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Deontología Profesional: Influencia de la ética en el ejercicio de la Ingeniería Biomédica

Calderón Chacón, Marina

Abstract

El gran avance de la tecnología en el mundo sanitario hace que surjan un conjunto de dilemas éticos por parte de los profesionales de la Ingeniería Biomédica. La falta de regulación ética ha hecho que se emitan leyes y declaraciones sobre la actuación de estos profesionales que no aclaran si sus actuaciones son éticas o no. Este trabajo analiza los conceptos y términos que resultan relevantes para definir la profesión de Ingeniería Biomédica como tal con el objetivo de discutir la vigencia y viabilidad de un código de conducta ético (deontología) del cual se sirvan sus profesionales para ejercer la profesión de forma íntegra. El trabajo está basado en un estudio ensayístico y argumentativo que examina las condiciones actuales en las que se estudia la bioética. Mientras que en la actualidad, la Ingeniería Biomédica ofrece un panorama prometedor y ambicioso, no deberían descuidarse los retos éticos que plantean los avances en dicho campo. Por lo tanto, este Trabajo de Fin de Grado invita a reflexionar sobre la creación de un Código Ético de la Ingeniería Biomédica, que esté estudiado y diseñado por los propios profesionales. Para ello, aboga por una formación ética desde el inicio del estudio de este ámbito.

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Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática Universidad de Málaga Graduada en Ingeniería de la Salud con Mención en: INGENIERÍA BIOMÉDICA Curso 2016-2017, Febrero 2017 Trabajo de Fin de Grado (TFG) Deontología Profesional: Influencia de la ética en el ejercicio de la Ingeniería Biomédica PROFESSIONAL DEONTOLOGY: INFLUENCE OF ETHICS IN THE PRACTICE OF BIOMEDICAL ENGINEERING Marina Calderón Chacón DNI: 25742226M Tutor/a: Prof. Dra. Marta Postigo Asenjo Departamento de Filosofía Área de Filosofía Moral Resumen: El gran avance de la tecnología en el mundo sanitario hace que surjan un conjunto de dilemas éticos por parte de los profesionales de la Ingeniería Biomédica. La falta de regulación ética ha hecho que se emitan leyes y declaraciones sobre la actuación de estos profesionales que no aclaran si sus actuaciones son éticas o no. Este trabajo analiza los conceptos y términos que resultan relevantes para definir la profesión de Ingeniería Biomédica como tal con el objetivo de discutir la vigencia y viabilidad de un código de conducta ético (deontología) del cual se sirvan sus profesionales para ejercer la profesión de forma íntegra. El trabajo está basado en un estudio ensayístico y argumentativo que examina las condiciones actuales en las que se estudia la bioética. Mientras que en la actualidad, la Ingeniería Biomédica ofrece un panorama prometedor y ambicioso, no deberían descuidarse los retos éticos que plantean los avances en dicho campo. Por lo tanto, este Trabajo de Fin de Grado invita a reflexionar sobre la creación de un Código Ético de la Ingeniería Biomédica, que esté estudiado y diseñado por los propios profesionales. Para ello, aboga por una formación ética desde el inicio del estudio de este ámbito. Palabras claves: técnica, ética, profesión, excelencia, bioética, comités de bioética, carácter profesional, principios, UNESCO, biomedicina, código ético. Abstract: The vast advancement of technology within the healthcare industry has entailed the appearance of a series of ethical dilemmas which affect the professionals involved with Biomedical Engineering. The lack of regulations in a moral aspect has led to the enactment of laws which regulate the doings of these professionals in legal terms but that do not, however, determine whether such doings are in fact ethical or not. This work discusses the concepts and terms that must be taken into account in order to assimilate the Biomedical Engineering profession as such, from which an appropriate code of ethical conduct can be developed, one that its professionals can use to perform their vocations holistically. This investigation is carried out as an argumentative essay which examines the current conditions in which bioethics is studied. Modern times put forward an ambitious technical outlook in the field of Biomedical Engineering which is, nonetheless, at high risk of neglecting the ethical implications that such advancements imply. Thus, this work discusses the creation of an Ethical Code of Biomedical Engineering to be studied and developed by the professionals themselves. To this effect, an ethical formation from the initial study of this field is advocated for. Keywords: technique, ethics, profession, excellence, bioethics, bioethic committees, professional outlook, principles, UNESCO, biomedicine, code of ethics. 2 Índice: 1. Introducción……………………………………………………………………2 2. Técnica y Ética………………………………………………………………...5 3. Profesión y Excelencia………………………………………………….........8 4. La bioética como ética aplicada. Comités de bioética nacionales e internacionales……………………………………………………………….12 5. Leyes, Declaraciones y códigos deontológicos y éticos………………..21 6. Conclusiones…………………………………………………………………25 7. Bibliografía……………………………………………………………..……..28 3 1. Introducción En este trabajo se ha llevado a cabo el estudio de la deontología profesional en la Ingeniería Biomédica. El tema fundamental se define como la responsabilidad ética de quienes ejercen la profesión que se encarga de desarrollar a nivel tecnológico los avances en aplicaciones, técnicas y dispositivos que afectan al campo de la sanidad (Monzón 1999). El avance tecnológico en el mundo sanitario pone en tela de juicio, en reiteradas ocasiones, las prácticas que se llevan a cabo durante el desarrollo de las tareas realizadas dentro del ámbito de la Ingeniería Biomédica. Esto incluye las condiciones en las que se aplican los resultados de las investigaciones o los productos obtenidos a partir de empresas que desarrollan su actividad en este campo. Por ello, para crear un adecuado clima social en términos de confianza y respeto al ser humano es necesario asumir una forma y actitud de trabajo correcta con respecto a estas tareas. Pero para tratar este tema debidamente, hay que tener en cuenta que la Ingeniería Biomédica, en ocasiones, no está reconocida formalmente como una profesión y que, por lo tanto, hay una falta de delimitación en los asuntos éticos que le afectan. Por ello, a lo largo del trabajo se definen apropiadamente las características que reúne una profesión para ser asumida como tal y se aplican al estado actual en el que se encuentra la Ingeniería Biomédica. Para ello, se estudian las definiciones etimológicas de ética, técnica, profesión o excelencia y de qué forma se asumen para delimitar las responsabilidades morales de esta ingeniería. El interés fundamental que ha impulsado el desarrollo de este trabajo ha sido la supuesta inexistencia de códigos éticos o deontológicos que afectan de forma explícita y directa al desarrollo de la Ingeniería Biomédica. Para comprobarlo, se ha tenido en cuenta los siguientes aspectos: hasta qué punto se asume la Ingeniería Biomédica como profesión, desde qué campo se estudia la ética en asuntos de ingeniería o biomedicina, o qué personas, grupos o instituciones son las encargadas de tratar dicha ética. A su vez, se ha asumido 4 un interés académico que trata de ampliar la visión ética desde un punto de vista universitario, a nivel de educación, para con ello, poder asumir temas éticos de forma consistente desde el inicio del estudio de la Ingeniería Biomédica. La metodología de trabajo, como fue aclarado en el documento del “Anteproyecto”, consiste en un estudio de fundamentación, principalmente ensayístico, que conlleva un análisis teórico, crítico y comparativo como base para una argumentación en profundidad. Esta no es la metodología convencional que se lleva a cabo en el terreno de la ingeniería, pero sí ofrece una vista crítica del desarrollo de sus funciones, algo también relevante en el adecuado avance de la Ingeniería Biomédica. La interpretación y el estudio de los términos que influyen en la obtención de conclusiones del trabajo, así como, la lectura en profundidad de documentos oficiales, como Estatutos, Declaraciones, Leyes o Códigos Deontológicos existentes, han supuesto el cuerpo de la investigación para la debida resolución de las conclusiones. Por todo esto, los objetivos son, en primer lugar, estudiar el alcance de la responsabilidad ética de los profesionales dedicados al desarrollo de tecnologías de mejora en la Ingeniería Biomédica, mediante la asimilación de conceptos básicos para entender lo que implica la responsabilidad profesional. En segundo lugar, estudiar los organismos y comités éticos reguladores de la deontología profesional en referencia a todo lo que pueda afectar a esta ingeniería, así como la legislación influyente en la base de dichos documentos. La investigación se centra en el campo de la bioética, y el estudio de la multidisciplinaridad que le afecta. En tercer lugar, se llevará a cabo la investigación y el estudio de códigos deontológicos que guíen a otras profesiones como la medicina, u otras ingenierías, y la medida en la que se podría aplicar a la Ingeniería Biomédica. Por lo tanto, el objetivo principal del trabajo es comprobar la falta de códigos de conductas que rijan la profesión de Ingeniería Biomédica tanto a nivel de investigación como a nivel de aplicación y ponerla en relieve de forma argumentada. 5 Por consiguiente, el trabajo sigue la siguiente estructura: En primer lugar, se analizan los términos de “técnica” y “ética” y sus definiciones, además de la relación que hay entre ellos, y su relevancia en el avance de la ingeniería. En segundo lugar, se analizan también los términos de “profesión” y “excelencia”. Teniendo en cuenta que la profesión es donde confluyen la técnica y la ética, y por lo que hacen a la profesión excelente. En tercer lugar, se lleva a cabo el estudio de la bioética como ética aplicada y los principios iniciales y fundamentales que rigen el desarrollo moral en la biomedicina, conformando los dogmas de la bioética. También, se estudia el carácter de los comités de bioética, tanto nacionales como internacionales, en qué medida influyen a efectos prácticos, quiénes los conforman y cómo funcionan según sus Estatutos. En cuarto lugar, se analizan lo que se han considerado las leyes fundamentales que afectan al tema del trabajo, como la Ley de Investigación Biomédica a nivel nacional, o la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Genoma Humano a nivel internacional. También se estudian algunos códigos deontológicos, como el que afecta a la profesión de Medicina, e incluso, los códigos éticos existentes que hay en referencia a la ingeniería. Por último, se expondrán los resultados en forma de conclusiones de la investigación, para demostrar la falta de Códigos de Ética específicos en la Ingeniería Biomédica, y proponer su regulación para un desarrollo íntegro de la profesión. 2. Técnica y Ética En este capítulo se definen los conceptos de técnica y ética. La técnica es uno de los componentes fundamentales del ejercicio de ingeniería y es de relevancia comprender cuál es su significado formal y en qué contexto se aplica. En el caso de la ética, se estudia como la forma de comportamiento del 6 hombre, para finalmente, deducir que ambos términos han de confluir en el ámbito de la práctica profesional que nos ocupa. Inicialmente, el concepto de técnica parte de la idea básica de que el ser humano es incompleto. Por este motivo, la inteligencia y sus manos lo han llevado a desarrollar actividades para sobrevivir al margen de lo que la propia naturaleza le proporciona. A lo largo de la historia se han ido perfeccionando hasta tal nivel, que actualmente giran en torno a esas actividades necesidades sociales y vitales del hombre, como relacionarnos, desplazarnos o incluso, para algunas personas, es necesario el uso de productos de la técnica para respirar o controlar los ritmos cardiacos (Ortega y Gasset, 2015). Para definir el concepto de técnica de forma adecuada, se ha escogido la definición dada por Ortega y Gasset, por ser la más apropiada para el contexto de este tema. En la obra Meditación de la técnica, Ortega y Gasset establece que la técnica tiene las siguientes características: “1º Asegurar la satisfacción de las necesidades, por lo pronto, elementales. 2º Lograr esa satisfacción con el mínimo esfuerzo. 3º Crearnos posibilidades completamente nuevas produciendo objetos que no hay en la naturaleza del hombre (…)” (Ortega y Gasset 2015, 76). Teniendo en cuenta esta definición, la técnica es una fuente de progreso que nos ayuda a reducir el esfuerzo que invertimos en trabajos impuestos por la naturaleza, para poder seguir evolucionando. Al mismo tiempo, la propia evolución de las técnicas está marcada por desapariciones, retrocesos o pérdidas. Y es en este caso cuando más se puede hablar del progreso de la técnica. Para Ortega y Gasset, hablar de técnica supone fundamentalmente asumir el progreso de ésta como algo dinámico, y no como algo estático, por lo que no se podría hablar de progreso absoluto. Sería esta capacidad de evolución la principal baza para el mundo de la ingeniería (Ortega y Gasset 2015, 75). 7 Si nos ocupamos ahora de la ética, ésta se puede considerar una ciencia práctica. Para hablar de ética seleccionaremos las palabras de Adela Cortina. A su juicio, la persona nace teniendo una capacidad moral y cultivándola a base de aplicar buenas conductas, lo que llamaremos virtudes, promueve la práctica de una buena ética. Eso inevitablemente le lleva a una vida feliz y justa. Tenemos que entender que la ética es la forma de la que se sirven los seres humanos e inteligentes para lograr una vida buena, y de hacer que lo que realicemos tenga un buen fin (Cortina 2015, 1). Por lo tanto, se concluye con que ambas ciencias deben encontrarse en el ejercicio profesional, pero asumiendo sus verdaderos objetivos. Por un lado, mediante la técnica se estudia un mecanismo de actuación por el cual se consigue un fin determinado, pudiendo ser un producto o un sistema que lo obtenga. Teniendo esto en cuenta, englobaría a las posibilidades de las que disponemos para que algo “pueda ser posible”, algo que nos dé más de lo que tenemos o nos lo haga más fácil. Mientras que por otro lado, la ética tiene el objetivo de conseguir un buen fin, refiriéndose a la forma moral y adecuada de usar la técnica. En este caso, la ética sería el “deber ser” de la técnica; es el conjunto de hechos y conciencia universal e imparcial para lograr que en su conjunto, la técnica sea usada para un buen fin. Para entender el punto común entre técnica y ética pondremos como caso práctico el diseño del marcapasos. El ingeniero o conjunto de ingenieros tienen que poseer la técnica para obtener el producto final, recurso manual imprescindible evidentemente. Pero a su vez hay que tener en cuenta la capacidad moral necesaria para tener un conocimiento reflexivo sobre lo que se está desarrollando y eso implica al ingeniero de forma directa. En este caso concreto sería dar una vida digna al paciente, y además, asumiendo esa dignidad por parte de la ingeniería. Aquí vemos la clara intervención de la ética en el quehacer del ingeniero. A su vez tiene una peculiaridad dentro de todas las disciplinas prácticas, y es que persigue desinteresadamente una respuesta como fin, asumiendo el fin como 8 algo bueno, y por lo tanto, intentando alcanzar el bien (Escolá & Murillo 2002, 36). Al igual que la técnica nos ayuda a vivir mejor, la ética nos muestra cómo puede ser ese vivir mejor, definiendo el objetivo en sí. Por ello, buscar desinteresadamente el bien como fin en el desarrollo de productos mediante la técnica es una buena forma de progreso en el mundo de la ingeniería. Lo que significa que ambas ciencias se deberían estudiar conjuntamente. Llegando al final con la ética como guía del ejercicio de la técnica y el uso de sus resultados (Escolá & Murillo 2002, 36). Como es de imaginar, el proceso por el cual se llega a un fin en términos de técnica, guiado por la ética, es la profesión. Hay muchas definiciones de este concepto, sobretodo, porque ha sido un término dinámico a lo largo de la historia, lo que antes se consideraba profesión ahora no lo es y viceversa. Por otra parte, asumir la técnica como parte de lo que entendemos hoy por profesión entra también en debate. Aunque se pueda estar más o menos de acuerdo en referencia a la influencia de la ética en la profesión, lo que sí está claro, en cualquier caso, es que en este ámbito confluyen tanto técnica como ética. 3. Profesión y Excelencia Una vez expuestas concisamente las ideas sobre “ética y técnica” en el apartado anterior, nos centraremos en el concepto de “profesión” como contexto común entre estos dos ámbitos. Para poder entender realmente a qué se refiere el término “profesión” se debe ir más allá de la idea generalizada que la relaciona con que es una actividad mediante la cual se obtiene la retribución económica que te ayuda a vivir en el mundo actual, lo que nos lleva a decir que generalmente se entiende como una herramienta meramente individual de conseguir dinero (Cortina & Conill 2000, 13). Por ello, es necesario definir el concepto con precisión de acuerdo al contexto en el que lo estamos tratando. Para esto, se ha escogido una definición dada por Adela Cortina y Jesús Conill en la que se puntualizan 15 Por último, en cuarto lugar, está el principio de justicia. Basado teóricamente en que las personas con iguales derechos serán tratadas con igualdad entre ellas. También se refiere al reparto equitativo de los recursos en función de los derechos, necesidades, capacidades y utilidades (Beauchamp & Childress, 1979 [2011] 5). Por otro lado, el debate sobre la justicia es muy amplio y nos lleva a una discusión aparte. Nos encontramos con que estos cuatro principios fueron emitidos hace aproximadamente cuarenta años, cuando la biomedicina avanzaba, y por lo tanto, la bioética estaba tomando forma, y empezando a abrirse camino en un mundo donde la tecnología progresaba, pero el control sobre ésta estaba todavía por determinar. Actualmente, la bioética clínica, la que se refiere al campo de la medicina y la biotecnología, siendo la que influye de manera directa a la ingeniería biomédica, es la herramienta que podría marcar un recorrido controlado a los avances tecnológicos, concretamente en el mundo sanitario (Osorio García & Macraigne, 2014, 694). Para ello existen los llamados Comités de Bioética, que aplican estos cuatro principios fundamentales de la bioética. El órgano que se ha estudiado con más detenimiento a nivel nacional ha sido el Comité de Bioética de España, CBE (Comité de Bioética de España 2016). Tiene su origen a partir de la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica. El CBE se conforma a partir de la emisión de dicha ley, en el Título VII, Artículo 77 se determina la formación de “el comité de Bioética de España, como órgano colegiado, independiente y de carácter consultivo, sobre materias relacionadas con las implicaciones éticas y sociales de la Biomedicina y Ciencias de la Salud” (Ley 14/2007, Ley de Investigación Biomédica). En este título determina que las funciones de dicho Comité son las de emitir informes, propuestas y recomendaciones tanto para poderes públicos como privados, a nivel estatal y autonómico, sobre materias relacionadas con la ética en la Biomedicina y ciencias de la salud que el Comité considere relevantes. Además de establecer códigos de buenas prácticas de investigación 16 Biomédica, también supone la representación de España en foros y organismos supranacionales e internacionales. Junto a ello, tiene la función de colaborar con otros comités para fomentar la relación entre ellos sin ningún tipo de prejuicio, además de realizar otras actividades (Ley 14/2007, Ley de Investigación Biomédica). Por un lado, el perfil de los miembros del CBE es multidisciplinar, como generalmente se exige en este tipo de disciplinas. El Comité cuenta con doce facultativos que provienen de áreas como medicina, biología, farmacia, las que son de carácter más sanitario, y de economía, filosofía, derecho e incluso teología, las que podrían considerarse más humanísticas. Ciertamente, el perfil de los integrantes no está exento de polémica; la participación de profesionales referidos al mundo de la ingeniería es cada vez más esencial, ya que, actualmente, la precisión técnica es aún más fundamental en la redacción de los informes. Como se ha mencionado anteriormente, el órgano es exclusivamente consultivo, es decir, a petición de otros órganos institucionales de conocer la resolución ética sobre un determinado tema implicado en un proyecto de ley, o decreto, u otra forma legislativa, el CBE se limitaría a emitir un informe con una aprobación o reprobación sobre dicho tema. Dicho Comité ha publicado durante el último año algunos informes en los que se tratan temas muy variados con respecto a los riesgos éticos de diferentes campos de investigación. De ellos, sólo algunos se refieren a los riesgos de la biotecnología. Más concretamente, el documento “La Biología Sintética. Informe conjunto del Comité de Bioética de España y del Conselho Nacional de Ética para as Ciências da Vida de Portugal” del año 2011. En este documento se valoran los riesgos y las responsabilidades científicas que acarrea la investigación con organismos modificados genéticamente (OMGs). También se menciona la ingeniería como factor importante en el desarrollo de estas investigaciones y, por lo tanto, directamente implicado y afectado por las 17 controversias éticas de estos proyectos (Comité de Bioética de España y del Conselho Nacional de Ética para as Ciências da Vida de Portugal 2011). Por otro lado, a nivel internacional, nos encontramos con otro conjunto de comités de bioética. Este conjunto está formado por tres órganos consultativos que son; el Comité Internacional de Bioética, el Comité Intergubernamental de Bioética y la Comisión Mundial de Ética del Conocimiento Científico y Tecnológico, todas ellas organizadas y compuestas por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization, UNESCO). El objetivo principal de estos órganos es la capacitación en el terreno de la bioética a nivel institucional, mediante los comités nacionales, y a nivel profesional, mediante la formación en ética. A su vez, esta capacitación se sostiene en las Declaraciones Universales referidas a los Derechos Humanos que se explicará en el siguiente capítulo. El primero de estos órganos es el International Bioethics Committee of UNESCO, IBC1. Este comité fue establecido dentro de los límites de la UNESCO en 1993 y sus Estatutos fueron aprobados en 1998 (UNESCO 1993a, en línea). El mismo está formado por treinta y seis miembros designados por, actualmente, la Directora General de la UNESCO, teniendo en cuenta la diversidad cultural y demográfica, que serán propuestos a su vez de entre los Estados Miembros y los Estados Miembros Asociados y no Asociados que conforman la UNESCO. Estos miembros son personas ilustres y especialistas en ciencias de la vida, humanas y sociales, así como, profesionales en derecho, derecho humano, filosofía, educación y comunicación (UNESCO 1998d, Artículo 3). En los Estatutos del IBC se determinaron como funciones fundamentales la promoción de la reflexión de los asuntos éticos en los avances tecnológicos referidos a las ciencias de la vida, humanas y sociales, así como el intercambio 1 Comité Internacional de Bioética de la UNESCO 18 de ideas y la cooperación entre cualquier grupo, gubernamental o no gubernamental que trabaje en asuntos de bioética. Además, el fomento de acciones para la concienciación bioética a nivel social, tanto en grupos especializados como no especializados. Del mismo modo, la contribución a la adecuada difusión de los principios bioéticos dispuestos en la Declaración Universal del Genoma Humano y los Derechos Humanos, emitida por la UNESCO en 1997. Todo ello se pone en práctica mediante la emisión de consejos y recomendaciones, que son examinados exhaustivamente por el siguiente órgano consultativo, el Comité Intergubernamental de Bioética (UNESCO 1998e, Artículo 2). En segundo lugar, está el mencionado Intergovernmental Committee of Bioethics, IGBC2. Según los Estatutos del IBC, el IGBC forma parte activa en la toma de decisiones y consultas del IBC (UNESCO 1998e, Artículo 11). El Comité Intergubernamental de Bioética fue creado en 1998 según el Artículo 11 del Estatuto del Comité de Bioética Internacional, y está compuesto por treinta y seis miembros elegidos por la Conferencia General de la UNESCO. En este comité está definido las Normas de Procedimiento, pero no se encuentra un Estatuto oficial. La función principal que define al IGBC es la de analizar los consejos y las recomendaciones que emite el IBC, así como emitir sus propias opiniones y presentar sus puntos de vista propios con sus consecuentes proposiciones (UNESCO 1998b, en línea). En tercer lugar está la World Commission on the Ethics os Scientific Knowledge and Technology, COMEST3(UNESCO 1998c, en línea). Su Estatuto fue aprobado simultáneamente al Estatuto del Comité Internacional de Bioética de la UNESCO, el 7 de mayo de 1998. En su Estatuto son mencionados como funciones principales la de ser un foro internacional de intercambio de ideas y experiencias, llevar a cabo un estudio de posibles situaciones de riesgos éticos, así como aconsejar a órganos superiores en la toma de decisiones, y también, 2 Comité Intergubernamental de Bioética de la UNESCO 3 Comisión Mundial en Ética del Conocimiento Científico y la Tecnología de la UNESCO 19 promover el diálogo entre comunidades científicas (UNESCO 1998d, Artículo 2). Esta Comisión está compuesta por dieciocho miembros, designados por la Directora General de la UNESCO. Los miembros que conforman la Comisión son elegidos entre personalidades ilustres del campo de las ciencias, así como de la ingeniería, derecho, filosofía, cultura, religión y política. Siempre teniendo en cuenta la justa distribución geográfica y cubriendo las máximas disciplinas y líneas de pensamiento. Además están incluidos los presidentes de los principales Consejos Internacionales, así como el presidente del IBC y del IGBC y también los presidentes de los cinco programas científicos intergubernamentales4 (UNESCO 1998d, Artículo 3). El procedimiento reglamentario que rige a estos tres grupos está basado en la reunión de cada uno de ellos a partir de las cuales se obtienen borradores preliminares sobre los temas de bioética aplicados a diferentes ámbitos, previamente propuestos por los distintos miembros de los comités. Con fecha del 12 al 16 de septiembre de 2016 se llevó a cabo la reunión de los tres comités en Paris, siendo la 23º Sesión Ordinaria del Comité Internacional de Bioética, la Sesión Conjunta del mencionado Comité Internacional con el Comité Intergubernamental de Bioética, la Sesión Extraordinaria del Comité Intergubernamental, así como la 9º Sesión Extraordinaria de la Comisión Mundial en Ética del Conocimiento Científico y la Tecnología (COMEST). Esta Asamblea dio lugar a borradores preliminares de informes, pero de forma más concreta, es de interés mencionar los temas tratados en la Sesión Extraordinaria del COMEST, basados fundamentalmente en la “ética del agua” y la “ética de los robots”. En el próximo capítulo se mencionará con más detenimiento qué códigos éticos han influido en la creación del borrador preliminar emitido por el COMEST con respecto a la ética de los robots. 4 Programa Hidrológico Intergubernamental (PHI), Comisión Oceanográfica Intergubernamental (COI), Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB), Programa Internacional de Ciencias de la Tierra (PICG), Programa Internacional de Ciencias Fundamentales (PICF). 20 Después de haber estudiado la composición y el origen de los principales comités de bioética internacionales y sus funciones, según sus estatutos y sus normas de procedimiento, se denotan algunos puntos de interés. En primer lugar, mencionar la influencia de la UNESCO, ya que hemos podido observar como estos comités dependen directamente de la UNESCO, siendo ésta un importante organismo a nivel internacional para tratar temas de relevancia en el campo de la bioética. Los comités de bioética de la UNESCO tienen como principal objetivo el estudio, formación y educación de la población, así como el análisis de las consecuencias en términos preventivos de ciertas faltas de ética en los avances actuales. En segundo lugar, se puede comprobar la condición no vinculante y solo consultativa de estos informes en casos prácticos. Su función, basada en la emisión de borradores, hace que el mismo carácter de éstos no haga decisiva su influencia en la legislación a nivel nacional de los Estados Miembros de la UNESCO y aún más difícil en los Estados que no están incluidos en la UNESCO. En tercer lugar, poner en relevancia la participación explícita de ingenieros como miembros de la Comisión Mundial en Ética del Conocimiento Científico y la Tecnología (COMEST). En los otros comités figura entre la composición de sus miembros “profesionales de las ciencias de la vida, humanas y sociales”, mientras que en los miembros de la COMEST figuran “profesionales de las ingenierías” como parte de los integrantes de ésta. Esto es relevante para la objetividad en las declaraciones de informes, por la visión técnica que pueden ofrecer. Finalmente, en el apartado sucesivo se hará un análisis de algunos informes emitidos tanto a nivel nacional como internacional en temas referidos a la ética en el campo de la ingeniería aplicada a la biomedicina. También se estudiarán los códigos deontológicos que puedan afectar a la tratada Ingeniería Biomédica, pudiendo ser los códigos deontológicos médicos y los códigos éticos de la ingeniería. Por último se analizarán, las declaraciones y leyes 21 también a nivel nacional e internacional, que influyen en la actuación de los comités de bioética mencionados a lo largo de este apartado. 5. Leyes, Declaraciones y Códigos Deontológicos y Éticos. En este último capítulo, se lleva a cabo un estudio de los documentos, que han hecho posible el impulso de los diferentes grupos de bioética estudiados en el capítulo anterior. Estos documentos son los impulsores de la regulación de la investigación biomédica a nivel general, siendo generados por los grupos de bioética, que reflexionan e investigan en campos más concretos de la biomedicina. A lo largo de este capítulo se exponen las leyes y declaraciones relacionadas con la biomedicina tanto en ámbito nacional como internacional, el Código Deontológico Medico y los códigos éticos dentro del ámbito de la ingeniería. A nivel nacional, en un principio, se regularon los avances tecnológicos, sólo en pos del interés general y sin ninguna restricción, a través de la Constitución Española de 1978 (artículo 44.2), pero el ritmo frenético de dichos avances ha generado un vacío tanto jurídico como ético que ha requerido una regulación a través de la Ley 14/2007, de Investigación Biomédica, para cubrir la necesidad de regulación de la investigación en el campo de la biomedicina. Fundamentalmente en el trato de datos genéticos, el uso de material humano, material embrionario, el trasplante de órganos, el consentimiento informado y el trato de los avances en términos de técnicas de clonación, entre otros temas. Esta Ley ofrece una regulación lo suficientemente completa para controlar jurídicamente el alcance de investigaciones biomédicas, abarcando los campos más importantes y representativos que implican a la biomedicina. En referencia al alcance ético, como se ha mencionado en el capítulo anterior, el Título VII de la Ley de Investigación Biomédica es el que impulsa la creación del Comité de Bioética de España, asumiendo la naturaleza de carácter consultivo. A su vez, determina funciones como: la emisión de informes, propuestas y recomendaciones hacia las instituciones públicas, acerca de los temas que el 22 comité considere relevantes desde un punto de vista ético-social, la responsabilidad de “elaborar las pautas de los códigos de buenas prácticas de investigación científica” (Ley 14/2007, Ley de Investigación Biomédica), la representación de España en reuniones con implicación bioética, la elaboración anual de actividades y en “cualesquiera otras que les encomienda la normativa de desarrollo de esta Ley” (Ley 14/2007, Ley de Investigación Biomédica). Su objetivo es hacer compatible la legislación con el respeto por los derechos humanos y la dignidad, como refleja el preámbulo de esta Ley, donde se puede leer que los avances en investigación biomédica “generan importantes incertidumbres éticas y jurídicas que deben ser convenientemente reguladas, con el equilibrio y la prudencia que exige un tema tan complejo que afecta de manera tan directa a la identidad del ser humano” (Ley 14/2007, Ley de Investigación Biomédica). A nivel internacional se han de mencionar dos declaraciones que impulsan y promueven la creación y difusión de los Comités de Ética de la UNESCO referidos en el capítulo anterior, el IGBC y el IBC. Estas dos declaraciones se conocen como la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos, datada del 11 de noviembre de 1997, y la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos del 19 de octubre de 2005. Es necesario hacer referencia a la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos que reconoce las posibilidades que ofrece el conocimiento exhaustivo del genoma humano, para beneficio de la salud de los individuos, pero también advierte la especial atención que se tiene que prestar a la dignidad, la libertad y los derechos del ser humano. Con el objetivo de evitar la discriminación que pueda provocar las diferentes características genéticas. Esta Declaración hace un llamamiento a los Estados y los insta a “intentar garantizar el respeto de los principios enunciados en la presente Declaración” (Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos 1997, Artículo 22). Estos principios están basados en la dignidad del ser humano y la responsabilidad ética y social de los profesionales que desarrollen 23 la biomedicina y reclama a los investigadores y los profesionales involucrados el respeto hacia estos preceptos. Junto a ello, en el Artículo 24 de esta Declaración se determina la necesidad del IBC de “difundir los principios de esta Declaración y llevar a examen las cuestiones planteadas de la evolución de la tecnologías en cuestión” (Declaración Universal del Genoma Humano y los Derechos Humanos 1997). Por otra parte, la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos tiene como objetivo fundamental deliberar acerca de la capacidad del ser humano de reflexionar sobre los posibles peligros éticos y morales que derivan del rápido avance de la tecnología. Para ello, esta Declaración reconoce la necesidad de crear principios morales y éticos que hagan del avance científico y tecnológico un recurso que respete la identidad, la dignidad y los derechos del ser humano. En esta Declaración se determina la importancia de respetar “los intereses y el bienestar de la persona (…) con respecto al interés exclusivo de la ciencia o la sociedad” (Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos 2005, Artículo 3). Así como, se puntualiza el trato con relación a personas discapacitadas para dar su consentimiento, el aprovechamiento compartido de los beneficios de las investigaciones, el continuo debate abierto y pluralista entre profesionales del ámbito, la educación y la concienciación del público, fomentado por los Comités de Bioética de la UNESCO. Una vez dadas a conocer las Leyes y Declaraciones que han puesto de relieve la importancia ética de los avances en biomedicina y la necesidad de regulación, además de haber impulsado la creación de los Comités de Bioética tanto nacionales como internacionales, pasamos a comentar los actuales Códigos Deontológicos que consideramos que afectan al Ingeniero Biomédico. En primer lugar, por su importancia, se hace referencia al Código Deontológico Médico (Código de Deontología Médica, 2011). Aunque la Organización Médica Colegial de España emitió el primer Código de Ética y Deontología Médica en 1978, el Código vigente data de 2011, siendo éste una 24 versión actualizada. La relevancia de este Código reside en la cuidada redacción en principios éticos para con el trato de personas, así como, la amplitud de ámbitos morales tratados que involucran al profesional que trabaje con pacientes. Por estos motivos, se considera este Código como una referencia para la creación de principios que involucren a ingenieros biomédicos. Entre los preceptos que aparecen en este Código, se encuentran en el Artículo 26, entre los punto 3 y 6, se describen principios referidos explícitamente a la telemedicina y a las tecnologías que están involucradas en el ejercicio médico. En estos puntos se expresa que la telemedicina es deontológicamente correcta siempre que se consideren recursos secundarios y nunca decisivos para un diagnóstico o tratamiento. En este Código Deontológico Médico se advierten los posibles dilemas entre el ejercicio médico y la tecnología médica, como puede ser la telemedicina, en cambio, en los códigos deontológicos relacionados con la ingeniería, no se menciona la aplicación de la ingeniería en el ámbito sanitario. A continuación se examinarán los códigos éticos emitidos por diferentes asociaciones de ingenieros de distintos campos. Concretamente se han estudiado los que fueron mencionados en el informe publicado por el COMEST, en la 9º Sesión Extraordinaria en París en el año 2016, sobre “ética en la robótica”, y por lo tanto, los códigos éticos que se han tenido en cuenta para contemplar la bioética en la robótica. Estos códigos éticos provienen del IEEE (Institute Electrical and Electronics Engineers), de la ASME (American Society of Mechanical Engineers) y de la ABET (Accreditation Board for Engineering and Technology Code of Ethics of Engineer). El IEEE se define como una de las mayores organizaciones profesionales dedicadas al avance de la tecnología para el beneficio humano. Tiene como parte de su política un Código de Ética datado del año 2006, en el que los principios recogidos son ambiguos y estándares definidos de forma general en 31