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Configuración jurídica y proyección socio-jurídica del Colegio Mayor de San Bartolomé de Salamanca en la obra de Francisco Ruiz de Vergara y Álava

Santisteban Uceda, Isabel Clara

Abstract

El OBJETIVO principal de este trabajo es la presentación del influjo que el Colegio Mayor San Bartolomé de Salamanca tuvo en la sociedad española, en sus ámbitos jurídicos y de gobierno a través de los Colegiales que disfrutaron de sus becas. El estudio se ciñe en una de las obras que se gestó a través del colegio Salmantino. La documentación ofrecida sobre el Colegio es anterior a la Reforma que realizara Carlos III de la Universidad y de los Colegios Mayores. El autor de la obra que constituye la fuente fundamental de este trabajo es un antiguo colegial del San Bartolomé, D. Francisco Ruiz de Vergara y Álava, ilustre jurista. En su obra presenta una breve biografía de D. Diego de Anaya y Maldonado, Arzobispo de Sevilla y Fundador del Colegio Mayor San Bartolomé, la obra como era habitual en la época, se dedica al rey Felipe IV. Si bien las obras, acciones y empleos del Arzobispo fueron grandes, nada comparado con la Fundación de su Colegio, que fue el primer taller donde se empezaron a pulir los genios de las letras, tomando como nombre el de Colegio Viejo, por ser el primero de España, que dio comienzo con su ejemplo, a los que después vinieron. De cuanto bien hizo esta Fundación a la sociedad, nadie lo dirá mejor que la historia de los Colegiales que vistieron su beca, y que merecieron que se escribiera su nombre en el libro de la inmortalidad, santos , mártires, cardenales, presidentes, obispos, capitanes, ministros de todos los tribunales, virreyes, consejeros…. La obra sobre la que trata nuestro estudio, sitúa la historia del San Bartolomé en lo que hoy denominaríamos la FORMACION INTEGRAL de sus colegiales. El propio autor de la obra, Ruiz de Vergara, confiesa que su labor compilatoria fue ardua buscando noticias perdidas, como en el propio archivo del Colegio y en el libro de entradas. A través de la obra de Ruiz de Vergara ha sido posible llegar a acceder a datos ya desaparecidos. El campo al que me he asomado ha sido amplio en el intento de abrazar en un trabajo de estas características toda la PERSPECTIVA y PROSPECTIVA de una institución de la importancia y relevancia histórica del San Bartolomé. También tengo que confesar la curiosidad despertada en mí de todo lo que ha englobado este trabajo. Estimo que en la elaboración de un trabajo de estas características, una de las actitudes fundamentales, debe ser la AUSTERIDAD Y ASCÉTICA ACADÉMICA. Al interés objetivo de la obra se ha de añadir mi inquietud y gratificación personal por llegar a ser doctora, licenciada en derecho por la Universidad Complutense de Madrid, especialista en derecho comunitario, hace años cursé mis estudios de doctorado aquí en la facultad de derecho de la Universidad de Málaga y los aparqué para ser madre y dedicarme a mi familia, pensando SIEMPRE en retomarlos más tarde. El hecho de haber reiniciado este trabajo viene motivado en primer lugar, por mis hijos, en esta apasionante tarea ENCOMENDADA de ser padres, una regla de oro…. es, que hay que dar ejemplo. Desde pequeña, MIS PADRES me enseñaron que” todo lo que se empieza hay que terminarlo.” un gran amigo me animó y consideré que era el momento oportuno. Todo ello unido a mi actual situación laboral y profesional, como Directora de una gran Institución Universitaria, con una clara vocación educativa y formativa a los universitarios, y con una gran inquietud por conseguir la cualificación como Colegio Mayor, el primero en Málaga, y que desde todos los puntos de vista académicos, disciplinares y educativo , reviste condiciones más que suficientes para optar a esta distinción.

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AUTOR: Isabel Clara Santisteban Uceda http://orcid.org/0000-0002-3816-7274 EDITA: Publicaciones y Divulgación Científica. Universidad de Málaga Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialSinObraDerivada 4.0 Internacional: http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/legalcode Cualquier parte de esta obra se puede reproducir sin autorización pero con el reconocimiento y atribución de los autores. No se puede hacer uso comercial de la obra y no se puede alterar, transformar o hacer obras derivadas. Esta Tesis Doctoral está depositada en el Repositorio Institucional de la Universidad de Málaga (RIUMA): riuma.uma.es 1 UNIVERSIDAD DE MÁLAGA Configuración jurídica y proyección socio-jurídica del Colegio Mayor de San Bartolomé de Salamanca en la obra de Francisco Ruiz de Vergara y Álava Tesis, realizada bajo la dirección del Dr. D. Miguel Angel Asensio Sánchez, que presenta la Lic. Dña. Isabel Clara Santisteban Uceda para optar al Grado de Doctor Málaga 2015 2 A mi esposo Alberto, Testigo silencioso y apoyo incondicional. Pilar fundamental de mi vida. A mis hijos, Isabel, Alberto, Javier y Álvaro, A ellos dedico cada día de esfuerzo para lograr lo que hoy soy y ofrezco. A mi madre, Que me enseñó el valor y el coraje para caminar. 3 INDICE 4 Indice 3 Introducción 6 Entorno histórico-eclesiástico de la fundación del Colegio: el cisma de Occidente 16 1. Antecedentes históricos 19 2. El Cónclave de 1378 20 3. Inicio del pontificado de Urbano VI 24 4. La Declaración de Anagni y el cisma de Fondi 25 5. Cristiandad dividida: división de reinos y señoríos 27 6. División de la Iglesia 29 6. 1. Via facti: por medio de la guerra 32 6. 2. Via concilii: por medio del concilio 33 7. Recrudecimiento del cisma: Cónclave de 1389 34 8. El concilio de Pisa 36 9. El concilio de Constanza: Habemus Papam: 41 10. Las negociaciones de Morella 44 11. Elección de Martin V y fin del cisma 45 Breve apunte biográfico sobre D. Diego de Anaya 48 1. Preceptor de príncipes 54 2. Diego de Anaya, obispo de Tuy, Orense y Salamanca 61 3. Fundación del Colegio Mayor y promoción de su fundador 63 4. De algunas gracias y privilegios concedidos al Colegio San Bartolomé 71 5. El Colegio, semillero de fundadores 72 6. Notas sobre el gobierno del Colegio y sus ceremoniales 73 7. Forma de distribución del Colegio 77 Estructura y Conformación estatutaria 79 1. Las proto-constituciones de 1408-1415 81 2. La evolución estatutaria: el siglo XV 85 2.1. Los Estatutos o Constituciones de 1435 88 2.2. Las Constituciones de 1437 94 2.3. Los Estatutos de 1490 98 2.4. La reforma estatutaria de 1496 102 3. La evolución estatutaria posterior: el siglo XVI 104 3.1. Los Estatutos de 1507 104 3.2. Las innovaciones de 1509 106 3.3. La Reforma de 1524 107 3.4. Los Estatutos de 1526 109 5 3.5. La Reforma estatutaria de 1530 111 3.6. Los Estatutos de 1534 111 3.7. Las normas estatutarias de 1536 112 4. Visita y reforma estatutaria de 1665 114 5. La situación colegial ante la reforma de Felipe IV 124 La proyección del Colegio de San Bartolomé en el siglo XV 129 El esplendor colegial del siglo XVI 154 1. Colegio y colegiales en la primera mitad del siglo 155 2. La proyección del Colegio en la segunda mitad del siglo XVI 188 Presencia social del San Bartolomé a través de sus colegiales en el siglo XVII 216 1. Los colegiales en el siglo de las primeras reformas regias 217 2. Apunte “estadístico” para una reflexión sobre el influjo social de los Colegiales del San Bartolomé 235 Una prospectiva de futuro para explicar el pasado: sobre la situación en los Colegios Mayores de Salamanca en tiempos de Carlos III 248 1. La aparición de las “castas universitarias” 252 2. Intentos de solución 258 2.1. La reforma universitaria y la expulsión de los jesuitas 260 2.2. ¿Hubo intereses espurios en la reforma de los Colegios? 263 3. La obra nueva del Colegio de San Bartolomé 266 4. Fricciones entre la Universidad y el San Bartolomé 266 5. Situación del San Bartolomé en torno al año 1782 271 6. La nueva fisonomía del San Bartolomé y la reforma de los Colegios Mayores 281 Conclusiones 285 Bibliografía 292 6 INTRODUCCIÓN 13 ofrece el propio Ruiz de Vergara y centrando de forma especial la obra del Arzobispo Anaya en la fundación del Colegio salmantino. En continuidad con los últimos epígrafes del mencionado capítulo, en el siguiente se aborda la presentación y análisis de las Constituciones y Estatutos colegiales que tuvieron vigencia hasta el momento en que Ruiz de Vergara publica su obra. He creído conveniente presentar también los Estatutos del año 1665 que, aunque posteriores, a la publicación de la obra objeto de estudio, sin embargo por la inmediatez de las fechas que van desde la mentada publicación a la publicación de esos últimos Estatutos, he considerado que su análisis y la conformación del Colegio que suponen no se hallan en absoluto alejada de la percepción que Ruiz de Vergara tuvo del Colegio. En el cuarto capítulo se analiza la influencia que el Colegio, a través de sus becarios, tuvo en la sociedad y en la vida pública española a través de los cargos, misiones y servicios que desempeñaron sus colegiales ya en pleno siglo XV e incluso a los pocos años de la fundación del Colegio, si bien se ha perdido la pista de algunos de aquellos primeros colegiales. El capítulo siguiente continúa la presentación de los colegiales que, a lo largo del siglo XVI, salieron del claustro colegial y que puede ser considerado como el siglo de mayor esplendor para Colegio y colegiales. El capítulo sexto se dedica a los estudiantes que pasaron por las aulas colegiales en el siglo XVII, años en los que junto al brillo de no pocos 14 colegiales no puede dejarse de lado la circunstancia de que ser la época en que comienza la decadencia que abocó a las reformas del siglo XVIII. Reformas que, en realidad, acabaron con la estructura colegial que tanto el San Bartolomé como otros tuvieron desde su fundación. En el capítulo siguiente se aborda una valoración de la historia colegial desde lo que podría considerarse el futuro del Colegio visto desde la perspectiva de su fundación: es decir, se contempla la historia desde el futuro que supuso la reforma de los vicios y deficiencias que se habían ido infiltrando con el paso del tiempo y la acumulación de riqueza y poder en manos de los colegiales. Espero finalizar este estudio con una breve conclusión en que pueda recoger alguna de las enseñanzas más importantes derivadas de este trabajo. Antes de seguir adelante quiero manifestar mi agradecimiento a quienes me han ayudado en esta experiencia y a quienes han hecho posible la realización de este trabajo. En primer lugar, mi agradecimiento y dedicatoria ha de dirigirse necesariamente a mi familia: hasta mi hijo más pequeño solía decir que no había que molestar a mamá porque estaba estudiando. Ello ha motivado que mi marido haya tenido que multiplicarse en la atención a nuestros hijos. Muchas gracias a todos. Sería injusto, por mi parte, no reconocer la ayuda y guía que me ha prestado con el humor y buen hacer que le caracteriza al Prof. Dr. D. Miguel Angel Asensio Sánchez. También debo recordar en este momento al Prof. Calvo Espiga 15 y a los profesores del Área de Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad de Málaga por las facilidades prestadas en la elaboración de este trabajo. También a todos ellos muchas gracias. 16 ENTORNO HISTÓRICO-ECLESIÁSTICO DE LA FUNDACIÓN DEL COLEGIO: EL CISMA DE OCCIDENTE 17 La Iglesia de Occidente vivió uno de los momentos de mayor tensión en la Baja Edad Media. Durante el siglo XIV se da el largo episodio del Pontificado en Aviñón —trasladado a esta ciudad francesa por diferentes razones entre las que destacan la grave crisis que sufría Italia y el deseo de centralización fiscal por parte del papado— y el Cisma de Occidente con la elección simultánea de Urbano VI y Clemente VII. La extinción del Cisma se consigue con la elección de Martín V, en la centuria siguiente; pero, los problemas no se resuelven, surgiendo con fuerza la vía conciliarista. El Cisma de Occidente (1378-1429) fue sin duda uno de los sucesos más lamentables de la historia del cristianismo, una crisis religiosa que salpicó a todos los países católicos que tuvieron que posicionarse sobre el problema. Se produce cuando a la muerte en el año 1378 de Gregorio XI -que había trasladado a Roma la sede papal desde Aviñón-, los cardenales romanos eligieron como sucesor al italiano Urbano VI. Un colegio de cardenales disidentes se opusieron al candidato 18 romano y proclamaron a Clemente VII (el cardenal Roberto de Ginebra) que instaló su sede de nuevo en Aviñón, lo que originó la división en el seno de la Iglesia. Los dos papas electos se excomulgaron el uno al otro y el Cisma quedó abierto. La oscuridad del problema estaba en que la clave de la legitimidad de uno u otro papa dependía de algo tan difícil de comprobar como la validez de la elección de Urbano VI. Se trataba, en suma, de dilucidar si la presión popular había influido en el ánimo de los cardenales hasta el extremo de privarles de libertad y hacer inválida, en consecuencia, la primera elección. Y todo dependía de una circunstancia imposible de establecer con certeza, como era la influencia que había tenido el miedo en el voto del Sacro Colegio. La confusión creada por el Cisma hizo que la cristiandad se escindiera y los reinos se adhiriesen a una u otra “obediencia”. Sucedió así hasta con los propios santos, y mientras Santa Catalina de Siena se mantuvo al lado de Urbano VI, San Vicente Ferrer militó en la “obediencia” al papa Clemente. El triunfo del Pontificado se alcanzó con Martín V en el seno del Concilio. Respecto a la cultura y la espiritualidad, las convulsiones sociales, la presencia de la guerra como un hecho permanente y las duras oleadas de peste que merman Europa, causas y consecuencias de sí mismas, inducen a la toma de posturas y 19 sentimientos contrapuestos y extremos: el más absoluto idealismo y el realismo más desgarrado; movimientos de rígido ascetismo junto a una escandalosa inmoralidad. Aunque el foco central de la cultura siguió estando en manos de los clérigos, se observó una cierta secularización evidente en el laicismo humanista, cuyos primeros esbozos empezaron a aparecer en esta época. 1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS La difícil situación de la relación entre el reino de Francia y el Papado, que venía arrastrándose desde los conflictos de Bonifacio VIII con Felipe el Hermoso, era una de las causas por las que los últimos cónclaves habían sido especialmente largos. La división en el seno del colegio cardenalicio se prolongaba ya que algunos consideraban que los papas de Aviñón eran demasiado serviles a la política del monarca francés. Por otro lado, el regreso a Roma se hacía imposible por las divergencias políticas entre familias que mantenían en pie de guerra la ciudad. A estas cuestiones que causaban una constante división entre los cardenales hay que añadir la progresiva toma de conciencia de estos del poder que tenían al ser quienes elegían al Papa. Durante los cónclaves se requería que 20 quien fuera el elegido siguiera una serie de políticas y hasta se dejaba escrito que se procedería de ese modo. Pero dado que tales juramentos y acuerdos eran completamente ilegales –los documentos escritos de los cónclaves no los mencionaban– los Papas luego se sentían con la libertad de no seguir tales acuerdos. Y para evitar que a raíz de esta actitud, los cardenales se le opusieran, se apresuraba a nombrar cardenales a personas de su entorno propiciando el nepotismo. El ambiente intelectual también había cambiado. A la propuesta de conciliación de la teología con la filosofía aristotélica realizada por Tomás de Aquino se había opuesto primero Duns Scoto y luego Guillermo de Ockham generando una tendencia antirracionalista dentro de la cristiandad y otro foco de división que sería determinante en el cisma. El tan deseado regreso del Papa Gregorio XI a Roma no había solucionado los problemas políticos que había en Roma y estando a punto de abandonar de nuevo la ciudad, el Papa falleció en el año 1378. 2. EL CÓNCLAVE DE 1378 El Cónclave para la elección del nuevo pontífice de la Iglesia se celebró en Roma; los habitantes de la ciudad no querían que el Papa se instalase de nuevo 21 en Aviñón y por ello se produjeron importantes disturbios, no solo en la ciudad, sino en toda la península. Se impidió a los cardenales abandonar Roma. Incluso algún cardenal fue agredido, como Bertrand Lagier. Las autoridades municipales de la ciudad hicieron saber a los cardenales que no podrían contener a las turbas si la elección no se realizaba según su gusto. Sin embargo, la situación no era tan peligrosa ya que los cardenales no tomaron todas las medidas que en caso de temer por sus vidas habrían puesto: los grupos armados que les acompañaban quedaron fuera de la ciudad y no usaron el Castillo Sant'Angelo (que estaba más protegido) para el cónclave, sino que decidieron reunirse en la basílica de San Pedro. El cónclave comienza el 7 de abril de 1378 con 16 cardenales (10 de los cuales eran franceses). Mientras van llegando los cardenales, las turbas romanas les gritan enfervorizadas: «Romano, romano lo volemo, o almanco italiano» («lo queremos romano, romano, o al menos italiano»). Luego entraron en las estancias pontificias amenazando a los electores. Los cardenales hicieron saber a las autoridades civiles que, si continuaban las presiones, la elección no podría considerarse válida. Al día siguiente el cardenal Giacomo Orsini propuso la elección de un papa de compromiso que fuera temporal mientras se pudiera organizar un cónclave 22 con la necesaria seguridad. La propuesta fue rechazada unánimemente. Finalmente y a instancias de los cardenales Pedro de Luna y Jean de Cros, fue elegido el arzobispo de Bari, Bartolomeo de Prignano, quien tomaría el nombre de Urbano VI. Dos se oponen: el cardenal de Bretaña y el cardenal Guillaume de Noellet. El primero luego concede su voto al candidato de los demás y el segundo anuncia que seguirá a la mayoría. En cambio, el cardenal Orsini considera que, debido a la situación de presión, la elección podría ser inválida por tanto vota en contra.9 La noticia no se anuncia inmediatamente. A media mañana el cardenal Orsini anuncia a las turbas que se tendría un papa italiano antes del fin del día. Luego convoca a siete obispos para evitar que se conociera la noticia antes de tiempo. Al comer, se renueva la votación y 12 cardenales votan a favor de Prignano. Pero la situación se vuelve nuevamente difícil por la presión de la multitud. Orsini pide a todos que se dirijan a la basílica de san Pedro: esto llevó a una confusión pues pensaron que el elegido era el prior de la basílica, es decir, el cardenal Tebaldeschi, a quien hicieron los honores.9 Pero algunos supusieron que se trataba de una dilación debido a que el elegido no era italiano, y entonces arremetieron contra los cardenales. En la confusión, los asaltantes, inducidos por la confusa pronunciación de un monseñor francés presente en el lugar, que quiso decir «Bari», creyeron que el elegido era el obispo Jean de Bar. Esto acrecentó la furia de la turba. La confusión era enorme y en 29 que Clemente tuvo que huir primero a Nápoles (donde las turbas le gritaban de todo a pesar del apoyo de la reina) y luego a Aviñón. Evidentemente tras una separación tal de la cristiandad estaban las alianzas políticas del momento. Las universidades también se dividieron, en general las que sostenían el nominalismo pasaron al Papa Urbano. En cambio las que se mantuvieron tomistas fueron seguidoras de Clemente o se mantuvieron neutrales. Más curioso resulta el constatar que precisamente los reinos que apoyaron a Urbano fueron los que luego apoyarían más la Reforma protestante, con excepción de Italia y la península ibérica. 6. DIVISIÓN DE LA IGLESIA El 20 de julio de 1378, 15 de los 16 cardenales que habían elegido al papa Urbano VI le retiraron su obediencia argumentando que la multitud rebelde romana había hecho que la elección no fuese canónica. El único cardenal que no repudió al papa Urbano VI fue el cardenal Tebaldeschi, pero murió poco después, el 7 de septiembre, dejando una situación en la que ninguno de los cardenales de la Iglesia Católica reconocieron al verdadero papa, Urbano VI. Todos los cardenales consideraron su elección como inválida. Después de haber repudiado a Urbano VI, el 20 de septiembre de 1378, los cardenales procedieron a elegir a 30 Clemente VII como “papa”, quien estableció su “papado” rival en Aviñón. Se había iniciado el Gran Cisma de Occidente. Los cardenales rebeldes escribieron a los tribunales europeos explicando su proceder. Carlos V de Francia y toda la nación francesa reconoció inmediatamente a Clemente VII, al igual que Flandes, España y Escocia. El Imperio e Inglaterra, con las naciones del norte y del este y la mayoría de las repúblicas italianas, se adhirieron a Urbano VI”. A pesar de que era comprobable la validez de la elección de Urbano VI, se puede ver por qué muchos aceptaron el argumento de que la multitud romana había influido ilegalmente en su elección, convirtiéndola así en no canónica. Por otra parte, puede verse cómo la posición del antipapa Clemente VII se fortaleció de manera considerable e impositiva a los ojos de muchos, por el hecho de que 15 de los 16 cardenales que habían elegido a Urbano VI repudiaron su elección como inválida. La situación que se dio después de la aceptación del antipapa Clemente VII por los cardenales, fue una pesadilla, una pesadilla desde el principio – una pesadilla que nos muestra qué tan mal y confuso a veces Dios permite que ocurran las cosas, sin violar las promesas fundamentales que Él hizo a su Iglesia. El cisma era ya un hecho consumado, y durante cuarenta años la cristiandad protagonizó el triste espectáculo de afirmar su lealtad a dos y hasta tres papas rivales. Fue la crisis más peligrosa que la Iglesia haya experimentado. Ambos papas declararon una cruzada contra el otro. Cada uno de los papas reivindicaba el derecho a crear cardenales y confirmar arzobispos, obispos y abades, por lo que existían dos 31 colegios de cardenales y en muchos lugares existían dos reclamantes a los altos cargos en la Iglesia. Cada papa trató de acaparar todas las rentas eclesiásticas, y cada uno excomulgaba al otro con todos sus seguidores. El espectáculo continuó mientras morían igualmente papas y antipapas, salvo para ser reemplazados por otros más. El papa Urbano VI murió en 1389, y fue sucedido por el papa Bonifacio IX, que reinó desde 1389 hasta 1404. Después de la elección de Bonifacio IX, fue excomulgado de inmediato por el antipapa Clemente VII, y él respondió también excomulgándolo. Urbano y Clemente, se excomulgaron uno al otro, de esa forma toda la cristiandad se encontró excomulgada. Los fieles católicos estaban confundidos, tenían delante a dos personas que decían y reclamaban ser el representante de Dios y de su Iglesia. El caos era tremendo, muchas diócesis con dos obispos, monasterios con dos abades, órdenes religiosas con dos generales, parroquias con dos párrocos, etc. Uno clementino y otro urbaniano.13 Por ejemplo, los dominicos que contaban con 24 provincias, 19 de ellas dieron su obediencia al papa de Roma, mientras que 5 al papa aviñonés. Cada obediencia tenía incluso su santo, Catalina de Siena y Catalina de Suecia eran urbanistas, mientras que Coleta de Corbie y Vicente Ferrer estaban a favor de Clemente VII. Varios de ellos serían canonizados o beatificados por la Iglesia luego de la unificación. 32 Algunos, como el arzobispo de Toledo, decidieron permanecer neutrales ante la duda, de hecho, en la Eucaristía rezaba pro illo qui est verus papa, «por quien es el verdadero papa». Los intentos de solución giraron en torno a dos modelos fundamentales: 6. 1. Via facti: por medio de la guerra Tras el cónclave de Fondi (1378), la reina Juana de Nápoles se adhirió al grupo que seguía a Clemente VII pero esta era la opción menos popular entre la población, que quería un papa italiano. El conde de Anjou, Luis I de Anjou, tras encontrarse con Clemente VII pensó en una solución que implicaba el uso de las armas contra el Papa Urbano VI usando la base de Nápoles. Para ello, la reina adoptaría a Luis I como hijo y el Papa Clemente reconocería oficialmente la adopción, luego éste se haría con un ejército que entraría en Nápoles y desde allí comenzaría la guerra contra Urbano. El 29 de junio de 1380, Juana adoptó a Luis I, haciéndolo su heredero, pero la acción en Nápoles tuvo que esperar debido a la muerte del rey francés. En respuesta Urbano declaró hereje a la reina Juana, la depuso y nombró rey a Carlos de Durazzo. El 16 de julio de 1381, Carlos III, que tomó ese nombre, se hizo con Nápoles aunque la reina resistió en el Castel Nuovo hasta el 2 de septiembre. 33 El conde de Anjou no se dio por vencido: se hizo nombrar heredero oficial por el Papa Clemente VII y formó un ejército en mayo de 1382. Atravesó Italia pero en julio la reina muere o es asesinada y su ejército disperso y falto de fondos, aunque gana algunas batallas es finalmente arrinconado en Tarento. Se retira a Bari y luego el conde enferma y muere el 21 de septiembre de 1384. Así, los intentos de acabar el cisma por las armas se mostraron fallidos. 6. 2. Via concilii: por medio del concilio Tras el primer recurso a las armas, y al tiempo de éste, se intentaron otras vías para la reconciliación: la primera de ellas es la via cessionis, que pretendía que uno de los dos papas, o los dos, abdicaran; la segunda era la vía compromissionis, con la que se aceptaba el arbitraje de un tercero y se acataba la decisión final de éste; y finalmente la vía concilii, que consistía en que los dos papas debían aceptar el juicio de un concilio ecuménico. También quienes querían acabar con el cisma buscaban algún sistema teológico que permitiera deponer a los papas o juzgar su proceder o la validez del cónclave. En este momento se desarrolló con fuerza la doctrina conciliarista, que hunde sus raíces sobre todo en las doctrinas de Guillermo de Ockam y Marsilio de Padua, quienes afirmaban la superioridad de un concilio general sobre el Papa. 34 Algunas universidades famosas como las de Oxford, Salamanca y París fueron los principales núcleos del conciliarismo. Los problemas para la celebración del deseado concilio no eran solo de naturaleza teórica o teológica sino también política dada la división de toda Europa. De todos modos no fueron pocos los que se dedicaron a reflexionar sobre el problema como por ejemplo, Conrado de Gelnhausen, Enrique de Langenstein o Pierre d'Ailly. Dado que el rey de Francia, impulsado por el Conde de Anjou, buscaba la solución por la fuerza del cisma, hizo presión para acallar las voces favorables al concilio: los profesores terminaron por abandonar la universidad y trasladarse a ciudades del imperio donde podían seguir enseñando sus tesis tanto conciliaristas como nominalistas. 7. RECRUDECIMIENTO DEL CISMA: CÓNCLAVE DE 1389 Urbano VI murió en 1389. Se pensó que con su muerte se llegaría al final del conflicto, sin embargo, los cardenales fieles al difunto papa escogieron al cardenal Piero Tomacelli como su sucesor. El nuevo pontífice romano tomó el nombre de Bonifacio IX. De igual modo procedieron los cardenales disidentes, tras la muerte de Clemente VII, acaecida el 16 de septiembre de 1394, se reunieron en cónclave en Aviñón, a pesar de la negativa de los reyes, y eligieron pontífice al cardenal Pedro de Luna, quien tomó el nombre de Benedicto XIII. El 35 cisma recrudeció, en la sede de Roma, a Bonifacio IX, le sucedió primero Inocencio VII (1404-1406) y luego Gregorio XII (1406-1415). El aviñonés en cambio permaneció en el solio pontificio hasta el fin del cisma. Éste era de carácter mucho menos manejable que su antecesor, los franceses cambiaron de bando y se inclinaron por encontrar una solución. Por algún tiempo, Benedicto XIII tuvo como apoyo nada menos que al milagroso dominicano, San Vicente Ferrer. San Vicente fue su confesor durante un tiempo, creyendo que la línea de Aviñón era la línea válida (hasta un tiempo después de transcurrido el cisma). Obviamente que San Vicente había sido persuadido de que la elección del papa Urbano VI era inválida debido a la multitud romana rebelde, además de la aceptación formidable de la línea de Aviñón por parte de 15 de los 16 cardenales que habían tomado parte en la elección de Urbano VI. Como cardenal, el antipapa Benedicto XIII había originalmente tomado parte en la elección del papa Urbano VI, y luego abandonó a Urbano y ayudó a elegir a Clemente (que, obviamente, había sido convencido de que la elección de Urbano era inválida). Como cardenal bajo el antipapa Clemente VII, Benedicto XIII fue su legado en la península Ibérica durante once años, y por su diplomacia atrajo a Aragón, Castilla, Navarra y Portugal a su obediencia [al antipapa Clemente VII]. Después de haber jurado continuar el camino de la abdicación para poner fin al cisma si la mayoría de sus cardenales 36 estaban de acuerdo, el antipapa Benedicto XIII ofendió a muchos de sus cardenales cuando se retractó de su promesa y se mostró indispuesto a considerar la abdicación, aunque la mayoría de sus cardenales sí querían que abdicara. Su rival, el papa Bonifacio IX, se mostró igualmente renuente. En la Universidad de París, Enrique de Langenstein y Conrado de Gelnhausen, pronto seguidos por Pedro de Ailly y por Jean Gerson, indicaron las «tres vías» que podían poner fin al cisma: el compromiso, la cesión y el concilio. En 1407 se estuvo a punto de dar una solución al problema, los dos papas de entonces, Gregorio XII y Benedicto XIII, acordaron encontrarse en Savona, para abdicar conjuntamente y dar paso a una nueva elección. Sin embargo, los dos se arrepintieron y no estuvieron dispuestos a ceder el poder. A este punto los perfiles se dirigían más hacia la solución de un concilio ecuménico, superior al papa. 8. EL CONCILIO DE PISA Los cardenales disidentes, las ciudades del norte de Italia, el rey de Francia y por supuesto la Universidad de París llegaron al acuerdo de convocar un Concilio en Pisa, al cual se adhirieron los alemanes y los ingleses. El concilio comenzó el 25 de marzo del 1409, inmediatamente fueron llamados los dos papas (quienes 37 no se presentaron) a comparecer en calidad de acusados y fueron depuestos el 5 de junio como herejes y cismáticos, basándose en las teorías de Ailly y Gerson. Los 24 cardenales presentes se reunieron en cónclave inmediatamente y eligieron como nuevo Papa a Pedro Philargés, franciscano, humanista, profesor en Oxford y en París y de origen cretense, quien tomó el nombre de Alejandro V. Los 14 cardenales que abandonaron la obediencia al papa Gregorio XII y huyeron a Pisa se unieron allí con 10 cardenales que abandonaron la obediencia al antipapa Benedicto XIII. Los cardenales de los dos bandos habían organizado un concilio y estaban decididos a poner fin al cisma por medio de una elección conjunta en Pisa. A los ojos del mundo, el Concilio de Pisa fue sin duda una asamblea brillante, a la que asistieron 24 cardenales (catorce que anteriormente se adhirieron al papa Gregorio XII, los diez de Luna [Benedicto XIII]… cuatro patriarcas, 80 obispos, 89 abades, 41 priores, los jefes de las cuatro órdenes religiosas, y representantes de prácticamente todas las universidades, reinos, y gran parte de las casas nobles en la Europa católica. El cardenal arzobispo de Milán tuvo el discurso de apertura en Pisa. Él condenó a los dos reclamantes, Gregorio XII y a (el antipapa) Benedicto XIII, y formalmente los convocó a comparecer al concilio. Cuando no se presentaron, fueron declarados como obstinadamente desobedientes. Hay que subrayar que, 38 en este momento del cisma (1409), la gente estaba tan exasperada con la prolongada desunión y las promesas rotas por los dos reclamantes, que la asamblea en Pisa fue recibida y apoyada ampliamente. Se hizo aún más impresionante y atractiva por el hecho de que sus 24 cardenales estaban compuestos por un número considerable de cardenales que habían formado parte de ambos bandos [Gregorio XII y el antipapa Benedicto XIII]. Esto le dio la apariencia de una acción unida de los cardenales de la Iglesia. El 29 de junio de 1409, los 24 cardenales eligieron por unanimidad a Alejandro V. Ahora había tres reclamantes al papado, al mismo tiempo. Como ha señalado el P. John Laux en su Historia de la Iglesia: «Había ahora tres papas, y tres colegios de cardenales, en algunas diócesis, tres obispos rivales, y en algunas órdenes religiosas, tres superiores rivales» (p. 405). El recién elegido antipapa de Pisa, Alejandro V, obtuvo el apoyo más amplio de la cristiandad entre los tres reclamantes. El verdadero papa, Gregorio XIII, obtuvo la minoría. Desde el principio, Alejandro V obtuvo el apoyo de Inglaterra, la mayor parte de Francia, los Países Bajos, Bohemia… Polonia… su propia Milán, Venecia y Florencia. De Luna [el antipapa Benedicto XIII] conservaba el apoyo de su propia Aragón, de Castilla, de partes del sur de Francia y Escocia. Gregorio XII fue el más débil de los tres, conservando la única lealtad 45 El 18 de julio de 1414 hizo su entrada en Morella, a requerimiento del rey que se encontraba allí desde unos días antes, el papa Benedicto XIII. Entró a lomos de una mula y fue llevado bajo palio portado por el rey Fernando y otros caballeros hasta la iglesia Arciprestal. Fernando tampoco descuidó hacer venir de Castilla a Vicente Ferrer, que a la sazón se hallaba predicando por aquellas tierras. El 15 de agosto se celebró la solemne misa, famosa en la historia de Morella, por concurrir a ella un Rey, un Papa y un Santo. Las negociaciones, infructuosas, duraron hasta que llegó la noticia de la muerte del rey Ladislao de Nápoles (6 de agosto) sin haber dejado sucesión directa, lo que obligó al rey a abandonar Morella. El Papa volvió a Peñíscola a mediados de septiembre, y nunca renunció al papado, muriendo el 23 de mayo de 1423. 11. ELECCIÓN DE MARTÍN V Y FIN DEL CISMA Ya solamente quedaba Benedicto XIII y Segismundo viajó a Perpiñán para reunirse con él, pero no pudo vencer su intransigencia. Esto determinó a Castilla, a Navarra y, menos claramente, a Aragón a abandonarle y comparecer ante el concilio, en el cual estuvieron representadas desde entonces seis autoridades: la italiana, la francesa, la imperial, la inglesa, la navarra y la castellana. Benedicto 46 XIII fue finalmente depuesto por el Concilio el 26 de julio de 1417 como cismático y hereje. Entretanto, los principales impulsores del Concilio de Constanza estaban empeñados en la realización de la reforma de la Iglesia «en su cabeza y en sus miembros». Para conseguirlo proclamaron el 6 de abril de 1415 la superioridad del concilio sobre el Papa18 y que la autoridad de la Iglesia no reposaba ni sobre el Papa ni sobre los cardenales, sino sobre la agregatio fidelium, cuya expresión la constituían las naciones. A fin de asegurar lo acordado, se procedió a la censura de los escritos de Wycliff, el proceso y la condenación de Jan Hus (el 6 de julio de 1415), de Jerónimo de Praga (el 30 de mayo de 1416) y la discusión, con ocasión del asesinato del Duque de Orleans, de la legitimidad del tiranicidio. Se votaron cinco Decretos de reforma, entre los que se destacó el Decreto Frequens (del 9 de octubre de 1417), que imponía la celebración obligatoria de un concilio cada 10 años. Los alemanes, inquietos por el estado de la Iglesia, quisieron ante todo decretar las reformas indispensables de la misma. Las otras naciones protestaron, por el contrario, contra toda demora en «hacer desaparecer la anomalía de una Iglesia sin jefe». Se decidió agregar a los 23 cardenales, muy atacados por el concilio a otros 30 prelados (seis por nación). Otón Colonna fue elegido casi 47 unánimemente el 11 de noviembre de 1417 y tomó el nombre de Martín V, quedando de este modo abierta la vía para restablecer la unidad en la Iglesia Católica dando por finalizado un cisma de casi medio siglo. Benedicto XIII, el Papa Luna, siguió imperturbable en su postura y murió en 1423, a los 96 años en Peñíscola, a donde había mudado su sede, en el antiguo castillo de la Orden del Temple. Tras ello sus cardenales eligieron a su sucesor, Gil Sánchez Muñoz, que tomó el nombre de Clemente VIII, último papa de la obediencia de Aviñón, en el Salón del Cónclave del castillo de Peñíscola, lugar donde residió hasta su abdicación en Martín V. Ésta se produjo en 1429 en San Mateo, Castellón, debido a las presiones políticas del rey de Aragón, Alfonso V, por entonces ocupado en la conquista del Reino de Nápoles. 48 BREVE APUNTE BIOGRÁFICO SOBRE D. DIEGO de ANAYA 49 Curiosamente, aunque en principio Ruiz de Vergara pretende, sobre todo, escribir la vida del Ilustrísimo señor D. Diego de Anaya y Maldonado, fundador del insigne Colegio de San Bartolomé de la misma Universidad de Salamanca, dedica la mayor parte a dar noticia de, según él, los Varones que deben su educación a aquel seminario de letras, de virtudes y en los hijos de aquel colegio, que trataron más de imitar que de escribir las virtudes de los primeros varones, que fueron piedras fundamentales sobre el que se fundó aquel templo de sabiduría. Con un lenguaje muy propio de la época, Ruiz de Vergara nota que los españoles, entregados a la profesión militar, menospreciaban todo lo que no dependía del filo de la espada, y entre aquellas tinieblas de ira, lucha y desidia amaneció la luz de nuestro Arzobispo, abriendo camino para que en España florecieran las ciencias y con ellas la Religión. Nació D. Diego de Anaya y Maldonado en la ciudad de Salamanca, de origen ilustre, sus padres fueron D. Pedro Álvarez de Anaya y su madre Doña 50 Aldonça Maldonado. Según algunos autores los Anaya tienen su origen en Alemania. Sin embargo, parece más cierto que los Anaya descienden del linaje de D. Alfonso Enríquez. Usan dos diferencias de armas: unos que usan armiños negros, con cinco bandas azules en campo de plata, estas son las que usaba nuestro arzobispo, y otros que usan cuatro barras azules. Otros dicen que el apellido se tomó de un hermano del Conde Vela, probando que los Anaya traen en su escudo los armiños que usa la familia Guevara, que hacen progenitor a este conde, pero yerran porque los de Guevara no tienen tal descendiente. El conde D. Vela no usaba armiños en sus armas, si usaba cuatro bastones rojos con oro, como descendiente de la Casa Real de Aragón con ocho cruces de plata, al hermano del Conde D. Velaré llamaban Anaya, que en lenguaje de las vascongadas significa hermano. El solar de la familia Anaya, se ve en la provincia de Álava. El primero en tener este apellido fue N. Anaya en el año 819 fue testigo en la escritura de fundación del Monasterio de Santa María de Obona. En el año 1107 encontramos a un D. Munio Anaya, obispo de Álava. En el año 1103, Garcia de Anaya, aparece confirmando una donación. En un papel manuscrito se dice que en el año 1232, en el reinado de Fernando El Santo, en el archivo de Ledesma, cerca de Salamanca, se menciona a D. Álvaro de Anaya y su hermano Fernando de Anaya. 51 En el mismo archivo en el año 1302, aparece de Anaya García y García Anaya. En el 1345, ya se tiene noticia de D. Álvaro de Anaya, padre de D. Pedro Álvarez de Anaya, que se casó con Aldonça Maldonado, de los que nació el Ilustrísimo Señor D. Diego de Anaya y Maldonado. Por cuanto se refiere a los Maldonado, cabe decir que, en un primer momento, la familia no se llamó Maldonado, sino Chirinos. Casándose los Chirinos con los Maldonado, se mezclaron la sangre de los unos y de los otros, y así se mezclaron los blasones de su nobleza. Los Chirinos eran de Castilla y los Maldonado eran de Galicia, cerca de la ciudad de Santiago de Compostela. Antes de utilizar la familia el de Maldonado, utilizaban el de Aldana. Según algunas fuentes, esta familia procede del Infante Aldana, hijo de Teodorico II nombre de los godos, prueba de las armas que usaban, que era campo de plata con ondas azules y sobre ellas un cisne. Según la tradición, existe una historia muy interesante que hace mención a este tema. Hallándose Suero Pérez, hijo de Pedro Arias de Aldana en Santiago, recibió una afrenta de un peregrino francés que vino a visitar el Sepulcro del Apóstol, no pudo éste satisfacer en Galicia su respuesta a la afrenta del francés, 52 por lo que le siguió hasta Francia, pidiéndole al Rey de Francia campo para luchar contra aquel caballero, el Rey se lo concedió y le cortó la cabeza; este Rey le ofreció lo que quisiera de su reino, más Suero de Aldanza lo único que le pidió fueron las cinco flores de lis de sus armas, el Rey no se las pudo otorgar, y le dijo: «mal donadas te sean». De ahí el apellido Maldonado. Sin embargo, no todos los descendientes de Suero de Aldana utilizaron el apellido Maldonado, en este caso hay una diferencia: las lises de los Maldonado, son de plata y, por el contrario, las lises de los Aldana, son de oro. No deja de resultar curioso a nuestros oídos los que Ruiz de Vergara comenta sobre los padres y crianza de D. Diego de Anaya. D. Pedro Álvarez de Anaya fue caballero por su valor y por su entendimiento, Doña Aldonça Maldonado, era matrona. Su madre crió a D. Diego, y siempre se ha dicho que esto hizo que fuera noble, pues en aquellas madres que no amamantan a sus hijos suele haber inclinaciones torcidas, degenera la raza y los linajes, culpando de ello a los padres que a veces entregan a sus hijos a mujeres bajas, que en el primer alimento mezclan su sangre con el primer alimento del niño, por el temor de las madres de no seguir siendo bellas, las lleva a entregar a sus hijos a las amas. D. Diego continuará sus estudios en la Universidad de Salamanca, Universidad de ciencias que florecía, fue fundada por el Rey D. Alfonso IX de León 53 en el año 1200, sin más rentas y dotación que conceder muchos privilegios y exenciones a los estudiantes y maestros. Fernando III, el Santo, mantuvo todas las exenciones y privilegios, hasta que el Rey Alfonso X El Sabio concedió las primeras rentas que tuvo la Universidad en 1254 y cuyo reformador fue el cardenal D. Pedro de Luna, después elegido Pontífice durante el cisma que padeció la iglesia en el año 1395. En el año 1380, dividió las cátedras y asignó las lecciones, y con una donación de 20 maravedíes que hizo el Rey D. Juan I quedaron asentadas las cosas y poblada de hombres doctos la Universidad que, en palabras de Ruiz de Vergara, había padecido mucho. Sus principales rentas consistían en las tercias eclesiásticas del Obispado de Salamanca, que los aretes gozaban por tolerancia de los Sumos Pontífices y la Universidad por merced de los Reyes. En 1305, Clemente V, mandó que se unieran las tercias a las fábricas y de las iglesias a quien tocaba antes y faltándole salario de los maestros fue también faltando el estudio poco a poco, restituida después floreció con tanto crédito que ha dado lugar a los frutos que hoy se experimentan en beneficio de estos reinos, y de la Iglesia. El joven D. Diego no tuvo cuidado con sus costumbres y el mal ejemplo de algunos condiscípulos y se desvío del camino. Se enamora de Doña María de Orozco, vivieron apasionados pero este amor se apagó con la murmuración y con 54 el escándalo. Tuvieron dos hijos, Juan y Diego Gómez de Anaya, colegiales los dos del Colegio que fundó su padre. 1. PRECEPTOR DE PRÍNCIPES Apagados los ardores de juventud volvió nuestro fundador a restituir con nuevas virtudes lo qué perdió en sus diversiones. Dedicó su fe a la iglesia y se dedicó a las letras, creció su fama, llegando a oídos del Rey Juan I. Este tenía dos hijos Enrique, el primer príncipe de Asturias y D. Fernando llamado el de Antequera por su conquista, después sería Rey de Aragón. El rey don Juan I consultó a los varones doctos del reino y eligió a don Diego de Anaya. Para formar a un gran príncipe es necesario que antes se forme a un gran maestro; la buena educación es necesaria en los príncipes, porque son instrumentos de la salud pública y la felicidad de sus reinos. Misión que llevó adelante junto con otros preceptores y educadores. Hijo primogénito del rey de Castilla Juan I y su esposa la infanta Leonor de Aragón, hermano mayor de Fernando que sería rey de Aragón. Por parte paterna fueron sus abuelos Enrique II de Castilla y Juana Manuela de Villena y por parte materna Pedro el Ceremonioso, rey de Aragón, y su esposa la Reina Leonor de Sicilia. Su crianza fue encomendada a Inés Laso de la Vega, esposa de Juan Niño. 61 Igualada, Fernando se sintió muy enfermo de una dolencia renal, por lo que fue internado en aquella casa y a pesar de los extraordinarios cuidados a los que fue sometido entregaba su alma a Dios el 2 de abril de 1416, dejaba seis hijos de doña Leonor de Alburquerque , Alfonso su sucesor , Juan que sería rey de Aragón al morir Alfonso sin descendencia , Enrique Sancho que sería gran maestre de las órdenes de Calatrava y Alcántara , María que se casó con Juan II de Castilla y fue la madre de Isabel la Católica y Leonor que se casó con Eduardo de Portugal. 2. DIEGO DE ANAYA, OBISPO DE TUY, ORENSE Y SALAMANCA. Por la muerte de don Juan de Castro Obispo de Tuy, fue elegido Don Diego de Anaya en este obispado agradeciéndole así el rey su agradecimiento por haber enseñado a sus hijos. Las mayores fatigas y cuando más trabajó nuestro fundador fue, cuando lo ascendieron a la dignidad Episcopal y con el ascenso, a las Becas de las iglesias de Cuenca y Sevilla, después pasaría por beneficencia de los pontífices Benedicto XIII y Martín V, en aquel tiempo se proveían de dos formas: -Por los reyes, que eran fundadores de todas las Iglesias y catedrales de sus reinos, conquistando a los moros las diócesis y provincias. - Otras, se proveían por los sumos Pontífices hasta que Sixto IV en gratificación a los grandes méritos de los Reyes Católicos, les dio la gracia de presentar a los obispados sin limitación alguna, esto lo confirmo Adriano VI al Emperador Carlos V. 62 Como hemos dejado constancia en capítulo anterior, la Iglesia Católica padecía un Cisma originado por la mudanza de la Corte Pontificia que hizo Gregorio XI desde Aviñón a Roma en el año 1373, cuando muere Gregorio los cardenales franceses que era la mayor parte del colegio sacro, querían elegir Papa francés y restituir a Aviñón la silla apostólica . Roma se opuso a este traslado y a esta elección pues no querían otro elegido del mismo colegio, así que eligen a Bartolomé Napolitano, arzobispo de Bari, llamado Urbano VI. En 1390, muere el Obispo de Orense y nuestro Diego de Anaya, Obispo de Tuy, asciende como Obispo de Orense y más tarde como Obispo de Salamanca. En 1394 muy bien Aviñón Clemente VI y se dice entonces a don Pedro de Luna que toma el nombre de Benedicto XIII pero con la premisa de que Benedicto XIII renunciaría al pontificado. Benedicto trató de pasar su corte Italia, el rey de Francia le instó a que hiciera el concilio para averiguar quién era el verdadero papá y acabar con el Cisma. Sin embargo Benedicto dijo que de ninguna manera y va a dejar el cargo en el que Dios le había puesto. A este propósito, acabó celebrándose una junta en Alcalá de Henares con todos los pelados del reino que resolvieron negarle obediencia a Benedicto XIII. 63 3. FUNDACIÓN DEL COLEGIO MAYOR DE SAN BARTOLOMÉ Y PROMOCIONES DE SU FUNDADOR En el año 1401, empieza D. Diego de Anaya y Maldonado las primeras líneas para la fundación del Colegio, pensando cómo iba a ser y una imagen que él tenía empieza a verse en un dibujo. Escogió a un número de estudiantes virtuosos, honrados y pobres, graduados, cursantes y otros. Les dio casas junto al Palacio Episcopal, les mandó acudir con lo necesario para su sustento y puso un Rector que los gobernara, que fue el licenciado Pedro Núñez. Su lema era:” De pequeños principios se originan cosas grandísimas.” De un seminario de estudiantes salió un Colegio que ha llenado de Varones Excelentes todo el mundo, de sus excelencias y de sus insignes varones hablaremos. El rey D. Enrique eligió como Obispo de Salamanca a D. Diego de Anaya, presidente de Castilla, que es el mayor puesto de Toga que tiene este reino, y la persona que le confiere es la de mayor dignidad y la inmediata al príncipe. Duraba el Cisma de la Iglesia en el año 1408 y España obedecía a Benedicto XIII, el Obispo de Cuenca muere y D. Diego es nombrado Obispo de Cuenca, era 64 ventajoso este nombramiento, pero a don Diego no le gustó porque esto suponía alejarse de su colegio, que estaba recién planteado, temía que no siguiera el camino que le había trazado para el colegio por lo que suplicó al pontífice Benedicto XIII y éste le mandó este aceptar ser Obispo de Cuenca por el bien de la Iglesia. En el archivo de Salamanca se halla la carta de despedida de su cabildo. La ausencia de Salamanca hizo a don Diego despertar aún más lo que sentía por la fundación de su colegio, y no le gustaba verlo puesto al lado de las casas episcopales por lo que pidió al canónigo don Pedro Bernal comprara otro sitio más espacioso y acomodado para el colegio, y así, y así se compraron las casas donde hoy permanece el Colegio, por 600 florines de oro de Aragón. Como los reyes de Castilla y Aragón obedecían a Benedicto que asistía en Aviñón, no enviaron a sus embajadores al Concilio. Por Castilla la Reina Catalina y el rey su hijo Don Juan, enviaron a don Diego de Anaya y Maldonado, llevando por compañero a Martín Fernández de Córdoba. Pasaron por Peñíscola para ver a Benedicto, le besaron el pie y los bendijo para su viaje y partieron hacia Constanza, siendo recibidos por el Emperador con mucho respeto. Antes de empezar a tratar el tema de la Iglesia, entre los embajadores se encendieron discordias, por donde se sentaban unos y otros; el primero en crear conflicto fue 65 el embajador de Borgoña que quería preceder en el asiento a Martín Fernández de Córdoba, al verlo D. Diego lo emplazó a que no ocupara este sitio y le dijo al embajador de Borgoña: «yo como clérigo he hecho lo que me correspondía, como caballero haz lo que yo no puedo». Dudaron algunos de este hecho, pues no es normal que un Embajador de Borgoña y duque, aunque grande en riqueza, familia, estados y opulencia, siendo inferior en dignidad y poder al rey de Castilla, se enfrentará a uno de sus embajadores. Vencida esta contienda, ocurrió otra entre los embajadores de Aragón y los de Inglaterra. Don Diego para manifestar la grandeza de su rey habló al emperador Segismundo y a todos de la siguiente forma y, según Ruiz de Vergara, vino a decir algo así: «Hemos venido a trabajar sobre las necesidades y trabajos de la Iglesia Católica, a dar la paz que necesita y nos encontramos con que se han fraguado enemistades, el Duque de Borgoña ha querido sentarse en nuestra presencia en mejor lugar que Martín Fernández de Córdoba, que representa al rey de Castilla. Y, una vez solucionado nace otra enemistad entre los embajadores de Inglaterra y Aragón. Las grandezas del Rey, obedecen a la Corona de Castilla, todas las provincias que bañan el océano, provincias de Cantabria, Galicia, reino de León, las dos Castillas, Andalucía… No negaremos que si se dudara del Concilio y se nos diera el lugar que nos pertenece, no faltarán nuevos Rodrigos de Vivar, que 66 entrarán por los Alpes, Pirineos, las Galias hasta establecer el derecho como hizo el Cid, que estableció la soberanía de Castilla con el Imperio». El pontífice Martín V, hizo a don Diego de Anaya y Maldonado un regalo para que volviera a España con algún premio por lo mucho que había trabajado en el concilio. Don Diego se detuvo en Bolonia y quiso ver el magnífico colegio que levantó en aquella ciudad el cardenal Gil de Albornoz, y lo que observó aquí le sirvió para perfeccionar su colegio San Bartolomé. Cuando llega a Salamanca el señor Arzobispo trató de que en el colegio entrasen alumnos excelentes. Eligió a 15 sujetos, dos capellanes, a quienes vistió con manto. Asistieron Doctores de la Universidad, la nobleza de Salamanca y el Obispo Anaya, siempre según Ruiz de Vergara, de este modo a sus colegiales: «Como en los edificios es necesario para que tengan firmeza poner piedras sólidas en los fundamentos, os elijo a vosotros como piedras fundamentales de este edificio, en vuestros hombros han de descargar la educación de los que os sustituyan. España produce lo mejor del universo, con la experiencia que tengo de mis viajes fuera os digo que no tenemos que envidiar a ninguna nación». Por esta época, el rey nombró a don Diego de Anaya embajador del rey de Francia. 67 Don Álvaro de Luna, dueño de la gracia de Juan II, con la autoridad que le concedía éste, a su arbitrio mudaba a los ministros y dispensaba puestos, quería acomodar a su hermano don Juan de Cerezuela en el arzobispado de Sevilla. Por lo que cuando don Diego de Anaya y Maldonado llegó a Francia notó ira, fue mal recibido y a esto le siguieron las calumnias fomentadas por D. Álvaro de Cerezuela, que escribió al Papa Martín V que D. Diego de Anaya y Maldonado tenía amistad con don Pedro de Luna reconociendo el Pontífice sin tener en cuenta su disposición y lo que se determinó en el concilio. Los príncipes son muy celosos de su autoridad, la monarquía de la iglesia no admite pluralidad, vicario de Dios sólo puede haber uno, cuando Cristo forma el cuerpo del colegio apostólico puso una cabeza a San Pedro. Cuando Martín V oyó la calumnia temió un nuevo cisma y privó al arzobispo de su dignidad y lo puso como Arzobispo de Tarfis y puso como administrador a Lope de Olmedo, favorecido del Papa. Gran golpe fue para nuestro obispo verse perseguido y despojado de todo. Se retiró a San Bartolomé de Lupiana, monasterio de la Orden de San Gerónimo, allí estuvo en compañía de sus religiosos con deseo de manifestar al mundo su inocencia. Los hijos de su colegio lo defendieron, estos varones fueron al Rey D. Juan y probaron la falsedad del crimen que le atribuían al Arzobispo. EL rey les ofreció 68 interceder con el Pontífice, para informarle de la verdad, así lo hizo y Martino V, padre de la cristiandad, enterado de los intereses de los acusadores encargó el caso a D. Sancho de Rojas, Arzobispo de Toledo; este prelado halló inocente al Arzobispo D. Diego de Anaya y Maldonado, dio la noticia al Pontífice que mandó restituirle a su Iglesia de Sevilla. Pero D. Juan de Cerezuela dijo que el Pontífice de aquel arzobispado, D. Álvaro de Luna medió los asustó y éste acudiría cada año con una persecución, este concierto duró hasta 1434, que se fue al Arzobispado de Toledo y la silla la volvió a ocupar el antiguo prelado D. Álvaro. Los filósofos admiraron como era capaz el corazón de este hombre, de soportar las continuas calamidades de la vida. Los tres años que vivió después de su restitución los dedicó a reformar su Iglesia, visitar su Diócesis, perfeccionar la Fundación de su colegio y ayudar a sus parientes. Otorgó testamento: que le enterrasen en la Capilla del Colegio San Bartolomé que fundó para su entierro y el de sus colegiales, en el claustro de la iglesia catedral de Salamanca, en 1422. Dejó como único heredero al Colegio. La mejor joya que dejó fue la librería, la mejor y la más selecta. Murió cumplidos los 69 70 años, su cuerpo fue depositado en la Santa Iglesia de Sevilla, y más tarde lo llevaron, como fuera su última voluntad, a su capilla de Salamanca. «Aquí yace el Reverendísimo, Ilustre y Magnífico D. Diego de Anaya y Maldonado, Arzobispo de Sevilla, fundador del insigne Colegio San Bartolomé». El año 1401, fue el principio de la fundación del Colegio Mayor San Bartolomé, cuatro años después en 1405 le dio constituciones el Arzobispo, en el año 1407, y en el año 1413 el licenciado Pedro Bernal, Canónigo de Salamanca, compró las casas de la iglesia en 600 florines de oro de Aragón. Por devoción particular nuestro Obispo dedicó su colegio a San Bartolomé apóstol. También dedicó Capillas en las Santas Iglesias de Cuenca y Salamanca. A partir de 1400 en adelante se comenzó, componiéndolo de Colegiales y Graduados, como cursantes que se gobernaban con las instrucciones y ceremonias que daba el Arzobispo. Entre los años 1405 y 1407 ya tuvieron Constituciones, en 1413 se compró el sitio donde se edificó el Colegio. En el año 1414, Benedicto XIII confirmó la Fundación de este Colegio y después Martín V lo continuó. El fundamento jurídico del Colegio lo constituyen distintas Bulas de los Pontífices Benedicto y Martín. La de Benedicto del año 1415, por la que se 70 concede la facultad a nuestro fundador para poder anexar al colegio diferentes préstamos, y beneficios, dehesas heredadas y otros bienes que fueran patrimoniales en las villas de Requena, el Corral y otras. La de Martín, en 1419, se concede la misma licencia para que se anejen al Colegio pensiones, beneficios, hasta 200 florines en Aragón, en remuneración de los grandes oficios que hizo a la Iglesia nuestro fundador. Además otros Santos Pontífices como Paulo III y Julio II confirmaron las bulas de Benedicto XIII y Martín V. En la intención del fundador, el Colegio simboliza la casa de la sabiduría, 15 colegiales, como las 15 columnas de la casa que edificó Salomón. La Beca, distintiva del colegial, significa el premio de los trabajos literarios a imitación de los collares o cadenas que usaban las torquetas de Roma, de donde pendía al pecho la Insignia de la Bula, que distinguía a la nobleza de la plebe. La diadema de los reyes antiguos era una faja en círculo, que en nuestro lenguaje llamamos rosca y en el faldón de la beca se ve una diadema, con alusión a los hijos de este colegio, sirviendo en los mayores puestos de la República, tenían que llevar en sus hombros la corona, imitando a las fábulas antiguas. En la primera institución del colegio cubrían la cabeza con la beca. El bonete es insignia de libertad y virtud. 77 gravedad, modestia, componer acciones a callar hasta ser preguntados, a sufrir trabajos y penalidades, a tener valor en los casos arduos, en esta escuela del Colegio se crían corazones generosos, desinteresados, y si alguno ponderando nuestros defectos juzgare el haberse aprovechado poco de aquella enseñanza , le podemos responder que fueron mayores nuestras faltas, al no haber alcanzado la felicidad de habernos criado en aquel colegio, de haber tenido Cardenales, Obispos, Arzobispos, Virreyes, Gobernadores de Castilla, Capitanes Generales, Embajadores, Presidentes, Consejeros de Estado, Cámara, Consejeros Reales.... y tantos y tantos ilustres. 7. FORMA DE DISTRIBUCIÓN DEL COLEGIO Según refiere Ruiz de Vergara, el Colegio administra sus rentas con atención, no hay en España hacienda tan bien empleada, consiste en algunos beneficios eclesiásticos que le aplicó nuestro Fundador en las Villas de Corral de Almaguer, Requena, y otros lugares de la Mancha, y del Obispado de Cuenca, y también otros de Salamanca. En el cuerpo de la Comunidad gastará 3.000 ducados cada uno, lo demás se distribuye entre Capellanes, Mayordomos, Criados, Limosnas, Informaciones. Los extraordinarios son muchos y asisten a: Los colegiales que preparan oposiciones para las Cátedras. 78 Los criados que se hacen inútiles por estar enfermos, o por la vejez, se les da para que pasen la vida cómodamente, después se dan a sus mujeres una vez que han muerto y también a sus hijos si quedan pobres. Cuando comienza el curso, en San Lucas y cuando termina, a primero de Mayo, se distribuyen en la puerta del Colegio dos fanegas de pan entre estudiantes y pobres y si se ve que hace falta más se aumenta la limosna hasta cerrar las puertas del refectorio. Algunos años distribuyen hasta mil fanegas de pan de limosna. El Colegio es una familia grande compuesta, en el momento que Ruiz de Vergara escribe su obra, reglamentariamente por 17 COLEGIALES (de ellos dos capellanes), 5 FAMILIARES, 8 CAPELLANES y los correspondientes CRIADOS. Por Estatutos, en el Colegio no sólo se dan limosnas a los estudiantes, sino también a otras órdenes y necesitados. Además, se celebraban cuatro fiestas dentro del colegio: SAN JUAN DE SAHAGUN, SAN SEBASTIÁN, SAN BARTOLOMÉ y la SEMANA SANTA. 79 ESTRUCTURA Y CONFORMACIÓN ESTATUTARIA 80 Si bien parece que no hay duda alguna sobre la fecha de fundación del Colegio por D. Diego de Anaya y Maldonado, a la sazón obispo de Salamanca, los autores clásicos no mantienen unanimidad sobre la fecha en que el Colegio tuvo Estatutos o Constituciones elaborados de forma sistemática y con vigencia indiscutida. La verdad es que no nos ha llegado memoria contrastada de aquellos primeros colegiales que, a expensas del Obispo, vivían en pequeños inmuebles aledaños al Palacio episcopal. Probablemente, las primeras Constituciones o Estatutos que regularon la vida colegial del San Bartolomé fueron establecidos por D. Diego de Anaya entre 1408 y 1415. Anaya se titula en aquellas primeras directrices como Obispo de Cuenca y sucede que hasta 1408 no fue promovido a aquella sede, hallándose en 1415 en el concilio de Constanza, en calidad de Embajador del Rey de Castilla. Anaya es nombrado Arzobispo de Sevilla en 1417 puesto que en Bula de Martín V, de 28 de abril de 1418, ya se le menciona como Arzobispo de Sevilla. Lo que, de todos modos, parece cierto y admitido por todos es que con las de 1435 se innovan totalmente las Constituciones colegiales preexistentes y, de hecho, éstas de 1435, también elaboradas por D. Diego de 81 Anaya y formalmente de carácter más jurídico, se erigieron en referencia o modelo para posteriores reformas, revisiones o ampliaciones estatutarias. 1. LAS PROTO-CONSTITUCIONES DE 1408-1415 Estos primeros Estatutos, como ya se ha apuntado, no pueden calificarse de estrictamente jurídicos, aunque sea frecuente en sus disposiciones la utilización de la fórmula protocolaria «ordenamos y mandamos», sino que toda disposición va acompañada de amplias explicaciones y justificaciones de la norma advirtiendo, incluso, de los beneficios que su observancia reportará al propio colegial, a la sociedad, al Reino y a la Iglesia. Con todo y con ello, se ha de reconocer que ya en estas primeras Constituciones, cuyos artículos aparecen sin numeración alguna, se plantean los principios fundamentales que han de estructurar la institución colegial así como las líneas básicas y pautas a seguir por los colegiales. En primer lugar, se establece el número de colegiales que se fija en quince, cinco estudiantes de Teología y diez de Cánones, número que permanece inalterado a lo largo de los años; del mismo modo queda ya establecido que uno de ellos será elegido Rector que será asistido por tres Consejeros, uno Teólogo y dos Canonistas. Además prescribe la erección de una Capilla dedicada a San Bartolomé. Los colegiales han de proceder de Castilla y sólo podrá haber uno por 82 Diócesis o Región. A continuación manifiesta el Fundador que los colegiales han de ser pobres y considera que siete años de permanencia en el mismo son suficientes para completar el currículum de estudios. También establece que si un colegial no pudiese hacerse cargos de los gastos anejos a la consecución del Doctorado o la Maestría, el Colegio debe aportar un subsidio o ayuda que le posibilite el acceso al correspondiente grado. En el Colegio se constituyen dos capellanías que deben ser oriundos de Castilla y Anaya determina las obligaciones de los mismos tanto litúrgicas como pastorales, ya por lo que se refiere al tiempo ordinario como a las festividades contempladas en el calendario propio del Colegio y fija los emolumentos. El propio Fundador determina el protocolo y precedencia que ha de observarse entre los colegiales y el modo como han de ser llamados los colegiales al Refectorio, señalando los rezos que han de realizarse al principio y final de las comidas y los comportamientos y actitudes que han de observarse en el mismo. También establece la clase y cantidad de comida y bebida que han de recibir los colegiales, distinguiendo además entre los días ordinarios y días festivos; otro tanto se determina respecto al vestido y demás prendas necesarias que han de ser ofrecidas al colegial y todo ello acompañado de detalladas explicaciones sobre su conveniencia y oportunidad. No se olvida mencionar la exquisita atención con que han de ser tratados y especialmente cuidados los enfermos. A continuación 83 se determina la fecha, el día de San Martín, y el modo de proceder a la elección de Rector. Imponen estas Constituciones determinadas condiciones y restricciones para que los Colegiales Teólogos puedan impartir lecciones tanto a los propios colegiales como a estudiantes de fuera del Colegio. Impone a los colegiales la obligación de recibir el sacramento de la Penitencia, al menos, dos veces al año y del mismo modo a los no sacerdotes la de comulgar también, al menos, dos veces al año. Si bien el Colegio admite también al rezo de los oficios a no colegiales, sin embargo la entrada en el mismo está rigurosamente prohibida a las mujeres. Se impone a los colegiales la obligación de asistir a diario a las lecciones y se establecen penas para quienes no cumpliesen con esta obligación. Estas Constituciones determinan el modo como se ha de proceder en aquellos casos en que, por distintas circunstancias, disminuyan los ingresos en la caja colegial y dedica una especialísima atención a la custodia de los libros y a la biblioteca pues, según Anaya, los libros constituyen el más precioso tesoro para los estudiantes. No se olvida en estas normas prescribir el modo como han de ser tratados y recibidos los familiares del Fundador y los descendientes de la línea Anaya. Las Constituciones regulan la hora en que los colegiales han de recogerse y volver al Colegio si se hallaren fuera y mandan que las puertas se cierren por la noche. A continuación se concretan las oraciones y sufragios que se han de hacer en el Colegio en favor de las almas del Fundador y de sus antepasados. También 84 el Fundador prescribe con todo lujo de detalles el juramento que han de prestar los colegiales como requisito final para adquirir la condición de colegial. En la constitución siguiente, se ordena al Rector y a quienes en ello tengan responsabilidad que inspeccionen, al menos dos veces al mes, el estado de las propiedades del Colegio y que procuren su reparación o reforma siempre que fuere necesario. También se exhorta a colegiales y Capellanes que vivan y actúen con honestidad tanto en hechos como en actitudes y palabras. Partiendo del adagio de que si no se observan las normas por amor la virtud, al menos se cumplan por temor a las penas, en la constitución titulada “De subjectione Domus et Personarum visitatione” se determinan extensa y detalladamente una serie de sanciones que llegan hasta la de expulsión, en proporción a las faltas cometidas. En la siguiente constitución, bajo el epígrafe De Poena Studentium deferentium arma et alia turpia facientium, siguiendo la tónica de la anterior, se establece una detallada tipificación de ciertos comportamientos considerados delictivos acompañados de las correspondientes sanciones, así como el procedimiento para aplicarlas. El Fundador en estas primeras Constituciones establece un cuidadoso control sobre los fondos y disponibilidad económica del Colegio. Ordena, al respecto, que dos veces al año se realice una auditoría sobre el estado de la caja o tesoro del Colegio, mediante la intervención de dos Síndicos que controlen el 85 estado de la economía y que pueden ser o bien colegiales o bien personas externas y ajenas al Colegio. Ya en estas primeras disposiciones aparece la prohibición tajante de que ningún colegial, Capellán, Oficial o Familiar puedan invitar a persona alguna a comer o cenar en el Colegio. Sigue una detalladísima constitución sobre la guarda y custodia de todos los bienes y propiedades del Colegio, poniendo una especialísima atención sobre el cuidado exquisito con el que se han de cuidar los libros en que se conserva el inventario de bienes del Colegio y la contabilidad diaria del mismo. En esta misma línea, se ordena que el dinero sobrante se destine a incrementar el tesoro del Colegio y, además de invertirlo de forma que revierta en favor del propio Colegio, se procure a atender a determinadas obras de caridad. La disposición final de estas primeras Constituciones se refiere a la elección de Rector y de Consejeros, previniendo ciertas dificultades o disensiones que pudieran surgir, así como el procedimiento que han de seguir los Visitadores a la hora de investigar sobre posibles irregularidades. 2. LA EVOLUCIÓN ESTATUTARIA POSTERIOR: EL SIGLO XV Así pues, desde que el año 1435 D. Diego de Anaya, a la sazón Arzobispo de Sevilla, aprobara las que según lo dicho más arriba pueden ser consideradas como las primeras Constituciones del Colegio Mayor San Bartolomé de Salamanca hasta que Ruiz de Vergara escribe su obra se sucedieron una serie de 86 Constituciones y Estatutos mediante los que se intentó perfeccionar la vida colegial y, a su vez, acomodar la vida y finalidad del Colegio a los cambios sociales y culturales que se operaron en España y Europa desde mediados del siglo XV hasta las postrimerías del XVI, sobre todo a partir del descubrimiento de América. Como ya he señalado, el 12 de mayo de 1435, D. Diego de Anaya aprobaba en Córdoba las Constituciones del Colegio San Bartolomé. El 2 de abril de 1437, D. Diego aprueba, esta vez en Sevilla, unas segundas Constituciones para el San Bartolomé. Entre abril y noviembre de 1437 se registran unos Estatutos que han de ser jurados por todos los Colegiales. Finalmente, con fecha de 4 de noviembre de 1437 nos encontramos con cinco nuevas Constituciones atribuidas al propio Arzobispo Anaya. Posteriormente, el 7 de enero de 1467, el Rector D. Pablo de la Puebla realiza una Exposición y Resolución declaratorias sobre las elecciones de Rector y Consiliarios del Colegio. El año 1490, como resultado de la visita de D. Juan de Pereyra se redactaron nuevos Estatutos y, de nuevo como fruto de una visita canónica realizada, esta vez, por D. Juan de Cubillas, antiguo colegial del San Bartolomé, se redactan nuevos Estatutos. Mención especial requiere en este lugar la Bula de Julio II, de 5 de junio de 1505, mediante la que, además de confirmar determinadas Constituciones del Colegio, concede al propio Colegio la potestad de interpretar los Estatutos, así 93 titulares de beneficios de rezar las horas canónicas. El 61 determina como se ha de proceder con el trigo sobrante de las rentas colegiales y en el 62 ordena que los superávit se inviertan en libros y en la reparación del Colegio, si fuere necesario. El 63 manda que se lleve una contabilidad clara de las rentas y estado económico del Colegio. En el 64, de carácter eminentemente protocolario, se establece la precedencia que ha de ser observada entre los colegiales. El 65 prescribe al Rector y Consejeros la obligación de realizar las previsiones necesarias respecto a comida, vestido y necesidades personales de los colegiales. En el 66 se sanciona con la pérdida de vestido durante un año a quien no acuda a la elección de Rector. El 67 se refiere a los dos Capellanes propios del clero secular, fijando su residencia, comida, vestido y el tiempo de permanencia en el Colegio. El 68 determina la imposibilidad de que puedan ser simultáneamente colegiales consanguíneos hasta en cuarto grado. El 69 prescribe el modo de celebrar elecciones en ausencia del Rector y de los Consejeros. El 70 prohíbe la residencia en el Colegio a casados y desposados. En el 71 se determina la forma de elección de los Visitadores, así como las cualidades de que han de estar dotados y el salario que les debido. El 72 se refiere a la observancia del ayuno por parte de los colegiales; el 73 a la imposibilidad de reelegir como colegial a quien ya ha sido elegido en dos ocasiones. El artículo 74, último de estas Constituciones, regula la obligación de los colegiales respecto al cursus 94 académico que han de seguir y establece que en determinadas solemnidades los colegiales pueden endosar en público las vestiduras propias de su grado académico, manteniendo siempre en el Colegio el hábito propio del mismo. 2. 2. Las Constituciones de 1437 Constan estas segundas Constituciones de 16 artículos. En el primero se determina el procedimiento a seguir en aquellos casos en que el elegido a Rector o Consejero se halla en su último año de permanencia en el Colegio. El segundo prescribe el procedimiento a seguir para ocupar las habitaciones libres. El tercero y el cuarto se refieren a cuestiones disciplinares: de la pena impuesta por el Rector no cabe apelación ante los Consejeros; también se establece el castigo de quien injuriase al Rector o a cualquier compañero. En el artículo 5 se establece la obligación de informar todos los meses sobre los bienes y recursos del Colegio, así como sobre la Librería. El quinto prohíbe la concesión de permisos de ausencia por más de cuatro meses al año. En el 7 se formula la prohibición a los colegiales de tener relaciones con mujer o concubina y se establece el procedimiento para investigar el caso. El 8 concreta la obligación para todos los colegiales de recitar dos veces al día las preces por los difuntos. En el 9 se regula lo referente al lugar y horario para almorzar y cenar y en el 10 las condiciones requeridas por los colegiales para ser recibidos como teólogo o canonista. El 11 determina el modo 95 en que se ha de proceder en la reparación de los inmuebles propiedad del Colegio. El 12 abre la posibilidad de acceder al Colegio a los naturales de Vizcaya, de Las Vascongadas y Galicia, siempre que su número no exceda de uno 6 . El 13 establece el subsidio o subvención que el Colegio ha de aportar, siempre que hubiese fondos, a quienes opten a la Maestría en Artes o en Teología y al Doctorado en Derecho Canónico (40 florines de oro de Aragón), o bien a la Licenciatura en Teología o en Derecho Canónico (20 florines de oro). El 14 determina las condiciones para que el Colegial pueda estudiar o enseñar fuera del Colegio. El 15 manda que los colegiales deben confesar y comulgar al menos dos veces al año, en Navidad y en Semana Santa. El 16 permite a los colegiales ausentar del Colegio por plazos superiores a los establecidos en caso de que se declarase en la ciudad la peste o cualquier otra enfermedad contagiosa. Con fecha de 4 de noviembre de 1437 se incorporan a la normativa colegial cinco nuevas Constituciones sobre la elección, nombramiento y honorarios del Visitador o Visitadores; sobre el tiempo máximo de ausencia del Colegio en caso de peste; una tercera ampliando a veinte años cumplidos la edad para poder ser 6 «Item, volumus et mandamus quod de natione Viscadiorum, Vascongatorum et Gallecorum recipiatur de qualibet natione istorum praecise unus et non plures, si inventus fuerit bonus et utilis moribus, et vita conveniens schoñasticae disciplinae». 96 elegido como colegial; en la cuarta exige absoluta radicalidad en la condición de pobres, dada la picaresca que se había introducido en algunos casos, que han de tener los que opten a una plaza de colegial 7 y en la quinta y última establece el cómputo de los tiempos de ausencia del Colegio. En torno a este mismo año, el propio D. Diego redacta unos Estatutos que pueden ser calificados de parciales y que habían de ser jurados por los Colegiales. En el primer artículo establece que sólo puede haber un colegial por ciudad y dos por Diócesis. En el segundo regula la resolución de determinadas incidencias en la celebración de la elección de colegiales. El tercero versa sobre el juramento de pobreza que han de realizar todos antes de acceder al status de colegial. El cuarto plantea medidas en caso de disputas o agresiones entre colegiales y en el quinto se prohíbe y condena la posesión de armas por parte de los colegiales. En el sexto se precisa el tiempo oportuno para realizar las elecciones. En el artículo siguiente se determina la facultad y el procedimiento a seguir en la expulsión de capellanes y de sirvientes o fámulos. El octavo al tiempo que prohíbe las enajenaciones de bienes del Colegio establece las condiciones en que éstas pudieran llevarse a 7 «Item, quia multi filii Divitum sub specie mali dicunt quod Patres eorum nolunt eis providere in studio, propter quod conantur subrripere locum Pauperum in nostro Collegio mandamus et ordinamus quod si talis studens vel Parentes eius fuerint ita Divites quod reditus suarum divitiarum, vel possesionum, vel bonorum fuerint ita sufficientes ad talem sustentandum in studio, volumus ipsum non habere locum in nostro Collegio: Super quibus sterur conscientiae et Juramento Collegialium, vel maioris partis eorundem habita prius informatione de praemisis». 97 cabo. El noveno versa sobre una cuestión meramente académica: establece el sistema de equivalencias o afinidades entre distintos especialistas en ciencias sagradas y jurídicas. El décimo determina el juramento de no ausentarse del Colegio que ha de ser realizado por el Rector. El undécimo tipifica el derecho a percepción de dietas por quien ha de realizar gestiones a favor del Colegio. Los artículos 12 y 13 se refieren a las obligaciones de aquellos capellanes y colegiales admitidos como tales después de la fiesta de San Lucas. El artículo 14 establece la prohibición absoluta de acceso al Colegio, tanto como capellán que como colegial, a quien sea de origen judío bien por línea paterna o por materna, ya en grado próximo como remoto. En la constitución o artículo 15 de extiende a los capellanes internos la obligación de realizar las mismas oraciones y preces que el resto de los capellanes. Por medio del artículo 16 se prohíbe el acceso a las instalaciones colegiales, de manera especial a su Biblioteca, a quienes hubiesen actuado o actuasen como Procuradores en asuntos contra el Colegio. El 17 y último torna a legislar sobre el cómputo de las ausencias colegiales. El 7 de enero de 1467, el Rector, D. Pablo de la Puebla, realiza una interpretación auténtica, por tanto con fuerza estatutaria, sobre las disposiciones de las Constituciones o Estatutos de 1435 y 1437, relativas a la elección de Rector y Consejeros recaída en colegiales que se hallaban en el último año de estancia en el Colegio: el colegial elegido para cualquiera de los mencionados oficios tiene 98 derecho a terminar el año que duran los ministerios de Rector y Consejero aunque ello le lleve a sobrepasar los ocho años establecidos para el disfrute de la condición de colegial. 2. 3. Los Estatutos de 1490 A consecuencia de la visita realizada al Colegio por D. Juan de Pereyra, Rector y colegiales elaboraron nuevos Estatutos, de los que ha quedado constancia meramente del año en que entraron en vigor, pero de los que no se conoce con precisión el mes y día del inicio de su vigencia. En el artículo primero se establece la prohibición de recibir o intercambiar prenda alguna por deudas: las deudas del Colegio han de ser siempre cobradas. El artículo segundo extiende a capellanes y familiares la inhabilitación para ser colegiales a los que lo pretendieran mediante recomendación. En el tercero se urge al Administrador para que lleve la contabilidad del Colegio al día, así como con precisión y claridad. El cuarto prohíbe al boticario la expedición de medicinas sin consentimiento o licencia del Rector. El quinto regula las prendas a que tienen derecho los familiares electos después de San Lucas. En el sexto se establece la obligación de registrar y archivar las prendas de titularidad del Colegio, estableciendo además sanciones para los responsables que no cumpliesen con esta obligación. El séptimo y octavo se refieren a las obligaciones de quienes manejan el dinero del Colegio: el cargo de depositario no puede durar más de un año y, de ningún 99 modo, puede ser desempeñado durante dos años seguidos y el responsable del cobro de los alquileres de las casas propiedad del Colegio ha de dar cuenta de todos los cobros con anterioridad a la fiesta de San Lucas. En el artículo 9 se fija en dos años la duración de los cargos de Despensero, Cocinero y Familiares, matizando que, si a juicio de los dos tercios de los colegiales el Despensero hubiese cumplido perfectamente con su oficio, pudiera ser elegido de nuevo. El décimo establece los plazos que han de observarse y el procedimiento a seguir para su dotación cuando queda vacante una prebenda en el Colegio. En el undécimo se determinan los plazos que han de observarse para liquidar gastos y dietas de los que han de desplazarse para solventar cuestiones relativas al Colegio, así las sanciones a imponer a quienes no observaren las prescripciones señaladas. El artículo 12 prohíbe al Rector desempeñar oficio que se relacione con la recepción de dinero, ni con su gasto; de modo semejante en el 13 se regulan las situaciones y los modos en que se ha de prestar la mula del Colegio. En el 14 se ordena que los pagos de las deudas se anoten en el margen del correspondiente libro de visitación y en el decimoquinto se arbitran restrictivamente las situaciones en que pueda prestarse dinero, pan o cualquier otra cosa que sea propiedad del Colegio. El 16 establece la obligación de leer públicamente las Constituciones dos veces al año, en la Fiesta de la Translación de Santiago y el miércoles de la octava de Resurrección. En el 17 se impone al Rector y Consejeros la obligación de auditar una vez al mes los gastos de la casa 100 y, del mismo modo, se obliga al Despensero mayor a pedir cuentas, cada ocho días, al Despensero menor de los gastos llevados a cabo por éste. El 18 establece que sea el colegial más joven quien deba realizar la argumentación sobre la cuestión que se hubiere propuesto a discusión académica. En el 19 se determina que en el refectorio todos han de comer lo mismo y se establecen las correspondientes sanciones para quienes no observen lo prescrito; de manera semejante, el 20 concreta los días en que ha de cenarse cocido así como el salario del cocinero. El 21 establece como ha de ejercerse el derecho de Audiencia del Arzobispo. El 22 prohíbe al Recaudador del Colegio utilizar el dinero para subvenir a sus necesidades. El 23 vuelve sobre el viejo conflicto de la elección para el cargo de Rector de aquellos que se encuentran en el último año de estancia colegial, prohibiendo aquella pero permitiendo las de Consejero. El 24 insiste en la prohibición de realizar convites en el Refectorio pequeño y el 25 en la de comer o cenar fuera de la mesa antes de que terminen quienes lo hacen en el Refectorio. El 26 regula las fechas en que han de estar cobradas las deudas tanto dinerarias como en especie que se hayan contraído con el Colegio, recordando el 27 que fiador y principal incurren en la misma pena. En el 28 se impone al encargado de las paneras la obligación de inspeccionarlas una vez por semana y a los colegiales, en el 29, la prohibición de que sus mozos coman y duerman dentro del Colegio. Del mismo modo, en el 30 se establece la 101 obligación de tocar la campana tal y como ordena la Constitución del Colegio al Lector de la Biblia. En el 31 se impone la obligación de mantener la discusión académica correspondiente por encima de cualquier otro negocio. El 32 insiste en el secreto que los colegiales han de guardar en torno a todo lo que se trate en Capítulo colegial, sancionando con la expulsión a quien contraviniere esta norma. En el 33 se prohíbe a los mozos la entrada en el refectorio, cocina y despensa. Según el artículo 34, los capellanes del Colegio, aun privados de sus honorarios a causa de sus faltas, mantienen la obligación de celebrar la Misa y de bendecir la mesa. El 35 determina que quien se hiciere cargo de la panera ha de recibir de su predecesor un balance exhaustivo de las existencias en la misma. En el 36 se establece que ningún colegial o familiar puedan estabular en parte alguna del Colegio ni mula ni cualquier otra clase de animal. Por último, en el 37 se ordena que los colegiales, a su costa, deben contratar a un barbero. Como es lógico, todos y cada uno de los deberes y obligaciones que se establecen en estos Estatutos vienen acompañados de las correspondientes sanciones a su inobservancia, unas específicamente tipificadas y estipuladas por la norma y otras confiadas a la voluntad del Rector. 102 2. 4. La reforma estatutaria de 1496 A semejanza de los de 1490 también los presentes son fruto de la visita canónica girada al Colegio por D. Juan de Cubillas en 1496. Y, como sucediera en los precedentes, tampoco ha quedado constancia del día en que se formularon y aprobaron. El artículo primero ordena que, en las elecciones de colegiales, no deben haber comunicación entre los colegiales sobre el sentido del voto de cada uno. El segundo reitera el secreto de voto y el recurso al sorteo en caso de empate. Del mismo modo, en el tercero se prohíbe el recurso a personas foráneas o extraña al Colegio en caso de discusión o disputa entre colegiales. El cuarto prescribe la obligación de llevanza de libros por parte de quien desempeñase el cargo de Administrador. El quinto reitera la obligación de realizar cada año balance de las existencias de trigo existente en el Colegio cuando por San Lucas se realiza el cambio de responsable de la panera. En el sexto se reitera la prohibición de ingreso y permanencia en refectorio y cocina de toda persona ajena al Colegio. A continuación de los artículos mencionados se añaden una serie de Declaraciones de Paulo II en torno a algunas dudas suscitadas en la aplicación de los Estatutos vigentes en el Colegio. La primera se refiere a la pobreza como característica prioritaria de quienes aspiran a ocupar plaza de colegial en el San 109 de ellos ha de recibir la aprobación del Colegio para opositar. El 20 ordena que las Constituciones del Colegio se lean en el Refectorio. El 21 señala al Rector como competente para recibir los balances de cuentas y existencias del administrador extraordinario así como del responsable de la despensa. El 22 determina cuando y en qué cantidad se puede cenar carne asada y en el 23 deja al albedrío del Rector lo que se ha de comer los sábados y los días de ayuno. Finalmente, el 24 confirma todo lo establecido hasta el momento sobre lo que se ha de comer en común y particularmente. 3. 4. Los Estatutos de 1526 Los presentes Estatutos elaborados por el Rector García de Collado y los colegiales el día 24 de diciembre constan de catorce artículos en los que se reiteran disposiciones ya existentes o bien se acomodan y matizan otras. En primer lugar se determina que ni el Rector ni los Consejeros pueden enviar fuera de Salamanca por causa de los negocios del Colegio a ningún colegial a no ser que lo determinen la mayoría de los colegiales; del mismo modo se prohíbe que en ausencia de éste se celebren elecciones, advirtiendo que a las mismas han de ser convocados todos aquellos que se encuentren en el entorno de dos leguas a la redonda. El segundo sanciona el fraude de engaño sobre el domicilio de quien por parte de quienes opositan a la consecución de plaza de colegial. En el tercero se impide que el Rector, Consejeros o colegiales realicen particularmente 110 limosnas de los fondos del Colegio y restringen esta posibilidad a decisión de todo el Colegio. El cuarto precisa el modo en que se ha de empeñar o prestar la plata o cualquier otra cosa propiedad del Colegio, necesitándose el consentimiento de todo el Colegio y su inscripción en el correspondiente libro-registro. Del mismo modo, el quinto prescribe que el dinero del Colegio se deposite en el arca dispuesta para ello y únicamente se saque por los poseedores de las llaves, Rector y Consejeros sin que puedan darse las llaves unos a otros. En el artículo sexto se extiende a todos los familiares (fámulos) la posibilidad de reelección de la que hasta este sólo disfrutaba el Despensero. En el séptimo, una vez detectado algún fraude, se obliga al Rector a medir el paño que se emplea para los hábitos, a los colegiales a hacer constar la cantidad que se les entrega y a los responsables a llevar control por escrito de todo ello. En el octavo se prescribe que las inspecciones de los Visitadores se hagan constar en el correspondiente libro; en el noveno se ordena que todos los libros en que consta la llevanza de gastos y de despensa se guarden debidamente catalogados en los archivos colegiales. Se impone al Despensero mayor, en el artículo 10, la obligación de hacerse cargo de los menudos y en el 11 la obligación a los Familiares de prestar fianza cuando se incorporan a sus cargos. En el 11 se impone al Abogado del Colegio la obligación de dar cuenta todos los meses del estado de los pleitos en los que esté implicado el Colegio. En el decimotercero se 111 ordena que se publiquen edictos de todas las prebendas vacantes en el Colegio, sancionando además al Rector que así no lo hiciere con diez florines y declarando nula la concesión de la prebenda. El 14 impone al Rector la obligación de hacer pública todos los opositores o pretendientes a cualquier prebenda del Colegio y caso de que el Rector no lo hiciese puede hacerlo cualquier colegial. 3. 5. La reforma estatutaria de 1530 Bajo el rectorado de Pedro Gómez de Salazar, el día 17 de octubre de 1530 Rector y Colegiales añaden dos nuevos artículos a los Estatutos colegiales: en el primero se impone la obligación al Rector de decir o hacer decir una Misa en la Capilla del arzobispo Anaya de la Catedral salmantina por el colegial o Capellán interno que falleciese, obligación que se extiende a todos y cada uno de los colegiales. 3. 6. Los Estatutos de 1534 El 13 de noviembre de 1534, siendo Rector D. Juan Gil, los colegiales junto con el Rector, según facultades otorgadas por Julio II hacen públicos nuevos Estatutos que, como viene siendo habitual en la historia y práctica del Colegio, completan o actualizan lo ya establecido en el Colegio. Por su interés, merece la pena referir textualmente la primera de estas resoluciones: 112 «Primeramente ordenaron y estatuyeron que, atenta la falta que había de opositores para las prebendas de dicho Colegio, así de Juristas como de Teólogos, de aquí en delante de cada Obispado, que las Constituciones permiten haya dos colegiales, pueda haber tres colegiales en el dicho Colegio». También resulta de gran interés referir textualmente el segundo artículo de los presentes Estatutos o Constituciones, sobre todo para comprobar el fenómeno inflacionario ocurrido entre el siglo XV y XVI: «Item, que visto que al tiempo que las Constituciones del Colegio se ordenaron, se podía un hombre mantener con mil quinientos maravedís, que las dichas Constituciones permiten tener un Colegial y que lo que en aquel tiempo se compraba con los dichos mil quinientos maravedís ahora no se mantienen ni se compra con doce mil maravedís y que en aquel tiempo valían tanto mil quinientos maravedís como ahora doce, estatuyeron, ordenaron y declararon que no impida para entrar en el dicho Colegio, y estar en él, tener de renta rentada de Iglesia o patrimonio doce mil maravedís y no más». El siguiente permite a aquellos colegiales que obtuvieren rentas superiores a los doce mil maravedís continuar en el Colegio durante seis meses, pero no más. En el cuarto se prohíbe que los capellanes realicen informes sobre los colegiales y que estén presentes en las elecciones, dado que ellos no están sujetos al secreto que obliga a colegiales. El quinto y el sexto inciden de nuevo en el juramento de guardar secreto por parte de quienes forman parte del Colegio en todo lo que afecta a las elecciones que se realizan en el Colegio. 3. 7. Las normas estatutarias de 1536 El 4 de octubre de 1536 se aprueban Estatutos bajo el rectorado de D. Juan Sánchez del Corral. En el primero de sus artículos se impone la obligación de 113 visitar el Colegio Nuevo de San Bartolomé desde San Lucas a San Bartolomé. En el segundo se legisla sobre la posibilidad de reelección para los Capellanes de fuera y en el tercero se establece que los familiares no permanezcan en el Colegio por un periodo superior a seis años. En el cuarto se regula la obligación de leer para los opositores a familiaturas o capellanías externas. En el artículo quinto se regula la antigüedad de los colegiales, determinando que sólo a partir de los tres años de permanencia en el Colegio se contabiliza la antigüedad como colegial: sólo a partir de los tres años se adquiere antigüedad aun en el caso de que alguien obtenga grados superiores antes de cumplir tres años de residencia colegial 9 . El simple hecho de dar oídos a cualquier recomendación sobre un opositor a prebendas colegiales inhabilita, según el artículo sexto, para juzgar sobre su cobertura. A lo largo de seis párrafos, el artículo sexto regula minuciosamente la elección de Rector y Consejeros. El octavo determina el protocolo a seguir en la elección y colación de prebendas tanto de colegiales como de Capellanes y Familiares. En los artículos nueve a catorce se establece un minucioso procedimiento mediante el que se regula el sistema de oposición a las distintas prebendas colegiales. El 15 de marzo de 1545, siendo Rector el Maestro Delgado, se incorpora como artículo 15 la forma de elegir Visitador del Colegio en caso de que el Cabildo de la Catedral de Salamanca no lo facilitase. 9 Es curioso constatar que, al menos hasta el año 1978, sólo podían recibir la beca colegial aquellos que hubiese residido tres años en el Colegio. 114 4. VISITA Y REFORMA ESTATUTARIA DE 1665 La historia de los antiguos Colegios Mayores de Salamanca y aún la del mismo estudio salmantino, inicia un nuevo rumbo a partir de dos decisiones de Felipe IV en 1623. El 26 de mayo se traspasaba al Consejo de Castilla, responsable por decisión regia de la competencia sobre las Universidades, la provisión de cátedras que antes dependía de los votos de los estudiantes; el 14 diciembre se creaba dentro del Consejo una Junta de Colegios. Se inicia de este modo el proceso de centralización y control regio de la docencia y vida universitarias. La creación de esta Junta se dirigía sobre todo a reformar los abusos y gastos excesivos que se habían ido introduciendo en las comunidades de los Colegio Mayores. Los Colegios fueron debidamente notificados por la correspondiente Carta Orden del propio Consejo. En ella se les conminaba a observar sus constituciones, ceremonias y capítulos de visitas y dar cuenta de las reformas que se habían introducido o se habrían de introducir al Presidente del Consejo quien, a su vez, la daría a conocer al Rey por medio de la mencionada Junta. De la importancia que se atribuyó a esta Junta da una idea su composición: la integraban seis ministros del Consejo, ex-colegiales de los que desempeñaban altos cargos y responsabilidades en la política, la administración pública y la propia sociedad, que representaban a sus antiguos Colegios de San Bartolomé, Cuenca, Oviedo y el Fonseca de Salamanca, Santa Cruz de Valladolid y San 115 Ildefonso de Alcalá. Con ella se pretendía remediar la falta de las visitas anuales ordinarias prescritas en las constituciones de todos ellos que se habían abandonado desde final del siglo XVI. Los fundadores de los Colegios las habían confiado al Cabildo de Salamanca, pero al exigirse a los Visitadores, lo mismo que a los candidatos a las becas, información de limpieza de sangre, fue cada vez más difícil encontrar personas competentes dispuestas a desempeñar este oficio por la prevención que les suponía el sometimiento al proceso de pureza de sangre. A pesar de las buenas intenciones del Monarca y del interés de muchos de sus colaboradores por recuperar los principios y esencias de los inicios de los Colegios Mayores, lo cierto es que como la Junta podía excusarse de promover visitas, éstas acabaron siendo extraordinarias y poco eficaces advirtiéndose claramente una notable diferencia entre las visitas anuales que en sus inicios giraban a los colegios obispos o dignidades catedralicias y estas últimas. Aquellas fundamentalmente giraban en torno a cuestiones administrativas, pero en éstas aparecen desde el primer momento abusos censurables en las costumbres de los colegiales e infracciones, con frecuencia graves de las constituciones. En este ambiente tiene lugar la Visita y reforma de que tratamos. El 10 de abril de 1665 el rey Felipe IV nombra a D. Cristóbal Valtodano, obispo de Palencia, y a D. Francisco Delgado, obispo de Jaén, Visitadores del 116 Colegio de San Bartolomé. El motivo de tal nombramiento se explicita en la propia Real Cédula de nombramiento: «Por cuanto somos informados que en el Colegio de San Bartolomé de la Ciudad de Salamanca que fundó Don Diego de Anaya, Arzobispo de Sevilla, de buena memoria, hay algún desorden en la administración y gobierno de él y que no se cumplen ni guardan la Constituciones, Estatutos, Bulas, Ceremonias y buenas costumbres de la dicha Casa, así en lo que toca a la vida, costumbres y elecciones de las Prebendas de Colegiales, Capellanes y Familiares y otras personas que se han hecho en el dicho Colegio, como en lo que toca a su hacienda y rentas que no se han administrado, ni administran, conforme a las Constituciones y Estatutos y costumbres antiguas del dicho Colegio y que las personas a cuyo cargo han estado no han dado ni dan cuenta ni razón de ellas, según y cómo están obligados conforme a las Constituciones y Estatutos de la dicha Casa, ni se han gastado ni distribuido según y cómo y en aquellas cosas que, conforme a las dichas Constituciones, se debían gastar y distribuir, y así por lo susodicho, como por otras causas, hay mucha necesidad de que dicho Colegio sea visitado y reformado». Cincuenta y seis fueron los Capítulos de reforma establecidos por los Visitadores. En el primero se impone al Rector la obligación de comer y cenar en el refectorio. En el segundo se urge la celebración de dos ejercicios académicos sobre la discusión de tesis cada semana, admitiendo alguna excepción justificada. En el tercero se plantea la revisión e incluso supresión de la fiesta del obispillo que se celebra por Navidad. Sólo se podrá usar, según el cuarto, de la enfermería bajo dictamen médico y cédula del Rector. Los capellanes de fuera, los que sirven la capilla de Anaya, han de ser examinados y su elección sometida a votación, según el quinto. Del mismo modo, prescribe el sexto, que sean examinados, sobre todo de canto, los colegiales del Colegio de Burgos. En el séptimo se urge al rigor 117 en la calificación de los opositores. El octavo impone que el opositor a colegial hay de realizar su declaración de bienes un año antes de realizar su oposición. El noveno prescribe que el colegial responsable de una investigación imperfecta ha de llevar a cabo una segunda a su costa. El décimo impone un rigor absoluto sobre la investigación e informes que se han de requerir antes de elegir a los Familiares del Colegio. Las penas impuestas a alguien por el Visitador no pueden ser remitidas, según el capítulo 11, por autoridad colegial alguna. Sólo cuando lo decida todo el Colegio puede procederse a votar por cédula blanca y negra, según el 12. El 13, 14 y 15 también regulan distintos aspectos para las votaciones: en la elección de Rector y Consejeros se utilizarán bolas de plata, en lugar de cera (13) y se prohíbe a todo colegial aceptar poder de ningún opositor (14); aunque sea abundante el número de opositores y prebendas, no se deben votar en bloque, sino una por una (15). Se establece en el 16 la obligación de exhibir los certificados o diplomas de sus grados a todo opositor que opte a plaza de colegial o cualquier otra. En el 17 se prohíbe a los colegiales que visiten monasterios de monjas a no ser que en ellos se hallen hermanas o parientes dentro del tercer grado o bien tengan licencia expresa. El 18 prohíbe severamente la entrada de mujeres en el Colegio 10 , castigando como fornicario al colegial que recibiera a solas a mujer en su habitación y después de ello no abandone voluntariamente el Colegio. En el 19 10 Prohibición vigente, al menos, hasta 1979. 118 se prohíbe a todo colegial encargado de informar sobre opositor al Colegio la recepción de regalo o cosa alguna por parte éste o de cualquier familiar o persona cercana al mismo. En el 20 se regula el modo en que los colegiales han de recibir el trigo que les corresponde por su trabajo de lectores en Escuelas. El 21 prohíbe invitar o hacer salir del Colegio a quien haya de exponer una lección. En el 22 se urge al Rector para que aplique con justicia, mesura y templanza los castigos y le insta en el 23 para que se preocupe de que los antiguos enseñen a los nuevos colegiales las ceremonias colegiales. El 24 impone silencio en el Refectorio y el uso del latín dentro del Colegio. El 25 determina la moderación que han de mostrar los colegiales en el mantenimiento de las casas de sus criados. En el 26 se establece el procedimiento para obligar al Rector a someter a deliberación del Colegio los asuntos cuya discusión intentase el Rector evadir del conocimiento colegial. En el 27 se establecen penas para los colegiales jugadores y el 28 determina la preferencia del colegial ejercitado en la exposición y discusión para las oposiciones a cátedra. En el 29 se faculta al Rector para impedir las ausencias de quienes las utilicen en demasía, mientras que el 30 prohíbe la salida de la ciudad sin notificación y licencia. De modo semejante, el 31 no permite que, sin justa causa, se proponga de nuevo lo ya tratado en la Capilla colegial. El 32 manda que los acuerdos tomados por el pleno colegial se inscriban el mismo día en el correspondiente Libro de Acuerdos. El 33 manda que se 125 hacerse poderosas copando el mayor número de becas para, de este modo, hacerse con el gobierno del Colegio. Para conseguir poder, los antiguos intentaban atraerse a los nuevos colegiales pasando por alto sus faltas contra constituciones y cuando se aplicaba algún castigo solía buscarse la satisfacción de odios, si se trataba de contrarios, y la bonachona parcialidad usando se juzgaba a los amigos o a quienes se trataba de atraer al propio bando. La falta respeto que ello suponía llevaba a una vida con poca hermandad y disciplina y en lo público con poca honestidad en el modo de vestir, el lujo en los aposentos e incluso armas, así como en la utilización de las casas externas destinadas a vivienda de los criados para fiestas y diversiones nocturnas, reuniéndose además en las habitaciones de los colegiales amigos y compañeros para comer y beber en largas veladas. No cabe la menor duda de que el origen de estos bandos o naciones fue la codicia de asegurarse los mejores puestos. Los Colegios se partieron en dos o más comunidades donde sólo hubiera de haber habido una. Se formaron ligas regionales y, según conveniencias, se fue manipulando el número de colegiales organizando su asignación bien por Diócesis o regiones, según conveniencia de quienes “dominaban” en cada momento la estructura colegial. La primera y más nefasta consecuencia para el prestigio y dignidad académica de los Colegios fue que algunos lugares o regiones acabaron apoderándose de los Colegios mientras 126 que otras se vieron totalmente desposeídas de la vía colegial. Así se observa que para conseguir sus objetivos llegaban a hacer estragos en los Estatutos. Así, por ejemplo, si la nación tiene pocos obispados, admiten tres colegiales de cada uno, pero cuando conviene el número se reduce a dos y otras veces se admiten opositores a plaza de colegial a personas de distinta naturaleza de las que exigen los estatutos. Y dejan para el otro bando un escaso número de becas como mucho dos o tres quizás para de esa manera poder mostrar con claridad meridiana quien maneja los hilos del poder. Y no son menos tiranos en lo que dan que en lo que usurpan, pues siendo los colegiales de distinta procedencia de la de aquellos que dominan la vida colegial, iguales o superiores a estos en cualidades naturales y adquiridas, siempre son tratados como inferiores en la antigüedad, en la oposición de cátedras, en las suertes del rector y en el gobierno del colegio. Cierto y verdad es que, aún en los peores y más bajos momentos de la vida colegial, se llega a proponer la distribución de las becas entre los diversos territorios según el modelo seguido y mantenido por el Colegio de San Bartolomé, reduciendo las becas de todos los Colegios a quince, de las que diez corresponderían a juristas y cinco a teólogos, además de las dos becas asignadas a capellanes que serán comunes a juristas y teólogos. De las medidas y reiteraciones acusadas en los distintos Estatutos con relación a la distribución de las prebendas, se advierte que poco a poco fue introduciéndose en la práctica 127 colegial mucha parcialidad en la asignación de puestos y servicios. El primer intento de reforma llevado adelante por Felipe IV estaba más que justificado por la deriva en que se habían visto envueltos todos los Colegios, sin que en este conjunto constituyera una excepción el de San Bartolomé. Si bien cuando el Rey plantea su reforma parece que habían disminuidas los grupos de poder y las facciones en los colegios y de que ya no se les daba la importancia que se les diera en años precedentes, sin embargo siguen en pie todos los abusos que se habían denunciado pocos años antes. A estos se suman en este tiempo otros nuevos, particularmente en orden a la buena administración de los bienes colegiales, festejos, maniobras y trucos para prolongar el disfrute de la beca más allá de los años previstos y permitidos. Después de los intentos de reforma de los Austria, se siguen repitiendo hasta la saciedad disposiciones disciplinarias tan evidentes que llama la atención su continua inobservancia y que, a pesar de su lógica, como por ejemplo las referentes a vestidos, se iban archivando en los Colegios sin que nadie las tuviera en cuenta. Constantemente se llama la atención sobre los excesos en trajes y gastos y una y otra vez se manda que no se den convites ni comidas por cualquier efemérides o circunstancia. Cabe recordar la Real Cédula de 16 de mayo de 1679 en la que, a pesar de los urgido en visitas y Estatutos, se repite que los colegiales mayores guarden la observancia antigua de no traer cosa de seda, ni medias a no 128 ser que sean negras y que se utilicen con moderación los adornos y objetos preciosos en las habitaciones. Del mismo modo se ordenaba que se evitase todo tipo de gastos superfluos en fiestas o celebraciones estudiantiles sin fundamento. Pero la situación más grave en que había derivado la vida colegial radicaba en la soberbia que llevaba a los colegiales a creerse con derecho a ocupar los mejores empleos. Las reformas estatutarias y colegiales iniciadas por Felipe IV también se proponían quitar a los colegiales la seguridad de ser todos buenos para catedráticos de las primeras universidades y cátedras, y para jueces de los mayores tribunales o para prelados de las más importantes Diócesis. 129 LA PROYECCIÓN DEL COLEGIO DE SAN BARTOLOMÉ EN EL SIGLO XV 130 Ya desde los primeros años de su fundación, en pleno siglo XV, la institución colegial del San Bartolomé influye manifiestamente en la sociedad e instituciones políticas y jurídicas, tanto eclesiásticas como seculares a través de sus colegiales, como se demuestra a través de parte de los que disfrutaron de sus becas y plazas de colegial. JUAN GOMEZ DE ANAYA fue elegido colegial en diciembre de 1417 y de él hay memoria en las Constituciones del Colegio y en otras escrituras, fue Arcediano la Iglesia de Salamanca tuvo mucha autoridad e hizo que con su valor y prudencia, la ciudad obedeciera a don Juan II, cuando las grandes alteraciones de Castilla, también gozó de muchas Rentas Eclesiásticas. Don Juan Gómez de Anaya fue a dar obediencia al Pontífice Martín V con cardenales españoles, cuando dejaron la voz a Benedicto XIII, al Colegio le dio el préstamo de Palacios Rubios, como consta en la bula de su anexión. 131 JUAN SANCHEZ ZURBANO, natural de Zurbano en la provincia de Álava, junto a la ciudad de Vitoria, Obispado de Calahorra y La Calzada, fue recibido como Colegial en el año 1417, después de haber servido al Rey Juan II como Consejero, y fue uno de los que participó en la Audiencia del 20 de Septiembre del año 1447 a los embajadores de D. Alonso V de Aragón para ajustar las dos coronas. GUILLEN DE MURCIA, Bachiller en Artes y Teología, fue recibido Colegial en el año 1417. Fue Rector perpetuo por especial gracia y favor del Arzobispo, y una vez que salió del Colegio fueron continuas las visitas al Arzobispado de Sevilla, donde hizo buenos estatutos conjuntamente con Juan de Mayorga. PEDRO GONZÁLEZ, electo Familiar del Colegio en el año 1417, tuvo diversas ocupaciones y puestos al servicio de los Reyes, fue Alcalde de la Corte del Rey Juan II. En este tiempo el reverendísimo señor D. Diego de Anaya, Arzobispo de Sevilla, hizo merced y donación a su Colegio de la librería, tesoro inestimable porque además del gran precio que los libros tenían en aquella época, ya que no se conocía el arte de la imprenta, era muy difícil conseguirlos. Esta fue una de las causas por las que las personas de nuestra Santa Casa tuvieron gran opinión de 132 Letrados, porque mediante su trabajo y la copia grande de libros que tenían salían eminentes, en cualquier Facultad. Por eso una de las constituciones puso gran cuidado en la guarda y conservación de la librería que se conservó intacta hasta el siglo XIX. JUAN RODRIGUEZ DE TORO, natural de la ciudad de Toro, Obispado de Zamora. Llicenciado en Ccánones, fue recibido como Colegial en el año 1417, este varón fue a la defensa de nuestro Arzobispo cuando éste fue privado en Roma del Arzobispado de Sevilla por los años 1420. Este insigne colegial junto con Juan de Mella y Alfonso de Paladinas, fueron de aquellos primitivos Ccolegiales que nuestro fundador eligió en los principios de la Fundación. JUAN DE MELLA, Catedrático, natural de Zamora, fue recibido como Colegial en el año 1417, en el Colegio se graduó como Doctor en Cánones y fue Catedrático de Derecho en la Universidad de Salamanca, fue célebre Letrado Ddefensor en la Corte Romana de nuestro Arzobispo cuando se llevó a cabo la Bula. Fue Cardenal en el año 1456, y en 1458 fue presentado para el Obispado de Siguenza, que estaba vacío por muerte de D. Fernando Luxan. 133 ALFONSO DE PALADINAS, natural de Paladinas, de la Ddiócesis de Salamanca, fue colegial de San Bartolomé en el año 1417, y Catedrático de Vísperas de Cánones . Desde el Colegio fue a Roma a defender a su Fundador cuando fue calumniado. Después en tiempo de Martín V siguió en la corte romana donde fue Abogado consistorial, y de los más famosos de su tiempo. Ayudó al rey D. Juan y a su hijo Enrique IV. Volvió a Roma por segunda vez para solventar problemas importantes de la corona y edificó el hospital de Santiago de los Españoles en Roma, principio de la Obra Pía de España en Roma que permanece hasta la actualidad. Murió en Roma y está enterrado allí, en la iglesia de Santiago. JUAN MARTINEZ DE MAYORGA, Bachiller en cánones del Obispado de León, fue recibido como colegial en el año 1417, volvió a servir de camarero al señor Arzobispo, que le nombra por su testamentario, mandando este que si quisiese volver al colegio, fuera recibido siempre, hace mención también de este colegial en las constituciones y en instrumentos que se guardan en el archivo del Colegio. A tenor de las primeras Constituciones del San Bartolomé cabe relacionar, en este lugar, los primeros Capellanes del Colegio Mayor de San Bartolomé. El bachiller Francisco Salmerón, fue nombrado capellán interior del colegio en el año 1417. El bachiller Juan Martínez de Espinosa, fue nombrado capellán así 134 mismo de Manto Interior del colegio en el mismo año y día. Por unas cartas escritas de mano del arzobispo don Diego de Anaya que, en su día, se hallaban en el archivo del colegio, consta que juntamente con otros colegiales fueron don Guillén Gil de Murcia, don Antonio de Sigüenza, don Diego de Madrigal, Don Álvaro de Salamanca, don Juan Martínez de Mallorca, Don Juan de Foz, don Pedro de Salcedo. El fundador, además, otorgó dos Ccapellanías de manto interior, a D.Francisco Salmerón ya D. Juan Martínez de Espinosa sus capellanes, que fueron los primeros que tuvo el colegio. Con estos 10 varones se cierra el número de los 15 colegiales y dos capellanes que forman los 17 que eligió el fundador en el año 1417 y que se hallaron juntos en la capilla el primer día que se dijo Misa en ella, que fue el día de San Juan Evangelista, uno de los de Pascua de la Navidad del año 1417. Hasta aquí, los Colegiales que ingresaron en 1417. El año 1418 entraron en el Colegio los siguientes: PEDRO GUTIÉRREZ de PEDROSA, clérigo, bachiller teólogo del Obispado de León. Fue recibido en el año 1418 y parece que fue consiliario en el año 1419. PEDRO VIDAL, del Obispado de Mondoñedo, bachiller canonista, era colegial el mismo año de 1418 y consiliario el de 1419. 141 en Bolonia y después en París de donde volvió insigne y consumado letrado y entro en el colegio siendo gran Teólogo, practicaban entonces mucho nuestros colegiales después de haber estudiado una facultad, estudiar otra vez en una diferente. Ccuentan que en tiempos de los Reyes Católicos que comenzaban a reinar en Castilla, hizo un juicio astronómico con el cual previno que el rey de Portugal, habrá de entrar en estos reinos muy poderosos, y pasó a Portugal y fue muy tenido en cuenta del rey D. Alonso V, el cual le hizo obispo de Tánger. Otros aseguran que fue uno de los más insignes varones del colegio y que fue otro el motivo de haber pasado a Portugal, pues por escrituras y papeles antiguos del colegio, consta de los lances apretados que pasaron entre él y los nietos de Rodrigo Álvarez de Anaya. JUAN SANCHEZ, natural de Santo Domingo de la Calzada, obispado de Calahorra, y La Calzada natural de aquella ciudad, bachiller en artes, fue elegido como colegial, el 6 de enero de 1458, colaboró en el concilio de Alcalá por orden de Sixto IV. Está nombrando en la bula del Papa Sixto y no hay más noticias de este colegial. FRANCISCO SANCHEZ DE SEVILLA, llamado así por ser natural de Sevilla, siendo su propio nombre Francisco Sánchez de la Fuente, licenciado en Cánones del arzobispado de Sevilla, fue elegido colegial el 4 de junio del año 1458. En el 142 libro antiguo del colegio se dice así: murió obispo de Córdoba inquisidor general contra la herética. Fue muy querido por la reina doña Isabel la católica y lloro al tiempo que le fue dada la noticia de su muerte. Parece que se llamaba el doctor Francisco Sánchez de la Fuente y que siendo provisor y canónigo de Zamora en el año 1483 al tiempo que los Reyes Católicos introdujeron la Santa inquisición en Castilla, fue electo inquisidor en el reino de Toledo y uno de los primeros que hubo en aquel partido, juntamente con el licenciado Pedro Díaz de la Cosana. PEDRO DE VILLAFANDINO, natural del arzobispado de Burgos, bachiller en leyes, fue elegido el 15 de enero del año 1459 cuentan que fue grande y recto ministro y que sirvió y tuvo muchos negocios con gran amor y lealtad al rey don Juan II, y a su hijo el rey Don Enrique IV y qué fue de su consejo real durante muchos años. DIEGO DE VILLALPANDO, Bachiller canonista natural del Obispado de León fue elegido el 4 de noviembre del año 1459. Graduado doctor, perteneció al Consejo de los Reyes Católicos escribió sobre las leyes de partida del reino y fue consejero privado del rey don Juan de Aragón. D. LOPE DE AGREDA, Bachiller teólogo del obispado de Zamora, fue recibido el 3 de diciembre de 1459 y en su entrada del colegio se dice que se 143 cambió de profesión, y así empezó a estudiar derecho, haciéndose un consumado letrado. Ocupa grandes puestos y al final de sus días fue miembro del consejo de los Reyes Católicos. DOMINGO DE OLEA, natural de Lardero, Aldea de Logroño, Diócesis de Calahorra y La Calzada, elegido por familiar del Colegio en los años 1460. Salió por Inquisidor del Santo Tribunal de la Inquisición de Sevilla, era hombre muy prudente y docto, muy modesto, tanto que el rey le honró con algunos obispados y no los aceptó. JUAN ALONSO DE MOGROVEJO, bachiller en leyes, natural del Obispado de León fue recibido como colegial el día 6 de marzo del año 1461. Era este gran varón tan insigne letrado y de tanto crédito y autoridad que la reina Isabel la católica le nombra su consejero estando en el colegio San Bartolomé y éste no quiso aceptar la merced por su humildad y virtud, acción de gran excelencia, en la que mostró su modestia y manifestó su ejemplar vida, pues quiso retirarse a vivir su vida santa y tranquilamente huyendo de las pompas y vanidades del mundo, que meterse en ellas. Martín ALONSO DE LA TORRE, MAESTRO, Catedrático de teología, fue elegido miembro del colegio el día 29 de noviembre de 1461, catedrático de la 144 Universidad de Salamanca, es uno de los principales maestros en el concilio de Alcalá. DOCTOR ALONSO DE APONTE, Bachiller canonista, fue recibido como colegial el día 22 de junio de 1463. Doctor en derecho canónico y catedrático de la Universidad de Salamanca. FRANCISCO DE MURCIA, Bachiller en Teología fue recibido como colegial el día 3 de abril de 1464, se graduó de teología y estando en el colegio el Papa Pío II le hizo penitenciario y luego le nombraron maestre en la escuela de la Universidad de Salamanca. Murió en Roma y escribió un libro que dedicó a la reina Isabel la católica al tiempo que introdujo por la autoridad de esta en estos reinos la Santa inquisición. Escribió también dos tratados muy doctos. GONZALO DE VILLADIEGO, Bachiller canonista, fue elegido colegial el día 16 de diciembre de 1465, se gradúa como licenciado y doctor en Cánones y llevo la cátedra de Prima de aquella facultad. Fue canónigo doctoral de la Santa Iglesia de Toledo de donde salió por Oidor de ordenanza de Ruta, allí le presentaron los Reyes Católicos en el Obispado de Oviedo, murió en Roma, escribió un libro que dedica a la reina Isabel la católica al tiempo que introdujo por la autoridad de 145 ésta, en estos reinos la Santa inquisición. Escribió también dos tratados muy doctos. TOMAS DE CUENCA, Bachiller Canonista del Obispado de Cuenca, fue recibido como colegial el 16 de mayo del año 1465 .En el colegio será graduado de doctor y se dice que fue muy favorecido por la reina Isabel la católica y por la Bula de Sixto IV. En el secreto de la inquisición de Toledo hay un libro titulado “De la inquisición”, en el que se nombra al doctor Tomás de Cuenca. Aparece en el año 1474 la reina Isabel la católica, informada de que se cometían grandes herejías en menosprecio de Dios y de la Santa Fe católica y encarto a D. Alfonso Carrillo Arzobispo de Toledo que pusiera remedio. Éste nombró como inquisidor ordinario al doctor Tomás de Cuenca, que era de su consejo para que hiciera de inquisidor sobre aquellos delitos, fue el doctor Cuenca a Ciudad real el 4 de diciembre del año 1474 y en virtud de los poderes que presentó hizo pesquisa e inquisición general en la cual ayuda a muchos culpables y por ello se dio principio y se hizo cabeza del proceso de inquisición en el reino de Toledo. De aquí procedería el que fuera muy favorecido por la reina doña Isabel, por la afición que tenía a las cosas de la inquisición y a las personas que se ocupaban en sus acusas como obra de su real y cristianismo celo. Fue presidente del Consejo del arzobispo de Toledo don Alonso Carrillo que lo quiso tanto, que lo hizo Abad de 146 Alcalá de Henares y canónigo de Toledo. La reina católica conociendo sus grandes hazañas le hizo de su consejo y le dio un obispado que no aceptó. JUAN RUIZ DE MEDINA, Bachiller canonista natural de la Villa de Medina del Campo, estudia derecho en Salamanca, donde recibió la beca el 14 de noviembre del año 1467. En el colegio se graduó de doctor en Cánones, fue catedrático de Prima de Valladolid, primer prior de la Santa Iglesia colegial En el año 1480. Y después fue segundo prior y canónigo de Sevilla, inquisidor de los primeros de Castilla, en el año 1478 pasó con título de embajador a Francia, para tratar con unos caballeros franceses que se hallaban en Bayona, algunos medios de apaciguar aquella corona con la de Castilla. En el año 1485 los reyes católicos desde Alcalá donde se hallaban, cambiaron por embajador de Roma a nuestro colegial juntamente con el conde de Tedilla. Fue este reverendísimo Obispo, insigne letrado de mucha prudencia, bondad y rectitud y así los señores Reyes Católicos estimaron mucho a su persona y le hicieron de gran confianza de estos, como parece de los progresos de su vida eligió su sepultura en la capilla mayor de San Antolín de Medina donde así mismo fue aval y está con las armas del colegio. Los Reyes Católicos dieron a este gran varón las armas que hoy se ven en aquellos edificios fondos de estrellas de Oorden Campo Azul que divide una Banda Roja en Campo Verde. 147 JUAN DE RAJA, del Obispado de Pamplona, elegido al final diciembre del año 1470, fue Oidor de la Real Chancillería de Valladolid y después se unió con esta corona el reino de Navarra, fue regidor del Consejo Real del reino en 1515, y además fue el primer regente que tuvo el Consejo. ALONSO RAMIREZ DE VILLAESCUSA DE HARO, natural de Villaescusa de Haro, bachiller en leyes del obispado de Cuenca fue recibido en el Colegio el 5 de mayo del año 1472 se graduó de bachiller por la Universidad y empezar a llamarle doctor Ramírez de Villaescusa fue el primer juez de los bienes confiscados de la inquisición de Toledo y regidor de esta ciudad con el trato de caballero por el grado de doctor y por su calidad, por orden de la reina Isabel la católica descendió a los conversos de Guadalupe y fue nombrado fiscal del consejo, pero no aceptó el cargo. FERNANDO DE ONTIVEROS, natural de Ontiveros, del Obispado de Ávila, bachiller en artes y teología electo el 5 de mayo de 1472, tomó el hábito de San Francisco en Salamanca al año siguiente, fue provincial en aquella provincia, teniendo este oficio hizo el Coro que hoy tiene, con armas de los Toledo. JUAN DE MARQUINA, Bachiller en decretos, natural de Marquina en Vizcaya del Obispado de Calahorra y La Calzada, fue elegido colegial el 6 de enero 148 del año 1473. Después de haber acabado de fundar el colegio de Santa Cruz, el gran cardenal don Pedro González de Mendoza en el año 1484, le pide que por ser hombre experto en negocios y gran letrado de suma prudencia y valor y haber sido el rector del Colegio de San Bartolomé, le suplica que sea el rector del Colegio de Santa Cruz. Y es por ello, por lo que conservan una gran hermandad estas dos comunidades entre sí. JUAN DE CUBILLAS, Bachiller en Ccánones del Obispado de Palencia, fue elegido como colegial el 2 de abril del año 1475. Se graduó como doctor por la universidad, fue catedrático de decreto canónigo doctoral de la iglesia de Salamanca. Murió en el año 1507 fue eminente letrado , estudió mucho en Inocencio y tanto que le tenía casi de memoria, Y entre sus grandes virtudes resplandecía la de la caridad con el prójimo, tenía por costumbre no mirar lo que está sepultado en la capilla del colegio y estimado por santo. MIGUEL DE VILLALVA, Bachiller Canonista, natural del Obispado de Cuenca, fue elegido colegial el 17 de enero del año 1476, salido del colegio en servicio de un Juan difundida último me diste Alcántara hermano del duque de Arévalo y dejar con el cual saco juntamente la Universidad de Salamanca el maestro Antonio de Nebrija porque fue muy amigo de tener en su casa personas doctas en todas las letras. Después los Reyes Católicos hicieron merced al 149 maestro del arzobispo de Sevilla para que renunciara al maestro Miguel de Villalba Silvia los Reyes Católicos en oficios de justicia particularmente la conquista de Granada, se casó en Villanueva de la Serena y fue un gran letrado. PEDRO DE OROPESA, natural de Torralba, tierra de Oropesa, del obispado de Ávila aunque su apellido era Contreras, era conocido en Castilla por defender a ricos hombres como lo refiere Argote de Molina. Fue bachiller canonista, elegido colegial el 17 de octubre del año 1478, en el colegio se graduó como licenciado y doctor en cánones, fue uno de los varones más insignes y venerables que ha tenido la historia de España. DIEGO DE VILLAMURIEL, elegido colegial el 20 de diciembre de 1478, licenciado y doctor, Inquisidor del Reino de Toledo, obispo de Mondoñedo y Presidente de la Real Chancillería de Granada, hombre de gran autoridad y letras. DIEGO RAMIREZ DE VILLAESCUSA, teólogo, elegido colegial el 22 de noviembre de 1480, doctor en Teología y derecho, consiguió la cátedra de retórica con 16 años en la Universidad de Salamanca, y a los 20 años la de Durango. Cuando ganan Los Reyes Católicos el reino de Granada, en 1492 lo hacen arzobispo de aquella Santa Iglesia. Los Reyes Católicos lo mandan después 150 a Flandes como capellán mayor y consejero de la reina y del Aarchiduque, su esposo. PEDRO DE BURGOS, Bachiller Canonista del Obispado de Burgos, elegido colegial el 27 de junio de 1483, doctor en cánones y cátedra de la Propiedad en la Universidad de Salamanca. JUAN LOPEZ DE PALACIOS, Bachiller Canonista recibido en el colegio el día 7 de enero de 1484, donde regentó las principales cátedras, fue consejero real de los Reyes Católicos. Fue conocido como uno de los más Ilustres letrados que hubo en su tiempo, fue catedrático de Prima de cánones FRANCISCO DE MALPARTIDA, Natural del Obispado de Palencia, de Malpartida, fue electo colegial el día 17 de octubre de 1478: licenciado y doctor, Inquisidor del Reino de Toledo, fue hombre de gran autoridad y letras. MIGUEL DE PARRACES, Bachiller en Artes, natural del Obispado de Segovia, fue elegido colegial el día 2 de Febrero de 1485, fue Inquisidor de Cuenca, Varón muy docto, llevó una vida ejemplar, fue electo canónico y catedrático de Prima de Teología. 253 Los Colegios Mayores volvieron del revés el fin para el que fueron creados, que no era otro sino impulsar los estudios universitarios y facilitar el acceso a las aulas a los estudiantes no-ricos. Los Colegios Mayores se habían convertido en un refugio nobiliario. Al protestar contra la prohibición de dar cartas de hermandad y comensalía, los ministros ex-colegiales aducen en 1771 que «con estas medidas se hace agravio también a la nobleza, que tenía en los Colegios un recurso para los hijos segundos y terceros que quisieran dedicarse a las letras, las cuales, ilustran con su nacimiento y con el más cabal desempeño de los grandes empleos y cargos de la Iglesia y la Monarquía». Posteriormente, se elevó la tolerancia de posesión de bienes hasta 500 ducados de renta, cuando los salarios de los trabajadores menos cualificados no alcanzaban los 100 ducados anuales, se dieron dispensas y se consintieron subterfugios para admitir en los Colegios a los miembros de las familias poderosas, mientras que las informaciones previas de sangre y los gastos de admisión hacían muy oneroso el ingreso para los no-ricos. Así a la puerta de los Colegios, sólo unos pocos podían pretender la entrada. Los Colegiales de los seis mayores gozaron de casi un monopolio de las cátedras, que proveían entre ellos por turno y antigüedad. En un escrito dado a conocer hacia 1703, se dice que durante los 60 años siguientes a la Real Cédula de 1641, se informa que de 190 cátedras provistas en Salamanca, 150 han ido a parar a Colegiales Mayores. 254 D. Luis Curiel, en su informe de 1714, denunciaba el sistema de turno y antigüedad para la provisión de las cátedras. También dice que «los colegiales no pretenden la cátedra para la pública enseñanza, de que cuidan muy poco y suelen servirla por sustituto». La cátedra era un medio para ascender a los cargos extraacadémicos. El ingreso en los Colegios –la provisión de becasera controlado por los propios colegiales. De ahí el hermetismo de casta que llegó a formarse, y el espíritu de pandilla con que esta casta sostuvo sus privilegios. El mecanismo era muy sencillo: los colegiales más antiguos detentaban los mejores puestos de gobierno y eran ellos quienes proveían en miembros de sus Colegios las cátedras y empleos. Deseosos de ser gratos a quienes un día debían colocarlos, los colegiales actuales daban las becas a quienes sus mayores proponían. La práctica del turno de antigüedad y el uso de las hospederías invitaron a la holganza de la casta privilegiada, y frenaron los estímulos para adquirir la preparación científica mediante el trabajo, ya que los colegiales se sentían igualmente seguros de un porvenir académico o administrativo y de un cómodo pasatiempo hasta alcanzarlo. 255 Pero además una de las cosas más importantes era que la detentación de casi el monopolio de cátedras por los colegiales apartaba de la Universidad y de la Ciencia a las personas más capacitadas que, al sentirse desplazadas, abandonaban una partida imposible de ganar para ellas. Lo que hace la Reforma de Carlos III es suprimir las hospederías -lo que acabará con el acomodamiento de los holgazanesy arrebatar a los Colegios y sus “hacedores” encubiertos, es decir al clan de colegiales y excolegiales la provisión de becas, único remedio para romper la casta. Como comentaba y demostraba Pérez Bayer, en su Informe, las hospederías constituían una de las mayores pérdidas del prestigio de los Colegios, porque en la expectación de aguardar en ellas cuanto les convenía, y que la antigüedad les ha de sacar por el empeño general de la beca, no estudian en los ocho o nueve años de colegiales ordinarios y después tampoco se esmeran. Las hospederías, según Bertrán, son un fomento de ociosidad, del descuido, en el estudio, de la diversión y de la vida cómoda, al tiempo que perjudican también a los profesores manteístas, retrasándoles sus ascensos hasta hacerles abandonar la Universidad. 256 Otro punto importante a tener en cuenta y en el que los reformadores hacen muchísimo hincapié fue la provisión de becas, sistema en que se habían introducido “abusos y relajaciones” de tal naturaleza que sólo la intervención directa del Rey, podría desterrar el espíritu del partido y deshacer la inoperatividad y estancamiento del sistema en la mayoría de los casos. La formación de una casta fue, sin duda alguna, el primero de los grandes males que se introdujeron en nuestros medios universitarios y del que puede inculparse a los Colegios Mayores. El otro grave daño que se pone de relieve es que la cátedra fue utilizada no como un fin en sí misma para el servicio y la entrega a la ciencia, sino como un medio o instrumento para hacer carrera administrativa, para alcanzar “plaza”, como se decía entonces, o empleo de los buenos puestos de la Administración del Estado o de la Iglesia. Fue muy dañino el hábito de exigir la cátedra como un puesto de entrada, temporal y transitorio trampolín desde el que saltar a comisiones, prebendas y destinos de importancia política y más lucrativa de la Cátedra: las cátedras mal dotadas, no podían tener aliciente para los hombres ambiciosos de gozar de una posición desahogada. Las dotaciones fluctuaban mucho, según las cátedras y las Universidades. Pero sólo las cátedras más importantes de Teología de las Universidades del Reino, llegaban a alcanzar los 10.000 reales. De los otros 257 empleos literarios sólo los bibliotecarios de la Real Biblioteca cobraban 10.000 reales. Al mismo tiempo los Oidores y fiscales de las Chancillerías cobraban 20.000 reales, los regentes de Audiencias 36.000 reales, los Presidentes de Audiencias y Consejeros de Castilla, 55.000 reales. Los catedráticos para ayudarse a vivir, acumulaban con frecuencia empleos, beneficios o quehaceres que, si bien mejoraban sus ingresos, dispersaban su trabajo inutilizándolo para la ciencia. La consecuencia fue que: - Las Cátedras fueron cubiertas por gente sin vocación científica alguna, y claro está que sin vocación no hay manera de obtener dedicación. Tal doble juego trajo como consecuencia, el inevitable absentismo; - Absentismo en los colegiales que se convierten en estudiantes que acuden a la Universidad como mero trámite, sin interés alguno de cultivo científico y menos de aprovechamiento. -Absentismo de los profesores, para quienes la cátedra es un mero preámbulo enojoso o un suplementario engorro, que hay que soportar. Pérez Bayer denuncia que los Colegiales catedráticos, no pretenden ya las cátedras para enseñar, ni los consejeros colegiales las consultarán para ellas con el fin de que enseñen. Unos y otros saben que han de ser catedráticos sólo para posicionarse con ese oropel para las plazas, prebendas y obispados y era común, hasta denominarse como el estilo en Salamanca, entre colegiales tomar posesión 258 de la cátedra y marchar luego a la Corte a fin de intentar conseguir sus pretensiones al margen de la Universidad, encargando la enseñanza a un sustituto. 2. INTENTOS DE SOLUCIÓN Para corregir todos estos daños, se acudirá en el siglo XVIII a la Monarquía. Hacía 1769, Pérez Bayer y Fernández Villegas juzgan los males derivados de los Colegios poco menos que de corrección imposible, pero inmediatamente Pérez Bayer invoca el poder del Rey como la única tabla de salvación. El Rey moviliza su autoridad en pro del Proyecto Reformador. La Reforma del plan de gobierno de los Colegios era una necesidad, pero la Reforma era también un acto de arbitrariedad, arbitrariedad que con harta frecuencia acompaña los actos de quienes se dicen predicadores de la libertad. Los colegiales pidieron que se tramitara el expediente de la Reforma según las normas de derecho y por la vía de la justicia. No parece ésta una pretensión abusiva, sin embrago Pérez Bayer se opuso, objetando que la soberanía regia disponía de otras vías para proceder de forma distinta a la puramente judicial, sobre todo porque ésta no es la más expeditiva para casos urgentes. Aunque la poderosa fuerza de los Colegios fue movilizada a la defensiva, las diligencias para su reforma se llevaron adelante en Valladolid, Alcalá y 259 Salamanca, dirigidas por D. Felipe Bertrán. Entre 1774 y 1776 los Colegios se despueblan, a medida que caducan los periodos reglamentarios de colegiatura, pues ni se daban prórrogas ni licencias de hospedería, ni se admitían nuevos colegiales desde 1771. Se abría para los reformadores el horizonte de la esperanza: nuevos planes-afanosamente trabajados por Pérez Bayer y Bertrány nuevos colegiales, seleccionados fuera del círculo de la antigua casta iban a dar nueva vida a los Colegios. En Abril de 1776, quedaba arreglado todo lo concerniente a la reforma en Salamanca, en Mayo la de Santa Cruz, en Junio la de Alcalá. Ni las nuevas tretas de la facción colegial, movidas entre bastidores cortesanos ; ni la salida de Grimaldi del gobierno , que contra lo que suponían algunos , no arrastró a Roda, impidieron ya la aprobación por el Rey de la reforma definitiva( 21 de Febrero de 1777). En agosto, septiembre y noviembre de aquel año de 1777, Carlos III nombraba el nuevo plan de becas. La Reforma se había consumado. Ahora bien, Bertrán y Pérez Bayer tenían fe en su propia Reforma, pero sería suficiente, ¿se habría acabado con lo de antaño? Repoblados los Colegios en 1777 comenzaba para ellos una nueva vida, pero enseguida los Colegiales nuevos dieron muestras de quererse gobernar por las máximas de los antiguos. En una cosa parecían mejores los nuevos colegiales: 260 en los estudios, más aplicados, mejor aprovechados, ya era algo, pero resucitaban en los colegiales nuevos las pretensiones de los viejos abusos., algunos se atrevieron a pedir el restablecimiento de las hospederías. A los dos o tres años de la repoblación de los colegios era patente el fracaso de la Reforma preparada con tanto cuidado, los nuevos colegiales apenas se diferenciaban de los anteriores. 2. 1. La reforma universitaria y la expulsión de los jesuitas Hay una pregunta en el aire, ¿tuvo que ver algo la expulsión de los jesuitas y la reforma de los Colegios? En abril de 1767, inmediatamente después del extrañamiento de la Compañía, entra en efervescencia el afán de reformar en la enseñanza, ya que entre otras cosas había que llenar el vacío que dejaban los religiosos. Pérez Bayer, en su escrito de 1763, decía que jamás se reformarían los Colegios si no se reformaba la Compañía de Jesús, el caso es que da la coincidencia de que pocos días después de la salida de los jesuitas, el Obispo de Salamanca, don Felipe Bertrán, sugiriera a Madrid la reforma de los Colegios menores, en el sentido de unirlos a todos en un mismo cuerpo al Seminario conciliar. En el tomo XXVIII del Seminario Erudito de Valladares hay un escrito anterior a la expulsión de la Compañía, en el que se contenían acusaciones contra el sistema de enseñanza de los jesuitas, muy semejantes a las que luego dirigirán Pérez Bayer y sus amigos contra los Colegios Mayores. Se les tachaba de no buscar 261 y proporcionar pricipalmente la dedicación científica, de que no se preocupaban de formar sabios; se les acusaba también de monopolizar los mejores puestos. Se comentaba en el escrito de referencia que como en todas partes tienen los jesuitas fama de que son los únicos que profesan todo género de letras y que no hay otros como ellos para educar a la juventud, y han tenido arte para hacerlo creer, no se cuidan de aprender las ciencias para enseñarlas, sino y todo su anhelo, es atraer a sus estudios gentes de todas las clases y arruinar los de otras religiones y universidades. La ojeriza a la Compañía de Jesús, de los tres principales reformadores de los Colegios, es manifiestamente conocida: -Pérez Bayer insinuaba que «el cotejo entre los colegiales mayores y los jesuitas en cuanto a su gobierno y sistema político formaban Estado dentro del Estado, que seguramente no se dirige ni tiene por objeto el bien público, sino el particular de su cuerpo y los miembros que lo componen». -El Obispo Bertrán: «yo cada día me confirmo más en que llegó el tiempo en que Dios tiene determinado derribar los dos más altos y soberbios cedros, jesuitas y colegios mayores». - De Roda sentenció José Nicolás de Azara que «por el cristal de sus anteojos, no veía más que jesuitas y por el otro, colegiales mayores». 262 ¿Coincidía la intención del monarca con la de los reformadores a la hora de acometer la reforma? Los colegiales mayores constituían una coligación que demostró su fuerza y su solidaridad de casta hasta en los momentos en que, emprendida la vía reformadora, se abatió sobre ellos la amenaza fatal, está claro que el rey al interesarse en un principio por la Reforma empezó por pedir a Pérez Bayer, una propuesta concreta para disolver la coligación entre los colegiales. Un poderoso cuerpo capaz de oponerse a la voluntad regia: ese fue el argumento de peso, ante Carlos III, esgrimido contra los jesuitas. Poco después, idéntica arma se dirigía contra los colegiales. La reforma de los Colegios como la expulsión de la compañía, se ponían ante todo en función del absolutismo regio. Toda la reforma de las Universidades se planeaba como una manifestación más del absolutismo. Era el insoslayable signo de los tiempos:” Las Universidades no pudiendo resistir ya la absorción de su precaria autonomía del poder centralizador de la monarquía absoluta. Desde el Renacimiento, desde que el frontispicio de la Universidad salmantina se talló en torno a los perfiles de los Reyes Católicos: la Universidad para los Reyes, los Reyes para la Universidad. El proceso se acentuó inevitablemente. Si lo que se intentó era desarticular una fuerza poderosa, no cabe duda de que el objetivo había sido alcanzado. Pero si lo que se pretendía era remediar la 269 bartolomico Agustín de Emparán fue a depositar el dinero para su grado y se encontró con la sorpresa de que la cantidad reducida que ahora se le pedía era superior a la que debería pagar conforme a la concordia de 1540. Se negó a satisfacer aquella cantidad y su colegio representó al Consejo el 28 de marzo. Y más tarde representó también la Universidad. El Consejo zanjó la cuestión por su provisión de 6 de mayo, ordenando se observase la concordia. La cuestión se renovó cuando en otoño de 1778 uno de los nuevos colegiales de San Bartolomé, José Domingo Mintegui pretendió licenciarse en cánones con la reducción de derechos de la mencionada Concordia. La Universidad estimó que, en virtud de la Real Cédula de 1777 por la que se suspendían todos los viejos privilegios de los colegios, también se había derogado la concordia con San Bartolomé y así lo representó al Rey el 3 de octubre de 1778. Un dictamen del fiscal del Consejo de 11 de enero de 1784 era totalmente adverso a la reducción. Le parecía al fiscal tal reducción de gastos poco conforme con las órdenes sobre arreglo de la enseñanza y el rigor en la colocación de los grados, opuesto a la Real Cédula de 1777, de pésimo ejemplo para los demás Colegios e innecesario para individuos que vivían a costa de sus comunidades sin faltarles nada. A pesar de todo, la resolución del Consejo fue que se cumpliese lo previsto por el mismo el 12 de noviembre del año anterior, ordenando que se admitiese a Mintegui al grado sin hacer novedad en la concordia. La Universidad 270 se negó a ello. Ante la resistencia de la Universidad a darle cumplimiento en consulta del consejo, de 23 de agosto de 1785, este se mostró favorable a la continuación del añejo privilegio que miraba, a la pobreza de los colegiales, cualidad que tuvo muy presente la reforma de Carlos III. El rey se acomodó a este parecer favorable a los Colegios y dejó nuevamente en la estacada a la Universidad. No fue más afortunado el claustro de Salamanca en su pretensión de no querer concederles la escolaridad ni la matrícula de 1777-78 con el motivo de no haber asistido sus alumnos a las cátedras respectivas, desde el principio de curso, sin embargo de haber concurrido a ellas desde que tomaron posesión de sus becas. Y suplido después. Los días en que dejaron de asistir al principio por la imposibilidad en que se hallaban de ejecutarlo por causa de estarse celebrando en aquellos días los ejercicios de oposición a las becas vacantes y no haber entrado en posesión de ellas provistos hasta el mes de enero. Bertrán se interesó por este asunto ante el rey el 9 de noviembre de 1778 y la Universidad no tuvo más remedio que obedecer la orden real. Hubo nuevos incidentes en los Colegios Mayores y nuevas decisiones reales contrarias a la Universidad en 1780 con motivo de no admitir ésta por opositores a cátedras a varios colegiales. Muy fuerte debía ser la antigua 271 animosidad anti-colegial, que ahora pretendía mostrarse fuerte frente a los noveles becarios; o muy eficaces las presiones de los viejos colegiales que querían poner todas las pegas posibles a los actuales pobladores de sus reformados Colegios. 5. SITUACIÓN DEL SAN BARTOLOMÉ EN TORNO AL AÑO 1782 El año 1782, Antonio Piñuela, en su calidad de Visitador Apostólico, redacta un detallado informe sobre el estado y situación del Colegio Mayor San Bartolomé, dirigido al Inquisidor General, que merece la pena transcribir, dada la precisión con que describe la situación a que había llegado aquel Colegio que, sin duda alguna, había sido modelo de calidad universitaria: «Como visitador apostólico de los seis Colegios Mayores del reino, por virtud del breve expedido motupropio por nuestro santo padre Pío VI, que felizmente gobierna la iglesia, su data, Santa María la Mayor de Roma, 8 de octubre de 1777 que de orden de S.M. Que Dios guarde, recibió vuestra excelentísima, se sirvió por su despacho, Madrid, 7 de marzo del 80, nombrarme por visitador del colegio San Bartolomé de esta Universidad con las facultades competentes para formalizar y substanciar en su expediente de visita, cuyo nombramiento y obedecido y aceptado, da principio a ella por el testimonio de Juan Alejandro Herrero, escribano real perpetuo y del número de esta ciudad, 272 en la que substanciada conforme a derecho, remito a V.E. Y cumpliendo buen informe separado que prescribe el despacho en orden a cuanto haya advertido y a las providencias que estimare más arregladas así para el buen régimen , gobierno y adelantamiento del Colegio y sus alumnos, como para la corrección de sus excesos y abusos, a fin de que evitando que cada vez sean más perjudiciales , V.E. , con la debida madurez pueda determinar lo que tenga por más conveniente y oportuno al logro de los santos fines que desea S.M. y se propuso el fundador en la erección de dicho Colegio Mayor, he procurado documentarme con lo resultante de los autos formados, cuentas y documentos testimoniados, información secreta y noticias más positivas de hechos notorios de muchos que se han intentado palear y oscurecer en el mismo expediente, por cuya naturaleza y circunstancias no han podido calificarse y sí otros de mayor consideración , por los que , con sana conciencia y previo juramento, Los han manifestado, y no deteniéndome hoy la exposición de todos por no hacer difusión moleste este informe, lo limitaré a sólo los que no admiten disimule claman por un pronto y eficaz remedio. «Si hay ocupadas en el colegio las 19 plazas de colegiales que vuestra excelentísima se sirvió proveer en los sujetos que tuvo por beneméritos, y cuatro de familiares. También se haya seis porciones, destinados para servir en común a los colegiales y una de ellos con mayor particularidad al rector anual. Todas las oficinas se hayan aseadas, bien condicionadas y cuidadas, 273 existentes las alhajas de oro, plata y manillas de aljófar en los archivos del colegio, capilla de San Juan de Sahagún, sita dentro de él y en el que tiene intra claustra de este Iglesia catedral, el menaje y utensilio de los menos principales están aumentados y repuestos sin escasez los efectos y víveres necesarios, con los respectivos inventarios o descripciones. La cuenta final ya cerrada de la obra concluida del Colegio, dada por su tesorero don Josef de la Cantolla, comprensiva desde el año de sesenta en sesenta y uno hasta el de setenta y ocho en setenta y nueve , monta dos cuentos setecientos cincuenta y cuatro mil ciento cuarenta y un reales y veinte y tres maravedíes de vellón. «Las generales de las rentas del colegio, dadas por el mismo don Josep Cantolla, su administrador general, relativas a las de los particulares de los efectos de beneficios eclesiásticos que goza en la ciudad de Cuenca y Villa de Requena, Provencio y corral de Almaguer, correspondientes a los tres últimos años, desde 1778 hasta el presente de 81, se haya justificada, formal, legales, exactas y, como tales, aprobadas por el colegio, resultando por la del último tener el colegio en efectos existentes y en poder de dicho administrador ochocientas once fanegas, treinta y siete cuartillos de trigo; treinta y nueve fanegas y nueve cuartillos de cebada; con quinientas veinte fanegas, cuarenta y un cuartillos de centeno; y alcanzar éste hoy el colegio en siete mil doscientas noventa y siete reales y cuatro maravedíes vellón, advirtiéndose algunas otras cantidades de maravedíes en favor 274 suyo que los administradores particulares dan en las suyas por resulta y por no haber recogido estas las de los defectos que pueden haber remitido en el presente año, no puede saberse aquí ascenderán. «El libro de ausencias y regreso de los colegios contiene las hechas y practicadas fuera y dentro del curso, dadas por los rectores de los tres primeros años a los que gravemente enfermos, han pasado su tierra y a los que han salido a posiciones de prebendas, faltando las que pueden haberse verificado en este cuarto año. «Las faltas a la misa de comunidad, a la comida y cena en refectorio han sido bastantes, y más frecuentes en este último año casi por todos, sin haberse tomado Providencia seria contando si sólo los rectores con alguna corrección privada y persuasión al cumplimiento de estas dos obligaciones, la que no ha gastado. Los gastos anuales para la manutención de los colegiales y familiares, principiaron con regularidad en el primer año, en el segundo y tercero fueron excesivos, y en el cuarto sumamente considerables, ascendiendo los diarios, ordinarios, extraordinarios y provisionales en despensa a cuarenta y un mil setecientos sesenta y un reales y siete maravedís vellón desde últimos de Enero de 78 hasta septiembre del mismo, desde el mes de octubre de dicho año de 78 hasta septiembre de 79 a sesenta y seis mil setecientos once reales y seis mil maravedís vellón; desde octubre de 80 hasta septiembre de 81 presente, a noventa mil doscientos veinte y dos reales y once maravedís de 275 vellón, por cuya cuenta, hecho cálculo prudencial, teniendo presentes las deducciones de las ausencias de los tres primeros años y sin estás, en el cuarto ha tenido de coste al colegio cada colegial y familiar, desde 10 reales hasta 18 en cada día, con respecto a dichos cuatro años. A causado este derrote a ver un colegial veedor semanal que a su arbitrio dispone y elige la comida y cena, frecuentando dos principios dos o tres postres llamando el apetito con costosos guisos y laves a cualquier precio que se encuentre, usando en los viernes pescado seco y fresco sin reparar en su excesivo coste, no descuidando sin aumentar este gasto algunos arbitrariamente por un resfrío, dolor de muelas, o leve destilación, se receta para comida y cena el pichón, perdiz, gallina, pollo, chocolate, agua de limón y azúcar con abundancia, añadiéndose a lo referido que no contentos con las dos libras de pan diarias, que en dos roscas se dan a cada uno para comida y cena aumentan todos el del aire para el chocolate y la sopa, cuyo aumento puede subir cada año 80 fanegas de trigo, y el que se nota en el vino a una porción que desdice bastante, de modo que todo este relato viene forzosamente a deducirse que entrando en el colegio en el concepto de pobres, han comido y se han tratado como ricos, cuyos abusos unidos al de la vela diaria y aceite semanal con el sobrante del refectorio ceden en beneficio de los porcionistas que lo venden y cada uno regula estas utilidades anuales en 800 reales de vellón. «La entrada de mujeres de todas las clases con el pretexto de ver concluida la obra del colegio principio por las que 276 justamente lo son de honor y estimación en el pueblo, a las que, en la rectoral y cuartos particulares de los colegiales visitados, las han obsequiado con urbanidad, en orden a las cuales se verificó la permanencia de una de tales visitas hasta las nueve o 10:00 de la noche, y en otra que fue festejada con baile por la mañana, y si yo por las de segunda clase, trascendiendo a ser cuasi común en las de la inferior. Éstas últimas, acompañadas y solas, frecuentaron los cuartos de algunos colegiales, ya alguna se quedó a dormir con uno de ellos, tras luciéndose y glosando si este exceso en el colegio, como dentro y fuera de la continua comunicación de otro colegial en casa de estimación del pueblo, cuya señora no la mira con la mayor exactitud, de cuyos abusos cual si todos se han experimentado en el presente año «La salida que de día hacen los colegiales con beca, pocas veces acompañados, y muchísimas solos, que esta es muy perniciosa, me ha sido muy reparable y notado en el pueblo, pues disimulando se éstas solamente los que tienen que concurrir a las cátedras de la universidad, se advierte en los más presentarse en los sitios públicos y a largarse a los que lo son menos y muy dilatados del colegio. «La que algunos han hecho de capa en algunas mañanas, y en más tardes en tiempo de curso, so color de ir a Tejares, también ha sido en tardes mucho más el uso de ellas con absoluta libertad, que cuasi todos han hecho en las temporadas de San Juan de junio hasta San Lucas de los años 79 y presente, 277 llamadas de baños, Sin duda por amplia interpretación que todos han dado a una carta que expresaron tener de vuestra excelentísima relativa a las unto, que no ha aparecido, sin embargo de haberla yo pedido por mis asuntos de 13 y 24 de octubre, respondiendo don Gonzalo María Pericón, en cuyo rectorado se decía haber venido, que ya no existía, y don Gabriel Hevia y Noriega, rector en el presente año, que no la tenían y sabían poder de quien obrase,, con cuya abuso muchos han concurrido a ver comedias, regresando el colegio a las 10:00 de la noche, entrando por la puerta de la que antes se llamaba hospedería, que se hallaba, para dar la franca sólo entornada, sin cerrar la llave hasta dicha hora, habiéndose verificado en el regreso de algunos varias veces después de las 10, entrando por la misma que les abierto el portero en cuyo poder a este efecto obraban muchas noches las llaves, sin que en el asunto se haya tomado providencia por los rectores de los expresados años, 79 y presente, habiéndose también advertido la entrada de muchos por la puerta de los carros, que hace salir al final de las calles de Cuchilleros y Palomino, a causa de ser ya muy dadas las 10:00 de la noche y con más especialidad en las de Carnestolendas del presente año, en que salieron varios colegiales a fandangos y volvieron a la una 2:03 de la mañana. Con los con otros tres que alguna noche en el mes de agosto de este año entraron por la puerta principal a las 11:15 y fueron recibidos por el rector, se haya determinado cosa alguna. Por cuya falta de resolución no es dudable que la libertad se haya hoy en sumo grado de relajación tanto de día como de noche. de todos estos excesos se 278 han formado y entregado los competentes cargos respectivos, cerrados y sellados, a cada uno de los cuatro rectores, quienes en sus respuestas intenta disculpar y autorizar sus contravenciones con la expresada carta de vuestra relativa a baños y con permisos que suponen míos, malentendidos y que si los hubieran puntualizado no sería necesario tanto remedio. Cuando estos inconsiderado es jóvenes no han querido reducirse a los términos de la razón, obedeciendo lo tan particularmente recomendado por el rey Nuestro Señor que Dios guarde en su real decreto de 15 de febrero de 71, para cuyo cumplimiento se expidió Real cédula el 23 del mismo, la cual y la expedida en 3 de marzo del propio se hayan insertas en la de reformas nuevo arreglo, su data en el Real sitio del Pardo, 21 de febrero de 77 y lo prescrito en ésta vista del exactísimo celo e infatigable desveló de vuestra excelentísima y de hallarme yo a la mira de todo en este pueblo, firmísimamente me persuado a que para contenerlos y que sus transgresiones y perjudiciales introducidos abusos no llegue a impedir con sus inminentes progreso los santos fines de la reales intenciones de su majestad y tan grave dolencia, cinco ya Providencia contemplo imposible se corten semejantes desórdenes y es a saber: «Lo primero, nombrar un rector eclesiástico secular de conocida virtud, prudencia, economía y constancia que, como superior los rija y gobierne a quien estén inmediatamente sujetos, sin cuya precisa licencia no salgan, que les limite las marchas a Tejares, cele la precisa asistencia Misa de comunidad, 285 CONCLUSIÓN 286 Lo primero que se ha de destacar al final de este estudio es la sagacidad del Arzobispo Anaya para detectar las necesidades y las exigencias de la época en que vivió, así como su profundo conocimiento de las estructuras universitarias del momento. El Colegio Mayor San Bartolomé, tal como aparece en los planes del inicial Obispo de Salamanca, constituye un paso fundamental a la hora de institucionalizar las relaciones universitarias más allá de las privadas entre profesor-alumno. También se ha de remarcar los dos principios básicos que mueven la fundación colegial: la oración y la austeridad, íntimamente relacionada esta última con la condición de pobreza que se exigía a quienes pretendían conseguir su plaza en el Colegio. La vida en común se presenta desde los inicios de la institución colegial como pieza clave dentro del sistema educativo del Colegio. Vida en común que presenta, a pesar de ser una comunidad de clérigos y laicos, aspectos cuasi-monásticos si tenemos en cuenta aquellos preceptos que regulan 287 los rezos y actos litúrgicos en común así como la rigidez en la prohibición de ausencias y salidas del Colegio. Nos hallamos desde las primeras Constituciones en una institución académica en que el desarrollo de la vida intelectual y del aprendizaje universitario se inserta necesariamente en un modelo de vida. Se ha de destacar el afán e interés institucional de la Iglesia por facilitar y promocionar la formación de los pobres. Se excluye positivamente de las becas colegiales a quienes disfrutaran de rentas, ya procedentes de la familia bien de la posesión de oficios o beneficios eclesiásticos o seculares, suficientes para sufragarse los gastos propios de la formación universitaria. Si a este proceder y condición le sumamos la utilización de los sistemas beneficiales eclesiásticos, de los que podían ser titulares clérigos de primera tonsura, para costear la formación universitaria obtendremos un cuadro social muy lejano del que tópicamente suele describirse. A través de fundaciones como el San Bartolomé y del sistema canónico-beneficial se facilitó durante siglos el acceso a la formación universitaria y a la consiguiente promoción social a personas que, por su falta de medios, difícilmente hubiesen podido acceder a la formación universitaria. La mayor parte de los clérigos que accedían a la Universidad no eran sacerdotes, solamente habían recibido la primera tonsura clerical y alguna de las órdenes menores, circunstancias que les capacitaba para ser titulares del correspondiente beneficio eclesiástico y, de este modo percibir las rentas anejas al mencionado beneficio. 288 Una vez terminados sus estudios, podían optar por proseguir la carrera clerical o bien abandonar el estado clerical, sin ningún procedimiento especial, y dedicarse a la función o profesión que estimasen más conveniente. A medida que van aumentando las rentas y propiedades del Colegio, se observa una mayor preocupación por el control de la administración de los bienes. Como es lógico, el aumento de las rentas del Colegio había de repercutir necesariamente en la disponibilidad económica de los colegiales. A la exigencia de la teneduría de libros de contabilidad se unen las continuas llamadas a la austeridad de los colegiales tanto en el comer como en el vestir. Nos encontramos con referencias al lujo en el vestir, a los excesos en las comidas, a las fiestas celebradas fuera del Colegio, a las ausencias del mismo, a la confraternización siempre con el objetivo de la fiesta entre colegiales y criados, llegando incluso a prohibirse que las viviendas de los criados fueran utilizadas para confraternizar en fiestas y convites. Las funciones de Rector y Consejeros son desempeñadas por colegiales elegidos por y de entre los propios colegiales. La continua insistencia de los sucesivos Estatutos y Constituciones en el secreto que se ha de observar en las elecciones o de que el ausente por causas justificadas también puede ser elegido son muestra inequívoca de que, con mayor o menor fortuna, fueron 289 introduciéndose elementos perturbadores de las mismas a medida que aumentaba el poder y provecho económico de la condición colegial. En este misma línea cabe señalar el rigor en el cumplimiento de los años propios de la condición colegial en orden a evitar corruptelas por medio de las que se prolongaba la estancia en el Colegio más allá de los límites previstos. Es curioso constatar como a medida que se urgen medidas para controlar economía y gastos, se prohíbe, por ejemplo, la tenencia de armas, dato inequívoco del deterioro que la abundancia de dinero producía en la vida colegial y universitaria. No menos interesante resulta la progresiva importancia que reviste la prohibición del acceso de las mujeres al recinto del Colegio. Si, en un primer momento, esta prohibición se limita a una simple enunciación de la misma, en normas posteriores se insiste, se concreta y se determina la prohibición de acceso al Colegio toda la mujer, sean de buena o mala fama e incluso se prohíbe que los colegiales visiten a religiosas a no ser que tengan con ellas una relación de consanguinidad. Cabe, sin embargo, destacar la seriedad con que se insiste en la preparación académica prescribiéndose continuamente ejercicios académicos característicos del momento como las Lectiones y las Relectiones, así como los ejercicios de oposición a cátedras o prebendas, manteniendo continuamente un 290 sistema de preparación académica de los colegiales para estos eventos. Preparación que también sufrió del deterioro a que se vio sometida la vida colegial en general. Del mismo modo, no podemos dejar de llamar la atención sobre una interesante curiosidad. Ya en aquella época colegiales y ciudadanos no eran ajenos al fenómeno de la inflación y del aumento del nivel de vida, aunque su evolución no tuviese las características que hemos conocido en siglos posteriores. Pues si en las Constituciones de 1435 se fijaba el límite para poder ser considerado pobre en unos ingresos de 1.500 maravedís, en las de 1665 se establece en 12.000. Institución y colegiales dejaron notar su influencia tanto en la sociedad como en el ámbito específico de la ciencia y praxis jurídicas desde prácticamente el inicio de su fundación. Sin duda alguna, como ha quedado señalado, la propia institución colegial bartolomica fue modelo, estímulo e inspiración para la creación de Colegios Mayores en distintas Universidades españolas que, como en el caso de Oviedo y bajo el auspicio de un antiguo colegial del San Bartolomé, dieron origen incluso a Universidades. Una simple ojeada a los curricula de los colegiales que salieron del claustro de San Bartolomé es prueba fehaciente de la trascendencia y proyección que los exalumnos de este Colegio tuvieron en la vida académica, social y jurídica de los extensos reinos de la vieja España. 291 Cierto es que en el periodo que abarca la obra de Ruiz de Vergara no se hacen notar todavía los graves defectos en que incurrió la vida colegial y universitaria desde finales del siglo XVII. El progresivo desánimo en que se vio sumida la sociedad española desde finales del siglo XVII también afectó a las instituciones universitarias. Quizás los reformadores del siglo XVIII pecaron de miopía al pensar que la culpa de los males por los que atravesaba la ciencia española eran achacables a una sola causa: la cerrazón eclesiástica personificada, en este caso, en los jesuitas. La búsqueda de cargos o enchufes eclesiásticos o cortesanos no era responsabilidad de jesuitas o interesados clericalismos, sino que, probablemente, tenía mucho que ver con el desencanto de una sociedad que dormitaba en su pacífica quietud provinciana, aun disfrazada de luces, para ensoñar inalcanzables soluciones a su cómodo quietismo. 292 BIBLIOGRAFÍA 293 AGUILAR PIÑAL, F., Los Comienzos de la Crisis Universitaria en España, Editorial Magisterio Español, Madrid 1967. AJO Y SAINZ DE ZUÑIGA, C.M., Historia de las Universidades Hispánicas, CSIC, Ávila 1957. ALBERIGO, G., «El concilio de Constanza», Historia de los concilios ecuménicos, Sígueme, Salamanca 2004, pp. 180–210. ÁLVAREZ DE MORALES, A, La Ilustración y la Reforma de la Universidad en la España del siglo XVIII, Ediciones Pegaso, Madrid 1985. ÁLVAREZ DE MORALES, A. (1972). Génesis de la Universidad Española Contemporánea, Instituto de Estudios Administrativos, Madrid 1972. ÁLVAREZ de MORALES, A., La Ilustración y la reforma de la Universidad en la España del siglo XVIII. Ediciones Pegaso, Madrid 1985. ÁLVAREZ PALENZUELA, V. A., El cisma de Occidente, Ediciones RIALP, Madrid 1982. ANES, G., «La España Ilustrada en tiempos de Carlos III», en Conmemoración Carlos III y la Ilustración, 1788-1988, Madrid 1987, pp. 20-56. ARANDA PEREZ, F. J. (coord.), Letrados, juristas y burócratas en la España Moderna, Ediciones de la Universidad de Castilla La Mancha, Cuenca 2005. BACIERO, C., «Juan de Solórzano Pereira y la defensa del indio en América», Hispania Sacra, 58, 2006, pp. 263-327. 294 BARRIOS PINTADO, F. (coord.), El gobierno de un mundo: virreinatos y audiencias en la América hispánica, Universidad de Castilla-La Mancha, Albacete 2004. BELTRÁN DE HEREDIA, J., «El colegio de San Clemente de Bolonia y los Colegios Mayores de España», Anuario Cultural Italo-Español 1, 1941, pp. 17-30. BIHLMEYER, K. y TUECHLE, H., «Il grande scisma d'Occidente fino al concilio di Pisa (1378-1409)», en Storia della Chiesa, Vol. 3. L'epoca delle riforme, Morcelliana, Brescia 200110, pp. 58–96. BURKHOLDER, M.A. & CHANDLER, D.S., De la impotencia a la autoridad (16871808), Fondo de Cultura Económica, México 1984. CAÑAMERO SÁNCHEZ, P. y DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, M., «La formación en los Colegios Mayores y su repercusión en la sociedad», Alcántara, 79 (2014): pp. 103124. CARABIAS TORRES, A. M. y otros, «Catálogo de Colegiales del Colegio de San Bartolomé en el siglo XVII», Studia Historica 3, 1990, pp. 183-265. CARABIAS TORRES, A. M., «El ‘poder’ de las letras. Colegiales mayores salmantinos en la administración americana», Anexo de la Estudios de Historia Social y Económica de América, nº 3-4, 1987, pp. 2-28. CARABIAS TORRES, A. M., «El ocaso político de los colegiales mayores», Anexo de la Revista de Estudios de Historia Social y Económica de América, nº 4, 1992, pp. 303-316. CARABIAS TORRES, A. M., «Evolución histórica del colegio mayor. Del siglo XIV al XXI», REDEX. Revista de Educación de Extremadura 5, 2013, pp. 66-80. CARABIAS TORRES, A. M., «Ex-colegiales mayores en la administración española y americana durante el reinado de Felipe V», Anexo de la Revista de Estudios de Historia Social y Económica de América, nº 7, 1991, pp. 55-93. 301 SALA BALUST, L., Reales reformas de los antiguos Colegios de Salamanca anteriores a las del Reinado de Carlos III (1623-1770), Universidad de Valladolid y CSIC, Valladolid 1956. SALA BALUST, L., Visitas y Reforma de los Colegios Mayores de Salamanca en el Reinado de Carlos III, Universidad de Valladolid, Valladolid 1958. SÁNCHEZ BELLA, I., «Reserva a aragoneses de plazas de justicia y gobierno en Indias (Siglo XVII)», en Actas del IV Symposium de Historia de la Administración, INAP, Madrid 1983, pp. 683-701. SCHAFER, E. El Consejo Real y Supremo de las Indias, 2 vols., Sevilla 1935-1937. SORIA MESA, E., El cambio inmóvil. Transformaciones y permanencias en una élite de poder (Córdoba, siglos XVI-XIX), Ediciones de la Posada, Córdoba 2000. YUN CASALILLA, B., «Introducción», en Idem (dir.), Las redes del imperio: élites sociales en la articulación de la Monarquía Hispánica, 1492-1714, Marcial Pons y Universidad Pablo de Olavide, Madrid 2009, pp.11-38. ZUBIETA IRÚN, J. C., Los colegios mayores en España: Análisis sociológico de una organización educativa, Universidad de Cantabria, Santander 1990. 302