scieee AI-readable full text Open interactive document viewer

La protección penal de los intereses financieros de la UE: el olvido del legislador de los mercados de influencia

Pérez Rivas, Natalia

Abstract

La lucha contra el fraude y la corrupción ha marcado la agenda de la Unión Europea desde 1988. A este respecto, la política de la UE en el ámbito de la protección de los intereses financieros de la UE ha sido objeto de diversas medidas de armonización, siendo la más reciente la que ha tenido lugar a través de la Directiva 2017/1371. En ella se contempla un concepto común de fraude y de otras actividades ilegales (blanqueo de capitales, corrupción y malversación) cometidas intencionadamente por personas físicas o jurídicas, que afecten a los intereses financieros de la UE (delitos PIF). Sin lugar a duda, ello conlleva un incremento de su nivel de protección al armonizarse las definiciones, las sanciones y los plazos de prescripción de estas infracciones penales. Asimismo, la Directiva no solo es un instrumento esencial para la armonización de los delitos PIF entre los Estados miembros a efectos de garantizar la aplicación uniforme de la política de la UE en este ámbito, sino que además es crucial para el funcionamiento de la Fiscalía Europea cuyo ámbito objetivo de actuación lo constituyen, precisamente, los delitos mencionados (Reglamento 2017/1939). Centrándonos en la corrupción, debemos señalar que se trata de un fenómeno complejo que no siempre implica el incumplimiento de normas y las consiguientes responsabilidades penales o administrativas. En este sentido, una de las modalidades de corrupción más influyentes, rentables y dañinas para el bien común en el marco de la legalidad existente es la “captura política” del Estado, consistente en el control por grandes grupos de interés de concretas áreas de políticas, de forma tal que los gobernantes no pueden y, en otras muchas ocasiones, no quieren formular políticas autónomamente en ese ámbito. Diversos autores han advertido que la forma principal de corrupción en los países desarrollados es la de los “mercados de influencia”. La relevancia de los lobbies en la economía de mercado y en el correcto funcionamiento del Estado de Derecho justifica que cada vez sean más las voces que reclaman su correcta regulación sobre la base de la transparencia y la integridad en la toma de decisiones. Actualmente, las prácticas de lobby injustas y opacas constituyen uno de los riesgos principales de corrupción a los que se enfrenta Europa. Seis de cada diez ciudadanos europeos consideran que su gobierno está gravemente influenciado por ciertos intereses particulares, o que éstos se han apropiado completamente del gobierno (Transparencia Internacional. Barómetro de Corrupción, 2013). De hecho, su influencia “indebida” preocupa tanto a la UE que a efectos de apremiar a países como España para que procedan a la regulación de los lobbies, ha decidido condicionar a la entrega de los fondos Next Generation EU (plan de recuperación) a la promulgación de una regulación a este respecto, incluyendo este requisito en la documentación que aprobó el plan nacional de recuperación. Es por ello por lo que resulta criticable que el ámbito material de aplicación de la Directiva 2017/1371 se circunscriba a las formas más tradicionales de corrupción (cohecho y malversación de caudales públicos) obviando la nueva realidad criminológica.

Full text

Pérez Rivas, Natalia (2022): “La protección penal de los intereses financieros de la UE: el olvido del legislador de los mercados de influencia”, Congresso Internacional sobre o Futuro do Direito (III FutureLaw), Oporto, 28-29 enero 2022 [Comunicación] This license requires that reusers give credit to the creator. It allows reusers to copy and distribute the material in any medium or format in unadapted form and for noncommercial purposes only. • BY: Credit must be given to you, the creator. • NC: Only noncommercial use of your work is permitted. Noncommercial means not primarily intended for or directed towards commercial advantage or monetary compensation. • ND: No derivatives or adaptations of your work are permitted. La protección penal de los intereses financieros de la UE: el olvido del legislador de los “mercados de influencia” © 2022 by Natalia Pérez Rivas is licensed under CC BY-NCND 4.0 Este trabajo se enmarca en el Proyecto de Investigación “El lobismo en el ordenamiento jurídico español: aspectos de derecho constitucional y de Derecho Penal” (PID2019-110914RB-I00) financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Agencia Estatal de Investigación. Este trabajo se enmarca en el Proyecto de Investigación “El lobismo en el ordenamiento jurídico español: aspectos de derecho constitucional y de Derecho Penal” (PID2019-110914RB-I00) financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Agencia Estatal de Investigación. La protección penal de los intereses financieros de la UE: el olvido del legislador de los “mercados de influencia” Natalia Pérez Rivas Profa. Ayudante Doctora de Derecho Penal Universidade de Santiago de Compostela [email protected] La protección penal de los intereses financieros de la UE: el olvido del legislador de los “mercados de influencia” Natalia Pérez Rivas Profa. Ayudante Doctora de Derecho Penal Universidade de Santiago de Compostela [email protected] Este trabajo se enmarca en el Proyecto de Investigación “El lobismo en el ordenamiento jurídico español: aspectos de derecho constitucional y de Derecho Penal” (PID2019-110914RB-I00) financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Agencia Estatal de Investigación. La protección penal de los intereses financieros de la UE: el olvido del legislador de los “mercados de influencia”© 2022 by Natalia Pérez Rivas is licensed under CC BY-NC-ND 4.0 Ingresos de la UE Derechos de aduana, IVA y una parte de la renta nacional bruta de los Estados miembros de la UE. Intereses financieros de la UE Intereses financieros de la UE todos los ingresos, gastos y activos cubiertos por, adquiridos a través de, o adeudados a: i) el presupuesto de la UE ii) los presupuestos de las instituciones, órganos y organismos de la UE creados de conformidad con los Tratados, u otros presupuestos gestionados y controlados directa o indirectamente por ellos. Marco jurídico TFUE (arts. 83, aptdo.2, 86, 310.6 y 325 TFUE) Reglamento (CE, Euratom) no2988/95 Del Consejo, de18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión 5 Datos estadísticos Principales actividades delictivas El tráfico de drogas, la ciberdelincuencia, el fraude en el ámbito de los impuestos especiales, el tráfico ilícito de migrantes y la trata de seres humanos. Delincuencia organizada ❑Grave amenaza para los ciudadanos, las empresas y las instituciones europeas, así como para la economía de Europa. En 2019, los ingresos procedentes de la delincuencia en los principales mercados delictivos ascendieron al 1 % del PIB de la UE (139.000 millones de euros). Defraudación del IVA en la UE ❑La defraudación en carrusel intracomunitaria (DCI) es una forma de fraude fiscal complejo y organizado cometido por delincuentes que atacan los regímenes del IVA de los Estados miembros de la UE que les cuesta en torno a 60.000 millones de euros cada año. Contrabando ❑El contrabando de cigarrillos hace perder 10.000 millones de euros cada año en impuestos 6 Protección penal de los intereses financieros de la UE La Directiva PIF establece normas mínimas relativas a la definición de las infracciones penales y de las sanciones relativas a la lucha contra el fraude y otras actividades ilegales que afectan a los intereses financieros de la UE Tiene como fin reforzar la protección contra las infracciones penales que afectan a dichos intereses financieros, en consonancia con el acervo de la UE en este ámbito. La creación de la Fiscalía Europea ha sido una de las principales prioridades de la Comisión en el ámbito de la justicia penal y formó parte de la estrategia general para combatir el fraude contra el presupuesto de la UE. Tiene competencia para investigar, enjuiciar y llevar ante la justicia delitos penales que afecten a los intereses financieros de la Unión, según lo dispuesto en la Directiva PIF. Se espera que dé lugar a una política más coherente y efectiva de enjuiciamiento de delitos que afecten al presupuesto de la UE: un mayor número de acciones judiciales y condenas y un nivel más elevado de recuperaciones. Directiva PIF Fiscalía Europea 7 Ámbito objetivo Fraude (gastos de contratos públicos y no públicos; ingresos procedentes del IVA; otros ingresos ) Blanqueo de capitales Cohecho (pasivo y activo) Malversación 8 Regulación lobbying legal Definición clara de los conceptos de lobby así como de sus actividades Divulgación de los aspectos clave de los grupos de interés y de sus actividades (objetivos, beneficiarios, fuentes de financiación) Información detallada sobre las propuestas legislativas, políticas o iniciativas de la UE que son objeto de las interacciones así como de sus relaciones con las instituciones de la UE. Derechos reconocidos a los grupos de interés registrados Código de conducta Régimen sancionador El lobby forma parte integral de una democracia sana y está íntimamente vinculado con valores universales como la libertad de expresión o el derecho de petición ante el gobierno. Asimismo, son un mecanismo facilitador de conocimiento técnico a los gobernantes y decisores públicos. El lobbying opaco deben examinarse sobre el mismo plano -de gravedad cuantitativa y cualitativaque las formas tradicionales de corrupción pública. La forma principal de corrupción en los países desarrollados es la de los “mercados de influencia”. La regulación legal de los lobbies puede considerarse una de las muchas herramientas más en la lucha contra la corrupción de los poderes públicos. Debemos garantizar un funcionamiento transparente y ético de los lobbies para evitar riesgos de corrupción como la captura reguladora del Estado. Resulta criticable que el ámbito material de aplicación de la Directiva 2017/1371 se circunscriba a las formas más tradicionales de corrupción (cohecho y malversación de caudales públicos) obviando la nueva realidad criminológica. 16 Conclusiones Este trabajo se enmarca en el Proyecto de Investigación “El lobismo en el ordenamiento jurídico español: aspectos de derecho constitucional y de Derecho Penal” (PID2019-110914RB-I00) financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Agencia Estatal de Investigación. La protección penal de los intereses financieros de la UE: el olvido del legislador de los “mercados de influencia” Natalia Pérez Rivas Profa. Ayudante Doctora de Derecho Penal Universidade de Santiago de Compostela [email protected]