EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 El testamento de García Fernández (1241): un ejemplo de la concepción de la muerte de la nobleza castellana en el siglo XIII The Testament of García Fernández (1241): an Example of the Conception of the Death of the Castilian Nobility in the Thirteenth Century Javier DOMINGO PÉREZ Graduado en Historia. Departamento de Patrimonio Artístico y Documental, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de León, Campus de Vegazana, S/N, 24006, León (España). C. e.:
[email protected] ORCID: https://orcid.org/0000-0003-3255-0173 Recibido/Received: 23/12/2022. Aceptado/Accepted: 28/09/2023. Cómo citar/How to cite: Domingo Pérez, Javier. “El testamento de García Fernández (1241): un ejemplo de la concepción de la muerte de la nobleza castellana en el siglo XIII.” Edad Media. Revista de Historia 25 (2024): 255-308. DOI: https://doi.org/10.24197/em.25.2024.255-308 Artículo de acceso abierto distribuido bajo una Licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional (CC-BY 4.0). / Open access article under a Creative Commons Attribution 4.0 International License (CC-BY 4.0). Resumen: El presente estudio analiza la mentalidad respecto a la muerte de los estamentos privilegiados, especialmente de la nobleza, y la gestión y reparto de sus posesiones, a través del estudio del testamento de García Fernández, mayordomo mayor de Fernando III y tutor de Alfonso X el Sabio. Para ello, se hará un análisis diplomático de esta tipología documental, comparando las últimas voluntades de distintos miembros de la aristocracia castellana bajomedieval, así como del estado de la cuestión respecto a esta problemática; para terminar analizando las disposiciones recogidas en el testamento del citado García Fernández, del que también analizaremos su figura. Se llega a la conclusión de que los individuos que formaban la cúspide del régimen señorial castellano del siglo XIII hacían grandes esfuerzos económicos y espirituales por la salvación de su alma. Además, puesto que el testamento que se estudia no es un original, sino una copia del siglo XVI, se estudia detenidamente la tradición documental del mismo. Palabras clave: Mentalidades; Nobleza Castellana; Testamento; Donaciones; Actitud ante la muerte. Abstract: This essay studies the mentality of the aristocracy regarding death of the privileged estates, especially nobility, and the management and the distribution of their possessions through the study of the testament of García Fernández, High Steward of king Ferdinand III and tutor of
256 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Alfonso X. To achieve this, a diplomatic study of this type of documents will be conducted, comparing it with other examples of the Castilian aristocracy, as well as reviewing the current state of research on this issue. The study will conclude with an analysis of the provisions contained inthe testament of García Fernández, whose figure will be also examined. We can conclude that the people who were part of the Castilian stately regime of the 13th century made great economic and spiritual efforts for the salvation of their soul. Furthermore, because the will being studied is not anoriginal, but a 16th century copy, its documental tradition will be carefully examined.. Keywords: Mentality; Castilian Nobility; Testament; Donations; Attitude to death. Sumario: 0. Introducción; 1. Breve estado de la cuestión; 2. La muerte y los testamentos en época medieval; 3. García Fernández, mayordomo mayor de Fernando III; 4. Tradición documental de este testamento; 5. Disposiciones del testamento respecto a la Iglesia; 6. Disposiciones respecto a pobres y malatos; 7. Otras disposiciones; 8. Conclusiones; 9. Bibliografía. Summary: 0. Introduction; 1. Literature review; 2. Death and Wills in the Medieval Period; 3. García Fernández, High Steward of Ferdinand III; 4. Provenance of the Testament 5. Provisions of the Testament Regarding the Church; 6. Provisions Regarding the Poor and the Sick; 7. Other provisions; 8. Conclusions; 9. Bibliography. INTRODUCCIÓN El testamento de García Fernández, mayordomo mayor de Fernando III y ayo del posterior rey Alfonso X, conservado en la sección destinada al desaparecido convento dominico de San Pablo de Burgos del Archivo Histórico Nacional,1 nos permite realizar un interesante estudio sobre la mentalidad respecto a la muerte de la nobleza castellana en el siglo XIII. Parece necesario hacer antes un pequeño recorrido por la concepción que tenía el mundo medieval sobre este trance, incidiendo especialmente en la importante aprobación del dogma que reconocía la existencia del purgatorio. También se analizarán las partes del testamento, su importancia como fuente histórica y la influencia que tuvieron los testamentos de la monarquía para la redacción de este modelo escrito, tomando como ejemplos las últimas voluntades de Alfonso I, Pedro III y Pedro IV, todos reyes de Aragón, y el de María de Molina, esposa de Sancho IV y, por ende, reina de Castilla y León; así como los testamentos de otros nobles para compararlos con el del señor de Villamayor. A partir de ellos, podremos conocer cómo se refleja la mentalidad de la época en esta tipología documental. 1 AHN, Clero, carp. 181, doc. 4 bis. Cuadernillo de 8 folios de pergamino; escritura gótica redonda. Buena conservación. Copia simple realizada en Villamayor de los Montes el 20 de abril de 1550. Cosido a un cuadernillo de 2 folios del siglo XVIII que lo cataloga.
El testamento de García Fernández 257 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Tras estos análisis, se hará un breve recorrido por la vida de García Fernández. Para ello, se ha utilizado el punto de vista de diferentes autores, pues su origen familiar ha provocado debate dentro de la historiografía, aportando al efecto nuevos datos. Terminadas estas cuestiones, entraremos en el punto central del estudio. Analizaremos las diferentes partes del texto desde un punto de vista diplomático, a fin de analizar si es verdadero o falso, incidiendo especialmente en su tradición documental. Tras ello, compararemos esta edición crítica del testamento con los ejemplos registrados, a fin de observar cómo se refleja la mentalidad de la época en las diferentes disposiciones del magnate. Para de facilitar el estudio, las hemos repartido en tres grupos, como se puede consultar en el sumario: disposiciones respecto a la Iglesia, respecto a pobres y malatos y otras disposiciones. 1. BREVE ESTADO DE LA CUESTIÓN La mentalidad del hombre medieval reflejada a través de los testamentos ha sido una de las cuestiones más estudiadas por la historiografía especializada en este período. Es por eso por lo que la producción bibliográfica es prolífica, permitiendo al medievalista hacer un análisis tanto cuantitativo como cualitativo de las diferentes conclusiones a las que se ha llegado a lo largo de estos años. Presentamos aquí un sucinto estado de la cuestión en el que sólo mencionaremos algunas de las obras más destacadas sobre la situación de la nobleza en el siglo XIII, la mentalidad respecto a la muerte los testamentos y su finalidad y otras obras que nos han servido de gran utilidad para confeccionar este sucinto artículo. Como acabamos de mencionar, la producción bibliográfica que estudia la nobleza castellana en el siglo XIII es ingente.2 El artículo más 2 Se pueden citar, entre otras, las obras de Jorge Díaz Ibáñez, “Nobleza y alta jerarquía eclesiástica en las ciudades castellanas del siglo XIII: algunas reflexiones”, en El mundo urbano en la Castilla del siglo XIII, coord. por Manuel González Jiménez (Sevilla: Fundación El Monte, 2003), 107-112; Antonio Sánchez de Mora, “La nobleza castellana en la Plena Edad Media: el linaje de Lara (ss. XI-XIII)” (Tesis doctoral inédita, Universidad de Sevilla, 2003); Margarita Torres Sevilla, “La nobleza leonesa y sus estructuras de parentesco (siglos IX-XIII)”, En Familia y sociedad en la Edad Media (siglos XII-XV), ed. por la Universidad de Zaragoza (Zaragoza: Universidad de Zaragoza, 2007), 95-118; María Concepción Castrillo Llamas, “Monarquía y nobleza en torno a la tenencia de fortalezas en Castilla durante los siglos XIII-XIV”, En la España medieval
258 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 interesante para estudiar la figura de García Fernández nos lo ofrece Álvarez Borge, pues indaga en el debate historiográfico respecto a su figura y nos aporta hechos concretos documentados sobre su vida y obra.3 Anteriormente, Serrano ya había estudiado su figura, pero centrándose sobre todo en su labor como mayordomo de la reina Berenguela de Castilla.4 También González le dedica varias líneas en su magnífica monografía sobre Fernando III, destacando principalmente su labor al frente de la casa del rey,5 así como Veas Arteseros y Veas Arteseros, que mencionarán de manera sucinta su labor como mayordomo mayor en su estudio sobre este cargo y el de alférez real.6 Por ende, podemos afirmar que García Fernández es un personaje relativamente estudiado dentro de las grandes lagunas que podemos encontrar a la hora de reconstruir la vida y obra de un personaje de esta época, donde las fuentes documentales y testimonios escasean. En cuanto a la muerte, su influencia en la mentalidad medieval y el papel del testamento, es de vital importancia señalar la obra de la Escuela de Annales, pionera en esta tipología de estudios a finales de los sesenta y principios de los setenta. Consideramos que, a la hora de redactar este artículo, merece especial atención la obra de Jacques Le Goff, en concreto 17 (1994): 95-112.; Carlos Estepa Díez, “Frontera, nobleza y señoríos en Castilla: el señorío de Molina (siglos XII-XIII)” Studia Historica. Historia medieval 24 (2006): 1586; José Luis López Sangil, “La nobleza altomedieval gallega. La familia Froilaz-Traba: sus fundaciones monacales en Galicia en los siglos XI, XII y XIII”, Nalgures 4 (2007): 241-331; Ignacio Álvarez Borge, “La nobleza castellana en la Edad Media. Familia, patrocinio y poder”, en La familia en la Edad Media. XI Semana de Estudios Medievales (Nájera, 31 de julio a 4 de agosto de 2000), coord. por José Ignacio de la Iglesia Duarte (Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2000), 221-252; y Ana María Rodríguez López, “Linajes nobiliarios y monarquía castellano-leonesa en la primera mitad del siglo XIII”, Hispania. Revista Española de Historia 53, 185 (1993): 841-859. 3 Ignacio Álvarez Borge, “Los dominios de un noble de la corte castellana en la primera mitad del siglo XIII. García Fernández de Villamayor”, Hispania. Revista Española de Historia 68, 230 (2008): 647-706. 4 Luciano Serrano, “El mayordomo de doña Berenguela”, Boletín de la Real Academia de la Historia 104 (1934): 101-198. 5 Julio González, Reinado y diplomas de Fernando III, tomo II (Córdoba: Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Córdoba, 1980), 151-154. 6 Francisco Veas Arteseros y María del Carmen Veas Arteseros, “Alférez Mayor y Mayordomo Real en el siglo XIII”, Miscelánea Medieval Murciana, Área de Historia Medieval 13 (1986): 21-48.
El testamento de García Fernández 259 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 El nacimiento del purgatorio,7 pues muchos de los trabajos posteriores van a partir de sus postulados.8 Si abandonamos el plano general, es importante tomar como referencia Los discursos de la muerte en la Castilla medieval (siglos VII-XV), de Ariel Guiance,9 pues estudia la mentalidad respecto a la muerte de los castellanos durante todo el medievo. Otra publicación relacionada con el tránsito a la vida eterna nos la proporciona Herrero Jiménez con su brillante estudio sobre los obituarios de la catedral de León, pues explica detalladamente una de las soluciones que tenían los canónigos, uno de los grupos aristocráticos más importantes del Antiguo Régimen, para evitar el “fuego eterno”.10 También son interesantes los diferentes artículos recopilados por Aurell i Cardona y Pavón Benito en la obra Ante la muerte: actitudes, espacios y formas en la España medieval, publicado por la Universidad de Navarra en 2002, pues permiten conocer en profundidad la evolución de la concepción de la muerte en la Edad Media.11 Así mismo, no podemos obviar la monografía coordinada por 7 Jacques Le Goff, El nacimiento del Purgatorio (Barcelona: Taurus, 1989). 8 Junto a Le Goff, también debemos mencionar las obras de Aries, El hombre ante la muerte (Madrid: Taurus, 1999) e Historia de la muerte en occidente: de la Edad Media hasta nuestros días (Barcelona: Acantilado, 2011), especialmente relevantes para este artículo. Sobre el resto de autores de la Escuela de Annales que trataron la muerte, véase Julia Pavón Benito, “La última escritura. La aparición y el desarrollo de la práctica testamental”, en De la tierra al cielo. Ubi sunt qui ante nos in hoc mundo fuere? XXIV Semana de Estudios Medievales (Nájera, 29 de julio al 2 de agosto de 2013), coord. por Esther López Ojeda (Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2014), 220. 9 Para la época que estudiamos, véase Ariel Guiance, Los discursos ante la muerte en la Castilla medieval (siglos VII-XV) (Valladolid: Junta de Castilla y León, 1998). 10 Para este estudio, Herrero Jiménez, Colección documental del archivo de la catedral de León: Obituarios medievales (León: Centro de Estudios e Investigación “San Isidoro”, 1994), 9-30. 11 Que para el objeto de este estudio contiene los siguientes artículos: Jaume Aurell i Cardona, “La transversalidad de la historia de la muerte en la Edad Media”, en Ante la muerte: actitudes, espacios y formas en la España medieval, ed. por Jaume Aurell i Cardona y Julia Pavón Benito (Pamplona: Universidad de Navarra, 2002), 9-26 y “La impronta de los testamentos bajomedievales: entre la precariedad de lo corporal y la durabilidad de lo espiritual”, en Ante la muerte: actitudes, espacios y formas en la España medieval, ed. por Jaume Aurell i Cardona y Julia Pavón Benito (Pamplona: Universidad de Navarra, 2002), 77-94; Emilio Mitre Fernández, “La muerte primera y las otras muertes: un discurso para las postrimerías en el Occidente Medieval”, en Ante la muerte: actitudes, espacios y formas en la España medieval, ed. por Jaume Aurell i Cardona y Julia Pavón Benito (Pamplona: Universidad de Navarra, 2002), 27-48; Julia Pavón Benito, “Ut post nostrum obitum mereamur regna caelorum: actitudes ante la muerte en la Navarra altomedieval”, en Ante la muerte: actitudes, espacios y formas en la España
260 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Esther López Ojeda para la XXIV Semana de Estudios Medievales de 2013, cuya temática principal fue, precisamente, la parca y las formas que tuvieron los hombres y mujeres del medievo de enfrentarse a ella.12 Respecto al estudio de los testamentos, consideramos que es vital mencionar los brillantes análisis de Cantera Montenegro, si bien es cierto que están centrados especialmente en La Rioja, pero que creemos que son perfectos para introducirnos en los aspectos básicos de esta tipología documental.13 También es importante reconocer las aportaciones de medieval, ed. por Jaume Aurell i Cardona y Julia Pavón Benito (Pamplona: Universidad de Navarra, 2002), 49-76; Francesca Español Bertrán, “Sicut ut decet: sepulcro y espacio funerario en la Cataluña bajomedieval”, en Ante la muerte: actitudes, espacios y formas en la España medieval, ed. por Jaume Aurell i Cardona y Julia Pavón Benito (Pamplona: Universidad de Navarra, 2002), 95-156 , Fernando Martínez Gil, “Del modelo medieval a la Contrarreforma: la clericación de la muerte”, en Ante la muerte: actitudes, espacios y formas en la España medieval, ed. por Jaume Aurell i Cardona y Julia Pavón Benito (Pamplona: Universidad de Navarra, 2002), 215-256; e Ildefonso Adeva Martín, “Ars bene moriendi: la muerte amiga”, en Ante la muerte: actitudes, espacios y formas en la España medieval, ed. por Jaume Aurell i Cardona y Julia Pavón Benito (Pamplona: Universidad de Navarra, 2002), 295-360. 12 De la cual se recomienda ver Ángeles García de la Borbolla, “Las distintas visiones de la muerte a lo largo de la Edad Media”, en De la tierra al cielo. Ubi sunt qui ante nos in hoc mundo fuere? XXIV Semana de Estudios Medievales (Nájera, 29 de julio al 2 de agosto de 2013), coord. por Esther López Ojeda, (Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2014), 17-29; Emilio Mitre Fernández, “Los espacios del Más Allá”, en De la tierra al cielo. Ubi sunt qui ante nos in hoc mundo fuere? XXIV Semana de Estudios Medievales (Nájera, 29 de julio al 2 de agosto de 2013), coord. por Esther López Ojeda, (Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2014), 31-74; Julia Baldó Alcoz, “La tradición cristiana del culto a los difuntos: sufragios, misas e indulgencias”, en De la tierra al cielo. Ubi sunt qui ante nos in hoc mundo fuere? XXIV Semana de Estudios Medievales (Nájera, 29 de julio al 2 de agosto de 2013), coord. por Esther López Ojeda, (Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2014), 141-187; Pavón Benito, “La última escritura…”; Margarita Cabrera Sánchez, “El rey ha muerto: ritos, funerales y entierro de la realeza hispánica medieval,” en De la tierra al cielo. Ubi sunt qui ante nos in hoc mundo fuere? XXIV Semana de Estudios Medievales (Nájera, 29 de julio al 2 de agosto de 2013), coord. por Esther López Ojeda, (Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2014), 239-260; y José Javier López de Ocáriz Alzola, “El Juicio Final en ejemplos del gótico inicial, Iconografía de un drama en cinco actos”, en De la tierra al cielo. Ubi sunt qui ante nos in hoc mundo fuere? XXIV Semana de Estudios Medievales (Nájera, 29 de julio al 2 de agosto de 2013), coord. por Esther López Ojeda, (Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2014), 297342. 13 Margarita Cantera Montenegro, “Religiosidad en La Rioja medieval a través de los testamentos (siglos XIII-XV)”, Berceo 110-111 (1986): 111-154; “Derecho y sociedad en La Rioja medieval a través de los testamentos (siglos XIII-XV)”, Hispania 47 (1987): 33-82; y “Notas sobre los libros en los testamentos riojanos medievales (siglos XIII-
El testamento de García Fernández 261 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Martínez Gijón respecto a las disposiciones hereditarias.14 A nivel diplomático, el mejor estudio de la evolución histórica de esta tipología lo presenta García Gallo en 1977,15 aunque también debemos destacar la colección de ponencias de las XI Jornadas Científicas sobre Documentación, publicadas en 2011 por la Universidad Complutense de Madrid, que tuvieron como tema central La muerte y sus testimonios escritos. En esta monografía se recogen análisis diplomáticos bastante interesantes y, sobre todo, más actuales que los ejemplos que hemos mencionado con anterioridad.16 Para terminar este repaso general por las producciones que analizan esta tipología documental, debemos mencionar, lógicamente, la Diplomatica generalis de Paulius Rabikauskas, uno de los mejores diplomatistas de los últimos tiempos.17 Por último, y pese a que son posteriores al período que vamos a estudiar en este artículo, también creemos que es importante consultar las Partidas de Alfonso X el Sabio, en concreto la sexta, pues en ella se XV)”, Mayurqa: revista del Departament de Ciències Històriques i Teoria de les Arts 22, 1 (1989): 89-94. 14 José Martínez Gijón, “La comunidad hereditaria y la partición de la herencia en el Derecho medieval español”, Anuario de Historia de Derecho Español 27-28 (19571958): 221-304. 15 Alfonso García Gallo, “Del testamento romano al medieval. Líneas de su evolución en España”, Anuario de Historia del Derecho español 47 (1977): 425-498. 16 De los cuales destacamos Vicente García Lobo, “El difunto reivindicado a través de las inscripciones”, en XI Jornadas Científicas sobre Documentación: La muerte y sus testimonios escritos, dir. por Juan Carlos Galende Díaz y Javier de Santiago Fernández (Madrid: Departamento de Ciencias Historiográficas de la Universidad Complutense de Madrid, 2011), 171-198; Mauricio Herrero Jiménez, “La muerte en los obituarios medievales”, en XI Jornadas Científicas sobre Documentación: La muerte y sus testimonios escritos, dir. por Juan Carlos Galende Díaz y Javier de Santiago Fernández (Madrid: Departamento de Ciencias Historiográficas de la Universidad Complutense de Madrid, 2011), 199-220; María Encarnación Martín López, “La salvación del alma a través de las inscripciones medievales”, en XI Jornadas Científicas sobre Documentación: La muerte y sus testimonios escritos, dir. por Juan Carlos Galende Díaz y Javier de Santiago Fernández (Madrid: Departamento de Ciencias Historiográficas de la Universidad Complutense de Madrid, 2011), 255-279; y Elisa Ruiz García “El Ars moriendi: una preparación para el tránsito”, en XI Jornadas Científicas sobre Documentación: La muerte y sus testimonios escritos, dir. por Juan Carlos Galende Díaz y Javier de Santiago Fernández (Madrid: Departamento de Ciencias Historiográficas de la Universidad Complutense de Madrid, 2011), 315-344. 17 Paulius Rabikauskas, Diplomatica generalis (Roma: Editrice Pontificia Universitá Gregoriana, 1989), 22-32.
262 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 recogió la legislación castellana de la época respecto a las últimas voluntades de los hombres y su materialización en los testamentos.18 En fin, estos solo son algunos de los estudios más relevantes sobre el tema que pretendemos estudiar. Comencemos, pues, a analizar en qué se asemeja y en qué es diferente el testamento de García Fernández de Villamayor al resto de últimas voluntades de su época. 2. LA MUERTE Y LOS TESTAMENTOS EN ÉPOCA MEDIEVAL Como es bien sabido, la muerte es uno de los aspectos que más ha preocupado al hombre a lo largo de su historia. Muchas religiones han tratado de darle un sentido, ya sea mediante la promesa de una vida eterna, la reencarnación o cualquier otra respuesta. Desde la Prehistoria podemos apreciar la especial relevancia que el final de la vida ha tenido en los seres humanos, así como su actitud ante ella y las respuestas que se dan ante este inevitable acontecimiento. Durante la Alta y la Plena Edad Media el hombre no tenía una concepción negativa de la muerte, sino que la consideraba un paso inevitable hacia una vida mejor, la vida eterna.19 Sin embargo, a partir del siglo XIII esta idea derivó hacia el temor y el respeto —si bien es cierto que el cambio “traumático” no será general hasta la gran epidemia de peste negra de 1347—. Además, la propia concepción teológica del cristianismo sobre el Juicio Final contribuyó a este recelo a la Parca, pues algunos teólogos consideraban que este llegaba un tiempo después del fenecimiento y otros defendían que el difunto se enfrentaba a él una vez finalizaba su vida. A la población le amedrentaba tanto no ser dignos para sentarse a la derecha del Padre como que no hubiese nada ni nadie al morir.20 La Iglesia trató de contrarrestar el miedo a la muerte por medio de diversas disposiciones aprobadas en concilios y sínodos. Frente a tal miedo generalizado, la Iglesia profundizó en las enseñanzas sobre la existencia del purgatorio, un lugar en el que aquellos que fuesen culpables de pecados veniales pudiesen expiarlos durante un tiempo para posteriormente 18 Alfonso X el Sabio, Las Siete Partidas (Menorca: Textos.info, 2018), 177-197. 19 Aída Portilla González, “El arte del buen morir en los testamentos medievales de la catedral de Sigüenza (siglos XIII-XV)”, Espacio, tiempo y forma 29 (2016), 627. 20 Herrero Jiménez, Colección documental…, 22-23.
El testamento de García Fernández 263 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 ascender al cielo. Esta creencia tradicional de la Iglesia,21 sobre la que había habido diversas interpretaciones hasta el siglo XIII,22 se ve reforzada en estos siglos. Los esfuerzos de la Sede Romana por mostrar la misericordia divina y la idea de que cualquier pecador podía pasar un tiempo mortificando sus pecados, en vez de ser condenado directamente al infierno, influyeron con fuerza en la población. Los hombres del siglo XIII entrevieron entonces una nueva “oportunidad” de salvar su alma frente al rigorismo de los siglos anteriores.23 Es en este contexto cuando entra en juego una nueva concepción del testamento como instrumento de salvación del espíritu. Alfonso X el Sabio, en la Ley primera de la Sexta Partida, lo define así:24 “Testataio mentis” son dos palabras de latín que quieren tanto decir en romance como “testimonio de la mente del hombre”, y de estas palabras fue tomado el nombre de testamento. Y en él se encierra y se pone ordenadamente la voluntad de aquel que lo hace, estableciendo en él su heredero y repartiendo lo suyo en aquella manera que él tiene por bien que quede después de su muerte. Y tiene gran provecho a los hombres el testamento cuando es hecho derechamente, pues luego huelga el corazón de aquel que lo hizo, y quítase por él el desacuerdo que podría acaecer entre los parientes que tuviesen esperanza de heredar los bienes del finado. La consolidación del modelo testamentario se da entre los siglos XI y XII, cuando la administración y las cancillerías civiles y religiosas fueron desarrollándose y transformándose en organismos cada vez más complejos y los viejos modelos documentales fueron sustituidos por otros más modernos y completos. Esto fue, en parte, gracias al afianzamiento de la figura del notario, que pasó de ser un mero scriptor a un verdadero experto en leyes. Por lo tanto, el testamento se convirtió en algo más que una mera 21 Hay textos en el Antiguo y Nuevo Testamento que respaldaban la existencia de este estado intermedio entre el cielo y el infierno. 22 Le Goff, El nacimiento…, 57; y Ana Luisa Haindl Ugarte, “La idea del purgatorio en la Edad Media: organización y definición de una tradición”, Revista de Historia 1, 23 (2016): 53-72, 55-56. 23 Leopold Genicot, Europa en el siglo XIII (Barcelona: Labor, 1983), 275-281. 24 Alfonso X, Las Siete Partidas…, 178.
270 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 haremos un breve estudio de la figura del señor de Villamayor para comprender su legado histórico. 3. GARCÍA FERNÁNDEZ, MAYORDOMO MAYOR DE FERNANDO III García Fernández, señor de Villamayor, fue mayordomo mayor del rey Fernando III entre 1232 y 1238, en un momento vital para la historia de la península ibérica, pues dos años antes de su ascenso el Rey Santo había unificado bajo su corona los reinos de León y Castilla para siempre.48 Serrano dice que pertenecía a una rama menor de la casa de Haza, cercana al rey Alfonso VIII.49 Por lo tanto, formaría parte de una familia de la nobleza intermedia, que en aquel momento estaba alejada mayoritariamente de la Corte real y que se centraba más en conseguir cargos importantes en las ciudades que en tratar de usurpar a la alta aristocracia los principales puestos cortesanos.50 Sin embargo, autores como Martínez Sopena apuntan a que descendería por vía paterna del linaje de Martín Díaz, noble de Tierra de Campos.51 Por su parte, Álvarez Borge refuta a Serrano alegando que las fuentes que utiliza son poco rigorosas, y defiende que era hijo de Fernando García, un aristócrata que combatió en la Batalla de las Navas de Tolosa.52 Este nombre ha causado muchos dolores de cabeza a la historiografía, pues hay estudiosos (el propio Serrano, mismamente) que consideran que no se debe confundir a este Fernando García con el mayordomo mayor de Alfonso IX, del mismo nombre, mientras que otros defienden que esto no se debe descartar y que es bastante probable que sean la misma persona.53 Frente al debate que presenta su genealogía, la historiografía parece ponerse de acuerdo en que nació y residió la mayor parte de su vida en 48 Inés Calderón Medina, “El panorama político de la península ibérica en 1200 (ca. 11501230)”, en 1212. Un año. Un reinado. Un tiempo de despegue. XXIII Semana de Estudios Medievales (Nájera, 30 de julio a 3 de agosto de 2012), coord. por Esther López Ojeda (Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2013), 103-137, 129-135. 49 Serrano, “El mayordomo…”, 108-113. 50 Álvarez Borge, “La nobleza castellana…”, 9. 51 Pascual Martínez Sopena, La Tierra de Campos occidental. Parentesco, poder y comunidad del siglo X al XIII (Valladolid: Institución Cultural Simancas de la Diputación Provincial de Valladolid, 1985), 398-403. 52 Álvarez Borge, “Los dominios de un noble…”, 652. 53 Jaime de Salazar y Acha, “La casa del Rey de Castilla y León en la Edad Media” (Tesis doctoral inédita, Universidad de Castilla-La Mancha, 1998), 166-193.
El testamento de García Fernández 271 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Villaldemiro, en la actual provincia de Burgos, donde firma el testamento que se va a analizar. Es allí donde se concentran las principales heredades a su nombre y las de su primera mujer, Teresa Muñoz, hija de los señores de Lerma; así como los territorios que irá adquiriendo a lo largo de su vida.54 Analizadas estas cuestiones y viendo las características del rango estamental al que pertenecía y su linaje, debemos preguntarnos ¿cómo puede ser que un noble (aparentemente) de segunda fila, con unas posesiones (y, por tanto, dominios) tan escasas, pudiese ostentar un cargo tan importante en la Corte del rey? Antes de responder, debemos recordar que el cargo de mayordomo mayor es importantísimo dentro de la organización de la corte regia, debido a que asumía la máxima responsabilidad financiera de la hacienda real y era el jefe de la casa del rey.55 Evidentemente era un cargo ocupado por personajes de la alta nobleza muy cercanos al monarca,56 por lo que García Fernández debía ser un individuo que mantuviese algún tipo de relación estrecha con Fernando III, sus parientes y, probablemente, sus antepasados. Si se recurre a las fuentes escritas en las que aparece, observamos cómo esta afirmación es cierta. Los primeros diplomas que se conservan nos muestran a un personaje muy cercano a la monarquía, como vemos en la antigua concesión de Alfonso VIII que le permite fundar el monasterio femenino de Santa María de Villamayor, consagrado a la Orden del Císter.57 Además, es bastante probable que la presencia de la casa de Haza en la corte alfonsina favoreciese este fulgurante ascenso de un segundón a uno de los cargos más importantes del momento. Sea como fuere, sabemos con seguridad que García Fernández ya era un miembro activo del séquito regio cuando entra junto a su mujer al servicio de Leonor Plantagenet, esposa del monarca castellano, en 1203. 54 Serrano, “El mayordomo…”, 117; y Álvarez Borge, “Los dominios de un noble…”, 681. 55 De Salazar y Acha, “La casa del Rey…”, 166-193; y Veas Arteseros y Veas Arteseros, “Alférez y mayordomo…”, 36-38. 56 Especialmente tras el reinado de Alfonso X el Sabio (aunque sea posterior al período que se está estudiando). 57 Serrano, “El mayordomo…”, 107; Quintín Aldea Vaquero, Tomás Marín Martínez y José Vives Gatell. Diccionario de Historia eclesiástica de España. III. Man-Ru (Madrid: Instituto Enrique Flórez, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1973), 1708; y Gonzalo de Arriaga, Historia del convento de San Pablo de Burgos (Burgos: Publicaciones de la Institución Fernán González, 1972), 25.
272 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Ocho años después, la documentación conservada ya se refiere a él por el título de mayordomo de la reina consorte, manteniendo esta posición hasta el fallecimiento de la soberana en 1214. Sin embargo, su servicio a la monarquía no terminaría ahí, pues sería nombrado en 1217 mayordomo de la reina de nuevo, esta vez de doña Berenguela, esposa de Fernando III.58 Es en este momento cuando comienza a tener un peso superlativo en la Corte, en parte gracias al apoyo de la poderosa familia de los Girón,59 apareciendo como confirmante en muchos de los documentos expedidos por la cancillería fernandina. Mientras tanto, también ocupará algunas tenencias y comenzará a acumular un gigantesco patrimonio, que se extenderá desde Galicia hasta Andalucía.60 Finalmente, Fernando III nombra a García Fernández mayordomo mayor. Estuvo junto al rey en varias campañas militares contra los musulmanes, destacando las de Granada y Jaén, y sería uno de los acompañantes del monarca en su viaje a León cuando recibió la corona a la muerte de su padre. Tras ocupar el cargo durante seis años, el rey decide destituirle, pero continuará teniendo un papel destacado en la Corte. De hecho, las relaciones entre noble y monarca parecen ser extraordinarias, ya que no solo será el cabeza de la casa del rey, sino que también será nombrado tutor del infante Alfonso junto a su mujer. Tras su relevo continuará ocupando el cargo de mayordomo de la reina hasta su muerte.61 García Fernández se muestra agradecido con los monarcas y su primogénito en su testamento, tal y como refleja esta manda del mismo: 58 González, Reinado y diplomas…, 151; y José Manuel Garrido Garrido, Documentación de la catedral de Burgos (1184-1222) (Burgos: Fuentes Medievales Castellano-Leonesas, 1983), 347-348. 59 Los Girón tuvieron mucha importancia durante el reinado de Fernando III porque le brindaron su apoyo en el conflicto entre el monarca y los Lara, otra familia de magnates muy importante de Castilla que se enfrentó en varias ocasiones a la monarquía durante toda la Plena Edad Media. Para más información sobre ellos, remitimos a la extensa obra de Jerónimo Gudiel, Compendio de algunas historias de España, donde se tratan muchas antigüedades dignas de memoria y especialmente se da noticia de la antigua familia de los Girones y de otros muchos linajes (Alcalá de Henares: Casa de Juan Íñiguez de Lequerica, 1577). 60 Álvarez Borge, “Los dominios de un noble…”, 659-671. 61 De hecho, su mujer, Mayor Arias, seguiría recibiendo más territorios para el señorío construido por su esposo, especialmente tras la conquista de Sevilla. Cf. González, Reinado y diplomas…, 151-154.
El testamento de García Fernández 273 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Esta carta e esta manda et a donna Mayor Arias, mi mulier, et al monesterio de Villamayor et todo quanto en el mundo yo don García e, métolo en mano del rey don Ferrando et de la reynna dona Beringuella et de mío sennor el infant don Alfonso, cuia merced yo so et quiem lo dio, et con quien lo gané; por la su merced et por la limosna que siempre me ficieron. Por lo tanto, podemos afirmar que la hipótesis de Salazar y Acha es más correcta que la de Serrano y que García Fernández fue un miembro activo de la alta nobleza, pese a que inicialmente no perteneciese al sector más acaudalado. Sin embargo, sí que hay que matizar que se trata de un noble cortesano, es decir, que logró su patrimonio a partir de su cercanía con el rey, a diferencia de otros miembros del estamento bellator que ya tenían grandes tierras en su poder cuando heredaron el título de sus padres. El señor de Villamayor construiría su heredad por medio de la compra de territorios a Órdenes militares, instituciones religiosas y otros nobles, de donaciones regias y de acuerdos con terceros.62 Según su testamento, García Fernández fallece a finales de 1241 o, como muy tarde, a principios de 1242, pues ese mismo año su mujer hace donaciones a la Iglesia burgalesa y toledana en su memoria.63 Estudiemos, pues, sus últimos deseos. 4. TRADICIÓN DOCUMENTAL DE ESTE TESTAMENTO Antes de comenzar a analizar el testamento debemos volver a mencionar que, desgraciadamente, la fuente primaria se ha perdido, por lo que solo ha llegado a nuestros días un traslado fechado el 20 de abril de 1550, tres siglos después de la redacción del original. Por ello, es natural que pueda plantearse la duda de su autenticidad, más aún si tenemos en cuenta las numerosísimas mandas que se recogen en él. Para resolverla, debemos realizar un estudio de la tradición documental y diplomático que determine hasta qué punto podemos fiarnos o no de este texto. Como es bien sabido, la tradición documental es la forma en la que un diploma ha llegado hasta la actualidad.64 No es nuestro objetivo desarrollar 62 Álvarez Borge, “Los dominios de un noble…”, 659-671; y González, Reinado y diplomas…, 152-153. 63 Álvarez Borge, “Los dominios de un noble…”, 660. 64 Sobre la tradición documental, véase Robert H. Bautier, “Forgeries et falsifications de documents par une officine généalogique au milieu du XIX siècle”, Bibliothèque de l’École des Chartes 132 (1974) 75-93; Horst Fuhrmann, “Die Fälschungen in
274 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 en profundidad los diferentes tipos de tradición documental que la Diplomática ha enunciado a través de sus investigadores, más sí consideramos importante señalarlos. Contamos con originales, copias, falsos, interpolados, registros y cartularios. Lógicamente, debemos descartar los dos últimos, pues los registros son copias hechas por el autor y procedentes de los originales expedidos por ese mismo autor realizadas inmediatamente o al poco tiempo de expedirse un diploma; y los cartularios son libros copiados por una institución, generalmente para defender sus derechos, y tenían un escaso valor jurídico. Este testamento se conserva en forma de traslado. De hecho, al comienzo y al final del mismo se anota esta fórmula, que explica pormenorizadamente las características de su tradición documental: Este es traslado bien e fielmente sacado de un testamento escripto en pergamino e sellado con un sello de cera blanca, que de una parte tenía un hombre armado a cauallo, y de la otra parte treze roeles, que está en el archi- /6 uo de las escripturas del monasterio de Sancta María la Real de la villa de Villamayor, de la Orden de Císter; el tenor del qual, “de uerbo ad uerbum”, es este que le sigue: [Sigue aquí el testamento de don García]. Fecho y sacado el traslado del dicho testamento original en la dicha villa de Villamayor, a veynte días del mes de abril, año del nascimiento de nuestro Saluador Iesu Christo de mill y quinientos y cinquenta annos. Testigos que fueron presentes al ver leer y concertar este dicho traslado con el dicho testamento original: fray Gabriel Currilla, confessor del dicho monesterio, y Pero Martínez Destabillo, clérigo sacristán dela yglesia de Sanct Vicente de la dicha villa, y Iohan Hijo, hermano de Sancho, vezinos de la dicha villa. E yo, Alonso de Medina, escrivano público de sus Magestades, que fui presente a todo lo que diho es en vno con los dichos testigos, que todo lo susodicho fize escrebir y conçertar con el dicho testamento oreginal que yo saqué del dicho archibo del dicho monesterio; el qual fize escrebir este dicho treslado y le suscrebí en estas dos planas de pergamino de cuero, con esta, en que va este mi costunbrado sygno, que es a tal (“signum” del notario) en testimonio de verdad. Alonso de Medina (signum del notario). Mittelalters”, Historische Zeits 197 (1963): 529-601; y Manuel Romero Tallafigo, “La tradición documental. Originales y copias”, en Archivística. Estudios básicos, ed. por la Diputación Provincial de Sevilla (Sevilla, Diputación Provincial de Sevilla 1981), 63-80; entre otros.
El testamento de García Fernández 275 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Estamos, pues, ante un traslado notarial, con las siguientes características: - Fue realizado por Alonso de Medina, notario real. Lógicamente, la presencia del signo de un individuo de este rango es uno de los elementos de validación más importantes a la hora de discernir sobre un documento es auténtico o es falso. - Explica los caracteres externos del original, como el soporte (pergamino, material utilizado para documentos de gran relevancia) y el tipo de sello (de tipo ecuestre, propio de la nobleza castellana del momento). - El texto notarial especifica que el original se encontraba en ese momento en el archivo del monasterio de Santa María de Villamayor, centro de gran relevancia para este testamento. Posteriormente, no sabemos el motivo, terminaría custodiado por los dominicos de San Pablo de Burgos, también mencionados en el diploma. - Se especifican los caracteres externos también del propio traslado, como el número de folios usados, el soporte, etcétera. - La copia es auténtica, pues guarda todas las formalidades propias de los traslados notariales (en las fórmulas usadas, el recurso a los testigos, la completio notarial, etcétera). También podríamos descartar que se tratase de un documento interpolado, es decir, que contase con adiciones posteriores, pues en el contenido del texto no se recoge ninguna manda que beneficiase exageradamente a los poseedores del documento, las monjas del monasterio de Villamayor. Por lo tanto, ante la duda de si se trata de un falso documental, hay que responder de forma negativa. Se trata de una copia singuale65 autorizada de tipo “traslado notarial”, pues cuenta con un notario conocido que la transcribe y tres testigos que lo avalan. Por ende, este documento, a ojos de la tradición documental, es auténtico. Por otro lado, y tal y como se ha remarcado a lo largo de este estudio, los testamentos gozaban de una estructura diplomática muy marcada, conformada por notificatio, intitulatio, expositio, dispositio, sanctio, datatio, testificatio y validatio.66 A continuación, se recogen las fórmulas más significativas y arquetípicas de este tipo documental: 65 Transcripción individual de un documento anterior. 66 Rabikauskas, Diplomática generalis…, 22-32.
276 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 - Notificatio: Conoçuda cosa sea a todos los omes que aquesta mi carta vieren. - Intitulatio: cómo yo, don García. - Expositio: de mi bona voluntad et a saluamiento de mi alma et de mío cuerpo. - Dispositio: mando al monesterio de Sancta María et de Sanct Vecent de Villamayor... mando...., mando..., mando... - Sanctio, cláusulas preceptivas (de cumplimiento del testamento): [...] métolo en mano del rey don Ferrando et de la reynna dona Beringuella et de mío sennor el infant don Alfonso... - Datatio: Esta carta fue fecha en Villal de Miro, domingo, XX días andados de ochubre, anno ab Incarnatione Domini M CC XLI, era mil CC LXX VIIII annos. - Testificatio: Testigos: frere Peidro, prior de la casa de la Predicatión de Burgos,et frere Miguel, et frere Apparicio, et frere García et don Domingo el capellán, et don Romero et Fernad Royt et Iohán Peret, que fiço la carta. - Validatio: Et yo, don García, otorgo esta carta et esta manda et róbrola, et mando a los cabeçales sobredichos que si fallaren que yo alguna cosa fiz de tuerto, que la emienden. Por lo tanto, se trata de una estructura diplomática típica de un testamento bajomedieval, en la que sólo se echa de menos la presencia de un notario, que no era estrictamente obligatoria, pero sí muy habitual en un testamento de la categoría de este. Aun así, debemos recordar que este diploma es de del año 1241, por lo que el notariado se había impuesto en Castilla apenas unos pocos años atrás. Por ejemplo, el documento notarial más antiguo de la ciudad de León es del año 1229,67 por lo que tampoco es muy extraña la presencia de un diploma particular no hecho por un notario público doce años más tarde. Por otro lado, quien redactó este testamento quiso dejar como garantía de fe del mismo la presencia de las principales autoridades del convento dominico de San Pablo (el prior, cuatro frailes y un capellán), así como de algunos caballeros vasallos del testador. 67 Véase José Antonio Martín Fuertes, “Los notarios en León durante el siglo XIII”, en Notariado público y documento privado: de los orígenes al siglo XIV: actas de VII Congreso Internacional de Diplomática, editado por la Generalitat Valenciana (Valencia: Generalitat Valenciana, 1989), 597-614.
El testamento de García Fernández 277 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 En conclusión, aunque no se conserva el original, sino una copia auténtica de este testamento, todo demuestra que estamos ante el traslado fidedigno de un diploma auténtico. Precisamente, el hecho de que el texto conservado sea una reproducción fidedigna puede dar explicación a alguna pequeñísima omisión de algún dato poco importante, como la cantidad de maravedís que se destinaba a algún beneficiario y que en algún caso no se copió. 5. DISPOSICIONES DEL TESTAMENTO RESPECTO A LA IGLESIA García Fernández comienza así su testamento: Conoçuda cosa sea a todos los omes que aquesta mi carta vieren, como yo, don García, de mi bona voluntad et a saluamiento de mi alma et de mío cuerpo, fago (entre líneas: esta manda) et pártola así […]. Como vemos, no hay mención a Dios ni profesión de fe. Tampoco se molesta en asegurar que se encuentra en plenas facultades mentales, sino que solamente hace una pequeña mención a la salvación de su alma. Esto puede parecer extraño, pues, como se va a ver, este noble concederá muchas mercedes a la Iglesia. Nada más lejos de la realidad, pues, como debemos recordar, esto se debe a que no será hasta el siglo XIV cuando se consoliden las fórmulas religiosas de invocación y súplica a la divinidad.68 Por eso, si lo comparamos, por ejemplo, con el testamento de Juan de Medina, arzobispo de Toledo fallecido en 1248, podemos apreciar que el prelado tampoco hace profesión de fe, si bien es cierto que antes de comenzar hace una pequeña mención a la Santísima Trinidad y comenta que, pese a estar enfermo, está mentalmente capacitado para dictar sus últimas voluntades:69 In nomine Sancte et Indiuidue Trinitatis, Patris et Filii et Spiritus Sancti. Nos, Iohannes, Dei gratia Toletane sedis archiepiscopus, Hispaniarum primas, sanamente et spiritu, licet corporis ualitudine prepediti, de fructibus ecclesie Toletane quos lapsu temporis nostros fecimus, et de mobilibus nostris qued ad eandem ecclesiam siue diocesim nobiscum duximus et 68 Recuérdense los testamentos de María de Molina y de Catalina Rodríguez como ejemplos de consolidación de estas cuestiones en los modelos testamentarios de la decimocuarta centuria en adelante. 69 ACBU, A.7A.1.5 r.
278 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 portauimus, insuper et de bonis primo malibus que habemus uel habere debemus, testamentum nostrum siue uoluntatem ultimam in hunc modum ordinamus […]. Siguiendo el modelo testamentario de la época, García Fernández comienza estableciendo dónde se quiere enterrar: Mando al monesterio de Sancta María et de Sanct Vecent de Villamayor: con mío cuerpo […]. Evidentemente, el mayordomo mayor desea enterrarse en el monasterio que él había fundado, algo típico entre la nobleza y el clero medieval70 y de todas las épocas.71 Son muchísimas las donaciones que hace García Fernández a la Iglesia. Ingentes cantidades de metálico y posesiones materiales son entregadas a los monasterios cercanos o dentro de sus dominios, tal y como se aprecia en las siguientes líneas: Mando al monesterio de Sancta María et de Sanct Vecent de Villamayor: […] el quinto de quanto mueble en el mundo, e nombrandamente de auer et de pan et de vino et de ropa et de ganado et de todo quanto mueble e en todas cosas, fuera end cauallos e lorigas. 70 Como vimos en el caso del chantre Munio Ponzardo, los religiosos solían enterrarse en la iglesia, convento o monasterio al que habían dedicado su vida; en su caso, la catedral de León, pues ostentaba una dignidad capitular. Por su parte, los prelados solían ser finados en la catedral de su diócesis, como podemos ver en el ya comentado caso del arzobispo de Toledo, que ordenaba que si ex hac agridutine nos mori contigerit, in Toletana ecclesia corpus nostrum tradatur ecclesiastice sepulture. Por otro lado, doña Elvira no especifica dónde quiere ser finada, mientras que Catalina Rodríguez pide ser sepultada en el monesterio de Santo Domingo el Real, en la sepoltura donde […] Iuán Áluarez, mi marido, está sepultado. 71 Véanse como ejemplos Sandro Patrucco Núñez-Carvallo, “Capillas sepulcrales y lugares de enterramiento de la nobleza limeña”, Allpanchis 75 (2010): 187-213, 187-213; Alejandro García Álvarez-Busto y Noelia Fernández Caldero, “El caballero de las espuelas doradas. Análisis arqueológico de un enterramiento nobiliario medieval del monasterio de Coria”, Gladius: estudios sobre armas antiguas, armamento, arte militar y vida cultural en Oriente y Occidente 34 (2014): 135-152, 135-152; y Estefanía Ferrer del Río, “El primer enterramiento del I Marqués del Cenete, Rodrigo Díaz de Vivar y Mendoza, en el convento de la Santísima Trinidad de Valencia”, Chronica nova: Revista de historia moderna de la Universidad de Granada (Ejemplar dedicado a: Relaciones entre la monarquía hispánica y la Roma pontificia (siglos XVI y XVII)) 42 (2016): 245258.
El testamento de García Fernández 279 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Mando por el quinto de quanta heredad e en todo el mundo: la heredad que e en Villamayor quanto ý heredo et a mi pertenece todo a fondos terra et quanto yo heredo de mío patrimonio et quanto compré et gané. E mando las casas de Lerma las que compré del abbad de Fusiellos et quanto yo ý gané. Esta heredad nombrada mando por mío quinto todo a fondos terra quinto yo y heredo et quinto comprae et gane et quanto a mi pertenece, con todas sus pertenencias e con todos los derechos. […] Mando al monesterio de Ranuço CC moravedís. […] Mando al monesterio de Carriço CC moravedís. E demás desto, mando DCC moravedís al conuento de Sancta [María] de Sanct Vecent de Villamayor […] […] A Boxedo, C moravedís. A Torquemada, C moravedís. A Font Calient, C moravedís. Ab [sic] Barria, C moravedís. A Palaciolos, C moravedís.[…] Como se puede apreciar, el testador no se centra solo en un solo monasterio, sino que reparte sus bienes entre varios centros con el objetivo de que hubiese un mayor número de religiosos que rezasen por su alma. Junto a ellos se menciona el monasterio de Santa María de Husillos, en Palencia, al que parece que compró territorios en la zona de Lerma.72 Los monasterios a los que dona dinero están bajo la regla del Císter, orden muy asentada en la península ibérica gracias, entre otros factores, al apoyo de nobles y reyes y con la que el magnate tiene estrecha relación, pues el monasterio de San Vicente de Villamayor también pertenece a este listado.73 Todos ellos se encuentran repartidos entre los reinos de León y Castilla y gozan de una gran relevancia dentro de la propia Orden y entre todos los cenobios del reino, por lo que estas donaciones buscan también el propio prestigio del magnate, con capacidad económica como para enviar una cantidad de capital significativa para el mantenimiento de estas entidades religiosas. Carrizo, por ejemplo, poseía muchísimas propiedades 72 Aldea Vaquero et al., Diccionario de Historia eclesiástica…, 1578; y Jesús San Martín Payo, “Notas históricas sobre la abadía de Husillos”, Publicaciones de la Institución Tello Téllez de Meneses 64 (1993): 197-236, 209. 73 Carlos de Ayala Martínez, “El Císter y otras órdenes militares en la península ibérica”, Cistercium: Revista cisterciense 238 (2005): 253-267, 253-255.
286 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 E de toda esta manda que yo mando fago poderosos en todo quanto e al abba<t> de Villamayor et a donna Mayor Arias, mi mulier, et a don Rodrigo García, mío fiio, et a García Álvaret, que cumplan todas estas cosas que yo mando. Evidentemente, el hecho de que el religioso aparezca junto a la esposa y los hijos del fallecido muestra la unión y la confianza de este último en él, así como el poder que tendría para hacer cumplir sus últimas voluntades. Es importante recordar que la diócesis de Burgos, a la que pertenecía el señorío de Villamayor, estaba poblada de centros monásticos y conventuales cuyos abades y priores tenían una relevancia política casi igual a la del obispo burgalés.98 Es probable que este abad de Villamayor fuese don Bermudo, que ostentaba tal dignidad desde 1215. Pese a que el testamento es casi treinta años posterior a esta fecha, podemos suponer que, al ser hijo de uno de los copropietarios del monasterio, antes de que García Fernández se hiciese con los derechos del mismo y lo transformase en un centro de religiosas, es bastante probable que recibiese tal dignidad siendo muy joven, por lo que podría ser que en el momento en el que el señor de Villamayor dictase sus últimas voluntades siguiese vivo. Además, también sabemos que era canónigo de Burgos, por lo que contar con un personaje tan influyente dentro de la Iglesia como valedor de sus mandatos podría ser un factor que inclinase al ricohombre a nombrarle albacea.99 En su defecto, podría ser uno de sus sucesores. Por otro lado, también podría darse el caso de que este personaje fuese el abad del monasterio premostratense de Villamayor de Tremiño, perteneciente también a la diócesis de Burgos, pero la lejanía del lugar y que García Fernández no menciona nada al respecto de esta Orden nos conduce a considerar esta hipótesis como poco factible o incluso nula. 98 Lo que condujo a abundantes pleitos entre ellos. Cf. Carmen Díez Herrera, “El obispado de Burgos en la Baja Edad Media. Formas de fortalecer su jurisdicción frente al monasterio de San Salvador de Oña”, Anuario de Estudios Medievales 45, 2 (2015): 753782, 761-769. 99 Rafael Sánchez Domingo, “El monasterio cisterciense de Villamayor de los Montes. Origen, exención y averiguaciones fiscales”, en La Clausura femenina en España e Hispanoamérica. Historia y tradición viva, vol. I, tomo I, coord. por Francisco Javier Campos y Fernández de Sevilla (Madrid: Real Centro Universitario Escorial-María Cristina, 2020), 343-374, 345; y Salvador Andrés Ordax, “El monasterio cisterciense de Villamayor de los Montes (Burgos)”, Boletín del Seminario de Estudios de Arte y Arqueología: BSAA 58 (1992): 281-300, 284.
El testamento de García Fernández 287 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Sea como fuere, no era raro que la mayoría de nobles bajomedievales recurriesen a religiosos de notable importancia para que garantizasen el cumplimiento de sus últimos mandatos. Por ejemplo, doña Elvira nombra albacea al mismísimo obispo de Burgos y al cabildo de la ciudad, comisionándoles que se encargasen de que las disposiciones respecto a las cofradías que se recogen en su testamento se cumpliesen.100 Por su parte, Catalina Rodríguez opta por su hermano, Rodrigo, fraile dominico, como encargado de materializar sus últimas voluntades.101 Por último, monseñor Juan de Medina encarga esta misión al deán y varios canónigos toledanos, a un familiar suyo y al cardenal presbítero de los Santos Apóstoles. 6. DISPOSICIONES RESPECTO A POBRES Y MALATOS Si respecto a la Iglesia encontramos una gran cantidad de disposiciones, acerca de los pobres y enfermos no hallamos demasiados mandatos. García Fernández ordena: E mando vestir C pobres. E mando que fagan cantar X [sic] annales por la mi alma. E mando a los malatos102 de Forniellos por comprar heredad en que biuan CC et L moravedís. El hecho de que mande vestir a cien pobres encuadra con la idea que se tenía en la Edad Media de este sector de la población. Debemos recordar que se trata de pobres de solemnidad, puesto que la pobreza coyuntural era común en ciertos períodos de tiempo, como las malas cosechas.103 En la mentalidad de la época, los indigentes existían para mostrar el ejemplo del hombre humilde, que no necesita riquezas para salvarse, convirtiéndose, por tanto, en la imagen de Cristo. Además, su presencia ayudaba al resto de la sociedad a salvarse, puesto que el apoyo prestado a los mendigos y 100 Pues posteriormente nombra a su capellán y a su esposo como albaceas de todo el testamento. Domínguez Sánchez, La colección de pergaminos de San Pablo de Valladolid…, 64-65. 101 Domínguez Sánchez, Colección de pergaminos de San Pedro Mártir…, 191. 102 Llamados malatos durante la época medieval y moderna en el caso de que tuviesen algún tipo de enfermedad de la piel, como la lepra. 103 Michel Mollat, “Les pauvres au Moyen Age: position de problèmes”, Revue d’histoire de l’Église de France 52,149 (1966): 5-23, 5-7.
288 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 marginados concordaba con los mandatos de la Iglesia.104 Vestirlos aseguraba al testador cumplir la obra de misericordia vestir al desnudo y, por tanto, tener un argumento favorable en el juicio final. Analizando la solicitud de que los desamparados rezasen diez responsos anuales debemos comentar que era un elemento típico en los testamentos, si bien es cierto que en este caso desconocemos qué tipo de oraciones pide por su alma. Volvemos de nuevo a la consideración de la plegaria como una de las armas de los hombres como instrumento para conseguir la misericordia de Dios todopoderoso. Si los pobres, bienaventurados105 (y, por tanto, cercanos al Padre) según las palabras evangélicas, rezaban por el alma del difunto, este tenía más oportunidades de alcanzar la vida eterna.106 Respecto a los malatos, García Fernández les entrega una importante cantidad para que puedan comprar un terreno y vivir en él. En apenas una línea el noble está fundando un hospital o casa de malatos, uno de los centros de asistencia básicos del mundo medieval, o en su defecto está ampliando otro ya establecido previamente. Debemos recordar que este tipo de espacios tenían muchas funciones, pues acogían a pobres, ancianos y peregrinos y asistían a los enfermos, de una forma más espiritual que sanitaria.107 La ayuda asistencial, como se puede deducir, era vital dentro de la concepción de la salvación del alma. Volviendo a las obras de misericordia de la Iglesia, un hospital garantizaba el cumplimiento de prácticamente todas: visitar a los enfermos, dar de comer al hambriento, dar de beber al sediento, dar posada al peregrino, vestir al desnudo y enterrar a los muertos. Por lo tanto, el auxilio que García Fernández da a los pobres y enfermos permitiría en su mentalidad reducir la potencial condena en el 104 Coral Cuadra Majó, “Aportaciones a la visión de la pobreza en la Baja Edad Media”, Espacio, tiempo y forma 28 (2015): 275-301, 284. 105 Mt 5, 3-12. 106 Javier de Santiago Fernández, “Oraciones por la salvación del alma. El obituario en piedra del monasterio de Sant Pau del Camp en Barcelona”, Anuario de Estudios Medievales 46, 2 (2016): 939-973, 956-957. 107 En los hospitales medievales era más común que siempre hubiese un sacerdote que un médico, pues el primero se encargaba de reconfortar a los enfermos y administrarles los sacramentos necesarios, mientras que los médicos o físicos eran escasos y en la mayoría de ocasiones no podían hacer nada por salvar a aquellos que tuviesen alguna afección grave, siendo considerados incluso trasmisores de infecciones. Cf. Luis Martínez García, “Pobres, pobreza y asistencia en la Edad Media hispana. Balance y perspectivas”, Medievalismo 18 (2008): 67–107, 80-83.
El testamento de García Fernández 289 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 purgatorio y evitar el infierno. De nuevo, esto era muy común entre la aristocracia del momento. Por ejemplo, el arzobispo Juan de Medina ordena que se entreguen ducentos morabetinos inter pauperes pro anima nostra et omnium defunctorum. Doña Elvira se centra en las huérfanas burgalesas, a las que envía cien maravedís para ayuda de casar.108 Por último, Catalina Rodríguez no recoge ningún tipo de manda para con este sector de la sociedad. De esta ayuda asistencial podemos mencionar que también hace una donación a los caualleros míos que iazen catiuos en terra moros, secuestrados durante la campaña militar de 1230: A Rodrigo Ordonet, D moravedís. A Tel Garçía, CC moravedís. A Rui Pérez Darauzo, CC moravedís. A Pedro Garçía de Contreras, CC moravedís. [A] Armillo Gustios, CC moravedís. A García Muñoz, CC moravedís. A Gonçalo Fernándet de Villagutierre, CC moravedís. A Rui Ferrandet el Gallego, C moravedís. [A] Alfonso Lopet de Villaodre, C moravedís. [A] Alfonso Pérez, ermano de García Munoç, C moravedís. A Martín Martínet de Campos, C moravedís. Con esta manda, el señor de Villamayor socorre a sus vasallos109 y “cumple” la obra de misericordia visitar a los presos, asistiéndoles en un momento de necesidad. Este tipo de cesiones económicas parecen ser bastante comunes entre la nobleza castellana, pues en 1301 doña Elvira también entrega cien maravedís para ayuda de sacar vn cautiuo de tierra de moros.110 Lógicamente, con la considerable reducción de la actividad bélica entre los reinos cristianos y los últimos reductos del islam en la península esta manda aparecerá en menos ocasiones que durante los 108 Domínguez Sánchez, La colección de pergaminos de San Pablo de Valladolid…, 64. 109 El hecho de que done a algunos caballeros más cantidad que a otros muestra la jerarquía presente también entre los vasallos. Rodrigo Ordóñez, por ejemplo, recibe 500 maravedíes. Sabemos que era cercano a su señor. De hecho, repasando la documentación privada de García Fernández, suele aparecer como uno de los testigos. Cf. Gonzalo Martínez Díez y Vidal González Sánchez, Colección diplomática. Monasterio cisterciense de Santa María la Real, (Burgos: Monasterio de Villamayor de los Montes, 2000), docs. 59 y 62. 110 Domínguez Sánchez, La colección de pergaminos de San Pablo de Valladolid… 64.
290 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 momentos de conflicto. También es importante reseñar que hay una clara diferenciación económica en tres grupos, probablemente en base a la cercanía y relevancia que tuvieron para García Fernández. El que más financiación recibe es Rodrigo Ordóñez (quinientos maravedís), cuyo nombre coincide con el de un antiguo mayordomo de Alfonso IX, aunque este personaje desempeñó su cargo treinta años antes de la emisión de este testamento (1210-1211) y ya contaba con una amplia trayectoria política al servicio del rey de Aragón.111 Por lo tanto, lo más probable es que no sean la misma persona. Después, hay un conjunto de seis caballeros que reciben doscientos maravedíes para comprar su libertad. De ellos, debemos mencionar que en el obituario de la catedral de Burgos se recoge una manda dada en 1297 en la que el arcediano de Valpuesta, Martín de Villalbilla, solicita unas misas en memoria de su abuelo, Rui Pérez.112 La dignidad del canónigo, pues para acceder a este tipo de puestos se pertenecía generalmente a la nobleza, el hecho de que mencione que es su abuelo fallecido (la fecha es bastante posterior, como se ha podido comprobar) y la coincidencia del nombre y el primer apellido nos inclinan a pensar que este personaje podría ser el mismo que el que se menciona en este testamento, recordando, eso sí, que no podemos estar completamente seguros. De los demás no hemos hallado ninguna fuente que pueda desenmascarar su vida y obra. Por último, son cuatro los hombres a los que se les entregan cien maravedís a cada uno para pagar su rescate. Tampoco hemos encontrado datos sobre ellos,113 pero, como indica el texto y hemos mencionado hace unas líneas, eran caballeros o señores menores cautivos, la mayoría vasallos, al servicio del mayordomo real. Para concluir este apartado debemos mencionar que la donación a diferentes monasterios, conventos y demás instituciones de la Iglesia también conllevaba, de forma indirecta, apoyo asistencial a los más desfavorecidos, puesto que muchos de ellos tenían también hospitales y 111 Inés Calderón Medina, Cum Magnatibus Regni Mei: la nobleza y la monarquía leonesas durante los reinados de Fernando II y Alfonso IX (1157-1230) (Madrid: CSIC, 2011), 285-286. 112 Serna Serna, Los obituarios de Burgos…, 505. 113 Aunque debemos señalar que en los obituarios se hace referencia al fallecimiento de María Pérez de Riocandio, esposa de Alfonso Pérez, en 1297. Sin embargo, el hecho de que haya pasado tanto tiempo desde la emisión del testamento y de la propia campaña donde este personaje había sido capturado, así como el propio hecho de que tanto el nombre como el apellido eran bastante comunes, nos han hecho descartar la posibilidad de que se trate del Alfonso Pérez que se menciona en el texto. Cf. Serna Serna, Los obituarios de Burgos…, 291.
El testamento de García Fernández 291 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 centros de socorro a su cargo.114 Por lo tanto, el esfuerzo económico de García Fernández para con los enfermos y pobres de solemnidad es ingente. 7. OTRAS DISPOSICIONES Una vez conocemos las disposiciones caritativas y para la Iglesia, centrémonos en otras mandas. Podemos catalogarlas en tres grupos, donaciones particulares a individuos, directrices respecto a objetos, muebles y animales y mandas de protección para la familia de García Fernández. Respecto a las donaciones particulares, el noble ordena: Mando a don Domingo, el capelán, C et XX moravedís. A Fernand Royt, C et XX moravedís. A Iohán Pérez, C et XX moravedís. A don Romero, XL moravedís. [A] Andrés, XL moravedís. […]. El hecho de que no especifique quiénes son estas personas dificulta conocer su origen y relación con García Fernández. La opción más probable, leyendo las anteriores líneas, es que la mayoría de estos individuos probablemente sean allegados y personas muy cercanas al testador, así como vasallos y caballeros a su servicio. El único que tenemos certeza de su papel, exceptuando al ya mencionado Fernand Royt, es el tal don Domingo, pues en el documento se especifica su trabajo como capellán privado de la casa de Villamayor. En cuanto a los objetos, muebles y animales, el ricohombre burgalés dictamina: La mi loriga et las brafonas et la loziga del cauallo mando a Iohan García. […] El azor garcero et el azor anadero et el torçuelo mando que los dem a la reyna dona Beringuella. E quito los cauallos a quantos míos uasallos de mi los tienen. 114 Vicente García Lobo, “La asistencia social de la Iglesia durante la Edad Media. La hospitalidad monástica”, Humanismo y trabajo social, 5 (2006): 129-158, 23-26.
292 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 E quito a míos merinos et a míos caseros et a quantos de mí tuuieren algo, dando sus cuentas derechas a donna Mayor et a míos fiios. […] Mando el mío camaeo bono a mío sennor, el infant don Alfonso. Su armadura fue entregada a su hijo Juan García, primogénito del noble y de Mayor Arias. La donación de los halcones a la reina, un animal de mucho prestigio social, muestra la unión entre la soberana y su mayordomo. Así mismo, la estrecha relación entre el infante Alfonso y su maestro explican el regalo del camafeo, probablemente de gran calidad (el hecho de que especifique que es el bono lo remarca). También cabe destacar cómo manda retornar el control de los caballos y bienes inmuebles a su casa, con el fin de volver a controlar su patrimonio y que sean su mujer y sus hijos los que se encarguen de redistribuirlos cuando él fallezca. Aquí también se incluirían las directrices respecto a sus joyas, ya comentadas varias líneas atrás. Por último, veamos las disposiciones respecto a la protección de su familia y cumplimiento de sus voluntades. Junto a la loa a los reyes mencionada anteriormente, el testamento dice: Que [los reyes y el infante] defendan a donna Mayor et a todo lo mío; et per la su merced que lo fagan todo complir assí como yo mando. Et si algún ome lo quisier contralar a elos a él los pido merced que lo fagan cumplir; ca a elos los fago yo sennores et poderosos de donna Mayor et de quanto en mundo e. […] E que míos fiios no sean poderosos en lo mío fasta esto sea cumplido. Como vemos, el señor pide la protección de la máxima autoridad terrenal, el rey, así como de su mujer y su heredero, el futuro Alfonso X. Esta disposición es común entre los miembros más importantes de la aristocracia, pues solicitar ayuda a los monarcas para que se cumplan sus últimas voluntades no estaba al alcance de cualquier individuo. Además, los nombra sennores et poderosos en el caso de que aquellos a los que encarga esta misión no pudiesen cumplirla, en un momento en el que ni la publicación del testamento ni su autentificación aseguraban su ejecución.115 Una de las características que debemos destacar de este testamento es que no aparece el nombre del heredero. Los muchos hijos de García 115 García Gallo, «Del testamento romano al medieval…», 487-490.
El testamento de García Fernández 293 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Fernández aparecen en el texto, pero no se les nombra por su nombre116 ni parece que se les destine nada. Por ello, y al aparecer su esposa, Mayor Arias, en reiteradas ocasiones, puede conducirnos a pensar que la heredera y encargada de asumir el legado terrenal del noble es ella, lo cual era bastante común.117 Pese a que generalmente era el hijo mayor quien recibía los títulos familiares y se encargaba de ejecutar las disposiciones de su padre, asumiendo el cargo de paterfamilias, la documentación posterior a la muerte del magnate corrobora el dato que acabamos de exponer. Además, si tenemos en cuenta el principio de que el ejecutor testamentario es el primero que aparece en la lista de encargados del cumplimiento de las mandas,118 que en este caso era el abad de Villamayor, observamos que García Fernández encargó a alguien ajeno a su familia el título de principal albacea suyo, Esto puede deberse a la desconfianza que tenían en ocasiones los testadores de que sus herederos cumpliesen sus mandas. De ahí la última frase e que míos fiios no sean poderosos en lo mío fasta esto sea cumplido. El documento termina con la fecha y el lugar en el que fue realizado y con la rúbrica del testador, así como con el listado de testigos de su redacción. Las últimas líneas rezan: E mando que esta manda vala por todo tiempo si la yo non camiare. […] Et yo, don García, otorgo esta carta et esta manda et róbrola et mando a los cabeçales sobre dichos que si fallaren que yo alguna cosa fiz de tuerto, que la emienden. Esto era común en la mayoría de testamentos. Se remarca quién es el autor intelectual de las mandas, quién la confirma (reservándose el derecho a cambiarla si lo desea) y quiénes deben ser los encargados de hacer cumplir o enmendar el testamento. 116 Aparecen enumerados en el trabajo de Pedro Ontoria Oquillas, “Doña Urraca García, esposa de Don Pedro Núñez de Guzmán”, Boletín de la Institución Fernán González 243 (2011): 377-396, 377-396; así como sus matrimonios y los cargos que desempeñaron durante su vida. 117 Doña Elvira, por ejemplo, deja claro en su testamento que su heredero es su esposo. Cf. Domínguez Sánchez, La colección de pergaminos de San Pablo de Valladolid… 65. 118 García Gallo, «Del testamento romano al medieval…», 490.
294 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 8. CONCLUSIONES Analizadas todas sus partes, podemos afirmar que el testamento del señor de Villamayor es un claro ejemplo de la mentalidad y la actitud respecto a la muerte que se estaba desarrollando en la Castilla del siglo XIII. La preocupación por la salvación del alma y su entrada en el cielo se refleja en cada una de las disposiciones del testador, que destinará gran parte de sus recursos económicos a lograr este objetivo. Así mismo, podemos ver cómo la monarquía influyó claramente en el modelo de redacción testamentaria. La nobleza se apresuró en imitar a los soberanos, pues era una forma más de legitimar su estatus social y su poder económico y político. Además, las dudas que nos plantea su hipotética falsificación nos la aclaran tanto el breve análisis diplomático de las partes que la conforman y de su tradición documental como la comparación con otros testamentos de miembros de la nobleza y el clero castellanos contemporáneos y posteriores al que estamos estudiando. Como podemos ver, no hay ningún indicio que pueda conducirnos a pensar que durante el traslado de este diploma se hubiera cometido fraude de ningún tipo, sino todo lo contrario, pues presenta todos los caracteres internos que Rabikauskas expuso en su Diplomatica generalis. Así mismo, comparte rasgos muy similares con modelos testamentarios que sabemos que son auténticos. Las ingentes cantidades de rentas donadas nos demuestran que la aristocracia no escatimaba en gastos a la hora de asegurarse este propósito. Como hemos podido comprobar por medio del cotejo con las últimas voluntades de otros aristócratas, en el testamento de don García Fernández se recogen todos los aspectos habituales en aquel momento: concesiones a favor de la Iglesia, pobres y enfermos, así como en pro de la cruzada, que por entonces se consideraban méritos para alcanzar la eternidad. Además, es destacable el hecho de que destine una importante cantidad monetaria a la peregrinación a los santos lugares, pues también es un ejemplo de la mentalidad cristiana de la época y del “espíritu cruzado” de la nobleza castellana bajomedieval. Además, este testamento nos permite conocer el patrimonio y cómo lo administraba de un miembro de la alta nobleza muy cercano a la monarquía. La estrecha relación entre los monarcas y el noble también explica el paulatino incremento de sus bienes. La comparación con otros diplomas de esta tipología nos permite también afirmar que estos eran muy
El testamento de García Fernández 295 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 extensos y abundantes y que tanto él como su familia gozaban de un claro bienestar económico. Otro tipo de relaciones con la Iglesia también se hacen presentes en las líneas testamentarias. No solo se refleja la condición creyente del noble fundador, sino también las relaciones con los diferentes monasterios y conventos cercanos a él, muy estrechas si se comparan con las conexiones con otras entidades que vemos reflejadas en otras disposiciones funerarias. Como hemos mencionado, el hecho de que nombre albacea al abad de Villamayor es un buen ejemplo de cómo la Iglesia también tenía mucha importancia en la ejecución política de algo tan importante como eran las últimas voluntades de un finado, tanto en lo espiritual como en lo meramente económico. Esto nos permite afirmar que, al igual que con la monarquía, las relaciones entre el señor y los oratores eran cercanas. En fin, como hemos podido ver a lo largo de estas líneas, los testamentos son una fuente interesantísima de información para el humanismo y las ciencias sociales. Los escasos dos folios y medio que ocupa el traslado de las últimas voluntades del señor de Villamayor nos han permitido hacer este humilde estudio de la mentalidad de la nobleza, un análisis diplomático y conocer a algunos de los personajes más relevantes de la Castilla de mediados del siglo XIII. Es por eso por lo que, si bien es cierto que presenta escasas particularidades respecto a otros ejemplos que hemos presentado, es un documento que no debemos descartar nunca a la hora de redactar este tipo de análisis, pese a que en la actualidad los ensayos diplomáticos, así como la propia disciplina y del papel del diplomatista, estén siendo denostados por un sector de la historiografía. Sea como fuere, podemos concluir, como señalábamos en el título de este sucinto artículo, que el testamento de García Fernández es un magnífico ejemplo para conocer el pensamiento de la aristocracia castellana del momento y de los modelos documentales que empleaba la nobleza para dictar sus últimas voluntades. BIBLIOGRAFÍA Adeva Martín, Ildefonso. “Ars bene moriendi: la muerte amiga.” En Ante la muerte: actitudes, espacios y formas en la España medieval, editado por Jaume Aurell i Cardona y Julia Pavón Benito, 295-360. Pamplona: Universidad de Navarra, 2002.
302 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 noticia de la antigua familia de los Girones y de otros muchos linajes. Alcalá de Henares: Casa de Juan Íñiguez de Lequerica, 1577. Guiance, Ariel. Los discursos ante la muerte en la Castilla medieval (siglos VII-XV). Valladolid: Junta de Castilla y León, 1998. Ferrer del Río, Estefanía. “El primer enterramiento del I Marqués del Cenete, Rodrigo Díaz de Vivar y Mendoza, en el convento de la Santísima Trinidad de Valencia.” Chronica nova: Revista de historia moderna de la Universidad de Granada [Ejemplar dedicado a: Relaciones entre la monarquía hispánica y la Roma pontificia (siglos XVI y XVII)] 42 (2016): 245-58. Haindl Ugarte, Ana Luisa. “La idea del purgatorio en la Edad Media: organización y definición de una tradición.” Revista de Historia 23, no. 1 (2016): 53-72. Herrero Jiménez, Mauricio. Colección documental del archivo de la catedral de León: Obituarios medievales. León: Centro de Estudios e Investigación ‘San Isidoro’, 1994. Herrero Jiménez, Mauricio. “La muerte en los obituarios medievales.” En XI Jornadas Científicas sobre Documentación: La muerte y sus testimonios escritos, editado por Juan Carlos Galende Díaz y Javier de Santiago Fernández, 199-220. Madrid: Departamento de Ciencias Historiográficas de la Universidad Complutense de Madrid, 2011. Herrero Salas, Fernando. Colección diplomática del monasterio de Santa María de Palazuelos (siglos XI-XV). Valencia: Bubok Editorial, 2002. Juncosa Bonet, Eduard. “Excomunión, destierro y vergüenza pública a fines de la Edad Media. Una mirada desde el Mediterráneo.” En Exclusión y disciplina social en la ciudad medieval europea, editado por Jesús Ángel Solórzano Telechea, Jelle Haemers y Roman Czaja, 173-94. Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2018. Larriba Baciero, Manuel. “El testamento de María de Molina.” SIGNO. Revista de Historia de la Cultura Escrita 2 (1995): 201-11.
El testamento de García Fernández 303 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Le Goff, Jacques. El nacimiento del purgatorio. Barcelona: Taurus, 1989. Le Goff, Jacques. La civilización en el Occidente medieval. Barcelona: Paidos Ibérica, 1999. Lizoain Garrido, José Manuel. Documentación del monasterio de Las Huelgas de Burgos (1263-1283). Índices (1116-1283). Burgos: Garrido y Garrido, 1985. López de Ocáriz Alzola, José Javier. “El Juicio Final en ejemplos del gótico inicial, Iconografía de un drama en cinco actos.” En De la tierra al cielo. Ubi sunt qui ante nos in hoc mundo fuere? XXIV Semana de Estudios Medievales (Nájera, 29 de julio al 2 de agosto de 2013), editado por Esther López Ojeda, 297-342. Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2014. López Sangil, José Luis. “La nobleza altomedieval gallega. La familia Froilaz-Traba: sus fundaciones monacales en Galicia en los siglos XI, XII y XIII.” Nalgures 4 (2007): 241-331. Martín Fuertes, José Antonio. “Los notarios en León durante el siglo XIII.” En Notariado público y documento privado: de los orígenes al siglo XIV: actas de VII Congreso Internacional de Diplomática, 597-614. Valencia: Generalitat Valenciana, 1989. Martín López, María Encarnación. “La salvación del alma a través de las inscripciones medievales.” En XI Jornadas Científicas sobre Documentación: La muerte y sus testimonios escritos, editado por Juan Carlos Galende Díaz y Javier de Santiago Fernández, 255-279. Madrid: Departamento de Ciencias Historiográficas de la Universidad Complutense de Madrid, 2011. Martínez Díez, Gonzalo y Vidal González Sánchez. Colección diplomática. Monasterio cisterciense de Santa María la Real. Burgos: Monasterio de Villamayor de los Montes, 2000. Martínez García, Luis. “Pobres, pobreza y asistencia en la Edad Media hispana. Balance y perspectivas.” Medievalismo 18 (2008): 67-107.
304 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Martínez Gijón, José. “La comunidad hereditaria y la partición de la herencia en el Derecho medieval español.” Anuario de Historia de Derecho Español 27-28 (1957-1958): 221-304. Martínez Gil, Fernando. “Del modelo medieval a la Contrarreforma: la clericación de la muerte.” En Ante la muerte: actitudes, espacios y formas en la España medieval, editado por Jaume Aurell i Cardona y Julia Pavón Benito, 215-56. Pamplona: Universidad de Navarra, 2002. Martínez Sopena, Pascual. La Tierra de Campos occidental. Parentesco, poder y comunidad del siglo X al XIII. Valladolid: Institución Cultural Simancas de la Diputación Provincial de Valladolid, 1985. Mitre Fernández, Emilio. “La muerte primera y las otras muertes: un discurso para las postrimerías en el Occidente Medieval.” En Ante la muerte: actitudes, espacios y formas en la España medieval, editado por Jaume Aurell i Cardona y Julia Pavón Benito, 27-48. Pamplona: Universidad de Navarra, 2002. Mitre Fernández, Emilio. “Los espacios del Más Allá.” En De la tierra al cielo. Ubi sunt qui ante nos in hoc mundo fuere? XXIV Semana de Estudios Medievales. (Nájera, 29 de julio al 2 de agosto de 2013), editado por Esther López Ojeda, 31-74. Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2014. Mollat, Michel. “Les pauvres au Moyen Age: position de problèmes.” Revue d’histoire de l’Église de France 52, no. 149 (1966): 5-23, https://doi.org/10.3406/rhef.1966.1751. Morala Rodríguez, José Ramón y Jannick Le Men. “Un inventario medieval del monasterio de Carrizo de León.” En Scripta philologica in memoriam Manuel Taboada Cid, vol. 2, editado por Manuel Casado Velarde, 553-68. La Coruña: Universidad de La Coruña, 1996. Ontoria Oquillas, Pedro. “Doña Urraca García, esposa de Don Pedro Núñez de Guzmán.” Boletín de la Institución Fernán González 243 (2011): 377-96.
El testamento de García Fernández 305 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Pan Gómez, Natividad. El cabildo legionense en el siglo XIV. Trabajo de Fin de Máster, Universidad de León, 2017. Patrucco Núñez-Carvallo, Sandro. “Capillas sepulcrales y lugares de enterramiento de la nobleza limeña.” Allpanchis 75 (2010): 187-213, https://doi.org/10.36901/allpanchis.v41i75.418. Pavón Benito, Julia. “Ut post nostrum obitum mereamur regna caelorum: actitudes ante la muerte en la Navarra altomedieval.” En Ante la muerte: actitudes, espacios y formas en la España medieval, editado por Jaume Aurell i Cardona y Julia Pavón Benito, 49-76. Pamplona: Universidad de Navarra, 2002. Pavón Benito, Julia. “El testamento, un símbolo de la peregrinatio.” Anuario de estudios medievales 34, no. 1 (2004): 31-49, https://doi.org/10.3989/aem.2004.v34.i1.180. Pavón Benito, Julia. “La última escritura. La aparición y el desarrollo de la práctica testamental.” En De la tierra al cielo. Ubi sunt qui ante nos in hoc mundo fuere? XXIV Semana de Estudios Medievales (Nájera, 29 de julio al 2 de agosto de 2013), editado por Esther López Ojeda, 217-38. Logroño: Instituto de Estudios Riojanos, 2014. Paz Moro, Agurtzane. El monasterio de Barría: Historia y documentos (1232-1524). Bilbao: Universidad del País Vasco, 2013. Peña Pérez, Francisco Javier. Documentación del monasterio de San Juan de Burgos (1091-1400). Burgos: Garrido y Garrido, 1983. Portilla González, Aída. “El arte del buen morir en los testamentos medievales de la catedral de Sigüenza (siglos XIII-XV).” Espacio, tiempo y forma 29 (2016): 621-73, https://doi.org/10.5944/etfiii.29.2016.14046. Quintanilla Prieto, María Concepción. “Fundaciones, patronato eclesiástico y dominio señorial de la nobleza castellana en la tardía Edad Media.” En Iglesia, nobleza y poderes urbanos en los reinos cristianos de la Península Ibérica durante la Edad Media, editado por
306 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Jorge Díaz Ibáñez y José Manuel Nieto Soria, 63-90. Murcia: Servicio de Publicaciones de la Universidad de Murcia, 2019. Rabikauskas, Paulius. Diplomatica generalis. Roma: Editrice Pontificia Universitá Gregoriana, 1989. Ramos Dias, Marta Miriam. “In memory ad perpetuum. An analysis of medieval testaments.” Ekión/Imago 5 (2014): 133-50, https://doi.org/10.5209/eiko.73391. Rodríguez López, Ana María. “Linajes nobiliarios y monarquía castellanoleonesa en la primera mitad del siglo XIII.” Hispania: Revista Española de Historia 53, no. 185 (1993): 841-59. Romero Tallafigo, Manuel. “La tradición documental. Originales y copias.” En Archivística. Estudios básicos, 63-80. Sevilla: Diputación Provincial de Sevilla, 1981. Ruiz, Teófilo F. Sociedad y poder real en Castilla. Barcelona: Ariel, 1981. Ruiz Asencio, José Manuel. Colección documental de la catedral de León. VIII. (1230-1269). León: Centro de Estudios e Investigación ‘San Isidoro’, 1983. Ruiz García, Elisa. “El Ars moriendi: una preparación para el tránsito.” En XI Jornadas Científicas sobre Documentación: La muerte y sus testimonios escritos, editado por Juan Carlos Galende Díaz y Javier de Santiago Fernández, 315-44. Madrid: Departamento de Ciencias Historiográficas de la Universidad Complutense de Madrid, 2011. Salazar y Acha, Jaime de. “La casa del Rey de Castilla y León en la Edad Media.” Tesis doctoral, Universidad de Castilla-La Mancha, 1998. San Martín Payo, Jesús. “Notas históricas sobre la abadía de Husillos.” Publicaciones de la Institución Tello Téllez de Meneses, 64 (1993): 197-236. Sánchez Domingo, Rafael. “El monasterio cisterciense de Villamayor de los Montes. Origen, exención y averiguaciones fiscales.” En La
El testamento de García Fernández 307 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Clausura femenina en España e Hispanoamérica. Historia y tradición viva, vol. I, t. I, editado por Francisco Javier Campos y Fernández de Sevilla, 343-74. Madrid: Real Centro Universitario Escorial-María Cristina, 2020. Sánchez de Mora, Antonio. “La nobleza castellana en la Plena Edad Media: el linaje de Lara (ss. XI-XIII).” Tesis doctoral, Universidad de Sevilla, 2003. Sánchez Sánchez, Xosé María. “La peregrinación a Santiago de Compostela y el poder pontificio entre los siglos XII y XV.” Ad Limina 1, no. 1 (2011): 181-200, https://doi.org/10.61890/adlimina/1.2010/26. Santiago Fernández, Javier de. “Oraciones por la salvación del alma. El obituario en piedra del monasterio de Sant Pau del Camp en Barcelona.” Anuario de Estudios Medievales 46, no. 2 (2016): 93973, https://doi.org/10.3989/aem.2016.46.2.11. Serna Serna, Sonia. Los obituarios de la catedral de Burgos. León: Centro de Estudios e Investigación ‘San Isidoro’, 2008. Serrano, Luciano. “El mayordomo de doña Berenguela.” Boletín de la Real Academia de la Historia 104 (1934): 101-98. Simó Santonja, Vicente Luis. El notariado español en los siglos XIII y XIV. Madrid: Colegios Notariales de España, 2007. Torres Fontes, Juan. “Mayorazgo y testamento de Pedro Carrillo de Huete, halconero real y cronista de Juan II de Castilla.” Anuario de Estudios Medievales 17 (1987): 437-54. Torres Sevilla, Margarita. “La nobleza leonesa y sus estructuras de parentesco (siglos IX-XIII).” En Familia y sociedad en la Edad Media (siglos XII-XV), 95-118. Zaragoza: Universidad de Zaragoza, 2007. Valle Pérez, José Carlos. Monasterio cisterciense de Santa María de Bujedo. Madrid: Ediciones de arte y bibliofilia, 1983.
308 Javier Domingo Pérez EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 255-308 ISSN: 2530-6448 Veas Arteseros, Francisco y María del Carmen Veas Arteseros. “Alférez Mayor y Mayordomo Real en el siglo XIII.” Miscelánea Medieval Murciana 13 (1986): 21-48.