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Administrar la indulgencia y servir a la Corona: Andalucía, la bula de Cruzada y la guerra de Granada (1482-1492)

Perea Moreno, María Inocencia

Abstract

La última guerra contra Granada (1482-1492) supuso un punto de inflexión en los ingresos obtenidos por la renta extraordinaria de la cruzada. El análisis de las cuentas que rindieron los distintos tesoreros y comisarios encargados de su gestión en Andalucía permite realizar una aproximación no solo a la estructura que presentó este recurso, sino también acercarnos al perfil de los recaudadores. Por tanto, los objetivos de este artículo pasan por estudiar la extracción profesional de los agentes implicados, así como las distintas vías de acceso a este oficio, de forma que nos ayude a entender los intereses que estaban detrás de la gestión de un recurso que en estos momentos iniciaba el camino a convertirse en uno de los principales instrumentos financieros de la Monarquía Hispánica.

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EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 Administrar la indulgencia y servir a la Corona: Andalucía, la bula de Cruzada y la guerra de Granada (1482-1492) * Administering Indulgence and Serving the Crown: Andalusia, the Bull of Crusade and the War of Granada (1482-1492) María Inocencia PEREA MORENO Contratada Predoctoral (PDI, beneficiaria FPU). Área de Historia Medieval, Departamento de Ciencias Históricas, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Málaga, Campus de Teatinos s/n, 29071, Málaga (España). C. e.: m[email protected] ORCID: https://orcid.org/0000-0003-3620-5465 Recibido/Received: 21/01/2024. Aceptado/Accepted: 10/05/2024. Cómo citar/How to cite: Perea Moreno, María Inocencia. “Administrar la indulgencia y servir a la Corona: Andalucía, la bula de Cruzada y la guerra de Granada (1482-1492).” Edad Media. Revista de Historia 25 (2024): 349-384. DOI: https://doi.org/10.24197/em.25.2024.349-384 Artículo de acceso abierto distribuido bajo una Licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional (CC-BY 4.0). / Open access article under a Creative Commons Attribution 4.0 International License (CC-BY 4.0). Resumen: La última guerra contra Granada (1482-1492) supuso un punto de inflexión en los ingresos obtenidos por la renta extraordinaria de la cruzada. El análisis de las cuentas que rindieron los distintos tesoreros y comisarios encargados de su gestión en Andalucía permite realizar una aproximación no solo a la estructura que presentó este recurso, sino también acercarnos al perfil de los recaudadores. Por tanto, los objetivos de este artículo pasan por estudiar la extracción profesional de los agentes implicados, así como las distintas vías de acceso a este oficio, de forma que nos ayude a entender los intereses que estaban detrás de la gestión de un recurso que en estos momentos iniciaba el camino a convertirse en uno de los principales instrumentos financieros de la Monarquía Hispánica. Palabras clave: Bula de Cruzada; Guerra de Granada; Indulgencias; Tesoreros; Castilla. * Este trabajo se ha realizado en el marco del Proyecto de Investigación “Sistemas fiscales y construcción estatal: Castilla, centros y periferias (1250-1550)” (PID2021-126283NB100), pertenecientes a la red temática de investigación cooperativa Arca Comunis (www.arcacomunis.uma.es). 350 María Inocencia Perea Moreno EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 Abstract: The last war against Granada (1482-1492) marked a turning point in the revenue obtained from the extraordinary income of the Crusade. The analysis of the accounts rendered by the different treasurers and commissioners in charge of its management in Andalusia allows us not only to get a closer look at the structure of this resource, but also to approach the profile of the collectors. Therefore, the aims of this article are to study the professional background of the agents involved, as well as the different ways of accessing this position, in order to help us understand the interests behind the management of a resource which at this time was on its way to become one of the main financial instruments of the Hispanic monarchy. Keywords: Bull of the Crusade; War of Granada; Indulgences; Collectors; Castille. Sumario: Introducción; 1. Estructuras de gestión: las tesorerías de cruzada; 1.1. Los espacios de recaudación dentro del territorio andaluz; 2. Los recaudadores y el negocio fiscal; 2.1. El abastecimiento del ejército, el negocio mercantil y el adelanto de capitales; 2.2. Los recaudadores de la cruzada y el pontificado; 2.3. Circuitos financieros de la corona y la recaudación de la cruzada en los nuevos territorios conquistados; 3. Práctica cotidiana de la recaudación: las compañías y los beneficios de recaudar la cruzada; 4. Conclusiones. Summary: Introduction; 1. Management organization: regional collectorates; 1.1. Collection areas in Andalusia; 2. Collectors and fiscal business; 2.1. The supply of the army, the mercantile business and financial assistance; 2.2. The collectors and the Papacy; 2.3. The monarchy’s financial circuits and revenue collection in the newly conquered territories; 3. Everyday collection practice: companies and the benefits of the collection of the bull of crusade. 4; Conclusions. INTRODUCCIÓN** La última guerra de Castilla contra Granada (1482-1492) requirió de múltiples y variadas fuentes de financiación con las que poder hacer frente a unos gastos cada vez más elevados. Los cambios que trajo consigo este conflicto no solamente se produjeron en el plano militar, sino que también afectaron a la fiscalidad orientada a sufragar los gastos bélicos. A los recursos permanentes con los cuales ya contaba la monarquía castellana se unieron otras fuentes de renta extraordinarias: el cobro de las contribuciones ordinarias y extraordinarias de la Hermandad,1 la percepción de empréstitos, la emisión de los primeros “juros al quitar” como primera forma de “deuda pública consolidada”,2 así como contribuciones específicas realizadas por las minorías religiosas de judíos **Siglas y abreviaturas utilizadas: AGS = Archivo General de Simancas; CMC = Contaduría Mayor de Cuentas; ép = época; Leg = legajo; Doc = documento; RGS = Registro General del Sello. 1 Triano Milán, “¿Un nuevo sistema?”, 178. 2 Gálvez Gambero, “Reforma y consolidación”, 102-103. Administrar la indulgencia 351 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 y mudéjares.3 Unido a todo ello, y teniendo en cuenta el origen y justificación religiosa que poseía la guerra contra el infiel, también permitió la recaudación de la renta extraordinaria de la cruzada tras la aprobación pontificia.4 Si bien esta fuente de renta contaba en Castilla con un desarrollo desde el siglo XIII,5 el nuevo contexto militar facilitó la ampliación de la capacidad extractiva regia apoyada en un renovado aparato de propaganda y en nuevas estrategias enfocadas a mejorar el rendimiento de la venta de indulgencias. Todo ello posibilitó un éxito hasta entonces desconocido en la recaudación de limosnas aplicadas a la cruzada, cuyo mejor reflejo fueron los ingresos que este recurso arrojó, en torno a 800 000 000 de maravedíes.6 A pesar de este éxito, la historiografía ha dedicado tradicionalmente una mayor atención al estudio de las fuentes de renta ordinaria, así como a los agentes implicados en las mismas, pese a que la cruzada fue, junto a los servicios otorgados por las Cortes del reino, uno de los recursos que posibilitaron la devolución de créditos de los que la monarquía se verá cada vez más necesitada.7 De esta manera, este estudio pretende aproximarse al análisis de la bula de cruzada dentro del espacio andaluz durante la guerra de Granada (1482-1492), incluyendo los nuevos territorios conquistados del reino de Granada. Por consiguiente, partiremos del análisis de las estructuras de gestión que posibilitaron la puesta en marcha de la recaudación de la cruzada a partir del aprovechamiento de estrategias que ya existían con anterioridad y de otras nuevas que surgieron como resultado de las negociaciones entre el pontífice y los monarcas. En segundo lugar, abordaremos la división geográfica que adoptó la gestión de la bula de cruzada en Andalucía de acuerdo con el esquema básico de bulas de indulgencia y composición en el que se dividió la recaudación de este recurso. 3 Ortego Rico, “Castilla”, 199. Acerca del respaldo financiero con el que se dotó la guerra de Granada, Ladero Quesada, Castilla y la conquista de Granada, 295-322. 4 Goñi Gaztambide, Historia de la bula, 371-394. 5 Ladero Quesada, Fiscalidad, 200-202. Ladero Quesada, La Hacienda, 229-240. 6 Ladero Quesada, Castilla y la conquista de Granada, 311-312. También constituyó una novedad el hecho de que estos ingresos se destinasen efectivamente a la guerra contra el islam, frente a lo que había venido sucediendo en concesiones anteriores. Ortego Rico, “Propaganda”, 238-239. 7 Carretero Zamora, Gobernar es gastar, 291. 352 María Inocencia Perea Moreno EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 Por tanto, una vez perfilado el esqueleto institucional que dio forma a la recaudación, nos acercaremos a los mecanismos que guiaron la designación de algunos de los agentes encargados de la gestión de la cruzada en cada una de las demarcaciones territoriales en las que se recaudó. Todo ello permitirá analizar cuáles fueron las características comunes entre estos agentes, y, sobre todo, en qué medida el contexto de urgencia bélica que marcó la década de 1480 afectó en el nombramiento de un tipo determinado de recaudador que respondiese a las necesidades de financiación inmediatas de la Corona. En tercer y último lugar, apuntaremos cuáles fueron algunos de los beneficios que se derivaban de la gestión de esta renta extraordinaria para intentar dilucidar, en la medida de lo posible, el interés que estos agentes podían tener en el negocio de la cruzada. No obstante, hay que tener presente en todo momento que nuestro análisis se ciñe a una perspectiva parcial del desempeño profesional de estos agentes, insertos en su mayoría en actividades comerciales, mercantiles y financieras de mayor calado.8 1. ESTRUCTURAS DE GESTIÓN: LAS TESORERÍAS DE CRUZADA El análisis de la estructura que progresivamente fue adoptando la recaudación de la cruzada desde finales de siglo XV, y muy especialmente desde la guerra de Granada (1482-1492), resulta fundamental para comprender el éxito obtenido por esta renta extraordinaria. En primer lugar, es preciso tener en cuenta que la recaudación de la cruzada comprendía dos conceptos básicos de limosna. Por un lado, las bulas de indulgencia, que incluían desde al menos el reinado de Enrique IV las bulas de difuntos (bula Romani Pontificis Providentia, concedida en 1456 por Calixto III)9 y por otro, las bulas de composición, que eran adquiridas por los fieles para componer una falta que se había cometido.10 8 El principal corpus documental utilizado para la elaboración de este artículo procede de los fondos de la Contaduría Mayor de Cuentas, 1ª época, conservados en el Archivo General de Simancas. 9 Serrano Rodríguez, Gómez Vozmediano, “Imprenta”, 3. Gonzálvez Ruiz, “Las bulas”, 50 y ss. Goñi Gaztambide, Historia de la bula, 437-439. Fuera de Castilla, las primeras indulgencias para difuntos que se concedieron fueron las conocidas como “indulgencia de Saintes” a partir de la bula Summaria Declaratio de Sixto IV (1489) cuyos ingresos se dividieron la mitad para la cruzada contra el turco y la otra mitad para la construcción de la catedral de Saintes (Francia). Housley, “Indulgences”, 285-286. 10 Las primeras composiciones que conocemos en Castilla datan del reinado de Juan II, Administrar la indulgencia 353 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 Por ello, para la recaudación de ambos conceptos, se recurrió a una estructura organizativa y logística que, si bien era heredera de tiempos anteriores, se adaptó al nuevo contexto político y militar de fines del siglo XV.11 Esta estructura estaba encabezada por comisarios generales designados directamente por la Corona, a la sazón, fray Hernando de Talavera, prior del monasterio de Prado, obispo de Ávila (1485), futuro arzobispo de Granada (1492), y su consorte en el oficio Pedro Jiménez de Préxamo,12 sucesivamente deán de la catedral de Toledo (1484), obispo de Badajoz (1486) y obispo de Coria (1489). La cúspide de esta organización se complementaba con la participación directa del nuncio pontificio que pretendía, además de fiscalizar el proceso recaudatorio, cobrar la parte del rendimiento correspondiente al papa. Sin embargo, su intervención será poco relevante a partir de 1485 ya que la tercera parte de los beneficios recaudados por la cruzada que en teoría correspondía al papa fue sustituida por una prestación fija de 10 000 ducados.13 En definitiva, los comisarios generales dependientes de la Corona fueron los responsables superiores de todo lo referente a la maquinaria de la cruzada desde el punto de vista religioso, económico, financiero, logístico y humano.14 Estos comisarios nombraban directamente a los tesoreros y comisarios subdelegados responsables de cada una de las demarcaciones territoriales en las que se desarrollaba la recaudación.15 De hecho, en la práctica la recaudación de la cruzada estaba gestionada por auténticas compañías en la que participaban todo tipo de agentes previa suscripción de “asientos” que fijaban las condiciones de tras la concesión de Eugenio IV (1431). En esta bula se autorizó al cardenal Carrillo a componer sobre “cosas mal habidas”. También se tiene noticia de la capacidad de recaudar composiciones tras la concesión de Calixto III en 1451 a Enrique IV. Sin embargo, apenas existen registros materiales que certifiquen la veracidad de su recaudación. Gonzálvez Ruiz “Las bulas”, 13. Los primeros registros contables que hacen referencia a la recaudación de las composiciones datan de 1484. 11 Ortego Rico, “Tesoreros”, 243, nos informa acerca de esta estructura para las concesiones de Cruzada del reinado de Enrique IV (1455 y 1456). 12 A partir de 1488 fue sustituido por Alfonso de Valdivieso. Ladero Quesada, Castilla y la conquista de Granada, 303. 13 Nieto Soria, Iglesia y génesis, 336. Ortego Rico, “Del sermón”, 203. 14 Martínez Millán y De Carlos Morales, “Los orígenes”, 907. 15 Ladero Quesada, Castilla y la conquista de Granada, 303-304. Ortego Rico, “Tesoreros”, 239 y 253. 354 María Inocencia Perea Moreno EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 desarrollo del oficio.16 Teniendo en cuenta la designación directa de los tesoreros y comisarios territoriales de cada demarcación, es preciso destacar los cauces informales que guiaban en muchas ocasiones su designación por parte de los comisarios generales. Por este motivo, el nombramiento directo de estos agentes implicaba en ocasiones consecuencias políticas de cara al desarrollo de su posterior carrera profesional que se unían a los beneficios económicos que les reportaba la recaudación de la bula de Cruzada.17 Esta división entre indulgencias y composiciones que conoció la bula de Cruzada implicaba también una diferenciación en cuanto al agente encargado de su gestión. Las indulgencias fueron recaudadas por tesoreros, mientras que las composiciones quedaron a cargo de comisarios delegados, normalmente clérigos, que poseían sus propias estructuras recaudatorias.18 El carácter eclesiástico de estos comisarios estaba directamente ligado con los conceptos que recogían las composiciones.19 Todas ellas eran faltas que requerían para su perdón, además de la confesión, de reparar el daño causado, en este caso, a partir del pago de una limosna. La facultad de componer la poseía el Pontífice, quien a través de una comisión directa facultaba primero a los comisarios generales de la cruzada, y estos a su vez a aquellos agentes eclesiásticos que situaban al frente de cada una de las demarcaciones geográficas de recaudación.20 Por 16 Ortego Rico, “Tesoreros”, 251-252. Gonzálvez Ruiz, “Las bulas”,63. 17 Alonso García, “La configuración”, 125. 18 Así se indica en la comisión al chantre de Zamora, Pedro López, encargado de las composiciones de los obispados de Plasencia y Badajoz en 1486: “nombramos, diputamos y surrogamos comisarios y ejecutores de la Santa Cruzada en el obispado de Badajoz y su diócesis para que podays y puedan dispensar in foro conçiençia”. AGS, CMC, 1ª ép, leg. 138, doc. 39. En cualquier caso, también podía ocurrir que el tesorero se encargase de las composiciones, integrando ambos oficios en un solo agente. 19 Entre los conceptos incluidos en este capítulo encontramos ingresos procedentes de bienes mostrencos, es decir, aquellos que no estaban en posesión de ningún dueño conocido, además de bienes mal habidos o ab intestato. Se realizaban además pagos en compensación de prácticas usurarias, mandas testamentarias, donaciones y últimas voluntades para la redención y liberación de cautivos de la que se encargaban tradicionalmente las órdenes Trinitaria, de la Merced y Santa Eulalia de Barcelona. También se incluía el cobro de pagos por legitimaciones o dispensas matrimoniales. Ortego Rico, “Hacienda, poder real y sociedad”, 782. 20 En el caso de las composiciones se observan procedimientos de pago más discretos, habida cuenta de que el abono para compensar el pecado asociado, por ejemplo, a las actividades usurarias no exoneraba de responsabilidades en el plano de la justicia civil. Administrar la indulgencia 355 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 lo tanto, las vías de acceso al oficio de recaudador de la cruzada variaban en función del concepto a gestionar. 1.1. Los espacios de recaudación dentro del territorio andaluz Las demarcaciones andaluzas en las que se recaudó la bula de cruzada siguieron la geografía eclesiástica preexistente, sin distinción entre los territorios de realengo y señorío, tanto en lo referido a las bulas de indulgencias como a las composiciones. Sin embargo, este esquema sufrió modificaciones, sobre todo en lo referido a la división y unificación de distintas tesorerías en torno a uno o distintos obispados. De acuerdo con ello, el elemento determinante a la hora de lograr la unificación de una o varias tesorerías se situaba en el propio tesorero o comisario encargado de la circunscripción. Al mismo tiempo, la recaudación de la cruzada tuvo en los distintos arzobispados y obispados del reino su unidad administrativa básica,21 Por tanto, se tomaba como base la geografía eclesiástica, sin pretensión de dar coherencia territorial al oficio, puesto que el elemento que definía la territorialización era la función desempeñada por el agente.22 Entre estos procedimientos de pago se encontraban la localización de arcas en el interior de las iglesias, concesión de varios períodos de gracia para garantizar los pagos, etc. Ladero Quesada nos informa acerca de este procedimiento llevado a cabo para las recaudaciones de 1508-1516. Ladero Quesada, “Pías exacciones”, 211. En cualquier caso, todo este articulado sistema de cobro se encuentra relacionado con la doble condición que de “delito” y “pecado” poseen algunas de estas prácticas. Masferrer, “La distinción”, 708. Interesante en este sentido es el documento en el que se dicta excomunión a los judíos de la aljama de Zamora por parte de fray Juan de Santo Domingo, como resultado de su negativa a pagar compensaciones bajo concepto de usura. Todo ello trajo consigo el alboroto de la ciudad y la solicitud de amparo de estos judíos ante los reyes. AGS, RGS, mayo 1491, f. 28. 21 Alonso García, “Crear espacios”, 48-50. Seguimos la definición que de “partido fiscal” aporta D. Alonso García en este artículo, a partir de la cual este “no solo se identificaba a una entidad geográfica; era, antes bien, una fórmula para hacer más operativa la práctica fiscal con el concurso de los financieros o ciudades, cuya relación con la Contaduría tenía como núcleo de acción el partido”. A pesar de que el autor aplique esta definición al ejemplo de rentas ordinarias, es plenamente vigente, como veremos, en el caso de la recaudación de la bula de cruzada. 22 Sin embargo, las circunscripciones territoriales en muchas ocasiones no eran perfectamente claras, como se observa, por ejemplo, en la disputa que sostienen Diego de Vera, tesorero del arzobispado de Sevilla y obispado de Cádiz (1495-1497) junto a Cartagena, vecino de La Palma, por 280 bulas que este último cobró en Olvera, y que pertenecían a Diego de Vera, ya que habían sido quien las había predicado. La pertenencia 356 María Inocencia Perea Moreno EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 Así, por ejemplo, la circunscripción integrada por el arzobispado de Sevilla y el obispado de Cádiz, que reunía territorios como el condado de Niebla o las Sierras de Aroche y Constantina, quedó agrupada durante toda la contienda en una única tesorería, que incluía las provincias actuales de Sevilla, Cádiz y Huelva. Además, durante el período de 1490-1492, referido a la gestión del tesorero Fernando de Medina, el arzobispado de Sevilla y el obispado de Cádiz aparecen unidos a la mitad de los obispados de Plasencia y Coria con la provincia de León de la orden de Santiago.23 En el caso de las composiciones, los arcedianazgos solían constituir la circunscripción básica a efectos de organizar la recaudación. De este modo, el obispado de Jaén aparece dividido en tres arcedianatos con sus correspondientes arciprestazgos: Jaén, con Jaén y Arjona; Baeza, con Baeza y Andújar; Úbeda, con Úbeda, Iznatorafe y Santisteban del Puerto. Por su parte, la Iglesia cordobesa estableció titulares de arcedianatos en los lugares de Pedroche, Córdoba y Castro.24 La incorporación de Málaga, Almería y Guadix tras su conquista entre 1487 y 1489, en la última fase de la contienda, trajo consigo la modificación de algunas de las demarcaciones existentes. Por ejemplo, Antequera, que hasta 1487 había formado parte del arzobispado de Sevilla, pasó a estar integrada en el obispado de Málaga.25 Por tanto, el obispado de Málaga quedó constituido con tres arcedianatos, además de la propia Málaga, formados por Antequera, Ronda y Vélez-Málaga.26 En lo referido a los obispados de Guadix y Almería apenas si poseemos noticias en cuanto a la división eclesiástica que se siguió para la de Olvera bien al obispado de Málaga, bien al de Cádiz no dejaba de estar clara, de ahí las reclamaciones al respecto. AGS, CMC, 1ª ép, leg. 138, doc. 35. 23 AGS, CMC, 1ª ép, Leg. 90, doc. 7. AGS, CMC, 1ª ép, Leg. 88, doc. 64. 24 Ladero Quesada, La Hacienda, 501-503. Sanz Sancho, La Iglesia y el obispado de Córdoba, 110-114. 25 Sobre las disputas entre el arzobispado de Sevilla y la Corona, representada por Talavera, en torno a la asignación de Antequera y Ronda al obispado de Málaga en lugar de permanecer en el arzobispado sevillano, como hasta entonces había sido, véase Suberbiola Martínez, Real Patronato, 56-61. 26 Suberbiola Martínez, “La receptoría”, 296-297. A estas demarcaciones se unió además Loja que pasó a estar integrada en el obispado malagueño hasta su vinculación al de Granada tras la conquista. Es de destacar la rapidez con la que se puso en marcha la recaudación de la cruzada en estos territorios nuevamente conquistados, algo que quizás estuviese ligado con el interés de los reyes por la restauración de estas diócesis incluso antes de iniciar su conquista. Suberbiola Martínez, Real Patronato, 48-49. Administrar la indulgencia 357 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 recaudación, especialmente por lo reciente de su conquista. En el primer caso, todo apunta a que Guadix se gestionó de manera independiente entre 1490 y 1492, pasando a integrarse a partir de 1492 con el obispado de Almería, como lo demuestra el nombramiento de los tesoreros y comisarios encargados de los mismos.27 En definitiva, más allá de la enumeración de todos aquellos espacios geográficos en los que se recaudaron las bulas de indulgencias y composiciones, es preciso tener en cuenta que las demarcaciones territoriales se adaptaban según el momento y el tesorero que estuviese al cargo. Además, ocurre también que la gestión de un obispado puede estar dividida en varios agentes sin que sepamos qué parte correspondió a cada uno. 2. LOS RECAUDADORES Y EL NEGOCIO FISCAL En los últimos años, la historiografía se ha acercado al fenómeno del negocio fiscal entendiéndolo como una realidad en la que confluían intereses mercantiles, financieros, políticos y económicos. Sin embargo, no están tan claras las vías de integración entre cada una de las esferas mencionadas.28 Los tesoreros y comisarios nombrados para la recaudación de la cruzada entendían su gestión en esta renta extraordinaria como una parte más del conjunto amplio que conformaba el negocio financiero.29 Así pues, ya sea de manera individual o en compañía, observamos la inserción de estos agentes en otras actividades comerciales y financieras, entre las que se incluían tareas de abastecimiento, arrendamientos de tributos o servicios de gestión en las rentas pontificias, dentro de un espacio económico que se concentraba sobre todo en torno al sur peninsular. Todo ello hace que esta renta extraordinaria se convierta en un observatorio 27 AGS, CMC 1º ép, leg. 88, doc. 23. Franco Silva, “El obispado”, 70. 28 De esto ya se hacía eco Ernesto García Fernández en su artículo sobre el mercader burgalés Diego de Soria, personaje que construyó su fortuna sobre todo y gracias a las actividades comerciales, pero cuyas actividades financieras vinculadas a la financiación de tropas, el arrendamiento de rentas regias o la gestión de la cruzada en Canarias, permitieron conectarle con el mundo de las finanzas y el de la banca privada. García Fernández, “La guerra”, 8. 29 Esta idea ya fue expresada por Alonso García y Carretero Zamora, Hacienda y negocio, 17. Referida a la gestión de las rentas ordinarias. 364 María Inocencia Perea Moreno EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 2.2. Los recaudadores de la cruzada y el pontificado Las condiciones por las que primero Sixto IV (1482) y posteriormente Inocencio VIII (1484) concedieron la cruzada implicaban el cumplimiento de una serie de contraprestaciones económicas a la Santa Sede.54 La concesión de cruzada efectuada en 1482 establecía que, de los ingresos totales recaudados bajo este concepto, se destinase un tercio a la Cámara Pontificia, quedando las dos terceras partes en manos de la Corona.55 Como indicamos en la introducción, a partir de 1485 la tercera parte que debía recibir el pontífice fue sustituida por una cantidad fija de 10 000 ducados.56 Para la gestión de estas transferencias entre Castilla e Italia se emplearon en su mayoría mercaderes genoveses experimentados en el negocio mercantil, y financiero del entorno Mediterráneo.57 Por ello, dentro de los operadores de la cruzada, nos encontramos igualmente con aquellos agentes que habían tenido un destacado papel en la percepción de las cantidades que pertenecían al Papa, ya sea a través del traslado de las sumas recaudadas o bien al frente de la recaudación de rentas pontificias. Este fue el caso de Cipriano Gentil, que, junto a otros agentes como Francisco Pinelo,58 Andrea de Mar y Clérigo Centurión la relación entre la data (9 915 177 mrs) y la cantidad reintegrada al tesorero con cargo a su propia tesorería (8 313 394 mrs), supuso casi un 84% calculado sobre el total de gastos (data). AGS, CMC, 1ª ép, leg. 90, doc. 41. De manera similar, los reintegros con cargo a la cruzada efectuados a los Espínola en los obispados de Córdoba y Jaén (1484-1487) ascendieron a 3 928 066 mrs sobre unos ingresos totales de 11 298 436 mrs, lo que supuso casi un 26%. AGS, CMC, 1ª ép, leg. 90, doc. 57. 54 Goñi Gaztambide, Historia de la bula, 372-375 para la bula de cruzada de 1482 y 378385 para la renovación de Inocencio VIII (1485). 55 Nieto Soria, Iglesia y génesis, 336. 56 Goñi Gaztambide, Historia de la bula, 383. Ortego Rico, “Del sermón”, 203. Las negociaciones hasta conseguir el establecimiento de esta cantidad fija en sustitución a la tercera parte que en teoría debía recibir el papado fueron duras y no estuvieron exentas de dificultades. Fernández Alonso, Legaciones y nunciaturas, 438-445. También el subsidio que debía abonar el clero castellano fue sustituido por una cantidad fija de 100 000 florines de oro. Fernández Alonso, Legaciones y nunciaturas, 404-405. 57 González Jiménez, “Fiscalidad pontificia”, 402-409. Ortego Rico, “Castilla”, 200. 58 Francisco Pinelo aparecía encargado del trasvase de las cantidades pertenecientes al Papa desde al menos 1477, cuando actúa junto a Manfredo de Camila, ambos en nombre de Dominico Centurión, depositario pontificio en Castilla. Fernández Alonso, Legaciones Administrar la indulgencia 365 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 habían actuado como intermediarios en el trasvase de las cantidades que pertenecían al papado, muchos de ellos con un destacado protagonismo en la ciudad de Sevilla.59 Ejemplo de esto último es el licenciado Antonio Imperial, colector pontificio en hasta dos ocasiones (1475 y 1484) del subsidio que le tocó pagar al cabildo de Sevilla.60 Por ello, cuando fue nombrado comisario de la cruzada en el arzobispado de Sevilla para 1486 ya contaba con experiencia previa en operaciones financieras vinculadas a rentas de aprobación pontificia. En 1487 aparece nuevamente en el cargo acompañado del contino real Juan de la Fuente, ambos como comisarios en el arzobispado de Sevilla hasta 1493. La importancia de esta cuenta va más allá de los propios ingresos alcanzados por la misma (hasta 3 280 557 maravedíes).61 La Corona coloca al frente de esta tesorería a dos agentes que contaban con una sólida infraestructura previa, muy especialmente en lo referido a los contactos que sus actividades y negocios anteriores les habían permitido tejer. Por un lado, para Antonio Imperial, racionero de la catedral de Sevilla y de clara ascendencia genovesa, su cargo como receptor del subsidio le había permitido entrar en contacto con el mundo financiero sevillano en el que destacaron los agentes genoveses al frente sobre todo de las finanzas pontificias. Ejemplo de ello, lo constituye la fuerte presencia en la ciudad de operadores tales como Andrea de Odón en asociación con Francisco Pinelo, del que ya hemos resaltado su importante papel como intermediario de la Cámara Apostólica. Además, el licenciado Imperial se movía en el mismo círculo en el que lo hacía Cipriano Gentil. Este último había sido el encargado del trasvase de capitales entre Sevilla y Roma, a su vez, a y nunciaturas, 278-293. Para más información acerca de los negocios de Francisco Pinelo con el papado véase D’Arienzo, “La presenza”, 120-123. 59 AGS, CMC, 1ª ép, leg. 88, doc. 5. Además, desde al menos 1484 Francisco Pinelo actúa en nombre de la banca de los Centurione, encargados de transferir las cantidades recaudadas a la Santa Sede en concepto de cruzada y subsidio. Fernández Alonso, Legaciones y nunciaturas 409-410. 60 Ollero Pina, “La iglesia”, 121. El licenciado Imperial recibió además el arcedianato de Vélez Málaga (abril 1488) tras la institución de este dentro del obispado malagueño. A pesar de que nunca llegó a ostentar este título, su nombramiento es significativo, ya que la presentación real de estos títulos menores se guía por cuatro elementos principales: méritos universitarios, servicios políticos, linaje y recomendación. Suberbiola Martínez, Real Patronato, 82-84. Cualquiera de ellos es suficiente para destacar el grado de influencia del que gozaba este agente 61 AGS, CMC, 1ª ép, leg. 118, doc. 54. 366 María Inocencia Perea Moreno EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 partir de 1485 fue nombrado comisario pontificio encargado de la percepción de la tercera parte correspondiente al papa.62 Por otro lado, estaba el contino Juan de la Fuente, vecino de Sevilla. Desde los inicios de la guerra se había encargado de la percepción de préstamos procedentes tanto de particulares como concejos. De hecho, se le encomendó la devolución de algunos de los empréstitos realizados para la guerra especialmente a partir de 1489, muchos de ellos librados en las distintas tesorerías de la cruzada. Fruto precisamente de esta tarea, fueron los contactos que Juan de la Fuente ya había mantenido con el licenciado Imperial cuando este se había encargado en solitario de la comisaría del arzobispado hispalense durante el año 1486.63 Las cuentas de ambos agentes entre 1487 y 1493 no arrojan ninguna pista sobre la posibilidad de que se hubiera constituido una compañía para gestionar las composiciones del arzobispado de Sevilla. Sin embargo, el análisis de esta cuenta sí que nos permite acercarnos a los mecanismos de financiación de muchos de los gastos de la guerra, a partir de, por ejemplo, la centralización de tareas en un solo agente, en este caso Juan de la Fuente, encargado de forma simultánea de la percepción de préstamos y de la gestión de la tesorería de cruzada del arzobispado de Sevilla (1487-1493). Por otra parte, el “alcance” que arrojó la cuenta de Antonio Imperial y Juan de la Fuente ascendió a 15 719 maravedíes en contra de los comisarios mencionados. Dicho “alcance” fue ingresado por Juan de la Fuente de acuerdo con su cargo como receptor de los ingresos en concepto de subsidio y cruzada. Todo ello muestra hasta qué punto la renta extraordinaria de la cruzada se adaptó a los distintos contextos y situaciones en el marco de la guerra de Granada, planteando en ocasiones soluciones ad hoc encaminadas a maximizar la rentabilidad de este instrumento de financiación. Sin olvidar que el marco andaluz, en el que se inscribían la mayor parte de las actividades de estos agentes, facilitaba 62 Fernández Alonso, Legaciones y nunciaturas, 434-435. La importancia de Sevilla como uno de los polos de atracción de la actividad genovesa en la península junto a Valencia o la propia Granada ya fue señalada por Igual Luis y Navarro Espinach, “Los genoveses”, 264-269. 63 Con cargo a la tesorería del licenciado Imperial durante su gestión en 1486, Juan de la Fuente había recibido ciertas cantidades para la devolución de los préstamos de la guerra. Gálvez Gambero, “Endeudamiento”, 467-470. Administrar la indulgencia 367 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 en muchos casos las transacciones realizadas a partir de la proximidad geográfica de los lugares de interés.64 2.3. Circuitos financieros de la Corona y la recaudación de la cruzada en los nuevos territorios conquistados La inserción en la maquinaria de la cruzada de agentes que hasta entonces habían desempeñado su cargo en las estructuras financieras de la Corona será una constante a lo largo de la guerra de Granada. Además, es preciso tener en cuenta que durante el conflicto granadino se pusieron en marcha estructuras financieras que pretendían agilizar el trasvase de capitales de uno a otro lugar.65 Por ello, se utilizarán infraestructuras procedentes de circuitos financieros regios ya existentes que tendrán como principal objetivo acelerar la capacidad de respuesta ante las necesidades de la guerra, adoptando en muchas ocasiones la estrategia de unificar en torno a un único agente diferentes oficios. En este sentido, ya veíamos en Juan de la Fuente el desempeño de múltiples funciones organizadas en torno a la percepción y redistribución de préstamos. Siguiendo con la utilización y ampliación de estructuras financieras de la monarquía, mostraremos ahora algunos de los cauces por los que discurrió la recaudación de la cruzada en los nuevos territorios conquistados en Granada, que actúan a su vez como observatorio privilegiado de muchas de las estrategias puestas en marcha por la Corona para implantar estructuras financieras. Es preciso tener en cuenta que el avance de la conquista castellana en el emirato de Granada y la incorporación de nuevos territorios como Ronda (1485) o Málaga (1487) junto a sus tierras y alquerías, así como la oleada de capitulaciones que siguió a la conquista de Baza (1489) con la incorporación de Guadix y Almería,66 supuso la implantación en estos territorios de las estructuras políticas y hacendísticas castellanas,67 incluyendo la maquinaria recaudatoria de la cruzada. Por tanto, a la hora 64 Esto ya fue apuntado por el Federico Gálvez Gambero en su tesis doctoral, al que agradezco me haya facilitado su consulta para la elaboración de este artículo. 65 Gálvez Gambero y Triano Milán, “La negociación”, 307-308. 66 Para las campañas más difíciles de la guerra, desde la toma de Málaga (1487) hasta la caída de Baza (1489). Ladero Quesada, Castilla y la conquista de Granada, 90-101. 67 Sobre este particular el artículo de Galán Sánchez, “Granada y Castilla”, 313-318, en lo que se refiere a la implantación de la hacienda regia en los territorios recién conquistados, tanto en lo referido a los arrendadores encargados de las rentas regias, como los intermediarios mudéjares que facilitaban la gestión y cobro en estas nuevas tierras. 368 María Inocencia Perea Moreno EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 de analizar las estructuras financieras que facilitaron la recaudación de la cruzada en estos territorios hay que tener en cuenta una serie de dificultades que se produjeron sin solución de continuidad tras la misma conquista. Entre ellas se sitúan el complejo proceso repoblador que siguió a la incorporación de estos territorios. Resulta indicativo el hecho de que no fuera hasta dos años después de su conquista (1490) cuando se empezó a recaudar la bula de cruzada en la ciudad de Málaga. Entre septiembre de 1487 y finales de 1491, un total de 1902 vecinos acudieron a Málaga y su territorio a los que se unieron otros 522 hasta septiembre de 1496.68 A ello se les une la conflictividad latente asociada a los problemas derivados de los repartimientos, la concesión de mercedes y la confrontación con las poblaciones mudéjares que permanecen en el territorio.69 Es ahora cuando se produce la difícil interacción entre la realidad que había originado la conquista y la ideología que justificó la empresa bélica, aspectos que en nada van a facilitar la coexistencia entre ambas comunidades, como tampoco será fácil la recaudación de un tributo contra “los enemigos de nuestra Sancta Fee cathólica”.70 De todo ello se deduce el hecho notorio de que en estas demarcaciones jugarán un papel fundamental los circuitos financieros previamente establecidos, así como los agentes encargados de la recaudación. En estos territorios, el cargo de tesorero en los obispados de Málaga y Almería (1490-1493) recayó en el contino Francisco de Alcaraz, vecino de Córdoba.71 Con anterioridad había ejercido como repartidor en ciudades 68 Ladero Quesada, Granada después de la conquista, 74-75. A pesar de la llegada de este número de repobladores, el asentamiento no se haría efectivo hasta después de terminada la guerra. Sin embargo, existen fuertes contrastes entre la población de núcleos como Málaga o Vélez Málaga y el resto de los territorios que conforman el obispado. Además, al menos durante los primeros años de la repoblación, se priorizó la atracción de población identificada con los valores cristianos y dotada de un nivel adquisitivo alto, capaz de asegurar la operatividad militar del territorio. López de Coca, La tierra de Málaga, 157161. Lo que quizás esté relacionado con los 3 228 666 maravedíes que se recaudarán en estos territorios bajo concepto de cruzada. 69 De la conflictividad en Málaga tras su conquista dan cuenta de manera indirecta las obligaciones que tuvieron que afrontar los nuevos pobladores. A modo de ejemplo, un obrador de seda ligur fue obligado a disponer en todo momento de una ballesta con su aparejo tras recibir una casa para instalar su torno. López de Coca Castañer y López Beltrán, “Mercaderes genoveses”,4-5. Peinado Santaella, El Reino de Granada. 70 Acién Almansa y López de Coca Castañer, “Los mudéjares”, 331-333. Peinado Santaella, Guerra santa, 259. 71 AGS, CMC, 1ª ép, leg. 90, doc. 8. Administrar la indulgencia 369 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 como Loja,72 tras su conquista en 1486, o Málaga a partir de 1489 (además de otras como Coín o Cártama)73 junto a Cristóbal Mosquera.74 En 1490 fue nombrado regidor en el concejo malagueño para 1490-1492.75 En medio de todas estas concesiones, se produjo su nombramiento como tesorero de la cruzada para las últimas predicaciones de 1490-1492, al tiempo que recibía la receptoría de las rentas de Almuñécar, Motril, Salobreña y toda la costa desde Málaga hasta Almería, junto al destacado miembro del “colaboracionismo mudéjar”, Yaya al Nayar.76 En 1491 y hasta 1493 quedó encargado de recaudar los derechos de salida de la población judía y musulmana de Málaga.77 De hecho, las cuentas de la cruzada reflejan estas actividades: Francisco de Alcaraz recibe de los fondos de estas tesorerías hasta 3 394 mrs que se le debían del pasaje de población de la Axarquía y Garbía. Además, parte de su quitación como contino la recibe con cargo a la cruzada que él mismo gestiona.78 Por lo tanto, podemos apuntar como en estos territorios de nueva conquista se buscaba que los encargados de recaudar la cruzada tuviesen amplios conocimientos del territorio en cuestión, habida cuenta de la práctica inexistencia de ninguna otra infraestructura de la monarquía que facilitase la recaudación y trasvase de capitales en los mismos. Por ello, si bien estos agentes guardan una serie de características comunes con los recaudadores de la cruzada que existían en el resto de las demarcaciones 72 Malpica Cuello, El concejo, 171. 73 Ruiz Povedano, El primer gobierno, 50-51. 74 Antes de su llegada a Málaga ejerció tareas de aprovisionamiento junto a Rodrigo de Henao. Ambos continos se encargaron de recoger las fanegas de cebada y trigo a cuya entrega había quedado obligado el importante financiero de Almagro, Alonso Gutiérrez de la Caballería. Ortego Rico, “Hacienda, poder real y sociedad”, 1180. Tarea en la que tal y como vimos líneas más arriba, también había estado implicado Ambrosio de Espínola a raíz del asiento firmado con Gutiérrez de la Caballería. 75 Junto a todos estos nombramientos recibe igualmente un conjunto de mercedes que incluían tanto patrimonio rústico como urbano en Málaga, unido a 400 fanegas de tierra por valor de 70 000 maravedíes, entre otras donaciones. Ladero Quesada, “Mercedes”, 398. 76 Ortega Cera, “Los hijos”, 154. Acerca del papel de los mudéjares como activos colaboradores de la Corona castellana ver Galán Sánchez, Una sociedad, 105-125. 77 Ruiz Povedano, El primer gobierno, 123. 78 Así se indica en uno de los asientos de la cuenta de la bula de cruzada, en que el rey ordena que “reçibades e pasedes en cuenta a Françisco de Alcaraz, contino de mi, hasta veynte e nueve mill maravedíes en que fue alcançado por vosotros del cargo que tovo de la reçebtoría de la cruzada del reyno de Granada de los años pasados por quanto se le deven por otra parte de su relación e quitación”. AGS, CMC, 1ª ép, leg. 90, doc. 46. 370 María Inocencia Perea Moreno EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 andaluzas analizadas, la implantación de la infraestructura administrativa, militar y hacendística de la monarquía en estos territorios requirió de estos recaudadores no solo un conocimiento exhaustivo del territorio en cuestión sino también, y, sobre todo, su inserción previa en los circuitos financieros de la Corona. 3. PRÁCTICA COTIDIANA DE LA RECAUDACIÓN: LAS COMPAÑÍAS Y LOS BENEFICIOS DE RECAUDAR LA CRUZADA Se conoce en líneas generales el sistema de nombramiento de los distintos tesoreros y comisarios territoriales. Sin embargo, es bastante limitado el conocimiento que poseemos acerca de la organización interna de la recaudación. Por ello, y teniendo en cuenta que fueron los tesoreros y comisarios de cada demarcación los responsables últimos de la conformación de compañías y de la organización de las tareas recaudatorias, cabe preguntarse qué estrategias adoptaron de cara a conseguir el éxito en la gestión, y cuál era el beneficio económico que estaba detrás de la participación de estos agentes. Para tratar de dar respuesta a estos interrogantes, en este apartado se abordará la organización de la recaudación desde su funcionamiento interno y se intentará desentrañar, en la medida de lo posible, el papel que jugaban algunos de estos individuos en dichas tareas. La conservación de un asiento en el que se describen las condiciones de recaudación de la bula de Cruzada en los reinos de Aragón, Valencia y el Principado de Cataluña (1495-1496) –bien es cierto que para un período posterior a la finalización de la guerra de Granada–, aporta pistas sobre la forma de operar de los agentes encargados de la recaudación. A los hermanos Juan y Luis de Valera, vecinos de Madrid, se les insta a que envíen con los predicadores personas de recabdo en caso de que ellos no puedan ir en persona a predicar las dichas bulas por todos los lugares de los dichos reynos. Además, dentro de los distintos territorios que integraban la circunscripción, existían diferentes partidos, al frente de los cuales se situaba una persona principal que era la encargada también de requerir a los curas que cada domingo e fiesta encomienden al pueblo las dichas bulas e que otro tanto fagan a los dichos ofertantes en sus misas e Administrar la indulgencia 371 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 a todos los confesores en sus confesiones.79 La necesidad de predicar en todas las çibdades e villas e logares de los dichos reynos, asy grandes como pequeños deja entrever procesos que pasan desapercibidos en las concesiones generales de la cruzada, como es, por ejemplo, la extensa red de agentes que se necesitan para llevar a cabo la gestión de la cruzada en el territorio. Así, gracias a estos asientos podemos acercarnos a la realidad de la recaudación en los distintos núcleos de gestión, y, en definitiva, la estructura de recaudación desde la práctica cotidiana de los agentes que se encargan de ella. Por otro lado, uno de los problemas principales que se presenta a la luz del estudio de estas compañías radica en cuantificar el beneficio económico que obtenían sus responsables. Resulta evidente que más allá del salario que reportaba la gestión de la cruzada, los tesoreros y comisarios obtenían ventajas en otros ámbitos del negocio.80 Sin embargo, la imposibilidad de rastrear en las cuentas las oportunidades que la gestión de la cruzada les brindaba, implica que nos ciñamos a las cantidades que les reportaron los salarios por la gestión de este oficio. Este salario, al igual que sucedía con el asiento que regulaban las condiciones de su oficio en la tesorería de la cruzada, podía estar sujeto a negociación. En esta negociación, el tesorero o comisario jugaba un papel activo ya que tenía poder de decisión sobre la cantidad a percibir y las condiciones bajo las que aceptaba la gestión de la tesorería. Ejemplo de ello, son las reticencias que muestra García de Medina, vecino de Toledo, tesorero en el arzobispado de Sevilla, obispado de Cádiz, Badajoz y la provincia de León (1496-1497), para encargarse de las mencionadas tesorerías a cambio de un salario inferior a la cuarta parte del total recaudado. Ante estas reticencias, el obispo de Ávila, Francisco Sánchez 79 AGS, CMC, 1ª ép, leg. 138, doc. 8. Del mismo modo, la persona encargada del arca en la que se depositaba el dinero recaudado debía ser nombrada por parte de los recaudadores que actuasen en esa localidad, teniendo presente que debía dejarse “a cargo a una buena persona puesta por los dichos reçebtores” acompañada por un notario para que de fe de las bulas que se empadronaban. A falta de notario en la localidad, se podría optar por un clérigo o cura de allí. 80 Otros autores han relacionado las implicaciones que tuvo la gestión de la bula de cruzada con la posterior obtención de cargos más elevados, ya sea en el ámbito civil o eclesiástico. Housley, “Indulgences”, 286, señala en este aspecto que la gestión de la cruzada en Alemania por parte del cardenal Raymond Perault (1486-8, 1489-90, 150104) facilitó una mejora de su estatus cuando fue recompensado con la sede de Gurk en 1491 y nombrado cardenal en 1493. 372 María Inocencia Perea Moreno EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 de la Fuente,81 comisario general de la cruzada, mandó que se le diese porque era buen ombre y haría limpiamente.82 El problema reside en que, más allá de esta cantidad, los tesoreros y comisarios debían hacer frente con este salario al pago de todos aquellos agentes (factores, predicadores, criados…) que habían actuado en su nombre.83 De ahí la imposibilidad en muchos casos de calcular el salario neto que efectivamente quedaba a los recaudadores de la cruzada. Así, por ejemplo, a Diego de Cabrera, factor que actuó en nombre de Francisco de Alcaraz en el obispado de Málaga y Almería entre 1490-1492, le correspondió la octava parte del total que había supuesto su gestión en una parte del territorio. Esto le reportó unos ingresos de 16 646 maravedíes.84 Además, los pocos documentos en los que se nos indica la cantidad percibida por predicadores y tesoreros indican, en su mayoría, un mayor salario para los predicadores, lo que por otro lado resulta lógico, habida cuenta del mayor riesgo al que estaban expuestos como enlace último con los fieles que adquirían las bulas.85 81 Tras la finalización de la guerra en 1492, para las campañas de 1495-1497 los comisarios generales fueron sustituidos por Francisco Sánchez de la Fuente, obispo de Ávila y fray Diego de Deza, obispo de Salamanca e inquisidor general (1499). Fernández de Córdova Miralles, “Sociedad cortesana”, 74. 82 AGS, CMC, 1ª ép, leg. 138, doc. 3. 83 Además, con ese salario tenían que hacer frente al pago de las cruces, pendones y trompetas que se empleaban en la predicación de las bulas. AGS, CMC, 1ª ép, leg. 138, doc. 8. El mismo proceso se observa en la cruzada predicada en Francia (1516-1517) durante el reinado de Francisco I, para luchar contra el turco. Las instrucciones del comisario principal de la diócesis de Toulouse indican a sus agentes delegados que del salario obtenido debían hacer frente también a los costes de notarios, campaneros, limpiadores de iglesias, impresores, proveedores de papel, tinta, carteros, mensajeros, los carpinteros que hacían las arcas de las colectas, así como los hombres que las vigilaban. Michaud, Histoire, 467-468. 84 AGS, CMC, 1ª ép, leg. 90, docs. 6 y 46. 85 AGS, CMC, 1ª ép, leg. 138, doc. 15. Administrar la indulgencia 373 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 Cuadro 1. Reparto del salario entre el tesorero Fernán Gómez de Almonacer y los predicadores, en el arzobispado de Sevilla y los obispados de Córdoba y Cádiz entre 1495-1497 Nº bulas Precio y tipología de bulas Precio total (mrs)86 Salario tesor. por bula (mrs) Salario predicad. por bula (mrs) % tesorero por bula % predicad. por bula 5 359 2 reales. A luego pagar. 32 154 2 4 33,3 66,7 21 000 2 reales. A luego pagar. 112 000 2 3 mrs y 2 cornados 37,5 61,8787 71 600 2 reales 537 000 7,5 - 100 - 31 007 2 reales 266 006 8,5 8,5 50 50 7 401 2 reales 78 050 10,5 10,5 50 50 Fuente: AGS, CMC, 1ª ép, leg. 138, doc. 15. El gráfico 1 indica el porcentaje que supuso los ingresos totales a los que ascendió la recaudación de la cruzada gestionada por algunos agentes de Andalucía entre 1484 y 1492. Estas cifras se relacionan con el salario percibido por cada administrador, expresado en el cuadro 2 a partir del porcentaje que supuso calculado con relación a los ingresos totales de su tesorería. 86 Hace referencia al resultado total de vender una determinada tipología de bulas con su precio correspondiente. 87 Este porcentaje se ha calculado sobre la cantidad de 3,3 mrs tras haber realizado la conversión de cornados a maravedíes correspondiente. Ladero Quesada, La Hacienda, 766. 380 María Inocencia Perea Moreno EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 García Luján, José Antonio. Mercaderes italianos en Córdoba (14701515). Bologna: Cappelli, 1988. González Arévalo, Raúl. “Exilio, diversificación y superación: estrategias de supervivencia de los Spínola de Granada ante la guerra final de conquista (1481-1492).” Reti Medievali 14 (2013): 89-110. González Arévalo, Raúl. “De las postrimerías nazaríes a los albores castellanos. Ambrogio Spinola y la continuidad de los genoveses del Reino de Granada (1478-1508).” Archivo storico italiano 173 (2015): 239-73. González Jiménez, Manuel. “Fiscalidad pontificia e italianos en Castilla (1470-1484).” En La presencia italiana en Andalucía: siglos XIVXVII. Actas del III Coloquio Hispano-Italiano, 401-410. Sevilla: CSIC, Escuela de Estudios Hispanoamericanos, 1989. Gonzálvez Ruiz, Ramón. “Las bulas de la Catedral de Toledo y la imprenta incunable castellana.” En Toletum: boletín de la Real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo 18 (1985): 9-180. Goñi Gaztambide, José. Historia de la Bula de la Cruzada en España. Vitoria: Publicaciones del Seminario de Vitoria, 1958. Housley, Norman. “Indulgences for Crusading, 1417-1517.” En Promissory notes on the Treasury of Merits. Indulgences in Late Medieval Europe, vol. 5, editado por Robert Swanson, 277-309. Leiden-Boston: Brill, 2006, https://doi.org/10.1163/9789047410522_012. Igual Luis, David y Germán Navarro Espinach. “Los genoveses en España en el tránsito del siglo XV al XVI.” Historia, Instituciones, Documentos 24 (1997): 261-332. Kiermayr, Reinhold. “How much money was actually in the Indulgence Chest?” The Sixteenth Century Jorunal 17 (1986): 303-18, https://doi.org/10.2307/2540323. Administrar la indulgencia 381 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 Ladero Quesada, Miguel Ángel. “Mercedes reales en Granada anteriores al año 1500.” Hispania: Revista española de historia 112 (1969): 355424. Ladero Quesada, Miguel Ángel. Granada después de la conquista. Repobladores y mudéjares. Granada: Diputación Provincial de Granada, 1988. Ladero Quesada, Miguel Ángel. Castilla y la conquista de Granada. Granada: Diputación de Granada, 1993. Ladero Quesada, Miguel Ángel. “La Hermandad en Galicia: 1490-1498.” Cuadernos de Estudios Gallegos 52 (2005): 239-87, https://doi.org/10.3989/ceg.2005.v52.i118.96. Ladero Quesada, Miguel Ángel. La Hacienda Real de Castilla (13691504). Estudios y documentos. Madrid: Real Academia de la Historia, 2009. Ladero Quesada, Miguel Ángel. Fiscalidad y poder real en Castilla (12521369). Madrid: Real Academia de la Historia, 2011. Ladero Quesada, Miguel Ángel. “Pías exacciones. Indulgencias de cruzada y composiciones en los últimos años de Fernando el Católico (15081516).” En Fisco, legitimidad y conflicto en los reinos hispánicos (siglos XIII-XVII): Homenaje a José Ángel Sesma Muñoz, editado por Carlos Laliena Corbera, Mario Lafuente Gómez y Ángel Galán Sánchez, 207-41. Zaragoza: Prensas de la Universidad de Zaragoza, 2019. López de Coca Castañer, José Enrique y María Teresa López Beltrán. “Mercaderes genoveses en Málaga (1487-1516). Los hermanos Centurión e Ytalián.” Historia. Instituciones. Documentos 7 (1980): 95-124, https://doi.org/10.12795/hid.1980.i07.03. López de Coca Castañer, José Enrique. La tierra de Málaga a fines del siglo XV. Granada: Universidad de Granada, 1977. 382 María Inocencia Perea Moreno EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 Malpica Cuello, Antonio (1981). El concejo de Loja (1486-1508). Granada: Universidad de Granada, 1977. Martínez Millán, José y Carlos Javier De Carlos Morales. “Los orígenes del Consejo de Cruzada (siglo XVI).” Hispania 51 (1991): 901-32. Masferrer, Aniceto. “La distinción entre delito y pecado en la tradición penal bajomedieval y moderna: una propuesta revisionista de la historiografía española, europea y anglosajona.” Anuario de Historia del Derecho Español 87 (2017): 693-756. Michaud, Joseph François. Histoire des Croisades, t. V. París: Furne et C - Dezobry - E. Magdeleine, 1841. Nieto Soria, José Manuel. Iglesia y génesis del estado moderno en Castilla (1369-1480). Madrid: Editorial Complutense, 1993. Ollero Pina, José Antonio. “La iglesia de Sevilla y la consolidación de los subsidios (1482-1495).” En El dinero de Dios. Iglesia y fiscalidad en el occidente medieval (siglos XIII-XV), editado por Denis Menjot and Manuel Sánchez Martínez, 115-31. Madrid: Ministerio de Economía y Hacienda - Instituto de Estudios Fiscales, 2011. Ortega Cera, Ágata. “Los hijos de Allah arrendadores de las rentas de la reina de Castilla. El papel de los mudéjares granadinos como agentes del fisco.” En El precio de la diferencia. Mudéjares y moriscos ante el fisco castellano, editado por Ángel Galán Sánchez, Ágata Ortega Cera y Pablo Ortego Rico, 143-74. Madrid: Sílex, 2019. Ortego Rico, Pablo. “Hacienda, poder real y sociedad en Toledo y su reino (siglo XVprincipios del XVI).” Tesis doctoral, Universidad Complutense de Madrid, 2013. Ortego Rico, Pablo. “Alonso Gutiérrez de Madrid y otros agentes financieros de Castilla la Nueva en la tesorería general de la Hermandad (1493-1498): vínculos cooperativos, redes socioeconómicas y gestión fiscal.” Espacio, Tiempo y Forma, Serie III, H.ª Medieval 27 (2014): 381-420, https://doi.org/10.5944/etfiii.27.2014.12649. Administrar la indulgencia 383 EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 Ortego Rico, Pablo. “Tesoreros y comisarios de la cruzada en la financiación de la guerra de Granada: el caso de Castilla la Nueva (1484-1493).” En Poder, fisco y sociedad en las épocas medieval y moderna. A propósito de la obra del profesor Miguel Ángel Ladero Quesada, editado por Ángel Galán Sánchez y José Manuel Nieto Soria, 235-63. Madrid: Ministerio de Hacienda - Instituto de Estudios Fiscales, 2018. Ortego Rico, Pablo. “Propaganda, fiscalidad e ideal cruzadista durante el reinado de Enrique IV de Castilla.” Hispania Sacra 70 (2018): 23766, https://doi.org/10.3989/hs.2018.019. Ortego Rico, Pablo. “Del sermón al padrón: cultura política y cultura fiscal en torno a la recaudación de la bula de cruzada en Castilla (14821492).” Populaçao e Sociedade, CEPESE 31 (2019): 110-47. Ortego Rico, Pablo. “Castilla, la Corona de Aragón y el Papado. Relaciones financieras en torno a la cruzada y décima durante la guerra de Granada (1484-1492).” eHumanista: Journal of Iberian Studies 43 (2019): 199-248. Otte, Enrique. Sevilla y sus mercaderes a fines de la Edad Media. Sevilla: Fundación El Monte, 1996. Palenzuela Domínguez, Natalia. Los mercaderes burgaleses en Sevilla a fines de la Edad Media. Sevilla: Universidad de Sevilla, 2003. Peinado Santaella, Rafael Gerardo. “El Reino de Granada después de la conquista, la sociedad repobladora según los “libros de repartimiento.” En La Península Ibérica en la era de los descubrimientos (1391-1492): actas III Jornadas Hispanoportuguesas de Historia Medieval, editado por Isabel Montes Romero-Camacho y Manuel González Jiménez, 1575-1630. Sevilla: Consejería de Cultura. Junta de Andalucía, 1997. Peinado Santaella, Rafael Gerardo. Guerra santa, cruzada y yihad en Andalucía y el reino de Granada (siglos XIII-XV). Granada: Editorial Universidad de Granada, 2017. 384 María Inocencia Perea Moreno EDAD MEDIA. REVISTA DE HISTORIA, 25 (2024): 349-384 ISSN: 2530-6448 Ruiz Povedano, José María. El primer gobierno municipal de Málaga (1489-1495), Granada: Universidad de Granada - Ayuntamiento de Málaga, 1991. Sanz Sancho, Iluminado. “La Iglesia y el Obispado de Córdoba en la Baja Edad Media (1236-1426).” Tesis doctoral, Universidad Complutense de Madrid, 1989. Serrano Rodríguez, Eugenio y Miguel Fernando Gómez Vozmediano. “Imprenta, dinero y fe: la impresión de bulas en el convento dominico de San Pedro Mártir de Toledo (1483-1600).” Tiempos Modernos: Revista Electrónica de Historia Moderna 7 (2013): 1-65. Suberbiola Martínez, Jesús. Real Patronato de Granada. El arzobispo Talavera, la Iglesia y el Estado Moderno (1486-1516). Estudio y documentos. Granada: Caja General de Ahorros y Monte de Piedad de Granada, 1985. Suberbiola Martínez, Jesús. “La receptoría de posguerra de Málaga, Vélez Málaga y la Axarquía. Tributación mudéjar, cristiana y judía según el Libro de la Cuenta de Diego Fernández de Ulloa (1487-1489).” Baetica. Estudios de Arte, Geografía e Historia 31 (2009): 291-330, https://doi.org/10.24310/BAETICA.2009.v0i31.179. Triano Milán, José Manuel. “¿Un nuevo sistema de fiscalidad extraordinaria? La Santa Hermandad de los Reyes Católicos (14761498).” Studia Historica. Historia Medieval 36 (2018): 171-97, https://doi.org/10.14201/shhme2018362171197.