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Elaboración da balanza fiscal de Galicia para o período 2011-2013. Unha análise comparativa co Sistema de Contas Públicas Territorializadas

Turnes Abelenda, Alberto; Vence Deza, Xavier

Abstract

O presente traballo leva a cabo a estimación do saldo da balanza fiscal de Galicia para o período 2011-2013, empregando como base de datos para a imputación do gasto o SICOP, e levando a cabo unha comparativa co saldo estimado no Sistema de Contas Públicas Territorializadas. Como principal novidade, e a diferenza doutros traballos publicados ata o momento para Galicia, o saldo da balanza fiscal preséntase seguindo a seguinte lóxica. En primeiro lugar, elabórase a “balanza fiscal básica”, onde soamente se ten en conta o gasto territorializado en Galicia e que se materializa en transferencias da Administración central á Comunidade Autónoma, gasto en bens e servizos e en persoal xunto ao investimento real. Posteriormente, indicarase o saldo da “balanza fiscal ampliada”, onde se engaden os gastos financeiros e mais en protección social.

Full text

Revista Galega de Economía 2020, 29 (3), 6698 ISSN-e 2255-5951 http://dx.doi.org/10.15304/rge.29.3.6698 1 © 2020 Universidade de Santiago de Compostela. This is an open access article distributed under the terms of the Creative Commons Attribution-NonComercial-NoDerivatives 4.0 International (CC BY-NC-ND 4.0) License. ARTÍCULO OPEN ACCESS Elaboración de la balanza fiscal de Galicia para el período 2011-2013. Un análisis comparativo con el Sistema de Cuentas Públicas Territorializadas Juan Alberto Turnes Abelenda* / Xavier Vence Deza Universidade de Santiago de Compostela – Facultade de Ciencias Económicas e Empresariais Recibido: 28 de marzo de 2020 / Aceptado: 8 de junio de 2020 Resumen El presente trabajo lleva a cabo la estimación del saldo de la balanza fiscal de Galicia para el período 2011-2013, empleando como base de datos para la imputación del gasto el SICOP, y llevando a cabo una comparativa con el saldo estimado en el Sistema de Cuentas Públicas Territorializadas. Como principal novedad, y a diferencia de otros trabajos publicados hasta el momento para Galicia, el saldo de la balanza fiscal se presenta siguiendo la siguiente lógica. En primer lugar, se elabora la “balanza fiscal básica”, donde solamente se tiene en cuenta el gasto territorializado en Galicia y que se materializa en transferencias de la Administración central a la Comunidad Autónoma, gasto en bienes y servicios y en personal junto a la inversión real. Posteriormente, se indicará el saldo de la “balanza fiscal ampliada”, donde se añaden los gastos financieros y en protección social. Palabras clave Balanza fiscal / Sistema de Cuentas Públicas Territorializadas / Imputación ingresos / Imputación gastos. Elaboration of the Galician Fiscal Balance for the period 2011-2013. A comparative analysis with the System of Territorialised Public Accounts Abstract In this work, the Galician fiscal balance for the 2011-2013 period is estimated, using the SICOP as the database for allocating expenditure and carrying out a comparison with the results obtained from the System of Territorialised Public Accounts. As the main innovation. and differing from different works published so far for Galicia, the result of the fiscal balance is presented according to the following logic. Firstly, the “basic fiscal balance” is prepared, where only the territorialised expenditure in Galicia is taken into account and which is materialised in transfers from the Central Administration to the Autonomous Community, expenditure on goods and services, personnel and real investment. Subsequently, the result of the “extended fiscal balance” is indicated, where financial and social protection expenditure is added. Keywords Fiscal balance / System of Territorialised Public Accounts / Income allocation / Expenditure allocation. JEL Codes: H70, H71, H72. 1. Introducción El estudio sobre las balanzas fiscales es una área que se encuentra perfectamente asentada en el campo de la investigación. Los primeros cálculos fueron realizados por Trías Fargas (1960), Castells (1979) y Castells y Parellada (1983). Más recientemente, una nueva generación de balanzas fiscales dio comienzo con los trabajos de Castells et al. (2000) o Barberán y Uriel (2007). En la misma línea, la Generalitat de Catalunya estimó su propia balanza fiscal para el período 2002-2014 1 . * Correspondencia autor: [email protected] 1 La elaboración de la balanza fiscal de Cataluña se basa en una metodología desarrollada por los siguientes autores: Núria Bosch, Joan F. Coroa, Joan Carles Costas, Marta Espasa, Guillem López, Eduard Rius, Joan Ramon Rovira, Ramon Tremosa, Xavier Sala-i-Martín, Joaquim Solé Vilanova, Maite Vilalta, Matias Vives y Antoni Zabalza. Turnes, J. A., y Vence, X. Revista Galega de Economía 2020, 29 (3), 6698 2 Las definiciones que se pueden dar sobre lo qué es una balanza fiscal son varias, y están sujetas al objetivo de esta. Haciendo referencia a los trabajos más actuales, podemos citar el trabajo de Barberán y Uriel (2007), donde la balanza fiscal es entendida como un mecanismo que permite medir la redistribución del gasto que lleva a cabo el Estado sobre los individuos que viven en diferentes territorios. La definición dada por Barberán y Uriel (2007) choca en cierta medida con la ofrecida por Montasell y Sánchez (2012). Así, estos últimos autores desligan el objeto de sus estudios de los efectos de la redistribución del gasto sobre el individuo y centran su atención en el territorio, esto es, cuál es la posición que ocupa un territorio dentro de la relación que se da entre ingresos aportados por este a la Administración central y los gastos que recibe por parte de dicha Administración. En Bosch y Espassa (2014) se hace también una clara referencia al territorio como sujeto principal. Uno de los trabajos recientes, y que promovió una profunda discusión a su alrededor, es el denominado como Sistema de Cuentas Públicas Territorializadas (SCPT), cuya metodología fue elaborada por De la Fuente, Barberán y Uriel (2014). Uno de los principales aspectos que hay que tener en cuenta de este trabajo es que, según estos autores, se asume que el resultado proporcionado por una balanza fiscal es poco relevante, ya que deriva de una agregación de partidas de muy distinta naturaleza y que responden a lógicas muy diversas. Lo que importa para estos autores, pues, son unas cuentas territorializadas que permitan comparar entre territorios el mayor número posible de agregados de ingresos y gastos. Por otra parte, es importante señalar que las cuentas territoralizadas elaboradas por De la Fuente et al. (2014) tienen como principal objetivo el estudio de la equidad, esto es, la relación existente entre lo que los ciudadanos pagan y la contraprestación que reciben por parte del Gobierno central en forma de bienes y servicios. Por tanto, este trabajo, como en el caso del de Barberán y Uriel (2007), vuelve a tener como centro de estudio al individuo. De acuerdo con las definiciones de la balanza fiscal y con los fundamentos teóricos que la sustentan, se desarrollan diferentes metodologías, siendo principalmente dos las más relevantes: la de carga-beneficio y la de flujo monetario. Los primeros trabajos empleaban el método denominado recaudación-pago, donde el principal problema residía en cómo poder imputar aquel gasto que no estaba estructurado por provincias. A partir del ya mencionado trabajo de Castells (1979), la metodología carga-beneficio comienza a expandirse y será la más empleada en los siguientes análisis realizados. Además, la mayoría de autores que realizan las balanzas fiscales desde el punto de vista de la Administración central suelen defender el método de carga-beneficio, ya que como se señala en el trabajo de De la Fuente et al. (2014) esta es la única metodología válida para medir la equidad. De esta forma, la otra metodología empleada en la elaboración de las balanzas fiscales –la denominada flujo monetario– ya queda desde el inicio totalmente deslegitimada, puesto que a través de esta fórmula no se puede medir la equidad entre lo qué pagan los ciudadanos y lo qué reciben del Estado. El debate existente sobre cuál puede ser la metodología más idónea para el cálculo de una balanza fiscal se encuentra en continua vigencia. Si hacemos un recorrido sobre las balanzas fiscales en el plano internacional, Bosch y Espasa (2014) señalan que el método más empleado para su cálculo en los países con mayor tradición, como Canadá, Estados Unidos, Australia, Bélgica o Alemania, es el de flujo monetario. No obstante, también se señala que el único informe elaborado por la UE emplea ambas metodologías, y Vaillancourt (2014) argumenta que, entre todas las metodologías, la más idónea para la construcción de la balanza fiscal es la denominada carga-beneficio. Por otra parte, y teniendo en cuenta los argumentos de Borrell (2015), se podría señalar que prácticamente no existen balanzas fiscales en otro país que no sea España, y que los informes que se pueden tener en cuenta de otros países no pueden ser considerados como oficiales. Por tanto, estamos ya ante un primer problema que implica un profundo desacuerdo sobre cuál debe ser la metodología idónea. Otro aspecto clave que envuelve la polémica generada sobre qué enfoque emplear se refiere a la rigurosidad de las dos metodologías. Algunos autores, como es el caso de Barberán (2014), manifiestan que el método carga-beneficio ofrece una visión más amplia sobre los flujos fiscales que la proporcionada por el método flujo monetario. Ahora bien, considerando los argumentos de Bosch y Espasa (2014), esa mayor información implica asumir una serie de cálculos muy complejos y de supuestos Turnes, J. A., y Vence, X. Revista Galega de Economía 2020, 29 (3), 6698 3 que en muchos casos carecen de una clara base científica, debido a la falta de instrumentos necesarios para medir determinada información. Se podrían mencionar, como señala López i Casasnovas (2014), aquellos supuestos que implican asumir el traslado hacia adelante o hacia atrás de las cotizaciones sociales, hacia los precios o hacia los beneficios empresariales. Esto es, se puede afirmar que el alcance del enfoque carga-beneficio pretende ser muy ambicioso, ahora bien, tal ambición provoca que se asuman determinados postulados que pueden llegar a ser cuestionables. No obstante, obviamente, este problema también podría aparecer en la metodología de flujo monetario. Sin embargo, si profundizamos más sobre la polémica que puede haber alrededor de la metodología empleada para el cálculo de la balanza fiscal, se puede concluir que no existe como tal, ya que lo que está de fondo es el objetivo con el cual se construye una balanza fiscal. No se puede obviar que el razonamiento por el cual la Generalitat de Catalunya elabora su balanza fiscal no es el mismo que el empleado por el Ministerio de Hacienda para construir el denominado informe sobre SCPT. Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, el núcleo del debate sobre la metodología existente reside en la visión subjetiva sobre lo qué se entiende por territorio y la relación de este con los individuos. Así, para aquellos que defienden la metodología carga-beneficio, lo único que existe y prevalece son los individuos, que simplemente viven en diferentes latitudes geográficas pero donde el territorio no existe como sujeto económico propio, es decir, no tiene ningún tipo de incidencia sobre la generación de riqueza ni sobre su distribución. Por otra parte, para aquellos que defienden la metodología flujo monetario, el territorio desempeña un rol fundamental ya que sí existe como sujeto económico propio, esto es, sí que influye en la generación de riqueza y en cómo es distribuida. Centrándonos en Galicia, los trabajos existentes son escasos y prácticamente la totalidad de las estimaciones realizadas forman parte de trabajos llevados a cabo para el conjunto del Estado (Tabla 1). Tabla 1. Resultados para Galicia de los principales informes elaborados sobre las BF (en millones de euros) Metodología Saldo Saldo/PIB Castells et al. (2000) Carga gasto 1.547 6,00% Carga-beneficio 1.980 7,70% Barberán y Uriel (2007) Carga-beneficio (incluyendo Seguridad Social) 3.850 11,03% Carga-beneficio (excluyendo Seguridad Social) 2.924 8,36% Sánchez Maldonado et al. (2002) Carga-beneficio 2.142 8,30% Ministerio de Economía y Hacienda (2008) Carga-beneficio 3.338 7,19% Flujo monetario 3.822 8,23% Sistema de Cuentas Públicas Territorializadas (2011) Carga-beneficio (bruto) 6.044 10,80% Carga-beneficio (relativo) 3.240 5,79% Sistema de Cuentas Públicas Territorializadas (2012) Carga-beneficio (bruto) 6.227 11,40% Carga-beneficio (relativo) 3.946 7,21% Sistema de Cuentas Públicas Territorializadas (2013) Carga-beneficio (bruto) 6.653 12,33% Carga-beneficio (relativo) 3.701 6,86% Sistema de Cuentas Públicas Territorializadas (2014) Carga-beneficio (bruto) 5.795 10,80% Carga-beneficio (relativo) 3.692 6,85% Fuente: elaboración propia. Turnes, J. A., y Vence, X. Revista Galega de Economía 2020, 29 (3), 6698 4 Una de las investigaciones que podría ser destacada debido a que recoge una serie histórica de los saldos de las balanzas fiscales para todas las CC.AA. es la elaborada por Barberán y Uriel (2014) 2 , en la cual se elaboran las balanzas fiscales para el período 1991-2011 empleando la metodología carga-beneficio. En este trabajo se puede obtener el saldo de la balanza fiscal de Galicia incorporando el saldo de la Seguridad Social u omitiéndolo. De esta forma, el saldo medio que se obtiene para Galicia durante el período establecido y con la incorporación del saldo de la Seguridad Social es de 2.991 millones de euros. Si no se tiene en cuenta la Seguridad Social, el saldo medio sería de 2.277 millones. Así pues, el porcentaje medio de la Seguridad Social en el resultado de la balanza fiscal se sitúa en dicho período aproximadamente en el 28%. Como se ha indicado, casi ningún trabajo de relevancia ha sido ejecutado exclusivamente desde Galicia, a excepción del elaborado por Caramés (2004). En este informe, el autor calcula el saldo fiscal para Galicia desde dos principales metodologías –flujo monetario y carga-beneficio– para el período 1991-1997 (Tabla 2). Tabla 2. Resultado BF de Galicia 1991-1997. Carga-beneficio y flujo monetario (con y sin Seguridad Social) (en millones de euros) 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 Flujo monetario sin SS -909 -492 -95 -571 -153 -823 -993 Flujo monetario con SS 1.013 1.802 2.250 1.750 2.408 2.455 1.700 Flujo monetario (con SS y neutralizada) 628 1.597 1.178 1.231 1.184 2.150 1.236 Carga-beneficio sin SS -597 -179 148 -386 67 -542 -787 Carga-beneficio con SS 1.080 2.141 2.547 1.972 2.666 2.765 1.930 Carga-beneficio (con SS y neutralizada) 829 1.864 1.477 1.274 1.910 2.416 1.371 Fuente: elaboración propia a partir de Caramés (2004). Galicia, sin tener en cuenta la Seguridad Social, mantendría un déficit (aportaría más recursos de los que percibiría) en su balanza fiscal tanto desde la perspectiva de flujo monetario como desde la de carga-beneficio, a excepción de los años 1993 y 1995, cuyos saldos serían, desde la óptica del beneficio, de 148 y de 67 millones, respectivamente. Así pues, solo cuando se añade el saldo de la Seguridad Social el resultado de la balanza fiscal de Galicia varía y pasa a ser superavitaria (recibe más recursos por parte de la Administración central de los que aporta). Asumiendo el debate constante que existe alrededor de la balanza fiscal, el presente trabajo tiene como objetivo fundamental elaborar la balanza fiscal de Galicia para el período 2011-2013 desde la perspectiva flujo monetario y realizando una comparativa con los resultados ofrecidos por el Sistema de Cuentas Públicas Territorializadas. Además, también se tiene como objetivo establecer una separación entre dos hipotéticos saldos fiscales, lo que supone una importante novedad metodológica: el saldo de la balanza fiscal básica y el saldo de la balanza fiscal ampliada. Por tanto, en primer lugar se trata de presentar el saldo de la balanza fiscal básica, en la cual se tienen en cuenta solamente las transferencias de la Administración central a Galicia y el gasto en bienes, servicios, personal e inversión. Posteriormente, se estimará el saldo de la balanza fiscal ampliada, donde se añade el gasto financiero y en protección social. El presente trabajo se estructura de la siguiente forma. En el apartado 2 se desarrolla la metodología para el cálculo de la balanza fiscal y se estiman los ingresos y gastos. En el punto 3 se calcula el saldo fiscal básico y ampliado para Galicia y se lleva a cabo un análisis de los resultados. En el apartado 4 se realiza una comparativa del saldo fiscal obtenido en este trabajo con el presentado por el Sistema de Cuentas Públicas Territorializadas. Finalmente, en el punto 5 se exponen las principales conclusiones. 2 Este trabajo es una actualización de Barberán y Uriel (2007). Turnes, J. A., y Vence, X. Revista Galega de Economía 2020, 29 (3), 6698 5 2. Elaboración de la balanza fiscal de Galicia para el período 2011-2013 2.1. Justificación de la metodología desarrollada El método seleccionado para la construcción de la balanza fiscal de Galicia sigue a grandes líneas el de flujo monetario, aunque se asumen hipótesis propias y diferentes a las asumidas en el flujo monetario. La razón por la cual es establecida esta metodología se basa en los siguientes puntos. − El primer punto es que uno de los objetivos de este trabajo es comparar los resultados alcanzados a través de la metodología flujo monetario con los proporcionados por el SCPT, que emplea la metodología carga-beneficio. − Galicia no registra, a excepción del trabajo señalado de Caramés (2004) y del presentado por el Ministerio de Economía y Hacienda en el año 2008, ningún trabajo académico que analice las balanzas fiscales desde la perspectiva del flujo monetario. De esta forma, Galicia no cuenta con ninguna información reciente que identifique cuál es el saldo fiscal de la Comunidad desde esta perspectiva. − Por otra parte, resulta fundamental señalar que a través de este trabajo se procura analizar exclusivamente la contraprestación que recibe un territorio (en este caso Galicia), por parte de la Administración general, por los recursos que aporta a los ingresos totales del Estado. De esta forma, y como no se está midiendo la equidad ni tampoco se pretende hacer una comparativa homogénea entre los diversos territorios de España en términos de agregados presupuestarios muy diversos, la única metodología interesada es, pues, la de flujo monetario. Como se ha indicado en el apartado 1, el saldo fiscal de Galicia será presentado a través del saldo fiscal básico y ampliado. Los motivos por los que se realiza esta diferencia se fundamentan en: − Poder diferenciar con claridad la naturaleza del gasto. − Separar lo recibido por Galicia desde el Estado en bienes, servicios e inversión de lo recibido en forma de rentas individuales (protección social). − Diferenciar con claridad aquel gasto que se materializa de forma real (bienes y servicios e inversión) con aquel otro que no recibe un territorio de forma material sino que responde a una determinada lógica de imputación, como son los gastos financieros, y que, por tanto, dependiendo de las hipótesis empleadas, este gasto imputado puede variar muy significativamente. − Poder separar aquel gasto que es financiado a través de los impuestos directos e indirectos de aquel que se financia a través de un sistema específico, como es el caso de la Seguridad Social. 2.2. Fuentes de datos y variables consideradas de ingresos y gastos En este trabajo de investigación emplearemos como fuente de datos para los ingresos públicos los presupuestos liquidados del Estado, que son publicados en la página web de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE). Respecto a aquella información que ya es recogida de forma territorializada, como es el caso del IRPF y de los ingresos de explotación de las empresas públicas AENA y Puertos del Estado, las bases consultadas han sido la Agencia Tributaria y las memorias anuales que publican las dos empresas. El porcentaje de imputación se sitúa en una media del 87% de los ingresos totales del Estado (no se consideran las operaciones financieras). En los impuestos directos e indirectos estamos excluyendo todos aquellos que están cedidos en su totalidad a las Comunidades Autónomas. En el caso de las transferencias corrientes, estas están formadas por lo recibido de: OO.AA., Seguridad Social, agencias estatales, sociedades y entidades públicas estatales, CC.AA., EE.LL., empresas per- Turnes, J. A., y Vence, X. Revista Galega de Economía 2020, 29 (3), 6698 6 sonales, familias, instituciones sin fin de lucro y, finalmente, por las transferencias recibidas del exterior. En el presente estudio se presta atención a aquellas que corresponden con las realizadas por las Comunidades Autónomas a la Administración central. Estas transferencias se corresponden con la liquidación que se hace del modelo de financiación autonómica. Así pues, tales transferencias se tendrán en cuenta por la parte de la imputación del gasto de la Administración central en Galicia cuando se calcule lo recibido por Galicia correspondiente a la financiación autonómica. La cuestión más relevante que resolver a la hora de efectuar la imputación territorial de los ingresos es diferenciar entre quién soporta un impuesto y quién lo paga finalmente. Es decir, en determinados tipos de impuestos aquellos agentes sobre los que recae el gravamen no son los que finalmente realizan el pago, sino que estos se lo trasladan a otros agentes. Si los que realizan el pago del impuesto fueran al mismo tiempo los que lo han soportado, efectivamente no habría problema alguno de cálculo; simplemente, se obtendría el dato directamente del agente que realizara el pago, pero como en una gran parte de los impuestos existe translación de la carga, resulta necesario llevar a cabo una serie de cálculos.  Impuestos directos − IRPF: En el presente trabajo se opta por imputar la parte estatal de la cuota resultante de la autoliquidación que es proporcionada por las estadísticas de la Agencia Tributaria (Tabla 3). Además, resulta preciso destacar que a través de esta metodología se recoge parte de la progresividad del impuesto y cierto grado de translación. Por tanto, esta fuente podría ser empleada para la elaboración de las balanzas fiscales desde los dos puntos de vista. − Impuesto sobre la Renta de los no Residentes e Impuesto sobre Primas de Seguro: Aunque en la metodología carga-beneficio no se realiza la imputación de dichos impuestos, desde el punto de vista del flujo monetario sí son considerados. La imputación es directa (Tabla 3). − Impuesto de Sociedades: Resulta uno de los impuestos más polémicos, puesto que su cálculo produce muchas incertidumbres. Este impuesto en principio podría ser trasladado, es decir, quien finalmente lo pagaría serían los consumidores a través de la subida de los precios. Sin embargo, realmente no existe ningún estudio que verifique tal posibilidad (Tabla 3). Así pues, son diversas las hipótesis que se realizan con el objetivo de precisar la cuantía de dicho impuesto. La primera de ellas asume que no existe translación y que por tanto son los accionistas los que tienen que hacer frente al pago. El método de imputación, desde este punto de vista, consiste en emplear como indicador el excedente bruto de explotación. Otra de las hipótesis consiste en considerar que existe translación y que son los consumidores, por la vía de la subida de precios, los que cargan con este impuesto. El criterio de imputación resulta ser el consumo final de los hogares. Por último, y siendo quizás el método más empleado por autores como Caramés (2004) o Barberán y Uriel (2007), se realiza un reparto de un tercio entre accionistas, consumidores y trabajadores. En el caso del grupo de expertos que elaboran las balanzas fiscales de Cataluña, este impuesto es imputado a través del excedente bruto de explotación. En el informe sobre el Sistema de Cuentas Públicas Territorializadas, la metodología desarrollada por De la Fuente et al. (2014) imputa el Impuesto de Sociedades a través de la siguiente forma: 1/3 en proporción a los ingresos de las rentas societarias acorde con la residencia de sus perceptores, 1/3 en proporción a la remuneración de asalariados y 1/3 en función de un indicador de consumo, en concreto la electricidad. En el presente trabajo dicho impuesto será imputado a través del PIB, ya que se considera que a través de este método se abarcan los tres sectores implicados: los accionistas mediante el beneficio empresarial, los empleados a través de la retribución de los asalariados y los consumidores en función de los precios de bienes y servicios, todos ellos componentes del PIB. Turnes, J. A., y Vence, X. Revista Galega de Economía 2020, 29 (3), 6698 7  Impuestos indirectos − IVA: El indicador de repartición territorial para el cálculo del sistema de financiación autonómica es el índice de consumo elaborado por el INE (Tabla 3). − Impuestos Especiales: Para la imputación de estos impuestos empleamos el mismo método que en el caso del IVA, es decir, a través del índice de consumo territorial que establece el INE (Tabla 3).  Otros ingresos En este apartado incluimos: impuesto sobre tráfico exterior; tasas, precios públicos y otros ingresos; ingresos patrimoniales; transferencias corrientes de Comunidades Autónomas; y transferencias de capital de Comunidades Autónomas (Tabla 3). La imputación del impuesto sobre tráfico exterior, la imputación de tasas, precios públicos y otros ingresos y la imputación de ingresos patrimoniales se efectúan a través del PIB (Tabla 3). Para imputar las transferencias corrientes y de capital, transferencias que recibe el Estado de las Comunidades Autónomas, se utiliza el porcentaje de población gallega sobre la total del Estado (Tabla 3).  Ingresos Organismos Autónomos Solamente se consideran las tasas, precios públicos y otros ingresos, los ingresos patrimoniales y las transferencias de capital (de sociedades públicas, empresas personales y familias e instituciones sin fin de lucro). Así pues, los ingresos considerados suponen una media aproximadamente del 5% de los ingresos totales de los Organismos Autónomos. La imputación territorial de las partidas seleccionadas se realiza del mismo modo que en el caso anterior (Tabla 3).  Ingresos Empresas Públicas Un aspecto que hay que considerar es el relativo a la forma de financiación de las empresas públicas. Por tanto, y siguiendo la metodología aplicada por el grupo de expertos que elaboran las balanzas fiscales de Cataluña, si estas empresas son financiadas a través del Estado o de la Unión Europea, se habla de unas inversiones realizadas por la Administración pública. Sin embargo, si la financiación se realiza, en gran medida, por los ingresos de explotación obtenidos (como es el caso de AENA y de Puertos del Estado), se deberían incluir los ingresos que se obtienen en los diferentes territorios en los que operan. De esta forma, en el presente trabajo se imputan los ingresos de explotación de AENA y de Puertos del Estado. Tabla 3. Ingresos aportados por Galicia al Estado central, 2011-2013 (en miles de euros) 2011 2012 2013 Estado Galicia % Estado Galicia % Estado Galicia % IRPF 35.541.737 1.763.849 4,96 28.557.084 1.879.627 6,58 39.019.911 1.899.056 4,87 Rentas no residentes y primas de seguro 2.073.943 71.314 3,44 1.755.613 71.215 4,06 2.739.926 85.079 3,11 Impuesto Sociedades 18.439.977 984.638 5,34 23.005.355 1.212.483 5,27 21.730.155 1.135.710 5,23 IVA 28.177.246 1.805.642 6,41 19.068.240 1.229.598 6,45 27.537.422 1.739.752 6,32 Impuestos Especiales 7.396.281 485.268 6,56 7.015.293 474.096 6,76 7.094.085 490.377 6,91 Alcohol y bebidas derivadas 324.246 19.563 6,03 312.754 19.161 6,13 300.643 17.565 5,84 Productos intermedios 7.248 491 6,77 7.200 498 6,91 7.427 526 7,09 Cerveza 117.149 6.404 5,47 118.838 6.769 5,7 117.429 6.397 5,45 Tabaco 3.046.238 170.882 5,61 2.966.718 171.184 5,77 2.746.582 165.690 6,03 Hidrocarburos 3.901.399 287.928 7,38 3.609.783 276.484 7,66 3.922.005 300.199 7,65 Turnes, J. A., y Vence, X. Revista Galega de Economía 2020, 29 (3), 6698 8 Tabla 3 (continuación). Ingresos aportados por Galicia al Estado central, 2011-2013 (en miles de euros) 2011 2012 2013 Estado Galicia % Estado Galicia % Estado Galicia % Tasas, precios públicos y otros ingresos 6.040.554 322.547 5,34 10.280.040 541.803 5,27 9.166.668 479.089 5,23 Ingresos patrimoniales 5.909.918 315.571 5,34 6.291.286 331.578 5,27 6.141.493 320.981 5,23 Transf. corr. AA.PP. 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Transf. de capital 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Imp. tráfico exterior 1.548.947 82.709 5,34 1.449.931 76.418 5,27 1.324.123 69.204 5,23 Ingresos OO.AA. 1.912.661 103.105 5,39 1.684.487 88.780 5,27 1.550.203 81.229 5,24 Total Ingresos 107.041.264 5.934.643 5,54 99.107.329 5.905.599 5,96 116.303.986 6.300.477 5,42 Fuente: elaboración propia a partir del Ministerio de Hacienda. 2.3. Imputación del gasto del Estado en Galicia para el período 2011-2013 según el SICOP Por el lado de los gastos imputados a Galicia (Tabla 4) las fuentes consultadas han sido: − El denominado SICOP (Sistema de Información de Contabilidad Pública), el cual se hizo público a través del SCPT. − Los presupuestos liquidados de las entidades locales, recogidos en el IGAE. − Los informes definitivos de la liquidación del modelo de financiación autonómica, que son presentados por el Ministerio de Hacienda. − Memorias de la Delegación del Gobierno en Galicia. El enfoque flujo monetario atribuye el gasto estatal al territorio donde se produzcan los bienes y se proporcionen los servicios. En este caso, la imputación del gasto que realiza el Estado de forma territorializada no presenta problemas destacados, puesto que se hace de forma directa siguiendo básicamente el criterio de asignación que realiza el Estado. No obstante, existe una parte del gasto que no está territorializada, lo que implica adoptar una serie de hipótesis para su imputación. En cada uno de los programas de gasto del SICOP, la parte no distribuida geográficamente por Comunidades Autónomas se puede encontrar dividida en tres grandes códigos: varias comunidades, extranjero y no regionalizable. Los criterios adoptados para cada uno de estos gastos son los siguientes: − Código de “varias comunidades” (VC). Incluye aquellos gastos que se realizan en diferentes provincias y regiones y que son difícilmente territorializados. Esta partida se imputa geográficamente a través de su porcentaje de territorialización. − Código de “extranjero”. Incluye todos los flujos de caja atribuidos geográficamente fuera del país (el persoal designado en el exterior, transferencias externas, etc.). La aplicación de la metodología flujo monetario no lleva dinero alguno atribuido a gastos clasificados como “extranjero”. − Los gastos clasificados como “no regionalizables” (NR) recogen los gastos que, por su naturaleza, son muy difíciles de atribuir a una área geográfica específica. − En la contabilización del SICOP no se tienen en cuenta los activos financieros que son identificados como préstamos a corto y largo plazo ni tampoco aquellos activos financieros en empresas públicas, ya que estos son contabilizados a través de la inversión. − Con respecto a lo recibido por financiación autonómica y por financiación local, el SICOP también nos proporciona de forma directa los fondos recibidos por Galicia correspondientes a tales partidas. − Respecto del gasto en Defensa, para los años 2011-2013 no se lleva a cabo ninguna hipótesis de imputación, ya que el SICOP nos proporciona la cifra exacta de gasto territorializado en Galicia Turnes, J. A., y Vence, X. Revista Galega de Economía 2020, 29 (3), 6698 9 − En la partida de inversiones se recoge el total de la inversión de la Administración General del Estado en la Comunidad Autónoma, de la inversión en Organismos Autónomos que tienen presencia en Galicia y de la inversión en empresas públicas y sociedades mercantiles estatales. Los datos son obtenidos de la Memoria de la Delegación del Gobierno en Galicia. Tabla 4. Hipótesis de imputación del gasto de la Administración central en Galicia Servicios públicos básicos Flujo monetario Defensa El gasto es contabilizado a través del gasto directamente territorializado. Justicia El gasto es contabilizado a través del gasto directamente territorializado. El gasto imputado a Galicia de varias comunidades y no regionalizable se aplica a Galicia a través del porcentaje del gasto en salarios en Galicia sobre el total en España. Seguridad Ciudadana e Instituciones Penales Para el programa SEGURIDAD CIUDADANA el gasto es contabilizado a través del gasto directamente territorializado. La cuantía que le corresponde al código de varias comunidades y no regionalizado es imputada a través del peso del gasto territorializado en Galicia y del número de efectivos de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado existentes en Galicia con respecto al total del Estado. Para el programa CENTROS E INSTITUCIONES PENALES, el gasto es contabilizado a través del gasto directamente territorializado. La cuantía que corresponde al código de varias comunidades y no regionalizado es imputada a través del peso del gasto territorializado en Galicia. Finalmente, el programa FUERZAS Y CUERPOS EN RESERVA y FORMACIÓN FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO es imputado a través del número de efectivos de la Guarda Civil en Galicia con respecto al total. Política exterior No se considera. Producción de bienes de carácter público Sanidad Imputación directa. Gastos en diversas CC.AA. y no regionalizable según porcentaje gasto territorializado. Educación Imputación directa. Gastos en diversas CC.AA. y no regionalizable según % gasto territorializado. Aunque el SICOP asigna todo el gasto de la UNED a Madrid, en el presente trabajo se opta por imputar dicho gasto a Galicia de la siguiente forma: se emplea el porcentaje del número de alumnos en Galicia con respecto al total existente en España. Cultura Imputación directa. Gastos en diversas CC.AA. según % gasto territorializado; el gasto no territorializado es imputado a Madrid. Actuaciones de carácter económico Agricultura, pesca y alimentación Imputación directa. Gastos en diversas CC.AA. a Madrid y gasto no territorializado según % gasto territorializado y VAB agrario y pesquero. Industria y energía Imputación directa. Gastos en diversas CC.AA. a Madrid y gasto no territorializado según % gasto territorializado y VAB industrial. Turnes, J. A., y Vence, X. Revista Galega de Economía 2020, 29 (3), 6698 16 Montasell, G., y Sánchez, E. (2012). Comparació internacional de les balances fiscals de les regions amb o sector públic central: una anàlisi de l’efecte redistributiu. Papers de Treball, N. 1/2012. Barcelona: Generalitat de Catalunya, Departament d’Economia i Coneixement. Recuperado de: http://economia.gencat.cat/web/.content/70_economia_catalana/arxius/pt_201201.pdf Sánchez Maldonado, J., Asensio, M., Atienza, P., Avellaneda, P., Gómez-Sala, J. S., Guarnido, A., Hierro, L. A., Jaén, M., Molina, A., Patiño, D., y Titos, A. (2002). Balanzas fiscales de las comunidades autónomas con la administración central. 1996. Málaga: Universidad de Málaga, Departamento de Hacienda Pública. Trías Fargas, R. (1960). La balanza de pagos interior. Madrid: Sociedad de Estudios y Publicaciones. Turnes, A. (2018). 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