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El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro

Sánchez Portales, Silvia

Abstract

Disponer de un transporte eficiente y eficaz es fundamental en la sociedad actual. El nuevo estilo de vida donde la influencia de las tecnologías han cambiado usos y costumbres, afecta de manera significativa al sector. Dentro del marco de la Unión Europea, el transporte se concibe bajo políticas de cooperación entre los estados miembros. La normativa europea se enfoca hacia la consolidación de un mercado interior integrado y competitivo. De acuerdo con estas premisas, el presente trabajo de investigación, se centra en el análisis de la prestación del servicio de transporte público regular de viajeros por carretera desde el punto de vista concesional en la comunidad autónoma de Andalucía. Persigue, por tanto, un doble objetivo: - Determinar la situación actual del conjunto de contratos concesionales desde el punto de vista de la empresa titular de la concesión, aportando toda aquella información que permita conocer la posición e importancia que cada concesión supone con respecto al resto. - Averiguar si la estructura actual de las empresas que explotan el mercado, es sostenible en el tiempo y si respeta la apertura del sector hacia otros competidores, de acuerdo con las nuevas exigencias impuestas por la Unión Europea en materia de libre competencia. Para abordar este estudio, se han recopilado datos de explotación procedentes de 162 concesiones de transporte público regular de viajeros en autobús en Andalucía e información referente a los estados contables de 103 empresas titulares de dichas concesiones utilizando, principalmente, como fuentes de información para la extracción de los datos las plataformas SITRANBUS y SABI . El trabajo presentado se ha estructurado en tres capítulos: El Capítulo primero realiza una introducción sobre el sector del transporte público regular de viajeros por carretera. Proporciona una visión genérica del estado del sector, haciendo referencia especial al ámbito y organización del mismo respecto a las autoridades públicas, cuyo protagonismo es manifiesto en su desarrollo. El Capítulo segundo analiza de forma detallada todos los elementos que influyen en el contrato de concesión, en relación a cada uno de los procesos vinculados con el mismo, desde antes de su inicio (proceso de licitación) hasta su finalización, contemplado dentro del marco jurídico que lo regula. El Capítulo tercero recoge el análisis empírico que ha permitido llegar a las conclusiones de este trabajo. El estudio se ha dividido en tres partes: examen de los datos de explotación, investigación de los procesos de modificación y análisis económico, patrimonial y financiero agregado por categorías, de las correspondientes concesiones y empresas concesionarias. Las principales aportaciones del trabajo de investigación realizado, han sido: - La recopilación, depuración, ordenamiento y clasificación de información sobre el sector que se encontraba dispersa o incluso desconocida. - El desarrollo de una visión conjunta del sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía, tras el conjunto de análisis a los que ha sido sometida la información previamente obtenida. - La obtención de resultados interesantes para la planificación y diseño de nuevos contratos concesionales, el planteamiento de prórrogas de los contratos existentes y la optimización general del sistema de cara al fomento de un transporte sostenible, que satisfaga las necesidades de los usuarios, respetando los principios de libre mercado. En definitiva, este trabajo pretende proporcionar un conocimiento más profundo del sector, que permita diseñar políticas encaminadas a la mejora de los niveles de calidad y precio relacionados con la prestación del servicio, considerando la limitación de recursos económicos, las restricciones medioambientales y buscando como objetivo principal la consecución de un transporte más competitivo y sostenible.

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TESIS DOCTORAL Málaga, 2015 DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS EL SISTEMA CONCESIONAL DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA EN ANDALUCÍA. PRESENTE Y FUTURO PROGRAMA DE DOCTORADO: VIABILIDAD ESTRATÉGICA, POLÍTICAS Y TÁCTICAS DE EMPRESA Autora: Dª. Silvia Sánchez Portales Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales Directora: Dª. Elvira Maeso González Dra. Ingeniera Industrial AUTOR: Silvia Sanchez Portales http://orcid.org/0000-0001-9604-8858 EDITA: Publicaciones y Divulgación Científica. Universidad de Málaga Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialSinObraDerivada 4.0 Internacional: http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/legalcode Cualquier parte de esta obra se puede reproducir sin autorización pero con el reconocimiento y atribución de los autores. No se puede hacer uso comercial de la obra y no se puede alterar, transformar o hacer obras derivadas. Esta Tesis Doctoral está depositada en el Repositorio Institucional de la Universidad de Málaga (RIUMA): riuma.uma.es UNIVE PROGRAMA DE DOCTORADO: POLÍTICA DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS EL SISTEMA CONCESIONAL DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS POR CARRETERA PRESENTE Y FUTURO Autora: Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales Directora: UNIVE RSIDAD DE MÁLAGA PROGRAMA DE DOCTORADO: VIABILIDAD ESTRATÉGICA, POLÍTICA S Y TÁCTICAS DE EMPRESA DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS TESIS DOCTORAL SISTEMA CONCESIONAL DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA EN ANDALUCÍA. PRESENTE Y FUTURO Autora: Dª. Silvia Sánchez Portales Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales Directora: Dª. Elvira Maeso González Dra. Ingeniera Industrial Málaga, noviembre 2015 VIABILIDAD ESTRATÉGICA, Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR EN ANDALUCÍA. Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales Autora: Silvia Sánchez Portales El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro AGRADECIMIENTOS Ha sido un largo proceso la realización de esta Tesis doctoral. Hace ya bastantes años que decidí introducirme en el mundo de la investigación. Son muchos los acontecimientos vividos que han interferido en el progreso de mi trabajo como investigadora. Desde un primer momento en que centré el objetivo del trabajo, me vi obligada por circunstancias personales a dar un giro radical al enfoque del mismo. Sin embargo, esa experiencia vivida a lo largo de estos diez años, me ha concedido la madurez suficiente para afrontar la finalización de la presente Tesis doctoral. La experiencia laboral derivada del trabajo desarrollado en el ámbito de la empresa privada y en los últimos años, dentro del sector público, me ha proporcionado un valioso conocimiento de ambos sectores, el cual me ha facilitado el tratamiento y estudio de muchos aspectos contemplados durante la labor de investigación realizada. Es por ello, que agradezco a mi actual directora de Tesis, Dª. Elvira Maeso González que haya aceptado la dirección de mi trabajo, guiándome con su experiencia y buen hacer. Agradecer también a mi anterior directora, su comprensión y ayuda en los momentos del cambio. Agradezco el apoyo recibido de los miembros de la Cátedra de Gestión del Transporte de la Universidad de Málaga y en especial a Maribel y Guadalupe, por su colaboración desinteresada. Al Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga, institución a la que pertenezco desde el año 2011, en la que he aprendido mucho acerca del transporte de viajeros, conocimiento que me ha permitido llevar a buen fin esta Tesis doctoral. Por último y muy en especial, a mi familia, mi marido Salvador y mis hijos Marta y Álvaro, que con su apoyo y comprensión han hecho posible que pudiera emplear gran parte del tiempo dedicado a ellos, a la realización de este trabajo. Autora: Silvia Sánchez Portales El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Espero que esta Tesis suponga una contribución más para el fomento de la actividad investigadora, y anime a otros doctorandos a seguir este duro camino que tantas satisfacciones personales proporciona. SUMARIO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro SUMARIO RESUMEN ................................................................................................. 1 ÍNDICE GENERAL ................................................................................. 7 ÍNDICE DE ABREVIATURAS ............................................................. 11 ÍNDICE DE FIGURAS ........................................................................... 15 ÍNDICE DE TABLAS ............................................................................. 23 MARCO TEÓRICO ............................................................................... 29 CAPÍTULO I ........................................................................................... 33 CAPÍTULO II ......................................................................................... 71 CAPÍTULO III ...................................................................................... 119 RESULTADOS Y CONCLUSIONES ................................................. 249 LÍNEAS FUTURAS DE INVESTIGACIÓN ..................................... 261 BIBLIOGRAFÍA ................................................................................... 263 ANEXOS ................................................................................................ 277 6 RESUMEN El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro ÍNDICE GENERAL El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 7 ÍNDICE GENERAL RESUMEN ................................................................................................. 1 ÍNDICE DE ABREVIATURAS ............................................................. 11 ÍNDICE DE FIGURAS ........................................................................... 15 ÍNDICE DE TABLAS ............................................................................. 23 MARCO TEÓRICO ................................................................................ 29 CAPÍTULO I. EL TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA. ÁMBITO Y ORGANIZACIÓN ............................................................................... 33 1.1. EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULA DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA. .................... 35 1.1.1. Antecedentes históricos .............................................................. 35 1.1.2. Demanda de la sociedad actual .................................................. 40 1.1.3. Concepto y clasificación de transporte público de viajeros por carretera ................................................................................................ 40 1.1.4. Análisis DAFO de la situación actual del sector en Andalucía 42 1.2. EL PAPEL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ....... 46 1.2.1. La Unión Europea ....................................................................... 46 1.2.2. El Estado ...................................................................................... 52 1.2.3. Las Comunidades Autónomas ................................................... 63 1.2.4. Las Entidades Locales ................................................................ 66 1.2.5. Otros mecanismos de gestión ..................................................... 68 8 ÍNDICE GENERAL El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro CAPÍTULO II. EL SISTEMA CONCESIONAL DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA EN ANDALUCÍA. REFERENCIA A SU REGULACIÓN JURÍDICA ............................. 71 2.1. EL SISTEMA DE LICITACIÓN DE LOS CONTRATOS DE CONCESIONES DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA EN ANDALUCÍA ................................................................................ 73 2.1.1. Anuncios de licitación ................................................................. 73 2.1.1.1. Publicidad ....................................................................... 74 2.1.1.2. Plazos. .............................................................................. 75 2.1.1.3. Pliegos de condiciones ................................................... 75 2.1.2. Criterios de evaluación ............................................................... 76 2.1.2.1. El nuevo reglamento de la Unión Europea en materia de transparencia ............................................................ 76 2.1.2.2. Análisis de los documentos. La Mesa de Contratación ....................................................................................................... 77 2.1.2.3. Criterios de interpretación ............................................. 79 2.1.3. Resolución y adjudicación .......................................................... 80 2.1.3.1. Condiciones finales ........................................................ 81 2.1.3.2. Publicidad del acto ......................................................... 82 2.1.3.3. Reclamación y recursos económicos-administrativos .. 83 2.1.3.4. Consecuencias de la libre competencia ......................... 88 2.2. EL CONTRATO CONCESIONAL DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA EN ANDALUCÍA ................................................... 89 2.2.1. Regulación jurídica ..................................................................... 89 2.2.2. Concepto de contrato de concesión de servicios ........................ 92 ÍNDICE GENERAL El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 9 2.2.3. Características del contrato de concesión de servicios ............. 93 2.2.3.1. Prestación de servicios ................................................... 95 2.2.3.2. Riesgo concesional ......................................................... 97 2.2.3.3. Equilibrio económico de la concesión ........................... 98 2.2.3.4. Formas de financiación ................................................. 99 2.2.4. Concesión de servicios y contrato público de servicios .......... 100 2.2.5. Los derechos del concesionario ................................................ 102 2.2.6. Las obligaciones del concesionario .......................................... 103 2.2.7. El plazo concesional .................................................................. 104 2.2.8. Plan económico-financiero de la concesión ............................ 106 2.2.9. Modificación del contrato de concesión .................................. 109 2.2.10. Consecuencias del incumplimiento de contrato .................... 111 CAPÍTULO III. ANÁLISIS DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA CONCESIONAL DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA EN ANDALUCÍA ........................................................ 119 3.1. INTRODUCCIÓN ................................................................. 121 3.1.1. Objetivos de la investigación .................................................... 121 3.1.2. Metodología aplicada ................................................................ 122 3.2. ESTUDIO DE LAS VARIABLES DE EXPLOTACIÓN ........ 124 3.2.1. Estudio estático de las variables de explotación ...................... 124 3.2.1.1. Metodología .................................................................. 124 3.2.1.2. Datos ............................................................................. 124 3.2.1.3. Análisis ......................................................................... 128 3.2.1.4. Resultados ..................................................................... 151 10 ÍNDICE GENERAL El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 3.2.2. Estudio dinámico de las variables de explotación ................... 154 3.2.2.1. Metodología .................................................................. 154 3.2.2.2. Datos ............................................................................. 155 3.2.2.3. Análisis ......................................................................... 161 3.2.2.4. Resultados ..................................................................... 181 3.3. ESTUDIO DE LAS ESTRUCTURAS EMPRESARIALES .... 186 3.3.1. Procesos de modificación concesional ..................................... 186 3.3.1.1. Metodología .................................................................. 186 3.3.1.2. Datos ............................................................................. 187 3.3.1.3. Análisis ......................................................................... 187 3.3.1.4. Resultados ..................................................................... 204 3.3.2. Configuración económica y financiera de las empresas operadoras ........................................................................................... 206 3.3.2.1. Metodología .................................................................. 206 3.3.2.2. Datos ............................................................................. 207 3.3.2.3. Análisis ......................................................................... 208 3.3.2.4. Resultados ..................................................................... 245 RESULTADOS Y CONCLUSIONES ................................................. 249 LÍNEAS FUTURAS DE INVESTIGACIÓN ...................................... 261 BIBLIOGRAFÍA ................................................................................... 263 BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA ............................................... 265 LEGISLACIÓN BÁSICA CONSULTADA .................................. 273 ANEXOS ................................................................................................. 277 ANEXO I. RELACIÓN NORMATIVA DE INTERÉS ............................. 279 ANEXO II. TABLA DE DATOS ....................................................... 297 ÍNDICE DE ABREVIATURAS El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 11 ÍNDICE DE ABREVIATURAS ACOTRAVI: Asistente para el Cálculo de Costes del Transporte de Viajeros en Autocar. ASCABUS: Asociación Nacional de fabricantes de carrocerías de autobuses y autocares. ATM: Air Traffic Management (Gestión del Tránsito Aéreo). BOE: Boletín Oficial del Estado. BOJA: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. BORME: Boletín Oficial del Registro Mercantil. CAP: Certificado de Aptitud Profesional. CDCA Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía. CNC Comisión Nacional de la Competencia. CNMC Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. COM: Propuestas legislativas y otras comunicaciones de la Comisión Europea al Consejo Europeo o a las demás instituciones y sus trabajos preparatorios. DAFO: Debilidades, Amenazas, Fortalezas y Oportunidades. DOUE: Diario Oficial de la Unión Europea. EEA: European Economic Area (Espacio Económico Europeo). EFTA: European Free Trade Association (Acuerdo Europeo de Libre Comercio). 12 ÍNDICE DE ABREVIATURAS El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro ERTMS: European Rail Traffic Management System (Sistema Europeo de Gestión del Tráfico Ferroviario). G: Coeficiente de Gini. H: Índice de Herfindahl e Hirschman. INE: Instituto Nacional de Estadística. LOTT: Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. OMM: Observatorio de la Movilidad Metropolitana. PEIT: Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte. PIB: Producto Interior Bruto. PISTA: Plan de Infraestructura para la Sostenibilidad del Transporte en Andalucía. PLATA: Plan de actuaciones en el sector del Transporte Público de viajeros por Autobús. RAE: Real Academia Española. RETIVI: Registro de Empresas de Transporte Internacional de Viajeros. ROTT: Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre). SABI: Sistema de Análisis de Balances Ibéricos. SAE: Sistemas de Apoyo a la Explotación. SEC: Documentos de la Comisión Europea que no corresponden a otra categoría establecida del Registro de documentos de la Comisión. ÍNDICE DE ABREVIATURAS El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 13 SESAR: Single European Sky ATM Research (Proyecto de colaboración para la revisión y gestión del tráfico aéreo europeo). SITRANBUS: Sistema de Información de los Servicios Regulares de Transporte de Viajeros por Carretera. SMILE: Siglas inglesas de Sostenibilidad, Movilidad, Innovación, Estilo de vida y Economía. SWOT: Strengths, Weaknesses, Opportunities y Threats (acrónimo en inglés de DAFO). TACRC: Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. TARCJA: Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía. 14 ÍNDICE DE ABREVIATURAS El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro ÍNDICE DE FIGURAS El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 15 ÍNDICE DE FIGURAS Pág. FIGURA 1.- Fotografía de uno de los primeros modelos de autobuses de "La Hispano Suiza". 36 FIGURA 2.- Gráfico de evolución de los tráficos interurbanos de viajeros en España desde 1940 hasta 1958 (datos en millones de viajeros). 37 FIGURA 3.- Gráfico sobre la evolución de viajeros por tipo de transporte en España desde 2005 hasta 2014. 39 FIGURA 4.- Diagrama DAFO del sistema de transporte público regular de viajeros en Andalucía. 45 FIGURA 5.- Gráfico sobre la evolución de viajeros, mercancías y Producto Interior Bruto en la Unión Europea durante los años 1995 a 2012. 47 FIGURA 6.- Gráfico sobre la evolución de las emisiones de gases de efecto invernadero en el ámbito de la Unión Europea durante los años 1990 a 2012. 48 FIGURA 7.- Gráfico sobre las emisiones de gases de efecto invernadero por países dentro ámbito de la Unión Europea durante el año 2012. 49 FIGURA 8.- Fotografía de marquesina junto a poste de parada. 95 FIGURA 9.- Esquema conceptual de la investigación. 122 FIGURA 10.- Diagrama sectorial de la distribución de los contratos de concesiones con respecto al número de empresas adjudicatarias. 129 FIGURA 11.- Comparativa de las magnitudes: número concesiones, extensión superficial, población y PIB. 131 22 ÍNDICE DE FIGURAS El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro ÍNDICE DE TABLAS El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 23 ÍNDICE DE TABLAS Pág. TABLA 1.- Funciones particulares de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda en materia de transportes según el artículo 14.1 de la Ley 6/1997. 55 TABLA 2.- Funciones particulares de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda en materia de transportes según el artículo 14.2 de la Ley 6/1997. 56 TABLA 3.- Funciones específicas de la Subsecretaría de Fomento en materia de transporte. 58 TABLA 4.- Normativa estatal vigente en materia de transporte de viajeros. 59 TABLA 5.- Funciones de la Dirección General de Movilidad de la Junta de Andalucía. 64 TABLA 6.- Recursos remitidos al TARCJA durante los años 2012, 2013 y 2014. 85 TABLA 7.- Recursos por tipo de contrato remitidos al TARCJA durante el año 2014. 85 TABLA 8.- Recursos por tipo de acto impugnado remitidos al TARCJA durante el año 2014. 86 TABLA 9.- Resoluciones según sentido emitidas por el TARCJA durante el año 2014. 86 TABLA 10.- Recursos y resoluciones correspondientes al año 2014. 87 TABLA 11.- Recursos por Comunidades Autónomas recibidos por el TACRC durante el año 2014. 87 TABLA 12.- Infracciones y sanciones referentes al contrato de transporte. 112 24 ÍNDICE DE TABLAS El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Pág. TABLA 13.- Infracciones y sanciones referentes a la autorización de transporte. 113 TABLA 14.- Infracciones y sanciones referentes a la explotación. 114 TABLA 15.- Infracciones y sanciones referentes a los vehículos. 114 TABLA 16.- Infracciones y sanciones referentes al transporte de equipajes. 115 TABLA 17.- Infracciones y sanciones referentes a la venta de billetes y régimen tarifario. 115 TABLA 18.- Infracciones y sanciones referentes a los rótulos obligatorios. 116 TABLA 19.- Infracciones y sanciones referentes al libro de reclamaciones. 116 TABLA 20.- Infracciones y sanciones referentes al registro del servicio y otros documentos. 117 TABLA 21.- Infracciones y sanciones referentes a otros documentos. 117 TABLA 22.- Infracciones y sanciones referentes a los seguros. 118 TABLA 23.- Infracciones y sanciones referentes a los certificados de conductor. 118 TABLA 24.- Relación de concesiones andaluzas de transporte público regular de viajeros estudiadas. 125 TABLA 25.- Comparativa entre número de empresas adjudicatarias y número de concesiones adjudicadas. 129 TABLA 26.- Distribución del número de concesiones por provincia andaluza. 130 TABLA 27.- Distribución de viajeros por concesión durante el año 2014. 132 TABLA 28.- Distribución de viajeros por provincias durante el año 2014. 133 ÍNDICE DE TABLAS El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 25 Pág. TABLA 29.- Distribución de viajeros-km por concesión durante el año 2014. 135 TABLA 30.- Distribución de viajeros-km por provincias durante el año 2014. 137 TABLA 31.- Distribución de vehículos-km por concesión durante el año 2014. 141 TABLA 32.- Distribución de vehículos-km por provincias durante el año 2014. 142 TABLA 33.- Distribución de la recaudación por concesión durante el año 2014. 147 TABLA 34.- Distribución de recaudación por provincias durante el año 2014. 148 TABLA 35.- Forma mercantil en el año 2014 de los operadores. 152 TABLA 36.- Número mínimo de vehículos por concesión en 2014. 153 TABLA 37.- Relación de concesiones andaluzas de transporte público regular de viajeros estudiadas. 156 TABLA 38.- Relación de concesiones unificadas durante el periodo 20092014. 160 TABLA 39.- Viajeros registrados en las concesiones vigentes desde el año 2009 al 2014. 161 TABLA 40.- Principales concesiones según comparativa porcentual de viajeros desde 2009 a 2014. 164 TABLA 41.- Viajeros-km registrados en las concesiones vigentes desde el año 2009 al 2014. 166 TABLA 42.- Principales concesiones según comparativa porcentual de viajeros-km desde 2009 a 2014. 169 TABLA 43.- Vehículos-km registrados en las concesiones vigentes desde el año 2009 al 2014. 171 26 ÍNDICE DE TABLAS El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Pág. TABLA 44.- Principales concesiones según comparativa porcentual de vehículos-km desde 2009 a 2014. 175 TABLA 45.- Recaudación registrada en las concesiones vigentes desde el año 2009 al 2014. 177 TABLA 46.- Principales concesiones según comparativa porcentual por volumen de recaudación desde 2009 a 2014. 180 TABLA 47.- Concesiones de transporte público regular de viajeros por carretera en Andalucía surgidas de un proceso de unificación. 189 TABLA 48.- Relación de concesiones con cambio de titularidad sometidas a unificación. 193 TABLA 49.- Número de concesiones con cambio de titularidad por tipo de entidad mercantil. 194 TABLA 50.- Relación de concesiones con cambios de titularidad a favor de empresas vinculadas con otras entidades. 196 TABLA 51.- Clasificación empresarial en función del tamaño. 207 TABLA 52.- Desviación respecto a los valores medios por partida de gastos de la estructura de costes. 210 TABLA 53.- Desviación respecto a los valores medios de las partidas de gastos por provincia. 212 TABLA 54.- Margen bruto de explotación agregado por tipo de empresas operadoras referido al año 2013. 215 TABLA 55.- Comparativa de la situación patrimonial agregada por tipo de empresa según tamaño en el año 2013. 216 TABLA 56.- Comparativa de la situación patrimonial agregada por tipo de PYME según tamaño en el año 2013. 217 ÍNDICE DE TABLAS El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 27 Pág. TABLA 57.- Fondos de Maniobra agregados por tipo de empresa según tamaño en el año 2013. 219 TABLA 58.- Distribución porcentual agregada del activo por tipo de empresa según tamaño en el año 2013. 220 TABLA 59.- Distribución porcentual agregada del activo por tipo de PYME según tamaño en el año 2013. 221 TABLA 60.- Distribución porcentual agregada del pasivo por tipo de empresa según tamaño en el año 2013. 222 TABLA 61.- Distribución porcentual agregada del pasivo por tipo de PYME según tamaño en el año 2013. 223 TABLA 62.- Ratios financieros agregados por tipo de empresa según tamaño referidos al año 2013. 226 TABLA 63.- Ratio de tesorería agregado por tipo de empresa según tamaño referido al periodo 2008 - 2013. 235 TABLA 64.- Ratio de liquidez agregado por tipo de empresa según tamaño referido al periodo 2008 - 2013. 236 TABLA 65.- Ratio de solvencia agregado por tipo de empresa según tamaño referido al periodo 2008 - 2013. 238 TABLA 66.- Ratio de garantía agregado por tipo de empresa según tamaño referido al periodo 2008 - 2013. 239 TABLA 67.- Ratio de autonomía agregado por tipo de empresa según tamaño referido al periodo 2008 - 2013. 240 TABLA 68.- Ratio de inmovilizado agregado por tipo de empresa según tamaño referidos al periodo 2008 - 2013. 241 TABLA 69.- Ratio de endeudamiento agregado por tipo de empresa según tamaño referido al periodo 2008 - 2013. 242 28 ÍNDICE DE TABLAS El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Pág. TABLA 70.- Grado de autonomía y dependencia agregado por tipo de empresa según tamaño referido al periodo 2008 - 2013. 243 MARCO TEÓRICO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 29 MARCO TEÓRICO Debido a la gran diversidad de estudios que existen relacionados con el transporte público regular de viajeros en autobús y en particular en lo que atañe a la concesión de gestión del servicio, se mencionan las siguientes aportaciones por su mayor relevancia para la realización de esta Tesis Doctoral. Dentro de los trabajos realizados en España, destacar los informes periódicos elaborados por la Comisión Nacional de la Competencia, fruto de la observación de las actuaciones, que en esta materia, están desarrollando las distintas Comunidades Autónomas, los cuales suponen un punto de partida para el conocimiento de la situación del sector. Destacamos por especial utilidad para esta investigación el informe de seguimiento del proceso de renovación de las concesiones estatales de transporte interurbano de viajeros en autobús (CNC, 2010). Por otra parte, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, es importante señalar los informes confeccionados por el Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía, destacando el informe del año 2012 sobre la competencia en el sector (CDCA, 2012), en consonancia con los estudios desarrollados en este trabajo de investigación. Paralelamente es significativo el estudio realizado por Balboa, Mesa y Suárez (Balboa la Chica, Mesa Mendoza, & Suárez Falcón, 2014) sobre la estructura de las empresas de transporte público urbano en España, siendo interesante el análisis de indicadores de gestión aplicados. En relación a los aspectos que influyen sobre la demanda de viajeros en autobús son valiosas las aportaciones de Pérez Bermejo (Pérez Bermejo, 2008), De Oña López y otros (De Oña J., De Oña R., 2013), (De Oña J., De Oña R., Eboli & Mazzulla, 2013) y Rojo Arce (Rojo Arce, 2011), (Rojo, Dell’Olio, Gonzalo-Orden, & Ibeas, 2015), donde el fomento nuevas tecnologías y el aumento de los niveles de calidad resultan claves para la mejora en la gestión del servicio. Sobre el aspecto económico-financiero de los contratos de concesión y los problemas derivados de los desequilibrios entre ingresos y costes, nombrar los trabajos de Cazallo Antúnez (Cazallo Antúnez, 2014), Baeza Muñoz (Baeza Muñoz, 2008), Lara Galera (Lara Galera, 2006) y Calderón Patier (Calderón Patier, 1996). 30 MARCO TEÓRICO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro En el ámbito internacional las investigaciones de Andersen (Andersen, 1992), Costa (Costa, 1996), Rallis y otros (Rallis, Meulengracht, & Vilhof, 1984) y Van de Velde (Van de Velde, 1999) recogen estudios a nivel europeo sobre la evolución de las diferentes formas de gestión del transporte público. Cabe mencionar la aportación de Andersen en relación a la aplicación de la franquicia como vía para aportar mayor competitividad al sector. Con respecto a métodos para el cálculo del grado de eficiencia en los transportes públicos en autobús, nombrar el trabajo de Cowie y Asenova (Cowie & Asenova, 1999), en el que analiza el proceso de privatización experimentado por el sector en Gran Bretaña, proponiendo métodos para la medición de la eficiencia técnica y económica de las empresas operadoras. A su vez, los estudios sobre el transporte público regular de viajeros por carretera en Alemania aportan otro punto de vista interesante sobre el sector. Se destaca el trabajo de Scheffler, Hartwig y Malina (Scheffler, Hartwig, & Malina, 2013) relacionado con el cálculo de la eficiencia técnica de las empresas operadoras, posicionando a la "multiutility company1" como modelo de eficiencia empresarial. Por otra parte, las investigaciones de Augustin y Walter (Augustin & Walter, 2010) permiten profundizar sobre el estado del sector alemán, a través de su estudio sobre los procesos de licitación, donde ponen de manifiesto el alto grado de competitividad de la empresa privada frente a la pública. También resulta interesante el estudio comparativo realizado por Shaw, Gwilliam y Thompson (Shaw, Gwilliam, & Thompson, 1996) para el Banco Mundial sobre las concesiones de transporte público en diferentes países del mundo, donde se exponen los principales aspectos a considerar a la hora de decidir la adjudicación de una concesión, contemplando la importancia del compromiso del adjudicatario respecto al mantenimiento del servicio ante los cambios. Por último, reseñar el trabajo realizado por Mathisen y Solvoll (Mathisen & Solvoll, 2008) sobre la estructura del sistema de transporte público en autobús en Noruega, por el paralelismo con las conclusiones alcanzadas en esta Tesis Doctoral. 1 Empresa de servicios múltiples. Se caracterizan por ofrecer una amplia gama de servicios o productos relacionados con distintos sectores (agua, gas, electricidad, hidrocarburos, telecomunicaciones, etc.). MARCO TEÓRICO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 31 Es significativo el cambio que está aconteciendo en el sector noruego con respecto a la introducción de grandes holding mediante la adquisición de compañías adjudicatarias de menor envergadura, hecho que también se está produciendo en la región de Andalucía, como se demuestra en el presente trabajo de investigación. Por otra parte, la evaluación y valoración que han realizado estos autores sobre el nivel de concentración del sector en Noruega, ha supuesto una línea de investigación desarrollada por este estudio mediante su aplicación al sector andaluz de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. 38 CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización La década de los setenta en España estuvo marcada por dos crisis: una internacional (la crisis del petróleo de 1973) y otra institucional, (el fin de la dictadura y comienzo del periodo democrático). Durante estos años la economía española se encontraba en una situación de depresión, caracterizada por un estancamiento de la actividad productiva, aumento del paro y fuertes niveles de inflación. El sector del transporte estaba regulado bajo unas normas promulgadas en los años cuarenta, en los que el transporte se llevaba a cabo con unos medios técnicos muy diferentes, derivados de una época social, económica y políticamente distinta. Un hecho importante fue la entrada de España en la Comunidad Económica Europea (CEE) el 1 de enero de 1986. Esta circunstancia aceleró y fortaleció el impulso económico iniciado a principios de los 80. La entrada requirió que el país abriera su economía, con un fuerte incremento de la inversión extranjera en España y un impulso modernizador de la empresa española ante la competencia exterior. Con respecto a las inversiones públicas, se produjo un incremento de las infraestructuras entre las que se encontraban las relativas a las celebraciones del 92: Olimpiadas de Barcelona y Exposición Universal de Sevilla. A finales de los 80 entra en vigor una norma que marcará la evolución del sector del transporte en nuestro país. El 31 de julio de 1987 se publica la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (Ley 16/1987). Esta norma cambia sustancialmente el sector, adaptando la legislación a las nuevas necesidades emergentes. La nueva Ley se crea con el fin de solucionar el problema planteado por la coexistencia de normas, de origen reglamentario en su mayoría, que daban cobertura legal al sector de forma asistemática y dispersa, produciendo un entramado legislativo, donde era complicado determinar las normas vigentes a aplicar en cada caso. A partir del año 2008, al igual que el resto de la zona Euro, la economía española sufrió una caída de sus índices macroeconómicos, dando paso a un período de recesión y crisis. El origen de esta caída se debió a una combinación de problemas: • Internos, derivados de la propia estructura de la economía española, cuyas causas fueron principalmente: a. El exagerado peso del sector de la construcción en el PIB, que originó una enorme burbuja inmobiliaria. b. El fuerte endeudamiento acumulado por familias y empresas. c. La baja productividad y competitividad española debido al limitado I+D+i y al bajo uso de tecnología punta en comparación con otros países. CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 39 • Externos, problemas derivados por la influencia externa de la crisis financiera mundial. Todos estos problemas tuvieron su correspondiente efecto negativo en el sector del transporte. En los últimos diez años, se ha observado un descenso generalizado en la evolución de viajeros tanto en transporte urbano, en interurbano como en especial y discrecional (INE, 2014). A continuación se muestra un gráfico explicativo. FIGURA 3.- Gráfico sobre la evolución de viajeros por tipo de transporte en España desde 2005 hasta 2014 Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos del Instituto Nacional de Estadística (INE) En la actualidad, estamos de nuevo ante la necesidad de revisar nuestro sistema de transporte a causa de la contaminación y la evidente posibilidad de que en un futuro cercano los yacimientos petrolíferos no sean suficientes para sostener el consumo de combustibles fósiles siempre creciente. En este contexto se imponen nuevas ideas sobre la concepción del transporte público. El término SMILE (International Association of Public Transport, 2015) son las siglas inglesas de Sostenibilidad, Movilidad, Innovación, Estilo de vida y Economía, manifestación de la concienciación por parte de las autoridades respecto a los problemas de movilidad existentes. Por ello, las políticas actuales se centran en la preservación del medioambiente, en el desarrollo de ciudades que proporcionen a sus habitantes una forma de vida en armonía con el entorno urbano, donde la movilidad sea variada y eficaz, donde se ofrezcan diversas formas de pago y donde el vehículo privado sea una opción más de movilidad, pero no el principal causante de la congestión de las ciudades. 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 0 1.000.000 2.000.000 3.000.000 4.000.000 5.000.000 6.000.000 Total de viajeros Transporte urbano Transporte interurbano Transporte especial y discrecional Miles de viajeros 40 CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 1.1.2. Demanda de la sociedad actual La interacción mutua de transporte y medio ambiente constituye una preocupación creciente en el mundo actual. Los impactos medioambientales se configuran como una restricción importante al desarrollo de los transportes. Siguiendo a Garrido Palacios (Garrido, 1999) las perspectivas de futuro en los transportes están orientadas a lograr progresos en los motores de combustión tradicionales (gasolina y diesel), y el desarrollo de nuevos combustibles llamados de sustitución (gas de petróleo licuado, gas natural comprimido, etanol, metanol, etc.) cuyas ventajas son significativas, aunque con notables limitaciones en cuanto a poder calorífico, coste, autonomía, rendimiento, etc. Por otra parte, la segregación espacial y social es un aspecto que ha incidido en el desarrollo del transporte en las últimas décadas. Las urbes actuales se han creado como espacios monofuncionales, en los que predomina una actividad urbana, tales como zona escolar, polígonos industriales, áreas de ocio, áreas comerciales, barrios dormitorio, etc. Esta dispersión de actividades incrementa las distancias entre los diferentes usos y reduce la posibilidad de acceso a pie o en bicicleta; por tanto, esta disposición está forzando el uso de otros modos de transporte. 1.1.3. Concepto y clasificación de transporte público de viajeros por carretera La Real Academia Española (RAE), define el transporte3 en, su segunda acepción, como el "sistema de medios para conducir personas y cosas de un lugar a otro", añadiendo como concepto específico "el transporte público". El Reglamento 1370/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento CE 1370/2007) define, en su artículo 2, al transporte público de viajeros como "servicio de transporte de viajeros de interés general ofrecido a los usuarios sin discriminación y de forma continua". Esta definición aporta como novedad la inclusión del concepto "discriminación" que va en línea con las políticas comunitarias en materia de accesibilidad. 3 Diccionario de la lengua española (DRAE), 22.ª edición actualizada con enmiendas incorporadas hasta 2012 [en línea], http://lema.rae.es/drae/?val=transporte, [consulta:5 abril 2015]. CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 41 La Ley de Ordenación de los transportes terrestres (Ley 16/1987), comúnmente denominada LOTT, no hace una descripción específica del concepto, pero sí lo define mediante la clasificación del mismo a través de dos artículos: • El artículo 62.2 define al transporte público como "aquellos que se llevan a cabo por cuenta ajena mediante retribución económica". • El artículo 63.1 define al transporte de viajeros como los "dedicados a realizar los desplazamientos de las personas y sus equipajes en vehículos construidos y acondicionados para tal fin". La Ley de ordenación de los transportes urbanos y metropolitanos de viajeros en Andalucía (Ley 2/2003), define a los transportes públicos de viajeros como "aquellos que se llevan a cabo por cuenta ajena mediante retribución económica". Esta definición se limita a reproducir la recogida por la LOTT, no aportando ninguna novedad al respecto. La normativa vigente, contempla la siguiente clasificación respecto a los transportes públicos de viajeros: 1) Regulares, cuando se llevan a cabo con itinerarios, calendarios y horarios previamente fijados. Dentro de los transportes regulares, distingue entre: − De uso general: son los utilizables por cualquier interesado. − De uso especial: destinados a servir exclusivamente a un grupo específico de usuarios (escolares, trabajadores, militares, etc.). 2) Discrecionales, cuando no están sujetos a los anteriores condicionantes. La última actualización de la LOTT (Ley 9/2013) suprimió la diferenciación de los transportes públicos regulares de viajeros por su continuidad, eliminando la clasificación entre transportes permanentes y temporales. Por último, anotar la introducción en la Ley de ordenación de los transportes en Andalucía en su artículo 13.1 (Ley 2/2003), del concepto de transporte de "interés metropolitano". Define de esta forma a aquellos: "... servicios, tráficos, infraestructuras e instalaciones necesarios para la constitución y gestión del sistema de transporte metropolitano, cuando resulten imprescindibles para la prestación coordinada de los servicios, la obtención de economías de escala, o la aplicación de un sistema tarifario integrado". 42 CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 1.1.4. Análisis DAFO de la situación actual del sector en Andalucía El empleo del análisis DAFO4 en el diagnóstico de la situación del transporte público de viajeros en Andalucía, permite conocer las principales fortalezas, oportunidades, amenazas y debilidades del mismo, mostrando la situación real en la que se encuentra el sector y su proyección hacia el futuro. El análisis se descompone en dos ámbitos, externo e interno: • El análisis externo está configurado por aquellos factores que rodean al sistema y que condicionan su posicionamiento respecto al entorno, en forma de oportunidades o amenazas. • El análisis interno evalúa las características intrínsecas del sector, separando los aspectos positivos (fortalezas) de los negativos (debilidades). Partiendo del análisis realizado por el Ministerio de Fomento para la implantación de mejoras en la gestión de empresas de transporte por carretera (Ministerio de Fomento, 2005a) y aplicando las características particulares que del análisis empírico desarrollado en este estudio se han obtenido del sector en Andalucía, se ha elaborado siguiente análisis DAFO, realizando la clasificación de los factores en función de su posicionamiento respecto al ámbito de actuación. Ámbito externo Oportunidades. Los factores considerados son los siguientes: − Procesos de concentración e internacionalización de las empresas españolas. − Asunción de las políticas europeas en materia de calidad y medio ambiente que obligan a mejorar el transporte. − Mejora de la imagen de la empresa operadora frente al cliente. − Apertura del mercado a la libre competencia con la entrada de empresas procedentes de la Unión Europea. − Apoyo financiero a la innovación (subvenciones y créditos a bajo interés). 4 DAFO (o FODA) proviene del acrónimo en inglés SWOT (Strengths, Weaknesses, Opportunities y Threats) metodología de estudio desarrollada en Estados Unidos que permite la identificación de los factores externos e internos que diagnostican la situación real de una organización. CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 43 − Cooperación con otros sectores (turismo, industria, etc.). − Búsqueda de nuevos servicios (combinación de transporte escolar con el regular de viajeros mediante la reserva de plazas). − Incremento de la eficiencia empresarial mediante la concentración de empresas y el desarrollo de redes y sistemas de comercialización conjunta. − Optimización de procesos en materia de gestión y organización con las Administraciones Públicas. − Promoción y fomento de la calidad y la seguridad del transporte así como de las inversiones. − Fomento del transporte colectivo como vía para la sostenibilidad y el medio ambiente. − Fomento de la armonización normativa a nivel nacional y europeo. − Fomento de la intermodalidad. Amenazas. Los factores que se posicionan como amenazas son: − Introducción de empresas multinacionales con centros de decisión lejos de España. − Concentración de concesiones mediante procesos de adquisición empresarial constituyendo un freno a la libre competencia. − Potenciación por parte de la Unión Europea del uso del ferrocarril (apostando por su modernización y proyección de futuro en el transporte metropolitano y de media distancia). − Mantenimiento del transporte privado. − Necesidades de formación de los recursos humanos para adaptarse a las nuevas exigencias legales (obtención del CAP5). − Usuarios con mayor exigencia de servicio y sensibilidad al precio. − Obsolescencia de la gestión empresarial basadas en estructuras tradicionales. − Desconocimiento de los costes reales del transporte por parte de los órganos contratantes. 5 CAP es el acrónimo de Certificado de Aptitud Profesional con validez en todo el territorio de la Unión Europea, que acredita al titular del mismo como conductor profesional. 44 CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización Ámbito interno Fortalezas. Se han obtenido los siguientes factores: − Alternativa a los problemas de movilidad en las ciudades. − Derecho a prestación exclusiva del servicio. − Concienciación de la sociedad hacia el empleo del transporte público. − Larga experiencia de las empresas en el sector. − Apoyo de los Consorcios en la gestión del transporte metropolitano. − Optimización de la gestión del sistema concesional mediante procesos de unificación de concesiones. − Organización y fomento de los servicios coordinados6. − Posibilidad de revisión de las condiciones para el mantenimiento del equilibrio económico-financiero de la concesión. − Nuevas tecnologías de la información incorporadas a la prestación del servicio (tacógrafos digitales, aplicaciones web de información al usuario, etc.). − Existencia de la tarjeta única como medio de pago en las áreas metropolitanas. Debilidades. Se han evaluado los siguientes factores: − Escasa promoción de la competencia en el mercado. − Problemática de la financiación de los servicios deficitarios. − Falta de cobertura de los costes reales con las tarifas. − Sistema de información deficiente para la evaluación y control del rendimiento de las concesiones. − Desigualdades regionales en materia de normativa. − Atomización del sector (existencia de pequeñas y medianas empresas con poco volumen de negocio). − Rigidez en la adaptación de los cambios en la demanda. − Excesivo uso de las prórrogas que generan barreras de acceso al mercado. 6 Los servicios coordinados consisten en la unión de tramos de concesiones gestionadas por operadores diferentes con el fin de atender un tráfico de viajeros directo entre los puntos extremos del itinerario total propuesto para su coordinación y cuya explotación se realiza conjuntamente de acuerdo con los términos establecidos en la autorización del servicio. CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 45 − Empleo mayoritario del modelo de contrato concesional en detrimento de otros modelos existentes (gestión interesada o sociedad mixta). − Dependencia del factor humano para la explotación del servicio (presión sindical). − Dependencia de la variación del coste de los hidrocarburos. En la siguiente figura se muestra el análisis DAFO resumido en un diagrama. FIGURA 4.- Diagrama DAFO del sistema de transporte público regular de viajeros en Andalucía Fuente: Elaboración propia Muchos de los factores expuestos en el análisis DAFO se pondrán de manifiesto en el tercer capítulo de este estudio donde se realiza el análisis empírico de la estructura concesional del sector. ÁMBITO INTERNO ÁMBITO EXTERNO DEBILIDADES AMENAZAS - Escasa promoción de la competencia en el mercado. - Introducción de empresas multinacionales extranjeras. - Problemática de la financiación de los servicios deficitarios. - - - - Sistema de información deficiente. - Mantenimiento del transporte privado. - - Necesidades de formación de los conductores. - - Usuarios exigentes y sensibles al precio. - Rigidez en la adaptación de los cambios en la demanda. - Obsolescencia de la gestión empresarial. - Excesivo uso de las prórrogas. - Desconocimiento de los costes reales. - - Dependencia del factor humano. - Dependencia del coste de los hidrocarburos. FORTALEZAS OPORTUNIDADES - - Concentración e internacionalización de empresas españolas. - Derecho a prestación exclusiva del servicio. - Políticas europeas de calidad y medio ambiente. - - - Larga experiencia de las empresas en el sector. - - Apoyo de los Consorcios en el transporte metropolitano. - - - - - Búsqueda de nuevos servicios. - Mantenimiento del equilibrio económico-financiero. - Incremento de la eficiencia por concentración empresarial. - - - Tarjeta única en las áreas metropolitanas. - Promoción y fomento de la calidad y la seguridad. - Fomento del transporte colectivo sostenible. - - Concentración de concesiones por adquisición empresarial. Falta de cobertura de los costes reales con las tarifas. Potenciación del uso del ferrocarril. Desigualdades regionales en materia de normativa. Atomización del sector. Empleo mayoritario del contrato concesional. Alternativa a los problemas de movilidad en las ciudades. Concienciación del uso del transporte público. Mejora imagen de la operadora frente al cliente. Apertura del mercado a empresas europeas. Apoyo financiero a la innovación. Optimización del sistema mediante la unificación. Cooperación con otros sectores. Organización y fomento de los servicios coordinados. Incorporación de nuevas tecnologías de la información. Optimización de procesos con las Administraciones Públicas. Armonización normativa a nivel nacional y europeo. Fomento de la intermodalidad. 46 CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 1.2. EL PAPEL DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 1.2.1. La Unión Europea Desde los Tratados de Roma, la política del transporte se ha centrado en dos aspectos fundamentales; la apertura de los mercados y el fomento de la movilidad sostenible. De acuerdo con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) (Tratado UE versión consolidada 2012), las competencias en materia de transportes son compartidas por los Estados miembros con la Unión Europea. Así se pone de manifiesto en el artículo 4 del citado texto y en el capítulo VI que es dedicado en exclusiva a esta materia. La consecución de un mercado común de transportes, exige la apertura de los mercados hacia la libre competencia. Por otro lado, este esfuerzo exige por parte de los Estados miembros la armonización de la normativa legal en la materia, con objeto de incorporar a su ordenamiento jurídico las disposiciones europeas. El estado del transporte europeo ha experimentado un sensible cambio en los últimos 30 años, debido a la supresión de fronteras interiores, la liberalización de los mercados y la mejora de los sistemas de producción y almacenajes. A continuación se muestra una comparación del transporte de pasajeros, de mercancías, y del Producto Interior Bruto en el ámbito de la Unión Europea entre 1995 y 2012 (COM, 2014). CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 47 FIGURA 5.- Gráfico sobre la evolución de viajeros, mercancías y Producto Interior Bruto en la Unión Europea durante los años 1995 a 2012 Fuente: Comisión Europea, Statistical Pocketbook 2014 Notas: (1): turismos, vehículos de dos ruedas, autobuses y autocares, tranvía y metro, ferrocarril, por aire dentro de la UE, por mar dentro de la UE. (2): carretera, ferrocarril, vías navegables interiores, oleoductos, por aire dentro de la UE, por mar dentro de la UE. PIB: precios y tipos de cambio constantes del año 2000. Es manifiesta la importancia que el sector supone para la dinamización y el desarrollo de los Estados miembros. Sin embargo, son diversos los problemas que en relación con el mismo, deben afrontar los distintos países para la consecución de los niveles de eficiencia y calidad que fija la Unión Europea. En esta línea, existe una preocupación social e institucional en referencia a la preservación del medioambiente. El transporte se sitúa dentro de los sectores donde los volúmenes de emisión de gases contaminantes son considerables (COM, 2014). El impacto de la contaminación, el cambio climático, el ruido y los atascos, son factores a minimizar. 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 100 105 110 115 120 125 130 135 140 145 Pasajeros (1) (pkm) Mercancías (2) (tkm) PIB (a precios constantes del año 2000) 1995=100 54 CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización "Artículo 14 Los Secretarios de Estado: Los Secretarios de Estado dirigen y coordinan las Direcciones Generales situadas bajo su dependencia, y responden ante el Ministro de la ejecución de los objetivos fijados para la Secretaría de Estado. A tal fin les corresponde: 1. Ejercer las competencias sobre el sector de actividad administrativa asignado que les atribuya la norma de creación del órgano o que les delegue el Ministro y desempeñar las relaciones externas de la Secretaría de Estado, salvo en los casos legalmente reservados al Ministro. 2. Ejercer las competencias inherentes a su responsabilidad de dirección y, en particular, impulsar la consecución de los objetivos y la ejecución de los proyectos de su organización, controlando su cumplimiento, supervisando la actividad de los órganos directivos adscritos e impartiendo instrucciones a sus titulares. 3. Nombrar y separar a los Subdirectores generales de la Secretaría de Estado. 4. Mantener las relaciones con los órganos de las Comunidades Autónomas competentes por razón de la materia. 5. Ejercer las competencias atribuidas al Ministro en materia de ejecución presupuestaria, con los límites que, en su caso, se establezcan por aquél. 6. Celebrar los contratos relativos a asuntos de su Secretaría de Estado, y los convenios no reservados al Ministro del que dependan o al Consejo de Ministros. 7. Resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los órganos directivos que dependan directamente de él y cuyos actos no agoten la vía administrativa, así como los conflictos de atribuciones que se susciten entre dichos órganos. 8. Cualesquiera otras competencias que les atribuya la legislación en vigor." CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 55 TABLA 1.- Funciones particulares de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda en materia de transportes según el artículo 14.1 de la Ley 6/1997 FUNCIONES Formulación, revisión y seguimiento de la planificación estratégica en materia de infraestructuras y transporte, en relación a la sostenibilidad del sistema, rentabilidad e impacto social y territorial. Formulación de la planificación y programación del Departamento en materia de infraestructuras y transportes, con carácter previo a su elevación al Consejo de Ministros, y la revisión, seguimiento y promoción de medidas para el fomento de la intermodalidad y la movilidad sostenible. Programación de inversiones en infraestructuras, en relación con la programación y presupuestación de recursos económicos. Ejecución directa o mediante organismos y entidades adscritos al Departamento, de las infraestructuras del transporte. Coordinación de la actividad de los órganos y organismos de la Secretaría de Estado y la supervisión y seguimiento de los programas de actuación plurianual. Determinación de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurar la prestación de los servicios esenciales en el ámbito de sus competencias, en los supuestos de conflicto laboral o de absentismo empresarial. Participación en la planificación y seguimiento en materia de redes transeuropeas del transporte y de conexiones transfronterizas. Elaboración y revisión de la planificación estratégica de las infraestructuras de transporte. Planificación estratégica en materia de intermodalidad. Formulación de la planificación y programación sectorial, según las previsiones de los centros directivos del Departamento. Coordinación de las actuaciones para la mejora de la integración de los aspectos medioambientales en la planificación de las infraestructuras de transporte y la realización de estudios medioambientales de carácter estratégico. Coordinación y seguimiento de los informes previos a los instrumentos de ordenación territorial y urbanística que afecten a las infraestructuras. Elaboración de la propuesta de anteproyecto de presupuestos y la gestión y tramitación de los créditos y gastos asignados al órgano superior. Impulso, coordinación y seguimiento de todos los procesos e instrumentos necesarios para la integración de las infraestructuras de transporte de interés general en los ámbitos urbanos. Fuente: Ministerio de Fomento (Ministerio de Fomento, 2015b) 56 CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización TABLA 2.- Funciones particulares de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda en materia de transportes según el artículo 14.2 de la Ley 6/1997 FUNCIONES Ordenación general de los transportes terrestre, marítimo y aéreo de competencia estatal. Definición de los objetivos en materia de planificación portuaria y aeroportuaria y de las inversiones en puertos y aeropuertos de interés general, de acuerdo con la planificación general. Definición de los objetivos en materia de ordenación de los transportes terrestres. Determinación de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurar la prestación de los servicios esenciales en los distintos modos de servicios de transporte, en los supuestos de conflicto laboral o de absentismo empresarial. Supervisión de los programas de actuación plurianual y de la gestión de los organismos y entidades adscritos a la Secretaría de Estado. Propuesta de autorización por el titular del Departamento para el establecimiento y calificación de aeropuertos civiles. Autorización de las modificaciones estructurales o funcionales de los aeropuertos de interés general. Informe previo sobre el establecimiento, modificación y apertura al tráfico aéreo de los aeródromos y aeropuertos de competencia de las comunidades autónomas, y sobre la aprobación de planes o instrumentos de ordenación y delimitación de su respectiva zona de servicios. Propuesta de aprobación o modificación de planes directores de los aeropuertos de interés general. Programación, dirección y coordinación de los estudios sectoriales necesarios, informes de coyuntura y análisis del funcionamiento de los servicios de transporte y de los correspondientes órganos de gestión, para la detección de disfunciones, necesidades y demandas sociales en los distintos modos de transporte. Impulso de las políticas de infraestructuras y transportes dirigidas a la lucha contra el cambio climático, el ahorro energético y la mejora de la eficiencia de los servicios del transporte. Cooperación con las Administraciones Territoriales para el impulso de los Planes metropolitanos de movilidad sostenible. Ordenación de la intermodalidad en los distintos modos de transporte. Seguimiento y aplicación de la política de transportes de la Unión Europea. Gestión de ayudas para la promoción de la movilidad sostenible. Resolución de expedientes sancionadores por infracciones en materia de subvenciones a residentes extrapeninsulares en el transporte aéreo y marítimo. Fuente: Ministerio de Fomento (Ministerio de Fomento, 2015b) CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 57 La Subsecretaría de Fomento. Le corresponde las funciones atribuidas por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, en su artículo 15, así como la dirección, impulso y supervisión de los órganos directamente dependientes de ella. "Artículo 15 Los Subsecretarios 1. Los Subsecretarios ostentan la representación ordinaria del Ministerio, dirigen los servicios comunes, ejercen las competencias correspondientes a dichos servicios comunes, y en todo caso las siguientes: a) Apoyar a los órganos superiores en la planificación de la actividad del Ministerio, a través del correspondiente asesoramiento técnico. b) Asistir al Ministro en el control de eficacia del Ministerio y sus Organismos públicos. c) Establecer los programas de inspección de los servicios del Ministerio, así como determinar las actuaciones precisas para la mejora de los sistemas de planificación, dirección y organización y para la racionalización y simplificación de los procedimientos y métodos de trabajo, en el marco definido por el Ministerio de Administraciones Públicas. d) Proponer las medidas de organización del Ministerio y dirigir el funcionamiento de los servicios comunes a través de las correspondientes instrucciones u órdenes de servicio. e) Asistir a los órganos superiores en materia de relaciones de puestos de trabajo, planes de empleo y política de directivos del Ministerio y sus Organismos públicos, así como en la elaboración, ejecución y seguimiento de los presupuestos y la planificación de los sistemas de información y comunicación. f) Desempeñar la jefatura superior de todo el personal del Departamento. g) Responsabilizarse del asesoramiento jurídico al Ministro en el desarrollo de las funciones que a éste le corresponden, y en particular en el ejercicio de su potestad normativa y en la producción de los actos administrativos de la competencia de aquél, así como a los demás órganos del Ministerio. En los mismos términos del párrafo anterior, informar las propuestas o proyectos de normas y actos de otros Ministerios, cuando reglamentariamente proceda. A tales efectos, será responsable de coordinar las actuaciones correspondientes dentro del Ministerio, y en relación con los demás Ministerios que hayan de intervenir en el procedimiento. h) Ejercer las facultades de dirección, impulso y supervisión de la Secretaría General Técnica y los restantes órganos directivos que dependan directamente de él. i) Cualesquiera otras que sean inherentes a los servicios comunes del Ministerio y a la representación ordinaria del mismo y las que les atribuyan la legislación en vigor. (...)" 58 CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización En la tabla adjunta, se muestran las competencias específicas atribuidas a la Subsecretaría, sin perjuicio de otras funcionales que puedan ser asignadas directamente a la Secretaría de Estado y a las Secretarías Generales, en materia de transporte. TABLA 3.- Funciones específicas de la Subsecretaría de Fomento en materia de transporte FUNCIONES Programación y presupuestación de recursos económicos y financieros del Departamento, el seguimiento de su ejecución y el control del cumplimiento de la política inversora. Gestión de ayudas en el ámbito de competencias del Ministerio de Fomento no atribuidas a otros órganos del Departamento. Dirección e impulso de la política en geografía y coordinación en materia de cartografía, astronomía, geodesia y geofísica. Gestión de la comunicación y de la publicidad institucional del Departamento y la elaboración del Plan anual de Publicidad del Ministerio de Fomento, y de la colaboración en la ejecución de la política editorial del Departamento. Coordinación de las acciones de comunicación y de publicidad de los organismos y empresas dependientes del Ministerio. Organización, conjuntamente con el órgano directivo correspondiente, de la participación del Ministerio de Fomento en congresos, ferias y exposiciones. Establecimiento y gestión de los sistemas de información del Ministerio de Fomento dirigidos a los ciudadanos. Atención a los ciudadanos sobre el modo de acceso a los servicios, procedimientos y ayudas de la competencia del Ministerio de Fomento y la realización de las acciones informativas y divulgativas en materias propias del Departamento, incluyendo la tramitación de las quejas que pudieran derivarse del funcionamiento de los servicios de la competencia del Ministerio y la tramitación y propuesta de resolución de los escritos formulados al amparo del derecho de petición. Coordinación de las Áreas Funcionales del departamento integradas en las Delegaciones del Gobierno. Fuente: Ministerio de Fomento (Ministerio de Fomento, 2015b) Adscritos al Ministerio de Fomento, a través de la Subsecretaría se encuentran los siguientes entes públicos: 1. El Consejo de Obras Públicas. 2. La Comisión de investigación de accidentes e incidentes de aviación civil. CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 59 3. La Comisión de investigación de accidentes ferroviarios. 4. La Comisión permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos. De apoyo y asistencia al titular del Departamento: El Gabinete. Es el órgano de apoyo y asistencia inmediata al titular del Ministerio de Fomento. Su titular tiene el rango de director general, con la estructura que se establece en el artículo 14 del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre (Real Decreto 1887/2011). Entidades y Entes públicos adscritos al Ministerio: • La entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). • La entidad pública empresarial RENFE-Operadora. • La entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA). • Los entes públicos Puertos del Estado y Autoridades Portuarias. Con respecto a la legislación estatal aplicable en materia de transporte de viajeros, en la tabla adjunta se muestra cronológicamente las normas estatales vigentes aplicables al sector del transporte público regular terrestre de pasajeros (en el Anexo I del presente trabajo, se realiza una síntesis del contenido de cada norma). TABLA 4.- Normativa estatal vigente en materia de transporte de viajeros NORMATIVA DESDE 1970 HASTA 1979: Orden de 10 de abril de 1973, por la que se regulan los servicios discrecionales de transporte por carretera que se efectúen desde Andorra. (BOE 30). Real Decreto 763/1979 de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros. (BOE 13-04). (Modificado por el Real Decreto 1211/90, de 28 de septiembre). 60 CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización NORMATIVA DESDE 1980 HASTA 1989: Real Decreto 635/1984 de 26 de marzo, sobre garantía de prestación de servicios mínimos en materia de transportes por carretera. (BOE 02-04). Ley 16/87 de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (en adelante LOTT). (BOE 31). (Modificada por: Ley 13/96, de 30 de diciembre; Ley 66/97, de 30 de diciembre; Real Decreto-Ley 6/1998, de 5 de junio; Real Decreto Ley 4/2000, de 23 de junio; Ley 14/00, de 29 de diciembre; Ley 24/2001, de 27 de diciembre; Ley 29/2003, de 8 de octubre, Ley 25/2009, de 22 de diciembre, Ley 2/2011, de 4 de marzo y ley 9/2013, de 4 de julio). Ley Orgánica 5/1987 de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable. (BOE 31). (Modificada por la Ley Orgánica 5/2013, de 4 de julio). Resolución de 19 de abril de 1988, de la Dirección General de Transportes Terrestres, por la que se fijan los justificantes que deben aportar las asociaciones de Empresas de transporte de viajeros por carretera para poder informar en los expedientes regulados por Orden de 14 de abril de 1988. (BOE 02-05). Resolución de 30 de mayo de 1988, de la Dirección General de Transportes Terrestres, por la que se dictan normas de procedimiento en los expedientes de sustitución de concesiones de transporte regular de viajeros por carretera, regulada por Orden de 14 de abril de 1988. (BOE 10-06). Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguro Obligatorio de Viajeros (BOE nº 311, de 28 de diciembre de 1999). NORMATIVA DESDE 1990 HASTA 1999: Real Decreto 1211/90 de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. (BOE 08-10). (Modificado por Real Decreto 858/1994, de 29 de abril; por Real Decreto 1136/97, de 11 de julio; por Real Decreto 927/98, de 14 de mayo; por Real Decreto 1830/99, de 3 de diciembre; por Real Decreto 1225/2006, de 27 de octubre; por el artículo 21 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre; por el Real Decreto 919/2010, de 16 de julio; Sentencia Tribunal Supremo, de 14 de febrero de 2012 y Ley 9/2013, de 4 de julio. Parcialmente derogado por Ley 13/96, de 30 de diciembre. Los títulos VII y VIII han sido afectados sustancialmente por la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario y sus normas de desarrollo). Orden de 25 de octubre de 1990, sobre documentos de control en relación con el transporte de viajeros y las actividades auxiliares y complementarias del mismo. (BOE 30). (Parcialmente derogada por Orden FOM/3398/2002 de 20 de diciembre). Orden de 4 de febrero de 1993, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros por carretera. (BOE 16 rect. 11-03). (Modificada por Orden 20 de junio de 1995 y por Orden de 26 de junio de 2001, y parcialmente derogada por Ley 13/96, de 30 de diciembre y por Orden de 23 de julio de 1997). (En relación con el contenido del título VII debe tenerse en cuenta la normativa de la Dirección General de Ferrocarriles). Resolución de 19 de septiembre de 1995, de la Dirección General del Transporte Terrestre, sobre realización del visado de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias del transporte. (BOE 0210). Orden de 23 de julio de 1997, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional y privado complementario de viajeros en autobús. (BOE 31). (Modificada por Real Decreto 1830/1999, de 3 de diciembre, por Orden de 26 de junio de 2001 y por Orden FOM/2183/2008, de 23 de julio) CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 61 NORMATIVA DESDE 1990 HASTA 1999: Orden de 18 de septiembre de 1998, por la que se dictan normas complementarias en materia de autorizaciones de transporte por carretera. (BOE 01-10). (Modificada por Orden de 26 de junio de 2001). Orden de 6 de mayo de 1999, por la que se desarrolla el capítulo IV del título IV del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de otorgamiento de autorizaciones de transporte internacional de viajeros por carretera. (BOE 13). (Modificada por Orden de 26 de junio de 2001). NORMATIVA DESDE 2000 HASTA 2009: Orden de 26 junio 2001, por la que se modifica parcialmente el régimen jurídico de las autorizaciones de transporte de mercancías y viajeros por carretera. (BOE 06-07). Orden FOM 3398/2002, de 20 de diciembre, por la que se establecen normas de control en relación con los transportes públicos de viajeros por carretera (BOE nº 8 de 9 de enero de 2003). Decreto 366/03, de 30 de diciembre, por el que se regula la identificación de los vehículos de transporte público interurbano regular de uso general de viajeros por carretera (BOJA nº 2 de 5 de enero de 2003). Real Decreto 1544/2007 de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad. (BOE 04-12). Orden FOM/2180/2008 de 22 de julio, por la que se establece una cláusula de actualización automática de precios de los transportes públicos de viajeros por carretera. (BOE 25). Orden FOM/2181/2008 de 22 de julio, por la que se dictan reglas sobre la realización de transportes de cabotaje en España. (BOE 25). Orden FOM/2183/2008 de 23 de julio, por la que se modifica la Orden del Ministerio de Fomento de 23 de julio de 1997, en materia de autorizaciones de transporte discrecional y privado complementario de viajeros en autobús. (BOE 25). Orden FOM/207/2009 de 26 de enero, por la que se regula el régimen tarifario de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo. (BOE 10-02). Resolución de 27 de febrero de 2009, de la Dirección General de Transportes por Carretera, por la que se señalan las características de los vehículos que, de ordinario, se incluirán en los pliegos de prescripciones técnicas de los procedimientos para la adjudicación de los contratos de gestión de los servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera permanentes de uso general de competencia estatal. (BOE 15-04). Ley 25/2009 de 22 de diciembre por la que se modifica la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, LOTT. (Sólo artículo 21). 62 CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización NORMATIVA DESDE 2010 HASTA 2014: Real Decreto 1387/2011 de 14 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre. (BOE 29). Orden FOM/2069/2011, por la que se revisan las tarifas de los servicios públicos regulares interurbanos permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera. Real Decreto 836/2012 de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera. (BOE 08-06). (Modificado por el Real Decreto 22/2014 de 17 de enero). Real Decreto 128/2013 de 22 de febrero, sobre ordenación del tiempo de trabajo para los trabajadores autónomos que realizan actividades móviles de transporte por carretera (BOE 23). Orden FOM/370/2013 de 28 de febrero, por la que se revisan las tarifas de los servicios públicos regulares interurbanos permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera (BOE 08-03). Orden FOM/1230/2013 de 31 de mayo, por la que se establecen normas de control en relación con los transportes públicos de viajeros por carretera. (BOE 03-07). (Modificada por la Orden PRE/907/2014, de 29 de mayo). Ley Orgánica 5/2013 de 4 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable. (BOE 05). Ley 9/2013 de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea. (BOE 05). Real Decreto 22/2014, de 17 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera. (BOE 25). Orden PRE/907/2014 de 29 de mayo, por la que se implanta un modelo de contabilidad analítica en las empresas contratistas que prestan los servicios de transporte regular de viajeros de uso general. (BOE 03-06). (Entrará en vigor el 01-01-2015). Real Decreto 627/2014 de 18 de julio, de asistencia a las víctimas de accidentes ferroviarios, publicado en el B.O.E. de 19 de julio de 2014, es aplicable desde el 20 de julio de 2014. Fuente: Elaboración propia a partir del Ministerio de Fomento (Ministerio de Fomento, 2015a) CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización 63 1.2.3. Las Comunidades Autónomas La Constitución Española en los artículos 148 y 149, establece el reparto de competencias en materia de transporte entre el poder central y las Comunidades Autónomas. La distribución se realiza bajo un criterio estrictamente territorial, señalando como normal general todo aquello que se "desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma" será de competencia autonómica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 148.1.5ª (Constitución Española, 1978). La Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007), atribuye en su artículo 64.1 la competencia exclusiva en materia de transporte referente a las infraestructuras y los servicios que discurran en territorio andaluz. Concretamente, el Estatuto hace referencia específica, en tres de sus artículos, sobre atribuciones exclusivas en transportes: • Artículo 64.1, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma andaluza en materia de transportes terrestres de personas y mercancías por carretera, ferrocarril, cable o cualquier otro medio cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en territorio andaluz, con independencia de la titularidad de la infraestructura sobre la que se desarrolle. • Artículo 56.5, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, que incluye en todo caso el establecimiento y regulación de las directrices y figuras de planeamiento territorial, las previsiones sobre emplazamientos de infraestructuras y equipamientos, la promoción del equilibrio territorial y la adecuada protección ambiental. • Artículo 47.1.1.ª, reconoce la competencia exclusiva sobre el procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia de la Comunidad Autónoma. Con respecto a la organización administrativa, la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía dirige toda la política autonómica en materia de transporte del ámbito de su competencia. 70 CAPÍTULO I El transporte público regular de viajeros de uso general por carretera. Ámbito y organización Las tarjetas de transporte gestionadas por los consorcios permiten su utilización en distintos medios: • Autobuses interurbanos. • Autobuses urbanos. • Trenes de cercanías. • Sistema público de préstamo de bicicletas. • Metro. • Servicio de líneas marítimas metropolitanas12 A toda esta combinación de medios, hay que añadir la posibilidad de su utilización en el ámbito territorial del resto de Consorcios Andaluces, concepto denominado interoperatividad de la tarjeta. 12 Servicio gestionado por el Consorcio de Transporte de la Bahía de Cádiz, consistente en el transporte de viajeros a través de dos líneas marítimas metropolitanas: Cádiz-Rota y Cádiz-El Puerto de Santa María. CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 71 CAPÍTULO II EL SISTEMA CONCESIONAL DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA EN ANDALUCÍA. REFERENCIA A SU REGULACIÓN JURÍDICA 72 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 73 2.1. EL SISTEMA DE LICITACIÓN DE LOS CONTRATOS DE CONCESIONES DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA EN ANDALUCÍA 2.1.1. Anuncios de licitación En el ámbito de la Comunidad Autónoma andaluza, el procedimiento de concurso es el comúnmente empleado para el otorgamiento de las concesiones de servicios regulares de viajeros de uso general por carretera. Este procedimiento se convoca y resuelve por la Dirección General de Movilidad dependiente de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía. El anuncio de licitación debe recoger la información necesaria para la adecuada difusión del mismo. Los datos principales versan sobre los siguientes puntos: • Entidad adjudicadora. Contiene información referente al: a. Organismo. b. Órgano del que depende. c. Número de expediente. • Objeto del contrato. En este epígrafe se recoge: a. Descripción del objeto. b. Lugar de ejecución. c. Plazo de duración. • Tramitación y procedimiento de adjudicación. Concreta la forma a adoptar para su desarrollo. • Canon de explotación. Establece los importes o porcentajes por este concepto. • Garantías. Con respecto a este concepto se establece: a. Forma de realización. b. Carácter (provisional o definitiva) c. Importe. • Obtención de documentación e información. Se concreta la dirección para la remisión de las ofertas y el plazo máximo para realizarla. • Requisitos específicos del contratista. Establece la acreditación necesaria sobre la solvencia económica, financiera y técnica del mismo. 74 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica • Presentación de ofertas. Informa sobre la fecha límite y la forma de presentación. • Apertura de las ofertas. Establece la entidad, el lugar, la fecha y hora de realización. • Otras informaciones. Según se estime conveniente recoger para mayor clarificación del proceso. • Gastos. Asigna al adjudicatario que resulte, el gasto de publicación oficial de la adjudicación definitiva1. Como requisito introducido por el Reglamento europeo en materia de servicios públicos de transporte de viajeros (Reglamento CE 1370/2007) hay que hacer mención, dentro del cuerpo del anuncio, a la fecha y código de publicación de los datos2 referentes a la licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). 2.1.1.1. Publicidad El concurso se pone en conocimiento público a través de la publicación en diarios oficiales del anuncio de licitación. Los concursos deberán anunciarse en el Boletín Oficial del Estado. Sin embargo, cuando se trate de contrato emitidos por las Comunidades Autónomas, entidades locales u organismos o entidades de derecho público dependientes de las mismas, la Ley (Real Decreto Legislativo 3/2011), contempla la posibilidad de sustituir la publicidad en el BOE por la que se realice en diarios o boletines oficiales autonómicos o provinciales. Independientemente de lo anterior, a raíz de la entrada en vigor del Reglamento 1370/2007 (Reglamento CE 1370/2007) la Unión Europea impone a todos los países miembro, la publicación de datos referentes a la licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), con el fin de fomentar la libre competencia dentro del ámbito de la Unión. 1 Imperativo recogido en el artículo 74.4 del ROTT. 2 El artículo 7.2 establece que "cada autoridad competente adoptará las medidas necesarias para que, a más tardar un año antes del inicio del procedimiento de licitación o un año antes de la adjudicación directa se publiquen en el Diario Oficial de la Unión Europea los datos siguientes, como mínimo: a) nombre y datos de la autoridad competente; b) tipo de adjudicación considerado; c) servicios y territorios potencialmente afectados por la adjudicación. ..." CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 75 En la publicación del anuncio, el envío al DOUE precederá a la publicación en los demás diarios o boletines. El anuncio publicado en estos últimos medios debe recoger la fecha de envío al citado diario europeo, fecha que quedará también indicada en el expediente de contratación. En el caso de Andalucía, son pocos los anuncios de licitación publicados, debido a la extensión de los contratos existentes mediante prórrogas (hecho que comentaremos con mayor detenimiento en el capítulo tercero de este trabajo). Debido a la antigüedad de los contratos existentes, las publicaciones fueron realizadas principalmente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), observándose en los contratos actuales el cumplimiento de la normativa comunitaria. 2.1.1.2. Plazos En el anuncio de licitación se determina el plazo de presentación de las proposiciones de oferta. Con respecto a los plazos establecidos en el mismo hay que realizar dos puntualizaciones: I) La imposición por parte del ROTT3 a respetar un plazo no inferior a treinta días para la presentación de proposiciones. II) El efecto del incumplimiento del plazo que provoca la inadmisión de la oferta. 2.1.1.3. Pliegos de condiciones El pliego recoge todas aquellas previsiones contenidas en el proyecto aprobado, es decir, las condiciones jurídicas, económicas, técnicas, administrativas y demás especificaciones que el organismo contratante considere conveniente para el interés público. Según el Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía (CDCA, 2012), los pliegos de condiciones son un elemento clave para garantizar un procedimiento competitivo que traslade el máximo de eficiencias al usuario final, mediante la disminución de los costes y la mejora de servicio ofrecido, sin cierres ni obstáculos en el acceso al mercado. 3 Artículo 70.1 del ROTT. 76 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica El ROTT4 clasifica en tres tipos las condiciones que pueden establecerse en el pliego de condiciones: 1. Condiciones esenciales, que deberán ser respetadas por las distintas ofertas, no pudiendo introducir variaciones en las mismas. 2. Condiciones con requisito mínimo, las cuales pueden ser diferentes según cada oferta, pero siempre respetando el mínimo establecido. 3. Condiciones de carácter orientativo, que podrán ser modificadas por las distintas ofertas en los términos que cada licitador estime, siempre que no hayan sido establecidas en el pliego de condiciones con otro carácter. 2.1.2. Criterios de evaluación 2.1.2.1. El nuevo reglamento de la Unión Europea en materia de transparencia El Libro Blanco de la Comisión Europea de 2001 (COM, 2001), estableció como principal objetivo poder garantizar servicios de transportes de viajeros seguros, eficaces y de calidad mediante una competencia regulada que asegure la transparencia y las buenas prestaciones de los mismos. Teniendo en especial consideración los factores sociales y ambientales, el Libro pone atención en la ordenación territorial, la necesidad de ofrecer determinadas condiciones tarifarias a ciertas categorías de viajeros (como los pensionistas), y la eliminación de disparidades entre empresas de transporte de los distintos Estados miembros, con el fin de evitar el posible falseamiento de las condiciones de competencia. Con la aparición del Reglamento 1370/2007 (Reglamento CE 1370/2007), el principio de transparencia cobra gran relevancia en relación a los contratos de concesiones públicas de transporte de viajeros. La aplicación de este principio se pone de manifiesto con el fin de garantizar la igualdad de trato entre los operadores en competencia. En este sentido la norma establece los siguientes objetivos para el alcance del mismo: − Definición adecuada en los contratos sobre la naturaleza de las obligaciones de servicio público y de la retribución correspondiente. − Libertad de las autoridades competentes para imponer normas de calidad específicas en materia social y de servicios. 4 Artículo 69 del ROTT. CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 77 − Reducción de los plazos de duración de las concesiones, contemplando la posibilidad de adaptación en función de la amortización de las inversiones necesarias para desarrollar la actividad. − El acceso periódico y por procedimientos de adjudicación equitativos a las concesiones, con el fin de resultar competitivos. El razonamiento que subyace en el citado reglamento europeo obedece a la necesidad de establecer una duración limitada de los contratos de servicio público. Con el fin de fomentar la competencia entre las empresas y bajo el criterio de mantenimiento de la calidad de los servicios, se pretende evitar los contratos de larga duración. Estos contratos producen durante un dilatado periodo de tiempo el cierre del mercado, reduciendo los efectos beneficiosos que provoca la presión de la competencia. 2.1.2.2. Análisis de los documentos. La Mesa de Contratación La Mesa de Contratación es el órgano encargado de la apertura de las proposiciones. Está integrada por personal al servicio del órgano de contratación designados para tal fin de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. El momento y lugar de su constitución quedan recogidos en el anuncio de licitación. El ROTT5 asigna a la Mesa de Contratación únicamente la tarea de remisión de las solicitudes admitidas y la documentación presentada, excluyéndola de la función de estudio de la documentación y formulación de la propuesta de adjudicación. Con la entrada de vigor en el año 2009 del Real Decreto que desarrolla parcialmente la ley de contratos del sector público (Real Decreto 817/2009) se habilita6 a las Mesas de Contratación como órgano competente para la valoración de las ofertas. 5 Artículo 72 del ROTT. 6 Artículo 21.1 del Real Decreto 817/2009. 78 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica En el caso de las concesiones andaluzas, la condición establecida en la normativa estatal toma carácter autonómico. Con la publicación en el año 2011 del Decreto que establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía (Decreto 39/2011) se designa7 a la Mesa de Contratación como órgano competente para valorar las ofertas y proponer al órgano de contratación la adjudicación. Las principales funciones de la Mesa de Contratación se concretan en: a) Calificar la documentación de carácter general referida a: − Personalidad jurídica. − Capacidad de obrar. − Apoderamiento. − Solvencia (económica, financiera, técnica y profesional de los licitadores). − Garantía provisional (en su caso). b) Analizar las omisiones subsanables que aprecie en la documentación. c) Determinar los licitadores que deban ser excluidos del procedimiento por incumplimiento de los requisitos establecidos en el pliego. d) Abrir las proposiciones presentadas dando a conocer su contenido en acto público. e) Determinar los licitadores excluidos por no superar el umbral mínimo de puntuación exigido, en el caso de procedimientos de valoración comprendidos en varias fases. f) Valorar las distintas proposiciones, clasificándolas en orden decreciente de valoración, solicitando en su caso los informes técnicos oportunos. g) En caso de proposiciones anormales o desproporcionadas, podrá activar el procedimiento reglamentario8 establecido por ley (Ley 30/2007) y proponer al órgano de contratación su aceptación o rechazo. 7 Artículo 5.1 del Decreto 39/2011. 8 El procedimiento consiste en dar audiencia al licitador que haya presentado la oferta anormal o desproporcionada con el fin de que justifique la valoración y precise las condiciones de la misma. Para el desarrollo del procedimiento se precisa del asesoramiento técnico del servicio correspondiente. Una vez considerada la justificación efectuada por el licitador y los informes técnicos, se procede a la estimación o desestimación de la oferta. CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 79 2.1.2.3. Criterios de interpretación La normativa europea presta especial interés en que la adjudicación de las concesiones se realice en función de criterios objetivos, con el fin de garantizar la evaluación de las ofertas en unas condiciones de competencia efectiva, que permita determinar la opción más adecuada a nivel global. Los criterios están vinculados al objeto de la concesión y su función principal es ayudar al órgano contratante respecto a la elección de ofertas. Por su parte, el adjudicador deberá verificar que las ofertas cumplen adecuadamente dichos criterios. Los criterios de interpretación pueden incluir aspectos medioambientales, sociales o relacionados con la innovación. En tal caso, deben ir acompañados de requisitos que permitan determinar que la información proporcionada por los licitadores es veraz. En la valoración de las proposiciones se deben estimar las circunstancias establecidas en los pliegos de condiciones con respecto a cada oferta, sin atender exclusivamente al contenido económico de estas. Se valora cada uno de los componentes de la oferta en función de su relevancia para la prestación del servicio. En el caso de las licitaciones sobre transporte público regular de viajeros se atenderá, principalmente, a los siguientes aspectos: • Tarifas. • Frecuencia de expediciones • Características y antigüedad de los vehículos. • Características de las instalaciones. • Compromiso de subrogación del personal procedente del antiguo concesionario. • Calidad y seguridad del servicio. En la determinación de los criterios de adjudicación se emplearán aquellos cálculos que permitan realizar la valoración mediante cifras o porcentajes resultantes de la aplicación de las fórmulas recogidas en el pliego. 86 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica TABLA 8.- Recursos por tipo de acto impugnado remitidos al TARCJA durante el año 2014 Fuente: Datos procedentes de la Memoria anual -2014 del TARCJA Las causas del incremento experimentado durante los tres años de funcionamiento que lleva el organismo obedecen, según el propio Tribunal, a los siguientes factores: • Mayor conocimiento de la vía especial por parte de los licitadores. • Ser un medio de impugnación sin coste adicional. • Ser un instrumento ágil y eficaz para la resolución de controversias en materia de contratación pública. • Por el volumen de recursos estimados por el Tribunal. • Por el aumento del número de entidades locales que han formalizado el convenio para resolver recursos referentes a su ámbito. La utilización de esta vía por los licitadores, ha mejorado la formalización de los contratos, al aportar un mayor nivel técnico la aplicación de las resoluciones emitidas por el TARCJA. En la siguiente tabla se muestra el número de resoluciones emitidas por el TARCJA según sentido. TABLA 9.- Resoluciones según sentido emitidas por el TARCJA durante el año 2014 Fuente: Datos procedentes de la Memoria anual -2014 del TARCJA Tipo Número Adjudicación 225 Actos de trámite cualificados 72 Anuncio y/o Pliegos Otros 74 Otros 8 Sentido Número % Estimación Parcial 26 9,67% Estimación 23 8,55% 102 37,92% 104 38,66% Desistimiento 14 5,20% Total 269 100,00% Desestimación Inadmisión CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 87 Si se comparan los datos expuestos en relación a los resultados obtenidos por el TACRC durante el año 2014 (TACRC, 2014) se obtiene la siguiente tabla: TABLA 10.- Recursos y resoluciones correspondientes al año 2014 Fuente: Datos procedentes de la Memoria anual -2014 del TARCJA y del TACRC De los recursos recibidos por el TACRC, 682 proceden de convenios de colaboración sobre atribución de competencia de recursos contractuales suscritos con las Comunidades Autónomas que se muestran en la tabla adjunta. TABLA 11.- Recursos por Comunidades Autónomas recibidos por el TACRC durante el año 2014 Fuente: Datos procedentes de la Memoria de Actividades -2014 del TACRC En comparación con el resto de las Comunidades y Ciudades Autónomas señaladas, Andalucía supera en número de recursos a los territorios señalados, siendo de los 379 recursos recibidos por el TARCJA, un total de 303 procedentes de la propia Administración Autonómica, 61 de Corporaciones Locales y 15 de Universidades. Tipo TARCJA TACRC Recursos 379 1067 Resoluciones 269 950 Comunidad Autónoma Recursos 43 6 La Rioja 19 97 Región de Murcia 53 37 Islas Baleares 73 Comunidad Valenciana 138 1 72 143 Extremadura Melilla Castilla La Mancha Cantabria Ceuta Principado de Asturias Galicia 88 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 2.1.3.4. Consecuencias de la libre competencia La competencia en la celebración de las licitaciones públicas para la adjudicación de las concesiones, se determina por ser de carácter controlado o regulado. De acuerdo con el Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía (CDCA, 2012), la competencia en el proceso de adjudicación concesional se encuentra controlada o limitada. Es un sistema en el que las empresas compiten sólo durante el procedimiento para otorgar la concesión. Una vez resuelto, a la empresa que resulte concesionaria, se le confiere el derecho de la prestación en exclusiva del servicio, durante el periodo de tiempo que figure en el contrato. Es por ello importante preservar el buen funcionamiento del mercado en la primera fase del proceso, ya que la segunda producirá un cierre del mismo durante todo el tiempo que dure la concesión. No obstante y reiterando los objetivos que la política europea ha marcado para el fomento de la libre competencia por parte de los estados miembros, debe prestarse una especial atención, en este sentido, a los siguientes aspectos: a) Garantizar una adecuada publicidad de los procedimientos de contratación. b) Favorecer la accesibilidad de las empresas a la hora de presentar la documentación necesaria para licitar. c) Ponderar la exigencia de documentación. d) Planificar adecuadamente el proceso de contratación para la renovación de las concesiones. Por tanto, promover la concurrencia, revertirá en una asignación de recursos eficiente, una estimulación de la innovación en el sector y en última instancia, en mayores y mejores prestaciones a los usuarios, consiguiendo que los servicios públicos se adecúen a las necesidades reales de la población. CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 89 2.2. EL CONTRATO CONCESIONAL DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA EN ANDALUCÍA 2.2.1. Regulación jurídica El marco legal que regula el funcionamiento del sistema de concesiones públicas en materia de transporte de viajeros, se divide en tres niveles: europeo, estatal y autonómico. A nivel europeo las principales normas del sector son: • Directiva 2014/23 (Directiva 2014/23/UE), referente a la adjudicación de los contratos de concesión. • Reglamento 1370/2007 (Reglamento CE 1370/2007), sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera. • Reglamento 1071/2009 (Reglamento CE 1071/2009), que establece las normas relativas a las condiciones para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera. Las principales novedades que introduce la Unión Europea en materia de concesiones de transporte de viajeros por carretera se resumen en: A. Nueva denominación del concepto de concesión de servicio público, designándose como contrato de gestión de servicios públicos. B. Eliminación de la distinción entre transportes públicos regulares de viajeros de uso general permanentes y temporales. C. Fijación de un plazo de duración no superior a 10 años con posibilidad de prórroga. D. Establecimiento de la forma general de adjudicación a través de procedimiento abierto con excepciones. A nivel estatal: • Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) (Ley 16/1987). • Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres aprobado por Real Decreto 1211/1990 (ROTT) (Real Decreto 1211/1990), desarrollado en materia de autorizaciones de transporte de viajeros por carretera por la orden ministerial de 23 de julio de 1997, modificada por la Orden FOM/2183/2008, de 23 de julio (Orden FOM/2183/2008). 90 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica • Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en materia de transportes por carretera y por cable (Ley Orgánica 5/1987). • Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible (Ley 2/2011). Las principales aportaciones que realiza la normativa estatal a la regulación del funcionamiento del sistema concesional se resumen en: A. Consideración del transporte público regular permanente de viajeros de uso general como servicio público de titularidad de la Administración, realizándose la prestación por la empresa a la que se le atribuya la concesión administrativa. B. Como regla general, la elección de la empresa mediante un procedimiento de concurso. C. La adjudicación del contrato como medio que faculta a la empresa para la prestación del servicio con carácter exclusivo durante el tiempo previsto en la misma15. D. La obtención de autorización administrativa por parte de las empresas para la prestación de servicios de transporte público regular de uso general temporal y regular de uso especial. E. La concreción de principios y reglas16 para: el establecimiento de los servicios, la realización de los concursos de adjudicación, la elección de criterios en la selección de la oferta, el establecimiento de las distintas modalidades de régimen tarifario, las previsiones de inclusión de nuevos tráficos, la prestación de servicios de varias concesiones y la unificación, extinción y caducidad de concesiones. F. La delegación de funciones de titularidad estatal a las Comunidades Autónomas de aquellas competencias gestoras y normativas estatales que por su naturaleza deban ser realizadas a nivel autonómico o local (siempre que estén previstas en la legislación estatal). G. El impulso del sector hacia un modelo de eficiencia económica y medioambiental y de fomento de la competitividad. 15 El artículo 72 de la LOTT, establece la salvedad de no poder establecer mientras esté vigente otras concesiones que cubran servicios de transporte coincidentes, excepto en aquellos casos justificados por razones fundadas de interés público. 16 Estos aspectos se recogen a lo largo del ROTT, el cual concreta los principios y reglas contenidas en la LOTT, realizando una masiva derogación de las anteriores normas reglamentarias existentes hasta el momento. CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 91 H. La elaboración del plan estratégico, Plan PLATA (Ministerio de Fomento, 2010), de ámbito nacional para el sector del transporte de viajeros en autobús, como instrumento de referencia para la planificación y desarrollo de la política central y autonómica en esta materia. A nivel de la Comunidad Autónoma de Andalucía: • Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007). • Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía (Ley 2/2003). • Ley 3/1985, de 22 mayo, de coordinación de concesiones de servicios regulares de transporte de viajeros por carretera en Andalucía (Ley 3/1985). • Plan de Infraestructuras para la Sostenibilidad del Transporte en Andalucía 2007-2013 (PISTA) (Decreto 457/2008). Como principales consideraciones que aporta la normativa autonómica a la regulación del sistema concesional se destaca: A. La competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma Andaluza sobre transportes terrestres de personas y mercancías por carretera, ferrocarril, cable o cualquier otro medio cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en territorio andaluz. B. La competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía para planificar, ordenar y gestionar los servicios públicos de transporte interurbano de viajeros, coordinar los servicios de transporte urbanos e interurbanos y establecer medidas de coordinación de los transportes urbanos de ámbito superior al municipal. C. La regulación de servicios coordinados entre concesiones de servicios regulares de transporte de viajeros por carretera. Se limita la creación de nuevas concesiones, cuando su itinerario sea coincidente o paralelo con el de concesiones preexistentes que pudieran coordinarse. D. La elaboración de políticas estratégicas en materia de transporte a aplicar en el territorio andaluz (recogidas en el PISTA), que reúne las directrices contempladas en los planes estatales y de la Unión Europea. 92 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 2.2.2. Concepto de contrato de concesión de servicios La Real Academia de la Lengua Española define contrato17 como: "1. m. Pacto o convenio, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas. 2. m. Documento que recoge las condiciones de este convenio." Desde una perspectiva más precisa, el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011) en el artículo 5.1 califica los contratos públicos como aquellos contratos de obras, de concesión de obras públicas, de gestión de servicios públicos, de suministro, de servicios y de colaboración entre el sector público y el sector privado que celebren los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público, de acuerdo con las normas contenidas en la citada Ley. A su vez, la Ley sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales (Ley 31/2007) puntualiza en su artículo 2.2.b) el concepto de concesión de servicios, definiéndolo como "un contrato que presente las mismas características que el contrato de servicios, con la salvedad de que la contrapartida de prestación de servicios consista, bien únicamente en el derecho a explotar el servicio, bien en dicho derecho acompañado de un pago". Por otra parte, la Unión Europea introduce una novedad con respecto a la denominación del contrato de concesión de servicio público, pasando a designarlo como contrato de gestión de servicios públicos. El Libro Blanco de la Comisión de 12 de septiembre de 2001 (COM, 2001) define el contrato de servicio público como el acto jurídico vinculante que plasma el acuerdo entre una autoridad competente y un operador de servicio público determinado con objeto de confiar al operador la gestión y explotación de los mismos bajo las obligaciones propias del servicio público. 17 DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA, 22.ª edición actualizada con enmiendas incorporadas hasta 2012 [en línea], http://lema.rae.es/drae/?val=contrato, [consulta: 5 julio 2015]. CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 93 Los elementos esenciales que todo contrato de gestión de servicio público debe recoger, según la normativa europea, se resumen en los siguientes puntos: 1) Definición clara de las obligaciones de servicio público. 2) Ámbito de actuación donde el operador deberá realizar la prestación. 3) Establecimiento con carácter anticipado de los parámetros18 de cálculo de la compensación. 4) Naturaleza y alcance, en su caso, de los derechos exclusivos. 5) Establecimiento de las modalidades de distribución de costes de la prestación del servicio. 6) Definición de las formas de distribución de ingresos por la venta de títulos de transporte. 7) Plazo de vigencia del contrato, siendo el límite superior para el caso del transporte de viajeros en autobús de 10 años, con determinadas excepciones. 2.2.3. Características del contrato de concesión de servicios Como norma general, el artículo 66 del ROTT (Real Decreto 1211/1990) dispone que la prestación de los servicios públicos regulares permanentes de transportes de viajeros de uso general se realizará por la empresa a la que se atribuya la correspondiente concesión administrativa para su explotación, bajo su riesgo y ventura. Esta forma de gestión indirecta permite a la empresa concesionaria la prestación del servicio en régimen de exclusividad durante el tiempo previsto para la misma. El establecimiento de la duración en función de las características y necesidades del servicio, hace necesario la realización del estudio económico de la explotación, del cual se extraerá la determinación del volumen de tráfico, el beneficio potencial y demás circunstancias que incidan en la misma. 18 La reciente normativa europea pone el acento en la adopción de criterios objetivos y transparentes para la determinación de las bases de cálculo de las compensaciones económicas, y la adopción de tarifas máximas con el fin de evitar una retribución excesiva a los operadores. 94 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica La adjudicación del contrato de concesión de transporte regular de viajeros en Andalucía se realiza por medio de un acto administrativo a través de una resolución expedida por el Director General de Transporte19 dependiente de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía. La resolución contempla cuatro bloques fundamentales: I) Descripción del servicio objeto de la concesión. II) Condiciones técnicas de la concesión. En este apartado se recogen los siguientes puntos: a. El itinerario. Se detallan las carreteras, localidades, paradas y distancias que comprende el recorrido de cada una de las rutas que contemple la concesión. b. Los tráficos a realizar y las prohibiciones de tráfico, en su caso. c. Las instalaciones fijas utilizadas. Se recogen las estaciones de autobuses públicas utilizadas o instalaciones reglamentariamente adecuadas en caso de no existir. d. Descripción de las expediciones y calendarios, de cada una de las rutas, recogiendo las singularidades de aquellos periodos del año en los que pueda verse afectado el servicio. e. Relación de vehículos adscritos a la concesión. III) Condiciones económicas del servicio: a. Concreción de la tarifa máxima ordinaria. b. Descripción de la estructura de costes de la tarifa ordinaria. IV) Condiciones jurídico-administrativas: a. Determinación del plazo de la concesión. b. Descripción de las obligaciones del concesionario. c. Descripción de los derechos del concesionario. d. Relación de los derechos y obligaciones de la Administración. e. Establecimiento de las causas de extinción de la concesión. f. Condiciones del rescate e intervención de la concesión. g. Establecimiento de las sanciones aplicables. 19 De acuerdo con las facultades otorgadas por el Decreto 30/1982 de 22 de abril, que asigna el órgano concreto dentro de la Administración autonómica al cual le corresponde las competencias y funciones transferidas por el Estado. El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica h. Relació i. Jurisdicción aplicable en caso de litigio. 2.2.3.1. Prestación de servicios En el contrato concesional la prestación del servicio supone un derecho exclusivo y preferente que otorga a la empresa operadora la explotación del mismo en régimen de monopolio durante el tiempo La prestación exige el cumplimient resolución de adjudicación. Las concesiones se dividen en diversas serie de líneas. Éstas quedan sujetas a un número determinado de expediciones de acuerdo con un calendari o anual predefinido. Las líneas constan de diversos puntos de paradas donde se realiza la subida y/o bajada de pasajeros. Estos lugares se encuentran suelen estar constituidos por dentro de una estación de autobuses para que el viajero identifique el desplazamiento que desea realizar. FIGURA 8. Fuente: Consorcio de Transporte El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica Relació n de las disposiciones normativas aplicables. Jurisdicción aplicable en caso de litigio. Prestación de servicios En el contrato concesional la prestación del servicio supone un derecho exclusivo y preferente que otorga a la empresa operadora la explotación del mismo en régimen de monopolio durante el tiempo de duración de la misma. La prestación exige el cumplimient o de todos los requisitos recogidos en la resolución de adjudicación. Las concesiones se dividen en diversas rutas , que a su vez se subdividen en una quedan sujetas a un número determinado de expediciones de o anual predefinido. de diversos puntos de paradas donde se realiza la subida y/o bajada de pasajeros. Estos lugares se encuentran ubicados a lo largo de suelen estar constituidos por marquesinas, postes de paradas o un lug dentro de una estación de autobuses . Todos ellos deben contener la información precisa para que el viajero identifique el desplazamiento que desea realizar. FIGURA 8. - Fotografía de marquesina junto a poste de parada Fuente: Consorcio de Transporte Metropolitano Área de Málaga CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 95 n de las disposiciones normativas aplicables. En el contrato concesional la prestación del servicio supone un derecho exclusivo y preferente que otorga a la empresa operadora la explotación del mismo en régimen de o de todos los requisitos recogidos en la , que a su vez se subdividen en una quedan sujetas a un número determinado de expediciones de de diversos puntos de paradas donde se realiza la subida y/o a lo largo de l recorrido y o un lug ar determinado Todos ellos deben contener la información precisa 102 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 2.2.5. Los derechos del concesionario Los derechos del concesionario facultan al mismo para hacer o exigir todo aquello que las normas legales y las cláusulas contractuales disponen a su favor al amparo del contrato concesional. Los derechos del concesionario poseen una doble procedencia: − Derechos otorgados por la legislación vigente, principalmente la Ley de Ordenación de los Transportes (Ley 16/1987) y el Reglamento de aplicación (Real Decreto 1211/1990) con sus consiguientes actualizaciones. − Derechos procedentes de los acuerdos contractuales establecidos entre las partes, recogidos en el título concesional, los cuales pueden variar dependiendo de las características del servicio o de la procedencia del órgano concedente. En concreto, en los contratos de gestión de servicios de transporte público regular por carretera de uso general, se puede encontrar como derechos reconocidos al concesionario los siguientes: 1. Derecho a la explotación en régimen de exclusividad del servicio otorgado. 2. Derecho a percepción de las prestaciones económicas según las condiciones establecidas. 3. Derecho de revisión y modificación de las tarifas aplicables de acuerdo a las reglas establecidas. 4. Derecho a la transmisión de la concesión según forma y plazos estipulados en la legislación vigente. 5. Derecho a la modificación de las condiciones de la prestación del servicio de acuerdo con la normativa legal y dando cuenta a la entidad adjudicadora. 6. Derecho a la renuncia del contrato previa comunicación a la entidad adjudicadora dentro de los plazos establecidos. CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 103 2.2.6. Las obligaciones del concesionario Las obligaciones del concesionario constituyen el vínculo jurídico mediante el cual el concesionario queda sujeto a hacer o abstenerse de hacer algo, según lo establecido en el acuerdo contractual y la legislación aplicable al respecto. Al igual que en el caso de los derechos, las obligaciones del concesionario cuentan también con un componente externo a la relación contractual como es la aplicación de la legislación vigente, e inherente a dicha relación, es decir, las cláusulas estipuladas en los denominados pliegos de condiciones. Volviendo a centrar el trabajo en los contratos de concesión de servicios de transporte público regular por carretera de uso general, se pueden encontrar principalmente como obligaciones del concesionario los siguientes deberes: 1. Constituir fianza definitiva a favor del órgano concedente, con el fin de asegurar el cumplimiento de las condiciones de la concesión. 2. Asumir los gastos de tramitación recogidos en las condiciones establecidas (p.e. gastos de publicación). 3. Cumplir con los plazos de explotación del servicio. 4. Cumplir con las condiciones de prestación del servicio con continuidad de acuerdo con lo recogido en el título concesional. 5. Subsanar las deficiencias observadas por los servicios de inspección dentro de los plazos establecidos. 6. Mantener los vehículos e instalaciones fijas en buen estado de funcionamiento y conservación. 7. Señalizar los vehículos, conforme a lo determinado por el Ministro de Fomento, para facilitar su identificación. 8. Prestar el servicio mediante gestión directa. 9. Realizar sólo los tráficos autorizados. 10. Satisfacer las cuotas de seguros que cubran los riesgos y responsabilidades derivadas del transporte. 11. Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 12. Tratar la concesión como una actividad separada de cualquier otra actividad que realice, gestionándola como una división contable independiente. 104 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 2.2.7. El plazo concesional El plazo determina el periodo de tiempo durante el cual se realiza la prestación del servicio sobre la base de las condiciones contractualmente establecidas. Los contratos se consideran cumplidos y, en consecuencia, extinguidos cuando transcurre su plazo de duración. La consideración del plazo influye en muchos aspectos relacionados con el contrato. Estos aspectos se pueden encontrar en: El pliego de condiciones. Es el primer documento donde aparece reflejado el plazo de duración del contrato. Éste se establece en el título concesional de acuerdo con las características y necesidades del servicio, teniendo en cuenta el volumen de tráfico, beneficio potencial y demás circunstancias que se desprendan del estudio económico de la explotación. El proceso de unificación de contratos. El plazo constituye un requisito imprescindible para la inclusión de un contrato en este tipo de proceso, precisándose haber transcurrido, al menos, tres años del plazo de vigencia del contrato y excluyendo aquellos en los que falten menos de dos para su finalización. Las prórrogas de contrato. Existen situaciones donde la Administración puede encontrarse ante el caso de interrupción de un servicio público o de riesgo inminente de que se produzca. Las prórrogas se contemplan como una herramienta que permite asegurar la prestación del servicio, suponiendo el plazo un requisito limitador a la misma, ya que no puede ser superior a dos años. De la legislación comunitaria recientemente aparecida sobre el sector, es el Reglamento 1370/2007 (Reglamento CE 1370/2007) el que ha introducido una novedad con respecto a la consideración del plazo. Este reglamento prevé un régimen transitorio hasta 2019, en el que se determina entre otros aspectos, el plazo de expiración de las concesiones vigentes y las condiciones de las que depende dicho plazo. A estos efectos, establece con carácter general, un período máximo de cinco años, así como la necesidad de su vinculación a la amortización de las inversiones necesarias para el funcionamiento de la concesión. Con respecto al plazo de los nuevos contratos que se constituyan, limita a diez años la duración máxima de una concesión de servicio de transporte regular de viajeros de uso general por carretera. CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 105 En el caso de la ampliación del plazo, el Reglamento es exigente. Siguiendo a Lozano Cutanda (Lozano Cutanda, 2011), los requisitos a considerar se resumen en: 1. Que se justifique un plazo superior por necesidad excepcional de amortización de los activos. 2. Que las prórrogas se establezcan en función de las condiciones de amortización de los activos durante un periodo máximo de cinco años. 3. Que se atienda al régimen de derecho transitorio establecido, para aquellas concesiones otorgadas antes del 3 de diciembre de 2009. Dicho régimen consiste en: a. Las concesiones otorgadas mediante un procedimiento equitativo antes del 26 de julio de 2000 podrían continuar hasta su expiración. b. Las concesiones adjudicadas antes del 26 de julio de 2000 por un procedimiento distinto del de licitación equitativo y las concedidas entre el 26 de julio de 2000 y el 2 de diciembre de 2009 por un procedimiento de licitación equitativo, podrían continuar hasta su expiración, con un máximo de 30 años. c. Las concesiones concedidas por un procedimiento distinto al de licitación equitativo entre el 26 de julio de 2000 y el 2 de diciembre de 2009, podrían continuar hasta su expiración, por un máximo de diez años, con posibilidad de prórroga por un máximo de la mitad del período original de concesión. En España, la integración de la norma comunitaria se llevó a cabo a través de la Ley de modificación de la LOTT (Ley 9/2013). Con respecto al plazo, la nueva ley modifica la redacción del artículo 72 de la anterior, recogiendo como plazo máximo de duración de los contratos diez años, incorporando la posibilidad de prorrogar su duración, por un plazo no superior a la mitad del periodo originalmente establecido, si resulta necesario debido a las condiciones de amortización practicadas a los activos afectos a la prestación. 106 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 2.2.8. Plan económico-financiero de la concesión El plan económico-financiero de la concesión incluye la determinación de los siguientes parámetros: 1. Descripción del servicio. 2. Determinación de los costes de explotación. 3. Cálculo de las tarifas de equilibrio. Descripción del servicio. Este apartado recoge las características del servicio, de acuerdo con los siguientes conceptos: − Itinerarios, rutas y paradas. − Matrices de tráficos autorizados para cada ruta. − Calendario de expediciones. − Oferta mínima de servicios. − Horarios. En este epígrafe también se recoge el periodo de duración del contrato. Determinación de los costes de explotación. El cálculo de las variables básicas del servicio permite determinar los costes de explotación. Habitualmente se emplean las siguientes magnitudes como variables básicas: − Vehículos-kilómetros. Para el cálculo de esta variable se parte del número de expediciones por ruta multiplicadas por el número de kilómetros de cada una de ellas, añadiendo un porcentaje adicional en concepto de desplazamientos en vacío que puedan generarse. − Horas de personal conductor. Se calculan a partir del número de expediciones por ruta multiplicadas por el tiempo de realización de la misma, incrementándose en el porcentaje correspondiente a los desplazamientos en vacío y las horas de espera o presencia, según la determinación del grado de aprovechamiento. − Número de vehículos. Su cálculo exige la planificación del material móvil necesario dependiendo de los servicios a prestar por cada conductor, considerando los tiempos de vacío, con objeto de optimizar el sistema. CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 107 A la hora de determinar los costes de explotación hay que recurrir a fuentes de información fiables y objetivas. El Observatorio de Costes del Transporte de Viajeros en Autocar20 proporciona datos semestrales sobre el sector a nivel nacional, además de poner a disposición de los usuarios un programa informático de simulación de costes, denominado ACOTRAVI21 que permite calcular la estructura de costes de un autocar a partir de los datos reales de cada empresa. En Andalucía se crea por decreto en 2014 el Observatorio Andaluz de la Movilidad Sostenible y la Logística (Decreto 132/2014) con el objetivo de servir de plataforma pública de conocimiento e investigación para el tratamiento de información sobre el transporte de personas y mercancías, y de apoyo a la Administración en materia de movilidad. Actualmente se encuentra en desarrollo. La consideración de los costes de explotación implica el estudio de las principales partidas de costes afectos al servicio. Para ello se divide el análisis en tres bloques: costes directos, costes indirectos y beneficio industrial. Costes directos. Son aquellas partidas que guardan una relación directamente proporcional con el nivel de actividad. De toda la gama de costes, los principales a considerar en el plan económico son los siguientes: • Coste del personal de conducción. Se corresponde con los costes salariales de los conductores necesarios para la prestación del servicio, con las consideraciones anteriormente comentadas. • Costes de combustible. Se calculan en función del precio y consumo medio de combustible. 20 El Observatorio de Costes del Transporte de Viajeros en Autocar es el resultado del trabajo del Departamento de Viajeros del Comité Nacional del Transporte por Carretera (en el cual están representadas las asociaciones profesionales de transportistas según los artículos 57, 58 y 59 de la LOTT) y de la Dirección General de Transporte Terrestre. El Observatorio de Costes orienta sobre la cuantía y la evolución de de los costes de explotación de cuatro tipos de autocares dedicados al transporte discrecional de viajeros: autocares de más de 55 plazas, autocares de 39 a 55 plazas, autocares de 26 a 38 plazas y microbuses de 10 a 25 plazas. 21 ACOTRAVI es una aplicación informática de ayuda al cálculo de los costes de explotación de los autocares de transporte de viajeros, que también permite la consulta de datos relativos a los costes de los diferentes tipos de autocares publicados por el Observatorio de Costes del Transporte de Viajeros en Autocar. 108 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica • Costes de neumáticos, reparaciones y mantenimiento. Esta clase de costes son directamente proporcionales al número de kilómetros recorridos. • Costes de amortización, financiación y seguros. Son proporcionales al número de vehículos necesarios para la prestación del servicio. • Costes fiscales y cánones. Están constituidos por las tasas e impuestos específicos del sector (visados, TTV, TAE, IVTM, revisión de tacógrafos) y canon de estación. Costes indirectos. Son costes derivados de la estructura administrativa y comercial de la empresa no relacionados directamente con la prestación del servicio pero que apoyan la realización del mismo. Su forma de cálculo suele determinarse mediante un porcentaje sobre los costes directos. Beneficio industrial. Es el margen o beneficio mínimo establecido en el plan mediante el cual la explotación del servicio se considera con un nivel de rentabilidad aceptable. Su cálculo se determina mediante la aplicación de un porcentaje sobre el total de los costes considerados, el cual suele rondar entre el 5% y el 10% en el sector. Según los estudios de Rojo Arce (Rojo Arce, 2011), es posible el establecimiento de un nivel de beneficio industrial aceptable para los operadores sin que ello redunde en el aumento del precio a los usuarios, mediante el empleo de técnicas de mejora en la calidad del servicio de transporte público. Cálculo de las tarifas de equilibrio. Los costes de explotación obtenidos deben ser cubiertos por los ingresos tarifarios. Los ingresos tarifarios resultan de multiplicar los viajeros-kilómetros anuales, del último ejercicio disponible, por la correspondiente tarifa kilométrica, estableciéndose el coste de los viajes para el usuario en función de los kilómetros recorridos en cada trayecto. Con la introducción de los servicios metropolitanos gestionado por los Consorcios de Transporte en Andalucía, se desarrolla el sistema de "compensación zonal". El sistema zonal divide el territorio en zonas tarifarias y conectores. La tarifa correspondiente se calcula en función del número de saltos existentes entre la zona origen y la zona destino. En consecuencia, el precio de un viaje depende de las zonas tarifarias por las que atraviese, independientemente del trayecto real que se efectúe. CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 109 2.2.9. Modificación del contrato de concesión La entrada en funcionamiento del servicio concesional se realiza mediante acta por parte de los servicios de inspección del transporte terrestre. A partir de ese momento el concesionario debe realizar la prestación del servicio cumpliendo las condiciones establecidas en el título concesional. Con posterioridad a este hecho, el ROTT contempla en su artículo 77 (modificada su redacción mediante Real Decreto en el año 2006 (Real Decreto 1225/2006)) la posibilidad de introducir modificaciones a las condiciones de prestación previstas en el título concesional. Habilita a la Administración, tanto de oficio como a instancia de los usuarios, para acordar modificaciones que resulten necesarias para una adecuada prestación del servicio, justificando el interés general y previa audiencia del concesionario. Por su parte, el concesionario no podrá solicitar tales modificaciones hasta que hayan transcurrido tres años desde el inicio de la concesión o dos desde su última modificación. Tampoco podrá solicitarlas cuando falte menos de dos años para su finalización. Las causas que pueden originar modificación del contrato de concesión son las siguientes: a. La variación de supuestos básicos (costes y/o tarifa) que rompan el equilibrio económico de la concesión. b. La variación del número, categoría, plazas o condiciones técnicas y de seguridad de los vehículos cuando implique una rebaja de las condiciones señaladas en el título concesional. c. La variación de tráficos e itinerarios de la concesión. Estás pueden consistir en: − Ampliación de itinerario con incorporación de nuevos tráficos. − Realización de tráficos no previstos dentro del itinerario establecido. − Supresión o segregación de tráficos establecidos. 110 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica Por otro lado, no se considera modificación concesional aquellas variaciones relacionadas con los vehículos adscritos, el calendario, el cuadro de horarios de las expediciones y la ubicación geográfica de los puntos de origen y parada, ya que no se hallan incorporadas al título concesional, sino en documento anexo a éste. No obstante, en caso de realizarse, deben ser comunicadas previamente por los concesionarios a la Administración, pudiendo ésta prohibirlas o limitarlas. Existen supuestos especiales en los que la variación de las condiciones del título concesional produce su finalización, estos son los derivados de procesos de unificación y determinadas causas de extinción. Unificación de concesiones. La unificación de dos o más concesiones permite que la prestación de los servicios de cada una de ellas sea realizada en régimen de unidad de empresa. La unificación produce modificaciones en las condiciones de explotación para asegurar una adecuada prestación del nuevo servicio establecido en la concesión unificada. Los servicios unificados son objeto de una nueva concesión, que conlleva la extinción de las anteriores. Extinción de concesiones. La extinción natural de la concesión se produce cuando finaliza el plazo estipulado, sin embargo, existen otras causas que provocan la extinción: • Caducidad (pérdida de validez del título). • Muerte o extinción del titular. • Declaración de concurso del concesionario. • Supresión o rescate del servicio. • Renuncia del concesionario. • Mutuo acuerdo entre Administración y concesionario. • Pérdida del concesionario de los requisitos exigidos en el título concesional. Una vez extinguida la concesión, la Administración puede convocar un nuevo concurso para el otorgamiento de una nueva concesión si considera que el servicio es viable y de interés público. CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica 111 2.2.10. Consecuencias del incumplimiento de contrato El contrato concesional obliga al concesionario al cumplimiento no sólo de las condiciones estipuladas en el mismo, sino también de las obligaciones legales que de él se derivan. El incumplimiento del contrato genera responsabilidad administrativa del titular por las infracciones cometidas de acuerdo a las normas reguladoras de los transportes por carretera. La responsabilidad administrativa es exigible tanto a las personas físicas como jurídicas. El concesionario se compromete al cumplimiento del contrato de forma diligente y responsable, quedando eximida su responsabilidad en casos fortuitos o de fuerza mayor. La modificación de la LOTT (Ley 9/2013) recoge un amplio catálogo de infracciones, clasificándolas en muy graves, graves y leves. Como mecanismo de penalización por parte de la Administración figuran las sanciones administrativas. La comisión de una infracción suele generar la sanción pecuniaria pertinente, la cual puede llevar aparejada, dependiendo de la gravedad, la pérdida de validez de todas aquellas autorizaciones y licencias necesarias para la prestación del servicio por parte del titular, incluso la caducidad de la propia concesión. Siguiendo el baremo sancionador elaborado por el Ministerio de Fomento (Ministerio de Fomento, 2013) las sanciones aplicadas por las infracciones cometidas en la prestación de servicios de transporte público regular de viajeros de uso general se pueden clasificar de acuerdo a los siguientes conceptos. 118 CAPÍTULO II El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Referencia a su regulación jurídica Seguros Los viajeros que se desplacen en transportes públicos por carretera deben de estar cubiertos por el seguro obligatorio de viajeros, al igual que las empresas prestadoras de los referidos servicios están obligadas a tener cubierta su responsabilidad civil por los daños que causen con ocasión del transporte. La infracción y sanción relacionada con este concepto se resume en la siguiente tabla. TABLA 22.- Infracciones y sanciones referentes a los seguros Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos del Ministerio de Fomento Certificados de conductor Se trata de todos aquellos documentos legales que debe poseer el conductor para la realización del servicio de conducción. Las infracciones y sanciones relacionadas con este concepto se resumen en la tabla siguiente. TABLA 23.- Infracciones y sanciones referentes a los certificados de conductor Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos del Ministerio de Fomento Por último anotar que, tanto el incumplimiento de alguna de las condiciones u obligaciones impuestas en el contrato de gestión, como no asumir el compromiso de someterse al arbitraje de las Juntas Arbitrales en relación con cualquier controversia acerca de la prestación del servicio por parte del operador, pueden dar lugar a la imposición de sanción pecuniaria grave. INFRACCIÓN TIPO SANCIÓN Muy grave 2.001,00 € El incumplimiento de la obligación de suscribir los seguros preceptivos con cobertura suficiente. INFRACCIÓN TIPO SANCIÓN Muy grave Grave 601,00 € Leve 201,00 € Realizar la prestación del servicio con un conductor que carezca del certificado de aptitud profesional CAP. 2.001,00 € + Pérdida de honorabilidad Realizar la prestación del servicio con un conductor de un país tercero, careciendo del correspondiente certificado. Realizar la prestación del servicio con un conductor de un país tercero, no llevando a bordo el correspondiente certificado. CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 119 CAPÍTULO III ANÁLISIS DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA CONCESIONAL DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE VIAJEROS DE USO GENERAL POR CARRETERA EN ANDALUCÍA 120 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 121 3.1. INTRODUCCIÓN 3.1.1. Objetivos de la investigación El sector del transporte público de viajeros andaluz se ha caracterizado tradicionalmente por su estructura atomizada, es decir, gran diversidad de operadores de pequeña o mediana dimensión, donde los contratos concesionales suponían la única y principal actividad económica. Con el paso del tiempo, han aparecido en el mercado nuevas tendencias que han provocado la evolución del sector hacia otros modelos. Por un lado, la transformación de la figura del empresario único hacia sociedades mercantiles, y por otro la penetración de grandes empresas multinacionales que han entrado en el sector a través de la adquisición y, en múltiples ocasiones, absorción de empresas concesionales existentes. Este último aspecto es el que ha originado la elaboración de la presente tesis. Para ello, se ha centrado el ámbito del estudio en Andalucía. Los objetivos que se pretenden alcanzar con esta investigación se exponen a continuación: Objetivo 1.- Conocer la estructura actual del sistema concesional. Objetivo 2.- Averiguar si la evolución del sistema tiende hacia un oligopolio de empresas concesionarias. Objetivo 3.- Determinar si el sistema de información disponible es adecuado para el registro y control de la explotación. Objetivo 4.- Definir la estructura óptima que aporta mayor nivel de eficiencia empresarial. El principal interrogante que plantea el problema objeto de investigación es el de llegar a conocer cuáles son los factores determinantes de la estructura actual del sistema concesional de transporte público de viajeros en Andalucía. El tipo de empresa, los procesos de unificación, los cambios de titularidad, son aspectos que se presumen influyen en la misma. 122 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 3.1.2. Metodología aplicada Para la elaboración de transporte público regular de viajeros en autobús en Andalucía seis años, comprendido entre 2009 y 2014 Para ello, se han estudiado concesiones y formulado pretende analizar. Por último se han procesado los datos procedido a la interpretación de los mismos. El esquema conceptual de la investigación se representa en el gráfico adjunto: FIGURA 9. Con respecto a las observaciones realizadas, analizado la siguiente información: • Datos de explotación regular de viajeros en autobús en Andalucía, durante el periodo comprendido entre el año 2009 a 2014 • Información referente a los estados contables de las concesionarias cerrados. Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía Metodología aplicada la elaboración de este estudio se han observado las diferentes transporte público regular de viajeros en autobús en Andalucía , durante un periodo de seis años, comprendido entre 2009 y 2014 . estudiado las características de cada una las correspondientes hipótesis sobre la cue Por último se han procesado los datos recopilados, obtenidos procedido a la interpretación de los mismos. El esquema conceptual de la investigación se representa en el gráfico adjunto: FIGURA 9. - Esquema conceptual de la investigación Fuente: Elaboración propia Con respecto a las observaciones realizadas, se ha recopilado analizado la siguiente información: de explotación referentes a 162 concesiones de transporte público regular de viajeros en autobús en Andalucía, durante el periodo comprendido entre el año 2009 a 2014 . Información referente a los estados contables de las concesionarias correspondientes a los últimos tres ejercicios económicos diferentes concesiones de , durante un periodo de las características de cada una de las citadas hipótesis sobre la cue stión que se los resultados y procedido a la interpretación de los mismos. El esquema conceptual de la investigación recopilado , procesado y de transporte público regular de viajeros en autobús en Andalucía, durante el periodo Información referente a los estados contables de las 103 empresas ejercicios económicos CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 123 Las fuentes de información utilizadas para la extracción de datos han sido principalmente: − SITRANBUS1, aplicación informática gestionada por la Dirección General de Transporte de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía. De ella se han extraído los datos de explotación de las concesiones de transporte público regular y permanente de viajeros por carretera de Andalucía. − BOJA (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía). Se han consultado todas las publicaciones referentes a las adjudicaciones y modificaciones concesionales. − BORME (Boletín Oficial del Registro Mercantil). Se ha extraído información referente a cambios y vinculaciones societarias. − SABI (Sistema de Análisis de Balances Ibéricos)2. Se ha empleado para extraer datos contables, financieros y relativos a los efectivos. − Web de información empresarial gratuita. Han suministrado datos para la investigación de manera rápida, cómoda y eficiente, que han ayudado a la contrastación de la información recopilada. Para el tratamiento y análisis de los datos se han empleado fundamentalmente dos herramientas: • Hoja de cálculo avanzada para la informatización, organización y clasificación de los datos. • Software estadístico SPSS3 para el tratamiento y análisis estadístico de los datos. 1 Plataforma telemática dependiente del Ministerio de Fomento. En el año 2005 se pone en marcha el proyecto Sitranbus dentro de la iniciativa PISTA (Promoción e Identificación de Servicios Emergentes de Telecomunicaciones Avanzadas), con el fin de facilitar la difusión, la consulta y el intercambio de información multimedia. En un primer momento, englobó la red concesional dependiente del Ministerio de Fomento y las de 10 comunidades autónomas (Andalucía, Castilla y León, Aragón, Canarias, CastillaLa Mancha, La Rioja, Comunidad Valenciana, Murcia, Navarra y Madrid). 2 Plataforma de información financiera gestionada por la consultora Bureau Van Dijk. Proporciona información relativa a balances presentados por un gran número de empresas españolas y portuguesas. Permite, entre otras opciones, visualizar las cuentas anuales, buscar empresas o grupos empresariales, mostrar informes y realizar análisis estadísticos y/o comparativos. 3 Versión SPSS 15.0 para Windows. Copyright (c) SPSS Inc. 1989 - 2006. 124 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 3.2. ESTUDIO DE LAS VARIABLES DE EXPLOTACIÓN 3.2.1. Estudio estático de las variables de explotación 3.2.1.1. Metodología Para el estudio estático de las variables de explotación, se han considerado todas aquellas concesiones que han registrado datos durante el año 2014 respecto a las siguientes categorías: − Viajeros. − Viajeros kilómetros. − Vehículos kilómetros. − Recaudación. El análisis se ha basado en una comparación porcentual de los datos respecto a tres ejes principalmente: a) Por concesiones. b) Por provincia andaluza. c) Por empresa concesionaria. Los gráficos explicativos se han elaborado a partir de los datos extraídos de SITRANBUS, los cuales han sido previamente revisados y depurados para la aplicación del análisis. Se han empleado hojas de cálculo para el tratamiento de los valores. 3.2.1.2. Datos Los datos han sido seleccionados en función de la información referente a la explotación de los contratos de gestión de servicio público de transporte regular que las empresas contratistas están obligadas a suministrar4 periódicamente a la Administración. 4 En enero de 2003, el Ministerio de Fomento publica la Orden FOM/3398/2002 (Orden FOM/3398/2002) mediante la cual establece normas de control en relación a los transportes públicos de viajeros por carretera, con el fin de asegurar la libre competencia y la transparencia del mercado. CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 125 Se ha obtenido una muestra formada por 131 concesiones. La información extraída se divide en dos grandes bloques: A. Datos categóricos, correspondientes a las siguientes magnitudes: − Código de la concesión. − Denominación. − Provincia. − Empresa titular. − Estado actual. − Número mínimo de vehículos adscritos. B. Datos numéricos. Se han recogido datos correspondientes al año 2014. Las magnitudes extraídas son: − Viajeros anuales. − Viajeros kilómetros anuales. − Vehículos kilómetros anuales. − Recaudación anual. TABLA 24.- Relación de concesiones andaluzas de transporte público regular de viajeros estudiadas CÓDIGO DESCRIPCIÓN VJA-004 Sacramento-Utrera con hijuela a Montellano, Trajano y Pantano Torre del Águila VJA-005 El Ronquillo-Sevilla VJA-007 Las Navas de la Concepción-Sevilla VJA-008 Almensilla-Sevilla con prolongación a Isla Mayor VJA-010 Cuevas de San Marcos y Antequera con hijuela a Villanueva de Algaidas VJA-011 La Algaba y Sevilla con prolongaciones a Torre La Reina y a San Ignacio del Viar VJA-012 Alcalá del Río-San José-Sevilla VJA-013 Alcalá la Real y Jaén con hijuelas VJA-015 Los Corrales-Osuna VJA-016 Montequinto-Sevilla VJA-017 Sevilla-Rosal de la Frontera-Real de la Jara-Zalamea la Real con hijuelas VJA-019 Frigiliana-Nerja VJA-020 Chiclana de la FronteraSan Fernando con hijuelas VJA-021 Corumbela y Vélez Málaga con prolongación al Hospital Comarcal VJA-022 Córdoba y Estepa con hijuelas VJA-025 Algeciras-Sevilla, con hijuelas VJA-026 Pegalajar y Jaén con hijuela a Mancha Real VJA-028 Granada-Dílar VJA-029 Granada-Beas de Granada VJA-032 Granada-Sierra Nevada VJA-034 Villanueva del Trabuco-Antequera VJA-035 Jaén-Torrequebradilla por Villagordo 126 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía CÓDIGO DESCRIPCIÓN VJA-036 Córdoba-Villaviciosa por Los Arenales o por Puente Nuevo y Córdoba-Adamuz por Puente Mocho o N-IV VJA-037 Granada-La Zubia con Prolongación a Cumbres Verdes VJA-038 Algeciras-Los Barrios-Palmones VJA-041 Andújar-Córdoba VJA-042 Valdepeñas-Los Villares y Jaén VJA-043 La Carolina-Sorihuela de Guadalimar y Jaén VJA-044 Cádiz-San Fernando VJA-045 Sabiote-Úbeda con prolongación a Torreperogil VJA-046 Córdoba-San Sebastián de los Ballesteros VJA-047 Encinas Reales-Antequera VJA-048 Cacín-Granada VJA-049 Fuente de Cesna-Loja con hijuelas VJA-050 Fuencaliente-Córdoba VJA-051 Olvera-Sevilla con hijuela de El Arahal a Morón de la Frontera y prolongación a Sierra de Yeguas VJA-052 Guadalcanal-Sevilla con hijuelas VJA-053 Albaida del Aljarafe-Sevilla con hijuela VJA-054 Écija-Sevilla con hijuelas VJA-055 Cantillana-Villaverde-Brenes-Sevilla VJA-056 Andújar-Jaén por Fuente del Rey VJA-058 Pozoblanco-Córdoba por Alcaracejos y Villanueva de Córdoba, con hijuelas VJA-062 Noalejo y Jaén con hijuelas VJA-063 Jerez de la Frontera-Paterna de la Rivera-Cortes de la Frontera con hijuelas VJA-064 Cazorla y Cotorríos VJA-065 Baeza y Estación de Baeza VJA-071 Andújar y Jaén por Arjona VJA-073 Peligros, Atarfe, Las Gabias, Nigüelas y Granada VJA-074 Carchel y Jaén VJA-075 Umbrete-Umbrete (Circular) VJA-076 Benacazón-Sevilla por Umbrete VJA-079 El Robledo y Puente Genave VJA-080 Canilla de Albaida y Málaga con hijuelas VJA-082 Las Casillas Martos con hijuelas a Villarbajo y Bobadilla VJA-083 Camas-Sevilla VJA-084 Aznalcollar y Sevilla por Sanlúcar la Mayor o Gerena e hijuela a Torre de la Reina VJA-087 Villanueva de Mesía y Loja con hijuela a Salar y prolongación a Moraleda de Zafayona VJA-088 Almería y Alboduy con hijuelas VJA-089 Chipiona-Sevilla-Ronda-Málaga VJA-090 Almería y Cabo de Gata con Prolongación a las Salinas VJA-092 Málaga-Algeciras con Prolongación a Rincón de la Victoria e hijuelas VJA-096 Cogollos Vega y Granada con prolongación al Instituto de Cogollos Vega VJA-100 Montellano-Puebla de Cazalla VJA-105 Limones y Granada con hijuelas VJA-110 Calicasas-Granada VJA-111 Belalcazar-Pozoblanco con hijuela-desviación por el Viso de los Pedroches VJA-113 Alcubillas y Loja VJA-114 Gorafe y Guadix con hijuela a Bacor VJA-115 Villanueva de las Torres y Guadix con hijuela a Alicún de Ortega VJA-116 Higuera de Calatrava-Martos VJA-117 Loja y sus alrededores VJA-118 Pantano del Chorro y Vado del Álamo VJA-120 Cazorla-Huesa con prolongación a Belerdas. VJA-121 Alfacar-Granada con hijuela a Jun VJA-122 HuéscarMaría CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 127 CÓDIGO DESCRIPCIÓN VJA-123 Quéntar y Granada con prolongación a Tocón de Quéntar. VJA-125 Iznájar - Ventorros de Balerma VJA-126 Monachil y Granada con hijuelas VJA-127 Güéjar-Sierra y Granada VJA-128 Huelma-Jaén VJA-129 Itrabo y Motril con hijuela a Salobreña. VJA-131 Hornachuelos-Córdoba e hijuelas VJA-135 Lentegí y Almuñécar VJA-136 Dehesas Viejas y Granada VJA-138 Rosal de la Frontera-Ayamonte-Sevilla con hijuelas VJA-139 Huelva-Aracena con hijuelas VJA-140 Montefrío y Alcalá la Real VJA-141 Santa Elena-Jaén VJA-142 Fuensanta de Martos y Martos con hijuelas VJA-143 Villanueva del Rosario y Loja con hijuelas VJA-144 Moclinejo-Málaga con Hijuela a Valdés VJA-145 Almáchar y Torre del Mar con prolongación de Torre del Mar a Málaga e hijuelas VJA-146 Algodonales y Málaga con hijuela VJA-147 Sevilla-Cádiz-Algeciras-Ronda con hijuelas VJA-148 Algeciras-San Roque-San Enrique-San Enrique de Guadiaro con hijuela a GuadarranqueCarteya VJA-149 Almería-Félix con hijuela VJA-150 Almería y Rodalquilar por Níjar con hijuelas VJA-151 Almería y Líjar con prolongación a Sierro y Chirivel VJA-152 Almería y Las Norias de Daza VJA-153 Almería-San José e hijuelas VJA-154 Almería-Carboneras e hijuelas VJA-155 Valderrubio y Granada e hijuelas VJA-156 Sevilla-Cabra-Baena con hijuelas VJA-157 Alicún de Ortega-Granada con hijuela de Iznalloz a Úbeda por Guadahortuna VJA-158 Granada y Huércal-Overa con hijuelas a Jaén y Almería VJA-159 Casabermeja y Málaga con hijuela desviación de Casabermeja a empalme de la MA-431 y N-321 por la N-321 y prolongación de empalme de Arroyo Coche (Empalme de la MA-431 con la MA-436) a Villanueva de la Concepción VJA-160 Sevilla y Granada por Antequera, Córdoba y Málaga VJA-161 Pujerra y Ronda con hijuela a Alpandeire VJA-164 Cortés de la Frontera y Ronda con hijuela-Desviación VJA-165 Málaga y Cortijada del Peñón, con prolongación a Cártama e hijuelas a Torre-Alquería, Alhaurín de la Torre y Prisión Provincial de Málaga VJA-167 Siles-Málaga-Almería, por Córdoba, Granada y Jaén, con hijuelas VJA-169 Belalcázar-Córdoba VJA-173 Guadahortuna y Granada e hijuelas VJA-174 Baza y Puebla de don Fadrique, con hijuelas a Úbeda, Castril y Baco VJA-176 Iznate y Vélez Málaga VJA-178 Cabra y Nueva Carteya VJA-179 Iznájar y Estación de FF.CC. Salinas VJA-180 Rute y Priego de Córdoba e hijuela VJA-184 Argallón y Pozoblanco con hijuelas VJA-185 Sanlúcar la Mayor-Gines-Sevilla con hijuelas VJA-187 Alcaucín y Málaga con hijuela a Salares VJA-188 Jaén-Torredelcampo-Córdoba con hijuelas VJA-189 Puerto Serrano-Sevilla-La Campana con hijuelas VJA-190 Cabra de Santo Cristo-Jaén con hijuelas VJA-191 Albanchez de Magina-Jaén con hijuelas VJA-192 Istán-Marbella 134 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía Durante el año 2014 el número de operadores que registraron datos de explotación de las concesiones adjudicadas ascendió a ochenta y ocho empresas. En la distribución de viajeros por operadores se observa que el 65,58% del total de los viajes registrados fueron realizados por 5 empresas, quedando el 34,42% restante repartido entre 83 operadores. En relación al grado de concentración del volumen de viajeros respecto al número de empresas operadoras se observa la siguiente distribución porcentual: El 6% de las empresas realizan el 66% de los viajes, generando el 94% restante de las empresas operadoras el 34% del total de los viajes. La imagen adjunta muestra la representación gráfica del grado de concentración. FIGURA 13.- Grado de concentración del volumen de viajeros respecto al número de empresas operadoras Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos de SITRANBUS Empresas Viajeros Mayor volumen: 6% 66% Menor volumen: 94% 34% Mayor volumen Menor volumen 6% 94% 66% 34% Viajeros Empresas CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 135 VIAJEROS KILÓMETROS Esta magnitud (en base anual) expresa el volumen de tráfico total medido en viajeros por kilómetros recorridos: Siendo, Vi : viajeros anuales desplazados. Ki : kilómetros recorridos8 al año. Durante el año 2014, la concesión que más viajeros-km realizó fue la VJA-167 con un 15,89% sobre el total. En segundo lugar se posiciona la VJA-092 con un 15,74%. Con respecto a las concesiones que han registrado un movimiento inferior al 5% sobre el total, han supuesto conjuntamente el 43,81% de los viajeros-km del año 2014. TABLA 29.- Distribución de viajeros-km por concesión durante el año 2014 Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos de SITRANBUS Si comparamos los datos mostrados con respecto a la variable anterior, se observa que la concesión VJA-092 es la que más viajeros desplazó (20,68%) aunque en relación a los viajeros-km registró niveles similares a la VJA-167. Este hecho se debe a la diferencia de kilómetros recorridos por cada concesión, siendo en la VJA-167 mayor que en la VJA-092. 8 El cálculo de los kilómetros recorridos contempla la longitud de cada una de las rutas de la concesión y el número de expediciones al año que realiza de acuerdo con el calendario fijado en contrato. Concesiones VJA-167 15,89% VJA-092 15,74% VJA-160 10,52% VJA-147 8,56% VJA-089 5,48% RESTO < 5% 43,81% Total 100,00% Viajeros-km año 2014 i ∑ (Vi x Ki ) 136 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía Con respecto al resto de las concesiones que han registrado valores entre el 10% y el 5%, se observa dos posicionamientos: a) Aquellas concesiones con importante movimiento de viajeros mediante recorridos cortos, como por ejemplo la VJA-073 (registró un 5,46% sobre el total de viajeros y un 2,36% sobre el de viajeros-km). b) En sentido opuesto se encuentran las concesiones con menor volumen de viajeros pero mayores distancias a recorrer. Un ejemplo es la concesión VJA-160 (con valores del 2,70% y 10,52% respectivamente). En el gráfico adjunto se muestra la comparativa de ambas magnitudes en aquellas concesiones que registraron valores superiores al 5% en una u otra variable durante el año 2014. FIGURA 14.- Comparativa de los viajeros con respecto a los viajeros-km por concesión durante el año 2014 Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos de SITRANBUS VJA-167 VJA-092 VJA-160 VJA-147 VJA-089 VJA-073 VJA-138 0,00% 5,00% 10,00% 15,00% 20,00% 25,00% 30,00% 35,00% 40,00% 15,89% 15,74% 10,52% 8,56% 5,48% 2,39% 4,66% 10,77% 20,68% 2,70% 8,36% 3,53% 5,46% 5,18% Viajeros año 2014 Viajeros-km año 2014 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 137 Por provincias, la distribución de viajeros-km se muestra en la siguiente tabla: TABLA 30.- Distribución de viajeros-km por provincias durante el año 2014 Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos de SITRANBUS El 85,21% de los viajeros-km se han generado en las provincias de Granada, Málaga, Sevilla y Cádiz. El 14,79% se registró en las cuatro provincias restantes. En los datos mostrados con relación a la variable viajeros, observamos que las concesiones de Granada en su conjunto registraron mayor número de viajeros y viajeros-km (30,76% y 36,53% respectivamente) en comparación a las de otras provincias andaluzas. En segundo lugar figuran las concesiones de Málaga y Sevilla, experimentando las de Sevilla un aumento de la variable viajero-km con respecto a las de Málaga, ocasionado por el mayor número de kilómetros realizados por las primeras más que las segundas. Las provincias de Huelva, Jaén, Almería y Córdoba siguen posicionadas como las que poseen concesiones con menor número de viajeros y viajeros-km registrados. Provincias Granada 606.161 36,53% 347.367 20,93% Málaga 290.895 17,53% 169.550 10,22% 82.100 4,95% Jaén 66.557 4,01% Córdoba 60.577 3,65% 36.223 2,18% Total 1.659.431 100,00% Viajeros-km (en miles) % sobre Total Sevilla Cádiz Huelva Almería 138 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía FIGURA 15.- Comparativa de los viajeros con respecto a los viajeros-km por provincia durante el año 2014 Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos de SITRANBUS En la distribución de viajeros-km por operadores se observa que el 72,94% del total de los datos registrados en 2014 han sido realizados por 6 empresas, quedando el 27,06% restante repartido entre 82 operadores. Granada Málaga Sevilla Cádiz Huelva Jaén Almería Córdoba 0,00% 10,00% 20,00% 30,00% 40,00% 50,00% 60,00% 70,00% 36,53% 17,53% 20,93% 10,22% 4,95% 4,01% 2,18% 3,65% 30,76% 22,56% 20,54% 11,41% 5,42% 3,78% 3,38% 2,15% Viajeros año 2014 Viajeros-km año 2014 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 139 FIGURA 16.- Distribución de viajeros-km por operadores durante el año 2014 Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos de SITRANBUS En relación al grado de concentración del volumen de viajeros-km registrados en 2014 respecto al número de empresas operadoras, se observa la siguiente distribución: Es decir, el 7% de las empresas operadoras han generado el 73% de los viajeroskm, produciendo el 93% de empresas restantes, el 27% del total de viajeros-km. Viajeros-km 2014 0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100% 31,43% 15,74% 8,56% 6,64% 5,48% 5,09% 27,06% RESTO < 5% AUT OCARES VALENZUELA SL LOS AMARILLOS SL DAMAS SA TRANSPORTES GENERALES COMES SA CORPORACION ESPAÑOLA DE TRANSPORTE SA NEX CONTINENTAL HOLDINGS SLU Empresas Viajeros-km Mayor volumen: 7% 73% Menor volumen: 93% 27% 140 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía FIGURA 17.- Grado de concentración de viajeros-km respecto al número de empresas operadoras Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos de SITRANBUS VEHÍCULOS KILÓMETROS Esta magnitud (en base anual) recoge el volumen de tráfico total medido en vehículos9 por kilómetros realizados: Siendo, Vei : vehículos empleados. Ki : kilómetros recorridos. Durante el año 2014, las concesiones que más vehículos-km realizaron fueron la VJA-167 y la VJA-092 con un 13,28% y un 12,42% sobre el total, respectivamente. Las concesiones que registraron un movimiento inferior al 5% sobre el total, constituyeron en su conjunto el 46,19% de los vehículos-km del año 2014. 9 Los datos recogidos hacen referencia al total de vehículos , los cuales incluyen los vehículos propios adscritos al contrato de gestión, los no adscritos y los empleados en colaboración con otros transportistas. Mayor volumen Menor volumen 7% 93% 73% 27% Viajeros-km Empresas ∑ (Ve i x K i ) i CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 141 TABLA 31.- Distribución de vehículos-km por concesión durante el año 2014 Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos de SITRANBUS Si comparamos las tres variables tratadas hasta el momento, obtenemos el siguiente gráfico: FIGURA 18.- Comparativa entre viajeros, viajeros-km y vehículos-km por concesión durante el año 2014 Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos de SITRANBUS Concesiones VJA-167 13,28% VJA-092 12,42% VJA-147 7,95% VJA-089 7,54% VJA-160 6,57% VJA-138 6,05% RESTO < 5% 46,19% Total 100,00% Vehículos-km año 2014 VJA-167 VJA-092 VJA-160 VJA-147 VJA-089 VJA-073 VJA-138 0,00% 5,00% 10,00% 15,00% 20,00% 25,00% 30,00% 35,00% 40,00% 45,00% 50,00% 15,89% 15,74% 10,52% 8,56% 5,48% 2,39% 4,66% 10,77% 20,68% 2,70% 8,36% 3,53% 5,46% 5,18% 13,28% 12,42% 6,57% 7,95% 7,54% 1,61% 6,05% Vehículos-km año 2014 Viajeros año 2014 Viajeros-km año 2014 142 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía Contrastando los tres parámetros en las concesiones que muestran mayores valores, se observa que la VJA-092 con respecto a la VJA-167, superó porcentualmente en viajeros (20,68% respecto a 10,77%), la igualó en viajeros-km (ambas alrededor del 15%) y quedó por debajo en vehículos-km (12,42% respecto a 13,28%), es decir, la VJA-092 desplazó a más viajeros, recorriendo menores distancias y empleando menos vehículos. La distribución por provincias de vehículos-km se muestra en la siguiente tabla: TABLA 32.- Distribución de vehículos-km por provincias durante el año 2014 Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos de SITRANBUS Las provincias que mayores valores registraron con respecto a los vehículos-km en el conjunto de sus concesiones, fueron Granada, Sevilla, Málaga y Cádiz, las cuales suponen un 79,01% sobre el total. El resto de las provincias representaron en su conjunto el 20,99% restante. Si procedemos a hacer una triple comparativa con las tres variables estudiadas hasta el momento, obtenemos el siguiente gráfico: Provincias % sobre Total Granada 29.728 31,53% 21.062 22,34% Málaga 14.990 15,90% 8.725 9,25% Córdoba 6.265 6,64% 6.195 6,57% Jaén 5.319 5,64% 2.015 2,14% Total 94.299 100,00% Vehículos-km (en miles) Sevilla Cádiz Huelva Almería CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 143 FIGURA 19.- Comparativa entre viajeros, viajeros-km y vehículos-km por provincia durante el año 2014 Fuente: Elaboración propia a partir de datos obtenidos de SITRANBUS Las concesiones pertenecientes a la provincia de Granada, son las que mayores valores porcentuales han registrado en las tres categorías. En segundo lugar, se posicionan las concesiones de Sevilla y Málaga, siendo el número de desplazamientos en Málaga mayor que en Sevilla y ocurriendo al contrario con respecto a los kilómetros recorridos. En el otro extremo se encuentran las provincias con menor incidencia en las variables estudiadas, siendo Almería la que registra menores valores. En la distribución de vehículos-km por operadores se observa que el 62,81% del total de los datos generados en 2014 han sido realizados por 5 operadores, quedando el 37,19% restante repartido entre 83 empresas. Granada Málaga Sevilla Cádiz Huelva Jaén Almería Córdoba 0,00% 10,00% 20,00% 30,00% 40,00% 50,00% 60,00% 70,00% 80,00% 90,00% 100,00% 36,53% 17,53% 20,93% 10,22% 4,95% 4,01% 2,18% 3,65% 30,76% 22,56% 20,54% 11,41% 5,42% 3,78% 3,38% 2,15% 31,53% 15,90% 22,34% 9,25% 6,57% 5,64% 2,14% 6,64% Vehículos-km año 2014 Viajeros año 2014 Viajeros-km año 2014 246 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía Análisis económico: • La división del conjunto de empresas en dos categorías principales: GRAN EMPRESA (que supone un 1% del número total) y PYME (el 99% restante). A su vez las PYMES se encuentran divididas en tres subgrupos: Microempresa (suponen un 71% de las PYMES), Pequeña empresa (21%) y Mediana empresa (7% restante). • En relación a los Ingresos de explotación, la GRAN EMPRESA genera 45% del total quedando el 56% restante producidos por las PYMES. • En lo referente al Margen de explotación muestra mejores valores la PYME respecto a la GRAN EMPRESA. Análisis patrimonial: • En cuanto a la distribución de las masas patrimoniales, la GRAN EMPRESA posee una estructura sólida apoyada en una amplia financiación propia. En este sentido la PYME conforma su estructura teniendo una mayor dependencia de la financiación externa. • En referencia a la estructura del Inmovilizado , en la GRAN EMPRESA cobra gran relevancia el Inmovilizado inmaterial debido a la importancia de la propiedad industrial y el arrendamiento financiero en relación a la gestión de flotas. En la PYME se observa una gestión del inmovilizado más tradicional basada en un mayor nivel de Inmovilizado material. • Con respecto a la estructura del Pasivo exigible , se observa cómo a medida que la empresa crece de tamaño la financiación propia cobra protagonismo con respecto a la ajena, y dentro de ésta, con tendencia a prevalecer el corto sobre el largo plazo. • En relación a la evolución del activo durante los últimos años, se ha experimentado un mayor descenso en la GRAN EMPRESA respecto a la PYME. A su vez, dentro de esta última, la Pequeña empresa es la que muestra una evolución más estable, quedando la Mediana empresa y la Microempresa más vulnerables a los efectos de la crisis. CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía 247 Análisis de los efectivos: • Sobre los efectivos, la distribución del número de trabajadores obedece a un esquema bipolar, donde la GRAN EMPRESA absorbe el 55% del total de los empleados, y el resto forma parte de una gran cantidad de PYME con plantillas formadas por un reducido número de trabajadores. Análisis financiero: • Con respecto a los ratios financieros, la GRAN EMPRESA muestra los mejores índices, aunque es de destacar el buen nivel de eficiencia en la gestión de los recursos líquidos de la PYME. • En lo referente al grado de independencia financiera se observa una relación directamente proporcional con el tamaño de la empresa, siendo la GRAN EMPRESA la de mayor nivel de autonomía y la Microempresa la que muestra mayor nivel de dependencia financiera. • En relación a la evolución temporal de las estructuras financieras, la GRAN EMPRESA muestra a nivel global una mejor evolución de los ratios aunque con sensibles fluctuaciones respecto a los valores medios. Por el contrario la PYME experimenta mayor uniformidad en la evolución de los mismos. • Se observa en la trayectoria de las empresas del sector un buen valor del ratio de garantía, lo que pone de manifiesto la suficiencia patrimonial de las empresas concesionarias estudiadas para responder con su activo a las deudas contraídas, constatando que dicha garantía se ha ido conservando a lo largo de los años. • Por último se ha comprobado la existencia de una relación directamente proporcional entre el tamaño de la empresa y el grado de autonomía e inversamente proporcional en relación a su evolución en el periodo estudiado. Es decir, se manifiesta una tendencia a la baja del grado de autonomía en las empresas de mayor tamaño y en las de menor tamaño un aumento del mismo durante el transcurso del periodo analizado. 248 CAPÍTULO III Análisis de la estructura del sistema concesional transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía RESULTADOS Y CONCLUSIONES El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 249 RESULTADOS Y CONCLUSIONES El sector del transporte público regular de viajeros por carretera en Andalucía se ha caracterizado tradicionalmente por su estructura atomizada, es decir, gran diversidad de operadores de pequeña o mediana dimensión, donde los contratos concesionales suponían la única y principal actividad económica. Con el paso del tiempo, han aparecido en el mercado nuevas tendencias que han provocado la evolución del sector hacia otros modelos. Por un lado, la transformación de la figura del empresario único hacia sociedades mercantiles, y por otro la penetración de grandes firmas multinacionales a través de la adquisición y, en múltiples ocasiones, absorción de empresas concesionales existentes. El estudio y análisis de estos factores es lo que ha motivado la elaboración de la presente Tesis. El sistema concesional de transporte público estudiado, parte de una época en la que los datos disponibles sobre el sector eran escasos y en ciertas ocasiones imprecisos. Con el paso del tiempo la Junta de Andalucía, a través de la plataforma SITRANBUS, ha ido recogiendo información referente a la explotación de cada una de las concesiones, conforme iban constituyéndose. Esta información, suministrada en parte por las empresas operadoras, ha formado con el paso del tiempo fuentes de datos históricos, que han servido de base para la realización de esta investigación. Del estudio de esta información, en este trabajo se ha considerado adecuado estructurar el análisis en tres grandes bloques: 1. Estudio de las variables de explotación (viajeros, viajeros-km, vehículoskm y recaudación) de cada una de las concesiones desde una perspectiva estática (en un año concreto, 2014) y dinámica (durante el periodo comprendido entre el año 2009 al 2014). 2. Investigación de aquellos supuestos que han incidido sobre la titularidad del contrato concesional, tanto directamente (mediante la unificación o transmisión) como indirectamente (a través de la adquisición, fusión o absorción de empresa). 250 RESULTADOS Y CONCLUSIONES El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 3. Análisis agregado de la estructura económica, financiera y patrimonial de las empresas que forman el sistema concesional, incidiendo en la interpretación del análisis de ratios. A continuación se exponen las principales conclusiones obtenidas en relación a los objetivos que habían sido planteados en función de los datos recopilados y de la observación del sector. Objetivo 1.- Conocer la estructura actual del sistema concesional El análisis de las variables de explotación ha mostrado la existencia de un mercado descompensado formado por un número considerable de empresas. Dentro del conjunto, existe un bajo porcentaje de operadoras que generan un gran volumen de negocio, quedando el resto repartido entre un número significativo de empresas con poca participación en el mercado. Los promedios muestran que en torno al 6% de las empresas del sector generan el 68% del volumen de negocio, quedando el 32% restante repartido entre el 94% de las empresas del mismo. Siguiendo el análisis que Mathisen y Solvoll (Mathisen & Solvoll, 2008) han realizado sobre el sector del transporte público en autobús en Noruega, se decidió aplicar los estadísticos empleados por los autores, debido a su capacidad de clarificación y conclusión respecto a la capacidad de medición del estado de concentración de una determinada población. Mayor volumen Menor volumen Promedio empresas: 5,97% 94,03% Promedio datos explotación: 68,09% 31,91% RESULTADOS Y CONCLUSIONES El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 251 En este caso, se ha procedido a la representación gráfica del estado de concentración del sistema concesional mediante la aplicación de la Curva de Lorenz1. La evaluación del grado de concentración se ha calculado a través de dos fórmulas: el Coeficiente de Gini2 (G) y el Índice de Herfindahl e Hirschman3 (IHH). Se ha empleado como variable principal los viajeros-km, por ser la más significativa. FIGURA 85.- Curva de Lorenz correspondiente a la distribución de los viajeros-km generados en el año 2014 en función de las empresas operadoras del sector Fuente: Elaboración propia a partir de datos extraídos de SITRANBUS Cada punto de la curva representa el porcentaje acumulado de los viajeros-km por empresa concesionaria. La curva muestra una marcada verticalidad en los valores más cercanos al origen. Este hecho manifiesta una acusada concentración del nivel de viajeros-km en un número reducido de empresas 1 Concepto desarrollado por el economista estadounidense Max Otto Lorenz (1876-1959), consistente en una representación gráfica que muestra la distribución de una variable en una determinada población. En el eje de abscisas (X) se recogen los acumulados de población expresados en tanto por ciento y en el eje de ordenadas (Y) los acumulados de la variable a estudiar expresados en tanto por ciento. 2 Fórmula desarrollada por el estadístico italiano Corrado Gini (1884-1965) que mide el grado de desigualdad de una variable respecto a una población determinada. El coeficiente de Gini es un número entre 0 y 1. 3 Fórmula que mide la concentración económica de un mercado. Los valores cercanos a 0 muestran un estado de competencia perfecta, y los próximos a 10.000 manifiestan una situación de monopolio. % 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100% Curva de Lorenz Acum Empresa Acum Viajeros-km_2014 252 RESULTADOS Y CONCLUSIONES El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Conforme aumenta el número de empresas, la curva se torna más plana, quedando prácticamente paralela al eje de abscisas. Una vez constatada la situación de concentración de empresas en el sector, el Coeficiente de Gini (G) y el Índice de Herfindahl e Hirschman (H) permiten medir el grado del concentración y valorar en qué medida es preocupante la situación del sector. Con respecto al Coeficiente de Gini, tomando los valores para la variable viajeroskm generados durante el año 2014 por cada una de las empresas concesionarias y aplicando la siguiente fórmula: ܩ=อ1−෍(ܺ௞ାଵ ௡ିଵ ௞ୀଵ −ܺ௞) (ܻ௞ାଵ+ܻ௞)อ Siendo, X: porcentaje acumulado de empresas concesionarias. Y: porcentaje acumulado de viajeros-km del año 2014. Se obtiene el siguiente resultado: G = 0,8716 El valor hallado muestra un nivel próximo a 1, lo que constata la existencia de un alto grado de concentración en pocas empresas del sector respecto al volumen de explotación de los servicios concesionales, con lo que podemos afirmar que el sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general en Andalucía es un mercado dominado por pocas empresas con gran volumen de negocio. Por otra parte, el Índice de Herfindahl e Hirschman permite valorar si el grado de concentración del mercado es preocupante. Aplicando la siguiente fórmula a la variable viajeros-km generados durante el año 2014 por cada una de las empresas concesionarias, se obtiene el cálculo del índice: ܪ=෍ݏ௜ଶ ே ௜ୀଵ RESULTADOS Y CONCLUSIONES El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 253 Siendo, s: porcentaje sobre el total de viajeros-km del año 2014 Resultado: H = 1.448,44 El valor muestra una situación manifiesta de concentración del mercado. Sin embargo, teniendo en cuenta los límites marcados por la Unión Europea4, el dato no presenta una situación preocupante, ya que al encontrarse entre 1.000 y 1.800 (en el periodo de referencia) la concentración del mercado se considera moderada. Por encima de 1.800 se estaría ante una situación de alta concentración. Al respecto, Estados Unidos5 establece límites más amplios. Valores del índice comprendidos entre 1.500 y 2.500 son considerados manifestación de una situación de concentración moderada. A partir de 2.500 el nivel de concentración es calificado como alto. En conclusión, desde ambas perspectivas, el valor obtenido del índice demuestra una moderada concentración en el sector. Si se comparan estos datos con los obtenidos por Mathisen y Solvoll6 respecto al grado de concentración del sector en Noruega se observa, salvando las distancias, una cierta sintonía con respecto a los resultados: Ambos mercados, presentaron síntomas de concentración en sus respectivos momentos de estudio. 4 Ver Glosario de términos sobre política de competencia (COM, 2002). 5 THE UNITED STATES DEPARTMENT OF JUSTICE. ANTITRUST DIVISION [en línea], http://www.justice.gov/atr/herfindahl-hirschman-index, [consulta: 12 octubre 2015]. 6 En este estudio los coeficientes están referidos a la variable vehículos-km generados en el año 2004 en el sector de transporte público de viajeros en autobús en Noruega. Andalucía Noruega G = 0,87 0,61 H = 1.448 1.250 254 RESULTADOS Y CONCLUSIONES El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Objetivo 2.- Averiguar si la evolución del sistema tiende hacia un oligopolio de empresas concesionarias Partiendo del punto anterior, para dar respuesta al segundo objetivo, se han calculado los valores de G y H para la variable viajeros-km generados en el año 2009, comparándose los valores con los obtenidos por la variable en el año 2014, con objeto de averiguar la tendencia de la concentración del mercado. Los datos presentan valores similares en ambos años, lo que demuestra que la situación apenas ha variado con el tiempo. Ello revela que debido a la larga duración de los contratos concesionales, el panorama de concentración actual procede de una época en la que se adjudicaron la mayor parte de los mismos, manteniéndose la estructura en la actualidad. Con respecto al resto de las variables de explotación, el Coeficiente de Gini y el IHH presentan valores muy próximos en los dos años estudiados. Por tanto, aunque los procesos de unificación, prórroga y transmisión de concesiones y las adquisiciones de empresas concesionarias por parte de sociedades más fuertes, han generado la acumulación de contratos concesionales en manos de determinadas empresas, este hecho no ha sido lo suficientemente significativo como para provocar un incremento en el valor de los índices de concentración. Por lo que la evolución del actual sistema concesional no se estima que su comportamiento presente clara tendencia hacia el oligopolio. Año 2009 Año 2014 G = 0,87251 0,87167 H = 1.449,24 1.448,44 Año 2009 Viajeros Viajeros-km Recaudación G = 0,85430 0,87251 0,82850 0,87430 H = 1.112,68 1.449,24 1.025,87 1.384,35 Año 2014 Viajeros Viajeros-km Recaudación G = 0,85747 0,87167 0,83239 0,87296 H = 1.136,54 1.448,44 1.081,40 1.398,58 Veh-km Veh-km RESULTADOS Y CONCLUSIONES El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 255 Sin embargo, habrá que prestar especial interés al desarrollo de los nuevos procedimientos de licitación, sobre todo a los de aquellas concesiones afectadas por esta situación, ya que en los próximos años, en Andalucía, un gran número de concesiones de transporte público regular de viajeros por carretera deberán renovarse al verse agotado los plazos y prórrogas establecidas, y es en ese momento donde sería preceptivo volver a medir la concentración del sector con objeto de comprobar si se cumplen las condiciones de libre mercado. Objetivo 3.- Determinar si el sistema de información disponible es adecuado para el registro y control de la explotación En el año 2002, el Ministerio de Fomento publica una Orden (Orden FOM/3398/2002) que introduce nuevas normas de control en relación con los transportes públicos de viajeros por carretera. Una de estas normas, impone a los titulares de concesiones de transporte público regular permanente de uso general de viajeros, la obligación de facilitar trimestralmente a la Administración competente un resumen de los servicios prestados al amparo de la concesión adjudicada. No obstante, se ha detectado que en la práctica, dicha información no se genera con la periodicidad y rigor adecuados. Ello provoca que la búsqueda de información referente a la explotación de los servicios concesionales no sea tarea fácil. Los datos, en muchas ocasiones, se encuentran desfasados y en otras contienen errores derivados del sistema de transmisión y procesamiento a los que son sometidos. SITRANBUS supone una potente plataforma de información cuyos datos proporcionan una fuente valiosa para el estudio, análisis y control de las concesiones. Sin embargo, en esta investigación, se han encontrado la existencia de algunas deficiencias en su funcionamiento cuya subsanación permitiría optimizar el sistema de cara a una mejor gestión y control del sistema concesional. En base a ello, se proponen cuatro medidas correctoras por parte de la Administración, para la mejora del sistema de información actual: 1. Control periódico del suministro de los datos estadísticos de explotación por parte de los operadores, aplicando sanciones pecuniarias por incumplimiento de plazos. 2. Verificación y análisis periódico de la información recibida, con objeto de detectar los datos incompletos, erráticos o desactualizados. 262 LÍNEAS FUTURAS DE INVESTIGACIÓN El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 8. Determinación de los efectos de la normativa comunitaria sobre la apertura del sector del transporte público de viajeros por carretera, y su forma de transposición en la legislación de cada Estado miembro. Por último, comentar como línea de investigación a muy largo plazo, la incidencia de las nuevas tecnologías en el mercado automovilístico en relación a los "driveless car" o coches sin conductor que abren un amplio abanico de posibilidades en el desarrollo de la movilidad urbana de las próximas décadas. Son muchas las barreras que habrá que superar hasta llegar a una sociedad donde el transporte satisfaga las necesidades de los usuarios respectando las restricciones medioambientales y fomentando la movilidad de forma eficiente y sostenible. El desarrollo del concepto de "Smart City" o ciudad inteligente se presenta como los primeros pasos hacia los cambios que se esperan en el sector. Un ejemplo de ello lo encontramos en la ciudad de Grenoble (Francia) donde se ha puesto en marcha un innovador proyecto de movilidad (Cité Lib by Ha:mo, 2015) enfocado a la reducción de la contaminación y la congestión en las ciudades, ofreciendo un tipo de servicio basado en la utilización de vehículos eléctricos ultracompactos, que complementa la red de transporte público existente con el alquiler de este tipo de vehículos, ofreciendo nuevas soluciones de movilidad para viajes cortos a un coste similar al autobús. En el transporte interurbano el aspecto referente a la autonomía de los vehículos eléctricos actuales es un inconveniente a considerar debido a la longitud de los trayectos a realizar. Por otra parte, el desarrollo de los driveless car en este tipo de desplazamientos, muestra una novedosa posibilidad de explotación del servicio, donde la reducción del factor humano supondrá ventajas e inconvenientes que deberán ser evaluadas. Sin embargo, aún quedan por resolver numerosas dudas en este sentido. Aspectos como el diseño de las carreteras del futuro, el desarrollo de la legislación, las políticas de seguridad vial e incluso en materia de seguros, hacen que la proyección de esta realidad se presente hoy día como un escenario aún lejano. BIBLIOGRAFÍA El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 263 BIBLIOGRAFÍA 264 BIBLIOGRAFÍA El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro BIBLIOGRAFÍA El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 265 BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA ANDERSEN, B. (1992): "Factors affecting european privatization and deregulation policies in local public transport: the evidence from scandinavia". ScienceDirect, Vol. 26 - 2, pp. 179-191. 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Presente y futuro ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 279 ANEXO I RELACIÓN NORMATIVA DE INTERÉS 280 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 281 NORMATIVA ESTATAL1 VIGENTE EN MATERIA DE TRANSPORTE DE VIAJEROS Orden de 10 de abril de 1973, por la que se regulan los servicios discrecionales de transporte por carretera que se efectúen desde Andorra. (BOE 30). Pese a ser una norma preconstitucional, sigue vigente en el ordenamiento jurídico actual ya que el objeto de esta orden no ha sido, hasta el momento, necesaria su revisión. Real Decreto 763/1979 de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros. (BOE 13-04). (Modificado por el Real Decreto 1211/90, de 28 de septiembre). Esta norma sirvió para derogar parte de la legislación referente al sector del taxi proveniente del antiguo régimen, con objeto de adecuar su regulación a los principios constitucionales. Por otra parte este Real Decreto, como muchas otras normas del sector, se verá afectada por la entrada en vigor de la LOTT. Real Decreto 635/1984 de 26 de marzo, sobre garantía de prestación de servicios mínimos en materia de transportes por carretera. (BOE 02-04). La norma fija un precedente en el establecimiento los servicios mínimos en relación a la prestación del transporte por carretera ante situaciones de huelga de trabajadores de las empresas operadoras, ya que hasta el momento, no existía regulación concreta en el sector. El objetivo principal de la misma, es asegurar el funcionamiento del servicio público en las debidas condiciones de seguridad, permitiendo a la vez que el mayor número posible de dichos trabajadores puedan ejercer su derecho a la huelga. 1 MINISTERIO DE FOMENTO: "Normativa" [en línea], http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO /DIRECCIONES_GENERALES/TRANSPORTE_TERRESTRE/_INFORMACION/NORMATIVA/, [consulta:1 noviembre 2015]. 282 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Ley 16/87 de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (en adelante LOTT). (BOE 31). (Modificada por: Ley 13/96, de 30 de diciembre; Ley 66/97, de 30 de diciembre; Real Decreto-Ley 6/1998, de 5 de junio; Real Decreto Ley 4/2000, de 23 de junio; Ley 14/00, de 29 de diciembre; Ley 24/2001, de 27 de diciembre; Ley 29/2003, de 8 de octubre, Ley 25/2009, de 22 de diciembre, Ley 2/2011, de 4 de marzo y ley 9/2013, de 4 de julio). Con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, la regulación del transporte se regía por una serie de normas que fueron diseñadas para dar solución a unas necesidades de desplazamiento derivadas de una realidad sociológica distinta, y en un contexto económico y político diferente a los existentes cuando fueron redactadas. Por tal motivo, se hizo necesaria la elaboración de una ley flexible que pudiera adaptarse a los cambios del sector. Siguiendo esta línea, la misma da solución a diferentes situaciones enfocadas a medio plazo. Realiza una derogación expresa de todas las normas con rango de ley reguladoras del transporte por carretera y por ferrocarril existentes hasta el momento. La Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres supuso una profunda transformación en cuanto a la filosofía y los principios de ordenación del transporte terrestre en España. También ha sido objeto de posteriores revisiones, las cuales llegan hasta nuestros días, debido a los importantes cambios económicos y tecnológicos que están afectando al sector. Ley Orgánica 5/1987 de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable. (BOE 31). (Modificada por la Ley Orgánica 5/2013, de 4 de julio). Completa la regulación dispuesta en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (comentada en el punto anterior), regulando la delegación de funciones de titularidad estatal en dicha materia a las Comunidades Autónomas, siempre bajo el principio de ventanilla única, cuyo fin se concreta en evitar las disfunciones que la existencia de varias administraciones superpuestas ocasiona. Su objetivo principal es posibilitar el ahorro del gasto público, facilitar las relaciones con el administrado y mejorar la eficacia del sistema de intervención administrativa mediante la simplificación y racionalización de los procesos. Resolución de 19 de abril de 1988, de la Dirección General de Transportes Terrestres, por la que se fijan los justificantes que deben aportar las asociaciones de empresas de transporte de viajeros por carretera para poder informar en los expedientes regulados por Orden de 14 de abril de 1988. (BOE 02-05). La norma fija los requisitos necesarios para que las asociaciones de empresas de transporte de viajeros, puedan participar en expedientes de tramitación de sustitución de concesiones de transporte público regular de viajeros por carretera, hasta el momento no regulado. ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 283 Resolución de 30 de mayo de 1988, de la Dirección General de Transportes Terrestres, por la que se dictan normas de procedimiento en los expedientes de sustitución de concesiones de transporte regular de viajeros por carretera, regulada por Orden de 14 de abril de 1988. (BOE 10-06). La Resolución establece los cauces reglamentarios con respecto al procedimiento de sustitución de concesiones de servicios de transporte regular de viajeros. Actualiza lo establecido al respecto en la LOTT, determinando el procedimiento para ajustar la concesión a las modificaciones solicitadas por las empresas operadoras originadas por cambios en las condiciones del servicio concesional. Real Decreto 1211/90 de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. (BOE 08-10). (Modificado por Real Decreto 858/1994, de 29 de abril; por Real Decreto 1136/97, de 11 de julio; por Real Decreto 927/98, de 14 de mayo; por Real Decreto 1830/99, de 3 de diciembre; por Real Decreto 1225/2006, de 27 de octubre; por el artículo 21 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre; por el Real Decreto 919/2010, de 16 de julio; Sentencia Tribunal Supremo, de 14 de febrero de 2012 y Ley 9/2013, de 4 de julio. Parcialmente derogado por Ley 13/96, de 30 de diciembre. Los títulos VII y VIII han sido afectados sustancialmente por la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario y sus normas de desarrollo). Con la aprobación del Reglamento se lleva a cabo la concreción de los principios y reglas contenidas en la LOTT, realizándose una revisión masiva de las anteriores normas reglamentarias. El Reglamento trata las distintas cuestiones que se recogen en la ley, la complementa y hace más comprensible, desarrollando todos los conceptos necesarios para la aplicabilidad efectiva de la misma. Su extenso contenido constituye un manual práctico para la regulación del sector. Orden de 25 de octubre de 1990, sobre documentos de control en relación con el transporte de viajeros y las actividades auxiliares y complementarias del mismo. (BOE 30). (Parcialmente derogada por Orden FOM/3398/2002 de 20 de diciembre). De la abundante y dispersa legislación respecto a los documentos relacionados con los servicios público de transporte por carretera existentes hasta el momento, y tras los cambios normativos introducidos por la LOTT, la Orden de 25 de octubre de 1990, realiza una actualización de las reglas aplicables en relación a la documentación exigible a los titulares de los servicios de transporte público por carretera, con objeto de conseguir un mejor cumplimiento de los fines estadísticos y de control, evitar duplicidades de formalidades y unificar, en determinados casos, la documentación exigida para los distintos servicios. 284 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Orden de 4 de febrero de 1993, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros por carretera. (BOE 16 rect. 11-03). (Modificada por Orden 20 de junio de 1995 y por Orden de 26 de junio de 2001, y parcialmente derogada por Ley 13/96, de 30 de diciembre y por Orden de 23 de julio de 1997). (En relación con el contenido del título VII debe tenerse en cuenta la normativa de la Dirección General de Ferrocarriles). Esta norma revisa aquellas disposiciones de rango inferior que afectan al régimen jurídico de las autorizaciones de transporte de viajeros dictadas con posterioridad a la LOTT. Refunde en un único texto legal dichas normas, desarrollando en esta materia al Reglamento de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres. Resolución de 19 de septiembre de 1995, de la Dirección General del Transporte Terrestre, sobre realización del visado de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias del transporte. (BOE 02-10). La norma busca evitar la acumulación de solicitudes de visado que se produce en las fechas límites de cada periodo. Para ello establece una graduación de los plazos de visado y un orden en la asignación de los mismos a las empresas interesadas. Ajusta la fecha de visado a la validez de las tarjetas con el fin de mejorar las tareas de control del transporte y simplificar las obligaciones administrativas de las empresas titulares de autorizaciones. Orden de 23 de julio de 1997, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional y privado complementario de viajeros en autobús. (BOE 31). (Modificada por Real Decreto 1830/1999, de 3 de diciembre, por Orden de 26 de junio de 2001 y por Orden FOM/2183/2008, de 23 de julio). La norma hace tres aportaciones a destacar: establece un nuevo régimen para las autorizaciones de transporte de viajeros en autobús eliminando las limitaciones cuantitativas que establecía el ROTT, cambia el régimen de autorizaciones referidas por autobús, por el de autorizaciones referidas por empresa transportista (con independencia del volumen de transporte y de los autobuses empleados) y fija, como norma general, el ámbito a nivel nacional de las autorizaciones habilitantes para la realización de transporte discrecional de viajeros en autobús. Orden de 18 de septiembre de 1998, por la que se dictan normas complementarias en materia de autorizaciones de transporte por carretera. (BOE 01-10). (Modificada por Orden de 26 de junio de 2001). Es otra norma que completa la regularización jurídica en materia de autorizaciones. Por un lado, da solución a cuestiones puntuales no recogidas expresamente, y por otro corrige aspectos concretos de determinadas situaciones. Como ejemplo, en lo referente al de transporte público de viajeros, la norma considera con carácter excepcional la transmisión de las autorizaciones a favor de los herederos forzosos siempre que formaran parte del personal directivo de la empresa. ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 285 Orden de 6 de mayo de 1999, por la que se desarrolla el capítulo IV del título IV del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de otorgamiento de autorizaciones de transporte internacional de viajeros por carretera. (BOE 13). (Modificada por Orden de 26 de junio de 2001). Esta Orden tiene por objeto determinar los requisitos necesarios para el otorgamiento y renovación de la licencia comunitaria, establecer las reglas aplicables para su inscripción en la Subsección de Empresas de Transporte Internacional de Viajeros (RETIVI) del Registro General de Transportistas y de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte y regular las condiciones exigibles para el otorgamiento de las autorizaciones bilaterales en la realización de transportes internacionales de viajeros fuera del territorio de la Unión Europea. Orden de 26 junio 2001, por la que se modifica parcialmente el régimen jurídico de las autorizaciones de transporte de mercancías y viajeros por carretera. (BOE 06-07). En líneas generales, esta orden introduce modificaciones relacionadas con el proceso de transmisión de autorizaciones de transporte público interurbano en turismos y de autorizaciones de arrendamiento de vehículo con conductor. En relación con el transporte público de viajeros en autobús, suprime los permisos de ámbitos local y comarcal, asimilándolas a las de ámbito nacional. Con objeto de simplificar los trámites de los expedientes, la norma autoriza al Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte a recabar de la Tesorería General de la Seguridad Social la información concerniente al cumplimiento, por parte del solicitante de la autorización, de sus obligaciones sociales y laborales. Real Decreto 1544/2007 de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad. (BOE 04-12). Establece las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para su utilización por las personas con discapacidad para los modos de transporte ferroviario, marítimo, aéreo, por carretera, en autobús urbano y suburbano, ferrocarril metropolitano, taxi y servicios de transporte especial, fijando su calendario de implantación para cada tipo de transporte. Orden FOM/2180/2008 de 22 de julio, por la que se establece una cláusula de actualización automática de precios de los transportes públicos de viajeros por carretera. (BOE 25). Determina la regla para el cálculo del precio del transporte en relación con la variación de los costes generados por el consumo de combustible entre el momento de celebrar el contrato y el momento de realizar el servicio contratado. La norma establece un procedimiento para la actualización automática del precio pactado en los contratos en función de la evolución del precio del gasóleo, indicando las reglas a aplicar para ello. 286 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Orden FOM/2181/2008 de 22 de julio, por la que se dictan reglas sobre la realización de transportes de cabotaje en España. (BOE 25). La Orden define el transporte de cabotaje en función del tiempo de permanencia en territorio español del transportista extranjero que realiza el servicio. Establece los límites efectivos a considerar para la delimitación del concepto. Orden FOM/2183/2008 de 23 de julio, por la que se modifica la Orden del Ministerio de Fomento de 23 de julio de 1997, en materia de autorizaciones de transporte discrecional y privado complementario de viajeros en autobús. (BOE 25). La norma introduce una novedad en materia de autorizaciones, al permitir la aportación de la autorización de transporte al capital de una persona jurídica en la que se integre el anterior titular de la autorización. Por otra parte, también otorga a los herederos del anterior titular de la autorización, la transmisión de la misma sin necesidad de haber sido titulares, durante un tiempo determinado. Orden FOM/207/2009 de 26 de enero, por la que se regula el régimen tarifario de los servicios interurbanos de transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismo. (BOE 10-02). La Orden somete a revisión y actualización al sistema tarifario y sus condiciones de aplicación, determinando un marco tarifario obligatorio para este tipo de servicio, concretado en unas tarifas máximas por kilómetro recorrido o fracción. Resolución de 27 de febrero de 2009, de la Dirección General de Transportes por Carretera, por la que se señalan las características de los vehículos a incluir, de ordinario, en los pliegos de prescripciones técnicas referidos a los procedimientos para la adjudicación de contratos de gestión de los servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera permanentes de uso general de competencia estatal. (BOE 15-04). La Resolución fija las condiciones a exigir en los pliegos de contratación en relación a las características técnicas de los vehículos adscritos. Su aplicación busca conseguir una homogeneidad en los tipos de vehículos presentados e incentivar tanto a los contratistas actuales como a los posibles futuros licitadores a incorporar por adelantado en sus vehículos, mejoras de calidad, seguridad, accesibilidad y respeto medioambiental. ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 287 Ley 25/2009 de 22 de diciembre por la que se modifica la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, LOTT. (Sólo artículo 21). Esta ley realiza una serie de modificaciones a la LOTT respecto a: - La fijación del precio de los transportes discrecionales de viajeros, de mercancías y de las actividades auxiliares y complementarias de transporte. Permite, por un lado que sea acordado por las partes, y por otro, otorga la posibilidad a las Comunidades Autónomas al establecimiento de tarifas en determinadas situaciones. - Las autorizaciones de transporte público discrecional. Se habilitan para realizar servicios en todo el territorio nacional, independientemente del origen o destino del mismo. - La autorización para el ejercicio de la actividad de agencia de viaje. Dirige a la normativa específica de turismo para su regulación. - El establecimiento de estaciones de transporte por carretera. Remite a la legislación reguladora a aplicar dependiendo de las condiciones impuestas para su creación. - La actividad de arrendamiento de vehículos sin conductor. Hace referencia a la legislación reguladora a aplicar dependiendo de las condiciones impuestas para su realización. Considera el arrendamiento de vehículos con conductor como transporte discrecional de viajeros aplicándole sus mismas reglas. Real Decreto 1387/2011 de 14 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre. (BOE 29). Añade al ROTT un nuevo artículo con objeto de ampliar las formas de colaboración en la explotación de los servicios que la integran, permitiendo que las expediciones de un servicio puedan atender los tráficos de otro, y viceversa, recogiendo y dejando viajeros en las paradas que tengan en común en aquellos tramos en que sus itinerarios sean coincidentes. Real Decreto 836/2012 de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera. (BOE 08-06). (Modificado por el Real Decreto 22/2014 de 17 de enero). Regula las características y condiciones exigidas a los vehículos y personal destinados al transporte sanitario a los avances técnicos y al desarrollo de las ofertas formativas en el ámbito de la formación profesional. Constituye en su mayor parte legislación básica del Estado en esta materia, siendo su carácter en su mayoría técnico. Real Decreto 128/2013 de 22 de febrero, sobre ordenación del tiempo de trabajo para los trabajadores autónomos que realizan actividades móviles de transporte por carretera (BOE 23). En línea con lo previsto en la Directiva 2002/15/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de marzo de 2002, está dirigido a reforzar la seguridad y la salud de los trabajadores móviles del transporte por carretera, al trasponer la citada norma comunitaria al colectivo de los trabajadores por cuenta propia. 294 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas (BOJA nº 60, de 27 de marzo de 2008). Modificaciones realizadas: Orden de 27 de junio de 2008, por la que se modifica el Anexo I del Decreto 72/2008. Orden de 11 de diciembre de 2008, por la que se desarrolla el sistema de hojas electrónicas de quejas y reclamaciones establecido en el Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de la personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas. Corrección de errores del Decreto 72/2008. Orden de 3 de agosto de 2009, por la que se modifican los Anexos I y IV del Decreto 72/2008. El Decreto pretende dar solución a los conflictos que puedan surgir entre los consumidores y las empresas que comercialicen bienes o presten servicios, a través del procedimiento establecido en la propia norma, presentándose como una vía alternativa a la jurisdicción ordinaria en Andalucía. Real Decreto 1918/2008, de 21 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003 de protección a las familias numerosas. Esta norma surge a raíz de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, por la que se estima parcialmente el recurso interpuesto contra algunas de las disposiciones del Reglamento. La sentencia hace alusión a la anulación de la imposibilidad de acumular descuentos en materia de transporte por carretera y ferrocarril, así como a la eliminación del establecimiento de un límite sobre las ayudas para libros y material didáctico a alumnos matriculados en centros sostenidos con fondos públicos. Orden FOM/2833/2011 de 30 de septiembre, por la que se modifica el modelo de libro de reclamaciones aprobado por Orden FOM/3398/2002, de 20 de diciembre, por la que se establecen normas de control en relación con los transportes públicos de viajeros por carretera. (BOE 20-10-11). La Orden determina el tipo de información que debe darse a las personas que cumplimenten el libro de reclamaciones en relación con los datos personales que se recaben, de acuerdo con lo estipulado en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 295 NORMATIVA ESPECÍFICA VIGENTE EN MATERIA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (Última revisión vigente desde vigente desde 16 de Junio de 2009 hasta 05 de Noviembre de 2015). El Reglamento, cumple más que una función innovadora, una función recopiladora de las anteriores disposiciones incorporando las adaptaciones y correcciones que el nuevo marco normativo establece. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La Ley integra en un texto único todas aquellas modificaciones introducidas a través de diversas leyes, dando lugar a una nueva redacción de determinados preceptos y a la introducción de nuevas disposiciones, estando la última revisión vigente desde 22 de octubre de 2015 hasta 02 de abril de 2016. La norma también integra las disposiciones vigentes relativas a la captación de financiación privada para la ejecución de contratos públicos, recogiendo las distintas fórmulas institucionales de colaboración público-privada. 296 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 297 ANEXO II TABLA DE DATOS 298 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 299 VIAJEROS (en miles) Código PERIODO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 VJA-004 17 15 16 14 14 14 VJA-005 10 8 7 9 9 9 VJA-007 71 86 115 110 96 88 VJA-008 2.918 2.526 2.555 2.396 2.227 2.131 VJA-010 9 9 12 17 11 10 VJA-011 600 569 576 506 492 512 VJA-012 660 670 682 666 677 684 VJA-013 85 81 83 69 59 55 VJA-015 18 12 10 10 9 6 VJA-016 663 398 364 295 230 203 VJA-017 687 529 535 468 720 725 VJA-018 23 15 11 0 0 0 VJA-019 32 34 45 41 41 42 VJA-020 523 510 514 507 508 512 VJA-021 10 9 9 6 7 8 VJA-022 926 877 874 734 716 748 VJA-023 2 2 2 0 0 0 VJA-025 354 370 403 447 378* 320* VJA-026 55 68 53 67 67 66 VJA-028 862 849 863 825 806 802 VJA-029 80 87 89 87 91 91 VJA-031 0 0 0 0 0 0 VJA-032 41 42 44 40 40 51 VJA-033 226 205 49 0 0 0 VJA-034 38 31 25 21 17 15 VJA-035 52 74 62 77 71 70 VJA-036 n.d. n.d. n.d. n.d. 62 64 VJA-037 811 797 805 761 733 720 VJA-038 176 172 178 168 165 152 VJA-039 30 72 42 0 0 0 VJA-040 13 16 4 0 0 0 VJA-041 161 165 171 163 148 165 VJA-042 70 81 97 94 80 96 VJA-043 257 229 241 244 257 213 VJA-044 975 995 1.068 1.053 1.039 1.043 VJA-045 27 27 27 23 22 22 VJA-046 17 17 27 29 30 33 VJA-047 n.d. 2 2 1 1 1 VJA-048 136 162 193 148 130 143 VJA-049 11 10 9 7 7 6 VJA-050 1 1 1 1 1 1 VJA-051 137 129 134 136 126 122 300 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Código PERIODO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 VJA-052 151 132 124 92 68* 60 VJA-053 710 672 694 614 830 886 VJA-054 113 108 110 107 105* 87 VJA-055 411 415 443 405 384 387 VJA-056 150 168 174 168 159 164 VJA-058 112 107 117 87 119 113 VJA-059 4 2 2 1 0 0 VJA-061 402 364 390 347 0 0 VJA-062 22 25 28 24 22 21 VJA-063 20 17 16 15 14* 12 VJA-064 5 5 3 2 2 1 VJA-065 25 23 23 18 19 21 VJA-071 58 58 60 52 48 57 VJA-073 3.494 3.603 3.667 3.452 3.364 3.269 VJA-074 10 14 14 14 13 13 VJA-075 22 13 15 13 10 20 VJA-076 308 289 290 310 340 309 VJA-077 1 1 1 1 1 0 VJA-078 4 4 0 0 0 0 VJA-079 2 2 2 3 2 3 VJA-080 41 53 56 46 49 46 VJA-082 4 4 4 4 4 3* VJA-083 988 461 537 449 73 9 VJA-084 397 443 498 443 441 448 VJA-085 15 14 10 7 0 0 VJA-087 39 35 29 51 31 26 VJA-088 10 8 9 10 11 10 VJA-089 2.003 2.038 2.161 2.133 2.081 2.112 VJA-090 62 65 64 59 59 60 VJA-091 0 0 0 0 0 0 VJA-092 13.482 13.207 13.296 12.570 12.123 12.372 VJA-093 0 0 0 0 0 0 VJA-094 0 0 0 0 0 0 VJA-095 0 0 0 0 0 0 VJA-096 377 375 353 334 318 296 VJA-097 4 3 2 1 0 0 VJA-098 0 0 0 0 0 0 VJA-099 2 0 0 0 0 0 VJA-100 10 9 9 10 9 6* VJA-103 0 0 0 0 0 0 VJA-105 61 59 42 36 34 28 VJA-107 0 0 0 0 0 0 VJA-110 104 108 113 103 97 84 VJA-111 12 11 12 12 12 8 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 301 Código PERIODO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 VJA-112 4 4 4 0 0 0 VJA-113 10 11 10 9 10 9 VJA-114 2 2 2 2 2 2 VJA-115 6 7 5 4 3 4 VJA-116 2 3 4 3 3 3 VJA-117 15 12 10 10 11 10 VJA-118 72* 47 49 51 40 53 VJA-119 0 0 0 0 0 0 VJA-120 4 2 2 1 1 1* VJA-121 405 444 412 389 345 330 VJA-122 3 2 4 3 4 3 VJA-123 79 77 45* 43* 42* 38* VJA-124 0 0 0 0 0 0 VJA-125 2 2 1 1 1 1 VJA-126 803 798 842 764 730 749 VJA-127 123 143 156 158 159 160 VJA-128 23 22 22 22 18 18 VJA-129 58 56 53* 52* 50 44 VJA-130 2 2 2* 2* 1 0 VJA-131 137 139 152 154 165 127 VJA-132 0 0 0 0 0 0 VJA-133 0 0 0 0 0 0 VJA-135 14 19 22 23 22 22 VJA-136 34 31 22 20 19 19 VJA-137 0 0 0 0 0 0 VJA-138 4.255 4.063 4.072 3.572 3.436 3.100 VJA-139 236 210 196 157 144 143 VJA-140 6 5 5 9 3 2 VJA-141 97 112 118 121 144 152 VJA-142 17 20 22 19 22 23 VJA-143 73 73 71 66 67 60* VJA-144 32 37 33 29 30 23 VJA-145 107 108 102 102 92 73 VJA-146 186 175 175 156 155 171 VJA-147 5.136 5.064 5.175 5.072 4.994 5.003 VJA-148 99 100 102 106 108 105 VJA-149 1 1 1* 1 1 2 VJA-150 104 126 134 125 130 124 VJA-151 12 9 7 5 4 4 VJA-152 1.254 1.485 1.410 1.412 1.399 1.421 VJA-153 78 80 77 70 67 64 VJA-154 28 26 26 23 20 19 VJA-155 288 272 280 274 269 271 VJA-156 497 437 450 431 401* 299 302 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Código PERIODO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 VJA-157 27 29 27 25 23 22 VJA-158 564 581 590 533 526 518 VJA-159 90 96 91 88 85 86 VJA-160 1.891 1.893 1.880 1.773 1.663 1.617 VJA-161 2 1 2 3 4 2 VJA-162 22 24 6 0 0 0 VJA-164 9 8 7 7 6 7 VJA-165 86 93 99 102 108 87 VJA-166 41 0 0 0 0 0 VJA-167 7.464 6.987 6.975 6.709 6.500 6.442 VJA-169 32 30 26 24 29 20 VJA-173 115 113 111 105 104 101 VJA-174 127 125 131 123 110 108 VJA-176 26 27 23 22 18 23 VJA-178 3 4 3 2 1 0 VJA-179 1 1 1 1 1 1 VJA-180 1 1* 0 0 0 0* VJA-181 0 0 0 0 0 0 VJA-184 8 5 5 4 4 2* VJA-185 1.326 1.243 1.225 1.187 1.099 1.139 VJA-187 15 17 23 32 26 23* VJA-188 799 875 896 808 779 787 VJA-189 1.593 1.594 1.697 1.664 1.670 1.712 VJA-190 22 22 23 28 23 25 VJA-191 406 471 493 472 463 446 VJA-192 14 14 12 10 9 9 VJA-193 13 3 0 0 0 0 VJA-194 2.496 2.518 2.554 2.460 2.426 2.417 VJA-195 0 383 324 324 314 389 VJA-196 0 0 283 276 278 283 VJA-197 0 0 42 43 40* 37 VJA-300 0 0 3 5 3* 3 3 Y 24 3(*): dato estimado 4 n.d.: no disponible ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 303 VIAJEROS-KILÓMETROS (en miles) Código PERIODO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 VJA-004 309 294 340 291 313 314 VJA-005 318 385 300 463 421 428 VJA-007 3.193 3.292 3.646 3.650 3.399 3.499 VJA-008 48.616 43.451 44.474 41.195 38.251 36.452 VJA-010 715 708 906 1.267 733 689 VJA-011 9.006 8.577 8.657 7.608 7.410 7.709 VJA-012 11.617 11.834 12.037 11.825 12.064 12.207 VJA-013 2.719 2.555 2.482 2.218 1.849 1.714 VJA-015 724 624 310 308 244 182 VJA-016 7.110 4.207 3.800 2.982 2.310 2.044 VJA-017 16.850 9.173 8.733 7.851 9.964 9.916 VJA-018 323 209 164 0 0 0 VJA-019 347 367 487 441 440 448 VJA-020 6.832 7.085 7.139 7.040 7.056 7.113 VJA-021 125 118 113 77 78 100 VJA-022 42.078 36.554 40.204 37.456 37.049 36.004 VJA-023 26 27 28 0 0 0 VJA-025 30.711 30.850 42.015 45.270 38.271* 32.355* VJA-026 1.317 1.708 1.215 1.550 1.563 1.546 VJA-028 7.198 7.076 20.949 6.881 6.146 6.662 VJA-029 1.415 1.488 1.529 1.505 1.597 1.555 VJA-031 0 0 0 0 0 0 VJA-032 1.709 1.851 1.926 1.666 1.826 2.208 VJA-033 3.183 2.758 672 0 0 0 VJA-034 1.052 862 716 603 442 378 VJA-035 1.470 2.112 1.767 2.045 2.016 1.931 VJA-036 n.d. n.d. n.d. n.d. 2.497 2.556 VJA-037 6.565 6.449 6.511 6.153 5.946 5.824 VJA-038 1.936 1.887 1.962 1.844 1.813 1.674 VJA-039 387 940 546 0 0 0 VJA-040 192 207 51 0 0 0 VJA-041 5.985 6.068 6.146 5.851 5.376 5.973 VJA-042 1.829 2.366 2.883 2.848 1.952 1.807 VJA-043 10.802 7.771 4.761 4.760 7.919 8.081 VJA-044 15.593 15.926 17.095 16.853 16.626 16.696 VJA-045 370 379 395 343 327 339 VJA-046 567 573 888 917 968 1.060 VJA-047 n.d. 75 68 53 37 40 VJA-048 7.508 8.991 10.774 8.234 7.229 7.973 VJA-049 238 213 188 164 154 132 VJA-050 117 123 117 100 110 133 VJA-051 9.480 8.781 9.116 9.246 8.458 8.188 310 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Código PERIODO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 VJA-157 185 184 186 180 177 171 VJA-158 2.014 2.310 2.328 2.308 2.303 2.142 VJA-159 218 56 56 54 56 56 VJA-160 6.776 6.875 6.665 6.603 6.177 6.195 VJA-161 29 29 19 27 24 27 VJA-162 39 39 10 0 0 0 VJA-164 17 23 25 26 26 26 VJA-165 232 247 247 247 247 187 VJA-166 46 0 0 0 0 0 VJA-167 13.854 13.027 12.761* 12.945 12.622 12.519 VJA-169 264 255 241 240 236 166 VJA-173 362 360 332 333 333 332 VJA-174 340 334 326 327 325 335 VJA-176 43 42 34 32 34 34 VJA-178 176 176 176 176 176 176 VJA-179 19 19 14 19 17 14 VJA-180 6 6* 5 5 6 5* VJA-181 0 0 0 0 0 0 VJA-184 51 50 46 45 39 33* VJA-185 851 857 877 874 793 776 VJA-187 81 81 113 374 141 140* VJA-188 1.787 1.480 1.535 1.486 1.528 1.561 VJA-189 2.491 2.486 2.449 2.449 2.336 2.275 VJA-190 229 227 228 228 228 228 VJA-191 1.016 868 867 828 785 740 VJA-192 39* 39 40 37 32* 33 VJA-193 59 5 0 0 0 0 VJA-194 1.899 1.896 1.898 1.901 1.907 1.958 VJA-195 0 1.980 1.980 1.980 1.695 1.567 VJA-196 0 0 134 133 133 134 VJA-197 0 0 64 65 65 65 VJA-300 0 0 100* 100 58* 55 17 Y 28 7(*): dato estimado 8 n.d.: no disponible ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 311 RECAUDACIÓN (en miles de euros) Código PERIODO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 VJA-004 17 16 19 16 17 17 VJA-005 25 26 25 33 32 35 VJA-007 201 215 238 252 235 242 VJA-008 3.438 3.089 3.218 3.134 3.059 3.026 VJA-010 43 42 54* 76 60 57 VJA-011 860 760 781 757 714 760 VJA-012 804 837 878 894 954 1.000 VJA-013 211 199 217 199 176 167 VJA-015 33 27 23 22 19 14 VJA-016 629 530 503 421 341 314 VJA-017 1.327 857 836 761 1.141 1.168 VJA-018 23 15 12 0 0 0 VJA-019 31 34 45 41 41* 42 VJA-020 514 508 523 552 575 590 VJA-021 11 10 11 8 8 12 VJA-022 2.318 2.394 2.209 2.091 2.161 2.189 VJA-023 2 2 2 0 0 0 VJA-025 2.081 2.051 2.139 2.149 1.817* 1.536* VJA-026 90 118 86 115 122 124 VJA-028 801 821 880 906 922 939 VJA-029 94 102 107 109 121 124 VJA-031 0 0 0 0 0 0 VJA-032 80 76 67 67 69 211 VJA-033 221 194 47 0 0 0 VJA-034 218 56 47 40 32 27 VJA-035 113 162 139 179 174 172 VJA-036 n.d. n.d. n.d. n.d. 186 191 VJA-037 754 764 821 835 839 842 VJA-038 565 172 185 189 189 199 VJA-039 29 71 40 0 0 0 VJA-040 14 15 3 0 0 0 VJA-041 405 545 407 401 395 438 VJA-042 126 165 202 208 163 174 VJA-043 738 696 742 742 862 685 VJA-044 1.215 1.244 1.375 1.425 1.483 1.546 VJA-045 25 26 27 25 24 26 VJA-046 41 41 63 60 62 68 VJA-047 n.d. 4 4 3 2 3 VJA-048 405 475 542 407 360 404 VJA-049 17 15 13 12 12 11 VJA-050 8 8 8 7 8 11 VJA-051 589 590 585 597 593 593 312 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Código PERIODO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 VJA-052 581 514 602 418 309* 287 VJA-053 344 306 1.007 507 856 1.007 VJA-054 569 545 562 546 531* 515 VJA-055 657 682 736 710 723 738 VJA-056 390 425 451 452 454 479 VJA-058 597 598 637 617 716 618 VJA-059 2 2 2 1 0 0 VJA-061 404 374 408 383 0 0 VJA-062 55 63 72 73 69 71 VJA-063 33 29 27 26 24* 28 VJA-064 9 9 5 106 4 4 VJA-065 24 23 24 21 22 28 VJA-071 119 122 125 102 106 98 VJA-073 3.267 3.499 3.754 3.787 3.849 3.825 VJA-074 22 30 31 36 36 40 VJA-075 32 16 17 15 12 20 VJA-076 472 292 293 330 405 368 VJA-077 1 1 1 1 1 0 VJA-078 14 14 0 0 0 0 VJA-079 3 2 4 4 4 4 VJA-080 82 100 112 87 270 88 VJA-082 6 7 7 8 8 8* VJA-083 921 435 485 390 79 10 VJA-084 620 777 909 891 878 930 VJA-085 22 18 14 12 0 0 VJA-087 48 44 39 72 45 38 VJA-088 29 22 23 29 30 27 VJA-089 7.665 7.500 8.185 8.503 8.094 7.114 VJA-090 117 117 116 123 127 131 VJA-091 0 0 0 0 0 0 VJA-092 24.410 24.553 25.008 25.520 25.557 26.199 VJA-093 0 0 0 0 0 0 VJA-094 0 0 0 0 0 0 VJA-095 0 0 0 0 0 0 VJA-096 332 356 357 365 363 370 VJA-097 14 10 9 5 0 0 VJA-098 0 0 0 0 0 0 VJA-099 3 0 0 0 0 0 VJA-100 14 12 13 14 13 9* VJA-103 0 0 0 0 0 0 VJA-105 152 131 103 91 89 74 VJA-107 0 0 0 0 0 0 VJA-110 106 113 122 119 118 105 VJA-111 52 50 62 55 53 34 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro 313 Código PERIODO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 VJA-112 10 9 8 0 0 0 VJA-113 12 11 10 11 11 10 VJA-114 4 4 5 3 4 4 VJA-115 20 18 16 13 12 14 VJA-116 4 6 5 4 5 4 VJA-117 15 11 10 11 13 12 VJA-118 52* 48 51 33 23 57 VJA-119 0 0 0 0 0 0 VJA-120 5 3 4 2 1 1* VJA-121 353 397 403 406 375 382 VJA-122 3 3 4 4 4 4 VJA-123 28 25 33* 34* 34* 33* VJA-124 0 0 0 0 0 0 VJA-125 3 2 2 2 2 1 VJA-126 693 714 778 758 775 791 VJA-127 122 144 149 171 224 216 VJA-128 83 81 84 84 75 81 VJA-129 55 53 51* 49* 48 42 VJA-130 2 2 2* 2* 2 0 VJA-131 235 236 281 300 329 229 VJA-132 0 0 0 0 0 0 VJA-133 0 0 0 0 0 0 VJA-135 16 23 24 24 23 23 VJA-136 97 92 77 67 67 69 VJA-137 0 0 0 0 0 0 VJA-138 10.839 10.136 10.095 9.047 8.782 7.699 VJA-139 622 533 524 456 420 431 VJA-140 9 7 7 11 5 3 VJA-141 159 170 173 165 207 259 VJA-142 16 20 23 21 25 27 VJA-143 59 90 91 75 83 75* VJA-144 34 39 35 29 34 27 VJA-145 127 121 124 128 453 102 VJA-146 366 341 343 309 329 354 VJA-147 13.878 13.909 14.436 14.961 15.385 15.518 VJA-148 93 100 106 119 124 123 VJA-149 1* 1 1* 1 1 2 VJA-150 201 221 232 228 242 227 VJA-151 62* 59 47 31 29 29 VJA-152 1.497 1.692 1.629 1.701 1.726 1.814 VJA-153 128 123 112 105 99 101 VJA-154 112 104 107 104 90 88 VJA-155 414 374 406 415 424 450 VJA-156 1.528 1.382 1.612 1.580 1.471* 1.292 314 ANEXO El sistema concesional de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en Andalucía. Presente y futuro Código PERIODO 2009 2010 2011 2012 2013 2014 VJA-157 122 138 130 118 114 110 VJA-158 2.512 2.685 2.754 2.512 2.459 2.423 VJA-159 130 142 145 156 145 145 VJA-160 14.475 14.065 14.318 13.537 13.166 12.909 VJA-161 5 2 5 7 8 5 VJA-162 31 33 8 0 0 0 VJA-164 16 21 19 18 15 19 VJA-165 88 104 111 121 138 116 VJA-166 35 0 0 0 0 0 VJA-167 20.626 19.581 20.272 20.527 20.234 20.154 VJA-169 103 95 88 81 111 78 VJA-173 271 267 257 261 277 284 VJA-174 227 209 218 211 191 189 VJA-176 26 27 27 23 20 28 VJA-178 6 6 5 4 1* 1 VJA-179 1 1 1 1 2 1 VJA-180 2 1* 1 1 1 0* VJA-181 0 0 0 0 0 0 VJA-184 17 14 13 12 10 5* VJA-185 1.043 1.058 1.096 1.050 896 1.086 VJA-187 34 39 40 49 46 40* VJA-188 1.622 2.056 1.930 1.891 1.938 2.064 VJA-189 2.719 2.757 3.031 3.117 3.287 3.506 VJA-190 70 71 74 94 82 93 VJA-191 780 844 961 966 975 995 VJA-192 23 22 20 17 15 16 VJA-193 49 21 0 0 0 0 VJA-194 2.556 2.527 2.658 2.656 2.788 2.778 VJA-195 0 1.256* 1.060 1.060 1.029 1.308 VJA-196 0 0 285 290 306 318 VJA-197 0 0 51 52 50 48 VJA-300 0 0 11 17 11* 9 19 Y 210 9(*): dato estimado 10 n.d.: no disponible