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El Pacto Verde Europeo y las propuestas para su desarrollo. ¿Mayor ambición de la UE para alcanzar el desarrollo sostenible?

García Lupiola, Asier

Abstract

El Tratado de Lisboa consagró una política integrada en materia de medio ambiente y energía, a la que se suma la acción climática. Durante la última década la Unión Europea ha avanzado significativamente hacia el desarrollo sostenible. Sin embargo, la recuperación económica tras la crisis global iniciada en 2008 ha ralentizado el ritmo de consecución de los objetivos específicos fijados en esta materia. Una nueva crisis, la derivada de la actual pandemia, parece haber espoleado a la Unión Europea para adoptar una postura más ambiciosa. El texto analiza si el Pacto Verde Europeo y las estrategias y planes que han comenzado a desarrollarlo materializan esa necesaria mayor ambición para alcanzar la sostenibilidad.

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REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio, (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 El Pacto Verde Europeo y las propuestas para su desarrollo. ¿Mayor ambición de la UE para alcanzar el desarrollo sostenible? The European Green Deal and the proposals for its development. EU's greater ambition to achieve sustainable development? ASIER GARCÍA LUPIOLA Profesor Agregado (UPV-EHU) / Investigador en formación (UNED) [email protected] Este artículo está sujeto a una licencia “Creative Commons ReconocimientoNo Comercial” (CC-BY-NC). DOI: https://doi.org/ 10.24197/ree.79.2022.80-114 Resumen: El Tratado de Lisboa consagró una política integrada en materia de medio ambiente y energía, a la que se suma la acción climática. Durante la última década la Unión Europea ha avanzado significativamente hacia el desarrollo sostenible. Sin embargo, la recuperación económica tras la crisis global iniciada en 2008 ha ralentizado el ritmo de consecución de los objetivos específicos fijados en esta materia. Una nueva crisis, la derivada de la actual pandemia, parece haber espoleado a la Unión Europea para adoptar una postura más ambiciosa. El texto analiza si el Pacto Verde Europeo y las estrategias y planes que han comenzado a desarrollarlo materializan esa necesaria mayor ambición para alcanzar la sostenibilidad. Palabras clave: Unión Europea, desarrollo sostenible, política medioambiental, política energética, acción climática, Pacto Verde Europeo. Abstract: The Lisbon Treaty established an integrated policy on the environment, energy and climate action. During the last decade the European Union has made significant progress towards sustainable development. However, the economic recovery after the global crisis that began in 2008 has slowed down the rate of achievement of the specific objectives in this area. The new crisis arising from the current pandemic, seems to have pushed the European Union to adopt a more ambitious attitude. The text analyzes whether the European Green Deal and the strategies and plans that have begun to develop it materialize that necessary greater ambition to achieve sustainability. Keywords: European Union, sustainable development, environmental policy, energy policy, climate action, European Green Deal. El Pacto Verde Europeo y las propuestas para su desarrollo… 81 REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 1. INTRODUCCIÓN En diciembre de 2019 la Comisión hizo pública su comunicación sobre el Pacto Verde Europeo y el Consejo Europeo encomendó al Consejo que trabajase a partir de dicho documento. Se trata de una propuesta que consiste en una hoja de ruta para lograr que la economía de la Unión Europea (UE) sea sostenible, transformando los retos en materia de clima y medio ambiente en oportunidades. En cierta manera se trata de un relevante punto y seguido al camino iniciado con el Tratado de Lisboa. En efecto, el Tratado de Lisboa, en vigor desde diciembre de 2009, fortaleció el desarrollo sostenible como objetivo del proceso de integración europea, al consagrar una política integrada en materia de energía y medio ambiente, a la que se une la acción climática, que además, supone la integración en las demás políticas europeas de los aspectos medioambientales. Desde entonces, los diferentes planes, programas y estrategias europeos que han tratado de acercar el logro del desarrollo sostenible han supuesto una evolución que ha dado lugar al Pacto Verde Europeo. Su relevancia es tal que ha pasado a considerarse el fundamento de la salida a la crisis económica derivada de la pandemia generada por el COVID19. El objetivo del presente texto es analizar de modo general el comienzo del desarrollo del Pacto Verde Europeo, estudiando las diferentes propuestas que recientemente se han presentado o que están ultimándose y que se encuentran directamente vinculadas con aquél. Ahora bien, previamente se realizará un breve repaso de los citados planes, programas y estrategias, así como normativa específica, adoptados durante la última década, al objeto de realizar una comprobación general del grado de cumplimiento de diferentes objetivos específicos asociados al desarrollo sostenible. Como se explicará, parece necesaria una mayor ambición por parte de la UE de cara al futuro inmediato. De este modo, al examinar tanto el propio Pacto Verde Europeo como las propuestas derivadas del mismo, podrá concluirse si la UE ha dado una respuesta que le permita continuar por una senda adecuada que le acerque al ansiado objetivo de desarrollo sostenible. 82 Asier García Lupiola REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 2. DEL TRATADO DE LISBOA AL OBJETIVO DE NEUTRALIDAD CLIMÁTICA El Tratado de la UE (TUE) establece en su artículo 3 que la UE “obrará en pro del desarrollo sostenible de Europa basado en un crecimiento económico equilibrado y en la estabilidad de los precios, en una economía social de mercado altamente competitiva, tendente al pleno empleo y al progreso social, y en un nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente”. La regulación específica de la política medioambiental se recoge en el Tratado sobre el Funcionamiento de la UE (TFUE). El Tratado de Lisboa mantuvo los objetivos específicos de la misma, a los que realizó una adición final referida al cambio climático, de manera que dichos objetivos consisten en (art. 191 TFUE): la conservación, la protección y la mejora de la calidad del medio ambiente; la protección de la salud de las personas; la utilización prudente y racional de los recursos naturales; el fomento de medidas internacionales destinadas a hacer frente a los problemas regionales o mundiales del medio ambiente y en particular a luchar contra el cambio climático. El hecho de que el desarrollo sostenible se constituya como objetivo de la UE supone que “las exigencias de la protección del medio ambiente deberán integrarse en la definición y en la realización de las políticas y acciones de la Unión, en particular con objeto de fomentar el desarrollo sostenible” (art. 11 TFUE). Ello requiere, por un lado, que los objetivos y principios medioambientales sean perseguidos y aplicados en las demás políticas de la UE del mismo modo que en la política de medio ambiente; y, por otro, que la normativa medioambiental debe entenderse de manera global, tomando en consideración todos los objetivos y principios en la legislación de esta materia1. Ello es especialmente apreciable en la actualidad en lo que se refiere a la política energética europea, cuya regulación como política independiente fue instaurada por el Tratado de Lisboa, si bien estrechamente vinculada a la política medioambiental. En efecto, los objetivos de la política energética europea quedan establecidos “atendiendo a la necesidad de preservar y mejorar el medio ambiente” (art. 194 TFUE). Además de garantizar el funcionamiento del mercado de la energía y la seguridad de abastecimiento, así como de fomentar la 1 Kulovesi, K., Morgera, E. y Muñoz, M. (2011): “Environmental integration and multifaceted International dimensions of EU law: unpacking the EU’s 2009 climate and energy package". Common Market Law Review (48), 834. El Pacto Verde Europeo y las propuestas para su desarrollo… 83 REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 interconexión de las redes energéticas, se recoge como objetivo de la política europea de energía “fomentar la eficiencia energética y el ahorro energético así como el desarrollo de energías nuevas y renovables”, cuestiones que favorecen el logro del desarrollo sostenible. Tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, la UE hacía público en 2010 su propuesta para salir de la crisis internacional que estalló en 2008 y preparar la economía europea de cara a la siguiente década: la Estrategia Europa 20202. Se basa en la búsqueda de un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, en el que la vertiente sostenible consiste en fomentar una economía de bajo nivel de carbono y eficiente en términos de recursos. Entre los cinco objetivos fijados, en materia de clima y energía estableció el conocido como el objetivo 20/20/20. Consiste en lograr para 2020 la reducción del 20 % de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) con respecto a los niveles de 1990; aumentar al 20 % la proporción de energías renovables en el consumo total de energía; y disminuir el consumo de energía en un 20 % logrando una mayor eficiencia energética3. En 2013 se aprobó el Séptimo Programa de Acción sobre Medio Ambiente (VII PMA)4. El Programa constató que ya no era posible seguir tratando al medio ambiente como algo ajeno a la economía, de modo que ésta debe ser transformada para obtener más valor con menos recursos y cambiar los modelos de consumo. Para ello, estableció “una estrategia medioambiental a largo plazo (…) fijando el rumbo hacia una economía verde y competitiva que salvaguardará los recursos naturales”5. 2 Comisión Europea, comunicación de 3 de marzo de 2010, Europa 2020. Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, COM (2010) 2020 final. En junio el Consejo Europeo aprobó la propuesta y la hizo suya. Consejo Europeo de Bruselas de 17 de junio de 2010 – Conclusiones, EUCO 13/10. 3 La Directiva 2012/27/UE de eficiencia energética determinó que dicho ahorro del 20 % equivale a que el consumo energético de la UE en 2020 no sea superior a 1.474 Mtep (millones de toneladas equivalentes a petróleo) en energía primaria o a 1.078 Mtep en energía final. Tomando como referencia el pico máximo de consumo de 2006, ello suponía una reducción del 15 % y el 11 % respectivamente. Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo (PE) y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética (DOUE L 315, del 14 de noviembre de 2012). 4 Decisión 1386/2013/UE del PE y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, relativa al Programa General de Acción de la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2020 “Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta” (DOUE L 354/171, del 28 de diciembre de 2013). 5 Comisión Europea (2013), Un medio ambiente sano y sostenible para las generaciones futuras, OPOCE, Luxemburgo, 15. 84 Asier García Lupiola REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 Como se ve, el programa trata de reforzar el impulso de actuaciones integradas en diferentes políticas y sectores, entre las que la energía es uno de los ámbitos principales6. Entre los objetivos prioritarios del VII PMA destacan los que constituyeron propiamente los ámbitos temáticos del programa. El primero consiste en proteger el capital natural de la UE, lo que supone reforzar la defensa de la biodiversidad, actuar en lo que se refiere a la protección del suelo y de los recursos forestales, así como impulsar el uso sostenible de la tierra. El segundo, la transformación de la UE en una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos requiere, por un lado, la aplicación de las medidas para alcanzar el objetivo 20/20/20 y, por otro, transformar los residuos en recursos, apostando por la prevención, la reutilización y el reciclaje. El tercero consiste en la protección de los ciudadanos de la UE frente a los riesgos medioambientales, para lo que es necesario la reducción de la contaminación atmosférica y acústica. En octubre de 2014 el Consejo Europeo aprobó el “Marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030”7. El objetivo 20/20/20 para 2020 evolucionaba a objetivo 40/27/27 para 2030. En efecto, se fijó como objetivo vinculante para la UE, la reducción de las emisiones de GEI por lo menos en el 40 % para 2030 con respecto a 1990. También como objetivo vinculante, se estableció que la cuota de energías renovables dentro del consumo energético total de la UE en 2030 sea como mínimo del 27 %. Finalmente, se fijó un objetivo indicativo de mejora de la eficiencia energética al menos en el 27 % en 2030. Además, el Consejo Europeo calificó de capital importancia la realización de un mercado interior de la energía completamente conectado, para lo que estableció como objetivo una interconexión eléctrica del 15 % entre los países de la UE. 6 El VII PMA partía de las diferentes iniciativas analizadas, “apostando claramente, y con tintes revolucionarios, por una economía baja en emisiones de carbono y con un modelo energético distinto, y con previsiones muy importantes en materia de recursos, energía, energías renovables, biodiversidad, eco-innovación, transportes, etc.”. Fernández de Gatta Sánchez, D. (2013): “El Séptimo Programa Ambiental de la UE, 2013-2020”. Revista Aragonesa de Administración Pública (41-42), 93. 7 Consejo Europeo de Bruselas de 23 y 24 de octubre de 2014 – Conclusiones de la Presidencia, EUCO 169/14. Adoptaba la propuesta de la Comisión recogida en la comunicación de 22 de enero de 2014, Un marco estratégico en materia de clima y energía para el período 2020-2030, COM (2014) 15 final. El Pacto Verde Europeo y las propuestas para su desarrollo… 85 REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 La UE lanzó en 2015 la estrategia para la Unión de la Energía8. El objetivo de la misma es ofrecer una energía segura, sostenible, competitiva y asequible, para lo que se desarrollan acciones en cinco dimensiones: seguridad energética, un mercado europeo de la energía plenamente integrado, la eficiencia energética, la descarbonización de la economía, y la investigación y la innovación en el ámbito energético. La interrelación entre todas ellas se aprecia en los factores clave para su desarrollo, que no son otros que una moderación en el consumo de la energía (mayor eficiencia y, por tanto, menor contaminación) y una apuesta evidente por las energías renovables (necesaria para la descarbonización de la economía). Desde el estallido de la crisis en 2008, se venía evidenciando una tendencia descendente en el nivel de consumo en el conjunto de la UE, con un menor y más eficiente uso de recursos y materiales. Sin embargo, la recuperación económica podía revertir dicha tendencia, “eventualidad que debería servir de incentivo para acelerar el tránsito hacia una economía circular, en el que los recursos se mantengan durante el mayor tiempo posible y se generen pocos residuos”9. Con ese propósito, a finales de 2015 se presentaba el plan de acción europeo para poner en marcha un modelo económico circular, al objeto de “lograr una economía sostenible, hipocarbónica, eficiente en el uso de los recursos y competitiva”10. Las medidas clave adoptadas persiguen promover la reparabilidad, durabilidad, reciclabilidad y eficiencia energética de los productos; reducir a la mitad el desperdicio de alimentos para 2030; reducir los desechos marinos; impulsar la reciclabilidad y la biodegradabilidad de los plásticos. Entre los objetivos específicos a lograr en 2030 destacan el reciclado del 60 % de los residuos municipales y el 75 % de los residuos de envases, así como la reducción de la eliminación en vertedero a un máximo del 10 % de todos los residuos. 8 Comisión Europea, comunicación de 25 de febrero de 2015, Estrategia Marco para una Unión de la Energía resiliente con una política climática prospectiva, COM (2015) 80 final. El Consejo Europeo adoptó el compromiso correspondiente en marzo. Consejo Europeo de Bruselas de 19 y 20 de marzo de 2015 – Conclusiones de la Presidencia, EUCO 11/15. 9 Pérez de las Heras, B. (2016): “La gestión eficiente de recursos en la Unión Europea: alcance e impacto de la normativa europea para una economía más sostenible y circular”. Revista de Derecho Comunitario Europeo (55), 792. 10 Comisión Europea, comunicación de 2 de diciembre de 2015, Cerrar el círculo: un plan de acción de la UE para la economía circular, COM (2015) 614 final, 2. 86 Asier García Lupiola REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 En el ámbito de la economía circular se había considerado necesaria por parte de la UE “la adopción de una codificación bastante más detallada y desarrollada, que abogue por una armonización verdadera de la política y que plantee objetivos cuantificables a corto plazo”11. De este modo, a partir de mayo de 2018 se fueron adoptando los actos legislativos derivados del plan de economía circular12. En noviembre de 2016, la Comisión presentó “el más ambicioso conjunto de propuestas en materia de energía limpia y transición a la economía hipocarbónica”13. El conocido como Paquete energía limpia contiene una serie de medidas en materia de energías renovables que incluye también el aumento de la eficiencia energética14. Los actos que conforman el paquete legislativo se adoptaron a la par que el relativo al paquete economía circular, entre mayo de 2018 y junio de 201915. Entre 11 Molina del Pozo, C. F. (2021): “La economía circular: hacia el completo desarrollo del crecimiento sostenible en la Unión Europea”. En Souza Costa, B., Moreno Molina, J. A. y Correira da Silva, R. (coords.), Desarrollo en Brasil, España y la Unión Europea: hacia la construcción de un nuevo orden global sostenible. Ediciones de la Universidad de Castilla-La Mancha. Cuenca, 144. 12 El 30 de mayo de 2018 el PE y el Consejo adoptaron la Directiva (UE) 2018/851 sobre residuos, la Directiva (UE) 2018/850 relativa al vertido de residuos, la Directiva (UE) 2018/852 relativa a los envases y residuos de envases y la Directiva (UE) 2018/849 relativa a los vehículos al final de su vida útil, a las pilas y a sus residuos, y a los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (DOUE L 150, de 14 de junio de 2018). Los días 5 y 6 de junio de 2019 el PE y el Consejo adoptaron la Directiva (UE) 2019/904 relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente (DOUE L 155, de 12 de junio de 2019) y el Reglamento (UE) 2009/1009 sobre la puesta a disposición en el mercado de productos fertilizantes (DOUE L 170, de 25 de junio de 2019). 13 Fernández de Gatta Sánchez, D. (2017): “Unión Europea: inicio del debate sobre la transición energética”. En López Ramón, F. (coord.), Observatorio de Políticas Ambientales 2017. CIEMAT. Madrid, 59. 14 Comisión Europea, comunicación de 30 de noviembre de 2016, Energía limpia para todos los europeos, COM (2016) 860 final. 15 El 30 de mayo de 2018 el PE y el Consejo aprobaron la Directiva (UE) 2018/844 relativa a la eficiencia energética de los edificios (DOUE L 156, de 19 de junio de 2018). El 11 de diciembre de 2018 el PE y el Consejo adoptaron el Reglamento (UE) 2018/1998 sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y la Acción por el Clima, la Directiva (UE) 2018/2001 relativa al fomento de la energía procedente de fuentes renovables, y la Directiva (UE) 2018/2002 relativa a la eficiencia energética (DOUE L 328, de 21 de diciembre de 2018). Finalmente, el PE y el Consejo adoptaron el 5 de junio de 2019 el Reglamento (UE) 2019/943 relativo al mercado interior de la electricidad, la Directiva (UE) 2019/944 sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, el Reglamento (UE) 2019/941 sobre la preparación frente a los El Pacto Verde Europeo y las propuestas para su desarrollo… 87 REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 los mismos destacan los tres que hicieron evolucionar el inicialmente propuesto objetivo 40/27/27 para 2030 a objetivo 40/32/32,5. Se trata, en primer lugar, de la Directiva sobre energías renovables que aumenta del 20 % al 32 % la cuota de energía procedente de fuentes renovables a alcanzar en el consumo final bruto de energía de la UE en 2030. En segundo lugar, el Reglamento sobre la gobernanza de la energía, que obliga a los Estados miembros a aprobar cada diez años planes nacionales integrados de energía y clima a partir de 2021, a fin de cumplir con los compromisos de la UE en materia de emisiones de GEI. Finalmente, la Directiva de eficiencia energética, que pretende eliminar las barreras que obstaculizan la eficiencia en el abastecimiento y el consumo, a fin de garantizar el aumento de la eficiencia energética a un mínimo del 32,5 % para 203016. Una vez aprobados los actos legislativos principales de los paquetes referidos, la Comisión Europea hizo pública a finales de 2018 su propuesta para desarrollar la transición a la energía limpia y para que las emisiones de GEI desaparezcan en Europa para 205017. Entre los objetivos específicos destacan la reducción de las emisiones de GEI entre el 80 % y el 100 % y lograr que más del 80 % de la electricidad de la UE se produzca a partir de fuentes de energía renovable. Se trata de una propuesta para que la UE deje de lado los combustibles fósiles para 2050, logrando así una situación de neutralidad climática, al tiempo que refuerza de cara al futuro la práctica europea de incorporar el objetivo de desarrollo sostenible a todos los ámbitos, razón por la que “la visión de la Comisión para un futuro climáticamente neutro abarca prácticamente todas las políticas de la UE”18. riesgos en el sector de la electricidad y el Reglamento (UE) 2019/942 por el que se crea la Agencia de la UE para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (DOUE L 328, de 14 de junio de 2019). 16 La nueva Directiva de eficiencia energética determina que el ahorro energético del 32,5 % equivale a que el consumo de la UE en 2030 no sea superior a 1.273 Mtep en energía primaria o a 956 Mtep en energía final. Partiendo de nuevo del consumo máximo de 2006, supone una reducción del 26,5 % y el 20 % respectivamente. 17 Comisión Europea, comunicación de 28 de noviembre de 2018, Un planeta limpio para todos. La visión estratégica europea a largo plazo de una economía, próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra, COM (2018) 773 final. 18 Se pretende una transición hacia un planeta limpio que “sea socialmente justa y refuerce la competitividad de la economía (…) garantizando empleos de alta calidad y un crecimiento sostenible en Europa, permitiendo simultáneamente ayudar a resolver otros retos medioambientales, como la calidad del aire o la pérdida de biodiversidad”. 88 Asier García Lupiola REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 3. LA NECESIDAD DE UNA MAYOR AMBICIÓN En marzo de 2019 la Comisión publicó un informe sobre la aplicación del plan de acción para la economía circular19. En el mismo destacó el valor añadido que están generando actividades circulares como la reparación, la reutilización o el reciclaje y el aumento del 6 % del empleo en las mismas con respecto a 2012. De cara a futuro, abogó por impulsar la modernización de la industria europea, tanto para consolidar su ventaja competitiva mundial como para conservar y restaurar el capital natural de la UE. Asimismo, propuso elaborar estrategias en sectores con un elevado impacto ambiental y potencial de circularidad como los equipos electrónicos, el transporte, la minería, los alimentos o los textiles, y reducir así la presión sobre los recursos naturales. Un mes después, la Comisión publicó tres informes que mostraban el grado de cumplimiento del objetivo 20/20/20. En el primero20, la Comisión consideró que la UE ya ha comenzado la transición hacia una energía limpia, subrayando que entre 1990 y 2017 las emisiones de GEI de la UE se redujeron en el 22 % mientras el PIB creció un 58 %, lo que demuestra que los impactos económicos totales son positivos a pesar de las importantes inversiones adicionales que requieren. En cuanto a las energías renovables21, subrayó que el porcentaje de éstas en el consumo bruto de energía en la UE alcanzó el 17,52 % en 2017, pero advertía de que el ritmo de aumento de la cuota se venía ralentizando desde 2014, por lo que se insta a los Estados miembros a que intensifiquen sus esfuerzos para desplegar fuentes de energía renovables en todos los sectores. Finalmente, con respecto a la eficiencia energética22, la Comisión Europea, comunicado de prensa de 28 de noviembre de 2018, La Comisión aboga por una Europa climáticamente neutra de aquí a 2050, IP/18/6543. 19 Comisión Europea, documento del 4 de marzo de 2019, Informe sobre la aplicación del Plan de acción para la economía circular, COM (2019) 190 final. 20 Comisión Europea, documento de 9 de abril de 2019, Cuarto Informe sobre el estado de la Unión de la Energía, COM (2019) 175 final. 21 Comisión Europea, documento de 9 de abril de 2019, Informe de situación en materia de energías renovables, COM (2019) 225 final. 22 Comisión Europea, documento de 9 de abril de 2019, Evaluación de 2018, con arreglo al artículo 24, apartado 3, de la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética, de los avances realizados por los Estados miembros en la consecución de los objetivos nacionales de eficiencia energética para 2020 y en la aplicación de las disposiciones de dicha Directiva, COM (2019) 224 final. El Pacto Verde Europeo y las propuestas para su desarrollo… 95 REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 para acometer la transformación hacia una economía verde, así como de un nuevo plan de economía circular que actúe en los sectores que más intensamente utilizan los recursos, como el textil, la construcción, la electrónica, los plásticos y la transformación alimentaria. Con respecto al transporte, responsable del 25 % de las emisiones de GEI, se urge a adoptar una nueva estrategia de movilidad sostenible, que posibilite reducir las emisiones en un 90 % para 2050, contemplándose medidas como trasladar el 75 % del transporte europeo de mercancías por carretera a medios menos contaminantes como el ferrocarril o la navegación fluvial. La ejecución de todo lo previsto en el PVE requerirá de grandes inversiones, que la Comisión enumeró en un nuevo documento, así como los instrumentos financieros disponibles para poner en marcha la hoja de ruta prevista38. Teniendo en cuenta que, junto a las inversiones públicas nacionales, la principal herramienta financiera continuará siendo el presupuesto de la UE, la Comisión propuso ampliar del 20 % actual al 25 % el porcentaje del mismo destinado a integrar la dimensión climática en todos los programas europeos en el marco financiero plurianual 20212027. Sin embargo, el Consejo Europeo no pudo cerrar un acuerdo en torno a la concreción de un fondo para financiar la transición necesaria. Una vez más, quedaba patente que en esta materia la UE necesita voluntad política, incluso un cambio en el modo de pensar. Debe tenerse presente que la UE cuenta ya con un significativo marco jurídico adecuado al objetivo estratégico de una economía descarbonizada para 2050, pero sin embargo sufre una laguna en la financiación para su logro, “un fleco persistente, que aflora una y otra vez (…) y que es imputable no a la Comisión, sino a los estados miembros; se trata de la fiscalidad”39. Al menos, el Consejo Europeo hizo suyo el objetivo de alcanzar una UE climáticamente neutra para 2050, instando al Consejo y a la Comisión a poner en marcha los trabajos y las medidas legislativas necesarias para su logro40. 38 Comisión Europea, comunicación de 14 de enero de 2020, Plan de Inversiones para una Europa Sostenible – Plan de Inversiones del Pacto Verde Europeo COM (2020) 21 final. 39 Galera Rodrigo, S. (2020): “Transición energética. 2019: un año de stand-by”. En Fernando López Ramón (coord.), Observatorio de Políticas Ambientales 2020. CIEMAT. Madrid, 843. 40 Consejo Europeo de Bruselas de 12 de diciembre de 2019 – Conclusiones de la Presidencia, EUCO 29/19. 96 Asier García Lupiola REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 En enero de 2020 la Comisión Europea presentó las ideas para dar forma a la Conferencia sobre el Futuro de Europa, un foro abierto a la ciudadanía para debatir sobre los retos y prioridades de Europa. A este respecto, insistió en que la política europea debe ayudar a los ciudadanos y las empresas a beneficiarse de la transición verde (además de la digital) y garantizar que la UE sea una economía sostenible (además de justa y competitiva)41. La Comisión determinó que la Conferencia debe enmarcarse en torno a las principales ambiciones de la UE, siguiendo lo establecido en las prioridades políticas de la Comisión42 y la Agenda Estratégica del Consejo Europeo43. Precisamente, la primera de las orientaciones políticas de la actual Comisión (2019-2024) es el PVE, mientras que una de las cuatro prioridades principales identificadas por el Consejo Europeo para los próximos años es la construcción de una Europa verde y climáticamente neutra (además de justa y social). De este modo, la Comisión citó como la primera de las ambiciones que contextualizan la Conferencia la lucha contra el cambio climático y los retos medioambientales44. La generalización de la pandemia provocada por el COVID19 a partir de marzo de 2020 retrasó la toma de decisiones, así como el inicio de la propia Conferencia sobre el Futuro de Europa, previsto para mayo y que finalmente ha comenzado un año más tarde. A este respecto, conviene tener presente el ejemplo que ofrece lo sucedido tras la crisis financiera de 2008, durante la que las emisiones contaminantes se redujeron volviendo a crecer a partir de la recuperación hasta el punto de dificultar el logro de los objetivos previstos para 2020. Se espera que la actual crisis y las medidas adoptadas para frenarla “hayan reducido (temporalmente) las emisiones de GEI entre un 4 % y un 7 % en 2020”45, pero es necesario que los planes de recuperación para hacer frente a la pandemia impulsen la transformación hacia un modelo sostenible. 41 Comisión Europea, comunicación de 22 de enero de 2020, Perfilando la Conferencia sobre el Futuro de Europa, COM (2020) 27 final, 1. 42 Vonder Leyen, U. (2019): Una Unión que se esfuerza por lograr más resultados – Mi agenda para Europa. Recuperado de https://ec.europa.eu/commission/sites/betapolitical/files/political-guidelines-next-commission_es.pdf 43 Consejo Europeo de Bruselas de 20 de junio de 2019 – Conclusiones de la Presidencia, EUCO 9/19. El documento Una nueva agenda estratégica para 2019-2024 se recoge en el anexo, 7-13. 44 Comisión Europea, COM (2020) 27 final, op. cit., 2. 45 Lázaro Touza, L., y Escribano Francés, G. (2021): “Siete tendencias climáticas y energéticas a seguir en 2021”. Análisis del Real Instituto Elcano – ARI (7), 2. El Pacto Verde Europeo y las propuestas para su desarrollo… 97 REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 Precisamente, “la aparición de la pandemia, lejos de alterar la formulación del PVE, ha reforzado su relevancia como parte sustancial del proceso de recuperación lanzado desde las instituciones comunitarias”46, generalizándose en la UE la idea de que las medidas a adoptar para superar la crisis derivada de la pandemia debían seguir la vía propuesta en el PVE. Es más, en lugar de considerar dicha crisis como un obstáculo para desarrollar el PVE, debe ser vista como una oportunidad para su puesta en marcha47; o, a la inversa, el PVE “tiene la oportunidad de incorporar las lecciones aprendidas de la pandemia del coronavirus, así como plantear respuestas estratégicas que contribuyan al cambio de modelo político, económico y social”, para liderar así la transición ecológica en Europa48. En este sentido, “alinear los esfuerzos de recuperación pospandemia con unos objetivos climáticos ambiciosos podría fomentar transformadoras soluciones a largo plazo, que apunten a la construcción de un nuevo modelo de sociedad justa, sostenible y descarbonizada”49. Es cierto que la implementación del PVE “dependerá en parte del comportamiento del PIB, de las tasas de desempleo y los niveles de déficit y deuda de los Estados miembros”, pero la apuesta por su desarrollo brinda “la oportunidad de sentar las bases para la transformación del modelo de desarrollo de la UE”50. Además, una vez puesto en marcha de manera adecuada, “el PVE podría convertirse en un referente para otros países y un ejemplo tangible de que alcanzar la neutralidad climática es técnicamente factible y económica y políticamente viable”51 46 Lasheras Merino, M. A. (2021): “Geopolítica del Pacto Verde: órdago de la UE”, Energía y Geoestrategia 2021, 111. 47 Escribano Francés, G. y Lázaro Touza, L. (2020): “Oil markets, energy transition, climate governance and COVID-19: the short, the medium and the long term”. Real Instituto Elcano - Working Paper (6), 16. 48 Monge, C. (2020): “El Pacto Verde Europeo es la luz al final del túnel”. Esglobal, 29 de abril de 2020, https://www.esglobal.org/el-pacto-verde-europeo-es-la-luz-al-finaldel-tunel/ 49 Villavicencio Calzadilla, P. (2020): “La pandemia de Covid-19 y la crisis climática: dos emergencias convergentes”. Revista catalana de Dret Ambiental XI(2), 19. 50 Lázaro Touza, L., Escribano Francés, G. y Crespi de Valldaura, V. (2020): “Transición energética y gobernanza climática en tiempos de pandemia”. ICE Revista de Economía (916), 171. 51 Pérez de las Heras, B. (2020): “La Unión Europea…”, op. cit., 135. 98 Asier García Lupiola REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 Así, una mayoría de estados miembros reclamaron una salida "verde" de la crisis, apostando por mantener los compromisos europeos contra el cambio climático y fundamentando la vuelta al crecimiento económico en el impulso de las energías renovables, la aplicación de estándares ambientales y la adopción de medidas sectoriales que favorezcan la economía verde. En apoyo de la propuesta surgió la Alianza Europea para una Recuperación Verde (Green Recovery Alliance), un manifiesto con origen en el Parlamento Europeo52 y que fue firmado por representantes políticos, directivos empresariales, sindicatos y ONG, que piden que la UE supere esta recesión de la mano de la acción climática, con inversiones que respeten los principios ecológicos. 5. LAS PROPUESTAS QUE DESARROLLAN EL PACTO VERDE EUROPEO La Comisión ha presentado diferentes propuestas para desarrollar y poner en marcha el contenido del PVE. En primer lugar, la Ley del Clima Europea53, es decir, el acto legislativo fundamental para garantizar la neutralidad climática de aquí a 2050. La Comisión destacó que la UE ya ha comenzado a transformar la economía para lograr este objetivo, recordando nuevamente que ello ha traído beneficios económicos: mientras que las emisiones de GEI cayeron un 23 % entre 1990 y 2018, el PIB aumentó un 61 %. Sin embargo, la institución reconocía que los objetivos establecidos conducirán a una reducción del 60 % en las emisiones para 2050, por lo que es necesario realizar ajustes a lo largo del camino e identificar mayores compromisos si se quiere lograr la neutralidad climática para entonces. Por ello, se propuso un acto legislativo en forma de reglamento a fin de que la UE cambie su objetivo de reducción de emisiones de GEI para 2030 y lo fije en un mínimo del 50 %, preferiblemente del 55 %54. 52 La iniciativa fue puesta en marcha por el eurodiputado Pascal Canfin. Comunicado de prensa de 14 de abril de 2020, Launch of the European alliance gor a Green Recovery, www.politico.eu 53 Comisión Europea, documento de 4 de marzo de 2020, Propuesta de Reglamento por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática (“Ley del Clima Europea”), COM (2020) 80 final. 54 Es de subrayar el recurso al reglamento para su regulación, pues de este modo “se garantiza la aplicabilidad directa de las disposiciones en toda la UE, se imponen requisitos a los Estados miembros para que contribuyan a la consecución del objetivo a largo plazo y se refuerza la aplicabilidad y eficacia de los mecanismos de control a lo largo de todo el proceso”. García García, S. (2020): “Propuesta de Reglamento del El Pacto Verde Europeo y las propuestas para su desarrollo… 99 REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 Mediante un enfoque flexible, la propuesta de reglamento establece un camino para lograr la neutralidad por etapas. Así, se estableció que a más tardar en septiembre de 2020 la Comisión debería revisar el objetivo de reducción de emisiones para 2030 en el porcentaje propuesto (entre el 50 % y el 55 %). En segundo lugar, con fecha tope de junio de 2021, la Comisión evaluará cómo modificar la legislación europea a aplicar para lograr dicho objetivo. La tercera etapa finaliza en 2030 con el cumplimiento del objetivo en cuestión, lo que determinará la hoja de ruta a seguir para llegar a la neutralidad climática en 2050. Durante todo el periodo, junto al esfuerzo para limitar las emisiones, deberá incidirse al mismo tiempo en la adaptación al cambio climático, en el sentido de que tanto la UE como los Estados miembros deberán garantizar un progreso continuo en el aumento de la capacidad de adaptación, el fortalecimiento de la resiliencia y la reducción de la vulnerabilidad al cambio climático. Pocos días después de hacerlo con la Ley del Clima, la Comisión propuso un nuevo modelo de industria para Europa que, precisamente, facilite el camino hacia la neutralidad climática al reducir su huella de carbono, volviéndose más ecológica y circular al tiempo que más competitiva55. En cierta manera, se trata de profundizar en el hecho de que “en la actualidad, las grandes empresas han comenzado a ser conscientes de la notable oportunidad que supone, en materia de eficiencia y mejora de los procesos productivos, la visión aportada por la economía circular”56. Uno de los factores clave en este objetivo es brindar apoyo a las industrias para que avancen en el proceso de transición hacia la neutralidad climática. Se fomentarán las alianzas industriales como herramienta, entre las que destacan la alianza industrial por el hidrógeno y la alianza de la industria hipocarbónica, ambas de importancia clave para la transición energética. En el caso de las Pequeñas y Medianas Empresas, dado que el 25 % de ellas trabaja actualmente en el campo de los productos o servicios ecológicos, se promoverán innovaciones de vanguardia para lograr los objetivos del PVE. Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifica el reglamento (UE) 2018/1999 (‘Ley Europea del Clima’). Actualidad Jurídica Ambiental, (100), 54. 55 Comisión Europea, comunicación de 10 de marzo de 2020, Un nuevo modelo de industria para Europa COM (2020) 102 final. 56 Molina del Pozo, C. F. (2021): “La economía circular…”, op. cit., 144. 100 Asier García Lupiola REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 Prácticamente al mismo tiempo, se presentó el nuevo plan para la economía circular57. Teniendo presente que el PVE es el programa para el crecimiento sostenible, el plan es uno de sus principales elementos pues pretende actuar a lo largo de todo el ciclo de vida de los productos, reforzando la competitividad mientras se protege el medio ambiente, lo que debiera favorecer la adaptación de la economía europea a un futuro ecológico. Entre las medidas recogidas en el plan destacan las referidas al desarrollo de una política de productos sostenibles, que se centre en aquellos sectores que más recursos utilizan pero que tienen un elevado potencial de circularidad (electrónica, baterías, vehículos, envases y embalajes, plásticos, productos textiles, construcción y alimentos) y que garantice una menor producción de residuos. En mayo la Comisión presentó la Estrategia sobre la Biodiversidad para 203058, con el fin de encaminar a Europa hacia la recuperación ecológica. De nuevo, la vinculación con la acción climática es evidente, no en vano, como subraya la Comisión, la pérdida de biodiversidad y la crisis climática son interdependientes de modo que si una se agrava la otra también lo hace. Por ello, para la mitigación de los efectos del cambio climático resulta esencial recuperar los bosques, los suelos y los humedales, así como crear espacios verdes en las ciudades. Limitar las actividades humanas no sostenibles resulta indispensable para frenar la pérdida de la biodiversidad, en especial la desaparición de multitud de especies animales y vegetales, e impulsar su recuperación; pero también para mantener un ecosistema sano y una naturaleza que aporta riqueza económica, pues la mitad del PIB mundial depende de la naturaleza. Finalmente, no debe olvidarse que “la pandemia está haciendo que aumente la concienciación acerca de los vínculos que existen entre nuestra propia salud y la salud de los ecosistemas”, así como respecto del “hecho de que el riesgo de aparición y propagación de enfermedades infecciosas aumenta a medida que destruimos la naturaleza”59. 57 Comisión Europea, comunicación de 11 de marzo de 2020, Nuevo plan de acción para la economía circular, COM (2020) 98 final. 58 Comisión Europea, comunicación de 20 de mayo de 2020, Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 “Reintegrar la naturaleza en nuestras vidas”, COM (2020) 380 final. 59 Sánchez Bravo, A. (2020): “Biodiversidad en Europa. Estrategia 2030”. En Sánchez Bravo, A. (editor), De Sevilla a Filipeia: Estudios ambientales en homenaje al prof. Marcos Augusto Romero. Punto Rojo Libros. Sevilla, 198. El Pacto Verde Europeo y las propuestas para su desarrollo… 101 REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 La relevancia de la propuesta sobre biodiversidad se aprecia en los objetivos a lograr en 203060. Por un lado, los objetivos referidos a la protección de la naturaleza, como la creación de zonas protegidas en al menos el 30 % del suelo y de los mares de Europa, la recuperación específica de los bosques primarios y maduros remanentes, o la creación de corredores ecológicos como parte de una Red Transeuropea de Espacios Naturales. Por otro lado, los objetivos relativos a la restauración de la naturaleza, entre los que cabe destacar la recuperación de todos los ecosistemas terrestres y marinos europeos degradados, la extensión de la agricultura ecológica de manera que el 20 % de las tierras agrarias se cultiven orgánicamente, revertir el declive de los polinizadores, reducir el uso de pesticidas y fertilizantes en un 20 %, restaurar 25.000 km de ríos de caudal libre, o plantar 3.000 millones de árboles. La Comisión propuso desbloquear 20.000 millones de euros al año, procedentes de los fondos la UE y de la financiación pública y privada, para inversiones en la red Natura 2000 y en infraestructura verde. Junto a la Estrategia sobre la Biodiversidad para 2030, la Comisión presentó otra con la idea de que fuesen de la mano. Es la conocida como estrategia “de la granja a la mesa”, para aumentar la sostenibilidad de los sistemas alimentarios61, lo que aportará beneficios ambientales, sanitarios y sociales, ofrecerá ventajas económicas y garantizará que la recuperación de la crisis sitúe a la UE en una senda sostenible. Los objetivos previstos en esta estrategia dejan muy a las claras su vinculación con la referida a la biodiversidad. Así, por ejemplo, la reducción de la huella medioambiental y climática del sistema alimentario europeo, lo que supone garantizar que la cadena alimentaria (producción, transporte, distribución, comercialización y consumo) tenga un impacto medioambiental neutro, así como preservar y restablecer los recursos terrestres, de agua dulce y marinos de los que depende el sistema alimentario. Lo mismo puede decirse del resto de objetivos, como garantizar la seguridad alimentaria frente al cambio climático y la pérdida de biodiversidad, estimular prácticas sostenibles por parte de las empresas del sector alimentario promoviendo modelos de negocio 60 El Consejo de la UE hizo suya la Estrategia sobre la Biodiversidad para 2030 refrendando los objetivos previstos en la misma. Consejo de la UE, documento de 23 de octubre de 2020, Conclusiones del Consejo – Biodiversidad, urge actuar, 12210/20. 61 Comisión Europea, comunicación de 20 de mayo de 2020, Estrategia “De la granja a la mesa” para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente, COM (2020) 381 final. 102 Asier García Lupiola REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 circulares, promover el consumo responsable de alimentos o reducir la pérdida y el desperdicio de alimentos. En el ámbito energético debe mencionarse la Estrategia para la Integración del Sistema Energético62. La Comisión deja claro que la transformación del sistema energético es fundamental para cumplir con el PVE. En este sentido, la institución subraya que el futuro energético de la UE debe basarse en una cuota cada vez mayor de energías renovables distribuidas geográficamente, al tiempo que se mantiene un uso más eficiente de los recursos y se evita la contaminación y la pérdida de biodiversidad. Para ello, es necesario acelerar la integración del sistema energético y lograr así una economía climáticamente neutra que proteja la salud y el medio ambiente. La integración del sistema energético supone la planificación y el funcionamiento coordinados del sistema energético en su conjunto, incluyendo múltiples vectores energéticos, infraestructuras y sectores de consumo, lo que posibilita ofrecer servicios energéticos con bajas emisiones de carbono, fiables y eficientes en el uso de los recursos, con el menor coste posible para la sociedad. Son tres los elementos interconectados los que comprende la estrategia: en primer lugar, un sistema energético más circular, centrado en la eficiencia energética, en el que se priorizan las opciones que requieren menor energía y se reutilizan los flujos de residuos inevitables con fines energéticos; en segundo lugar, una mayor electrificación directa de los sectores de uso final, basado en la producción de electricidad renovable; en tercer lugar, para cuando la electrificación directa no sea viable, el uso de combustibles renovables y con baja emisión de carbono63. Pocos días después, a mediados de julio de 2020, el Consejo Europeo alcanzó un acuerdo político sobre el plan europeo para la recuperación para hacer frente a los daños económicos y sociales derivados de la pandemia de coronavirus, denominado Next Generation 62 Comisión Europea, comunicación de 8 de julio de 2020, Impulsar una economía climáticamente neutra: Estrategia de la UE para la Integración del Sistema Energético, COM (2020) 299 final. 63 Como ejemplos se citan el uso de hidrógeno renovable en procesos industriales y en transporte pesado por carretera y ferrocarril, los combustibles sintéticos producidos a partir de electricidad renovable en los sectores de la aviación y el transporte marítimo, o la biomasa en los sectores en los que tiene el mayor valor añadido. El Pacto Verde Europeo y las propuestas para su desarrollo… 103 REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 EU y el marco financiero plurianual para el periodo 2021-202764. El plan Next Generation EU está dotado de 750.000 millones de euros, que se suman a los 1.074.300 millones de euros del marco financiero plurianual. Más de un tercio del total, 373.900 millones, se destinan a recursos naturales y medio ambiente65. Además de las contribuciones nacionales, se crean nuevos recursos propios de la UE que se encuentran vinculados al objetivo de desarrollo sostenible. Así sucede con la tasa sobre plásticos no reciclados y un mecanismo tributario sobre las emisiones de carbono, consistente en gravámenes a las importaciones de productos que requieran grandes cantidades de energía (como el cemento o el aluminio) y que procedan de países con políticas poco exigentes ante la emergencia climática. La Comisión ya se había pronunciado por la necesidad de nuevos recursos propios y propuso una hoja de ruta para su puesta en funcionamiento, entre los que destacan un mecanismo de ajuste en frontera de las emisiones de carbono o la revisión del régimen de comercio de los derechos de emisión y su posible ampliación al transporte aéreo y marítimo66. Previamente, en septiembre, la Comisión adoptó una evaluación del impacto en el conjunto de la UE de los planes nacionales de energía y clima de los estados miembros para el periodo 2021-203067. El documento presenta el impacto acumulativo de los diferentes elementos previstos en los planes nacionales, a saber, las energías renovables, la eficiencia energética, la reducción de las emisiones de GEI, el mercado energético interno de la UE y las previsiones de investigación e innovación. La evaluación muestra la línea general de lo analizado en el 64 Consejo Europeo extraordinario de Bruselas de 17 a 21 de julio de 2020 – Conclusiones de la Presidencia, EUCO 10/20. 65 Comisión Europea, Plan de recuperación para Europa, accesible en https://ec.europa.eu/info/strategy/recovery-plan-europe_es 66 Comisión Europea, comunicado de prensa de 10 de noviembre de 2020, Presupuesto de la UE: la Comisión Europea se congratula del acuerdo alcanzado sobre un paquete de 1,8 billones de euros para ayudar a construir una Europa más ecológica, más digital y más resiliente, IP/20/2073. 67 Comisión Europea, comunicación de 17 de septiembre de 2020, Evaluación, a escala de la UE, de los planes nacionales de energía y clima. Impulsar la transición ecológica y promover la recuperación económica mediante una planificación integrada en materia de energía y clima, COM (2020) 564 final. Se trata de los planes que, según el Reglamento (UE) 2018/1999 sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima, deben establecer los Estados miembros cada diez años, comenzando con el periodo 2021-2030. 104 Asier García Lupiola REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 apartado anterior, si bien con una mejora en los dos primeros elementos y una preocupante tendencia en el tercero. En efecto, la UE ya está en camino de superar su objetivo de reducción de emisiones de GEI para 2030 del 40 %, lo que permite a la Comisión considerar factible el aumento del objetivo. Para las energías renovables, se estima que el compromiso combinado de los estados miembros está por encima del objetivo de energía renovable de al menos el 32 %. En lo que respecta a la eficiencia energética, aunque se aprecia un aumento del nivel de ambición de los países con respecto a las propuestas iniciales, el impacto acumulativo de los diferentes planes nacionales sigue estando por debajo del objetivo de eficiencia energética del 32,5 %. Al mismo tiempo que lo hizo con la evaluación de los planes nacionales de energía y clima, la Comisión presentó una propuesta específica para facilitar la adopción de la Ley del Clima y posibilitar su objetivo de elevar del 40 % al 55 % el objetivo mínimo de reducción de emisiones de GEI para 2030 con respecto a los niveles de 199068. La Comisión insistía en que este nuevo objetivo puede acelerar la transición a las energías limpias pero también puede, en el contexto de la necesaria recuperación tras la pandemia, impulsar el crecimiento económico, posibilitando a la UE modernizar el sector de las tecnologías limpias y obtener una ventaja competitiva en los mercados internacionales. Una vez más, las herramientas más importantes para reducir las emisiones de GEI son la generalización de las energías renovables, la eficiencia energética, la electrificación y la integración del sistema energético, que proporcionarán la necesaria transformación, especialmente en los sectores industrial, del transporte y de la construcción. El Consejo Europeo hizo suya a final de año la propuesta de la Comisión, quedando aprobado así el aumento de reducción de emisiones para 205069. Se trata de un objetivo vinculante para la UE que el Consejo Europeo insta a que se refleje en la Ley Europea del Clima, así como que el PE y el Consejo adopten rápidamente dicha ley. En la línea de lo expuesto por la Comisión, la intensificación de la ambición climática europea tiene por objetivo impulsar el crecimiento económico sostenible, crear empleo, generar beneficios en materia de salud y medio ambiente 68 Comisión Europea, comunicación de 17 de septiembre de 2020, Intensificar la ambición climática de Europa para 2030: invertir en un futuro climáticamente neutro en beneficio de nuestros ciudadanos, COM (2020) 562 final. 69 Consejo Europeo de Bruselas de 10 y 11 de diciembre de 2020 – Conclusiones de la Presidencia, EUCO 22/20. El Pacto Verde Europeo y las propuestas para su desarrollo… 111 REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 Comisión Europea, comunicación de 20 de mayo de 2020, Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 “Reintegrar la naturaleza en nuestras vidas”, COM (2020) 380 final. Comisión Europea, comunicación de 20 de mayo de 2020, Estrategia “De la granja a la mesa” para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente, COM (2020) 381 final. Comisión Europea, comunicación de 8 de julio de 2020, Impulsar una economía climáticamente neutra: Estrategia de la UE para la Integración del Sistema Energético, COM (2020) 299 final. Comisión Europea, comunicación de 17 de septiembre de 2020, Evaluación, a escala de la UE, de los planes nacionales de energía y clima. Impulsar la transición ecológica y promover la recuperación económica mediante una planificación integrada en materia de energía y clima. COM (2020) 564 final. Comisión Europea, comunicación de 17 de septiembre de 2020, Intensificar la ambición climática de Europa para 2030: invertir en un futuro climáticamente neutro en beneficio de nuestros ciudadanos, COM (2020) 562 final. Comisión Europea, documento de 14 de octubre de 2020, Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Programa General de Acción de la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2030, COM (2020) 652 final. Comisión Europea, comunicado de prensa de 10 de noviembre de 2020, Presupuesto de la UE: la Comisión Europea se congratula del acuerdo alcanzado sobre un paquete de 1,8 billones de euros para ayudar a construir una Europa más ecológica, más digital y más resiliente, IP/20/2073. Comisión Europea, comunicación del 24 de febrero de 2021, Forjar una Europa resiliente al cambio climático – La nueva estrategia de adaptación al cambio climático de la UE, COM (2021) 82 final. Comisión Europea, comunicación de 14 de julio de 2021, ‘Fit for 55’: delivering the EU’s 2030 Climate Target on the way to climate neutrality, COM (2021) 550 final. 112 Asier García Lupiola REVISTA DE ESTUDIOS EUROPEOS, volumen 79, enero-junio (2022): 80-114 ISSN 2530-9854 Consejo de la UE, comunicado de prensa de 17 de marzo de 2021, VIII Programa de Acción en materia de Medio Ambiente: los Estados miembros están preparados para iniciar las negociaciones con el Parlamento, 198/21. Consejo de la UE, comunicado de prensa de 21 de abril de 2021, Ley Europea del Clima: el Consejo y el Parlamento alcanzan un acuerdo provisional, 300/21. Escribano Francés, G. y Lázaro Touza, L. (2020): “Oil markets, energy transition, climate governance and COVID-19: the short, the medium and the long term”. Real Instituto Elcano-Working Paper, (6). Escribano Francés, G. y Lázaro Touza, L. (2020): “Energía, clima y coronavirus”, Análisis del Real Instituto Elcano - ARI, (31). Fernández de Gatta Sánchez, D. 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