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La idea del Imperio en la Edad Media hispana. Alfonso X y el fecho del imperio.

Vila Sousa, Julia

Abstract

En la Edad Media se suceden varios Imperios (el Bizantino, el Carolingio, el Otoniano y el Sacro Imperio). Alfonso X, aprovechando su condición de hijo de Beatriz de Suabia, optará al Sacro Imperio Romano Germánico entre los años 1256-7 y 1275. Para conseguir la corona imperial y alcanzar su objetivo, el rey castellano confecciona un programa jurídico-político compuesto por las siguientes obras: El Fuero Real, El Espéculo y Las Siete Partidas. Estas obras suponen una renovación del Derecho y la construcción de la imagen del monarca como Imperator. Además, justificará su condición de emperador a través de la historia, para lo que lleva a cabo la General Estoria, la Estoria de España y las Crónicas Generales. Las aspiraciones del Rey Sabio fracasarán en la práctica, mas conforman un gran proyecto teórico conocido como “Fecho del Imperio”, fundamental para entender en el proceso de autoritarismo regio que a finales de la Edad Media acabará derivando en el Estado Moderno.

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LA IDEA DEL IMPERIO EN LA EDAD MEDIA HISPANA. ALFONSO X Y EL FECHO DEL IMPERIO. Julia Vila Sousa Facultad de Geografía e Historia Departamento de Historia. Área de Historia Medieval Grado en Historia Curso 2020/21 Tutor: Israel Sanmartín Barros Trabajo de Fin de Grado presentado en la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad de Santiago de Compostela para la obtención del Grado en Historia 2 INDICE RESUMEN ________________________________________________________________ 3 INTRODUCCIÓN __________________________________________________________ 4 1. Una aproximación a las reflexiones sobre el Imperio ______________________________ 5 2. La genealogía de la idea imperial en los Reinos Hispánicos ________________________ 8 3. La construcción del Fecho del Imperio de Alfonso X ____________________________ 13 3.1. Los fundamentos históricos del Fecho del Imperio _________________________ 14 3.2. Los fundamentos jurídicos del Fecho del Imperio __________________________ 17 3.3. Los fundamentos imperiales en la historiografía alfonsí _____________________ 23 4. El Fecho del Imperio en la historiografía reciente _______________________________ 28 CONCLUSIONES _________________________________________________________ 31 BIBLIOGRAFÍA ___________________________________________________________ 34 3 RESUMEN En la Edad Media se suceden varios Imperios (el Bizantino, el Carolingio, el Otoniano y el Sacro Imperio). Alfonso X, aprovechando su condición de hijo de Beatriz de Suabia, optará al Sacro Imperio Romano Germánico entre los años 1256-7 y 1275. Para conseguir la corona imperial y alcanzar su objetivo, el rey castellano confecciona un programa jurídico-político compuesto por las siguientes obras: El Fuero Real, El Espéculo y Las Siete Partidas. Estas obras suponen una renovación del Derecho y la construcción de la imagen del monarca como Imperator. Además, justificará su condición de emperador a través de la historia, para lo que lleva a cabo la General Estoria, la Estoria de España y las Crónicas Generales. Las aspiraciones del Rey Sabio fracasarán en la práctica, mas conforman un gran proyecto teórico conocido como “Fecho del Imperio”, fundamental para entender en el proceso de autoritarismo regio que a finales de la Edad Media acabará derivando en el Estado Moderno. Palabras clave: Fecho del Imperio, Alfonso X, Imperio, Castilla, Edad Media. RESUMO Na Idade Media sucédense varios Imperios (o Bizantino, o Carolinxio, o Otoniano e o Sacro Imperio). Afonso X, aproveitando a súa condición do fillo de Beatriz de Suabia, optará ao Sacro Imperio Romano Xermánico entre os anos 1256-7 e 1275. Para conseguir a corona imperial e alcanzar o seu obxetivo, o rei castelán confecciona un programa xurídico-político composto polas seguintes obras: El Fuero Real, El Espéculo y Las Siete Partidas. Estas obras supoñen unha renovación do Dereito e a construción dunha imaxe do monarca como Imperator. Ademais, xustificará a súa condición de emperador a través da historia, para o que leva a cabo a General Estoria, a Estoria de España e as Crónicas Generales. As aspiracións do Rei Sabio fracasarán na práctica, mais conforman un gran proxecto teórico coñecido como “Fecho del Imperio”, fundamental para entender o proceso de autoritarismo rexio que a finais da Idade Media acabará derivando no Estado Moderno. Palabras clave: Fecho del Imperio, Afonso X, Imperio, Castela, Idade Media. ABSTRACT In the Middle Ages several Empires followed (the Byzantine, the Carolingian, the Ottonian and the Holy Empire). Alfonso X, benefiting from his condition of son of Beatrice of Swabia, will apply to the Holy Roman Empire between 1256-7 and 1275. To achieve the imperial Crown and achive his objetive, the Castilian King builds a legal and politic program composed by these works: El Fuero Real, El Espéculo and Las Siete Partidas. These works imply a renovation of law and the cration of the image of the monarch as imperator. Moreover, he Will justify his condition as emperor through History, and to do such thing he creates the General Estoria, the Estoria de España and the Crónicas Generales. The aspirations of the Wise King Will fail in practice, but they conform a grand theorical Project known as fecho del Imperio, and it is fundamental to undestand the process of royal authoritarianism that at the end of the Middle Ages will end up in the Modern State. Keywords: Fecho del Imperio, Alfonso X, Empire, Castille, Middle Ages. 4 INTRODUCCIÓN El concepto de Imperio ha evolucionado desde la Antigüedad hasta la actualidad. En este trabajo nos centraremos en el Imperio medieval, concretamente en estudiar el Imperio de Alfonso X. Tendremos como objetivo principal estudiar el Imperio de Alfonso X y las diferentes formas en las que se manifiesta. Así nos centraremos en las justificaciones imperiales relativas a lo histórico, lo jurídico y a la escritura de la historia. Por tanto, nos situamos en el tránsito del siglo XIII al siglo XIV, en el reinado de Alfonso X, entre los años 1221 y 1284 en los Reinos de Castilla y de León. No obstante, nos centraremos en los últimos años de reinado de Alfonso X, sobre todo a partir del año 1256 cuando se produce la llegada de una embajada italiana de pisanos a Soria y comienzan las aspiraciones imperiales del rey castellano 1 . Este trabajo combina diferentes disciplinas: Derecho, Historia Medieval e Historia del Derecho, lo que podemos observar en las fuentes empleadas. En primer lugar, debemos destacar en el primer apartado de este trabajo, dedicado al desarrollo del Imperio desde la Antigüedad hasta la Edad Contemporánea los artículos de Pablo Fuenteseca, Pier Paolo Ottonello, Josué Villa Prieto, A. Annino y el libro Imperio de Michael Hardt y Antonio Negri. En el segundo apartado, que se ocupa de la genealogía imperial en los Reinos Hispánicos sobresalen la obra de Antonio Maravall, Estudios de Historia del Pensamiento Español y el artículo del historiador del Derecho José Iturmendi, “En torno a la idea de Imperio en Alfonso X el Sabio”. A continuación para la elaboración del apartado dedicado a la construcción de la idea de Imperio de Alfonso X, debemos mencionar para los fundamentos históricos los artículos de Julio Valdeón Baruque y Carlos Estepa. En cuanto a los fundamentos jurídicos destaca otra vez la obra de Antonio Maravall a la que se suma Jesús García Díaz con su artículo “La recepción imperial en la Edad Media española y sus raíces romanas”. En tercer lugar, para el subapartado dedicado a los fundamentos Imperiales en la escritura de la historia, hemos utilizado los trabajos de varios filólogos entre los que destacan Inés Fernández- Ordóñez y Francisco Rico. Por último, en el último apartado sobresale el artículo de Gianluca Pagani, “El Imperio en la agenda alfonsí. Una mirada bibliográfica”, que nos ha ayudado a construir una perspectiva de los diferentes historiadores medievales, historiadores del Derecho y filólogos que han estudiado el Imperio en la obra de Alfonso X. 1 Fernández de Marcos Morales, Ramón J., “Alfonso X el Sabio, candidato al Sacro Imperio Romano Germánico, y la proyección europea de las Siete Partidas”, Revista General de Derecho Romano, n.º 11, 2008, p. 2. 5 Las aspiraciones imperiales del Rey Sabio nos permitirán explicar su proyecto imperial denominado Fecho del Imperio, realizado a partir de una reforma jurídico-legislativa que lleva a cabo a través de la promulgación del Fuero Real, el Espéculo y las Partidas. Además, para justificar este proyecto y su condición de Emperador, utiliza la historia, promoviendo la elaboración de la Estoria de España y de la General Estoria. Por último, incluiremos un apartado donde recogemos las distintas visiones de los estudiosos actuales sobre el Imperio con Alfonso X. Incluiremos tanto a filólogos, como a historiadores medievales, como a historiadores del Derecho que han estudiado el Fecho del Imperio. Además, dada la interdisciplinariedad de este trabajo, donde se incluyen la Historia del Derecho, la Historia Medieval y la Filología. Este puede relacionarse con la corriente historiográfica de la Historia Intelectual 2 . 1. Una aproximación a las reflexiones sobre el Imperio En este apartado, procedemos a elaborar un recorrido del concepto de Imperio desde la Antigüedad, concretamente desde época romana, hasta la contemporaneidad. De esta forma, intentaremos entender sus cambios y su evolución. Sabemos que el concepto Imperium proviene de la cultura etrusca y combina elementos militares y religiosos 3 . En época republicana, el Imperium se presenta como una función de mandar o imperare, configurando la figura del Imperator 4 . Desde César el título de Imperator se desvincula de las magistraturas republicanas y comienza a asociarse con el poder de mando militar. Con Octaviano el dualismo entre la fuerza militar y la fuerza divinizada (religiosa) encuentra su equilibrio. Es en este momento donde el Imperium encuentra su culminación en el mundo antiguo, hasta su transformación con Constantino 5 . En el año 325 después del Concilio de Nicea, se configura la tesis según la que el nuevo Imperio, el Imperium cristiano (un Imperio con la religión cristiana como oficial) es la representación terrenal del orden divino. Así, el Imperium se transforma en una estructura monárquica monoteísta, cristiana y universal, que reúne en el emperador a todo género humano. El emperador se configura como la imagen del eikón, es decir, como Dios y como imitador de 2 Dosse, François, La marcha de las ideas. Historia de los intelectuales, Historia Intelectual, trad. por Rafael F. Tomás, Valencia, Universidad de Valencia, 2007, pp. 207-208. 3 Fuenteseca, Pablo, “La recepción de la idea imperial en la Edad Media española y sus raíces romanas”, coord. por Jaime Roset Esteve, Estudios en homenaje al profesor Juan Iglesias, Madrid, Confederación Española de Cajas de Ahorros, 1988, pp. 749-752. 4 Ottonello, Pier Paolo, “Del “Imperium” al Sacro Romano Imperio, Anales de la Fundación Francisco Elías de Tejada, n. º 3, 1997, p. 111. 5 Ottonnello, “Del “Imperium”…”, pp. 111-112. 6 Cristo. De esta forma, se establece la nueva concepción cristiana del Imperium, de acuerdo con las ideas de san Agustín (v. 354-430) 6 . En la Edad Media, durante las luchas contra los lombardos y bizantinos, el Papa Esteban II (p. 752-757) se alía con el rey franco Pipino (r. 751-768), nombrándolo patricius romanorum, convirtiendo al franco en protector de Roma. Su hijo Carlomagno (r. 768-814) será coronado emperador por León III (p. 795-816), dando paso a la restauratio Imperii Occidentalis, también llamada traslatio imperii 7 . Esta misma traslatio imperii es continuada en el año 962 cuando el Papa Juan XII (p. 955-964) corona a Otón I (r. 936-975). El reino otónida se convertirá en el Sacro Imperio Romano Germánico cuya duración se extiende nueve siglos. Debemos destacar la pugna entre el Papado y el Sacro Imperio, que cobrará fuerza a raíz del año 1073 con la llamada “Querella de las Investiduras” (1073-1122) 8 . En este conflicto destaca la familia de los Hohenstaufen, en la que sobresale la figura de Federico II (e. 1220-1250), considerado como el último gran emperador medieval, representando el universalismo 9 . Según Federico II, el Sacro Imperio debía ser “romano, universal y absoluto”, situándose su centro de poder en Roma. Es por esto que Federico se consagra como un representante del cesaropapismo tradicional. Hay que tener en cuenta que el germano era también rey de Sicilia. Esta ciudad se encontraba en territorio italiano, controlado por la Liga Lombarda y el Papa, por lo que Federico quería convertirlo en un Estado laico donde prevaleciese su autoridad. El emperador, sería excomulgado por Gregorio IX en 1227, más tarde en 1230 firma el Acuerdo de San Germano y la excomunión es levantada. Pese a esto, vuelve a ser excomulgado en el año 1239 debido a que vuelve a dedicarse a la causa italiana en 1237. Con Inocencio IV, en 1243, el conflicto continúa lo que conlleva a que el pontífice establezca la figura de un “anti-rey” que será Enrique Raspe (landgrave de Turingia) al que denominará rex clericorum, cuyo sucesor será Guillermo de Holanda. Federico II fallece en 1250 y con él su concepción imperial universal y centralizada, convirtiéndose ésta en una mera utopía. Tras su muerte, se sucederán varios emperadores e interregnos desembocando en una etapa de crisis. En la década de 1270 el título imperial parecía vacío de sentido, ya que el 6 Ibid., pp. 112-113. 7 Villa Prieto, Josué, “El Sacro Imperio y el Papado en el pensamiento bajomedieval. Algunas ideas sobre la precedencia en las crónicas italianas y españolas de los siglos XIV y XV”, Mirabilia: Electronic Journal of Antiquity, Middle & Modern Ages, n. º 24, 2017, pp. 76-77. 8 Ibid., pp. 77-79. 9 Valdeón Baruque, Julio, “Alfonso X y el Imperio”, Alcanate: Revista de estudios Alfonsíes, n.º 4, 2004-2005, p. 244. 7 poder efectivo se encontraba en los principados laicos y eclesiásticos, en las ligas de las ciudades y en la Orden Teutónica 10 . Durante la Edad Moderna, los movimientos del Renacimiento y de la Reforma acaban con la idea de autoridad universal del emperador, siendo sustituida por las monarquías nacionales. Además, se acaba con la unidad religiosa. Sin embargo, personajes como Ulzúrrum, jurista del rey Carlos V, siguen desarrollando la idea de “Imperio universal” 11 . El último defensor de la “Monarquía universal” fue Carlos V, cuyo objetivo era fundamentar el monarca como cabeza del Imperium y como cabeza de la Cristiandad. Destacan es esta etapa los llamados espejos para príncipes, manuales de comportamiento para que los monarcas consiguieran llevar a cabo una conducta ideal. Sobresale la obra de Erasmo La educación de un príncipe cristiano (1516) 12 No obstante, en la Modernidad el surgimiento de las Repúblicas y de los Estados independientes dará paso a la sustitución de la Respublica christiana por los Estados soberanos e independientes de la Edad Moderna, sobre todo desde la Paz de Augsburgo (1555) y desde la Paz de Westfalia (1648), donde el Imperio sucumbía dando paso a la era de las naciones, hundiéndose la Monarquía Hispánica y surgiendo otras potencias como Francia e Inglaterra 13 . De todas formas, hay que tener en cuenta que en época moderna, la monarquía hispánica se duplicó en América bajo la forma de Imperio colonial. El Imperio de los Habsburgo, que todavía era medieval, representó para esta época una formación que los Borbones intentaron modernizar 14 . Ya en Edad Contemporánea, la caída del Imperio Hispánico y las Cortes de Cádiz representan la separación de dos épocas: la vieja época imperial y la nueva 15 . En el siglo XIX, destaca la figura de Napoleón Bonaparte. El francés, establece un vínculo entre los conceptos de Nación e Imperio, quiere construir un Imperio transformando las naciones, es decir, da 10 Valdeón Baruque, Julio, “Los Estados europeos: monarquías, papado e imperio”, en Alfonso X y su época: el siglo del rey sabio, coord. por Miguel Rodríguez Llopis, Barcelona, Carrogio, 2001, pp. 18-21. 11 Ibid., p. 80. 12 Martínez Millán, José y Manuel Rivero Rodríguez, “Conceptos y cambio de percepción del imperio de Carlos V”, en La corte de Carlos V, coord. por José Martínez Millán, Vol. 1, Tomo 2, Madrid, Sociedad Estatal para la Conmemoración de los Centenarios de Felipe II y Carlos, 2000, pp. 15-20. 13 Prometeo de Cerezo, “La teoría…”, pp. 80-84 y 29-30. 14 Annino, A., “Acerca de lo imperial en perspectiva comparada”, Revista Sémata: Ciencias Sociais e Humanidades, Vol. 23, 2012, p. 48. 15 Ibid., p. 60. 8 paso a la idea de “Nación imperial”. El Imperio es ahora la superación de los límites nacionales, un nuevo nacionalismo por encima de la Nación 16 . A finales del siglo XIX y principios del siglo XX comienza la época de los Imperios. Surge el término “imperialismo” para definir la política de expansión externa. No obstante, el concepto de Imperio muere al acabar la Segunda Guerra Mundial, mientras que el concepto de Estado pervive. Más tarde, tras la caída del Imperio soviético los conceptos de Estado e Imperio se vuelven antitéticos 17 . En la teoría contemporánea sobre el concepto de Imperio destaca, por una parte, el sociólogo Max Weber y, por otra, la obra Imperio de Hardt y Negri; así como las teorías del new medioevalism. Weber analiza el Imperio desde la relación entre mando y obediencia y la dimensión espacial. Establece que un Estado es indiferente a la dimensión territorial de la soberanía y que lo espacial se convierte en cualitativo cuando el Imperio se exalta como totalidad. Así, el Imperio existe cuando es capaz de vincular a varios pueblos pacíficamente en su interior. De esta manera, Weber remite a la idea clásica del emperador como Rey de los Reyes de los reinos que lo componen 18 . Hardt y Negri elaboran una síntesis del “Imperio posmoderno” en el que surge una nueva forma de soberanía compuesta por los organismos nacionales y supranacionales, por lo que relacionan el Imperio con el fenómeno de la globalización, aunque lo negativo no es la globalización sino el Imperio 19 . Ahora, el Imperio ya no solo domina el trabajo material de las personas, sino también lo inmaterial, es decir, lo intelectual, lo comunicativo y lo afectivo 20 . Por último, el new medioevalism establece un debate en torno a la dispersión de la soberanía, al igual que Hardt y Negri, esta corriente defiende que el Imperio actual no tiene una dimensión estatal, sino que, estamos ante un concepto desarticulado en una diversidad de ordenamientos, prácticas, lenguajes y políticas que atraviesan las dimensiones de lo social 21 . 2. La genealogía de la idea imperial en los Reinos Hispánicos Ya desde la etapa hispano-visigoda, observamos una permanencia de la cultura clásica en la Península, como por ejemplo en las obras de San Martín Dumiense. En los siglos V y VI los pueblos asentados son aún más romanos que germanos debido a que estamos ante 16 Ibid., pp. 50-52. 17 Ibid., pp.53-55 y 57. 18 Ibid., p. 58. 19 Hardt Michael y Antonio Negri, Empire, Cambridge (Massachussets), Harvard University Press, 2000, pp. 199-311. 20 Ibid., pp. 67-198. 21 Annino, “Acerca de lo imperial…”, p. 56. 9 poblaciones claramente romanizadas. Ejemplos de esta situación los tenemos en el norte de Italia, en Francia o en la Península. Sin embargo, el germanismo va a calar con el tiempo en estas sociedades que en los siglos IX, X y XI serán cada vez más germánicas. En efecto, tenemos el ejemplo de Carlomagno que integra tanto el sustrato romano con el sustrato germano 22 . Con Carlomagno nace la concepción occidental del Imperium christianum, que más tarde llegará a los Reinos Hispánicos 23 . En cuanto a los Reinos Hispánicos, de los siglos VIII al X no contamos con testimonios directos del pensamiento político. Para reconstruirlo, debemos introducirnos en las primeras Crónicas de la Reconquista y en algunos diplomas de la época. En estos documentos encontramos un concepto de “rey” donde predomina el carácter público de su potestad con supremacía civil y eclesiástica, por lo que estamos ante una influencia claramente latina. En el ámbito hispano no llega a manifestarse el sustrato germano con tanta fuerza como en otros reinos de la Europa cristiana, dado que se conserva una tradicional concepción pública de la autoridad real y una herencia cultural antigua que considera a la realeza como una potestad que asume una empresa pública. Muestra de ello, es el Liber Iudiciorum, que era un código totalmente romanizado 24 . Por otra parte, nos interesa explicar el desarrollo del término Imperator en la Península Ibérica, así como sus diferentes interpretaciones. En primer lugar, el historiador Ernesto Mayer en 1925 y 1926, fija por primera vez el uso del título de Imperator en la Península. Mayer afirma que desde el siglo X se denominan con el término Imperator, a los reyes de León o de Navarra y a los condes de Castilla. Mayer establece que imperar significa independencia de otro poder. Otros estudios aportan al término Imperator un sentido más uniforme, como por ejemplo A. García Gallo, que en 1945 niega que existiese un Imperio leonés debido a que el título comenzó utilizándose con la significación de un supremo jefe militar, lo cual cambiaría con el reinado de Alfonso VI, que en este momento pasaría a significar “rey de reyes” 25 . La palabra Imperator, en fuentes como el Fuero de Catrojeriz no implica independencia de otro poder, ni una pretensión de plena autoridad. Según el filólogo e 22 Maravall, Antonio, Estudios de Historia del Pensamiento Español, Madrid, Ediciones Cultura Hispánica, 1967, pp. 19-22. 23 Fuenteseca, Pablo, “La recepción…”, p. 748. 24 Maravall, Estudios…, p. 24. 25 Menéndez Pidal, Ramón, “El Imperio Hispánico y los Cinco Reinos”, Revista de estudios políticos, n. º 49, 1950, pp. 11-14. 16 principio, el rey castellano contaba con el apoyo de Luis IX de Francia. Sin embargo, en 1259 firma un tratado de paz con Inglaterra que conllevará a que el monarca francés se mantenga a parte de la cuestión imperial 53 . Debemos hacer referencia a la hipótesis que sugiere el historiador Carlos Ayala sobre la jugada maquiavélica que puso en marcha Alejandro IV en contra de las aspiraciones de Alfonso X. Ayala establece que Alejandro IV quería promocionar a Alfonso X como emperador porque en él veía un “gibelinismo descafeinado”, en contraposición al gibelinismo de Manfredo de Staufen, que según Ayala es el representante del “gibelinismo radical”. Por lo que concluye que el pontificado de Alejandro IV supone para las aspiraciones imperiales del rey castellano una especie de interregno 54 . En 1261 Urbano IV sucede a Alejandro IV. El papado de Urbano IV se sitúa entre los años 1261 y 1264. Urbano IV al parecer tenía como principal objetivo solucionar el conflicto entre Ricardo de Cornualles y Alfonso X. En estos momentos la causa alfonsina es defendida en la ciudad de Roma por unos comisionados: el obispo de León, Martín Fernández, el obispo de Silves y el notario del rey y arcediano de Santiago. La resolución pontificia queda fijada para el año siguiente debido a varias cuestiones entre las que sobresale el hecho de que el elector inglés es retenido en prisión. Por tanto, seguimos encontrándonos en una situación de interregno 55 . Con la muerte de Urbano IV ocupa el puesto de pontífice Clemente IV, desde 1265 hasta 1268. En esta etapa ocurren distintos hechos claves en la evolución de la política general. Carlos de Anjou es investido por Clemente IV como rey de Sicilia, así en 1266 Manfredo de Staufen es derrotado y muere en la batalla de Benevento. Ello conforma la victoria del pontificado romano, de los Anjou y del bando güelfo, lo cual no beneficiaba a las pretensiones de Alfonso X 56 . Con la muerte de Clemente IV se abre ahora un interregno pontificio que convierte a Alfonso X en el jefe del bando gibelino. De esta forma, en 1270 el bando antiangevino reconocía a Alfonso como Rey de los romanos y en 1271 se intitula Dei gratia Romanorum rex semper augustus. Este mismo año Gregorio X (p. 1271-1276) es nombrado papa, quien será totalmente contrario a la candidatura de Alfonso X al trono imperial y, se posicionará en favor de Rodolfo de Habsburgo. Gregorio X apoya la identificación imperial germana, a la vez que aleja y desvincula las pretensiones imperiales 53 Ibid., pp. 46-74. 54 Valdeón Baruque, “Alfonso X…”, pp. 250-251. 55 Ibid., pp. 251-252. 56 Steiger, Arnold, “Alfonso X el Sabio y la idea imperial”, Arbor, n. º 18, 1946, p. 397. 17 italianas del trono imperial 57 . Esto se debe a la muerte de Ricardo de Cornualles en 1272, que conlleva a la designación en 1273 de Rodolfo de Habsburgo como nuevo aspirante a la corona imperial, que como bien hemos dicho será reconocido como futuro emperador por Gregorio X. Ante esta situación, Alfonso X solicita mantener una entrevista con el pontífice 58 . En el mes de mayo de 1275 se entrevistaron estos dos personajes en la ciudad francesa de Beaucaire. Alfonso X no consiguió nada en esta entrevista. El castellano argumentó haber sido elegido por la mayor parte de los alemanes, ser el único descendiente de la dinastía imperial alemana, su fidelidad al Papado durante la crisis que lo enfrentó a los Hohenstaufen y los servicios prestados a la Cristiandad en las disputas contra los musulmanes en España. Finalmente, Alfonso X no tendrá más remedio que renunciar a sus ambiciones imperiales 59 . Sin embargo, este fracaso político no impide que el Fecho del Imperio sea un fenómeno capital en el reinado de Alfonso X, ya que la ideología imperial alfonsina pudo significar un fortalecimiento en su papel como monarca. El Fecho del Imperio es algo más que una lucha de poderes dinásticos 60 . En definitiva, la llegada de la embajada pisana a Soria tendrá como consecuencia la elaboración de un programa político imperial que recibe el nombre de Fecho del Imperio. Así, Alfonso X tomará como excusa sus aspiraciones para llevar a cabo una reformulación y renovación del Derecho y una nueva construcción y visión de la historia. 3.2. Los fundamentos jurídicos del Fecho del Imperio Alfonso X se encuentra en el contexto europeo de los siglos XII y XIII donde se produce una difusión del Derecho común. En este sentido, lleva a cabo una reformación político-jurídica durante su reinado a través de la escritura de tres textos: el Fuero Real, el Espéculo y las Siete Partidas 61 . Para entender la acción de Alfonso X en este campo, debemos explicar primero la situación anterior de la Corona castellana a mediados del siglo XIII con respecto a sus sistemas normativos. Cuando Alfonso X accede al trono castellano la situación foral 57 Estepa, “Alfonso X…”, pp. 50-51. 58 Ochoa Brun, Miguel Ángel, Historia de la diplomacia española, vol. 1, Madrid, Ministerio de Asuntos Exteriores, 1991, p. 165. 59 Valdeón Baruque, “Alfonso X…”, p. 254. 60 Steiger, Arnold, “Alfonso X…”, p. 397. 61 García Díaz, Jesús, “El reflejo del ideario jurídico-político de Alfonso X de Castilla en su proyecto legislativo”, Revista de estudios histórico-jurídicos, n.º 42, 2020, disponible en https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?pid=S0716-54552020000100289&script=sci_arttext [consultado el 12/12/2020]. 18 castellano-leonesa se encontraba en manos de cuatro familias: el Fuero de Benavente, que correspondía al noroeste del reino leonés, el Fuero de Logroño-Vitoria; la gran familia del Fuero Juzgo o Liber visigorum válida en León, Toledo y en algunos concejos andaluces y murcianos y los Fueros de Frontera o de Extremadura. Por otra parte, existía en el área de Castilla y León, es decir, en Burgos, Valladolid y Palencia, un regimiento con base en las sentencias o fazañas de los propios jueces, es decir, se regían por la costumbre no escrita. Por tanto, atendemos a un claro desorden normativo del que Alfonso X era consciente, dado que este iba en contra de su ideario político-jurídico 62 . En primer lugar, el Rey Sabio comenzará a aplicar diferentes fueros municipales anteriores a su reinado para corregir esta diversidad jurídica. Utiliza los Fueros de Benavente, Logroño-Vitoria y el Fuero Juzgo. Aunque, muy pronto comenzará a difundir su propio texto legal, el denominado Fuero Real, redactado en 1254, contiene quinientas cincuenta leyes ordenadas sistemáticamente en materias. Sus libros se inspiran en la Biblia, en el Liber Iudiciorum y en algunos Fueros municipales. Conforma el inicio de la pugna de Alfonso X para afirmar su poder con respecto a los señores feudales. Sus libros contienen teoría de Derecho real y de Derecho canónico, incluyen instrucciones sobre cómo se debe llevar a cabo el procedimiento judicial y tratan diferentes tipos de Derecho. Así, contienen el Derecho de obligaciones y contratos que contienen teoría sobre la compraventa, el arrendamiento, la fianza, la prensa y el préstamo. Tratan el Derecho de familia, es decir, las cuestiones relacionadas con el matrimonio y las sucesiones. Y, por último, contienen teoría de Derecho penal donde habla sobre daños, ejercicio de la medicina sin autorización, herejías, homicidios, hurtos, injurias y judaísmo 63 . El Fuero Real iniciará su expansión en el año 1255. Este texto comienza a aplicarse en los municipios que no tenían Derecho de origen regio, es decir, en los territorios que carecían de fuero cumplido. Aunque más tarde amplía su rango de actuación más allá de los límites territoriales de Castilla y León. En 1256 empieza a impartir el Fuero Real por la Extremadura castellana (Soria, Peñafiel, Cuéllar, Segovia, Arévalo, Sepúlveda, Ávila), la Trasierra, e incluso, por los reinos de Toledo, Murcia y Andalucía. No obstante, siguieron estando presentes las concesiones forales de carácter individual. En esta primera fase estamos ante un avance de una homogeneidad y unificación jurídica, pero donde observamos una clara oposición en contra de esta homogeneización por parte de las villas y de las ciudades que 62 Ibid. 63 Fernández de Marcos Morales, Ramón J., “Alfonso X el Sabio…”, p. 6. 19 veían en el Fuero Real una amenaza para su libre albedrío. Alfonso X intentó solucionar esta situación con la concesión de privilegios a las oligarquías locales, pero esto no fue suficiente. A las villas y a las ciudades se sumarán importantes sectores de la nobleza quienes temían la usurpación de sus privilegios tradicionales. Este enfrentamiento culminará en las Cortes de Burgos de 1272, donde Alfonso X tendrá que ceder ante las peticiones de los concejos, volviendo a la anterior normativa 64 . A continuación en el año 1255 se lleva a cabo la redacción del Espéculo, también llamado Espejo de las leyes, compuesto por cinco libros formados por la redacción de leyes. Ante la situación de inestabilidad jurídica de su reino, algunos de sus consejeros expertos en materia del Derecho aconsejan a Alfonso X elaborar el Espéculo para que cada municipio cuente con un ejemplar 65 . Los libros que componían el Espéculo eran los siguientes, el Libro I: De las leyes y de la fe, que recoge el Derecho eclesiástico, el Libro II: De la guarda y honra del rey, que contiene el Derecho del reino y su organización, el Libro III: De las obligaciones militares, que trata el Derecho de la guerra, el Libro IV: De la Justicia, que trata la administración de Justicia, los jueces y las partes que intervienen en el proceso; y, por último, el Libro V: Del procedimiento judicial, que trata el procedimiento judicial y su desarrollo 66 . Es con esta obra con la que Alfonso X materializa la recepción del derecho más desarrollado de la Europa del momento. Es la primera obra que actúa como único libro de leyes y donde el monarca pone sobre la mesa su intención de establecer el Derecho común en Castilla. El Espéculo se configura como un texto técnico y elaborado a pesar de estar inconcluso. Además, incorpora principios jurídicos del Derecho romano-canónico que comienza a circular en este siglo por Europa. En este sentido, en esta obra las leyes van acompañadas de consideraciones filosóficas y didácticas que explican los términos e instituciones jurídicas latinas. Estamos ante un texto de carácter legal y doctrinal, algo que también veremos en las Partidas 67 . Sin embargo, el Espéculo no se completa y es abandonado de cara a la redacción de las Siete Partidas. Este abandono está íntimamente relacionado con la llegada de la embajada pisana a Soria y el interés de Alfonso X en el Fecho del Imperio. Esta obra conforma la cumbre legislativa más ambiciosa de Alfonso X y destaca por su concepción universal romanista-canonista del Derecho. El comienzo de su redacción en 1256 coincide con el inicio 64 García Díaz, Jesús, “El reflejo del ideario…”. 65 Fernández de Marcos Morales, “Alfonso X…”, p. 6. 66 Ibid., p. 7. 67 García Díaz, Jesús, “El reflejo del ideario…”. 20 de las ambiciones del monarca por conseguir la corona imperial 68 . Nos encontramos ante la obra que mejor materializa las aspiraciones alfonsíes de renovación jurídica de sus reinos. Hay que tener en cuenta que las Partidas no llegaron a ser promulgadas durante el reinado de Alfonso X, simplemente constituyeron un proyecto teórico y doctrinal del Derecho. No es hasta 1348 con Alfonso XI en el Ordenamiento promulgado en las Cortes de Alcalá de Henares cuando las Partidas alcanzan la vigencia legal 69 . En el cuerpo legal alfonsino, es decir en las Siete Partidas, podemos observar distintos elementos sobre la doctrina del rey y del reino, su idea de corpus o universitas aplicada a la sociedad y su concepción de majestad real y de la potestad pública. Así, gracias a este avance en el Derecho la vida política aparece tratada políticamente. Alfonso X intenta hacer lo mismo que Federico II de Suabia con la promulgación del Liber Constitutionum, pero con las Siete Partidas 70 . En dicho cuerpo legal observamos una influencia del aristotelismo, muy citado en las Partidas, que establece que la vida política descansa en el plano de la “naturaleza”. Sin embargo, la clave del Derecho elaborado por Alfonso X es la fusión de pueblo y territorio 71 . A continuación, analizaremos la idea de Imperio contenida en las Partidas 72 . En primer lugar, se establece “la doctrina de las dos espadas”. Según Alfonso X el poder de los hombres está constituido por dos poderes: el espiritual y el temporal. Estos se corresponden al Papa y a emperadores y reyes, respectivamente. El Rey Sabio establece que el poder temporal actúa independientemente del poder espiritual. En las Partidas no se reconoce a Roma ni la soberanía del Papa, sino que Alfonso X reconoce a la Iglesia del propio reino que a su vez está subordinada a la potestad real, es decir, al emperador o al rey 73 . Además, Alfonso X utiliza la fórmula rex imperator in regno suo, que procedía de la idea imperial hispánica del período abarcado entre los reyes Fernando I y Alfonso VII. Sin embargo, en este caso nos interesa esta frase debido a que a través de ella Alfonso X equipara a reyes y emperadores respecto a la potestad imperial 74 . Por lo tanto, estamos ante la idea de superioridad procedente del ámbito del Derecho feudal y ante la atribución de la plenitudo potestatis del Derecho público romano al emperador, en este caso Alfonso X. Dicho poder es superior porque 68 Iglesias, Yolanda y David Navarro, “Estrategias legislativas de Alfonso X en las Siete Partidas y la revuelta nobiliaria (1272-1273)”, Studia Iberica et Americana (SIBA), n.º 3, 2016, pp. 430-431. 69 García Díaz, “El reflejo del ideario…”. 70 Maravall, Antonio, Estudios…, p. 90. 71 Ibid., pp. 91-93. 72 A través de las ideas de Antonio Maravall en su obra Estudios de Historia del Pensamiento Español, Madrid, Ediciones Cultura Hispánica, 1967. 73 Ibid., pp. 91-93. 74 Ibid., pp. 93-96. 21 procede de Dios, lo que también se puede observar ya en el Espéculo. En las Partidas observamos la soberanía del rey a través del término “mayoría”, lo cual nos quiere decir que el rey no es solo superior en la potestas sino también en la auctoritas. El rey, por tanto, hace la ley, imparte justicia, bate moneda, acuerda la guerra y la paz, establece tributos, otorga ferias, nombra gobernadores y señala los términos de provincias y villas. Cabe destacar, que Alfonso X en último término establece que el poder de los reyes es mayor al poder espiritual del Papa y al poder temporal del Emperador, dado que los reyes tienen un poder de carácter hereditario y no electivo como el de estos últimos. Por lo tanto, la autorictas que él establece es símbolo de autonomía, plenitud de potestad y de superioridad 75 . En relación con la naturaleza del poder real, tanto en el Espéculo como en las Partidas, el Rey Sabio establece que los reyes reciben el poder directamente de Dios, sin intervención del Papa o del Emperador. Estamos por tanto ante la teoría descendente del poder. La imagen de la majestad o “mayoría” del rey sobre las cosas y personas que con él tienen relación queda perfectamente plasmada en las Partidas. Esta imagen es muy importante tanto en el Fuero Real como en las Partidas. En éstas se nos muestra un soberano lleno de majestad que gobierna a su pueblo. En relación con la majestad, Alfonso X introduce la tiranía como un antagonista del buen rey, es decir, un gobernante ilegal o que abusa del poder, el cual representa un mal gobierno 76 . En cuanto a la ley, los reyes y los emperadores según las Partidas son su instrumento principal. La función legisladora pasa a ser un atributo real. Recordemos que en las Crónicas de la Alta Edad Media hispánica el rey aparece como iudex. Estamos ante un “rey-legislador”. Tanto el rey como el emperador en sus respectivas jurisdicciones poseen el monopolio real jurídico-político, que se refleja en el Derecho romano a través de la figura de un supremo gobernante. Este poder jurídico-político proviene de la voluntad de Dios. Así el rey y el emperador representan el “mandamiento del Señor”. La legislación es la voluntad del rey, que establece leyes para mantener la justicia entre sus súbditos. De esta forma, se anula toda costumbre o fuero anterior a la legislación totalmente centralizada en la figura de Alfonso X 77 . Por tanto, Alfonso se conforma como un claro defensor del ius novum, que según él aporta el 75 Ibid., pp. 98-100. 76 Ibid., pp. 100-103. 77 Ibid., pp. 104-108. 22 rey para todo su reino. De esta forma, estamos ante un Derecho general y común que se imparte en la jurisdicción del rey legislador 78 . Las Partidas conforman un cuerpo legal que va a integrar una renovación del planteamiento de la concepción universal del humanum genus, un universalismo donde el pueblo es la unión de muchos bajo una ley, y donde habrá ley, habrá pueblo 79 . Cabe destacar que la palabra “pueblo” aparece de forma recurrente en los textos alfonsinos y tiene como significado “el ayuntamiento de gentes de todas maneras de aquella tierra do se allegan” 80 . Es decir, las personas que pertenecen a un territorio gobernado por un rey. Dicha concepción universal conforma la idea de un Derecho común para toda una comunidad que pertenece a un determinado espacio territorial. Es aquí donde podemos encuadrar las diferentes obras jurídicas del Rey Sabio, que conforman un Derecho común de manera gradual. Como ya sabemos, en un primer momento establece el Fuero Real como un prototipo de fuero municipal, dando paso a unas concesiones municipales. A continuación establece el Espéculo como un texto que rija todo el reino. Finalmente, proyecta las Partidas a todo su pueblo como una enciclopedia jurídica que se ocupa de todos los campos del Derecho 81 . Por tanto, atendemos a una gran importancia de la comunidad o Communio, es decir, del pueblo. Este ocupa un territorio que constituye el reino y que se rige por el mismo Derecho y por la misma ley promulgada por el rey, que debe ejercer un buen gobierno y debe amar a su tierra y a su pueblo 82 . Asimismo, cabe destacar el concepto de “naturaleza” en la obra de Alfonso X, ya que los súbditos pueden ser “naturales” o no. Al igual, el Señor o el rey también es “natural”. Para distinguir los súbditos que son “naturales” de los que no, Alfonso X denomina a los segundos como “vasallos”. La relación de “naturaleza” se caracteriza por la pertenencia y la participación en la comunidad, los súbditos “naturales” aman al rey y nunca van en contra de él. Mientras, los “vasallos” simplemente le sirven de manera leal. Se conforma así un deber de fidelidad y una dependencia común de toda la comunidad con respecto al rey 83 . Por otra parte, en cuanto a los instrumentos de justicia, Alfonso X convierte las Cortes en un órgano de desarrollo y potenciación del poder real. Por ejemplo, en las Partidas en lo que concierne a la tenencia de los castillos y fortalezas, que constituían una institución feudal. 78 Ibid., p. 113. 79 Ibid., pp. 113-114. 80 Ibid., pp. 128-134. 81 Ibid., pp. 115-117. 82 Ibid., pp. 115-124. 83 Ibid., pp. 124-128. 23 Alfonso X niega este feudalismo y fortalece la dependencia de los señores feudales con respecto al rey. Actualmente los historiadores afirman que gracias a este proyecto Alfonso X puso los cimientos teóricos y prácticos del Estado Moderno, al igual que otros monarcas de su época como Enrique III de Inglaterra o Luis IX de Francia. Las Partidas se configuran como una obra fundamental del Derecho medieval y moderno 84 . Esta obra jurídica contiene un pensamiento que a finales del siglo XV se convertirá en tópico, y será empleado por escritores renacentistas del siglo XVI. Alfonso X va a adelantar ideas que veremos más adelante en la obra de Maquiavelo, donde el Estado presenta ya un carácter prenacional 85 . Por otra parte, el Rey Sabio también lleva a cabo una Hacienda Real sobre unas bases contributivas nuevas: crea La Mesta, renueva la regulación de las aduanas, incorpora al disco regio las dos novenas partes del diezmo eclesiástico y recurre a las contribuciones extraordinarias denominadas “servicios de Cortes”, donde se aprobaba y autorizaba a que la nobleza, al clero y a las ciudades se encargaran su cobro 86 . Por tanto, el rey castellano y su obra jurídica representan una anticipada versión de modernidad 87 . En suma, las Partidas constituyen la obra legislativa principal donde Alfonso X a través de la renovación del Derecho plasma los fundamentos teóricos para constituir su Imperio. Para Alfonso X el Imperio está formado por el Emperador y su pueblo. El Emperador desempeña el papel de iudex, es decir, manda, hace la ley y aplica un Derecho común a todo su pueblo. Dicho papel es concedido por Dios. Así el Imperator o rex es el señor “natural” que dirige su pueblo “natural”, también denominado Communio. 3.3. Los fundamentos imperiales en la historiografía alfonsí Alfonso X utilizará también la historia para la justificación de su proyecto imperial. Para ello su taller historiográfico, el scriptorium alfonsí, elabora dos obras fundamentales: La Estoria de España y la General Estoria. En cuanto a la General Estoria, sabemos que no se llegó a concluir y observamos en ella varios estados de redacción 88 . En la Estoria de España nos encontramos con la inconclusión de la obra y con la existencia de dos versiones: la 84 González Jiménez, Manuel, “Alfonso X, el sueño del Imperio”, La Aventura de la Historia, n. º 45, 2002, pp. 52-53.. 85 Maravall, Estudios…, pp. 111 y 128-134. 86 González Jiménez, “Alfonso X…”, pp. 52-53. 87 Maraval, Estudios…, pp. 115-116. 88 Fernández-Ordóñez, Inés, “El taller de las “Estorias”, en Alfonso X el sabio y las Crónicas de España, coord. por Inés Fernández-Ordóñez, Valladolid, Universidad de Valladolid, 2000, p. 67. 24 Versión primitiva realizada entre los años 1270 y 1274 y, la Versión Crítica datable entre los años 1282 y 1284. Ambas derivan directamente de la obra y no la una de la otra 89 . Alfonso X desarrolla un papel muy importante tanto en las obras jurídicas como en las históricas. Estas obras de tipo histórico actúan como un conector entre el proyecto cultural alfonsí y su ejercicio de gobernante, es decir, con la construcción de su proyecto imperial 90 . De esta forma, el Rey Sabio intentó reformular las bases de su gobierno a través del ejercicio del saber y de la razón. Así, la escritura de la historia por Alfonso X tendrá como características generales la exhaustividad y la globalidad que permitiera que los súbditos conozcan el pasado para tomarlo como ejemplo en su comportamiento presente y futuro 91 . Cabe destacar que estas obras se caracterizan por estar escritas en la lengua vehicular para así llegar a todos los súbditos, es decir, con anterioridad la obra histórica de Alfonso X tenía como destinatario a los reyes, funcionaban como speculum principis. Ahora los destinatarios abarcan un campo mucho más amplio, ya no sólo son los príncipes, sino que ésta llega a sus súbditos 92 . Alfonso X concibe la historia como la historia de los príncipes, de los señores naturales y de los pueblos que dominaron la tierra, es decir, de los emperadores y los Imperios que gobernaron anteriormente. Así, Alfonso X plasma su ideología imperial y se autoproclama heredero y merecedor del título de Imperator. El Rey Sabio construye una línea de sucesión en el Imperium o señorío, estableciendo al rey como motor de la historia. Asimismo, dentro del concepto de señorío la cronología constituye el principio estructural de la historia. Ésta se encuentra subordinada al pueblo o al príncipe de dicho Imperium. Es decir, el año de comienzo de su reinado se presenta como antecedente del resto de operaciones posibles. Así el príncipe es el que otorga a los sucesos un lugar en el tiempo 93 . De esta manera, los sennores adquieren el papel estructural y protagonista en la historia, cumplen el papel de magister principum y se presentan como ejemplos didácticos para el futuro príncipe. De tal forma, podemos destacar personajes como: Hércules, Alejandro Magno, Pompeyo, 89 Íbidem, p. 67. 90 Fernández Ordóñez, Inés, “Alfonso X y la historiografía” en Alfonso X el Sabio [exposición] Sala San Esteban, Murcia, 27 octubre 2009-31 enero 2010 [comisario y director científico, Isidro G. Bango Torivso; coordinación para el catálogo, Maria Teresa López de Guereño Sanz], coord. por Mª Teresa López de Guereño Sanz, Isidro G. Bango Torviso, Murcia, Caja de Ahorros del Mediterráneo, 2009, p. 377. 91 Catalán, Diego, La Estoria de España de Alfonso X, creación y evolución, Madrid, Fundación Menéndez Pidal, 1992, pp. 11-18. 92 Ibid., p. 376. 93 Fernández-Ordóñez, “Alfonso X…”, p. 377. 25 Julio César o Bamba 94 . Por lo tanto, Alfonso X elabora una producción histórica a la vez que política, creando un manual de formación política para los príncipes y para los súbditos 95 . Cabe destacar los dos principios básicos en los que se debe fomentar el gobierno que defiende el Rey Sabio, el conocimiento de Dios y el respeto al señor natural. Esto último tiene mucho que ver con la ampliación de los destinatarios de las obras alfonsinas, que como bien sabemos, ahora son tanto príncipes como súbditos 96 . La Estoria de España, que se comenzó a escribir hacia el año 1270, se corresponde con una gran compilación de la historia de la Península Ibérica. La característica más novedosa de esta obra es identificar el término “España” con el territorio de la Península Ibérica. Así, Alfonso X no se centra en un solo pueblo, sino en la historia de todos los pueblos que pasaron por la Península Ibérica, como por ejemplo griegos, almujuces, cartagineses, romanos, bárbaros y godos 97 . Según Alfonso X los godos fueron los que lograron el dominio definitivo sobre el territorio peninsular y darán paso a los reyes astur-leoneses, leoneses y castellanoleoneses, correspondiéndose éstos con sus herederos. Por lo tanto, estamos ante un ideario totalmente neogoticista en el que se basa Alfonso para legitimar el Imperium peninsular de los reyes godos, que ahora recae en sus manos. Pese a esto, cabe destacar que no incluye en este relato otras dinastías como los reinos cristianos de Navarra, Aragón y Portugal, por lo que no las reconoce dentro de la línea sucesoria del Imperium dentro del territorio peninsular. Por lo tanto, estamos ante una obra con un claro objetivo político, es que la monarquía castellanoleonesa fuese reconocida como heredera del territorio hispánico. Para esto, el Rey Sabio elabora una línea de descendencia, donde justifica su condición imperial, en la que los diferentes señoríos temporales se someten a uno mayor. Así, defiende la necesidad de todos los reinos en uno y la necesidad de respetar a los señores de mayor rango, a los que denomina señores naturales. Estos señores se conforman como príncipes debido a su origen divino, es decir, estos príncipes son elegidos y designados por el propio Dios 98 . La Estoria de España nunca llegó a ser terminada. Su elaboración fue dejada de lado dentro del taller alfonsí. La sección comprendida entre la muerte del rey castellano-leonés Fernando I y la conquista de Córdoba por Fernando III se presenta en diferentes grados de elaboración e incompleta. Este abandono se puede relacionar con el nuevo interés del monarca 94 Fernández-Ordóñez, “La historiografía alfonsí…”, p. 113. 95 Ibid., p. 113. 96 Ibid., pp. 113-114. 97 Fernández-Ordóñez, “Alfonso X…”, p. 379. 98 Ibid., pp. 379-380. 32 visigótica, aunque en la Península pesará más el sustrato romano que el sustrato germánico, que se verá reflejada en el ideario imperial alfonsí. Esto es, en la idea imperial leonesa destacan las características enaltecedoras de la figura del rex, quien es un ser superior e inviolable de origen divino, es decir, observamos la teoría descendente del poder al igual que más tarde con Alfonso X. Asimismo, el rey hispánico se corresponde con un iudex, con el máximo mandatario que imparte el Derecho en su pueblo, característica que también observamos en la figura de Alfonso X. Además, en esta teoría imperial destacan las obras de san Isidoro de Sevilla, que al igual que el Rey Sabio, crea una figura antagónica para el rex: el tirannus. Dichas características se corresponden con la ideología de procedencia neogótica de la idea imperial leonesa. No obstante, con Alfonso VII y su coronación llevada a cabo mediante la manera europea, al igual que Carlomagno, por el arzobispo compostelano Gelmírez. A continuación, en el siglo XIII, Alfonso X construye el Fecho del Imperio basándose en la idea imperial leonesa y en la idea imperial romana o europea. Para llevar a cabo este proyecto promulga tres obras de manera consecutiva: el Fuero Real, el Espéculo y las Partidas. El rey castellano quiere llevar a cabo una unificación del Derecho, que se materializa en las Partidas, obra que se escribe a partir del comienzo de las aspiraciones de Alfonso X al trono imperial. En las Partidas observamos tanto el Derecho feudal como el Derecho romano en la independencia del poder temporal y la plenitudo potestatis del emperador, respectivamente. Además, se incluyen en esta obra las ideas procedentes de la idea imperial leonesa explicadas anteriormente. Asimismo, debemos destacar la importancia del “pueblo”, de la Communio y de la “naturaleza” en las Partidas. Ello se verá reflejado en sus obras históricas, la Estoria de España, la General Estoria y la Primera Crónica General, donde Alfonso X justifica toda la teoría plasmada en las Partidas con ayuda de la historia. Así, establece que la historia es una sucesión de sennorios naturales y de sus sennores, estos sennorios se identifican con todos los pueblos que han pasado por la Península con anterioridad. Además, unifica la historia general, es decir, la historia de Roma desde una perspectiva hispana, de cara a conseguir sus aspiraciones imperiales. Cabría añadir que el proyecto de Alfonso X pone los cimientos del Estado Moderno, ya que representa pensamientos que se convierten en tópicos en el siglo XV y que plasmarán escritores renacentistas en sus obras como es el caso de Maquiavelo. Así, las Partidas se configuran como una obra fundamental del Derecho medieval y moderno. 33 De esta forma, el Fecho del Imperio se constituye en base a tres fundamentos: el político, el jurídico y la escritura de la historia. En primer lugar, el fundamento político funciona como una excusa para elaborar el programa del Fecho del Imperio. Así, Alfonso X para justificar que es el heredero del Sacro Imperio Romano Germánico, ya que es hijo de Beatriz de Suabia y por lo tanto un Hohenstaufen, elabora lo que nosotros denominamos el fundamento jurídico. El fundamento jurídico se corresponde con la renovación y la construcción de un Derecho unitario, a través de el Fuero Real, el Espéculo y sobre todo de las Siete Partidas. Es en las Partidas donde Alfonso X plasma su ideología imperial y donde establece las bases teóricas de como debe ser su Imperio. Este se corresponde con un conjunto de súbditos “naturales”, es decir, con un pueblo o Communio dirigida por un señor “natural”. El señorío y el señor “natural” lo podemos identificar con el Imperio y su Emperador, que dirige y unifica a un pueblo a través de un Derecho común, actuando como un iudex. Por último, para justificar toda esta teoría y su condición como emperador, Alfonso X elabora un programa historiográfico formado por la Estoria de España, la General Estoria y las crónicas y versiones que derivan de la primera, de las que debemos destacar la Primera Crónica General. Así, en estas obras el Rey Sabio construye su propia idea de historia. Ahora, los señores o Emperadores de los que hablábamos antes funcionan como el motor de la historia y configuran una línea de sucesión de Imperios. Por lo tanto, la historia es para Alfonso X una sucesión de señoríos o Imperios donde el castellano se presenta como un magister principum, es decir, como un Emperador heredero de un Imperio. No obstante, aunque Alfonso X se presenta como heredero del Sacro Imperio Romano Germánico, debemos destacar como mezcla el sustrato romano con el hispano. Por lo que podemos deducir que Alfonso X quiere configurar un Imperio medieval hispánico uniendo el llamado Imperio leonés con el Sacro Imperio Romano Germánico. Esto se puede observar en la Primera Crónica General, donde el Rey Sabio enfoca la historia romana desde una perspectiva hispana, realzando en todo momento la aportación del genio hispánico a Roma. Por otra parte, la historiografía actual estudia el Fecho del Imperio desde diferentes campos. En primer lugar, atendemos a una historiografía medieval que estudia la cuestión imperial en tiempos de Alfonso X. No obstante, no se reflexiona sobre esta idea de Imperio hasta que es tratada por filólogos e historiadores del Derecho. Asimismo, destaca como cada estudioso tiene una visión diferente del Fecho del Imperio y de la ideología imperial de Alfonso X. Al igual, que llama la atención la interdisciplinariedad a la hora de estudiar este proyecto imperial. 34 En definitiva, observamos la permanencia de la idea imperial en la Baja Edad Media que radica en la creación de un Imperio medieval hispánico. La transmisión de esta idea se asocia a la Reconquista y en la concepción de un Estado unificado, pero a medida que se completa la Reconquista, desaparece la idea imperial del medievo que da paso a la idea renacentista del Imperio Antiguo. Esta idea determina toda la obra y los objetivos de Alfonso X, que representa un renacimiento romano en la Edad Media hispánica con su europeísmo alfonsino en sus aspectos culturales y políticos creando un nuevo Imperio romano de nacionalidad hispánica a través de su proyecto jurídico-político para conseguir llevar a cabo el fecho del imperio. Así, el Rey Sabio se presenta como “rival solidario” del Imperio romano francés o Carolingio y del Imperio romano de estirpe alemana 124 . 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