Convenio con el Ayuntamiento de Benifaió
Abstract
Convenios con entidades de la administración pública.
Full text
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA PROYECTO FIN DE GRADO ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERIA DE EDIFICACIÓN CONVENIO CON: AYUNTAMIENTO DE BENIFAIÓ DESDE 02 DE FEBRERO 2011 A 03 DE MAYO 2011 ALUMNA: IRENE CANTO CABALLERO TUTOR ETSIE: LUIS GARCIA BALLESTER TUTOR AYUNTAMIENTO: MANUEL JESÚS GARZÓN GASCO
ALUMNA: Irene Canto Caballero ÍNDICE INTRODUCCIÓN 1. Presentación del municipio 2. Aspectos estructurales 3. Planeamiento del municipio 4. Diario TRABAJO REALIZADO
ALUMNA: Irene Canto Caballero INTRODUCCIÓN
ALUMNA: Irene Canto Caballero 1. PRESENTACIÓN DEL MUNICIPIO 1.1 Generalidades 1.1.1 Breve historia 1.1.2 Marco territorial 1.2 Climatología 1.3 Entorno social 1.3.1 Características demográficas 1.3.2 Características socioeconómicas 1.3.3 Salud y educación
ALUMNA: Irene Canto Caballero 1.1 GENERALIDADES 1.1.1 BREVE HISTORIA Los datos más antiguos, que se conocen sobre el poblamiento humano en el término municipal de Benifaió, se remontan a los inicios de la Edad de los Metales. La primera presencia humana se detectó cerca del actual núcleo de la población, en el límite del término con Alfarp, en la zona de la Font de Almaguer. Allí se encontraron restos del período epipaleolítico, hace unos 10.000 a 8.000 años. Del neolítico proceden los restos de la Paridera, Pla de les Clotxes y un hacha de piedra pulida junto al núcleo urbano. En la Fuente de Muza aparecieron puntas de flecha y diverso material lítico claramente eneolítico. De la Edad de Bronce, años 1.800 a 700 a. C., existen poblados en la Font de Almaguer. La cultura conocida como Edad del Bronce Valenciano y que ocupó casi toda la región Valenciana, comenzó sobre el 1600 a.C, siendo el final bastante incierto, coincidiendo en muchos lugares con la cultura Ibérica sobre el 500 a.C. La Edad del Bronce Valenciano tiene características propias que le diferencian de otros del mismo período, entre ellas la menor riqueza de los instrumentos de metal. Pero los más claros vestigios de poblamientos provienen de la época romana y se encuentran a las afueras del núcleo urbano. Destaca la existencia de una villa rústica donde vivieron sus habitantes entre los siglos I al IV d. C., según nos muestran los restos numismáticos y de cerámicas variadas. La villa se levantaba sobre una pequeña colina cerca de la desaparecida "Font de Mussa", donde se encontró un altar con una inscripción dedicada al dios Mitra. En el año 2002, durante unas excavaciones apareció un mosaico bicromo, en una habitación completa de la villa romana, actualmente expuesto en la Beneficéncia de Valencia. De la dominación árabe se cree que la población musulmana de Benifaió, estaría ubicada cerca de las fuentes de Mussa y Xexena, sus aguas eran indispensables para la vida y el cultivo agrícola, que desarrollaban en las alquerías. También parece confirmar la proximidad de la torre de Mussa o también conocida como de l‘Huerta y que formaba parte del marco defensivo de la ciudad de Valencia, donde también se refugiaban los habitantes de las alquerías, en caso de peligro. De la torre de Mussa, construida con mampostería encajonada, según los moldes tradicionales de las construcciones militares del Al-Andalus, desde los siglos X al XIII, no se conocen referencias documentales de este período, como sí que paso con otras torres de la comarca. En cambio, sabemos que se efectuaron obras de reparación, según documentos de 10 de junio de 1376. El nombre de Benifaió aparece, probablemente, por primera vez en el "Llibre del Repartiment" (Libro del Reparto) el 13 de junio del 1238, como una de las diez alquerías otorgadas por el rey Jaime I a hombres de su ejército procedentes de Barcelona. El nombre proviene de la alquería árabe y está formada por "beni" (hijos) y "Hayyén", nombre de familia musulmana, usual también en tierras cristianas.
ALUMNA: Irene Canto Caballero El rey Pedro II, en represalia por el delito de rebelión, les confiscó sus posesiones de Benifaió, que vendió a Dña. María Lladró de Vidaure, y a los parientes y a sus descendientes de Valencia, por 10.000 reales; el castillo de Benifaió con todas sus alquerías y fortalezas, incluidos sus hombres, mujeres, rentas, censos, frutos, molinos, colmenas, más la jurisdicción civil y criminal. En el siglo XV se formó un reducido núcleo urbano, alrededor de una iglesia gótica en la cual había pintado un retablo Gonzalo Peris. La población, que dependía eclesiásticamente de Espioca, junto con la de Alginet y Almusafes, pasó a ocupar la sede por el despoblamiento que padeció el pueblo de Espioca a causa de las epidemias provocadas por el cultivo del arroz. A Benifaió se trasladó el clero y la campana, y a Picasent la autoridad civil, quedando Espioca incorporada a su término municipal. En 1609, se ordenó la expulsión de los moriscos, cosa que produjo una gran pérdida demográfica y el abandono del cultivo de las tierras. Como consecuencia de eso Benifaió fue vendido a Miquel Falcó de Belochaga que vincula la población como una Baronía. Los barones de Benifaió residían en la casa-palacio adosada a la torre existente (actualmente llamada Torre de la Plaza). El duque de Hijar y barón de Sollana, llevó a cabo, a finales de este siglo, la realización del viejo privilegio del rey Martí el Humano, sobre la prolongación de la Acequia del Rey, que llevaba las aguas del Júcar hasta Albal, por concesión de Carlos III. Esta obra queda finalizada el 1771 y con esta mejora, comenzó a cambiar la agricultura de Benifaió, tradicionalmente de secano, ampliándose el regadío, previo cambio y construcción de la red de riego. Anteriormente los huertos sólo contaban con las aguas de las fuentes de Mussa, Xétxena y la Carrasca. A principios del siglo XIX, Benifaió tiene evidentes signos de prosperidad, causados por una mejor utilización agrícola y de modernización social, unidos al sentimiento antifeudal que ya había comenzado en el siglo anterior. Después de años de pleitos, el Ayuntamiento y los vecinos compraron a los Falcó los derechos señoriales, por la cantidad de 75.000 pesetas o 300.000 reales de vellón. La escritura de desmembración se firmó el 28 de septiembre de 1872, quedando así el municipio libre de cargas y incorporándose a la nación. Benifaió deja de llamarse de Falcó y se nombra de Espioca. Benifaió cuenta a principios del siglo XX con 4.000 habitantes. La población aumenta constantemente, la agricultura impulsada por nuevos cultivos y nuevas técnicas se van desarrollando progresivamente. El cultivo del naranjo adquiere importancia frente a los cultivos de secano. Evolución demográfica 1 1990 1992 1994 1996 1998 2000 2002 2004 2006 2008 2009 2010 12.263 11.986 12.480 12.178 12.120 12.059 12.172 12.254 12.208 12.119 12.204 12.220
ALUMNA: Irene Canto Caballero 1.1.2 MARCO TERRITORIAL Situación Geográfica Benifaió, población ubicada en la comarca de la Ribera Alta, dista 22 Km de Valencia y se encuentra a 19 m sobre el nivel de la mar. El término municipal tiene forma trapezoidal volcado hacia el oeste, con la base mayor de 5 Km, que limita al este con el término de Almussafes. La base, menor de 2 Km, limita al oeste con el término de Alfarp. El lado norte, de 7 Km, limita con Picassent, y al sur, de la misma dimensión, limita con el término de Alginet. Tiene una superficie de 2.006 ha, o lo que es lo mismo 24.096 anegadas Se encuentra situado a: 39º 18'de latitud septentrional y 39º 16'de latitud meridional, a 3º 16'de longitud oriental y a 3º 12'de longitud occidental. La superficie del término es prácticamente plana con una ligera elevación hacia el nordeste. El suelo es de aluvión y arcilla de gran fertilidad. Está drenada por los barrancos del Corral de Gadea, del Motorro y de la Berenguera. Hay diversas fuentes: Xétxena, de la Carrasca y de Mussa. El clima es mediterráneo y los vientos dominantes son el de Levante, Tramontana y Poniente. Cruzan el término de Norte a Sur las carreteras de Valencia en Dativa, por Alcudia, así como los ferrocarriles de Valencia a Játiva (RENFE), de Castellón de la Ribera a Valencia (FGV) y la línea del AVE. El núcleo urbano y la evolución urbana El crecimiento ha estado como era lógico, concéntrico con vías radiales, ya que ningún obstáculo natural, se oponía al desarrollo en todos los sentidos. Y así debía continuar, ya que el único obstáculo no natural que existía, era la línea de ferrocarril del norte. De esta premisa partía el Arquitecto Emilio Artal a la hora de ejecutar el ensanche de Benifaió en 1927, ya que el pueblo continuaba creciendo por el desarrollo de la agricultura, especialmente por los cultivos de la naranja y del arroz, pasando de una población de 4.267 habitantes el 1900, a 5.031 habitantes el 1910, con 1.203 casas. Urbanísticamente hablando, se incorporan algunos ejemplos de arquitectura modernista en algunas viviendas construidas por la incipiente burguesía. Se erige una cruz de término por conmemorar el nuevo siglo XX.
ALUMNA: Irene Canto Caballero Destaca el crecimiento en dirección sur y oeste, donde el terreno era más elevado y se localizaba el ferrocarril. Además, durante estas dos décadas se producen algunas reformas: La primera se efectuó en la antigua plaza del País Valenciano, actual Plaza del Progreso. Haciendo desaparecer una isla de casas y ampliando la plaza de las Almas, en 1906 se cambia la denominación de la calle de San Antonio, por el de Adelina Domingo, en 1909 comenzó a abrirse la calle de Santa Bárbara y en 1910 se construye en un campo de algarrobos, la escuela de Cristo Rey. Posteriormente se trazarían nuevas calles. A la zona este, la calle Vela, que ya existía en su tramo renombrado, actualmente de San Roque, también aparecerían la de Espartero, la de Machí y la de Cervantes; al sur se prolongaría la calle del Prado en el tramo entre las ermitas, y por último, en la zona noroeste del pueblo, aparecería la calle de San Carlos, la de Mendoza, la de San Pedro y la de Espioca, que poco a poco iría prolongándose hasta formar la calle de la Cruz, al mismo tiempo que se abría la entrada al pueblo por la calle Nueva cortando el vértice del ángulo formado por esta calle y la de Valencia. Durante la década siguiente es destacable la gran mejora en algunas obras locales. Así, en el año 1925 el actual Cementerio Municipal, sustituye al antiguo Cementerio Parroquial que se ubicaba en el Camino de la Mocarra, al que se accedía por un antiguo Vía Crucis. En el año 1926 tiene lugar la reforma de la antigua Fuente de la Carrasca, que es convertida en Alberca Pública municipal, y el Mercado Municipal, obra del arquitecto Artal, único ejemplo de arquitectura racionalista de la época en Benifaió (inaugurado el año 1929). En estas circunstancias la localidad ha pasado a contar con 6.000 habitantes el 1922. Las décadas de los años 30 y 40 constituirán un punto y aparte en este ideario reformista. Demográficamente hay diversas fluctuaciones, sin aparecer una tendencia clara debido a las emigraciones, la guerra y la posguerra. La gente de la localidad adicta a la República la abandonaran, buscando el exilio en Francia y a países de Hispanoamérica. Llegan años de represión y muchos vecinos serán encarcelados y algunos fusilados. Debido a las circunstancias del momento, en 20 años la población aumentaría en poco más de 1.000 habitantes. Durante estos años también se harán ciertas reformas de interés. Una de las más destacadas tiene lugar en 1937, en la calle Santa Bárbara, donde las casas comienzan a alinearse bien.
ALUMNA: Irene Canto Caballero Después de años de escaseces y penurias, en los años 50 comienzan a manifestarse los primeros síntomas de recuperación en la localidad. El cultivo del arroz consigue precios altos y la agricultura comienza a ser rentable. Siguen años en los que son frecuentes la realización de mejoras sociales, la red de agua potable es inaugurada en 1957 y también un nuevo campo de deportes municipal. Demográficamente de 1950 a 1970 se da un gran crecimiento, especialmente debido a la industrialización que surge en todo el país. En lo concerniente a las obras más importantes o ambiciosas queda claro que, bloqueado por la Acequia Real del Júcar por el sur y por el ferrocarril Valencia-Madrid por el oeste, se ha volcado su expansión urbanística hacia el este y el norte y es en estos años, finales del 50 y durante la década de los 60 cuando se tomarán toda una serie de construcciones hacia estas direcciones. Posteriormente, en 1969, ya comienza a funcionar el camino vecinal de enlace entre Sollana-Benifaió y Benifaió-Catadau con un puente inferior en el ferrocarril y se proyecta el centro polideportivo en el Camino de la Marcelina. Demográficamente la localidad ha quedado estanca a partir de la mitad de los años 80. El escaso número de nacimientos, un crecimiento vegetativo casi ya negativo, la ausencia de inmigrantes y una cierta emigración de gente joven que se va a vivir a pueblos vecinos ha paralizado el crecimiento previo. Así, de los 12.433 habitantes del 1985, se pasa a 12.400 habitantes y la afluencia de inmigrantes podría repercutir en un aumento del número de vecinos. En Benifaió se edificaba, pero sin ensanchar. El alto precio del terreno para construir, llevó en no pocas ocasiones, a paralizar los posibles ensanchamientos, especialmente en la zona de la calle de Vicent Martí (en dirección al Colegio Trullas, la Cooperativa o los caminos del Arrabal o de las Llanas). En los 90, se comienza a estudiar la posibilidad de un nuevo Polígono Industrial fuera de la población, lo que más adelante será el Polígono Font de Mussa, cerca de la mencionada Fuente de origen árabe. Se empieza a construir la Casa de la cultura Enric Valor, no terminada hasta el año 2000, y un pabellón deportivo cubierto. En el año 2000 se promueve, por interés de los propietarios de las parcelas, la ampliación del casco urbano por su zona noroeste, en el SAU 4, las continuaciones de las calles Levante, Espartero, Dr. Matías Gracia y Av. Caja de Ahorros. En el año 2006 crecen los servicios dotacionales con la construcción de la piscina cubierta municipal En la actualidad, están en fase de estudio los proyectos de urbanización de los SAUs 1, 6 y 5. Y ya se encuentran ejecutadas la SAU 4, y la SAU 2.1.1; la SAU 2.1.2 está aprobada, a la espera de ser urbanizada.
ALUMNA: Irene Canto Caballero 1.3.3 SERVICIOS MUNICIPALES Los cuales se dividen en las siguientes áreas: Área de servicios a personas: Servicios sociales, (1 centro de servicios sociales), servicios educativos (C.E.I.P. Santa Bárbara, C.E.I.P. Trullás, Colegio Cristo Rey, I.B. Enric Soler I Godés, la EPA y el CEM), servicios de sanidad y de juventud (centro de salud, biblioteca municipal de Benifaió, CIJ Centro de Iniciativas Juveniles) servicios deportivos. Área de Promoción económica: iniciativas locales de trabajo, bolsa de trabajo, ADL (Agencia de Desarrollo Local). Área de Alcaldía. Servicios administrativos. Área de Urbanismo. Servicios técnicos y obras en el municipio. Área de Medio Ambiente. Gestión de residuos, limpieza viaria y mantenimiento de zonas verdes, aguas residuales, educación ambiental, etc. Área de Seguridad Ciudadana. Policía Local.
ALUMNA: Irene Canto Caballero 2. ASPECTOS ESTRUCTURALES 2.1 Organización y gestión municipal 2.1.1 Introducción 2.1.2 Organigrama y competencias
ALUMNA: Irene Canto Caballero 2.1 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN MUNICIPAL 2.1.1 INTRODUCCIÓN En este capítulo se describe el organigrama del Ayuntamiento de Benifaió, tanto a nivel político como técnico, y las competencias que asumen cada una de estas áreas . 2.1.2 ORGANIGRAMA MUNICIPAL Y COMPETENCIAS El Pleno del Ayuntamiento es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos, el cual está asesorado por la Secretaria y el Interventor. Asume de modo directo la representación de la colectividad y en su nombre decide sobre las cuestiones más importantes y transcendentes. Composición: Está integrado por la alcaldesa y 16 concejales, elegidos cada cuatro años en las elecciones locales. La actual Corporación Municipal se constituyó el día 16 de junio de 2007. Periodicidad de las sesiones: El Pleno de la Corporación celebra sesiones ordinarias con carácter mensual dentro de los últimos siete días naturales a las 20 horas preferentemente martes, sin perjuicio de las sesiones extraordinarias que puedan convocarse. (El mes de agosto se considera inhábil a efectos de sesiones ordinarias) Lugar de celebración de las sesiones: El lugar de celebración será el Salón de sesiones sito en la planta 4ª de la Casa Consistorial (Plaza Mayor nº 15, 46450Benifaió). La Comisión de Gobierno, consiste en el estudio, informe o consulta de los asuntos que deban estar sometidos a la decisión del Pleno y de la Junta de Gobierno Local cuando esta actúe con competencias delegadas por el Pleno, excepto cuando deban adoptarse acuerdos declarados urgentes. Asimismo, emitirán dictamen sobre aquellos asuntos de la competencia de la Junta de Gobierno y de la Alcaldesa que los estén sometidos a su conocimiento por expresa decisión de aquellos" Estas comisiones son: • Comisión informativa de urbanismo y patrimonio. • Comisión informativa de hacienda. • Comisión informativa de agricultura y medio ambiente • Comisión informativa de educación, cultura y juventud. • Comisión informativa de deportes y fiestas. • Comisión informativa de servicios sociales y sanidad. • Comisión informativa de personal, seguridad ciudadana y régimen interior. • Comisión especial de cuentas. Estas comisiones informativas, tienen carácter consultivo y no están abiertas al público.
ALUMNA: Irene Canto Caballero A continuación se enumeran las ocho Regidorías que existen en la actualidad. 1. Urbanismo y patrimonio 2. Hacienda 3. Deportes y fiestas 4. Educación, cultura, juventud y relaciones con el ciudadano 5. Servicios sociales y sanidad 6. Seguridad ciudadana 7. Agricultura, medio ambiente, obras y servicios municipales. Todas las Regidorías descritas tienen un regidor propio, que representa a su regiduría en la comisión que le pertenece. De esta manera hay un mayor margen de autoridad y de gobierno. A continuación se expone el organigrama municipal de Benifaió, con la distribución de las diferentes Regidorías, y donde se especifican, a grandes líneas, las competencias que asumen cada una de ellas. ALCALDESA 1 er T. Alcaldía Portavoz y concejal Urbanismo y Patrimonio 2 º T. Alcaldía Concejal Deportes y Fiestas 3 er T. Alcaldía Concejal Servicios Sociales y Sanidad Concejal Seguridad ciudadana Concejal Agricultura , Med. Ambiente, Obras y servicios Concejal Educación, cultura, juventud y relación con el ciudadano Concejal Hacienda Tercera edad Marginación Social Defensa del Consumidor Cementerio Mercado Municipal Policía Local Protección del Medio Ambiente Recogida de basuras Vigilancia de embalses Recogida selectiva Obras ordinarias Municipales Parques y jardín Limpieza viaria Conservación de los servicios de alumbrado, Saneamiento y Abastecimiento Consejo municipal escolar Promoción educativa Promoción cultural Biblioteca Juventud Tesorería Tributos Gestión Económica Instalaciones deportivas Asociaciones Deportivas Fiestas Planeamiento Urbanístico Gestión Urbanística Licencias Intervención Administrativa Inventario General bienes Catastro
ALUMNA: Irene Canto Caballero l ALCALDESA Presidenta SECRETARIA POLICÍA LOCAL SECRETARÍA GENERAL SERVICIOS TÉCNICOS TESORERÍA INTERVENCIÓN INTERVENTOR Técnico Administrativos Auxiliares Administrativos TESORERO Técnico Administrativos Auxiliares Administrativos INSPECTOR Oficiales Agentes Asistentes Sociales Técnicos Animadora de Juventud Administra t. Auxiliares Administrat. Auxiliares Administra. Jardineros Peones Alguaciles Directora del departamento TAG Amparo Martínez Arquitecta Begoña Espí Arquitecto Técnico Manuel Garzón TAG Gema Domingo Ing. Industrial Alejandro Marchuet Ing.Tec. Agrícola Pilar Meliá Becaria Irene Canto Caballero Administrativa Tina Meliá
ALUMNA: Irene Canto Caballero 3. PLANEAMIENTO URBANÍSTICO Y USOS DEL SUELO 3.1 Introducción 3.2 Instrumentos de planeamiento 3.3 Distribución del suelo 3.3.1 Suelo Urbano 3.3.2 Suelo apto por urbanizar 3.3.3 Suelo no urbanizable
ALUMNA: Irene Canto Caballero 3.1 INTRODUCCIÓN En este apartado se analiza la situación actual del planeamiento existente en el municipio de Benifaió, así como el modelo de desarrollo territorial que se ejecuta en el mismo. 3.2 INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO El municipio de Benifaió, tiene como instrumento de gestión del territorio, las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, aprobadas por Resolución de la Comisión Territorial de Urbanismo, en sesión del 14 de mayo de 1991, se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, núm. 169 del 18 septiembre de 1991. Estas Normas Subsidiarias se complementan con el anexo publicado al BOP (Boletín Oficial de la Provincia de Valencia) núm. 207 de 31 de agosto de 1991. En estas normas se definen: Las normas de procedimiento y tramitación: Los instrumentos de planeamiento Los instrumentos de gestión Los instrumentos de ejecución Las normas de tramitación El régimen del suelo y su gestión: Sistemas generales Suelo urbano Suelo apto por urbanizar Suelo no urbanizable Las normas generales de edificación y de uso: Definiciones de parcela, solar, etc. Condiciones generales de volúmenes, higiénicas y de calidad Condiciones generales de uso Normativa específica de zonas Ordenanzas Casco Antiguo Ensanche Baja densidad Viviendas unifamiliares Suelos de uso industrial Condiciones de volumen y uso en: Zonas aptas para urbanizar de uso industrial Zonas en suelo no urbanizable común Zonas de suelo no urbanizable especialmente protegido Como complementario a las NN.SS. y dentro de la normativa urbanística el municipio cuenta con: Ordenanzas Plan Parcial Plà de les Clotxes Ordenanzas Plan Parcial Font de Muza
Ordenanzas Plan Parcial SAU 2.1 y 2.2 Ordenanzas Plan Parcial SAU 4 Ordenanza s Plan Parcial SAU 13 Ordenanzas Plan de Reforma Interior Vte. Martí Delimitación y normativa entorno de protección Torre Muza Delimitación y normativa entorno de protección Torre La Plaza 3.3 DISTRIBUCIÓN DEL SUELO Aproximadamente muestra al gráfico: Figura 1: Distribución de la utilización del suelo en Benifaió en hectáreas. Fuente: Ayuntamiento de Benifaió. La gestión del territorio, que se deriva de las normas la distribución del suelo en el municipio, en las siguientes clases de suelo: Sistemas generales Suelo urbano Suelo apto por urbanizar (SAU) Suelo no urbanizable Las características y definiciones de estas clases, se describe continuación. - Sistemas Generales: Suelos donde se sitúan actividades o instalaciones que garantizan el funcionamiento urbanístico del municipio de forma integrada, prestando servicios que cubren necesidades del conjunto municipal. Pudiendo tipo de suelo. (Urbano, apto para urbanizar y no urbanizable) ALUMNA: Irene Canto Caballero Ordenanzas Plan Parcial SAU 2.1 y 2.2 Ordenanzas Plan Parcial SAU 4 s Plan Parcial SAU 13 Ordenanzas Plan de Reforma Interior Vte. Martí - Juan Ramón Jiménez Delimitación y normativa entorno de protección Torre Muza Delimitación y normativa entorno de protección Torre La Plaza DISTRIBUCIÓN DEL SUELO Aproximadamente la distribución del aprovechamiento del suelo es el que se Figura 1: Distribución de la utilización del suelo en Benifaió en hectáreas. Fuente: Ayuntamiento de Benifaió. La gestión del territorio, que se deriva de las normas existentes, permite calificar la distribución del suelo en el municipio, en las siguientes clases de suelo: Suelo apto por urbanizar (SAU) Suelo no urbanizable Las características y definiciones de estas clases, se describe n brevemente a Sistemas Generales: Suelos donde se sitúan actividades o instalaciones que garantizan el funcionamiento urbanístico del municipio de forma integrada, prestando servicios que cubren necesidades del conjunto municipal. Pudiendo estar localizadas en cualquier tipo de suelo. (Urbano, apto para urbanizar y no urbanizable) ALUMNA: Irene Canto Caballero Juan Ramón Jiménez Delimitación y normativa entorno de protección Torre La Plaza la distribución del aprovechamiento del suelo es el que se Figura 1: Distribución de la utilización del suelo en Benifaió en hectáreas. existentes, permite calificar la distribución del suelo en el municipio, en las siguientes clases de suelo: n brevemente a Suelos donde se sitúan actividades o instalaciones que garantizan el funcionamiento urbanístico del municipio de forma integrada, prestando servicios que estar localizadas en cualquier
ALUMNA: Irene Canto Caballero - Suelo Urbano: Suelo que cumple las condiciones establecidas al artículo 10 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre Urbanística Valenciana. No obstante, para clasificar un suelo como a urbano, estas condiciones no serán suficientes si se considera que estas zonas no están suficientemente desarrolladas. - Suelo Urbanizable: Artículo 12 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre Urbanística Valenciana “1. El planeamiento clasificará como suelo urbanizable los terrenos que pretenda incorporar al proceso de urbanización, a medida que el desarrollo de la red primaria de dotaciones y el grado de definición de la ordenación estructural permita integrarlos en dicho proceso dentro de un modelo territorial sostenible y coherente. 2. La clasificación como suelo urbanizable por el Plan General supone la mera aptitud de los terrenos para su urbanización, previa programación de los mismos. Hasta que se apruebe el Programa para el desarrollo de la correspondiente Actuación Integrada quedarán sujetos al régimen propio del suelo urbanizable sin programación, que se regula en el artículo siguiente. Dicha clasificación implica la sujeción de los terrenos al régimen de las Actuaciones Integradas para poder desarrollar su urbanización. Cuando la clasificación como suelo urbanizable sea establecida mediante Plan Parcial modificativo del Plan General, se exigirá la simultánea programación de los terrenos, y la caducidad de su correspondiente Programa comportará el decaimiento de su clasificación en tanto no se acuerden justificadamente otras medidas” - Suelo no urbanizable: Artículo 16 de la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del suelo no Urbanizable. Es aquel que, según el planeamiento territorial o urbanístico, debe ser destinado a los usos propios de la naturaleza rústica de los terrenos, ya sea por los valores y riquezas que en él residen o por la presencia de riesgos naturales, o por ser inadecuados para su desarrollo urbano. Objetivos de la clasificación como suelo no urbanizable: a) Conservar o restaurar sus características y recursos naturales, así como proteger sus valores paisajísticos, históricos, arqueológicos, científicos, ambientales o culturales. b) Minorar los efectos derivados de la presencia de riesgos naturales o inducidos. c) Potenciar el medio rural como forma sostenible de organización del territorio y de la economía agraria valenciana. d) Mantener los usos y actividades propias del medio rural. e) Reservar áreas para la implantación de infraestructuras, dotaciones, obras públicas y actuaciones estratégicas, de utilidad pública o interés social que precisen emplazarse en esta clase de suelo, de acuerdo con los instrumentos de ordenación territorial y urbanística.
f) Ordenar los usos y activ estar aisladas en el territorio. La clasificación actual del suelo en el término municipal de Benifaió se la siguiente: Tabla 1. Clasificación del suelo en Benifaió Tipo de suelo Suelo urbano Suelo urbanizable Suelo apto para urbanizar Fuente: Ayuntamiento de Benifaió En la siguiente figura se muestra la distribución en porcentaje del suelo al municipio de Benifaió. Figura 2: Distribución del suelo al municipio Fuente: Ayuntamiento de Benifaió El suelo no urbanizable ocupa la mayor parte del terreno con un 84%, seguido por el suelo urbano con un 10% y del suelo apto por urbanizar con un 6%. ALUMNA: Irene Canto Caballero Ordenar los usos y activ idades que precisen emplazarse en el medio rural o estar aisladas en el territorio. La clasificación actual del suelo en el término municipal de Benifaió se la Tabla 1. Clasificación del suelo en Benifaió Superficie (Ha) 218 120 Suelo apto para urbanizar 1.767 Fuente: Ayuntamiento de Benifaió En la siguiente figura se muestra la distribución en porcentaje del suelo al Figura 2: Distribución del suelo al municipio de Benifaió en porcentaje. Fuente: Ayuntamiento de Benifaió El suelo no urbanizable ocupa la mayor parte del terreno con un 84%, seguido por el suelo urbano con un 10% y del suelo apto por urbanizar con un 6%. ALUMNA: Irene Canto Caballero idades que precisen emplazarse en el medio rural o La clasificación actual del suelo en el término municipal de Benifaió se la En la siguiente figura se muestra la distribución en porcentaje del suelo al El suelo no urbanizable ocupa la mayor parte del terreno con un 84%, seguido por el suelo urbano con un 10% y del suelo apto por urbanizar con un 6%.
La cuantificación aproximada de este tipo de suelo es la que se muestra en el siguiente gráfico. Figura 7: Distribución del s suelo protegido en porcentaje ALUMNA: Irene Canto Caballero La cuantificación aproximada de este tipo de suelo es la que se muestra en el Figura 7: Distribución del s suelo protegido en porcentaje en el municipio de Benifaió. ALUMNA: Irene Canto Caballero La cuantificación aproximada de este tipo de suelo es la que se muestra en el en el municipio de Benifaió.
ALUMNA: Irene Canto Caballero 4. DIARIO (02 FEBRERO-03 MAYO 2011) 1ºSEMANA M MI IÉ ÉR RC CO OL LE ES S, , 2 2 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal y al Concejal de obras, ejecución del bloque de nichos en el cementerio municipal. (ejecución de columbarios) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal y al Concejal de obras, a la renovación de aceras de la Calle Valencia. Realizar el informe de compatibilidad urbanística en suelo no urbanizable.(Reg. Entrada nº 0135, asunto: Construcción de caseta de aperos, polígono 11 parcela 149) Realizar el informe para la concesión del certificado de compatibilidad urbanística.(Reg. Entrada nº 0495, asunto: Instalaciones eléctricas, comercio al por menor, Calle Santa Bárbara nº15 bajo) J JU UE EV VE ES S, , 3 3 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Revisión de la documentación aportada para subsanar los reparos requeridos en el informe de la arquitecta municipal para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 13/2011, Reparación de cubierta, Polígono 10, nº16) Actualización de las Normas Subsidiarias, comprobación de las Modificaciones Puntuales indicando fecha y número de BOP. Realizar el informe borrador de compatibilidad urbanística en suelo no urbanizable. (Reg. Entrada 7506, asunto: Construcción de caseta de aperos, polígono 4, parcela 346) Inspección ocular y reportaje fotográfico para el expediente de disciplina urbanística polígono 08 parcela 24. V VI IE ER RN NE ES S, , 4 4 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Revisión de la documentación aportada para subsanar los reparos requeridos en el informe de la arquitecta municipal para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 234/2010, Habilitación cambra para vivienda, Calle Vicente Marí nº7) Revisión de la documentación aportada para la concesión de la licencia de obra menor (expt. 7/2011) Facilitar planos a la policía para el estudio de tres rotondas en las siguientes intersecciones: Calle San Marcial-Plaza Blasco Ibáñez-Av. Ausias March, Av. Germanías-Plaza Blasco IbáñezCalle Arquitecto Artal, y Calle Vicente Martí-Calle Santa Bárbara. Elaborar el informe de certificado urbanístico (reg. Entrada 0003, Asunto: informe urbanístico sobre las parcelas catastrales 233, 234, 236 y 238 del polígono 16) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras y adoquinado de la Calle La Fuente.
ALUMNA: Irene Canto Caballero 2ºSEMANA L LU UN NE ES S, , 7 7 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Elaborar el informe de compatibilidad urbanística en suelo no urbanizable vista la documentación aportada para subsanar los reparos requeridos en el informe anterior.(Reg. Entrada nº 0135, asunto: Construcción de caseta de aperos, polígono 11 parcela 149) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, seguimiento y supervisión de la ejecución del bloque de nichos en el cementerio municipal.(ejecución de los columbarios y colocación de teja árabe en la cubierta) Revisión de la documentación aportada para subsanar los reparos requeridos en el informe de la arquitecta municipal para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 9/2011, legalización de elevación de forjado en planta baja almacén calle Juan Ramón Jiménez nº2) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras y adoquinado de la Calle La Fuente. M MA AR RT TE ES S, , 8 8 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Inspección de obra junto al Arquitecto Técnico Municipal en la Calle José Morote nº32 (obras sin licencia) Inspección de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal en la Calle Mayor nº 94 (obras que no se ajustan a la licencia) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, seguimiento y supervisión de la renovación de aceras de la Calle Valencia (colocación de bordillos, apertura de zanja para canalización, picado de acera antigua, colocación de base de arena en las zonas donde ya hay bordillo y solera de mortero de cemento) Realizar el certificado de compatibilidad urbanística previo a la solicitud de licencia ambiental (reg. entrada 0653, peluquería, Calle José Morote nº 16 Bajo) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras Calle Papa Juan XXIII. M MI IÉ ÉR RC CO OL LE ES S, , 9 9 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, seguimiento y supervisión de la ejecución del bloque de nichos en el cementerio municipal (Colocación de tejas, formación de limatesas) Inspección ocular y reportaje fotográfico para el expediente de disciplina urbanística polígono 10 parcela 97. Elaborar tablas para la revisión de licencias de obra mayor, y como aportación para el plan de modernización del Ayuntamiento.(Tablas Cumplimiento Ordenanzas Cascos Antiguo) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras Calle Regino Más. J JU UE EV VE ES S, , 1 10 0 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Actualización de planos municipales, incorporar zonas nuevas urbanizadas, corrección de erratas. Continuar con la tarea de elaboración de tablas para la revisión de licencias de obra mayor y como aportación para el plan de modernización del Ayuntamiento. (Tablas Cumplimiento ordenanzas ensanche) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras y adoquinado de la Calle La Fuente. Revisión de la documentación aportada para la concesión de la licencia de obra menor (expt. 15/2011) V VI IE ER RN NE ES S, , 1 11 1 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Continuar con la tarea de elaboración de tablas para la revisión de licencias de obra mayor y como aportación para el plan de modernización del Ayuntamiento. (Tablas Cumplimiento ordenanzas condiciones generales de volumen, higiénicas y de calidad ) Elaborar informe para la concesión del certificado de compatibilidad urbanística( reg. Entrada 0660, centro islámico, Av. Caja de Ahorros nº19 bajo) Continuar con la tarea de actualización de planos municipales, incorporar zonas nuevas urbanizadas, corrección de erratas. Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras y adoquinado de la Calle La Fuente.
ALUMNA: Irene Canto Caballero 3ºSEMANA L LU UN NE ES S, , 1 14 4 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, seguimiento y supervisión de la renovación de aceras de la Calle Valencia (preparación de las aceras para el recibido de baldosas, en algunas zonas más avanzadas, colocación de baldosas. Señalización de la obra y del paso para peatones) Realizar informe de compatibilidad urbanística previo a la solicitud de comunicación ambiental (reg. Entrada 0861, Comercio al por menor de productos de peluquería, Calle Ermita nº 72 bajo) Continuar con la tarea de elaboración de tablas para la revisión de licencias de obra mayor y como aportación para el plan de modernización del Ayuntamiento. (Tabla Cumplimiento ordenanzas Plan Parcial Plà de les Clotxes) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras y adoquinado de la Calle La Fuente. M MA AR RT TE ES S, , 1 15 5 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Continuar con la tarea de elaboración de tablas para la revisión de licencias de obra mayor y como aportación para el plan de modernización del Ayuntamiento. (Tablas Cumplimiento ordenanzas SAU 4) Continuar con la tarea de actualización de planos municipales, incorporar zonas nuevas urbanizadas, corrección de erratas. Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras Calle Papa Juan XXIII. M MI IÉ ÉR RC CO OL LE ES S, , 1 16 6 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, seguimiento y supervisión de la ejecución del bloque de nichos en el cementerio municipal. (remates de los columbarios y terminar la colocación de tejas en el último faldón) Continuar con la tarea de actualización de planos municipales, incorporar zonas nuevas urbanizadas, corrección de erratas y ploteado y organización de los planos para la atención al público. Continuar con la tarea de elaboración de tablas para la revisión de licencias de obra mayor y como aportación para el plan de modernización del Ayuntamiento. (Tablas Cumplimiento ordenanzas Saus 1, 2.1, 3.1, 4, 5, 6) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras y adoquinado de la Calle La Fuente. Inspección ocular y reportaje fotográfico para el expediente de disciplina urbanística polígono 08 parcela 351. J JU UE EV VE ES S, , 1 17 7 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Continuar con la tarea de elaboración de tablas para la revisión de licencias de obra mayor y como aportación para el plan de modernización del Ayuntamiento. (Tablas Cumplimiento ordenanzas SAU 2.1, 2.2, 9 y 10) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras Calle Papa Juan XXIII. V VI IE ER RN NE ES S, , 1 18 8 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Continuar con la tarea de elaboración de tablas para la revisión de licencias de obra mayor y como aportación para el plan de modernización del Ayuntamiento. (Tablas Cumplimiento DC-09) Inspección ocular de las canastas de los diferentes colegios de Benifaió y reportaje fotográfico para conocer el estado de las mismas. Realizar informe para la concesión del certificado de compatibilidad urbanística previo a la licencia ambiental (Reg. Entrada 0911, Taller de bobinado de motores eléctricos, Calle Les Covetes nº 4, Polígono Industrial Font de Mussa) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras Calle Regino Más.
ALUMNA: Irene Canto Caballero 4ºSEMANA L LU UN NE ES S, , 2 21 1 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Elaboración del informe referente a la inspección de las canastas de los colegios para consellería. Revisión de la documentación aportada para subsanar los reparos requeridos en el informe de la arquitecta municipal para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 199/2010, legalización de ampliación de locales y habilitación cambra piso 1º, Calle Vicente Medina nº23) Revisión de la documentación aportada para subsanar los reparos requeridos en el informe de la arquitecta municipal para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 234/2010, Habilitación cambra para vivienda, calle Vicente Marí nº 7). Informe favorable. Revisión de la documentación aportada para subsanar los reparos requeridos en el informe de la arquitecta municipal para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 196/2010, Habilitación cambra para vivienda 1ºplanta, calle Caballeros nº 111.) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras Calle Papa Juan XXIII. M MA AR RT TE ES S, , 2 22 2 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Inspección ocular y reportaje fotográfico al reparo temporal algunas zonas en mal estado del Camí de la Marjal. Reportaje fotográfico para la solicitud de autorización de vado permanente en la Calle Montroy nº5 del polígono Industrial Jaume I. Reportaje fotográfico para la solicitud de autorización de vado permanente en la Calle Picassent nº 13 Comprobación in situ mediante medición de la propuesta de las tres rotondas aportadas por la Policía Local. Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras y adoquinado de la Calle La Fuente. Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal Calle Papa León XIII M MI IÉ ÉR RC CO OL LE ES S, , 2 23 3 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Revisión de la documentación aportada para subsanar los reparos requeridos en el informe de la arquitecta municipal para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 140/2010, vivienda unifamiliar entre medianeras, Calle Santa Cecilia nº23) Pasar a limpio el estudio realizado por la Policía Local para la ejecución de las tres rotondas Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras y adoquinado de la Calle La Fuente. Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal Calle Papa León XIII Revisión de la documentación aportada para la concesión de la licencia de obra menor (expt. 18/2011) J JU UE EV VE ES S, , 2 24 4 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, a la ejecución del bloque de nichos en el cementerio municipal (últimos remates para la recepción de la obra) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal y el concejal de obras al asfaltado de la Calle Regino Más. Revisión de la documentación aportada para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 233/2010), informe favorable. Continuar con la tarea de elaboración de tablas para la revisión de licencias de obra mayor y como aportación para el plan de modernización del Ayuntamiento. (Tablas Cumplimiento ordenanzas zona industrial Jaume I y Font de Mussa) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal Calle Papa León XIII V VI IE ER RN NE ES S, , 2 25 5 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal y el concejal de obras al asfaltado de la Calle La Fuente. Asistir a la Recepción de obras del bloque de nichos en el cementerio junto a la Arquitecta Municipal, el Arquitecto Técnico Municipal, el Concejal de obras y el representante de la empresa constructora. Continuar con la tarea delineación de las tres rotondas y ploteado en formato A3. Revisión de la documentación aportada para la concesión de la licencia de obra menor (expt. 19/2011) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras Calle Papa Juan XXIII.
ALUMNA: Irene Canto Caballero 5ºSEMANA L LU UN NE ES S, , 2 28 8 d de e F Fe eb br re er ro o 2 20 01 11 1 Realizar informe para la concesión del certificado de compatibilidad urbanística (Reg. Entrada 0660 y 1039, centro islámico, Av. Caja de ahorros nº19 bajo) Continuar con la tarea de elaboración de tablas para la revisión de licencias de obra mayor y como aportación para el plan de modernización del Ayuntamiento. (Tablas Cumplimiento CTE-SUA) Revisión de la documentación aportada para la concesión de la licencia de obra menor (expt. 21/2011) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras Calle Papa Juan XXIII. M MA AR RT TE ES S, , 0 01 1 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Realizar informe para la concesión del certificado de compatibilidad urbanística (Reg. Entrada 1110, almacenaje aceite vegetal usado, Calle les Covetes nº4, Polígono Industrial fuente Muza) Colaboración en la redacción de la Modificación Puntual nº 22 de las NN.SS. referente a la instalación de aire acondicionado, el plazo de caducidad de licencias, y las condiciones de volumen y uso zona en suelo no urbanizable común. Inspección ocular y reportaje fotográfico para el expediente de disciplina urbanística polígono 08 parcela 24. M MI IÉ ÉR RC CO OL LE ES S, , 0 02 2 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Realizar informe técnico municipal de compatibilidad de la actuación en Suelo No Urbanizable Común. (Reg. Entrada 1151, construcción de caseta de aperos en el polígono 5 parcela 72) Realizar informe de compatibilidad urbanística previo a la solicitud de comunicación ambiental (Reg. Entrada 1248, frutería, Plaza Mayor nº 8) Revisión de la documentación aportada para subsanar los reparos requeridos en el informe de la arquitecta municipal para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 13/2010, reparación cubierta, polígono 10 nº16, informe favorable) Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras y adoquinado de la Calle La Fuente. J JU UE EV VE ES S, , 0 03 3 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Visita de obra junto al Arquitecto Técnico Municipal a la Calle Papa León XIII Revisión de la documentación aportada para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 17/2011), construcción edificio de 4viviendas, 1duplex, 2áticos, sótano y trasteros, calle Matías García esquina Calle Santa Cecilia) V VI IE ER RN NE ES S, , 0 04 4 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Visita de obra junto al Arquitecto Técnico Municipal, el Concejal de obras y la empresa constructora de las calles donde se han llevado a cabo renovación de aceras y asfaltados para ultimar detalles y preparar para la recepción. Continuar con la revisión de la documentación aportada para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 17/2011), construcción edificio de 4viviendas, 1duplex, 2áticos, sótano y trasteros, calle Matías García esquina Calle Santa Cecilia)
ALUMNA: Irene Canto Caballero 6ºSEMANA L LU UN NE ES S, , 0 07 7 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Modificar contenidos de la web www.benifaio.es, sustituir instancias y subir nuevas como colaboración al plan de modernización de la administración. Continuar con la revisión de la documentación aportada para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 17/2011), construcción edificio de 4viviendas, 1duplex, 2áticos, sótano y trasteros, calle Matías García esquina Calle Santa Cecilia y realizar el informe con reparos a subsanar. Revisión de la documentación aportada para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 215/2010), construcción edificio de 4viviendas, 1duplex, 2áticos, sótano y trasteros, calle Matías García esquina Calle Santa Cecilia) M MA AR RT TE ES S, , 0 08 8 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Continuar con la tarea de elaboración de tablas para la revisión de licencias de obra mayor y como aportación para el plan de modernización del Ayuntamiento. (Tablas Cumplimiento CTE-SI). Revisión de la documentación aportada para subsanar los reparos requeridos en el informe de la arquitecta municipal para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 227/2010, sustitución parcial de la cubierta, Calle Atarazanas nº35) M MI IÉ ÉR RC CO OL LE ES S, , 0 09 9 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Plotear la ortofoto, zona perteneciente al ADIF para una consulta de la Arquitecta Municipal. Inspección ocular y reportaje fotográfico del Barrio Fuente de Muza. Inspección ocular y reportaje fotográfico para la solicitud de devolución de aval por posibles roturas de la acera en el Plà de les Clotxes parcela nº32, expt. 70/2010. Visita junto a la Arquitecta Municipal a la demolición de la fachada de Roquette Laisa S.A. para la concesión de la licencia de obra mayor. Realizar el informe técnico de licencia de obra mayor una vez revisada la documentación aportada para subsanar reparos (expt. 227/2010, sustitución parcial de la cubierta, Calle Atarazanas nº35) J JU UE EV VE ES S, , 1 10 0 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Revisión de la documentación aportada para la concesión de licencia de obra mayor (expt.140/2010 vivienda unifamiliar entre medianeras, calle Santa Cecilia nº23) y elaboración del informe favorable. Revisión de la documentación aportada para la concesión de licencia de obra mayor (expt.199/2010 legalización de ampliación de locales y habilitación cambra piso 1º, calle Vicente Medina nº23 y elaboración del informe favorable. Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal, renovación de aceras Calle Papa Juan XXIII. V VI IE ER RN NE ES S, , 1 11 1 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal de la Calle Papa León XIII. Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal del Barranco del Tramusser. Visita al Polígono Industrial Jaume I, Av. Jaume I nº16 y búsqueda de la parcela en el catastro. Inspección ocular y reportaje fotográfico visto el informe de la policía local, referente a un canalón en mal estado situado en la Plaza Mayor nº8 para la elaboración del informe del Arquitecto Técnico Municipal de orden de ejecución. Inspección ocular y reportaje fotográfico para la solicitud de devolución de aval por posible roturas en la acera en la Calle RojosaAv. Europa, expt.296/2006.
ALUMNA: Irene Canto Caballero 7ºSEMANA L LU UN NE ES S, , 1 14 4 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Revisión de la documentación aportada para subsanar los reparos requeridos en el informe de la arquitecta municipal para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 236/2010, Local sin uso, Calle Portelles nº83 y elaborar el informe desfavorable. Revisión de la documentación aportada para subsanar los reparos requeridos en el informe de la arquitecta municipal para la concesión de licencia de obra mayor (expt. 175/2010, cerramiento fachada, informe favorable. Informe técnico licencia de segregación-parcelación de las parcelas ubicadas en la calle Portelles nº52, Calle Ángel nº45 y 47 Realizar informe de compatibilidad urbanística previo a la solicitud de comunicación ambiental (Reg. Entrada 7458 y 1512, venta al por menor de ropa, Plaza El Progreso nº1 bajo) M MA AR RT TE ES S, , 1 15 5 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Reportaje fotográfico para la solicitud de autorización de vado permanente en la Calle Real nº20 Inspección ocular y reportaje fotográfico para el expediente de disciplina urbanística polígono 10 parcela 234. Inspección ocular y reportaje fotográfico para el expediente de disciplina urbanística polígono 08 parcela 183. Realizar el informe con reparos a subsanar para la concesión de la licencia de obra mayor (expt.33/2011) M MI IÉ ÉR RC CO OL LE ES S, , 1 16 6 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Continuar con el informe técnico con reparos a subsanar para la concesión de la licencia de obra mayor (expt.33/2011) Modificar contenidos de la web www.benifaio.es, sustituir instancias y subir nuevas como colaboración al plan de modernización de la administración. Búsqueda en el Dirección general de catastro de diferentes parcelas para una consulta de la Arquitecta Municipal. Recopilación de documentación e información para el proyecto fin de grado. J JU UE EV VE ES S, , 1 17 7 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Colaboración con la Técnica de Medio Ambiente en el ploteado de planos de la red de saneamiento municipal concretamente la zona del polígono industrial Jaume I. Elaborar plano de dotaciones públicas de Benifaió, distinguiendo las diferentes zonas por colores y cómputo de superficies. Revisión de la documentación aportada para la concesión de la licencia de obra menor , vallado de la parcela 134, polígono 12. V VI IE ER RN NE ES S, , 1 18 8 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 FESTIVO
ALUMNA: Irene Canto Caballero 8ºSEMANA L LU UN NE ES S, , 2 21 1 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Continuar con la elaboración del plano de dotaciones públicas de Benifaió, distinguiendo las diferentes zonas por colores y cómputo de superficies. Revisión de la documentación aportada para la concesión de licencia de obra mayor (expt.38/2011, rehabilitación de fachada de planta baja en casa falcó, Plaza Mayor nº18) Revisión de informes y certificaciones de “Eliminación de barreras urbanísticas en el parque de Valmonte de Benifaió” Organizar y archivar de documentos, planos y expedientes de la oficina técnica. M MA AR RT TE ES S, , 2 22 2 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Continuar con la elaboración del plano de dotaciones públicas de Benifaió, distinguiendo las diferentes zonas por colores y cómputo de superficies, terminarlo y ploterarlo. Revisión de la documentación aportada para la concesión de licencia de obra mayor (expt.227/2010 sustitución parcial de cubierta, calle Atarazanas nº35) y elaboración del informe favorable. M MI IÉ ÉR RC CO OL LE ES S, , 2 23 3 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Revisión de la documentación aportada para la concesión de licencia de obra mayor (expt.41/2011, Edificio de 15 viviendas y adecuación de sótano para garaje, fase II, Calle Picassent nº5 y 7) Visita a la piscina cubierta municipal junto al Arquitecto Técnico Municipal, Oficial Mayor y perito contratado para revisar el pandeo y descuelgue de algunas de las placas que conforman la cubierta. Revisión de la documentación aportada para la concesión de licencia de obra mayor (expt.38/2011, rehabilitación de fachada de planta baja en casa falcó, Plaza Mayor nº18), informe favorable. J JU UE EV VE ES S, , 2 24 4 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Inspección ocular y reportaje fotográfico visto el informe de la TAG para la elaboración del informe del Arquitecto Técnico Municipal de las siguientes ordenes de ejecución: - Vallado y limpieza del solar perteneciente a RENFE situado en la parte posterior de la Calle Picassent - Caída del aplacado de la fachada en Calle Nueva nº40 - Limpieza y desbroce del solar situado en Calle Ermita nº10 - Desprendimiento de fachada situado en Calle Picassent nº20 Inspección ocular y reportaje fotográfico vista la instancia general presentada por un vecino de la Calle Valencia nº23 referente a la aparición de un charco debido al reciente asfaltado de la calle. Inspección ocular y reportaje fotográfico a la demolición de una vivienda unifamiliar en la Calle Adelina Domingo nº27. Visita a la piscina cubierta municipal junto al Arquitecto Técnico Municipal y la empresa contratada para la recolocación de las placas de la cubierta. V VI IE ER RN NE ES S, , 2 25 5 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Inspección ocular y reportaje fotográfico visto el informe de la TAG para la elaboración del informe del Arquitecto Técnico Municipal de las siguientes ordenes de ejecución: - Desprendimiento de la base de la zona de entrevigado cerámico que conforma el forjado del techo situado en la calle San Vicente nº 76 (búsqueda de la referencia catastral del inmueble y consulta de los propietarios) - Forjado deteriorado pudiendo producirse algún desprendimiento situado en la Calle La Fuente nº 3 (búsqueda de la referencia catastral del inmueble y consulta de los propietarios) - Enfoscado de la medianera situada en la Calle Portelles nº 13 - Reparación de cubierta situada en la Calle Atarazanas nº35 - Limpieza de solar y vallado de la parcela nº33 del Plà de les Clotxes Inspección ocular y reportaje fotográfico para el expediente de disciplina urbanística polígono 09 parcela 197.
ALUMNA: Irene Canto Caballero 9ºSEMANA L LU UN NE ES S, , 2 28 8 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Inspección de obras junto al Arquitecto Técnico Municipal en la Av. Miguel Hernández 81 inicio del expediente de legalización. (obra que no se ajusta a la licencia) Continuar con la revisión de la documentación aportada para la concesión de licencia de obra mayor (expt.41/2011, Edificio de 15 viviendas y adecuación de sótano para garaje, fase II, Calle Picassent nº5 y 7) Inspección ocular y reportaje fotográfico para el expediente de disciplina urbanística polígono 07 parcela 73. M MA AR RT TE ES S, , 2 29 9 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Elaborar el informe con reparos a subsanar de licencia de obra mayor (expt. 41/2011, Edificio de 15 viviendas y adecuación de sótano para garaje, fase II, Calle Picassent nº5 y 7) Colaboración en el proyecto de reparación parcial de la cubierta del Mercado Municipal (preparación de planos y memoria) Inspección ocular y reportaje fotográfico visto el informe de la TAG para la elaboración del informe del Arquitecto Técnico Municipal de la orden de ejecución de limpieza y desbroce del solar situado en la parcela 131 del polígono 1. Atención al público M MI IÉ ÉR RC CO OL LE ES S, , 3 30 0 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Continuar con la tarea de colaboración en el proyecto de reparación parcial de la cubierta del Mercado Municipal (preparación de planos y memoria) Visita a la obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal de la ronda del cementerio. Visita de obra y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal del By-pass camino cementerio. Visita junto al Arquitecto Técnico Municipal y el policía Rural al Polígono 7 Parcela 37 replanteo de lindes para una solicitud de vallado. J JU UE EV VE ES S, , 3 31 1 d de e M Ma ar rz zo o 2 20 01 11 1 Continuar con la tarea de colaboración en el proyecto de reparación parcial de la cubierta del Mercado Municipal (preparación de planos y memoria) Organizar y archivar de documentos, planos y expedientes de la oficina técnica. Inspección ocular y reportaje fotográfico junto al Arquitecto Técnico Municipal del hundimiento de las tapas de pozos de registro de red de evacuación de aguas, situadas en el encuentro de la Av. Miguel Hernández con la Calle Machi. Ubicar en un plano del municipio, las licencias de obra mayor concedidas en los últimos meses, anotando en la correspondiente parcela el número de expediente y mediante distintos colores quien la ha informado para las posibles futuras consultas. V VI IE ER RN NE ES S, , 0 01 1 d de e A Ab br ri il l 2 20 01 11 1 Modificar instancias para la atención al público, formalizándolas en un mismo modelo tipo. Modificar contenidos de la web www.benifaio.es, sustituir instancias y subir nuevas como colaboración al plan de modernización de la administración. Colaboración con la Técnico de Medio Ambiente en el ploteado de planos de saneamiento del municipio. Atención al público.
ALUMNA: Irene Canto Caballero OBRA PÚBLICA
ALUMNA: Irene Canto Caballero EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE OBRAS EL CONTRATO DE OBRAS Es el contrato administrativo típico que ha presidido el desarrollo de la legislación de contratación del sector público en España. Regulación: • La Constitución Española de 1978 en el artículo 149.1.18 índica que es competencia exclusiva del Estado establecer la legislación básica sobre contratos y concesiones administrativas. • Aprobación 12 de octubre del Reglamento General de Contratos mediante RD. 1098/2001 que desarrolla el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCAP). Este Reglamento no ha sido derogado por la LCSP. No obstante con la aprobación del RD. 817/2009 de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, quedan derogadas las disposiciones de igual o de inferior rango que se opongan a lo dispuesto en el mismo. • Ley 30/2007 del 30 de octubre de Contratos del Sector Público (LCSP). • RD.817/2009 de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP. LAS PARTES DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA. En los contratos administrativos nos encontramos con dos partes: 1. EL ORGANO DE CONTRATACION. 2. EL CONTRATISTA. NORMAS ESPECÍFICAS DE CONTRATACIÓN EN LAS ENTIDADES LOCALES. Según las competencias municipales quedan del siguiente modo: COMPETENCIAS DE LOS ORGANOS. 1. Municipios sujetos a régimen común. a) EL ALCALDE O PRESIDENTE: Contratos de obras, suministros, servicios, gestión de servicios públicos, contratos administrativos especiales, contratos privados, cuando se den las condiciones siguientes: - Que su importe no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto. - Ni, en cualquier caso, la cuantía de los 6 millones de euros. - Duración no superior a 4 años. - Que en contratos plurianuales el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje, ni el importe indicados, referidos a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejerció.
ALUMNA: Irene Canto Caballero Concesiones sobre bienes de las entidades locales y adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial, asi como, la enajenación del patrimonio, cuando: - Su valor no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto. - No supere la cuantía de 3 millones de euros. b) EL PLENO: Contrataciones: - Todos los contratos que no han sido atribuidos al Alcalde o presidente. Concesiones sobre bienes de las entidades locales y adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial, asi como la enajenación del patrimonio, cuando: - Todas las que no estén atribuidas al Alcalde o presidente. - Los bienes declarados de valor histórico o artístico cualquiera que sea su valor. CONCEPTO DEL CONTRATO DE OBRAS: La LCSP considera que el contrato de obras es el que tiene por objeto la realización de una obra o la ejecución de los trabajos a que hace referencia el Anexo I de la Ley, con la finalidad de producir un bien inmueble con arreglo al proyecto, aprobado por el órgano de contratación. La LCSP clasifica las obras, en los siguientes grupos: • Obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación. • Obras de reparación simple, restauración o rehabilitación. • Obras de conservación y mantenimiento. • Obras de demolición. EL PROYECTO DE OBRA COMO PRESUPUESTO DEL CONTRATO DE OBRAS El proyecto de obras es “el documento” que describe el objeto del contrato y permite que sea ejecutado, pudiéndose ser redactado por la Administración contratante, o ser impuesta su redacción al contratista. Los proyectos deben referirse a obras completas, entendiéndose por tales “las susceptibles de ser entregadas al uso general o al servicio correspondiente, sin perjuicio de las posteriores ampliaciones de que puedan ser objeto y comprenderán todos y cada uno de los elementos que sean preciso para la utilización de la obra”. DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL PROYECTO DE OBRAS Deben comprender, al menos los siguientes documentos: • Memoria • Planos de conjunto y de detalle • El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. • Presupuesto • Programa de desarrollo de los trabajos o plan de obra • Referencias de todo tipo en que se fundamentará el replanteo de obras. • Estudio de Seguridad y Salud, o en su caso Estudio Básico. • Estudio de Impacto Ambiental. • Anexo de expropiaciones.
ALUMNA: Irene Canto Caballero • Cuanta documentación venga prevista en normas de carácter legal o reglamentario. La anterior documentación es exigible con carácter general. No obstante, para los proyectos de obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación inferiores a 350.000€, se podrá simplificar, refundir o incluso suprimir, alguno o algunos de los documentos anteriores, siempre que la documentación resultante sea suficiente para definir, valorar y ejecutar la obra. SUPERVISIÓN, APROBACIÓN TÉCNICA Y REPLANTEO DEL PROYECTO Para contratos de obras cuya cuantía sea igual o superior a 350.000€, el órgano de contratación deberá solicitar, previo a la aprobación del proyecto, un informe que deberá ser elaborado por las correspondientes oficinas o unidades de supervisión de los proyectos encargadas de “verificar que se han tenido en cuenta las disposiciones generales de carácter legal o reglamentario, así como la normativa técnica que resulte de aplicación”. Es igualmente preceptivo el indicado informe cuando se trate de obras que afecten a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra y en los supuestos en los que se admitan variantes por el posible adjudicatario, con independencia de su cuantía. En los restantes proyectos de cuantía inferior, el informe no es obligatorio. El RGLCAP prevee que una vez realizada, en su caso la correspondiente información pública, supervisado el proyecto, cumplidos los tramites establecido y solicitados los informes obligatorios, el órgano de contratación resolverá sobre la aprobación del proyecto. Con la aprobación técnica del proyecto el objeto del contrato de obras queda perfectamente delimitado. Los proyectos de obras elaborados para las administraciones públicas no es exigible el visado por el Colegio Profesional, siendo bastante, la intervención de la oficina de supervisión. Aprobado el proyecto y previamente a la tramitación del expediente de contratación de la obra, debe procederse a efectuar el replanteo del mismo. El replanteo del proyecto consiste en comprobar la realidad geométrica de la obra y la disponibilidad de los terrenos y de cuantos supuestos figuren en el proyecto elaborado y sean básicos para el contrato a celebrar. Efectuado el replanteo se incorpora el proyecto al expediente de contratación. El replanteo del proyecto es un trámite esencial y su omisión puede dar lugar a la nulidad de todo lo posterior actuado.
ALUMNA: Irene Canto Caballero ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS La adjudicación del contrato de obras debe ir precedida de la tramitación del expediente de contratación y de la licitación del contrato con arreglo a un determinado procedimiento de adjudicación. El objeto que persigue los procedimientos y sistemas de adjudicación es la selección del contratista que deberá realizar el objeto de contrato que la Administración necesita realizar para satisfacer sus necesidades. Estos procedimientos deben llevarse a cabo con eficacia y eficiencia de forma que el contratista seleccionado nos ofrezca una mejor calidad, a un precio adecuado y ene l mejor plazo posible. Los procedimientos son la garantía de que se va a llevar a cabo la selección del contratista bajo el principio de legalidad. Los procedimientos establecidos en la LCSP son: a) ORDINARIOS: • Procedimiento abierto • Procedimiento restringido • Subasta electrónica b) EXCEPCIONALES: • Procedimiento negociado • Diálogo competitivo c) ADJUDICACIÓN DE FORMA DIRECTA • Contrato menor Los principios que rigen los procedimientos de contratación son: • Igualdad • No discriminación • Transparencia • Publicidad • Confidencialidad respecto a la información facilitada por los licitadores. PROCEDIMIENTO ABIERTO: Todo empresario interesado puede presentar una proposición. PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO: Sólo pueden presentar proposiciones aquellos empresarios seleccionados expresamente por la Administración previa solicitud de los mismos. PROCEDIMIENTO NEGOCIADO: El contrato se adjudicará al empresaria justificadamente elegido por la Administración, previa consulta y negociación de los términos del contrato con al menos tres empresarios (para contratos de licitación inferior a 200.000€ o para contratos menores cuyo importe no supere los 50.000€). DIALOGO COMPETITIVO: El órgano de contratación dirige un diálogo con los candidatos seleccionados, previa solicitud de los mismos, para desarrollar una o varias soluciones que servirán de base para que los candidatos elegidos presenten la oferta. Utilizado para contratos complejos cuando la Administración no se encuentre capacitada para definir los medios técnicos para satisfacer sus objetivos, etc.
ALUMNA: Irene Canto Caballero CONTRATO MENOR: Aquel que se define exclusivamente por su cuantía y podrá ser adjudicado directamente a cualquier empresario con la habilitación profesional requerida. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN La celebración de un contrato de obras por parte de la Administración Pública requiere “la previa tramitación del correspondiente expediente, que se iniciará por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato” Al expediente se deben incorporar: • El pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas. • El certificado de existencia de crédito o documento que legalmente le sustituya, y la fiscalización previa de la intervención. • Una justificación adecuada del procedimiento elegido y de los criterios para adjudicar el contrato. • Una justificación de la plena disponibilidad de todas las aportaciones con indicación del orden de su abono e inclusión de una garantía para su efectividad de distinta procedencia, aunque se trate de órganos de una misma Administración pública. • El proyecto de obras. • El informe de la oficina o unidad de supervisión de proyectos. • La resolución de aprobación técnica de proyecto. • El acta de replanteo del proyecto o acta ocupación. Completado el expediente de contratación, el órgano de contratación debe dictar resolución motivada aprobando el mismo y disponiendo la apertura del procedimiento de adjudicación. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Con posterioridad a la adjudicación del contrato de obras y una vez formalizado el mismo comienza su ejecución, que deberá ajustarse a la normativa aplicable y a los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas tanto generales como particulares. Para la ejecución del contrato los órganos de contratación pueden designar al “responsable del contrato” al que, corresponderá “supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización sin perjuicio de las que en el contrato de obras correspondan al director facultativo”. “Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares y al proyecto que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de éste dieren al contratista el director facultativo de las obras, y en su caso, el responsable del contrato, en los ámbitos de su respectiva competencia”. El “Facultativo de la Administración Director de la obra” es la persona, con titulación adecuada y suficiente, directamente responsable de la comprobación y vigilancia de la correcta realización de la obra contratada. Podrá contar con colaboradores a sus órdenes y que integrarán la “Dirección de obra”. El Director
ALUMNA: Irene Canto Caballero designado debe ser comunicado al contratista por la Administración antes de la comprobación del replanteo. También deberá el órgano de contratación designar al coordinador en materia de seguridad y salud. Debe indicarse que los costes inherentes a la dirección facultativa de las obras o a la coordinación en materia de seguridad y salud de las mismas deben ser asumidos por la Administración contratante, siendo nulas las cláusulas de los pliegos que impongan a los contratistas la asunción de dichos costes. COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO La ejecución del contrato de obras comienza con el levantamiento del acta de comprobación del replanteo. Dentro del plazo que el contrato prevea y, como máximo, dentro del mes siguiente a su formalización, el servicio de la Administración encargado de las obras procederá a “efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente a la licitación, extendiéndose acta del resultado que será firmada por ambas partes interesadas, remitiéndose un ejemplar de la misma al órgano que celebró el contrato”. Deben comparecer en el acto: • Administración contratante • Contratista • Director facultativo de las obras. Si el contratista no acudiere, se considerará como incumplimiento del contrato y puede dar lugar a la resolución del contrato. La comprobación del replanteo tiene por objeto verificar la realidad geométrica de la obra o la disponibilidad material y formal de los terrenos. Se trata de confrontar el proyecto con la realidad física, y de identificar, en su caso, la existencia de obstáculos que puedan impedir o dificultar la ejecución de las obras con arreglo a dicho proyecto. El acto de comprobación de replanteo es imprescindible para que pueda iniciarse la ejecución de las obras. El mismo ha sido calificado de “obligación esencial” de la Administración, “de su cumplimiento depende que el contratista pueda o no iniciar la obra”. Desde el día siguiente al levantamiento del acta de comprobación del replanteo, y hasta que se cumpla el plazo de garantía y se liquide la obra, el contratista será el “responsable de los defectos que en la construcción puedan advertirse”. De no iniciar las obras el contratista una vez producido el replanteo de las obras y no existir causa que justifique dicha negativa, se entenderán por incumplidas sus obligaciones y la Administración podrá declarar resuelto el contrato con incautación de la garantía e indemnización de los daños y perjuicios a que pueda haber lugar. Con anterioridad al levantamiento del acta de comprobación del replanteo, el contratista deberá elaborar un plan de seguridad y salud que desarrolle las previsiones contenidas en el estudio de seguridad y salud, a efectos de que el propio órgano de
ALUMNA: Irene Canto Caballero contratación, con el informe de coordinador en materia de seguridad y salud oportunamente nombrado, proceda a su aprobación previamente al inicio de las obras. También previamente al levantamiento del acta de comprobación del replanteo deberá cursarse la oportuna comunicación de apertura del centro de trabajo por el contratista. PROGRAMA DE TRABAJO DE LA OBRA El contratista debe presentar al órgano de contratación un programa de trabajo de la obra en que se especifiquen la programación temporal prevista para la ejecución de la totalidad y de partes de la obra y su reflejo económico-financiero. El programa de trabajo de la obra debe presentarse cuando lo exija el pliego de cláusulas administrativas particulares y siempre que la total ejecución de la obra esté prevista en más de una anualidad. El mismo debe contener la siguiente documentación: • La ordenación en partes o clases de obra de las unidades que integran el proyecto, con expresión de sus mediciones. • La determinación de los medios necesarios, tales como personal, instalaciones, equipo y materiales, con expresión de sus rendimientos medios. • La estimación en días de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y de los de ejecución de las diversas partes o unidades de obra. • La valoración mensual y acumulada de la obra programada, sobre la base de las obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y partes o unidades de obra a precios unitarios. • El diagrama de las diversas actividades o trabajos. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. OBRAS DEFECTUOSAS. Deficiencias de las obras: Es posible que durante la ejecución de las obras, una vez producida su recepción e, incluso, una vez expirado el período de garantía, aparezcan defectos en las mismas. El artículo 213.3 LCSP establece que “durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía el contratista es responsable de los defectos que en la construcción puedan advertirse”. No obstante, el contratista quedará exento de responsabilidad cuando la obra defectuosa o mal ejecutada sea consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración o de vicios del proyecto elaborado por la Administración. Pueden diferenciarse los siguientes escenarios: - Defectos surgidos durante la ejecución de las obras. La responsabilidad de su corrección corresponderá normalmente al contratista y, excepcionalmente, a la Administración (en caso de que los mismo tengan su origen directo en una orden inmediata y directa de la Administración o
ALUMNA: Irene Canto Caballero en un vicio del proyecto por la misma aprobado). Su corrección puede tener lugar en la recepción de la obra, toda vez que sólo si las mismas se encuentran “en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas” pueden darse por recibidas, levantándose la correspondiente acta, y comenzando entonces el plazo de garantía. De no haberse corregido los defectos, se hará constar en el acta, señalando el director facultativo los defectos observados y detallando las instrucciones precisas para remediarlos, fijando al efecto el oportuno plazo, de forma que transcurrido dicho plazo el contratista sin haberse solucionado las deficiendias advertidas, podrá concedérsele un nuevo plazo improrrogable o declararse resuelto el contrato. - Defectos surgidos con posterioridad a la recepción de conformidad con las obras ejecutadas y previamente a la expiración del plazo de garantía de las obras. En este caso y dado que la obligación del contratista de responder de los defectos que en la construcción puedan advertirse permanece en vigor hasta que se cumpla el plazo de garantía, la responsabilidad de corregirlos le corresponderá normalmente al mismo, y excepcionalmente, a la Administración. La garantía definitiva constituida por el contratista responde del cumplimiento de la obligación de reparación de las deficiencias advertidas hasta la liquidación del contrato. - Defectos surgidos con posterioridad a la expiración del período de garantía de las obras. “Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido al incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios que se manifiesten durante un plazo de quince años a contar desde la recepción”. Una vez transcurrido el anterior plazo sin manifestarse daño o perjuicio alguno, “quedará totalmente extinguida la responsabilidad del contratista”. MEDICIÓN DE LAS OBRAS EJECUTADAS Y PAGO DE LAS MISMAS El contratista de obras tiene derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en la LCSP, y en el contrato, con arreglo al precio convenido. Aunque el sistema de fijación de precio ordinario se fundamenta en la existencia de unidades y precios unitarios, es posible que el sistema de retribución de la obra se, si la naturaleza de la obra lo permite, a tanto alzado y sin existencia de precios unitarios. Dicho sistema de retribución da tanto alzado puede, además, configurarse como de “precio cerrado”, con el efecto de que “el precio ofertado por el adjudicatario se mantendrá invariable no siendo abonables las modificaciones del contrato que sean necesarias para corregir deficiencias u omisiones del proyecto sometido a licitación”, aunque sin excluir el “derecho del contratista a ser indemnizado por las modificaciones del contrato que se acuerden”. La LCSP prevé, que el precio pueda pagarse “de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta”, abonos a cuenta que no sólo pueden percibirse por el importe de las obras ejecutadas en cada período, sino, además, por el importe de las operaciones preparatorias de la ejecución del contrato y que estén comprendidas en el objeto del mismo.
ALUMNA: Irene Canto Caballero El pago que pueda hacer la Administración al contratista debe venir precedido por diversas actuaciones: la medición de las obras ejecutadas, la valoración de las mismas en la correspondiente relación valorada y la expedición de la oportuna certificación de obras. MEDICIÓN DE LAS OBRAS EJECUTADAS La dirección de la obra debe realizar mensualmente y en la forma y condiciones que establezca el pliego de prescripciones técnicas particulares, la medición de las unidades de obra ejecutadas durante el período de tiempo anterior. VALORACIÓN. RELACIONES VALORADAS. El director de la obra, tomando como base las mediciones de las unidades de obra ejecutadas y los precios unitarios contratados, debe redactar mensualmente la relación valorada al origen. La relación valorada que redacte el director facultativo es el documento que sirve de soporte y fundamento a la certificación de obras. Para obtener la relación valorada al origen es preciso incrementar la valoración que resulte de la medición de las obras ejecutadas hasta la fecha con los porcentajes que sirven para calcular el presupuesto base de licitación, es decir, los correspondientes a “gastos generales” y “beneficio industrial”. La cantidad obtenida debe multiplicarse por el coeficiente de adjudicación del contrato (baja de licitación para ajustarlo a la oferta del contratista). Simultáneamente a la tramitación de la relación valorada la dirección de la obra debe enviar un ejemplar al contratista a efectos de su conformidad o reparos, pudiendo este formular las alegaciones que estime oportunas en el plazo máximo de 10 días hábiles. Transcurrido dicho plazo sin formular alegaciones se considerará otorgada la conformidad a la relación valorada. En caso contrario y de aceptarse en todo o parte las alegaciones del contratista, éstas se tendrán en cuenta a la hora de redactar la próxima relación valorada o en la certificación final o liquidación del contrato. EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES DE OBRA A efectos del pago, la Administración, a través del director facultativo debe expedir mensualmente, en los primero 10 días siguientes al mes que correspondan, certificaciones que comprendan la obra ejecutada durante dicho periodo de tiempo, cuyos abonos tienen el concepto de pagos a cuenta sujeto a las rectificaciones y variaciones sin suponer en forma alguna, aprobación y recepción de las obras. PAGO Cualquiera que sea la forma de pago del precio, la obligación de la Administración de abonarlo debe cumplirse según la Disposición Transitoria 8ª de la LCSP: El pasado 5 de Julio de 2010 se aprobó la Ley 15/2010, de modificación de la Ley 3/2004 de medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales. La Ley prevé que para el 1 de Enero de 2013 el pago de certificaciones o documentos sea de 30 días, para ello ha dispuesto de forma escalonada un calendario de pago al cual deberá ajustarse la Administración.
ALUMNA: Irene Canto Caballero PROYECTO: RENOVACIÓN DE CALLES VARIAS DE BENIFAIÓ PROMOTOR: PLAN CONFIANZA COMUNITAT VALENCIANA El proyecto consiste en continuar con el Plan del Ayuntamiento de Benifaió de sustituir las aceras existentes de manera que se vaya uniformando todo el municipio a la vez que se adapten a la normativa de accesibilidad al medio físico, repavimentando además los tramos donde la capa de rodadura se encuentre en mal estado. Se deberá extremar el cuidado en la fase de demolición para evitar las roturas o afecciones a las instalaciones existentes, sobre todo en las instalaciones de agua potable y gas. Con respecto a las canalizaciones de gas o arquetas de acometidas de gas existentes deberá ponerse en conocimiento de la empresa suministradora tal circunstancia con anterioridad a la ejecución de obras en sitios cercanos a las mismas. El Ayuntamiento deberá comunicar a la empresa suministradora de gas el comienzo de las obras para poder coordinar los trabajos con la suficiente seguridad y antelación. En aquellas viviendas que sea recomendable la sustitución de la conducción del agua potable y saneamiento, se aprovechará la situación para que la empresa gestora de este servicio EGEVASA realice estos trabajos. El Ayuntamiento deberá comunicar a la empresa suministradora de gas el comienzo de las obras para poder coordinar los trabajos con la suficiente seguridad y antelación. El reasfaltado de las calles Vicente Medina, Germanías, Ausias March y la Font consistirá en un fresado del aglomerado asfáltico existente en las franjas laterales, cada una con un ancho aproximado de 1/3 de la calzada, un riego de adherencia, y pavimentación con una mezcla bituminosa en caliente tipo D-12 y árido grueso. Para proporcionar un adecuado desagüe de las aguas pluviales por las rigolas, se dotará de un bombeo aprovechando la pendiente de la actual calzada, y en los casos en los que esta pendiente no sea suficiente, se le proporcionará un bombeo del 2%. Finalmente se aplicará sobre el aglomerado asfáltico la pintura vial antideslizante en las zonas correspondientes. La renovación de aceras incluirá los trabajos de: demolición de acera existente, levantado de arquetas existentes, excavación de zanjas, ejecución de solera, colocación de bordillos y pavimentación, colocando de las arquetas. En cumplimiento con la normativa en materia de accesibilidad, en las calles Regino Mas, Valencia y Juan XXIII, todas las aceras renovadas dispondrán de un ancho mínimo de 1,20 m. Además, para permitir el acceso a las personas con movilidad reducida, se construirán vados peatonales en todos los chaflanes y pasos de peatones. La continuidad entre la acera y la calzada, a través del vado, se realizará rebajando todo el ancho de la acera. Los dos niveles a comunicar se enlazarán por planos inclinados con una pendiente del 8%. La textura del pavimento del vado debe contrastar táctil y visualmente con la del resto de la acera. Los vados se detectarán táctilmente mediante una franja de 1,20 m de ancho de pavimento señalizador La repavimentación incluirá los trabajos de: fresado del aglomerado existente en un ancho de 1,75 m, levantado de tapas, colocación de rigolas e imbornales, riego de imprimación y riego de adherencia, ejecución de la capa de rodadura y pintura vial antideslizante.
ALUMNA: Irene Canto Caballero Para proporcionar un adecuado desagüe de las aguas pluviales por las rigolas, se dotará de un bombeo aprovechando la pendiente de la actual calzada, y en los casos en los que esta pendiente no sea suficiente, se le proporcionará un bombeo del 2%.
ALUMNA: Irene Canto Caballero DESCRIPCIÓN DE LA OBRA 1. Se procederá al replanteo de la obra en el sitio, marcando los trazados y secciones indicadas en el proyecto, y comprobando su veracidad sobre el terreno. 2. Se procederá a la demolición del pavimento de acera, bordillos y de las zonas de calzada donde proceda la ampliación de la acera. 3. Se realizará el levantado y almacenado de marcos y tapas de las arquetas existentes, tanto de agua, saneamiento, gas y riego. 4. Se procederá a la excavación de las zanjas tanto para la zona de aceras que se amplían como para las acometidas de los imbornales. Se realizarán con medios mecánicos, perfilando a mano cuando sea necesario para la correcta ejecución de las obras. 5. Se ejecutará la solera de hormigón mediante HM 15/B/20/IIa en base de aceras (tramo ampliado) y en base de canalizaciones para acometidas de imbornales. 6. Se colocarán bordillos (rebajados para la entrada de garajes) y las rigolas. El bordillo será de hormigón bicapa de dimensiones 12,5x20x50 cm, y la rigola será también de hormigón de dimensiones 20x6x50 cm, ambos colocados sobre lecho de hormigón HM 15/B/20/IIa. 7. Se pavimentará la acera con baldosa de terrazo para uso exterior, en tonos alternados blanco y rojo, modelo municipal. En los vados peatonales se colocará pavimento señalizador a base de baldosas de cemento hidráulicas con resaltes troncocónicos tipo botón, modelo municipal, en color gris y rojo. A su vez, se colocarán nuevamente los marcos y las tapas de las arquetas. 8. Previamente al pavimentado de las calles se realizará un fresado del aglomerado asfáltico existente en las franjas laterales 9. Una vez fresado el plano resultante para recibir el pavimento asfáltico, y el barrido de la superficie de la actual calzada, se realizará un riego de adherencia a la superficie, y se pavimentará con una mezcla bituminosa en caliente tipo D-12 y árido grueso porfídico de 3 cm. de espesor una vez apisonada. 10. Para proporcionar un adecuado desagüe de las aguas pluviales por las rigolas, se dotará de un bombeo aprovechando la pendiente de la actual calzada, y en los casos en los que esta pendiente no sea suficiente, se le proporcionará un bombeo del 2%. 11. Finalmente se aplicará sobre el aglomerado asfáltico la pintura vial antideslizante en las zonas correspondientes.
ALUMNA: Irene Canto Caballero PROYECTO: RENOVACIÓN DE CALLES VARIAS DE BENIFAIÓ PROMOTOR: PLAN CONFIANZA COMUNITAT VALENCIANA DIRECCIÓN FACULTATIVA ARQUITECTO MUNICIPAL Y ARQUITECTO TÉNICO MUNICIPAL DÍA 08 de Febrero 2011 Calle Papa Juan XXIII Inicio de las obras, previo vallado, señalización y replanteo de las mismas. Demolición de aceras existentes Arquitecta Municipal dando instrucciones para la ejecución de la obra.
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA 15 de Febrero 2011 Calle Papa Juan XXIII Demolición acera existente, colocación de bordillos y rigolas. Apertura de zanja para la renovación del saneamiento.
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA 17 de Febrero 2011 Calle Papa Juan XXIII Tramo de calle con bordillos colocados. Apertura de zanja, colocación de tubería.
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA 17 de Febrero 2011 Calle Papa Juan XXIII Relleno de arena sobre la nueva instalación. Capa de grava sobre la zanja
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA 21 de Febrero 2011 Calle Papa Juan XXIII Vista general de la calle
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA 25 de Febrero 2011 Calle Papa Juan XXIII Tramo de la Calle con la zanja ya cubierta, bordillos colocados y capa de arena en las aceras.
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA 28 de Febrero 2011 Calle Papa Juan XXIII Colocación de las baldosas de la acera sobre solera de hormigón
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA:8 de Febrero de 2011 Calle Valencia Demolición de la acera existente Apertura de zanja
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA:14 de Febrero de 2011 Calle Valencia Colocación de pavimento de terrazo.
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA:14 de Febrero de 2011 Calle Valencia Remate de bordillos y rigola Señalización de la obra y accesos peatonales.
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA:24 de Febrero de 2011 Calle Valencia Asfaltado Calle Valencia
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 03 de Febrero de 2011 Calle Regino Más DÍA: 10 de Febrero de 2011 Calle Regino Más Vista general del estado actual del vial Colocación de bordillo
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 10 de Febrero de 2011 Calle Regino Más Señalización de obra Colocación de bordillos y extendido de zahorras.
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 18 de Febrero de 2011 Calle Regino Más Ejecución de vado peatonal accesible a personas con la movilidad reducida Vista general de calle
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 18 de Febrero de 2011 Calle Regino Más Vista General de la calle Cruce calle Regino Más con la Avenida Reyes Católicos.
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 24 de Febrero de 2011 Calle Regino Más Asfaltado Calle Regino Más Asfaltado Calle Regino Más
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 25 de Febrero de 2011 Calle La fuente Asfaltado Calle La Fuente
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 14 de Febrero de 2011 Calle La Fuente DÍA: 16 de Febrero de 2011 Calle La Fuente Colocación de imbornales sifónicos Colocación del adoquinado
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 22 de Febrero de 2011 Calle La Fuente DÍA: 23 de Febrero de 2011 Regulación de los adoquines con medios manuales (maza) para nivelarlos Vertido de arena para el rellenado de juntas
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 23 de Febrero de 2011 DÍA: 02 de Marzo de 2011 Vista final del estado reformado Encuentro calle plataforma única con vial existente.
ALUMNA: Irene Canto Caballero PROYECTO: REURBANIZACIÓN DEL ENTORNO Y CONSTRUCCIÓN DE UN BLOQUE DE 78 NICHOS Y 45 COLUMBARIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE BENIFAIÓ PROMOTOR: PLAN PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS (P.P.O.S.) DIRECCIÓN FACULTATIVA ARQUITECTO MUNICIPAL Y ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL La presente actuación consiste en la REURBANIZACIÓN DEL ENTORNO Y CONSTRUCCION DE UN BLOQUE DE 78 NICHOS FUNERARIOS Y 45 COLUMBARIOS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE BENIFAIO, entrando dentro del Plan Provincial de Obras y Servicios de la Diputación de Valencia para el año 2010. El proyecto recoge la idea del proyecto inicial que se redactó por el Ayuntamiento en el año 1995 con el fin de configurar el espacio de entrada al cementerio, formando una gran plaza ovalada, la cual será, en su momento dotada de los correspondientes servicios de bancos y puntos de consumo de agua Se construirá un módulo compuesto por bloques a dos caras con tres andanas, con un total de 78 nichos, y aprovechando uno de los laterales más pequeños para construir 45 columbarios para urnas con cenizas. Descripción de las Obras que comprende el Proyecto: 1.- Replanteo y movimiento de tierras. 2.- Cimentación y Solera. 3.- Estructura. 4.- Cubierta. 5.- Albañilería y obra civil. 6.- Revestimientos y Acabados
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 17 de Septiembre de 2010 Replanteo
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 29 de Septiembre de 2010 Movimiento de Tierras: Excavación de la losa de cimentación
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 17 de Septiembre de 2010 Excavación losa de cimentación Recepción de la ferralla armada, y armadura normalizada
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 04 de Octubre de 2010 DÍA: 05 de Octubre de 2010 Armado de la parrilla inferior Armado de la parrilla inferior, colocación del zuncho perimetral y de separadores (pies de pato) para el apoyo de la parrilla superior
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 06 de Octubre de 2010 Vertido del hormigón Extracción de probetas para realizar los ensayos del hormigón
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 07 de Octubre de 2010 Recepción de los bloques de hormigón
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 11 de Enero de 2011 Ejecución del caravista
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 17 de Enero de 2011 Error en el replanteo del caravista provocando juntas excesivamente gruesas. Se ordena la demolición de la zona mal ejecutada y se vuelve a realizar.
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 24 de Enero de 2011 Ejecución de los columbarios
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 02 de Febrero de 2011 Recepción de las tejas, y ejecución del otro lado de columbarios
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 07 de Febrero de 2011 Ejecución de la cubierta Replanteo de las tejas de la cubierta inclinada
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 07 de Febrero de 2011 Ejecución de la cubierta
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 07 de Febrero de 2011 Ejecución de la cubierta
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 07 de Febrero de 2011 Recepción de material
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 09 de Febrero de 2011 Ejecución del resto de los faldones que conforman la cubierta Ejecución de limatesas
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 16 de Febrero de 2011 Ejecución del último faldón de la cubierta
ALUMNA: Irene Canto Caballero DÍA: 11 de Marzo de 2011 Acabado superficial
ALUMNA: Irene Canto Caballero LICENCIAS URBANÍSTICAS
ALUMNA: Irene Canto Caballero LICENCIAS URBANÍSTICAS ACTOS SUJETOS A LICENCIA Artículo 191 de la Ley Urbanística Valenciana. Actos sujetos a licencia. “1. Están sujetos a licencia urbanística, en los términos de la presente Ley y sin perjuicio de las demás autorizaciones que sean procedentes con arreglo a la legislación urbanística y sectorial aplicable, todos los actos de uso, transformación y edificación del suelo, subsuelo y vuelo, y en particular los siguientes: a) Las obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de nueva planta. b) Las obras de ampliación de toda clase de construcciones, edificios e instalaciones existentes. c) Las obras de modificación o reforma que afecten a la estructura o al aspecto exterior e interior de las construcciones, los edificios y las instalaciones de todas clases, cualquiera que sea su uso. d) Las obras y los usos que hayan de realizarse con carácter provisional. e) La demolición de las construcciones. f) La primera ocupación de las edificaciones y las instalaciones, concluida su construcción, así como la ocupación en caso de segundas o posteriores trasmisiones de las mismas cuando sea exigible de acuerdo con la Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación. g) Los actos de división de terrenos o de parcelación de fincas, salvo en los supuestos legales de innecesaridad de licencia. h) La modificación del uso de las construcciones, edificaciones e instalaciones, así como el uso del vuelo sobre los mismos. i) Los actos de intervención sobre edificios o elementos protegidos o catalogados, cualquiera que sea el alcance de la obra. j) Los desmontes, las explanaciones, los abancalamientos y aquellos movimientos de tierra que excedan lo imprescindible para la práctica ordinaria de labores agrícolas. k) La extracción de áridos y la explotación de canteras, en los términos dispuestos por el párrafo 4 siguiente. l) La acumulación de vertidos y el depósito de materiales ajenos a las características propias del paisaje natural, salvo el acopio de materiales necesarios para la realización de obras ya autorizadas por otra licencia. m) El levantamiento de muros de fábrica y el vallado en los casos y bajo las condiciones estéticas que exijan las ordenanzas de los planes reguladoras de su armonía con el entorno. n) La apertura de caminos, así como su modificación o pavimentación. o) La ubicación de casas prefabricadas, caravanas fijas e instalaciones similares, provisionales o permanentes.
ALUMNA: Irene Canto Caballero p) La instalación de invernaderos. q) La colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública. r) La ejecución de obras e instalaciones que afecten al subsuelo. s) La instalación de tendidos eléctricos, telefónicos u otros similares y la colocación de antenas o dispositivos de comunicación de cualquier clase. t) La construcción de presas, balsas, obras de defensa y corrección de cauces públicos, vías públicas o privadas y, en general, cualquier tipo de obras o usos que afecten a la configuración del territorio. u) Las talas y abatimiento de árboles que constituyan masa arbórea, espacio boscoso, arboleda o parque, a excepción de las autorizadas en suelo no urbanizable por los órganos competentes en materia agraria o forestal. v) La ejecución de obras de urbanización, salvo lo dispuesto en el número 3 del presente artículo. w) Todas las demás actuaciones en que lo exija el planeamiento o las ordenanzas municipales.” TIPOS DE LICENCIAS Artículo 465 del ROGTU. Diferentes clases de licencias urbanísticas en referencia al artículo 191 de la Ley Urbanística Valenciana. “1. A los efectos de este reglamento, tienen la consideración de licencias urbanísticas, todos los actos de uso, transformación y edificación del suelo, subsuelo y vuelo y en concreto las siguientes: a) Parcelación b) De urbanización c) De edificación d) De ocupación e) De otras actuaciones urbanísticas estables. f) De usos y obras provisionales. g) De demolición h) Otras licencias municipales 2. El correspondiente instrumento de intervención ambiental se exigirá para el ejercicio de las actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas, de conformidad con lo dispuesto en la normativa reguladora de tales actividades”
ALUMNA: Irene Canto Caballero LICENCIA DE EDIFICACIÓN ¿QUÉ ES? Artículo 486 del ROGTU. Licencia de edificación en referencia al artículo 191 de la Ley Urbanística Valenciana. “1. La ejecución de obras de construcción, ampliación o modificación de edificios o instalaciones requerirá de previa licencia de edificación otorgada por el Municipio correspondiente. 2. La licencia municipal de edificación no comprende los procesos de gestión urbanística necesarios para dotar la parcela de la condición de solar. 3. La licencia de edificación tiene por finalidad comprobar que el proyecto técnico presentado es conforme a lo dispuesto en el planeamiento y la legislación urbanística vigente. 4. La licencia de edificación en suelo no urbanizable se otorgará siempre sometida a la condición de hacer constar en el Registro de la Propiedad la vinculación indivisible de la finca o parcela a la construcción autorizada, así como las demás condiciones impuestas en la licencia, y en su caso en la declaración de interés comunitario”
ALUMNA: Irene Canto Caballero LICENCIA DE OBRA MAYOR ¿QUÉ ES? Son obras mayores - Las obras de primer establecimiento, gran reparación o reforma que implique la modificación de huecos de fachada o cubierta, a excepción de las sea solo cambio o reposición del material de cobertura. - Las obras de demolición del inmueble, respecto a edificios no catalogados. - Por cuantía superior a 24.000 €. Según las Normas Subsidiarias de Benifaió, en su Capítulo III. Instrumentos de ejecución: “A estos efectos se define como obra mayor toda aquella que o bien supera los veinticuatro mil euros de presupuesto de ejecución material o bien precise de proyecto arquitectónico, siendo obra de menor la inferior a la cantidad citada y que a la vez no precise de proyecto arquitectónico.” ¿QUIÉN LA SOLICITA? • Persona interesada • El promotor o constructor de las obras • Persona que legalmente represente al interesado ¿CÓMO SE TRAMITA? Cumplimentar la instancia normalizada para la solicitud de licencia de obra mayor y entregarla al ayuntamiento por registro de entrada general junto a los documentos necesarios para la concesión de la licencia: • Fotocopia del DNI/CIF del solicitante. En caso de Personas Jurídicas: escritura de constitución de la sociedad, y acreditación documental de la representación, en su caso. • Hoja de solicitud de licencia de obras firmada por el constructor. • Impuesto de Actividad Económica (IAE) del constructor. • Resguardo abono del ICIO. • Hoja estadística cumplimentada y firmada por técnico y promotor. • Aval por las posibles roturas que se vayan a producir en las aceras o elementos de urbanización existentes, de acuerdo con el siguiente detalle: Art. 7b, (fianza por reposición de pavimentos): ________m 2 x 18,030363€/m 2 =__________€ “La superficie se calculará multiplicando la longitud de fachada por la suma del ancho de acera más una franja de 1 m de vial” • En el caso de 6 o más viviendas, Escritura pública registral de reserva de plaza de aparcamiento, 1 plaza por vivienda. (Capítulo III. Condiciones generales de uso, Art. 5 Condiciones de uso vivienda) • En el caso de que la obra esté dentro del entorno de la Torre de la Plaza o de la Torre Muza, autorización de la Dirección General de la Consellería de Cultura
ALUMNA: Irene Canto Caballero en conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 4/1998, 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano y la Ley 7/2004, de 19 de octubre de la Generalitat, de Modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (D.O.G.V. 4867/21-10-2004). Se solicitará la autorización a la Consellería de Cultura, Educación y Deporte, adjuntando: - 2 Copias del Proyecto de obra visado y firmado por técnico competente. - Fotocopia de la solicitud de la licencia de obras. - Fotografía de la fachada del inmueble afectado en color. - Estudio de Integración Paisajística (Art.48 Reglamento de Paisaje). • En caso de que la ubicación sea junto a la línea del AVE, se ha de aportar autorización del órgano administrativo competente por la servidumbre sectorial, en cumplimiento con la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE 31-07-1987) y el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. • En el caso de que la parcela se encuentre afectada por ubicarse junto a la línea de Ferrocarril de la Generalitat Valenciana (FGV), deberá de solicitarse informe para la previa autorización al órgano administrativo competente sobre el ferrocarril. • En el caso de que la parcela se encuentre afectada por ubicarse junto a la línea de ferrocarril del ADIF, deberá de solicitarse informe por la citada servidumbre sectorial para la previa autorización al órgano administrativo competente sobre el ferrocarril. Documentación técnica: • Hoja de encargo del aparejador o arquitecto técnico. • Hoja de aceptación expresa del director de obra (Art.2, Cap.IV apdo. 1 de las NN.SS.) • Estudio Básico de Seguridad y Salud/ Estudio Seguridad y Salud en cumplimiento del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre. • Proyecto de Telecomunicaciones. • Declaración sobre el cumplimiento del artículo 486.6. 2ª A) del Decreto 36/2007, de 13 de abril, que modifica el ROGTU (en vigor 17/04/2007). • Documentación que justifique el cumplimiento de la Ordenanza municipal Reguladora de los vertidos de Aguas Residuales al alcantarillado del municipio de Benifaió (BOP nº262 de 03/11/2007). • Proyecto de Urbanización, en el caso de que la parcela carezca de los siguientes servicios: 1. Acceso rodado hasta la parcela por vía pavimentada, y estar abiertas al público, en condiciones adecuadas, todas las vías a las que de frente. 2. Suministro de agua potable y energía eléctrica con caudales y potencia suficientes para la edificación prevista. 3. Evacuación de aguas residuales a la red de alcantarillado.
ALUMNA: Irene Canto Caballero 4. Acceso peatonal, encintado de aceras y alumbrado público en, al menos, una de las vías a que de frente la parcela. • En el caso de garaje para más de 5 plazas, Proyecto de actividad de garaje según el artículo 486.6.3º) del decreto 36/2007, de 13 de abril, que modifica el ROGTU y solicitud de licencia ambiental. • Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición en cumplimiento del Art.4.2 y del 4.1.b) del R.D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los Residuos de Construcción y Demolición (BOE 13/02/08). • Estudio Geotécnico (incluido en el anejo de información geotécnica de la memoria del proyecto). • En el caso de Expediente de Legalización habrá de aportar: - Fotografía del local o edificio a legalizar. - Certificado acreditativo de las condiciones de seguridad, habitabilidad y legalidad. - Ficha urbanística - Certificado final de obras. ENTREGADA LA DOCUMENTACIÓN, ¿QUÉ SUCEDE? El expediente entra en la oficina técnica y es el Arquitecto Municipal, quien en un plazo de 2 MESES* revisa la documentación aportada, verifica que el proyecto cumple con el planeamiento urbanístico y con la normativa que le sea de aplicación (Código Técnico de la edificación, DC-09 condiciones de diseño y calidad) y para ello redacta un informe. • Informe favorable • Informe desfavorable, si se observa alguna disconformidad en el proyecto y/o falta parte de la documentación. En este caso el plazo se interrumpe hasta que el interesado aporte planos modificados o documentación requerida para la subsanación de los reparos señalados en el informe. A continuación el TAG visto el informe de la Arquitecta Municipal emite la propuesta de resolución, y mediante decreto de alcaldía se notifica al solicitante la resolución, bien sea los reparos a subsanar, o la concesión de la licencia. *Artículo 195 de la LUV. Plazos para el otorgamiento de licencias. “…Las licencias que comporten obras mayores de nueva construcción o reforma estructural de entidad equivalente a una nueva construcción o las de derribo, respecto a edificios no catalogados, habrán de otorgarse o denegarse en el plazo de dos meses”
ALUMNA: Irene Canto Caballero CONCLUSIONES La concesión de licencia de obra mayor frecuentemente se retrasa por: Falta de documentación. Los proyectos no se adecuan a las normas subsidiarias y a otras leyes de aprobación reciente como las DC-09 condiciones de diseño y calidad. LICENCIA DE OBRA MAYOR Persona interesada Promotor/constructor Representante legal Arquitecto Municipal Becaria -Colaboración en la revisión de la documentación y proyecto aportado (revisión de planos, cumplimiento de las ordenanzas, cumplimiento de la DC-09, cumplimiento del CTE y colaboración en la redacción del informe. TAG Administrativo
ALUMNA: Irene Canto Caballero INFORMES
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J huella y la contrahuella de los peldaños con el límite inferior de la barandilla, siempre que la distancia entre este límite y la línea de inclinación de la escalera no exceda de 5 cm)”. Justificar en plano y detallar el alzado de la fachada trasera. DC/09. CONDICIONES DE DISEÑO Y CALIDAD o Artículo 12. Iluminación natural. “Para cumplir esta exigencia, los recintos o zonas con excepción del acceso, baño o aseo y trastero, dispondrán de huecos acristalados al exterior para su iluminación, con las siguientes condiciones: d) La superficie de los huecos de iluminación, en la que se incluye la superficie ocupada por la carpintería, será fracción de la superficie de todo el recinto iluminado, teniendo en cuenta la situación de la ventana, ya sea al exterior o a patios interiores del edificio y la profundidad del recinto iluminado, según se establece en la tabla 12”. En el caso del dormitorio de dimensiones 11´13 m2 el 15%. Justificar su cumplimiento. OTRAS VALORACIONES o De conformidad con lo regulado en el articulo 111. Fuera de ordenación de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana la fachada existente del edificio se encuentra fuera de ordenación al no cumplir con los artículos 7 y 21 de las Normas Subsidiarias de Benifaió. Ajustar los planos afectados (6. Distribución; planos 8 y 9 de instalaciones; 10. Detalle de carpintería y 11. Calidad del aire interior) a las modificaciones efectuadas en el proyecto. Ajustar la memoria en las partes afectadas. De acuerdo con lo expuesto se queda SIN INFORMAR esta licencia, no obstante, la Corporación, con superior criterio, resolverá lo que estime más conveniente. Y para que conste y a los efectos oportunos se expide el presente informe en Benifaió, a 22 de febrero de 2011. La arquitecta municipal XXXX XXXX XXXX
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INFORME TÉCNICO DE LICENCIA DE OBRA MAYOR EXPDTE. Nº 196/2010 Informe nº 03 Titular: XXXX XXXX XXXX Obra: Habilitación de cambra para vivienda 1ª planta Emplazamiento: C/ Caballeros nº 111 XXXX XXXX XXXX, arquitecta municipal del Ayuntamiento de Benifaió, con relación a la licencia de obras arriba indicada y examinada la documentación que a continuación se relaciona: Rg. Entrada General, nº 7609; fecha: 27/10/10 Proyecto de Habilitación de cambra para vivienda 1ª planta que SI incluye Estudio Básico de Seguridad y Salud, redactado por los arquitectos D. XXXX XXXX XXXX Añó , visado por el Colegio Oficial de Arquitectos en fecha 25/10/10. Rg. Entrada General: sin registro Subsanación de la documentación requerida en el informe nº 01 de 15/11/10. Se aporta decreto de alcaldía en referencia al pago del ICIO. Rg. Entrada General, nº 0215; fecha: 14/01/11 Subsanación de la documentación requerida en el informe nº 02 de 07/01/11. Se aporta justificación del cumplimiento de la escalera de conformidad con la ORDEN de 7 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se aprueban las condiciones de diseño y calidad en desarrollo del Decreto 151/2009 de 2 de octubre, del Consell. INFORMA que deberá completar y/o subsanar: o Planos a escala 1/50. Los planos aportados tienen una escala menor y no se puede medir a escala. Acotar huella de la escalera. De acuerdo con lo expuesto se queda SIN INFORMAR esta licencia, no obstante, la Corporación, con superior criterio, resolverá lo que estime más conveniente. Y para que conste y a los efectos oportunos se expide el presente informe en Benifaió, a 23 de febrero de 2011. La arquitecta municipal XXXX XXXX XXXX
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INFORME TÉCNICO DE LICENCIA DE OBRA MAYOR EXPDTE. Nº 234/2010 Informe nº 03 Solicitante: XXXX XXXX XXXX Obra: Habilitación cambra para vivienda Emplazamiento: C/ Vicente Mari 7 XXXX XXXX XXXX, arquitecta municipal del Ayuntamiento de Benifaió, con relación a la licencia de obras arriba indicada y examinada la documentación que a continuación se relaciona: Rg. Entrada General, nº 9248; fecha: 23/12/10 Proyecto de “Habilitación de cambra para vivienda” que SI incluye Estudio Básico de Seguridad y Salud, redactado por el arquitecto D. XXXX XXXX XXXX, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos en fecha 19/11/10 Rg. Entrada General, nº 0468; fecha: 27/01/11 Subsanación de parte de la documentación requerida en el informe nº 01 de fecha 05/01/11. Rg. Entrada General, nº 1034; fecha: 18/02/11 Subsanación de la documentación requerida en el informe nº 02 de fecha 08/02/11. INFORMA: Que se ha presentado documentación subsanando el informe nº 02 interpuesto en fecha 8 de febrero de 2010. Que el proyecto cumple con la normativa urbanística y técnica que le es de aplicación y por todo ello, salvo derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero (art. 12 LRBRL), este técnico informa FAVORABLEMENTE el otorgamiento de la licencia para la realización de las obras explícitamente mencionadas en la solicitud. No obstante, la autoridad con superior criterio acordará lo que crea más conveniente. Y para que conste y a los efectos oportunos se expide el presente informe en Benifaió, a 23 de febrero de 2011. La arquitecta municipal XXXX XXXX XXXX
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INFORME TÉCNICO DE LICENCIA DE OBRA MAYOR EXPDTE. Nº 140/2010 Informe nº 03 Titular: XXXX XXXX XXXX Obra: Vivienda unifamiliar entre medianeras Emplazamiento: C/ Santa Cecilia nº 23 XXXX XXXX XXXX, arquitecta municipal del Ayuntamiento de Benifaió, con relación a la licencia de obras arriba indicada y examinada la documentación que a continuación se relaciona: Rg. Entrada General, nº 5236; fecha: 20/07/10 Proyecto Básico de “Vivienda Unifamiliar entre medianeras”. Rg. Entrada General, nº 0108; fecha: 07/01/11 Proyecto de Ejecución de “Vivienda Unifamiliar entre medianeras” que SI incluye Estudio Básico de Seguridad y Salud, redactado por el arquitecto técnico D. XXXX XXXX XXXX, visado por el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Valencia en fecha 21/12/10. Subsanación de parte de la documentación requerida en el informe nº 01 de fecha 29/07/10. Rg. Entrada General, nº 1272; fecha: 01/03/11 Subsanación de parte de la documentación requerida en el informe nº 02 de fecha 28/01/11. INFORMA que deberá completar y/o subsanar respecto a: DOCUMENTACIÓN: o Hoja de aceptación expresa del director de obra según Art.2, Cap.IV apdo. 1 de las NN.SS.: “En las solicitudes que requieran ir acompañadas de un proyecto técnico, éste contendrá el nombre y dirección de los facultativos competentes, autores del proyecto y directores de la obra, figurará la aceptación expresa de la dirección de obra y la documentación deberá ir visada por el colegio oficial....” o Deberá presentar aval por las posibles roturas que se vayan a producir en las aceras o elementos de urbanización existentes, de acuerdo con el siguiente detalle: Art. 7b, (fianzas por reposición de pavimentos): 15 m 2 x 18,030363 €/m 2 = 270,46 € La superficie se calculará multiplicando la longitud de fachada por la suma del ancho de acera más una franja de 1 m de vial. De acuerdo con lo expuesto se queda SIN INFORMAR esta licencia, no obstante, la Corporación, con superior criterio, resolverá lo que estime más conveniente. Y para que conste y a los efectos oportunos se expide el presente informe en Benifaió, a 04 de marzo de 2011. La arquitecta municipal XXXX XXXX XXXX
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INFORME TÉCNICO DE LICENCIA DE OBRA MAYOR EXPDTE. Nº 13/2011 Informe nº 02 Titular: XXXX XXXX XXXX Obra: Reparación de cubierta Emplazamiento: Camí del Moli Vell s/n (polígono 10, nº 16) XXXX XXXX XXXX, arquitecta municipal del Ayuntamiento de Benifaió, con relación a la licencia de obras arriba indicada y examinada la documentación que a continuación se relaciona: 1. Rg. Entrada General, nº 0535; fecha: 31-01-11 Proyecto Básico y de Ejecución de “Reparación de Cubierta” visado por el Colegio Oficial de Arquitectos en fecha 26/01/11 que SI incluye Estudio Básico de Seguridad y Salud, redactado por el arquitecto D. XXXX XXXX XXXX, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos en fecha 26/01/11. 2. Rg. Entrada General, nº 1207; fecha: 25-02-11 Documentación para la subsanación de los reparos requeridos en el informe nº 01 de fecha 22/02/11. 3. El Molí Vell, construcción objeto del presente informe, se encuentra recogido en el listado de bienes inmuebles de etnología obrantes en la Conselleria de Cultura y Deportes. Se adjunta ficha obrante en la página web de dicha Conselleria como ANEXO. La Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano establece - en su artículo 1 apartado 2 que: “El patrimonio cultural valenciano está constituido por los bienes muebles e inmuebles de valor histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, etnológico, documental, bibliográfico, científico, técnico, o de cualquier otra naturaleza cultural, existentes en el territorio de la Comunitat Valenciana o que, hallándose fuera de él, sean especialmente representativos de la historia y la cultura valenciana...” - en su artículo 2 apartado c) que: “Los bienes que, a los efectos de la presente Ley, integran el patrimonio cultural valenciano pueden ser: Bienes no inventariados del patrimonio cultural. Son todos los bienes que, conforme al artículo 1.2 de esta Ley, forman parte del patrimonio cultural valenciano y no están incluidos en ninguna de las dos categorías anteriores. Serán objeto de las medidas de protección que esta Ley prevé con carácter general para los bienes del patrimonio cultural, así como de cuantas otras puedan establecer las normas de carácter sectorial en razón de sus valores culturales. Las operaciones de rehabilitación se encuentran recogidas con carácter general para los bienes del patrimonio cultural. INFORMA: Que se ha presentado documentación subsanando el informe nº 02 interpuesto en fecha 21 de enero de 2011. Que el proyecto cumple con la normativa urbanística y técnica que le es de aplicación y por todo ello, salvo derecho de propiedad y sin perjuicio del de tercero (art. 12 LRBRL), este técnico informa FAVORABLEMENTE el otorgamiento de la licencia para la realización de las obras explícitamente mencionadas en la solicitud. Y para que conste y a los efectos oportunos se expide el presente informe en Benifaió, a 8 de marzo de 2011. La arquitecta municipal XXXX XXXX XXXX
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INFORME TÉCNICO DE LICENCIA DE OBRA MAYOR EXPDTE. Nº 17/2011 Informe nº 01 Titular: XXXX XXXX XXXX Obra: Construcción edificio de 4 viviendas, 1 duplex, 2 áticos, sótano garaje y trasteros Emplazamiento: C/ Matías García esquina C/ Santa Cecilia XXXX XXXX XXXX, arquitecta municipal del Ayuntamiento de Benifaió, con relación a la licencia de obras arriba indicada y examinada la documentación que a continuación se relaciona: Rg. Entrada General, nº 0861; fecha: 10/02/11 Proyecto básico de 4 viviendas, 1 duplex, 2 áticos, sótano garaje y trasteros, redactado por el arquitecto D XXXX XXXX XXXX, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos en fecha 29/12/10. INFORMA que deberá completar y/o subsanar respecto a: DOCUMENTACIÓN: o IAE del constructor. o Autoliquidación del impuesto sobre construcciones de acuerdo con las ordenanzas fiscales municipales (ICIO) publicadas en el BOP nº 246 de 16/10/07, correspondiente a: • 3,0% del PEM + 3,14 €(placa) (PEM ≤ 100.000€) • 3,5% del PEM + 3,14€(placa) (100.000€ < PEM ≤ 200.000€) • 4,0% del PEM + 3,14 € (placa) (PEM superior a 200.000€) Presentado copia del abono para el expediente . o Hoja de estadística cumplimentada y firmada por técnico y promotor (“Deberá cumplimentarse un cuestionario por cada obra mayor que vaya a efectuarse y se presentará en el Ayuntamiento de la solicitud de licencia” y “… su cumplimentación es obligatoria. (Ley 4/90)”. Falta la firma del promotor. o Escritura de constitución de la sociedad o Hoja de encargo del aparejador o arquitecto técnico. o Hoja de aceptación expresa del director de obra (Art.2, Cap.IV apdo. 1 de las NN.SS.) “En las solicitudes que requieran ir acompañadas de un proyecto técnico, éste contendrá el nombre y dirección de los facultativos competentes, autores del proyecto y directores de la obra, figurará la aceptación expresa de la dirección de obra y la documentación deberá ir visada por el colegio oficial…” o El proyecto deberá incluir la ficha urbanística de la edificación de acuerdo con el art. 47.1 del Reglamento de Disciplina Urbanística. Falta la firma del promotor. o Estudio Básico de Seguridad y Salud/ Estudio Seguridad y Salud en cumplimiento del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre. o Proyecto de Telecomunicaciones. o El plano de situación será de planeamiento (Alineaciones) viniendo acotado en éste la parcela, ancho de vial al que da frente y ancho de acera, así como la ubicación del alcorque u otro mobiliario urbano si lo hubiera. o Certificado de eficiencia energética, de acuerdo con el RD 314/2006, de 17 de marzo, CTE y RD 47/2007, de 19 de enero, de Certificación Energética a Edificios de Nueva Construcción (obligatoria aplicación a partir de 31 de octubre de 2007) o Deberá presentar aval por las posibles roturas que se vayan a producir en las aceras o elementos de urbanización existentes, de acuerdo con el siguiente detalle: Art. 7b, (fianzas por reposición de pavimentos): _______ m 2 x 18,030363 €/m 2 = __________ € La superficie se calculará multiplicando la longitud de fachada por la suma del ancho de acera más una franja de 1m de vial.
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J o De conformidad con la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la ocupación de suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local, Art.4 apdo. 2 se tiene que abonar la tasa por ocupación de vial con materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios, grúas y otras instalaciones similares (BOP nº 284 de 29/11/07). _______ m 2 x 0,2040 €/m 2 /día = __________ € Tarifa mínima: 15,00 € (excepto liquidaciones complementarias) -Para ello el técnico adjuntará informe sobre m2 de ocupación de vial y duración estimada en días con la fecha estimada de inicio de dicha ocupación. Así como un croquis de la ubicación exacta del contenedor de escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios, grúas con el espacio convenientemente acotado. -Se dejará copia de esta documentación tanto en el Retén de la policía como en la Oficina Técnica, así como copias del justificante de pago de la tasa de ocupación. o Escritura pública registral de reserva de plaza de aparcamiento, de conformidad con la instancia de la solicitud de licencia de obra mayor (Capítulo III. Condiciones generales de uso, Art. 5 Condiciones de uso vivienda de las NNSS). o Proyecto de instalación de grúa según el cumplimiento del artículo 486.2ª B) del Decreto 36/2007, de 13 de abril, que modifica el ROGTU y al Edicto del Ayuntamiento de Benifaió sobre aprobación definitiva de la ordenanza municipal reguladora de la ocupación de la vía pública (BOP-187 del 8/8/2006), sección 2ª: Grúas y materiales de construcción y artículo 56. Grúas, o en su caso justificación de innecesariedad de instalación de grúa por parte del redactor del proyecto. Asimismo deberá aportarse a la Oficina Técnica y al retén de la Policía: 1.- Dimensiones totales del camióngrúa trabajando, es decir con los estabilizadores extendidos (largo, ancho y alto) y peso de la misma. 2.- Tiempo previsto de la ocupación de la vía pública. 3.- Día y hora en la que se pretende realizar el servicio. 4.- Plano a escala de la ubicación de la grúa en el que se indique: - Número y tipo de carriles (circulación, estacionamiento en cordón o batería), con indicación de obstáculos en tandas de estacionamiento. - Señalización y medidas de protección que se van a adoptar expresando los metros libres de calzada. - Área de barrido de la pluma. Así como el justificante de pago de la tasa de ocupación. Además podrá requerirse cualquier otro documento cuando se juzgue necesario por los servicios técnicos en atención a circunstancias especiales o por así determinarse en disposiciones legales de aplicación. o En su caso, copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil de la grúa con una garantía mínima de 600.000 € y certificado acreditativo de la correcta instalación de la grúa, debido estado de conservación y funcionamiento. (Art. 486.6. ROGTU) o En el caso de necesitarse un andamio para la realización de las obras según el cumplimiento del Edicto del Ayuntamiento de Benifaió sobre aprobación definitiva de la ordenanza municipal reguladora de la ocupación de la vía pública (BOP-187 del 8/8/2006, Sección 4ª. Andamios, el proyecto técnico comprenderá un Plano de planta viaria que se proyecta ocupar con la edificación, con acotamiento de acera y calzada (ancho y alto de andamio, distancia a fachada y al bordillo de la acera, etc.) con indicación del edificio sobre el que se sitúa. Un plano de alzado y sección que defina claramente las afecciones a la vía pública, medidas de seguridad aplicadas, itinerario peatonal protegido, señalización en general y del obstáculo en calzada y si lo hubiera, etc. El proyecto incluirá una Memoria que complete la documentación técnica y que describa el sistema de montaje y fijación, el tipo de anclajes, las posibles afecciones sobre el pavimento o construcciones bajo rasante si las hubiera, alumbrado, las paradas de transporte público y jardinería, señalización viaria u otros elementos existentes en la vía pública, así como descriptiva de la señalización, pasos cubiertos, redes de protección y otros sistemas a instalar, que, tanto horizontal como verticalmente, garanticen que ningún otro objeto, herramienta, material o elementos del propio andamio puedan caer o proyectarse a la vía pública. Asimismo incluirá el compromiso del director técnico de la obra de asumir la supervisión de la instalación. El proyecto técnico incluirá también un Presupuesto de ejecución y Certificado de que la totalidad de lo proyectado se ajusta a la normativa sectorial aplicable en cuanto a disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y demás normas de obligado cumplimiento. Deberá aportarse una copia a la Oficina Técnica y otra al retén de la Policía, así como el justificante de pago de la tasa de ocupación. o Proyecto de actividad de garaje según el articulo 486.6. 3º) del decreto 36/2007, de 13 de abril, que modifica el ROGTU y solicitud de licencia ambiental, de conformidad con la instancia de la solicitud de licencia de obra mayor. o Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición en cumplimiento del Art.4.2 y del 4.1.b) del R.D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los Residuos de Construcción y Demolición (BOE 13/02/08).
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE BENIFAIÓ, aprobadas definitivamente por la Comisión Territorial de Urbanismo el 28/2/1991 y publicadas en el B.O.P. el 14/6/1991 y Modificaciones posteriores. o Art. 6. Regulación de las plantas de la edificación. “Sótano… si existen rampas de acceso éstas no tendrán más del 16 por ciento en tramos rectos y no más del 12 por ciento en tramos curvos con un ancho mínimo de 3 metros, debiendo tener una meseta horizontal, libre de todo obstáculo, en su acceso a vía pública, con unas dimensiones mínimas de 5 metros de profundidad por 3 metros de anchura. Justificar en planos. o Art. 12. Condiciones de iluminación y ventilación. “Todas las cocinas poseerán un conducto de ventilación forzada estática o dinámica, que acometerá al exterior por encima de la cumbrera del edificio, conducto al que no podrá acometer el de eliminación de humos de combustión.” Justificar en planos. o Art. 13. Evacuación de humos. “...Toda salida de humos se efectuará por encima de la cumbrera del edificio y por conductos únicamente verticales dedicados exclusivamente a este fin… Las cocinas tendrán conductos de eliminación de humos de combustión directamente al exterior con acometida al exterior por encima de la cumbrera del edificio.”. Justificar en planos. o Art. 17. Red eléctrica. “…Todas las edificaciones contarán con una hornacina con tapa metálica situada en fachada de planta baja y accesible desde la vía pública, en la que se ubicará un interruptor general de corte intercalado entre la acometida general al edificio y la red de transporte…” Justificar en planos. o Art .21. Accesibilidad a las edificaciones. “…El portal de entrada a un edificio tendrá un ancho mínimo desde la calle, hasta el acceso a la escalera principal y los ascensores de 2.50 metros, la altura libre no será inferior a 2.50 metros y el hueco practicable de entrada al portal no tendrá un ancho inferior a 1.30 metros…” Justificar en planos. o Art. 23. Antepechos y barandillas. “Las ventanas o huecos y las terrazas accesibles estarán protegidas por un antepecho o barandilla de 1 metro de altura mínima, medida a partir de la solera. Por debajo de esta altura no habrá huecos mayores de 12 cm., ni ranuras a ras del suelo mayores de 5 cm…Las mismas disposiciones regirán para las barandillas de escalera.”. Detallar en planos y justificar, además, de conformidad con la normativa de aplicación estatal y autonómica concordante si es más restrictiva. o Art. 27. Condiciones de distribución y acceso. “En toda vivienda o local cuyo uso haga presumir la posibilidad de lavado de ropa, existirá la posibilidad de tendido al exterior mediante dependencia independiente, si esta se dispusiera en fachadas o recayente a espacio publico se deberá dar de las protecciones, tanto físicas como de corte de visuales, necesarias al objeto de no provocar molestias a los viandantes, ni vistas.” Justificar en planos. ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LOS VERTIDOS DE AGUAS RESIDUALES AL ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE BENIFAIÓ (B.O.P. 03/11/2007) o Art. 28. Planos de planta y secciones representativas a escalas E 1:100 o E 1:50 de la acometida, arqueta de registro y conexión con el pozo de la red municipal de saneamiento, detallando expresamente los sifones y la ventilación aérea. CONDICIONES DE DISEÑO Y CALIDAD DC-09 o Art. 1. Superficies útiles mínimas. “…El lavadero, podrá ubicarse en la cocina, en el baño, en el aseo o en un recinto específico para esa función, reservando siempre la superficie necesaria para la colocación y uso de los aparatos previstos”. Justificar en planos. o Art.2. Relación entre los distintos espacios o recintos: “…Cuando la vivienda tenga más de un dormitorio, se podrá acceder a un espacio para la higiene personal desde los espacios de circulación de la vivienda…”. Justificar en vivienda número 7. o Art.3. Dimensiones lineales: “Tabla 3.1. Figuras mínimas inscribibles para el mobiliario - Lavadero 1´10 x 1´20”. Justificar en los planos. - Al menos en un dormitorio doble podrá inscribirse la figura 2´60 x 2´60”. Justificar viviendas 4 y 7. - Dormitorio sencillo 2´00 x 1´80”. Justificar en viviendas 4 y 6. o Art.3. Dimensiones lineales: “Tabla 3.1. Figuras mínimas inscribibles libre de obstáculos - Baño 1´20”. Justificar en los planos. o Art. 5. Equipamiento: “El equipamiento de la vivienda deberá cumplir las siguientes condiciones: b) Secado de la ropa. - Sistema de secado natural en un espacio exterior de la vivienda. -Sistema de secado natural en fachada exterior o interior del edificio con protección de vistas desde la vía pública. - En determinados casos se podrá optar por una solución en el edificio conforme a los expresado en el articulo 11 de ésta disposición”. Justificar.
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J o Art. 5. Equipamiento: “c) Aparatos. Zona de lavadero. Deberá existir un espacio para la lavadora con tomas de agua fría y caliente, desagüe y conexión eléctrica”. Justificar. o Art. 6. Circulaciones horizontales y verticales: “En todos los edificios de más de una vivienda, los espacios comunitarios de circulación contarán con las siguientes dimensiones: d) Escaleras. En el caso de mesetas o rellanos que sirvan de acceso a viviendas o locales, el ancho mínimo de éstos será de 1´20 m y la distancia mínima entre la arista del último peldaño y el hueco de las puertas a las que sirva será de 0´40 m.”. Justificar planta sótano. o Art. 6. Circulaciones horizontales y verticales: “En todos los edificios de más de una vivienda que deban disponer de un itinerario practicable o adaptado, los espacios comunitarios de circulación contarán con…Acceso: para acceder sin rampa desde el espacio exterior, se dispondrá de un plano inclinado con un desnivel máximo de 0.12m, una pendiente máxima del 25% y una anchura mínima de 0.90m”. Justificar. o Art. 6. Circulaciones horizontales y verticales: “4. El ascensor: d) Al menos un ascensor deberá estar conectado con el itinerario practicable y contará con las siguientes características: - La cabina del ascensor tendrá en la dirección de cualquier acceso o salida una profundidad mínima de 1´25 m. - El ancho mínimo de la cabina en la dirección perpendicular a cualquier acceso o salida será de 1´00 m. - Las puertas en la cabina y en los accesos a cada planta, serán automáticas. El hueco de acceso tendrá un ancho libre mínimo de 0´80 m.” Justificar. o Artículo 10. Aparcamientos. Justificar rampa y distribución interior (…sólo se tendrá que hacer maniobra para estacionar el vehículo, dejando para ello un espacio libre en el frente de la plaza de al menos 2´30 m x 4´80 m). o Art. 11. Locales del edificio: “c) Trasteros independientes de las viviendas en edificios de mas de una vivienda. Los trasteros anejos a las viviendas serán locales destinados a éste fin exclusivo, sin incorporación posible a ninguna de las viviendas. Deberán tener acceso desde zonas comunes de circulación del edificio o desde una plaza de garaje a la que estarán incorporados y vinculados registralmente”. No contemplan el uso de trastero en la vivienda 3. o Art. 12. Iluminación natural. Justificar de conformidad con la Tabla 12. Superficie de los huecos de iluminación en relación a la superficie útil de todo el recinto iluminado en tanto por cien. Se ha detectado que algunas viviendas no cumplen con la tabla y que la vivienda 3 no se encuentra correctamente acotada en fachada. CTE CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN, Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo (BOE nº 74; 28/03/06) y modificaciones. Documento Básico DB SI Seguridad en caso de incendio o De conformidad con el Anejo I del Código Técnico de la Edificación (Parte I), justificar en los planos de plantas generales. A efectos de diseño, señalar que la distancia mínima entre los contornos de las superficies barridas por las puertas del vestíbulo de independencia del garaje debe ser al menos 0´50 m y la dotación de alumbrado de emergencia. Documento Básico DB SU Seguridad de Utilización o 3.2.1 Altura. Las barreras de protección tendrán, como mínimo, una altura de 0´90 m cuando la diferencia de cota que protegen no exceda de 6 m y de 1´10 m en el resto de los casos, excepto en el caso de huecos de escaleras de anchura menor que 40 cm., en los que la barrera tendrá una altura de 0´90 m, como mínimo. Justificar en planos de planta y sección. Disponer de barandillas en los lados abiertos. Documento Básico DB HS Salubridad o Recogida y evacuación de residuos: “Los edificios dispondrán de espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en ellos de forma acorde con el sistema público de recogida de tal forma que se facilite la adecuada separación en origen de dichos residuos, la recogida selectiva de los mismos y su posterior gestión”. Justificar en planos. OTRAS VALORACIONES o De conformidad con el Anejo I. Contenido del Proyecto de la Parte I del Código Técnico de la Edificación. - Plano de urbanización - Plano Alzado Posterior. Dibujar ventana del baño de la vivienda 3. - La rampa de acceso al garaje no se ajusta a la realidad de la sección, justificar en planta y sección acotando el radio de giro. o Se deberá modificar la memoria en los apartados que resulten necesarios tras la revisión del proyecto de conformidad con este informe.
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J o Revisar el Presupuesto de Ejecución Material. El valor del Presupuesto de Gestión de Residuos no está incluido. o A los efectos del cumplimiento de la ORDEN de 7 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se aprueban las condiciones de diseño y calidad en desarrollo del Decreto 151/2009 de 2 de octubre, del Consell se deberían dibujar en los planos: las figura mínimas inscribibles y dimensiones mínimas de aparatos sanitarios y de las zonas de uso de conformidad con el artículo 3. o Previamente al inicio de las obras deberá aportarse el Proyecto de Ejecución firmado por técnico competente y visado por su correspondiente colegio profesional. De acuerdo con lo expuesto se queda SIN INFORMAR esta licencia, no obstante, la Corporación, con superior criterio, resolverá lo que estime más conveniente. Y para que conste y a los efectos oportunos se expide el presente informe en Benifaió, a 8 de marzo de 2011. La arquitecta municipal XXXX XXXX XXXX
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J El uso solicitado es en la casa palacio de los Falcó. En fecha 3 de marzo de 2011 se emite informe por la Unidad de Inspección de Patrimonio Histórico Artístico en donde se autorizan las obras de reforma en planta baja para local comercial según la memoria y planos de los arquitectos Duart-Vila arquitectes de fecha enero de 2010, con las siguientes condiciones: “…las obras y actividad propuestas obtendrán Licencia de Obras y Autorización Municipal de actividad, sometiéndose a la normativa vigente que le corresponda” El uso o actividad a que se destinan las obras e instalaciones solicitadas se considera COMPLEMENTARIO por las Normas Subsidiarias de planeamiento vigentes al ser VENTA AL POR MENOR DE ROPA el cual se admite en el Tipo A) los niveles 1, 2 y 3 por las Normas Subsidiarias de planeamiento vigentes en la Zona de Casco Antiguo. El local se encontraría dentro del nivel 2 por su superficie Por lo que el uso o actividad a que se destinan las obras e instalaciones solicitadas SI se considera COMPATIBLE por las Normas Urbanísticas de Planeamiento. Por lo que se propone: ADMITIR a trámite el expediente . El presente informe urbanístico es independiente de la licencia de obras o de cualquier otra licencia o autorización exigible en virtud de lo establecido en la normativa urbanística o de ordenación de la edificación y, en consecuencia, no prejuzga la actuación del órgano municipal competente con motivo de estas últimas autorizaciones o licencias (Art.24 Decreto 127/2006). No obstante, la corporación, son superior criterio estimará lo más conveniente. En Benifaió, a 17 de marzo de 2011. La arquitecta municipal XXXX XXXX XXXX
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INFORME DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA PREVIO A LA SOLICITUD DE COMUNICACIÓN AMBIENTAL. Licencia nº: /11 Informe nº: 01 Solicitante: XXXX XXXX XXXX Reg. General Entrada: 2305 (11/04/11) Comunicación ambiental para: Fabricación y comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería. Situación: C/ Cavallers nº108 bajo XXXX XXXX XXXX, arquitecta municipal del Ayuntamiento de Benifaió, vista la solicitud de Cerificado de Compatibilidad Urbanística, en base a la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental y al Decreto 127/2006, de 15 de septiembre, del Consell de la Generalitat, por el que se desarrolla la Ley 2/2006, el técnico que suscribe emite el siguiente INFORME: La información aportada es insuficiente para poder emitir informe de compatibilidad urbanística, siendo necesario aportar: □ Un plano de emplazamiento de las Normas Subsidiarias, de la actividad proyectada, de planta de distribución actual y de estado proyectado, de alzado y de sección. □ Proyecto o Memoria descriptiva de la instalación o actividad donde se indique superficie en cualquier caso y potencia en caso de instalación industrial. □ Descripción de necesidad de uso y aprovechamiento del suelo. □ Descripción de los requerimientos de la instalación respecto a los servicios públicos esenciales. Por lo que se propone: NO ADMITIR a trámite el expediente. El presente informe urbanístico es independiente de la licencia de obras o de cualquier otra licencia o autorización exigible en virtud de lo establecido en la normativa urbanística o de ordenación de la edificación y, en consecuencia, no prejuzga la actuación del órgano municipal competente con motivo de estas últimas autorizaciones o licencias (Art.24 Decreto 127/2006). No obstante, la corporación, son superior criterio estimará lo más conveniente. En Benifaió, a 25 de mayo de 2011. La arquitecta municipal XXXX XXXX XXXX
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INFORME PARA LA CONCESIÓN DEL CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA Nº Expediente: /11 Informe nº: 01 Solicitante: XXXX XXXX XXXX Reg. Entrada: 0911 (15/02/11) Licencia de actividad: Taller de bobinado de motores eléctricos Ubicación: C/ Les Covetes nº 4A Esc1. Polígono industrial Fuente Muza XXXX XXXX XXXX, arquitecta municipal del Ayuntamiento de Benifaió, vista la solicitud de Certificado de Compatibilidad Urbanística, en base a la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental y al Decreto 127/2006, de 15 de septiembre, del Consell de la Generalitat, por el que se desarrolla la Ley 2/2006, el técnico que suscribe emite el siguiente INFORME: La ubicación de la Actividad de referencia tiene las siguientes características, acorde al Art.24 del mencionado decreto 127/2006: 1.- Clasificación y calificación del suelo. Suelo Urbano (SU), Industrial. 2.- Planeamiento al que está sujeto. Normas Subsidiarias de Planeamiento de Benifaió y sus sucesivas modificaciones puntuales, Plan Parcial de ordenación de Suelo Industrial Sector 5. 3.-Grado de urbanización. Se trata de suelo urbano, reúne las características que le confieren la consideración de solar. 4.- Usos urbanísticos admitidos y, en su caso, existencia de limitaciones de carácter estrictamente urbanístico. Plan Parcial de ordenación de Suelo Industrial Sector 5. Capítulo tercero: Condiciones de uso. Artículo 27. Definición de usos y su calificación. Vivienda: Uso prohibido.- Se admite únicamente anexa a la edificación industrial y exclusivamente para el personal de custodia. Colectivo. Residencia comunitaria y hotelera: Uso prohibido. Industria: Uso característico. Talleres y artesanía: Uso compatible.- Se admiten en todos los niveles. Almacenes: Uso compatible. Terciario: Uso compatible.- Anexo siempre al uso industrial. Prohibido en edificio de uso exclusivo. Comercial: Uso tolerado.- Se admite en edificio de uso exclusivo. Escolar: Uso prohibido. Sanitario: Uso prohibido. Deportivo: Uso tolerado, se admite en edificio de uso exclusivo y en parque deportivo.
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J Asistencial: Uso prohibido. Cultural: Uso tolerado. Se admite en edificio de uso exclusivo. Espectáculos: Uso tolerado. Se admite en edificio de uso exclusivo. Salas de reunión: Uso tolerado.- Se admiten en edificio de uso exclusivo. Garaje y servicios: Uso compatible. Centros de venta de combustible: Uso prohibido.- Uso tolerado en manzana de uso exclusivo. 5.- Las modificaciones del planeamiento que, en su caso, se están elaborando y que pudieran afecta a la ubicación de la instalación. En la actualidad no existe ninguna modificación de las NN.SS. en proceso de elaboración que le afecte. 6.- Las circunstancias previstas, en su caso, en los instrumentos de planificación urbanístico para las instalaciones existentes con anterioridad a la aprobación de los mismos. No se mencionan expresamente en las NN.SS. 7.- Se incluye plano georeferenciado donde figura la totalidad de la parcela ocupada por la instalación sobre un plano del PGOU vigente. Se adjunta copia del plano aportado por el Técnico redactor. El uso o actividad a que se destinan las obras e instalaciones solicitadas se considera COMPATIBLE por las Normas Urbanísticas de Planeamiento al ser “TALLER DE BOBINADO DE MOTORES ELÉCTRICOS”. Por lo que el uso o actividad a que se destinan las obras e instalaciones solicitadas SI se considera COMPATIBLE por las Normas Urbanísticas de Planeamiento Por lo que se propone: ADMITIR a trámite el expediente . El presente informe urbanístico es independiente de la licencia de obras o de cualquier otra licencia o autorización exigible en virtud de lo establecido en la normativa urbanística o de ordenación de la edificación y, en consecuencia, no prejuzga la actuación del órgano municipal competente con motivo de estas últimas autorizaciones o licencias (Art.24 Decreto 127/2006). No obstante, la corporación, son superior criterio estimará lo más conveniente. En Benifaió, a 23 de Febrero de 2011. La Arquitecta Municipal XXXX XXXX XXXX
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INFORME PARA LA CONCESIÓN DEL CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA Nº Expediente: /11 Informe nº: 01 Solicitante: XXXX XXXX XXXX Licencia de actividad: Parking de camiones Ubicación: polígono 4, parcela 79 XXXX XXXX XXXX, arquitecta municipal del Ayuntamiento de Benifaió, vista la solicitud de Certificado de Compatibilidad Urbanística, en base a la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental y al Decreto 127/2006, de 15 de septiembre, del Consell de la Generalitat, por el que se desarrolla la Ley 2/2006, y examinada la documentación que a continuación se relaciona: Rg. Entrada General, nº 2479; fecha: 18/04/10 Solicitud de Certificado de Compatibilidad Urbanística previo a la solicitud de licencia ambiental INFORMA: La ubicación de la Actividad de referencia tiene las siguientes características, acorde al Art.24 del mencionado decreto 127/2006: 1.- Clasificación y calificación del suelo. Suelo No Urbanizable Común . 2.- Planeamiento al que está sujeto. - Normas Subsidiarias de Planeamiento de Benifaió y sus sucesivas modificaciones puntuales. - Ley 10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat, del Suelo No Urbanizable. 3.-Grado de urbanización. Se trata de suelo no urbanizable de carácter agrícola por lo tanto no dispone de urbanización dando frente a la CV-520 4.- Usos urbanísticos admitidos y, en su caso, existencia de limitaciones de carácter estrictamente urbanístico. 7. Usos. (Modificación nº 8 BOP-55 del 6/III/98) (Modificación puntual nº 11, BOP-310 del 30/XII/2000) (Modificación nº 19 BOP-236 del 04/10/2007) (se añade)Cualquier uso deberá cumplir las condiciones de no formación de núcleo de población. Vivienda - Uso compatible. Vivienda unifamiliar - Uso prohibido. Vivienda colectiva Residencia comunitaria y hotelera - Uso tolerado. - Se admite en edificios de uso exclusivo junto a las carreteras comarcales y nacional. - Altura máxima 7 metros, planta baja + I. (Se añade:) - Para residencia hotelera altura máxima 12 ml. - Planta baja + III. Las residencias con carácter benéfico asistencial o sanitario declaradas de interés comunitario pueden situarse alejadas de la carretera. Industria -(se añade) Uso prohibido. (se añade:) Se exceptúa el uso de la subestación eléctrica: uso tolerado.
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J Talleres y artesanía - Uso prohibido. Almacenes (se añade) - Uso compatible, cumpliendo condiciones de no formación de núcleo de población. - Exclusivamente destinado para el servicio de la explotación agraria, no para la transformación de sus productos. Terciario - Uso prohibido. Comercial - Uso prohibido. Escolar - Uso tolerado. Deportivo - Uso prohibido. Sanitario - Uso tolerado. (Se añade) Altura máxima 7 metros, planta baja + I. (Se añade) No se exigira el cumplimineto de las condiciones de no formación de nucleo de la población. Asistencial - Uso tolerado. (Se añade) Altura máxima 7 metros, planta baja + I. (Se añade) No se exigira el cumplimineto de las condiciones de no formación de nucleo de la población. Benéfico - Uso tolerado. Altura máxima 7 metros, planta baja + I. (Se añade) No se exigira el cumplimineto de las condiciones de no formación de nucleo de la población. Cultural - Uso prohibido. Espectáculos - Uso prohibido. Salas de reunión, garaje y servicios, centros de venta de combustible - Uso tolerado. - Se admiten en edificio de uso exclusivo junto a las carreteras comarcales o nacional. - Altura máxima 7 metros, planta baja + I 5.- Las modificaciones del planeamiento que, en su caso, se están elaborando y que pudieran afecta a la ubicación de la instalación. En la actualidad no existe ninguna modificación de las NN.SS. en proceso de elaboración que le afecte. 6.- Las circunstancias previstas, en su caso, en los instrumentos de planificación urbanístico para las instalaciones existentes con anterioridad a la aprobación de los mismos. No se mencionan expresamente en las NN.SS. 7.- Se incluye plano georeferenciado donde figura la totalidad de la parcela ocupada por la instalación sobre un plano del PGOU vigente. Se adjunta copia del plano aportado por el Técnico redactor. Por todo lo anterior se INFORMA:
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J El uso o actividad a que se destinan las obras e instalaciones solicitadas no están incluidas dentro de “los locales destinados a la venta, el mantenimiento y la reparación de los vehículos, incluso los de lavado y engrase” según definición del Art. 21”Garajes y servicios” del Cap.III Condiciones Generales de Uso de las Normas Subsidiarias , por lo que el USO INDUSTRIAL, por lo que se considera PROHIBIDO por las Normas Urbanísticas de Planeamiento. Por lo que el uso o actividad a que se destinan las obras e instalaciones solicitadas se considera NO COMPATIBLE por las Normas Urbanísticas de Planeamiento. No obstante, la corporación, son superior criterio estimará lo más conveniente. En Benifaió, a 6 de mayo de 2011 La Arquitecta Municipal XXXX XXXX XXXX
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INFORME DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA PREVIO A LA SOLICITUD DE COMUNICACIÓN AMBIENTAL. Licencia nº: /11 Informe nº: 01 Solicitante: XXXX XXXX XXXX Reg. General Entrada: 2667 (28/04/11) Comunicación ambiental para: Exposición y venta maquinaria destinada a construcción e ingenieria civil Situación: Camí dels Pedrenyals nº3 XXXX XXXX XXXX, arquitecta municipal del Ayuntamiento de Benifaió, vista la solicitud de Cerificado de Compatibilidad Urbanística, en base a la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental y al Decreto 127/2006, de 15 de septiembre, del Consell de la Generalitat, por el que se desarrolla la Ley 2/2006, el técnico que suscribe emite el siguiente INFORME: La información aportada es insuficiente para poder emitir informe de compatibilidad urbanística, siendo necesario aportar: □ Un plano de emplazamiento de las Normas Subsidiarias, de la actividad proyectada, de planta de distribución actual y de estado proyectado, de alzado y de sección. □ Proyecto o Memoria descriptiva de la instalación o actividad donde se indique superficie en cualquier caso y potencia en caso de instalación industrial. □ Descripción de necesidad de uso y aprovechamiento del suelo. □ Descripción de los requerimientos de la instalación respecto a los servicios públicos esenciales. Por lo que se propone: NO ADMITIR a trámite el expediente. El presente informe urbanístico es independiente de la licencia de obras o de cualquier otra licencia o autorización exigible en virtud de lo establecido en la normativa urbanística o de ordenación de la edificación y, en consecuencia, no prejuzga la actuación del órgano municipal competente con motivo de estas últimas autorizaciones o licencias (Art.24 Decreto 127/2006). No obstante, la corporación, son superior criterio estimará lo más conveniente. En Benifaió, a 15 de mayo de 2011. La arquitecta municipal XXXX XXXX XXXX
ALUMNA: Irene Canto Caballero TABLAS PARA LA REVISIÓN DE PROYECTOS
Ajuntament de Benifaió Departamento de Urbanismo INFORME TÉCNICO Registro Entrada nº:_______________. Fecha: ____/____/201____ Expediente nº:______________________. Solicitante: _____________________________________________________________________________________________________________________________________. Emplazamiento: ________________________________________________________________________________________________________________________________. Obra:_________________________________________________________________________________________________________________________ CASCO ANTIGUO Cumplimiento de las Ordenanzas Artículo Planeamiento Proyecto Cumple No cumple 1º Parcela mínima Fachada: 4m Fachada vivienda unifamiliar: 3m Inscribible círculo de diámetro mínimo: 4m Superficie mínima: 40 m 2 2º Alineaciones Las existentes, salvo fijación expresa en planos. Prohibidos retranqueos y patios abiertos en fachadas. 3º Retranqueos Prohibidos respecto a fachadas visibles desde espacios públicos. 4º Superficie ocupable Toda la parcela: en planta baja, semisótanos y sótanos. 5º Fondo edificable En todas las plantas por encima de la baja: 20 m fijos (excepto manzanas de profundidad 25 m C/ Alginet, C/ Ermita, C/ Nueva, C/Valencia, C/Mayor y C/ La Fuente) Vivienda unifamiliar con fachada < 6m, y superficie por encima de la planta baja < 120 m 2 profundidad máxima: 25m (Autorización de Gobierno Municipal con previo informe favorable de los servicios de urbanismo municipales) 6º Chaflanes Chaflán recto: 2m Zonas delimitación con ensanche, chaflán recto: 3m 10º Altura Planta baja recayente a patio central de manzana altura fija: 3.50 m
24. Altura libre Sótano: mínimo 2.25m Semisótano: mínimo 2.25m Planta Baja: mínimo 2.50m Entreplanta: mínimo 2.25m Planta Piso: mínimo 2.50m Planta Ático: mínimo 2.50m 27. Condiciones de distribución y acceso Pasillos :ancho mínimo 0.90 cm Pasillos acceso a un local: ancho mínimo 1.20m Acceso cuartos de baño y aseo mediante vestíbulo independiente Vestíbulo de acceso desde el exterior a un local: inscribible un cuadrado de 1.20x1.20m Para el lavado de la ropa, existirá la posibilidad de tendido exterior mediante dependencia independiente. Ordenanza Municipal Reguladora de los Vertidos de aguas residuales al Alcantarillado del Municipio de Benifaió Capítulo 5.Permiso de conexión .Artículo 28. Planos de planta y secciones representativas a escalas E 1:100 o E 1:50 de la acometida, arqueta de registro y conexión con el pozo de la red municipal de saneamiento, detallando expresamente los sifones generales y la ventilación aérea. En Benifaió, a ____ de _________ de 201 Fdo. XXXX XXXX XXXX Arquitecta Municipal
Ajuntament de Benifaió Departamento de Urbanismo INFORME TÉCNICO Registro Entrada nº:_______________. Fecha: ____/____/201____ Expediente nº:______________________. Solicitante: ______________________________________________________________________________________________________________________________________. Emplazamiento: _________________________________________________________________________________________________________________________________. Obra:___________________________________________________________________________________________________________________________________________. Condiciones generales de volumen, higiénicas y de calidad Artículo Planeamiento Proyecto Cumple No Cumple 2.Medición de altura Todas las plantas menos la baja, altura de piso mínima: 2.80 m 3 Condiciones de protección en el casco antiguo En los inmuebles y conjuntos protegidos elaboración de croquis donde se determinen los alzados de las distintas posibilidades de tratamiento de fachada, zócalos, impostas, cornisas, ordenación de huecos. 5. Construcciones por encima de la altura de cornisa En zonas de casco antiguo, baja densidad y viviendas unifamiliares la cubierta será inclinada, acabada con teja árabe o plana. Se admite hasta un máximo del 30 % de la superficie en planta de la cubierta con solución de terraza plana pisable, debiendo estar retranqueada un mínimo de 3 m de cualquiera de las fachadas o medianeras visibles. Altura máxima cumbrera: 2m 6.Regulación de las plantas de la edificación Sótanos Altura libre mínima 2.25m Rampas de acceso (excepto en vda.unifamiliar) No más del 16% en tramos rectos No mas del 12% en tramos curvos Ancho mínimo: 3m Semisótano Altura libre mínima: 2.25m Planta baja Altura máxima 5.50 m Suelo elevado como mínimo 17 cm sobre la rasante de vía pública. Entreplanta Altura libre mínima: 2.25m Planta Ático Retirada 3m de cualquier fachada.
7. Cuerpos volados No superarán el 90% del ancho real de la acera. Prohibidos por debajo de los 3.50m Miradores: no superarán el 50% de la longitud de la fachada( podrá superarla cuando sean balcones abiertos a tres lados y sus antepechos son calados )(Excepción: podrá extenderse el mirador a la totalidad del vuelo siempre que la fachada no supere en más de 1m a la mínima de la zona) Vuelos máximos según la categoría de la calle: 1ª 1.20/2ª 0.90/ 3ª 0.80/ 4ª 0.65/5ª 0.50/6ª 0.35 8. Cuerpos entrantes a partir de las alineaciones oficiales Se admiten siempre que su anchura sea igual o mayor a su profundidad 9. Elementos salientes No se encontrarán a una altura inferior a 2.80m, su vuelo no será superior al 50% del ancho de la acera Distancia mínima a elementos urbanos 1m (en el caso de que un elemento urbano impidiera la construcción de voladizos, el peticionario tendrá derecho a que se traslade) 11.Cuadro de alturas Según la categoría de la calle: 1ª PB + 4 + A/ 2ª PB + 3 + A/ 3ª PB + 3/ 4ª PB + 2 + A/ 5ª PB + 2/ 6ª PB + 1 12. Condiciones de iluminación y ventilación Todas las dependencias habitables poseerán huecos de ventilación e iluminación directa al exterior no menores de la décima parte de la superficie útil del local(Se excluyen aseos y baños) No se permiten piezas habitables con segundas luces, admitiéndose siempre a través de terrazas cuya profundidad medida a partir del plano exterior no supere su anchura. Se prohíbe la ventilación forzada de locales no habitables mediante conductos horizontales, se debe realizar mediante chimeneas o shunts, que acometerá al exterior por encima de la cumbrera del edificio. Las cocinas poseerán un conducto de ventilación forzada estática o dinámica que acometerá al exterior por encima de la cumbrera del edificio(coducto al que no podrá acometer humos de combustión) 13. Evacuación de humos Toda salida de humos se evacuará por encima de la cumbrera. Las cocinas tendrán conductos de eliminación de humos de combustión directamente al exterior con acometida al exterior por encima de la cumbrera del edificio. 14. Instalaciones de aire acondicionado En ningún caso ventilarán o evacuarán las aguas de condensación a la vía pública. Los aparatos ventilarán a patios interiores o mediante chimeneas que
acometan al exterior por encima de la cumbrera del edificio. La ventilación se hará en la proporción máxima de 20 m3/m2 de patio. 16. Red de saneamiento Red horizontal de desagües se dispondrá con pendientes iguales o superiores al 1.50% Arqueta con tapa metálica con llave entre la red horizontal del desagüe propia del edificio y la red municipal (excepto uso residencial) Arqueta separadora de fangos o grasas antes de la arqueta general, cuando la instalación reciba aguas procedentes del garaje aparcamiento, u otras instalaciones que contengan grasas o fangos Alcantarillado separativoSaneamiento interior separativo(2arquetas) Alcantarillado unitarioSaneamiento interior separativo(unión en 1 arqueta) 17. Red eléctrica Todas las edificaciones contarán con una caja general de protección situada en la fachada y accesible desde la vía pública según normas de la compañía distribuidora de energía. 19. Otras instalaciones Las antenas de TV y FM se instalarán en las cubiertas de los edificios, sin que las conducciones queden vistas por fachada. Las canalizaciones telefónicas no podrán quedar vistas por fachada. Los tendidos de esta red, instalación o aparataje anexo a ella discurrirán siempre subterráneos. 20. Pavimentos y aceras en vía pública Se prohíben las rampas entre bordillo y calzada. Autorizándose la colocación de bordillos aplantillados frente a los vados de aparcamiento. En ningún caso la acera quedará invadida por rampas o escalones de acceso a inmuebles particulares. Las aceras se pavimentarán a base de baldosas de terrazo en relieve de 40x40 cm., microgramo según modelo municipal. El bordillo , que llevará incorporada la rigola, será de hormigón prefabricado y de 15x20x20 cm.; los alcorques se cubrirán con elemento prefabricado de hormigón armado de 80x80 cm. Con vano circular de 40 cm. Según modelo municipal. 21. Accesibilidad a las edificaciones Acceso desde espacio libre privado: ancho mínimo de 5m Hueco practicable portal de entrada: ancho mínimo 1.30m Portal de entrada y ascensores : ancho mínimo 2.50 m y altura mínima 2.50m Accesos de vehículos: meseta horizontal y rampa. Cada plaza de aparcamiento tendrá 2.20x4.50m y un mínimo de 20 m 2 útiles/plza 22. Elementos de comunicación vertical Rellanos: 1.20m ancho mínimo Las escaleras deben tener iluminación y ventilación directa al exterior , en todas sus plantas, con una superficie mínima de 1 m2.(excepto en viviendas
unifamiliares) En edificios de hasta 4 plantas de altura, a partir de la rasante de la vía pública se admite la ventilación cenital de las escaleras con condiciones y características fijadas por la HD-91 o DC-09 Rellanos: 1.20m ancho mínimo Zanca: 1 m ancho mínimo 2.25 m altura libre Huella ≥ 25cm Tabica ≤ 18 cm (cada tramo entre rellanos no tendrá más de 16 tabicas) 23. Antepechos y barandillas Altura mínima: 1m No habrá huecos mayores de 12 cm, ni ranuras a ras del suelo mayores de 5 cm En el caso de adoptarse soluciones con vidrio éste será templado o armado con malla metálica. 24. Altura libre Sótano: mínimo 2.25m Semisótano: mínimo 2.25m Planta Baja: mínimo 2.50m Entreplanta: mínimo 2.25m Planta Piso: mínimo 2.50m Planta Ático: mínimo 2.50m 27. Condiciones de distribución y acceso Pasillos :ancho mínimo 0.90 cm Pasillos acceso a un local: ancho mínimo 1.20m Acceso cuartos de baño y aseo mediante vestíbulo independiente Vestíbulo de acceso desde el exterior a un local: inscribible un cuadrado de 1.20x1.20m Para el lavado de la ropa, existirá la posibilidad de tendido exterior mediante dependencia independiente. 26. Situación de las viviendas. No se admiten en plantas de sótanos y semisótano( si se ubican en planta baja deberán mediar entre las zonas habitables y la rasante de vía pública) 29. Cerramientos En todos los terrenos libres de edificación en suelo urbano el Ayuntamiento podrá exigir su cerramiento opaco, macizo e indesmontable, de 2m, realizado con materiales adecuados a las edificaciones colindantes y situado según las alineaciones oficiales.(Obligatorio para los locales comerciales, que no se habiliten de momento como tales, y se sitúen en planta baja o semisótano)( Prohibidos los vallados de terrenos de propiedad privada calificados como uso público, sistema general o local) Los terrenos clasificados como suelo apto para urbanizar y no urbanizables podrán ser vallados de acuerdo con lo definido en el párrafo anterior,
debiendo ser su cerramiento totalmente calado, no opaco, a base de malla metálica y con un máximo de valla maciza de 20 cm de altura. El vallado se situará a 3m del eje de los caminos públicos y a 50 cm de la arista exterior de la cuneta. Ordenanza Municipal Reguladora de los Vertidos de aguas residuales al Alcantarillado del Municipio de Benifaió Capítulo 5.Permiso de conexión .Artículo 28. Planos de planta y secciones representativas a escalas E 1:100 o E 1:50 de la acometida, arqueta de registro y conexión con el pozo de la red municipal de saneamiento, detallando expresamente los sifones generales y la ventilación aérea. En Benifaió, a ____ de _________ de 201 XXXX XXXX XXXX Arquitecta Municipal
Ajuntament de Benifaió Departamento de Urbanismo INFORME TÉCNICO Registro Entrada nº:_______________. Fecha: ____/____/201____ Expediente nº:______________________. Solicitante: _______________________________________________________________________________________________________________________________________ Emplazamiento: _________________________________________________________________________________________________________________________________ Obra:____________________________________________________________________________________________________________________________________________ PLÀ DE LES CLOTXES Cumplimiento de las Ordenanzas Capítulo II. Características de las parcelas y de la edificación Artículo Planeamiento Proyecto Cumple No cumple 4º De las parcelas Superficie mínima: 600 m 2 Edificación principal, máxima ocupación: 30% de la sup. total Edificación complementaria, máxima ocupación: 10% de la sup. total 60% espacio ajardinado Fachada mínima: 15m 5º Tipos de edificación (vivienda unifamiliar aislada) Edificación principal: Nº plantas: máximo una planta de sótano o semisótano, planta baja y primer piso Edificación complementaria No sobrepasar el volumen máximo edificable que se permite. Altura máxima: 3 m Adosada a la principal: Retranqueo a fachada de parcela Piscina: Separación mínima: de medianeras y líneas de fachadas 2m. No elevar más de 1m sobre rasante Garaje Obligatorio una plaza por vivienda 6º Edificabilidad Volumen máximo edificable:1m 3 /m 2 7º Altura Altura máxima : 7 m Vivienda En líneas de fachada: mínimo 5m En líneas restantes, vivienda con sólo sótano o semisótano y planta baja: mínimo 3m
8º Retranqueos mínimos Vivienda con sólo sótano semisótano, planta baja y primer piso: 4m Equipamiento Mismos retranqueos que en las parcelas destinadas a vivienda, y líneas de fachada que den a zonas verdes de uso público: mínimo 2m sea cual sea la altura del edificio. Capítulo III. Condiciones estéticas y sanitarias Artículo Planeamiento Proyecto Cumple No cumple 9º Condiciones estéticas de la edificación Deberán quedar ocultas cocinas, leñeras, depósitos de agua, etc. 10º Cerramiento o vallado de las parcelas (Obligatorio sobre líneas de parcela) Altura máxima de cercas o separaciones de parcelas: 1.80m (En los lindes con terrenos ajenos a la urbanización se podrán construir cierres y vallas más altas y tupidas sin aperturas ni huecos) Las vallas de separación con basamento macizo de fábrica : mínimo 0.40 m de altura (con bloque de espesor mínimo 0.20 y enlucido o tirolesa) y hasta un máximo de 1m. Cerramiento no tupido: metálico o madera en tablones. 11º Condiciones higiénicas y sanitarias Piscinas: instalación de sistema de depuración. 14º Las chimeneas: mínimo 0.40 m por encima del caballete de cubierta. En Benifaió, a ____ de _________ de 201 Fdo. XXXX XXXX XXXX Arquitecta Municipal
Ajuntament de Benifaió Departamento de Urbanismo INFORME TÉCNICO Registro Entrada nº:_______________. Fecha: ____/____/201____ Expediente nº:______________________. Solicitante: _______________________________________________________________________________________________________________________________________ Emplazamiento: _________________________________________________________________________________________________________________________________ Obra:____________________________________________________________________________________________________________________________________________ BAJA DENSIDAD SAU 1, 2.1, 3.1, 4, 5, 6 Cumplimiento de las Ordenanzas Artículo Planeamiento Proyecto Cumple No cumple 1º Parcela mínima Fachada: 6m Linderos laterales: ortogonales al lindero frontal y posterior. Inscribible círculo de diámetro mínimo: 6m Superficie mínima: 120 m 2 2º Alineaciones Las existentes, salvo fijación expresa en planos. 3º Retranqueos 3m a fachadas. 4º Superficie ocupable La resultante de efectuar los retranqueos obligatorios. 6º Chaflanes Chaflán recto: 3m 8º Edificabilidad Máxima 0.75 m 2 por cada m 2 de superficie aplicable a toda el área de actuación. 9º Superficie edificable Resultante de la aplicación del coeficiente de edificabilidad, retranqueos y altura máxima. 10º Altura Máxima: Planta Baja + I + ático (edificio exento se permite la construcción inferior a una planta, con obligación de tratar como fachadas las medianeras q se provoquen) 11º Áticos Se admiten, retranqueos a fachada. 12º Entreplantas Se admiten en planta baja. 13º Voladizos Según volumen. En Benifaió, a ____ de _________ de 201 Fdo. XXXX XXXX XXXX Arquitecta Municipal
Ajuntament de Benifaió Departamento de Urbanismo INFORME TÉCNICO Registro Entrada nº:_______________. Fecha: ____/____/201____ Expediente nº:______________________. Solicitante: _______________________________________________________________________________________________________________________________________ Emplazamiento: _________________________________________________________________________________________________________________________________ Obra:____________________________________________________________________________________________________________________________________________ SAU 2.1 Cumplimiento de las Ordenanzas *Tolerancia 3% Artículo Planeamiento Proyecto Cumple No cumple 28º Construcciones por encima de la altura de cornisa Cumbrera: no podrá situarse a más de 3.50 m Cubierta: Pendiente única no inferior al 20% Remates de las cajas de escaleras, depósitos y otras instalaciones: no podrán sobrepasar 3.50m Antepecho, barandillas y remates ornamentales: hasta 2 m Marquesinas: superficie máxima 12m 2 Chimeneas, paneles solares, antenas y pararrayos: situarse a altura superior a 1.5 m respecto de las edificaciones más próximas 30º Semisótanos La cara inferior de su forjado superior no debe superar la altura de 1 m desde la rasante de la calle, no permitiéndose su utilización como lugares de residencia, de trabajo o de actividad. Altura libre: 2.50 m como mínimo. 37º Vallados Cerramientos obligatorios, recayente al vial público solo podrán ser macizos hasta una altura de 1.70 m pudiendo continuarse mediante verjas metálicas caladas, setos, ect… 33º Aparcamientos y accesos Sector 2.1 1Plz/ vda como mínimo y por cada 25 m 2 construidos destinados a otros usos(comercial o recreativo) El nº de plazas de aparcamiento se incrementará en una plaza más por cada diez viviendas en una misma parcela. Sector 2.2 1plaza por cada 100 m 2 34º Red de Prohibida la instalación de bajantes que viertan al espacio público.
Edificación complementaria: máxima 3m 11º Áticos Se admiten, retranqueos a fachada. 12º Entreplantas Se admiten en planta baja. 13º Voladizos Según volumen. En Benifaió, a ____ de _________ de 201 Fdo. XXXX XXXX XXXXX Arquitecta Municipal
Ajuntament de Benifaió Departamento de Urbanismo INFORME TÉCNICO Registro Entrada nº:_______________. Fecha: ____/____/201____. Expediente nº:______________________. Solicitante: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Emplazamiento: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Obra:___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ FUNCIONALIDAD. EL EDIFICIO DC-09 Articulo Planeamiento Proyecto Cumple No cumple 6.Circulaciones horizontales y verticales En todos los edificios de más de una vivienda, los espacios comunitarios de circulación contarán con: Acceso: La puerta de entrada tendrá un hueco libre mínimo de 0,9m de ancho y 2,1m de alto. Zaguán: Altura libre mínima 2,3m y ancho mínimo 1,2m. Escaleras Pasillos: El ancho mínimo de los pasillos será de 1,2m. La altura libre mínima será de 2,3m. Se permitirán estrangulamientos hasta 0,9m con una longitud máxima de 0,6m por presencia de elementos estructurales o paso de instalaciones, sin que exceda del 25% de la longitud del recinto, medido en el eje del pasillo. Ancho máximo del tramo sin incluir pasamanos: 1 m Huella mínima: 0,28m Tabica máxima: 0,185m Altura máxima por tramo de
6.Circulaciones horizontales y verticales En todos los edificios de más de una vivienda, los espacios comunitarios de circulación contarán con: Escaleras escalera sin meseta o rellano: 3,15m 2Tabicas+Huella: 0,62m+0,05m Altura mínima libre será de 2,2m Las mesetas o rellanos, tendrán un ancho mínimo igual al ancho del tramo mayor que en ella desembarca, y una longitud mínima de 0,7m medido en la línea de huella. Mesetas o rellanos de acceso a viviendas o locales, el ancho mínimo será de 1,2 m y la distancia minima entre la arista del último peldaño y el hueco de las puertas a las que sirva será de 0,4m Los espacios de circulación en edificios de más de una vivienda permitirán la circulación horizontal de un prisma de 2 m x 0,6 m En todos los edificios de más de una vivienda que deban disponer de un itinerario practicable o adaptado, los espacios comunitarios de circulación contarán con: Acceso: Para acceder sin rampa desde el espacio exterior, se dispondrá de un plano inclinado con un desnivel máximo de 0,12m, una pendiente máxima del 25% y una anchura mínima de 0,9m Zaguán y pasillos: Cada tramo recto o cada 10 m se podrá inscribir una circunferencia con diámetro 1,5 m Rampas: El ancho mínimo de las rampas será de 1,2 m, sin pendiente transversal Pendientes máximas Pract.12%-Adap.10% - 3,00m Pract.10%-Adap. 8% - 6,00m Pract. 8%-Adap. 6% - 9,00m En los edificios de más de una vivienda que no dispongan de ascensor, la diferencia de la longitud de la huella menos la de la tabica será de 0,12 m. Obligatorio si: -Si la diferencia de altura A entre el nivel del
6.Circulaciones horizontales y verticales Ascensor pavimento en el eje del hueco de acceso al edificio y el nivel del pavimento de acceso a la vivienda de la planta más alejada fuera superior a 4,5m y el número de viviendas servidas por el ascensor mayor a 6. -Si la altura A es superior a 10 m. Se añadirá un segundo ascensor si: la altura A es superior a 23,5m; si el número de viviendas servidas por el ascensor es superior a 24. Si la altura A es superior a 7 m y el número de viviendas servidas por el ascensor es igual o inferior a 6, la estructura del edificio se diseñará y construirá teniendo en cuenta la futura instalación de un ascensor. La cabina del ascensor tendrá una profundidad mínima de 1,25 m. El ancho mínimo de la cabina será de 1 m. Las puertas serán automáticas. El hueco de acceso tendrá un ancho mínimo de 0,8 m. Frente al hueco del ascensor, se dispondrá de un espacio libre donde se pueda inscribir una circunferencia de diámetro 1,2 m. 7. Patios del edificio Se establecen cuatro tipos de patio Tipo 1: podrá servir simultáneamente a cualquier tipo de recinto o espacio común, incluido el estar y podrán ser utilizables como espacio comunitario. El diámetro de la circunferencia inscribible de 0,4H o de 6 a 4 m. Tipo 2: Estos patios podrán servir a cualquier recinto excepto el estar. El diámetro de la circunferencia inscribible de 0,25H o de 3 a 2 m. Tipo 3: Estos patios podrán servir a los mismos recintos que el tipo 2 excepto comedor, estar y dormitorios. El diámetro de la circunferencia inscribible de 0,20H o de 3 a 2 m. Tipo 4: Estos patios podrán servir únicamente a baños, aseos, lavaderos y a espacios comunes del edificio. El diámetro de la circunferencia inscribible de 0,15H o de 2 a 1,5 m. Meseta: Para la incorporación del vehículo a vía publica se realice con seguridad, se efectuara desde una superficie plana, con pendiente no
10.Aparcamiento Se cumplirá: superior al 5%, con una anchura mínima de 3m y una profundidad mínima de 4,5m, sin incluir la superficie de uso y dominio público. Acceso de vehículos: La anchura minima libre del hueco de acceso será de 2,8m. Acceso de vehículos: En aparcamientos con capacidad superior a 100 plazas, la anchura minima libre del hueco de acceso será de 5,8 m o bien tendrá dos huecos independientes de 2,8 Rampa recta: Pendiente no mayor al 18% siempre que se resuelva la transmisión entre tramos de distinta pendiente. Rampa curva: Pendiente no mayor al 15%, radio de giro mínimo en el eje 6 m, ancho mínimo 3 m. Las rampas que sirvan a más de 100 plazas tendrán un ancho mínimo de 6 m con dos sentidos de circulación diferenciados o existirán dos rampas independientes con un ancho mínimo de 3 m cada una. Ascensores para coches y personas: Dimensión mínima de 2,3 m de ancho, 5 m de longitud y 2,1 m de altura libre. Distribución interior: En toda la superficie del local la altura libre general mínima será de 2,4 m y la altura libre mínima en todo punto no será inferior a 2,1 m, excepto en el fondo de la plaza de aparcamiento en la que se permite disminuir hasta 1,8 m. La dimensión mínima por plaza de automóvil será de 2,3 m de anchura y de 4,5 m de longitud. Las dimensiones para los aparcamientos en batería se verán modificadas dependiendo el caso (Art 10e) Plazas para motocicleta: computarán como una plaza de vehículo por cada 3 plazas de motocicletas. La dimensión mínima por plaza será de motocicleta será de 1,5m x 2,3 m. Calle de circulación interior, ancho mínimo de 3 m, radio de giro mínimo de 4,5 m, espacio libre frente a la plaza 2,3 m x 4,8 m. Anchura libre del acceso será de 2,7 m. Anchura mínimo de la rampa en tramo recto será
Garajes en viviendas unifamiliares de 2,7 m. Dimensión mínima de una plaza; 2,6m x 5m La superficie mínima útil del garaje será de 14 m² Para personas con movilidad reducida: las dimensiones mínimas de las plazas serán de 3,5 m x 5,7 m para plazas en línea. La superficie útil del interior del trastero será como mínimo de 2 m². La altura libre mínima será de 2 m y la distancia mínima entre paramentos 0,9 m. En Benifaió, a ____ de _________ de 201 Fdo. XXXX XXXX XXXX Arquitecta Municipal
Ajuntament de Benifaió Departamento de Urbanismo INFORME TÉCNICO Registro Entrada nº:_______________. Fecha: ____/____/201____. Expediente nº:______________________. Solicitante: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Emplazamiento: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Obra:___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ FUNCIONALIDAD EN VIVIENDA DC-09 Articulo Planeamiento Proyecto Cumple No cumple 1.Superficies útiles mínimas La superficie útil interior de la vivienda será de 30 m² La superficie útil interior de la vivienda-apartamento será de 24 m² La superficie mínima del dormitorio sencillo será de 6 m² La superficie mínima del dormitorio doble será de 8 m² La superficie mínima de la cocina será de 5 m² La superficie mínima de comedor será de 8 m² La superficie mínima de la cocina-comedor será de 12 m² La superficie mínima del estar será de 9 m² La superficie mínima del estar-comedor será de 16 m² La superficie mínima del estar-comedor-cocina será de 18 m² La superficie mínima del dormitorio-estar-comedor-cocina será de 21 m² La superficie mínima del baño será de 3 m² La superficie mínima del aseo será de 1,5 m² 2.Relación entre los distintos espacios o recintos El baño y el aseo no serán paso único para acceder a otra habitación o recinto. Altura mínima libre será de 2,5m, admitiéndose descuelgues hasta 2,2m. En espacios de circulación, baños, aseos y cocinas, la altura libre mínima será de 2,2m. Figuras inscribibles Estar φ 1,2m Comedor φ 1,2m
3.Dimensiones lineales mínimas: figura libre de obstáculos Cocina φ 1,2m Baño φ 1,2m Figura para mobiliario Estar 3,00 x 2,50 m Comedor φ 2,50 m Cocina 1,60 entre paramentos Lavador 1,10 x 1,20 m Dormitorio doble: 2,60 x 2,60 m (al menos en un dormitorio doble podrá inscribirse esta figura) 2 x 2,60 m ó 4,10 x 1,80 m Dormitorio sencillo: 2,00 x 1,80 m 4Circulaciones horizontales y verticales. Accesos El acceso será a través de una puerta cuyo hueco libre no será menor de 0,8m de anchura y 2m de altura. Toda vivienda tendrá un hueco al exterior con anchura mayor de 0,9m y superficie mayor de 1,5m² El hueco libre en puertas de paso será como mínimo de 0,7m de anchura y 2m de altura Pasillos Anchura mínima de los pasillos 0,9m, permitiéndose estrangulamientos de hasta un ancho de 0,8m con una longitud máxima de 0,6m por existencia de elementos estructurales o paso de instalaciones, sin que exceda del 25% de la longitud total del recinto medido en el eje del pasillo. La escalera del interior de la vivienda Altura mínima libre será de 2,2m, admitiéndose descuelgues hasta 2m cuya ocupación en planta no sea superior al 25% de la superficie de la escalera. Las mesetas o rellanos, tendrán un ancho mínimo igual al ancho del tramo mayor que en ella desembarca, y una longitud mínima de 0,7m medido en la línea de huella. En los edificios de mas de una vivienda que deba disponer de un itinerario practicable los huecos libres de paso serán como mínimo de 0,8m Toda vivienda dispondrá de espacio para el
5.Equipamiento Almacenamiento almacenamiento de la ropa y enseres que no será inferior a 0,8m³ por usuario con una profundidad mínima de 0,55m Secado de ropa Sistema de secado natural en un espacio exterior de la vivienda o en fachada exterior o interior del edificio con protección de vistas desde la vía publica. En determinados casos se podrá optar por un sistema de secado natural en zonas o recintos comunes al edificio, protegidos de vistas desde la vía pública. Aparatos Cocina: Un fregadero con suministro de agua fría y caliente y evacuación con cierre hidráulico. Espacio para lavavajillas con toma de agua fría y caliente, desagüe y conexión eléctrica. Espacio mínimo para bancada de 2,5m de desarrollo, incluido fregadero y zona de cocción. Zona de lavadero: Deberá existir un espacio para la lavadora con toma de agua fría y caliente, desagüe y conexión eléctrica. Baño: Un lavabo y una ducha o bañera con suministro de agua fría y caliente, un inodoro con suministro de agua fría y todos ellos con evacuación con cierre hidráulico. Aseo: Un inodoro y un lavabo, en las mismas condiciones que los anteriores. Acabados superficiales Los recintos húmedos irán revestidos con un material lavable e impermeable hasta una altura mínima de 2m. En Benifaió, a ____ de _________ de 201 Fdo. XXXX XXXX XXXX Arquitecta Municipal
Ajuntament de Benifaió Departamento de Urbanismo INFORME TÉCNICO Registro Entrada nº:_______________. Fecha: ____/____/201____. Expediente nº:______________________. Solicitante: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Emplazamiento: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Obra:___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ HABITABILIDAD EN VIVIENDA DC-09 Articulo Planeamiento Proyecto Cumple No cumple 12.Iluminación natural Al menos el 30% de la superficie útil interior de la vivienda se iluminará a través de huecos que recaigan directamente a la vía pública, al patio de manzana o a los patios del tipo I. La superficie mínima de iluminación de la ventana deberá estar comprendida entre los 0,5 m y los 2,2 m de altura. En Benifaió, a ____ de _________ de 201 Fdo. XXXX XXXX XXXX Arquitecta Municipal
Sección SI 3 Evacuación de ocupantes Compatibilidad de los elementos de evacuación uso Docente, Hospitalario, Residencial Público o Administrativo cuya superficie construida sea mayor que 1500 m², si están integrados en un edificio cuyo uso principal sea distinto al suyo cumplirán: las zonas comunes del edificio. Sus salidas de emergencia podrán comunicar con un elemento común de evacuación del edificio a través de un vestíbulo de independencia. Los establecimientos de uso de Pública Concurrencia cuya superficie construida total no exceda de 500 m² y estén integrados en centros comerciales podrán tener salidas de uso habitual o salidas de emergencia a las zonas comunes de circulación del centro. Cuando su superficie sea mayor que la indicada, al menos las salidas de emergencia serán independientes de dichas zonas comunes. Protección de las escaleras Evacuación descendente No protegida Protegida Especialment e protegida R. Vivienda h ≤ 14 m h ≤ 28 m Se admite en todo caso Administrativo docente h ≤ 14 m h ≤ 14 m Comercial, Publica concurrencia h ≤ 10 m h ≤ 20 m Residencial Publico Baja mas una h ≤ 28 m Aparcamiento No se admite No se admite Evacuación ascendente No protegida Protegida Especialment e protegida Aparcamiento No se admite No se admite Se admite en todo caso. Puertas situadas en recorridos de evacuación Las puertas previstas como salida de planta o de edificio y las previstas para la evacuación de más de 50 personas serán abatibles con eje de giro vertical y su sistema de cierre, o bien no actuará mientras haya actividad en las zonas a evacuar, o bien consistirá en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación. Abrirá en el sentido de la evacuación toda puerta de salida: Prevista para el paso de más de 200 personas en edificios de uso residencial vivienda o de 100 personas en los demás casos. Prevista para más de 50 ocupantes del recinto o espacio en el que esté
Sección SI 3 Evacuación de ocupantes situada. Cuando existan puertas giratorias, deben disponerse puertas abatibles de apertura manual contiguas a ellas, excepto en el caso de que las giratorias sean automáticas y dispongan de un sistema que permita el abatimiento de sus hojas en el sentido de la evacuación ante una emergencia o incluso en el caso de fallo de suministro eléctrico. Señalización de los medios de evacuación. Las salidas del recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rótulo de “SALIDA”, excepto en edificios de uso Residencial Vivienda y, en otros usos, cuando se trate de salidas de recintos cuya superficie no exceda de 50 m² La señal con el rótulo de “Salida de emergencia” debe usarse en toda salida prevista para uso exclusivo en caso de emergencia Deben disponerse señales indicativas de dirección de recorridos, visibles desde todo origen de evacuación desde el que no se perciban las salidas o sus señales indicativas y, en particular, frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor a 100 personas que acceda lateralmente a un pasillo. En los puntos de recorridos de evacuación en los que existan alternativas que puedan inducir a error, también dispondrán las señales antes citadas, de forma que quede claramente indicada la alternativa correcta. La superficie de las zonas de refugio se señalizará mediante diferente color en el pavimento y el rótulo “ZONA DE REFUGIO” acompañado del SIA colocado en la pared adyacente a la zona. Control del humo de incendio Se debe instalar un sistema de control del humo de incendio capaz de garantizar dicho control de evacuación de los ocupantes, de forma que se pueda llevar a cabo en condiciones de seguridad: Zonas de uso Aparcamiento que no tengan la consideración de aparcamiento abierto Establecimientos de uso Comercial o Pública Concurrencia cuya ocupación exceda de 1000 personas Atrios, cuando su ocupación en el conjunto de las zonas y plantas que constituyan un mismo sector de incendio, exceda de 500 persona, o bien para cuando este previsto para la evacuación de hasta 500 personas
Evacuación de las personas con discapacidad en caso de incendio En los edificios de uso Residencial Vivienda con una altura de evacuación superior a 28 m, de uso Residencial Publico, Administrativo o Docente con altura de evacuación superior a 14 m, de uso Comercial o Pública Concurrencia con altura de evacuación superior a 10 m o en plantas de uso Aparcamiento cuya superficie exceda de 1500 m², toda planta que no sea zona de ocupación nula y que no disponga de alguna salida del edificio accesible dispondrá de posibilidad de paso a un sector de incendio alternativo mediante una salida de planta accesible o bien de una zona de refugio apta para el número de plazas que se indica a continuación: - Una para usuario con silla de ruedas por cada 100 ocupantes o fracción. - Excepto uso Residencial Vivienda, una para persona con otro tipo de movilidad reducida por cada 33 ocupantes o fracción. Sección SI 4 Instalaciones de protección contra incendios En general Extintores portátiles A 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación. Bocas de incendio equipadas En zonas de riesgo especial alto. Ascensor de emergencia En las plantas cuya altura de evacuación exceda de 28 m. Hidrantes exteriores Si la altura de evacuación descendente excede de 28 m o si la ascendente excede de 6 m, así como en establecimientos de densidad de ocupación mayor que 1 persona cada 5 m² y cuya superficie está comprendida entre 2.000 y 10.000 m² Al menos un hidratante por cada 10.000 m² de superficie construida y uno más por cada 10.000 m² adicionales o fracción. Instalación automática de extinción En todo edificio cuya altura de evacuación exceda de 80 m. Columna seca Si la altura de evacuación excede de 24 m. Sistema de detección y de alarma e incendio Si la altura de evacuación excede de 50 m. Hidratantes exteriores Uno si la superficie total construida esté comprendida entre 5.000 y 10.000 m². Uno más por cada 10.000 m² adicionales o fracción. Anchura mínima libre del viario: 3,5 m. Altura mínima libre o galibo del viario: 4,5 m. En los tramos curvos, el carril de rodadura debe quedar delimitado por la traza de una corona circular cuyos radios mínimos deben ser 5,3 m y 12,5 m, con una anchura libre de circulación de 7,2 m. Los edificios con una altura de Anchura mínima libre: 5m. Separación máxima del -edificios de hasta 15 m de
Sección SI 5 Intervención de los bomberos Condiciones de aproximación y entorno evacuación descendente mayor que 9 m deben disponer de un espacio de maniobra para los bomberos que cumpla: vehículo de bomberos a la fachada del edificio: altura de evacuación: 23m. -edificios de más de 15 m y hasta 20 m de altura de evacuación: 18 m. -edificios de más de 20 m de altura de evacuación: 10 m. Distancia máxima hasta los accesos del edificio necesarios para poder llegar hasta todas sus zonas: 30 m. Pendiente máxima: 10%. En el caso que el edificio esté esquipado con columna seca debe haber acceso para un equipo de bombeo a menos de 18 m de cada punto de conexión a ella. El punto de conexión será visible desde el camión de bombeo. En las vías de acceso sin salida de más de 20 m de largo se dispondrá de un espacio suficiente para la maniobra de los vehículos del servicio de extinción de incendios. En zonas edificadas limítrofes o interiores a áreas forestales, debe cumplirse: Debe haber un franja de 25 m de anchura separando la zona edificada de la forestal, libre de arbustos o vegetación que pueda propagar un incendio del área forestal, así como un camino perimetral de 5m, que podrá estar incluido en la citada franja. Cuando no se pueda disponer de dos vías alternativas indicadas en el párrafo anterior, el acceso único debe finalizar en un fondo de saco de forma circular de 12,50 m de radio, en el que se cumplan las condiciones expresadas en el primer párrafo. Accesibilidad por fachada Los huecos deberán cumplir: Facilitar el acceso a cada una de las plantas del edificio, de forma que la altura del alfeizar respecto del nivel de la planta a la que accede no sea mayor de 1,2 m. Sus dimensiones horizontal y vertical deben ser al menos 0,8 m y 1,2 m respectivamente. La distancia máxima entre los ejes verticales de dos huecos consecutivos no debe exceder de 25 m, medida sobre la fachada. No se deben instalar en fachada elementos que impidan o dificulten la accesibilidad al interior del edificio a través de dichos huecos, a excepción de los elementos de seguridad situados en los huecos de las plantas cuya altura de evacuación no exceda de 9 m.
Ajuntament de Benifaió Departamento de Urbanismo INFORME TÉCNICO Registro Entrada nº:_______________. Fecha: ____/____/201____ Expediente nº:______________________. Solicitante: ________________________________________________________________________________________________________________________________________________ Emplazamiento: ___________________________________________________________________________________________________________________________________________ Obra:_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________ SEGURIDAD DE UTILIZACION Y ACCESIBILIDAD SUA Sección SUA Planeamiento Proyecto Cumple No cumple Sección SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Discontinuidad es en el pavimento El suelo no tendrá juntas que presenten un resalto de más de 4 mm. Los desniveles que no excedan de más de 5 cm se resolverán con una pendiente que no exceda del 25% En zonas para la circulación de personas, el suelo no presentara perforaciones o huecos por los que pueda introducirse una esfera de 1,5 cm de diámetro. Cuando se dispongan barreras para delimitar zonas de circulación, tendrán una altura de 80 cm como mínimo. Desniveles Existirán barreras de protección en los desniveles, huecos y aberturas, balcones, ventanas, etc. Con una diferencia de cota mayor que 55 cm, excepto cuando la disposición constructiva haga muy improbable la caída o cuando la barrera sea incompatible con el uso previsto. En las zonas de uso publico se facilitará la percepción de las diferencias de nivel que no excedan de 55 cm y que sean susceptibles de causar caídas, mediante diferenciación visual y táctil. La diferenciación comenzará a 25 cm del borde, como mínimo. Las barreras de protección tendrá como mínimo, una altura
Sección SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Desniveles de 0,9 m cuando la diferencia de cota que protegen no exceda de 6 y 1,1 m en el resto de los casos, excepto en el caso de huecos de escalera de anchura menor que 40 cm, en los que la barrera tendrá una altura de 0,9 m. Escaleras y rampas estarán diseñadas de forma que: No puedan ser fácilmente escaladas por los niños: -Altura entre 30 y 50 cm sobre el nivel del suelo no existirán puntos de apoyo incluidos salientes sensiblemente horizontales con más de 5 cm de saliente. -Altura comprendida entre 50 y 80 cm sobre el nivel del suelo no existirán salientes que tengan una superficie sensiblemente horizontal con más de 15 cm de fondo. No tendrán aberturas que puedan ser atravesadas por una esfera de 10 cm de diámetro, excepto en las aberturas triangulares que forman la huella y la contrahuella de los peldaños con el límite inferior de la barandilla, siempre que la distancia entre este límite y la línea de inclinación de la escalera no exceda de 5 cm. Escaleras De uso restringido La anchura de cada tramo será de 0,8 m mínimo. La contrahuella será de 20 cm, como máximo, y la huella de 22 cm, como mínimo. Dispondrán de barandilla en sus lados abiertos. En tramos rectos, la huella medirá 28 cm mínimo. En tramos rectos o curvos la contrahuella medirá 13 cm como mínimo y 18,5 máximo, excepto en zonas de uso público, así como siempre que no se disponga ascensor
Sección SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Escaleras De uso general como alternativa a la escalera, en cuyo caso la contrahuella medirá 17,5 cm como máximo. Cada tramo tendrá tres peldaños como mínimo. La máxima altura que puede salvar un tramo es de 2,25 m, en zonas de uso público asi como siempre que no se disponga de ascensor como alternativa a las escalera. En dos tramos consecutivos de plantas diferentes, la contrahuella no variará ,más de ± Las mesetas dispuestas entre tramos de una escalera con la misma dirección tendrán al menos la anchura de la escalera y una longitud medida en su eje de 1 m, como mínimo. Cuando exista un cambio de dirección entre dos tramos, la anchura de la escalera no se reducirá a lo largo de la meseta. Las escaleras que salven una altura mayor que 55 cm dispondrán de pasamanos al menos en un lado. Cuando su anchura libre exceda de 1,2 m, así como cuando no se disponga ascensor como alternativa a la escalera, dispondrán de pasamanos a ambos lados. Se dispondrán pasamanos intermedios cuando la anchura del tramo sea mayor que 4 m. La separación entre pasamanos intermedios será de 4 m como máximo.
Sección SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas El pasamanos estará a una altura comprendida entre 90 y 110 cm. El pasamanos estará separado del paramento al menos 4 cm. Rampas Las rampas tendrán una pendiente del 12%, como máximo excepto: -las que pertenezcan a itinerarios accesibles, cuya pendiente será como máximo del 10 % cuando su longitud sea menor de 3 m, del 8 % cuando su longitud sea menor que 6 m y del 6% en el resto de los casos. -la circulación de vehículos en aparcamientos que también estén previstas para la circulación de personas, y no pertenezcan a un itinerario accesible, cuya pendiente será como máximo, del 16% Los tramos tendrán una longitud de 15 m como máximo, excepto si la rampa pertenece a itinerarios accesibles, en cuyo caso la longitud del tramo será de 9 m como máximo. La anchura de la rampa estará libre de obstáculos. Si la rampa pertenece a un itinerario accesible los tramos serán rectos o con un radio de curvatura de al menos 30 m y una anchura de 1,2 m como mínimo. Asimismo, dispondrán de una superficie horizontal al principio y al final del tramo con una longitud de 1,2 m en la dirección de la rampa, como mínimo. Las mesetas dispuestas entre los tramos de una rampa con la misma dirección tendrán al menos la anchura de la rampa y una longitud medida en su eje de 1,5 m como mínimo. No habrá pasillos de una anchura inferior a 1,2 m ni puertas situados a menos de 40 cm de distancia del arranque de un tramo. Si la rampa pertenece a un itinerario accesible, dicha distancia será de 1,5 m mínimo. Las rampas que salven una diferencia de altura de más de 550 mm y cuya pendiente sea mayor o igual que el 6% , dispondrán de un pasamanos continuo al menos en un lado. Las rampas que pertenezcan a un itinerario accesible, cuya pendiente sea mayor o igual al 6% y salven una diferencia
Sección SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Rampas de altura de más de 18,5 cm, dispondrán de un pasamanos continuo en todo su recorrido, incluido mesetas en ambos lados. Asimismo los bordes libres contarán con un zócalo o elemento de protección lateral de 10 cm de altura, como mínimo. Cuando la longitud del tramo exceda de 3 m, el pasamanos se prolongará horizontalmente al menos 30 cm en los extremos, en ambos lados. El pasamanos estará a una altura comprendida entre 90 y 110 cm. En escuelas infantiles entre 65 y 75 cm. El pasamanos estará separado del paramento al menos 4 cm. Limpieza de los acristalamient os exteriores En edificios de Residencial Vivienda, los acristalamientos que se encuentren a una altura de más de 6 m sobre la rasante exterior con vidrio transparente cumplirán con: Toda la superficie exterior del acristalamiento se encontrara comprendida en un radio de 0,85 m desde algún punto del borde de la zona practicable situado a una altura no mayor de 1,3 m. Los acristalamientos reversibles estarán equipados con un dispositivo que los mantenga bloqueados en la posición invertida durante su limpieza. Sección SUA 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o atrapamiento Impacto La altura libre en las zonas de circulación será como mínimo 2,1 m en zonas de uso restringido y 2,2 m en el resto de las zonas. En los umbrales de las puertas la altura libre será de 2 m. Los elementos fijos que sobresalgan de las fachadas y que estén situados sobre zonas de circulación estarán a una altura de 2,2 m mínimo. En zonas de circulación, las paredes carecerán de elementos salientes que no arranquen del suelo, que vuelen más de 15 cm en la zona de altura comprendida entre 15 cm y 2,2 m medida a partir del suelo y que presenten riesgo de impacto. Las puertas de vaivén situadas entre zonas de circulación tendrán partes tranparentes o translúcidas que permitan percibir la aproximación de las personas y que cubran la altura comprendida entre 0,7 m y 1,5 m, como mínimo.
Atrapamiento Con el fin de limitar el riesgo de atrapamiento producido por una puerta corredera de accionamiento manual, incluidos sus mecanismos de apertura y cierre, la distancia hasta el objeto fijo más próximo será de 20 cm, como mínimo. Sección SUA 4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada. Dotación de alumbrado de emergencia. Todo recinto cuya ocupación sea mayor que 100 personas. Los recorridos desde todo origen de evacuación hasta el espacio exterior seguro. Los aparcamientos cerrados o cubiertos cuya superficie construida exceda de 100 m². Los aseos generales de planta en edificios de uso público. Los lugares en los que se ubican cuadros de distribución o de accionamiento de la instalación de alumbrado de las zonas antes citadas. Las señales de seguridad. Los itinerarios accesibles. Posición y características de las luminarias. Se situarán al menos a 2 m por encima del nivel del suelo. Se dispondrá en cada puerta de salida y en posiciones en las que sea necesario destacar un peligro potencial o el emplazamiento de un equipo de seguridad. Como mínimo se dispondrá en los siguientes puntos: En las puertas existentes en los recorridos de evacuación. En las escaleras, de modo que cada tramo de escaleras reciba iluminación directa. En cualquier otro cambio de nivel. En los cambios de dirección y en las intersecciones en pasillos. Sección SUA 6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento. Características del vaso de piscina. La profundidad del vaso de piscinas infantiles será 50 cm, como máximo. El resto de piscinas la profundidad será de 3 m como máximo, y contarán con zonas cuya profundidad será menor que 1, 4 m. Se señalizarán los puntos donde se supere la profundidad de 1,4 m e igualmente se señalizará el valor de la máxima y la mínima profundidad. Los cambios de profundidad -En piscinas infantiles del 6%.
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J b.3) El proyecto deberá incluir un anexo con los planos, detalles y mediciones relativas a las obras de urbanización precisas para que la parcela adquiera la condición de solar, con detalle de todas las infraestructuras y servicios necesarios, que deberán discurrir de forma subterránea en el caso de calles de nueva urbanización. En el caso de garaje para más de 5 plazas, Proyecto de actividad de garaje según el articulo 486.6.3º) del decreto 36/2007, de 13 de abril, que modifica el ROGTU y solicitud de licencia ambiental. Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición en cumplimiento del Art.4.2 y del 4.1.b) del R.D. 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los Residuos de Construcción y Demolición (BOE 13/02/08). Estudio Geotécnico (incluido en el anejo de información geotécnica de la memoria del proyecto). En el caso de Expediente de Legalización habrá de aportar: o Fotografía del local o edificio a legalizar. o Certificado acreditativo de las condiciones de seguridad, habitabilidad y legalidad. o Ficha urbanística o Certificado final de obras. o Licencia de instalación solar fotovoltaica (habrá de aportar): o Ficha urbanística o Certificado de seguridad estructural del edificio/nave con incorporación de las placas solares firmado por técnico competente y visado por su respectivo colegio profesional. o Justificación del cumplimiento de seguridad en caso de incendio en el edificio/ ¡nave al llevarse a cabo el proyecto objeto de la licencia de obras. 1. LA SOLICITUD DE LICENCIA DE OBRA MAYOR SE PRESENTARA ACOMPAÑADA DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS Los documentos exigidos deberán: -Ser originales o fotocopias compulsados, en caso contrario no surtirán efectos. -Presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Benifaió (segunda planta) 2.- IMPUESTO: La licencia de obra menor estará sujeta al pago del impuesto de construcciones, instalaciones y obra (ICIO) establecido en la Ordenanza Fiscal Municipal vigente (BOP 16/10/2007). Para aquellas construcciones, instalaciones y obras, cuya base imponible sea igual o inferior a 100.000 €: se aplicará el 3,00%.Cuando la base imponible sea superior a 100.000 € e igual o inferior a 200.000€ se aplicará el 3,50%. Cuando la base sea superior a 200.000€ se aplicará el 4,00%. 3.- RESOLUCIÓN: - El plazo máximo para resolver es de 2 meses a contar desde la presentación de la solicitud. La licencia se otorgara dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros, por lo que solo producirán efectos entre el Ayuntamiento y el titular de la licencia, sin alterar las situaciones jurídicas reguladas por el derecho privado. - Órgano encargado de resolver: Alcaldía mediante Decreto u órgano en quién delegue. - Transcurrido el plazo de resolución, sin perjuicio de las prórrogas que sean procedentes, sin haberse notificado ésta, el interesado podrá entender estimada su petición por silencio administrativo, con los efectos y condiciones que para las licencias urbanísticas en la normativa urbanística. 4. RECURSOS: a) Directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Valencia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación. b) Recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado este acuerdo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación del presente acuerdo.
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J SOLICITUD DE LICENCIA DE OBRA MENOR Apellidos y Nombre/Denominación Social NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Fax PERSONA INTERESADA En su condición de: □ PROMOTOR □ PROPIETARIO Apellidos y Nombre/Denominación Social DATOS REPRESENTANTE NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Fax Calle/Plaza/Av./Camino/Urb. Núm./Parc. Esc. Planta Puerta DOMICILIO EFECTO NOTIFICACIONES Teléfono Código Postal Localidad Provincia Emplazamiento (calle o plaza) Clase de la obra a ejecutar Destino principal Importe del presupuesto total Constructor Dirección Teléfono Arquitecto autor del proyecto Dirección Teléfono DATOS DE LA OBRA Arquitecto técnico Dirección Teléfono SOLICITUD El interesado SOLICITA que teniendo, por presentado este escrito, junto a la documentación que se acompaña, previa la tramitación correspondiente, se conceda licencia de obra menor. DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA A LA SOLICITUD □ Presupuesto de obra firmada por el constructor. □ Fotocopia del impuesto de actividades económicas del constructor (IAE). □ Justificante del ingreso de los tributos aplicables, según las ordenanzas fiscales. □ Caso de que la obra se encuentre dentro del entorno de protección de la Torre de la Plaza o de la Torre Muza se aportará: - Fotografía de la fachada del inmueble afectado en color. - Plano de emplazamiento según el Plan General. - Presupuesto del constructor definiendo la obra a ejecutar. Lugar: Fecha: LUGAR Y FECHA FIRMA Firma solicitante o representante: A RELLENAR POR LA ADMINISTRACIÓN ORIGINAL A: ___________________ FOTOCOPIA A: ___________________ ___________________ ___________________ LA SECRETARIA (ESPACIO RESERVADO PARA EL SELLO DEL REGISTRO DE ENTRADA DEL AYUNTAMIENTO) Expediente núm:_______________ Licencia núm:_______________
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENIFAIÓ Sus datos se incorporarán a la base de datos del Ayto. de Benifaió siendo utilizados y protegidos en los términos establecidos en la L.O. 15/99 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal y resto de normativa aplicable. 1. LA SOLICITUD DE LICENCIA DE OBRA MENOR SE PRESENTARA ACOMPAÑADA DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS Los documentos exigidos deberán: -Ser originales o fotocopias compulsados, en caso contrario no surtirán efectos. -Presentarse en la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Benifaió (planta baja). 2.- IMPUESTO: La licencia de obra menor estará sujeta al pago del impuesto de construcciones, instalaciones y obra (ICIO) establecido en la Ordenanza Fiscal Municipal vigente (BOP 16/10/2007). Para aquellas construcciones, instalaciones y obras, cuya base imponible sea igual o inferior a 100.000 euros: 3,00 por ciento. 3.- RESOLUCIÓN: - El plazo máximo para resolver es de 1 mes a contar desde la presentación de la solicitud. La licencia se otorgara dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros, por lo que solo producirán efectos entre el Ayuntamiento y el titular de la licencia, sin alterar las situaciones jurídicas reguladas por el derecho privado. - Órgano encargado de resolver: Alcaldía mediante Decreto u órgano en quién delegue. - Transcurrido el plazo de resolución, sin perjuicio de las prórrogas que sean procedentes, sin haberse notificado ésta, el interesado podrá entender estimada su petición por silencio administrativo, con los efectos y condiciones que para las licencias urbanísticas en la normativa urbanística. 4. RECURSOS: a) Directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Valencia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación. b) Recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado este acuerdo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación del presente acuerdo.
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J SOLICITUD DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN EN SUELO NO URBANIZABLE, UNA VEZ EMITIDO EL INFORME FAVORABLE DE LA CONSELLERIA DE AGRICULTURA Apellidos y Nombre /Denominación Social NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Fax: INTERESADO Como a: □ PROMOTOR □ PROPIETARIO Apellidos y Nombre /Denominación Social DATOS REPRESENTANTE NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Fax: Calle/Plaza/Av./Camino/Urb. Núm./Parc. Esc. Planta Porta DOMICILIO EFECTOS NOTIFICACIONES Teléfono/ Fax Código Postal Localidad Provincia SOLICITUD (Continuar al dorso) □ Construcción caseta de aperos, almacén agrícola u otras instalaciones agrícolas, ganaderas, cinegéticas o forestales. □ Legalización caseta aperos, almacén agrícola u otras instalaciones agrícolas, ganaderas, cinegéticas o forestales. TECNICOS FACULTATIVOS Arquitecto/ Ingeniero Dirección Firma Ingeniero Técnico Dirección Firma Estudio Básico de Seguridad y de Salud Dirección Firma DATOS DE LA OBRA Constructor Dirección Firma N.I.F. Teléfono Emplazamiento de la obra Polígono Parcela Catastral PEM de la obra Liquidación de la tasa Liquidación del ICIO Tipo de licencia de edificación □ Obra nueva □ Reforma □ Ampliación □ Otros (ESPACIO RESERVADO PARA EL SELLO DEL REGISTRO DE ENENTRADA DEL AYUNTAMIETO)
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J DOCUMENTACION QUE SE APORTA A LA SOLICITUD Al efecto se aporta PROYECTO DUPLICADO VISADO por el Colegio de ____________ con fecha _____________________________________ □ Básico □ Ejecución El promotor El constructor (firma) (firma) Lugar: Fecha: LUGAR Y FECHA FIRMA Firma del solicitante o representante: A RELLENAR POR LA ADMINISTRACIÓN ORIGINAL A: ___________________ FOTOCOPIA A: ___________________ ___________________ ___________________ LA SECRETARIA SRA. ALCALDESSA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENIFAIÓ Sus datos se incorporarán a la base de datos del Ayuntamiento de Benifaió siendo utilizados y protegidos en los términos establecidos en la LO 15/99 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal y el resto de normativa aplicable.
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INSTRUCCIONES: 1.- LA SOLICITUD DE LICENCIA DE EDIFICACIÓN EN SUELO NO URBANIZABLE, UNA VEZ EMITIDO EL INFORME FAVORABLE DE LA CONSELLERIA DE AGRICULTURA SE PRESENTARÁ ACOMPAÑADA DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: • Fotocopia del DNI/CIF del solicitante. En el caso de personas jurídicas: escritura de constitución y acreditación documental de la representación, en su caso. • Documento de ingreso previo del ICIO. • Fotocopia del alta censal en la Agencia Tributaria del constructor de la obra, con ámbito de aplicación: Nacional, Provincial o Local (Benifaió). • Escrito de aceptación del constructor de la realización de la obra. • Proyecto suscrito por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial (2 ejemplares). Este proyecto deberá de cumplir con: a) Art. 8 de la ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana. b) Art. 12 y 20 de la ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo No Urbanizable. c) Art. 34 de la ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje. d) Art.18 y 48 del decreto 120/2006, de 11 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de paisaje de la Comunidad Valenciana. e) Art. 47 y 100 del decreto 67/2006, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial Urbanística. • Ordenanzas Municipales, en todo aquello que no contradiga las leyes y decretos anteriores. • Asimismo, el proyecto deberá de incluir: g) Plano de situación a escala 1:5000 referenciado al de clasificación del suelo del planeamiento general vigente (indicando el núm. de plano del que es copia) aportando la leyenda, es decir, el recuadro que aparece en el lateral inferior del mismo, que contiene la indicación de los distintos tipo de suelo, urbanizable, no urbanizable y urbano. h) Plano de posición de las construcciones e instalaciones existentes y de las solicitadas en la parcela, acotando las separaciones a linderos, en los que se reflejen, en su caso, las distancias al dominio público (carreteras, barrancos, vías pecuarias, zonas marítimas terrestres), las áreas inundables o los puntos geográficos fijados por reglamento o planos. i) En cuanto a la no formación del núcleo de población, plano catastral de la parcela a escala 1:2000, donde se indique la distancia exigida entre las edificaciones. j) Plano de accesos marcando el itinerario desde una carretera estatal, autonómica, o provincial. • Declaración sobre el cumplimiento del articulo 486.6. 2ª A) del Decreto 36/2007 ,de 13 de abril ,que modifica el ROGTU (en vigor 17/04/2007). • Hoja de nombramiento del Técnico Director de las obras, suscrita por el técnico competente y visada por él. • Hoja de aceptación expresa de la dirección de obra firmada y visada. • Cuestionario Estadístico del Ministerio de Fomento debidamente cumplimentado, firma y visado. • Proyecto de Ejecución suscrito por el Técnico competente y visado por el Colegio Profesional correspondiente (con anterioridad a comienzos de las obras). • Estudio de Gestión de Residuos. • Estudio Básico de Seguridad y Salud suscrito por el Técnico competente y visado por el Colegio Profesional correspondiente (con anterioridad a comienzos de las obras). • Autorización del organismo competente en caso de normativa sectorial. • Escritura de propiedad con la vinculación registral de la construcción a la finca o parcela y la consecuente indivisibilidad. La presentación de dicha solicitud no autoriza el inicio de las obras, las cuales deberán iniciarse a partir de la fecha de concesión de la licencia de edificación. Independientemente de la documentación señalada, en su caso, los técnicos municipales en aplicación de la legislación vigente, podrán requerir otra documentación necesaria que, según su criterio, será indispensable para completar el expediente. 2.- TASAS: No se exige el pago de tasa por la tramitación de licencia. 3.- IMPUESTO: La licencia de obra estará sujeta al pago del impuesto de construcciones, instalaciones y obra (ICIO) establecido en la Ordenanza Fiscal Municipal vigente (BOP 16/10/2007). Para aquellas construcciones, instalaciones y obras, cuya base imponible sea igual o inferior a 100.000 €: se aplicará el 3,00%.Cuando la base imponible sea superior a 100.000 € e igual o inferior a 200.000€ se aplicará el 3,50%. Cuando la base sea superior a 200.000€ se aplicará el 4,00%. 4.- RESOLUCIÓN. - El plazo máximo para resolver es de 2 meses. - Órgano encargado de resolver: Alcaldía mediante Decreto. - El transcurso del plazo máximo sin dictar y notificar resolución se entenderá estimatorio salvo las licencias de intervención en edificios catalogados o en trámite de catalogación. En ningún caso se entenderá adquiridas por silencio administrativo, facultades en contra de las leyes, de los Planes, Proyectos, Programas u Ordenanzas o en general, en términos contrarios, opuestos o disconformes con las previsiones de la ordenación urbanística. 5.- RECURSOS: a) Directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Valencia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación. b) Recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado este acuerdo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación del presente acuerdo.
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J SOLICITUD INFORME TÉCNICO MUNICIPAL SOBRE COMPATIBILITAT DE ACTUACIONES EN SUELO NO URBANIZABLE, PREVIO AL INFORME DE CONSELLERIA D’AGRICULTURA Y A LA LLICENCIA DE OBRES. Apellidos y Nombre /Denominación Social INTERESADO NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Apellidos y Normbre /Denominación Social DATOS REPRESENTANTE NIF/NIE/CIF Dirección de correo electronico Carrer/Plaza/Av./Camíno/Urb. Núm./Parc. Esc. Planta Porta DOMICILIO EFECTOS NOTIFICACIONES Teléfono/ Fax Codigo Postal Localidad Província SOLICITUD (Continuar al dorso) □ Construcción caseta de aperos, almacén agrícola u otras instalaciones agrícolas, ganaderas, cinegéticas o forestales. □ Legalización caseta de aperos, almacén agrícola u otras instalaciones agrícolas, ganaderas, cinegéticas o forestales. DATOS DE LA OBRA Emplazamiento de la obra .................. ....................... Polígono.......... Parcela catastral..................... DOCUMENTACION QUE SE APORTA A LA SOLICITUD □ Memoria con los datos agronómicos y características constructivas (sup. Total de la parcela, sup. Construida y sup. Ocupada, volumen, altura y separación a lindes). □ Acreditación de la necesidad de construcción mediante tarjeta de circulación de tractor, maquinaria agrícola, etc. □ Cuando se trate de un expediente de legalización deberá presentarse una propuesta de adecuación a la normativa aplicable que contemple: - Plano a escala mínima 1:50 de la situación actual donde conste la superficie total de la parcela y edificación existente, superficie ocupada, volumen, altura y separación a lindes. - Y Plano a escala mínima 1:50 donde se haga constar la propuesta de adecuación a la normativa aplicable. □ Otros ¿Existen otros expediente en el mismo emplazamiento?________________Cuáles?____________ Lugar: Fecha: LUGAR Y FECHA FIRMA Firma del solicitante o representante: A RELLENAR POR LA ADMINISTRACIÓN ORIGINAL A: ___________________ FOTOCOPIA A: ___________________ ___________________ ___________________ LA SECRETARIA SRA. ALCALDESSA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENIFAIÓ Sus datos se incorporarán a la base de datos del Ayuntamiento de Benifaió siendo utilizados y protegidos en los términos establecidos en la LO 15/99 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal y el resto de normativa aplicable. (ESPACIO RESERVADO PARA EL SELLO DEL REGISTRO DE ENENTRADA DEL AYUNTAMIETO)
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INSTRUCCIONES: 1.- LA SOLICITUD DE INFORME DE COMPATIBILIDAD DE ACTUACIONES EN SUELO NO URBANIZABLE PREVIO A LA LICENCIA DE EDIFICACIÓN EN SUELO NO URBANIZABLE SE PRESENTARÁ ACOMPAÑADA DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: a) Memoria con los datos agronómicos y características constructivas (Superficie total de la parcela, superficie construida y ocupada, volumen, altura y separación a lindes) suscrita por técnico competente) b) Acreditación de la necesidad de construcción mediante tarjeta de circulación de tractor, maquinaria agrícola, etc. c) Cuando se trate de un expediente de legalización deberá presentarse una propuesta de adecuación a la normativa aplicable que contemple: - Plano a escala mínima 1:50 de la situación actual donde conste la superficie total de la parcela y edificación existente, superficie ocupada, volumen, altura y separación a lindes. - Y Plano a escala mínima 1:50 donde se haga constar la propuesta de adecuación a la normativa aplicable. 2.- TASAS: Está sujeto al pago de la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal Municipal vigente: 75 euros. 3.- EMISIÓN DE INFORME: - De conformidad con lo que establece el artículo 83 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común los informes se emitirán en el plazo de 10 días, ello sin perjuicio que de conformidad con el artículo 49 de la citada ley la administración pueda acordar una ampliación del plazo. - No obstante, no se podrán otorgar licencias municipales, ni de obras ni de actividad, que legitimen usos y aprovechamientos en suelo no urbanizable sujetos a previo informe o autorización, hasta que conste en el expediente la emisión del informe o del acto de autorización y en su caso, se acredite el cumplimiento de las condiciones impuestas. El transcurso del plazo previsto legalmente para conceder licencia municipal en estos supuestos tendrá efectos desestimatorios (artículo 30 de la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo No Urbanizable) 4.- OTROS DATOS DE INTERES: - Si el informe de compatibilidad urbanística es favorable se dará traslado al interesado y a la Consellería de Agricultura para que realice el correspondiente informe de conformidad con lo previsto en el artículo 31 de la Ley 10/2004 de 9 de diciembre del Suelo No Urbanizable. - Si el mencionado informe de la Consellería de Agricultura fuera favorable a continuación el interesado deberá solicitar licencia de obra mayor para la ejecución de la construcción.
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J SOLICITUD DE LICENCIA MUNICIPAL DE SEGREGACIÓN DE FINCA URBANA Apellidos y Nombre/Denominación Social PERSONA INTERESADA NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Apellidos y Nombre/Denominación Social DATOS REPRESENTANTE/ ADA NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Calle/Plaza/Av./Camino/Urb. Núm./Parc. Esc. Planta Puerta DOMICILIO EFECTO NOTIFICACIONES Teléfono Código Postal Localidad Provincia SOLICITUD (Continuar al dorso) El solicitante EXPONE: Como propietario/a del solar ubicado en _______________________________________________________________________________ Con una superficie total de m2 Y teniendo prevista la segregación de dicha parcela en las siguientes: a)________________________m2 b)________________________m2 SOLICITA: Licencia municipal de segregación del solar _____________________________, ubicado en ______________________________________________________________________________ DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA A LA SOLICITUD Ver dorso Lugar: Fecha: LUGAR Y FECHA FIRMA Firma solicitante o representante: A RELLENAR PR LA ADMINISTRACIÓN ORIGINAL A: ___________________ FOTOCOPIA A: ___________________ ___________________ ___________________ LA SECRETARIA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENIFAIÓ Sus datos se incorporaran a la base de datos del Ayto. de Benifaió siendo utilizados y protegidos en los términos establecidos en la L.O. 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de carácter personal y resto de normativa aplicable. (ESPACIO RESERVADO PARA EL SELLO DEL REGISTRO DE ENTRADA DEL AYUNTAMIENTO) Ejemplar para la administración
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J SOLICITUD DE LICENCIA MUNICIPAL DE SEGREGACIÓN DE FINCA URBANA Apellidos y Nombre/Denominación Social PERSONA INTERESADA NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Apellidos y Nombre/Denominación Social DATOS REPRESENTANTE/ ADA NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Calle/Plaza/Av./Camino/Urb. Núm./Parc. Esc. Planta Puerta DOMICILIO EFECTO NOTIFICACIONES Teléfono Código Postal Localidad Provincia SOLICITUD (Continuar al dorso) El solicitante EXPONE: Como propietario/a del solar ubicado en _______________________________________________________________________________ Con una superficie total de m2 Y teniendo prevista la segregación de dicha parcela en las siguientes: a)________________________m2 b)________________________m2 SOLICITA: Licencia municipal de segregación del solar _____________________________, ubicado en ______________________________________________________________________________ DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA A LA SOLICITUD Ver dorso Lugar: Fecha: LUGAR Y FECHA FIRMA Firma solicitante o representante: A RELLENAR PR LA ADMINISTRACIÓN ORIGINAL A: ___________________ FOTOCOPIA A: ___________________ ___________________ ___________________ LA SECRETARIA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENIFAIÓ Sus datos se incorporaran a la base de datos del Ayto. de Benifaió siendo utilizados y protegidos en los términos establecidos en la L.O. 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de carácter personal y resto de normativa aplicable. (ESPACIO RESERVADO PARA EL SELLO DEL REGISTRO DE ENTRADA DEL AYUNTAMIENTO) Ejemplar para el interesado
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA A LA SOLICITUD □ Fotocopia del DNI del solicitante o del representante legal en su caso, y/o CIF si es persona jurídica. □ Justificante del ingreso de los tributos aplicables, según las ordenanzas fiscales. □ Certificado del facultativo competente de que el edificio o, en su caso, la parte del mismo susceptible de un uso individualizado se ajusta a las condiciones que supusieron el otorgamiento de la primera o anterior licencia de ocupación a la que se solicita, o se ajusta a las condiciones exigibles para el uso al que se destina. □ Copia de Libro del Edificio. □ Copia del último recibo pagado del IBI de naturaleza urbana. □ Copia de los recibos abonados de los suministros de agua, gas o electricidad del período anterior o, en su defecto, certificación de las compañías y entidades suministradoras sobre la contratación anterior de los servicios. □ Copia de transmisión de la propiedad o contrato de arrendamiento. Lugar: Fecha: LUGAR Y FECHA FIRMA Firma solicitante o representante: ARELLENAR POR LA ADMINISTRACIÓN ORIGINAL A: ___________________ FOTOCOPIA A: ___________________ ___________________ ___________________ LA SECRETARIA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENIFAIÓ Sus datos se incorporarán a la base de datos del Ayto. de Benifaió siendo utilizados y protegidos en los términos establecidos en la L.O. 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de carácter personal y resto de normativa aplicable.
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J 1. LA SOLICITUD DE LICENCIA DE SEGUNDA OCUPACIÓN SE PRESENTARA ACOMPAÑADA DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS Los documentos exigidos deberán: -Ser originales o fotocopias compulsados, en caso contrario no surtirán efectos. -Presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Benifaió (segunda planta) 2.- TASAS: La licencia de segunda ocupación estará sujeta al pago de la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal Municipal vigente (BOP 30/12/2006) Superficie útil edificación objeto licencia x precio básico/m2 vigente en el municipio en el momento del devengo x 0’10%. El valor mínimo será 48 euros. Nota: Se entenderá por precio básico el que sea aprobado en cada momento por las administraciones públicas competentes como referencia a efectos de la determinación de los precios máximos de venta y renta de las viviendas acogidas a medidas de financiación cualificada (VPO). De no constar el dato sobre superficie útil ésta se obtendrá pro aplicación del coeficiente 0.95 al número de metros cuadrados construidos. A los efectos de garantizar la viabilidad económica de la actividad municipal, en cualquier caso, la cuota no podrá tomar un valor inferior a 30’00 euros. 3.- RECURSOS: - El plazo máximo para resolver es de 3 meses a contar desde la presentación de la solicitud . La licencia se otorgara dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros, por lo que solo producirán efectos entre el Ayuntamiento y el titular de la licencia, sin alterar las situaciones jurídicas reguladas por el derecho privado. - Órgano encargado de resolver: Alcaldía mediante Decreto u órgano en quién delegue. - Transcurrido el plazo de resolución, sin perjuicio de las prórrogas que sean procedentes, sin haberse notificado ésta, el interesado podrá entender estimada su petición por silencio administrativo, con los efectos y condiciones que para las licencias urbanísticas en la normativa urbanística. 4. RECURSOS: a) Directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Valencia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación. b) Recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado este acuerdo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación del presente acuerdo.
Plaza Mayor, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J SOLICITUD DE CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA PREVIO A LA SOLICITUD DE COMUNICACIÓN O LICENCIA AMBIENTAL Apellidos y Nombre/Denominación Social INTERESADO NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Fax: Apellidos y Nombre/Denominación Social DATOS REPRESENTANTE NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Fax: Calle/Plaza/Av./Camino/Urb. Núm./Parc. Esc. Planta Puerta DOMICILIO EFECTO NOTIFICACIONES Teléfono Código Postal Localidad Provincia SOLICITUD (Continuar al dorso) El solicitante EXPONE: 1º Que pretende ubicar (o modificar) en …………………………………………………………………….. (descripción detallada de la ubicación) de este término municipal una actividad sujeta a la previa obtención de comunicación o licencia ambiental. 2º La referencia catastral del inmueble en el cual se proyecta la actividad es la siguiente:………………………………………………………………. 3º Que la actividad consiste en (detallar el tipo de actividad de acuerdo con la normativa vigente)…………………………………………………………………………………………………………… En virtud de lo anteriormente expuesto, SOLICITA: Que por parte del Ayuntamiento de Benifaió se le expida certificado de compatibilidad urbanística de la actividad proyectada con el planeamiento urbanístico y con las ordenanzas municipales que puedan afectar al proyecto. DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA A LA SOLICITUD □ Un plano de emplazamiento de la actividad proyectada. □ Proyecto o Memoria descriptiva de la instalación o actividad. □ Descripción de necesidad de uso y aprovechamiento del suelo. □ Descripción de los requerimientos de la instalación respecto a los servicios públicos esenciales. Lugar: Fecha: LUGAR Y FECHA FIRMA Firma solicitante o representante: A RELLENAR POR LA ADMINISTRACIÓN ORIGINAL A: ___________________ FOTOCOPIA A: ___________________ ___________________ ___________________ LA SECRETARIA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENIFAIÓ Sus datos se incorporarán a la base de datos del Ayto. de Benifaió siendo utilizados y protegidos en los términos establecidos en la L.O. 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de carácter personal y resto de normativa aplicable. (ESPACIO RESERVADO PARA EL SELLO DEL REGISTRO DE ENTRADA DEL AYUNTAMIENTO)
Plaza Mayor, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INSTRUCCIONES 1.- LA SOLICITUD DE CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA PREVIO A LA LICENCIA AMBIENTAL SE PRESENTARÁ ACOMPAÑADA DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: a) Un plano de emplazamiento de la actividad proyectada. b) Proyecto o Memoria descriptiva de la instalación o actividad. c) Descripción de necesidad de uso y aprovechamiento del suelo. d) Descripción de los requerimientos de la instalación respecto a los servicios públicos esenciales. 2.- TASAS Esta sujeto al pago de la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal municipal vigente: 75 euros.. 3.- RESOLUCIÓN - El certificado deberá emitirse en el plazo máximo de treinta días a contar desde la fecha de su solicitud en el caso de licencia ambiental y quince días en el caso de comunicación ambiental. En el supuesto que no se expida en el plazo indicado, el titular podrá presentar la solicitud de licencia ambiental o comunicación ambiental, con indicación de la fecha en que solicitó el certificado de compatibilidad urbanística.
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J SOLICITUD DE INFORME URBANÍSTICO Apellidos y Nombre/Denominación Social PERSONA INTERESADA NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Fax Apellidos y Nombre/Denominación Social DATOS REPRESENTANTE/ ADA NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Fax Calle/Plaza/Av./Camino/Urb. Núm./Parc. Esc. Planta Puerta DOMICILIO EFECTO NOTIFICACIONES Teléfono Código Postal Localidad Provincia DATOS DE EMPLAZAMIENTO Emplazamiento □ Calle o plaza___________________________________________________________________ □ Polígono o parcela________________________________________________________ SOLICITUD (Continuar al dorso) El interesado SOLICITA que teniendo, por presentado este escrito, junto a la documentación que se acompaña, previa la tramitación correspondiente, se emita el informe urbanístico. DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA A LA SOLICITUD □ Ficha catastral. □ Justificante del ingreso de los tributos aplicables, según las ordenanzas fiscales Lugar: Fecha: LUGAR Y FECHA FIRMA Firma solicitante o representante: A RELLENAR POR LA ADMINISTRACIÓN ORIGINAL A: ___________________ FOTOCOPIA A: ___________________ ___________________ ___________________ LA SECRETARIA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENIFAIÓ Sus datos se incorporarán a la base de datos del Ayto. de Benifaió siendo utilizados y protegidos en los términos establecidos en la L.O. 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de carácter personal y resto de normativa aplicable. (ESPACIO RESERVADO PARA EL SELLO DEL REGISTRO DE ENTRADA DEL AYUNTAMIENTO) Expediente núm:_______________
Plaça Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J 1.-TASA: El importe de la tasa es de 75€.
Plaza Mayor, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J SOLICITUD COMUNICACIÓN AMBIENTAL Apellidos y Nombre/Denominación Social INTERESADO NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Fax: Apellidos y Nombre/Denominación Social DATOS REPRESENTANTE NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Fax: Calle/Plaza/Av./Camino/Urb. Núm./Parc. Esc. Planta Puerta DOMICILIO EFECTO NOTIFICACIONES Teléfono Código Postal Localidad Provincia SOLICITUD (Continuar al dorso) El interesado SOLICITA: Que se conceda a ………………………………………………………………………………………………. Comunicación ambiental y se habilite para iniciar la actividad de ………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………….. En calle/avenida…………………………………………………………..núm…………………..de Benifaio. DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA A LA SOLICITUD □ Plano catastral. □ Memoria técnica visada en la que se describa la instalación y la actividad. □ Certificado de compatibilidad urbanística, o en su defecto, copia de la solicitud de ésta (pasados 15 días desde la solicitud sin que haya sido emitido por el Ayuntamiento). □ Certificación técnica acreditativa de que las instalaciones y la actividad cumplen todos los requisitos ambientales exigibles y demás requisitos preceptivos, de acuerdo con la normativa urbanística. □ Fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas o en su defecto, alta en el censo de actividades económicas. □ Fotocopia acreditativa de la titularidad del local: compra-venta, arrendamiento, etc... Lugar: Fecha: LUGAR Y FECHA FIRMA Firma solicitante o representante: A RELLENAR POR LA ADMINISTRACIÓN ORIGINAL A: ___________________ FOTOCOPIA A: ___________________ ___________________ ___________________ LA SECRETARIA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENIFAIÓ Sus datos se incorporarán a la base de datos del Ayto. de Benifaió siendo utilizados y protegidos en los términos establecidos en la L.O. 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de carácter personal y resto de normativa aplicable. (ESPACIO RESERVADO PARA EL SELLO DEL REGISTRO DE ENTRADA DEL AYUNTAMIENTO) Expdt. Núm.:_________________
Plaza Mayor, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INSTRUCCIONES: 1.- LA SOLICITUD DE COMUNICACIÓN AMBIENTAL SE PRESENTARA ACOMPAÑADA DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: a) Plano catastral. b) Memoria técnica visada en la que se describa la instalación y la actividad. c) Certificado de compatibilidad urbanística, o en su defecto, copia de la solicitud de ésta (pasados 15 días desde la solicitud sin que haya sido emitido por el Ayuntamiento). d) Certificación técnica acreditativa de que las instalaciones y la actividad cumplen todos los requisitos ambientales exigibles y demás requisitos preceptivos, de acuerdo con la normativa urbanística. e) Fotocopia del Impuesto de Actividades Económicas o en su defecto, alta en el censo de actividades económicas. f) Fotocopia acreditativa de la titularidad del local: compra-venta, arrendamiento, etc... Los citado documentos exigidos deberán: - Ser originales o fotocopias compulsadas, en caso contrario no surtirán efectos. - Presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Benifaió (Segunda Planta.) 2.- TASAS: La comunicación ambiental estará sujeta al pago de la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal Municipal vigente: 72 euros. 3.- RESOLUCIÓN: - El plazo máximo para resolver es de 1 mes. - Órgano encargado de resolver: Alcaldía mediante Decreto u órgano en quién delegue. - El transcurso del plazo máximo sin dictar resolución se entenderá estimatorio salvo que suponga conceder al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público, tales la utilización de la vía pública, en cuyo caso se entenderá desestimada. RECURSOS: a) Directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Valencia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación. b) Recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado este acuerdo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación del presente acuerdo.
Plaza Mayor, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J SOLICITUD DE LICENCIA DE APERTURA E INICIO DE ACTIVIDAD Apellidos y Nombre/Denominación Social INTERESADO NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Fax: Apellidos y Nombre/Denominación Social DATOS REPRESENTANTE NIF/NIE/CIF Dirección de correo electrónico Fax: Calle/Plaza/Av./Camino/Urb. Núm./Parc. Esc. Planta Puerta DOMICILIO EFECTO NOTIFICACIONES Teléfono Código Postal Localidad Provincia SOLICITUD (Continuar al dorso) El interesado EXPONE: 1º Que con fecha ………………………………….….la alcaldía concedió a esta parte licencia ambiental para……………………………………………..…….en …………...………………………….de este término municipal, ( expediente nº ________ / ___________ ) 2º Que la construcción ha sido finalizada, ajustándose al proyecto presentado y a las medidas impuestas en el acuerdo de concesión de la licencia ambiental, lo cual se acredita mediante la certificación expedida por el técnico director, visada por el colegio oficial correspondiente, la cual se acompaña a la presente instancia. Por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITA: Que por parte de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Benifaio se gire visita a las instalaciones y se conceda, por consiguiente, licencia de apertura. DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA A LA SOLICITUD □ Certificado Técnico de la Actividad. □ Certificados técnicos exigidos por las normativas sectoriales aplicables según el tipo de actividad Lugar: Fecha: LUGAR Y FECHA FIRMA Firma solicitante o representante: A RELLENAR POR LA ADMINISTRACIÓN ORIGINAL A: ___________________ FOTOCOPIA A: ___________________ ___________________ ___________________ LA SECRETARIA SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE BENIFAIÓ Sus datos se incorporarán a la base de datos del Ayto. de Benifaió siendo utilizados y protegidos en los términos establecidos en la L.O. 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de carácter personal y resto de normativa aplicable. (ESPACIO RESERVADO PARA EL SELLO DEL REGISTRO DE ENTRADA DEL AYUNTAMIENTO) Expdt. Núm.: _______________
Plaza Mayor, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J INSTRUCCIONES: 1.- LA SOLICITUD DE LICENCIA DE APERTURA E INICIO DE LA ACTIVIDAD SE PRESENTARÁ ACOMPAÑADA DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: - Certificado Técnico de la Actividad. - Certificados técnicos exigidos por las normativas sectoriales aplicables según el tipo de actividad 2.- TASAS: No está sujeta al pago de tasa. 3.- RESOLUCIÓN: - El plazo máximo para resolver es de un mes. - Órgano encargado de resolver: Alcaldía mediante Decreto u órgano en quién delegue. - El transcurso del plazo máximo sin dictar resolución se entenderá estimatorio salvo que suponga conceder al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público, tales la utilización de la vía pública, en cuyo caso se entenderá desestimada. RECURSOS: a) Directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Valencia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación. b) Recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado este acuerdo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación del presente acuerdo.
A ALUMNA: Irene Canto Caballero ¿QUIÉNES SON LOS RESPONSABLES? Artículo 237 de la LUV. Los sujetos responsables y el 534 del ROGTU. Personas responsables en referencia al artículo 237 Ley Urbanística Valenciana 1. Ejecución de obras y usos del suelo: • Promotor • Propietario del suelo • Constructor • Director/es de las obras 2. Persona física o jurídica que incurra en infracción urbanística por sus actos o por incumplimiento de sus obligaciones u órdenes de ejecución de las que fuera destinatario. 3. Compañías suministradoras de servicios urbanísticos básicos declarados esenciales serán responsables de sus obligaciones tipificadas en la LUV. TIPOS DE INFRACCIONES Artículo 233 de la LUV. Infracciones graves, muy graves y leves Clasificación de las infracciones: • Infracciones muy graves las que constituyan el incumplimiento de las normas urbanísticas relativas al uso del suelo y construcciones que afecten a: Zonas verdes, espacios verdes, dotaciones, equipamientos, suelo no urbanizable protegido o parcelaciones ilegales en SNU. • Infracciones graves las que constituyan el incumplimiento de las normas urbanísticas relativas a: Parcelaciones, aprovechamiento urbanístico, edificabilidad, uso del suelo, altura, volumen, situación de las edificaciones y ocupación permitida de las parcelas. • Infracciones leves las que no tengan carácter de graves o muy graves, o sean legalizables por ser conformes con el ordenamiento urbanístico. ¿CÓMO SE INICIA EL EXPEDIENTE? El expediente se puede iniciar de oficio por la propia administración, o por denuncia. Datos previos de la posible infracción: situación, propietarios y reportaje fotográfico. Visto los datos previos, el Arquitecto Técnico municipal realiza una visita de inspección, al lugar donde se esté produciendo o se haya producido la infracción urbanística, y levanta la correspondiente Acta de Inspección. (Artículo 256 de la LUV. Concepto. “1. La inspección urbanística es la actividad que los órganos administrativos competentes en materia de urbanismo deben realizar con el fin de comprobar que las edificaciones y el uso del suelo se ajustan a las especificaciones del ordenamiento urbanístico. 2. La inspección urbanística es una función de inexcusable ejercicio para los organismos a los que se atribuye por esta ley”) (Artículo 514 del ROGTU. Objeto y funciones de la inspección urbanística. La inspección urbanística tiene por objeto la vigilancia, investigación y comprobación del efectivo cumplimiento y observancia de la legislación urbanística y de los planes, programas y normas urbanísticas, y además:
A ALUMNA: Irene Canto Caballero a) La propuesta de adopción de medidas provisionales y definitivas b) De protección y, en su caso, de restauración de la legalidad. c) La propuesta de inicio de procedimientos sancionadores a los responsables de las infracciones urbanísticas. d) El asesoramiento e información en materia de protección de la legalidad, es especial a otras administraciones públicas y a las personas inspeccionadas”) Levantada el Acta de Inspección, el Arquitecto Técnico Municipal redacta un informe técnico descriptivo, donde detalla el estado en el que se encuentra la infracción, y en qué consiste. El Técnico de Administración General (TAG) visto el informe redacta un informe jurídico con la propuesta de resolución, y se dicta Decreto de Alcaldía a través del cual se incoa el expediente de protección de la legalidad urbanística, requiriendo la legalización al propietario, en un plazo de 2 MESES debe solicitar la oportuna licencia o autorización urbanística y se comunica al interesado que la prescripción de la infracción se interrumpe una vez éste tenga conocimiento de la incoación del correspondiente expediente sancionador o de la iniciación del expediente de protección de la legalidad urbanística, todo esto se notifica al propietario. TRANSCURRIDO EL PLAZO DE 2 MESES ¿QUÉ SUCEDE? El Arquitecto Técnico municipal redacta de nuevo un informe donde se pueden dar dos supuestos: 1. El propietario ha solicitado la licencia y se ha concedido, por tanto concluye el expediente de legalidad urbanística y se inicia el Expediente Sancionador. 2. El propietario no ha solicitado la licencia, o en caso de haberla solicitado no le ha sido concedida. Si esto sucede, se propone una medida de restauración; Artículo 255 de la LUV. Restauración de la legalidad urbanística. “El expediente de la restauración de la legalidad concluirá mediante resolución en la que se ordenará la adopción, según los casos, de las siguientes medidas: a) Tratándose de obras de edificación, las operaciones de restauración consistirán en la demolición de las edificaciones realizadas ilegalmente. b) En los casos de demolición indebida, la restauración consistirá en la reconstrucción de lo demolido, cuando ello resulte procedente. c) En el supuesto de parcelaciones ilegales, las operaciones de restauración consistirán en la reagrupación de las parcelas, la cual, según los casos, podrá venir acompañada de la roturación de caminos, desmonte o desmantelamiento de servicios, demolición de vallados y cualesquiera otras que resulten necesarias a tal fin. d) En función de la actuación de que se trate, las operaciones de restauración consistirán, además, en la ejecución de todas aquellas operaciones complementarias necesarias para devolver físicamente los terrenos, edificaciones o usos al estado anterior a la vulneración. e) Cuando proceda, en la orden de cese definitivo de la actividad. Complementariamente a la adopción de las medidas de restauración, la administración actuante acordará: a) El cese del suministro de agua, de energía eléctrica, gas y telefonía. A tal efecto la administración urbanística actuante notificará la orden de
A ALUMNA: Irene Canto Caballero restauración de la legalidad a las empresas o entidades suministradoras de energía eléctrica, agua, gas y telefonía, a fin de que procedan en el plazo de diez días a la suspensión de los correspondientes suministros. La suspensión de los suministros sólo podrá levantarse una vez que se haya procedido a la legalización de las obras, usos o edificaciones respectivas, mediante notificación expresa en tal sentido de la administración a las empresas suministradoras. b) La inhabilitación de accesos, cuando ello resulte procedente, de acuerdo con el procedimiento y las garantías establecidos por la legislación estatal vigente. c) La anotación de la resolución administrativa ordenando la restauración de la legalidad infringida en el Registro de la Propiedad, en los términos establecidos en la normativa registral. d) La comunicación de la orden de restauración al organismo encargado del Catastro inmobiliario, para su constancia.” El Arquitecto Técnico municipal propone una medida de restauración a ejecutar en el plazo de ejecución que se considere conveniente en función del tipo de infracción. Seguidamente el TAG visto el informe del Arquitecto Técnico, redacta un informe jurídico al respecto. Mediante decreto de Alcaldía se hace la propuesta de medida de restauración con un trámite de 15 días para alegaciones. Transcurridos los 15 días para alegaciones, se dicta decreto con la medida de restauración propuesta (ejemplo: orden de demolición). Artículo 227 de la LUV. Procedimiento de restauración de la legalidad urbanística. “Instruido el expediente y formulada la propuesta de medida de restauración de la ordenación urbanística vulnerada, la misma será notificada a los interesados para que puedan formular alegaciones. Transcurrido el plazo de alegaciones, o desestimadas éstas, el Alcalde acordará la medida de restauración que corresponda, a costa del interesado, concediendo un plazo de ejecución” ¿QUÉ EFECTOS PUEDE TENER EL INCUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS? Artículo 228 de la LUV. Incumplimiento por el interesado de la orden de restauración o de suspensión. “1. El incumplimiento por parte del interesado de la orden de restauración de la legalidad dará lugar a la adopción de las siguientes medidas: a) A la imposición por la administración de multas coercitivas, hasta lograr la ejecución por el sujeto obligado de las medidas de restauración. Las multas coercitivas se podrán imponer por períodos de un mes y en cuantía de 600 a 3000 euros cada una de ellas, según sean las medidas previstas de restauración. Las multas coercitivas se impondrán con independencia de las que puedan imponerse con ocasión del correspondiente expediente sancionador. b) A la ejecución subsidiaria por parte de la administración actuante y a costa del interesado. Transcurrido el plazo de cumplimiento voluntario derivado de la última multa coercitiva impuesta, la administración actuante estará obligada a ejecutar subsidiariamente las correspondientes órdenes, a cargo del interesado. c) A la ejecución forzosa mediante cualesquiera otros medios previstos en el ordenamiento jurídico.”
A ALUMNA: Irene Canto Caballero Transcurrido el plazo dado para ejecutar la medida de restauración, el Arquitecto Técnico municipal realiza de nuevo una visita de inspección, comprobando el cumplimiento de la orden dictada. Redacta un informe técnico indicando el cumplimiento o no cumplimiento, en el caso de no haberse cumplido con la orden de ejecución, realizará una valoración del coste de la medida de restauración que adjuntará al informe. El TAG visto el informe del Arquitecto Técnico Municipal, redacta un informe jurídico con la imposición de la 1º multa coercitiva, el 10% de la valoración del coste de restauración, y una vez dictado decreto de alcaldía se notifica al interesado. La imposición de multas coercitivas se hará mensualmente, siendo el máximo 10, y serán interrumpidas en el momento que se adopten la medida de restauración dictada. De esta forma concluirá el expediente y se iniciará el expediente sancionador.
A ALUMNA: Irene Canto Caballero CONCLUSIONES Actualmente en Benifaió es muy común la construcción de “casetas de aperos agrícolas” con piscina y barbacoa… prácticamente en ninguna de ellas se ha solicitado la correspondiente licencia, ni se han ceñido a las normas urbanísticas para su construcción, siendo en su mayoría ilegalizables por no cumplir retranqueos, lindes, ni características constructivas, como altura, superficie, volumen, acabados, etc. DISCIPLINA URBANÍSTICA Informe Policía Local Arquitecto Técnico Municipal Becaria -Colaboración en las visitas de inspección, en los informes descriptivos, y en la estimación de la valoración de la orden de restauración a ejecutar TAG Administrativo
A ALUMNA: Irene Canto Caballero INFORMES
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS SIN LICENCIA PROPIETARIO XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió (Valencia), - Vista instancia general presentada por Dª XXXX XXXX XXXX, con N.R.E. 2011000654 de fecha de 04/02/2011. - Realizada visita de inspección en fecha de 08/02/2011. INFORMA Se trata de un local en planta baja sito en la calle José morote nº 32 bajo derecha, ubicada en la zona de Casco Antiguo de la población, según establecen las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal. Según muestran las fotografías adjuntas realizadas el día de la visita de inspección, se observa que se están realizando obras de ejecución de tabiquería de un presunto aseo, enlucido con yeso de paredes y pavimentado del local. Las obras están, en la actualidad, ejecutándose, como evidencia la presencia de acopio de materiales y maquinaria. Según datos catastrales, con referencia nº 1817319YJ2511N0002HL, la titularidad del bajo pertenece a XXXX XXXX XXXX..
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J Conforme a todo lo expuesto anteriormente, se trata de obras en curso de ejecución sin licencia conforme establece el artículo 221 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, debiéndose por tanto proceder a la incoación del correspondiente expediente de protección de la legalidad, como determina el capítulo II de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana. Todo lo cual se informa a los efectos oportunos, sin perjuicio de las propuestas de otros departamentos municipales, en Benifaió a 08 de febrero de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS SIN AJUSTARSE A LICENCIA PROPIETARIO XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió (Valencia), - Visto Decreto de Alcaldía nº 2424 de fecha de 12/11/2010 sobre concesión de licencia de obra menor solicitada por XXXX XXXX XXXX (expediente nº 200/2010). - Realizada visita de inspección en fecha de 08/02/2011. INFORMA Se trata de una vivienda sita en la calle Mayor nº 94, ubicada en la zona de Casco Antiguo de la población, según establecen las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal. Según Decreto de Alcaldía nº 2424 de fecha de 12/11/2010 se concede licencia de obra menor a XXXX XXXX XXXX (expediente nº 200/2010) para la “reforma aseo, cocina, cambiar puerta entrada y ventanales fachada, cambiar puertas interiores y lucir con yeso las paredes”. Según muestran las fotografías adjuntas realizadas el día de la visita de inspección, se observa que se están realizando obras integrales en el interior de la vivienda, consistiendo en la demolición de los tabiques, pavimentos, falsos techos, instalaciones interiores, así como a la demolición de la escalera y forjado de techo de planta baja para la apertura de un hueco mayor para la escalera. Para ello, se ha procedido al apuntalado del forjado afectado. Además, se ha procedido a la retirada de la carpintería exterior de la fachada, y al levantamiento de tabiquería para ejecución de baños y cocina, incluyendo revestimientos e instalaciones.
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J Se ha procedido a levantar un acta de inspección con fecha de 28/03/2011 firmada por el técnico que suscribe, y D. XXXX XXXX XXXX, de la empresa contratista XXXX XXXX XXXX, de la cual se adjunta copia. Según datos catastrales, con referencia nº 2418430YJ2521N0001XX, la titularidad del bajo pertenece a XXXX XXXX XXXX. Según el artículo 492.c del Decreto 67/2006, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial Urbanística, se define la obra menor como las de sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica, así como las de modificación de la disposición interior de los edificio, cualquiera que sea su uso, y las de modificación del aspecto exterior de los edificios e instalaciones, siempre y cuando no afecten a la estructura. Por otra parte, el artículo 484.3 del Decreto 67/2006, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial Urbanística, establece que no se exigirá proyecto técnico de obras ni visado colegial cuando se traten de obras menores, siempre y cuando concurran todas las circunstancias siguientes: a) Que las obras únicamente modifiquen la disposición interior de los edificios. b) Que las obras no afecten a la fachada, a la cubierta o a la estructura de los edificios. c) Que la ejecución de las obras no produzca ampliación de la superficie construida. Por último, existe una Sentencia el Tribunal Supremo de fecha de 21/02/1984 donde establece que “las obras menores se caracterizan por ser de sencillez técnica y escasa entidad
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J constructiva y económica consistiendo normalmente en pequeñas obras de simple reparación, decoración, ornato o cerramiento que no precisan de proyecto firmado por profesionales titulados…” En base a todo lo anteriormente citado, conforme a la descripción de las obras a realizar descritas en la solicitud de licencia de obra menor, modificando ventanales de fachada y no afectando únicamente a la disposición interior de la vivienda, y de acuerdo con el artículo 484.3 del Decreto 67/2006, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial Urbanística anteriormente mencionado, sería exigible proyecto técnico de obras con el correspondiente visado colegial. Conforme a todo lo expuesto anteriormente, se trata de obras en curso de ejecución sin ajustarse a licencia conforme establece el artículo 221 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, debiéndose por tanto proceder a la incoación del correspondiente expediente de protección de la legalidad, como determina el capítulo II de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana. Todo lo cual se informa a los efectos oportunos, sin perjuicio de las propuestas de otros departamentos municipales, en Benifaió a 28 de marzo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS LICENCIA PROPIETARIO XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió (Valencia), - Visto Decreto de Alcaldía nº 574 de fecha de 30/03/2011 sobre incoación de expediente para declarar la caducidad de la licencia de obras 52/2007, II fase: construcción de 15 viviendas en calle Picassent 5-7. - Realizada visita de inspección en fecha de 06/04/2011. INFORMA Se trata de la construcción de un edificio de 15 viviendas en la calle Picassent nº 5-7 de Benifaió, ubicado en la zona de Ensanche de la población, según establecen las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal. Según Decreto de Alcaldía nº 574 de fecha de 30/03/2011 sobre incoación de expediente para declarar la caducidad de la licencia de obras 52/2007, II fase: construcción de 15 viviendas en calle Picassent 5-7, se adopta como medida cautelar la paralización de las obras objeto de la licencia, notificándose lo acordado al Promotor XXXX XXXX XXXX., a los técnicos de la obra, arquitecta XXXX XXXX XXXX y el aparejador XXXX XXXX XXXX y al constructor XXXX XXXX XXXX. Según muestran las fotografías adjuntas realizadas el día de la visita de inspección, se observa que se están realizando las obras de construcción de un edificio de viviendas, estando en el momento de la visita de inspección en fase de ejecución de la estructura.
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J Se ha procedido a levantar un acta de inspección con fecha de 08/02/2011 firmada por el técnico que suscribe, y D. XXXX XXXX XXXX, de la empresa contratista XXXX XXXX XXXX, de la cual se adjunta copia. Conforme a todo lo expuesto anteriormente, se trata de obras en curso de ejecución sin licencia conforme establece el artículo 221 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, debiéndose por tanto proceder a la incoación del correspondiente expediente de protección de la legalidad, como determina el capítulo II de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana. Todo lo cual se informa a los efectos oportunos, sin perjuicio de las propuestas de otros departamentos municipales, en Benifaió a 06 de abril de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS SIN AJUSTARSE A LICENCIA PROPIETARIO XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió (Valencia), - Vistos partes de la Policía Local nº 224/2011 y 417/2011 de fechas 07/01/2011 y 11/01/2011 en relación a la presunta infracción urbanística en la nave industrial sita en calle Covetes nº 2. - Visto Decreto de Alcaldía nº 1845 de fecha de 30/08/2010 sobre concesión de licencia de obra menor solicitada por XXXX XXXX XXXX (expediente nº 154/2010). - Visto Decreto de Alcaldía nº 178 de fecha de 02/02/2011 sobre protección de la legalidad urbanística: obras ejecutadas con licencia pero sin ajustarse a sus condiciones. - Visto Decreto de Alcaldía nº 249 de fecha de 09/02/2011 sobre concesión de licencia de obra menor solicitada por XXXX XXXX XXXX (expediente nº 05/2011). - Realizada visita de inspección en fecha de 14/04/2011. INFORMA Según muestran fotografías adjuntas realizadas el día de la visita de inspección , no se ha procedido al ajuste de las obras a las condiciones de la licencia otorgada, como determinaba el Decreto de Alcaldía nº 178 de fecha de 02/02/2011 sobre protección de la legalidad urbanística: obras ejecutadas con licencia pero sin ajustarse a sus condiciones. Además, como muestran las fotografías adjuntas, y se aprecia en el detalle adjunto a continuación, se ha ejecutado una rampa de acceso entre bordillo y calzada, incumpliendo el artículo 20 de las Normas subsidiarias de Planeamiento de Benifaió, donde establece que “Se prohíben expresamente las rampas entre bordillo y calzada, autorizándose la colocación de bordillos aplantillados frente a los vados de aparcamiento, según las condiciones que fije el Ayuntamiento”.
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J En consecuencia, las medidas de restauración de la legalidad urbanística que proceden de entre las previstas en el artículo 225 de la Ley Urbanística Valenciana, serán las del punto 1.a, 1.b, y 1.d, consistiendo éstas en la demolición de las edificaciones realizadas ilegalmente, reconstrucción de lo demolido, y la ejecución de todas aquellas operaciones complementarias necesarias para devolver físicamente los terrenos, edificaciones o usos al estado anterior a la vulneración, respectivamente. Se otorga, para ello, un plazo de dos meses. Todo lo cual se informa a los efectos oportunos, sin perjuicio de las propuestas de otros departamentos municipales. Benifaió a 14 de abril de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS EJECUTADAS SIN LICENCIA SOLICITANTE XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió, - Según solicitud de licencia de obra menor (R.E. nº 3309 de fecha 20/05/2010), Expte. Nº 95/2010. - Vista Resolución de Alcaldía con fecha de 13/07/2010 requiriendo documentación al solicitante para el expediente de obra nº 95/2010. - Visto escrito de la Conselleria de Cultura y Deportes, con N.R.E. en este Ayuntamiento 7413 de fecha de 19/10/2010 requiriéndole documentación al solicitante con respecto al expediente 0429P.10, en referencia al expediente de obra nº 95/2010. - Visto oficio con traslado de escrito de la Conselleria de Cultura y Deportes, con N.R.E. en este Ayuntamiento 7413 de fecha de 19/10/2010 al solicitante, recibido por éste en fecha de 22/10/2010. - Según solicitud de licencia ambiental y/o espectáculo público (R.E. nº 5563 de fecha 30/04/2010), Expte. Nº 15/10. - Visto parte de la Policía Local nº 5572/2011 realizado por el Agente con identificación profesional nº C-63. - Vista acta de inspección realizada por la Arquitecta Municipal en fecha de 26/04/2011. INFORMA El local se encuentra en la Plaza del Progreso nº1, ubicado dentro del entorno de protección de la Torre de la Plaza de Benifaió (Valencia), según establece la Orden de 21 de marzo de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat, estando además una parte de dicho local regulada en el artículo séptimo de dicha orden, como antigua casa palacio de los Falcó, Barones de Benifaió. Así mismo, según establecen las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, se trata de un local que contiene una parte de él dentro de un inmueble protegido, según indica el plano número 20 de dichas Normas Subsidiarias. La licencia ambiental está solicitada para el uso de un bar de 3ª categoría – heladería, y pendiente de pago de la correspondiente tasa, a fecha de emisión de este informe. En cuanto a la licencia de obra, el expediente se encuentra a la espera de la presentación, por parte del solicitante, de la correspondiente autorización de la Conselleria competente en materia de Cultura, conforme establece el artículo tercero de la Orden de 21 de marzo de 2007 anteriormente mencionada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano, donde establece que cualquier intervención en el entorno de protección del monumento, requerirá de la previa autorización de la Conselleria competente en materia de Cultura. No obstante, con N.R.E. 7413 de fecha de 19/10/2010 se recibe escrito de la Conselleria de Cultura y Deportes, requiriéndole documentación al solicitante con respecto al expediente 0429P.10, en referencia al expediente de obra nº 95/2010, siendo dicha documentación la siguiente: “1.- 3 ejemplares del proyecto de obra y actividad del local en el que se reflejen todos los detalles de la intervención, incluyendo memoria y planos de planta en los que se grafíe la superficie de local que afecta a la Casa Palacio de los Falcó, así como planos de alzado especificando el
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J acabado cromático de los revestimientos, en concordancia con los colores tradicionales del entorno y con referencia a una carta cromática reconocida (Pantone, Ral, Munsell, etc.). 2.- En caso de actuar en subsuelo, se deberá aportar estudio previo arqueológico redactado por técnico competente para su correspondiente autorización por la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano (art. 62 de la Ley 4/1998 de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano) necesario debido a la afección arqueológica derivada de la ejecución en el subsuelo de cimentación y/o instalación de saneamiento, así como de las que sean consecuencia del proceso de obra.” Se ha procedido a levantar un acta de inspección con fecha de 26/04/2011 firmada por la Arquitecta Municipal, y D. XXXX XXXX XXXX., cuya empresa no se corresponde con la empresa constructora indicada en la solicitud de licencia de obra. Según muestran las fotografías adjuntas, y en base al Parte de la Policía Local de Benifaió y al acta de inspección realizada por la Arquitecta Municipal con fecha de 26/04//2011 (se adjunta copia), se observa que se están realizando las siguientes obras: - baño: modificar puerta del existente y crear baño nuevo a la entrada del local, con wc y lavabo. Se ha hecho saneamiento nuevo conectado al del otro wc. - Barra de bar de obra. - Cambio de pavimento de suelo. - Reajuste de electricidad.
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J Como se observa en el detalle siguiente, y como consecuencia de la construcción de un baño con inodoro, existen evidencias de una reciente ejecución de una zanja para albergar el colector de desagüe de dicho inodoro, considerando el presunto hecho de actuación en el subsuelo del local, debiendo, en este caso, y conforme establece el escrito de la Conselleria de Cultura y Deportes anteriormente mencionado, haber aportado un estudio previo arqueológico redactado por técnico competente para su correspondiente autorización por la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano. Por lo tanto, y en base a lo descrito anteriormente, es necesario advertir que, a fecha de emisión de este informe, el solicitante no tiene concedida ni la licencia ambiental ni la licencia de obra por parte de este Ayuntamiento. Según instancia de solicitud de licencia de obras y ambiental, la solicitante es Dª. XXXX XXXX XXXX, con domicilio en c/ San Vicente nº 91 de Benifaió.
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J Según datos catastrales, la referencia catastral nº 2017819YJ2521N0005QE tiene la titularidad de Dª. XXXX XXXX XXXX, con domicilio en Plaza del Progreso 1 de Benifaio. Conforme a todo lo expuesto anteriormente, se trata de obras en curso de ejecución sin licencia conforme establece el artículo 221 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, debiéndose por tanto proceder a la incoación del correspondiente expediente de protección de la legalidad, como determina el capítulo II de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana. Así mismo, es necesario añadir que, debido a que se trata de obras en un local ubicado dentro del entorno de protección de la Torre de la Plaza de Benifaió (Valencia), según establece la Orden de 21 de marzo de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat, estando además una parte de dicho local regulada en el artículo séptimo de dicha orden, como antigua casa palacio de los Falcó, Barones de Benifaió, se trata de obras ilegales, conforme establece el artículo 37 de la Ley 4/1998 de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano. Todo lo cual se informa a los efectos oportunos, sin perjuicio de las propuestas de otros departamentos municipales, en Benifaió a 03 de mayo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J IMPORTE PRESUPUESTO EJECUCIÓN MATERIAL 413,47 13% de Gastos Generales 53,75 6% de Beneficio Industrial 24,81 SUMA TOTAL 492,03 18% de IVA 88,57 Presupuesto Total 580,59 RESUMEN PRESUPUESTO Por todo lo cual informo en Benifaió a 16 de febrero de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS EJECUTADAS SIN LICENCIA SOLICITANTE TAG DE URBANISMO XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió - Atendiendo al requerimiento realizado por la TAG de Urbanismo en fecha de 23/02/2011 en relación al Decreto de Alcaldía nº 1994 de fecha de 17/09/2010 donde se reiteraba la orden de restauración acordada por Decreto de Alcaldía nº 1818 de fecha de 02/11/2009, donde se ordenaba a D. XXXX XXXX XXXX la demolición del almacén de aperos situado en la parcela nº 229 del polígono 10 de Benifaio. - Realizada visita de inspección el día 01/03/2011. INFORMA Según se observa en fotografía adjunta realizada el día de la visita de inspección, se ha dado cumplimiento de la orden de demolición acordada por Decreto de Alcaldía nº 1818 de fecha de 02/11/2009. Por todo lo cual informo en Benifaió a 01 de marzo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS EJECUTADAS SIN LICENCIA SOLICITANTE TAG DE URBANISMO XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió. - Atendiendo al requerimiento solicitado por la TAG de Urbanismo del Ayuntamiento de Benifaió de fecha de 09/03/2011, en relación al Decreto de Alcaldía nº 1541 de fecha de 11/09/2009 donde se ordenaba la demolición de la caseta de campo sita en el polígono 10, parcela 234, así como todas aquellas operaciones complementarias necesarias para devolver físicamente el terreno al estado anterior a la vulneración. - Realizada visita de inspección el día 15/03/2011. INFORMA A fecha de emisión de este informe no se ha dado cumplimiento a las mencionadas medidas de restauración de la legalidad urbanística, según muestran las fotografías adjuntas realizadas el día de la visita de inspección. Por todo lo cual informo en Benifaió a 21 de marzo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS EJECUTADAS SIN LICENCIA SOLICITANTE TAG DE URBANISMO XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió - Atendiendo al requerimiento solicitado por la TAG de Urbanismo del Ayuntamiento de Benifaió de fecha de 09/03/2011, en relación al Decreto de Alcaldía nº 2716 de fecha 27/12/2010 donde se reiteraba la orden de restauración de la legalidad urbanística consistente en la demolición del almacén de aperos agrícolas situado en la parcela 183 de la parcela 183 del polígono 8 de Benifaió (Decreto de Alcaldía nº 1267 de fecha 23/07/2009) y, se continúan imponiendo al propietario D. XXXX XXXX XXXX sucesivas multas coercitivas. - Realizada visita de inspección el día 15/03/2011. INFORMA Según se observa en fotografía adjunta realizada el día de la visita de inspección, no se ha dado cumplimiento a las especificaciones impuestas en el Decreto de Alcaldía nº 1267 anteriormente mencionado. Por todo lo cual informo en Benifaió a 22 de marzo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS EJECUTADAS SIN LICENCIA PROPIETARIO XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió, - Atendiendo al requerimiento solicitado por la TAG de Urbanismo del Ayuntamiento de Benifaió de fecha de 21/03/2011, en relación al Decreto de Alcaldía nº 117 de fecha 24/01/2010 donde se reiteraba la orden de restauración acordada por Decreto de Alcaldía nº 1480 de fecha 01/09/2009 consistente en la demolición de una cuadra de caballos y picadero en la parcela 197 del polígono 9 de Benifaió, propiedad de D. XXXX XXXX XXXX, así como la ejecución de todas aquellas operaciones necesarias para devolver físicamente el terreno al estado anterior a la vulneración. - Realizada visita de inspección el día 25/03/2011. INFORMA Según se observa en fotografías adjuntas, no se ha dado cumplimiento, en la fecha de la visita de inspección, a la orden de demolición y restauración de la legalidad acordada por Decreto de Alcaldía nº 1480 de fecha de 01/09/2009. Por todo lo cual informo en Benifaió a 01 de abril de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS EJECUTADAS SIN LICENCIA DESTINATARIO TAG DE URBANISMO XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió - Visto el Parte nº 13200/2009 de la Policía Local, de fecha de 23/10/2009, sobre el vallado de la parcela 249 del polígono 4 de Benifaió. - Vista solicitud de licencia de obra de “cerramiento metálico de malla galvanizada de 2 metros de altura con postes modelo cremallera y puerta de acceso de 5 metros”, exp. 119/2009, con N.R.E. 4743 de fecha de 11/06/2009. - Visto informe desfavorable de Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, con N.R.E. 8367 de fecha de 17/11/2009. - Visto informe emitido por el técnico que suscribe denegando la licencia de obras con expediente nº 119/2009 anteriormente mencionado en base al informe desfavorable de Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, con N.R.E. 8367 de fecha de 17/11/2009. - En relación al requerimiento realizado por la TAG de Urbanismo con fecha de 12/04/2011 en relación al Decreto de Alcaldía n º 2299 de fecha de 28/10/2010 donde se ordenaba la demolición de la edificación realizada ilegalmente en la parcela 116 del polígono 4 de Benifaió. - Realizada visita de inspección el día 14/04/2011. INFORMA Como muestran las fotografías adjuntas realizadas el día de la visita de inspección, si se ha procedido al cumplimiento del Decreto de Alcaldía anteriormente mencionado. Por todo lo cual informo en Benifaió a 18 de abril de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS EJECUTADAS SIN LICENCIA SOLICITANTE TAG DE URBANISMO XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió - Atendiendo al requerimiento solicitado por la TAG de Urbanismo del Ayuntamiento de Benifaió de fecha de 19/04/2011, en relación al Decreto de Alcaldía nº 26 de fecha de 05/01/2011 donde se reiteraba la orden de restauración de la legalidad urbanística acordada por Decreto de Alcaldía nº 1340 de fecha 14/06/2010 donde se ordenaba la demolición de una caseta de madera en la parcela 94 del polígono 9 de Benifaió, propiedad de D. XXXX XXXX XXXX, así como las ejecución de todas las operaciones necesarias para devolver físicamente la parcela al estado anterior a la vulneración. - Realizada visita de inspección el día 27/04/2011. INFORMA Según muestra la fotografía adjunta realizada el día de la visita de inspección, no se ha dado cumplimiento a las medidas de restauración de la legalidad urbanística acordadas por el Decreto de Alcaldía mencionado anteriormente, Por todo lo cual informo en Benifaió a 27 de abril de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS EJECUTADAS SIN LICENCIA SOLICITANTE TAG DE URBANISMO XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió, - Atendiendo al requerimiento solicitado por la TAG de Urbanismo del Ayuntamiento de Benifaió de fecha de 20/04/2011, en relación al Decreto de Alcaldía nº 1855 de fecha de 31/08/2010 donde se reiteraba la orden de restauración acordada por Decreto de Alcaldía nº 2030 de fecha de 03/12/2009 donde se ordenaba la demolición de la caseta ejecutada sin licencia en la parcela 110 del polígono 14, propiedad de D. XXXX XXXX XXXX, concediéndole un plazo de dos meses para que procediera al cumplimiento de la citada medida de restauración de la legalidad urbanística. - Realizada visita de inspección el día 29/04/2011. INFORMA Se ha procedido al cumplimiento del Decreto de Alcaldía nº 2030 de fecha de 03/12/2009 donde se ordenaba la demolición de la caseta ejecutada sin licencia. Por todo lo cual informo en Benifaió a 03 de mayo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO INFORME SOBRE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA. OBRAS EJECUTADAS SIN LICENCIA SOLICITANTE TAG DE URBANISMO XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió, - Atendiendo al requerimiento solicitado por la TAG de Urbanismo del Ayuntamiento de Benifaió de fecha de 20/04/2011, en relación al Decreto de Alcaldía nº 2717 de fecha de 27/12/2010 donde se reiteraba la orden de ejecución acordada mediante Decreto de Alcaldía nº 657 de fecha de 27/04/2009 consistente en la demolición de la caseta y paellero construidos en la parcela 287 del polígono 10 de Benifaió, propiedad de D. XXXX XXXX XXXX, con la advertencia de que, si en el plazo de un mes, a contar desde la presente resolución, no se ha dado cumplimiento a la orden de restauración de la legalidad urbanística, se continuarán imponiendo sucesivas multas coercitivas hasta la total restauración de la legalidad urbanística infringida hasta un máximo de diez. - Realizada visita de inspección el día 29/04/2011. INFORMA Según se observa en la fotografía adjunta realizada el día de la visita de inspección, no se ha dado cumplimiento al Decreto de Alcaldía mencionado anteriormente. Por todo lo cual informo en Benifaió a 03 de mayo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
ALUMNA: Irene Canto Caballero ORDENES DE EJECUCIÓN
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J 1 1,000 Total u ............: 1,000 15,00 15,00 PRESUPUESTO EJECUCIÓN MATERIAL 620,57 IMPORTE PRESUPUESTO EJECUCIÓN MATERIAL 620,57 13% de Gastos Generales 80,67 6% de Beneficio Industrial 37,23 SUMA TOTAL 738,48 18% de IVA 132,93 Presupuesto Total 871,40 RESUMEN PRESUPUESTO Se estima un coste total de OCHOCIENTOS SETENTA Y UN EUROS Y CUARENTA CÉNTIMOS y se establece un plazo para llevar a cabos la ejecución de 1 mes. Por todo lo cual informo en Benifaió a 11 de marzo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO ORDEN DE EJECUCIÓN DE LIMPIEZA Y VALLADO DE SOLAR CON REFERENCIA CATASTRAL 1722416YJ2512S0001PB PROPIETARIO ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió. - En relación al parte de la Policía Local nº 16170/2009 de fecha de 29/12/2009 realizado por los agentes con carnet profesional nº C-03 y A-64. - Visto informe de la Técnica de Medio Ambiente Municipal de fecha de 12/02/2010. - Visto Decreto de Alcaldía nº 57 de fecha de 13/01/2011 sobre orden de ejecución de limpieza y cerramiento de solar. - Girada visita de inspección el día 24/03/2011. INFORMA Como muestran fotografías adjuntas realizadas el día de la visita de inspección, no se ha procedido a la ejecución de la orden de ejecución que determina el Decreto de Alcaldía anteriormente mencionado.
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J Por todo lo cual informo, sin perjuicio de terceros, en Benifaió a 24 de marzo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO ORDEN DE EJECUCIÓN EDIFICIO EN C/ PICASENT Nº 20 PROPIETARIO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió (Valencia). - Visto Decreto de Alcaldía nº 1706 de fecha de 13/10/2009 sobre orden de ejecución de edificio sito en calle Picassent nº 20 de Benifaió. - Realizada visita de inspección en fecha de 24/03/2011. INFORMA Como muestran fotografías adjuntas realizadas el día de la visita de inspección, sí se ha procedido al cumplimiento de la orden de ejecución que determina el Decreto de Alcaldía anteriormente mencionado. Por todo lo cual informo en Benifaió a 24 de marzo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO ORDEN DE EJECUCIÓN VIVIENDA UNIFAMILIAR SITUADA EN CALLE NUEVA Nº 40 DE BENIFAIÓ PROPIETARIO XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió (Valencia). - Visto Decreto de Alcaldía nº 10 de fecha de 04/01/2011 sobre orden de ejecución en vivienda unifamiliar situada en calle Nueva nº 40 de Benifaió. - Realizada visita de inspección el día 24/03/2011. INFORMA Como muestran fotografías adjuntas realizadas el día de la visita de inspección, sí se ha procedido al cumplimiento de la orden de ejecución que determina el Decreto de Alcaldía anteriormente mencionado. Por todo lo cual informo, a los efectos oportunos, en Benifaió a 24 de marzo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO ORDEN DE EJECUCIÓN DE LIMPIEZA DE SOLAR EN CALLE ERMITA Nº 10 DE EBNIFAIÓ, REFERE NCIA CATASTRAL 1916238YJ2511N0001MK PROPIETARIO XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió. - En relación a la instancia general presentada con N.R.E. 6153 de fecha de 09/09/2010 por D. XXXX XXXX XXXX. - Visto Decreto de Alcaldía nº 2057 de fecha de 27/09/2010 sobre orden de ejecución de limpieza y desbroce de solar en calle Ermita nº 10 de Benifaió. - Girada visita de inspección el día 24/03/2011. INFORMA Como muestran fotografías adjuntas realizadas el día de la visita de inspección, sí se ha procedido a la ejecución de la orden de ejecución que determina el Decreto de Alcaldía anteriormente mencionado. Por todo lo cual informo, sin perjuicio de terceros, en Benifaió a 24 de marzo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO ORDEN DE EJECUCIÓN INMUEBLE SITUADO EN CALLE FUENTE Nº 3 DE BENIFAIÓ PROPIETARIO XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió (Valencia). - Visto Parte nº 3211/2011 de fecha de 14/03/2011 de la Policía Local. - Realizada visita de inspección el día 25/03/2011. INFORMA Se observa, según muestran fotografías adjuntas realizadas el día de la visita de inspección, que el forjado que conforma el voladizo sobre la planta baja del inmueble situado en la calle Fuente nº 3 de Benifaio se encuentra deteriorado, dado que el revestimiento que lo cubre está en proceso de agrietamiento y con evidencias de escaso mantenimiento, pudiendo producirse algún desprendimiento de las capas de dicho revestimiento a la vía pública. El inmueble está ubicado en zona de Casco Antiguo de la población, según establecen las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal. Se trata de un inmueble, cuyo titular es, según datos catastrales, XXXX XXXX XXXX.
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J El artículo 206 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, establece que los propietarios de los terrenos, construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservar o rehabilitar en ellos las condiciones imprescindibles de habitabilidad o uso efectivo que permitirían obtener la licencia administrativa de ocupación para el destino que les sea propio. A los efectos previstos en el art. 500 del Decreto 67/2006, por el que se aprueba el reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, la valoración de las obras a realizar depende del acuerdo que adopte el propietario del inmueble, siendo, en este caso los siguientes trabajos: Picado del revestimiento en mal estado del voladizo-forjado sobre planta baja, y aplicación de revestimiento con enfoscado de mortero de cemento. A continuación se procede a la estimación de la valoración de la obra a ejecutar: Código Ud Denominación Medición Precio Total 1.1 m2 Picado de enfoscado de mortero de cemento, en paramentos interiores horizontales, mediante medios manuales, con retirada de escombros y carga, sin incluir transporte a vertedero. Uds. Largo Ancho Alto Subtotal 1 12,00 1,00 12,000 1 16,00 0,20 3,200 Total m2 ............: 15,200 14,58 221,62 1.2 m2 Enfoscado maestreado fratasado, con mort ero de cemento M - 15 en paramento horizontal exterior, según NTE-RPE-8. Uds. Largo Ancho Alto Subtotal 1 12,00 1,00 12,000 1 16,00 0,20 3,200 Total m2 ............: 15,200 15,30 232,56 PRESUPUESTO EJECUCIÓN MATERIAL 454,18
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J IMPORTE PRESUPUESTO EJECUCIÓN MATERIAL 454,18 13% de Gastos Generales 59,04 6% de Beneficio Industrial 27,25 SUMA TOTAL 540,47 18% de IVA 97,29 Presupuesto Total 637,76 RESUMEN PRESUPUESTO Se estima un coste total de SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS Y SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS y se establece un plazo para llevar a cabos la ejecución de 2 meses. Por todo lo cual informo, a los efectos oportunos, en Benifaió a 25 de marzo de 2011. XXXX XXXX XXXX ARQUITECTO TÉCNICO
Plaza Major, 15 – 46450 BENIFAIÓ – Tel. 96 178 10 19 – Fax. 96 179 41 38 – CIF. P-4606000-J ASUNTO ORDEN DE EJECUCIÓN INMUEBLE SITUADO EN CALLE SAN VICENTE Nº 76 DE BENIFAIÓ PROPIETARIO XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX XXXX, Arquitecto Técnico Municipal del Ayuntamiento de Benifaió (Valencia). - Visto Parte nº 3193/2011 de fecha de 13/03/2011 de la Policía Local. - Realizada visita de inspección el día 25/03/2011. INFORMA Se observa, según muestran fotografías adjuntas realizadas el día de la visita de inspección, que se ha desprendido la base de la zona de entrevigado cerámico que conforma el forjado de techo de la planta baja de un inmueble situado en la calle San Vicente nº 76 de Benifaio. El inmueble está ubicado en zona de Ensanche de la población, según establecen las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal. Se trata de un inmueble, cuyo titular es, según datos catastrales, XXXX XXXX XXXX., con domicilio en calle Esc. Antonio Sacramento nº 7-1º, C.P. 46013 de Valencia. El artículo 206 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, establece que los propietarios de los terrenos, construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservar o rehabilitar en ellos las condiciones imprescindibles de habitabilidad o uso efectivo que permitirían obtener la licencia administrativa de ocupación para el destino que les sea propio. A los efectos previstos en el art. 500 del Decreto 67/2006, por el que se aprueba el reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, la valoración de las obras a realizar depende del acuerdo que adopte el propietario del inmueble, siendo, en este caso los siguientes trabajos: Reparación del elemento desprendido de la parte inferior del forjado que conforma el techo de la planta baja. A continuación se procede a la estimación de la valoración de la obra a ejecutar: