitir eludir los procesos judiciales. Como se pondrá de manifiesto, el resultado final será muy diferente a la heterogeneidad inicial de perfiles investigados. 5. 2. Expedientes judiciales abiertos en virtud de las notas informativas Partiendo de las 85 notas informativas iniciales, se observa que 41 de ellas tienen algunos de los signos mencionados. No obstante, tras realizar una comparación con los expedientes abiertos en el Juzgado y que constan en el mismo archivo histórico, se comprueba que las notas informativas El expediente especial de invertidos. La represión de las disidencias sexo-genéricas… 111 MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 dieron lugar a la apertura de únicamente 29 expedientes judiciales. De estas notas que llegaron al juzgado, 26 tenían algún tipo de signo y 3 carecían de ellos —estos 3 fueron abiertos en años posteriores a 1955—. 12 de las notas visadas no dieron lugar a la apertura de proceso judicial. Asimismo, los 29 procedimientos judiciales solo dieron lugar a 15 condenas por peligrosidad social. El resto fueron absoluciones salvo en un caso en el que se archivó el procedimiento por fallecimiento del encausado. Nos planteamos a continuación si existe algún tipo de criterio que pueda iluminar los motivos por los que algunas notas informativas fueron remitidas al juzgado especial. Si existieron sesgos de clase social, antecedentes gubernativos, actividad laboral, expresión de género, u otros que orientaran el proceso de selección de las notas informativas. Si se analizan los datos desde la perspectiva socioeconómica se observa que 7 de los 29 expedientes abiertos corresponden a personas de clase media o alta, los 22 restantes son personas que calificaríamos, por su actividad laboral o ausencia de la misma, como de proletariado o lumpenproletariado. Observamos, por tanto, un evidente cambio de criterio a la hora de selección de los expedientes remitidos al juzgado frente a los utilizados para la elaboración de las listas y sus correspondientes notas informativas. En este segundo caso, como indiqué previamente, existía cierto equilibrio entre unos y otros niveles sociales —44 de clases superiores, frente a 34 de clases bajas—, equilibrio que se desnivela de manera clara en el momento de derivar las notas al juzgado. El sesgo de clase social se desvela como un importante mecanismo de decantación en el momento de remitir al juez los homosexuales merecedores del control judicial que la ley de vagos permite. Si comparamos con las sentencias dictadas por el Juzgado de Vagos y Maleantes a lo largo de la vigencia de la ley en Canarias, este sesgo se mantiene de manera clara, siendo la gran mayoría de los considerados peligrosos sociales por causa de homosexualidad de clase social proletaria o lumpenproletaria. Junto a la clase social, los antecedentes gubernativos por escándalo público destacan como un elemento relevante. Las notas que incluyen detenciones por invertido y multas por faltas a la moral se convierten en idóneas para ser remitidas al juzgado. 24 de las 29 personas procesadas tenían algún tipo de antecedente por estos motivos. Si bien la discriminación por motivo de clase socioeconómica y por antecedentes gubernativos directamente relacionados con la expresión de 112 Víctor Manuel Ramírez Pérez MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 género parece clara, más difícil es extraer conclusiones con respecto a los demás criterios. Expedientes con muy similares características fueron unos remitidos al juzgado y otros no, sin que se puedan deducir los motivos que justifiquen la selección de unos y otros. Circunstancias como las compañías inadecuadas o el rumor de ser homosexual parecen ser secundarias. El análisis de los expedientes de vagos y maleantes del archipiélago canario (véase Ramírez, 2019) muestra cómo los procesos judiciales se solían caracterizar por la ausencia de seguridad jurídica, ocasionada por poca concreción legal, la inexistencia de representación legal y defensa de los procesados durante el juicio y la ausencia de argumentación consistente de las resoluciones judiciales. En relación con las sentencias dictadas por el juzgado en estos 29 procesos abiertos, estas ahondan de manera evidente en el sesgo de clase social. De los 7 expedientes abiertos a personas de clases más favorecidas, solo 1 tuvo una sentencia declarativa de peligrosidad social. De los 22 correspondientes al ámbito proletario, 14 fueron considerados peligrosos sociales y 7 absueltos. El expediente restante se archivó por fallecimiento del procesado durante el desarrollo del procedimiento judicial. De manera clara, la gran mayoría de las personas declaradas peligrosas sociales fueron de clase baja o lumpenproletariado, lo que confirma, de nuevo, el sesgo clasista en la represión de las disidencias sexuales y de género. Por último, hay que destacar que, en 14 de las 15 sentencias condenatorias, la persona procesada tenía antecedentes gubernativos por motivo de su orientación sexual, confirmando igualmente el criterio de reiteración de actos relacionados con actividades consideradas escándalo público. Por último, es relevante el escaso número de sentencias condenatorias, si partimos del número inicial de notas informativas. 70 de las personas fichadas pudieron sortear el proceso judicial gracias a los sucesivos filtros ―gubernamentales y judiciales― aplicados. Esta ausencia de generalización de las condenas se reproduce al analizar los expedientes de vagos y maleantes del archipiélago. De los 192 procesos abiertos por homosexualidad estudiados, solamente 68 concluyeron con una condena y sus correspondientes medidas de seguridad (Ramírez. 2019, p. 119). Como indica Huard en referencia a su estudio de los expedientes de vagos de Barcelona, «la homosexualidad no se castigó de manera sistemática durante el franquismo en Barcelona» (Huard, 2021, p. 102). Tampoco en Canarias. Como he señalado, se requerían ciertas condiciones sociales y de visibilidad, puesta en evidencia El expediente especial de invertidos. La represión de las disidencias sexo-genéricas… 113 MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 por los antecedentes gubernativos, dentro de la arbitrariedad de las propias resoluciones judiciales. Gran parte de la población disidente canaria nunca tuvo que enfrentarse a las instancias gubernativas ni judiciales, aunque vivieron inmersos en el clima manifiestamente homofóbico que la dictadura creó a través de sus leyes y prescripciones morales. 6. CONCLUSIONES Las referencias de alguna nota informativa y diversos expedientes de vagos y maleantes muestran cómo el control de la disidencia sexo-genérica ya se producía en Canarias al menos una década antes de la citada reforma de la ley. No obstante, la modificación en el año 1954 de la Ley de Vagos y Maleantes, que incluyó la homosexualidad como una nueva categoría de peligrosidad social, intensificó el foco del aparto represor del régimen hacia las personas disidentes sexuales y de género. Consecuencia de esa mirada represora fue la creación de un archivo de invertidos en el Gobierno Civil de la provincia de Las Palmas, que se utilizó como fuente para iniciar un proceso de control de la disidencia sexo-genérica con la ley de vagos y el Juzgado Especial de Vagos y Maleantes como instrumentos idóneos para canalizar este proceso. Las características socio-económicas de Las Palmas de Gran Canaria convirtieron a esta ciudad en el espacio de mayor visibilidad de la disidencia sexo-genérica de las islas, pero al mismo tiempo el lugar en el que los mecanismos de control hacia la misma tuvieron mayor intensidad y efecto. La represión a la disidencia sexo-genérica existió, pero no fue generalizada. Si bien el archivo de invertidos fue nutrido de personas de diversas condiciones socio económicas, no todas tuvieron el mismo destino: el proceso tuvo unas víctimas bastante determinadas dentro de la comunidad. En todo caso, los inquisitorios métodos de investigación e indagación en la vida de las personas señaladas, así como los procesos judiciales abiertos debieron afectar profundamente a las personas investigadas y a sus entornos social, familiar y laboral en la mayoría de las ocasiones. BIBLIOGRAFÍA Arnalte, Arturo (2003). Redada de violetas. La represión de los homosexuales durante el franquismo. La esfera de los libros. 114 Víctor Manuel Ramírez Pérez MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 Díaz, Abel (2021). Afeminados de vida ociosa: sexualidad, género y clase social durante el franquismo. Historia Contemporánea, 65. Eribon, Didier (2001). Reflexiones sobre la cuestión gay. Editorial Anagrama. Fajardo Spínola, Francisco (2013). Una comunidad mercantil atlántica: los ingleses en las Islas Canarias. Anuario de Estudios Atlánticos, 59. Herrera Piqué, Alfredo (1984). Las Palmas de Gran Canaria. Edición del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria (Edición original publicada en 1978). Huard, Geoffroy (2014). Los antisociales. Historia de la homosexualidad en Barcelona y París, 1945-1975. Marcial Pons. Huard, Geoffroy (2020). Los gais durante el franquismo. Discursos, subculturas y reivindicaciones (1939-1977). Egales. Huard, Geoffroy (2021) Los invertidos. Verdad, justicia y reparación para gais y transexuales bajo la dictadura franquista. Icaria. Huard, Geoffroy y Fernández Galeano, Javier (eds.) (2023). Las locas en el archivo. Disidencia sexual bajo el franquismo. Marcial Pons. Olmeda, Fernando (2004), El látigo y la pluma. Homosexuales en la España de Franco. Obrerón. Martín Galán, Fernando (2001). Las Palmas ciudad y puerto. Cinco siglos de evolución. Fundación Puertos de Las Palmas. Mira, Alberto (2007), De Sodoma a Chueca. Una historia cultural de la homosexualidad en España en el siglo XX. Egales (Edición original publicada en 2004). Mora, Víctor y Huard, Geoffroy (eds.) (2019). 40 años después. La despenalización de la homosexualidad en España. Egales. El expediente especial de invertidos. La represión de las disidencias sexo-genéricas… 115 MariCorners: Revista de Estudios Interdisciplinares LGTBIA+ y Queer, 1(1): pp. 91-115 ISSN 3020-9552 Osborne, Raquel (ed.) (2015). Mujeres bajo sospecha. Memoria y sexualidad. 1930-1980. Editorial Fundamentos (Edición original publicada en 2012). Portilla Contreras, Guillermo (2019). Derecho penal franquista y represión de la homosexualidad como estado peligroso. Ministerio de Justicia. Portilla Contreras, Guillermo (ed.), (2022). El infierno penal de los homosexuales durante el franquismo: la colonia agrícola penitenciaria de Tefía. Ediciones Universidad de Salamanca. Ramírez Pérez, Víctor M. (2019). Peligrosas y revolucionarias, las disidencias sexuales en Canarias durante el franquismo y la transición. Ediciones Tamaimos. Ugarte Pérez, Javier (2014). Las circunstancias obligaban. Homoerotismo, identidad y resistencia. Egales. Vicent, Mary (2006). La reafirmación de la virilidad en la cruzada franquista. Cuadernos de Historia Contemporánea, 28, 135-151.