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Proyecto de Ejecución Ampliación planta de prefabricados Tubos y Bloques Fiol

Sastre Sastre, Roberto

Abstract

El presente proyecto, como indica su título, es un Proyecto de Ejecución para la ampliación de la planta de prefabricados de la empresa Tubos y Bloques Fiol, S.A. Dicho proyecto contendrá los datos necesarios para que la instalación quede definida técnica y económicamente, de tal forma que pueda ser ejecutada bajo la dirección de un técnico competente distinto al autor del proyecto. El proyecto se iniciará con una memoria descriptiva donde se informa sobre el proceso seguido para la edificación y la solución elegida basada en las normas urbanísticas. A continuación se encontrará la memoria constructiva, donde se detallan los aspectos principales en cuanto a la solución constructiva adoptada para la ejecución de la edificación y a los materiales a utilizar. Siempre teniendo en cuenta los criterios marcados por el Código Técnico de la Edificación. Se presentarán como anexos, un estudio de impacto ambiental, donde se detallarán los posibles focos de contaminación, así como las tareas de reciclaje y las medidas preventivas, un estudio de seguridad y salud, tratando los diferentes riesgos que pueden ocurrir en el transcurso de las obras, clasificándolos y exponiendo las medidas de prevención oportunas; los planos del proyecto; el pliego de condiciones, constituido por el conjunto de normas que deben regir en la ejecución de las obras y condiciones que deberán cumplir cada uno de los materiales que intervengan en la construcción; y finalmente, un estudio económico, donde se tratará el presupuesto general de ejecución material del presente proyecto.

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Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 1 ANEXO D. Pliego de condiciones Pág. 2 Pliego de Condiciones Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 3 SUMARIO SUMARIO ____________________________________________________3 D.1. DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO GENERAL ______________7 D.2. CONDICIONES GENERALES ________________________________9 D.2.1. Reclamaciones............................................................................................ 9 D.2.2. Libro de órdenes.......................................................................................... 9 D.2.3. Acceso y medios auxiliares.......................................................................10 D.2.4. Plazo de ejecución ....................................................................................10 D.2.5. Replanteo, obras ocultas y movimiento de tierras....................................11 D.2.6. Responsabilidad civil del contratista .........................................................11 D.2.7. Guarda y limpieza de obra........................................................................12 D.2.8. Recepción y gastos de conservación........................................................12 D.2.9. Mediciones.................................................................................................13 D.2.10. Defectos de obra - recepción definitiva.................................................13 D.2.11. Causa de rescisión de contrato ............................................................14 D.2.12. Dirección de obra..................................................................................15 D.2.13. Propuestas............................................................................................15 D.2.14. Desperfectos.........................................................................................16 D.2.15. Higiene y guardería de efectos del personal........................................ 16 D.3. CONDICIONES ECONÓMICO – JURÍDICAS ___________________17 D.3.1. Percepción económica del contratista ......................................................17 D.3.2. Abono de los trabajos................................................................................ 18 D.3.3. Fijación de precios unitarios no contratados.............................................18 D.3.4. Variaciones en los Precios Unitarios.........................................................19 D.3.5. Acopios de materiales...............................................................................19 D.3.6. Obras complementarias - cambios de materiales.....................................19 D.3.7. Abono en el plazo de garantía ..................................................................20 D.3.8. Valoración..................................................................................................22 D.3.9. Indemnizaciones impuestos y arbitrios .....................................................22 D.3.10. Daños por fuerza mayor materiales cedidos........................................22 D.3.11. Obligaciones del Contratista en el Plazo de Garantía..........................23 D.3.12. Condiciones que han de satisfacer los materiales y equipos............... 24 D.4. CONDICIONES TÉCNICAS PARA MEDICIÓN Y ABONO _________25 D.4.1. Normas Generales....................................................................................25 D.4.2. Medición y abono de las excavaciones.....................................................25 Pág. 4 Pliego de Condiciones D.4.3. Medición y abono de compactación y cimientos .......................................26 D.4.4. Medición y abono de la demolición de obra de fábrica existente..............26 D.4.5. Medición y abono del transporte de productos de excavación..................27 D.4.6. Medición y abono de morteros...................................................................27 D.4.7. Medición y abono de hormigones..............................................................28 D.4.8. Medición y abono de acero en armaduras ................................................28 D.4.9. Medición y abono de fábricas en general..................................................28 D.4.10. Medición y abono de enfoscado, guarnecido y revoco.........................28 D.4.11. Pavimentos............................................................................................29 D.4.12. Medición y abono de vidrio y cristal.......................................................29 D.4.13. Medición y abono de pinturas................................................................29 D.4.14. Medición y abono de bases y firmes.....................................................29 D.4.15. Medición y abono de tratamientos superficiales ...................................29 D.4.16. Medición y abono de tubería terminada................................................30 D.4.17. Medición y abono de alcantarillas, colectores y emisarios....................30 D.4.18. Obras metálicas.....................................................................................30 D.4.19. Llaves, ventosas, bocas de riego y piezas especiales..........................31 D.4.20. Medición y abono de los cables de conducción y energía eléctrica .....31 D.4.21. Medición y abono de los equipos mecánicos y eléctricos.....................31 D.4.22. Medición y abono de la instrumentación y equipo de control................32 D.4.23. Medición y abono de obras varias y albañilería y oficios ......................32 D.4.24. Mediciones y abono de las partidas alzadas.........................................32 D.4.25. Medición y abono de encofrado ............................................................32 D.4.26. Medios auxiliares...................................................................................32 D.4.27. Obras terminadas y obras incompletas.................................................32 D.5. CONDICIONES DE ÍNDOLE TÉCNICA ________________________35 D.5.1. Movimiento de tierras.................................................................................35 D.5.2. Hormigones................................................................................................37 D.5.2.1. Generalidades...............................................................................................37 D.5.2.2. Materiales .....................................................................................................38 D.5.2.3. Ejecución ......................................................................................................41 D.5.2.4. Control ..........................................................................................................52 D.5.2.5. Hormigón pretensado...................................................................................61 D.5.3. Cimentaciones............................................................................................62 D.5.4. Forjados con elementos prefabricados......................................................63 D.5.5. Pintura y revestimientos.............................................................................70 D.5.6. Vidrios.........................................................................................................71 D.5.7. Impermeabilizaciones y cubiertas..............................................................71 Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 5 D.5.8. Instalaciones..............................................................................................72 D.5.8.1. Instalación de electricidad: Baja tensión y puesta a tierra............................ 72 D.5.8.2. Fontanería.................................................................................................... 78 D.5.8.3. Saneamiento................................................................................................ 78 D.5.8.4. Aire Comprimido...........................................................................................79 D.5.8.5. Instalación de alumbrado............................................................................. 79 D.5.8.6. Protección contra incendios .........................................................................80 D.5.9. Protección del ambiente atmosférico........................................................80 D.5.10. Control de calidad.................................................................................80 D.5.11. Seguridad y salud .................................................................................82 D.5.12. Condiciones generales..........................................................................85 D.5.13. Condición final.......................................................................................86 Pág. 6 Pliego de Condiciones Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 7 D.1. DEFINICIÓN Y ALCANCE DEL PLIEGO GENERAL El presente Pliego General de Bases del Proyecto constituye el conjunto de las normas que deben regir en la ejecución de las obras o instalaciones de equipos. Las condiciones de este pliego, definen los requisitos de las obras objeto del mismo. Las obras objeto de este Proyecto, están definidas en el anexo de Planos, así como en las especificaciones y mediciones que se incluyen en este Proyecto. En caso de incompatibilidad entre lo detallado en las especificaciones de los equipos y planos, regirán las primeras; en lo que se refiere a las obras de fábrica, se dará prioridad a lo que definan los planos, y, en cualquier caso, a aquello que permita la más correcta ejecución y el mejor funcionamiento de la instalación. Pág. 8 Pliego de Condiciones Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 9 D.2. CONDICIONES GENERALES El Contratista, por sí o por medio de su encargado, estará en las obras durante la jornada de trabajo y acompañará al Ingeniero Director como su ayudante en las visitas que efectúe a las obras, poniéndose a su disposición para las prácticas de los reconocimientos que consideren necesarios y suministrándole los datos que se precisen. El Ingeniero por escrito comunicará el día y fecha en que se efectuará la visita Oficial habiendo de estar presente el Contratista o persona titulada y reconocida por la Dirección para recibir órdenes generales, no estando soslayado este punto con la presencia del Encargado de la obra. En ausencia de ellos se considerarán válidas todas las notificaciones que se inscriban en el libro de órdenes y de las depositadas en su residencia oficial aún en ausencia o negativa de recibo por parte de los dependientes de la contrata. El Contratista habilitará en la obra, una oficina en la que exista una mesa o tablero adecuado, en la cual puedan extenderse y consultarse los planos. En dicha oficina tendrán siempre en las debidas condiciones una copia de todos los documentos del proyecto que se hayan facilitado por la Dirección, el libro de órdenes y el de “Marcha de Obra”. D.2.1. Reclamaciones Las reclamaciones que el Contratista quiera hacer contra órdenes de la Dirección, sólo podrá presentarlas a través del Ingeniero, ante la propiedad, si ellas son de orden económico, y de acuerdo con las condiciones estipuladas en los Pliegos correspondientes. Contra disposiciones técnicas o facultativas de la Dirección, no se admitirá reclamación alguna, pudiendo el Contratista salvar su posición razonada dirigida al Ingeniero, el cual podrá limitar su contestación al acuse de recibo, que en todo caso será obligatorio para este tipo de reclamaciones. D.2.2. Libro de órdenes El Contratista pondrá a disposición de la Dirección, un libro de órdenes con sus hojas foliadas por duplicado y cuadruplicado en el que se relatarán las medidas precisas que crea oportuno dar a cualquiera de los Contratistas de la obra, para el mejor desarrollo de los trabajos. Cada orden deberá ser extendida y firmada y el, enterado, suscrito con la firma del contratista o su representante autorizado, la copia de cada orden extendida en el folio Pág. 16 Pliego de Condiciones D.2.14. Desperfectos Los desperfectos que puedan ocasionar los operarios de un ramo en trabajos contratados y ejecutados por otros oficios y que a juicio de la Dirección Facultativa sean injustificados al tener como causa el descuido, imprudencia, falta de vigilancia, etc. serán corregidos con cargo a su contrata, para lo cual se descontará el correspondiente importe de la liquidación. Del mismo modo se obligará a todos los demás oficios a restaurar por su cuenta los desperfectos injustificados. D.2.15. Higiene y guardería de efectos del personal Por el Contratista se procederá a la instalación de las debidas condiciones higiénicas, un inodoro o turca, para servicio de todo el personal que actúe en la obra. Este no se desmontará hasta el momento que lo ordene la Dirección. Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 17 D.3. CONDICIONES ECONÓMICO – JURÍDICAS D.3.1. Percepción económica del contratista Como base fundamental de estas condiciones económico-jurídicas, se establece el principio de que el Contratista debe percibir el importe de los trabajos realizados, siempre que éstos se hayan ejecutado con arreglo y sujeción al proyecto y a las Condiciones Generales y Particulares que rijan a esta construcción o instalación. Todos los materiales que intervengan en la construcción de las obras objeto de esta contrata, (aun en el caso de aumento de las unidades especificadas o unidades que puedan aparecer) serán de cuenta del Contratista, no admitiéndose por tanto ningún aumento por este concepto. A efectos de propuesta y plazo, el Contratista no debe contar con los suministros de terceros, comprometiéndose a construir o instalar todos los materiales o equipos necesarios para la terminación de los trabajos en el plazo señalado. Una vez adjudicadas las obras el Contratista ha de presentar dentro de los quince días siguientes los precios descompuestos de las unidades solicitadas. La no presentación indica que acepta en su día los precios descompuestos preparados por la Dirección. La descomposición estará perfectamente detallada en cada unidad de obra, como a continuación se indica: a) Materiales, expresando las cantidades que en cada unidad de obra se precisen de cada uno de ellos y su precio unitario respectivo de origen. b) Mano de obra, por categorías dentro de cada oficio, expresando el número de horas invertidas por cada operario en la ejecución de cada unidad de obra. c) Transporte de materiales, desde el punto de origen al pie de la obra, expresando el precio del transporte por unidades, o número que la costumbre tenga establecido. d) Tanto por ciento de medios auxiliares y de seguridad, sobre la suma de los conceptos Pág. 18 Pliego de Condiciones anteriores en las unidades de obra que se precisen. e) Tanto por ciento de seguros sociales y cargas vigentes sobre el costo de la mano de obra, especificando en documento aparte la cuantía de cada concepto del seguro o carga. f) Tanto por ciento de gastos generales, sobre la suma de los conceptos anteriores. g) Tanto por ciento de beneficio industrial del Contratista, aplicado a la suma total de los conceptos anteriores. La suma de todas las cantidades que importan los siete capítulos se entiende que es el precio unitario contratado. El Contratista deberá asimismo presentar una lista de precios de jornales, de los materiales de origen, del transporte, del tanto por ciento que importan cada uno de los seguros o cargas sociales vigentes y las partidas que se incluyen en el concepto de gastos generales, todo ello referido a la fecha de la suma del presupuesto. El Contratista deberá facilitar junto con el precio base del material la marca y fabricante, junto con la fecha de la lista de precios utilizada como base de estudio. D.3.2. Abono de los trabajos Todos los trabajos se abonarán por medición sea esta igual, mayor o menor que la calculada a los precios unitarios del contrato, en los cuales se supondrán incluidos todos los gastos precisos hasta la completa terminación y entrega de las obras. En las liquidaciones no se admitirán bajo ningún concepto partidas con el carácter de imprevistos. Asimismo serán rechazados cuantos trabajos se presenten por administración que antes no hayan sido aprobados por el Ingeniero Director y controlados con su firma por su ayudante. D.3.3. Fijación de precios unitarios no contratados Los precios de unidades de obra, de los materiales, así como de la mano de obra que no figuren entre los contratados, se fijarán contradictoriamente entre el Ingeniero y el Contratista. El Contratista los presentará descompuestos de acuerdo con lo establecido anteriormente Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 19 siendo condición necesaria la presentación y aprobación de estos precios por la Dirección antes de proceder a ejecutar las unidades de obra correspondientes. En el caso de que transcurrido el plazo señalado por la Dirección de su ejecución, sin presentación supone que el Contratista acepta los que la Dirección posteriormente fije. D.3.4. Variaciones en los Precios Unitarios En el caso de altas o bajas oficiales en el precio de los materiales, mano de obra o de cualquier otro concepto que modifique los precios unitarios base, el Contratista tiene la obligación de comunicar en la fecha de dicha variación, por duplicado, al Ingeniero Director y al propietario dichas valoraciones, así como una valoración exacta hasta el día citado de la obrar ejecutada con su importe. El Contratista sólo tendrá derecho a las alzas oficiales de mano de obra del personal que intervenga directamente en la obra o instalación, no afectando a la mano de obra de preparación de materia prima o detalles. D.3.5. Acopios de materiales Si el Ingeniero ordenase por escrito al Contratista el acopio de materiales o aparatos de carga en la obra que corresponda a unidades contratadas y éste así lo efectuase, los que hayan acopiado figurarán en la certificación siguiente a su entrada en la obra, abonándose el 75 % de valor de los materiales acopiados y su importe se irá deduciendo a medida que vaya empleándose en la ejecución de las unidades de obra y certificándose ésta. Estos materiales así acopiados, una vez que hayan sido abonados por el Propietario, son como es natural, de la exclusiva propiedad de éste, aunque su guarda, custodia y conservación será responsabilidad del Contratista. D.3.6. Obras complementarias - cambios de materiales El Ingeniero Director, podrá si así lo considera necesario, ordenar obras complementarias no especificadas en los Pliegos de Condiciones ni en los presupuestos, pero que son necesarias para la buena terminación de las mismas. Todos los trabajos se abonarán por medición. Cuando el Contratista, incluso con la autorización de Ingeniero Director, emplease materiales de mayor precio que el señalado en el proyecto e introdujese alguna modificación que a juicio de la Dirección sea beneficiosa, o por no tener el material necesario ponga mayor cantidad, no tendrá derecho a percibir Pág. 20 Pliego de Condiciones ninguna diferencia de precios, sino solamente lo estipulado en el presupuesto adjudicado. D.3.7. Abono en el plazo de garantía Efectuada la recepción provisional y si durante el plazo de garantía se hubiera ejecutado algún trabajo su abono se hará de la siguiente forma: 1.º Si el Contratista sin causa justificada no hubiese realizado a su debido tiempo alguno de los trabajos especificados en el proyecto y el Ingeniero exigiera su realización en el plazo de garantía, estos trabajos serán valorados a los precios, que figuran en el Presupuesto de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego. 2.º Si se han ejecutado trabajos precisos para la reparación de desperfectos ocasionados por el uso de la obra o instalaciones por haber sido utilizado éste durante dicho plazo por el Propietario, se abonarán y valorarán a los precios del día previamente acordados. 3.º Si se han ejecutado trabajos para la reparación de desperfectos ocasionados por la deficiencia de la construcción o de la calidad de los materiales, nada se abonará por ellos al Contratista. Siempre que se rescinda la contrata por causas ajenas al Contratista, las herramientas y demás medios útiles que como medios auxiliares de la construcción se hayan estado empleando en las obras, con autorización del Ingeniero Director, y a los efectos de este artículo, se valorarán por acuerdo entre el Ingeniero y el Contratista, y de no medir acuerdo, se remitirán a lo establecido en los Pliegos de Condiciones Generales de índole legal o facultativo. De los precios de tasación (sin aumento alguno) recibirá el propietario de dichos medios auxiliares, aquéllos que se señalen en las condiciones de cada contrata, o en su defecto las que consideren necesarias para terminar la obra y no quiera conservar para sí el Contratista, entendiéndose que sólo tendrá lugar el abono por este concepto, cuando el importe de los trabajos realizados hasta la rescisión no lleguen a los dos tercios de las obras contratadas. Apeos y demás medios auxiliares análogos quedarán de propiedad de la obra, si así lo dispone el Ingeniero Director, abonándose al Contratista la parte proporcional a la cantidad de Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 21 la obra que falta ejecutar, según los precios señalados en el Presupuesto. En caso contrario serán retirados por el Contratista. Las obras ejecutadas se abonarán con arreglo a las condiciones establecidas, así como los materiales acopiados al pie de obra, si son de recibo y aplicación para terminar esta y en cantidad proporcionada a la obra pendiente de ejecución, siempre que no estorben ni dificulten la buena marcha de los trabajos, aplicándose a estos materiales los precios que figuren en el Presupuesto. Cuando no estén comprendidos en él se fijarán contradictoriamente. También se abonarán al Contratista los materiales que reuniendo las mismas circunstancias se hallen acopiados fuera de las obras siempre que los transportes a pie de ella se realicen en el término que al efecto se fija por el Ingeniero Director. En los casos en que la rescisión obedezca a una falta de pago, retraso en el abono o suspensión por el plazo superior a un año, imputable al propietario, se concederá al Contratista, además de las cantidades anteriormente expuestas, una indemnización que fijará el Ingeniero Director en justicia y según su leal saber y entender, la cual no podrá exceder nunca del 5 % del valor de las obras que faltan por ejecutar, ni bajará del importe que a juicio del Ingeniero supongan todos los gastos justificados que por cualquier motivo relacionado con las obras, tuviera que hacer el Contratista, tales como derecho de contrata, custodia de fianza, anuncios, etc. Cuando la rescisión sea producida por alteración de presupuesto o por cualquiera de las causas reseñadas en las Condiciones legales no se reintegrará al Contratista nada más que los gastos por custodia de fianzas y formalización de contrato, sin que pueda reclamar el abono de los útiles y herramientas destinadas a las obras, ni ninguna otra indemnización. Si la rescisión se debe a falta de cumplimiento de los plazos de obras, no tendrá tampoco derecho el Contratista a reclamar ninguna indemnización ni que se adquieran por el Contratista los útiles y herramientas destinadas a las obras, pero sí a que se le abonen las ejecutadas con arreglo a los Pliegos de Condiciones y los materiales acopiados a pie de obra y que sean de recibo, así como necesarios para la misma, sin causar por esto entorpecimiento a la buena marcha de los trabajos. Pág. 22 Pliego de Condiciones D.3.8. Valoración Cuando fuese preciso valorar obras incompletas habiéndose realizado correctamente al menos el 80 % de la misma, se medirán las unidades ejecutadas y se valorarán a los precios que figuran en el presupuesto. Si lo incompleto es la unidad de obra, y la parte ejecutada de ella fuese de recibo, entonces se abonará en parte con arreglo a lo que corresponda según el precio que figura en el Presupuesto del Proyecto, sin que pueda pretender el Contratista que por ningún motivo, se efectúe la descomposición en otra forma que la que en dicho Presupuesto figura. Toda unidad compuesta o mixta no especificada en el Presupuesto, se valorará haciendo la descomposición de la misma y aplicando los precios unitarios de dicho Presupuesto a cada una de las partes que la integran, quedando comprobado en esta suma así obtenida todos los medios auxiliares, etc. A la valoración de las obras y de las unidades de obra incompletas, es aplicable también el tanto por ciento de bonificación acordado sobre el precio de ejecución material. D.3.9. Indemnizaciones impuestos y arbitrios El importe de las indemnizaciones que debe abonar el Contratista por causa de retraso no justificado en el plazo de terminación de las obras contratadas se fijará en la forma establecida en el artículo del Pliego de Condiciones de índole legal. El Contratista tendrá derecho a percibir una indemnización que será fijada por el Ingeniero Director en el caso de que el Propietario no efectuase el pago de las obras ejecutadas dentro del mes siguiente al plazo convenido. El pago de los impuestos y arbitrios en general, bien municipales o de otro origen, sobre vallas, alumbrado, etc. cuyo abono debe hacerse durante el tiempo de ejecución de obras y por concepto inherente a los propios trabajos que se realicen, correrán a cargo de la contrata, siempre que en las condiciones particulares del proyecto no se estipule lo contrario. D.3.10. Daños por fuerza mayor materiales cedidos En el caso de daños causados por fuerza mayor la Dirección de las obras se reserva el derecho a justipreciar la evaluación de los daños, y el abono consiguiente de los mismos en la parte que corresponda a propietario y Contratista. Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 23 Es obligación del Contratista y de su cuenta, asegurar la obra contra incendios por todo el tiempo que dure la misma, siendo responsable, caso de no hacer el citado seguro, surgiera algún desperfecto por esta causa. Cuando durante al ejecución de las obras ocupe el Contratista con la necesaria autorización de la Dirección edificios ajenos a la obra o haga uso de materiales o útiles pertenecientes al propietario tendrá obligación de repararlos y conservarlos para hacer entrega de ellos a la terminación del contrato en perfecto estado de conservación, reponiendo los que se hubiesen inutilizado sin derecho a indemnización por esta reposición ni por las mejoras hechas o materiales que haya utilizado. En el caso de que al terminar el contrato y hacer entrega del material, equipos, propiedades o edificaciones, no hubiera cumplido el Contratista con lo previsto en el párrafo anterior lo realizará el propietario a costa de aquél y con cargo a la fianza. D.3.11. Obligaciones del Contratista en el Plazo de Garantía Si el Contratista siendo su obligación, no atiende a la conservación de la obra en el plazo de garantía, en el caso de que la obra no haya sido ocupada por el Propietario antes de la recepción definitiva, el Ingeniero Director en representación del Propietario, procederá a disponer de todo lo preciso para que atienda a la guardería, limpieza y todo lo que fuera menester para la buena conservación, abonándose todo ello por cuenta de la contrata. Al abonar al Contratista las obras o instalaciones realizadas, tanto por terminación de las obras, como en el caso de rescisión del contrato, estará obligado a dejarlos desocupados y limpios en el plazo determinado por la Dirección. Después de la recepción provisional de la obra y en el caso de que la conservación corra a cargo del Contratista, no deberá haber en él más herramientas, materiales, etc. que los indispensables para su guardería, limpieza y para los trabajos que fuera preciso ejecutar. En todo caso, está obligado el Contratista a revisar y reparar la obra durante el plazo expresado, procediendo en la forma prevista en el Pliego de Condiciones Económicas. Después de la recepción provisional de las obras y en el caso de que la conservación corra a cargo del Contratista, no deberá haber en él más herramientas, materiales, muebles, etc. Pág. 24 Pliego de Condiciones que los indispensables para su guardería, limpieza y para los trabajos que fuera preciso ejecutarse. En todo caso, puesta en marcha o no la instalación, está obligado el Contratista a revisar y reparar la obra durante el plazo expresado, procediendo en la forma prevista en el Pliego de Condiciones Económicas. D.3.12. Condiciones que han de satisfacer los materiales y equipos En general, y siempre que no se oponga a lo estipulado en este Pliego, son válidas todas las prescripciones que referentes a las condiciones que deben satisfacer los materiales y mano de obra aparecen en las Instrucciones o normas oficiales que reglamentan la recepción, transporte, manipulación o empleo de cada uno de los materiales y equipos que se utilicen en las obras de este proyecto. El Contratista propondrá los lugares de procedencia, fábrica o marcar de los materiales, que habrán de ser aprobados por el Ingeniero Director de las obras, previamente a su utilización. Esta aprobación se considerará otorgada si el Ingeniero Director de las obras no expresa lo contrario en un plazo de siete días hábiles a partir del día en que el Contratista formule su propuesta de procedencia de material y entregue, en su caso al Ingeniero Director de las obras, las muestras precisas para los ensayos. Este podrá emplear este plazo comunicándolo al Contratista dentro del mismo, siempre que los ensayos o pruebas necesarias para determinar la calidad de los materiales así lo exijan. Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 25 D.4. CONDICIONES TÉCNICAS PARA MEDICIÓN Y ABONO D.4.1. Normas Generales Todas las unidades de obra se abonarán por longitud, superficie, volumen, peso o unidades, según esté especificado en el Cuadro de Precios, o en el Presupuesto. Los precios señalados para cada una de las unidades de obra incluyen el suministro, manipulación y mano de obra necesarios para su ejecución, así como cuantas necesidades circunstanciales se requieran para que la obra realizada sea aprobada por el Ingeniero Director de las obras. Incluyen asimismo las pruebas y ensayos que se establecen en el presente Pliego. Es obligación del Contratista la conservación de todas las obras, y por consiguiente la reparación o reconstrucción, a su coste, de aquellas partes que hayan sufrido daños o que se compruebe que no reúnen las condiciones exigidas en este Pliego. Esta obligación de conservar las obras se extiende igualmente a los equipos, correspondiente por tanto al Contratista el almacenamiento y guardería destruido o dañado, cualquiera que sea la causa. En los precios están incluidos los trabajos de reposición, reparación o modificaciones de los servicios existentes de teléfonos, electricidad, conducciones de todo tipo, tanto aéreos como subterráneos, no pudiendo por tanto el Contratista reclamar indemnización alguna por tales conceptos. D.4.2. Medición y abono de las excavaciones Se medirá y abonará por los metros cúbicos realmente excavados, medidos por diferencia entre los perfiles tomados antes de iniciar los trabajos y los perfiles finales. No será abonable ningún exceso de excavación que el Contratista realice sobre los volúmenes que correspondan a los que fije el Ingeniero Director de las obras antes, después o durante la ejecución de las obras y lo comunique al Contratista. El precio comprende el suministro, transporte, manipulación y empleo de todos los materiales, maquinaria y mano de obra para su ejecución, e incluye la limpieza y desbroce de toda clase de vegetación. La construcción de obras de desagüe para evitar la entrada de agua y su eliminación en caso necesario, el transporte de los productos extraídos al lugar de empleo o depósitos, indemnizaciones a que haya lugar y arreglo de las áreas afectadas. Pág. 32 Pliego de Condiciones D.4.22. Medición y abono de la instrumentación y equipo de control Los aparatos de control, medida y dosificación se abonarán a los precios que para los mismos figuren en el Presupuesto, una vez instalados en obra y aprobado su funcionamiento. De los aparatos que suministra el Contratista y se hallen pendientes de la instalación se podrá abonar un 90 %, del importe que para suministro de los mismos figure en el Presupuesto, cuando se realicen a satisfacción sus pruebas individuales de funcionamiento. D.4.23. Medición y abono de obras varias y albañilería y oficios Las unidades de obra para las que no se especifica la forma de medirlas y abonarlas, lo serán por unidades concretas, lineales, superficiales o de volumen según figuren expresadas en el Presupuesto y por el número real de dichas unidades ejecutadas y que cumplan las condiciones prescritas en este Pliego. D.4.24. Mediciones y abono de las partidas alzadas Las partidas alzadas de abono integro se abonarán por el resultado de aplicar los precios unitarios correspondientes del Presupuesto a las mediciones efectuadas de acuerdo con la obra realmente efectuada, y tomando en consideración las cláusulas establecidas en los apartados anteriores. D.4.25. Medición y abono de encofrado Se medirá y abonará por metro cuadrado útiles, es decir, superficie de encofrado que realmente entre en contacto con el hormigón, quedarán incluidas, cimbras, apuntalamiento, acodalamiento, cerchas, andamios, etc. D.4.26. Medios auxiliares Se entenderá que todos los medios auxiliares están englobados en los precios de las unidades de obra correspondientes, así como el consumo de energía eléctrica, etc. D.4.27. Obras terminadas y obras incompletas Las obras terminadas se abonarán con arreglo a los Precios del Presupuesto. Las obras no terminadas que, por rescisión o por otra causa cualquiera, fuese preciso abonar, lo serán Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 33 con arreglo al Presupuesto, siempre que, a juicio del Director de las obras, no resultase perjuicio para la terminación de las mismas, por excesivo fraccionamiento. En ningún caso tendrá el Contratista derecho a reclamación alguna fundada en la insuficiencia de los precios que figuran en el Presupuesto o en omisiones del coste de cualquiera de los elementos que constituyen los referidos precios. Pág. 34 Pliego de Condiciones Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 35 D.5. CONDICIONES DE ÍNDOLE TÉCNICA En todos los trabajos que se realicen en la obra, se observarán, y el encargado será el responsable de hacerlas cumplir, las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción definidas en el Real Decreto 1627/97 y las determinaciones fijadas por el Reglamento de los Servicios de Prevención por Real Decreto 39/97, así como lo dispuesto en la Ordenanza general de Seguridad e Higiene en el Trabajo, aprobado por Orden de 9 de Marzo de 1971, así como cuantas Normas Técnicas Reglamentarias hayan dictado los Organismos competentes. Todos los materiales o partidas de obra cuyas condiciones de calidad no se especifiquen en el presente Pliego de Condiciones, o en las Normas que en él se citan, cumplirán las especificaciones del Código Técnico de la Edificación. D.5.1. Movimiento de tierras El movimiento de tierras se realizará de acuerdo con las rasantes que figuran en los planos del proyecto y las que determine la Dirección Facultativa de la obra. El Contratista adoptará en la ejecución de los desmontes y vaciados, la organización que estime más conveniente, siempre que sea de acuerdo con lo prescrito en la Norma Tecnológica de la Edificación, NTE-ADV-1976, siendo necesaria la autorización expresa de la Dirección Facultativa para la utilización de cualquier otro procedimiento. En cualquier caso, si el sistema fuere, a juicio de la Dirección Facultativa, tan vicioso que pudiera comprometer la seguridad de los operarios de la obra o bien imposibilitar la terminación de la misma en el plazo marcado, podrá prescribir y ordenar la marcha y organización que deberá seguirse. Las excavaciones profundas, pozos, y en general aquellas que se realicen en condiciones de especial dificultad, serán objeto de instrucciones precisas de la Dirección Facultativa, sin las cuales no podrán ser ejecutadas por el Contratista. Será causa de directa responsabilidad del Contratista la falta de precaución en la ejecución y derribo de los desmontes, así como los daños y desgracias que, por su causa, pudieran sobrevenir. El Contratista asume la obligación de ejecutar estos trabajos, atendiendo a la seguridad de las vías públicas y de las construcciones colindantes y acepta la responsabilidad de cuantos Pág. 36 Pliego de Condiciones daños se produzcan, por no tomar las debidas medidas de precaución, desatender las órdenes de la Dirección Facultativa o su representante técnico autorizado o, por errores o defectuosa ejecución de los trabajos indicados. Las superficies de terrenos que hayan de ser rellenadas, quedarán limpias de árboles, matas, hierbas o tierra vegetal. No se permitirá el relleno con tierras sucias o detritus, ni con escombros procedentes de derribos. El terraplenado se hará por tongadas, nunca mayores de 25 centímetros de espesor; cada tongada será apisonada convenientemente. Deberán ejecutarse todas las entibaciones necesarias para garantizar la seguridad de los operarios, siendo el Contratista responsable de los daños causados por no tomar las debidas precauciones. Todos los paramentos de las zanjas y pozos quedarán perfectamente refinados y los fondos nivelados y limpios por completo. Siendo por cuenta del Contratista la conservación en perfectas condiciones y la reparación, en su caso, de todas las averías de cualquier tipo, causadas por las obras de movimiento de tierras en las conducciones públicas o privadas de agua, gas, electricidad, teléfono, saneamiento, etc., deberá aquel montar una vigilancia especial, para que las canalizaciones sean descubiertas con las debidas precauciones, y una vez al aire, suspendidas por medio de colgado, empleándose cuerdas o cadenas enlazadas, o bien, maderas colocadas transversalmente al eje de la zanja y salvando todo el ancho de la misma. El Contratista será responsable de cualquier error de alineación, debiendo rehacer, a su costa, cualquier clase de obra indebidamente ejecutada. Para la realización de la cimentación, se realizarán, por cuenta de la propiedad, los sondeos, pozos y ensayos necesarios para la determinación de las características del terreno y la tensión de trabajo a que puede ser sometido. El Contratista está obligado a mantener en buenas condiciones de uso todos los viales públicos que se vean afectados por paso de vehículos hacia la obra. Debiendo así mismo disponer vigilancia en los puntos en los cuales se puedan producir accidentes ocasionados por el tránsito de vehículos y trasiego de materiales propios de la obra que se ejecuta. La señalización nocturna adecuada de los lugares peligrosos o que se consideren como tales por la Dirección de Obra, tanto en el interior de ésta como en las zonas lindantes de la Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 37 misma con viales públicos y zonas próximas, deberá ser realizada por el Contratista, siendo de su exclusiva responsabilidad todo accidente que pueda sobrevenir por la carencia de dicha señalización. D.5.2. Hormigones D.5.2.1. Generalidades Además de las especificaciones que se indican a continuación, son de observación obligada todas las Normas y Disposiciones que establece la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE) aprobada por Real Decreto 2661/1998, de 11 de Diciembre y las modificaciones que de dicha Instrucción se han aprobado por Real Decreto 996/1999, de 11 de Junio, así como aquellas que sean aprobadas con posterioridad. En caso de duda o contraposición de criterios, serán efectivos los que de la Instrucción interprete la Dirección Facultativa de la Obra. Respecto a las características de los materiales (tipo, clase resistente y condiciones adicionales del cemento; tipo de acero para las armaduras; tipificación de los hormigones según 39.2), las modalidades de control para los materiales y la ejecución, así como las condiciones de calidad del hormigón (resistencia a compresión, consistencia, tamaño máximo del árido, tipo de ambiente a que va a estar expuesto) para los diferentes elementos de obra, se seguirán las indicaciones del Cuadro de Características incluido en los planos de estructura. Las características de las distintas unidades de obra estarán definidas en la memoria y los planos del Proyecto así como en la descripción de las partidas presupuestarias que los componen y que están recogidos en el Presupuesto. Si alguna de las Condiciones especificadas en este Pliego son incompatibles con la Instrucción, se atenderá a lo definido por ésta. Sólo podrán utilizarse los productos de construcción (cementos, áridos, hormigones, aceros, etc.) legalmente comercializados en países que sean miembros de la Unión Europea o bien, que sean parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y estarán sujetos a lo previsto en el Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre y sus posteriores modificaciones, por el que se dictan Disposiciones para la libre circulación de productos de construcción. Pág. 38 Pliego de Condiciones D.5.2.2. Materiales a) Cementos Podrán utilizarse aquellos cementos que cumplan la vigente Instrucción para la Recepción de Cementos, correspondan a la clase resistente 32,5 o superior y cumplan las limitaciones establecidas en la tabla que a continuación se expone. Se ajustará a las características que en función de las exigencias de la parte de obra a que se destinen, se definen en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. El cemento deberá ser capaz de proporcionar al hormigón las cualidades que al mismo se exigen en el artículo 30º de la EHE. b) Agua El agua utilizada, tanto para el amasado como para el curado del hormigón, no contendrá ningún ingrediente dañino en cantidades tales que afecten a las propiedades del hormigón o a la protección de las armaduras frente a la corrosión. En general, podrán utilizarse todas las aguas sancionadas como aceptables por la práctica. Cuando no se posean antecedentes de su utilización, o en caso de duda, deberán analizarse las aguas, y salvo justificación expresa de que no alteran perjudicialmente las propiedades del hormigón, deberán cumplir las condiciones expuestas en el artículo 27º de la EHE. Podrán utilizarse las aguas de mar o salinas para el amasado y curado de hormigones que no contengan armaduras, quedando expresamente prohibido su empleo, salvo estudios especiales, para el amasado o curado de hormigones armados o pretensados. Con respecto al contenido del ión cloro se tendrá en cuenta lo previsto en el punto 30.1 de la EHE. c) Áridos La naturaleza de los áridos y su preparación serán tales que permitan garantizar la adecuada resistencia y durabilidad del hormigón, así como las restantes características que se exijan para el mismo en este Pliego de Condiciones Técnicas Particulares, cumpliendo con las especificaciones determinadas en el artículo 28º de la EHE. Como áridos para la fabricación de hormigones podrán emplearse los materiales especificados en el citado artículo, siempre y cuando el suministrador presente garantía documental de las especificaciones que se indican en el punto 28.3 del mismo. Tendrán resistencia no inferior a la exigida al hormigón. Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 39 Los áridos deben ser transportados y acopiados de manera que se evite su segregación y contaminación, debiendo mantener las características granulométricas de cada una de sus fracciones hasta su incorporación a la mezcla. Por su parte, el fabricante de hormigón está obligado a emplear áridos que cumplan las especificaciones señaladas en el punto 28.3, y deberá, en caso de duda, realizar los correspondientes ensayos. d) Designación y tamaños del árido Los áridos se designarán por su tamaño mínimo d y máximo D en mm, de acuerdo con la siguiente expresión: árido d/D., determinándose cada uno de ellos según lo especificado en el punto 28.2 de la EHE. Se entiende por arena ó árido fino, el árido o fracción del mismo que pasa por un tamiz de 4 mm de luz de malla; por grava o árido grueso, el que resulta retenido por dicho tamiz; y por árido total (o simplemente árido cuando no haya lugar a confusiones), aquel que, de por sí o por mezcla, posee las proporciones de arena y grava adecuadas para fabricar el hormigón necesario en el caso particular que se considere. El tamaño máximo de un árido grueso será menor que las dimensiones siguientes: a) 0,8 de la distancia horizontal libre entre vainas o armaduras que no formen un grupo, o entre un borde de la pieza y una vaina o armadura que forme un ángulo mayor que 45º con la dirección de hormigonado. b) 1,25 de la distancia entre un borde de la pieza y una vaina o armadura que forme un ángulo no mayor que 45º con la dirección de hormigonado. c) 0,25 de la dimensión mínima de la pieza excepto en los casos siguientes: - losa superior de los forjados, donde el tamaño máximo del árido será menor que 0,4 veces el espesor mínimo. - piezas de ejecución muy cuidada (caso de prefabricación en taller) y aquellos elementos en los que el efecto pared del encofrado sea reducido (forjados que se encofran por una sola cara), en cuyo caso será menor que 0,33 veces el espesor mínimo. e) Otros componentes del hormigón: aditivos y adiciones Pág. 40 Pliego de Condiciones También podrán utilizarse como componentes del hormigón los aditivos y adiciones, según se especifica en el artículo 29º de la EHE, siempre que se justifique mediante los oportunos ensayos, que la sustancia agregada en las proporciones y condiciones previstas produce el efecto deseado sin perturbar las restantes características, de sus propiedades habituales o de su comportamiento, no pudiendo, en ningún caso, emplearse sin el conocimiento del peticionario y la expresa autorización de la Dirección de Obra. Aditivos Estarán especificados según se establece en el punto 29.1 de la EHE, remarcando, especialmente, que para hormigones armados no podrán utilizarse como aditivos cloruros, sulfuros, sulfitos u otros componentes químicos que puedan ocasionar o favorecer la corrosión de las armaduras. Los aditivos que modifiquen el comportamiento reológico del hormigón y los que modifiquen el tiempo de fraguado deberán cumplir la UNE EN 934-2:98. Los aditivos se transportarán y almacenarán de manera que se evite su contaminación y que sus propiedades se vean afectadas por factores físicos y químicos. Adiciones Estarán especificados según se establece en el punto 29.2 de la EHE, remarcando, especialmente, que únicamente se podrán utilizar como adiciones en la fabricación del hormigón el humo de sílice y las cenizas volantes, en las condiciones y proporciones establecidas. Las adiciones suministradas a granel se almacenarán en recipientes que aseguren la protección frente a la humedad y la contaminación y perfectamente identificados para evitar posibles errores de dosificación. f) Armaduras Cumplirán las prescripciones de la EHE, tanto en calidad ( artículo 31º) como en disposición constructiva. No deberán presentar defectos superficiales, grietas ni sopladuras, y la sección equivalente no será inferior al 95,5 % de su sección nominal. Podrán ser barras corrugadas, mallas electrosoldadas o armaduras básicas electrosoldadas en celosía. Las características generales serán las especificadas en el punto 31.1 de la EHE. Queda expresamente prohibida la utilización de barras o alambres lisos salvo para elementos de conexión de armaduras básicas electrosoldadas en celosía. Las barras corrugadas cumplirán los requisitos técnicos establecidos en la UNE 36068:94 y Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 41 entre ellos los recogidos en el punto 31.2 de la EHE. Las mallas electrosoldadas cumplirán los requisitos técnicos establecidos en la UNE 36092:96 y entre ellos los recogidos en el punto 31.3 de la EHE. Las armaduras básicas electrosoldadas en celosía cumplirán los requisitos técnicos establecidos en la UNE 36739:95 EX y entre ellos los recogidos en el punto 31.4 de la EHE. g) Separadores Serán los especificados en el punto 37.2.5 de las EHE. Los recubrimientos deberán garantizarse mediante la disposición de los correspondiente separadores colocados en obra. Deberán estar constituidos por materiales resistentes a la alcalinidad del hormigón y no inducir corrosión a las armaduras. Deberán ser tan impermeables al agua, al menos, como el hormigón. Podrán estar realizados de hormigón, mortero, plástico rígido o material similar y haber sido diseñados para este fin. Se prohíbe el empleo de la madera así como de cualquier material residual de construcción, aunque sea de ladrillo o de hormigón. D.5.2.3. Ejecución a) Cimbras, encofrados y moldes Cumplirán las especificaciones del artículo 65º de la EHE. Tanto los elementos que la formen así como aquellos de unión poseerán una resistencia y rigidez suficientes para garantizar el cumplimiento de las tolerancias dimensionales y para resistir, sin asientos ni deformaciones perjudiciales, las acciones de cualquier naturaleza que puedan producirse sobre ellos como consecuencia del hormigonado y de la correcta ejecución de la obra. No impedirán la libre retracción del hormigón. Se admite como movimiento máximo de las cimbras 5 mm., y 1/1000 de la luz. Es necesario, en las vigas horizontales, dar a los encofrados la correspondiente contraflecha, de 1/1000 de la luz, a partir de luces de 6 m. Se harán de madera u otro material cualquiera, químicamente neutro respecto al hormigón, suficientemente rígido y estanco. Los encofrados de madera se humedecerán previamente al hormigonado, permitiendo con su colocación el libre entumecimiento de las piezas. Podrán desmontarse fácilmente, sin peligro para la construcción, apoyándose las cimbras, pies derechos, etc. que sirvan para mantenerlos en su posición, sobre cuñas, tobillos, cajas de arena u otros sistemas, que faciliten el desencofrado. El suministrador de los puntales justificará y garantizará las características de los mismos, precisando las condiciones en que deben ser utilizados. Pág. 48 Pliego de Condiciones ejecución de encofrados y colocación de armaduras. El hormigón se verterá en los moldes inmediatamente después de su fabricación procurando que no se disgreguen sus elementos en el vertido. Si el hormigón llega de central o si hubiese pasado algún tiempo desde su preparación, se rebatirá antes de su vertido. La compactación se realizará con vibradores o barras en función de la consistencia de la masa. El proceso de compactación deberá prolongarse hasta que refluya la pasta a la superficie y deje de salir aire. Se recomienda el empleo de vibradores internos que permiten el uso de hormigones con menos contenido de agua. En caso de ser utilizados, los vibradores internos se deben sumergir rápida y profundamente en la masa, cuidando de retirar la aguja con lentitud y a velocidad constante. Como orientación se indica que la distancia entre puntos de inmersión y su duración producirá en toda la superficie de la masa vibrada una humectación brillante, siendo preferible vibrar en muchos puntos por poco tiempo a vibrar en pocos puntos más prolongadamente, y teniendo en cuenta que un exceso de vibrado es tan perjudicial como su falta total. El hormigón, de no utilizarse vibrador, se picará con barras, por tongadas, cuya altura depende del elemento que se hormigona. g) Juntas de hormigonado Se realizarán según el artículo 71º de la EHE. Las juntas de hormigonado, de no estar previstas en el proyecto, se situarán en dirección lo más normal posible a las tensiones de compresión y allí donde su efecto sea menos perjudicial, alejándolas de las zonas en las que la armadura esté sometida a fuertes tracciones. Se les dará la forma apropiada que asegure una unión lo más íntima posible entre el antiguo y el nuevo hormigón. Se situarán preferentemente sobre puntales. Las juntas no previstas en proyecto deberán ser aprobadas por la Dirección de Obra y no se reanudará el hormigonado de las mismas sin esta aprobación previa. Si el plano de una Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 49 junta resulta mal orientado se demolerá la parte del hormigón necesaria para proporcionar a la superficie la dirección apropiada. Antes de reanudar el hormigonado, se retirará la capa superficial de mortero, dejando los áridos al descubierto y se limpiará la junta de toda suciedad o árido que haya quedado suelto, sin producir alteraciones apreciables en la adherencia entre pasta y el árido grueso. Para asegurar una buena adherencia entre el hormigón nuevo y el antiguo, debe eliminarse toda lechada existente sobre el hormigón endurecido y, en el caso de que esté seco, humedecerse antes del vertido del hormigón fresco. Debe evitarse que la junta esté encharcada, siendo recomendable que el hormigón endurecido presente un núcleo interno húmedo, es decir, saturado pero con la superficie seca y ligeramente absorbente. Se prohíbe el empleo de productos corrosivos en la limpieza de las juntas. Se permite la utilización de resinas epoxi con justificada garantía por parte de su fabricante de sus propiedades y de su inocuidad al hormigón. Se prohíbe hormigonar directamente sobre o contra superficies de hormigón que hayan sufrido los efectos de las heladas, debiéndose eliminar las partes dañadas por el hielo. h) Hormigonado en tiempo frío o caluroso Se realizará según los artículos 72º y 73º de la EHE La temperatura de la masa de hormigón en el momento del vertido no será inferior a 5ºC ni superior a 35ºC en el caso de estructuras normales o 15ºC en el caso de grandes masas de hormigón. Se suspenderá el hormigonado, si no se adoptan medidas extraordinarias, siempre que se prevea que dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes puede descender la temperatura ambiente por debajo de los 0ºC, lo que en general se produce si a las nueve de la mañana (hora solar) es inferior a 4ºC, o inferior a 2ºC a cualquier hora del día. El empleo de aditivos anticongelantes requerirá la autorización expresa de la Dirección de obra. En caso de ambiente caluroso, se protegerán los encofrados del soleamiento, así como el hormigón colocado que también se protegerá del viento. Se suspenderá también el hormigonado, si no se adoptan medidas extraordinarias, si la temperatura ambiente supera los 40ºC o hay un viento excesivo. Para el adecuado control de las temperaturas, durante la fase de hormigonado de la obra, existirá en ella un termómetro de máxima y mínima. Pág. 50 Pliego de Condiciones i) Curado del hormigón Se realizará según el artículo 74º de la EHE. El curado del hormigón se realizará por riego con agua o protección con materiales humedecidos (sacos de arpillera, paja, arena, etc.) que no contengan sustancias nocivas. El curado se realizará durante los 7 primeros días para todos los elementos estructurales excepto para las superficies para las cuales se prolongará durante 15 días. En caso de que el ambiente sea excesivamente caluroso y seco estos plazos serán revisados y aprobados por la Dirección de Obra. j) Descimbrado, desencofrado y desmoldeo Se realizará según el artículo 75º de la EHE. Los distintos elementos que forman el encofrado de la obra se retirarán sin producir sacudidas ni choques con la estructura, recomendándose, cuando los elementos sean de cierta importancia, el empleo de cuñas cajas de arena, gatos u otros dispositivos análogos para lograr un descenso uniforme de los apoyos. Las operaciones anteriores no se realizarán hasta que el hormigón haya alcanzado la resistencia necesaria para soportar, con suficiente seguridad y sin deformaciones excesivas, los esfuerzos a los que va a estar sometido durante y después del desencofrado. Se tendrá especial cuidado en condiciones ambientales extremas como las heladas. Puede tomarse como indicación de tiempos de desencofrado, para hormigón con cemento de endurecimiento normal y para una temperatura superficial del hormigón entre 8º y 16º: Encofrado vertical 18 horas Fondos de encofrado 5 días Puntales 13 días Fondos de encofrado 13 días Puntales 18 días Tabla D.1: Tiempos de desencofrado En el caso de que las características de la composición del hormigón o las condiciones Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 51 ambientales sean diferentes estos plazos deberán ser revisados y aprobados por la Dirección de Obra. Para elementos de grandes luces o dimensiones, los plazos anteriores se prolongarán al doble. Una vez transcurridos los plazos indicados anteriormente se mantendrán, durante 14 días, únicamente puntales de reserva que se corresponderán verticalmente en todos los pisos. k) Acabado de superficies Las superficies vistas de la estructura, una vez desencofrada, no presentarán coqueras o irregularidades que perjudiquen el comportamiento de la obra o su aspecto. Cuando se requiera un particular grado o tipo de acabado por razones prácticas o estéticas, se especificarán los requisitos directamente o bien mediante patrones de superficie. l) Observaciones generales respecto a la ejecución Se adoptarán las medidas necesarias para conseguir que las disposiciones constructivas y los procesos de ejecución se ajusten en todo a lo indicado en el proyecto. Si el proceso constructivo sufre alguna modificación sustancial, deberá quedar reflejado el cambio en la correspondiente documentación complementaria. Durante la ejecución se evitará la actuación de cualquier carga estática o dinámica que pueda provocar daños en los elementos ya hormigonados. Se tendrá especial cuidado con el acopio de materiales, distribuyéndolos uniformemente sobre las superficies de los pisos, así como en la utilización de maquinaria auxiliar de obra que quedará convenientemente instalada, asegurando su aislamiento, para evitar la transmisión de vibraciones excesivas a la estructura. En cuanto a la durabilidad del hormigón, se tendrá en cuenta lo especificado en el artículo 37º de la EHE con especial importancia en las medidas que se hayan especificado en el proyecto, en función de los ambientes a los que va a estar sometida la estructura. Las medidas especiales de protección deberán ser aprobadas por la Dirección de Obra y deberán cumplir su función de protección durante el tiempo para el que estén previstas. m) Sistema de tolerancias Como Sistema de tolerancias se adoptará el facilitado por la EHE en su Anejo 10, recalcando que las tolerancias referentes a las armaduras pasivas de acero estarán establecidas según lo prescrito en la UNE 36831:97. Pág. 52 Pliego de Condiciones D.5.2.4. Control a) Control de calidad En caso de que sea obligatoria la presentación de un Programa de Control de Calidad, el control del hormigón estará descrito en dicho documento. En caso contrario, las prescripciones para el mismo son las que se especifican a continuación. El control aquí especificado se refiere a los materiales componentes del hormigón así como del propio hormigón, de las armaduras y la ejecución. b) Control de los componentes Se realizará según el artículo 81º de la EHE. Si la central de producción del hormigón (ya sea en planta o en obra) tiene un control de producción y está en posesión de un Sello o Marca de Calidad, oficialmente reconocido por un Centro Directivo de las Administraciones Públicas (general del Estado o Autonómicas), no es necesario el control de recepción en obra de los materiales componentes del hormigón. Si la central está en territorio español, está obligada a tener un control de producción por aplicación de la Orden del 21 de diciembre de 1995, por la que se establecen los “Criterios para la realización del control de producción de los hormigones fabricados en central”. Si el hormigón, fabricado en central, está en posesión de un distintivo reconocido o un CCEHE, no es necesario el control de recepción en obra de los materiales componentes del hormigón. En estos casos el control de los materiales deberá estar documentalmente registrado y a disposición de la Dirección de Obra y de los Laboratorios que ejerzan el control externo del hormigón fabricado. En el resto de los casos será necesario el control de los materiales. Cemento Se realizará según la vigente Instrucción para la Recepción de Cementos y el punto 26.2 de la EHE. En el momento de la recepción se controlará la temperatura del cemento y, en caso de que el suministro se realice en envases, que el envasado sea el de origen. Se tendrá en cuenta que cada entrega deberá estar acompañada de un albarán del suministrador con los datos exigidos por la vigente Instrucción de Recepción de Cemento. Así mismo, se presentará, adjunto a cada suministro, el certificado de conformidad con los requisitos Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 53 reglamentarios o marca de calidad en su caso. Antes de comenzar el hormigonado o si varían las condiciones de suministro, y cuando lo indique la Dirección de obra se realizarán los ensayos físicos, mecánicos y químicos previstos en la Instrucción antes citada, además de los correspondientes a la determinación de ión Cl - , según del artículo 26º de la EHE. Al menos cada tres meses, y cuando lo indique la Dirección de Obra, se comprobarán: componentes del cemento, principio y fin de fraguado, resistencia a compresión y estabilidad de volumen. En el caso de cementos con marca o sello de calidad oficialmente reconocido, se podrá eximir la realización de estos ensayos, salvo duda razonable por parte de la Dirección de Obra que podrá exigir la realización de los mismos. En cualquier caso, el responsable de la recepción del cemento deberá conservar durante un mínimo de 100 días una muestra de cemento de cada lote suministrado. El incumplimiento de alguna de las especificaciones, salvo la demostración de que no supone riesgo apreciable tanto desde el punto de vista de las resistencias mecánicas como del de la durabilidad, será condición suficiente para el rechazo de la partida de cemento. Agua de amasado Cuando no se posean antecedentes de su utilización en obras de hormigón o en caso de duda se realizarán los ensayos especificados en el artículo 27º de la EHE. El incumplimiento de las especificaciones será razón suficiente para considerar el agua como no apta para amasar hormigón, salvo justificación técnica documentada de que no perjudica apreciablemente las propiedades exigibles al mismo, ni a corto ni a largo plazo. Áridos En el momento de la petición de los áridos, se exigirá al suministrador una demostración satisfactoria de que los áridos cumplen los requisitos establecidos en el artículo 28º de la EHE. Se exigirá al suministrador la notificación de cualquier cambio en la producción que pueda afectar a la validez de la información dada. En la recepción de los áridos, se exigirá al suministrador que cada carga de árido vaya acompañada de una hoja de suministro. Antes de comenzar la obra, siempre que varíen las condiciones de suministro y si no se dispone de un certificado de idoneidad de los áridos que vayan a utilizarse, emitido, como Pág. 54 Pliego de Condiciones máximo, un año antes de la fecha de empleo por un laboratorio oficial u oficialmente acreditado, se realizarán los ensayos de identificación mediante análisis mineralógicos, petrográficos, físicos o químicos, según convenga a cada caso. Se prestará gran atención en la obra al cumplimiento del tamaño máximo del árido, a la constancia del módulo de finura de la arena y a las condiciones físico-químicas requeridas. En caso de duda se realizarán los correspondientes ensayos de comprobación. El incumplimiento de las especificaciones será razón suficiente para calificar el árido como no apto para fabricar hormigón, salvo justificación especial de que no perjudica apreciablemente las propiedades exigibles al mismo, ni a corto ni a largo plazo. Si se hubieran fabricado elementos de hormigón con áridos que incumplen los límites del tamaño máximo, la Dirección de Obra adoptará las medidas que considere oportunas a fin de que garanticen que en esos elementos no han quedado oquedades o coqueras de importancia. Otros componentes del hormigón No podrán utilizarse aditivos que no vengan correctamente etiquetados y acompañados del certificado de garantía del fabricante, firmado por una persona física. En los documentos de origen deberá figurar la designación del aditivo, así como el certificado de garantía del fabricante de que las características y, especialmente, el comportamiento del aditivo, agregado en las proporciones y condiciones previstas, son tales que produce la función principal deseada sin perturbar excesivamente las restantes características del hormigón, ni representar peligro para las armaduras, siempre en una proporción no superior al 5% del peso del cemento. Antes de comenzar la obra se comprobará en todos los casos el efecto de los aditivos sobre las características del hormigón y sobre las armaduras y se seleccionarán las marcas admisibles en obra. Durante la ejecución de la obra se vigilará que los tipos y marcas de aditivos utilizado sean precisamente los aceptados. Antes de comenzar la obra se realizarán los ensayos prescritos. La determinación del índice de actividad se realizará sobre una muestra del mismo cemento que el previsto para la ejecución de la obra. Cuando se utilicen adiciones (cenizas volantes o humo de sílice) se exigirá el correspondiente certificado de garantía emitido por un laboratorio oficial u oficialmente acreditado con los resultados de los ensayos prescritos. El suministrador identificará y garantizará documentalmente el cumplimiento de las características especificadas en los Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 55 puntos 29.2.1 y 29.2.2 del artículo 29º de la EHE. Al menos cada 3 meses de obra se realizarán las siguientes comprobaciones sobre las adiciones: trióxido de azufre, pérdida por calcinación y finura para las cenizas volantes, y pérdida por calcinación y contenido de cloruros para el humo de sílice, con el fin de comprobar la homogeneidad el suministro. El incumplimiento de alguna de las especificaciones será razón suficiente para calificar el aditivo o la adición como no apto para agregar al hormigón. c) Control de la calidad del hormigón Se realizará según el artículo 82º de la EHE, y se controlará la consistencia, resistencia y durabilidad del hormigón. En el caso de hormigón fabricado en central se comprobará que cada amasada de hormigón esté acompañada por una hoja de suministro debidamente cumplimentada de acuerdo con 69.2.1 de la EHE y firmada por persona física. Las hojas de suministro, sin las cuales no está permitida la utilización del hormigón en obra, se archivarán por el Constructor y permanecerán a disposición de la Dirección de Obra hasta la entrega de la documentación final de control. Para garantizar la idoneidad de la dosificación el fabricante de hormigón facilitará los ensayos de laboratorio correspondientes, salvo que pueda justificar documentalmente que con la dosificación establecida se obtienen las características prescritas para el mismo. d) Control de la consistencia del hormigón Se realizará según el artículo 83º de la EHE y la consistencia será la definida en los documentos del proyecto. El control de la consistencia se realizará con dos determinaciones, una de ellas realizada al principio del vertido y la otra, a ser posible, entre ¼ y ¾ del volumen vertido. La determinación se realizará por medio del cono de Abrams de acuerdo con la UNE 83313:90, siempre que se fabriquen probetas para controlar la resistencia, cuando el control del hormigón sea reducido o cuando lo determine la Dirección de Obra. Si la consistencia se ha definido por su tipo, la media aritmética de los dos valores obtenidos según UNE 83313:90 tiene que estar comprendida dentro del intervalo correspondiente. Si se ha definido por el asiento, la media debe estar comprendida dentro de la tolerancia. El incumplimiento de las condiciones anteriores implicará un rechazo automático de la amasada correspondiente y la corrección de la dosificación. e) Control de las especificaciones relativas a la durabilidad del hormigón Pág. 56 Pliego de Condiciones Se realizará según al artículo 85º de la EHE y se llevarán a cabo los siguientes controles: Control documental de las hojas de suministro, en el caso de hormigón fabricado en central, con objeto de comprobar el cumplimiento de las limitaciones de la relación a/c y del contenido de cemento. En el caso de que el hormigón no sea fabricado en central, el fabricante aportará a la Dirección de Obra registros análogos, firmados por persona física, que permitan documentar tanto el contenido de cemento como la relación a/c. Este control se realizará para cada amasada colocada en obra. Control de la profundidad de penetración de agua, se realizará para cada tipo de hormigón (de distinta resistencia o consistencia). Se efectuará con carácter previo al inicio de obra, mediante realización de ensayos según UNE 83309:90 sobre 3 probetas, tomadas en la misma instalación de fabricación, acordado previamente entre la Dirección de Obra, el Suministrador y el Usuario. En el caso de hormigones fabricados en central, la Dirección de Obra podrá eximir de la realización de estos ensayos si el suministrador presenta, antes del inicio de la obra, documentación que permita el control documental de la idoneidad de la dosificación. Esta documentación incluirá: composición de las dosificaciones del hormigón que se va a emplear en obra; identificación de las materias primas a emplear; copia del informe con los resultados del ensayo; materias primas y dosificaciones empleadas para la fabricación de las probetas ensayadas. Serán válidos los ensayos realizados con no más de 6 meses de antelación. Si la Central posee Sello o Marca de calidad y siempre que este ensayo esté sometido a su sistema de calidad, se le eximirá de la realización de dichos ensayos. f) Control de la resistencia del hormigón Será preceptivo el cumplimiento que en cada caso se especifica en los artículos 84º, 86º y 87º de la EHE, de acuerdo con los niveles definidos en el cuadro de características adjunto y con las especificaciones de los planos de proyecto. Los ensayos se refieren a probetas cilíndricas de 15 x 30 cm, fabricadas curadas y ensayadas a compresión a 28 días de edad según UNE 83301:91, UNE 83303:84 y UNE 83304:84. El control de la resistencia puede ser necesario en diferentes momentos de la utilización del hormigón debido a las condiciones de fabricación del mismo, con lo que pueden darse los siguientes tipos de ensayos: Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 57 Ensayos previos (art. 86º de la EHE) Preceptivos salvo que el fabricante pueda justificar documentalmente que tanto los materiales como la dosificación a emplear y el proceso de elaboración son adecuados a las especificaciones requeridas al hormigón. Los ensayos se realizarán en laboratorio antes de comenzar el hormigonado de la obra y se llevan a cabo con la fabricación de 4 series de probetas procedentes de amasadas distintas, de 8 probetas (2 para cada edad) cada serie para ensayo a los 3, 7, 28 y 90 días de edad, por cada dosificación, de acuerdo con UNE 83300:84, 83301:84 y 83304:84. Puede suponerse la siguiente relación de resistencias medias de fabricación y características de cálculo: f cm = f ck + 8 (N/mm 2 ) donde f cm es la resistencia media dada por el fabricante o por ensayos y f ck resistencia característica. Ensayos característicos (art. 87º de la EHE) Preceptivos en el caso de que el hormigón empleado no proceda de central y de que no se posea experiencia previa de su utilización con los materiales y medios de ejecución propuestos. De esta forma es necesario determinar la resistencia característica del hormigón. Los ensayos se realizarán en laboratorio, antes de comenzar el hormigonado de la obra, y se llevarán a cabo con la fabricación de 4 series de probetas procedentes de amasadas distintas, de 8 probetas (2 para cada edad) cada serie para ensayo a los 3, 7, 28 y 90 días de edad, por cada tipo, de acuerdo con UNE 83300:84, 83301:84, 83303:84y 83304:84. Ensayos de control (art. 88º de la EHE) Preceptivos en todos los casos para comprobar, a lo largo de la ejecución, que la resistencia característica del hormigón de la obra es igual o superior a la de proyecto. En función de los niveles de seguridad establecidos en el proyecto, se aplicará el nivel correspondiente de control. Control a nivel reducido: Se realizará únicamente el control de la consistencia, con 4 determinaciones espaciadas a lo largo del día, cuya constancia quedará escrita en la obra. No se admite para exposiciones III y IV, y el valor de la resistencia de cálculo f cd no será superior a 10 N/mm 2 . Pág. 64 Pliego de Condiciones ejecución de forjados unidireccionales de hormigón estructural con elementos prefabricados EFHE, aprobada por Real Decreto 642/2002 de 5 de julio, así como en la EHE. En el ámbito de esta Instrucción sólo podrán utilizarse productos de construcción legalmente comercializados en países que sean miembros de la Unión europea o bien que sean parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y estarán sujetos a lo previsto en el Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre(modificado por Real Decreto 1328/1995, de 28 de julio), por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE y, en particular, en lo referente a los procedimientos especiales de reconocimiento, los productos estarán sujetos a lo dispuesto en el Art.9 del citado Real Decreto. Con independencia del contenido del Proyecto de ejecución, antes de la ejecución de la obra deberá disponerse de : Una memoria con: - Acciones de cálculo, mínimo sobrecargas de forjado y carga total. -Coeficientes parciales de seguridad y niveles de control - Características del Hormigón y del Acero vertido en obra - Solicitaciones más desfavorables de cada nervio - Indicación de los elementos componentes del forjado que cuenten con distintivo oficialmente reconocido. La necesidad de exigir los certificados de garantía de la capacidad a cortante o a rasante, firmados por persona física, del forjado, o la posesión del distintivo oficialmente reconocido en su defecto. Unos Planos con: - Planos de ejecución del forjado, firmados por el Proyectista o por la Dirección Facultativa, como proyectista, o conformados por la Dirección Facultativa cuando el autor del proyecto no sea el Proyectista o la Dirección Facultativa (consultor, prefabricador,…), debiendo contar además con la firma de persona física que los haya realizado. - Canto total del forjado y espesor de la losa superior de Hormigonado. - Dimensión y situación de los huecos de Instalaciones si tienen trascendencia estructural, indicando la forma de resolverlos. - El tipo de elemento a colocar en cada zona, indicando, si procede, el Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 65 espesor de la losa superior hormigonada en obra. En el caso de forjados de viguetas se indicará, además la separación entre elementos, la forma, las dimensiones y el material de las piezas de entrevigado. - Longitud, posición y diámetro de las armaduras que deben colocarse en obra. - Apuntalados necesarios en cada crujía, y en su caso, separación máxima entre sopandas - Detalles de los enlaces del forjado con al estructura principal y de las zonas macizadas. El fabricante de elementos prefabricados con función resistente para forjados debe poseer la Autorización de Uso para sus sistemas, concedida por la autoridad competente, de acuerdo con las disposiciones específicas sobre al materia, sobre una ficha de características técnicas, que contiene datos relevantes para el cálculo, la ejecución y el control del forjado. Los materiales considerados en el proyecto de forjado y en su ejecución, deberán cumplir con carácter general todas las especificaciones establecidas para ellos, en su caso, en la EHE, además de las de la EFHE. b) Condiciones Hormigón vertido en obra El Hormigón vertido en obra tanto en la losa superior como en el relleno de nervios o juntas cumplirá las condiciones especificadas en el Art.30 de la EHE, siendo su resistencia característica la indicada en el proyecto de ejecución, y no será menor que la indicada en la Autorización de Uso. Se tipificará el Hormigón según el Apdo.39.2 de la EHE como: T-R/C/TM/A. c) Ejecución Se seguirán las instrucciones indicadas por cada fabricante para la manipulación, a mano o con medios mecánicos. Si alguna pieza resultase dañada afectando a su capacidad portante deberá desecharse. Las piezas pretensadas se apilarán limpias sobre durmientes, que coincidirán en la misma vertical, con vuelos, en su caso, no mayores que 0,50m, ni alturas de pilas superiores a Pág. 66 Pliego de Condiciones 1,50m, salvo que el fabricante indique otro valor. Se dispondrán durmientes de reparto para el apoyo de los puntales. Si los durmientes de reparto descansan directamente sobre el terreno, habrá que cerciorarse de que no puedan asentar en él. Los puntales se arriostrarán en las dos direcciones, para que el apuntalado sea capaz de resistir los esfuerzos horizontales que puedan producirse durante la ejecución de los forjados. En caso de forjados de peso propio mayor que 3 kN/m 2 o cuando la altura de los puntales sea mayor que 4m, se realizará un estudio detallado de los apuntalados. En los forjados de viguetas armadas se colocarán los apuntalados nivelados con los apoyos y sobre ellos se colocarán las viguetas. En los forjados de viguetas pretensadas se colocarán las viguetas ajustando a continuación los apuntalados. Los puntales deberán poder transmitir la fuerza que reciban y, finalmente, permitir el desapuntalado con facilidad. d) Control de recepción de los elementos resistentes y piezas de entrevigado Antes de la recepción de los elementos constitutivos de los forjados (viguetas, losas alveolares pretensadas, piezas de entrevigado, etc.), se solicitarán del constructor las autorizaciones de uso de los forjados y se comprobará que éstas están vigentes en la fecha de comienzo de construcción de los forjados y que las características físico-mecánicas del tipo elegido son iguales o superiores a las prescritas en el proyecto de ejecución del edificio. A efectos del control de recepción de los elementos resistentes prefabricados constitutivos de forjados, se establecen los siguientes niveles: - Control a nivel intenso. - Control a nivel normal. Cada suministro que llegue a obra se someterá a un control documental y a un control de los recubrimientos. Control documental Se harán las verificaciones siguientes: Para elementos resistentes se comprobará que: Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 67 Las piezas pretensadas llevan marcas que permitan la identificación del fabricante, tipo de elemento, fecha de fabricación y longitud del elemento, y que dichas marcas coinciden con los datos que deben figurar en la hoja de suministro. Las características geométricas y de armado del elemento resistente cumplen las condiciones reflejadas en la Autorización de Uso y coinciden con las establecidas en los planos de los forjados del proyecto de ejecución del edificio. Los recubrimientos mínimos de los elementos resistentes cumplen las condiciones señaladas en el apartado 34.3 y recogidos a continuación, con respecto al que consta en las autorizaciones de uso. Certificado acreditativo de estar en posesión de un distintivo oficialmente reconocido, o en su defecto, justificación documental firmada por persona física del control interno de fabricación de los elementos resistentes del forjado, aportada por el fabricante y que contendrá como mínimo: Resultados del Hormigón del último mes. Resultados del control interno del producto acabado (flexión y cortante) de los últimos seis meses. Para piezas de entrevigado se comprobará que: Las características geométricas de las piezas de entrevigado cumplen las condiciones reflejadas en la Autorización de Uso y coinciden con las establecidas en los planos de los forjados del proyecto de ejecución del edificio. La certificación documental del fabricante basada en ensayos sobre el cumplimiento de carga de rotura a flexión. La garantía documental del fabricante, basada en ensayos, de que su comportamiento de reacción al fuego alcance al menos una clasificación R-90, de acuerdo con el CTE DB-SI, en el caso de que las piezas de entrevigado no sean cerámicas o de hormigón. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de las facultades de la Dirección Facultativa para exigir las comprobaciones que estime convenientes. Pág. 68 Pliego de Condiciones Control de los recubrimientos de los elementos resistentes prefabricados El control del espesor de los recubrimientos se efectuará antes de la colocación de los elementos resistentes. En el caso de armaduras activas, la verificación del espesor del recubrimiento se efectuará visualmente, midiendo la posición de las armaduras en los correspondientes bordes del elemento. En el caso de que los elementos resistentes estén en posesión de un distintivo oficialmente reconocido, se les eximirá de la verificación de espesores de recubrimiento, salvo indicación contraria de la Dirección Facultativa. Para la realización del control, se dividirá la obra en lotes según Tabla D.3: Control a nivel intenso Control a nivel normal Tipo de forjado Tamaño del lote Tamaño de la muestra Tamaño de la muestra Forjado interior 500m 2 de superficie sin rebasar dos plantas dos elementos prefabricados un elemento prefabricado Forjado de cubierta 400m 2 de superficie dos elementos prefabricados un elemento prefabricado Forjado sobre cámara sanitaria 300m 2 de superficie dos elementos prefabricados un elemento prefabricado Forjado exterior en balcones o terrazas 150m 2 de superficie sin rebasar una planta dos elementos prefabricados un elemento prefabricado Tabla D.3: Tipos de control Criterios de valoración de los recubrimientos: Se calculará para cada armadura la desviación δ definida como: δ = r min - X j siendo: r min el recubrimiento mínimo según el punto 13.3; X j el valor mínimo del recubrimiento real obtenido en la armadura i del elemento. Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 69 El criterio de valoración para cualquier elemento de la muestra consiste en comprobar el cumplimiento simultáneo de las condiciones siguientes: No presentar ninguna armadura con δ > 3mm; Presentar como máximo una armadura con δ > 2mm. Criterios de aceptación o rechazo: Para aceptar un lote será una condición imprescindible que las verificaciones definidas en el apartado anterior sean conformes. Además, en función de los resultados del control de los recubrimientos se procederá como sigue: cuando todos los elementos de la muestra seleccionada cumplan los requisitos del apartado anterior se aceptará el lote; cuando algún elemento de la muestra no cumpla, se rechazará el lote. e) Control del hormigón y armaduras colocados en obra El control de estos materiales se efectuará según el nivel previsto en el proyecto, de acuerdo con las prescripciones de la Instrucción EHE, considerando estos materiales incluidos en los correspondientes lotes de la estructura. Se desaconseja empleo de hormigones no fabricados en central debido a las dispersiones en la calidad del hormigón a que habitualmente conduce este sistema de fabricación. En caso de utilizarse convendrá extremar las precauciones en la dosificación, fabricación y control, que se ha de realizar de acuerdo a lo especificado en el apartado 69.3 de la Instrucción EHE. Cuando el resto de la estructura sea de hormigón, armado o pretensado, los niveles de control establecidos para la recepción de los materiales y ejecución del forjado serán los mismos que los del resto de la estructura. f) Control de ejecución El control de ejecución se ajustará a lo especificado en el artículo 95.º de la Instrucción EHE. En particular, durante la ejecución del forjado se comprobarán los siguientes aspectos, que además, cuales quedarán reflejados en la inspección del control: - Las piezas pretensadas deberán apilarse limpias sobre durmientes, que coincidirán en la misma vertical, con vuelos en su caso, no mayores que 0,50m, ni alturas de Pág. 70 Pliego de Condiciones pilas superiores a1,50m, salvo que el fabricante indique otro valor. - Las piezas pretensadas no presentan daños que afecten a su capacidad resistente. - Los enlaces o son correctos. - La ejecución de los apuntalados es correcta, con especial atención a la distancia entre sopandas, diámetros y resistencia de los puntales. - La colocación de las piezas coincide con la posición prevista en los planos. - La longitud y diámetro de las armaduras colocadas en obra son las indicadas en los planos. - La posición y fijación de las armaduras se realiza mediante la utilización de los separadores adecuados. - Las disposiciones constructivas son las previstas en el proyecto, se realiza la limpieza y regado de las superficies antes del vertido de hormigón en obra, el espesor de la losa superior hormigonada en obra coincide con los prescritos. - La compactación y curado del hormigón son correctos, se cumplen las condiciones para proceder al desapuntalado. - Las tolerancias son las que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares de las obras y cuando en el proyecto se hayan utilizado los coeficientes γ g y γ q diferentes de los de la Instrucción EHE que permite el artículo 6.º se comprobará que cumplen las condiciones que se establecen en éste. D.5.5. Pintura y revestimientos Se darán los baños indicados en el Presupuesto y la Memoria. Las pinturas serán de buena calidad y de los colores indicados por los Arquitectos. Las características de los distintos productos aplicados, así como su aplicación serán función del soporte, de su localización al exterior o interior, y cumplirán las especificaciones de la Norma Tecnológica NTERPP/1976. Se tenderá al uso de pinturas naturales al silicato. Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 71 D.5.6. Vidrios Vidrios planos: Cumplirán las especificaciones de destino, medidas, condiciones de puesta en obra, etc., así como sus complementos, determinadas en la Norma NTE-FVP. Vidrios especiales: Cumplirán las especificaciones de destino, medidas, condiciones de puesta en obra, etc., así como sus complementos, determinadas en la Norma NTE-FVE. Vidrios templados: Cumplirán las especificaciones de destino, medidas, condiciones de puesta en obra, etc., así como sus complementos, determinadas en la Norma NTE-FVT. Vidrios blindados transparentes o translúcidos: Serán homologados de acuerdo con la Orden de 13 de Marzo de 1989 del Ministerio de Industria y Energía. D.5.7. Impermeabilizaciones y cubiertas Se suspenderán los trabajos cuando exista lluvia, nieve o la velocidad del viento sea superior a 50 km/h, en este último caso se retirarán los materiales y herramientas que puedan desprenderse. Si una vez realizados los trabajos se dan estas condiciones, se revisarán y asegurarán las partes realizadas. Con temperaturas inferiores a 5 ºC se comprobará si pueden llevarse a cabo los trabajos de acuerdo con el material a aplicar. Se protegerán los materiales de cubierta en la interrupción en los trabajos. Las bajantes se protegerán con paragravillas para impedir su obstrucción durante la ejecución del sistema de pendientes. La pendiente de la cubierta se ajustará a la establecida en proyecto (CTE DB HS 1, apartado 2.4.2). El sistema de formación de pendientes quedará interrumpido por las juntas estructurales del edificio y por las juntas de dilatación. Antes de recibir la capa de impermeabilización, el soporte cumplirá las siguientes condiciones: estabilidad dimensional, compatibilidad con los elementos que se van a colocar sobre él, superficie lisa y de formas suaves, pendiente adecuada y humedad limitada (seco en superficie y masa). Los paramentos a los que ha de entregarse la impermeabilización deben prepararse con enfoscado maestreado y fratasado para asegurar la adherencia y Pág. 72 Pliego de Condiciones estanqueidad de la junta. Se interrumpirá la ejecución de la capa de impermeabilización en cubiertas mojadas o con viento fuerte. La impermeabilización se colocará en dirección perpendicular a la línea de máxima pendiente. Las distintas capas de impermeabilización se colocarán en la misma dirección y a cubrejuntas. Los solapos quedarán a favor de la corriente de agua y no quedarán alineados con los de las hileras contiguas. Cuando la impermeabilización sea de material bituminoso o bituminoso modificado y la pendiente sea mayor de 15%, se utilizarán sistemas fijados mecánicamente. Si la pendiente está comprendida entre el 5 y el 15%, se usarán sistemas adheridos. Si se quiere independizar el impermeabilizante del elemento que le sirve de soporte, se usarán sistemas no adheridos. Cuando se utilicen sistemas no adheridos se empleará una capa de protección pesada. Cuando la impermeabilización sea con poli (cloruro de vinilo) plastificado, si la cubierta no tiene protección, se usarán sistemas adheridos o fijados mecánicamente. Se reforzará la impermeabilización siempre que se rompa la continuidad del recubrimiento. Se evitarán bolsas de aire en las láminas adheridas. La capa de impermeabilización quedará desolidarizada del soporte y de la capa de protección, sólo en el perímetro y en los puntos singulares. La imprimación tiene que ser del mismo material que la lámina impermeabilizante. D.5.8. Instalaciones D.5.8.1. Instalación de electricidad: Baja tensión y puesta a tierra a) Instalación de baja tensión: Se comprobará que todos los elementos de la instalación de baja tensión coinciden con su Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 73 desarrollo en proyecto, y en caso contrario se redefinirá según el criterio y bajo la supervisión de la dirección facultativa. Se marcará por instalador autorizado y en presencia de la dirección facultativa los diversos componentes de la instalación, como tomas de corriente, puntos de luz, canalizaciones, cajas, etc. Al marcar los tendidos de la instalación se tendrá en cuenta la separación mínima de 30 cm con la instalación de fontanería. Se comprobará la situación de la acometida, ejecutada según R.E.B.T. y normas particulares de la compañía suministradora. Se colocará la caja general de protección en lugar de permanente acceso desde la vía pública, y próxima a la red de distribución urbana o centro de transformación. La caja de la misma deberá estar homologada por UNESA y disponer de dos orificios que alojarán los conductos (metálicos protegidos contra la corrosión, fibrocemento o PVC rígido, autoextinguible de grado 7 de resistencia al choque), para la entrada de la acometida de la red general. Dichos conductos tendrán un diámetro mínimo de 15 cm o sección equivalente, y se colocarán inclinados hacía la vía pública. La caja de protección quedará empotrada y fijada sólidamente al paramento por un mínimo de 4 puntos, las dimensiones de la hornacina superarán las de la caja en 15 cm en todo su perímetro y su profundidad será de 30 cm como mínimo. Se colocará un conducto de 10 cm desde la parte superior del nicho, hasta la parte inferior de la primera planta para poder realizar alimentaciones provisionales en caso de averías, suministros eventuales, etc. Las puertas serán de tal forma que impidan la introducción de objetos, colocándose a una altura mínima de 20 cm sobre el suelo, y con hoja y marco metálicos protegidos frente a la corrosión. Dispondrán de cerradura normalizada por la empresa suministradora y se podrá revestir de cualquier material. Se ejecutará la línea general de alimentación (LGA), hasta el recinto de contadores, discurriendo por lugares de uso común con conductores aislados en el interior de tubos empotrados, tubos en montaje superficial o con cubierta metálica en montaje superficial, instalada en tubo cuya sección permita aumentar un 100% la sección de los conductos Pág. 80 Pliego de Condiciones cada uno de los peldaños de las escaleras. D.5.8.6. Protección contra incendios La instalación de aparatos, equipos, sistemas y sus componentes, con excepción de los extintores portátiles, se realizará por instaladores debidamente autorizados. La Comunidad Autónoma correspondiente, llevará un libro de Registro en el que figurarán los instaladores autorizados. Durante el replanteo se tendrá en cuenta una separación mínima entre tuberías vecinas de 25 cm y con conductos eléctricos de 30 cm. Para las canalizaciones se limpiarán las roscas y el interior de estas. D.5.9. Protección del ambiente atmosférico Durante todo el proceso edificatorio se evitará la utilización de materiales y productos que, por sí o como consecuencia de su manipulación, puedan producir contaminación ambiental por emisión o vertido. Se tendrá asimismo en cuenta el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, en orden a realizar las obras de acuerdo al mismo cuando el uso previsto de los locales lo exija. D.5.10. Control de calidad En caso de que sea preceptiva la inclusión de un Programa de Control de Calidad en el Proyecto de Ejecución, el control de los materiales y la ejecución de la obra se llevarán a cabo según lo dispuesto en dicho documento, salvo aquellos capítulos que no estén en él recogidos, que se regirán por lo dispuesto en este Pliego de Condiciones. En caso contrario, las prescripciones y los ensayos serán los reflejados en este Pliego de Condiciones y en las Normas en él mencionadas. a) Laboratorios El Promotor contratará directamente con un Laboratorio legalmente acreditado, y con cargo Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 81 a la partida correspondiente del presupuesto, los servicios de control complementarios a la inspección de la Dirección Facultativa, que garanticen la calidad de los materiales y la ejecución de las unidades de obra, según se han establecido en este Pliego. El Promotor podrá delegar en el Director y éste en el Contratista la facultad de contratar los citados servicios. Todo material o componente que llegue a la obra, tanto si va a permanecer como parte de la misma o como elemento auxiliar durante su ejecución, será controlado por el Técnico de control en lo que respecta a su documentación de marca o idoneidad reconocida y suficiente. Las características de las obras de hormigón armado que, por la aplicación de la Instrucción que las rige, implican un control tanto de los materiales como de la ejecución, se concretan en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares adjunto. b) Resultados y aceptación o rechazo de los materiales y unidades de obra Cuando los materiales o resultados de los ensayos, pruebas o análisis no sean conformes a lo especificado en el Proyecto, la Dirección de Obra establecerá y justificará las medidas correctoras oportunas, reflejándolas en el Libro de Ordenes. En los casos en que la Dirección considere no aceptable una partida cualquiera de la obra, se considerarán como condiciones objetivas de no aceptación las definidas por este Pliego de Condiciones, por las correspondientes Normas de obligado cumplimiento, y en su defecto, por las Normas Tecnológicas de la Edificación NTE, pudiendo la Contrata exigir su aceptación si la partida las cumple. c) Sellos de calidad Los materiales, productos, equipos y sistemas que tengan concedido Sello de calidad, tendrán preferencia respecto al resto, e incluso serán de obligada puesta en obra, si los alternativos existentes en el mercado no están avalados por marca de procedencia, certificado de garantía de Laboratorio oficialmente homologado, o si la propia Dirección Facultativa no ha determinado específicamente su uso por orden directa. d) Documentación final Durante la ejecución de la obra la Dirección de Obra dispondrá de los albaranes, Pág. 82 Pliego de Condiciones certificados de garantía y marcas o sellos de calidad de los materiales que se reciban en obra. La dirección de obra recopilará durante la duración de la misma la siguiente documentación: -Los resultados los ensayos, pruebas y análisis realizados así como la Certificación del/los Laboratorios. -La documentación relativa a certificados de garantía, marcas o sellos de calidad, homologaciones, etc. -Los albaranes de los materiales recibidos en obra. -Las medidas correctoras aplicadas a resultados no satisfactorios del control. -Las modificaciones realizadas en cuanto a calidad de materiales o especificaciones con respecto a lo definido en el Proyecto. D.5.11. Seguridad y salud Como Normativa general se atenderá a lo dispuesto en el Real Decreto 1627/97 de 24 octubre 1997 sobre Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción, a la Ley 31/95 de 8 noviembre 1995 sobre Prevención de Riesgos Laborales y al Real Decreto 39/97, modificado por Real Decreto 780/98 que establece el Reglamento de los Servicios de Prevención. Los Trabajos previos y la Señalización en obra seguirá lo dispuesto en el Anexo IV del R.D. 1627/97, en la Ordenanza Laboral de Construcción, Vidrio y Cerámica, aprobada por Orden Ministerial de 28-8-70, y en la disposición final única 2 del Convenio General de la Construcción, de aplicación a las empresas incluidas en dicho convenio. Cumplirán, además, con las Disposiciones mínimas de Señalización de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobadas por Real Decreto 485/97 de 14 abril 1997. Los vestuarios, aseos y otras instalaciones que se dispongan en obra se realizarán según lo dispuesto en el R.D. 1627/97 y en la Ordenanza Laboral de Construcción. Los Riesgos eléctricos deberán paliarse cumpliendo con el R.D. 1627/97 y el Reglamento de Baja Tensión, así como con la Orden Ministerial de 9 de marzo de 1971. La instalación eléctrica provisional de obra se realizara por empresa autorizada y siendo de aplicación lo señalado en el vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y Norma UNE 21.027. Los movimientos de Tierras, Demoliciones y trabajos de Estructura se realizarán según lo Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 83 dispuesto en el R.D. 1627/97, la Ordenanza Laboral de la Construcción y el R.D. 1215/97 sobre disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la utilización de Equipos de Trabajo. Andamios y escaleras se realizarán según lo dispuesto en el R.D. 1627/97, la Ordenanza Laboral de la Construcción y el Real Decreto 486/97 sobre Seguridad y Salud en los Lugares de Trabajo. Los equipos de Protección Individual cumplirán con lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 773/97 sobre utilización de Equipos de Protección Individual. La Maquinaria de elevación y maquinaria en general, así como el manejo de cargas, deberán cumplir con lo dispuesto en el Real Decreto 1627/97, en el Real Decreto 1215/97 sobre Utilización de Equipos de Trabajo, el Real Decreto 1435/92 Reglamento de Máquinas, el Real Decreto 2291/85 Reglamento de Aparatos de Elevación y el Real Decreto 487/97 sobre Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud relativas a la Manipulación de cargas. Por otro lado, se atenderá a lo dispuesto en las Normas Técnicas reglamentarias sobre Homologación de Medios de Protección Personal del Ministerio de Trabajo: Cascos de seguridad no metálico B.O.E. 30-12-74, Protecciones auditivas B.O.E. 1-9-75, Guantes aislantes de la electricidad, B.O.E. 3-9-75, Calzado de seguridad contra riesgos mecánicos B.O.E. 12-2-80, Cinturón de sujeción B.O.E. 2-9-77, Gafas de montura universal para protección contra impactos B.O.E. 17-8-78, Oculares de protección contra impactos B.O.E. 7-2-79, Cinturones de suspensión B.O.E. 16-3-81, Cinturones de caída B.O.E. 17-3-81, Aislamiento de seguridad de las herramientas manuales, en trabajos eléctricos de baja tensión B.O.E. 10-10-81, Bota impermeable al agua y a la humedad B.O.E. 22-12-81, Dispositivos anticaídas, B.O.E. 14-12-81, y otras. a) Obligaciones del promotor Previo al comienzo de la Obra o en el momento que exista constancia de ello, el Promotor está obligado en aplicación del R.D. 1627/97 a nombrar un Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la Ejecución de la Obra, siempre que en la obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, teniendo consideración de empresarios a los efectos previstos en la Normativa Pág. 84 Pliego de Condiciones sobre Prevención de Riesgos Laborales, los Contratistas y Subcontratistas. El Promotor deberá así mismo y previo el inicio de la obra efectuar aviso previo a la autoridad laboral según modelo del R.D. 1627/97, que deberá exponerse de forma visible en la obra y actualizarse durante el desarrollo de la obra, y donde, entre otros datos, se recojan los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos que vayan siendo contratados. Igualmente, abonara a la Empresa Constructora, previa certificación de la Dirección Facultativa, las partidas incluidas en el “Presupuesto del Estudio de Seguridad”. b) Obligaciones de la empresa constructora La Empresa Constructora está obligada a cumplir las directrices contenidas en el Estudio de Seguridad, a través del Plan de Seguridad y Salud, coherente con el anterior y con los sistemas de ejecución que la misma vaya a emplear. El Plan de Seguridad y Salud deberá ser aprobado por el Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución si hubiese sido preciso su nombramiento o por la Dirección Facultativa cuando deba ésta asumir las funciones correspondientes al Coordinador de Seguridad en Ejecución. c) Disposiciones mínimas En cualquier caso las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud que deberán aplicarse en las obras estarán a lo dispuesto en el Real Decreto 1627/97. Las zonas de trabajo deberán contar con la estabilidad y solidez necesarios para trabajar de una manera segura, deberá contarse con vías de salida y emergencia que permanezcan libres y desemboquen en zonas de seguridad, en función de las características de la obra contarán con los equipos de detección y lucha contra incendios precisos que habrán de mantenerse en las condiciones óptimas de uso. Deberá cuidarse que los lugares de trabajo cuenten con la ventilación e iluminación necesarios, y evitar la exposición de los trabajadores a niveles nocivos de ruido, factores externos nocivos, cargas excesivas, etc, cuidando al máximo la adaptación del puesto de trabajo al trabajador. Será responsabilidad del empresario garantizar que los primeros auxilios puedan prestarse en todo momento por personal con suficiente formación para ello, contando con el material y las instalaciones indispensables. Se deberá contar con servicios higiénicos suficientes de uso diferenciado por sexo, según Proyecto ejecución ampliación planta prefabricados Tubos y Bloques Fiol Pág. 85 las necesidades de la obra. Los puestos de trabajo móviles por encima o por debajo del suelo deberán ser sólidos y estables para el número de trabajadores que hayan de utilizarlos y para las cargas que deban manejarse, debiendo ser verificados de manera apropiada. Los trabajadores deberán estar protegidos contra todo tipo de riesgos primando las protecciones colectivas frente a las individuales. Los trabajos específicos que requieran un grado de especialización determinado deberán ser desarrollados por personal cualificado con la titulación y formación suficiente. Los aparatos elevadores y accesorios de izado utilizados en obra deberán cumplir con las especificaciones de la normativa vigente, estar convenientemente señalizados para el uso a que se disponen y en ningún caso ser utilizados para fines distintos de aquellos a los que estén destinados. Dado que la Normativa vigente respecto a Seguridad y Prevención de riesgos es tan extensa como minuciosa en la descripción de los riesgos a los que están sometidos los trabajadores en los distintos tajos de la obra, se considera Condición Indispensable en toda obra, la lectura atenta por parte de todos los responsables de la misma (Promotor, Dirección Técnica, Constructor, Encargado general, Encargados de cada gremio, incluso sería recomendable que cada trabajador) de los documentos de seguridad de la obra, y de los textos de la legislación vigente que se enumeran en dichos documentos. D.5.12. Condiciones generales La Dirección Facultativa no será responsable, ante la Entidad Propietaria, de la demora de los Organismos Competentes en la tramitación del proyecto ni de la tardanza de su aprobación. La gestión de la tramitación se considera ajena a la Dirección. La orden de comienzo de la obra será indicada por el Promotor, quien responderá de ello si no dispone de los permisos correspondientes. En el caso de que la obra, en cualquiera de sus partes, se realice por administración, cada gremio se hará responsable del anterior. Es decir, que si un gremio cualquiera requiere, para llevar a cabo su trabajo, que la obra Pág. 86 Pliego de Condiciones haya sido ejecutada hasta el momento de comenzar su tajo en ciertas condiciones, no deberá llevarlo a cabo en tanto no considere que lo anterior ha sido realizado en dichas condiciones. En el momento que comience a realizar su parte, si ésta resulta mal ejecutada, será el único responsable. La Contrata, tanto si coincide en ser la misma empresa promotora, como si sin serlo realiza su contrato directamente con el Propietario o Promotor, sin intervención de la Dirección Facultativa de la obra, deberá hacer entrega al mismo de todas y cada una de las liquidaciones que pasará al Propietario, estén o no incluidas en las certificaciones redactadas por la Dirección, así como los precios de las unidades de obra y las modificaciones que se acordaran por ambas partes en el transcurso de la ejecución de la obra. D.5.13. Condición final Los documentos del Proyecto redactados por la Dirección Facultativa que suscribe, y el conjunto de normas y condiciones que figuran en el presente Pliego de Condiciones, y también las que, de acuerdo con éste, sean de aplicación en el "Pliego de Condiciones Generales de la Edificación, Facultativas y Económicas" compuesto por el Centro de Estudios de la Edificación, aprobado por el Pleno del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos con fecha 13 y 14 de Julio de 1989 y, 22 y 23 de Febrero de 1990, constituyen el Contrato que determina y regula las obligaciones y derechos de las partes contratantes, las cuales se obligan a dirimir todas las divergencias que hasta su total cumplimiento pudieran surgir por amigables componedores y preferentemente por el Arquitecto Director de los trabajos o, en su defecto, por el Arquitecto o Arquitectos designados a estos efectos por la Delegación Provincial correspondiente del Colegio de Arquitectos.